SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 12 de octubre de 2024, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
Del diputado Francisco Javier Farías Bailon, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión
Del diputado Fidel Daniel Chimal García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia compatibilidad de las pensiones por jubilación y viudez, en donde el estado deberá garantizar el pago de ambas. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen
Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 23 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delito y conductas antisociales. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen
Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de seguridad pública, protección civil, urgencias médicas y atención a desastres. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen
Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de actividad minera. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para incorporar el modelo de educación dual en planes y programas de estudio. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para incluir a la violencia familiar y de género. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
Del diputado Paulo Gonzalo Martínez López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
Del diputado Paulo Gonzalo Martínez López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1-A y 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
Del diputado Paulo Gonzalo Martínez López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen, y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para opinión
Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Salud, en materia de salud pública implementar un sistema de triage. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
De la diputada Claudia García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del estado de Jalisco, a atender y esclarecer el asesinato de Alejandro Gobel, activista social, quien fuera victimado el pasado lunes 4 de noviembre, y que genera un clima de inseguridad para la ciudadanía y, particularmente, a los luchadores sociales que han manifestado su oposición a distintas medidas de la actual administración estatal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo para que se remita a la Conferencia de las Partes (COP29) de Baku, Azerbaiyán el Pacto de Adhesión para la Protección de Cuerpos de Agua y Ecosistemas presentado en el Marco del Parlamento Abierto en el H. Congreso de la Ciudad de México el 29 de julio de 2024, por la Fundación Unidos por la Paz, la Justicia y el Medio Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
De la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo para que, dentro del marco del Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo, se realice un reconocimiento a la joven mexicana Ángela Olazarán Laureano, originaria de Papantla Veracruz, quien fue galardonada con el Global Student Prize 2024. Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen
Del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SE, de la SHCP, de la SRE, de la Sectur, de la SEP, de la Semarnat, y de la Secretaría de Salud, a proceder a la instalación e implementación de los trabajos de la Comisión Intersecretarial de Fomento a la Industria Vitivinícola. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la diputada Elizabeth Martínez Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de esta soberanía, a realizar reuniones en conferencia con sus homólogas en el Senado y los 32 congresos locales, con el objetivo de generar una agenda de trabajos legislativos y foros que atienda la problemática de este sector. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
De la diputada Eva María Vásquez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Auditoría Superior de Baja California, a practicar una auditoría de la gestión financiera durante el ejercicio fiscal en curso al ISSSTECALI considerando los riesgos actuales de la situación financiera de este instituto. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR, a acelerar la investigación del robo de minerales a la mina Peñasquito, ocurrido el pasado 31 de octubre en la carretera federal Zacatecas-Saltillo, a efecto de esclarecer dicho delito ante las repercusiones que tiene para la seguridad pública de todos los ciudadanos que radican y transitan por esa zona. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado Paulo Gonzalo Martínez López, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a las autoridades correspondientes, a que restituyan la sede del Tribunal Agrario en Aguascalientes, para garantizar el acceso a la justicia agraria y proteger los derechos de los campesinos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De las diputadas Blanca Leticia Gutiérrez Garza, Mariana Guadalupe Jiménez Zamora y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades competentes, a revocar o retirar la Declaratoria de Necesidad Pública del servicio de transporte colectivo en el tramo Apizaco-Tlaxcala, publicada por el gobierno de Tlaxcala el 20 de septiembre de 2024. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
Del diputado José Mario Íñiguez Franco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a considerar la asignación de recursos necesarios para la realización de labores de reencarpetado, reparación y mantenimiento de la carretera federal 80 en Jalisco. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
Del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS y al TFCA, a observar y verificar el proceso de renovación del Comité Ejecutivo Seccional de la Sección 86 en Coahuila, del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a vigilar y sancionar, en su caso, el actuar de sus activos por extorsiones a los transportistas. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
De la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a diseñar un programa con la finalidad de impulsar la construcción, reparación y mantenimiento de las carreteras y caminos que comprende las redes de comunicación de Coahuila de Zaragoza. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1; y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del 12 de noviembre de 2024 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (rúbrica), presidente.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que reforma el artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailon, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.
2. Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
3. Que adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia compatibilidad de las pensiones por jubilación y viudez, en donde el estado deberá garantizar el pago de ambas, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
4. Que adiciona los artículos 23 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delito y conductas antisociales, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
5. Que reforma el artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
6. Que adiciona el artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de seguridad pública, protección civil, urgencias médicas y atención a desastres, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
7. Que adiciona el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Vivienda, para dictamen.
8. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de actividad minera, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
9. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para incorporar el modelo de educación dual en planes y programas de estudio, suscrita por los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
10. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para incluir a la violencia familiar y de género, suscrita por los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
11. Que reforma el artículo 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
12. Que reforma los artículos 1-A y 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
13. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Infraestructura, para dictamen, y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para opinión.
14. Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Salud, en materia de salud pública implementar un sistema de triage, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
15. Que adiciona el artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía General del estado de Jalisco, a atender y esclarecer el asesinato de Alejandro Gobel, activista social quien fuera victimado el pasado lunes 4 de noviembre, y que genera un clima de inseguridad para la ciudadanía y, particularmente, a los luchadores sociales que han manifestado su oposición a distintas medidas de la actual administración estatal, a cargo de la diputada Claudia García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, para que se remita a la Conferencia de las Partes (COP29) de Baku, Azerbaiyán el Pacto de Adhesión para la Protección de cuerpos de agua y Ecosistemas presentado en el Marco del Parlamento Abierto en el H. Congreso de la Ciudad de México el 29 de julio de 2024, por la Fundación Unidos por la Paz, la Justicia y el Medio Ambiente, a cargo del diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, para que, dentro del marco del Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo, se realice un reconocimiento a la joven mexicana Ángela Olazarán Laureano, originaria de Papantla Veracruz, quien fue galardonada con el Global Student Prize 2024, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SE, de la SHCP, de la SRE, de la Sectur, de la SEP, de la Semarnat, y de la Secretaría de Salud, a proceder a la instalación e implementación de los trabajos de la Comisión Intersecretarial de Fomento a la Industria Vitivinícola, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de esta soberanía, a realizar reuniones en conferencia con sus homólogas en el Senado y los 32 congresos locales, con el objetivo de generar una agenda de trabajos legislativos y foros que atienda la problemática de este sector, a cargo de la diputada Elizabeth Martínez Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de Baja California, a practicar una auditoría de la gestión financiera durante el ejercicio fiscal en curso al ISSSTECALI considerando los riesgos actuales de la situación financiera de este instituto, a cargo de la diputada Eva María Vásquez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la FGR, a acelerar la investigación del robo de minerales a la mina Peñasquito, ocurrido el pasado 31 de octubre en la carretera federal Zacatecas-Saltillo, a efecto de esclarecer dicho delito ante las repercusiones que tiene para la seguridad pública de todos los ciudadanos que radican y transitan por esa zona, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a las autoridades correspondientes, a que restituyan la sede del Tribunal Agrario en Aguascalientes, para garantizar el acceso a la justicia agraria y proteger los derechos de los campesinos, a cargo del diputado Paulo Gonzalo Martínez López, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades competentes, a revocar o retirar la Declaratoria de Necesidad Pública del servicio de transporte colectivo en el tramo Apizaco-Tlaxcala, publicada por el gobierno de Tlaxcala el 20 de septiembre de 2024, suscrito por las diputadas Blanca Leticia Gutiérrez Garza, Mariana Guadalupe Jiménez Zamora y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT, a considerar la asignación de recursos necesarios para la realización de labores de reencarpetado, reparación y mantenimiento de la carretera federal 80 en Jalisco, a cargo del diputado José Mario Íñiguez Franco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS y al TFCA, a observar y verificar el proceso de renovación del Comité Ejecutivo Seccional de la Sección 86 en Coahuila, del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a vigilar y sancionar en su caso el actuar de sus activos por extorsiones a los transportistas, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT, a diseñar un programa, con la finalidad de impulsar la construcción, reparación y mantenimiento de los carreteras y caminos que comprende las redes de comunicación de Coahuila de Zaragoza, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
LEY DE AGUAS NACIONALES
«Iniciativa que reforma el artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailon, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El que suscribe, diputado Francisco Javier Farías Bailon, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, conforme a la siguiente:
Exposición de Motivos
El agua es un elemento esencial para el sustento y desarrollo del ser humano, de las sociedades y de todas las formas de vida que habitan en el planeta, ya que forma parte integral del ambiente y de los diferentes ecosistemas. Dentro de las diferentes fuentes que hay para obtener el vital líquido, el agua subterránea tiene una gran relevancia, no sólo por ser uno de los principales surtidores para consumo humano, sino también porque posee un papel ecológico fundamental en el equilibrio de la naturaleza y en la subsistencia de todos los seres vivos, como suele decirse, “El agua es vida, es vida en la naturaleza, en la sociedad y en la cultura”.
El aprovechamiento del agua subterránea a través de pozos tradicionales, es decir, aquellos que se excavan con herramientas simples y por lo regular a escasa profundidad se conoce desde tiempos remotos.
En la América precolombina, los mayas estaban en posibilidad de extraer agua para consumo humano de los cenotes, los cuales son oquedades en el suelo, ocasionadas por derrumbes naturales que dejan a la vista corrientes subterráneas. En la zona, también se han encontrado los chultunes que son depresiones en forma de botella, excavadas en la roca caliza, destinadas a captar agua de lluvia.
En los primeros años del México independiente, a mediados del siglo XIX, la perforación de los pozos dio inicio a la historia del uso formal del agua subterránea, en aquellos años los pozos eran cavados por medio de máquinas de perforación sencillas y la extracción del agua se realizaba por medio de bombas manuales.
Actualmente, el agua subterránea se destina al abastecimiento de agua potable de poblaciones, al riego agrícola y uso pecuario, así como al uso industrial. Sus formas de aprovechamiento son mediante pozos artesanales, manantiales, galerías filtrantes, pozos someros o norias y pozos profundos.
Los pozos tradicionales, de tecnología antigua, se cavan a mano con picos y palas hasta alcanzar la “tabla de agua”, es decir el nivel superior de aguas subterráneas someras o aguas freáticas de un acuífero. Los pozos cavados a mano regularmente alcanzan una profundidad de seis a doce metros, pero se han cavado pozos hasta de sesenta metros. El ancho es suficiente para acomodar a uno o más hombres cavando dentro de él. Las paredes del pozo pueden ser reforzadas con rocas o tabiques, que a veces se extienden sobre la superficie del suelo formando el brocal del pozo, el cual evita la contaminación o caídas de personas o animales.
El agua de los pozos se destina para todo uso, principalmente para el doméstico; para abrevar al ganado y cultivar hortalizas en pequeñas superficies, también hay familias que hierven el agua para beber; la mayoría la consumen directamente porque no perciben una relación entre el agua de pozo y problemas de salud.
Los pozos superficiales que explotan aguas subterráneas someras han sido una alternativa de relativamente bajo costo y tecnología simple para el abastecimiento de agua donde no hay o donde son insuficientes las aguas superficiales. A diferencia de los pozos profundos modernos, los pozos superficiales cavados a mano pueden ser costeados por familias de escasos recursos.
Los pozos requieren poco mantenimiento que, por lo regular, se circunscribe a la aportación de mano de obra. Para la construcción y operación de un pozo tradicional es posible prescindir por completo de gastos en dinero cuando la familia está en condiciones de realizar todas las tareas necesarias.
Los pozos han sido y son una alternativa en regiones áridas y semiáridas, pero también en zonas rurales sin acceso a sistemas de agua potable. En las zonas rurales de México, cuando una familia local se establece en una nueva casa, lo primero que asegura es la dotación de agua; en muchas regiones, la forma más sencilla es perforando un pozo.
A pesar de los grandes avances en la cobertura del servicio a zonas rurales, la calidad del servicio de agua potable en estas áreas es muy diferente del que se recibe en las áreas urbanas. En las zonas rurales, las redes públicas de agua potable trabajan escasamente, en el mejor de los casos, algunas horas al día y dos o tres días por semana. Lo más común es la irregularidad en el suministro y son frecuentes los casos de suspensión indefinida del servicio por descomposturas del sistema o bien por falta de pago de la tarifa de electricidad de bombas de pozos profundos.
En México, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) es el organismo público responsable de la administración y regulación de las aguas nacionales, que incluyen las aguas superficiales y subterráneas.
Para facilitar la administración de las aguas subterráneas, la Conagua ha delimitado alrededor de 653 acuíferos en el territorio mexicano. De acuerdo con este organismo, el agua extraída de estos acuíferos corresponde a 38.9 por ciento del volumen total de agua concesionada en nuestro país y es utilizada por diversos usuarios y de distintas formas en las actividades humanas, el uso agrícola, industrial y el público urbano, son los más comunes.
Los pozos profundos se construyen tras la búsqueda de zonas acuíferas y el análisis geológico y biológico del área en que se encuentran, para posteriormente comenzar la perforación del suelo. Actualmente, se considera que la durabilidad de una perforación de pozos de agua podría ser de aproximadamente 20 a 40 años.
Los pozos profundos de agua y la perforación de pozos presentan una gran diversidad en sus profundidades, volúmenes de agua y coste o pureza de esta, que puede necesitar o no de un tratamiento antes de ser consumida.
El agua subterránea en México es una fuente primordial de abastecimiento de ciudades y zonas rurales, ya que más de 65 por ciento del volumen total de agua que estas urbes requieren para el desarrollo de sus actividades diarias provienen de los acuíferos del país, debido a que el mantenimiento de dichos espacios y de los servicios que estos proporcionan demanda el consumo de grandes cantidades de agua.
Por otro lado, resulta relevante considerar que existen casos en donde el uso y aprovechamiento del agua subterránea aumenta, por ejemplo, en algunas comunidades que se caracterizan por tener climas áridos y semiáridos, el agua subterránea suele ser la única fuente de abastecimiento.
De la misma manera, se tiene que reflexionar que la sequía es un factor propio del clima, por lo que todos los lugares del mundo están expuestos a su eventual presencia, incluso en las zonas consideradas lluviosas. Sus efectos pueden ser de carácter físico, por ejemplo, escasez o falta de agua para las actividades cotidianas, de tipo ambiental como daños en la flora y fauna silvestres o de impacto social y económico como son pérdidas de la producción agrícola, pecuaria, forestal y pesquera; desempleo; conflictos por el agua, entre otros.
Por lo anterior, la opción inmediata para abastecer de agua a los municipios y entidades que tienen cierto grado de carencia, sobre todo ante la falta de lluvias, es perforar algunos pozos.
De esta manera, tanto en las ciudades como en las comunidades rurales, la principal forma de extracción y abastecimiento del agua subterránea se lleva a cabo mediante la perforación de pozos verticales a distintas profundidades, pues la longitud a la que son excavados dependerá de la profundidad a la que se encuentren los mantos freáticos.
En consecuencia, debido a la escasez de agua o ante la falta de infraestructura hidráulica, la mejor alternativa para obtener este recurso son los mantos freáticos, es decir, las capas subterráneas de agua que se encuentran bajo la superficie de la tierra.
Los mantos freáticos son una fuente valiosa de agua apta para consumo humano, agrícola e industrial. Estas reservas de agua se forman cuando el agua de la lluvia o de otros cuerpos de agua se infiltra en el suelo y se acumula en los espacios vacíos o porosos de rocas, arena y grava.
Los datos oficiales sobre cobertura de agua potable en las zonas rurales no proporcionan una visión realista de lo que ocurre en esas áreas. Los sistemas municipales de agua potable rurales no proporcionan, en la mayoría de los casos, abastecimiento continuo y suficiente del líquido.
Esto ocurre por múltiples causas, entre las que se encuentran la obsolescencia de los sistemas existentes, deficiencias técnicas en el diseño y construcción de las redes, contaminación durante la conducción del agua, deficiente administración de las áreas administrativas de Agua Potable, falta de mantenimiento de los sistemas e imposibilidad de recaudar las cuotas para el pago del servicio de energía eléctrica que abastece los pozos profundos y rebombeos.
Por los problemas antes mencionados, los pozos domésticos superficiales contribuyen sustancialmente a mejorar el grado de seguridad en el suministro de agua a las familias, e incluso llegan a ser la única fuente de agua. Otra ventaja de los pozos tradicionales es que, la construcción en muchos casos no implica gastos monetarios mayores, por lo que el principal impedimento es la obtención de concesiones o permisos para poder hacerlos.
También los pozos familiares o ejidales tienen una función social más amplia, porque son compartidos de manera gratuita con vecinos. Algunos son pozos comunitarios, que pueden atender a un número importante de familias. En suma, la organización que se requiere para la construcción, operación y mantenimientos de los pozos tradicionales es simple y está al alcance de la mayor parte de las familias en las comunidades rurales o semirrurales de México y del estado de Campeche al que represento.
Así, los pozos tradicionales han sido hasta ahora la solución para la dotación mínima necesaria de agua potable de buena calidad en dichas comunidades: brindan seguridad, independencia y bienestar en medio de la crisis en los sistemas municipales de agua potable. Asimismo, constituyen un patrimonio valioso de las familias.
Sin embargo, con el paso del tiempo la cantidad de pozos construidos para su aprovechamiento se incrementó notablemente, esto impulsó un cambio en los diseños de equipos de perforación y de extracción del agua subterránea, fue así que empezó la construcción de herramientas más sofisticadas de extracción que facilitaron su aprovechamiento, esto propició que durante años el uso del agua del subsuelo fuera considerado de libre acceso.
En este sentido, en el año de 1945 el gobierno mexicano modificó el artículo 27 constitucional y se hizo explícita la regulación de las aguas subterráneas. No obstante, la gestión del agua subterránea en México ha resultado poco práctica, pues aún no existen mecanismos eficientes para conocer su disponibilidad en los acuíferos, volumen de extracción y grado de contaminación.
Hoy en día el agua subterránea posee gran importancia como una de las principales fuentes de abastecimiento de las ciudades y las comunidades del país; sin embargo, su actual modelo de gestión presenta grandes problemas que influyen en su acceso, disponibilidad y sobrexplotación.
Entender las problemáticas actuales relacionadas con el agua requiere una mirada amplia que permita comprender la importancia, dimensiones y significados que giran alrededor de este vital líquido, esencial para los seres humanos y para cualquier otra forma de vida.
Por lo anterior, las autoridades deben de actuar con la misma celeridad con la que se extiende la sequía y el cambio climático, es decir se debe poner especial atención a los lugares alejados de presas y de otro tipo de sistemas hídricos, ya que en territorios de difícil acceso y lejanos a grandes centros urbanos, el uso de pozos es la única fuente para obtener agua y más aún en tiempos en los que no hay lluvia.
Aunado a lo anterior, se debe de considerar que en el artículo 4o. de la Constitución Mexicana se establece como un derecho humano que: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo humano personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho...”. Este mandato constitucional obliga a una seria reflexión y modificaciones del marco jurídico y a las políticas públicas asociadas, empezando por la Ley de Aguas Nacionales.
En consecuencia, el objetivo de la presente iniciativa es el de incorporar al artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales que, para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se dará preferencia a los ejidos, pueblos indígenas y afromexicanas y comunidades expuestas a sequías prolongadas.
A continuación, se presenta un cuadro comparativo de las modificaciones:
En tal virtud, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales
Único. Se reforma el párrafo tercero del artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:
Artículo 20. ...
...
La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por parte de personas físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo federal a través de “la Comisión” por medio de los Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta Ley, sus reglamentos, el título y las prórrogas que al efecto se emitan. Los ejidos, pueblos indígenas y afromexicanos y comunidades expuestas a severas sequías tendrán preferencia para obtener las concesiones y asignaciones respectivas.
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Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Barranco, A. (2018). El agua subterránea y su importancia Socioambiental. El Colegio de San Luis. Recuperado el 8 de octubre de 2024 de:
https://agua.org.mx/wp-content/uploads/2020/10/El-agua-subterran ea-y-su-importancia-socioambiental.pdf
2 Chávez Valdez, Manuel, Rivera Herrejón, Gladys, Romero Contreras, Tonatiuh, & Vizcarra Bordi, Ivonne. (2013). “El pozo: usos, seguridad y tradición en la subcuenca del río San Javier”. Estudios sociales (Hermosillo, Son.), 21(41), 261-286. Recuperado el 8 de octubre de 2024, de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 0188-45572013000100011&lng=es&tlng=es.
3 Ibídem.
4 Ibídem.
5 Ibídem.
6 Comisión Nacional del Agua (Conagua). (2016). Estadísticas del Agua en México. México: Comisión Nacional del Agua. Recuperado el 7 de octubre de 2024 de:
http://201.116.60.25/publicaciones/ eam_2016.pdf
7 Ibídem
8 Ibídem.
9 Chávez Valdez, Manuel, Rivera Herrejón, Gladys, Romero Contreras, Tonatiuh, & Vizcarra Bordi, Ivonne. (2013). “El pozo: usos, seguridad y tradición en la subcuenca del río San Javier”. Estudios sociales (Hermosillo, Sonora), 21(41), 261-286. Recuperado el 9 de octubre de 2024, de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 0188-45572013000100011&lng=es&tlng=es.
10 Esparza, Miguel. (2014). La sequía y la escasez de agua en México: Situación actual y perspectivas futuras. Secuencia, (89), 193-219. Recuperado el 9 de octubre de 2024, de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 0186-03482014000200008&lng=es&tlng=es.
11 Martínez-Austria, Polioptro F., & Vargas-Hidalgo, Alberto. (2017). Sistema de asignaciones, concesiones y política hídrica en México. Efectos en el derecho humano al agua. Tecnología y ciencias del agua, 8 (5), 117-125. Epub 30 de julio de 2021.
https://doi.org/10.24850/j-tyca-2017-05-08
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de octubre de 2024.– Diputado Francisco Javier Farías Bailon (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DELOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Fidel Daniel Chimal García, así como las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En México es necesaria la protección y el apoyo a las mujeres embarazadas, especialmente para aquellas que están en situación de vulnerabilidad para garantizar su bienestar brindándoles estabilidad para un mejor futuro, pero en la actualidad no hay un apoyo suficiente del Estado para proteger este derecho fundamental. Una mujer embarazada tiene la posibilidad de encontrarse en un estado de alta vulnerabilidad o encontrarse en situaciones que afecten drásticamente su estado socioeconómico y salud, dichas fallas ponen en riesgo tanto su vida como la de su hijo o hija que está por nacer.
El embarazo en condiciones de vulnerabilidad implica que tanto la madre como el bebé están expuestos a diversos riesgos antes y después del parto. Estos riesgos pueden surgir en ámbitos sociales, familiares, económicos, educativos y emocionales, afectando negativamente la salud física y psicológica de ambos. Por ello, es fundamental proporcionar apoyos económicos que fomenten el cuidado de su salud y bienestar.
Actualmente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece incentivos de natalidad a sus derechohabientes, pero muchas mujeres en situación de vulnerabilidad y sin seguro social no tienen acceso a estos beneficios, además sólo aplica para aquellas que coticen ante dicha institución. También la Secretaría de Bienestar otorga un apoyo económico a mujeres en estado de vulnerabilidad de 2 mil 600 pesos bimestrales, en especial para aquellas que son jefas de familias pero este programa no está implementado en todos los estados incluyendo la Ciudad de México.
Tomando en consideración la situación actual en la que viven muchas mujeres embarazadas que no tienen acceso a estos incentivos se propone establecer un programa similar al del IMSS y el programa Violeta Bienestar para otorgar un subsidio para apoyar a mujeres embarazadas de escasos recursos que se encuentren en estado de vulnerabilidad. Por lo que es necesario buscar que este apoyo económico esté destinado a garantizar el bienestar de la madre y el recién nacido, promoviendo así la igualdad de oportunidades que contribuirá al desarrollo integral de las familias mexicanas.
Este subsidio será administrado por la Secretaría de Bienestar, quien será responsable de la implementación y supervisión del programa, asegurando su correcta operación y transparencia.
Los cambios propuestos son expuestos en la siguiente tabla:
El monto del subsidio será equivalente al que actualmente se otorga en el programa Violeta Bienestar, ajustado anualmente el monto conforme a la inflación. El subsidio se otorgará a partir del tercer mes de embarazo y hasta tres meses después del nacimiento del hijo.
En nuestro país todavía no se valora lo suficiente la importancia de las mujeres embarazadas por lo que, su cuidado es escaso. Esta ayuda gubernamental es con el fin de apoyar su bienestar y el de sus hijos. La protección de la maternidad es una prioridad. Es imperativo extender este apoyo a todas las mujeres embarazadas de escasos recursos, independientemente de su afiliación al IMSS, para promover la equidad y el desarrollo social.
Por los razonamientos expresados, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXVI Legislatura, la aprobación de la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
Las mujeres embarazadas en vulnerabilidad tienen derecho a recibir un subsidio de natalidad sin menoscabo del derecho a recibir otros apoyos que les correspondan.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión deberá armonizar el marco jurídico en la materia para adecuarlo al contenido del decreto en un plazo que no exceda los 365 días.
Tercero. Se deberán destinar los recursos en los presupuestos de egresos correspondientes para su cumplimiento gradual y dar concurrencia en los diferentes órdenes de gobierno para garantizar el apoyo para las mujeres embarazadas.
Cuarto. La Secretaría de Bienestar emitirá las reglas de operación necesarias para la implementación del programa en un plazo no mayor a 90 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Notas
1 https://www.teseopress.com/5congreso2018/chapter/313/
2 La asistencia a la mujer embarazada en situación de vulnerabilidad Preguntas frecuentes sobre el nuevo proceso de incapacidad (imss.gob.mx)
3 Ha tarjeta violeta en la CDMX Inbobae
https://www.infobae.com/mexico/2024/07/25/hay-tarjeta-violeta-en -la-cdmx-estos-son-los-estados-donde-puedes-tramitar-este-derecho/#:~: text=La%20Tarjeta%20Violeta%20es%20una,dos%20mil%20600%20pesos%20bimestrales.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2024.– Diputado Fidel Daniel Chimal García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
«Iniciativa que adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia compatibilidad de las pensiones por jubilación y viudez, en donde el Estado deberá garantizar el pago de ambas, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado federal de la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presento iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Una propuesta surgida en la ardua campaña realizada por el suscrito en el distrito 4 de Coahuila, fue la que realizaron trabajadores del Estado que han padecido violación de sus garantías sociales, en particular, en lo que respecta al pago de sus pensiones en casos frecuentes de profesores, que cotizaron al Issste, ya que en caso de muerte de algún cónyuge, no les pagan las pensiones íntegras, es decir, de acuerdo con el artículo 132 de la vigente Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suman las dos pensiones y el monto que les pagan es hasta por máximo de diez veces el salario mínimo.
En efecto, al no contemplarse la disposición idónea para atender este tipo de situación con la Ley del Issste, se procede a aplicar las disposiciones vigentes, incluyendo con ello en violaciones de sus garantías sociales, en tal virtud, el sector afectado solicitó se legisle a la brevedad al respecto, para evitar la afectación de sus derechos.
La seguridad social es un derecho humano previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en el artículo 123, apartado A, fracción XXIX, y el apartado B, fracción XI. Este derecho está constituido por aquellas protecciones para el bienestar de la persona trabajadora y operan a través de la figura jurídica del seguro que, de manera general, cubre diversos riesgos, como son: la muerte, los accidentes de trabajo, las enfermedades, la maternidad y paternidad, la jubilación, la cesación involuntaria del trabajo en edad avanzada, la invalidez y la vejez; coberturas que tienen su origen en la vida laboral productiva que se tuvo previa, en su caso, a la exigibilidad del derecho.
Por otra parte, este derecho también se ha dispuesto en los artículos 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (Pidesc); en el 9.1 y 9.2 del Protocolo Adicional a la Convención Americana octubre de 1961. Sobre Derechos Humanos “Protocolo de San Salvador”, y en el 28 del Convenio 102 Sobre Seguridad Social de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por el Estado mexicano el 12 de octubre de 1961.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) explica el caso concreto de la pensión por jubilación derivada de un sistema de contribuciones o cotizaciones, como un componente de la seguridad social en relación con la necesidad económica de la persona y no necesariamente ligado a la edad prevista para acceder a una, en caso de vejez. Además, precisa que “la pensión de vejez es una especie de salario diferido del trabajador, un derecho adquirido luego de una acumulación de cotizaciones y tiempo laboral cumplido”.
Lo anterior, conforme a lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 6, 7, 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc); 4, 5, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 6, 7, 9, 10 y 12 del Protocolo de San Salvador y los párrafos 28 y 51 Observación General 23 citada.
Es obligación de todas las autoridades mexicanas cumplir con las obligaciones en materia de derechos humanos que establece el artículo 1o., párrafo tercero, constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
En atención a la problemática descrita al inicio de esta exposición, en la que la autoridad suma la pensión por viudez y la pensión por edad y años de servicio, es ilegal y violatoria de sus derechos humanos.
El incumplimiento de estos derechos ha dado lugar a miles de demandas (se calculan más de 160 mil en los últimos 10 años) que se han resuelto a través de los Tribunales Federales de Justica Administrativa en todos los casos han sido a favor de las y los derechohabientes, es decir, de los actores reclamantes que exigen al Issste que las dos pensiones, la de jubilación y la de viudez sean respetadas, es decir que el Instituto ha tenido que reconocer y respetar las garantías de jubilación, sin embargo, han tenido que realizarse miles de juicios para lograr la reparación individual del daño.
Las resoluciones de los Tribunales Federales de Justicia Administrativa resuelven en favor de quienes reclaman su derecho a las pensiones de jubilación y viudez de manera íntegra, pues la Jurisprudencia Tesis: 2a./J. 104/2017 (10a.) que se puede ubicar en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 45, agosto de 2017, Tomo II, página 1060 Materia(s): Administrativa — Laboral. Dicta textualmente:
Pensión de viudez. Para el cómputo de sus incrementos debe tomarse como base la ley vigente en el momento de su otorgamiento.
En términos de los artículos 73 y 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado abrogada, la pensión de viudez se otorga con motivo del deceso del o la trabajadora o persona pensionada. En este segundo caso, esto es, cuando existe una pensión que en vida disfrutó el o la cónyuge fallecida, la pensión que a su vez se otorga por viudez constituye un derecho diferente al que gozaba aquélla.
Por tanto, al no existir causahabiencia y transmitirse el mismo derecho, sino actualizarse uno nuevo a favor del o la viuda tras la muerte del pensionado inicial, su otorgamiento, así como el cálculo de los incrementos respectivos, se rigen por la ley vigente al momento de reunirse los supuestos para su obtención.
Esta jurisprudencia es el principal argumento para realizar esta modificación a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y también es el máximo criterio para las resoluciones que han emitido los Tribunales Federales de Justicia Administrativa, como ejemplo está el que resolvió la Sala Especializada en Materia de Resolución Exclusiva de Fondo y primera Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, como en el Expediente 545/21-97-01-2 del 25 de agosto de 2021, en el que estima en este caso particular fundamental conocer en su totalidad al artículo 12 del Reglamento para otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el cual a la letra señala lo siguiente:
“Artículo 12.- Las pensiones son compatibles con el disfrute de otras pensiones, o con el desempeño -8 de trabajos remunerados, de acuerdo con lo siguiente:
I. La percepción de una pensión por jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicios o por cesantía en edad avanzada, con:
a) El disfrute de una pensión por viudez o concubinato derivada de los derechos del trabajador o pensionado, y
b) El disfrute de una pensión por riesgo de trabajo;
II. La percepción de una pensión por viudez o concubinato con:
a) El disfrute de una pensión por jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicios, por cesantía en edad avanzada o por invalidez, derivada de derechos propios como trabajador;
b) El disfrute de una pensión por riesgo de trabajo derivado de derechos propios o de los derechos como cónyuge o concubinario del trabajador o pensionado, y
c) El desempeño de un trabajo remunerado que no implique la incorporación al régimen del artículo 123, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
III. La percepción de una pensión por orfandad, con el disfrute de otra pensión igual proveniente de los derechos derivados del otro progenitor.
En el caso de compatibilidad de las pensiones señaladas en las fracciones anteriores, la suma de las mismas no podrá exceder el monto equivalente a diez veces el salario mínimo.
Fuera de los supuestos antes enunciados no se puede ser beneficiario de más de una pensión.
Si algún pensionado bajo la Ley abrogada reingresa al servicio para desempeñar un cargo, empleo o comisión remunerados en cualquier dependencia o entidad, que impliquen la incorporación al régimen del artículo 123, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deberá dar aviso inmediato al Instituto para efecto de que se suspenda la pensión en curso de pago.
Asimismo, el pensionado deberá dar aviso al Instituto cuando se le otorgue otra pensión. En caso contrario, éste podrá suspender la pensión que se otorgó con anterioridad.
Si el Instituto advierte la incompatibilidad de la pensión o pensiones que esté recibiendo un trabajador o pensionado, éstas serán suspendidas de inmediato, pero se puede gozar nuevamente de las mismas cuando desaparezca la incompatibilidad y se reintegren las sumas recibidas durante el tiempo que duró, más los intereses que señale la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente al año en que se va efectuar el reintegro para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales en una sola exhibición, y la devolución se realice al término de un plazo igual a aquél en que el trabajador o pensionado las estuvo recibiendo. En caso de que dicha tasa sea superior al nueve por ciento anual, se aplicará este último porcentaje. Si no se hiciese el reintegro en la forma señalada, se perderá el derecho a la pensión”.
Del numeral transcrito se desprende, en la parte que interesa, que la suma de las pensiones compatibles no podrá exceder el monto equivalente a diez veces el salario mínimo, lo cual constituye una restricción del derecho a percibir íntegramente las pensiones a las que se tiene derecho -en este caso las pensiones por jubilación y por viudez.
De acuerdo con la resolución contraviene la garantía de seguridad social y el principio de la previsión social, porque desatiende las siguientes diferencias sustanciales:
1. Dichas pensiones tienen orígenes distintos, pues la primera surge con la muerte del trabajador y la segunda se genera día a día con motivo de los servicios prestados, por el trabajador o trabajadora;
2. Cubren riesgos diferentes, dado que la pensión por viudez protege la seguridad y bienestar de la familia ante el riesgo de la muerte del trabajador o trabajadora y la pensión por edad y años de servicio protege su dignidad en la etapa de retiro; y,
3. Tienen autonomía financiera, ya que la pensión por viudez se genera con las aportaciones hechas por el trabajador pensionado fallecido y la pensión por edad y años de servicio se genera con las aportaciones hechas por el trabajador pensionado, motivo por el cual no se pone en riesgo la viabilidad financiera de las pensiones conjuntas.
En este particular caso se concluye que resulta violatorio de la garantía de seguridad social y el principio de previsión social, previstos, en el artículo 123, Apartado b, fracción XI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo anterior es así, toda vez que el artículo 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, entre otros, establece que la suma de las pensiones compatibles no podrá exceder el Tope Máximo previsto para tal efecto, lo cual constituye una restricción del derecho a percibir íntegramente las pensiones a las que se tiene derecho, en este caso, las pensiones por jubilación y por edad y años de servicio, lo cual es violatorio de la garantía de seguridad social y el principio de la previsión social establecidos en el artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que a la letra señala lo siguiente:
“Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán: B. Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores: XI. La seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas: a) Cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales; las enfermedades no profesionales y maternidad; y la jubilación, la invalidez, vejez y muerte.
Actualmente, las autoridades del Issste aplican la limitada legislación vigente y el Reglamento correspondiente sobre pensiones, sin embargo, como ya se señaló, las posibilidades de éxito al defender su posición respecto de los acuerdos que emite para el pago de las mismas, es limitada o nula ante la existencia de jurisprudencia sobre el tema.
Cabe destacar que para el Estado resulta onerosa la distracción de recursos humanos y financieros en casos que, de antemano saben que sus resultados no serán favorables y por otro lado los trabajadores también pierden tiempo y recursos económicos para hacer frente a esta violación de derechos de seguridad social, es decir, todos pierden. Por lo que la propuesta, genera una situación ganar-ganar, gana el Estado y gana el trabajador.
Asimismo se ha solicitado información al Issste para respaldar la presente iniciativa, en cuanto se cuente con ésta, se hará llegar como adenda a la comisión o comisiones a las que se turne.
En atención a lo anteriormente expuesto, acudo a esta Tribuna para solicitar su apoyo para respaldar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Para una mayor claridad del contenido de la presente propuesta de adición, se presenta el siguiente cuadro comparativo respecto al texto vigente.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto que adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Artículo Único. se adiciona un artículo 132 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 132. ...
Artículo 132 Bis. En el caso de compatibilidad de las pensiones por jubilación y viudez, el Estado garantizará el pago íntegro de ambas, por lo que la suma de las mismas podrá exceder el monto equivalente a diez veces el salario mínimo establecido en el artículo anterior, ya que ambas pensiones tienen orígenes distintos, garantizan derechos diferentes y tienen autonomía financiera.
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/202104/Derecho_ Seguridad_Social_ISSSTE.pdf
2 CIDH. Caso “Muelle Flores vs. Perú”. Sentencia de fondo, reparaciones y costa, 6 de marzo de 2019, párr. 185, disponible en
https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_375_esp.p d
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de octubre de 2024.– Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
«Iniciativa que adiciona los artículos 23 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delito y conductas antisociales, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado federal de la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 23 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El párrafo noveno del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social. ...
Las fracciones XXIII y XXIII Bis del artículo 73 de nuestra Carta Magna establecen la facultad del Congreso de nuestro país para expedir leyes que, establezcan las bases de coordinación en materia de seguridad pública entre la Federación, los estados y los municipios, así como para regular a las instituciones de seguridad pública en el ámbito federal.
En el mismo sentido, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en su artículo 2 señala que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del sentenciado, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Adicionalmente, establece que el Estado desarrollará políticas en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas.
En los anteriores gobiernos, como en el actual, la inseguridad de nuestro país, representa uno de los principales problemas a enfrentar, así lo muestra la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2023, realizada y difundida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el pasado 11 de septiembre de 2023.
Para el 2022, el Inegi estimó que 10.5 millones de hogares (27.4 por ciento del total del país) tuvieron, al menos, una o uno de sus integrantes como víctima del delito. El número de víctimas de 18 años y más fue de 21.1 millones, equivalente a una tasa de 22 mil 587 víctimas por cada 100 mil habitantes (prevalencia delictiva). Las tasas de prevalencia por sexo fueron de 21 mil 675 para las mujeres y de 23 mil 648 para los hombres.
Los resultados de dicha encuesta señalan que los delitos más frecuentes fueron fraude, robo o asalto en calle o transporte público y extorsión. De igual forma se informa que en 2022 ocurrieron 26.8 millones de delitos. De estos, 92.4 por ciento no se denunció o la autoridad no inició una carpeta de investigación. Este subregistro se denomina cifra negra.
Por otra parte, se informó que las entidades federativas con mayor prevalencia delictiva tanto en hombres como en mujeres fueron estado de México (34 mil 693 para hombres y 28 mil 215 para mujeres) y Ciudad de México (32 mil 661 para hombres y 31 mil 178 para mujeres). En contraste, la menor prevalencia delictiva se registró en Veracruz (14 mil 168 para hombres y 13 mil 149 para mujeres) y en Chiapas (14 mil 364 para hombres y 11 mil 109 para mujeres).
Para el periodo marzo-abril de 2023, el 74.6 por ciento de la población de 18 años y más consideró que vivir en su entidad federativa era inseguro debido a la delincuencia. Un 63.7 y 39.9 por ciento de la población de 18 años y más se siente insegura en su municipio o demarcación territorial y en su colonia o localidad, respectivamente. Los porcentajes más altos de percepción de inseguridad pública en su estado se presentaron en Zacatecas, con 91.9 por ciento, estado de México, con 88.0 por ciento y en Morelos, con 87.0 por ciento. Por el contrario, las entidades con los porcentajes más bajos fueron: Baja California Sur, con 33.4 por ciento; Yucatán, con 37.8 por ciento y Coahuila, con 44.1 por ciento.
En el documento Aprobación del Presupuesto, Estudio de antecedentes, Derecho Comparado y de las iniciativas presentadas a nivel Constitucional sobre el tema. (Actualización) elaborado por el Centro de Documentación, Información y Análisis, se señala que el Presupuesto es un instrumento de política económica muy importante ya que establece la fuente de los recursos presupuestales y la asignación de los mismos, es decir, a que miembros de la colectividad se le van a sustraer parte de sus recursos monetarios y sobre quienes van a distribuirse los beneficios.
En el mismo sentido se indica que El presupuesto tiene en el Estado moderno una importancia notable, porque es un instrumento poderoso para encauzar el desarrollo económico, y regular adecuadamente el proceso de planeación nacional.
En materia presupuestaria, el gobierno federal para la preservación de la seguridad pública asignó para el año 2022, un monto de 165 mil 982.27 MMDP, equivalente al 0.54 por ciento del PIB y del 2.34 por ciento del PEF.
Ante la importancia de ejercer de los recursos asignados para enfrentar uno de los principales problemas que aqueja a los mexicanos, diversos medios nacionales dieron cuenta de subejercicios en esta área tan sensible.
Es por ello que se propone adicionar un párrafo undécimo al artículo 23 para evitar que los subejercicios en materia de seguridad se destinen a otros fines, así como agregar un párrafo quinto a la fracción III del artículo 58 para sancionar a los servidores públicos que por acciones u omisiones que deliberadamente generen subejercicios y que afecten el cumplimiento de los objetivos o metas planteados en los programas o instituciones.
Para una mayor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo.
En virtud de lo anteriormente expuesto, acudo a esta Tribuna para someter a la consideración de este pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se adicionan los artículos 23 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo Único. Se adiciona un párrafo undécimo al artículo 23, recorriéndose el párrafo subsecuente, y se adiciona un párrafo quinto a la fracción III del artículo 58, recorriéndose el párrafo subsecuente, todos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:
Artículo 23. En el ejercicio de sus presupuestos, las dependencias y entidades se sujetarán estrictamente a los calendarios de presupuesto autorizados a cada dependencia y entidad en los términos de las disposiciones aplicables, atendiendo los requerimientos de las mismas.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Los subejercicios de los presupuestos de las dependencias y entidades que se presenten en el gasto de seguridad pública no se podrán destinar a otro fin.
...
Artículo 58. Las adecuaciones presupuestarias se realizarán siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de las dependencias y entidades, y comprenderán:
I. a II. ...
III. Ampliaciones y reducciones líquidas al Presupuesto de Egresos o a los flujos de efectivo correspondientes.
...
...
...
Si se demuestra que los servidores públicos realizaron acciones u omisiones que deliberadamente generen subejercicios y afecten el cumplimiento de los objetivos o metas planteados en los programas o instituciones, se les sancionarán en los términos de las disposiciones aplicables, de conformidad con el título séptimo de esta Ley.
...
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CPEUM.doc.
2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc.
3 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ ENVIPE/ENVIPE_23.pdf.
4 Cámara de Diputados, Aprobación del Presupuesto. Consultado en
https://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SPI-ISS-22-07.pdf.
5 https://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/se/SAE-ASS-05-22.pdf.
6 https://etcetera.com.mx/nacional/gasto-gobierno-amlo-subejercicios-salud-seguri dad/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de octubre de 2024.– Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
LEY PARA DETERMINAR EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN
«Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II; y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122, fracción II, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 76, numeral 1, fracción II; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El pasado 27 de enero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo.
A partir de la entrada en vigor de este decreto, los jubilados y pensionados se vieron afectados en sus prestaciones económicas ya que el pago de sus pensiones se hace tomando como base la Unidad de Medida Actualizada (UMA), que actualmente tiene un valor de 103.74 pesos. Por lo que, si lo comparamos con el valor real y actual del salario mínimo diario vigente. Mismo que es de 207.44 pesos y 312.41 pesos para la zona libre que comprende la frontera norte del país.
En este escenario, los pensionados y jubilados dejan de percibir recursos económicos por la cantidad de 103.74 pesos y 208.67 pesos respectivamente. Es decir, pierden el valor adquisitivo de sus pensiones y jubilaciones, cuando éstas son pagadas en UMAS, en lugar de salarios mínimos.
Tan sólo para 2024 el salario mínimo se ubica en 248.93 pesos y la UMA se ubica en 108.57 pesos, es decir, la diferencia diaria entre estos conceptos es de 140.36 pesos y la diferencia mensual es de 4 mil 210.8 pesos.
En los últimos años se ha registrado un significativo incremento en el salario mínimo, por lo que consideramos que lo justos es que los pensionados y jubilados se beneficien de estos incrementos.
La UMA se estableció para sustituir al salario mínimo como indicador de conceptos jurídicos como multas, prerrogativas o créditos, pero consideramos que no debe ser aplicable para el cálculo o pago de pensiones, ya que no está acorde con la naturaleza y finalidad de las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores, como sí lo tiene el salario mínimo. Tal y como lo establece la fracción VI del apartado A del artículo 123 constitucional que establece “Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza”.
La entrada en vigor del decreto en materia de desindexación del salario mínimo en 2016 se creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA) ocasionó incertidumbre respecto al pago de pensiones. Además, generó la reducción del monto mensual de las mismas.
En el año de su entrada en vigor en 2016 nadie se percató que ese cambio afectaría al pensionado, porque en ese momento el monto de la UMA y del salario mínimo, tenían la misma equivalencia monetaria. Sin embargo, conforme se establecía el aumento exponencial del salario mínimo en comparación con el bajo crecimiento de la UMA, se fue perjudicando a los trabajadores al servicio del Estado.
Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que “Con motivo del decreto de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de enero de dos mil dieciséis, se modificó el artículo 123, apartado A, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de desindexar el salario, el cual históricamente se utilizó como base y cálculo de los montos de las obligaciones previstas en diversos ordenamientos jurídicos ajenos a la materia laboral, para ahora establecer la Unidad de Medida y Actualización para esos fines, reservándose el uso del salario sólo para cuestiones que no sean ajenas a su naturaleza laboral. En esa virtud, como la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario, incluso para generarla y pagarla se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral, mediante aportaciones del salario percibido, topadas a la cantidad máxima de diez veces el salario mínimo, es claro que esa prestación es laboral; consecuentemente, lo relativo a su monto, actualización, pago o límite máximo debe aplicarse el salario, por no tratarse de cuestiones ajenas a su naturaleza; además, de atender para esos aspectos a la Unidad de Medida y Actualización se desnaturalizaría la pensión y se utilizaría un factor económico ajeno a la prestación de seguridad social referida, distinta al salario y ajeno a la pensión, lo cual jurídicamente no es permisible.
En el cuadro anterior, se aportan estadísticas sobre la evolución del valor de las UMAS y el salario mínimo, en estos datos se identifica que el crecimiento mayor del salario mínimo en comparación con el valor de las UMAS, tan sólo en el último año, en 2024, el salario mínimo representa 129 por ciento más que el valor de las UMAS, por lo que las pensiones pagadas en UMAS significan una grave afectación a éstas.
De acuerdo con la Ley y el Reglamento del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado la pensión individual de los trabajadores se limitaría a un máximo de 10 UMAS, por lo que al aplicar este criterio la pensión máxima que obtendría un trabajador al servicio del estado sería de 32 mil 571 pesos mensuales y si se utilizaran para su estimación el salario mínimo, alcanzaría 74 mil 700 pesos como se muestra en el cuadro anterior.
De acuerdo con estimaciones, esta demanda por parte de los trabajadores representa aproximadamente entre 1 y 1.5 por ciento del producto interno bruto (PIB), que de no atenderse favorablemente, consideramos que sería mayor la inversión que tendría que hacer el Estado para atender el deterioro de vida emocional, física, mental y de salud por el envejecimiento de los jubilados y pensionados.
En atención a lo expuesto, se propone reformar la fracción III del artículo 2o. de la Ley para determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización para que el cálculo de las pensiones y jubilaciones de los trabajadores se hagan tomando como base el salario mínimo vigente.
Para una mayor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo.
Con base en lo anteriormente expuesto, acudo a este pleno para solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización
Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 2. Para efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se entenderá por:
I. y II. ...
III. UMA: A la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes. Con excepción de los casos en los que el salario mínimo sea menor al índice, unidad, base, medida o referencia para el pago de pensiones o jubilaciones, donde éstas últimas deberán pagarse, utilizando el salario mínimo vigente.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5423663&fecha=27/01/2016#gsc .tab=0.
2 https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2020651
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
«Iniciativa que adiciona el artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de seguridad pública, protección civil, urgencias médicas y atención a desastres, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado a la LXVI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, somete a consideración de este honorable pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El párrafo noveno del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que “la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social”.
Las fracciones XXIII y XXIII Bis del artículo 73 de nuestra Carta Magna establece la facultad del Congreso de nuestro país para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación en materia de seguridad pública entre la Federación, los estados y los municipios, así como para regular a las instituciones de seguridad pública en el ámbito federal.
En el mismo sentido, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en su artículo 2 señala que “la seguridad pública es una función a cargo de la federación, las entidades federativas y municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del sentenciado, en términos de esta ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Adicionalmente, establece que “el Estado desarrollará políticas en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas”.
En los anteriores gobiernos, como en el actual, la inseguridad de nuestro país, representa uno de los principales problemas a enfrentar, así lo muestra la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023, realizada y difundida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el pasado 11 de septiembre de 2023.
Para el 2022, el Inegi estimó que 10.5 millones de hogares (27.4 por ciento del total del país) tuvieron, al menos, una o uno de sus integrantes como víctima del delito, el número de víctimas de 18 años y más fue de 21.1 millones, equivalente a una tasa de 22 587 víctimas por cada 100 mil habitantes (prevalencia delictiva). Las tasas de prevalencia por sexo fueron de 21 mil 675 para las mujeres y de 23 mil 648 para los hombres.
Los resultados de dicha encuesta señalan que los delitos más frecuentes fueron fraude, robo o asalto en calle o transporte público y extorsión. De igual forma se informa que en 2022 ocurrieron 26.8 millones de delitos. De estos, 92.4 por ciento no se denunció o la autoridad no inició una carpeta de investigación. Este subregistro se denomina cifra negra.
Por otra parte, se informó que las entidades federativas con mayor prevalencia delictiva tanto en hombres como en mujeres fueron Estado de México (34 mil 693 para hombres y 28 mil 215 para mujeres) y Ciudad de México (32 mil 661 para hombres y 31 mil 178 para mujeres). En contraste, la menor prevalencia delictiva se registró en Veracruz (14 mil 168 para hombres y 13 mil 149 para mujeres) y en Chiapas (14 mil 364 para hombres y 11 mil 109 para mujeres).
Para el periodo marzo-abril de 2023, 74.6 por ciento de la población de 18 años y más consideró que vivir en su entidad federativa era inseguro debido a la delincuencia. Un 63.7 y 39.9 por ciento de la población de 18 años y más se siente insegura en su municipio o demarcación territorial y en su colonia o localidad, respectivamente. Los porcentajes más altos de percepción de inseguridad pública en su estado se presentaron en Zacatecas, con 91.9 por ciento, Estado de México, con 88.0 por ciento y en Morelos, con 87.0 por ciento. Por el contrario, las entidades con los porcentajes más bajos fueron: Baja California Sur, con 33.4 por ciento; Yucatán, con 37.8 por ciento y Coahuila, con 44.1 por ciento.
La Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), en su segundo trimestre de 2024, dio a conocer que, a nivel nacional, en junio de 2024, 59.4 por ciento de la población de 18 años y más, residente en 91 áreas urbanas (ciudades) de interés, consideró que es inseguro vivir en su ciudad. Lo anterior representa un cambio estadísticamente significativo con relación a los porcentajes que se registraron en marzo de 2024 y en junio de 2023 (61.0 y 62.3 por ciento, respectivamente). En esta edición, 15 áreas urbanas (ciudades) tuvieron cambios estadísticamente significativos frente a marzo de 2024: 10 presentaron reducciones y 5, incrementos.
En junio de 2024, 65.1 por ciento de las mujeres y 52.4 por ciento de los hombres consideraron que vivir en su ciudad era inseguro. Las áreas urbanas (ciudades) de interés con mayor porcentaje de personas de 18 años y más que consideraron que vivir en su ciudad es inseguro fueron: Fresnillo (94.7 por ciento), Naucalpan de Juárez (89.2 por ciento), Uruapan (86.8 por ciento), Irapuato (84.8 por ciento), Tapachula (84.7 por ciento) y Zacatecas (84.7 por ciento). En contraste, las áreas urbanas donde la percepción de inseguridad resultó menor fueron: San Pedro Garza García (11.7 por ciento), Piedras Negras (14.3 por ciento), Los Cabos (16.7 por ciento), Los Mochis (18.7 por ciento), Benito Juárez (18.9 por ciento) y Saltillo (21.4 por ciento).
En cuanto a la percepción de inseguridad en espacios físicos específicos, en junio de 2024, 67.9 por ciento de la población manifestó sentirse insegura en los cajeros automáticos localizados en la vía pública; 62.7 por ciento, en el transporte público; 53.7 por ciento, en la carretera y 52.9 por ciento, en el banco.
El Programa Nacional de Seguridad Pública 2022-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 5 de diciembre de 2022, se realizó a fin de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 25 y 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como en los artículos 2, 12, 16, fracciones IV y VIII, 26 y 29, de la Ley de Planeación que mandata la elaboración de los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática.
Señalando en los objetivos prioritarios del Programa Nacional de Seguridad Pública 2022-2024 que este estará enfocado prioritariamente a:
“1. Promover la construcción de paz en el territorio nacional.
2. Fortalecer la operación de las instituciones de seguridad pública en las regiones del territorio nacional.
3. Disminuir los delitos vinculados con la delincuencia organizada en las regiones del país.
4. Mejorar la operación y las condiciones de internamiento de las personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios.
Pese a los esfuerzos que el Gobierno federal ha realizado para atender la inseguridad que enfrenta nuestro país el Inegi informó en su Encuesta Nacional de Victimización y Percepción Sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2024, que:
• En 2023, 27.5 por ciento de los hogares en México tuvo, al menos, una o uno de sus integrantes como víctima del delito.
• Hubo 21.9 millones de víctimas de 18 años y más. La tasa de prevalencia delictiva fue de 23 323 víctimas por cada 100 mil habitantes, cifra superior respecto a 2022.
• Los delitos más frecuentes fueron fraude, robo o asalto en calle o transporte público y extorsión.
• Ocurrieron 31.3 millones de delitos: 92.9 por ciento no se denunció o la autoridad no inició una carpeta de investigación. Este subregistro se denomina cifra oculta o cifra negra.
El objetivo de dicha encuesta es generar información sobre la victimización delictiva durante 2023, así como sobre la percepción social respecto a la seguridad pública y al desempeño de las autoridades entre marzo y abril de 2024. Dichas estimaciones se generan a nivel nacional, tanto en ámbito urbano como en rural, por entidad federativa y por áreas urbanas de interés.
Por otra parte, en 2023, el Inegi estimó que en 10.6 millones de hogares (27.5 por ciento del total del país), al menos una o uno de sus integrantes fue víctima del delito. Este porcentaje fue similar al de 2022. Para 2023, el número de víctimas de 18 años y más se estimó en 21.9 millones, lo equivalente a una tasa de 23 mil 323 víctimas por cada 100 mil habitantes (prevalencia delictiva). Las tasas de prevalencia por sexo fueron de 22 mil 903 para las mujeres y de 23 mil 817 para los hombres”.
Si bien se han realizado grandes esfuerzos en materia de seguridad, en nuestro país la inseguridad sigue siendo uno de los mayores retos a enfrentar de manera prioritaria conjunta, coordinada, sin escatimar en recursos, mecanismos, sistemas o innovaciones que este mismo requiera, para eficientizar la atención brindada a la ciudadanía.
A la fecha en México no existe de manera coordinada ni generalizada una base de datos única, que atienda las necesidades urgentes y de pronta acción en las comunidades de cada estado, por lo que se considera necesario el uso de un sistema de seguridad que permita de manera eficaz, el control, la comunicación y alcance para la atención ciudadana. El uso de estas bases es fundamental para poder hacer de cada situación un análisis más acertado a la hora de requerir el apoyo de las autoridades.
Los Centros de Comando y Control, son las estaciones de seguridad pública encargadas de captar información para las operaciones, toma de decisiones y mantenimiento en materia de seguridad pública, urgencias médicas, protección civil, atención a desastres y psicológica de la población.
En los últimos treinta años, estas estaciones de seguridad pública se han convertido en un pilar fundamental para las diversas organizaciones que protegen y sirven a la sociedad.
La definición original de Comando y Control se remonta a las organizaciones militares de Norteamérica, y hacía referencia a la forma en que se gestionaban los recursos y el personal durante una misión militar.
Sin embargo, sus tácticas y tecnologías se han aplicado a varias organizaciones no militares que también trabajan con las fuerzas del orden, como los departamentos de policía.
Este conjunto de técnicas organizativas también es utilizado por los departamentos de policía de todo el mundo para mejorar la eficacia y garantizar la seguridad de sus ciudadanos. Estas tácticas se planifican y llevan a cabo desde los centros de comando y control, que son edificios o salas especializados diseñados para coordinar y ayudar a los agentes en caso de delito, de modo que puedan tener una respuesta rápida para perseguir y detener a los delincuentes y garantizar la seguridad del ciudadano.
Las tecnologías que se han implantado en estos centros son redes de cámaras por todas las ciudades, botones de pánico, videowalls, líneas telefónicas, e incluso inteligencia artificial que ayuda a detectar y señalar, en tiempo real, los delitos que se están cometiendo.
Estos centros de comando y control han demostrado su eficacia en todo el mundo para mantener los delitos fuera de las calles o capturar a los delincuentes. México es uno de los países que ha implementado estos centros, en los que varias instituciones de procuración de justicia trabajan en conjunto para disminuir los índices delictivos del país.
Los Centros de Comando y Control. Trabajan en conjunto con instituciones de diferentes jerarquías como las policías municipales, federales, estatales o incluso la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para atender emergencias de diversa índole que pongan en riesgo la seguridad de los ciudadanos. Como hemos mencionado anteriormente, la comunicación directa con estos se puede lograr marcando el 911 desde cualquier teléfono.
Estas estrategias garantizan que exista un vínculo directo entre los ciudadanos y las fuerzas del orden las 24 horas del día, los 7 días de la semana, durante todo el año.
En la Ciudad de México, otra forma de acercarse al C5 durante una emergencia es a través de alguno de los más de 13 mil botones de pánico distribuidos por toda la ciudad y que están integrados en postes multifuncionales llamados Sistema Tecnológico de Videovigilancia (STV, por su sigla en inglés) que además cuentan con altavoces de alerta sísmica y cámaras 4K con visión de 360°.
El sistema C5 es un Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano que se encarga de monitorear la seguridad de una ciudad o estado. Su objetivo es captar información para tomar decisiones en materia de seguridad pública, urgencias médicas, protección civil, movilidad, medio ambiente, y servicios a la comunidad.
Cabe resaltar que estos centros de comando pueden ser variables en cuanto a sus funciones e infraestructura según lo determine cada entidad, en cuanto al alcance de sus operaciones y de los objetivos de seguridad pública instituidos.
Para una mayor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo.
En virtud de lo anteriormente expuesto, acudo a esta tribuna para someter a consideración de este pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Artículo Único. Se adiciona un párrafo cuarto al artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y se recorre el actual para quedar como sigue:
Artículo 110. Los integrantes del Sistema están obligados a permitir la interconexión de sus Bases de Datos para compartir la información sobre Seguridad Pública con el Sistema Nacional de Información, en los términos de esta Ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.
...
...
Cada entidad federativa podrá implementar y asistirse del sistema de seguridad C5 (Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano) a fin de eficientizar la atención y la captación de información para la acción oportuna en la toma de decisiones en materia de seguridad pública, protección civil, urgencias médicas, atención a desastres, y las que requiera la población y sean de su competencia.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CPEUM.doc.
2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc.
3 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ ENVIPE/ENVIPE_23.pdf.
4 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ ENSU/ENSU2024_07.pdf
5 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5673252&fecha=05/12/2022#gsc .tab=0
6 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ ENVIPE/ENVIPE_24.pdf.
7 https://www.algotive.ai/es-mx/blog/que-son-los-c2-c4-y-c5-y-por-que-son-importa ntes
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
«Iniciativa que adiciona el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado a la LXVI Legislatura del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La seguridad social es un derecho humano previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en el artículo 123, apartado A, fracción XXIX y el apartado B, fracción XI. Aquellas protecciones para el bienestar de la persona trabajadora operan a través de la figura jurídica del seguro que, de manera general, cubre diversos riesgos, como son: la muerte, los accidentes de trabajo, las enfermedades, la maternidad y paternidad, la jubilación, la cesación involuntaria del trabajo en edad avanzada, la invalidez y la vejez; coberturas que tienen su origen en la vida laboral productiva que se tuvo previa, en su caso, a la exigibilidad del derecho.
Por su parte, este derecho también se ha dispuesto en los artículos 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC); en el 9.1 y 9.2 del Protocolo Adicional a la Convención Americana octubre de 1961. Sobre Derechos Humanos “Protocolo de San Salvador”, y en el 28 del Convenio 102 Sobre Seguridad Social de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por el Estado mexicano el 12 de octubre de 1961.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CrIDH) explica el caso concreto de la pensión por jubilación derivada de un sistema de contribuciones o cotizaciones, como un componente de la seguridad social en relación con la necesidad económica de la persona y no necesariamente ligado a la edad prevista para acceder a una, en caso de vejez. Además, precisa que “la pensión de vejez es una especie de salario diferido del trabajador, un derecho adquirido luego de una acumulación de cotizaciones y tiempo laboral cumplido”.
Lo anterior, conforme a lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 6, 7, 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC); 4, 5, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 6, 7, 9, 10 y 12 del Protocolo de San Salvador y los párrafos 28 y 51 Observación General 23 citada.
Es obligación de todas las autoridades mexicanas cumplir con las obligaciones en materia de derechos humanos que establece el artículo 1o., párrafo tercero constitucional, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Es obligación de todas las autoridades mexicanas cumplir con las obligaciones en materia de derechos humanos que establece el artículo 1o., párrafo tercero constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Es por eso que al requerir que los fondos para el retiro, así como los fondos de la subcuenta de vivienda de las personas de 70 años para que estos sean trasferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar sin necesidad de resolución judicial, generará un riesgo para los derechos de las y los trabajadores, pues la garantía de imprescriptibilidad queda sujeta sólo a un aviso que tendría lugar un año anterior a esta trasferencia, por lo que para que el mecanismo de devolución sea eficiente, se considera necesario que también un año posterior a la trasferencia se realice otro aviso para que ya sea el trabajador o sus beneficiarios puedan realizar el reclamo de los fondos y de los intereses generados en ese periodo.
En atención a lo anteriormente expuesto, acudo a esta tribuna para solicitar su apoyo para respaldar la siguiente iniciativa de adición al artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Para una mayor claridad del contenido de la presente propuesta de adición, se presenta el siguiente cuadro comparativo respecto al texto vigente.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona un párrafo al artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Artículo Único. Se adiciona un párrafo octavo al artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y se recorren los subsecuentes, para quedar como sigue:
Artículo 37. El derecho del trabajador y, en su caso, de sus beneficiarios a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, en los términos descritos en el artículo 40, es imprescriptible.
...
...
...
...
...
...
Dentro del año posterior a que el Fondo de Pensiones para el Bienestar haya concentrado los recursos en las subcuentas señaladas, el Instituto deberá hacer del conocimiento de los trabajadores y, en su caso, de sus beneficiarios que pueden acceder al mecanismo de devolución de forma permanente para recibir la pensión a que tengan derecho.
...
...
...
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/202104/Derecho_Seguridad_Social_ ISSSTE.pdf
2 CrIDH. Caso “Muelle Flores vs. Perú”. Sentencia de fondo, reparaciones y costa, 6 de marzo de 2019, párr. 185, disponible en
https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_375_esp.p d
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de actividad minera, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El 12 de noviembre de 2012, los entonces diputados Adolfo Bonilla Gómez, Manlio Fabio Beltrones Rivera y Jesús Murillo Karam, del Grupo Parlamentario del PRI, suscribieron una iniciativa mediante la cual propusieron adicionar y reformar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo a fin de proteger y garantizar la situación de las personas en las minas de carbón.
Poco tiempo después, el 22 de noviembre de ese mismo año, las y los diputados José Guillermo Anaya Llamas, Mario Alberto Dávila Delgado, Esther Quintana Salinas y Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del PAN, también suscribieron otra iniciativa en el mismo sentido.
La exposición de motivos de ambas iniciativas refiere que en México existe un grave problema en la regulación de los procesos de extracción de carbón en las minas, pues se suelen utilizar procesos y técnicas rudimentarias denominadas “pocillos” que ponen en riesgo la vida de los trabajadores. En términos generales el uso de los pozos en profundidades menores a 100 metros puede generar problemas de materia de seguridad porque pueden generar derrumbes generando problemas con la seguridad de las personas.
En este sentido, la actividad minera es riesgosa porque existen zonas en donde pueden existir acuíferos subterráneos lo que provoca el reblandecimiento de la tierra y el posible colapso dentro de las minas. Además, el manejo poco regulado de explosivos puede generar derrumbes.
Es así como resulta necesario generar mecanismos de seguridad que permitan el ejercicio de una actividad minera segura, pues se deben garantizar minas de carbón que fomenten el desarrollo económico de los estados mineros sin que se ponga en riesgo la vida e integridad de los trabajadores.
Por lo anterior las iniciativas antes descritas buscaron modificar la Ley Federal del Trabajo con el fin de prohibir el proceso de extracción mediante tiros verticales en superficies menores a 100 metros, a la par que propuso incluir obligaciones para los patrones de trabajadores mineros entre los que se destacan los siguientes:
• Contar con planos, estudios y análisis apropiados para que las actividades se desarrollen en condiciones de seguridad.
• Contar con sistemas adecuados de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterráneas, las que deberán tener dos vías de salida, por lo menos, desde cualquier lugar de trabajo, comunicadas entre sí.
• Proporcionar a los trabajadores el equipo de protección personal necesario, a fin de evitar la ocurrencia de riesgos de trabajo y capacitarlos respecto de su utilización y funcionamiento.
• Establecer un sistema que permita saber con precisión los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como su ubicación.
• No contratar a menores de 18 años para realizar trabajos en las minas. Además, también se planteó la obligación de los titulares concesiones a cerciorarse en los centros de trabajo el patrón cumpla con sus respectivas obligaciones y que, en caso de incumplimiento de éstos, serán considerados como solidariamente responsables.
La razón por la que se planteó la regulación es porque la actividad minera es fundamental para México, no sólo para los dueños de las concesiones, sino también porque representa una fuente de trabajo importante en los estados de Coahuila, Oaxaca y Sonora. Esta actividad es tan importante que según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), hacia inicios de 2022 se tenía registro de 399 mil 366 empleos directos en la industria minera-metalúrgica.
Adicionalmente, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) este sector representa 10 por ciento del producto interno bruto (PIB) industrial y 3 por ciento del nacional. Por su parte, de acuerdo con información de la Secretaría de Economía (SE) el valor económico de la producción minero-metalúrgica pasó de 281 mil 516 millones de pesos en 2020 a 338 mil 187 millones de pesos en 2021. El incremento en un solo año fue de más de 56 mil 671 millones de pesos.
Fue por todo lo anterior que la Comisión de Trabajo y Previsión Social dictaminó de manera ambas iniciativas, mismas que fueron votadas en comisiones. Finalmente, el dictamen fue enviado al pleno el 11 de abril de 2013. Fue aprobado con 442 votos a favor y 3 en contra.
La minuta fue remitida al Senado de la República y turnada a las Comisiones Unidas del Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera. Con fecha 30 de abril de 2015 se le dio primera lectura al dictamen relativo a dicha minuta y el 9 de octubre de 2018 se determinó que se remitiera de nuevo a comisiones.
En ese estado, en la pasada legislatura en reiteradas ocasiones se propuso exhortar al Senado de la República para dar continuidad al trámite legislativo de la minuta con proyecto de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para prohibir el trabajo en pozos o en cuevas para la extracción de carbón a profundidades menores de 100 metros o mediante el empleo de botes, con el fin de que sea discutido, votado y se aprueben las reformas y adiciones legales, cuya existencia resulta sin duda de gran necesidad.
Sin embargo, el pasado 24 de abril de 2024, la Mesa Directiva del Senado de la República emitió un acuerdo por el cual resolvió declarar por concluidos los trámites de todos los proyectos recibidos por el Senado antes del 1 de septiembre de 2021. Esto incluye las minutas enviadas por la Cámara de Diputados como es el caso, toda vez que la minuta de referencia fue remitida desde el año 2013, sin que se hubiera deliberado respecto su contenido.
A pesar de lo anterior y por sus alcances, es indispensable buscar la reactivación de la propuesta de referencia, porque es fundamental comenzar a dar seguridad y certeza a los trabajadores de las minas. En este sentido, no podemos dejar de señalar que la falta de seguridad en las minas ya ha cobrado la vida de diversas personas. De hecho, el 3 de agosto de 2022 existió un derrumbe en la mina “El Pinabete” en la cual quedaron atrapados diez personas, desde entonces y hasta la fecha los trabajos de rescate de los cuerpos no han concluido; a decir verdad, apenas el 5 de octubre de 2024 se recuperó un cuerpo de un minero víctima de dicho derrumbe.
Es precisamente por lo anterior que resulta necesario rescatar los proyectos legislativos y por tanto la presente iniciativa atiende al dictamen realizado por la Comisión del Trabajo y Previsión Social a efecto de que éste pueda ser discutido y votado una vez más, pues es fundamental regular el sector minero a fin de garantizar la seguridad en el trabajo dentro de las minas de carbón.
De esta forma, y siguiendo el dictamen referido la presente iniciativa propone modificar el contenido de los artículos 343-A, 343-C y 343-E del Capítulo XIII Bis, relativo “De los trabajos en Minas”, del Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo, conforme a lo siguiente:
En tal virtud se propone y se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 343-A y la fracción IV al artículo 343-E, y por el que se reforman la fracción VII y el último párrafo del artículo 343-C, así como el primer párrafo y la fracción III del artículo 343-E de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 343-A y la fracción IV al artículo 343-E, y se reforman la fracción VII y el último párrafo del artículo 343-C, así como el primer párrafo y la fracción III del artículo 343-E de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 343-A. ...
Queda prohibido el trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros o mediante el empleo de botes, en este caso, la extracción de carbón, deberá realizarse mediante tajos a cielo abierto y tiros inclinados; asimismo queda prohibido, el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, entendiéndose por esto, a los trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras, se llevan a cabo, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras, no contando con las medidas de seguridad que correspondan de acuerdo a normatividad vigente, para proteger la vida de los trabajadores.
Artículo 343-C. Independientemente de las obligaciones que la presente Ley u otras disposiciones normativas le impongan, el patrón está obligado a:
I. a VI. ...
VII. Implementar un registro y sistema que permita conocer con precisión, en tiempo real y en cualquier momento, los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como la ubicación de las mismas;
VIII. y IX. ...
Los titulares de las concesiones que amparen lotes mineros, en los cuales se ubiquen los centros de trabajo a que se refiere este capítulo, deberán cerciorarse de que el patrón cumpla con sus obligaciones. Los titulares de las concesiones mineras serán solidariamente responsables, en caso de que ocurra un suceso en donde uno o más trabajadores sufran incapacidad permanente parcial o total, o la muerte, derivada de dicho suceso.
Artículo 343-E. A los responsables y encargados directos de la operación y supervisión de los trabajos y desarrollos mineros, que dolosamente o por negligencia, omitan implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, y que hayan sido previamente identificados por escrito en dictamen fundado y motivado de la autoridad competente, se les aplicarán las penas siguientes:
I. y II. ...
III. Prisión de 3 a 6 años y multa de hasta 10 mil Unidades de Medida y Actualización, cuando por la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores.
IV. Prisión de 6 a 9 años y multa de hasta 23 mil Unidades de Medida y Actualización, cuando se produzca la muerte de uno o varios trabajadores, por la realización de trabajos de extracción de carbón, mediante tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros, cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras y donde no se observen, las medidas de seguridad que correspondan, para proteger la vida de los trabajadores
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Adolfo Bonilla Gómez, y suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Jesús Murillo Karam, del Grupo Parlamentario del PRI. Publicada en la Gaceta de Diputados el día 12 de noviembre del 2012
2 Que reforma el artículo 343-A de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Mario Dávila Delgado y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
3 Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Adolfo Bonilla Gómez, y suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Jesús Murillo Karam, del Grupo Parlamentario del PRI. Publicada en la Gaceta de Diputados el día 12 de noviembre del 2012.
4 Que reforma el artículo 343-A de la Ley Federal del Trabajo, para regular el trabajo en los tiros verticales para la extracción del carbón. Presentada por los diputados Mario Dávila Delgado, José Guillermo Anaya Llamas, Marcelo de Jesús Torres Cofiño y Esther Quintana Salinas, PAN. Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
5 https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Trabajar-como-minero-en-Mexico-Ut ilidades-altas-pero-bajos-salarios-y-grandes-riesgos-20220809-0107.html#:~: text=Seg%C3%BAn%20la%20Secretar%C3%ADa%20de%20Econom%C3%ADa,de%2056%2C671%20mil lones%20de%20pesos.
6 https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Trabajar-como-minero-en-Mexico-Ut ilidades-altas-pero-bajos-salarios-y-grandes-riesgos-20220809-0107.html#:~: text=Seg%C3%BAn%20la%20Secretar%C3%ADa%20de%20Econom%C3%ADa,de%2056%2C671%20mil lones%20de%20pesos.
7 Ibidem
8 Acuerdo de la Mesa Directiva para la Conclusión de los Proyectos de Ley o Decreto enviados por la Cámara +de Diputados, Publicado en Gaceta del Senado el día 24 de abril del 2024.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para incorporar el modelo de educación dual en planes y programas de estudio, suscrita por los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena
Los que suscriben, Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II; y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y modifican diversas disposiciones de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El modelo mexicano de formación dual plantea la formación en la empresa y en la escuela de las y los estudiantes del bachillerato tecnológico, profesional técnico o profesional técnico bachiller de Instituciones Públicas de Educación Media Superior. Este modelo se considera en México desde 2014, pero no en todos los centros escolares.
El modelo dual tiene sus raíces en Alemania, esta metodología de aprendizaje permite una combinación entre lo que se aprende en la teoría y lo que se adquiere por las prácticas, haciendo de la educación un proceso integral que les abrirá caminos más prósperos a las personas jóvenes ya que no solo los prepara para el mundo laboral, sino que les permite reforzar habilidades sociales, trabajo en equipo y transferencia asertiva del conocimiento.
Con este modelo, las empresas tienen que invertir menos en los procesos de capacitación del personal debido a que las y los estudiantes ya traen consigo las habilidades para ciertos entornos de trabajo, aumentando la posibilidad de empleos mejor remunerados y rápidos ascensos.
Los jóvenes egresados de la educación media superior tecnológica se caracterizan por carecer de experiencia laboral, contar con escaso capital social y estar formados en un número reducido de carreras, muchas de ellas “saturadas” en el mercado laboral, lo que se traduce a menudo en altas tasas de desempleo y subempleo, una baja productividad e ingresos precarios en el primer empleo o actividad económica que realizan.
Frente a esta situación, se hace necesario establecer en los programas de estudio un equilibrio armónico entre la formación teórica y la formación práctica, alternando el período de formación en el aula con el espacio del trabajo; desarrollar en los jóvenes las competencias necesarias para que logren un buen desempeño laboral al egresar, sin que se requiera un entrenamiento adicional para iniciar su etapa productiva, y diversificar la oferta educativa.
En el artículo 45 de la Ley General de Educación ya se menciona el modelo dual:
... Estos servicios (refiriéndose a todos los tipos de servicio de educación media superior que existen) se podrán impartir en las modalidades y opciones educativas señaladas en la presente Ley, como la educación dual con formación en escuela y empresa.
Con base en lo anterior, especialmente ante la poca experiencia con que las y los jóvenes se insertan en el campo laboral, someto a consideración la presente propuesta para incluir el modelo dual entre los planes y programas de estudio de los diferentes servicios educativos de nivel medio superior, tomando como referente el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto someto a consideración de este pleno deliberativo la presente propuesta con proyecto de
Decreto
Único. Se adiciona un párrafo al artículo 29, para incorporar el concepto de modelo dual; y se modifica el artículo 45, relativo a los servicios educativos que deberán contar con el modelo dual, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Capítulo VDe los Planes y Programas de Estudio
Artículo 29. En los planes de estudio se establecerán
I. a VI. ...
Los programas de estudio deberán contener los propósitos específicos de aprendizaje de las asignaturas u otras unidades dentro de un plan de estudios, así como los criterios y procedimientos para evaluar y acreditar su cumplimiento. Podrán incluir orientaciones didácticas y actividades con base a enfoques y métodos que correspondan a las áreas de conocimiento, así como metodologías que fomenten el aprendizaje colaborativo, entre los que se contemple una enseñanza que permita utilizar la recreación y el movimiento corporal como base para mejorar el aprendizaje y obtener un mejor aprovechamiento académico, además de la activación física, la práctica del deporte y la educación física de manera diaria.
Los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género para, desde ello, contribuir a la construcción de una sociedad en donde a las mujeres y a los hombres se les reconozcan sus derechos y los ejerzan en igualdad de oportunidades.
En el caso de los planes y programas para la educación media superior, se deberá establecer un modelo dual que permita un equilibrio entre la formación teórica y la formación práctica, alternando el período de formación en el aula con el espacio del trabajo; de tal manera que cuente con experiencia laboral en el inicio de su vida productiva.
Artículo 45. Los niveles de bachillerato, profesional técnico bachiller y los demás equivalentes a éste, se ofrecen a quienes han concluido estudios de educación básica. Las autoridades educativas podrán ofrecer, entre otros, los siguientes servicios educativos:
I. Bachillerato general;
II. Bachillerato tecnológico;
III. Bachillerato intercultural;
IV. Bachillerato artístico;
V. Profesional técnico bachiller;
VI. Telebachillerato comunitario;
VII. Educación media superior a distancia; y
VIII. Tecnólogo.
Estos servicios se podrán impartir en las modalidades y opciones educativas señaladas en la presente ley, y deberán contar con un modelo dual que permita un equilibrio entre la formación teórica y la formación práctica, alternando el período de formación con el espacio del trabajo; de tal manera que cuente con experiencia laboral en el inicio de su vida productiva. La modalidad no escolarizada estará integrada, entre otros servicios, por el Servicio Nacional de Bachillerato en Línea y aquellos que operen con base en la certificación por evaluaciones parciales.
La secretaría determinará los demás servicios con los que se preste este tipo educativo.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al ide su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a 12 de noviembre de 2024.– Diputados: Mildred Concepción Ávila Vera, Luis Humberto Aldana Navarro (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para incluir la violencia familiar y de género, suscrita por los diputados Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena
Los que suscriben, Mildred Concepción Ávila Vera y Luis Humberto Aldana Navarro, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta a iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y modifican diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, a fin de incluir a la violencia familiar y de género, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En México la violencia familiar ha crecido vertiginosamente, entre 2015 y 2020 hubo un incremento de estos delitos de 73 por ciento: pasaron de 127 mil 424 delitos denunciados de violencia familiar en 2015 a 220 mil 28 delitos denunciados en 2020, pudiéndose observar que cada año aumenta considerablemente este delito.
Durante 2020 se registraron a escala nacional 1 millón 841 mil 141 delitos. Los que atentan contra la familia ocuparon el segundo lugar, después de los patrimoniales y por encima de delitos como lesiones y homicidios.
Lo anterior significa que casi 14 por ciento de los delitos denunciados en el país atentan contra la familia, sin observarse en el marco normativo vigente, una política nacional integral que atienda y prevenga la violencia familiar, origen de muchas otras violencias no solo en el ámbito del hogar sino también en la esfera pública.
Las lesiones dolosas por ejemplo, apenas alcanzan el 7.84 por ciento de los delitos, estando muy por debajo de los delitos que atentan contra la familia.
A continuación se representa gráficamente la distribución porcentual de los delitos denunciados en 2020:
Según estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respecto a las llamadas de emergencia registradas, que suman 16 millones 221 mil 879, 7.41 por ciento corresponde a incidentes relacionados con violencia familiar, violencia de pareja, violencia contra la mujer, acoso u hostigamiento sexual, abuso sexual y violación.
Mientras que en 2016 se registraron 92 mil 604 llamadas de emergencia por alguna situación de violencia contra la mujer, en 2020 la cifra aumentó considerablemente: a 260 mil 67 llamadas, lo que representa casi el triple con relación a 2016.
Los incidentes de violencia familiar registrados en llamadas de emergencia en 2020 alcanzaron 689 mil 388 llamadas. Lo anterior, sin dejar de mencionar que los incidentes de violencia de pareja registraron incrementos sostenidos en los últimos años: pasaron de 159 mil 581 llamadas de emergencia en 2016 a 236 mil 562 en 2020. Ello que sugiere que en el ámbito familiar tiene un peso significativo la violencia de pareja.
No se puede dejar de mencionar que muchos feminicidios son el resultado de una violencia no prevenida en el ámbito familiar y de pareja que logró escalar hasta la violencia extrema; de allí la importancia de visibilizar la violencia familiar y las medidas a tomar para su prevención.
Adicionalmente y con la finalidad de dar cumplimiento a la recomendación internacional que tiene el estado mexicano, por la Cedaw en sus recomendaciones de 2002, donde se exhorta al Estado a
[...] 432. El Comité pide al Estado parte que tenga en cuenta la Recomendación 19 sobre la violencia contra la mujer y tome las medidas necesarias para que la ley sancione adecuadamente todas las formas de violencia contra la mujer y la existencia de procedimientos adecuados para la investigación y el procesamiento. Recomienda que se promueva la promulgación de leyes federales y estatales, según proceda, que criminalicen y sancionen la violencia doméstica y a los perpetradores de la misma y que se adopten medidas para que las mujeres víctimas de tal violencia puedan obtener reparación y protección de inmediato, en particular, mediante el establecimiento de teléfonos de atención 24 horas, el aumento de centros de acogida y de campañas de tolerancia cero respecto de la violencia contra la mujer, para que se reconozca como un problema social y moral inaceptable. Asimismo, el Comité considera especialmente importante que se adopten medidas para la capacitación en derechos humanos y tratamiento de la violencia contra la mujer del personal de los servicios de salud, comisarías y fiscalías especializadas.
En las recomendaciones de la Cedaw de 2018, relativas a acceso a la justicia, en el literal d) se recomienda al Estado mexicano que
d) Aliente a las mujeres a denunciar los incidentes de violencia de género, incluida la violencia doméstica, se asegure de que las mujeres víctimas de discriminación y violencia de género tengan acceso a recursos efectivos y oportunos, y garantice que todos los casos de violencia de género contra la mujer se investiguen eficazmente y que los autores sean enjuiciados y castigados como corresponda.
Con base en lo anterior, especialmente ante la elevada y creciente incidencia de casos de violencia familiar tanto en denuncias como en llamadas de emergencia, así como en recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres someto a consideración la presente propuesta para incluir a la violencia familiar y de género entre las prioridades de la prevención social de la violencia y la delincuencia, tomando como referente el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto someto a consideración el siguiente proyecto de
Decreto
Único. Se modifica el artículo 6, sobre los ámbitos de la prevención social de la violencia y la delincuencia; se adiciona el artículo 10 Bis relativo, a la prevención social de la violencia y la delincuencia en el ámbito familiar; y se modifica y adiciona una fracción al artículo 14, sobre las atribuciones del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley General de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para quedar como sigue:
Capítulo SegundoDe la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia y la Atención a las Víctimas
Artículo 6. La prevención social de la violencia y la delincuencia incluye los siguientes ámbitos:
I. Social;
II. Comunitario;
III. Situacional;
IV. Psicosocial; y
V. Familiar.
Artículo 10 Bis.- La prevención social de la violencia y la delincuencia en el ámbito familiar se llevará a cabo mediante
I. Programas de asesoría jurídica y psicológica especializada y gratuita a las víctimas, que favorezcan su empoderamiento y promuevan la no repetición de la violencia.
II. Impulsar actividades reeducativas integrales, especializadas y gratuitas a potenciales agresores, para erradicar las conductas violentas a través de una educación que elimine los estereotipos de género que fomentan la desigualdad y la violencia;
III. Fomentar campañas informativas que permitan prevenir la violencia familiar y de género;
IV. Apoyar la conformación de unidades policiales especializadas en la prevención y atención de la violencia familiar y de género en lo federal, estatal y municipal; y
V. Trabajar coordinadamente para favorecer la operación de Centros de Justicia para las Mujeres, Fiscalías Especializadas en la Atención a la Violencia contra las Mujeres y demás instituciones que atienden la violencia familiar y de género.
Capítulo TerceroDe las Instancias de Coordinación
Sección SegundaDel Secretariado Ejecutivo
Artículo 14. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, tendrá las siguientes atribuciones:
I. Elaborar en coordinación con las demás instancias del Sistema Nacional de Seguridad Pública, las propuestas de contenido del Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, y todos aquellos vinculados con esta materia;
VII. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas públicas, programas y acciones en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia;
III. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del propio consejo nacional y de su presidente sobre la materia;
IV. Difundir la información estadística en materia de incidencia delictiva y de prevención social de la violencia y la delincuencia, incluyendo información estadística sobre violencia familiar y de género.
V. Coordinarse con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con la finalidad de integrar propuestas en la materia, al Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
VI. Todas las atribuciones conferidas al Secretariado Ejecutivo en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y demás disposiciones legales.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputados: Mildred Concepción Ávila Vera, Luis Humberto Aldana Navarro (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
«Iniciativa que reforma el artículo 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Paulo Gonzalo Martínez López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 76; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite presentar para su análisis y dictamen la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 58-17 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, para quedar al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La legislación vigente establece que para optar por el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo en México, la cuantía del asunto debe ser superior a doscientas veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que en 2024 representa un monto de $7,921,272.00 pesos. Este límite es considerablemente alto para muchos contribuyentes, especialmente las pequeñas y medianas empresas (Pymes), que constituyen el 99 por ciento de las empresas del país y generan el 72 por ciento del empleo nacional, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
En 2017, el límite era de $5,510,770.00 pesos, lo que ya representaba una barrera significativa para muchos contribuyentes. Con el incremento del valor de la UMA en más del 40 por ciento en los últimos siete años, la situación ha empeorado, excluyendo a una gran parte de los contribuyentes de los beneficios de este juicio. Reducir la cuantía a 140 veces la UMA permitirá que más contribuyentes accedan a un juicio especializado y enfocado en el fondo del asunto, sin tener que garantizar el crédito fiscal durante la tramitación del juicio, aliviando así las cargas administrativas y financieras que enfrentan.
La situación actual afecta directamente el derecho de acceso a la justicia, consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia de manera pronta, completa e imparcial. Al mantener un límite de cuantía elevado, los contribuyentes, especialmente las Pymes y personas físicas, se ven restringidos en su capacidad de recurrir a un juicio que les permita defender sus derechos fiscales de manera adecuada.
El artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos también protege el derecho a un recurso judicial sencillo y efectivo ante cualquier violación de derechos. Sin embargo, el límite de cuantía actual restringe el acceso a este recurso judicial para miles de contribuyentes que no pueden optar por el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo debido a la imposibilidad de cubrir o garantizar el monto requerido.
La imposición de un límite de cuantía tan elevado obliga a los contribuyentes a garantizar el crédito fiscal para obtener la suspensión del acto reclamado, lo que puede implicar montos que exceden su capacidad financiera. Esto representa un obstáculo especialmente para las Pymes, que no cuentan con los recursos suficientes para garantizar créditos fiscales de grandes cuantías. En la práctica, esto significa que miles de contribuyentes son forzados a pagar o a litigar en condiciones desfavorables, lo que contraviene el principio de igualdad ante la ley y afecta su derecho a una justicia fiscal efectiva.
El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) ha señalado que una de las principales barreras para el crecimiento de las empresas en México es la incertidumbre jurídica, especialmente en materia fiscal. Los empresarios han manifestado que el sistema de justicia fiscal, al exigir garantías costosas, desalienta a las empresas a defender sus derechos y las obliga a negociar con el fisco en condiciones de desventaja.
Reducir la cuantía para optar por el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo brindará a las empresas una alternativa más accesible y equitativa para resolver sus controversias con el fisco.
Desde el punto de vista presupuestal, la reducción de la cuantía para acceder al Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo no implica un impacto negativo para las finanzas públicas. De hecho, al permitir que más contribuyentes accedan a este tipo de juicio sin necesidad de garantizar el crédito fiscal, se generará un ahorro en costos judiciales y administrativos.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) no tendría que lidiar con la administración de garantías ni con la logística que implica la tramitación de juicios ordinarios que requieren mayores recursos.
Asimismo, para el contribuyente, se trata de un alivio económico significativo, ya que no tendría que desembolsar cantidades considerables para garantizar el crédito fiscal. Según la OCDE, los países que han implementado reformas para simplificar y facilitar el acceso a la justicia fiscal han observado un incremento en el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, lo que a largo plazo se traduce en un aumento en la recaudación tributaria sin necesidad de aplicar medidas coercitivas.
Países como España y Chile han implementado reformas similares para facilitar el acceso de los contribuyentes a juicios fiscales mediante la reducción de la cuantía mínima requerida. En España, la cuantía mínima para acceder a los procedimientos de fondo se ha reducido en los últimos años, lo que ha permitido que las Pymes y personas físicas tengan un acceso más equitativo a la justicia fiscal. Esta medida ha resultado en un aumento del 25 por ciento en el número de casos resueltos en favor del contribuyente y ha mejorado la eficiencia de los tribunales administrativos.
En Chile, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha implementado un sistema de resolución anticipada de controversias fiscales para casos de baja cuantía, lo que ha permitido una mayor eficiencia en la resolución de conflictos y una reducción en los tiempos de respuesta judicial en un 30 por ciento. Además, esta medida ha generado un ahorro significativo para los tribunales y ha incentivado el cumplimiento fiscal voluntario.
La reducción de la cuantía mínima para optar por el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo beneficiará a miles de contribuyentes que actualmente enfrentan barreras financieras y administrativas para defender sus derechos fiscales. Esta medida es consistente con los principios constitucionales y los compromisos internacionales de México en materia de derechos humanos, al garantizar un acceso más equitativo y eficiente a la justicia fiscal. Asimismo, la experiencia internacional demuestra que este tipo de reformas no solo facilitan el acceso a la justicia, sino que también mejoran el cumplimiento fiscal y generan ahorros significativos para el Estado y los contribuyentes.
Es fundamental que el sistema de justicia fiscal en México evolucione hacia un esquema más accesible, eficiente y justo, que permita a todos los contribuyentes, independientemente de su tamaño o capacidad económica, acceder a mecanismos de defensa adecuados sin tener que garantizar montos elevados que, en muchos casos, exceden su capacidad financiera.
Finalmente, el objetivo central de la reforma es reducir la cuantía mínima para optar por el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo, pasando de 200 a 140 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), con el fin de ampliar el acceso a la justicia fiscal para contribuyentes que actualmente enfrentan barreras económicas y administrativas. Al reducir esta cuantía, se busca:
Facilitar el acceso equitativo a un mecanismo judicial que se enfoque en la resolución de fondo de los asuntos fiscales, sin la necesidad de garantizar el crédito fiscal, lo que implica un ahorro significativo para los contribuyentes.
Aumentar la eficiencia del sistema judicial, permitiendo que más contribuyentes puedan recurrir al juicio especializado sin comprometer su estabilidad financiera, y agilizando los procesos administrativos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, al brindar a los contribuyentes un acceso más justo y menos costoso a la defensa de sus derechos, lo que a su vez fortalece el Estado de Derecho y la recaudación fiscal en México.
Para un mayor entendimiento de lo que se propone, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Fundamento legal de la iniciativa
Lo constituye el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 76; 77 y; 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, y demás disposiciones aplicables, mismos que quedaron precisados desde el inicio de este documento.
En virtud de lo anterior, se somete a consideración el siguiente
Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en materia de cuantía del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo.
Único. Se reforma el artículo 58-17 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo para quedar como sigue:
Artículo 58-17. El Tribunal determinará las Salas Regionales Especializadas en materia del juicio de resolución exclusiva de fondo, el cual versará únicamente sobre la impugnación de resoluciones definitivas que deriven del ejercicio de las facultades de comprobación a que se refiere el artículo 42, fracciones II, III o IX del Código Fiscal de la Federación y la cuantía del asunto sea mayor a ciento cuarenta veces la Unidad de Medida y Actualización, elevada al año, vigente al momento de emisión de la resolución combatida.
...
...
...
I. a IV. ...
...
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Paulo Gonzalo Martínez López (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
«Iniciativa que reforma los artículos 1-A y 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Paulo Gonzalo Martínez López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 76; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite presentar para su análisis y dictamen la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción XIII del artículo 1-A y el último párrafo del artículo 58-17 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, para quedar al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En la actualidad, el acceso a la justicia administrativa en México enfrenta importantes desafíos, particularmente en relación con la equidad y la disponibilidad de recursos para los contribuyentes en todo el territorio nacional. El Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo, regulado por la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), ofrece una vía rápida y efectiva para resolver asuntos fiscales de fondo entre los contribuyentes y la administración tributaria. No obstante, la falta de su tramitación a través del Sistema de Justicia en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) genera un costo económico y temporal adicional para quienes deben trasladarse o recurrir a abogados que operan exclusivamente en la capital, lo que repercute en la efectividad de la defensa de sus derechos fiscales.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el 71.4 por ciento de las Pymes en México se encuentran fuera de la Ciudad de México y su área metropolitana, lo que significa que gran parte de los contribuyentes que podrían verse beneficiados por el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo no tienen un acceso directo o ágil a los tribunales.
Estas limitaciones no solo afectan la eficiencia del sistema judicial, sino que también vulneran el derecho de los contribuyentes a una justicia pronta y expedita, consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia de manera pronta, completa e imparcial.
De acuerdo con datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el 80 por ciento de los contribuyentes de las pequeñas y medianas empresas (Pymes) en México están ubicados fuera de la capital. Estas Pymes, que constituyen el 99 por ciento de las empresas del país y generan el 72 por ciento del empleo nacional, se ven perjudicadas por la falta de acceso eficiente a los tribunales fiscales, lo que a menudo se traduce en retrasos, mayores costos de representación legal y la imposibilidad de defender adecuadamente sus derechos fiscales.
De acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el acceso equitativo a la justicia es un factor crucial para la estabilidad de los sistemas tributarios y económicos, ya que fomenta la confianza de los ciudadanos en las instituciones y facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales. La posibilidad de tramitar estos juicios en línea no solo aliviaría la carga de trabajo de los tribunales, sino que también optimizaría el tiempo y los recursos de las partes involucradas, reduciendo el costo de litigar y facilitando la resolución de conflictos fiscales en todo el país.
La falta de un juicio en línea afecta también a los contribuyentes individuales, especialmente en estados con menor infraestructura judicial. Por ejemplo, según el INEGI, los contribuyentes de estados como Chiapas, Oaxaca y Guerrero tienen un acceso limitado a servicios judiciales, lo que aumenta los costos de litigio y disminuye la eficacia en la resolución de conflictos tributarios.
El derecho a la justicia, establecido en el artículo 17 de la Constitución, se ve comprometido cuando existen barreras tecnológicas y geográficas que limitan la capacidad de los contribuyentes de ejercer su defensa de manera efectiva. La falta de disponibilidad de un sistema en línea para el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo implica una restricción injusta para quienes, por su ubicación, no pueden acudir presencialmente al TFJA, ya que no cuentan con los mismos recursos ni acceso que los contribuyentes de zonas urbanas cercanas a la capital.
Además, el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a un recurso judicial sencillo y eficaz ante cualquier violación de sus derechos, un principio que se extiende a la protección de los derechos de los contribuyentes en materia tributaria. La creación de un Juicio en Línea para estos casos sería un paso necesario para cumplir con las obligaciones internacionales de México en materia de acceso a la justicia.
El éxito de los sistemas de justicia en línea en países como España y Chile sirve como un referente claro para la modernización de los procedimientos judiciales en México. En España, la implementación de juicios en línea ha reducido en un 30 por ciento los tiempos procesales y ha incrementado en un 20 por ciento la resolución de casos en tribunales administrativos, según reportes del Consejo General del Poder Judicial de España. En Chile, la Justicia Tributaria Electrónica ha permitido una mayor participación de contribuyentes en zonas rurales, facilitando el acceso equitativo y eficiente a la justicia.
Asimismo, en países como Estados Unidos, la utilización de plataformas en línea para la tramitación de juicios administrativos ha demostrado ser una herramienta eficaz para la descongestión de los tribunales y la reducción de los costos asociados a la presentación de casos. La experiencia internacional muestra que la justicia en línea no solo es viable, sino que es una necesidad para optimizar los recursos judiciales y garantizar un acceso más justo y equitativo para todos los contribuyentes, independientemente de su ubicación geográfica.
Por ello, la posibilidad de tramitar el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo en línea generaría múltiples beneficios, no solo para los contribuyentes, sino también para el propio sistema judicial. Al digitalizar estos procesos, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) podría reducir la congestión de los tribunales presenciales, lo que permitiría resolver más casos en menor tiempo. En Chile, la implementación de sistemas de justicia en línea ha reducido los tiempos procesales en un 35 por ciento y los costos administrativos en un 25 por ciento, según reportes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
Además, este cambio no implicaría un impacto presupuestal negativo. Al contrario, la digitalización de los juicios permitiría un ahorro significativo de recursos para el Estado, al reducir costos operativos como el uso de instalaciones físicas y personal adicional para la atención presencial.
Según la OCDE, los sistemas de justicia en línea pueden reducir en más del 30 por ciento los costos administrativos asociados al manejo de casos. Este ahorro no solo beneficiaría al gobierno, sino también a los contribuyentes, quienes ya no tendrían que gastar en desplazamientos ni representación legal en la Ciudad de México.
Ahora bien, desde la perspectiva presupuestal, esta reforma no implicaría un aumento en el gasto público. El Sistema de Justicia en Línea ya está implementado y funcionando para otras modalidades de juicio, por lo que extender su uso al Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo solo implicaría un ajuste técnico en los sistemas existentes. Esto permitiría aprovechar la infraestructura tecnológica ya disponible sin requerir una inversión adicional significativa.
Al contrario, el ahorro derivado de la reducción en el uso de recursos físicos y la optimización de los tiempos procesales generaría una mejora en la eficiencia del sistema judicial, lo que a su vez podría permitirle al Estado destinar esos recursos a otras áreas prioritarias. Los contribuyentes también verían una disminución en sus costos de litigio, al evitar traslados y otros gastos relacionados con los juicios presenciales.
Esto significa que la propuesta de tramitar el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo mediante el Sistema de Justicia en Línea no solo representa una medida de justicia e igualdad de acceso para los contribuyentes de todo el país, sino que también genera eficiencia y ahorro tanto para el gobierno como para los ciudadanos.
La reforma que se propone a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo busca que el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo pueda ser tramitado mediante el Sistema de Justicia en Línea del TFJA, eliminando las barreras geográficas y económicas que actualmente limitan el acceso a la justicia administrativa. Esta medida permitirá que miles de contribuyentes de todas las entidades federativas puedan resolver sus controversias fiscales de manera más rápida, económica y eficiente, cumpliendo así con el principio de igualdad ante la ley y garantizando el pleno respeto de sus derechos.
Al implementar esta reforma, se fortalecerá la confianza de los ciudadanos en el sistema judicial, se promoverá el cumplimiento fiscal voluntario, y se reducirá la carga administrativa del Tribunal, lo que permitirá una resolución
más expedita de los casos y mejorará la eficiencia general del sistema de justicia fiscal en México. Por estas y más razones en esta iniciativa se propone que el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo también pueda tramitarse mediante el Sistema de Justicia en Línea del TFJA.
Para un mayor entendimiento de lo que se propone, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Fundamento legal de la iniciativa
Lo constituye el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 76; 77 y; 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, y demás disposiciones aplicables, mismos que quedaron precisados desde el inicio de este documento.
En virtud de lo anterior, se somete a consideración el siguiente
Proyecto de decreto por el que se reforman la fracción XIII del artículo 1-A y el último párrafo del artículo 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en materia de tramitación “en línea” del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo
Único. Se reforman la fracción XIII del artículo 1-A y el último párrafo del artículo 58-17 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo para quedar como sigue:
Artículo 1-A.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. a XII. ...
XIII. Juicio en línea: Substanciación y resolución del juicio contencioso administrativo federal en todas sus etapas, así como de los procedimientos previstos en el artículo 58 de esta Ley, a través del Sistema de Justicia en Línea, incluso en los casos en que sea procedente la vía sumaria, así como el Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo.
XIV. a XVII. ...
Artículo 58-17. El Tribunal determinará las Salas Regionales Especializadas en materia del juicio de resolución exclusiva de fondo, el cual versará únicamente sobre la impugnación de resoluciones definitivas que deriven del ejercicio de las facultades de comprobación a que se refiere el artículo 42, fracciones II, III o IX del Código Fiscal de la Federación y la cuantía del asunto sea mayor a doscientas veces la Unidad de Medida y Actualización, elevada al año, vigente al momento de emisión de la resolución combatida.
...
...
...
I. a IV. ...
En ningún caso el juicio de resolución exclusiva de fondo podrá tramitarse a través del juicio en la vía tradicional o sumaria, regulados en la presente ley. Una vez que el demandante haya optado por el juicio regulado en el presente Capítulo, no podrá variar su elección.
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Paulo Gonzalo Martínez López (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Paulo Gonzalo Martínez López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 76; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite presentar para su análisis y dictamen la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona y modifica los artículos 2, fracción XIII, 4 Bis, 21, fracción XII, y 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El derecho a la seguridad urbana y a la protección civil es un derecho humano fundamental que tiene como objetivo garantizar que todas las personas que viven en zonas urbanas puedan disfrutar de un entorno seguro y protegido. Este derecho se relaciona con la obligación de los Estados de proteger a sus ciudadanos y residentes de los peligros que puedan presentarse en las ciudades, ya sean naturales o causados por la acción humana.
En este sentido, la seguridad urbana se refiere a la prevención y control de situaciones que puedan poner en riesgo la integridad física, psicológica y emocional de las personas, como la delincuencia, la violencia, el tráfico de drogas y la explotación laboral, entre otros. La protección civil, por su parte, se enfoca en la prevención, preparación y respuesta ante emergencias y desastres naturales, como terremotos, inundaciones, incendios, huracanes, entre otros.
El derecho a la seguridad urbana y a la protección civil está reconocido en varios instrumentos internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Además, la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad”, lo que incluye la seguridad en el entorno urbano.
Para garantizar el derecho a la seguridad urbana y a la protección civil, los Estados deben adoptar medidas preventivas, como políticas públicas de seguridad ciudadana y planes de emergencia, así como promover la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones y en la implementación de medidas de prevención y protección. También deben asegurarse de que los servicios de emergencia, como la policía, los bomberos y los equipos médicos, estén debidamente capacitados y equipados para actuar en caso de emergencias y desastres.
Además, los Estados deben garantizar que todas las personas tengan acceso a la información necesaria para estar preparados ante situaciones de emergencia y desastres, así como a servicios de apoyo y protección en caso de sufrir algún tipo de violencia o delito.
También deben asegurarse de que los derechos de las personas afectadas por desastres naturales sean protegidos y respetados, en particular los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, como niños, personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de pobreza.
En resumen, el derecho a la seguridad urbana y a la protección civil es un derecho humano fundamental que tiene como objetivo garantizar que todas las personas que viven en zonas urbanas puedan disfrutar de un entorno seguro y protegido. Los Estados tienen la obligación de adoptar medidas preventivas y de protección, promover la participación de la sociedad civil, garantizar el acceso a la información y servicios de apoyo, y proteger los derechos de las personas afectadas por desastres naturales.
De hecho el derecho a la seguridad urbana y a la protección civil en nuestro sistema jurídico mexicano adquirió una nueva dimensión a partir del establecimiento de aquel nuevo paradigma en materia de derechos humanos de junio de 2011 que, trasladado al caso concreto en palabras de Jesús Gabriel Flores Tapia se tradujo en “la obligación de la autoridad para desarrollar y aplicar políticas públicas encaminadas a garantizar la vida y la integridad de las personas, sus bienes y el medio ambiente, que son los bienes jurídicos protegidos por la protección civil”.
Hecho que no puede verse de manera aislada, sino que debe leerse en clave de una constitucionalización del derecho a la seguridad urbana y a la protección civil que por largo tiempo fueron relegados a un campo de la mera legalidad, en desmedro de su estudio con un enfoque constitucional que diera lugar a su plena eficacia en los textos constitucionales y así garantizar su salvaguarda como parte de la norma fundamental.
En este sentido, nuestro país como puede verse no fue ajeno a este proceso de constitucionalización, el cual debe ser entendido de acuerdo con Riccardo Guastini como aquel “proceso de transformación de un ordenamiento, al término del cual, el ordenamiento en cuestión resulta totalmente impregnado por las normas constitucionales. Un ordenamiento jurídico constitucionalizado se caracteriza por una Constitución extremadamente invasora, entrometida, capaz de condicionar tanto la legislación como la jurisprudencia y el estilo doctrinal, la acción de los actores políticos, así como las relaciones sociales”.
Como muestra de este proceso de constitucionalización del derecho a la seguridad ciudadana y la protección civil cabe resaltar el artículo 14 de la Constitución de la Ciudad de México que estableció lo siguiente:
“Toda persona tiene derecho a vivir en un entorno seguro, a la protección civil, a la atención en caso de que ocurran fenómenos de carácter natural o antropogénico, así como en caso de accidentes por fallas en la infraestructura de la ciudad. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para proteger a las personas y comunidades frente a riesgos y amenazas derivados de esos fenómenos.”
Dicho esto, puede verse que de este proceso de constitucionalización del derecho a la seguridad urbana y protección civil se desprende que toda persona tiene el derecho a contar con un entorno seguro que, en el caso de la obra pública se manifiesta en la tarea de las autoridades de atender aquellas fallas o accidentes en la infraestructura, lo cual en el ámbito de competencia del poder legislativo debe materializarse en la creación de leyes que garanticen una obra pública de calidad.
Ello como parte de una obligación que encuentra correspondencia en el artículo 134 de nuestra Constitución Federal que, de manera expresa señala lo que a continuación se transcribe:
“Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente , a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.”
Es decir, generar un ambiente propicio para una obra pública de calidad es parte del catálogo de derechos previstos en nuestra Constitución que enlazados con el derecho a la seguridad urbana y la protección civil desembocan en un compromiso legislativo que tiene como ideal regulativo generar las condiciones para ciudades seguras.
Pero ¿qué significa en los hechos este entorno seguro?, Un entorno en donde la ciudadanía pueda transitar por caminos, puentes u otras vías de comunicación, hacer uso de recintos públicos como escuelas, hospitales, oficinas de gobierno, etc. sin temor de que se produzcan fallas en las estructuras de las obras públicas que pongan en peligro sus vidas.
Lo cual, necesariamente, pasa por un adecuado control en la gestión integral de riesgos, concepto que en nuestra legislación encuentra su raíz de acuerdo con lo previsto en el artículo 2, fracción XXVIII, de la Ley General de Protección Civil que, en su parte sustantiva establece lo que a continuación se detalla:
“Gestión Integral de riesgos: El conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción.”
Por ello, cuando se aplican esta clase de conceptos a la obra pública y, en especial a su legislación aplicable que es la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, se debe tomar en cuenta la necesidad de impulsar remedios legislativos que nos permitan pasar de una cultura reactiva a una cultura de la prevención basada en un enfoque proactivo.
En este sentido, esta iniciativa tiene como propósito darle una centralidad al control de calidad de los materiales y procedimientos constructivos empleados en la obra pública como un mecanismo que elimine los riesgos de posibles fallas en sus estructuras y, al mismo tiempo, eleven su calidad.
Esto es que, en el corto, mediano y largo plazo se generen ahorros al Estado y en consecuencia, a la sociedad que reclama por mejores servicios, pero acompañando esta exigencia con la ejecución de recursos del estado en condiciones de eficiencia, eficacia y honradez.
Esto resulta crucial porque no dimensionar la inclusión del control de calidad dentro del costo total de la obra pública acompañando el costo directo e indirecto calculados de acuerdo con los tabuladores que se especifiquen en la normatividad aplicable, implica en la práctica que se le dé un rol secundario a un aspecto que no puede ser dejado de lado, ya que su debido cuidado y cumplimiento salva vidas humanas y de igual forma genera ahorros importantes para el Estado mexicano.
Más cuando la falta de un adecuado control de calidad de la obra pública en México ha sido una problemática recurrente en el país, que ha generado pérdidas económicas y humanas significativas. Si bien es difícil determinar con precisión el monto exacto de las pérdidas, diversos estudios han estimado que los costos asociados a la falta de control de calidad en la obra pública en México son muy elevados.
Por ejemplo, de acuerdo con la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en su informe de 2023, se detectaron irregularidades en 33 por ciento de los proyectos de infraestructura auditados, lo que generó un daño patrimonial estimado en $7 mil millones de pesos. Estas fallas están ligadas a problemas en el control de calidad, ejecución deficiente y uso de materiales de baja calidad.
La Línea 12 del Metro de la Ciudad de México, con su colapso en 2021, evidenció la falta de un control adecuado en la calidad de los materiales y la supervisión, lo que causó la muerte de 26 personas y un costo de reparación de más de $1.5 mil millones de pesos
Según el Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO), los errores en la ejecución y supervisión de las obras públicas generan pérdidas de hasta el 50 por ciento del costo total de la obra debido a reparaciones y retrabajos. Esto representa un impacto anual de hasta $15 mil millones de pesos en costos adicionales para el gobierno. Esto quiere decir que la falta de control de calidad puede generar costos directos asociados a la necesidad de realizar reparaciones o retrabajos en la obra, lo que implica un aumento en los costos de construcción.
Un análisis de Transparency International muestra que en México, 20 por ciento del presupuesto asignado a proyectos de infraestructura se pierde debido a prácticas corruptas que afectan el control de calidad, ya que se utilizan materiales de menor calidad o se hacen modificaciones no autorizadas en los contratos.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en su informe de 2022, destacó que México es uno de los países con mayor índice de corrupción en los contratos de obra pública, lo que afecta directamente la calidad de las construcciones. Se estima que el 34 por ciento de los contratos de obra pública en México presentan irregularidades que comprometen la seguridad y durabilidad de las obras.
La ASF señaló que los estados y municipios con mayores problemas de corrupción en la construcción de obra pública, como Veracruz y Oaxaca, tienen el 60 por ciento de sus obras en mal estado antes de los primeros cinco años de uso debido a la baja calidad de los materiales empleados.
Asimismo, una obra pública de mala calidad puede tener un impacto negativo en la economía local, ya que puede generar desconfianza y afectar la imagen y reputación del gobierno y las empresas constructoras. En segundo lugar, la falta de control de calidad en la obra pública puede generar costos sociales y económicos significativos.
En este sentido, una obra pública de mala calidad puede generar riesgos para la seguridad de las personas que la utilizan, lo que puede generar costos sociales en términos de pérdidas humanas o lesiones. Además, una obra pública de mala calidad puede afectar el desarrollo económico de la región, ya que puede generar desconfianza y afectar la inversión y el turismo.
En tercer lugar, la falta de control de calidad puede generar costos asociados a la corrupción y la falta de transparencia en la asignación de contratos de obra pública. En este sentido, la falta de control de calidad puede generar incentivos para que las empresas constructoras utilicen materiales de baja calidad o realicen obras de menor calidad, con el fin de maximizar sus ganancias. Además, la falta de control de calidad puede generar prácticas corruptas, como la asignación de contratos de obra pública a empresas amigas o a través de procesos poco transparentes, lo que puede generar costos económicos y sociales significativos.
En conclusión, el control de calidad es parte integral del valor económico de la obra, y no como un gasto implícito más en la administración del contratista, la falta de un adecuado control de calidad de la obra pública en México ha generado pérdidas económicas significativas.
Por ello, es necesario tomar medidas para mejorar la calidad de la obra pública y reducir los costos asociados a la falta de control de calidad. Estas medidas pueden incluir la implementación de procesos de control de calidad más rigurosos, la promoción de la transparencia y la rendición de cuentas en la asignación de contratos de obra pública, y la sanción de las prácticas corruptas y poco transparentes.
De acuerdo con el informe más reciente de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) de 2023, se estima que entre el 15 por ciento y el 20 por ciento del presupuesto total se destinó a proyectos de inversión física, los cuales son fundamentales para impulsar el desarrollo económico y resolver problemáticas en áreas clave como salud, educación, agua potable, energía eléctrica y comunicaciones.
Sin embargo, la ASF ha señalado que se detectaron importantes irregularidades en la ejecución de estos proyectos.
Se estima que dichas irregularidades afectan aproximadamente el 7.4 por ciento de los contratos de obra pública, lo que implica una afectación al erario de más de $64,835 millones de pesos solo en 2021 y 2022. Estas irregularidades incluyen incumplimientos en las normas de calidad y fallas en la supervisión de obras, lo que ha resultado en una pérdida significativa para las finanzas públicas.
Además, los resultados de la ASF indican que gran parte de las afectaciones se deben a incumplimientos en las especificaciones técnicas y al uso de materiales de baja calidad, lo que genera reparaciones costosas y retrasos en la entrega de servicios esenciales para la población.
Por esa y más razones, la presente iniciativa en un plano específico busca incorporar en la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionado con las mismas, una nueva definición del concepto de control de calidad como parte de su inclusión a los costos totales (costo directo más costo indirecto más costo por control de calidad) siguiendo los parámetros basados en los tabuladores establecidos en la normatividad aplicable para su cálculo.
Esto, sin olvidar como elemento disruptivo la necesidad de que estas nuevas definiciones se incluyan como parte de un derecho a la seguridad urbana y la protección que engloba un derecho más amplio como la generación de ciudades seguras.
Es momento de que las y los legisladores, sin ideologías ni colores partidistas, hagamos algo productivo y palpable para la población que tanto nos necesita.
Por esta razón, la iniciativa tiene por objeto integrar el concepto de control de calidad dentro de los contratos de obras públicas que realicen las entidades y las dependencias de la AP. Para ello se propone:
1) Definir el concepto de control de calidad como el conjunto de actividades orientadas al cumplimiento de los requisitos de calidad establecidos en el proyecto, el cual comprende, principalmente el examen de los resultados obtenidos de un proceso de producción, mediante mediciones, muestreo y pruebas, tanto de campo como de laboratorio, que permiten evaluar las propiedades inherentes a un concepto de obra, de sus acabados, de los materiales y de los equipos de instalación permanente que se utilicen en su ejecución, comparándolas con las especificadas en el proyecto, así como los análisis estadísticos de esos resultados, para decidir la aceptación, rechazo o corrección del concepto y determinar oportunamente si el proceso de producción se está ejecutando correctamente, conforme al procedimiento de construcción o éste será corregido;
2) determinar que en todos los conceptos que integran la obra pública, en correspondencia con el derecho a una seguridad urbana y protección civil, se entenderá como costo total la sumatoria de los costos directos, los costos indirectos, los costos por control de calidad, costos por financiamiento, cargos por utilidad y cargos adicionales, los cuales se regularán en su cálculo de acuerdo con los tabuladores previstos en la normatividad reglamentaria que deriva de la presente ley;
3) señalar que las dependencias y entidades según las características, complejidad y magnitud de los trabajos formularán sus programas anuales de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas y los que abarquen más de un ejercicio presupuestal, así como sus respectivos presupuestos, considerando la ejecución, que deberá incluir el costo estimado de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que se realicen por contrato donde se especifiquen lo relativo a: la supervisión, los costos directos, los costos indirectos, los costos por control de calidad, costos por financiamiento, cargos por utilidad y cargos adicionales; en caso de realizarse por administración directa, los costos de los recursos necesarios; las condiciones de suministro de materiales, de maquinaria, de equipos o de cualquier otro accesorio relacionado con los trabajos; los cargos para pruebas y funcionamiento, así como los indirectos de los trabajos y costo por el control de calidad; y,
4) estipular que los contratistas presentarán a las dependencias y entidades, los especialistas y laboratorios de control de calidad con los que licitó, los cuales no podrán ser cambiados sin la autorización expresa de la dependencia y con la debida justificación.
Para cumplir con este propósito se propone en esta iniciativa las siguientes adiciones y modificaciones a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas en los siguientes términos:
Fundamento legal de la iniciativa
Lo constituye el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 76; 77 y; 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, y demás disposiciones aplicables, mismos que quedaron precisados desde el inicio de este documento.
En virtud de lo anterior, se somete a consideración el siguiente
Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en materia de control de calidad
Único. Se adicionan y reforman los artículos 2 fracción XIII, el 4 Bis, el 21 fracción XII y 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para quedar como sigue:
Artículo 2.- Para los efectos de la presente ley, se entenderá por:
I. a XII. ...
XIII. Control de calidad: conjunto de actividades orientadas al cumplimiento de los requisitos de calidad establecidos en el proyecto. Comprenden principalmente el examen de los resultados obtenidos de un proceso de producción, mediante mediciones, muestreo y pruebas, tanto de campo como de laboratorio, que permiten evaluar las propiedades inherentes a un concepto de obra, de sus acabados, de los materiales y de los equipos de instalación permanente que se utilicen en su ejecución, comparándolas con las especificadas en el proyecto, así como los análisis estadísticos de esos resultados, para decidir la aceptación, rechazo o corrección del concepto y determinar oportunamente si el proceso de producción se está ejecutando correctamente, conforme al procedimiento de construcción o éste será corregido.
Artículo 4.- Para los efectos de esta ley, se consideran como servicios relacionados con las obras públicas, los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los elementos que integran un proyecto de obra pública; las investigaciones, estudios, asesorías y consultorías que se vinculen con las acciones que regula esta ley; la dirección o supervisión de la ejecución de las obras y los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones. Asimismo, quedan comprendidos dentro de los servicios relacionados con las obras públicas los siguientes conceptos:
I. a X. ...
Artículo 4 Bis. En todos los conceptos que integran la obra pública, en correspondencia con el derecho a una seguridad urbana y protección civil, se entenderá como costo total la sumatoria de los costos directos, los costos indirectos, los costos por control de calidad, costos por financiamiento, cargos por utilidad y cargos adicionales, los cuales se regularán en su cálculo de acuerdo con los tabuladores previstos en la normatividad reglamentaria que deriva de la presente ley.
Artículo 21.- Las dependencias y entidades según las características, complejidad y magnitud de los trabajos formularán sus programas anuales de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas y los que abarquen más de un ejercicio presupuestal, así como sus respectivos presupuestos, considerando:
l. a XI. ...
XII. La ejecución, que deberá incluir el costo estimado de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que se realicen por contrato donde se especifiquen lo relativo a: la supervisión, los costos directos, los costos indirectos, los costos por control de calidad, costos por financiamiento, cargos por utilidad y cargos adicionales; en caso de realizarse por administración directa, los costos de los recursos necesarios; las condiciones de suministro de materiales, de maquinaria, de equipos o de cualquier otro accesorio relacionado con los trabajos; los cargos para pruebas y funcionamiento, así como los indirectos de los trabajos y costo por el control de calidad;
XIII. a XVI. ...
Artículo 53.- Las dependencias y entidades establecerán la residencia de obra o servicios con anterioridad a la iniciación de las mismas, la cual deberá recaer en un servidor público designado por la dependencia o entidad, quien fungirá como su representante ante el contratista y será el responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por los contratistas. La residencia de obra deberá estar ubicada en el sitio de ejecución de los trabajos.
...
Los contratistas presentarán a las dependencias y entidades los especialistas y laboratorios de control de calidad con los que licitó, los cuales no podrán ser cambiados sin la autorización expresa de la dependencia y con la debida justificación.
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Paulo Gonzalo Martínez López (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen, y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para opinión.
LEY GENERAL DE SALUD
«Iniciativa que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Salud, en materia de salud pública para implementar un sistema de triage, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado a la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 6o. de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en nuestro país hay tres retos importantes y significativos que en materia de salud pública deberían atenderse.
En primer lugar, el sistema público de salud se encuentra no sólo segmentado sino también fragmentado, debido a la existencia simultánea que cada una de las diferentes instituciones tienen por contar con características distintas unas de otras tanto por temas de financiamiento, como de calidad, cobertura y, a su vez, el modelo de atención implementado por cada una, lo que en consecuencia deriva en diferencias en el acceso a servicios públicos eficientes. Por otro lado, la fragmentación radica en la falta de coordinación e integración dentro del mismo sistema de salud y en su defecto en cada subsistema o institución, trayendo como resultado la falta de continuidad en los tiempos de atención, y haciendo evidente la deficiencia en los procesos y sus resultados. Otro de los retos observados es la baja inversión en el sector salud y su asignación desigual entre los subsistemas, este problema por naturaleza reduce muy notoriamente la capacidad de respuesta del sistema de salud y sus profesionales para brindar la atención médica que de manera sustancial debiera ofrecerse de forma equitativa, continua, oportuna, y de calidad a la población en general. Para ello en Coneval estadísticamente refiere que el nivel de gasto para financiar la oferta de servicios de salud en el sector público mexicano está por debajo de los parámetros internacionales (6.0 por ciento según la Organización Mundial de la Salud, OMS), gasto que es complementado con recursos de los hogares, principalmente en forma de gasto de bolsillo. Además de los bajos recursos con los que se cuenta, éstos se destinan de manera desigual entre los diferentes subsistemas: en 2022, el gasto per cápita para la población sin seguridad social fue de 3 mil 979.7 pesos en comparación con los 5 mil 446 pesos per cápita asignados a la población que sí cuenta con seguridad social. Por otra parte, el último de los tres retos observados por el Coneval se enfoca en la calidad deficiente de la atención y de los servicios de salud, mismos que son observados no sólo por la ciudadanía, sino también por los profesionales de la salud, en los que si bien, se han realizado esfuerzos constantes para mejorar la calidad de cada uno de los servicios ofrecidos en las respectivas instituciones, siguen existiendo problemáticas por superar, por ejemplo, si bien la razón de mortalidad materna ha ido a la baja de forma constante en las últimas décadas, todavía está lejos de la meta planteada por los Objetivos de Desarrollo Sostenible (30.4 en 2022 frente a la meta de 22.2 muertes maternas por 100 mil nacidos vivos establecida para 2015).
Por su parte, el Instituto Nacional de Salud Pública compartió que la preferencia de casi la mitad de la población mexicana por pagar servicios de salud privados en lugar de usar servicios públicos gratuitos cuando enfrenta una necesidad de salud subraya un desafío crítico para el Gobierno mexicano en su búsqueda por proporcionar atención médica para todos. Los factores clave que impulsan este comportamiento incluyen la percepción de falta de accesibilidad, mala calidad de los servicios, escasez de personal y existencia insuficiente de medicamentos. En 2022, se documentó que 71 por ciento de los motivos por los que las personas no se atendían en servicios públicos se relacionaban con barreras de accesibilidad (afiliación, la cercanía y, paradójicamente, el costo), y 21 por ciento, con la percepción de mala calidad de la atención. Estos resultados reflejan problemas arraigados dentro del sistema de salud pública que requieren soluciones integrales y complejas.
Para atender una de las constantes que prevalece dentro de la evaluación que las y los mexicanos han señalado, se encuentra principalmente la atención, calidad, accesibilidad y tiempo de espera para los servicios de salud, entendiéndose también que, ante la negativa o la incertidumbre de la pronta atención de las y los pacientes, una de las maneras de contrarrestar dichas valoraciones sería la implementación obligatoria de los sistemas de triage en las instituciones de servicio de salud pública, a fin de incentivar, producir y estimular los niveles de confianza en la calidad de atención, dentro del procedimiento protocolario de aplicación inicial para la atención que se requiera según sea la condición o estado de salud del paciente.
El término triage surgió del neologismo francés trier, que significa seleccionar o clasificar, término que se empezó a utilizar desde las primeras batallas napoleónicas, cuando los jefes médicos de las tropas, bajo la orden de que los soldados que no tuvieran la capacidad de recuperarse debían dejarse en el frente de batalla y sólo se asistiera y se llevaría al hospital a los que pudieran recuperarse y volver al campo de batalla. Este sistema, si en aquel entonces podía llamarse así, fue mejorando con el paso del tiempo hasta ser implementado como todo un sistema de selección y priorización de pacientes heridos en la Primera Guerra Mundial y en otros conflictos mundiales de los siglos XIX y XX, para así convertirse en un sistema médico organizado a finales del siglo XX en el Reino Unido, Estados Unidos de América y Europa. Hoy en día se define como un sistema de clasificación médica de pacientes según su estado de salud, orientada a su posibilidad de supervivencia. Consiste en una breve evaluación clínica que determina el tiempo y la secuencia en la que el paciente será atendido, ya sea en el ámbito prehospitalario o en el servicio de urgencias.
Como ejemplo, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer que sus servicios de urgencias y hospitalización cuentan con un sistema triage en los tres niveles de atención, mismo que clasifica y prioriza las emergencias para brindar una respuesta médica basada en la gravedad del padecimiento. Dicho sistema fue adecuación al Manchester Triage System.
Este sistema sirve para clasificar y seleccionar a los pacientes que acuden para ser atendidos en el servicio de urgencias y de esta manera este sistema priorice la atención médica basándose al nivel de gravedad.
Escala y tiempos promedios de espera que implementa el IMSS con su sistema de triage:
El IMSS promueve la difusión del modelo de triage en los servicios de urgencias de sus unidades médicas, con el objetivo de que los derechohabientes conozcan este sistema donde se dividen por colores los padecimientos, priorizando las emergencias y la respuesta médica basada en la gravedad.
Si en esencia, el objetivo principal del sistema de triage médico es la priorización de la atención médica de los pacientes según sea su nivel de gravedad, encontramos entonces que el triage es un proceso de valoración clínica preliminar que busca la clasificación de los usuarios a fin de mejorar la calidad de la atención de los servicios brindados según sea la institución, mejorando, y delimitando el tiempo aproximado de espera en la atención medica requerida.
La sugerencia y consideración de la implementación de alguno de los diferentes sistemas de triage (según sean las posibilidades, infraestructura, equipamiento y personal de cada institución) pretende eficientizar la atención oportuna y la confiabilidad que las instituciones puedan brindar no sólo a los pacientes sino a sus acompañantes en la claridad del tiempo de espera y en las observaciones de la priorización según sea el nivel de gravedad.
Para una mayor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo:
En virtud de lo anteriormente expuesto, acudo a esta tribuna para someter a consideración de este honorable pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 6o. de la Ley General de Salud
Artículo Único. Se adiciona una fracción IX Bis al artículo 6o. de la Ley General de Salud y para quedar como sigue:
Artículo 6o. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos:
I. a IX. ...
IX Bis. Mejorar la calidad en la atención de salud, para lo cual cada institución que brinde servicio de salud pública deberá implementar un sistema de triage con el objetivo de priorizar la atención médica basándose al nivel de gravedad a fin de clasificar y seleccionar a los pacientes que acuden para ser atendidos. Dicho sistema de triage deberá ser público y visible en las instalaciones de cada institución, especificando la clasificación y los tiempos aproximados de espera, apegándose en todo momento a los términos y tiempos de espera establecidos según el sistema implementado.
X a XII. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Documents/2024/Comunica do_15_Evaluacion_Integral_Salud.pdf
2 https://www.insp.mx/informacion-relevante/utilizacion-de-servicios-publicos-de- salud-en-mexico-uno-de-los-retos-criticos-del-sistema-de-salud
3 https://www.medigraphic.com/pdfs/medintmex/mim2022/mim222j. pdf
4 https://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202402/055
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
«Iniciativa que adiciona el artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado a la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El incumplimiento y deficiencia de la programación y los tiempos de espera afectan en gran manera no sólo la satisfacción de pacientes y profesionales, sino también de los familiares y acompañantes de los mismos. Por ello se analiza aquellos requerimientos y alternativas que permitan no sólo optimizar y mejorar la atención de las personas en las clínicas y órganos de salud del sector público, sino también dignificar la calidad de espera de las y los usuarios.
Uno de los problemas más comunes en el sector salud y sus áreas médicas lo constituyen las grandes deficiencias que se encuentran en el espacio físico de las salas de espera, ya que éstas, en su mayoría, se encuentran no sólo abarrotadas de pacientes y familiares que muestran una clara y evidente disconformidad, sino también encontramos que siendo éstas espacios donde se atiende la salud integral de las personas, en muchos de los casos dichos espacios se encuentran sucios, sin mantenimiento y con muebles inutilizables o poco funcionales.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que se ha implementado el “Servicio de Triage de Urgencias IMSS”, que pretende brindar una respuesta médica basada en la gravedad del padecimiento, misma que se comparte al tenor:
De acuerdo con el anterior cuadro, nos damos cuenta que si bien, es un sistema predeterminado que pretende atender de manera eficaz las necesidades y padecimientos, encontramos también que hay otros factores que determinan y alteran a su vez el cumplimiento establecido de dicho sistema, tales como la saturación de pacientes, el funcionamiento de máquinas y aparatos de estudio, personal especializado, disponibilidad de camas, camillas o espacios adecuados para la atención especializada según requiera el padecimiento. Y en el análisis anteriormente descrito podemos observar, que si bien el sistema propone un mejoramiento en la atención de la ciudadanía en estricto sentido es poco probable atender a los tiempos establecidos.
Por lo tanto, encontramos que al ser tiempos de espera mayores a los establecidos o considerados, debería de haber una atención especializada en la regulación de los espacios que ocuparán las y los usuarios del sistema de salud pública.
La Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada describe en su punto 7. “Disposiciones generales aplicables a consultorios de atención médica especializada” apartado 7.10 que: “Cada consultorio deberá contar con una sala de espera, la cual podrá ser compartida por un conjunto de consultorios que se encuentren en una misma planta. Las dimensiones y el mobiliario de dicha sala, deberán ser proporcionales al número de consultorios que se disponga, preferentemente con un mínimo de seis lugares de espera por consultorio”.
El Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, en su Capítulo III referente a las Disposiciones para la Prestación de Servicios de Consultorios, contempla en su artículo 59 que “Los consultorios deberán contar con las siguientes áreas:
I. De recepción o sala de espera, en la que no existan objetos o instalaciones que pongan en peligro la vida o la salud de los usuarios;
II. La destinada a la entrevista con el paciente;
III. La destinada a la exploración física del paciente;
IV. Área de control administrativo;
V. Instalaciones sanitarias adecuadas, y
VI. Las demás que fijen las normas oficiales mexicanas”.
Como se observa, cada área debería de tener adecuaciones específicas, sin embargo, por la alta demanda que llegan a tener diversas unidades médicas ya sea por la sobrepoblación, cercanía o especialidades que ofrece, encontramos que de pronto áreas particulares se convierten en áreas multifuncionales, distintivamente las salas de espera, que por lo anteriormente expuesto, al atenderse, diversas tareas en ese lugar el espacio deja de cumplir la funcionalidad que estrictamente debiera de cumplir.
Dentro de la norma oficial se señalan las condiciones específicas que deberían de tener las salas de espera, sin embargo, encontramos que muchos de los lugares en los que se brinda atención médica no cuentan ni cumplen con la norma.
La espera ansiosa e impotente que genera la necesidad de atención en los servicios de salud del enfermo y sus familiares deriva en una serie de dificultades que hace todavía más vulnerables a los beneficiarios del sistema público de salud.
La tardanza y la incertidumbre respecto a diversos trámites y procedimientos burocráticos que suelen realizar las y los ciudadanos, es todavía más apremiante cuando requieren asistencia de salud, por lo que en la medida de lo posible se debe dignificar y aligerar la estadía de las y los pacientes en conjunto con sus familiares y de manera justa proporcionar a los profesionales del servicio de salud espacios que faciliten y posibiliten la eficaz atención para la manipulación de instrumental, equipo médico y lo que requiera los servidores del sector.
Por lo anteriormente expuesto se considera la modificación al artículo 77 Bis 1, agregando un tercer párrafo, recorriéndose el subsecuente para quedar de la siguiente manera:
En virtud de lo anteriormente expuesto, acudo a esta tribuna para someter a consideración de este honorable pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud
Artículo Único. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 77 Bis 1 y se recorre el actual para quedar como sigue:
Artículo 77 Bis 1. ...
...
Para la atención de las áreas que refiere el párrafo anterior se deberá garantizar que cada institución que ofrezca servicios de salud pública cuente con salas de espera y que éstas sean espacios limpios, funcionales y aptos para aguardar el tiempo requerido para la atención que se precise. Para efectos de lo anterior se considerará como referencia lo establecido por la Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://imss.gob.mx/prensa/archivo/202212/625#:~: text=Otros%20 colores%20son%3A%20amarillo%2C%20es,el%20servicio%20al%20derechohabiente%20se
2 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5284306&fecha=08/01/2013#gsc .tab=0
3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LGS_MP SAM_170718.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
EXHORTO A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE JALISCO, A ATENDER Y ESCLARECER EL ASESINATO DE ALEJANDRO GOBEL, ACTIVISTA SOCIAL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General de Jalisco a atender y esclarecer el asesinato de Alejandro Gobel, activista social, quien fuera victimado el pasado lunes 4 de noviembre, y que genera un clima de inseguridad para la ciudadanía y, particularmente, a los luchadores sociales que han manifestado su oposición a distintas medidas de la actual administración estatal, a cargo de la diputada Claudia García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Claudia García Hernández, diputada del Grupo Parlamentario de Morena, integrante de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Jalisco para que en el ámbito de sus atribuciones gire las indicaciones pertinentes y procuración de justicia para que, se atienda y esclarezca el asesinato de Alejandro Gobel, activista social quien fuera victimado el pasado lunes 4 de noviembre, y que genera un clima de inseguridad para la ciudadanía y, particularmente, a los luchadores sociales que han manifestado su oposición a distintas medidas de la actual administración estatal, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El homicidio ocurrió alrededor de las 18: 51 horas cuando Alejandro Gobel fue lesionado por arma de fuego afuera de un condominio localizado en calzada Córdoba, colonia El Álamo, informó la Fiscalía estatal en un comunicado divulgado este el lunes 4 de noviembre. (Animal Politico, 2024)
El cuerpo de Gobel fue trasladado al anfiteatro metropolitano, para determinar las causas de su muerte, agregó la dependencia. (Animal Politico, 2024)
La Muerte de Abraham Gobel es un crimen que exige respuestas. Veladoras, flores y rostros mojados con lágrimas fue lo que se vio este lunes por la tarde noche en Plaza de Armas del Centro de Guadalajara, cuando más de 100 personas se manifestaron para exigir justicia por el homicidio del activista Abraham Alejandro Gobel Gómez, dirigente del Colectivo Afinación Sí Verificación No, de la Asociación de Talleres para la Emisión de Reparaciones Vehiculares A.C. (Toledo, 2024)
Abraham Alejandro Gobel fue uno de los activistas que lideraba las protestas contra la verificación vehicular en Jalisco, señaló en diferentes ocasiones que se trataba de una medida más recaudatoria que medioambiental. (Toledo, 2024)
Aseguró que la venta de hologramas no lograría hacer diferencia en el problema del medio ambiente, además de que dijo que la campaña de ‘Verificación Responsable’ no debería centrarse únicamente en que la ciudadanía cumpla con la verificación, si no que debería exhortar a la ciudadanía en la afinación y reparación de los vehículos. (Toledo, 2024)
Gobel era presidente de la Asociación de Talleres para las Emisiones y Reparaciones Vehiculares (Atervac), en febrero de 2024 visitó la ciudad de Puerto Vallarta recolectando firmas para derogar los centros de verificación en todo el estado. (Toledo, 2024)
El activista Gobel había expresado su desacuerdo y críticas contra el programa del Gobierno de Jalisco de verificación vehicular responsable, aprobado en 2019 por el Congreso local e impulsado por el mandatario Enrique Alfaro (Movimiento Ciudadano). (Animal Político, 2024)
En 2019, el Congreso de Jalisco aprobó por mayoría un nuevo sistema de verificación vehicular que incluía la creación de la Agencia Integral para la Regulación de Emisores (AIRE), un organismo público desconcentrado para coordinar el programa. (Animal Político, 2024)
En ese momento, se fijó una multa de entre 20 a 25 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) a quien no verificara su vehículo.
El gobierno de Alfaro defendía que el programa de verificación responsable tenía como fin cuidar el medio ambiente, a través del Fondo Verde que se alimentaría de los recursos obtenidos por la verificación. (Animal Político, 2024)
De acuerdo a las primeras investigaciones, Abraham Alejandro fue citado por unas personas para comprar su motocicleta, en el cruce de las calles Calzada Córdoba y avenida Niños Héroes, cuando se encontró con los supuestos compradores, estos lo amagaron con un arma de fuego para quitarle la moto, pero como opuso resistencia le dispararon. (Milenio Estados, 2024)
Los asaltantes se apoderaron de la moto y escaparon, mientras que Abraham Alejandro quedó tirado en la vía pública con al menos cuatro impactos de bala en diferentes partes del cuerpo. (Milenio Estados, 2024)
Tras los reportes a las autoridades, llegaron paramédicos de la Cruz Verde Marcos Montero que se encuentra a unas cuadras del lugar, sin embargo, al revisar a Alejandro ya no contaba con signos vitales por lo que nada pudieron hacer por él. (Milenio Estados, 2024)
Por lo anterior expuesto, propongo el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General del Estado de Jalisco, para que en el ámbito de sus atribuciones gire las indicaciones pertinentes, se atienda, y esclarezca y ejercita acción penal en contra de los autores intelectual y materiales por el asesinato del activista social Alejandro Gobel.
Referencias:
- Animal Político. (6 de 11 de 2024). Animal Político. Obtenido de Matan al activista ambiental, Abraham Alejandro Gobel, en Tlaquepaque; estaba en contra de la verificación vehicular en Jalisco:
https://animalpolitico.com/estados/alejandro-gobel-activista-ase sinado-verificacion-jalisco
- Milenio Estados . (04 de 11 de 2024). Milenio Estados . Obtenido de Fiscalía de Jalisco abre carpeta de investigación por muerte de Abraham Alejandro Gobel, activista ambiental:
https://www.milenio.com/policia/abraham-alejandro-gobel-fiscalia -jalisco-investiga-asesinato
- Toledo, U. (04 de 11 de 2024). MILENIO. Obtenido de Colectivos y ciudadanos se manifiestan por asesinato de Abraham Alejandro Gobel en Guadalajara:
https://www.milenio.com/politica/comunidad/guadalajara-se-manifi estan-por-abraham-alejandro-gobel
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024. – Diputada Claudia García Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
SE REMITA A LA CONFERENCIA DE LAS PARTES (COP29) DE BAKU, AZERBAIYÁN EL PACTO DE ADHESIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE CUERPOS DE AGUA Y ECOSISTEMAS
«Proposición con punto de acuerdo, para que se remita a la Conferencia de las Partes (COP29) de Baku, Azerbaiyán, el Pacto de Adhesión para la Protección de Cuerpos de Agua y Ecosistemas, presentado en el marco del parlamento abierto, en el honorable Congreso de la Ciudad de México, el 29 de julio de 2024, por la Fundación Unidos por la Paz, la Justicia y el Medio Ambiente, a cargo del diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 numeral 2 fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a ese órgano camaral, someter a la consideración del pleno la aprobación del presente
Considerando la importancia de preservar los ecosistemas y cuerpos de agua en el contexto del cambio climático, tema abordado durante la 3a sesión del “Parlamento por la Madre Tierra” realizado por la fundación “Unidos por la Paz, la Justicia y Medio Ambiente” en el parlamento abierto realizado en el H. Congreso de la Ciudad de México, se ha trabajado en una propuesta integral para la protección de estos recursos fundamentales. Se busca que este proyecto sea discutido, analizado y aprobado a nivel internacional en el marco de la COP29, la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, que se celebrará en Azerbaiyán a partir del 11 de noviembre próximo.
Esta propuesta tiene como objetivo fortalecer el marco normativo y global sobre la protección de los recursos naturales, con énfasis en los cuerpos de agua y ecosistemas, esenciales para enfrentar los retos del cambio climático.
Antecedentes
El pasado 29 de julio de 2024 se realizó la 3ra sesión del “Parlamento por la Madre Tierra”, en el salón de Plenos del H. Congreso de la Ciudad de México, en el marco del Parlamento Abierto, teniendo como invitados a expertos de diferentes partes del mundo, especialistas de la UNAM, la Universidad Autónoma de Chapingo, la Universidad Iberoamericana, AUBP, representantes de Pueblos Originarios, expertos de Derechos Naturales de la ONU, funcionarios, legisladores locales y federales, alcaldes de diversas partes del país, cerca de 200 Organizaciones de la Sociedad Civil, así como interesados en el Medio Ambiente y Calentamiento Global y miembros del H. Cuerpo Diplomático acreditado.
El “Parlamento por la Madre Tierra” tiene como finalidad la de permitir que la sociedad civil se exprese, discuta, proponga y promueva proyectos ante las autoridades nacionales e internacionales a fin de convertir las iniciativas en políticas públicas.
El “Parlamento por la Madre Tierra” presidido por el Maestro Alfredo Rojas Díaz Durán, ha construido junto con un equipo expertos multidisciplinarios el proyecto para combatir algunas de las consecuencias del efecto invernadero y Calentamiento Global a través del Pacto de Adhesión Internacional para la Protección de Cuerpos de Agua y Ecosistemas, el cual contempla los siguientes puntos:
1. En coordinación con la ONU, colocar Bonos de Tecnología Verde al destinar las empresas el 5 % de sus utilidades como gasto o deducibilidad.
2. Negociar con los circuitos financieros que se destine un porcentaje de por lo menos el 10% del pago al servicio de la deuda con la posibilidad de deducción fiscal.
3. Negociar con los países petroleros un porcentaje del 10% por barril de petróleo producido; fijar una cuota de colocación de comodities para incrementar el fondo con el derecho de deducibilidad y obtener el reconocimiento de Petrolera Ecológicamente Sostenible.
4. Obtener a través de Donaciones y aportaciones individuales y asociarlos a la campaña global en la lucha por la reducción de la Huella de Carbono.
5. Lograr una línea de crédito privada a favor de gobiernos democráticos y negociar el pago por la tecnología de punta con Bonos de Deuda Pública a seis años.
6. Obtener garantías suficientes para financiar la transición energética en países que carecen de agua potable, saneamiento y reciclamiento de cuerpos de agua.
7. Garantizar esquemas de distribución de agua potable a zonas marginadas, apoyo a sectores de producción de alimentos; ofrecer apoyos tecnológicos a zonas de alto estrés hídrico y alta marginación de comunidades de pueblos originales.
8. Incorporar inversionistas al Fondo del PACTO DE ADHESIÓN POR LA PROTECCIÓN DE CUERPOS DE AGUA Y ECOSISTEMAS.
9. Incrementar anualmente las aportaciones voluntarias, de gobiernos y fundaciones.
Con ello se pretende combatir algunas de las consecuencias del efecto invernadero y Calentamiento Global a través del Pacto de Adhesión Internacional para la Protección de Cuerpos de Agua y Ecosistemas, construyendo un mecanismo para que fundamentalmente los países subdesarrollados cuenten con mayores posibilidades para acceder a tecnologías de punta y mitigar con ello, parte de los efectos del calentamiento global como es el estrés hídrico, efectos naturales imprevistos, extinción de especies, deterioro de la agroindustria, escasez de alimentos, desplazamiento forzado y migración climática, hambruna, entre otros, advirtiendo que cada día de no atenderse golpearán con mayor fuerza a diversas regiones del país y del continente como sucedió como el huracán Miltón, por lo que con esta iniciativa ciudadana se protegerá todo tipo de Cuerpo de Agua y los Ecosistemas diversos, utilizando tecnologías de punta y armonizadas con experiencia y tradiciones ancestrales.
Consideraciones
La 29a Conferencia de las Partes (COP29) de Bakú, Azerbaiyán, que se celebrará durante los días 11 a 22 de noviembre próximos en un contexto de conflictos geopolíticos, preocupación por la seguridad energética e inestabilidad mundial, es un hito fundamental en la lucha contra el cambio climático por lo que consideramos se podría aprobar la iniciativa que se propone por ser de interés global.
La Fundación Unidos por la Paz, la Justicia y el Medio Ambiente, ha promovido la publicación del libro ECOCRACK y Transición Energética, próximamente editado por la UAM, a través del Parlamento por la “Madre Tierra”, con el objeto de promover políticas públicas globales para atender y mitigar los efectos del Calentamiento Global con un conjunto de acciones integrales que involucren a gobiernos, empresas, especialistas, organismos multilaterales y sociedad civil, recogiendo experiencias, proyectos, planes y propuestas para proteger los cuerpos de agua y los ecosistemas como se ha establecido en el Acuerdo de Paris y la Agenda 20/30, siendo México parte de estos acuerdos internacionales por cumplir lasMetas de losObjetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), poniendo a disposición del Parlamento de la COP29, algunas alternativas para que los países subdesarrollados de manera fundamental, tengan acceso a bajo costo de tecnologías de punta y puedan realmente iniciar una transición energética integral.
Este proyecto propuesto a manera de Pacto Internacional, se convierte en un gran instrumento para cumplir diversas metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 20/30 y Acuerdo de París, ya que se pretende tener acceso a bajo costo de tecnología de punta para rescatar, reciclar, desalinizar, descontaminar, sanear, potabilizar cuerpos de agua y con ello, ofrecer una mejor calidad de vida, mitigar efectos de estrés hídrico, incrementar la producción agropecuaria, ofrecer a parques industriales y urbanos, aguas recicladas a bajo costo y sobre todo, a proteger mantos, ríos, lagunas, arroyos, manglares y los ecosistemas que dependen del vital líquido, así como permitir también a las comunidades de los pueblos indígenas el de tener acceso al vital líquido como un derecho al agua, un medio ambiente saludable y limpio como fue reconocido por todas la partes en el seno de la ONU en 2022. Antonio Guterres, Secretario General de las Naciones Unidas, acaba de indicar que se requieren cerca de 40 mil millones de dólares anualmente para comenzar a resolver el problema de calentamiento global y evitar mayores catástrofes, donde el peor escenario son y serán de no actuar inmediatamente, los países subdesarrollados.
Dado que la preservación de los ecosistemas acuáticos es crucial para mitigar los efectos del cambio climático y garantizar la sostenibilidad de las futuras generaciones, solicito se someta a consideración de este Honorable pleno el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Remitir para su análisis y eventual aprobación en la COP29 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, la iniciativa desarrollada durante la 3ª Sesión del Parlamento por la Madre Tierra, relativa a la protección de cuerpos de agua y ecosistemas. Se solicita respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Federal, así como a los integrantes del Senado de la República, para que respalden y promuevan el proyecto, y que se analice y apruebe el pacto de adhesión internacional.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
SE RECONOZCA A LA JOVEN MEXICANA ÁNGELA OLAZARÁN LAUREANO, ORIGINARIA DE PAPANTLA, VERACRUZ, QUIEN FUE GALARDONADA CON EL GLOBAL STUDENT PRIZE 2024
«Proposición con punto de acuerdo, para que, dentro del marco del Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo, se realice un reconocimiento a la joven mexicana Ángela Olazarán Laureano, originaria de Papantla, Veracruz, quien fue galardonada con el Global Student Prize 2024, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena
Herminia López Santiago, diputada en la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I y 79 numerales 1, fracción II, y 2 fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo para que, dentro del marco del Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo, realizar un reconocimiento a la joven mexicana Ángela Olazarán Laureano, originaria de Papantla Veracruz, quien fue galardonada con el Global Student Prize 2024, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
El Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo fue establecido por la UNESCO en 2001 con el propósito de resaltar el papel fundamental de la ciencia en la construcción de un mundo más pacífico, justo y sostenible. La fecha establecida es la de todos los 10 de noviembre. La conmemoración de esta fecha tiene como objetivo sensibilizar a la sociedad y a los gobiernos sobre la importancia de la ciencia en la vida cotidiana y en el progreso de las naciones, enfatizando la necesidad de utilizar el conocimiento científico para abordar problemáticas globales como el cambio climático, la salud pública, el acceso a la educación y la paz.
Desde su implementación, este día se ha convertido en una plataforma para incentivar el diálogo entre científicos, líderes políticos, instituciones y la sociedad civil. En México, se han llevado a cabo diversas actividades que incluyen conferencias, talleres y exposiciones científicas, que permiten a las personas familiarizarse con los avances en áreas clave de la ciencia y entender su impacto en el desarrollo sostenible del país. En el ámbito mundial, el Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo fomenta alianzas internacionales en proyectos de investigación y promueve la colaboración para resolver desafíos globales, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.
Además, a partir del 11 de noviembre, se da inicio a la Semana Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo, un período de reflexión y promoción de actividades científicas orientadas a la paz, que se extiende hasta el 15 de noviembre. Esta semana permite una mayor exploración de cómo los descubrimientos y avances científicos pueden ser usados en beneficio de la paz, el desarrollo y la seguridad global. En México, esta conmemoración ha impulsado a instituciones académicas y científicas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales a coordinar acciones que acercan la ciencia a la población, particularmente a los jóvenes, quienes son el futuro de la investigación y la innovación en nuestro país.
El Global Student Prizees un galardón internacional otorgado anualmente por la Fundación Varkey en colaboración con Chegg.org, que reconoce a estudiantes excepcionales de todo el mundo por sus logros y su impacto positivo en sus comunidades y en la sociedad en general. Este premio destaca a jóvenes que, a través de su compromiso con la educación, la ciencia y el desarrollo social, se han convertido en agentes de cambio en sus entornos, inspirando a otros y trabajando en soluciones innovadoras para problemas globales.
La relevancia de este premio radica en su capacidad para visibilizar el talento y el liderazgo de mujeres y hombres jóvenes estudiantes que enfrentan desafíos con creatividad y determinación. En un mundo cada vez más interconectado, los logros de estas mujeres y hombres jóvenes son un recordatorio de que la educación y el conocimiento pueden romper barreras y mejorar la calidad de vida a nivel global. Al reconocer el Global Student Prize,la Cámara de Diputados tendría la oportunidad de resaltar la importancia de estos valores en México, un país en el que millones de estudiantes luchan diariamente por una educación de calidad y por oportunidades que les permitan desarrollarse plenamente.
En el contexto nacional, el enfoque en este galardón permitiría mostrar la importancia de la educación y la ciencia en la promoción del desarrollo sostenible, y cómo estos elementos son esenciales para afrontar los retos sociales y económicos del país. A nivel internacional, el reconocimiento a este premio pone a México en la esfera global como un país comprometido con el apoyo a sus jóvenes talentos y con el fomento de iniciativas de alto impacto para el bienestar y la paz. Además, al celebrar los logros de una joven mexicana en este certamen, se envía un mensaje alentador a las nuevas generaciones de que su esfuerzo y dedicación pueden ser reconocidos a nivel mundial y que tienen la capacidad de influir positivamente en su comunidad y más allá.
Este año, el Global Student Prize 2024 fue otorgado a una joven mexicana, Ángela Olazarán Laureano, originaria de Papantla, Veracruz. Este reconocimiento es un logro significativo no solo para Ángela y su comunidad, sino para todo el país. Ángela ha destacado a nivel mundial por su dedicación y contribuciones en áreas que promueven la paz, la ciencia y el desarrollo social, demostrando el potencial de los jóvenes mexicanos para generar un cambio positivo en la sociedad.
El proyecto por el que fue galardonada, llamado Ixtlilton, es un asistente médico virtual impulsado por inteligencia artificial, capaz de diagnosticar 21 enfermedades mediante una serie de preguntas. Nombrado en honor a una deidad azteca de la medicina, Ixtliltonbusca mejorar el acceso a diagnósticos médicos en comunidades con menos recursos. Este trabajo resalta no solo por su excelencia técnica, sino también por su compromiso con el bienestar de su comunidad y de México, reflejando una vocación de servicio que impacta profundamente en su entorno.
A través de esta iniciativa, Ángela ha liderado un proyecto que aborda una problemática fundamental en el país: el acceso limitado a servicios médicos en comunidades marginadas. Su esfuerzo ha trascendido fronteras, y su historia inspira a la juventud de diversas regiones, mostrando que es posible transformar realidades difíciles mediante la educación, la ciencia y el compromiso social.
El reconocimiento de Ángela por parte de una institución internacional de prestigio como la Fundación Varkey no solo celebra su esfuerzo individual, sino que también resalta el potencial de México para contribuir a la ciencia y al desarrollo global. En este contexto, su logro cobra aún mayor relevancia, ya que refuerza la idea de que el talento mexicano, especialmente el de la juventud comprometida con el cambio social, es un activo importante que debe ser valorado y apoyado.
Reconocer a Ángela Olazarán Laureano en la Cámara de Diputados tiene un valor especial para fomentar el desarrollo de más talentos jóvenes en México. Este reconocimiento oficial no solo celebra el logro de una joven mexicana que ha alcanzado el escenario internacional, sino que también envía un mensaje claro y positivo a la juventud del país: México valora y apoya a quienes se esfuerzan por mejorar su entorno a través de la ciencia, la educación y el compromiso social.
Esta iniciativa es una oportunidad para que el Estado mexicano refuerce su compromiso con el desarrollo de la juventud y con la promoción de actividades que fortalezcan la ciencia, la paz y el desarrollo. Al destacar la trayectoria de Ángela, la Cámara de Diputados incentiva a la juventud mexicana a seguir caminos similares, contribuyendo a una cultura de innovación y a la construcción de una sociedad más justa y pacífica. El reconocimiento es, además, un recordatorio para todos los sectores de la importancia de apoyar y canalizar recursos hacia la educación y la ciencia.
Finalmente, este homenaje también serviría para que México proyecte, tanto a nivel nacional como internacional, su apoyo a iniciativas que fomentan la paz y el desarrollo mediante el impulso del talento joven. Así, el reconocimiento de la Cámara de Diputados a Ángela Olazarán Laureano contribuye no solo a celebrar su logro personal, sino también a inspirar a las nuevas generaciones de mexicanos a contribuir activamente en la construcción de un mundo más equitativo y próspero.
Por lo anteriormente descrito, y con fundamento en las disposiciones señaladas, someto a la consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se solicita respetuosamente a la Junta de Coordinación Política dentro del marco del Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo, realizar un reconocimiento a la joven mexicana Ángela Olazarán Laureano, originaria de Papantla Veracruz, por su destacado proyecto Ixtlilton, cuya función es la de ser un asistente médico virtual.
Nota
1. Vid.
https://www.un.org/es/observances/world-science-day/week
Recinto Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputada Herminia López Santiago (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen.
SE PROCEDA A LA INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE FOMENTO A LA INDUSTRIA VITIVINÍCOLA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los titulares de la Segob, de la SE, de la SHCP, de la SRE, de la Sectur, de la SEP, de la Semarnat y de la Ssa a proceder a la instalación e implementación de los trabajos de la Comisión Intersecretarial de Fomento a la Industria Vitivinícola, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Fernando Jorge Castro Trenti, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que respetuosamente solicita a los titulares de las Secretaría de Gobernación, Secretaría de Economía, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Turismo, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Secretaría de Salud, para que en el ámbito de sus facultades, procedan a la instalación e implementación de los trabajos de la Comisión Intersecretarial de Fomento a la Industria Vitivinícola, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Vino proviene del latín vinium, es una bebida hecha a base de uva y a partir de la fermentación de su mosto o zumo; en suroeste de España la palabra mosto hace referencia a un vino joven.
La fermentación es producida mediante la acción metabólica de levaduras, que convierten los azúcares naturales del fruto en etanol y gas en forma de dióxido de carbono. El azúcar y los ácidos que posee la vitis vinífera son suficientes para comenzar con el proceso de fermentación, sin embargo, para su obtención en necesario de la suma de factores como los son el clima, latitud, altitud, horas de luz y temperatura. Actualmente 71 por ciento de la producción mundial de uva se utiliza para el vino, 27 por ciento como fruta fresca y 2 por ciento como fruta seca.
A través de la historia, el vino ha acompañado al ser humano desde su existencia, como por ejemplo las escrituras bíblicas mencionan a Dios convertir el agua en vino, Bacco es el Dios romano del vino o la mitología griega menciona a Dioniso como el Dios del vino. Los primeros cultivos que se tienen registrados fueron en tierras asiáticas, sin embargo, es importante mencionar que se trata de un origen europeo meridional cerca del centro del Mediterráneo o en el norte de África. Para el caso de México, las tradiciones vitivinícolas comenzaron en 1574, cuando los conquistadores y sacerdotes salieron de Zacatecas (hoy Coahuila y Durango) en busca de oro, encontrando en el camino un manantial de agua fresca, que a la postre sería lo que hoy conocemos como Valle de Parras, Coahuila.
Hoy en día, la producción de vino en México se registra en 17 estados: Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora y Zacatecas, donde se cultivan 18 variedades de uva. La geografía de cada región enmarca la cultura de la producción ya que entrelaza la historia, la gastronomía y otras características vinculadas a la forma e instrumentos utilizados para la producción.
Desde 2016, México forma parte de la Organización Internacional de la Viña y el Vino, la cual se ocupa de los aspectos técnicos y científicos de la viticultura y la vinificación, incluida la producción de uva en todos sus aspectos, no sólo del vino, sino también a la uva de mesa y la producción de pasas. Actualmente 46 países conforman dicha asociación, quienes en conjunto buscan el crecimiento sustentable de la industria a nivel mundial.
De acuerdo con el Consejo Mexicano Vitivinícola, Baja California es el principal productor concentrando 70 por ciento de la producción de vino nacional; no obstante, 80.40 por ciento de la producción de vid se produce en el estado de Sonora de acuerdo con datos del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) del Sistema de Información Agroalimentaria de Consulta de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SIAP-SIACON, SADER, 2019).
En 2018, la producción de uva industrial se concentró en 10 entidades del país que en conjunto sumaron una producción de 56 mil toneladas. La producción estuvo liderada por Zacatecas con aproximadamente 23 mil toneladas de uva, que representaron 41 por ciento del total de la producción nacional. En segundo lugar, se ubicó Baja California con 15.3 mil toneladas de uva; le siguió Sonora con una producción cercana a las 6 mil toneladas.
A continuación, se presenta una tabla con la Producción de uva industrial a nivel estatal en México, 2018.
La Industria Vitivinícola Mexicana en el siglo XXI: Retos Económicos, Ambientales y Sociales con base en el SIACON, SIAP 2019
Por consiguiente, la Secretaría de Economía implementó la política de fomento industrial. Esta política tomó como bases la productividad de la economía mexicana, a través de cuatro ejes transversales:
- Innovación y tendencias tecnológicas-científicas.
- Formación de capital humano para las nuevas tendencias
- Promoción de contenido regional
- Industrias sostenibles y sustentables
Debido a la gran demanda y el aumento de competitividad en la producción del vino en México, el honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, tuvo a bien aprobar en el año 2018, la Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola, la cual, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2018.
Lo anterior, obedeció a la necesidad de establecer en una legislación nacional, un conjunto de normas jurídicas que ordenaran de forma sistemática a las personas físicas o morales de carácter nacional, cuyo objeto comercial sea la actividad vitivinícola. Lo que permitió obtener los siguientes datos en materia de producción nacional de uva, ya que en 2022 se reportó la producción de más de 477 mil toneladas, divididas en:
• Uva fruta 380 mil toneladas
• Uva industrial 78 mil toneladas
• Uva pasa 18 mil toneladas
México es considerado como uno de los productores de vino más antiguo de Latinoamérica y ocupa el lugar 33 a nivel mundial, registrando en 2022 una superficie sembrada de 36 mil hectáreas.
Según datos de la Secretaría de Agricultura, actualmente la industria vitivinícola nacional, genera más de 500 mil empleos tan sólo en la actividad primaria de la vid, y mil 200 empleos directos y más de 10 mil empleos indirectos.
De igual forma, la producción nacional de vino representa 34 por ciento del total consumido en el país, y se estima que el consumo per cápita en la población mayor de edad es de 1.2 litros, con un crecimiento en la preferencia del vino mexicano por su alta calidad y relación positiva costo-beneficio.
Lo anterior es prueba de que México cuenta con un enorme potencial para la producción de uva de gran calidad, al disponer de las condiciones climáticas idóneas para el cultivo en diferentes regiones de nuestro país, por lo que existe la posibilidad real de aumentar la siembra, la producción y las exportaciones.
El vino es de las bebidas alcohólicas más consumidas en el mundo, por lo que esta situación representa una oportunidad para fomentar el consumo del producto nacional y posicionarlo en el mercado exterior.
Como consecuencia del impacto de la industria vitivinícola nacional, el 10 de enero de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declaró el día 7 de octubre de cada año como Día del Vino Mexicano.
En los últimos años, la vinicultura mexicana ha ganado terreno a nivel mundial, muestra de ello son los reconocimientos y medallas que han obtenido: en los últimos cuatro años, se han obtenido un promedio de 500 medallas por año.
Asimismo, destaca el turismo enológico reconocido en el marco de la Feria Internacional del Turismo 2021, que se llevó a cabo con expertos del sector vitivinícola del mundo, lo que trajo como consecuencia que México confirmara su participación en la Feria Internacional de Turismo 2025 y asegurara su presencia como país socio en 2026. De igual forma, el Festival del Vino Mexicano (Fevino) celebra anualmente en nuestro país su evento, siendo su última edición los días 28 y 29 de septiembre de 2024.
Con todo lo anterior, se aprecia un espacio de oportunidad para dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola que a la letra establecen:
“Artículo 9. Se crea la Comisión Intersecretarial de Fomento a la Industria Vitivinícola, como órgano de consulta y coordinación de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo establecido en esta Ley y demás disposiciones aplicables.
...
Artículo 10. La Comisión tiene como objeto orientar, promover, apoyar y proponer políticas públicas para el fomento de la industria vitivinícola nacional.
Artículo 11. Corresponde la Presidencia de la Comisión a la Secretaría de Economía y la Secretaría Ejecutiva a la Secretaría, y sus representantes fungirán como coordinadores de los trabajos y el funcionamiento en general de la Comisión”.
Proceder con la instalación de la Comisión Intersecretarial que se menciona con antelación, abriría la oportunidad de fomentar la industria del vino mexicano en nuestro país y en el extranjero, asimismo, impulsará una política de Estado de apoyo al sector.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de este pleno, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados respetuosamente solicita a los titulares de las Secretaría de Gobernación, Secretaría de Economía, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Turismo, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Secretaría de Salud, para que en el ámbito de sus facultades, procedan a la instalación e implementación de los trabajos de la Comisión Intersecretarial de Fomento a la Industria Vitivinícola, prevista en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de Fomento a la Industria Vitivinícola.
Notas
1 Fertiglobal
https://www.fertiglobal.com/es/programas-de-gestion-de-cultivos/ programa-de-la-vid-de-uva/
2 El comercio de las especies orientales desde la antigüedad a las cruzadas
https://www.tdx.cat/bitstream/handle/10803/665834/rohe1de1.pdf
3 Gutiérrez, Fernanda. México y sus Vinos, “Capítulo 1, Haciendo Historia. Retrospectiva de la Producción Vinícola en México” Pág. 40. Aguascalientes, México, 2019.
4 La Industria Vitivinícola Mexicana en el Siglo XXI: Retos Económicos, Ambientales y Sociales
5 Ídem
6 Secretaría de Economía.
https://www.gob.mx/se/articulos/secretaria-de-economia-presenta- la-estrategia-rumbo-a-una-politica-industrial-314996?idiom=es
7 Qué hay detrás de la producción de uva
https://www.gob.mx/agricultura/articulos/que-hay-detras-de-la-pr oduccion-de-uva
8 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
https://www.gob.mx/agricultura/prensa/contribuye-sector-vitivini cola-al-crecimiento-productivo-y-economico-en-el-sector-primario-del-pais-agric ultura#:
9 Ídem
10 Ídem
11 Consejo Mexicano Vitivinícola
12 https://www.gob.mx/sectur/prensa/mexico-confirma-participacion-en-la-feria-inte rnacional-de-turismo-2025-fitur-y-asegura-presencia-como-pais-socio-en-2026
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Fernando Jorge Castro Trenti (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
EXHORTO A LA COMISIÓN DE DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, A REALIZAR REUNIONES EN CONFERENCIA CON SUS HOMÓLOGAS EN EL SENADO Y LOS CONGRESOS LOCALES, PARA GENERAR UNA AGENDA DE TRABAJOS LEGISLATIVOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia a realizar reuniones en conferencia con sus homólogas en el Senado y los 32 congresos locales, con el objetivo de generar una agenda de trabajos legislativos y foros que atienda la problemática de este sector, a cargo de la diputada Elizabeth Martínez Álvarez, del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, diputada Elizabeth Martínez Álvarez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 76; 79 numeral 1, Fracción II, numeral 2 Fracción V y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la honorable Cámara de Diputados, para que realice reuniones en conferencia con la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia de la Cámara de Senadores, e invite a participar a las 32 Comisiones Legislativas de los congresos locales destinadas a atender la agenda de niñez y adolescencia, y a las autoridades del gobierno federal responsables del tema, con el objetivo de generar una agenda de trabajos legislativos y foros que atienda la problemática de este sector, conforme a los siguientes:
Considerandos
Primero. La agenda de niñez y adolescencia, en todo nuestro país es importante porque busca garantizar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, y para ello es necesario conocer las necesidades y problemáticas que existen en cada parte del país.
Es necesario escuchar a cada estado de la República, en la vía de la realización de una agenda que establezca acciones, foros y trabajos parlamentarios conjuntos, en ámbitos como la salud, la educación, la protección y la erradicación de la violencia:
Existen diversos temas que es muy necesario conocer cómo los están trabajando en los 32 Congresos por citar algunos:
• Promover la lactancia materna exclusiva
• Desarrollar políticas de salud pública para reducir la desnutrición
• Implementar programas para promover el consumo de alimentos sanos
• Fortalecer políticas para entornos escolares saludables
• Garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes vayan a la escuela
• Poner fin a la violencia contra la niñez y la adolescencia
• Garantizar la protección y el acceso a derechos para los niños, niñas y adolescentes migrantes
El cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es esencial para su desarrollo integral y para lograr una sociedad más pacífica, respetuosa y comprensiva.
Segundo. Fue en 2012 cuando les dieron un lugar en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), en el Anexo Transversal 18, denominado “Recursos para la atención de niñas, niños y adolescentes”.
Sin embargo, hasta ahora no se ha logrado un sistema de seguimiento y evaluación para medir su cumplimiento y garantizar los derechos de la niñez. En 2022, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) presentó la respectiva metodología, pero ésta solo orienta, no mandata. Este sería uno de los temas que se debe trabajar en conjunto con las 32 comisiones legislativas locales y el gobierno federal con la finalidad de ver sí está siendo efectivo el uso de los recursos.
Tercero. Por otra parte, cabe rememorar que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) surgió en 2014. Establece un nuevo canon para garantizar sus derechos. De este marco jurídico emana el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Pronapinna).
Así, actualmente, para garantizar los derechos de la niñez y adolescencia se tienen dos instrumentos transversales: el Anexo 18 del PEF y el Pronapinna, aunque persiste una problemática que afecta a la niñez: el primero no tiene correspondencia con los propósitos, objetivos, estrategias y acciones del citado programa. El contenido de este Anexo 18, es muy complejo en cuanto a su estructuración, y su composición, con lo que al realizar una agenda coordinada será posible realizar capacitaciones tanto en la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la honorable Cámara de Diputados, como en las 32 comisiones legislativas de los congresos locales dedicadas a este tema.
Cuarto. Es preciso mencionar que casi todos los anexos transversales del PEF están asociados a una estrategia nacional o a un programa especial. Además, los anexos transversales están incorporados a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Este trabajo parlamentario se presenta con la finalidad de hacer una propuesta para que sea posible trabajar de forma coordinada con los congresos locales y el gobierno federal y así, tener la generación de diversos trabajos y foros en favor de la niñez y la adolescencia.
Quinto. La capacitación y trabajo en conjunto, permitirá a las y los legisladores federales y locales conocer el contenido del Anexo 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación; permitirá dar conocer a detalle los factores, variables y fórmulas empleadas para estimar, identificar y consignar el monto de los recursos públicos designados a cada programa federal. Al concretar esta importante labor, se garantizarán los derechos de niños, niñas y adolescentes, y poner un especial énfasis en la primera infancia (menores de 6 años).
Sexto. En esta propuesta se establece como un punto clave la correspondencia entre el Anexo 18 del PEF y el Pronapinna, y al trabajar en conjunto los Congresos locales, el gobierno federal y la Cámara de Diputados, vía la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia este programa (y los programas estatales) serán más eficientes en su operación.
Séptimo. La población infantil y adolescente en México representa una parte significativa del país, y sus necesidades en salud, educación, protección y desarrollo deben ser una prioridad en la asignación de recursos públicos. Sin embargo, los recursos destinados a la niñez y adolescencia a través del Anexo Transversal de Niñez y Adolescencia suelen ser insuficientes y su distribución es muy difícil de entender. Además, hace falta un monitoreo efectivo que permita asegurar el impacto positivo de estos recursos en la calidad de vida de los menores. La agenda propuesta sin duda colaborará directamente a este fin.
Octavo. En agosto de 2022, la SHCP presentó la metodología para calcular los recursos asignados a los programas presupuestarios del Anexo 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación. En esa metodología se indica que el Anexo 18 se tiene que vincular a los objetivos, estrategias y líneas de acción del Pronapinna.
Sin embargo, aunque la SHCP ya emitió los lineamientos para intentar cerrar la brecha (de origen) entre el Anexo 18 y el Pronapinna, el problema es que la metodología a nivel federal (en el PEF) y en el ámbito local, en los presupuestos de egresos de las entidades del país, no tomo en cuenta a los Congresos locales y a la honorable Cámara de Diputados, concretando la agenda propuesta será posible logra cambios efectivos y beneficiosos para la niñez y adolescencia en México.
Noveno. Según datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en México 52.6 por ciento de la población menor de 18 años vive en situación de pobreza. Y que 10.6 por ciento de niñas, niños y adolescentes sobreviven en pobreza extrema, concentrándose más esta problemática en la región sureste de la República. Por otro lado, existen diversas carencias que experimenta la niñez y adolescencia al no tener acceso a servicios de salud, educación, vivienda y alimentación, entre otras. La falta de acceso a la seguridad social es lo que más los afecta. De acuerdo con la Medición Multidimensional de la Pobreza elaborada por el Coneval, en 2020, 58 por ciento de personas menores de 18 años tenía carencias por acceso a la seguridad social, seguido por acceso a los servicios de salud y la carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad (27.5 y 26.3 por ciento respectivamente).
Por lo anterior, es vital optimizar los recursos del Anexo 18 del PEF, y sin duda la agenda propuesta será vital para lograrlo.
Décimo. En la metodología diseñada por la SHCP, incluso se destaca la ponderación de los recursos presupuestarios del Anexo 18, por rangos de edad. Una vez establecido el monto específico del programa presupuestario que se destinará a este propósito, es necesario distribuirlos por grupo etario, o rangos de edad; esto es, primera infancia de 0 a 5 años, niñez de 6 a 11 años y adolescencia de 12 a 17 años. Para su cálculo existen métodos para estimar la proporción de recursos que se les asignan.
La metodología de la SHCP se resume en cuatro puntos:
1. Identificar si el programa presupuestario incluye elementos o acciones que contribuyen a garantizar alguno de los derechos considerados en el Pronapinna 2021-2024.
2. Vincular los programas presupuestarios a los objetivos prioritarios del Pronapinna 2021-2024.
3. Calcular qué proporción del gasto de los programas identificados se destina a los derechos de la infancia y la adolescencia.
4. Del resultado obtenido, establecer la ponderación del gasto a fin de distribuir los recursos por grupo etario.
Con la agenda propuesta se pueden generar datos muy importantes para beneficiar a las niñas, niños y adolescentes de todo el país.
Décimo primero. Con este trabajo parlamentario se busca asegurar que el Anexo Transversal de Niñez y Adolescencia no sea solo una herramienta administrativa, sino un mecanismo de política pública efectivo que garantice recursos suficientes, su uso transparente y el monitoreo constante de los resultados en la población infantil y adolescente. Esta iniciativa refleja el compromiso del Congreso con el bienestar y desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes en México. Sin recursos claros y transparentes, las leyes, las políticas públicas y las estrategias, por más buenas que sean, no pasarán de ser sólo buenas intenciones. Si no se invierte en la niñez lo único que se conseguirá es perpetuar el ciclo de desigualdades en educación, salud, nutrición
Como lo apoyan estos razonamientos, resulta urgente que impulsemos esta agenda especial de trabajos en conferencia de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la honorable Cámara de Diputados, las 32 comisiones legislativas de los Congresos locales destinadas al tema de la atención de la Agenda de Niñez y Adolescencia, y el gobierno federal, y por ello, invitamos a todos los grupos parlamentarios a sumarse a este esfuerzo.
Por ello someto a la consideración, para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación del presente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta de manera respetuosa a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la honorable Cámara de Diputados, para que realice reuniones en conferencia con la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia de la Cámara de Senadores, e invite a participar a las 32 comisiones legislativas de los Congresos locales destinadas a atender la agenda de niñez y adolescencia, y a las autoridades del gobierno federal responsables del tema, con el objetivo de generar una agenda de trabajos legislativos y foros que atienda la problemática de este sector.
Nota
https://www.unicef.org/mexico/media/306/file/agenda%20de%20la%20 infancia%20y%20la%20adolescencia%202019-2024.pdf
Bibliografía
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
2. Ley General de Salud:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf
3. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños Y Adolescentes:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf
4. UNICEF México:
https://www.unicef.org/mexico/media/306/file/agenda%20de%20la%20 infancia%20y%20la%20adolescencia%202019-2024.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de noviembre de 2024.– Diputada Elizabeth Martínez Álvarez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
EXHORTO A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE BAJA CALIFORNIA, A PRACTICAR UNA AUDITORÍA DE LA GESTIÓN FINANCIERA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL EN CURSO AL ISSSTECALI
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Auditoría Superior de Baja California a practicar una auditoría de la gestión financiera durante el ejercicio fiscal en curso al ISSSTECALI considerando los riesgos actuales de este instituto, a cargo de la diputada Eva María Vásquez Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada Eva María Vásquez Hernández, y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Auditoría Superior del Estado de Baja California, para que practique una auditoría de la gestión financiera durante el ejercicio fiscal en curso al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI) considerando los riesgos actuales de la situación financiera de este instituto, así como a las personas titulares del gobierno del estado de Baja California, la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Hacienda y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, consideren los hallazgos y recomendaciones derivados de los dictámenes de las auditorías practicadas, a efecto de contar con información completa y actualizada para llevar a cabo una reforma transparente, antes de una reforma, con la información buscar soluciones donde en primera instancia se castigue a los responsables y el remanente buscar un rescate financiero si fuera necesario, y se generen propuestas sin modificar la ley o perjudicar a los trabajadores y pensionados, justa y respetuosa de los derechos laborales de las y los trabajadores de este instituto, lo anterior de acuerdo a lo siguiente:
Planteamiento del Problema
La posible reforma al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI) ha generado preocupación entre los trabajadores de la entidad, especialmente los burócratas y el magisterio, quienes temen que las modificaciones a este sistema pongan en riesgo sus derechos laborales y afecten gravemente su bienestar. Las reformas impulsadas por el gobierno del estado no han sido suficientemente transparentes ni claras en cuanto a su impacto en los trabajadores, y muchos temen que estos cambios se realicen sin la debida auditoría financiera que permita asegurar la estabilidad y el fortalecimiento del sistema.
Situación actual del ISSSTECALI y la necesidad de una auditoría
El ISSSTECALI ha jugado un papel fundamental en la seguridad social de las y los trabajadores del estado de Baja California, por lo que cualquier cambio en su estructura debe basarse en una auditoría financiera exhaustiva y transparente que conozcan la información los activos y pensionados y después de ello buscar soluciones considerando no disminuir ningún derecho o afectar derechos. Los trabajadores han exigido que antes de tomar cualquier decisión sobre reformas, se garantice que los recursos sean bien administrados, evitando así posibles desvíos financieros que afecten sus derechos.
Se manifestaron trabajadores y trabajadoras del sindicato de burócratas de los siete municipios de Baja California en el centro cívico en Mexicali, externando su desaprobación a la reforma al ISSSTECALI que se quiere implementar en el estado. En las distintas manifestaciones se han expresado personal de la base de burocracia y magisterio, tanto activos como pensionados, incluso existen muchas expresiones y movilizaciones realizadas sin gestión o intervención de los lideres sindicales de ambos sectores
Desde el mes de _____ se han realizado varias movilizaciones, entre ellas se han pegado mantas, cartelones y lonas en las oficinas de gobierno de todos los municipios, se han manifestado expresiones de magisterio y burocracia en el congreso del estado, ante la oficina de la gobernadora del estado. Se presentó un juicio político vs los exdirectores de ISSSTECALI, recientemente se presentó una iniciativa ciudadana para que gente de burocracia magisterio pudieran tener acceso a las mesas de trabajo ante el Congreso y detener un albazo de una reforma consensada entre los líderes de los sindicatos y el Ejecutivo del estado, se presentó un amparo vs el Plan de Desarrollo Institucional de ISSSTECALI 2022-2027, por parte del movimiento Unidos por la Defensa de ISSSTECALI; Se desencadenó por redes sociales una crítica fuerte por la opacidad y falta de información de los titulares sindicales de la burocracia y el magisterio, generando presión y crítica al actuar de dichos liderazgos, lo que provocó que a las 8 de la mañana del día _____ de noviembre de 2024, las y los manifestantes se dieron cita en la explanada de los tres poderes, abarcando las entradas del Poder Ejecutivo, el Congreso del Estado, el Poder Judicial y el ayuntamiento de Mexicali; argumentando que, antes de pensar en hacer una reforma al ISSSTECALI, primero se tiene que realizar una auditoría de fondo, así como buscar otras alternativas para hacerle frente al déficit de recurso que presenta la instancia médica.
Se exigió por el sindicato y delegados de burócratas de Baja California, la realización de la auditoría de la institución, además de comentar que se desconoce hasta el momento cuál empresa está llevando a cabo la auditoría.
“Estamos exigiendo la participación dentro de la auditoría. Desconozco la empresa que lo está llevando a cabo, dicen que ya inició la auditoría, necesitamos saber quién la está haciendo y necesitamos estar presentes ahí.”
El representante de los burócratas en el estado habló sobre un posible boicot en contra de la manifestación que se llevó a cabo, debido a que, durante su traslado de Tijuana hacia Mexicali, solamente una de las casetas del poblado de la Rumorosa se encontraba abierta, situación que causó extrañeza entre los manifestantes, ya que en muchas ocasiones son varias las casetas de cambio las que están habilitadas para el flujo vehicular. “Se me hace muy curioso que el día de hoy una sola caseta en la Rumorosa está funcionando, cuando siempre operan varias casetas. Me queda claro que esto lleva mensaje.”
Recomendamos que las consignas sean señaladas en lo general y no se le atribuyan a un líder en especifico para no generar cuestionamientos, por ejemplo, Selene es criticada por la base por apoyar a la gobernadora y haber sido candidata en la reciente elección municipal por el partido verde donde se evidencio que trabajó a favor de la gobernadora.
“Que no afecte nuestros derechos” fue el mensaje que emitió la Secretaria General del Sindicato de Burócratas de Mexicali, Selene Cota, además de mencionar que las y los trabajadores seguirán firmes con su postura ante una posible reforma al ISSSTECALI para no afectar a las y los pensionados y jubilados.
Fue el pasado 16 de octubre de 2024 cuando la Gobernadora de Baja
California, Marina del Pilar Ávila Olmeda, durante su mañanera realizada en Mexicali, mencionó que son los propios pensionados y jubilados los que quieren ser parte de la reforma al ISSSTECALI.
“Los queremos mucho a mis jubilados, les agradezco mucho que me manifiesten su apoyo; me los encuentro, me han mandado mensajes, me buscan a través de compañeras y compañeros, todos me dicen, sí queremos una reforma, queremos ser parte de la reforma, queremos apoyar.”
Por su parte, el Secretario de Hacienda, Marco Antonio Moreno Mexía, en esa misma mañanera habló de que la reforma que se está planteando realizar se tuvo que haber hecho desde hace 20 años, por el simple hecho de que el sistema de pensiones está actualmente colapsado, y lo que se está planteando es tener un esquema de pensiones sostenible con el paso de los años.
Finalmente, las y los manifestantes burócratas sostuvieron que las autoridades solo argumentan lo que ya se sabe que ISSSTECALI es insostenible, pero su postura es clara: primero trabajar en una auditoría interna para la instancia médica y luego se habla de una reforma.
Propuesta de acción
Por lo anterior, se considera necesario que el gobierno del estado de Baja California, en conjunto con las autoridades correspondientes, lleve a cabo una auditoría financiera rigurosa al ISSSTECALI para revisar sus estados financieros y garantizar que cualquier reforma sea implementada sobre una base sólida, clara y transparente.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Auditoría Superior del Estado de Baja California para que practique una auditoría de la gestión financiera durante el ejercicio fiscal en curso al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI), considerando los riesgos actuales de la situación financiera de este Instituto.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las personas titulares del gobierno del estado de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda; de la Secretaría de Hacienda del Estado, Marco Antonio Moreno Mexía; y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado, Alejandro Arreguí Ibarra, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, consideren los hallazgos y recomendaciones derivados de los dictámenes de las auditorías practicadas por la Auditoría Superior del Estado de Baja California al ISSSTECALI, a efecto de contar con información completa y actualizada para llevar a cabo una reforma transparente, justa y respetuosa de los derechos laborales de las y los trabajadores de este Instituto.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputada Eva María Vásquez Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
EXHORTO A LA FGR, A ACELERAR LA INVESTIGACIÓN DEL ROBO DE MINERALES A LA MINA PEÑASQUITO, OCURRIDO EL PASADO 31 DE OCTUBRE EN LA CARRETERA FEDERAL ZACATECAS-SALTILLO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR a acelerar la investigación del robo de minerales a la mina Peñasquito, ocurrido el pasado 31 de octubre en la carretera federal Zacatecas-Saltillo, a efecto de esclarecer dicho delito ante las repercusiones que tiene para la seguridad pública de todos los ciudadanos que radican y transitan por esa zona, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada federal Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La inseguridad que vive nuestro país es inaudita, entre muertos, desaparecidos, desplazados, robos carreteros, secuestros y extorsiones a las y los ciudadanos, nos sentimos sumamente inseguros en los lugares en donde vivimos, ya no importa la ciudad, la comunidad, estado o municipio en el que radicamos, la delincuencia rebasa por mucho a las autoridades.
Y una muestra de ello es lo acontecido en días pasados en el estado de Zacatecas en donde se cometió el robo del siglo, sí, el robo del siglo, el robo de más de 200 toneladas de minerales en el municipio de Mazapil, Zacatecas, a la altura de la comunidad San Tiburcio.
Lamentablemente, el accionar del gobierno estatal zacatecano en contra del combate a la delincuencia organizada no existe, y lo que más sorprende es su incapacidad de salvaguardar la seguridad a pesar del apoyo que se le ha brindado por parte de los más de 1000 nuevos elementos de las Fuerzas Especiales del Ejército Mexicano que llegaron en mayo de este año, además de los elementos de la Marina Armada de México y la Guardia Nacional destacamentados en el estado y que no han dado resultados reales ante los hechos delictivos.
Sin lugar a dudas, no han logrado establecer una estrategia eficaz que detenga a la delincuencia. Por ello, que es necesario cambiar el rumbo y la estrategia en materia de seguridad para lograr la paz y dar tranquilidad a las y los zacatecanos.
El estado de Zacatecas es minero por excelencia, líder mundial y primer lugar nacional en extracción de plata. Por ese motivo, este acontecimiento es un fuerte golpe a la economía no sólo de la empresa, también para el estado, porque la minería en Zacatecas genera 15 mil empleos directos y 75 mil indirectos aproximadamente, con una derrama económica de alrededor de 20 mil millones de pesos al año de producto interno bruto.
Sin embargo, este hecho no es el único, el 5 de octubre de 2023, un grupo de civiles armados irrumpió en las instalaciones de la mina “La Colorada”, propiedad de la empresa Pan American Silver Corporation, y sustrajo dos camiones cargados con concentrado de mineral.
Las carreteras en México y las colindantes con Zacatecas actualmente son de las más peligrosas e inseguras, siendo una de las exigencias más sentidas de la ciudadanía y necesita ser atendida de manera urgente, eficiente y oportuna por el estado mexicano.
Aunado a lo anterior, periódico Excélsior indicó que;
Mazapil, Zac.– Un comando armado robó seis contenedores que transportaban oro, plata, zinc y cobre extraídos de un complejo minero perteneciente a la trasnacional Newmont, en el municipio de Mazapil, al norte del estado que colinda con Coahuila.
Dos tráileres que cargaban seis góndolas, en cuyo interior habías 200 toneladas de dichos metales y dos autos compactos salieron de Peñasquito, en el municipio de Mazapil, Zacatecas, y una hora después, a la altura de la carretera Zacatecas-Saltillo, a la altura de la comunidad de San Tiburcio, fueron asaltados.
Hombres armados lograron que se detuviera el convoy y sometieron a los choferes de los dos tráileres y de los dos autos compactos.
Los contenedores que transportaban el concentrado de minerales, superior a las 200 toneladas fueron enganchados a otros vehículos de carga para evitar que fueran ubicados a través de los sistemas de geolocalización.
Los conductores de los tractocamiones fueron abandonados en la carretera y luego ubicados por las autoridades sin que se reportaran lesionados.
Se pudieron recuperar los tractocamiones, con los operadores y los dos conductores que iban a bordo de dos vehículos compactos, que eran la seguridad privada de las góndolas”, dijo Juan Manríquez, coordinador de la Guardia Nacional en Zacatecas.
Pero no pudimos recuperar las góndolas porque al parecer hubo otros tractocamiones que pudieron engancharlas y pudieron sustraerlas del área”, dijo.
Ante ello se implementó un operativo. Se teme que los materiales hayan salido del país.
Todo esto nos conduce a examinar detenidamente que los sistemas policiales que se están implementando en el actual gobierno no son eficientes ni mucho menos suficientes, poniendo énfasis a la seguridad que viven las y los ciudadanos, y no solo esto ocurre en Zacatecas, esto lo está padeciendo todo el país.
Es en este contexto, el Estado debe brindar una seguridad pública efectiva, eficiente e integral, garantizado el bienestar para las y los ciudadanos, no se puede olvidar que la seguridad ciudadana es un bien público y conlleva a la defensa efectiva de los derechos humanos. No podemos caer en los mismos actos de inseguridad y el mal manejo de esta.
En 2022, las instituciones de seguridad pública estatal reportaron 280 tomas de casetas de peaje, 1,229 obstrucciones de carreteras y 1,885 probables robos y asaltos en carreteras y puentes de jurisdicción estatal. En contraste con 2021, la cantidad de probables robos y asaltos reportados aumentó 11.9 por ciento.
De acuerdo al periódico la Jornada:
El contenido de concentrados minerales de las seis góndolas que fueron robados el pasado jueves a la minera Peñasquito tendría un costo aproximado de 42 millones de pesos (7 millones de pesos por cada una), según el cálculo hecho dentro del corporativo.
La cifra fue dada a conocer a este diario por un empleado de la trasnacional estadunidense Newmont, quien solicitó el anonimato. La compañía hasta ayer no había fijado una postura oficial sobre el asalto al convoy de camiones de carga que trasportaban dichos materiales en la autopista Zacatecas-Saltillo, a la altura de la comunidad San Tiburcio.
Mientras, la Secretaría de Seguridad Pública de Zacatecas (SSPZ), a cargo del general Arturo Medina Mayoral, no ha podido localizar los seis remolques que se llevaron presuntos integrantes de la delincuencia organizada.
Incluso, fuentes policiales consideran que por el tiempo transcurrido, las concentraciones de oro, plata, plomo y zinc que fueron sustraídas hace seis días podrían ya no encontrarse en territorio estatal.
Al respecto, en entrevista con La Jornada, la diputada priísta Guadalupe Isidora Santibáñez, presidenta de la comisión de Seguridad Pública de la 65 Legislatura local, señaló que, en octubre pasado, cuando el general Medina Mayoral compareció ante el pleno, uno de los principales cuestionamientos que yo le hice fue la inseguridad que tenemos en las carreteras.
Recalcó que precisamente el descuido en ellas permite este tipo de situaciones, porque (los delincuentes) tuvieron todavía el tiempo de desprender los remolques de los camiones, de cambiar todo, para que no los detectaran los chips de seguridad o de geolocalización, lo cual quiere decir que cometer este atraco llevó varias horas.
La delincuencia en carreteras es un grave contrapeso para la seguridad y la economía del país, provocando pérdidas de mercancía, afectaciones en las cadenas de suministro, afecta el derecho al libre tránsito, la seguridad, y el libre esparcimiento.
Si bien es cierto, son diversos los actores que conforman los mandos de seguridad, se considera pertinente asumir acciones conjuntas y decisivas ante la visible falta de acción por parte del Estado. Es un hecho que la inseguridad en las carreteras se le atribuye al mal manejo del gobierno, pero sin duda, es de gran importancia exhortar a las diferentes instancias públicas para el actuar, es tan solo el comienzo de una nueva era que habremos de legislar en torno a los problemas que diariamente se presentan en el país en materia de seguridad y la salvaguarda de la ciudadanía.
Ante ello, es indispensable que las autoridades responsables de atender y perseguir los delitos que se cometen a diario en todo el territorio nacional, como son la Fiscalía General de la República, la Guardia Nacional y la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, mantengan estrecha coordinación con las autoridades de las entidades federativas para esclarecer y evitar la comisión de los hechos delictivos que a diario se presentan, como lo fue en este caso, el robo de minerales ocurrido en el estado de Zacatecas,
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración en esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de la Fiscalía General de la República a que, en el uso de sus facultades, atraiga y acelere la investigación del robo de minerales a la mina “Peñasquito”, ocurrido el pasado 31 de octubre en la carretera federal Zacatecas-Saltillo, y realice las acciones de coordinación necesarias con la Guardia Nacional y la Fiscalía del Estado de Zacatecas, a efecto de esclarecer dicho delito, ante las repercusiones que dicho acto tiene para la seguridad pública de todos los ciudadanos que radican y transitan por esa zona, y para la economía nacional y estatal.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y de la Guardia Nacional a reforzar la seguridad en las carreteras federales del país, y a coordinarse con el gobierno del estado de Zacatecas para diseñar una nueva estrategia de seguridad e inteligencia para el combate a los delitos de alto impacto en dicho estado y los estados colindantes.
Notas
1 https://www.excelsior.com.mx/nacional/atracan-200-toneladas-de-oro-plata-y-cobr e/1682907?amp
2 https://www.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia.html?id=8470
3 https://www.jornada.com.mx/noticia/2024/11/06/estados/calculan-en-42-millones-e l-costo-de-los-minerales-robados-a-penasquito-5627
Dado en el Palacio Legislativo, a 12 de noviembre del 2024.– Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
SE RESTITUYA LA SEDE DEL TRIBUNAL AGRARIO EN AGUASCALIENTES, PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LA JUSTICIA AGRARIA Y PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS CAMPESINOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y a las autoridades correspondientes a restituir la sede del Tribunal Agrario en el estado de Aguascalientes, para garantizar el acceso a la justicia agraria y proteger los derechos de los campesinos, a cargo del diputado Paulo Gonzalo Martínez López, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Paulo Gonzalo Martínez López, integrante del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme a los artículos 79 y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de este pleno, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a las autoridades correspondientes a la reapertura de la sede del Tribunal Agrario en el estado de Aguascalientes, para garantizar el acceso a la justicia agraria y proteger los derechos de los campesinos; y suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Primera. La sede del Tribunal Agrario en Aguascalientes fue cerrada hace al menos cinco meses como parte de una política federal de centralización de los procesos agrarios en la sede de Zacatecas. Esta decisión ha afectado gravemente a cientos de campesinos en el estado, quienes se encuentran en una situación de vulnerabilidad al no poder acceder a la justicia agraria de manera adecuada.
Segunda. El traslado obligatorio a Zacatecas para resolver disputas agrarias impone a los campesinos de Aguascalientes un alto costo económico y representa un riesgo a su seguridad debido a la creciente violencia en la región. Esto ha dejado a muchos campesinos sin posibilidades de resolver conflictos esenciales relacionados con la posesión y distribución de tierras, así como la asignación de propiedades entre familiares.
Tercera. Casos críticos, como el de los campesinos afectados por la construcción de la presa Calles, que llevan años esperando indemnización por la pérdida de sus tierras, siguen sin resolverse. El cierre del Tribunal Agrario en Aguascalientes solo ha agravado la situación, retrasando aún más la resolución de estos conflictos.
Cuarta. La Procuraduría Agraria, responsable de representar a los campesinos en estos litigios, no cuenta con los recursos necesarios para cubrir los gastos de viáticos ni para enviar abogados a Zacatecas, lo que deja a los campesinos sin representación legal efectiva.
Quinta. El acceso a la justicia es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la falta de una sede del Tribunal Agrario en Aguascalientes vulnera este derecho, afectando a cientos de campesinos que dependen de una resolución rápida y justa de sus conflictos agrarios.
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de la honorable Comisión Permanente la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Tribunal Superior Agrario para que modifique el Acuerdo General 5/2024 que emite el pleno del honorable Tribunal Superior Agrario, por el que se modifica la competencia territorial del Tribunal Unitario Agrario Distrito 1 con sede en la ciudad de Guadalupe, estado de Zacatecas, y el término en sus funciones del diverso 1A, con sede en Aguascalientes, estado Aguascalientes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2024, con el objetivo de que se restituya la operación del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 1A, con sede en la Ciudad de Aguascalientes, estado de Aguascalientes.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para que destine los recursos suficientes a la Procuraduría Agraria a efecto de que los campesinos cuenten con la representación legal adecuada en sus conflictos y en su caso, se instale una oficina de atención agraria en el estado de Aguascalientes para recibir y dar seguimiento a los dichos conflictos, en tanto se lleva a cabo la reapertura de la sede del Tribunal Agrario, permitiendo así que los campesinos y productores de la entidad puedan acceder a la justicia agraria sin que deban trasladarse a otra entidad.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Paulo Gonzalo Martínez López (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
SE REVOQUE O RETIRE LA DECLARATORIA DE NECESIDAD PÚBLICA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE COLECTIVO EN EL TRAMO APIZACO-TLAXCALA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades competentes a revocar o retirar la Declaratoria de Necesidad Pública del servicio de transporte colectivo en el tramo Apizaco-Tlaxcala, publicada por el gobierno de Tlaxcala el 20 de septiembre de 2024, suscrita por las diputadas Blanca Leticia Gutiérrez Garza, Mariana Guadalupe Jiménez Zamora y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Las suscritas, diputada federal Blanca Leticia Gutiérrez Garza, Mariana Guadalupe Jimenez Zamora y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, cuyo propósito es exhortar a las autoridades competentes a revocar o retirar la Declaratoria de Necesidad Pública del servicio de transporte colectivo en el tramo Apizaco—Tlaxcala, publicada por el gobierno del estado de Tlaxcala el 20 de septiembre de 2024, debido a posibles violaciones de competencia y normatividad federal que afectan la seguridad y el bienestar de la población.
Consideraciones
La Declaratoria de Necesidad Pública para el servicio de transporte colectivo en el tramo Apizaco—Tlaxcala, emitida por el gobierno del estado de Tlaxcala y publicada en el Periódico Oficial del Estado el 20 de septiembre de 2024, establece la intención de garantizar un servicio de transporte que responda a las necesidades de movilidad de los habitantes. Si bien el objetivo declarado es facilitar el acceso a un sistema de transporte accesible y eficiente, esta medida no contribuye de manera efectiva a resolver los problemas estructurales de movilidad en la región y, en cambio, plantea una serie de conflictos e implicaciones de orden constitucional y de competencia que deben analizarse a fondo.
En primer lugar, esta declaratoria incluye rutas de jurisdicción federal (carreteras 117D y 136), lo que implica una intervención estatal en un ámbito que, conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, corresponde exclusivamente a la autoridad federal. La ausencia de un convenio formal con la federación para la gestión de transporte en carreteras federales cuestiona la validez de la medida y genera incertidumbre sobre los derechos y obligaciones de los concesionarios que pudieran participar en el servicio, poniendo en riesgo su seguridad jurídica.
Aspectos generales
Esta declaratoria supone una intervención en un sector que hasta ahora ha sido gestionado mayormente por concesionarios privados, quienes han contribuido a un mercado de transporte competitivo. Al designar el servicio como una necesidad pública y establecer itinerarios fijos, el gobierno estatal impone restricciones que limitan la flexibilidad de los operadores para adaptarse a la demanda y desincentivan la inversión en mejoras, con lo cual se reduce la calidad y eficiencia del servicio. Esto podría afectar de manera negativa a los usuarios, al reducir las opciones de movilidad y restringir el acceso a un servicio diverso y competitivo.
Además, la declaratoria carece de un análisis exhaustivo que justifique su implementación desde el punto de vista de la demanda. No se especifican datos de estudios técnicos ni de viabilidad que sustenten que esta medida sea la mejor respuesta a las necesidades de transporte en el tramo Apizaco—Tlaxcala. Alternativas menos restrictivas, como la apertura a diversos operadores privados, podrían brindar una respuesta más eficiente, permitiendo que el mercado se regule conforme a las necesidades reales de la población sin necesidad de imponer limitaciones.
De la legitimidad de la declaratoria
La convocatoria para el servicio de transporte colectivo en el tramo Apizaco—Tlaxcala constituye una posible invasión de competencias, al incluir tramos de carreteras federales (rutas 117D y 136) en su plan de ruta. De acuerdo con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (artículos 1, 5 y 8, fracción I) y la Ley de Vías Generales de Comunicación (artículos 3, fracción VI; 8; 49 y 50), es competencia exclusiva de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte otorgar permisos de transporte en vías de jurisdicción federal. La falta de un convenio o autorización específica de la SCT para la operación en este tramo genera un conflicto de facultades y podría resultar en la nulidad de los permisos estatales emitidos bajo esta declaratoria.
De la conectividad y la seguridad
La declaratoria, además, establece el uso de vehículos tipo midibús, lo cual contraviene el “acuerdo por el que se prohíbe la circulación de vehículos tipo minibús, microbús o combi destinados a la prestación de servicios públicos de autotransporte en carreteras federales de cuota y de cuatro carriles”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 1991. Este acuerdo busca garantizar la seguridad de los pasajeros al restringir el uso de vehículos que no cumplan con las especificaciones técnicas necesarias para circular en vías de alta velocidad.
Conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Tlaxcala (artículo 49), la Secretaría de Movilidad y Transporte del estado debe seguir los criterios de seguridad y normatividad federal en sus proyectos de transporte. Sin embargo, la inclusión de midibuses en este tramo federal no se apega al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, el cual establece que solo autobuses con capacidad para más de 30 pasajeros pueden operar en estas vías. Los midibuses, al tener una capacidad máxima de 30 pasajeros, no cumplen con este requisito, lo que expone a los usuarios a riesgos significativos en su seguridad.
De la improcedencia de la declaratoria
El acto emitido por el gobierno del estado de Tlaxcala no cumple con las normativas vigentes y, además de invadir competencias, podría resultar improcedente al no presentar un análisis detallado que justifique la necesidad de intervención estatal en el transporte de este tramo. La falta de precisión en la determinación de puntos de ascenso y descenso y la omisión de un estudio de viabilidad y demanda generan confusión sobre el alcance real de la declaratoria, desalentando la participación de operadores privados.
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la persona titular del Poder Ejecutivo del estado de Tlaxcala y de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, procedan con la revocación o retiro de la Declaratoria de Necesidad Pública del servicio de transporte colectivo en el tramo Apizaco—Tlaxcala, publicada en el Periódico Oficial del estado de Tlaxcala el 20 de septiembre de 2024, debido a que esta declaratoria, al incluir tramos de jurisdicción federal sin un acuerdo previo con la autoridad competente, presenta posibles violaciones de competencias y de normatividad federal que no solo contravienen la legislación, sino que también podrían afectar la seguridad y bienestar de la población usuaria.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la persona titular del Poder Ejecutivo del estado de Tlaxcala, para que lleve a cabo un análisis exhaustivo y conforme a derecho que permita evaluar alternativas viables que respondan adecuadamente a las necesidades de movilidad de la ciudadanía tlaxcalteca, asegurando que toda medida tomada en este sentido respete las facultades establecidas en la legislación vigente, así como los principios de competencia y seguridad que favorecen un desarrollo regional equitativo y eficiente.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
SE CONSIDERE LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE LABORES DE REENCARPETADO, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA FEDERAL 80 EN JALISCO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT a considerar la asignación de recursos necesarios para la realización de labores de reencarpetado, reparación y mantenimiento de la carretera federal 80 en el estado de Jalisco, a cargo del diputado José Mario Íñiguez Franco, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado José Mario Íñiguez Franco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, fracción XX; 6, fracción I, numeral 1; 62 y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a efecto de que considere la asignación de recursos necesarios para la realización de labores de reencarpetado, reparación y mantenimiento de la Carretera Federal 80 en el estado de Jalisco, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Las vías de comunicación son parte esencial de las comunidades porque de ellas se facilita el intercambio comercial, cultural y social, promoviendo el desarrollo de la región. El estado de Jalisco cuenta con una amplia red de carreteras federales que conectan con diversas entidades, estas atraviesan numerosos municipios, economías locales que en ellas fluyen diariamente el transporte de carga, así como, el transporte local.
En los últimos años, el presupuesto para la construcción y mantenimiento de diversas carreteras federales en la entidad no han sido suficientes y en el peor de los casos los recursos ya asignados han sido destinados a otros proyectos; la falta de reparación y reencarpetamiento ha propiciado que diversos tramos carreteros se encuentren en pésimas condiciones volviéndose sumamente peligrosos.
El objetivo del presente exhorto es solicitar se atienda de manera urgente la reparación de la Carretera Federal 80 en el estado de Jalisco, derivado de las malas condiciones en que se encuentra y que, por falta de atención, se han generado accidentes lamentables donde diversos ciudadanos han perdido la vida.
Cientos de ciudadanos viven en zonas rurales y no cuentan con los recursos para pagar por transitar y pagar el peaje de una carretera federal y si lo hacen, es por necesidad, quienes desembolsan de sus escasos recursos para poder transitar arriesgando sus vidas.
Esta carretera es considerada una de las más peligrosas del estado de Jalisco, tan solo en 2019, en solo 6 meses cobró la vida de 9 personas, dejando 108 personas lesionadas, asimismo, tan solo en los primeros meses del 2024, esta zona cobró la vida de 10 personas. Diversos datos afirman que al menos se registra un accidente diario en esta carretera.
La condición en que se encuentra actualmente la Carretera Federal 80, afecta por lo menos a 19 municipios, quienes han tenido que hacer frente con sus propios recursos a los grandes baches y tramos intransitables, aun cuando no les corresponde. Los habitantes de las diversas comunidades que atraviesan esta carretera se han unido para que a través de sus propios medios puedan tapar los enormes baches o tramos que ya ni se encuentran asfaltados, lo que ha ocasionado pérdidas materiales cuantiosas.
Retomando un compromiso de campaña, la entonces candidata y ahora presidenta de la República, prometió rehabilitar la Carretera Federal 80, diversos medios periodísticos señalan que, en su visita en abril del 2024 a Autlán, Jalisco, prometió contemplar la rehabilitación de esta importante vía de comunicación, por lo que exhortamos a que en este presupuesto 2025 sea contemplada esta carretera y no solo quede en una promesa, por lo tanto solicitamos se atienda prioritariamente los municipios que comprenden el Distrito 3.
Las malas condiciones ya existentes, así como las fuertes lluvias, han originado que tramos de esta carretera hayan colapsado, lo que ha dejado incomunicadas a comunidades de la región que deben tomar caminos poco transitables e inseguros, lo que pone en riesgo sus vidas y sus pertenecias.
El transporte de carga que transita por esta carretera ha tenido que sortear las malas condiciones en las que se encuentran, asumiendo ellos mismos la descompostura de sus unidades, costos que van en aumento y que tienen que sacar de sus propios bolsillos, lo que afecta directamente su economía, los daños que presentan van desde neumáticos, ejes, suspensión, entre otros.
Para los usuarios de las carreteras federales, hacen que tengan que transitarlas a baja velocidad o definitivamente, detenerse para no caer en los enormes baches, lo que, a su vez, los deja a merced de la delincuencia quienes aprovechan estas paradas obligadas para atacar y robar las mercancías o los automóviles que transitan en esa zona.
De acuerdo con el portal del gobierno federal: Las carreteras federales son caminos que atiende y conserva el gobierno federal a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
La Red Nacional de Carreteras determina que en nuestro país existen 51,339 km-Carreteras federales. La mayor longitud de carreteras y caminos, por entidad federativa, corresponde en orden decreciente a: Chihuahua, Sonora, Veracruz, Jalisco, Chiapas, Oaxaca, Michoacán, Durango Tamaulipas y Guerrero.
En Jalisco existen 6,616 kilómetros de carreteras, de los cuales la mayoría (4,420.9) pertenecen a la red estatal. El resto son federales (2,196) y autopistas de cuota (599).
De acuerdo con el periódico El Informador, “Se estima que para reparar el daño y modernizar algunos tramos de las carreteras federales en Jalisco se deben de etiquetar alrededor de 20 mil millones de pesos, lo cual incluiría ampliaciones y modernización, aunque si solo se conservan el gasto sería de alrededor de 8 mil millones de pesos”.
Explicó que se tiene preocupación por los recortes al presupuesto de 2 mil 471 millones de pesos al año en la infraestructura carretera, que aplicó el actual gobierno federal.
El pasado 26 de agosto del 2024, el periódico El Universal en el artículo que escribe Salvador García Soto, señala que “Por órdenes de la Secretaría de Hacienda, el programa de mantenimiento y conservación de las carreteras federales se cancela para este año 2024”.
Lo grave es que “Eso significa que la red carretera de 42 mil kilómetros de vías libres de peaje en toda la República se quedará todo este año, el último del sexenio, sin las obras de señalización, reencarpetado, bacheo, barreras de protección, deshierbe, limpieza de cunetas y alcantarillado, barreras de protección y revisión de puentes, entre otras acciones de mantenimiento para las que ya no habrá recursos porque Hacienda decidió “reservar por causas de fuerza mayor” los 11 mil millones de pesos que el Congreso de la Unión autorizó para ese fin y que ahora serán reasignados a otros gastos y rubros del gobierno federal, sin que se informara del nuevo destino de esos recursos públicos”.
En fecha reciente, el actual gobernador se reunió con la presidenta de la República en donde abordaron el tema de la red carretera de la entidad, ante ello informaron que la mandataria respondió que se establecería una ruta de acción en conjunto con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para llevar a cabo estas labores, sin embargo, así han pasado otras administraciones y todo a quedado sin atender.
Sabemos que las promesas son letra muerta, si no hay recursos no hay acciones, por ello, es importante que estos se vean reflejados en el presupuesto del programa de mantenimiento y conservación de las carreteras federales.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a efecto de que considere la asignación de recursos necesarios para la realización de labores de reencarpetado, reparación y mantenimiento de la Carretera Federal 80 en el estado de Jalisco.
Notas
1 Rodríguez, S. (2024, abril 04) Sheinbaum se compromete a rehabilitar la carretera federal 8. Letrafria. Recuperado de
https://letrafria.com/sheinbaum-se-compromete-a-rehabilitar-la-c arretera-federal-80/
2 Gobierno de México (2023, diciembre 15) Red de Carreteras. Recuperado de
https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-cami nos
3 Gobierno de Jalisco (2019-2024) Plan de Infraestructura Carretera 2019-2024. Infraestructura y Obra Pública. Recuperado de
https://siop.jalisco.gob.mx/sites/siop.jalisco.gob.mx/files/plan -de-infraestructura-carretera-2019-2024.pdf
4 Plan Informativo (2024, septiembre 13) Arreglarán ¡en 2025! carreteras federales. Recuperado de
https://planoinformativo.com/1027322/arreglaran-en-2025-carreter as-federales-
5 Ibidem
6 García, S. (2024, febrero 15) Cancelan mantenimiento a carreteas federales. Periódico El Universal. Recuperado de
https://www.eluniversal.com.mx/opinion/salvador-garcia-soto/canc elan-mantenimiento-a-carreteras-federales/
Dado en el Palacio Legislativo, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado José Mario Íñiguez Franco (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
SE OBSERVE Y VERIFIQUE EL PROCESO DE RENOVACIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO SECCIONAL DE LA SECCIÓN 86 EN COAHUILA, DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DE SALUD
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la STPS y al TFCA a observar y verificar el proceso de renovación del Comité Ejecutivo Seccional de la Sección 86 en Coahuila, del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje a observar y verificar en el ámbito de sus atribuciones el proceso de renovación del Comité Ejecutivo Seccional de la Sección 86 en Coahuila, del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud; conforme a las siguientes
Consideraciones
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, que reformó la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del Artículo 123 Constitucional, recoge una de las más grandes aspiraciones de las personas trabajadoras y de los movimientos que han sido cruciales para la evolución del sindicalismo y los derechos laborales en México como el de los ferrocarrileros y el del magisterio que encabezaron Demetrio Vallejo y Valentín Campa respectivamente, la libertad y democracia sindical: el voto personal, libre, directo y secreto de los agremiados.
Este nuevo modelo laboral es fruto de la Cuarta Transformación, enarbolado por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y que el Partido del Trabajo ha impulsado por el carácter constructivo y transformador del trabajo, a favor de erradicar el corporativismo, el neocorporativismo, la corrupción, la impunidad y toda clase de violencia y trasgresión a los derechos humanos.
Así quedó establecido con dicha reforma al artículo 69 de la Ley Federal de Los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional que establece:
“ Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa.
El trabajador ejercerá en todo momento de su libertad de adhesión o separación en un sindicato.
Asimismo, a nadie se le puede obligar a formar parte de un sindicato, a no formar parte de él o a permanecer en el mismo. La elección de las directivas sindicales se hará mediante voto personal, libre, directo y secreto de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con una anticipación no menor a quince días y que se difundirá entre todos los miembros del sindicato. El sindicato deberá notificar la convocatoria al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación, el cual podrá verificar el procedimiento de elección por conducto de los servidores públicos o fedatarios que designe para tal efecto. Las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas”
Así mismo en el artículo 77 de la Ley mencionada anteriormente describe las obligaciones de los sindicatos:
I.- Proporcionar los informes que, en cumplimiento de esta Ley, solicite el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje;
II.- Comunicar al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, dentro de los diez días siguientes a cada elección, los cambios que ocurrieren en su directiva o en su comité ejecutivo, las altas y bajas de sus miembros y las modificaciones que sufran los Estatutos;
III.- Facilitar la labor del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en los conflictos que se ventilen ante el mismo, ya sea del Sindicato o de sus miembros, proporcionándole la cooperación que le solicite, y
IV.- Patrocinar y representar a sus miembros ante las autoridades y ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje cuando les fuere solicitado.
Siendo el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje la instancia competente para dirimir los conflictos y controversias que surjan entre los agremiados y con pleno respeto a la autonomía sindical, así como del pleno derecho de cada uno de sus integrantes de ejercer el voto personal, libre, directo y secreto; me permito hacer un extrañamiento a dicho órgano de impartición de justicia, respecto al hecho que no se ha llevado a cabo la emisión de la Convocatoria que desde diciembre de 2022 el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud debió haber lanzado para la renovación del Comité Ejecutivo Seccional de la Sección 86 en Coahuila.
Lo anterior en aras de dar certeza, transparencia y cabal cumplimiento a nuestro marco jurídico, así como a los Tratados que nuestro país ha ratificado tal es el caso del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo.
Es menester mencionar que en el Partido del Trabajo estamos comprometidos con romper con las viejas prácticas políticas que han erosionado y manipulado ideológicamente a los sindicatos, inhibiendo la capacidad de tomar iniciativas; por ello pugnamos por la democracia sindical, por una estructura democrática dentro de los sindicatos, donde los trabajadores pueden elegir libremente a sus representantes y participar en la toma de decisiones.
Como integrante del Partido del Trabajo, estamos a favor de sindicatos libres, transparentes. Un sindicalismo combativo, activo y propositivo, que busque el aumento de la eficiencia y la productividad de las y los trabajadores a cambio del aumento creciente de su bienestar económico y social.
Por lo anteriormente mencionado, someto a consideración de este pleno, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La H. Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje a observar y verificar en el ámbito de sus atribuciones el proceso de renovación del Comité Ejecutivo Seccional de la Sección 86 en Coahuila, del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A VIGILAR Y SANCIONAR, EN SU CASO, EL ACTUAR DE SUS ACTIVOS POR EXTORSIONES A LOS TRANSPORTISTAS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a vigilar y sancionar, en su caso, el actuar de sus activos por extorsiones a los transportistas, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Margarita García García, diputada del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaria de Defensa Nacional, a la Secretaria de Seguridad Ciudadana, así como a las Secretarias de Seguridad de las 32 Entidades federativas y policías de tránsito de los municipios para que vigilen a sus activos y sancionen el actuar por extorsiones a transportistas, tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Uno de los principales medios de transportación usados por la humanidad fueron caminos y carreteras, debido a la necesidad de buscar alimento, para actividades religiosas, y sobre todo el comercio.
Para esta última actividad se comenzaron a utilizar carretas jaladas por animales que transportaban mercancías y personas, al no ser terrenos en condiciones adecuados se comenzaron a instalar materiales como piedras para evitar hundimientos, posteriormente con el paso de tiempo estos caminos se fueron cimentando de diversos materiales de construcción, para un mejor acceso y ahorrando tiempo en los traslados.
En México fue hasta los años veinte cuando los caminos comenzaron su construcción sobre todo los que se dirigían a las ciudades más importantes y los puertos, por lo que se considera que en los años cuarenta se habían pavimentado 90 mil kilómetros de caminos primarios y 120 mil kilómetros de caminos secundarios.
Para los años setenta y ochenta la red de caminos se había consolidado como uno de los sistemas de infraestructura más trascendentales del país, y por donde se transportaban el 79% de carga y el 96% de pasajeros, para el año 2008 había 365 mil kilómetros de carreteras.
Junto con el crecimiento de carreteras los transportes de carga de mercancías comenzaron a sufrir asaltos en los diversos caminos, por lo que los gobiernos Federales y estatales comienzan a enviar policías para cuidar los caminos y que los transportes de pasajeros y de carga llegaran con seguridad a su destino.
Sin embargo, estas autoridades se comienzan a corromper y en lugar de ser ayuda para que lleguen con bien a sus destinos estos transportistas comienzan a ser víctimas de extorsión, y no solo por ellos, también los policías de los Estados y de los municipios, con la entrada de la Guardia Nacional hubo quienes formaron parte de este actuar.
Por lo que los transportistas ahora no solo deben de traer el dinero suficiente para sus viáticos sino el de considerar el de las autoridades que están piden extorsiones para dejarlos ir, ya que los detienen con argumentos como excesos de peso, que no traen sus papeles en regla, que se ve que van contaminando a todas luces, sin que la mayoría de veces esto sea cierto.
De no acceder a la extorsión les inventan infracciones, se llevan el camión al corralón, con riesgo de que la carga que llevan sea robada ya que no se hacen responsables de ellas. La corrupción dentro de los policías de caminos, y de transito ha llegado a tales niveles que ahora tienen el descaro de dar su número de cuenta para que les hagan transferencias electrónicas por las extorsiones.
En un día un transportista puede llegar a pagar más de 3 extorsiones, primero el de caminos, después al de los policías federales, después a los de transito estatales y después a los municipales, pero como no solo pasan por un municipio ni por un estado, este tipo de corrupción de los policías es su caja chica de todos los días.
Lo peor del caso es que quienes se atreven a denunciar se han encontrado con el problema de que ya no les quieren recibir las denuncias en las fiscalías, minimizando esta situación que afecta a los transportistas del país.
Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaria de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, así como a las Secretarias de Seguridad de las diferentes entidades federativas y Policías Municipales para que supervisen el correcto actuar de sus elementos dentro de sus obligaciones y el marco de la Ley, así como, dar el debido proceso a las denuncias establecidas en su contra por esta situación y en su caso sancionen a quienes resulten condenados, dando especial atención a los casos de extorsión, cohecho y soborno.
Bibliografía
- DOF (1917)
- http://www.ptolomeo.unam.mx: 8080/jspui/bitstream/132.248.52. 100/444/3/A3.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2024.– Diputada Margarita García García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
PROGRAMA PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS CARRETERAS Y CAMINOS DE COAHUILA DE ZARAGOZA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT a diseñar un programa con la finalidad de impulsar la construcción, reparación y mantenimiento de las carreteras y los caminos que comprenden las redes de comunicación de Coahuila de Zaragoza, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Verónica Martínez García, diputada federal de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Partido Revolucionario, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Exposición de Motivos
Nuestro país es uno de los pocos, que cuenta con una situación geográfica envidiable, contamos con acceso y conectividad vía aérea, además que vía marítima tenemos puertos de carga y de pasajeros tanto por el Golfo de México como por el Océano Pacífico, sin contar que somos vecinos de los Estados Unidos de América, lo que nos da una clara ubicación estratégica para el comercio.
Es por eso por lo que una de las asignaturas más importantes de esta administración del gobierno federal es proporcionar a los inversionistas, a los exportadores e importadores, vías suficientes de comunicación que permitan el libre traslado de mercancías, así como seguridad a los ciudadanos y turistas que transitan por ellas.
En nuestro país, el traslado de personas y mercancías depende mayoritariamente de la red nacional de carreteras que, de acuerdo con datos del Anuario Estadístico del Sector Infraestructura, Comunicaciones y Transportes 2023, tiene una longitud de 407,783 kilómetros, los cuales transportan a 3,729 millones de pasajeros al año, así como 556 millones de toneladas de materiales, insumos que sirve de materia prima para la elaboración de enseres de consumo interno y de exportación.
Esa red de carreteras se encuentra conectada a través de 15 ejes troncales que conforman el corredor carretero del país, las cuales dan acceso a las principales ciudades, puertos marítimos, puntos fronterizos y poblaciones de toda la nación como se ve en la siguiente imagen:
Coahuila es un estado que, por su colindancia con los Estados Unidos de América, se ha convertido en un estado estratégico para el traslado de mercancías de importación y exportación, sus casi 8 mil 764 kilómetros de vías terrestres, conformados por 1,793 kilómetros de carreteras troncales, 3 mil 226 de alimentadoras y 3,745 de caminos rurales revestidos.
Además, 2 de los 15 ejes troncales cruzan territorio coahuilense , de manera longitudinal el México-Nuevo Laredo, con ramal a Piedras Negras, y de forma transversal el Mazatlán-Matamoros. Además, a lo largo de la frontera norte cruza nuestro territorio el corredor que conecta a Tijuana con Matamoros.
El corredor troncal México-Nuevo Laredo, comprendido por la Carretera Federal 57, con ramal a Piedras Negras, es el más importante del país para el movimiento de mercancías y personas, tiene una longitud de 1,544.4 kilómetros, de los cuales, 415 corresponden al ramal que va de Saltillo a Piedras Negras y cuenta con tramos que cruzan vialidades urbanas en las poblaciones de Castaños, Monclova y Sabinas.
Cerca de la frontera, este corredor tiene cruce con la Carretera Federal 2, que recorre 2,140 kilómetros entre Tijuana (Baja California) y Matamoros (Tamaulipas). En particular, hay 644 kilómetros que bordean la frontera con los Estados Unidos y que llevan de Acuña, en Coahuila, al puerto tamaulipeco.
El eje carretero troncal Mazatlán-Matamoros cruza por nuestra entidad a través de la Carretera Federal 30, que es parte de lo que localmente denominamos el eje carretero Laguna-Norte, el más grande del estado.
Se origina en Torreón y tiene una longitud de 368 kilómetros hasta Monclova, de ahí, por la Carretera Federal 57, se puede llegar a Acuña y a Piedras Negras, a lo largo del recorrido, cruzan por vialidades urbanas en varios municipios, como San Pedro, Cuatro Ciénegas, Sacramento, Nadadores, San Buenaventura, Frontera y Monclova.
A pesar de que se cuenta con una amplia red de comunicación en el estado, falta realizar la construcción de algunas carreteras y sobre todo libramientos, que permitirán la conexión entre México y Canadá, a través del denominado corredor “Port to Plains”.
La construcción de los libramientos que se necesitan para terminar el corredor carretero transnacional denominado “Port to Plains”, el cual interconecta Vancouver en Canadá, hasta el Paso, Del Río, Eagle Pass y Laredo, Texas, en Estados Unidos de América, para llegar al puerto de Mazatlán y Manzanillo, en nuestro país, contribuirá a la apertura de negocios internacionales.
Estos también permitirán la circulación de los vehículos de carga de cualquier dimensión, sin restricciones y reducir los tiempos de traslados a través del estado, libramientos y obra que a continuación mencionamos.
• Construcción del Puente paralelo al Puente Internacional Piedras Negras II.
• Construcción del boulevard Jesús María Ramón, en Acuña.
• Rehabilitación de la Autopista Premier Rosita-Allende.
• Modernización del libramiento Carlos Salinas de Gortari, en Monclova.
• Modernización y ampliación de la carretera a Derramadero, en Saltillo.
• Libramiento Monclova, en Castaños y Monclova.
• Paso a desnivel en la carretera Monterrey-Saltillo carretera Los Pinos, en Ramos Arizpe.
• Libramiento Morelos-Zaragoza.
• Libramiento de Sabinas.
• Ampliar la carretera 57 en Allende,
• Pavimentar el camino al Ejido Guadalupe y el tramo San José - San Vicente en Guerrero.
• Rehabilitar y pavimentar la carretera Morelos - Los Álamos en Morelos,
• Concluir el Libramiento Alonso Ancira en Nava para conectar con la carretera 57,
• Concluir la carretera Múzquiz - Ojinaga,
• Rehabilitar el camino el Melón - los Venados en Muzquiz,
• Construir los Libramientos de Cuatro Ciénegas, Sacramento, Nadadores, San Buenaventura, Abasolo y Escobedo,
• Continuar la Carretera la Peña - Boquillas del Carmen, en Ocampo,
• Modernizar la carretera de Arteaga al entronque con el libramiento Carbonera,
• Modernizar la carretera Derramadero - General Cepeda,
• Modernizar la carretera federal Torreón - Monclova, y
• Ampliar el camino Francisco I Madero Lequeitio.
Es por eso que solicitamos a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, diseñe un programa en el que se brinden recursos que tengan como finalidad la conclusión de la construcción de diversas carreteras y caminos rurales del estado que permitan mejorar la conectividad
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a diseñar un programa con la finalidad de impulsar la construcción, reparación y mantenimiento de los carreteras y caminos que comprende las redes de comunicación del estado de Coahuila de Zaragoza.
Notas
1 Consultado el 5 de noviembre de 2024 en Anuario_SICT_2023.pdf
Dado en el Palacio Legislativo, a 12 de noviembre de 2024.– Diputada Verónica Martínez García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.