SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día martes 22 de octubre de 2024, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, 102, numeral 3, y 299, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el día 12 de diciembre de cada año como día inhábil. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de reconocimiento del programa de pueblos mágicos en la legislación. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen
De la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en materia de reconocimiento del principio de paridad de género en el sector empresarial. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
Del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Paulina Rubio Fernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo mediante plataformas digitales. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Paulina Rubio Fernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 66 y 67 de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención de desastres naturales. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen
De la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara la segunda semana de octubre de cada año, como la Semana Nacional de la Salud Mental. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
Del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o., 46 y 47 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de actualizar y fortalecer la Política Nacional de Suelos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
Del diputado Alberto Maldonado Chavarín, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Jalisco, a implementar un plan de apoyo para las familias que dependen y están siendo afectadas económicamente por los daños estructurales en El Parián, durante el tiempo en que se lleva a cabo la remodelación. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
Del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNDH, a observar el respeto de los derechos humanos de las jugadoras profesionales de la Liga BBVA femenil; asimismo, a que publicite el informe, las recomendaciones u observaciones correspondientes. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
De la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos de las 32 entidades federativas, a realizar la homologación del delito de feminicidio en sus Códigos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía, y a la Procuraduría General de Justicia de Jalisco, a hacer pública la información sobre las medidas cautelares para garantizar la seguridad, justicia y paz social para las y los jaliscienses y con ello fortalecer el Estado de derecho, y por consiguiente propiciar un ambiente donde la población se sienta segura y libre de riesgos y amenazas. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado Fidel Daniel Chimal García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a garantizar durante 2025 la implementación de las estrategias y programas institucionales que permitan cubrir y cumplir con las metas, objetivos y acciones en materia de reactivar la operación del Programa de Estancias Infantiles en todo el territorio nacional. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen
De la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a implementar programas para padres de familia sobre la prevención de la delincuencia juvenil, en todos los planteles de educación básica a nivel federal. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a que, por medio de la SEP y las dependencias e instituciones correspondientes, otorgue estímulos y se perfeccionen programas que favorezcan a la educación de la mujer indígena. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a que implemente áreas de psicología educativa en los planteles de educación básica a nivel federal, así como el fomento de la integración familiar. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT y a la SSPC, a implementar acciones coordinadas en materia de seguridad que permitan salvaguardar la vida e integridad de los usuarios de carreteras y caminos federales del país. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a tomar acciones urgentes y fortalezcan las estrategias de seguridad pública, para contrarrestar la ola de violencia e inseguridad que está viviendo Zacatecas. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNDH y al Gobierno de la Ciudad de México, a garantizar el ejercicio de los derechos establecidos y protegidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en ordenamientos con carácter convencional. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a remover a los delegados estatales de los Programas para el Bienestar, para lograr mejor eficiencia, rendición de cuentas y transparencia. Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen
De la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Inegi, a coordinar un muestreo que permita conocer cuántas niñas y niños migrantes sin sus padres o tutores se encuentran en México. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, 102, numeral 3, y 299, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea que los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del 22 de octubre de 2024 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (rúbrica), presidente.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el día 12 de diciembre de cada año como día inhábil, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de reconocimiento del programa de pueblos mágicos en la legislación, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Turismo, para dictamen.
3. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en materia de reconocimiento del principio de paridad de género en el sector empresarial, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
4. Que reforma el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
5. Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo mediante plataformas digitales, suscrita por la diputada Paulina Rubio Fernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
6. Que adiciona los artículos 66 y 67 de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención de desastres naturales, suscrita por la diputada Paulina Rubio Fernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
7. De decreto por el que se declara la segunda semana de octubre de cada año, como la Semana Nacional de la Salud Mental, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
8. Que reforma los artículos 7o., 46 y 47 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de actualizar y fortalecer la Política Nacional de Suelos, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Jalisco, a implementar un plan de apoyo para las familias que dependen y están siendo afectadas económicamente por los daños estructurales en El Parián, durante el tiempo en que se lleva a cabo la remodelación, a cargo del diputado Alberto Maldonado Chavarin, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNDH, a observar el respeto de los derechos humanos de las jugadoras profesionales de la Liga BBVA femenil; asimismo, a que publicite el informe, las recomendaciones u observaciones correspondientes, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos de las 32 entidades federativas, a realizar la homologación del delito de feminicidio en sus Códigos Penales, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía, y a la Procuraduría General de Justicia de Jalisco, a hacer pública la información sobre las medidas cautelares para garantizar la seguridad, justicia y paz social para las y los jaliscienses y con ello fortalecer el estado de derecho, y por consiguiente propiciar un ambiente donde la población se sienta segura y libre de riesgos y amenazas, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a garantizar durante el año 2025 la implementación de las estrategias y programas institucionales que permitan cubrir y cumplir con las metas, objetivos y acciones en materia de reactivar la operación del Programa de Estancias Infantiles en todo el territorio nacional, a cargo del diputado Fidel Daniel Chimal García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a implementar programas para padres de familia sobre la prevención de la delincuencia juvenil, en todos los planteles de educación básica a nivel federal, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a que, por medio de la SEP y las dependencias e instituciones correspondientes, otorgue estímulos y se perfeccionen programas que favorezcan a la educación de la mujer indígena, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a que implemente áreas de psicología educativa en los planteles de educación básica a nivel federal, así como el fomento de la integración familiar, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT y a la SSPC, a implementar acciones coordinadas en materia de seguridad que permitan salvaguardar la vida e integridad de los usuarios de carreteras y caminos federales del país, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a tomar acciones urgentes y fortalezcan las estrategias de seguridad pública, para contrarrestar la ola de violencia e inseguridad que está viviendo Zacatecas, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNDH y al Gobierno de la Ciudad de México, a garantizar el ejercicio de los derechos establecidos y protegidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en ordenamientos con carácter convencional, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a remover a los delegados estatales de los Programas para el Bienestar, para lograr mejor eficiencia, rendición de cuentas y transparencia, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Bienestar, para dictamen.
13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Inegi, a coordinar un muestreo que permita conocer cuántas niñas y niños migrantes sin sus padres o tutores se encuentran en México, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
«Iniciativa que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el día 12 de diciembre de cada año como día inhábil, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Las tradiciones de México son un patrimonio cultural muy apreciado y ampliamente reconocido en muchos países del mundo. Todas ellas derivan del encuentro cultural de dos grandes mundos: la cultura mesoamericana y la cultura europea.
Esta unión de formas de vida, dio como resultado una serie de rasgos culturales que definen al México moderno y le dan una identidad única ante la comunidad internacional. Además, son motivo de orgullo para todos los que se identifican como mexicanos.
Las costumbres y tradiciones de México son diversas en todo el país. Esto obedece a que cada región tiene su propia identidad que se ve reflejada en el diario vivir de sus habitantes. Así pues, es posible señalar que existe un gran número de aspectos comunes en todo el país, rasgos, creencias, tradiciones, fiestas y costumbres que dotan al mexicano de su propia identidad.
Esa identificación única se conforma de celebraciones mexicanas importantes, de acuerdo con el portal digital México Ruta Mágica dedicado a propuestas turísticas e información sobre la cultura mexicana, identifica ocho festividades significativas para el país, entre las que se encuentra: el Día de Muertos, La Guelaguetza, el Día de la Virgen de Guadalupe, la Batalla de Puebla, el Día de Reyes, Grito de Independencia, la Feria de San Marcos y el Carnaval de Veracruz.
Estas fiestas albergan tradiciones ancestrales, creencias religiosas, música y una exquisita oferta gastronómica, reflejando la riqueza histórica de nuestro país. Cada año, las y los mexicanos las celebran con la misma pasión, generando un sentimiento de pertenencia y de identidad nacional.
Específicamente el Día de la Virgen de Guadalupe tiene su origen en tradiciones populares que aluden al martes 12 de diciembre de 1531, como la fecha en que la Virgen de Guadalupe se le apareció por cuarta ocasión al indígena Juan Diego. El hecho sucedió cuando el originario de Cuautitlán salió en busca de ayuda para su familiar enfermo. La conocida como “la Patrona de México” se encontró con el hombre donde le informó que su familiar ya se encontraba sano.
El 12 de diciembre se reconoce como una de las celebraciones más importantes de la cultura mexicana, en esta fecha se rinde culto visitando la Basílica de Guadalupe, se le cantan las mañanitas a primera hora de la madrugada, millones de peregrinos nacionales e internacionales acuden a la Basílica de Nuestra Señora de Guadalupe en la Ciudad de México. En el resto de la República Mexicana las personas acuden a los templos religiosos con flores y velas a rendir culto a la Virgen de Guadalupe, varias personas del medio artístico realizan un concierto que es televisado, en las casas las familias ponen altares y se llevan a cabo misas por todo el país.
De igual forma, en diversas empresas en México, realizan prácticas similares, los trabajadores celebran actos religiosos, en muchos casos, se continúa con convivios laborales, por ejemplo, los trabajadores de la banca retomaron la celebración para conmemorar el Día del Trabajador Bancario, por lo que no hay servicio a nivel nacional.
Luego de dos años de que el país padeció el confinamiento con motivo de la pandemia de Covid-19 la celebración se vio afectada; en 2020, no hubo festejo por el cierre de las instalaciones del recinto de la Basílica de Guadalupe; en 2021, se permitió un aforo limitado; pero en 2022 las celebraciones se retoman de manera presencial, la Iglesia mexicana estimó que hubo un récord histórico de peregrinos en los festejos.
De acuerdo con el titular de la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) de la Ciudad de México, Fadlala Akabani Hneide, desde finales de noviembre y hasta el 12 de diciembre, contemplaron la llegada de al menos 10 millones de personas a la Basílica de Guadalupe. Asimismo, aseguró que con esta afluencia la derrama económica fue aproximadamente de 225 millones de pesos en 2022, superando en 7.2 por ciento lo registrado en 2021 y en 40.9 por ciento a lo producido en 2019.
De igual forma, esta celebración moviliza al turismo religioso que representa a millones de visitantes nacionales e internacionales cada año, beneficiando al sector de Comercio, Servicios y Turismo de todo el país. El último año la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur) estimó una derrama económica superior a los 14 mil millones de pesos a nivel nacional.
La Concanaco-Servytur destacó que el comercio minorista fue el más beneficiado, especialmente con la venta de artículos y recuerdos de índole religiosos, también alimentos, bebidas, hoteles, moteles y transporte.
A pesar de que la dinámica familiar, laboral y escolar se ve tocada por esta celebración, el 12 de diciembre no es una fecha establecida como de descanso obligatorio según el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo (LFT), a pesar de que algunos empleadores sí otorgan esta fecha de descanso.
De igual forma, en el calendario escolar 2022-2023 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) indica que el 12 de diciembre no se suspenden labores docentes, por lo que oficialmente los niños y niñas asisten a clases.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo estos son los días de descanso obligatorio, además de los días sin clases por la SEP:
I. 1 de enero, Año nuevo.
II. 5 de febrero, día de la Constitución Mexicana.
III. 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.
IV. 1 de mayo, Día del Trabajo.
V. 16 de septiembre, día de la Independencia.
VI. 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana.
VII. 1 de diciembre de cada seis años, transición del Poder Ejecutivo Federal.
VIII. 25 de diciembre, Navidad.
Por su parte, anualmente la SEP programa los periodos vacacionales para que coincida con los días reconocidos como Semana Santa y con las celebraciones decembrinas.
Por lo anteriormente expuesto, es importante reconocer el 12 de diciembre como una fecha de importancia religiosa y cultural; pero, además, es un día que provee a la sociedad un sentimiento de pertenencia, identidad y al mismo tiempo de importancia para el sector laboral y un elemento de derrama económica para las micro y medianas empresas.
De ahí la importancia de adicionar una fracción al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo para establecer el 12 de diciembre como día de descanso obligatorio, reconociendo que esta ley acepta como no laborales diversas celebraciones con motivos religiosos.
Con esta reforma al artículo 74 de la Ley laboral, apoyamos las celebraciones nacionales, pero al mismo tiempo será un elemento para fomentar el desarrollo económico de diversos sectores del país.
Al respecto, los cambios propuestos quedarían como sigue:
Ley Federal del Trabajo
Por lo anteriormente fundado y motivado, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 12 de diciembre;
IX. El 25 de diciembre, y
X. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Estas son las festividades mexicanas más importantes
https://mexicorutamagica.mx/2022/05/25/estas-son-las-festividade s-mexicanas-mas-importantes/
2 Estima Sedeco derrama económica de 225 mdp por celebraciones religiosas del 12 de diciembre en la Ciudad de México
https://www.sedeco.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/estima-sedeco-d errama-economica-de-225-mdp-por-celebraciones-religiosas-del-12-de-diciembre-en -la-ciudad-de-mexico
3 Día de la Virgen de Guadalupe: Concanaco estima derrama económica de 14,000 millones de pesos
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Dia-de-la-Virgen-de-Gua dalupe-Concanaco-estima-derrama-economica-de-14000-millones-de-pesos-20221211-0 027.html
4 Ley Federal del Trabajo
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2024.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY GENERAL DE TURISMO
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de reconocimiento del programa de pueblos mágicos en la legislación, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Verónica Martínez García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad consagrada en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del artículo 6 y el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El tercer y cuarto párrafos del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen lo siguiente:
... El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.
Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación...
El desarrollo de un sector o de una actividad económica consiste en la realización de una serie de acciones por parte de un conjunto de operadores que producen bienes y servicios que son dirigidos a un mismo grupo de personas, lo que conforma un mercado cuyo flujo económico contribuye al crecimiento y desarrollo económico del país o de una región, a la generación de empleos, directos e indirectos, así como a la integración comercial al estar vinculadas a cadenas de valor, es decir, a otras actividades económicas que complementan a la principal para darle mayor competitividad.
En ese rubro puede ser considerado el turismo, el cual puede ser visualizado como “el desplazamiento momentáneo que realizan las personas y comprende las acciones que efectúan durante sus viajes y estancia fuera de su entorno habitual”. Debido a ello será necesario que le sean ofrecidos diversos bienes o servicios, tales como transporte, hospedaje y alimentos, recreación, compras, en forma esencial, pero la gama puede ampliarse según los gustos y estilos, lo que permitirá que los turistas tengan una estancia más gratificante y acorde a los atractivos naturales, arqueológicos, culturales, históricos, gastronómicos con que cuenta ese destino o localidad.
La Organización Mundial de Turismo señala que el turismo, además del desplazamiento que las personas hacen fuera de su lugar de origen, comprende cada una de “las actividades que los visitantes realizan durante por un periodo inferior a un año, con fines de ocio, por negocio y otros motivos”, durante el desarrollo de su visita.
Como se ha mencionado, esas actividades asociadas al desplazamiento que las personas durante su estancia en algún destino turístico, son las llamadas cadenas de valor del turismo, tales como los servicios de alojamiento u hospedaje, el transporte de pasajeros, los restaurantes, bares y centros nocturnos, la producción de artesanías y otros bienes, el comercio, los servicios deportivos y recreativos, los servicios culturales, las agencias de viajes y otros servicios de reserva, entre otros, sin omitir que también hay un sector informal en este mercado, lo que en conjunto contribuyen a un buen funcionamiento del turismo y a una integración comercial para darle una mayor competitividad en la localidad, propiciando una gran derrama económica, genera empleos, crecimiento y desarrollo.
El turismo como una actividad económica, deja 2.372 billones de pesos a la economía nacional, es decir 8.5 por ciento del PIB, de acuerdo con cifras de la Secretaría de Turismo en 2024, ya que además de generar lazos internacionales, permite que se hagan inversiones, y con ello, contribuir con el crecimiento económico y desarrollo social. Del mismo modo, es que tras una inversión 43 mil 469 millones de dólares que se inició en 2018, antes de la pandemia del virus SARS-Cov2, en 2022 México pudo consolidarse como una potencia turística. Por otro lado, el ingreso de divisas a nuestro país debido a la derrama económica generada por visitantes internacionales estableció un récord histórico al registrar 30 mil 800 millones de dólares en 2023, lo que ha significado un incremento de 10 por ciento comparado con 2022, y 25.4 más que en 2019.
México se ha caracterizado por tener una gran riqueza histórica, arquitectónica, cultural, natural y gastronómica en las diferentes regiones a lo largo del territorio nacional, lo que posibilita que existan diversos atractivos turísticos que se ofrecen no sólo a los mismos mexicanos sino a todo el mundo.
Debido a la gran extensión de playas con que cuenta el país, tanto en el Golfo de México como en el océano Pacífico, históricamente los destinos turísticos fueron concentrados en esos lugares, sin embargo, en 2001 surgió un programa que fue operado por la Secretaría de Turismo para reconocer a aquellas localidades ubicadas en municipios con una riqueza natural, histórica, cultural, gastronómica, o arqueológica ha sido resaltada y puede ser considerada como un atractivo turístico, por lo que se les otorgaran recursos con la idea de darles mantenimiento y promoción para crear una infraestructura que favorezca el flujo turístico nacional e internacional, y de esa forma, detonar una derrama económica constante por la llegada de esos visitantes en la localidad, en el municipio, e incluso en la entidad federativa.
Dichos atractivos se encuentran distribuidos en los diferentes municipios y entidades federativas, por lo que las localidades que guardan esa riqueza y han logrado resaltar sus tradiciones y costumbres se les denominó “pueblos mágicos”.
Un pueblo mágico puede ser entendido como una localidad que ha logrado conservar y resaltar su patrimonio cultural y natural, sus destinos, su arquitectura, tradiciones e historia a pesar del transcurso del tiempo y del avance de la modernidad, por lo que al asignarles partidas presupuestales será posible crear o fortalecer una infraestructura que les permita tener una mayor promoción turística, así como brindar una prestación de bienes y servicios a los visitantes, nacionales o extranjeros, como parte de una actividad económica capaz de crear condiciones de crecimiento y desarrollo económico para su población.
Los municipios parte del programa Pueblos Mágicos cuentan con diversas características sociales, económicas, políticas y culturales, por lo que en algunos casos esos municipios son urbanizados, pero también existen otros que son de carácter rural y su población en gran medida es indígena.
Dicho programa promueve un nuevo modelo de desarrollo turístico que busca dinamizar al mercado e involucrar a toda la población de la localidad reconocida como pueblo mágico, buscando desarrollar al turismo como una actividad económica de consumo en la que involucrará a diversas cadenas de valor, propiciando su integración comercial y competitividad, la inversión y la creación de microempresas, así como de empleos directos e indirectos, por lo que al acelerarse la economía se podrá reducir la desigualdad y rezago mediante la creación de empleos que dará lugar a una mejor distribución de la derrama económica generada.
Como se ha afirmado, en la época en que surgió tal programa, el gobierno federal otorgaba recursos del erario a los municipios, cuyas localidades fueran reconocidas como pueblos mágicos, siempre que tuvieran ciertas características que permitiera potencializar una oferta turística complementaria al interior de las entidades federativas, dotando a sus diferentes localidades de la capacidad de resaltar su riqueza natural, arquitectónica, histórica y cultural, además de promocionar las artesanías, festividades, costumbres, tradiciones y gastronomía, así como el turismo de aventura, el ecoturismo, la pesca deportiva, en caso de que tengan las condiciones para desarrollarlas.
Para el periodo 2001-2018 se destinaron más de 5 mil 795 millones de pesos, lo que representa 49 por ciento de los subsidios federales, sin omitir las aportaciones estatales y municipales que complementaron el presupuesto federal. En ese sentido la mayor parte de estos recursos; es decir, 99 por ciento se empleó para el desarrollo de infraestructura y servicios, rehabilitación o creación de sitios de interés turístico y equipamiento.
Hasta 2018, el gobierno federal hizo posible este escenario al otorgar los recursos que permitían a esas localidades mantener en buenas condiciones sus atractivos y conservar las condiciones de desarrollo y crecimiento económico para sus habitantes, por lo que se desglosan los montos asignados al programa de 2016 a 2024, los cuales fueron en los siguientes términos:
Año Monto asignado
2016 1 571 714 067
2017 568 918 886
2018 585 986 452
2019 0
2020 0
2021 0
2022 0
2023 0
2024 0
Elaboración propia con datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los años señalados.
Como se advierte del anterior cuadro, desde 2019 el gobierno federal decidió dejar sin recursos al programa Pueblos Mágicos, al igual que ProMéxico, el cual era un fideicomiso que impulsaba la conducción, coordinación y ejecución de las acciones estratégicas para atraer la inversión.
Los pueblos mágicos son generadores de recursos y empleos para sus propios habitantes, ya que de acuerdo con el Censo Económico de 2019 se generaron 235,518 empleos directos para los habitantes de esos municipios, así como también hubo ingresos por el orden de 157,888 millones de pesos debido al suministro de bienes y servicios para turistas, por lo que de acuerdo con cifras del Sistema Nacional de la Información Estadística del Sector Turismo de México, de 2003 a 2018, los “Pueblos Mágicos” lograron incrementar en un 110.3 por ciento la cantidad de unidades económicas relacionadas con el turismo, al pasar de 29 mil 260 en 2003 a 61 mil 532 establecimientos en 2018, además de que en el mismo periodo, las personas ocupadas en ellos presentó un alza de 142.7 por ciento.
El actual gobierno federal estableció que los pueblos mágicos se promoverían en ferias a través de la Secretaría de Turismo, además de que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano proporcionaría la infraestructura necesaria para su conservación, solo que ante la insuficiencia de los apoyos brindados se creó la Asociación Nacional de Pueblos Mágicos la cual, en coordinación con hoteleros, restauranteros, guías y demás prestadores de servicios, han realizado actividades de promoción que permite a los municipios mantener la denominación de “pueblo mágico”, y que de esa forma sus respectivos atractivos se conserven en óptimas condiciones para seguir siendo visitados por el turismo nacional y extranjero.
Al mismo tiempo, el gobierno federal emitió en 2020 los criterios generales para el nombramiento de pueblos mágicos, a fin de impulsar la estrategia nacional que permitirá el desarrollo de los pueblos mágicos, que será instaurada por la Secretaría de Turismo mediante un proceso participativo, incluyente y transversal, en el que tomaran parte las entidades federativas, municipios y alcaldías, en el ámbito de su respectiva competencia, así como con la colaboración de los sectores social y privado.
Por ello, en cumplimiento de dichos criterios, la Secretaría de Turismo emitió en 2023 la convocatoria para el nombramiento de pueblos mágicos, a fin de que los municipios en donde se encuentren las localidades interesadas en obtener dicho reconocimiento, acrediten la singularidad y autenticidad de su riqueza natural, cultural, arqueológica, gastronómica que le pudieran permitir ser considerado como un destino turístico, y que por ende, deba contar con una infraestructura para ser promocionado, tanto nacional, como internacionalmente.
Los municipios interesados adquirirán derechos y obligaciones de ser procedente su petición, por lo que en todo momento deberán sujetarse a los acuerdos de los citados criterios generales para el nombramiento de pueblos mágicos para conservar dicho reconocimiento.
Desde 2023, 177 localidades han recibido el nombramiento de pueblos mágicos, los cuales tienen alrededor de 11 millones de habitantes, lo que equivale a 8.5 por ciento de la población del país. Albergan 77 mil 215 unidades económicas relacionadas con actividades turísticas y dan empleo a 300 mil personas, por lo que la derrama económica obtenida por la oferta de bienes y servicios alcanzan aproximadamente los 197 mil 283 millones de pesos.
De ese modo se advierte la riqueza y el mosaico cultural que constituyen la gran oferta turística que hay en cualquier parte de nuestro país, abriendo el panorama de destinos turísticos ante la concentración de los atractivos que históricamente han tenido las playas.
Los pueblos mágicos siguen resintiendo las secuelas de la pandemia del virus SARS-Cov2, pues la industria turística fue de los sectores económicos que tuvieron mayores afectaciones debido a las diferentes medidas gubernamentales que se tomaron para evitar la propagación del citado virus, tales como el confinamiento de la población, y la consecuente reducción de visitantes ante tal contingencia.
Por ello, el sector turístico nacional ha tenido una recuperación económica que se ha gestado desde lo interno, ya que una vez que se levantó el confinamiento las y los mexicanos comenzaron a trasladarse a los diferentes destinos turísticos, donde los pueblos mágicos fueron pieza importante al estar más próximos a la población, siendo sus diferentes atractivos una verdadera opción de recreación para las familias, además de darle dinamismo a la economía de esas localidades y de sus distintos establecimientos. Al respecto la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos estimó en 2017 que, en términos del producto turístico, 88 de cada 100 pesos en el consumo del sector eran realizados por el turismo nacional.
Al advertirse la importancia económica que tanto el sector turístico, como los pueblos mágicos tienen para el país y para los municipios en donde se encuentran las localidades que han alcanzado este nombramiento, es que deben crearse las condiciones necesarias para que el programa pueda operar óptimamente y promocionar nacional e internacionalmente a esos destinos turísticos, pero también como un motor de desarrollo y crecimiento económico a nivel regional en forma sostenida.
Por ello resulta importante que el programa Pueblos Mágicos sea reconocido en la Ley General de Turismo, al ser una política pública del gobierno federal que busca que aquellas localidades con atractivos turísticos sean parte de la gama de destinos que nuestro país promueva a nivel nacional e internacional, lo que beneficiará a sus respectivas poblaciones al tener un mayor número de visitantes a quienes les serían ofrecidos bienes y servicios apropiados para una estancia cómoda, lo que implica un área de oportunidad para el emprendimiento, de consolidación de las empresas existentes y de generación de empleo local como parte de una infraestructura capaz de desarrollar el turismo como una actividad económica.
Al advertir la trascendencia que los pueblos mágicos tienen no sólo a escala nacional sino en cada una de las localidades con ese reconocimiento, se concluye que esta estrategia instrumentada por el gobierno federal debe ser fortalecida con su inclusión en la ley de la materia, debido a los múltiples beneficios que ello propicia a nivel económico, tributario, turístico y en el aspecto social, ya que al existir este tipo de condiciones es posible combatir el rezago en el que se pueda encontrar la población local, con la idea de que puedan acceder a una mejor calidad de vida.
Con la inclusión del programa en la Ley General de Turismo se establecería la obligación del Ejecutivo Federal para proponer que año con año le sean etiquetados recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación por parte de la Cámara de Diputados para su operación, lo que sin duda fortalecerá el desarrollo de los “pueblos mágicos” como programa gubernamental, a las localidades como destino turístico, así como para crear las condiciones que permitan que su población en general, no solo a quienes emprendan, tengan una mejor calidad de vida.
De esa forma, las localidades catalogadas como “Pueblos Mágicos” contaran con los medios necesarios para dar mantenimiento a su infraestructura turística y conservar en condiciones adecuadas sus respectivos atractivos, lo que les permitirá seguir siendo considerados como destinos susceptibles de recibir a visitantes nacionales y extranjeros, y en consecuencia, tener al turismo como una actividad económica redituable capaz de dotar de crecimiento y desarrollo a sus habitantes.
Se debe mencionar que, con la aprobación de esta iniciativa se abonará al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU, tomando especial trascendencia los objetivos 1, 8 y 9, relativos a poner fin a la pobreza, al trabajo decente y crecimiento económico e industrial, innovación e infraestructura, ya que reconocer los pueblos mágicos en la legislación de la materia y establecer la obligación de asignar recursos suficientes para su conservación y promoción permitirá que este rubro del sector turístico, así como sus cadenas de valor, cuenten permanentemente con las condiciones necesarias para lograr el mantenimiento y conservación de su infraestructura, su reintegración comercial y competitividad, y que de esa forma, sigan siendo destinos turísticos visitados por turistas nacionales e internacionales, lo que beneficiara a las y los habitantes de esas localidades para reducir el rezago en que estén inmersos, y alcanzar una mejor calidad de vida.
Por lo descrito se presenta ante esta asamblea para estudio, análisis, discusión y, en su caso, aprobación la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Primero. Se adicionan las fracciones XIII al artículo 3, XVIII al artículo 7, una fracción XII al artículo 9, una fracción XI al artículo 10, una fracción IV al artículo 27, una fracción IV al artículo 28, una fracción VII al artículo 63, recorriéndose las subsecuentes en el mismo orden; así como la adición de un Capítulo IX al Título Tercero, la adición de un artículo 36 Bis, la adición de un artículo 36 Ter, dichos preceptos de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 3. ...
I. a XII. ...
XIII. Pueblos mágicos: Localidad perteneciente a uno o más municipios, y a una o más entidades federativas, con atributos culturales, sociales, históricos o naturales susceptibles de aprovechamiento turístico y en los cuales pueden basarse su desarrollo y crecimiento económico, además de enaltecer la identidad nacional, que cumplen con los lineamientos establecidos por la Secretaría para obtener dicho nombramiento.
XIV. a XXII. ...
Artículo 7. ...
I. a XVII. ...
XVIII. Emitir anualmente la convocatoria para el nombramiento de pueblos mágicos, así como realizar el análisis conducente para determinar si es procedente o no la solicitud del municipio interesado en alcanzar tal reconocimiento para una o más de sus localidades.
XIX. ...
Artículo 9. ...
I. a XI. ...
XII. Planificar el impulso de sus diferentes localidades para que alcancen el reconocimiento de “Pueblo Mágico”, así como el trabajo coordinado con los sectores privado y social, así como con la Secretaría, con la idea de crear una infraestructura turística que respalde los atractivos turísticos con que cuenten;
XIII. a XXII. ...
Artículo 10. ...
I. a X. ...
XI. A los considerados pueblos mágicos, impulsar acciones, en coordinación con las autoridades federales y demás dependencias del Estado según corresponda, para fortalecer la infraestructura, la mejora en la calidad de los servicios, la diversificación de sus productos turísticos, así como la creación y modernización de herramientas comerciales que permitan mantener el nombramiento de pueblo mágico;
XII. a XVIII. ...
Artículo 27. ...
I. a III. ...
IV. Definir los criterios por los cuales serían impulsadas las diferentes localidades para alcanzar el nombramiento de pueblo mágico, observando la potencialidad de su riqueza y atractivos turísticos.
Artículo 28. ...
I. a III. ...
IV. Definir los criterios por los cuales serían impulsadas las diferentes localidades para alcanzar el nombramiento de Pueblo Mágico, observando la potencialidad de su riqueza y atractivos turísticos, además de implementar políticas públicas que fomenten el desarrollo de la actividad turística y la conservación de ese nombramiento.
Título Tercero
Capítulo IXDe los Pueblos Mágicos
Artículo 36 Bis. La secretaría impulsará el programa Pueblos Mágicos, con base en los principios establecidos en la presente ley y en los términos de su reglamento, teniendo las siguientes finalidades:
I. Otorgar el nombramiento de pueblo mágico a las localidades cuyos municipios lo hayan solicitado tomando en consideración la acreditación de la singularidad y autenticidad de su patrimonio;
II. Celebrar con las localidades reconocidas como pueblos mágicos un convenio para el uso de esta marca, y que de esa forma, se promocionen como destino turístico;
III. Promover a nivel nacional e internacional como destinos turísticos a aquellas localidades reconocidas como pueblos mágicos;
IV. Suscribir acuerdos con instituciones públicas, privadas, sociales o académicas, ya sean nacionales o internacionales, cuyos beneficios sean recibidos por las localidades reconocidas como pueblos mágicos.
Artículo 36 Ter. Para la operación del programa Pueblos Mágicos, los municipios contarán con los recursos derivados de los convenios que en su caso suscriban con la secretaría, en términos de las disposiciones aplicables, así como de los recursos que le sean etiquetados en el Presupuestos de Egresos de la Federación, de los ingresos derivados de inversiones de sector privado, y los que obtengan por cualquier otro medio legal, provenientes de personas físicas o morales que tengan interés en apoyar en la realización de sus actividades.
Artículo 63. ...
I. a VI. ...
VII. El establecimiento de los mecanismos jurídicos, sociales, económicos y administrativos para impulsar el desarrollo turístico de las localidades reconocidas como Pueblo Mágico en el país.
Segundo. Se reforman las fracciones VII del artículo 4 y I del artículo 5, todos de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Artículo 4. ...
I. a VI. ...
VII. Formular las bases de coordinación entre los ámbitos de gobierno, para el establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable y de los Pueblos Mágicos;
VIII. a XV. ...
Artículo 5. ...
I. Administrar y supervisar las zonas de desarrollo turístico sustentable y los pueblos mágicos, conforme a lo establecido en esta ley y los programas de ordenamiento turístico del territorio;
II. y III. ...
...
...
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Turismo, deberá modificar el Reglamento de la Ley de General de Turismo dentro del plazo de 180 días hábiles, a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que su contenido pueda ser operado por dicha dependencia.
Notas
1 Inegi-Sectur, Cuenta Satélite del Turismo de México 1998-2003, sin página.
2 Organización Mundial de Turismo, citado en Secretaría de Turismo, Programa Nacional de Turismo 2001-2006, México, 2001, página 31.
3 Consultado el 19 de agosto de 2024 en
https://www.concanaco.com.mx/turismo/notasdeinteres/asi-pintan-l as-cosas-para-el-turismo-en-mexico-en-2024
4 Consultado el 13 de agosto de 2024 en
https://www.datatur.sectur.gob.mx/PueblosMagicos/pminicio.aspx
5 Consultado el 22 de agosto de 2024 en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5588815&fecha =10/03/2020#gsc.tab=0
6 Tales “pueblos mágicos” son Aguascalientes: Calvillo, Real de Asientos, San José de Gracia y Pabellón de Hidalgo. Baja California Sur: Loreto, Todos Santos y Santa Rosalía. Campeche: Palizada, Isla Aguada y Candelaria. Chiapas: San Cristóbal de las Casas, Chiapa de Corzo, Comitán, Palenque, Copainalá y Ocozocoautla de Espinosa. Chihuahua: Creel, Batopilas, Casas Grandes, Guachochi e Hidalgo del Parral. Coahuila: Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Guerrero, Múzquiz, Parras de la Fuente, Viesca y General de Cepeda. Estado de México: Valle de Bravo, Aculco, El Oro, San Juan Teotihuacán, Villa del Carbón, Tepotzotlán, Ixtapan de la Sal, Metepec, Malinalco, Tonatico, Jilotepec y Otumba. Guerrero: Taxco, Ixcateopan de Cuauhtémoc y Zihuatanejo. Hidalgo: Huasca de Ocampo, Huichapan, Mineral del Chico, Real del Monte, Tecozautla, Zempoala, Zimapán, Acaxochitlán y Metztitlán. Jalisco: Ajijic, Lagos de Moreno, Mazamitla, Mascota, San Sebastián del Oeste, Talpa de Allende, Tapalpa, Tequila, Tlaquepaque, Cocula, Sayula y Temacapulín. Michoacán: Pátzcuaro, Tlalpujahua, Cuitzeo, Santa Clara del Cobre, Angangueo, Tacámbaro, Jiquilpan, Tzintzuntzan, Paracho y Cotija. Morelos: Tepoztlán, Tlayacapan, Tlaltizapán de Zapata y Xochitepec. Nayarit: Compostela, Jala, Mexcaltitlán, Sayulita, Ahuacatlán, Amatlán de Cañas, Ixtlán del Río, San Blas y Puerto Balleto. Nuevo León: Bustamante, Santiago, Linares, General Terán y General Zaragoza. Puebla: Cuetzalan, Cholula, Atlixco, Chignahuapan, Zacatlán de las Manzanas, Huauchinango, Pahuatlán, Tlatlauquitepec, Tetela de Ocampo y Xicotepec, Huejotzingo y Teziutlán. Querétaro: Bernal, Amealco, Jalpan de Serra, Cadereyta, Tequisquiapan, San Joaquín y Pinal de Amoles. Quintana Roo: Bacalar, Isla Mujeres, Tulum y Cozumel. San Luis Potosí: Xilitla, Real de Catorce, Aquismón, Ciudad del Maíz y Tierra Nueva. Sinaloa: Cosalá, El Fuerte, El Rosario, Mocorito y San Ignacio. Sonora: Álamos, Magdalena de Kino, San Carlos y Ures. Tabasco: Villa Tapijulapa, Frontera y Teapa. Tlaxcala: Huamantla, Tlaxco y Ixtenco. Veracruz: Orizaba, Coscomatepec, Xico, Coatepec, Papantla, Zozocolco, Córdoba y Naolinco de Victoria. Yucatán: Valladolid, Izamal, Maní, Sisal, Espita, Motul y Tekax. Zacatecas: Jerez, Pinos, Sombrerete, Nochistlán de Mejía, Guadalupe, Teúl de González Ortega y Villa Nueva.
7 Barrón Ayala, Karla Susana; y otros, “Elementos generales para entender el Programa de Pueblos Mágicos”, en Barrón Ayala, Karla Susana; y otros, Pueblos mágicos. Empresas, empleo y calidad de vida, Universidad Autónoma de Nayarit, Secularte, AC, Servicios en Educación, Cultura y Arte, México, 2021, página 40.
8 Consultado el 15 de agosto de 2024 en
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-dedesarro llo-sostenible/
Salón de sesiones, a 16 de octubre de 2024.– Diputada Verónica Martínez García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.
LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en materia de reconocimiento del principio de paridad de género en el sector empresarial, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Verónica Martínez García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad consagrada en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del artículo 6 y el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La desigualdad que padecen las mujeres es una de las repercusiones derivadas de la discriminación y la violencia de género que permea en las diferentes sociedades desde tiempos remotos, por lo que al impedirles el acceso a sus derechos fundamentales como lo son la salud, la educación, las oportunidades académicas y laborales, las coloca en una situación de rezago, precariedad, dependencia y vulnerabilidad, que puede convertirse en estructural al transmitirse de generación en generación.
La marginación y las diversas formas de violencia que padecen las mujeres son producto de los patrones culturales sexistas que se han normalizado a lo largo de los años, convirtiéndose en una forma de pensar y de vivir que tiene cabida en cualquier ámbito de la cotidianidad en la sociedad. Cabe mencionar que el fundamento de dichas conductas discriminatorias se encuentra basado en la minimización y exclusión de que son objeto las mujeres solo por ese simple hecho.
Esas restricciones que sufren las mujeres desde que son niñas constituyen vulneraciones a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad como derechos humanos, producto del sometimiento del que son objeto, lo que se agudiza con las expresiones de los diferentes tipos de violencia que les son inferidas, tales como la extrema en la que se pone en riesgo su integridad e incluso su vida.
Tales circunstancias crean una atmosfera de incertidumbre y temor en la sociedad, lo que ha dado lugar a la existencia de demandas ciudadanas que exigen la atención del problema, que, si bien algunas de las conductas se presentan al interior del hogar, esos hechos adquieren interés público debido a la manera en la que los derechos fundamentales de las mujeres se encuentran comprometidos por los agresores.
Desde tiempos remotos, las mujeres han sido minimizadas y les ha sido asignado un rol para desenvolverse únicamente en actividades domésticas, como lo es la atención del hogar y el cuidado de los dependientes, sin que cuenten con la posibilidad de buscar su desarrollo personal o iniciar un proyecto de vida de acuerdo con sus intereses, estilo, gustos y aptitudes, ya que culturalmente se ha considerado como una obligación social que las mujeres deban realizar ese tipo de actividades desde niñas para aprenderlas y que posteriormente contraigan matrimonio para procrear hijos desde edades tempranas, lo cual es un estilo de vida que transgrede sus derechos y les genera total dependencia económica de su cónyuge, lo que eventualmente las hace susceptibles a tener que tolerar todo tipo vejaciones.
Contrario a lo anterior, los hombres han sido catalogados con una mayor capacidad y les han sido asignadas actividades públicas o de mayor impacto, además de brindarles espacios para su preparación académica, capacitación laboral, lo que en general les crea más oportunidades para su desarrollo y les permite alcanzar por sí mismos un nivel de vida digno.
Hace algunas décadas han sido reconocidos algunos derechos de las mujeres, tales como los político-electorales, al permitirles votar y ser votadas para acceder algunos cargos de elección popular, lo que ha dado la pauta para que las mujeres incursionen en la política, así como para crear las condiciones para que también lo hagan en el mundo laboral y en el académico con la idea de tener mayores oportunidades y una mejor calidad de vida al tener autonomía y un empoderamiento desde un punto de vista económico.
No obstante, en gran parte del siglo XX la presencia masculina ha sido la que ha dominado en el ámbito público.
Aunque la situación de discriminación y violencia de género no se ha logrado erradicar, con el paso de los años ha sido posible enfrentarla mediante instrumentos que buscan garantizar los derechos de las mujeres, sin embargo, aún resultan insuficientes debido al arraigo cultural y a la magnitud de la problemática, por lo que es necesario que se redoblen esfuerzos mediante reformas a la legislación y a través de la operación de políticas públicas con perspectiva de género que propicien mayores condiciones de igualdad para las mujeres y reduzcan paulatinamente la brecha de desigualdad que han padecido históricamente.
El primer párrafo del artículo 4o. constitucional se refiere a la igualdad de género en los siguientes términos:
Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley...
Dichos avances fue posible lograrlos gracias a la suscripción y ratificación de tratados internacionales que buscan fomentar la igualdad entre mujeres y hombres, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, de Belém do Pará, Brasil, entre otros, lo que conllevó a la realización de diversas reformas constitucionales y legales, a la expedición de ordenamientos como la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre, al surgimiento del Instituto Nacional de las Mujeres, de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, así como a la operación de diversas políticas públicas con perspectiva de género.
En virtud de lo anterior, el Estado mexicano se obligó a fomentar la igualdad de género y a impulsar la perspectiva de género como los ejes de sus acciones, lo que le permitirá cumplir con los compromisos internacionales asumidos, por ello es importante considerar las definiciones contenidas en las fracciones IV, V y IX del artículo 5 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en los siguientes términos:
Artículo 5. Para los efectos de la presente ley se entenderá por
IV. Igualdad de Género. Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, saludable, cultural y familiar;
V. Igualdad sustantiva. Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales;
IX. Perspectiva de género: Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones...
Desde esa lógica, es que en el pasado reciente se han aprobado reformas significativas, como lo son la de 10 de febrero de 2014 y la 6 de junio de 2019, que son orientadas a que las mujeres cuenten con condiciones de igualdad de oportunidades respecto a los hombres al ejercer sus derechos político-electorales, lo que impulsa su participación en el debate político y en la toma de decisiones y conducción del país.
Es decir, con la reforma constitucional de 10 de febrero de 2014 se estableció la obligación de los partidos políticos para garantizar la paridad de género en la postulación de candidaturas a legisladores federales y locales, la cual se complementa con la de 6 de junio de 2019, cuya finalidad es incorporar el principio de paridad de género en la Constitución como un criterio para designar los cargos públicos en gobierno federal, gobiernos estatales, organismos autónomos, en las comunidades indígenas, así como en el caso de los partidos políticos al otorgar las candidaturas a cargos de elección popular en los 3 órdenes de gobierno, dando lugar a que la paridad de género adquiera un carácter “transversal”, y se reconozca a la igualdad sustantiva de género constitucionalmente.
Al respecto debe considerarse el artículo 1 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en el cual se señala lo siguiente:
Artículo 1. La presente ley tiene por objeto regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres, la paridad de género y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.
Sin duda estas reformas han sistematizado nuestra legislación, impactando en la integración de los diferentes órganos políticos, así como en la titularidad de las dependencias públicas, ya que, tanto a nivel federal, como local, se ha incrementado la presencia de un mayor número de mujeres en cargos de elección popular, así como en los gabinetes y órganos autónomos, tan es así que en este 2024 tenemos por primera vez en la historia a una presidenta de la República.
Aunque tales reformas han sido determinantes para que las mujeres tengan una mayor participación en el debate y en los asuntos públicos, actualmente existe un clamor generalizado sobre la necesidad de que se les asegure a las mujeres una verdadera participación en la toma de decisiones, no solo en el sector público, sino también en el sector privado, lo que constituye un pendiente que deben ser atendido para que la igualdad sustantiva de género adquiera efectividad en el país.
Si bien estos ajustes legislativos han reconocido los derechos político-electorales de las mujeres, es indispensable ampliar la protección del artículo 1o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en lo que hace a la igualdad sustancial de género y del principio de paridad y de perspectiva de género, con la idea de incorporarlas expresamente en diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y que de esa forma existan mayores condiciones para que las mujeres puedan desarrollarse integralmente en el ámbito empresarial y corporativo.
Se estima que entre mayor es el nivel de jerarquía directiva dentro de una empresa o corporativo, menor es la representación de las mujeres, lo que es una situación que las excluye injustificadamente de la posibilidad de ocupar ese tipo de cargos, y, por ende, se contraviene a nuestra legislación y a la protección de los derechos fundamentales de las mujeres.
Con la idea de comprender la problemática descrita, es preciso advertir los datos del informe del Instituto Mexicano para la Competitividad Mujeres en las empresas, ¿hemos avanzado?, publicado en octubre de 2023, donde se analizó el acceso que tienen las mujeres a cargos directivos en 184 empresas listadas en las Bolsas Mexicana de Valores, e Institucional de Valores en los mercados de capitales y de deuda, por lo que se consideraron los reportes anuales de 2022.
En dicho informe “se midió la representación de mujeres en la alta dirección y los consejos de administración, así como las políticas de inclusión que implantan las empresas para sumar a más mujeres a esos cargos:
Consejos de administración
• En México, 13 por ciento de las sillas en los consejos de administración es ocupado por mujeres, lo que representa un aumento de 1 punto porcentual respecto a 2021.
• De las empresas analizadas, únicamente 7 por ciento de sus consejos de administración son presididos por una mujer.
• 24 por ciento de las empresas cuentan con un consejo conformado exclusivamente por hombres, tres puntos porcentuales menos con respecto al año anterior.
• De seguir la tendencia actual, México alcanzaría una participación paritaria en los consejos de administración hasta 2052, es decir, la brecha de representación femenina tardaría 30 años en cerrarse.
• 34 empresas no cuentan con la presencia de mujeres en sus consejos de administración ni direcciones relevantes, esto equivale a 18 por ciento de las empresas analizadas.
Direcciones relevantes
• En comparación con 2021, hay una mayor presencia de mujeres en las direcciones de áreas jurídicas (25 por ciento) y de finanzas (11 por ciento). Sin embargo, en las direcciones generales alcanza 4 por ciento, el mismo nivel que el último análisis.
• De las 184 empresas analizadas, 7 tienen a una mujer como directora general, es decir, solo 4 por ciento.
• Únicamente 1 por ciento de las empresas tienen mujeres en las 3 direcciones relevantes (general, finanzas y áreas jurídicas).
Sectores
• El sector con mayor participación de mujeres en los consejos es el de servicios públicos, con 24 por ciento, mientras que en el otro extremo se encuentra el sector de telecomunicaciones con 10 por ciento.
• Los sectores de salud y servicios públicos cuentan con la mayor participación femenina en las tres direcciones relevantes (33 por ciento), mientras que el sector de servicios de telecomunicaciones no cuenta con mujeres en estas posiciones.
Plantilla y políticas de inclusión
• En cuanto a la totalidad de la plantilla laboral, 43 por ciento la conforman mujeres, lo que equivale a un aumento de 4 puntos porcentuales respecto a 2021.
• Las 3 políticas de inclusión que reportan las empresas con mayor frecuencia son brindar capacitación continua (74 por ciento), contar con protocolos contra la violencia y el acoso laboral (73) e implantar una política de diversidad en los equipos de trabajo (57 por ciento).
De las cifras arrojadas por el informe mencionado se advierte que es baja la participación de las mujeres en cargos directivos en empresas o corporativos, situación que obedece a diversos factores que están basados en estereotipos sexistas, que se reflejan en prácticas internas o políticas de las empresas, que terminan por vulnerar los derechos de las mujeres.
Esta propuesta busca eliminar los obstáculos, circunstancias e impedimentos que pudieran constituir lo que se ha denominado “techo de cristal”; es decir, son prácticas derivadas de estereotipos o patrones culturales sexistas propias del ámbito laboral que son encaminadas a limitar el avance profesional de las mujeres, ya sea en el sector público o privado, las cuales “dificulta a las mujeres tener acceso a los puestos de alta dirección. Su carácter de invisibilidad es resultado de la ausencia de leyes y códigos visibles que imponen a las mujeres semejante limitación. Desde un principio se utilizó para hacer referencia a las barreras que la mujer tiene para avanzar en la escala laboral, que no son fácilmente detectables, pero suelen ser la causa de su estancamiento”.
Este tipo de prácticas discriminatorias que comúnmente se presentan en los diferentes centros laborales obstaculizan el desarrollo profesional y personal de las mujeres, haciendo nugatoria la igualdad de oportunidades reconocida en la Constitución, ya que si bien no les impide el acceso al desempeño de una actividad laboral, sí les restringe la posibilidad de colocarse en puestos de dirección, lo que se fundamenta en una falsa idea de una supuesta mayor capacidad de los hombres, favoritismo para ellos, o bien, se considera que por el papel que las mujeres tienen en la familia no podrían hacerse cargo de responsabilidades mayores en dicho agente económico.
En este aspecto, es indispensable que los diferentes corporativos o empresas haya políticas o directrices que fomenten la inclusión de las y los trabajadores, la flexibilidad de horarios, así como prestaciones orientadas a apoyar a las mujeres madres de familia en el cumplimiento de sus responsabilidades laborales y domésticas, permitiendo que ambas facetas puedan compaginarse, sin embargo, se requiere de la voluntad desde los mandos superiores de la empresa para asumir un liderazgo que implemente la perspectiva de género como el eje de sus acciones al interior de dicho agente económico, lo que puede ser un detonante de productividad y de buenos resultados, aprovechando el compromiso y el talento con que cuentan las mujeres.
Al mismo tiempo, es preciso que se brinde capacitación constante para el desempeño del trabajo y liderazgo, así como en la instrumentación de protocolos encaminados a atender, prevenir y sancionar el abuso y el hostigamiento sexual y laboral, permitiendo que todo el personal, sean mujeres u hombres, se sienta seguro, este respaldado y propicien condiciones para una mayor productividad laboral.
Las razones en que se sustenta la restricción el acceso de las mujeres a cargos directivos responden a estereotipos discriminatorios que continúan limitando su desarrollo profesional en el sector privado, impidiéndoles ser parte de cargos de dirección y de la toma de decisiones.
Como legisladora estimó que es necesario que continuemos avanzando en la prevención, atención y combate de la exclusión de las mujeres, así como de todas las formas de violencia que les es inferida, por lo que se debe trabajar para ganar mayores espacios y crear las condiciones necesarias para su desarrollo, ya que “hoy se asume que la discriminación, lejos de ser un problema secundario, destruye la vida de los individuos, perjudica a la economía y a la sociedad en su conjunto y mina el apoyo y la confianza en los valores fundamentales de la igualdad y el Estado de derecho”, por lo que al ser un problema que vulnera sus derechos, es necesario tomar las medidas necesarias que lo eviten de forma eficaz.
Esta reforma es necesaria ya que debido a la protección de los derechos de las mujeres que globalmente se realiza hoy en día, a diferencia de otras épocas, hay más mujeres tomando estudios universitarios en las diferentes disciplinas encaminadas a ocupar un empleo para desarrollar sus conocimientos y su talento, por lo que existe una clara competitividad con los hombres dentro del mercado laboral, sin embargo, los principales obstáculos que las mujeres deben superar son los estereotipos sexistas que permea en cualquier ámbito de la cotidianidad.
La capacitación para el trabajo o el emprendimiento, el acceso a la educación y preparación académica, son condiciones capaces de propiciar una mayor competitividad de la mujer para ingresar al mundo laboral, lo que sin duda, además de permitirles su desarrollo integral, también constituye la fórmula que rompería con el circulo de violencia en el que pudieran estar inmersas, así como con la dependencia económica que las mujeres tienen con sus parejas o cónyuges, dándoles autonomía y empoderándolas.
Por ello es importante que haya mecanismos de promoción en el escalafón corporativo para posibilitar la paridad de género y la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, como medidas que permitan su presencia equilibrada en los cargos directivos en las empresas, como lo son los consejos de administración.
Al respecto se estima que la existencia de este tipo de órganos colegiados en las empresas o corporativos, debido a su naturaleza, favorecen a una mayor presencia y participación de las mujeres en la toma de decisiones, solo que esto dependerá de la estructura orgánica que se le dé a la persona moral.
La participación de las mujeres en cargos directivos es un escenario muy conveniente no solo para el aprovechamiento de su talento y la posibilidad de que alcancen su autonomía y empoderamiento, sino también para enviar un mensaje a la sociedad respecto a la capacidad que las mujeres tienen en el desempeño de un cargo directivo dentro de una empresa o corporativo, que, por consecuencia, implique la paulatina ruptura de la cultura discriminatoria para adoptar una que privilegie la inclusión, la tolerancia y el respeto a los derechos fundamentales de las mujeres.
Por ello, como ocurrió en el sector público, resulta justificado que en el ámbito empresarial también se incorpore el principio de paridad de género en diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, con la finalidad de que la integración de sus órganos directivos de corporativos o empresas se realice bajo tal principio, brindando una igualdad de oportunidades para las mujeres respecto de los hombres, permitiéndoles no solo su desarrollo personal y profesional, sino también la existencia de una medida que reduzca paulatinamente los sesgos de género que como práctica o directriz interna existen en ese ámbito.
Por esa razón resulta importante que esos conceptos formen parte del ordenamiento legal que es materia de la reforma que propone esta iniciativa, reconociendo la perspectiva e igualdad sustancial de género en la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, por lo que los términos propuestos son los establecidos en el artículo 5 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres con la idea de mantener armonía en la legislación al tratar la problemática analizada.
Con esta propuesta, además del cumplimiento de los diversos compromisos internacionales asumidos por nuestro país para erradicar la discriminación y violencia de género, se contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU, específicamente el objetivo número 5 relativo a la igualdad de género, ya que la finalidad de esta propuesta es crear mayores condiciones para que las que mujeres cuenten con una igualdad de oportunidades respecto de los hombres, en este caso, para ocupar cargos directivos en el ámbito empresarial, lo que permitirá aprovechar su talento, preparación y compromiso en el desempeño de sus responsabilidades laborales.
Por lo descrito se presenta ante esta asamblea para estudio, análisis, discusión y, en su caso, aprobación la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Primero. Se adicionan las fracciones XIV a XVII al artículo 2 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, para quedar como sigue:
Artículo 2....
I. a XIII. ...
XIV. Igualdad de género. Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, saludable, cultural y familiar;
XV. Igualdad sustantiva. Es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales;
XVI. Paridad de género. Es el criterio bajo el cual se integrarán los cargos directivos, al darles representación y participación equilibrada de mujeres y hombres, para la toma de decisiones que de estos se desprendan.
XVII. Perspectiva de género. Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.
Segundo. Se reforman el quinto párrafo del artículo 4, la fracción III del artículo 7, la fracción VI del artículo 9, la fracción IV del artículo 16, la fracción II del artículo 18, las fracciones VI y VII del artículo 19; el primer párrafo del artículo 22, la fracción IV del artículo 23 y la fracción IV del artículo 24 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, para quedar como sigue:
Artículo 4....
...
...
...
La actividad de las cámaras y sus confederaciones será la propia de su objeto; no tendrán fines de lucro, se integrarán bajo el principio paridad de género, cuyas acciones y determinaciones que instrumenten se tomarán bajo el principio de perspectiva de género, y se abstendrán de realizar actividades religiosas o partidistas.
...
Artículo 7. ...
I. y II. ...
III. Fomentar la participación gremial de los Comerciantes y los Industriales, bajo el principio de paridad de género y el principio de perspectiva de género;
IV. a XV. ...
Artículo 9....
I. a V....
VI. Promover el sano desarrollo de las actividades que representan, procurando elevar la ética empresarial en los negocios, así como el principio de perspectiva de género en las acciones y determinaciones que instrumenten;
VII. a VIII....
Artículo 16. ...
I. a III. ...
IV. Procedimientos para la integración de sus órganos de gobierno bajo el principio de paridad de género, y sus atribuciones, así como las facultades generales o especiales otorgadas a las personas que la representarán, las cuales serán ejercidas de acuerdo con el principio de perspectiva de género;
V. a XIII. ...
Artículo 18....
I....
II. Participar en los procesos de elección de los miembros del órgano de gobierno de la confederación, mismo que se formará considerando el principio de paridad de género.
III. a XXII. ...
Artículo 19....
I. a V....
VI. Convocar a procesos de elección de miembros de los órganos de gobierno de la Confederación que permitan y estimulen la participación de las Cámaras, salvaguardando el principio de paridad de género en su integración;
VII. Permitir y propiciar que los representantes de las Cámaras sean propuestos y votados en elección para posiciones en los órganos de gobierno de la Confederación bajo el principio de paridad de género;
VIII. a XVII....
Artículo 22. El consejo directivo será el órgano ejecutivo de una cámara o confederación, cuya integración será bajo el principio de paridad de género, y tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XI. ...
Artículo 23....
I. a III....
IV. Por lo menos el sesenta por ciento de los miembros del Consejo Directivo deberán ser de nacionalidad mexicana, además de que su integración deberá realizarse bajo el principio de paridad de género;
V. ...
Artículo 24....
I. a III....
IV. La o el presidente, las o los vicepresidentes y la o el tesorero durarán en su cargo un año y podrán ser reelectos para el mismo cargo en dos ocasiones por un año más, cada una en forma consecutiva. La elección de dichos cargos se realizará bajo los principios de paridad de género, alternándose en mujer y hombre cada periodo de ejercicio. Para poder ocupar nuevamente el mismo cargo, deberán dejar transcurrir un periodo al menos de tres años;
V. a IX. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Tanto las cámaras empresariales como sus confederaciones contarán con 48 meses, a partir de la publicación del presente decreto, para realizar las modificaciones a sus estatutos que permitan instrumentar los criterios, requisitos y procedimientos de selección de los aspirantes a ocupar cargos directivos bajo el principio de paridad de género.
Tercero. Los estatutos de las cámaras empresariales y de sus confederaciones deberán establecer los criterios, requisitos y procedimientos de selección de las aspirantes a ocupar dichos cargos directivos, lo que podrá ser supervisado por la Secretaría de Economía en coordinación con el Instituto Nacional de las Mujeres a fin de garantizar que el principio de paridad de género se cumpla eficazmente en la integración de los consejos de administración.
Notas
1 Fue suscrita por el país el 17 de julio de 1980 y ratificada el 23 de marzo de 1981.
2 Fue suscrita por el país el 4 de junio de 1995 y ratificada el 26 de noviembre de 1996.
3 Consultado el 30 de julio de 2024 en
https://igualdad.ine.mx/paridad/cronologia-del-movimiento-en-pro -de-la-paridad-de-genero/” y
https://igualdad.ine.mx/paridad/cronologia-del-movimiento-en-pro -de-la-paridad-de-genero/
4 Consultado el 30 de julio de 2024 en
https://campusgenero.inmujeres.gob.mx/glosario/terminos/igualdad -sustantiva... “De acuerdo con la CEDAW, los Estados parte no sólo están obligados a sentar las bases legales para que exista igualdad formal entre mujeres y hombres; es necesario asegurar que haya igualdad de resultados o de facto: igualdad sustantiva. Para alcanzarla, es necesario que las leyes y políticas garanticen que las mujeres tengan las mismas oportunidades que los hombres en todas las esferas de la vida, lo que implica que el Estado tiene la obligación de garantizar las condiciones para ello y de remover todos los obstáculos para que la igualdad se alcance en los hechos”.
5 Instituto Mexicano para la Competitividad, Mujeres en las empresas, ¿hemos avanzado?, México, octubre de 2023, página 2.
6 Consultado el 30 de julio de 2024 en
https://www.gob.mx/conavim/articulos/que-es-el-techo-de-cristal- y-que-pueden-hacer-las-empresas-para-impulsar-la-igualdad-de-genero?idiom=es y
https://www.gob.mx/conavim/articulos/que-es-el-techo-de-cristal- y-que-pueden-hacer-las-empresas-para-impulsar-la-igualdad-de-genero?idiom=es
7 Ídem.
8 Consultado el 30 de julio de 2024 en
https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/ WCMS_701791/lang–es/index.htm
9 Rey Martínez, Fernando, “Discriminación por razón de género y sistema electoral de Europa y España”, en Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Temas selectos de Derecho Electoral, número 9, México, 2009, página 8.
10 Consultado el 30 de julio de 2024 en
https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/–-dgreports/–-dcomm/–-p ubl/documents/publication/wcms_700977.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de octubre de 2024.– Diputada Verónica Martínez García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
«Iniciativa que reforma el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de aumento del aguinaldo, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Toda persona tiene derecho al trabajo, este es la base para la realización de otros derechos humanos y para una vida en dignidad, incluye la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado y el derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo.
El trabajo digno o decente, es aquel que respeta plenamente la dignidad humana de las y los trabajadores, no existe discriminación de cualquier tipo, se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador.
Como se puede vislumbrar existe una estrecha relación entre el derecho al trabajo digno, el salario suficiente y la satisfacción y goce de los derechos humanos, toda vez que, el salario constituye uno de los derechos de toda persona que trabaja para un tercero, a través del cual puede disfrutar de una vida digna y le debe permitir para sí y su familia cubrir sus necesidades básicas de alimentación, vivienda, salud, educación, entre otras.
Respecto a lo anterior cabe destacar lo siguiente:
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, señala en su artículo 23 que: “toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social”.
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), determina que las condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias deben asegurar, entre otras cosas, una remuneración que propicie mínimamente para todas y todos los trabajadores condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias, así como, el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia.
El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos o protocolo de San Salvador, reitera el derecho de obtener los medios para una vida digna y decorosa a través de una actividad lícita, además de que vincula a México, a garantizar en su legislación nacional, una remuneración que asegure condiciones “de subsistencia digna y decorosa para ellos y sus familias y un salario equitativo e igual por trabajo igual, sin ninguna distinción.
La Ley Federal del Trabajo, en los artículos 82 y 84 establecen que: se entiende por salario a la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo y se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
De lo anteriormente expuesto podemos deducir que, el aguinaldo, es otro de los derechos laborales vinculados a la remuneración y forma parte del salario, puesto que es una prestación a que tienen derecho las personas trabajadoras y el cual se recibe como retribución por la prestación de un servicio correspondiente a un año o proporcional laborado, así lo resolvió también la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante la tesis jurisprudencial 2a./J. 20/2018, misma que a la letra establece:
Acorde con las jurisprudencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 2a./J. 37/2000 y 2a./J. 33/2002, el pago del aguinaldo forma parte de las gratificaciones a que se refiere el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo, el cual dispone que el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. En consecuencia, dentro de la conformación del salario para los efectos indemnizatorios previstos en el artículo 48 de la ley citada, si en un juicio el patrón no comprueba la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, cuando la acción intentada hubiese sido la reinstalación, al pago de los salarios vencidos calculados con todas las prestaciones que venía percibiendo, entre otras, el aguinaldo, computadas desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de 12 meses, en atención a que esta última prestación accesoria es inescindible de las demás que conforman el salario integrado.
El aguinaldo actualmente se encuentra regulado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, legislaciones reglamentarias de los Apartados A y B, del artículo 123 Constitucional respectivamente, como se muestra en el siguiente cuadro comparativo:
Como se puede observar en el anterior cuadro comparativo, existe una gran diferencia salarial en la media de salarios percibidos por esta prestación, entre las personas trabajadoras del sector privado (apartado A) y los trabajadores al servicio del Estado (apartado B), lo que refleja la discriminación y las desigualdades existentes entre las normas de trabajo, propiciando además el aumento de la brecha salarial existente entre el promedio de salario de los hombres y de las mujeres del sector laboral, y atenta contra los principios pro persona, progresividad de los derechos humanos y no discriminación, previstos por el artículo 1o. constitucional, mismo que establece:
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Por lo anterior, y de conformidad con el principio de progresividad de los derechos humanos, cabe destacar que la obligación del patrón a pagar el aguinaldo, surgió como prestación en la Ley Federal del Trabajo en el año 1970, lo que a todas luces significa que dicha prestación no ha sufrido grandes cambios en pro de las personas trabajadoras tal y como reza el mandato constitucional antes transcrito, a excepción de la reforma de 31 de diciembre de 1975, consistente en que los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional de éste, conforme al tiempo que hubieren trabajado.
Por su parte, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación tiene por objeto prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en los términos del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato, por lo que, corresponde a los Poderes Públicos Federales (dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, de los Poderes Legislativo y Judicial y los organismos constitucionales autónomos), eliminar todos aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas, así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del país mediante la adopción de medidas de nivelación, las medidas de inclusión y las acciones afirmativas necesarias para garantizar a toda persona la igualdad real de oportunidades y el derecho a la no discriminación, las medidas de nivelación incluyen la derogación o abrogación de las disposiciones normativas que impongan requisitos discriminatorios de ingreso y permanencia a escuelas, trabajos, entre otros.
La adopción de estas medidas, forman parte de la perspectiva antidiscriminatoria, la cual debe ser incorporada de manera transversal y progresiva en el quehacer público, y de manera particular en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas que lleven a cabo cada uno de los poderes públicos federales.
Es por lo anterior, que a pesar de que, en el mes de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución del Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, mediante la cual se establece que los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2023 se incrementarán en 20 por ciento en las dos zonas descritas en el primer resolutivo, por tanto, serán de 312.41 pesos diarios por jornada diaria de trabajo en el área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte, cuyo incremento se compone de 23.67 pesos de Monto Independiente de Recuperación (MIR), más un aumento por fijación del 10 por ciento, y para el Resto del país el salario mínimo general será de 207.44 pesos diarios, por jornada diaria de trabajo, cuyo incremento se compone de 15.72 pesos de Monto Independiente de Recuperación (MIR), más 10 por ciento de aumento por Fijación; lo cierto es que las cifras de pobreza en México, incluyendo la pobreza extrema, así como el número trabajadoras y trabajadores, sean o no formales, cuyos ingresos no alcanzan a cubrir para sí ni para su familia las necesidades normales en el orden material, social, cultural y educativo, reflejan problemáticas que hacen necesario enfatizar que la suficiencia del salario es un tema de derechos humanos, toda vez que un monto que no asegure la cobertura de los satisfactores más elementales para vivir dignamente impide la realización de diversos derechos básicos.
También es cierto que, la suficiencia del salario mínimo no se ciñe a elementos estáticos, sino que involucra todos aquellos aspectos conducentes al mejoramiento continuo y progresivo del nivel de vida de las trabajadoras y los trabajadores, así como el de sus familias. Por ende, la fracción VI del inciso A del artículo 123 Constitucional, relativo a “... las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos”, no debe ser entendido de manera restrictiva, sino a la luz del artículo 1o. constitucional, más aún cuando su contenido normativo posee un ineludible vínculo con el goce de diversos derechos humanos, por lo que su interpretación debe ser conforme a aquellas normas que favorezcan la protección más amplia de las personas, es por lo que, la suficiencia del salario y el acceso a prestaciones laborales complementarias como el aguinaldo, son elementos que contribuyen al ejercicio de la igualdad entre trabajadoras y trabajadores; a la protección de la niñez, de las personas con discapacidad y personas adultas mayores, dicho enfoque debe tomarse en cuenta en los procedimientos que se lleven a cabo para determinar el monto de dicha remuneración.
Es importante señalar que esta iniciativa fue presentada originalmente en la LXV Legislatura. Sin embargo, al reconocer la relevancia del tema y la necesidad urgente de mejorar las condiciones laborales, la iniciativa se presenta nuevamente en la LXVI Legislatura con el fin de garantizar un mayor aguinaldo para los trabajadores. Este esfuerzo refuerza mi compromiso de velar por los derechos laborales y de continuar trabajando en beneficio de los trabajadores.
A partir de los argumentos expuestos, el suscrito propongo reformar el párrafo primero del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Por lo anteriormente fundado y expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto el que se reforma el párrafo primero del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo
Único. - Se reforma el artículo 87 primer párrafo de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a treinta días de salario por lo menos.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 22 de octubre de 2024.– Diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo mediante plataformas digitales, suscrita por la diputada Paulina Rubio Fernández y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Paulina Rubio Fernández, a nombre propio y de los diputados y diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 76, numeral 1, fracción II; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos a la Ley Federal del Trabajo, conforme a la siguiente:
Exposición de Motivos
La presente iniciativa corresponde a un paquete de asuntos que presenté durante la pasada LXV Legislatura y que, por la coyuntura, tres no fueron analizadas o dictaminadas en las comisiones que recibieron el turno, por lo que fueron desechadas mediante acuerdo de preclusión del término. No obstante, considero que la propuesta no ha perdido materia, el problema que busca resolver, los motivos que la sustentan y la propuesta del proyecto de decreto siguen vigentes, en consecuencia, se presentan de nueva cuenta, prácticamente en sus términos, de la siguiente manera:
Las plataformas digitales son herramientas en internet que permiten la ejecución de diversas aplicaciones o programas en un mismo lugar para satisfacer distintas necesidades.
“Las plataformas digitales son nuevos modelos de negocio que permiten la creación de valor entre productores y consumidores externos, facilitando el intercambio de bienes, servicios e información. Las tecnologías de la información y comunicación potencian la capacidad de las plataformas incorporando el análisis de datos para un match más eficiente y rápido, permitiendo un escalamiento más dinámico al tener un mayor alcance mediante el internet y al no estar sujetas a estructuras de costos tradicionales. El fenómeno económico que representan estos nuevos modelos de negocio tiene impacto en distintos niveles de una sociedad y permite proponer nuevos conceptos para sus estudio”.
Estas tecnologías de la información han permitido la creación de empleos, de una manera novedosa, práctica, aunque no prevista en sus particularidades por la legislación mexicana.
La Organización Internacional del Trabajo, (OIT), en su estudio “Las plataformas digitales y el futuro del trabajo: Cómo fomentar el trabajo decente en el mundo digital”, señala que: La emergencia de las plataformas digitales de trabajo supone uno de los cambios más importantes acontecidos en el mundo laboral en los últimos diez años. Existen dos tipos de plataformas: las plataformas en línea, en las cuales el trabajo se terciariza mediante convocatorias abiertas a una audiencia geográficamente dispersa (una modalidad también conocida como «crowdwork»), y las aplicaciones (o apps) móviles con geolocalización, en las que el trabajo se asigna a individuos situados en zonas geográficas específicas. Si bien estas plataformas digitales son el resultado de avances tecnológicos, el trabajo que generan se asemeja a muchas modalidades laborales que existen desde hace tiempo, con la diferencia de que cuentan con una herramienta digital que sirve de intermediario.
En el mismo estudio, la OIT señala: Pese a que se trata de un trabajo muy valioso para varias compañías exitosas, el trabajo en las plataformas digitales suele caracterizarse por remuneraciones inferiores al salario mínimo, flujos impredecibles de ingresos y la ausencia de protecciones laborales que suelen observarse en una relación de trabajo típica. No obstante, ninguno de estos resultados negativos es inherente a esta modalidad de trabajo o a las microtareas. Por el contrario, es posible reconfigurar las modalidades de microtrabajo para mejorar las condiciones de los trabajadores. A la fecha, se han impulsado algunas iniciativas para instar a las plataformas y a los clientes a mejorar las condiciones de trabajo. A manera de ejemplo, se puede mencionar: Turkopticon, un sitio web y complemento para la plataforma Amazon Mechanical Turk (AMT) que permite evaluar a los clientes que publican tareas; Dynamo Guidelines for Academic Requesters on AMT (Lineamientos Dynamo para solicitantes acadeémicos en plataforma AMT); el sitio FairCrowdWork.org; y Crowdsourcing Code of Conduct (Código de conducta para la externalización de tareas), un compromiso voluntario iniciado en plataformas alemanas. Asimismo, algunas plataformas han creado, en colaboración con IG Metall, una «o cina del defensor del pueblo» a la cual los trabajadores pueden informar de disputas con operadores de plataformas. En el informe se presentan 18 propuestas con miras a garantizar un trabajo decente en las plataformas digitales de trabajo, saber:
1. Otorgar un estatus adecuado a los trabajadores;
2. Permitir a este tipo de trabajadores que ejerzan sus derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva;
3. Garantizar el salario mínimo aplicable del país de residencia de los trabajadores;
4. Garantizar la transparencia en los pagos y las comisiones cobradas por las plataformas;
5. Garantizar que los trabajadores puedan rechazar tareas;
6. Cubrir los costos por el trabajo perdido a causa de problemas técnicos en la plataforma;
7. Adoptar reglas estrictas y justas en materia de ausencia de pagos;
8. Garantizar que los términos del servicio estén redactados de manera clara y concisa;
9. Informar a los trabajadores de las razones de las evaluaciones negativas que reciben;
10. Adoptar y aplicar códigos de conducta claros para todos los usuarios de la plataforma;
11. Garantizar que los trabajadores puedan apelar una ausencia de pago, evaluaciones negativas, resultados de pruebas de calificaciones, acusaciones de violaciones del código de conducta y suspensiones de cuentas;
12. Crear sistemas para la evaluación de los clientes que sean tan exhaustivos como los de evaluación de los trabajadores;
13. Garantizar que las instrucciones sean claras y que sean validadas antes de publicar cualquier trabajo;
14. Permitir a los trabajadores que puedan consultar y exportar trabajos legibles para humanos y computadoras y su historial en cualquier momento;
15. Permitir a los trabajadores que entablen una relación laboral con el cliente fuera de la plataforma sin tener que pagar una tasa desproporcionada;
16. Garantizar que los clientes y los operadores de plataformas respondan de manera rápida, educada y sustantiva a las comunicaciones de los trabajadores;
17. Informar a los trabajadores sobre la identidad de sus clientes y el objetivo de las tareas;
18. Indicar claramente y de manera coherente las tareas que puedan acarrear un estrés psicológico o que puedan generar daños.
Por otro lado, el desempleo generado por la pandemia durante 2020 llevó a muchos mexicanos a buscar opciones para enfrentar dicha situación o aumentar sus ingresos, al tiempo que plataformas como Rappi, DiDi o Uber mostraron un incremento en el número de socios repartidores o conductores en los últimos meses, así como un incremento en la demanda de sus servicios.
Desde el 2021, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha evaluado las vías para regular el trabajo en plataformas digitales. Diversas fuentes al interior de la dependencia confirmaron que la autoridad ha tomado conciencia del tema, aunque todavía no ha definido la ruta puntual para los cambios.
Además, se han presentado ya algunas propuestas legislativas en la materia sin que se haya logrado concretar nada, por lo que consideramos esencial construir un esquema que permita, al menos, otorgar un estatus adecuado a los trabajadores de plataforma digitales, que permita su pleno ejercicio de los derechos laborales ya consagrados en nuestra Constitución y en la Ley Federal del Trabajo.
En consecuencia, planteamos incorporar a la propia Ley Federal del Trabajo un nuevo Capítulo, XVIII, denominado “Trabajo en Plataformas Digitales” dentro del Título Sexto “Trabajos Especiales”, que se conformará por los artículos 353-V a 353-Z y que contempla los siguientes tópicos:
-Atender algunas de las recomendaciones de la OIT, empezando por otorgar un estatus adecuado a los trabajadores en plataformas digitales.
-Incorporar algunas definiciones básicas que permitan entender los alcances de esta modalidad labora, como el de empleadores, trabajadores y, desde luego, la de plataformas digitales.
-Disponer de manera expresa que todo trabajador en plataforma digital tiene derecho a un trabajo digno o decente, que incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos, y que las relaciones de trabajo para plataformas digitales serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas.
-Que la acreditación de la relación laboral se dará con la aceptación de la plataforma digital sobre la prestación de servicios del trabajador y que haya recibido una remuneración por ellos.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, es que se somete a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforma la Ley Federal del Trabajo
Artículo Único. Se adiciona un Capítulo XVIII denominado “Trabajo en Plataformas Digitales” al Título Sexto “Trabajos Especiales”, conformado por los artículos 353-V a 353-Z, a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Capítulo XVIIITrabajo Mediante Plataformas Digitales
Artículo 353-V. Las disposiciones de este capítulo son aplicables a todos los trabajadores de plataformas digitales que ofrezcan bienes o servicios que impliquen el uso de cualquier tipo de vehículos o traslados a pie.
Artículo 353-W. Para efectos de este capítulo, se entiende por:
I. Empleador: Toda persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores, para proveer de bienes o servicios contratados mediante plataformas digítales a usuarios de éstas;
II. Plataforma Digital: A las aplicaciones o cualquier otra, de uso de tecnologías de la información, utilizadas mediante dispositivos conectados a internet, que proveen bienes y servicios diversos, ofrecidos por una empresa de intermediación tecnológica, entre los que se encuentran actividades de transporte, mensajería o actividades afines, y
III. Trabajador mediante plataformas digitales: Toda persona física que presta a otra, física o moral, servicios contratados por un tercero mediante una plataforma digital, como choferes, repartidores, mensajeros o actividades similares, y cuyas tareas son asignadas por dicha plataforma.
353-X. Todo trabajador en plataforma digital tiene derecho a un trabajo digno o decente, que incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva, en los términos contemplados en esta ley.
353-Y. Los empleadores, deberán tener constancia por escrito de las condiciones de trabajo, en términos del artículo 25 de esta Ley.
Las relaciones de trabajo para plataformas digitales serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos así lo ameriten, en términos del artículo 39-F de esta ley.
La acreditación de la relación laboral se dará con la aceptación de la plataforma digital sobre la prestación de servicios del trabajador y que haya recibido una remuneración por ellos.
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 López Tamayo Diego Alberto (2019), Plataforma Digitales en México, Teoría, competencia y regulación. Tesis para obtener el Título de Licenciatura en Economía. Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Ciudad de México, México. P. 5.
2 Véase:
https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/–-dgreports/–-dcomm/–-p ubl/documents/publication/wcms_645887.pdf Consultado el 3 de marzo de 2022.
3 Véase:
https://www.forbes.com.mx/negocios-rappi-didi-uber-socios-pandem ia/ Consultado el 2 de marzo de 2022.
4 Véase:
https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Mexico-se-encamina -a-regular-la-relacion-laboral-en-las-plataformas-digitales-20211017-0012.html Consultado el 3 de marzo de 2022.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Paulina Rubio Fernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL
«Iniciativa que adiciona los artículos 66 y 67 de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención de desastres naturales, suscrita por la diputada Paulina Rubio Fernández y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Paulina Rubio Fernández, a nombre propio y de los diputados y diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 76, numeral 1, fracción II; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención de desastres naturales, conforme a la siguiente:
Exposición de Motivos
La presente iniciativa corresponde a un paquete de asuntos que presenté durante la pasada LXV Legislatura y que, por la coyuntura no fueron analizadas o dictaminadas en las comisiones que recibieron el turno, por lo que fueron desechadas mediante acuerdo de preclusión del término. No obstante, considero que la propuesta no ha perdido materia, el problema que busca resolver, los motivos que la sustentan y la propuesta del proyecto de decreto siguen vigentes, en consecuencia se presentan de nueva cuenta, prácticamente en sus términos, de la siguiente manera:
El Fondo de Desastres Naturales (Fonden) fue un instrumento financiero mediante el cual, dentro del Sistema Nacional de Protección Civil, a través de las Reglas de Operación del propio Fondo y de los procedimientos derivados de las mismas, integraba un proceso respetuoso de las competencias, responsabilidades y necesidades de los diversos órdenes de gobierno, que tenía como finalidad, bajo los principios de corresponsabilidad, complementariedad, oportunidad y transparencia, apoyar a las entidades federativas de la República Mexicana, así como a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en la atención y recuperación de los efectos que produzca un fenómeno natural, de conformidad con los parámetros y condiciones previstos en sus Reglas de Operación.
En octubre de 2020, el actual gobierno federal decidió desaparecerlo, justificado por una supuesta opacidad y corrupción que jamás se probó.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en México alertó que frente a la vulnerabilidad del país a desastres naturales que, en promedio, cuestan entre 0.5 y 0.7 por ciento del PIB, debía conservarse un Fondo de esta naturaleza, “No contar con ese instrumento haría más grande la brecha para regresar a una nueva normalidad en el caso de un desastre”, insistió en la reunión para revisar la iniciativa de Morena de desaparecer todos los fideicomisos y fondos. No obstante, el gobierno completó su eliminación.
El problema es que nunca se sustituyó con ninguna otra figura que cumpliera con sus objetivos, ni se cuenta con recursos suficientes que permita a la Federación atender casos de urgencia por desastres naturales.
Con la desaparición del Fonden, las entidades federativas quedaron sin apoyos por contingencias por desastres naturales. El Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales, publicados en el DOF el 16 de agosto de 2021, ha sido ineficiente y ha generado incertidumbre jurídica y financiera, para los gobiernos locales, pero, sobre todo, para las víctimas.
La desaparición del Fonden ha implicado menos recursos, tardanza en la aplicación de apoyos, desatención a los afectados, nula coordinación gubernamental y podemos decir, con argumentos y datos fehacientes, que su desaparición fue otro más de los graves errores del Gobierno Federal en detrimento de la gente.
Solo por ejemplificar, en el caso del huracán Lidia, que azotó el pasado 10 de octubre al estado de Jalisco, México, como un huracán categoría 4 “extremadamente peligroso”, causando fuertes vientos e intensas lluvias en la zona, así como inundaciones, según el Centro Nacional de Huracanes, al momento de concluir la redacción de la presente iniciativa, equipos de rescate jaliscienses trabajaban para reparar los múltiples daños causados por el huracán, el cual causó la muerte de al menos a una persona, además de varios heridos, caída de árboles, líneas eléctricas y provocar inundaciones, sin que llegase ninguna ayuda federal.
Por ello, propongo establecer en la Ley General de Protección Civil que el Gobierno Federal creará un Fondo de Desastres Naturales, constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como un instrumento financiero mediante el cual dentro del Sistema Nacional de Protección Civil, a través de las Reglas de Operación del propio Fondo y de los procedimientos derivados de las mismas, integra un proceso respetuoso de las competencias, responsabilidades y necesidades de los diversos órdenes de gobierno, que tiene como finalidad, bajo los principios de corresponsabilidad, complementariedad, oportunidad y transparencia, apoyar a las entidades federativas de la República Mexicana, así como a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en la atención y recuperación de los efectos que produzca un fenómeno natural, de conformidad con los parámetros y condiciones previstos en sus Reglas de Operación.
Además, en el articulado transitorio proponemos que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión asignará en el Presupuesto de Egresos de la Federación los recursos necesarios para la operación y funcionamiento del Fondo.
Para mayor referencia, se compara el texto vigente, con los párrafos que se proponen adicionar:
Por las consideraciones anteriormente expuestas, es que se somete a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma la Ley General de Protección Civil, en materia de desastres naturales
Artículo Único. Se adicionan un párrafo segundo al artículo 66 y dos párrafos al artículo 67, de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:
Artículo 66. Cada entidad federativa creará y administrará un Fondo de Protección Civil, cuya finalidad será la de promover la capacitación, equipamiento y sistematización de las Unidades de Protección Civil de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
El Gobierno Federal creará un Fondo de Desastres Naturales, como un instrumento financiero mediante el cual dentro del Sistema Nacional de Protección Civil, a través de las Reglas de Operación del propio Fondo y de los procedimientos derivados de las mismas, integra un proceso respetuoso de las competencias, responsabilidades y necesidades de los diversos órdenes de gobierno, que tiene como finalidad, bajo los principios de corresponsabilidad, complementariedad, oportunidad y transparencia, apoyar a las entidades federativas de la República Mexicana, así como a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en la atención y recuperación de los efectos que produzca un fenómeno natural, de conformidad con los parámetros y condiciones previstos en sus Reglas de Operación.
Artículo 67....
...
...
...
El Fondo de Desastres Naturales será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como fideicomitente.
La fiduciaria realizará todos los actos necesarios para la operación del Fondo y el cumplimiento de su objeto en términos de lo dispuesto en el presente Capítulo.
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las reglas de operación del Fondo de Desastres Naturales deberán ser expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en un plazo no mayor a ciento veinte días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión asignará en el Presupuesto de Egresos de la Federación los recursos necesarios para la operación y funcionamiento del Fondo de Desastres Naturales.
Notas
1 Véase:
https://www.gob.mx/segob/documentos/fideicomiso-fondo-de-desastr es-naturales-fonden Consultado el 11 de octubre de 2023.
2 Véase:
https://www.jornada.com.mx/noticia/2020/06/17/sociedad/seria-un- error-desaparecer-el-fonden-pnud-5871 Consultado el 11 de octubre de 2023.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Paulina Rubio Fernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
SE DECLARA LA SEGUNDA SEMANA DE OCTUBRE DE CADA AÑO, COMO LA SEMANA NACIONAL DE LA SALUD MENTAL
«Iniciativa de decreto por el que se declara la segunda semana de octubre de cada año “Semana Nacional de la Salud Mental”, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Ana Isabel González González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto que se declara la segunda semana de octubre de cada año, como Semana Nacional de la Salud Mental, al tenor de lo siguiente:
Exposición de Motivos
La Organización Mundial de la Salud (OMS), indica que la salud mental un derecho humano para toda la humanidad, no importando su raza, sexo, etnia, religión, edad, condición social o género, y se debe de gozar del grado más alto a fin de mejorar su bienestar y calidad de vida de las personas a nivel mundial.
La OMS señala que cada 10 de octubre de cada año, se conmemora el Día Mundial de la Salud Mental cuyo objetivo es sensibilizar a que todos los países puedan promover, fomentar, atender y solucionar problemas como la depresión y el suicidio.
Los problemas principales de la salud mental, tiene graves consecuencias que podría llevarse en casos extremos al suicidio. La falta de concientización podría afrontar impactos que afecten su bienestar y su integridad personal.
Por ello, la OMS exhorta a todos los lideres mundiales, a que contribuyan con la implementación de estrategias y programas urgentes que atienda y prevengan la depresión y el suicidio, casos más comunes entre adolescentes y jóvenes.
Sin embargo, hoy en día, los problemas de salud mental durante los últimos años han aumentado de manera sostenida. Para Dimensionar la magnitud de esta situación, la Organización Mundial de la Salud menciona que:
• Una de cada 8 personas padece de algún problema de salud mental, que repercute en su bienestar y calidad de vida.
• Anualmente aproximadamente 800 mil personas fallecen por esta causa y otras muchas intentan suicidarse.
• El suicidio es la segunda causa de defunciones entre jóvenes de 15 a 29 años a nivel mundial.
• Cada 40 segundos se suicida una persona.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU), plantea que, antes de la pandemia covid-19:
• Existían casi mil millones de personas que ya sufrían algún trastorno mental diagnosticable.
• Se calcula que después de la pandemia, ha aumentado los casos entre 25 y 27 por ciento la prevalencia de personas con depresión y ansiedad a nivel mundial.
• Asimismo, se calcula que una de cada 4 personas padece con algún trastorno psicológico, a nivel global.
En este mismo sentido, el Instituto Nacional de Salud Pública, indica que, en 2019, había casi mil millones de personas con un trastorno mental de los cuales 14 por ciento eran adolescentes. Los suicidios representan cerca de una de cada 100 defunciones. Y el 58 por ciento sucedían antes de los 50 años.
Para el caso de México, dicho Instituto Nacional de Salud Pública, menciona que, en nuestro país, el 7.6 por ciento de la población adolescente y 7.7 por ciento de la población adulta tuvieron pensamientos de suicidio. La prevalencia de intento de suicido alguna vez en la vida en adolescentes fue de 6.5 por ciento, 10.1 por ciento en mujeres adolescentes de cualquier edad y 3 por ciento en hombres adolescentes.
El Observatorio Mexicano de Salud Mental y Adicciones expresa que, de enero a septiembre de 2024, se atendieron sólo 303 mil 356 personas, por distintas condiciones de salud mental, los casos con mayor atención, fue de ansiedad y la depresión, es decir, 25.1 y 52.8 por ciento respectivamente.
La Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2022 plantea que han aumentado las tendencias en la prevalencia de la conducta suicida, principalmente en jóvenes, quienes hubo un incremento en el número de intentos de suicidio de más de 600 por ciento en comparación con respecto a 2006.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), a través de las estadísticas del día mundial para la Prevención del Suicidio durante 2023 fueron las siguientes:
• En nuestro país, se contabilizaron 8 mil 837 suicidios, que constituye el 1.1 del total de defunciones registradas.
• La tasa de suicidios fue de 6.8 por cada 100 mil personas, 2.5 por ciento en mujeres y 11.4 por ciento en hombres, es decir, fueron la decimonovena causa de defunciones a nivel nacional.
• Las entidades federativas con mayores tasas de suicidio son: Chihuahua, Yucatán, Campeche y Aguascalientes.
• Entre 2013 y 2023 la tasa de suicidio aumento drásticamente pasando de 4.9 a 6.8 casos por cada 100 mil habitantes.
• Los suicidios más recurrentes fueron: ahorcamiento, sofocación, estrangulamiento, y disparo con arma.
• Los lugares en donde se llevaron. Cabo los suicidios fueron en las viviendas particulares y vías públicas.
Ante estos lamentables casos, México requiere atención urgente para poder acabar con los problemas de salud mental teniendo un impacto adverso que lastima su bienestar y calidad de vida.
Ante la importancia y urgencia que requiere la sociedad mexicana, resulta medular declarar la segunda semana de Octubre de cada año, como la Semana Nacional de la Salud Mental con el objetivo de fomentar, prevenir y atender la depresión, la ansiedad y sobre todo el suicidio, en todas sus formas y expresiones.
Dicha semana ayudará de manera eficiente, eficaz y efectiva los siguientes beneficios:
• Reduce los riesgos de padecer ansiedad y depresión,
• Reducir los índices de suicidios,
• Crear entornos saludables y sanos,
• Promueve mantener una vida digna, justa y próspera,
• Recibir atención médica y dar la ayuda necesaria,
• Fomentar el apoyo psicosocial,
• Mejorar su desarrollo y crecimiento personal,
• Mejorar su bienestar y calidad de vida, principalmente.
En este contexto, el objetivo de esta iniciativa es que el Gobierno Federal a través del Sistema Nacional de Salud promoverá campañas de sensibilización sobre la prevención y atención inmediata a personas que padezcan algún indicio de ansiedad y de depresión.
En este mismo orden de ideas, cada semana de cada año, las autoridades competentes podrán crear estrategias necesarias para que las personas con problemas psicológicos puedan ser atendidos de manera oportuna, mejorando así su calidad de vida e integridad personal.
La Semana Nacional de Salud Mental servirá también para que las autoridades en el ámbito de sus respectivas atribuciones reflexionen sobre la importancia de la prevención y puedan promover acciones específicas para dar atención a la población mexicana. La salud es un derecho humano establecido en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales.
En México se debe aprobar esta reforma y contribuir en la disminución de la tasa poblacional con problemas relacionadas a la salud mental, y sólo así, transitar a un sociedad más sana, próspera y sostenible.
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto
Primero. Se declara la segunda semana de octubre de cada año, como Semana Nacional de la Salud Mental .
Segundo. El gobierno federal a través del Sistema Nacional de Salud promoverá campañas de sensibilización en la segunda semana de octubre de cada año, con el objeto de prevenir y atender problemas relacionados con la salud mental, principalmente de la ansiedad y de depresión en todo el país.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Organización Mundial de la Salud (OMS) (2023). Nuestra salud mental nuestros derechos. Consultado en el siguiente link:
https://www.who.int/es/campaigns/world-mental-health-day/2023
2 Ibídem.
3 Organización Mundial de la Salud (OMS) (2019). El Día Mundial de la Salud Mental 2019 se centrará en la prevención del suicidio. Consultado en el siguiente link:
https://www.who.int/es/news-room/events/detail/2019/10/10/defaul t-calendar/world-mental-health-day-2019-focus-on-suicide-prevention
4 Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2022). Estado de la salud mental tras la pandemia del covid-19 y progreso de la Iniciativa Especial para la Salud Mental (2019-2023) de la OMS. Consultado en el siguiente link:
https://www.un.org/es/crónica-onu/estado-de-la-salud-mental-tras -la-pandemia-del-covid-19-y-progreso-de-la-iniciativa#:~:text=Se%20calcula%20que%20una%20de,el%2090%20%25%20en%20algunos%20países.
5 Instituto Nacional de Salud Pública (2023). 10 de octubre, Día Mundial de la Salud Mental. Consultado en el siguiente link:
https://www.insp.mx/avisos/10-octubre-dia-mundial-de-la-salud-me ntal
6 Ídem.
7 Gobierno de México (2024). Una mirada a la atención en salud mental en México: principales condiciones atendidas en el Sistema de Salud. Consultado en el siguiente link:
https://www.insp.mx/avisos/10-octubre-dia-mundial-de-la-salud-me ntal
8 Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2022. Consultado en el siguiente link:
https://ensanut.insp.mx/encuestas/ensanutcontinua2022/index.php
9 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) (2024). Estadísticas del Día Mundial para la Prevención del Suicidio durante 2023. Consultado en el siguiente link:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2024 /EAP_Suicidio24.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Ana Isabel González González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
«Iniciativa que reforma los artículos 7o., 46 y 47 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de actualizar y fortalecer la Política Nacional de Suelos, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien signa, Noel Chávez Velázquez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en ejercicio de la facultad conferida por el 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos apartados de los artículos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de actualizar y fortalecer la política nacional de suelos, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
I. Los recursos de la tierra, suelo, agua y biodiversidad representan las materias primas que constituyen la base de la riqueza de nuestras sociedades y economías. Estas satisfacen las crecientes necesidades básicas, tanto de alimentos, hídricas o combustible que dan forma a nuestros medios de subsistencia y estilos de vida. Sin embargo, no se ha puesto la atención debida para su salvaguarda, frente a problemáticas como escases, contaminación o el cambio climático, enfrentándonos a consecuencias como la sequía.
II. La sequía se ha venido presentando de una forma pronunciada principalmente, de 1970 a 2019 a nivel mundial, aumentado en 29 por ciento desde 2000, en comparación con las dos décadas anteriores.
Resultando daños colaterales como, por ejemplo:
• Imprevistos meteorológicos, climáticos e hídricos que han provocado 50 por ciento de los desastres y el 45 por cinto de las muertes relacionadas con estas causas, sobre todo en los países en desarrollo.
• Representan 15 por ciento de las catástrofes naturales.
• Pérdidas económicas mundiales de aproximadamente 124 mil millones de dólares ente 1998 y 2017.
• Más de 2 mil 300 millones de personas se enfrentan en situación de estrés hídrico en 2022 .
• Cerca de 160 millones de niños están expuestos a sequías graves y prolongadas.
III. Desafortunadamente, la situación en México no es distinta, de acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), el 26 por ciento del territorio nacional está en proceso de desertificación, en tanto que, un poco más de 58 por ciento de la población total vive en zonas áridas. Asimismo, se proyecta que la degradación del suelo afectará aproximadamente a 43.56 millones de hectáreas, es decir, 43 por ciento de las tierras secas, lo que equivale a 22.17 por ciento del territorio nacional.
IV. Como respuesta a esta problemática medioambiental en el mundo, en 1994 se creó la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD), consistente en un acuerdo internacional cuyo fin es promover una respuesta global para la desertificación.
La Convención se enfoca específicamente en zonas áridas, semiáridas, subhúmedas y secas, donde se encuentran algunos de los ecosistemas más vulnerables. En dicha Convención, se destaca el importante papel desempeñado por la mujer en las regiones afectadas por la desertificación o la sequía y la importancia de garantizar a todos los niveles la plena participación tanto de hombres como de mujeres, en los programas de lucha contra la desertificación y mitigación de los efectos de la sequía.
Ratificada por 33 países de América Latina y el Caribe, la Convención entró en vigor en 1996 y es el único acuerdo internacional vinculante que relaciona el medio ambiente, al igual que al desarrollo, con el manejo sostenible de los suelos.
V. México ratificó la CNULD en 1995, derivado de ello, se han ha implementado diferentes acciones de política de conservación de suelos, tanto a nivel nacional como local. Sin embargo, se necesita que la legislación se fortalezca y actualice a la realidad, para así poder hacer frente a los problemas que genera la acelerada degradación de suelo que enfrenta el país.
VI. Ahora bien, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia.
Para el caso que nos ocupa, se vinculó la CNULD con el Objetivo 15, pues busca proteger y restablecer los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras, así también detener la pérdida de biodiversidad. En específico la meta 15.3, la cual establece que para 2030, debemos luchar contra la desertificación, rehabilitar las tierras y los suelos degradados, incluidas las tierras afectadas por la desertificación, la sequía y las inun-daciones, así como procurar lograr un mundo con una degradación neutra del suelo.
VII. Derivado de lo anterior, como personas integrantes del Poder Legislativo, debemos proporcionar las herramientas legislativas que permitan el desarrollo y cumplimiento de las metas internacionales, así como el fortalecimiento de las políticas locales para hacerle frente al problema de sequía severa enfrentada por nuestro país.
VIII. Bajo este contexto, el suscrito, soy diputado por el distrito 09 de Chihuahua, soy testigo de la problemática que se enfrenta pues hablamos de uno de los estados más áridos del país y con mayores problemas hídricos, teniendo como consecuencia graves problemas frente a la sequía.
El estado grande de Chihuahua, conforme a la información proporcionada por el Inegi, presenta en 40 por ciento de su territorio un clima muy seco, 33 por ciento de clima seco y semisecos, pero únicamente en 3 por ciento de la entidad existe un clima cálido subhúmedo. Es decir, prácticamente es dable decir que geográficamente Chihuahua es un gran desierto.
Como se observa la Ilustración 1, Chihuahua, es la entidad con más problemas de sequía severa, extrema y excepcional.
Lo anterior, cobra relevancia pues a pesar de contar en México con un marco jurídico, donde se contemplan diversas disposiciones para prevenir, conservar y proteger los suelos, definiciones técnico-legales como el de neutralidad de la degradación de las tierras y manejo sustentable de la tierra, son necesarios tanto ajustes como actualizaciones, para alinear las políticas públicas de conservación de suelo a las de biodiversidad y cambio climático.
Así, la presente iniciativa tiene como sus principales objetivos:
a) Actualizar el marco jurídico para incluir las obligaciones a las que México se ha comprometido en la CNULD.
b) Fortalecer las políticas públicas desde el marco legislativo relativas al manejo sustentable de la tierra.
c) Definición de política de suelos.
d) Desglosar disposiciones de política pública del suelo vinculadas con el cambio climático, como lo es la neutralidad de la degradación de las tierras.
IX. Conocedor de los serios problemas ambientales, entre ellos, la pérdida de flora y fauna o en general el cambio climático, la desertificación es un tema al cual debemos poner puntual atención, en especial por su compleja magnitud y alcances medioambientales, generadores de afectaciones a diversas actividades humanas.
Las principales causas de la desertificación se deben al cambio de uso de suelo por las prácticas no sustentables en el sector agrícola, pecuario, hídrico, entre otros. Asimismo, la desertificación tiene graves consecuencias financieras y sociales que incluyen pérdidas económicas directas, mayores riesgos para la salud y la seguridad, así como una menor productividad agrícola.
X. Como respuesta al problema de sequía en nuestro país, en fecha 12 de julio de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022, donde la Comisión Nacional del Agua, señaló en síntesis que, en virtud de la condición por la que atraviesan diversas cuencas del país con este fenómeno natural en sus modalidades de severa, extrema o excepcional, se fijaron como medidas transitorias, la limitación temporal a los derechos de agua existentes, a través de la reducción provisional de volúmenes a los usuarios de las cuencas que se encuentren en los supuestos de sequía, a fin de abastecer agua para uso doméstico y público urbano a las poblaciones ubicadas sin este recurso natural por los efectos del fenómeno climático.
XI. Por lo expuesto, se propone reformar la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable con el fin de actualizar el marco legal y facilitar al Estado mexicano, la operación de la política pública de planeación, prevención, conservación y restauración de las tierras degradadas. Por lo que, se considera necesario la inclusión de definiciones de manejo sustentable de las tierras y neutralidad de la degradación de las tierras.
En particular, se propone reformar el artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, adicionando una fracción para definir “ neutralidad de la degradación de las tierras” (NDT) y adicionar en el Inventario Nacional Forestal y de Suelos, que además de ser un instrumento de política forestal, también lo sea de conservación de suelos.
La neutralidad de la degradación de las tierras (NDT) se define como “una situación en que la cantidad y la calidad de los recursos de tierras necesarios para sustentar las funciones y los servicios de los ecosistemas e incrementar la seguridad alimentaria, se mantienen estables o aumentan en los ecosistemas y las escalas temporales y espaciales de que se trate”
En tal virtud, esta iniciativa propone los siguientes cambios a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable:
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Por lo expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta honorable soberanía, el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforman y adicionan diversos apartados de los artículos 7, 46 y 47 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Único. Se reforma la fracción XXXII del artículo 7; IX del artículo 46; Se adiciona la fracción XXXVI Bis del artículo 7; fracción X del artículo 46; VI del artículo 47, todos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 7. ...
I. a XXXI. ...
XXXII. Inventario Nacional Forestal y de Suelos: Es el instrumento de la política forestal y de conservación de suelos, de alcance nacional que proporciona información integral, actualizada y periódica sobre la ubicación, cantidad, características, dinámica y calidad de los recursos forestales y asociados a estos;
XXXIII. a XXXVI. ...
XXXVI Bis. Neutralidad de la degradación de las tierras: Es el estado en el cual la cantidad y calidad de los recursos de las tierras necesarios para sustentar las funciones y los servicios ecosistémicos e incrementar la seguridad alimentaria, se mantienen estables o aumentan dentro de una denominada escala temporal y espacial.
XXXVII. a LXXXIV. ...
Artículo 46. ...
I. a VIII. ...
IX. Los indicadores para la elaboración de la línea base para la medición de la neutralidad de la degradación de las tierras, considerando la cobertura vegetal, la productividad o el funcionamiento de la tierra y las reservas de carbono en la superficie y en el suelo.
X. Los demás datos que señale el Reglamento.
Artículo 47. Los datos comprendidos en el Inventario Nacional Forestal y de Suelos serán la base para:
I. a V. ...
VI. Diseño y ejecución de programas de conservación del suelo.
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal, dentro de un plazo no mayor a 180 días naturales, deberá armonizar el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable para incluir las disposiciones necesarias para la implementación de la neutralidad de la degradación de la tierra.
Notas
1 Mirada Global Historias Humanas, Naciones Unidas, Cambio Climático y Medio Ambiente, Disponible para consulta:
https://news.un.org/es/story/2022/05/1508622.
2 https://www.gob.mx/siap/articulos/algunos-datos-que-debemos-conocer-sobre-la-de sertificacion-y-sequia
3 De ahora en adelante CNULD, por sus siglas.
4 De ahora en adelante NDT.
5 Acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022, disponible para su consulta:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5657697&fecha=12/ 07/2022#gsc.tab=0
6 Decisión 3/COP.12, CNULD, 20154; CNULD, 2016, Sitio web:
https://www.unccd.int/sites/default/files/inline-files/dec3-COP. 12eng.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputado Noel Chávez Velázquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
EXHORTO AL GOBIERNO DE JALISCO, A IMPLEMENTAR UN PLAN DE APOYO PARA LAS FAMILIAS AFECTADAS POR LOS DAÑOS ESTRUCTURALES EN EL PARIÁN
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Jalisco a implementar un plan de apoyo para las familias que dependen y están siendo afectadas económicamente por los daños estructurales en “El Parián”, durante el tiempo en que se lleva a cabo la remodelación, a cargo del diputado Alberto Maldonado Chavarín, del Grupo Parlamentario de Morena
Alberto Maldonado Chavarín, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción I y artículo 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Jalisco, a implementar un plan de apoyo para las familias que dependen y están siendo afectadas económicamente por los daños estructurales en “El Parián”, durante el tiempo en que se lleva a cabo la remodelación, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En la Zona Metropolitana de Guadalajara, hay un rincón en la ciudad donde basta cruzar los Arcos de la llamada Pila Seca, para trasladarse en el tiempo a un pueblito, donde aún cantan los gallos en cada mañana, el olor del café de olla alcanza todas las casas, suena el mariachi y por las noches se vive la fiesta en el “Parián”, se trata de Tlaquepaque.
Son aproximadamente 600 familias las que se han visto afectadas por el cierre del Parián de Tlaquepaque, tras el derrumbe de una parte del techo el 3 de septiembre pasado. Aunque no hay un cálculo exacto de las afectaciones a la economía de los trabajadores, el cierre hace que las consecuencias se prolonguen.
A pesar de que los propietarios de los negocios no han dejado de apoyar a sus empleados, la situación no es la adecuada, a esto sumarle que permaneció cerrado durante el fin de semana del festejo de la independencia de México
Otra situación es las mermas que se tuvieron ya que mucha comida, frutas, entre otros productos, perecederos, caducaron y eso afectó el bolsillo de los comerciantes.
Las ventas internacionales de Tlaquepaque en 2023 fueron de US $4,000 M, las cuales decrecieron un -13.2% respecto al año anterior.
Tlaquepaque recibe más de 3.5 millones de visitantes al año, dejando una de derrama económica superior a los 650 millones de pesos directos para las empresas, comerciantes y los diversos servicios. Familias enteras dependen de las actividades que se llevan a cabo para subsistir y muchas de ellas incluso, vienen de generaciones heredando los negocios que también son tradición familiar.
Sin embargo, en fechas recientes se han visto fuertemente afectadas pues, desde que el “El Parián”, sufrió afectaciones y por cuestiones de seguridad se ordenó la suspensión de actividades, sin que al día de hoy se tenga una fecha para iniciar con las actividades de remodelación, está causando una pérdida económica al municipio y claramente a las familias que dependen de sus actividades comerciales para subsistir.
El apoyo por parte del gobierno del estado debe mostrarse en estos momentos y velar por el bienestar de la población del municipio, implementando medidas urgentes para ayudar a las familias y locatarios afectados y restaurar a la brevedad éste atractivo turístico que también, por las fechas que se aproximan, requiere ser resuelto y así poder subsanar la afectación en la que se encuentra Tlaquepaque.
No podemos ser omisos ante esta situación, que está afectando a muchas familias, que dependen del trabajo y del turismo que se genera en este espacio.
Como diputado federal preocupado, pero aún más ocupado por atender las causas sociales y velar por el bienestar del pueblo de México, someto a consideración de este pleno el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Jalisco, a implementar un plan de apoyo para las familias que dependen y están siendo afectadas económicamente por los daños estructurales en “El Parián”, durante el tiempo en que se lleva a cabo la remodelación.
Referencia
https://www.milenio.com/politica/comunidad/comerciantes-del-pari an-de-tlaquepaque-acumulan-perdidas
Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputado Alberto Maldonado Chavarín (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
EXHORTO A LA CNDH, A OBSERVAR EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS JUGADORAS PROFESIONALES DE LA LIGA BBVA FEMENIL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CNDH a observar el respeto de los derechos humanos de las jugadoras profesionales de la Liga BBVA femenil; asimismo, a que publicite el informe, las recomendaciones u observaciones correspondientes, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe Jesús Emiliano Álvarez López, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Muchos creemos que las futbolistas profesionales viven con lujos y que sus ingresos son muy importantes pero no es así, en México esta profesión ha sido vulnerada en sus derechos humanos y laborales.
Las jugadoras, integrantes de la Liga BBVA MX Femenil están a expensas de ser contratadas al mejor postor; se les imponen jornadas de trabajo y de entrenamiento superiores a lo convenido; su horario de descanso no se respeta; el pago de sus salarios no es puntual, tampoco el de sus primas. Todas carecen del derecho a la pensión o de un seguro de retiro y el patrón puede rescindir sus contratos cuando lo desee.
Al respecto, coincidimos con los autores Aguilera y Ramírez, en que, uno de los aspectos que le afectan a las jugadoras es la pérdida de su dignidad como ser humano, en qué momento deja de ser persona para convertirse en mercancía que se puede cambiar, prestar o vender. Nos encontramos aquí con una violación a la dignidad del ser humano, la cual está protegida por los derechos humanos. Además de que nos encontramos con otro aspecto que es importante analizar, el hecho de poder disponer de la persona libremente, se podría considerar un tipo de esclavitud moderna con disfraz de contrato de trabajo.
El hecho de que algunas jugadoras de futbol pueden tener un mejor salario pero a cambio pierden su dignidad como persona y se someten a los caprichos de los dueños de los equipos. Encontramos la existencia de la cláusula que se sigue aplicando en el momento de llevar a cabo las contrataciones, lo que ocasiona que las jugadoras pierdan muchas veces la oportunidad de cambiar de equipo.
En 2017 fue creada la Liga BBVA MX Femenil; no obstante, pareciera que tratándose de derechos humanos y al régimen laboral de las jugadoras de Futbol Soccer de la Liga BBVA MX, no se ha logrado un verdadero reconocimiento de sus derechos fundamentales.
Ante esta situación, las jugadoras publicaron en 2020 un manifiesto titulado “Cuando Todas Juegan” en que trataban los siguientes puntos:
1) Reivindicamos que las mujeres sean reconocidas como personas, seres humanos completos. Es decir, que las futbolistas y demás mujeres en el ámbito futbolístico puedan ser madres, estudiantes, y trabajadoras por elección, sin necesidad de enfrentar barreras de género históricas y sistemáticamente impuestas.
2) Pedimos que la industria del fútbol y todas las personas que participan en ella dejen de ver quién juega, quién transmite, quién comenta y quién dirige, para enfocarse en cómo juega, cómo transmite, cómo comenta y cómo dirige. Pues el valor de las acciones viene del significado del deporte mismo, no de quién las lleva a cabo.
3) Demandamos una verdadera equidad que aspire a hacer del futbol femenil un negocio propio y autosustentable, ajeno a los ingresos y los resultados de sus contrapartes varoniles.
4) Exigimos acabar con las formas actuales del juego cuyos roles de género aún enquistados agreden desde el lenguaje, acosan, y censuran todo aquello que las cuestiona.
Sus demandas no se contraponen a lo que mandata la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que a la letra dice lo siguiente:
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por igual trabajo.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana, y que será complementada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
No obstante los anteriores derechos, en la actualidad las jugadoras de la Liga BBVA MX Femenil no están protegidas por esas normas elementales; por lo que se hace necesario proteger la relación laboral de éstas y tomar en cuenta que al existir una prestación de servicios y relación de dependencia a cambio de una remuneración económica, se dan todas las condiciones para que exista un contrato de trabajo deportivo, y consecuentemente dentro de esta rama del derecho (laboral) debe de encuadrarse la protección jurídica a sus derechos mínimos laborales y humanos. Como se puede observar es notorio la falta de respeto y el incumplimiento a los derechos humanos de las jugadoras por parte de los directivos de los equipos de la Liga BBVA MX.
Muestra del incumplimiento a sus derechos, la Cofece sancionó a 17 clubes de la Liga MX, a la Federación Mexicana de Futbol y 8 personas físicas por coludirse en el mercado de fichajes de las y los futbolistas
Una de las conductas sancionadas consistió en un acuerdo para fijar un tope máximo a los salarios de las jugadoras, lo que eliminó la competencia entre clubes para contratarlas con una mejor remuneración y profundizó la brecha salarial por razón de género.
La otra conducta sancionada consistió en la segmentación en el mercado de las y los jugadores, en la que los equipos inhibieron artificialmente la competencia por su contratación, mediante un acuerdo que restringió indebidamente su movilidad laboral, impidiéndoles negociar y contratarse con el equipo que más les conviniera.
Las multas impuestas suman en conjunto 177.6 millones de pesos.
En relación al presente punto de acuerdo, es de mencionar que la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos faculta a dicha Comisión, en su artículo 2o. a:
“(...) la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.”
A pesar de los esfuerzos que se empezaron a llevar a cabo para proteger los derechos humanos y laborales de las futbolistas profesionales y de una manera específica a las jugadoras de futbol, este ha contado con nulo apoyo por parte de los dueños de equipos, mientras que en otros países ya tienen un cuerpo legislativo que protege a estas trabajadoras.
En nuestro país, el empresario deportivo mantiene una conducta ilegal de forma frecuente y reiterada que lesiona el derecho a la dignidad del trabajador o le induce a extinguir su contrato de trabajo en condiciones favorables para aquél, esto puede considerarse como un acoso psíquico laboral de los futbolistas profesionales.
Esa conducta menoscaba el derecho a la dignidad (y a la salud) del afectado, así como derechos laborales básicos de la trabajadora.
Es por lo anterior que propongo el presente punto de acuerdo, con la finalidad de que la CNDH, intervenga y observe las condiciones en que se dan los derechos humanos y laborales de los futbolistas que prestan sus servicios en los equipos de la Liga BBVA MX Femenil.
Asimismo, solicito la elaboración y difusión de un informe de la situación que guardan los derechos humanos de las jugadoras profesionales de futbol en México.
La anterior solicitud la fundamento en lo establecido en el artículo 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:
“ La Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un Estado, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México o las legislaturas de las entidades federativas.”
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), para que en el ámbito de su competencia observe el respeto de los derechos humanos de las jugadoras profesionales de la Liga BBVA MX Femenil; asimismo, a que publicite las recomendaciones u observaciones correspondientes.
Dado en salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 22 de octubre de 2024.– Diputado Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
EXHORTO A LOS CONGRESOS DE LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS, A REALIZAR LA HOMOLOGACIÓN DEL DELITO DE FEMINICIDIO EN SUS CÓDIGOS PENALES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos de las 32 entidades federativas a realizar la homologación del delito de feminicidio en sus Códigos Penales, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe Alma Lidia de la Vega Sánchez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 numeral 2 fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo
Exposición de Motivos
El feminicidio representa una violación directa al derecho a la vida, a la seguridad personal y a la integridad física y psicológica de las mujeres, derechos fundamentales consagrados en la Constitución Mexicana y en tratados internacionales, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw). Estos tratados establecen la obligación del Estado de garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres, lo que implica implementar políticas públicas efectivas para prevenir, investigar y sancionar los feminicidios.
El feminicidio no puede analizarse como un crimen aislado. La violencia contra las mujeres tiene raíces estructurales, alimentadas por el patriarcado, la misoginia y los estereotipos de género. Este tipo de violencia tiene como objetivo controlar, dominar y castigar a las mujeres por desafiar los roles tradicionales asignados por la sociedad.
En México, la tipificación del feminicidio varía significativamente entre las 32 entidades federativas, lo que crea una disparidad en la forma en que se aborda, investiga y sanciona este delito en el país. Aunque todos los estados han incorporado el feminicidio en sus códigos penales, las definiciones y elementos que lo configuran no son uniformes. A continuación, se presenta un análisis de las diferencias clave en los tipos penales de feminicidio en cada estado, identificando puntos en común, vacíos legales y aspectos específicos.
1. Tipificación del feminicidio a nivel federal:
En el ámbito federal, el Código Penal Federal (CPF) establece el feminicidio en su artículo 325, con una serie de circunstancias bajo las cuales un homicidio se considera feminicidio. Estas incluyen, entre otras, que la víctima presente signos de violencia sexual, que existan antecedentes de violencia familiar, que haya habido amenazas o acoso, o que el cuerpo sea expuesto o arrojado en un lugar público.
2. Diferencias en la tipificación del feminicidio entre las entidades federativas:
A nivel estatal, aunque todas las entidades han tipificado el feminicidio, las variaciones en los elementos constitutivos del delito son notables. Estos son algunos de los principales puntos de divergencia:
a) Circunstancias para acreditar el feminicidio:
• Estados que siguen el modelo federal: Algunos estados han adoptado directamente los criterios establecidos por el Código Penal Federal, como Ciudad de México, Estado de México y Veracruz. Estos incluyen circunstancias como la existencia de violencia previa, violencia sexual, mutilaciones, o la exhibición pública del cuerpo.
• Estados con criterios adicionales o diferentes: En entidades como Chiapas, Colima, Jalisco y Baja California, se han agregado criterios adicionales, como la condición de vulnerabilidad de la víctima o que el feminicidio ocurra en un contexto de relaciones de confianza o poder entre el agresor y la víctima.
• Estados con menos requisitos: En estados como Nuevo León y Zacatecas, el feminicidio se define de manera más amplia, sin requerir la concurrencia de tantas circunstancias específicas, lo que facilita la clasificación del delito, pero podría generar problemas de precisión en la imputación.
b) Criterios de violencia de género:
• Códigos con enfoque claro de género: Algunas legislaciones, como las de Chiapas, Ciudad de México y Oaxaca, enfatizan que el feminicidio se configura cuando el homicidio ocurre por razones de género, reconociendo explícitamente la violencia de género como el elemento central. En estos casos, las autoridades deben considerar la desigualdad estructural entre hombres y mujeres como parte de la investigación.
• Códigos con enfoque menos explícito: En estados como Sonora y Guanajuato, aunque se menciona el término “feminicidio”, el análisis de género no es central en la tipificación, lo que podría llevar a dificultades en la comprensión del contexto de violencia sistemática contra las mujeres.
c) Diferencias en la sanción:
• Sanciones homogéneas: En la mayoría de los estados, las penas para el feminicidio van de 30 a 60 años de prisión, en línea con las recomendaciones del ámbito federal.
Penas más severas: En entidades como Aguascalientes y Quintana Roo, las penas pueden llegar hasta los 70 años de prisión, reflejando una postura más estricta frente a este crimen.
• Penas más laxas: Algunos estados como Durango prevén penas mínimas por debajo de los 25 años, lo que puede generar una percepción de menor rigor en el castigo de este delito.
d) Uso de medios electrónicos y nuevas tecnologías:
• Especificación de acoso o amenazas previas: En estados como Sonora, Baja California y Guanajuato, el feminicidio también puede configurarse si existen pruebas de acoso o amenazas previas realizadas mediante medios electrónicos (mensajes, redes sociales, etc.). Esta adición refleja el reconocimiento de nuevas formas de violencia de género que utilizan la tecnología para agredir a las mujeres.
e) Acceso a la justicia y reparación:
• Establecimiento de medidas de reparación: Algunos estados, como Oaxaca y Morelos, han establecido mecanismos específicos para garantizar la reparación integral del daño a las familias de las víctimas, lo que incluye medidas de compensación, disculpa pública y reconocimiento de la responsabilidad del Estado por fallas en la prevención de estos crímenes.
• Ausencia de estas medidas: En otras entidades, como Chihuahua y Tamaulipas, el tipo penal se centra exclusivamente en la sanción, sin incluir disposiciones claras sobre la reparación integral del daño, lo que deja un vacío en términos de justicia restaurativa.
3. Problemáticas comunes y vacíos legales:
A pesar de que el feminicidio está tipificado en todo el país, hay ciertas problemáticas comunes en los códigos penales que limitan la efectividad de la ley:
• Imprecisiones en el concepto de género: En algunos estados, el enfoque de género no está claramente delineado, lo que dificulta que los operadores de justicia comprendan el contexto de violencia de género como parte inherente del feminicidio.
• Falta de armonización legislativa: La diversidad en las definiciones y circunstancias del feminicidio en los 32 estados dificulta una respuesta unificada y coordinada. Esto puede derivar en desigualdades en el acceso a la justicia dependiendo de la entidad federativa en la que ocurra el crimen.
• Problemas en la recopilación de datos: La falta de criterios uniformes para identificar y tipificar feminicidios ha resultado en una subestimación o clasificación incorrecta de estos crímenes en varias entidades, lo que dificulta la creación de políticas públicas eficaces basadas en evidencia.
4. Propuesta de armonización legislativa:
Dada la disparidad en las definiciones y sanciones del feminicidio en los diferentes estados, es urgente avanzar hacia una armonización legislativa nacional. Esta podría incluir:
• La adopción de una definición única y uniforme del feminicidio que contemple los elementos de género como parte central de la tipificación.
• La inclusión de criterios claros sobre violencia previa, violencia sexual, mutilaciones, y la exposición pública del cuerpo, asegurando que estas circunstancias sean consideradas en todos los estados.
• El fortalecimiento de los mecanismos de investigación con perspectiva de género en todas las etapas del proceso judicial.
• La estandarización de penas mínimas y máximas para evitar disparidades en la sanción de este crimen.
El feminicidio es la manifestación más grave de violación a los derechos humanos de las mujeres, así como un crimen grave que exige una respuesta legislativa y judicial coherente y efectiva. La diversidad en los tipos penales en las 32 entidades federativas de México evidencia la necesidad de una armonización que garantice un acceso equitativo a la justicia para todas las víctimas, independientemente del lugar en el que ocurra el delito. Impulsar reformas que unifiquen la tipificación del feminicidio a nivel nacional es un paso crucial para asegurar que la lucha contra la violencia de género sea eficiente y justa en todo el país.
Es por estas razones, que quien suscribe, haciendo eco del llamado de la Presidenta constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Claudia Sheinbaum Pardo, presento la siguiente proposición con punto de acuerdo, a efecto de exhortar a los Congresos de las 32 entidades federativas con objeto de homologar el tipo penal de feminicidio que fortalezca la implementación de políticas públicas y un protocolo único o guía única de investigación para México acorde a los contextos locales y realidad nacional con objetivo de garantizar el acceso a la justicia a las mujeres víctimas de feminicidio.
En razón de lo antes expuesto, presento a esta alta soberanía, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los 32 Congresos de las entidades federativas a efecto de homologar el tipo penal de feminicidio conforme el Código Penal Federal que fortalezca la implementación de políticas públicas y un protocolo único o guía única de investigación para México.
Referencias
Araiza, A., Vargas, F. y Medécigo, U. (2020). La tipificación del feminicidio en México. Un diálogo entre argumentos sociológicos y jurídicos. Revista Interdisciplinaria de Estudios de Género de El Colegio de México, 6, e468. doi:
http://dx.doi.org/10.24201/reg.v6i0.468
Gobierno de México (2024). Cuadro comparativo de Tipos Penales de Feminicidio MTPF, consultado en:
https://www.gob.mx/inmujeres/documentos/cuadro-comparativo-de-ti pos-penales-de-feminicidio-mtpf
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y Cámara de Diputados LXIV Legislatura (2019). Aportes para la delimitación del tipo penal del feminicidio en México, consultado en:
https://www.unodc.org/lpomex/uploads/documents/Publicaciones/Pre vencion-del-delito-y-justicia-penal/2019_-_UNODC_-_Aportaciones_para_la_delimit acion_del_tipo_penal_del_delito_de_feminicidio_en_Mexico._Escala_Nacional_y_Est atal_2_-_copia.pdf
Rangel Romero, X. G. (2020). El tipo penal de feminicidio: la necesidad de su homologación en la República Mexicana. Revista de la Facultad De Derecho De México, 70(277-2), 933—948.
https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2020.277-2.75135
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
EXHORTO A LA FISCALÍA, Y A LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DE JALISCO, A HACER PÚBLICAS LAS MEDIDAS CAUTELARES PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD, Y JUSTICIA PARA LA POBLACIÓN JALISCIENSE
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía y a la Procuraduría General de Justicia de Jalisco a hacer pública la información sobre las medidas cautelares para garantizar la seguridad, justicia y paz social para las y los jaliscienses y, con ello, fortalecer el estado de derecho y, por consiguiente, propiciar un ambiente donde la población se sienta segura y libre de riesgos y amenazas, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Clara Cárdenas Galván, diputada del Grupo Parlamentario Morena en la LXVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En los últimos años el estado de Jalisco viene viviendo un incremento de violencia e inseguridad, que afecta en gran medida a la población, principalmente a la más vulnerable. Ante esta situación es importante mencionar que cada nivel de gobierno desarrolla diferentes acciones para garantizar el derecho a la seguridad de la población.
El incremento de violencia en todos sus aspectos es algo alarmante, por ello el pasado cinco de junio del año en curso, durante una sesión extraordinaria del Congreso del Estado de Jalisco, sesión que fue presidida por la diputada Claudia Murguía Torres, y posteriormente por el legislador Abel Hernández Márquez, los diputados locales avalaron en lo general y por unanimidad con 36 votos, crear un agravante al delito de violencia familiar denominado violencia por interpósita persona para el estado de Jalisco y sus municipios. Es decir, las amenazas de causar daño a las hijas e hijos; de ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia; de utilizar a hijas y/o hijos para obtener información respecto de la madre; de promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas y/o hijos en contra de la madre; de promover, incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial; de ocultar, retener o sustraer a hijas y/o hijos así como a familiares o personas allegadas; de interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres para obtener la guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas y/o hijos en común, y de condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijas e hijos, entre otras.
Pero este no es el único tipo de violencia que ocupa y preocupa en el estado de Jalisco, dado que en el primer semestre del año en el Informe de Causa Común se registraron al menos 273 víctimas de hechos violentos.
De acuerdo con datos de las 32 procuradurías y fiscalías, de enero a julio del 2024 el estado de Jalisco se posiciono en el quinto lugar a nivel nacional entre las entidades con más multihomicidios en el primer semestre del año.
Es decir, en el primer semestre el estado alcanzo la cifra de más de 1000 homicidios dolosos, lo que coloca a Jalisco sólo por detrás de Guanajuato, Baja California, Estado de México y Chihuahua, entidades azotadas por la violencia derivada de luchas territoriales entre grupos del crimen organizado.
En los últimos días se han reportado una ola de violencia, poniendo en riesgo la seguridad de las y los jaliscienses. La madrugada del 10 de octubre se vivió una noche de terror en Guadalajara, entre asesinato y asaltos a mano armada
Se pueden seguir las fechas y horas de hechos delictivos, que van dirigidos a mujeres, niñas, niños y adolescentes, adultos mayores y hombres, principalmente quienes están entre los 25 a 29 años de edad, siendo un recurso desechable para el crimen organizado, mientras que en mujeres las más afectadas están entre los 15 a 19 años de edad.
Desde hace 5 años el estado de Jalisco viene incrementando el nivel de violencia con más de 15 mil casos, y por ello, en 2023 la organización México Unido contra la Delincuencia (MUCD), señalo en su informe de mayo que los municipios de Guadalajara y Zapopan, del estado de Jalisco, concentran cerca del 35% de casos de desapariciones en el Estado.
Ante el crecimiento de violencia en el estado de Jalisco es importante mencionar que a pesar de las acciones del órgano de fiscalización, las autoridades y sociedad civil, este flagelo se ha convertido en algo cotidiano, y que se han pronunciado denuncias ante el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD), también ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), esto en el marco del informe en la materia que alista este organismo sobre México. Las instancias que denuncian son varias y los datos se incrementan, sin dejar fuera a servidores públicos, lo cual es una alerta para quienes están a cargo de la seguridad del estado de Jalisco.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Fiscalía del Estado de Jalisco y a la Procuraduría General de Justicia de Jalisco, a hacer pública la información sobre las medidas cautelares para garantizar la seguridad, justicia y paz social para las y los jaliscienses y con ello fortalecer el Estado de derecho, y por consiguiente propiciar un ambiente donde la población se sienta segura y libre de riesgos y amenazas.
Notas
1. Aprueban Diputados Sancionar la Violencia por Interpósita Persona, 05 junio 2024,
https://www.congresojal.gob.mx/boletines/aprueban-diputados-sanc ionar-la-violencia-por-interp-sita-persona
2. Informe del Comité contra la Desaparición Forzada sobre su visita a México al amparo del artículo 33 de la Convención, Informe del Comité contra la Desaparición Forzada sobre su visita a México al amparo del artículo 33 de la Convención
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre 2024.– Diputada Clara Cárdenas Galván (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
EXHORTO A LA SHCP, A GARANTIZAR DURANTE 2025 LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS Y PROGRAMAS EN MATERIA DE REACTIVAR LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTANCIAS INFANTILES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a garantizar durante el año 2025 la implementación de las estrategias y programas institucionales que permitan cubrir y cumplir con las metas, objetivos y acciones en materia de reactivar la operación del Programa de Estancias Infantiles en todo el territorio nacional, a cargo del diputado Fidel Daniel Chimal García, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Fidel Daniel Chimal García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I; 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración la siguiente: proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en ejercicio de sus atribuciones, garantice durante el año 2025 la implementación de las estrategias y programas institucionales suficientes que permitan cubrir y cumplir con las metas, objetivos y acciones en materia de reactivar la operación del Programa de Estancias Infantiles en todo el territorio nacional, para beneficiar a los hijos de las madres trabajadoras, lo anterior de conformidad con lo siguiente:
Consideraciones
El Programa de Estancias Infantiles para apoyar a madres trabajadoras (PEI) surgió en el 2007 como una propuesta para contribuir a la mejora de las condiciones de acceso y permanencia en el mercado laboral de madres, padres solos y tutores, en situación de carencia o pobreza, que se encontraran trabajando, buscando empleo o estudiando, mediante la cobertura e impulso de los servicios de cuidado y atención infantil.
De acuerdo a la Ficha de Monitoreo y Evaluación 2017-2018 del Consejo Nacional de Evaluación de Política de Desarrollo Social (Coneval) el programa había demostrado que: 1) en cuanto a su impacto, existió un aumento del 18 por ciento en la probabilidad de que la madre, padre o tutor contará con un empleo, el 93.9 por ciento de los beneficiarios consideraban que mejoró su calidad de vida y más del 96 por ciento percibían un desarrollo motriz, en lenguaje y en las habilidades de socialización de sus hijos; 2) desde el 2007 se había beneficiado a 1, 825, 394 madres y padres solos y se habían atendido a 2, 174, 425 niñas y niños en poco más del 50 por ciento de los municipios del país; 3) al corte del ejercicio fiscal 2017, el programa había atendido un total del 39.88 por ciento de su población objetivo; 4) como se muestra en la figura 1, desde su origen el programa operó, en promedio, con un 3.3 por ciento del presupuesto asignado al ramo correspondiente. Sin presentar un incremento significativo que comprometiera la operación presupuestal de este u otro sector.
Figura 1
Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Coneval
No obstante, se ordenó su cancelación. En su lugar, el 28 de febrero del 2019, se promulgó el acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras para el ejercicio fiscal 2019. Mismo que en su mayoría, conforme a su diagnóstico y diseño, resulta idéntico al PEI con la salvedad de que establece su operación vía transferencias directas a los beneficiarios, incrementa el monto del apoyo en un 50 por ciento e inhabilita el impulso de los servicios de cuidado y atención infantil como esquema de seguridad social.
Estos cambios, aunque aparentemente marginales, tienen una importancia significativa para el tratamiento del problema si se considera que: 1) dejar de motivar los servicios de cuidado y atención infantil como esquema de seguridad social, en un contexto en el que la carencia por acceso a la seguridad social persiste en el 50 por ciento de la población, tiende a reducir la probabilidad de que madres, padres solos y tutores puedan permanecer en un empleo; 2) el porcentaje de la población atendida pasó de 39.88 por ciento en el 2017 a 27.21 por ciento en el 2021 y 21.44 por ciento en el 2022, lo cual no termina de reflejar un beneficio en los ahorros hechos tras recortar presupuesto del programa por la desaparición de los impulsos a los servicios de cuidado y atención infantil.
En consecuencia a su desaparición, el modelo del programa ha sido adoptado por gobiernos locales de la Ciudad de México para garantizar, entre otros, el derecho al trabajo, al cuidado, a la alimentación y nutrición y a la vida digna.
Entre las Alcaldías que lo han puesto en marcha se encuentra: Benito Juárez, con el “Apoyo a Estancias Infantiles para el Desarrollo Integral de la Niñez”; Tlalpan, con el “Programa Social Estancias Infantiles-Tlalpan”; Álvaro Obregón, con el “Programa Social Estancias Infantiles-Álvaro Obregón”; Miguel Hidalgo, con el “Apoyo a Estancias Infantiles MH”; Coyoacán, con la “Acción Social: Espacios de Desarrollo Para el Beneficio de Niños y Niñas de la Demarcación, Coyoacán Contigo”; Cuajimalpa, con la “Acción Social: Fortalecimiento a Estancias Infantiles”.
La adopción del modelo en el orden local no refleja únicamente su viabilidad, sino que también demuestra que los servicios de cuidado y atención infantil, como esquema de seguridad social para contribuir al acceso y permanencia en el mercado laboral, son una demanda vigente que no debe perderse de vista en la agenda pública.
Este punto de acuerdo se someterá a votación y, en caso de ser aprobado, se enviará a las instancias correspondientes para su seguimiento y acción.
Por lo antes expuesto, solicito se someta a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en ejercicio de sus atribuciones, garantice durante el año 2025 la implementación de las estrategias y programas institucionales suficientes que permitan cubrir y cumplir con las metas, objetivos y acciones en materia de reactivar la operación del Programa de Estancias Infantiles en todo el territorio nacional, para beneficiar a los hijos de las madres trabajadoras.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 octubre 2024.– Diputado Fidel Daniel Chimal García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
EXHORTO A LA SEP, A IMPLEMENTAR PROGRAMAS PARA PADRES DE FAMILIA SOBRE LA PREVENCIÓN DE LA DELINCUENCIA JUVENIL, EN TODOS LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN BÁSICA A NIVEL FEDERAL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a implementar programas para padres de familia sobre la prevención de la delincuencia juvenil, en todos los planteles de educación básica a nivel federal, a cargo de la diputada María Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública, la implementación de programas para padres de familia sobre la prevención de la delincuencia juvenil, en todos los planteles de educación básica a nivel federal, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La delincuencia juvenil es una problemática que hoy en día, es un fenómeno social que ha despertado preocupación en todo el mundo, ya que, implica la participación de menores en actividades delictivas, siendo un reflejo de las complejas dinámicas sociales, económicas y familiares que influyen en la vida de los jóvenes.
A medida que la sociedad se enfrenta a los desafíos de la modernización y el cambio cultural, la comprensión y abordaje de la delincuencia juvenil se han vuelto esenciales para garantizar la seguridad y el bienestar de las futuras generaciones. y durante su desarrollo, los jóvenes son especialmente vulnerables a influencias negativas que pueden llevarlos a cometer delitos.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) llevó a cabo en 2022 la segunda edición de la Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal. Esta edición tuvo como objetivo obtener información estadística detallada sobre las características sociodemográficas de los adolescentes involucrados en el sistema de justicia penal, así como su situación jurídica.
Además, la encuesta abordó aspectos relacionados con los delitos cometidos, los procesos legales, las medidas cautelares aplicadas, los mecanismos y salidas alternativas utilizadas, y la ejecución de sanciones, tanto privativas como no privativas de la libertad.
Para el levantamiento de la Enasjup 2022, entre agosto y septiembre de 2022, se visitaron 45 centros de internamiento en las 32 entidades federativas que concentraron la totalidad de la población de adolescentes en el Sistema Integral de Justicia Penal, a nivel nacional, 3 413 personas se encontraban en el Sijpa. De ellas, 56.5 por ciento, cumplía una medida de sanción en externación y 30.2 por ciento, una de internamiento.
Como lo podemos analizar en la encuesta, la delincuencia juvenil es un fenómeno complejo y multifacético, influenciado por una combinación de factores individuales, familiares, sociales y económicos. Comprender estas causas es crucial para abordar el problema de manera efectiva y prevenir la participación de los jóvenes en actividades delictivas.
Uno de los factores determinantes en la delincuencia juvenil es el entorno familiar, ya que la desintegración y los conflictos dentro del hogar pueden desestabilizar a los jóvenes, llevándolos a buscar aceptación en grupos antisociales, de manera que, la falta de control y supervisión por parte de los padres dificulta que los adolescentes desarrollen un sentido claro de normas y límites, lo que facilita su inclinación hacia conductas delictivas. Además, la exposición a la violencia intrafamiliar fomenta comportamientos agresivos que los jóvenes tienden a replicar en su interacción social.
Por otra parte, el ámbito educativo está estrechamente vinculado con la delincuencia juvenil, conllevado a la deserción escolar y el bajo rendimiento académico son indicadores claros de vulnerabilidad, ya que la falta de educación reduce las oportunidades futuras y puede llevar a los jóvenes a buscar alternativas en entornos delictivos.
En respuesta a estos desafíos, la ONU estableció las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil, conocidas como las “Directrices de Beijing,” adoptadas por la Asamblea General en 1985. Estas directrices ofrecen un marco integral de principios y recomendaciones para prevenir la delincuencia juvenil, destacando la importancia de un enfoque preventivo que involucre a la familia, la comunidad y el sistema educativo, así como la necesidad de proteger los derechos humanos y promover oportunidades positivas para los jóvenes. Estas directrices ofrecen un marco para la formulación e implementación de políticas y programas destinados a prevenir la delincuencia juvenil y promover el bienestar de los jóvenes. A continuación, se presentan los aspectos clave de estas directrices.
Considerando lo anterior, la prevención de la delincuencia juvenil es una responsabilidad compartida entre la familia, la comunidad y el Estado; en este contexto, la creación de programas dirigidos a los padres de familia se presenta como una estrategia fundamental para abordar este desafío, atendiendo al artículo 3, de la Ley General de Educación, el cual establece lo siguiente: “El Estado fomentará la participación activa de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, los pueblos indígenas y afromexicanos, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo y, en general, de todo el Sistema Educativo Nacional, para asegurar que éste extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones del país, a fin de contribuir al desarrollo económico, social y cultural de sus habitantes.”
La inclusión de dichos programas tiene como objetivo proporcionar a los padres de familia las herramientas necesarias para criar a sus hijos en un ambiente de respeto, valores y seguridad, por lo que, invertir en la formación y el apoyo a los padres no solo disminuye el riesgo de que los jóvenes se involucren en actividades delictivas, sino que también fortalece la construcción de una sociedad más justa y equitativa, convirtiéndose, en definitiva, una inversión en el futuro de nuestras comunidades y en el bienestar de las generaciones a futuro.
Por lo antes expuesto, sometemos a consideración de este pleno, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública, la implementación de programas para padres de familia sobre la prevención de la delincuencia juvenil en todos los planteles de educación básica a nivel federal.
Notas
1 (S/f-b). Cepal.org. Recuperado el 21 de agosto de 2024, de
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/b0fed7d 7-8e1c-4846-be04-25e8f1dd1f75/content
2 de Prensa Núm., C., & de Marzo de, 29. (s/f). Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal (ENASJUP) 2022. Org.mx. Recuperado el 21 de agosto de 2024, de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ ENASJUP/ENASJUP2022.pdf
3 (S/f). Ohchr.org. Recuperado el 21 de agosto de 2024, de
https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/ instruments/united-nations-guidelines-prevention-juvenile-delinquency-riyadh
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
SE OTORGUEN ESTÍMULOS Y PERFECCIONEN PROGRAMAS QUE FAVOREZCAN A LA EDUCACIÓN DE LA MUJER INDÍGENA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a que, por medio de la SEP y las dependencias e instituciones correspondientes, otorgue estímulos y se perfeccionen programas que favorezcan a la educación de la mujer indígena, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, por medio de la Secretaria de Educación Pública y las dependencias e instituciones correspondientes, otorguen estímulos y se perfeccionen mediante las políticas públicas los programas que favorezcan a la educación de la mujer indígena, así como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La educación es uno de los pilares fundamentales para el progreso y desarrollo, tanto de las personas como de las sociedades; no se limita únicamente a transmitir conocimientos y habilidades, sino que enriquece la cultura, fomenta el espíritu crítico, fortalece los valores y contribuye a definir nuestra identidad como seres humanos.
En el ámbito social, la educación es esencial para promover la movilidad social, abrir el acceso a empleos de calidad, elevar el nivel cultural de la población y generar más oportunidades, especialmente para los jóvenes. Además, refuerza los valores cívicos que cohesionan las sociedades, impulsa el avance democrático y fortalece el Estado de derecho.
La educación es primordial para todas las personas, sin embargo, en las mujeres ha demostrado ser una de las fuerzas más poderosas y transformadoras para el desarrollo integral de las sociedades, con impactos profundos en los niveles económico, social y cultural. No obstante, a pesar de los avances, muchas mujeres siguen enfrentando barreras estructurales que limitan su acceso a una educación de calidad. Estas barreras, como la pobreza, las normas culturales restrictivas, la discriminación de género, la violencia y la falta de infraestructuras educativas adecuadas, son aún más pronunciadas para las mujeres indígenas.
La intersección entre el género y la identidad étnica agrava la exclusión, ya que, además de enfrentar desigualdad por su condición de mujeres, sufren discriminación por pertenecer a comunidades indígenas. Esta doble discriminación perpetúa la marginación, obstaculiza el acceso equitativo a la educación y profundiza las desigualdades sociales, frenando el avance hacia una sociedad más inclusiva y justa.
De acuerdo con datos obtenidos de la CNDI en el ámbito de las comunidades originarias existen 636 720 mujeres monolingües, frente a 371 083 hombres, y este rezago educativo se acrecienta conforme avanza el nivel de escolaridad: así vemos que el porcentaje de niñas que concluyó el ciclo de educación primaria es de 64.3 por ciento, mientras el de los niños es de 68.1 por ciento y en la secundaria únicamente el 31.7 por ciento de las jóvenes concluyó el ciclo, frente al 35.9 por ciento de los varones.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé la obligación del Estado mexicano de garantizar e incrementar los niveles de educación de los pueblos y comunidades indígenas, entre otros, mediante la conclusión de la educación superior, además de propiciar la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el otorgamiento de estímulos para favorecer su educación.
Lo anterior, establecido en su artículo 2, Apartado B, fracción II, establece, las autoridades tienen la obligación de, “Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior”.
Así mismo, en el artículo 2, Apartado B, establece lo siguiente, “Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en este apartado, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas de las entidades federativas y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán las partidas específicas destinadas al cumplimiento de estas obligaciones...”
Por lo antes expuesto, sometemos a consideración de este pleno, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. — La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Educación Pública y las dependencias e instituciones correspondientes, otorguen estímulos y se perfeccionen mediante las políticas públicas los programas que favorezcan a la educación de la mujer indígena, así como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Notas
1 (S/f). Cme-espana.org. Recuperado el 12 de septiembre de 2024, de
https://cme-espana.org/2019/03/08/dia-internacional-de-la-mujer- la-educacion-como-herramienta-de-igualdad/#:~: text=La%20educación%20de%20niñas%20y,y%20favorecer%20el%20crecimiento%20económi co.
2 Sistema de Indicadores de Género: - Instituto Nacional de las Mujeres -. (s/f). Gob.Mx. Recuperado el 12 de septiembre de 2024, de
http://estadistica-sig.inmujeres.gob.mx/formas/panorama_general. php?menu1=2&IDTema=2&pag=1
3 de la Federación el, C. P. en el D. O. (s/f). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Gob.mx. Recuperado el 12 de septiembre de 2024, de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
SE IMPLEMENTEN ÁREAS DE PSICOLOGÍA EDUCATIVA EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN BÁSICA A NIVEL FEDERAL, ASÍ COMO EL FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN FAMILIAR
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a implementar áreas de psicología educativa en los planteles de educación básica a nivel federal, así como el fomento de la integración familiar, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública, la implementación de áreas de psicología educativa en los planteles de educación básica a nivel federal, así como el fomento de la integración familiar en los programas psicológicos que se establezcan, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La educación es esencial para el desarrollo integral de los individuos y de la sociedad en su conjunto, de manera que proporciona conocimientos, habilidades y valores fundamentales, promoviendo la igualdad de oportunidades y facilitando la movilidad social.
Contar con un plan de educación sólido es fundamental para formar el capital humano indispensable para el desarrollo económico del país, impulsando la innovación y fortaleciendo la competitividad a nivel mundial. Sin embargo, es crucial que los planes de educación básica no se enfoquen únicamente en la adquisición de conocimientos, deben integrarse con el fomento de una adecuada salud física, nutricional y mental del alumno.
La salud mental es definida por la OMS como, “un estado de bienestar en el cual cada individuo desarrolla su potencial, puede afrontar las tensiones de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera, y puede aportar algo a su comunidades” Por lo que, la salud mental, es fundamental para el bienestar general, ya que influye en cómo pensamos, sentimos y actuamos, afectando nuestra capacidad para manejar el estrés, mantener relaciones interpersonales saludables y desempeñarnos eficazmente en la escuela y el trabajo.
A partir de la investigación realizada sobre los problemas de la educación en México, por Guevara y Macotela, observaron con qué habilidades lingüísticas y pre-académicas ingresan los niños a primer grado de primaria, estudiando una población de clase sociocultural baja. Se trabajó una muestra de 100 alumnos, donde 50 tenían antecedentes de preescolar y 50 habían ingresado sin prerrequisitos escolares. Su segundo objetivo fue comparar a las sub-muestras de alumnos. En este estudio se encontró que el contexto social donde se desarrollan tiene un papel importante para definir el nivel de habilidades con que ingresan a primaria.
En vista de estos obstáculos que se enfrenta la sociedad, uno de los ámbitos de trabajo más relevantes en psicología es el papel de apoyo a la población de educación básica, donde los psicólogos, junto con padres, maestros y supervisores, se esfuerzan por mejorar el rendimiento académico de los estudiantes.
La labor del psicólogo educativo no se limita al individuo, sino que abarca grupos enteros en formación. Implica la aplicación de herramientas teóricas y metodológicas de la psicología para abordar los desafíos educativos, con el fin de comprender y mejorar de manera integral los procesos educativos, trascendiendo así el ámbito estrictamente escolar.
Así mismo, los psicólogos educativos son clave en la detección temprana de trastornos mentales en niños y adolescentes, ya que, al estar en contacto directo con ellos en entornos escolares y familiares, pueden observar cambios en su comportamiento y rendimiento académico.
Con el objetivo de trabajar en colaboración con otros profesionales de la salud y la educación para evaluar y abordar las necesidades individuales de los jóvenes, integrando información y apoyo de diversas fuentes, cuyo objetivo es la detección precoz de algún trastorno, que permita una intervención temprana y efectiva, previniendo el agravamiento de los síntomas y proporcionando apoyo tanto a los niños afectados como a sus familias.
Cuando los psicólogos educativos identifiquen signos de trastornos mentales, que requieren una evaluación más profunda o un tratamiento especializado, derivan a los niños o adolescentes a servicios de salud mental especializados. Estos servicios pueden incluir consultas con psiquiatras, psicólogos clínicos u otros profesionales de la salud mental que tienen experiencia en el diagnóstico y tratamiento de trastornos específicos; la derivación a estos servicios permite una evaluación más completa de la situación del joven y la implementación de un plan de tratamiento intensificado que aborde sus necesidades específicas de salud mental.
Al implementar un área de psicología o un psicólogo educativo, en cada plantel de educación básica a nivel federal, se estaría salvaguardando los derechos de los niños y adolescentes, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 3, tercer párrafo, el cual establece, “La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano”
Así mismo, se establece el derecho a la salud mental, en la Ley General de Salud, en el artículo 72, segundo párrafo, establece: “Toda persona tiene derecho a gozar del más alto nivel posible de salud mental, sin discriminación por motivos de origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad, la expresión de género, la filiación política, el estado civil, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”
Por lo antes expuesto, sometemos a consideración de este pleno, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública, la implementación de áreas de psicología educativa en los planteles de educación básica a nivel federal, así como, el fomento de la integración familiar en los programas psicológicos que se establezcan.
Notas
1 Salud mental: fortalecer nuestra respuesta. (s/f). Who.int. Recuperado el 11 de junio de 2024, de
https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/mental-healt h-strengthening-our-response
2 Psicología, A. en. (s/f). 9. El papel del psicólogo en el ámbito educativo. Alternativas.me. Recuperado el 11 de junio de 2024, de
https://alternativas.me/19-numero-31-agosto-2014-enero-2015/70-9 -el-papel-del-psicologo-en-el-ambito-educativo
3 (S/f). Gob.mx. Recuperado el 11 de junio de 2024, de
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/3.pdf
4 Diario Oficial, de la F. el. (s/f). LEY GENERAL DE SALUD. Gob.mx. Recuperado el 11 de junio de 2024, de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
EXHORTO A LA SICT Y A LA SSPC, A IMPLEMENTAR ACCIONES QUE PERMITAN SALVAGUARDAR LA VIDA E INTEGRIDAD DE LOS USUARIOS DE CARRETERAS Y CAMINOS FEDERALES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT y a la SSPC a implementar acciones coordinadas en materia de seguridad que permitan salvaguardar la vida e integridad de los usuarios de carreteras y caminos federales del país, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXVI Legislatura, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a efecto de implementar acciones coordinadas en materia de seguridad que permitan salvaguardar la vida e integridad de los usuarios de carreteras y caminos federales del país, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La inseguridad en las carreteras de México es un problema creciente que afecta a ciudadanos, turistas y transportistas, reflejando no solo la violencia e impunidad generalizadas en el país, sino también las deficiencias en infraestructura y la ausencia de políticas efectivas para garantizar la seguridad vial.
Entre las causas más importantes de esta problemática se encuentra la presencia del crimen organizado, cuyos grupos criminales aprovechan las carreteras para cometer delitos como asaltos, secuestros y extorsiones, generando un clima de temor y afectando la movilidad y la economía de diversas regiones.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2023, el 70 por ciento de la población expresó satisfacción con las autopistas de cuota, mientras que solo el 33 por cientos manifestó estar conforme con las carreteras sin cuota.
Sin embargo, dentro de los aspectos evaluados, la seguridad fue el rubro con la calificación más baja en ambos tipos de carreteras, lo más alarmante es que la percepción de seguridad ha disminuido notablemente entre 2015 y 2023, especialmente en las autopistas de cuota, que, en teoría, deberían ofrecer mayores garantías de protección para los usuarios.
Un ejemplo claro de la inseguridad en las carreteras mexicanas es la autopista Arco Norte, donde diariamente se cometen delitos graves como secuestros exprés, robos, asaltos, extorsiones e incluso agresiones sexuales. Esta situación es especialmente crítica en el tramo que atraviesa el estado de Hidalgo, específicamente entre Tula y Atotonilco de Tula, una zona que se ha convertido en un foco rojo para la delincuencia vial.
Así mismo, otro claro ejemplo de la inseguridad en las carreteras mexicanas es la Carretera Federal 57, con una longitud de 1,295 km, carretera mexicana que recorre gran parte de México, desde la frontera con los Estados Unidos en Piedras Negras, Coahuila, hasta la Ciudad de México, siendo de las más importantes del país.
Debido a esto, Querétaro ocupa el sexto lugar en robo de carga, con incidencia principalmente en la carretera 57 a la altura de Chichimequillas en El Marqués y la zona antes de Palmillas en San Juan del Río.
De los incidentes más recientes ocurrió en mayo de este año, cuando un intento de asalto en la autopista dejó a dos mujeres heridas de bala en el tramo que cruza los límites de Tlaxcala e Hidalgo. Este tipo de sucesos no solo generan un clima de miedo entre los usuarios, sino que también evidencian la falta de control y de respuesta eficaz por parte de las autoridades para frenar la violencia en una de las vías más importantes de México, frecuentada tanto por automovilistas particulares como por transportistas.
Aunque se tiende a presentar la inseguridad vial como un problema de carácter nacional, un análisis más detallado muestra que su impacto varía considerablemente según la región.
Al desagregar los datos por entidad federativa, se revela que las percepciones más elevadas de inseguridad se concentran en las regiones centro, occidente y sureste del país. Estados como Guerrero, Michoacán, Jalisco y Veracruz son ejemplos de puntos críticos, donde la presencia del crimen organizado y las deficiencias en la infraestructura vial complican la situación.
En el centro de México, que abarca el Estado de México y Ciudad de México, el denso tráfico comercial y urbano contribuye a un aumento en los delitos, como robos y secuestros en carretera. Por otro lado, en el occidente, en estados como Michoacán y Jalisco, la violencia asociada a los cárteles y la lucha por el control de rutas de transporte son factores que agravan la inseguridad. El sureste del país, siendo una región estratégica por su conexión con las rutas hacia Centroamérica, también presenta altos niveles de inseguridad, debido principalmente a la debilidad institucional y a la escasa presencia de fuerzas de seguridad en las áreas rurales.
Por lo fundamentado, es crucial que las autoridades mexicanas asuman un papel más activo en la protección del pueblo de México mediante la creación de una estrategia integral de seguridad pública. Esta estrategia debe facilitar una coordinación eficaz entre los distintos niveles de gobierno, involucrando a actores sociales clave en la promoción de un cambio en las políticas públicas de seguridad.
Solo a través de una colaboración multisectorial será posible no solo combatir la inseguridad de manera efectiva, sino también prevenirla a largo plazo. Esto permitirá salvaguardar lo establecido en el artículo 70 BIS, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que señala: “La Secretaría y la Secretaría de Seguridad Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán en la vigilancia, verificación e inspección de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado.” Esta cooperación asegurará que las políticas de seguridad vial sean implementadas de manera coherente y eficaz, garantizando tanto la protección de los usuarios como el cumplimiento de la ley.
Asimismo, hacemos referencia a lo que nos dice el primer párrafo del artículo 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y que a la letra dice “La Secretaría tendrá a su cargo la inspección, verificación y vigilancia de los caminos y puentes, así como de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, en sus aspectos técnicos y normativos, para garantizar el cumplimiento de esta Ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que expida de acuerdo con la misma. Para tal efecto, podrá requerir en cualquier tiempo a los concesionarios y permisionarios informes con los datos técnicos, administrativos, financieros y estadísticos, que permitan a la Secretaría conocer la forma de operar y explotar los caminos, puentes, los servicios de autotransporte federal y sus servicios auxiliares.”
La implementación de estas medidas debe ser transparente y medible, permitiendo que los resultados sean visibles y, lo más importante, que la ciudadanía recupere la confianza en las instituciones encargadas de garantizar su seguridad.
Por lo antes expuesto, sometemos a consideración de este pleno, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a efecto de implementar acciones coordinadas en materia de seguridad que permitan salvaguardar la vida e integridad de los usuarios de carreteras y caminos federales del país.
Notas
1 (S/f). Org.mx. Recuperado el 13 de septiembre de 2024, de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ EstSegPub/ENCIG_23.pdf
2 Pérez, J. G. (2024, enero 23). Autopista Arco Norte: La carretera donde son comunes robos y asaltos. La Silla Rota.
https://lasillarota.com/hidalgo/estado/2024/1/23/autopista-arco- norte-la-carretera-donde-son-comunes-robos-asaltos-466483.html
3 Rincón, E. (2024, mayo 13). Intento de asalto en Arco Norte deja dos mujeres heridas; no hay detenidos. Excélsior.
https://www.excelsior.com.mx/nacional/intento-asalto-arco-norte- mujeres-heridas-no-hay-detenidos/1651733
4 Koschnick, J. G. C. (s/f). El estado de la seguridad en las carreteras del país: una revisión. Com.mx. Recuperado el 13 de septiembre de 2024, de
https://seguridad.nexos.com.mx/el-estado-de-la-seguridad-en-las- carreteras-del-pais-una-revision/
5 Nueva Ley Publicada en el Diario Oficial de la F. el. (s/f). Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Gob.mx. Recuperado el 13 de septiembre de 2024, de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCPAF.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
SE FORTALEZCAN LAS ESTRATEGIAS DE SEGURIDAD PÚBLICA, PARA CONTRARRESTAR LA OLA DE VIOLENCIA E INSEGURIDAD QUE ESTÁ VIVIENDO ZACATECAS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a tomar acciones urgentes y fortalezcan las estrategias de seguridad pública, para contrarrestar la ola de violencia e inseguridad que está viviendo el estado de Zacatecas, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El tema de la seguridad pública está en el centro del debate nacional. En el ámbito social, la seguridad y la justicia han pasado a ser objeto de análisis y críticas constantes. La seguridad pública es una de las exigencias más sentidas de la ciudadanía y necesita ser atendida de manera urgente, eficiente y oportuna por el Estado mexicano.
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 21, párrafo noveno establece:
“La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución”.
Como se puede apreciar en el párrafo anterior, es deber del Estado proveernos de una seguridad pública efectiva y de manera responsable. Lamentablemente este aspecto está fuera de la realidad y muy contrario a lo que vivimos en el día a día en materia de seguridad.
En estos tiempos se torna difícil la convivencia pacífica y se generan entornos de violencia los que se perciben desde los núcleos familiares y que se puede advertir en las calles en sucesos cotidianos como los delitos contra el patrimonio, específicamente robos y asaltos, comercialización de droga al menudeo, el pandillaje juvenil; situaciones que incrementan el temor y la inseguridad de los ciudadanos que esperan de parte del Estado una tutela realmente efectiva.
El Inegi, en su Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2022, reportó que el 73.8 por ciento de los habitantes de Zacatecas percibía la inseguridad como su mayor preocupación. En 2023, la misma encuesta reflejó que la percepción sobre la inseguridad se mantuvo en un 71.5 por ciento, lo que demuestra que, pese a los esfuerzos realizados, el temor y la sensación de vulnerabilidad continúan siendo altos entre la población. Además, datos del Inegi más recientes revelan que el 84.7 por ciento de los zacatecanos considera que el estado sigue siendo inseguro, esta cifra coloca a Zacatecas entre los estados más afectados por la violencia, situándose como el estado en el tercer lugar en percepción de inseguridad.
Aunado a lo anterior, la siguiente gráfica ilustra la evolución de la percepción de inseguridad que tiene los zacatecanos:
Es preocupante que, en Zacatecas, la percepción de inseguridad en este año ha aumentado, lo que subraya la ineficiencia del gobierno actual ante dicha problemática y es de gran urgencia la implementación de medidas eficientes y eficaces para mejorar la seguridad pública que está padeciendo las y los ciudadanos zacatecanos.
De acuerdo a lo anterior diversos reportes y medios de comunicación nacionales han documentado un aumento en los delitos de alto impacto en el estado, aunado a ello el Heraldo de México publicó.
Un fuerte despliegue policiaco, apoyado por el Ejército y Guardia Nacional, se mantiene durante la madrugada de este 25 de septiembre en la capital de Zacatecas, luego del ataque armado a una vivienda.
Vecinos de la colonia Alma Obrera reportaron al sistema telefónico de atención a emergencias 911 la irrupción de un comando delictivo al interior de una vivienda en la calle Limón, a la cual prendieron fuego.
Dentro de la vivienda, las autoridades localizaron a cuatro mujeres en el suelo; tres de ellas, de entre 20 a 25 años de edad, ya no contaban con signos vitales, por lo que se acordonó el lugar como escena del crimen.
Una cuarta víctima, aparentemente menor de edad, fue auxiliada por heridas de arma de fuego y por las quemaduras provocadas por el incendio. Hasta el momento, se desconoce la identidad de las víctimas, las autoridades investigan si la vivienda era utilizada para actividades delictivas.
Tras este ataque armado se implementó un patrullaje en las inmediaciones, ya que vecinos reportaron que los agresores pudieron haber huido por los techos, sin embargo, no se ha informado sobre la ubicación o detención de alguna persona relacionada con este hecho de violencia.
Otra sorprendente y escalofriante noticia ocurrió en la Feria Nacional de Zacatecas, de acuerdo al universal publicó lo siguiente;
Una explosión dejó un saldo de 14 heridos la madrugada de este lunes afuera del estadio “Carlos Vega Villalba”, cuando se realizaba el concierto de los artistas de regional mexicano, Julión Álvarez y Alfredo Olivas, con cuyo evento se dio el cierre de actividades de la Feria Nacional de Zacatecas (Fenaza).
La versión oficial que han emitido las autoridades del gobierno estatal refieren que se trató de una explosión por acumulación de gas en un tanque de un puesto de comida, sin embargo, esta versión ha generado dudas entre la población, ya que varias de las víctimas que tuvieron que ser trasladadas a un hospital para recibir atención médica reportan lesiones en diversas partes del cuerpo por esquirlas.
Esta explosión ha generado confusión y hasta temor entre la ciudadanía, ya que algunos de los asistentes han referido en las redes sociales que se escuchó un fuerte estruendo a las afueras del estadio que generó pánico entre la gente que estaba cerca de la zona cero de la explosión, cuyo lugar de inmediato fue acordonado y empezaron a despejar el área por parte de diversas corporaciones, entre ellas, militares.
Y no podemos dejar desapercibido lo que ocurrió el pasado 26 de septiembre del presente año, de acuerdo al universal;
Reportan hallazgo de tres cuerpos con vestimentas tácticas en Villanueva, Zacatecas.
El personal de Servicios Periciales se encuentra en el lugar de los hechos para realizar el procesamiento de la escena y el levantamiento de los cadáveres.
La mañana de este jueves se reportó el hallazgo de tres cuerpos en la comunidad de San Tadeo en el municipio de Villanueva, quienes portaban vestimentas tácticas.
Este hecho fue confirmado por la Fiscalía General de Justicia de Zacatecas, al referir que se tuvo conocimiento por un reporte recibido a través del Sistema de Emergencia 911, en el que se alertaba del hallazgo de tres personas sin vida en dicha comunidad.
Al lugar se desplegaron diversas corporaciones, así como personal de Policía de Investigación, quienes confirmaron que se trataba de tres cuerpos del sexo masculino, mismos que se encuentran en calidad de no identificados y con vestimenta tipo táctica.
El personal de Servicios Periciales se encuentra en el lugar de los hechos para realizar el procesamiento de la escena y el levantamiento de los cadáveres, para su traslado al Servicio Médico Forense e iniciar las diligencias de ley.
Es insólito lo que están viviendo las y los zacatecanos, estos eventos recientes, se están volviendo cada vez más frecuentes y más caóticos, subrayan la gravedad de la situación de inseguridad en Zacatecas y resaltan el mal manejo del gobierno ante todos los hechos ocurridos, donde la violencia ha alcanzado niveles críticos. Cada día surge un nuevo incidente de inseguridad que demuestra la insuficiencia del actual plan de seguridad pública en el estado.
Todo esto nos conduce a examinar detenidamente los sistemas policiales y de justicia de los tres niveles de gobierno, poniendo énfasis a los delitos del fuero común que han crecido exponencialmente, sin demeritar los de alto impacto del fuero federal.
Si bien es cierto, son diversos los actores que conforman los mandos de seguridad, se considera pertinente asumir acciones conjuntas y decisivas ante la visible falta de acción por parte del Estado. Es un hecho que la precepción de inseguridad de la población se le atribuye a los cuerpos policiacos y judiciales de los tres órdenes de gobierno. La ineficiencia y la responsabilidad de la inseguridad se debe a la falta de interacción entre gobiernos, a la falta de capacitación, entrenamiento y equipo adecuado para contrarrestar la violencia que azota al país.
Es en este contexto, el Estado debe brindar una seguridad pública efectiva para garantizar la integridad de los ciudadanos, no se puede olvidar que la seguridad ciudadana es un bien público y conlleva a la defensa efectiva de los derechos humanos.
Al referirnos a la seguridad ciudadana, esta no solamente implica la reducción del accionar delictivo, sino el compromiso del Estado en adoptar una serie de estrategias que permitan una mejora en la calidad de vida de la población y para lograrlo se necesita de la capacitación y equipamiento de las y los policías tanto federal, estatal, como municipal para contrarrestar la violencia del país.
Por lo anterior, resulta necesario hacer un llamado al Ejecutivo del estado de Zacatecas para que, en coordinación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), adopten medidas inmediatas y contundentes para combatir la inseguridad. Es necesario reforzar los operativos en las zonas más afectadas, mejorar la inteligencia policial y asegurar que los cuerpos de seguridad cuenten con los recursos indispensables para hacer frente a las amenazas que representan los grupos delictivos.
En virtud de la gravedad de la situación y con el fin de salvaguardar la paz, la vida y la integridad de los zacatecanos, someto a consideración la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del estado de Zacatecas y al titular de la Fiscalía General de Justicia del estado de Zacatecas, para que, de manera coordinada y urgente, instrumenten las acciones y estrategias necesarias dirigidas a combatir la creciente ola de violencia e inseguridad que afecta a la población de la entidad.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular del Poder Ejecutivo del estado de Zacatecas, al titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), para que lleven a cabo las acciones necesarias a fin de fortalecer las estrategias de seguridad en el estado de Zacatecas, con el objetivo de disminuir la inseguridad y proteger a la ciudadanía zacatecana.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular del Poder Ejecutivo del estado de Zacatecas, al titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), para que de manera coordinada instrumenten las acciones necesarias a efecto de reforzar los operativos en las zonas más afectadas del estado de Zacatecas, mejorar la inteligencia policial, y asegurar que los cuerpos de seguridad cuenten con los recursos indispensables para enfrentar las amenazas de los grupos delictivos.
Notas
1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
2 https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2024/9/25/asesinan-tres-mujeres-prenden -fuego-casa-en-zacatecas-640522.html
3 https://www.eluniversal.com.mx/estados/explosion-en-feria-nacional-de-zacatecas -deja-14-heridos-autoridades-sostienen-que-fue-por-acumulacion-de-gas/
4 https://www.eluniversal.com.mx/estados/reportan-hallazgo-de-3-cuerpos-con-vesti mentas-tacticas-en-villanueva-zacatecas/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024– Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
EXHORTO A LA CNDH Y AL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A GARANTIZAR LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y ORDENAMIENTOS CON CARÁCTER CONVENCIONAL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CNDH y al gobierno de la Ciudad de México a garantizar el ejercicio de los derechos establecidos y protegidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en ordenamientos con carácter convencional, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 3, numeral 20; y 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de este pleno la siguiente proposición “con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y al gobierno de la Ciudad de México para que se garanticen el ejercicio de los derechos establecidos y protegidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en ordenamientos con carácter convencional y que asisten a las diputadas y diputados integrantes de esta soberanía, en razón de las siguientes:
Consideraciones
Los derechos humanos alientan la vida de una auténtica democracia y sin su cabal respeto automáticamente es anulada. De su pleno conocimiento y protección jurídica, depende la existencia de un Estado de derecho.
Hasta antes del inicio de la administración del presidente López Obrador, contábamos con sólidas instituciones y nuestra democracia era más fuerte porque las autoridades de todos los órdenes de gobierno acatábamos nuestra obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad en todas y cada una las actuaciones que realizábamos.
Lamentablemente, el derecho a la libertad de expresión de que gozábamos en este país ha sido conscientemente debilitada hasta el grado de su represión mediante la intimidación a todas aquellas personas, organizaciones, instituciones o integrantes de Poderes constitucionalmente reconocidos que se atrevieron a criticar o cuestionar acciones y omisiones de autoridades federales o estatales afines al oficialismo, revertir con apego a la ley sus decisiones o exigir que cumplieran con el principio de transparencia y rendición de cuentas.
Incluso, para esos efectos se recurrió a instituciones del Estado como la Fiscalía General de la República, la Unidad de Inteligencia Financiera en el ámbito federal; o la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, así como de otras entidades federativas, en el orden local.
Así como se demostró que diversas instancias gubernamentales actuaron con la intención de limitar o anular la libertad de expresión, otras instituciones incurrieron en la omisión o renuncia de sus facultades y atribuciones que tenían como consecuencias los mismos efectos, tal es el caso de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Desde que se le otorgó rango constitucional y posteriormente autonomía, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se constituyó como una institución fuerte y confiable que cumplía a cabalidad con la importante función que tiene a su cargo; velar por el respeto, defensa y promoción de los derechos humanos de todas y de todos.
Pero con la designación de su actual titular, María del Rosario Piedra Ibarra, dicho organismo solamente ha fungido como una institución más al servicio del gobierno federal.
Como es del conocimiento público, el pasado 15 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial”.
El procedimiento legislativo relativo a ese decreto, así como sus efectos jurídicos, han sido objeto de múltiples críticas, expresiones y manifestaciones por parte de diversos sectores sociales y académicos, incluyendo personas integrantes del Poder Judicial federal y, por obvias razones, por personas legisladoras federales tanto de la Cámara de Diputados como de senadores de la anterior legislatura y de la actual sexagésima sexta.
Las críticas, expresiones y manifestaciones han sido con motivo de las diversas violaciones de los derechos humanos que evidentemente se desprenden del decreto de reforma del Poder Judicial y que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos debió, en acatamiento de sus obligaciones, impugnar ante el órgano jurisdiccional correspondiente para que declarara la invalidez de ese decreto.
En pleno ejercicio de sus derechos, tanto como persona como en su carácter de personas legisladoras, diputadas y diputados federales realizamos el pasado 12 de septiembre una protesta simbólica en la vía pública que circunscribe las instalaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con la finalidad de señalar las violaciones de los derechos humanos que conlleva la entrada en vigor del decreto de reforma del Poder Judicial y para exigirle a esa autoridad cumpliera con sus obligaciones.
En ningún momento se dañó, pintó, maltrató, ensució o se hizo uso indebido de la fachada de las instalaciones usadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, o de otro inmueble público y, menos aún, se limitó o impidió la realización de labores o funciones de las personas que trabajan en esa comisión.
No obstante lo evidente de lo anterior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha recurrido a instancias de justicia cívica con la intención de anular o limitar derechos como la libertad de expresión y de manifestación y, con motivo del carácter que nos asiste, anular o limitar el derecho establecido en el artículo 61, párrafo primero, constitucional.
Esto es, Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó una acusación en contra de diputadas y diputados federales ante el supuesto incumplimiento de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México ante el Juzgado Cívico 01 de la Magdalena Contreras y a través de la ciudadana Flor Elvia García Dávila, directora de lo consultivo.
Lo anterior, se trata de una clara violación de los derechos señalados anteriormente y se encuentra al límite de un claro acto de represión cometido por autoridades de la Ciudad de México y lamentable e irónicamente por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Ninguna autoridad puede evitar que, como personas servidoras públicas, cumplamos nuestra obligación constitucional de proteger los derechos humanos de las y los mexicanos, y limitar nuestro derecho a manifestar libremente nuestras opiniones y a no ser reconvenidas por ellas, más aún, cuando estas manifestaciones las realizamos de manera pacífica.
Con estas acciones, la CNDH incumple con su propia recomendación 74/2021, suscrita por su actual presidenta Rosario Ibarra de Piedra, en la que expresamente señala que :
“La libertad de expresión no es una concesión del Estado, sino un derecho fundamental, mediante la cual los ciudadanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información, por lo que la censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida, debe estar prohibida.”
De igual manera, el artículo 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos señala que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
Es de importancia, para el debido cumplimiento de nuestra función legislativa, que el pleno de la Cámara de Diputados y su Presidencia, así como la sociedad mexicana tengan conocimiento de lo grave que es la utilización de autoridades federales y locales para anular o limitar el ejercicio de los derechos que nos asisten, cuyas acciones incluso van en contra de lo reiterado en diversas ocasiones por el gobierno federal en el sentido de que por ningún motivo se utilizarán las instituciones del Estado para reprimir la libre manifestación y expresión de ideas.
Debe recordarse que la relatoría de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos ha reiterado que, sin una efectiva libertad de expresión, la democracia se desvanece, el pluralismo y la tolerancia empiezan a quebrantarse, los mecanismos de control y denuncia ciudadana se empiezan a tornar inoperantes y, en definitiva, se crea el campo fértil para que sistemas autoritarios se arraiguen en la sociedad.
Los métodos inquisitoriales en los que incurre el gobierno en contra de toda persona, persona funcionaria pública, organización civil, partido político o institución que la critique, cuestione, o exija que actué cumpliendo la ley, de ninguna manera pueden ser replicadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que es el organismo constitucionalmente establecido para la protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.
La actuación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que sólo pretende anular o limitar el ejercicio de diversos derechos que nos asisten se presenta en el contexto de la probable reelección de su actual titular, María del Rosario Piedra Ibarra.
En razón de lo anterior, las y los diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXVI Legislatura, presentamos ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, en los términos siguientes:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXVI Legislatura, condena enérgicamente la actuación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al reprimir la libertad de expresión y la exhorta para que su actuación no anule o limite el ejercicio de los derechos humanos establecidos y protegidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en ordenamientos con carácter convencional que son parte del marco normativo del Estado mexicano.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXVI Legislatura, exhorta al gobierno de la Ciudad de México a abstenerse de utilizar a las instituciones para coartar la libertad de expresión y manifestación previstas en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y la conmina a promover mecanismos para garantizar que las y los ciudadanos puedan expresarse con pluralidad de ideas y opiniones con el propósito de fortalecer la vida democrática de la sociedad.
Recinto Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputadas y diputados: Noemí Berenice Luna Ayala, Margarita Ester Zavala Gomez del Campo, Federico Döring Casar, Héctor Saúl Téllez Hernández (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
EXHORTO A LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, A REMOVER A LOS DELEGADOS ESTATALES DE LOS PROGRAMAS PARA EL BIENESTAR PARA LOGRAR MEJOR EFICIENCIA, RENDICIÓN DE CUENTAS Y TRANSPARENCIA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Bienestar a remover a los delegados estatales de los Programas para el Bienestar, para lograr mejor eficiencia, rendición de cuentas y transparencia, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Margarita García García, diputada del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar del Gobierno de México para remover a los delegados estatales de los Programas para el Bienestar, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) por medio del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en México, establecen que, en las prácticas contrarias a la rendición de cuentas y la transparencia, como la corrupción, constituyen obstáculos para el logro de mejores condiciones de vida de la población, generando mayor exclusión de los grupos en condiciones de vulnerabilidad para el acceso a servicios públicos y a una participación política amplia. Ante esta situación, el proyecto promueve prácticas de gobierno abierto, participación ciudadana, transparencia y anticorrupción. El PNUD asiste a los gobiernos para que fortalezcan sus instituciones públicas, apoyando a los países a combatir la corrupción e impulsar la participación inclusiva para que nadie se quede atrás.
Dentro de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) el objetivo número dieciséis “paz, justicia e instituciones sólidas” se menciona que algunas regiones del mundo tienen niveles estables de paz y buen gobierno, mientras que otras se encuentran en situación permanente de conflicto, violencia e ingobernabilidad. La corrupción perjudica la democracia y el estado de derecho, llevando a violaciones de derechos humanos y permite prosperar prácticas indebidas dentro de las instituciones.
Con la certeza de que la honestidad y la rendición de cuentas son indispensables para todo gobierno democrático, y con el entendido, de que fomentar la transparencia y luchar contra la corrupción son condiciones fundamentales para promover la inversión e impulsar la competitividad de las economías, México se ha comprometido internacionalmente a tomar las medidas apropiadas y necesarias al respecto. Por ello, ha firmado tres convenciones internacionales: Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (Ocde), la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos (Oea) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Uncac).
Dentro de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción se tiene como finalidad promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción, también apoya la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos y; promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos. Siendo aplicada de conformidad con sus disposiciones a la prevención, investigación y enjuiciamiento de la corrupción. Por lo que, cada Estado Parte procurará establecer y fomentar prácticas eficaces encaminadas a prevenir la corrupción procediendo con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico.
Para poder contribuir dentro del marco instituciones eficaces, responsables y transparentes es importante que los servidores públicos sean removidos para brindar más oportunidades logrando mayor profesionalización. Evitando los siguientes escenarios dentro del marco gubernamental:
1. Estancamiento y promoción de la innovación: permanecer demasiado tiempo en un mismo puesto puede llevar al estancamiento en las ideas y la falta de innovación. Remover a los servidores públicos permite la entrada de nuevas perspectivas, ideas y enfoques que pueden mejorar la eficiencia y calidad de los servicios públicos.
2. Evitar la corrupción: la permanencia prolongada en un mismo cargo puede facilitar la creación de redes de poder informales o prácticas corruptas. Por lo que, cambiar periódicamente a los funcionarios reduce el riesgo de que se formen relaciones inadecuadas o se perpetúen prácticas irregulares.
3. El cambio continuo ayuda a evitar que los servidores públicos se vuelvan demasiado cómodos o complacientes en su cargo. Al saber que serán evaluados o reemplazados, se puede fomentar una mayor rendición de cuentas y mejorar la transparencia en la gestión pública.
4. Resistencia al clientelismo: Cambiar consecutivamente a los servidores públicos puede reducir la posibilidad de que se establezcan relaciones clientelistas o favores políticos, ya que se dificulta la creación de vínculos prolongados entre funcionarios y actores externos.
Remover a los servidores públicos y nombrar a otros puede fomentar una administración más dinámica, ética y eficiente, alineada con las necesidades cambiantes de la sociedad y del entorno político. Designando a la rendición de cuentas y la transparencia por ser los pilares fundamentales en cualquier democracia moderna, ya que garantizan el uso eficiente y ético de los recursos públicos. En México, estas prácticas son esenciales para fomentar la confianza ciudadana, prevenir la corrupción y mejorar la gestión pública.
Permitiendo también que los funcionarios adquieran nuevas habilidades, experiencias y conocimientos en diferentes áreas de la administración. Esta variedad de experiencias fortalece su capacidad de tomar decisiones más informadas y aumenta su valor dentro del sistema público, asegurando una administración más eficiente y preparada.
El marco legal que regula el cambio periódico de los servidores públicos está diseñado para asegurar que las permutaciones en los puestos sean transparentes, basados en méritos y conformes a las necesidades de la administración pública. La Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal establece un sistema basado en méritos y capacidades que garantiza que la selección y permanencia de los servidores públicos se realice de manera justa y equitativa.
Esta ley se complementa con mecanismos de evaluación del desempeño, que permiten identificar cuándo es necesario realizar cambios en un cargo específico, ya sea por un bajo rendimiento o por la necesidad de ocupar el puesto con alguien con competencias más específicas. De esta manera, el marco legal también actúa como un freno ante posibles abusos de poder o arbitrariedades en la remoción o nombramiento de funcionarios, ya que establece procesos claros y transparentes para llevar a cabo estas decisiones.
La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los servidores públicos están obligados a cumplir con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones. La remoción, en este contexto, asegura que estos principios no se vean comprometidos por la permanencia de individuos en un mismo puesto, lo que podría dar lugar a prácticas que los contravengan.
La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) tiene una importancia crítica en la prevención de prácticas indebidas, como la ya mencionada; corrupción, el abuso de poder y las redes clientelares. Presentándose como un marco regulador clave, diseñado para fortalecer los principios de ética, integridad y responsabilidad en el servicio público. Esta ley, que forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción, tiene un impacto directo sobre la remoción y nombramiento de los servidores públicos al establecer las obligaciones, sanciones y mecanismos de control que regulan su actuación.
En este sentido, la remoción puede verse como una medida preventiva para evitar que los servidores públicos caigan en prácticas indebidas. La permanencia prolongada en un mismo puesto aumenta el riesgo de que se desarrollen conductas contrarias a las obligaciones establecidas por la LGRA, como el favoritismo o el tráfico de influencias. Al trasegar y nombrar a los servidores públicos, se reduce la posibilidad de que estos construyan redes informales que socaven la transparencia y la ética en la administración pública. Además, que se establecen los mecanismos de control que se encuentran directamente relacionados con la rotación de los servidores públicos. Uno de ellos es la evaluación del desempeño, un proceso que permite monitorear la calidad del trabajo de los servidores públicos y determinar si cumplen con sus obligaciones. Las evaluaciones periódicas son fundamentales para identificar a aquellos funcionarios que no están alineados con los principios de la ley, y que por lo tanto podrían ser removidos de puesto.
Sin embargo, la remoción debe ser cuidadosamente gestionada dentro del marco legal para garantizar que no comprometa la continuidad de los programas gubernamentales y que se realice de manera justa y transparente. En última instancia, la combinación de la remoción y el cumplimiento estricto de la LGRA fortalece la confianza pública en las instituciones y contribuye a una administración pública más justa y efectiva.
Por lo tanto, remover y nombrar nuevos delegados en el Programa de Bienestar es importante para evitar que la eficiencia de los programas sociales se vea comprometida por algún interés personal de algún delegado y su alineación con los objetivos del gobierno no se cumpla de manera completa.
Los programas sociales, como el Programa de Bienestar, están sujetos a cambios de prioridades políticas o estrategias del gobierno en turno. Remover y nombrar nuevos delegados permite garantizar que estos funcionarios estén alineados con las nuevas directrices y metas de la administración actual. De este modo, los delegados pueden adaptar las políticas sociales de acuerdo con las prioridades del gobierno federal.
Cambiar a los delegados puede introducir nuevas perspectivas y enfoques que mejoren la gestión de los recursos y la implementación de los programas. Esto puede ayudar a identificar problemas, corregir deficiencias y optimizar los procesos, asegurando que los apoyos lleguen de manera más eficiente a los beneficiarios.
Cada estado o región puede tener diferentes necesidades sociales o económicas. La designación de nuevos delegados permite seleccionar a personas con mejor conocimiento o habilidades específicas para abordar los retos de esa región en particular. Esto es crucial para asegurar que los programas sociales se implementen de manera efectiva y que lleguen a los grupos vulnerables.
El cambio de delegados puede ser un gesto simbólico para renovar la confianza pública en los programas de bienestar. Si hay percepción de ineficiencia o corrupción en una región, la remoción del delegado puede enviar un mensaje de que el gobierno está comprometido con mejorar los resultados y garantizar que los programas funcionen de manera transparente.
Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Bienestar para que se remuevan a los delegados de las 32 entidades federativas, encargados de los Programas para el Bienestar para lograr una mejor eficiencia, rendición de cuentas y transparencia dentro de la implementación de las políticas sociales que reflejan las prioridades del Gobierno federal en cada estado.
Bibliografía
1. DOF (1917) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
2. DOF (2022). Ley General de Responsabilidades Administrativas. Disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf
3. PNUD (2024). Gobernanza efectiva y democracia. Disponible en:
https://www.undp.org/es/mexico/nuestro-enfoque/gobernanza-efecti va-y-democracia
4. DOF (2006). Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/260.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre de 2024.– Diputada Margarita García García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen.
EXHORTO AL INEGI, A COORDINAR UN MUESTREO QUE PERMITA CONOCER CUÁNTAS NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES SIN SUS PADRES O TUTORES SE ENCUENTRAN EN MÉXICO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Inegi a coordinar un muestreo que permita conocer cuántas niñas y niños migrantes sin sus padres o tutores se encuentran en México, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, diputada María Isidra de la Luz Rivas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I, así como el artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración la proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Las y los niños migrantes en nuestro país enfrentan múltiples problemas debido a su condición de vulneravilidad, la falta de protección adecuada y las dificultades inherentes al proceso migratorio por la movilidad.
Suelen estar expuestos a peligros como el secuestro, la trata de personas, el trabajo infantil forzado, y el abuso sexual. Estos riesgos aumentan cuando los niños viajan solos o con adultos que no son sus familiares.
Muchos niños migrantes no pueden asistir a la escuela debido a la necesidad de trabajar para comer, las barreras lingüísticas, o la necesidad de moverse constantemente. A menudo, no tienen acceso a un sistema educativo que responda a sus necesidades específicas.
La falta de acceso a servicios médicos, los traumas emocionales asociados a la separación de sus familias o la exposición a violencia afectan gravemente la salud física y mental de los niños migrantes. El estrés postraumático, la ansiedad y la depresión son comunes.
Aunque México ha firmado acuerdos internacionales para proteger los derechos de las y los niños migrantes, en la práctica, muchos de ellos carecen de la protección necesaria. Pueden ser detenidos en centros migratorios, a veces en condiciones insalubres y junto a personas adultas, lo que viola sus derechos.
Los niños migrantes centroamericanos, a menudo enfrentan actitudes xenófobas y discriminación en las comunidades mexicanas a las que llegan, lo que dificulta su integración social.
La separación familiar, los constantes desplazamientos y la falta de estabilidad pueden generar una sensación de desarraigo en los niños migrantes. La pérdida de sus raíces culturales y la dificultad para adaptarse a nuevas realidades afectan su sentido de identidad y pertenencia.
Muchos infantes migrantes son detenidos por las autoridades mexicanas, lo que interrumpe su viaje y, a menudo, resulta en deportación. Esto no solo viola sus derechos humanos como menores de edad, sino que también los expone nuevamente a los riesgos en sus países de origen.
Los sistemas de protección social en México, como la atención psicológica, el alojamiento seguro y la alimentación adecuada, no siempre están disponibles para los niños migrantes, dejándolos en condiciones de vulnerabilidad.
Faltan políticas inclusivas políticas que aseguren el acceso a servicios básicos como educación y salud, independientemente del estatus migratorio. Tenemos ausencia de refugios y de atención especializada para menores no acompañados o familias migrantes.
Nuestras autoridades requieren capacitación constante y las comunidades deben entender que se deben proteger los derechos de las y los niños migrantes para evitar la xenofobia y discriminación.
El problema del desarraigo tiene consecuencias particulares sobre las y los niños migrantes, en especial aquellos no acompañados o que fueron separados de sus padres o tutores.
Por ello, las autoridades del sector deberían contemplar una respuesta diferenciada para este importante sector poblacional, sobretodo, por la fragilidad de su entorno que puede derivar en la comisión de delitos.
Conforme a datos del INEGI, los datos más actuales son de 2023, pero no reflejan la especificidad que se requiere para conocer el universo de población infantil migrante a atender, los datos históricos en INEGI datan del 2010 y se encuentran otros datos relacionados de fechas 2015 y 2018, que resultan inaplicables al caso concreto.
La estadística actual, es referente a la población de 5 años y más, que cambió su lugar de residencia habitual desde un municipio o delegación, entidad federativa o país de origen, a otro de destino que arroja los siguientes datos:
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) reportó en 2023, que 1,298 niñas y niños no acompañados o separados, que se encontraban en riesgo, fueron atendidos por sus oficinas.
La organización no gubernamental Aldeas Infantiles, señala conforme a un informe del 2016, que:
• Más de 40,000 mil niños, niñas y adolescentes han sido enviados a Estaciones Migratorias mientras viajaban a México y Estados Unidos.
• El Instituto Nacional de Migración ha detenido a 46,804 menores de 18 años de edad (30,178 niños y 16,626 niñas).
• El 94.6 % de los niños, niñas y adolescentes que migran son de Guatemala, El Salvador, y Honduras.
• La mayoría busca la reunificación familiar con su padre y/o madre, después de amenazas o violencia por parte de pandillas en sus países de origen.
Se deben garantizar los derechos humanos de las y los niños migrantes, así como, de los refugiados en atención a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes aplicables.
En razón de lo expuesto, es urgente la coordinación entre el INEGI y el INM para aplicar un muestreo estadístico que nos ayude a obtener información confiable de la población de niñas y niños migrantes en México que se encuentran sin padre, madre o tutor, para su atención y seguimiento.
Por lo anteriormente expuesto, se solicita a esta honorable soberanía, el análisis y en su caso, aprobación del siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Migración y al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para que coordinadamente realicen un muestreo que permita conocer cuántas niñas y niños migrantes sin madre, padre o tutor se encuentran en México y, con ello, generar una base de datos fiable para que la Administración Pública Federal, establezca políticas públicas en beneficio de esta población.
Nota
1. Tomado de
https://www.aldeasinfantiles.org.mx/conocenos/datos-y-estadistic as el 3 de octubre del 2024.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de octubre del 2024.– Diputada María Isidra de la Luz Rivas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.