SUMARIO
Se recibieron diversas solicitudes para retirar iniciativas con proyecto de decreto, a saber:
-De la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, del Grupo Parlamentario de Morena, que reforma el artículo 19 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
-Del diputado Alfredo Porras Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia derechos de los consumidores por el uso de estacionamientos en centros comerciales, clínicas y hospitales privados
-Del diputado Ricardo Villarreal García, del Grupo Parlamentario del PAN, reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para armonizar con la legislación nacional el tratado de comercio de armas
-Del diputado Miguel Sámano Peralta, del Grupo Parlamentario del PRI, que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios
De la Cámara de Senadores, con la que remite el acuerdo de los integrantes de la Comisión Bicameral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el cual se designa a la Junta Directiva para la conducción de los trabajos legislativos durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura. De enterado. Comuníquese
De la Secretaría de Gobernación, por medio de la cual remite el sexto Informe bimestral 2023 sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales. Se turna a la Comisión de Radio y Televisión, para su conocimiento
De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a enero de 2024, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente a enero de 2023. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento
Del Servicio de Administración Tributaria, mediante las cuales remite:
-El Informe denominado Evolución de la actividad recaudatoria en 2023, y programas y presupuesto en 2024. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento
-Oficio por el que se informa que, a través de sus unidades administrativas centrales y desconcentradas con atribuciones para dar destino a las mercancías de comercio exterior, que no resultan transferibles al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, durante enero de 2024, no se realizó ninguna entrega de bienes en asignación o donación. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para su conocimiento
De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en relación con el otorgamiento de la pensión universal que recibirán las personas con discapacidad permanente de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento
De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a las y los titulares del Poder Ejecutivo de las 32 entidades federativas a realizar las acciones necesarias para fortalecer las políticas públicas para garantizar la protección de las niñas, niños y adolescentes en los centros de asistencia social; y a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, a continuar impulsando las actividades requeridas para que dentro de sus instalaciones se cuente con espacios destinados a la lactancia materna y al aseo de sus hijas e hijos, a fin de atender el desarrollo integral de las niñas y niños, siguiendo el principio del interés superior de la niñez. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para su conocimiento
De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en materia de salud mental. Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento
MINUTO DE SILENCIO
La diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva, lamenta el fallecimiento del ciudadano Carlos Manuel Urzúa Macías, originario de Aguascalientes, destacado académico, político y economista, miembro de la Academia Mexicana de Ciencias, quien se desempeñó en diversos cargos de la Administración Pública Federal, por lo que, en nombre de la Mesa Directiva, envía sus condolencias a familiares y amigos, asimismo invita a la Asamblea ponerse de pie y guardar un minuto de silencio en su memoria
De la diputada Mónica Becerra Moreno, del PAN, se recibió solicitud de licencia para separarse de su cargo como diputada federal. Aprobada, comuníquese y llámese al suplente
Del diputado Erasmo González Robledo, de Morena, se recibió solicitud de licencia para separarse de su cargo como diputado federal. Aprobada, comuníquese y llámese al suplente
Para referirse a la solicitud de licencia del diputado Erasmo González Robledo, interviene:
-El diputado César Agustín Hernández Pérez, de Morena, vía telemática
-El diputado Erasmo González Robledo, de Morena, vía telemática
La ciudadana Laura Patricia Ahedo Bárcenas, y el ciudadano Alejandro Rubio Beltrán, rinden la protesta de ley y entran en funciones como diputada federal y diputado federal, respectivamente
De conformidad con el acuerdo aprobado por esta soberanía, y con el propósito de preservar e impulsar el desarrollo de las lenguas indígenas nacionales, se otorga el uso de la tribuna a:
-La ciudadana Cruz Magdali Pineda Carrera, quien se expresa en lengua mazateca
MINUTAS
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 65 Bis 6 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 380 del Código de Comercio. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo sexto del artículo 18 y se adiciona la fracción XII, recorriéndose las actuales fracciones en su orden, al artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de octubre de cada año como el Día Nacional del Amaranto. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 y la fracción I del artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de derechos humanos. Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 5 y un artículo 31 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de una vida libre de violencia de las personas con discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XVII del artículo 2, la fracción V del artículo 12 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 15 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de educación inclusiva. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 33 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de economía social y solidaria. Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c) de la fracción VI y se adiciona el inciso d) a la fracción IX del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de autonomía personal y libre del desarrollo de la personalidad. Se turna a la Comisión de Grupos Vulnerables, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, Adolescencia, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 60 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 4, y dos párrafos al artículo 25 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma y el artículo 2o., apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
INICIATIVAS DE LOS SENADORES
Del Senado de la República, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por los senadores Manuel Añorve Baños, Carlos H. Aceves del Olmo, Claudia Edith Anaya Mota, Claudia Esther Balderas Espinoza, Sylvana Beltrones Sánchez, Nancy de la Sierra Arámburo, Ángel García Yáñez, Indira Kempis Martínez, Verónica Martínez García, Cecilia Margarita Sánchez García, Mario Zamora Gastélum, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
EFEMÉRIDES
Para referirse a la efeméride, en nombre de su grupo parlamentario, hacen uso de la tribuna:
-El diputado Sergio Barrera Sepúlveda, de MC
-La diputada Dionicia Vázquez García, del PT
-El diputado Juan Carlos Natale López, del PVEM
-El diputado Jaime Bueno Zertuche, del PRI
-La diputada Karla Verónica González Cruz, del PAN
-El diputado Fernando Marín Díaz, de Morena
La vicepresidenta de la Mesa Directiva, diputada Joanna Alejandra Felipe
Torres, dirige un mensaje a la Asamblea con motivo de la conmemoración de la instalación del Congreso Constituyente de 1856La vicepresidenta de la Mesa Directiva, diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, dirige un mensaje a la Asamblea con motivo del Día Internacional contra la Homofobia en el Deporte
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
El diputado Alfredo Porras Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
La diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 107 de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen
La diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y se adiciona el artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen, y a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para opinión
La diputada Karen Castrejón Trujillo, en nombre propio, y del diputado Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Vivienda, para opinión
El diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
Desde la curul, diputado Marcelino Castañeda Navarrete, del PRD, responde alusiones personales
La diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, en nombre propio y del diputado Jorge Álvarez Máynez, ambos de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 9 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
La diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley General de Salud, de la Ley de Asistencia Social, y de la Ley General de Educación, en materia de Sistema Nacional de Cuidados. Se turna a las Comisiones Unidas de Bienestar, y de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión
La diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona los artículos 7 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a las Comisiones Unidas de Deporte, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen
El diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
La diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona los artículos 3o. y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas. Se turna a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para dictamen
El diputado Miguel Ángel Varela Pinedo, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Miguel Ángel Varela Pinedo, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforman y adicionan el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien durante su intervención solicita un minuto de aplausos en reconocimiento póstumo al empresario Carlos Bremer, por su filantropía a favor del deporte, el cual se concede. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
La diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 87 de la Ley de Vivienda. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen
El diputado Favio Castellanos Polanco, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 4 de julio como el Día Nacional del Especialista en Medicina Física y Rehabilitación. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de financiamiento al Sistema de Salud. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada María Guadalupe Román Ávila, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de aumento de penas por comercialización del agua. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 87 de la Ley de Vivienda
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Movilidad, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 343 Bis del Código Penal Federal
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Movilidad, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Registro Público Vehicular, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y de la Ley General de Cambio Climático, en materia de armonización con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 19 de marzo de cada año como Día de la Artesana y el Artesano
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción I y el último párrafo del artículo 132 de la Ley del Seguro Social
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 251 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Turismo, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Turismo
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de incorporación al régimen de seguridad social
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Desarrollo Forestal Sustentable, y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Medio Ambiente
La Presidencia instruye a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si se aprueba que se sometan a discusión y votación de inmediato los dictámenes que recibieron publicidad. Se autoriza
DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE LEY O DECRETO
En consecuencia, el siguiente punto en el orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo
Para referirse al dictamen, en su calidad de promovente, hace uso de la tribuna:
-La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, de Morena
La Presidencia informa que se recibió unapropuesta de modificación e instruye a la Secretaría dar lectura al comparativo. Se da lectura. Se acepta. Intégrese al dictamen
En votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular
La Presidencia instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico para la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto
En votación nominal, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que adiciona una fracción 9 Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo, con la modificación aceptada por la Asamblea. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales. Derivado de los problemas técnicos que se tuvieron en la pantalla, la Presidencia instruye que el resultado de la votación se publique en la Gaceta Parlamentaria
En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria
Efeméride con motivo del Día del Ejército el 19 de febrero, suscrita por el diputado Miguel Ángel Torres Rosales, del PRD
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publica la votación del dictamen:
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo (en lo general y en lo particular)
ASISTENCIA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Vamos a dar comienzo, toda vez que no tenemos al hablante de lengua indígena. Solicito a la Secretaría que haga de conocimiento el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Señora presidenta, se tienen registrados 347 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo (a las 12:37 horas): Se abre la sesión ordinaria del martes 20 de febrero del año en curso, 2024, en modalidad presencial.
ORDEN DEL DÍA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Orden del día
Martes 20 de febrero de 2024
Intervención desde la tribuna en lengua indígena
De la ciudadana Cruz Magdali Pineda Carrera, hablante de lengua mazateca.
Acta de la sesión anterior
Comunicaciones oficiales
De la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla y los diputados Alfredo Porras Domínguez, Ricardo Villarreal García y Miguel Sámano Peralta
Solicitan el retiro de iniciativas.
De la Cámara de Senadores
Remite acuerdo de los integrantes de la Comisión Bicameral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el cual se designa a la Junta Directiva para la conducción de los trabajos legislativos durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
De la Secretaría de Gobernación
Remite el sexto Informe bimestral 2023 sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales.
De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas, correspondiente al mes de enero de 2024, desagregada por tipo de fondo y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de enero de 2023.
Del Servicio de Administración Tributaria
Remite el Informe denominado evolución de la actividad recaudatoria en 2023, y Programas y Presupuesto en 2024.
Informa que las asignaciones o donaciones de mercancías de comercio exterior que han pasado a propiedad del fisco federal o se pueden disponer legalmente de ellas, que no resultan transferibles al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, durante el mes de enero de 2024, no realizó ninguna entrega de bienes en asignación o donación.
De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México
Remite tres contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.
Solicitudes de licencia de diputados
Protesta de diputada
Minutas
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 65 Bis 6 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 380 del Código de Comercio.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo Sexto del artículo 18 y se adiciona la fracción XII, recorriéndose las actuales fracciones en su orden, al artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica.
Con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de octubre de cada año como el Día Nacional del Amaranto.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 y la fracción I del artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de Derechos Humanos.
Con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII recorriéndose la subsecuente al artículo 5 y un artículo 31 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de una vida libre de violencia de las personas con discapacidad.
Con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XVII del artículo 2, la fracción V del artículo 12 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 15 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de educación inclusiva.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 33 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de economía social y solidaria.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c, de la fracción VI y se adiciona el inciso d. a la fracción IX, del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de autonomía personal y libre de desarrollo de la personalidad.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 60 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.
Con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 4 y dos párrafos al artículo 25 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. Apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Iniciativa de senadores
Con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por los senadores Manuel Añorve Baños, Carlos H. Aceves del Olmo, Claudia Edith Anaya Mota, Claudia Esther Balderas Espinoza, Sylvana Beltrones Sánchez, Nancy de la Sierra Arámburo, Ángel García Yáñez, Indira Kempis Martínez, Verónica Martínez García, Cecilia Sánchez García, Mario Zamora Gastélum y senadoras del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Acuerdo de los órganos de gobierno
Efemérides
Con motivo del Día del Ejército Mexicano, a cargo de los grupos parlamentarios.
Con motivo del Día Internacional contra la Homofobia en el Deporte.
Con motivo de la instalación del Congreso Constituyente de 1856.
Iniciativas
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas, de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, en materia de planeación, programación, presupuestación y ejecución del gasto de las obras públicas y de los servicios, a cargo de la diputada Alejandra Pani Barragán, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, a cargo de la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 225 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 35 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 173, 173 Bis y 173 Ter de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por las diputadas Susana Prieto Terrazas y Adriana Bustamante Castellanos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marisol García Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 64 Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Martha Rosa Morales Romero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 34 y 139 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 2o. y 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 56 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 29 Bis a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 3o. de la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Asistencia Social, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 53 y 54 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 17 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, suscrita por los diputados Gerardo Peña Flores, Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, suscrita por los diputados Gerardo Peña Flores, Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 387 del Código Penal Federal, suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 10 y 46 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de segunda vuelta para el cargo del Presidente de la República, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 13 y 30 de la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 156 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, en materia de actualización en sus referencias, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 210 de la Ley del Seguro Social y adiciona el artículo 4o. de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 107 de la Ley de Migración, suscrita por la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 64 Bis 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por la diputada Berenice Montes Estrada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 87 de la Ley de Vivienda, suscrita por la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 72 Bis de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, en materia de regulación de vapeadores, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, suscrita por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 3o. Ter de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 25, 28 y 148 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por la diputada Carolina Beauregard Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de medicamentos adquiridos en farmacias, suscrita por la diputada Leticia Zepeda Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 13 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para incorporar exámenes de control, confianza, polígrafo y toxicológicos a candidatos, a cargo de la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley de la Empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 7 Bis y 13 Bis de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 26, 35 y 35 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma, adiciona y deroga los artículos 26, 41 y 41 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 5 de marzo de cada año como Día Nacional del Circo, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 1o. del mes de julio de cada año como Día Nacional de la Banda de Música Sinaloense de Tambora, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 3o. de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 1o. y 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 6o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, en materia de facultades y obligaciones de ejidatarios, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 6o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 9o., 14 Bis 5 y 45 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley de Vivienda, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de paneles solares en viviendas, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 24 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y del Código Penal Federal, en materia de actualización de multas, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 368 Bis y 368 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de participación de autoridades de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 42 la Ley General de Educación, en materia de educación inicial, a cargo del diputado Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 15 y 298 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 1o. y 33 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marisela Garduño Garduño, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 139 del Código Nacional de Procedimientos Penales y 28 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Guadalupe Román Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 6o. y 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 99 y 163 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada Marisol García Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 41 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 84 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 64 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 2o. A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Esteban Bautista Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 1o., 14 Bis 5 y 14 Bis 6 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de incremento al IEPS por bebidas alcohólicas, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 13, 16 y 30 de la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Héctor Israel Castillo Olivares y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 11 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, suscrita por diputados integrantes del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de apoyos financieros, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos, suscrita por el diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de incentivos fiscales en la adquisición de vehículos eléctricos, suscrita por el diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 95 y 98 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Carmen Rocío González Alonso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 418 Bis al Código Civil Federal, suscrita por la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 203 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 209 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 30 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Luis Enrique Martínez Ventura, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 225 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Luis Enrique Martínez Ventura, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 132 y 134 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Luis Enrique Martínez Ventura, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, de la Ley del Seguro Social, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de bonos de transporte para las personas trabajadoras, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 58 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, a cargo de la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona el artículo 61 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Oscar Octavio Moguel Ballado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, a cargo del diputado Oscar Octavio Moguel Ballado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, del Código de Comercio, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en materia de pronto pago a proveedores, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para restituir el Seguro Popular, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protección social y jurídica de policías y miembros de corporaciones de seguridad y justicia, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de aumento de penas por comercialización del agua, suscrita por la diputada María Guadalupe Román Ávila y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, en materia de lineamientos de políticas públicas para el fomento y promoción del uso de inteligencia artificial, a cargo del diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 218 y deroga el artículo 219 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de apoyo a los mexicanos residentes en el extranjero, suscrita por la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Varela Pinedo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Varela Pinedo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Comunicación Social, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos laborales de las mujeres tripulantes, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones al Código Civil Federal, en materia de testamento digital, a cargo de la diputada Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 5o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas, a cargo de la diputada Claudia Tello Espinosa, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 66 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo de la diputada Claudia Tello Espinosa, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 1o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada Claudia Tello Espinosa, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 313, 327 y 341 Bis de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Bernardo Ríos Cheno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 74 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de lenguaje incluyente al referirse a la persona que encabeza el Ejecutivo Federal, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 4 de julio como el Día Nacional del Especialista en Medicina Física y Rehabilitación, a cargo del diputado Favio Castellanos Polanco, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Alfredo Porras Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosangela Amairany Peña Escalante, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosangela Amairany Peña Escalante, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 13 de enero de cada año como el Día Nacional de la Educadora y el Educador Comunitario, a cargo de la diputada María del Rosario Reyes Silva, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 211 Ter y 211 Ter 1 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 8o. de la Ley General de Protección Civil, suscrita por el diputado Anuar Roberto Azar Figueroa y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas verdes en el desarrollo urbano, suscrita por el diputado Anuar Roberto Azar Figueroa y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de financiamiento al sistema de salud, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 12 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor y 294 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, suscrita por el diputado Jorge Ernesto Inzunza Armas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que deroga el artículo 47 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Derecho de Réplica, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Migración, en materia de revisión migratoria, suscrita por la diputada Rosa María González Azcárraga y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Petróleos Mexicanos, suscrita por el diputado Víctor Manuel Pérez Díaz y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 77 Bis y 148 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Wendy Maricela Cordero González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Gerardo Peña Flores y Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 140 del Código Penal Federal, suscrita por los diputados Gerardo Peña Flores, Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 325 del Código Penal Federal, suscrita por los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer y Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, suscrita por los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer y Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 88 y 90 de la Ley de Transición Energética, suscrita por los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer, Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de Desarrollo Social, suscrita por la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 8o. de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, suscrita por la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de homologación normativa, suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Marco Antonio Mendoza Bustamante, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Roberto Carlos López García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 6o. y 20 Quatér de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
De decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, la leyenda A los Constituyentes de 1824, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 215 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de pasantías de estudiantes y profesionistas, a cargo de la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
De decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Gilberto Rincón Gallardo y Meltis, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 91 de la Ley General de Población, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de violencia en los estadios, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, en materia de cigarros electrónicos, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 1o., 5o. y 20 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley General de Salud, de la Ley de Asistencia Social y de la Ley General de Educación, en materia de Sistema Nacional de Cuidados, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona los artículos 3o., 37 y 45 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo de la diputada María Elena Limón García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de lupus y otras enfermedades autoinmunes, a cargo de la diputada Amalia García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 10 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo de la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona los artículos 7o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Turismo, suscrita por el diputado Xavier Azuara Zúñiga y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Dictamen a discusión
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo.
Declaratoria de publicidad de dictámenes
De la Comisión de Vivienda con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 87 de la Ley de Vivienda.
De la Comisión de Movilidad, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
De la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 343 Bis del Código Penal Federal.
De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
De la Comisión de Movilidad, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Registro Público Vehicular, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y de la Ley General de Cambio Climático, en materia de armonización con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
De la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 19 de marzo de cada año, como Día de la Artesana y el Artesano.
De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción I y el último párrafo del artículo 132 de la Ley del Seguro Social.
De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 251 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
De la Comisión de Turismo, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Turismo.
De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de incorporación al régimen de seguridad social.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a revisar y en su caso implementar nuevas tecnologías complementarias a las barreras metálicas en las carreteras, como lo son los amortiguadores de impacto o atenuadores de choque, a cargo del diputado Bernardo Ríos Cheno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cofece, en temas relativos al mercado de publicidad digital, a cargo del diputado Alberto Villa Villegas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a implementar acciones encaminadas a mitigar la sequía en México, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades locales a desplegar operativos eficaces para inhibir el robo a transeúntes, especialmente el robo de teléfonos móviles, a cargo del diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo de Administración de Pemex, a convocar a sesión extraordinaria para analizar la problemática de contaminación ambiental crónica y de salud pública generado por el funcionamiento de la Refinería Ing. Héctor R. Lara Sosa, localizada en Cadereyta Jiménez, Nuevo León, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, a la Conagua y a los tres niveles de Gobierno, a lanzar campañas masivas, de campo, mediáticas y publicitarias, de concientización para el uso racional y el cuidado del agua ante el grave problema de sequía que vive el país, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas autoridades federales y locales, con la finalidad de implementar programas y acciones de concientización para el uso racional y el cuidado del agua en todas las instalaciones gubernamentales ante la escasez en el país, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Issste y al Fovissste, a calcular y otorgar créditos de UMA a pesos con tasa de interés preferencial del 4 al 6 por ciento, y reestructurar los créditos cuyo saldo actual sea mayor a la cantidad otorgada, a cargo de la diputada Norma Graciela Treviño Badillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, a coordinar los mecanismos de seguridad del sistema de carreteras y autopistas en Nuevo León para evitar ataques y reducir los delitos en contra del autotransporte de carga, a cargo del diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a contemplar la posibilidad de realizar una modificación al Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, publicado en el DOF el 26 de enero de 2021, a fin de apoyar a las mujeres que viven en contexto de violencia de género, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Puebla, a llevar cabo las acciones y acuerdos necesarios a efecto de realizar un diagnóstico de la situación que guarda el manejo y disposición de los residuos sólidos urbanos en la entidad, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a pronunciarse en contra de la inclusión de la República de Cuba en la lista de países promotores del terrorismo internacional por partes de los Estados Unidos de América, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a realizar las acciones necesarias para que las niñas, niños y adolescentes reciban el esquema nacional de vacunación de manera completa, a cargo del diputado Oscar Octavio Moguel Ballado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al STC Metro de la CDMX, a emitir nuevas políticas, normas, protocolos y proyectos de mantenimiento preventivo y correctivo de su infraestructura, instalaciones y material rodante, a cargo del diputado Oscar Octavio Moguel Ballado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a adoptar los diez pasos hacia una feliz lactancia natural de la OMS y Unicef, a cargo de la diputada Taygete Irisay Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, en coordinación de los estados de Guerrero y Chiapas, a implementar programas encaminados a prevenir y erradicar el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por parte de la delincuencia organizada y de grupos de autodefensa comunitaria, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Efemérides
Con motivo del día 19 de febrero, conmemoración del Día Internacional contra la Homofobia en el Deporte, a cargo de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del 20 de febrero, Día Mundial de la Justicia Social, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.»
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión semipresencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles catorce de febrero de dos mil veinticuatro, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Quinta Legislatura.
Presidencia de la diputada Marcela Guerra Castillo
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos noventa y dos diputadas y diputados, a las once horas con veintiún minutos del miércoles catorce de febrero de dos mil veinticuatro, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, mismo que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Intervención desde la tribuna en lengua indígena.
En el marco de la promoción y desarrollo de las lenguas indígenas, se concede el uso de la Tribuna, a la ciudadana Cladys Antonio Cruz, hablante de la lengua náhuatl.
Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
La Presidencia, de conformidad a lo establecido en el artículo noventa y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria. En votación económica, se dispensa su lectura, y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se aprueba.
Comunicaciones.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Consejería Jurídica y Asistencia Legal del estado de Oaxaca, por la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la contratación de avionetas para inhibir las lluvias por bombardeo de nubes con químicos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.
Solicitud de licencia.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da cuenta a la Asamblea con el oficio del diputado Victoriano Wences Real, del Partido del Trabajo, por el que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de sus funciones como diputado federal, electo en el Quinto Distrito Electoral del estado de Guerrero, a partir del primero de marzo del año en curso. En votación económica, se aprueba. Comuníquese y llámese al suplente.
Efemérides.
El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar.
La Presidencia concede el uso de la palabra, para referirse al tema, a las diputadas y diputados: Fabiola Rafael Dircio, del Partido de la Revolución Democrática; Álvaro Jiménez Canale, de Movimiento Ciudadano; Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo; Roberto Antonio Rubio Montejo, del Partido Verde Ecologista de México; Sayonara Vargas Rodríguez, del Partido Revolucionario Institucional; Adela Ramos Juárez, del Partido Acción Nacional; y Alfredo Torres Hernández, de Morena.
La Presidencia da la bienvenida a este Salón de Sesiones, a una delegación de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Asuntos Europeos de Croacia, a las señoras y el señor: Frano Matusic, secretario de Estado para asuntos políticos, Martina Kusnjacic, y Andreja Antolic, quienes son acompañados por el excelentísimo señor Pyer Simunovic, embajador de la República de Croacia en los Estados Unidos de América, quienes participaron en una reunión de trabajo con integrantes del Grupo de Amistad de México con la República de Croacia, presidido por la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz.
El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del natalicio de Miguel Ramos Arizpe.
La Presidencia dirige un mensaje a la Asamblea, en nombre de la Mesa Directiva.
Discusión de dictámenes.
El siguiente punto del orden del día es la discusión de los siguientes dictámenes con proyecto de decreto:
a) De la Comisión de Gobernación y Población, por el que se adiciona el inciso e) a la fracción quinta del artículo treinta de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de política nacional marítima.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, al diputado Jaime Martínez López, de Morena, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
La Presidencia da la bienvenida a este Salón de Sesiones, a los siguientes invitados:
—A estudiantes de la maestría en Seguridad Nacional del Centro de Estudios Superiores Navales, invitados por el diputado Jaime Martínez López, presidente de la Comisión de Marina.
—Al titular de la Secretaría de Marina, al almirante José Rafel Ojeda Durán.
En votación nominal, por cuatrocientos cincuenta y un votos a favor, y una abstención, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona el inciso e) a la fracción quinta del artículo treinta de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de política nacional marítima. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
La Presidencia da la bienvenida a este Salón de Sesiones, al doctor Víctor Ávila Akerberg, director general del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, invitado por la diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya, de Morena.
b) De la Comisión de Comunicaciones y Transportes, por el que se reforma el artículo setenta y cuatro Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, al diputado José Antonio Zapata Meraz, del Partido Acción Nacional, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo setenta y cuatro Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
c) De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos.
No habiendo oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos veintiocho votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
d) De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, por el que se reforma la fracción quinta del artículo cincuenta y seis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, al diputado Roberto Alejandro Segovia Hernández, del Partido Verde Ecologista de México, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos treinta y nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción quinta del artículo cincuenta y seis de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
e) De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo ochocientos cuarenta y siete de la Ley Federal del Trabajo.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, a la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Partido del Trabajo, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos setenta votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo ochocientos cuarenta y siete de la Ley Federal del Trabajo. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
f) De la Comisión de Gobernación y Población, por el que se declara el veinticuatro de julio de cada año como Día Nacional del Tequila.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios, a la diputada y al diputado: Mario Alberto Rodríguez Carrillo, de Movimiento Ciudadano; y Laura Lorena Haro Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional, de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por cuatrocientos cincuenta y dos votos a favor, y una abstención, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se declara el veinticuatro de julio de cada año como Día Nacional del Tequila. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
g) De la Comisión de Gobernación y Población, por el que se declara el diecisiete de octubre de cada año como el Día de la Atención Oportuna del Síndrome de Rett.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Gabriela Sodi, del Partido de la Revolución Democrática, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
La Presidencia da la bienvenida a este Salón de Sesiones, a estudiantes del Tecnológico de Monterrey, campus Hidalgo, de las carreras de Derecho, Economía y Relaciones Internacionales, invitados por la diputada Karen Castrejón Trujillo, presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se declara el diecisiete de octubre de cada año como el Día de la Atención Oportuna del Síndrome de Rett. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
h) De la Comisión de Pesca, por el que se reforma la fracción treinta y tres del artículo ocho de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, a la diputada Claudia Tello Espinosa, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y ocho votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción treinta y tres del artículo ocho de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
i) De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se reforma la fracción dos del artículo siete, y la fracción dos del artículo veintiuno de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
No habiendo oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
Presidencia de la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y dos votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que reforma la fracción dos del artículo siete, y la fracción dos del artículo veintiuno de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
j) De la Comisión de Gobernación y Población, por el que se declara el veinticinco de agosto de cada año, como Día del Bolero Mexicano.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, a la diputada Amalia Dolores García Medina, de Movimiento Ciudadano, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y siete votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se declara el veinticinco de agosto de cada año, como Día del Bolero Mexicano. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
k) De la Comisión de Derechos Humanos, con por el que se reforman y adicionan los artículos uno y nueve de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, a la diputada Yolis Jiménez Ramírez, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos sesenta y cuatro votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos uno y nueve de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
l) De la Comisión de Justicia, por el que se reforma el artículo quince del Código Penal Federal.
No habiendo oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos sesenta votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo quince del Código Penal Federal. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
m) De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, por el que se reforma el segundo párrafo del artículo doscientos treinta y dos - A de la Ley Federal de Derechos.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, al diputad Daniel Gutiérrez Gutiérrez, de Morena, quien es promovente del tema.
La Presidencia informa a la Asamblea, que se recibió propuesta de modificación, suscrita por la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, de Morena, e instruye a la Secretaría dar lectura a la misma. Acto seguido, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea si se acepta la propuesta de modificación. En votación económica se acepta y se integra al texto del dictamen.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto, con la modificación aceptada por la Asamblea.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos setenta y un votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo doscientos treinta y dos - A de la Ley Federal de Derechos. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
n) De la Comisión de Salud, por el que se reforma y adiciona el artículo ciento trece de la Ley General de Salud, en materia de salud visual.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, al diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Partido Acción Nacional.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
Presidencia de la diputada Marcela Guerra Castillo
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo ciento trece de la Ley General de Salud, en materia de salud visual. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
o) De la Comisión de Vivienda, por el que se reforman los artículos siete, doce, diecisiete, dieciocho Bis, veinticinco, veinticinco Bis, y veintiséis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios, a las diputadas: Elvia Yolanda Martínez Cosío, de Movimiento Ciudadano; Celestina Castillo Secundino, de Morena; y Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
La Presidencia da la bienvenida a este Salón de Sesiones, a los profesores: Pedro Ruiz Franco y Maribel Pérez Sánchez, de la Escuela Centro Bachillerato del Tecnológico Isidro Fabela Alfaro, invitados por la diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya, de Morena.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos treinta y tres votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos siete, doce, diecisiete, dieciocho Bis, veinticinco, veinticinco Bis, y veintiséis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
p) De la Comisión de Vivienda, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en materia de inclusión financiera con perspectiva de género.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, a la diputada Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos treinta y un votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en materia de inclusión financiera con perspectiva de género. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
q) De la Comisión de Comunicaciones y Transportes, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de armonización legislativa.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario, al diputado Saúl Hernández Hernández, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de armonización legislativa. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
Turno a comisiones de las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo.
La Presidencia informa a la Asamblea que, en términos de los artículos cien y ciento dos, y doscientos noventa y nueve, fracción dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las dieciséis horas con un minuto, y cita para la próxima que tendrá lugar, el día martes veinte de febrero de dos mil veinticuatro, a las once horas, en modalidad presencial, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas, por medio de las tabletas instaladas en las curules de las y los legisladores.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Consulte ahora la Secretaría si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Aprobada el acta.
Continúe la Secretaría.
COMUNICACIONES OFICIALES
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Se recibieron solicitudes de la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla y de los diputados Alfredo Porras Domínguez, Ricardo Villarreal García y Miguel Sámano Peralta, para retirar iniciativas.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva.– Presente.
Por medio de este conducto y con fundamento en el artículo 77, numeral II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito amablemente sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, misma que fue presentada por una servidora y turnada a la Comisión de Derechos Humanos con fecha 11 de julio de 2023.
Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2024.– Diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla (rúbrica).»
–––––––– o ––––––––
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXV Legislatura.– Presente.
El que suscribe, Alfredo Porras Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita que dicte sus apreciables instrucciones a quien corresponda a fin de que sea retirada la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:
Del orden del día del 5 de diciembre de 2023, por el que se reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia derechos de los consumidores por el uso de estacionamientos en centros comerciales, clínicas y hospitales privados, cargo del diputado Alfredo Porras Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena.
Saludos, cordiales.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputado Alfredo Porras Domínguez (rúbrica).»
–––––––– o ––––––––
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presente.
Por medio del presente y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77, numeral 2, y 79, numeral 2, fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle que dicte sus apreciables instrucciones para que sea retirada la siguiente iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria año XXVI, número 6406-II-2, el martes 14 de noviembre de 2023, con rubro
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para armonizar con la legislación nacional el tratado de comercio de armas.
Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2024.– Diputado Ricardo Villarreal García (rúbrica).»
–––––––– o ––––––––
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presente.
Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted respetuosamente que se sirva dictar sus amables instrucciones a quien corresponda a efecto de que sea retirada la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, presentada por el suscrito el 30 de octubre de 2023 y que fue turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para dictamen:
Por el que se reforma el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Lo anterior, a efecto de enriquecer dicha propuesta.
Sin otro particular, agradezco de antemano la atención que se sirva dar a la presente.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 14 de febrero de 2024.– Diputado Miguel Sámano Peralta (rúbrica).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Se tienen por retiradas. Actualícense los registrados parlamentarios.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Se recibió de la Cámara de Senadores acuerdo de los integrantes de la Comisión Bicameral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el cual se designa a la junta directiva para la conducción de los trabajos legislativos durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió de la Junta de Coordinación Política, oficio por el que comunica que se recibió del senador Adolfo Gómez Hernández acuerdo de los integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el cual se designa la junta directiva para la conducción de los trabajos legislativos durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a), y 67, párrafo primero, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero, 176, 177, párrafo primero, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicho documento, mismo que se anexa, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Senado de la República.– LXV Legislatura.– Junta de Coordinación Política.
Senadora Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Mesa Directiva del Senado de la República.– Presente.
Estimada señora presidenta:
Con el gusto de saludarla me permito enviar a usted oficio signado por el senador Adolfo Gómez Hernández, mediante el cual se remite el acuerdo de los integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el cual se designa a la Junta Directiva, para la conducción de los trabajos legislativos durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Lo anterior, para que en el uso de sus facultades dicho acuerdo sea comunicado ante el Pleno de esta soberanía y remitido a la Colegisladora para su conocimiento y efectos a los que haya lugar, con la finalidad de dar continuidad a los trabajos legislativos de dicha Comisión Bicamaral.
Sin otro particular, agradezco sus amables atenciones.
Atentamente
Ciudad de México, 14 de febrero de 2024.– Senador Ricardo Monreal Ávila (rúbrica), presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Senado de la República.– LXV Legislatura.
Senador Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República.– Presente.
Estimado senador:
Con el gusto de saludarle, remito acuerdo de los integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el cual se designa a la Junta Directiva, para la conducción de los trabajos legislativos durante tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Derivado de los consensos detallados en el acuerdo que se anexa, se resolvió lo siguiente:
• Se designa como presidente de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, al senador Adolfo Gómez Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional, quien ejercerá sus funciones durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, finalizando el 31 de agosto de 2024.
• Se designa como secretaria de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, a la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, quien ejercerá sus funciones durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, finalizando el 31 de agosto de 2024.
Solicito a usted se comunique el presente acuerdo ante el Pleno del Senado de la República y se dé visto a la honorable Cámara de Diputados.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Ciudad de México, a 1 de febrero de 2024.– Senador Adolfo Gómez Hernández (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Senado de la República.– LXV Legislatura.– Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.
Acuerdo de los integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el cual se designa a la Junta Directiva, para la conducción de los trabajos legislativos durante tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Los abajo firmantes, senadores y senadoras de la República, y diputadas federales del honorable Congreso de la Unión de la LXV Legislatura, integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, de conformidad con los artículos 88 y 143 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 14 del Reglamento de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, emiten el siguiente acuerdo.
Considerando
I. Que con fundamento en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estaos Unidos Mexicanos, el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos tendrá un Sistema de Bibliotecas que estará a cargo de las Cámaras de Diputados y de Senadores; así mismo, que la administración y operación de las bibliotecas estará a cargo de los servicios establecidos en cada Cámara, conforme a los títulos Segundo y Tercero de la propia Ley y a través de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas, integrada por tres diputados y tres senadores, electos por el Pleno de cada Cámara a propuesta de las respectivas Juntas de Coordinación Política.
II. Que el día 14 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, mediante el que se establecen las normas y procedimientos para la designación de la Junta Directiva de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas, así como la organización y funcionamiento de las bibliotecas administradas por el Congreso de la Unión.
III. Que el martes 13 de noviembre de 2018, la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, aprobó el acuerdo por el que se designa a los senadores que integrarán las comisiones Bicamarales del Congreso de la Unión, designando como integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas, a los siguientes senadores y senadoras:
1. Senadora Martha Cecilia Márquez Alvarado, PAN, presidencia
2. Senadora Gabriela Benavides Cobos, PVEM
3. Senador Manuel Añorve Baños, PRI
IV. Que el jueves 21 de febrero de 2019, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, aprobó Acuerdo por el que se integran las representaciones de diputados a la LXIV Legislatura que participarán las comisiones bicamarales, designando como integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas, a las siguientes diputadas:
1. Diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, PAN presidencia
2. Diputada María del Rosario Merlín García, Morena
3. Diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, MC
V. Que el martes 12 de octubre de 2021 la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, aprobó el Acuerdo por el que se integran las representaciones de diputados y diputadas que participarán en las comisiones bicamarales del Congreso de la Unión en la LXV Legislatura, designando como integrantes de la Comisión Bicamaral del sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, a las siguientes diputadas:
1. Diputada Wendy González Urrutia, PAN, presidencia
2. Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, MC
3. Diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, PT
VI. Que desde el 12 de octubre de 2021, la Cámara de Diputados designó a la Presidencia de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.
VII. Que el 13 de diciembre de 2023, la Junta de Coordinación Política del Senado de la República emitió Acuerdo por el que se modifica la integración de comisiones, designando al senador Adolfo Gómez Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, como integrante de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas.
A partir de dicho nombramiento, la Comisión Bicamaral quedó conformada de la siguiente manera:
Por el Senado de la República:
1. Senador Adolfo Gómez Hernández, Morena
2. Senador Gabriela Benavides Cobos, PVEM
3. Senador Manuel Añorve Baños, PRI
Por la Cámara de Diputados:
1. Diputada Wendy González Urrutia PAN, presidencia
2. Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, MC
3. Diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, PT
VIII. Que es urgente normalizar los trabajos de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión para que, durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, el Senado de la República ejerza la presidencia de dicho órgano bicamaral.
IX: Que de conformidad con el artículo 14, fracción I, del Reglamento del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, el órgano bicamaral contará con una Junta Directiva integrada por una Presidencia y una Secretaría, electas de manera directa por los integrantes de la misma.
X. Que las responsabilidades de la Junta Directiva, serán rotatorias entre los integrantes de la comisión y alternadas entre ambas cámaras, de conformidad con los criterios de proporcionalidad y representatividad de los grupos parlamentarios que integran ambas cámaras.
XI. Que de conformidad con el artículo 14, fracción II del Reglamento del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, la Secretaría de la comisión en ningún caso, será integrada por representante del grupo parlamentario al que pertenezca el presidente de la comisión, ni de la Cámara de este último.
XII. Que de conformidad con el artículo 14, fracción III, del Reglamento del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, los mecanismos de trabajo del órgano bicamaral serán decididos libremente por la misma, tomando en cuenta las normas que regulan el trabajo en comisiones del Congreso y mediante los acuerdos correspondientes.
XIII. Que de conformidad con el artículo 14, fracción XIII, del citado Reglamento, la comisión contará con los recursos materiales, humanos, financieros y telemáticos para el cumplimiento de sus atribuciones. La Cámara de Diputados se sujetará a lo dispuesto por la fracción XIV del mismo artículo.
Por lo anteriormente fundado y motivado, los abajo firmantes, integrantes de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, adoptan el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se designa como presidente de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, al senador Adolfo Gómez Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional, quien ejercerá sus funciones durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, finalizando el 31 de agosto de 2024.
Segundo. Se designa como secretaria de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, a la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, quien ejercerá sus funciones durante el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, finalizando el 31 de agosto de 2024.
Tercero. Los recursos financieros, humanos, técnicos y materiales para el buen funcionamiento de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, así como su operatividad serán designados por el Senado de la República conforme a su normatividad interna.
Cuarto. La Cámara de Diputados habilitará una oficina de la comisión, que será administrada por la Secretaría, con la finalidad de coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos del órgano bicamaral y vigilar que las bibliotecas cumplan con lo dispuesto en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Transitorios
Primero. El presente Acuerdo, entrará en vigor al momento de darse por enterado en ambas cámaras.
Segundo. Remítase el presente Acuerdo a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva del Senado de la República para sus efectos procedentes.
Tercero. Remítase el presente Acuerdo a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para sus efectos procedentes.
Leído el presente Acuerdo, enteradas las partes de su contenido y alcance, se firma por duplicado en la Sede del Senado de la República, el 14 de diciembre de 2023.– Por el Senado de la República: senador Adolfo Gómez Hernández (rúbrica), Morena; senador Manuel Añorve Baños (rúbrica), PRI; senadora Gabriela Benavides Cobos (rúbrica), PVEM. Por la Cámara de Diputados: diputada Wendy González Urrutia, PAS; diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica), MC; diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero (rúbrica), PT.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: De enterada. Y comuníquese.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Se recibió de la Secretaría de Gobernación, el sexto informe bimestral 2023 sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Gobernación.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.– Presente.
Con fundamento en los artículos 27, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 31 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Comunicación Social, me permito remitir para los fines procedentes copia del oficio número UNMC/DGNC/0194/ 2024, signado por el licenciado Rafael Márquez Meza, director general de Normatividad de Comunicación de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación de esta secretaría, mediante el cual envía el Informe bimestral sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales correspondiente al sexto bimestre del ejercicio fiscal de 2023.
Por lo anterior, le acompaño para los fines procedentes copia del oficio a que me he referido, así como los anexos y disco compacto.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.– Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Gobernación.
Maestro Esteban Martínez Mejía, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Comunicación Social, adjunto en medio electrónico el Informe bimestral sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales registrados en esta dirección general, correspondiente al sexto bimestre del ejercicio fiscal de 2023.
Lo anterior, con la atenta solicitud de que por su amable conducto esta información sea remitida a la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados, conforme a lo previsto en la fracción IX del artículo 17 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 6 de febrero de 2024.– Rafael Márquez Meza (rúbrica), director general de Normatividad de Comunicación.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Radio y Televisión, para su conocimiento.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Se recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de enero de 2024, desagregada por tipo de fondo y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de enero de 2023.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.– Presente.
Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a enero de 2024, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación respectiva al mismo mes de 2023.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 15 de febrero de 2024.– Gabriel Yorio González (rúbrica), subsecretario de Hacienda y Crédito Público.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Se recibió del Servicio de Administración Tributaria, el Informe denominado “Evolución de la actividad recaudatoria en 2023, y programas y presupuesto en 2024”
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Servicio de Administración Tributaria.
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, vigente y publicada su última reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de septiembre de 2022; 1, 7, fracciones VI, VII y XVIII, 8, fracción III, y 14, último párrafo, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria (LSAT), publicado en el DOF el 15 de diciembre de 1995, publicada la última reforma en el DOF el 4 de diciembre de 2018; y 1, 2, Apartado B, fracción IX, 3, párrafo primero, 5 párrafo primero, 11, fracción I, y12, fracciones II, VII y XLIV, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicada la última reforma en el DOF, se manifiesta lo siguiente:
Al respecto, a fin de dar cumplimiento en tiempo y forma a la obligación prevista en el último párrafo del artículo 14 de la LSAT, este órgano desconcentrado, en el ejercicio de sus facultades y atribuciones, remite el informe Evolución de la actividad recaudatoria en 2023 y programas y presupuesto en 2024, el cual contiene
• La evolución de la actividad recaudatoria 2023;
• Los programas por ejecutar en 2024 por el Servicio de Administración Tributaria; y
• El presupuesto asignado para el ejercicio de 2024.
Atentamente
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2024.– Ingeniero Sergio García Bermúdez (rúbrica), administrador general de Planeación.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Se recibió del Servicio de Administración Tributaria, oficio por el que se informa de las asignaciones o donaciones de mercancías de comercio exterior que han pasado a propiedad del fisco federal o pueden disponerse legalmente de ellas, que no resultan transferibles al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, durante el mes de enero de 2024, no se realizó ninguna entrega de bienes de asignación o donación.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Servicio de Administración Tributaria.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXV Legislatura.– Presente.
Por medio del presente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 145, cuarto párrafo, de la Ley Aduanera vigente, me permito informarle que el Servicio de Administración Tributaria, a través de sus unidades administrativas centrales y desconcentradas con atribuciones para dar destino (asignación o donación) a las mercancías de comercio exterior que han pasado a propiedad de fisco federal o se puede disponer legalmente de ellas, que no resultan transferibles al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, en enero de 2024 no realizó ninguna entrega de bienes en asignación o donación.
Sin otro asunto por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2024.– Ingeniero Alan Villela López (rúbrica), administrador Central de Destino de Bienes.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para su conocimiento.
Continúe la Secretaría.
La secretaria diputada Karina Isabel Garivo Sánchez: Se recibió de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en relación con el otorgamiento de la pensión universal que recibirán las personas con discapacidad permanente de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad.
«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Le saludo con respeto; y con fundamento en los artículos 26, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción I, inciso B) y 55, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; me permito adjuntar el oficio STyFE/DAJyUT/154/2024, de fecha 31 de enero de 2024, signado por el director de Asuntos Jurídicos y Unidad de Transparencia de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, maestro José Rodrigo Garduño Vera, mediante el cual remite la respuesta al punto de acuerdo promovido por la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables y aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su sesión celebrada el 26 de abril de 2023, mediante el similar DGPL 65-II-3-2106.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Licenciada Fabiola Zamarripa Vázquez (rúbrica), directora general Jurídica y de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.»
«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.
Licenciado Humberto Jardón Pérez, director general Jurídico y de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.– Presente.
Por instrucciones del titular de la Secretaría de Trabajo Fomento al Empleo, y en atención al oficio número SG/DGJyEL/PA/DIP/0046/2023, por el que remiten el diverso DGPL 65-II-3-2106, suscrito por la diputada Olga Luz Espinosa Morales, secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la Ciudad de México, mediante el cual se hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado en su sesión celebrada el 26 de abril de 2023, por el que se exhorta:
“Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los titulares de los poderes ejecutivos de las 32 entidades federativas a que, en cumplimiento con las obligaciones de transparencia, informen las acciones realizadas en el ámbito de su competencia para cumplir con el otorgamiento de la Pensión Universal a personas con discapacidad permanente de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años”.
En relación con lo anterior, cabe mencionar que esta Secretaría se encuentra sumamente comprometida con el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, sin embargo, no cuenta con las facultades necesarias para realizar el otorgamiento de la Pensión Universal a personas con discapacidad permanente.
No omito señalar que, en la respuesta del presente punto de acuerdo, se reconoce el interés que la diputada Olga Luz Espinosa Morales tiene en las problemáticas sociales y, en correspondencia, de conformidad con sus atribuciones, la Secretaría les otorga la debida atención; comprendiendo la relevancia e importancia de dar solución a dichas problemáticas, desde una constante interacción entre el Congreso y la administración pública de la Ciudad de México.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 31 de enero de 2024.– Maestro José Rodrigo Garduño Vera (rúbrica), director de Asuntos Jurídicos y Unidad de Transparencia.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento.
La secretaria diputada Karina Isabel Garivo Sánchez: Se recibió de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a las y los titulares del Poder Ejecutivo de las 32 entidades federativas a realizar las acciones necesarias para fortalecer las políticas públicas para garantizar la protección de las niñas, niños y adolescentes en los centros de asistencia social; y a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, a continuar impulsando las actividades requeridas para que dentro de sus instalaciones se cuente con espacios destinados a la lactancia materna y al aseo de sus hijas e hijos, a fin de atender el desarrollo integral de las niñas y niños, siguiendo el principio del interés superior de la niñez.
«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Le saludo con respeto; y con fundamento en los artículos 26, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción I, inciso B) y 55, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; me permito adjuntar el oficio STyFE/DAJyUT/153/2024, de fecha 31 de enero de 2024, signado por el director de Asuntos Jurídicos y Unidad de Transparencia de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, maestro José Rodrigo Garduño Vera, mediante el cual remite la respuesta al punto de acuerdo promovido por la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia y aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su sesión celebrada el 26 de abril de 2023, mediante el similar DGPL 65-II-6-2211.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Licenciada Fabiola Zamarripa Vázquez (rúbrica), directora general Jurídica y de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.»
«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.
Licenciado Humberto Jardón Pérez, director general Jurídico y de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.– Presente.
Por instrucciones del titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, y en atención al oficio número SG/DGJyEL/PA/DIP/0044.7/2023, por el que remiten el diverso DGPL 65-II-6-2211, suscrito por la diputada Olga Luz Espinosa Morales, secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la Ciudad de México, mediante el cual se hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado en su sesión celebrada el 26 de abril de 2023, por el que se exhorta:
“Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a las dependencias de la administración pública federal, así como al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de las 32 entidades federativas para que, de conformidad con la legislación aplicable, continúen impulsando o, en su caso, implementen las acciones necesarias para que dentro de sus instalaciones se cuente con espacios destinados a la lactancia materna y el aseo de sus hijas e hijos, a fin de atender el desarrollo integral de las niñas, y niños, siguiendo el principio del interés superior de la niñez”.
Al respecto, y una vez analizado este exhorto, me permito informarle que la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, a través de esta Jefatura de Unidad Departamental de Administración de Capital Humano, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo desde el 7 de febrero de 2019, cuenta con una sala de lactario, esto para fomentar los derechos laborales en beneficio a las madres que trabajan en las instalaciones de esta dependencia, toda vez que es primordial que a las mujeres se les reconozca en sus derechos y particularidades, como en el periodo de lactancia, ya que durante este tiempo requieren espacios dignos, adecuados e higiénicos para trabajar y alimentar a sus bebés para un debido desarrollo biológico, inmunológico, nutricional y neurológico, así como al bienestar y salud de la madre.
Cabe mencionar que el derecho a la lactancia materna se encuentra establecido en el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, por ello, con la apertura de la sala de lactado dentro de las instalaciones de esta Secretaría, se garantiza el cumplimiento para beneficio de las madres trabajadoras que lo requieran velando y cumpliendo con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.
No omito señalar que, en la respuesta del presente punto de acuerdo, se reconoce el interés que la diputada Olga Luz Espinosa Morales tiene en las problemáticas sociales y, en correspondencia, de conformidad con sus atribuciones, la Secretaría les otorga la debida atención; comprendiendo la relevancia e importancia de dar solución a dichas problemáticas, desde una constante interacción entre el Congreso y la administración pública de la Ciudad de México.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 31 de enero de 2024.– Maestro José Rodrigo Garduño Vera (rúbrica), director de Asuntos Jurídicos y Unidad de Transparencia.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para su conocimiento.
La secretaria diputada Karina Isabel Garivo Sánchez: Se recibió de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en materia de salud mental.
«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Le saludo con respeto; y con fundamento en los artículos 26, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción 1, inciso B) y 55, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; me permito adjuntar el oficio STyFE/DAJyUT/156/2024, de fecha 31 de enero de 2024, signado por el director de Asuntos Jurídicos y Unidad de Transparencia de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, maestro José Rodrigo Garduño Vera, mediante el cual remite la respuesta al punto de acuerdo promovido por la Comisión de Salud y aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su sesión celebrada el 26 de abril de 2023, mediante el similar DGPL 65-II-7-2287.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Licenciada Fabiola Zamarripa Vázquez (rúbrica), directora General Jurídica y de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento.
MINUTO DE SILENCIO
EN MEMORIA DEL ACADÉMICO, POLÍTICO Y ECONOMISTA CARLOS MANUEL URZÚA MACÍAS
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Honorable asamblea, el día de ayer falleció Carlos Manuel Urzúa Macías, quien nació en Aguascalientes. Fue académico, político y economista, además, miembro de la Academia Mexicana de Ciencias. Licenciado y maestro en Matemáticas por el Instituto Tecnológico de Monterrey y por el Instituto Politécnico Nacional, respectivamente. Doctor en Economía por la Universidad de Wisconsin. Fue secretario de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal entre los años 2000 y 2003. También fue consultor del Banco Mundial, de la Comisión Económica para América Latina, del Programa de las Naciones Unidas, para el Desarrollo y de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico.
Su última responsabilidad pública fue como secretario de Hacienda y Crédito Público en este gobierno, ratificado por la Cámara de Diputados el día 13 de diciembre del año 2018, cargo que desempeñó del primero de diciembre del mismo año 2018 al 9 de julio del año 2019. Descanse en paz, don Carlos Urzúa Morales, hombre recto, sólido economista y servidor público que trabajó con entrega para las instituciones nacionales. Pido a los presentes ponerse de pie para honrar su memoria con un minuto de silencio.
(Minuto de silencio)
SOLICITUDES DE LICENCIA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Proceda la Secretaría a dar cuenta con la solicitud de licencia de la diputada Mónica Becerra Moreno.
La secretaria diputada Karina Isabel Garivo Sánchez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presente.
Con el gusto de saludarle, la que suscribe, Mónica Becerra Moreno, diputada en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción XVI; 12, numeral 1, fracción III; y 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante usted mi solicitud de licencia para separarme del cargo de diputada federal por tiempo indefinido, a partir del 20 de febrero del presente año.
Por lo expuesto y fundado, le solicito respetuosamente se dé el trámite constitucional y legal correspondiente.
Sin otro en particular, agradezco la respuesta a esta solicitud y reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2024.– Diputada Mónica Becerra Moreno (rúbrica).»
Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido a la diputada Mónica Becerra Moreno, para separarse de sus funciones como diputada federal electa en el distrito 2 del estado de Aguascalientes a partir de esta fecha.
Segundo. Llámese a la suplente.
En votación económica, se consulta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Aprobada y comuníquese.
Proceda ahora la Secretaría a dar cuenta con la solicitud de licencia del diputado Erasmo González Robledo.
La secretaria diputada Karina Isabel Garivo Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presente.
Por medio de la presente y de conformidad con los artículos 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, 12 y 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito respetuosamente licencia al ejercicio de mi cargo como diputado federal a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, para surtir efectos a partir del jueves 29 de febrero del presente año y por tiempo indefinido.
Lo anterior, con objeto de que sea sometida a consideración del pleno de esta soberanía en la siguiente sesión de este órgano legislativo.
Asimismo, le solicito de la manera más atenta que dicte sus apreciables instrucciones para los trámites legales y administrativos correspondientes de acuerdo con la normativa aplicable.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2024.– Diputado Erasmo González Robledo (rúbrica).»
Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Erasmo González Robledo para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el distrito siete del estado de Tamaulipas a partir del 29 de febrero del año en curso.
Llámese al suplente.
En votación económica, se consulta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Aprobada y comuníquese.
Diputado Erasmo González, está solicitando el uso de la palabra, ¿con qué objeto? ¿No? Diputado César Agustín Fernández. Sonido en la curul 227. Ya lo tiene. Adelante, diputado, ¿con qué objeto?
El diputado César Agustín Hernández Pérez(vía telemática): Gracias, presidenta. Únicamente para expresar nuestro reconocimiento desde la bancada de Morena a un compañero que se ha desempeñado durante la LXIV y LXV Legislatura como presidente de la Comisión de Presupuesto, a nuestro compañero Erasmo, quien siempre se ha conducido con una gran apertura, sensibilidad, acto, buen oficio político, construyendo a favor de México. Nuestro reconocimiento, Erasmo. Y que las tareas que se avecinan sean de mayor éxito para Tamaulipas. Felicidades.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Agustín Fernández. Diputado Erasmo —un momento, por favor—, diputado Erasmo. Diputadas y diputados, respetemos, por favor. Adelante, diputado Erasmo.
El diputado Erasmo González Robledo(vía telemática): Muchas gracias, diputada presidenta. Solamente para darme la oportunidad de agradecer a esta legislatura, la número LXV del Congreso de la Unión, en la Cámara de Diputados, toda la oportunidad y el enriquecimiento personal que tuve de todas y todos, compañeras y compañeros, de los diferentes grupos parlamentarios. Agradecerles su generosidad parlamentaria y desearles el mayor de los éxitos a todas y a todos. Muchas gracias, compañeras y compañeros.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Erasmo.
TOMA DE PROTESTA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Honorable asamblea, se encuentra en este salón de sesiones la ciudadana Laura Patricia Ahedo Bárcenas, diputada federal electa en el distrito 2 del estado de Aguascalientes, y el ciudadano Alejandro Rubio Beltrán, diputado federal electo en el distrito 18 del estado de Jalisco.
Se designa en comisión, para que los acompañen al acto de rendir la protesta de ley a las siguientes diputadas y diputados: diputada Paulina Rubio Fernández, diputada Sue Ellen Bernal Bolnik y diputado Juan Francisco Espinoza Eguia. Favor de acompañar y de cumplir con el cometido, por favor.
La secretaria diputada Karina Isabel Garivo Sánchez: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.
(La comisión cumple el encargo)
Se invita a los presentes a ponerse de pie. Se invita a todos los presentes a ponerse de pie.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Ciudadana Laura Patricia Ahedo Bárcenas y ciudadano Alejandro Rubio Beltrán, ¿protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanan, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputada y de diputado que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y la prosperidad de la Unión?
La ciudadana Laura Patricia Ahedo Bárcenas y el ciudadano Alejandro Rubio Beltrán: Sí. Protesto.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Si así no lo hicieren, que la nación se los demande. Bienvenidos a la Cámara de Diputados, señor y señora diputada.
La secretaria diputada Karina Isabel Garivo Sánchez: Se invita a los presentes a tomar asiento.
INTERVENCIÓN DESDE LA TRIBUNA EN LENGUA INDÍGENA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Honorable asamblea, en el marco de la conservación e impulso de las lenguas indígenas nacionales, la Cámara de Diputados da la bienvenida y otorga el uso de la tribuna a la ciudadana Cruz Magdali Pineda Carrera, hablante de la lengua mazateca, quien es originaria de San Pedro Ixcatlán, Oaxaca. Es licenciada en Derecho por el Instituto de Enseñanza Superior en Contaduría y Administración de la Ciudad de México. Se concede el uso de la palabra a la ciudadana Cruz Magdali Pineda Carrera hasta por cinco minutos.
La ciudadana Cruz Magdali Pineda Carrera: Buena tarde a todas y todos, en este vasto lienzo de la diversidad cultural, donde cada trazo cuenta la historia de pueblos ancestrales. Hoy es un día donde las palabras se convierten en puentes, en vínculos que unen almas y preservan la riqueza de las lenguas indígenas, tesoros lingüísticos que dan forma a la identidad de comunidades que son guardianas de la memoria colectiva.
Imaginemos, por un instante, que nuestro mundo es un inmenso cuadro de colores, y cada lengua indígena es una paleta única que pinta la esencia de la tierra, el canto de los ríos y el susurro del viento entre los árboles.
Cada palabra es una nota musical que resuena en la sinfonía de la cultura, creando armonías que trascienden el tiempo y el espacio.
Hoy, al celebrar nuestras lenguas maternas, honramos a los narradores de mitos y leyendas, a los portadores de tradiciones que han tejido con hilos de sabiduría la trama de la existencia.
Cada lengua es un mural artístico, una obra maestra que se despliega en la mente de quienes la hablan, llenando de significado cada gesto, cada mirada, cada suspiro.
Fomentar y respetar las lenguas indígenas es como cuidar un jardín de flores únicas, donde cada palabra es una flor que despliega sus pétalos fragantes, revelando la belleza de un conocimiento arraigado en la tierra misma. Es cultivar la semilla del entendimiento, donde el respeto germina como la promesa de un mañana más comprensivo y solidario.
En este día, elevemos nuestras voces en un coro de reconocimiento y admiración por las lenguas maternas que han resistido el paso de los siglos. Que este día sea un recordatorio de que la diversidad lingüística es un tesoro que merece ser atesorado, protegido y transmitido a las generaciones venideras.
En la celebración de este día, renovemos nuestro compromiso de ser guardianes de las lenguas maternas, porque en su preservación encontramos la fuerza para construir puentes de entendimiento y amistad en este vasto mosaico de culturas que llamamos hogar. Muchas gracias.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Agradecemos la presencia de la ciudadana Cruz Magdali Pineda Carrera.
Continúe la Secretaría.
MINUTAS
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-01
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR.
Artículo Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 63 y se deroga el párrafo tercero del artículo 63 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:
Artículo 63. Los sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores que aportan periódicamente sumas de dinero para ser administradas por un tercero, únicamente podrán operar para efectos de adquisición de bienes determinados o determinables, sean muebles o inmuebles destinados a la habitación o a su uso como locales comerciales, en los términos que señale el reglamento respectivo, y sólo podrán ponerse en práctica previa autorización de la Secretaría.
La Secretaría podrá autorizar, en su caso, que estos sistemas de comercialización tengan por objeto los servicios de construcción, remodelación y ampliación de inmuebles, cuando se demuestre que las condiciones del mercado así lo ameriten y que se garanticen los derechos e intereses de los consumidores. Tratándose de esta autorización, no operará la afirmativa ficta.
La Secretaría otorgará la autorización para la operación de los referidos sistemas de comercialización, que en todos los casos será intransmisible, cuando se cumplan con los siguientes requisitos:
I. a VI. ...
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 65 Bis 6 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 65 Bis 6 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-02
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 65 BIS 6 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR.
Artículo Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 65 Bis 6 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:
Artículo 65 Bis 6. Las casas de empeño deberán establecer procedimientos que le garanticen al pignorante la restitución de la prenda. En caso de que el bien sobre el que se constituyó la prenda haya sido robado, extraviado o sufra algún daño o deterioro, el pignorante podrá optar por:
a) La entrega del valor del bien conforme al avalúo que refleje su valor en el mercado al momento en el que el consumidor exija la entrega del bien otorgado en prenda.
b) La entrega de un bien del mismo tipo, valor y calidad del bien robado, extraviado, dañado o deteriorado, otorgando la garantía establecida en esta ley.
Tratándose de metales preciosos, el valor de reposición del bien no podrá ser inferior al valor real que tenga el metal en el mercado al momento de la reposición.
La infracción a este artículo se considerará particularmente grave y se sancionará conforme a lo dispuesto en el artículo 128 Bis de esta Ley.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
CÓDIGO DE COMERCIO
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 380 del Código de Comercio.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 380 del Código de Comercio, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-03
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 380 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
Artículo Único. Se reforma el artículo 380 del Código de Comercio, para quedar como sigue:
Artículo 380. El comprador deberá pagar el precio de las mercancías que se le hayan vendido en un plazo que no exceda los 45 días naturales a partir de la entrega de mercancías. A falta de convenio lo deberá pagar de contado.
El incumplimiento en el pago del precio convenido obligará al deudor a pagar intereses equivalentes al aumento inflacionario conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, si no se pactó una tasa moratoria más alta.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor un día después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo sexto del artículo 18 y se adiciona la fracción XII, recorriéndose las actuales fracciones en su orden, al artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo sexto del artículo 18 y se adiciona la fracción XII, recorriéndose las actuales fracciones en su orden, al artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-04
POR EL QUE SE REFORMA EL PÁRRAFO SEXTO DEL ARTÍCULO 18 Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XII, RECORRIÉNDOSE LAS ACTUALES FRACCIONES EN SU ORDEN, AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA.
Artículo Único. Se reforma el párrafo sexto del artículo 18 y se adiciona la fracción XII, recorriéndose las actuales fracciones en su orden, al artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica, para quedar como sigue:
Artículo 3. ...
I. a XI. ...
XII. Lenguaje ciudadano: Tiene como propósito hacer uso de estructuras gramaticales que faciliten la comprensión y el conocimiento. Este enfoque prioriza la eliminación de barreras lingüísticas y la sustitución de tecnicismos o construcciones gramaticales complejas, con la finalidad de que los receptores del mensaje comprendan la esencia de la información, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas;
XIII. Órgano encargado de la instrucción: La instancia de la Comisión que tenga a su cargo la instrucción de los procedimientos a que se refiere esta Ley, en los términos que determine el estatuto orgánico;
XIV. Pleno: Es el órgano de gobierno de la Comisión integrado por siete Comisionados, incluyendo al Comisionado Presidente;
XV. Procuraduría: La Procuraduría Federal del Consumidor, y
XVI. Secretaría: La Secretaría de Economía.
Artículo 18. ..
..
..
..
...
Los acuerdos y resoluciones del Pleno también serán de carácter público y sólo se reservarán las partes que contengan Información Confidencial o Reservada, en los términos establecidos en esta Ley y demás disposiciones aplicables. Al publicarse la versión pública de las resoluciones de Pleno, deberá incluirse una carátula redactada en lenguaje ciudadano que contenga la descripción del asunto y el sentido del voto de cada uno de los Comisionados, especificando en su caso, los razonamientos emitidos en votos concurrentes o particulares por cada uno de los Comisionados.
..
..
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
SE DECLARA EL 15 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL AMARANTO
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de octubre de cada año como el Día Nacional del Amaranto.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se declara el 15 de octubre de cada año como el “Día Nacional del Amaranto”, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-05
POR EL QUE SE DECLARA EL 15 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL “DÍA NACIONAL DEL AMARANTO”.
Artículo Único. El Honorable Congreso de la Unión, declara el 15 de octubre de cada año como el “Día Nacional del Amaranto”.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica); presidenta; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 y la fracción I del artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de derechos humanos.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 y la fracción I del artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de derechos humanos, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-06
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 6 Y LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.
Artículo Único. Se reforman el artículo 6 y la fracción I del artículo 11 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Artículo 6. Son derechos para el desarrollo social: las libertades de las personas, la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la vivienda digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 11. La Política Nacional de Desarrollo Social tiene los siguientes objetivos:
I. Propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos humanos, sociales o colectivos en los términos que señala el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizado el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusividad social;
II. a V. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Bienestar, para dictamen.
LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 5o. y un artículo 31 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de una vida libre de violencia de las personas con discapacidad.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII recorriéndose la subsecuente al artículo 5 y un artículo 31 Bis a la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, en materia de una vida libre de violencia de las personas con discapacidad, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-07
POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN XII RECORRIÉNDOSE LA SUBSECUENTE AL ARTÍCULO 5 Y UN ARTÍCULO 31 BIS A LA LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN MATERIA DE UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Artículo Único. Se adiciona la fracción XII recorriéndose la subsecuente al artículo 5 y un artículo 31 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:
Artículo 5. Los principios que deberán observar las políticas públicas, son:
I. a XI. ...
XII. El acceso a una vida libre de violencia, y
XIII. Los demás que resulten aplicables.
Artículo 31 Bis. Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad, por lo que cuando sean víctimas de delitos se aplicarán las disposiciones de la Ley General de Víctimas y demás disposiciones que resulten aplicables.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XVII del artículo 2o., la fracción V del artículo 12 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 15 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de educación inclusiva.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XVII del artículo 2, la fracción V del artículo 12 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 15 de la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, en materia de educación inclusiva, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-08
POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XVII DEL ARTÍCULO 2, LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 12 Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 15 DE LA LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN MATERIA DE EDUCACIÓN INCLUSIVA.
Artículo Único. Se reforman la fracción XVII del artículo 2, la fracción V del artículo 12 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 15 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:
Artículo 2. ...
I. a XVI. ...
XVII. Educación Inclusiva: Es la educación que propicia la integración de personas con discapacidad a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos, incluyendo la que se imparte a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación, conforme a lo dispuesto por la legislación aplicable;
XVIII. a XXXIV. ...
Artículo 12. ...
I. a IV. ...
V. Establecer que los programas educativos que se transmiten por televisión pública o privada, nacional o local, o a través de las tecnologías de la información y la comunicación, incluyan tecnologías para texto, audiodescripciones, estenografía proyectada o intérpretes de Lengua de Señas Mexicana;
VI. a XIV. ...
Artículo 15. ...
En caso de emergencia y a fin de que no se interrumpa este tipo de educación se podrá hacer uso de las tecnologías de la información y comunicación conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 33 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de economía social y solidaria.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 33 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de economía social y solidaria, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-09
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, EN MATERIA DE ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA.
Artículo Único. Se reforma el artículo 33 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Artículo 33. Los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el Gobierno Federal fomentarán las actividades productivas para promover la generación de empleos e ingresos de personas, familias, grupos y organizaciones productivas. Además, estimularán acciones que permitan generar economía social y solidaria en los términos que señale la Ley de la Economía Social y Solidaria.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Bienestar, para dictamen.
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto, por el que se reforma el inciso c) de la fracción VI y se adiciona el inciso d) a la fracción IX del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de autonomía personal y libre del desarrollo de la personalidad.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c. de la fracción VI y se adiciona el inciso d. a la fracción IX, del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de autonomía personal y libre desarrollo de la personalidad, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-10
POR EL QUE SE REFORMA EL INCISO C. DE LA FRACCIÓN VI Y SE ADICIONA EL INCISO D. A LA FRACCIÓN IX, DEL ARTÍCULO 5o. DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, EN MATERIA DE AUTONOMÍA PERSONAL Y LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD.
Artículo Único. Se reforman el inciso c. de la fracción VI y se adiciona el inciso d. a la fracción IX del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:
Artículo 5o. De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:
I. a V. ...
VI. De la asistencia social:
a. y b. ...
c. A ser sujetos de programas para tener acceso a una casa hogar o albergue, u otras alternativas de atención integral, si se encuentran en situación de riesgo o desamparo. Las personas adultas mayores tendrán el derecho a manifestar su voluntad respecto al internamiento en cualquier institución pública o privada.
VII. y VIII. ...
IX. Del acceso a los Servicios:
a. a c. ...
d. A solicitar, por decisión personal, el internamiento en alguna institución de asistencia social, dedicada al cuidado de personas adultas mayores en términos de las disposiciones aplicables.
X. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Grupos Vulnerables, para dictamen.
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-11
POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 109; y se adiciona un quinto párrafo al artículo 137, del Código Nacional de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:
Artículo 109. ...
...
I. a XXIX. ...
En el caso de que las víctimas sean personas menores de dieciocho años, el Órgano jurisdiccional o el Ministerio Público tendrán en cuenta los principios del interés superior de niñas, niños y adolescentes, la prevalencia de sus derechos, su protección integral y los derechos reconocidos en la Constitución, en los Tratados Internacionales, en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en la Ley General de Víctimas, así como los previstos en el presente Código y demás disposiciones aplicables.
...
Artículo 137. Medidas de protección
El Ministerio Público, bajo su más estricta responsabilidad, ordenará fundada y motivadamente la aplicación de las medidas de protección idóneas cuando estime que el imputado representa un riesgo inminente en contra de la seguridad de la víctima u ofendido. Son medidas de protección las siguientes:
I. a X. ...
...
...
...
En caso de delitos cometidos en contra de personas menores de dieciocho años, el Ministerio Público aplicará las medidas urgentes de protección especial solicitadas por las Procuradurías Federal y locales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes señala.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-12
POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
Artículo Único. Se adiciona una fracción XXI al artículo 13; un Capítulo Vigésimo Primero denominado “Derecho a la Movilidad en condiciones de seguridad vial”, al Título Tercero; una fracción XII, al artículo 103; las fracciones XXVI y XXVII, al artículo 116, y la fracción VIII Bis, al apartado A, del artículo 127 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 13. ...
I. a XVIII. ...
XIX. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes;
XX. Derecho de acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación, y
XXI. Derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
...
Capítulo Vigésimo PrimeroDerecho a la Movilidad en condiciones de seguridad vial
Artículo 101 Ter. Niñas, niños y adolescentes gozan del derecho a la movilidad, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por esta ley, así como la legislación en la materia.
Las autoridades de la Federación, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, promoverán, en sus respectivos ámbitos de competencia, que los proyectos de infraestructura vial consideren un enfoque de prevención que disminuya los factores de riesgo y la incidencia de lesiones graves, así como el uso y disfrute del espacio público por las niñas, los niños y los adolescentes.
Artículo 101 Ter 1. Las autoridades de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, llevarán a cabo acciones para promover:
A) Entornos escolares seguros: A través de elementos de diseño, gestión, mantenimiento y operación que promueva la seguridad vial en los trayectos y accesos a los planteles escolares, considerando en todo momento:
I. Infraestructura urbana que considere un diseño universal en el que se incluyan las necesidades de las niñas, niños y adolescentes, conforme a lo previsto en la legislación de la materia;
II. Limitar la velocidad de todos los vehículos a un máximo de 20 kilómetros en las vialidades aledañas a los planteles escolares, parques, centros deportivos o cualquier otro lugar donde se concentren niñas, niños y adolescentes;
III. Establecimiento de medidas que coadyuven a proteger la salud de niñas, niños y adolescentes, y fomenten la disminución de bajos niveles de contaminación atmosférica y acústica, promoviendo en todo momento modos sustentables de transporte;
IV. Fomentar la participación de las niñas, niños y adolescentes en el diseño de dichos entornos, a través de mecanismos adecuados, con la finalidad de incorporar criterios que garanticen sus necesidades de movilidad, y
V. Promover el uso de metodologías e indicadores que permitan identificar los factores de riesgo y; promover entornos seguros que contribuyan a una mejor calidad de vida.
B) Espacios Públicos adecuados y seguros, a través de:
I. Equipamiento y mobiliario urbano para el disfrute de las niñas, los niños y los adolescentes de un entorno accesible y seguro para su movilidad, así como el uso y disfrute de las vías públicas;
II. Fomentar mecanismos de participación de niñas, niños y adolescentes en el diseño y gestión de los espacios públicos para cumplir con sus necesidades específicas;
III. Establecer como criterio en el diseño del espacio público e infraestructura vial, la reducción de flujos y velocidades vehiculares para dar lugar a la sana convivencia en las vías, y
IV. Promover espacios y zonas de juego, deportivas y recreativas públicas seguras, accesibles y suficientes, en función de la edad, la diversidad funcional o discapacidad u otras circunstancias, que garanticen sus derechos al deporte, al juego, al esparcimiento y el sano desarrollo.
Artículo 103. ...
I. a IX. ...
X. Considerar la opinión y preferencia de las niñas, niños y adolescentes para la toma de decisiones que les conciernan de manera directa conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez;
XI. Educar en el conocimiento y uso responsable de las tecnologías de la información y comunicación, y
XII. Cumplir con las normas de seguridad para niñas, niños y adolescentes cuando sean personas usuarias de vehículos motorizados particulares, en sus traslados por las vías públicas y evitar en todo momento los factores de riesgo vial señalados en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
...
...
Artículo 116. ...
I. a XXIII . ...
XXIV. Desarrollar todos los mecanismos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley;
XXV. Garantizar que niñas, niños y adolescentes tengan acceso a agua potable para su consumo e higiene;
XXVI. Promover programas y acciones enfocados en la seguridad vial de niñas, niños y adolescentes en sus traslados por las vías públicas del país, a través de la identificación de factores de riesgo, en las que se considerarán: Medidas de mitigación; reducción y control de la velocidad, uso obligatorio de cinturón de seguridad, uso de sillas de retención infantil o de asientos de seguridad que cumplan con estándares reconocidos internacionalmente en su fabricación y el uso obligatorio de casco para personas usuarias de motocicletas, entre otros, y
XXVII. Establecer medidas administrativas para la protección de los ocupantes infantiles en los vehículos mediante el uso correcto de los sistemas de retención infantil señaladas en la fracción anterior.
Artículo 127. ...
A. ...
I. a VII. ...
VIII. La persona Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
VIII Bis. La persona titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y
IX. ...
B. a D. ...
...
...
...
...
...
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las Legislaturas de las entidades federativas deberán adecuar su legislación, dentro de un plazo máximo de ciento ochenta días naturales, a partir de 1a entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. El Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes deberá adecuar las disposiciones que correspondan, dentro de un plazo máximo de seis meses posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
Cuarto. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado para los ejecutores del gasto responsables para el presente ejercicio fiscal y subsecuentes, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez, Adolescencia, para dictamen.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto, por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 60 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 60 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETO
POR EL QUE SE REFORMA EL CUARTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 60 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Artículo Único. Se reforma el cuarto párrafo del artículo 60 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 60. ...
...
...
La omisión de presentar o notificar en tiempo y forma el aviso del riesgo o presunción del mismo, no puede tener como consecuencia jurídica la improcedencia de la solicitud.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 8 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo al artículo 4, y dos párrafos al artículo 25 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 4 y dos párrafos al artículo 25 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 13 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-13
POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 4 Y DOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Artículo Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 4, recorriéndose el subsecuente y los párrafos tercero y cuarto al artículo 25, recorriéndose los subsecuentes, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
Adicionalmente, se observarán los principios de igualdad de género, de accesibilidad e interés superior de la niñez.
...
Artículo 25. ...
...
Cuando las presuntas violaciones de derechos humanos sean en contra de niñas, niños o adolescentes, las denuncias o quejas podrán ser presentadas por sí mismos, sin necesidad de representantes, salvo que por alguna circunstancia no estén en posibilidades de hacerlo. La Comisión Nacional deberá emitir mecanismos accesibles y eficaces para tal fin.
Cuando la Comisión Nacional tenga conocimiento de presuntas violaciones de derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, podrá iniciar denuncia o queja de oficio.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 13 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta;senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores remite minuta con proyecto de decreto, por el que se reforma y el artículo 2o., apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. Apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, a 13 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXV-III-2P-14
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 2o. APARTADO A, FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Artículo Único. Se reforma la fracción II del Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 2o. ...
...
...
...
...
A.
I.
II. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta Constitución, respetando las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres y el interés superior de niñas, niños y adolescentes, sin que pueda justificarse práctica en contrario por el ejercicio de sus usos y costumbres. La ley establecerá los casos y procedimientos de validación por los jueces o tribunales correspondientes.
III. a VIII. ...
...
B. y C. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión, en un plazo no mayor a 90 días posteriores a la publicación del presente decreto, realizará las modificaciones correspondientes a la legislación secundaria a fin de garantizar el pleno respeto de los derechos de niñas, niños y adolescentes en el ejercicio de los usos y costumbres de las comunidades indígenas.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 13 de febrero de 2024.– Senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
INICIATIVAS DE LOS SENADORES
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se recibió de la Cámara de Senadores, iniciativa, con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por los senadores Manuel Añorve Baños, Carlos H. Aceves del Olmo, Claudia Edith Anaya Mota, Claudia Esther Balderas Espinoza, Sylvana Beltrones Sánchez, Nancy de la Sierra Arámburo, Ángel García Yáñez, Indira Kempis Martínez, Verónica Martínez García, Cecilia Margarita Sánchez García, Mario Zamora Gastélum y senadoras del Grupo Parlamentario el Partido Revolucionario Institucional.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, las senadoras y los senadores Manuel Añorve Baños, Carlos Humberto Aceves del Olmo, Claudia Edith Anaya Mota, Claudia Esther Balderas Espinoza, Sylvana Beltrones Sánchez, Nancy de la Sierra Arámburo, Ángel García Yáñez, Indira Kempis Martínez, Verónica Martínez García, Cecilia Sánchez García, Mario Zamora Gastélum y senadoras del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a) y 67, párrafo primero, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero, 176, 177, párrafo primero, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Ciudad de México, 14 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a estudiantes de secundaria y preparatoria provenientes de la Escuela Logos, invitados por la diputada Aleida Alavez Ruiz, de Morena. Sean bienvenidas y bienvenidos. Además, está la hija de la diputada Aleida.
Esta Presidencia saluda a Jacques Blondin, diputado local ante el Gran Consejo de Ginebra, Suiza, y al presidente de la Cámara Suizo-Mexicana del Comercio Industrial, quien es el señor Simon Blondin, invitados por la diputada Lizbeth Mata Lozano, del Partido Acción Nacional. Sean ustedes bienvenidas y bienvenidos.
EFEMÉRIDES
DÍA DEL EJÉRCITO MEXICANO
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del Día del Ejército Mexicano, a cargo de los grupos parlamentarios quienes tendrán el uso de la palabra hasta por cinco minutos. Repito, cinco minutos. Para ello, tiene el uso de la palabra el diputado Miguel Ángel Torres Rosales, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos...
Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Sergio Barrera Sepúlveda de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos.
El diputado Sergio Barrera Sepúlveda: Buenos días, buenas tardes compañeras y compañeros diputados, el día de hoy conmemoramos los 111 años de una de las mayores instituciones con las que cuenta el Estado mexicano.
Fue un 19 de febrero de 1913, cuando el Congreso Constitucional Libre, Independiente y Soberano del estado de Coahuila desconoció al general Victoriano Huerta y dio facultades a Venustiano Carranza, gobernador del mismo estado para crear una fuerza armada y restablecer el orden constitucional y fue hasta la promulgación de la Constitución de 1917 cuando adoptó los nombres de Ejército Nacional Federal y Permanente, y más tarde Ejército Mexicano.
Las funciones del Ejército Mexicano son la defensa del territorio y soberanía nacional, además de garantizar la seguridad interior y apoyar en caso de desastres. Lo anterior lo hemos visto en un sinnúmero de ocasiones apoyando a la sociedad en terremotos, inundaciones, huracanes y todo tipo de desastres naturales.
Es de reconocer la labor del Ejército Mexicano que ha dado su vida y peleado por darnos patria, libertad y justicia, y esto lo podemos constatar todos los días en los noticieros nacionales.
Su mando supremo y único facultado para disponer de él es el presidente de México, comandante supremo de las Fuerzas Armadas, quien como hemos visto en los últimos años le ha encargado funciones y tareas que no les corresponden a las actividades propias de sus facultades.
Para nuestro Ejército la lealtad es devoción sincera, voluntaria e infalible hacia la nación, la unidad, los superiores y compañeros, incluyendo los atributos de sinceridad, justicia, rectitud y nobleza que son comunes en todo militar para servir al Ejército y al país con un compromiso permanente.
Es por estos valores que no les podemos reprochar nada de lo que están realizando. Sabemos que su lealtad es incondicional, sin embargo, no debemos estar de acuerdo en las funciones que los están obligando a realizar. No podemos ser cómplices.
Ellos no deberían construir aeropuertos civiles ni vías ferroviarias, nuestro Ejército no debería operar empresas turísticas ni repartir medicamentos. Ellos no deberían administrar aduanas ni mucho menos puertos marítimos.
Les pregunto, compañeras y compañeros, ¿están de acuerdo en la entrega del programa de mantenimiento carretero al Ejército? Ustedes saben, que esa decisión va en contra de las facultades que tenemos como legisladores y la aprobación del pasado presupuesto.
Pero más preocupante aún, son las implicaciones graves para los miles de empleos que se verán afectados, como lo advirtió la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción y que como ya es costumbre, tristemente todo lo hace por adjudicación directa y opacidad en los contratos y con un simple oficio se cancelas licitaciones y estas decisiones son realmente preocupantes.
Siempre lo he dicho, estamos orgullosos de nuestro Ejército y de nuestras Fuerzas Armadas, pero las decisiones no se pueden tomar de esta manera y ahora en medio de una multiplicación de funciones y procesos de militarización, el Ejército además de conservar el control de asuntos internos, les han otorgado un rol en múltiples ramas de la administración civil en una evidente militarización persistente, que ya lleva por lo menos 5 años.
Es claro que desde el Ejecutivo se ha incumplido la promesa de desmilitarizar al país y de volver a los soldados a sus cuarteles, a donde ellos pertenecen y donde ellos y los mexicanos sabemos que merecen estar.
Por eso lo digo, compañeras y compañeros, no dejaremos de luchar por dignificar su labor y reconocer todo lo que han aportado para crear cimientos fuertes que sostienen a nuestro gran país y que esta noble institución vuelva a asumir las fuerzas y funciones que por su naturaleza tienen que realizar.
Por todo lo anterior, hoy en su 111 aniversario nos ponemos de pie y celebramos a una institución hecha de mexicanas y mexicanos para servir a todos los mexicanos. Muchas gracias, Ejército Mexicano y a todas nuestras Fuerzas Armadas en todo el país. Es cuanto, muchas gracias.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Sergio Barrera Sepúlveda.
Esta Mesa Directiva saluda al Centro de Estudios Tecnológicos en Aguas Continentales, del municipio de Corregidora, estado de Querétaro. Asimismo, nos visita también el personal del Instituto Municipal de la Juventud, también del municipio de Corregidora. Sean ustedes bienvenidas y bienvenidos a la casa del pueblo, la Cámara de Diputados. También saludamos a mujeres, a un grupo de mujeres pertenecientes a la Asociación de Abogadas, en el estado de Morelos, invitadas por la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, de Movimiento Ciudadano. Sean ustedes bienvenidas a este recinto legislativo.
Continuamos. Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Dionicia Vázquez García, del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos.
La diputada Dionicia Vázquez García:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Dionicia Vázquez García: Compañeras y compañeros legisladores, acudo a esta tribuna a nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para exponer con orgullo y reconocimiento algunas reflexiones sobre la efeméride del Día del Ejército Mexicano, que se celebra cada 19 de febrero.
Esta fecha conmemora la historia, la histórica creación del honorable Ejército Mexicano y rinde justo homenaje a las valientes mujeres y hombres que integran esta noble institución, cuya invaluable labor resulta fundamental para preservar la paz, garantizar la estabilidad y promover el desarrollo nacional.
Debemos tener presente que, tras el golpe de Estado de Francisco I. Madero en 1913, por los huertistas, el Congreso Constitucional de Coahuila le otorgó facultades a Venustiano Carranza, quien fungía como gobernador de dicha entidad, para crear una fuerza armada y reestablecer el orden constitucional en nuestra patria.
Tras la promulgación del Plan de Guadalupe el 26 de marzo del mismo año, se le dio vida formal al Ejército Constitucionalista para, posteriormente, con la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, llamarse Ejército Nacional Federal y Permanente y, más delante, como hoy lo conocemos, Ejército Mexicano.
Compañeras y compañeros legisladores, en el marco de la Cuarta transformación de nuestro amado país, el honorable Ejército Mexicano ha recuperado gallardamente su esencia fundacional al servicio de la patria y es con orgullo, pueblo uniformado.
Y esto, gracias a que nuestro jefe supremo de las Fuerzas Armadas, el compañero presidente Andrés Manuel López Obrador, a diferencia del pasado, hoy tiene una estrategia que atiende las profundas desigualdades desde sus causas y orígenes, el Ejército juega un papel decisivo en los proyectos prioritarios de nuestro país.
La conmemoración del Día del Ejército Mexicano constituye un espacio para festejar a esta gran institución, pero también es una inigualable ocasión para hacer un llamado a la unidad que nos permita hacer frente a los desafíos que tenemos como nación.
Es por ello, que me gustaría dejar en claro que el principal compromiso de nuestro movimiento es servir al pueblo y que no quede duda de que seguiremos caminando de su mano para consolidar la transformación de nuestra nación. Viva México. Viva el Ejército Mexicano. Viva el jefe supremo de la Fuerzas Armadas, el compañero presidente Andrés Manuel López Obrador. Unidad Nacional, todo el poder al pueblo. Muchas gracias.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada Dionicia Vázquez García. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Juan Carlos Natale López, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos.
El diputado Juan Carlos Natale López:Gracias, presidenta. Buenas tardes, compañeros. Con su venia, presidenta.
En el marco de la conmemoración 111 del Aniversario del Día del Ejército Mexicano, queremos reconocer su valiosa labor en la ejecución de acciones para lograr que la población en nuestro país viva en paz.
El origen de nuestro Ejército se remonta al movimiento revolucionario cuando valientes cadetes se mantuvieron leales al gobierno del presidente Madero, en franca oposición del golpismo del usurpador Huerta y el porfirismo enquistado, aún en la oficialidad de las Fuerzas Armadas.
La encomienda en aquél entonces, fue la de reestablecer el orden legal y hacer valer la democracia, durante estos más cien años de historia el Ejército Mexicano ha evolucionado para adaptarse a las necesidades que apremian al país. Cada hecho al que se han enfrentado los ha convertido en garantes de la soberanía, la integridad territorial, la seguridad interior y la estabilidad de nuestras instituciones.
Por ello las mexicanas y mexicanos, vemos a nuestro Ejército como una organización conformada por mujeres y hombres con altos valores y principios y, sobre todo, con un profundo amor a su patria. En tiempos de grandes desafíos cuando la paz y la seguridad se ven amenazadas por la violencia que genera la delincuencia organizada, es necesario que todos demostremos nuestro compromiso con quienes todos los días arriesgan su vida para proteger al pueblo de México.
El hecho de estar presente cuando más se le necesita, le ha permitido a nuestro Ejército ser una de las instituciones más cercanas a la ciudadanía y en las que más confían las y los mexicanos. Ha quedado demostrado que la sociedad se siente más segura y protegida sabiendo que el Ejército está presente.
Es importante reconocer que las tareas que hoy realizan los efectivos del Ejército Mexicano son diversas y en muchos casos complejas, lo anterior se ve reflejado en el papel activo que hoy juega nuestro Ejército en la construcción de obras de infraestructura, lo cual ha convertido en protagonista de la transformación a través de la construcción de cientos de sucursales del Banco del Bienestar, de su participación directa en la construcción de líneas férreas y estaciones del Tren Maya, así como en la nueva infraestructura aeroportuaria destacadamente en el Aeropuerto Felipe Ángeles.
En el Partido Verde hacemos un amplio reconocimiento a esta noble institución y les extendemos una sincera felicitación a las mujeres y hombres que desde sus filas han servido a las y los mexicanos con lealtad, con valentía y con honor por garantizar la seguridad de las y los mexicanos.
Es por eso que, en coordinación con el Ejército Mexicano, también hemos propuesto un exhorto al gobierno del estado de Puebla, para que se cree un sistema único digital en donde se pueda consultar, denunciar y englobar toda la información general en materia de seguridad para que no siga existiendo una brecha en la información entre el gobierno federal y en el gobierno de los estados y todos puedan coadyuvar de mejor forma a la seguridad de todas y todos los poblanos y de todas y todos los mexicanos. Enhorabuena, por nuestro Ejército Mexicano. Muchas gracias, compañeros.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Juan Carlos Natale López. Tiene ahora el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Jaime Bueno Zertuche, del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Jaime Bueno Zertuche:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
El diputado Jaime Bueno Zertuche: Compañeras, compañeros, muy buena tarde. Decreto signado por Venustiano Carranza y los integrantes de la XXII Legislatura del estado de Coahuila de Zaragoza, marcado con el número 1421 de fecha 19 de febrero de 1913.
Artículo 1o. Se desconoce al general Victoriano Huerta en su carácter de jefe del Poder Ejecutivo de la República, que dice él le fue conferido por el Senado y se desconocen también todos los actos y disposiciones que dicte con ese carácter.
Artículo 2o. Se conceden facultades extraordinarias al Ejecutivo del estado en todos los ramos de la administración pública para que suprima lo que crea conveniente y proceda a armar fuerzas para coadyuvar al sostenimiento del orden constitucional en la República.
Económico. Excítese a los gobiernos de los demás estados y a los jefes de las fuerzas federales, rurales y auxiliares de la Federación para que secunden la actitud del gobierno de este estado.
Con este decreto fue que se creó el Ejército Constitucionalista, progenitor del Ejército actual. En Coahuila, compañeras y compañeros, nos sentimos orgullosos de nuestra historia, nos sentimos orgullosos de ser la cuna del Ejército Mexicano, un ejército que nació para responde una exigencia nacional, la de devolver a México por el cauce de la legalidad y por el rumbo constitucional que se había perdido, y que gracias al liderazgo y al arrojo de Venustiano Carranza y al valor y sacrificio de miles de mexicanos y de mexicanas recuperamos la legalidad e hicimos valer nuestra Carta Magna.
Hoy honramos el compromiso total de aquellas y aquellos que han dedicado sus vidas a salvaguardar nuestra soberanía, proteger nuestras comunidades y garantizar la paz en el país. El Ejército Mexicano representa no sólo la fuerza armada, sino también ha sido un símbolo de unidad y de solidaridad para todas, las y los, mexicanos a lo largo de la historia nacional.
Reconocemos el sacrificio y la valentía de las y los soldados, quienes día a día enfrentan desafíos enormes para garantizar la seguridad y el bienestar de cada uno de nosotros. Desde la lucha contra el crimen organizado hasta la preservación de la seguridad territorial, el Ejército Mexicano encara todos los días una gran diversidad de retos. Su labor en momentos de crisis y catástrofes naturales ha sido fundamental para mitigar el sufrimiento y reconstruir las comunidades devastadas.
También es importante reconocer el papel fundamental que desempeñan las mujeres en las filas del Ejército Mexicano. Su valentía, dedicación y profesionalismo son un ejemplo para toda la sociedad mexicana. Es vital promover la igualdad de género y garantizar que todas y todos los integrantes del Ejército tengan las mismas oportunidades y reconocimiento por su labor.
Sin embargo, debemos ser conscientes de que la defensa de nuestra nación no recae únicamente en los hombros de las y los elementos del Ejército Mexicano. Es una responsabilidad compartida por toda la sociedad mexicana. Y en este sentido, resulta preciso fortalecer la cooperación entre el gobierno federal, las instituciones públicas y las fuerzas militares, así como la comunidad en general, para enfrentar los desafíos de seguridad de manera integral y de manera efectiva. En estos tiempos de crisis, incertidumbre y cambios constantes es muy importante demostrar nuestro apoyo y gratitud hacia las y los elementos militares. Su compromiso y sacrificio han sido la piedra angular sobre la cual construimos un futuro más próspero y más seguro para todos.
En este Día del Ejército Mexicano, el Grupo Parlamentario del PRI reafirma su compromiso con la paz, con la justicia y la seguridad de nuestra nación. Honremos el legado de aquellos que han dado su vida en el cumplimiento de su deber y trabajemos juntos para construir un México más fuerte, más justo, más inclusivo para las generaciones actuales y las generaciones venideras. Muchas gracias.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Jaime Bueno Zertuche. Ahora tiene el uso de la palabra la diputada Karla Verónica González Cruz, del Partido Acción Nacional, hasta por cinco minutos.
La diputada Karla Verónica González Cruz:Con su venia, diputada presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Karla Verónica González Cruz: Compañeras diputadas y compañeros diputados, el Ejército Mexicano es una de las instituciones más respetadas de nuestro país. Con su actuar y patriotismo inspiran a muchas mexicanas y mexicanos a dar lo mejor a favor de nuestra patria.
A lo largo de su historia el Ejército Mexicano ha demostrado su lealtad a la patria, que lo ha llevado a ser una de las instituciones baluarte de nuestro país. Su entrega y sacrificios, así como su heroísmo, forman parte indeleble de la historia de México.
Las batallas que libraron en favor de nuestra libertad, soberanía y Estado de derecho a lo largo de los siglos XIX y XX forjaron la independencia de nuestro país y dieron forma al México que somos hoy.
Durante las últimas dos décadas el Ejército ha sido encomendado por el Estado mexicano a la defensa del orden legal, la paz interior y la salvaguarda de la soberanía nacional.
Hoy día nuestras Fuerzas Armadas se encuentran cumpliendo con una gran determinación y aplomo la labor fundamental del Estado de brindar seguridad a la población en la primera línea de batalla.
México está viviendo momentos en los que la acción del Ejército es determinante para devolver la paz que se ha perdido a manos de la delincuencia organizada. El desafío directo de los grupos que intentan desestabilizar al Estado mexicano lo ha obligado a apoyarse en el Ejército para llevar a cabo labores de seguridad pública. Sin embargo, en Acción Nacional queremos insistir que su actuación debe ser subsidiaria y no permanente en apoyo a la autoridad civil.
El pueblo de México agradece su disposición, capacidad y destreza en esas labores que son de la mayor importancia. La historia así lo juzgará.
El combate en contra del crimen y la inseguridad requiere de la plena capacidad de las instituciones del Estado para devolver la paz a la sociedad, una paz que el presidente de la República prometió y que ha quedado muy lejos de cumplir.
Por el contrario, la violencia se ha desbordado por su indolencia, por su negligencia y por su propia incapacidad para reconocer el gran problema que hoy vive nuestro país. La seguridad pública es competencia de las fuerzas civiles de las tres órdenes de gobierno, así lo mandata la Constitución.
Diputadas y diputados, el nuestro es un Ejército cercano a la gente, porque es un Ejército del pueblo, que sirve al pueblo y que trabaja con el pueblo. La vocación de servicio de sus miles de integrantes es una inspiración para todos y merece nuestra absoluta gratitud y reconocimiento. Si algo nos ha distinguido de otras naciones es que nuestras Fuerzas Armadas están separadas del ámbito político y la lucha por el poder. Y así debe de seguir siendo.
Hoy, el Ejército Mexicano sigue desempeñando sus labores de manera cabal, leal y valiente, con entereza y dignidad sin otro objetivo más que el interés superior de la nación y de todos los mexicanos. Es una institución que nos genera orgullo, respeto y admiración por todo lo que hace y estamos seguros que seguirán haciendo en favor de México.
Estamos convencidos que seguirán desempeñando una gran labor, en especial como lo han hecho en la defensa de la gobernabilidad y la soberanía nacional. En el Grupo Parlamentario del PAN seguiremos externando nuestro más amplio reconocimiento, agradecimiento y respeto al Ejército Mexicano. El reconocimiento que debe hacerse a una de las instituciones de mayor prestigio en nuestro país, que debe estar acompañado de acciones concretas, proclives a honrar y distinguir a quienes tienen el más alto cargo de proteger a la nación.
Su sacrificio y su entrega llevan a México a la grandeza y ayudan a la construcción de un país mejor. Nuestro mayor reconocimiento y agradecimiento a quienes visten el uniforme de la patria, las mujeres y hombres siempre leales a México. Es cuanto.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada Karla Verónica González Cruz. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Fernando Marín Díaz, de Morena, hasta por cinco minutos.
El diputado Fernando Marín Díaz:Buenas tardes, diputados, diputadas. Con su permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
El diputado Fernando Marín Díaz: Compañeras y compañeros diputados, la historia del Ejército Mexicano se entrelaza con la vida y trayectoria de grandes héroes que han definido a la nación con su vida.
Al celebrar el 111 aniversario del Ejército Mexicano rendimos homenaje a aquellos hombres y mujeres que han empeñado su vida al servicio y protección de la nación. Los cimientos de la nación mexicana se constituyen por la gloria y el honor que forjaron cada uno de los elementos de las fuerzas castrenses en los movimientos transformadores que nos dieron patria, libertad, democracia y justicia.
Y es que los orígenes de esta gloriosa institución se remontan al establecimiento de los señoríos de la Gran Tenochtitlan, Texcoco y Tacuba, pueblos guerreros con una organización política, militar y sacerdotal.
Durante el periodo de la Colonia española predominó por todo el territorio de la Nueva España el establecimiento de los dragones de caballería y de regimientos de infantería, que hasta la actualidad existen. Posteriormente, luego del triunfo del movimiento independentista, el 8 de noviembre de 1821 se creó la Secretaría de Estado Guerra y Marina, y con esta la institución de las Fuerzas Armadas.
No cabe duda de que el honor de las y los elementos del Ejército trasciende generaciones y queda impregnado en la memoria de los pasajes de la historia de México. Gracia al valor de sus soldados, el Ejército Mexicano ha escrito páginas de gloria en la historia con los nombres preclaros de sus hijas e hijos quienes han ofrendado sus vidas para construir una patria engrandecida.
El 19 de febrero de 1913, a través del decreto del Congreso de Coahuila, se desconoció al gobierno espurio de Victoriano Huerta y ordenó a Venustiano Carranza crear una fuerza armada para restablecer el orden constitucional. Este acontecimiento dio origen al actual Ejército Mexicano.
Hoy, esta institución abraza a las mujeres y hombres que asumen la responsabilidad de salvaguardar la soberanía de la nación, la paz y brinda auxilio a la población civil en caso de desastre.
Reconocemos al Ejército del pueblo, de un pueblo al que pertenece y que regresa con solidaridad y humanismo su esfuerzo cotidiano para llevar el bienestar a todos los rincones del país.
También, el Ejército Mexicano es una fuerza armada transformadora, sus tareas se han extendido en obras para detonar el desarrollo del país con justicia social como, por ejemplo, el Tren Maya o el Aeropuerto Felipe Ángeles.
El Tren Maya representa no solo el progreso en la región sur y sureste del país, sino también una oportunidad para establecer lazos de amistad y hospitalidad con los turistas que eligen explorar sus diversos destinos. Mientras que el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles ha sido erigido con las más avanzadas técnicas de construcción y tecnología equiparándose a los estándares de excelencia de los principales aeropuertos a escala mundial.
Además, destacan las labores humanitarias del Ejército Mexicano en auxilio a la población civil afectada por algún desastre con la aplicación del Plan DN-III, cada vez nuestro Ejército actúa como un Ejército civil con actividades diversas. Por eso, el pueblo mexicano confía en el pueblo uniformado porque son de la misma estirpe y tienen iguales anhelos.
En el Grupo Parlamentario de Morena expresamos nuestro respeto y reconocimiento al Ejército Mexicano, gloria de la historia nacional.
Para terminar, hacemos un reconocimiento al jefe supremo de las Fuerzas Armadas, al compañero presidente Andrés Manuel López Obrador, y pésele a quien le pese a partir de octubre tendremos jefa suprema de las fuerzas que se llama Claudia Sheinbaum Pardo. Honor a los soldados de la República, honor al pueblo donde surgieron, viva el Ejército Mexicano y su grandeza. Gracias. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Fernando Marín Díaz.
CONMEMORACIÓN DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE DE 1856
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Honorable asamblea, para conmemorar la instalación del Congreso Constituyente de 1856, esta Presidencia transmite el siguiente mensaje en voz de la diputada vicepresidenta, Joanna Felipe Torres. Sonido al micrófono alterno, por favor.
La vicepresidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Hoy conmemoramos la instalación del Congreso Constituyente de 1856, un hito en la historia de nuestro país, el cual comenzó sus trabajos el 18 de febrero de 1856 y fue un punto de inflexión en el constitucionalismo mexicano.
Después de la intervención norteamericana y la pérdida de más de la mitad del territorio mexicano, el gobierno de Santa Anna se vio mermado, política y militarmente.
En ese contexto surge la revolución de Ayutla, impulsada por Juan N. Álvarez, Florencio Villarreal e Ignacio Comonfort. Movimiento que buscó establecer un estado republicano, federal, democrático y laico.
El 14 de febrero de 1856 se logran reunir 34 diputados electos al Congreso Constituyente, con la asistencia de los suplentes. El 17 de febrero se integró el quórum con 38 representantes y se declararon en junta preparatoria. La mesa directiva fue presidida por Ponciano Arriaga.
Este Congreso Constituyente de 1856-1857 sesionó durante todo un año y dio nacimiento al segundo texto constitucional de carácter federal y republicano en la historia de nuestro país. Esta Carta Magna entró en vigor el 5 de febrero de 1957.
Hoy honramos a aquellos que trabajaron incansablemente para establecer las bases de nuestro Estado republicano, federal, democrático y laico, en beneficio de la nación mexicana su legado libertario ha trascendido a nuestra Constitución y a nuestras instituciones modernas. Muchas gracias. Es cuanto, presidenta.
DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA HOMOFOBIA EN EL DEPORTE
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Honorable asamblea, con motivo del Día Internacional contra la Homofobia en el Deporte, esta Mesa Directiva emite un mensaje en voz de la diputada Blanca Alcalá, vicepresidenta de esta Mesa.
La vicepresidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, señora presidente. Honorable asamblea, hoy conmemoramos una fecha que nos llama a la reflexión, el compromiso y a la acción: el Día Internacional contra la Homofobia en el Deporte.
Momento para repensar los valores y prácticas que imperan en varios deportes, donde las disidencias sexuales son condenadas mediante un abanico de castigos que abarcan desde la estigmatización, la burla, la segregación, la exclusión, hasta la violencia física.
Este día se celebra cada 19 de febrero desde 1998 rindiendo un homenaje a Justin Fashanu, el primer futbolista de la historia en declararse públicamente homosexual, motivo por el cual fue víctima de discriminación y burlas por parte de sus compañeros y personas dentro del círculo deportivo. Lamentablemente Justin entró en depresión y se suicidó en 1998.
El deporte es una celebración de la capacidad humana, del esfuerzo, del talento y de la superación personal. Sin embargo, no podemos cerrar los ojos ante la realidad de la discriminación en este, particularmente ante la homofobia que aún persiste en muchos espacios de ese ámbito, desde canchas locales hasta competencias internacionales.
Diversos datos revelan que un porcentaje significativo de atletas de la comunidad LGBTQ+ han experimentado discriminación o acoso en su entorno deportivo. No obstante, también es importante destacar los avances cada vez más de federaciones deportivas, de clubes y asociaciones que implementan políticas de inclusión y programas de sensibilización para combatir la homofobia y promover el deporte en un ambiente de respeto y aceptación.
Hoy, en este día, hagamos un llamado a seguir trabajando en la creación de un ambiente deportivo, inclusivo y respetuoso, donde, como ya se ha comentado por diversos actores deportivos, la diversidad sexual y de género sean respetadas con igualdad y sean vividas con libertad. Muchas gracias, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada vicepresidenta Blanca Alcalá.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Pasamos al apartado de iniciativas, para ello tiene el uso de la palabra el diputado Alfredo Porras Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
El diputado Alfredo Porras Domínguez:Con su anuencia, compañera presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
El diputado Alfredo Porras Domínguez: Amigas, amigos, diputadas, diputados. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo dos del artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
El suscrito, Alfredo Porras Domínguez, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de esta LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, numeral 1, fracción I, 7778 y demás correlativos a lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de los consumidores por el uso de estacionamiento en centros comerciales, clínicas y hospitales privados, al tenor de los siguientes antecedentes.
Esta iniciativa ha sido presentada por muchos legisladores, con diversas etapas y con diversos fundamentos. En noviembre del 2015, la diputada Delia Guerrero, del PRI, lo propuso. El 6 de noviembre del 2016 la diputada María Cristina Teresa García, del PRD, hizo lo propio. El 24 de abril del 19, los senadores Cruz Pérez Cuéllar y Ricardo Monreal de la LXIV Legislatura también lo propusieron. El 7 de abril del 21, Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena también lo hizo. El 3 de mayo del 23, Samir Fernández Hernández, de esta legislatura también solicitó el siguiente fundamento.
De la misma manera y pido su atención, reconozco al ciudadano Arturo Peña Tapia, presidente y fundador de la Asociación Fundación de un Ser Vertical, AC, y a los integrantes de la misma, por su participación ciudadana e impulsar activamente la protección de los derechos del consumidor a una asociación preocupada y ocupada por controvertir las arbitrariedades
Pregunto, compañeras y compañeros diputados, ¿es justo ir a un centro comercial y que nos cobren por el estacionamiento? Vamos por un servicio, vamos a adquirir mercancías de ellos y nos cobran por estar estacionados.
No está dictaminado, ese es el problema. Y, por lo pronto, también les comento, si no es justo, tenemos que invocar a la Ley de Protección al Consumidor para que sea ya normado en, desde un punto de vista legal.
Si ustedes van a un centro comercial ingresan, se estacionan, una vez que sacaron su ticket y, al estacionarse dice: este establecimiento no se hace responsable de la pérdida de sus pertenencias al interior de su vehículo. Y adentro hay quién limpie el carro, quién repare rayones, quién le ponga parabrisas, quién les dé servicios, todo un negocio de los gerentes de los centros comerciales en contra de los consumidores.
Pregunto, compañeras y compañeros, esta es una posibilidad en la que no tenemos pleitos y sí que responder a quienes representamos. En Jalisco ha habido muchos problemas en los centros comerciales, en Hermosillo ha habido toma de centros comerciales, por qué no de provistos, de mezquindades y de cuestiones partidarias. Por eso yo hice, enumeré que muchos partidos políticos y muchos diputados, incluso senadores, lo han solicitado.
Desde el punto de vista legal el derecho fundamental a la protección del consumidor consagrado en el artículo 1o., establece que el objeto de dicha ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor. Compañeras y compañeros diputados, les pido la solidaridad a una iniciativa...
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Favor de concluir, diputado.
El diputado Alfredo Porras Domínguez: Lo hago, mi presidenta. La solidaridad a una iniciativa que lo único que pretende es, que le demos los derechos a quienes representamos. Si somos —y así lo define la ley— los diputados, representantes del pueblo ante el gobierno, ahora representemos el pueblo ante quienes están haciendo mal uso de las instalaciones. Muchas gracias por su atención. Gracias, presidenta. Gracias, Morena.
«Iniciativa que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Alfredo Porras Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, Alfredo Porras Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia derechos de los consumidores por el uso de estacionamientos en centros comerciales, clínicas y hospitales privados, al tenor de los siguientes
AntecedentesLa discusión de la protección de los derechos de los consumidores por el uso de estacionamiento cuenta con precedentes de iniciativas que buscaron regular las cuotas de estacionamiento, las cuales se mencionan a continuación:
El 4 de noviembre de 2015, Delia Guerrero Coronado, diputada del Grupo Parlamentario del PRI, propuso reforma del artículo de la Ley General de Asentamientos Humanos. Una de las propuestas que la iniciativa buscó fue la gratuidad del servicio para los clientes de centros comerciales. Fue desechada el 11 de noviembre de 2018, y presentada nuevamente el 9 de marzo, 14 de septiembre y 23 de noviembre del 2017, así como 8 de agosto de 2018.
El 6 de septiembre de 2016, María Cristina Teresa García Bravo, diputada del Grupo Parlamentario del PRD, presentó la iniciativa de adición del artículo 33 de la Ley General de Asentamientos Humanos y de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), para que todos los establecimientos comerciales con cajones de estacionamiento fueran de forma gratuita sólo una vez al día por un promedio de dos horas, siempre que el usuario adquiriese algún producto en el inmueble, presentando un ticket. Fue presentada nuevamente el 5 de marzo del 2020 y el 22 de abril de 2021.
El 24 de abril de 2019, Cruz Pérez Cuéllar y Ricardo Monreal Ávila, senadores del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, presentaron la iniciativa para adicionar los artículos 10 y 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbanos. La propuesta busca que quienes prestan los establecimientos de comerciales y de servicio ofrezcan de manera gratuita a los clientes o consumidores.
El 7 de abril de 2021, Ulises García Soto, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presentó la iniciativa de reforma y adición de los artículos 24 y 58 de la LFPC, para la gratuidad de los servicios de estacionamientos en centros comerciales, clínicas y hospitales privados con base en los lineamientos, que establezca la procuraduría.
El 3 de mayo del 2023, Shamir Fernández Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, propuso una reforma de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbanos, para determinar que el servicio de estacionamiento deberá ser gratuito, exceptuando los usuarios que hagan uso de ellos sin haber adquirido bienes o servicios.
De la misma manera, reconozco al ciudadano Arturo Peña Tapia, presidente y fundador de la asociación Fundación Un Ser Vertical, AC; y al licenciado Fernando Paulin Rubio, licenciado Gregorio López García, contador público Everardo Lara González, licenciada Lizbeth Palacios Rodríguez, licenciada Rosario Naomi Escutia Ruiz y licenciada Sthephanie Gómez Vitorio, por su participación ciudadana y por impulsar activamente la protección de los derechos del consumidor, una asociación preocupada y ocupada por controvertir las arbitrariedades.
Exposición de motivosLa presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma en el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, nace de la necesidad de salvaguardar y reforzar los derechos fundamentales de los consumidores en el ámbito de los servicios de estacionamiento en centros comerciales, clínicas y hospitales privados.
Esta propuesta surge de la necesidad de proteger los derechos del consumidor y eliminar barreras económicas en el acceso a servicios esenciales. Ello resulta un fenómeno negativo del actual sistema de tarifas de estacionamiento.
El sistema actual de tarifas de estacionamiento, que impone costos desde el momento de ingreso, representa una barrera financiera para los consumidores. Este enfoque no solo afecta la libertad de elección del usuario, sino que también puede desincentivar visitas frecuentes y crear una presión económica inicial. Asimismo, contrarresta la experiencia positiva que estos lugares buscan ofrecer y desincentiva el consumo local dentro de los establecimientos.
Ofrecer estacionamiento gratuito durante las primeras dos horas para quienes consumen en una plaza incentiva a que los visitantes opten por explorar y gastar en diferentes tiendas o servicios dentro de la plaza, aumentando así las ventas para los negocios. Así también beneficiaría a la atracción de clientes atrayendo a más personas a elegir esa plaza en particular sobre otras, aumentando así la afluencia de clientes. Se estaría contribuyendo con el estímulo económico local al aumentar la afluencia de personas en la plaza comercial, lo que también beneficiaría la economía local.
Al proporcionar un tiempo determinado de estacionamiento gratuito con la comprobación de consumo, se promueve un acceso más equitativo a estos espacios para aquellos que realizan actividades en los establecimientos mencionados.
La reforma de ley propuesta busca mejorar y proteger los derechos del consumidor, promover la equidad en el acceso a servicios de estacionamiento y fomentar la coordinación entre autoridades para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones en beneficio de la población en general.
La reforma propuesta busca directamente beneficiar a los consumidores al eximir de cuotas durante las primeras dos horas de estacionamiento. Más allá de fortalecer el poder adquisitivo, aspiramos a mejorar las posibilidades de compra, eliminando barreras económicas y fomentando la participación activa de los consumidores. Evitar cobros adicionales o inesperados por el uso de estacionamientos contribuye a una mayor equidad y accesibilidad para todas las personas que requieren utilizar estos espacios. Establecer regulaciones a las cuotas extras por estacionamiento fomentará prácticas comerciales más éticas y justas. Esto impulsa a los establecimientos a ofrecer servicios más transparentes y orientados al consumidor.
La regulación a través de la Procuraduría Federal del Consumidor garantiza la protección de los derechos de los consumidores. Esto implica evitar abusos por parte de los establecimientos que cobran tarifas excesivas o poco transparentes por el estacionamiento.
Anticipamos un impacto económico positivo al eliminar las tarifas iniciales, fomentando más transacciones comerciales y contribuyendo al crecimiento de negocios locales. Porque esta propuesta busca promover un entorno más amigable y equitativo en el uso de estacionamientos en centros comerciales, clínicas y hospitales privados.
Reconocemos la importancia del diálogo continuo con las partes interesadas para perfeccionar esta iniciativa y garantizar que beneficie a la sociedad en su conjunto. Esto brindaría transparencia y claridad a los consumidores sobre los costos asociados con el estacionamiento. Al tener regulaciones claras, se reduciría la posibilidad de que los establecimientos abusen de su poder al fijar precios injustos o aplicar cargos excesivos. Esto protege a los consumidores de prácticas comerciales desleales, saber exactamente cuánto pagarán por el estacionamiento y no ser sorprendidos con tarifas inesperadas o injustas puede influir positivamente en su percepción del servicio. La regulación del cobro de las primeras dos horas en estacionamientos de plazas comerciales, hospitales y comercios mercantiles es crucial para proteger los derechos de los consumidores, promover la transparencia y evitar prácticas abusivas y un entorno comercial más justo. Otorgar tasa preferencial de la tercera hora.
Desde el punto de vista legal, el derecho fundamental a la protección del consumidor, consagrado en el artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, establece que el objeto de dicha ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Y en este sentido la reforma busca alinear el acceso de estacionamientos en centros comerciales, clínicas y hospitales privados con estos principios fundamentales.
Esta propuesta va más allá de una simple corrección legislativa; representa un compromiso profundo con la construcción de un entorno comercial que promueva la equidad, la accesibilidad y la protección efectiva de los derechos del consumidor. Reconocemos la importancia de la consulta pública y el diálogo continuo con todas las partes interesadas para perfeccionar esta iniciativa y asegurar que sea beneficiosa para la sociedad en su conjunto. En última instancia, buscamos establecer un estándar que no solo cumpla con las normativas legales, sino que también eleve la experiencia del consumidor a niveles más justos, inclusivos y respetuosos.
Para mayor claridad de la propuesta, se presenta siguiente el cuadro comparativo:
Ley Federal de Protección al Consumidor
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de derechos de los consumidores por el uso de estacionamientos en centros comerciales, clínicas y hospitales privados
Único. Se reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:
Artículo 58. El proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad.
Los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como selección de clientela, condicionamiento del consumo, reserva del derecho de admisión, exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de sus clientes o de las personas discapacitadas, o se funden en disposiciones expresas de otros ordenamientos legales. Dichos proveedores en ningún caso podrán aplicar o cobrar tarifas superiores a las autorizadas o registradas para la clientela en general, ni ofrecer o aplicar descuentos en forma parcial o discriminatoria. Se prohíbe aplicar o cobrar tarifas por las primeras dos horas de estacionamiento en centros comerciales, plazas públicas, clínicas y hospitales privados, siempre que el consumidor adquiera algún producto o servicio, presentando un comprobante de pago. Tampoco podrán aplicar o cobrar cuotas extraordinarias o compensatorias, a las personas con discapacidad por sus implementos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos o deportivos necesarios para...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2024.– Diputados y diputadas: Alfredo Porras Domínguez, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Armando Corona Arvizu, Catalina Díaz Vilchis, Jaime Humberto Pérez Bernabe, José Miguel de la Cruz Lima, Juan Ángel Bautista Bravo, Ma. Cristina Vargas Osnaya, Noemí Salazar López, Olimpia Tamara Girón Hernández, Paola Tenorio Adame, Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, Rosa Hernández Espejo, Salma Luévano Luna, Shirley Guadalupe Velázquez Romero, Steve Esteban del Razo Montiel (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias diputado Alfredo Porras Domínguez. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY DE MIGRACIÓN
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora, el uso de la palabra, la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 107 de la Ley de Migración, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez:Con su venia, diputada presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez: En el contexto actual de la migración se ha identificado una carencia en las políticas y prácticas relacionadas con la atención y el bienestar de las personas que atraviesan procesos migratorios y se encuentra alojadas en estaciones migratorias.
La ausencia de programas estructurados de reinserción educativa y laboral durante el periodo de detención o espera en estas instalaciones, resultan una prolongada vulnerabilidad para las y los migrantes, limitando su capacidad para desarrollarse personal y profesionalmente.
Compañeras y compañeros diputados, apoyar a las y los migrantes que atraviesan México y no criminalizarlos es un compromiso que debemos de asumir en la construcción de un país donde configuremos una nueva forma de entender los fenómenos migratorios y en donde reforcemos también su reinserción social, educativa y laboral, siendo estas las claves para una sociedad más justa y solidaria.
En México llegan migrantes de aproximadamente 173 países que busca más y mejores oportunidades. Tan solo en 2022 había alrededor de 441 mil personas en situación migratoria irregular que esperaban regularizar su estancia o su asistencia para el retorno a sus países. Estas cifras solo evidencian la diversidad de aspiraciones que convergen en nuestras fronteras, reafirmando la responsabilidad que tenemos como país, de no únicamente dejarlos entrar, abrir las puertas a los migrantes y que pasen por nuestro país, sino también crear políticas que promuevan su integración y su bienestar.
En otros países se fomenta la reinserción educativa y laboral de los migrantes. Por ejemplo, en Estados Unidos que existe el Programa Dreamers DACA, que ofrece un camino educativo para las y los jóvenes migrantes, mediante que en la Unión Europea existe el Programa EURES, que apoya la búsqueda de empleo para los migrantes. Nuestro país también debe sumarse a estos apoyos para los migrantes, tenemos que fomentar la promoción de oportunidades y dignidad para todos ellos.
La iniciativa que hoy presente, surge de la falta de estas reformas en materia migratoria respecto a la reinserción de las y los migrantes, ellos son portadores de habilidades y conocimientos valiosos y no pueden contribuir plenamente al tejido social y económico de la sociedad de acogida. Esto resulta en un desaprovechamiento de su potencial humano y en la creación de comunidades menos dinámicas y diversificadas.
Al no contar con oportunidades para el desarrollo de sus potenciales, se generan barreras para la participación activa en el ámbito laboral y comunitario. Este desequilibrio no solamente afecta a la realización personal de las y los migrantes, sino que también priva a la sociedad de acogida de valiosos aportes que todos estos migrantes pudieran dar hacia nuestros países.
La implementación de medidas que fomenten la reinserción educativa y laboral es una estrategia integral que reconoce y aprovecha el capital humano diverso y enriquecedor que aporta a la comunidad de destino. La inversión en la formación de desarrollo de las habilidades de las y los migrantes no solamente beneficia a estos individuos, sino también fortalecen nuestra económica y sociedad en su conjunto.
Los programas educativos pueden abarcar desde los niveles básicos hasta la educación superior. Esta amplitud de enfoque busca proporcionar oportunidades educativas equitativas para todas y todos, independientemente de su nivel de formación previa. Lo que aquí estamos buscando es justamente un desarrollo para todas y todos estos migrantes, sin importar de donde vengan.
En la esfera laboral, los programas deben enseñar oficios y nuevas habilidades para facilitar la transición al mercado laboral. La propuesta que hoy les presento adiciona la fracción VIII del artículo 107 de la Ley de Migración y recorre las subsecuentes, con la finalidad de implementar programas de inserción educativa y laboral en las estaciones migratorias.
La dignidad, la igualdad de oportunidades y la discriminación son principios fundamentales que deben regir las reformas migratorias. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 107 de la Ley de Migración, suscrita por la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez en la LXV Legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 76; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta para su análisis y dictamen iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción VIII y se recorren las subsecuentes del artículo 107 de la Ley de Migración, en materia de reinserción educativa y laboral, la cual propone que en las estaciones migratorias se fomenten programas de reinserción educativa y laboral.
Planteamiento del problema
En el contexto actual de la migración se ha identificado una carencia significativa en las políticas y prácticas relacionadas con la atención y el bienestar de las personas que atraviesan procesos migratorios y se encuentran alojadas en estaciones migratorias.
La ausencia de oportunidades educativas y laborales durante el periodo de detención o espera en estas instalaciones resulta en una vulnerabilidad prolongada para los migrantes, limitando su capacidad para desarrollarse personal y profesionalmente. Este vacío contribuye a la perpetuación de ciclos de dependencia y marginación, ya que los migrantes carecen de las herramientas necesarias para integrarse de manera efectiva en la sociedad de destino.
La falta de iniciativas de reinserción también tiene implicaciones económicas y sociales más amplias. Los migrantes son portadores de habilidades y conocimientos valiosos, no pueden contribuir plenamente al tejido social y económico de la sociedad de acogida. Esto resulta en un desaprovechamiento del potencial humano y en la creación de comunidades menos dinámicas y diversificadas.
Exposición de MotivosLa ausencia de programas efectivos de reinserción educativa y laboral en las estaciones migratorias conlleva a un significativo desaprovechamiento del capital humano representado por los migrantes. Estos individuos, a menudo dotados de habilidades, conocimientos y experiencias valiosas, se ven limitados en su capacidad para contribuir de manera plena y productiva a la sociedad de acogida. Al no contar con oportunidades para el desarrollo de sus potencialidades, se generan barreras a la participación activa en el ámbito laboral y comunitario. Este desequilibrio no sólo afecta la realización personal de los migrantes, sino que también priva a la sociedad de acogida de valiosos aportes que podrían enriquecer la diversidad y fortalecer la dinámica económica y social. La implementación de medidas que fomenten la reinserción educativa y laboral no sólo sería un acto de justicia para los migrantes, sino también una estrategia integral que reconoce y aprovecha el capital humano diverso y enriquecedor que aportan a la comunidad de destino.
Ejemplos actuales y prácticos
En México
• Programa de Educación para Migrantes (PEM) de la Secretaría de Educación Pública (SEP): ofrece educación básica y media superior a más de 200 mil migrantes en todo el país. El programa ha contribuido a que los migrantes puedan completar su educación y desarrollar las habilidades necesarias para incorporarse al mercado laboral.
• Programa de Apoyo a la Integración Laboral de Migrantes (PAIL) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS): ofrece capacitación laboral, orientación vocacional y apoyo en la búsqueda de empleo a migrantes que viven en México. El programa ha ayudado a miles de migrantes a encontrar trabajo y a mejorar sus condiciones laborales.
En Estados Unidos de América (EUA)
• El programa Welcome.US ofrece apoyo a los migrantes recién llegados en temas como la educación, el empleo, la vivienda y la salud. El programa ha ayudado a miles de migrantes a encontrar empleo y a establecerse en la sociedad estadounidense.
• El programa Dreamers DACA ofrece un camino a la ciudadanía para los jóvenes inmigrantes que llegaron a EUA sin autorización legal. El programa ha permitido a miles de jóvenes migrantes completar su educación, obtener un empleo y contribuir a la sociedad estadounidense.
En Europa
• El programa EURES ofrece apoyo a los migrantes en su búsqueda de empleo en otros países de la Unión Europea (UE). El programa ha ayudado a miles de migrantes a encontrar trabajo en países europeos.
• Programa TalentEU ofrece apoyo a los migrantes con talento y habilidades especiales. El programa ha ayudado a miles de migrantes a encontrar empleo en sectores estratégicos de la economía europea.
En síntesis, la migración es un fenómeno complejo y multicausal que afecta a millones de personas en todo el mundo. Los migrantes suelen enfrentar una serie de desafíos, como la discriminación, la xenofobia y la falta de oportunidades. En este contexto, los programas de reinserción educativa y laboral son fundamentales para ayudar a los migrantes a integrarse de manera efectiva a la sociedad de acogida y a contribuir a su desarrollo.
Estos programas pueden abordar una serie de necesidades de los migrantes, como:
• Educación: los migrantes pueden necesitar completar su educación básica, media superior o superior. Los programas de reinserción educativa pueden brindarles las oportunidades necesarias para hacerlo.
• Capacitación laboral: los migrantes pueden necesitar adquirir nuevas habilidades o actualizar sus conocimientos para incorporarse al mercado laboral. Los programas de reinserción laboral pueden brindarles la capacitación necesaria para hacerlo.
• Orientación vocacional: los migrantes pueden necesitar orientación para elegir una carrera o profesión. Los programas de reinserción laboral pueden brindarles esta orientación.
• Apoyo en la búsqueda de empleo: los migrantes pueden necesitar apoyo para encontrar empleo. Los programas de reinserción laboral pueden brindarles este apoyo.
Los programas de reinserción educativa y laboral pueden tener un impacto positivo en la vida de los migrantes, al ayudarles a:
• Completar su educación.
• Desarrollar sus habilidades y conocimientos.
• Incorporarse al mercado laboral.
• Mejorar sus condiciones laborales.
• Contribuir al desarrollo de la sociedad de acogida.
La implementación de programas de reinserción educativa y laboral es una inversión en el futuro de los migrantes y de la sociedad de acogida. Estos programas pueden ayudar a crear una sociedad más inclusiva y justa, donde todos tengan las oportunidades para alcanzar su pleno potencial.
Por lo anteriormente expuesto se propone adicionar la fracción VIII y se recorren las subsecuentes del artículo 107 de la Ley de Migración, en materia de reinserción educativa y laboral, la cual propone que en las estaciones migratorias se fomenten programas de reinserción educativa y laboral.
Para una mayor comprensión de la iniciativa que pongo en consideración de esta soberanía, presento ante ustedes los siguientes cuadros de adición:
En virtud de lo anterior, se somete a consideración del pleno el siguiente
Decreto por el que se adiciona la fracción VIII y se recorren las subsecuentes del artículo 107 de la Ley de Migración
Único. Se adiciona la fracción VIII y se recorren las subsecuentes del artículo 107 de la Ley de Migración, para quedar como sigue:
Artículo 107. Las estaciones migratorias, deberán cumplir al menos los siguientes requisitos:
I. a VII. ...
VIII. Fomentar programas de reinserción educativa y laboral;
IX. Permitir el acceso de representantes legales, o persona de su confianza y la asistencia consular;
X. ...
XI. ...
...
Artículo TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Secretaría de Educación Pública. (2023). Programa Binacional de Educación Migrante. Recuperado de la Secretaría de Educación Pública.
2 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (2023). Programa de Apoyo a la Integración Laboral de Migrantes. Recuperado del Gobierno de México.
3 Welcome.US. (2023). Programa Welcome.US. Recuperado de Welcome.US 2 3 4 5.
4 DACA. (2023). Programa Dreamers DACA. Recuperado de ¿Qué es y cómo funciona DACA?
5 Servicio Público de Empleo Estatal. (2023). Red EURES. Recuperado de Servicio Público de Empleo Estatal 6 7.)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputadas: Ana Laura Valenzuela Sánchez, Laura Patricia Contreras Duarte, Patricia Terrazas Baca, Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez. Túrnese a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a personal académico de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, invitados por la diputada Lidia García Anaya. Sean ustedes bienvenidas y bienvenidos a este salón de sesiones de la casa del pueblo, la Cámara de Diputados.
LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Continuamos. Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y se adiciona el artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
La diputada Sayonara Vargas Rodríguez:Muchas gracias, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, la presentación de mi iniciativa aborda un tema de suma importancia y relevancia en la actualidad: los peligros que enfrenta la niñez y adolescencia en el uso del ciberespacio.
En esta era digital, donde la conectividad y la información fluyen sin cesar, es crucial abordar todo el tiempo las amenazas a las cuales están expuestas nuestras niñas, niños y jóvenes en el uso de las tecnologías de la información. El acceso sin restricciones a internet y las redes sociales pueden exponer a nuestros hijos a diversos riesgos, desde el acoso cibernético hasta la exposición al contenido inapropiado.
De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, nuestro país ocupa, nada más ni nada menos, que el primer lugar en contenido y distribución de pornografía infantil y el segundo en abuso sexual, después de Tailandia. Además, según la Encuesta Nacional del Trabajo Infantil del 2019, del Inegi, en México más de 3.3 millones de niños y niñas son víctimas de explotación infantil. Esta explotación infantil, incluida la exposición de contenido inapropiado y el acoso cibernético, representa efectivamente una amenaza real para la seguridad y el bienestar de nuestros niños y adolescentes.
Conforme a esos alarmantes datos, resulta imperativo que nosotros, como sociedad y como legisladores, asumamos la responsabilidad de educarnos y educar a nuestros hijos sobre estos riesgos. La educación para padres en este papel... juega un papel muy crucial en este proceso. Debemos comprender las plataformas digitales que utilizan nuestros hijos y conocer los posibles riesgos, y estar preparados para bordar situaciones difíciles. Por ello, al enmarcar esta iniciativa en nuestra legislación, enviamos un mensaje claro sobre nuestro compromiso con la protección de los derechos de la niñez mexicana en el mundo digital.
Esta propuesta reforma el artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para que la Secretaría de Educación Pública implemente programas educativos para hacer conciencia sobre los riesgos de la explotación infantil en línea. Asimismo, esta dependencia establecerá programas de concientización sobre los riesgos cibernéticos. Estamos hablando de una causa real desde la raíz, no solo en las escuelas, sino también en comunidades y en centros de trabajo.
Con ello los padres de familia, educadores, como de las niñas y los niños adolescentes contarán con las herramientas necesarias para hacer frente a sus vidas ante este tipo de conductas delictivas.
En esta tarea estamos involucrados todas y todos los legisladores en este momento, así como la sociedad de padres de familia. Necesitamos la colaboración de todos y autoridades para hacer esencial y que esta iniciativa salga a flote y que tengamos mayor seguridad en este entorno digital, que sea seguro, pero, sobre todo, saludable.
Les pido a todas y todos, compañeros, a todas estas fuerzas políticas poder aprobar esta iniciativa. Unirnos, proteger y guiar a nuestra niñez y juventud en este entorno beneficioso, pero a veces muy peligroso mundo digital. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada indígena Sayonara Vargas Rodríguez integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona un numeral tercero al artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEn la actualidad, el crecimiento exponencial del acceso a Internet y el uso generalizado de redes sociales han transformado radicalmente la forma en que las personas interactúan, acceden a la información y se comunican. El confinamiento causado por la pandemia aceleró la comunicación de niñas, niños y adolescentes en plataformas educativas, sociales o de entretenimiento en línea. Sin embargo, junto con estos avances tecnológicos vienen desafíos significativos, especialmente en lo que respecta a la protección de los niños y adolescentes en redes sociales.
La explotación infantil, incluida la exposición a contenido inapropiado y el acoso cibernético, representa una seria amenaza para la seguridad y el bienestar de los menores. Los depredadores sexuales y los delincuentes cibernéticos utilizan las redes sociales y otras plataformas en línea para contactar, manipular y victimizar a niños y adolescentes.
El abuso sexual infantil no siempre implica contacto físico; también puede manifestarse a través de lenguaje inapropiado, tanto en persona como en línea. Además, se estima que, para finales de este año, tres cuartas partes de la población nacional tendrán acceso a Internet, lo que incrementa la exposición de la niñez a estos riesgos.
Después del inicio de la pandemia en México, se ha observado un preocupante aumento en la actividad de pornografía infantil y otros delitos vinculados con la explotación y el abuso sexual de menores en redes sociales. Estos actos afectan gravemente la salud y el bienestar de niñas, niños y adolescentes. La trata de personas con fines de explotación sexual ha experimentado un incremento del 29% entre 2015 y 2018, y una proporción significativa de ello está relacionada con el intercambio de imágenes sexuales en línea.
México ocupa el primer lugar en contenido y distribución de pornografía infantil y el segundo en abuso sexual después de Tailandia, según datos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos. Además, según la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil de 2019 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, más de 3.3 millones de niños y adolescentes son víctimas de explotación infantil en México. Los cinco estados de México con mayores porcentajes de explotación infantil son Oaxaca (21.5), Puebla (18.3), Chiapas (18.3), Michoacán (17.6) y San Luis Potosí (14.3).
Es fundamental resaltar que la participación de los padres y cuidadores es esencial para prevenir estos hechos. La supervisión de las actividades en línea de los menores, el establecimiento de límites y reglas claras sobre el uso de Internet, así como el fomento de una comunicación abierta y honesta sobre los riesgos en línea, son aspectos clave en la protección de los niños y adolescentes.
De acuerdo con estadísticas recientes, se estima que 80 porciento de los padres en México supervisan las actividades en línea de sus hijos, sin embargo, sólo 45 por ciento de los niños y adolescentes reportan haber tenido conversaciones con sus padres sobre seguridad en Internet. Esto resalta la importancia de fortalecer la comunicación entre padres e hijos sobre los riesgos en línea y la necesidad de una supervisión activa por parte de los adultos responsables.
Es así que resulta crucial desarrollar materiales educativos y recursos específicos que aborden los riesgos asociados con la explotación infantil en línea. Estos materiales deben proporcionar orientación práctica sobre cómo reconocer, evitar y denunciar situaciones de peligro en entornos digitales. Sólo 38 por ciento de los niños y adolescentes mexicanos saben cómo reportar un incidente de ciberacoso o explotación en línea, lo que destaca la necesidad urgente de mejorar la alfabetización digital y la conciencia sobre la seguridad en Internet entre los jóvenes.
Para lograr esto, es esencial promover la colaboración entre la Secretaría de Educación Pública, autoridades competentes, organizaciones de la sociedad civil y empresas de tecnología. Trabajando juntos, podemos diseñar, implementar y evaluar de manera efectiva programas educativos que aborden estos temas de manera integral. Además, se debe priorizar la formación de docentes y educadores para que puedan impartir estos conocimientos de manera efectiva en las aulas y en entornos digitales.
Estos contenidos educativos no solo deben centrarse en los niños y adolescentes, sino también en capacitar a los padres y cuidadores sobre cómo proteger a sus hijos en línea. Según encuestas, 60 por ciento de los padres en México desean recibir más información sobre cómo mantener a sus hijos seguros en Internet. Proporcionar recursos y capacitación a los adultos responsables puede tener un impacto significativo en la prevención de la explotación infantil en línea y el abuso sexual en redes sociales.
La protección de los niños y adolescentes en entornos digitales requiere un enfoque integral que involucre a padres, educadores, autoridades y empresas de tecnología. Desa-rrollar programas educativos efectivos, promover la alfabetización digital y mejorar la comunicación entre padres e hijos son pasos fundamentales para garantizar la seguridad en línea de la niñez mexicana.
Es crucial destacar la importancia de enmarcar este tema en el marco jurídico mexicano para garantizar la protección efectiva de la niñez en entornos digitales. Al incluir disposiciones específicas en la legislación, se establecen bases sólidas para la prevención y el combate de la explotación infantil en línea y el abuso sexual en redes sociales. Esto proporciona un marco legal claro y definido que orienta las acciones del gobierno, las instituciones educativas, las autoridades competentes y otras partes interesadas en la protección de los menores.
Al integrar estas medidas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de México, se reconoce oficialmente la importancia de abordar la seguridad en línea de los niños y adolescentes como una prioridad nacional. Además, al establecer obligaciones específicas para la Secretaría de Educación Pública en la implementación de programas educativos, se asegura que el Estado asuma su responsabilidad en la protección de la niñez en entornos digitales.
De esta manera, al enmarcar este tema en la ley mexicana, se envía un mensaje claro sobre el compromiso del país con la protección de los derechos de los niños y adolescentes en el mundo digital. Además, se proporciona un marco legal sólido que facilita la colaboración entre diferentes sectores y promueve la implementación efectiva de medidas preventivas y educativas para combatir la explotación infantil en línea y el abuso sexual en redes sociales.
Para ilustrar la propuesta se anexa el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma y adiciona un numeral tercero al artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Único. Se reforma y adiciona un numeral tercero al artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:
Artículo 218. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública:
I. En los términos establecidos en las disposiciones que en materia de Estrategia Digital emita el Ejecutivo federal, promover en coordinación con la Secretaría, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el sector de educación;
II. Elaborar y difundir programas de carácter educativo y recreativo para la población infantil;
III. La implementación de programas educativos dirigidos a padres, educadores y niños para aumentar la conciencia sobre los riesgos de la explotación infantil en línea y proporcionar herramientas para protegerse, y
IV. Las demás que le confieran esta ley y otras disposiciones legales.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los congresos de las entidades federativas contarán con un plazo de 180 días naturales para adecuar su legislación local conforme a lo establecido en el presente.
Tercero. La Secretaría de Educación Pública contará con un plazo de 180 días para adecuar y emplear los contenidos educativos conforme al presente.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputadas y diputados: Sayonara Vargas Rodríguez, Alejandro Rubio Beltrán, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Carolina Dávila Ramírez, Eduardo Zarzosa Sánchez, Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, Ma. del Carmen Pinete Vargas, Ma. Elena Serrano Maldonado, Marcelino Castañeda Navarrete, Melissa Estefanía Vargas Camacho, Miguel Sámano Peralta, Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, Norma Graciela Treviño Badillo, Sayonara Vargas Rodríguez, Shirley Guadalupe Velázquez Romero, Sue Ellen Bernal Bolnik, Xavier González Zirión, Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada Sayonara Vargas Rodríguez. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen, y a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para opinión.
Tiene ahora el uso de la palabra la diputada...
La diputada Sue Ellen Bernal Bolnik (desde la curul): Presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Un momento. Diputada Sue Ellen, ¿con qué objeto? Sonido a la curul 177. Adelante, diputada.
La diputada Sue Ellen Bernal Bolnik (desde la curul): Gracias, presidenta. Únicamente para preguntarle a la diputada proponente si nos permite suscribir su iniciativa.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada. Diputada Sayonara Vargas, ¿acepta que la diputada Sue Ellen se adhiera y, asimismo, quienes requieran hacerlo? Sí, se autoriza a todos los diputados y diputadas que así lo soliciten favor de pasar al área de Secretarías a hacer lo conducente
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LEY DEL SEGURO SOCIAL, Y LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Karen Castrejón Trujillo, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, suscrita por el diputado Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
La diputada Karen Castrejón Trujillo:Con el permiso de la Presidencia. Agradezco a mis compañeras y compañeros del grupo parlamentario, ya que hoy presentamos, trabajamos en una iniciativa muy importante y, sobre todo, muy noble para poder alcanzar justicia a quienes constantemente son rezagados y por ello, a nombre de mi grupo parlamentario, vengo a presentarla.
Esta iniciativa, que está enfocada principalmente, como lo dije, a la sed de justicia a quienes lidian, no solo con los problemas comunes del día a día, sino también de vivir con una discapacidad en un mundo que por muchos años se negó a observarlos y el cual sigue sin hacer justicia completamente a ellos desde aspectos tan simples, que lo tenemos que decir y que muchos de ellos nos lo han compartido, que tiene que ver con los temas de movilidad o la simple autosuficiencia, las personas con discapacidad han tenido que desarrollar sus vidas, en muchos casos, esforzándose el doble del común de la población y en otros casos hasta el triple.
Y ante la realidad, tenemos que decirlo, la actual administración optó por actuar de forma contundente para mejorar la situación y se puede decir que hemos logrado mejorar sus condiciones generales verdaderamente con el fin de alcanzar un verdadero piso parejo.
Sin embargo, decirlo, nadie puede ser ajeno al camino que aún tenemos pendiente y solo falta hacer una breve revisión para darnos cuenta de la disparidad que aún existe. Y si me lo permiten de manera puntual. Una de las más pronunciadas es la que se da en el ámbito laboral, donde la tasa de participación económica de las personas mayores de 15 años con discapacidad o con algún problema o condición, representó el 38 por ciento durante el año 2020, 2020, una cifra que apenas fue un poco más de la mitad de la tasa de participación observada de las personas sin discapacidad que fue por arriba del 67 por ciento.
Además, de manera conjunta se sufre —y esto es muy importante— de una brecha de ingresos considerablemente entre las personas con discapacidad y las personas sin discapacidad. Esto no debería de ser y no deberían de ganar por debajo del resto de la población y la situación se puede explicar por los muchos años de inacción y nos exige, de verdad, actuar de forma extraordinaria si se quiere alcanzar la igualdad que se lee principalmente en nuestra Carta Magna.
Por ello, pues resulta prioritario la aprobación de esta presente iniciativa que, insisto, la presenta hoy el Partido Verde, trabajada con muchas organizaciones de la sociedad civil organizada. Sin embargo, es y consideramos que es de todas, de todos y que nadie debería por qué oponerse a ella, en la cual se busca corregir precisamente el desbalance de esta esfera laboral, pues estaremos impulsando la inclusión laboral de las personas con discapacidad y una inclusión a partir de establecer que esto es importante, los patrones que contraten personas con discapacidad, es importante decir esto, que podrán deducir el doble del salario efectivamente pagado a estas y además estarán exentos de pagar las cuotas de seguridad social y vivienda que les corresponden.
Lo anterior, siempre y cuando obviamente se busque que estas personas, que además padecen una discapacidad motriz y que se pueda superar, obviamente o que usen algún tipo de prótesis, silla de ruedas, muletas, que está obviamente y que tengan algún tipo de discapacidad, como lo dije, mental, auditiva, visual o congénita.
De igual forma, lo que busca esta iniciativa, viene a coadyuvar en el trabajo que ya se ha realizado a partir del apoyo económico que se les da, y que se puedan incorporar al sector privado en la atención, pues de dicho grupo vulnerable, y que no se le cargue también a parte del erario, sino que consideramos que sea un ganar, ganar para la iniciativa privada, para el gobierno y por supuesto para este sector tan importante.
Consideramos que el beneficio para estas personas es sumamente incalculable ya que estaría abonando a algo muy importante, que es su autosuficiencia y a su independencia, y decir que estamos comprometidos obviamente desde esta urgencia de actuar y que amerita esta situación que hoy se tiene, y que aunque se han corregido varios desbalances a la sociedad en los últimos años, hoy tenemos de oportunidad de continuar esta labor para un sector importante en el que puedan tener una mejor calidad de vida, pero sobre todo volverse a incorporar a la vida laboral. Muchas gracias por su atención.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Carlos Alberto Puente Salas, a nombre propio y en representación de las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosDe acuerdo a datos de la organización Inclúyeme, en América Latina hay 85 millones de personas con discapacidad. La mayoría de estas personas (80 por ciento) no nació con una condición de discapacidad, sino que la adquirieron entre los 18 y los 64 años de vida. Lo anterior da cuenta de que todos estamos expuestos a sufrir alguna discapacidad a lo largo de nuestra existencia, ya sea temporal o permanentemente.
En México, según el Censo de Población y Vivienda 2020, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), del total de población en el país (126 millones 14 mil 24 personas), 5.7 por ciento (7 millones 168 mil 178 personas) tiene discapacidad y/o algún problema o condición mental.
Las personas con discapacidad son uno de los sectores sociales que más barreras y dificultades enfrentan para acceder a derechos básicos como la educación y el empleo en América Latina. Una muestra de lo anterior es que 3 de cada 4 personas con discapacidad en la región se encuentran desempleadas.
En cuanto respecta a nuestro país, de acuerdo a los datos del Inegi, la tasa de participación económica de las personas con discapacidad y/o con algún problema o condición mental de 15 años y más representó en 2020 el 38 por ciento (2.4 millones de personas). Esta cifra fue apenas poco más de la mitad de la tasa de participación observada en las personas sin discapacidad 67 por ciento (59 millones de personas).
El derecho al trabajo es fundamental porque éste es el medio a través del cual las personas pueden cubrir sus necesidades básicas, por ello, el derecho al trabajo constituye un elemento indispensable para asegurar el cumplimiento de otros derechos humanos.
En este sentido, el Estado tiene la obligación de generar las condiciones necesarias a fin de que todas las personas en edad de trabajar, incluidas aquellas que tienen alguna discapacidad, tengan un empleo, no sólo para acceder a una vida digna en el plano económico, sino como un medio para alcanzar la superación, la realización y el desarrollo personales.
Es necesario entender que la diversidad es un valor y que la discapacidad es una forma más de la diversidad humana. Por lo anterior se debe impulsar la construcción de sociedades con entornos que tomen en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad con el propósito de garantizar que éstas puedan vivir una vida plena y enfrenten menos dificultades para acceder a la salud, a la educación, al empleo y a la protección social, rompiendo así con la correlación que hoy, lamentablemente, existe entre discapacidad, exclusión y pobreza.
Bajo esta lógica, los gobiernos de distintos países han intentado impulsar la inclusión de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo, enfocándose en los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación, a través de la creación e instrumentación de diversas leyes, políticas públicas y programas.
Nuestra Carta Magna en su artículo 1o. establece que todas las personas en México gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y que está prohibida la discriminación motivada por las discapacidades, en este sentido, las personas con discapacidad no deberían tener dificultades para acceder al derecho consagrado en el artículo 123 constitucional, es decir, el derecho de toda persona al trabajo digno y socialmente útil.
México cuenta con la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, expedida en 2011, la cual desde su creación contempla un capítulo relativo al Trabajo y al Empleo en donde se establece lo siguiente:
Artículo 11. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades y equidad, que les otorgue certeza en su desarrollo personal, social y laboral. Para tal efecto, realizará las siguientes acciones:
I. Prohibir cualquier tipo de discriminación por motivo de discapacidad en la selección, contratación, remuneración, tipo de empleo, reinserción, continuidad, capacitación, liquidación laboral, promoción profesional y asegurar condiciones de trabajo accesibles, seguras y saludables;
II. Diseñar, ejecutar, evaluar y promover políticas públicas para la inclusión laboral de las personas con discapacidad atendiendo a su clasificación, en el sector público o privado, que protejan la capacitación, empleo, contratación y derechos sindicales, en su caso, de las personas con discapacidad;
III. Elaborar e instrumentar el programa nacional de trabajo y empleo para las personas con discapacidad, que comprenda la capacitación, creación de agencias de integración laboral, acceso a bolsas de trabajo públicas o privadas, centros de trabajo protegido, talleres, asistencia técnica, formación vocacional o profesional, becas en cualquiera de sus modalidades, inserción laboral de las personas con discapacidad en la administración pública de los tres órdenes de gobierno, a través de convenios con los sectores público, social y privado;
IV. Proporcionar asistencia técnica y legal a los sectores productivos, social y privado, en materia laboral de discapacidad, que así lo soliciten;
V. Revisar las Normas Oficiales Mexicanas a efecto de permitir el pleno acceso y goce de los derechos en materia laboral establecidos por la presente Ley y demás disposiciones aplicables;
VI. Fomentar la capacitación y sensibilización al personal que trabaje con personas con discapacidad en el sector público o privado;
VII. Promover medidas a efecto de que las obligaciones laborables no interrumpan el proceso de rehabilitación de las personas con discapacidad, y
VIII. Las demás que dispongan otros ordenamientos.
Por otra parte, también en el ámbito federal, se han instaurado diversos beneficios para estimular a las empresas a contratar personas con discapacidad como los que se enlistan a continuación:
-En 2003, a fin de fomentar el empleo de las personas con discapacidad, el Ejecutivo Federal propuso otorgar un incentivo que permitiera a los patrones deducir el 20 por ciento del salario que recibía el trabajador con discapacidad que contratara.
-En 2014, se otorgó la posibilidad de deducir un monto equivalente al 100 por ciento del Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido y enterado de esos trabajadores, siempre y cuando el patrón estuviera cumpliendo las obligaciones contenidas en la Ley del Seguro Social y obtuviera del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de discapacidad del trabajador.
-De acuerdo a la redacción actual del artículo 186 del Impuesto Sobre la Renta (la cual fue reformada en diciembre de 2019), las empresas que empleen personas con discapacidad pueden obtener un estímulo fiscal consistente en el equivalente al 25 por ciento del salario efectivamente pagado a las personas con discapacidad contratadas, siempre que cumplan con lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley del Seguro Social (párrafo segundo del artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
-Adicionalmente, los empleadores pueden deducir el 100 por ciento de las adaptaciones realizadas en sus instalaciones que impliquen adiciones o mejoras que tengan como finalidad facilitar a las personas con discapacidad el acceso y uso de las mismas (fracción XII del artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
-Asimismo, en los procedimientos de obra pública y en la adquisición de bienes, arrendamientos o servicios que utilicen la evaluación por puntaje, se otorgan puntos adicionales a aquellas empresas que comprueben que por lo menos el 5 por ciento de su personal son trabajadores con discapacidad contratados con seis meses o más de antigüedad (segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público).
En el mismo sentido, tanto el estado de Tamaulipas como la Ciudad de México son entidades que en el ámbito de su competencia otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que contratan personas con discapacidad.
En el primer caso se estima en 25 por ciento de subsidio al Impuesto sobre Nóminas cuando las empresas ocupan 10 por ciento o más de su planta de trabajadores con personas jóvenes, mayores o con capacidades diferentes y de 50 por ciento cuando ocupen 20 por ciento o más.
Por su parte, la Ciudad de México aplica descuentos que van del 20 al 30 por ciento sobre el pago de la tasa del 3 por ciento del Impuesto sobre Nóminas al patrón que demuestre tener en su plantilla laboral cuando menos a 20 por ciento de trabajadores con discapacidad, adultos mayores o madres solteras.
No obstante lo anterior, esto no ha sido suficiente para garantizar la inclusión laboral de todas las personas con discapacidad en nuestro país. Además, cabe destacar que existe una brecha de ingresos considerable entre las personas con discapacidad y las personas sin discapacidad, pues las primeras reciben por su trabajo el 66.5 por ciento de lo que ganan las segundas.
El hecho de que la tasa de personas con discapacidad que cuentan con un empleo sea de poco más de la mitad que la correspondiente a la de las personas sin discapacidad se explica en buena medida por la existencia de ciertos estereotipos que nos hacen concebir a las personas con discapacidad como enfermas, no aptas, incapaces, improductivas, como una carga para las empresas, dependientes o como objetos de cuidado, lo cual no solo representa una idea falsa, sino también ofensiva y perjudicial para las personas que viven con alguna discapacidad.
Las personas con discapacidad pueden ser tanto o más productivas que las personas que no viven con alguna condición de este tipo. Además, al brindarles la oportunidad de devengar un salario, las personas con discapacidad potencian no sólo su capacidad productiva, sino su capacidad como consumidores de bienes y servicios, mejorando con ello la distribución del ingreso en una sociedad.
Para potenciar la inclusión laboral de las personas con discapacidad algunos países han optado por establecer en su legislación sistemas de cuotas que obligan al sector público y a las empresas a incluir en sus plantillas laborales a un determinado número de trabajadores con esta condición.
Este mecanismo surgió en Europa tras la Primera Guerra Mundial y, al principio, los únicos beneficiarios eran los veteranos de guerra que habían quedado mutilados en actos de servicio, quedando exentos de esta obligación los pequeños empleadores. Tras la Segunda Guerra Mundial, los sistemas de cuotas se ampliaron para abarcar a los civiles discapacitados y se adoptaron en países de todo el mundo. La instauración de este tipo de sistemas se justifica porque ha demostrado ser efectiva para contrarrestar las bajas tasas de empleo que enfrentan las personas con discapacidad.
Alemania fue uno de los primeros países en adoptar en 1974 un sistema de cuotas. Actualmente, el Libro 9 del Código Social, de 2002, señala que los empleadores públicos y privados con al menos 20 empleados habrán de garantizar que al menos un 5 por ciento de ellos sean personas con discapacidad. Quienes no cumplen con la cuota obligatoria deben pagar una tasa compensatoria fija por cada puesto de la cuota no cubierto. Esta suma se destina a promover la rehabilitación y el empleo de personas con discapacidad y puede utilizarse, por ejemplo, para dar subvenciones a los empleadores que superen la cuota obligatoria o para ayudarles a sufragar los costes adicionales que ocasione la contratación de una persona con discapacidad.
En Austria, la Ley de Empleo para la Discapacidad exige a las empresas que proporcionen al menos un empleo a un trabajador con discapacidad por cada 25 trabajadores no discapacitados, una regla que se aplica estrictamente mediante una penalización por incumplimiento en forma de tasa compensatoria. El Fondo Compensatorio se utiliza para promover la inclusión de las personas con discapacidad en el empleo, por ejemplo, mediante subsidios salariales, subsidios para las adaptaciones en el lugar de trabajo y primas para los empleadores que superen su cuota obligatoria.
En el ámbito latinoamericano, Ecuador cuenta con un sistema de cuotas para el empleo de discapacidad que abarca tanto a los empleadores públicos como a los privados que tengan al menos 25 empleados. Desde 2010, las personas con discapacidad deben representar un 4 por ciento del número total de empleados. La legislación también incluye disposiciones relativas a las tasas por no respetar las cuotas establecidas.
Por su parte, en Japón la cuota para personas con discapacidad varía en función del índice de empleo a tiempo completo y del desempleo en el mercado de trabajo global. Los empleadores que dispongan de una fuerza de trabajo de 200 o más empleados regulares están obligados a pagar una tasa por cada empleado por debajo del nivel estipulado por ley de un 1.8 por ciento de la fuerza de trabajo total.
Finalmente, en Tailandia la Ley para la Participación Ampliada de las Personas con Discapacidad, de 2007, establece un cupo de empleo para los empleadores públicos y privados de una persona con discapacidad por cada 100 empleados. Los empleadores que incumplan las normas pueden ofrecer una concesión de su negocio, proporcionar ventas o servicios u ofrecer formación profesional para personas con discapacidad. Aquellos que incumplan estas opciones estarán obligados a efectuar un pago compensatorio.
En nuestro país, la Ciudad de México contempla desde hace años una cuota laboral para las personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública local, las cuales, de acuerdo al artículo 24 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México, están obligadas a destinar el 5 por ciento de las plazas de creación reciente y de las vacantes a la contratación de personas con discapacidad. Lamentablemente, lo anterior no es aplicable al resto de las entidades federativas del país.
En este sentido, es importante recalcar que los estereotipos son en realidad barreras estructurales que impiden o limitan a las personas con discapacidad el ejercicio pleno de sus derechos. Al respecto, conviene resaltar que, de conformidad con un modelo social de la discapacidad con enfoque de derechos humanos, ésta debe ser entendida como “una problemática social que surge de la interacción de las personas con ciertas características (físicas, sensoriales, intelectuales, psicoemocionales) y la interacción con las barreras de su entorno (físicas o actitudinales)”.
Nuestra labor como legisladores es contribuir a retirar las barreras estructurales que afectan a las personas con discapacidad y les impiden no solo el ejercicio de sus derechos, sino también realizarse y desarrollarse plenamente.
El trabajo no puede ser visto como un favor o un acto de caridad que pueda otorgarse de manera arbitraria o como una concesión graciosa, pues se trata de un derecho humano inherente a todas las personas el cual permite a sus titulares vivir de manera plena e independiente.
En este sentido, consideramos oportuno proponer una reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta a fin de establecer que los patrones que empleen personas con discapacidad pueden obtener un estímulo fiscal consistente en el equivalente al doble del salario efectivamente pagado a las personas contratadas, siempre y cuando los trabajadores referidos cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud. Así mismo, proponemos reformar la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores con el propósito de que los empleadores estén exentos de pagar las cuotas de seguridad social y las aportaciones a la subcuenta de vivienda correspondientes a las personas trabajadoras con discapacidad que tengan contratadas.
Para una mejor comprensión de las reformas aquí planteadas, se presenta a continuación el cuadro comparativo entre el texto legal vigente y las modificaciones propuestas:
Por lo aquí expuesto, quien suscribe somete a la consideración de esta Asamblea la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores
Artículo Primero. Se reforma el segundo párrafo del artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como a continuación se presenta:
Artículo 186. (...)
El estímulo fiscal consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del contribuyente para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto equivalente al doble del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley. El estímulo fiscal a que se refiere este párrafo será aplicable siempre que los contribuyentes obtengan el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud, respecto de los citados trabajadores.
(...)
(...)
Artículo Segundo. Se reforman y adicionan los artículos 25, 106, 107 y 147 de la Ley del Seguro Social, para quedar como a continuación se presenta:
Artículo 25. (...)
Para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados y sus beneficiarios, en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, los patrones, los trabajadores y el Estado aportarán una cuota de uno punto cinco por ciento sobre el salario base de cotización. De dicha cuota corresponderá al patrón pagar el uno punto cero cinco por ciento, a los trabajadores el cero punto trescientos setenta y cinco por ciento y al Estado el cero punto cero setenta y cinco por ciento.
Los patrones que empleen a personas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes y que cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud, estarán exentos de aportar la cuota correspondiente a estos a la que hace referencia el párrafo anterior.
Artículo 106. Las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, se financiarán en la forma siguiente:
I. a III. (...)
No se contemplarán para los cálculos de la fracción I y II a las personas aseguradas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes y que cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud.
Artículo 107. Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se financiarán con una cuota del uno por ciento sobre el salario base de cotización, que se pagará de la forma siguiente:
I. A los patrones les corresponderá pagar el setenta por ciento de dicha cuota .
Los patrones que empleen a personas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes y que cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud estarán exentos de aportar la cuota correspondiente a estos a la que hace referencia el párrafo anterior.
II. A los trabajadores les corresponderá pagar el veinticinco por ciento de la misma .
Las personas trabajadoras que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes y que cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud estarán exentos de aportar la cuota a la que hace referencia el párrafo anterior.
III. (...)
Artículo 147. A los patrones y a los trabajadores les corresponde cubrir, para el seguro de invalidez y vida el uno punto setenta y cinco por ciento y el cero punto seiscientos veinticinco por ciento sobre el salario base de cotización, respectivamente.
Los patrones que empleen a personas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes y que cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud estarán exentos de aportar la cuota correspondiente a estos a la que hace referencia el párrafo anterior.
De igual forma, las personas trabajadoras que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes y que cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud estarán exentos de aportar la cuota a la que hace referencia el párrafo primero de este artículo.
Artículo Tercero. Se reforma y adiciona el artículo 29 de la Ley del Instituto Nacional del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como a continuación se presenta:
Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:
I. (...)
II. Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.
(...)
(...)
(...)
(...)
Los patrones que empleen a personas que padezcan discapacidad motriz, que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes y que cuenten con el certificado de discapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Secretaría de Salud estarán exentos de la obligación de efectuar las aportaciones referidas en el primer párrafo de esta fracción. Dichas aportaciones deberán ser cubiertas por el Estado.
III. a IX. (...)
(...)
(...)
TransitorioÚnico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Véase, “¿Por qué existimos?”, Incluyeme.com. Consultado el 07 de febrero de 2024. Disponible en:
https://www.incluyeme.com/central-de-recursos/
2 Véase, “Estadísticas a propósito del día internacional de las personas con discapacidad (datos nacionales)”, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, comunicado de prensa número 713/21, 3 de diciembre de 2021. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021 /EAP_PersDiscap21.pdf
3 Véase, “¿Por qué existimos?”, op. cit.
4 Véase, “Estadísticas a propósito del día internacional de las personas con discapacidad (datos nacionales)”, op. cit.
5 Véase, “Estímulos y beneficios para empresas que contraten personas con discapacidad”, Gobierno de la República, México, sin fecha. Disponible en:
http://setracoahuila.gob.mx/descargar/EstimulosyBeneficios.pdf
6 Ibídem.
7 Ibídem.
8 Véase, “Sólo 39% de las personas con discapacidad tienen empleo; ganan 33.5% menos”, Aristegui Noticias, 7 de marzo de 2018. Disponible en:
https://aristeguinoticias.com/0703/mexico/solo-39-de-las-persona s-con-discapacidad-tienen-empleo-ganan-33-5-menos-impunidad-cero/
9 Véase, Organización Internacional del Trabajo, “Lograr la igualdad de oportunidades en el empleo para las personas con discapacidad a través de la legislación”, segunda edición, Suiza, 2014. Disponible en:
https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/–-ed_emp/–-ifp_skills/d ocuments/publication/wcms_322694.pdf
10 Ibídem.
11 Ibídem.
12 Ibídem.
13 Véase, Díaz Figueroa, Mariana, “El derecho al trabajo de las personas con discapacidad, elemento necesario para su efectiva inclusión social”, Impunidad Cero, marzo de 2018, 24 páginas. Disponible en:
http://www.impunidadcero.org/articulo.php?id=56&t=el-derecho -al-trabajo-de-las-personas-con-discapacidad
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2024.– Diputadas y diputados: Karen Castrejón Trujillo, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Ana Laura Huerta Valdovinos, Angélica Peña Martínez, Carlos Alberto Puente Salas, Eunice Monzón García, Fausto Gallardo García, Jaime Humberto Pérez Bernabe, José Guadalupe Buenrostro Martínez, Luis Edgardo Palacios Díaz, Ma. Cristina Vargas Osnaya, Ma. del Carmen Pinete Vargas, Paola Tenorio Adame, Roberto Antonio Rubio Montejo, Rosa María Hernández Espejo, Sue Ellen Bernal Bolnik, Susana Cano González, Teodoro Arguijo Hernández (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada Karen Castrejón Trujillo. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Vivienda, para opinión.
Esta Presidencia saluda a mujeres trabajadoras por el campo de Tlajomulco y Atotonilco, ambos municipios del estado de Jalisco, invitados por la diputada Mirza Flores. Sean ustedes bienvenidas a este recinto.
Diputada Susana Cano, ¿con qué objeto?
La diputada Susana Cano González (desde la curul): Pedirle a la diputada que acaba de participar me permita adherirme a su iniciativa, muy importante.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada Cano. Diputada Karen Castrejón, ¿acepta que se adhiera la diputada Cano y algunos otros diputados que así lo deseen hacer? Ya está aceptado. Por favor, pasar al área de Secretaría, diputada Cano, para hacer lo conducente.
SE EXPIDE LA LEY DE LA EMPRESA PRODUCTIVA DEL ESTADO FERTILIZANTES PARA EL BIENESTAR
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por diez minutos, para presentar iniciativa, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar.
El diputado Jesús Fernando García Hernández:Ánimo, ánimo. Desde Navolato vengo. Con el permiso del pueblo de México... con el permiso de la Mesa Directiva. Al menos una vez en la vida necesitamos de un abogado, un médico o un arquitecto, pero tres veces al día por el resto de nuestras vidas necesitamos un agricultor. Sabiduría popular.
Hago un paréntesis para presumir mi corbata que me la dio Marcelino, la boca es mía, pero el mensaje es de Nelly y de Margarita, te mandan saludar y dicen que al PT le quedan muchos días y los tuyos dicen que se te acabaron en este color. Ánimo. Un abrazo.
A finales de la década de los años 60 del siglo pasado el Estado creó la empresa pública denominada Fertilizantes Mexicanos, conocida como Fertimex, cuya función estuvo en producir, distribuir y comercializar estos insumos para el abasto de los productores agrícolas.
El organismo operó bajo una política de precios oficiales que incentivó la productividad y competitividad del campo, y que seguramente formó parte fundamental de las acciones que daban articulación a lo que fue el sistema alimentario mexicano.
El esquema con sentido nacionalista bajo el cual funcionó la industria mexicana de fertilizantes estuvo vigente hasta 1992 cuando ocurrió la desincorporación de la empresa pública por cuya disposición oficial los activos físicos que conformaban su estructura pasaron a manos del sector privado.
Así, la industria nacional de fertilizantes perdió el protagonismo que le caracterizó, al dársele entrada a las importaciones de estos insumos bajo esquemas de asociación, en algunos casos, y en otros, a través de compras directas al extranjero para su distribución y comercialización en el mercado interno.
El Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2024 establece que resulta prioritario recuperar las funciones y la rectoría del Estado que permitan impulsar el desarrollo, la justicia y el bienestar para saldar la enorme deuda social que tenemos con las mujeres y los hombres del campo.
Dicen que esta política implica apoyar y fomentar prioritariamente a los productores que, por sus carencias requieren asistencia en insumos, procesos y bienes colectivos, sin dejar al margen a quienes han hecho de México una potencia productora y exportadora de alimentos.
Estos, se puntualiza que los principios que sustentan al nuevo modelo de desarrollo que pone en el centro la autosuficiencia alimentaria, el problema sectorial abunda que el nuevo modelo enfatiza, entre otras cosas, en la necesidad de transitar hacia sistemas productivos sustentables.
Enmarcado en estos objetivos, se ha instrumentado así el Programa Administrativo de Fertilizantes, cuyas estrategias tienen, entre otras acciones, operarlo en zonas prioritarias para la producción de alimentos y, de esta manera, alentar la capitalización de las unidades productivas de los pequeños y medianos productores.
Coincidente con las políticas públicas de la actual administración federal, la presente iniciativa propone así la creación de la empresa Fertilizantes para el Bienestar, cuya una y única entidad pública, cuyo objetivo sea producir, distribuir y comerciar estos insumos a precios realmente competitivos para los productores agrícolas y sea una medida que rescate la soberanía en este renglón de importancia dentro de la cadena productiva que vaya dentro de la ruta de la autosuficiencia alimentaria.
Una medida que venga a garantizar la disponibilidad de fertilizantes, abatiendo las importaciones, para de esta manera mejorar así la productividad agrícola tal y como esta expresó en el espíritu contenido dentro del programa administrativo Fertilizantes para el Bienestar, a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Un programa que para fortuna del sector rural dispone de presupuesto para garantizar una cobertura nacional.
Compañeras, compañeros, diputados y diputadas, siempre es momento oportuno para mirar al campo, para rescatar a los campesinos, sector que sigue muy afectado por tantas políticas de carácter neoliberal que trajo la reforma al artículo 27 en el año de 1992, que lo abandonaron, que acabaron con la propiedad social de la tierra, que acabaron con la Aseguradora Nacional Agrícola y Ganadera, que acabaron con Fertimex, que acabaron con los precios de garantía para los granos básicos tan necesarios para la autosuficiencia y soberanía alimentaria.
Que acabaron con otros tantos beneficios públicos en apoyo al campo, que han orillado a los campesinos a la miseria y a la pobreza. Que los ejidos están abandonados. Que las tierras que tenían volvieron a su dueño otra vez.
La gran mayoría en porcentaje más del 50 por ciento los campesinos ya vendieron sus tierras y el otro porcentaje muy alto también, por cierto, está rentando sus parcelas. Ese es el abandono que existe en los ejidos en los campos.
Entonces, pues, es hora de trabajar para restituirle al campo lo que sus mujeres y hombres necesitan, hagámoslo por el rescate y por justicia de nuestros compañeros, de nuestros hermanos, de los campesinos y los ejidatarios.
“Todo lo que somos se lo debemos a la agricultura”, J. M. Mulet. Por su atención y apoyo a esta propuesta legislativa, gracias. Y los invitamos, de verdad, a unirnos a esta propuesta, porque ya tiene presupuesto para los fertilizantes, ya los están repartiendo de manera gratuita, los campesinos y los ejidatarios no lo quieren de manera gratuita, lo quieren puesto en la ley y, aunque les cueste un poco más de dinero, pero que ese fertilizante llegue las parcelas. Los invitamos pues a que nos saquemos ese 10 y aprobemos esta iniciativa. Unidad nacional, Todo el poder al pueblo. Ánimo, ánimo y sáquense un 10. Es cuanto.
«Iniciativa que expide la Ley que crea la Empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley que crea la Empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar, con el propósito de recuperar la soberanía en la producción de estos insumos, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosA finales de la década de 1970, el Estado creó la empresa pública Fertilizantes Mexicanos, conocida como Fertimex, cuya función estuvo en producir, distribuir y comercializar estos insumos para el abasto de los productores agrícolas. Para los efectos, el organismo operó bajo una política de precios oficiales, que incentivó la productividad y competitividad del campo y que seguramente formó parte fundamental de las acciones que daban articulación a lo que fue el Sistema Alimentario Mexicano.
El esquema con sentido nacionalista bajo el cual funcionó la industria mexicana de fertilizantes, estuvo vigente hasta 1992, cuando ocurrió la desincorporación de la empresa pública, por cuya disposición oficial; los activos físicos que conformaban su estructura pasaron a manos del sector privado al ser adquiridos por inversionistas nacionales y extranjeros.
Así, la empresa estatal fue fragmentada en 13 unidades productoras y adquirida por siete grupos empresariales; tras lo cual la industria nacional perdió el protagonismo que le caracterizó; al dársele entrada a las importaciones de fertilizantes, bajo esquemas de asociación en algunos casos y en otros a través de compras directas al extranjero para su distribución y comercialización en el mercado interno.
Las condiciones de fertilidad imperantes en los suelos de las superficies cultivadas en el territorio nacional, requieren necesariamente del uso de fertilizantes; lo cual convierte a estos insumos en un recurso básico para la productividad de los sistemas agrícolas predominantes en nuestra geografía.
La aseveración del párrafo anterior está contenida en Fertilizantes, documento elaborado por el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria de la Cámara de Diputados, en cuyas notas revela que “de acuerdo con información del comercio exterior, en el 2017 hubo una disponibilidad de 4.9 millones de toneladas de fertilizantes en México”. De ello, “66.4 por ciento son nitrogenados, 22.2 fosfatados, 8.1 potásicos y 3.3 son mezclas de los tres principales nutrientes que definen a los tipos de fertilizantes mencionados”.
Ilustraba que “en cuanto a su origen, 79.0 por ciento es importado y el resto es de producción nacional”, donde “la mayor dependencia es de los nitrogenados, que son los de mayor uso en el país y que representan el mayor volumen y valor de la importación de fertilizantes”.
El documento precisa asimismo que “a partir de inversiones estatales en la industria petroquímica, el país llegó a tener superávits en la producción de fertilizantes nitrogenados”, lo cual le hubo permitido ser un país exportador de estos insumos. Una situación que registró modificaciones, a causa precisamente “de la privatización de la mayor parte de las plantas productoras” de estos recursos indispensables para el agro.
Exponía que “el mercado actual de fertilizantes en México opera prácticamente sin regulaciones de precio y calidad, por lo que importadores, fabricantes y distribuidores son los que determinan los precios que rigen en el mercado, los cuales les permiten altos márgenes de ganancia”.
Ante “las cifras del valor del mercado y la dependencia de las importaciones”, sugería la pertinencia de que se realizasen inversiones públicas y reactivar así la producción de fertilizantes nitrogenados, donde existiesen programas de apoyo para la dotación de estos insumos a los pequeños productores.
En tanto, el programa sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, derivado del Plan Nacional de Desarrollo es preciso cuando refiere el rescate del campo como un objetivo inaplazable. En virtud de lo cual “México requiere transformar el modelo de política agrícola para cerrar las brechas de desigualdad productiva, detonando el potencial de los productores de pequeña y mediana escala, además de mantener el dinamismo agroexportador, sin que ello implique la sobreexplotación de los recursos naturales y el abandono a la inversión en bienes colectivos”.
El documento explica que “en el nuevo modelo de desarrollo, la política agroalimentaria sentará las bases para lograr la autosuficiencia alimentaria y rescatar los sectores agrícola, pecuario, pesquero y acuícola de la situación en que se encuentran”, al adelantar que “el sector se consolidará como uno de los principales motores de la economía nacional, como fuente de bienestar para las personas que habitan en los territorios rurales, periurbanos y costeros del país y como promotor de una transición hacia sistemas productivos que consideran la protección y la conservación de los recursos para las generaciones futuras”.
Agrega que “los principales cambios esperados, se sintetizan en la visión y el compromiso de construir un nuevo sistema agroalimentario mexicano productivo, justo, saludable, incluyente y sustentable, el cual se logrará a través de la articulación, armonización y visión sistémica e integral de las políticas públicas”.
Ante ello, el programa menciona que “resulta prioritario recuperar las funciones y la rectoría del Estado que permitan impulsar el desarrollo, la justicia y el bienestar, para saldar la enorme deuda social que tenemos con las mujeres y hombres del campo”.
Dice que “esta política implica apoyar y fomentar prioritariamente a los productores que, por sus carencias requieren asistencia en insumos, procesos y bienes colectivos, sin dejar al margen a quienes han hecho de México una potencia productora y exportadora de alimentos”.
Estos principios sustentan el “nuevo modelo de desarrollo que pone en el centro la autosuficiencia alimentaria en una triple dimensión: producir los alimentos que se consumen; generar los insumos y los elementos que se requieren para la producción de alimentos y desarrollar el conocimiento necesario para elevar la producción y responder efectivamente a las necesidades alimentarias de la población actual y futura”, puntualiza el programa.
De esa manera, “la nueva política agroalimentaria impulsará el desarrollo local, con base en criterios claros y precisos sobre la necesidad de alcanzar las metas de producción de alimentos saludables y de calidad para el país, al tiempo que se incrementen los ingresos de los productores rurales”.
Indica asimismo que “la superación de la pobreza “solo puede venir de condiciones favorables al despliegue de los recursos y las capacidades productivas de los individuos, las comunidades y los territorios”; al patentizar que “este anhelo nos convoca a implementar acciones integrales que tengan como directriz la transformación del campo desde la dimensión territorial rural y el fortalecimiento de los sistemas agroalimentarios”.
El programa sectorial abunda que “el nuevo modelo enfatiza la necesidad de transitar hacia sistemas productivos sustentables; consolidar el uso eficiente y la gestión integral del agua y el suelo, para garantizar su disponibilidad en el largo plazo; asegurar la transición hacia buenas prácticas agrícolas para el manejo integrado de plagas y enfermedades, y emprender prácticas de conservación y recuperación de los ecosistemas, que son esenciales para las actividades productivas”.
Enmarcado en estos objetivos, se ha instrumentado así el programa administrativo de fertilizantes, cuyas estrategias tienen entre otras acciones: operarlo en zonas prioritarias para la producción de alimentos y de esta manera alentar la capitalización de las unidades productivas de los pequeños y medianos productores.
Coincidente con las políticas públicas de la actual administración federal, la presente iniciativa propone así la creación de la empresa Fertilizantes para el Bienestar, como una entidad pública cuyo objetivo sea producir, distribuir y comercializar estos insumos a precio realmente competitivo para los productores agrícolas y sea una medida que rescate la soberanía en este renglón de importancia dentro de la cadena productiva, que vaya dentro de la ruta de la autosuficiencia alimentaria.
Una medida que venga a garantizar la disponibilidad de fertilizantes químicos y biológicos, abatiendo las importaciones, para de esta manera mejorar así la productividad agrícola; tal y como está expreso en el espíritu contenido dentro del programa administrativo fertilizantes para el bienestar, a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
Un programa que, para fortuna del sector rural, dispone de presupuesto para garantizar una cobertura nacional, donde se atiende ya a pequeños y medianos productores en zonas de alto y muy alto grado de marginación; con el apoyo del organismo Seguridad Alimentaria Mexicana, que ha dispuesto de bodegas para el almacenamiento y entrega de los insumos de manera directa a los beneficiarios.
En razón de lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se crea la Ley de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar
Único. Se expide la Ley de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar, para quedar como sigue:
Ley de la Empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar
Artículo 1. La presente Ley crea la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar y tiene como propósito establecer la estructura y organización básica, así como las funciones a su cargo en la forma y términos que la misma establece.
Artículo 2. La empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, sujeta a la coordinación de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
Artículo 3. Para los efectos de la presente ley se entenderá por
I. Consejo: El Consejo de Administración de la empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar;
II. Director: El director general de la empresa productiva del Estado, Fertilizantes para el Bienestar;
III. Empresa: La empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar;
IV. Estructuras: Las estructuras técnicas y administrativas establecidas en el Reglamento de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar;
V. Filiales: Las empresas con las cuales la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar podrá crear sociedades mercantiles;
VI. Objeto: El objetivo principal de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar.
Artículo 4. La empresa tiene como objeto principal producir y garantizar la disponibilidad oportuna de fertilizantes químicos y biológicos a precios competitivos que requieran los productores.
Artículo 5. La empresa regirá su operación de conformidad con la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, Ley de Productos Orgánicos, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y demás ordenamientos relacionados con la materia de su objeto.
Artículo 6. Para el cumplimiento de su objeto, la empresa producirá, distribuirá y comercializará fertilizantes químicos y biológicos.
Artículo 7. La empresa ofertará servicios y bienes de forma directa, tanto como a terceros relacionados con las actividades propias de su objeto.
Artículo 8. La empresa establecerá, adquirirá y administrará fábricas, plantas y otras instalaciones necesarias para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 9. La empresa impulsará la participación de agentes privados y sociales en el mercado de su objeto.
Artículo 10. La empresa gestionará y administrará los negocios mercantiles necesarios para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 11. La empresa desarrollará proyectos de negocios, alianzas y asociaciones convenientes para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 12. La empresa está facultada para participar y celebrar convenios o acuerdos de negocios relacionados directa e indirectamente con su objeto, tanto con personas físicas o morales, sean estas nacionales o extranjeras.
Artículo 13. La empresa está facultada para crear filiales y participar en asociaciones y alianzas, bajo cualquier figura societaria o contractual que esté permitida por la legislación correspondiente, para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 14. La empresa desarrollará y brindará asesoría técnica a distribuidores, comerciantes y usuarios respecto a los productos y servicios materia de su objeto.
Artículo 15. La empresa administrará los recursos materiales y tecnológicos, tanto como el capital humano y financiero necesarios para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 16. La empresa empezará a operar con un fondo de capital inicial por un monto de 5 mil millones de pesos, cuya aportación estará a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 17. La empresa constituirá su capital y recursos con los fondos provenientes de las actividades de carácter mercantil y comercial que la presente Ley le autorizan.
Artículo 18. La empresa se conformará para su funcionamiento con un Consejo de Administración, un director y las estructuras técnicas y administrativas.
Artículo 19. El Consejo se integrará por el secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, quien lo preside, por dos representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dos representantes de la Secretaría de Economía.
Artículo 20. El Consejo tendrá por funciones aprobar el reglamento interno, el programa anual de trabajo y presupuesto, el manual de organización, así como los acuerdos, bases de coordinación y convenios a signar para el cumplimiento del objeto de la empresa.
Artículo 21. El Consejo sesionará por lo menos una vez al mes, con la asistencia mínima de cuatro de sus integrantes; cuyas sesiones pueden ser ordinarias y extraordinarias.
Contará con un secretario técnico, quien será responsable de preparar lo necesario para las sesiones y dará seguimiento a los acuerdos que se tomen.
Artículo 22. El Consejo designará al secretario técnico y al director.
Artículo 23. El director elaborará la propuesta de reglamento interno, del programa anual de trabajo y de presupuesto, del estatuto orgánico y manual de organización; para el cumplimiento de las funciones de la empresa. Es responsable asimismo de la conducción administrativa de la empresa y del funcionamiento de las estructuras de la misma.
Artículo 24. La vigilancia de la correcta operatividad de la empresa está a cargo de un Comisario Público y un suplente, que serán designados por la Secretaría de la Función Pública. Ello, sin perjuicio de los acuerdos a cargo del Consejo.
Artículo 25. El Comisario Público tiene por funciones evaluar el desempeño general de la empresa, con eficiencia, austeridad y transparencia, de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar entrará en funciones a partir el ejercicio presupuestal de 2025.
Tercero. Las acciones del programa Fertilizantes para el Bienestar, a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, serán operados por la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar.
Cuarto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público enviará a la Cámara de Diputados la propuesta presupuestal que corresponda a la creación de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar.
Quinto. El Consejo de Administración de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar, se instalará en un periodo no mayor a los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Sexto. Una vez instalado el Consejo de Administración, éste nombrará e instruirá al director general elabore la propuesta de reglamento interno, del programa anual de trabajo y de presupuesto, del estatuto orgánico y manual de organización que regirán la operación y funcionamiento de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar; el cual será votado por la mayoría de los integrantes.
Séptimo. El director general de la empresa productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar, contará con un plazo de treinta días naturales a partir de su nombramiento para elaborar y presentar al Consejo de Administración la propuesta de reglamento interno, del programa anual de trabajo y de presupuesto, del estatuto orgánico y manual de organización para el cumplimiento de las funciones de la empresa.
Octavo. Las relaciones laborales entre la empresa y sus trabajadores, estarán regidas por lo dispuesto en el Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Fuentes de consulta
https://inquifersa.com.mx/noticias/la-industria-de-los-fertiliza ntes-en-mexico/
www.cedrssa.gob.mx/files/b/9/59NOTAS%20SOBRE%20FERTILIZANTES.pdf
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5595549&fecha =25/06/2020#gsc.tab=0
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2024.– Diputados y diputadas: Jesús Fernando García Hernández, Alma Anahí González Hernández, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Catalina Díaz Vilchis, Dionicia Vázquez García, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jorge Armando Ortiz Rodríguez, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, María de Jesús Páez Guereca, Nancy Yadira Santiago Marcos, Pedro Vázquez González, Shirley Guadalupe Velázquez Romero (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Jesús Fernando García Hernández. Túrnese a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Diputado Marcelino, ¿con qué objeto? A la 096, por favor. Adelante, diputado, ¿con qué objeto?
El diputado Marcelino Castañeda Navarrete(desde la curul): Por alusiones, presidenta. Fui aludido por el orador.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Sí, sí, adelante, diputado, tiene un minuto.
El diputado Marcelino Castañeda Navarrete: La vida da muchas vueltas. Mi paso por el PRD fue una condición que indudablemente disfruté y nadie podrá negar que lo hice con mucha pasión. Hoy, con la responsabilidad de mis palabras, deseo a mis compañeras y compañeros del que fue mi partido todo el éxito que ellos merecen. Y al PT les deseo larga vida, con mucho cariño. No me queda más que decirles a todas y a todos que, como dice el clásico, nunca fue nada personal. Muchas gracias. Un abrazo a todas y a todos. Gracias.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Marcelino. El diputado Jorge Ortiz, ¿con qué objeto?
El diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez (desde la curul): Quiero pedirle al diputado Fernando García, que me permita adherirme a su iniciativa.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Con mucho gusto. Diputado Fernando García Hernández, ¿acepta que el diputado se adhiera a su iniciativa y, además, cualquier otro diputado o diputada que desee hacerlo? Ah, muy bien. El diputado Jesús Fernando García Hernández ya lo ha autorizado, igualmente el diputado Marcelino. Pasen por favor todas y todos los que quieran al área de la Secretaría.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos, para presentar dos iniciativas, la primera con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 9 de la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Jorge Álvarez Máynez. Y, la segunda, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley General de Salud, de la Ley de Asistencia Social y de la Ley General de Educación, en materia de Sistema Nacional de Cuidados, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
La diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz:Gracias, presidenta. Con su permiso.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz: Compañeras y compañeros diputados, la brecha de género en nuestro país es un problema estructural que no ha sido atendido de manera adecuada y que, a pesar de los avances, este sigue sin poder erradicarse.
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía revelan que tan solo en México, las mujeres tienen una doble carga de trabajo, ya que, además de desempeñarse en un trabajo remunerado, estas dedican, en promedio, 25.7 horas a la semana al trabajo no remunerado en el hogar. A comparación de los hombres, quienes solamente dedican alrededor de 11 horas.
Para poder reducir esta brecha de género se requiere de un esfuerzo en todos los sentidos, pues esto va desde la inclusión en el ámbito educativo, hasta culminar en el ámbito laboral.
Para que esto ocurra, debemos crear instrumentos que hagan que esta inclusión sea más integral y efectiva y que, al mismo tiempo, permita aprovechar los beneficios de la igualdad entre hombres y mujeres que tanto se ha buscado.
El 24 de marzo de 2020, cuando iniciaba apenas la pandemia de Covid, en México se hizo un llamado por parte del Ejecutivo federal a las familias, sobre todo, a las mujeres, para que asumieran diferentes tareas de cuidados. Culturalmente hemos creído que estos sistemas de cuidado son tareas específicas de las mujeres porque supuestamente son inherentes a nuestra naturaleza.
Sin embargo, hoy podemos discutir estos temas de manera mucho más abierta. Sabemos que estas cargas laborales sobre las mujeres tienen que ver más bien con un sistema cultural que justifica la desigualdad con la tradición.
En este sentido, el gobierno no ha hecho su trabajo, lamentablemente, por el contrario, sus acciones han logrado disminuir todas las alternativas que las mujeres tenían para desprenderse, aunque fuera un poco, de esta carga, de estas tareas de cuidado.
Con la eliminación de las estancias infantiles, las escuelas de tiempo completo y el resto de los programas que tenían perspectiva de género, las mujeres han perdido opciones para delegar tareas de cuidado a las instituciones.
En la bancada naranja sabemos que la legislación vigente no considera las necesidades y efectos que dicho trabajo tienen sobre la vida de las mujeres principalmente. En la bancada naranja sabemos que la brecha de género se puede reducir con las acciones correctas.
Por eso, hoy presentamos estas dos iniciativas: en la primera proponemos que las niñas, adolescentes y mujeres de cualquier nivel educativo puedan acceder a becas y apoyos económicos que les permitan garantizar su acceso a la educación y con ello reducir las desigualdades a las que se enfrentan.
Como segunda propuesta queremos hacer realidad la creación de un sistema nacional de cuidados, esto con la finalidad de que el Estado garantice las políticas públicas requeridas para atender las necesidades de niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores enfermas o con alguna discapacidad.
Nuestra propuesta establece los servicios de cuidado como parte del derecho a la protección de la salud, los define y los incorpora en diferentes ordenamientos jurídicos, entre ellos la Ley General de Educación, en donde además se define como una obligación del Estado, esto permitirá la implementación de programas y políticas públicas que garanticen el cuidado de las infancias y adolescentes, incluyendo el establecimiento de modalidades de educación de tiempo extendido que provean servicios de cuidados básicos tales como la alimentación gratuita.
Compañeras y compañeros diputados, en la bancada naranja creemos que la presentación de estas dos iniciativas es el primer paso para garantizar que exista un sistema nacional de cuidados que permita que las mujeres dejen de asumir desproporcionadamente el trabajo de cuidado abriendo espacios importantes para su desarrollo físico, emocional y económico, así como para garantizar que todas tengan acceso a una educación y puedan desarrollarse de forma plena a lo largo de su vida.
Desde Movimiento Ciudadano soñamos con un futuro próspero donde todas las niñas y mujeres gocen libremente de todos los derechos en un país donde las desigualdades entre hombres y mujeres solo sean cosa del pasado. Y aquí quiero hacer referencia a un ejercicio legislativo que realizó la diputada Amalla García, y espero que, compañeras y compañeros, puedan sumarse a estas importantes iniciativas.
También presidenta, si me lo permite, quiero agradecer a cada una y a cada uno de ustedes el tiempo que pude compartir con ustedes, hoy es la última participación que tendré, pero agradezco mucho su solidaridad, su acompañamiento y espero que las decisiones que se tomen en lo subsecuente será para beneficio de nuestro país. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Las y los suscritos, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa, con base en la siguiente
Exposición de MotivosI. La provisión de apoyos estudiantiles en la modalidad de becas constituyen una herramienta de suma relevancia para apoyar a los estudiantes del país en su camino hacía una educación universal y de calidad.
Las becas permiten a las y los estudiantes tener un efectivo acceso a la educación, ya que en muchas ocasiones la falta de recursos económicos representa un obstáculo para que las y los estudiantes puedan continuar con sus estudios y lograr mejores oportunidades de desarrollo.
En el caso de las mujeres, las becas juegan un rol importante en su vida, en especial para aquellas que son responsables del apoyo financiero de su familia, pues estas ayudan a pagar parte de su colegiatura, libros o alguna otra cuota asociada a la educación, sin generar alguna afectación a los ingresos que provee.
En materia de igualdad, dar becas exclusivamente a mujeres puede permitir que estas cuenten cada vez más oportunidades educativas; además permite que incursionen en campos donde los hombres dominan, como en la ingeniería, la ciencia o la tecnología. Si analizamos esto más de fondo, vemos que, en nuestro país solo cuatro de cada diez mexicanos/as en edad de asistir a la educación superior lo están haciendo esto expone que en muchas ocasiones la educación resulta un privilegio y el gobierno debe brindar incentivos para que más mexicanos logren acceder al sistema educativo.
La provisión de becas por parte del gobierno es una herramienta importante para garantizar el acceso a la educación y fomentar la igualdad de oportunidades en el desarrollo social de las y los estudiantes. El acceso a la educación no debe de ser un privilegio para nadie ya que, como lo señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el acceso a la educación debe de ser universal:
Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado - Federación, Estados y Municipios impartirán educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.
Si bien las escuelas tanto públicas como privadas, cuentan con un listado de becas para estudiantes de cada institución, por lo que cada alumno debe revisar con qué requisitos cuenta de cada una de ellas, y en cual entrarían, realizando un proceso de elección para obtenerla, y con ello se tiene como consecuencia que varios alumnos no logran conseguir un apoyo para sus estudios, por diferentes circunstancias en el proceso de elección.
Las becas para mujeres, sin importar su nivel educativo, ofrecen un sinfín de ventajas tanto en el ámbito social como educativo. Una de las más significativas, como ya se mencionó, es el apoyo financiero para costear sus estudios. Este beneficio impacta de manera notable a las estudiantes, ya que reduce el riesgo de deserción escolar.
Por ello el Gobierno de México, reconoce la Agenda de Desarrollo sustentable 2030, establecida por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su punto 4, en uno de sus objetivos, se menciona que la Educación de calidad de busca garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje; en el punto 4.b se menciona que en el año 2020, se busca aumentar a nivel mundial el número de becas disponibles para los países en desarrollo con el fin de que los estudiantes superior, incluidos programas de formación profesional y programas técnicos, científicos y demás.
Las becas de formación universitaria, o para la educación en general deben ser un derecho señalado en nuestra legislación actual y que está prevista en nuestra constitución, así como el acceso a ellas debe ser de suma importancia, ya que como se mencionó en puntos anteriores, el beneficio de ellas tanto en jóvenes como en la comunidad, es de gran relevancia para un Estado, con el que él se verá un mejor desarrollo tanto de profesionales como de alumnos y habrá una menos deserción de estudiantes.
De acuerdo con la Secretaría de Educación Pública (SEP) la deserción escolar en el ciclo 2021 a 2022, para educación media superior alcanzó el 9.2 por ciento, mientras que para la educación primaria y secundaria fue de 0.4 por ciento y 2.5 por ciento. Fenómeno que trae como consecuencia varias desventajas hacia la sociedad en general y una gran desventaja para las familias mexicanas, donde la economía no es el fuerte, y con ello surge el presente problema.
Si las becas no cumplen su objetivo principal, que es ayudar a estudiantes de ambos sexos a continuar su formación y construir un futuro más próspero, entonces estas deben responder a las necesidades de los alumnos que las solicitan y no generar más desigualdad para las mujeres.
IV. Marco Jurídico
El artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que en México no debe existir ninguna forma de discriminación incluyendo a aquellas motivadas por sexo, género o cualquier causa que atente contra la dignidad humana.
“Artículo 1o. (...)
(...)
(...)
(...)
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”
Por su parte, el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona a recibir educación gratuita, laica y de calidad. A la letra dicho artículo dispone lo siguiente:
“Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia”
De igual manera, el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, instrumento internacional firmado y ratificado por el Estado Mexicano en términos del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone lo siguiente:
“Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.”
En consecuencia, es una obligación del Estado Mexicano el garantizar que todas las personas en México, incluyendo, por supuesto, a las niñas y adolescentes de nuestro país tengan acceso a educación de calidad.
V. En la Bancada Naranja sabemos que en México las mujeres han sufrido sistemáticamente una serie de desigualdades y discriminaciones que han limitado el acceso a la participación activa en la vida política, económica y social de este país.
No obstante, a pesar de las circunstancias podemos ver como este gobierno ha hecho caso omiso a las recomendaciones que colectivas feministas y especialistas han hecho para que se mitigue este problema, pues tan sólo en el año 2021 se destinó el 3.3% del total del presupuesto para reducir la desigualdad de género entre hombres y mujeres y 90% de presupuesto va destinado a programas clientelares del gobierno actual.
Sin embargo, estas acciones no contribuyen en lo absoluto para cerrar la brecha de desigualdad; justo para eso está creado el anexo 13 del Presupuesto de la Federación, para cerrar la brecha de desigualdad y no queda claro cómo dar más presupuesto a la bolsa de pensiones va a combatir la brecha de género cuando ni siquiera se le aumenta la pensión a las mujeres que representan el 52% de la población de nuestro país.
Por lo anterior, en la Bancada Naranja proponemos que se establezca en la Ley general de Educación, que a las niñas, adolescentes y mujeres de cualquier nivel educativo puedan acceder a becas y demás apoyos económicos que les permita seguir estudiando y con esto que puedan tener mayores oportunidades de desarrollo personal y profesional.
Por lo anteriormente expuesto sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente Iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el artículo 9 de la Ley General de Educación
Único. Se reforma la fracción I del artículo 9 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 9. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con equidad y excelencia, realizarán entre otras, las siguientes acciones:
I. Establecer políticas incluyentes, transversales y con perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos económicos que prioricen a los educandos que enfrenten condiciones socioeconómicas y a las niñas, adolescentes y mujeres de cualquier nivel educativo que les impidan ejercer su derecho a la educación;
II. a XII. (...)
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Educación tiene 90 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para emitir y publicar las modificaciones a los reglamentos correspondientes para adecuarse a lo establecido en materia de becas para niñas, adolescentes y mujeres de cualquier nivel educativo en el sector público y privado.
Notas
1 Gobierno de México, “Objetivo 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad”, consultada en:
https://www.gob.mx/agenda2030/articulos/objetivo-4-garantizar-un a-educacion-inclusiva-equitativa-y-de-calidad
2 IMCO, “Bachillerato, el escalón frágil de la educación”, consultado en:
https://imco.org.mx/bachillerato-el-escalon-fragil-de-la-educaci on/#:~: text=De%20acuerdo%20con%20la%20SEP,0.4%25%20y%202.5%25%20respectivamente.
Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 20 de febrero de 2024.– Diputadada y diputado: Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, Jorge Álvarez Máynez (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz. Túrnese a la Comisión de Educación, para dictamen.
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, LEY GENERAL DE SALUD, LEY DE ASISTENCIA SOCIAL, Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz:
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley General de Salud, de la Ley de Asistencia Social y de la Ley General de Educación, en materia de Sistema Nacional de Cuidados, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Las y los suscritos, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa, con base en la siguiente:
Exposición de MotivosHistóricamente el cuidado de infancias, adolescentes, adultos mayores, personas enfermas y con discapacidad se ha asignado a las mujeres primordialmente. Estos roles de género impuestos ha provocado que sean ellas quienes cargan dicha responsabilidad lo que genera situaciones que vulneran sus derechos fundamentales, imponiendo cargas de trabajo no remunerado, así como frenos a su desarrollo profesional y económico, lo cual puede dar lugar a otras vulneraciones de sus derechos.
El trabajo no remunerado incluye una amplia gama de tareas, tales como la limpieza y el mantenimiento del hogar, la preparación de alimentos, la realización de compras, y el apoyo en tareas de higiene personal, educativas, de cuidado y de acompañamiento. Al trabajo no remunerado y de cuidados se le conoce como “trabajo de cuidados” y se caracteriza por realizarse a puerta cerrada, lo que ha contribuido a que sea una ocupación invisible, difícil de medir y de controlar.
Al respecto, la Organización Internacional del Trabajo ha definido al trabajo de cuidados como aquel que consiste en las actividades y relaciones requeridas para atender las necesidades físicas, psicológicas y emocionales de las personas adultas, infancias, jóvenes y mayores, frágiles y autónomos e incluye personas que trabajan en cuidado a quienes lo hacen en todas las ocupaciones de los sectores de salud, trabajo social y educación, así como a quienes realizan trabajo doméstico remunerado.
Las estadísticas son difusas y con frecuencia no cuentan a quienes trabajan por hora o por día, a quienes no estén registradas en la seguridad social, a las migrantes indocumentadas, ni a las infancias que trabajan ocultos sin tener la edad permitida por la ley. El total de horas que las mujeres dedican al cuidado de integrantes del hogar equivale a más de tres jornadas de trabajo remunerado a la semana.
Conforme a datos de la Encuesta Nacional Sobre Uso de Tiempo (ENUT) 2019, del tiempo total de trabajo a la semana, de la población de 12 años y más, prácticamente 5 de cada 10 horas contribuyen a la economía del país sin que medie pago alguno por ello, incluyendo el trabajo doméstico, de cuidados y no remunerado. Esta forma de desi-gualdad estructural dificulta su participación en el empleo, por lo que pone en riesgo su autonomía económica: en otras palabras, impide que las mujeres cuenten con suficientes ingresos propios para satisfacer sus necesidades básicas de manera independiente.
Conforme a datos del Observatorio de Igualdad y Género para América Latina y el Caribe, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) de la Organización de Naciones Unidas (ONU) , indica que en México las mujeres destinan en promedio, 42.6 horas semanales de trabajo no remunerado. Asimismo, en México hasta 2018 la población dependiente representaba el 33.7 por ciento del total.
América Latina se caracteriza por mantener una injusta organización social de los cuidados. Las responsabilidades de los cuidados están distribuidas desigualmente. Responden a un modelo familiar, con una participación limitada del Estado, con una oferta de mercado limitada y segmentada y con una provisión comunitaria insuficiente y segregada. Además, en el seno de los hogares, y como consecuencia de la división sexual del trabajo, las mujeres asumen o se les impone el rol de cuidadoras.
Esta mayor sobrecarga de trabajo de cuidados en las mujeres deriva del estereotipo de las habilidades naturales de las mujeres para los cuidados, patrones culturales patriarcales, la estratificación socioeconómica de la región y la falta de oferta de servicios públicos de calidad hacen que esta realidad impacte en mayor medida a los hogares de menores ingresos. Estos encuentran más dificultades para decidir cómo organizar los cuidados, al no poder comprar en el mercado bienes y servicios que permitan aliviar la carga de trabajo doméstico y de cuidados.
El trabajo no remunerado contribuye a la generación y acumulación de riqueza, de forma que mantiene ocultos los verdaderos costos de producción de los bienes y servicios que se producen en la economía.
En este sentido, si bien México cuenta con un amplio abanico de leyes que cubren aspectos básicos del trabajo de cuidados, la realidad es que ésta es insuficiente en sus términos actuales al limitarse a señalar de forma general la política pública en materia de cuidados, sin considerar las necesidades y efectos que dicho trabajo tiene sobre la vida de las mujeres principalmente, lo cual tiene como resultado que nuestro marco normativo es discriminatorio indirectamente, lo que genera políticas públicas que perpetúan la violencia institucional en contra de mujeres.
Por otro lado, nuestro país actualmente vive una crisis de trabajo de cuidados, la cual se acentuó con la pandemia de Covid-19, la cual generó la peor contracción económica y crisis social de los últimos años y que ha tenido efectos particulares sobre las mujeres.
La legislación vigente fue concebida con una visión de que las familias y las mujeres en particular son las responsables del trabajo de cuidados al interior de los hogares, por lo que se requiere que el gobierno asuma su corresponsabilidad en el trabajo de cuidados.
El sistema integral de cuidados es un concepto inspirado en el Sistema Nacional de Cuidados de Uruguay que incluye la necesidad de contar con un paquete de políticas públicas en relación con los cuidados que requiere un estado corresponsable en las actividades para la población dependiente (infancias, personas adultas mayores, enfermas o con alguna discapacidad). La corresponsabilidad se da entre las instituciones del Estado, el sector privado y la familia.
En este orden de ideas, si se pretende la erradicación de las desigualdades entre mujeres y hombres, debe reconocerse que la desigualdad base se encuentra en la distribución del trabajo de cuidado entre mujeres y hombres —principalmente aquel trabajo no remunerado—, y por lo tanto es allí donde se deben proponer los cambios legislativos y de políticas públicas, de tal forma que se redistribuya para la transformación hacia una sociedad más justa y equitativa entre mujeres y hombres.
Por lo tanto, la presente propuesta de iniciativa tiene por objeto reformar el marco normativo actual para corresponsabilizar al Estado en los trabajos de cuidados, garantizando acciones de fondo que permitan a las personas cuidadoras, principalmente mujeres, acceder en condiciones de igualdad a ejercer sus derechos fundamentales y poder de forma sustantiva desarrollarse plenamente.
Si bien existe actualmente una iniciativa sobre Sistema Nacional de Cuidados pendiente de aprobación en el Senado, esta tiene por objeto incluir dicho concepto en el artículo 4 constitucional y facultar al Congreso para expedir la Ley General correspondiente, por lo que a pesar de ser un gran avance resulta únicamente discursivo e insuficiente si no se acompaña de la adecuación del marco normativo necesario para su ejecución; más cuando el marco jurídico actual permite ajustarlo a las necesidades de un Sistema de tales características.
Se hace notar que para la bancada naranja se trata de un tema urgente para nivelar desigualdades sociales, por lo cual el 7 de octubre de 2021, la diputada Amalia Dolores García Medina presentó una proposición con punto de acuerdo a efecto de exhortar al Senado de la República a discutir y en su caso aprobar las reformas pendientes en la materia.
Por lo anterior, la bancada naranja propone una alternativa para hacer realidad las necesidades de un sistema nacional de cuidados, con una ruta más sencilla que permita a las personas cuidadoras, principalmente mujeres, así como a las personas dependientes que requieren dichos cuidados, ejercitar sus derechos fundamentales sin mayor dilación.
Ahora bien, por todo lo anteriormente expuesto, se somete a su consideración, la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, Ley General de Salud, Ley de Asistencia Social y Ley General de Educación, en materia de sistema nacional de cuidados
Primero. Se reforma el artículo 6 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Artículo 6. Son derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la vivienda digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo, el cuidado, y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo. Se reforman los artículos 2, fracción V, 3 fracción II Bis y XVIII , 5, 6 fracción III, 24 fracción III y 27 fracción III de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 2o. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:
I. a IV. [...]
V. El disfrute de servicios de salud, de cuidados y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población.
VI. a VIII. [...]
Artículo 3o. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:
I. [...] a
II. [...]
II Bis. La prestación gratuita de los servicios de salud, de cuidados, medicamentos y demás insumos asociados para personas sin seguridad social.
[...].
III. a XVII. [...]
XVIII. La asistencia social y servicios de cuidados;
XIX. a XXVIII. [...]
Artículo 5o. El Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud y de cuidados.
Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:
I. a II. [...]
III. Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social y de servicios de cuidados, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y personas con discapacidad, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social , bajo una perspectiva de género que fomente el adecuado ejercicio de los derechos de las personas cuidadoras de éstas en la familia;
Artículo 24. Los servicios de salud se clasifican en tres tipos:
I. De atención médica;
II. De salud pública, y
III. De asistencia social y servicios de cuidados.
Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I. a II. [...]
III. La atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas , servicios de cuidado, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.
Tercero. Se reforman los artículos 1, 3 párrafos segundo y tercero, 5, 6 7, 10, 11, 12, 14, 22 y 23 de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:
Artículo 1.- La presente Ley se fundamenta en las disposiciones que en materia de Asistencia Social y servicios de cuidados que contiene la Ley General de Salud, para el cumplimiento de la misma, garantizando la concurrencia y colaboración de la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal y los sectores social y privado.
Artículo 3. [...].
Por servicios de cuidados se entienden todas aquellas actividades y relaciones requeridas para atender las necesidades físicas, psicológicas y emocionales de las personas adultas mayores, personas con discapacidades y enfermas, infancias y adolescentes.
La asistencia social y los servicios de cuidado comprenden acciones de promoción, previsión, prevención, protección y rehabilitación.
Serán sujetos de cuidados conforme a esta ley, en lo aplicable, las personas comprendidas en el artículo 4 de la presente ley, en los términos previstos para la asistencia social.
Artículo 5. La rectoría de la asistencia social pública y privada, así como los servicios de cuidados, corresponde al Estado, el cual, en forma prioritaria, proporcionará servicios asistenciales y de cuidados encaminados al desarrollo integral de la familia, entendida como la célula de la sociedad que provee a sus miembros de los elementos que requieren en las diversas circunstancias de su desarrollo, y también a apoyar, en su formación y subsistencia, a individuos con carencias familiares esenciales no superables en forma autónoma.
Artículo 6. La prestación de los servicios de asistencia social y de cuidados que establece la Ley General de Salud, que sean de jurisdicción federal, se realizará por las dependencias del Ejecutivo Federal competentes, cada una según la esfera de sus atribuciones, así como por las entidades de la administración pública federal y por las instituciones públicas y privadas, que tengan entre sus objetivos la prestación de esos servicios, de conformidad con lo que disponen las leyes respectivas.
Artículo 7. Los servicios de salud en materia de asistencia social y de cuidados que presten la Federación, los Estados, los Municipios y los sectores social y privado, forman parte del Sistema Nacional de Salud, a través del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada , y de Cuidados.
Los que se presten en los Estados por los gobiernos locales y por los sectores social y privado, formarán parte de los sistemas estatales de salud en lo relativo a su régimen local. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Salud corresponde a los gobiernos de las entidades federativas en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales, organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud en materia de asistencia social y de cuidados, con base en las Normas Oficiales Mexicanas que al efecto expida la Secretaría de Salud o el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Artículo 8. En los términos del artículo anterior, los servicios de salud en materia de asistencia social y de cuidados que se presten como servicios públicos a la población, por las instituciones de seguridad social y los de carácter social y privado, se seguirán rigiendo por los ordenamientos específicos que les son aplicables y supletoriamente por la presente Ley.
Artículo 9. La Secretaría de Salud, en su carácter de autoridad sanitaria, y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en su carácter de coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada y de Cuidados, tendrán respecto de la asistencia social, y como materia de salubridad general, las siguientes atribuciones:
I.[...]
II. Formular las Normas Oficiales Mexicanas que rijan la prestación de los servicios de salud en materia de asistencia social y de cuidados, a fin de garantizar la calidad de los servicios, y los derechos de los sujetos de esta Ley; así como la difusión y actualización de las mismas entre los integrantes del Sistema Nacional de Salud, y del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada , y de Cuidados;
III. a IV. [...]
V. Apoyar la coordinación entre las instituciones que presten servicios de asistencia social y de cuidados y las educativas para formar y capacitar recursos humanos en la materia;
VI. [...]
VII. Formar personal profesional en materias relacionadas con la prestación de servicios de asistencia social y de cuidados;
VIII. Coordinar un Sistema Nacional de Información en materia de asistencia social y de cuidados en colaboración con el Inegi;
IX. Coordinar, con las entidades federativas, la prestación y promoción de los servicios de salud en materia de asistencia social y de cuidados;
X. Concertar acciones con los sectores social y privado, mediante convenios y contratos en que se regulen la prestación y promoción de los servicios de salud en materia de asistencia social y de cuidados, con la participación que corresponda a otras dependencias o entidades;
XI. Coordinar, evaluar y dar seguimiento a los servicios de salud que en materia de asistencia social y de cuidados presten las instituciones a que se refiere el artículo 34, fracción II, de la Ley General de Salud;
XII. Realizar investigaciones sobre las causas y efectos de los problemas prioritarios de asistencia social y de cuidados;
XIII. Coordinar, integrar y sistematizar un Directorio Nacional de Instituciones públicas y privadas de asistencia social y de cuidados;
Artículo 10. Los sujetos de atención de la asistencia social y de trabajos de cuidados tendrán derecho a:
I. a III. [...]
Artículo 11. Los sujetos y las familias, en la medida de sus posibilidades, participarán en los distintos procesos de la asistencia social y de trabajos de cuidados, como la capacitación, rehabilitación e integración. Los familiares de los sujetos de la asistencia social, serán corresponsables de esa participación y aprovechamiento.
Artículo 12. Se entienden como servicios básicos de salud en materia de asistencia social y de cuidados los siguientes:
I. a XIV. [...]
Artículo 14. Son facultades de la Federación en materia de asistencia social:
I. a II. [...]
III. La coordinación del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada , y de Cuidados;
IV. a IX. [...]
Artículo 22. Son integrantes del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada , y de Cuidados:
a) a t) [...]
Artículo 23. El Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada , y de Cuidados, en lo sucesivo “El Sistema”, tiene como objeto promover y apoyar, con la participación de los sectores público, privado y las comunidades, las acciones en favor de las personas y familias a que se refiere esta Ley.
Cuarto. Se reforma el artículo 3 de la Ley General de Educación para quedar de la siguiente manera:
Artículo 3. [...]
El Estado deberá garantizar la implementación de programas y políticas públicas que garanticen el cuidado de las infancias y adolescentes, debiendo establecer modalidades de servicios de educación de tiempo extendido que además provean servicios de cuidado básicos tales como alimentación gratuita.
TransitoriosPrimero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo Federal contarán con un plazo de 180 días posteriores a la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación para realizar las adecuaciones normativas correspondientes con la finalidad de dar cumplimiento al presente Decreto.
Tercero. Una vez publicado el presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Haciendo y Crédito Público deberá considerar los recursos necesarios para la implementación de trabajos de cuidados en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación inmediato posterior así como los presupuestos de egresos de la federación subsecuentes.
Notas
1 Pérez Fragoso Lucía, Un Diagnóstico de los Servicios Públicos de Cuidado en México, Análisis demográfico, presupuestal y legislativo, Instituto Belisario Domínguez, México, Agosto 2020, p. 9 disponible en
http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789 /4959/DIAG_CUID_FTO_v_13_ago_forrosFINAL.pdf?sequence=1&isAllowed=y
2 Idem
3 OIT, La mano invisible del trabajo doméstico, 20 de julio de 2011, recuperado el 17 de noviembre de 2021 de
https://www.ilo.org/americas/oficina-regional/direcci%C3%B3n-reg ional/WCMS_178360/lang–es/index.htm
4 Conapred, Ficha temática Discriminación en contra de mujeres, 14 de junio de 2021, recuperada el 17 de noviembre de 2021 de
http://sindis.conapred.org.mx/wp-content/uploads/2021/07/FichaMu jeres_14junio2021.pdf
5 Inegi, Encuesta Nacional Sobre Uso de Tiempo (ENUT) 2019, recuperado el 17 de noviembre de 2021 de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enut/2019/doc/enut _2019_presentacion_resultados.pdf
6 Conapred, Ficha temática Discriminación en contra de mujeres, 14 de junio de 2021, recuperada el 17 de noviembre de 2021 de
http://sindis.conapred.org.mx/wp-content/uploads/2021/07/FichaMu jeres_14junio2021.pdf
7 Observatorio de Igualdad y Género para América Latina y el Caribe, de la CEPAL, Tiempo total de trabajo, América Latina (16 países): Tiempo promedio destinado al trabajo remunerado y no remunerado de la población de 15 años de edad y más, por sexo, según país, último período disponible (Promedio de horas semanales)
https://oig.cepal.org/es
8 Pérez Fragoso Lucía, Un Diagnóstico de los Servicios Públicos de Cuidado en México, Análisis demográfico, presupuestal y legislativo, Instituto Belisario Domínguez, México, Agosto 2020, p. 9 disponible en
http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/1234 56789/4959/DIAG_CUID_FTO_v_13_ago_forrosFINAL.pdf?sequence=1&isAllowed=y
9 Cepal, La autonomía de las mujeres en escenarios económicos cambiantes, XIV Conferencia Regional Sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, 2020, p. 144, recuperado el 17 de noviembre de 2021 de
https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/45032/4/S19 00723_es.pdf
10 Idem, p. 146.
11 Sistemas de cuidados, empleo y oportunidades económicas para las mujeres son clave para una recuperación económica sostenible, Instituto Nacional de las Mujeres, disponible en
https://www.gob.mx/inmujeres/prensa/sistemas-de-cuidados-empleo- y-oportunidades-economicas-para-las-mujeres-son-clave-para-una-recuperacion-eco nomica-sostenible
12 Ibidem, p. 62
13 Ibidem
14 Ibidem
15 Minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o. y 73 de la Consitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia del Sistema Nacional de Cuidados), disponible en
http://sil.gobernacion.gob.mx/Reportes/Sesion/reporteAsunto.php? cveAsunto=4114719
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2024.– Diputadada y diputado: Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, Jorge Álvarez Máynez (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a las Comisiones Unidas de Bienestar, y de Salud, con opinión de la Comisión de Educación.
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, Y LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 7o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte y el 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La diputada Edna Gisel Díaz Acevedo:Muchas gracias, presidenta. Diputadas y diputados, hago uso de esta tribuna para presentar una iniciativa que visibiliza un problema ya histórico del cual fui parte como una orgullosa atleta mexicana y del cual siempre he querido también ser la solución.
Para atenderse desde el origen requiere de una estrategia a corto, mediano y largo plazo que trascienda sexenios, ideo-logías y partidos políticos. Lamentablemente la pandemia por Covid-19 nos permitió observar los grandes riesgos de la comorbilidad, que las probabilidades de un caso grave de esa enfermedad se elevaban con factores como el sobrepeso, la obesidad y la diabetes, problemas de salud que van generalmente de la mano.
Así que, en un país como el nuestro, con un 60 por ciento de la población adulta con algún grado de sobrepeso y una mala estrategia de salud pública llevada a cabo por este gobierno federal, nos dio como resultado numerosas muertes que pudieron prevenirse.
El primer paso que conecta con esta iniciativa se dio desde el 2014, después de un intenso diálogo con las refresqueras de este país. Se logró por primera vez poner un impuesto a las bebidas azucaradas y con ello generar incentivos para la disminución de su consumo.
La iniciativa busca hacer uso de un mecanismo que es usado en al menos 80 países, que es el etiquetado de recursos muy específicos. Una forma de atender el problema planteado es mediante el deporte, que además es un derecho tutelado por el Estado mexicano. Actualmente el presupuesto destinado al deporte desde la federación no supera los 3 mil millones de pesos y desde el 2020 se han reportado subejercicios en ese ramo.
A pesar de tener diversos temas que atender, como el apoyo a los atletas de alto rendimiento, que representan a nuestro país en competencias internacionales, la generación de mecanismos de activación física para promover la masificación, así como la construcción y mantenimiento de la infraestructura deportiva a lo largo y ancho de nuestro país.
Así que el destinar recursos al deporte, recursos que son obtenidos por el concepto del impuesto a las bebidas azucaradas, nos llevaría a tener mayor presupuesto. Además que mediante la Ley de Coordinación Fiscal se distribuiría a los estados y a los municipios, aumentando al menos en un 70 por ciento los recursos disponibles para la generación de verdaderas políticas públicas.
Con la convicción de que el deporte es una inversión muy importante, que debemos hacer en México. Y una vez pensando en todos los apoyos que no se les han otorgado a nuestros deportistas de alto rendimiento, bajo el pretexto de la falta de recursos o de la austeridad, es que presento esta iniciativa, para que sí existan mayores recursos que se destinen tanto al alto rendimiento como a la masificación, la construcción y rehabilitación de infraestructura deportiva. Convencida de que es necesario atender este problema desde la raíz. Siendo la falta de apoyos y de espacios de esparcimiento, así como de entrenadoras y de entrenadores certificados uno de los principales obstáculos para la cultura de la vida sana.
Y también, hay que decirlo, no solamente el deporte es un tema transversal al tema de salud, sino también de la seguridad. Así es que invertir en deporte es invertir en salud, es invertir en seguridad y es invertir en tener y en construir una mejor sociedad. Es cuanto, diputada presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona los artículos 7o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, 78 y 285 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por la que adiciona dos párrafos al artículo 7 de la Ley General de Cultura Física y Deporte y adiciona un inciso x) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de conformidad con la siguiente
Exposición de MotivosLa pandemia por Covid-19 nos ha permitido observar que las personas con más probabilidades de un caso grave de la enfermedad fueron aquellas que tenían una comorbilidad. De acuerdo a la información hasta ahora disponible, los adultos mayores, las personas con obesidad y diabetes, con cáncer, con enfermedades respiratorias, con enfermedades cardiovasculares y las mujeres embarazadas o en lactancia tienen mayor probabilidad de tener una forma severa de Covid-19.
En México, se calcula que 7 de cada 10 adultos, 4 de cada 10 adolescentes y 1 de cada 3 niños presenta sobrepeso u obesidad, estimando que 90 por ciento de los casos de diabetes mellitus tipo 2 son atribuibles al sobrepeso y la obesidad. Los datos anteriores son alarmantes, posicionándonos como el segundo país con mayor índice de obesidad de las 38 naciones que componen la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Por otro lado, nuestro país ha generado acciones que buscan atender el problema de salud que afecta a más de 60 por ciento de la población mexicana. Ejemplo de este esfuerzo se refleja en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios que grava a las bebidas saborizadas, mismo que fue aprobado en 2013 y puesto en marcha en 2014. Este impuesto parte de la lógica de inhibir el consumo de productos dañinos para la salud, uniéndose a los impuestos al tabaco y al alcohol.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda generar impuestos de al menos 20 por ciento a bebidas azucaradas, sin embargo, México es un ejemplo a nivel mundial de este tipo de impuestos y su impacto en la disminución de consumo de productos dañinos. Sin embargo, aún en 2019 México ocupó el primer lugar mundial de consumo de bebidas azucaradas y para 2023 aún tenemos un alto índice de 163 litros por persona al año.
Sin embargo, estudios del Instituto Nacional de Salud Pública, estiman que el impuesto disminuirá gradualmente la obesidad y la diabetes en México, esperando que para 2024 se reduzca 2.5 por ciento y prevenga entre 86 mil y 134 mil casos nuevos de diabetes para 2030. Concluyendo que es necesario aumentar este impuesto a 20 por ciento para poder duplicar los beneficios.
Los principales beneficiarios de estas medidas contra el consumo de bebidas azucaradas serán los niveles socioeconómicos menores, mejorando con ello la calidad de las bebidas que se consumen, además impactando directamente a adultos jóvenes y jóvenes que han ido cambiando sus patrones de consumo hacia una vida más saludable.
El impacto positivo de las medidas puede constatarse con el avance en la política para inhibir el consumo de tabaco en México, de 1990 a 2023 redujo de 25 a 15.6 por ciento de la población, según datos del Instituto Nacional de Salud Pública.
El impuesto aplicado a las bebidas azucaradas, además, genera recursos públicos que pueden servir para atender los problemas que genera, así, se tiene un doble funcionamiento del impuesto, por un lado, disminuye la ingesta y por el otro genera recursos públicos que eventualmente pueden ser aplicados para la atención del problema de salud pública.
Incluso al inicio del funcionamiento del impuesto, en las Leyes de Ingresos de 2015, 2016 y 2017 se estableció que deberían generarse disponibilidades presupuestales equivalentes a la recaudación por este impuesto, para la construcción de bebederos en las escuelas públicas de educación básica en todo el país, como alternativa al consumo de bebidas azucaradas.
“ Sexto. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015 deberá prever una asignación equivalente a la recaudación estimada para la Federación por concepto del impuesto especial sobre producción y servicios aplicable a las bebidas saborizadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, una vez descontadas las participaciones que correspondan a las entidades federativas, para destinarse a programas de promoción, prevención, detección, tratamiento, control y combate a la desnutrición, sobrepeso, obesidad y enfermedades crónico degenerativas relativas, así como para apoyar el incremento en la cobertura de los servicios de agua potable en localidades rurales, y proveer bebederos con suministro continúo de agua potable en inmuebles escolares públicos con mayor rezago educativo de acuerdo con el Índice de Carencias por Escuela y, de conformidad con los artículos 7 y 11 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa”.
Sin embargo, esta redacción no fue observada al cien por ciento, generando además la creación de infraestructura inutilizada por la falta de cobertura de agua potable en diversas zonas del país. Tan sólo para 2014, en la ahora Ciudad de México, se tenían 8 mil instalaciones de educación básica pública que contaban con bebederos pero no contaban con agua potable para que funcionaran.
Los países que conforman la OCDE, dedican 8.4 por ciento de su presupuesto total en salud al tratamiento de enfermedades relacionadas con la obesidad, con acciones que van desde la prevención, la inhibición del consumo de productos que favorecen su desarrollo y la promoción de la práctica deportiva.
El destino específico de impuestos que puede generar el gobierno y el Congreso de la Unión, llamado comúnmente “etiquetado de recursos”, es una acción que se lleva a cabo comúnmente en los países del mundo. Se estima que al menos 80 países usan etiquetados de impuestos para la salud, siendo principalmente el etiquetado del impuesto al cigarro y al tabaco directamente a instituciones de salud pública.
Atender los problemas estructurales desde el origen nos lleva a redefinir el destino de los recursos y el impacto esperado frente al observable. La sola existencia del impuesto especial a bebidas azucaradas nos permite observar la disminución en su consumo y con ello disminuir también los problemas de obesidad en el país; el desarrollo de infraestructura para la salud es un punto importante, que además puede ser cubierto con los impuestos a bebidas energéticas, a tabacos y a alcohol.
Sin embargo, la atención del problema de obesidad pasa también por la modificación de estilos de vida sedentarios que se han dado en el país debido a la falta de una infraestructura amigable con la actividad física. A lo largo y ancho del país hemos visto el desarrollo de grandes urbes que no ofrecen espacios de esparcimiento necesarios para la población, o infraestructura deportiva abandonada que fue utilizada sólo durante sus primeros años de vida; lo anterior por no generar esquemas de activación física comunitaria y de apropiación de los espacios públicos por parte de la población para mejorar la salud.
Es por ello que se propone utilizar la herramienta de etiquetado de presupuesto para el apoyo de deporte y la activación física en el país, con ello asegurando que exista un piso mínimo de recursos que obligadamente tengan que destinarse a políticas públicas, programas y acciones que vayan enfocadas a la activación física comunitaria, al desarrollo de infraestructura deportiva y al apoyo de atletas de alto rendimiento, así generar un destino del gasto que sustente y apoye al impuesto mismo, generando un mayor alcance de la política implementada con la creación del impuesto a bebidas azucaradas.
Por lo anteriormente expuesto, se propone adicionar dos párrafos al artículo 7 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, así como un inciso x) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la finalidad de destinar recursos necesarios y suficientes, que al menos sean iguales a los presupuestados el año anterior y tengan equivalencia a los ingresos por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios que se aplica a bebidas saborizadas, a las políticas públicas que se desarrollen con la finalidad de garantizar la cultura física y la práctica deportiva en el país, apoyando principalmente a la activación física comunitaria, al desarrollo de infraestructura deportiva y al apoyo a atletas de alto rendimiento, tal y como lo explica el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 7 de la Ley General de Cultura Física y Deporte y el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Primero. Se adiciona un párrafo segundo y un párrafo tercero al artículo 7 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:
Ley General de Cultura Física y Deporte
Artículo 7. ...
En el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se debe considerar presupuesto destinado a la cultura física y la práctica del deporte, en términos de lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
El monto anual que se destine a la cultura física y la práctica del deporte no podrá ser inferior a lo aprobado en el ejercicio inmediato anterior y deberá ser, al menos, igual a los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal inmediato anterior por concepto del impuesto establecido en el inciso G) de la fracción I del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Segundo. Se adiciona un inciso x) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:
Artículo 41. ...
I. ...
II. ...
a) a w) ...
x) Las previsiones del gasto que se destinen a la cultura física y la práctica del deporte, conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
III. ...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá prever las disposiciones del presente decreto en la elaboración del anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal siguiente a la entrada en vigor del presente decreto.
Notas
1 https://medicasur.com.mx/es/ms/covid_19_Recomendaciones_para_ personas_vulnerables
2 https://www.gob.mx/salud/articulos/sobrepeso-y-obesidad-factores-de-riesgos-par a-desarrollar-diabetes#:~: text=En%20M%C3%A9xico%20siete%20de%20cada,al%20sobrepeso%20y%20la%20obesidad.
3 https://www.insp.mx/avisos/4445-impuesto-bebidas-azucaradas. html
4 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, consultada en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/lif_2014/LIF_2014_ abro.pdf
5 https://www.reporteindigo.com/reporte/la-sequia-de-los-bebederos/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2024.– Diputadas: Edna Gisel Díaz Acevedo, Carolina Dávila Ramírez, Ma. Elena Serrano Maldonado, Sue Ellen Bernal Bolnik, Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputada Edna Gisel Díaz Acevedo. Túrnese a las Comisiones Unidas de Deporte, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
LEY DE NACIONALIDAD
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad.
El diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
El diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo: La nacionalidad es un derecho humano fundamental que establece el vínculo entre el individuo y el Estado. Al ser un derecho humano se establece de manera intrínseca la obligación de los Estados respecto a su otorgamiento y a su garantía.
Los criterios para la obtención de la nacionalidad son universales. Su evolución hacia nuevas formas de otorgamiento va de la mano con el cambio social de un mundo cada vez más globalizado. Encontrando así nuevas alternativas, como lo que se ha denominado tradicionalmente como nacionalidad por inversión. Y que se crea, ante la necesidad de los países de generar respuestas cada vez más precisas y eficientes, ante los requerimientos de personas extranjeras que tienen interés en participar en nuestra economía y en vivir en nuestros países.
Pero ¿qué es la nacionalidad por inversión? Es el proceso mediante el cual el Estado otorga a las y a los residentes extranjeros el carácter de ciudadanas y ciudadanos a cambio de realizar actividades económicas, contribuyendo así a que el Estado receptor cuente con más recursos para destinarlos al impulso económico y mejorar la calidad de vida de su población.
Este procedimiento ha tenido resultados muy positivos en diversos países en los que se ha aplicado, como es Estados Unidos, Portugal, Canadá y, por supuesto, España. Es por este motivo que presento ante esta honorable asamblea una iniciativa para adicionar una fracción IV al artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, con el propósito de establecer que el Estado mexicano pueda otorgar la ciudadanía a las y los residentes extranjeros a cambio de generar una suma específica de inversiones y una cantidad mínima de empleos para mexicanas y mexicanos.
Con esta figura se obtienen mutuos beneficios, no solo para los residentes extranjeros interesados en obtener la ciudadanía, sino también para las finanzas y la economía de nuestro país.
Por ejemplo, el inversionista adquiere derechos y obligaciones que mandata nuestra legislación que, de permanecer en su calidad de extranjero, difícilmente la podrían solventar.
Permite también al inversor tener mayor certeza de sus cargas tributarias y, por ende, brindar beneficios a sus trabajadoras y trabajadores. Y facilita al inversor ser parte del ecosistema social y acceder a bienes de consumo con el correspondiente pago de impuestos y, por ende, generando un mayor valor social.
Esta iniciativa plantea como requisitos que estas personas, las y los extranjeros puedan acreditar su carácter de inversionista, garantizar un monto de al menos 3 millones y medio de pesos al Fondo de la Secretaría de Economía para el financiamiento de proyectos. Acreditar que esos recursos tienen origen lícito. Y, finalmente, garantizar la generación de mínimo cinco empleos para mexicanas y mexicanos.
De esta manera estaremos contribuyendo a incrementar la inversión y la generación de empleos en nuestro país, incluso estaríamos contrarrestando el fenómeno de la gentrificación, pues las y los extranjeros que decidan vivir en México lo estarían haciendo de una forma regular, con la condición de ser partícipes del crecimiento de nuestra economía, por supuesto.
Ya no se instalarán en nuestro país trayendo consigo indirectamente el alza en los precios de las viviendas, sino que estarían generando empleos e inversiones, es decir, su estancia en México sería verdaderamente productiva, mientras que al mismo tiempo se brindaría mayor certeza para quienes deciden hacer de nuestro país su hogar y receptor de su inversión, su trabajo y, por supuesto, de su talento.
Cabe destacar que esta propuesta es una propuesta sin impacto presupuestario, por lo que será muy redituable para México y para nuestra gente. Es cuanto. Muchísimas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe Klaus Uwe Ritter Ocampo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IV al artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, en materia de requisitos de nacionalidad por inversión para personas residentes extranjeras, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa nacionalidad como concepto
La nacionalidad es un derecho humano fundamental que establece el vínculo jurídico esencial entre el individuo y el Estado, por el que una persona se convierte en un integrante de la comunidad política y social del mismo, adquiriendo personalidad jurídica, derechos y obligaciones.
Entre los atributos de la persona —nombre, domicilio, patrimonio, capacidad, estado civil—, se encuentra el de nacionalidad, característica inherente a la persona que la distingue de otras por el hecho de tener la nacionalidad del Estado que se la atribuye.
Menciona María Elena Mansilla y Mejía (2008) que “la nacionalidad de una persona tendrá efectos jurídicos en otros Estados al ser una situación inherente a la persona”.
Su afirmación es un poder exclusivo del Estado, el cual posee la atribución originaria de reconocimiento ya que conceptualmente, ésta genera un vínculo entre el poder público y los pobladores que habitan el territorio sobre el que ejerce su jurisdicción.
Tener una nacionalidad es un derecho humano consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, expedida en París por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. El artículo 1o. determina:
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
De manera específica, el reconocimiento de la nacionalidad como derecho humano se encuentra en el artículo 2 de la propia declaración:
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Al ser definida como un derecho humano, se establece de manera intrínseca la obligación de los Estados respecto de su otorgamiento y su garantía, en este sentido, la declaración multicitada reglamenta en el artículo 15 la manera en que ésta deberá ser conferida:
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad por lo que el Estado tiene que instituir medios necesarios para garantizar el otorgamiento de la nacionalidad ya sea ius soli o ius sanguinis.
Hay diversos instrumentos internacionales —en su mayoría suscritos por el Estado Mexicano— respecto de la regulación de los derechos de nacionalidad:
• Convención Interamericana sobre nacionalidad y la Extradición, de 1933.
• Convención sobre Nacionalidad de la Mujer, de 1933.
• Declaración Universal de Derechos Humanos, de 1848.
• Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, de 1948.
• Convención sobre el Estatuto de los REFUGIADOS, de 1951.
• Convención sobre el Estatuto de los Apátridas. Nueva York, de 1954.
• Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada, de 1957.
• Convención para reducir los Casos de Apatridia, de 1961.
• Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, de 1965.
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, de 1966.
• Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto de San José, de 1969.
• Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 1979.
• Declaración sobre los Derechos Humanos de las Personas que no son Nacionales del País en el que viven, adoptada por la Asamblea General en la resolución 40/144, de 1985.
• Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 1989.
• Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, de 1990.
• Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de 2007.
De la nacionalidad derivan derechos tanto de pertenencia como de protección, en virtud de que la persona integrante de un Estado tendrá derecho a ser protegida por el poder coactivo de éste y a su vez deberá contribuir a la vida política y financiera, ya que los nacionales dirigen la vida política, contribuyen con sus impuestos y aportan a la economía del Estado del cual son nacionales.
Así, la nacionalidad, desde su punto de vista conceptual, surge con la creación misma del Estado ante la necesidad de reconocer y de establecer los debidos criterios para dicho reconocimiento, el cual, prácticamente de manera universal se da de dos formas: por filiación (ius sanguinis) o por vinculación con el territorio (ius soli). En el primer aspecto, el criterio se materializa por el solo hecho de haber nacido en el territorio y en la mayoría de los casos se transmite a cónyuges y descendientes hasta cierto grado, dependiendo de los límites que para tales efectos establezcan las Constituciones y las normas secundarias.
El segundo caso es más complejo ya que se trata del reconocimiento como nacional de una persona que, siendo no nacida en el territorio del país, ha tomado la decisión de adquirirla bajo los criterios, requisitos y reglas establecidas en el orden jurídico del mismo.
Precisamente, con la evolución del derecho, estas reglas conforme a las cuales los Estados han definido el procedimiento para reconocer la nacionalidad se han transformado y en la gran mayoría de los casos, se han flexibilizado para establecer en el orden legal de los países, diversas fórmulas procedimentales para acceder a ella bajo una gama importante de circunstancias que la persona deberá colmar, las cuales van, desde una renuncia expresa a su nacionalidad previa -en algunos casos- hasta el haber realizado un aporte científico, cultural, tecnológico, deportivo o de bienestar social a la nación receptora.
La nacionalidad desde la perspectiva del derecho mexicano
Para el derecho positivo mexicano, la nacionalidad es el sustento y la base del orden jurídico constitucional. De acuerdo con el doctor Fernando Serrano Migallón, en ella “se refleja la conciencia de un Estado, la idea que tiene de sí mismo y es la medida de su apertura al exterior y de su introspección dentro de su propia cultura. Al determinar quién es nacional y quien no lo es, el Estado dibuja un sujeto ideal, una idea de individuo en torno al cual construye todo su edificio cultural”.
La génesis constitucional de la regulación de la nacionalidad en nuestro país se remonta a los denominados Elementos Constitucionales de Ignacio López Rayón (1811) en donde, ante la inminencia de la independencia mexicana, sería indispensable conformar el momento jurídico específico e individual de inicio de nacionalidad en un momento coyuntural en el que el surgimiento del nuevo Estado se torna difuso, temporalmente incierto e indefinido.
Por ello, con la independencia de México surge el primer concepto de nacionalidad, el cual, se torna sumamente difuso y amplio al definirla López Rayón como que “todos los vecinos de fuera que favorezcan la libertad e independencia de la nación serán recibidos bajo la protección de las leyes”.
Para disfrutar de los privilegios de “ciudadano americano”, todo extranjero debía contar con una llamada “carta de naturaleza” que no es, sino el antecedente mexicano de la Carta de Naturalización; así las cosas, este elemento prevalece hasta nuestros días.
Si bien los posteriores proyectos constitucionales de 1836 fueron inusualmente restrictivos respecto de la nacionalidad, esto se debe al carácter centralista de los mismos, ejemplo de ello es, que para la adquisición de la nacionalidad mexicana ius soli, se requiere forzosamente que el padre sea mexicano por nacimiento, lo que sin duda es un claro retroceso con la evolución del concepto de nacionalidad plasmado en instrumentos constitucionales anteriores.
La Constitución de 1857 recupera su esencia liberal y por ende, reestablece, mediante una mejora en la aplicación de la técnica legislativa constitucional, aspectos de avanzada en el otorgamiento de la nacionalidad, al reconocer tanto el ius soli como el ius sanguinis sin las distinciones de linaje paterno de la anterior, estableciendo aspectos de avanzada para la época como el adquirir la nacionalidad como consecuencia de la posesión de bienes raíces o la procreación de hijos mexicanos.
Finalmente, con la consolidación del pacto social surgido del movimiento revolucionario de 1917, contamos con las bases actuales que regulan desde la Carta Magna la nacionalidad, la cual, a partir de nuevas mejoras técnico-legislativas, retoma la esencia de su antecesora con la cláusula de exclusión de extranjeros del servicio de las armas en tiempos de paz.
Las reformas del criterio constitucional de nacionalidad de diciembre de 1969 y de 1974 dotaron de mayor solidez y dignidad a su reconocimiento eliminar el concepto de “padres desconocidos” en el primer aspecto y en el segundo, al incorporar a la cláusula de adquisición por matrimonio no solo a las mujeres sino también a los hombres en todas sus combinaciones, lo que representó la eliminación de cláusulas de exclusión en beneficio de la igualdad.
Sin duda, los mayores cambios se dieron con las reformas constitucionales de 1997 y 2004 en las que, por un lado, se derogan las sanciones de pérdida de nacionalidad por adquisición de otra y se establece la doble nacionalidad, facultando para ello, a la norma correspondiente (Ley de Nacionalidad) la regulación del ejercicio de estos derechos.
Nuevas formas de obtener la nacionalidad
Como se ha afirmado, los criterios para la obtención de la nacionalidad son prácticamente universales, por tanto, su evolución hacia nuevas y perfeccionadas formas de otorgamiento es consubstancial al cambio social de un mundo globalizado.
En el caso de la legislación mexicana, las reformas a la Ley de Nacionalidad de mayo del 2021 permiten que la nacionalidad mexicana pueda ser transmitida a generaciones nacidas fuera del país sin importar el de nacimiento de los padres.
En otras latitudes, la forma en la que la nacionalidad se obtiene, ha encontrado nuevas alternativas; es el caso de la denominada “nacionalidad por inversión” la cual, surge como respuesta a la necesidad de los países por generar respuestas más acotadas y eficientes, ante los cada vez más numerosos requerimientos de personas que tienen interés en participar de manera activa y directa en las dinámicas de impulso y desarrollo económico a través de los mecanismos de la legislación nacional.
Podemos definir la nacionalidad por inversión como el proceso jurídico y administrativo por medio del cual una nación soberana otorga a un residente extranjero el carácter de ciudadano, a cambio de la realización en el país otorgante de actividades como inversiones, participaciones en empresas públicas, privadas o de naturaleza mixta, generación de empleos o por el pago de una contraprestación económica a fin de que el Estado receptor cuente con recursos para el fondeo de diversas actividades relacionadas con la promoción y el impulso económico o como depósito sujeto a devolución con el transcurso del tiempo.
Este mecanismo para la obtención de la nacionalidad de un país dista mucho de ser un recurso para la agilización del trámite, el cual, tiene una duración de entre 2 y hasta 8 años dependiendo de la nación pues su esencia consiste en que ésta es un requisito que, al cumplirse, tendrá como consecuencia, la realización de una actividad económica que generará valor de carácter financiero e impacto positivo en la calidad de vida de las personas.
En algunos países, este mecanismo de obtención de la nacionalidad se ha denominado visa dorada o golden visa. Sin embargo, en su concepción y beneficios esta denominación dista mucho de la percepción exclusivista y sectaria del término, ya que una nacionalidad por inversión implica por añadidura, la recepción y asimilación de una persona que, depositando su confianza en el entorno nacional, decide invertir o ser gestora de inversión, lo que generará empleos, recursos para el país y por ende, se convertirá en un valioso aporte a la calidad de vida de aquellas personas que gracias a esa inversión podrán acceder a un empleo para su manutención y la de sus familias. Por ello, este procedimiento debe entenderse desde su perspectiva de beneficio colectivo y trascendente.
La ciudadanía por inversión es un mecanismo que ha cobrado relevancia en los países que la otorgan debido a que, tanto el país receptor como el particular tienen beneficios comunes, entre ellos podemos mencionar los siguientes:
Gestión de negocios eficiente
Al adquirir el carácter de ciudadana o ciudadano, un inversionista adquiere los derechos y obligaciones que mandata la legislación nacional que de permanecer en calidad de extranjero difícilmente podría solventar, ejemplo de ello es, la constitución y protocolización de Sociedades Civiles cuyos estatutos tienen cláusulas de exclusión de extranjeros.
Los impuestos se quedan donde se genera la inversión
El tener la contabilidad en el país donde se aplica la inversión brinda claridad tanto a clientes como inversionistas futuros, asimismo permite al inversor tener mayor certeza de sus cargas tributarias y por ende, brindar beneficios a sus trabajadores o en su caso, allanarse de las ventajas impositivas de la legislación nacional, aunado al hecho de que, concentrar el pago de impuestos en donde opera, abarata costos administrativos.
Bienestar
La posibilidad de ser ciudadano del país donde genera la inversión es una ventaja en términos de seguridad respecto de evitarle traslados adicionales y ser víctima propiciatoria de delitos transnacionales.
Nearshoring
La implantación de nuevas modalidades de negocio y las nuevas modalidades de transferencia de operaciones a empresas y países con mejores condiciones, así como la tendencia a externalizar operaciones en países cercanos a las grandes economías globales permite reducir costos, más control sobre producción y servicios, mayor agilidad para llegar a mercados estratégicos, reducir disrupciones sociales y crear empleos, siempre que se cuente con la posibilidad de una correcta supervisión in situ.
Asimilación social
Al permitirle al inversor esta modalidad, no solo se vuelve parte del nuevo ecosistema social sino que además, como ciudadano con un importante poder adquisitivo podrá participar de las dinámicas sociales, acceso a bienes de consumo con el correspondiente pago de impuestos y, por ende, generar valor social.
Aunque se trata de un mecanismo que en algunos sectores ha generado polémica, los cuestionamientos no resisten la más mínima argumentación ya que, quienes se manifiestan en contra de esta medida, lo hacen desde una visión purista en la que se concibe a la nacionalidad como una suerte de “derecho” para quienes consideran sus iguales, afirmando que este tipo de instrumentos son la compra de una nacionalidad disfrazada.
Sin embargo, la crítica dista mucho de la realidad ya que cada vez más naciones optan por incorporar en su legislación este mecanismo, a manera de ejemplo y en términos de derecho comparado podemos enumerar a los siguientes:
España (acceso a 190 países sin visa)
España cuenta con uno de los pasaportes más poderosos de la Unión Europea y del mundo. Es uno de los países más visitados. A través de la visa dorada del país, los solicitantes son elegibles para la residencia permanente después de 5 años y ciudadanía tras 10. Algunas nacionalidades, como la mexicana, son elegibles para la ciudadanía después de sólo 2 años.
Los inversores pueden calificar realizando uno de los siguientes tipos de inversión para calificar:
- 500 mil euros en bienes inmuebles;
- Inversión de 1 millón de euros en acciones de la empresa;
- 1 millón de euros depositados en un banco español u otra institución financiera aceptada;
- Compra de 2 millones de euros en bonos gubernamentales.
El programa ha estado vigente desde 2013. Como todos los demás programas que se enumeran a continuación, los beneficios de la inversión se extienden al solicitante principal, su cónyuge y sus hijos dependientes.
Portugal (acceso a 188 países sin visa)
A principios de octubre de 2023, el gobierno portugués promulgó una nueva versión de su programa Golden Visa. Después de mucha deliberación para mejorar el impacto del programa para los ciudadanos y la economía portugueses, se determinó que el programa, alguna vez popular por su opción de compra de bienes raíces, ya no permitiría que las inversiones inmobiliarias calificaran para el programa, dado su impacto en el mercado inmobiliario para los ciudadanos locales.
En cambio, las nuevas opciones de inversión son las siguientes:
- La creación de al menos 10 puestos de trabajo;
- Transferencia de capital igual o superior a 500 mil euros, aplicado a actividades de investigación de instituciones de investigación científica públicas o privadas, integradas en el sistema científico y tecnológico nacional;
- Transferencia de capital igual o superior a 250 mil euros, aplicada a inversiones o apoyo a la producción artística, recuperación o mantenimiento del patrimonio cultural nacional a través de servicios de administración directa central y periférica, institutos públicos, entidades que integren el sector empresarial público, fundaciones públicas, privadas fundaciones con condición de utilidad pública, entidades intermunicipales, entidades que integren el sector empresarial local, entidades asociativas municipales y asociaciones culturales públicas, que persigan atribuciones en materia de producción artística, recuperación o mantenimiento del patrimonio cultural nacional;
- Transferencia de capital igual o superior a 500 mil euros, destinada a la adquisición de participaciones en organismos de inversión colectiva específicos, que incluyen ciertos tipos de fondos, que estén constituidos conforme a la legislación portuguesa, cuyo vencimiento, en el momento de la inversión, sea de al menos cinco años y al menos 60 por ciento del valor de las inversiones realizadas en sociedades mercantiles radicadas en el territorio nacional;
- Transferencia de capital por importe igual o superior a EUR 500.000, destinada a la constitución de una sociedad mercantil con domicilio social en el territorio nacional, combinada con la creación de cinco puestos de trabajo permanentes, o al refuerzo del capital social de una sociedad mercantil empresa con domicilio social en el territorio nacional, ya constituida, con la creación de al menos cinco puestos de trabajo permanentes o el mantenimiento de al menos diez puestos de trabajo, con un mínimo de cinco puestos de trabajo permanentes, y por un período mínimo de tres años.
Los montos mínimos de inversión para las tres primeras opciones previstas podrán reducirse en un 20 por ciento cuando la actividad inversora se realice en territorios de baja densidad, definidos como zonas con menos de 100 habitantes por kilómetro cuadrado o un PIB per cápita inferior al 75 por ciento del nacional promedio.
Por ninguna circunstancia, directa o indirectamente, las inversiones podrán tomar la forma de bienes inmuebles bajo el nuevo programa.
Según datos del Serviço de Estrangeiros e Fronteiras, en los 10 años de existencia del programa hasta 2022 se han invertido en Portugal 6mil 540 millones de euros, de los cuales 90 por ciento se ha destinado al mercado inmobiliario.
Estados Unidos (acceso a 185 países sin visa)
El programa EB-5 se creó en 1990 para promover el crecimiento económico regional de las comunidades estadounidenses a través de la inversión extranjera directa.
Desde la gran recesión de 2008, el programa EB-5 se ha convertido en una herramienta de estímulo económico cada vez más importante que entregó inversiones de capital a las empresas estadounidenses y creó empleos para los trabajadores estadounidenses.
De hecho, entre 2008 y 2015, el programa EB-5 ayudó a generar 20 mil 600 millones de dólares estadounidenses en inversión extranjera directa para crear y retener empleos en Estados Unidos para los estadounidenses, todo sin costo alguno para los contribuyentes.
Desde una reforma en marzo 2022, este programa que da acceso a la residencia de los Estados Unidos, que llamamos la green card exige una inversión en un proyecto privado de 800 mil o 1.05 millones de dólares americanos de inversión dependiendo de la ubicación del proyecto donde se hace la inversión. El inversionista también debe generar un mínimo de 10 empleos como resultado de la inversión, lo cual se puede demostrar a través del apoyo a empresas locales autorizadas y estudios de impacto económico. En fin, el inversionista debe demostrar la fuente legal de la inversión para calificarse.
Canadá (acceso a 186 países sin visa)
El programa de inmigrantes inversionistas de Quebec, en Canadá, es uno de los más antiguos de los programas de su tipo. Desde principios de la década del 2000 hasta 2019, el fondo de inversión global establecido por el programa superó los $14 mil millones CAD y generó $1.8 mil millones cad en ingresos.
Eso permitió a la agencia gubernamental Investissement Québec otorgar subvenciones a más de 6 mil Pyme en la provincia y asistencia financiera total de más de 900 millones cad para la expansión de sus proyectos de negocio, fomentando al mismo tiempo la creación y mantenimiento de numerosos empleos según las prioridades del gobierno provincial.
De forma conservadora, está estimado que al menos 4 mil 800 puestos de trabajo se han creado directamente, o mantenidos a través de fondos otorgados por el programa desde principios de la década de 2000.
Según su nueva versión, el programa pide al solicitante demostrar 2 millones de dólares canadienses en activos netos mínimos de fuente legal y de hacer una inversión pasiva de 1.2 millones de dólares canadienses a través de la compra de un bono emitido por el gobierno: 200 mil cad en donación y 1 millón cad reembolsable a 0 por ciento de interés después de 5 años. El sector financiero local contribuye al programa a través de instituciones autorizadas que pueden ofrecer un financiamiento para reducir el costo de la inversión. El solicitante también debe tener 2 años de experiencia de gestión mínima en los últimos 5 años.
El potencial de esta herramienta jurídica, aplicada conforme a estrictos estándares de control y estableciendo de manera precisa los requisitos, puede tener como consecuencia grandes beneficios económicos y sociales para el país.
Por todo lo expuesto, el que suscribe considera importante generar una modificación de la Ley de Nacionalidad, en el artículo 20, consistente en la adición de una fracción IV a los requisitos para obtener la nacionalidad, incorporando la denominada nacionalidad por inversión, acreditando lo siguiente:
Acreditar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que es la entidad de la Administración Pública Federal facultada para ello, el carácter del solicitante, como inversionista en proyectos de naturaleza privada, pública o de participación público-privada, de carácter nacional, estatal o regional, lo cual, permitirá establecer, en primer lugar, que se trata de una persona que generará valor económico y con ello, atraerá empleos y desarrollo.
Este requisito, a diferencia de otras latitudes, se establece no solo para proyectos de índole privada sino para aquellos de carácter público (como licitante o proveedor de servicios e infraestructura al sector público) o de naturaleza público-privada, el cual se encuentra debidamente regulado en la Ley de Asociaciones Público-Privadas pero solo para nacionales.
Como segundo requisito, se establece que el solicitante deberá garantizar un monto de inversión en territorio nacional equivalente a 34 mil unidades de medida y actualización (UMA) —es decir, 3.5 millones de pesos o el equivalente a 200 mil dólares estadounidenses— a fin de que sean transferidos al fondo específico que para tales efectos establezca la Secretaría de Economía y que servirá de recurso para el desarrollo y financiamiento de proyectos que esta dependencia realice.
El solicitante, además, deberá acreditar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que los recursos a invertir en territorio nacional tienen origen lícito, a través del dictamen o instrumento que determine la propia secretaría, el cual ya existe y se implementa por medio de la Unidad de Inteligencia Financiera de dicha dependencia.
De conformidad con la Ley Federal del Trabajo, al menos 90 por ciento de los empleados de una empresa deben tener nacionalidad mexicana, excepto los directores, administradores y gerentes. Por lo tanto, permitir que los inversionistas extranjeros tengan un acceso más rápido a la ciudadanía mexicana a través de una inversión representa un beneficio significativo, ya que de esta manera se genera un incentivo para que empresas tengan los mecanismos para mantener a empleados no gerenciales clave en México sin temor a violar las cuotas impuestas en la Ley Federal del Trabajo.
Otorgar la ciudadanía es un acto de soberanía nacional para cualquier Estado. Por lo tanto, la concesión de tales beneficios a los extranjeros debe hacerse teniendo en cuenta los intereses de seguridad nacional y por los canales correspondientes, en virtud de ello, esta reforma establece una ruta clara hacia la residencia y la ciudadanía para eliminar prácticas opacas e imponer filtros adecuados. Es una cuestión de seguridad nacional evitar que malos actores obtengan la residencia o la ciudadanía mexicana por medios indebidos y es una cuestión de interés nacional garantizar que el camino correcto proporcione un beneficio a la nación.
Dicha iniciativa no tendrá impacto presupuestal para la administración pública federal, pues ya hay la estructura organizacional y administrativa a que se confieren las atribuciones contenidas en el cuerpo del decreto. Aunado a ello, la propuesta considera el establecimiento de pago de derechos a particulares por lo que se amplía la base recaudatoria en este rubro.
Finalmente, se requiere que el solicitante acredite el pago correspondiente por concepto de procesamiento prioritario, el cual deberá establecerse de manera anual en la miscelánea fiscal aprobada por el Congreso de la Unión y de manera específica en la Ley Federal de Derechos.
Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. Se adicionan la fracción IV y un penúltimo párrafo, con lo que se recorren los subsecuentes, al artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, para quedar como sigue:
Ley de Nacionalidad
Artículo 20. ...
I. a III. ...
IV. Respecto de la nacionalidad por inversión, bastará una residencia de treinta días, inmediatos anteriores a la solicitud, en el caso de las personas extranjeras que:
a) Acredite ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su carácter de inversionista en proyectos de naturaleza privada, pública o de participación público privada, de carácter nacional, estatal o regional;
b) Garantizar un monto de inversión en el Fondo designado por la Secretaría de Economía, equivalente a 34 000 UMA, así como la creación de por lo menos, cinco empleos directos;
c) Acreditar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que los recursos por invertir en territorio nacional tienen origen lícito, a través del dictamen o instrumento que determine la propia secretaría; y
d) Acreditar el pago correspondiente por concepto de procesamiento prioritario, plasmado en la Ley Federal de Derechos.
Dichos requisitos deberán ser acreditados por medio de representantes legales con certificación, los cuales, deberán contar con las exigencias que para tales efectos emita la Secretaría de Gobernación en el reglamento de la presente ley.
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal deberá realizar las correspondientes adecuaciones al Reglamento de la Ley de Nacionalidad, a fin de armonizarlo a los contenidos del presente decreto, en un término que no exceda de 180 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación.
Tercero. El Ejecutivo federal deberá realizar los ajustes a los correspondientes manuales, instrumentos de procedimientos, lineamientos y estructura organizacional de las dependencias, así como los requisitos para contar con un registro de personas morales cuyo objeto social sea el de realizar labores de gestión ante las autoridades para la obtención de la nacionalidad por inversión y de esta manera estar en condiciones de actualizar la normatividad reglamentaria a los contenidos del presente decreto, en un término improrrogable de treinta días hábiles contados al día siguiente de la publicación de la armonización al Reglamento de la Ley de Nacionalidad.
Cuarto. El Ejecutivo federal, por conducto de las dependencias objeto del presente decreto, deberá emitir los li-neamientos para el proceso de consecución de la nacionalidad por inversión, el cual, deberá incluir, por lo menos lo siguiente:
I. El inversionista y el solicitante deberán realizar el procedimiento por medio de un representante legal acreditado para comenzar el proceso y comprobar la disponibilidad de sus fondos para invertir y de la legalidad de la fuente de sus mismos, el cual, remitirá la solicitud a la agencia autorizada de acreditación de fuente de fondos junto con el pago total de los costos administrativos en fideicomiso.
III. La agencia autorizada de acreditación de fuente de fondos llevará a cabo el correspondiente estudio de acreditación y una vez realizado, remitirá los resultados a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual, comunica su decisión al representante legal acreditado, indicando si la solicitud ha sido aprobada, rechazada o si se requieren documentos adicionales.
III. El inversionista podrá dar inicio al proceso de apertura de cuenta bancaria con una institución financiera en México y una vez que ha sido acreditada su solicitud por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizará un depósito de sus fondos en su cuenta en la institución financiera.
IV. Una vez que se ha confirmado la decisión positiva, el inversionista dispone de 365 días para completar su inversión en el fondo de la Unidad de Promoción de Impulso Económico de la Secretaría de Economía.
V. En cuanto la Unidad de Promoción de Impulso Económico de la Secretaría de Economía reciba los fondos del inversionista, deberá notificar la confirmación del depósito al representante legal autorizado del inversionista, a la institución financiera donde se realizó el depósito, a las autoridades migratorias de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
VI. Una vez que el representante legal acreditado recibe la confirmación de la Unidad de Promoción de Impulso Económico de la Secretaría de Economía, deberá entrevistarse en la representación consular correspondiente y una vez finalizada, las autoridades consulares mexicanas emiten la visa al inversionista, recibiendo en un término de 72 horas posteriores a su llegada al país, la forma migratoria como residente permanente.
VII. 30 días posteriores a la obtención del estatus de residente permanente, el solicitante es elegible para solicitar la ciudadanía por naturalización.
Quinto. Para el acreditamiento de los representantes legales a los que se hace referencia en el penúltimo párrafo del Artículo 20 del presente Decreto, las entidades gestoras deberán contar con los siguientes requisitos:
I. Contar con una certificación de carácter público o privado que la acredite como agencia o persona moral cuyo objeto social en escritura constitutiva sea el de la gestión de negocios, inversiones, inmigración de negocios, empresarial o relacionada;
II. Contar con experiencia mínima de 3 años en el ramo;
III. Contar con manual de procedimientos para la verificación de antecedentes de inversionista extranjero, así como para la evaluación de su fuente de fondos, sin menoscabo de lo que resuelva la autoridad correspondiente;
IV. Acreditar el pago de derechos correspondiente; y
V. Las demás que le establezca el reglamento.
Sexto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá emitir los criterios y lineamientos que contengan el procedimiento al que deberán sujetarse las personas extranjeras, respecto de los incisos a) y c) de la fracción IV del Artículo 20 del presente Decreto, en un plazo de 90 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la entrada en vigor del mismo.
Notas
1 Mansilla y Mejía, María Elena. Glosario jurídico internacional privado, Iure Editores, México, 2008, página 119.
2 Serrano Migallón, Fernando. El concepto denacionalidad en las Constituciones Mexicanas. Apertura e introspección. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, página 567. De consulta pública en
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1968/26.pdf
3 Tena Ramírez, Felipe. Leyes fundamentales de México, México, Porrúa, 2002, página 26.
Salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2024.– Diputados: Klaus Uwe Ritter Ocampo, Jorge Alberto Barrera Toledo, Miguel Torruco Garza (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputado Klaus Ritter Ocampo. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Y tiene ahora el uso de la palabra la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3o. y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.
La diputada Nancy Yadira Santiago Marcos:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante, diputada.
La diputada Nancy Yadira Santiago Marcos: Compañeras y compañeros diputados, la transformación de la vida política de México está en curso y esto es gracias a la participación entusiasta de millones de mexicanas y mexicanos que están impulsando el cambio en todos los sentidos, tal es el caso de la economía social y solidaria, que es un elemento clave para empoderar a las comunidades y lograr una economía con principios sociales sólidos, que reivindiquen el cooperativismo y alienten la generación de riqueza social.
La presente iniciativa tiene como principal objetivo fomentar la integración constante de socios a las cooperativas de producción mediante el establecimiento de límites claros respecto a la contratación de trabajadores asalariados.
Muchos de los trabajadores asalariados son contratados para una tarea que es temporal, pero puede alargarse por mucho tiempo y para evitar caer en prácticas contrarias a la promoción del trabajo cooperativo y digno, es necesario reformar el artículo 3o. y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas para precisar las circunstancias, temporalidad y cantidad de trabajadores asalariados que tendrá una cooperativa de producción si decide contratar trabajadores asalariados, siendo hasta el 20 por ciento de su plantilla de socios, con la finalidad de evitar perder el sentido y la razón del ser del cooperativismo.
Incluso, la intención es que estos trabajadores asalariados puedan incorporarse como socios cooperativistas después de seis meses, si la actividad es necesaria y existen los recursos económicos suficientes para su incorporación.
Con esta reforma a la Ley General de Sociedades Cooperativas se establecerá que el Instituto Nacional de la Economía Social tenga la atribución de conocer la nómina de los trabajadores asalariados de una sociedad cooperativa, a efecto de verificar el cumplimiento de esas disposiciones.
Queremos que las sociedades cooperativas se fortalezcan, tengan un proceso de crecimiento y de consolidación y que esto sea como lo marca la Ley General de Sociedades Cooperativistas y la Ley de Economía Social y Solidaria, en referencia a los principios y valores cooperativos, con la única finalidad de materializar la práctica cooperativa entre sus miembros y la comunidad donde tienen presencia.
Con esta iniciativa combatimos prácticas que desvirtúan a las sociedades cooperativas y se caracterizan por tener un número alto de trabajadores asalariados como si fueran una empresa privada frente a un número reducido de socios trabajadores.
Ejemplo de las buenas prácticas de esta sociedad cooperativa puede destacar es el caso de la Caja Popular Mexicana, que hace unos días fue reconocida por el Instituto Europeo de Investigaciones sobre Empresas Cooperativas y Sociales en colaboración con la Alianza Cooperativa Internacional, como una de las principales cooperativas del mundo, posicionándose en el lugar 247 de un listado de 300, siendo la única sociedad cooperativa mexicana dentro de este listado. Fue seleccionada frente a 94 cooperativas originarias de América y 39 que tiene como actividad económica los servicios financieros.
Esa sociedad cooperativa tiene trabajando en este ámbito más de 70 años, fomentando los valores cooperativos además del uso responsable de los servicios de ahorro, crédito e inversión.
Queremos más sociedades cooperativas que crezcan y sean símbolo del cooperativismo en nuestro país. Por ello confío en contar con su apoyo para impulsar la presente iniciativa y con su aprobación para que sea en positivo. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 3o. y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, a cargo de la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Nancy Yadira Santiago Marcos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a consideración del pleno de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3 y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, en materia de trabajadores asalariados, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa identidad cooperativa se forma de valores y principios que son directrices de la práctica cooperativa cotidiana, no sólo en México sino en todo el mundo.
A través de la Alianza Cooperativa Internacional, como voz global sobre el conocimiento, la experiencia y la acción coordinadas para las cooperativas, lanzó en 1995 la Declaración sobre la Identidad Cooperativa, que contiene la definición de cooperativa, los valores y principios que dan forma y sentido a esa identidad.
De acuerdo con la Alianza Cooperativa Internacional, una cooperativa es” una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales por medio de una empresa de propiedad conjunta y democrática mente controlada”.
El objeto de la presente iniciativa es preservar los valores, principios y prácticas de la identidad cooperativa y cuidar en la ley los elementos que no son parte de esta “empresa de propiedad conjunta y democrática mente controlada”, pero que con su trabajo contribuyen a la fortaleza de ésta. Es importante que la participación y temporalidad de los trabajadores asalariados contratados por la sociedad cooperativa estén reguladas claramente, a fin de no desvirtuar la identidad cooperativa.
El artículo 1 del título I, capítulo único, “Disposiciones generales”, de la Ley General de Sociedades Cooperativas se menciona:
Artículo 1. La presente ley tiene por objeto regular la constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas y sus organismos en que libremente se agrupen, así como los derechos de los socios.
Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en el territorio nacional.
Dicho artículo establece el objeto de la ley General de Sociedades cooperativas en dos aspectos importantes el sistema de organización cooperativo y los derechos de los socios quienes dan vida a la cooperativa.
Respecto a qué entender por cooperativa, el artículo 2 de la misma ley establece:
Artículo 2. La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Respecto de la contratación de trabajadores en la sociedad cooperativa, la Ley General de Sociedades Cooperativas establece:
Artículo 2. La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Siendo su forma de organización y propósito elementos clave para entender la importancia de la sociedad cooperativa en el desarrollo de la economía social y una diferencia respecto de la economía privada.
En el quehacer cotidiano, los socios son el motor de la sociedad cooperativa al contribuir con capital, para adquirir los medios de producción, los recursos materiales y humanos y además a diferencia de una sociedad privada aportan con su trabajo; de esta forma su aportación es a generar riqueza de forma sustentable y colectiva.
De acuerdo con el artículo 6 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, los socios están obligados a seguir una serie de principios, como
1. Libertad de asociación y retiro voluntario;
2. Administración democrática;
3. Limitación de intereses a algunas aportaciones, si fuera el caso;
4. Distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los socios;
5. Fomento de la educación cooperativa y de la educación en la economía solidaria;
6. Participación en la integración cooperativa;
7. Respeto al derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier partido político o asociación religiosa; y
8. Promoción de la cultura ecológica.
De los principios antes mencionados, rescatamos el de libertad de asociación y retiro voluntario, el cual se funda en asociar a cualquier persona que esté dispuesta a cumplir con los principios pueda ser integrante de una cooperativa sin sufrir ninguna discriminación siempre y cuando esté dispuesta a contribuir a una cultura cooperativa, del mismo modo a realizar su retiro sin presión de ningún tipo.
Los socios serán los principales promotores de los principios y valores cooperativos establecidos en la Ley General de Sociedades Cooperativas y en la Ley de Economía Social y Solidaria, con la única finalidad de materializar la práctica cooperativa que fomente el cooperativismo entre sus miembros y en la comunidad donde tienen presencia.
Sin embargo, pese a que la Ley establece claramente la importancia de los socios en la vida cooperativa la experiencia práctica reveló que la creación de cooperativas dedicadas a la subcontratación, con enquistamiento de cúpulas familiares o asambleas manipuladas por delegados no democráticos, entre otros.
También, destaca la existencia lamentable de cooperativas grandes que se caracterizan por tener un número alto de trabajadores asalariados como si fuera una empresa privada frente a un número reducido de socios-trabajadores, lo cual pone en un dilema la vida cooperativa y los principios de gestión y participación democráticas de los miembros.
Por ello, la presente iniciativa propone reformar los artículos 3o. y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas establecer límites claros y precisos a las circunstancias, temporalidad y cantidad de trabajadores asalariados que puede tener una cooperativa de producción, por lo que se establece 20 por ciento de contratación de trabajadores para no perder el sentido y razón de ser del cooperativismo.
El artículo 3 incorpora en la Ley General de Sociedades Cooperativas la disposición de que el Instituto Nacional de la Economía Social (Inaes) tenga la atribución de conocer la nómina de los trabajadores asalariados de las cooperativas que los contraten a efecto de que se verifique el cumplimiento de las disposiciones dispuestas en las modificaciones al artículo 65 que la presente iniciativa propone.
De esta forma, las cooperativas deberán comunicar al Instituto, por los medios que éste disponga, la nómina de los trabajadores no asociados, indicando específicamente la razón por la cual prestan servicios en relación de dependencia y el plazo de la prestación.
En el artículo 65, la presente iniciativa propone establecer el porcentaje que deben tener las cooperativas respecto de la contratación de trabajadores no socios, así como el plazo de seis meses máximo para su contratación.
Al mismo tiempo, se establece que las cooperativas deberán comunicar al instituto la nómina de trabajadores asalariados y la posibilidad de incorporarlos posteriormente como socios de la cooperativa, con la finalidad de fortalecer la esencia de las cooperativas constituidas con el propósito de que quienes producen riqueza a través de su trabajo sean quienes tengan el control democrático de su empresa y se beneficien plenamente de lo generado en proporción a su trabajo aportado.
Se incorpora un transitorio para que el Inaes disponga de los medios administrativos a través de los cuales recibirá y llevará un registro sobre la nómina de asalariados, así como los procedimientos para inducir al cumplimiento de las disposiciones propuestas.
Con el objetivo de exponer de forma clara y concisa el contenido de la presente iniciativa, se muestra el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 3 y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, en materia de trabajadores asalariados
Único. Se adicionan las fracciones II y IV al artículo 3 y un segundo, tercero y cuarto párrafos al artículo 65; y se reforman el primero y tercer párrafos y los numerales I a IV del artículo 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 3. ...
I. y II. ...
III. Instituto, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo y de la Economía Social y Solidaria; y
IV. Secretaría, la Secretaría de Bienestar.
Artículo 65. Las sociedades cooperativas de productores podrán contar con personal asalariado que no sean socios.
Las sociedades cooperativas de productores de bienes o prestadores de servicios, podrán contar con trabajadores asalariados sin rebasar un máximo de 20 por ciento como proporción del total de socios-trabajadores, yúnicamente en los casos siguientes:
I. Cuando las circunstancias extraordinarias o imprevistas de la producción o los servicios lo exijan , en cuyo caso el plazo de contratación no podrá ser superior a seis meses;
II. Para la ejecución de obras determinadas, que requieran de un técnico o especialista no existente en la cooperativa, en cuyo caso el plazo de contratación no podrá ser superior a seis meses;
III. Para trabajos eventuales, distintos a los requeridos por el objeto social de la sociedad cooperativa , en cuyo caso el plazo de contratación no podrá ser superior a seis meses;
IV. Para la sustitución temporal de un socio hasta por seis meses; y
...
En todos los casos previstos, las cooperativas de que se trate deberán comunicar al Instituto, por los medios que éste disponga, la nómina de los trabajadores asalariados, indicando específicamente la razón por la cual prestan servicios en relación de dependencia y el plazo de la prestación.
Una vez expirados los plazos señalados, que no son acumulables, la cooperativa no podrá seguir valiéndose de los servicios de los trabajadores asalariados, salvo que estos se incorporen a la misma como asociados.
...
Ante una inconformidad en la selección , la persona afectada podrá acudir ante la Comisión de Conciliación y Arbitraje de la propia sociedad cooperativa si es que la hay, la que deberá resolverle por escrito en un término no mayor de 20 días naturales. A la falta de dicha Comisión, la Secretaría, por conducto del Instituto, actuando como instancia de mediación, conciliación o arbitraje para la solución de conflictos en materia cooperativa, podrá intervenir a solicitud del interesado, quien también ejercer la acción legal que corresponda.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las cooperativas de producción de bienes o prestación de servicios que actualmente utilicen servicios de trabajadores asalariados sin mediar los motivos indicados en el artículo 65 de la presente, deberán regularizar su situación dentro del plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
Tercero. El instituto deberá disponer de los medios y los procedimientos necesarios y suficientes, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente ley, para que las cooperativas de producción de bienes o prestación de servicios que utilicen servicios de trabajadores asalariados cumplan lo dispuesto en el artículo 65.
Notas
1 Declaración sobre la Identidad Cooperativa (1995),
https://www.ica.coop/es/cooperativas/identidad-alianza-cooperati va-internacional
2 https://www.ica.coop/es/cooperativas/identidad-alianza-cooperativa-internaciona l#toc-principios-cooperativos
3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/143_190118.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputada Nancy Yadira Santiago Marcos (rúbrica).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada Nancy Yadira Santiago Marcos. Túrnese a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a enfermeras y enfermeros del Sindicato Nacional Incluyente de las y los Trabajadores de Salud del estado de Michoacán, quienes vienen representados por su secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional, la licenciada Susana Jacuinde Villaseñor, invitadas por la diputada Araceli Ocampo Manzanares. Bienvenidos a la Cámara de Diputados.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Miguel Ángel Varela Pinedo, hasta por cinco minutos, para presentar dos iniciativas que reforman y adicionan el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
El diputado Miguel Ángel Varela Pinedo:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante, diputado.
El diputado Miguel Ángel Varela Pinedo: Muy buenas tardes amigas y amigos de esta Cámara de Diputados, al pueblo de México, a mi estado Zacatecas, y por supuesto a sus queridos municipios.
El día de hoy vengo a presentar una iniciativa referente al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que son dos iniciativas, precisamente en base a esta ley. La primera es la reducción si es de verdad que están con la gente más desprotegida a que se reduzca el tema de la pensión adultos mayores a 60 años para todo el pueblo de México y para los millones de familias. Eso puede permitir que los ciudadanos tengan una vida mejor y más plena.
De la misma manera otra iniciativa para que haya medicamentos gratuitos precisamente en todos los hospitales públicos, tristemente desde la desaparición del Seguro Popular, hoy el gobierno de Morena no encuentra la brújula y no da el ancho para darle la pensión a las y los ciudadanos mexicanos, y por supuesto de mi querido estado Zacatecas.
Con esta ley nuestras queridas familias, los millones de mexicanos recibirían medicamentos gratuitos, servicios médicos, intervenciones quirúrgicas, estudios de laboratorio y evidentemente más objetivos que permitan que no laceren su economía y que les den obviamente un mejor porvenir a su bienestar y a la salud de las familias.
Es increíble cómo el gobierno de Morena le ha fallado a su electorado. Le fallaron a Zacatecas, los adultos mayores no están recibiendo medicamentos gratuitos. De qué sirve, amigas y amigos, que les den 6 mil pesos bimestrales a los adultos mayores, 3 mil pesos mensuales, mil 500 quincenales y solamente 750 pesos semanales, que no es nada para lo que les vale un medicamento a una persona con cáncer, a una persona enferma de alguna enfermedad crónico-degenerativa.
Los adultos mayores y la gente de Zacatecas, y de nuestro país, no están recibiendo los medicamentos que nos prometieron que iba a ser un sistema similar al de Dinamarca con este gobierno de Morena.
Dijeron que primero los pobres, sin embargo, no hay medicamentos en los hospitales. Dijeron que primero los pobres, sin embargo, los servidores de la nación juegan con la pobreza de nuestros adultos mayores.
En dónde están esos 600 mil adultos mayores que recibían una pensión por parte de Bienestar. Son inexistentes. Son 600 mil adultos mayores fantasmas que este gobierno de Morena, precisamente, los ha utilizado plenamente para su proyecto electoral.
Por el bien de nuestra gente, por el bien de los zacatecanos, es momento que los adultos mayores y nuestros mexicanos puedan contar con medicamentos gratuitos e intervenciones quirúrgicas. Hoy no las tenemos, no las tenemos en los 32 estados de la República, donde hay hospitales públicos y, mucho menos, en nuestro estado, en mi querido estado que es Zacatecas.
Morena ha sido el lastre más grande que ha tenido México. Les robaron la paz a los mexicanos. Son el gobierno de mayor destrucción en la historia de nuestro país. Son el gobierno que dejó más endeudado a México de lo que lo recibieron en el 2018.
Y, en Zacatecas, mi estado, y en la capital de Zacatecas no es la excepción. Tenemos el estado más inseguro del país. Tenemos la capital, la quinta más insegura, como municipio, de los dos mil, de los más de dos mil cuatrocientos municipios que integran nuestro país. Morena es el lastre para los mexicanos y Morena también es el lastre para las y los zacatecanos.
No más Morena en nuestro país. Se tragaron sus palabras y no les cumplieron a las y los ciudadanos de nuestro querido país y de mi querido Zacatecas. Hoy se registró nuestra próxima presidenta de México, porque México se escribe con equis. Que viva México. Que viva Zacatecas. Y fuera Morena en los próximos comicios. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Varela Pinedo y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que se suscribe, diputado Miguel Ángel Varela Pinedo, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente
Exposición de MotivosEl 25 de septiembre de 2003 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se publicaba el “acuerdo por el que se emiten y publican las reglas de operación del Programa de Atención a los Adultos Mayores, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social para el ejercicio fiscal de 2003”1 el cual tenía como objetivo mejorar las condiciones de vida de los adultos mayores de 60 años en situación de pobreza alimentaria que viven en localidades de hasta 2,500 habitantes de alta y muy alta marginación. Bajo el argumento del cambio demográfico que empezaba a experimentar el país en ese entonces, aunado al incremento de la esperanza de vida de las personas, tendrían repercusiones en distintos ámbitos de la vida del país, se consideraba que la población más vulnerable era la de zonas rurales.
En este primer programa se considero solo a la población del medio rural como prioritario para este programa, por lo que se considero a la población de localidades de menos de 2,500 habitantes, cubriendo así, a los poco menos de dos millones de habitantes. Para ese entonces la ayuda consistía en un monto de 2,100 pesos que se entregaban en tres exhibiciones a lo largo del año.
Para el 2007 y durante el sexenio del presidente Felipe Calderón se le cambio el nombre al programa, junto con las reglas de operación y los montos,2 al programa se le denomino “Programa de Atención a los Adultos Mayores de 70 años o más residentes en zonas rurales” y el monto a entregar eran quinientos pesos mensuales que se entregaban de manera bimestral. A lo largo de esta administración el programa fue modificándose en la cobertura, pues de localidades de 2,500 habitantes paso a 30,000 habitantes, con lo que se amplio su cobertura y en 2009 se incorporo el derecho para que los familiares representantes de los beneficiarios recibieran un apoyo por el concepto de “marcha”, al fallecimiento del adulto mayor beneficiado.
En 2013, durante la administración del presidente Peña Nieto, el programa fue objeto de diferentes ajustes entre los que incluía el nombre, pues se le denominó “Pensión para Adultos Mayores”, se le incrementó el monto, se redujo la edad, al pasar de los 70 a los 65 años, asimismo, el apoyo se entregaría mediante tarjetas bancarias y no en efectivo. Durante esta administración se considera, de acuerdo con el Coneval, que se atendió a una población de 5,123,553 adultos mayores.3
Al inicio de la presente administración se incrementó la edad a 68 años, excepto para personas indígenas, que seguirían siendo de 65 años, se le cambio el nombre a “Pensión para el bienestar de las personas adultas mayores”, además de incluir este derecho en el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Como se puede observar, el ahora ya derecho constitucional a la pensión no contributiva para las personas adultas mayores, ha tenido una evolución que le ha ido permitiendo avanzar, generando positividad en el derecho, desde una visión iusnaturalista, considerando esta como “necesario para concretar, clarificar o determinar y garantizar el cumplimiento de las exigencias de justicia encarnadas en el derecho natural; éste actuará como fundamento y límite de los contenidos normativos del derecho positivo.”4
Dentro de estas exigencias de justicia social que han dado paso a la creación y después ampliación del programa y reconocimiento de este derecho social, se encuentra la realidad demográfica que está viviendo nuestro país. De acuerdo con la más reciente Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, para el segundo trimestre de 2022 residían en México poco menos de 18 millones de personas de 60 años y más, lo que representa el 14 por ciento de la población. La deuda social con estas personas es amplia, va desde la visibilización, el reconocimiento, la garantía a una vida libre de violencia, la inclusión laboral, que, por mucho, está muy rezagada, la recreación y, por supuesto, la garantía social a una pensión no contributiva. La falta de ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básica refleja una deuda social que requiere atención inmediata y soluciones efectivas por parte del gobierno y la sociedad en su conjunto.
Los adultos mayores constituyen una parte importante de la población mexicana, y su contribución al país a lo largo de los años es innegable. Sin embargo, muchos de ellos enfrentan condiciones precarias, con ingresos insuficientes para mantener una calidad de vida digna. La falta de acceso a empleo, la jubilación insuficiente y la ausencia de sistemas de seguridad social efectivos contribuyen a esta situación alarmante.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado someto ante esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Miguel Ángel Varela Pinedo, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional
Único. - Se reforma el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
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Las personas mayores de sesenta años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva , suficiente para cubrir sus gastos de sustento, en los términos que fije la ley.En el caso de las y los indígenas y las y los afromexicanos esta prestación se otorgará a partir de los sesenta y cinco años de edad.
TransitorioÚnico- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=727068&fecha=25/09/ 2003#gsc.tab=0
2 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4964186&fecha=28/02/2007#gsc .tab=0
3 https://www.coneval.org.mx/EvaluacionDS/PP/CEIPP/Documents/ EVALUACIONES/FMyE_2017_2018/FMyE_20_S176.pdf
4 Derechos y Libertades. Número 14, Época II, enero 2006. La positividad de los derechos sociales: Su enfoque desde la filosofía del derecho. Antonio -Enrique Pérez Luño. Universidad de Sevilla. Página 152.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 14 de febrero de 2024.– Diputado y diputada: Miguel Ángel Varela Pinedo, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Miguel Ángel Varela Pinedo. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El diputado Miguel Ángel Varela Pinedo:
El que se suscribe, diputado Miguel Ángel Varela Pinedo, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en las siguiente
Exposición de MotivosEl “Seguro Popular” fue un exitoso programa gubernamental que tuvo como objetivo proveer del aseguramiento público en salud a la población que no contaba con cobertura de ninguna institución de seguridad social. Inició operaciones en fase piloto de 2001 al 2003, en el gobierno del presidente Vicente Fox Quezada, en un primer momento contemplaba 78 intervenciones quirúrgicas, tanto de primer, como de segundo nivel de atención.
En un segundo momento, en febrero de 2005 se logró la incorporación de 31 entidades al programa y cada estado tuvo la posibilidad de aumentar más intervenciones al paquete principal de acuerdo con su conveniencia y capacidad financiera.
El seguro popular actuaba como un “seguro” de afiliación voluntaria para las familias de ser el caso que alguno de sus integrantes se enfermaba podrían contar con atención médica, la vigencia de la póliza era de tres años, misma que podía renovarse con una actualización de datos.
Mediante esta afiliación las familias beneficiarías tenían acceso a un conjunto de servicios de atención medica comprendidos en el Catalogo Universal de Servicios de Salud (Causes) el cual, para el año 2019, contemplaba 284 intervenciones médicas, agrupadas en 5 conglomerados; prevención y promoción de salud, medicina general y de especialidad, urgencias, urgencia general y obstetricia.
De igual forma, otorgaba acceso a servicios médicos de alta especialidad para la atención de enfermedades de alto costo que podían poner en riesgo la vida y el patrimonio familiar mediante el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, el cual era operado por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
Este programa logro asegurar de 15.7 millones de personas den 2006 a 51 millones de personas para 2018, datos del Coneval refieren que “la afiliación al SPSS reducía en seis pintos porcentuales la prevalencia de gasto en salud y tres puntos porcentuales la probabilidad de incurrir en gastos catastróficos por motivos de salud”,1 de lo anterior, podemos inferir que con el Seguro Popular fue un gran instrumento para evitar que las familias pusieran en riesgo su estabilidad financiera por cuestiones de salud.
En el mismo sentido, el estudio referido informa que el programa Seguro Popular llego a tener una eficiencia de cobertura por arriba del 99 por ciento de su población objetivo.
Para finales de 2019 se contaba con casi 54 millones de mexicanas y mexicanos afiliados al Seguro Popular y los más favorecidos eran las personas más necesitadas. Los principales beneficiarios eran mujeres y niños en una proporción de 54.4 por ciento y 24 por ciento, respectivamente.
Con la llegada a la Presidencia de la República de Andrés Manuel López Obrador, comenzó una serie de retrocesos en cuanto a los derechos humanos de los mexicanos, uno de ellos, el de la salud.
Es así que, el 1 de enero de 2020 desaparece el seguro popular, para ser remplazado por el Insabi con la promesa de que este nuevo instituto otorgaría la universalidad de servicios en salud, de manera gratuidad, así como, medicamentos y demás insumos de salud a todos los mexicanos.
Sin embargo, este instituto en nada cumplió lo prometido por su principal promotor, el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien además seguro que para el 1 de diciembre el servicio de salud estaría funcionado al 100 por ciento y que sería como los servicios de salud de otros países, como Dinamarca y Canadá”
Prueba de ello fue la crisis de salud ocasionada por la pandemia de Covid 19, que ocasionó la muerte de millones de mexicanas y mexicanos y que no puedo ser atendida, pues este nuevo instituto no estuvo preparado.
Aunado a lo anterior, desde su implementación se reportó falta de medicamentos, tratamientos para pacientes de alta especialidad como el cáncer y demás insumos, además de falta de inversión en mantenimiento e infraestructura hospitalaria. Ello, a pesar de que su presupuesto aumento en casi 50 por ciento en tres años,
Tan no funciono, que a pesar de ser uno de los programas insignia de este gobierno, se tuvo que reconocer el fracaso y eliminar el Insabi y convertirlo a IMSS- Bienestar.
La realidad es que a casi un año de del inicio de operaciones del IMSS-Bienestar el desabasto de medicamento permanece, más de 33 millones de mexicanos no tienen seguridad social, hay un déficit de casi 30 mil médicos para atenderlos y solo se cuentan con 190 hospitales para poder atenderlo en todo el territorio nacional.
Muchos son los retos y muchas las incógnitas, aun no queda claro que paso con todo el presupuesto público destinado al Insabi y posteriormente al IMSS Bienestar si a pesar de contar con mayor presupuesto que el Seguro Popular no pudo cumplir con sus objetivos planteados.
Es por ello que, considero de suma importancia que el Seguro Popular vuelva a implementarse en nuestro Sistema de Salud, pues cumplía con sus objetivos de proveer a las mexicanas y mexicanos de servicios de salud.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado someto ante esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma y adiciona el artículo 4 constitucional, con la finalidad de restituir el Seguro Popular, a cargo del diputado Miguel Ángel Varela Pinedo, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional
Único. - Se reforma el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
...
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Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución, debiendo garantizar el acceso gratuito a los servicios de salud, que incluye atención médica, estudios de laboratorio, intervenciones quirúrgicas, tratamientos y medicamentos. La Ley definirá Sistema Protección Social en Salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
...
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TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota
1 Sistema de Protección Social en Salud: Seguro Popular y Seguro Médico Siglo XXI, Coneval, documento que puede ser consultado en la siguiente página electrónica:
https://www.coneval.org.mx/EvaluacionDS/PP/CEIPP/IEPSM/Documents /Seguro_Popular_Seguro_Medico_Siglo_XXI.pdf
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 14 de febrero de 2024.– Diputado y diputada: Miguel Ángel Varela Pinedo, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbricas).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Miguel Ángel Varela Pinedo. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
La diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda:Con su permiso, distinguida presidente.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda: Honorable asamblea, vengo a presentar a nombre de cientos de mujeres, adolescentes, niñas y niños, una iniciativa que busca atender a todas las víctimas de violencia familiar, la cual no distingue entre clases sociales y afecta a millones de personas por igual. Sus causas son multifacéticas y suelen tener raíces en factores como el machismo, la desigualdad, el estrés económico y la falta de educación emocional.
Las características de la violencia familiar varían, pero suelen incluir abuso físico, emocional, verbal o económico. La manipulación psicológica, el control coercitivo y la negligencia también son formas de violencia que no deben pasar por alto y que tienen un profundo impacto en las familias, incluso por generaciones.
Ante la urgencia de prevenir, investigar y sancionar este delito que tanto lastima a la sociedad mexicana, es necesario implementar estrategias integrales. La iniciativa que pongo a su consideración, busca fortalecer la respuesta del Estado mexicano frente a la violencia familiar que afecta mayoritariamente a mujeres, niñas y niños.
Con esta modificación se pretende incorporar a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación la existencia de órganos jurisdiccionales especializados, con competencia mixta en materia familiar y penal que brinden atención integral y oportuna a las víctimas.
La urgencia de implementar estas medidas parte de tres premisas fundamentales.
Primero, la legislación nacional e internacional en materia de derechos humanos, como la Constitución, la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Convención de Belém Do Pará y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer obligan al Estado mexicano a adoptar acciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Segundo. Las estadísticas oficiales muestran un recrudecimiento de la violencia familiar en los últimos años, principalmente en contra de las mujeres, de sus hijas e hijos. De acuerdo a la encuesta el Endireh en el 2021 de la violencia y del estudio en esta encuesta del daño en los hogares, el 39 por ciento de las mujeres de 15 años o más han tenido o tienen una relación de pareja donde se ha experimentado algún tipo de violencia, sin dejar a un lado el más reciente informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el cual indica que, a nivel nacional, se reportaron 284 mil 150 presuntos delitos de violencia familiar, lo cual indica un aumento del 5 por ciento e casos reportados del 2022 a la fecha.
Tercero. Existen deficiencias en el acceso a la justicia para mujeres y niñas víctimas de violencia familiar, debido a que persiste una falta de sensibilización en las instituciones encargadas de impartir justicia en perspectiva de género, derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad, aunado a la desconfianza de las mujeres para asistir a denunciar delitos, ya que piensan que con justa razón no se les da una respuesta efectiva, pronta y certera que tome en cuenta sus necesidades.
Ante este contexto, la creación de juzgados especializados en violencia familiar representa un avance significativo para el Poder Judicial de la Federación, pues:
1. Permitirá que las mujeres reciban atención integral y no tengan que acudir a diversas instancias;
2. Otorga competencia a los juzgadores para dictar medidas de protección de manera ágil;
3. Contribuye a descongestionar tribunales civiles, familiares y penales;
4. Posibilita la aplicación de perspectiva de género y enfoque de derechos humanos;
5. Posibilita contar con personal capacitado y sensible a las necesidades de las víctimas.
Por lo anterior y por la relevancia de este tema, con esta iniciativa se fortalecerá la procuración e impartición de justicia para mujeres víctimas de violencia familiar, lo cual representa un paso significativo para avanzar hacia una sociedad más igualitaria y libre de violencia contra las mujeres. Además, acompaña esta propuesta con un punto de acuerdo para que, del mismo modo, las entidades federativas se sumen a nuestros esfuerzos y establezcan juzgados especializados en violencia familiar a nivel local.
Estoy convencida que esta medida coadyuvará a garantizar el acceso a la justicia y a los derechos humanos de las mujeres. La violencia contra las mujeres es un reflejo de la desigualdad de género que impera en nuestra cultura, no podemos permanecer en la inacción ante el sufrimiento de mujeres, niñas y niñas.
Es nuestro deber actuar decididamente para erradicar la violencia contra la mujer. Trabajemos juntos para construir una sociedad libre de violencia. Por su atención, compañeros diputados, preocupados por la situación de erradicar la violencia en las mujeres, agradezco su puntual escucha. Gracias presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para la creación y funcionamiento de juzgados especializados en Violencia Familiar.
Exposición de MotivosEn instrumentos internacionales como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belem do Pará) y la Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer, de la cual, el Estado mexicano es parte, se reconoce como obligación de sus miembros, establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos, así como la obligación de adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer.
También, señalan el deber del Estado de suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado y establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación.
Al respecto, la Convención Belem do Pará, define a la violencia contra las mujeres en su artículo 1 como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”. Además, establece en su artículo 3 el derecho de todas las mujeres a una vida libre de violencia.
Por su parte, en su artículo 2, se reconoce la existencia de diversos tipos y ámbitos en que se da la violencia contra la mujer. La cual, puede ser violencia física, sexual y psicológica, que: a) tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; b) tenga lugar en la Comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violaciones, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y c) sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, dondequiera que ocurra.
De acuerdo a lo expuesto, resulta fundamental poner de manifiesto que la conceptualización de la violencia contra las mujeres se fundamenta en consideraciones de género. De este modo, podemos inferir que dicha violencia se origina en las disparidades de poder que se presentan entre hombres y mujeres, las cuales son perpetradas por las normas, costumbres y prácticas que la sociedad asigna a las personas de acuerdo a su sexo, perpetuando los estereotipos de género y, consolidando la violencia de género.
Si bien México ha avanzado en la promulgación de leyes y la creación de mecanismos para prevenir y sancionar la violencia de género, aún se enfrentan desafíos significativos en la implementación efectiva y la erradicación de prácticas arraigadas en la sociedad. Motivo por el cual, es crucial dar visibilidad a los diferentes contextos en que puede manifestarse la violencia contra las mujeres, ya sea en ámbitos públicos o privados. Siendo uno de ellos, la familia. En ese sentido, es importante destacar que la problemática de la violencia familiar contra las mujeres en México es un fenómeno complejo y multidimensional que abarca tanto aspectos legales y culturales, como socioeconómicos. Con base en lo anterior, combatir y erradicar los prejuicios y estereotipos que normalizan la violencia familiar y subordinan a las mujeres es de vital importancia y urgencia.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promulgada en 2007, representa un marco importante para abordar la violencia familiar. Sin embargo, persisten obstáculos en su aplicación efectiva y en el acceso a instancias especializadas que sean capaces de brindar a las mujeres atención con un enfoque de perspectiva de género, inclusión social, interseccionalidad, y sobre todo, derechos humanos.
De acuerdo a la definición que proporciona este instrumento jurídico, en su artículo 7, establece que la violencia familiar es “el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuya persona agresora tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho (...)”. Además, considera como violencia familiar los casos en donde la persona agresora tenga responsabilidades de cuidado o de apoyo, aunque no tenga una relación de parentesco.
Desde una perspectiva jurídica, es fundamental fortalecer los mecanismos de prevención, protección y sanción así como asegurar el acceso a la justicia para las víctimas, quienes en la mayoría de los casos son mujeres, niños, niñas y adolescentes. Esto implica mejorar las instituciones de impartición de justicia, la capacitación de las y los servidores públicos, y la aplicación efectiva de las leyes existentes.
No obstante, en México este tipo de violencia, se encuentra arraigada en normas culturales y patrones de género que refuerzan la desigualdad y la subordinación de las mujeres. Factores como el machismo, la discriminación, la falta de educación sobre igualdad de género y la prevalencia de estereotipos de género contribuyen a que se perpetúe la violencia en el ámbito familiar. Con base en lo anterior, la violencia familiar contra las mujeres en México requiere un enfoque integral que lleve a cabo la aplicación efectiva de las leyes, la promoción de la igualdad de género y la sensibilización de la sociedad, lo cual, puede abordarse a partir de la implementación de juzgados especializados en violencia familiar contra la mujer.
En ese sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha hecho un llamamiento a los Estados de la región a fortalecer los servicios de respuesta a la violencia de género, en particular a la violencia intrafamiliar debido al incremento significativo de las denuncias dentro del ámbito familiar, y a crear instancias especializadas en derechos de las mujeres dentro de los Ministerios Públicos, la policía y los tribunales, con conocimientos especializados y con adecuados recursos para garantizar una perspectiva de género al abordar casos de mujeres que procuran interponer un recurso efectivo ante actos de violencia.
Al respecto, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) también se ha pronunciado respecto a la violencia familiar y la forma en que afecta a las mujeres:
La violencia familiar es una de las formas más insidiosas de violencia contra la mujer. Existe en todas las sociedades. En las relaciones familiares, se somete a las mujeres de cualquier edad a violencia de todo tipo, como lesiones, violación, otras formas de violencia sexual, violencia mental y violencia de otra índole, que se ven perpetuadas por las actitudes tradicionales. La falta de independencia económica obliga a muchas mujeres a permanecer en situaciones violentas. La negación de sus responsabilidades familiares por parte de los hombres puede ser una forma de violencia y coerción. Esta violencia compromete la salud de la mujer y entorpece su capacidad de participar en la vida familiar y en la vida pública en condiciones de igualdad.
Por su parte, las Naciones Unidas en las recomendaciones contenidas en el Manual de Legislación sobre Violencia contra la Mujer, ha hecho un llamado a que la legislación de los países establezca la creación de tribunales especializados o procedimientos judiciales especiales que garanticen la tramitación oportuna y eficiente de asuntos de violencia contra la mujer, así como velar por que el personal asignado a dichos tribunales reciba formación especializada en perspectiva de género.
En México, derivado de los esfuerzos del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza, mediante acuerdo C-141/2020 emitido por el pleno del Consejo de la Judicatura en sesión del 10 de diciembre de 2020, se estableció la competencia mixta (penal y familiar) a jueces y juezas especializados en violencia familiar contra la mujer.
Lo anterior de conformidad con las reformas aprobadas en diciembre 2020 a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, lo que permitió incluir a los Juzgados Especializados en Violencia Familiar contra la Mujer y dar una respuesta a las demandas de cientos de miles de mujeres que buscaban una mayor protección contra la violencia familiar de la cual eran víctimas y los rezagos de justicia en los tribunales familiares y penales.
Con ello, también se dotó de competencia a las y los juzgadores para dictar medidas preparatorias, cautelares y provisionales, así como órdenes de protección cuando estas fueran solicitadas por mujeres en casos de violencia familiar, así como ordenar otras medidas que resulten idóneas para proteger a las víctimas.
Dentro del ámbito penal, son competentes para conocer del procedimiento en los delitos que sean cometidos en contra de una mujer o de sus hijos o hijas dentro del ámbito familiar aunque no tengan una relación de parentesco, guarda y custodia, protección, educación o cuidado. Además de los procedimientos penales de la justicia para adolescentes. Adicionalmente, el Consejo de la Judicatura decretó el establecimiento de cursos de capacitación y especialización en las materias las materias familiar, penal, justicia para adolescentes, derechos humanos y género, auxiliándose de instancias públicas y privadas pertinentes.
El estado de Coahuila de Zaragoza no ha sido el único en establecer este tipo de juzgados especializados. A partir de 2021, mediante la publicación del acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México en el circular 81/2021, el Estado de México se sumó a esta iniciativa poniendo en marcha el juzgado en línea especializado en Violencia Familiar, cuyo enfoque principal, es brindar servicios las veinticuatro horas del día a través de una plataforma digital que permite agilizar y facilitar la tramitación de demandas y denuncias, la realización de audiencias vía remota y el otorgamiento de medidas de protección.
No obstante, a nivel nacional, aún no existe un Juzgado Especializado en Violencia Familiar, y a nivel estatal, aún son pocos los estados que prevén estos Juzgados Especializados. En ese sentido, es preciso destacar que la respuesta del Estado frente a la violencia contra las mujeres se ha impulsado desde diversos enfoques. Sin embargo, los resultados derivados de estos esfuerzos aún no se han materializado, ya que sigue habiendo un incremento significativo en la violencia dirigida hacia las mujeres.
Al respecto, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) presentó los resultados de la última versión realizada de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares en el año 2021.Este ejercicio nos permite contar con información sobre los eventos de violencia física, económica, sexual, emocional y patrimonial que han enfrentado las mujeres de 15 años y más en los distintos ámbitos, los lugares en donde ocurrieron y quienes fueron los agresores, ya sea la pareja (unida en matrimonio o sentimental), en la familia, en la escuela, en el trabajo o en la comunidad.
Por su parte, la prevalencia de violencia familiar contra las mujeres de 15 años y más durante 2021 fue de un porcentaje del 11.4 por ciento, con 9.2 por ciento de violencia psicológica, 3.0 porciento de violencia física, 1.7 por ciento de violencia sexual y 3.1 por ciento de violencia económica o patrimonial. En donde las principales personas agresoras identificadas fueron las más cercanas al núcleo familiar como las y los hermanos (23.2 por ciento), padre (15.5 por ciento) y madre (13.7 por ciento).
Además, la ENDIREH 2021 estima que aproximadamente 39.9 por ciento de mujeres de 15 años y más que tienen o han tenido una relación de pareja, de convivencia o noviazgo, ha experimentado algún tipo de violencia en la relación actual o última y 20.7 por ciento experimentó violencia entre octubre de 2020 y octubre de 2021.
En ese mismo sentido, el más reciente informe publicado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a octubre de 2023, se presentaron 244,388 presuntos delitos de violencia familiar a nivel nacional, lo que representa un aumento del 6.3 por ciento comparado con las cifras de 2022 durante el mismo periodo.
Por su parte, la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), realizada por el Inegi, registró que de octubre de 2022 a septiembre de 2023, en zonas urbanas, 8.4 por ciento de las personas de 18 años y más fue violentada en el entorno familiar. Siendo en mujeres, en un porcentaje de 9.8 por ciento; y en hombres, de 6.8 por ciento.
Esto, necesariamente nos obliga a poner atención en la estructura y funcionamiento de las instituciones encargadas de la impartición de justicia, pues el panorama al que nos enfrentamos es verdaderamente preocupante.
Es evidente que la violencia familiar va en aumento, siendo el hogar el ámbito de mayor incidencia en la violencia perpetrada en contra de las mujeres, por lo que, atender y dar solución a este problema demanda medidas institucionales excepcionales. Esto, necesariamente nos obliga a poner atención en la estructura y funcionamiento de las instituciones encargadas de la impartición de justicia.
Aunado a lo anterior, debemos sumar la respuesta de las víctimas frente a la violencia. En general hombres y mujeres consideran que denunciar es perder el tiempo o que las autoridades no darán respuesta a sus necesidades, pues la justicia se ha convertido en un sinfín de trámites tardíos y tediosos, también manifiestan desconfianza hacia las instituciones que reciben las denuncias y reclaman los procedimientos lentos, y sin continuidad. Adicionalmente, en el caso de las mujeres expresan el miedo al agresor, la falta de credibilidad hacia sus dichos por las autoridades y el no contar con las pruebas que se les solicitan, todo lo anterior con base en la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2022.
Estos datos obligan a reconocer a la violencia contra las mujeres como una forma extrema de discriminación, siendo el principal obstáculo para que las mujeres accedan a sus derechos y logren la igualdad.
En ese sentido, debe reconocerse que uno de los desafíos cruciales que enfrenta la justicia mexicana es la falta de denuncia de los casos de violencia familiar. Las mujeres a menudo enfrentan barreras para denunciar debido, entre otros factores, a la falta de confianza en las autoridades o la percepción de que la justicia no será efectiva. Además, existen casos en los que las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley no actúan de manera adecuada, lo que contribuye a la impunidad y perpetuación de la violencia.
Al respecto, la presente iniciativa, tiene como propósito, incluir dentro de las facultades del Consejo de la Judicatura Federal, la creación e implementación de Juzgados Especializados en Violencia Familiar en los diferentes distritos judiciales.
Lo anterior, busca que las y los jueces de primera instancia especializados en violencia familiar, tengan competencia mixta,y sean competentes para conocer de los asuntos relacionados con el procedimiento especial de violencia familiar; para dictar las medidas preparatorias, cautelares y provisionales, emitir las órdenes de protección de acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; conocer de del procedimiento penal, y de los procedimientos penales correspondientes a la justicia para adolescentes en materia de violencia familiar, y dictar las medidas cautelares, así como ratificar, modificar o cancelar las medidas de protección ordenadas por el Ministerio Público.
De acuerdo con el Código Penal Federal, en su artículo 343 Bis, comete el delito de violencia familiar quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica, o sexual a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, cohabitación o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar. Además, se equipara al delito de violencia familiar, de acuerdo al artículo 343 Ter, cuando se realice cualquiera de esos actos en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona.
Además, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, establece el otorgamiento de medidas provisionales y de protección dictadas en favor de víctimas de violencia familiar de acuerdo a sus artículos 570 y 571, así como la tramitación de un juicio oral familiar.
En ese sentido, el establecimiento de juzgados mixtos especializados en violencia familiar, permitirá atender y resolver de manera integral y con mayor calidad, celeridad, y eficiencia los casos de violencia familiar, evitando la revictimización de las víctimas y garantizando el acceso pronto y expedito a la justicia. Asimismo, hará posible que las mujeres reciban atención de forma inmediata y permitirá aligerar la carga excesiva de trabajo a la que se ven expuestos los tribunales.
Por su parte, contribuirá a que las mujeres víctimas de violencia familiar, puedan recibir acompañamiento de forma consecutiva y secuencial. Sin que ello resulte en la necesidad de acudir ante diversas instancias y autoridades, en cuyo caso, se ha observado la dilación del procedimiento, la incoherencia y contradicción en las resoluciones, así como la falta de sensibilización y especialización en violencia contra las mujeres.
La urgencia de crear juzgados especializados en materia de violencia familiar contra las mujeres atiende a la necesidad de simplificar y centralizar la atención para las mujeres, pues ello, permite que los juzgadores tengan competencia para conocer de asuntos del orden penal, y familiar en donde están involucrados niños, niñas, adolescentes y mujeres. Lo cual, hace posible que exista mayor celeridad, eficacia y certeza jurídica dentro de los procedimientos, Además, da una respuesta a la carga excesiva de trabajo de las Fiscalías y Juzgados Civiles, Familiares y Penales, por lo que garantiza que las mujeres tengan acceso inmediato a órdenes de protección, providencias precautorias y medidas cautelares.
También, permitirá atender a las víctimas aplicando un enfoque diferencial y especializado que incluya perspectiva de género, derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad.
Ante la necesidad de consolidar y mejorar el enfoque de derechos humanos de las mujeres y derivado de la obligación del Estado de respetar, promover, proteger, garantizar sus derechos. Es indispensable reconfigurar el poder judicial de la federación, el cual, incluya juzgados especializados en la atención de asuntos de violencia familiar contra las mujeres bajo los principios de equidad, justicia, perspectiva de género, imparcialidad, objetividad, atención diferenciada y acciones afirmativas, certeza y confiabilidad.
Proyecto de DecretoÚnico. Se adicionan los artículos 62 Bis, 62 Ter y 62 Quatér y se adiciona una fracción V Bis al artículo 86 de la Ley Órganica del Poder Judicial de la Federación para quedar como sigue:
Artículo 62 Bis. El Consejo de la Judicatura Federal podrá crear, mediante acuerdo, órganos jurisdiccionales especializados en Violencia Familiar para que ejerzan dicha función, siempre que cuenten con la formación, capacitación y especialización necesarias para tal efecto.
Los jueces especializados en violencia familiar, tendrán competencia mixta, por lo que conocerán de las materias familiar y penal, con las facultades y atribuciones que la legislación aplicable les confiere.
La creación y ubicación de estos juzgados se realizará considerando las necesidades y demandas específicas de cada jurisdicción, con el objetivo de fortalecer la respuesta judicial en materia de violencia familiar, garantizando así la tutela efectiva de los derechos fundamentales de las víctimas.
Artículo 62 Ter. Los órganos jurisdiccionales a que se refiere el precepto anterior tendrán las atribuciones previstas en esta Ley, así como en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Artículo 62 Quáter. Las y los Jueces de Distrito Especializados en Violencia Familiar tienen las siguientes atribuciones:
Conocer de la violencia familiar y delitos que sean cometidos contra la mujer con quien el sujeto pasivo tenga una relación de cónyuge o ex cónyuge, concubina o ex concubina; tenga o haya tenido relación de pareja o de hecho o con quien haya constituido sociedad en convivencia; así como tener parentesco consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin límite de grado o parentesco colateral consanguíneo o por afinidad hasta el cuarto grado; sea adoptante o adoptado; o cuando los hijos de las mujeres, se encuentren sujetos a la custodia, guarda, protección, educación o cuidado del sujeto activo.
A. En materia familiar:
I. Conocer y resolver del procedimiento familiar en los casos en que se advierta la probable existencia de hechos constitutivos de violencia en contra de mujeres, niños, niñas o adolescentes o grupos en situación de vulnerabilidad.
II. Dictar las medidas preparatorias, cautelares y provisionales reguladas en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, siempre que sean solicitadas por mujeres en casos de violencia familiar, ya sea que se trate de proteger derechos propios o los de sus hijos e hijas.
III. Emitir las órdenes de protección en caso de violencia familiar siempre que sean solicitadas por mujeres en casos de violencia familiar contenidas en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, así como en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ya sea que se trate de proteger derechos propios o los de sus hijos e hijas.
IV. Emitir, en el ámbito de su competencia, las demás medidas para proteger los derechos de las mujeres víctimas de violencia aplicables, ya sea en la Constitución Federal, Tratados internacionales, y en la jurisprudencia nacional e internacional aplicable en la materia.
B. En materia penal:
I. Conocer del procedimiento penal del sistema acusatorio y oral regulado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, respecto de los delitos contenidos en el Código Penal Federal:
a. Delitos de peligro para la salud personal, que se comprenden en el Título Séptimo, capítulo II y capítulo III.
b. Delitos contra la libertad y seguridad en el desarrollo psicosexual de personas menores de edad, contenidos en el Título Séptimo Bis, Capítulo I y II.
c. Delitos contra la libertad y seguridad sexuales y el desarrollo de la personalidad contenidos en el Título Octavo, capítulo I al IX.
d. Delitos contra la vida y la integridad corporal, contenidos en el Título Decimonoveno, Capítulo I al VIII.
e. Delitos contra el patrimonio contenidos en el Título Vigésimo segundo, Capítulo I al VI.
II. De los procedimientos penales correspondientes a la justicia para adolescentes que se tramiten con motivo de los delitos que anteceden y en los que las víctimas sean las personas referidas en el segundo párrafo de este artículo.
III. Dictar las medidas cautelares, así como ratificar, modificar o cancelar las medidas de protección ordenadas por el Ministerio Público, de conformidad con el Código Nacional de Procedimientos Penales cuando figuren las personas referidas en el segundo párrafo de este artículo.
IV. Atender y resolver las salidas alternas o la forma de terminación anticipada de conformidad con el Código Nacional de Procedimientos Penales.
V. Sobreseer las causas a su cargo cuando se actualicen cualquiera de las hipótesis contenidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Artículo 86. Son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal:
I. a V. ...
V Bis. La creación de órganos jurisdiccionales especializados en Violencia Familiar y determinar el número, y límites territoriales de los juzgados de distrito especializados en cada uno de los circuitos;
VI. a XLVII. ...
...
Artículos TransitoriosÚnico. El presente decreto entrará el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Véase el artículo 7 inciso f) de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará). Disponible en:
https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html
2 Véase el artículo 2 inciso b) de la Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer. Disponible en:
https://www.oas.org/dil/esp/convencion_sobre_todas_las_formas_de _discriminacion_contra_la_mujer.pdf
3 Véase el artículo 8 inciso d) de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará).
4 Véase el artículo 2 inciso c) de la Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer.
5 CIDH (2007) Acceso a la Justicia para las Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas. Recomendaciones específicas. Instancias de administración de justicia. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. párr. 3 p. 127 en:
https://biblioteca.cejamericas.org/bitstream/handle/2015/3793/Ac ceso_justicia_mujeres_victimas_violencia_Americas.pdf?sequence=1&isAllowed= y
6 CEDAW (1992) Recomendación Número 19 (11 período de sesiones, 1992): Artículo 16 (y artículo 5). Párr. 23 en
https://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/recommendations/recomm-s p.htm
7 Confróntese Naciones Unidas (2010). Manual de Legislación sobre la violencia contra la Mujer: 3.2.5. Tribunales especializados. División para el Adelanto de la Mujer del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales. Página 31 en
https://www.un.org/womenwatch/daw/vaw/handbook/Handbook-for-legi slation-on-VAW-%28Spanish%29.pdf
8 Véase Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, de once de octubre de dos mil veintiuno, por el que se crea el Juzgado en Línea Especializado en Violencia Familiar del Estado de México, se expide el Reglamento que regula su funcionamiento y se le asigna el Código de identificación estructural. Toluca de Lerdo, México. Gaceta del Gobierno. (22 de octubre de 2021); Disponible en
https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.m x/files/files/pdf/rgl/vig/rglvig789.pdf
9 Véase Inegi. (2021) Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares. Principales Resultados. p. 64 a 70 en
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/endireh/2021/doc/e ndireh2021_presentacion_ejecutiva.pdf
10 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2023) Información sobre violencia contra las mujeres (Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1), octubre 2023. Gobierno de México p. 59 y 60 en
https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/informacion-sobre-violencia- contra-las-mujeres-incidencia-delictiva-y-llamadas-de-emergencia-9-1-1-febrero- 2019
11 De acuerdo al informe de incidencia delictiva publicado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en octubre de 2023, estas cifras muestran delitos cometidos en contra de hombres y mujeres. No se desagrega sólo para mujeres.
12 Inegi (2023) Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana. Tercer Trimestre 2023. p. 3 en
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ ensu/ensu2023_10.pdf
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 13 de febrero 2024.– Diputadas: Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, Carolina Dávila Ramírez, Ma. Elena Serrano Maldonado, Norma Graciela Treviño Badillo, Sue Ellen Bernal Bolnik, Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Sabrina Díaz Tejeda. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra el diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
El diputado Miguel Torruco Garza:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
El diputado Miguel Torruco Garza: No te limites, era la frase de mi hermano Carlos Bremer. El grito de guerra, la fuente de inspiración, la filosofía, el legado y el consejo de un hombre sabio que vivió para servir a los demás, con vocación y con alto nivel de patriotismo, Carlos Bremer fue un filántropo deportivo y un motivador empresarial cuya obra será recordada por miles de jóvenes talentosos en la rama empresarial, pero también en el ámbito deportivo.
Este gran empresario, pero sobre todo, un extraordinario amigo y excepcional ser humano, apoyó de manera sobresaliente y desinteresada a cientos de nuevos talentos deportivos, impulsó la carrera de grandes deportistas mexicanos, hombres y mujeres como Saúl, El Canelo, Álvarez; María del Rosario Espinoza, Eduardo Nájera, Paola Longoria, Juan Manuel Márquez, entre muchos otros más y, quienes serán recordados ya como grandes leyendas del deporte mexicano, gracias al empuje económico, pero sobre todo, al empuje emocional y la inspiración de triunfo de un luchador de un guerrero, como lo fue este gran tiburón de gran corazón, de un gran sentido del humor quienes los recordamos, de pasos firmes y, sobre todo, de un extraordinario liderazgo.
Durante toda su vida, Calos Bremer, a través de fundaciones y apoyos económicos, impulsó a deportistas y jóvenes nuevos talentos. Gracias a ello logró que estos deportistas asistieran a diversas competencias internacionales como juegos olímpicos, panamericanos y centroamericanos, su amplio compromiso, patriotismo y amor por apoyar el desarrollo deportivo, lo llevaron a sumarse a la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador, adquiriendo así la casa decomisada a Zhenli Ye Gon, aportando más de 100 millones de pesos a las y los deportistas mexicanos.
Derivado a su altruismo, fomento al deporte y, sobre todo a su memoria, considero de suma importancia que la Cámara de Diputados cree y otorgue la Medalla al Mérito, Apoyo y Desarrollo Deportivo Carlos Bremer, para reconocer a las personas físicas o morales que con patriotismo, filantropía y un alto nivel de desarrollo y responsabilidad social apoyen el fomento al deporte mexicano.
Por ello, solicito a todas y todos ustedes compañeros legisladores y legisladoras que brinden su apoyo para que esta iniciativa reforme el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados y de esta manera sea aprobada.
Carlos Bremer decía: yo creo que aquí no estamos por casualidad, es nuestra misión. A la memoria de nuestro amigo, filántropo y gran ser humano, Carlos Bremer, también para su esposa Adriana y a sus hijos Carlos, Marcelo, Adriana y Paulina, presidenta, solicito un minuto de aplausos para Carlos Bremer, por favor.
«Iniciativa que adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena
Miguel Torruco Garza, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se adiciona el numeral 6 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para otorgar la medalla al mérito Carlos Bremer, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos“Trato de ser útil para mi municipio, para mi ciudad y para mi país. Siempre estoy tratando de generar ideas que logren impactar para bien la vida de muchos”: Carlos Manuel Bremer Gutiérrez
El ser Diputado Federal abre una ventana de oportunidades para crear o utilizar ciertas maneras de brindar un reconocimiento a mexicanas o mexicanos que se distinguen o se distinguieron en el ámbito en donde se desenvolvieron, mexicanas y mexicanos sobresalientes que, a través de sus acciones de vida, han contribuido a coadyuvar, de diversas maneras, en la vida de otras mexicanas y mexicanos.
Uno de estos sobresalientes mexicanos que dieron “su granito de arena” al apoyo de diversas ramas, pero principalmente de deportistas de diversas ramas del deporte, es el empresario neolonés Carlos Manuel Bremer González.
Pero ¿quién fue Carlos Bremer?
Carlos Bremer nació en el mes de junio de 1960, en Monterrey, Nuevo León, sus padres fueron Guillermo Bremer y Sarita Gutiérrez, siendo el cuarto de 5 hermanos, su abuelo fue un reconocido médico alemán, quien se dedicó a emprender con gran éxito en el negocio de las boticas, lo que empezaría a forjar su carácter de empresario y emprendedor. Estuvo casado con Adriana Ibarra, con quien procreo cuatro hijos; Adriana, Carlos, Paulina y Marcelo.
Desde muy joven inició en el trabajo, laborando para el negocio familiar, Casa Bremer, en donde desde los 12 años innovó líneas de productos para el negocio, como lo fueron helados, artículos deportivos y calculadoras, y posteriormente inició lo que fueron los inicios de una agencia de viajes al organizar viajes a Disneyland, elaborando previamente convenios con las agencias de viajes. A los 15 años ya era consejero financiero de su padre y de su grupo de amigos inversionistas. Estudió contaduría pública en el Itesm-Monterrey, a los 19 años ingreso en la casa de bolsa Grupo Banpaís, consorcio que pudo salvarse y consolidarse gracias a la acción y atracción de clientes del propio Bremer, posteriormente fundo con otro socio la casa de bolsa Abaco, que cayó en bancarrota resultado de la crisis económica de 1988.
En 1993 fundó Grupo Financiero Value, junto con otro accionista, en donde se desempeñó como Presidente del Consejo de Administración, hasta el día de su muerte en enero de 2024.
Su forma de pensar y su altruismo podemos resumirla en algunas de sus frases que expresó en entrevistas, conferencias, programas de televisión, etc., una de las que más representan su manera altruista de pensar y de vivir es la siguiente:
“De repente hay oportunidad de ayudar o tocar vidas, que (en mi opinión) no puedes dejar pasar”. En esta frase se revela parte de la filosofía de vida de este mexicano sobresaliente que como mexicanos deberíamos tratar de imitar, lo que, sin duda, generaría una sociedad mexicana con mejores oportunidades de vida y de movilidad social hacia arriba.
Uno de sus gustos que manifestó durante toda su vida, fue el amor y la admiración hacia los deportes, infantiles, juveniles, amateurs, olímpicos, semi y profesionales, en donde, cuando se le requería, acudía siempre con una alegría y convencimiento de que el apoyo que se le diera a cualquier deporte sería un impacto positivo para el deportista, para su círculo cercano y para la sociedad en la que se desenvuelve.
Él se llegó a autodefinir en alguna entrevista como un “soldado de la educación y el deporte”, lo cual quedaba demostrado con sus apoyos que otorgaba a los deportistas que lo necesitaban. Algunos de los deportistas o grupos de deportistas que Carlos Bremer ayudo fueron los siguientes:
• Impulsó la carrera de deportistas como Saúl “Canelo” Álvarez, Lorena Ochoa, Adrián González, Juan Manuel Márquez y Paola Longoria.
• En 2019, Carlos Bremer adquirió y adaptó un inmueble para que los deportistas mexicanos se prepararan de cara a los Juegos Panamericanos en Lima, Perú; en la justa, los representantes mexicanos cosecharon 136 preseas: 37 de oro, 36 de plata y 63 de bronce, ubicándose en el tercer puesto del medallero.
• En Monterrey, junto con otros empresarios invirtieron en el equipo de beisbol profesional Sultanes de Monterrey, con varios millones de dólares que coadyuvaron a colocar ese equipo como uno de los más importantes de la Liga Mexicana de Beisbol.
• En los Juegos Olímpicos de Tokio de 2020 solventó los costos de los poco más de 300 boletos de avión para enviar a la delegación mexicana.
• Estableció alianzas estratégicas con diferentes instituciones deportivas y federaciones en México, con lo que contribuyó a la construcción y renovación de instalaciones deportivas, así como al fortalecimiento de programas de detección de talento y desarrollo de jóvenes promesas del deporte.
• Participó de manera activa en el programa Medallas por México, el cual tiene como objetivo brindar apoyo financiero a los atletas mexicanos de alto rendimiento.
• Brindó patrocinio y apoyo económico a deportistas mexicanos que compiten en Panamericanos y Olímpicos, permitiéndoles concentrarse en su preparación sin preocupaciones financieras adicionales.
• Fomentó la práctica deportiva entre los jóvenes mexicanos a través de programas comunitarios y escuelas deportivas.
• También apoyó el deporte a niveles profesionales. Por ejemplo, en béisbol inyectó capital para traer juegos de Grandes Ligas en el 2016 con la México City Series. Entre otros tantos apoyos.
Fruto de todo este apoyo fue el reconocimiento que le hizo el gobierno federal al entregarle en 2016 el Premio Nacional del Deporte, por el fomento, la protección y el impulso de la práctica de los deportes y en 2021 recibió el Premio al Valor Olímpico, otorgado por el Comité Olímpico Mexicano.
En otro ámbito de su vida pública, fue uno de los inversionistas que participaban en el programa Shark Tank México, una de cuyas frases memorables decía: “Con saber que jala, y que van a ayudar gente, con eso soy feliz”.
Así fue la vida y la mentalidad de este mexicano altruista, quien desafortunadamente el pasado 5 de enero del presente año dejó de existir, debido a unas complicaciones de un preinfarto sufrido 3 días antes.
Desde su muerte, ha sido sujeto de múltiples reconocimientos que realzan su obra que realizó en vida por el bien del deporte mexicano, y la filosofía Carlos Bremer, de que el empresariado mexicano, grande y mediano, apoyen a los deportistas mexicanos, debe de continuar y consolidarse en las próximas generaciones.
Con base en la honra que merece ese gran promotor e impulsor del deporte mexicano, fallecido en días recientes, Carlos Bremer, surge esta iniciativa, que entre otros objetivos busca ser un incentivo que sirva para seguir impulsado la filosofía de este gran mexicano y que sigan surgiendo empresarios, a lo largo y ancho del país, que tengan como filosofía de vida emular el ejemplo que nos dejó Carlos Manuel Bremer Gutiérrez.
Para esto se propone crear el galardón “Medalla Carlos Manuel Bremer González”, que se entregará anualmente a aquellas personas, mexicanas o extranjeras, que se hayan dedicado a través de acciones altruistas y/o empresariales para apoyar al deporte y a los deportistas mexicanas y mexicanos.
Esta medalla será un reconocimiento doble, el primero al inspirador de ella, Carlos Bremer y segundo, a la persona, moral o física que apoye a los deportistas mexicanos.
Para ilustrar la razón de la siguiente iniciativa, se incluye a continuación un cuadro comparativo de la propuesta:
Con base en lo expuesto, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. Se adiciona el numeral 6 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:
Artículo 261.
1. a 5. ...
6. La Cámara otorgará la Medalla “Carlos Bremer” a la persona, física o moral, que realice trabajo filantrópico en favor del desarrollo y apoyo al deporte mexicano, a deportistas de bajos recursos e incentive el desarrollo del deporte nacional, destacando el talento deportivo de los jóvenes en México.
7. Dichas distinciones se entregarán de conformidad con el Decreto de creación respectivo y el Reglamento que regula la entrega de medallas.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Cámara de Diputados contará con 90 días para expedir el reglamento que regula la entrega de la presente medalla, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Notas
1 El Sol de Zacatecas, “Carlos Bremer: empresario altruista”. Carlos Puente Salas,
https://www.elsoldezacatecas.com.mx/analisis/carlos-bremer-empre sario-altruista-11262311.html
2 MVSNoticias.com, “¿Quién era Carlos Bremer? Empresario y tiburón de Shark Tank México”,
https://mvsnoticias.com/nuevo-leon/2024/1/5/quien-era-carlos-bre mer-empresario-tiburon-de-shark-tank-mexico-621158.html
3 Telediario.mx, “Quién es Carlos Bremer: biografía y trayectoria del empresario mexicano que murió hoy”,
https://www.telediario.mx/comunidad/carlos-bremer-quien-es-el-em presario-de-nuevo-leon
4 Tiktok. Samuel García,
https://www.tiktok.com/@samuelgarciasepulveda/video/732787943532 6065925
5 Periódico Esto,
https://esto.com.mx/787785-carlos-bremer-el-empresario-que-fue-u n-soldado-del-deporte/
6 El Economista,
https://www.eleconomista.com.mx/deportes/Se-necesitan-mas-empres arios-jovenes-en-el-deporte-Carlos-Bremer-20240107-0046.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputados y diputadas: Miguel Torruco Garza, Ana Laura Huerta Valdovinos, Carolina Dávila Ramírez, Klaus Uwe Ritter Ocampo, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputado Torruco. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Procedemos al minuto de aplausos. Pido podamos permanecer de pie, por favor.
(Minuto de aplausos)
El diputado Miguel Torruco Garza: Gracias, presidenta. Muchas gracias.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias. Pueden tomar asiento.
LEY DE VIVIENDA
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 87 de la Ley de Vivienda, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
La diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández:Con su permiso, diputada presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
La diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández: Hoy soy la voz de miles de madres solteras. Busco hacer visibles a aquellas mujeres que, como yo, cumplen un doble rol en nuestra sociedad. No importa la religión, la ideología, la cultura, las creencias, a todas nos une un anhelo, un sueño, una esperanza: poder darle a nuestras hijas e hijos una vivienda, un hogar, dejarles un patrimonio.
Pero, más allá de quienes somos madres solteras, también están quienes son madres solteras de hijas e hijos con alguna discapacidad. Sé que ser madre soltera no solo implica un doble esfuerzo para sacar adelante a los hijos, implica luchar por tener las mimas oportunidades que la mayoría de los ciudadanos disfrutan.
Sin embargo, el hecho de luchar solas implica romper barreras que el mismo sistema nos impone. Muestra de ello es el acceso a la vivienda. Sabemos que el acceso a la vivienda sigue siendo limitado, pero para una mujer madre soltera que debe solventar todos los gastos de un hogar poco o nada le queda para acceder a este derecho. Si a eso le agregamos el cuidado de un hijo con discapacidad, su derecho se ve aún más limitado por la responsabilidad y los gastos que ellos conllevan.
Lamentablemente seguimos fortaleciendo una sociedad con derechos solo para unos y pocas oportunidades para otros. Por eso, hoy presento esta iniciativa para que, dentro de la Ley de Vivienda, en aquellas políticas y programas dirigidos al estímulo y al apoyo de producción social de vivienda, incluyendo las comunidades rurales e indígenas, se deba focalizar preferentemente a aquellas mujeres que sean madres solteras con hijas y con hijos con alguna discapacidad. La razón es muy simple: justicia social.
La adquisición de una vivienda constituye una de las mayores inversiones en la vida de una persona. La gran parte de las personas que pueden acceder a un crédito a la vivienda estarán pagando por lo menos de 20 a 30 años de su vida. Sin embargo, para una madre sola y con algún hijo con discapacidad, ni siquiera se cree pueda tener la capacidad de adquisición.
La brecha económica entre hombres y mujeres sigue siendo relevante. Muchas de ellas tienen que salir a trabajar en la informalidad, por lo que no cuentan con los elementos mínimos para poder adquirir una vivienda digna, dado que su gasto principal es pagar la renta, la alimentación y el vestido de sus hijos, con lo que se encuentran más limitadas y con menos posibilidades de considerar la compra de este bien.
Es tiempo de voltearnos a ver, es tiempo de vernos como las personas productivas que somos y que contribuimos a este país. No somos pocas, somos miles, y no por decisión solamente, hay diversas circunstancias ajenas a esta determinación. Las mujeres solas, las madres solteras no se rinden, trabajan y dan la cara por este país. Es hora de trabajar por ellas y para ellas con más oportunidades, pero, sobre todo, y lo más importante, darle la posibilidad de tener su propia casa. Muchas gracias, presidenta. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 87 de la Ley de Vivienda, suscrita por la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y artículo 77, numerales 1 y 3, 78 y 102, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y se adicionan diversas fracciones del artículo 87 de la Ley de Vivienda, en materia de apoyos prioritarios para madres sostén de familia, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl derecho humano a una vivienda digna es un principio que debe ser otorgado a todas las personas por igual. La vivienda forma parte del patrimonio de muchos ciudadanos, quienes a través de su vida pasan años o hasta décadas pagando un bien que es parte fundamental de su seguridad y estabilidad económica.
De acuerdo con nuestra Constitución, en su artículo 4o. establece que “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”. Asimismo, la Ley de Vivienda, establece que “La vivienda es un área prioritaria para el desarrollo nacional. El Estado impulsará y organizará las actividades inherentes a la materia, por sí y con la participación de los sectores social y privado, de acuerdo con las disposiciones de esta ley”.
La realidad en nuestro país es que muchas mujeres madres solteras, quienes son el sostén de una familia, no pueden acceder en las mismas condiciones que los hombres a este derecho. Dentro de las comunidades rurales e indígenas, este sector de nuestra población es una de las más discriminadas, al no ser poseedoras de la tierra, al difícil acceso al financiamiento y al no contar con recursos suficientes para poder considerar la posibilidad de contar con una vivienda.
El hecho de ser las responsables de un hogar les deja fuera del goce de muchos derechos, por una parte, derivado de la carga económica que ellas tienen y que priorizan por el bien de sus hijos.
En materia de políticas públicas, este sector de la población se encuentra rezagado, si bien, existen programas locales y federales en la materia, no son suficiente dado que se encuentran marginadas ante la falta de oportunidades, es por ello que considero relevante establecer dentro del ordenamiento correspondiente su priorización, estableciendo dentro de la ley la importancia de tomar las medidas pertinentes para salvaguardar el ejercicio de este derecho.
La realidad es que el crecimiento de las comunidades ha hecho que el sector sea menos asequible y que para las comunidades rurales e indígenas existen pocos programas para acceder a una vivienda digna. Programas prioritarios para madres cabeza de familia con hijos o hijas con discapacidad es un tema pendiente que requiere de medidas urgentes.
A la inversa, en materia de vivienda, los presupuestos disminuyen, con lo que se visualizan menos recursos para los sectores más vulnerables. El hacinamiento de familias completas es más común en México, en donde comparten abuelos, tíos, hijas, hijos y nietos un espacio reducido poco habitable.
A nivel mundial y nacional, la marginación de las mujeres en evidente, los apoyos y la asistencia técnica, social y jurídica focalizada hacia las madres solteras, sostén de familia es casi nulo, más aún, hacia los hogares que cuentan con hijas o hijos con alguna discapacidad.
Actualmente, el Plan Nacional de Vivienda 2021-2024, dispone que se debe “incorpora los siete elementos de la vivienda adecuada establecidos por ONU-Hábitat: seguridad de la tenencia; disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura; asequibilidad, habitabilidad, accesibilidad; ubicación y adecuación cultural”, sin embargo, no es suficiente la política pública dirigida a la adquisición de vivienda para mujeres cabeza de familia, dado que en zonas marginadas quienes por cultura no tienen derecho a la tenencia de la tierra y como consecuencia tienen menos posibilidades de ser dueñas de una vivienda.
Es por ello que la adquisición de la vivienda debe ser prioritaria para los sectores más marginados y uno de ellos lo es, las madres solteras, con lo que debemos garantizar su inclusión y priorización, con lo que se reducirían no sólo las desigualdades sociales sino económicas.
Como sabemos, la inclusión para las mujeres cabeza de familia es escasa. Nuestro país sigue siendo uno de los más atrasados en la materia, esta problemática es más pronunciada para las mujeres que, por sus condiciones, no pueden acceder a ello, por lo que esto impacta no sólo en el tema de vivienda sino en muchos derechos más.
Las normas sociales, estereotipos en gran medida, influyen en la toma de decisiones, ya que en nuestro país aún predomina el rol de ser madres de familia dedicadas al hogar, sin embargo, las madres cabeza de familia han ido cambiando esta dinámica al contar con una independencia económica incluso para invertir y adquirir activos que les permiten ser poseedores de bienes.
La adquisición de vivienda constituye una de las mayores inversiones en la vida de una persona, porque la gran parte de la población estará pagando su vivienda por lo menos de 20 a 30 años de su vida.
La brecha económica entre mujeres y hombres sigue siendo relevante, muchas de ellas cabeza de familia tienen que salir a trabajar en la informalidad, por lo que no cuentan con los elementos mínimos para poder adquirir una vivienda, dado que su gasto principal es pagar la renta de ella, con lo que se encuentran más limitadas y con menos posibilidades de considerar la compra de este bien.
Las cifras son claras, ya que “con datos del Reporte Anual de Vivienda 2021 realizado por el Infonavit, de los 23.9 millones de viviendas propias, solo el 9.7 son propiedad de mujeres, esto quiere decir que menos de 50 por ciento pertenecen a mujeres. Porcentaje que es mucho menor en comunidades rurales, donde sólo 33.1 por ciento de las viviendas son de mujeres”.
Otro dato interesante es que “En las zonas rurales las mujeres tienen menor participación en el mercado laboral y por consiguiente menor acceso a créditos hipotecarios debido a que no cumplen con los requisitos de estos. Además, en estas zonas la cultura heteropatriarcal se encuentra mucho más presente por lo que la mayoría de las propiedades son heredadas a los hombres”.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señala que “La condición de propiedad de escrituras por sexo también es diferencial, y la brecha se acentúa por tamaño de localidad; de las viviendas propias con escrituras en localidades rurales 64.1 por ciento son propietarios hombres y 34.0 por ciento son mujeres; en las áreas urbanas la distribución es de 55.1 por ciento para los hombres y 43.4 por ciento para las mujeres”.
“De las 23.9 millones de viviendas particulares habitadas propias, 84.1 por ciento era vivienda propia pagada y 15.9 por ciento, vivienda propia, aún por pagar. Del total de viviendas propias según titular de la propiedad, 56.9 por ciento pertenecía a un hombre y 41.5 por ciento, a una mujer”.
Los datos dan cuenta de la disparidad en la igualdad entre mujeres y hombres, es por ello que debemos priorizar y fomentar más programas que apoyen a las mujeres cabeza de familia, ya que éste tendría un impacto directo en favor de las hijas e hijos.
Por todo lo anteriormente expuesto es que sometemos a consideración de esta soberanía la aprobación de la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman las fracciones V y VI y se adiciona una fracción al VII del artículo 87 de la Ley de Vivienda
Artículo Único. Se reforman las fracciones V y VI y se adiciona una fracción VII al artículo 87 de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue:
Artículo 87. Las políticas y programas dirigidos al estímulo y apoyo de la producción social de vivienda y a la vivienda de las comunidades rurales e indígenas deberán:
I. a IV. ...
V. Focalizar preferentemente a la mujer sostén de la familia, y aquellas que sean madres solteras con hijos o hijas con alguna discapacidad, las acciones de fomento y apoyos, otorgándoles el poder de decisión con relación al ahorro, el crédito y el subsidio.
VI. Atender las distintas formas legales de propiedad y posesión de la tierra, así como de tenencia individual o colectiva, en propiedad privada o no, adecuando los diversos instrumentos y productos financieros al efecto, y
VII. Establecer presupuestos progresivos para los programas de subsidios de vivienda dirigidos a las comunidades rurales e indígenas.
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Creditaria (2023, marzo 07) Mujeres y vivienda: Obstáculos y desigualdad. Recuperado de
https://www.blog.creditaria.com.mx/mujeres-y-vivienda-obstaculos -y-desigualdad
2 Inegi (2021, agosto 07) ENCUESTA NACIONAL DE VIVIENDA (ENVI), 2020 PRINCIPALES RESULTADOS. Comunicado 493/21
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021 /envi/ENVI2020.pdf
3 Ibidem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputadas: Daniela Soraya Álvarez Hernández, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbricas).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Álvarez Hernández. Túrnese a la Comisión de Vivienda, para dictamen.
SE DECLARA EL 4 DE JULIO COMO EL DÍA NACIONAL DEL ESPECIALISTA EN MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra el diputado Favio Castellanos Polanco, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 4 de julio como el Día Nacional del Especialista en Medicina Física y Rehabilitación.
El diputado Favio Castellanos Polanco:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante, diputado.
El diputado Favio Castellanos Polanco: Y con la venia del pueblo de México. La Organización Mundial de la Salud y el grupo del Banco Mundial, en el año 2011 produjeron conjuntamente el informe mundial sobre la discapacidad para proporcionar datos destinados a la formulación de políticas y programas innovadores que mejoren la vida de las personas con discapacidad y faciliten la aplicación de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en mayo de 2018.
Este histórico tratado internacional reforzó la convicción de que la discapacidad es prioridad en materia de derechos humanos y de desarrollo. En los años futuros la discapacidad será causa de preocupación, aun con mayor situación en nuestro país, pues su prevalencia está amentando. Ello debido a que la población está envejeciendo y el riesgo de discapacidad es superior entre los adultos mayores. También el aumento de enfermedades crónico-degenerativas, tales como la diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer y los trastornos de la salud mental.
Por ello, nuestro presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, con una visión humanista en su administración y como un acto de justicia social a la deuda histórica a los grupos sociales olvidados, creó la pensión para el bienestar de las personas con discapacidad permanente, con el objetivo de buscar las mejores condiciones sociales por medio de un apoyo, un ingreso monetario para las personas con discapacidad permanente y de esta manera contribuir a lograr la vigencia efectiva de los derechos de las niñas, niños adolescentes, jóvenes, personas indígenas y afromexicanas que viven con alguna discapacidad para así eliminar la marginación, la discriminación y el racismo que enfrentan pues, como sabemos, las personas con discapacidad requieren a profesionales que se encarguen de prevenir los padecimientos potencialmente discapacitantes.
Diagnosticar, tratar, rehabilitar, reincorporar a la sociedad, así como difundir la cultura de la rehabilitación, como lo hacen las y los médicos especialistas en medicina física y rehabilitación.
Por ello, compañeras y compañeros, el día de hoy quiero invitarlos a que reconozcamos a las y los médicos especialistas en medicina física y rehabilitación, profesionales que se encargan diariamente de brindar soluciones y esperanza a gran cantidad de personas que conviven con algún tipo de discapacidad motora, sensorial, intelectual o psíquica. En pocas palabras, son las y los médicos los que logran ofrecer una mejor calidad de vida a todo aquel que necesita de un apoyo.
Por lo anteriormente expuesto, solicito que se establezca el día 4 de julio como el Día del Médico Especialista en Medicina Física y Rehabilitación, ya que fue la fecha en que se fundó por medio de la Sociedad Mexicana de Medicina Física y Rehabilitación, asociación civil sin fines de lucro y que siempre ha luchado por integrar a los especialistas del país en este campo, manteniéndolos actualizados y realizando la labor en favor de las personas con discapacidad.
Y en este mismo tenor, reconocer a toda la comunidad de esta especialidad que se encargan de elaborar nuevas alternativas para ayudar a los demás, ya que muchos de ellos a veces no encuentran a lo mejor las mejores condiciones, pero siempre están ahí para dar lo mejor de ellas y de ellos.
Por eso, compañeras y compañeros legisladores, si de algo estamos convencidos en esta transformación es en apostarle a la salud, porque por el bien de todas y todos primero la salud. Y quiero aprovechar en este momento para desde aquí, la máxima tribuna de nuestro país, agradecerle a nuestro presidente de la República por esta gran obra, este libro llamado Gracias, titulado Gracias, agradecerle a nuestro presidente de la República, porque no nada más, no nada más se trata de este libro, se trata de lo que ha hecho en su administración, que ha sido una gran obra para nuestro país, pero no nada más para nuestro país, sino que ha marcado a nivel internacional.
Su nombre quedará, sin lugar a dudas, grabado en la historia de nuestro país, pero no nada más en eso, sino que también el día de hoy quiero aprovechar para hacerle una invitación a nuestro presidente de la República, para que concluyendo su administración no se aleje de los temas políticos, no lo haga, sino que al contrario, hace falta a nivel internacional un líder con la capacidad y sobre todo con la calidad moral de nuestro presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y por ello las y los mexicanos le hacemos esta gran invitación, que no se aleje, necesitamos a nuestro presidente de la República dando más para la historia de nuestro país y para la historia a nivel internacional. Es cuanto, muchas gracias, compañeras y compañeros.
«Iniciativa de decreto por el que se declara el 4 de julio “Día Nacional del Especialista en Medicina Física y Rehabilitación”, a cargo del diputado Favio Castellanos Polanco, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Favio Castellanos Polanco, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno el siguiente proyecto de decreto, al tenor de la presente
Exposición de MotivosLa Organización Mundial de la Salud y el Grupo del Banco Mundial produjeron en 2011 el Informe mundial sobre la discapacidad, para proporcionar datos destinados a la formulación de políticas y programas innovadores que mejoren las vidas de las personas con discapacidades y faciliten la aplicación de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en mayo de 2008. Este histórico tratado internacional reforzó nuestra convicción de que la discapacidad es una prioridad en materia de derechos humanos y de desarrollo.
En el Informe mundial sobre discapacidad se reportó que más de mil millones de personas viven en todo el mundo con alguna forma de discapacidad; de ellas, casi 200 millones experimentan dificultades considerables en su funcionamiento.
En los años futuros, la discapacidad será causa de preocupación aún mayor, pues su prevalencia está aumentando. Ello se debe a que la población está envejeciendo y el riesgo de discapacidad es superior entre los adultos mayores, a la violencia y también al aumento mundial de enfermedades crónicas tales como la diabetes, las enfermedades cardiovasculares, el cáncer y los trastornos de la salud mental.
En todo el mundo, las personas con discapacidad tienen peores resultados sanitarios, peores resultados académicos, una menor participación económica y unas tasas de pobreza más altas que las personas sin discapacidad. En parte, ello es consecuencia de los obstáculos que entorpecen el acceso de las personas con discapacidad a servicios que muchos de nosotros consideramos obvios, en particular la salud, la educación, el empleo, el transporte, o la información. Esas dificultades se exacerban en las comunidades menos favorecidas.
De acuerdo con la clasificación internacional del funcionamiento, de la discapacidad y de la salud, la discapacidad no es una enfermedad sino un estado de salud.
Asimismo, el nombre correcto para dirigirse a estos ciudadanos es persona con discapacidad, evitando términos peyorativos como Discapacitado, minusválido o personas con necesidades especiales. Los profesionales que se encargan de prevenir los padecimientos potencialmente discapacitantes, diagnosticar, tratar, rehabilitar, reincorporar a la Sociedad, así como difundir la cultura de la discapacidad y la rehabilitación, es el médico especialista en medicina física y rehabilitación.
Los médicos especialistas en Medicina Física y rehabilitación, son profesionales que se encargan diariamente de brindar soluciones y esperanza a gran cantidad de personas, que conviven con algún tipo de Discapacidad: Motora, Sensorial, Intelectual o Psíquica. En pocas palabras son los médicos que logran ofrecer una mejor calidad de vida a todo aquel que necesite de un apoyo.
Por lo expuesto solicitamos que se establezca el 4 de julio como Día del Médico Especialista en Medicina Física y Rehabilitación, pues en esa fecha se fundó la Sociedad Mexicana de Medicina Física y Rehabilitación, Asociación Civil sin fines de lucro y que siempre ha luchado por integrar a los Especialistas del país en este campo, mantenerlos actualizados y realizando labor en favor de las personas con discapacidad.
El objetivo principal se centra en reconocer los distintos aspectos que caracterizan a un médico especialista en Rehabilitación, entre los cuales se encuentran: La vocación, actitud de servicio, la entrega permanente, la disposición y la sensibilidad de todos aquellos doctores, que se han encargado de transformar y de rehabilitar a un gran número de personas, mejorando su calidad de vida.
También se busca premiar a toda la comunidad de esta especialidad que se encargan de elaborar nuevas alternativas para ayudar a los demás, ya que muchos de ellos a veces se sacrifican y no cuentan con las condiciones necesarias para cumplir su labor, pero a pesar de ello tratan de llevarla a cabo de la mejor forma posible.
Con base en lo expuesto se somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa proyecto de
Decreto por el que se declara el 4 de julio como Día Nacional del Especialista en Medicina Física y Rehabilitación
Único. Se declara el 4 de julio como Día Nacional del Especialista en Medicina Física y Rehabilitación.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2024.– Diputado Favio Castellanos Polanco (rúbrica).»
Presidencia de la diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Financiamiento al Sistema de Salud. Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba:Muchas gracias, presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputado, por favor.
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba: Muy buenas tardes, compañeras y compañeros legisladores. En días pasados, el 5 de febrero para ser puntuales, el presidente de la República presentó una reforma que como se dijo ahorita, gracias por el chiste. Y digo gracias por el chiste, porque dice que el Estado garantizará la atención médica integral, universal y gratuita, estudios médicos, intervenciones quirúrgicas y los medicamentos necesarios para garantizar este derecho.
Y digo un chiste porque, aunque no lean todo ese librote que vinieron a presumir, podrían leer por lo menos lo que dicen las páginas 19 y 20, de su propia iniciativa.
Dice la Secretaría de Hacienda que está bien que el presidente la presente porque no tiene ningún impacto presupuestario. Dice: La Segob manifiesta que no hay impacto presupuestario ya que no considera la creación o modificación de unidades administrativas o plazas, y que tampoco considera la creación de nuevas instituciones para atender la salud.
Dice en el segundo paso, que tampoco tiene impacto presupuestario los programas aprobados porque no hay ninguno nuevo y no hay erogación alguna distinta a las ya programadas que son insuficientes.
También esta reforma, de chiste, dice en el artículo de la fracción III de hacienda que no hay problema ya que no hay impacto presupuestario porque no establece ningún destino específico para el gasto público.
Dice la fracción IV, en esta iniciativa de chiste, que no considera ninguna atribución nueva sustantiva que considere el impacto presupuestario dentro de las dependencias y entidades de la administración pública federal que atiende a la salud.
Y, por último, en esta reforma de chiste, dice que no tiene impacto presupuestario ya que no considera ninguna disposición de carácter general que incida en la materia de regulación sanitaria. Es decir, una reforma de chiste que solamente tiene saliva sin plazas, sin medicamentos, sin presupuesto.
En contrapropuesta, el Partido Acción Nacional, viene a hacer una propuesta de modificación a la Constitución en materia de salud considerando cuatro elementos: el primero, que la salud es un derecho autónomo reconocido por todos los tratados internacionales. El segundo, que se requiere una ley especial para garantizar este derecho y en esa ley especial además de que el Ejecutivo federal debe de hacerlo, debemos hacerlo los legisladores, esto es debemos verificar que se adopten las medidas necesarias para que la paciente, el paciente, el niño o el adulto mayor se atienda como debe de ser. Y, por último, como ya lo dijo la Corte en días pasados, haya un suministro permanente, oportuno y constante de los requerimientos.
Para que no se lean todas las páginas del libro les quiero decir que la propuesta nuestra tiene que ver con la Constitución en su párrafo, en sus artículos 1o. y 4o., con la Declaración de los Derechos Humanos en el 25, con el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el 1o., la Convención de los Derechos del Niño en el 24, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en el décimo, y el Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo décimo.
Proponemos un sistema de financiamiento que siga a la gente como en el Seguro Popular, por cada persona sin seguridad social el Estado debe poner una cantidad fija por ley, con ello cada niña, niño, mujer u hombre tendremos dinero para atenderlos de una enfermedad grave.
Proponemos buscar contar con los recursos necesarios para garantizar el financiamiento para enfermedades graves que provocan gastos catastróficos. Esta reforma constitucional pretende blindar los recursos del Fondo de Salud para el Bienestar y que no se utilicen en el Tren Maya o en su refinería en vez de atender a la gente.
Y, por último, buscamos garantizar el acceso a los medicamentos cuando los necesites, no cuando el gobierno federal quiera, con todo y su farmaciota. Y si quieres pagarlo tú, el gobierno debe de reembolsarte el gasto de los mismos.
Pueblo de México, lo que estamos pidiendo es que, si no te surten el medicamento, te lo paguen. Si no te operan, que lo paguen. Si tienes problemas serios de salud y no lo atiende el gobierno federal, como hasta ahora, que lo paguen. El gobierno mexicano está obligado a garantizar el reembolso efectivo y no estar como estamos hoy, con derecho a todo y sin acceso a nada. Que regrese el Seguro Popular.
«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de financiamiento al sistema de salud, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Éctor Jaime Ramírez Barba, diputado federal por la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta esta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el cuarto párrafo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente
Exposición de MotivosEn el año 2011, a través de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, el Estado mexicano generó un marco de reconocimiento y protección de los mismos; sobre esta base se justifica la gestión pública en favor de la persona y sus derechos, y como parte de este conjunto de derechos humanos, se encuentra el derecho a la salud, el cual es elemento fundamental para acceder a un nivel de vida digno y adecuado, así como poder ejercer otros derechos.
El derecho a la protección de la salud, por tanto, es un derecho para todos y su acceso debe ser sin discriminación de ningún tipo. Nuestra Constitución señala en el tercer párrafo de su artículo primero que “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. ...”. Y de manera más específica, el párrafo cuarto del artículo cuarto de nuestra Carta Magna dispone que “Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución...”.
Así, la Ley General de Salud (LGS), reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona, señala que las finalidades de este derecho son, entre otros, el bienestar físico y mental de la persona, la prolongación y mejoramiento de la calidad de vida y el disfrute de servicios de salud. El artículo 1o. Bis de la LGS, define a la salud como, un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades; definición que coincide con la establecida por la Organización Mundial de la Salud OMS.
La salud es definida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, concepto contenido en la Constitución de la OMS y adoptado desde 1946 por la Conferencia Sanitaria Internacional. Hasta el día de hoy esta definición no ha sido modificada e incluso el artículo 1. Bis de la Ley General de Salud (LGS) adoptó dicho concepto en 2013.
Por otro lado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante diversas tesis jurisprudenciales, ha definido el alcance y contenido del derecho a la protección salud establecido en nuestra Constitución, entre otros, señala que la protección de la salud es un objetivo que el Estado debe perseguir legítimamente, y que dicho derecho tiene una proyección tanto individual o personal, como una pública o social.
En nuestro país el Estado tiene la obligación ineludible de velar por la protección a derechos humanos, dentro de éstos se encuentra el derecho que toda persona tiene a la protección de la salud, por lo cual, debe destinar el gasto público necesario para garantizar dicho derecho.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, ha contribuido a darle contenido explícito al derecho a la protección de la salud a través de diversas resoluciones.
En particular, el Semanario Judicial de la Federación publicó el viernes 13 de octubre de 2023, la tesis de jurisprudencia 153/2023 (11a.), aprobada por la Primera Sala del Alto Tribunal, respecto del derecho humano a la salud del cual procede reembolsar el pago de medicamentos adquiridos por el paciente, derivado de la omisión y suministro tardío por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ante la urgencia de no poner en riesgo su salud.
I. Resolución del amparo en revisión (AR) 82/2022
1. Antecedentes del AR 82/2022
A principios de 2021 una persona paciente y derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fue diagnosticada con una enfermedad por lo que le fue prescrito, entre otras cosas, la toma diaria por 12 meses de un medicamento como parte del tratamiento, fármaco que posteriormente el IMSS le dejó de suministrar. Ante la falta de suministro del fármaco el derechohabiente afectado promovió Juicio de Amparo Indirecto (JAI) en donde demandó la atención médica y la entrega de medicamentos de manera integral, adecuada al padecimiento, oportuna, permanente y constante.
Después de los consecuentes actos procesales del JAI el quejoso interpuso recurso de revisión del cual el Tribunal Colegiado del conocimiento, en vista de la solicitud de atracción contenida en uno de los puntos petitorios del escrito de agravios, ordenó la remisión de los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que valorara si el asunto era meritorio del ejercicio de la facultad de atracción. En diciembre de 2021 el asunto fue turnado a la Primera Sala de la SCJN para la elaboración del proyecto de resolución.
2. Principales aspectos jurídicos contenidos en la resolución del AR 82/2022
El 12 de abril de 2023 la Primera Sala de la SCJN emitió la sentencia mediante la cual se resolvió el AR 82/2022 en donde el problema jurídico planteado consistió en verificar el estándar general de protección del Derecho Humano a la Salud (DHS) al reclamar la omisión por parte de los hospitales del IMSS de brindar medicamentos de manera oportuna y si los conceptos de violación planteados por el quejoso eran suficientes para concederle el amparo y la protección de la Justicia Federal, de lo cual se desprendió el análisis de las siguientes cuestiones:
A. Del Estándar general de protección del DHS, la Primera Sala determinó que:
a. El derecho a la salud está comprendido dentro de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y que se trata de un derecho autónomo, y es obligación del Estado mexicano respetarlos y garantizarlos conforme al Artículo 1 de la Constitución Federal y al Artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
b. Este precepto debe entenderse como un caso de lex specialis ante la obligación de adoptar medidas apropiadas, incluso legislativas, para lograr la plena efectividad de los derechos.
c. El estándar de protección del DHS está vinculado a la obligación de adoptar las medidas necesarias para que toda persona tenga acceso a los establecimientos, bienes y servicios de salud, y pueda gozar cuanto antes del más alto nivel posible de salud física y mental.
B. Del criterio para cumplir con la obligación del Estado de garantizar el tratamiento apropiado para las enfermedades, la Primera Sala consideró y determinó que:
a. El Estado se encuentra obligado al suministro del tratamiento de forma oportuna, permanente y constante y, además, debe ser entregado considerando el estado de salud del paciente, así como sus requerimientos médicos y clínicos, tomando particular importancia cuando se trata de padecimientos en los que el éxito del tratamiento dependa, principalmente, del óptimo cumplimiento en la toma de medicamentos.
b. Ante la interrupción del suministro de los medicamentos del tratamiento médico las autoridades responsables y vinculadas deben reembolsar al quejoso los gastos erogados por la adquisición del medicamento.
C. De las obligaciones de los Hospitales del IMSS en aras de garantizar el DHS, la Primera Sala determinó que:
a. En términos de la Ley General de Salud, el Estado mexicano garantiza y protege el derecho a la salud a través del Sistema Nacional de Salud (SNS).
b. Dentro del SNS se encuentra el sistema de seguridad social que tiene entre sus finalidades garantizar el derecho a la salud y la asistencia médica de sus derechohabientes, lo que deriva en la obligación del IMSS de garantizar a los derechohabientes el suministro de medicamentos.
Asimismo, en la sentencia del AR 82/2022 la Primera Sala de la SCJN determinó que:
A. Las autoridades responsables transgredieron el derecho a la salud al omitir el suministro del medicamento, pues dicha omisión contravenía lo dispuesto en el artículo 1 constitucional, el cual dispone que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deben proteger y garantizar el los derechos humanos y, aunado a ello, el artículo 4 constitucional reconoce el derecho a la salud, derecho que no se limita a la salud física del ciudadano, sino que también se refiere a la salud preventiva y restaurativa, lo que demanda una atención integral, adecuada, oportuna y permanente.
B. Resultó fundado como agravio la omisión de garantizar el acceso efectivo a los servicios de salud.
C. Fue vulnerado el derecho a la seguridad social en razón de lo que dispone el artículo 123, apartado A, fracción XXIX, de la Constitución Federal, pues dicho artículo consagra el derecho a la seguridad social.
D. Conforme a los tratados internacionales de los que México es Estado Parte si la limitación de recursos imposibilita el pleno cumplimiento de las obligaciones que ha contraído, el Estado tendrá que justificar que ha hecho todo lo posible por utilizar todos los recursos de que dispone para satisfacer, como cuestión de prioridad, las obligaciones asumidas.
E. Respecto a la obligación de protección las violaciones dimanan del hecho de que el Estado no adopte todas las medidas necesarias para proteger, dentro de su jurisdicción, a las personas contra las violaciones del derecho a la salud por parte de terceros.
F. El cumplimiento de la obligación de los Estados de respetar y garantizar el derecho a la salud implica, también, dar especial cuidado a los grupos en situación de vulnerabilidad y deberá realizarse de manera progresiva y de acuerdo con legislación nacional aplicable.
II. Contenido de la propuesta de reforma al cuarto párrafo del artículo 4 constitucional de esta Iniciativa
La propuesta de esta Iniciativa se encuentra conformado por los siguientes elementos y consideraciones:
1. Los alcances de la resolución emitida por la Primera Sala de la SCJN en el AR 82/2022 ameritan su incorporación en nuestra Constitución, pues el establecimiento explícito de la obligación de proveer a los beneficiarios del sistema de salud para el bienestar de una atención médica integral y adecuada, así como de proporcionar los tratamientos médicos oportuna, permanente y constantemente no debe ser exclusiva del IMSS, sino debe generalizarse a todas las instituciones públicas de salud, particularmente a las que atienden a las personas sin seguridad social, con fines de proteger el derecho humano a la salud, pues se trata de un derecho justiciable en distintas dimensiones y que permite llevar una vida digna.
2. El derecho al reembolso de los gastos erogados por los beneficiarios del sistema de salud para el bienestar por:
A. Recurrir a servicios privados de salud ante la omisión de proveer de atención médica a los pacientes por parte de las instituciones públicas del sistema de salud para el bienestar.
B. Adquirir los insumos para la salud y los dispositivos médicos necesarios para el tratamiento médico que satisfaga las necesidades del paciente, y que hayan sido prescritos por el médico tratante de las instituciones públicas del sistema de salud para el bienestar, ante la omisión de proporcionarlos por dichas instituciones.
3. El sistema de salud para el bienestar es el conjunto de recursos para atender la salud de la población abierta que no cuenta con seguridad social por lo que solo son sujetos obligados de la disposición propuesta los servicios públicos que atienden a esta población.
El pronunciamiento de la Primera Sala de la SCJN no tiene que esperar a que se formen otros casos, sino que es de tal importancia que se puede elevar a nuestra Constitución.
Asimismo, el contenido de la disposición propuesta es plenamente compatible y armoniza con:
A. Disposiciones constitucionales:
a. Artículo 1, primer párrafo
b. Artículo 4, cuarto párrafo vigente, el cual se reforma.
B. Instrumentos Internacionales reconocidos y de los que México es Estado Parte:
a. Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
b. Artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
c. Artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño
d. Artículo X de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
e. Artículo 10 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Consideramos que el sector salud debe ser prioridad para el gobierno con la finalidad de poder asegurar un estado de bienestar para la población, ya que en el futuro próximo el sistema seguirá enfrentando retos importantes, como el combate a la pandemia y la lucha contra las enfermedades no transmisibles ocasionadas por el sobrepeso, obesidad, diabetes, enfermedades cardiovasculares, además de los distintos tipos de cáncer.
Parte de los argumentos utilizados para llevar a cabo las reformas en el sistema de salud en la actual administración fueron el reconocimiento de los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1o., derechos que por el momento no se ven materializados, en particular el derecho a la salud, ya que los recortes y subejercicios afectan la operación de los servicios que podrían materializar este derecho.
Hoy Morena busca recursos adicionales del dinero destinado a la salud, de manera fácil, para que el gobierno pueda gastarlo libremente, justo lo contrario al discurso anticorrupción que motivó la desaparición del Seguro Popular.
Por ello, esta reforma pretende blindar los recursos del Fideicomiso del Fondo de Salud para el Bienestar para que no se utilicen para otros fines que la atención a enfermedades y exigir una mayor transparencia de su uso.
De ahí que se establezca que el gobierno federal debe presentar semestralmente al Congreso de la Unión un informe sobre los recursos acumulados del patrimonio del Fideicomiso del Fondo de Salud para el Bienestar, a partir de la entrada en vigor de este decreto con base en algunos lineamientos establecidos sobre las intervenciones catastróficas, casos pagados, pacientes y medicamentos e insumos para la salud.
Además, se establece que la Auditoría Superior de la Federación, al fiscalizar la Cuenta Pública federal de cada año, verificará el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas correspondientes relativas al Fondo de Salud para el Bienestar y, en su caso, iniciará los procedimientos de responsabilidades administrativas, penales u otras que correspondan.
Por otra parte, para garantizar su sostenibilidad financiera, el gobierno federal cubrirá anualmente, al menos, una cuota social por cada persona sin seguridad social para garantizar su atención, la cual se canalizará a través del patrimonio del Fondo de Salud para el Bienestar, conforme a las estimaciones de cobertura en salud que realiza el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, la cual será equivalente a 10 por ciento de la Unidad de Medida y Actualización mensual. La cantidad resultante se actualizará anualmente de conformidad con la variación anual observada en el mismo indicador.
El Fondo de Salud para el Bienestar, con base en las estimaciones que realice al respecto, deberá mantener los recursos necesarios para garantizar el financiamiento de la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos para un periodo de cinco años, por ningún motivo los recursos acumulados podrán utilizarse para otro objetivo distinto al establecido en el presente párrafo.
Pedimos a las organizaciones civiles, trabajadores del sector salud, pacientes y a la población en general, sumarse a la defensa del derecho a la protección de la salud, utilizando los recursos jurídicos a nuestro alcance, como ya se está haciendo para frenar otras decisiones irresponsables de este gobierno.
No permitamos el desvió de los recursos que integran el Fondo contra Gastos Catastróficos, hoy Fonsabi, pues ello pondría en peligro la salud y la vida de nuestras familias.
Los legisladores de oposición lo decimos claro: tomar los recursos del fondo de salud para el bienestar para destinarlos a otros fines es una franca violación al derecho humano a la salud, además, provocará la ruina financiera de los hogares más pobres que carecen de lo necesario para enfrentar los costos de sus enfermedades.
Convocamos a las y los diputados de la LXV Legislatura de todos los grupos parlamentarios a no permitir la extinción de más fondos, mucho menos aquellos destinados a la salud de los más pobres.
Las reformas y adiciones que se proponen a la Ley General de Salud buscan garantizar la suficiencia, transparencia y certeza jurídica de los recursos del Fondo de Salud para el Bienestar para que se utilicen únicamente para los fines establecidos en esta ley y con ello, se pueda cumplir a cabalidad con el derecho humano a la protección de la salud, particularmente de las personas sin seguridad social.
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el cuarto párrafo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para garantizar el financiamiento para el sistema de salud, el acceso a medicamentos y la atención a enfermedades catastróficas.
Artículo Único. Se reforma el párrafo cuarto y se adiciona un quinto y sexto párrafos, recorriéndose los subsecuentes párrafos, del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
...
...
Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social. El Estado está obligado a reembolsar a los beneficiarios del sistema de salud para el bienestar, el costo de los servicios de salud y los gastos en que incurran las personas con motivo de la omisión de servicios y de la entrega de insumos para la salud a que tienen derecho; la ley establecerá los mecanismos del reembolso.
El gobierno federal cubrirá anualmente, al menos, una cuota social por cada persona sin seguridad social para garantizar la atención a gastos catastróficos, la cual se canalizará al patrimonio del Fideicomiso del Fondo de Salud para el Bienestar, conforme a las estimaciones de cobertura en salud que realiza el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, la cual será equivalente a 10 por ciento de la Unidad de Medida y Actualización mensual, y se actualizará conforme a su variación observada anualmente.
Los recursos que integren el patrimonio del Fideicomiso deberán constituir una reserva financiera para garantizar en todo momento la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos y por ningún motivo los recursos acumulados podrán utilizarse para otro objetivo distinto a la salud, por lo cual se deberá garantizar la transparencia, rendición de cuentas y certeza jurídica de dicho Fideicomiso.
El Fondo de Salud para el Bienestar, con base en las estimaciones que se realicen al respecto, procurará mantener los recursos necesarios para garantizar el financiamiento de la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos para un periodo de 5 años, por ningún motivo los recursos acumulados podrán utilizarse para otro objetivo distinto.
Para efectos de este artículo, se considerarán gastos catastróficos a los que se derivan de aquellos tratamientos y medicamentos asociados, definidos por el Consejo de Salubridad General, que satisfagan las necesidades de salud mediante la combinación de intervenciones de tipo preventivo, diagnóstico, terapéutico, paliativo y de rehabilitación, con criterios explícitos de carácter clínico y epidemiológico, seleccionadas con base en su seguridad, eficacia, pago, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social, que impliquen un alto costo en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren. El Consejo de Salubridad General deberá emitir un catálogo de enfermedades que ocasionan gastos catastróficos, lo que de ninguna manera será un limitante para garantizar la atención de otros padecimientos. Dicho catálogo incluirá:
1. La lista de enfermedades que ocasionan gastos catastróficos, en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren.
2. La lista de enfermedades que ocasionan gastos catastróficos en menores de 5 años.
3. Descripción e Intervenciones cubiertas con cargo al Fondo de Salud para el Bienestar.
4. Estimaciones de costos de atención por cada padecimiento.
El gobierno federal tiene prohibido canalizar recursos a otros fines distintos a la salud, deberá garantizar la transparencia, rendición de cuentas y certeza jurídica de los recursos acumulados del Fondo de Salud para el Bienestar.
Para tal efecto, deberá especificar en los informes semestrales que envié al Congreso de la Unión, entre otra información, lo siguiente:
I. Proyección estimada de los recursos financieros necesarios para cubrir las intervenciones catastróficas;
II. Proyección estimada de los recursos financieros necesarios para la adquisición de medicamentos y otros insumos requeridos para el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación médica;
III. Número de pacientes o casos estimados y atendidos; así como su distribución a nivel estatal y nacional;
IV. Número de casos autorizados, validados, pendientes por pagar y los pagados;
V. Tipo de casos, sean nuevos, de continuidad o seguimiento;
VI. Los rendimientos financieros generados;
VII. El saldo del Fondo de Salud para el Bienestar en el ejercicio fiscal en curso;
VIII. Las Aportaciones de recursos Fiscales, aportaciones de recursos propios u otras aportaciones que se hubieren realizado.
La Auditoría Superior de la Federación al fiscalizar la Cuenta Pública federal de cada año, verificará el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas correspondientes relativas al Fondo de Salud para el Bienestar y, en su caso, iniciará los procedimientos de responsabilidades administrativas, penales u otras que correspondan.
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TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión contará con un plazo máximo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones a las leyes correspondientes para establecer los procedimientos necesarios para el cabal cumplimiento del presente Decreto.
Tercero. El derecho al reembolso de los gastos que hayan tenido que realizar los derechohabientes, beneficiarios y población sin seguridad social para la atención médica preventiva, curativa, rehabilitatoria y paliativa, será procedente en los siguientes casos:
1. Hayan recurrido a servicios privados o sociales de salud por el incumplimiento a que está obligada la institución pública de salud de que se trate;
2. Los insumos para la salud estén contenidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, y
3. Los medicamentos, los dispositivos médicos, los requerimientos médicos y clínicos, y demás insumos para la salud hayan sido prescritos o indicados por profesionales de las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud.
Cuarto. En un plazo máximo de 90 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto los prestadores de los servicios de salud a que se refieren las fracciones I y II del artículo 34 de la Ley General de Salud establecerán los procedimientos necesarios para el cabal cumplimiento de este Decreto.
Quinto. Las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud financiarán los reembolsos a que refiere este Decreto con los recursos que anualmente se les asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Sexto. El gobierno federal deberá presentar semestralmente al Congreso de la Unión un informe sobre los recursos acumulados del patrimonio del Fideicomiso del Fondo de Salud para el Bienestar
Séptimo. En un plazo no mayor a 1 año, el Consejo de Salubridad General realizará las acciones conducentes a efecto de incorporar nuevos padecimientos al listado de enfermedades que provocan gastos catastróficos.
Notas
1 Ver en párrafo cuarto del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud...”,
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
2 Ibídem.
3 Ver en
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgs.htm
4 Ver en:
https://www.who.int/es/about/frequently-asked-questions#: text=%C2%BFC%C3%B3mo%20define%20la%20OMS%20la,ausencia%20de%20afecciones%20o%20 enfermedades%C2%BB.
5 Ver en:
https://bj.scjn.gob.mx/doc/legislacion/09JF8HMB1tiV43eLuAhH/Ley% 20General%20de%20Salud
6 Ver en:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5324374&fecha =04/12/2013#gsc.tab=0
7 Ver en
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?id =192160&Clase=DetalleTesisBL;
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Cl ase=DetalleTesisBL&ID=167530&Semanario=0
https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID =2019358&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID =169316&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID = 161333&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0
8 Ver en:
https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos /2023-03/AR-82-2022-29032023.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2024.– Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra la diputada María Guadalupe Román Ávila, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de aumento de penas por comercialización del agua, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
La diputada María Guadalupe Román Ávila:Con su venia, señora presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputada.
La diputada María Guadalupe Román Ávila: Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados, pueblo de México. Estamos a un mes de la conmemoración del Día Mundial del Agua, el día 22 de marzo, establecido por la ONU como un medio para centrar la atención en la importancia de la gestión sostenible de este recurso y tomar medidas para hacer frente a la crisis mundial del vital líquido.
El agua puede crear paz o desencadenar conflictos, cuando el agua escasea o está contaminada, o cuando las personas tienen acceso desigual o nulo puede aumentar las tensiones entre las comunidades y los países, lo que conlleva a la problemática de ingobernabilidad, como lo vemos en varios estados del país que se acentúan en las zonas metropolitanas. A medida que aumenta los impactos del cambio climático crece la población, existe la necesidad de crear medidas y políticas para proteger y conservar nuestro recurso más preciado.
Nuestro presidente, Andrés Manuel López Obrador, dentro del paquete de iniciativas constitucionales que envió el pasado 5 de febrero, propone la iniciativa en materia de derecho a la alimentación, medio ambiente y agua, la cual tiene como objetivo garantizar el uso doméstico del agua y no otorgar concesiones en zonas con baja disponibilidad en cantidad y calidad.
El Ejecutivo federal sí ha sido contundente en la necesidad no solo de cuidar el recurso, sino de realizar reformas legislativas que permitan la correcta administración para revertir el agua, el problema del agua.
La Comisión Nacional del Agua informó que el 60 por ciento del territorio nacional está en condiciones de sequía y que 395 municipios es extrema. Tan solo en este año se prevé que el sistema Cutzamala quede sin agua en el mes de junio dada la escasez de la lluvia, por lo cual es vital que se modifiquen las disposiciones legales a efecto de proteger la infraestructura hidráulica, para evitar que las personas sin escrúpulos dañen, sobreexploten y comercialicen con el vital líquido.
Por ejemplo, la mayoría de las 500 mil familias que habitan en Ecatepec, así como quienes acuden a realizar alguna labor cotidiana a las zonas industriales, comerciales y de servicios de la localidad, padecemos la tragedia de no contar con el servicio del suministro del agua potable en red.
En las viviendas, inmuebles la escasez que se menciona, con temor, en las noticias, a nosotros nos alcanzó desde hace 20 años y se ha acentuado durante los últimos cinco años por falta de mantenimiento a la infraestructura, ni el gobierno estatal saliente ni el actual gobierno municipal pudieron coordinarse para hacer frente a este grave problema. La ciudadanía realiza tres veces el pago del acceso al agua, realiza el pago del impuesto al municipio y a los derechos del agua, el pago al agua purificada y también allegarse del vital líquido por medio de la compra de pipas, que ha generado con esto un negocio fructífero para organizaciones y grupos que rompen y manipulan las tuberías y válvulas para poder ordeñar esa inraestructura.
Investigaciones realizadas por especialistas encontraron que desde 2019 hasta septiembre de 2022 se había detectado 131 mil 603 tomas clandestinas en ductos de agua públicos, en 239 municipios de México.
Además, la misma investigación dio cuenta que en este mismo periodo 8 fiscalías estatales habían abierto un conjunto, alrededor de 100 carpetas de investigación, siendo Chihuahua, Baja California las entidades con mayor número de registro, seguidos por el Estado de México, Baja California Sur y Ciudad de México.
Por lo anterior, es necesario tomar las medidas contundentes que solucionen la raíz de los problemas.
Como legisladora federal del distrito 17 de la denominada quinta zona de Ecatepec, la región con mayor problemática de desabasto de agua, considero fundamental proponer iniciativas que beneficien a la población y, no solo en cuanto, pues la carencia del agua en red se ha vuelto una de las causas de empobrecimiento de nuestros habitantes.
Esto no puede seguir sucediendo, no es factible ni permisible que se lucre con la necesidad de la gente, más cuando hoy por hoy nos encontramos en un desabasto histórico del vital líquido.
Por ello se propone esta iniciativa que tiene como objetivo reformar el Código Penal Federal para adicionar el Capítulo VI denominado Delitos contra el Servicio Público del Agua Potable, a fin de tipificar la extracción, distribución, almacenamiento del agua, cuando no se cuente con los permisos, licencias y concesiones respectivas.
Debemos procurar que el agua, a través de mecanismos legales, se garantice el acceso a este derecho humano consagrado en el artículo 4o. constitucional y en tratados internacionales...
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Le pido que vaya concluyendo, diputada, por favor.
La diputada María Guadalupe Román Ávila:...pues el agua es vinculante para preservar otros derechos humanos. Concluyo, presidenta. El agua es vital para el uso personal y es necesario para la producción de la higiene, incluso para la vida misma. Compañeras y compañeros, pueblo de México, nos alcanzó el día cero y hoy es una realidad. Porque el acceso al agua es un derecho humano, no es negocio de unos cuantos.
Confiamos plenamente que la doctora Claudia Sheinbaum, con la construcción del segundo piso de la cuarta transformación dará seguimiento a...
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Concluya, diputada, por favor.
La diputada María Guadalupe Román Ávila: ...esta lamentable problemática. Es cuanto. Viva Morena. Viva Claudia Sheinbaum. Gracias, es cuanto.
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de aumento de penas por comercialización del agua, suscrita por la diputada María Guadalupe Román Ávila y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario de Morena
María Guadalupe Román Ávila, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones al Código Penal Federal, conforme a la siguiente
Exposición de MotivosEl planeta es abundante en recursos naturales, siendo el agua el más importante ya que es esencial, en primera instancia, para el sostenimiento y la reproducción de la vida en nuestro planeta, así como para el desarrollo de la sociedad, la economía y la prosperidad de las Naciones ya que este recurso natural también es necesario para desarrollar distintas actividades humanas como generar energía, producir alimentos y la producción de combustibles, entre otras.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Agua (Conagua), en su “Numeral A 2022”, hay mil 386 billones de hectómetros cúbicos de agua en el planeta, de la cual es dulce únicamente 0.77 por ciento; es decir, asequible para el ser humano. El mismo documento señala que el mayor uso a escala mundial de esta agua es el agrícola, el cual cuenta con 70 por ciento del agua empleada. La Organización Mundial de la Salud señala que, a escala global, 3 de cada 10 personas no tienen acceso a agua potable.
Dada la importancia que tiene el agua, tanto para la supervivencia de la vida en el mundo como para el desarrollo del ser humano, el derecho al agua ha sido reconocido a escala internacional como un derecho humano indispensable en instrumentos internacionales como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el cual establece en la observación general número 15, adoptada en noviembre de 2002, que “el derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para realizar otros derechos humanos”. Posteriormente, en julio de 2010, la ONU, a través de su Asamblea General reconoció en la resolución número 64/292 que el “agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos”.
El planeta es vasto en recursos naturales. Y el país también lo es: de acuerdo con la Conagua, cuenta con 461 mil 640 millones de metros cúbicos de agua renovable, lo que equivale a llenar todo el país con 23.5 centímetros de agua. Además, la misma comisión señala que, de cada 100 litros de lluvia, 71.70 regresan a la atmósfera, 21.99 escurren por ríos y arroyos y 6.31 se filtran en acuíferos. Respecto al uso del agua, de cada 100 litros 75 son empleados en actividades agrícolas, 15 para abastecimiento público, 5.22 para uso industrial y 4.49 para generar energía eléctrica. Por último, la Conagua señala que, para el 2020, la cobertura de agua potable es de 96.1 por ciento: 98 por ciento de la población urbana cuenta con agua entubada, mientras que para la población rural equivale a 89.1.
Dada la importancia que el agua tiene para el país, y estando en concordancia con lo establecido en los instrumentos internacionales en la materia, el Constituyente Permanente estableció en el texto constitucional, con la reforma de 2012, el derecho humano al agua, reconociendo en el párrafo sexto del artículo 4o.: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible...” Sin embargo, hasta los artículos 27 y 115 constitucionales no encontramos el fundamento de su regulación secundaria.
En primer lugar, el artículo 27 dispone la propiedad de los cuerpos de agua, así como la posibilidad de delegar su aprovechamiento al establecer en su primer párrafo que “La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada”. En el párrafo sexto se establece: “El dominio de la nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes...” En segundo lugar, la propia Constitución federal establece en el artículo 115, la potestad de que tienen los municipios de prestar los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, como establece el inciso a) de la fracción III.
Del texto constitucional, principalmente respecto de lo dispuesto en el artículo 27, Ley Nacional de Aguas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 1992, establece faltas relacionadas con la explotación ilícita del agua y que pueden sancionarse administrativamente, las cuales están contenidas en el artículo 119 e incluyen “V. Alterar la infraestructura hidráulica autorizada para la explotación, uso o aprovechamiento del agua, o su operación, sin el permiso correspondiente”; y “VIII. Explotar, usar o aprovechar aguas nacionales sin el título respectivo, cuando así se requiere en los términos de la presente ley”.
Sin embargo, a pesar de las disposiciones legales existentes, en los últimos años, las sequías y la escases de agua en parte del territorio nacional, han provocado la proliferación de actividades ilícitas dedicadas al robo y contrabando del vital líquido, generando el llamado huachicoleo de agua, donde el robo de pozos y perforación de tuberías públicas se ha vuelto cada vez más rentable, al grado de crear un mercado negro que repercute en la vida de miles de personas y que es controlado, incluso, por grupos armados. Estas actividades ilícitas han provocado que se agrave el de-sabasto de agua en muchas ciudades del país, afectando no solo a las viviendas, sino también a escuelas, hospitales y comercios, es decir, a la comunidad en su conjunto.
La palabra huachicoleo se ha relacionado principalmente con el robo de combustibles a través de la ordeña ilegal de ductos. Sin embargo, la conducta ilícita, como se mencionó, también se ha replicado en ductos de agua, por lo que se ha acuñado la frase “huachicoleo de agua”.
Este problema, como se mencionó, no es nuevo. En su momento, la Conagua informó al Poder Legislativo que en 2011 se realizaron 3 mil 346 clausuras por tomas clandestinas. Mientras, durante el periodo 2012-2018 se contabilizaron 2 mil 280, principalmente en Nuevo León, Jalisco y estado de México.
De acuerdo con una investigación periodística de El Economista-Connectas, las ganancias generadas por quienes realizan este tipo de conductas ilícitas pueden alcanzar 162 mil pesos, equivalente a 8 mil 200 dólares estadounidenses mensuales en algunas zonas del país, principalmente en la central. Además, señalan que “desde 2019 y hasta septiembre de 2022 se habían detectado 131 mil 603 tomas clandestinas en ductos de agua públicos en 239 municipios de México. Lo anterior, con base en datos obtenidos de más de 2 mil 300 solicitudes de información interpuestas a municipios, organismos locales de agua y fiscalías estatales”, siendo los estados de Aguascalientes, el estado de México y Nayarit los que reportaron un mayor número de tomas ilegales.
La misma investigación dio cuenta de que, en ese periodo, 8 fiscalías estatales habían abierto en su conjunto 96 carpetas de investigación sin que hubiera registros de sentencias hasta la misma fecha, siendo Chihuahua y Baja California las entidades con mayor número, con 57 y 18 respectivamente. Les siguen el estado de México con 7, Baja California Sur con 6 y Ciudad de México con 5 carpetas de investigación.
Tan sólo en Ecatepec, México, se hurtan alrededor de 1 millón de litros de agua, según estimaciones del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del municipio, lo que ha representado un negocio de más de mil millones de pesos para quienes roban y comercializan el vital líquido.
Por lo anterior, ante la falta de legislación penal en la materia, se vuelve indispensable tipificar dichas prácticas ilícitas, que van desde el sabotaje a la infraestructura hídrica hasta la venta, con el fin de preservar este recurso vital para la sociedad y salvaguardar el derecho al agua de toda la ciudadanía.
De esa manera, se propone reformar el Código Penal Federal para adicionar el capítulo VI, “Delitos contra el servicio público del agua potable”, al título sexto, “Delitos contra la autoridad”, del libro segundo, a fin de tipificar la extracción, distribución y almacenamiento de agua potable cuando no se cuente con los permisos, las licencias o las concesiones respectivos.
Anexo el cuadro comparativo correspondiente a fin de ilustrar el contenido de la presente propuesta:
Por lo anterior se propone ante esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal.
Único. Se adiciona el capítulo VI, “Delitos contra el Servicio de Agua Potable”, con los artículos 192 Bis a 192 Septies, al título sexto, “Delitos contra la autoridad”, del libro segundo del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Libro Segundo Título SextoDelitos contra la Autoridad Capítulo VIDelitos contra el Servicio Público del Agua PotableArtículo 192 Bis. Se aplicará la pena de dos a seis años de prisión y multa de cincuenta a doscientos distribuya o suministre agua potable a través de pipa u otro medio de almacenamiento, sin contar con el permiso de distribución o la evaluación correspondiente, expedidos por la autoridad competente, con la finalidad de obtener un beneficio económico.
Artículo 192 Ter. Se aplicará pena de uno a tres años de prisión y de veinticinco a cien días multa a quien extraiga u obtenga agua de una fuente de abastecimiento diversa de la autorizada.
Artículo 192 Quáter. Se aplicará la pena de dos a seis años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa a quien, sin causa justificada altere, impida o restrinja de cualquier forma el flujo de agua destinado al suministro de los usuarios de dicho servicio.
Artículo 192 Quinquies. Se aplicará la pena de dos a seis años de prisión y de cien a quinientos días multa a quien, sin autorización, concesión, licencia o permiso expedido por la autoridad competente, sustraiga o se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, independientemente del uso que se le destine.
Artículo 192 Sexies. Se aplicará la pena de dos a cuatro años de prisión y de ciento cincuenta a trescientos días multa al propietario, arrendatario, poseedor, detentador o a quien se ostente como tal de algún predio donde exista una toma que sustraiga o se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica.
Artículo 192 Septies. Cuando las conductas establecidas en el presente capítulo fuesen cometidas por persona servidora pública, las penas se incrementarán hasta en una mitad, sin perjuicio de las sanciones que procedan por la responsabilidad administrativa en la que incurran.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Conagua. “Numeragua 2022”, 2022. Consultado en
https://sina.conagua.gob.mx/publicaciones/Numeragua_2022.pdf
2 Zenzes, Alexandra. El Sol de México, “Derecho humano al agua”, 1 de julio de 2021. Consultado en
https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/derecho-humano-al-agua -6910136.html
3 ONU. Consejo Económico y Social. “Cuestiones sustantivas que se plantean en la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”. Noviembre de 2002. Consultado en
https://agua.org.mx/wp-content/uploads/2017/06/Observacion-15_de recho_al_agua.pdf
4 ONU. “El derecho humano al agua y al saneamiento”, 7 de febrero de 2014. Consultado en
https://www.un.org/spanish/waterforlifedecade/human_right_to_wat er.shtml
5 Conagua, obra citada.
6 Osorno, Cuauhtémoc. Animal Político. “El ‘aguachicoleo’ en México, el desconocido robo a la nación”, 30 de agosto de 2019. Consultado en
https://www.animalpolitico.com/analisis/invitades/el-aguachicole o-en-mexico-el-desconocido-robo-a-la-nacion
7 Expansión Política. “Huachicoleo de agua: el robo clandestino del líquido”, 14 de junio de 2022. Consultado en
https://politica.expansion.mx/estados/2022/06/14/huachicoleo-de- agua-como-afecta
8 Molina, Héctor; y Rodríguez, Iván. El Economista-Connectas. “Huachicoleros del Agua”. Consultado en
https://www.connectas.org/especiales/huachicoleros-del-agua/
9 Expansión Política, obra citada.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2024.– Diputadas y diputados: María Guadalupe Román Ávila, Alfredo Porras Domínguez, Alma Delia Navarrete Rivera, Alma Griselda Valencia Medina, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Ana Laura Huerta Valdovinos, Ángel Domínguez Escobar, Ángel Miguel Rodríguez Torres, Araceli Ocampo Manzanares, Beatriz Dominga Pérez López, Beatriz Rojas Martínez, Catalina Díaz Vilchis, Celestina Castillo Secundino, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Graciela Sánchez Ortiz, Gustavo Contreras Montes, Irma Juan Carlos, Jaime Humberto Pérez Bernabe, José Miguel de la Cruz Lima, Juan Ángel Bautista Bravo, Karla Estrella Díaz García, Lidia García Anaya, Lidia Pérez Bárcenas, Ma. Cristina Vargas Osnaya, María Isabel Alfaro Morales, María Magdalena Olivia Esquivel Nava, María Sierra Damián, Mario Alberto Torres Escudero, Marisela Garduño Garduño, Martha Robles Ortíz, Noemí Salazar López, Olimpia Tamara Girón Hernández, Otoniel García Montiel, Pedro Sergio Peñaloza Pérez, Steve Esteban del Razo Montiel, Susana Cano González, Susana Prieto Terrazas, Verónica Collado Crisolia, Víctor Gabriel Varela López, Yolis Jiménez Ramírez (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Sí, la diputada Maricela Garduño, ¿con qué objeto, diputada?
La diputada Marisela Garduño Garduño (desde la curul): Diputada presidente, solo para preguntarle a mi compañera Guadalupe Román, si me permite suscribirme a su iniciativa. Es cuanto.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputada. Les pediría a todos, las y los diputados que estén interesados en suscribir la iniciativa, si la diputada está de acuerdo, pasen a la Secretaría a hacer la firma que corresponde. Gracias.
Diputado, por favor, ¿con qué objeto? Adelante, por favor, si es tan amable. Para continuar con el desahogo del orden del día.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Salud.
El diputado Steve Esteban del Razo Montiel:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
El diputado Steve Esteban del Razo Montiel: Compañeras y compañeros diputados, según un informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, desde 1962 ha habido más de 111 mil personas desparecidas en el país. Además hay, aproximadamente, 52 mil cuerpos o restos humanos sin identificar. Estas cifras son alarmantes y reflejan una crisis humanitaria que requiere atención inmediata.
La falta de identificación de cadáveres y la desaparición de personas son problemas interconectados. La falta de identificación de cadáveres dificulta la búsqueda de personas desaparecidas y hace que sea difícil para las familias obtener justicia y cerrar el duelo.
Además, la falta de identificación de cadáveres puede llevar a la impunidad por falta de castigo a los perpetradores. La desaparición de personas y la falta de identificación de cadáveres son problemas complejos que requieren soluciones integrales. Es necesario que las autoridades tomen medidas para mejorar la capacidad de los servicios forenses para identificar a las personas y para investigar los casos de desaparición.
También es importante que se tomen medidas para prevenir la desaparición de personas en primer lugar, incluyendo la protección de los derechos humanos y la promoción de la seguridad ciudadana.
Sabemos que el sistema forense en nuestro país se ve rebasado como resultado de una herencia de años de gobiernos que lejos de optimizarlo, solamente saquearon a las instituciones y vulneraron su autonomía mediante actos de corrupción.
La limpieza de las instituciones en esta cuarta transformación y la batalla contra la corrupción ha sido y es nuestro compromiso, al igual que lo es el compromiso que tenemos con las familias de las personas desparecidas.
La odontología forense es una herramienta que puede bridarnos no solo respuestas accesibles, sino también inmediatas y que, a través de la iniciativa que propongo del Registro Nacional Odontológico, pueden ser clave para abordar estos problemas y garantizar que las familias de las personas desaparecidas obtengan justicia.
Hoy los exhorto, compañeros, a apoyar el Registro Nacional Odontológico, ayudemos a todos aquellos que no tienen hoy ni a sus familiares ni la certeza de su muerte ni la forma de iniciar el duelo. Ayudemos a los más de 95 mil seres humanos no identificados en nuestro país, a recibir no solo sus ritos funerarios, sino también a regresar a casa y encontrar el descanso con base en sus usos y costumbres y el de sus familiares. Busquemos a través del Registro Nacional Odontológico, hacer una nueva historia, también a legislar en favor del pueblo, por el pueblo, porque somos del pueblo y para el pueblo, es mi compromiso y lo será, hasta que la dignidad se haga costumbre. Es cuanto.
«Iniciativa que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Steve Esteban del Razo Montiel, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVI Ter al artículo 3 de la Ley General de Salud, en materia de registro nacional odontológico para identificación de personas, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos“Según la Organización Internacional de la Policía Criminal (Interpol), el cotejo odontológico es uno de los medios primarios más fiables para la identificación. Sin embargo, necesita de registros adecuados antemortem (AM) para su cotejo con la información postmortem (PM).
La ortodoncia y ortopedia dentomaxilofacial (OOD) es una especialidad odontológica que se utiliza para sus fines, procedimientos y dispositivos de controles periódicos, radiografías y fotografías de calidad. Se presenta una revisión con búsqueda sistemática podemos encontrar: («forensic» AND «identification» AND «orthodontics»), en la literatura científica de artículos que reporten casos en los que los registros ortodóncicos hayan sido exitosos para la identificación forense. De 11 mil 413 documentos fueron incluidos 9 reportes que respondieron al objetivo de búsqueda. Los registros radiográficos y fotográficos fueron los de mayor calidad y disponibilidad.”
En mérito de lo anterior, tenemos un panorama en general de la importancia que tienen no solo la odontología forense en cuanto a lo que se refiere a la identificación de personas en nuestro país, sino también en el papel de vital importancia que juega el motivo principal de la presente iniciativa; el Registro Nacional Odontológico para la Identificación de personas.
Con base en lo que publicó el Statista Research Department, el 15 de octubre de 2023, entre enero de 2006 y septiembre de 2023, se contabilizaron un total de 95 mil 900 personas desaparecidas o no localizadas en México, de los que más de un 70 por ciento son hombres.
Con base en lo que señala el comité de la ONU, en nuestro país es necesario actuar de manera inmediata en la búsqueda, investigación e identificación.
Toda vez que el Comité de las Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada (CED) expresó su seria preocupación por la gravedad de la situación de las desapariciones forzadas en México.
Un dato que llama mucho la atención sin lugar a duda es el hecho de que al 26 de noviembre 2021 95 mil personas estaban registradas oficialmente como desaparecidas en México. Motivo por el cual el Comité urgió a las autoridades mexicanas, en tres puntos básicamente:
1) Localizar rápidamente a las personas desaparecidas;
2) Identificar a las personas fallecidas; y
3) Tomar medidas prontas para investigar todos los casos.
En el mismo documento cabe hacer mención que se destaca la importancia del hecho de que México haya aceptado la visita, ya que es símbolo de apertura del Estado al escrutinio y al apoyo internacionales.
A decir de la ONU: “México también vive una crisis con más de 52,000 cuerpos no identificados de personas fallecidas” .
Y concluyen prácticamente haciendo un exhorto puntual para que se adopten políticas que sean de prevención, acceso a la verdad, la justicia, la reparación integral y garantizar la no repetición.
En épocas en las que la justicia ha sido fuertemente cuestionada socialmente, parte de mi labor se ha enfocado en buscar los mecanismos tendientes y necesarios que brinden certeza a la ciudadanía en este tema, acciones que permitan recuperar la credibilidad en las instituciones que claramente han sido rebasadas por la cantidad de sucesos desafortunados en casos de desaparición y en los lamentables casos de identificación de cadáveres.
Motivo por el cual, la presente iniciativa, ante la necesidad imperiosa de ayudar a la pronta identificación de cadáveres, tiene como objetivo la realización de un Registro Nacional Odontológico (ReNOM), con la finalidad de tener los datos necesarios para realizar un cotejo odontológico antemortem (AM) con la información postmortem (PM) y que ello permita una identificación adecuada del cadáver.
El Registro Nacional Odontológico (ReNOM) deberá ser planteado como una base de datos centralizada y confidencial, con el propósito de registrar y almacenar información dental de los ciudadanos mexicanos para su uso en investigaciones forenses, identificación de personas desaparecidas y cualquier otro asunto relacionado con la odontología forense.
El ReNOM tiene como objetivo primordial contribuir a la identificación efectiva y oportuna de personas en México mediante el análisis de su información dental.
Aunado a ello, dicho registro servirá como una herramienta útil para las autoridades judiciales, instituciones de seguridad pública, organismos de derechos humanos y cualquier entidad autorizada para el acceso a la información.
Para que se lleve a cabo la función del ReNOM, será indispensable que su implementación sea de manera paulatina, que las autoridades sanitarias y forenses de nuestro país trabajen de forma conjunta para proponer las directrices que sean necesarias para su implementación, reglas de operación, protocolos de actuación e implementación. Además de darle el carácter de obligatorio de tal modo que las y los odontólogos y cirujanos dentistas en México están obligados a registrar la información dental de sus pacientes en el ReNOM.
La información que deberá de ser registrada incluirá, entre otros datos relevantes, radiografías, registros de tratamientos dentales, características específicas de la dentadura y cualquier otra información que sea considerada relevante para la identificación de una persona.
Recordemos que cada persona es única y sus características no se repiten, motivo por el cual la identificación de las personas mediante las características que lo hacen único e irrepetible, juega un papel importantísimo.
Determinar la individualidad o identidad de una persona mediante la tipificación de un conjunto de signos que lo diferencian de lo demás, por ejemplo: “Las rugas palatinas son estructuras anatómicas en relieve que se presentan en la porción anterior del paladar, justo por detrás de los dientes anterosuperiores y de la papila incisiva, bilaterales a la línea media. Othani M y col hacen referencia a que este método fue sugerido por primera vez como método identificatorio por Allen en 1889... tales rugas son obtenibles no solo con impresión de la mucosa per se, sino de aparatos protésicos (y por ende afines como los ortopédicos).” (véase figura 1)
La rugoscopia es el método que consiste en la identificación mediante la clasificación de las rugas palatinas por su número, forma tamaño y ubicación. Con base en diversos autores las rugas aparecen desde el tercer mes de gestación y son estructuras que por su ubicación son de las menos afectadas por la descomposición e incineración, motivo por el cual son muy valiosas y aceptadas en la identificación humana.
Según Ohtani M y col., hay 3 situaciones que dificultan la identificación y ellas son las eminencias llanas o pobremente marcadas, cambios en la altura de las rugas y la ausencia de patrones no complejos, pero es posible usar otros elementos como la papila incisiva, forma del rafe medio y torus palatino (de haberlo) para ayudar al proceso. El porcentaje de exactitud se ha reportado en 88 por ciento para Limsons y Julian, 100 por ciento para English y col., ambos citados por Ohtani M y col. y de un 94 por ciento para estos últimos.
La queiloscopia es el estudio, registro y clasificación de los rasgos labiales en donde se considera su forma, grosos, huellas labiales y comisuras.
A principios del siglo XX Fischer, describió que los surcos labiales son permanentes, se recuperan luego de ciertas enfermedades y en tales casos tienden a semejar el de alguno de los padres siendo contributario en pruebas de paternidad. Esta prueba es importante toda vez que a decir de Utsuno H y col., se pueden obtener huellas claras si se toman antes de las 24 horas luego de la muerte, además de señalar que se debe limpiar la boca de residuos y sangre, que servirán como indicios en el momento procesal oportuno.
Por otro lado, los registros dentales y huellas de mordedura son empleados de manera muy importante y significativa en el proceso de identificación de personas, toda vez que bien sea como un fragmento dental o el registro de la relación oclusal de una dentadura y el hecho de que estos sean resistentes al fuego a cambios post mortem entre otros, les confiere un gran valor y a veces son la única manera de identificación en casos de carbonización, putrefacción, etc.
Cabe hacer mención que será importante tener un correcto registro previo, no solo de los estudios radiográficos, sino del peri odontograma y evolución del caso.
Una cuestión importante a precisar es que los registros dentales no solamente son importantes para la identificación de la víctima, sino también pueden ser una herramienta muy útil para identificar al victimario.
Aunado a ello debemos de tener en cuenta el método ocluso gráfico ideado por los doctores León Berman y Víctor Avidad, que consiste en el registro y comparación de mordedura, para lo que se obtiene una fotografía previa de la huella con relación 1: 1. Se recorta el recuadro de cera rosada a la cual se le cubre de grafito y se fija con algún fijado con el objetivo de oscurecer la lámina. Seguidamente se reblandece y se impresionan las arcadas del presunto hasta casi perforar la cera quedando así una superficie transparente en los bordes incisales y superficies oclusales (oclosograma). A esta lámina se le toma una foto con película B/N y se procesa el negativo. Acto seguido se ubica la foto inicial sobre la base de un ampliador fotográfico y se ubica el negativo del oclusagroma en la parte superior móvil del ampliador y se sube o baja hasta que coincida el tamaño, la posición de la forma de la proyección del negativo sobre la foto.
La oclusoradiografía es la técnica es igual hasta la obtención del oclusograma en cera (paso B de la técnica anterior) se abre una placa radiográfica oclusal y sobre esta se ubica el oclusograma, entonces se aplica un destello de luz (puede bastar con un rápido encendido y apagado de la luz), logrando velar la placa quedan las marcas de la mordida y esta radiografía se superpone a la foto de la huella.
Las autoridades competentes deberán revisar de forma puntual todos los datos que deberán incluirse en el ReNOM.
La administración del ReNOM estará a cargo de una entidad designada por la Secretaría de Salud, la cual se encargará de gestionar, actualizar y mantener la base de datos. Se establecerán protocolos de seguridad que garanticen la confidencialidad y protección de la información almacenada.
El acceso a la información del ReNOM estará restringido exclusivamente a instituciones y personas autorizadas, tales como autoridades competentes en materia de seguridad pública, procuración e impartición de justicia, medicina forense y centros especializados en odontología forense.
Uno de los puntos que implicará mayor cuidado en el ReNOM, será el tratamiento de los datos personales contenidos en el mismo, el cual estará sujeto a las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, garantizando así la privacidad y confidencialidad de los datos de los ciudadanos registrados.
Se establecerán sanciones para los odontólogos y cirujanos dentistas que incumplan con la obligación de registrar la información dental de sus pacientes en el ReNOM, así como para cualquier persona que modifique, divulgue o acceda a la información del registro de manera no autorizada.
La Secretaría de Salud será la encargada de emitir las normas y reglamentos necesarios para la implementación y operación del Registro Nacional Odontológico para la Identificación de personas, así como de establecer los plazos y mecanismos para la incorporación progresiva de los datos dentales de los ciudadanos en México.
Coadyuvar con la identificación de personas es el objetivo principal de esta iniciativa, recordemos que todos debemos tener el derecho a ser buscados, pero además identificados y que el destino de los cadáveres que no se encuentran plenamente identificados puede ser diferente, mediante las opciones que proporciona el Registro Nacional Odontológico ReNOM.
La presente iniciativa es una propuesta inicial del Colegio Internacional de Expertos en Prevención de Dispraxis, Cipredis, AC, la cual después se vio robustecida con las aportaciones de diversas instituciones académicas como el Instituto Nacional de Desarrollo Profesional y Humano Indeph, y organizaciones de la sociedad civil como Rescatando Sonrisas felices, AC, y a la que se han adscrito diversos grupos Colegiados como son Colegio Odontológico del Centro de Tlaxcala, AC, quienes han tenido la inquietud de sumar esfuerzos para buscar apoyar para llevar a cabo los actos necesarios para la creación del ReNOM.
Ley General de Salud
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
DecretoÚnico. Se adiciona la fracción XVI Ter al artículo 3 de la Ley General de Salud, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 3. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:
I. a XVI Bis....
XVI Ter. El diseño, la organización, coordinación y vigilancia del Registro Nacional Odontológico para la identificación de personas.
XVII a XXVIII...
TransitoriosPrimero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las autoridades competentes llevarán a cabo las adecuaciones conducentes a las disposiciones reglamentarias para el cumplimiento del presente Decreto.
Notas
1 Vidal — Fonseca (2022), Registros ortodóncicos para la identificación forense: una revisión exploratoria, Revista Española de Medicina Legal Registros ortodóncicos para la identificación forense: una revisión exploratoria | Revista Española de Medicina Legal (elsevier.es)
2 ONU, Comunicado de prensa 2021, 95,000 personas desaparecidas y 52,000 personas fallecidas sin identificar. 95,000 personas desaparecidas y 52,000 personas fallecidas sin identificar | Naciones Unidas en México
3 Idem
4 Grimaldo-Carjevschi Moses, (2010). Rugoscopia, Quelioscopia, oclusografía y Oclusoradiografía como métodos de identificación en odontología forense. Una revisión de la literatura.
5 Ohtani M, Nishida N, Chiba T, Fukuda M, Miyamoto Y, Yoshioka N. (2008) Indication and limitations of using palatal rugae for personal identification in edentulous cases. Forensic Sci. Int.
6 Avidad V. Odontología Forense, las huellas de mordedura humana: evidencia en homicidio y otros delitos contra las personas. Guía de estudio del curso de Odontología Forense de la SVOF, S/F.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputados y diputadas: Steve Esteban del Razo Montiel, Ana Laura Huerta Valdovinos, Ángel Domínguez Escobar, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo, Yolis Jiménez Ramírez (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias diputado. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
LEY DE VIVIENDA
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Continúe la Secretaría con la declaratoria de publicidad de dictámenes.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Vivienda, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 87 de la Ley de Vivienda.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Movilidad, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al artículo 343 Bis del Código Penal Federal.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, LEY DEL REGISTRO PÚBLICO VEHICULAR, LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, Y LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Movilidad, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Registro Público Vehicular, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y de la Ley General de Cambio Climático, en materia de armonización con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. (
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
SE DECLARA EL 19 DE MARZO DE CADA AÑO COMO DÍA DE LA ARTESANA Y EL ARTESANO
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 19 de marzo de cada año, como Día de la Artesana y el Artesano.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción I y el último párrafo del artículo 132 de la Ley del Seguro Social.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Seguridad Social,, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 251 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE TURISMO
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Turismo, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Turismo.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DEL SEGURO SOCIAL Y LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de incorporación al régimen de seguridad social.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DEL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE, Y LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Desarrollo Forestal Sustentable y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Medio Ambiente.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
Una vez cumplido con el requisito de la declaratoria de publicidad, consulte la Secretaría, en votación económica, si autoriza que los dictámenes se sometan a discusión y votación de inmediato.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: En votación económica, se consulta a la asamblea si se autoriza que los dictámenes se sometan a la discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Se autoriza.
DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE LEY O DECRETO LEY
FEDERAL DEL TRABAJO
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: El siguiente punto en el orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo.
Se concede el uso de la palabra a la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, promovente de la iniciativa, hasta por cinco minutos. Adelante, diputada.
La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega: Primeramente, agradezco a las y los diputados integrantes de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, quienes aprobaron un tema de la mayor sensibilidad para las y los trabajadores de México, que aspira a que los centros de trabajo sean lugares de desarrollo e inclusión.
Estoy segura que con este tipo de reformas se refrenda el compromiso social del Poder Legislativo con las y los trabajadores de México. El asunto que hoy nos ocupa consiste en modificar la Ley Federal del Trabajo y adicionar una fracción IX Bis al artículo 423, para establecer que el Reglamento Interior contenga disposiciones a favor de la igualdad y equidad de las personas, siendo un paso firme para erradicar la discriminación.
Al promover la inclusión, con especial énfasis en las personas con discapacidad, indígenas, afromexicanos y pertenecientes a la población de la diversidad sexual garantizamos los derechos humanos. Cifras del Consejo para Prevenir la Discriminación señalan que de 2012 a 2022 49.3 por ciento de las quejas que recibieron fueron por actos de discriminación en los centros laborales. Asimismo, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017, el trabajo es uno de los principales ámbitos donde las personas sufrieron actos de discriminación. Dicho de otra manera, el 25.1 por ciento de estas personas fueron discriminadas por alguna discapacidad, 20.3 por ciento por ser indígenas, 20.0 por ciento por cuestiones religiosas y 17.6 por ciento por el simple hecho de ser mujeres.
Esta iniciativa surgió de reconocer que en los centros de trabajo existen actos de discriminación, no solo de los patrones hacia los trabajadores sino de los propios compañeros de trabajo, y es algo que debemos evitar. De ahí que la propuesta busque que haya normas internas que eviten burlas, mofas o cualquier acto de discriminación.
De acuerdo con el Instituto Mexicano para la Competitividad, el Imco, en México 6 de cada 10 personas LGBTIQ+ consideran que su orientación sexual ha sido un obstáculo para obtener o acceder a un empleo. Y una vez en el ámbito laboral, 70 por ciento de las y los mexicanos LGBTIQ+ dicen no recibir el mismo trato que sus compañeros heterosexuales. Incluso algunos estudios han encontrado que el trato desigual dentro del espacio laboral crea un ambiente hostil que disminuye la productividad de las y los trabajadores e incrementa las probabilidades de renunciar. Esto obstaculiza que las personas LGBTIQ+ gocen de autonomía económica y desarrollen una carrera profesional.
En Michoacán, por ejemplo, Karla Castillo Murillo ha luchado desde hace cuatro años para gozar de sus derechos a la libre identidad y utilizar en lugar de mascadas, corbatas; en lugar de vestidos, pantalones. Ella, con paciencia y esfuerzo, logró que se realizaran capacitaciones en su centro de trabajo. Sin embargo, el caso de Karla se multiplica en muchísimos otros centros laborales.
La reforma que hoy se aprobará tiene el objeto de trabajar día a día la erradicación de la violencia y la discriminación, siendo algo que nos corresponde a todas y a todos. El reglamento interno debe estar encaminado a que las personas se sientan seguras, estables y se empezaría a gestar una cultura de respeto y convivencia en la pluralidad en los centros de trabajo.
Es importante mencionar que algunos establecimientos de trabajo ya han adoptado una política interior de inclusión, pero ello ha quedado en la autorregulación de las empresas, por eso se propone hacerla obligatoria.
En tal virtud, desde el Grupo Parlamentario de Morena avalamos el presente dictamen, porque se trata de un acto de justicia social. Porque en esta cuarta transformación no se deja a nadie atrás ni se deja a nadie afuera. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada. Muy amable.
Se informa a la asamblea que se recibió propuesta de modificación.
Proceda la Secretaría a dar lectura.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Dice: Artículo 423. El Reglamento contendrá:
9o. Bis. Normas para prevenir la discriminación y promover la inclusión de las personas, con particular énfasis en las personas con discapacidad, indígenas y pertenecientes a la población de la diversidad sexual.
Debe decir:
Artículo 423. El Reglamento contendrá:
9o. Bis. Normas para prevenir la discriminación y promover la inclusión de las personas, con particular énfasis en las personas con discapacidad, de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y pertenecientes a la población de la diversidad sexual y de género. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Consulte la Secretaría, en votación económica, si se acepta la propuesta de modificación.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: En votación económica, se consulta a la asamblea si se acepta la propuesta de modificación. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Se acepta. Intégrese al dictamen.
Consulte la Secretaría, en votación económica, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: En votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, muchas gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
Abra la Secretaría el sistema electrónico para votación, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación del dictamen en lo general y en lo particular, con la modificación aceptada por la asamblea.
El secretario diputado Pedro Vázquez González: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para proceder a la votación del dictamen en lo general y en lo particular, con la modificación aceptada por la asamblea.
(Votación)
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Señoras y señores diputados, hay un retraso en la red, por eso es que no se ve reflejado. Van a hacer el refresh que corresponda para que todos puedan votar. En un momento aparecerá ya la pantalla. Les pido unos minutos de paciencia. El equipo técnico está haciendo los ajustes que corresponden.
Estimadas señoras y señores legisladores, tenemos una falla técnica en el tablero norte, como ustedes lo aprecian, pero en sus tabletas en cada una de sus curules, pueden consultar el tablero del pleno y ahí se verá reflejado el sentido de la votación que ya han emitido, entre tanto hacen el ajuste que corresponda en este salón.
Presidencia de la diputada Marcela Guerra Castillo
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: ¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? En sus tabletas pueden ver que el voto procedió. En consecuencia, vamos a seguir. No, no podemos seguir porque no tenemos el total de la votación. Vamos a tener que esperar porque tenemos problemas técnicos.
Le damos la bienvenida al doctor Guido Leonardo Croxatto, abogado argentino, especialista en derechos humanos quien vino a dar una conferencia a nuestro país. Invitado por varias diputadas y diputados de Morena. Bienvenido.
No tenemos tiempo para la solución del problema técnico. Compañeras y compañeros diputados y diputadas, en consecuencia, vamos a levantar la sesión, sin embargo, veo que les entusiasmó muchísimo. Muy bien, bueno, vamos a levantar la sesión, pero, pero, pero, pero, pero, esta Mesa Directiva, a través del equipo técnico se va a comunicar con los enlaces del cada grupo parlamentario para dar el resultado de la votación.
A ver, queremos que la secretaria lo cante, es el último resultado, a favor 394 votos, 0 en contra y 0 abstenciones. Favor de cantarlo, señora secretaria.
La secretaria diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel: Señora presidenta, se emitieron 394 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Solicito al equipo técnico que la votación, el resultado de la misma se publique en la Gaceta Parlamentaria para claridad de las y los diputados.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Honorable asamblea, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que corresponda, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
CLAUSURA Y CITA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo (a las 15:58 horas): Se levanta la sesión y cito para la que tendrá lugar el día de mañana, miércoles 21 de febrero del año en curso, a las 11 horas, en modalidad semipresencial, repito, modalidad semipresencial. El registro de asistencia estará disponible, así lo espero, a partir de las nueve horas, por medio de la aplicación instalada en el teléfono celular de las y los diputados.
––––– O –––––
EFEMÉRIDES RECIBIDAS
«Efeméride con motivo del 19 de febrero, Día del Ejército, suscrita por el diputado Miguel Ángel Torres Rosales, del PRD
Con la venia de la presidencia, cmpañeras y compañeros diputados:
En este día, mediante esta efeméride, se conmemora un aniversario más del Decreto del 22 de marzo de 1950, mediante el cual, el entonces presidente Miguel Alemán Valdés, declaró e instituyó como el "Día del Ejército" al 19 de febrero de cada año.
La historia de esta institución se remonta al Vigésimo Segundo Congreso Constitucional Libre, Independiente y Soberano del estado de Coahuila, que en su decreto 1421 del 19 de febrero de 1913, que desconoció al general Victoriano Huerta y dio facultades a Venustiano Carranza, gobernador del Estado, para crear una fuerza armada y restablecer el orden constitucional.
Así mismo, para el 26 de marzo del mismo año, al proclamarse el Plan de Guadalupe, se le dio nombre al "Ejército Constitucionalista" y una vez que se promulgó la Constitución de 1917, adoptó los nombres de Ejército Nacional Federal y Permanente y más tarde Ejército mexicano.
Las gestas heroicas e historias de honor y valentía del ejército resultan innumerables, su herencia y aportación a la nación queda inscrita en la memoria de nuestra nación, sus antecesores, del Ejército Insurgente, el Ejército Trigarante o el Ejército Nacional, entre otros, siempre serán recordados y honrados por su compromiso y labor, siempre con el claro objetivo de defender el territorio nacional.
La institución que hoy conmemoramos, cuenta con una de las mejores calificaciones entre toda la población, esto sin lugar a dudas producto de su disciplina y compromiso con sus responsabilidades constitucionales, de entre las cuales el auxilio de las autoridades civiles, cuando éstas solicitan el apoyo de las fuerzas armadas, como es el caso de los desastres naturales, representa una labor de altos valores, sentido de la solidaridad y humanismo de esta institución.
Nuestras fuerzas armadas han demostrado tener un valor y respeto por el mando civil que es característico y representativo de esta República democrática que, mediante años de lucha y sacrificio, la sociedad mexicana ha logrado construir.
Hoy en día, en esta actualidad y dentro de este gobierno que ha construido diferentes procesos mediante los cuales, las tareas de las fuerzas armadas se han diversificado a niveles en los que han sustituido a la administración civil, resulta muy importante reconocer que aún hay pendientes.
A pesar de los esfuerzos y de las propuestas desde esta Cámara, debemos reconocer que aún nos queda mucho por hacer para poder aprovechar al máximo lo que las fuerzas armadas están dispuestas a ofrecer a nuestra nación.
Seguiremos pendientes y asumiremos el compromiso de revisar y coadyuvar en el desarrollo y construcción de un sistema de procuración y administración de justicia militar que, hacia el interior de las instituciones armadas, se consagre como un sistema garantista de protección de derechos humanos.
Resulta indispensable el construir un marco legal que dé certeza a las fuerzas armadas, esto, como consecuencia de las múltiples tareas que hoy enfrentan y que los puede colocar en condiciones de vulnerabilidad como ha sucedido en casos en los que, frente a grupos criminales, las fuerzas armadas han tenido que ceder por el bien de sus miembros y la población.
O circunstancias en las que, a falta de un marco de actuación y regulación, las acciones de algunos miembros de las fuerzas armadas, se ven envueltos en actos de corrupción, por omisión o por desconocimiento y lagunas en las leyes, referentes a la operación de acciones para las que éstos no están preparados.
La virtud y patriotismo de nuestras fuerzas armadas producto de la pésima planeación de este gobierno, las pone hoy a realizar acciones que van desde repartir medicamentos y libros, hasta reparar carreteras, circunstancia que sin lugar a dudas realizan con principios y honestidad, pero hacerlo con el ahínco no resultará adecuado, insistimos en que hace falta un marco de regulación y actuación legal, que garantice los derechos humanos de las fuerzas armadas y la población que hoy recibe las múltiples atenciones del ejército.
Es cuanto.
Ciudad de México, a 20 de febrero de 2024.– Diputado Miguel Ángel Torres Rosales (rúbrica).»
RESUMEN DE LOS TRABAJOS
• Tiempo de duración de la sesión: 3 horas 21 minutos
• Quórum a la apertura de la sesión: 347 diputadas y diputados
• Asistencia
• Orden del día
• Acta de la sesión anterior
• Comunicaciones oficiales: 12
• Minuto de silencio: 1
• Solicitudes de licencia: 2
• Toma de protesta: 1
• Intervención desde la tribuna en lengua indígena
• Minutas: 16
• Iniciativa de los senadores: 1
• Efemérides: 3
• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 19
• Minuto de aplausos: 1
• Declaratoria de publicidad de dictámenes: 12
• Dictámenes de ley o decreto a discusión: 1
• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 30
11-Morena, 6-PAN, 5-PRI, 2-PVEM, 2-PT, 2-MC, 2-PRD
DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
VOTACIONES
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo (en lo general y en lo particular)
MORENA
1 Alavez Ruiz, AleidaFavor
2 Alfaro Morales, María IsabelFavor
3 Almazán Burgos, Karla YuritziAusente
4 Almazán Muñoz, Odette NayeriAusente
5 Alvarado Murguía, Rosa MaríaFavor
6 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor
7 Andazola Gómez, Socorro IrmaFavor
8 Antonio Altamirano, CarolFavor
9 Arellano Reyes, Martha NabetseFavor
10 Armendáriz Guerra, Carmen PatriciaFavor
11 Arreola Martínez, Martha AliciaFavor
12 Arriaga Rojas, Justino EugenioAusente
13 Ascencio Ortega, Reyna CelesteFavor
14 Atanacio Luna, RaymundoAusente
15 Ávila Flores, Claudia SeleneFavor
16 Ayala Leyva, Ana ElizabethFavor
17 Aysa Damas, Carlos MiguelFavor
18 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesúsFavor
19 Barajas García, MarthaFavor
20 Barboza Llamas, MaximianoFavor
21 Barrera Puc, Rocío NatalíAusente
22 Barrera Toledo, Jorge AlbertoFavor
23 Batun Chulim, Wilbert AlbertoFavor
24 Bautista Bravo, Juan AngelFavor
25 Bautista Hernández, EstebanFavor
26 Bautista Pelaéz, María del CarmenFavor
27 Bertín Sandoval, Juan IsaíasFavor
28 Blancas Mercado, BrunoAusente
29 Bonilla Herrera, RaquelFavor
30 Borrego Adame, Francisco JavierFavor
31 Briano Borunda, Jesús RobertoFavor
32 Brito Mazariegos, IsmaelFavor
33 Bustamante Castellanos, AdrianaFavor
34 Cabada Alvidrez, Hector ArmandoFavor
35 Camacho Reynoso, Martha AzucenaFavor
36 Candelario Figueroa, Luz AdrianaFavor
37 Cano González, SusanaFavor
38 Cantón Zetina, ÓscarFavor
39 Caro Cabrera, SalvadorFavor
40 Carrazco Macías, OlegariaFavor
41 Carrillo Cubillas, Mario MiguelFavor
42 Carvajal Hidalgo, AlejandroFavor
43 Castellanos Polanco, FavioFavor
44 Castillo Secundino, CelestinaFavor
45 Chapman Moreno, Manuel GuillermoFavor
46 Chávez Rojas, Olga LeticiaFavor
47 Chávez Treviño, AndreaFavor
48 Chavira de la Rosa, María GuadalupeFavor
49 Cisneros Luján, Angélica IvonneFavor
50 Collado Crisolia, VerónicaFavor
51 Contreras Castillo, ArmandoFavor
52 Contreras García, JanicieFavor
53 Contreras Montes, GustavoFavor
54 Corona Arvizu, ArmandoFavor
55 Coutiño Gutiérrez, LeonorFavor
56 Cruz Santos, Flora TaniaFavor
57 De la Cruz Lima, José MiguelFavor
58 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaAusente
59 Del Razo Montiel, Steve EstebanFavor
60 Diaz García, Karla EstrellaFavor
61 Díaz Vilchis, CatalinaFavor
62 Domínguez Escobar, AngelFavor
63 Domínguez Flores, RosalindaFavor
64 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelFavor
65 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor
66 Espinoza López, BrendaFavor
67 Esquivel Nava, María Magdalena OliviaFavor
68 Flores Pacheco, José LuisFavor
69 Flores Sanchéz, Marco AntonioFavor
70 García Almaguer, HamletFavor
71 García Anaya, LidiaFavor
72 García García, José AntonioFavor
73 García Montiel, OtonielFavor
74 García Moreno, María ClementeFavor
75 García Sandoval, ZeusFavor
76 García Segura, MarisolFavor
77 Girón Hernández, Olimpia TamaraFavor
78 Godoy Rangel, LeonelFavor
79 González Cruz, Alfredo AurelioFavor
80 González Hernández, Alma AnahíFavor
81 González Robledo, ErasmoFavor
82 Guerra Mena, JuanitaFavor
83 Guerrero Márquez, AntolínFavor
84 Guillen Montoya, Limbergh UlisesFavor
85 Gutiérrez Camacho, Oscar EugenioAusente
86 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor
87 Gutiérrez Luna, Sergio CarlosAusente
88 Hernández Espejo, RosaFavor
89 Hernández Hernández, SaúlFavor
90 Hernández Pérez, César AgustínFavor
91 Hernández Pérez, María EugeniaFavor
92 Hernández Ruedas, Bennelly JocabethFavor
93 Hernández Sáenz, Claudia AlejandraFavor
94 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor
95 Hernández Villalpando, RafaelFavor
96 Hernández Villanueva, RocíoFavor
97 Herrera Villavicencio, MónicaFavor
98 Huerta Jurado, JavierAusente
99 Jarero Velázquez, Miguel PavelFavor
100 Jiménez Ramírez, YolisFavor
101 Juan Carlos, IrmaFavor
102 Lameiro Meza, Felipe IgnacioFavor
103 Llergo Latournerie, Mario RafaelFavor
104 López Guadarrama, CarlosFavor
105 Luevano Luna, SalmaFavor
106 Manzo Rodríguez, Carlos AlbertoFavor
107 Marín Díaz, FernandoFavor
108 Márquez Alkadef Cortes, CeciliaFavor
109 Martínez Díaz, Esther BereniceAusente
110 Martínez Espinoza, GabrielaFavor
111 Martínez Lopez, JaimeFavor
112 Maya Martínez, HirepanFavor
113 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
114 Méndez Denis, LorenaAusente
115 Mendoza Álvarez, Mayra AliciaFavor
116 Merlín García, María del RosarioFavor
117 Mier Velazco, Moisés IgnacioFavor
118 Morales Miranda, Flor IvoneFavor
119 Morales Romero, Martha RosaAusente
120 Moreno Guerra, EvangelinaAusente
121 Moreno Rivera, Julio CésarFavor
122 Muñoz Álvarez, Rubén GregorioFavor
123 Murguía Lardizábal, DanielFavor
124 Narro Panameño, Blanca AraceliFavor
125 Navarrete Rivera, Alma DeliaFavor
126 Navarro Conkle, Sandra LuzFavor
127 Noriega Romero, CarlosFavor
128 Obrador Narváez, Manuela del CarmenFavor
129 Ocampo Manzanares, AraceliFavor
130 Ochoa Fernández, CuauhtémocFavor
131 Olua González, Yessenia LeticiaFavor
132 Ortega Fonseca, Pedro DavidFavor
133 Ortiz Tejeda, Carlos FranciscoAusente
134 Pacheco Marrufo, Rommel AghmedFavor
135 Pani Barragán, AlejandraFavor
136 Parra Juárez, InésAusente
137 Peña Escalante, Rosangela AmairanyFavor
138 Peñaloza Pérez, Pedro SergioFavor
139 Pérez Bárcenas, LidiaFavor
140 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor
141 Pérez Garibay, Marco AntonioFavor
142 Pérez Gutiérrez, Blanca CarolinaFavor
143 Pérez López, Beatriz DomingaFavor
144 Pérez Navarrete, Miguel ÁngelFavor
145 Pérez Segura, Laura ImeldaFavor
146 Polevnsky Gurwitz, YeidckolFavor
147 Porras Domínguez, AlfredoFavor
148 Prado de los Santos, MiguelFavor
149 Prieto Terrazas, SusanaAusente
150 Rabelo Estrada, Karla MaríaAusente
151 Ramírez Padilla, Julieta AndreaAusente
152 Ramiro Alejo, BrendaFavor
153 Reyes Carmona, EmmanuelAusente
154 Reyes López, ValentínAusente
155 Reyes Silva, María del RosarioFavor
156 Rincón Chanona, SoniaFavor
157 Ríos Cheno, BernardoFavor
158 Ritter Ocampo, Klaus UweFavor
159 Robledo Ruiz, Juan RamiroAusente
160 Robles Gómez, Manuel AlejandroFavor
161 Robles Ortíz, MarthaFavor
162 Rodríguez González, ManuelFavor
163 Rodríguez Torres, Ángel MiguelFavor
164 Rojas Martínez, BeatrizFavor
165 Román Ávila, María GuadalupeFavor
166 Salazar López, NoemiFavor
167 Sánchez Barrios, CarlosAusente
168 Sánchez Ortiz, GracielaAusente
169 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor
170 Sandoval Ballesteros, Pablo AmílcarFavor
171 Sandoval Soto, MartínAusente
172 Santiago Chepi, AzaelFavor
173 Santiago Manuel, IranFavor
174 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor
175 Sibaja Mendoza, Jorge ÁngelFavor
176 Sierra Damián, MariaFavor
177 Silva Hernandez, Dulce MaríaAusente
178 Tanori Córdova, Judith CelinaAusente
179 Tello Espinosa, ClaudiaFavor
180 Tenorio Adame, PaolaFavor
181 Torres Escudero, Mario AlbertoFavor
182 Torres Hernández, AlfredoFavor
183 Torres Navarro, Juan GuadalupeAusente
184 Torruco Garza, MiguelFavor
185 Trinidad Balboa, José JuanAusente
186 Valencia Cruz, RosalbaFavor
187 Valencia Medina, Alma GriseldaFavor
188 Varela López, Víctor GabrielFavor
189 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor
190 Vargas Osnaya, Ma. CristinaFavor
191 Vázquez Álvarez, Brianda AuroraFavor
192 Vázquez Arellano, ManuelFavor
193 Vences Valencia, Julieta KristalFavor
194 Vidal Benavides, FaustinoFavor
195 Vigil Hernández, Elva AgustinaFavor
196 Villa Villegas, AlbertoFavor
197 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor
198 Villegas Sanchez, MeraryFavor
199 Zamora Valdez, CasimiroFavor
200 Zebadua Alva, JoaquínFavor
201 Zúñiga Cuevas, María del CarmenFavor
Favor: 172
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 29
Total: 201
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
1 Aguilar Coronado, Marco HumbertoFavor
2 Ahedo Bárcenas, Laura PatriciaFavor
3 Alcantar Ortega, SalvadorFavor
4 Almaraz Smer, Oscar de JesúsFavor
5 Almendariz Puppo, Marco AntonioFavor
6 Álvarez Hernández, Daniela SorayaFavor
7 Aranda Orozco, Ana TeresaFavor
8 Azar Figueroa, Anuar RobertoFavor
9 Azuara Zúñiga, XavierAusente
10 Báez Guerrero, Jose LuisFavor
11 Balderas Hernández, Itzel JosefinaAusente
12 Balderas Trejo, Ana MaríaFavor
13 Beauregard Martínez, CarolinaFavor
14 Bolio Pinelo, Kathia MaríaAusente
15 Campuzano González, Gina GerardinaAusente
16 Castell de Oro Palacios, María TeresaAusente
17 Castillo Olivares, Héctor IsraelFavor
18 Castrellón Garza, Francisco JavierAusente
19 Chale Cauich, Sergio EnrriqueFavor
20 Cifuentes Negrete, RománFavor
21 Compeán Fernández, EliseoAusente
22 Contreras Duarte, Laura PatriciaFavor
23 Cordero González, Wendy MaricelaFavor
24 Díaz Villalón, Erika de los ÁngelesFavor
25 Escudero Fabre, María del CarmenFavor
26 Espadas Galván, Jorge ArturoFavor
27 Felipe Torres, Joanna AlejandraFavor
28 Galarza Castro, YeseniaFavor
29 Gamboa Torales, María JosefinaAusente
30 García Velasco, AnabeyAusente
31 Garza Treviño, PedroFavor
32 Godínez del Río, EnriqueFavor
33 Gómez Cárdenas, Annia SarahíFavor
34 Gómez del Campo Gurza, MarianaAusente
35 González Alonso, Carmen RocíoFavor
36 González Azcárraga, Rosa MariaFavor
37 González Cruz, Karla VeronicaFavor
38 González Márquez, Karen MichelFavor
39 González Urrutia, WendyFavor
40 González Zepeda, JavierFavor
41 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesFavor
42 Gutiérrez Valtierra, Diana EstefaníaFavor
43 Huerta Ling, Guillermo OctavioAusente
44 Huerta Villegas, GenovevaFavor
45 Inzunza Armas, Jorge ErnestoFavor
46 Jiménez Angulo, Julia LicetAusente
47 Juárez Navarrete, BereniceFavor
48 Lara Carreón, Diana María TeresaFavor
49 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor
50 López Sosa, MarielaFavor
51 Loyola Vera, IgnacioFavor
52 Luna Ayala, Noemi BereniceFavor
53 Macías Olvera, Felipe FernandoAusente
54 Macías Zambrano, GustavoFavor
55 Madrazo Limón, CarlosFavor
56 Mancillas Cabrera, MarianaAusente
57 Mandujano Tinajero, EstherFavor
58 Martínez López, Paulo GonzaloAusente
59 Mata Atilano, NoelAusente
60 Mata Lozano, LizbethFavor
61 Maturino Manzanera, Juan CarlosFavor
62 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoFavor
63 Monraz Ibarra, Miguel AngelFavor
64 Montes Estrada, BereniceAusente
65 Murillo Manríquez, SoniaAusente
66 Núñez Cerón, SaraiFavor
67 Núñez Meneses, Ali SayuriFavor
68 Olvera Coronel, Lilia CaritinaFavor
69 Olvera Higuera, Claudia GabrielaFavor
70 Oranday Aguirre, Nora ElvaAusente
71 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor
72 Peña Flores, GerardoAusente
73 Pérez Díaz, Víctor ManuelFavor
74 Pérez-Jaén Zermeño, María ElenaFavor
75 Quadri de la Torre, Gabriel RicardoAusente
76 Quintana Martínez, Carlos HumbertoFavor
77 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor
78 Ramos Juárez, AdelaFavor
79 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
80 Riestra Piña, Mario GerardoAusente
81 Rivera Gutiérrez, RiultFavor
82 Rocha Acosta, SoniaAusente
83 Rodarte de Lara, Miguel HumbertoFavor
84 Rodríguez Vallejo, Alma CristinaFavor
85 Romero Herrera, JorgeFavor
86 Romero Hicks, Juan CarlosFavor
87 Romero Velázquez, Krishna KarinaFavor
88 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor
89 Rubio Fernández, PaulinaFavor
90 Salgado Almaguer, PedroFavor
91 Sánchez Velázquez, Ana LauraAusente
92 Sánchez Zepeda, RodrigoFavor
93 Serrato Castell, Luis GerardoAusente
94 Solorzano Gallego, MarciaFavor
95 Tejeda Cid, ArmandoFavor
96 Téllez Hernández, Héctor SaúlAusente
97 Terrazas Baca, PatriciaFavor
98 Tinajero Robles, DesiderioFavor
99 Torreblanca Engell, SantiagoFavor
100 Torres Graciano, FernandoFavor
101 Tovar Vargas, José SalvadorFavor
102 Triana Tena, JorgeFavor
103 Valenzuela Corral, RobertoFavor
104 Valenzuela González, Carlos AlbertoAusente
105 Valenzuela Sánchez, Ana LauraFavor
106 Varela Pinedo, Miguel ÁngelFavor
107 Verástegui Ostos, Vicente JavierAusente
108 Villarreal García, RicardoAusente
109 Villaseñor Cicero, Eduardo IsraelFavor
110 Zapata Meraz, José AntonioFavor
111 Zavala Gómez del Campo, Margarita EsterFavor
112 Zepeda Martínez, LeticiaFavor
Favor: 83
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 29
Total: 112
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, YericoFavor
2 Aceves García, Norma AngélicaFavor
3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
4 Aguilar Castillo, RicardoFavor
5 Aguilar Cifuentes, Yeimi YazmínFavor
6 Aguirre Maldonado, María de JesúsFavor
7 Alcalá Ruiz, Blanca María del SocorroFavor
8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor
9 Angulo Briceño, Pablo GuillermoAusente
10 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor
11 Arguijo Hernández, TeodoroFavor
12 Ayala Villalobos, KarlaFavor
13 Azuara Yarzábal, FrinnéFavor
14 Barrera Fortoul, LauraFavor
15 Barrón Perales, Karina MarlenFavor
16 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
17 Bueno Zertuche, JaimeFavor
18 Camarena Jáuregui, María del RefugioFavor
19 Campos Huirache, AdrianaAusente
20 Cantú Ramírez, Andrés MauricioFavor
21 Cárdenas Monroy, Óscar GustavoFavor
22 Cardona Ortiz, Alma PatriciaAusente
23 Carvajal Isunza, SofiaFavor
24 Casique Zarate, JavierAusente
25 Castellanos Ramírez, AlanFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
27 Dávila Ramírez, CarolinaFavor
28 Díaz Tejeda Nelida, Ivonne SabrinaFavor
29 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor
30 Fuentes Ávila, RodrigoAusente
31 Gamboa Miner, PabloFavor
32 Garza Ochoa, José LuisAusente
33 Gómez Villanueva, AugustoAusente
34 González Aguirre, MarianoAusente
35 González Zirión, XavierFavor
36 Guajardo Villarreal, IldefonsoFavor
37 Guerra Castillo, MarcelaFavor
38 Guerrero Esquivel Fuensanta, GuadalupeFavor
39 Gutiérrez Jardón, José AntonioFavor
40 Haro Ramírez, Laura LorenaAusente
41 Hernández Deras, Ismael AlfredoAusente
42 Hernández Pérez, Johana MontcerratFavor
43 Hernández Zetina, HiramAusente
44 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor
45 Iriarte Mercado, CarlosAusente
46 Jaimes Albarrán, JazmínFavor
47 Jiménez Aquino, Lázaro CuauhtémocFavor
48 López Castro, Cynthia IlianaAusente
49 López García, Roberto CarlosFavor
50 Medina Ramírez, TeresoFavor
51 Mendoza Bustamante, Marco AntonioFavor
52 Moreira Valdez, Rubén IgnacioFavor
53 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
54 Murat Hinojosa, Eduardo EnriqueFavor
55 Nassar Piñeyro, Mariana ErandiFavor
56 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor
57 Peraza Ramírez, Mario XavierAusente
58 Piñón Rivera, LorenaFavor
59 Rodríguez Muñoz, ReynelFavor
60 Rubio Beltrán, AlejandroFavor
61 Ruiz Sandoval, CristinaAusente
62 Sámano Peralta, MiguelFavor
63 Sánchez Escobedo, María JoséFavor
64 Sánchez Ramos, PalomaAusente
65 Serrano Maldonado, Ma. ElenaFavor
66 Treviño Badillo, Norma GracielaFavor
67 Vargas Camacho, Melissa EstefaníaFavor
68 Vargas Rodríguez, SayonaraFavor
69 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor
70 Villaseñor Dávila, Maribel GuadalupeFavor
71 Zarzosa Sánchez, EduardoFavor
Favor: 54
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 17
Total: 71
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1 Aguilar Piña, Kevin ÁngeloFavor
2 Alcalá Izguerra, María JoséFavor
3 Buenrostro Martínez, José GuadalupeFavor
4 Bugarin Rodríguez, Jasmine MaríaAusente
5 Carrillo Soberanis, Juan LuisFavor
6 Castrejón Trujillo, KarenFavor
7 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
8 Cruz Peláez, Fatima AlmendraFavor
9 Delgadillo González, ClaudiaAusente
10 Domínguez Zopiyactle, Itzel AlelíAusente
11 Estefan Gillessen, José AntonioFavor
12 Fernández Cruz, Nayeli ArlenAusente
13 Gallardo García, FaustoFavor
14 Gómez Betancourt, Armando AntonioFavor
15 Gonzalez Cruz, Luis ArturoAusente
16 González Lima, JuanFavor
17 Hernández Villafuerte, GilbertoFavor
18 Huerta Valdovinos, Ana LauraFavor
19 Llaven Abarca, Jorge LuisAusente
20 López Casarín, Javier JoaquínAusente
21 Martínez Bravo, Luis AlbertoFavor
22 Melgar Bravo, Luis ArmandoAusente
23 Mendoza Díaz, SoniaFavor
24 Montemayor Castillo, SantyAusente
25 Montes de Oca Avendaño, Juan PabloFavor
26 Monzón García, EuniceFavor
27 Natale Gutiérrez, Marco AntonioFavor
28 Natale López, Juan CarlosFavor
29 Navarrete Navarro, Consuelo del CarmenFavor
30 Navarro Muñiz, Juan ManuelAusente
31 Palacios Díaz, Luis EdgardoFavor
32 Peña Martínez, AngélicaFavor
33 Pinete Vargas, María del CarmenFavor
34 Puente Salas, Carlos AlbertoFavor
35 Quijano Tapia, Janine PatriciaFavor
36 Rubio Montejo, Roberto AntonioFavor
37 Salomón Durán, Ciria YamileFavor
38 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínAusente
39 Santiago Barrientos, ValeriaAusente
40 Segovia Hernández, Roberto AlejandroFavor
Favor: 28
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 12
Total: 40
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Aguilar López, José AlejandroFavor
3 Alcántara Martínez, LeobardoFavor
4 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
5 Baltierra García, JaimeFavor
6 Bernal Camarena, Ana LauraFavor
7 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor
8 Celestino Rosas, AraceliFavor
9 Espinosa Ramos, Francisco AmadeoFavor
10 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor
11 Femat Bañuelos, AlfredoFavor
12 Fernández Noroña, José Gerardo RodolfoFavor
13 Garay Loredo, Irma YordanaFavor
14 García García, MargaritaFavor
15 García Hernández, Jesús FernandoFavor
16 Garduño Garduño, MariselaFavor
17 Maceda Carrera, NellyFavor
18 Martínez Romano, EstherFavor
19 Martínez Ruiz, MaribelFavor
20 Martínez Ventura, Luis EnriqueFavor
21 Moreno Hernández, Brigido RamiroAusente
22 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
23 Ortiz Rodríguez, Jorge ArmandoFavor
24 Páez Guereca, María de JesúsFavor
25 Reyes Ledesma, ArmandoAusente
26 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor
27 Rojo Pimentel, Ana KarinaFavor
28 Rosete Sánchez, María de JesúsFavor
29 Sandoval Flores, ReginaldoFavor
30 Vázquez García, DioniciaFavor
31 Vázquez González, PedroFavor
32 Vázquez Romero, Shirley GuadalupeFavor
33 Wences Real, VictorianoFavor
Favor: 31
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 33
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Adams Pereyra, Olga ZulemaFavor
2 Aguado Romero, PaulinaFavor
3 Álvarez Máynez, JorgeFavor
4 Álvarez Solis, Maria AsenciónAusente
5 Armentía López, PedroFavor
6 Banquells Núñez, María del RocíoFavor
7 Barrera Sepúlveda, SergioFavor
8 Castañeda González, Omar EnriqueFavor
9 Chávez Pérez, Maria LeticiaFavor
10 De la Garza Garza, Arturo BonifacioFavor
11 Delgado Ventura, Pablo GilFavor
12 Flores Gómez, MirzaFavor
13 García Medina, Amalia DoloresFavor
14 Garza Marín, José MauroAusente
15 Herrera Vega, Manuel JesúsFavor
16 Jiménez Canale, ÁlvaroFavor
17 Limón García, María ElenaAusente
18 López Ochoa Mijares, BraulioFavor
19 Martínez Cosío, Elvia YolandaFavor
20 Mejía Ibáñez, JulietaAusente
21 Moguel Ballado, Oscar OctavioFavor
22 Ochoa Mejía, Ma. Teresa RosauraFavor
23 Ortega de la Cruz, Jessica María GuadalupeFavor
24 Ortega Pacheco, Ivonne AracellyFavor
25 Pintos Caballero, AndrésFavor
26 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoAusente
27 Rodríguez González, Taygete IrisayFavor
28 Samperio Chaparro, Rodrigo HerminioFavor
Favor: 23
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 28
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
1 Chávez Flores, María MacarenaFavor
2 Chávez Ruiz, HéctorFavor
3 Díaz Acevedo, Edna GiselFavor
4 Garivo Sánchez, Karina IsabelFavor
5 Huacus Esquivel, Francisco JavierAusente
6 Pérez Valdez, ElizabethAusente
7 Prieto Gómez, MauricioFavor
8 Rafael Dircio, FabiolaFavor
9 Rodríguez Sarabia Leslie, EstefaníaAusente
10 Sodi Miranda, Ana Cecilia Luisa Gabriela FernandaFavor
11 Torres Rosales, Miguel AngelFavor
12 Velázquez Flores, Jesús AlbertoAusente
Favor: 8
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 12
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Castañeda Navarrete, MarcelinoFavor
2 Fernández Piña, Laura LynnFavor
3 Espinosa Cházaro, Luis Angel XarielAusente
Favor: 2
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 3