SUMARIO
Del diputado Hugo Manuel Luna Vázquez, de MC, por medio de la cual comunica su reincorporación a sus actividades legislativas a partir de la presente fecha.De enterado. Actualícense los registros parlamentarios
MINUTAS
La Presidencia informa a la Asamblea que, el pasado 5 de diciembre, el Senado de la República remitió tres minutas con proyecto de decreto relativas a las leyes secundarias de la reforma constitucional en materia de Poder Judicial, mismas que fueron publicadas en la Gaceta Parlamentaria, y turnadas de inmediato a comisión. La Presidencia instruye a la Secretaría dar cuenta de los asuntos:
1. Por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.Se turnó a la Comisión de Justicia
2. Por el que se expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación. Se turnó a la Comisión de Justicia
3. Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Se turnó a la Comisión de Justicia
INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES
Del Congreso de Chihuahua, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo vigésimo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía eléctrica. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis, y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo
MINUTO DE SILENCIO
Desde la curul, el diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del PVEM, se expresa respecto a la pérdida irreparable del diputado Benito Aguas Atlahua, del PVEM, y exige que el crimen que lo privó de la vida no quede impune; asimismo, solicita un minuto de silencio en su memoria, el cual se obsequia
El diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva, lamenta el deceso del diputado Benito Aguas Atlahua y expresa sus condolencias a su familia
Para expresar, en nombre propio y de sus respectivas bancadas, sus condolencias y solidaridad a la familia y amigos del diputado Benito Aguas Atlahua, hacen uso de la palabra:
-La diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del PAN
-El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del PT
-El diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, de MC
-La diputada Marcela Guerra Castillo, del PRI
-El diputado Ricardo Monreal Ávila, de Morena, quien durante su intervención invita a brindar un minuto de aplausos en reconocimiento al diputado Aguas Atlahua
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
El diputado Pedro Miguel Haces Barba, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo en hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, en estaciones de servicio de combustibles y otros establecimientos análogos. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
MINUTO DE SILENCIO
Desde la curul, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del PAN, quien solicita un minuto de silencio en memoria de 17 menores de edad que fallecieron por un brote bacteriano en hospitales del Estado de México, principalmente, el cual se obsequia
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 37 y 221 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Desde la curul, la diputada Antares Guadalupe Vázquez Alatorre, de Morena, hace comentarios relativos a diversos menores y personas fallecidas en hospitales del Estado de México, Guanajuato y Michoacán
La diputada Gabriela Benavides Cobos, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
La diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con el propósito de crear un sistema paritario, equitativo y libre de discriminación en el servicio exterior mexicano, en materia de derechos humanos y no discriminación. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen
La diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
DECLARATORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL
La Presidencia instruye a la Secretaría, dar cuenta con la comunicación de la Cámara de Senadores por la que remite proyecto de declaratoria de reforma constitucional. La Secretaría da lectura
En consecuencia, la Presidencia instruye a la Secretaría realizar el cómputo correspondiente de los votos aprobatorios de las legislaturas de las entidades federativas, con relación al proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica. La Secretaría manifiesta que han sido recibidos 21 votos aprobatorios
La Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 constitucional, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformadas, adicionadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales
En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria
ASISTENCIA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Solicito a la Secretaría informe el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se informa a la Presidencia que se tienen registrados 310 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum, presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (10: 43 horas): Se abre la sesión ordinaria del martes 10 de diciembre de 2024, en modalidad presencial.
ORDEN DEL DÍA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: El orden del día se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas de las curules.
«Primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.
Orden del día
Martes 10 de diciembre de 2024
Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
Reincorporación de diputado
Minutas
Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Iniciativa del Congreso del Estado de Chihuahua
Con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo vigésimo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía eléctrica.
Acuerdo de los órganos de gobierno
Declaratoria de reforma constitucional
Del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de simplificación orgánica.
Declaratoria de publicidad de dictámenes
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo.
Iniciativas
Que adiciona el artículo 6o. y reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Joaquín Zebadúa Alva, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 15 y 154 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 69, 72 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Héctor Saúl Téllez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 37 y 221 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 132, 133 y 423 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Amancay González Franco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Alfredo Lozoya Santillán, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley del Seguro Social, en materia de depresión post-parto, suscrita por la diputada Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General del Cáncer, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley General de Salud, en materia de fortalecer la autonomía, el financiamiento de la regulación, control, vigilancia y fomento sanitario que realiza Cofepris, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de enfermedades raras, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 284 Bis al Código Civil Federal, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 16 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Prevención de la Covid-19 y otras Enfermedades Respiratorias, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para garantizar el abasto de medicamentos e insumos para la salud y combatir la corrupción, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de acoso laboral, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 225 del Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos por servidores públicos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 7o. y 14 de la Ley General de Educación, en materia de tecnologías de la información y comunicación, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 5 de marzo de cada año como el Día Nacional del Circo, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para crear el Sistema Judicial de Información Pública Avanzada, a cargo del diputado Roberto Armando Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo tercero transitorio del decreto que reforma el inciso A) de la base II del artículo 41, y el párrafo primero de la fracción VI del apartado A del artículo 123; y se adicionan los párrafos sexto y séptimo al Apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 27 de enero de 2016, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Bienestar, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 95 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 204 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Fiscalía General de la República, en materia de perspectiva de género, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por las diputadas Ana Karina Rojo Pimentel y Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 5o. y 13 de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención culturalmente adecuada, a cargo del diputado Gerardo Olivares Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 35 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de consagrar el derecho de todo ciudadano de participar en la asignación del presupuesto en los tres niveles de gobierno, a cargo del diputado Adrián González Naveda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 27 de la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, a cargo del diputado José Antonio López Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 76 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Damaris Silva Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 64 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley General de Educación y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Roberto Armando Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, para fortalecer las medidas de protección tratándose de delitos cometidos contra menores de edad y mujeres, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 10 de noviembre de cada año Día Nacional de la Mariposa Monarca, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Aniceto Polanco Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 153-M de la Ley Federal del Trabajo, en materia de capacitación y adiestramiento, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Luis Enrique García López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 10 de la Ley de Minería, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 51 Bis y reforma el artículo 61 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prohibición de unidades de autotransporte de carga de doble remolque, suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez, Lorena Piñón Rivera y Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de nuevas masculinidades, a cargo del diputado Ulises Mejía Haro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 10 de la Ley de Educación Naval, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 1o. y 2o. de la Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 53 de la Ley General de Educación, en materia de ciberseguridad, a cargo del diputado Alberto Maldonado Chavarín, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de lenguaje incluyente, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar facultades al congreso de la unión para legislar en materia penal sobre delitos contra los animales, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Aniceto Polanco Morales y diputados integrantes de Morena, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención a las personas recién nacidas prematuras, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 3o. y 7o. de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Homero Ricardo Niño de Rivera Vela y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Ramón Ángel Flores Robles, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona un artículo 395 Bis al Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con el propósito de crear un sistema paritario, equitativo y libre de discriminación en el servicio exterior mexicano, en materia de derechos humanos y no discriminación, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de vacunación, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado Sergio Mayer Bretón, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General de Aguas y abroga la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 389 Ter al Código Penal Federal, en materia de fraude, a cargo del diputado Gilberto Herrera Solórzano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Salud, en materia de prevención de enfermedades no transmisibles, a cargo de la diputada Marcela Velázquez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y de la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de medicamentos adquiridos en farmacias, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 10 y 15 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 6o. y 71 de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado José Antonio López Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona los artículos 3o. y 37 de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Juan Francisco Espinoza Eguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma la fracción III del artículo 65 y la fracción XI del artículo 73, ambos de la Ley General de Salud y la fracción XVI del artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 144 de la Ley del Seguro Social, suscrita por los diputados Mirna María de la Luz Rubio Sánchez y Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de bienestar de personas adultos mayores, a cargo del diputado Gilberto Herrera Solórzano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, en materia de tarifas eléctricas, a cargo del diputado Daniel Andrade Zurutuza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el inciso a) de la fracción II del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de financiamiento público a partidos políticos, a cargo de la diputada Rafaela Vianey García Romero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo a los artículos 183 y 185, se adiciona la fracción IV al artículo 201, se adiciona un párrafo al artículo 202, y se modifica la fracción IX del artículo 467, todos del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de procedimiento abreviado para los casos de feminicidio y violación, suscrita por los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 16 de la Ley de Vivienda, en materia de acceso de los jóvenes a la vivienda, suscrita por la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 12 y 14 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 119 y 120 de la Ley General de Educación, para fortalecer el presupuesto anual de las universidades e instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad pública, a cargo de la diputada Olga Lidia Herrera Natividad, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que deroga el artículo 132 de la Ley del Seguro Social, en materia de discriminación en pensiones por viudez, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de especulación inmobiliaria, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de seguridad pública a nivel federal, con el objetivo de hacer partícipe a la ciudadanía, saber el sentir, las necesidades e implementar acciones, a cargo del diputado Israel Betanzos Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 26, 32 y 44 Bis; se deroga la fracción IX del artículo 41 Bis; y se adiciona el artículo 32 ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por la diputada Gloria Sánchez López y diputadas y diputados de los Grupos Parlamentarios de Morena, del Partido del Trabajo, del Partido Verde Ecologista de México, de Movimiento Ciudadanos y del Partidos Acción Nacional.
Que reforma la fracción XVII y adiciona la fracción XXVII ter al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia y diputadas y diputados de los Grupos Parlamentarios de Morena, del Partido del Trabajo y del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona un artículo 368 Sexies al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Claudia Alejandra Hernández Sáenz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VI del artículo 48 de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 10, 16 y 17 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, a cargo de la diputada Petra Romero Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 138, se reforma el segundo párrafo del artículo 73 y el primer párrafo del artículo 138 de la Ley General de Educación, en materia de atención a la salud mental, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General que Asegura el Respeto y la Implementación de los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción XXX del numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Luis Humberto Aldana Navarro y Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado César Israel Damián Retes y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 171 del Código Penal Federal, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y deroga los artículos 93 y 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de estímulos al sector agropecuario, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
De decreto por el que se declara el 19 de noviembre de cada año como Día Nacional de la Mujer Emprendedora, a cargo de la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia para reconocer al turismo y las actividades ligadas a este como la pesca deportiva-recreativa, a cargo del diputado Luis Armando Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, en materia de igualdad y desarrollo productivo de la mujer rural, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de igualdad de remuneración en la APF, suscrita por las diputadas Patricia Mercado Castro e Iraís Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 64 de la Ley General de Salud, en materia de cambiadores para bebé, a cargo del diputado Raúl Lozano Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 10o. del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo de la diputada Blanca Araceli Narro Panameño, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 3o. y 7o. de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el segundo párrafo del artículo 29, el segundo y tercer párrafo del artículo 99, primer párrafo del artículo 100, el tercer párrafo del artículo 102, el segundo párrafo del artículo 103 y la fracción XV del artículo 115, de la Ley General de Educación, en materia de infraestructura educativa y cuidados ante la exposición solar, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 191 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un numeral al artículo 31 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción III del artículo 14, se reforma los artículos 21, 22, 27, 29, 30 y las fracciones II y IV del artículo 34 y se adiciona el artículo 25 Bis de la Ley de Planeación, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 72 Quáter de la Ley General de Salud y reforma los artículos 7 y 19 de la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia, en materia de salud mental para instituir la psicooncología como una especialidad prioritaria, a cargo de la diputada Nadia Yadira Sepúlveda García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el Titulo Cuarto denominado de la Imagen Institucional, el Capítulo Único Denominado uso de la Imagen Institucional y los artículos 57, 58, 59, 60, 61 y 62 a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma el nombre del Capítulo VII, del Título Décimo Tercero y se adiciona la fracción V al artículo 250 del Código Penal Federal, en materia de imagen gráfica institucional, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal, en materia de igualdad de género y derecho humano al nombre, a cargo de la diputada Antares Guadalupe Vázquez Alatorre, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 2o. y se reforma la fracción X y se adiciona la fracción XI del artículo 72o., de la Ley General de Educación; para incluir en los planteles educativos un apoyo psicológico para la preservación de una buena salud mental, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 6o. y 7o. de la Ley General de Salud, en materia de promoción de alimentación nutritiva e inocua en escuelas de educación básica, a cargo de la diputada María del Rosario Orozco Caballero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, a cargo de la diputada María del Rosario Orozco Caballero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 35, 36, 40, 41, 73, 115, 116 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incorporar el plebiscito y el referéndum como mecanismos de participación ciudadana, a cargo de la diputada Monserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo quinto al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ulises Mejía Haro, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 8 de junio de cada año como el Día Nacional del Sombrero, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de lectura fácil, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de lectura fácil, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 20 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado Daniel Andrade Zurutuza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5A y 111A de la Ley del Seguro Social, en materia de expediente médico digital, a cargo de la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo en hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, en estaciones de servicio de combustibles y otros establecimientos análogos, a cargo del diputado Pedro Miguel Haces Barba, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción VIII al artículo 4o. de la Ley de Comercio Exterior, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el Capítulo III y los artículos 211 Ter y 211 Ter 1 al Código Penal Federal, para sancionar la creación de audios falsos para personalidades públicas generados por Inteligencia Artificial (IA), a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 48 Bis 6 a la Ley de Instituciones de Crédito, para la eliminación de comisiones bancarias a jóvenes y estudiantes menores de 25 años de edad, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 3o., 29o., 30o. y 31o. de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de perspectiva de género y determinación de zonas de atención prioritaria para el desarrollo social, a cargo de la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el primer párrafo del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de aumento de 15 a 30 días de salario en el pago de aguinaldo anual para las y los trabajadores en la República Mexicana, a cargo del diputado Napoleón Gómez Urrutia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 17, 18 y 19 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción II del artículo 10 del Código Fiscal de la Federación, en materia de federalismo y justicia fiscal, a cargo de la diputada Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el párrafo decimoprimero del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mónica Fernández Cesar, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 343 Quinquies al Código Penal Federal, para incorporar el delito de maltrato a niñas, niños y adolescentes, suscrita por los diputados Mildred Concepción Ávila Vera, Adasa Saray Vázquez y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de protección a los derechos de los usuarios de las aerolíneas comerciales, a cargo de la diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 114 y 115 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 22 de mayo de cada año como Día Nacional de la y el Corredor Rarámuri, a cargo de la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 12 de abril de cada año como Día Nacional del Sotol, a cargo de la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VI, del Apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gilberto Herrera Solórzano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5o., 25 y 45 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos, suscrita por los diputados Víctor Hugo Lobo Román y Sergio Carlos Gutiérrez Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por el diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos transitorios Trigésimo y Trigésimo Segundo de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, en materia de ingresos derivados de la venta del petróleo y otros hidrocarburos, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de fortalecimiento de las asociaciones civiles, suscrita por las diputadas María Angélica Granados Trespalacios y Carmen Rocío González Alonso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de aumento de las participaciones federales a estados y municipios, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 2o.-A y deroga la fracción V del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de IVA acreditable para empresas que prestan el servicio de transporte público de pasajeros, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 17 de la Ley de la Industria Eléctrica, en materia de generación distribuida de energía eléctrica, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación y adiciona un artículo 27 a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, en materia de compensación universal, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, suscrita por el diputado Carlos Alberto Guevara Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona los artículos 109 y 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por la diputada Casandra Prisilla de los Santos Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública, suscrita por el diputado Reginaldo Sandoval Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 18 y 19 de la Ley General de Turismo, en materia de turismo inclusivo, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona un artículo 368 Sexies al Código Penal Federal, en materia de robo de agua, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del artículo 2o. de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Arturo Yañez Cuellar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 102 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Arturo Yañez Cuellar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia del Fonden, a cargo del diputado Arturo Yañez Cuellar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia del primer empleo, a cargo del diputado Arturo Yañez Cuellar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que deroga diversas disposiciones de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, para eliminación del Fobaproa y en materia de finanzas, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona los artículos 67 y 70 de la Ley General de Educación Superior, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de empleo temporal para pescadores de los litorales de México, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que deroga el artículo 199 Bis del Código Penal Federal, en materia de no criminalización a las personas con VIH por el delito de peligro de contagio, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a Pemex, a dar inmediata solución a los problemas derivados de la contaminación del agua y la tierra en el municipio de Cárdenas, Tabasco, a cargo del diputado Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Veracruz, a destinar para el siguiente ejercicio fiscal recursos suficientes a la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas de dicha entidad, para realizar la rehabilitación y mantenimiento de las carreteras estatales, a cargo de la diputada Claudia Quiñones Garrido, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Salud y de la SEP, a realizar campañas de concientización de lo que es y la importancia de la salud mental, con el propósito de diagnosticar, prevenir, e identificar en los niños, niñas y adolescentes, a cargo del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la SEP y de la Secretaría de Salud, a instrumentar acciones para desarrollar programas de capacitación para docentes de todos los niveles educativos, con el fin de garantizar un trato adecuado y respetuoso hacia las y los alumnos con trastorno del espectro autista, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a implementar y reforzar estrategias y políticas de seguridad pública, coordinadas con las autoridades estatales y municipales del estado de Querétaro, con el objetivo de salvaguardar la integridad y tranquilidad de la población de dicha entidad, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, a incluir a la clavadista Paola Milagros Espinosa Sánchez, dentro de las deportistas mexicanas destacadas, referidas en el libro Múltiples lenguajes, segundo grado, suscrito por las diputadas Paulina Rubio Fernández, Noemí Berenice Luna Ayala, y el diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Coahuila y a la Secretaría de Salud de dicha entidad, a implementar acciones de prevención, tratamiento y rehabilitación al creciente consumo del cristal y otras drogas, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta INPI, a que en las reglas de operación de los programas a cargo de dicha institución se realicen con perspectiva de género, con enfoque interseccional e intercultural, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.»
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: En virtud de que el acta de la sesión anterior se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión en modalidad semipresencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
Apertura de la sesión.
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos sesenta y siete diputadas y diputados, a las once horas con seis minutos del jueves cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, mismo que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
La Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo noventa y seis, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.
En votación económica, se dispensa su lectura, y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se aprueba.
Desde su curul, interviene el diputado Carol Antonio Altamirano, de Morena, para hacer comentarios relativos a la conmemoración del aniversario luctuoso del general Ignacio Mejía Fernández.
Intervención desde la tribuna en lengua indígena.
En el marco de la promoción y desarrollo de las lenguas indígenas, se concede el uso de la tribuna, a la diputada Gloria Sánchez López, de Morena, hablante de lengua Zapoteca.
Comunicaciones.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Secretaría de Bienestar, por la que remite el Informe anual sobre la transferencia, asignación y destino de los bienes a los que se refiere el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y los bienes asegurados, abandonados y decomisados en procedimientos penales federales, así como las actividades y reuniones del Gabinete Social de la Presidencia de la República del periodo dos mil veintitrés-dos mil veinticuatro. Se turna a la Comisión de Bienestar, para su conocimiento.
b) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que informa que se encuentran disponibles en su portal de internet los reportes de información específicos correspondientes a los financiamientos y obligaciones inscritos en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, reportados con corte al treinta de septiembre de dos mil veinticuatro; asimismo se adjunta un reporte que incluye la relación de los financiamientos y obligaciones los cuales se encuentran inscritos en el Registro Público (RPU). Se turna a la Comisión Bicameral de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y de los Municipios, para su conocimiento.
Recepción de iniciativa con proyecto de decreto de la titular del Ejecutivo Federal.
La Presidencia informa a la Asamblea que, el día tres de diciembre del año en curso, se recibió iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos cuarenta y nueve, cincuenta, ciento veintisiete, un Capítulo IX Bis, y un artículo novecientos noventa y siete-B a la Ley Federal del Trabajo, que remite la titular del Ejecutivo Federal.
Por lo que se instruyó su publicación en la Gaceta Parlamentaria, y se turnó de inmediato a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Presentación de iniciativas.
El siguiente punto del orden del día es la presentación de iniciativas con proyecto de decreto, en consecuencia, se concede el uso de la palabra a las diputadas y diputados:
• Casandra Prisilla de los Santos Flores, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de comisiones en la Cámara de Diputados, suscrita por diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México, de Morena, del Partido Acción Nacional, del Partido del Trabajo, del Partido Revolucionario Institucional, y de Movimiento Ciudadano.
En términos de los artículos cincuenta y nueve, numeral tres y ochenta y dos, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia solicita a la Secretaría se consulte a la Asamblea, en votación económica, si este asunto se considera de urgente resolución, se le dispensan todos los trámites y se somete a discusión y votación de inmediato. En votación económica, se autoriza.
En consecuencia, el siguiente punto del orden del día es el desahogo del proyecto de decreto que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Comisiones en la Cámara de Diputados.
No habiendo oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutida, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por los artículos ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, y trescientos seis, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico y la plataforma digital para el registro de votación hasta por diez minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y cinco votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma el artículo treinta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Comisiones en la Cámara de Diputados. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
Se continúa con la presentación de iniciativas con proyecto de decreto.
• Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo veintitrés de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
• Patricia Mercado Castro, e Irais Virginia Reyes de la Torre, ambas de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, de la Ley del Seguro Social, y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de igualdad salarial. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Igualdad de Género, para dictamen.
• Jesús Fernando García Hernández, del Partido del Trabajo, que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para garantizar la inclusión de este sector de la población en una sociedad más justa. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.
• Alma Monserrat Córdoba Navarrete, de Morena, que expide la Ley de Promoción y Fomento a la Movilidad Eléctrica o Electromovilidad. Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
• Eva María Vásquez Hernández, del Partido Acción Nacional, que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos de personas trabajadoras en plataformas digitales, suscrita por legisladores integrantes de su bancada, quien durante el uso de la voz solicita a la Presidencia que la iniciativa, se turne también a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad. La Presidencia obsequia su solicitud.
Desde su curul, interviene el diputado Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional, para solicitar a la Presidencia, adherirse a la iniciativa de la diputada Vásquez Hernández.
Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
• María Guadalupe Morales Rubio, de Morena, que reforma el párrafo tercero del artículo cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del reconocimiento del derecho humano a la lactancia materna. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
• Eduardo Castillo López, de Morena, que adiciona el artículo quinientos treinta y siete de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
• Mildred Concepción Ávila Vera, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley General de Cambio Climático, suscrita por el diputado Luis Humberto Aldana Navarro, ambos de Morena.
Desde su curul, interviene el diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Partido Verde Ecologista de México, para solicitar a la Presidencia, adherirse a la iniciativa de la diputada Ávila Vera.
Se turna a las Comisión Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Cambio Climático y Sostenibilidad, para dictamen.
• Gerardo Olivares Mejía, del Partido del Trabajo, que reforma el artículo décimo transitorio del decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de marzo de dos mil siete, en materia de edad mínima de jubilación. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
• Éctor Jaime Ramírez Barba, del Partido Acción Nacional, que quien presenta cuatro iniciativas: la primera que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de expediente clínico electrónico; la segunda que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia del Sistema Nacional de Información en Salud y su Interoperabilidad; la tercera adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de Inteligencia Artificial aplicada a la salud; y la cuarta adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de receta electrónica, suscritas por legisladores integrantes de su bancada. Se turnan todas a la Comisión de Salud, para dictamen.
• Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional, de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, que reforma el artículo tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de incluir la educación digital en la educación básica.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
• Alma Lidia de la Vega Sánchez, de Morena, que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud.
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
• Elizabeth Martínez Álvarez, del Partido Acción Nacional, que quien presenta dos iniciativas: la primera que reforma el artículo cincuenta y siete de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y la segunda que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; suscritas por legisladores integrantes de su bancada.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Se turna la primera iniciativa a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen; y la segunda iniciativa a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
• Montserrat Ruiz Páez, de Morena, que reforma y adiciona los artículos tres, cuatro, seis, cincuenta y nueve, sesenta, sesenta y uno, setenta y ocho, y ochenta y dos de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de prevención de la gentrificación. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.
• Eunice Abigail Mendoza Ramírez, de Morena, que reforma los artículos ciento cuarenta Bis de la Ley del Seguro Social, y treinta y siete Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de licencias por cuidados de hijos o hijas con cáncer. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
• Jaime Genaro López Vela, de Morena, que reforma el segundo párrafo del artículo sesenta, y el tercer párrafo del artículo trescientos quince, y se deroga el artículo ciento noventa y nueve Bis, Capítulo Dos del Título Séptimo del Libro Segundo, todos del Código Penal Federal, en materia de peligro de contagio. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
• Jesús Emiliano Álvarez López, de Morena, que reforma el artículo veinticinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de incorporar el concepto de estado de bienestar. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Recepción de minutas con proyecto de decreto.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que, se recibieron de la Cámara de Senadores, las siguientes minutas con proyecto de decreto, mismas que se encuentra publicadas en la Gaceta Parlamentaria, a saber:
• Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de procedimientos Penales y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de medidas de protección y derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para opinión.
• Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, y del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.
• Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo ciento veintitrés Constitucional, en materia de erradicación de la brecha salarial por razones de género. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Se continúa con la presentación de iniciativas con proyecto de decreto.
• Mónica Herrera Villavicencio, de Morena, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de enfermedades raras, quien durante el uso de la voz solicita a la Presidencia que dicha iniciativa, se turne también a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. La Presidencia obsequia su solicitud. En consecuencia, se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
Desde su curul, intervienen las diputadas y el diputado: Verónica Pérez Herrera, Blanca Leticia Gutiérrez Garza, y Fidel Daniel Chimal García, todos del Partido Acción Nacional, para solicitar a la Presidencia, adherirse a la iniciativa de la diputada Herrera Villavicencio.
Efemérides.
El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del "Día Mundial de la Lucha contra el SIDA".
La Presidencia concede el uso de la palabra para referirse al tema, a las diputadas y los diputados: Laura Hernández García, de Movimiento Ciudadano; Xitlalic Ceja García, del Partido Revolucionario Institucional; Margarita García García, del Partido del Trabajo; Ricardo Astudillo Suárez, del Partido Verde Ecologista de México; Verónica Pérez Herrera, del Partido Acción Nacional; y Jaime Genaro López Vela, de Morena, quien solicita un minuto de silencio para los millones de personas que han muerto como consecuencia de la pandemia del virus de inmunodeficiencia adquirida. La Presidencia concede la solicitud, e invita a la Asamblea ponerse de pie y guardar un minuto de silencio.
(Se guarda un minuto de silencio).
Comunicaciones.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da cuenta al Pleno con la comunicación del diputado Germán Martínez Cázares, del Partido Acción Nacional, por la que informa la reincorporación a sus actividades legislativas, a partir del cinco de diciembre del año en curso. De enterado. Actualícense los registros parlamentarios.
Turno a comisiones de las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo.
La Presidencia informa a la Asamblea que, en términos de los artículos cien, ciento dos, y doscientos noventa y nueve, fracción dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las catorce horas con veintitrés minutos, y cita para la próxima que tendrá lugar el martes diez de diciembre de dos mil veinticuatro, a las diez horas, en modalidad presencial, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las ocho horas, por medio de las tabletas instaladas en las curules de las y los legisladores.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Aprobada el acta.
Continúe la Secretaría.
COMUNICACIONES OFICIALES
El secretario diputado José Luis Montalvo Luna: El diputado Hugo Manuel Luna Vázquez comunica la reincorporación a sus actividades legislativas a partir de esta fecha.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXVI Legislatura.– Soberanía y Justicia Social.
Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Quien suscribe, diputado con licencia Hugo Manuel Luna Vásquez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 16, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le comunico mi reincorporación al ejercicio de mi cargo como diputado federal a partir del 10 de diciembre de 2024.
Por tal virtud, le solicito respetuosamente gire las instrucciones conducentes a fin de que se realicen los trámites necesarios con objeto de que me sea concedida la reincorporación referida.
Sin otro particular, agradezco la atención a la presente solicitud.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de diciembre de 2024.– Diputado Hugo Manuel Luna Vázquez (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: De enterado. Actualícense los registros parlamentarios.
MINUTAS
RELATIVAS A LAS LEYES SECUNDARIAS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE PODER JUDICIAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Se comunica a la asamblea que el jueves 5 de diciembre del año en curso el Senado de la República remitió a esta soberanía tres minutas relativas a las leyes secundarias de la reforma judicial que, de conformidad con lo acordado por este pleno, al momento de su recepción se instruyó su publicación en la Gaceta Parlamentaria y se turnaron a la Comisión de Justicia, para dictamen. Pido a la Secretaría dar cuenta de ellas.
El secretario diputado José Luis Montalvo Luna: Por instrucciones de la Presidencia, doy cuenta de las minutas que se recibieron de la Cámara de Senadores y se turnaron a la Comisión de Justicia, para dictamen.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente.
Ciudad de México, a 5 de diciembre de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
–––––––– o ––––––––
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente.
Ciudad de México, a 5 de diciembre de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
–––––––– o ––––––––
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente.
Ciudad de México, a 5 de diciembre de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Continúe la Secretaría.
INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El secretario diputado José Luis Montalvo Luna: Se recibió del Congreso del estado de Chihuahua, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo vigésimo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía eléctrica.
«Congreso de Chihuahua.
Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia de la iniciativa ante el Congreso de la Unión número LXVIII/INICU/0001/2024 I P.O., por medio de la cual el honorable Congreso del estado de Chihuahua envía iniciativa con carácter de decreto, a fin de adicionar al artículo 4, un vigésimo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía eléctrica.
Asimismo, me permito informarle que el dictamen que da origen a dicha Resolución, se encuentra para su consulta en la página oficial del honorable Congreso del Estado:
https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/dictamenes/arch ivosDictamenes/13461.pdf
Sin otro particular por el momento, le reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Chihuahua, Chih., a 21 de noviembre de 2024.– Diputada Carla Yamileth Rivas Martínez (rúbrica), en funciones de presidenta del honorable Congreso del Estado.»
«Congreso de Chihuahua.
Iniciativa ante el honorable Congreso de la Unión número LXVIII/INICU/0001/2024 I P.O.
La Sexagésima Octava Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, reunida en su primer período ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio constitucional, tiene a bien emitir la siguiente resolución con carácter de
Iniciativa ante el honorable Congreso de la Unión
Primero. La Sexagésima Octava Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, tiene a bien enviar ante el honorable Congreso de la Unión, iniciativa con carácter de decreto para adicionar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente manera:
Artículo Único. Se Adiciona al artículo 4o., un vigésimo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactado en los siguientes términos:
Artículo 4o. ...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Toda persona tiene derecho a acceder a la energía eléctrica destinada al consumo personal, doméstico y educativo, en condiciones de asequibilidad, confiabilidad, sostenibilidad y renovación, de manera moderna, segura y con altos estándares de calidad.
Transitorios
Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. El Congreso de la Unión dispondrá de 180 días para elaborar una ley reglamentaria que garantice el derecho a la energía eléctrica.
Artículo Tercero. La Comisión Federal de Electricidad será responsable de asegurar el cumplimiento del derecho a la energía eléctrica, conforme a lo dispuesto en este decreto.
Artículo Cuarto. Para garantizar el cumplimiento de este derecho, se destinarán los recursos necesarios al Presupuesto de Egresos de la Federación, asegurando a largo plazo una asignación progresiva de recursos económicos para ampliar la cobertura de energía eléctrica, impulsar su transición hacia un modelo sustentable, seguro y fiable, y promover su modernización continua.
Artículo Quinto. La Ley Reglamentaria establecerá los rangos tarifarios para el acceso a la electricidad como derecho básico y la provisión mínima de este servicio. Se buscará equilibrar el acceso universal con la sostenibilidad financiera y ambiental del sistema eléctrico.
Segundo. De conformidad con el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remítase copia de la presente Resolución, al honorable Congreso de la Unión, para los efectos conducentes.
Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.– Diputada Carla Yamileth Rivas Martínez (rúbrica), en función de presidenta: diputado Roberto Marcelino Carreón Huitrón (rúbrica), secretario;diputado Luis Fernando Chacón Erives (rúbrica), secretario.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
SE EXPIDE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Continúe la Secretaría con la declaratoria de publicidad de dictámenes.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Dictamen de la Comisión de Justicia con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados se cumple la declaratoria de publicidad.
SE EXPIDE LA LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Dictamen de la Comisión de Justicia con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Dictamen de la Comisión de Justicia con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados se cumple la declaratoria de publicidad.
MINUTO DE SILENCIO
EN MEMORIA DEL DIPUTADO BENITO AGUAS ATLAHUA, DEL PVEM
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Me ha solicitado la palabra el diputado Javier Herrera, ¿con qué objeto, diputado Herrera?
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda(desde la curul): Presidente, es tan solo hacer un llamado a las compañeras y compañeros. El día de hoy nos invade un dolor inmenso.
El día de ayer, en un atroz acto, privaron de la vida a nuestro compañero diputado del Partido Verde, Benito Aguas, es un hombre comprometido con su pueblo, con sus ideas, con el bienestar de Zongolica y de Veracruz, de corazón nos duele, por su familia, por sus hijos, por sus tres hijos, por la comunidad que hoy lo llora, porque es una pérdida irreparable. Benito no era un legislador simplemente, era un hermano, era un amigo, una voz incansable y un gestor social.
Hoy, más que nunca, debemos alzar la voz desde este recinto legislativo, para exigir con firmeza, con unidad, que este crimen no quede impune. Es un deber moral que tenemos con su familia, con su memoria, con el pueblo de México. Por eso, presidente, le pido a esta asamblea que con el corazón en la mano guardemos un minuto de silencio en su honor y con toda la fuerza de este Congreso y lo que representa hagamos un llamado sentido, un exhorto enérgico, lleno de determinación, para que la justicia prevalezca.
Que Benito Aguas no sea un número más, que su legado sea una inspiración para luchar por un mejor México y que este vil acto no acabe con ese legado precisamente. Descanse en paz, Benito Aguas.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, diputado Herrera.
Desde el día de ayer, desde que esta Presidencia tuvo conocimiento del atentado estuve en comunicación con el secretario de Seguridad, lamentablemente horas después falleció nuestro compañero, nuestro amigo, el diputado Benito Aguas. Lamentamos ese deceso. Compartimos con ustedes, con su familia, nuestras condolencias, les deseamos pronta resignación.
Informarle a usted y a la asamblea que durante la sesión de Mesa Directiva que aconteció hace un momento, se acordó que se pudiera, si así lo desea la familia, darle un homenaje póstumo a nuestro amigo, diputado Benito Aguas, previendo tal vez que pudiera ser el día jueves. Para ello he instruido a la vicepresidenta Maru Pinete que pueda estar en contacto con los familiares y poder organizar y coordinar esta situación para rendirle el homenaje aquí en la Cámara. Se concede el minuto de silencio. Se pide a todos ponerse de pie.
(Minuto de silencio)
Descanse en paz nuestro compañero y amigo Benito Aguas.
Me ha pedido la palabra la coordinadora Noemí, asumo que es para el mismo tema. Adelante, coordinadora Noemí.
La diputada Noemí Berenice Luna Ayala(desde la curul): Gracias, presidente. A nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional expresar nuestro más sentido pésame a la familia, a los amigos del diputado, así como al pueblo de Veracruz y al Grupo Parlamentario del Verde Ecologista. Y también unirnos a la exigencia que se hace por que haya justicia, por que se investigue este lamentable asesinato y que sea un llamado para entender que la pacificación del país es tarea de todas y todos.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. El Partido del Trabajo desea hacer un pronunciamiento también, tengo esa solicitud. Adelante.
El diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos(desde la curul): Bueno, presidente, pues a nombre del Partido del Trabajo deseamos sumarnos a las condolencias por el sensible fallecimiento, el asesinato, de nuestro compañero del Partido Verde Ecologista. Nuestras más sentidas condolencias a su familia, a sus amigos, a sus compañeros del Grupo Parlamentario del Partido Verde. Y -hacemos- efectivamente nos sumamos al llamado enérgico que se ha hecho aquí para que los responsables de este artero crimen sean castigados. Muchas gracias.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Me solicita Movimiento Ciudadano también, por conducto del diputado Juan Zavala, hacer uso de la palabra para el mismo tema. Adelante.
El diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez(desde la curul): Sí. Gracias, presidente. Para manifestar simplemente nuestra solidaridad con los familiares, con los compañeros, amigos del compañero diputado Benito Aguas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Manifestar que no ha sido el primer diputado asesinado, sino que también Héctor Melesio Cuén lo fue. Y hacemos un llamado por que se ponga fin a la violencia. Por que se dé y se castigue a los responsables. Y que pronto todas y todos los mexicanos recuperen la paz. Gracias, presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Bien. El Partido Revolucionario Institucional también desea pronunciarse sobre el mismo tema, en voz de la diputada Marcela Guerra. Adelante, diputada Guerra.
La diputada Marcela Guerra Castillo(desde la curul): Muchas gracias, diputado presidente. En el mismo sentido. El Partido Revolucionario Institucional damos nuestras más sentidas condolencias. Y exigimos que se haga justicia. Que se aclare este atroz asesinato de un compañero, Benito Aguas, del estado de Veracruz. A sus familiares, nuestras sentidas condolencias también, pero además nuestra solidaridad. Que ojalá esto nunca se vuelva a repetir. Es cuanto.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Bien. Coordinador Monreal, por parte del Grupo Parlamentario de Morena.
El diputado Ricardo Monreal Ávila(desde la curul): Presidente, queremos, a nombre del Grupo Parlamentario de Morena, expresar nuestro pesar, nuestro dolor y nuestra solidaridad. Porque la ausencia de nuestro compañero diputado que hoy se siente, y hoy le expresamos a su familia todo nuestro acompañamiento.
Debo expresarle al Partido Verde nuestras condolencias, al pueblo de Veracruz. Y también expresar que, desde ayer la gobernadora del estado, Rocío Nahle, los diputados de Morena de Veracruz están pendientes y han estado pendientes con nuestro amigo y su familia. Es triste siempre este tipo de manifestaciones. Pero, donde esté, al lado del creador, con el arquitecto del gran universo, desde aquí lo tributamos con aplauso.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Bien.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Habiendo expresado sus condolencias todos los grupos parlamentarios, el siguiente punto del orden del día es el capítulo de iniciativas, tiene la palabra en primera instancia el diputado Pedro Miguel Haces Barba, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de trabajo en hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, en estaciones de servicio de combustibles y otros establecimientos análogos.
El diputado Pedro Miguel Haces Barba: Gracias, presidente, con su venia. Muy buenos días a todos los compañeros y compañeras diputadas de los diferentes grupos parlamentarios.
El día de hoy vengo a presentar una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, propuesta que está enfocada a las trabajadoras y a los trabajadores con el objetivo de que se incorporen a la economía formal, garantizándoles siempre un ingreso y no depender de las propinas. Un salario mínimo y condiciones seguras de trabajo para todas y para todos ellos.
Para ello, se reforman el párrafo segundo del artículo 90, el primer párrafo del artículo 344, el segundo párrafo del artículo 346 y el primer párrafo del artículo 348 y las fracciones II y III del artículo 350. También se adicionan un tercer párrafo del artículo 90, el tercer párrafo del artículo 346, un segundo párrafo del artículo 347 y un segundo párrafo del artículo 348.
Según lo que pasa en nuestro país al día de hoy, dentro de todas las unidades económicas y las estadísticas, en el país hoy existen más de 650 mil negocios de la industria de alimentos y bebidas que podrían ser bien restaurantes, bares, centros nocturnos, cafeterías, taquerías; 650 mil 500 de ellas tienen dentro de sus fuentes de labor entre 1 y 10 trabajadores. El puesto que más ocupan es el de meseros, con el 31 por ciento del personal y el 14 por ciento otros trabajadores dentro de ese establecimiento.
México existen más de 13 mil 248 estaciones de servicio en todo el país, donde trabajan alrededor de 350 mil trabajadores, 2.2 millones de personas tienen una ocupación, pero no reciben remuneración alguna, según la última encuesta que ha hecho el Inegi.
Todo trabajador hoy deberá recibir un salario base no menor al salario mínimo vigente, el cual no podrá ser sustituido ni compensado mediante comisiones o propinas, o cualquier otra forma de contraprestación adicional. Las propinas y demás ingresos extraordinarios deben de ser considerados como complementos al salario.
El salario mínimo, compañeras y compañeros, no podrá ser reemplazado por propinas o algún tipo de remuneración o gratificación voluntaria por los clientes que acuden a esas estaciones de servicio, a esos locales, a esos restaurantes.
Es aplicable a los trabajadores en hoteles, en casas de asistencia, fondas, cafés, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, estaciones de servicio de combustible y otros establecimientos análogos. Los patrones no podrán reservarse a hacer suyas y disponer de esas propinas.
Quiero decir, compañeras y compañeros, que en muchos establecimientos la propina que se da es por la atención que brinda uno de los trabajadores al cliente, y no es posible que en los restaurantes en nuestro país les quiten hasta un 20 por ciento de las propinas para comprar cristalería, para comprar loza, para comprar cubiertos.
Muchas veces el trabajador llega a su fuente de empleo con la más alta convicción de poder regresar a su casa con un sustento económico alto para poderle dar una mejor forma de vida a sus familias. ¿Y qué pasa? Se lo recortan.
Y en las gasolineras podemos ver que se persignan, a ver si va a llegar un coche a cargar gasolina para tener una propina, por eso tenemos que hacer justicia a quienes más lo necesitan. Y desde aquí les hago un llamado a todos los grupos parlamentarios para que apoyen y se suscriban a esta iniciativa que el día de hoy presentamos, que es para el bien de las y de los mexicanos, porque en este país todos y todas somos trabajadores y ellos son los de abajo, quien más lo necesitan. Por eso vamos por esta reforma con el apoyo de todas y de todos los diputados. Por su atención, muchas gracias. Ánimo.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo en hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento, estaciones de servicio de combustibles y otros establecimientos análogos, a cargo del diputado Pedro Miguel Haces Barba, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Pedro Haces Barba, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosPese a los esfuerzos institucionales que se han realizado en los últimos años para fomentar el crecimiento económico y reducir el desempleo en nuestro país, es de suma importancia analizar las condiciones de trabajo de diversos sectores productivos o de servicios en el país, así como la creciente informalidad laboral prevaleciente en los mercados de trabajo, tanto en los órdenes local y nacional.
La tasa de informalidad laboral, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Inegi del segundo semestre de 2024, fue de 54.26 por ciento.
El problema de la informalidad del empleo en la economía mexicana es un fenómeno amplio y complejo que implica distintas causas, circunstancias y variables, además de que tiene expresiones diferentes en el ámbito rural, urbano y metropolitano; sus causas se asocian a múltiples factores económicos e institucionales y sus soluciones, algunas de ellas, se circunscriben en el ámbito legislativo y se encuentran en el diseño jurídico e institucional.
Según la Organización Internacional del Trabajo, el sector informal abarca las actividades realizadas por empresas sin personalidad jurídica que no están registradas bajo formas específicas de la legislación nacional, caracterizadas entre otros elementos, por un alto déficit de trabajo seguro y bien remunerado.
En ese escenario, muchas personas trabajadoras en la economía informal están expuestas a condiciones de trabajo inseguras, jornadas laborales extensas, sus ingresos suelen ser irregulares, variables y más bajos de los que se perciben en la economía formal. Estas personas trabajadoras no están normalmente representadas ni pueden ejercer el derecho a la negociación colectiva. Se trata de una situación altamente vulnerable porque el trabajo en la economía informal está fuera del alcance de los regímenes de seguridad social y de la legislación.
Desde el Poder Ejecutivo, su titular la presidenta Claudia Sheinbaum, al inicio de su mandato, expuso que entre los temas prioritarios de su gobierno se encuentra el propósito de continuar promoviendo el crecimiento económico del país bajo un modelo de desarrollo social y regionalmente incluyente y compartido, que permita mantener un ritmo de crecimiento moderado y realista de la economía, de acuerdo a las condiciones del contexto internacional, pero que continúe con el proceso de inclusión de todos los sectores y regiones del país, para garantizar un progreso equitativo.
En el mismo sentido, consideramos desde la Cámara de Diputados Federal que sólo será posible lograr un desarrollo incluyente si se hacen extensivos y progresivos los derechos y oportunidades a las y los trabajadores de la economía informal. Estamos convencidos que la persistencia de una economía informal muy extendida es incompatible con la realización de avances importantes en la consecución de los objetivos de un desarrollo armónico, incluyente, que genere un alto nivel de empleos bien remunerados y con empresas de mayor capacidad productiva.
El problema y consecuencias de la informalidad se han diversificado y presentan modalidades distintas generando una conceptualización agravada y más amplia del fenómeno, ya que además del gran número de personas ocupadas en el sector informal se agregan formas de empleo que se encuentran al margen del conjunto de derechos sociolaborales definidos en la legislación nacional; entre ellas el no pago de las contribuciones a la seguridad social, así como otras obligaciones obrero patronales, que son compromisos de la relación laboral y que no se cumplen.
Estos casos se presentan en empresas formalmente establecidas que combinan la utilización de trabajadores formalmente contratados con trabajadores informales con quienes no hay una relación laboral establecida mediante contrato, circunstancias, incluso, en las que se violenta la máxima histórica instituida como una de las bases en la fracción VII, del artículo 123, constitucional, la cual dispone que: “Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad”, que continúa vigente.
A diferencia de sus colaboradores formales, los empleados informales están excluidos de las prestaciones sociales y carecen de la protección de diversas garantías reglamentarias, incluidas la asignación de un salario, la fijación de un horario de trabajo, las normas de seguridad y los pagos por despido.
Efectivamente, viven fuera de las esferas de diversos derechos fundamentales, carecen de la posibilidad de un crédito para vivienda y no están integrados a los regímenes de salud y la seguridad social, además de nula permanencia y certidumbre en el empleo.
Un ejemplo emblemático es el de los despachadores de las gasolineras, que en muchos casos no perciben un salario, ni alguna prestación laboral, ya que no tienen el reconocimiento de la relación laboral con la empresa a la que prestan sus servicios, a pesar de que cumplen con una función específica, con un horario de trabajo y corren con riesgos que ponen en peligro su vida. En estos casos se considera como retribución el otorgamiento de propinas que conceden los clientes de manera voluntaria en agradecimiento por un buen servicio recibido.
Esta es una de las modalidades de empleo informal reconocida por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, que ante la necesidad de analizar otras situaciones de desprotección laboral y social que no entran en el marco del sector informal, reconoce que se tuvo que crear el término de “empleo informal” que, además incluye, entre otros trabajadores, a aquellos no protegidos y sin remuneraciones fijas en unidades económicas formales.
Este sector de personas trabajadoras en establecimientos de combustible y de quienes laboran en hoteles, restaurantes, bares, empresas deportivas, de entretenimiento y otros establecimientos análogos, así como todos aquellos trabajadores informales no remunerados en su actividad laboral por las empresas, son el objeto de la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto, con la que nos proponemos reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En el mismo sentido la presente Iniciativa tiene como objetivo, que las personas que se encuentran en la informalidad de una relación laboral, no sujeta a la legislación nacional, que no tienen cobertura de protección social y carecen de prestaciones relacionadas con el empleo, en empresas formalmente constituidas, obtengan un salario base que no esté por debajo del salario mínimo vigente y, en su caso, del salario mínimo profesional, así como fortalecer cualquier régimen de propina al que estén expuestos.
Por lo anteriormente expuesto, se propone realizar modificaciones a la legislación vigente en la materia, en los siguientes términos:
• Integrar en el Capítulo XIV del Título Sexto de la LFT a las estaciones de servicio de combustible, así como empresas deportivas, de entretenimiento, y otros análogos.
• Establecer un salario base para todos los trabajadores de estas empresas que no sea menor al salario mínimo y al salario mínimo profesional.
• Incluir el criterio de distribución igualitaria de las propinas entre los trabajadores y que éstas sean integradas al total de las cuentas de consumo, en tickets o facturas, salvo que se entreguen de manera directa.
• Fortalecer el concepto de propina,el reparto y su vigilancia, debido a que es parte del sueldo de diversas personas trabajadoras y un porcentaje “voluntario” de la consumición.
En esa perspectiva de nuestra propuesta, partimos de la premisa de que la complejidad de la situación laboral no sólo se da por la situación salarial, sino también por sus condiciones generales de trabajo, un ejemplo de ello es el caso del alto riesgo que implica el manejo de combustibles a pesar de los altos montos de utilidades que se generan por la venta de la gasolina. Ante esa situación, consideramos que es imperante que se integre en la Ley Federal del Trabajo que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fije y garantice los salarios mínimos y, en su caso, profesionales de este sector, así como de todos los trabajadores que se encuentran en vulnerabilidad que son el objeto de la presente iniciativa, basándose en estudios económicos y consultas con sectores empresariales y laborales.
Uno de los factores más importantes que incrementan los ingresos de las personas que se dedican a prestar algún servicio, es la propina, se trata en esencia de una gratificación que otorga voluntariamente quien recibe el servicio satisfactoriamente, como una manera de agradecerlo cooperativamente. No se trata de una obligación sino de una acción potestativa y libre del consumidor o usuario, un estímulo por el esmero y cumplimiento de las obligaciones y servicios de las personas trabajadoras, la cual tiene asidero jurídico, en el artículo 346 vigente de la Ley Federal del Trabajo, el cual indique que “Las propinas son parte del salario de los trabajadores”.
En complemento de lo anterior, es importante señalar que la propina voluntaria también tiene fundamento en las fracciones 1 y 2 del artículo 6 del Convenio 172, adoptado y ratificado por México, sobre las Condiciones de Trabajo en los Hoteles, Restaurantes y Establecimientos Similares, aprobado en 1991 durante la Conferencia General de la OIT en Ginebra, Suiza; disposiciones que fueron armonizadas en la reforma laboral de 2019, y de la cual la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció la responsabilidad del empleador de llevar un registro preciso y fidedigno de las propinas, ya que son parte integral del salario. Asimismo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), define las propinas como una gratificación voluntaria.
De acuerdo a dicha determinación de la SCJN respecto de un registro preciso y fidedigno de las propinas y con la finalidad de tener certeza de la cantidad de la que forma parte la propina del salario, en los establecimientos análogos de hotelería, restaurantes y bares, como se establece el artículo 346 de la LFT vigente, es importante considerar que ésta sea integrada en el monto total del consumo, ya que contribuye a dar certeza en el momento de la repartición de las propinas y en monto total del sueldo para la liquidación y finiquito, entre otras prestaciones. No así, en otras actividades laborales, como en las estaciones de servicios de combustible donde la propina se da de manera directa y con pocas posibilidades de que se sume en la cuenta total.
Es necesario establecer en la Ley Federal del Trabajo el derecho de los trabajadores, que hasta ahora realizan un trabajo no remunerado y solo obtienen como contraprestación una propina que otorga el cliente de manera voluntaria, a recibir un salario base garantizado por la ley. Así mismo, dada la importancia de las propinas, es necesario fortalecer en empresas formalmente establecidas su significado, porque no solamente son un “porcentaje de consumición” como lo establece el texto vigente, sino, como se ha dicho son voluntarias, solidarias y con un carácter cooperativo por parte de quienes reciben un servicio satisfactorio. Tienen un alcance de incentivo positivo para el cumplimiento de las obligaciones de quienes prestan el servicio, tanto en hoteles, restaurantes, bares, y otros establecimientos análogos como en estaciones de servicio de combustible.
Los patrones no deben tener participaciones de las propinas por altas que sean éstas, pues la naturaleza de la propina se finca en el empeño, dedicación y el nivel de cumplimiento de las obligaciones que las personas trabajadoras ponen a su actividad cotidiana de servicio, por lo que se debe desincentivar cualquier conducta de discrecionalidad en su distribución, por el contrario debe de afianzarse un criterio y un acuerdo justo apegado siempre a la igualdad distributiva con la participación de las y los trabajadores que de manera directa e indirecta se han ganado esa gratificación solidaria y voluntaria de quien recibe el servicio. Por ello se señala expresamente que los patrones no tendrán ninguna participación en las propinas y que serán los propios trabajadores los que distribuyan entre ellos, de manera equitativa, las propinas que se generen.
De acuerdo con lo anterior, los Inspectores del trabajo, además de las atribuciones y deberes especiales ya existentes, deberán de vigilar que la alimentación que se proporcione a las personas trabajadoras, en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos y en los que correspondan, sea sana, abundante y nutritiva; deberán de vigilar que las propinas que correspondan en su totalidad a las y los trabajadores se apeguen a un criterio de distribución equitativa, que se respeten, además de la jornada de trabajo, las Normas de protección y seguridad de las personas que laboran en hoteles, restaurantes, bares, estaciones de servicio de combustible, empresas deportivas, de entretenimiento y otros establecimientos análogos.
A continuación se muestra un cuadro comparativo que ilustra el planteamiento de las propuestas de modificación mencionadas en la presente exposición de motivos, en perspectiva con la Ley Federal de Trabajo vigente:
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se reforman el párrafo segundo del artículo 90, la denominación del capítulo XIV del título sexto, los párrafos primero del artículo 344, segundo del artículo 346 y primero del artículo 348, así como las fracciones I a III del artículo 350; y se adicionan los párrafos tercero del artículo 90, tercero al artículo 346, segundo del artículo 347 y segundo del artículo 348 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 90. ...
El salario mínimo no será reemplazado por propinas o algún tipo de gratificación voluntaria y deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de una o un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de las y los hijos.
Todo trabajador deberá recibir un salario base no menor al salario mínimo vigente, el cual no podrá ser sustituido ni compensado mediante comisiones, propinas o cualquier otra forma de contraprestación adicional. Las propinas y demás ingresos extraordinarios serán considerados como complementos del salario.
...
...
Capítulo XIVArtículo 344. Las disposiciones de este capítulo se aplican a los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares , empresas deportivas, de entretenimiento, estaciones de servicio de combustible y otros establecimientos análogos.
Artículo 346. ...
Los patrones no podrán reservarse , hacer suyas, disponer, ni tener participación alguna en ellas y deberán distribuirse equitativamente entre los trabajadores que las generen. La distribución se hará por parte de los propios trabajadores.
Para efectos de control, las propinas deberán integrarse al total del pago del servicio y podrá ser opcional en el caso de que éstas sólo se entreguen de manera directa.
Artículo 347. ...
La propina además de un porcentaje voluntario de la consumición, es una gratificación solidaria, un estímulo y retribución cooperativa para el trabajador por la calidad de atención en el servicio.
Artículo 348. La alimentación que se proporcione a los trabajadores en hoteles, restaurantes, bares, otros establecimientos análogos y en los que corresponda, deberá ser sana, abundante y nutritiva.
La protección y seguridad parta los trabajadores deberá cumplir las normas oficiales respetivas y las disposiciones legales aplicables.
Artículo 350....
I. Vigilar que la alimentación que se proporcione a los trabajadores en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos y en los que corresponda, sea sana, abundante y nutritiva;
II. Verificar que las propinas correspondan en su totalidad a los trabajadores y que su distribución sea equitativa; y
III. Vigilar que se respeten las normas sobre jornada de trabajo, protección y seguridad.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2024.– Diputados y diputadas: Pedro Miguel Haces Barba, Alma Lidia de la Vega Sánchez, Alma Manuela Higuera Esquer, Alma Marina Vitela Rodríguez, Alma Rosa de la Vega Vargas, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Astrit Viridiana Cornejo Gómez, Azucena Arreola Trinidad, Beatriz Andrea Navarro Pérez, Beatriz Milland Pérez, Carlos Morelos Rodríguez, Clara Cárdenas Galván, Daniel Andrade Zurutuza, Daniel Murguía Lardizábal, Delhi Miroslava Shember Domínguez, Diana Karina Barreras Samaniego, Elizabeth Cervantes de la Cruz, Emilio Ramón Ramírez Guzmán, Enrique Vázquez Navarro, Ernesto Alejandro Prieto Gallardo, Estela Carina Piceno Navarro, Eunice Abigail Mendoza Ramírez, Felicita Pompa Robles, Felipe Miguel Delgado Carrillo, Francisco Javier Borrego Adame, Gerardo Ulloa Pérez, Gilberto Herrera Solórzano, Gissel Santander Soto, Juan Antonio González Hernández, Herminia López Santiago, Humberto Coss y León Zuñiga, Iván Peña Vidal, Jacobo Mendoza Ruiz, Jaime Humberto Lastra Bastar, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jazmín Yaneli Villanueva Moo, Jéssica Saiden Quiroz, Jesus Fernando Garcia Hernandez, Jesús Roberto Corral Ordóñez, Jesús Valdés Peña, José Alejandro Aguilar López, José Gloria López, José Javier Aguirre Gallardo, José Luis Téllez Marín, Juan Ángel Flores Bustamante, Juan Guillermo Rendón Gómez, Julia Arcelia Olguín Serna, Julieta Villalpando Riquelme, Julio Ernesto Gutiérrez Bocanegra, Karen Yaiti Calcaneo Constantino, Karina Isabel Martínez Montaño, Karina Pérez Popoca, Luis Arturo Oliver Cen, Luis Humberto Fernández Fuentes, Magda Erika Salgado Ponce, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Maiella Gómez Maldonado, Marcela Velázquez Vázquez, María de Jesús Rosete Sánchez, María del Rosario Orozco Caballero, María Guadalupe Morales Rubio, Mariana Benítez Tiburcio, Martha Olivia García Vidaña, Merary Villegas Sánchez, Mirna María Rubio Sánchez, Mónica Angélica Álvarez Nemer, Mónica Fernández Cesar, Nora Yessica Merino Escamilla, Óscar Iván Brito Zapata, Paola Tenorio Adame, Pedro Vázquez González, Petra Romero Gómez, Raymundo Vázquez Conchas, Ricardo Crespo Arroyo, Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, Rosa Irene Urbina Castañeda, Rosa Margarita Graniel Zenteno, Roselía Suárez Montes de Oca, Ruth Maricela Silva Andraca, Sandra Anaya Villegas, Sandra Beatriz González Pérez, Tatiana Tonantzin P. Ángeles Moreno, Tey Mollinedo Cano, Yoloczin Lizbeth Domínguez Serna (rúbricas).»
Presidencia de la diputada María de los Dolores Padierna Luna
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
MINUTO DE SILENCIO
EN MEMORIA DE 17 MENORES DE EDAD QUE FALLECIERON POR UN BROTE BACTERIANO
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: El diputado Ramírez Barba está solicitando la palabra. Micrófono en su curul. Si nos indica con qué motivo, por favor.
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba(desde la curul): Presidenta, para pedirle un minuto de silencio, a fin de poder reconocer el esfuerzo que tiene que hacer el gobierno, el esfuerzo que tiene que hacer el gobierno para poder dilucidar las causas de estas 17 muertes hasta ahora de niños que estaban en situación crítica y con nutrición se infectaron, presidenta.
Pedir que se revise bien, que no vaya a haber impunidad, que se revise si había antibióticos, que se revise si el brote fue determinado a tiempo y, sobre todo, que se procure hacer un esfuerzo mayor en la vigilancia epidemiológica de México para detectar a tiempo lo que desde la tribuna habíamos dicho la vez pasada, la resistencia antimicrobiana es un serio problema y ahorita lo acabamos de ver con muertes de niños que, estando críticos, perdieron muy prematuramente su vida y debe haber un esfuerzo importante del gobierno mexicano.
Le pido que podamos dar un minuto de silencio para las familias y a estos niños que fallecieron en México, presidenta, si fuera tan generosa.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Se concede un minuto de silencio a solicitud del diputado Ramírez Barba. Solicitamos a todos guardar silencio y ponernos de pie en nuestros lugares.
(Minuto de silencio)
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, hasta por cinco minutos, para presentar tres iniciativas, la primera con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La segunda igual y la tercera, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 37 y 221 de la Ley General de Salud, suscritas por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN. Adelante, diputado.
El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra:Quiero preguntarte a ti que nos estás viendo y a millones de familias, ¿qué esperan del sistema de salud de nuestro país? Seguramente la respuesta sería un sistema de salud moderno, eficiente, con medicamentos, pero, ¿cuál es la realidad de nuestro sistema de salud en nuestro país? ¿El sistema de salud se parece al sistema de Dinamarca que nos prometieron que íbamos a tener? Desafortunadamente no.
Cualquiera de nosotros, los aquí presentes ha tenido a un amigo, a un familiar, algún conocido que ha utilizado o ha tratado de utilizar el sistema de salud en nuestro país y, ¿qué ha pasado? Cerca de 30 millones de personas se quedaron sin acceso a la salud, cuando este gobierno, el de Morena, desapareció el Seguro Popular, no hay medicamentos, no hay tratamientos, no hay especialistas en diversas regiones del país, no hay camas para que puedan ser atendidas muchas de las personas que sufren alguna enfermedad.
Desafortunadamente esa es la realidad de millones de familias en nuestro país, en lo personal, me ha tocado vivir dos experiencias desafortunadas con el sistema de salud: una con el Seguro Popular y una especialmente con el Insabi que impulsó este gobierno.
Tengo dos hermanos que fallecieron de cáncer, uno le detectaron cáncer de colon, muy agresivo, muy adelantado, pero él tuvo la fortuna de recibir todos los tratamientos en el Seguro Popular, absolutamente todos los tratamientos. Desafortunadamente, el cáncer lo venció y murió en el 2011.
Mi hermano Toño, le diagnosticaron un fuerte cáncer en la piel, pero a él le tocó ya lo que tenía qué ver con este nuevo sistema, el Insabi.
Él, desafortunadamente, no tuvo los tratamientos necesarios, los medicamentos, se descomponían las máquinas para darle las radioterapias, se vino la pandemia, que fue pésimamente controlada por este gobierno. Colapsó el sistema de salud, no podíamos, ni siquiera, comprar las medicinas, porque la Cofepris cerró algunas fábricas que hacían estos medicamentos, porque el gobierno decía que no eran las más adecuadas, pero no se aseguró que los mexicanos tuviéramos acceso a los medicamentos y mi hermano empeoró y murió en el 2001 por la falta de medicamentos.
Y eso te genera mucho dolor, tristeza como la que sufren millones de mexicanos, como las que sufren los papás de los niños con cáncer que murieron porque no tenían medicamentos y los acusaron de revoltosos a los papás por estar exigiendo los medicamentos.
Como miles de familias que sufren porque no reciben sus medicamentos, porque no hay una cama para atenerlos. Yo pregunto a estos millones de mexicanos, ¿de qué te sirve un gobierno que no te da los servicios necesarios para que puedas ser atendido en un sistema de salud? ¿De qué te sirve este gobierno?
Nosotros hoy tenemos esa gran responsabilidad y por eso propongo esta reforma que busca garantizar que todo el sistema de salud, que el gobierno a través de sus distintas atribuciones, dote de los medicamentos necesarios, de los medicamentos oncológicos, de los medicamentos de alta especialidad a todas las familias mexicanas con o sin seguridad social, con o sin seguridad social puedan recibir sus tratamientos.
Nosotros como diputados tenemos una gran oportunidad, hoy por la noche se va a discutir el Presupuesto de Egresos y tenemos esta gran oportunidad con estas reformas que ha propuesto el PAN, ya lo explicaba la semana pasada el diputado Éctor, cómo se le están quitando 113 mil millones de pesos al sistema de salud, que de por sí está sumamente colapsado.
Tenemos una gran oportunidad de que ese dolor que están sufriendo miles de familias desaparezca. Podemos evitar ese gran dolor si realmente somos responsables y le damos a millones de familias realmente la oportunidad de recibir un sistema de salud con medicamentos y eficientes.
Los diputados del PAN haremos todo lo necesario, todo lo que esté de nuestra parte para dotar al sistema de salud que tengan medicamentos, doctores especialistas y los suficientes espacios para que los millones de familias reciban un sistema de salud eficiente. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe Miguel Ángel Monraz Ibarra, diputado integrante de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno, la siguiente iniciativa a su cargo, con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto del artículo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosComo la gran mayoría de mexicanos sabemos, los habitantes de nuestro país no gozan de la mejor salud posible. Algunas personas puede que no tengan presente que padecen de algún tipo de complicación de índole médica y les será un tanto difícil descubrirlo debido a que no tenemos una gran cultura de prevención y hacernos revisiones generales periódicas, por lo que corremos el riesgo de descubrir nuestras enfermedades cuando ya es demasiado tarde. A todas luces, lo anterior es algo que debemos evitar.
La salud es un derecho humano que se ha plasmado como derecho fundamental en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por esa parte y otras más, se trata de un artículo bastante relevante dentro de nuestro texto constitucional, pues obliga a todas las autoridades de la República Mexicana a garantizar dicho derecho a todos los mexicanos, sin embargo y, de forma lamentable, no muchas veces se ha cumplido de la forma esperada. El Gobierno de México tiene una gran deuda en esa materia.
Como bien lo indica la Constitución, todos y cada uno de los mexicanos tenemos derecho a la protección a la salud, por lo que las autoridades competentes, tales como la Secretaría de Salud federal y las de las entidades federativas, entre otras instituciones, tienen un expreso mandato constitucional que las obliga a trabajar lo más arduamente posible para que todas y todos los mexicanos tengan acceso a servicios de salud del más alto nivel. La presente iniciativa va en ese sentido, en mejorar el sistema de salud mexicano.
Pero, más que mejorar, de forma general el sistema de salud, es importante mejorar la atención que se le brinda a las personas que son derechohabientes, tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pues ellos son quienes, con cada día de trabajo y al recibir sus salarios, aportan constantemente recursos para que este país siga caminando. Si ellas y ellos dejarán de aportar, tendríamos graves problemas.
Por lo vertido en el párrafo anterior, es necesario procurarles, a nuestros derechohabientes, más y mejores servicios de la salud. En ese sentido, es importante que las autoridades competentes garanticen el abasto y la gratuidad de todos y cada uno de los medicamentos que las y los pacientes puedan llegar a necesitar, incluyendo aquellos que se consideran de alta especialidad, pues tienen un costo muy elevado comparados con los medicamentos comunes.
Este tipo de medicamentos son aquellos que deben manejarse de determinada manera para garantizar que conserven sus propiedades y tengan la mayor eficacia en el usuario, asimismo, son controlados, por lo tanto, es requisito indispensable contar con una prescripción médica a través de una receta para adquirirlos. Por ende, estos medicamentos no se pueden conseguir en la gran mayoría de farmacias comunes que conocemos, sino que debemos acudir a farmacias o centros especializados y, como resultado, el precio final es muy elevado.
Si a dichos precios elevados le sumamos que, en muchas de las ocasiones los hospitales y centros médicos, no cuentan con el inventario necesario para cubrir la demanda de los derechohabientes, estamos afectándolos de una manera muy grande, pues se ven obligados a destinar una parte de la remuneración que perciben mensualmente para adquirir sus medicamentos ya que, de lo contrario, sus padecimientos se agravarían y, en el peor de los casos, podrían perder su vida. La responsabilidad de dicha pérdida vendría siendo, directamente, de las autoridades que no garantizaron el derecho constitucional de protección a la salud.
Los medicamentos de alta especialidad, o bien, especializados, se utilizan para combatir enfermedades de distintas especialidades, tales como oncología, hepatología, urología, reumatología, neurología, medicina interna, entre otras. Como podemos observar, son especialidades que tratan padecimientos muy frecuentes en la sociedad mexicana, por ejemplo, cáncer, artritis reumatoide, alzheimer, cáncer, parkinson, diabetes mellitus, sarcopenia, entre otras.
Dado lo anterior, y con las condiciones de la población mexicana, es nuestra obligación, desde el Poder Legislativo federal, establecer las condiciones básicas para que todas las personas que cumplen sus obligaciones fiscales a través del IMSS y del ISSSTE y que, por lo tanto, son derechohabientes, tengan un servicio médico digno y de la más alta calidad y ello conlleva a que se les proporcionen los medicamentos en el momento que los requieren, sin ningún pretexto ni retraso en la entrega.
Planteamiento del problema
Desde que el presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador inició su administración en diciembre de 2018, muchas cosas fueron sometidas a cambios profundos.
En el sector salud, anteriormente, contábamos con el Seguro Popular que, por supuesto, no era perfecto, había muchas cosas por mejorarle, pero, hasta cierto punto, funcionaba pues, en 2018, daba cobertura a 37.4 por ciento de la población, un porcentaje bastante aceptable. Sin embargo, en 2019, la presente administración decidió, sin fundamentos claros, estudios necesarios y sin considerar muchos aspectos, eliminar el Seguro Popular y crear el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), Instituto sin pies ni cabeza, pero considerado como un logro del gobierno federal, que terminó desapareciendo.
Lo anterior demuestra que la transición de Seguro Popular al Insabl, en su momento, fue un claro retroceso en el acceso al derecho a la protección de la salud, violatorio del principio de progresividad de los derechos humanos plasmado en el tercer párrafo del artículo 1o. de la Constitución federal.
Como se indicó líneas arriba, la atención que brindaba el Seguro Popular no era perfecta ni la de mejor nivel, pero, sin lugar a duda, era mucho mejor que la que, actualmente proporciona el Insabi. Aunado a lo anterior, también cuenta con desabasto de medicinas a lo largo y ancho del territorio nacional.
En México, desde los inicios del gobierno de López Obrador, se ha visto una reducción en el abasto de medicamentos de todo tipo, pero más tratándose de los medicamentos de alta especialidad, pues en la capital del país se han dado una gran cantidad de manifestaciones solicitando que se dé abasto de los medicamentos que se usan para tratar dicha enfermedad.
En un inicio, el Gobierno federal no aceptaba la existencia de dicho desabasto, hasta que el pasado 10 de noviembre de 2021, el Ejecutivo federal aceptó que existe desabasto manifestando lo siguiente:
“ya tenemos que terminar de resolver el problema del abasto de los medicamentos (...) yo no quiero escuchar de que faltan medicamentos y no quiero excusas de ningún tipo”.
A pesar de la clara indicación que el presidente de México dio a sus funcionarios, hasta el momento, no se puede percibir resultado o modificación alguna, más aún, algunos funcionarios siguen negando inclusive que exista un desabasto generalizado y expresan que se trata de problemas de logística en la distribución.
En todo esto se encuentra el problema, pues no debiera existir un mínimo inconveniente con el abasto de medicinas, peor aún en instituciones como el IMSS y el ISSSTE, los trabajadores no merecen pasar por situaciones como esta. Los medicamentos deben estar disponibles para cuando se requieran, con el objetivo de que su salud mejore y puedan reincorporarse a sus actividades. Seguir en ese camino es ignorar y pasar por encima de nuestra Constitución y diversos convenios internacionales en la materia.
Objeto de la iniciativa
El objeto de la presente iniciativa es que se reforme el párrafo cuarto del Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de medicamentos de alta especialidad.
Es por lo anterior que se muestra el siguiente cuadro comparativo:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En virtud de lo anteriormente expuesto, y dando seguimiento a los trabajos desarrollados en la legislatura inmediata anterior, me permito someter a consideración de este Pleno, la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el parrafo cuarto del articulo 4o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforma el párrafo cuarto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
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Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. El Estado, a través de las instituciones competentes, garantizará la suficiencia de medicamentos gratuitos incluidos los de alta especialidad, para todas las personas con y sin seguridad social. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
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TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota
1 Sofía Charvel y Fernanda Cobo (2021). “El responsable es el Estado”. 30 de noviembre de 2021, de Letras Libres. Sitio Web:
https://letraslibres.com/uncategorized/el-responsable-es-el-esta do/
Dado en la Cámara de Diputados, el 2 de octubre de 2024.– Diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra:Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(La iniciativa podrá ser consultada en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo IV)La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
El diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra:
«Iniciativa que reforma el artículo 37 y 221 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe Miguel Ángel Monraz Ibarra, diputado integrante de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno, la siguiente iniciativa a su cargo, con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del articulo 37 y adiciona la fracción I Bis al artículo 221 de la Ley General de Salud, y suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosComo la gran mayoría de mexicanos sabemos, los habitantes de nuestro país no gozan de la mejor salud posible. Algunas personas puede que no tengan presente que padecen de algún tipo de complicación de índole médica y les será un tanto difícil descubrirlo debido a que no tenemos una gran cultura de prevención y hacernos revisiones generales periódicas, por lo que corremos el riesgo de descubrir nuestras enfermedades cuando ya es demasiado tarde. A todas luces, lo anterior es algo que debemos evitar.
La salud es un derecho humano que se ha plasmado como derecho fundamental en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por esa parte y otras más, se trata de un artículo bastante relevante dentro de nuestro texto constitucional, pues obliga a todas las autoridades de la República Mexicana a garantizar dicho derecho a todas y todos los mexicanos, sin embargo, y de forma lamentable, no muchas veces se ha cumplido de la forma esperada. El gobierno de México tiene una gran deuda en esa materia.
Como bien lo indica la Constitución, todos y cada uno de los mexicanos tenemos derecho a la protección a la salud, por lo que las autoridades competentes, tales como la Secretaría de Salud federal y las de las entidades federativas, entre otras instituciones, tienen un expreso mandato constitucional que las obliga a trabajar lo más arduamente posible para que todas y todos los mexicanos tengan acceso a servicios de salud del más alto nivel. La presente iniciativa va en ese sentido, en mejorar el sistema de salud mexicano.
Ya presentamos propuesta de reforma constitucional para garantizar de mejor forma el derecho a la salud. Ahora, a través de esta iniciativa nos referimos a la legislación secundaria, en este caso, la Ley General de Salud, insistiendo que para lo anterior, más que mejorar, de forma general el sistema de salud, es importante mejorar la atención que se le brinda a las personas que son derechohabientes, tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pues ellos son quienes, con cada día de trabajo y al recibir sus salarios, aportan constantemente recursos para que este país siga caminando. Si ellas y ellos dejaran de aportar, tendríamos graves problemas.
Por lo vertido en el párrafo anterior, es necesario procurarles, a nuestros derechohabientes, más y mejores servicios de salud, en el marco de la Ley General de Salud. En ese sentido, es importante que las autoridades competentes garanticen el abasto y la gratuidad de todos y cada uno de los medicamentos que las y los pacientes puedan llegar a necesitar, incluyendo aquellos que se consideran de alta especialidad, pues tienen un costo muy elevado comparados con los medicamentos comunes.
Este tipo de medicamentos son aquellos que deben manejarse de determinada manera para garantizar que conserven sus propiedades y tengan la mayor eficacia en el usuario, asimismo, son controlados, por lo tanto, es requisito indispensable contar con una prescripción médica a través de una receta para adquirirlos. Por ende, estos medicamentos no se pueden conseguir en la gran mayoría de farmacias comunes que conocemos, sino que debemos acudir a farmacias o centros especializados y, como resultado, el precio final es muy elevado.
Si a dichos precios elevados le sumamos que, en muchas de las ocasiones los hospitales y centros médicos, no cuentan con el inventario necesario para cubrir la demanda de los derechohabientes, estamos afectándolos de una manera muy grande, pues se ven obligados a destinar una parte de la remuneración que perciben mensualmente para adquirir sus medicamentos ya que, de lo contrario, sus padecimientos se agravarían y, en el peor de los casos, podrían perder su vida. La responsabilidad de dicha pérdida vendría siendo, directamente, de las autoridades que no garantizaron el derecho constitucional de protección a la salud.
Los medicamentos de alta especialidad, o bien, especializados, se utilizan para combatir enfermedades de distintas especialidades, tales como oncología, hepatología, urología, reumatología, neurología, medicina interna, entre otras. Como podemos observar, son especialidades que tratan padecimientos muy frecuentes en la sociedad mexicana, por ejemplo, cáncer, artritis reumatoide, Alzheimer, cáncer, Parkinson, diabetes mellitus, sarcopenia, entre otras.
Dado lo anterior, y con las condiciones de la población mexicana, es nuestra obligación, desde el Poder Legislativo federal, establecer las condiciones básicas para que todas las personas que cumplen sus obligaciones fiscales a través del IMSS y del ISSSTE y que, por lo tanto, son derechohabientes, tengan un servicio médico digno y de la más alta calidad y ello conlleva a que se les proporcionen los medicamentos en el momento que los requieren, sin ningún pretexto ni retraso en la entrega.
Planteamiento del problema
En el sector salud, anteriormente, contábamos con el Seguro Popular que, por supuesto, no era perfecto, había muchas cosas por mejorarle, pero, hasta cierto punto, funcionaba pues, en 2018, daba cobertura al 37.4 por ciento de la población, un porcentaje bastante aceptable. Sin embargo, en el 2019, la presente administración decidió, sin fundamentos claros, estudios necesarios y sin considerar muchos aspectos, eliminar el Seguro Popular y crear el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), instituto sin pies ni cabeza, pero considerado como un logro del gobierno federal.
En su momento, derivado de la creación del Insabi, hubo una tremenda lluvia de juicios de amparo de personas que se atendían en el Seguro Popular, pues el instituto ya no iba a atender padecimientos que sí atendía el Seguro Popular. En ese orden de ideas, la eliminación del Seguro Popular constituye un claro retroceso en el acceso al derecho a la protección de la salud, violatorio del principio de progresividad de los derechos humanos plasmado en el tercer párrafo del artículo 1o. de la Constitución federal.
Como se indicó líneas arriba, la atención que brindaba el Seguro Popular no era perfecta ni la de mejor nivel, pero, sin lugar a duda, era mucho mejor que la que, actualmente se proporciona-. Aunado a lo anterior, continuamos padeciendo desabasto de medicinas a lo largo y ancho del territorio nacional.
No solamente se trata de ese tipo de medicamentos, sino de toda clase. Algunos funcionarios pasaron el sexenio negando inclusive que existe un desabasto generalizado y expresan que se trata de problemas de logística en la distribución.
En todo esto se encuentra el problema, pues no debiera existir un mínimo inconveniente con el abasto de medicinas, peor aún en instituciones como el IMSS y el ISSSTE, los trabajadores no merecen pasar por situaciones como esta. Los medicamentos deben estar disponibles para cuando se requieran, con el objetivo de que su salud mejore y puedan reincorporarse a sus actividades. Seguir en ese camino es ignorar y pasar por encima de nuestra Constitución y diversos convenios internacionales en la materia.
Objeto de la iniciativa
Es por ello, y dando seguimiento a los trabajos desarrollados en la legislatura inmediata anterior, que el objeto de la presente iniciativa es que se reforme el párrafo tercero del artículo 37 y se adicione la fracción I Bis al artículo 221 de la Ley General de Salud, en materia de medicamentos de alta especialidad.
Es por lo anterior que se muestra el siguiente cuadro comparativo:
Ley General de Salud
En virtud de lo expuesto, me permito someter a consideración de este pleno, la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el parrafo tercero del artículo 37 y se adiciona la fracción I Bis al artículo 221 de la Ley General de Salud
Único. Se reforma el párrafo tercero del artículo 37 y se adiciona la fracción I Bis al artículo 221 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:
Artículo 37. ...
...
Dichos servicios, en los términos de esta ley, y sin perjuicio de lo que prevengan las leyes a las que se refiere el párrafo anterior, comprenderán la atención médica, la atención materno-infantil, la planificación familiar, la salud mental, la promoción de la formación de recursos humanos, la salud ocupacional y la prevención y control de enfermedades no transmisibles y accidentes. Así como la suficiencia y entrega gratuita de medicamentos, incluidos los de alta especialidad.
Artículo 221....
I. ...
I Bis. Medicamentos de alta especialidad: Todo aquel medicamento que se comercializa de forma controlada, que requiere un trato especializado y que se utiliza para el tratamiento de enfermedades crónicas o degenerativas.
II. a V. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Cámara de Diputados, el 2 de octubre de 2024.– Diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
Diputada Antares Vázquez, micrófono en su curul. ¿Con qué objeto, diputada?
La diputada Antares Guadalupe Vázquez Alatorre(desde la curul): Para hechos, presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Ahorita no hay hechos, no hay ningún debate ni ninguna discusión. Nos espera, cuando haya un debate le damos, con todo gusto, la palabra. O, ¿algún otro motivo? Pero para hechos no se le puede dar. ¿Perdón?
La diputada Antares Guadalupe Vázquez Alatorre (desde la curul): Para una aclaración.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Ah, aclaración. Adelante.
La diputada Antares Guadalupe Vázquez Alatorre (desde la curul): Hoy, esta mañana precisamente el equipo de salud informó en la mañanera respecto al caso de las muertes en el Estado de México de neonatos y de algunas otras personas en Guanajuato y en Michoacán.
Casualmente se debió a una central de mezclas de las que privatizaron en el régimen anterior y ellos tenían contaminada la nutrición parenteral que, por cierto, ya se cerró ese lote, se tiene confiscado, la Cofepris está actuando.
Entonces, esto también en referencia a lo que se decía, el que estaba haciendo uso de la palabra antes de mí, de que no hay, que el gobierno no se encarga de eso. No, pues dejaron todo privatizado y ahorita la presidenta también indicó, se está haciendo la investigación y además se está buscando que las centrales de mezclas sean del Estado mexicano para evitar este tipo de cosas lamentables que ocurrieron en el Estado de México y otros estados.
También le informo que el personal de salud no se forma de la noche a la mañana, que nos dejaron un déficit de 80 mil médicos y médicas, sobre todo de especialistas que están ya aumentados ahora a las residencias médicas y que están en proceso de formación y que se están contratando los médicos del bienestar para evitar lo que nos dejaron de herencias del inseguro impopular y para informarle al señor diputado que el Insabi ya no existe, que existe IMSS-Bienestar. Gracias.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: No hay ningún debate. No hubo ninguna alusión, no hay debate. No hay debate, pero no hay ninguna alusión a su persona.
Están en este recinto los presidentes municipales Joel Hernández Zaragoza, presidente municipal de Zongolica; Saúl Márquez Viveros, presidente municipal de Teteles de Ávila Castillo; Raúl Merino Badillo, presidente municipal de Epatlán; Javier de los Santos Rosas, presidente municipal de Santa Catarina; presidente municipal Alex Omar Rodríguez de Xochiltepec y Jaime Arellano Carrillo, presidente municipal de Atzitzihuacan, todos a invitación de la diputada Maiella Gómez y del diputado Pedro Haces. Sean ustedes bienvenidas y bienvenidos.
Esta Presidencia saluda a Hermilo Trejo Rangel, presidente municipal de Zimapán, Hidalgo, invitado por la diputada Astrit Viridiana Cornejo Gómez. Sea bienvenido a este recinto.
El diputado Monraz y el diputado Ramírez Barba están solicitando la palabra, sin embargo, es en relación a sus palabras que hubo una aclaración de la diputada y no hay debate sobre el tema de salud. No estamos tratando ningún asunto. No, no hay ningún debate y no lo he permitido, diputado.
SE EXPIDE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE BIENESTAR, CUIDADO Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra la diputada Gabriela Benavides Cobos, hasta por diez minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista. Adelante, diputada.
La diputada Gabriela Benavides Cobos:Con el permiso, señora presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
La diputada Gabriela Benavides Cobos: Con el permiso de mis compañeras y compañeros diputados, de los amigos y amigas que hoy nos acompañan. El día de hoy presento a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, esta iniciativa que a raíz de la reforma constitucional del artículo 3o, 4o. y 73 en materia de cuidado y protección de los animales da pie.
Esta legislatura dio un gran paso con esta reforma constitucional para lograr el bienestar de los seres vivos que tradicionalmente nos han acompañado a lo largo de nuestra historia. Fueron varios los esfuerzos realizados en diversas legislaturas para lograr facultad al Congreso en la materia de legislar en el bienestar, cuidado y protección los animales y por esta vía encontrar una norma que alcanzará la protección uniforme de estos seres vivos.
Desafortunadamente esto no se había logrado, pero hoy esta legislatura, gracias a los esfuerzos de todos los grupos parlamentarios ha logrado esta reforma y en este periodo de sesiones se lograron las condiciones para reformar nuestra Constitución.
La presente iniciativa pretende dar cumplimiento al artículo segundo transitorio de la reforma constitucional en materia de bienestar, cuidado y protección de los animales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 2 de diciembre, la cual tiene por objeto tres propósitos. El primero, establecer los planes y programas de estudios de las escuelas de todo el país deben incluir respecto a la protección de los animales. Segundo, prohibir el maltrato de los animales y establecer el deber del Estado mexicano de garantizar su protección, trato adecuado y conservación. Y, por supuesto, el último, facultar al Congreso Unión para expedir leyes generales de protección animal.
El decreto aprobado ordena al Congreso que expidan un plazo de 180 días, después de la entrada en vigor de la reforma constitucional, una ley general en materia de bienestar, cuidado y protección de los animales. Por lo que el propósito de la iniciativa es cumplir con la expectativa de la reforma constitucional y lo hago a nombre de mis compañeros del Partido Verde Ecologista de México.
Las relaciones entre los hombres y los animales han sido diversas a lo largo de la historia, han sido utilizados como medios de trabajo, fuente de alimento, medio de entretenimiento, protección para el hogar, símbolo y objeto de culto, modelos de investigación biométrica y conductual, como guía de personas discapacitadas, como fuente de afecto en sus dueños. Han sido muchas las labores que los animales realizan para nosotros.
Las relaciones entre los seres humanos y los animales no son de aparición reciente, es histórica nuestra relación con ellos. No obstante, con regularidad hemos sido testigos de actos de crueldad cometidos en contra de los animales. Y estos actos de crueldad recaen por la falta de valores de la sociedad, que no respetan a los seres vivos.
En nuestro país existe un gran número de conflictos relacionados con el trato de animales, mismos que varían por su causa, naturaleza y gravedad, de acuerdo a las diversas especies domésticas y no domésticas. Entendámoslo bien, los animales no son cosas, son seres sintientes que sufren, que sienten dolor y padecen estrés.
Por lo que resulta necesaria la creación de una ley general que nos permita contar con un instrumento jurídico, específico que defina y homologue las directrices para el tratamiento de las diversas especies, procurando siempre el bienestar animal.
El instrumento legislativo que hoy se propone tiene por objeto establecer la protección de todas las especies animales que se encuentran de forma temporal o permanente en el territorio nacional. De igual forma, establecer las competencias, concurrencias y coordinación que debe existir entre el gobierno federal y los gobiernos estatales y municipales en materia de bienestar animal.
Se establece la definición del maltrato y de bienestar animal, se señalan los actos que son considerados maltrato hacia los animales y que, por lo tanto, deben ser sancionados, destacando el hecho de causarles muerte utilizando cualquier medio que prolongue su agonía, dar muerte a animales sanos sin causa, motivo legalmente justificado, todo hecho o acto intencional en contra de los animales que ponga en peligro su vida, celebrar espectáculos públicos con animales, en los que se ejerza violencia contra los mismos para causarles la muerte, como sucede en las corridas de toros, así como utilizar ejemplares de vida silvestre en cualquier espectáculo público con fines de lucro, como hoy pasa en los delfinarios.
Se establecen lineamientos de protección para los animales utilizados en el abasto, para el trabajo, para el laboratorio, la crianza y el transporte. Buscamos no solo dar cumplimiento a lo establecido en la reforma constitucional en materia de bienestar animal, sino también terminar con el sufrimiento innecesario de seres vivos que son parte de la biodiversidad y parte de nuestra vida.
Es de esta comisión y como miembra del Partido Verde Ecologista de México, les decimos que seguiremos escuchando todas las voces para reforzar esta iniciativa. El bienestar animal no tiene color; por lo tanto, será bienvenida cualquier propuesta que pueda enriquecer la iniciativa y hacerla llegar a un punto de coincidencia entre todas las fuerzas políticas. Por ello, los invitamos a enriquecerla, a sumarse, a trabajar de la mano para construir la mejor ley que proteja a nuestros animales. Que las festividades ya no sean un pretexto para matar o maltratar un animal. Basta. Está en nuestras manos. Gracias, señora presidenta. Es cuanto.
«Iniciativa que expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLas relaciones entre hombres y animales han sido diversas; a lo largo de la historia los animales han sido utilizados como medio de trabajo, como fuente de alimento, como medio de entretenimiento, como protección para el hogar, como símbolo u objeto de culto, como modelos de investigación biomédica y conductual, como guía para personas discapacitadas y como fuente de afecto para sus dueños.
Las relaciones humano-animal no son de aparición reciente, sin embargo, hoy en día se ha potencializado su presencia debido al papel fundamental en las vidas de las personas, ya sea por un beneficio económico o emocional.
No obstante lo anterior, con regularidad somos testigos de diferentes actos de crueldad cometidos en contra de los animales. Las razones son diversas, pero todas recaen en la falta de valores en las sociedades que no respetan a los seres vivos con un alto grado de desventaja frente a los seres humanos.
Desde hace algunos años ha surgido la pregunta de si el sufrimiento es un atributo único del hombre y existen cada vez más evidencias científicas de que no. Hoy en día el hambre, la sed, la angustia, el dolor, la frustración y el miedo son calificados de maltrato animal; ello, sin omitir las muestras claras de agresiones físicas y psicológicas en contra de los animales que realizan personas crueles y sin escrúpulos.
En nuestro país existe un gran número de conflictos relacionados con el trato a los animales, mismos que varían en sus causas, naturaleza y gravedad de acuerdo a la gran diversidad de especies domésticas y no domésticas, así como al uso que se hace de ellas. En la mayoría de los casos, las causas de los problemas de bienestar animal se deben a la percepción errónea que la gente tiene acerca de que los animales no son capaces de sufrir, sentir dolor y padecer estrés.
Como resultado, es común que se desarrollen actitudes negativas hacia ellos, lo que finalmente se refleja en conductas de crueldad y negligencia, siendo el alojamiento y mantenimiento; el transporte y movilización; la matanza; la comercialización de los animales, y el manejo de estos las principales situaciones que afectan su bienestar.
Algunos de estos problemas se deben principalmente a que en nuestro país es una constante que los animales no cuenten con un mantenimiento y alojamiento adecuado a sus necesidades biológicas, ya que sus poseedores en muchas ocasiones no los proveen del alimento que requieren, viviendo hacinados y en lugares inadecuados.
Además de esto, aquellos animales que son utilizados en algunas actividades productivas sufren de problemas relacionados con las prácticas de manejo de las cuales son objeto, provocándoles estrés, lesiones, enfermedades e incluso la muerte. Como ejemplo de lo anterior se puede mencionar que, durante el transporte, los animales son mezclados sin ningún cuidado ya que en el mismo contenedor se pueden introducir animales de diferentes especies, edades o etapas fisiológicas, facilitando con ello, la presencia de enfermedades e incluso agresiones entre las propias especies.
Como es bien sabido, durante décadas un número importante de animales ha sido utilizado para satisfacer el mercado de carne. Se estima que aproximadamente entre 60 y 80 por ciento del total de los animales fueron sacrificados en rastros municipales donde generalmente el manejo previo y la matanza se realizan en condiciones tan precarias que no se garantiza ni la sanidad ni los requerimientos mínimos de bienestar, aún a pesar de que existe una norma oficial mexicana que regula dicha actividad.
Asimismo, en el caso de los animales de abasto es común que el sacrificio se realice mediante degüelle, sin previa insensibilización, introduciendo a los animales aún vivos en agua hirviendo, así como desollándolos en las mismas circunstancias.
Ahora bien, en lo que corresponde al control y manejo de los animales de compañía, un alto porcentaje sufre de abandono en la vía pública y las prácticas de sacrificio son igual de inadecuadas, ya que es común que para tal efecto se utilicen venenos, electrocución mal aplicada e incluso golpes.
Otra grave problemática se da en el ámbito de la comercialización de animales, ya que no se cuenta con suficientes mecanismos que regulen el respeto al bienestar de los animales susceptibles de dicha actividad y, por lo general, los establecimientos no cuentan con las medidas de seguridad necesarias ni la atención por parte de un médico veterinario.
Asimismo, una práctica cotidiana que refleja serios problemas de bienestar animal es la venta de animales en mercados ambulantes o en la vía pública, ya que además de ser ilegal, no se cuenta con mecanismos de control y garantía de protección de sus necesidades más básicas como lo son la alimentación, el cuidado y alojamiento, lo que provoca estrés, así como la transmisión de enfermedades infecciosas por falta de higiene, llegando a practicar la modificación de su aspecto físico, ya sea con pintura y otras sustancias con el objeto de engañar al comprador y aumentar su valor comercial.
En cuanto a los animales que son utilizados para el trabajo, incluyendo los de carga, monta y tiro, así como los de terapia, asistencia, guardia y protección es también común que durante la ejecución de estas actividades se utilicen animales enfermos o heridos o especies muy jóvenes para carga y tiro, desarrollando dichas actividades por periodos prolongados y sin procurarles descanso y alimentación suficiente.
Es necesario destacar que en muchas ocasiones el entrenamiento de animales utilizados para terapias, asistencia, guardia y protección se lleva a cabo en ocasiones en lugares públicos, por entrenadores no certificados, sin formación y sin experiencia, lo que propicia que el entrenamiento sea a través de castigos e incluso lesiones severas a los animales.
México ocupa el tercer lugar a nivel mundial en maltrato animal y el primer lugar en Latinoamérica, se estima que 7 de cada 10 animales domésticos son víctimas de alguna forma de maltrato en nuestro país. Los motivos más reportados de maltrato animal son: Falta de alimento (14.7 por ciento), agresiones físicas (13.4 por ciento), mantener amarrados a los animales (12.3 por ciento) y abandono (8.8 por ciento).
Tan sólo en la capital del país, de 2020 a julio de 2022, el Consejo Ciudadano de la Ciudad de México atendió más de 17 mil 600 reportes de maltrato animal; de ese total, 87 por ciento estuvo relacionado con perros; 6.1 por ciento con gatos; 2 por ciento con animales de abasto, como gallinas o conejos; y 1.6 por ciento con animales silvestres, entre ellos reptiles.
Una vez evidenciadas las prácticas más comunes de maltrato animal, es necesario establecer que el bienestar animal se entiende como el estado en que el animal tiene satisfechas sus necesidades biológicas, de salud, de comportamiento y fisiológicas frente a cambios en su ambiente, generalmente impuestos por el ser humano, durante su crianza, posesión, aprovechamiento, transporte y sacrificio.
Si bien es cierto que contamos con legislaciones que contemplan al bienestar animal como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley Federal de Sanidad Animal y las diversas leyes de bienestar animal de las entidades federativas, éstas sólo contienen disposiciones aisladas que resultan insuficientes para atender los problemas de bienestar animal que se presentan hoy en día en el país, los cuales no sólo afectan el bienestar de los propios animales, sino también de los seres humanos al poner en riesgo su salud, ya que en el caso de los animales destinados al consumo un mal manejo de estos puede originar problemas serios de salud pública.
Los medios a través de los cuales el Estado ha tratado de regular lo relacionado con el bienestar animal han sido muy variados e incluso en algunos casos aislados, temas relativos al respeto y trato humanitario de los animales se encuentran contenidos en unos cuantos artículos dispersos en diversos ordenamientos.
Es por lo anterior que resulta urgente y necesario la creación de una ley general que nos permita contar con el instrumento jurídico específico que defina y homologue las directrices para el tratamiento de las especies, procurando siempre el bienestar animal.
La presente iniciativa pretende dar cumplimiento al artículo segundo transitorio de la reforma constitucional en materia de bienestar, cuidado y protección de los animales, aprobada recientemente por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2024. La reforma referida tuvo como propósito lo siguiente:
• Establecer que los planes y programas de estudio de las escuelas de todo el país deben incluir la protección de los animales (artículo 3o. párrafo doceavo).
• Prohibir el maltrato de los animales y establecer el deber del Estado mexicano de garantizar su protección, trato adecuado y conservación (artículo 4o. párrafo sexto).
• Establecer la facultad del Congreso de la Unión para expedir leyes generales de protección a los animales (artículo 73, fracción XXIX-G).
• Ordenar al Congreso de la Unión que expida, en un plazo de 180 días después de la entrada en vigor de la reforma constitucional, una Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales.
Desde su fundación, el Partido Verde ha impulsado importantes iniciativas para la protección de la flora y fauna de nuestro país, donde destacan la conservación del medio ambiente y la protección de áreas naturales protegidas para el mantenimiento de nuestros ecosistemas.
El bienestar y protección de los animales no es la excepción y se trata de un esfuerzo que hemos impulsado durante mucho tiempo, por lo cual celebramos el consenso alcanzado por los distintos grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión para que esta reforma sea por fin una realidad.
Al incluir la prohibición del maltrato animal en la Constitución, el Estado reconoce a los animales como sujetos de protección jurídica. Esto impulsa una visión de los animales como seres que merecen un trato digno, no solo como objetos de propiedad.
Por su parte, la expedición de la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales obligará a todos los órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) a implementar y hacer cumplir las leyes en favor de los animales. Esto contribuye a una protección uniforme en todo el país, evitando disparidades entre entidades federativas.
Por lo aquí expuesto, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México propone a esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales
Artículo Único. Se expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, para quedar como sigue:
Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales
Título PrimeroArtículo 1o. Las disposiciones de esta ley son de orden público, interés social y de observancia general en la República Mexicana. Son objeto de protección de la presente ley todos los animales que se encuentren de forma permanente o transitoria en el territorio nacional.
Artículo 2o. En lo no previsto por la presente ley, se consideran supletorias la Ley General de Vida Silvestre; la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; la Ley Federal de Sanidad Animal; la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y las Normas Oficiales Mexicanas que regulan conductas relacionadas con la presente Ley.
Las autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley podrán solicitar asesoría y apoyo profesional en materia de bienestar animal a dependencias y entidades federales, estatales y municipales, así como a instituciones, organismos y asociaciones que, por razón de su competencia, autoridad o conocimiento en el tema, puedan proporcionarlas.
Artículo 3o. Las autoridades y la sociedad en general observarán los siguientes principios:
I. Los animales deben ser tratados con respeto y dignidad durante toda su vida;
II. Se debe disponer de los avances en ciencia y tecnología para garantizar el bienestar animal y prevenir su sufrimiento;
III. Ningún animal será sometido a maltrato o crueldad; si su muerte es necesaria ésta será siguiendo los métodos indoloros permitidos;
IV. Deberán implementarse acciones educativas a través de programas dirigidos a niñas, niños y adolescentes, así como a la población en general para promover una cultura de cuidado y trato respetuoso hacia todas las especies animales.
Artículo 4o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Animal: Ser vivo no humano, pluricelular, capaz de experimentar sensaciones, constituido por diferentes tejidos, con un sistema nervioso especializado que le permite moverse y reaccionar de manera coordinada ante los estímulos;
II. Animal utilizado para abasto: Animal doméstico que de acuerdo con su función zootécnica produce un bien destinado al consumo humano y/o animal;
III. Animal de compañía: Se considera a todo aquel que convive estrechamente con los humanos, que vive bajo su cuidado, sin interés lucrativo o utilitario y que, debido a la naturaleza de su especie, no representa un riesgo para los seres humanos u otros animales;
IV. Animal utilizado para trabajo: Animal que se utiliza en diversas actividades para realizar una labor en beneficio del ser humano;
V. Animal doméstico: Aquellas poblaciones o individuos que han sido modificados anatómica, fisiológica y conductualmente a través de la selección artificial y viven bajo el cuidado del ser humano;
VI. Animal utilizado en laboratorio: Animal usado en la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, pruebas de laboratorio y enseñanza;
VII. Asociaciones u organizaciones protectoras de animales: Las asociaciones de asistencia privada, las organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas, con conocimiento sobre el tema, que dediquen sus actividades a la asistencia, protección y bienestar de los animales;
VIII. Bienestar animal: Es el estado adecuado de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere;
IX. Centros de Salud y Bienestar Animal: Los centros públicos destinados al control zoosanitario, ofrecimiento de atención veterinaria, así como la captura para regresar a sus poseedores, dar en adopción y/o practicar la muerte asistida, entre otros;
X. Ley: Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales;
XI. Maltrato: Acciones realizadas en contra de un animal mediante el daño físico intencional que pongan en peligro su vida;
XII. Manejo: Conjunto de prácticas, técnicas y procedimientos relacionadas con la manutención, movilización, cuidado, manipulación, sujeción y muerte de los animales;
XIII. Matanza: Acto por el cual se da muerte a uno o varios animales con una causa justificada;
XIV. Trato digno: Las medidas que esta Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas establecen para garantizar el bienestar, cuidado y protección de los animales;
Artículo 5o. La Federación, las entidades federativas, la Ciudad de México, sus demarcaciones y los municipios ejercerán sus atribuciones en materia de esta Ley de conformidad con la distribución de competencias previstas en la misma y en otros ordenamientos aplicables a los tres órdenes de gobierno.
La Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales y tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes para garantizar la protección al bienestar animal.
Artículo 6o. Los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México ejercerán las atribuciones vinculadas al bienestar animal que les otorguen las leyes de las entidades federativas en el ámbito de sus competencias, así como aquellas que les sean transferidas por las entidades federativas mediante acuerdos o convenios.
Artículo 7o. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que ejerzan atribuciones que les confieren otros ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la presente Ley, ajustarán su ejercicio a la política nacional sobre protección del bienestar animal establecida en ésta, así como a las disposiciones que de ellas se deriven
Artículo 8o. La concurrencia de la Federación, las entidades federativas, los municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de protección al bienestar animal se establece para:
I. Garantizar la unidad de propósitos y la congruencia en la acción de los distintos órdenes de gobierno, relativa a la ejecución de los lineamientos de la política nacional en materia de bienestar animal;
II. Especificar aquellas atribuciones que corresponde ejercer de manera exclusiva a los poderes de las entidades federativas y a la Federación en materia de bienestar animal, y
III. Establecer los mecanismos de coordinación necesarios para la adecuada colaboración entre los distintos órdenes de gobierno en las materias que regula la presente ley.
Título SegundoDistribución de competencias, concurrencias y coordinación Capítulo IArtículo 9o. Corresponde a la Federación:
I. Formular, conducir, operar y evaluar, con la participación que corresponda a las entidades federativas, las acciones de la política nacional en materia de bienestar animal para el cumplimiento de las buenas prácticas pecuarias en las unidades de producción certificadas, establecimientos Tipo Inspección Federal, así como el uso de animales para laboratorio;
II. Establecer y aplicar las medidas de sanidad relativas a los animales para abasto, de acuerdo a la Ley Federal de Sanidad Animal;
III. Otorgar, suspender y revocar los registros, autorizaciones, certificaciones y demás actos administrativos vinculados al funcionamiento de unidades de producción certificadas en Buenas Prácticas Pecuarias, establecimientos Tipo Inspección Federal y el uso de animales para laboratorio;
IV. Vigilar, promover y hacer cumplir la presente Ley;
V. Atender y promover los asuntos relativos al bienestar animal;
VI. Atender denuncias en el ámbito de sus competencias;
VII. Celebrar convenios de colaboración entre las entidades federativas, municipios, instituciones académicas, sector empresarial y sociedad civil organizada con el objeto de cumplir con las disposiciones de la presente Ley;
VIII. Expedir las normas oficiales mexicanas relacionadas con las materias previstas en la presente Ley, y
IX. Las demás que esta ley u otras disposiciones legales le atribuyan.
Para los procedimientos administrativos previstos en esta Ley se estará a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Capítulo IIArtículo 10. Corresponde a las entidades federativas y a la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y en las demás disposiciones aplicables, ejercer las siguientes facultades:
I. Formular, conducir, operar, vigilar y evaluar la política de bienestar de los animales de abasto, de compañía y para trabajo;
II. Emitir las leyes para el bienestar de los animales de abasto, de compañía y para trabajo, de acuerdo con la presente Ley, así como con su reglamentación;
III. Celebrar convenios de colaboración entre la Federación, municipios, instituciones académicas, sector empresarial y sociedad civil organizada con el objeto de cumplir con las disposiciones de la presente Ley;
IV. Compilar la información sobre el bienestar de los animales del ámbito de su competencia;
V. Contar con un Consejo Estatal de Protección Animal en el que participe el gobierno, las instituciones académicas y las asociaciones protectoras de animales;
VI. Crear y actualizar el Registro de Asociaciones Protectoras de Animales de cada estado;
VII. Crear y administrar el registro de la entidad federativa de las personas físicas o morales que se dediquen a la cría, venta y uso de animales de trabajo, incluyendo a los adiestradores;
VIII. Vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas dentro de su ámbito de competencia, y
IX. Las demás que esta ley u otras disposiciones legales le atribuyan.
Capítulo IIIDe los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de MéxicoArtículo 11. Son obligaciones, competencias y facultades de los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México:
I. Formular, conducir, operar y evaluar la política municipal en materia de bienestar animal en el ámbito de su competencia;
II. Promover la cultura de respeto, la protección de la dignidad y el bienestar de los animales, así como la participación ciudadana y la difusión de información continua en esta materia;
III. Establecer y operar los Centros de Salud y Bienestar Animal;
IV. Establecer lineamientos sobre actividades de su competencia, como permisos y autorizaciones, para los establecimientos de cría y venta de animales de compañía, así como para el uso de animales de trabajo;
V. Vigilar el cumplimiento de las normas en materia de matanza y bienestar animal en los rastros;
VI. Vigilar el cumplimiento de la presente Ley;
VII. Organizar y ejecutar campañas de vacunación, esterilización y adopción de animales de compañía;
VIII. Celebrar convenios de colaboración entre la Federación, las entidades federativas, instituciones académicas, sector empresarial y sociedad civil organizada con el objeto de cumplir con las disposiciones de la presente Ley;
IX. Otorgar las licencias, permisos y autorizaciones a los establecimientos y las personas que realicen actividades con fines de lucro en donde se utilicen animales, y
X. Las demás que esta ley u otras disposiciones legales le atribuyan.
Título TerceroArtículo 12. Queda prohibido el maltrato de los animales.
Artículo 13. Se consideran actos de maltrato que deben ser sancionados conforme lo establecido en la presente Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables, los siguientes:
I. Causarles la muerte a los animales utilizando cualquier medio que prolongue la agonía;
II. Dar muerte a animales sanos sin causa o motivo legalmente justificado, se excluyen de esta prohibición los animales para consumo humano;
III. Cualquier mutilación, alteración de la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales que no tenga un fin médico veterinario relacionado con la salud del animal o que no se efectúe bajo causa justificada y cuidado de un especialista;
IV. Todo hecho o acto intencional en contra de los animales que ponga en peligro su vida;
V. No brindar a los animales atención médico veterinaria cuando lo requieran o lo determinen las condiciones para el bienestar animal;
VI. Privar a los animales de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie y alojamiento adecuado acorde a su especie;
VII. Abandonar a los animales en la vía pública o mantenerlos en situación de abandono;
VIII. Sacrificar animales para abasto en establecimientos que no cuenten con las autorizaciones, avisos o permisos necesarios para operar, en términos de las disposiciones aplicables en la materia;
IX. Celebrar espectáculos públicos con animales en los que se ejerza violencia contra los mismos para causarles la muerte;
X. Utilizar ejemplares de vida silvestre en cualquier espectáculo público con fines de lucro;
XI. Utilizar animales con fines sexuales;
XII. Hacer ingerir a un animal bebidas alcohólicas o suministrar drogas sin fines terapéuticos o de investigación científica;
XIII. El uso de animales en la celebración de rituales que puedan afectar el bienestar animal, y
XIV. Las demás que establezcan la presente Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
Artículo 14. En los lugares destinados a la venta de animales se deberá cumplir con lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas, las leyes en la materia, las disposiciones de la autoridad municipal y la presente Ley.
Artículo 15. La exhibición de animales será realizada atendiendo a las necesidades básicas de bienestar de los animales, de acuerdo a las características propias de cada especie y cumpliendo las disposiciones de las autoridades correspondientes, las normas oficiales mexicanas o, en su caso, las normas ambientales.
Artículo 16. Para garantizar el trato digno en el traslado de animales se deberá cumplir con lo siguiente:
I. Deberá llevarse a cabo con el debido cuidado, evitando el maltrato y actos de crueldad;
II. No deberá trasladarse o movilizarse ningún animal arrastrado, suspendido de sus extremidades, dentro de costales ni dentro de cajuelas de vehículos;
III. No deberá trasladarse o movilizarse ningún animal que se encuentre enfermo o herido, a menos que sea en caso de emergencia o para que reciban atención médico quirúrgica. Tampoco se deberán trasladar hembras cuando se tenga la sospecha fundada de que parirán en el trayecto, a menos que así lo indique un médico veterinario zootecnista;
IV. No deberán trasladarse o movilizarse crías que aún necesiten a sus madres para alimentarse, a menos que viajen con éstas;
V. No deberán trasladarse o movilizarse juntos animales de diferentes especies, sino subdividirse por especie, tamaño o condición física;
VI. No deberán trasladarse o movilizarse animales junto con substancias tóxicas, peligrosas, flamables o corrosivas, en el mismo vehículo;
VII. En el transporte deberá haber un responsable debidamente capacitado en la especie y demás características de los animales trasladados o movilizados;
VIII. Los vehículos donde se transporten animales no deberán ir sobrecargados. No deberán llevarse animales encimados, hacinados o sin espacio suficiente para respirar;
IX. El responsable deberá inspeccionar a los animales con el fin de detectar animales caídos o heridos y proporcionar la atención requerida; y
X. Las maniobras de embarque o desembarque deberán hacerse bajo condiciones de buena iluminación, ya sea natural o artificial, y los animales no podrán ser arrojados o empujados, sino que se utilizarán rampas o demás instrumentos adecuados para evitar lesiones.
Artículo 17. Los refugios, asilos y albergues para animales, clínicas veterinarias, centros de control animal, instituciones de educación superior e investigación científica, laboratorios, escuelas de adiestramiento y demás instalaciones creadas para alojar temporal o permanentemente a los animales deben contar con personal capacitado e instalaciones adecuadas y serán objeto de regulación específica en el reglamento de la presente ley.
Capítulo IIArtículo 18. Toda persona que adquiera por cualquier medio un animal para compañía deberá cumplir con las disposiciones correspondientes establecidas en la presente Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables. Si la persona no puede hacerse cargo del animal deberá buscarle alojamiento y cuidado, así como adopción responsable.
Artículo 19. Toda persona que posea un animal de compañía deberá:
I. Proveer alojamiento higiénico, ventilado y cómodo, de acuerdo a la especie animal;
II. Proveer de alimento nutritivo y agua limpia, en cantidad suficiente;
III. Brindar atención médica veterinaria;
IV. Asegurar en todo momento su bienestar;
V. Manejar a los animales de tal manera que no experimenten miedo, angustia o sufrimiento innecesarios.
Artículo 20. La cría y venta de animales de compañía debe estar regulada en las leyes estatales y reglamentos municipales, estableciendo los requisitos para obtener permisos, entre los que debe encontrarse la obligatoriedad de contar con un médico veterinario y cumplir con las obligaciones que tiene toda persona que posee un animal de compañía.
La expedición del permiso a los establecimientos comerciales que se dediquen a la venta de animales se otorgará siempre y cuando cumplan con las medidas sanitarias, ambientales y de bienestar animal.
Artículo 21. Queda prohibida la exhibición de animales de compañía con fines comerciales en cualquier establecimiento, vía pública, mercados públicos, mercados móviles en cualquiera de sus modalidades; solamente podrá realizarse su venta por catálogo impreso, digital o por los medios que la tecnología permita y que disponga el establecimiento, evitando el contacto físico directo entre el animal y el público interesado en su adquisición.
Capítulo IIIDe los animales de trabajoArtículo 22. La persona responsable o encargada de animales para la monta, carga y tiro debe contar con la autorización correspondiente y alimentar y cuidar apropiadamente a sus animales, sin someterlos a jornadas excesivas de trabajo conforme a lo establecido en la norma ambiental correspondiente, debiendo mantener las instalaciones de guarda en buen estado higiénico sanitario y en condiciones adecuadas de espacio para el animal de que se trate, así como cumplir con lo establecido en el reglamento de la presente Ley y las normas oficiales mexicanas que correspondan.
Capítulo IVDe los animales de abastoArtículo 23. En las unidades de producción pecuaria de cualquier especie de animal doméstico utilizado para abasto, se deberá cumplir lo siguiente:
I. Los animales deberán tener fácil acceso a alimento nutritivo y agua, acorde con su edad y características biológicas;
II. Contar con instalaciones que garanticen que no exista riesgo de lesión para los animales y que se mantengan limpias y desinfectadas;
III. El ambiente donde se introduzca al animal debe adaptarse a las especies para minimizar los riesgos y estos puedan estar seguros;
IV. Garantizar que en los mecanismos de selección para el mejoramiento genético se considere la sanidad y el bienestar de los animales, y
V. Contar con protocolos de gestión de desastres y emergencias que incluyan procedimientos de evacuación de los animales y conservación de reservas de alimento.
La Federación debe emitir actos administrativos de carácter general que establezcan los criterios para la producción de alimentos de origen animal que se produzcan bajo criterios y requerimientos de bienestar animal.
Artículo 24. Queda prohibida la producción y comercialización de todo producto elaborado mediante la alimentación forzada en los animales.
Capítulo VArtículo 25. Los experimentos que se lleven a cabo con animales, se realizarán apegados a las normas oficiales mexicanas sobre la materia cuando estén plenamente justificados ante los comités institucionales de bioética, los cuales entre otras cosas tomarán en cuenta que:
I. Los experimentos sean realizados bajo la supervisión de una institución de educación superior o de investigación con reconocimiento oficial y que la persona que dirige el experimento cuente con los conocimientos y la acreditación necesaria;
II. Los resultados experimentales deseados no puedan obtenerse por otros procedimientos o alternativas;
III. Las experiencias sean necesarias para el control, prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades que afecten al ser humano o al animal;
IV. Los experimentos no puedan ser sustituidos por esquemas, dibujos, películas, fotografías, videocintas, materiales biológicos o cualquier otro procedimiento análogo, y
V. Se realicen en animales criados preferentemente para tal fin.
La Secretaría de Salud deberá supervisar las condiciones y desarrollo de las intervenciones quirúrgicas experimentales en animales.
Título CuartoArtículo 26. Se considera como infractor a toda persona o autoridad que por acto u omisión infrinja las disposiciones de la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
La imposición de cualquier sanción prevista por la presente no excluye la responsabilidad civil o penal.
Artículo 27. Las sanciones aplicables a las infracciones previstas en la presente Ley podrán ser:
I. Amonestación con apercibimiento;
II. Multa;
III. Arresto administrativo;
IV. Reparación del daño, consistente en el pago de la atención médica veterinaria, medicamentos, tratamientos y/o intervención quirúrgica en los animales;
V. Asistencia a cursos sobre la importancia del bienestar animal para asegurar la no repetición del daño;
VI. Clausura temporal, parcial o total a establecimientos, negocios, obras o instalaciones;
VII. Clausura permanente;
VIII. Trabajo comunitario, inhabilitación del empleo, revocación de autorizaciones, permisos, concesiones o licencias correspondientes, el pago del mantenimiento de los animales asegurados desde su aseguramiento hasta el fin del procedimiento;
IX. Las demás que señalen las leyes y reglamentos.
Artículo 28. La imposición de multas se hará teniendo en cuenta la gravedad de la falta y las condiciones económicas del infractor, conforme a la tabla del artículo siguiente y de acuerdo con el siguiente tabulador:
A. De 30 a 100 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria vigente;
B. De 100 a 1000 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria vigente;
C. De 1000 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria vigente.
Artículo 29. Las sanciones correspondientes a las infracciones cometidas por la violación a las disposiciones de la presente Ley, se aplicarán conforme a lo siguiente:
Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ley que no tuvieran señalada una sanción especial serán sancionadas, a juicio del juzgador, de conformidad con lo dispuesto en el inciso A del artículo 28 o arresto inconmutable, según la gravedad de la falta, intención con la cual fue cometida y las consecuencias a que haya dado lugar.
Cuando las infracciones hayan sido cometidas por personas que tengan bajo su resguardo, cuidado, manejo o estén encargados de la matanza de los animales, la multa se aumentará en una mitad más el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan conforme a otras leyes.
TransitoriosPrimero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal deberá emitir, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la publicación de este decreto, la política nacional en materia de bienestar animal.
Tercero. Las entidades federativas deberán emitir en un plazo no mayor a 180 días naturales, contados a partir de la publicación de este decreto, los lineamientos para la integración de los Consejos Estatales de Protección Animal.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2024.– Diputados y diputadas: Carlos Alberto Puente Salas, Gabriela Benavides Cobos, Felipe Miguel Delgado Carrillo, Julieta Villalpando Riquelme, Fuensanta Guerrero Esquivel, Jacobo Mendoza Ruiz (rúbricas).»
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene ahora el uso de la palabra, la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La diputada Lilia Aguilar Gil:Muchas gracias, presidente. Y con la venia de la asamblea. El artículo 4o. constitucional marca que el agua es un derecho humano. De hecho, dice que se debe de garantizar no solamente el agua sino el acceso a los sistemas de saneamiento.
Sin embargo, los gobiernos panistas, específicamente el de Chihuahua, pues se pasan por el arco del triunfo la Constitución. En Ciudad Juárez, de donde yo soy originaria y de donde soy diputada, una persona que no tiene dinero para pagar el agua se le corta, y tiene que pagar, además de que no tiene acceso a este líquido, el monto de setecientos y tantos pesos, lo que equivale a una pipa de agua, solamente por tener acceso.
En una reunión con el titular de la Junta de Aguas Municipal de Ciudad Agua equiparó, en mi cara, el agua a la compra de un celular. Dijo: si la gente tiene para un celular, por qué no tiene para pagar el agua. Lo cierto es que en Chihuahua no solamente te cortan el agua, sino que te dejan completamente seco. La gente le tiene más miedo a la Junta de Aguas Municipales Ciudad Juárez, que, a Electra, Azteca o a cualquier otro cobrador. No solamente te cortan el agua, sino que además hoy día embargan los bienes inmuebles.
En declaraciones de la propia Junta de Aguas en Chihuahua, hay 4 mil 968 casas -fíjense bien-, 4 mil 968 casas en proceso de embargo por adeudos de 28 mil pesos. Yo les quiero decir que nosotros que hacemos una cantidad de gestión extraordinaria en Ciudad Juárez, hay gente humilde que no gana ni siquiera el mínimo o que solamente vive de su beca del Bienestar y que le llegan recibos de 10 mil hasta 1 millón de pesos del agua.
¿Por qué? Porque la infraestructura es tan pobre, se empeñan tanto en cobrar y quedarse con ese dinero. Y la estructura es tan pobre que las fugas que tiene la Junta de Aguas se las cobra a los usuarios.
No solamente eso, sino que se han empeñado en perseguir a las personas deudoras. Tal es el caso de la persecución política que tienen contra regidores del Partido del Trabajo, solamente porque encabezamos el movimiento para la dignificación del acceso al agua en Ciudad Juárez.
El titular de la Junta de Aguas, que ni siquiera vale decir su nombre, ha empezado una vendetta personal en contra de los regidores de Ciudad Juárez de nuestro movimiento porque le hicimos una manifestación de 2 mil personas.
Resulta que no solamente no aguantan la realidad, sino que persiguen. Ese es el ánimo de los gobiernos de derecha. Y, por cierto, poca vergüenza tienen al venir acá a hablar de acceso a derechos cuando sus gobiernos, no solamente en Chihuahua sino en todo el país, no garantizan el acceso a los servicios públicos de manera gratuita.
Lo cierto, ciudadano, ciudadana que nos escuchan, es que para el Partido Acción Nacional los servicios son una mercancía. Lo cierto es que te quieren perseguir. Lo cierto es que te quieren meter a la cárcel solamente por exigir un derecho humano al agua.
Es por eso que desde el Partido del Trabajo estamos proponiendo una reforma al artículo 4o. constitucional y al artículo 115 para que, si no les queda claro a los gobiernos panistas que deben dar el derecho al agua de manera gratuita como un derecho humano, también les quede claro que no pueden cortar el servicio, que no pueden embargar bienes ni muebles, ni inmuebles, ni pueden perseguir a las personas solamente porque quieran tener acceso al agua.
Estamos hablando de que el 20 por ciento en Ciudad Juárez no tiene acceso a agua corriente. Y estos impresentables de la Junta Municipal de Aguas, en Ciudad Juárez, están persiguiendo políticos porque quieran hacer su propia voluntad con un derecho humano.
Es por eso que desde esta alta tribuna de la Cámara de Diputados les pido, compañeros y compañeras diputadas, que refrendemos que este es un gobierno humanista y que no vamos a permitir que cobren los servicios básicos, que no vamos a permitir que dejen a las personas sin lo más mínimo, el agua.
Una persona en Ciudad Juárez, en mi distrito, tiene que ver la posibilidad de sobrevivir con una botella de 1.5 litros de agua, solamente porque la Junta de Aguas simplemente, simplemente no se le antoja, no se le antoja llevar el agua a Anapra, a los kilómetros y a lugares alejados.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Lilia Aguilar Gil: Los del Partido Acción Nacional hoy están gritando, lo que deberían de hacer es unirse a este movimiento...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Lilia Aguilar Gil: ...por los derechos humanos y poner alto a este impresentable en Ciudad Juárez, que solamente, no solamente destruye la ciudad, sino que deja a los juarenses, a los ciudadanos sin agua. Los invito a que...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Lilia Aguilar Gil:...se sumen a esta iniciativa. Muchas gracias, presidente.
«Iniciativa que reforma los artículos 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Lilia Aguilar Gil, en mi carácter de diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo séptimo del artículo 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. Es por eso por lo que el agua debe tratarse fundamentalmente como un bien social y cultural, y no sólo como un bien económico.
Este vital líquido es esencial para la vida y el bienestar de las personas. Este derecho implica que todas las personas deben tener acceso a agua potable y suficiente para satisfacer sus necesidades básicas, como la salud, la higiene y la alimentación.
La disponibilidad de agua es crucial no solo para la supervivencia, sino también para el desarrollo social y económico, ya que con el acceso al agua potable resulta indispensable para prevenir enfermedades, promover la salud y garantizar una calidad de vida digna, así mismo, el agua es vital para la agricultura, la producción de alimentos y el desarrollo de comunidades sostenibles.
En este sentido, Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (Comité DESC), en la Observación General Número 15 señala en su parte introductoria que el agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud.
De acuerdo con el Programa Conjunto de Monitoreo para el Abastecimiento de agua y Saneamiento, efectuado por la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (OMS/UNICEF), se considera agua potable aquella utilizada para los fines domésticos y la higiene personal, así como para beber y cocinar. En el mismo sentido, agua potable salubre es el agua cuyas características microbianas, químicas y físicas cumplen con las pautas de la OMS o los patrones nacionales sobre la calidad del agua potable.
Dicho Programa señala que una persona tiene acceso al agua potable si la fuente de la misma se encuentra a menos de un kilómetro de distancia del lugar de utilización y si uno puede obtener de manera fiable al menos 20 litros diarios para cada miembro de la familia; el acceso de la población al agua potable es entendida como el porcentaje de personas que utilizan las mejores fuentes de agua potable, a saber: conexión domiciliaria, fuente pública, pozo de sondeo, pozo excavado protegido, surgente protegida y aguas pluviales.
De igual manera, establece como saneamiento básico la tecnología de más bajo costo que permite eliminar higiénicamente las excretas y aguas residuales y tener un medio ambiente limpio y sano, tanto en la vivienda como en las proximidades de los usuarios. El acceso al saneamiento básico comprende seguridad y privacidad en el uso de estos servicios.
Sin embargo, la escasez de agua y la contaminación representan desafíos significativos en muchas partes del mundo, lo que pone en riesgo este derecho y afecta a millones de personas, por ello resulta fundamental que los gobiernos y las instituciones trabajen para garantizar el acceso equitativo al agua, protegiendo este recurso y promoviendo su uso sostenible, para asegurar que todas las personas puedan disfrutar de este derecho esencial.
No obstante, la situación que se vive en algunos estados con relación este derecho fundamental como lo es el tema del agua esta siendo violentado por las autoridades de los mismos estados, tal es el ejemplo de Ciudad Juárez, Chihuahua que existe desabasto de agua en algunas zonas de la ciudad, los ciudadanos reportan problemas de desabasto de agua, especialmente en temporadas de sequía o cuando hay un aumento en la demanda, así como la calidad del agua ya que existen preocupaciones sobre la calidad del agua suministrada, con reportes de contaminación que pueden afectar la salud de los usuarios el cobro de tarifas injustas y demasiado elevadas que la mayoría de los ciudadanos consideran injusto y poco transparente y la desigualdad en el acceso a este servicio por que en algunas comunidades, especialmente las más vulnerables, pueden tener un acceso limitado o deficiente al servicio de agua potable y saneamiento, lo que agrava las desigualdades sociales.
Al respecto, en diferentes municipios del estado, presentan diferentes problemáticas las Juntas Municipales de Agua y Saneamiento (JMAS), como es el caso de Ciudad Juárez, que de manera abusiva cortan el suministro de agua a viviendas, al cien por ciento, y aún así, le siguen cobrando el servicio a las personas, el cobro excesivo del servicio, embargos por adeudos del suministro, incrementos irracionales del suministro afectando a la población más vulnerable y privándola totalmente de este recurso fundamental, acción que resulta totalmente violatoria de los derechos humanos.
No obstante, Ciudad Juárez no es el único municipio del país que presenta este tipo de atropellos y violaciones claras a la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el estado de México se encuentran los municipios de Naucalpan, Toluca y Ecatepec; Córdoba, Xalapa y Coatzacoalcos en Veracruz; Tlajomulco de Zúñiga y Zapopan en Jalisco, etc.
En resumen, la situación del agua en el país es crítica y requiere atención urgente para garantizar que todos los habitantes tengan acceso a este recurso vital, al mismo tiempo que se protege el medio ambiente y se promueve un desarrollo sostenible.
Es importante destacar que, actualmente, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere en su artículo 1, párrafo primero lo siguiente:
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
...
Como se puede apreciar, el artículo 1o. constitucional garantiza claramente el libre ejercicio de los derechos humanos y señala puntualmente la obligatoriedad del estado a de promover, proteger, garantizar y respetar su aplicación. De igual manera, resulta importante mencionar que el artículo 4o., en su párrafo séptimo, lo siguiente:
Artículo 4o. ...
...
...
...
...
...
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
...
Con relación al artículo 4o., párrafo séptimo, es claro que se establece el derecho al agua de las personas tanto para su consumo personal, domestico e higiénico, y la notoria obligación del estado para garantizar el mismo. Asimismo, el artículo 27, establece que la propiedad de las aguas corresponde originalmente a la Nación y menciona los tipos de cuerpos de agua y las condiciones para que las aguas sean consideradas como federales; fuera de estos casos, podrán ser de jurisdicción estatal o privadas:
Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
...
...
Corresponde a la nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposición de las rocas, cuando su explotación necesite trabajos subterráneos; los yacimientos minerales u orgánicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales sólidos; el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensión y términos que fije el derecho internacional.
Son propiedad de la Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes constantes; las de los ríos y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquéllas en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la República; la de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén cruzadas por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la República y un país vecino, o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la República con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fija la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos, el Ejecutivo federal podrá reglamentar su extracción y utilización y aún establecer zonas vedadas, al igual que para las demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeración anterior, se considerarán como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depósitos, pero si se localizaren en dos o más predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerará de utilidad pública, y quedará sujeto a las disposiciones que dicten las entidades federativas.
...
Finalmente, el artículo 115, fracción III, inciso a, se establece la facultad que tienen los municipios para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
Artículo 115. ...
I. ...
II. ...
III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
a. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.
b. a i. ...
Como podemos apreciar, el tema del agua se encuentra regulado en varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tanto de manera directa como indirecta, desde el artículo 1, se establece como una condición inherente al desarrollo de la persona, así mismo, el artículo 4 reconoce el derecho humano al agua, considerándolo esencial para el bienestar del individuo, por su parte, el artículo 27 afirma que la nación es la única titular de los recursos hídricos del país y el artículo 115 establece que el agua es un elemento fundamental para la prestación de servicios, garantizando su acceso a todos los hogares, locales, inmuebles y predios en México.
Los derechos explican el porqué y el para qué del Estado, es evidente que su actuación solo será aceptable en la medida en que satisfaga, o al menos no vulnere, los derechos que dan sustento a nuestra noción compartida de justicia.
En el ámbito jurídico, se traduce en la necesidad de constitucionalización y protección de esos derechos frente a todos, incluido el legislador. Esto es el núcleo del constitucionalismo, la limitación de cualquier autoridad a partir de los derechos fundamentales.
Todas las autoridades, dentro de nuestras respectivas competencias, tenemos la responsabilidad de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de acuerdo con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Por lo tanto, el Estado está obligado a prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, conforme a lo que disponga la ley.
En nuestro ámbito de competencia, tenemos la obligación de legislar para defender estos derechos humanos y que no se vean atropellados por autoridades de los diferentes órdenes de gobierno.
El reconocimiento de los derechos de los individuos no se limita únicamente a su inclusión en un marco legal, sino que también implica crear las condiciones adecuadas para que cada uno de estos derechos, que están expresamente establecidos, pueda hacerse realidad.
Lo anterior, respetando en cada momento sus competencias conferidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
A efecto de lograr una mejor comprensión de la propuesta se inserta el siguiente cuadro comparativo.
Con esta reforma, se pretende fortalecer el derecho al agua de uso domestico y se garantice este recurso vital para una vida digna.
Por lo expuesto, acudo a esta soberanía a presentar, iniciativa con proyecto de
Decreto por el que reforma el párrafo séptimo del artículo 4o. y 115 constitucional
Único. Se reforma el párrafo séptimo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
...
...
...
...
...
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible , y no podrá ser restringido en su totalidad bajo ninguna circunstancia. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Artículo 115. ...
I. y II. ...
III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
a) a i)...
Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales, asimismo, no podrán restringir en su totalidad el suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado de uso doméstico bajo ninguna circunstancia.
...
...
IV. a X. ...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los congresos locales tendrán un plazo de 180 días para las adecuaciones en sus leyes secundarias.
Tercero. El Congreso de la Unión realizará las adecuaciones necesarias en leyes secundarias en un periodo no mayo a 180 días.
Notas
1 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, Observación General Número 15,
https://www.ohchr.org/es/treaty-bodies/cescr/general-comments
2 Programa Conjunto de Monitoreo para el Abastecimiento de agua y Saneamiento, efectuado por la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (OMS/UNICEF),
https://washdata.org/report/jmp-2021-wins-country-consultation-e s
3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1,
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4, párrafo séptimo,
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 27,
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
6 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 115,
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2024.– Diputadas y diputados: Lilia Aguilar Gil, Luis Armando Díaz, Alejandro Pérez Cuéllar, Clara Cárdenas Galván, Sandra Beatriz González Pérez, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Ana Karina Rojo Pimentel, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Karina Isabel Martínez Montaño, Emilio Ramón Ramírez Guzmán (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra la diputada Lorena Piñón, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa, con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con el propósito de crear un sistema paritario, equitativo y libre de discriminación en el servicio exterior mexicano, en materia de derechos humanos y no discriminación.
Antes de eso, me informa la diputada Lilia Aguilar, que algún diputado desea suscribirse a su iniciativa y me dice que ella misma lo autoriza. Por lo que quienes deseen suscribirla lo pueden hacer aquí en Secretaría.
La diputada Lorena Piñón Rivera:Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, hoy vengo ante este pleno no solo como una legisladora, sino como una hija de migrante, como una servidora pública que ha transitado los corredores de nuestra Cancillería, como una mexicana que ha sido testigo de los sueños, las esperanzas y las necesidades de nuestros connacionales más allá de nuestras fronteras.
El tema de la paridad en el servicio público es un mandato constitucional que se ha mantenido en pausa en el Servicio Exterior Mexicano. Ya se han hecho exhortos, pero no hay criterios que garanticen la paridad en los exámenes de ingreso ni en los concursos de oposición para ascender en el Servicio Exterior Mexicano.
Por ello, vuelvo a insistir con esta iniciativa. Desde mi experiencia como delegada federal de la Secretaría de Relaciones Exteriores en Veracruz, fui testigo de la emoción y las esperanzas de miles de familias migrantes, vi sus anhelos por construir un futuro mejor, pero también sus vulnerabilidades.
Es por ello y por las mujeres que hoy enfrentan barreras estructurales en el servicio público que presento esta iniciativa. Mi iniciativa de reforma para la paridad plena en la Ley del Servicio Exterior Mexicano es un acto de justicia, de reparación histórica y de compromiso con la igualdad sustantiva que nuestra Constitución nos mandata.
Los números hablan por sí mismos, solamente el 31 por ciento del Servicio Exterior Mexicano está compuesto por mujeres. Esta cifra no es un simple dato estadístico, es un testimonio silencioso de las barreras invisibles que aún enfrentan las mujeres en espacios de decisión y representación diplomática. En Relaciones Exteriores no se han roto los techos de cristal.
Quiero que reflexionemos sobre el significado profundo de la representación diplomática. La reforma constitucional en materia de paridad de género nos obliga a dar un paso más. En este recinto hemos aprobado leyes para garantizar la igualdad en distintos ámbitos, desde el Legislativo hasta los gabinetes ejecutivos. Hoy tenemos la oportunidad histórica de extender ese principio a un cuerpo de excelencia como el Servicio Exterior Mexicano y espero la solidaridad de mis compañeros y compañeras en la Comisión de Relaciones Exteriores para dictaminar lo más pronto posible esta propuesta.
Compañeras legisladoras, esta iniciativa es también un llamado a nosotras. Somos el resultado de las acciones afirmativas que nos han permitido llegar hasta aquí. Ahora debemos ser las defensoras de aquellas mujeres que enfrentan barreras invisibles, pero contundentes en su desarrollo profesional.
La paridad en el Servicio Exterior Mexicano no solo abrirá puertas, sino que garantizará condiciones equitativas para ascender sin discriminación. Esta reforma no solicita privilegios, exige justicia. No pedimos cuotas, demandamos oportunidades. No buscamos desplazar, sino equilibrar nuestra propuesta se sustente en un marco legal robusto desde la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, hasta la Convención Interamericana de Belém do Pará, pasando por nuestra propia Constitución que en su artículo 4o. establece la igualdad entre mujeres y hombres.
Como veracruzana e hija de migrante he sido testigo cercana de las complejidades de la movilidad humana, he visto el dolor de las familias separadas, la resiliencia de las madres que sostienen la esperanza de un futuro mejor, y precisamente por esas experiencias entiendo que la diplomacia no solo es un ejercicio de poder, sino de empatía, de comprensión profunda de las realidades humanas.
No vengo a romantizar el rol de las mujeres, vengo a exigir el reconocimiento de sus capacidades profesionales, cada mujer en el servicio exterior no es una cuota, es un talento, es un estratega, es una representante de México.
A mis compañeras diputadas de todos los partidos les digo, esta lucha es nuestra, hemos sido beneficiarias de acciones afirmativas que han transformado la representación política y hoy toca extender esa transformación a otros espacios estratégicos.
A mis compañeros diputados les pido solidaridad, nuestra cancillería merece ser un espacio donde el mérito, la preparación y el compromiso sean los únicos criterios para el ascenso, donde cada mexicana pueda mirar al horizonte diplomático y ver un camino claro sin obstáculos de razón de género.
Compañeras y compañeros, votemos por la paridad, acaso no merece México en cada rincón del mundo contar con las mujeres talento sin importar su género, por las mujeres de ayer, por las mujeres de hoy y por las mujeres del mañana, por un México más justo y más fuerte. Es cuanto, presidente.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con el propósito de crear un sistema paritario, equitativo y libre de discriminación en el servicio exterior mexicano, en materia de derechos humanos y no discriminación, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Lorena Piñón Rivera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3, 21, 37 y la fracción XV del artículo 58 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa presente iniciativa de reforma a la Ley del Servicio Exterior Mexicano tiene como objetivo fundamental garantizar la paridad de género en la integración y promoción del personal del Servicio Exterior Mexicano, en concordancia con la evolución constitucional y convencional en materia de derechos humanos y no discriminación.
Desde su fundación en 1822, el Servicio Exterior Mexicano fue creado para profesionalizar un cuerpo de agentes diplomáticos que representaran dignamente al país. Para lograrlo, se organizó un sistema de desarrollo laboral que asegurara la formación de servidores públicos altamente capacitados, para que a través de sus consulados y legaciones fueran capaces de actuar en nombre de nuestra nación, de una manera ejemplar en el extranjero y proteger sus intereses.
La evolución del Servicio Exterior Mexicano ha sido notable, sin embargo, a pesar de su reconocida excelencia a nivel internacional, existe un amplio margen para perfeccionar su estructura y garantizar un desarrollo profesional equitativo para todas y todos sus miembros, por ello, propongo fortalecer su marco normativo con el fin de eliminar la discriminación, así como las barreras de género y fomentar la paridad.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al igual que las leyes secundarias en la materia, establecen que todos los hombres y mujeres en México son iguales ante la ley; además estipula que es responsabilidad del Estado adoptar las medidas necesarias para garantizar que este principio se vea reflejado en la realidad. Por lo tanto, se mencionarán las disposiciones legales del Servicio Exterior Mexicano, así como de otras leyes, que tienen como objetivo crear condiciones de igualdad para que cada mujer pueda desarrollarse laboralmente en un entorno libre de discriminación comenzando por el artículo 4 de nuestra Carta Magna.
“ Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. (...)”.
La reforma constitucional en materia de paridad de género, estableció en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el principio de paridad en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo federal y sus equivalentes en las entidades federativas, así como en los organismos autónomos. Este principio debe permear en todas las instituciones del Estado mexicano.
En este mismo sentido, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en la fracción octava del apartado B del artículo 123 que tanto las trabajadoras como los trabajadores tienen el derecho de ascender en los puestos de su trabajo en igualdad de condiciones, conforme a su experiencia en el centro de trabajo sin distinción de su género.
“ VIII. Los trabajadores gozarán de derechos de escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad. En igualdad de condiciones, tendrá prioridad quien represente la única fuente de ingreso en su familia;”.
El artículo 2 del Convenio número 111, relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, establece que los estados deben implementar, a través de una estrategia nacional, políticas públicas dirigidas a eliminar la discriminación en el ámbito laboral y a promover la igualdad de condiciones para todos los trabajadores y trabajadoras.
“Todo miembro para el cual este Convenio se halle en vigor, se obliga a formular y llevar a cabo una política nacional que promueva, por métodos adecuados a las condiciones y a la práctica nacionales, la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con objeto de eliminar cualquier discriminación a este respecto”.
En el ámbito internacional, México ha suscrito y ratificado diversos instrumentos que le obligan a adoptar medidas para eliminar la discriminación contra la mujer y garantizar la igualdad sustantiva. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que en su artículo 8 establece:
“Los estados parte tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales”.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que establece en su artículo 4:
“Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Estos derechos comprenden, entre otros:
(...)
j. El derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones”.
También debe considerarse a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, particularmente el Objetivo 5 sobre igualdad de género y el empoderamiento de mujeres y niñas.
La reforma propuesta se alinea con diversas disposiciones normativas nacionales, como la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que establece en su artículo 36:
“Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, las autoridades correspondientes desarrollarán las siguientes acciones:
(...)
VII. Fomentar la participación paritaria y sin discriminación de mujeres y hombres en los procesos de selección, contratación y ascensos en el servicio civil de carrera de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial”.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 18 refiere:
“Violencia institucional: son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen, utilicen estereotipos de género o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia”.
Los estudios académicos demuestran la persistente subrepresentación de las mujeres en el servicio exterior. Según investigación publicada en Foreign Affairs Latinoamérica, específicamente el trabajo de la doctoranda en seguridad Belén Licona Romero Las mujeres en la diplomacia: nombrando nuestras historias (2023), solo 31 por ciento del Servicio Exterior Mexicano son mujeres.
La investigación Gender and Diplomacy (2017) de Jennifer A. Cassidy, demuestra que la diversidad de género en la diplomacia contribuye a:
- Mayor eficacia en la resolución de conflictos.
- Perspectivas más amplias en la negociación internacional.
- Mejor representación de los intereses nacionales.
El artículo 1-Ter de la Ley del Servicio Exterior Mexicano mandata a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que establezca lineamientos destinados a promover la participación de sus trabajadoras y trabajadores en un sistema libre de discriminación de género. Asimismo, establece la obligación de crear criterios que aseguren procesos laborales equitativos y confiables que garanticen las mejores condiciones tanto para hombres como para mujeres.
“El lenguaje empleado en la presente Ley no busca generar ninguna clase de discriminación, ni marcar diferencias entre mujeres y hombres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un sexo representan a ambos. La Secretaría promoverá la participación en condiciones de igualdad sustantiva en cualesquiera de los procedimientos establecidos en la presente Ley y su Reglamento”.
El cuarto artículo de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (LSEM) describe la forma en la que está jerarquizada la estructura diplomático-consular, la cual se divide en siete categorías que cumplen funciones específicas con el fin de asegurar un desempeño adecuado y para alcanzar los objetivos diplomáticos.
“La rama diplomático-consular comprende los siguientes rangos:
I. Embajador;
II. Ministro;
III. Consejero;
IV. Primer Secretario;
V. Segundo Secretario;
VI. Tercer Secretario, y
VII. Agregado Diplomático”.
El artículo 11 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano establece que su reglamento debe ofrecer mecanismos de rotación que permitan a sus trabajadores permanecer o salir del país por periodos determinados en beneficio de las necesidades del servicio. Asimismo, ordena que los programas de rotación del personal del servicio exterior consideren criterios con perspectiva de género.
“La Secretaría vigilará que la adscripción en el extranjero y en México del personal de carrera se ajuste a una rotación programada, asegurándose que, sin excepción, ningún miembro permanezca en el exterior por más de ocho años continuos o en el país más de seis años continuos, privilegiando en todo momento las necesidades del servicio.
(...)
En el Reglamento de la presente Ley se establecerán modalidades, a fin de favorecer una equilibrada rotación del personal de carrera, entre áreas geográficas diversas y de especialización temática, así como para evitar dos adscripciones continuas de vida difícil o de pronunciada carestía. Asimismo, para los programas de rotación, además de las necesidades del servicio, habrán de tomarse en cuenta las especialidades profesionales, el conocimiento de idiomas, la perspectiva de género y la integración familiar del personal del Servicio Exterior”.
De igual manera, el artículo 27 de esta ley señala que la designación de los dos miembros del servicio exterior que integrarán la comisión de personal del servicio exterior deberá realizarse considerando el principio de paridad de género.
“La Comisión de Personal del Servicio Exterior, se integrará de la siguiente manera:
(...)
VII. Dos miembros del Servicio Exterior, con rango mínimo de Consejero, propuestos por la Presidencia de la Comisión de Personal y aprobados por el Secretario, quienes asistirán de manera permanente a las sesiones para cubrir periodos de un año. Para efectos de su designación se deberá procurar la paridad de género”.
Por otro lado, el artículo 28 de este marco regulatorio establece la modalidad para que los ciudadanos y ciudadanas mexicanas puedan integrarse a este importante grupo de profesionales en el extranjero. Para ello, deben completar diversas pruebas que demuestren sus conocimientos y su idoneidad para representar a nuestra nación. De igual manera se estipula que la subcomisión de ingreso estará obligada a incorporar mecanismos que promuevan la paridad de género.
“El proceso para ingresar como miembro del Servicio Exterior de carrera se realizará por oposición, mediante concursos públicos preferentemente anuales, que serán organizados en etapas eliminatorias y deberán contemplar, al menos, los siguientes elementos:
(...)
La Subcomisión de Ingreso fomentará la participación de las mujeres en los procesos de ingreso y adoptará metodologías y mecanismos que tiendan a favorecer la paridad de género en el Servicio Exterior”.
El artículo 37-Bis de este mismo marco normativo expresa que los procesos de revisión de los historiales laborales del personal se le dará a conocer a los participantes de los exámenes al ingresar a este cuerpo de profesionales, y a su vez se establece que para la elección del órgano encargado de la revisión de estos archivos se buscará asegurar la paridad de género.
“ Artículo 37 Bis. La evaluación de los expedientes personales será realizada por la Subcomisión de Evaluación y dada a conocer a los interesados con anticipación a la celebración de los exámenes.
La Subcomisión de Evaluación se integrará por:
(...)
IV. Dos Miembros del Servicio Exterior con rango mínimo de Consejero o de Agregado Administrativo “A” propuestos por quien presida la Comisión de Personal y aprobados por el Secretario, procurando siempre la paridad de género”.
La fracción XV del artículo 58 de este marco regulatorio establece sanciones para los trabajadores que en ejercicio de su funciones incurran en actos u omisiones que den origen a actos que puedan violentar o acosar de cualquier forma al personal y que tiendan a transgredir lo estipulado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
“ Artículo 58. Incurrirá en irregularidad administrativa no grave, quien en ejercicio de sus funciones como Miembro del Servicio Exterior, incumpla con alguna de las obligaciones previstas en el artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como cuando realice actos u omisiones que constituyan cualquiera de las siguientes conductas:
(...)
XV. Incurrir en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento o acoso sexual y acoso laboral, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y demás disposiciones aplicables, y
(...)”.
Asimismo, la fracción III del artículo 4 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que la prevención de la discriminación en el diseño e implementación de políticas públicas, tanto en el ámbito local como federal, constituye un elemento fundamental para garantizar una vida libre de agresiones para las mujeres.
“ Artículo 4. Los principios rectores para el acceso de todas las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias que deberán ser observados en la elaboración y ejecución de las políticas públicas federales y locales son:
(...)
III. La no discriminación, y”.
Como pudimos observar la Ley del Servicio Exterior Mexicano tiene contemplado disposiciones orientadas a promover el principio de la paridad de género dentro de sus procesos laborales y de asignación de cargos, sin embargo, aún queda mucho espacio para fortalecer estos preceptos para garantizar la igualdad real y efectiva para todos los empleados del sector, tanto en los procesos de selección como en el desarrollo de sus carreras.
Es remarcable que la titular del Ejecutivo federal, la Presidenta Claudia Sheimbaum Pardo, ha expresado que con motivo de su titularidad del Ejecutivo federal, que “Yo no llego sola, llegamos todas”; sin embargo es necesario garantizar que este pronunciamiento se vea reflejado en los hechos y no se quede sólo en palabras, por ello, es necesario que como legisladores hagamos lo posible para implantar las condiciones laborales y profesionales para que, efectivamente todas las mujeres tengan la oportunidad de llegar hasta donde lo deseen.
Las propuestas de este proyecto de dictamen deben implementarse con la mayor celeridad posible, ya que como se dijo anteriormente, a pesar de los importantes cambios estructurales y laborales que ha experimentado esta institución, persisten lamentables casos que obstaculizan el progreso profesional de sus trabajadoras, ejemplo de ello es la reciente denuncia de discriminación hacia las trabajadoras del Servicio Exterior Mexicano.
Asimismo, tenemos la obligación de revisar minuciosamente las leyes que le dan forma a las estructuras laborales de las dependencias e institutos de las que dependen el correcto funcionamiento y el progreso de nuestra nación para garantizar justicia laboral paritaria para todas y todos, con el objetivo de eliminar la discriminación en los espacios de trabajo, sin excepción. En este mismo sentido, espero que los cambios propuestos en la Ley del Servicio Exterior sean el principio que impulse a mis compañeros legisladores en este honorable Congreso a trabajar para garantizar que todas las leyes se adecuen con lo mandatado en nuestra Constitución, la igualdad en el trabajo es un principio que debemos garantizar en todos los espacios y que debe estar al alcance de todas las personas.
Esta reforma representa una medida de acción afirmativa que materializa el principio de progresividad de los derechos humanos, consagrado en el artículo 1o. constitucional. La implementación de la paridad de género en el Servicio Exterior Mexicano constituye un avance significativo en la consolidación de la igualdad sustantiva; que además no implica recursos adicionales, ya que se trata de modificaciones a procesos administrativos existentes dentro de la estructura actual de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
De esta manera, se propone ante esta soberanía legislativa la siguiente reforma de ley, que se presenta en la siguiente tabla para su mayor entendimiento:
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 3, 21, 37 y la fracción XV del artículo 58 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Primero. Se reforma el artículo 3 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para quedar como sigue:
Artículo 3. El Servicio Exterior se integra por personal de carrera, personal temporal y personal asimilado y comprende las ramas diplomático-consular y técnico-administrativa; la integración de los mismos deberá observar el principio de paridad de género.
Segundo. Se reforma el artículo 21 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para quedar como sigue:
Artículo 21. En ocasión de una vacante en el escalafón del Servicio Exterior en el rango de embajador, el Secretario someterá a la consideración y, en su caso, aprobación del Presidente de la República, los nombres y antecedentes de los ministros del personal de carrera que, a su juicio, tengan los méritos y antigüedades necesarios para ascender al rango inmediato superior, previa evaluación de la Comisión de Personal observando la paridad de género.
Tercero. Se reforma el artículo 37 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para quedar como sigue:
Artículo 37. Los ascensos del personal de carrera a Segundo Secretario, Primer Secretario, Consejero y Ministro de la rama Diplomático-Consular, así como a Coordinador Administrativo en la rama Técnico-Administrativa, serán acordados por el Secretario, previa recomendación de la Comisión de Personal y se deberá de observar el principio de paridad de género. Al efecto, la Comisión de Personal organizará concursos de ascenso que comprenderán:
Cuarto. Se reforma la fracción XV del artículo 58 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para quedar como sigue:
Artículo 58. Incurrirá en irregularidad administrativa no grave, quien en ejercicio de sus funciones como Miembro del Servicio Exterior, incumpla con alguna de las obligaciones previstas en el artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como cuando realice actos u omisiones que constituyan cualquiera de las siguientes conductas:
(...)
XV. Incurrir en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, discriminación, hostigamiento o acoso sexual y acoso laboral, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y demás disposiciones aplicables, y
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1821/12.pdf
2 https://normlex.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB: 121 00: 0:: NO:: P12100_Ilo_Code: C111
3 https://www.proceso.com.mx/nacional/2024/10/22/tras-denuncias-de-acoso-jorge-is las-declina-al-nombramiento-de-coordinador-de-consulados-339000.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2024.– Diputada Lorena Piñón Rivera, Xitlalic Ceja García, Ariana del Rocío Rejón Lara, Fuensanta Guerrero Esquivel (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, hasta por cinco minutos.
La diputada Irais Virginia Reyes de la Torre:Con permiso de la Presidencia. Compañeros y compañeras, estamos a punto de acabar el año 2024 e iniciar un nuevo año, es un momento de reflexión, de pensar qué objetivos y metas queremos para el año siguiente, algunos de ustedes, de sus familias, amigos o amigas, vecinos y vecinas sueñan con comprar una casa, con comprar un auto nuevo, con abrir un negocio o extender su negocio o bien tienen otros propósitos personales.
Aunque tengamos sueños y metas, muchos de esos sueños no dependen de nosotros, dependen de nuestro sistema financiero. A veces, para crecer económicamente o incluso, satisfacer las necesidades de un determinado momento personal o familiar hay que pedir un préstamo, hay que tocar la puerta de los bancos y hay un ente clave que tiene mucho qué ver en esto, que se llama el buró de crédito.
Imagina que es un momento difícil de tu vida, tal vez por una crisis económica o un problema personal te retrasas en el pago de tus deudas, aunque lo hayas hecho sin intención y aunque tenías el deseo de ponerte al corriente lo antes posible, ese retraso afecta la forma en que te perciben las instituciones financieras y afectan tu posibilidad de obtener un crédito.
En muchos casos, un mal reporte de crédito es suficiente para que los bancos te cierren las puertas, incluso, si tu situación ha mejorado. Este es un problema que afecta a miles de personas en México y, por eso estamos proponiendo, a nombre de la bancada de Movimiento Ciudadano, en colaboración con mis compañeros Juan Zavala y Pablo Vázquez, una reforma a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.
Las sociedades de información crediticia, conocidas como el buró de crédito, lo que hacen es que recopilan y gestionan la información de nuestro historial crediticio. Su función es crucial para las entidades financieras, ya que les permite evaluar la solvencia de los solicitantes de crédito.
¿Pero qué pasa cuando esa información no es actualizada o no refleja los esfuerzos que una persona hace por regularizar su situación financiera? Aquí es donde entra la propuesta de reforma, garantizar que la información se actualice de manera oportuna y que las personas puedan acceder a ella de forma gratuita.
Actualmente, la ley establece que la información negativa sobre los incumplimientos se elimina después de varios años. Sin embargo, en la práctica, muchas veces las personas siguen apareciendo en los registros, incluso cuando ya regularizaron su situación. Esto les impide acceder a nuevos créditos o los obliga a pagar tasas de interés mucho más altas.
¿Qué sentido tiene que un buen pagador siga siendo penalizado por un error del pasado? Además, los plazos en que tu deuda es registrada son desproporcionados de acuerdo al monto de las deudas.
¿Puedes creer que por deber 200 pesos te quedas un año en el buró de crédito? O por deber 4 mil pesos estarás ahí por dos años. O bien, vas a estar cuatro años en el buró de crédito por deber 8 mil pesos.
Hay personas que no pueden obtener un crédito para comprar una casa, para comprar un auto, para abrir su negocio o sacar una tarjeta de crédito por una deuda chiquitita de 200 pesos, que además ya pagaron o bien, que no tienen acceso a financiamientos por deudas contraídas debido a un robo de identidad.
Es por ello, que estamos proponiendo reducir de 72 a 36 meses el plazo máximo durante el cual las instituciones pueden reportar información relacionada con su cartera vencida y también el periodo en que un registro de incumplimiento puede permanecer en el Buró de Crédito.
También estamos proponiendo prohibir a las sociedades registrar incumplimientos de créditos menores a mil UDI, es decir, deudas de un monto aproximado de 8 mil 300 pesos. Y estamos proponiendo establecer que los registros de créditos de hasta 2 mil UDI, que representa un valor aproximado de 16 mil 600 pesos, se eliminen en un plazo máximo de 36 meses.
Por otro lado, hay una situación que muchos no conocen. Las personas aparte deben pagar por consultar su propio historial crediticio, cuando el Buró de Crédito ya obtiene ingresos por la revisión que hacen las empresas del historial que este maneja, por eso estamos proponiendo otorgar a los mexicanos el derecho a solicitar gratuitamente su reporte de crédito cada 6 meses en lugar de cada 12 meses.
La propuesta de reforma también contempla que la información incorrecta se corrija de oficio, sin que sea necesario que el ciudadano lo solicite y que en caso de una reclamación se establezca que deberá resolverse en un plazo máximo de 10 días.
Y con esto concluyo. Finalmente, esta reforma tiene un objetivo claro, fortalecer los derechos de los consumidores, garantizar que la información se maneje de manera más eficiente y facilitar el acceso a mejores oportunidades financieras. En esta historia...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Irais Virginia Reyes de la Torre: ... los verdaderos protagonistas son todos aquellos ciudadanos que día a día buscan construir un futuro financiero mejor, pero que se ven frenados por un sistema que aún necesita adaptarse a las necesidades y realidades de la vida moderna. Esta reforma al Buró de Crédito no es solo un cambio en las leyes, es un paso hacía un México más justo, más transparente y con más oportunidades. Todos hemos tenido una mala racha, pero no merecemos...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Irais Virginia Reyes de la Torre: Concluyo. Todos hemos tenido una mala racha, pero no merecemos ser sepultados de la vida financiera de nuestro país del acceso a créditos y financiamientos por deber 200 pesos. Es cuanto.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
DECLARATORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL
SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN ORGÁNICA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: El siguiente punto del orden del día es la declaratoria de reforma constitucional en materia de simplificación orgánica. Solicito a la Secretaría dar lectura del oficio que remite la Cámara de Senadores.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Tenemos el honor de remitir a ustedes, para los efectos constitucionales, el expediente con el proyecto de declaratoria del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica, que contiene 19 votos aprobatorios de los Congresos de los estados de: Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas.
Atentamente.
Ciudad de México, a 3 de diciembre de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat, (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió del Congreso del estado de Quintana Roo, oficio con el que remite su resolución relativa al proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, misma que se anexa, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente.
Ciudad de México, a 4 de diciembre de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat, (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió del congreso del estado de Sonora, oficio con el que remite su resolución relativa al proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 174, 175, párrafo 1, 176 y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicho documento, mismo que se anexa, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente.
Ciudad de México, a 5 de diciembre de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat, (rúbrica), secretaria.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Pido a la secretaría, realice el cómputo correspondiente a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de los votos aprobatorios de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Señor presidente, se recibieron los votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de los estados de: Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México, en virtud del cómputo realizado esta Secretaría da fe de la recepción de 21 votos aprobatorios en la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de simplificación orgánica.
Se pide a todas y a todos los presentes ponerse de pie.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Una vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, se emite la siguiente declaratoria:
El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara: reformadas, adicionadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de simplificación orgánica. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales. Pueden tomar asiento.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
CLAUSURA Y CITA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (11:48 horas): Se levanta la sesión y se solicita a las diputadas y a los diputados permanecer en sus lugares para dar inicio a la segunda sesión ordinaria de este día, en modalidad presencial. El registro de asistencia está disponible a partir de este momento a través de las tabletas instaladas en las curules de las diputadas y los diputados.
––––– O –––––
RESUMEN DE LOS TRABAJOS
• Tiempo de duración de la sesión: 1 horas 5 minutos
• Quórum a la apertura de la sesión: 310 diputadas y diputados
• Asistencia
• Orden del día
• Acta de la sesión anterior
• Comunicaciones oficiales: 1
• Minutas: 3
• Iniciativa de congresos estatales: 1
• Declaratoria de publicidad de dictámenes: 4
• Minutos de silencio: 2
• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 8
• Declaratoria de reforma constitucional: 1
• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 15
4-Morena, 3-PAN, 2-PVEM, 2-PT, 2-PRI, 2-MC
DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)