SUMARIO
Desde la curul, el diputado Federico Döring Casar, el PAN, hace diversos comentarios en el marco de las actas de las sesiones, particularmente respecto a una votación del pasado jueves 30 de octubre. La Presidencia hace aclaraciones al respecto
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección y cuidado animal
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
La diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 157 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.Se turna a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
Desde la curul, la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del PVEM, hace del conocimiento de Mesa Directiva que el pasado 24 de octubre fue víctima de un asalto en su tránsito por la carretera México-Querétaro, razón por la cual se abrió una carpeta de investigación ante las autoridades correspondientes. La Presidencia instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos dar seguimiento a la carpeta de investigación
El diputado Raúl Lozano Caballero, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional de Cuidados. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de procedimiento abreviado. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Jesús Fernando García Hernández, en nombre propio, del diputado Reginaldo Sandoval Flores, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
El diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
El diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
El diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que adiciona el artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen
El diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 16 y 20 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
La diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el numeral 6 del inciso b), de la fracción I, del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 62 y 64 Bis de la Ley General de Salud, en materia de cuidados ante una pérdida gestacional. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, en nombre propio, del diputado Reginaldo Sandoval Flores, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley de Carrera del Poder Judicial Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo sexto transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 41, 81 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Juan Hugo de la Rosa García. del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Archivos, en materia de atribuciones de sujetos obligados que no forman parte de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
El diputado Juan Hugo de la Rosa García. del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desarrollo metropolitano. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Luis Enrique Miranda Barrera, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 64 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
La diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 41 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de resistencia antimicrobiana. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 7 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Se turna a la Comisión de Reforma Política Electoral, para dictamen
El diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
La diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
La diputada Evangelina Moreno Guerra, y el diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena, presentan la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o., 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 13 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
ASISTENCIA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Solicito a la Secretaría que haga del conocimiento el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se informa a la Presidencia que se tienen registrados 348 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum, 350 última actualización, señor presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (11:05 horas): Se abre la sesión ordinaria vespertina del miércoles 6 de noviembre de 2024 en modalidad semipresencial.
ORDEN DEL DÍA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: El orden del día se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y en los dispositivos móviles de las diputadas y diputados.
«Primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.
Orden del día
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
Acuerdo de los órganos de gobierno
Declaratoria de publicidad de dictámenes
De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan los artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección y cuidado animal.
De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa.
De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica.
Iniciativas
Que adiciona el artículo 6o. y reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Joaquín Zebadúa Alva, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 15 y 154 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona la Ley General de Salud, en materia de expediente clínico electrónico, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia del Sistema Nacional de Información en Salud y su Interoperabilidad, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de Inteligencia Artificial aplicada a la salud, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 69, 72 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Héctor Saúl Téllez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 41, 81 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Margarita Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 37 y 221 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Theodoros Kalionchis de la Fuente y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 132, 133 y 423 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Amancay González Franco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
.Que reforma el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Alfredo Lozoya Santillán, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley del Seguro Social, en materia de depresión post-parto, suscrita por la diputada Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 4o. y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Tania Palacios Kuri y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que expide la Ley General del Cáncer, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley General de Salud, en materia de fortalecer la autonomía, el financiamiento de la regulación, control, vigilancia y fomento sanitario que realiza Cofepris, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de enfermedades raras, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 537 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 284 Bis al Código Civil Federal, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 325 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Archivos, en materia de atribuciones de sujetos obligados que no forman parte de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Juan Hugo de la Rosa García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 4o., 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Evangelina Moreno Guerra y Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 16 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Prevención de la Covid-19 y otras Enfermedades Respiratorias, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para garantizar el abasto de medicamentos e insumos para la salud y combatir la corrupción, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de acoso laboral, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo sexto transitorio del decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el DOF el 27 de abril de 2016, a cargo del diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para garantizar la inclusión de este sector de la población en una sociedad más justa, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Secretaría de Pesca y Acuacultura, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en materia de lenguaje inclusivo, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 225 del Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos por servidores públicos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 7o. y 14 de la Ley General de Educación, en materia de tecnologías de la información y comunicación, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 5 de marzo de cada año como el Día Nacional del Circo, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para crear el Sistema Judicial de Información Pública Avanzada, a cargo del diputado Roberto Armando Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo tercero transitorio del decreto que reforma el inciso a) de la base II del artículo 41, y el párrafo primero de la fracción VI del Apartado A del artículo 123; y se adicionan los párrafos sextos y séptimo al Apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 27 de enero de 2016, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Bienestar, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 95 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 204 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 30 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 43 y 45 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Fiscalía General de la República, en materia de perspectiva de género, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por las diputadas Ana Karina Rojo Pimentel y Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 5o. y 13 de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención culturalmente adecuada, a cargo del diputado Gerardo Olivares Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 35 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de consagrar el derecho de todo ciudadano de participar en la asignación del presupuesto en los tres niveles de gobierno, a cargo del diputado Adrián González Naveda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 27 de la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, a cargo del diputado José Antonio López Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de brindar la atención y detección oportuna a niños con diabetes mellitus, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailon, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 76 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 2o., 41 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Maria Damaris Silva Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones a Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 64 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 3o. y 133. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, suscrita por la diputada María del Rosario Guzmán Avilés y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley General de Educación y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Roberto Armando Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, para fortalecer las medidas de protección tratándose de delitos cometidos contra menores de edad y mujeres, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que deroga la fracción I del artículo 2o. de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 10 de noviembre de cada año Día Nacional de la Mariposa Monarca, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de medidas de apremio, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia del procedimiento abreviado, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Sistema Nacional de Cuidados, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Aniceto Polanco Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 153-M de la Ley Federal del Trabajo, en materia de capacitación y adiestramiento, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 88 y 89 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo del diputado Mario Zamora Gastélum, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Luis Enrique García López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 10 de la Ley de Minería, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 7o. de la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, suscrita por la diputada Tania Palacios Kuri y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo decimo transitorio del decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el DOF el 31 de marzo de 2007, en materia de edad mínima de jubilación, a cargo del diputado Gerardo Olivares Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de inteligencia artificial, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia compatibilidad de las pensiones por jubilación y viudez, en donde el estado deberá garantizar el pago de ambas, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona los artículos 23 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delito y conductas antisociales, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de incluir la educación digital en la educación básica, a cargo del diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 51 Bis y reforma el artículo 61 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prohibición de unidades de autotransporte de carga de doble remolque, suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez, Lorena Piñón Rivera y Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de rastros y buenas prácticas de manufactura, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de reparación integral y sanción a conductas discriminatorias, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 62 y 64 Bis de la Ley General de Salud, en materia de cuidados ante una pérdida gestacional, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de nuevas masculinidades, a cargo del diputado Ulises Mejía Haro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, para crear el Centro Nacional de Gestión de Sequías, a cargo del diputado Ulises Mejía Haro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de productos milagro, a cargo del diputado Ulises Mejía Haro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de salud y bienestar mental, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 10 de la Ley de Educación Naval, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 1o. y 2o. de la Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 7o. Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley de Promoción y Fomento a la Movilidad Eléctrica o Electromovilidad, a cargo de la diputada Alma Monserrat Córdoba Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de equidad de género en la titularidad, representación y usufructo de la tierra, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 10 y 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 16 y 20 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inclusión financiera, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desarrollo metropolitano, a cargo del diputado Juan Hugo de la Rosa García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que abroga la Ley para Conservar la Neutralidad del País, a cargo de la diputada Nadia Yadira Sepúlveda García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 53 de la Ley General de Educación, en materia de ciberseguridad, a cargo del diputado Alberto Maldonado Chavarín, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que establecen las características de una Moneda Conmemorativa en memoria de Ifigenia Martha Martínez y Hernández, a cargo de la diputada Hilda Araceli Brown Figueredo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 14 de la Ley General de Educación Superior, en materia de fortalecimiento de las lenguas indígenas, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 13 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de gestación asistida y subrogada, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de Cuitláhuac, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 368 Sexies al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Claudia Alejandra Hernández Sáenz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 202, 203 y 204 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de responsabilidad ambiental, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 229 Bis y 230 Bis al Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de diversidad sexual y de género, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de lenguaje incluyente, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar facultades al congreso de la unión para legislar en materia penal sobre delitos contra los animales, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Aniceto Polanco Morales y diputados integrantes de Morena, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disminución de la jornada laboral a 40 horas semanales, a cargo del diputado Manuel Vázquez Arellano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención a las personas recién nacidas prematuras, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de resistencia antimicrobiana, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones en cuotas escolares, suscrita por el diputado Fernando Torres Graciano y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 3o. y 7o. de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Homero Ricardo Niño de Rivera Vela y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 73 de la Ley General de Salud, en materia de inclusión en la salud mental y las adicciones, suscrita por el diputado José Mario Íñiguez Franco y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 69-B Quater al Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de seguridad pública, protección civil, urgencias médicas y atención a desastres, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducir la mortalidad y promover la salud mental y bienestar de las madres y sus familias, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de actividad minera, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Ramón Ángel Flores Robles, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona un artículo 395 Bis al Código Penal Federal, a cargo del diputado José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 142 y 143 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de fondos federales para el fortalecimiento de policías locales, suscrita por los diputados Reginaldo Sandoval Flores y Luis Fernando Vilchis Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 325 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Hugo Eric Flores Cervantes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 157 de la Ley Federal del Derecho de Autor y 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 64 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Luis Enrique Miranda Barrera, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que abroga la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y expide la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, suscrita por el diputado Reginaldo Sandoval Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que abroga la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación y expide la Ley de Carrera del Poder Judicial Federal, suscrita por el diputado Reginaldo Sandoval Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con el propósito de crear un sistema paritario, equitativo y libre de discriminación en el servicio exterior mexicano, en materia de derechos humanos y no discriminación, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que deroga el numeral 6 del inciso b) de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, en materia de salud reproductiva y aborto seguro, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a efectuar acciones para esclarecer y atender la desaparición de la activista y abogada Ayuuk Sandra Estefana Domínguez Martínez, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a fortalecer acciones encaminadas a garantizar el mantenimiento y conservación de aulas, la seguridad al interior de los planteles y la suficiencia de personal académico y administrativo en los CAM que atienden a niñas, niños y adolescentes de la Ciudad de México y en las entidades federativas, a cargo de la diputada Celia Esther Fonseca Galicia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a fortalecer las acciones de vigilancia e inspección en la autopista México-Querétaro y en sus inmediaciones con el propósito de prevenir la comisión de delitos y salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas que transitan por esta vía, a cargo de la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de diversas autoridades, a reubicar, reemplazar y ampliar los equipos utilizados en las estaciones meteorológicas distribuidas en el estado de Coahuila de Zaragoza con la idea de tener un registro más exacto de las temperaturas para reclasificar las tarifas eléctricas, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al ISSSTE, a incluir en el presupuesto que tendrá dicha institución el próximo año, la construcción del hospital de especialidades del ISSSTE en el municipio de Chihuahua, considerando los insumos humanos y para su operación, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión vespertina en modalidad presencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes cinco de noviembre de dos mil veinticuatro, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos cincuenta y ocho diputadas y diputados, a las once horas con veintiocho minutos del martes cinco de noviembre de dos mil veinticuatro, la Presidencia declara abierta la sesión vespertina.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, mismo que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
La Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo noventa y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.
En votación económica, se dispensa su lectura, y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se aprueba.
Toma de protesta de legisladoras.
La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentran a las puertas del Salón de Sesiones, las ciudadanas:
• Leticia Farfán Vázquez, diputada federal electa en la Quinta Circunscripción Plurinominal;
• Danisa Magdalena Flores Ojeda, diputada federal electa en el Séptimo Distrito Electoral del Estado de Sinaloa; y
• Freyda Maribel Villegas Canché, diputada federal electa en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Quintana Roo.
Acto seguido, designa una comisión para que las acompañen al interior del Recinto Legislativo, rinden protesta de ley y entran en funciones.
Discusión de dictamen.
El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos cuatro, veintiuno, cuarenta y uno, setenta y tres, ciento dieciséis, ciento veintidós, y ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial por razones de género.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo doscientos treinta, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, a la diputada Gabriela Georgina Jiménez Godoy.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo doscientos treinta, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios, a las diputadas y el diputado: Anayeli Muñoz Moreno, e
Presidencia de la diputada María del Carmen Pinete Vargas
Irais Virginia Reyes de la Torre, ambas de Movimiento Ciudadano; Xitlalic Ceja García,
La Presidencia exhorta a las y los legisladores en Tribuna, a no obstaculizar la visibilidad de la Presidencia de la Mesa Directiva.
Abigail Arredondo Ramos, y Ana Isabel González González, todas del Partido Revolucionario Institucional; Lilia Aguilar Gil, Irma Yordana Garay Loredo, y Diana Castillo Gabino, todas del Partido del Trabajo; Ricardo Astudillo Suárez, Ana Erika Santana González, y
La Presidencia invita a la Asamblea ajustarse al tiempo otorgado para las intervenciones en Tribuna.
Ruth Maricela Silva Andraca, todos del Partido Verde Ecologista de México;
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
Kenia López Rabadán, y Teresa Ginez Serrano, ambas del Partido Acción Nacional; Julieta Kristal Vences Valencia,
Desde su curul, interviene la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Partido Acción Nacional, para responder alusiones personales.
La Presidencia realiza moción de orden a la Asamblea.
Desde su curul, interviene el diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar moción de orden.
Se continua con la fijación de postura de la diputada Anais Miriam Burgos Hernández, y
Desde su curul, intervienen las diputadas: María Fabiola Karina Pérez Popoca, de Morena; y Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Partido Acción Nacional, ambas para solicitar moción de orden.
Beatriz Andrea Navarro Pérez, todas de Morena.
La Presidencia informa a la Asamblea que, con la intervención de la diputada Navarro Pérez, ha terminado el plazo para el registro de reservas al dictamen a discusión.
En consecuencia, se somete a discusión en lo general y, en términos del artículo doscientos treinta, numeral tres, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se concede el uso de la palabra, a las diputadas para hablar en pro: Laura Hernández García, de Movimiento Ciudadano;
Presidencia de la diputada Mará de los Dolores Padierna Luna
Marcela Guerra Castillo, del Partido Revolucionario Institucional; Ana Luisa del Muro García, del Partido del Trabajo; Karina Alejandra Trujillo Trujillo, Partido Verde Ecologista de México; Blanca Leticia Gutiérrez Garza, del Partido Acción Nacional; y Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, de Morena.
En votación económica, no se considera suficientemente discutido en lo general, por consiguiente, se concede el uso de la palabra, a las diputadas, para hablar en pro: Patricia Mercado Castro, Movimiento Ciudadano; Verónica Martínez García, del Partido Revolucionario Institucional; Vanessa López Carrillo, del Partido del Trabajo; María del Carmen Pinete Vargas, del Partido Verde Ecologista de México; Tania Palacios Kuri, del Partido Acción Nacional; y Katia Alejandra Castillo Lozano, de Morena.
En votación económica, no se considera suficientemente discutido en lo general, por consiguiente, se concede el uso de la palabra, a las diputadas, para hablar en pro: Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Partido Revolucionario Institucional; María de Fátima García León, de Movimiento Ciudadano;
Presidencia de la diputada María del Carmen Pinete Vargas
Nayeli Arlen Fernández Cruz, del Partido Verde Ecologista de México; Ariana del Rocío Rejón Lara, del Partido Revolucionario Institucional; Nubia Iris Castillo Medina, del Partido Acción Nacional; y Greycy Marian Durán Alarcón, del Partido del Trabajo.
En votación económica, no se considera suficientemente discutido en lo general, por consiguiente, se concede el uso de la palabra, a las diputadas, para hablar en pro: Claudia Gabriela Salas Rodríguez, de Movimiento Ciudadano; Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Partido Revolucionario Institucional; María del Carmen Nava García, del Partido Verde Ecologista de México; Laura Irais Ballesteros Mancilla, de Movimiento Ciudadano; Abril Ferreyro Rosado, del Partido Acción Nacional; y Clara Cárdenas Galván, de Morena.
En votación económica, no se considera suficientemente discutido en lo general, por consiguiente, se concede el uso de la palabra, a las diputadas, para hablar en pro: Genoveva Huerta Villegas, del Partido Acción Nacional; Martha Aracely Cruz Jiménez, del Partido del Trabajo; Patricia Flores Elizondo, de Movimiento Ciudadano; Elizabeth Martínez Álvarez, del Partido Acción Nacional; Ciria Yamile Salomón Durán, del Partido Verde Ecologista de México; y Mildred Concepción Ávila Vera, de Morena.
En votación económica, no se considera suficientemente discutido en lo general, por consiguiente, se concede el uso de la palabra, a las diputadas, para hablar en pro: Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Partido Revolucionario Institucional; Martha Amalia Moya Bastón, del Partido Acción Nacional; Nora Yessica Merino Escamilla, del Partido del Trabajo; Leticia Barrera Maldonado, del Partido Revolucionario Institucional; Diana Estefanía Gutierrez Valtierra, del Partido Acción Nacional; y Gabriela Valdepeñas González, de Morena.
En votación económica, no se considera suficientemente discutido en lo general, por consiguiente, se concede el uso de la palabra, a las diputadas, para hablar en pro: Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Partido Acción Nacional; María Isidra de la Luz Rivas, del Partido del Trabajo;
Desde su curul, interviene la diputada Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, para solicitar moción de orden.
Laura Cristina Márquez Alcalá, del Partido Acción Nacional; Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Partido Revolucionario Institucional; y
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
Mariana Benítez Tiburcio, de Morena.
La Presidencia informa a la Asamblea que las propuestas de modificación del proyecto de decreto recibidas serán inscritas íntegramente en el Diario de los Debates.
No habiendo más oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
Desde su curul, intervienen la diputada y los diputados: Ricardo Mejía Berdeja, del Partido del Trabajo; Anayeli Muñoz Moreno, de Movimiento Ciudadano; y Ricardo Monreal Ávila, de Morena, todos para rectificación de hechos.
En consecuencia, la Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, y doscientos treinta y uno, numeral cuatro, del Reglamento de la Cámara de Diputados instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por diez minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
Presidencia de la diputada María del Carmen Pinete Vargas
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos sesenta y ocho votos, se aprueba por mayoría calificada, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos cuatro, veintiuno, cuarenta y uno, setenta y tres, ciento dieciséis, ciento veintidós, y ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial por razones de género. Pasa a las legislaturas de las entidades federativas, para los efectos del artículo ciento treinta y cinco constitucional.
Desde su curul, interviene el diputado Carlos Sánchez Barrios, de Morena, quien solicita un minuto de silencio en memoria de Joaquina Hernández Agüero, quien fuera diputada federal de Morena, en la Sexagésima Cuarta Legislatura. La Presidencia concede la solicitud e invita a la Asamblea ponerse de pie y guardar un minuto de silencio.
(Se guarda un minuto de silencio).
Desde su curul, interviene la diputada Gabriela Georgina Jiménez Godoy, de Morena, quien realiza una invitación a las diputadas para tomarse una foto el término de la sesión, con motivo del dictamen recientemente aprobado.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las dieciocho horas con cinco minutos y cita para la próxima que tendrá lugar el día de mañana miércoles seis de noviembre de dos mil veinticuatro, a las once horas, en modalidad semipresencial, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas, por medio de la aplicación instalada en los teléfonos móviles y en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Aprobada el acta.
Diputado Döring, adelante.
El diputado Federico Döring Casar(desde la curul): Gracias, presidente. En este apartado relativo a las actas de las sesiones quiero referirme a la página seis del acta que se aprobó el jueves pasado, con motivo de la sesión del día 30. Y en ella se establece que la votación fue de 340 votos a favor. Nosotros hemos mandado sendos de oficios a la Mesa pidiendo que se nos dé el video que compruebe los rasgos fisionómicos de quienes emitieron el voto en la Sala de Armas y de quienes ahora se escudan en esta canallada y mentira y las intermitencias para tratar de solapar el fraude que cometieron en el tablero.
El que el acta haya asentado y se haya aprobado los 340 votos contradice este intento pueril de desviar la atención de las supuestas intermitencias. No es la única sesión, también tenemos información que en la sesión del 23 de octubre hay 3 o 4 votos de legisladores que no estuvieron presentes, tal y como reconoce la lista de asistencia, pero cuyos votos misteriosamente también se emitieron a favor. Uno de esos votos coincide con el voto del diputado Pedro Haces, que en las dos se ha señalado como que supuestamente emitió el voto a favor.
Quisiéramos pedirle que se nos dé la información que hemos solicitado a la Mesa y quisiéramos saber qué tiene que ofrecer la Mesa de explicación, porque vamos a llevar este tema, como usted sabe y se discutió en la Junta de Coordinación Política, pero vamos a llevar una solicitud de auditorías a la tableta del diputado Pedro Haces, por un perito reconocido ante la Fiscalía, en informática, para poder esclarecer las mentiras detrás de esta patraña de haber querido engañar al pueblo de México con votos sin haber estado presente en al menos dos sesiones.
Por su respuesta, pero sobre todo por la información que le hemos solicitado, una, a la presidenta Ifigenia, que en paz descanse, y la que le solicitamos a usted el día de ayer, le voy a agradecer mucho que nos hagan llegar esos videos.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Sí. Gracias, diputado Döring. Creo que son dos temas. Uno, el que hizo referencia a la Sala de Armas, que tiene un tratamiento diferente, y este otro que acaba usted de mencionar.
Respecto al primero, creo que no habría mayor tema sobre la certeza porque como fue dándose un seguimiento por el Canal del Congreso, persona a persona, del voto se podría revisar, en todo caso, si tuvieran alguna duda, pero ahí habría certeza.
Del otro tema, que es el tema reciente y que fue el que se comentó y sobre el cual se dio una explicación técnica en la Jucopo, efectivamente tenemos una solicitud de su grupo parlamentario, la cual se responderá con todo detalle sobre estas, digamos, situaciones técnicas que se dieron.
Sobre la referencia que hace al acta, tanto en la Gacetacomo en el Diario de los Debates y como en el registro de votación, se asentaron 339 votos, una vez detectada esta inconsistencia a la que usted hace referencia para que quedara el número real sobre las personas que votaron efectivamente ese día.
Sobre el tema del acta, efectivamente queda eso porque no se aprobó en ese sentido, pero verificaré de qué manera pudiera también actualizarse para que quede fehacientemente lo que en realidad sucedió, porque efectivamente se da cuenta de una votación ahí, solo en ese instrumento y no en estos tres que le estoy diciendo, sobre una votación diversa a la acontecida.
Adelante, diputado Döring.
El diputado Federico Döring Casar(desde la curul): Gracias, presidente, por su respuesta. A ver, yo atesoro que usted nos comente esto. Yo le digo públicamente que en usted tenemos confianza, en la institucionalidad, en el institucionalismo, no así en el área de Informática. Nosotros tenemos la sospecha fundada de que alguien alteró los rasgos fisionómicos de la tableta para poder emitir el voto estando fuera de este recinto.
Por eso es que he estado pidiendo en adición, nada más lo quería recalcar, los videos. Yo tengo derecho a esa información para que yo compruebe si estuvieron o no presentes legisladores que dijeron haber estado y emitido un voto tanto en Sala de Armas como aquí.
Si por favor me ayudan a que me den los videos, porque también me los andan regateando. Seguramente le falta internet o tiene intermitencias el área del Congreso que tiene que darme los videos. Es cuanto, presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: No, sin mayor problema se le entregan los videos de la transmisión de ese día que, como usted sabe, no son videos donde se tome persona por persona, como sí sucedió en el caso de la Sala de Armas, son, digamos, como paneos más generales. Pero esa información se le entrega junto el informe detallado que las áreas han hecho sobre esta anomalía. Con gusto, diputado.
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Pido a la Secretaría dar cuenta con la declaratoria de publicidad de dictámenes.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman los artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección y cuidado animal.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. De conformidad con lo que establece el artículo 87 de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR Y LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: El siguiente punto del orden del día es el capítulo de iniciativas. Tiene la palabra la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 157 de la Ley Federal del Derecho de Autor, y 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
La diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez: (Habla en lengua originaria). Con el permiso de la Presidencia. Compañeras legisladoras y legisladores, muy buenos días. Hoy me presento ante ustedes para dar la voz a un llamado inaplazable y urgente de nuestros pueblos indígenas y afromexicanos. Detener de una vez por todas los abusos y saqueos de los conocimientos y saberes ancestrales de nuestras comunidades originarias.
Compañeras y compañeros, el despojo cultural que sufren nuestros pueblos originarios, no solo es un agravio, sino una violación sistemática y silenciosa que roba años de historia y conocimiento y que expropia nuestra identidad como pueblos indígenas y afromexicanos no podemos ser solo espectadores de este saqueo cultura, sería asumirnos como cómplices de esta explotación. Por ello, hoy levanto la voz para honrar a nuestras ancestras, ancestros, hermanas, hermanos, paisanas y paisanos para proteger el legado de nuestras comunidades originarias.
Diariamente nuestros pueblos se enfrentan a un intento de neocolonización bajo la influencia de una supuesta cultura dominante, que por un lado niega su identidad indígena y por otro, se apropia de ella para fortalecer sus intereses comerciales. Nos venden una falsa idea de admiración, mientras los que realmente próspera es una expropiación cultural convertida en negocio para los grandes empresarios.
Los ejemplos son múltiples y han dado pie a esta iniciativa, queridas compañeras y compañeros legisladores, mencionó solo alguno de ellos. En primer lugar, la reciente comercialización del mezcal bajo el nombre del pueblo Mixes Ayuujk, registrado sin consentimiento de los pueblos indígenas y afromexicanos, aprovechando la reputación cultural de esta comunidad para un mezcal llamado Mixe Mezcal Artesanal. Este acto impulsado por una comunicadora reconocida, ignora el respeto que merece la identidad del pueblo Mixe.
Otro caso, es el de la diseñadora francesa Isabel Maran, quien copió diseños tradicionales del pueblo Mixe de Santa María Tlahuitoltepe, Oaxaca, pueblo que me vio nacer. Recuerdo bien que la diseñadora copió nuestra vestimenta tradicional para ponerla en piezas de su colección verano 2015, sin darle el reconocimiento al origen de las mismas. Pero este acto no fue el único, también reprodujo comunidades purépechas de Michoacán, replicando literalmente los patrones y diseños de los gabanes, sin el más mínimo reconocimiento de nuestras hermanas y hermanos purépechas.
Esto, es solo uno de los cientos de ejemplos en los que las marcas se apropian de las denominaciones o símbolos que aluden a nuestras comunidades indígenas y afromexicanas, para crear confusión y lucrar con un patrimonio que no les pertenece.
Compañeras y compañeros, está claro que el patrimonio cultural de los pueblos indígenas y afromexicanos es utilizado sin consulta ni autorización, vulnerando nuestros derechos y afectando no solo la economía, sino también la visibilidad y el derecho al reconocimiento. No olvidemos que los pueblos indígenas y afromexicanos tenemos derecho al reconocimiento pleno de la propiedad y protección del patrimonio cultural, tanto material como inmaterial y, por supuesto, a la propiedad intelectual de nuestras creaciones.
Aunque hemos avanzado hacia un país más equitativo, nuestros pueblos indígenas y afromexicanos siguen en lucha para resistir la asimilación de la impuesta por una mayoría. Necesitamos leyes firmes que protejan los derechos humanos, políticos, sociales y económicos de forma plena y efectiva.
La iniciativa que hoy someto, compañeras y compañeros, a su consideración es mucho más que una propuesta legislativa, es un acto de justicia, respeto y dignidad, y que tiene el propósito de que ningún hombre, denominación o gentilicio que identifique a una comunidad indígena o afromexicana pueda ser registrada como marca ni utilizado con fines de lucro, a menos de que la comunidad haya sido previamente consultada y otorgue su autorización mediante asambleas y foros.
Propongo que nuestro marco jurídico sea claro. El uso de nombres de comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos debe ser aprobado previamente por ellos mismos, en un esfuerzo por proteger la diversidad cultural y lingüística de las que somos titulares y que ha sido objeto de apropiación por parte de empresas nacionales e internacionales.
Diputadas y diputados, les pido que se unan a este esfuerzo convocado a favor de la identidad y la fortaleza de lo más grande que tenemos, de nuestros hermosos pueblos indígenas y afromexicanos. Es cuanto.
«Iniciativa que adiciona los artículos 157 de la Ley Federal del Derecho de Autor y 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena
Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 157 de la Ley Federal del Derecho de Autor y una fracción X Bis al artículo 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLa Carta Magna, en el artículo 2o. establece que la nación mexicana es única e indivisible, basada en la grandeza de sus pueblos y culturas y reconoce en México una composición pluricultural y multiétnica sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, sin obviar la importancia del pueblo afromexicano.
Lo anterior hace evidente la coexistencia en nuestro país de una gran diversidad de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, arraigados en su propia lengua, costumbres y tradiciones dando a nuestra nación un colorido y diverso patrimonio multicultural que se constituye en la raíz de nuestra verdadera herencia y los cimientos vivos de nuestro pasado y presente.
A mayor abundamiento, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce y garantiza en el Apartado A, fracción IV, del citado artículo 2o., que los pueblos indígenas tienen el derecho a la libre determinación y les concede autonomía para preservar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, material e inmaterial, que comprende todos los elementos que constituyen su cultura e identidad y, aunado a ello, reconoce también la propiedad intelectual colectiva respecto de dicho patrimonio, en los términos que dispongan las leyes.
Por otra parte, existen diversos instrumentos internacionales de los que México es parte, que obligan al Estado a adoptar medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos como son la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que en su artículo 31, numeral 1, señala que:
“1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.”
Reforzando lo anterior, la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en su numeral XXVIII “Protección del Patrimonio Cultural y de la Propiedad Intelectual” establece que:
“1. Los pueblos indígenas tienen derecho al pleno reconocimiento y respeto a la propiedad, dominio, posesión, control, desarrollo y protección de su patrimonio cultural material e inmaterial, y propiedad intelectual, incluyendo la naturaleza colectiva de los mismos, transmitido a través de los milenios, de generación en generación.
2. La propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas comprende, inter alia, los conocimientos y expresiones culturales tradicionales entre los cuales se encuentran los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos, los diseños y procedimientos ancestrales, las manifestaciones culturales, artísticas, espirituales, tecnológicas y científicas, el patrimonio cultural material e inmaterial, así como los conocimientos y desarrollos propios relacionados con la biodiversidad y la utilidad y cualidades de semillas, las plantas medicinales, la flora y la fauna...”
En este sentido, se considera de suma trascendencia hacer énfasis en que nuestro país es uno de los más ricos a nivel mundial en cuanto a multiculturalidad se refiere: existen 23.2 millones de personas de tres años y más que se autoidentifican como indígenas, lo que equivale a 19.4 de la población total de ese rango de edad; además, el Censo de Población y Vivienda 2020 identificó que en México había 7 millones 364 mil 645 personas de tres años y más hablantes de lengua indígena, lo que representó 6.1 por ciento de la población total del país en ese rango de edad, destacando que nuestra nación es el país con mayor población indígena del continente americano.
Por otra parte el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) señala que en México existe representación de al menos 11 familias lingüísticas indoamericanas (Álgica, Yuto-nahua, Cochimí-yumana, Seri, Oto-mangue, Maya, Totonaco-tepehua, Tarasca, Mixe-zoque, Chontal de Oaxaca y Huave) y 68 agrupaciones lingüísticas comprendidas bajo el nombre dado históricamente a un pueblo indígena y 364 variantes lingüísticas.
A pesar de esa multiculturalidad reconocida en nuestra ley suprema, los pueblos indígenas y afromexicanos continúan en una constante lucha en contra de la incorporación e integración a la cultura dominante y siguen siendo víctimas de una inadecuada protección integral, plena y efectiva a sus derechos humanos, políticos, sociales y económicos por lo que se requieren medidas eficaces y coordinadas, incluidas reformas del marco jurídico, político e institucional encaminadas a aplicar los derechos de los pueblos indígenas en temas clave como lo es la protección de sus recursos y de su patrimonio cultural material e inmaterial.
Cabe señalar que nuestros pueblos indígenas y afromexicanos se enfrentan diariamente a la intención de neocolonización, por parte de la autonombrada “cultura dominante” que, por un lado, pretende la negación de lo indígena y, por otro, acentúa la apropiación cultural para fortalecer sus arraigos capitalistas. Ejemplos de lo anterior abundan en las últimas décadas:
• Artesanos y autoridades de Tenango de Doria, Hidalgo. Denunciaron por plagio a la empresa Kimberly Clark, por la utilización de imágenes con diseños de bordados característicos de la cultura indígena de ese poblado, en empaques de sus productos.
• Bordado tradicional Aguacatenango. En 2018, la marca española Zara fue acusada de plagiar este diseño característico del poblado del mismo nombre situado en Chiapas. Los diseños apropiados por la marca de ropa eran incorporados a prendas para mujer que ofrecían posteriormente en sus tiendas.
• Santa María Tlahuitoltepec, Oaxaca. Autoridades municipales denunciaron a la diseñadora francesa Isabel Marant, en 2015, por plagiar el diseño de sus blusas mixes Xaamïxuy, prenda que expuso en su colección “Etoile” primavera-verano.
• Zimmermann. Denuncia contra esta marca australiana por plagio de diseño de textiles de la comunidad indígena mazateca del estado de Oaxaca para su colección Resort Swim 2021.
En este escenario, se hace evidente la utilización del patrimonio cultural de nuestros pueblos indígenas y afromexicanos sin previa consulta y autorización, lo cual vulnera sus derechos, afectando no solo su economía, si no invisibilizándolos al negarles el reconocimiento que por derecho e historia les corresponde y privándoles de una retribución económica que merecen y que contribuiría a cerrar brechas económicas y de desigualdad, valorando sus aportaciones culturales materiales e inmateriales.
Otro ejemplo reciente sobre la comercialización de productos bajo el nombre de nuestros pueblos originarios es el de una comunicadora reconocida quien, sin consentimiento del pueblo indígena mixe (ayuujk), hizo propio el nombre de ese pueblo bajo la tutela de una marca de mezcal denominada “Mixes Mezcal Artesanal”.
Estos hechos son preocupantes pues existen cientos de ejemplos como los arriba descritos, en los que la autoridad otorga el registro de una marca cuya denominación alude a nuestros pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos (o su gentilicio), y que los productores, distribuidores o comerciantes utilizan para crear confusión en el comprador final respecto del origen, la técnica o los materiales utilizados para su producción.
Ello puede ser corroborado a través de una herramienta del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), autoridad responsable de otorgar el registro de una marca, y que se señalan a continuación de manera ilustrativa:
En el cuadro anterior se ilustra que existen 25 marcas registradas bajo el nombre de Mixe y 25 más en trámite.
Utilizando la palabra el pueblo “ayuujk” también existe 1 registro y 2 en trámite.
En relación con el pueblo zapoteco existen 29 registros y 12 en trámite.
Por lo anterior, consideramos necesario fortalecer la legislación nacional, promoviendo el respeto a los pueblos indígenas y afromexicanos, así como visibilizándolos y reconociendo su legado cultural e histórico, con apego al marco normativo y con fines de conveniencia potencializando el beneficio de las empresas, pero al mismo tiempo el de los pueblos originarios que otorguen su autorización para la comercialización o explotación de productos con su nombre, denominación o gentilicio.
Hacemos hincapié en que los nombres de las comunidades o pueblos originarios en nuestro país constituyen un reflejo de su identidad colectiva, de su historicidad, de su concepción con el universo, de la naturaleza, de sus creencias religiosas y sagradas, por lo que es indispensable promover y robustecer nuestro marco jurídico para honrar nuestra diversidad cultural haciéndolos visibles como sujetos de derechos.
Por otra parte, la protección de una marca radica en que los fabricantes y comerciantes distingan sus productos o servicios de los de su competencia. Los fabricantes y los prestadores de servicios ya sean personas físicas o constituidos como personas morales trabajan en esa propuesta de valor que ofrecen a sus clientes, de tal forma que para ellos es importante que sus clientes, los consumidores de sus productos o servicios los reconozcan, los valoren y los prefieran del resto de los fabricantes o proveedores.
En esta tónica, la iniciativa que hoy someto a su consideración tiene por objeto principal que el nombre, denominación o gentilicio que identifique a una comunidad o pueblo indígena o afromexicano, no pueda ser registrado como marca ni utilizarse con fines de lucro, a menos que la comunidad interesada, previa consulta, otorgue su autorización y reciba siempre, no sólo reconocimiento sino un beneficio económico pactado, derivado de la comercialización de productos y o servicios.
A efecto de lograr una mejor comprensión de la propuesta se inserta el siguiente cuadro comparativo:
En el actual escenario del mercantilismo, donde la diversidad cultural adquiere un nuevo significado, ya que su difusión y distribución no sólo es local sino que puede exportarse y ser accesible a nuevas industrias o audiencias, se requiere implementar acciones legislativas encaminadas a la protección y salvaguarda del derecho a la propiedad intelectual de nuestros pueblos y comunidades indígenas, con la finalidad de conservar los elementos distintivos que fomentan su cohesión e identidad.
Esta iniciativa, pretende establecer un marco jurídico más claro que permita que el uso del nombre de comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos sólo sea posible previa autorización de los mismos, para proteger la diversidad cultural y lingüística que los representa y como parte del patrimonio cultural del que son titulares y del que tantas empresas nacionales e internacionales han intentado apropiarse, sin reconocerlos ni retribuirlos.
Por lo antes expuesto, someto a su consideración la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 157 de la Ley Federal del Derecho de Autor y una fracción X Bis al artículo 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Primero. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 157 de la Ley Federal del Derecho de Autor, para quedar como sigue:
Artículo 157. ...
El nombre, denominación o gentilicio que defina o identifique a un pueblo o comunidad indígena y afromexicano, también se considera una expresión cultural de éste y su uso o explotación, con fines de lucro, deberá ser autorizado conforme a lo previsto en la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Segundo. Se adiciona una fracción X Bis al artículo 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:
Artículo 173....
I. a X....
X Bis. El nombre, denominación o gentilicio que defina o identifique a un pueblo o comunidad indígena y afromexicana, salvo que exista la autorización prevista en la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
XI. a XXII....
...
...
...
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
2 Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
https://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/DRIPS_es.pdf
3 Estadísticas a propósito del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, Inegi, 2022.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022 /EAP_PueblosInd22.pdf
4 Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, Inali.
https://www.inali.gob.mx/clin-inali/#variantes
5 https://www.eluniversal.com.mx/cultura/patrimonio/demandan-nestle-por-piratear- artesania-hidalguense/
6 https://www.elfinanciero.com.mx/culturas/artesanas-chiapanesas-acusan-a-zara-de -plagio/
7 https://marcia.impi.gob.mx/marcas/search/quick
8 https://mexico.justia.com/derecho-de-la-propiedad-intelectual/marca-registrada/ preguntas-y-respuestas-sobre-marca-registrada/
Dado en la Cámara de Diputados, a 6 de noviembre de 2024.– Diputadas: Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, Adasa Saray Vázquez, Gloria Sánchez López, Karina Isabel Martínez Montaño, Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Túrnese a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
Diputada Luisa Mendoza, María, ha solicitado la palabra desde su curul. ¿Con qué objeto?
La diputada María Luisa Mendoza Mondragón(desde la curul): Gracias, diputado presidente. Con el objeto de hacer una denuncia pública. El pasado 24 de octubre del año en curso tuve un incidente de esos que uno nunca quisiera tener. Transito la carretera México-Querétaro y justo a la altura de Hidalgo tuve un asalto, por supuesto con fuego, con pistola en mano, mi equipo de trabajo.
Inicié lo propio, una carpeta de investigación, sin embargo, no ha habido una correspondencia. Seguramente, creo y estoy convencida en la procuración y administración de justicia, pero es la segunda carretera más transitada a nivel nacional y no podemos permitir que la gente siga de manera insegura. Confío que también la Secretaría de Seguridad y la Guardia Nacional vienen haciendo lo propio.
Por eso, pedirle a los compañeros y compañeras diputadas que en el próximo Presupuesto que está por aprobarse no dudemos en otorgarle la capacidad necesaria suficiente para que puedan dárseles recursos materiales y económicos a estas secretarías, somos gente de trabajo.
La gente que transita no solamente lo hace por un tema de turismo, también lo hacen los transportistas que tienen que llevar un sustento a sus casas, también lo hacen quienes tienen que padecer una enfermedad y esto no solamente pasa en la México-Querétaro, pasa en Puebla, también pasa en el Arco Norte que conecta con el Pacífico. Por supuesto, sin duda alguna sé que también esta Cámara de Diputados le dará seguimiento. Es cuanto, presidente diputado.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Diputada lamentamos mucho el incidente, instruiré al área jurídica para que le dé seguimiento a esa carpeta que comenta usted que ha iniciado con su denuncia y también comunicaremos a las instancias correspondientes sobre esto que le ha sucedido a un integrante de esta asamblea. Cuenta con todo el apoyo y con todo el acompañamiento para atender esta situación, diputada.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Raúl Lozano Caballero, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia del Sistema Nacional de Cuidados. Suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
El diputado Raúl Lozano Caballero:Con su permiso, presidente. Compañeras y compañeros, la semana pasada se celebró el Día Internacional de los Cuidados y Apoyos, es por eso que hoy acudo en representación de la bancada de Movimiento Ciudadano a presentar iniciativa en materia del Sistema Nacional de Cuidados.
Esta propuesta que, por cierto, Movimiento Ciudadano ha venido empujando desde ya hace muchos años en nuestra agenda legislativa y que nuestro candidato presidencial, Jorge Álvarez Máynez, hizo suya durante la campaña y que a través del tiempo nuestras diputadas Patricia Mercado, Ivonne Ortega, nuestra senadora Amalia García y todas las mujeres de nuestro partido han apropiado esta iniciativa como suya.
Por eso, es que hoy acudimos a esta tribuna para que en calidad de urgente se pueda aprobar y se analice, porque estamos convencidos que el derecho al cuidado es un derecho fundamental y universal. Es una manifestación de respeto, consideración y, sobre todo, de empatía hacia las personas.
Es necesario la construcción del sistema nacional de cuidados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como ya ha sucedido en otros marcos jurídicos alrededor del mundo.
Sabemos que en México, de acuerdo a la Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados, existen más de 60 millones de personas que son susceptibles a recibir cuidados, entre las que destacan personas con discapacidad, población infantil, adolescentes y, sobre todo, nuestros adultos mayores.
En la actualidad, las personas que llevan a cabo este trabajo tan loable no son reconocidas y sobre todo y vale la pena decirlo, mucho menos remuneradas. Por lo que asegurar una remuneración justa representaría justicia social y reflejaría su aportación en la sociedad, aunado también a la disminución de la desigualdad de género.
En el tema de género, compañeros, quiero concentrarme. Hoy, en México, escúchenlo bien, nueve de cada diez mujeres dejan su trabajo para realizar tareas y labores de cuidado, afectando su economía, interrumpiendo su desarrollo profesional y condenándolas a tener menos oportunidades de trabajo.
Por eso, es importante decir y que se escuche fuerte en esta tribuna, los cuidados son trabajos y deben de pagarse. Necesitamos tener un sistema de cuidados para cuidar a quien nos cuida.
Además, el sistema nacional de cuidados es un generador de empleos, directa e indirectamente, que promueve la economía social al permitir que más personas se incorporen al mercado laboral, aumentado la productividad y, sobre todo, el ingreso de nuestras familias.
Un ejemplo de que sí se puede aprobar esta iniciativa es el estado de Jalisco, gobernado, por cierto, por Movimiento Ciudadano, quien es pionero del Sistema Integral de cuidados y a principios de 2024 expidió la ley que crea el Sistema Integral de Cuidados, modelo que será solidario y que corresponde a familias, Estado y comunidad, y el sector privado podría replicarlo.
Asimismo, en Nuevo León, en mi estado, ya se trabaja para también tener un marco jurídico en la materia, pero además de lo realizado por nuestros gobiernos naranjas, vale la pena citar que la presidenta de la República incorporó en su documento denominado Cien pasos para la transformación, el derecho a un cuidado digno y estableció la obligación del Estado para promover la corresponsabilidad entre mujeres y hombres en las tareas que esta labor conlleva.
Por lo que reconocemos que este tema cuenta con la simpatía necesaria del gobierno en turno para poderlo sacarlo adelante, lo que demuestra que sí existen temas en los que tendremos coincidencias para poder trabajar juntos, viendo siempre a futuro y sobre todo velando siempre por las futuras generaciones.
Tenemos frente a nosotros una cita histórica que nos permite mostrarle al pueblo de México que podemos ponernos de acuerdo y representar a quienes más lo necesitan, a los sectores más vulnerables, a fomentar un Estado de bienestar, un Estado mucho más cercano y humanista.
Es por lo anterior, que hacemos desde la bancada naranja un llamado respetuoso a todas las fracciones parlamentarias que forman parte de esta Cámara de Diputados, a sumarse a esta propuesta, abrazarla como suya, impulsarla en comisiones para solventar la aprobación, para que se fortalezcan las condiciones de las personas que nos cuidan, así como las que reciben atención, para que juntos puedan tener una vida digna y sobre todo plena.
Desde la bancada naranja, y con esto concluyo, presidente, y en Movimiento Ciudadano le decimos a todos los mexicanos y a todas las mexicanas que aquí estamos y aquí estaremos siempre para representar y defender los más de 6.5 millones de personas que nos dieron su confianza, como lo estuvimos en la aprobación de la Ley Silla, como lo estuvimos en la aprobación de vacaciones dignas y que también daremos la lucha para aprobar la jornada laboral de 40 horas. Para trabajar para ti y por toda tu familia, aquí está Movimiento Ciudadano.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de procedimiento abreviado.
El diputado Noel Chávez Velázquez:Con su permiso, presidente. Hoy traigo a esta soberanía la reforma y son dos iniciativas, la primera es con el fin de reformar los artículos 7, 46 y 47 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de actualizar y fortalecer la política nacional de suelos.
Voy a dar una explicación sobre esta iniciativa. La iniciativa completa se encuentra en la Gaceta Parlamentaria para su consulta, por lo cual doy una explicación del tratado de esta iniciativa. Es agregar simplemente en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable la palabra neutralidad de la degradación de las tierras, neutralidad de la degradación de las tierras.
¿Qué quiere decir esto? ¿Qué significa? Que ,con este cambio en toda la parte ambiental, calentamiento global, toda la parte de clima que sufre nuestro planeta y todo ese estrés, toda la zona norte de la República Mexicana se encuentra con ecosistemas desérticos y semidesérticos. La neutralidad de la degradación de las tierras al ponerla dentro de este articulado significa que podamos tener una medición real y clara si las fronteras de desiertos o semidesiertos han aumentado.
Tener una medición hoy por hoy dentro del inventario nacional forestal que se realiza periódicamente, tener una medición de cuánto ocupan nuestras zonas desérticas y semidesérticas y si el caso de las mediciones posteriores ha aumentado, realizar políticas públicas para revertir esa parte desértica o semidesértica y poder controlarla, poder controlarla con actividades que puedan recuperar esa parte de los suelos.
La neutralidad de la degradación de las tierras se define como una situación en que la cantidad y la calidad de los recursos de la tierra son necesarios para sustentar las funciones y los servicios de los ecosistemas a incrementar la seguridad alimentaria, se mantienen estables o aumentan en los ecosistemas y las escalas temporales, espaciales de que se trate. Entonces, esa es la primera iniciativa que estoy presentando.
La segunda iniciativa se refiere a que se proponen reformar diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales en materia de procedimiento abreviado. El 18 de junio de 2008 en el Diario Oficial de la Federación se publicó la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que introdujo el sistema de justicia de corte adversarial.
En la referida reforma, se sentaron las bases del procedimiento penal acusatorio y oral, regido primordialmente por los principios de inmediación, contradicción, continuidad, concentración y publicidad.
Es así como se instauró el sistema penal acusatorio, donde además se introdujeron el procedimiento abreviado como mecanismo de terminación anticipada de juicio, cuyo objeto principal es evitar la etapa del juicio oral, mediante la negociación de una pena menor por la comisión de un delito y la determinación de la reparación del daño en un tiempo más corto.
Dicho de otra manera, la persona imputada se declara culpable ante un delito cometido, con el fin de recibir el beneficio de una condena mínima posterior a ser informada del derecho de tener un juicio justo, que de ser su decisión libre y sin coacción concluye no enfrentando el juicio oral.
La finalidad, así como los beneficios de optar por esta institución jurídica, es facilitar la administración pública, la descongestión y la celeridad de la excesiva carga laboral que se tiene en los juzgados. Además, reduce los costos, tanto al Estado, como a la víctima, pues esta última recibe en menor tiempo la reparación del daño.
El Código Nacional de Procedimientos Penales no contempla como un derecho del acusado la posibilidad de solicitar a la persona juzgadora el procedimiento abreviado, sino que la tramitación se encuentra a potestad de la gente del Ministerio Público.
Resumiendo, que sea el inculpado también el que tenga la decisión de poder adherirse a un juicio abreviado y que no sea nada más de la gente del Ministerio Público. Que tenga este beneficio de decisión para poder tener el juicio abreviado y poder tener más rápido la reparación del daño. Es cuanto, presidente.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia del procedimiento abreviado, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien signa, Noel Chávez Velázquez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa de reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales, con base en la siguiente:
Exposición de MotivosI. El 18 de junio de 2008, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que introdujo el sistema de justicia de corte adversarial, señalando un plazo de ocho años para su implementación en todo el país.
En la referida reforma, se sentaron las bases del procedimiento penal acusatorio y oral, regido primordialmente por los principios de inmediación, contradicción, continuidad, concentración y publicidad.
II. Es así como se instauró el sistema penal acusatorio, donde, además se introdujo el procedimiento abreviado como mecanismo de terminación anticipada del juicio, cuyo objeto principal es evitar la etapa del juicio oral, mediante la negociación de una pena menor por la comisión de un delito y la determinación de la reparación del daño en un tiempo más corto.
III. Dicho de otra manera, la persona imputada se declara culpable ante un delito cometido, con el fin de recibir el beneficio de una condena mínima posterior a ser informada del derecho a tener un juicio justo que, de ser su decisión libre y sin coacción, concluye no enfrentar el juicio oral.
IV. La finalidad, así como los beneficios de optar por esta institución jurídica, es facilitar a la administración pública, la descongestión y la celeridad de la excesiva carga laboral que se tiene en los juzgados, además, reduce los costos tanto al Estado, como a la víctima, pues esta última recibe en menor tiempo la reparación del daño.
V. Derivado de lo anterior, el procedimiento abreviado encuentra razón en las siguientes acciones:
a. La fiscalía a través del ministerio público, otorga a la persona imputada la posibilidad de aceptar su acusación con base en los medios de prueba existentes en el proceso.
b. La obtención de una pena menor para la persona imputada.
c. No se llega a la etapa del juicio oral.
d. La celeridad y una expedita emisión de la sentencia respectiva.
VI. Ahora bien, el procedimiento abreviado se encuentra regulado en la Constitución Federal en el artículo 20 y en el Código Nacional de Procedimientos Penales en los artículos del 201 al 207.
VII. El Código Nacional de Procedimientos Penales, no incorpora como un derecho del acusado la posibilidad de solicitar a la persona juzgadora el procedimiento abreviado, pues nos hallamos ante una auténtica confesión de la persona, donde su tramitación se encuentra a potestad del agente del Ministerio Público.
VIII. Los requisitos de procedencia son los siguientes:
1) Solicitud de dicho procedimiento por parte del Ministerio Público, para lo cual deberá formular acusación y exponer los datos de prueba que la sustentan, debiendo contener la petición: la enunciación de los hechos que se atribuyen al acusado, la clasificación jurídica y grado de intervención, penas y el monto de la reparación del daño;
2) La víctima no deberá oponerse; y
3) Que el imputado deberá reconocer que está debidamente informado de su derecho a un juicio oral y de los alcances del procedimiento abreviado, renunciando al juicio oral de manera expresa, consintiendo la aplicación del procedimiento abreviado, admitiendo su responsabilidad por el delito que se le imputa y aceptando ser sentenciado con base en los medios de convicción que exponga el Ministerio Público para formular la acusación.
IX. Derivado de lo anterior, surgen algunas observaciones respecto a los alcances de esta figura jurídica, pues al solicitarse por parte de la persona imputada, deberá evitarse vulnerar derechos humanos que pueden verse trastocados en cuanto a la aplicación de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad consagrados en nuestra Constitución. De igual forma, a todas luces representa un procedimiento que debe regirse conforme a los parámetros constitucionales ante el principio propersona, de frente a los necesarios límites del poder público.
X. Es oportuno destacar la obligación de las personas legisladoras, en torno a todas nuestras propuestas de reformas, para encaminar siempre los esfuerzos bajo el principio de progresividad, es decir ampliar el alcance y la tutela de los derechos humanos. Entendido además en sentido negativo, al imponerse una prohibición de regresividad, es decir, emitir actos legislativos que limiten, restrinjan, eliminen o desconozcan el alcance logrado por el reconocimiento, visibilización o garantía de cualquier derecho humano.
XI. Por lo anterior, en armonía con el principio de progresividad, resulta incongruente que el imputado no tenga la facultad de solicitar el procedimiento abreviado pues, previo a la reforma que vino a modificar el sistema penal acusatorio, el código procesal anterior contenía la posibilidad para el imputado, en su derecho propio para solicitar este beneficio y no como actualmente se encuentra regulado donde únicamente es a solicitud del Ministerio Público.
XII. Bajo esta sintonía, con fundamento en la progresividad establecida en el artículo primero constitucional, es imperioso se respete el derecho del imputado para acceder al procedimiento abreviado, siempre y cuando sea su deseo, y se cumplan los requisitos que establece el Código Nacional del Procedimientos Penales. Lo anterior, bajo el mismo trámite establecido en la propia legislación, empero, en el aspecto de modificar que la tramitación puede realizarse a petición de parte del acusado, y someterse a los mismos requisitos y procedimiento.
XIII. Ahora bien, como bien se mencionó, el procedimiento abreviado se encuentra regulado, tanto en la Constitución Federal, como en el Código Nacional de Procedimientos Penales por lo que, conforme a la pretensión de reforma, resulta indispensable el análisis de los preceptos normativos que deben reformarse para la materialización de la propuesta.
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece lo siguiente:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
A. De los principios generales:
VII. Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y bajo las modalidades que determine la ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para corroborar la imputación, el juez citará a audiencia de sentencia. La ley establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su responsabilidad;
De un análisis al texto constitucional, se desprende que no se necesita reformar los citados numerales impactar los beneficios a la persona imputada, como sujeto solicitante del procedimiento abreviado.
Por lo que respecta al Código Nacional, se propone la siguiente redacción:
XIV. En un ánimo de buena voluntad y reconocimiento pleno de los derechos humanos para todas las personas que se puedan encontrar en este supuesto, desde esta alta Tribuna del país y en sintonía con el cambio de régimen jurídico en el Poder Judicial por el que transita nuestro país, es necesario facilitar herramientas en beneficio de todas y todos los mexicanos.
Por lo expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta honorable soberanía, el siguiente proyecto de:
DecretoÚnico. Se reforman los artículos 201, fracción I; 202, párrafos primero, cuarto y quinto; 203; 205, párrafo primero, todos del Código Nacional de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:
Artículo 201. Requisitos de procedencia y verificación del juez
...
I. Que el Ministerio Público o el imputado solicite el procedimiento, para lo cual se deberá formular la acusación y exponer los datos de prueba que la sustentan. La acusación deberá contener la enunciación de los hechos que se atribuyen al acusado, su clasificación jurídica y grado de intervención, así como las penas y el monto de reparación del daño;
II. y III. ...
Artículo 202. Oportunidad
El Ministerio Público o el imputado podrá solicitar la apertura del procedimiento abreviado después de que se dicte el auto de vinculación a proceso y hasta antes de la emisión del auto de apertura a juicio oral.
...
...
En cualquier caso, el Ministerio Público o el imputado podrá solicitar la reducción de hasta un tercio de la mínima en los casos de delitos dolosos y hasta en una mitad de la mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión. Si al momento de esta solicitud, ya existiere acusación formulada por escrito, el Ministerio Público podrá modificarla oralmente en la audiencia donde se resuelva sobre el procedimiento abreviado y en su caso solicitar la reducción de las penas, para el efecto de permitir la tramitación del caso conforme a las reglas previstas en el presente capítulo. El Ministerio Público o el imputado al solicitar la pena en los términos previstos en el presente artículo, deberá observar el acuerdo que al efecto emita el procurador.
Artículo 203. Admisibilidad
En la misma audiencia, el juez de control admitirá la solicitud del Ministerio Público o del imputado cuando verifique que concurran los medios de convicción que corroboren la imputación, en términos de la fracción VII, del Apartado A del artículo 20 de la Constitución. Serán medios de convicción los datos de prueba que se desprendan de los registros contenidos en la carpeta de investigación.
Si el procedimiento abreviado no fuere admitido por el juez de control, se tendrá por no formulada la acusación oral que hubiere realizado el Ministerio Público o el imputado, lo mismo que las modificaciones que, en su caso, hubiera realizado a su respectivo escrito y se continuará de acuerdo con las disposiciones previstas para el procedimiento ordinario. Asimismo, el Juez de control ordenará que todos los antecedentes relativos al planteamiento, discusión y resolución de la solicitud de procedimiento abreviado sean eliminados del registro.
Si no se admite la solicitud por inconsistencias o incongruencias en los planteamientos del Ministerio Público o del imputado, podrán presentar nuevamente la solicitud una vez subsanados los defectos advertidos.
Artículo 205. Trámite del procedimiento
Una vez que el Ministerio Público o el imputado ha realizado la solicitud del procedimiento abreviado y expuesto la acusación con los datos de prueba respectivos, el Juez de control resolverá la oposición que hubiere expresado la víctima u ofendido, observará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 201, fracción III, correspondientes al imputado y verificará que los elementos de convicción que sustenten la acusación se encuentren debidamente integrados en la carpeta de investigación, previo a resolver sobre la autorización del procedimiento abreviado.
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputados: Noel Chávez Velázquez, Gildardo Pérez Gabino (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
SE ABROGA LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SE EXPIDE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL FEDERAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Jesús Fernando García Hernández... el diputado Jesús Fernando García Hernández, hasta por diez minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, suscrita por el diputado Reginaldo Sandoval Flores y por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PT.
El diputado Jesús Fernando García Hernández:Ánimo, ánimo. Desde Navolato vengo. Con el permiso del pueblo de México, con el permiso de la Mesa. Compañeras y compañeros diputados, el pueblo que nos sigue a través de los medios de comunicación, hoy nadie puede manifestar o señalar dudas sobre la legitimidad de la reforma al Poder Judicial. Se han superado todos los problemas y el Congreso de la Unión ya había mandatado que se debía tener un nuevo sistema para acabar con la corrupción y el enriquecimiento ilícito que imperaba en el Poder Judicial Federal.
Ayer, con el razonamiento adecuado, las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, y al que se sumó el voto del ministro Alberto Pérez Dayán, desestimaron el proyecto que pretendía imponer una sentencia parcial que trataba de modificar la elección total de cargo de integrantes del Poder Judicial Federal, que no fue el mandato de los 36 millones de mexicanos que confían en la cuarta transformación.
La reforma es un acierto para que llegue la verdadera justicia pronta, expedita, gratuita para todos. Con esto la actual Suprema Corte de Justicia debe culminar en unos meses y con ello una historia de rezago de sentencias, de nepotismo, de influencias que dejaron fase terminal a todas las áreas del Poder Judicial desde la Suprema Corte, magistraturas, juzgados, y ejemplos sobran.
La propuesta de reforma que se plantea es la de abrogar la actual Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en el entendido que contiene instituciones que fueron eliminadas por ineficientes y se crean controles para combatir y eliminar la corrupción, como son el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
Esta Ley Orgánica regula la organización y funcionamiento de los diversos órganos judiciales, entre ellos, el órgano que administrará los recursos humanos y materiales, así como del Tribunal de Disciplina, quien impondrá las sanciones por faltas administrativas que incluso dará parte a las instancias correspondientes por comisión de delitos o a la Cámara de Diputados para el debido juicio político cuando sean cargos de elección popular.
De lo que se trata es de renovar y mejorar la impartición de justicia, proteger los derechos humanos, los derechos políticos electorales y los derechos establecidos en la Constitución Federal y los tratados internacionales.
Conforme a datos de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública, Envipe 2024 del Inegi, que en 2023, de los 31.3 millones de delitos ocurridos, solo el 10.4 por ciento se denunció. El Ministerio Público abrió una carpeta de investigación solo en el 68 por ciento de las denuncias.
Lo anterior implica que, del total de delitos ocurridos, 92.9 por ciento no se investigó y menos existió sentencia, quedando como una cifra muy negra. Del 68 por ciento de denuncias en las que se abrió una investigación, en el 47.9 por ciento no pasó nada o no se resolvió la renuncia y el 27.6 por ciento resultó mero trámite.
Lo anterior se traduce en que el 75.5 por ciento de las denuncias no arrojaron conclusión alguna en el año 2023. Tenemos que terminar con el alto índice de impunidad. El sistema judicial será reestructurado para operar la gran cantidad de casos que tienen que manejar y dejar de ser omisos.
Vamos a terminar con los retrasos en la resolución de los juicios, que afecta tanto a las víctimas como a los imputados, para generar certeza en la absolución o del castigo. Se terminará la presión política de los demás Poderes del Estado, como ocurría antes de la reforma, para imponer a los titulares del Poder Judicial, que además influían en las decisiones judiciales, lo que cambia completamente con la elección directa por voto popular.
Habrá representación legal adecuada en la Defensoría Pública porque habrá más cursos para actualizar a los abogados del Sistema Federal de Defensoría y coadyuvarán con el órgano de administración, mejorando la capacitación y mayor profesionalismo.
Se propone la abrogación de la actual Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación debido a que no basta con reformar el articulado de la actual para lograr atender el decreto porque muchos temas se modifican desde la creación de nuevas instituciones, se modifica la administración, mejora la operatividad, se implementará mayor disciplina y se aplicarán verdaderas sanciones para los malos servidores públicos del Poder Judicial.
Su implementación en esta nueva etapa requiere de confianza ciudadana, colaboración y adaptación a las nuevas adecuaciones que plantea la reforma al Poder Judicial. La nueva ley propone, en el caso del órgano de administración judicial, que cuente con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración y carrera judicial del Poder Judicial, y tendrá a su cargo la determinación del número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias de los tribunales colegiados de circuito, de los tribunales colegiados de apelación y de los juzgados de distrito.
El ingreso, permanencia y separación del personal de carrera judicial y administrativo, así como su formación, promoción y evaluación del desempeño, la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo del Poder Judicial y las demás que establezcan las leyes. La Escuela Nacional de Formación Judicial será la encargada de capacitar a las y los defensores públicos, así como de llevar a cabo los concursos de oposición.
El Tribunal de Disciplina Judicial es el órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica de gestión y para emitir resoluciones. Su pleno será la autoridad sustanciadora en los términos que establezca la ley y resolverá, en segunda instancia, los asuntos de su competencia.
El Tribunal desahogará el procedimiento de responsabilidades administrativas, en primera instancia, a través de comisiones conformadas por tres de sus integrantes, que fungirán como autoridad sustanciadora y resolutora en los asuntos de su competencia.
El Tribunal conducirá sus investigaciones a través de una unidad responsable de integrar y presentar al pleno o a sus comisionados los informes de probable responsabilidad, lo cual podrá ordenar la recolección de indicios y medios de prueba, requerir información y documentación, realizar inspecciones, llamar a comparecer y apercibir a personas que aporten elementos de prueba, solicitar medidas cautelares y de apremio para el desarrollo de sus investigaciones, entre otras que determinen las leyes.
Las sanciones que emite el Tribunal podrán incluir la amonestación, suspensión, sanción económica, destitución o inhabilitación de las personas servidoras públicas, con excepción de las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y magistradas y magistrados electorales que solo podrán ser removidos en los términos del Título Cuarto de la Constitución.
También, se elimina la Comisión de Administración del Tribunal Electoral y se crea el Comité de Administración, adecuando su integración conforme a las nuevas disposiciones constitucionales y se faculta para la colaboración que debe tener con el órgano de administración judicial.
Esta propuesta de Ley Orgánica dispone la integración, funciones, atribuciones, sanciones, coordinaciones y... que impacta a las y los servidores del Poder Judicial de la federación.
Por último, para el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, es importante y urgente dar celeridad a las reformas de leyes secundarias para atender el decreto de reforma al Poder Judicial desde el Poder Ejecutivo que encabeza nuestra presidenta, doctora Claudia Sheinbaum Pardo, y el Congreso de la Unión, habremos de cumplirle al pueblo para que se le administre justicia pronta, expedita y gratuita. Unidad Nacional. Todo al poder al pueblo. Sáquense un diez.
Y, por último, pedirles a estas personas de este Poder Judicial que están pidiendo su retiro, ojalá se les pague el UMA, como se les pagó a todo el personal que trabajó y que ellos determinaron que se les pagará en eso. Justicia pareja para todos, ánimo. Es cuanto.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 30 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
El diputado Carlos Arturo Madrazo Silva:Con el permiso de la Presidencia. Buenas tardes compañeras y compañeros. Cuando hacemos referencia al término seguridad, nos referimos a tener certeza sobre algo. Es decir, una percepción personal que hace sentido a los individuos la confianza sobre cierta situación.
Ahora bien, si trasladamos dicho término al campo de lo social, encontramos que los gobiernos han diseñado un entramado de instituciones y normas, con el fin de garantizar el orden y la paz pública dentro de un territorio determinado.
Para alcanzar dicho objetivo, es fundamental que las políticas de seguridad sean integrales y multidimensionales, es necesario que aborden de manera adecuada, no solo la depresión del delito, sino también la prevención, la rehabilitación, la reintegración social de los infractores.
En nuestro país, el derecho a la seguridad pública se encuentra consagrado en la Carta Magna, artículo 21, donde se establecen claramente las bases fundamentales para la protección de toda la población. En dicho precepto se refleja con claridad la obligación del Estado en materia de seguridad, pero, sobre todo, se hace énfasis en la importancia de un marco legal adecuado que respalde la acción de las instituciones responsables de mantener el orden y la paz.
Bajo esta lógica, a pesar de los esfuerzos emprendidos para afrontar la problemática en materia de seguridad, debemos reconocer que aún queda un largo camino por recorrer, ya que persisten zonas del territorio nacional afectadas por el fenómeno de la violencia y la inseguridad.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana elaborada por el Inegi correspondiente al tercer trimestre de 2024, durante septiembre el 58.6 por ciento de la población mayor de 18 años consideró que es inseguro vivir en su ciudad. Si bien es importante resaltar que el porcentaje de personas que se sienten inseguras bajó más de 15 por ciento desde el 2018, debemos seguir avanzando con leyes y políticas públicas que reduzcan aún más ese porcentaje.
En este sentido, frente a las constantes amenazas, resulta imprescindible que redoblemos esfuerzos a fin de garantizar la seguridad en todos los rincones del país sin distinción, con el fin de asegurar que todos los ciudadanos puedan vivir en paz y con la certeza de que sus derechos y patrimonios se encuentran protegidos.
En este contexto, es necesario acelerar la modernización del sistema de seguridad pública, así como los mecanismos de procuración e impartición de justicia, la coordinación de los Ministerios Públicos con las instituciones de seguridad en todos los ámbitos y el fortalecimiento de las labores de inteligencia, como lo plantea la Estrategia Nacional de Seguridad, con el fin de que el Estado mexicano pueda cumplir con mayor eficacia su labor de proteger a los ciudadanos, más aún cuando se ha vuelto una realidad innegable que la capacidad operativa, económica y territorial de los grupos territoriales, los grupos criminales, perdón, en México ha experimentado un crecimiento alarmante en los últimos años.
Frente a dicho escenario, el uso de la tecnología se ha convertido en un aliado contra el crimen, permitiendo a las autoridades contar con herramientas más eficaces y precisas para prevenir, identificar y perseguir conductas delictivas. Las tecnologías de información y comunicación ofrecen capacidades sin precedentes para detectar patrones de comportamiento criminal, monitorear actividades sospechosas en tiempo real y anticipar posibles amenazas antes de que se materialicen en delitos que afecten a las personas.
Asimismo, el uso de tecnologías e inteligencia en tareas de vigilancia como cámaras de seguridad, drones y sistemas de geolocalización ha facilitado la ubicación de criminales, el desmantelamiento de redes delictivas y la mejora en la coordinación entre distintas fuerzas de seguridad.
Existen varios ejemplos del beneficio que se alcanza con el uso de la tecnología e inteligencia en tareas de seguridad pública, uno de los más destacados sin duda es la Ciudad de México en donde se ha implementado un sistema de videovigilancia que funciona mediante una red de cámaras interconectadas.
Derivado de lo antes expuesto la propuesta de reforma que presento el día de hoy a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde y que fue una de nuestras propuestas de campaña, busca modificar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a fin de que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana tengan entre sus atribuciones la de promover el aprovechamiento de la tecnología y la implementación de sistemas de videovigilancia interconectados entre las autoridades encargadas de la seguridad con el objetivo fundamental de reducir y prevenir las conductas delictivas.
Estamos convencidos de que esta reforma dará al Estado mexicano más herramientas para enfrentar con mejor, con mayor rapidez y contundencia y coordinación el reto de garantizar que la ciudadanía realice sus actividades cotidianas de paz. Es cuanto. Muchas gracias, presidente.
«Iniciativa que adiciona el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Los que suscriben diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en nombre de sus integrantes y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción xxvii al artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEn sentido estricto, el término seguridad se refiere a tener certeza sobre algo, es decir, una percepción personal que hace sentir a los individuos la confianza sobre algo o alguien. Ahora bien, si trasladamos dicho término al campo de lo social, encontramos que los gobiernos han diseñado un entramado de instituciones y normas con el fin de garantizar el orden y la paz pública dentro un territorio determinado.
De acuerdo con el documento ¿ Qué es la seguridad pública para México? Gendarmería y proximidad social como estrategias policiales, la seguridad no sólo es la confianza, sino que se convierte en un requisito indispensable para que los seres humanos puedan satisfacer sus necesidades y explotar al máximo su potencial, en el ámbito personal, social económico y político.
En este orden de ideas, la obligación del Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos implica una responsabilidad que va más allá de respuestas inmediatas a incidentes aislados. Este compromiso exige la implementación continua de políticas que se adapten a las realidades cambiantes y diversas de cada nación.
La seguridad no es sólo la ausencia de amenazas, sino un entorno en el que las personas pueden desarrollar su vida cotidiana con confianza y tranquilidad. Por ello, es vital que el Estado reaccione ante situaciones de crisis, anticipe desafíos y fomente un enfoque proactivo, colaborando con la sociedad civil y otros actores clave para construir un marco legal e institucional integral que aborde las causas profundas de la inseguridad.
En este contexto, cada Estado asume la responsabilidad crucial de diseñar e implementar los modelos, mecanismos y políticas criminales necesarios para garantizar el orden, la paz y el respeto a las libertades fundamentales de sus ciudadanos.
Es fundamental que dichas políticas sean integrales y multidimensionales, abordando no sólo la represión del delito, sino también la prevención, la rehabilitación y la reintegración social de los infractores.
En nuestro país, el derecho a la seguridad pública se encuentra consagrado en la Carta Magna, en su artículo 21, donde se establecen claramente las bases fundamentales para la protección de todos los ciudadanos, el cual a la letra señala:
“La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.”
Este precepto refleja la obligación del Estado con la seguridad y enfatiza la importancia de un marco legal sólido que respalde la acción de las instituciones responsables de mantener el orden y la paz social.
Al abordar la seguridad pública de manera integral, la Constitución establece la necesidad de un enfoque que combine la prevención del delito, la protección de los derechos humanos y la promoción de una justicia accesible y efectiva.
En este sentido, el artículo 21 se erige como un pilar esencial para construir una sociedad más segura, equitativa y respetuosa de la dignidad de cada individuo, reafirmando la responsabilidad del Estado de actuar con firmeza y transparencia en la defensa y protección de sus ciudadanos.
Para lograr este objetivo, resulta fundamental que la construcción de una nueva cultura y concepción de la seguridad no se enfoque únicamente a la persecución de los delitos, sino que busque también la promoción, prevención, salvaguarda y garantía de los derechos humanos, garantizando que cada individuo pueda vivir en un entorno de paz y seguridad.
De esta manera, el Estado no sólo protege a la ciudadanía frente a amenazas externas, sino que también fortalece la confianza social, promueve la cohesión y asegura que los derechos fundamentales de las personas sean respetados y salvaguardados en todo momento.
En nuestro país, los esfuerzos emprendidos para afrontar la problemática en materia de seguridad han sido significativos y han logrado avances importantes en diversos rubros, sin embargo, debemos reconocer que aún queda un largo camino por recorrer, ya que persisten zonas del territorio nacional que continúan siendo gravemente afectadas por el fenómeno de la violencia e inseguridad.
A pesar de las acciones implementadas y los recursos destinados a la lucha contra el crimen, muchas comunidades siguen enfrentando graves desafíos que amenazan su estabilidad y su desarrollo social y económico. Esta situación exige una respuesta más contundente y estratégica por parte de las autoridades correspondientes.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, correspondiente al tercer trimestre de 2024, durante septiembre el 58.6 por ciento de la población mayor de 18 años consideró que es inseguro vivir en su ciudad, destacando como las ciudades más inseguras Tapachula, Naucalpan de Juárez, Fresnillo, Ecatepec de Morelos, Irapuato y Tuxtla Gutiérrez.
En cuanto a la percepción de inseguridad en espacios físicos específicos, la ciudadanía manifestó sentirse insegura principalmente en cajeros automáticos localizados en la vía pública, transporte público y en las carreteras. Asimismo, entre las conductas delictivas que más preocupan a la población destacaron el robo y los asaltos, la venta y el consumo de drogas, el pandillerismo y el robo o venta ilegal de combustibles.
En este orden de ideas, resulta imprescindible que el Estado redoble esfuerzos para garantizar la seguridad en todos los rincones del país, sin distinción, con el fin de asegurar que todos los ciudadanos puedan vivir seguros, en paz y con la certeza de que sus derechos y patrimonio están protegidos.
Nuestro país requiere con urgencia de acciones efectivas que no sólo permitan la persecución y el encarcelamiento de los delincuentes, sino que también garanticen que aquellos encargados de hacer valer el estado de derecho actúen con total firmeza, transparencia y honradez.
En este sentido, se debe acelerar la modernización profunda del sistema de seguridad pública, así como de los mecanismos de procuración e impartición de justicia, con el fin de crear instituciones más eficientes, transparentes y cercanas a la ciudadanía. Lo anterior implica una actualización tecnológica en los procesos judiciales y de investigación, además de una revisión exhaustiva de las leyes y procedimientos vigentes para asegurar que las autoridades respondan de manera adecuada y efectiva frente a las conductas criminales.
Más aún cuando se ha vuelto una realidad innegable que la capacidad operativa, económica y territorial de los grupos criminales en México ha experimentado un crecimiento alarmante en los últimos años, dicho fenómeno no sólo se refleja en su creciente influencia sobre diversas regiones del país, sino también en su acceso a armamento de alto calibre, lo que representa una amenaza constante y latente para la paz, la seguridad y el desarrollo de nuestras comunidades.
Bajo este orden de ideas, el uso de tecnologías se ha convertido en un aliado contra el crimen, permitiendo a las autoridades contar con herramientas más eficaces y precisas para prevenir, identificar y perseguir conductas delictivas. Las tecnologías de información y comunicación ofrecen capacidades sin precedentes para detectar patrones de comportamiento criminal, monitorear actividades sospechosas en tiempo real y anticipar posibles amenazas antes de que se materialicen en delitos que afecten a las personas.
Asimismo, el uso de tecnologías en tareas de vigilancia, como cámaras de seguridad, drones y sistemas de geolocalización, ha facilitado la localización de criminales, el desmantelamiento de redes delictivas y la mejora en la coordinación entre distintas fuerzas de seguridad. Estas herramientas permiten una mayor eficiencia en la persecución de delitos y una respuesta más rápida ante situaciones de emergencia, lo que contribuye a la construcción de un entorno más seguro para todos los ciudadanos.
Existen varios ejemplos del beneficio que se alcanza con el uso de la tecnología en tareas de seguridad pública. Uno de los más destacados es el de la Ciudad de México donde se ha implementado un sistema de videovigilancia el cual funciona mediante una red de cámaras interconectadas conocida como C5. Éste opera y monitorea una infraestructura de más de 63 mil cámaras de vigilancia distribuidas a lo largo de la Ciudad de México ubicadas en los postes del C5. Los postes pueden contar con hasta 5 sensores, más una cámara 4K, logrando una visión de 360 grados.
Para su operación, durante el último ejercicio fiscal la Ciudad destinó para su operación y funcionamiento la cantidad de $1,652,155,175 pesos, con la cual ha mantenido el monitoreo de un territorio de 1,494.30 km2. Gracias a esto se ha logrado reducir la incidencia delictiva.
En este sentido, la presente propuesta de reforma busca fomentar y promover el uso de tecnologías de la información como herramientas clave en la lucha contra el crimen, reconociendo que, en el contexto actual es necesario echar mano de todos los recursos a nuestro alcance para brindarle a las y los mexicanos la paz y la tranquilidad que merecen.
Por lo antes expuesto, el Partido Verde presenta una propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a fin de promover el aprovechamiento de la tecnología y la implementación de sistemas de videovigilancia interconectados entre las autoridades encargadas de la seguridad pública, con el objetivo fundamental de reducir y prevenir las conductas delictivas. Para un mejor entendimiento se presenta un cuadro comparativo entre el texto legal vigente y de lo aquí planteado.
Sólo con una estrategia innovadora y adaptada a las nuevas realidades podremos garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos y el fortalecimiento de la paz y la seguridad en nuestro país.
Con esta reforma se apuesta a reducir la inseguridad a la que se enfrentan los ciudadanos a través de una respuesta rápida, contundente y coordinada por parte de las policías de todos los órdenes de gobierno y con ello garantizar que la ciudadanía realice sus actividades cotidianas en paz.
En virtud de lo aquí expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción XXVII al artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Artículo Único. Se adiciona una fracción XXVII, recorriéndose el orden de las subsecuentes, al artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de las Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 30 Bis. A la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana corresponde el despacho de los asuntos siguientes:
I. a XXVI. ...
XXVII. Promover el aprovechamiento de la tecnología y la implementación de sistemas de videovigilancia interconectados entre las autoridades encargadas de la seguridad pública en los diferentes órdenes de gobierno para la prevención del delito.
XXVIII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Véase, ¿Qué es la seguridad pública para México? Gendarmería y proximidad social como estrategias policiales, Revista de investigación en Derecho, criminología y Consultoría Jurídica, No. 21, abril-septiembre de 2017. Universidad de Puebla. Disponible en:
file:///C:/Users/Usuario/Downloads/385-1575-1-PB.pdf
2 Véase, Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
3 Véase, La seguridad pública como un derecho humano, Verónica Guadalupe Valencia, Biblioteca jurídica UNAM. Disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2297/16.pdf
4 Véase, Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana, Tercer trimestre de 2024, 21 de octubre de 2024, Inegi. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ ENSU/ENSU2024_10.pdf
5 Ibídem.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2024.– Diputados: Carlos Arturo Madrazo Silva, Carlos Alberto Puente Salas (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso, hasta por cinco minutos para presentar dos iniciativas. La primera con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. La segunda que adiciona el artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Ambas suscritas por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso:Con la venia de la Presidencia. Buenos días compañeras y compañeros diputados, hoy, a nombre de las diputadas y los diputados de Acción Nacional, quiero compartir con ustedes dos iniciativas que buscan transformar la vida cotidiana de las familias mexicanas promoviendo una verdadera inclusión social y el cuidado de la economía familiar en nuestra sociedad.
Imaginemos a un adulto mayor, a una persona con discapacidad, a una mujer embarazada o a una mujer con movilidad reducida que se ve obligada a recorrer una distancia considerable para poder ingresar a cualquier lugar que, si bien tiene espacios reservados, no siempre están bien ubicados y mucho menos garantizan un acceso adecuado y seguro. Esta situación resalta la importancia de la accesibilidad, que no solo es un requisito legal sino también un derecho humano fundamental.
Es por eso que exhorto a esta asamblea para aprobar la adición de un párrafo a la fracción XVII del artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para que todos los lugares públicos como edificios gubernamentales, centros recreativos, centros comerciales, hospitales, entre otros, garanticen que los cajones de estacionamiento reservados estén lo más cerca posible de las entradas, asegurando un fácil acceso, digno y seguro para los adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas con movilidad reducida.
De aprobarse esta propuesta daremos un paso firme hacia una sociedad más inclusiva y solidaria, en la que todos tengamos la oportunidad de acceder a los espacios que necesitamos sin ningún tipo de obstáculos.
Por otro lado, la segunda iniciativa que presentamos en Acción Nacional busca adicionar los artículos 7 Ter, 98 Quáter y los párrafos tercero, cuarto y quinto del artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Esta medida tiene como objeto abordar la problemática diaria que afecta a muchas familias mexicanas, la falta de cambio en diversos establecimientos de este país.
El Banco de México emite billetes de las siguientes denominaciones: 20, 50, 100, 200, 500 y mil pesos, así como monedas de 5, 10, 20, 50 centavos y de 1, 2, 5 y 10 pesos. Por lo tanto, la falta de cambio en una tienda o en un supermercado no debería existir.
Reflexionemos por un momento, cuántas veces hemos acudido a la tienda y nos hemos encontrado con la sorpresa de que no tienen monedas para entregar el cambio exacto a las personas. Por ejemplo, como esos 50 centavos que a menudo no reciben los clientes. Tan común se ha vuelto esta práctica que, en la mayoría de las ocasiones, por no decir que, en todas, se ofrece un chicle de cambio, pero yo les pregunto, ¿de qué sirve un chicle de cambio si en este día, en este país, se vive al día? Lo que la gente realmente necesita es que impulsemos políticas públicas que garanticen el cuidado de la economía familiar.
Esta mala práctica no debería darse, ya que de 50 en 50 centavos los ciudadanos tienen una pérdida hormiga, que si se acumula a lo largo del tiempo afecta directamente a la economía de las familias mexicanas, especialmente a aquellas más vulnerables.
Por tal motivo, las y los diputados de Acción Nacional proponemos que todos los establecimientos cuenten con monedas y billetes de todas las denominaciones, para que siempre se entregue el cambio exacto en todas las compras que realicen los ciudadanos.
Compañeras y compañeros diputados, ambas iniciativas tiene un objetivo común: mejorar la calidad de vida de las familias mexicanas, garantizando un lugar reservado lo más cerca posible de los accesos a los lugares públicos ya citados y así estaremos contribuyendo a la construcción de un entorno más justo y, por supuesto, cuando las personas reciban su cambio siempre exacto estaremos hablando de un entorno respetuoso y también justo para todas y todos.
Diputadas y diputados, les invito a sumarse a esta iniciativa, con su colaboración podemos lograr un México mejor para todas y para todos. En Acción Nacional siempre estaremos a favor de la gente, nuestro compromiso es con una verdadera política de inclusión social y también con el cuidado de la economía familiar. Es cuanto, diputado presidente.
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso así como las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y del numeral 1 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 10 y se adicionan los artículos 7 Ter y 98 Quáter de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl Banco de México (Banxico) emite billetes en denominaciones de 20, 50, 100, 200, 500 y 1000 pesos, así como monedas de 5, 10, 20 y 50 centavos, y de 1, 2, 5 y 10 pesos. Por lo tanto, la falta de cambio en una tienda o supermercado no debería ser un pretexto aceptable para los comerciantes. Sin embargo, al intentar realizar una compra, muchos consumidores se enfrentan a la frustrante situación de que el cajero no tiene el cambio exacto, como esos 50 centavos que a menudo son imprescindibles.
En lugar de ofrecer una solución adecuada, como proporcionar el cambio correcto, las alternativas que se presentan en los establecimientos suelen ser inusuales, como recibir un chicle o que se nos quede a deber. Esta práctica no sólo resulta inconveniente, sino que también puede dar lugar a pérdidas económicas pequeñas pero significativas. Aunque a primera vista perder 50 centavos pueda parecer insignificante, la acumulación de estas pequeñas pérdidas puede afectar el presupuesto familiar a lo largo del tiempo, especialmente si ocurre con frecuencia.
Ante esta situación, el consumidor a menudo no percibe la pérdida económica, y si lo hace, puede no sentirse con la confianza suficiente para reclamarlo debido a la vergüenza o la falta de interés en exigir el cambio exacto. Esto se debe a que, en ocasiones, se trata de unos pocos centavos que se consideran insignificantes, y puede existir una tendencia a menospreciar el valor de estas monedas.
Además, la falta de cambio puede impactar la confianza del consumidor en el establecimiento. Cuando los clientes sienten que no reciben un servicio justo, es probable que opten por no regresar, lo que afecta la reputación del negocio y su viabilidad a largo plazo. Este problema no sólo perjudica al consumidor individual, sino que también puede tener repercusiones en el comercio local en su conjunto, ya que los consumidores tienden a evitar aquellos establecimientos que no ofrecen un servicio adecuado.
Lo cierto es que, en numerosas ocasiones, tanto las empresas transnacionales como las nacionales se aprovechan al fijar precios de sus productos con centavos resultando una práctica desleal que, aunque parezca insignificante, representa un robo encubierto que es necesario regular.
Atendiendo a lo anterior, la presente reforma tiene como objetivo principal garantizar que los consumidores reciban el cambio exacto en sus transacciones comerciales, promoviendo una mayor transparencia y equidad en el comercio.
Actualmente, los derechos de los consumidores están respaldados por la Ley Federal de Protección al Consumidor, que garantiza la protección de derechos fundamentales, tales como el derecho a la información, a elegir, a la seguridad y calidad de los productos, a no ser discriminados, a recibir protección, y al cambio y reembolso.
A través de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), los consumidores pueden presentar quejas sobre sus compras y denunciar cualquier violación a sus derechos. Sin embargo, hasta la fecha, no se dispone de información oficial acerca de quejas específicas de consumidores relacionadas con la falta de denominaciones para el cambio.
Por tal motivo, es importante prevenir estas prácticas que afectan negativamente la experiencia de compra del consumidor y, a su vez, asegurar que los proveedores cumplan con estándares justos y consistentes en la administración de efectivo.
La falta de cambio en los establecimientos, especialmente con los centavos, puede afectar a los consumidores de varias maneras, por ejemplo:
Pérdida económica directa. Cuando los establecimientos no tienen el cambio adecuado y ofrecen productos en lugar de dinero en efectivo, los consumidores pueden enfrentar una pérdida económica directa. Esto se debe a que, en muchos casos, los productos ofrecidos en lugar de cambio pueden no tener el mismo valor o utilidad para el consumidor. La falta de centavos puede resultar en una pérdida menor, pero acumulada puede ser significativa, especialmente si ocurre con frecuencia.
Inconvenientes y frustración. Cuando los consumidores no reciben el cambio adecuado, pueden experimentar frustración y molestias. Esto es particularmente molesto si el consumidor no necesita o no quiere el producto ofrecido en lugar del dinero.
Impacto en la confianza del consumidor. La falta de cambio adecuado puede erosionar la confianza en el establecimiento y en el sistema de comercio en general. Los consumidores pueden percibir la falta de cambio como una práctica desleal o poco profesional, lo que podría llevar a la pérdida de clientes y a una reputación negativa.
Repercusiones en el comercio local. En un nivel más amplio, los problemas con el cambio pueden afectar la dinámica del comercio local ya que los consumidores pueden optar por evitar establecimientos que no ofrezcan un servicio adecuado, lo que podría perjudicar a negocios locales que ya enfrentan competencia significativa.
Por lo anterior, la presente iniciativa tiene como objetivo evitar la pérdida económica para los mexicanos y mejorar significativamente la experiencia de compra. Además, busca exigir a los proveedores que mantengan prácticas transparentes y justas, promoviendo así una mayor confianza en el comercio. Asimismo, el fortalecimiento de la supervisión y la implementación de sanciones contribuirán a crear un entorno comercial más equitativo y responsable.
A fin de clarificar la propuesta, anexo al presente el siguiente cuadro comparativo:
Con las modificaciones propuestas respondemos de manera directa a las necesidades de los consumidores y establecemos medidas para garantizar que el comercio opere con justicia y transparencia. Estas reformas también contribuirán a la estabilidad económica de los mexicanos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. Se adicionan los artículos 7 Ter, 98 Quáter y los párrafos tercero, cuarto y quinto del artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Artículo 7 Ter. El proveedor estará obligado a disponer de suficientes denominaciones para garantizar que los consumidores reciban el cambio completo y exacto al realizar una compra. En ningún caso el establecimiento podrá sustituir el dinero en efectivo por productos o cualquier otro tipo de compensación en lugar del cambio correspondiente.
Artículo 10. ...
...
Los proveedores deberán contar con un suministro adecuado de monedas y billetes de denominaciones diversas para garantizar que pueden proporcionar el cambio correcto en todas las transacciones comerciales implementando sistemas de administración de efectivo que permitan asegurar la disponibilidad continua de denominaciones necesarias.
Los proveedores deberán informar a los consumidores sobre su política de manejo de cambio a través de avisos visibles en el punto de venta, especificando la disponibilidad de denominaciones y el procedimiento para recibir el cambio correcto.
En caso de que un consumidor no reciba el cambio adecuado, el proveedor deberá corregir el error inmediatamente, ya sea proporcionando el cambio correcto o, según sea el caso, ofreciendo un reembolso en el mismo medio de pago utilizado para la transacción.
Artículo 98 Quáter. La Procuraduría Federal del Consumidor llevará a cabo inspecciones regulares para verificar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el manejo de cambio en los establecimientos. Los establecimientos que no cumplan con estas disposiciones serán acreedores a multas y, en casos reincidentes, la suspensión temporal de operaciones.
TransitorioArtículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2024.– Diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL
El diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso:
«Iniciativa que adiciona el artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Diego Ángel Rodríguez Barroso, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y del numeral 1 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo a la fracción XVII del artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosSegún los resultados de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica correspondiente a 2023, de los 129.5 millones de habitantes en el país, se estima que 8.9 millones viven con alguna forma de discapacidad. Las personas con movilidad reducida, que incluyen a quienes tienen discapacidades físicas, visuales, auditivas y otras condiciones, enfrentan desafíos diarios significativos. La Organización Mundial de la Salud destacó en la septuagésima cuarta asamblea general que persisten barreras físicas y de información que limitan el acceso efectivo de las personas con discapacidad, lo cual restringe su acceso a oportunidades y recursos esenciales.
Esta situación resalta la importancia de la accesibilidad, que no solo es un requisito legal, sino un derecho humano fundamental. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada por la Asamblea General de la ONU, enfatiza que las personas con discapacidad deben tener acceso a un entorno físico asequible.
Preámbulo
v) Reconociendo la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales
Artículo 9. Accesibilidad
1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a
a) Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo;
b) Los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia.
2. Los Estados parte también adoptarán las medidas pertinentes para
a) Desarrollar, promulgar y supervisar la aplicación de normas mínimas y directrices sobre la accesibilidad de las instalaciones y los servicios abiertos al público o de uso público;
b) Asegurar que las entidades privadas que proporcionan instalaciones y servicios abiertos al público o de uso público tengan en cuenta todos los aspectos de su accesibilidad para las personas con discapacidad;
c) Ofrecer formación a todas las personas involucradas en los problemas de accesibilidad a que se enfrentan las personas con discapacidad;
d) Dotar a los edificios y otras instalaciones abiertas al público de señalización en Braille y en formatos de fácil lectura y comprensión;
e) Ofrecer formas de asistencia humana o animal e intermediarios, incluidos guías, lectores e intérpretes profesionales de la lengua de señas, para facilitar el acceso a edificios y otras instalaciones abiertas al público;
f) Promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información;
g) Promover el acceso de las personas con discapacidad a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluido internet;
h) Promover el diseño, el desarrollo, la producción y la distribución de sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones accesibles en una etapa temprana, a fin de que estos sistemas y tecnologías sean accesibles al menor costo”.
En este contexto, la falta de estacionamientos adecuados y próximos a los lugares no solo obstaculiza la movilidad, un derecho esencial que impacta directamente en la calidad de vida de las personas, sino que también afecta a otros grupos, como las embarazadas, adultos mayores y, personas con discapacidad. La falta de proximidad de los espacios designados representa no solo un inconveniente logístico, sino que también conlleva serias implicaciones en términos de seguridad y bienestar emocional. Además, limita la autonomía y la dignidad de estas personas, perpetuando así su exclusión social, de tal forma que las personas con movilidad limitada suelen enfrentarse a la escasez de espacios reservados, que a menudo están mal ubicados u ocupados por vehículos no autorizados. Esta situación les obliga a trasladarse largas distancias, lo que puede ser agotador y peligroso, especialmente para aquellos que utilizan dispositivos de asistencia.
Las mujeres embarazadas experimentan un aumento del cansancio y la fatiga, lo que convierte el simple acto de estacionar un vehículo en una tarea monumental.
Por otra parte, la inseguridad es otra consecuencia significativa de la falta de espacios adecuados. La ocupación indebida de los lugares designados y la necesidad de buscar otros espacios incrementan el riesgo de accidentes. Las personas con discapacidad y las embarazadas son especialmente vulnerables a situaciones peligrosas, como la necesidad de cruzar calles concurridas con dificultades de movilidad.
El estrés emocional asociado con la búsqueda de estacionamiento también merece atención. Muchas personas informan que la frustración y la ansiedad se convierten en compañeras constantes durante sus salidas. Este malestar no solo afecta su estado de ánimo, sino que también puede repercutir en su salud mental a largo plazo.
La poca probabilidad de acceder del estacionamiento al establecimiento no solo afecta la movilidad, sino que también tiene un impacto profundo en la vida cotidiana de estos grupos pues muchos de ellos prefieren no salir debido a todas las dificultadas ya antes mencionadas, por ello, es evidente que se requiere un enfoque proactivo para abordar estos problemas. La implementación de normativas más estrictas sobre la obligatoriedad de que cualquier establecimiento tenga lugares de estacionamiento casi inmediatos a la puerta de acceso.
Pese a que muchas legislaciones exigen la creación de espacios reservados para personas con discapacidad, en la práctica, estos espacios a menudo son insuficientes o están mal ubicados. Muchos de estos espacios se encuentran alejados de las entradas principales, lo que contrarresta su propósito de facilitar el acceso.
En resumen , la falta de espacios de estacionamientos bien ubicados representa un obstáculo considerable para la movilidad de personas con discapacidad, embarazadas y, adultos mayores. Abordar estas carencias es esencial no solo para mejorar su calidad de vida, sino también para construir una sociedad más inclusiva y accesible. La implementación de normativas adecuadas, la promoción de la conciencia pública y la mejora de la infraestructura son pasos cruciales hacia un futuro donde todos puedan disfrutar de la libertad de movimiento sin barreras.
La reforma propuesta, incluso, puede hacernos pensar en la iniciativa de “ley silla”, pues ambas buscan promover la accesibilidad y la dignidad de las personas. La ley Silla establece la obligación de los empleadores de proporcionar asientos adecuados y períodos de descanso durante la jornada laboral, mientras que la propuesta de estacionamientos garantiza que las personas con movilidad reducida puedan acceder a espacios públicos de manera digna e independiente.
Ambas iniciativas refuerzan la importancia de crear condiciones adecuadas para el bienestar de las y los mexicanos fomentando un cambio en la percepción social hacia sus capacidades. Al establecer obligaciones claras para empleadores y propietarios de espacios públicos, estas propuestas contribuyen a un marco legal que favorece la inclusión y la igualdad, construyendo una sociedad más justa donde cada individuo pueda disfrutar plenamente de sus derechos y participar en la vida laboral y social.
La modificación de la ley que hoy exponemos para que los lugares de estacionamiento estén ubicados lo más cerca posible de las entradas principales, asegurando así un acceso fácil y rápido para personas con movilidad reducida, incluyendo a mujeres embarazadas, personas con discapacidad y, adultos mayores, reservando todos los espacios cercanos a las entradas para estos grupos, es una acción integral que tiene el potencial de transformar vidas. Este cambio no solo facilita la movilidad y la inclusión de las personas con discapacidad o, de movilidad reducida como son mujeres embarazadas y adultos mayores, sino que también promueve un entorno más justo y equitativo para toda la sociedad.
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta asamblea el siguiente
DecretoÚnico. Se adiciona un párrafo a la fracción XVII del artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para quedar como sigue:
Artículo 68. ...
I. a XVI. ...
XVII. ...
Las autoridades garantizarán que todas las entradas a lugares públicos, como edificios gubernamentales, centros recreativos, centros comerciales, hospitales, dispongan de cajones de estacionamientos ubicados lo más cerca posible a las entradas principales con un acceso fácil y rápido para las personas con discapacidad, personas con movilidad reducida, mujeres embarazadas o adultos mayores.
XVIII. a XXIV. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.medicosypacientes.com/articulo/la-oms-denuncia-las-barreras-fisicas -y-cognitivas-que-excluyen-las-personas-con/
2 https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/convention-rights-p ersons-disabilities
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de octubre de 2024.– Diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Movilidad, para dictamen.
Esta Mesa Directiva saluda al doctor José Ernesto Olvera González, director del Instituto Tecnológico de Pabellón de Arteaga, con sede en el estado de Aguascalientes. Asimismo, le damos la bienvenida al ingeniero Ramiro Pedroza Márquez, secretario de Innovación y Gobierno Digital, del mismo estado. Ambos invitados por el diputado Humberto Ambriz Delgadillo, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, sean bienvenidos a este recinto.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE PARTICULARES
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 16 y 20 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares.
El diputado Daniel Murguía Lardizábal:Con su venia, presidente. Vengo a presentar una iniciativa para la protección de datos personales, que cuando se ven vulnerados, pues obviamente hay pérdidas patrimoniales y morales.
México es uno de los países donde se presenta un gran número de casos de robo de datos personales, ocasionando daños patrimoniales y morales para los titulares de estos datos. Ante esto, nueve de cada diez mexicanos temen que su información personal sea utilizada de manera indebida al ser filtrada en diversas plataformas.
El robo de datos personales y posterior filtración de información personal ha permitido que los crímenes como el robo de identidad y otros fraudes sean de fácil ejecución. Día con día las y los mexicanos están en un riesgo potencial de sufrir el robo de sus datos personales, comprometiéndose así contraseñas, datos biométricos, identificaciones, por citar algunos datos.
Cada vez son más frecuentes los casos de vulneraciones a empresas responsables de resguardar la información de los particulares y esto incluye instituciones bancarias, telefónicas, de entretenimiento, de mensajería y donde se han comprometido datos como nombres completos, RFC, direcciones, números telefónicos, correos electrónicos y, en algunos casos, números de tarjetas, números de cuenta y hasta límites de crédito.
Lo preocupante es que en la mayoría de los casos los titulares de los datos personales no son informados de las vulneraciones de los sistemas de tratamiento, por lo que desconocen que sus referencias personales han sido sustraídas y filtradas, pero, sobre todo, que están en el riesgo moral y patrimonial.
Todos conocemos o sabemos, al menos de un caso, donde el titular de datos personales ha sido afectado y está en proceso de aclaración, pero esto generalmente sucede, hasta de manera personal, se dio cuenta de que su información ha sido vulnerada.
Las y los mexicanos no cuentan con el dato real sobre en manos de quiénes está su información personal o el uso que se le está dando a la misma, vulnerando con ello su derecho constitucional de la protección de sus datos personales al hacer su ratificación y cancelación del mismo, situación por la cual, el no informar al titular sobre el riesgo en que se encuentra sus datos personales, quebranta lo establecido en el artículo 16 de la Carta Magna, tal como sucede en la mayoría de los casos de actualidad. Omitir la notificación de las vulneraciones en generarles, es negarles la oportunidad a los titulares afectados de adoptar medidas para protegerse de peligros reales y latentes.
Ante vulneraciones de seguridad se considera importante que sea efectivo el acompañamiento de la responsabilidad y del tratamiento de los datos personales, a fin de que los titulares de datos personales puedan hacer válida la defensa de sus derechos.
La iniciativa que hoy tengo el honor de presentar, adiciona el artículo 16, una fracción VI, recorriendo la subsecuente y en la reforma del artículo 20 de la Ley Federal de la Protección de Datos Personales, en posesión de los particulares y tiene por objeto: primero, establecer en el aviso de privacidad que de presentarse una modificación de seguridad que comprometa los derechos patrimoniales o morales de los titulares, estos deberán notificar inmediatamente y sin demora alguna; y por segundo, eliminar el carácter de forma significativa y garantizar que el responsable brindará acompañamiento en todo momento en dichos datos.
Esta medida ayudará a que los usuarios actúen de manera más rápida en cuanto al manejo de datos y, por otra parte, que los prestadores de servicios brinden un acompañamiento.
Es urgente garantizar a los mexicanos la seguridad de que sus datos personales estén realmente protegidos, pero sobre todo, asegurar que su derecho a ser notificado. Es decir, aquí tenemos dos casos de ustedes, como compañeros, diputadas, diputados, cuántas veces no les han jaqueado sus redes sociales y si se dan cuenta y ya les hicieron un daño moral, y por otro lado en las instituciones bancarias, cuando los bancos son notificados que han sido jaqueadas ciertas cuentas, no notifican a sus clientes, y cuando te das cuenta es porque ya te hicieron un cargo o un saqueo a tus cuentas personales y tienes que empezar tú una defensa, hasta con la misma banca.
Por ello, compañeros, quiero decirles que esta reforma es muy importante para resguardar los datos personales. Y también aprovecho, para felicitar a los cuatro ministros de la Suprema Corte de Justicia que no dieron para abajo la reforma judicial y decirles que mientras la cuarta transformación esté gobernando habrá tres Poderes en México, el Ejecutivo, el Legislativo y sobre todo el Judicial. Muchas gracias, presidente, bueno.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 16 y 20 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado federal Daniel Murguía Lardizábal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona al artículo 16 una fracción VI recorriéndose la subsecuente y se reforma el artículo 20 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, al tenor del siguiente
Planteamiento del Problema
México es el segundo país con mayor incidencia en el robo de datos personales, a través de la sustracción y posterior filtración de información, situación misma que representa un riesgo para las y los titulares por su potencial daño patrimonial y moral. Es por ello que resulta apremiante que se formalicen las acciones para coadyuvar en la protección de datos personales para evitar que se les dé un uso fraudulento.
La presente iniciativa tiene por objeto ampliar los alcances del aviso de privacidad en materia de notificaciones a los titulares de parte de los responsables de la información en el caso de alguna vulneración a sus sistemas.
Exposición de MotivosDe acuerdo con la Asociación de Internet MX “las principales vulnerabilidades que sufrieron los internautas mexicanos están el fraude y pérdida financiera (46.5 por ciento), seguidas por la suplantación de identidad (27.3 por ciento) y el robo de información (22.2 por ciento)”.
Con base a los datos oficiales, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), refiere que del 2020 al 2022 se registró un total de 391 mil 182 controversias por posible fraude, teniendo un incremento en el fraude cibernético.
En lo que refiere al robo de datos personales y subsecuentemente, la filtración de información personal incide para que los crímenes como el robo de identidad y otros fraudes sean de fácil ejecución para la delincuencia.
En el contexto del robo de información y en sus diferentes formas de obtención y trato, ha cobrado fuerza, la venta de listas que contienen datos específicos que entrarían en un mercado secundario para la comisión de algún delito (robos, fraudes, extorsiones, por mencionar algunos).
En México, pese a la normativa en materia de protección de datos, la compra-venta de listas o bases de datos de usuarios de alguna institución, no sólo pueden estar disponibles en la Deep web, sino que, de igual manera pueden encontrarse incluso en grupos abiertos de redes sociales como Facebook.
La compra-venta de listas o base de datos, preferentemente se realiza para la comisión de fraudes cibernéticos; toda vez que se dispondrá con la adquisición de éstas de: datos personales, como números de identificación, números de tarjetas de crédito, cuentas de usuario, cuentas bancarias y listas de direcciones de correo electrónico.
Con base al “Estudio de la Asociación de Internet de México, sobre el valor económico de nuestros datos personales en el mercado ilegal”3 citado en el portal de Avast, la referencia del número de seguridad social puede oscilar entre los 26 y 52 pesos; la información sobre las tarjetas bancarias puede llegar a tener un precio estimado de un mínimo de $26 pesos y un máximo de $52 pesos
Referida en: https://blog.avast.com/es/cu%C3%A1nto-valen-nuestros-datos-personales-en-el-mun do-digital-avast
“Por 820 pesos los datos personales de millones de personas quedan vulnerables, denunció Víctor Manuel Garay Garzón, secretario general de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, quien detalló que, dependiendo de la oferta y la demanda, en el mercado negro se pagan 203 pesos por entregar el nombre completo de una persona, 162 por su fecha de nacimiento, 235 por su firma electrónica y 220 pesos por su teléfono particular”.
Hace varios meses trascendió en algunos medios sobre el robo de información personal de clientes de Banorte, lo anterior fue expuesto por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) en su sitio oficial, en donde detallan que fue una base de cerca de 1.4 gb de información que fue filtrada en un foro dedicado a la venta de este tipo de archivos. La propia R3D, en el cuerpo de su comunicado afirma que “se corroboró que el fichero incluye datos personales como nombre completo, RFC, sexo, dirección (calle, número, municipio, entidad y código postal), números telefónicos, correo electrónico y balance de cuenta de clientes de Banorte”.
Días después, se informaba sobre la oferta de una supuesta base de datos de 3 millones de usuarios del banco BBVA, “en un foro de internet especializado en filtraciones y ataques cibernéticos”; y en la que presume, se contiene nombres de presuntos clientes, sus RFC, domicilios, teléfonos, números de cuenta y su límite de crédito.
Durante el primer trimestre de este ejercicio, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), informó sobre la “vulneración de datos personales y datos financieros de la empresa Buro de Crédito”, lo que comprometió la información de las y los usuarios de servicios financieros.
Casos como los anteriores se suman a los suscitados en el 2021 en tres bases de datos con supuestos registros de personas usuarias de los bancos BBVA y Santander que fueron puestas a la venta en un foro.
Importancia de proteger los datos personales
El Banco de México en su sitio oficial, respecto de la “Seguridad de la Información en el Sistema Financiero”, refiere que, “la materialización de riesgos cibernéticos puede causar a las instituciones financieras daños de tres tipos: i) disrupciones de las tecnologías de la información que utilizan y la consecuente indisponibilidad de sus servicios; ii) afectación a la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información que gestiona la institución, incluida la de sus clientes; iii) pérdidas económicas a las propias instituciones o a sus clientes.
De igual manera, el Banco de México, destaca la importancia de la implementación de prácticas y procesos para proteger la información, y no sólo a los sistemas informáticos.
Y hoy en día, se tiene la certeza de que, en el caso de las instituciones bancarias, cuentan con la implementación de medidas de seguridad como las siguientes:
Tácticas de respuesta inmediata. Los equipos de tecnología de los bancos han adoptado protocolos en los que priorizan las partes más críticas para la institución financiera. La idea es limitar la capacidad de los piratas informáticos para adentrarse en sus redes.
Implementan políticas de seguridad para todos. Con normas de seguridad en bancos bien definidas, mantienen una arquitectura de protección adaptable a los nuevos retos. Esto es lo que ayuda a los encargados de proteger los sistemas del banco a determinar la mejor manera de que funcionen con un riesgo mínimo.
Aplicación de las políticas de seguridad. Una cosa es tener políticas de seguridad que definan cómo se comportarán en caso de emergencia y en escenarios de prevención y otra es validar realmente que se estén aplicando estos protocolos. Los bancos monitorean constantemente sus sistemas para detectar cambios en las configuraciones y asegurarse de que cualquier novedad haya sido aprobada por el mismo equipo y cumpla con las políticas de protección.
Validan constantemente los requisitos de seguridad. Los equipos informáticos de las instituciones financieras están atentos a todos los cambios, mejoras, actualizaciones, modificaciones, parches, reparaciones, y a la aplicación de las normas de seguridad en bancos.
Automatización y algoritmos de prevención. En su búsqueda por prevenir ataques, los bancos desarrollan e implementan algoritmos que son capaces de detectar automáticamente movimientos y accesos sospechosos a las cuentas de sus usuarios, que generan alertas y bloqueos preventivos, buscando proteger a sus clientes.
La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, establece que:
“ Todo responsable que lleve a cabo tratamiento de datos personales deberá establecer y mantener medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado” (artículo 19).
Sin embargo, el mismo proceso evolutivo tecnológico referido con antelación, se ha convertido en un nicho de oportunidad para grupos delictivos que incurren en ciberdelitos, que de igual manera se van innovando.” La tecnología permite seguir cometiendo delitos tradicionales de forma no tradicional, desde cualquier parte del mundo y en cualquier momento”. Motivo por el cual, los responsables del tratamiento de los datos personas, deben de estar a la vanguardia en lo que respecta a la seguridad informática, y con procesos robustos de protección y monitoreo de sus sistemas e infraestructura.
Empero cuando se llega a presentar una vulneración de los sistemas de seguridad, los responsables de los datos deben de informar en de manera clara y sencilla a los titulares, previendo en todo caso los datos comprometidos, brindando acompañamiento en todo momento a los afectados a fin de otorgarles certeza y confianza de que la institución que representa actuará en concordancia.
Actualmente, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, establece que “las vulneraciones de seguridad ocurridas en cualquier fase del tratamiento que afecten de forma significativa los derechos patrimoniales o morales de los titulares, serán informadas de forma inmediata por el responsable al titular, a fin de que este último pueda tomar las medidas correspondientes a la defensa de sus derechos”(artículo 20).
Como se desprende de lo anterior, la normativa establece que las vulneraciones ocurridas, que afecten de forma significativa a los titulares deben ser informadas de forma inmediata, pero en la praxis, no resulta ser siempre así, al ser que, en la mayoría de los casos, el titular no es informado sobre el posible riesgo en el que se encuentran sus datos, hasta no ser que la afectación es mayor o simplemente nunca es notificado.
El proceso que cada responsable implementa para proteger los datos, así como procedimiento de notificación en caso de vulneraciones, es en cada caso particular y distinto puesto que, se puede considerar que no es necesario hacer del conocimiento del titular la notificación al ser que se tiene la capacidad para solucionar la vulneración de manera oportuna e inmediata.
Actualmente, las y los mexicanos, no cuentan con el dato real sobre en manos de quiénes está su información personal, o el uso que se le está dando a la misma, vulnerando su derecho a la autodeterminación informativa, prerrogativa que establece que “nadie debe introducirse, sin autorización expresa de él mismo o por mandato de ley o judicial), en aquellos aspectos que no son públicos —sino de su vida personal, familiar, documentos, correspondencia y domicilio—, para conocerlos, conservarlos, procesarlos y/o transmitirlos, independientemente de que dicha acción le cause o no, algún daño o molestia”.
La exposición de cualquier dato personal, puede ocasionar un daño patrimonial o moral a los titulares tal como lo refiere la ley en materia, pero de igual manera, ocasiona una sensación de vulnerabilidad y desconfianza. Recordar que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 16, párrafo segundo refiere que:
“Artículo 16. ...
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
...
Situación por la cual, el no informar al titular sobre el riesgo en que se encuentran sus datos personales, quebrantando lo establecido en el artículo 16. Tal como sucede en la mayoría de los casos en la actualidad.
“Omitir la notificación de vulneraciones es negarle la oportunidad a los titulares afectados de adoptar medidas oportunas para protegerse de peligros reales y latentes”.
Cierto es que, ante vulneraciones de seguridad, se considera importante que realmente sea efectivo el acompañamiento de los responsables del tratamiento de los datos personales en todo momento, a fin de que pueda hacer válida la defensa de sus derechos.
Al realizar la notificación, las empresas deben informar con base a lo señalado en el Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares:
I. La naturaleza del incidente;
II. Los datos personales comprometidos;
III. Las recomendaciones al titular acerca de las medidas que éste pueda adoptar para proteger sus intereses;
IV. Las acciones correctivas realizadas de forma inmediata; y
V. Los medios donde puede obtener más información al respecto.
Es alarmante el incremento de vulneraciones a los datos personales y los usos de los que de ellas se desprenden. Como se ha desarrollado en el cuerpo de la presente, la innovación tecnológica se mantiene en una constante, y en esa tesitura prevalece un riesgo latente sobre el tratamiento de los datos del titular, es por ello, que resulta apremiante detallar en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares lo siguiente:
1.- Establecer en el aviso de privacidad que de presentarse una vulneración de seguridad que comprometa los derechos patrimoniales o morales de los titulares, estos deberán ser notificados inmediatamente sin dilación alguna.
2.- Eliminar el carácter de forma significativa y garantizar que el responsable brindará acompañamiento en todo momento al titular de los datos.
Lo anterior, al tenor de poder brindarle al titular la certidumbre de ser notificado de manera oportuna en el caso de suscitarse una vulneración de seguridad que comprometa sus datos personales.
Para una mayor comprensión se presenta una tabla comparativa de la adición y reforma propuestas:
DecretoPor el que se adiciona al artículo 16 una fracción VI recorriendo la subsecuente y se reforma el artículo 20 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Único. Se adiciona al artículo 16 una fracción V recorriendo la subsecuente y se reforma el artículo 20 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, para quedar como sigue:
Artículo 16.- El aviso de privacidad deberá contener, al menos, la siguiente información:
I. a V. [...]
VI. De presentarse una vulneración de seguridad que comprometa los derechos patrimoniales o morales de los titulares, estos deberán ser notificados inmediatamente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 la presente ley, sin dilación alguna, y
VII. El procedimiento y medio por el cual el responsable comunicará a los titulares de cambios al aviso de privacidad, de conformidad con lo previsto en esta ley.
En el caso de datos personales sensibles, el aviso de privacidad deberá señalar expresamente que se trata de este tipo de datos.
Artículo 20.- Las vulneraciones de seguridad ocurridas en cualquier fase del tratamiento que afecten los derechos patrimoniales o morales de los titulares, serán informadas de forma inmediata por el responsable al titular en los términos del artículo 16 de la presente Ley, coadyuvando en todo momento, a fin de que este último pueda tomar las medidas correspondientes a la defensa de sus derechos.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Cueto, Héctor. 22 por ciento de los usuarios de internet en México fueron víctimas de alguna vulneración de seguridad en 2022, revela estudio. Business Insider México. 18 de enero de 2023. [en línea] [Consultado el 11 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://businessinsider.mx/22-por-ciento-usuarios-internet-mexic o-fue-victimas-vulneracion-seguridad-2022_tecnologia/
2 Los Fraudes cibernéticos se actualizan. Condusef [en línea] [Consultado el 11 de septiembre de 2024]. Disponible en:
https://revista.condusef.gob.mx/wp-content/uploads/2023/03/fraud e_276.pdf
3 ¿Cuánto valen nuestros datos personales en el mundo digital? Avast. [en línea] [consultado el 19 de septiembre de 2024]. Disponible en:
https://blog.avast.com/es/cu%C3%A1nto-valen-nuestros-datos-perso nales-en-el-mundo-digital-avast
4 Por menos de mil pesos, datos personales quedan vulnerables en el mercado ilícito. Dirección General de Comunicación, UNAM. [en línea] [Consultado el 20 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2019_302.html
5 Filtran base de clientes de Banorte con 1.4 gb de datos personales. R3D. 19 de agosto de 2022. [en línea] [Consultado el 20 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://r3d.mx/2022/08/12/filtran-base-de-clientes-de-banorte-co n-1-4-gb-de-datos-personales/
6 Ofertan en línea supuesta base de datos de 3 millones de clientes de BBVA México. Aristegui noticias. 22 de agosto de 2022. [en línea] [Consultado el 23 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://aristeguinoticias.com/1608/mexico/ofertan-en-linea-supue sta-base-de-datos-de-3-millones-de-clientes-de-bbva-mexico/
7 CNBV sabía de la filtración en Buró de Crédito desde diciembre de 2022. El Economista. 22 de febrero de 2023. [en línea]. [consultado el 24 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/CNBV-sabia-de-l a-filtracion-en-Buro-de-Credito-desde-diciembre-de-2022-20230222-0068.html
8 Seguridad de la información en el sistema financiero. Bando de México [en línea] [consultado el 23 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://www.banxico.org.mx/sistema-financiero/seguridad-informac ion-banco.html
9 La importancia de la seguridad digital. BBVA [en línea] [consultado el 23 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/seguridad-digital. html
10 Revista número 151. El crimen organizado y las nuevas tecnologías. El Fisco [en línea] [Consultado el 23 de septiembre de 2024] Disponible en:
http://elfisco.com/articulos/revista-no-151-el-crimen-organizado -y-las-nuevas-tecnologias
11 Riande Juárez, Noe Adolfo. “El Derecho a la autodeterminación informativa” [en línea] [Consultado el 25 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://www.tfja.gob.mx/investigaciones/historico/pdf/elderechoa laautodeterminacion.pdf
12 Artículo 65.
13 Noti_infosegura: ¿Qué hacen las empresas en México ante la vulneración de datos personales? Universidad Veracruzana [en línea] [Consultado el 23 de septiembre de 2024] Disponible en:
https://www.uv.mx/infosegura/general/noti_datospersonales-29/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputado Daniel Murguía Lardizábal (rúbrica).»
Presidencia de la diputada María de los Dolores Padierna Luna
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el numeral 6 del inciso b), de la fracción I, del artículo 2o. A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
La diputada Abigail Arredondo Ramos:Con el permiso de la Mesa Directiva.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
La diputada Abigail Arredondo Ramos: Buenos días, presidenta. Con su permiso. Compañeras y compañeros, agradecer a mi grupo parlamentario que me acompañan aquí el día de hoy. Muchísimas gracias. De acuerdo con información del Inegi, 7 de cada 10 familias mexicanas tienen una mascota. De su ingreso y por cada animalito destinan alrededor de entre 700 y mil 500 pesos por mascota al mes y de eso se paga entre mil 300 o 2 mil 800 pesos anuales de IVA.
Asimismo, tratándose de refugios para animales, el costo es muy significativo, pues en promedio estos centros gastan entre 10 a 35 mil pesos mensuales de alimento, lo que implica un pago de entre 20 a 67 mil pesos de IVA al año. En este contexto, la iniciativa que propongo tiene un doble, y que proponemos, tiene un doble fin benéfico:
Por un lado, ayudar a la economía de las familias mexicanas, porque con mucho gusto, con mucho cariño muchas de estas familias adoptan a un animal y le dan casa, hogar y alimento. También, para proteger la vida de esas pequeñas especies, especialmente los que viven en desamparo, hablando de los refugios, y han sido acogidos por estas asociaciones que la mayoría de las veces no tienen un recurso específico o presupuesto para poder trabajar y solventar tantos gastos.
Lo que se propone es aplicar tasa cero del IVA al precio de alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies. Un pequeño cambio en la política fiscal, pero que tendría grandes beneficios en el bolsillo de las y los mexicanos. La iniciativa responde a un cambio de paradigma.
Por regla general, todos los alimentos para animales tienen tasa cero, pero están considerados como parte, por ser considerados parte de la cadena alimenticia del ser humano, pero esto no aplica en las mascotas. Sin embargo, atendiendo una visión más completa del cuidado del medio ambiente, donde la protección a todas las especies tiene un papel protagónico, así como la integración de las mascotas como seres sintientes que forman parte de nuestro entorno familiar, se busca que este beneficio fiscal aplique también para estas pequeñas especies; especies como gatos, como perros, aves, peces, entre otros, que se han convertido en seres de afecto y compañía, y que brindan a las personas cobijo, amor y respaldo incluso en momentos difíciles.
Ello tiene mayor importancia y relevancia tratándose de personas, por ejemplo, con alguna discapacidad, que son auxiliados por este tipo de animales en su vida diaria, que son perros guías, perros de acompañamiento; o qué decir de los refugios o centros de protección animal, que desempeñan un papel importante en la sociedad, pues dan cobijo, afecto y refugio a miles de perros, gatos y otras especies que han sido abandonadas o cuya salud está en riesgo.
También existen múltiples opiniones y estudios de expertos veterinarios que afirman que no es conveniente ni factible proporcionar a los animales domésticos la misma alimentación que recibimos los humanos, ya que no está debidamente balanceada y puede provocar problemas en el organismo de los animales. De ahí que es conveniente optar por los alimentos procesados.
Si a eso le sumamos un pequeño apoyo económico para que las familias mexicanas puedan darle ese beneficio a sus mascotas, créanme que habremos logrado un gran cambio en este país. Por esta razón es que el día de hoy les pedimos a todas las fuerzas políticas que nos sumemos a este apoyo y a esta causa que tiene que ver con todas las familias en México.
Esto no tiene que ver con estrato social ni condición social. ¿Cuántas personas que apenas tienen para su propio alimento van y recogen animalitos, a perritos, a gatos? Los adoptan y les tienen que dar cobijo y alimento. Así que esperamos que nos acompañen porque ya viene toda la discusión fiscal y todo el tema del recurso y los dineros para el próximo año. Así que muchísimas gracias. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que deroga el numeral 6 del inciso b) de la fracción I del artículo 2o-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputada Abigail Arredondo Ramos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosDe acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 7 de cada 10 familias mexicanas tienen una mascota. Asimismo, gastan entre 676 pesos a mil 500.00 pesos mensuales en su alimentación, pagando entre mil 297 pesos a 2 mil 880 pesos anualmente por concepto de Impuesto al Valor Agregado. Ello limita el poder adquisitivo para brindar a las mascotas y pequeñas especies una alimentación nutritiva y balanceada. Por ello, el objetivo de la iniciativa es que aplique la tasa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre el precio de los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar; con el fin de apoyar económicamente a las familias y personas que arropan y protegen a este tipo de animales, así como procurar su alimentación adecuada y balanceada.
Desde 1977, se ha dado a nivel internacional un cambio importante de paradigma en relación con los animales, pues en ese año se emitió la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, adoptada por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y sus afiliadas nacionales, y posteriormente aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).
En dicho instrumento se reconoce a los animales como seres vivos, sujetos de protección y cuidado, pues en su artículo 1o. refiere que “Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia”, además que el hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminarlos o explotarlos, sino que, por el contrario, debe poner sus conocimientos al servicio de las demás especies para atenderlos, cuidarlos y protegerlos.
Desde esa época ha cambiado la forma como el ser humano debe considerar a los animales, pues no obstante que tienden a ser objeto de apropiación, no puede disminuir su condición al grado de considerarlos un objeto o cosa, dado que se trata de seres vivos que, al formar parte del medio ambiente, también tienen derecho a desarrollarse y consolidarse.
Partiendo de ello, el ámbito de protección y reconocimiento de los animales como seres sintientes con autoconciencia, ha ido en aumento, al grado que ahora los tribunales constitucionales de nuestro país han afirmado incluso la existencia de familias “multiespecie”, como en el precedente identificado con registro digital: 2026709, Undécima Época, tesis: I.11o.A.23 A (11a.), rubro: “ Familia multiespecie o interespecie. Al estar reconocida, en términos del artículo 13, apartado b, puntos 1, 2 y 3, inciso e), de la Constitución Política de la Ciudad de México, los giros mercantiles de albergue y cuidado de los animales domésticos que viven en los hogares como parte integrante de ese tipo de familia, se deben considerar de bajo impacto, conforme a la fracción XVI del artículo 35 de la Ley de Establecimientos Mercantiles local.”
Así, el reconocimiento de los animales como seres sintientes, esto es, que tienen la capacidad de sentir sensaciones físicas y psicológicas, como miedo, felicidad, dolor y percibir experiencias; no es un tema nuevo, de reciente creación, sino que ha sido parte de un proceso de sensibilización y reflexión paulatina, en el que los animales, independientemente de los beneficios, productos o funciones que el ser humano les asigne, deben ser protegidos y cuidados.
En cuanto al régimen fiscal, la disposición normativa que nos ocupa tiene su origen en 1980, año en que entró en vigor la Ley y que se aplicó la exención a una canasta básica de alimentos. Su evolución normativa se ha dado de la siguiente manera:
1. En 1980, año en que entró en vigor la Ley, se aplicó la exención a una canasta básica de alimentos.
2. En el periodo de 1981 y 1982 se estableció la tasa de 0 por ciento a productos destinados a la alimentación, con algunas excepciones.
3. En el periodo de 1983 a 1988 estuvieron vigentes los siguientes tratamientos: i) tasa de 0 por ciento a una canasta básica de alimentos; ii) tasa reducida de 6 por ciento a productos destinados a la alimentación, con algunas excepciones, y iii) tasa de 20 por ciento a caviar, salmón ahumado, angulas y champaña.
4. A partir de 1989 y hasta 1992, mediante Disposiciones de Vigencia Anual, se previó la tasa de 0 por ciento para productos destinados a la alimentación, con algunas excepciones.
5. En los años de 1993 y 1994, a través de la Ley de Ingresos de la Federación, se previó la tasa de 0 por ciento para productos destinados a la alimentación, con algunas excepciones.
6. En 1995 se aplicó la tasa de 0 por ciento conforme a lo siguiente:
a) De enero a agosto, mediante Disposición de Vigencia Anual, se previó la tasa de 0 por ciento para productos destinados a la alimentación, con algunas excepciones.
b) De septiembre a diciembre, a través de reformas a la Ley del IVA publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de marzo de 1995, se estableció la tasa de 0 por ciento para productos destinados a la alimentación, con algunas excepciones, siempre que se tratara de la enajenación que se realizara al público en general en locales fijos de ventas al menudeo y que dichos locales no tuvieran servicio de entrega a domicilio.
7. A partir de 1996, en el texto de la Ley del IVA, se estableció la tasa de 0 por ciento para los productos destinados a la alimentación, con algunas excepciones”.
Y en la publicación de fecha 11 de diciembre de 2013, realizada en el Diario Oficial de la Federación, se incluyó por primera vez la excepción a la tasa cero sobre los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar, materia de esta iniciativa, y así se ha mantenido hasta la fecha.
Asimismo, en fecha 10 de abril de 2024, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió el Amparo en Revisión 844/2023, por el que confirmó la constitucionalidad del artículo en cuestión, por cumplir con los principios de equidad, proporcionalidad y legalidad tributaria. No obstante, entre las múltiples consideraciones que esgrimió el alto tribunal, destaca lo siguiente:
“...busca generar seguridad jurídica en torno a la aplicación de la tasa del cero por ciento a la enajenación de productos destinados a la alimentación animal que se utilicen en las referidas actividades, es decir, a los alimentos procesados para el resto de animales (especies de mayor tamaño), a diferencia de la enajenación de los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies que sean utilizadas como mascotas en el hogar, que se encuentran gravados con la tasa del dieciséis por ciento; por otra parte, a través de facultad estatal de rectoría económica y desarrollo nacional, se fomentan las citadas actividades como política tributaria mediante el sistema fiscal, para disminuir la carga fiscal en el proceso de producción de alimento para consumo humano.
(...)
...en aras de cumplir con su deber de fomentar las actividades del sector primario (ganaderas, pesqueras o silvícolas) para aumentar la producción del país y lograr de alguna manera la autosuficiencia alimentaria, estimó conveniente reformar el precepto reclamado para generar seguridad jurídica en la aplicación de la tasa del cero por ciento por la enajenación de productos destinados a la alimentación animal, en específico, alimentos procesados para las distintas especies de animales (de mediano o gran tamaño) que conforman el mencionado sector (vacas, caballos, pollos, cerdos, peces, entre otros).
(...)
...pues se prioriza indirectamente la alimentación humana a través del beneficio fiscal de la tasa cero por ciento del impuesto al valor agregado, aplicable a la enajenación de productos destinados a la alimentación de animales que, a su vez, se producen o destinan al consumo alimenticio humano, lo que permite al Estado cumplir con su obligación de garantizar el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad...
(...)
...a través de la medida impugnada se fomentan las actividades del sector primario para aumentar la producción y facilita la adquisición de alimentos, pues no se incrementa el precio de éstos como parte del costo que implica su elaboración al gravarse los insumos con la tasa del cero por ciento del impuesto al valor agregado, en consecuencia, se busca fomentar al sector primario en aras de hacer accesible a la población los alimentos”.
En este sentido, la génesis de la disposición legal se centra en fomentar el sector primario de la economía para evitar el aumento de los costos en los componentes que intervienen en la cadena de producción para la alimentación humana y que, por no encuadrar en ese supuesto, los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies no fueron incluidos en el beneficio de la tasa cero, lo que justificaría la diferencia de trato por el legislador.
Sin embargo, dicha argumentación no consideró que los animales, especialmente las mascotas, han adquirido un papel preponderante en la convivencia humana y que, al final de cuentas, son las personas y familias mexicanas quienes tienen del deber primigenio de velar por su cuidado, protección y debida alimentación, absorbiendo en última instancia el costo de los productos destinado para ello.
El pago del IVA en dichos alimentos impacta en dos sentidos. Por un lado, las familias mexicanas deben destinar más recursos de su economía para sostener a los animales que están bajo su cuidado y protección y, por otro, el acceso de esas especies a una alimentación sana y balanceada se condiciona a un carácter económico que limita sus posibilidades de sobrevivencia y calidad de vida, afectando con ello el libre desarrollo de las especies.
Por lo tanto, dada la nueva visión integral que envuelve a las especies animales, en su vertiente de protección al medio ambiente, es indispensable adecuar el paradigma de protección y no sólo velar por apoyar a los productores de alimento animal para consumo humano, sino también a los que, de manera libre y voluntaria, han optado por proteger, cuidar e integrar a su entorno personal o familiar, a pequeñas especies animales que satisfacen necesidades afectivas o de apoyo.
Ello tiene mayor importancia tratándose de personas con alguna discapacidad que son auxiliados por este tipo de animales, como los perros guía o que, en términos amplios, han decidido integrar a esas especies como parte de sus familias. Sin dejar de lado, claro está, a los refugios o centros de protección animal, que desempeñan un papel importante en la sociedad, ayudando a miles de perros, gatos y otras especies que han sido abandonados o cuya salud está en riesgo.
De acuerdo con información del Inegi, para 2021, casi 70 por ciento de los hogares en México tienen, por lo menos, un animal de compañía.
En un aspecto económico, se tiene información que una familia gasta en promedio entre 676 a mil 500 pesos mensuales en alimento seco o húmedo para mascotas, preponderantemente gatos o perros, por lo que la aplicación de la tasa cero del IVA representaría un ahorro al año que iría de mil 297.00 a 2 mil 880 pesos por animal. Tratándose de refugios para animales, el costo es significativo, pues en promedio esos centros gastan entre 10 a 35 mil pesos mensuales en alimento para estas especies, lo que representaría un ahorro anual de 19 mil 200 a 67 mil 200 pesos aproximadamente.
Asimismo, existen múltiples opiniones y estudios de expertos veterinarios zootecnistas, en el sentido que no es conveniente ni factible proporcionar a los animales domésticos (perros, gatos y pequeñas especies) la misma alimentación que los humanos, toda vez que no están debidamente balanceados y pueden provocar problemas en su organismo.
En tal virtud, la propuesta de iniciativa quedaría como se muestra a continuación:
En atención de lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se deroga el numeral 6 del inciso b) de la fracción I del artículo 2o.-A, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Único. Se deroga el numeral 6 del inciso b) de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:
Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:
I. ...
a) ...
b). Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación humana y animal, a excepción de:
1. ...
2. ...
3. ...
4. ...
5. ...
6. Se deroga.
c) al j)
III. al IV.
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Consultable en: Gobierno de México,
https://www.gob.mx/semarnat/articulos/proclamacion-de-la-declara cion-universal-de-los-derechos-de-los-animales#:~: text=Todos%20los%20animales%20nacen%20iguales,a%C3%A9reo%20o%20acu%C3%A1tico%20 y%20a%20reproducirse.
2 Citado en: Sentencia de Amparo en Revisión 844/2023, Primera Sala SCJN. Consultable en:
https://www2.scjn.gob.mx/ConsultasTematica/Resultados/-0-1-2-844 -2023
3 Ídem.
4 Consultable en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021 /EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
5 Véase:
https://elinstituto.mx/gasto-mexicanos-cuidado-mascotas/ #:~: text=La%20familia%2C%20conformada%20por%20Parejas,sin%20Hijos%20con%20%24900.01 %20aproximadamente.
6 Véase:
https://www.uniradioinforma.com/ensenada/cuesta-70-mil-pesos-man tener-albergue-animales-n421748
7 Véase:
https://www.fundacionunam.org.mx/unam-al-dia/sabes-que-alimentos -pueden-causar-danos-en-tu-mascota/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2024.– Diputadas y diputados: Abigail Arredondo Ramos, Ana Isabel González González, Diego Ángel Rodríguez Barroso, Éctor Jaime Ramírez Barba, Federico Döring Casar, Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, Humberto Ambriz Delgadillo, Javier Octavio Herrera Borunda, José Guillermo Anaya Llamas, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Leticia Barrera Maldonado, Marcela Guerra Castillo, Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, María Angélica Granados Trespalacios, María del Carmen Pinete Vargas, Mario Zamora Gastélum, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Nadia Navarro Acevedo, Noel Chávez Velázquez, Ofelia Socorro Jasso Nieto, Paulina Rubio Fernández, Paulo Gonzalo Martínez López, Silvia Patricia Jiménez Delgado, Theodoros Kalionchiz de la Fuente, Xitlalic Ceja García (rúbricas).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.
Diputado Döring, ¿con qué objeto, diputado?
El diputado Federico Döring Casar (desde la curul): Sí, presidenta. Por su conducto, para consultar a la oradora si me permite adherirme a su iniciativa. Yo presenté una similar el 14 de octubre de 2015, que desafortunadamente no se dictaminó, pero confiamos en que esta tenga mejor fortuna.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Diputada Abigail.
La diputada Abigail Arredondo Ramos: Muy bien. Gracias.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputado. Diputada. Todos aquellos que deseen suscribir la iniciativa de la diputada Abigail Arredondo, si pudieran pasar con la Secretaría a firmarla. Muchas gracias.
Esta Mesa Directiva saluda a estudiantes y docentes de la Universidad Anáhuac, con sede en el estado de Puebla, invitados por el diputado Luis Miranda Barrera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista. Sean bienvenidos y bienvenidas a este recinto. Gracias.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: En el uso de la palabra la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 62 y 64 Bis de la Ley General de Salud, en materia de cuidados ante una pérdida gestacional.
La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez:Con el permiso de la presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez: Estimadas y estimados legisladores, en tiempo de mujeres es tiempo de sensibilizar las leyes en materia de servicios médicos. En especial, la iniciativa que vengo a exponer ante esta asamblea pretende mejorar los servicios de salud para la mujer ante la muerte gestacional, perinatal o neonatal.
Apenas este 15 de octubre se conmemoró el Día Mundial para Concientizar sobre la Muerte Gestacional, revelándonos la necesidad de mejorar la atención materna y neonatal que sirve para disminuir o evitar complicaciones que desemboquen en una muerte temprana.
La muerte gestacional, perinatal o neonatal, se refiere a diferentes etapas en las que se registra la muerte de un feto o de un bebé. Existen madres que a las 22 semanas de gestación pierden el feto, o durante el parto o antes de los 28 días del bebé.
La mujer que pierde a su hijo a temprana edad se encuentra en un duelo doloroso y silencioso, que se ve afectado aun cuando se brindan servicios hospitalarios dentro de las mismas zonas en donde se encuentran y se atienden madres que recibieron a sus hijos felices y cariñosas.
Queremos cambiar esto, queremos apelar a leyes sensibles que emitan reglamentos y protocolos de atención pertinentes para atender el duelo que vive una mujer ante la pérdida de un bebe.
En nuestro país, para 2023, se registraron 23 mil 500 muertes fetales, 81 por ciento ocurrieron antes del parto, 17 por ciento sucedió durante el parto y 1 por ciento de los casos no especificó el motivo. De este modo, la incidencia es de 14 en cada mil nacidos, muchos de ellos ocurrieron en zonas rurales.
Estas estadísticas ubican a México en un índice medio frente a países desarrollados y mientras esto siga ocurriendo, proponemos reformar la Ley General de Salud para que considere elementos necesarios para dar una atención pertinente ante la muerte gestacional, perinatal o neonatal.
Actualmente en el artículo 62 de la Ley General de Salud, reconoce la mortalidad materna, sin embargo, es necesario que en dicho artículo se incluya la mortalidad perinatal entendida como la muerte de un feto, un recién nacido, alrededor del momento del parto y la muerte neonatal cuando ocurre entre el nacimiento y hasta los 28 días de nacido.
La modificación que propongo al artículo 62 de dicha ley, es en dos sentidos. Primero. Integrar en el primer párrafo los conceptos gestacional y neonatal, con el objetivo de integrar a las principales causas de muerte, personas embarazadas por complicaciones de embarazo o de parto. La muerte de feto y de recién nacido cerca del momento del parto y hasta los primeros 28 días de vida.
Segundo. La adición de un segundo párrafo al artículo en comento, para establecer la adopción de medidas que considere el duelo y una tercera reforma que propone para el artículo 64 Bis, con la finalidad de establecer que los servicios de salud, en caso de muerte gestacional o neonatal, tomarán en cuenta un protocolo de atención al duelo con una visión multidisciplinaria y respetuosa de los derechos humanos de la mujer y la familia.
Es necesario que la mujer que ha perdido a su bebe, se encuentre y reciba servicios hospitalarios en un área diferente. Queremos avanzar en los hechos, para que se mejoren los servicios hospitalarios, se brinde una mejor atención a las mujeres que viven este duelo por muerte gestacional y se oriente al personal médico para atender este proceso de duelo y un cuidado integral.
Finalmente, desde nuestro movimiento estamos imprimiendo una perspectiva de género en nuestras leyes que nos brinden a las mujeres el bienestar que no tuvimos. Por ello, pongo a su consideración esta iniciativa que permite tratar de manera digna a las mujeres que han perdido a su bebé para que sea atendida en otra área, cuidando en todo momento su derecho a una asistencia médica que vele por su integridad. Es cuanto, diputada presidente y, por su atención, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 62 y 64 Bis de la Ley General de Salud, en materia de cuidados ante una perdida gestacional, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, Alma Marina Vitela Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en ejercicio de la facultad consagrada en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la fracción I del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 y se adiciona un segundo párrafo al 62 y al 64 Bis de la Ley General de Salud, en materia de cuidados ante una pérdida gestacional, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl 15 de octubre se conmemora el Día Mundial de Concienciación sobre la Muerte Gestacional, Perinatal y Neonatal, a fin de reflexionar respecto a la fragilidad de la vida temprana y la necesidad de mejorar la atención materna y neonatal, que sirve para disminuir o evitar estas complicaciones.
En México se registraron 23 mil 541 muertes en 2023 fetales. Éstas correspondieron a una tasa nacional de 67.5 por cada 100 mil mujeres en edad fértil. De las muertes, 81 por ciento ocurrió antes del parto, 17.2 durante éste y en 1.1 por ciento de los casos no se especificó el motivo.
La muerte gestacional y neonatal se dan en situaciones muy complejas que afectan a muchas familias en México, al perder a un hijo o hija de manera inesperada.
La incidencia de este tipo de fallecimientos en el país es de 14 en cada mil nacidos, lo cual la ubica a “media tabla” con países desarrollados en 2 de cada mil; y naciones como África Subsahariana arriba de 30 por cada mil.
Algunos de los 14 por cada mil mexicanos corresponden a zonas rurales, donde hay situaciones infecciosas asociadas a la falta de acceso a los servicios de salud, mientras que en los lugares de mayor poder adquisitivo se presenta preeclampsia y diabetes.
El personal médico es quien trabajan de manera cercana a las familias que enfrentan el dolor y sufrimiento por la pérdida un hijo o una hija y con ello la pérdida de sueños, expectativas y del futuro que esperaban debían tener, en este sentido son quienes deben estar capacitados en una primera instancia para atender un proceso de duelo y un cuidado integral.
Asociaciones de la salud y expertos en la materia recomiendan que ante un proceso de muerte de un bebé, se debe tener un protocolo para evitar dañar a la persona embarazada y a la familia, muchas de estas acciones —en otros países— consisten en una formación de profesionales respecto a aspectos de muerte perinatal o neonatal, realizar un protocolo de actuación para gestionar ese duelo que muchas veces inicia dentro de los servicios hospitalarios y en el mejor de los casos se ha elaborado un “protocolo de duelo perinatal”, cuyos contenidos se fundamentan en los derechos del niño, las acciones dirigidas a los padres y dirigidas al equipo de salud.
Lo anterior, debido a que, en varios casos, las muertes perinatal o neonatal, en mucho han sido momentos de negación, incredulidad, confusión, shock, enfado y tristeza, situación que agrave su estado.
Actualmente, en el artículo 62 de la Ley General de Salud se encuentra reconocida la mortalidad materna, entendida esta como la muerte de una mujer embarazada por complicaciones del embarazo o del parto, sin embargo, es necesario que en dicho artículo se incluya la mortalidad perinatal entendida esta como la muerte de un feto o un recién nacido al rededor del momento del parto. En el caso de la muerte neonatal, estas ocurren entre el nacimiento y hasta los 28 días de vida.
En México, un grupo de mujeres organizadas que sufrieron muerte perinatal, impulsan el “Código mariposa” en hospitales públicos y privados con el fin de atender a quienes sufrieron el duelo por pérdida de un bebé, la experiencia se realiza desde 2021 en el hospital materno-infantil López Mateos en Guadalajara, con una sala especial para las madres con duelo gestacional, además de que se capacita al personal de salud que las atiende.
Sin embargo, estos avances podrán considerarse en todo el país y en cada uno de los hospitales materno infantiles públicos si se reconoce y considera en la Ley General de Salud, por ello la presente iniciativa considera dos reformas y una adición a dicha ley.
La modificación al artículo 62 se propone en dos sentidos, el primero integrar en el primer párrafo los conceptos de gestacional y neonatal, con el objetivo de integrar a las principales causas de muerte de personas embarazadas por complicaciones de embarazo o de parto, la muerte de fetos y recién nacidos cerca del momento del parto y hasta los primeros 28 días de vida.
La segunda es la adición de un segundo párrafo al artículo en comento para abordar que la adopción de medidas en los casos mencionados en el primer párrafo derivará en servicios hospitalarios que consideren el duelo.
Una tercera reforma, se propone para el artículo 64 Bis, con la finalidad de establecer que los servicios de salud en caso de muerte gestacional o neonatal tomarán en cuenta un protocolo de atención al duelo con una visión multidisciplinaria y respetuosa de los derechos humanos de la mujer y la familia.
Para mayor claridad se presenta el siguiente cuadro comparativo de las propuestas de modificación:
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 62 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 62 y al artículo 64 Bis de la Ley General de Salud, en materia de cuidados ante una pérdida gestacional
Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 62 y se adiciona uno segundo al 62 y 64 Bis de la Ley General de Salud, en materia de cuidados ante una pérdida gestacional, para quedar como sigue:
Artículo 62. En los servicios de salud se promoverá la organización institucional de comités de prevención de la mortalidad materna e infantil, así como la gestacional o neonatal, a efecto de conocer, sistematizar y evaluar el problema y adoptar las medidas conducentes.
Dichas medidas, deberán incluir servicios hospitalarios que permitan la atención, con estricto apego a los derechos humanos, en casos de duelo por pérdida gestacional o neonatal.
Artículo 64 Bis. ...
En caso de ocurrir una pérdida gestacional o neonatal, los servicios de salud tomarán en cuenta los cuidados hospitalarios pertinentes y necesarios, para proteger la salud física y mental de la persona gestante y su familia durante el proceso de duelo.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://unamglobal.unam.mx/global_revista/muerte-fetal-gestacional-o-perinatal- 14-de-cada-mil-fallecen-en-mexico/
2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ EDF/EDF2023.pdf
3 https://unamglobal.unam.mx/global_revista/muerte-fetal-gestacional-o-perinatal- 14-de-cada-mil-fallecen-en-mexico/
4 https://www.ascalema.es/wp-content/uploads/2014/10/El-parto-es-Nuestro-y-Umaman ita.-Gu%C3%ADa-para-la-atenci%C3%B3n-a-la-muerte-perinatal-y-neonatal.pdf
5 https://www.msdmanuals.com/es/hogar/salud-femenina/complicaciones-del-embarazo/ mortalidad-materna-y-mortalidad-perinatal
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputadas y diputados: Alma Marina Vitela Rodríguez, Abigail Arredondo Ramos, Adasa Saray Vázquez, Amalia López de la Cruz, Ana Isabel González González, Carmen Rocío González Alonso, Éctor Jaime Ramírez Barba, Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, Gabino Morales Mendoza, Gissel Santander Soto, Javier Octavio Herrera Borunda, Jesús Fernando García Hernández, José Alejandro Aguilar López, José Gloria López, Karina Isabel Martínez Montaño, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Luis Armando Díaz, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Marcela Michel López, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, María del Carmen Pinete Vargas, Mary Carmen Bernal Martínez, Nadia Navarro Acevedo, Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, Ofelia Socorro Jasso Nieto, Patricia Flores Elizondo, Raúl Lozano Caballero, Reginaldo Sandoval Flores, Rosa María Castro Salinas, Rosalía León Rosas, Ruth Maricela Silva Andraca (rúbricas).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
Tiene la palabra la diputada... diputada ¿con qué objeto, diputada?
La diputada Ana Isabel González González (desde la curul): Gracias, diputada presidenta. Solamente para solicitarle a la diputada oradora si nos da oportunidad de sumarnos a esta gran iniciativa. Le comparto que la semana pasada presenté también una iniciativa referente a este tema de los duelos perinatales, neonatales, el referente al tema de la Ley Federal del Trabajo, porque desgraciadamente cuando una mujer, una madre de familia pierde a su bebé mientras está en gestación, al día siguiente tiene que presentarse a trabajar y la ley no la avala.
Entonces, diputada, pedirte si me puedo sumar a tu iniciativa y a la vez pedirte tu apoyo para que cuando mi iniciativa sea turnada a comisiones, pueda contar con tu apoyo y el de tu grupo parlamentario para que sea una realidad.
La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez: Con mucho gusto. Y podemos integrar todo lo que ya se presentó.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputadas.
También ha solicitado la palabra Luis Armando Díaz. ¿Con qué objeto? ¿Dónde está Luis Armando? Acá.
El diputado Luis Armando Díaz (desde la curul): Del PT. Pues muchas gracias. De igual manera, para ver si me permite la iniciadora sumarme a su iniciativa, por favor.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Sí, nuevamente, si hubiera diputadas y diputados que se adhieran a la iniciativa de la diputada Marina Vitela, está aquí en la Secretaría la iniciativa, pasar a firmarla.
Diputado Jaime y Margarita Zavala, ¿con qué objeto? Micrófono.
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (desde la curul): Presidenta, gracias a su comentario anterior, ya no será necesario usar la palabra, estaremos suscribiendo la iniciativa. Muchas gracias.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Muchas gracias.
SE ABROGA LA LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SE EXPIDE LA LEY DE CARRERA DEL PODER JUDICIAL FEDERAL
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: En el uso de la palabra la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación y expide la Ley de Carrera del Poder Judicial Federal, suscrita por el diputado Reginaldo Sandoval Flores, y diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. Adelante.
La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Con el permiso de la presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el mandato del honorable Congreso de la Unión es firme, vamos a mejorar el Poder Judicial con el apoyo del pueblo de México por elección directa de todas y de todos los mexicanos. Es la premisa fundamental para avanzar en el segundo piso de la cuarta transformación, justicia pronta y gratuita e instituciones de impartición de justicia sólida.
La nueva carrera judicial pugnará por mejorar lo cognitivo en las y los funcionarios judiciales además de atender el mejoramiento de las herramientas tecnológicas que requieren para su labor. La carrera judicial del nuevo sistema será el sistema de selección, formación, evaluación, promoción y permanencia de los diferentes cargos administrativos en el Poder Judicial.
Su objetivo es asegurar que quienes ocupen estos cargos sean seleccionados por sus méritos, sus conocimientos y experiencia, promoviendo la imparcialidad, profesionalismo y ética en el ejercicio de sus funciones judiciales.
Esa es la premisa de la creación del órgano de administración judicial que determinará el número, división de circuitos, competencia territorial y especialización por materias entre las que se incluirá la de radiodifusión, telecomunicaciones y competencias económica de los tribunales colegiados de circuito, de los tribunales colegiados de apelación y de los juzgados de distrito.
Los interesados ingresarán mediante concursos de oposición en los cuales se evaluarán conocimientos teóricos y prácticos del derecho en sus diferentes ramas para garantizar que quienes ingresen al Poder Judicial sean los más calificados, para quienes ya lo integran será necesario participar en programas de formación y actualización organizados por la Escuela Nacional de Formación Judicial e instituciones que auxilien la labor académica con el fin de mantenerse actualizados en temas jurídicos, técnicos y éticos.
La carrera judicial permite que los integrantes de cargos administrativos puedan ser promovidos a puestos superiores dentro del sistema siempre que cumplan con los requisitos de experiencia, desempeño y capacitación.
De esta forma los integrantes del Poder Judicial serán evaluados periódicamente en su desempeño profesional para asegurar que cumplan con los estándares establecidos y mantener su posición. Estas evaluaciones pueden incluir revisión de sus actuaciones, trato a las partes y cumplimiento de principios éticos.
Para proteger la independencia judicial esta propuesta elimina la influencia externa y promueve que los funcionarios y jueces actúen con imparcialidad, por lo que aumentarán los códigos deontológicos y normas para sancionar las faltas.
En este sentido, será el órgano de administración judicial quien supervise y administre la carrera judicial a nivel federal, garantizando que se respeten los principios de legalidad y parcialidad y profesionalismo.
Por su parte, el Tribunal de Disciplina Judicial emitirá las sanciones que podrán incluir la amonestación, suspensión, sanción económica, destitución e inhabilitación de las personas servidoras públicas, con excepción de las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y magistradas y magistrados electorales que solo podrán ser removidos en los términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Tribunal de Disciplina podrá dar vista al Ministerio Público competente ante la posible comisión de delitos y solicitar el juicio de las personas juzgadoras electas por voto popular, ante la Cámara de Diputados.
Ahora, cualquier persona o autoridad podrá denunciar ante el Tribunal de Disciplina Judicial, hechos que pudieran ser objeto de responsabilidad administrativa o penal, cometidos por alguna persona servidora púbica del Poder Judicial de la Federación, incluyendo ministros, magistrados y jueces, a efecto de que se investiguen y, en su caso, se sancione la conducta denunciada.
De lo que se trata es de terminar con los servidores públicos del Poder Judicial que cometen conductas inadecuadas porque se demostró que las reformas a modo realizadas por los gobiernos neoliberales solamente fueron maquillaje que no solucionó de fondo el problema que aqueja y que terminó con el Poder Judicial que benefició solo a los grandes contribuyentes y que dejó molesto al pueblo de México. En la presente propuesta se establecen los cambios constitucionales en la ley que son derivados de la elección popular conforme a la reforma constitucional del Poder Judicial.
Cuando se instaure la nueva carrera judicial que acabará el nepotismo, la corrupción y la falta de transparencia en los procesos de selección y promoción de las y los integrantes del Poder Judicial federal.
Se transformará la escuela judicial para mejorar la capacitación y selección de jueces y el Instituto Federal de Defensoría Pública jugará un papel más activo en beneficio de las personas que requieren del servicio, y asegurar una justicia eficaz, imparcial y accesible para todos los ciudadanos. Además, se salvaguardan los derechos laborales de las y los trabajadores que se encuentren en activo, lo que da seguridad a las y los actuales trabajadores del Poder Judicial.
Con el turno correspondiente habremos de buscar consensos para la presente propuesta y esperamos poder ampliarla y mejorarla con los antecedentes que se vayan formando en el dictamen correspondiente.
El Poder Ejecutivo que encabeza nuestra presidenta la doctora Claudia Sheinbaum Pardo y el Poder Legislativo somos conscientes de la urgencia de implementar los cambios que requiere el Poder Judicial.
Para el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo es importante atender el mandato constitucional, por lo que ponemos a su consideración esta propuesta de Ley de Carrera Judicial que se adecúa al nuevo sistema del Poder Judicial de la Federación. Unidad nacional, todo la justicia expedita y gratuita al pueblo de México. Muchísimas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES DE COORDINACIÓN FISCAL, GENERAL DE DEUDA PÚBLICA Y GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, PUBLICADO EN EL DOF EL 27 DE ABRIL DE 2016
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra el diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo sexto transitorio del decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016. Diputado Javier Octavio Herrera, usted dispone de diez minutos, porque lo que va a hacer, es presentar una nueva ley, y eso es lo que establece el Reglamento, adelante.
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:Muchas gracias, presidenta. Seré más breve de los diez minutos, porque creo que la materia va a hablar por sí sola.
La Ley de Disciplina Financiera busca que el dinero se maneje de forma responsable y sin excesos. Esa ley tiene como objeto principal que los entes subnacionales, estados y municipios no incrementen su gasto corriente de manera desmedida año con año, y eso ponga en riesgo las finanzas nacionales.
Desde que esta ley entró en vigor, hemos visto que el crecimiento ordenado de las finanzas nacionales y subnacionales ha ido en línea con la política que ha trazado el Ejecutivo.
Es necesario reconocer que hay dos temas relevantes para todos los mexicanos, me refiero a la salud y a la seguridad. Y debemos de entender que, de los tres ámbitos de gobierno, el federal, el estatal y el municipal, es al local, al que está compuesto por ayuntamientos y alcaldías el que tiene mayor dificultad para cumplir con su responsabilidad en estas dos materias, salud y seguridad.
Hay situaciones como la que hoy expongo, donde este ordenamiento, el de la Ley de Disciplina Financiera, se ha convertido en una camisa de fuerza que impide, por ejemplo, que se puedan contratar más policías que son necesarios para garantizar la seguridad de los ciudadanos.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, junto con el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar García Harfuch, han trazado una estrategia nacional de seguridad que entre sus ejes busca fortalecer las capacidades de prevención y proximidad social de las policías.
Aquí es donde cobra relevancia aprobar esta reforma porque los policías de proximidad sí siguen siendo necesarios.
La Guardia Nacional, recordemos, fue una policía intermedia, pero la policía de proximidad, la que atiende las causas reales y necesarias de los ciudadanos, el primer contacto ciudadano es la policía municipal.
Nuestra propuesta es simple, antes la ley tenía un artículo transitorio que establecía una excepción a que se pudiera contratar en la Ley de Disciplina Financiera a más personal de seguridad y salud, pero ese texto dejo de tener vigencia en 2018. De 2018 a la fecha, municipios en todo el país, aunque tienen presupuesto suficiente, no pueden contratar más policías sin violar la Ley de Disciplina Financiera.
Si nosotros adecuamos ese transitorio y le damos una nueva vigencia, vamos a poder permitir que los municipios, como es el caso de Xalapa, puedan nuevamente contratar más policías y entonces cumplir con el mandato que dio la presidenta Claudia Sheinbaum, al secretario Omar García Harfuch o al secretario de Salud, David Kershenobich. Es cuanto. Hagamos lo correcto, compañeros. Los invito a que suscriban esta adición y vayamos por el bien de México. Gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo sexto transitorio del decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el DOF el 27 de abril de 2016, a cargo del diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Javier Octavio Herrera Borunda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo sxto transitorio del decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosDe los tres ámbitos de gobierno, los ayuntamientos y/o alcaldías son las que se ven en mayores dificultades para cumplir con sus responsabilidades en materia de seguridad y de salud. Tanto en aspectos relacionados con la contratación de más personal, como con las diversas obligaciones relativas al salario y las cuales requieren de actualizaciones constantes, como lo son las revisiones de las condiciones generales de trabajo o los aumentos del salario mínimo autorizados por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami).
Además, los ayuntamientos y/o alcaldías también deben cubrir otros elementos como lo son las prestaciones de los empleados, parte de las condiciones generales, las cuales incluyen las despensas de los trabajadores de base, seguros de vida y otros beneficios en especie sujetos a valor de mercado, todas éstas representan una suma importante de recursos que debe destinar el ayuntamiento para cubrir con sus compromisos.
Estas obligaciones dejan sin margen de maniobra a los gobiernos municipales y alcaldías para invertir en materia de seguridad y salud, pues se trata de recursos que usualmente se destinarían a:
-Contratar más elementos de policía y de salud;
-Mejorar salarios existentes, y
-Mejorar las prestaciones con el propósito de fomentar su sentido de pertenencia.
Con lo anterior se explica la relevancia que tienen las asignaciones contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para cubrir el gasto en dicho rubro; significa, en la mayoría de los casos, la continuidad de la operación del gobierno, además de la posibilidad de incrementar la fuerza laboral con la que se atiende a la población.
Al respecto, es preciso puntualizar que las asignaciones en este rubro en general están limitadas por lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en donde se establece que:
“En materia de servicios personales, las entidades federativas observarán lo siguiente:
I. La asignación global de recursos para servicios personales que se apruebe en el Presupuesto de Egresos, tendrá como límite, el producto que resulte de aplicar al monto aprobado en el Presupuesto de Egresos del ejercicio inmediato anterior, una tasa de crecimiento equivalente al valor que resulte menor entre:
a) El 3 por ciento de crecimiento real, y
b) El crecimiento real del producto interno bruto señalado en los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio que se está presupuestando. En caso de que el producto interno bruto presente una variación real negativa para el ejercicio que se está presupuestando, se deberá considerar un crecimiento real igual a cero.
Se exceptúa del cumplimiento de la presente fracción, el monto erogado por sentencias laborales definitivas emitidas por la autoridad competente.
Los gastos en servicios personales que sean estrictamente indispensables para la implementación de nuevas leyes federales o reformas a las mismas, podrán autorizarse sin sujetarse al límite establecido en la presente fracción, hasta por el monto que específicamente se requiera para dar cumplimiento a la ley respectiva.
II. En el proyecto de Presupuesto de Egresos se deberá presentar en una sección específica, las erogaciones correspondientes al gasto en servicios personales, el cual comprende:
a) Las remuneraciones de los servidores públicos, desglosando las Percepciones ordinarias y extraordinarias, e incluyendo las erogaciones por concepto de obligaciones de carácter fiscal y de seguridad social inherentes a dichas remuneraciones, y
b) Las previsiones salariales y económicas para cubrir los incrementos salariales, la creación de plazas y otras medidas económicas de índole laboral. Dichas previsiones serán incluidas en un capítulo específico del Presupuesto de Egresos.”
La citada limitación podría entenderse como un freno puntual al gasto en el personal en las áreas de seguridad y salud, sin embargo, el legislador contempló no limitar dichos campos por un plazo determinado a través de un Artículo Transitorio, en específico, el Sexto del decreto por el cual fue expedida la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016, en el cual se estableció que:
“La fracción I del artículo 10 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios entrará en vigor para efectos del Presupuesto de Egresos correspondiente al ejercicio fiscal 2018.
. En ningún caso, la excepción transitoria deberá considerar personal administrativo.
Las nuevas leyes federales o reformas a las mismas, a que se refiere el último párrafo de la fracción a que se refiere el presente transitorio serán aquéllas que se emitan con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.”
Lamentablemente, en la actualidad ya ha dejado de aplicar dicha excepción por lo que se incrementa el riesgo de generar balances presupuestarios negativos, lo que originaría que la mayoría de las entidades federativas y municipios incumplieran con las reglas de disciplina financiera vinculadas a los balances presupuestarios sostenibles, o bien, se estanquen en cuanto a la calidad de la seguridad y los servicios de salud que deben brindar. Por este motivo, la presente iniciativa busca modificar el citado régimen transitorio para extender la vigencia de la excepción a la limitante establecida en el artículo 10 de la Ley en cuestión.
Es necesario resaltar que la limitación de gasto de dichos rubros se enmarca en el contexto de la inseguridad que, lamentablemente, prevalece en nuestro país a consecuencia de estrategias fallidas en materia de seguridad pública implementadas por administraciones anteriores.
Si bien es cierto que la estrategia emprendida por el actual gobierno de México reconoce que no se puede hacer frente a la inseguridad y la violencia en nuestro país sin atender las causas que las generan como es la pobreza y la desigualdad, también es incuestionable la necesidad de contar en los ámbitos municipal, estatal y federal con corporaciones de seguridad pública fuertes, confiables y con las capacidades suficientes para hacer frente a la delincuencia.
Con el objetivo de atender las condiciones de violencia e inseguridad existentes en nuestro país y ante la evidente incapacidad de las corporaciones policiacas estatales y municipales de hacerle frente a los criminales por las carencias que tienen en materia de recursos materiales y humanos, así como por la falta de confiabilidad de algunos de los elementos que las integran, se tomó la decisión de reformar la Constitución Política de nuestro país con el objetivo de crear una institución encargada de la seguridad pública de carácter civil como la Guardia Nacional, la cual es coadyuvante en las funciones y facultades que tienen los ámbitos estatales y municipales en México.
En relación con lo anterior, cabe recordar que tal y como se establece en el párrafo noveno del artículo 21 Constitucional, “la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social...”.
En este orden de ideas y abundando sobre la creación de la Guardia Nacional, es de mencionar que en las reformas al artículo 21 constitucional publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 26 de marzo de 2019 se estableció en su párrafo decimoprimero que “la Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la nación”.
De esta manera podemos considerar que si bien la estrategia del gobierno de México se ha centrado en la creación de la Guardia Nacional como corporación federal para hacer frente a la violencia e inseguridad que persiste a nivel nacional en México, no se ha eximido de su responsabilidad en materia de seguridad pública a las autoridades estatales y municipales, por lo cual se ha buscado fortalecer sus capacidades institucionales y operativas haciendo énfasis en que esta labor no puede ser desatendida.
Otro dato que consideramos pertinente mencionar es que en el párrafo primero del artículo séptimo transitorio de las reformas constitucionales del 26 de marzo de 2019 en materia de Guardia Nacional se estableció que “los Ejecutivos de las entidades federativas presentarán ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en un plazo que no podrá exceder de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el diagnóstico y el programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de sus respectivos cuerpos policiales estatales y municipales”.
Lo anterior da cuenta que tanto las entidades federativas como sus municipios deberán implementar acciones en concreto orientadas al fortalecimiento de las capacidades institucionales y operativas de sus cuerpos de seguridad.
Bajo esta lógica, es fundamental conocer el estado de fuerza que guardan las corporaciones policiales de las entidades federativas, el cual, de acuerdo con cifras oficiales, es el siguiente:
“El estado de fuerza a nivel nacional de las policías preventivas estatales es de 130 mil 136 policías que dan una cobertura de 1.02 policías por cada mil habitantes. De estos, 127 mil 840 (98 por ciento) han sido evaluados en control de confianza y 7 mil 66 (6 por ciento) obtuvieron resultado no aprobatorio. Al restar los elementos no aprobados, el estado de fuerza real operativo es de 123 mil 70 elementos o 0.96 policías por cada mil habitantes, por lo que las entidades requieren formar 101 mil 458 nuevos elementos para alcanzar el estándar mínimo de 1.8 policías por cada mil habitantes (224 mil 528 elementos a nivel nacional)”.
Estas cifras son a todas luces reveladoras toda vez que, de acuerdo con estándares establecidos por la Organización de las Naciones Unidas, el número de policías por cada mil habitantes en los países miembros es de 2.8 policías por cada mil habitantes, evidenciando que nuestro país se encuentra por debajo de este promedio en razón de que cuenta con poco más de la mitad de los policías preventivos estatales que debería tener.
Si analizamos los datos del estado de fuerza de los municipios del país se evidencia que existe una problemática similar a la que presentan las entidades federativas en materia de déficit de personal, sin embargo, en los últimos años se ha buscado revertir esta tendencia. A nivel nacional, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (InegiI), la tasa de elementos de la policía preventiva en las instituciones de seguridad pública municipal fue de 124.4 por cada 100 mil habitantes. Para contar con un análisis más certero de la problemática que enfrenta cada entidad federativa dentro del ámbito municipal es pertinente poner atención a los siguientes datos:
Como podemos ver, a nivel municipal cada entidad federativa presenta una realidad distinta, sin embargo, es fundamental fortalecer las acciones que les permitan dar mayor solidez a su estado de fuerza.
En otro orden de ideas, es de señalar que datos del Inegi de 2021 dan cuenta de que, al cierre de 2020, las instituciones de seguridad pública municipal contaban con 189 mil 498 servidoras y servidores públicos, de los cuales, el 78.6 por ciento fueron hombres y 21.4 por ciento mujeres. Si se comparan las cifras correspondientes a 2018 podemos observar que el total de personal aumentó 7.8 por ciento en 2020.
Si hacemos un análisis por el tipo de organización policial al que pertenecían los elementos de seguridad pública en 2020, podemos observar que 140,882 formaban parte de la policía preventiva, cifra superior en 9.4 por ciento respecto a lo reportado en 2018.
De esta manera y después de realizar un análisis sobre el estado de fuerza de los estados y municipios del país podemos señalar se requieren fortalecer las acciones que les permitan contar en el futuro con personal suficiente y capacitado para atender las necesidades de la población en materia de seguridad pública. Si bien es cierto el ejercicio del gasto público debe ser responsable y sin dispendios, el mismo no puede estar sujeto a restricciones que impidan el adecuado funcionamiento de las instituciones en rubros tan delicados como lo es el de la seguridad pública.
De manera paralela, el contexto nacional en materia de salud, si bien ha virado de rumbo hacía un horizonte donde se privilegia el apoyo a quienes menos tienen, lo cierto es que no se pueden omitir los esfuerzos emprendidos para impulsar la mejora en dicho sector.
Vale la pena resaltar la evolución que ha mostrado el gasto público en salud como porcentaje del producto interno bruto a través del tiempo. En la siguiente gráfica se muestra dicha relación desde el año 2003 hasta el año 2021, además de incluir el promedio del gasto en dicho segmento de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
A partir del anterior comparativo, se destacan dos elementos. El primero de ellos es el relacionado a la diferencia que ha existido entre el gasto en dicho sector del país y el observado por el promedio de los países miembros de la OCDE. Sin embargo, se puede observar que esta discrepancia comienza a disminuir cuando se compara el incremento en el año 2020 pues éste fue superior en México que el mostrado por la OCDE. En este sentido, es necesario detallar que si bien el incremento en el gasto se puede relacionar con la propagación del virus SARS-COV-2, lo cierto es que éste fue mayor en el país, dando muestra de la magnitud del reto que implico atender adecuadamente los desafíos generados por la pandemia.
El anterior elemento se enlaza con el segundo punto a resaltar, el cual es la disminución en la proporción del gasto público en salud-PIB que se muestra en el año 2021, momento en el cual aún nos encontrábamos en plena pandemia. La relevancia de ésta es que coincide con el año en el cual dejó de tener efectos la excepción a la aplicación del artículo 10 de la Ley objeto de modificación de la presente iniciativa, panicularmente en cuanto respecta al artículo sexto transitorio, por lo que refuerza la urgencia de extender el plazo de su aplicabilidad y así coadyuvar en los esfuerzos por eliminar la disparidad relativa al gasto de los países de la OCDE.
Este último elemento, el de la disminución de la proporción del gasto público en salud, se puede también ligar con la disminución en otra comparativa, la hecha con el gasto programable total, como se aprecia en la siguiente tabla:
Al igual que en la anterior gráfica, en la tabla se puede distinguir un aumento en la proporción del gasto público en salud respecto del gasto programable total en el año 2020, seguido de una disminución en el año 2021. Ya se ha mencionado que la crisis sanitaria en el mundo persistía en ese tiempo por lo que se puede explicar dicho fenómeno más por la entrada en vigor de la limitante contenida en el artículo 10 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Finalmente, desde una perspectiva más individual, se puede afirmar que existe la misma tendencia en la evolución del gasto per cápita, tanto para población asegurada y no asegurada, como en el incremento en el número de médicos en instituciones públicas. Esta tendencia se puede observar en las siguientes tablas:
Las tendencias observadas sólo confirman la necesidad de actuar y redoblar los esfuerzos por incrementar la capacidad de los gobiernos de las entidades federativas y los municipios para atender sus responsabilidades en materia de seguridad pública y salud, lo cual puede lograrse únicamente a partir de garantizar la libertad presupuestaria para incrementar y mejorar la fuerza operativa en dichos rubros, extendiendo unos años más el plazo que los exenta de cumplir con la limitante que hoy evita la contratación de servicios personales asociados a ellos.
Para mejor comprensión, a continuación, se muestra el siguiente cuadro comparativo entre el texto vigente y la propuesta de modificación planteada por la presente iniciativa:
Por lo aquí expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo sexto transitorio del decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016
Único. Se reforma el artículo sexto transitorio de Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, para quedar como sigue:
TransitoriosPrimero. a Quinto....
Sexto. ...
Adicionalmente, los servicios personales asociados a seguridad pública y al personal médico, paramédico y afín, estarán exentos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios hasta el año 2030. En ningún caso, la excepción transitoria deberá considerar personal administrativo.
...
TransitorioÚnico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 SESNSP. (31 de diciembre de 2020). Modelo óptimo de la función policial. Obtenido de Diagnóstico nacional sobre las policías preventivas de las entidades federativas:
https://sesnsp.com/mofp/
2 SESNSP. (31 de diciembre de 2020). Modelo óptimo de la función policial. Obtenido de Diagnóstico nacional sobre las policías preventivas de las entidades federativas:
https://sesnsp.com/mofp/
3 Inegi. (19 de mayo de 2023). Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México 2021. Obtenido de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cngmd/2021/doc/cng md2021_resultados_seg_just.pdf
4 Inegi. (19 de mayo de 2023). Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México 2021. Obtenido de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cngmd/2021/doc/cng md2021_resultados_seg_just.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de octubre de 2024.– Diputados y diputadas: Javier Octavio Herrera Borunda, Anabel Acosta Islas, Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, José Luis Durán Reveles, Juan Hugo de la Rosa García, Luis Orlando Quiroga Treviño, María del Carmen Pinete Vargas, Mayra Espino Suárez, Ricardo Astudillo Suárez, Ricardo Madrid Pérez, Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, Ruth Maricela Silva Andraca (rúbricas).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
El diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja (desde la curul): Presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputado. Un momentito. Diputado Ricardo Mejía, ¿con qué objetivo? Micrófono en la curul del diputado.
El diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja (desde la curul): Siete nueve. Ah. Gracias, presidenta. Para preguntarle al promovente si me permite suscribirla, creo que toca un tema muy importante. Sí tienen que hacer un esfuerzo mayor las administraciones locales para estos rubros, o sea, no siempre estar sujetos a lo que pueda dar la federación o algunos fondos en la materia, por ejemplo de seguridad, sino hacer también un esfuerzo propio, y creo que hay que quitar ese tipo de rigideces para que puedan utilizar recursos para tal efecto, sin violar también principios de orden, de austeridad y de buen uso de los recursos públicos, pero sí creemos que son temas fundamentales. Y felicito al promovente, y si me lo permite, también la suscribiré.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: ¿Diputado Herrera?
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda: Claro que sí. Bienvenida la suscripción y más de alguien que ha tenido a su cargo la responsabilidad de cuidar la seguridad de los mexicanos. Gracias por la contribución.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 41, 81 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputadas y diputados, integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo: Entre las lecciones que podemos tener de las últimas elecciones presidenciales en un país tan diverso como el nuestro está sin duda alguna la importancia de legislar sobre la segunda vuelta electoral.
Es más, ayer apenas mis alumnos de preparatoria La Asunción decían que por qué no hacíamos segunda vuelta electoral. Y es que las últimas elecciones presidenciales de este siglo, pero incluso también en las anteriores, se hacía presente la importancia de legislar sobre esta segunda vuelta.
Lo hacía también como propuesta el mundo académico, porque la implementación de una segunda vuelta electoral sí es una medida trascendental para fortalecer nuestra democracia o lo que queda de ella. Es importante que un ejecutivo cuente con más del 50 por ciento -y una según- del electorado y una segunda vuelta electoral, precisamente ayuda a esta legitimidad.
Brinda una legitimidad real a quienes van a dirigir nuestro país y -permita- permite que la mayoría de los ciudadanos, ciudadanas de algún modo estén involucrados en ese representante. Puede haber desventajas sin duda, pero me parece que tiene más ventajas.
Algunas de las ventajas, por ejemplo, es que el elector va a votar en primera vuelta con plena libertad. Eso evita, así, como las histerias colectivas del voto útil, de la exigencia anticipada además de voto útil o las presiones de únanse, porque lo importante es acabar con el otro y, en ese sentido, no ayuda a la libertad del elector.
Es decir, el votante tendrá un clima de mayor consciencia a la hora de expresar su voto en primera vuelta y en segunda vuelta. Por eso muchos de los países democráticos establecen la segunda vuelta electoral como parte de su sistema. Mucho más lo tendría que hacer un país tan diverso como el nuestro, porque deja votar en plena libertad en la primera elección y en la segunda desde luego hay un voto consciente, pero también consciente del pragmatismo y la realidad al ver los resultados de la primera vuelta.
Y hace que las encuestas se vuelvan realmente unas herramientas útiles y no unas herramientas que presionan para la decisión anticipada a través de los votos útiles. Es decir, tiene la segunda vuelta electoral, un efecto de mayor comprensión de la pluralidad para que un votante diga: Eso es lo que quiero, independientemente de cuántos votos vaya a conseguir; y segundo, también porque eso le hará, ya a la hora de decidir entre los dos primeros lugares, pues realmente a quién le va a dejar el país a dirigir.
Segundo, además también fomenta el diálogo porque se hará más cuidadoso, cualquier candidato o candidata, de pelearse con otras fuerzas electorales. Por eso Giovanni Sartori decía: Si existe un sistema electoral superior, ese sería el de la doble vuelta. Castiga la política ideologizada y recompensa la política pragmática.
En definitiva, esta segunda vuelta garantiza una democracia más inclusiva y representativa porque va a permitir que todos los partidos políticos propongan a su propio candidato o candidata a sabiendas de que después habrá una segunda vuelta electoral.
Lo propongo ahorita, en esta nueva legislatura, presento esta iniciativa en el primer período ordinario de esta nueva legislatura que inicia, además, un sexenio, porque como Jorge Carpizo opinaba que lo mejor era una propuesta después de las elecciones presidenciales, cuando se pudiera legislar sin dedicatoria.
La segunda vuelta electoral evita la polarización, le da más poder y libertad a los ciudadanos y las ciudadanas que acuden a las urnas y además obliga a un diálogo entre las fuerzas políticas. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 41, 81 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Margarita Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa, con base en la siguiente
I. Exposición de Motivos
La representación popular es uno de los pilares de nuestra democracia en donde la ciudadanía elige a sus representantes mediante el voto directo. El hecho de que las personas elijan a sus servidores públicos que los representarán por el periodo que marca la ley, es fundamental para sentirse representados.
La elección de diversas ideas y corrientes políticas que dirigirán el rumbo de nuestro país por un periodo determinado es competencia de todas las personas. Elegir a un candidato o candidata por encima de otros se determina por la elección de la mayoría de los ciudadanos, es por ello que la persona que busque ser titular del Ejecutivo federal debería contar con 50 por ciento más uno del total de los votos emitidos en las urnas. Esto para que sea la mayoría de las y los mexicanos los que se sientan representados por su participación en los comicios.
La instauración de una segunda vuelta permitirá a los electores votar con plena libertad en la primera elección, sin histerias colectivas ni exigencias anticipadas de voto útil o de “únanse” porque lo importante es rechazar a alguien. Permite también un clima más consciente del voto y hace que las encuestas no se conviertan en un instrumento equivocado por el voto útil. Esto favorece al empoderamiento de la ciudadanía.
“Tanto en América Latina, como en el mundo, que eligen directamente al presidente utilizan una segunda vuelta electoral, en el caso de que ningún candidato obtenga más de la mitad de los votos; incluso en la segunda vuelta el resultado final que puede ser muy cerrado y haber disputas sobre cuál candidato obtuvo la mayoría requerida”.
Derivada de numerosas propuestas de diversas fuerzas políticas dentro del Congreso General, así como del propio Ejecutivo federal, se reformó la Constitución en materia política. Dicha reforma fue publicada el 9 de agosto de 2012 en el Diario Oficial de la Federación.
Las reformas realizadas por el Poder constituyente permanente han surgido para reconocer la importante necesidad de extender el ejercicio de las libertades ciudadanas en nuestra nación, buscando que éstas sean reflejadas en acciones públicas concretas en el mando de las y los ciudadanos.
En los estados democráticos es fundamental asegurar un equilibrio entre los distintos poderes, no sólo para limitarse mutuamente, sino para la formación de acuerdos que favorezcan el ejercicio del poder público.
La ciudadanía tiene la obligación de fortalecer el poder público de manera directa con las distintas formas de participación pública, aprovechando los vínculos que se han creado entre nuestro sistema político y la ciudadanía. Con esta segunda vuelta el ciudadano tendría la opción de repensar su voto en una segunda instancia o, de ser el caso, reafirmarlo.
“El politólogo italiano Giovanni Sartori concluye que “de haber un sistema electoral que sea mejor, este sería el sistema de doble ronda electoral”. Fundamenta su conclusión en que la segunda vuelta: “castiga la política ideológica y recompensa la política pragmática”, castiga al partido que tiene más enemigos que partidarios, y permite al ciudadano votar. En segunda vuelta con amplia visión de la situación dada por los resultados previos”.
El poder que ejerce cada uno de los ciudadanos mediante su voto es decisivo para la transformación y el rumbo en que se dirigirá nuestro país por un sexenio.
Las candidaturas independientes dan a la ciudadanía una alternativa distinta a la de los partidos políticos para llegar a tener una representación o acceder al ejercicio del poder público. Las candidaturas independientes fueron propuestas por diversos funcionarios públicos, legisladores y la sociedad civil organizada.
Las iniciativas ciudadanas son una manera de reflejar de forma directa las preocupaciones de la ciudadanía mediante su alineación con los intereses de la agenda legislativa del Congreso.
La elección del Poder Ejecutivo federal necesita una reforma en la manera de elegir, ya que un cambio social continuo obliga a la transformación institucional para tener una mayor capacidad de gobierno, legitimidad, para que pueda atender y resolver con eficacia las necesidades de nuestra ciudadanía.
La legitimidad de cualquier servidor público que represente al pueblo de México es de absoluta necesidad, no sólo porque da una identidad sino también un sentido de pertenencia y de sentirse representado.
Con el objeto de exponer con mayor claridad el contenido de esta iniciativa, se muestra el siguiente cuadro comparativo, en donde en la primera columna se encuentra el texto vigente de la constitución en tanto en la segunda columna se encuentra la propuesta de reforma que se propone:
II. Ordenamiento a modificar
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Por lo anteriormente expuesto, plenamente comprometidos con un estado democrático, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforman los artículos 41, fracción V, Apartado B, inciso b), numeral 6, y 99, párrafo cuarto, fracción II, párrafos primero y tercero; se adiciona los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 81, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 41. ...
...
6. El cómputo de la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales tanto en primera como en segunda votación, y
7. ...
c) ...
Apartado C a Apartado D. ...
...
Artículo 81. ...
Será electa o electo presidente por mayoría absoluta la o el candidato que obtenga, la mitad más uno del total de los sufragios emitidos.
Si ninguna candidata o candidato obtiene más de la mitad de los votos, se realizará una segunda votación en la que únicamente participarán quienes hayan obtenido el mayor número de votos respecto del total de los sufragios emitidos. En este caso, será electa o electo presidente quien obtenga la mitad más uno de los sufragios válidamente emitidos.
La primera votación se celebrará el primer domingo de junio del año que corresponda. La segunda votación, en su caso, se realizará el segundo domingo de julio, debiendo estar resueltas todas las impugnaciones que se hubiesen presentado respecto de la primera votación para elegir al presidente de la República.
Artículo 99. ...
...
...
...
II. Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, tanto en la primera como en la segunda votación, serán resueltas en única instancia por la Sala Superior.
...
La Sala Superior realizará el cómputo final de la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular, en su caso, la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto de la candidata o candidato que hubiese obtenido el cincuenta por ciento más uno de los votos emitidos en la primera votación y, en su caso, de la candidata o candidato ganador de la segunda votación.
III. a X. ...
...
Artículo TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Segunda vuelta electoral para la elección presidencial, Silvia Chavarría Cedillo, Archivo Jurídicas, página 270.
2 La segunda vuelta electoral: modalidades, experiencias y consecuencias políticas, Gustavo Ernesto Emmerich, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Contexto y Propuestas de Reforma electoral, página 94.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de octubre de 2024.– Diputadas y diputados: Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Carmen Rocío González Alonso, Éctor Jaime Ramírez Barba, Eva María Vázquez Hernández, José Guillermo Anaya Llamas, Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Paulina Rubio Fernández (rúbricas).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Doctor Jaime Barba, ¿con qué objeto?
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba: Preguntarle a la oradora si me permite suscribir su iniciativa.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: ¿Diputada?
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo: Claro, con mucho gusto. Muchas gracias.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Si la pueden pasar a suscribir a la Secretaría, por favor.
LEY GENERAL DE ARCHIVOS
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene ahora la palabra, el diputado Juan Hugo de la Rosa García, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar dos iniciativas. La primera, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Archivos, en materia de atribuciones de sujetos obligados que no forman parte de la Administración Pública Federal; y la segunda, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desarrollo metropolitano. Adelante.
El diputado Juan Hugo de la Rosa García:Gracias y con su permiso, presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
El diputado Juan Hugo de la Rosa García: Honorable asamblea, acudo este día ante esta tribuna para presentar dos iniciativas, como ya se mencionó por parte de la presidenta. La primera, con reformas a la Ley General de Archivos, cuya presentación inicio recordando que para Aristóteles los archivos representaron la garantía de la armonía y buen orden del Estado.
Para Juárez, defender la integridad de la república implicó mantener los archivos nacionales fuera del alcance de las fuerzas de intervención. Y Carranza, no dudó en cargar con el archivo durante sus dos salidas de la capital mexicana.
La decisión de reconocer constitucionalmente a los archivos y expedir una ley general para su organización y administración homogénea resultó indispensable para asegurar la preservación del acervo documental de nuestro país.
En la ley se define al Archivo General de la Nación como un organismo descentralizado, no sectorizado, por lo que sus atribuciones, especialmente las señaladas en las fracciones IV, V, VI y VII del artículo 106, restringen su marco de competencias a las entidades que forman parte de la administración pública federal, por lo que no son vinculantes para el resto de los Poderes e instituciones.
Lo mismo ocurre con la legislación estatal, esto genera un problema de falta de plenitud en el marco normativo especializado, ya que no se faculta legalmente a una autoridad en el caso de los Poderes Legislativo, Judicial, organismos constitucionales autónomos y municipios para que pueda autorizar los instrumentos de control, el cuadro general de clasificación archivística y el catálogo de disposición documental. Ese vacío legal afecta, además, la decisión más trascendente, la autorización de las bajas documentales.
La iniciativa que presento pretende resolver este vacío, facultando a las áreas coordinadoras de archivo para que sean las que autoricen los instrumentos de control, así como las medidas necesarias para asegurar el ciclo vital de los documentos.
La segunda iniciativa propone reformar diversas disposiciones de la Constitución en nuestro país, para aportar las herramientas jurídicas necesarias que permitan una gestión renovada de nuestra vida en las zonas metropolitanas.
La propuesta toma como punto de partida la decisión adoptada durante la reforma política de la Ciudad de México, gracias a la cual, se integró el concepto de zona metropolitana, que lamentablemente sólo se refiere a la que se integra con la capital de la república. Lo que se propone, es tomar este primer desarrollo constitucional y extender sus alcances para abarcar a las 48 zonas metropolitanas existentes, sin olvidar las 22 metrópolis municipales y las 22 conurbaciones.
Tan solo en las zonas metropolitanas vivimos 67.6 millones de personas, esta representación de la voluntad general, tienen la oportunidad de establecer el en texto constitucional los principios esenciales que deben configurar la gestión metropolitana, así como de explorar alternativas, mecanismos y modelos de coordinación que desde un marco general que al mismo tiempo, reconozca la necesaria flexibilidad y permita alternar las condiciones específicas de cada conurbación, entre las que se encuentran las zonas metropolitanas, interestatales, las fronterizas, las intermunicipales, los municipios que forman una metrópoli y las de carácter intermunicipal.
A partir de este ajuste se propone habilitar al Congreso de la Unión para expedir una legislación general que permita no solo distribuir competencias, sino consolidar los esquemas de coordinación y establecer mecanismos para sincronizar esfuerzos, capacidades y recursos sin alterar las actuales condiciones de programación y fiscalización.
Honorable asamblea, la labor de la cuarta transformación consiste en ocuparse de los problemas más importantes de las personas, dejar atrás el pasado de indecisión para convocar al pueblo de México, con la finalidad de consolidar el proceso de renovación de la vida pública del país y esto sólo se puede alcanzar si realmente se garantizan los derechos esenciales de las personas.
La vida de quienes habitamos las conurbaciones de nuestro país, encuentra una mayor protección en los ideales humanistas de nuestro movimiento y esos principios deben guiarnos para transformar la regulación territorial, de tal forma que la funcionalidad de las zonas metropolitanas se centre en la protección de las personas.
Tenemos que hacer de la gestión metropolitana la garantía de los derechos a la ciudad, a la propiedad urbana, al ejercicio pleno de derechos en condiciones de igualdad, promoviendo la cohesión social, la equidad e inclusión, la coherencia y racionalidad en un entorno de participación democrática y transparencia.
Hacer de la gobernanza en las metrópolis la principal herramienta para alcanzar los objetivos del desarrollo sostenible, así como fortalecer la productividad y eficiencia de las ciudades y del territorio como eje del crecimiento económico, al mismo tiempo que se asegure la protección y progresividad del espacio público, la resiliencia, seguridad urbana y gestión de riesgos, sin olvidar la indispensable sustentabilidad ambiental por zonas metropolitanas que nunca más dejen a nadie atrás. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Archivos, en materia de atribuciones de sujetos obligados que no forman parte de la administración pública federal, a cargo del diputado Juan Hugo de la Rosa García, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Juan Hugo de la Rosa García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, párrafo 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Archivos.
Exposición de MotivosPara que los derechos humanos no sean bienes jurídicos de libre disposición de las autoridades resulta indispensable que existan una serie de obligaciones inmediatas a su contenido que permitan exigir su cumplimiento y justiciabilidad, de esos principios deriva la necesidad de establecer una serie de técnicas de protección mejor identificadas como garantías, de tipo primario, cuando se relacionan con el cumplimiento y respeto inmediato del derecho y secundarias cuando establecen los procedimientos judiciales para su protección.
La presente iniciativa aborda un aspecto relevante de lo que es una de las garantías primarias del derecho de acceso a la información pública, posiblemente de una de las más importantes y estructuralmente necesarias: la preservación de los documentos en archivos administrativos actualizados.
La reforma al artículo sexto constitucional de 2007 permitió reconocer y establecer el indispensable respaldo constitucional a los procedimientos que permitieron la evolución del derecho de acceso a la información como una garantía social a, lo que en ese momento jurídico se identificaban como garantías individuales y que hoy reconocemos plenamente como derechos humanos y sus garantías, estableciendo el sustento desde el texto fundamental del país a los distintos procedimientos establecidos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información de 2002.
Con esa decisión constitucional, el Estado Mexicano estableció como una base del derecho a la información, la obligación de las autoridades de resguardar los documentos en archivos administrativos actualizados.
El siguiente proceso de reforma al régimen constitucional de protección del derecho a la información ocurrió con el decreto de 2014 que, además de establecer el deber de los sujetos obligados de documentar todo lo que hacen en el ejercicio de facultades, competencias y funciones, incluyó la habilitación al Congreso de la Unión para expedir tres leyes generales, la de acceso a la información pública, la de protección de datos personales y la que estableciera “la organización y administración homogénea de los archivos en los órdenes federal, estatal, del Distrito Federal (en ese entonces) y municipal”.
Mandato que fue atendido progresivamente por el Congreso de la Unión y que concluyó el 26 de abril de 2018 con la promulgación de la Ley General de Archivos, la última de las tres establecidas en la reforma constitucional y, posiblemente, la más importante no sólo por su relación con el derecho de acceso a la información sino como condición esencial del ejercicio eficiente, eficaz, honesto y transparente de los recursos públicos y lo que algunos autores, incluso, identifican como el derecho a la buena administración.
La Ley General de Archivos se integra por tres libros. En el primero de ellos, “De la organización y administración homogénea de los archivos”, se establecen los principios relevantes y técnicamente depurados para el cumplimiento de los distintos procesos de gestión documental. En el segundo, “Del Archivo General de la Nación”, se prevén las disposiciones que regulan a la autoridad archivística más importante del país. Por último, el libro tercero se dedica al régimen disciplinario y sancionador. Debe añadirse a lo anterior que, en su disposición transitoria cuarta, la Ley General estableció el plazo de un año a las entidades federativas para armonizar su legislación con los contenidos jurídicos generales que se emitían.
Lo que provocó el retraso de cuatro años en la emisión de la legislación archivística del país no fue la discusión de los aspectos técnicos que integran el modelo de gestión documental, ya que un aparte muy importante de sus contenidos formaba parte de lo que ya regulaba la ley Federal de Archivos de 2012. En realidad, la discusión más álgida se centró en la naturaleza de la autoridad especializada de la materia.
Mientras los actores representantes de la sociedad civil y algunas de las voces legislativas de la oposición, en ese momento, abogaban por una naturaleza jurídica de plena autonomía constitucional, a la usanza de las instituciones en boga durante el periodo final del régimen pasado, el gobierno en turno insistía en un modelo de directa adscripción y subordinación, como ocurría en ese momento, dentro de la Secretaría de Gobernación, generando debilidades institucionales lo que, además, deterioraba la priorización de sus tareas.
El proceso de concertación política que caracterizaba al pasado régimen provocó que se adoptara una decisión intermedia que definió al Archivo General de la Nación como un organismo descentralizado no sectorizado, modelo administrativo que tendría que observarse por las entidades federativas al momento de armonizar su legislación local.
El problema de ese tipo de decisiones que mediatizaban las respuestas a los problemas jurídicos, según los intereses y necesidades políticas y partidistas, es que poco interés se ponía en los procesos sustantivos que se encomendaban legalmente a las instituciones disciplinadas por las decisiones del legislador.
Eso precisamente pasó en el caso de la legislación que se propone reformar y adicionar como consecuencia de definir al Archivo General de la Nación como un organismo administrativo descentralizado. El legislador ordinario omitió considerar que, según lo dispuesto por el artículo 3o., fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, este tipo de entidades forman parte de las que auxilian al Poder Ejecutivo y sólo al Poder Ejecutivo de la Unión, por lo cual los efectos de sus decisiones sólo pueden aplicarse dentro de la administración pública federal.
Como bien se reconoce doctrinalmente, este tipo de organismos se instituyen para atender determinada actividad administrativa sin que exista una relación de jerarquía con la administración pública central “pero sin que dejen de existir respecto de ellas las facultades indispensables para conservar la unidad del poder”, lo que se aprecia, por ejemplo, en la integración de sus respectivos órganos de gobierno, siendo el caso que, el correspondiente al Archivo General de la Nación se integra, por representantes de seis secretarías de Estado y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, según lo dispone el artículo 110 de la Ley General de Archivos.
La consecuencia inmediata de esta decisión política se percibe en la afectación de por lo menos cuatro de los siete procesos de gestión documental que establece el artículo 12 de la Ley General de Archivos, por lo menos en el caso, a nivel federal, de los Poderes Legislativo y Judicial y Organismos constitucionalmente autónomos, a los que no les resultan aplicables algunas de las decisiones que el Archivo General de la Nación emite y que por mandato de la propia legislación general sólo surten efectos para las dependencias del Poder Ejecutivo federal.
Como consecuencia del diseño nacionalmente homologado y así respaldado por las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las Acciones de Inconstitucionalidad 141/2019 y 122/2021 y su acumulada 125/2021, la misma situación se reproduce en el ámbito estatal con el agravante de que las decisiones de los archivos generales de los estados tampoco son aplicables a los archivos municipales.
La naturaleza especial del Archivo General de la Nación, como autoridad nacional especializada, como archivo histórico del Poder Ejecutivo y como organismo descentralizado no sectorizado provoca que cuatro de sus treinta y cuatro atribuciones establecidas en las fracciones IV a VII del artículo 106 de la Ley General de Archivos sólo se apliquen en el ámbito de las instituciones que conforman la administración pública federal que encabeza la persona Titular del Poder Ejecutivo, de las cuales tres atribuciones se relacionan con los procesos de organización, valoración documental, disposición documental y baja, y que consisten en:
Artículo 106. ...
IV. Fungir como órgano de consulta de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo federal en materia archivística;
V. Llevar a cabo el registro y validación de los instrumentos de control archivístico de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo federal;
VI. Emitir el dictamen de baja documental o de transferencia secundaria para los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, los cuales se considerarán de carácter histórico;
VII. Autorizar, recibir y resguardar las transferencias secundarias de los documentos de archivo con valor histórico producidos por el Poder Ejecutivo federal;
Lo anterior genera una laguna jurídica de significativas consecuencias el carecer de la habilitación jurídica que faculte a la autoridad específica encargada para tomar las decisiones, a nivel federal, en el caso de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los organismos constitucionalmente autónomos, mientras que, a nivel estatal, la omisión afecta también a los municipios.
La omisión afecta las decisiones más importantes de la gestión documental ya que debe considerarse que los instrumentos de control archivístico son el cuadro general de clasificación archivística, que establece la organización de todo el fondo documental, y el catálogo de disposición documental que permite realizar los procesos de valoración y disposición documental que permite la circulación de documentos y expedientes por los distintos ciclos de vida documental. Ni que decir de lo que constituye la decisión archivística de mayores consecuencias: la baja documental.
Según lo que establece la doctrina archivística, desde mediados del siglo pasado, los archivos no pueden preservar todos los documentos por siempre, por lo que la pregunta que formulara Philip Coolidge Brooks al presentar en 1940 su famosa ponencia “Qué documentos vamos a conservar”, ante la Asociación de Archivistas de América, y la aseveración de Robert Henry Bautier caracterizando al archivista como “un especialista de la eliminación: el hombre que sabe destruir”, integra lo que es una de las bases esenciales de la teoría del ciclo vital del documento y obliga, a todos los archivos, a realizar los procesos institucionales de selección para, al final del ciclo, determinar aquellos documentos que, por sus valores secundarios, deberán de ser transferidos al archivo histórico y, en consecuencia, identificar aquellos documentos que, al carecer de valores secundarios y al extinguirse los valores primarios, deben ser sometidos al proceso de baja documental.
La laguna jurídica creada, como consecuencia de la naturaleza administrativa autorizada para el Archivo General de la Nación no sólo interrumpe el ciclo vital de los documentos sino que genera el problema de saturación que afecta la gestión documental y cuyos efectos ponen en riesgo la adecuada preservación documental, generando costos adicionales, presiones innecesarias y alterando la gestión documental, lo que afecta directamente el cumplimiento constitucional de preservar los documentos en archivos administrativos actualizados. Tan sólo para poner un ejemplo, a pesar de que el Archivo General de la Nación contaba con autorización expresa para tales decisiones, la omisión de la titular que encabezó esa administración en el periodo 2012-2018 provocó que, al inicio de la pasada administración, con la que inició la cuarta transformación, existiera un rezago de cerca de 4 mil 977 solicitudes de bajas documentales que gracias al esfuerzo de la dirección anterior no sólo se logró abatir sino que se atendieron 9, 831 solicitudes más.
En mérito de lo anterior y a fin de resolver el problema jurídico generado por la decisión política de restringir la naturaleza administrativa del Archivo General de la Nación y, en consecuencia, de los archivos generales de los estados, sin tomar las medidas jurídicas necesarias para preservar la continuidad de los procesos de gestión de gestión documental en los sujetos obligados distintos del Poder Ejecutivo, la presente iniciativa pretende construir una solución que consiste en habilitar a la instancia especializada en la materia archivística, dentro de cada sujeto obligado, para tomar estas decisiones esencialmente técnicas en la materia y separarlas de las decisiones de valoración política.
La medida no ignora la diversidad y la brecha existente en el proceso de desarrollo de las competencias técnicas necesarias entre los distintos sujetos obligados, especialmente los municipios, lo que sistemáticamente se reconoce tanto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la de Archivos, lo que condujo al legislador ordinario a establecer una condición diferente para aquellos municipios con menos de 70 mil habitantes, para los cuales se establece un régimen especial de aplicación normativa y que condujo, en las disposiciones archivísticas, a facultar al Consejo Nacional de Archivos para emitir lineamientos, mecanismos y criterios para conservación y resguardo de documentos, según el artículo cuarto transitorio de la ley general.
En este caso y sólo por lo que hace a la atribución de mayores consecuencias materiales y jurídicas, la baja documental, la presente iniciativa propone un modelo de cooperación y asistencia en el que las decisiones cuenten con un procedimiento de control ex ante bajo la modalidad de una consulta técnica, de tal forma que el área coordinadora de archivos del municipio solicite la opinión técnica del archivo general del estado.
Lo anterior no afecta la autonomía municipal ya que la facultad sigue correspondiendo, única y exclusivamente, a la autoridad del municipio pero se fortalece con la opinión técnica especializada que supla las debilidades institucionales en una decisión de carácter permanente, definitivo e irreversible.
Para atender este problema y generar plena certeza jurídica en los procesos de gestión documental, asegurando la continuidad del ciclo documental y superar las condiciones restrictivas derivadas de la naturaleza administrativa del archivo general se propone adicionar el artículo 106 Bis que faculte a las áreas coordinadoras de archivo de los sujetos obligados que no formen parte del Ejecutivo, y que son áreas de naturaleza normativa dentro de su institución, para que sean las que adopten estas decisiones de especial relevancia.
Lo anterior requiere que, en consecuencia, las atribuciones de las áreas coordinadoras de archivo actualmente establecidas en el artículo 28 de la ley general, y que corresponden a las de todos los sujetos obligados, se incorporen en un apartado A que se propone incluir como atribuciones generales, mientras que, en un apartado B, se precisen las tres atribuciones especiales asignadas a las que corresponden a los sujetos obligados que no forman parte del Poder Ejecutivo.
Por último y a fin de asegurar la indispensable armonización legislativa que promueve el establecimiento de la Ley General, por mandato directo de la Constitución, se establece una disposición transitoria para obligar a los legisladores estatales a armonizar sus disposiciones jurídicas en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto y se apremia, a las diez entidades federativas que aún no concluyen el proceso de armonización legislativa, que lo hagan a la brevedad posible.
A fin de que se aprecie con mayor claridad el contenido de la propuesta, se reproduce a continuación la siguiente tabla comparativa.
Por lo expuesto se presenta a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Archivos.
Fundamento legal
En consideración de los motivos expuestos y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, párrafo 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Archivos
Único. Se adicionan al artículo 28 el Apartado A, “Atribuciones comunes”, con las actuales fracciones I a X; el Apartado B, “Atribuciones para las áreas de los sujetos obligados que no forman parte de la administración pública federal” con las fracciones I a III; y el artículo 106 Bis de la Ley General de Archivos, para quedar como sigue:
Artículo 28. El área coordinadora de archivos tendrá las siguientes funciones:
A. Atribuciones comunes:
I. a X. ...
B. Atribuciones para las áreas de los sujetos obligados que no forman parte de la administración pública federal:
I. Registrar y validar los instrumentos de control archivístico de su sujeto obligado;
II. Emitir el dictamen de baja documental o de transferencia secundaria de su sujeto obligado; los cuales se considerarán de carácter histórico;
III. Autorizar las transferencias secundarias de los documentos de archivo con valor histórico producidos por su sujeto obligado y que serán resguardados en el archivo histórico de su institución;
...
Artículo 106 Bis. En el caso de los sujetos obligados federales que no formen parte del Ejecutivo federal, será su área coordinadora de archivo quien ejerza las atribuciones que establecen las fracciones V, VI y VII del artículo 106 de la presente ley.
Las áreas coordinadoras de archivo de los municipios con menos de 70 mil habitantes solicitarán la opinión del archivo general del estado para emitir el dictamen de baja documental.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En un plazo de 180 días, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las legislaturas de cada entidad federativa y de Ciudad de México, deberán armonizar sus ordenamientos con forme al presente decreto.
Tercero. Se emplaza a las entidades federativas que no han concluido el proceso de armonización que establece el artículo cuarto transitorio de la Ley General de Archivos para que lo concluyan con la mayor brevedad.
Notas
1 Ferrajoli, Luigi. Derechos y garantías. La ley del más débil, séptima edición, Madrid, Trotta, 2010, página 43.
2 Luna Hernández, José Guadalupe. “El papel del derecho de acceso a la información y sus garantías en la defensa del derecho a la verdad”, en Orozco Tenorio José, Domínguez Galicia, Javier y Landeros Rosas, María de Rocío Guadalupe. Cuarto simposio de archivos Ética en la profesión archivística, México, Escuela Nacional de Biblioteconomía y Archivonomía, 2018, 103-114, página 107.
3 Rodríguez Arana, Jaime. “El derecho fundamental a la buena administración y el derecho administrativo” en CODHEM. Dignitas, año XV, número 41, julio-diciembre de 2021, 107-134. página 188.
4 Gómez Galvarriato, Aurora. “La importancia de los archivos como garantes de la memoria y el acceso a la información”, en INAI. La importancia de los archivos históricos como garantes de la memoria y el acceso a la información,México, INAI, 2017, 9-68. Página 57.
5 Fraga, Gabino. Derecho administrativo, vigésima novena edición, México, Porrúa, 1990, página 180.
6 Citado por Cruz Mundet, José Ramón. Qué es un archivero. Gijón, Trea, 2009. Página 88.
7 Ramírez Deleón, José Antonio. Cuaderno 1. Metodología para la organización de sistemas institucionales de archivo. México, INAI y AGN, 2016. Páginas 59-61.
8 Archivo General de la Nación. “Memoria liberada”, disponible en
https://www.gob.mx/agn/documentos/memoria-liberada-informe-de-ge stion-2019-2024
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de octubre de 2024.– Diputado Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El diputado Juan Hugo de la Rosa García:Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desarrollo metropolitano.
(La iniciativa podrá ser consultada en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo II)La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra el diputado Luis Enrique Miranda Barrera, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 64 de la Ley General de Salud.
El diputado Luis Enrique Miranda Barrera:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
El diputado Luis Enrique Miranda Barrera: Hace unos meses tuve la dicha de ser padre de Luis Emilio, un bebé que pueden encontrar en el curul 297. Esto me trajo grandes alegrías y muchos retos. Es por ello que el día de hoy, ante este pleno, quiero presentarles una iniciativa, la cual nació cuando me enfrenté a la problemática que vivimos muchos padres.
Recientemente acudí a una oficina gubernamental para tramitar el pasaporte de mi hijo. Aquel día, después de varias horas de espera y trámites, llegó el momento en que tuve que cambiarle el pañal. Busqué, como cualquiera lo haría, en un lugar adecuado para realizar esta tarea básica y necesaria, pero descubrí que en las instalaciones carecían de un cambiador, obligándome a improvisar en un espacio inadecuado.
Esta experiencia que para muchos padres y madres en nuestro país es cotidiana, refleja un problema más profundo que afecta la salud, el bienestar y la dignidad de nuestras familias. Es por ello que desde mi posición como representante de los ciudadanos y motivado por el compromiso con la salud y la equidad, hoy presento esta iniciativa de reforma a la Ley General de Salud, con el objetivo de garantizar que todos los centros de trabajo, tanto públicos como privados, cuenten con cambiadores para bebés en los sanitarios de hombres y de mujeres.
La salud y el bienestar de nuestros bebés son fundamentales para el desarrollo de una sociedad sana y equitativa. Este proyecto no solo busca promover condiciones higiénicas, además para los bebés, sino también fomentar la igualdad de género y la participación equitativa de los padres en la crianza.
Con esta reforma impulsamos a la inclusión de las labores del cuidado infantil, rompiendo con la idea de que esta responsabilidad solamente recae en las mujeres. Los primeros años de vida son cruciales para el desarrollo físico y emocional de las niñas y niños, sin instalaciones adecuadas para el cambio de pañales los padres nos vemos obligados a improvisar, a veces en condiciones que comprometen la higiene y seguridad del bebé.
En este acto de improvisación, aunque común, encierra en sí, es un riesgo que podemos y debemos evitar al incluir cambiadores para bebés en estos espacios no solo evitamos infecciones y enfermedades cutáneas, sino también aseguramos que los padres puedan cumplir con su labor de cuidado de forma digna y segura.
Esta medida que propongo es un paso hacia una sociedad más justa y equitativa en la crianza de nuestros hijos. Actualmente, muchas mujeres enfrentan barreras en su vida social y laboral debido a la falta de instalaciones adecuadas para el cuidado infantil.
A través de esta reforma impulsamos la igualdad de condiciones y brindamos a todos los cuidadores independientemente de su género, la posibilidad de atender a sus hijos sin obstáculos, de esta forma garantizamos que la crianza no sea una limitante para el desarrollo de las mujeres y su participación en los distintos ámbitos en la sociedad.
Además, se busca normalizar la paternidad activa, permitir que los padres asuman un rol visible y efectivo en el cuidado de sus hijos y ofrecerle las facilidades para hacerlo. Fortalecer los lazos familiares y esto genera un impacto positivo en el desarrollo emocional en los menores.
Estudios realizados por el Inegi muestran que los hombres en México solamente dedican 25 horas semanales al cuidado infantil, en comparación con las mujeres que dedican 38. Esta diferencia refleja una desigualdad de género en los cuidados de los hijos. Por ello, buscamos incentivar la participación de ambos padres en esta tarea.
Cabe resaltar que varios estados de nuestro país como Ciudad de México, Chiapas, Veracruz, Jalisco y Nuevo León ya han implementado legislaciones que promueven las instalaciones de cambiadores para bebés en los sanitarios de ambos géneros.
A nivel internacional países como Estados Unidos, Reino Unido, Australia, Canadá y Suecia también han adoptado medidas similares. Hay que seguir su ejemplo y avancemos en esta dirección.
Consideramos que esto no es solo una cuestión de higiene y salud, es una cuestión de justicia, de igualdad y de apoyo a nuestras familias, en una medida que envía el mensaje claro, valoramos y protegemos a nuestros infantes. Muchas gracias por su atención. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 64 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Luis Enrique Miranda Barrera, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Luis Enrique Miranda Barrera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa salud y el bienestar de los bebés son fundamentales para el desarrollo de sociedades sanas y equitativas. En este contexto, proponemos una reforma a la Ley General de Salud que garantice la inclusión de cambiadores para bebés en todos los centros de trabajo públicos y privados. Esta iniciativa no sólo responde a la necesidad de promover la salud y la higiene de la infancia, sino que también busca fomentar la igualdad de género y la participación equitativa de los padres en las labores de crianza de los hijos.
Los primeros años de vida son críticos para el desarrollo físico y emocional de las y los niños. Un entorno saludable y adecuado es fundamental para prevenir enfermedades y asegurar una correcta higiene. La falta de instalaciones apropiadas para el cambio de pañales puede llevar a situaciones insalubres que afecten la salud de los bebés.
La inclusión de cambiadores en espacios públicos contribuye a la prevención de infecciones, ya que un cambiador higiénico reduce el riesgo de infecciones y enfermedades cutáneas en los bebés. Además, un espacio adecuado permite a los padres y cuidadores atender las necesidades de higiene de los bebés de manera rápida y digna.
La falta de instalaciones adecuadas puede obligar a las madres y padres a improvisar, lo que pone en riesgo la salud del bebé y la higiene del entorno. Al establecer cambiadores en espacios públicos, se promueven condiciones sanitarias adecuadas en espacios diseñados específicamente para el cambio de pañales, contribuyendo a un entorno más saludable para todos. Además, se promueve la reducción de desechos, pues la disponibilidad de cambiadores fomenta la disposición final adecuada de los pañales usados, evitando que éstos sean dejados en lugares inapropiados.
La responsabilidad del cuidado de los bebés a menudo recae desproporcionadamente sobre las mujeres. La falta de instalaciones adecuadas para el cambio de pañales puede limitar la participación de las madres en actividades sociales y laborales. Al promover la inclusión de cambiadores en todos los espacios públicos, se avanza hacia la equidad en la carga de cuidados, ya que la instalación de cambiadores accesibles para todos los cuidadores, independientemente de su género, facilita que padres y madres compartan equitativamente la responsabilidad del cuidado infantil. Además, se promueve la normalización de la paternidad activa al contar con instalaciones adecuadas, se fomenta la participación de los padres en el cuidado de sus hijos, contribuyendo a la construcción de un modelo de paternidad más solidario entre ambos padres.
La reforma propuesta para adicionar la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud tiene como objetivo fomentar la participación equitativa de los padres en la crianza de los hijos. La Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados (ENASIC), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), señala que los hombres dedican en promedio 25.6 horas semanales a labores de cuidado, mientras que las mujeres dedican 37.9 horas, esto refleja una desigualdad en las responsabilidades de cuidado dentro de los hogares.
También se busca incentivar que los padres asuman un rol más activo, no sólo para equilibrar la carga de trabajo entre géneros, sino para fortalecer los lazos familiares y promover el desarrollo integral de los menores. Proporcionar los medios legales para garantizar que los padres tengan acceso a condiciones justas y adecuadas para el cuidado de sus hijos, como espacios en lugares públicos para cambiar pañales y otras facilidades, permitirá que la figura paterna participe de manera más efectiva en la crianza. No sólo se apoya la equidad de género, sino que también se contribuye a la mejora del bienestar infantil, garantizando que ambos padres estén presentes y participen activamente en el desarrollo emocional y físico de los menores, lo que a largo plazo tiene efectos positivos en la cohesión familiar y el desarrollo social.
Hasta ahora, varias entidades federativas en México han aprobado leyes que requieren la instalación de cambiadores de bebés en los baños tanto de hombres como de mujeres. Estas entidades son la Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León, Chiapas y Veracruz. A nivel internacional, países como Estados Unidos de América, Reino Unido, Australia, Canadá y Suecia, también han implementado regulaciones similares, garantizando que los cambiadores estén disponibles en baños de ambos géneros. Esto demuestra un compromiso global con la igualdad en la atención de los niños y el reconocimiento de la diversidad en los roles de cuidado.
La reforma de la Ley General de Salud para incluir la obligatoriedad de cambiadores para bebés en todos los espacios públicos no sólo es una cuestión de salud e higiene, sino que también es un paso hacia la igualdad de género y el bienestar familiar. Al garantizar que todos los padres y cuidadores tengan acceso a instalaciones adecuadas, contribuimos a la creación de un entorno más saludable y equitativo para las futuras generaciones.
Es imperativo que esta propuesta sea considerada y apoyada por todas las partes involucradas, en aras de construir una sociedad que valore y proteja la salud de sus más vulnerables: nuestras niñas y niños.
Por lo aquí expuesto, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud
Artículo Único. Se reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud, para quedar como a continuación se presenta:
Artículo 64. En la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes establecerán:
I. ...
II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno infantil, además de impulsar la instalación de lactarios y cambiadores de pañales en sanitarios de mujeres y hombres en los centros de trabajo de los sectores público y privado;
II Bis. a IV. ...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las obligaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria de los ejecutores de gasto responsables para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.
Nota
1 Véase, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, “Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados (ENASIC)” Disponible en
https://www.inegi.org.mx/programas/enasic/2022/default.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de noviembre de 2024.– Diputados: Luis Enrique Miranda Barrera, Emilio Suárez Licona, Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel (rúbricas).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 41 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La diputada Irma Juan Carlos:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
La diputada Irma Juan Carlos: Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados, me dirijo a esta soberanía y al pueblo de México para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se propone reformar diversos artículos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de las siguientes consideraciones:
La reciente reforma constitucional al artículo 2 en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas señala en su apartado B, la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán establecer las instituciones y determinar las políticas públicas que garanticen el ejercicio efectivo de los derechos de los pueblos indígenas y su desarrollo integral, intercultural y sostenible, las cuales deben ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.
Para tal efecto, dichas autoridades tienen la obligación de: numeral 2. Determinar mediante normas y criterios compensatorios, equitativos, justos y proporcionales, asignaciones presupuestales para los pueblos y comunidades indígenas que serán administradas directamente por estos.
Asimismo, dicha reforma establece, en su apartado C, esta Constitución reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas, cualquiera que sea su autodeterminación como parte de la composición pluricultural de la nación, tendrán en lo conducente los derechos señalados en los apartados anteriores de este artículo, a fin de garantizar su desarrollo e inclusión social en los términos que establezca esta Constitución, así como su libre determinación que se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional.
Es importante recordar que la reforma al artículo 2o. constitucional, que recientemente aprobamos, reconoce también a los pueblos y comunidades afromexicanas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
¿Qué es lo que proponemos? Reformar los artículos 2o., 41 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para que, en los anexos transversales, en este caso al Anexo 10, donde concurren programas presupuestarios componentes de estos y/o unidades responsables cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con desarrollo integral de los pueblos y comunidades, se agregue a este Anexo la palabra y afromexicanas.
¿Esta iniciativa tiene impacto presupuestal? La respuesta es no. No tiene ningún impacto presupuestal, lo único que esta soberanía estaría realizando al aceptar esta modificación es orientar al Poder Ejecutivo, en sus tres niveles, el ejercicio de este presupuesto.
Cabe señalar, que en la práctica esto ya sucede y esto es con base en la reciente publicación que hizo nuestro gobierno de México, del Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Esta iniciativa no impacta en el presupuesto que reciba esta Cámara por parte de nuestra presidenta la doctora Claudia Sheinbaum, toda vez que en los PEF de cada año que hemos aprobado en esta Cámara este anexo siempre ha existido y siempre ha sido con incrementos.
En el 2018, por ejemplo, fue de 80 mil 844 millones, en el 2020 de 104 mil 680 millones, en el 2022 124 mil 978 millones, en el 2024 fue de 153 mil 343 millones de pesos.
La presente iniciativa demanda el reconocimiento pleno de quienes asumen esta identidad, afromexicanas y afromexicanos, de sus derechos y las medidas específicas para su atención, pugnando porque estos elementos sean considerados explícitamente en los ámbitos jurídico, institucional, programático y, en particular, en el presupuesto.
Porque recordemos, hermanas y hermanos, que lo que se nombra no existe. Por eso es prioritario actualizar el título del anexo transversal 10 para quedar como sigue:
Desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Es cuanto, diputada presidenta. Por su atención, hermanas y hermanos, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 2o., 41 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena
Irma Juan Carlos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se propone reformar diversos artículos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Decía Fernando Benítez que “México es un país de geografía tumultuosa, de montañas que aíslan y generan diversas culturas. México no es un México sino muchos México, de aquí su misterio y su extraña complejidad”. Y no es para menos, la presencia de las y los indígenas es evidente: en México hay 68 pueblos indígenas, más el pueblo afromexicano. De éstos, “7.2 millones de mexicanas y mexicanos hablan una lengua indígena y casi 25.7 millones (21.5 por ciento de la población nacional se identifican como indígenas”. “Según la Encuesta Intercensal de 2015 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, hasta 1.38 millones de mexicanos se identificaron como afrodescendientes (o afromexicanos)”.
Pese a la importante presencia de los pueblos indígenas y afromexicano, su historia ha estado marcada por la exclusión y vejación de los derechos. Para México, esta historia comienza hace siglos.
Por ello, 1521 marca el inicio de un largo proceso de lucha y sobrevivencia de los pueblos y comunidades indígenas. En donde también está incluido el pueblo afromexicano, pues la conquista no sólo dañó a los habitantes del territorio despojado, sino también a las personas que, la conquista, trajo forzadamente de Sudán, Congo y Guinea, entre otros lugares del continente Africano, con la finalidad de hacerlos trabajar esclavizados. Personas indígenas y afromexicanas no sólo son víctimas de la colonización, también comparten un mismo periodo de vejaciones.
En los últimos años se han puesto en acción medidas para lograr la inclusión y eliminar la vejación que se ha ocasionado a los pueblos. Una de esas medidas son los presupuestos transversales.
Los presupuestos transversales han sido una conquista importante en la planificación pública en México pues, como se afirma en el documento Los presupuestos transversales como herramienta para garantizarlos derechos humanos, publicado por Fundar, Centro de Análisis e Investigación, “desde 2008, como parte de las reformas para la restructuración y orientación del presupuesto en resultados prácticos, se han incluido en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) diferentes presupuestos transversales con objeto de identificar y clasificar la proporción de recursos destinados a la atención de grupos específicos dela población o problemáticas nacionales que necesitan ser combatidas de manera integral. Anualmente, en el PEF se incluyen anexos que identifican las asignaciones que impactan directamente en la ejecución de obras, acciones y servicios para poblaciones y problemáticas específicas”.
En el mismo documento se explica que “Los presupuestos transversales abarcan diversas temáticas, como el fortalecimiento de la equidad de género, el desarrollo rural, el combate al cambio climático de la ciencia y tecnología, y de los pueblos indígenas, entre otras. Usualmente están enfocadas a atender o beneficiar a diferentes grupos marginados de la población, como indígenas, jóvenes, grupos vulnerables y, desde 2012, niños, niñas y adolescentes”.
La presente iniciativa de reforma legal, se sustenta en la idea de que la transversalidad e intersectorialidad son dos instrumentos de políticas públicas que son indispensables para atender integralmente la cuestión indígena y afromexicana. Estas políticas públicas asumen las recomendaciones de la Declaración de Brasilia que compele la necesidad de transversalizar la gestión de los asuntos indígenas y profundizar la articulación intersectorial de las políticas públicas.
La premisa de la que parte esta iniciativa consiste en que los presupuestos transversales han beneficiado a los pueblos y comunidades indígenas, pero no al pueblo afromexicano.
Con fecha del 9 de agosto de 2019 se publicó el decreto por el que se adiciona el Apartado C al artículo 2o. constitucional y, con ello, se vuelve obligatorio constitucionalmente que todos los derechos de los que gozan los pueblos indígenas también deben ser compartidos por el pueblo afromexicano.
La reforma logró que en el país se visibilizará la presencia de las personas de ascendencia africana y sus contribuciones a la construcción del país desde antes de sus inicios, quienes a la par han denunciado las condiciones de explotación, maltrato, marginación, exclusión y discriminación que distintas generaciones de este grupo poblacional han experimentado en el trascurso del devenir nacional, también significó un compromiso para revertir las secuelas derivadas de estos flagelos históricos y contemporáneos.
En ese tenor se plantea la presente iniciativa, demandando el reconocimiento pleno de quienes asumen esta identidad, de sus derechos y las medidas específicas para su atención, pugnando por que estos elementos sean considerados explícitamente en los ámbitos jurídico, institucional, programático y en particular en el presupuestario, a fin de construir una nueva relación con la sociedad y sus instituciones.
Por ese motivo considero necesario actualizar el título del anexo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación en la referida ley. Para tener mayor claridad de la propuesta, coloco el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman la fracción III Bis del artículo 2o., el inciso j) de la fracción II del artículo 41 y el quinto párrafo del artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Único. Se reforman la fracción III Bis del artículo 2o., el inciso j) de la fracción II del artículo 41 y el quinto párrafo del artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:
Artículo 2o. Para efectos de esta ley se entenderá por
I. a III. ...
III Bis. Anexos transversales: anexos del Presupuesto donde concurren programas presupuestarios, componentes de éstos o unidades responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los siguientes sectores: Igualdad entre Mujeres y Hombres; Atención de Niños, Niñas y Adolescentes; Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; Desarrollo de los Jóvenes; Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable; Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; Atención a Grupos Vulnerables; y los Recursos para la Mitigación de los efectos del Cambio Climático;
Artículo 41. El proyecto de Presupuesto de Egresos contendrá
I. ...
II . El proyecto de decreto, los anexos y tomos, los cuales incluirán
a) a i) ...
j) Las previsiones de gasto que correspondan a la atención de la población indígena y afromexicana, en los términos de los apartados B, C y D del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; asimismo, las previsiones de gasto de los programas especiales cuyos recursos se encuentren previstos en distintos ramos y, en su caso, en los flujos de efectivo de las entidades;
k) a v) ...
Artículo 58. Las adecuaciones presupuestarias se realizarán siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de las dependencias y entidades, y comprenderán:
I. a III. ...
...
...
...
No se podrán realizar reducciones a los programas presupuestarios ni a las inversiones dirigidas a la atención de la igualdad entre mujeres y hombres, al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; las erogaciones correspondientes al Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas y la Atención a Grupos Vulnerables, salvo en los supuestos establecidos en la presente ley y con la opinión de la Cámara de Diputados.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Benítez, Fernando (1989). Los indios de México. Colección de la biblioteca Era.
2 https://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=109 &id_opcion=42&op=42#:~: text=Seg%C3%BAn%20datos%20de%20la%20Encuesta,una%20situaci%C3%B3n%20de%20discri minaci%C3%B3n%20estructural
3 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/199489/Datos_INEGI_pobla cio_n_afromexicana.pdf
4 Documento consultable en
https://www.fundar.org.mx/mexico/pdf/presupuestosyanexos.pdf
5 Ídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputadas y diputados: Irma Juan Carlos, Adasa Saray Vázquez, Gildardo Pérez Gabino, Gloria Sánchez López, Karina Isabel Martínez Montaño, Marcela Michel López, Mario Miguel Carrillo Cubillas, Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz, Petra Romero Gómez, Rosa María Castro Salinas (rúbricas).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted, diputada. Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Saludamos a Ana Laura Sánchez Benítez, presidenta municipal de Cañada Morelos, del estado de Puebla, que se encuentra en este salón de sesiones, invitada por la diputada Xitlalic Ceja García. Sea usted bienvenida, muchas gracias.
Bienvenida. Diputado a sus órdenes, ¿con qué objeto, diputado Carrillo?
El diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas (desde la curul): Muchas gracias, diputada presidenta. Para preguntarle a la diputada Irma Juan Carlos si me permite adherirme a esta iniciativa que busca armonizar el anexo 10 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria con las recientes reformas al artículo 2o. constitucional, en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Si la diputada proponente... Sí acepta, diputado. Y a las legisladoras... ¿es para el mismo...? Adelante, diputada.
La diputada Mary Carmen Bernal Martínez (desde la curul): Muchas gracias, diputada presidenta. Preguntarle a la diputada Irma Juan Carlos si también me permite adherirme a su propuesta de iniciativa, por favor.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Sí. Muchas gracias, diputada. Las y los legisladores que deseen adherirse, firmar la iniciativa de la proponente, la iniciativa se encontrará aquí en la Secretaría, a sus órdenes.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra ahora el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de resistencia antimicrobiana, suscrita por diputadas y diputados, integrantes del Grupo Parlamentario del PAN. Adelante, diputado.
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba:Diputada presidenta, antes de iniciar. Si me permitiera felicitar a nuestra compañera diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado, que hoy cumple años en esta legislatura. Muchas felicidades a Silvia Patricia.
Hoy venimos a presentarles, compañeras y compañeros, un problema muy serio que va a pasar en México, no es la excepción, por lo cual pedimos su solidaridad para suscribirse. Les vamos a mostrar esta gráfica, para el 2020 fallecerán en el mundo 1.3 millones de personas por resistencia a los antibióticos, a los antivirales o a los antimicóticos y contra los parasitarios y por cáncer 10 millones de personas.
Bueno pues, para el 2050, la primera causa de México y en el mundo, va a ser la resistencia antimocribiana, después será la diabetes para que tengan alguna idea, 1.5 millones, hoy es una de las primeras causas en México, pero no es comparada en nada con lo que puede ser la resistencia contra los antibióticos, contra las bacterias.
Después enfermedades diarreicas, enfermedades de tráfico, 1 punto millones, por sarampión 130 mil personas y por tétanos 60 mil. Vean la magnitud del problema de la resistencia antimicrobiana.
¿Cuándo ocurre esto? Pues cuando se prescribe mal el antibiótico, como pasó, por ejemplo, con la pandemia de Covid, que todo mundo daba antibióticos indiscriminadamente, alguien tiene influencia o alguien tiene una gripe común y es recetado por antibióticos. También con los veterinarios, también con los agrónomos, y esto está causando un seriesísimo problema que va a causar, ya causa en México, grandes pérdidas de vidas humanas.
¿Qué es lo que estamos proponiendo de manera puntual nosotros? Buscamos primero la prevención y el control de la resistencia antimicrobiana para que sea materia prioritaria de salubridad general. Esto significa que sea reconocida como una amenaza de alta prioridad para nuestro sistema de salud permitiendo una atención integral y coordinada en todos los niveles.
Además, proponemos, que la máxima autoridad constitucional, que es el Consejo de Salubridad General, sea el encargado de emitir, conducir y supervisar una estrategia nacional para la prevención y el control de la resistencia antimicrobiana. Estrategia que claramente debe de incluir mecanismos de seguimiento y evaluación para asegurar que las acciones emprendidas tengan un impacto real.
También proponemos acciones para el uso adecuado de antimicrobianos. ¿Cuántas veces a ustedes mismos les han recetado antibióticos por infecciones virales, como la gripe, que no tienen ningún efecto? Este uso indiscriminado de antibióticos ha creado patógenos que ahora resisten muchísimo y matan a las personas vulnerables y a muchas no vulnerables.
El objetivo es evitar que se sigan utilizando de manera excesiva y sin control tanto en la medicina humana como en la medicina veterinaria. La iniciativa además propone y promueve la investigación y el desarrollo de nuevos antibióticos para enfrentar el déficit de nuevos antimicrobianos eficaces sin investigación y que nuestra capacidad para combatir sea cada vez más limitada.
Buscamos también garantizar el acceso efectivo y real a los antimicrobianos esenciales, pues son los sectores más vulnerables de nuestra población quienes enfrentan mayores riesgos ante las infecciones resistentes y es nuestra responsabilidad asegurar que todos los mexicanos puedan acceder a los medicamentos que necesitan.
La salud, como aquí se ha dicho, es un derecho y debemos protegerlo. Por ello, otro aspecto clave es la implementación de un sistema de monitoreo de resistencia antimicrobiana en el ambiente. La resistencia no se limita solamente a los hospitales, también se encuentra en el agua, en el suelo, en los alimentos, por lo que es crucial identificar los puntos críticos en nuestro entorno para desarrollar estrategias de mitigación efectivas y evitar su propagación.
La iniciativa incluye, por supuesto, realizar campañas para sensibilizar tanto al personal de la salud como a la población en general sobre la gravedad de esta, la resistencia antimicrobiana, y aprender cómo podemos contribuir a prevenirla.
Este año, hace menos de un mes, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una declaración política sobre este tema, estableciendo ya una meta: reducir las muertes relacionadas con la resistencia antimicrobiana en un 10 por ciento en los próximos 6 años y que le tocará a la presidenta Sheinbaum encabezarla. Con esta iniciativa buscamos que México también disminuya la carga de la enfermedad, la muerte y el sufrimiento para estas personas.
La resistencia a los antimicrobianos no solo amenaza a los pacientes que enfrentan infecciones hoy en día, sino también a aquellos que requieren tratamientos médicos complejos, como cirugías mayores, trasplantes de órganos o quimioterapias. Sin antimicrobianos efectivos estos procedimientos se volverían extremadamente riesgosos, poniendo en peligro millones de vidas.
Compañeras y compañeros legisladores, es nuestra responsabilidad asegurar en el futuro que la medicina siga siendo eficaz para protegernos y mejorar la salud y calidad de vida. Les invito a sumarse a esta propuesta y a trabajar juntos para enfrentar la resistencia antimicrobiana. Es cuanto, presidenta.
«Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del PAN, intervención recibida, en relación a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de resistencia antimicrobiana.
Con su venia señor presidente, compañeras y compañeros diputados:
El mundo enfrenta una amenaza que avanza en silencio: la resistencia a los antimicrobianos.
La Organización Mundial de la Salud ha clasificado esta amenaza entre los diez problemas de salud pública más graves a nivel global, ya que es responsable de la muerte de más de 700 mil personas cada año. Y si no actuamos, en el año 2050 esta cifra podría escalar a 10 millones de muertes anuales, superando incluso las del cáncer.
La pregunta es, sí en nuestro país estamos preparados para enfrentar una crisis de tal magnitud.
La resistencia antimicrobiana ocurre cuando microorganismos como bacterias, virus, hongos y parásitos desarrollan mecanismos de defensa frente a los medicamentos que solían controlarlos.
Lo anterior se origina en el uso indebido e indiscriminado de antimicrobianos en humanos, animales e incluso en la agricultura; lo que ha facilitado la aparición de estos "supermicrobios", capaces de resistir tratamientos que antes eran efectivos.
La resistencia a los antimicrobianos dificulta el tratamiento de infecciones comunes, incrementa el riesgo de propagación de enfermedades y eleva la tasa de mortalidad.
No debemos olvidar que, en muchos casos, el uso inadecuado e indiscriminado de antibióticos, responde a la falta de información o a la automedicación.
Estudios recientes cuyos resultados han sido publicados en la prestigiada revista The Lancet, revelan que, en 2019, la resistencia a los antibióticos estuvo asociada con casi cinco millones de muertes en el mundo.
La pandemia de Covid-19 empeoró la situación, ya que el uso indiscriminado de antibióticos para tratar una enfermedad viral intensificó esta resistencia.
En México en 2021, se registraron más de tres millones de casos de infecciones resistentes a los tratamientos, y que provocaron 48 mil muertes. En el mismo año, se registraron tres millones 800 mil atenciones en los servicios de urgencias y 39.5 millones en consulta externa por enfermedades infecciosas o parasitarias.
Por ello, la prevención y la atención a la resistencia antimicrobiana debe ser una prioridad nacional para la salud y seguridad de la población.
Ante esta realidad, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional presenta esta iniciativa de reforma y adiciona a la Ley General de Salud, para establecer un marco de regulación sólido y una Estrategia Nacional para la Prevención y Control de la resistencia a los antimicrobianos.
¿Qué proponemos?
En primer lugar, buscamos que la prevención y el control de la resistencia antimicrobiana sean materia prioritaria de salubridad general. Esto significa que sea reconocida como una amenaza de alta prioridad en nuestro sistema de salud, permitiendo una atención integral y coordinada en todos los niveles.
Además, proponemos que el Consejo de Salubridad General sea el encargado de emitir, conducir y supervisar una Estrategia Nacional para la Prevención y Control de la resistencia antimicrobiana. Estrategia que debe incluir mecanismos de seguimiento y evaluación para asegurar que las acciones tengan un impacto real.
También incluirá acciones para promover el uso adecuado de los antimicrobianos. ¿Cuántas veces hemos visto que se recetan antibióticos para infecciones virales como la gripe donde no tienen ningún efecto? Este uso indiscriminado de antibióticos ha creado patógenos multirresistentes.
El objetivo es evitar que se sigan utilizando de manera excesiva y sin control, tanto en la medicina humana como en la veterinaria.
La iniciativa también promueve la investigación y desarrollo de nuevos antibióticos, para enfrentar el déficit de nuevos antimicrobianos eficaces; sin investigación, nuestra capacidad para combatir la resistencia antimicrobiana será cada vez más limitada.
Busca garantizar el acceso equitativo a los antimicrobianos esenciales.
Pues son los sectores más vulnerables de nuestra población quienes enfrentan mayores riesgos ante las infecciones resistentes, y es nuestra responsabilidad asegurar que todos los mexicanos puedan acceder a los medicamentos que necesitan.
La salud es un derecho, y debemos protegerlo.
Por ello, otro aspecto clave es la implementación de un sistema de monitoreo de la resistencia anti microbiana en el ambiente.
La resistencia no se limita a los hospitales, también se encuentra en el agua, el suelo y los alimentos, por lo que es crucial identificar los puntos críticos en nuestro entorno para desarrollar estrategias de mitigación efectivas y evitar su propagación.
La iniciativa incluye realizar campañas para sensibilizar tanto al personal de salud como a la población en general, sobre la gravedad de la resistencia antimicrobiana y aprender cómo podemos contribuir a prevenirla.
Recientemente, en septiembre de este año, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una declaración política sobre este tema, estableciendo el objetivo de reducir las muertes relacionadas con la resistencia antimicrobiana en un 10 por ciento para 2030.
Con esta iniciativa, se busca alinear a México con este esfuerzo global.
La resistencia a los antimicrobianos no solo amenaza a los pacientes que enfrentan infecciones hoy en día, sino también a aquellos que requieren tratamientos médicos complejos, como cirugías mayores, trasplantes de órganos o quimioterapias. Sin antimicrobianos efectivos, estos procedimientos se volverían extremadamente riesgosos, poniendo en peligro millones de vidas.
Es nuestra responsabilidad asegurar un futuro en el que la medicina siga siendo capaz de protegernos y de mejorar nuestra salud y calidad de vida.
Compañeras y compañeros, les invito a sumarse a esta propuesta y trabajar juntos para enfrentar la resistencia antimicrobiana.
Es cuanto.
Muchas gracias
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 06 de noviembre de 2024.– Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica).»
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de resistencia antimicrobiana, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, Éctor Jaime Ramírez Barba, y diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de resistencia antimicrobiana, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosCon la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, en nuestro país, se generó un marco de reconocimiento y protección de estos; sobre esta base jurídica se justifica la gestión institucional pública en favor de la persona y sus derechos; como parte de este conjunto de derechos humanos se encuentra el derecho a la protección de la salud, el cual permite acceder a un nivel de vida digna y adecuada.
El derecho a la protección de la salud, es un derecho para todos y su acceso debe ser sin discriminación de ningún tipo. Nuestra Constitución señala que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de los ámbitos de gobierno.
Así, la Ley General de Salud (LGS) reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona, señala que las finalidades de este derecho son entre otros, el bienestar físico y mental de la persona, la prolongación y mejoramiento de la calidad de vida y el disfrute de servicios de salud.
Las obligaciones del Estado respecto al derecho a la protección de la salud son al menos las siguientes: a) que las personas puedan acceder a los servicios de salud sin discriminación de ningún tipo y que se adopten las medidas necesarias para lograr su plena efectividad; b) la realización progresiva, consistente en la ampliación del contenido del derecho a la salud y su garantía; no regresivas o de protección menor; c) los tres tipos o niveles de obligación: respetar, proteger y cumplir los servicios de salud.
La Ley General de Salud, establece que el derecho a la protección de la salud tiene, entre otras finalidades, el disfrute de servicios de salud como las acciones dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad. Se clasifican en tres tipos: de atención médica, de salud pública y de asistencia social. Los servicios de atención médica comprenden actividades preventivas, curativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias y la disponibilidad y acceso a medicamentos y otros insumos esenciales para la salud.
En las últimas décadas la protección efectiva de la salud enfrenta una serie de desafíos que garanticen una atención médica eficaz y segura, que eviten la aparición y propagación de microorganismos patógenos que han adquirido mecanismos de resistencia a los antibióticos a los cuales han sido expuestos, lo que hoy conocemos como resistencia a los antimicrobianos (RAM).
La rápida propagación de bacterias multirresistentes o pan-resistentes, también conocidas como “superbacterias”, causan infecciones que no se pueden tratar con la mayoría de los medicamentos antimicrobianos disponibles o se deben emplear dosis más elevadas y por tiempos más prolongados, poniendo en riesgo al paciente tratado, lo que ha generado una preocupación mundial. Además de ensombrecer el pronóstico de los enfermos, la RAM incrementa el riesgo de diseminación de estos agentes multirresistentes, la aparición de formas graves de enfermedades aumenta el costo del tratamiento, días de estancia hospitalaria, riesgo de secuelas y el aumento de la morbimortalidad.
Dentro de las bacterias que más preocupan al personal de salud que se encuentran en contacto con los enfermos, hay bacterias Gram Negativas, que poseen la capacidad de desarrollar resistencia a casi todos los antimicrobianos (conocido como pan-resistencia), o a casi todos los antibióticos disponibles (lo que se denomina como “resistencia extensa”); dentro de este grupo de bacterias se encuentran las Enterobacterias, Pseudomonas aeruginosa y Acinetobacter baumannii. Cuando las bacterias se vuelven resistentes se reducen las opciones de tratar las enfermedades que provocan, se incrementa el riesgo de complicaciones, y como se ha señalado el riesgo de morir del enfermo.
Antecedentes
En 1928 Alexander Fleming descubrió la penicilina, que fue el origen de los antibióticos que han salvado millones de vidas desde que se comenzaron a usar; al recibir el Premio Nobel de Medicina porsu el descubrimiento de la penicilina, junto con otros científicos, advirtió: a veces, en el propio remedio, también está la enfermedad.
Actualmente se dispone de diversas clases de antimicrobianos, con muy diversos mecanismos de acción y un amplio espectro, sin embargo, el uso indebido y en ocasiones excesivo de los mismos es el principal factor que determina la aparición de patógenos fármaco-resistentes.
Con el desarrollo de la RAM, la falta de acceso a nuevos antimicrobianos eficaces y de calidad es el principal problema que enfrentan los sistemas de salud, siendo más grave el problema en los países de bajo y mediano ingreso. La RAM es la amenaza sanitaria más preocupante a nivel mundial, miles de personas en el mundo mueren por enfermedades causadas por gérmenes multirresistentes. La magnitud del problema es tan importante que desbancará al cáncer como primera causa de muerte en 2050, por lo que se constituye en un riesgo global al que debemos hacer frente.
Desde 2001, la Organización Mundial de la Salud OMS, aprobó la Estrategia Mundial para la Contención de la Resistencia a los Antimicrobianos, resaltó la importancia de su contención a través de diversas resoluciones; en 2016 aprobó un Plan de acción mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos; y en 2021 señaló que más de 700 mil muertes anuales se presentan cada año en el mundo debido a infecciones por bacterias resistentes a los antimicrobianos, lo que se ha convertido en un serio problema de salud pública mundial, que podría ocasionar 10 millones de muertes en los próximos 25 años y dejar pérdidas económicas que superarían los 100 billones de dólares para 2050. Además, quienes sobreviven enfrentan la pérdida de calidad de vida de muchos pacientes que quedan inmunodeprimidos, pasando a ser un grupo vulnerable el resto de su vida.
La OMS ha declarado que la RAM es una de las 10 principales amenazas de salud pública a las que se enfrenta la humanidad, su impacto sobre la economía es considerable, además de muerte y discapacidad, la prolongación de las enfermedades se traduce en una baja productividad de los pacientes y estancias hospitalarias más largas, la necesidad de medicamentos más caros y en un impacto financiero importante para las personas afectadas y el sistema de salud.
La RAM es la capacidad de los microorganismos, como las bacterias, para desarrollar mecanismos de defensa a un antimicrobiano al que antes eran susceptibles; este proceso ocurre cuando se produce la selección natural de microorganismos sobrevivientes a un medicamento que históricamente había sido efectivo en el tratamiento de infecciones. El uso inadecuado de los antibióticos, aunado a una lenta respuesta a identificar y proveer el antibiótico adecuado al paciente en la medicina humana y veterinaria, las malas condiciones y prácticas de higiene en el entorno sanitario facilitan las infecciones en la población.
Sin antimicrobianos eficaces, los resultados de la medicina en el tratamiento de infecciones, especialmente durante cirugía mayor, las cesáreas o los reemplazos de cadera y quimioterapia contra el cáncer y el trasplante de órganos, se verían comprometidos en mayor grado y se volverán más riesgosos.
Los antimicrobianos incluyen antibióticos, antivirales, antifúngicos, antiparasitarios y antiprotozoarios; sustancias activas, de origen sintético o natural que matan a los microorganismos, o inhiben su crecimiento, y que se utilizan en medicamentos comunes que resultan esenciales para prevenir y tratar las infecciones tanto en seres humanos como en animales y plantas. No se debe omitir que estos medicamentos son actualmente la única alternativa para atender infecciones bacterianas.
Otro problema que intensifica la RAM es la venta de productos apócrifos, con los que se sobredosifica o subdosifica a los pacientes y animales.
La RAM es un fenómeno complejo que aparece de forma natural con el tiempo, generalmente por modificaciones genéticas; los organismos resistentes a los antimicrobianos pueden estár presentes en las personas, los animales, los alimentos, las plantas y el medio ambiente (agua, suelo y aire), y pueden propagarse de una persona a otra o entre las personas y los animales. Entre los principales factores de la RAM se encuentran: el uso indebido y excesivo de antimicrobianos; la falta de acceso a agua limpia, saneamiento e higiene, tanto para las personas como para los animales; medidas deficientes de prevención y control de las enfermedades y las infecciones en las unidades de atención de salud y las explotaciones agrícolas; el acceso deficiente a medicamentos, vacunas y medios de diagnóstico asequibles y de calidad; la falta de sensibilización y conocimientos; y el incumplimiento de la legislación.
En la Asamblea Mundial de la Salud de 2015, los gobiernos de los países se comprometieron a aplicar el marco establecido en el Plan de acción mundial (PAM) de 2015, mediante la elaboración y aplicación de planes de acción nacionales multisectoriales.
Por otro lado, la Revista The Lancet publicó el estudio “Carga mundial de resistencia bacteriana a los antimicrobianos en 2019: un análisis sistemático”, señala que la RAM representa una gran amenaza para la salud humana en todo el mundo, por su incidencia en muertes, duración de la estancia hospitalaria y los costos de atención médica para combinaciones específicas de patógenos y medicamentos, este estudio presenta las estimaciones más completas de la carga de RAM hasta la fecha.
Dicho estudio proporciona la primera evaluación integral de la carga mundial de RAM, así como una evaluación de la disponibilidad de datos; destaca que la RAM es una de las principales causas de muerte en todo el mundo, con las mayores cargas en entornos de bajos recursos. Comprender la carga de la resistencia a los antimicrobianos es crucial para tomar decisiones políticas informadas y específicas, en particular sobre los programas de control y prevención de infecciones, el acceso a los antibióticos esenciales y la investigación y el desarrollo de nuevas vacunas y antibióticos; señala que existen serias brechas de datos en muchos entornos de bajos ingresos.
Las organizaciones sanitarias internacionales, insisten en la inaplazable necesidad de que los profesionales de la salud, y solamente ellos, recomienden y prescriban el uso adecuado de antimicrobianos cuando no haya otra alternativa sanitaria, además de adoptar las siguientes acciones destinadas a reducir:
• Fortalecer la prevención y el control de las infecciones en los centros hospitalarios, las explotaciones agrícolas y las instalaciones de la industria alimentaria.
• Garantizar el acceso oportuno y suficiente a las vacunas, el agua potable, el saneamiento y la higiene.
• Implementar y mantener las mejores prácticas en la producción alimentaria y agrícola.
• Garantizar la gestión correcta de los residuos y las aguas residuales de las industrias pertinentes.
En la 79 Reunión de Alto Nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas, los líderes mundiales han adoptado una declaración política enfocada en combatir la resistencia a los antimicrobianos (RAM). Esta declaración busca reducir en 10 por ciento para 2030 las, aproximadamente, 4.95 millones de muertes anuales relacionadas con la resistencia bacteriana a los antimicrobianos.
Entre las acciones acordadas, se enfatiza la necesidad de establecer una financiación nacional sostenible y asegurar 100 millones de dólares en fondos catalizadores. Estos recursos son fundamentales para alcanzar la meta de que al menos el 60 por ciento de los países posean planes nacionales de acción financiados sobre RAM para 2030. Para lograrlo, se propone diversificar las fuentes de financiación e incrementar la participación en el Fondo Fiduciario Multipartito contra la Resistencia a los Antimicrobianos.
Este compromiso global destaca la importancia de la cooperación internacional y el financiamiento estratégico para enfrentar eficazmente el desafío de la RAM.
En ese sentido, la resolución de las Naciones Unidas señala lo siguiente:
• La resistencia a los antimicrobianos se presenta como una de las amenazas más críticas para la salud global y representa un desafío para el desarrollo. La necesidad de intervención inmediata es vital para mantener nuestra capacidad de tratar enfermedades en humanos, animales y plantas, así como para proteger la seguridad alimentaria, nutricional y promover el desarrollo económico, la equidad y un ambiente saludable, en línea con la Agenda 2030 para los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
• Dentro de este contexto, la resistencia a los antibióticos sobresale como un problema global crítico. La disponibilidad de antibióticos efectivos, seguros y asequibles, es esencial para ofrecer servicios de salud de calidad y garantizar el funcionamiento adecuado de los sistemas de salud.
• Es importante destacar que la resistencia a los antimicrobianos afecta a todas las edades y países, sin conocer fronteras, aunque su impacto es mayor en los países en desarrollo y las poblaciones vulnerables. Esto demanda solidaridad mundial, esfuerzos conjuntos y cooperación internacional.
• Alarma el hecho de que la falta de acceso a antimicrobianos y herramientas de diagnóstico adecuados y asequibles, especialmente en naciones en desarrollo, cause más muertes que la propia resistencia a los antimicrobianos. En 2019, se registraron 4.95 millones de muertes relacionadas con infecciones bacterianas resistentes, 1.27 millones de las cuales fueron directamente atribuibles a la resistencia bacteriana, afectando notablemente a los niños menores de cinco años. Sin una respuesta más eficaz, se estima una disminución promedio de 1.8 años en la esperanza de vida global para 2035.
• La pandemia de covid-19 ha revelado deficiencias críticas en la capacidad de prevención y respuesta ante emergencias sanitarias, subrayando los desafíos para abordar la resistencia a los antimicrobianos, especialmente en los países en desarrollo. Fortalecer las medidas de prevención y control de infecciones, como la vacunación y el mejoramiento del agua, el saneamiento y la higiene (WASH), podría prevenir más de 750 mil muertes al año por esta causa en países de ingresos bajos y medios.
• Es necesario ampliar los esfuerzos multisectoriales, involucrando sectores como la agricultura, medio ambiente y educación, para una respuesta integral bajo el enfoque de Una Salud. El compromiso internacional, reafirmado en la resolución 71/3 de la Asamblea General y respaldado por iniciativas recientes como conferencias ministeriales y diálogos de alto nivel, destaca la cooperación global y la solidaridad en la lucha contra esta amenaza.
• Finalmente, es vital reconocer los desafíos socioeconómicos que enfrentan quienes padecen resistencia a los antimicrobianos, implementando un enfoque de atención integral que incluye prevención, diagnóstico y tratamiento, así como apoyo psicosocial y nutricional, para reducir el estigma y la discriminación. El compromiso es reducir las muertes por resistencia bacteriana en un 10 por ciento para 2030, abordando esta problemática compleja y urgente.
En México, se cuenta con avances en la atención de la RAM, en junio de 2018, el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación DOF, el Acuerdo por el que se declara la obligatoriedad de la Estrategia Nacional de Acción Contra la Resistencia a los Antimicrobianos; con el fin de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en el ámbito internacional. Con dicho Acuerdo, se buscó establecer los mecanismos necesarios para poder reducir al máximo la RAM.
La Estrategia Nacional, tiene como objetivo general, “Establecer la Estrategia Nacional que contenga las acciones necesarias que vinculen la salud humana y la salud animal, así como la producción de alimentos, encaminadas a controlar, reducir o, en su caso, eliminar el riesgo que implica la RAM. Al mismo tiempo que se refuerce el uso de los antimicrobianos de manera responsable en México, para garantizar a la población, en la medida de lo posible, la accesibilidad y continuidad de tratamientos exitosos para las enfermedades infecciosas, así como contar con medidas eficaces para su prevención, incluyendo a todos los involucrados en las acciones específicas, la academia, los profesionales de la salud, tanto del sector público como privado, las organizaciones civiles, la industria de los insumos para la salud, así como las asociaciones de profesionales afines.
La presente Estrategia Nacional contra la Resistencia a los Antimicrobianos establece los objetivos y principales estrategias para mejorar el uso de estos importantes medicamentos y combatir la RAM, mismos que deberán adoptarse con un enfoque gradual, en los próximos 5 a 10 años. Los objetivos se estructuran en torno a los cinco objetivos estratégicos establecidos en el Plan de Acción Mundial sobre la Resistencia a los Antimicrobianos.
Recientemente, en noviembre de 2022, se publicó en el DOF, el Acuerdo por el que se modifica el Anexo Único del Acuerdo por el que se declara la obligatoriedad de la Estrategia Nacional de Acción contra la Resistencia a los Antimicrobianos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2018.
La revisión y actualización del Acuerdo derivó de los trabajos realizado entre integrantes del Consejo de Salubridad General, como la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, quienes consideraron necesario actualizarlo conforme al contexto nacional y la estructura del sector salud.
El acuerdo que modifica el anexo único mantiene los objetivos de la Estrategia con algunas precisiones, pero modifica la parte final referida a la Gobernanza, donde precisa que, la implementación de sus acciones queda bajo las atribuciones de las secretarías de Salud; Agricultura y Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como los Institutos Nacionales de Salud y las Secretarías de Salud Estatales.
El Acuerdo modificatorio de 2022, destaca que, en México se han documentado diferentes aspectos relacionados con el uso inadecuado de antimicrobianos y la RAM; entre ellos, la prescripción inadecuada de antibióticos, sobre todo para infecciones virales auto limitadas, como infecciones respiratorias agudas (IRA); la tendencia creciente de utilización de antibiótico de amplio espectro.
Avances
Respecto de la RAM, nuestro país tiene registro y ha reportado una creciente resistencia en patógenos causantes de infecciones comunes a nivel comunitario; así como la ocurrencia de brotes hospitalarios causados por bacterias multirresistentes. También se ha documentado la presencia de antibióticos en aguas residuales.
En el ámbito de la salud humana, señala que se han integrado diversos hospitales y laboratorios en redes de vigilancia de la RAM; además se han analizado cerca de 23 mil aislamientos lo que ha demostrado que los patrones de multirresistencia de Acinetobacter sp., Klebsiella sp. y Escherichia coli y la resistencia a carbapenémicos en grupos específicos de enterobacteria merecen especial atención en México y que los enterococos resistentes a vancomicina y Staphylococcus aureus resistente a meticilina (MRSA) tienen una alta prevalencia en nuestros hospitales.
Cabe señalar que se ha avanzado en el desarrollo e implementación de guías de tratamiento que contribuyen al uso apropiado de los antibióticos. Un paso muy importante fue la regulación de la venta de antibióticos desde mayo de 2010, con la cual estos se dispensan en farmacias sólo con receta médica, con lo cual disminuyó el nivel de consumo de antibióticos de auto prescripción.
Otro avance relevante fue la designación en 2020, por parte de la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación de la Unidad Integral de Servicios, Diagnóstico y Constatación (UISDC) del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), como Centro de Referencia, equiparándola con otros seis centros en Reino Unido, Dinamarca, Tailandia, Alemania, Estados Unidos y Francia; lo que permite apoyar la implementación de Estrategia para crear conciencia entre la sociedad sobre la importancia del uso adecuado de los antimicrobianos en la sanidad de los animales, mejorar la capacidad de diagnóstico, hacer más eficiente la vigilancia epidemiológica, así como promover las buenas prácticas, fortalecer la gobernanza y motivar el uso responsable de los medicamentos.
Por otro lado, la OMS y Organización Panamericana de la Salud (OPS) designaron en 2019 a la Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Senasica, como Centro Colaborador en materia de RAM de bacterias transmitidas por alimentos y ambientales; con lo cual se fortaleció la capacidad analítica del país para la vigilancia de la RAM en la cadena de producción de vegetales frescos y bienes de origen animal mediante la implementación de tecnologías de vanguardia.
• No obstante lo anterior, es necesario reforzar las acciones para atender la RAM, como lo señala la OMS en el reciente Informe del sistema mundial de vigilancia de la resistencia y el uso de antimicrobianos (GLASS): 2022, dado a conocer en diciembre del año pasado. Dicho informe destaca elevados niveles de resistencia en bacterias causantes de septicemias potencialmente mortales, así como una creciente resistencia a los tratamientos en varias bacterias que provocan infecciones comunes entre la población, según se desprende de los datos comunicados por 87 países en 2020.
El informe señala el incremento en la resistencia de ciertos patógenos, así como el aumento de los mismos, lo cual erosiona la medicina moderna y pone millones de vidas en peligro, como lo señaló el director general de la OMS, en la presentación del informe, llamó a conocer la magnitud de la amenaza mundial y a organizar una respuesta de salud pública eficaz contra las antibiorresistencias, para lo que debemos multiplicar los análisis microbiológicos y generar datos de calidad garantizada en todos los países, y no solo en los más ricos.
Derivado de la actualización de 2022, se exige que para la inclusión de antibióticos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, se requieara la clasificación AWaRe de la OMS en cuanto a acceso, vigilancia y reserva.
En México, el Instituto Nacional de Salud Pública INSP señala que la resistencia antimicrobiana resulta tan apremiante como otras enfermedades prioritarias tales como la malaria, la tuberculosis, el cáncer o el sida. Algunos factores que deben tenerse en cuenta para abordar el grave problema de salud pública son: la ausencia de un cuerpo regulatorio que controle eficazmente el uso y la venta de antimicrobianos; la prescripción inadecuada y la automedicación con estos medicamentos; y la escasa información disponible sobre resistencia antimicrobiana.
Semana Mundial de Concienciación sobre el Uso de los Antimicrobianos de 2022, bajo el lema “Prevengamos juntos la resistencia a los antimicrobianos”, llamó a la colaboración intersectorial con vistas a preservar la eficacia de estos importantes productos, los cuales deben ser utilizados con prudencia y adoptar otras medidas preventivas.
La presente iniciativa busca establecer la base legal para atender de manera eficaz el grave problema de salud pública que representa la resistencia a los antimicrobianos PAM, con la fuerza jurídica de la ley, busca establecer con toda claridad las atribuciones y responsabilidades de los diversos actores involucrados y las acciones que permitan su atención.
Para ello, entre otras plantea:
1. Establecer como materia de Salubridad General la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos y las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud;
2. Establece como objetivo del Sistema Nacional de Salud, coordinar y ejecutar las acciones de la Estrategia Nacional de Prevención y el Control de la Resistencia a los Antimicrobianos y las correspondientes al control de las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud;
3. Señala expresamente que será el Consejo de Salubridad General el que tendrá a su cargo establecer y conducir la Estrategia Nacional de Prevención y el Control de la Resistencia a los Antimicrobianos, así como los mecanismos necesarios para su seguimiento y evaluación periódica.
4. Establece que será la Federación y las entidades federativas, las responsables de la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos y las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud;
5. Establece algunas de las acciones que debe incluir la Estrategia Nacional de Prevención y el Control de la Resistencia a los Antimicrobianos, entre ellas:
El fortalecimiento y vigilancia de la resistencia a los antimicrobianos y la promoción del uso adecuado de antimicrobianos, así como la atención y control de las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud en las unidades médicas y hospitalarias; las campañas de concientización y la comprensión con respecto a la resistencia a los antimicrobianos, para el personal de salud y la población en general.
También, las acciones para generar conocimiento y evidencia de la resistencia a los antimicrobianos a través del seguimiento, vigilancia y la investigación, tanto en salud humana como en salud animal; y las medidas para reducir la incidencia de las infecciones, a través de la utilización adecuada de los agentes antimicrobianos, de las medidas preventivas, de higiene y sanitarias efectivas, tanto en salud humana como en salud animal.
Las acciones pertinentes para asegurar una inversión sostenible para la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos; y los mecanismos de regulación adecuada y fiscalización de agentes antimicrobianos.
Finalmente, las medidas para garantizar que los productos de importación y exportación se encuentren alineados a las acciones de prevención y control de los antimicrobianos.
Sin duda, los cambios propuestos a nuestra legislación se convertirán en una herramienta útil y eficaz para enfrentar la resistencia antimicrobiana y los graves efectos que tiene sobre la salud de las personas.
Conforme a lo expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de resistencia antimicrobiana
Único. Se adicionan: una fracción XII Bis al artículo 3; una fracción VIII y un último párrafo al artículo 6; un apartado D y un último párrafo al artículo 13; un artículo 133 Bis; y un último párrafo al artículo 359; y se reforma el último párrafo del artículo 194, todos de la Ley General de Salud para quedar como sigue:
Artículo 3o. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:
I. a XII. ...
XII Bis. La prevención y el control de la resistencia antimicrobiana, en el ámbito de su competencia y las Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud;
XIII. a XXVIII. ...
Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:
I. a VIII. ...
VIII. Coordinar y ejecutar las acciones de la Estrategia Nacional de Prevención y el Control de la Resistencia Antimicrobiana y las correspondientes al control de las Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud;
IX. a XII. ...
El Consejo de Salubridad General tendrá a su cargo emitir y conducir la Estrategia Nacional de Prevención y el Control de la Resistencia Antimicrobiana, así como los mecanismos necesarios para su seguimiento y evaluación periódica.
Artículo 13. La competencia entre la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:
A. ...
B. ...
C. ...
D. Corresponde a la Federación y, a las entidades federativas en lo que corresponda, la prevención y el control de la resistencia antimicrobiana en la salud pública y las Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud, señalada en la fracción XII Bis del artículo 3 de esta ley.
La Secretaría, en coordinación con las dependencias y entidades de gobierno que corresponda, realizarán las acciones de prevención y el control de la resistencia antimicrobiana, relacionada con productos de origen animal o vegetal destinados al consumo humano.
Artículo 133 Bis. La Estrategia Nacional de Prevención y el Control de la Resistencia Antimicrobiana, incluirá:
I. Las acciones para fortalecer la vigilancia de la resistencia a los antimicrobianos y la promoción del uso adecuado de antimicrobianos, así como la atención y control de las Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud en las unidades médicas y hospitalarias;
II. En materia de farmacovigilancia, medidas que fortalezcan la colaboración con la autoridad sanitaria, con el sector privado, con los profesionales de la salud y con los pacientes, conforme a las disposiciones aplicables vigentes;
III. Las acciones para garantizar un acceso equitativo a los medicamentos esenciales, incluyendo antimicrobianos, para todas las personas, especialmente las más vulnerables;
IV. Las medidas necesarias para incentivar la investigación y el desarrollo de nuevos antibióticos;
V. Las medidas para promover una mayor colaboración entre los sectores público y privado de salud humana, animal y vegetal, así como con el sector ambiental, para implementar estrategias coordinadas de prevención y control de la resistencia antimicrobiana;
VI. Las acciones para fortalecer los sistemas de información correspondientes, considerando la creación, desarrollo y divulgación de un registro nacional que permita conocer la situación de la resistencia a los antimicrobianos en México;
VII. Las medidas para reducir la incidencia de las infecciones, a través de la utilización adecuada de los agentes antimicrobianos, de las medidas preventivas, de higiene y sanitarias efectivas, tanto en salud humana como en salud animal;
VIII. Las acciones para implementar un sistema de monitoreo de la resistencia antimicrobiana en el medio ambiente, incluyendo agua, suelo, alimentos y animales, para identificar los puntos críticos y desarrollar estrategias de mitigación;
IX. La investigación y desarrollo de métodos de diagnóstico rápidos, asequibles y precisos para identificar infecciones resistentes;
X. Los mecanismos de regulación gradual, adecuada y fiscalización de agentes antimicrobianos, y productos antimicrobianos apócrifos;
XI. Las campañas de concientización y la comprensión con respecto a la resistencia a los antimicrobianos, para el personal de salud, profesiones afines y la población en general;
XII. La participación activa del sector académico, a través de la inclusión de contenidos relacionados con la resistencia a los antimicrobianos en los planes de estudio y en las actividades tendientes a la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud;
XIII. Las acciones para el conocimiento y la evidencia de la resistencia a los antimicrobianos a través del seguimiento, vigilancia y la investigación, tanto en salud humana como en salud animal;
XIV. Las acciones pertinentes para asegurar la asignación presupuestal y su incremento de acuerdo con las necesidades para la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos;
XV. Las demás que el Consejo de Salubridad General considere necesarios para la atención eficaz de la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos y el control de las Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud.
Artículo 194. Para efectos de este título, se entiende por control sanitario, el conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de los productores, comercializadores y consumidores, con base en lo establecido en las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones aplicables.
...
I. a III. ...
...
El control sanitario del proceso, importación y exportación de medicamentos, estupefacientes y substancias psicotrópicas y las materias primas que intervengan en su elaboración, compete en forma exclusiva a la Secretaría de Salud, en función del potencial de riesgo para la salud que estos productos representan ; así como, en coordinación con las autoridades correspondientes, la vigilancia y control de productos destinados al consumo que permitan controlar, reducir o, en su caso, eliminar el riesgo que implica la resistencia antimicrobiana.
Artículo 359. La Secretaría de Salud notificará a la Organización Mundial de la Salud de todas medidas que haya adoptado, de modo temporal o permanente, en materia de sanidad internacional. Asimismo, informará a esta misma organización y con la oportunidad debida, sobre cualquier caso que sea de interés en la vigilancia epidemiológica de las enfermedades que se citan en el Reglamento Sanitario Internacional, las que puedan originar epidemias o cualesquiera otras que considere de importancia notificar.
En materia de resistencia antimicrobiana establecer y participar en los acuerdos internacionales que permitan acción conjunta.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán de manera progresiva con cargo al presupuesto aprobado para los ejecutores de gasto que correspondan, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos en el presente ejercicio fiscal.
Tercero. El Consejo de Salubridad General expedirá la Estrategia Nacional de Prevención y el Control de la Resistencia Antimicrobiana en los 180 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
Cuarto. La Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizarán las acciones pertinentes para asegurar la asignación presupuestal y su incremento de acuerdo con las necesidades para la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos.
Notas
1 Ver, párrafo segundo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud...”,
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm, 28 de mayo de 2019.
2 Ver, Ley General de Salud en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgs.htm
3 Ver,
https://www.paho.org/es/noticias/3-3-2021-resistencia-antimicrob iana-pone-riesgo-salud-mundial#:~: text=M%C3%A1s%20de% 20700%20mil%20muertes,p%C3%A9rdidas%20econ%C3%B3micas%20que%20superar%C3%ADan%2 0los
4 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/antimicrobial-resistance
5 https://www.thelancet.com/journals/lancet/article/PIIS01406736(21) 02724-0/fulltext
6 https://codigof.mx/semana-mundial-de-concientizacion-sobre-el-uso-de-los-antimi crobianos-2022-prevengamos-juntos-la-resistencia-a-los-antimicrobianos/
7 https://www.who.int/es/news/item/26-09-2024-world-leaders-commit-to-decisive-ac tion-on-antimicrobial-resistance
8 https://www.gob.mx/senasica/documentos/resistencia-a-los-antimicrobianos?state= published#:~: text=octubre%20de%202019-, La%20Estrategia%20Nacional%20de%20Acci%C3%B3n%20contra%20la%20Resistencia%20a%2 0los,de%20la%20RAM%20en%20los
9 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5670896&fecha=09/ 11/2022#gsc.tab=0
10 https://www.insp.mx/avisos/semana-mundial-de-concientizacion-sobre-el-uso-de-an timicrobianos-2022
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputados y diputadas: Éctor Jaime Ramírez Barba, Carmen Rocío González Alonso, Eva María Vázquez Hernández, Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, María Angélica Granados Trespalacios, Paulina Rubio Fernández (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Salud, para su dictamen.
Asimismo, esta Presidencia hace suya la felicitación que ha hecho el doctor Ramírez Barba a la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado, hoy, en su cumpleaños. Felicidades, diputada... Sí, claro que sí. Se instruye a la Secretaría se ingrese de manera completa el discurso del diputado. Gracias, diputado.
LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 7 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Adelante, diputado.
El diputado Francisco Adrián Castillo Morales:Muy buenas tardes. Con su venia, diputada presidenta. Saludo a mis compañeras y compañeros diputados de esta honorable Cámara. Quiero aprovechar este espacio para enviar un saludo muy especial a los 12 municipios que integran el distrito 4 federal, que yo represento. Y en los cuales tenemos pueblos originarios muy importantes, como lo son los pueblos shiwí y el pueblo teenek, a quienes desde esta tribuna les envío un fraterno saludo.
Mi padre es de origen indígena, de un municipio que se llama Aquismón, uno de los 20 municipios que conforman la Huasteca Potosina. Y así como mi padre fue marginado, a quien no se le dio la oportunidad de poder acceder a educación, que no tuvo la oportunidad de acceder a un espacio laboral. Y así como él, muchos pueblos originarios han sido marginados, relegados, pisoteados en su dignidad. Pero que hoy, a través de un servidor, les damos voz. Así que llevo sangre huasteca, orgulloso de mis raíces, de mi cultura y afortunado de representarlo en ésta, la Casa del Pueblo.
En nuestro país habitan 68 pueblos indígenas, cada uno hablante de una lengua originaria propia, las cuales se organizan en 11 familias lingüísticas y que derivan en 364 variantes dialectales. Según el Inegi, 25.7 millones de personas se manifiestan como indígenas, 12 millones mencionan vivir en hogares indígenas y 7.4 millones de personas se encuentran registradas como hablantes de una lengua indígena, señalándose que el 43 por ciento de los hablantes de una lengua indígena no concluyeron la educación primaria, mientras que en el 55 por ciento se desempeñan en trabajos manuales de baja calificación.
Los pueblos indígenas enfrentan problemas sustanciales de discriminación en el ejercicio de sus derechos. Una prioridad es combatir la exclusión generalizada a través de políticas públicas. Si bien existen programas que atienden exclusivamente a los habitantes de comunidades indígenas, es esencial atender las omisiones que obstaculizan la interacción entre comunidades y las dependencias de gobierno.
La ubicación física de las dependencias de gobierno tiende a estar alejada de las zonas rurales, donde la mayor parte de las personas originarias se concentran, así que acudir a alguna instancia gubernamental representa importantes costos de transporte, de traslado y de tiempo.
En materia de delitos electorales, debe ser uno de los más reprochables atentar contra la libertad de decisión de los ciudadanos, pero más profundamente a nuestros hermanos indígenas pues, aunque parezca admirable, aun en nuestra tierra mexicana y de más de 500 años, aún su derecho a la participación política, como lo determina la Carta Magna, no está a cabalidad.
Los indígenas y los pueblos afromexicanos representan nuestras raíces y cualquier ofensa a su voluntad es deleznable, cuando se les vulnera, intimida, sobaja, se atenta contra su dignidad, ya sea en lo individual o en lo colectivo, pues en sus principios de colectividad como pueblos originarios está siempre el de la participación en la toma de decisiones para conservar lo que tienen, para construir lo que quieren y para defender su dignidad y su libertad.
Por lo expuesto, someto a su consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto, por el que se adiciona al artículo 7 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales un segundo párrafo a quienes cometan delitos a los pueblos indígenas y afromexicanos, en donde se establezcan sanciones ejemplares con penas más severas cuando se trate de intimidación, manipulación o se ejerza presión, y cuando se trate de pueblos indígenas y afromexicanos aumentará la multa al doble mencionada en el párrafo y prisión de 5 a 10 años.
No más abuso en aquellas voces que no son escuchadas, que han sido discriminadas, que han sido invisibilizadas, que han sido violentadas y vulneradas. Es cuanto. Muchísimas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 7o. Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Francisco Adrián Castillo Morales, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 7 Bis de la Ley General en materia de Delitos Electorales, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn el territorio mexicano habitan 68 pueblos indígenas, cada uno hablante de una lengua originaria propia, las cuales se organizan en 11 familias lingüísticas y se derivan en 364 variantes dialectales, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI, 25.7 millones de personas, es decir el 21.5 por ciento de la población, se manifiesta como indígena, y los12 millones de habitantes es decir el 10.1 por ciento de la población mencionan vivir en hogares indígenas, el 6.5 por ciento de la población nacional se encuentra registrada como hablante de una lengua indígena, representando al 7.4 millones de personas.
Aún se continúan las comunidades originarias vulnerables en el tema de desigualdad, según un acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, 69.5 por ciento de la población indígena, 8.4 millones de personas, experimenta situación de pobreza; y 27.9 (3.4 millones de personas), de pobreza extrema. De los hablantes de alguna lengua indígena, 43 por ciento no concluyó la educación primaria, mientras que 55.2 desempeña trabajos manuales de baja calificación.
Los pueblos indígenas enfrentan problemas sustanciales de discriminación en el ejercicio de sus derechos, una prioridad es combatir la exclusión generalizada de los pueblos indígenas a través de políticas públicas, hay programas que atienden exclusivamente a los habitantes de comunidades indígenas esencial atender las omisiones que obstaculizan la interacción entre comunidades indígenas y dependencias de gobierno.
La ubicación física de las dependencias de gobierno tiende a estar alejada de las zonas rurales, donde la mayor parte de las personas indígenas se concentra. Así, que acudir a alguna instancia gubernamental representa importantes costos de transporte y tiempo.
En materia democrática mexicana se ha visto que aún existe susceptibilidad en cometerse conductas ilícitas, con ello en una población indígena en ser vulnerable y que exista la vinculación al derecho penal, para garantizar la sanción y al bien jurídico de proteger el voto.
En el artículo 2o., Apartado A, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que es un derecho de los pueblos y comunidades indígenas:
... Elegir de acuerdo con sus sistemas normativos a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal, la soberanía de los Estados y la autonomía de la Ciudad de México. En ningún caso, sus sistemas normativos limitarán los derechos político-electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales...
Por lo tanto, en materia electoral es necesario regular el marco jurídico cuando se encuentren involucrados como sujetos pasivos a los pueblos indígenas y afromexicanos, derivado que siguen existiendo conductas ilícitas por su descornamiento, desigualdad o ignorancia.
Ley General en materia de Delitos Electorales
Por lo expuesto someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 7 Bis de la Ley General en materia de Delitos Electorales
Único. Se adiciona el párrafo segundo del artículo 7 Bis de la Ley General en materia de Delitos Electorales, para quedar como sigue:
Artículo 7 Bis. Se impondrá de trescientos a seiscientos días multa y prisión de cuatro a nueve años a quien, utilizando bienes, fondos, servicios o beneficios relacionados con programas sociales, ejerza cualquier tipo de presión sobre el electorado para votar o abstenerse de votar por una o un candidato, partido político o coalición, o bien para participar o abstenerse de participar en eventos proselitistas, o para votar o abstenerse de votar por alguna opción durante el procedimiento de consulta popular.
Cuando se trate de la intimidación, manipulación o se ejerza presión, para los pueblos indígenas y afromexicanos aumentara la multa al doble mencionada en el párrafo anterior y prisión de cinco a diez años de prisión.
TransitoriosPrimero. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Notas
1 “Numeralia indígena 2015”, en Indicadores Socioeconómicos de los Pueblos Indígenas de México, 2015”, CDI, México, 2015, en
https://www. mx/inpi/articulos/indicadores-socioeconomicos-de-los-pueblos-indige- nas-de-mexico-2015-116128
2 “Medición de pobreza 2018. Población según pertenencia étnica”, Coneval, México, 2018, disponible en
https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/Publishin-lgImages/Pobreza _2018/POBLACION_PERTENENCIA_ETINICA.jpg
3 “Por mi raza hablará la desigualdad. Efectos de las características étnico-raciales en la desigualdad de oportunidades en México”, Oxfam, 2018, disponible en
https://www.oxfammexico.org/sites/default/files/Por%20mi%20raza% 20hablara%20la%20desigualdad_0.pdf
4 chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/
5 https://www.conapred.org.mx/wp-content/uploads/2
6 https://www.iwgia.org/es/mexico/3745-mi-2020-mexico.html
Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2024.– Diputado Francisco Adrián Castillo Morales (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para su dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo. Adelante, diputado.
El diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo:Iniciativa para adicionar un Capítulo XII Ter a la Ley Federal del Trabajo. Con su venia, diputada presidenta.
Hoy, comparezco ante esta soberanía con el honor de presentar una iniciativa que refleja el compromiso inquebrantable de nuestro país con la justicia social y la dignidad del trabajo. Esta propuesta no surge en el vacío, responde a una realidad que ha estado presente en nuestras calles, en nuestros barrios, en nuestras vidas cotidianas, la realidad de miles de mexicanas y mexicanos que con esfuerzo y dedicación han hecho del trabajo en plataformas digitales una pieza indispensable de la economía moderna.
Han sido de engranaje, que a pesar de las dificultades y la falta de reconocimiento han seguido impulsando el desarrollo de nuestro país. Son más de medio millón de trabajadoras y trabajadores que a lo largo y ancho de nuestro país han encontrado en este esquema laboral no solo una fuente de ingreso, sino una manera de sustentar a sus familias con el fin de reconocer su invaluable contribución, esta iniciativa propone incorporar un capítulo, el XII Ter, en la Ley Federal del Trabajo.
Que representa un paso concreto hacia la regulación del trabajo en plataformas digitales para la adquisición de bienes y servicios a domicilio. La propuesta establece los conceptos legales de estas personas trabajadoras, como aquellas que prestan sus servicios de manera subordinada y les garantiza los mismos derechos consagrados en nuestra Constitución.
Reconoce además que la jornada laboral comienza desde el momento que los trabajadores se conectan a la plataforma y estipula que el patrón es la persona física o moral que gestiona y supervisa su labor. Este detalle es crucial ya que asegura que la responsabilidad por las condiciones laborales recae en quienes tienen el control de la plataforma, sin que los trabajadores asuman costos adicionales por las herramientas que utilizan para desempeñar su labor.
Uno de los aspectos más esenciales de esta reforma es el acceso a la seguridad social, un derecho que no puede seguir siendo visto como un privilegio reservado para unos pocos, sino como una garantía universal, no importa si la labor se lleva a cabo en una oficina, en las calles de nuestra ciudad o a través de una aplicación digital, que cada trabajador merece la misma protección, seguridad y respecto.
Esta es la oportunidad de colocar un pilar firme en la protección de quienes han adaptado las nuevas formas de trabajo y han demostrado su valía día tras día en nuestro país. Esta propuesta busca respaldar su esfuerzo, asegurando que la ley reconozca su labor con los derechos y la protección que merece.
No se trata solo de hacer justicia en papel, sino de construir una realidad en que la dignidad laboral sea tangible y se refleje en la vida cotidiana de cada trabajador. Garantizar la dignidad laboral debe ser una meta central en cualquier proyecto de nación que aspire a un desarrollo genuino y sustentable. Esta es la esencia de un México que no solo sueña con un futuro mejor, sino que trabaja incansablemente para alcanzarlo, colocando a sus trabajadores en el corazón de su avance, porque un país que protege y valora a quienes hacen posible su crecimiento, es un país que avanza con fuerza, equidad y justicia hacia un porvenir más prometedor.
La presidenta Claudia Sheinbaum ha dejado claro que su compromiso con los trabajadores de nuestro país, enfatizando que no puede haber un esquema de trabajo que esté fuera de la ley. Esta reforma encarna claramente esa visión y va más allá de proteger a los trabajadores, busca construir un sistema laboral que reconozca y respete su esfuerzo, ofreciendo condiciones justas y un trabajo digno.
Estamos aquí para actuar con decisión, para cumplir con nuestra responsabilidad de mejorar las condiciones de vida de quienes sostienen nuestra economía digital. Esta reforma es un paso valiente, un avance firme y decidido hacia un futuro en el que el trabajo en todas sus formas será respetado y valorado, buscando que cada trabajador se sienta protegido y valorado, porque la justicia social, la dignidad y la protección laboral deben ser el fundamento sobre el cual se construye un México que avanza y prospera por todos y para todos. Los trabajadores de plataformas digitales en México son una realidad, son de carne y hueso. Hagamos que sus derechos laborales sean reales. Que así sea. Gracias, presidenta.
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones a Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
El que suscribe, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un capítulo XII Ter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de seguridad social para las personas trabajadoras de plataformas digitales, con base en la siguiente
Exposición de MotivosAnte el confinamiento social por la pandemia del Covid-19 en 2020, surgieron nuevas tendencias de consumo a través de plataformas digitales o “aplicaciones de delivery”, las cuales permiten a las personas acceder a toda clase de bienes y servicios, solo con un click y directamente hasta su domicilio.
En esta modalidad de consumo, los compradores (usuarios digitales) adquieren los bienes o servicios en línea y son entregados por personas encargadas de realizar el traslado, mediante la plataforma digital o “aplicación de delivery”. Esta plataforma diseñada y/o operada por alguna empresa que emplea la “gestión algorítmica” para rastrear y mapear las rutas que habrán de seguir las personas encargadas de realizar el traslado de los bienes o servicios, también permite a los usuarios calificar el servicio de la entrega con “estrellas” o “puntajes” e incluso, los usuarios y los repartidos pueden tener comunicación por mensajes en tiempo real.
En 2021, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estimó que había al menos 500 mil trabajadores como choferes o repartidores mediante plataformas digitales, no obstante, no existe información exacta sobre el número de personas que realizan trabajo en línea.
Uno de los servicios más demandados es la entrega de comida a domicilio, el cual creció 300 por ciento respecto a los niveles prepandemia (entre el 3 al 5 por ciento), de tal manera que hoy representan alrededor del 20 por ciento de los ingresos de la industria restaurantera, lo que ha convertido a este modelo en uno de los más importantes para el sector. Algunas de las app más utilizadas en México son: Sin Delantal, Cornershop, Rappi, UberEats, Postmates, Didi Food, TaDa Delivery de Bebidas.
Estos datos resaltan que las plataformas digitales de trabajo o “aplicaciones de delivery” han tomado especial relevancia en el contexto laboral y han cambiado los modelos de negocios a nivel global, transformando el esquema de empleo dando lugar a nuevas formas de trabajo, pero con ello, también derivó la necesidad de ajustar la legislación vigente a los nuevos retos asociados a los derechos de las personas trabajadoras de estas plataformas digitales.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) indicó que el trabajo en las plataformas digitales suele caracterizarse por remuneraciones inferiores al salario mínimo, flujos impredecibles de ingresos y ausencia de protecciones laborales que se observan en una relación de trabajo formal.
Las condiciones que caracterizan al trabajo en plataformas, tanto en línea como in situ, son las siguientes (INDESIG, 2022; Aparicio, Bensusán, Bizberg, et al, 2021; OIT, 2022; OIT, 2023):
1. Inexistencia de un contrato laboral. Solo firman los “términos y condiciones” establecidos por la plataforma. Tampoco existen mecanismos para que las personas trabajadoras soliciten reparación por cuestiones relacionadas con la relación laboral.
2. Exclusión de prestaciones como sueldo base, seguro social, vacaciones o aguinaldo, debido a que las plataformas los reconoce como “socios”, lo que los ubica como trabajadores independientes.
3. Insuficiencia de trabajo disponible. Es común que las plataformas registren un número de trabajadores mayor que el necesario, lo que provoca subempleo, bajos precios y la necesidad de trabajar más horas para conseguir ingresos suficientes.
4. Riesgos para la salud, derivados del excesivo tiempo dedicado al trabajo ante la necesidad de incrementar los ingresos, y para la seguridad.
5. Pago de tarifas para acceder a las tareas o servicios de las plataformas, lo cual reduce el ingreso de las personas que trabajan mediante plataformas e incluso impide el acceso para algunas.
6. Pérdida del ingreso ante la cancelación de servicios solicitados o el rechazo de tareas ya realizadas, sin procedimientos para reclamar.
7. Incertidumbre sobre los criterios con que los algoritmos asignan tareas y servicios, así como sobre el uso de los datos personales que recaban las plataformas.
8. Limitaciones para ejercer la libertad de asociación y la libertad sindical debido a la dispersión geográfica de las y los trabajadores y la dificultad para generar una conciencia colectiva, la frecuente rotación de trabajadores y el temor a las represalias contra los trabajadores que intentan organizarse para demandar derechos.
9. Discriminación, acoso y exclusión de la asignación de servicios por razones de género, discapacidad, etnia, vestimenta u otras características personales.
Por otra parte, las y los trabajadores de plataformas digitales se han organizado para socializar sus demandas y defender sus derechos, frente a la precariedad laboral en la que se encuentran por la falta de reconocimiento jurídico por lo que presentaron el documento denominado “Manifiesto de Piso Mínimo de las y los Trabajadores de Plataformas Digitales” en busca de justicia laboral e igualdad de género.
Esta iniciativa pretende visibilizar el estado de precariedad de las condiciones laborales y de seguridad social de las personas trabajadoras por plataformas digitales para la adquisición de bienes y servicios en México, como portavoz de las distintas asociaciones que se han pronunciado para defender sus derechos consagrados por la Organización Internacional del Trabajo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social.
Es importante destacar que la presente iniciativa fue originalmente presentada durante la LXV Legislatura, reafirmando mi compromiso con este tema fundamental. La propuesta ha sido elaborada con el objetivo de continuar impulsando el reconocimiento y protección de los derechos de los trabajadores de plataformas digitales. Sin embargo, considerando la relevancia y urgencia del tema, hoy se presenta nuevamente con ajustes y actualizaciones para adecuarse a las circunstancias actuales y con el firme propósito de que sea aprobada en la LXVI Legislatura.
Con el propósito de apreciar de manera más analítica la propuesta, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un Capítulo XII Ter a la Ley Federal de Trabajo
Único. Se adiciona un Capítulo XII Ter a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Capítulo XII TerTrabajo por plataformas digitales
330 L. Trabajo por plataformas digitales es aquel realizado de manera subordinada por el que, las personas trabajadoras reciben instrucciones a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones digitales y similares para la geolocalización, para prestar servicios de transporte, entrega de comida, así como reparaciones y servicios para el hogar.
330 M.- Las personas trabajadoras por plataformas digitales serán aquellas personas físicas que presten sus servicios de manera subordinada, con recursos propios o proporcionados por una persona física o moral, en términos del artículo anterior y gozarán de los mismos derechos consagrados en el apartado A) del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
330 N.- La jornada laboral de las personas trabajadoras de plataformas digitales se computará con o sin orden de trabajo activa, desde que las personas trabajadoras se conecten a la plataforma digital.
330 Ñ. Se considera patrón de la persona trabajadora de plataformas digitales a las personas físicas o morales que, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones digitales y similares, define los mecanismos para el reclutamiento de las y los trabajadores; establece el precio de los servicios; cobra comisiones a los clientes; vincula de forma automática a las y los trabajadores con los clientes; hace uso de la gestión algorítmica para la organización; asignación y evaluación del trabajo y, supervisa el trabajo mediante herramientas digitales.
El patrón, deberá mostrar absoluto respeto a las personas trabajadoras, evitando conductas de violencia o un ejercicio abusivo del poder con motivo de la relación de trabajo, que pudiera dañar la dignidad e integridad personal, especialmente de las mujeres.
330 O.- El salario se fijará, en común acuerdo del patrón con la persona trabajadora, conforme a lo establecido en el capítulo V de esta ley.
Cuando el salario se fije por orden de trabajo, las personas trabajadoras tienen derecho a un aumento proporcional en caso de prolongación o retardo del término normal de la orden de trabajo por causa que no les sea imputable y se pagará, conforme a lo acordado, aun cuando se indique la interrupción del servicio.
Las propinas otorgadas no conformarán parte del salario, ni podrán ser retenidos por el patrón; estas deberán entregarse de manera directa e íntegra a la persona trabajadora al ser otorgadas.
330 P.- Las aplicaciones digitales se consideran como el instrumento de trabajo, por lo que la provisión, y todo aquello que conlleve a su funcionamiento, es responsabilidad del patrón.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.En cumplimiento a la fracción XXIX del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los patrones contarán con un plazo de 30 días naturales, a partir de la publicación del presente decreto, para inscribir a las personas trabajadoras al régimen de seguridad social obligatorio.
Tercero.- Corresponderá a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social la vigilancia para el cumplimiento del presente decreto.
Notas
1 Disponible en:
https://idconline.mx/laboral/2023/08/28/trabajadores-de-platafor mas-digitales-sin-derechos-laborales
2 Ventas de restaurantes por apps de delivery crecen 300% tras pandemia de Covid, El Financiero. Disponible en:
https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/2023/08/01/ventas-de-re staurantes-por-apps-de-delivery-crecen-300-tras-pandemia-de-covid/
3 Las plataformas digitales y el futuro del trabajo: cómo fomentar el trabajo decente en el mundo digital, Organización Internacional del Trabajo. Disponible en:
https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/–dgreports/–dcomm/–publ /documents/publication/wcms_684183.pdf
4 Plataformas digitales de trabajo y trabajo decente, Instituto Belisario Domínguez (2023) Disponible en:
http://www.bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/12345 6789/6043/NE%20195_plataformas%20digitales%20y%20trabajo%20decente.pdf?sequence =1&isAllowed=y
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 22 de octubre de 2024.– Diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su dictamen.
Esta Mesa Directiva da la bienvenida y saluda a las y los estudiantes de la Unitec, campus Los Reyes, invitados por los diputados Ernesto Sánchez, Verónica Pérez y José Mario Íñiguez. Bienvenidas, bienvenidos.
Esta Mesa Directiva también saluda a estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, de la Universidad de Celaya, invitados por la diputada Mariana Benítez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena. Sean ustedes bienvenidos, bienvenidas. Gracias.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Adelante, diputada.
La diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez:Con la venia de la Presidencia.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
La diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez: Compañeras y compañeros legisladores, comparezco ante ustedes con el propósito de presentar una iniciativa que atiende al mandato constitucional aprobado el día de ayer en esta misma tribuna en el que se reconoce la obligación del Estado de implementar deberes reforzados para la protección de niñas, niños y mujeres víctimas de violencias.
Por ello, es fundamental el fortalecimiento de la Ley General de Salud para llenar un vacío legal que hasta hoy perdura, porque no se contemplan disposiciones para la atención médica de niñas y mujeres víctimas de violencia.
Los datos de la Secretaría de Salud reflejan la gravedad del problema, por citar, tan solo en 2022 se registraron 32 mil 171 personas entre 1 y 17 años que recibieron atención en hospitales de México por haber sido víctimas de violencia familiar.
Por su parte, la Organización Mundial de la Salud ha señalado las afectaciones a la salud de las mujeres derivadas de dichas violencias que comprenden afectaciones físicas, como fracturas, traumatismos craneales, hasta situaciones extremas de discapacidad. Otras consecuencias puede ser el suicidio, la muerte relativa al VIH, síndromes de dolor crónico, desórdenes gastrointestinales, embarazos no deseados, complicaciones durante el embarazo y aborto espontáneo.
Sobre el deterioro psicológico, se conoce que la violencia causa trastornos de diversa índole con efectos negativos en la salud mental, como estrés postraumático, aislamiento, enfermedades psicosomáticas y dificultades en el rendimiento docente o laboral. Se plantea que en promedio las mujeres afectadas por la violencia pierden el 20 por ciento de su vida saludable, es decir, en promedio 8 años de su vida.
Este panorama expuesto evidencia que la violencia contra las mujeres no es un fenómeno aislado ni un problema menor, es una emergencia de salud pública y una muestra de rezago legislativo que aún enfrentamos en término de igualdad sustantiva.
Esta iniciativa incluye reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley General de Salud, como el artículo 3, el 6o., el 7o. y a los artículos 13, 27 y 51 Bis, en los que se proponen cambios estructurales y programáticos para que la violencia de género sea considerada de interés prioritario y su abordaje se realice con los enfoques de derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad e interseccionalidad que la realidad exige.
Por ello, propongo que sea materia expresa de salubridad general el diseño y ejecución de políticas de prevención y atención de las violencias contra las mujeres y niñas en términos de lo previsto por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
También, se propone establecer la obligatoriedad de incorporar la perspectiva de género en todos los servicios de salud relacionados con la violencia de género, considerando que la atención a niñas y mujeres tiene carácter prioritario.
Esto significa que cada institución que brinde servicio de prevención y atención deberá contar con protocolos de atención, canalización y urgencias conforme a los estándares internacionales de protección. Además, se incluye que la obtención del consentimiento informado deberá realizarse con perspectiva de género.
También se plantea la adición de un capítulo específico al Título Tercero, relacionado a la presentación de servicios de salud que regulará la atención de niñas y mujeres víctimas de violencia.
Esta incorporación es vital, ya que reconoce expresamente el carácter prioritario de su atención, enfatizando la necesidad de estrategias articuladas entre la Secretaría de Salud y los gobiernos estatales.
Con este marco se busca que la prevención y atención de las violencias contra las niñas y mujeres no sean esfuerzos aislados sino políticas públicas integrales diseñadas e implementadas con una visión de Estado. El compromiso de Morena es claro, las mujeres tenemos derechos y uno fundamental es una vida libre de violencias.
Mi propuesta abona a las 11 iniciativas presentadas por nuestra presidenta la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, para garantizar el logro de la igualdad sustantiva y la protección a todos los derechos de las niñas y mujeres en nuestro país. Por su atención y respaldo a la presente iniciativa, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Alma Lidia de la Vega Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl impacto que la violencia de género tiene en la salud de las mujeres es de amplio espectro, pudiendo darse síntomas específicos y aislados o completos. En este sentido, se ha considerado que la mejor forma de conceptualizar el impacto en la salud es definir la violencia contra las mujeres como un factor de riesgo (o vulnerabilidad) para la mala salud. Asimismo, se ha señalado que la violencia contra las mujeres implica una carga sustancial para los sistemas de salud, ya que es un predictor muy fuerte de visitas al servicio médico y eleva el costo de la consulta externa. Las mujeres agredidas buscan atención médica dos veces más que quienes no experimentan esta situación, es decir, se incrementa el número de consultas y por ende el costo al sistema de salud. Además, a pesar de que hay evidencia del alto costo de la violencia contra las mujeres para este sector, su atención como problema de salud pública se ha dificultado, pues requiere de otros dispositivos de atención a la enfermedad y de abordajes intersectoriales e interdisciplinarios. Por lo anterior, se ha señalado que se trata de una problemática que “estalla el paradigma de la salud pública clásica”.
La violencia contra las mujeres está estrechamente ligada al campo de los derechos humanos y a la condición de ciudadanía, su análisis en el campo de la salud requiere complejizarse desde paradigmas intersectoriales que incluyan condiciones de vida y determinantes sociales de la salud. Desde esta perspectiva se subraya, por lo general, que la violencia contra las mujeres forma parte del amplio espectro de las inequidades de género.
Para identificar el impacto de la violencia en razón de género en la salud de las mujeres, es necesario incorporar el modo en que las asimetrías sociales entre mujeres y hombres determinan, de manera diferencial, el proceso salud-enfermedad-atención de ambos grupos genéricos. Se trata de asimetrías jerárquicas que se articulan y que son fuentes de inequidad en nuestras sociedades; así se establecen perfiles de morbimortalidad específicos y modelos de gestión diferenciales de la enfermedad.
Al abordar la salud de mujeres y hombres con perspectiva de equidad, nos percatamos de que, en su mayoría, los problemas femeninos están basados en cuestiones relativas al empoderamiento y a la carencia de recursos. Por su parte, las problemáticas de los hombres se refieren a los costos que deben enfrentar para poder sostener o no la hegemonía y, por lo tanto, son cuestiones ligadas a los excesos y a la exposición a riesgos.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) obtenidos a través de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, en 2021, a nivel nacional, del total de mujeres de 15 años y más, 70.1 por ciento han experimentado al menos un incidente de violencia, que puede ser psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o discriminación en al menos un ámbito y ejercida por cualquier persona agresora a lo largo de su vida.
En 9 entidades de la República la prevalencia de mujeres que han vivido violencia a lo largo de su vida se asemeja a la nacional (70.1): Aguascalientes, Ciudad de México, Colima, Coahuila, Estado de México, Jalisco, Querétaro, Sonora y Yucatán.
La violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (51.6 por ciento), seguida de la violencia sexual (49.7 por ciento), la violencia física (34.7 por ciento) y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (27.4 por ciento).
Mientras que, de octubre 2020 a octubre 2021, 42.8 por ciento de las de mujeres de 15 años y más experimentaron algún tipo de violencia, la violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (29.4 por ciento), seguida de la violencia sexual (23.3 por ciento), la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (16.2 por ciento) y la violencia física (10.2 por ciento).
Respecto de 2016, los resultados de 2021 muestran un incremento de 4 puntos porcentuales en la violencia total contra las mujeres a lo largo de la vida.
Las entidades federativas donde las mujeres de 15 años y más han experimentado mayor violencia a lo largo de su vida son: Estado de México (78.7 por ciento), Ciudad de México (76.2 por ciento) y Querétaro (75.2 por ciento). En tanto que los estados con menor prevalencia son: Tamaulipas (61.7 por ciento), Zacatecas (59.3 por ciento) y Chiapas (48.7 por ciento).
De acuerdo con las estadísticas del Sistema Integrado de Estadísticas sobre Violencia contra las Mujeres, tan solo en el 2022, 25 por ciento el total de ingreso fue de 69, 625 mujeres por lesiones y violencia de las mujeres ingresaron por violencia familiar, 5 por ciento por violencia no familiar, 1.7 por ciento auto infringido.
Respecto a las mujeres que han acudido al menos a una institución o autoridad en busca de ayuda entre las mujeres que han sido alguna vez víctima de violencia física, y/o sexual infringida por su pareja se observa un incremento del 2016 al 2021 a nivel nacional pasando de un 11.6 a 13.6. superando los 18 puntos porcentuales Sonora (21), Baja California Sur (19.8), Quintana Roo (19.6), Hidalgo (19.1), Yucatán (18.8) y Tabasco (18.6).
La Organización Mundial de la Salud (OMS), que desempeña una función clave acerca de la violencia contra la mujer como un problema de salud pública e igualdad de género ha señalado las afectaciones a la salud de las mujeres, derivadas de dichas violencias que comprenden:
• Consecuencias letales, tales como el homicidio o el suicidio.
• Lesiones físicas, afectando al 42 por ciento de las mujeres que son víctimas de violencia por parte de su pareja, quienes reportan alguna forma de lesión como resultado de esta.
• Problemas de salud reproductiva, incluyendo embarazos no deseados, abortos inducidos, complicaciones ginecológicas e infecciones de transmisión sexual (ITS), entre ellas el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH). Según el estudio de 2013 de la OMS sobre la carga de salud relacionada con la violencia contra las mujeres, aquellas que han experimentado maltrato físico o abuso sexual tienen un riesgo 1.5 veces mayor de contraer ITS, incluido el VIH, en comparación con las mujeres que no han sido víctimas de violencia de pareja. Asimismo, estas mujeres tienen el doble de probabilidades de sufrir abortos.
• La violencia de pareja durante el embarazo incrementa el riesgo de aborto espontáneo, muerte fetal, parto prematuro y bajo peso al nacer. El mismo estudio de 2013 reveló que las mujeres víctimas de violencia de pareja tienen un 16 por ciento más de probabilidad de sufrir un aborto involuntario y un 41 por ciento más de riesgo de parto prematuro.
• Las consecuencias psicológicas incluyen depresión, trastorno de estrés postraumático y otros trastornos de ansiedad, insomnio, trastornos alimentarios e intentos de suicidio. El análisis de 2013 establece que las mujeres víctimas de violencia de pareja tienen casi el doble de probabilidad de sufrir depresión y problemas con el consumo de alcohol.
• Otras afectaciones a la salud incluyen cefaleas, síndromes de dolor crónico (como dolor de espalda, abdomen o pelvis), trastornos gastrointestinales, limitación en la movilidad y deterioro general de la salud.
• La violencia sexual, en particular durante la infancia, puede incrementar el consumo de tabaco y drogas, así como la adopción de conductas sexuales de riesgo. Asimismo, se asocia tanto a la perpetración de actos violentos por parte de los hombres como al sufrimiento de estos por parte de las mujeres.
• Para abordar esta problemática, la OMS ha establecido una serie de estrategias fundamentales:
• Promover la investigación y el acopio de datos probatorios que permitan visibilizar la magnitud de la violencia contra la mujer, sus factores de riesgo, sus consecuencias y las intervenciones eficaces de prevención y respuesta.
• Desarrollar directrices, herramientas y establecer normas y criterios para garantizar una respuesta sanitaria efectiva frente a la violencia contra las mujeres.
• Fortalecer la capacidad de los sistemas de salud nacionales y de los proveedores de atención sanitaria para prevenir y responder a la violencia contra la mujer.
• Fomentar el liderazgo en los sistemas de salud y estimular la voluntad política para abordar la violencia contra la mujer, mediante la promoción y la creación de alianzas estratégicas.
Durante las recientes décadas, se han desarrollado diversos estudios y diagnósticos para develar datos que permiten conocer las respuestas institucionales ante las violencias contra las mujeres como un asunto de salud pública lo que permite identificar los enormes desafíos que los países del mundo deben enfrentar de manera articulada entre las diversas autoridades en todos los niveles y órdenes de gobierno.
En ese tenor, un estudio señala que la violencia contra las mujeres no solo causa un daño inmediato, sino que también tiene consecuencias graves y de largo alcance. El impacto en la salud de las mujeres es devastador, y el efecto traumático para quienes son testigos de dicha violencia es igualmente prolongado.
Investigaciones adicionales, como la realizada por Hilberman y colaboradores (citados por Koss, 1989), indican que, en un análisis de 120 mujeres que recibieron atención y evaluación psiquiátrica, y posteriormente fueron interrogadas sobre violencia en el hogar, 60 de ellas resultaron haber sido víctimas de violencia por parte de su pareja. Sin embargo, de acuerdo con el instrumento de evaluación psiquiátrica utilizado, solo 4 de ellas habían sido identificadas como tales.
En otro estudio realizado por los mismos autores, se revisaron historias clínicas del servicio de urgencias de un hospital, donde se encontró que 20 de cada 100 pacientes mujeres eran víctimas de violencia de género. Asimismo, se determinó que la mitad de las lesiones o heridas por las cuales acudieron al servicio de urgencias habían sido resultado de violencia familiar o doméstica.
De acuerdo con Tiburcio, Natera y Berenzon, en contraste, otro conjunto de investigaciones sugiere que las mujeres que sufren abusos enfrentan mayores obstáculos para acceder a la atención de salud. Esto se relaciona con la idea de que los problemas de salud mental que presentan las mujeres maltratadas dificultan que reconozcan la gravedad de su situación, lo que a su vez les impide protegerse adecuadamente, buscar ayuda o identificar las instituciones a las que pueden recurrir. En México, algunos datos epidemiológicos permiten estimar la proporción de mujeres que utilizan servicios médicos como resultado de agresiones. Por ejemplo, en las unidades de urgencia médica, la violencia intrafamiliar ha sido identificada como el tercer tipo de violencia más frecuente, después de la riña y el asalto.
Una investigación realizada en salas de urgencias en Pachuca, Hidalgo, revela que, por cada tres hombres atendidos por lesiones relacionadas con violencia interpersonal, una mujer es ingresada. En la mayoría de los casos, las lesiones que presentan las mujeres son causadas por personas conocidas o por sus parejas.
De manera similar, en un estudio llevado a cabo en la Ciudad de México se encontró que el 16 por ciento de las personas atendidas por lesiones intencionales eran víctimas de violencia doméstica; de estos casos, el 76 por ciento correspondía a mujeres, principalmente agredidas por sus cónyuges o novios.
La mayoría de los estudios que analizan el uso de servicios por parte de mujeres maltratadas se enfocan en la atención de lesiones físicas en salas de urgencias, mientras que la información sobre la atención a problemas de salud mental y los costos asociados a esta atención es limitada.
Además, algunos estudios señalan que las mujeres no siempre recurren en primera instancia a fuentes formales de atención, lo cual puede deberse a barreras estructurales, como la disponibilidad y accesibilidad de los servicios, o a factores culturales, relacionados con creencias y valores asociados a los roles de género. Incluso cuando las mujeres acceden a los servicios formales de atención, suelen percibir un bajo nivel de interés por parte de los prestadores de servicios y consideran que sus necesidades no son plenamente atendidas.
De acuerdo con la especialista española Blanca Coll Vinent Puig, los servicios de salud pueden desempeñar un papel crucial en el apoyo a las mujeres que sufren violencia, dado que la mayoría de ellas acuden a estos servicios en algún momento de su vida. En particular, los servicios de urgencias constituyen uno de los primeros puntos de protección social al que recurren las víctimas, debido a que están disponibles las 24 horas, permiten un acceso libre y pueden abordar problemas médicos relacionados con el maltrato. No obstante, es importante considerar que muchas de estas mujeres no acuden por lesiones físicas directamente asociadas al abuso. En muchos casos, los motivos de consulta son manifestaciones subagudas o encubiertas del maltrato, lo que a menudo representa una solicitud implícita de ayuda o apoyo.
El personal de urgencias se encuentra, por tanto, en una posición privilegiada para la detección temprana de casos de violencia, para el diagnóstico de lesiones físicas y psicológicas relacionadas con el maltrato, así como para intervenir de manera oportuna en los casos identificados.
Sin embargo, el personal sanitario de urgencias rara vez sospecha que sus pacientes puedan estar viviendo situaciones de violencia. Esta falta de detección se debe a la presencia de diversas barreras, tanto en las mujeres que sufren violencia como en los propios profesionales de la salud.
Cabe destacar que el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres a través de los Programas Federales como el Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género y el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF) respectivamente han impulsado diversas políticas públicas en colaboración con las entidades federativas para la atención multidisciplinaria y de manera articulada para atender las violencias contra las mujeres, particularmente en el tema que nos ocupa, la atención médica de las consecuencias de las violencias contra niñas y mujeres.
Asimismo, la propia Secretaría de Salud a través del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva ha diseñado instrumentos de políticas públicas que desde la perspectiva de género orientan la atención de servicios médicos a mujeres víctimas de violencias. Asimismo, se han instrumentado Unidades Médicas con Prevención y Atención a la Violencia.
Por su parte el Instituto Nacional de Salud Pública, a petición expresa de esta H. Cámara de Diputados durante la LX legislatura, elaboró el Manual para el responsable del Programa de reeducación para víctimas y agresores de violencia en pareja.
Aunque existen ya planes, programas, protocolos y metodologías de atención sanitaria de las violencias contra las niñas y las mujeres, la Ley General de Salud no ha sido reformada ni armonizada con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, de tal forma que estas políticas públicas carecen de un marco normativo que permita instrumentar estrategias más robustas fundamentadas en la ley de la materia, lo que pone en riesgo que dichas políticas permanezcan e incluso se fortalezcan, lo que pone en riesgo un principio fundamental de derechos humanos como lo es la progresividad.
Asimismo, al considerarse un derecho el acceso de las mujeres a una vida libre de violencias, y ser considerado un problema de salud pública la atención a las niñas y mujeres víctimas y no contar con la obligación expresa en la Ley General de Salud, se contraviene también el principio constitucional pro persona de las mujeres y niñas que requieren los más altos estándares en la atención sanitaria ante los riesgos a la salud, física, mental y/o sexual.
Se hace necesaria la armonización legislativa con perspectiva de género de un marco protector para la debida intervención del estado ante un problema de salud pública, que como se observa en párrafos anteriores, requiere reforzar el derecho de una atención médica de calidad y adecuada con perspectiva de género y enfoques intercultural, interseccional y de infancias que garantice servicios sanitarios especializados.
Reforzar un derecho implica fortalecer los marcos normativos bajo los estándares internacionales y nacionales en materia de derechos humanos que cimenten las políticas públicas que el ejecutivo pueda instrumentar, y en el caso de la atención médica a la salud, existe un retraso legislativo ya que de facto ya se han diseñado e implementado políticas públicas a lo largo de los últimos años, por lo que esta iniciativa contribuye a normar adecuadamente las decisiones públicas que ya se implementan.
Con esta propuesta de reforma legislativa, se reconoce el carácter prioritario de la atención médica integral a mujeres víctimas de violencia y se establece la obligatoriedad de incorporar el enfoque de derechos humanos, perspectiva de género e infancia, así como los enfoques interseccional e intercultural.
Se dota expresamente de atribuciones al Sistema Nacional de Salud, lo que permitirá la fundamentación de las políticas públicas que ya implementa de facto. Asimismo, se faculta expresamente al Instituto Nacional de Salud Pública y el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva para que coadyuven con las instituciones de atención a la salud para emitir recomendaciones para instrumentar las acciones del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Por ello, conforme los argumentos vertidos, presento ante esta soberanía la siguiente
Propuesta legislativa
V. Decreto
Por lo expuesto que se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prevención y atención a niñas y mujeres víctimas de violencia.
Único. Se reforman los artículos 3o. adicionando la fracción XXVII Ter; 6o. adicionando la fracción XIII; 7o. adicionando la fracción II Ter; 13, inciso B, fracción I; 27 adicionando la fracción XII; 51 Bis 2 adicionando el último párrafo; se adicionan el Capítulo VI Bis denominado “Atención a niñas y mujeres víctimas de violencia” y los artículos 71 Bis; 71 Ter, y 71 Quáter de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 3o.- En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:
I. a XXVII Bis ...
XXVII Ter. Diseñar la política de prevención, atención y erradicación de las violencias contra las niñas y mujeres en términos de lo dispuesto por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
XXVIII. ...
...
Artículo 6o.- El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:
I a XII. ...
XIII. Diseñar e impulsar políticas públicas con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género e interseccional la atención integral e interdisciplinaria a niñas y mujeres víctimas de violencias.
...
Artículo 7o.- La coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta:
I a II Bis. ...
II Ter. Impulsar estrategias coordinadas entre las instituciones del Sistema Nacional de Salud para garantizar acciones de prevención y acciones para la atención médica con perspectiva de género y enfoque de derechos a niñas y mujeres víctimas de violencias con especial énfasis en grupos de atención prioritaria.
III a XV. ...
...
Artículo 13. La competencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:
A...
I a X. ...
B. Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales:
I. Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren las fracciones II, II Bis, IV, IV Bis, IV Bis 1, IV Bis 2, IV Bis 3, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXVI , XXVII Bis y XXVII Ter, del artículo 3o. de esta Ley, de conformidad con las disposiciones aplicables;
I Bis. a VII. ...
C...
...
Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I. a XI. ...
XII. La prevención y atención de las violencias contra niñas y mujeres.
...
Artículo 51 Bis 2.- Los usuarios tienen derecho a decidir libremente sobre la aplicación de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos ofrecidos. En caso de urgencia o que el usuario se encuentre en estado de incapacidad transitoria o permanente, la autorización para proceder será otorgada por el familiar que lo acompañe o su representante legal; en caso de no ser posible lo anterior, el prestador de servicios de salud procederá de inmediato para preservar la vida y salud del usuario, dejando constancia en el expediente clínico.
...
...
...
...
...
...
...
...
Tratándose de casos de violencias contra niñas y mujeres, para la obtención del consentimiento informado se realizará con perspectiva de género, quedando prohibidas prácticas que constituyan violencia institucional en términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres Víctimas de Violencias.
Asimismo, se garantizará el derecho a la libre determinación, al libre desarrollo de la personalidad y se garantizará la aplicación de las normas oficiales mexicanas relativas a la atención a la violencia contra las niñas y mujeres.
...
Capítulo VI BisAtención a niñas y mujeres víctimas de violenciaArtículo 71 Bis. La atención a niñas y mujeres víctimas de violencias tiene carácter prioritario.
En las estrategias y políticas públicas de prevención y atención integral a niñas y mujeres, se deberá incorporar el enfoque de derechos humanos, el principio pro persona, el interés superior de la infancia, la perspectiva de género, el enfoque intercultural y el enfoque interseccional.
En la atención a niñas y mujeres víctimas de violencia, se garantizará la libre autodeterminación, el libre desarrollo de la personalidad, asegurando servicios disponibles, accesibles, de calidad y aceptables por las usuarias.
Tratándose de la atención a la salud de las niñas y mujeres, se deberá considerar el contexto, los factores sociales y la violencia contra niñas y mujeres a efecto de erradicar los estereotipos de género en la atención a la salud.
Artículo 71. Ter. Los servicios de prevención y atención a la violencia contra niñas y mujeres comprenden:
I. Proporcionar información y asesoría especializada a las niñas y mujeres sobre la atención integral e interdisciplinaria.
II. Establecer y actualizar las Normas Oficiales Mexicanas para la atención y protección de las mujeres víctimas de diversos tipos de violencias.
III. Establecer y actualizar los modelos y protocolos de atención, canalización, urgencias de niñas y mujeres víctimas de género conforme los estándares internacionales de protección.
IV. Establecer políticas de prevención de violencia obstétrica y violencia institucional en términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que eviten la victimización secundaria.
V. Diseñar programas reeducativos integrales a las víctimas y a las personas agresoras.
VI. Diseñar e implementar programas de capacitación y formación para el personal de salud para la atención de niñas y mujeres víctimas de violencia en los términos del artículo anterior.
Artículo 71. Quáter. La Secretaría de Salud a través del Instituto Nacional de Salud Pública y el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva coadyuvarán con las instituciones de atención a la salud para emitir recomendaciones para instrumentar las acciones del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres de conformidad con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia.
Para efectos del párrafo anterior, la Secretaría de Salud en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán acciones en materia de prevención y atención de las violencias contra mujeres dirigidas a poblaciones de atención prioritaria.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Ruiz Pérez I. Medición de la Violencia contra la Mujer: catálogo de instrumentos. Granada, España: Escuela Pública de Salud Andaluza; 2008.
2 Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, Programa Mujer, Salud y Desarrollo. Diagnóstico Centroamericano de las Organizaciones Gubernamentales y no gubernamentales que realizan acciones en relación con la violencia y la violencia intrafamiliar en el nivel local/nacional. San José de Costa Rica: OPS/OMS; 1998.
3 Caravantes L, Guido L. La violencia intrafamiliar en la reforma del sector salud. En Costa AM, Tajer D, Hamman E, compiladores. Salud, equidad y género. Un desafío para las políticas públicas. Brasilia: Editorial Universidad de Brasilia; 2000.
4 Como la edad, la etnia y la clase social, entre otras. De ahí la importancia del uso de la interseccionalidad que nos permite identificar como las desigualdades atraviesan la vida de las personas mediante las diversas condiciones subjetivas que en su conjunto crean nuevas categorías.
5 Tajer D. Heridos corazones. Vulnerabilidad coronaria en varones y mujeres. Buenos Aires: Paidós; 2009.
6 Cada 5 años, el INEGI publica la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) que es la encuesta que se ha desarrollado en México y que ofrece un panorama estadístico que permite conocer la prevalencia de los diversos tipos y modalidades de violencias contra las mujeres de conformidad con la conceptualización de la Ley General; permite estimar la extensión y la gravedad de las violencias que sufren las mujeres de 15 años o más en nuestro país y otro punto relevante es que mide las agresiones no letales y aquellas que no se denuncian, es decir es un instrumento de análisis que se suma a otras fuentes de información oficiales.
7 Cabe resaltar que muchas mujeres no expresan las violencias que viven, particularmente en comunidades y pueblos originarios porque existen desigualdades estructurales que incluso dejan fuera de todas las estadísticas a mujeres con diversas condiciones y la de pertenecer a pueblos originarios es una de las causas de los sesgos en las estadísticas oficiales.
8 Fuente de la información Subsistema de Lesiones y causas de violencia, 2010-2022.
9 Sitio web de la Organización Mundial de la Salud:
https://www.who.int/es/health-topics/violence-against-women#tab= tab_3
10 El estudio se realiza en 10 países con diferentes características culturales, políticas y económicas: Bangladesh, Brasil, Etiopía, Japón, Namibia, Perú, Samoa, Serbia y Montenegro, Tailandia y Tanzania.
11 Instituto de la Mujer Oaxaqueña. (2009) Protocolo para la atención médica de los casos de violencia de género para las mujeres.
12 Híjar M, Avila—Burgos L, Valdez—Santiago R. ¿Cuándo utilizan servicios de salud las mujeres que viven en condiciones de violencia de pareja? Salud Mental 2006;29(6): 57—64.
https://www.scielosp.org/pdf/spm/2003.v45n4/252-258/es
13 Valdez R, Juárez C. Impacto de la violencia doméstica en la salud mental de las mujeres: Análisis y perspectivas en México. Salud Mental 1998; 21(6): 1—10.
14 Ramos L, Borges G, Cherpitel C, Medina—Mora ME, Mondragón L. Violencia doméstica, un problema oculto en el sistema de salud. El caso de los servicios de urgencias. Revista Salud Fronteriza 2002; 7(1): 43—55.
15 Hijar, ídem.
16 Tiburcio Sainz, Marcela, Natera Rey, Guillermina, & Berenzon Gorn, Shoshana. (2010). Utilización de servicios de atención a la salud mental en mujeres víctimas de violencia conyugal. Salud mental, 33(3), 243-248. Recuperado en 16 de octubre de 2024, de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 0185-33252010000300005&lng=es&tlng=es.
17 Coll-Vinent B. (2008) Violencia y maltrato de género (II). Una aproximación desde urgencias. Área de Urgencias Hospital Clínica Villarroel, España.
https://www.researchgate.net/profile/Blanca-Coll-Vinent/publicat ion/28221954_Violencia_y_maltrato_de_genero_II_una_aproximacion_desde_urgencias /links/54525cd60cf26d5090a3435e/Violencia-y-maltrato-de-genero-II-una-aproximac ion-desde-urgencias.pdf
18 Sitio web de las Unidades Médicas con Prevención y Atención a la Violencia.
https://www.gob.mx/salud/cnegsr/documentos/servicios-especializa dos-de-atencion-a-la-violencia-239006
19 Disponible en:
http://cnegsr.salud.gob.mx/contenidos/descargas/PrevAtnViol/Manu alReeducaPiolPar.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputada. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Se concede el uso de la palabra a la diputada Evangelina Moreno Guerra y al diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por 2 minutos 30 segundos cada uno, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o., 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adelante.
La diputada Evangelina Moreno Guerra:Con su venia, diputada presidenta. Estimadas y estimados colegas, vengo a presentar a esta soberanía una iniciativa de reforma constitucional que reconoce el derecho a un cuidado digno y les reconoce derechos laborales a aquellas personas que cuidan a familiares, ya sea por alguna discapacidad o por ciclo de vida.
Diputadas y diputados, esta iniciativa pretende visibilizar la labor del cuidado que históricamente ha sido menospreciada y en la mayoría de los casos una actividad relegada a las mujeres, quienes de manera altruista y sacrificando muchos ámbitos de su vida personal se ha obligado a cuidar a uno o a varios de sus seres queridos.
El cuidado como una actividad no remunerada debe terminar. Las personas que decidan cuidar a sus familiares con algún tipo de discapacidad o por ciclo de vida, deben tener oportunidades y tener acceso a derechos, a políticas públicas y a servicios que brinde el Estado mexicano.
Estimados colegas, les comparto, con su respectiva dosis de ternura, de cariño, a esta iniciativa le llamamos Ley Sami, porque Samantha, una niña con síndrome de Down ha sido una inspiración, para los que la conocemos y que luchamos por erradicar la discriminación estructural que sufren las personas con discapacidad en México, pero, sobre todo, Sami es la prueba fehaciente de que cuando una persona con discapacidad tiene la ventaja de contar con una persona cuidadora, como Verónica, quien es su mamita, ya va a tener un mayor número de oportunidades y un desarrollo más integral que aquellas personas discapacitadas que no cuentan con alguien que las cuide.
Es por todo lo anterior que estoy aquí, parada frente a ustedes, para presentar esta iniciativa que busca que la labor de las personas cuidadoras como Verónica, quien han renunciado a muchos proyectos personales para cuidar a su hija Sami, sea reconocida y valorada, porque cuando cuidamos a las y los cuidadores, abonamos a promover también una vida más digna y humana para las personas que necesitan ser cuidadas. Es cuanto, diputada presidenta.
El diputado Fernando Jorge Castro Trenti:Gracias. Quiero dirigirme en forma muy particular y con razones y motivos esencialmente de valores y de ética, valores morales y de ética, dirigirme a las distintas fuerzas parlamentarias que constituyen y conforman este pleno.
Me quiero referir, tratándose de una reforma a la Constitución, que involucra tres artículos, el 4o, el 73 y el 123 en sus dos apartados. Yo quiero hacerles un llamado, una solicitud plena y expresa de que apoyen esta iniciativa, que se sumen, que hagan suya la iniciativa, puesto que lo que pretende es, en primerísimo lugar, darle -en la reforma al artículo 4o. constitucional-, incorporar el derecho a ser cuidado y el derecho a cuidar como parte esencial de los derechos del individuo.
El artículo 73, la reforma que planteamos es para darle en forma expresa atribuciones al Congreso para conocer de este tipo de iniciativas. Y, el artículo 123, en relación a ambos apartados, tiene que ver con que estamos planteando que haya un reconocimiento económico, un ingreso, una percepción para quienes realizan esta función, pero también prever una percepción para aquél que tiene la necesidad primaria, por razones de capacidad, la necesidad de ser cuidado.
En ambos casos, como ustedes se darán cuenta, muchos, todos estamos sujetos a la eventualidad de necesitar ser cuidados. Nadie estamos ajeno a esto. Todos también tenemos una posibilidad de tener que cuidar a alguien más, una posibilidad que nos comprometa a cuidar a alguien más. En estos casos no darle un sustento legal. Ahora que llegamos aquí de diferentes orígenes y en diferentes condiciones, sería como faltar a nuestros deberes con la sociedad.
Yo los invito y las invito, a nombre de Evangelina, que es una extraordinaria dirigente, una gran mujer, un gran ser humano, las invito, por favor, a que hagan suya esta iniciativa y que juntos trabajemos para plasmarla en los mejores términos y condiciones. Gracias por la atención, con su permiso. Esperamos que así sea.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
La diputada Patricia Mercado Castro (desde la curul): Presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputado. Un momentito. La diputada Patricia Mercado, ¿con qué objetivo?
La diputada Patricia Mercado Castro (desde la curul): Gracias, presidenta. Pues aceptar el llamado que hace el diputado para adherirnos a su iniciativa. Y solicitarle también, nosotros el día de hoy también presentamos, aquí el diputado Raúl, a nombre de la bancada de Movimiento Ciudadano, pues una propuesta muy similar a la que usted proponiendo. Entonces nos sumamos a la que han presentado y solicitamos también con la misma confianza y con la misma intención, que también la nuestra, digamos, sean analizadas, y ojalá conciten el consenso de toda esta Cámara de Diputados. Gracias.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna:¿Diputado Trenti, diputada Eva?
El diputado Fernando Jorge Castro Trenti: Lo aceptamos con enorme gusto y nos sumamos.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Muchas gracias, diputada.... ¿Diputada Zavala, con qué objetivo?
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (desde la curul): Sí, nos adherimos... Bueno, a lo dicho también por la diputada Patricia Mercado, por el Sistema Nacional de Cuidados que es importante que le demos marcha hacia adelante.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Muchas gracias. Y quien más desee adherirse, está la iniciativa aquí en la Secretaría para su firma.
Queremos agradecer y saludar la presencia en este salón de sesiones del excelentísimo señor Haytham Almalki, embajador del Reino de Arabia Saudita en México, quien sostuvo un fructífero encuentro con el diputado Sergio Gutiérrez Luna, presidente de esta Mesa Directiva. Esta Cámara de Diputados, le da la más cordial bienvenida y hace votos por el fortalecimiento de las relaciones de amistad, diálogo y cooperación entre nuestras naciones. Sea usted bienvenido, señor embajador. Gracias.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra el diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 13 de la Ley General de Educación.
El diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas:Con su venia, diputada presidenta.
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.
El diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas: Estimadas compañeras y compañeros legisladores, para mi es un, bueno, es un honor presentar esta iniciativa, ya que para mí y la formación que tuve desde casa, la educación siempre ha sido uno de los pilares fundamentales de la preparación y el desarrollo de cualquier mexicano o mexicana, pero también de cualquier individuo a nivel mundial. Y soy de los que cree que la educación es esa llave que abre todas las puertas y que les ofrece libertad a todos los seres humanos en cuanto a lo que el conocimiento de derechos implica.
Y hoy vivimos una nueva realidad no solamente en México, a nivel mundial. Los efectos que tenemos y que estamos viviendo sobre el cambio climático en mucha o gran medida han sido parte por un modelo económico que tanto le ha hecho daños a nuestro país. Y me refiero el modelo económico neoliberal, que lo único que les preocupa a ellos son las utilidades o los rendimientos que van a tener en el sector privado a costa de cualquier cosa, a costa de derechos laborales, a costa de incluso el tema de los recursos naturales y ambientales.
Por eso es que hoy toma relevancia el concepto para que dentro de los programas educativos en nuestro país y, sobre todo, en este segundo piso de la cuarta transformación, que encabeza nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum Parado, que la economía circular esté presente desde la formación de nuestras futuras generaciones.
Actualmente se está preparando y valorando una Ley General de Economía Circular. Hay estados incluso que a nivel local ya lo tienen como ley, como lo es el ejemplo de Baja California y de Quintana Roo.
Y estoy plenamente convencido que con el apoyo de todas y de todos ustedes vamos a poder lograr introducir este no tan nuevo concepto, porque ya tiene muchos años, desde que se sugirió en la Organización de las Naciones Unidas. Pero que por esta voracidad capitalista ha costado mucho trabajo que forme parte del colectivo.
Si nosotros estamos hablando de la transformación de las conciencias, si nosotros estamos hablando del humanismo mexicano, todo lo que tiene que ver con el respeto al medio ambiente también tiene que quedar no solamente en ley, sino como parte de la formación a través de programas académicos y educativos.
Así es que por esto estamos proponiendo en esta iniciativa el agregar un quinto párrafo, un artículo décimo tercero a la Ley General de Educación. De manera que podamos contribuir hacia un futuro más sostenible, más sustentable y, por supuesto, más resiliente. La educación también forma parte de los pilares de esta nueva administración que está iniciando. Y quiero retomar rápido, ya para concluir, unas palabras que dijo ayer el secretario de Educación en su visita a esta soberanía, en la instalación de la Comisión de Educación. Donde él refirió que un pueblo con educación garantizará nuestra transformación.
Es cuanto, diputadas y diputados. Espero que puedan apoyar esta iniciativa. Y no sin antes decirles que, como orgulloso integrante del Grupo Parlamentario de Morena, la cuarta transformación también es sustentable y sostenible. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 13 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado federal Mario Miguel Carrillo Cubillas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma al artículo 13 de la Ley General de Educación, bajo la siguiente
Exposición de MotivosLa educación es uno de los pilares fundamentales para el desarrollo de cualquier sociedad. No solo es el medio por el cual los individuos adquieren conocimientos y habilidades, sino que también es un factor clave en la promoción de la equidad, la cohesión social y el progreso económico. A lo largo de la historia, los sistemas educativos han sido el motor de la transformación social, impulsando la creación de nuevas oportunidades y el avance de civilizaciones enteras; su papel como herramienta de movilidad social, su función en la formación de ciudadanos responsables, y su impacto en la innovación y el crecimiento económico.
1. Educación como herramienta de movilidad social
La educación ha sido históricamente reconocida como una de las principales herramientas para promover la movilidad social, es decir, la capacidad de los individuos para mejorar su posición socioeconómica dentro de una sociedad. En un mundo donde las desigualdades sociales y económicas están profundamente arraigadas, la educación se presenta como una de las pocas vías efectivas que puede romper el ciclo de la pobreza, proporcionando a las personas no solo conocimientos y habilidades, sino también el acceso a mejores oportunidades de vida.
A través de la adquisición de conocimientos, competencias y habilidades, las personas pueden acceder a empleos mejor remunerados y posiciones de mayor influencia. Uno de los vínculos más directos entre la educación y la movilidad social es su impacto en la capacidad de los individuos para acceder a mejores empleos y, por ende, a mejores ingresos. En un mercado laboral cada vez más globalizado y competitivo, el conocimiento y las habilidades especializadas son esenciales para acceder a empleos de mayor calidad y bien remunerados. La educación, en este sentido, actúa como un puente que permite a las personas mejorar sus capacidades y adquirir las competencias necesarias para prosperar en el mundo laboral.
En economías basadas en el conocimiento, como las de muchos países desarrollados, la correlación entre el nivel educativo y los ingresos es particularmente marcada. Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), los individuos con educación universitaria suelen ganar, en promedio, un 56 por ciento más que aquellos con solo educación secundaria. Además, la educación superior abre puertas a sectores de la economía con alta demanda de habilidades especializadas, como la tecnología, las ciencias de la información y la ingeniería, áreas que generalmente ofrecen empleos bien remunerados y con mayores oportunidades de desarrollo profesional.
2. Formación de ciudadanos responsables y críticos
La educación no solo tiene un impacto económico, sino también un papel central en la construcción de una sociedad democrática y responsable. A través de la educación, los individuos aprenden no solo sobre el mundo que los rodea, sino también sobre sus derechos y deberes como ciudadanos. Una sociedad educada es más capaz de tomar decisiones informadas, de participar en procesos democráticos y de exigir rendición de cuentas a sus líderes.
La educación fomenta el pensamiento crítico, que es esencial en la construcción de una ciudadanía activa y comprometida. Cuando los ciudadanos son capaces de analizar la información de manera crítica, pueden identificar soluciones a los problemas sociales y participar de manera efectiva en la construcción de políticas públicas que promuevan el bienestar colectivo. Además, la educación en valores, como el respeto, la tolerancia y la empatía, contribuye a la creación de una sociedad más pacífica y cohesionada.
La falta de educación o una educación de baja calidad puede tener graves consecuencias. Sociedades con niveles educativos bajos tienden a sufrir de mayores índices de violencia, corrupción y conflictos sociales. Esto se debe, en parte, a la falta de oportunidades de desarrollo personal y profesional, lo que genera frustración y desesperanza. Por lo tanto, la inversión en una educación que forme ciudadanos responsables y críticos es esencial para la estabilidad y el bienestar de una nación.
3. Educación como motor de la innovación y el crecimiento económico
En un mundo cada vez más globalizado y tecnológicamente avanzado, la educación es crucial para la innovación y el crecimiento económico. Las economías del Siglo XXI requieren una mano de obra altamente calificada y adaptable, capaz de enfrentar los desafíos de un mundo en constante cambio. En este sentido, los sistemas educativos deben prepararse para formar a los individuos en habilidades técnicas y tecnológicas, pero también en habilidades blandas como la creatividad, la resolución de problemas y la colaboración.
Los países que invierten en educación de calidad suelen ser los que lideran en términos de innovación y productividad. La educación impulsa el desarrollo de nuevas tecnologías, fomenta la investigación y promueve el emprendimiento. Las naciones con sistemas educativos sólidos tienden a tener economías más competitivas y dinámicas, lo que les permite participar activamente en el mercado global.
La educación desempeña un papel fundamental en la transición hacia economías sostenibles. Las nuevas generaciones deben ser educadas no solo para competir en el mercado laboral, sino también para enfrentar los retos ambientales y sociales del futuro. La educación para el desarrollo sostenible es clave para garantizar que las futuras generaciones puedan vivir en un mundo más equitativo y respetuoso con el medio ambiente.
Economía Circular
La economía circular consiste en mantener los recursos en uso el mayor tiempo posible, extrayendo de ellos el máximo valor, recuperando, renovando y reutilizando los productos y sus componentes cuando ya no sirven. La economía circular sustituye un modelo económico lineal de tomar-hacer-desperdiciar por un modelo de bucle cerrado que minimiza los residuos, las emisiones y la contaminación. Este proceso se inicia con el comienzo del ciclo de vida de un producto: los procesos de diseño y producción de productos circulares pueden ayudar a ahorrar recursos como agua, metales y otras materias primas, evitar la gestión ineficiente de residuos y crear nuevas oportunidades de negocio y empleo.
La economía circular representa un cambio fundamental en la forma en que las sociedades modernas interactúan con los recursos naturales, los residuos y los procesos productivos.
Frente a un modelo económico lineal tradicional, basado en extraer, producir, consumir y desechar, es decir, basado en la extracción de recursos, su transformación en productos, el consumo y, finalmente, la disposición de residuos.
Este sistema, aunque ha impulsado el crecimiento económico en las últimas décadas, ha demostrado ser insostenible tanto en términos ecológicos como sociales, ya que está agotando los recursos naturales y generando cantidades crecientes de desechos y contaminación.
Frente a este desafío, la economía circular surge como un enfoque alternativo capaz de abordar estos problemas de manera holística, ofreciendo un modelo regenerativo y sostenible; diseñada para mantener los recursos en uso durante el mayor tiempo posible, minimizar el desperdicio y fomentar la sostenibilidad ambiental. Este enfoque está emergiendo como una necesidad imperante a nivel global, no solo para mitigar los impactos ambientales derivados de la sobreexplotación de recursos, sino también para transformar la estructura económica y social en favor de un desarrollo más equilibrado y resiliente.
Debido al impacto del cambio climático, debemos dar importancia a la cultura de la economía circular, y al presentar esta iniciativa quiero hacer un análisis desde diversas perspectivas, incluyendo la preservación de los recursos naturales, la reducción del impacto ambiental, el impulso de la innovación y la competitividad económica, y su papel crucial en la creación de una cultura de responsabilidad compartida.
La preservación de los recursos naturales:
Una de las premisas fundamentales de la economía circular es la optimización del uso de los recursos naturales, lo cual cobra especial relevancia en un mundo donde estos son finitos y su demanda continúa creciendo a medida que la población aumenta. La economía lineal tradicional ha conducido a una explotación desmedida de los recursos naturales, lo que ha generado crisis de escasez, degradación ambiental y, en muchos casos, conflictos por su control.
El cambio hacia una economía circular busca mitigar estos problemas mediante la reutilización, el reciclaje y la regeneración de recursos. Esto no solo reduce la presión sobre las fuentes de materias primas, sino que también fomenta una nueva cultura de consumo, donde los bienes y productos no son concebidos como desechables, sino como parte de un ciclo continuo. La minería urbana, por ejemplo, se está convirtiendo en una tendencia donde los residuos electrónicos son recolectados y reciclados para extraer metales preciosos y otros materiales valiosos. Este enfoque no solo prolonga la vida útil de los recursos, sino que también disminuye la necesidad de nuevas extracciones, lo que reduce el impacto ambiental y la energía necesaria para los procesos productivos.
Reducción del impacto ambiental: Economía circular, sostenibilidad y sustentabilidad:
El impacto ambiental de la economía lineal es uno de los principales motores detrás del surgimiento de la economía circular. En la actualidad, el modelo de “usar y tirar” genera grandes cantidades de residuos, muchos de los cuales son difíciles de gestionar y se acumulan en vertederos o terminan contaminando ecosistemas naturales, como los océanos. Los plásticos, en particular, han alcanzado niveles críticos de contaminación, afectando a la vida marina y, por extensión, a toda la cadena alimentaria global.
En contraste, la economía circular propone un sistema donde los productos, al final de su vida útil, no se consideran desechos, sino insumos para nuevos procesos productivos. Este concepto de “cerrar el ciclo” incluye no solo el reciclaje, sino también la reparación y el rediseño de productos para que sean más duraderos, reutilizables o fáciles de descomponer al final de su vida útil. La economía circular no solo reduce la cantidad de residuos que llegan a los vertederos, sino que también disminuye las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) asociadas con la producción de nuevos materiales.
Según la Fundación Ellen MacArthur, una transición hacia una economía circular en sectores clave como el acero, el cemento, el aluminio y los plásticos podría reducir las emisiones globales de GEI en un 40 por ciento para 2050. Esto muestra el impacto que la circularidad puede tener en la sostenibilidad global, destacando su relevancia en los esfuerzos para mitigar la crisis climática.
Innovación y competitividad económica: Nuevos modelos de negocio
La economía circular no solo es un modelo ambientalmente más sostenible, sino que también ofrece una oportunidad única para la innovación y la competitividad económica. En lugar de depender de un flujo constante de materias primas, las empresas pueden enfocarse en maximizar el valor de los recursos existentes, lo que les permite reducir costos, diversificar sus fuentes de ingresos y aumentar su resiliencia ante la volatilidad de los mercados de materias primas.
Este enfoque está impulsando la creación de nuevos modelos de negocio basados en la reparación, el reciclaje, la reutilización y el alquiler de productos. Modelos de economía de servicios, donde las empresas ofrecen el uso de productos sin la necesidad de poseerlos (por ejemplo, plataformas de alquiler de ropa o vehículos), están ganando terreno rápidamente. Estas iniciativas no solo responden a las demandas de consumidores más conscientes del impacto ambiental, sino que también representan nuevas oportunidades para el crecimiento económico.
Suecia ha implementado un sistema robusto de reciclaje y valorización de residuos, hasta el punto de que solo el 1 por ciento de su basura doméstica termina en vertederos, mientras que el 99% restante es reciclado o convertido en energía. Este enfoque ha permitido a Suecia disminuir su dependencia de recursos importados y reducir significativamente su huella ecológica. Además, el país ha logrado desvincular el crecimiento económico de la extracción de recursos naturales, demostrando que es posible generar riqueza sin agotar el medio ambiente.
Otro país que ha mostrado avances notables es Países Bajos, donde el gobierno ha lanzado ambiciosas estrategias para lograr una economía 100 por ciento circular para 2050. En este contexto, se han implementado políticas para el uso eficiente de los recursos, con énfasis en la reutilización de materiales en sectores clave como la construcción, donde se promueve el uso de materiales reciclados. Estas acciones están reduciendo la cantidad de residuos generados, disminuyendo las emisiones de carbono y ralentizando el agotamiento de recursos.
Alemania, uno de los países líderes en economía circular en Europa, ha implementado el concepto de simbiosis industrial, en el que los residuos de una empresa se utilizan como materia prima para otra. Esta práctica está reduciendo de manera drástica los residuos industriales y está fomentando la creación de redes de producción más sostenibles y eficientes. Alemania ha logrado reciclar más del 65 por ciento de sus residuos municipales, liderando así en la gestión de desechos y sirviendo como modelo a seguir para otros países.
Dinamarca, a través del proyecto de Kalundborg Symbiosis, ha sido pionera en el concepto de economía circular aplicada a nivel industrial. En este ecosistema, varias empresas de diferentes sectores industriales comparten recursos y subproductos, lo que ha permitido reducir el consumo de agua, energía y materias primas, además de disminuir la emisión de residuos y gases contaminantes. Este modelo ha sido replicado en otras partes del mundo, demostrando que la colaboración entre industrias puede ser un motor para la innovación y la sostenibilidad.
España, ha visto un aumento en la creación de empleos verdes a medida que adopta políticas circulares en sectores como la gestión de residuos, la agricultura sostenible y las energías renovables. La economía circular no solo está generando empleo en áreas de alto impacto social, sino que también está promoviendo un tipo de crecimiento más inclusivo, al crear oportunidades para los trabajadores menos cualificados y para las comunidades más desfavorecidas.
La Unión Europea, por ejemplo, ha implementado el Plan de Acción de Economía Circular, con el objetivo de impulsar la competitividad global de sus empresas, fomentar la innovación y proteger el medio ambiente. Al liderar en la adopción de prácticas circulares, los países europeos están consolidando su posición como actores clave en el desarrollo de tecnologías limpias y sostenibles, lo que les brinda una ventaja en un mercado global cada vez más comprometido con la sostenibilidad.
En términos de competitividad, los países que están adoptando la economía circular de manera temprana están mejor posicionados para liderar en sectores clave. Europa, por ejemplo, ha implementado estrategias nacionales y continentales para fomentar la economía circular, con iniciativas como el Pacto Verde Europeo. Los países que se adelantan en la adopción de este modelo se están beneficiando de la creación de empleos verdes, la atracción de inversiones en tecnología limpia y la reducción de su dependencia de recursos externos.
Creación de una cultura de responsabilidad compartida
Un aspecto crucial del éxito de la economía circular es la creación de una cultura de responsabilidad compartida, tanto entre los productores como entre los consumidores. En la economía lineal, la responsabilidad por los productos tiende a recaer sobre los consumidores, quienes se enfrentan al problema de gestionar los residuos al final de la vida útil de los productos. En cambio, la economía circular introduce el concepto de responsabilidad extendida del productor, donde las empresas son responsables del ciclo completo de vida de los productos que fabrican, desde su diseño hasta su reciclaje.
Este cambio no solo implica una transformación en los procesos de producción, sino también un cambio en la mentalidad de los consumidores. La cultura de la economía circular fomenta la conciencia sobre el impacto de las decisiones de compra y el valor de prolongar la vida útil de los productos. Esto implica un cambio profundo en los hábitos de consumo, pasando de la adquisición continua de nuevos productos a la reparación, reutilización o compra de productos duraderos. La educación juega un papel central en esta transformación, ya que es necesario inculcar desde una edad temprana los valores de sostenibilidad, consumo responsable y cuidado del medio ambiente.
La cultura de la economía circular es crucial en el contexto global actual, no solo como una respuesta a la crisis ambiental, sino como un modelo que redefine la relación entre las sociedades y los recursos. Su impacto se extiende más allá del ámbito ecológico, abarcando la innovación, el crecimiento económico, la equidad social y la construcción de una sociedad más consciente y responsable.
El éxito de este modelo depende de la colaboración entre gobiernos, empresas y ciudadanos para promover una transición efectiva hacia un sistema regenerativo y sostenible.
La adopción global de la economía circular representa un paso fundamental hacia un futuro en el que el progreso económico y el bienestar social no estén en conflicto con la preservación del planeta. Frente a la creciente presión sobre los recursos naturales y los desafíos ambientales del Siglo XXI, el fortalecimiento de una cultura de la economía circular es más urgente que nunca.
Presento el siguiente cuadro comparativo, mismo que busca ilustrar esta iniciativa:
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de este honorable Congreso la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el artículo 13 de la Ley General de Educación
Artículo Único. Se reforma el artículo 13 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 13. Se fomentará en las personas una educación basada en:
I ...
...
...
IV. ...
V. La economía circular, con una cultura de sustentabilidad y sostenibilidad a través de la concientización, el cambio social y ciudadano, a fin de reducir el consumo, fomentar la recirculación de productos e impulsar el reciclaje bajo programas y estrategias que inspiren a las nuevas generaciones a tomar acciones hacia un futuro circular, sustentable y sostenible.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://comercio.gob.es/PoliticaComercialUE/OMCOrganismosInternacionales/Pagina s/ocde.aspx
2 https://ec.europa.eu/eurostat/web/circular-economy
3 https://www.ellenmacarthurfoundation.org/es/recursos/educacion-y-aprendizaje/vi sion-general
4 Ejemplo mundial de economía ecointeligente
5 https://www.ain.es/actualidad/el-pacto-verde-europeo-sus-claves-y-objetivos-com o-generacion-de-nuevas-oportunidades-para-la-actividad-industrial-eugreendeal/
Dado en Ciudad de México, a 5 de noviembre de 2024.– Diputado y diputadas: Mario Miguel Carrillo Cubillas, Ariadna Barrera Vázquez, Claudia Rodríguez Vivanco, Maribel Solache González, Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo (rúbricas).»
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Educación, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a estudiantes de la Unitec, campus Los Reyes, invitados por los diputados Ernesto Sánchez Rodríguez, Verónica Pérez Herrera y José Mario Íñiguez Franco. Sean ustedes bienvenidos y bienvenidas a este salón de sesiones.
CLAUSURA Y CITA
La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna (13:40 horas): Se levanta la sesión. Y se cita para la que tendrá lugar el martes 12 de noviembre de 2024, a las 11: 00 horas, en modalidad presencial. El registro de asistencia estará disponible a partir de las 9: 00 horas a través de las tabletas instaladas en las curules de las diputadas y los diputados.
––––– O –––––
RESUMEN DE LOS TRABAJOS
• Tiempo de duración de la sesión: 2 horas 35 minutos
• Quórum a la apertura de la sesión: 348 diputadas y diputados
• Asistencia
• Orden del día
• Acta de la sesión anterior
• Declaratoria de publicidad de dictámenes: 3
• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 23
• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 24
11-Morena, 4-PAN, 4-PVEM, 2-PT, 2-PRI, 1-MC
DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)