SUMARIO
Con el propósito de preservar e impulsar el desarrollo de las lenguas indígenas nacionales, se otorga el uso de la tribuna a:
-El ciudadano Benito Hernández González, quien se expresa en lengua mazahua
De la Mesa Directiva, mediante la cual, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que realizó modificación de turno a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 31, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 10, primer párrafo, y 18 de la Ley Aduanera, en materia de horarios de atención de las aduanas, presentada por la diputada Rosalinda Savala Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena, el 20 de marzo de 2025. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y Población, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Marina, para opinión
Se modifica el turno, actualícense los registros parlamentarios
INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES
Del Congreso de Nuevo León, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen
Del Congreso de Nuevo León, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, 162 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, y 42 y 77 Bis 2 de la Ley General de Salud. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Salud, para dictamen
Del Congreso de Tamaulipas, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un numeral 18 a la fracción I, recorriéndose los subsecuentes del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
INICIATIVAS DE LOS SENADORES
Del Senado de la República, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
La diputada Rosa Irene Urbina Castañeda, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 96 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de encendedores desechables y su repercusión en el medio ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
El diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de determinar en la legislación el término "extensionismo" como práctica institucional de apoyo público permanente a los productores del sector rural, e impulsar así procesos de desarrollo social sostenible. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
La diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
El diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 62 y adiciona un segundo párrafo al artículo 66, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de seguros. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
La diputada María Angélica Granados Trespalacios, en nombre propio y del diputado José Elías Lixa Abimerhi, ambos del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 8 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, y 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada María Angélica Granados Trespalacios, en nombre propio y de los diputados César Augusto Rendón García y Federico Döring Casar, todos del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su cadena de valor. Se turna a las Comisiones Unidas de Economía, Comercio y Competitividad, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
La diputada María Angélica Granados Trespalacios, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a las Comisiones Unidas de Economía, Comercio y Competitividad, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen
La diputada María Angélica Granados Trespalacios, del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer la obligación del Estado de crear un seguro de desempleo. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada María Angélica Granados Trespalacios, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para crear el seguro de desempleo. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen
La diputada María Angélica Granados Trespalacios, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y del sector productivo. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada María Angélica Granados Trespalacios, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de la Industria Eléctrica, y de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y del sector productivo. Se turna a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Energía, para dictamen, y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión
El diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 5 de junio como el Día Nacional de la Prevención de Incendios. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
El diputado Julio Javier Scherer Pareyón, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Penal Federal, y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección a los menores de edad en los medios digitales.Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y Adolescencia, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para opinión
El diputado Wblester Santiago Pineda, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, para fomentar el desarrollo de los municipios reconocidos como Pueblos Mágicos.Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen
La diputada María Soledad Luévano Cantú, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales, para sancionar la suplantación de identidad digital. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Federico Döring Casar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de iniciativa ciudadana preferente y derecho de los grupos parlamentarios. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
El diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en relación a la regulación del ejercicio de actividades profesionales de médicos extranjeros. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32 de la Ley General de Salud, en materia de salud digital. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del Artículo 123 Constitucional, de la Ley del Seguro Social, y de la Ley de Instituciones de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de licencias para personas cuidadoras de niñas, niños y adolescentes que viven con alguna discapacidad. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para dictamen
El diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Luis Fernando Torres Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVI al artículo 5o., se adiciona la fracción II, recorriéndose los subsecuentes, al artículo 132, y se adiciona la fracción XVIII, recorriéndose el subsecuente, al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
El diputado Asael Hernández Cerón, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen
La diputada Cintia Cuevas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 19, párrafo primero, fracción V, y se adiciona una fracción VI a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y reforma la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en materia de movilidad de personas con discapacidad. Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
El diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VI Bis al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen
El diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de delitos contra las personas en su patrimonio y por hechos de corrupción, así como faltas u omisiones consideradas como graves, en materia de responsabilidades administrativas de personas servidoras públicas. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
La diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 81, 97 y 98, y se adiciona el párrafo tercero del artículo 97 de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen
El diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 208 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
EFEMÉRIDES
Para referirse a la efeméride, en nombre de su grupo parlamentario, hacen uso de la tribuna:
-La diputada Amancay González Franco, de MC
-La diputada Ana Isabel González González, del PRI
-El diputado Amarante Gonzalo Gómez Alarcón, del PT
-El diputado Luis Enrique Miranda Barrera, del PVEM
-La diputada Verónica Pérez Herrera, del PAN
-La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, de Morena
La Presidencia realiza moción de orden, en su momento
En términos de los artículos 100, 102 y 299 del Reglamento de la Cámara de Diputados las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria
ASISTENCIA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se informa a la Presidencia que se tienen registrados 367 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (11:09 horas): Se abre la sesión ordinaria del miércoles 9 de abril de 2025, en modalidad presencial.
ORDEN DEL DÍA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: El orden del día se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en los dispositivos móviles de las diputadas y los diputados.
«Segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.
Orden del día
Miércoles 9 de abril de 2025
Intervención desde la tribuna en lengua indígena
Ciudadano Benito Hernández González, hablante de lengua mazahua.
Acta de la sesión anterior
Comunicaciones oficiales
De la Mesa Directiva
Iniciativas del Congreso del Estado de Nuevo León
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, 162 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, y 42 y 77 Bis 2 de la Ley General de Salud.
Iniciativa del Congreso del Estado de Tamaulipas
Con proyecto de decreto por el que se adiciona un numeral 18 a la fracción I, recorriéndose los subsecuentes del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
Iniciativa de senadores
Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por las senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Karla Guadalupe Toledo Zamora, Ángel García Yáñez, Paloma Sánchez Ramos, Néstor Camarillo Medina, Mely Romero Celis, Miguel Ángel Riquelme Solís y Anabell Ávalos Zempoalteca, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Acuerdo de los órganos de gobierno
Iniciativas
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de ciudadanía para personas de 18 años y accesibilidad a cargos de elección, a cargo del diputado Sergio Mayer Bretón, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de determinar en la legislación el término extensionismo, como práctica institucional de apoyo público permanente a los productores del sector rural e impulsar así procesos de desarrollo social sostenible, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de profundizar medidas para la sustentabilidad y sostenibilidad pesquera, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 1o. y 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona y deroga el artículo 102 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Wblester Santiago Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, para fomentar el desarrollo de los municipios reconocidos como Pueblos Mágicos, a cargo del diputado Wblester Santiago Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona al artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, en materia de tarifas especiales para servicios de uso doméstico, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 390 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 6o., 8o. y 12 de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda abandonada, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de delitos contra la paz y seguridad de las personas, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vivienda para las personas trabajadoras al servicio del estado, a cargo del diputado José Antonio López Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el DOF el 31 de marzo de 2007, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de acceso a los servicios de laboratorio clínicos, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Migración y de la Ley del Impuestos Sobre la Renta, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de caminos artesanales, a cargo del diputado Adrián González Naveda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 65 Bis 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de casas de empeño, a cargo del diputado Adrián González Naveda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos de representación política de las personas con discapacidad, a cargo del diputado Juan Armando Ruiz Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 207 Bis a la Ley del Seguro Social, para garantizar instancias de cuidado para adultos mayores a los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 216 Ter a la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 390 Ter del Código Penal Federal y se adiciona un artículo 69 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de monta choques o fraude por colisión vehicular, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 10 de octubre como Día Nacional de las y los Presidentes de México, a cargo del diputado Francisco Javier Sánchez Cervantes, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el día 22 de febrero de cada año como el Día Nacional de la y el Periodista Deportivo, suscrita por los diputados Juan Carlos Varela Domínguez y diputados integrantes de los grupos parlamentarios de Morena, de Movimiento Ciudadano, del Partido del Trabajo, del Partido Verde Ecologista de México y del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 343 Ter del Código Penal Federal, en materia de violencia vicaria, suscrita por la diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 376 Ter del Código Penal Federal, en materia de combate del delito de robo al autotransporte, suscrita por la diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de fortalecimiento de los servicios de atención a la salud mental, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de agricultura regenerativa y protección forestal, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de economía circular y gestión de productos de plástico, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de antinomia para la elección de la persona presidenta del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en relación a la regulación del ejercicio de actividades profesionales de médicos extranjeros en México, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona los artículos 1o. y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de indecidibilidad sobre principios constitucionales básicos, a cargo del diputado Víctor Samuel Palma César, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el segundo párrafo del artículo 94, noveno párrafo del artículo 97 y cuarto párrafo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, en materia de tarifas eléctricas, a cargo del diputado Daniel Andrade Zurutuza, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se emite una moneda conmemorativa con motivo del 2025 Año de la Mujer Indígena, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Selene Ávila Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 19, párrafo primero, fracción V y adiciona una fracción VI a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en materia de movilidad de personas con discapacidad, a cargo de la diputada Cintia Cuevas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el párrafo sexto del artículo 20 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, para reconocer a la mujer afromexicana en la calidad especial del sujeto pasivo en el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, a cargo del diputado Jesús Valdés Peña, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el párrafo primero del artículo 1069, el párrafo tercero del artículo 1071 y el párrafo segundo del artículo 1075 y se adiciona una fracción VII al artículo 1068 del Código de Comercio, en materia de notificaciones electrónicas en los juicios mercantiles, a cargo del diputado Jesús Valdés Peña, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción VI Bis al artículo 3o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas de Nacionales, en materia de uso y aprovechamiento del agua de lluvia, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y del Código Penal Federal, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de infraestructura peatonal y seguridad vial, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal y del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de protección y apoyo a madres en centro penitenciarios, a cargo de la diputada Nora Yessica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona los artículos 226 Ter y 226 Quater a la Ley General de Salud, en materia de regulación para el despacho de medicamentos controlados, a cargo de la diputada Nora Yessica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda y de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de vivienda adecuada, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de renuncia de derechos, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 33 y 93 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 93 de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de la medicina tradicional indígena y afromexicana, a cargo de la diputada Marcela Velázquez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, en materia de diversidad sexual, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 159 y 161 de la Ley de Migración, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 4o., 14 y 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública, en materia de garantizar la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y del Código Penal Federal, en materia de acoso y hostigamiento sexual, a cargo de la diputada Mónica Angélica Álvarez Nemer, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de Ley General de Desarrollo Social y de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de armonización de la reforma constitucional para el apoyo a personas con discapacidad, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 80 y 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de armonización con la reforma constitucional para el apoyo a campesinos, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de planes y programas de estudio, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prohibición de fertilizantes químicos, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 9o., 9 Bis y 10 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de tipificación de nuevas modalidades en el delito de secuestro, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de salud mental, suscrita por las diputadas Laura Ivonne Ruiz Moreno y Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 32 de la Ley General de Salud, en materia de salud digital, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento del Golfo de California como mar territorial del Estado Mexicano, a cargo del diputado Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Mar, en materia de reconocimiento del Golfo de California como mar territorial del Estado Mexicano, a cargo del diputado Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 81, 97 y 98 y adiciona un párrafo tercero al artículo 97, de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción VII Bis al artículo 6o. de la Ley General de Víctimas y un Capítulo III, denominado Desplazamiento Forzado que comprende el artículo 287 Bis, al Título Decimoctavo Delitos Contra la Paz y Seguridad de las Personas del Código Penal Federal, en materia de desplazamiento forzado, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de acceso y participación de mujeres a carreras de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM), suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 17, 47 y 122 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de atención a niñas, niños y adolescentes en condición de orfandad por feminicidio, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de la educación inclusiva, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de productividad legislativa, a cargo del diputado José Alejandro López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la energía de subsistencia, a cargo del diputado Mario Zamora Gastélum, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un párrafo segundo al artículo 360 del Código Civil Federal, en materia de pruebas de paternidad, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Migración, en materia de crear un registro de personas migrantes presentadas, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 330-E fracción III de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para establecer la obligatoriedad de crear agencias de atención animal en todas las entidades federativas, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo tercero al artículo 32 recorriéndose los subsecuentes, se reforma el numeral III del artículo 2o. y se reforma la fracción VII del artículo 78 Bis 1, de la Ley de Aviación Civil, en materia de seguridad aérea, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXVI al artículo 30 de la Ley General de Educación, para incorporar en los planes de estudios la educación financiera, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 7o. de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 555 y 564 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Braña Mojica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prácticas monopólicas, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona un artículo 456 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado José Luis Téllez Marín, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de pensiones, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de energías renovables, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 9o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de vehículos no motorizados a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 6o., 7o. y 15 de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona los artículos 80 Bis y 84 de la Ley General de Población, en materia de migración, a cargo de la diputada Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 157 Bis de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 330-L a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona un artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 20 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la continuidad deportiva para las y los niños y adolescentes, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de bienestar digital infantil y adolescente, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de carbono azul, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el párrafo segundo, de la fracción II, del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de plazos para la interposición de acciones de inconstitucionalidad, a cargo del diputado Francisco Javier Estrada Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de los derechos de la naturaleza, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 15 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para garantizar la perspectiva de género en las decisiones de las juntas de gobierno de los institutos nacionales de salud, a cargo de la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de desenmalle de vida silvestre, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de drenes en uso y desuso, suscrita por la diputada Eva María Vásquez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 13 Bis 3 de la Ley de Aguas Nacionales, en materia cuidado y sobreexplotación del agua, suscrita por los diputados Vanessa López Carrillo y Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de actividad física para niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de armonización con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 97 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma la fracción XIV y adiciona la fracción XXV del artículo 30 de la Ley General de Educación, y reforma la fracción XIX del artículo 14 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General para el Combate al Uso de Cigarrillos Electrónicos, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de armonización con la reforma constitucional de bienestar para el apoyo a pescadores, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 5o. de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 5 de junio como Día Nacional de la Prevención de Incendios, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de armonización de la denominación de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona al artículo 3o., la fracción XXI Bis y reforma el artículo 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de seguridad jurídica, derechos y obligaciones de los integrantes de las instituciones de seguridad pública, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo octavo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Damaris Silva Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prohibición de la usura, a cargo del diputado Jacobo Mendoza Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 5o., fracción XIV de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, a cargo de la diputada Aremy Velazco Bautista, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 39 de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 17 y 18 de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 2o. y 30 de la Ley de Migración, en materia de mujeres migrantes, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de salud mental en entornos escolares, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 3o., 4o. y 11 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de violencia vicaria, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 26 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Asael Hernández Cerón, Héctor Saúl Téllez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 3o., 37 y 45 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de economía circular, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, en materia de alimentación adecuada y suficiente en comedores y cocinas comunitarias de comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos, a cargo de la diputada María de Fátima García León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
De decreto por el que se propone enmendar la fecha conmemorativa del 29 de septiembre, Día Nacional del Maíz, al Día Nacional del Maíz Nativo Libre de Transgénicos, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 105 fracción VII de la Ley Federal de Sanidad Animal, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 414, 418 y 420 Bis del Código Penal Federal, suscrita por diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios de Movimiento Ciudadano, Partido del Trabajo y de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de deporte adaptado, a cargo del diputado Juan Armando Ruiz Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales, para sancionar la suplantación de identidad digital, a cargo de la diputada María Soledad Luévano Cantú, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo tercero al artículo 16 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 13, fracción IV y 30 fracción XVI, de la Ley General de Educación; 39 párrafo primero de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y adiciona una fracción XII al artículo 18 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Sandra Beatriz González Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 226 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Javier Taja Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XVI al artículo 5o.; se adiciona la fracción II recorriéndose los subsecuentes al artículo 132o. y se adiciona la fracción XVIII recorriéndose el subsecuente al artículo 133o. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Luis Fernando Torres Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción IX recorriéndose las subsecuentes del artículo 387 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Luis Fernando Torres Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción IX al artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autorización para permitir la salida de tropas nacionales, a cargo del diputado Humberto Coss y León Zúñiga, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en materia de protección y garantía a las personas originarias para acceder plenamente a la jurisdicción del estado mediante la protección reforzada al derecho a contar con personas intérpretes, traductoras, peritas y defensoras especializadas, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 5o. fracción IX, inciso c), de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 62 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de seguros, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 140 y 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales, respecto a las formalidades en las etapas del proceso penal, a cargo de la diputada Claudia Rivera Vivanco, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 19 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para elegir a los cónsules generales, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción VI al artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción IV Bis al artículo 23 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 51 y 57 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alfredo Vázquez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pueblos y comunidades indígenas, así como afromexicanos, a cargo de la diputada Katia Alejandra Castillo Lozano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 96 Bis y 96 Bis 1 de la Ley de Aguas Nacionales, para establecer sanciones más estrictas por contaminación de cuerpos receptores, fomentar la inversión en tecnologías de tratamiento de aguas residuales y regular la revocación de concesiones en casos de contaminación continua, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XVII Bis al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para garantizar el acceso gratuito a productos de gestión menstrual en los centros de trabajo, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los párrafos sexto y séptimo al artículo 2o. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 301 del Código Civil Federal, para establecer la obligación recíproca de alimentos entre padres e hijos a partir de los 60 años, con condiciones de vínculo afectivo o dependencia económica, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para otorgar incentivos fiscales a las empresas que contraten a migrantes retornados o deportados, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 112 Bis a la Ley de Migración, para garantizar asistencia a los dependientes de personas fallecidas en contexto migratorio irregular, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción XV al Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para garantizar el acceso al primer empleo a egresados universitarios en el ámbito de su formación profesional, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud, para establecer el programa nacional de salud mental en zonas rurales, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción I, al artículo 61, se reforma al artículo 62, se adicionan las fracciones V y VI, al artículo 64 y se adicionan las fracciones V y VI, al artículo 65 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María de los Ángeles Ballesteros García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el inciso I, y se adiciona el inciso J de la fracción II del artículo 12 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo segundo al artículo 368 del Código Nacional de Procedimientos Penales y se reforma la fracción VI del artículo 300 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, en materia de pruebas periciales para el análisis o evaluación de la personalidad, suscrita por los diputados Sergio Mayer Bretón y Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 8o. de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos y 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, suscrita por los diputados Federico Döring Casar, César Israel Damián Retes y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 20 de la Ley Orgánica de la Armada de México, a cargo del diputado Luis Armando Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda Fundación Tenochtitlan 1325, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, a cargo de del diputado José Luis Sánchez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, para tipificar el delito de acoso y acosos sexual, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de calidad del aire, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona los artículos 7o. y 110 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de calidad del aire, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley de Migración, para mejorar las condiciones de salud y apoyar con programas especiales de educación cultural y nutrición a las niñas, niños y adolescentes de jornaleras agrícolas y trabajadoras del hogar migrantes o integrantes de grupos étnicos, a cargo del diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, del Código Penal Federal y de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de violencia y acoso laborales, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de la sal artesanal, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de igualdad sustantiva, a cargo de la diputada María del Rosario Orozco Caballero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 9o. de la Ley General de Cambio Climático, suscrita por la diputada Amparo Lilia Olivares Castañeda y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección a los menores de edad en los medios digitales, a cargo del diputado Julio Javier Scherer Pareyón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por los diputados José Luis Téllez Marín y Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 60 y 61 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona los artículos 39 Bis y 39 Ter a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción XXI al artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección ambiental y reforestación como responsabilidad colectiva, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 80 Bis a la Ley Sobre el Contrato de Seguros, para garantizar servicios eficientes y transparentes a los clientes, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 11 y 14 de la Ley General de Educación Superior, a cargo de la diputada Briceyda García Antonio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo tercero al artículo 67 de la Ley General de Educación, en materia de becas para educandos con aptitudes sobresalientes, suscrita por los diputados Fernando Jorge Castro Trenti y Juan Antonio González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de delitos contra las personas en su patrimonio y por hechos de corrupción, así como de faltas u omisiones consideradas como graves, en materia de responsabilidad administrativa de personas servidoras públicas, a cargo del diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 73, fracción VIII, de la Ley General de Salud, en materia de salud mental para personas jóvenes, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un penúltimo párrafo al artículo 4o. y reforma el penúltimo párrafo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento al derecho a defender derechos humanos y atención de delitos cometidos contra personas defensoras, a cargo de la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Jessica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción IV al numeral 1 del artículo 66 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de turno tratándose de asuntos relacionados con derechos de personas con discapacidad y grupos en situación de vulnerabilidad, a cargo de la diputada Kenia Gisell Muñiz Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para apoyar el pago de energía eléctrica en escuelas públicas estatales, para garantizar el derecho a la educación y el interés superior de la niñez, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones del Libro Sexto Del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero, Capítulo Único, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Aniceto Polanco Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 419 Ter del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Guillermo Rendón Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma en materia de progresividad e interdependencia al derecho humano a la salud mental y bucal de niñas, niños y adolescentes, que adiciona y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley General de Educación y de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Jesús Alfonso Ibarra Ramos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción IV del artículo 62, el cuarto párrafo del artículo 146, el párrafo tercero del artículo 148, la fracción VI del artículo 149 y, el párrafo tercero del artículo 151, de la Ley General de Educación, para eliminar el pago de reinscripción en escuelas particulares, a cargo del diputado Víctor Hugo Lobo Román, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 146 Bis y se reforman los artículos 3o. y 298 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de prohibición de políticas de uso justo en servicios de internet residencial, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; y, de la Ley General de Protección Civil, en materia de creación del instituto nacional de la pirotecnia, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 14 Bis 3 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Víctor Adrián Martínez Terrazas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por la diputada Amparo Lilia Olivares Castañeda y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Kenia López Rabadán y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 77 Bis 2 y adiciona un artículo 77 Bis 7 A a la Ley General de Salud, suscrita por la diputada María Angélica Granados Trespalacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 3o. de la Ley Federal del Trabajo y 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para crear un fondo especial de subsidios para profesionistas construyendo el presente, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su Cadena de Valor, suscrita por los diputados César Augusto Rendón García, Federico Döring Casar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Carlos Alberto Guevara Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 266 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado Iván Marín Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma la fracción III del artículo 6o. de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo del diputado Mario Alberto López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma la fracción X del artículo 6o. de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo del diputado Mario Alberto López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Alberto López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en materia de declaración de procedencia contra servidores públicos de las entidades federativas por delitos federales, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y deroga diversas disposiciones del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Luis Sánchez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de nombramiento de docentes faltantes en las escuelas públicas, a cargo del diputado Gerardo Olivares Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de regulación de dispensadores de agua potable en espacios públicos y comerciales, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 22 de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 7o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, con el propósito de que existan centros de atención especializada a niños con autismo, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 30, 73 y 80 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con el propósito de promover incentivos fiscales para las empresas que contraten personas con discapacidad y neurodivergentes, fomentando su inclusión e igualdad de oportunidades, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de licencias para personas cuidadoras de niñas, niños y adolescentes que viven con alguna discapacidad, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de descanso y recuperación por maternidad de mujeres trabajadoras, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 29 de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de ingreso mínimo para mujeres indígenas y afromexicanas, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo y de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, con la finalidad de proteger a las personas periodistas y defensoras de derechos humanos contra prácticas de doxing, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona los artículos 132 y 170 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias por violencia familiar, suscrita por diversas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona los artículos 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 3o. de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de violencia política digital en razón de género, suscrita por diversas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de violencia sexual contra las mujeres en aplicaciones de transporte, suscrita por diversas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de medidas de protección a víctimas en contra de personas servidoras públicas, a cargo de la diputada Anayeli Muñoz Moreno, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 96 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de encendedores desechables y su repercusión en el medio ambiente, a cargo de la diputada Rosa Irene Urbina Castañeda, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VIII del artículo 41 y adiciona un segundo párrafo, recorriéndose el subsecuente, del artículo 98 Bis a la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de seguridad en los estadios, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 77 y 78 y adiciona un artículo 78 Bis al Capítulo XVI denominado De los Particulares a la Ley General de Protección Civil, en materia de seguridad en juegos mecánicos, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley Nacional de Protección y Bienestar Animal, a cargo del diputado Manuel de Jesús Espino Barrientos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 208 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por la diputada María Angélica Granados Trespalacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, suscrita por la diputada Carmen Rocío González Alonso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para eficientar la regulación sanitaria, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de iniciativa ciudadana preferente y derechos de los grupos parlamentarios, suscrita por el diputado Federico Döring Casar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la obligación del Estado de crear un seguro de desempleo, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para crear el seguro de desempleo, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de movilidad segura, suscrita por diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Acción Nacional, de Movimiento Ciudadano y Morena.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y el sector productivo, suscrita por la diputada María Angélica Granados Trespalacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de la Industria Eléctrica y de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y el sector productivo, suscrita por la diputada María Angélica Granados Trespalacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de violencia a través de interpósita persona, a cargo de la diputada Deliamaría González Flandez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Mayra Espino Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona los artículos 21 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carlos Enrique Canturosas Villareal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, por el cual se restituye el fondo metropolitano y se fortalecen los mecanismos de coordinación metropolitana en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 18 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado José Alberto Benavides Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 13 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que promueva la igualdad y productividad entre hombres y mujeres, a cargo del diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de estímulos fiscales para personas emprendedoras, a cargo del diputado Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Efeméride
Con motivo de la conmemoración del Día Mundial de la Salud, a cargo de los grupos parlamentarios.
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar un Programa Nacional de Tamizaje con pruebas moleculares para detectar el virus del papiloma humano en mujeres, en todas las instituciones de salud pública, con la finalidad de cumplir con las metas adoptadas por la OMS para eliminar el cáncer cervicouterino, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Zacatecas, a la Secretaría de Salud de dicha entidad y al IMSS-Bienestar, a atender y resolver la problemática que existe en el Hospital IMSS-Bienestar, en cuanto al desabasto de medicamentos, materiales y equipos para la atención médica, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a promover ante la Organización de las Naciones Unidas y los organismos internacionales competentes, las acciones diplomáticas necesarias para exigir el cese inmediato de las hostilidades y de toda forma de violación a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario en la franja de Gaza, suscrito por los diputados Ana Karina Rojo Pimentel, María Isidra de la Luz Rivas y José Luis Sánchez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a garantizar la continuidad de los apoyos económicos y prestaciones laborales de las y los trabajadores de los CECyTE, evitando cualquier tipo de recorte, suspensión o afectación que vulnere sus derechos laborales, a cargo del diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al IMSS y al ISSSTE, a implementar de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar el respeto irrestricto de los derechos humanos y laborales de las personas médicas residentes en todas las instituciones de salud del país, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»
INTERVENCIÓN DESDE LA TRIBUNA EN LENGUA INDÍGENA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Honorable asamblea, en el marco de Las Lenguas Toman la Tribuna, la Cámara de Diputados da la bienvenida al ciudadano Benito Hernández González, hablante de lengua mazahua, para dirigir un mensaje. Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos.
El ciudadano Benito Hernández González: (Habla en mazahua) Saludo a todos los presentes en esta honorable Cámara de Diputados. Les doy las gracias por darme la oportunidad de expresarme en mi lengua materna.
Decía el historiador Miguel León Portilla: Cuando muere una lengua, se muere un pueblo. Yo no quiero que muera mi lengua, por eso digo aquí que la cuidemos, que la sigamos hablando, que se la enseñemos a los niños, a las niñas, que sigamos hablando con nuestros hermanos, con los abuelos y con las abuelas.
Para que no muera nuestra lengua debemos hablarla, no tener vergüenza. Debemos estar orgullosos de hablar nuestra lengua mazahua. Si nuestros padres ya no nos enseñan, busquemos a personas que todavía la hablan para que nos enseñe, para que no perdamos y no muera nuestro idioma mazahua.
Ustedes que escuchan mi voz que aquí expreso, pido a todos los diputados y servidores de esta casa grande conocida como Cámara de Diputados, para que nos ayuden a preservar nuestra lengua y no muera nuestro idioma mazahua.
Nuestra lengua también es importante como el inglés y como todas las lenguas del mundo, y es por eso que les pido que sigamos hablando nuestra lengua materna que es el mazahua, para que no muera.
Con nuestro idioma también podemos declamar poesías, cantar canciones, contar cuentos y leyendas e historias que pasaron hace mucho tiempo.
En el año de 1936, el sacerdote Diego Nájera Yanguas, cura de Jocotitlán, escribió un libro en el que plasmó palabras que se mencionaban en las misas.
Nosotros, los mazahuas, hemos solicitado desde siempre una universidad para los pueblos indígenas, para que investiguen y enseñen las costumbres y tradiciones de nuestros pueblos con la cosmogonía indígena.
Tiene medio siglo que se inició la educación indígena, en la que enseñan maestros bilingües, pero hay algunos que no enseñan la lengua materna, argumentando que por la variante de cada comunidad no se entiende, y por eso no enseñan el idioma mazahua.
Por este momento les doy las gracias por haber escuchado mi voz expresada en mi idioma originaria, el mazahua, en esta casa grande llamada Cámara de Diputados. Soy Benito Hernández González, originario de la comunidad mazahua de Santiago Coachochitlán, municipio de Temascalcingo, Estado de México.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Agradecemos la presencia del ciudadano Benito Hernández González.
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión en modalidad presencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes ocho de abril de dos mil veinticinco, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.
Presidencia de la diputada María de los Dolores Padierna Luna
Apertura de la sesión.
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de cuatrocientos seis diputadas y diputados, a las doce horas con dieciocho minutos del martes ocho de abril de dos mil veinticinco, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas instaladas en las curules, documento que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Homenaje luctuoso a la diputada María del Carmen Pinete Vargas, vicepresidenta de la Mesa Directiva.
La Presidencia, en nombre de la Mesa Directiva, lamenta el fallecimiento de la diputada María del Carmen Pinete Vargas, integrante del Partido Verde Ecologista de México y vicepresidenta de la Mesa Directiva en la presente Legislatura, por lo que, en nombre de esta representación política, ese órgano de gobierno expresa su más sentido pésame a sus familiares, amigos y compañeros de militancia, a quienes se les desea pronta resignación.
Acto seguido concede el uso de la Tribuna, para rendir un homenaje en su memoria, a las diputadas y diputados: Laura Irais Ballesteros Mancilla, de Movimiento Ciudadano; Lorena Piñón Rivera, del Partido Revolucionario Institucional; José Luis Montalvo Luna, del Partido del Trabajo; Javier Octavio Herrera Borunda, del Partido Verde Ecologista de México; Kenia López Rabadán, del Partido Acción Nacional; Zenyazen Roberto Escobar García, de Morena; y Ricardo Monreal Ávila, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena y presidente de la Junta de Coordinación Política, quien lee y entrega una misiva suscrita por la presidenta de la República, doctora Claudia Sheinbaum Pardo, a los familiares de la diputada Pinete Vargas.
Finalmente, la Presidencia invita a la Asamblea guardar un minuto de silencio y uno de aplausos en memoria de la diputada María del Carmen Pinete Vargas.
(Se concede un minuto de silencio).
(Se otorga un minuto de aplausos).
Intervención desde la tribuna en lengua indígena.
En el marco de la promoción y desarrollo de las lenguas indígenas, se concede el uso de la Tribuna, a la ciudadana Andrea Hernández Salinas, hablante de lengua náhuatl.
Desde su curul, interviene la diputada María Magdalena Rosales Cruz, de Morena, para realizar comentarios relativos al asalto a la Embajada de México en Ecuador, ocurrido hace un año.
Lectura y aprobación de las actas de las sesiones anteriores.
La Presidencia, de conformidad a lo establecido en el artículo noventa y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea, si se dispensa la lectura de las actas correspondientes a las sesiones matutina y vespertina del miércoles dos de abril del año en curso, toda vez que se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria. En votación económica, se dispensa su lectura.
Desde su curul, interviene el diputado Luis Armando Díaz, del Partido del Trabajo, para hacer comentarios con relación a su solicitud de conmemorar los doscientos noventa y cinco años de la fundación de la ciudad de San José del Cabo, Baja California Sur y los cuarenta y cinco años de la constitución del municipio de Los Cabos, por el Congreso del estado de Baja California Sur. La Presidencia realiza aclaraciones.
No habiendo oradores registrados, en votación económica, se aprueban las actas de las sesiones anteriores.
Toma de protesta de legisladora.
La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del Salón de Sesiones, la ciudadana Denisse Guzmán González, diputada federal electa en el Primer Distrito Electoral del Estado de Veracruz, designa una comisión de cortesía para que la acompañe en su ingreso al interior de este Recinto Legislativo, acto seguido, rinde protesta de ley y entra en funciones.
Comunicaciones.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De las diputadas y el diputado, por las que solicitan el retiro de iniciativas con proyecto de decreto y de proposición con punto de acuerdo, las cuales se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria, a saber:
• Carmen Rocío González Alonso, del Partido Acción Nacional, por el que se reforma el artículo siete de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable;
• Mario Alberto López Hernández, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo cincuenta y cinco de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; y
• Paulina Rubio Fernández, del Partido Acción Nacional, por el que esta Soberanía condena el uso de imágenes del crimen organizado con fines de distinción, en eventos lúdicos en recintos públicos, como el ocurrido en el concierto Los Señores del Corrido, celebrado en el Auditorio Telmex de Guadalajara, Jalisco.
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
b) De la Secretaría de Gobernación, por la que remite el Informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México, correspondiente al cuarto trimestre de dos mil veinticuatro. Se turna a las comisiones de Economía, Comercio y Competitividad, y de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.
c) Del Congreso del Estado de Chihuahua, por la que remite iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental materna. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
d) De la Cámara de Senadores, por las que remite las siguientes iniciativas con proyecto de decreto:
• Por el que se reforma el párrafo primero del artículo dos de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada por el senador Mario Humberto Vázquez Robles del Campo, del Partido Acción Nacional; y
• Por el que se adiciona la fracción nueve al artículo ciento cincuenta y uno de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora Cynthia Iliana López Castro, de Morena.
Se turnan a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Efeméride.
El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz.
La Presidencia concede el uso de la palabra, para referirse al tema, a las diputadas y los diputados: Paola Michell Longoria López, de Movimiento Ciudadano; Mario Calzada Mercado, del Partido Revolucionario Institucional; María Isidra de la Luz Rivas, del Partido del Trabajo; Antonio de Jesús Ramírez Ramos, del Partido Verde Ecologista de México; Paola Milagros Espinosa Sánchez, del Partido Acción Nacional; y Catalina Díaz Vilchis, de Morena.
Turno a comisiones de las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo.
La Presidencia informa a la Asamblea que, en términos de los artículos cien y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo contenidas en el orden del día, serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las trece horas con cincuenta minutos y cita para la próxima que tendrá lugar, el día de mañana miércoles nueve de abril de dos mil veinticinco, a las once horas, en modalidad semipresencial, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas, por medio de la aplicación instalada en los teléfonos móviles y en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Ahora consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Aprobada el acta.
COMUNICACIONES
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Pido a la Secretaría, dar cuenta con la comunicación de Mesa Directiva en relación con modificación de turno de iniciativa.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Poder Legislativo Federal.– Cámara de Diputados.– Mesa Directiva
Honorable Asamblea:
La Presidencia de la Mesa Directiva, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno del siguiente asunto:
• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 31, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 10, primer párrafo, y 18 de la Ley Aduanera (en materia de horarios de atención de las aduanas), presentada por la diputada Rosalinda Savala Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena, el 20 de marzo de 2025.
“Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y Población, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Marina, para opinión.”
Atentamente
Ciudad de México, a 9 de abril de 2025.– Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (rúbrica), presidente.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: De conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifica el trámite de la iniciativa. Actualícense los registros parlamentarios.
Continúe la Secretaría.
INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió del Congreso del Estado de Nuevo León iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
«Congreso de Nuevo León.
Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 96, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXVII Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa de reforma del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Se acompaña a la presente, copia del expediente y dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 69 que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.
Atentamente
Monterrey, Nuevo León, a 26 de marzo de 2025.– Diputada Cecilia Sofía Robledo Suarez (rúbrica), secretaria; diputada Claudia Gabriela Caballero Chávez (rúbrica), secretaria por ministerio de ley.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Deporte, para dictamen.
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS, LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, Y LEY GENERAL DE SALUD
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió del Congreso del Estado de Nuevo León iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos: 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, 162 de la Ley sobre el Contrato de Seguro y 42 y 77 Bis 2 de la Ley General de Salud.
«Congreso de Nuevo León
Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 96, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXVII Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa de reforma las fracciones III y IV; y, se adiciona un segundo párrafo, recorriendo el subsecuente de la fracción IV todos del artículo 27 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, reforma el artículo 162 de la Ley sobre el Contrato de Seguro y reforma al artículo 77 Bis 2 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 42 de la Ley General de Salud.
Se acompaña a la presente, copia del expediente y dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 68 que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.
Atentamente
Monterrey, Nuevo León, a 25 de marzo de 2025.– Diputada Cecilia Sofía Robledo Suarez (rúbrica), secretaria; diputada Claudia Gabriela Caballero Chávez (rúbrica), secretaria por ministerio de ley.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Salud, para dictamen.
LEY SOBRE EL ESCUDO, LABANDERA Y EL HIMNO NACIONALES
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió del Congreso del estado de Tamaulipas iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un numeral 18 a la fracción I, recorriéndose los subsecuentes del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
«Congreso Tamaulipas.
Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.– Presente.
Por este conducto y con fundamento en el artículo 22, numeral l, inciso k), de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, me permito comunicarle que en sesión pública ordinaria del pleno legislativo celebrada en esta propia fecha, se aprobó el punto de acuerdo número 66-99, mediante el cual la Legislatura 66 del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, con pleno respeto a su esfera de competencia, solicita a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para que dé trámite a la iniciativa con proyecto de decreto, mediante el cual se reforma la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para instituir el 16 de junio de cada año, como fecha cívica nacional por conmemorarse el Aniversario de la Batalla de Santa Gertrudis, y en reconocimiento de la heroica Ciudad de Camargo, por su contribución a la soberanía nacional.
Al respecto, se anexa copia del punto de acuerdo de referencia, iniciativa y dictamen, para los efectos correspondientes.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración atenta y distinguida.
Atentamente
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 3 de abril de 2025.– Diputada Cynthia Lizabeth Jaime Castillo (rúbrica), presidenta de la Mesa Directiva.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
INICIATIVAS DE LOS SENADORES LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado presentada por senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, las senadoras y los senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Karla Guadalupe Toledo Zamora, Ángel García Yáñez, Paloma Sánchez Ramos, Néstor Camarilla Medina, Mely Romero Celis, Miguel Ángel Riquelme Salís y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo 1; 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Ciudad de México, a 2 de abril de 2025.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica) secretaria.»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: El siguiente punto del orden del día es el capítulo de iniciativas. Tiene la palabra la diputada Rosa Irene Urbina Castañeda, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 96 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en materia de encendedores desechables y su repercusión en el medio ambiente.
La diputada Rosa Irene Urbina Castañeda:Con su venia, diputado presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.
La diputada Rosa Irene Urbina Castañeda: Compañeras y compañeros legisladores, subo a esta tribuna con un firme compromiso, contribuir a un México más limpio, más sustentable y más justo.
Hoy, presento a esta iniciativa que busca adicionar el artículo 96 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en materia de encendedores de-sechables y su repercusión en el medio ambiente. Durante el año 2024 Chiapas, entidad que represento, registró 451 incendios forestales que devastaron aproximadamente 185 mil 222 hectáreas, posicionando a la entidad en el segundo lugar nacional por superficie afectada.
El problema no es privativo de mi tierra, está presente en todo el país y demanda acciones contundentes. En lo que va del año 2025 se han registrado 2 mil 97 incendios forestales que han afectado en solo 3 meses 132 mil 762 hectáreas.
Un factor que potencia la probabilidad de un incendio es la presencia de residuos altamente inflamables y contaminantes, como es el caso de los encendedores desechables. Cada año se desechan más de 1.5 billones de encendedores, a nivel mundial. La mayoría fabricados con plásticos no reciclables y cargados con gas isobutano.
Los encendedores de gas desechables pueden y deben ser clasificados como residuos peligrosos. Esta clasificación no es arbitraria, sino que se sustenta en el cumplimiento de al menos tres características:
1.Explosividad por su potencial de combustión espontánea y riesgo de detonación.
2. Inflamabilidad por la presencia de isobutano, con puntos de ignición muy bajo y,
3. Toxicidad ambiental, debido a los metales pesados y gases que se liberan durante su degradación.
Esta iniciativa se basa en tres principios:
1. El fortalecimiento del principio de responsabilidad compartida, pero diferenciada. Esto implica que todos los actores, productores, importadores, distribuidores, comerciantes y también los gobiernos y la sociedad civil. Por supuesto, y de manera más importante, los consumidores.
Todos tenemos que participar de manera proporcional a su impacto en la generación y manejo de los residuos. No se trata de repartir culpas sino de asumir compromisos reales.
La transición hacia una economía circular es el punto número 2. Debemos abandonar el arcaico modelo lineal de extraer, producir, consumir, desechar. Y avanzar hacia uno que priorice la reducción, la reutilización, el reciclaje y valorización de los residuos.
La iniciativa promueve el ecodiseño, incentiva la producción limpia y establece condiciones para la generación de empleos verdes a partir del reciclaje y el aprovechamiento de materiales.
3. La gobernanza ambiental efectiva. Esta iniciativa propone mecanismos claros para fortalecer la combinación entre los tres órdenes de gobierno. Mejorar las capacidades institucionales y garantizar la transparencia y rendición de cuentas en la operación de los sistemas de gestión de residuos.
Se otorga un papel más activo a los municipios, quienes en muchos casos enfrentan esta problemática con recursos y facultades limitadas.
Esta iniciativa retoma las directrices que nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum, ha delineado y ha mostrado con mucha claridad en proyectos como el Centro de Reciclaje y Economía Circular en el estado de Hidalgo.
Precisamente en línea con la visión de nuestra presidenta, la iniciativa plantea nuevas definiciones y clasificaciones que reflejan los avances técnicos y las necesidades contemporáneas.
Se actualizan conceptos como residuos de manejo especial, valorización energética, reciclaje mecánico y químico. Igualmente, retoma una dimensión política, un valor que no podemos ignorar, la justicia ambiental.
También es importante destacar que esta iniciativa no parte de cero, retoma los compromisos internacionales asumidos por México en el marco del Acuerdo de París, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Compañeras y compañeros, esta propuesta es una oportunidad para que esta legislatura deje un legado que impacte positivamente en la vida de millones de mexicanas y mexicanos y que muestre que este Congreso no es indiferente al deterioro ambiental ni a la urgencia...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Rosa Irene Urbina Castañeda: Concluyo, presidente. De un nuevo modelo de desarrollo. México necesita avanzar hacia un esquema en el que la basura deje de ser un problema, para convertirse en una fuente de valor, empleo e innovación, para lograrlo necesitamos actualizar nuestras leyes, fortalecer nuestras instituciones y comprometernos, desde todos los frentes, con una verdadera transformación ambiental.
Recordemos que el bienestar y salud del pueblo de México no son metas opuestas, sino objetivos inseparables. Por todo ello y en nombre de las y los ciudadanos...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Rosa Irene Urbina Castañeda:...que exigen soluciones, que reclaman aire limpio, agua segura y entornos dignos, someto a consideración de esta soberanía esta iniciativa de reforma a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Con responsabilidad, compromiso y visión de futuro, avancemos juntos hacia la transformación de un México más sustentable. Es cuanto, diputado presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Continuamos. Tiene la palabra el diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
El diputado Yerico Abramo Masso:Muchas gracias, con su permiso, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores. Hoy, vengo a esta tribuna a presentar esta quinta iniciativa que cierra un capítulo de cuatro, y que junto con esta serán cinco iniciativas para rediseñar la Ley de Seguros y Fianzas en nuestro país.
Hoy, hay más de 22 millones de familias en nuestro país que tienen un seguro de gastos médicos mayores y que estos seguros en los últimos 15 años han venido generando incrementos a las pólizas anuales que van desde un 25 hasta un 98 por ciento año con año, sin tener la capacidad de demostrar la siniestralidad del costo de la póliza.
En México hay 14.5 millones de pólizas de seguros colectivas e individuales. Los seguros en nuestro país venden un billón de pesos al año y pagan cerca de 600 mil millones de pesos cada año, es un buen negocio y nosotros no queremos romper el negocio de los seguros, queremos que sea un negocio que crezca, que genere oportunidades, empleo, desarrollo y estabilidad económica y social, pero lo que sí queremos es que los seguros de gastos médicos mayores sean más transparentes, menos opacos y tengan en su agenda poner como prioridad número uno a los seres humanos.
En los últimos 15 años, las personas que tienen un seguro de gastos médicos mayores se encuentran en el último lugar de la fila. Realizamos ya un foro donde participaron diputadas y diputados del grupo parlamentario de Morena, haciendo propuestas muy claras, participaron diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, del Partido Movimiento Ciudadano y un servidor del Grupo Parlamentario del PRI.
De este foro salieron importantes resultados. Nos dimos cuenta que los hospitales privados y los aseguradores no se comunican muchas veces. Que tanto el hospital privado hace un esfuerzo de inversión para poder tener una dignificación del servicio de salud, pero que la aseguradora le pide descuentos importantes para poder mandarle su clientela, pero eso no se lo transparentan al usuario y el usuario año con año tiene que pagar pólizas 30, 40, 70, 80 o 90 por ciento más caras.
Hoy, en México, de los 14 millones de pólizas de seguros de gastos médicos, 1 millón son de personas arriba de los 60 años. Y durante más de 35 años estas personas han pagado ininterrumpidamente su póliza de seguro de gastos médicos mayores. ¿Y qué pasa cuando se hacen grandes? Ya no hay los mismos ingresos, ya no hay el mismo trabajo, la pensión no alcanza, se tienen que deshacer de sus bienes y terminan abandonado el pago y quedándose a la deriva sin su protección que durante 35 años pagó.
Por eso propongo que haya una portabilidad del seguro de gastos médicos, propongo que haya una transparencia en las letras chiquitas, estoy proponiendo también que los seguros de gastos médicos no tengan incrementos después de los 60 años mayores a la inflación más hasta 5 puntos y no del 80, como hoy, y que también haya un sistema de amortización para que desde que eres joven y contratas tu seguro esté previsto que vas a envejecer para que cuando venga la edad, que no tengas los ingresos suficientes, puedas tener la garantía de que tu seguro no lo vas a perder.
Esto no rompe el mercado, esto garantiza transparencia para que desde que contrates una póliza de gastos médicos mayores tengas la paz de que tu familia y tú van a estar protegidos en base a los esquemas de pago que tú contrataste en un sistema transparente y puntual.
Los hospitales privados tendrán que publicar su lista de precios, que hoy no publican y que la Ley de Economía los obliga a hacerlo, pero no lo hacen.
El artículo 230 del Código Penal Federal obligará a que ninguna persona deberá quedarse en garantía por falta de algún compromiso de pago.
Hoy, vayan a cualquier hospital privado, si das el seguro de gastos médicos, firmas un pagaré o das tu tarjeta, incluso con el alta del doctor, no te dejan salir hasta que el seguro hable y diga que te puedes ir. Eso está en contra de los derechos de las personas.
Y esta iniciativa que también propongo y complemento, y cierra la pinza hoy, busca quitar el 16 por ciento del IVA a toda aquella persona que cumpliendo sus 60 años y pague su seguro de gastos médicos mayores, quede exenta del pago sobre su póliza. Esto con la finalidad de estabilizar el mercado, garantizar propuestas de crecimiento y ponerle un alto hoy por hoy a la opacidad con la que se maneje el sistema de salud privado en nuestro país.
Garantías y transparencia, todas y todos los diputados de todos los partidos podemos hacerlo juntos. Agradezco a todas y todos los coordinadores de los grupos parlamentarios que han participado, al coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, al doctor Ricardo Monreal, al licenciado Carlos Puente, al licenciado Rubén Moreira Valdez, al diputado Lixa, que ha estado muy atento al esquema de seguros, y a todos, al diputado Döring, los que han construido mejor legislación.
Estamos listos para que estas cinco iniciativas lleguen a buen puerto, sin ideologías, buscando estabilizar el mercado y haciendo que la gente, por lo que pague, tenga la justicia que merece.
Muchas gracias, Compañeras y compañeros legisladores. Vamos por un mejor sistema de seguro de gastos médicos para México y un mejor sistema de hospitales privados. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado federal de la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XVII al artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa Organización Mundial de la Salud señala que todos los países se enfrentan a retos importantes para garantizar que sus sistemas de salud y de asistencia social estén preparados para afrontar ese cambio demográfico. Asimismo, destaca las siguientes cifras: en 2050, el 80 por ciento de las personas mayores vivirá en países de ingresos bajos y medianos; el ritmo de envejecimiento de la población es mucho más rápido que en el pasado; en 2020, el número de personas de 60 años o más superó al de niños menores de cinco años y Entre 2015 y 2050, el porcentaje de los habitantes del planeta mayores de 60 años casi se duplicará, pasando del 12 por ciento al 22 por ciento.
Hoy en día la condición de vida de las personas adultas mayores se torna difícil debido a pérdida de oportunidades de trabajo y actividad social, así como la exclusión y el rechazo social. Esto, las actitudes negativas y la discriminación contra las personas mayores, afectan enormemente su salud.
El maltrato es un problema social mundial que afecta la salud y los derechos humanos de millones de personas mayores en todo el mundo y es un tema que merece la atención de la comunidad internacional, sobre todo porque en 2025 la población mundial de las personas de 60 años o más será el doble; que, en 1995, de 542 millones, a cerca de 1.200 millones, de acuerdo con la ONU.
Asimismo, se prevé que los malos tratos aumentarán dado que en muchos países el envejecimiento de la población es rápido. De acuerdo con el comunicado de prensa No. 568/22 del 30 de septiembre de 2022 del Inegi, para el segundo trimestre de 2022 se estimó que en México residían 17,958,707 personas de 60 años y más (adultas mayores). Lo anterior representa 14 por ciento de la población total del país. La mayoría de las personas ocupadas de 60 años y más laboran por cuenta propia (49 por ciento), le siguen las y los trabajadores subordinados y remunerados (38 por ciento). El 70 por ciento de las personas adultas mayores ocupadas trabaja de manera informal.
Con el aumento del número de adultos mayores, se incrementa sus necesidades en todos los ámbitos de sus vidas, particularmente en salud por la pérdida de sus capacidades funcionales, emocionales y cognoscitivas propias del envejecimiento y que afectan su economía en lo individual y el entorno, familiar.
La Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, AMIS, los seguros juegan un papel muy relevante y complementario a la seguridad social, facilitan a las familias mexicanas el financiamiento para tener acceso a los servicios privados de salud. El número de asegurados de Gastos Médicos creció 56 por ciento en la última década al pasar de 8.38 millones en 2013 a 13 millones en 2023.
De acuerdo con Banco Santander La prima de un seguro es el precio del seguro. El tomador del seguro (también llamado asegurado) está obligado al pago de la prima de acuerdo con las condiciones estipuladas en la póliza de seguro. Asimismo, la compañía aseguradora, mediante el cobro de la misma, se obliga a indemnizar o satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas en el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.
La prima del seguro se establece, entre otros factores, en función del tipo de riesgo asegurado, de las coberturas contratadas en la póliza, de la duración del contrato o los capitales asegurados.
Por su parte, AMIS señala que los elementos que inciden en la determinación del costo de las primas de un seguro de gastos médicos son multifactoriales, por una parte, debe considerarse la siniestralidad experimentada por la propia mutualidad (el monto pagado por los gastos médicos que fueron requeridos), esto es consecuencia directa de la frecuencia y la severidad de los diferentes tipos de padecimientos reclamados, incluyendo enfermedades crónico-degenerativas o catastróficas, considerando también las características de edad y sexo de la mutualidad asegurada, y por otra parte, analizando el comportamiento de los incrementos en los costos de los servicios privados de salud (es decir, de la inflación médica privada).
Aunado a lo anterior AMIS destaca que estudios de firmas independientes, como AON y WTW, estiman que la inflación médica se encuentra entre un 14.5 por ciento y 14.9 por ciento para 2025. La Procuraduría Federal del Consumidor estima que entre 2020 y 2021 se observó un incremento en los costos de hospitales privados y proveedores de servicios hospitalarios, que osciló entre el 15 por ciento y 20 por ciento, cuando la inflación anual en ese periodo se ubicó entre 2.83 por ciento y 5.59 por ciento.
El incremento en los costos de los servicios privados de salud ha provocado que el gasto de bolsillo en México se sitúe por arriba del promedio de América Latina (34 por ciento) y de la OCDE (21 por ciento), pues la SHCP estimó que en 2020 se disparó a niveles de 49.4 por ciento, y bajó a niveles de 41.4 por ciento en 2022.
El costo del seguro se determina con base en diferentes factores algunos vinculados al asegurado y otros externos como:
1) Incremento del costo de los servicios médicos y de salud privados, provocados por:
a) La Inflación médica que registra una tendencia de incremento constante en los últimos años provocada por el aumento en los costos de insumos médicos, medicamentos y tecnologías médicas avanzadas. Según estudios de AON1 y WTW2, para el 2025 se estima un incremento en los costos de los servicios médicos privados entre un 14.5 por ciento y 14.9 por ciento, lo cual contrasta con el Índice Anual de Precios en Servicios de Salud publicado por INEGI, el cual fue de 4.21 por ciento al cierre de diciembre de 2024.
b) El tipo de tratamiento hospitalario dependiendo la especialidad, cuyos costos presentan variaciones importantes dependiendo del prestador de servicios.
c) Falta de transparencia en los costos hospitalarios, incluidos los medicamentos, procedimientos y servicios que reciben los pacientes durante su estancia en el hospital, así como la atención de múltiples médicos especialistas a pesar de que el padecimiento no lo requiera.
d) Ausencia de Protocolos Médicos que garanticen que se brinda la atención médica necesaria con base en el perfil médico del paciente y el desarrollo de la enfermedad diagnosticada.
e) El desarrollo de la tecnología aplicada a la salud, que permite el empleo de nuevas técnicas, instrumentos y medicamentos para la atención de enfermedades.
f) Incremento en el uso de medios de diagnóstico, derivado del desarrollo tecnológico y como forma para reducir responsabilidad civil en la que pueden incurrir los médicos y hospitales, es decir, se realizan más estudios y análisis de los convencionales, para emitir un diagnóstico.
g) El tipo de cambio, cuando se trata de medicamentos, equipo o insumos cuyo costo se comercializa en moneda extranjera.
2) Aumento de la edad del asegurado, a mayor edad hay un aumento inherente en el riesgo de morbilidad, así como enfermedades crónico-degenerativas.
En el caso de los adultos mayores, son propensos a enfrentar más riesgos a la salud, inherentes a padecimientos relacionados con la edad, lo cual se traduce en una mayor siniestralidad en los SGM.
La estadística señala las personas adultas mayores a 60 años usan con mayor frecuencia el seguro en una proporción de casi 3 veces a 1 con respecto al resto de la población asegurada, es decir, solo 1 de cada 10 personas menores de 60 años utiliza un seguro, para las edades mayores a 60 es de 3 personas por cada 10 aproximadamente.
En la mutualidad actual, las personas mayores de 60 años representan el 16 por ciento de la población asegurada y en 2023 generaron el 44 por ciento del gasto en siniestralidad de pólizas de Gastos Médicos Individual.
El 40 por ciento de la población, que acude a servicios privados de salud, se enfrentan a situaciones que vulneran sus derechos, como por ejemplo los altos costos de los servicios, así lo demuestra el gasto de bolsillo que ha llegado a ser hasta de 49.4 por ciento6 del gasto total en salud, y que es uno de los más altos de los países de la OCDE que en promedio es del 20 por ciento7. El gasto de bolsillo es importante porque es el monto que las familias destinan para acceder a servicios de salud no cubiertos por el seguro público o privado.
Finalmente, la AMIS sostiene que: las compañías de seguros, son instituciones financieras que de conformidad con el Artículo 2010 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), tratándose de los ramos de Gastos Médicos y de Salud, si bien no son garantes del derecho constitucional a la salud establecido en el art. 4, sí facilitan el acceso a los servicios privados de salud de sus asegurados, es decir, funcionan como alternativa de financiamiento opcional y complementaria, orientadas a apoyar la sostenibilidad de los sistemas de salud. En este sentido, el seguro de gastos médicos es fundamental para garantizar la viabilidad financiera de los servicios de salud tanto públicos como privados. Contribuye a una atención de salud más rápida y especializada lo cual es esencial cuando el sistema de salud público está saturado.
Considerando que la política fiscal en México no sólo se enfoca en recaudar ingresos, sino también en alcanzar fines extrafiscales: objetivos sociales, económicos y de desarrollo que trascienden el interés recaudatorio y buscan impactar positivamente en sectores vulnerable específicos como es el caso de los adultos mayores de nuestro país.
Los fines extrafiscales son aquellos que se estructuran para atender necesidades de política pública y promover ciertos valores y derechos sociales, como la equidad y la justicia social en zonas marginadas o en desventaja económica.
Es por ello que proponemos la adición de una fracción XVII al artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para exentar del pago del IVA a los seguros de gastos médico de los adultos mayores de 60 años.
Para una mejor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo.
Ley del Impuesto al Valor Agregado
En atención a lo anteriormente expuesto y con el fin de apoyar la economía del amplio sector que representan los adultos mayores, acudo a esta tribuna para someter a la consideración de este pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción XVII al artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Artículo Único. Se adiciona una fracción XVII al artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:
Artículo 15. No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
I. a XVI. ...
XVII. El costo de la prima de los seguros de gastos médicos mayores que cubran a personas mayores de 60 años de edad.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/ageing-and-health
2 https://edomex.gob.mx/adulto_mayor#:~: text=El%2028%20de%20 agosto%20se,vulnerabilidad%20f%C3%ADsica%2C%20social%20y%20econ%C3%B3mica.
3 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/ EAP_ADULMAY2022.pdf
4 https://www.bancosantander.es/glosario/prima-seguro
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2025.– Diputados y diputadas: Yerico Abramo Masso, Arturo Olivares Cerda, Blanca Leticia Gutiérrez Garza, César Israel Damián Retes, Erubiel Lorenzo Alonso Que, Federico Döring Casar, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Jesús Roberto Corral Ordóñez, José Luis Cruz Lucatero, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Luis Agustín Rodríguez Torres, Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, María Angélica Granados Trespalacios, Mario Calzada Mercado, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Nancy Aracely Olguín Díaz, Noel Chávez Velázquez, Ricardo Crespo Arroyo, Verónica Martínez García (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Diputado Corral, con qué objeto.
El diputado Jesús Roberto Corral Ordóñez ( desde la curul): Sí. Para solicitarle al diputado Abramo que si nos podemos adherir a su iniciativa.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Diputado Abramo, ¿acepta que se adhieran a su iniciativa el diputado Corral y cualquier otro que lo solicite?
El diputado Yerico Abramo Masso: Claro. Claro. Es un honor, es un honor, presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante. Se está disponible en Secretaría, se está disponible en Secretaría. Diputado Döring, ¿era para el mismo efecto?
El diputado Federico Döring Casar (desde la curul): Sí. Aunque me causa incertidumbre coincidir con el diputado Corral, pero la iniciativa lo vale.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante para todos los que quieran suscribir la iniciativa.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de determinar en la legislación el término “extensionismo” como práctica institucional de apoyo público permanente a los productores del sector rural, e impulsar así procesos de desarrollo social sostenible.
El diputado Jesús Fernando García Hernández:Ánimo. Ánimo. Ánimo. Desde Navolato vengo. Con el permiso del pueblo de México, con el permiso de la Mesa Directiva, presidente.
Hoy, nos toca hablar sobre la reforma al artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de determinar en la legislación el término “extensionismo” como práctica institucional de apoyo público permanente a los productores del sector rural, e impulsar así procesos de desarrollo social sostenible.
¿De qué se trata esta iniciativa? Anteriormente había la atención a los campesinos, a los ejidatarios, de un ingeniero extensionista. Un ingeniero que estaba muy de cerca en el surco, en la parcela, diciéndole y orientando al campesino de lo que podía sembrar, de lo que podía aplicarle a esa siembra en la cuestión de insumos, ya sea insecticidas, fertilizantes, etcétera, etcétera, para una mejor cosecha, para una mejor producción del campesino.
Se retiró al ingeniero extensionista y ahora el campesino, ahora el ejidatario está en manos de los pulpos comerciales, de las grandes transnacionales, que ellos mismos le ponen un ingeniero de su empresa con el campesino, pero no lo que el campesino quiera sembrar, lo que al empresario le conviene que el campesino siembre.
Más, aparte de que siembra la semilla, que es transnacional también, sí, todavía esa empresa, con el ingeniero que le pone ahí cerquita, le dice qué fertilizante, qué insecticida o qué fungicida y qué producto es el que tiene que aplicarle.
Entonces, pues, quien sale perdiendo, quien sale pagando todo lo que el ingeniero de esas empresas le dice al ejidatario, se lo da a un alto costo y ese ejidatario, ese campesino le tiene que pagar a esas empresas todo lo que le está aplicando en productos a su parcela. Que esto, pues, viene a deteriorar completamente las ganancias que el campesino y el ejidatario tienen.
Hoy tenemos la gran oportunidad de que el ingeniero extensionista que ya existe, sea nada más de manera administrativa y quede incluido en la ley, en este artículo cómo ya hay obligación de que el extensionismo estaría ahí, el ingeniero extensionista estaría explicándole a cada campesino, a su beneficio, qué es lo que tiene y qué es lo que debe aplicar, y que no las grandes empresas le digan, por conveniencia, por quitarle las utilidades al campesino, qué es lo que tiene que sembrar.
Respecto a ello, este organismo cita en esta iniciativa que en los países en desarrollo la innovación puede abordar la mayoría de los desafíos relacionados con la agricultura y la ordenación de los recursos naturales, que este, pues, en equilibrio la naturaleza con lo que se esté aplicando.
No obstante, manifiesta que muchos países en desarrollo no tienen recursos suficientes para desarrollar adecuadamente su capacidad e innovación. Agrega que las actividades de las instituciones de investigación agrícola suelen verse afectadas por la escasez de inversiones y la deficiente gestión financiera, tanto como por las limitaciones de las estrategias de transferencias en cuestión de tecnología se refiera.
En el caso de la nación, el neoliberalismo destruyó aquellos mecanismos que resultaban fundamentalmente para el desarrollo del agro y en deterioro del propio agricultor o del propio campesino. Estas políticas de este tipo condenaron al abandono a comuneros, ejidatarios y pequeños propietarios, lo cual resultó desastroso, no únicamente para los campesinos, sino también para el resto de nuestro país. Dado que nuestra nación importa casi la mitad de los alimentos que consume, así como la mayor parte de los insumos, maquinaria, equipo, combustibles, etcétera, etcétera.
Pues, les pedimos compañeros que voten, que se saquen un 10, compañeros diputados, compañeras diputadas, en esta iniciativa en beneficio de todos los ejidatarios, campesinos y pequeños comuneros de nuestro país.
Que sea el extensionismo, que sea la sabiduría, que sea esa orientación que le tienen que dar al campesino por obligación, por ley y no por los empresarios que le quitan ese beneficio como zánganos del campo, como zánganos del ejidatario.
Viva, pues, la democracia. Viva, pues, el campesinado. Viva, pues, el campo. Sáquense un diez. Todo el poder al pueblo. Ánimo.
«Iniciativa que reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de determinar en la legislación el término “extensionismo” como práctica institucional de apoyo público permanente a los productores del sector rural e impulsar así procesos de desarrollo social sostenible, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito de determinar en la legislación el término extensionismo, como práctica institucional de apoyo público permanente a los productores del sector rural e impulsar así procesos de desarrollo social sostenible, con base en la siguiente
Exposición de MotivosLa Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura ha precisado que “los sistemas de investigación y extensión agrícolas son fundamentales para liberar el potencial de la innovación agrícola y lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible”, donde los servicios en esta materia “son esenciales para aumentar la productividad y el desarrollo de la cadena de valor agropecuario y para promover el crecimiento agropecuario sostenible y aliviar la pobreza”.
Respecto a ello, el organismo cita que “en los países en desarrollo, la innovación puede abordar la mayoría de los desafíos relacionados con la agricultura y la ordenación de los recursos naturales”. No obstante, manifiesta que “muchos países en desarrollo no tienen recursos suficientes para desarrollar adecuadamente su capacidad de innovación”.
Agrega que “las actividades de las instituciones de investigación agrícola suelen verse afectadas por la escasez de inversiones y la deficiente gestión financiera”, tanto “como por las limitaciones de las estrategias de transferencia de tecnología”.
El organismo ha dicho que trabaja “para desarrollar un entorno propicio y mejorar las instituciones nacionales de investigación agrícola y los servicios rurales de extensión, propiciando asesoramiento sobre políticas y asistencia técnica a los países miembros, mediante la promoción de estudios, diálogo sobre políticas, redes y asociaciones a todos los niveles, así como apoyando el desarrollo de capacidades para las instituciones rurales de conocimiento”.
En el caso de la nación, el neoliberalismo destruyó aquellos mecanismos que resultaban fundamentales para el desarrollo agrario. Las políticas de este tipo condenaron al abandono a comuneros, ejidatarios y pequeños propietarios; lo cual resultó desastroso no únicamente para los campesinos sino también para el resto del país, dado que nuestra nación importa “casi la mitad de los alimentos que consume”, así como “la mayor parte de los insumos, maquinaria, equipo y combustibles para la agricultura”.
De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo de la anterior gestión en la administración pública federal, se definió como objetivo sectorial “alcanzar la autosuficiencia alimentaria y rescatar al campo”. La medida tuvo como propósito “romper el círculo vicioso entre la postración del campo y la dependencia alimentaria”.
Lo anterior, a partir de la instrumentación de estrategias y acciones como la promoción de tareas de investigación científica y desarrollo tecnológico, industrialización y comercialización dentro y fuera del país; creación de micro, pequeñas y medianas empresas asociadas a la comercialización de productos; elevación de la productividad del campo y establecimiento de precios de garantía para alimentos básicos y otros productos en beneficio de pequeños productores.
En atención a la primera de las estrategias y acciones enunciadas, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural ha reconocido que “el extensionismo es un proceso de asistencia técnica y asesoramiento para productores que se dedican, fundamentalmente, a las actividades agropecuarias y pesqueras”, el cual “permite que desarrollen mejores capacidades para que incrementen su producción y tengan mejores ingresos”.
Ha precisado asimismo que “ofrecer servicios de extensionismo y acompañamiento técnico a los pequeños productores permitirá mejorar su productividad”, dado que a través de esta acción se les lleva el conocimiento “y los exhorta a adoptar nuevas y mejores formas para trabajar en sus cultivos y ganados”.
La dependencia ha admitido que el acompañamiento técnico “es un proceso que consiste en que el pequeño productor reciba asesoramiento”, a partir de un diagnóstico específico de la tierra de éste en cuanto a sistemas de producción sustentable, agricultura de conservación, fertilización integral, variedades de semillas, técnicas de postcosecha y diversificación, así como de acceso a nuevos mercados.
En tanto y de acuerdo con el artículo titulado “Los procesos de extensión rural en México”, publicado en 2014, se puntualiza que “el crecimiento económico sostenido y la construcción de bienestar social se fundamentan, entre otros aspectos, en la capacidad para introducir innovaciones sociales, institucionales y culturales, así como en la base productiva y el tejido empresarial de un territorio”.
Explica el artículo que “uno de los componentes o estructuras del sistema de extensión rural es el componente demostrativo de la extensión”, en el cual se exhiben tecnologías, se generan demandas y se validan soluciones tecnológicas; dado que es un modelo que “introduce un elemento técnico y de control riguroso que garantice el resultado de las tecnologías en los procesos productivos al ser adoptadas”.
Ampliamente sustentado, el documento expone que “la generación de la riqueza en el sector agropecuario nacional enfrenta tres grandes desafíos”. A saber: mejora en su competitividad y productividad, reducción de la pobreza y un aumento en la sostenibilidad de los recursos naturales.
Dada su complejidad, estos desafíos “son objeto de atención pública a través de diversos mecanismos de soporte basados en conocimientos y en la transferencia de éstos a los productores del medio rural”; los cuales son denominados genéricamente como extensionismo.
El extensionismo rural, concebido de maneras diferentes “ha evolucionado desde una visión asistencial externa hasta una lógica de autogestión” y ha tenido en México una evolución divergente, dado que “ha pretendido resolver diferentes problemáticas desde diferentes perspectivas”; en cuyo proceso se ha perdido el papel que juegan los receptores de los servicios de extensión, al dar por hecho que “estos son simples depositarios de tecnología, ignorándose así “la capacidad de descubrir y desarrollar conocimientos y habilidades para mejorar su desempeño actual y nivel de vida”.
Ilustrativo, el documento ya precisaba sin embargo que “el extensionismo en México no ha desarrollado su función de detonar procesos sociales sostenibles basados en el conocimiento y la innovación”, al advertir que esta práctica “muestra discontinuidad en su operación y un propósito centrado en la búsqueda de la productividad, y no en la mejora en la calidad de vida de la población rural ni en la sustentabilidad de los sistemas de producción”.
La aplicación de un “enfoque lineal predominante de los servicios de extensión en México”, cuya característica ha sido la transferencia de mensajes tecnológicos estandarizados a los productores” y dado que se consolidó un modelo económico y social que estuvo orientado a facilitar “la inserción de los países en la economía global”, derivó en una crisis a inicios de los años ochenta.
Ocurre así que “el extensionismo no ha adoptado una comunicación viva entre emisor y receptor”, donde “la orientación, mala implementación e interpretación de modelos de extensión” ha llevado a la eliminación de “elementos de comunicación esenciales en la transferencia de conocimiento, ignorando las necesidades reales de los agricultores”.
Se infiere por tanto que “la extensión rural en México se ha confundido con procesos de capacitación y asistencia técnica”, que han constituido “esfuerzos dispersos y desarticulados”; bajo una operación donde los propósitos han tenido como meta la productividad y han visto al productor como un factor que adopta la tecnología a través de un enfoque lineal.
Sentido contrario este al propósito del extensionismo, que consiste en mejorar de forma sustentable la calidad de vida de la población rural; que por este hecho requiere precisamente de la participación integrada de todos y cada uno de los diferentes actores, a partir de que se reconozcan en primer término las necesidades de la propia población y de sus sistemas de producción.
Abunda el artículo que “la difusión de las opciones tecnológicas generadas en el sistema de extensión mexicano ha sido de los aspectos menos desarrollados”, debido a que “el componente demostrativo se ha concebido como una parte aislada del sistema”, toda vez que “no se ha precisado su carácter de vínculo entre la investigación, su papel de difusor y la producción”.
El panorama expuesto refleja que en México se aplica el extensionismo a partir de un modelo lineal y jerárquico, donde sucede la difusión predefinida de conocimientos. Así, sin considerarse la racionalidad de los productores, estos se vuelven receptores pasivos de las tecnologías a aplicar para el desarrollo del sector rural.
La Sader ha publicado que, a través del componente de desarrollo de capacidades, extensión y asesoría rural se promueve la operatividad de los extensionistas, con la aplicación de los servicios “de desarrollo de capacidades en planeación estratégica para la definición de proyectos de desarrollo territorial”, así como “de desarrollo de capacidades para la formulación de proyectos de inversión para crear empresas o para mejorar la producción primaria y asesoría para su gestión financiera”; además de “extensionismo para el establecimiento y operación de los proyectos de inversión”, incluidos los de “extensionismo en el territorio de un CADER”; aparte de los consistentes en “asesoría o desarrollo de capacidades para necesidades específicas” y los de “operación del servicio nacional de capacitación y asistencia técnica rural integral”.
Sin embargo, la disposición relativa al término extensionismo no está contenida expresamente en la legislación como facultad a cargo de la dependencia.
Darle ese carácter desde la propia ley seguramente contribuirá a articular de manera permanente las acciones institucionales en ese sentido.
El extensionismo como precepto legal estaría constituyéndose así en un efectivo “instrumento de política pública”, orientado precisamente a “la consecución de objetivos de interés público utilizado para promover el desarrollo rural”; como un mecanismo que bien podría favorecer regresar a aquellos esquemas de un campo mejor y sumamente productivo.
El panorama que se vive en el sector rural de México demanda que los servicios de extensión se realicen a través de procesos donde se transmitan conocimientos a los productores, de suerte que estos desarrollen habilidades para mejorar sus sistemas productivos, con la aplicación de innovaciones tecnológicas propias a las necesidades que en lo particular se tengan, de conformidad con la vocación productiva y características generales de cada región.
Habría en esto estrategias encaminadas a brindar servicios de asistencia a productores organizados, generándose seguramente aprendizajes colectivos y desarrollo de capacidades para mejorar las condiciones de vida de los habitantes del sector rural; gracias a la aplicación de nuevas tecnologías.
Esto, como una medida que promueva parámetros de medición en cuanto al rendimiento productivo, mejora de la economía y aplicación de tecnología en el sector rural; donde se atiendan otros aspectos fundamentales como la comercialización, la infraestructura y el equipamiento, además del acceso a insumos; entre otros requerimientos de apoyo a los productores, derivados de una asistencia efectiva.
Generar desde luego un círculo virtuoso, donde la aplicación de nuevas tecnologías que atiendan y consideren conocimientos propios del sentido común de los productores, promuevan acciones para procurar elevar la productividad con criterios de sustentabilidad, con mejores productos que por su calidad y rendimiento aumenten los ingresos de los productores.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Único. Se reforma la fracción VIII del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como como sigue:
Artículo 35. ...
I. a VII. ...
VIII. Formular, dirigir y supervisar los programas y actividades relacionados con la asistencia técnica, garantizando el extensionismo como práctica institucional permanente de apoyo a la capacitación de los productores agrícolas, pecuarios, acuícolas y pesqueros.
IX. a XXVI. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Fuentes de consulta
https://www.fao.org/research-and-extension/es/
https://framework-gb.cdn.gob.mx/landing/documentos/PND.pdf
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 2007-09342015000100013
https://www.gob.mx/agricultura/es/articulos/mas-extensionistas-p ara-mejorar-a-mexico?idiom=es
https://www.gob.mx/agricultura/articulos/extensionismo-y-acompan amiento-tecnico-para-pequenos-productores
www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2007-09 34201 9000100063
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2025.– Diputado Jesús Fernando García Hernández (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa, con proyecto de decreto, por el que se adiciona un artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo.
La diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes:Gracias. Con su permiso, presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.
La diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes: Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy hablo por quienes históricamente han sido ignorados y necesitan de toda nuestra atención urgente.
Las personas con discapacidad y sus cuidadoras y cuidadores, quienes día a día enfrentan un sistema que no les brinda condiciones de vida justas ni dignas.
En México, más del 16 por ciento de la población tiene algún tipo de discapacidad. Son millones quienes enfrentan barreras laborales que afectan profundamente su calidad de vida, su estabilidad económica y sus posibilidades de desarrollo pleno.
Actualmente, la Ley Federal del Trabajo no contempla licencias laborales especiales para cuidadoras primarias de personas con discapacidad permanente. Esto tiene consecuencias graves. Las personas cuidadoras, principalmente mujeres, deben abandonar sus empleos para estar al pendiente de una persona con discapacidad que requiere cuidado.
En el mismo sentido, las personas con discapacidad enfrentan enormes dificultades para encontrar y, en su caso, conservar un trabajo digno. Las cifras respecto a la inclusión de personas con discapacidad en el ámbito laboral hablan claro y no son muy alentadoras. El 90 por ciento de las personas con discapacidad no cuentan con espacios e infraestructuras adecuadas en sus empleos, según lo señaló el Índice de Competitividad Internacional elaborado por el Instituto Mexicano para la Competitividad.
El 48 por ciento de las personas con discapacidad viven en pobreza extrema por falta de oportunidades laborales, de acuerdo a datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. El 70 por ciento de las personas cuidadoras son mujeres, quienes sufren una doble carga laboral y emocional y no cuentan con ningún tipo de respaldo institucional, según datos del Inegi.
Lo anterior da cuenta de la necesidad de establecer mecanismos que permitan a las personas con discapacidad mantener sus empleos y a las personas cuidadoras a cargo de alguna persona con discapacidad brindar el apoyo y el cuidado que requieren sus familiares.
Otros países ya han implementado con éxito medidas de este tipo, por ejemplo, Canadá ofrece licencias laborales para cuidar a sus familiares con discapacidad. Suecia otorga subsidios y permisos específicos. España permite reducir la jornada laboral a cuidadores de familiares con discapacidad y Alemania concede licencias de hasta 10 días al año con apoyo económico parcial a personas cuidadoras.
Estas medidas no solo son necesarias y justas, sino que económicamente tienen un impacto positivo, como los que enlisto a continuación. Reducen hasta un 90 por ciento la rotación laboral. Incrementan en un 30 por ciento la productividad, además por cada peso invertido en inclusión laboral se estima que hay un retorno del 150 por ciento de la economía.
Diputadas y diputados, esta iniciativa no solo busca cambiar una ley, busca cambiar vidas, proteger empleos y reconocer el esfuerzo invaluable de quienes cuidan a personas con discapacidad, la mayoría de las veces sin apoyo suficiente por parte del Estado y la sociedad.
La iniciativa que hoy presento ante ustedes tiene por objeto reformar la Ley del Trabajo para que las y los trabajadores que sean cuidadores primarios de personas con discapacidad permanente o en situación de dependencia funcional severa tengan derecho a solicitar licencias laborales especiales con goce de sueldo parcial o total en los términos y condiciones establecidos por la Ley del Seguro Social y la normatividad aplicable.
La licencia a la que hago referencia será otorgada con la finalidad de garantizar la atención médica, rehabilitación, asistencia personal o cualquier otra necesidad que derive de la condición de discapacidad de la persona con discapacidad que requiere de cuidado.
Les invito a apoyar esta iniciativa porque hacerlo es avanzar hacia una sociedad más justa e inclusiva que les garantice a las personas con discapacidad una vida más digna.
Hoy, tenemos la oportunidad de dejar atrás la indiferencia y construir un país más humano y solidario hacia las personas con discapacidad. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona un artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de establecimiento de licencias laborales especiales para personas con discapacidad y sus cuidadores, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosSe estima que en México más de 16 por ciento de la población vive con algún tipo de discapacidad, lo que representa una cifra considerable. Este grupo simbólico de la población, en muchos casos, requiere atención, tratamientos médicos y cuidados continuos que superan las condiciones que se ofrecen a la mayoría de los trabajadores en el marco del régimen laboral tradicional. De acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y la Encuesta Nacional de Discapacidad, la cifra señalada de aproximadamente 16 por ciento subraya la relevancia de establecer políticas públicas y reformas legales que respondan a las necesidades específicas de este sector de la población.
Sin embargo, en el marco legal actual aún existen barreras que impiden la participación plena de las personas con discapacidad en el ámbito laboral y no se les asegura el bienestar de quienes asumen la responsabilidad de ser sus cuidadores, prevaleciendo una limitación a este grupo vulnerable ya que actualmente la legislación laboral vigente en México contempla licencias y permisos generales, pero no reconoce de manera específica el derecho de las personas con discapacidad y de sus cuidadores a acceder a licencias laborales para atender necesidades médicas o administrativas relacionadas con su condición. Esto genera una situación de vulnerabilidad, puesto que tanto el trabajador como su cuidador se ven obligados a elegir entre mantener su empleo o atender urgencias que podrían afectar su salud y bienestar.
Problemática desde la perspectiva de género
En México, la carga de cuidado de las personas con discapacidad recae, en gran medida, sobre las mujeres, lo que refleja y profundiza las desigualdades de género existentes en el ámbito laboral y social. Diversos estudios y organismos internacionales han evidenciado que las mujeres asumen de manera mayoritaria las responsabilidades de cuidado, tanto en el hogar como en el ámbito formal e informal.
Las mujeres, al ser tradicionalmente las principales cuidadoras en los hogares, enfrentan una doble jornada: por un lado, deben cumplir con sus responsabilidades laborales y, por el otro, atender de manera prioritaria las necesidades de cuidado de familiares, especialmente cuando se trata de personas con discapacidad. Esta doble carga limita sus oportunidades de desarrollo profesional y genera una sobrecarga física y emocional.
La ausencia de licencias laborales específicas para atender situaciones médicas o administrativas relacionadas con la discapacidad obliga a las cuidadoras, en su mayoría mujeres, a elegir entre mantener su empleo y atender las necesidades de cuidado. Este sacrificio se traduce en una vulnerabilidad económica, ya que la falta de protección laboral puede generar pérdidas en ingresos y, en algunos casos, la pérdida del empleo, perpetuando un ciclo de dependencia y desigualdad.
Al establecer licencias laborales especiales, se reconoce la importancia del rol de la persona cuidadora y se le otorga el resguardo necesario para que pueda atender las necesidades de salud de la persona con discapacidad sin ver afectada su estabilidad laboral.
Argumentos que sustentan la iniciativa
Esta iniciativa se fundamenta en principios de derechos humanos, equidad laboral, perspectiva de género y protección social, con el objetivo de garantizar la inclusión de las personas con discapacidad y el reconocimiento del trabajo de cuidados dentro del marco legal laboral. A continuación, se presentan los principales argumentos que justifican su aprobación.
En varios países, como lo son Canadá, Suecia, Alemania y España, ya se cuenta con mecanismos legales que reconocen los permisos laborales específicos para cuidadores de personas con discapacidad, por ejemplo, en Canadá se ofrecen licencias laborales remuneradas bajo el beneficio del Employment Insurance Family Caregiver Benefit, el cual es un apoyo financiero para las personas que se ausentan de su trabajo para cuidar a un familiar gravemente enfermo, mientras que en Suecia se proporcionan subsidios económicos y permisos laborales específicos para cuidadores a través de la agencia de seguridad social Suecial Försäkringskassan; otro ejemplo es el de España, donde el Real Decreto Legislativo 2/2025, Estatuto de los Trabajadores, considera a los cuidadores con una reducción de su jornada laboral para el cuidado de sus familiares con discapacidad, y en el caso de Alemania, su legislación permite dar licencias por cuidados familiares de hasta 10 días al año, con compensación económica parcial; todas estas políticas públicas en favor de las personas con discapacidad y sus cuidadoras han demostrado ser efectivas para generar mayor estabilidad laboral y una reducción en el estrés provocado por motivos de trabajo.
En cuanto al impacto en la productividad y el mercado laboral, diversos estudios han mostrado que implementar licencias laborales para personas con discapacidad y sus cuidadores no sólo es un acto de justicia social y de buenas prácticas de política pública, sino que también se mejora la productividad, disminuye el ausentismo no planificado y se reduce la rotación laboral. Según un estudio del World Economic Forum de 2020, se demostró que los países que brindan en sus políticas de inclusión laboral flexibilidad a los cuidadores de personas con discapacidad tienen 90 por ciento menos de rotación laboral y se vio un aumento de 30 por ciento en su productividad.
Por lo aquí expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de establecimiento de licencias laborales especiales para personas con discapacidad y sus cuidadores
Artículo Único. Se adiciona un artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 170 Ter. Las personas trabajadoras que sean cuidadoras primarias de personas con discapacidad permanente o en situación de dependencia funcional severa tendrán derecho a solicitar licencias laborales especiales con goce de sueldo parcial o total, en los términos y condiciones establecidos por la Ley del Seguro Social y la normatividad aplicable.
Dicha licencia será otorgada con la finalidad de garantizar la atención médica, rehabilitación, asistencia personal o cualquier otra necesidad que derive de la condición de discapacidad de la persona bajo su cuidado.
El otorgamiento, duración y renovación de esta licencia estarán sujetos a la acreditación de la condición de discapacidad mediante certificación médica expedida por una institución de salud pública y al cumplimiento de los requisitos establecidos por las autoridades competentes.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor a los 90 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá, dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto, los lineamientos y reglas operativas necesarias para garantizar su cumplimiento.
Tercero. Los patrones contarán con un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto para ajustar sus prácticas laborales.
Referencias
1. World Economic Forum. (n.d.). World Economic Forum official website. Retrieved February 11, 2025, from
https://www.weforum.org/
2. Boletín Oficial del Estado (BOE). (2015). Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Boletín Oficial del Estado. Retrieved February 11, 2025, from
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOEA-2015-11430
3. Försäkringskassan. (n.d.). Försäkringskassan: Swedish Social Insurance Agency. Retrieved February 11, 2025, from
https://www.forsakringskassan.se/privatperson
4. Government of Canada. (n.d.). Employment Insurance caregiving benefits and leave. Government of Canada. Retrieved February 11, 2025, from
https://www.canada.ca/en/services/benefits/ei/ caregiving.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2025.– Diputada María Leonor Noyola Cervantes (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 62 y adiciona un segundo párrafo al artículo 66, de la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal, en materia de seguros.
El diputado Francisco Javier Borrego Adame:Con su permiso, presidente. México se mueve sobre ruedas, el 80 por ciento de toda la carga terrestre que abastece nuestra economía se transporta por carretera. Sin embargo, ese movimiento constante y estratégico se encuentra amenazado por la inseguridad, impunidad y la falta jurídica de quienes movilizan la riqueza del país.
Hoy, presento ante ustedes esta iniciativa con proyecto de decreto que reforman los artículos 62 y 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de seguros y responsabilidad de los concesionarios.
La propuesta es clara, los concesionarios de carreteras de cuota deben responder por los robos y daños sufridos en sus tramos, mediante seguros obligatorios que protegen a los transportistas y a los usuarios. No se trata solo de eficiencia en la movilidad, se trata de garantías mínimas de seguridad patrimonial y jurídica para quienes usan las carreteras por las cuales pagan peaje y lo hacen esperando, con toda razón, un tránsito seguro.
En México, más de 21 mil empresarios de transporte operan día con día, muchos de ellos hombres y mujeres camión que se enfrentan a asaltos armados, bloqueos falsos, sabotajes y jaqueo de su sistema de rastreo.
En el 2024 se cometieron casi 8 mil robos a transportistas, 20 al día y de esos solo los que se reportaron. A pesar de pagar pólizas cada vez más caras, hoy enfrentan el absurdo legal de que las aseguradoras se niegan a pagar, argumentando que son actos vandálicos. Mientras que los concesionarios no asumen el tramo de responsabilidad que les corresponde. Es inaceptable que podamos permitir más víctimas invisibles ni más delincuencia impune en concesiones federales.
El robo de transporte de carga ya fue reconocido por el Congreso como delito grave y se incorporó al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Y hoy, con esta iniciativa damos un paso complementario, armonizar la ley secundaria para que también exista responsabilidad civil, contractual y patrimonial.
Asimismo, adicionamos un párrafo al artículo 66 para establecer con claridad que los usuarios del servicio deben contratar el seguro de sus mercancías, eliminando incertidumbres y fortaleciendo la protección compartida entre las partes del contrato del transporte, dejando en claro que gran parte de los empresarios sí cumplen con asegurar su carga, pero la otra parte no acepta asegurar su carga, por eso ahí la importancia de esta iniciativa.
El sector transporte genera empleos, impulsa el comercio exterior y sostiene la actividad industrial en cada rincón del país. Más del 70 por ciento del comercio con Estados Unidos, nuestro principal socio, se realiza por carretera y, sin embargo, quienes lo movilizan están a merced de la delincuencia.
Los costos de inseguridad superan los 12 mil millones de pesos al año, afectan el abasto de alimentos, medicamentos y autopartes, y están poniendo en riesgo la integridad física de los operadores y la viabilidad económica de las pequeñas empresas transportistas.
Compañeras y compañeros, legislar también es proteger, legislar también es prevenir, esta reforma no es contra nadie, sino a favor de todos los autotransportistas. La seguridad vial da la certeza jurídica y da la justicia patrimonial.
Por eso, con respeto, pero con firmeza, les pido su apoyo para que esta reforma se dictamine, se discuta y se apruebe en esta legislatura. Los que están en juego es la vida y el sustento de miles de familias mexicanas que se ganan el pan de cada día recorriendo el país sobre ruedas.
Compañeros diputados y diputadas, el tema es muy concreto y sencillo, hoy los empresarios, no todos, pero la mayoría de los empresarios no quieren asegurar sus cargas que transportan los transportistas y cuando hay un robo en carretera el transportista tiene que pagar la carga, que no es responsabilidad de él, sino que es responsabilidad del que lo contrata.
La única obligación del transportista es tener su camión asegurado y darle seguridad social a su operador, pero desgraciadamente los empresarios siempre han querido vivir del sector transporte. Es cuanto, presidente.
«Iniciativa que reforma el artículo 62 y adiciona un segundo párrafo al artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de seguros, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, Francisco Javier Borrego Adame, diputado de la LXVI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 62 y 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de seguros, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl principal medio de transporte utilizado para el traslado de mercancías, tanto en la importación como la exportación sigue siendo el autotransporte, ya que él concentra el 80 por ciento de la carga terrestre, asegurando el abastecimiento de insumos y productos en todo el país.
La Red Nacional de Caminos, es de 916,078 km los cuales incluyen:
• 179,536 km carreteras pavimentadas
• 51,311 km-carreteras federales
• 104,040 km-carreteras estatales
• 24,185 km- municipales, particulares
• 11,174 km-carreteras de cuota
• 209,223 km vialidades urbanas e infraestructura de enlace
• 527,319 km caminos NO pavimentados
• 21,560 km de Veredas
La cual es utilizada por el sector del autotransporte de carga para movilizar productos de distintas industrias, lo que permite el abastecimiento eficiente de productos básicos como alimentos, medicamentos y materiales industriales en todos los rincones del país. Gracias a su flexibilidad operativa, puede llegar a zonas donde otros medios de transporte, como el ferroviario o marítimo, no tienen acceso directo. Esto es crucial para las comunidades rurales y regiones alejadas de los principales centros urbanos, donde la actividad económica depende del suministro regular de bienes transportados por carretera.
El autotransporte de carga a la integración de los mercados regionales. A través de una red eficiente de distribución, se facilita la comercialización de productos locales en diferentes partes del país, impulsando el desarrollo de pequeñas y medianas empresas (Pymes). Estas empresas, que representan un alto porcentaje del tejido económico nacional, dependen de la logística eficiente para hacer llegar sus productos a los consumidores y competir en un mercado cada vez más globalizado.
El autotransporte de carga juega un papel clave en comercio exterior. México mantiene una relación comercial altamente dinámica con Estados Unidos, el principal socio comercial, con un volumen de intercambio que, de enero a noviembre de 2024, el valor del comercio entre México y Estados Unidos creció 5.2 por ciento comparado con el mismo periodo de 2023, y ascendió a $776,046 mdd.
Más del 70 por ciento de este comercio se transporta por carretera, lo que convierte a este sector en un actor estratégico dentro del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
El personal ocupado en el sector transporte durante 2023 fue de 836,634, de ese total 674, 918 correspondió al autotransporte de carga, sin incluir personal ocupado en el almacenaje, esa es la importancia económica del sector transporte en la generación de empleos.
En la última década, la red carretera ha crecido significativamente en comparación con la ferroviaria, la red ferroviaria apenas se ha expandido, manteniéndose en aproximadamente 23,389 km, lo que representa un crecimiento marginal de menos del 1% en el mismo periodo, este desequilibrio resalta la dependencia del autotransporte para la movilidad de mercancías en el país, especialmente en las más de 200,000 localidades rurales donde no existe acceso ferroviario ni infraestructura portuaria cercana.
La infraestructura carretera permite la distribución de bienes incluso en comunidades pequeñas con menos de 5,000 habitantes, donde el tren no llega y la geografía complica el acceso a otros medios de transporte. Un claro ejemplo es la distribución de productos básicos en la sierra Tarahumara y la Huasteca, donde los camiones y vehículos de menor tamaño garantizan el abasto de alimentos y medicinas.
El autotransporte ofrece una adaptabilidad inigualable para el traslado de distintos volúmenes y tipos de mercancías. Desde el movimiento de productos perecederos en unidades refrigeradas hasta el transporte de materiales pesados en plataformas especializadas, este sector permite un abastecimiento eficiente y dinámico.
El autotransporte de carga es un elemento fundamental en la cadena logística, ya que se conecta con otros modos de transporte a través de terminales intermodales, puertos y aeropuertos. Estas infraestructuras son cruciales para la transferencia eficiente de mercancías, permitiendo el movimiento de productos sin necesidad de manipulación directa, lo que reduce significativamente los costos y los riesgos de daños.
Para el sector logístico de alta velocidad, como el comercio electrónico y el transporte de productos perecederos, el autotransporte se encarga de la última milla. Esto implica el traslado de mercancías desde los aeropuertos hasta su destino final, garantizando entregas rápidas y eficientes.
Diversos sectores económicos dependen de la eficiencia del autotransporte y su integración con otros medios de transporte. Entre los productos más transportados en México, destacan los alimentos y bebidas, sector que representa el 20 por ciento del total de la carga movilizada. La rapidez en la distribución es crucial para evitar pérdidas por caducidad, lo que exige una logística precisa y eficiente. Asimismo, los productos automotrices, dado que México es el cuarto exportador mundial de autopartes, se benefician de terminales intermodales en Guanajuato y Puebla, facilitando el traslado eficiente de componentes entre fábricas, puertos y fronteras, fortaleciendo la cadena de suministro de este sector. Finalmente, el sector de químicos y farmacéuticos exige estrictos controles de temperatura y tiempos de entrega, por lo que la intermodalidad asegura la continuidad en la cadena de frío, garantizando la integridad de los productos durante todo el proceso de transporte.
A pesar de su importancia, el autotransporte de carga enfrenta diversos desafíos que pueden afectar su eficiencia y competitividad. Uno de los principales problemas es la seguridad en las carreteras. El robo de carga y los asaltos a transportistas son problemas recurrentes en varias regiones del país, lo que genera costos adicionales en términos de seguros y medidas de protección. La falta de una estrategia integral para combatir estos delitos afecta la confianza de las empresas y puede disuadir la inversión en el sector logístico.
La incidencia delictiva en las carreteras ha tenido una tendencia al alza, de conformidad con la incidencia delictiva del fuero común que recopila el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con algunas variaciones pero aunque en algunos años haya un descenso la realidad es que no deja se sufrir robos los transportistas, en este caso las cifras presentadas esconden la coacción que padecen muchos hombres camión a efecto de que ya no ratifiquen sus denuncias, a estas cifras falta sumar la incidencia federal que no la tiene desagregada de manera tan específica como el fuero federal:
Considerando que hay registrado 21, 424 propietarios de camiones, la posibilidad de ser afectados por el robo de un vehículo es del 37 por ciento, al año, considerando el año más bajo de incidencia delictiva, que corresponde a 2024.
Eso ha impactado en el crecimiento real de las primas de seguros, de conformidad con los informes relativos de Desempeño Oportuno del Sector Asegurador y Afianzador con cifras al cierre de del segundo trimestre de 2024, la prima de autos creció un 22.5 por ciento sin embargo en algunos vehículos dedicados al autotransporte empresarios han manifestado que el prima se ha llegado a duplicar, debido a la creciente inseguridad, y sin embargo las aseguradoras evitan en pago del seguro argumentando en muchos casos que no es robo, si no actos vandálicos, lo que conlleva a que el empresario, pero en especial el hombre camión pierda la fuente de su subsistencia
De las denuncias presentadas por diversas cámaras de transporte, las zonas con mayor incidencia delictiva se concentran en:
• Estado de México: Principal corredor de carga del país, con altos índices de robos en las autopistas México-Querétaro y México-Puebla.
• Puebla: Punto clave en la distribución de mercancías, con incidencia en el tramo de la autopista Puebla-Orizaba.
• Veracruz: Importante conexión portuaria, con problemas de asaltos en la autopista Córdoba-Veracruz.
• Guanajuato y Michoacán: Estados con altos niveles de violencia, donde los robos suelen implicar violencia extrema y secuestro de operadores.
Las modalidades delictivas más comunes incluyen:
1. Asaltos directos: Intercepción del vehículo por grupos armados.
2. Uso de bloqueos falsos: Delincuentes que se hacen pasar por autoridades para detener y saquear la unidad.
3. Hackeo de GPS: Interferencia con los sistemas de rastreo para evitar la localización del vehículo robado.
4. Sabotaje a unidades: Colocación de obstáculos en la carretera para obligar a detenerse y ejecutar el robo.
La inseguridad en carreteras genera un impacto significativo en la competitividad del sector y en la economía nacional. Entre las principales afectaciones se encuentra el aumento en costos logísticos. Las empresas de autotransporte deben invertir en seguros, escoltas y tecnologías de rastreo, lo que incrementa sus costos operativos hasta en un 20 por ciento. El robo de carga genera pérdidas anuales superiores a los 12,000 millones de pesos. Por último, la inseguridad afecta la cadena de suministro, ya que la interrupción de rutas por inseguridad retrasa las entregas, afecta la producción y puede generar desabasto en sectores clave como el alimentario, farmacéutico y automotriz.
México se ha adherido a diversos acuerdos internacionales que salvaguardan el derecho al acceso a la justicia, el debido proceso y la protección judicial efectiva. Entre los más destacados se encuentra la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). El artículo 8 de este documento consagra el derecho de toda persona a recurrir a los tribunales nacionales competentes en busca de amparo contra actos que vulneren sus derechos fundamentales. Asimismo, el artículo 10 garantiza el derecho a ser escuchado públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificado por México en 1981, establece en su artículo 14 el derecho de toda persona a ser oída en condiciones de igualdad ante un tribunal competente, independiente e imparcial, con todas las garantías del debido proceso. Este pacto es un instrumento fundamental para la protección de los derechos humanos en México.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), también conocida como “Pacto de San José”, reconoce en su artículo 8 las garantías judiciales, asegurando el derecho a la defensa y el principio de igualdad ante la ley. El artículo 25 de esta convención establece el derecho a un recurso judicial efectivo. Ambos artículos son esenciales para garantizar el acceso a la justicia y la protección de los derechos humanos en México.
Los Principios Básicos sobre la Independencia de la Judicatura, adoptados por la ONU en 1985, reafirman la importancia de una justicia independiente, imparcial y eficiente para garantizar el Estado de derecho. Estos principios son fundamentales para la consolidación de un sistema judicial sólido y confiable en México.
Además de estos tratados, México también es parte de otros instrumentos internacionales que protegen los derechos humanos, como la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención sobre los Derechos del Niño.
En la legislación nacional la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) consagra el derecho a la impartición de justicia en diversos artículos fundamentales. El artículo 17 establece que ninguna persona puede hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar sus derechos, garantizando que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales expeditos, en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo resoluciones prontas, completas e imparciales. Además, prohíbe la prisión por deudas de carácter civil.
El artículo 20 de la CPEUM garantiza el debido proceso en materia penal, incluyendo los derechos de la víctima y del imputado. Este artículo es esencial para asegurar que todos los ciudadanos tengan un juicio justo y equitativo.
El artículo primero obliga a todas las autoridades a respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los tratados internacionales ratificados por México. Esto significa que todas las autoridades deben actuar de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos.
El Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece las bases del sistema acusatorio y garantiza el derecho a un proceso penal justo. La Ley General de Víctimas reconoce el derecho de las víctimas a acceder a la justicia, obtener reparación integral y recibir asesoría jurídica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido criterios jurisprudenciales relevantes en materia de acceso a la justicia. La tesis 1a./J. 95/2011 establece que el acceso a la justicia no solo implica la posibilidad formal de acudir a los tribunales, sino también la existencia de mecanismos procesales efectivos para garantizar la tutela judicial. La tesis 1a./J. 49/2016 establece que el derecho a la impartición de justicia pronta y expedita implica que las resoluciones deben emitirse en términos razonables, evitando dilaciones indebidas
El 12 de abril de 2019, se publicó en el diario oficial de la federación la reforma del artículo 19 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de prisión preventiva oficiosa, en la cual se preceptúa qué:
El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
A efecto de armonizar la legislación secundaria con la reforma constitucional el 19 de febrero de 2021 en el Diario Oficial de la Federación se publicó la reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales, para establecer la prisión preventiva oficiosa tratándose de delitos de robo de autotransporte, para Hoy quedar como sigue:
Artículo 167 ...
...
...
El juez de control en el ámbito de su competencia, ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
Se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los previstos en el Código Penal Federal, de la manera siguiente:
I a XVI...
XVII. Robo al transporte de carga, en cualquiera de sus modalidades, previsto en los artículos 376 Ter y 381, fracción XVII.
Actualmente el robo al autotransporte está tipificado en el Código Penal Federal de la siguiente forma:
Artículo 376 Ter.- A quien cometa el delito de robo en contra de personas que presten o utilicen por sí o por un tercero los servicios de autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, se le impondrá una pena de 6 a 12 años de prisión, cuando el objeto del robo sea las mercancías y de 2 a 7 años de prisión, cuando se trate únicamente de equipaje o valores de turistas o pasajeros, en cualquier lugar durante el trayecto del viaje, con independencia del valor de lo robado.
Cuando el objeto del robo sea el vehículo automotor se aplicará lo dispuesto en los artículos 376 Bis y 377 de este Código, sin perjuicio de que se acumulen las penas que correspondan por otras conductas ilícitas que concurran en la realización del delito, incluidas las previstas en el párrafo primero del presente artículo.
Cuando la conducta a que se refiere este artículo se cometa por una asociación delictuosa, banda o pandilla, se sancionará en términos de los artículos 164 o 164 Bis, según corresponda.
Artículo 376 Quáter.- Además de la pena que le corresponda conforme al primer párrafo del artículo anterior, se aplicarán las previstas en este artículo en los casos siguientes:
I.- La pena de prisión se aumentará en un tercio cuando exista apoderamiento del remolque o semirremolque y sea utilizado para cometer otro ilícito, y
II.- La pena de prisión se aumentará en una mitad cuando, a sabiendas de sus funciones el servidor público, cometa o participe en el robo y este tenga o desempeñe funciones de prevención, investigación, persecución del delito o ejecución de penas, con independencia de la sanción penal, se le inhabilitará para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión pública por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
Sin embargo, es preocupante que aún en las red nacional carretera de cuota, sigan ocurriendo ilícitos, sin que las concesionarias se hagan responsables, cuando precisamente se paga una tarifa a efecto de transitar de manera eficiente, pero también segura, es por ello que se considera necesario que los concesionarios sean corresponsables con el transportista y con los usuarios de los servicios, respecto de los ilícitos que puedan ocurrir en sus instalaciones, en tal sentido, es procedente reformar los artículos 62 y 66, ambos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a efecto de qué quede especificada la corresponsabilidad, para mayor claridad respecto de la adición en el texto legal, se comparte el siguiente cuadro comparativo:
Por las razones expuestas, si se comete a consideración de esta soberanía a la siguiente, iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 62 y se le adiciona un segundo párrafo; y al artículo 66 se adiciona un segundo párrafo ambos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal en materia de seguros
Artículo Único. Se reforma el artículo 62, y se le adiciona un segundo párrafo; y al artículo 66 se le adiciona un segundo párrafo, ambos de la de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 62.- Los concesionarios a que se refiere esta ley están obligados a proteger a los usuarios en los caminos y puentes por los robos y daños que puedan sufrir con motivo de su uso. Asimismo, los permisionarios de autotransporte de pasajeros y turismo protegerán a los viajeros y su equipaje por los daños que sufran con motivo de la prestación del servicio.
Los seguros que contraten los concesionarios cubrirán los daños y en su caso el robo de vehículos y mercancías que ocurran en las carreteras que tenga concesionadas.
Artículo 66.- Los permisionarios de servicios de autotransporte de carga son responsables de los daños que sufran los bienes o productos que transporten, desde el momento en que reciban la carga hasta que la entreguen a su destinatario, excepto en los siguientes casos:
I a V. ...
Los usuarios de los servicios son responsables de contratar los seguros de sus mercancías.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el diario oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-caminos
2 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/979845/20250 220_Monitor_Comercial_del_T-MEC_EEUU_Noviembre_2024_Final.pdf
3 https://www.inegi.org.mx/temas/transportes/#informacion_general
4 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/937500/Desempe_o_Oportuno_del_Se ctor_2T_2024.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025.– Diputados: Francisco Javier Borrego Adame, José Luis Cruz Lucatero, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, Ricardo Crespo Arroyo (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su dictamen.
LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS Y LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada María Angélica Granados Trespalacios, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, hasta por diez minutos para presentar las siguientes iniciativas: 1. Con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 8 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos y, 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi. 2. Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su cadena de valor, suscrita por los diputados César Augusto Rendón García y Federico Döring Casar. 3. Con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por la oradora y por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. 4. Con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer la obligación del Estado de crear un seguro de desempleo. 5. Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para crear el seguro de desempleo, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. 6. Con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y del sector productivo, suscrita por la oradora y por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. 7. Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de la Industria Eléctrica y de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y del sector productivo, suscrita por la oradora y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Adelante, diputada.
La diputada María Angélica Granados Trespalacios:Muchas gracias, presidenta. Buen día, compañeras, compañeros. México enfrenta hoy una agresión comercial sin precedentes, sin precedentes por parte del gobierno de los Estados Unidos y del presidente Donald Trump.
Esta medida ha generado tensiones internacionales y riesgos económicos significativos y, por supuesto, para México de una manera muy importante.
La imposición de aranceles pone en riesgo sectores estratégicos de nuestra economía, entre ellos, por supuesto, el automotriz, el manufacturero, el acerero, amenazando millones de empleos y la estabilidad de miles y miles de familias mexicanas. Aunque por ahora, México y Canadá, bajo el T-MEC, están exentos de los aranceles los productos que están fuera del tratado, siguen sujetos a un gravamen.
Para México esta política podría ocasionar una reducción en exportaciones en un 12 por ciento. Recordemos que México es —el exportador— el socio comercial principal de los Estados Unidos de América y podría atraer también consecuencias en contraer nuestro PIB hasta en un 4 por ciento, además de provocar la depreciación del peso, que ya se está viendo justamente el día de hoy, una mayor inflación y menor inversión extranjera.
Mientras la incertidumbre crece, el gobierno federal ha optado por la inacción, ha postergado una y otra vez la toma de decisiones con firmeza y los efectos negativos ya se están sintiendo.
La economía mexicana está en riesgo, dicho por la misma Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha reducido la Secretaría su previsión de crecimiento del PIB para el 2025 a un rango de 1.5 por ciento a 2.3 por ciento y Moody´s al mismo tiempo prevé una contracción económica de hasta un 1 por ciento, si se imponen nuevos aranceles. Estas, estas son las consecuencias de las malas decisiones de Morena.
Es por ello que en Acción Nacional hemos elaborado un paquete de seis iniciativas para proteger la economía de México, muy enfocadas, y se ha hecho de una manera muy seria y muy responsable.
Primero. Proponemos cancelar el impuesto sobre autos nuevos, el ISAN, autos fabricados en México, cuando los aranceles impongan una carga superior al 10 por ciento. La industria automotriz representa el 28 por ciento de nuestras exportaciones, genera más de un 1 millón de empleos directos y por cada uno de esos empleos directos se generan de 4 a 6 empleos indirectos.
Con aranceles de 25 por ciento, como los que está imponiendo el gobierno de Estados Unidos, este motor económico está en riesgo. Debemos, pues, proteger nuestra industria automotriz, porque de ella, como ya lo dijimos, dependen miles de familias.
Segundo. Impulsamos la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su cadena de valor para otorgar estabilidad y certeza durante los próximos 20 años. Es una propuesta de largo plazo. Esta ley apuesta por fortalecer a proveedores mexicanos y promover la integración en la cadena de valor. Impulsar el desarrollo de talento, compensaciones por cambios arancelarios y blindará a la industria ante prácticas desleales del comercio.
Tercero. Proponemos la creación del Instituto Nacional para el Fomento al Emprendimiento, junto con un Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad. Hoy las Mipymes generan en México el 72 por ciento del empleo, son la columna vertebral del país.
Desde la pandemia los empresarios mexicanos, especialmente ésos, sí, los micro, los pequeños y los medianos, no recibieron suficiente apoyo por parte del gobierno federal. Además, desde el 2018, con la eliminación del Instituto Nacional del emprendedor, del Inadem, y la falta de estímulos, se han dejado vulnerables a más de 620 mil pequeñas y medianas empresas en todo el país, en todas y cada una de las entidades de este país. En 2020, el 21 por ciento de las Mipymes cerraron definitivamente por la falta de respaldo gubernamental. Hay un vacío en el acompañamiento financiero y técnico para las Mipymes.
En el PAN proponemos la deducción del 100 por ciento de activos. Proponemos el 25 por ciento de deducción sobre el impuesto sobre la renta por gastos logísticos. Y 50 por ciento de deducción del impuesto sobre la renta durante dos años a las Mipymes que logren mantener esos empleos.
Cuarto. Planteamos una reforma constitucional para crear un seguro de desempleo. No podemos permitir que los trabajadores mexicanos paguen el precio de las decisiones unilaterales de otros países, y que paguen el precio de la inacción del gobierno federal. Proponemos un seguro de desempleo que brinde apoyo económico, que brinde capacitación laboral a quienes han perdido su empleo y a quienes están buscando uno nuevo.
Quinto. Proponemos reformas a la Ley del Trabajo y al ISR para mejorar ese seguro de desempleo del que ya les hablé. Este seguro cuidará a los trabajadores formales que pierdan su empleo justamente por esta guerra arancelaria.
Sexto. Proponemos crear un fondo de contingencia inflacionaria para proteger los ingresos de los mexicanos en periodos prolongados de inflación. Porque cuando suben los precios, lo primero que resiente una familia mexicana es en la comida, el sustento de la familia, el transporte, la renta y los gastos más básicos para subsistir.
Compañeras y compañeros, estas iniciativas son más que propuestas legislativas, son soluciones concretas, son soluciones y propuestas responsables, que están hechas de manera muy seria ante una crisis comercial evidente que exige eso, que exige liderazgo firme y responsable y una visión estratégica. Esa visión la tiene Acción Nacional.
Mientras otros esperan que Trump, que Estados Unidos cambie su postura, en el PAN sí actuamos. Hoy, desde esta Cámara, queremos reafirmar nuestro compromiso de proteger cada empleo, de proteger a cada familia, de defender nuestra industria nacional, de cuidar la economía de las familias mexicanas. Porque México no puede, no puede seguir esperando. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona los artículos 8o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Quienes suscriben, Diputado José Elías Lixa Abimerhi, así como las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional correspondiente a la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción V al artículo 8 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos y un último párrafo al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, para que durante los periodos de incremento de aranceles, no se cobre el ISAN, al tenor de los siguientes:
Antecedentes• El miércoles 26 de marzo el presidente Donald Trump firmó una nueva Orden Ejecutiva adelantando la próxima aplicación de aranceles del 25% a todos los vehículos y piezas de automóviles de fabricación extranjera importados hacia aquel país, mismo que entrarán en vigor a partir del 3 de abril de este año.
• El objetivo del gobierno de Estados Unidos es “proteger su mercado nacional, promover la reindustrialización, expandir su industria automotriz, generar empleos y que dichas acciones le permitan al gobierno recaudar un monto aproximado de 100 mil millones de dólares.”
• En su anuncio, Trump también expresó que se buscaría reducir el impacto del incremento en los precios de los vehículos (al menos así lo anunció) mediante la posibilidad de deducciones del pago de intereses solo si el auto que compran los consumidores es 100% ensamblado en aquel país.
• Las piezas que provengan de México y Canadá, estarán exentas de los aranceles en cumplimiento del TMEC y hasta que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos haya elaborado un sistema para aplicar aranceles a las piezas no estadounidenses.
• Lo anterior permite interpretar que la excepción del pago de aranceles será temporal en tanto se elabora la metodología de costos específicos (sistema de cobro diferenciado de piezas) que tiene de plazo de presentación hasta el 3 de mayo de 2025 y cuyo objetivo será descontar proporcionalmente el valor de las autopartes de origen estadounidense que se integre a los vehículos exportados.
• En tanto no se aclare esta situación, México estará en riesgo del cobro para inicios del segundo semestre del año y pagar por lo menos, un arancel de hasta 15 por ciento mayor al actual, ya que de acuerdo con la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) “un automóvil exportado desde México al mercado estadounidense tiene en promedio un contenido de valor estadounidense de 40 por ciento”.
Exposición de MotivosEn la actualidad, México y muchos países del mundo enfrentan una gran incertidumbre política y económica como resultado de la guerra arancelaria que el presidente Donald Trump ha decidido iniciar en contra de aquellos países que “afectan” directa o indirectamente el desarrollo de la economía de los Estados Unidos (Estados Unidos).
Como se precisó en el apartado de antecedentes, se prevé que a partir del 3 de abril Estados Unidos aplique un arancel de 25 por ciento a todos los vehículos y piezas de automóviles de fabricación extranjera importados, con excepción de los que provengan de México y Canadá.
Aunque se está a la espera de conocer con detalle y de manera oficial las medidas que implementará el gobierno estadounidense, resulta imperativo que el gobierno de México muestre una postura firme, clara y definida que detenga la guerra comercial iniciada en diferentes sectores y que garantice que no se violarán los acuerdos comerciales del TMEC, en este caso, los relacionados con el sector automotriz.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2024 la producción automotriz representó 4.7 por ciento del PIB Nacional, que en valor monetario significaron 1.7 billones de pesos de ese año. Esto, refleja significativamente su relevancia a nivel nacional.
Durante 2024, México produjo un total de 3 millones 989 mil unidades que en relación con el año 2023, representó un crecimiento de 5.6 por ciento; del total de unidades producidas, nuestro país exportó el 87 por ciento. Esta cantidad de vehículos superó el récord de producción registrado en 2017.
De acuerdo con los registros de INEGI, 2.8 millones de unidades (80 por ciento) se exportaron a Estados Unidos, lo que nos indica que la cadena de producción del sector automotriz en México está totalmente integrada con aquel país.
De acuerdo con información de la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), en México hay 39 plantas en 25 estados: 22 de vehículos, 10 de motores y 7 de transmisiones. Además, las plantas integran a 27 empresas relacionadas con el sector. Las marcas de las plantas son: Audi, BAIC, Ford, GM, Honda, JAC, KIA, Mazda, Nissan, Nissan Daimler, Stellantis, Toyota y Volkswagen.
En 2023, la industria automotriz mexicana ocupó el 7º lugar mundial en producción de vehículos y el 1º en América Latina; sin embargo, dado su relevancia, en 2024 logró escalar 2 puestos para ocupar actualmente el 5º lugar como productor de vehículos ligeros, superando a Alemania y Corea del Sur.
De cada 100 vehículos producidos en el mundo, 4 son ensamblados en México y, en relación con la producción de autopartes, México ocupa el 4o. lugar a nivel mundial y el 1o. en América Latina.
Además, el sector se caracteriza por su contribución a la generación de empleos en el país: en 2024 se generaron más de 2 millones de empleos en toda su cadena de valor, desde la producción hasta la comercialización.
Con relación a la Inversión Extranjera Directa (IED), durante el periodo 2019-2023, la industria automotriz recibió 77 mil 527 millones de dólares (mdd). En 2023 el valor de la IED fue de 7 mil 159 mdd, es decir, de cada 100 dólares de IED, 20 dólares provienen del sector.
Los primeros informes de 2024 indican que la IED del primer semestre del año fue de 7 mil 802 mdd, 9 por ciento más que durante el año previo, lo que indica una franca recuperación del sector a pesar de la inestabilidad económica a nivel mundial y de los aranceles impuestos también al acero y aluminio por parte del gobierno estadounidense.
Por otro lado, es importante decir que la mitad de los automóviles, SUV y camionetas ligeras que los estadounidenses compraron en 2024 fueron importados principalmente de México.
La producción total de vehículos en Norteamérica alcanzó 16.2 millones de unidades: El 65.6 por ciento manufacturadas en Estados Unidos, el 24.8 por ciento en México y 9.6 por ciento en Canadá.
En 2024, Estados Unidos exportó 35 mil 800 mdd en piezas a México y 28 mil 400 mdd en piezas a Canadá, mientras que las exportaciones de automóviles de Estados Unidos a Canadá representaron 14 mil 900 mdd y 4 mil 600 mdd a México.
De esta relación comercial del sector automotriz entre México, Estados Unidos y Canadá, resulta interesante conocer lo siguiente:
• En el armado de un automóvil hay diversos cruces de producción y coproducción entre los tres países que integran el TMEC que implican un extenso proceso de importación y exportación.
• Las autopartes que se elaboran en México y se exportan e importan a Estados Unidos cruzan la frontera en un promedio de 8 veces antes del ensamblaje final del automóvil.
• Las autopartes que se elaboran en Canadá y se exportan e importan a Estados Unidos lo hacen en un promedio de 6 veces.
No obstante, como se puede constatar en los antecedentes del presente proyecto, de cara al corto y mediano plazo, la industria enfrenta desafíos debido a la decisión del presidente Donald Trump de imponer aranceles.
El anuncio, no es menor, ya que generó consecuencias inmediatas en diferentes empresas armadoras que observaron una caída importante del valor de sus acciones:
1. General Motors con un desplome de 6.5 por ciento;
2. Tesla con 5.8 por ciento;
3. Ford y Stellantis con 4.3 por ciento;
4. Porche con 4.9 por ciento;
5. Mercedes Benz con 2.8 por ciento;
6. BMW con 2.6 por ciento
7. VW con 2.5 por ciento y
8. Nissan con 1.7 por ciento.
En Acción Nacional no tenemos dudas de que los aranceles impactarán en los costos de producción y en los precios de automóviles de todos los países involucrados en razón de que no resulta fácil mover o trasladar rápidamente sus cadenas de suministro hacia aquel país como lo solicita el gobierno de Estados Unidos
En relación con los costos de producción se estiman que podrían aumentar como mínimo entre 3 mil 500 dólares y 12 mil dólares, mientras que el precio final que pagarán los consumidores estará entre 6 mil y 7 mil dólares adicionales.
Aunque en un principio Donald Trump ha precisado que los aranceles no afectarán a los vehículos provenientes de México y Canadá con el propósito de respetar los acuerdo del TMEC, en razón de los cambios de decisiones que éste ha mostrado con frecuencia y de que solo hizo alusión a que “habrá una consideración especial”, nuestro país podría enfrentar una realidad complicada si los aranceles se extienden a estos dos países, ya que la medida podría afectar la competitividad de las exportaciones mexicanas, la inversión, la generación de empleos en los tres países, además de que se prevé un aumento en los precios de los vehículos que afectará a millones de consumidores y empresas, así como a un gran número de familias cuyos ingresos dependen directa o indirectamente de este sector.
Por su parte, el gobierno federal sigue mostrando una parsimonia en la toma de decisiones que preocupa, pues la presidenta Claudia Sheinbaum apela, bajo el argumento de la no confrontación y el respeto de la soberanía nacional, a que el presidente Trump se ceñirá a los acuerdos de un TMEC.
A juzgar por lo que se observa en los medios, parece que el acuerdo se acerca cada día a su extensión, o por decir lo menos, a un rediseño que no beneficiará a los 3 países que hoy lo integran.
De manera que en Acción Nacional consideramos que la imposición de aranceles al sector automotriz es una alerta y una señal más de lo que México podría enfrentar en los próximos meses. Es una alerta de que debemos estar preparados con programas federales de acción y proyectos legislativos encaminados a proteger uno de los sectores más importantes del país, y en consecuencia proteger a nuestra economía, a las empresas que integran al sector y los miles de empleos están en riesgo y que afectarían a las familias que dependen de ellas.
Por eso, la reforma que hoy sometemos a su consideración busca adicionar la fracción V al artículo 8 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos y adicionar un párrafo al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal con los siguientes objetivos:
• Establecer que en caso de que algún país con los que México tenga relación comercial imponga un arancel que rebase el 10 por ciento, se cancelará de manera temporal (durante el tiempo que dure la imposición arancelaria) el cobro del impuesto sobre automóviles nuevos, con el objeto de apoyar al fabricante, al ensamblador, al distribuidor autorizado o comerciante y a los consumidores en el ramo de vehículos ubicados en el territorio nacional.
• Establecer que durante el tiempo que dure la imposición arancelaria, se cancelan los montos establecidos como límites de precios que deben tener los autos para no pagar el ISAN actualmente.
• Establecer que durante el periodo de tiempo en que se aplique la exención del impuesto, los recursos recaudados por el Programa de Regularización de Vehículos Usados de Procedencia Extranjera bajo el concepto de aprovechamientos se destinarán específicamente al impulso de políticas públicas mediante programas y proyectos de apoyo al sector automotriz y toda la cadena de suministro y deberán ser transparentados y reportados a la Cámara de Diputados.
Es importante precisar el objetivo de la medida transitoria. La transparencia del Programa de Regularización de Autos Usados ha sido un tema de debate y la percepción está relacionada con varios temas, uno de ellos es el detalle sobre cómo son utilizados o asignados los fondos, pues la información no está disponible al público en general y tampoco se presentan en los informes trimestrales reportados, lo que puede generar dudas sobre la transparencia en la gestión de los recursos.
El 19 de enero de 2022, se publicó en el DOF la extensión del decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera hasta el 20 de julio de ese mismo año.
La medida se fundamentó en que se lograría un alcance más amplio del programa de regularización de vehículos usados importados irregularmente en diferentes entidades federativas. Además de que el decreto incorporó a Durango, Michoacán y Nayarit al programa. También, se crearon facilidades administrativas a los propietarios de los vehículos para concretar la legal estancia de los mismos en el país y obligando a las personas a realizar un pago de $2,500.00 por concepto de aprovechamiento relativos a los trámites correspondientes.
El tema que envuelve al programa desde la aplicación de este pago es el de la opacidad. En enero de 2024, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) expresó sus preocupaciones respecto a la transparencia en la regularización de vehículos usados y por eso instó a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) a proporcionar información detallada sobre los vehículos regularizados entre 2019 y noviembre de 2023.
Asimismo, se solicitó el número total de vehículos regularizados, el monto recaudado y la distribución de estos recursos en los proyectos de pavimentación en diversos municipios como se señaló en los diferentes decretos emitidos, sin embargo, a la fecha, el ejercicio de los recursos se mantiene bajo el velo de la opacidad como muchos otros recursos públicos ejercidos por el régimen de la 4T.
La única información disponible, es que hasta el primer semestre de 2024 la SSPC reporta que los trámites realizados permitieron la regularización de 2.4 millones de autos con modelos 2018 y anteriores. Además, la dependencia solo precisa que el Programa había recaudado hasta esa fecha un total de 6 mil 017 millones de pesos destinados a la pavimentación y bacheo de comunidades de los estados participantes y que se han repavimentado y bacheado 5 millones 211 mil 650 metros cuadrados de avenidas que se encontraban en malas condiciones, pero no existe información disponible ni confiable que nos permitan afirmar que ese recurso se ejerció de forma transparente y correcta.
Mientras que el gobierno federal siga registrando la recaudación que genera la regularización de autos chocolate bajo el concepto de aprovechamientos, el ejercicio de los recursos se mantendrá en la dinámica de la opacidad y posiblemente se destinarán a otros programas y proyectos que no generan un beneficio social y económico y en cambio, se destinan a programas de control político del voto.
Por las razones anteriores, consideramos que un mecanismo para darle un uso correcto a los recursos del programa de regularización es que, durante los periodos de incrementos arancelarios, ese presupuesto se destine a la protección del sector automotriz mediante programas y proyectos en su beneficio.
Para claridad del objeto del presente proyecto de decreto, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
El proyecto de iniciativa propone una exención temporal del cobro de impuestos también con el objetivo de no afectar, de forma significativa, los recursos participables que reciben anualmente las entidades federativas por este concepto a través del ramo 28 Participaciones Federales.
Además, se estima que con esta medida fiscal temporal las entidades federativas podrían recuperar las eventuales disminuciones de las participaciones apoyando de forma directa a que el fabricante, al ensamblador, al distribuidor autorizado o comerciante mantenga sus niveles de inversión y empleo, y también a que en nuestro mercado se mantenga y se promueva la compra de vehículos sin afectar al mismo tiempo, la recaudación por concepto de ISAN y de IVA.
Es fundamental que ante la guerra arancelaria que se vive a nivel global, vayamos un paso adelante; resulta mucho más conveniente dar respuestas rápidas de política pública y legislativas a las advertencias de los incrementos arancelarios, a esperar para “esquivar los fuertes golpes” que podría recibir el país en caso de no estar preparados. México, no “necesita mantener la calma”, por el contrario, es importante reaccionar antes de que la realidad arancelaria nos alcance. Necesitamos estar preparados.
En Acción Nacional siempre hemos apostado por proteger a todos y cada uno de los sectores que integran la planta productiva del país y que garantizan la estabilidad y el desarrollo de nuestra economía.
Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de la asamblea la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto que adiciona una fracción al artículo 8 de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y un párrafo al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal
Artículo Primero. Se adiciona la fracción V al artículo 8 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos para quedar expresado como sigue:
Artículo 8o. No se pagará el impuesto establecido en esta Ley, en los siguientes casos:
I. a V. ...
V. Cuando otros países apliquen aranceles superiores al 10% al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos ubicados en el territorio nacional. La exención solo aplicará durante el tiempo en que los aranceles impuestos cumplan con la condición prevista en la presente fracción. Durante este periodo también quedarán sin efectos los párrafos primero y segundo de la fracción II del presente artículo.
Artículo Segundo. Se adiciona un último párrafo al artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar expresado como sigue:
Artículo 2o. El Fondo General de Participaciones se constituirá con el 20% de la recaudación federal participable que obtenga la Federación en un ejercicio.
...
I. a X. ...
...
...
...
...
...
...
Cuando se presente el caso de excepción del cobro del impuesto a que hace referencia la fracción V del artículo 8º de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, durante el ejercicio fiscal que corresponda la Secretaría de Hacienda y Crédito Público actualizará el calendario de entrega y los montos participables estimados que recibirá cada Entidad Federativa, mismos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación al mes siguiente de la aplicación de dicha excepción.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Durante el tiempo en que se establezca la exención del impuesto sobre automóviles nuevos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público destinará el 100% de los recursos recaudados por el Programa de Regularización de Vehículos Usados de Procedencia Extranjera bajo el concepto de aprovechamientos, al impulso de políticas públicas mediante programas y proyectos de apoyo al sector automotriz y toda su cadena de suministro. Su ejercicio deberá transparentarse y reportarse de manera detallada y durante el mes de que se trate, a la Cámara de Diputados a través de los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública.
Tercero. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público substanciará y resolverá los procedimientos presupuestarios a que da lugar el presente proyecto en términos de las disposiciones vigentes en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal que corresponda, cuando se apliquen las exenciones del impuesto sobre automóviles nuevos.
Notas
1 Morales, Roberto (26 de marzo de 2025). “EU gravará autos importados; México pagará tarifa más baja”, Sección Empresas. En página electrónica del diario El Economista en
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/trump-anuncia-aranceles -25-todos-automoviles-son-fabricados-eu-20250326-752163.html
2 Otros estiman que el pago podría llegar hasta 33% dependiendo de la autoparte gravada.
3 Ibídem.
4 Inegi (9 de enero de 2025). Reporte de Resultados. Registro Administrativo de la Industria Automotriz de Vehículos Ligeros (RAIAVL). Boletín Indicador 10/25. En
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ rm_raiavl/rm_raiavl2025_01.pdf
5 Ibídem.
6 Thomson Reuter (20 de marzo de 2025). “Industria automotriz en México: avances y amenazas en 2024”. En
https://www.thomsonreutersmexico.com/es-mx/soluciones-de-comerci o-exterior/blog-comercio-exterior/industria-automotriz-en-mexico#:~: text=Las%2039%20plantas%20que%20producen,%2C%20Stellantis%2C%20Toyota%20y%20Vol kswagen.
7 AMIA (2024). Diálogos con la Industria Automotriz, 2024. Conduciendo hacia un futuro sustentable.
8 De acuerdo con información del primer ministro de Canadá Mark Carney.
9 Isidore, Chris (27 de marzo de 2025). “Los precios de los autos se dispararán en miles de dólares debido a los aranceles de Trump. Sucederá antes de lo esperado”. Sección Economía y Dinero. En página electrónica de CNN Español. en
https://cnnespanol.cnn.com/2025/03/27/economia/aumento-precios-a utos-aranceles-trump-trax.
10 Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (23 de julio de 2024). Comunicado mediante Boletín de prensa número 082. En
https://www.gob.mx/sspc/prensa/rebasa-los-6-mmp-recaudacion-por- regularizar-autos-usados-extranjeros#:~: text=Precis%C3% B3%20que%20los%20tr%C3%A1mites%20han,%2C%20con%2051%25%20del%20total.&text= (SSPC);%20la%20Secretar%C3%ADa%20de,su%20entidad%20con%20la%20documentaci%C3%B3 n.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025.– Diputada y diputado: María Angélica Granados Trespalacios, José Elías Lixa Abimerhi (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.
SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE FOMENTO, PROTECCIÓN Y DESARROLLO DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Y SU CADENA DE VALOR
La diputada María Angélica Granados Trespalacios:
«Iniciativa que expide la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su Cadena de Valor, suscrita por los diputados César Augusto Rendón García, Federico Döring Casar y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, diputados federales César Augusto Rendón García, Federico Döring Casar y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su Cadena de Valor, al tenor de lo siguiente:
Exposición de MotivosLa industria automotriz es uno de los sectores estratégicos más importantes para la economía mexicana, debido a su impacto en la generación de empleo, inversión, exportaciones y desarrollo tecnológico. México se ha consolidado como una de las principales potencias manufactureras a nivel mundial, ocupando el séptimo lugar en producción de vehículos y el cuarto lugar en exportación de automóviles a nivel global.
I. Importancia Económica del Sector Automotriz en México
El sector automotriz aporta aproximadamente el 4 por ciento del producto interno bruto (PIB) nacional y cerca del 20 por ciento del PIB manufacturero. En términos de comercio exterior, representa una de las principales fuentes de divisas para el país, con exportaciones que en 2024 alcanzaron los 95 mil millones de dólares y un superávit comercial superior a los 52 mil millones de dólares.
La industria automotriz y su cadena de valor generan más de 980 mil empleos directos y alrededor de 4.9 millones de empleos indirectos, lo que la convierte en un motor clave del empleo formal en México. Un alto porcentaje de estos empleos son de alto valor agregado, debido a la especialización y tecnificación que exige el sector. Esto se traduce en salarios competitivos y oportunidades de desarrollo profesional en áreas como manufactura avanzada, ingeniería, investigación y desarrollo.
II. Distribución del Valor en la Industria Automotriz
La industria automotriz además de abarcar la producción y ensamblaje de vehículos, involucra una extensa cadena de valor compuesta por sectores clave como:
Manufactura: Representa cerca del 60 por ciento del total del valor agregado del sector y comprende la producción de autopartes, componentes y ensambles finales.
Logística y transporte: Constituyen aproximadamente el 15 por ciento de la cadena de valor, considerando las actividades de almacenamiento, distribución y exportación.
Desarrollo tecnológico e innovación: Representa alrededor del 10 por ciento, incluyendo investigación en electromovilidad, eficiencia energética y automatización.
Servicios de postventa y comercialización: Comprende el 15 por ciento restante, integrando la venta de unidades, financiamiento y mantenimiento.
III. Representaciones Empresariales del Sector Automotriz
Dado el peso estratégico de esta industria, existen diversas asociaciones que representan los intereses del sector:
Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA): Representa a los fabricantes de vehículos ligeros en México.
Industria Nacional de Autopartes (INA): Agrupa a las empresas dedicadas a la manufactura de componentes y autopartes.
Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index): Representa a las empresas manufactureras de exportación, incluyendo plantas automotrices.
Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA): Enfocada en la comercialización y distribución de vehículos nuevos y usados en el país.
Clústeres Automotrices Regionales: Grupos industriales que promueven la integración de proveedores locales en estados como Guanajuato, Nuevo León y Coahuila.
IV. Amenazas al Sector: Nearshoring y Medidas Proteccionistas
IV. 1. Impacto del Nearshoring en la Industria Nacional
El fenómeno del nearhoring ha generado oportunidades y riesgos para la industria automotriz en México. Si bien la relocalización de empresas extranjeras puede fortalecer la cadena de suministro, también existe el riesgo de que la introducción masiva de proveedores con menores costos laborales abarate artificialmente el mercado y desplace a fabricantes nacionales.
Esto podría traducirse en:
-Presión a la baja en los salarios del sector automotriz en México, afectando la calidad del empleo.
-Mayor dependencia de empresas extranjeras, reduciendo la participación de proveedores nacionales.
-Pérdida de inversión en manufactura local, si los insumos importados desplazan a la producción nacional.
Para mitigar estos efectos, esta Ley busca fomentar la integración de proveedores mexicanos en la cadena de valor automotriz, a través de incentivos estratégicos y programas de fomento.
IV. 2. Riesgo de Aranceles por parte de Estados Unidos
México ha atraído grandes inversiones extranjeras debido a su ubicación estratégica, costos laborales competitivos y acuerdos comerciales como el T-MEC, que facilita el comercio de productos manufacturados del sector automotriz.
El 80 por ciento de las exportaciones automotrices de México se dirigen a Estados Unidos, lo que expone a la industria a medidas proteccionistas. En años recientes, la amenaza de imponer aranceles del 25 por ciento a los vehículos y autopartes importados desde México ha generado incertidumbre en los inversionistas y ha puesto en riesgo la competitividad del sector.
Si estos aranceles se implementaran, los efectos podrían ser devastadores. Algunas de las consecuencias previsibles son:
-Caída en las exportaciones, reduciendo la producción y provocando cierres de plantas ensambladoras y proveedoras.
-Pérdida de empleos, afectando a cientos de miles de trabajadores en todo el país.
-Reducción de la inversión extranjera directa, desviando capitales hacia otros países con condiciones comerciales más estables.
Para enfrentar este riesgo, el objetivo de la presente Ley es establecer mecanismos de protección que incluyen un Mecanismo de Compensación ante Modificaciones Arancelarias, que garantizará estabilidad en los costos de producción y competitividad del sector.
V. La necesidad de una Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su Cadena de Valor
Dado el impacto económico y social de la industria automotriz, resulta imprescindible contar con un marco normativo que garantice su fomento, protección y desarrollo. Actualmente, el sector opera bajo diversas disposiciones regulatorias dispersas, lo que limita la capacidad de generar una política pública integral para su fortalecimiento.
Esta Ley busca consolidar un esquema de desarrollo estructurado mediante:
1. Fomento a la inversión y la innovación, incentivando el crecimiento de la cadena de valor automotriz en México.
2. Protección frente a amenazas externas, estableciendo medidas para mitigar riesgos derivados de prácticas desleales, competencia desleal o cambios en el comercio internacional.
3. Desarrollo del talento y el empleo, asegurando la capacitación y la generación de oportunidades laborales en sectores de alto valor agregado.
4. Fortalecimiento de proveedores nacionales, promoviendo la integración de fabricantes mexicanos en la cadena de producción automotriz.
5. Sustentabilidad y electromovilidad, impulsando la transición hacia tecnologías limpias y eficientes.
6. La creación de este marco jurídico garantizará que México continúe siendo un actor clave en la industria automotriz global, asegurando el crecimiento sostenido del sector y protegiendo su impacto positivo en la economía nacional.
Por lo anteriormente expuesto los que suscriben junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se expide la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su Cadena de Valor
Artículo Único. Se expide la Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su Cadena de Valor, para quedar como sigue :
Ley General de Fomento, Protección y Desarrollo de la Industria Automotriz y su Cadena de Valor
Capítulo IDisposiciones GeneralesArtículo 1. La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto fomentar, proteger y desarrollar la industria automotriz y su cadena de valor en México, garantizando su competitividad, sostenibilidad, sustentabilidad e integración en la economía nacional e internacional. Para tal efecto, se fundamenta en los artículos 25 y 73, fracciones XXIX-E y XXIX-F de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley son aplicables en todo el territorio nacional y comprenden todas las actividades relacionadas con la industria automotriz, incluyendo la fabricación, ensamblaje, manufactura, proveeduría, investigación, comercialización y desarrollo e investigación tecnológicos.
Artículo 3. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. Industria Automotriz: Conjunto de actividades económicas relacionadas con el diseño, desarrollo, fabricación, ensamblaje, comercialización y venta de vehículos automotores y sus componentes.
II. Cadena de Valor Automotriz: Conjunto de procesos y actores que participan en la producción, proveeduría, manufactura, logística, importación, exportación, comercialización y distribución de bienes y servicios relacionados con la industria automotriz. Incluye proveedores de materias primas, fabricantes de autopartes, ensambladores, transportistas, distribuidores y empresas de postventa.
III. Innovación Tecnológica: Introducción de nuevas tecnologías o procesos de manufactura que contribuyan a la modernización y eficiencia del sector.
IV. Electromovilidad: Desarrollo y producción de vehículos con tecnologías de energía limpia.
V. Sustentabilidad: Desarrollo de actividades productivas que satisfacen las necesidades presentes sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades, asegurando el equilibrio entre crecimiento económico, cuidado del medio ambiente y bienestar social.
VI. Innovación Tecnológica: Introducción de nuevos productos, procesos o mejoras significativas en los existentes, que aporten avances en eficiencia, calidad, seguridad o impacto ambiental en la industria automotriz.
Artículo 4. Son sujetos de esta Ley todas las personas físicas o morales que, de manera individual o colectiva, realicen actividades dentro del. Marco de la ley, vinculadas con la industria automotriz y su cadena productiva y de proveeduría en territorio nacional, incluyendo:
I. Fabricantes de vehículos automotores.
II. Productores de autopartes y componentes.
III. Proveedores de servicios logísticos, tecnológicos y de innovación.
IV. Centros de investigación y desarrollo enfocados en la industria automotriz.
Capítulo IIPlaneación y Programación para el Fortalecimiento de la Industria AutomotrizArtículo 5. Las secretarías de Economía, Hacienda y Crédito Público, y Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación y de Trabajo y Previsión Social, elaborarán el Programa Especial para el Fomento de la Industria Automotriz, conforme los dispuesto por el artículo 26 de la Ley de Planeación.
El programa deberá elaborarse con un enfoque de prospectiva, por lo que deberá contener consideraciones y proyecciones de por lo menos veinte años, para efectos de inversiones, estímulos, y en general, las políticas públicas necesarias para el fortalecimiento de la industria automotriz.
Para su entrada en vigor, el programa deberá contar con la aprobación del Consejo.
Artículo 6. Corresponderá a la Secretaría de Economía en coordinación la Secretaria de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación y las demás dependencias de la administración pública que considere en el ámbito de sus atribuciones, implementar las acciones que se deriven del Programa referido en el artículo anterior, para fomentar y fortalecer la industria automotriz, su desarrollo, crecimiento e inversión priorizando:
I. Innovación tecnológica y digitalización.
II. Electromovilidad y sustentabilidad ambiental.
III. Integración de proveedores nacionales.
IV. Desarrollo de clústeres industriales regionales.
V. Facilidades y desregulación administrativa para las inversiones, diligencias y procesos de investigación entre inversores, fusiones o adquisiciones encaminadas a fortalecer la inversión y el nearshoring.
Artículo 7. Corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en coordinación con las dependencias de la administración pública que considere, establecer y promover esquemas de apoyo fiscal y financiero para:
I. Inversión en infraestructura productiva.
II. Modernización tecnológica y capacitación de personal.
III. Financiamiento preferencial para empresas que prioricen insumos nacionales.
IV. Diseño y operación de instrumentos financieros que garanticen la estabilidad económica del sector ante factores externos como aranceles o crisis de suministro.
V. La implementación de previsiones presupuestales necesarias para los mecanismos de fomento y protección del sector.
VI. Establecer políticas de apoyo y protección aplicables a políticas arancelarias excesivos que afecten el sector y su cadena de valor.
VII. Implementar programas temporales de acreditación de impuesto sobre la renta, contra pago de aranceles, en casos de incrementos excesivos;
VIII. Considerar, establecer e implementar las previsiones presupuestales, operativas y reglamentarias para establecer fondos emergentes y generar programas temporales de apoyo financiero al sector para proteger la operación, inversiones y empleos en casos de contingencias en materia arancelaria que ponga en riesgo la estabilidad financiera y operativa del sector y sus cadenas de valor.
Artículo 7. Corresponde a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en coordinación con las dependencias de la administración pública que corresponda, velar y vigilar por los derechos laborales de los trabajadores de la industria automotriz y su cadena de valor.
Capítulo IIIConsejo Nacional de la Industria AutomotrizArtículo 9. Se establece el Consejo Nacional de la Industria Automotriz como un órgano de vinculación, consulta y coordinación entre el sector automotriz y el Gobierno Federal.
Artículo 10. El Consejo estará conformado por:
I. La persona titular de la Secretaría de Economía;
II. La persona titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
III. La persona titular de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación;
IV. La persona titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social;
V. Un representante de cada una de las entidades federativas en los que la industria automotriz represente una de las actividades económicas preponderantes;
VI. Un representante de las Comisiones Legislativas de Hacienda y Crédito Público, Economía, Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados y sus homólogas en el Senado de la República;
VII. Un representante de la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz;
VIII. Un representante de la Industria Nacional de Autopartes;
IX. Un representante del Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación;
X. Un representante de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores, y
XI. Tres representantes de instituciones académicas y centros de innovación, designados por la persona titular de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
Artículo 11. El Consejo será presidido por el titular de la Secretaría de Economía, y contará con una Secretaría Técnica encargada de la coordinación de los trabajos y la implementación de acuerdos.
El Consejo se reunirá de manera ordinaria cada tres meses y podrá sesionar de forma extraordinaria a solicitud de al menos la mitad más uno de sus integrantes.
Artículo 12. Son atribuciones del Consejo las siguientes:
I. Aprobar el Programa Especial de la Industria Automotriz a que se refiere el artículo 5 de este ordenamiento.
II. Proponer estrategias, políticas públicas, acciones y mecanismos, para el fortalecimiento y protección de la industria automotriz y su cadena de valor.
III. Evaluar el impacto de las políticas gubernamentales en el sector y sugerir mejoras.
IV. Fomentar la integración de proveedores nacionales en la cadena de valor.
V. Promover la investigación, innovación y desarrollo tecnológico.
VI. Actuar como órgano consultivo ante cambios en la política comercial y fiscal.
VII. Promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia, el acceso a la información pública y la rendición de cuentas.
VIII. Coordinar, coadyuvar e informar al Poder Legislativo Federal en materia de transparencia, sobre resultados, acuerdos, diagnósticos de las políticas públicas, acciones, estrategias y mecanismos para el fortalecimiento y protección de la industria automotriz y su cadena de valor.
Artículo 13. Las personas titulares de las entidades federativas señaladas en el artículo 9 de esta Ley, dentro de sus facultades y atribuciones desarrollarán, impulsarán e implementarán en coordinación con las respectivas autoridades municipales, los acuerdos que determine el Consejo.
Artículo 14. El Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, dentro del marco de sus facultades y atribuciones, impulsarán adecuaciones normativas que deriven el cumplimiento de los acuerdos que determine el Consejo.
TransitoriosPrimero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Con independencia de lo dispuesto en el artículo 5 de la presente ley, la persona titular del Ejecutivo Federal deberá remitir al Consejo, en el plazo de diez días posteriores a la entrada en vigor de la presente ley, el “Programa Nacional de Ayuda Emergente para la Protección de los Empleos Directos e Indirectos de la Industria Automotriz”. El Consejo contará con cinco días naturales para emitir una opinión del Programa, e inmediatamente después, éste deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.
El Programa estará vigente hasta que el Gobierno Federal tenga la certeza jurídica de que otros países no impondrán aranceles por la exportación de productos de la industria automotriz fabricados en territorio nacional.
Para efectos de la consecución de los objetivos del Programa, durante su vigencia la Secretaría de Hacienda y Crédito Público suspenderá el cobro del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
Tercero. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, coordinará la implementación de los programas, fondos y acciones que deriven de la implementación de esta Ley. La Secretaría de Hacienda deberá garantizar la suficiencia presupuestal para la ejecución de las estrategias de fomento, financiamiento y estabilización de costos en la industria automotriz, mientras que la Secretaría de Economía diseñará e instrumentará las políticas sectoriales correspondientes.
Cuarto. Las dependencias de la administración pública involucradas, deberán emitir en un plazo máximo de treinta días las disposiciones reglamentarias, administrativas y presupuestales necesarias para la implementación de la presente ley.
Quinto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 9 de la presente Ley, el Consejo deberá instalarse en el plazo de cinco días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.
Los tres gobernadores que designe la persona titular del Ejecutivo, deberán ser emanados de tres partidos políticos distintos.
Los grupos parlamentarios de las Cámaras del Congreso de la Unión deberán designar a sus representantes ante el Consejo en la siguiente sesión ordinaria de la respectiva cámara o en su caso, de la Comisión Permanente.
Sexto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá establecer los mecanismos de financiamiento y ajustes presupuestales para garantizar la operatividad de los esquemas de apoyo y fondos emergentes contemplados en esta Ley, asegurando su viabilidad en el corto, mediano y largo plazo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2025.– Diputada y diputados: María Angélica Granados Trespalacios, César Augusto Rendón García y Federico Döring Casar (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a las Comisiones Unidas de Economía, Comercio y Competitividad, y de Hacienda y Crédito Público, con la opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su dictamen.
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, Y LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
La diputada María Angélica Granados Trespalacios:
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por la diputada María Angélica Granados Trespalacios y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal María Angélica Granados Trespalacios, así como las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, así como de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de conformidad con la siguiente
Exposición de MotivosI.-Las Mipymes hasta antes de la pandemia por el virus SARS-CoV2 (en adelante Covid-19).
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (en adelante las Mipymes) son un pilar fundamental para el desarrollo económico de cualquier país. En México, hasta antes de la pandemia de Covid-19, las Mipymes representaban el 99.8 por ciento del total de las unidades económicas, según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (en adelante el INEGI). Este sector se clasificaba en microempresas (hasta 10 empleados y un rango de ventas de 4 millones de pesos), pequeñas empresas (11 a 50 empleados y un rango de ventas de 100 millones de pesos) y medianas empresas (51 a 250 empleados y un tope de ingresos de 250 millones de pesos), de acuerdo con los criterios establecidos por la Secretaría de Economía.
Según el último censo del INEGI, las Mipymes en México representan el 99.8 por ciento de todos los tipos de compañías que hay en el país; de éstas, el 95.4 por ciento son microempresas, el 3.6 por ciento son comercios pequeños empresas y el 0.8 por ciento son negocios medianos.
En cuanto a su contribución económica, las Mipymes generaban alrededor del 72 por ciento de los empleos formales del país y aportaban aproximadamente el 52 por ciento del Producto Interno Bruto (en adelante el “PIB”). Estas cifras reflejan la importancia de este sector en la dinamización de la economía nacional, no solo por la generación de empleo, sino también por su contribución a la cadena de valor y al desarrollo regional.
Previo a la crisis sanitaria, las Mipymes enfrentaban retos significativos, como la baja productividad, el acceso limitado a tecnologías modernas, la falta de capacitación empresarial y, especialmente, el acceso al financiamiento. Aunque existieron programas de apoyo, como los otorgados por el Instituto Nacional del Emprendedor (en adelante el “INADEM”) hasta su desintegración en 2019, estos esfuerzos fueron insuficientes para cubrir la totalidad de las necesidades del sector.
II.- Impacto de la pandemia por Covid-19 en las Mipymes
La llegada de la pandemia por Covid-19 en 2020 significó un cambio radical en el panorama para las Mipymes. De acuerdo con el INEGI, más de un millón de microempresas cerraron sus puertas durante los primeros meses de la crisis, representando una caída del 20.8 por ciento del total de establecimientos. Las principales razones para estos cierres fueron la disminución de ingresos, la reducción en la demanda de bienes y servicios, y la falta de liquidez para cubrir gastos operativos.
La crisis sanitaria también puso de manifiesto la fragilidad de las Mipymes en cuanto a su digitalización y adaptabilidad. Muchas empresas no lograron implementar estrategias de comercio electrónico o modelos de negocio alternativos, lo que limitó su capacidad de mantenerse operativas durante los confinamientos.
Otro problema que enfrentaron las Mipymes fue el acceso a financiamiento, el cual se vio aún más restringido, y los apoyos gubernamentales, como los créditos a la palabra, fueron insuficientes, tanto en cantidad como en cobertura que terminaron a su suerte.
En ese sentido, de acuerdo a datos oficiales, las Mipymes se convirtió en uno de los sectores más afectados por la pandemia. De acuerdo con datos de la Encuesta sobre el Impacto Económico Generado por Covid-19 en las Empresas (Ecovid-IE) el 60 por ciento de las microempresas se vio forzada a realizar paros técnicos o cierres temporales ante la contingencia sanitaria durante el primer cuatrimestre del año 2020. En total, el 46 por ciento de las microempresas incurrió en un paro de actividades de más de 21 días durante ese mismo periodo. Adicionalmente, el 93 por ciento de las microempresas reportó haber tenido algún tipo de afectación a causa de la contingencia sanitaria durante el primer cuatrimestre del año.
Para el segundo cuatrimestre del año 2020, el 87 por ciento de las microempresas se mantenían en esta situación. En particular, el 15 por ciento de las microempresas tuvieron que realizar recortes del personal para el mes de abril y, para el mes de agosto, este porcentaje incrementó al 18 por ciento. En términos de pérdidas del ingreso, el 86 por ciento de las microempresas vieron sus ingresos reducidos durante el primer cuatrimestre del año y el 80 por ciento se mantuvieron en esa situación durante el segundo. Ante esta situación, con datos de la Ecovid-IE, se estima que únicamente el 8 por ciento de las microempresas habían recibido algún tipo de apoyo, ya sea de gobierno o de alguna organización particular, ante las afectaciones de la pandemia para el mes de abril, situación que no mejoraría para el mes de agosto con un porcentaje de apenas 6 por ciento.
III.- Principales problemas y desafíos posteriores a la pandemia por Covid-19 para las Mipymes
Entre 2019 y 2023, aunque nacieron 1.7 millones de Mipymes, también murieron 1.4 millones, lo que muestra una inestabilidad significativa en el sector. Las tasas de mortalidad, especialmente en sectores como el manufacturero, superaron a los nacimientos, indicando una vulnerabilidad estructural persistente, especialmente frente a eventos disruptivos como la pandemia o posibles crisis económicas.
A pesar de los intentos por implementar nuevas estrategias operativas, tales como el uso de redes sociales y servicios de entrega a domicilio, más del 50 por ciento de las Mipymes no realizaron modificaciones en sus modelos de negocio. Esto evidenció una carencia en la capacidad de adaptación, atribuida a recursos limitados y a una insuficiente formación empresarial que les impidió perdurar.
El sector manufacturero, en particular, continúa enfrentando una elevada tasa de mortalidad y no logra compensar las pérdidas con la creación de nuevas empresas. Aunque los sectores de servicios y comercio mostraron cierta recuperación en 2023, la cantidad de cierres es un asunto preocupante, ya que refleja problemas estructurales en términos de sostenibilidad y competitividad.
Si bien, algunas Mipymes utilizaron mínimamente el apoyo financiero para la adquisición de insumos, otras áreas críticas como la expansión, la remodelación o la compra de tecnología recibieron una asignación considerablemente menor. Esto sugiere que muchas empresas están más centradas en satisfacer necesidades inmediatas para sobrevivir que en invertir en su crecimiento a largo plazo, debido a la escasez de recursos.
Tras la pandemia, las Mipymes enfrentaron una serie de desafíos estructurales:
• Falta de financiamiento: Según datos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (en adelante la CNBV), solo el 23 por ciento de las Mipymes tuvieron acceso a algún tipo de crédito formal en 2021. La alta percepción de riesgo por parte de las instituciones financieras y las elevadas tasas de interés han limitado las posibilidades de acceder a recursos.
• Digitalización insuficiente: Aunque muchas empresas incursionaron en el comercio electrónico, solo un 10 por ciento logró integrar plenamente herramientas digitales en sus operaciones, según la Asociación de Internet MX.
• Incremento en Costos: La inflación global, los problemas en las cadenas de suministro y el aumento en los precios de las materias primas han afectado directamente los costos operativos de las Mipymes, impactando su rentabilidad.
• Falta de Capacitación: Existe una brecha importante en términos de formación empresarial y gestión administrativa, lo que limita la capacidad de las empresas para adaptarse a un entorno cambiante.
En este sentido, a fin de obtener un diagnóstico preciso del desarrollo digital de las Mipymes, la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur), realizó el “Estudio Digitalización Pymes 2024”, el cual indicó que sólo el 15 por ciento de estos negocios cuentan con una estrategia digital efectiva. Lo anterior pone en evidencia la brecha digital que existe entre las Mipymes mexicanas y la de otros países, por lo que resulta necesario impulsar políticas públicas, como la que aquí se plantea, que, junto con la capacitación, financiamiento y una adecuada estrategia de negocios le permitirán al empresario mexicano ser más competitivo, acceder a nuevos mercados y crecer con su negocio.
La realidad es que las Mipymes enfrentan dificultades para acceder al crédito, como su tamaño, sus recursos limitados y su estrecha base productiva, Cuando el acceso al financiamiento es limitado, la capacidad productiva y la posibilidad de crecimiento se ven restringidas, ya que deben financiar sus operaciones a través de sus propios fondos.
Para las Mipymes los costos de producción, el nivel de riesgo y el costo financiero son más elevados en comparación con las grandes empresas. Las Mipymes principalmente utilizan el sistema financiero principalmente para depósitos y como medio de pago y, en menor medida la utilización de productos de crédito ante las existentes barreras para obtener financiamiento.
Las Mipymes operan principalmente en los sectores de servicios tradicionales, con altos niveles de informalidad y una importante brecha en la productividad lo que las imposibilita a lograr un crecimiento sostenido y potenciar su desarrollo.
IV.- Situación de las Mipymes en 2023 y 2024
En 2023 y 2024, el panorama para las Mipymes continúa siendo complicado. De acuerdo a cifras del INEGI, estás unidades económicas representan aproximadamente el 99.8 por ciento del total de las unidades económicas en México, generando cerca del 68 por ciento de los empleos formales y aportando alrededor del 50 por ciento del PIB. Sin embargo, la recuperación económica ha sido lenta, y muchas empresas aún no logran alcanzar los niveles de actividad previos a la pandemia.
Los principales problemas que enfrentan las Mipymes incluyen:
• Falta de apoyos económicos del gobierno: Con la desaparición del Instituto Nacional del Emprendedor (en adelante el INADEM) y la limitada implementación de programas de apoyo gubernamental han dejado un vacío en el acompañamiento financiero y técnico aspecto que deja a su suerte a las Mipymes. Los créditos disponibles no han sido suficientes para cubrir las necesidades del sector.
• Dificultad de acceso al financiamiento: La falta de capital y financiamiento es uno de los problemas más comunes a los que enfrentan las Pymes. Muchas veces, estas empresas no tienen acceso a préstamos bancarios o a inversores, lo que limita su capacidad para acrecentar el negocio y expandirse. Solo un pequeño porcentaje puede acceder al crédito.
• Problemas de digitalización: Aunque la adopción de herramientas digitales ha aumentado, una proporción significativa de Mipymes aún carece de la infraestructura y conocimientos necesarios para aprovechar plenamente estas tecnologías.
• Inflación y costos operativos: El incremento en los precios de las materias primas, la energía y otros insumos ha afectado gravemente la rentabilidad de las empresas, especialmente las más pequeñas.
• Falta de recursos tecnológicos: Las Pymes pueden no tener el presupuesto o los recursos para invertir en tecnología avanzada para mejorar sus operaciones y aumentar su eficiencia.
• Cambios en el mercado: La competencia global y la transformación de los hábitos de consumo exigen una mayor adaptabilidad que muchas empresas no han logrado alcanzar.
Un aspecto relevante es la informalidad en la que se encuentran el mayor universo de las Mipymes del país, que es un factor que prevalece como una de las principales barreras para que tengan acceso al crédito bancario, y con ello lograr un mayor desarrollo.
De acuerdo con la Asociación de Bancos de México, de las Mipymes formales, 1.1 millones son sujetas a crédito, pero de éstas, apenas 432,000 tienen la posibilidad de tener acceso a créditos bancarios.
V.- La Informalidad en las Mipymes
En México, aproximadamente el 65 por ciento de las Mipymes operan en el sector informal. Este fenómeno afecta principalmente a las microempresas, que constituyen el 95.4 por ciento del total de las empresas en el país. La informalidad implica que estas empresas no están registradas ante las autoridades fiscales, ni cumplen con las normativas laborales, lo que genera barreras entre las que destacan:
• Acceso limitado al financiamiento: Al no contar con historial crediticio ni documentación formal, estas empresas no pueden acceder a préstamos bancarios o programas de apoyo.
• Inseguridad jurídica: La falta de formalización dificulta su protección frente a problemas legales, fiscales o laborales.
• Baja productividad: Las empresas informales suelen operar con recursos limitados, tecnología obsoleta y personal no capacitado, lo que reduce su competitividad.
Si más Mipymes dejaran la informalidad, el potencial de acceso al crédito bancario, sería mayor. De acuerdo a la Asociación de Bancos de México (ABM) estima que si hubiera un aumento de entre 2.7 por ciento y 6.5 por ciento en la formalidad y educación financiera de las Mipymes, ello mejoraría su percepción hacia el financiamiento, y el crédito bancario podría incrementarse entre 21,000 millones y 49,000 millones de pesos.
VI.- La falta de financiamiento a las Mipymes
El acceso al financiamiento es uno de los principales retos para las Mipymes en México. Según datos de la ABM:
• Solo el 15 por ciento de las Mipymes tienen acceso a financiamiento formal.
• La mayoría de las empresas dependen de recursos propios o de préstamos informales, que tienen altos costos y riesgos.
• Las tasas de interés para las Mipymes suelen ser más altas en comparación con las grandes empresas debido al mayor riesgo crediticio percibido.
Los principales factores que limitan el financiamiento son:
• Falta de garantías: Muchas Mipymes no cuentan con activos suficientes para ofrecer como respaldo en caso de solicitar un crédito.
• Burocracia: Los procesos para obtener financiamiento son complejos y requieren documentos que muchas empresas informales no poseen.
• Desconfianza: Las instituciones financieras perciben a las Mipymes como de alto riesgo debido a su falta de formalización y registros financieros.
VII.- Pérdida de oportunidades de crecimiento
La falta de financiamiento y formalización genera barreras para que las Mipymes mexicanas aprovechen oportunidades de crecimiento. Entre los principales efectos están:
• Baja adopción tecnológica: Solo un 15 por ciento de las Mipymes invierte en tecnologías digitales, lo que las deja en desventaja frente a la competencia.
• Acceso limitado a mercados internacionales: Menos del 1 por ciento de las Mipymes participan en actividades de exportación debido a la falta de recursos y conocimientos.
• Limitaciones en capacitación: La falta de ingresos suficientes impide que estas empresas inviertan en la formación de su personal, lo que perpetúa bajos niveles de productividad.
En este contexto, se destaca la importancia de generar un marco normativo integral, especialmente, creado para las Mipymes, a fin de que se transformen en unidades de negocio para un mercado global competitivo, resiliente y de continua transformación tecnológica. De manera que las Mipymes, con una adecuada capacitación y financiamiento oportuno, con estándares de eficiencia y calidad, puedan participación en la cadena de suministro y, contribuyan de manera significativa, en un mayor crecimiento económico para el país.
VIII.- La falta de apoyos económicos y financieros del gobierno a las Mipymes
A pesar de la importancia que representan las Mipymes a la economía mexicana, los apoyos gubernamentales son insuficientes para promover su desarrollo. Entre los problemas principales destacan:
• Recortes presupuestales: Los programas de apoyo a las Mipymes han sufrido recortes significativos en los últimos años. Por ejemplo, el Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares, implementado durante la pandemia, fue limitado en alcance y recursos, por lo que no resolvió los problemas de las unidades económicas, aun cuando se estaba en un escenario adverso por la pandemia y sus efectos negativos.
• Incentivos insuficientes para la formalización: No existen suficientes beneficios fiscales o programas que motiven a las empresas a registrarse formalmente.
• Falta de inclusión financiera: Según la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), más del 50 por ciento de las Mipymes no están bancarizadas, lo que limita su acceso a instrumentos financieros básicos.
IX.- Propuesta para crear el Instituto Nacional Para el Fomento del Emprendimiento de México y el Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad
La desaparición del Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM) en 2019 dejó un vacío en el apoyo institucional al emprendimiento en México, al transferir sus funciones a la Unidad de Desarrollo Productivo, cuyas funciones del organismo resultan insuficientes para cubrir las necesidades de las Mipymes, razón por lo cual se requiere de un robusto y actualizado marco normativo que fomente el desarrollo de nuevos negocios y fortalezca los sectores productivos estratégicos del país.
En ese orden de ideas, la presente Iniciativa propone la creación del Instituto Nacional Para el Fomento del Emprendimiento de México (en adelante el INFEM), como un organismo descentralizado de la Secretaría de Economía, encargado de:
1. Financiar proyectos de emprendimiento mediante fondos concursables.
2. Brindar capacitación y asistencia técnica a emprendedores en los sectores productivos estratégicos.
3. Promover la digitalización y la innovación en pequeñas empresas emergentes.
4. Fungir como órgano de consulta especializado y de apoyo para la implementación, evaluación y monitoreo de las políticas para las Mipymes.
Objetivos del INFEM:
1. Promover la creación y consolidación de empresas en los sectores productivos clave para el desarrollo económico del país.
2. Desarrollar programas de financiamiento accesibles y capacitación gratuita para emprendedores, impulsando la innovación.
3. Fungir como órgano de consulta especializado y apoyo para la implementación, evaluación y monitoreo de las políticas para las Mipymes.
4. Implementar estrategias integrales de reforma normativa y de mejora continua en la simplificación administrativa y cumplimiento legal para las Mipymes.
5. Reforzar las estrategias y el desarrollo de programas educativos y de capacitación para las Mipymes.
6. Fungir como órgano de apoyo en la evaluación de políticas públicas que tengan que ver con la reducción de la informalidad laboral y empresarial.
7. Alinear las políticas de apoyo a las Mipymes con los objetivos nacionales de descarbonización y economía verde.
8. Aprovechar las ventajas de la integración regional y apoyar a las Mipymes para que se inserten en las cadenas de proveeduría y en los procesos del comercio internacional para ampliar el mercado.
9. Desarrollar acciones para acercar los esquemas y servicios de financiamiento a la actividad productiva de las Mipymes, así como las condiciones y oportunidades necesarias para su desarrollo y crecimiento.
10. Fomentar e impulsar la cultura emprendedora en el país, social, verde y de alto impacto.
X.- EL INFEM y el Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad
El INFEM será la instancia encargada de coordinar las acciones del Sistema Nacional en materia de emprendimiento, garantizando la integración de las Mipymes en las estrategias de desarrollo económico nacional y regional.
El Instituto será un organismo especializado que garantizará que los recursos se destinen de manera eficiente al desarrollo de nuevos negocios en sectores estratégicos y prioritarios.
Los recursos del Instituto se integrarán mediante una partida presupuestal específica y contribuciones de organismos internacionales para dar apoyo al emprendimiento.
Asimismo, se crea el Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad (en adelante el FONAS) como un instrumento financiero público administrado por el INFEM, destinado a apoyar a emprendedores y Mipymes mediante recursos específicos para proyectos productivos, sostenibles e innovadores.
Los recursos del FONAS se integrarán de la siguiente manera:
1. Ingresos por excedentes
2. Aportaciones del presupuesto de egresos de la federación.
3. Contribuciones de organismos internacionales, empresas privadas y entidades federativas.
4. Recursos obtenidos por la operación de programas y proyectos administrados por el INFEM.
Los apoyos otorgados por el FONAS podrán ser en forma de:
1. Subsidios no reembolsables para proyectos en sectores estratégicos definidos por la Secretaría de Economía.
2. Créditos blandos con tasas preferenciales para Mipymes y emprendedores.
3. Garantías crediticias para facilitar el acceso al financiamiento en instituciones bancarias.
El FONAS será el mecanismo financiero principal para canalizar recursos de manera eficiente y transparente hacia el emprendimiento y las Mipymes, con énfasis en proyectos sostenibles e innovadores
Los recursos para el INFEM y el FONAS implican que se le destinen de los ingresos por excedentes 4,000 mil millones de pesos. Se consideran 1,000 millones de pesos para el Instituto y 3,000 millones de pesos para el FONAS, que operará como un fondo que genere dividendos y se constituya como una verdadera oportunidad de apoyo y de fomento al crecimiento para las Mipymes, no olvidemos que son la columna vertebral de la actividad económica de México.
Para dar cumplimiento a esta propuesta, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará los ajustes correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2025, a efecto de instrumentar los recursos y medidas que posibiliten la creación del FONAS y del INFEM para su operación. Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público considerará una partida presupuestal para impulsar y fortalecer el Fondo y el Instituto a fin de impulsar el sector MIPYME en México.
XI.- El Plan México y su relación con las Mipymes
La propuesta de crear el INFEM y el FONAS están alineadas con el Plan México que anunció la presidenta Claudia Sheinbaum. El Plan México propone en uno de sus puntos que el 30 por ciento de PYMES cuenten con acceso a financiamiento, tanto de la banca comercial como de la banca privada. Sin embargo, no precisa a cuánto asciende la inversión pública a este sector económico. Debido a que México es uno de los países que menos financiamiento público otorga a las PYMES.
La estrategia del Plan México señala que se garantiza un fondo mínimo de 1,000 millones de pesos para las PYMES, esta cantidad representa solo el 3.33 por ciento del monto total de los estímulos fiscales. Dado que las Mipymes constituyen el 99 por ciento de las unidades económicas en México y generan una proporción significativa del empleo, por lo que este porcentaje es claramente insuficiente para atender sus necesidades.
Otro aspecto a mencionar es que el Plan México sólo favorece a las empresas grandes y no garantiza que las Mipymes puedan competir en igualdad de condiciones en materia de estímulos fiscales. Tal es el caso de los requisitos de inscripción, cumplimiento fiscal y presentación de proyectos de inversión pueden ser demasiado complicados para pequeñas empresas que no cuentan con recursos administrativos, ni capacitación profesional para poder competir.
En cuanto a los trámites para acceder a los estímulos fiscales, como la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, la obtención de constancias de cumplimiento fiscal y la presentación de proyectos de inversión validados por el Comité de Evaluación, representan una carga administrativa significativa para las Mipymes. No perdamos de vista que las Mipymes suelen tener recursos limitados para cumplir con requisitos burocráticos complejos.
En sectores especializados como: telecomunicaciones, manufactura de alta tecnología y energía, tienden a ser dominados por las grandes empresas, dejando a las Mipymes sin posibilidad de competir. Además, las Mipymes que operan en sectores como comercio, servicios o pequeñas manufacturas quedan en desventaja, ya que no están directamente contempladas como beneficiarias principales.
Es una realidad que las Mipymes presentan problemas críticos de liquidez y de acceso a capital de trabajo, por lo que el Plan México no incluye incentivos fiscales directos para cubrir estos problemas, con un esquema de deducciones adicionales para gastos operativos esenciales o subsidios fiscales para enfrentar costos crecientes o la creación de fondos de apoyos. Un punto a destacar es que la aplicación de los estímulos está limitada a inversiones realizadas entre 2025 y 2030, pero las Mipymes podrían necesitar plazos más amplios y flexibles para planificar sus inversiones, considerando sus restricciones o limitantes económicas y financieras.
El Plan México contempla la creación de un Comité de Evaluación que garantice la transparencia y una adecuada aplicación de los estímulos, pero no incluye disposiciones específicas para monitorear que los beneficios lleguen efectivamente a las Mipymes.
Aunque los estímulos incluyen beneficios para innovación y educación dual, estas áreas suelen ser inaccesibles para las Mipymes debido a su limitada capacidad financiera y técnica. La implementación de convenios con la Secretaría de Educación Pública o la inversión en desarrollo de patentes son objetivos poco alcanzables para pequeños negocios que se encuentran en sectores tradicionales o con márgenes ajustados.
Por lo que la iniciativa que se presenta cobra relevancia para atender el problema que presentan las Mipymes, toda vez que en el corto y mediano plazo puedan ser impulsadas y consolidadas en aras de buscar el crecimiento económico que tanto necesita el país. No perdamos de vista que México en el sexenio que terminó sólo pudo crecer 0.9 por ciento, cifra raquítica comparada con la del sexenio de Enrique Peña Nieto que fue de 2.5 por ciento y el de Felipe Calderón con el 2.1 por ciento.
Por lo anteriormente expuesto, se presenta ante esta Honorable Asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona las fracciones XVIII, XIX y XX del artículo 3; los artículos 7 Bis; 7 Ter; 7 Quater; 7 Quinquies; 7 Sexies; 15 Bis y 23 Bis de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Adiciona al artículo 19 la fracción VI, así como el artículo 19 Quinquies de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Artículo Primero. Se adicionan las siguientes disposiciones: las fracciones XVIII, XIX y XX en el artículo 3o.; los artículos 7 Bis; 7 Ter; 7 Quater; 7 Quinquies; 7 Sexies; 15 Bis y 23 Bis de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:
Artículo 3
...
XVIII. Instituto: Instituto Nacional para el Fomento al Emprendimiento.
XIX. Fondo: Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad.
XX. Padrón Mipymes: Padrón Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Artículo 7 Bis. Las disposiciones contenidas en la presente ley son de orden público, interés general y observancia obligatoria en todo el territorio nacional, por virtud del cual se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Nacional para el Fomento al Emprendimiento, sectorizado a la Secretaría de Economía, el cual cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal, administrativa y de gestión, regulado en términos de su estatuto orgánico.
Artículo 7 Ter. El Instituto tendrá la atribución de diseñar, coordinar y ejecutar políticas públicas, programas y acciones dirigidas al fomento del emprendimiento y al fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas en todo el territorio nacional.
El patrimonio del Instituto estará integrado por:
1. Recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
2. Aportaciones de organismos internacionales.
3. Donaciones de instituciones privadas y públicas.
4. Ingresos generados por los servicios que preste el Instituto, conforme a los lineamientos aplicables.
El Instituto contará con:
1. Un Consejo Directivo, integrado por:
1) El titular de la Secretaría de Economía, quien fungirá como presidente.
2) Representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Educación Pública, y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
3) Representantes del sector privado, academia y organizaciones de Mipymes.
2. Un director general, nombrado por el titular de la Secretaría de Economía, quien será responsable de la operación del Instituto.
1) Direcciones operativas para:
2) Coordinación de financiamiento.
3) Desarrollo de capacidades y capacitación empresarial.
4) Innovación y digitalización.
5) Seguimiento y evaluación de programas.
Artículo 7 Quater. Se crea el Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad, administrado por el Instituto, para financiar proyectos de emprendimiento en sectores estratégicos e innovadores, con recursos provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación, organismos internacionales y aportaciones privadas.
Artículo 7 Quinquies. El Instituto implementará un Padrón Nacional de Mipymes, que incluirá a todas las micro, pequeñas y medianas empresas sujetas de apoyo. Este registro será un instrumento público y gratuito, administrado por el Instituto, en colaboración con los gobiernos estatales y municipales.
Requisitos para el registro en el Padrón Mipymes:
1.- Las empresas deberán:
a) Estar formalmente constituidas y registradas ante el Sistema de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
b) Contar con evidencia de su actividad productiva o comercial.
c) Presentar información financiera básica y actualizada.
2.- Beneficios del registro:
a) Acceso prioritario a programas del Instituto.
b) Participación en esquemas de financiamiento del Fondo.
c) Acceso a capacitaciones y asesorías técnicas.
Artículo 7 Sexies. El Instituto y el Fondo estarán sujetos a mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que garanticen el uso adecuado de los recursos públicos asignados. Por lo que deberán publicar en su página electrónica oficial y enviar al Congreso de Unión en sus informes trimestrales a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público un informe integral de los recursos ejercidos y los resultados obtenidos.
El Instituto deberá implementar un portal de transparencia donde se publiquen:
1) Padrón de beneficiarios de apoyos y financiamientos.
2) Mecanismos de selección y asignación de recursos.
3) Auditorías realizadas y sus resultados.
Artículo 15 Bis. El Instituto y el Fondo estarán coordinados dentro del Sistema Nacional para el Desarrollo de la Competitividad.
El Instituto será la instancia encargada de coordinar las acciones del Sistema Nacional en materia de emprendimiento, garantizando la integración de las Mipymes en las estrategias de desarrollo económico nacional y regional.
Artículo 23 Bis. Los Consejos Estatales para la Competitividad de las Mipymes deberán coordinarse con el Instituto para garantizar la implementación efectiva de los programas de emprendimiento y financiamiento en cada región.
Artículo Segundo. Se adiciona al artículo 19 la fracción VI, así como el artículo 19 Quinquies de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:
Artículo 19. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, podrá autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de Egresos, con cargo a los excedentes que, en su caso, resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos o de excedentes de ingresos propios de las entidades, conforme a lo siguiente:
I. a V. ...
VI. Los ingresos excedentes que se generen en términos de esta Ley podrán destinarse a la creación y operación del Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad, cuyo objetivo será fomentar el desarrollo y consolidación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas mediante apoyos financieros, capacitación técnica, acceso a tecnología y estímulos para la innovación y sostenibilidad.
...
...
Artículo 19 Quinquies. El Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad se crea como un mecanismo de apoyo financiero y técnico para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, estará integrado por recursos públicos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, ingresos excedentes y aportaciones de organismos nacionales e internacionales. Se constituirá como un fideicomiso público sin estructura orgánica, conforme a lo establecido en los artículos 9 y 19 de esta ley.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A su publicación en el Diario Oficial de la Federación el presente decreto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará los ajustes correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2025 que correspondan, a efecto de instrumentar los recursos y medidas que posibiliten la creación del Fondo y el Instituto Nacional para el Fomento al Emprendimiento para su ministración. Para el presupuesto de egresos del siguiente ejercicio se deberá considerar una partida presupuestal para el Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad y al Instituto Nacional para el Fomento al Emprendimiento.
Tercero. La Secretaría de Economía en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tendrán 120 días posteriores a la entrada en vigor de este Decreto, para publicar el decreto con estatutos, lineamientos y reglamentos necesarios para la operación del Instituto Nacional para el Fomento al Emprendimiento y el Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad.
Cuarto. Dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de este Decreto, la Secretaría de Economía en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberán crear y poner en operación el Instituto Nacional para el Fomento al Emprendimiento y el Fondo Nacional de Emprendimiento y Sostenibilidad. Asimismo, deberán diseñar e implementar el Padrón Nacional de Mipymes estableciendo sus lineamientos.
Quinto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2025.– Diputada María Angélica Granados Trespalacios (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a las Comisiones Unidas de Economía, Comercio y Competitividad, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La diputada María Angélica Granados Trespalacios:
«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la obligación del Estado de crear un seguro de desempleo, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, diputadas y diputados a la LXVI Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad conferida por los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la obligación del Estado de crear un seguro de desempleo, al tenor de los siguientes
1. Antecedentes legislativos
• Con fecha 13 de septiembre de 2021, se publicó en la Gaceta Parlamentaria la iniciativa con proyecto de decreto, presentada por la diputada María Teresa Jiménez Esquivel, y suscrita por los integrantes el Grupo Parlamentario del PAN, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las Leyes Federal del Trabajo, y del Impuesto sobre la Renta, para crear el seguro de desempleo. Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, y las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Trabajo y Previsión Social para su dictamen.
• Con fecha 15 de diciembre de 2022, se publicó en la Gaceta Parlamentaria la iniciativa con proyecto de decreto, presentada por el diputado José Elías Lixa Abimerhi, y suscrita por los integrantes el Grupo Parlamentario del PAN, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de las Leyes Federal del Trabajo, y del Impuesto Sobre la Renta, para crear el seguro de desempleo. Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, y las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Trabajo y Previsión Social para su dictamen.
No obstante, la primera antes citada fue desechada el lunes 1 de agosto de 2022, mientras que la segunda no ha sido dictaminada por las comisiones a las que fue turnada, lo que hace prever que correrá el riesgo de prórroga o desecho que la iniciativa original presentada por el PAN.
Para prevenir que el asunto relativo al establecimiento de un seguro de desempleo quede sin ser atendido, es imperativo presentar de nueva cuenta el proyecto de reforma puntualizando que en esta ocasión sólo será en carácter exclusivo de reforma a la Constitución, con el objeto de que se pueda discutir su alcance y enriquecer la propuesta con el propósito de caminar hacia las reformas que garanticen la creación por vez primera de un seguro de desempleo.
2. Antecedentes en materia arancelaria y su impacto en la generación de empleos en México
En adición a lo anterior, la presente iniciativa cobra relevancia en el contexto de la guerra arancelaria que el gobierno de los Estados Unidos de América (EUA) ha iniciado, que afecta al mundo, principalmente a México por ser junto con Canadá, los principales socios comerciales del citado país.
El miércoles 26 de marzo el presidente Donald Trump firmó una nueva orden ejecutiva adelantando la próxima aplicación de aranceles de 25 por ciento a todos los vehículos y piezas de automóviles de fabricación extranjera importados hacia aquel país, mismo que entrarán en vigor a partir del 3 de abril de este año.
La orden señala que las piezas que provengan de México y Canadá, estarán exentas de los aranceles en cumplimiento del TMEC y hasta que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EUA haya elaborado un sistema para aplicar aranceles a las piezas no estadounidenses.
Lo anterior permite interpretar que la excepción del pago de aranceles será temporal en tanto se elabora la metodología de costos específicos (sistema de cobro diferenciado de piezas) que tiene de plazo de presentación hasta el 3 de mayo de 2025 y cuyo objetivo será descontar proporcionalmente el valor de las autopartes de origen estadounidense que se integre a los vehículos exportados.
Las exportaciones de la industria automotriz representan 31 por ciento del total de las exportaciones de México y nuestro país podría pagar un arancel de hasta 15 por ciento mayor al actual, ya que de acuerdo con la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) “un automóvil exportado desde México al mercado estadounidense tiene en promedio un contenido de valor estadounidense de 40 por ciento”.
Es cierto que México ha quedado fuera de la aplicación de estos aranceles, pero no compartimos las actitudes triunfalistas (ni del Gobierno federal ni de Morena) que nuestro país no aparezca en la lista dada a conocer por el gobierno de Donald Trump. Tampoco compartimos el argumento de que sólo hay buenas noticias, pues la medida se explica por los acuerdos del TMEC que obliga a ambos gobiernos a aplicar aranceles a tasa de 0 por ciento a la mayoría de los productos considerados en el acuerdo más que al éxito de las negociaciones que se le atribuyen a Claudia Sheinbaum Pardo.
No debe pasar por alto que en meses pasados, el propio gobierno de Trump ya había aplicado un incremento arancelario al acero y al aluminio, también anunció aranceles a las latas de cerveza, por lo que la alerta continúa en razón de que el mandatario aplicará una tarifa global de 25 por ciento a todos los vehículos y piezas de automóviles de fabricación extranjera importados y que está próxima a definirse en tanto el gobierno estadounidense publique el próximo mes de mayo, la metodología de aplicación de aranceles en autopartes que no sea de su origen.
Lo seguro hasta el momento, es que, a partir de las publicaciones oficiales, los vehículos que se exporten de México a EUA pagarán el arancel de 25 por ciento, con excepción de la o las partes que sean producidas en aquel país y siempre que sea presentada la certificación oficial correspondiente del contenido estadounidense bajo la citada metodología, mientras que el contenido mexicano, tendría un arancel. La medida no resulta de menor preocupación pues el día de ayer, empresas de aquel país como Stellantis (dueña de la marca Chrysler y productora de modelos como Dodge, Jeep, Ram y Fiat), ha anunciado que la producción en el país, se detiene.
La guerra arancelaria no ha terminado como supone la presidenta Claudia Sheinbaum, al contrario, la imposición de aranceles afectará al sector automotriz mexicano y directamente a millones de trabajadores y sus familias que dependen de este sector. En 2024 aportó al país más de 2 millones de empleos en toda su cadena de valor, desde la producción hasta la comercialización.
Por la imposición del gobierno de EUA y por la ineficacia, lentitud e irresponsabilidad del Gobierno de México, entre las acciones que desde el Partido Acción Nacional proponemos como una solución para proteger al sector automotriz, a los empleos del país y a la economía en general, es la creación del seguro de desempleo.
Exposición de MotivosEl espíritu del artículo 4o. de la Constitución Política, es que el Estado garantice diversos derechos humanos a las mujeres y hombres de nuestro país. Entre los derechos primarios podemos ubicar el desarrollo de la familia como eje central, y después (no menos importante), el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, el interés superior de la niñez y el desarrollo de los jóvenes, el derecho a recibir una pensión, el acceso a la cultura y al deporte, así como la garantía del Estado sobre la seguridad vial y la promoción de un medio ambiente sano.
Otros que complementan la importancia que reviste el referido artículo se vinculan con la obligación del Estado para proveer la protección de la salud de las y los mexicanos, a garantizar el acceso salubre, aceptable y asequible al agua de consumo personal, y que las familias tengan la oportunidad de contar con una vivienda digna y decorosa.
Si bien es cierto que cada uno de los derechos mencionados en forma somera resultan importantes para el desarrollo de las familias, la Constitución no establece como derecho un apoyo económico que fortalezca ese desarrollo en periodos complicados como puede ser la falta de generación de empleos por parte del mismo Estado y en consecuencia de ingresos sostenibles como resultado de largos periodos de crisis.
Lo más cercano a la entrega de apoyo monetario que encontramos en el artículo 4o. de la Constitución es la obligación del Estado a construir un sistema de becas para estudiantes, a garantizar la pensión contributiva y un apoyo económico a las personas con discapacidad.
Desafortunadamente, las medidas que adopta el Estado mexicano para hacer cumplir la Constitución, no son suficientes para poder garantizar a las familias el derecho a la alimentación, a la salud, al acceso al agua y la vivienda por ejemplo, de manera que la mayoría de las y los mexicanos necesariamente recurren al servicio privado para poder acceder a ellos, en el mejor de los casos; porque en periodos de alto desempleo, es complicado que las familias mexicanas, sobre todo las de menores ingresos, vivan en condiciones dignas de desarrollo familiar como lo señala nuestra Carta Magna.
La pandemia por Covid-19, generó un periodo de recesión preocupante que puso en evidencia que las decisiones de política pública del Gobierno federal no fueron acertadas, además, puso en la mesa del debate la necesidad estar preparados para enfrentar etapas complicadas en materia económica como las que hoy se están registrando como resultado de la guerra arancelaria iniciada por el gobierno de EUA que afecta a la cadena de suministro nacional e internacional, y en general a la economía global.
La falta de una respuesta a tiempo del gobierno, puede desencadenar resultados negativos en materia de empleos como los observados durante la pandemia. Ante la falta de apoyos por parte del gobierno, las empresas tuvieron que decidir entre modificar su producción, su inversión o su plantilla laboral, o simplemente, cerrar definitivamente sus puertas.
Así, desde el segundo trimestre de 2019 la economía mexicana registró ocho trimestres consecutivos de decrecimiento hasta alcanzar una caída de (-) 18.7 por ciento del producto interno bruto (PIB). Sólo hasta el segundo trimestre de 2021, más por el “efecto rebote” que como resultado de decisiones acertadas del Gobierno federal, la economía mostró por primera vez un crecimiento que alcanzó un valor de 19.6 por ciento del PIB.
Después de este periodo y hasta la fecha, la economía camina con paso vacilante por debajo de la tasa objetivo frecuente e irresponsable de 3 por ciento que establece el Gobierno federal en los Criterios Generales de Política Económica.
Durante la administración pasada, el promedio de crecimiento sexenal fue de apenas 1 por ciento, menor a las tasas objetivos anuales y a las expectativas de 6 por ciento que López Obrador se planteó al inicio de su administración, situación que en la actualidad enfrenta como un problema de presión de gasto la administración de Claudia Sheinbaum Pardo (CSP), quien durante su primer año de gestión ha tenido que recurrir a la contratación de más deuda para mantener los programas sociales y de inversión que planteó en su campaña.
Para este año 2025, mientras el Gobierno federal estimó un crecimiento en un rango de 2 a 3 por ciento, dada las perspectivas económicas nacionales e internacionales, tuvo que ajustarlo a un rango de 1.5 a 2.3 por ciento que no es compatible con la realidad y la estimación de crecimiento anual de 0.6 por ciento que prevé para cierre del año el Banco de México; o de 1.4 por ciento que el Banco Mundial estima para nuestro país. De no cumplir el objetivo, el impacto será en las finanzas y gasto público, así como en la inversión y generación de empleos.
En 2020, casi 13 millones de personas perdieron su empleo como resultado de la falta de respuesta del Gobierno federal y aunque se logró recuperar un gran porcentaje de esos empleos, la respuesta no fue suficiente para alcanzar los niveles registrados durante el primer trimestre de ese mismo año.
Las familias mexicanas tuvieron menos ingresos, invirtieron menos en educación, y se redujo el número de miembros que aportaban dinero en sus casas. Los ingresos de los hogares mexicanos cayeron 5.8 por ciento en 2020 comparado con el año 2018 como resultado del desempleo que generó la pandemia; sin considerar las transferencias del Gobierno federal, los ingresos disminuyeron aún más (8.4 por ciento). Además, los ingresos por trabajo, que para ese año aportaban el 63.8 por ciento del ingreso total, cayeron 10.7 por ciento
Para el periodo referido, la reducción del gasto fue de 12.9 por ciento en términos reales, mayor que la reducción del ingreso de 5.8 por ciento. Lo que hizo más critica la situación es que 90 por ciento de los hogares en México tuvieron una reducción de sus ingresos, mientras que los ingresos por trabajo, disminuyeron en el porcentaje precisado en el párrafo anterior.
Durante esta etapa, entre los principales gastos que identificó la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2020 elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) estaban en el rubro de la alimentación al que las familias destinaron 38 por ciento de sus ingresos, el transporte con 18.6 por ciento, la vivienda y servicios de conservación, energía eléctrica y combustibles con 11 por ciento, y paradójicamente, 4.2 por ciento de los ingresos de las familias se destinaron a cuidados de la salud.
A la par, mientras que los ingresos disminuyeron poco más de 10 por ciento, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) reportó que la línea de pobreza extrema por ingreso en área urbana aumentó 18 por ciento al pasar de mil 568.07 pesos a mil 666.24 pesos durante el periodo marzo de 2019 a diciembre de 2021. La vida de las familias se hizo más cara.
La caída de los ingresos de las familias impactó en los niveles de pobreza pues de acuerdo con Coneval, de 2018 a 2020 el número de personas en condición de pobreza creció de 51.9 millones a 55.7, es decir, en México hubo 3.8 millones de personas más en pobreza. De este dato, se desprende que la población en pobreza extrema aumentó de 8.7 a 10.8 millones: 1.9 millones de personas más que no contaron con el recurso suficiente para solventar sus necesidades básicas de alimentación y salud.
Otro de los efectos provocados por la contingencia se relaciona con el ahorro para el retiro de los trabajadores. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) reportó que durante esa etapa los mexicanos en situación de desempleo retiraron en promedio 11 mil pesos de sus Afores. Durante el primer semestre de 2021, un total de un millón 115 mil trabajadores retiraron 12 mil 407 millones de pesos, mientras que la suma total a diciembre de ese año fue de 21 mil 201 millones de pesos. Esto provocó la reducción de las semanas cotizadas e impactó de forma negativa en la obtención de su pensión futura.
Una cifra actualizada y preocupante porque nos encontramos ya en una etapa post pandemia, es que de acuerdo con la propia Consar, en 2024 los empleados formales retiraron una cifra histórica de recursos por 30 mil 727 millones de pesos, mayor a la de las que ascendió a 27 mil 258 millones de pesos de 2023, lo que representó un crecimiento de 7.6 por ciento y mayor a 6.3 por ciento registrado en 2023 con relación al ejercicio previo.
A inicios de 2025, la Consar reportó que los mexicanos habían retirado 2 mil 809 millones de pesos de sus Afores por desempleo, monto que representó un récord histórico para el inicio de año y representó un aumento de 6.2 por ciento en comparación con el mismo mes del año anterior, siendo el monto más alto registrado para inicios de un ejercicio desde el 2005.
Vale la pena señalar que durante el periodo 2019-2024, el monto de retiro de ahorros de las Afores ha crecido en 185 por ciento en términos nominales. Las personas que no tienen empleo, deben recurrir a sus ahorros porque el Gobierno federal no les garantiza un apoyo en esta etapa tan complicada de búsqueda de empleo.
La lectura de los datos anteriores es que en un contexto de crisis sanitaria y de contracción económica, las familias tienen que hacer frente a problemas de alimentación, salud y vivienda, con limitaciones de ingresos o incluso sin los recursos suficientes y sin las garantías de apoyo del Estado que establece la Constitución política. Esta condición, impacta como un fenómeno de cascada en el consumo interno, en la dinámica de recaudación del Gobierno federal y el nivel de gasto público.
La recuperación del empleo parece no ser suficiente para garantizar una mejor vida a las familias mexicanas. Desde la administración pasada, la cifra de retiros ha ido en aumento no obstante la presunción de generar más empleos y mejor pagados por el incremento del salario mínimo.
Esto se explica técnicamente por qué los ingresos reales, a pesar del incremento salarial, se diluyen por la creciente inflación, lo que provoca que los ingresos de las familias no alcancen y recurran a otras fuentes de ingresos para compensar lo que su trabajo no les ofrece o, en el peor de los casos, compensar los ingresos que dejan de recibir por falta de empleos.
Así esto, es un hecho que los largos periodos de desempleo provocados por eventualidades como una emergencia sanitaria o, en su caso, por una emergencia económica como la que se avecina por el incremento de aranceles en varios productos de diferentes sectores económicos, pone de manifiesto la necesidad de llevar a cabo una reforma constitucional para garantizar la creación de un seguro de desempleo que funja como un apoyo monetario en periodos en las mujeres y hombres que no tienen trabajo y que compense los ingresos reales que se ven afectados por los periodos de alta inflación.
Este debate no es nuevo, y existen varias experiencias a nivel internacional de países que promueven la entrega de lo que se denomina “ingreso básico” que sirve para garantizar un ingreso a las personas durante su etapa de desempleo, se han implementado en carácter de apoyos provisionales y están destinados únicamente a la parte más vulnerable de la población.
Sin embargo, otros debates se centran en un concepto más amplio: la renta básica universal. A diferencia del primero, este tiene un carácter permanente e incluye a todos los ciudadanos, con lo cual se busca crear una sociedad más justa y sostenible, en periodos de escasez de puestos de trabajo.
Hace casi un lustro, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) propuso que los gobiernos de América Latina garantizaran transferencias monetarias temporales inmediatas para satisfacer necesidades básicas y sostener el consumo de los hogares, lo que resulta crucial para lograr sostener sus economías o, en su caso, reactivarlas rápidamente en periodos recesivos.
El organismo reitera que el alcance de esas transferencias debe ser permanente, ir más allá de las personas en situación de pobreza y llegar a amplios estratos de la población; lo anterior supone que en México debemos avanzar hacia un ingreso básico universal que nuestro grupo parlamentario denomina como “Seguro de Desempleo” y con ello asegurar el derecho básico constitucional de que el Estado apoye a las personas desempleadas cuando el gobierno no sea capaz de generar los empleos suficientes en el país ni condiciones económicas estables.
Como antecedente más cercano en México es el Seguro de Desempleo que ofrece el gobierno de la Ciudad de México desde hace 15 años, que fundamenta las bases para generalizarla a todo el país. Su programa está reconocido como un derecho en la Constitución local y se destina a las personas residentes de la ciudad que pierden su empleo involuntariamente.
En 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la validez de este seguro ante una impugnación que había realizado la entonces denominada Procuraduría General de la República. Además de validar el seguro de desempleo, la Corte garantizó la cobertura total con recursos públicos sin que esto signifique que deban cobrar cuotas adicionales a los trabajadores y patrones. En suma, los ministros reconocieron la importancia de la inclusión desde la Constitución local, así como de la protección del derecho de los trabajadores.
Por su parte, vale la pena decir que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) reconoce también como un derecho humano la seguridad social, que comprende entre otros temas, la garantía de un ingreso en etapa de desempleo.
Por eso, es imperativo que avancemos hacia la creación de un Seguro de Desempleo y establecerlo como un derecho constitucional. Como lo hemos afirmado en las iniciativas referidas al inicio de la presente exposición de motivos, “la incapacidad de muchas economías para crear los empleos suficientes (esté de por medio una crisis sanitaria o económica) ha originado que muchos gobiernos tomen la decisión de crear un Seguro de Desempleo que mitigue los efectos negativos que supone la falta de un empleo y un ingreso permanente por condiciones ajenas a los propios gobiernos y a los trabajadores”.
El Banco Mundial, afirma que 75 por ciento de las personas desempleadas en el mundo carecen de un Seguro de Desempleo. Señala que en América Latina sólo seis países otorgan un apoyo económico a los trabajadores a través de un seguro como este: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador y Uruguay.
En el continente europeo los países que ofrecen un seguro de desempleo son: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, España, Islandia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Suecia y Suiza. De acuerdo con la OIT estos países son “los que cuentan con los sistemas más generosos de protección frente al desempleo, dice el informe”. En cambio, países como Australia, Canadá, Irlanda, Japón, Nueva Zelandia, el Reino Unido, y EUA se encuentran en la categoría de “sistemas de nivel medio”.
Desde hace varios años, ante las ineficientes políticas públicas para reducir la pobreza, el Partido Acción Nacional ha propuesto que se asegure un ingreso a los trabajadores a través de aplicar la Renta Básica Universal como un instrumento que permita reducir la pobreza, que sea un derecho y no una prestación social, que incremente la cohesión social, que beneficie a cada persona que lo solicite y que otorgue una mayor libertad e independencia a las personas, sin embargo no fructificó políticamente por la falta de respaldo del Gobierno federal y de la voluntad y madurez política de algunos partidos.
Una vez más, el Partido Acción Nacional mantiene su postura responsable y preocupado por los trabajadores de México y los efectos laborales que pueda desencadenar el incremento de los aranceles por parte del gobierno de EUA, propone la creación del Seguro de Desempleo. Esto representa la oportunidad para que el Gobierno federal y otras fuerzas políticas se reivindiquen y se comprometan con la propuesta para respaldar a los trabajadores que ha perdido su fuente de empleo en un contexto de emergencia sanitaria y de una eventual etapa recesiva que pudiera terminar en crisis económica.
Atendiendo a la exposición anterior, la presente iniciativa busca cumplir con los siguientes objetivos:
1. Establecer la obligación constitucional del Estado de crear un Seguro de Desempleo para mitigar los efectos de la tasa de desocupación laboral.
2. Establecer el Seguro de Desempleo como un derecho constitucional de cada trabajador formal mayor de 18 años.
3. Garantizar un apoyo económico temporal e inmediato vinculado a la Línea de Pobreza Alimentaria, para satisfacer necesidades básicas que no garantiza el Estado mexicano, como el derecho a la buena alimentación, el acceso a servicios de salud, agua, y pago de una vivienda digna.
4. Sostener el consumo de los hogares y, en consecuencia, el del mercado interno, y
5. Evitar que los trabajadores hagan uso de sus ahorros o sus ahorros para el retiro que pongan en riesgo su futuro y el de sus familias.
Para efectos de ilustrar de mejor manera la adición planteada, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona un párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la obligación del Estado de crear un seguro de desempleo
Artículo Único. Se adiciona un párrafo último al artículo 4o. de la Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
El Estado garantizará la creación de un Seguro de Desempleo que se entregará a cada trabajador económicamente activo mayor de 18 años y que labore en el mercado formal, para que goce de un apoyo económico cuando haya perdido su empleo.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión tendrá un plazo máximo de 180 días naturales para realizar las reformas legales secundarias para la creación del Seguro de Desempleo y para el establecimiento de los mecanismos de acceso y entrega del beneficio y con el objeto de garantizar los recursos suficientes para su constitución y operación, en coordinación con el Ejecutivo federal, en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal posterior.
Notas
1 Otros estiman que el pago podría llegar hasta 33% dependiendo de la autoparte gravada.
2 Morales, Roberto (26 de marzo de 2025). “EU gravará autos importados; México pagará tarifa más baja”, Sección Empresas. En página electrónica del diario El Economista en
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/trump-anuncia-aranceles -25-todos-automoviles-son-fabricados-eu-20250326-752163.html
3 INEGI (2021). Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH). En
www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enigh/nc/2020/doc/enigh202 0_ns_nota_tecnica.pdf
4 Ibídem.
5 Ibídem.
6 CONEVAL (2022). Líneas de Pobreza por ingresos. Evolución de las líneas de pobreza por ingreso (enero 1992-diciembre 2021). En
https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Lineas_Pobreza_I ngresos_Serie_1992-2021.aspx
7 López, Graciela (14 de julio). “Los mexicanos en desempleo retiran 11,000 pesos en promedio de su Afore”. En revista digital “Expansión” en
https://expansion.mx/economia/2021/07/14/mexicanos-retiros-afore -desempleo-consar
8 Una consulta más amplia sobre la posición de este organismo, se puede realizar en
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/5863730 c-7992-4f28-9263-ab16332aa9db/content en el que se establece la delimitación de la población, la cobertura, nivel y duración del apoyo, y los mecanismos de financiamiento.
9 Hernández, Leopoldo (28 de agosto, 2018). “Avala Corte el seguro de desempleo para la Ciudad de México”. Periódico El Economista, sección Política. Versión digital, en
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Avala-Corte-el-seguro-d e-desempleo-para-la-Ciudad-de-Mexico-20180827-0133.html
10 Organización Internacional del Trabajo (2003). Hechos Concretos sobre la Seguridad Social. Suiza, Ginebra, OIT. En:
https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB: 12100: 0:: NO:: P12100_INSTRUMENT_ID: 312514.
11 Organización Mundial del Trabajo (2000). “La mayoría del mundo carece de seguro de desempleo”. Comunicado de Prensa. En
https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/ WCMS_008584/lang-es/index.htm#:~: text=Alemania%2C%20 Austria%2C%20B%C3%A9lgica%2C%20Dinamarca%2C%20Finlandia%2C%20Francia%2C%20Espa% C3%B1a%2C%20Islandia%2C,de%20protecci%C3%B3n%20frente%20al%20desempleo%2C%20dic e%20el%20informe.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2025.– Diputada María Angélica Granados Trespalacios (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La diputada María Angélica Granados Trespalacios:Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para crear el seguro de desempleo, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
(La iniciativa podrá ser consultada en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo I)La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La diputada María Angélica Granados Trespalacios:
«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y el sector productivo, suscrita por la diputada María Angélica Granados Trespalacios y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita diputada María Angélica Granados Trespalacios, y las y los diputados, todos integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en ejercicio de la facultad que confiere el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta Cámara de Diputados la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y el sector productivo.
Por lo anterior y a efecto de reunir los elementos exigidos por el numeral 1 del artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados de este Honorable Congreso de la Unión, la iniciativa se presenta en los términos expuestos en los siguientes
AntecedentesEl presente proyecto inicialmente fue una respuesta de nuestro Grupo Parlamentario presentada en febrero de 2023 durante el segundo periodo ordinario de sesiones de la LXV Legislatura, la cual fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales, y Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Energía y desechada el viernes 30 de agosto de 2024.
En el contexto económico actual, en el que el gobierno de Estados Unidos de América ha decidido iniciar una guerra comercial global a través de la aplicación de aranceles recíprocos a muchos de los países con los que tiene relación de intercambio, Acción Nacional considera pertinente retomar el proyecto y hacerlo parte de las 10 acciones que hemos propuesto para hacer frente al incremento de aranceles y estar preparados para mitigar sus efectos negativos en la economía nacional y en los ingresos de las y los trabajadores.
El objetivo general de la iniciativa es crear un Fondo de Contingencia contra la Inflación que apoye a reducir las presiones que causa la inflación en el ingreso de las familias, como resultado de periodos prolongados del precio de los productos de la canasta básico y, también, de la ineficacia de las políticas públicas implementadas por el Gobierno federal en apoyo a su control por parte de Banco Central.
Insistimos en que el proyecto de reforma representa una de las prioridades en la propuesta de Agenda Legislativa para el periodo de sesiones actual y forma parte también de las acciones para proteger a nuestra industria y los empleos que genera, frente al incremento arancelario.
Exposición de MotivosI. Definición de la inflación
El concepto de inflación se entiende como el aumento de la cantidad de dinero circulante respecto a la demanda de dinero. Suele tener efectos transitorios o también llamados de corto plazo (como la escasez generada por una sequía o una plaga en el proceso de cultivo de bienes agropecuarios) o aumentos de una sola vez de ciertos precios claves.
La inflación tiene como principal característica que es sostenida en el tiempo, generalizada (se incrementa el precio de todos los productos) y con una temporalidad de al menos 2 trimestres, según el Banco de México; el aumento de un solo bien o servicio no se considera como inflación. Si todos los precios de la economía aumentan tan solo una vez tampoco se le considera como tal.
II. Inflación durante el periodo 2013-2025
Contrario a lo que afirma el discurso oficial del gobierno de Morena desde el sexenio pasado, la inflación no cede desde el sexenio pasado a pesar de los ineficientes esfuerzos que realiza.
De acuerdo con el portal de inflación del Banco de México, de 2013 a 2025 la inflación general (IG) oscila en promedio en 4.58% (Ver cuadro 1) y de los últimos 12 años, registró sus valores más altos en 2021 y 2022 con 7.36% y 7.82% respectivamente como resultado de los efectos de la pandemia.
Aunque a partir de 2022 la inflación ha mostrado un descenso importante, los valores observados mantienen su tendencia por arriba del rango objetivo de inflación en todos los años del periodo referido, lo que demuestra que se no logra cumplir con la disminución gradual que desde el sexenio pasado prevé el Gobierno federal y que pudieran ayudar al Banco de México a relajar la postura monetaria. En promedio durante el periodo 2013-2025, la inflación observada es superior en 1.28% a la inflación aprobada. Como reza la tan conocida afirmación: El gobierno de la 4T ¡no le atina!
Su estimación es importante por los efectos que ésta genera en otras variables. Por ejemplo, en 2025, por un cambio de 100 puntos base en la inflación, la variación en el costo financiero representa mil 800 millones de pesos.
Durante la crisis sanitaria por CIVID en 2019 y que finalizó hasta el 2021, en Acción Nacional advertimos que la implementación de políticas públicas y programas (como el PACIC, por ejemplo) para contener su tendencia alcista de la inflación, no eran suficientes y parecía más una estratégica con tintes electoreros que una respuesta sería al problema. Nuestro llamado fue a no relajarse estando de por medio el bienestar de las y los mexicanos.
Por otro lado, este año 2025 plantea retos importantes para la economía mexicana en un contexto donde se prevé una tendencia al alza de la inflación como resultado del incremento de aranceles por parte del gobierno de los Estados Unidos y la posible cancelación del TMEC que sin duda impactará en el precio de muchos productos que consumimos los mexicanos.
La guerra arancelaria no ha terminado como supone la presidenta Claudia Sheinbaum, al contrario, de no hacer algo, la imposición de aranceles afectará los ingresos reales de millones de trabajadores y sus familias.
Por las razones anteriores, entre las acciones que desde el Partido Acción Nacional proponemos como una solución para proteger a nuestra economía, a los empleos del país y a la economía en general, es la implementación de una política monetaria restrictiva más efectiva que reduzca en el corto y mediano plazo la inflación acompañada de la creación del Fondo de Contingencia contra la inflación que apoye a las y los mexicanos en este proceso de transición.
III. Pobreza e Ingreso-Gasto en los hogares
De acuerdo con el Consejo para la Evaluación de las Políticas Públicas (Coneval), de 2018 a 2022 el número de personas en Situación de Pobreza se redujo en 5 millones de personas. Esta reducción de la pobreza se explica básicamente porque se redujo significativamente la pobreza moderada.
Sin embargo, la población en Situación de Pobreza Extrema creció en 407 mil personas durante este periodo. Las personas en pobreza extrema crecieron de 8.7 a 9.1 millones en 4 años y a la par de esta condición, la educación y la seguridad social (servicios de salud) mostraron un retroceso preocupante que ubicó a un número significativo de personas en situación de rezago.
En paralelo a este incremento en la pobreza extrema y el rezago educativo y de salud, como se aprecia en el Cuadro 1 del apartado anterior, desde 2017 nuestro país experimenta tasas de inflación promedio superiores al 5% que afecta a los hogares de menores ingresos ya que sus patrones de consumo y gasto del hogar se modificaron al alza en proporción inversa a sus ingresos reales.
En México, la información más reciente sobre los ingresos en los hogares es la de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2022 elaborada por Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), documento que da cuenta del número de hogares, así como su ingreso y su gasto corriente total promedio trimestral por hogar (medido en deciles de hogares).
La encuesta 2022 puntualiza que las personas con menores ingresos destinan la mayor parte de estos a la compra de alimentos y transporte. El primero de ellos, el gasto en alimentos, registró un aumento de más de 14% al cierre del año 2022 en relación con 2018, lo que confirma de manera parcial, el impacto de la inflación en este rubro.
El INEGI analiza los ingresos por deciles, es decir, de un total de 100%, divide en 10 cada nivel de ingresos para un análisis más preciso. A partir de esto, se deduce que el primer decil está ocupado por el 10% de todos los hogares que tienen los menores ingresos; en contraste, el décimo decil es conformado por el 10% de los hogares con una mayor cantidad de ingresos. Dicho de otra manera, en los primeros tres deciles estarían las personas con mayor vulnerabilidad económica.
Los hogares del primer decil (cuyos ingresos promedio trimestral son de $13,441) experimentaron una inflación de 9.7%, el doble del registro de la inflación que se observa este año y, en cambio, los hogares con ingresos mayores a los $51,924 (decil VI) experimentan una inflación menor ( Ver gráfico 1).
Notas y llamadas: Deciles conformados de acuerdo con el ordenamiento de los hogares según su ingreso corriente total trimestral.
Fuente: INEGI, 2025. Distribución de Ingresos por deciles. ENIGH, 2022.
Es importante retomar la afirmación que realiza México Evalúa sobre el registro de ingresos:
“En la literatura económica reciente se ha demostrado que las encuestas de ingresos de los hogares (como la ENIGH y la ENOE) tienden a subestimar los ingresos en la parte alta de la distribución (en los hogares de mayores ingresos). Esta subestimación podría explicarse por dos motivos principales: el primero es que el diseño muestral de las encuestas no logre captar a los hogares que realmente poseen los mayores ingresos en el país (truncamiento de la información), o bien, la subdeclaración de ingresos de la persona entrevistada”.
La conclusión de dicho organismo es que si no se toma en cuenta esta subdeclaración en la parte alta de la distribución, se pueden realizar conclusiones equivocadas sobre cómo se han cerrado las brechas entre distintos grupos de ingreso.
Teniendo en cuenta lo anterior, coincidimos en que la inflación ha reducido el poder de compra de los hogares de menores ingresos en los últimos años. El gasto en alimentos, al tener un mayor peso en su ingreso corriente, ha afectado el poder adquisitivo, no solo por el aumento en el precio de los productos, sino también porque los salarios en nuestro país han crecido en términos reales de manera marginal, creando un desequilibrio total en los presupuestos ajustados de los hogares mexicanos.
Así lo denota el Gráfico 2, elaborado por el CONEVAL en el que se observa, por cada uno de los quintiles, cómo desde el año 2023 a 2024, los ingresos per cápita ha disminuido ligeramente.
Se deduce que esta ligera disminución de un año con otro se debe a que la mayoría de los empresarios no consideran que la inflación sea un factor relevante para aumentar los salarios de los trabajadores, lo que tiene un impacto real en la vida de millones de mexicanos que ahora gastan menos con el mismo ingreso que reciben quincenalmente.
Cuando esto sucede, ocurre una cadena de eventos que trae consigo diversas consecuencias, como es el caso de menores ahorros para los hogares mexicanos ya que éstos tienen que adaptarse más a lo que tienen que a lo que quieren, lo que deviene en la imposibilidad de adquirir más que los artículos de primera necesidad de la canasta básica.
Es importante precisar que CONEVAL elabora un comparativo de los ingresos en los trabajadores formales e informales en el que se observa el impacto que tiene la inflación en los ingresos reales.
Comparado con el primer trimestre de 2024, el ingreso laboral real de la población ocupada formal cayó (-) 0.5%, que se explica por la caída del ingreso laboral de los trabajadores formales, caso contrario al registro de variación del ingreso de trabajadores informales ( Ver Gráfico 3). Esta es la razón por la que los trabajadores mexicanos de menores ingresos han reducido su calidad de vida en los últimos años.
La alta inflación en los precios de las materias primas y los alimentos en general, significa que el proceso inflacionario actual afecta más el poder adquisitivo de quienes poseen menos (es decir, tiene un efecto regresivo) tanto en el sector formal como informal.
Esto se debe, como se afirma en párrafos anteriores, a que el 10% de los hogares con menos recursos del país destina la mayor parte de su gasto a la alimentación, especialmente en los rubros de mayor presión inflacionaria. En contraste, el 10% de los hogares gasta más en servicios como educación y reparación de automóviles, que tienen una tasa de inflación más baja.
La información de INEGI se confirma con los presentados por Coneval. El precio de la canasta alimentaria es la línea que separa la condición entre pobreza y pobreza extrema y tanto en las zonas rurales como urbanas ha tenido un incremento relativo de 2019 a 2025.
Durante este periodo, el incremento del valor de la canasta alimentaria en zonas rurales se incrementó en $873 en tanto que en las zonas urbanas el incremento fue de $1,148. Estos incrementos representan un aumento en los últimos 7 años de 35% y 33% respectivamente, condición que se traduce en un mayor gasto para las familias de una y otra zona ( Ver Cuadro 2).
Asignar un gasto menor por una cuestión de la reducción del ingreso real, aunado a una alta y prolongada inflación, casi siempre se traduce pobreza extrema, como lo constatan las cifras presentadas en líneas previas.
La inflación persistente, especialmente la que golpea con mayor dureza a los sectores más pobres de la población, no solo agudiza las desigualdades en nuestro país, sino que aumenta el riesgo de empujar a muchas personas por debajo de la línea de pobreza y agudiza las desventajas provocadas por la baja disponibilidad de alimentos básicos. Dados estos riesgos, es útil tomar medidas para reducir el impacto en el poder adquisitivo de las personas.
IV. Las empresas y su relación con la inflación
Ante periodos largos de inflación alta, es una de las principales preocupaciones para los empresarios, ya que dificulta la planeación de sus negocios en el largo plazo. Una inflación alta inhibe la planeación económica, ya que al tener incertidumbre de cuanto seguirán aumentando los precios, los agentes deciden dejar de invertir o buscar refugio en otros activos que no sean la moneda con inflación. Esto último puede desincentivar la generación de proyectos de alto rendimiento social y reducir el crecimiento potencial de la economía.
Además de lo anterior, el crecimiento de la economía también se ve influenciado negativamente por los precios altos como consecuencia de sus efectos sobre los costos de financiamiento de las instituciones financieras a los proyectos productivos, afectando los niveles de inversión y la generación de empleos.
De acuerdo con los datos de INEGI, el sector empresarial está conformado por el 99.8% de Mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas), la cual corresponde al 52% del PIB y brindan 7 de cada 10 empleos formales en el país. A pesar de su importante contribución al empleo nacional, sólo poco más del 60% de las microempresas tienen una tasa de supervivencia de más de un año y el 40% más de dos años.
Por otro lado, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero (Condusef), señala que las clasificaciones y criterios diferenciadores de las empresas están en función al sector en el que se encuentren, al monto de ventas anuales que manejen y al número de trabajadores que tengan en su plantilla, este último factor es el más importante o al menos el más claro ( Ver Cuadro III).
A nivel internacional las Mipymes tienen un valor significativo en el combate contra la pobreza gracias a su aportación a la economía como generadores de empleo, además de que contribuyen a la creación de oportunidades de desarrollo económico para millones de familias en México.
La emergencia sanitaria de 2020, provocó el cierre de cerca de 1.6 millones de empresas, es decir, el 8% de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas no pudieron superar la crisis provocada por la pandemia.
Lo anterior, debe ser una razón suficientemente de peso para prever que el incremento de aranceles puede desencadenar un periodo de altos precios que minen la competitividad de nuestro sector productivo a nivel nacional e internacional y que termine por impactar en la generación de empleos.
La situación prolongada de aranceles altos podría generar pérdidas que destruyan el capital de las empresas más pequeñas y que genere una reacción en cadena con un alto grado de despedidos que en el corto y mediano plazo reduzcan los ingresos y el consumo nacional como sucedió durante la crisis sanitaria. De igual manera, los proveedores de las empresas que cierran dejan de tener demanda para sus productos: el problema se magnifica.
La guerra arancelaria en puerta podría generar una contracción sin precedentes de la producción, el consumo, la inversión y una inflación no observada en más de dos décadas en México. Las empresas reducirían sus ingresos provocando una quiebra sistemática en la cual, el gobierno federal pudiera no estar preparado para dar respuesta como sucedió hace 3 años: los resultados ya los sabemos.
Si no se actúa con previsión mediante la implementación de programas y políticas fiscales expansivas y fondos de emergencia, el sector productivo enfrentará un largo periodo recesivo que dañará los ingresos de las y los mexicanos y las del propio sector público. En ausencia de medidas económicas del Gobierno federal en México, la probabilidad de quiebra de las Mypimes se potencia.
Durante el proceso de crisis sanitaria, hubo un conjunto de medidas fiscales planteadas en diversos países que ayudaron al sector empresarial a tener la liquidez que necesitan para continuar con sus operaciones y sobrellevar las secuelas derivadas por la pandemia y que, además, contrarrestaron los efectos inflacionarios sobre sus balances.
En las economías en vías de desarrollo, como por ejemplo Argentina, Brasil o Chile, se dio un mayor apoyo a través de medidas basadas en el ingreso y el gasto público (Ingresos no Percibidos), es decir, medidas extraordinarias a través de un mayor gasto en el sector salud y en la infraestructura del país.
Por otro lado, las economías avanzadas como la de Alemania, Japón, Francia e Italia, enfatizaron en hacer inyecciones de capital, prestamos, condonaciones de deuda y uso de fondos fuera del presupuesto, además de pasivos contingentes (Acciones, préstamos y garantías, operaciones fiscales).
Por su parte, Estados Unidos y Canadá dieron apoyos en el sector público superiores al 10% de su PIB y países como Alemania e Italia hicieron inyecciones de capital que superaron el 30% de su PIB, buscando reactivar su economía y evitar que cayeran sus empresas y por consiguiente su población cayera en desempleo.
En el caso de México, los apoyos del Gobierno federal fueron insuficientes: el Gobierno federal apoyó al sector privado con apenas el 0.5% de su PIB, cifras bastante de-salentadoras e insuficientes para evitar el cierre masivo de negocios.
A la fecha, los países que utilizaron estos estímulos fiscales para atenuar la caída de los ingresos familiares y empresariales, han tenido rebotes significativos en su crecimiento económico. No así nuestro crecimiento, el cual sigue estancado, por debajo del 1% y sin perspectivas alentadoras de cara al futuro.
En razón de lo anterior, lo que se propone en materia de apoyo a las Mipymes es un esquema básico de apoyo directo basado en una transferencia de recursos para este rubro empresarial con el fin de que puedan financiar parte de sus activos fijos, cubrir parte de sus obligaciones financieras y pagar capital de trabajo como la mano de obra; en otras palabras, ayuda a reducir sus costos de producción, lo que, eventualmente, los impulse a bajar también el precio de sus bienes finales, sobre todo de aquellas empresas involucradas en la producción y comercialización de la canasta básica.
Activar este tipo de acciones no implicaría una carga económica para las autoridades, debido a que se trata de facilidades administrativas, que pueden implementarse de manera inmediata y solo durante la activación del fondo que se propone crear, además de que tienen el potencial de aliviar, de manera importante, el estrés financiero por el que pudieran atravesar la mayoría de las empresas.
De cara a lo que suponen las modificaciones arancelarias por parte del gobierno de los Estados Unidos, el apoyo directo parece el mecanismo adecuado para coadyuvar en el mantenimiento de la planta productiva del país, la generación de empleo y la reducción de la inflación y sus efectos.
V. Los fondos de Contingencia
Al crear un fondo de contingencia también es posible ahorrar futuras preocupaciones tanto a las familias mexicanas como al Gobierno federal. Si se diera una situación de crisis, la economía de los trabajadores estaría soportada con un plan emergente que los apoye en situaciones críticas inflacionarias que reduciría el estrés financiero de sus familias y mitigaría los efectos que esto causa en el precio de la canasta alimentaria.
Entre las ventajas de contar con un fondo de contingencia son las siguientes:
1. Reducir la incertidumbre en las familias y los pequeños negocios al tener la seguridad de que existe un fondo específico de apoyo en condiciones de alta inflación.
2. Proteger el poder adquisitivo de las personas en periodos prolongados de inflación, sobre todo para la adquisición de las mercancías alimentarias.
3. Atenuar la caída de los ingresos de manera inmediata de las personas y los pequeños negocios con mayor vulnerabilidad económica.
4. Incentivar una disciplina de ahorro, y preparar a las familias para el futuro, evitando que se tomen decisiones económicas precipitadas.
5. Evitar el uso de cuentas de ahorros personales y/o federales (como los ahorros para el retiro) ante una crisis, lo que te ayuda a mantener los objetivos de presupuesto inalterados.
6. Promover un ambiente de certidumbre en las familias y los pequeños negocios acerca del comportamiento de los precios en la economía y, por ende, pueden tomar mejores decisiones de consumo e inversión.
7. Establecer una coordinación con el Banco Central de México y el Gobierno federal en busca de disminuir la alta inflación y poder converger al rango de inflación establecida en los Criterios Generales de Política Económica.
VI. Objetivo
El objetivo del presente proyecto de iniciativa es crear un Fondo de Contingencia Inflacionaria mediante las siguientes propuestas de reforma y criterios:
1. Se adiciona un párrafo último al artículo 4o. constitucional a fin de que, en periodos prolongados de alta inflación, el Estado garantice por medio de recursos presupuestales, la protección de los ingresos reales de los mexicanos y el apoyo a los pequeños negocios.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona un párrafo último al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo Único.- Se adiciona un párrafo último al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Ante la presencia de periodos prolongados de alta inflación dentro de la economía interna, el Estado protegerá los ingresos reales de las y los mexicanos, garantizando recursos presupuestarios para la instrumentación de un Fondo de Contingencia Inflacionaria que se constituirá como un subsidio temporal y será entregado a cada trabajador económicamente activo mayor de 18 años que labore en el sector formal en los términos que establezca la ley y la información oficial disponible. De igual manera deberá aplicar las medidas fiscales especiales que complementen la instrumentación del fondo.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Una vez publicando en el Diario Oficial de la Federación el presente decreto, en la integración del Paquete Económico de que se trate, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá prever las modificaciones correspondientes a la estructura programática y económica con el objetivo de garantizar los recursos para el Fondo de Contingencia Inflacionaria. El patrimonio del Fondo se constituirá con recursos presupuestarios que serán administrados por la Secretaría.
Tercero. Para la entrega de apoyos a los trabajadores formales a los que hace referencia el presente decreto, la Secretaría deberá elaborar en un plazo de 15 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto, los lineamientos de operación del Fondo de Contingencia Inflacionaria atendiendo a los siguientes criterios:
I. Integrar el expediente de los trabajadores que reciban el subsidio y aplicar medidas de seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de dichos recursos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
II. Realizar de manera detallada y completa, el registro y control en materia jurídica, documental, administrativa, presupuestaria y de cualquier otro tipo que corresponda, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, que permitan acreditar y demostrar ante la autoridad federal el destino, aplicación, erogación, registro, documentación comprobatoria de los recursos entregados.
III. Establecer las atribuciones que les corresponden a los servidores públicos, así como los particulares que incurran en responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de las afectaciones a la hacienda pública federal con el objetivo de que sean sancionados en los términos de la legislación federal aplicable.
IV. Publicar, en su página de internet y en otros medios accesibles al ciudadano, la información relativa a la lista de beneficiarios y los montos que estos reciban.
V. Observar que, en la publicidad, la documentación e información relativa al subsidio otorgado, la Secretaría incluya la leyenda siguiente: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
VI. Los recursos materiales, humanos, económicos y financieros que se destinen al manejo del fondo serán ejercidos con cargo al presupuesto aprobado de la Secretaría en el año fiscal correspondiente.
Notas
1. Coneval (2022). Pobreza en México: Resultados de pobreza en México 20?20 a nivel nacional y por entidades federativas?. En Pobreza en México | Coneval.
2. México Evalúa (26 de julio de 2023). ENIGH 2022, ¿cómo vamos con los ingresos y gastos de los hogares?. En
https://mexicocomovamos.mx/publicaciones/2023/07/enigh-2022-como -vamos-con-los-ingresos-y-gastos-de-los-hogares/
3. Se refiere al desconocimiento de que otros miembros de la familia tienen ingresos, que no declaran los ingresos reales por miedo a dar información a un desconocido o simplemente por rechazo al encuestador.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2025.– Diputada María Angélica Granados Trespalacios (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA, Y LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
La diputada María Angélica Granados Trespalacios:
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Industria Eléctrica, y para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a fin de crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y el sector productivo, suscrita por la diputada María Angélica Granados Trespalacios y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal María Angélica Granados Trespalacios y las diputadas y los diputados federales, todos integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en ejercicio de la facultad que confiere el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de la Industria Eléctrica y de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa para crear el Fondo de Contingencia Inflacionaria y diversas medidas fiscales a los trabajadores formales y el sector productivo.
Por lo anterior y a efecto de reunir los elementos exigidos por el numeral 1 del artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados de este honorable Congreso de la Unión, la iniciativa se presenta en los términos expuestos en lo siguiente:
AntecedentesEl presente proyecto inicialmente fue una respuesta de nuestro Grupo Parlamentario presentada en febrero de 2023 durante el segundo periodo ordinario de sesiones de la LXV Legislatura, la cual fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales, y Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Energía y desechada el viernes 30 de agosto de 2024.
En el contexto económico actual, en el que el gobierno de Estados Unidos ha decidido iniciar una guerra comercial global a través de la aplicación de aranceles recíprocos a muchos de los países con los que tiene relación de intercambio, Acción Nacional considera pertinente retomar el proyecto y hacerlo parte de las 10 acciones que hemos propuesto para hacer frente al incremento de aranceles y estar preparados para mitigar sus efectos negativos en la economía nacional y en los ingresos de las y los trabajadores.
El objetivo general de la iniciativa es crear un Fondo de Contingencia contra la Inflación que apoye a reducir las presiones que causa la inflación en el ingreso de las familias, como resultado de periodos prolongados del precio de los productos de la canasta básico y, también, de la ineficacia de las políticas públicas implementadas por el gobierno federal en apoyo a su control por parte de banco central.
Insistimos en que el proyecto de reforma representa una de las prioridades en la propuesta de Agenda Legislativa para el periodo de sesiones actual y forma parte también de las acciones para proteger a nuestra industria y los empleos que genera, frente al incremento arancelario.
Exposición de MotivosI. Definición de la inflación
El concepto de inflación se entiende como el aumento de la cantidad de dinero circulante respecto a la demanda de dinero. Suele tener efectos transitorios o también llamados de corto plazo (como la escasez generada por una sequía o una plaga en el proceso de cultivo de bienes agropecuarios) o aumentos de una sola vez de ciertos precios claves.
La inflación tiene como principal característica que es sostenida en el tiempo, generalizada (se incrementa el precio de todos los productos) y con una temporalidad de al menos 2 trimestres, según el Banco de México; el aumento de un solo bien o servicio no se considera como inflación. Si todos los precios de la economía aumentan tan solo una vez tampoco se le considera como tal.
II. Inflación durante el periodo 2013-2025
Contrario a lo que afirma el discurso oficial del gobierno de MORENA desde el sexenio pasado, la inflación no cede desde el sexenio pasado a pesar de los ineficientes esfuerzos que realiza.
De acuerdo con el portal de inflación del Banco de México, de 2013 a 2025 la inflación general (IG) oscila en promedio en 4.58 por ciento (Ver cuadro 1) y de los últimos 12 años, registró sus valores más altos en 2021 y 2022 con 7.36 por ciento y 7.82 por ciento respectivamente como resultado de los efectos de la pandemia.
Aunque a partir de 2022 la inflación ha mostrado un descenso importante, los valores observados mantienen su tendencia por arriba del rango objetivo de inflación en todos los años del periodo referido, lo que demuestra que se no logra cumplir con la disminución gradual que desde el sexenio pasado prevé el gobierno federal y que pudieran ayudar al Banco de México a relajar la postura monetaria. En promedio durante el periodo 2013-2025, la inflación observada es superior en 1.28 por ciento a la inflación aprobada. Como reza la tan conocida afirmación: El gobierno de la 4T ¡no le atina!
Su estimación es importante por los efectos que ésta genera en otras variables. Por ejemplo, en 2025, por un cambio de 100 puntos base en la inflación, la variación en el costo financiero representa mil 800 millones de pesos.
Durante la crisis sanitaria por Covid en 2019 y que finalizó hasta el 2021, en Acción Nacional advertimos que la implementación de políticas públicas y programas (como el PACIC, por ejemplo) para contener su tendencia alcista de la inflación, no eran suficientes y parecía más una estratégica con tintes electoreros que una respuesta sería al problema. Nuestro llamado fue a no relajarse estando de por medio el bienestar de las y los mexicanos.
Por otro lado, este año 2025 plantea retos importantes para la economía mexicana en un contexto donde se prevé una tendencia al alza de la inflación como resultado del incremento de aranceles por parte del gobierno de los Estados Unidos y la posible cancelación del TMEC que sin duda impactará en el precio de muchos productos que consumimos los mexicanos.
La guerra arancelaria no ha terminado como supone la presidenta Claudia Sheinbaum, al contrario, de no hacer algo, la imposición de aranceles afectará los ingresos reales de millones de trabajadores y sus familias.
Por las razones anteriores, entre las acciones que desde el Partido Acción Nacional proponemos como una solución para proteger a nuestra economía, a los empleos del país y a la economía en general, es la implementación de una política monetaria restrictiva más efectiva que reduzca en el corto y mediano plazo la inflación acompañada de la creación del Fondo de Contingencia contra la inflación que apoye a las y los mexicanos en este proceso de transición.
III. Pobreza e ingreso-gasto en los hogares
De acuerdo con el Consejo para la Evaluación de las Políticas Públicas (Coneval), de 2018 a 2022 el número de personas en Situación de Pobreza se redujo en 5 millones de personas. Esta reducción de la pobreza se explica básicamente porque se redujo significativamente la pobreza moderada.
Sin embargo, la población en Situación de Pobreza Extrema creció en 407 mil personas durante este periodo. Las personas en pobreza extrema crecieron de 8.7 a 9.1 millones en 4 años y a la par de esta condición, la educación y la seguridad social (servicios de salud) mostraron un retroceso preocupante que ubicó a un número significativo de personas en situación de rezago.
En paralelo a este incremento en la pobreza extrema y el rezago educativo y de salud, como se aprecia en el Cuadro 1 del apartado anterior, desde 2017 nuestro país experimenta tasas de inflación promedio superiores al 5 por ciento que afecta a los hogares de menores ingresos ya que sus patrones de consumo y gasto del hogar se modificaron al alza en proporción inversa a sus ingresos reales.
En México, la información más reciente sobre los ingresos en los hogares es la de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2022 elaborada por Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), documento que da cuenta del número de hogares, así como su ingreso y su gasto corriente total promedio trimestral por hogar (medido en deciles de hogares).
La encuesta 2022 puntualiza que las personas con menores ingresos destinan la mayor parte de estos a la compra de alimentos y transporte. El primero de ellos, el gasto en alimentos, registró un aumento de más de 14 por ciento al cierre del año 2022 en relación con 2018, lo que confirma de manera parcial, el impacto de la inflación en este rubro.
Inegi analiza los ingresos por deciles, es decir, de un total de 100 por ciento, divide en 10 cada nivel de ingresos para un análisis más preciso. A partir de esto, se deduce que el primer decil está ocupado por el 10 por ciento de todos los hogares que tienen los menores ingresos; en contraste, el décimo decil es conformado por el 10 por ciento de los hogares con una mayor cantidad de ingresos. Dicho de otra manera, en los primeros tres deciles estarían las personas con mayor vulnerabilidad económica.
Los hogares del primer decil (cuyos ingresos promedio trimestral son de $13,441) experimentaron una inflación de 9.7 por ciento, el doble del registro de la inflación que se observa este año y, en cambio, los hogares con ingresos mayores a los $51,924 (decil VI) experimentan una inflación menor (Ver gráfico 1)
Notas y llamadas: Deciles conformados de acuerdo con el ordenamiento de los hogares según su ingreso corriente total trimestral.
Fuente: Inegi, 2025. Distribución de Ingresos por deciles. ENIGH, 2022.
Es importante retomar la afirmación que realiza México Evalúa sobre el registro de ingresos:
“En la literatura económica reciente se ha demostrado que las encuestas de ingresos de los hogares (como la ENIGH y la ENOE) tienden a subestimar los ingresos en la parte alta de la distribución (en los hogares de mayores ingresos). Esta subestimación podría explicarse por dos motivos principales: el primero es que el diseño muestral de las encuestas no logre captar a los hogares que realmente poseen los mayores ingresos en el país (truncamiento de la información), o bien, la subdeclaración de ingresos de la persona entrevistada”.
La conclusión de dicho organismo es que si no se toma en cuenta esta subdeclaración en la parte alta de la distribución, se pueden realizar conclusiones equivocadas sobre cómo se han cerrado las brechas entre distintos grupos de ingreso.
Teniendo en cuenta lo anterior, coincidimos en que la inflación ha reducido el poder de compra de los hogares de menores ingresos en los últimos años. El gasto en alimentos, al tener un mayor peso en su ingreso corriente, ha afectado el poder adquisitivo, no solo por el aumento en el precio de los productos, sino también porque los salarios en nuestro país han crecido en términos reales de manera marginal, creando un desequilibrio total en los presupuestos ajustados de los hogares mexicanos.
Así lo denota el Gráfico 2, elaborado por el Coneval en el que se observa, por cada uno de los quintiles, cómo desde el año 2023 a 2024, los ingresos per cápitaha disminuido ligeramente.
Se deduce que esta ligera disminución de un año con otro se debe a que la mayoría de los empresarios no consideran que la inflación sea un factor relevante para aumentar los salarios de los trabajadores, lo que tiene un impacto real en la vida de millones de mexicanos que ahora gastan menos con el mismo ingreso que reciben quincenalmente.
Cuando esto sucede, ocurre una cadena de eventos que trae consigo diversas consecuencias, como es el caso de menores ahorros para los hogares mexicanos ya que éstos tienen que adaptarse más a lo que tienen que a lo que quieren, lo que deviene en la imposibilidad de adquirir más que los artículos de primera necesidad de la canasta básica.
Es importante precisar que Coneval elabora un comparativo de los ingresos en los trabajadores formales e informales en el que se observa el impacto que tiene la inflación en los ingresos reales.
Comparado con el primer trimestre de 2024, el ingreso laboral real de la población ocupada formal cayó (-) 0.5 por ciento, que se explica por la caída del ingreso laboral de los trabajadores formales, caso contrario al registro de variación del ingreso de trabajadores informales (Ver Gráfico 3). Esta es la razón por la que los trabajadores mexicanos de menores ingresos han reducido su calidad de vida en los últimos años.
La alta inflación en los precios de las materias primas y los alimentos en general, significa que el proceso inflacionario actual afecta más el poder adquisitivo de quienes poseen menos (es decir, tiene un efecto regresivo) tanto en el sector formal como informal.
Esto se debe, como se afirma en párrafos anteriores, a que el 10 por ciento de los hogares con menos recursos del país destina la mayor parte de su gasto a la alimentación, especialmente en los rubros de mayor presión inflacionaria. En contraste, el 10 por ciento de los hogares gasta más en servicios como educación y reparación de automóviles, que tienen una tasa de inflación más baja.
La información de Inegi se confirma con los presentados por Coneval. El precio de la canasta alimentaria es la línea que separa la condición entre pobreza y pobreza extrema y tanto en las zonas rurales como urbanas ha tenido un incremento relativo de 2019 a 2025.
Durante este periodo, el incremento del valor de la canasta alimentaria en zonas rurales se incrementó en $873 en tanto que en las zonas urbanas el incremento fue de $1,148. Estos incrementos representan un aumento en los últimos 7 años de 35 por ciento y 33 por ciento respectivamente, condición que se traduce en un mayor gasto para las familias de una y otra zona (Ver Cuadro 2).
Asignar un gasto menor por una cuestión de la reducción del ingreso real, aunado a una alta y prolongada inflación, casi siempre se traduce pobreza extrema, como lo constatan las cifras presentadas en líneas previas.
La inflación persistente, especialmente la que golpea con mayor dureza a los sectores más pobres de la población, no solo agudiza las desigualdades en nuestro país, sino que aumenta el riesgo de empujar a muchas personas por debajo de la línea de pobreza y agudiza las desventajas provocadas por la baja disponibilidad de alimentos básicos. Dados estos riesgos, es útil tomar medidas para reducir el impacto en el poder adquisitivo de las personas.
IV. Las empresas y su relación con la inflación
Ante periodos largo de inflación alta, es una de las principales preocupaciones para los empresarios, ya que dificulta la planeación de sus negocios en el largo plazo. Una inflación alta inhibe la planeación económica, ya que al tener incertidumbre de cuanto seguirán aumentando los precios, los agentes deciden dejar de invertir o buscar refugio en otros activos que no sean la moneda con inflación. Esto último puede desincentivar la generación de proyectos de alto rendimiento social y reducir el crecimiento potencial de la economía.
Además de lo anterior, el crecimiento de la economía también se ve influenciado negativamente por los precios altos como consecuencia de sus efectos sobre los costos de financiamiento de las instituciones financieras a los proyectos productivos, afectando los niveles de inversión y la generación de empleos.
De acuerdo con los datos de Inegi, el sector empresarial está conformado por el 99.8 por ciento de Mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas), la cual corresponde al 52 por ciento del PIB y brindan 7 de cada 10 empleos formales en el país. A pesar de su importante contribución al empleo nacional, sólo poco más del 60 por ciento de las microempresas tienen una tasa de supervivencia de más de un año y el 40 por ciento más de dos años.
Por otro lado, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero (CONDUSEF), señala que las clasificaciones y criterios diferenciadores de las empresas están en función al sector en el que se encuentren, al monto de ventas anuales que manejen y al número de trabajadores que tengan en su plantilla, este último factor es el más importante o al menos el más claro (Ver Cuadro III).
A nivel internacional las Mipymes tienen un valor significativo en el combate contra la pobreza gracias a su aportación a la economía como generadores de empleo, además de que contribuyen a la creación de oportunidades de desarrollo económico para millones de familias en México.
La emergencia sanitaria de 2020, provocó el cierre de cerca de 1.6 millones de empresas, es decir, el 8 por ciento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas no pudieron superar la crisis provocada por la pandemia.
Lo anterior, debe ser una razón suficientemente de peso para prever que el incremento de aranceles puede desencadenar un periodo de altos precios que minen la competitividad de nuestro sector productivo a nivel nacional e internacional y que termine por impactar en la generación de empleos.
La situación prolongada de aranceles altos podría generar pérdidas que destruyan el capital de las empresas más pequeñas y que genere una reacción en cadena con un alto grado de despedidos que en el corto y mediano plazo reduzcan los ingresos y el consumo nacional como sucedió durante la crisis sanitaria. De igual manera, los proveedores de las empresas que cierran dejan de tener demanda para sus productos: el problema se magnifica.
La guerra arancelaria en puerta podría generar una contracción sin precedentes de la producción, el consumo, la inversión y una inflación no observada en más de dos décadas en México. Las empresas reducirían sus ingresos provocando una quiebra sistemática en la cual, el gobierno federal pudiera no estar preparado para dar respuesta como sucedió hace 3 años: los resultados ya los sabemos.
Si no se actúa con previsión mediante la implementación de programas y políticas fiscales expansivas y fondos de emergencia, el sector productivo enfrentará un largo periodo recesivo que dañará los ingresos de las y los mexicanos y las del propio sector público. En ausencia de medidas económicas del gobierno federal en México, la probabilidad de quiebra de las Mypimes se potencia.
Durante el proceso de crisis sanitaria, hubo un conjunto de medidas fiscales planteadas en diversos países que ayudaron al sector empresarial a tener la liquidez que necesitan para continuar con sus operaciones y sobrellevar las secuelas derivadas por la pandemia y que, además, contrarrestaron los efectos inflacionarios sobre sus balances.
En las economías en vías de desarrollo, como por ejemplo Argentina, Brasil o Chile, se dio un mayor apoyo a través de medidas basadas en el ingreso y el gasto público (Ingresos no Percibidos), es decir, medidas extraordinarias a través de un mayor gasto en el sector salud y en la infraestructura del país.
Por otro lado, las economías avanzadas como la de Alemania, Japón, Francia e Italia, enfatizaron en hacer inyecciones de capital, prestamos, condonaciones de deuda y uso de fondos fuera del presupuesto, además de pasivos contingentes (Acciones, préstamos y garantías, operaciones fiscales).
Por su parte, Estados Unidos y Canadá dieron apoyos en el sector público superiores al 10 por ciento de su PIB y países como Alemania e Italia hicieron inyecciones de capital que superaron el 30 por ciento de su PIB, buscando reactivar su economía y evitar que cayeran sus empresas y por consiguiente su población cayera en desempleo.
En el caso de México, los apoyos del gobierno federal fueron insuficientes: el gobierno federal apoyó al sector privado con apenas el 0.5 por ciento de su PIB, cifras bastante desalentadoras e insuficientes para evitar el cierre masivo de negocios.
A la fecha, los países que utilizaron estos estímulos fiscales para atenuar la caída de los ingresos familiares y empresariales, han tenido rebotes significativos en su crecimiento económico. No así nuestro crecimiento, el cual sigue estancado, por debajo del 1 por ciento y sin perspectivas alentadoras de cara al futuro.
En razón de lo anterior, lo que se propone en materia de apoyo a las Mipymes es un esquema básico de apoyo directo basado en una transferencia de recursos para este rubro empresarial con el fin de que puedan financiar parte de sus activos fijos, cubrir parte de sus obligaciones financieras y pagar capital de trabajo como la mano de obra; en otras palabras, ayuda a reducir sus costos de producción, lo que, eventualmente, los impulse a bajar también el precio de sus bienes finales, sobre todo de aquellas empresas involucradas en la producción y comercialización de la canasta básica.
Activar este tipo de acciones no implicaría una carga económica para las autoridades, debido a que se trata de facilidades administrativas, que pueden implementarse de manera inmediata y solo durante la activación del fondo que se propone crear, además de que tienen el potencial de aliviar, de manera importante, el estrés financiero por el que pudieran atravesar la mayoría de las empresas.
De cara a lo que suponen las modificaciones arancelarias por parte del gobierno de los Estados Unidos, el apoyo directo parece el mecanismo adecuado para coadyuvar en el mantenimiento de la planta productiva del país, la generación de empleo y la reducción de la inflación y sus efectos.
V. Los fondos de Contingencia
Al crear un fondo de contingencia también es posible ahorrar futuras preocupaciones tanto a las familias mexicanas como al gobierno federal. Si se diera una situación de crisis, la economía de los trabajadores estaría soportada con un plan emergente que los apoye en situaciones críticas inflacionarias que reduciría el estrés financiero de sus familias y mitigaría los efectos que esto causa en el precio de la canasta alimentaria.
Entre las ventajas de contar con un fondo de contingencia son las siguientes:
1. Reducir la incertidumbre en las familias y los pequeños negocios al tener la seguridad de que existe un fondo específico de apoyo en condiciones de alta inflación.
2. Proteger el poder adquisitivo de las personas en periodos prolongados de inflación, sobre todo para la adquisición de las mercancías alimentarias.
3. Atenuar la caída de los ingresos de manera inmediata de las personas y los pequeños negocios con mayor vulnerabilidad económica.
4. Incentivar una disciplina de ahorro, y preparar a las familias para el futuro, evitando que se tomen decisiones económicas precipitadas.
5. Evitar el uso de cuentas de ahorros personales y/o federales (como los ahorros para el retiro) ante una crisis, lo que te ayuda a mantener los objetivos de presupuesto inalterados.
6. Promover un ambiente de certidumbre en las familias y los pequeños negocios acerca del comportamiento de los precios en la economía y, por ende, pueden tomar mejores decisiones de consumo e inversión.
7. Establecer una coordinación con el Banco Central de México y el gobierno federal en busca de disminuir la alta inflación y poder converger al rango de inflación establecida en los Criterios Generales de Política Económica.
VI. Objetivo
El objetivo del presente proyecto de iniciativa es crear un Fondo de Contingencia Inflacionaria mediante las siguientes propuestas de reforma y criterios:
1. Se adiciona una fracción XXIII Ter al artículo 2 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), para establecer la instrumentación de estos recursos a través del Fondo de Contingencia Inflacionaria, el cual operará como un subsidio de apoyo al ahorro para futuros periodos prolongados de inflación.
2. La transferencia de recursos será en carácter de subsidio temporal, que será entregado a trabajadores económicamente activos, mayores de 18 años y que laboren en el sector formal.
3. Tal mecanismo será activado una vez que el promedio de los últimos 4 años del INPC sea igual o superior al 5 por ciento.
4. El subsidio será destinado a trabajadores formales con ingresos iguales o menores de hasta 3 salarios mínimos.
5. Se adiciona un artículo 19 Quáter a la LFPRH, con el objeto de que el Ejecutivo Federal, por medio de la SHCP asigne recursos con un monto equivalente del 3.7 por ciento, solo para efectos de referencia, de la Recaudación Federal Participable aprobada para el ejercicio fiscal que corresponda.
6. Los recursos serán entregados a través de una tarjeta de trasferencia de beneficios electrónicos que podrá utilizarse para la compra de bienes y servicios esencialmente alimentarios y con mayor incidencia en la inflación.
7. El subsidio será entregado de manera mensual hasta por un periodo de máximo de 4 meses subsecuentes de forma anual y hasta por un máximo de 3 años, siempre y cuando, se cumplan con los criterios inflacionarios estipulados.
8. De igual forma, el Ejecutivo Federal deberá ajustar a la baja, como mínimo en 20 por ciento, las tarifas de suministro básico de energía eléctrica, siempre y cuando el promedio de los últimos 4 años de la inflación general, sea igual o superior al 5 por ciento una vez declarado activo el fondo.
9. Se adiciona una fracción XI al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa para establecer como una de las atribuciones de la Secretaría de Economía, el promover ante la autoridad fiscal, mecanismos de apoyos extraordinarios en caso de que el promedio de los últimos 4 años de la inflación general se igual o superior a 5 por ciento del valor oficial.
10. Se incluye un artículo transitorio que establece que cuando en un ejercicio fiscal se cumpla la condición a que hace referencia la fracción I del artículo 19 Quárter del Decreto, como medida de apoyo a la contingencia inflacionaria, la SHCP a través del Servicio de Administración Tributaria, publicará en el Diario Oficial de la Federación, las facilidades administrativas para que las personas que tengan ingresos iguales o menores a los tres salarios mínimos, la tarifa mensual a que se refiere el segundo párrafo del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, sobre los límites de ingresos, se aplicará la tasa cero del impuesto durante los 4 meses en que se otorgue el subsidio y;
11. También, se precisa la medida transitoria de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas que produzcan y comercialicen bienes y servicios de la canasta básica cuyo apoyo único será de $12,000.00 y;
12. Por último, como medida adicional transitoria, se establece que cuando la inflación anual promedio de los últimos 4 años alcance el 5 por ciento, el gobierno federal implementará una disminución en 50 por ciento de la cuota aplicada en la enajenación de combustibles.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de la Industria Eléctrica y de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Artículo Primero. Se adiciona una fracción XXIII Ter al artículo 2 y se adiciona un artículo 19 Quáter a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para quedar como sigue:
Artículo 2. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. a XXIII Bis. ...
XXIII Ter. Fondo de Contingencia Inflacionaria. Fondo para apoyar a los trabajadores formales con ingresos iguales o menores hasta 3 salarios mínimos cuando el promedio de los últimos cuatro años del Índice Nacional de Precios al Consumidor sea igual o superior a 5%, valor que será determinado a partir de la información oficial que publique el Banco de México.
XXIV. a LVII. ...
...
Artículo 19 Quáter. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría considerará las previsiones de gasto en el Presupuesto de Egresos para destinarlo al Fondo de Contingencia Inflacionaria conforme a los siguientes criterios:
I. Se constituye con un monto equivalente al 3.7%, solo para efectos de referencia, de la Recaudación Federal Participable aprobada para el ejercicio fiscal que corresponda.
II. Los recursos deberán destinarse al pago de gastos de las personas a las que se refiere la fracción III de este artículo para compensar la caída de los ingresos reales por el incremento de la inflación, así como para contener el efecto que tienen los periodos inflacionarios prolongados sobre las finanzas públicas por disminuciones en los ingresos del gobierno federal y de los trabajadores.
III. Los recursos estarán dirigidos a los hombres y mujeres trabajadores económicamente activos, mayores de 18 años que laboren en el mercado formal y que tengan ingresos iguales o menores a 3 salarios mínimos.
IV. Los recursos se entregarán en carácter de subsidio federal cuando la inflación general medida a través del promedio del Índice Nacional de Precios al Consumidor de los últimos 4 años sea igual o superior a 5%. La Secretaría en coordinación con el Banco de México emitirán un comunicado oficial en el que se declarará que la inflación cumple con el criterio establecido en la presente fracción, a fin de oficializar la entrada en vigor del Fondo de Contingencia Inflacionaria.
V. La Secretaría entregará los apoyos del Fondo de Contingencia Inflacionaria en proporción directa del monto total asignado para cada ejercicio fiscal y estará sujeto a lo estipulado en la fracción III de este artículo.
VI. La entrega del subsidio será a través de una tarjeta de transferencia de beneficios electrónicos, bajo los criterios de elegibilidad determinados en la fracción II de este artículo y los que se establezcan en los lineamientos del fondo que elabore la Secretaría, precisando los artículos de los bienes alimentarios y no alimentarios en los que el apoyo podrá ser utilizado. La Secretaría emitirá el padrón de beneficiarios que será publicado en la página electrónica de la dependencia.
VIII. El subsidio tendrá carácter temporal. Será entregado de manera mensual hasta por un periodo máximo de cuatro meses subsecuentes de forma anual y hasta por un máximo de tres años cuando se cumpla la condición a la que hace referencia la fracción IV del presente artículo.
IX. La Secretaría también otorgará de forma temporal un apoyo económico a las micro, pequeñas y medianas empresas que se entregará en una sola exhibición de manera única y que podrá ser utilizado solamente para cubrir gasto de capital de trabajo, inversiones en activos fijos y créditos adquiridos durante el plazo de contingencia inflacionaria. Para ser acreedor del apoyo, deberán estar inscrito en un padrón de empresas beneficiadas que será publicado por la dependencia en los términos de la normatividad y disposiciones oficiales. La Secretaría dará prioridad a los negocios que produzca y comercialicen bienes de la canasta básica. Lo anterior se sujetará a los criterios de elegibilidad de las empresas que serán seleccionadas y que elabore la Secretaría en coordinación con la Secretaría de Economía y con la revisión y aprobación de la Cámara de Diputados.
En caso de presentarse disminuciones en los ingresos presupuestarios que impidan cumplir con lo establecido en este artículo, la Secretaría se sujetará a lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley.
La Secretaría atenderá las disposiciones establecidas en el Título Sexto De la Información, Transparencia y Evaluación, Capítulo I De la Información y Transparencia de esta Ley y del Título Séptimo, Capítulo Único, De las Sanciones e Indemnizaciones para informar a la Cámara de Diputados sobre los avances en el ejercicio de los recursos del Fondo de Contingencia Inflacionaria.
Artículo Segundo. Se adiciona un tercer párrafo al artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica para quedar como sigue:
Artículo 139. La Comisión Nacional de Energía aplicará las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas, las tarifas máximas de los Suministradores de Último Recurso y las tarifas finales del Suministro Básico. La CNE publicará las memorias de cálculo usadas para determinar dichas tarifas y precios.
...
El mecanismo al que hace referencia el párrafo anterior, tomará en consideración que, en caso de que la inflación general promedio de los últimos cuatro años se igual o superior a 5% del valor oficial publicado por el Banco de México y se active el Fondo de Contingencia Inflacionaria a la que hace referencia el artículo 19 Quáter de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en apoyo a los usuarios, el Ejecutivo Federal deberá ajustar a la baja y como mínimo en 20%, las tarifas de Suministro Básico.
Artículo Tercero. Se adiciona una fracción XI al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 12. La Secretaría tendrá en materia de coordinación y desarrollo de la competitividad de las MIPYMES, las siguientes responsabilidades:
I a X...
XI. Promover ante la autoridad fiscal, mecanismos de apoyos extraordinarios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las micro, pequeñas y medianas empresas en caso de que el promedio de inflación general de los últimos cuatro años se igual o superior a 5% del valor oficial publicado por el Banco de México y se active el Fondo de Contingencia Inflacionaria a la que hace referencia el artículo 19 Quáter de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Una vez publicando en el Diario Oficial de la Federación el presente decreto, en la integración del Paquete Económico de que se trate, la Secretaría deberá prever las modificaciones correspondientes a la estructura programática y económica con el objetivo de garantizar los recursos para el Fondo de Contingencia Inflacionaria. El patrimonio del Fondo se constituirá con recursos presupuestarios que serán administrado por la Secretaría.
Tercero. Para la entrega de apoyos a los trabajadores formales a los que hace referencia el presente decreto, la Secretaría deberá elaborar en un plazo de 15 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto, los lineamientos de operación Del Fondo de Contingencia Inflacionaria atendiendo a los siguientes criterios:
I. Integrar el expediente de los trabajadores que reciban el subsidio y aplicar medidas de seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de dichos recursos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
II. Realizar de manera detallada y completa, el registro y control en materia jurídica, documental, administrativa, presupuestaria y de cualquier otro tipo que corresponda, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, que permitan acreditar y demostrar ante la autoridad federal el destino, aplicación, erogación, registro, documentación comprobatoria de los recursos entregados.
III. Establecer las atribuciones que les corresponden a los servidores públicos, así como los particulares que incurran en responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de las afectaciones a la hacienda pública federal con el objetivo de que sean sancionados en los términos de la legislación federal aplicable.
IV. Publicar, en su página de internet y en otros medios accesibles al ciudadano, la información relativa a la lista de beneficiarios y los montos que estos reciban.
V. Observar que, en la publicidad, la documentación e información relativa al subsidio otorgado, la Secretaría incluya la leyenda siguiente: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
VI. Los recursos materiales, humanos, económicos y financieros que se destinen al manejo del fondo serán ejercidos con cargo al presupuesto aprobado de la Secretaría en el año fiscal correspondiente.
Cuarto. Las micro, pequeñas y medianas empresas que produzcan y comercialicen bienes y servicios de la canasta básica recibirán un apoyo único de $12,000.00 que deberá actualizarse con base en el criterio de inflación del ejercicio que corresponda al momento de la entrega. El pago del beneficio será de forma mensual y se concederá al 25% de las unidades económicas en cada mes hasta cubrir en 4 meses el 100% de las empresas registradas. Los apoyos que reciban las unidades económicas solo se podrán destinar a los conceptos que señala la fracción IX del artículo 19 Quárter. Una vez decretado la entrada en vigor del Fondo de Contingencia Inflacionaria la Secretaría tendrá un periodo de 15 días para emitir las disposiciones normativas para el registro y la entrega de los apoyos en términos del presente decreto.
Quinto. Cuando en un ejercicio fiscal se cumpla la condición a que hace referencia la fracción I del artículo 19 Quarter de este decreto, como medida de apoyo a la contingencia inflacionaria, la Secretaría a través del Servicio de Administración Tributaria, publicará en el Diario Oficial de la Federación, las facilidades administrativas para que las personas que tengan ingresos iguales o menores a los tres salarios mínimos, la tarifa mensual a que se refiere el segundo párrafo del artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sobre los límites de ingresos, se aplicará la tasa cero del impuesto durante los 4 meses en que se otorgue el subsidio.
Sexto. Cuando en un ejercicio fiscal se cumpla la condición a que hace referencia la fracción I del artículo 19 Quarter de este decreto, como medida de apoyo a los micro y pequeños negocios por las afectaciones que genere la contingencia inflacionaria, la Secretaría a través del Servicio de Administración Tributaria, publicará en el Diario Oficial de la Federación las facilidades administrativas para que durante el tiempo en que la inflación promedio de los últimos cuatro años sea igual o mayor al 5%, se otorgue un estímulo fiscal a las personas físicas o morales que aporten a la creación de micro y pequeños negocios en el territorio nacional destinadas específicamente a la producción y distribución de bienes de la canasta básica y de consumo prioritario que determine la autoridad y que consiste en que del impuesto sobre la renta se aplique un crédito fiscal equivalente al 100 por ciento del monto en el ejercicio fiscal de que se trate. El crédito fiscal no será acumulable para efectos del impuesto sobre la renta éstas. Asimismo, para acompañar a los beneficios de la activación del Fondo de Contingencia Inflacionaria, durante el periodo de contingencia, haciendo excepción temporal de lo que establece el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, la autoridad fiscal implementarán las medidas administrativas necesarias para realizar las devoluciones de saldos a favor del impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado dentro de un plazo no mayor a los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal. Los estímulos fiscales a que se refiere este artículo, no podrán aplicarse conjuntamente con otros tratamientos fiscales que otorguen beneficios o estímulos fiscales.
Séptimo. Cuando en un ejercicio fiscal se cumpla la condición a que hace referencia la fracción I del artículo 19 Quárter de este decreto, como medida de apoyo a la contingencia inflacionaria, la Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación, el estímulo fiscal que se aplicará a las cuotas a que hace referencia el artículo 2, inciso D), fracción I, sus incisos a), b) y c) y del inciso H), el numeral 10 y el artículo 2-A, las fracciones I, II y III de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios l artículo 2 y que consistirá en reducirlas al 50% durante los 4 meses en que se otorgue el subsidio del Fondo de Contingencia Inflacionaria. Asimismo, dejará de aplicar las cuotas complementarias al precio de los combustibles y los subsidios a las regiones fronterizas del país, así como las actualizaciones a que se refiere el artículo Tercero Transitorio de la Ley Especial Sobre Producción y Servicios.
Octavo. La Secretaría deberá garantizar el pago de recursos del Fondo de Contingencia Inflacionaria a que hace referencia el artículo 19 Quáter, fracción I durante los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027. Si durante esos tres ejercicios fiscales la inflación no cumple con la condición de dicha fracción, a su término, la Secretaría podrá utilizar hasta el 40% en programas y proyecto sociales que ésta determine junto con la revisión y aprobación de la Cámara de Diputados, mientras que el 60% restante y los intereses que genere en los ejercicios subsecuentes, se mantendrá como reserva del fondo.
Noveno. En un plazo no mayor a 15 días naturales después de la aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma, la Secretaría substanciará y resolverá los procedimientos presupuestarios a que da lugar el presente proyecto en términos de las disposiciones vigentes en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Notas
1 Coneval (2022). Pobreza en México: Resultados de pobreza en México 2020 a nivel nacional y por entidades federativas. En Pobreza en México | Coneval.
2 México Evalúa (26 de julio de 2023). ENIGH 2022, ¿cómo vamos con los ingresos y gastos de los hogares?. En
https://mexicocomovamos.mx/publicaciones/2023/07/enigh-2022-como -vamos-con-los-ingresos-y-gastos-de-los-hogares/
3 Se refiere al desconocimiento de que otros miembros de la familia tienen ingresos, que no declaran los ingresos reales por miedo a dar información a un desconocido o simplemente por rechazo al encuestador.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de abril de 2025.– Diputada María Angélica Granados Trespalacios (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Energía, con la opinión de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para su dictamen.
Nos visitan profesores en formación de la Escuela Nacional de Los Reyes Acaquilpan, Estado de México. Y saludamos a la maestra Rosa Esmeralda Montalvo Duarte, directora de la Escuela Normal y maestros que le acompañan, invitadas e invitados todos por nuestro compañero diputado José Luis Montalvo, del Grupo Parlamentario del PT. Muchísimas gracias. Escuela Normal de Los Reyes Acaquilpan, Estado de México. Bienvenidas, bienvenidos. Gracias por estar aquí.
Esta honorable Cámara de Diputados da también la bienvenida a los estudiantes de licenciatura en Ciencia Política y Administración Pública de la Universidad Autónoma del estado de Hidalgo, invitados por el diputado Javier Vázquez Calixto. Muchas gracias por estar aquí. Bienvenidas, bienvenidos todos.
SE DECLARA EL 5 DE JUNIO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora la palabra el diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto, por el que se declara el 5 de junio como el Día Nacional de la Prevención de Incendios. Adelante, diputado.
El diputado César Agustín Hernández Pérez:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
El diputado César Agustín Hernández Pérez: Estimadas legisladoras y legisladores, la Organización Mundial de la Salud estima que cada año mueren 265 mil personas por incendios, lo que se ha convertido en un problema global que afecta, tanto en zonas urbanas, como forestales. Su prevención se está volviendo un desafío, dado que los factores de riesgo, como los siniestros en casa, el calentamiento global y el cambio climático, son cada vez mayores.
Este tipo de eventos pone en riesgo, principalmente la vida, que es el bien más preciado que tenemos los seres humanos. Pero también, al patrimonio, la seguridad y la salud. En la última década los incendios urbanos en México aumentaron 10 por ciento cada año, y desde el 2020 al 9 de septiembre de 2024, han generado pérdidas por al menos 34 mil millones de pesos, sin considerar los costos sociales, la atención médica y daños medioambientales.
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señalan que en el país se registran 95 mil incendios anuales, es decir, un promedio aproximado de 260 siniestros cada día. Desgraciadamente, han sucedido algunos acontecimientos que por su alto impacto han quedado guardados en nuestra memoria. Me refiero al incendio del 20 de octubre del 2000 en la discoteca Lobohombo, donde 22 seres humanos perdieron la vida y 40 quedaron heridos.
Además, del lamentable suceso ocurrido el 5 de junio de 2009, en el Centro de Cuidado Infantil de la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora.
Otro lugar que ha sufrido diversos incendios es el mercado de La Merced, ubicado aquí en la Ciudad de México, el cual tiene registrados más de 25 incendios, en donde varias personas perdieron la vida, otros sufrieron quemaduras, además de que se reportaron pérdidas millonarias.
A pesar de los avances que en el Sistema Nacional de Protección Civil se ha implementado, sin duda alguna, pero hay riesgos latentes de fuego en lugares de concentración humana como escuelas, oficinas, centros comerciales, fábricas y mercados, que cada vez se ven más latentes debido a la falta de una cultura de prevención y el desconocimiento de tecnologías que podría minimizar los daños.
Se estima que los incendios son responsables del 31.2 por ciento de los desastres en México, ya que ocasionan el 26.9 por ciento de la totalidad de la mortalidad asociada con estos siniestros. Al mismo tiempo, las quemaduras son una consecuencia trascendental en este tipo de eventos. Se dice que a nivel mundial cada año 180 mil personas mueren a consecuencia de ellas, convirtiéndose en un problema de salud pública.
Por todo lo expuesto es que presento esta iniciativa cuyo objetivo es conmemorar en nuestro país el 5 de junio de cada año como el Día Nacional de la Prevención de Incendios.
Se propone esta fecha en memoria de los 49 menores que fallecieron y el número indeterminado de niñas y adultos lesionados.
Los beneficios de esta conmemoración serán muchos, entre ellos desarrollar la conciencia sobre la prevención de los incendios. Proporcionar a la sociedad civil herramientas que le permitan enfrentar situaciones de esta magnitud, tomando especial atención en los grupos más vulnerables como niños, adultos mayores y personas con discapacidad. Incentivar campañas de sensibilización y concientización de la población, así como saber cómo actuar antes, durante y después de un incendio.
Promover el uso de tecnologías de detección, alarmas, supresión y materiales retardantes al fuego, así como la capacitación y certificación de personal médico en atención especializada del paciente quemado.
Evitar incendios en el hogar, escuelas, centros de trabajo y lugares de alta concentración y con ello reducir la pérdida de vidas, así como el impacto económico y ambiental que estos provocan. De igual manera, implica generar responsabilidad comunitaria y acción colectiva. En sí, lo que pretendemos es evitar futuras tragedias.
Finalmente, quiero mencionar que el próximo 8 de octubre de 2025 se celebrará el Día Internacional de la Prevención de Incendios, fecha que fue sugerida coincidiendo con dos de los incendios más catastróficos de la historia: el gran incendio de Chicago y el incendio de Peshtigo, ambos ocurridos en 1871.
No más sucesos como el de la Guardería ABC, que lastima a las fibras más sensibles de nuestros hogares. No más pérdidas de vidas inocentes. Sí a la prevención de incendios.
Por ende, solicito a esta honorable soberanía el acompañamiento y el voto a favor de esta noble iniciativa de prevención. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.
«Iniciativa de decreto por el que se declara el 5 de junio “Día Nacional de Prevención de Incendios”, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, César Agustín Hernández Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se declara el 5 de junio como Día Nacional de la Prevención de Incendios, de conformidad con la siguiente
Exposición de MotivosUn incendio es la aparición de fuego que puede afectar y/o destruir algo que no estaba destinado a quemarse, pudiendo ser estructuras, hábitat e incluso seres vivos; se puede generar por causas naturales o accidentes y, ocasionar pérdidas humanas, daños a la salud, economía, productividad, medio ambiente o a la biodiversidad.
La Organización Mundial de la Salud estima que cada año mueren 265 mil personas por incendios. Éstos se han convertido en un problema global que afectan tanto en zonas urbana como forestales, su prevención se está volviendo un desafío, dado que, los factores de riesgo son cada vez mayores, como los siniestros en casa, el calentamiento global, el cambio climático y la tecnología.
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señalan que entre incendios urbanos y no urbanos, en el país se registran 95 mil siniestros anuales, un promedio de 260 al día.
Los incendios a diferencia de los sismos y/o huracanes, se presentan en su mayoría como eventos aislados, lo cual, no permite dimensionar sus daños y mucho menos se tiene conciencia de la importancia de actuar para prevenirlos y sobre todo sensibilizar respecto de sus impactos que pueden tener en la salud, economía y ambiente.
De conformidad con datos de la Comisión Nacional Forestal de 1970 a 2024 se han registrado 390,319 incendios forestales, en donde las entidades con mayor cantidad son: México (88,224), Ciudad de México (45 mil 758), Michoacán (44 mil 24) Chihuahua (32 mil 317) y Jalisco (25 mil 205). Y lamentablemente, se ha revelado que 9 de cada 10 incendios son causados por humanos, acabando con miles de hectáreas del bosque, por ejemplo, en los casos en que se prende una fogata y no se apaga por completo.
En cuanto a los siniestros por incendios urbanos, se han tratado de dar a conocer sus causas, con la finalidad de evitarlos, sin embargo, pese a los esfuerzos no se ha logrado que desaparezcan, si no por el contrario, se están convirtiendo en un problema de salud pública, que urge visibilizarlo, dado que, “en la última década los incendios urbanos en México aumentaron 10 por ciento cada año, y desde 2020 a la fecha (9 de septiembre 2024) han generado pérdidas por al menos 34 mil millones de pesos, sin considerar los costos sociales, de atención médica y daños medioambientales”.
Un incendio pone en riesgo principalmente la vida, que es el bien más preciado del ser humano, pero también el patrimonio, la seguridad y la salud; lamentablemente, aún tenemos un desafío pendiente, que nos obliga a comprometernos y generar conciencia de la enorme brecha que todavía existe en materia de prevención y de protección.
De conformidad con el Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal de 2024, en 2023, a través del sistema de emergencias 911, se reportaron 58 mil 706 incendios en casa habitación, 24 mil 643 incendios de vehículos, 10 mil 153 incendios en comercios y 36 mil 633 incendios forestales.
Además, han sucedido algunos acontecimientos, que por su alto impacto han quedados guardados en nuestra memoria, debido al irremediable impacto por la pérdida de vidas humanas, me refiero al acontecido el 20 de octubre de 2000, en la discoteca Lobohombo, donde 22 seres humanos perdieron la vida y 40 personas quedaron heridas, además del lamentable suceso ocurrido el 5 de junio de 2009 en el centro de cuidado infantil de la guardería ABC en Hermosillo, donde murieron 49 niños, y de cual a la fecha se sigue investigando.
Otro lugar que ha sufrido diversos incendios, es el mercado de La Merced ubicado en la Ciudad de México, el cual hasta 2019 tenía registrados más de 25 incendios, donde varias personas perdieron la vida, otros sufrieron quemaduras, además, de pérdidas millonarias.
Uno más reciente, es el sucedido el 8 de marzo del presente año en un tiradero de desperdicio industrial en Xonacatlán, México. El Cuerpo de Bomberos de Ciudad de México reportó que se quemaron dos mil metros cuadrados de desperdicio industrial, en el tiradero ubicado en la carretera Amomulco, en el municipio de Xonacatlán. Afortunadamente, no se han reportado personas lesionadas.
Los avances en el Sistema Nacional de Protección Civil para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como de sus bienes, infraestructura y medio ambiente ocasionados por fenómenos naturales han sido favorables, sin embargo, lo todavía latentes riesgos de fuego en lugares de concentración humana como escuelas, oficinas, centros comerciales, fabricas, mercados se ha visto agravados por la falta de una cultura de prevención y el desconocimiento de las tecnologías que podrían minimizar las perdidas.
Se estima que los incendios son responsables de 31.2 por ciento de los desastres en México, ocasionan 26.9 de la mortalidad asociada (humo, gases tóxicos, etcétera) con los desastres. De las muertes por incendios, 47.1 ocurrió en casas o apartamentos. El 7.4 se suscitó en residencias públicas temporales (casas de retiro, asilos, etcétera); 4.3, en instituciones dedicadas al cuidado de la salud; y 0.9, en lugares públicos.
Las quemaduras son una consecuencia trascendental en este tipo de siniestros, ya que, quienes las sufren, además de que, las marcas tienen daños físicos, discapacidad, sociales, psicológicos y emocionales. Se estima que cada año, 180 mil personas mueren en el mundo como consecuencia de quemaduras, convirtiéndose en un problema de salud pública.
Asimismo, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición reportó que en México 124 mil personas sufren quemaduras no fatales al año, y por cada persona que fallece, 220 sobreviven, pero quedan con secuelas que afectan su imagen física (desfiguramiento por cicatrices), su funcionamiento corporal (discapacidades permanentes) y su conducta ante la sociedad (a veces, estigmatización y rechazo).
Al respecto, la Fundación Michou y Mau declara que los accidentes por causa del fuego son más comunes de lo que se conocen y atiende un mínimo de dos solicitudes a la semana de niños quemados en peligro de vida que requieren atención especializada en hospitales en Estados Unidos. El costo promedio de su traslado es de 17 mil dólares, el costo de la atención de las secuelas y recuperación de cada paciente hasta cumplir 18 años puede rebasar el medio millón de dólares.
Como precedentes al tema que se propone, desde el 2014, se tiene instaurado el 11 de junio como el Día Nacional de Combate de Incendios Forestales; el 4 de mayo se conmemora el Día Internacional del Combatiente de Incendios Forestales, en tanto que, el 9 de noviembre en China se evoca el Día Nacional de la Prevención de incendios a fin de hacer conciencia pública sobre la seguridad contra incendios.
A mayor abundamiento, a petición de México el 8 de octubre de 2025 se celebrará el Día Internacional de la Prevención de Incendios, fecha que fue sugerida en coincidencia de dos de los incendios más catastróficos de la historia: el Gran Incendio de Chicago y el Incendio de Peshtigo, ambos ocurridos en 1871.
El objetivo de esta iniciativa es aumentar la conciencia global sobre los efectos devastadores de los incendios. A la par de promover una cultura mundial de prevención, sensibilizando tanto a las autoridades como a la población en general sobre la importancia de prevenir incendios urbanos y forestales.
En razón de lo expuesto, el objetivo de la presente propuesta es conmemorar en el país el 5 de junio como Día Nacional de la Prevención de Incendios, como una medida que nos recuerde la importancia de sensibilizar, concientizar y fomentar una verdadera cultura de prevención y autocuidado, e impulsar la generación de una sociedad más resiliente, para así, reducir la pérdida de vidas, el impacto social y económico que provocan los incendios, a fin de evitar futuras tragedias y contribuir al Sistema Nacional de Protección Civil.
Se propone esa fecha en memoria de los 49 menores que fallecieron y el número indeterminado de niños y adultos lesionados. No más sucesos como el de la guardería ABC, no más pérdidas de vidas inocentes, sí, a la prevención de incendios.
Los beneficios de esta conmemoración serán muchos, entre ellos
• Desarrollar la conciencia sobre la prevención de los incendios;
• Proporcionar a la sociedad civil herramientas que le permitan enfrentar situaciones de esta magnitud, tomando especial atención en los grupos más vulnerables como: niños, adultos mayores y personas con discapacidad;
• Incentivar campañas de sensibilización y concientización de la población, así como, saber cómo actuar antes, durante y después de un incendio;
• Promover el uso de tecnologías de detección, alarma, supresión y materiales retardantes al fuego, capacitación y certificación de personal médico en atención especializada del paciente quemado;
• Generar responsabilidad comunitaria y acción colectiva; y
• Sobre todo, evitar incendios en el hogar, escuelas, centros de trabajo y lugares de alta concentración (hospitales, centros de espectáculos, oficinas, mercados etc.) y con ello reducir la pérdida de vidas, el sufrimiento de todas aquellas víctimas de un incendio y de sus familias, el impacto económico y ambiental que provocan los incendios, pero sobre todo evitar futuras tragedias.
La prevención de los incendios contribuye a la reducción de riesgos, a cuidar el patrimonio, abona a los principios fundamentales como salud, seguridad y bienestar de la sociedad, pero sobre todo a salvar vidas.
En virtud de lo anterior se somete a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que el Congreso de la Unión declara el 5 de junio como Día Nacional de la Prevención de Incendios
Único. Se declara el 5 de junio Día Nacional de la Prevención de Incendios.
TransitorioÚnico. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Décima Campaña Nacional de Protección contra Incendios 2025. Visible en Décima Campaña Nacional de Protección contra Incendios, en revista Más Seguridad.
2 Incendios urbanos, un desafío pendiente, 9 de septiembre 2024. Visible en
https://www.ejecentral.com.mx/category/nuestro-eje/incendios-urb anos-un-desafio-pendiente
3 Histórico Incendios forestales en México 1970-2024. Estadísticas de Incendios-Sistema Nacional de Información Forestal.
4 Revelan que 9 de cada 10 incendios forestales son causados por seres humanos, 20 de mayo de 2024. Visible en Revelan que 9 de cada 10 incendios forestales son causados por humanos.
5 Incendios urbanos, un desafío pendiente. 9 de septiembre 2024. Obra citada.
6 Ídem.
7 Véase “Incendio en el centro nocturno Lobohombo deja 20 muertos”, en La Jornada. Visible en
www.jornada.unam.mx.
8 Véase “Incendio en la guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, 5 de junio”. Visible en
https://www.cndh.org.mx/noticia/incendio-en-la-guarderia-abc-en- hermosillo-sonora-5-de-junio
9 “Realiza FGR nuevo peritaje en Guardería ABC; padres denuncian simulación”, 10 de marzo de 2025. Visible en
https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/03/10/estados/realiza-fg r-nuevo-peritaje-en-guarderia-abc-padres-denuncian-simulacion?fbclid=IwY2xjawI8 kNxleHRuA2FlbQIxMQABHdBM7utCnxY63UHdlG3lkgSfLuRJ2oiGgRHfxUaagFeUbMkBCkg-A8V9bQ_ aem_pyAJls-DXX6z3APY5ffxSw&sfnsn=scwspwa
10 “El mercado de La Merced: una historia de incendios, angustias y un futuro incierto”, 26 de diciembre 2019. Visible en
https://www.infobae.com/america/mexico/2019/12/26/el-mercado-de- la-merced-una-historia-de-incendios-angustias-y-un-futuro-incierto/
11 Fuerte incendio en Xonacatlán, México, sigue activo; humo afecta a Cdmx”, 10 de marzo 2025. Visible en
https://www.nmas.com.mx/estado-de-mexico/incendio-xonacatlan-edo mex-hoy-10-de-marzo-2025-humo-afecta-cdmx-lleva-mas-de-20-horas/
12 Acuerdo de colaboración AMRACI y la Fundación Michou y Mau para Niños Quemados. Visible en Michou y Mau IAP-AMRACI.
13 “Quemaduras”. OMS, 13 de octubre del 2023. Visible en Quemaduras.
14 “Se lleva a cabo Campaña Nacional de Prevención contra Incendios”, 9 de octubre 2024, La Crónica de Hoy,México.
15 Acuerdo de colaboración AMRACI y la Fundación Michou y Mau para Niños Quemados, visible en Michou y Mau IAP-AMRACI.
16 A petición de México se crea el Día Mundial de la Prevención de Incendios, 27 de agosto 2024,
https://www.excelsior.com.mx/nacional/se-crea-dia-mundial-preven cion-incendios/1670701
17 Latan PCI propone declarar el Día Internacional de la Prevención de Incendios, 15 de octubre de 2024. Visible en
https://www.segurilatam.com/actualidad/dia-internacional-prevenc ion-de-incendios-para-el-8-de-octubre_20241015.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de marzo de 2025.– Diputados: César Agustín Hernández Pérez, Carlos Arturo Madrazo Silva (rúbricas).»
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, CÓDIGO PENAL FEDERAL, Y LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Julio Javier Scherer Pareyón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección a los menores de edad en los medios digitales.
El diputado Julio Javier Scherer Pareyón:Con la venia de la Presidencia.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.
El diputado Julio Javier Scherer Pareyón: Compañeras y compañeros diputados les saludo con el propósito de presentar ante esta asamblea una iniciativa que tiene por objeto proteger a las personas más valiosas de nuestra sociedad, las niñas, los niños y adolescentes.
En la actualidad los menores acceden desde muy temprano a pequeños dispositivos móviles y páginas de Internet, esta situación los expone a riesgos como el acoso, el abuso sexual o la pornografía que pueden provocar daños psicológicos y convertir a niñas, niños y adolescentes en víctimas de manipulación por parte de adultos, desarrollar creencias contrarias a la realidad, adicciones y prácticas de conductas autolesivas.
Por otro lado, estamos siendo testigos de cómo el reclutamiento forzado o voluntario de menores se gestiona desde las redes sociales y el internet.
Ante ello, la Secretaría de Seguridad, encabezada por Omar García Harfuch, identificó y cerró 69 páginas utilizadas para este fin que tanto daño le genera a nuestra sociedad.
Desde esta tribuna reconozco y aplaudo el esfuerzo antes mencionado.
En este sentido y de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, entre 2000 y 2019 más de 31 mil niñas, niños y adolescentes fueron reclutados por grupos criminales en el país. Mientras que en 2020 un estudio señaló que en México había entre 145 mil y 200 mil niñas, niños y adolescentes en riesgo de ser reclutados por el crimen organizado para participar en tareas delictivas.
Esto nos tiene que escandalizar, las infancias están siendo reclutadas por los cárteles y las pandillas quienes se aprovechan de la pobreza, la exclusión el abandono y la violencia familiar para enrolar a nuestras infancias en actividades ilícitas sean forzadas o voluntarias. No son sino corruptores de menores y deben ser sancionados como tales. Encima de todo esto, nuestra normatividad no está actualizada para procurar, prevenir y responder a estos delitos asociados a las nuevas tecnologías.
Por ejemplo, se utiliza la inteligencia artificial para crear videos o audios falsos de contenido sexual no consensuado. La generación sistemática de este tipo de materiales puede vulnerar el libre desarrollo de la personalidad y propiciar la corrupción de menores con contenidos no apropiados para infantes y adolescentes, pero que también puede transgredirlos con violencia sexual y acoso digital.
Ante esto, existen ejemplos internacionales de cómo se ha respondido a este fenómeno, mismos que tienen que ser un ejemplo para México. Nuestro país forma parte de distintos esfuerzos globales que tienen el objetivo de proteger a los niños de la explotación y el abuso sexual a través de medidas proactivas.
Entre ellos resalta la Convención sobre los Derechos del Niño, de las Naciones Unidas de 1989, que impone a los Estados firmantes el deber de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en dicha convención.
Conforme a lo anterior, resulta fundamental e innecesario fortalecer las leyes que protegen los derechos de los menores, a efecto de evitar los riesgos y las consecuencias de la violencia.
Tanto organizaciones de la sociedad civil como legisladores de anteriores legislaturas han sentido la urgencia de tipificar el delito del reclutamiento forzado y/o voluntario, así como de lograr espacios digitales seguros para niñas, niños y adolescentes. Por eso, desde el Partido Verde presentamos esta iniciativa que responde con claridad y con firmeza a estos desafíos.
¿Pero qué proponemos? Primero. Incorporar como delito de corrupción de menores al reclutamiento forzado y/o voluntario en el Código Penal Federal.
Segundo. Sancionar a los adultos que haciéndose pasar por menores de edad que establezcan contacto con niñas, niños y adolescentes, a través de Internet, con el fin de obtener imágenes, videos o audios de contenido sexual o con la intención de solicitar encuentros sexuales o realizar actos de connotación sexual.
Tercero. Equiparar el delito de pornografía infantil, la creación, difusión o posesión de imágenes o videos generados mediante inteligencia artificial o cualquier tecnología digital, en los que se use la imagen o se represente a personas menores de edad en actos lascivos, de exhibicionismo corporal o sexuales, reales o simulados.
Cuarto. Definir las redes sociales en nuestra regulación de telecomunicación y radiodifusión, para que el escenario en donde se produce esta violencia digital tenga sustento normativo. Si queremos construir un país más justo, debemos actualizar nuestras leyes con la misma velocidad con la que evoluciona el desarrollo tecnológico y el crimen, porque cada día que esta brecha persiste es un día más en el que las víctimas se encuentran solas a la violencia digital.
Les invito, compañeras diputadas y diputados, a dar una respuesta firme y contundente, para combatir la violencia que amenaza a nuestras familias y tomar en consideración la iniciativa que presento ante esta honorable Cámara de Diputados. Cumplamos con el principio constitucional de proteger el interés superior de la niñez. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección a los menores de edad en los medios digitales, a cargo del diputado Julio Javier Scherer Pareyón, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputado Julio Javier Scherer Pareyón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección a los menores de edad en los medios digitales, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn la sociedad contemporánea las personas acceden a edades tempranas a dispositivos móviles y páginas de internet. Dicha situación expone a los menores de edad a riesgos tales como el acoso, el abuso sexual, la pornografía infantil y de adolescentes, la estafa o la invitación a la comisión de otros delitos y puede provocar a los menores daños psicológicos, ser víctimas de manipulación por parte de adultos, desarrollar creencias contrarias a la realidad, adicciones, así como la práctica de conductas autolesivas, entre otros. Lo anterior hace necesario fortalecer las leyes que protegen los derechos de los menores a efecto de evitar las consecuencias negativas que les pudiera provocar el uso de los medios digitales.
Este fenómeno, que se replica en todos los países, ha sido materia de análisis de diversos organismos multilaterales como la ONU y la UNESCO, así como otros de carácter regional, como los órganos de la Unión Europea.
Al respecto, conviene interpretar con una visión contemporánea el texto de la Convención Sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas de 1989, que impone a los Estados firmantes el deber de “adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención”, y que específicamente en lo que toca a la preservación de los derechos sexuales del niño, establece en su artículo 34 que:
“Los Estados parte se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados parte tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:
a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal; b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales; c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.
...”
Entre los organismos pertenecientes a la ONU, UNICEF ha desarrollado algunas iniciativas en internet como la denominada WeProtect Global Alliance, con el fin de proteger a los niños de la explotación y el abuso sexuales a través de medidas proactivas y una acción global colectiva en la que participan más de 300 Estados, entre los cuales se encuentra México, el sector privado, la sociedad civil y organizaciones internacionales, para desarrollar políticas y soluciones colaborativas para impulsar cambios en la materia.
En el ámbito regional, en Europa, la Ley de Servicios Digitales de la Unión Europea, en vigor desde el 17 de febrero de 2024, establece un conjunto de reglas para normar a las empresas que prestan servicios en internet a fin de crear un entorno digital más seguro y transparente; regular el contenido en línea y la publicidad; combatir la desinformación; fortalecer la protección de los derechos de los usuarios, así como combatir las actividades ilegales. Respecto de las empresas que administran plataformas en línea utilizadas principalmente por personas menores de edad se crean nuevas obligaciones, por ejemplo, las siguientes:
• Se debe considerar la prohibición de la publicidad dirigida a menores.
• Las empresas deben evaluar los riesgos para los menores de edad que utilicen el internet a fin de evitar que estos no accedan a contenidos ilegales, perjudiciales o falsos.
• Las empresas deben clasificar como privadas las cuentas de internet de los usuarios menores de 16 años con la finalidad de proteger sus datos personales.
• Las empresas que prestan servicios en internet deben vigilar de forma más rigurosa el contenido que circula en sus plataformas con el fin de identificar el material ilícito, así como introducir funciones que permitan a los usuarios restringir el acceso a contenidos dañinos, como trastornos alimentarios, autolesiones, racismo o misoginia, entre otros.
En Gran Bretaña, la Ley de Seguridad en Internet (Online Safety Bill), en vigor desde el 26 de octubre de 2023, prohíbe la difusión de contenidos nocivos o de carácter “perjudicial” para los niños que eventualmente puedan acceder a internet, por ejemplo, aquellos que contengan material pornográfico o que promuevan el suicidio, la autolesión o los trastornos alimentarios.
La citada ley impone a las empresas prestadoras de servicios en línea, incluidas las plataformas de redes sociales, un deber de cuidado a fin de establecer medidas de verificación de la edad de los usuarios para impedir que los niños tengan acceso a determinados sitios de internet; también los obliga a examinar de forma proactiva el material que pueda ser ilegal a efecto de retirarlo de dicha red digital, pues anteriormente sólo lo retiraban después de ser notificadas sobre su contenido ilícito. Los prestadores de servicios, incluidos los administradores de las plataformas digitales, que incumplan con estos deberes pueden ser sancionados con multas de hasta 18 millones de libras esterlinas o el 10 por ciento del monto total de su facturación anual, lo que resulte de mayor importe. Adicionalmente, la ley faculta a la autoridad de telecomunicaciones a bloquear el acceso a determinados sitios web.
En Italia, la Autoridad Garante de las Comunicaciones (AGCOM) estableció, desde el 21 de noviembre de 2023, una normativa que impide que los menores de edad accedan a contenidos inapropiados en Internet a través de teléfonos móviles . Aunque la legislación permite el registro de dichos dispositivos a nombre de menores desde los 8 años , los operadores de telefonía deberán restringir el acceso a contenidos inapropiados en las tarjetas SIM de los usuarios menores de 18 años, de manera gratuita y sin necesidad de petición previa de sus padres o tutores.
En nuestro orden jurídico el artículo cuarto constitucional, en su párrafo décimo primero, constituye la piedra de toque de la protección de los niños y jóvenes al afirmar que:
“ En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”
Sobre esta base, en la fracción XXIX-P del artículo 73 de la Carta Magna, se faculta al Congreso de la Unión a expedir las leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos, así como en materia de formación y desarrollo integral de la juventud, cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte”.
Sobre la base de esa norma constitucional habilitadora se publicó en el Diario Oficial de la Federación, del 4 de diciembre de 2014, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en vigor desde el 5 de diciembre del mismo mes y año, la cual constituye la “ley marco” en la materia.
La mencionada ley general ha establecido algunas normas sobre el derecho de los menores de edad a gozar de un entorno seguro en internet y para protegerlos del acoso en los medios digitales. Por su parte, el Código Penal Federal ha tipificado como delito algunas conductas relacionadas con el acoso sexual a los menores de edad y con la difusión de pornografía de niños y adolescentes en internet. Asimismo, se encuentra sancionado el reclutamiento de menores de edad dentro del tipo penal de corrupción de menores.
No obstante lo anterior y en aras de hacer prevalecer el interés superior de los menores de edad, se hace necesario perfeccionar el marco normativo del uso de las tecnologías de la información, incluidos los dispositivos que puedan ser utilizados por niños, niñas o adolescentes con el fin de lograr una mejor protección de sus derechos. Por ello, consideramos necesario reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el Código Penal Federal y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión a fin de establecer diversas normas protectoras de nuestros menores en los medios digitales.
Contenido de la iniciativa
De manera sucinta, podemos resumir en los siguientes puntos los aspectos más relevantes de la presente iniciativa:
• Disponer que sólo las personas mayores de 16 años podrán abrir cuentas en redes sociales.
• Obligar a los proveedores que vendan dispositivos electrónicos que permitan el acceso a internet, tales como computadoras, tabletas, teléfonos celulares, televisores inteligentes y consolas de juego, entre otros, a garantizar que dichos equipos cuenten, de forma gratuita, con los programas informáticos, herramientas y aplicaciones que impidan a los menores de edad la visualización de contenidos o el acceso a determinadas aplicaciones, plataformas digitales o páginas web que les resulten nocivos.
• Establecer que los equipos de cómputo que se encuentren en las escuelas de educación pública y privada para menores de edad deberán tener incorporados los programas, herramientas o aplicaciones que impidan la visualización y el acceso de los menores a material no apto para ellos y a sitios de internet destinados a personas mayores de edad.
• Imponer a las plataformas digitales que permitan a los usuarios la publicación, visualización y difusión de archivos de video, audio e imágenes la obligación de establecer enlaces a los canales institucionales para denunciar ante las autoridades competentes los materiales que estén en exhibición y puedan afectar el adecuado desarrollo de los niños, niñas y adolescentes.
• Obligar a las empresas o comerciantes que ofrezcan servicios en línea a personas mayores de edad a establecer sistemas que les permitan verificar, de manera fehaciente, la edad de quienes pueden acceder a ciertos contenidos, contratar determinados servicios, o bien, hacer compras en línea.
• Imponer a los prestadores de servicios de acceso a internet, los administradores de plataformas de difusión de videos, audios e imágenes ( streaming), así como de redes sociales el deber de establecer las mejores prácticas y sistemas para detectar y evitar la difusión de contenidos que afecten el sano desarrollo o sean constitutivos de delitos en contra de las personas menores de edad; de ser el caso, deberán denunciar ante las autoridades competentes aquellas conductas delictivas de las que tengan conocimiento.
• Se propone tipificar como delito la creación, difusión o posesión de imágenes, videos o audios de tipo pornográfico generados por Inteligencia Artificial (deepfakes) o cualquier otra tecnología en la que se use o se represente a una persona menor de edad. Las plataformas digitales tendrán la obligación de retirar de forma inmediata cualquier material de este tipo y adoptar medidas para prevenir la publicación de dichos contenidos en sus servidores y páginas de internet.
• Se propone tipificar como delito la creación, por parte de adultos, de perfiles falsos en sitios de internet con la intención de interactuar con personas menores de edad con el fin de captarlos o embaucarlos, o bien, para acosarlos sexualmente ( gromming digital).
• Igualmente, se debe tipificar de forma expresa el reclutamiento forzado de niñas, niños y adolescentes dentro del tipo penal de corrupción de menores que actualmente se encuentra regulado en el artículo 201 del Código Penal. Respecto de este tema es importante señalar que nuestro país ha suscrito la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (2006). Igualmente, el Estado Mexicano se ha adherido a los siguientes instrumentos: a) Las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices Riad de 1990) y b) El Protocolo para Prevenir, Reprimir, Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que completa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Es de destacar que las Directrices Riad obligan a los Estados firmantes a expedir leyes que prohíban la victimización, los malos tratos y la explotación de los niños y jóvenes, así como su utilización para actividades delictivas y que se han instrumentado en diversos planes y programas del gobierno federal durante el sexenio pasado, a saber: a) El Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021-2024; b) El Plan Nacional de Desarrollo; c) El Programa Sectorial de Seguridad y Protección Ciudadana 2020-2024, y d) El Programa Nacional de Derechos Humanos 2020-2024.
Para mejor ilustración de los cambios que aquí se proponen se sugiere la lectura de los siguientes cuadros comparativos:
A. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
B. Código Penal Federal
C. Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección a los menores de edad en los medios digitales
Artículo Primero. Se adiciona el artículo 101 Bis 3; se adiciona un artículo 101 Bis 4; se adiciona una fracción VII Ter al artículo 148; se reforma el tercer párrafo del artículo 149, todos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 101 Bis 3. El Estado garantizará el acceso y uso seguro del Internet promoviendo políticas de prevención, protección, atención y sanción del ciberacoso y de todas las formas de violencia que causen daño a su intimidad, privacidad, seguridad y/o dignidad realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, sin afectar los derechos previstos en esta ley.
Sólo las personas mayores de dieciséis años podrán darse de alta y crear un perfil de usuario en las plataformas que administren redes sociales digitales en los términos previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Artículo 101 Bis 4. Los proveedores para venta al usuario final de equipos y dispositivos que permitan el acceso a internet, tales como computadoras, televisores inteligentes, tabletas, teléfonos celulares y consolas de juego, deberán garantizar que aquéllos tengan instalados y activados, de forma gratuita, los programas informáticos, herramientas y aplicaciones que impidan a los menores de edad la visualización de contenidos nocivos o el acceso a sitios, plataformas digitales o páginas de internet que representen un riesgo para su sano desarrollo.
Los equipos digitales mencionados en el párrafo anterior que se encuentren en las escuelas de educación pública y privada para menores de edad deberán cumplir con lo señalado en el párrafo anterior.
Artículo 148. En el ámbito federal, constituyen infracciones a la presente ley:
I. a VII Bis. ...
VII Ter. Respecto de los concesionarios, prestadores de servicios en internet, administradores de plataformas de redes sociales digitales, proveedores de dispositivos digitales y demás sujetos obligados, el incumplimiento de las disposiciones de los artículos 101 Bis 3, segundo párrafo, y 101 Bis 4 de la presente ley.
VIII. y IX. ...
Artículo 149. A quienes incurran en las infracciones previstas en las fracciones I, II y VIII del artículo anterior, se les impondrá multa de hasta mil quinientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de realizarse la conducta sancionada.
...
En los casos de las infracciones previstas en las fracciones III, V, VI , VII y VII Ter del artículo anterior, se impondrá una multa adicional de mil quinientos y hasta siete mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, por cada día que se difunda o se encuentren disponibles en medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso que se trate, la información, datos, imágenes o audios.
...
a) a c) ...
Artículo Segundo. Se adiciona un párrafo al artículo 199 Septies; se reforma el inciso e) del artículo 201; se adiciona un artículo 202 Ter, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 199 Septies.- Se impondrá de cuatro a ocho años de prisión y multa de cuatrocientos a mil días multa a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos, contacte a una persona menor de dieciocho años de edad, a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o a persona que no tenga capacidad para resistirlo y le requiera imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual, o le solicite un encuentro sexual.
La sanción mencionada en el párrafo anterior también se aplicará a los adultos que, haciéndose pasar por menores de edad, establezcan contacto con personas menores de dieciocho años a través de Internet con el fin de requerirles el intercambio de imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas o que realicen actos de connotación sexual o les soliciten un encuentro sexual.
Artículo 201.- Comete el delito de corrupción de menores, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo a realizar cualquiera de los siguientes actos:
a) a d) ...
e) Formar parte de una asociación delictuosa a través del reclutamiento voluntario o forzado; o
f) ...
...
...
...
...
...
Artículo 202 Ter. Se equiparará al delito de pornografía de personas menores de edad la creación, difusión o posesión de imágenes o videos generados mediante tecnologías de la información o inteligencia artificial en los que se use la imagen o se represente a una o varias personas menores de edad realizando actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, y su exhibición o difusión a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos.
A quien fije, imprima, video grabe, fotografíe, filme o describa los actos mencionados en el párrafo anterior, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito.
La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores.
Artículo Tercero. Se adiciona una fracción LVIII Bis al artículo 3; se reforman las fracciones V y VI del artículo 145 y se adiciona una fracción VII; se adicionan los artículos 146 Bis, 146 Ter, 146 Quater y 146 Quinquies; se adiciona un párrafo al artículo 189; se reforman las fracciones V y VI del inciso C) del artículo 298 y se adiciona una fracción VII al mismo, todos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:
Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entenderá por:
I. a LVIII. ...
LVIII Bis. Redes sociales digitales: los servicios prestados a través de Internet por determinados proveedores, los cuales permiten al usuario acceder a través de diferentes dispositivos a una plataforma en la que se les permite crear un perfil y hacer constar determinada información personal mediante texto, imágenes o videos, sonidos o la combinación de las anteriores en virtud de la cual podrán interactuar con otros usuarios y contactarlos según los datos incluidos al momento de darse de alta en los mencionados servicios;
LIX. a LXXI. ...
Artículo 145. Los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a Internet deberán sujetarse a los lineamientos de carácter general que al efecto expida el Instituto conforme a lo siguiente:
I. a IV. ...
V. Calidad. Deberán preservar los niveles mínimos de calidad que al efecto se establezcan en los lineamientos respectivos ;
VI. Desarrollo sostenido de la infraestructura. En los lineamientos respectivos el Instituto deberá fomentar el crecimiento sostenido de la infraestructura de telecomunicaciones , e
VII. Interés superior de los menores de edad. Los concesionarios y proveedores de servicios de internet deberán establecer las mejores prácticas y cumplir las disposiciones establecidas en las leyes a efecto de evitar que los menores de edad accedan a la visualización de contenidos que afectan su sano desarrollo o que los exponga a ser víctimas del delito.
Artículo 146 Bis. Los proveedores de servicios de acceso a internet, los administradores de las plataformas de difusión de videos, audios e imágenes, así como de redes sociales digitales deberán establecer las mejores prácticas y sistemas para detectar y evitar la difusión de contenidos que afecten el desarrollo de las personas menores de edad o sean constitutivos de delitos en contra de éstas; de ser el caso, deberán denunciar ante las autoridades competentes aquellas conductas delictivas de las que tengan conocimiento.
Artículo 146 Ter. Las empresas o comerciantes que ofrezcan servicios en internet a personas mayores de edad deberán establecer los mecanismos idóneos para verificar, de manera fehaciente, la edad de quienes están autorizados para acceder a ciertos contenidos, contratar determinados servicios, o bien, hacer compras en línea.
Artículo 146 Quater. Los administradores de las plataformas digitales de internet que permitan a los usuarios la publicación, visualización y difusión de archivos de video, audio e imágenes, así como los administradores de redes sociales digitales deberán establecer enlaces a los canales institucionales para denunciar ante las autoridades competentes los materiales que se estén exhibiendo y puedan afectar el sano desarrollo de los niños, niñas y adolescentes.
Artículo 146 Quinquies. Sólo las personas mayores de dieciséis años podrán darse de alta y crear un perfil de usuario en las plataformas que administren redes sociales digitales.
Artículo 189. Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos están obligados a atender todo mandamiento por escrito, fundado y motivado de la autoridad competente en los términos que establezcan las leyes.
...
Los administradores de los servicios de plataformas digitales de internet que permitan la difusión y la compartición de imágenes y videos, así como los administradores de redes sociales digitales deberán retirar de forma inmediata los contenidos que permitan la comisión de los delitos señalados en los artículos 202, 202 Bis y 202 Ter del Código Penal Federal y establecerán las medidas necesarias para prevenir la publicación de dichos contenidos a través de sus servidores.
Artículo 298. Las infracciones a lo dispuesto en esta Ley y a las disposiciones que deriven de ella, se sancionarán por el Instituto de conformidad con lo siguiente:
A) y B) ...
C) Con multa por el equivalente de 1.1 hasta 4 por ciento de los ingresos del concesionario o autorizado por:
I. a IV. ...
V. No cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley relacionadas con la colaboración con la justicia ;
VI. Proporcionar dolosamente información errónea de usuarios, de directorios, de infraestructura o de cobro de servicios , o
VII. Incumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley relacionadas con la protección de los menores de edad en internet y en las redes sociales digitales.
D) y E) ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://bills.parliament.uk/publications/52368/documents/3841
2 Los contenidos considerados inapropiados por la normativa están clasificados en ocho categorías: pornografía, violencia e instigación al suicidio, uso de armas, mensajes de odio o discriminación, juegos de azar, páginas que promueven trastornos alimentarios o el uso de drogas, webs de grupos de culto y sectas, así como herramientas para navegar por internet de manera anónima o sin rastreo.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2025.– Diputados y diputada: Julio Javier Scherer Pareyón, Alejandro Avilés Álvarez, Alejandro Pérez Cuéllar, Carlos Arturo Madrazo Silva, Fausto Gallardo García, Felipe Miguel Delgado Carrillo, Héctor Pedroza Jiménez, José Luis Hernández Pérez, Julio Javier Scherer Pareyon, Luis Enrique Miranda Barrera, Óscar Bautista Villegas, Ricardo Madrid Pérez, Rosario del Carmen Moreno Villatoro (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y Adolescencia, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para opinión.
LEY GENERAL DE TURISMO
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Wblester Santiago Pineda, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, para fomentar el desarrollo de los municipios reconocidos como pueblos mágicos. Wblester, una disculpa.
El diputado Wblester Santiago Pineda:Con su venia, presidente. A los ciudadanos y ciudadanas de Metepec, uno de los pueblos mágicos más hermosos de este país. Compañeras y compañeros diputados, México es una potencia turística a nivel internacional, estamos entre los 10 primeros países más visitados del mundo, esto es así, porque nuestra nación tiene atractivos únicos, como sus playas, sus zonas arqueológicas, su comida, su arquitectura, su arquitectura colonial, pero sobre todo tenemos una identidad poderosa, sustentada en las culturas originales.
Con la iniciativa que hoy propongo a la consideración de esta honorable asamblea, me refiero a uno de los atractivos turísticos más importantes de México, me refiero a los pueblos que tienen un encanto irresistible, esos lugares que enamoran a la gente por su belleza, por su calidez de su gente y el orgullo de su historia, desde luego estoy hablando de los pueblos mágicos de México, que con toda razón y con toda justicia se llaman así, mágicos, porque atraen y envuelven a visitantes en la magia del México profundo.
La política de promoción turística de los pueblos mágicos que se ha extendido hasta contar el día de hoy con más de 170 pueblos en 25 estados de este país. Todos ellos merecen, sin duda, la lista de nominación de origen.
Todos conocemos y somos adeptos a uno o varios pueblos mágicos, desde San Miguel de Allende hasta Pátzcuaro, pasando por Taxco, Tepoztlán, San Cristóbal de las Casas, Palenque, Valle de Bravo, Cholula, Papantla y, por supuesto, Metepec. Y un largo etcétera.
Son pueblos que nos atrapan por sus atractivos naturales, su historia ancestral y, por supuesto, su hospitalidad de su gente.
En lo personal me siento muy orgulloso de representar a Metepec, en el Estado de México, uno de los pueblos mágicos más hermosos de este país, se atrapa a sus visitantes con su historia, sus artesanías legendarias y el misterio del barro. Metepec es el Cerro de los Magueyes y el pueblo del árbol de la vida. Metepec, capital internacional del barro.
Pero tenemos que aceptar que la política de promoción de los pueblos mágicos necesita una visión profunda para fortalecer sus estrategias y avanzar en una nueva etapa de grandeza.
Es por esta razón que hoy presento esta iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, con el objetivo de otorgar rango de mandato legal al programa de pueblos mágicos, porque es indispensable que el gobierno de la República, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, canalicen todos sus apoyos y estímulos a estos pueblos para que conserven e incrementen su potencial turístico.
La iniciativa propone fortalecer la infraestructura turística de los pueblos mágicos en materia de caminos, transporte, servicios básicos como el agua potable, electricidad, conectividad digital, así como instalaciones específicas para atender al turismo en forma adecuada.
Establecer un sistema de financiamiento sostenible para que los pueblos mágicos que garanticen recursos para proyectos de infraestructura, conservación del patrimonio cultural y natural, y capacitar el sector turístico local. Esto incentivando la inversión privada y las asociaciones público-privadas.
Promover la profesionalización del turismo local, porque es clave para fortalecer la experiencia de calidad y mantener la autenticidad cultural de cada pueblo mágico. Esto incluye desde operadores turísticos y guías, hasta pequeños comerciantes y artesanos, así como fomentar la participación de la sociedad civil y la iniciativa privada a través de la creación del Consejo Nacional para el Desarrollo de los pueblos mágicos, el cual garantizará una visión compartida y esfuerzos coordinados para el desarrollo de estos municipios.
Señoras y señores legisladores, Partido del Trabajo consideramos que expresiones como las de los pueblos mágicos proyectan cabalmente la vocación comunitaria y la identidad más profunda del pueblo mexicano.
Es una prioridad rescatar y relanzar la política de los pueblos mágicos, porque esa decisión pública va a generar empleos, divisas, fortalecimiento del tejido social y una revalorización de nuestra cultura e identidades.
Por lo tanto, pido su respaldo a esta iniciativa, porque apoyarla significa abrazar la causa de micros y pequeños empresarios, así como comunidades...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputado.
El diputado Wblester Santiago Pineda: ...que emplean un gran esfuerzo en construir un modelo sostenible de vida y convivencia de los pueblos mágicos. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, para fomentar el desarrollo de los municipios reconocidos como Pueblos mágicos, a cargo del diputado Wblester Santiago Pineda, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, diputado Wblester Santiago Pineda, integrante del Grupo Parlamentario del Trabajo en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos; y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl programa Pueblos Mágicos, creado en 2001, tiene como objetivo reconocer a aquellos municipios que preservan su riqueza cultural, histórica y natural, fomentando el turismo como herramienta de desarrollo económico y social. Actualmente, más de 130 localidades en México ostentan este distintivo, que no solo representa un reconocimiento simbólico, sino una gran oportunidad para detonar la economía local, generar empleos y fortalecer la identidad cultural.
A pesar de los avances logrados, la realidad de los Pueblos Mágicos muestra que este distintivo, por sí solo, no es suficiente para garantizar un desarrollo integral y sostenible. Muchos de estos municipios enfrentan importantes retos estructurales y operativos que limitan su potencial turístico.
Entre los problemas más recurrentes se encuentran la insuficiencia de infraestructura básica, la carencia de financiamiento sostenido para proyectos de desarrollo y conservación, y una limitada profesionalización del sector turístico local. Además, la falta de coordinación entre los distintos niveles de gobierno y la participación insuficiente de la iniciativa privada y la sociedad civil han obstaculizado la consolidación de estos municipios como verdaderos polos de desarrollo.
Es importante señalar que, aunque existen disposiciones como los Lineamientos Generales para la Incorporación y Permanencia al Programa Pueblos Mágicos y la Estrategia Nacional de Pueblos Mágicos, estas carecen de un fundamento jurídico dentro de la Ley General de Turismo, lo que pone en riesgo la continuidad y fortalecimiento del programa. Asimismo, la falta de un marco legal sólido limita la asignación de recursos públicos específicos y la posibilidad de establecer mecanismos permanentes de evaluación y promoción.
Esta reforma busca atender estas problemáticas a través de un enfoque integral que permita transformar a los Pueblos Mágicos en ejemplos de desarrollo sostenible, culturalmente significativos y económicamente viables. Para ello, se propone:
1. Fortalecer la infraestructura turística: Muchos Pueblos Mágicos carecen de la infraestructura necesaria para atender al turismo de forma adecuada. Esto incluye caminos, transporte, servicios básicos como agua potable, electricidad y conectividad digital, así como instalaciones específicas para la actividad turística.
2. Establecer un sistema de financiamiento sostenible: La creación del Programa Nacional de Financiamiento para Pueblos Mágicos (Pronafipuma) garantizará recursos para proyectos de infraestructura, conservación del patrimonio cultural y natural, y capacitación del sector turístico local. Este mecanismo también busca incentivar la inversión privada y promover alianzas público-privadas.
3. Promover la profesionalización del turismo local: La formación y capacitación de los actores involucrados en la actividad turística es clave para ofrecer experiencias de calidad y mantener la autenticidad cultural de cada Pueblo Mágico. Esto incluye desde operadores turísticos y guías hasta pequeños comerciantes y artesanos.
4. Establecer indicadores claros de desempeño: Evaluar periódicamente el impacto económico, social y ambiental del programa permitirá identificar áreas de mejora y garantizar que los recursos destinados a los Pueblos Mágicos se utilicen de manera eficiente y transparente.
5. Fomentar la participación de la sociedad civil y la iniciativa privada: La creación del Consejo Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Mágicos garantizará una gobernanza inclusiva que integre a actores gubernamentales, sociales y económicos, asegurando una visión compartida y esfuerzos coordinados para el desarrollo de estos municipios.
La reforma también enfatiza la sostenibilidad como principio rector. Esto implica que las actividades turísticas deben respetar y preservar el patrimonio cultural y natural de cada Pueblo Mágico, evitando la sobreexplotación de recursos y minimizando los impactos negativos en las comunidades locales. Al mismo tiempo, se busca generar beneficios tangibles para los habitantes de estos municipios, mejorando su calidad de vida y fortaleciendo su identidad cultural.
Impacto esperado
1. Mejoras en infraestructura y servicios: Dotar a los Pueblos Mágicos de la infraestructura necesaria para atender a los turistas y mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
2. Incremento del turismo sostenible: Aumentar el flujo de visitantes nacionales e internacionales, respetando los principios de sostenibilidad.
3. Fortalecimiento de la identidad cultural: Garantizar la conservación del patrimonio tangible e intangible.
4. Generación de empleo y desarrollo local: Impulsar la economía local mediante la creación de empleos directos e indirectos.
En resumen, esta iniciativa busca consolidar el programa Pueblos Mágicos como una política pública de largo plazo que contribuya al desarrollo regional, a la generación de empleo y al fortalecimiento de la identidad cultural de México. Al dotar a estos municipios de los recursos, herramientas y estrategias necesarias, podremos convertirlos en motores de desarrollo sostenible y en referentes internacionales del turismo cultural y natural.
Con esta iniciativa, reafirmamos nuestro compromiso con el desarrollo integral y sostenible de los Pueblos Mágicos, reconociendo su papel como pilares del turismo y la identidad cultural en México. Garantizar su crecimiento y conservación es una responsabilidad compartida que impactará positivamente en el bienestar de sus habitantes y en la proyección de nuestro país a nivel global.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del pleno la siguiente
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo
Único. Se reforman el Título Cuarto, para denominarse “De la Promoción y Desarrollo de los Pueblos Mágicos”, se adicionan los artículos 37 Bis, 37 Ter, 37 Quarter a la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:
Título CuartoDe la Promoción y Desarrollo de los Pueblos MágicosCapítulo IDe la Promoción de la Actividad Turística
Artículo 37. ...
Artículo 37 Bis.
La Secretaría de Turismo, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, establecerá estrategias para fortalecer el desarrollo integral de los Pueblos Mágicos, asegurando que cuenten con infraestructura adecuada, servicios básicos, conectividad y promoción turística.
Artículo 37 Ter.
Corresponde a la Secretaría de Turismo crear el Programa Nacional de Financiamiento para Pueblos Mágicos (Pronafipuma), destinado a:
I. Financiar proyectos de infraestructura turística sostenible.
II. Impulsar iniciativas de conservación del patrimonio cultural y natural.
III. Promover la capacitación y profesionalización del sector turístico local.
IV. Fomentar la participación de la iniciativa privada en proyectos de desarrollo turístico.
La Secretaría de Turismo establecerá indicadores de desempeño para evaluar periódicamente el impacto económico, social y ambiental del programa Pueblos Mágicos, asegurando su sostenibilidad y efectividad.
Artículo 37 Quarter.
Se creará el Consejo Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Mágicos, integrado por:
I. Representantes de la Secretaría de Turismo, Secretaría de Cultura, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II. Representantes de los gobiernos estatales y municipales con Pueblos Mágicos.
III. Representantes de la sociedad civil, academia y sector privado relacionados con el turismo.
Este Consejo tendrá como funciones:
• Diseñar y supervisar la implementación de estrategias nacionales para los Pueblos Mágicos.
• Promover la colaboración interinstitucional e intersectorial.
• Garantizar la transparencia y rendición de cuentas en el uso de los recursos.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Turismo, en un plazo no mayor a 180 días, emitirá las disposiciones reglamentarias necesarias para la operación del Programa Nacional de Financiamiento para Pueblos Mágicos (Pronafipuma).
Tercero. El Consejo Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Mágicos deberá instalarse dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigor de este Decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro. a 1 de febrero de 2025.– Diputado Wblester Santiago Pineda (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Turismo, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL Y CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra la diputada María Soledad Luévano Cantú, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales para sancionar la suplantación de identidad digital.
Esta Presidencia saluda a alumnos del Tecnológico de Monterrey, quienes están preparándose para llevar a cabo el Segundo Parlamento Juventudes Tec, invitados por el coordinador Ricardo Monreal. Sean bienvenidos.
La diputada María Soledad Luévano Cantú:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, ciudadanas y ciudadanos que nos ven y nos escuchan, hoy me presento ante esta soberanía con un tema que, lamentablemente, ha tocado la vida de miles de familias en nuestro país: el fraude cibernético, un delito que no sólo afecta el patrimonio de las personas, sino que también vulnera su seguridad, su confianza y, en muchos casos, su dignidad.
Permítanme comenzar con una historia que refleja la crudeza de este problema, se trata de don Juan, un hombre trabajador y honesto de mi distrito en Zacatecas. Don Juan recibió un mensaje en su teléfono aparentemente de Amazon, que le anunciaba la llegada de un paquete desde Estados Unidos. El mensaje incluía un enlace para verificar su entrega. Confiado, don Juan ingresó el código que le enviaron. Lo que no sabía es que en ese momento hackearon su WhatsApp y suplantaron su identidad.
Los delincuentes, usando el perfil de don Juan, contactaron a su hermano, le dijeron que estaba en una emergencia médica y que necesitaba 15 mil pesos. Preocupado, y sin dudarlo, su hermano realizó el depósito. Horas después, al hablar con don Juan, descubrieron la terrible verdad: había sido víctima de un fraude cibernético.
Esta historia no es aislada, es el reflejo de una realidad que afecta a miles de mexicanos cada día. En el 2024, las denuncias por fraudes cibernéticos aumentaron un 20.1 por ciento, y las tácticas para engañar mediante las llamadas, mensajes y la suplantación de identidad se han vuelto cada vez más sofisticadas. Sin embargo, nuestro marco legal no ha evolucionado al mismo ritmo que la tecnología.
Aunque los Códigos Penal federal sanciona el fraude y el acceso ilícito a sistemas, no existe una tipificación específica para la suplantación de identidad... digital, con fines de lucro. Esto deja un vacío que los delincuentes aprovechan para operar con impunidad.
Por eso, hoy presento esta iniciativa, que busca adicionar una fracción al artículo 387 del Código Penal Federal, para tipificar como delito de fraude la suplantación de identidad en plataformas digitales.
Con esta reforma no solo castigaremos a quienes cometen estos actos, sino que también enviaremos un mensaje claro: en México la justicia no se queda atrás en los desafíos de la era digital.
Esta iniciativa no es solo un texto legal, es una herramienta para proteger a nuestras familias, a nuestras comunidades y a nuestro país. Es un paso hacia un México donde la tecnología sea una aliada, no una amenaza.
Compañeras y compañeros, hoy tenemos la oportunidad de hacer historia, de demostrar que este Congreso está a la altura de los desafíos de nuestro tiempo, de proteger a personas como don Juan, que confían en que sus representantes velemos por su seguridad y su bienestar.
Los invito a sumarse a esta causa, a aprobar esta iniciativa y a enviar un mensaje claro a los delincuentes. En México el fraude cibernético no será tolerado. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Nacional de Procedimientos Penales, para sancionar la suplantación de identidad digital, a cargo de la diputada María Soledad Luévano Cantú, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, María Soledad Luévano Cantú, diputada por el distrito I electoral federal de Fresnillo, Zacatecas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan las fracciones XXII y XXIII al artículo 387 del Código Penal Federal y los artículos 167 Quáter y 168 Bis del Código Nacional de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn México, el “fraude cibernético” se ha convertido en una amenaza creciente para la seguridad patrimonial y la integridad de las personas. Tácticas como el smishing (mensajes falsos), el vishing (llamadas engañosas) y la suplantación de identidad en plataformas digitales han provocado un aumento de 20.1 por ciento en denuncias por delitos informáticos en 2024, según datos oficiales.
Aunque el Código Penal Federal sanciona el fraude (artículos 386-389) y el acceso ilícito a sistemas informáticos (artículo 211 Bis), hay un vacío legal al no tipificar explícitamente la suplantación de identidad digital con fines de lucro. Esta iniciativa busca
1. Especificar el delito de fraude mediante suplantación de identidad en entornos digitales;
2. Establecer un procedimiento para que las víctimas puedan recuperar su patrimonio afectado;
3. Proteger datos personales y cuentas de usuarios en plataformas electrónicas; y
4. Armonizar la legislación con estándares internacionales como el Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia.
Estoy plenamente segura de que con esta modificación en el código penal, se contribuirá a la lucha contra la ciberdelincuencia, por lo anteriormente expuesto someto a la soberanía el siguiente
Proyecto de DecretoPrimero. Se adicionan las fracciones XXII y XXIII al artículo 387 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 387. Comete el delito de fraude
I. a XXI. ...
XXII. Quien, mediante acceso ilícito a cuentas, perfiles o datos personales en plataformas digitales tales como redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico u otros medios electrónicos, suplante la identidad de una persona física o moral con el fin de obtener, para sí o para un tercero, beneficio económico, recursos materiales, datos sensibles o cualquier lucro indebido, valiéndose de engaños que aprovechen la confianza, vulnerabilidad o desconocimiento tecnológico de la víctima.
La pena para este delito será de 3 a 10 años de prisión y multa de 500 a 2,000 días de salario mínimo vigente, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por otros delitos conexos.
En casos donde se afecte a personas mayores, menores de edad o grupos en situación de vulnerabilidad, la pena se incrementará en un tercio.
XXIII. Quien reciba, transfiera u oculte recursos obtenidos mediante fraude, aun cuando alegue desconocimiento del origen ilícito, si se demuestra que actuó con negligencia grave al no verificar la procedencia de los fondos o permitir el uso de sus cuentas por terceros.
La pena para este delito será de 3 a 10 años de prisión y multa de 500 a 2 000 días de salario mínimo vigente, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por otros delitos conexos.
...
...
Segundo. Se adicionan los artículos 167 Quáter y 168 Bis del Código Nacional de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:
Artículo 167 Quáter. El Ministerio Público, ante indicios fundados de fraude mediante suplantación de identidad digital, solicitara autorización judicial inmediata para congelar las cuentas bancarias donde se hayan fondos ilícitos.
El juez resolverá en un plazo máximo de 12 horas.
Las instituciones financieras tendrán un plazo máximo de 24 horas para ejecutar esta medida.
Artículo 168 Bis. Una vez comprobado el vínculo entre los fondos congelados y el delito, el juez ordenará la devolución de los mismos a la víctima en un plazo no mayor a 15 días hábiles, sin necesidad de esperar la sentencia definitiva.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor a los 180 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación para permitir la capacitación de autoridades y la adaptación de protocolos de investigación.
Segundo. Se instruye a las Fiscalías General de la República y las estatales para que creen, en caso necesario, unidades especializadas en ciberdelincuencia, con enfoque en fraudes digitales.
Tercero. El Congreso de la Unión deberá armonizar las leyes locales en materia de delitos informáticos en un plazo máximo de 12 meses.
Ciudad de México, a 1 de abril de 2025.– Diputada María Soledad Luévano Cantú (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Federico Döring, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de iniciativa ciudadana preferente y derecho de los grupos parlamentarios, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Federico Döring Casar:Con su venia, presidente. Compañeras y compañeros legisladores, vengo a presentar una iniciativa que anteriormente presenté, en la LXIII Legislatura, que ahora vuelvo a presentar ampliada y que tiene que ver con el valor cualitativo del parlamento. Las ideas tienen un valor en sí mismas, el valor y la fuerza de lo que representan y lo que comunican. Y ese valor no depende de lo que empatice o no alguien más con esa idea.
Una mayoría parlamentaria tiene derecho a decidir qué se aprueba y qué no se aprueba, pero lo que no tiene derecho a hacer ninguna mayoría parlamentaria es a no discutir una idea o una propuesta ajena. Porque todas las propuestas que hay en el parlamento representan una forma de pensamiento, y todas las ideas que se traen a esta tribuna tienen el respaldo de ciudadanos mexicanos que votaron por esa plataforma política.
No discutir las ideas de quienes piensan distinto no es un acto de fortaleza, es un acto de mezquindad. Una mayoría que no discute las ideas de las minorías o de la oposición, no lo hace porque sea soberbia, lo hace porque refleja su ignorancia, su incapacidad para debatirlas. En resumidas cuentas, lo que queremos plantear es modernizar el Congreso con tres nuevos derechos para todos los grupos parlamentarios.
Primer nuevo derecho. Todos los grupos parlamentarios, todos, tendrán derecho a una iniciativa preferente. ¿Por qué solo la Presidencia de la República puede presentar iniciativas preferentes? ¿Por qué no las puede presentar ningún grupo parlamentario? ¿Por qué ningún grupo parlamentario puede hacer de su agenda un tema prioritario y obligar a otros grupos parlamentarios a tener cuando menos que votarlo, a tener cuando menos que rechazarlo?
Lo que no puede hacer una mayoría es agarrar una idea ajena y esconderla en un cajón para la ignominia. Entonces, todos los grupos tendríamos la posibilidad de, cuando menos, una iniciativa preferente. Al día de hoy ha habido seis en sexenios anteriores, y ninguna jamás del Congreso. Los grupos parlamentarios merecemos, para colocar nuestra agenda, al menos una iniciativa preferente al año.
También todos los grupos parlamentarios merecemos, cuando menos, una comparecencia garantizada al año. En el año de 2008, el 15 de agosto, se hizo una modificación a la Constitución y se estableció en el artículo 93 la diferencia entre las comparecencias que vienen de la glosa y del informe que guarda la administración pública, y las que son de naturaleza solo de fiscalización.
¿Saben cuántas comparecencias ha llevado a cabo esta legislatura con base en esa reforma del 93, que no tienen que ver con la glosa? Cero, ninguna, como las que hemos propuesto en la Junta de Coordinación Política de que con motivo de las desapariciones que flagela a nuestro país, comparezcan la secretaria de Gobernación, el fiscal general de la República y la titular de la Comisión Nacional de Búsqueda. Ni una.
También los grupos parlamentarios deberían tener al menos una comparecencia garantizada al año para rendición de cuentas, una que no pueda regatear ninguna mayoría, una que no pueda negar las mayorías, y si las quieren negar, que nieguen todas excepto una. Es un derecho mínimo elemental que merecen los grupos parlamentarios.
Y la última propuesta, las iniciativas ciudadanas. Han habido en la historia de México cinco iniciativas ciudadanas, algunas de esas, dos ni siquiera se votaron, cuando los ciudadanos se toman la molestia de recabar sus firmas, de presentar la iniciativa ante el Congreso, y el Congreso ni siquiera la discute ni siquiera la vota en contra. La vez pasada que yo fui diputado federal, presentó una iniciativa ciudadana la diputada Ivonne Ortega, cuando no era legisladora, y se votó y se le dio una salida parlamentaria.
Lo menos que merece un ciudadano que se toma la molestia de armar su iniciativa y traerla al Congreso respaldada por firmas es que alguien tenga la decencia de decir si la va a votar a favor o en contra, no hacerlo. También es conculcar los derechos políticos, porque los ciudadanos tienen derechos políticos, no solo los diputados y diputadas pueden legislar, los ciudadanos tienen derecho a proponer legislación y ninguna mayoría debería tener el derecho a cancelarles esa discusión y esa votación.
Por eso proponemos, en resumidas cuentas, tres nuevos derechos a favor de modernizar el Congreso y a favor de la mayor pluralidad y debate parlamentario.
Todos los grupos parlamentarios tendrán derecho a una iniciativa preferente para que todos fijemos postura y digamos si estamos a favor o en contra. Una comparecencia garantizada al año y tratar las iniciativas ciudadanas como iniciativas preferentes.
Hay muchos derechos que hoy existen que en su momento no tuvieron la aprobación en la primera vez que presentaron, pero que el tiempo les dio la razón. Las ideas no valen por lo que en ellas reconoce una mayoría, valen por lo que representan y por el valor intrínseco que tienen, y por eso lo menos que merece una idea es que alguien se tome la molestia de votarla a favor o en contra. Es cuanto, presidente.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de iniciativa ciudadana preferente y derechos de los grupos parlamentarios, suscrita por el diputado Federico Döring Casar y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Federico Döring Casar, diputado a la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, en nombre propio y de las diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6o., fracción I, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta al pleno de este órgano legislativo iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de iniciativa ciudadana preferente y derechos de los grupos parlamentarios, conforme a la siguiente
Exposición de MotivosI. Planteamiento del problema
Fue fundamental el papel del parlamento para el surgimiento y posterior consolidación del estado democrático de derecho, pues su existencia fue el instrumento sustantivo para hacer posible la materialización de la idea de la división de poderes luego del triunfo de las revoluciones burguesas europeas. Mora-Donatto lo expresa así: “No fue sino a partir del siglo XIX que el Parlamento se transforma en instrumento inexcusable para la identificación de la voluntad popular con la ley y, consecuentemente, se inicia el proceso de su democratización dentro de lo que podríamos llamar las democracias parlamentarias como formas de estado”. De modo que hoy en día, y más allá de la forma de gobierno, sería inconcebible una república sin la existencia de la función parlamentaria cuyos integrantes sean electos por el voto universal.
El Estado mexicano, que por voluntad del pueblo —en quien recae la soberanía, que es ejercida a través de los Poderes de la Unión— ha adoptado como forma de gobierno la república representativa, democrática, laica y federal, deposita la función parlamentaria en un poder legislativo, conformado por dos cámaras, cuyos integrantes son electos por voto popular. Al tratarse el nuestro de un régimen presidencialista, la función del órgano legislativo no se de-sarrolla de manera igual que en los regímenes parlamentarios, sin embargo, sí le corresponde —aunque no siempre lo realiza— cumplir con el papel de contrapeso y crítica a la labor del Ejecutivo.
Si bien nuestra actual forma de gobierno quedó definida desde la Constitución de 1824, han sido pocos los periodos de nuestra historia en los que la división de poderes ha sido una realidad. Durante la mayor parte del siglo XX la división de poderes se vio eclipsada por un sistema político de partido hegemónico que concentraba el poder en el presidente de la República, y dado que la gran mayoría de los integrantes del Legislativo pertenecían al partido del presidente, este poder no cumplía la función de ser un contrapeso del Ejecutivo.
Tal circunstancia comenzó a modificarse en 1997, cuando el partido del presidente perdió la mayoría absoluta de los integrantes en la Cámara de Diputados y en 2000 en la Cámara de Senadores, sin volver a obtener tal mayoría en ninguna de las cámaras. Fue a partir de entonces que comenzó a transformarse el funcionamiento del Congreso para democratizar la toma de decisiones, en virtud de que ningún grupo parlamentario contaba con la mayoría absoluta; se democratizaron los órganos de gobierno y se expidieron una nueva ley orgánica del Congreso y dos nuevos reglamentos para el funcionamiento de cada una de las cámaras.
En los siguientes años se realizaron diversas reformas constitucionales que modificaron la relación entre el titular del Ejecutivo federal y el Congreso, como la que eliminó la obligación del presidente de presentarse ante el Congreso a entregar su informe, de modo que sólo pudiera enviarlo por escrito; otra de estas reformas fue aquella que creó la figura de iniciativa preferente para el presidente de la República.
En efecto, la iniciativa preferente llegó a México con la reforma constitucional de 9 de agosto de 2012, aquella que modificó 14 artículos y que fue conocida como la “reforma política” del presidente Felipe Calderón. Esta reforma dispuso, en el artículo 71, que el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, el presidente de la República podría presentar hasta dos iniciativas con el carácter de preferente, o bien señalar este carácter para dos iniciativas previamente presentadas. La misma disposición describe en qué consiste este trato preferente:
“Cada iniciativa deberá ser discutida y votada por el pleno de la Cámara de su origen en un plazo máximo de treinta días naturales. Si no fuere así, la iniciativa, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión del pleno. En caso de ser aprobado o modificado por la Cámara de su origen, el respectivo proyecto de ley o decreto pasará de inmediato a la Cámara revisora, la cual deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las condiciones antes señaladas”.
Finalmente, se dispuso en el cuarto párrafo del referido artículo 71 constitucional, que las iniciativas de adición o reformas a la propia Constitución no podrían tener el carácter de preferente.
Con base en la referida disposición constitucional, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, numeral 1, define a la iniciativa preferente como aquella que “es sometida al Congreso de la Unión por el presidente de la República en ejercicio de su facultad exclusiva para trámite preferente, o señalada con tal carácter de entre las que hubiere presentado en periodos anteriores y estén pendientes de dictamen”. Se trata entonces de una calidad jurídica distinta para la iniciativa de ley, precisamente la calidad de preferente, que le es otorgada dentro del procedimiento legislativo, como se establece en el numeral 2 del mismo artículo.
En varios países latinoamericanos existen figuras parlamentarias similares. En el sistema jurídico chileno, esta figura se denomina proyectos de urgencia, calificados así por el presidente, quien puede enviar la cantidad de proyectos que considere; el Congreso tiene un plazo de treinta días para resolver al respecto.
En Colombia, el presidente puede presentar proyectos bajo la modalidad de trámites de urgencia, que deberán ser resueltos por el Congreso en treinta días; el proyecto presidencial tendrá prelación por encima de cualquier otro asunto.
Por lo que hace a Ecuador, la Constitución faculta al presidente para presentar proyectos de ley calificados como de urgencia, pero sólo en materia económica; la Asamblea cuenta con un plazo máximo de treinta días a partir de su recepción para aprobarlos, modificarlos o negarlos y, en caso de no resolver en ese plazo, el proyecto podrá ser promulgado en sus términos por el presidente.
En Nicaragua, se faculta al presidente a enviar al Congreso iniciativas urgentes, que podrán ser sometidas a consideración del pleno siempre que el proyecto sea distribuido a los diputados con 48 horas de antelación.
En Uruguay el presidente puede proponer proyectos con declaratoria de urgente consideración, de manera ilimitada, pero no al mismo tiempo; no aplica sobre la materia presupuestal, ni aquellas que requieran de mayoría calificada por el Congreso. De igual modo, por el voto de las tres quintas partes, el legislativo puede dejar sin efecto el carácter de urgente de un proyecto.
En el caso de Paraguay, el presidente puede enviar hasta tres proyectos con carácter de urgencia, teniendo el Congreso hasta 30 días para resolver. El Congreso puede dejar sin efectos el trámite de urgencia.
Ahora bien, en nuestro país, desde aquella reforma constitucional de agosto de 2012 que creó la figura de la iniciativa preferente, los titulares del Ejecutivo en turno han enviado al Congreso solamente cinco iniciativas con el carácter de preferente, dos enviadas por Felipe Calderón Hinojosa en septiembre de 2012; dos más enviadas por Enrique Peña Nieto (una en septiembre de 2014 y otra en febrero de 2017) y dos enviadas por Andrés Manuel López Obrador (en febrero de 2021 y en septiembre de 2022). La actual titular del Ejecutivo federal, Claudia Sheinbaum Pardo, a la fecha aún no ha hecho uso de esta figura constitucional.
Cabe señalar que la iniciativa preferente no sólo tiene un objetivo procedimental parlamentario, sino fundamentalmente político. En efecto, el uso de la iniciativa preferente implica la posibilidad de establecer la agenda de la persona titular del Ejecutivo en turno, de dejar en claro cuáles son los temas legislativos prioritarios para su gobierno, y de coadyuvar con el Congreso para trabajar en una agenda prioritaria para el país.
A decir de la doctora María Amparo Casar, la reforma que dio origen a la iniciativa preferente fue la primera en muchos años que en lugar de debilitar al Ejecutivo, lo fortalece, y agrega: “Con este instrumento el Ejecutivo revela sus preferencias, le dice a la población no con palabras sino con hechos, cuáles son sus verdaderas prioridades. Con este instrumento [...] se exhibe públicamente quién es quién: el Ejecutivo asume su responsabilidad del contenido que quiere dar a una política pública y las fracciones parlamentarias, al votarlas, exteriorizan sus posiciones”.
Siendo así, resulta conveniente incrementar los alcances de esta necesaria figura parlamentaria, de modo que no sea sólo la persona titular del Ejecutivo quien cuente con la atribución de presentarla, sino también los grupos parlamentarios y la ciudadanía en general. Es este uno de los objetivos de la presente iniciativa; el otro, es otorgarles a los propios grupos parlamentarios el derecho de solicitar comparecencias ante el pleno, independientemente del tamaño de su representación en cada Cámara. Desarrollaremos a continuación cada una de las propuestas.
II. Argumentación de la propuesta
A través de la presente iniciativa se pretende modificar la Ley Orgánica del Congreso con dos objetivos: 1. Que las iniciativas ciudadanas adquieran el carácter de preferentes; y 2. Establecer dos derechos para los grupos parlamentarios: el derecho de presentar iniciativas con el carácter de preferente, y el derecho de solicitar comparecencias ante el pleno.
a) Iniciativa preferente para la ciudadanía y para los grupos parlamentarios
A través del mismo decreto de reforma constitucional del 9 de agosto de 2012, quedaron establecidas, en la norma suprema del Estado mexicano, las figuras de “iniciativa ciudadana” y de “iniciativa preferente”, esta última sólo para el titular del Ejecutivo federal. Con relación a la iniciativa ciudadana, el texto constitucional dispuso solamente un requisito: que ésta fuese respaldada por el cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores.
Desde entonces, en la Cámara de Diputados solamente se han presentado seis iniciativas ciudadanas: cuatro en la LXIII Legislatura y dos en la LXIV Legislatura. De estas seis iniciativas ciudadanas, solamente una fue considerada en un dictamen en sentido positivo, dos fueron desechadas y tres nunca fueron dictaminadas; y las que fueron dictaminadas, solamente lo fueron varios meses después de su presentación.
El problema de que el legislador no dictamine una iniciativa ciudadana —o lo haga con posterioridad al fenecimiento de los plazos legales— no solamente es la negación de una atribución normativa, sino fundamentalmente es hacer nugatorio un derecho de una importante representación del mandate —el ciudadano— expresado a través de miles de firmas de los promoventes. Un legislador que presenta una iniciativa que no es dictaminada en los plazos legales, podrá hacer valer instrumentos parlamentarios para su defensa; pero los miles de ciudadanos que presentan una iniciativa sin que sea dictaminada, quedan en absoluto estado de indefensión.
Es por lo anterior que se considera indispensable que las iniciativas ciudadanas, que cuentan con el respaldo de miles de firmas, dejen de formar parte de la estadística del rezago legislativo, por lo que se propone que éstas adquieran el carácter de iniciativas preferentes con el objetivo de que las cámaras deban emitir un dictamen, o presentarla en sus términos ante el pleno, para que sea votada obligatoriamente en los plazos que establece la ley para las iniciativas preferentes.
Cabe hacer mención, como antecedente, que en el ámbito local de la Ciudad de México, existe la figura de la iniciativa ciudadana preferente, que adquiere tal carácter cuando es presentada por el doble de firmas que se requieren para presentar una iniciativa ciudadana; pero la presente propuesta no busca hacer una diferencia en el número de firmas, sino darle el carácter de preferente a todas las iniciativas ciudadanas.
Para tal efecto, se propone modificar los artículos 130, 132, 134 y 136 de la Ley Orgánica del Congreso.
Por otra parte, con relación a la iniciativa preferente como derecho de los grupos parlamentarios, señala el artículo 26, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso, que en la primera sesión de cada periodo ordinario, cada grupo parlamentario en la Cámara de Diputados presentará la agenda legislativa que abordará durante el transcurso de este. El objeto de tal disposición es que las fracciones parlamentarias que conforman este órgano hagan públicos los asuntos que prioritariamente abordarán durante el periodo respectivo. Se trata, en consecuencia, de transparentar sus legítimos intereses legislativos.
Pero la publicación de las agendas legislativas para cada periodo está muy lejos de ser una herramienta eficaz para el cumplimiento de tales agendas de los grupos parlamentarios. No basta con enunciar temas, sino que los enunciados se deben convertir en iniciativas y las iniciativas deben merecer un pronunciamiento inmediato del pleno de la Cámara respectiva.
Ahora bien, no obstante que la propia Ley Orgánica del Congreso señala términos para que, una vez presentada una iniciativa, ésta sea dictaminada, lo cierto es que el porcentaje de iniciativas que concluyen con un dictamen sigue siendo muy bajo. En efecto, de acuerdo con el Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación, durante la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados fueron presentadas 8 mil 26 iniciativas, pero sólo fueron dictaminadas 964; y por lo que hace al Senado, en la misma legislatura se presentaron 2 mil 851 iniciativas, pero sólo fueron dictaminadas 119. De manera que, en la Cámara de Diputados, solamente se dictaminaron 12.01 por ciento de las iniciativas; en tanto que en el Senado sólo se dictaminaron 4.17 por ciento.
Desde luego que la productividad de un órgano legislativo no puede ser medida por la cantidad de asuntos que este órgano aprueba, sino por la calidad de estos instrumentos legislativos aprobados y su repercusión en la sociedad. Pero los datos consignados en el párrafo anterior son muestra fiel de que la inmensa mayoría de asuntos que son presentados por los legisladores ante el pleno de sus respectivas Cámaras, nunca concluyen su proceso legislativo, lo que genera que cientos de iniciativas que contienen asuntos que son prioritarios para los grupos parlamentarios —por ser parte de sus agendas legislativas— nunca sean dictaminadas.
Tenemos entonces que, por un lado, los grupos parlamentarios deben presentar al inicio de cada periodo ordinario, su agenda legislativa, no obstante, en la práctica la gran mayoría de asuntos presentados por los legisladores nunca son dictaminados (sean o no parte de los asuntos prioritarios de su agenda legislativa); y por otro lado, los titulares del Ejecutivo federal en turno han decidido subutilizar la importante figura de la iniciativa preferente.
Ante tal situación, se propone que los grupos parlamentarios puedan también contar con el derecho de presentación de iniciativas con el carácter de preferente. Actualmente, esta figura legislativa —exclusiva del presidente de la República— tiene como fundamento el artículo 71 constitucional, esto es así, porque la referida disposición establece quiénes cuentan con el derecho de presentar iniciativas de ley ante las Cámaras del Congreso de la Unión: el presidente de la República, los legisladores federales, y las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México. Luego, en su segundo párrafo, este mismo artículo señala: “La Ley del Congreso determinará el trámite que deba darse a las iniciativas”.
De lo anterior se desprende que, el procedimiento legislativo es el que determina la Ley Orgánica del Congreso, y se refuerza con lo dispuesto por el artículo 65, tercer párrafo, de la propia Constitución federal, que establece: “En cada periodo de sesiones ordinarias el Congreso se ocupará de manera preferente de los asuntos que señale su Ley Orgánica”. Siendo así, resulta inconcuso que la ampliación de los alcances de la figura de iniciativa preferente no requiere de una modificación a la norma suprema del Estado mexicano, sino que basta con una reforma a la ley secundaria que regula el procedimiento legislativo, es decir, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Es por ello que se proponen reformas a los artículos 34, 82, 134 y 136 de la ley en comento. El artículo 34, que se encuentra dentro del Título Segundo —relativo a la organización y funcionamiento de la Cámara de Diputados—, dispondría que la atribución de la Junta de Coordinación Política para proponer al pleno la integración de comisiones a más tardar en la tercera sesión ordinaria del primer periodo del primer año cuando se presenten iniciativas preferentes, o se reciba oficio señalando dicho carácter a iniciativas presentadas con anterioridad, aplicaría también cuando la iniciativa o el oficio referido, sea presentado por algún grupo parlamentario. Misma circunstancia tratándose de la reforma al artículo 82, contenido en el Título Tercero de la citada ley —relativo a la organización y funcionamiento de la Cámara de Senadores— respecto a la integración de comisiones en el Senado cuando se presenten iniciativas o el oficio ya referido, por parte también de los grupos parlamentarios.
Por lo que hace a las propuestas de modificación a los artículos 134 y 136, los cuales están contenidos en el Título Quinto —relativo a la iniciativa ciudadana y preferente—, el primero de estos modificaría el primer párrafo, para establecer ahora que las iniciativas preferentes no son solamente las que presente el presidente de la República con tal carácter, sino también las que presenten con el mismo carácter los grupos parlamentarios.
Y con relación al artículo 136, se adicionaría un segundo párrafo —recorriéndose el subsecuente— para establecer que, como lo señala el primer párrafo del mismo artículo sobre el presidente de la República, cada grupo parlamentario podrá presentar una iniciativa preferente o señalar con tal carácter alguna previamente presentada.
b) Derecho de solicitud de comparecencia para los grupos parlamentarios
La figura de la comparecencia ante los órganos parlamentarios es uno de los instrumentos definitorios de control y rasgo característico de los sistemas parlamentarios. No obstante que se trata de una figura ajena a los regímenes presidenciales, es parte de nuestro sistema jurídico porque encuentra su antecedente en la Constitución gaditana, la cual establecía, en su artículo 125, lo siguiente:
“Artículo 125. En los casos en que los secretarios de Despacho hagan á las Córtes algunas propuestas á nombre del Rey, asistirán á las discusiones quando y del modo que las Córtes determinen, y hablarán de ellas, pero no podrán estar presentes á la votación (sic)”.
Luego, tanto en la Constitución de 1824, como en la de 1857, se estableció la obligación de los secretarios de despacho de dar cuanta a las Cámaras del estado de sus dependencias:
“Artículo 120. Los secretarios del despacho darán á cada cámara luego que estén abiertas sus sesiones anuales, cuenta del estado de su respectivo ramo(sic)”.
“Artículo 89. Los Secretarios del Despacho, luego que estén abiertas las sesiones del primer periodo, darán cuenta al Congreso del estado de sus respectivos ramos (sic).
En el texto original de la Constitución de 1917, la obligación de los secretarios de despacho de dar cuenta al Congreso del estado de sus ramos, quedó estipulado en el artículo 93, pero con la importante adición de que cualquier Cámara podría citar a los secretarios cuando se discutiese una ley o se estudiase un asunto relativo a su dependencia:
“Artículo 93. Los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso, del estado que guarden sus respectivos ramos. Cualquiera de las Cámaras podrá citar a los secretarios de Estado para que informen, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio relativo a su secretaría”.
Con la reforma constitucional a los artículos 69 y 93, publicada el 15 de agosto de 2008, se diferenció entre aquellas comparecencias de los secretarios que son producto del informe anual del estado de la administración del país (artículo 69), y aquellas que podrán ser convocadas por cualquier Cámara para la discusión de una ley o el estudio de un negocio de sus ramos, o simplemente para que respondan a interpelaciones o preguntas (artículo 93).
Como puede observarse, el órgano reformador de la Constitución decidió que la figura de la comparecencia no debe limitarse solamente a aquellas que se desprenden de la glosa del informe presidencial anual, sino que éstas podrán llevarse a cabo cada que así lo considere alguna de las Cámaras, lo que se traduce en el fortalecimiento de la rendición de cuentas del Ejecutivo al Legislativo.
Pues bien, a efecto de hacer más eficaz la implementación de la comparecencia como instrumento parlamentario, se propone que éstas puedan llevarse a cabo incluso como un derecho de los grupos parlamentarios; es decir, que por acuerdo de las Cámaras —acuerdo que estaría estipulado en la Ley Orgánica del Congreso, como aquí se propone— cada grupo parlamentario tenga el derecho de solicitar, por cada periodo ordinario de sesiones, la comparecencia de alguno de los servidores públicos a que se refiere el artículo 93 constitucional, de modo que estas comparecencias no estén sujetas a la voluntad de los grupos parlamentarios mayoritarios, sino que incluso los grupos minoritarios cuenten con esta posibilidad sin que les sea regateado este derecho.
Consideramos necesario lo anterior, toda vez que es común, e incluso racional, que los grupos parlamentarios que representan al partido del que emana la persona titular del Ejecutivo federal, asuman la posición de evitar lo más posible las comparecencias, para evitar así el desgaste político de los comparecientes frente a los cuestionamientos de la oposición. No obstante, como hemos ya señalado, el órgano reformador de la Constitución decidió en 2008 ir en sentido inverso a tal posición, y consideró que las comparecencias son un instrumento indispensable para la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de gobierno, razón por la cual dejó en claro que estas deben llevarse a cabo no sólo como consecuencia de la glosa, sino también cuando se discuta una ley o un asunto de su competencia (lo que ya estaba establecido) e incluso para responder a interpelaciones y preguntas en cualquier momento.
Siendo así, se propone adicionar un Título Sexto (recorriendo el subsecuente) que se denominaría “Del derecho de los grupos parlamentarios a solicitar comparecencias ante el pleno”, el cual se compondría por un capítulo único que contendría cuatro nuevos artículos (138 Bis, 138 Ter, 138 Quáter y 138 Quinties) en los que se dispondría que el ejercicio del derecho de los grupos parlamentarios a solicitar comparecencias sería sin detrimento de aquellas recaídas a la glosa del informe presidencial o de cualquier otra que aprobare la correspondiente Cámara. Cada grupo parlamentario podría solicitar la comparecencia de un servidor público en los primeros quince días de cada periodo ordinario de sesiones, y la Junta de Coordinación Política contaría con quince días más para aprobar el acuerdo de calendarización de comisiones; toda vez que se trata del ejercicio de un derecho de cada grupo parlamentario, este acuerdo ya no estaría sujeto a la aprobación del pleno, sino sólo a su conocimiento. Finalmente, se establecería que la inasistencia del servidor público citado a comparecer daría lugar, a solicitud de la Cámara respectiva, al inicio de un procedimiento de responsabilidad administrativa en los términos de la legislación de la materia.
Estamos convencidos que ampliar el alcance de la figura de iniciativa preferente, para que los grupos parlamentarios cuenten también con el derecho de presentarlas, así como otorgar el derecho a los grupos parlamentarios de solicitar la comparecencia de un servidor público por cada periodo ordinario de sesiones, tendría una repercusión positiva en el trabajo legislativo, pues permitiría que el Congreso se pronunciara en breve lapso sobre las propuestas que son prioritarias para cada grupo parlamentario y haría más transparente y democrática la rendición de cuentas, haciendo más incluyente la toma de decisiones en cada Cámara, salvaguardando el derecho de las minorías a que sus iniciativas también sean dictaminadas y discutidas ante el pleno, y ampliando la posibilidad de controlar al gobierno a través de las comparecencias.
III. Contenido del proyecto de decreto
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de este órgano legislativo la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de iniciativa ciudadana preferente y derechos de los grupos parlamentarios
Artículo Único. Se reforman los artículos 34, 82, 130, 132, 134, y 136; se adicionan los artículos 30 Bis, 79 Bis, 138 Bis, 138 Ter, 138 Quáter y 138 Quinquies; y se reforma la denominación del Título Sexto, recorriéndose el subsecuente, todos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 30 Bis.
Cada Grupo Parlamentario podrá:
a) Presentar iniciativas con el carácter de preferente, o señalar con tal carácter las que hubieren presentado sus integrantes en periodos anteriores y estén pendientes de dictamen, en términos de lo dispuesto por los artículos 134 y 136 de la presente ley;
b) Solicitar, hasta por una ocasión por cada periodo ordinario de sesiones, la comparecencia ante el pleno de alguno de los servidores públicos a los que se refiere el artículo 93 de la Constitución, conforme a lo estipulado en el Título Sexto de la presente ley.
Artículo 34.
1. A la Junta le corresponden las atribuciones siguientes:
a) a c) ...
d) Proponer al Pleno la integración de la comisión o comisiones a más tardar en la tercera sesión ordinaria del primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura, cuando se presenten iniciativas con el carácter de preferente o se reciba el oficio del Ejecutivo Federal o de un grupo parlamentario, señalando dicho carácter a iniciativas presentadas con anterioridad;
e) a j) ...
Artículo 79 Bis.
Cada Grupo Parlamentario podrá:
a) Presentar iniciativas con el carácter de preferente, o señalar con tal carácter las que hubieren presentado sus integrantes en periodos anteriores y estén pendientes de dictamen, en términos de lo dispuesto por los artículos 134 y 136 de la presente ley; y
b) Solicitar, hasta por una ocasión por cada periodo ordinario de sesiones, la comparecencia ante el pleno de alguno de los servidores públicos a los que se refiere el artículo 93 de la Constitución, conforme a lo estipulado en el Título Sexto de la presente ley.
Artículo 82.
1. La Junta de Coordinación Política tiene a su cargo las siguientes atribuciones:
a) a c) ...
d) Proponer al Pleno la integración de las comisiones a más tardar en la tercera sesión ordinaria del primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura, cuando se presenten iniciativas con el carácter de preferente o se reciba el oficio del Ejecutivo Federal o de un grupo parlamentario, señalando dicho carácter a iniciativas presentadas con anterioridad;
e) a g) ...
Artículo 130.
1. El derecho de iniciar leyes o decretos compete a los ciudadanos en un número equivalente a cuando menos al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores. Todas las iniciativas ciudadanas tendrán el carácter de preferentes.
2. ...
3. Las iniciativas ciudadanas seguirán el procedimiento legislativo dispuesto por esta Ley y los reglamentos de cada Cámara relativas a las iniciativas preferentes, una vez que la autoridad electoral comunique el cumplimiento del requisito señalado en el numeral 1. Cumplidos los plazos en los términos que establecen los reglamentos respectivos, sin que haya dictamen de las comisiones, la Mesa Directiva incluirá el asunto en el Orden del Día de la sesión inmediata siguiente.
Artículo 132.
1. La iniciativa ciudadana atenderá el siguiente procedimiento:
a) a c)
d) En el supuesto de que se verifique el cumplimiento del porcentaje señalado en el inciso a), el Presidente de la Mesa Directiva, turnará la iniciativa a comisión para su análisis y dictamen; y seguirá el proceso legislativo correspondiente a las iniciativas preferentes; y
e) En el caso de que la iniciativa ciudadana sea aprobada por la Cámara de origen, pasará a la Cámara revisora, a efecto de que siga el procedimiento legislativo correspondiente a las iniciativas preferentes, conforme a lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución.
Artículo 134.
1. Las iniciativas preferentes son:
a) Aquellas que son sometidas al Congreso de la Unión por el Presidente de la República o señalada con tal carácter de entre las que hubiere presentado en periodos anteriores y estén pendientes de dictamen, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 71, tercer párrafo, de la Constitución;
b) Aquellas que son presentadas con tal carácter por los grupos parlamentarios o señaladas con tal carácter de entre las que hubieren presentado sus integrantes en periodos anteriores y estén pendientes de dictamen, y
c) Aquellas que son presentadas por la ciudadanía, en términos del capítulo anterior.
2. Las iniciativas referidas en el numeral anterior, conservarán su carácter preferente durante todo el proceso legislativo previsto en el artículo 72 de la Constitución.
Artículo 136.
1. ...
2. En la misma fecha señalada en el numeral anterior, cada grupo parlamentario podrá presentar una iniciativa preferente o señalar con tal carácter una que hubieren presentado sus integrantes en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen.
3. Las iniciativas ciudadanas, que tendrán el carácter de preferentes, podrán presentarse en cualquier momento.
4. En el caso de las iniciativas preferentes presentadas o señaladas con ese carácter, se observará lo siguiente:
a) La Cámara de origen deberá discutirla y votarla en un plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de su presentación o de que se reciba el oficio , del Ejecutivo Federal o de un grupo parlamentario, señalando dicho carácter a iniciativas presentadas con anterioridad.
b) a d) ...”
Título SextoDel derecho de los Grupos Parlamentarios a solicitar comparecencias ante el Pleno Capítulo ÚnicoArtículo 138 Bis.
1. El presente Título regula el ejercicio del derecho de los Grupos Parlamentarios a solicitar, por cada periodo ordinario de sesiones, la comparecencia de alguno de los servidores públicos a los que se refiere el artículo 93, segundo párrafo, de la Constitución.
2. Estas comparecencias serán sin detrimento de aquellas recaídas al análisis del informe estipulado en el artículo 69 de la propia Constitución, ni de cualquiera otra que acuerde el Pleno de la Cámara respectiva.
3. Los procedimientos señalados en este Título se realizarán de forma independiente en cada una de las Cámaras.
Artículo 138 Ter.
1. Durante los primeros quince días del periodo ordinario, cada Grupo Parlamentario remitirá por escrito a la Junta de Coordinación Política el nombre y cargo del servidor público cuya comparecencia solicite. Vencido el plazo, en los siguientes quince días la Junta de Coordinación Política aprobará el acuerdo. La aprobación de este acuerdo sólo tendrá el efecto de la calendarización de las comparecencias para que éstas se efectúen en el mismo periodo ordinario, por lo que ninguna de las comparecencias solicitadas podrá ser rechazada.
2. El acuerdo al que se refiere el párrafo anterior se remitirá a la Presidencia de la Mesa Directiva para el efecto de ordenar su publicación en la Gaceta Parlamentaria, y hacerlo del conocimiento del Pleno y de los servidores públicos que habrán de comparecer.
Artículo 138 Quáter.
1. El acuerdo referido en el artículo anterior establecerá, al menos, lo siguiente:
I. El tema sobre el que versará la comparecencia;
II. Que las comparecencias ante el Pleno se efectúen durante el periodo de sesiones en curso; y
III. El formato para el desarrollo de la comparecencia, el cual dispondrá, al menos, dos intervenciones de diputados por cada Grupo Parlamentario, de forma alternada con las respectivas respuestas del compareciente.
Artículo 138 Quinquies.
De darse la inasistencia del servidor público citado para comparecer, la Mesa Directiva informará al Pleno y solicitará el inicio de un procedimiento de responsabilidad administrativa, en los términos dispuestos por la legislación de la materia.
Título SéptimoDe la difusión e información de las actividades del CongresoArtículo 139. a artículo 144. ...
Artículos TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su aprobación.
Segundo. Cada una de las Cámaras realizará las adecuaciones necesarias a sus respectivos reglamentos, derivadas del presente decreto, dentro del plazo de noventa días contados a partir de su entrada en vigor.
Notas
1 Mora-Donatto, Cecilia, Temas selectos de derecho parlamentario, Ed. Universidad Anáhuac del Sur y Miguel Ángel Porrúa, México, 2001, p. 27.
2 Conforme a los artículos 39 y 40 constitucionales.
3 En los regímenes, parlamentarios, el pueblo deposita la soberanía del Estado en el parlamento, y a través de este, en el gobierno, por lo que no elige directamente al responsable del Poder Ejecutivo, como sí sucede en el presidencialismo.
4 Véase Mora-Donatto, Cecilia, op. cit., p. 28.
5 Los artículos constitucionales que fueron modificados con aquella reforma fueron: 35, 36, 71, 73, 74, 76, 78, 83, 84, 85, 87, 89, 116 y 122. Además de la figura de iniciativa preferente, esta reforma estableció las figuras de: candidatura ciudadana, iniciativa ciudadana (en los ámbitos local y federal) y consulta popular; también refirió a los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, cuyos titulares serían propuestos por el Presidente y ratificados por el Senado; el procedimiento extraordinario para la designación de Presidente de la República; el procedimiento extraordinario para la toma de protesta del Presidente de la República; y la eliminación de la “cláusula de gobernabilidad” para la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Diario Oficial de la Federación, 9 de agosto de 2012.
6 Reforma al artículo 71, tercer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ídem.
7 Constitución Política de la República de Chile, art. 74.
8 Constitución Política de Colombia, art. 163.
9 Constitución Política de la República del Ecuador, art. 140.
10 Constitución Política de Nicaragua, art. 141.
11 Constitución de la República de Uruguay, art. 168.
12 Constitución de la República del Paraguay, art. 210.
13 Reformas a la Ley Federal del Trabajo, enviada a la Cámara de Diputados, y reformas a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, enviada a la Cámara de Senadores.
14 Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
15 Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación.
16 Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.
17 Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascenso y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.
18 Casar, María Amparo, “¿Peña Nieto sacrifica sus iniciativas preferentes?”, ADN Político, 6 de febrero de 2013.
http://www.adnpolitico.com/opinion/2013/02/06/opinion-pena-nieto -sacrifica-sus-iniciativas-preferentes
19 “Que reforma y adiciona diversos párrafos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, propuesta ciudadana por la vida y la familia” (4 de noviembre de 2016); “Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, propuesta por la Ciudadana Maribel Martínez Ruiz” (25 de abril de 2017); “Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para un gobierno sin privilegios, presentada por el Ciudadano Carlos Augusto Morales López” (14 de noviembre de 2017); y “Que adiciona un párrafo al artículo 4º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reconocer a la electricidad como un derecho humano, presentada por ciudadanos (5 de diciembre de 2017).
20 “Que reforma los artículos 2o., fracción I, incisos D), numerales 1 y 2, y H), numerales 1 y 2, y 2o.-A., fracciones I a III; y deroga el párrafo tercero del inciso D) de la fracción I y el cuarto párrafo del inciso H) de la fracción I del artículo 2o., y el párrafo tercero del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a fin de eliminar los montos al cobro de dichos impuestos en gasolina, diésel y gas de uso doméstico, presentada por los ciudadanos Héctor Melesio Cuén Ojeda y Víctor Antonio Corrales Burgueño” (27 de noviembre de 2018); y “Que expide la Ley General de Aguas, presentada por ciudadanos (14 de abril de 2020).
21 “Iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura en las sesiones del 01/09/2021 al 31/08/2024”, Sistema de Información Legislativa, Secretaría de Gobernación, consultable en
http://sil.gobernacion.gob.mx/Numeralia/Iniciativas/numiniciativ as.php
22 “Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores de la LXV Legislatura en las sesiones del 01/09/2021 al 31/08/2024”, Sistema de Información Legislativa, Secretaría de Gobernación, consultable en
http://sil.gobernacion.gob.mx/Numeralia/Iniciativas/numiniciativ as.php
23 ”Constitución Política de la Monarquía Española, de 19 de marzo de 1812”, Secretaría de Gobernación, Antecedentes Históricos y Constituciones Políticas de los Estados Unidos Mexicanos, 4a. edición, México, 2009, p. 47.
24 “Constitución Federal de los Estados-unidos mexicanos, de 4 de octubre de 1824”, Ibidem, p. 233.
25 “Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 5 de febrero de 1857”, Ibidem, p. 445.
26 “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma la de 5 de febrero de 1857, de 5 de febrero de 1917”, ibídem, p. 648.
27 Secretaría de Gobernación, “Decreto por el que se reforman los artículos 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” Diario Oficial de la Federación, viernes 15 de agosto de 2008.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2025.– Diputados y diputadas: Federico Döring Casar, Ana Isabel González González, Andrés Mauricio Cantú Ramírez, Ariana del Rocío Rejón Lara, Arturo Yánez Cuéllar, César Alejandro Domínguez Domínguez, Christian Mishel Castro Bello, Emilio Suárez Licona, Erubiel Lorenzo Alonso Que, Humberto Ambriz Delgadillo, Luis Agustín Rodríguez Torres, Mario Calzada Mercado, Mario Zamora Gastélum, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Noel Chávez Velázquez, Ofelia Socorro Jasso Nieto, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Verónica Martínez García (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Diputado Rubén Moreira, coordinador Rubén Moreira.
El diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (desde la curul): Gracias, señor presidente. Para por su conducto, con todo respeto, preguntarle al orador proponente si acepta que la bancada del PRI se adhiera a su muy importante e interesante iniciativa.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Le consulto, diputado Döring, si acepta la propuesta de que la bancada del PRI pueda suscribir, los diputados y diputadas integrantes de la bancada del PRI puedan suscribir esa iniciativa y quién lo desee también. Si así lo considera usted.
El diputado Federico Döring Casar: ...las palabras del coordinador Moreira a diferencia de quienes no tienen ningún empacho en demostrar que les queda grande la iniciativa. Gracias.
LEY GENERAL DE SALUD
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar las siguientes iniciativas: una con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud en relación a la regulación del ejercicio de actividades profesionales de médicos extranjeros. Una segunda con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32 de la Ley General de Salud en materia de salud digital. Una tercera, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de Trabajadores del Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del artículo 123 de la Ley del Seguro Social, de la Ley de Instituciones de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de licencias para personas cuidadoras de niñas, niños y adolescentes que viven con alguna discapacidad.
El diputado Emilio Suárez Licona:Gracias, presidente. Compañeras y compañeros. Cito: “Tener un hijo con síndrome de Down es lo más hermoso que me ha pasado en la vida”, dice Leticia Calderón, actriz que públicamente ha expresado el reto que implica contar con un integrante de la familia que tenga alguna condición diferente.
Los cuidados a personas que viven una condición diferente, que viven con alguna discapacidad son mucho mayores que los requeridos por los hijos e hijas que no enfrentan una situación así. La demanda de tiempo, recursos y atención es mayor y muchas veces las familias no cuentan con el apoyo institucional necesario para que sus niñas, niños y adolescentes que viven con alguna discapacidad puedan ejercer de manera plena sus derechos y tener una vida digna.
Poco se había avanzado y mucho se ha retrocedido en el país en la construcción de un sistema de cuidados que proporciona a las familias un apoyo institucional que les permita dar cuidados a niñas, niños y adolescentes, adultos mayores o bien a personas con discapacidad.
En México, poco más de 7 millones de personas viven con alguna discapacidad, 2.6 millones tienen menos de 17 años, los padres, madres y tutores viven una disyuntiva o trabajan para obtener los recursos necesarios para solventar las necesidades de sus familias o se dedican al cuidado de una de sus hijas, hijos que viven con alguna condición diferente o discapacitante.
Muchas veces deben dejar sus trabajos porque no cuentan con la posibilidad de disponer del tiempo necesario para acompañar a sus hijas e hijos en sus tratamientos, terapias o bien, simplemente en su atención.
En el mundo hay tres formas consensuadas para fortalecer un sistema de cuidados: construir un sistema de cuidadores, estancias, casas de día, el otorgamiento de licencias y permisos laborales de robustos y el desarrollo de políticas públicas que reconozcan el valor y la aportación económica del trabajo o del cuidado, lo cual permita retribuir.
La presente iniciativa busca ayudar a los padres, madres y tutores de niñas, niños y adolescentes que viven con alguna discapacidad, que puedan contar con licencias laborales que les permitan cumplir con las tareas de atención, tratamiento, terapia y cuidar a sus hijas e hijos sin que ello les genere incertidumbre laboral.
Así, madres o tutores de infantes con síndrome de Down o con autismo o con alguna discapacidad motriz, auditiva o visual tendrán oportunidad de mantener sus empleos y disponer de tiempo para cuidarlos. Los trabajadores que cuenten con seguridad social y que trabajan en el sector público, podrán contar con licencias laborales para atender los cuidados de sus hijos e hijas.
En esta misma oportunidad, presidente, como lo ha dicho, hay otras dos iniciativas que estamos presentando en materia de salud, que desde el Grupo Parlamentario del PRI vemos de suma importancia para que nuestro sistema verdaderamente mejore.
Hemos sido críticos con el desmantelamiento del sistema de salud que ha sido una constante durante los últimos 7 años. Por eso, hoy presento dos iniciativas que tienen este objetivo de mejorar.
La primera es una visión de hacia dónde debemos caminar en materia de salud, especialmente después de la pandemia. Se trata de incluir en la Ley General de Salud la incorporación de conceptos de atención médica que ya forman parte de nuestra vida y que son de uso cotidiano, tanto para pacientes como los profesionales de la salud y esto se refiere a salud digital y sus componentes como la telesalud y la telemedicina, de acuerdo con las normas sociales mexicanas que al efecto deberá emitir la Secretaría de Salud.
Al mismo tiempo, presento la iniciativa que tiene el objetivo de que los servicios de salud prestados por personal médico extranjero estén sustentados en la acreditación y validación de sus estudios, lo cual permitirá al Estado mexicano otorgar certeza de que la atención y servicios que brindan a nuestros ciudadanos, a la población, son de manera profesional y acreditado bajo los estándares de cualquier profesional nacional. Gracias, presidente. Es cuanto.
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General Salud, en relación a la regulación del ejercicio de actividades profesionales de médicos extranjeros en México, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Emilio Suárez Licona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan un segundo párrafo al artículo 79 y uno tercero al artículo 81 de la General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEntre 2022 y 2024, el gobierno mexicano, encabezado por el presidente López Obrador, gastó 24 millones de dólares en contratación de personal de salud proveniente de Cuba, según un artículo de la revista The Lancet, quienes realizaron dicho estudio estiman que, con esa cantidad, equivalente a más de 400 millones de pesos, se pudo haber pagado el salario de 3 mil 500 médicos especialistas o de 4 mil 500 médicos generales mexicanos.
El estudio fue llevado a cabo por Diego Ramonfaur y Octavio Gómez-Dantés y hacen un análisis profundo sobre los motivos que han frenado el desarrollo efectivo del acceso a la salud para los mexicanos.
Entre estos motivos, los estudiosos resaltan la falta de perfeccionamiento de la educación médica, así como deficiencias en el desarrollo de infraestructura y la inaccesibilidad a recursos adecuados; y examinan el fenómeno que ha tenido lugar con la contratación de médicos cubanos para contrarrestar la escasez de personal médico en nuestro país.
Sugiere que, quizá, el error no estriba en la cantidad de médicos, sino en la distribución de estos alrededor de toda la República Mexicana, pues de los 666 mil médicos, cuantificados en 2023, en su mayoría se concentran en zonas urbanas, donde la posibilidad de obtener un salario más digno es mayor.
De esos 666 mil médicos, que corresponderían a 2.5 médicos disponibles por cada 100 habitantes, hay una gran cantidad que se encuentran desempleados, esa inactividad laboral es todavía más visible en médicos especialistas, en un 30 por ciento para ser específicos.
Entonces, plantean la pregunta de ¿cuál es el motivo por el que el sector salud ha optado por recurrir a la contratación de médicos cubanos, si en realidad hay personal de de salud mexicano esperando a ser contratado?
Mencionan, que desde que se llevó a cabo esta iniciativa, México se convirtió en el primer empleador de trabajadores de la salud cubanos, contratando en una primera etapa a 610 médicos y, en una segunda, a 3 mil 100 médicos.
Comprensiblemente, esto ha originado un descontento de médicos y personal de salud que, ante la falta de empleo, han tenido que optar por dedicarse a otras actividades.
México tiene 1.3 por ciento menos trabajadores en el sector salud. En 2023 cerró con dos millones 174 mil 418 trabajadores remunerados en el sector salud, 30 mil 479 menos que en 2018, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
De acuerdo con la Cuenta Satélite del Sector Salud 2023 elaborado por el Inegi, en 2018 laboraban dos millones 204 mil 897 en el sector. Aunque en la pandemia el número de trabajadores del sector salud aumentó hasta llegar a 2.4 millones en 2021, después de eso la cifra fue a la baja.
Durante la administración anterior, el gobierno de México firmó un convenio con el de Cuba para que médicos especialistas de la isla vengan para atender el déficit de galenos que hay en el país.
Asimismo el director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, dijo en agosto pasado que de 2019 a 2024 se pasó de 18 mil 614 a 26 mil 272 médicas y médicos especialistas contratados para los hospitales IMSS-Bienestar, lo que representa 42 por ciento de aumento.
En términos generales, el producto interno bruto (PIB) del sector salud mostró un incremento de 0.3 puntos porcentuales desde 2018. Para 2023 esto representó 5.1 por ciento del PIB de la economía, cuando en 2018 se estimó que el sector contribuyó con 4.8 del PIB.
Durante 2023, esto significó el movimiento de 1 billón 630 mil 896 millones de pesos por la producción de bienes y servicios relacionados con la atención de la salud. De ellos, 43 por ciento provino del sector público, 39 al sector privado y 17.6 al trabajo no remunerado en cuidados de salud.
Es un hecho comprobado que el gobierno mexicano paga millones para la contratación de médicos extranjeros, particularmente cubanos, y que esto significa una merma en las contrataciones de médicos nacionales.
A través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el gobierno federal pagó 472 millones 441 mil 229 pesos a la empresa privada cubana Comercializadora de Servicios Cubanos, S.A. como contraprestación por el servicio de atención médica de doctores cubanos que llegaron a México para atender a la población de derechohabientes y no derechohabientes del servicio de salud pública.
El 16 de julio de 2024, durante la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador, Zoé Robledo, titular del IMSS, informó que hasta esa fecha 950 médicos cubanos se encontraban trabajando en 23 estados de la República Mexicana y que, a través de la firma de un nuevo convenio iban a llegar al país 2 mil 700 nuevos especialistas para fortalecer la atención médica de pacientes sin seguridad social en los programas del IMSS-Bienestar.
Dicho cálculo contempla sólo a los médicos cubanos que llegaron a México en esos dos años, porque hasta septiembre de 2024 el país ya había recibido un total de 3,101, según el propio Zoé Robledo, director general del IMSS, en el último informe de salud del sexenio de López Obrador.
A través de una solicitud de información, el IMSS respondió que entre el 10 de noviembre de 2022 y el 7 de febrero de 2024, había pagado 437.4 millones de pesos por los servicios de los médicos cubanos.
El salario de estos médicos se ha seguido ocultando, ya que el gobierno mexicano, no solo cubre su sueldo mensual, sino los gastos de hospedaje y traslados, existen calculos que mencionan que el costo por cada especialista puede llegar hasta los 100 mil pesos mensuales; en contraste, el salario de los médicos generales y especialistas en México al segundo trimestre de 2024, fue de 8 mil 500 pesos mensuales en promedio, de acuerdo con cifras oficiales.
“México ha contratado cientos de médicos cubanos con el fin de atender un déficit relativo de doctores en comunidades rurales. Esto ha costado cientos de millones de dólares, pero no soluciona el problema de acceso a la salud”, advirtió Diego Ramonfaur, médico del Departamento de Medicina Interna en la Clínica Cleveland de Ohio, Estados Unidos, y coautor del artículo.
Según el propio artículo, publicado en The Lancet, cada año se gradúan 17 mil 500 médicos en México y 12 mil 500 cursan una especialidad, es decir, que la fuerza laboral combinada sería de 666 mil profesionales, equivalentes a 2.5 médicos por cada mil habitantes, que para los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos nos coloca en los últimos lugares.
En octubre de 2022 se ofreció un salario mensual bruto de 53 mil 569 pesos para contratar especialistas extranjeros, más prestaciones adicionales, como aguinaldo, prima vacacional, apoyo de alimentos, fondo de ahorro y apoyo para hospedaje.
Sin embargo, a nivel nacional, sin importar la institución de salud, el salario promedio de los médicos fue de 8 mil 500 pesos al segundo trimestre de 2024, según datos de la Secretaría de Economía. Esta desigualdad salarial, es inaceptable, ningún país hace lo que México al promover la contratación de médicos extranjeros, en detrimento de los mexicanos.
Es una realidad que el país enfrenta una de las peores crisis de atención sanitaria, no solo la falta de medicamentos, vacunas e insumos para la atención afectan a la población, sino que también se ha privilegiado la contratación de recursos humanos que vienen de otros países en lugar de darles una oportunidad a miles de profesionales mexicanos que cada año egresan de las instituciones del país.
Como ejemplo de lo anterior, el pasado 31 de enero, durante su conferencia matutina, la presidenta Claudia Sheinbaum reiteró que el gobierno de nuestro país continuará con la contratación de médicos extranjeros. Según sus declaraciones, esto “obedece a un rezago en la formación de especialistas, derivado de políticas aplicadas durante el periodo neoliberal, cuando se restringió el ingreso a facultades de medicina con el objetivo de mejorar la calidad educativa, pero que terminó afectando la disponibilidad de profesionales en el sector salud”.
Dichas afirmaciones carecen de fundamento. Basta señalar que para el más reciente examen nacional para aspirantes a residencias médicas de 2024, realizado en septiembre de 2024 se presentaron 44 mil 859 aspirantes de todo el país, según cifras de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud.
El ENARM (examen nacional de aspirantes a residencias médicas) es una prueba que evalúa los conocimientos de los egresados de las facultades de medicina. Su objetivo es seleccionar a los mejores candidatos para realizar residencias médicas en México. El ENARM es una prueba estandarizada que se aplica anualmente, al mismo se pueden presentar profesionales de la salud de todo el país y también del extranjero. Tan solo el año pasado se otorgaron 421 becas para médicos extranjeros en distintas especialidades, según publicó la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud.
Para las y los diputados del PRI resulta no sólo lamentable, sino, indignante, el hecho que miles de profesionales de la medicina carezcan de los estímulos económicos indispensables, cuando se designan miles de millones de pesos para la contratación de médicos extranjeros.
Por ello en el PRI queremos defender a nuestros profesionales, médicas y médicos que cumplen con especialidades, certificaciones y recertificaciones; y que a pesar de ello, se ven excluídos de los mejores salarios o incentivos que si se les proporcionan a profesionales de otros países.
Para el PRI, las y los mexicanos deben tener preferencia en los procesos y convocatorias, no se trata de una privilegio, sino de equilibrar la balanza en favor de los nuestros.
Aunado a lo anterior, es necesario subrayar que esta iniciativa no busca impedir el desarrollo profesional de médicos extranjeros, el objetivo es, por un lado homologar la preparación de quienes pretenden ejercer la medicina en nuestro país, y por otro poner una base pareja para que las y los médicos mexicanos tengan las oportunidades que merecen y se han ganado con mucho esfuerzo y sacrificio.
Para ello se propone que las y los médicos extranjeros que pretendan ejercer en nuestro país deberán presentar una revalidación de estudios ante las autoridades nacionles, a fin de poder acceder a las convocatorias para los exámenes de especialidad.
La presente iniciativa consiste en adicionar un segundo párrafo al artículo 79 y uno tercero al artículo 81 de la General de Salud, como se muestra en el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea el presente proyecto de
DecretoÚnico. Se adicionan un segundo párrafo al artículo 79 y uno tercero al artículo 81 de la General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 79. Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina, farmacia, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, partería profesional, terapia física, trabajo social, química, psicología, optometría, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas, y las demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.
Para que médicos extranjeros ejerzan actividades profesionales en el campo de la medicina, se requerirá una revalidación de sus estudios ante las autoridades educativas competentes.
...
Artículo 81. La emisión de los diplomas de especialidades médicas corresponde a las instituciones de educación superior y de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.
...
En el caso de médicos extranjeros, se requerirá que presenten una revalidación de estudios ante las autoridades educativas correspondientes, de igual manera deberán contar con la certificación y recertificación en las diferentes especialidades de la medicina previamente a su desempeño en instituciones de salud oficialmente reconocidas.
..
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 “Mexicos physician shortage: struggling to bridge the gap”, Ramonfaur, Diego; y otros, en The Lancet Regional Health-Americas, volumen 41, 100966. Visible en
https://www.thelancet.com/journals/lanam/article/PIIS2667-193X(2 4)00293-X/fulltext Fecha de consulta: 2 de febrero de 2025.
2 Ídem.
3 Ídem.
4 Expansión, 1 enero de 2025. “Médicos cubanos, la costosa opción de la 4T ante el déficit de personal de salud”. Visible en
https://politica.expansion.mx/mexico/2025/01/01/medicos-cubanos- la-costosa-opcion-de-la-4t-deficit-personal-de-salud Fecha de consulta: 2 de febrero de 2025.
5 Ídem.
6 Nallely Campos, 31de enero de 2025. Noticias de frente. Visible en
https://noticiasdefrente.com/2025/01/31/gobierno-de-mexico-conti nua-contratacion-de-medicos-extranjeros-para-garantizar-cobertura-de-salud/ Fecha de consulta: 2 de febrero de 2025.
7 Natalia Moreno Gonzáles, 30 de septiembre 2024. Consultorsalud. Visible en
https://consultorsalud.com.mx/resultados-enarm-mexico-44-859-asp irantes/#:~: text=Resultados%20del%20Enarm%202024%20en,seis%20sedes%20a%20nivel%20nacional fecha de consulta 2 de febrero de 2025.
8 Secretaría de Salud. XLVIII examen nacional para aspirantes a residencias médicas 2024 plazas y becas para médicos seleccionados-Categoría mexicana y lugar para médicos seleccionados-Categoría extranjera. Visible en
https://cifrhs.salud.gob.mx/site1/enarm/2024/docs/2024-ENARM-Pla zas-lugares.pdf Fecha de consulta: 2 de febrero de 2025.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputados y diputadas: Emilio Suárez Licona, Ana Isabel González González, Andrés Mauricio Cantú Ramírez, Ariana del Rocío Rejón Lara, Arturo Yáñez Cuéllar, César Alejandro Domínguez Domínguez, Christian Mishel Castro Bello, Erubiel Lorenzo Alonso Que, Humberto Ambriz Delgadillo, Mario Calzada Mercado, Mario Zamora Gastélum, Noel Chávez Velázquez, Verónica Martínez García (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
El diputado Emilio Suárez Licona:
«Iniciativa que reforma el artículo 32 de la Ley General de Salud, en materia de salud digital, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Emilio Suárez Licona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32 de la General de Salud, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLa Ley General de Salud que hoy nos rige fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984, hace casi 40 años, sin duda desde entonces mucho ha cambiado en nuestra forma de entender la atención a la salud y por eso han sido necesarias un sin número de reformas.
En ese sentido, es importante tratar de incorporar al texto de la Ley vigente, conceptos que no eran una realidad en el momento de su creación, como son la telesalud y la telemedicina, mismas que han cobrado una relevancia sin precedentes y que pueden ayudarnos a contrarrestar la enorme brecha que existe en la atención a la salud, y que lamentablemente se ha ido incrementando.
Desde 2013, la Organización Mundial de la Salud, aprobó la resolución WHA66.24 sobre normalización e interoperabilidad en materia de cibersalud, en la que se insta a los Estados miembros a que consideren la posibilidad de formular políticas y mecanismos legislativos vinculados a una estrategia nacional general de cibersalud.
Derivado de dicha resolución y otras posteriores, se elaboró La estrategia mundial sobre salud digital en la que los ministros y jefes de delegación participantes se comprometieron a aprovechar el potencial de las tecnologías de la información y las comunicaciones para lograr cumplir la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, observando su capacidad para acelerar el progreso en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el ámbito de la salud.
La finalidad de esta estrategia mundial es fortalecer los sistemas de salud mediante la aplicación de tecnologías de salud digital dirigidas a los consumidores, los profesionales de la salud, los proveedores de servicios de salud y la industria con el fin de empoderar a los pacientes y hacer realidad la visión de la salud para todos.
La estrategia está concebida para adaptarse a sus fines y ser utilizada por todos los Estados miembros de la OMS , incluidos los que tienen un acceso limitado a las tecnologías y los bienes y servicios digitales.
Dicha Estrategia se compone de 4 principios rectores, a saber:
-Reconocer que la institucionalización de la salud digital en los sistemas de salud nacionales requiere que los países adopten decisiones y se comprometan;
-Reconocer que las iniciativas de salud digital, para ser eficaces, precisan una estrategia integrada;
-Promover el uso adecuado de las tecnologías digitales para la salud, y
-Reconocer la acuciante necesidad de abordar los principales obstáculos que enfrentan los países menos adelantados para implantar las tecnologías de salud digital.
En relación con lo anterior y dado el creciente interés por las tecnologías sanitarias, la Organización Panámericana de la Salud (OPS) ha lanzado diversas iniciativas para promover y fortalecer el proceso de evaluación de tecnología sanitaria en países miembros, creando la Evaluación de Tecnologías Sanitarias (ETS), que es el proceso sistemático de valorización de las propiedades, los efectos y/o los impactos de la tecnología sanitaria.
A nivel regional, la OPS, ratificó en conjunto con los países que integran el Comité Ejecutivo de la OPS, la Hoja de Ruta para la Transformación Digital del Sector Salud en la Región de las Américas. Estas tres perspectivas promueven acciones a favor de la interoperabilidad y la digitalización de los sistemas de salud a nivel global.
La salud digital es un concepto que se construye a través de diversas tendencias e innovaciones como el uso de plataformas digitales; adopción de servicios en la nube; apps móviles e internet de las cosas; redes sociales y comunidades conectadas; inteligencia artificial (IA); y el conocimiento científico.
Las innovaciones y tecnologías emergentes tienen el potencial de impulsar la salud digital hacia nuevos horizontes, por ejemplo la medicina de precisión, blockchain que es una tecnología que permite registrar y compartir transacciones de manera pública e inmutable, la IA generativa, el aprendizaje automático, el aprendizaje profundo, la digitalización de registros médicos electrónicos, entre otras.
Es un hecho que el entorno digital ha cambiado nuestra forma de relacionarnos y de entender el mundo, a estos avances no escapa la salud, ni tampoco la atención médica, y sin embargo, estos conceptos no están mencionados en nuestro marco legal.
Esta transformación en la atención médica tuvo un enorme incremento en todo el mundo y también en nuestro país en los años más recientes, sobre todo debido a la pandemia de Covid-19.
La Fundación Mexicana para la Salud (Funsalud), realizó el primer estudio estadístico sobre los usos, hábitos y actitudes sobre el ecosistema digital del profesional de la salud llamado “Médic@ Digital en México” y que fue publicado el 4 de octubre de 2022.
Los datos de dicho estudio revelan importantes avances en el uso de la tecnología para la atención de pacientes; los resultados señalan que el 45 por ciento de los médicos reportan realizar consultas virtuales, siendo los psiquiatras la especialidad que está en el primer lugar con 94 por ciento.
La mayoría de los médicos que llevan a cabo este tipo de consultas, registran de 1 a 5 sesiones virtuales por semana. Esto significa que los pacientes han disminuido su necesidad de acudir a un hospital o clínica para recibir atención profesional. En este sentido, de los profesionales que trabajan exclusivamente en el sector público solamente el 19 por ciento efectúa este tipo de consultas, mientras que en el sector privado o con práctica híbrida (pública y privada) el número asciende a 47 por ciento.
Otro de los temas importantes del estudio fue el uso del Expediente Clínico Electrónico (ECE), en estimaciones de la Secretaría de Salud destaca que su uso en el sistema de salud público generaría ahorros por 38 mil millones de pesos, un 17 por ciento del monto presupuestado para la atención de la salud en 2022.
A pesar de sus beneficios los médicos que utilizan esta herramienta en su práctica es aún menor a decir del estudio con el 40 por ciento de los profesionales utilizándolo, mientras que el uso de expediente físico es de 47 por ciento y el resto utiliza una mezcla de ambos. Lo anterior revela el reto para los sistemas de salud y los profesionistas médicos para lograr una implementación a profundidad de esta herramienta.
Algo muy interesante que refleja el estudio de Funsalud es que el comportamiento de los pacientes durante el periodo de pandemia y encierro generó un interés para conocer más sobre sus síntomas, enfermedades y tratamientos. Los datos arrojados apuntan que el 35 por ciento de las personas se informan por Internet sobre su padecimiento o síntomas previo a una valoración médica, mientras que el mismo porcentaje (35 por ciento) indagan sobre la trayectoria profesional del médico.
Los médicos han descrito que el paciente informado ha cambiado la dinámica de una consulta, un 42 por ciento está completamente de acuerdo con este punto, demostrando el interés por parte de las personas para buscar una mejor atención y calidad en el servicio.
Sumado a esto, a decir del Censo Económico de 2019 y el Censo de Población de 2020 del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) el acceso a Internet de manera generalizada presenta áreas de oportunidad, 78.1 por ciento de los hospitales cuenta con acceso a internet, mientras que los prestadores de servicios de salud tienen el 43 por ciento y alrededor del 52 por ciento de los hogares tiene esta conectividad. Aspecto que es una prioridad acelerar y apuntar para que la conectividad de los centros de salud públicos y privados cuenten con la cobertura y accesos a la red, herramientas que brindarán una atención efectiva y de calidad a los pacientes.
El estudio destaca el uso de herramientas tecnológicas y su frecuencia de uso por parte de los médicos en la práctica cotidiana siendo la mensajería instantánea (WhatsApp, Telegram o Messenger) la más alta con un 79 por ciento mientras que la llamada telefónica alcanza un 67 por ciento, pero además, brinda información sobre la falta del uso de estas aplicaciones por parte del profesional de la salud, por ejemplo, 32 por ciento de los consultados menciona que al menos una vez a la semana ha utilizado plataformas especializadas para videoconferencias, mientras que un 34 por ciento rara vez lo ocupan, áreas de oportunidad para los profesionales de un nuevo egreso y adaptabilidad para los de mayor experiencia.
Los datos recabados por este esfuerzo de Funsalud nos muestran la importancia y la trascendencia de la telesalud y la telemedicina, ante esto el coordinador de Nuevas Tecnologías de la Funsalud ha propuesto la creación de una estrategia nacional de impulso a la telemedicina que abarque el sector público y privado y que incluya capacitación a los médicos, así como una regulación adecuada para que la transición digital se haga de manera ordenada y de acuerdo con los lineamientos internacionales.
De hecho, la telemedicina se institucionalizó en nuestro país en 2004 gracias a la creación del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (Cenetec), que cinco años después fue reconocido como centro colaborador de la Organización Mundial de la Salud.
El uso y adopción de telemedicina como un servicio de intención creció exponencialmente en México durante los últimos 12 meses. El Cenetec informó que, de enero a noviembre de 2020, se realizaron más de 5 millones de acciones relacionadas al uso de telemedicina, en los sistemas de salud estatales.
Aunado a lo anterior, es preciso mencionar que la Secretaría de Salud publicó en 2019 un Modelo de Atención Médica a Distancia, en el cual se incorporan conceptos de telesalud y tele medicina, como:
Atención médica a distancia; que es el conjunto de servicios médicos que se proporcionan al individuo, con el fin de promover, proteger y restaurar su salud con el apoyo y uso de las tecnologías de información y comunicaciones.
Por lo anterior se tiene como factor principal para el desarrollo de la atención médica a distancia el uso de tecnologías para disminuir la limitante de la distancia, al mejorar el flujo de trabajo y el aprovechamiento de los recursos para lograr una mayor eficiencia en los servicios de salud.
Red de Atención Médica a Distancia que se define como la interconexión entre unidades médicas permite llevar a cabo teleconsultas, referencias,contrarreferencias; eventos que permiten la comunicación entre paciente y médico o entre médico y médico; disminuyendo tiempos (servicio, visita, estudios, citas, diagnóstico, traslado, inicio de tratamientos) al mejorar el aprovechamiento de recursos, al dar a los pacientes mayor acceso a los servicios de salud;
Teleconsulta que es la consulta por telecomunicaciones remotas, generalmente con fines de diagnóstico o tratamiento de un paciente que se encuentra en un sitio lejano al igual que el médico primario.
Es importante especificar que la telemedicina y la salud digital (también conocida como e-salud, telesalud o salud electrónica) son términos relacionados pero distintos.
Telemedicina
La telemedicina se refiere específicamente al uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para proporcionar servicios médicos a distancia. Esto puede incluir:
- Consultas médicas virtuales en tiempo real.
- Transmisión de imágenes médicas y resultados de pruebas.
- Monitoreo remoto de pacientes.
- Educación y apoyo a pacientes a distancia.
Salud digital (e-Salud)
La salud digital es un término más amplio que abarca el uso de tecnologías digitales para mejorar la salud y la atención médica. Esto puede incluir:
- Registros electrónicos de salud (RES).
- Aplicaciones móviles de salud.
- Dispositivos de monitoreo de salud en el hogar.
- Análisis de datos de salud y aprendizaje automático.
- Telemedicina.
- Telesalud
- Registros electrónicos de salud (RES).
- Aplicaciones móviles de salud.
- Dispositivos de monitoreo de salud en el hogar.
- Análisis de datos de salud y aprendizaje automático.
- Telemedicina.
- Telesalud
En resumen, la telemedicina es una forma específica de salud digital que se centra en la prestación de servicios médicos a distancia mediante tecnologías digitales. La salud digital, por otro lado, es un concepto más amplio que abarca una variedad de aplicaciones y tecnologías para mejorar la salud y la atención médica.
Al día de hoy la telemedicina ha demostrado ser una herramienta idónea para complementar el sistema de salud actual y ofrecer soluciones frente a los problemas como falta de personal sanitario, los recortes en los presupuestos para el sector salud que generan una sobrecarga de las instituciones, así como para hacer llegar atención especializada en lugares remotos, o en los que la delincuencia organizada impide que se cuente con profesionales de la salud para atender a la población.
A pesar que existen modelos y estrategias internacionales y nacionales, así como mediciones y estudios en la materia, aún no se han incorporado los conceptos de salud digital, telesalud y telemedicina en la Ley General de Salud; que en su capítulo dedicado a la atención médica solo menciona lo siguiente:
Capítulo IIAtención Médica
Artículo 32. Se entiende por atención médica el conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud.
Para efectos del párrafo anterior los prestadores de servicios de salud podrán apoyarse en las Guías de Práctica Clínicay los medios electrónicos de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que al efecto emita la Secretaría de Salud.
Artículo 33. Las actividades de atención médica son:
I. Preventivas, que incluyen las de promoción general y las de protección específica;
II. Curativas, que tienen como fin efectuar un diagnóstico temprano y proporcionar tratamiento oportuno;
III. De rehabilitación, que incluyen acciones tendientes a optimizar las capacidades y funciones de las personas con discapacidad, y
IV. Paliativas, que incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.
Para el Grupo Parlamentario del PRI es imperativo que la Ley General de Salud incorpore conceptos de atención médica que ya forman parte de nuestra de vida y son de uso cotidiano, tanto para pacientes como para los profesionales de la salud.
Lo anterior, no solo para dar cumplimiento a los compromisos internacionales referidos en la presente iniciativa, sino sobre todo, para otorgar certidumbre y un marco legal a las acciones de quienes han encontrado en la telesalud y la telemedicina una oportunidad de mejorar la salud y conseguir la cobertura sanitaria universal.
Es por ello que mi propuesta consiste en reformar el artículo 32 de la Ley General de Salud, de la siguiente forma:
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta asamblea el siguiente:
Decreto por el que se refroma el artículo 32 de la Ley General de Salud
Único. Se reforma el artículo 32 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:
Artículo 32. Se entiende por atención médica el conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud.
Para efectos del párrafo anterior los prestadores de servicios de salud podrán apoyarse en las Guías de Práctica Clínica , los medios electrónicos , como la salud digital, y sus componentes como la telesalud y la telemedicina de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que al efecto emita la Secretaría de Salud.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 OMS. Estrategia Mundial sobre Salud Digital 2020-2025. Visible en
https://iris.who.int/bitstream/handle/10665/344251/ 9789240027572-spa.pdf?sequence=1 Fecha de consulta: 14 de febrero de 2025.
2 Idem
3 Idem
4 OPS. Evaluación de tecnologías de salud. Visible en:
https://www.paho.org/es/temas/evaluacion-tecnologias-salud fecha de consulta: 14 de febrero de 2025.
5 Fundación Carlos Slim. ¿Qué es la Salud Digital? Visible en:
https://saluddigital.com/es/editoriales/que-es-la-salud-digital/ fecha de consulta: 14 de febrero de 2025.
6 Funsalud. Estudio Médic@ Digital en México, visible en:
https://funsalud.org.mx/estudio-medic-digital-en-mexico/ fecha de consulta: 14 de febrero de 2025.
7 Idem
8 Idem
9 Idem
10 Guillermo Cárdenas Guzmán. 2 de enero de 2024. Medscape. Estudio documenta avances y retos para la implementación de la telemedicina en México, visible en:
https://espanol.medscape.com/verarticulo/5911867#vp_3 fecha de consulta: 14 de febrero de 2025.
11 Fundación Carlos Slim Op. Cit.
12 Visible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/671099/Mod-gral-A MD-ago2020.pdf fecha de consulta 14 de febrero de 2025.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de marzo de 2025.– Diputados y diputadas: Emilio Suárez Licona, Ana Isabel González González, Andrés Mauricio Cantú Ramírez, Ariana del Rocío Rejón Lara, Arturo Yáñez Cuéllar, César Alejandro Domínguez Domínguez, Erubiel Lorenzo Alonso Que, Humberto Ambriz Delgadillo, Mario Calzada Mercado, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Noel Chávez Velázquez, Verónica Martínez García (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LEY FEDERAL DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B, DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, LEY DEL SEGURO SOCIAL, Y LEY DE INSTITUCIONES DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
El diputado Emilio Suárez Licona:Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del artículo 123 de la Ley del Seguro Social, de la Ley de Instituciones de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de licencias para personas cuidadoras de niñas, niños y adolescentes que viven con alguna discapacidad.
(La iniciativa podrá ser consultada en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo I)El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo:Buenas tardes. Con su venia, señor presidente. Soy Jesús Cuanalo, diputado federal de la LXVI Legislatura, el día de hoy presento ante esta honorable Cámara de Diputados, la iniciativa para garantizar que los adolescentes que son detenidos en un centro de detención juvenil en el Sistema Integral de Justicia de Adolescentes en México, reciban de manera obligatoria atención psicológica, educación escolar, la enseñanza de un oficio y participen en alguna actividad artística y cultural.
Esto con la finalidad de atender la salud mental y de complementar su formación, así como tratar de revertir las causas que los llevaron a delinquir, de esta forma facilitar su reinserción a la sociedad y evitar que los jóvenes recaigan en un delito o caigan en manos de la delincuencia organizada. El propósito es que reciban herramientas para salir adelante.
Según el Inegi, en nuestro país el número de adolescentes en prisión se ha duplicado en los últimos años, lamentablemente la mayoría de los casos es por delitos graves.
Hay que revertir también esa descomposición social que ha llevado a nuestros jóvenes a tal situación.
Las principales causas de detención en los adolescentes son por violación, por robo, por homicidio, por narcomenudeo o delitos contra la salud, entre otras cosas, esto es grave, esto es muy grave, compañeras y compañeros.
Muchos de los jóvenes que incurren en un delito provienen de contextos sociales muy duros, o son víctimas de la desintegración de las familias o del abandono, o son utilizados por el crimen organizado.
Hoy en día, inclusive vemos casos que se hacen virales por la influencia que causan las redes sociales en los jóvenes y en su conducta.
A nivel nacional, 8.7 por ciento de la población de los jóvenes en el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes ya había enfrentado un proceso penal y 3.4 por ciento ya había estado detenido anteriormente.
Pero, atención, en esta estadística no entran los que delinquieron ya siendo mayores de edad y entran a un reclusorio siendo mayores de edad o los que lamentablemente han perdido la vida por causa del crimen.
Seamos sinceros, en los centros de internamiento los jóvenes están expuestos o no a aprender peores cosas. Pregunto, ¿podríamos decir que, al salir de un Centro de Internamiento, un joven que fue detenido por un crimen sale en mejores o peores condiciones de conducta? Lamentablemente otro dato grave es que el 32 por ciento de la población de jóvenes internados fue víctima de algún delito o de alguna violencia dentro el centro de internamiento, según el propio Inegi.
Los jóvenes, junto con las niñas y los niños, son lo mejor que tenemos como nación, como sociedad. Somos todos los mexicanos responsables de nuestro contexto social, de la desintegración de las familias de México y de las situaciones a las que están expuestos nuestros jóvenes, seamos conscientes de estos. Somos responsables, también, de sacarles adelante para que sea conviertan en personas de bien que generen bienestar a sí mismos, a su entorno y a nuestro país.
Les comparto otros datos preocupantes de los jóvenes que están detenidos por un delito. Número uno, estamos hablando de niños a partir de los 12 años, de niños y niñas de 12 años a 18 años.
Hay niños y niñas ahí, 24 por ciento de estos pequeños, de estos menores de edad son padres o madres, tienen hijos e hijas; 10 por ciento provienen de comunidades indígenas y afrodescendientes, casi la mitad de los jóvenes que están en estos centros consume algún tipo de sustancias psicotrópica; 85 por ciento creció en un contexto familiar con alcoholismo u otras drogas y violencia, por supuesto; 32 por ciento tiene un padre o tutor que ha sido preso.
No obstante, 71 por ciento de los jóvenes ha recibido educación básica. Es posible reorientarles atención con esto, lo repito, me refiero que hay niños a partir de los 12 años detenidos.
Pensar en el bienestar de las niñas y de los niños, de los jóvenes, es pensar en el bienestar de nuestra patria. Nos refleja mucho como sociedad, compañeras y compañeros, la situación que viven nuestros jóvenes.
El guiar a los jóvenes hacia actividades físicas, culturales y artísticas es alejarles de las drogas, es guiar su cuerpo y su mente hacia la salud, abrirle las puertas al arte y a la cultura, es darles un lenguaje, identidad, autoestima y un camino alternativo para expresarse y reconstruirse. Enseñarles es un oficio, es darles herramientas para el empleo, alternativas para no caer en el crimen, pero, sobre todo, trabajar en su salud mental es atacar de raíz las causas que los llevaron a esta triste situación.
Esto tiene que pasar de algo secundario a algo prioritario, esto tiene que estar plasmado en nuestra Constitución y esto nos puede presentar ante nosotros mismos y ante el mundo como una nación preocupada por los jóvenes.
Por esto, compañeras y compañeros diputados, esta iniciativa propone reformar el artículo 18 de nuestra Constitución para garantizar que los adolescentes en conflicto con la ley reciban una atención integral y humanizada durante su internamiento.
Concluyo con esto, señor presidente. La propuesta establece de manera clara y obligatoria que los centros de atención juvenil cuenten con programas de educación formal, enseñanza a oficios, actividad física de forma destacada, con atención integral a la salud mental, espacios para la participación en actividades artísticas y culturales.
Esto para ayudarles a reinsertarse a la sociedad, librarlos de recaer y librarlos del crimen organizado. Es cuanto, compañeras y compañeros. Gracias por su atención. Dios les bendiga.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, Jesús Martín Cuanalo Araujo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma y adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa reinserción social de los adolescentes en conflicto con la ley es un desafío que requiere estrategias efectivas y una atención integral. El artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el sistema penitenciario debe organizarse con base en el respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación, la educación, la salud y el deporte como medios para la reinserción. Sin embargo, para garantizar que los adolescentes en conflicto con la ley cuenten con verdaderas oportunidades de reintegración, es necesario fortalecer y ampliar estos enfoques.
Si bien la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes establece medidas para la reinserción social con base en los principios de interés superior del adolescente, reintegración familiar y social, mínima intervención, proporcionalidad y enfoque restaurativo, estos no cuentan aún con un reconocimiento expreso en la Constitución. Esta omisión limita la consolidación de un sistema de justicia juvenil que garantice la rehabilitación y el desarrollo integral de los adolescentes en conflicto con la ley. Por ello, es fundamental reformar la Constitución para consagrar su derecho a una segunda oportunidad y a un futuro digno, en armonía con estos principios.
La adolescencia es una etapa crucial en el desarrollo humano, marcada por profundos cambios emocionales, sociales y psicológicos. En este contexto, cuando un adolescente enfrenta un proceso penal, el Estado no solo debe imponer sanciones, sino también asegurar mecanismos que impulsen su formación, autonomía y reinserción efectiva en la sociedad. La verdadera justicia no radica únicamente en el castigo, sino en la capacidad de ofrecer alternativas para que los jóvenes puedan reconstruir sus vidas y contribuir positivamente a su comunidad.
Diversos estudios han demostrado que la participación en actividades deportivas, artísticas y culturales contribuye significativamente al desarrollo de habilidades sociales, disciplina, autoestima y resiliencia en los jóvenes. Según el Instituto Mexicano de la Juventud, la actividad física puede contribuir al desarrollo social de las y los jóvenes, fomentando la autoconfianza, la interacción social y la integración.
Asimismo, la formación en oficios y la educación académica brindan herramientas esenciales para su autonomía y productividad en la vida adulta. Sin embargo, muchos centros de internamiento carecen de programas estructurados en estas áreas, lo que limita las oportunidades de los adolescentes para una reinserción efectiva.
Además, la atención de la salud mental y el tratamiento de adicciones son componentes críticos que, de no ser abordados adecuadamente, pueden obstaculizar el proceso de reintegración y aumentar el riesgo de reincidencia. Según datos de 2022, a escala nacional, 57.7 por ciento de la población de adolescentes en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes presentaba alguna adicción a sustancias psicoactivas.
Por tanto, se propone una reforma al artículo 18 constitucional para establecer la obligatoriedad de que los centros de internamiento para adolescentes cuenten con
• Programas de instrucción en disciplinas deportivas.
• Formación en oficios.
• Atención integral a las adicciones y la salud mental.
• Actividades artísticas o culturales.
• Programas educativos que abarquen desde la alfabetización hasta la educación media superior.
Esta reforma busca garantizar que los adolescentes en conflicto con la ley reciban una atención integral durante su internamiento, proporcionándoles las herramientas necesarias para su desarrollo personal y social, disminuyendo así las probabilidades de reincidencia delictiva.
Al fortalecer el marco constitucional en este sentido, México reafirma su compromiso con los derechos de la niñez y la adolescencia, y avanza hacia un sistema de justicia juvenil más humano, inclusivo y orientado a la verdadera reinserción social.
Los cambios propuestos en esta iniciativa se ven reflejados con mayor detalle en el siguiente cuadro comparativo:
La reforma propuesta es un paso firme hacia la construcción de un sistema de justicia juvenil más humano, eficaz y orientado a la verdadera reinserción social de los adolescentes en conflicto con la ley. Al incorporar la obligatoriedad de programas de educación, formación para el trabajo, atención a la salud mental y actividades culturales y deportivas en los centros de internamiento, se contribuye a la reducción de la reincidencia y se generan mejores oportunidades para que los jóvenes reconstruyan su vida dentro de la legalidad.
El fortalecimiento del sistema de justicia juvenil no solo beneficia a los adolescentes involucrados, sino que también representa un impacto positivo en la sociedad en su conjunto, al reducir los índices de criminalidad y fomentar la integración de individuos productivos en sus comunidades. Esta reforma es, por tanto, una inversión en el futuro del país y en la construcción de un México más justo, seguro e incluyente.
Exhorto a los integrantes de esta Honorable Asamblea a aprobar la presente iniciativa con el compromiso de fortalecer los derechos y oportunidades de las juventudes en situación de vulnerabilidad y garantizar un sistema de justicia juvenil alineado con los principios de dignidad, reinserción y desarrollo social.
Por lo expuesto y fundado, y en virtud de las facultades que me confiere el marco constitucional vigente, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se reforma y adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 18....
El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte , las artes y la cultura como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.
En el caso de adolescentes en conflicto con la ley, los centros de internamiento deberán garantizar un modelo de atención alineado con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, asegurando el respeto al interés superior del adolescente y su derecho a la reinserción social efectiva. Para ello, los centros deberán contar con
a) Programas obligatorios de instrucción en disciplinas deportivas, formación en oficios, atención integral a las adicciones y la salud mental, actividades artísticas o culturales, y programas educativos que abarquen desde la alfabetización hasta la educación media superior.
d) Medidas diferenciadas de reinserción basadas en el Modelo de Intervención para la Justicia Penal para Adolescentes, conforme a lo establecido en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
e) Estrategias de desinstitucionalización progresiva, cuando sea procedente, en observancia de los principios de mínima intervención y pro persona, garantizando alternativas a la privación de la libertad conforme a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
La implementación de estos programas deberá realizarse en coordinación con las instancias educativas, deportivas y culturales pertinentes, asegurando la efectiva integración de los adolescentes en conflicto con la ley en la sociedad.
La Federación y las entidades federativas podrán celebrar convenios para que los sentenciados por delitos del ámbito de su competencia extingan las penas en establecimientos penitenciarios dependientes de una jurisdicción diversa.
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá realizar las adecuaciones necesarias a la legislación secundaria a fin de armonizarla con la presente reforma.
Tercero. Las entidades federativas y la Ciudad de México deberán adecuar sus respectivas legislaciones y normativas en un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de este decreto, garantizando la implementación de los programas obligatorios en los centros de internamiento para adolescentes en conflicto con la ley.
Cuarto. El Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en coordinación con las instancias correspondientes de los gobiernos estatales y municipales, deberá emitir los lineamientos para la implementación de los programas previstos en la reforma en un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Quinto. Los centros de internamiento para adolescentes en conflicto con la ley deberán contar con los programas obligatorios establecidos en la presente reforma en un plazo máximo de dos años a partir de su entrada en vigor, para lo cual las autoridades competentes deberán asignar los recursos presupuestarios y operativos necesarios.
Sexto. Los recursos para la implementación de lo dispuesto en este decreto deberán ser previstos en los presupuestos de egresos de la federación y de las entidades federativas para los ejercicios fiscales subsecuentes, sin que ello implique la reducción de recursos destinados a otros programas de atención a adolescentes en conflicto con la ley.
Séptimo. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en coordinación con las de Educación Pública y de Cultura, deberá establecer convenios con instituciones educativas, deportivas y culturales para garantizar el cumplimiento efectivo de los programas de instrucción en disciplinas deportivas, formación en oficios, atención integral a las adicciones y la salud mental, actividades artísticas o culturales y educación académica en los centros de internamiento para adolescentes.
Notas
1 Instituto Mexicano de la Juventud (sin fecha). Hacer deporte es vital para las juventudes. Gobierno de México. Recuperado el 1 de Febrero de 2025 de
https://www.gob.mx/imjuve/articulos/hacer-deporte-es-vital-para- las-juventudes
2 Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (sin fecha). Prevención del crimen a través del deporte. Recuperado de
https://www.unodc.org/dohadeclaration/es/topics/crime-prevention -through-sports.html
3 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2023). Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal de 2022,
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ ENASJUP/ENASJUP2022.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2025.– Diputados y diputadas: Alejandro Pérez Cuéllar, Azucena Huerta Romero, Fausto Gallardo García, Humberto Ambriz Delgadillo, Julio Javier Scherer Pareyon, Liliana Ortiz Pérez, Noel Chávez Velázquez, Raúl Bolaños-Cacho Cué (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a braceros que vienen desde Estados Unidos, invitados por la diputada María Damaris Silva Santiago, para asistir al foro: Braceros, campesinos con ahorro del 10 por ciento. Sean ustedes bienvenidos a este salón de sesiones.
Diputado, ¿con qué objeto?
El diputado Noel Chávez Velázquez (desde la curul): Presidente, preguntarle al diputado Martín Cuanalo si me permite adherirme a esta importante iniciativa, que mucho va a beneficiar, sobre todo la problemática que se está presentando en estos centros.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Diputado, ¿acepta usted?
El diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo: Con mucho gusto, compañero. Muchas gracias.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante los que deseen adherirse.
El diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo: Gracias, presidente.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra, el diputado Luis Fernando Torres Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVI al artículo 5o., se adiciona la fracción II, recorriéndose los subsecuentes, al artículo 132, y se adiciona la fracción XVIII, recorriéndose el subsecuente, al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo.
El diputado Luis Fernando Torres Jiménez:Con su venia, presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.
El diputado Luis Fernando Torres Jiménez: Honorables parlamentarios, el empleo digno y universal representa el soporte de las familias mexicanas, que como núcleos de la sociedad construyen y enriquecen la grandeza de nuestro país.
No puede existir plenitud, seguridad ni paz en los hogares mexicanos si nuestra población no cuenta con los parámetros mínimos para desempeñar un trabajo justo y decoroso.
Por ello, resulta esencial fortalecer la normativa de nuestro marco jurídico, pues al generar y mantener el bienestar de nuestra base trabajadora se logrará fortalecer no sólo la economía sino también la estructura del tejido social por sí mismo, a través de la capacidad laboral de las familias.
En este aspecto, el desarrollo nacional es tan prioritario, que la presidente Sheinbaum presentó el Plan México, planeando el fortalecimiento del mercado interno y el salario, lo que resulta esencial para afrontar las circunstancias internacionales que estamos viviendo y, por otro lado, dar cara a problemáticas laborales tales como la falta de salarios competitivos o la ausencia parcial o total de prestaciones.
Son precisamente estas carencias, acaecidas y arrastradas desde antaño por las extensas omisiones a los derechos del trabajador, las que han propiciado deficiencias económicas y sociales, así como el surgimiento de externalidades negativas en el marco de factores como contratación por debajo del salario mínimo o, llanamente, la oferta de vacantes inexistentes o engañosas.
Esto puede seguir sucediendo, en primer lugar, por la laxitud en la ejecución de la ley, ya que al existir empresas fuera de las reglamentaciones legales se presenta la posibilidad de optar por ofertar empleos carentes de las condiciones.
En segundo lugar, ante la precariedad laboral surgen oportunistas que, al conocer las necesidades sociales, ofertan empleo con salarios por encima de la media que suelen resultar en estafas, robo de datos personales, hostigamiento y acoso por parte del crimen organizado, o incluso trata de personas. Escenarios en perjuicio no sólo de la economía familiar, sino de la seguridad misma de la población que representamos.
En el otro supuesto, proponemos que existen una oferta laborales falsas y engañosas, cuya definición, per se, al resultar ambigua o poco delimitada en su extensión y contenido, no configura un delito.
Sin embargo, las consecuencias negativas de dichas ofertas laborales son tangibles en la cotidianidad que vive la ciudadanía.
Hoy en día existen organismos encargados de brindar asesoría y atención a los individuos perjudicados por este tipo de malas prácticas. Sin embargo, el esfuerzo debe realizarse desde la prevención misma de estos escenarios o, en tal caso, debemos esforzarnos en una mayor regulación de las ofertas de empleo para salvaguardar el bienestar y los derechos laborales.
Si bien es cierto que se ha luchado desde todos los frentes a los que la actual administración tiene alcance, la implementación de reformas legales para lograr la plenitud laboral del pueblo apenas lleva un tramo avanzado de la brecha total a recorrer.
Precisamos que el compromiso desde el Poder Legislativo sea constante, enfático y pragmático, para que las condiciones de todas y todos puedan permitir un estilo de vida y niveles de desarrollo congruentes al compromiso que se ha demostrado desde el pueblo, que ha tenido a bien depositar en nosotros su confianza.
Por ello, tengo la necesidad moral y el honor de presentar ante esa soberanía la propuesta que prohíbe a las empresas contratar a sus empleados bajo condiciones ambiguas, o cambiarlas después de celebrar el contrato laboral.
La honradez y legitimidad pactada entre patrón y empleado necesita vigilarse de manera constante y es menester que nosotros, como funcionarios públicos, trabajemos para procurar el camino de los mexicanos, del mismo modo y con el mismo ahínco que cada ciudadano lo hace día con día, en virtud de sus familias, sus hogares y su país.
El sustento de México es precisamente su pueblo, del cual se nutre y se sostiene. Es cuanto, presidente.
«Iniciativa que adiciona la fracción XVI al artículo 5o.; la fracción II, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 132, y la fracción XVIII, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Luis Fernando Torres Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Luis Fernando Torres Jiménez integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XVI al artículo 5o.; II, con lo que recorren las subsecuentes, al artículo 132; y XVIII, con lo que se recorre la subsecuente, al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn el mercado laboral, tanto empleadores como trabajadores buscan maximizar sus beneficios, en una suerte de equilibrio que, someramente, se acerca en la realidad al punto de equilibrio de la economía de bolsillo.
En teoría, el mercado de factores precisa mano de obra para sus actividades productivas o bien para prestar los diferentes servicios que oferten, y estas compras de mano de obra deben verse redituadas en forma de un salario y prestaciones, bajo horarios establecidos y normados en la Ley Federal del Trabajo actual.
Sin embargo, en completo apego a lo impuesto por las empresas, las vacantes suelen ofertarse y publicarse conforme estas determinan, en muchos aspectos perjudicando a los potenciales aspirantes, que por necesidad terminan decantándose por participar en procesos de selección que no especifican ni tan siquiera el salario.
Muchas empresas suelen emplear discursos versados sobre la competencia, la evasión de conflictos internos entre su plantilla o la necesidad de verificar aptitudes, habilidades y disposición de entre sus aspirantes, disfrazando la evidente preferencia de ajustar el salario a lo que maximice sus utilidades en detrimento del trabajador.
Por ejemplo, hay la estratagema entre empleadores de utilizar cierta confidencialidad entre sus salarios, horarios y prestaciones para adaptar las compensaciones a las características que buscan entre aspirantes: pagando más o pagando menos según se acrediten credenciales o experiencia de los postulantes.
Además, suele asegurarse que, según el mérito del aspirante, la negociación sobre la renta que obtendría garantiza un marco de competencia económica que permite sondear hasta qué grado están dispuestos los ciudadanos a aceptar la paga.
Sin embargo, esto significa que la información es completamente asimétrica: un mexicano desempleado busca trabajo precisamente para vivir, pagando los bienes que consume y los servicios que requiere con un monto que de antemano conoce y espera: no puede ajustarse a lo que la empresa termine por ofrecer hasta estar involucrado en diversos procesos de selección.
De hecho, en el mercado de factores es necesario que ambas partes conozcan el valor de lo que están intercambiando. Se requiere, por dicho motivo, que las empresas sean claras en lo que ofrecen y demandan de la población, para que a su vez los potenciales trabajadores conozcan si es que les conviene o no enrolarse en la selección de una vacante.
El hecho de que no esté del todo especificado dentro de la ley la obligación hacia los empleadores de ser veraces y transparentes en la información sobre las plazas de trabajo que ofertan se ha transformado en un vicio común del sector empresarial que perjudica a la población trabajadora.
Hay numerosos casos de empresas cuyos trabajadores cotizan el salario mínimo y reciben compensaciones económicas en efectivo o “por fuera”, generando daño en la capacidad crediticia del individuo, así como afectando de manera directa sus fondos de vivienda y retiro, sin contar la enorme disminución de los ingresos si acaece un accidente o enfermedad.
La opacidad en los horarios, la duración de las jornadas o las prestaciones también interfieren en la búsqueda formal de trabajo, haciendo que los ciudadanos gasten recursos económicos y tiempo en asistir a procesos de selección que o no les serán suficientes para cubrir sus necesidades, o con los que tendrán que conformarse.
De cualquier manera, la empresa parecerá siempre ser la ganadora cuando sus ofertas de trabajo sean ambiguas, pues tendrá la posibilidad de pagar por debajo de su presupuesto cuando un aspirante con necesidad acceda a aceptar el trabajo. Esto no ocurriría si la oferta publicada pudiera ser visualizada desde el comienzo con la información precisa, incluyendo salarios, prestaciones y horarios.
Es necesario también observar al sector empresarial y hacerle notar que la claridad en lo que requiere de los trabajadores puede convertirse en un beneficio. Una empresa que no es veraz para con sus empleados futuros corre el riesgo de tener una mayor de candidatos que no van a ajustarse a las expectativas salariales.
Además, la frustración en los aspirantes a las vacantes lleva a procesos largos y tediosos, lo que conlleva un lapso mayor para que puedan contratar personal esencial para sus procesos, aminorando directamente su producción.
Paralelamente, una empresa que oculta información pierde prestigio y confiabilidad, haciendo que los candidatos pierdan eventualmente el interés de trabajar en dichas organizaciones.
La configuración de una oferta laboral falsa, ambigua o poco clara no configura por sí misma un delito, sin embargo, afecta las posibilidades de acceder a un trabajo o a las condiciones en las que dicho rol se desempeña. La revista a cargo del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanza recalca que, para inicios de 2025, ya no es posible distinguir entre quienes ganan el mínimo solamente por medio de consultar la información de las cotizaciones según el Instituto Mexicano del Seguro Social, pues múltiples empresas o empleadores particulares registran a sus trabajadores con el salario mínimo, y remuneran otra parte de sus ingresos de manera directa.
Según lo puntualizado por Amtmann (2015) en la revista IMEF, puede inferirse que para poder siquiera estimar el número de personas que han sido contratadas bajo ofertas de trabajo engañosas, se debe vislumbrar conjuntamente la información de cotizaciones del IMSS y la información censal del Inegi; para el 2025 existen 21.5 millones de trabajadores registrados en el IMSS, de los cuales 4.3 millones perciben el salario mínimo. Sin embargo, la renta real del trabajador mexicano, contrapuesta con la información del Inegi, hace pensar que un gran sector poblacional recibe un ingreso mayor distribuido entre diferentes ramos económicos.
De esa manera, si el gasto en determinadas zonas o actividades económicas excede a la renta de trabajadores registrados con el salario base en el IMSS, debe forzosamente existir un sesgo entre el ingreso real y el reportado.
Si las empresas ofertaran de un modo claro todos los rubros en que se redituará al empleado, este último podría desde un principio discriminar qué modalidad de empleo le conviene. Al mismo tiempo, la empresa evitaría incurrir en irregularidades entre aquello que ofrecen y lo que se devenga en realidad.
La siguiente tabla muestra un primer atisbo de la población registrada con el salario base a lo largo de los cuatro trimestres correspondientes a 2024.
Es poco probable distinguir entre quienes perciben una cantidad mayor a un salario mínimo de entre los 21.5 millones registrados, Se vuelve más complicado todavía diferenciar entre quiénes accedieron a tales condiciones por medio de información poco clara por parte de los empleadores.
Las prácticas mediante las cuáles los empleadores consiguen trabajadores deben llevarse a cabo por procesos claros, ofreciendo información en igualdad de condiciones y siempre priorizando el bienestar del trabajador por encima del de la empresa.
Por lo expuesto y fundamentado se somete a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adicionan las fracciones XVI al artículo 5o.; II, con lo que se recorren las subsecuentes, al artículo 132; y XVIII, con lo que se recorren la subsecuente, al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se adicionan las fracciones XVI al artículo 5o.; II, con lo que se recorren las subsecuentes, al artículo 132; y XVIII, con lo que recorre la subsecuente, al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Título PrimeroPrincipios GeneralesArtículo 5o. Las disposiciones de esta ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca.
I. a XV. ...
XVI. Incumplir las condiciones laborales previamente acordadas, desde el proceso de oferta y reclutamiento hasta la contratación.
...
Título CuartoDerechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones Capítulo IObligaciones de los PatronesArtículo 132. Son obligaciones de las personas empleadoras
I. Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos;
II. Establecer de manera veraz, transparente y precisa las condiciones laborales en las ofertas de trabajo emitidas por las empresas, empleadores o sus representantes;
III. Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento;
IV. a XXXIV. ...
Artículo 133. Queda prohibido a las personas empleadoras o a sus representantes
I. a XVII Bis. ...
XVII. Mentir en las ofertas laborales sobre salarios, prestaciones, horarios o cualquier otra especificación relativa a la plaza ofertada. El proceso de reclutamiento y contratación deberá realizarse siempre en un margen de veracidad, apegado por completo a lo establecido en la presente ley, desde que el empleador oferte la vacante, sin omitir información relevante o necesaria que pudiera resultar en perjuicio para el futuro trabajador.
Las condiciones laborales bajo las que se contrate a un trabajador no podrán ser modificadas o incumplidas por parte del patrón, en detrimento del empleado en apego al Código Civil Federal;
XVIII. Las demás que establezca esta ley.
TransitorioÚnico. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Referencias bibliográficas
Amtmann, C., (2025) El salario Mínimo, ¿abandonado a su suerte o en busca de parámetros? Revista IMEF, versión electrónica.
Inegi (2025) Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo.
Inegi (2025) Encuesta Telefónica de Ocupación y Empleo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025.– Diputado Luis Fernando Torres Jiménez (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra el diputado Asael Hernández Cerón, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Asael Hernández Cerón:Con el permiso de la Presidencia.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.
El diputado Asael Hernández Cerón: Hoy estoy aquí para hacer un planteamiento de reforma a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
Yo quisiera preguntarles a mis compañeros diputados, indistintamente de los colores e ideología, y por supuesto a los mexicanos que hoy nos ven a través de los medios de comunicación, si alguna vez han sentido temor al circular por las carreteras de nuestro país.
Pues hoy estoy aquí porque es una necesidad emergente por atender. Precisamente en Acción Nacional estamos convencidos de que evitar el dolor evitable debe ser una tarea de gobernantes y de representantes populares.
Hoy les digo a mis paisanos, quienes hemos coincidido en que se tiene que reformar la ley para dar las herramientas al Ejecutivo y se pueda tener una actuación seria y decidida para evitar los delitos que se cometen en las carreteras de México.
El crimen organizado se ha establecido como si fuese una verdadera empresa, en donde genera una creciente actividad que no ha tenido descanso, sino por el contrario, se ha extendido en todo el país. Y las carreteras, como ya lo he dicho, son un foco particular.
Además, hoy es evidente que existe una gran carencia de recursos para enfrentar la complejidad de la delincuencia. Siendo evidente la carencia de cuerpos policiales capacitados y equipados de manera idónea.
La Fiscalía General de la República y las correspondientes a nivel de las 32 entidades de México reportaron, acorde con el Instituto Nacional de Geografía, Estadística, en el último año 2 millones 654 mil carpetas, de las cuales solo el 9.2 por ciento tuvo sentencia. Lo que evidencia que el 90.8 por ciento de los delitos denunciados no tienen consecuencias.
Por eso hoy vengo a proponer una modificación a la ley en mención. Con esta ley se pretende resolver parte de la problemática que tenemos en materia de inseguridad.
La propuesta es un proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y IX del artículo 1o. Las fracciones XXIII, XXVI y LVII del artículo 3o., fracción VII del artículo 25, y se reforma el artículo 78 de la misma ley en mención.
¿Qué beneficios vamos a tener con esta reforma? Sentar las bases para la política de movilidad, seguridad vial, bajo un enfoque sistémico y de sistemas seguros, a través del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y la información proporcionada por el Sistema de Información Territorial y Urbano, para priorizar el desplazamiento de las personas.
Reducirá los hechos de tránsito terrestre y de hechos delictivos que deriven en muertes y lesiones, que resultan graves para los usuarios, así como pérdidas materiales a los autotransportes públicos y de carga. Para lo cual se debe preservar el orden y seguridad vial.
Establecen los mecanismos y acciones para la gestión de factores de riesgo, que permitan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales y los efectos del quehacer delincuencial en carreteras, caminos y puentes en los tres órdenes de gobierno, así como salvaguardar la vida e integridad de las personas usuarias del sistema de movilidad y el patrimonio, mercancías y bienes transportados en estas vías, bajo un enfoque de sistemas seguros.
También robustecer el concepto de seguridad vial implementado... implementando los eventos delictivos dentro de estas vías en vehículos con y sin mercancías.
El establecimiento de las bases para los mecanismos de planeación, organización, regularización, implementación, articulación intersectorial, así como la participación de la sociedad y de los sectores público, privado y social con enfoque multisectorial.
Se dará seguimiento de la estrategia, instalación de puestos de control carreteros, de monitoreo eficaz de carácter permanente con personal capaz, certificado y comprometido con el orden, justicia y paz social.
Se capacitará y dará entrenamiento especializado a quienes tienen a su cargo el resguardo de las carreteras, caminos y puentes en los tres órdenes de gobierno. Difusión de información y conocimiento sobre la problemática de la movilidad de seguridad vial. Yo apelo a esta asamblea...
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputado.
El diputado Asael Hernández Cerón:...para que más allá de colores, ideologías y pasiones, velemos hoy por los intereses de los mexicanos y de nosotros mismos, por supuesto, porque, aunque seamos hoy diputados, somos ciudadanos, somos mexicanos que estamos expuestos a los riesgos todo mundo cuando transitamos hoy por las carreteras en nuestro país. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Quienes suscriben, el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y IX del artículo 1; las fracciones XXIII, XLVI, LXVII del artículo 3; la fracción VII del artículo 25; y se reforma el artículo 78, todos de Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa inseguridad es un problema que aqueja al país desde las últimas décadas, siendo múltiples los factores que condicionan este lamentable fenómeno, entre los que se consideran:
a) Corrupción, que se manifiesta en todos los niveles en instituciones gubernamentales y de seguridad, dificulta en gran medida la lucha contra el crimen.
b) Crimen organizado, este tipo de organizaciones actúan hoy en día como verdaderas empresas productivas y generan una creciente actividad que no ha tenido descanso y, por el contrario, se ha extendido en todo el país y las carreteras son un foco particular a través del cual obtienen grandes ganancias para su quehacer. No se omite mencionar que actualmente su alcance ya traspasa las fronteras. Sobresalen en este quehacer criminal el narcotráfico, el secuestro, robo con violencia, robo a los autotransportes y la extracción ilegal de hidrocarburos comúnmente conocida como “huachicol”.
c) Desigualdad económica, de la cual deriva que personas en condiciones de precariedad, sean llevadas a generar acciones ilícitas y, en algunos casos, se ven forzadas a ser captadas por el crimen organizado que cuando “invita” a alguien a incorporarse, sólo sale muerto si decide desistir.
d) Falta de recursos para enfrentar la complejidad de la delincuencia, siendo evidente la carencia de cuerpos policiales capacitados y equipados de manera idónea.
e) Impunidad, que es evidente al contemplar las cifras de casos resueltos, por citar un ejemplo “en el año 2023, la Fiscalía General de la República y las correspondientes a nivel de las 32 entidades en México, reportaron, acorde con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2 millones 654 mil carpetas, de las cuales sólo 9.2 por ciento tuvo sentencia. Lo que evidencia que 90.8 por ciento de los delitos denunciados no tienen consecuencias”.
El carecer de seguridad, condiciona un escenario que imposibilita el desarrollo, en torno a esto, Octavio de la Torre Di Steffano, presidente de la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco) manifestó:
“Nuestra primera necesidad: seguridad, que sean temas que se aborden, sin seguridad es prácticamente imposible que cualquier actividad se desarrolle y es la principal preocupación de la organización en todo el país. (...) La seguridad es fundamental que la otorgue quien tiene el mandato para otorgarlo: la federación, el estado y el municipio, pero nosotros tenemos que aportar y apoyar a que esto suceda”.
Esto lo externó en el Congreso Nacional de Cámaras de Comercio en Pequeño (Canacope) que se realizó en Querétaro el 31 de octubre de 2024.
A estas problemáticas se suma una más, la inseguridad en carreteras, lo que está a la vista de todos, ejemplo de ello, es la gran inseguridad que hay en la región Tula-Tepeji, del estado de Hidalgo. Este problema existe desde hace varias décadas y, lamentablemente, va en ascenso.
A partir de 2018, fecha en la que se incrementó de manera sustantiva, dejando grandes afectaciones en las empresas de autotransporte, en comerciantes y en productores agrícolas de la región del Valle del Mezquital, en Hidalgo.
Esta región es una de las principales zonas de obtención de productos derivados de la actividad agropecuaria, y por su proximidad con la megalópolis de la Ciudad de México, facilita a los trabajadores del campo introducir sus productos principalmente a las centrales de abasto de la urbe, actividad que permite garantizar la economía de muchas familias que dependen de lo que la huerta produce.
De hecho, “esta región se denomina el granero de Hidalgo y en el año 2021, produjo 67.96 por ciento del total del maíz de este Estado”.
Esta producción tiene que ser transportada y es ahí, que tanto los productores como los operadores de autotransporte de carga, son los principales afectados por las bandas delincuenciales dedicadas al asalto y secuestro de mercancía.
Esto no queda sólo en este segmento de la población, ya que en los últimos tiempos también los automovilistas han sido víctimas de malhechores, lo que causa psicosis e intranquilidad en la población de esta región y en los que transitan estas carreteras.
Para contextualizar la situación dentro del tramo vehicular, es necesario comentar que la región Tula-Tepeji se ubica al sur del estado de Hidalgo dentro del Valle del Mezquital.
Esta área se conforma por los municipios de Tezontepec de Aldama, con 55 mil 124 habitantes; Tlahuelilpan, con 19 mil 157 habitantes; Tlaxcoapan, con 28 mil 626 habitantes; Atitalaquia, con 31 mil 525 habitantes; Tepetitlán, con 10 mil 830 habitantes; Atotonilco de Tula, con 62 mil 420 habitantes; Tepeji del Río, con 90 mil 546 habitantes y Tula de Allende, con 105 mil 107 habitantes.
Colinda con el Estado de México, con los municipios de Jilotepec, Canalejas, Huehuetoca y Apaxco de Ocampo. Se considera una de las tres zonas metropolitanas de Hidalgo, su crecimiento poblacional se incrementó principalmente en los últimos 30 años a partir de que se establecieron con mayor contundencia los parques industriales en los municipios de Tepeji del Río, Atitalaquia y Tula; asimismo, el municipio de Atotonilco de Tula ha tenido un crecimiento poblacional de forma acelerada en los últimos 15 años con la llegada de grandes zonas habitacionales y condominios, las cuales albergan a personas provenientes de la Ciudad de México y del Estado de México, principalmente.
Las actividades económicas que prevalecen en la región son: industrial, comercio y agropecuaria. Como se mencionó en líneas anteriores, el Valle del Mezquital es el granero de maíz más importante de Hidalgo y se ubica dentro de los cinco más importantes del país. Pese a ello, existe una ligera migración de población en busca de fuentes de empleo sobre todo a las ciudades de México y Querétaro.
La región del Valle del Mezquital es privilegiada dentro del estado de Hidalgo por la dinámica a través de la cual se expresa su actividad agropecuaria, industrial, comercial, textil y gasera. El tránsito dentro de esta área se realiza a través de la carretera Tepeji-Tula. Desde 2018 a la fecha se han reportado de manera creciente hechos delictivos en esta importante vía federal de transporte, dentro de los que destacan asaltos a conductores, robo de mercancía a los autotransportes, homicidios y secuestros de conductores de vehículos de carga. Estos eventos, por tanto, afectan la vida, integridad y libre tránsito de las personas, así como los procesos económicos de la región, desalentando el comercio y la transportación de mercancías.
Por lo antes expuesto, se vislumbran los factores que generan de manera prevalente y ascendente esta lamentable situación de inseguridad en las carreteras de México, fundamenta la necesidad del desarrollo de esta iniciativa, pretende fortalecer el andamiaje jurídico y las condiciones de seguridad en las carreteras de la región, para contribuir con su implementación a disminuir los efectos delictivos que causan robos, homicidios, pérdidas materiales en las carreteras del país.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) dio a conocer los resultados del Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal 2024, del cual se desprende que, en 2023, las instituciones de seguridad pública estatal reportaron cuatro mil 320 robos y asaltos en carreteras y puentes. Los datos se refieren de forma especial a que 45.3 por ciento de los hechos delictivos se registraron en perjuicio de vehículos con placas particulares.
“También se registró que en 2023 ocurrieron 667 enfrentamientos armados en carreteras en los que participó personal de las instituciones de seguridad pública, que, en comparación con 2022, la cifra sufrió un aumento de 50.2 por ciento. Veracruz y Tamaulipas concentraron la mayor cantidad de enfrentamiento, con 154 y 145, respectivamente”.
Por lo antes expuesto, propongo modificar la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, con el fin de establecer la estrategia de seguridad y protección en las carretas mexicanas, esta propuesta surge a raíz del trabajo de investigación que realicé en 2024, denominado Análisis de los factores que contribuyen a la inseguridad en la carretera Tepeji-Tula, para obtener el grado de maestro en ciencia política.
Para mayor claridad de la iniciativa que presento y que tiene por objeto reforman las fracciones I y IX del artículo 1; las fracciones XXIII, XLVI, LXVII del artículo 3; la fracción VII del artículo 25; y se reforma el artículo 78, todos de Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, me permito ilustrarla con el siguiente cuadro comparativo:
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman las fracciones I y IX del artículo 1; las fracciones XLVI, LXVII del artículo 3; la fracción VII del artículo 25; y, se reforma el artículo 78, todos de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
Artículo Único. Se reforman las fracciones I y IX del artículo 1; las fracciones XLVI y LXVII del artículo 3; la fracción VII del artículo 25; y el artículo 78, de Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para quedar como sigue:
Artículo 1. ...
I. Sentar las bases para la política de movilidad y seguridad vial, bajo un enfoque sistémico y de sistemas seguros, a través del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y la información proporcionada por el Sistema de Información Territorial y Urbano para priorizar el desplazamiento de las personas, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, así como bienes y mercancías, con base en la jerarquía de la movilidad señalada en esta Ley, que disminuya los impactos negativos sociales, de desigualdad, económicos, a la salud, y al medio ambiente, con el fin de reducir hechos de tránsito terrestre y/o hechos delictivos que deriven en muertes y lesiones graves para los usuarios así como pérdidas materiales a los autotransportes públicos y de carga, para lo cual se debe preservar el orden y seguridad vial;
II. al VIII. ...
IX. Establecer los mecanismos y acciones para la gestión de factores de riesgo que permitan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales, y los efectos del quehacer delincuencial en carreteras, caminos y puentes en los tres órdenes de gobierno, así como salvaguardar la vida e integridad física de las personas usuarias del sistema de movilidad, y el patrimonio, mercancías y bienes transportados en estas vías, bajo un enfoque de sistemas seguros, y
X. ...
Artículo 3. ...
I. a la XLV. ...
XLVI. Seguridad vial: Conjunto de políticas y sistemas orientados a controlar los factores de riesgo, con el fin de prevenir y reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros de tránsito y los eventos delictivos dentro de estas vías.
XLVII. a la LXVI. ...
LXVII. Vía: Espacio físico destinado al tránsito de personas peatonas y vehículos con o sin mercancías;
Artículo 25. ...
I. a VI. ...
VII. Establecimiento de las bases para los mecanismos de planeación, organización, regulación, implementación, articulación intersectorial, así como la participación de la sociedad y de los sectores público, privado y social con enfoque multisectorial, ejecución, control, evaluación y seguimiento de la estrategia, instalación de puestos de control carreteros de monitoreo eficaz de carácter permanente con personal capaz, certificado y comprometido con el orden, justicia y paz social, e
VIII. ...
Artículo 78. Observatorios Ciudadanos de Movilidad y Seguridad Vial. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México promoverán la creación de Observatorios con la participación de la sociedad, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, zonas insulares, personas con discapacidad y las organizaciones que les representan, instituciones académicas y de investigación, colegios de profesionistas con incidencia directa en la materia de esta Ley, organismos empresariales del sector ligado a la movilidad, la seguridad vial y al transporte de bienes y mercancías, organizaciones de la sociedad civil organizada y los gobiernos respectivos, para el estudio, investigación y propuestas; evaluación de las políticas públicas, programas y acciones; capacitación a la comunidad y entrenamiento especializado a quienes tienen a su cargo el resguardo de las carreteras, caminos y puentes en los tres órdenes de gobierno; difusión de información y conocimientos sobre la problemática de la movilidad, la seguridad vial, la accesibilidad, la eficiencia, la sostenibilidad, la calidad y la inclusión e igualdad y sus implicaciones en el ordenamiento territorial, y en general sobre la aplicación de la presente ley.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Inegi, 2023, Comunicado de prensa número 590/23 12 de octubre de 2023 Página 1/38, consultado en
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ CNPJE-F/CNPJE-F2023.pdf
2 Viviana Estrella 2024, el economista, Inseguridad, principal preocupación para los negocios en México: Concanaco, consultado en:
https://www.eleconomista.com.mx/estados/inseguridad-principal-pr eocupacion-negocios-queretaro-concanaco-20241031-732370.html
3 El sol de Hidalgo 2022, Producción de maíz es destacada en El Mezquital, periódico digital, consultado en:
https://megalopolismx.com/noticia/94080/produccion-de-maiz-es-de stacada-en-el-mezquital#:~: text=Seg%C3%BAn%20datos% 20de%20la%20Secretar%C3%ADa,como%20el%20granero%20de%20Hidalgo.
4 Raúl Contreras 2024, Excélsior seguridad en carreteras, consultado en:
https://www.excelsior.com.mx/opinion/raul-contreras-bustamante/s eguridad-en-carreteras/1668880
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de marzo de 2025.– Diputado Asael Hernández Cerón (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Movilidad, para dictamen.
LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene la palabra la diputada Cintia Cuevas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 19, párrafo primero, fracción V, y se adiciona una fracción VI a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; y reforma la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en materia de movilidad de personas con discapacidad.
La diputada Cintia Cuevas Sánchez:Gracias. Con su venia, presidente. Para la cuarta transformación las personas más vulnerables no son solo una prioridad en nuestro proyecto, sino la esencia misma de los ideales y las convicciones que representamos.
En ese sentido, quiero tocar un tema fundamental que ha impedido el desarrollo de uno de los sectores de nuestra sociedad que por décadas fue discriminado, olvidado y castigado por los gobiernos neoliberales, la asequibilidad del transporte público para personas con discapacidad.
En 2014, la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares reveló que el rubro del transporte y comunicaciones concentra la mayoría del gasto del hogar, un promedio de un 18.4 por ciento, un gasto que está por encima, incluso, de educación.
Ese mismo año se presentó una queja ante la CNDH por parte de una madre que como muchas buscaba darle una mejor calidad de vida a su hija, ellas se trasladaban de una localidad a otra para poder llegar a recibir rehabilitación a las instalaciones del IMSS y que su hija con discapacidad pudiera practicar deporte, no obstante, debido a la falta de recursos para costear el transporte tuvo que suspender sus traslados afectando su derecho a la recreación, a la salud y al esparcimiento.
Este caso no está aislado, pues en 2017 una persona con discapacidad motriz también presenta una queja, también ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para solicitar que suscribieran convenios con los transportistas a fin de beneficiar a las personas con discapacidad.
Sin embargo, pese a la recomendación que la CNDH realizó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de aquel entonces, esta solo se limitó en sus argumentos en mencionar que no existe obligación legal de aplicar descuentos a favor de las personas con discapacidad, háganme el favor. Por no existir convenio alguno, por no existir un convenio firmado en ese sentido con el sector transportista.
Les comparto que esta iniciativa nace de lo que recogemos en territorio. He convivido con decenas de personas con discapacidad. Tuve la fortuna de haber formado parte de la administración del mejor presidente de la historia de México, el licenciado Andrés Manuel López Obrador, nunca en la historia del país se habían destinado recursos públicos para garantizar un ingreso fijo para las personas con discapacidad permanente tuvo que llegar una persona con amplio sentido humano para visibilizar la importancia de aplicar políticas públicas que erradiquen la enorme brecha de desigualdad. Eso, a lo que él denominó como humanismo mexicano.
Sin embargo, hay quienes desde el privilegio decidieron dar la espalda a este sector de la población. Es el caso de Coahuila. Y me permito volver a hacer un exhorto al gobierno de Coahuila. Mismo que vengo haciendo desde que estaba al frente de los programas para el bienestar en la región Laguna de mi estado.
Le hago un llamado al gobernador de Coahuila, señor Manolo Jiménez, las personas con discapacidad en nuestro estado no pueden esperar más. Le exigimos que voltee a ver a las y los coahuilenses que pertenecen a este grupo vulnerable y que se sume al convenio de colaboración con el gobierno federal y que aporte la parte que le corresponde para que esta pensión pueda otorgarse de manera universal.
No se vale caer en la doble moral y elogiar los discursos, pero ignorar las acciones concretas.
El gobierno federal, desde que inició la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, y en la actualidad con nuestra presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ha asumido la responsabilidad del presupuesto para que esta pensión se otorgue a personas con discapacidad permanente, de 0 a 29 años.
No queremos que las personas mayores de 29 años con discapacidad permanente sigan en el rezago.
Porque aunque la clase política clasista lo desconozca, hay quienes deben desechar la idea de costear transporte para estudiar, para realizar algún deporte o recibir atención médica. Simplemente porque antes de destinar recursos de sus hogares para el pago de transporte deben garantizar los alimentos sobre su mesa. Esa sí, esa es una de las herencias del neoliberalismo. Ese sistema que veía por unos cuantos y olvidaba a las grandes mayorías y a los sectores más vulnerables.
Es por ello que lo que aquí se defiende no es solo una tarifa preferencial o exención de pago, sino garantizar el derecho de movilidad de las personas con discapacidad para promover y fortalecer su desarrollo en todos los aspectos de su vida. Por lo regular, una persona con discapacidad requiere asistencia para trasladarse de un punto a otro. Ojo, porque aquí el el gasto corre al doble.
Queremos que, por favor, esta reforma pueda garantizar el ejercicio pleno de este derecho y establecer que la actual Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes establezca convenios con aerolíneas y empresas de transporte terrestre y marítimo nacional e internacional, para que otorguen tarifas preferenciales a las personas con discapacidad, así como garantizar el derecho permanente y todo el tiempo a obtener descuentos o exenciones en el pago al hacer uso del servicio del transporte público.
Es momento de garantizar el derecho a la movilidad de las personas con discapacidad, porque, compañeras, compañeros, nuestra tarea aquí es legislar para el pleno ejercicio de sus derechos. En esta lucha no dejaremos a nadie atrás.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Concluya, diputada.
La diputada Cintia Cuevas Sánchez: Que viva la cuarta transformación. Gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 19, párrafo primero, fracción V, y adiciona una fracción VI a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en materia de movilidad de personas con discapacidad, a cargo de la diputada Cintia Cuevas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Cintia Cuevas Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona una fracción al artículo 19 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como reforma a la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en materia de movilidad de personas con discapacidad, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosDe acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, en México hay 6 millones 179 mil 890 personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa 4.9 por ciento de la población total del país. De ellas 53 por ciento son mujeres y 47 por ciento son hombres.
En la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2014, el rubro transporte y comunicaciones (18.4 por ciento) concentra la mayoría del gasto, incluso por encima de educación y esparcimiento (10.7 por ciento), esto tanto en hogares rurales como en hogares urbanos con al menos un integrante con discapacidad.
Además, es preciso mencionar que el acceso al transporte público para personas con discapacidad es un problema recurrente, no sólo por la falta de accesibilidad, sino también por el costo que representa el uso del mismo para este grupo vulnerable.
El 9 de febrero de 2018, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 2/2018 dirigida a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), relativa a la falta de descuentos en las tarifas, en dicha recomendación hace mención de dos quejas presentadas:
La primera en 2014, la madre de la V1 (como lo menciona la CNDH) presentó la queja ante dicho organismo, menciona que es una niña con discapacidad intelectual y que todos los días acudía a las instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Cuernavaca, Morelos, con la finalidad de practicar deporte, por lo que tenían que trasladarse en transporte federal de su domicilio ubicado en Xochitepec, a Cuernavaca, Morelos y viceversa.
La segunda fue en 2017, al respecto la CNDH menciona que la V2, persona con discapacidad motriz, presentó queja ante la Comisión Estatal de Veracruz, en la que refirió que desde el 25 de octubre de 2016 solicitó a AR, del Área de Autotransporte Federal en Orizaba, que con fundamento en el artículo 19, fracción V, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, se suscriban convenios con los transportistas a fin de beneficiar a las personas con discapacidad, sin que a la fecha de la presentación de la queja hubiera recibido respuesta alguna por parte de la SCT.
Al respecto, la CNDH nos menciona la respuesta de la SCT:
[...] argumentó en sus oficios de respuesta, por una parte, que no existe obligación legal de aplicar descuentos a favor de las personas con discapacidad, por no existir un convenio alguno firmado en ese sentido con el sector transportista, no obstante que se ha invitado e insistido a la Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo (Canapat) para la suscripción de tal convenio y, por otro lado, que no existe en su marco normativo la facultad de supervisar y, en su caso, sancionar la falta de aplicación de descuentos o su exención de pago, que únicamente existen tres tipos de descuento en el transporte: para los maestros y estudiantes en periodos vacacionales aprobados y para las personas adultas mayores afiliadas al Instituto Nacional de la Senectud.
Al respecto, resulta imperante analizar a detalle el artículo y fracción referida anteriormente:
“Artículo 19. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes promoverá el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, particularmente aquellas que contribuyan a su independencia y desarrollo integral. Para estos efectos, realizará las siguientes acciones:
[...]
V. Promover convenios con los concesionarios del transporte público a fin de que las personas con discapacidad gocen de descuentos en las tarifas de los servicios de transporte público”.
Como es posible observar, el artículo 19 refiere que la SCT promoverá el derecho de las personas al acceso al transporte público y los convenios con concesionarios del transporte público para que las personas con discapacidad gocen de descuentos. No obstante, es importante señalar que, en el sentido más estricto de la palabra, promoverá no significa que establecerá convenios o que sea su deber garantizar este derecho, por lo tanto, permite que tanto los concesionarios como la misma SCT no apliquen una tarifa especial a este sector vulnerable.
Lo anterior representa una grave violación a los derechos humanos de las personas con discapacidad pues, de acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID):
“La movilidad y la accesibilidad son elementos esenciales para una vida digna y el pleno desarrollo de las personas y las sociedades. Los sistemas de transporte eficientes, seguros, asequibles y accesibles no sólo promueven la productividad económica y crean puestos de trabajo, sino que pueden aumentar el acceso al empleo, al ocio y a otras oportunidades esenciales para la vida que permiten a las personas mejorar sus condiciones de vida y salir de la pobreza.
[...] no todo el mundo en América Latina y el Caribe puede permitirse el transporte público, y muchas personas tienen que hacer concesiones entre el coste de acceder al transporte público y otros bienes, servicios u oportunidades para ellos mismos y/o otros miembros de su familia, lo que hace que los grupos de bajos ingresos dependan de los desplazamientos a pie como modo de transporte clave”.
Por otra parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) nos menciona que con base en el documento Situación mundial de la discapacidad, de la Universidad Nacional Autónoma de Hondura (s.f.) se tiene que:
“[...]
Falta de accesibilidad:
Las construcciones (incluidos los espacios públicos), los sistemas de transporte y la información suelen ser inaccesibles. La falta de acceso al transporte es uno de los factores que, con más frecuencia, desalienta a las personas con discapacidad a la hora de buscar trabajo o le impide recibir atención de salud. En muchos casos, no se atienden las necesidades de comunicación de las personas con discapacidad. A menudo la información no está disponible en formatos accesibles y algunas personas con discapacidad no logran acceder a TIC básica, como teléfonos y televisores”.
También, en el mismo documento del Inegi, menciona en el apartado de movilidad que:
“Movilidad
Las personas que presentan dificultades relacionadas con la movilidad forman el grupo de población cuya actividad más afectada es el desplazamiento, porque la construcción de su entorno inmediato, como la vivienda, escuela, lugar de trabajo y transporte —que de acuerdo con la CIF forman parte de los factores ambientales-, en la mayoría de las ocasiones no se encuentran adaptados para que las personas con este tipo de dificultad se puedan trasladar libremente. Una manera de adaptarse es el uso de habilitadores, entre los que se encuentran: bastón, silla de ruedas, andaderas o muletas, e incluso, el auxilio de alguien más.
De cada 10 personas con discapacidad para caminar o subir escaleras, 8 usan algún tipo de ayuda técnica y dos no lo hacen. Este grupo de población es el más beneficiado del uso de las ayudas técnicas; los varones superan en uso de este tipo de ayuda a las mujeres”.
Lo anterior resulta de suma importancia en la primera queja que menciona la CNDH, donde la V1 que acudía a las instalaciones del IMSS a practicar deporte, acompañada de su madre, tuvo que suspender dicha actividad por la falta de asequibilidad del transporte, lo cual, como bien menciona el BID evita que mejoren sus condiciones de vida al tener que cubrir el costo completo de dos personas (una de ellas como asistencia o auxilio).
Al respecto, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) señala:
“[...] En este sentido, se deberán asignar procedimientos de financiación que hagan más asequibles los viajes en el transporte público y/o colectivo para las personas con discapacidad y sus acompañantes. Estas fórmulas deberán incorporar criterios que contemplen un enfoque intersectorial que discrimine positivamente a aquellos colectivos con discapacidad especialmente vulnerables a la exclusión y la marginación según condición socioeconómica, étnico-racial, ciclo de vida o género”.
Con base en lo anterior, es importante señalar que con medidas como la que propone la Cepal, se estaría garantizando el derecho al transporte de las personas con discapacidad. Cabe recordar que este derecho se encuentra consagrado en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que a la letra señala:
“Artículo 4.
[...]
Toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad...”.
También, es importante señalar que el artículo 1 de la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece:
“Artículo 1
[...]
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
Por lo que mantener el costo total para acceder al transporte público de las personas con discapacidad sería menoscabar su derecho y libertad de movilidad.
Por otra parte, en el artículo 9 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que México ratificó en 2008, establece:
“Artículo 9
Accesibilidad
1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los estados parte adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:
a) Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo;
[...]
2. Los estados parte también adoptarán las medidas pertinentes para:
a) Desarrollar, promulgar y supervisar la aplicación de normas mínimas y directrices sobre la accesibilidad de las instalaciones y los servicios abiertos al público o de uso público;
b) Asegurar que las entidades privadas que proporcionan instalaciones y servicios abiertos al público o de uso público tengan en cuenta todos los aspectos de su accesibilidad para las personas con discapacidad”.
Aunado a lo anterior, es importante retomar también el artículo 20 de la misma Convención que establece:
“Artículo 20
Movilidad personal
Los Estados Partes adoptarán medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas:
a) Facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen a un costo asequible”.
Como es posible observar, México tiene la obligación de vigilar que los permisos que se otorguen a las empresas de transporte de pasajeros cuentan con la accesibilidad para las personas con discapacidad, así como un costo asequible.
Finalmente, México ha adoptado la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, mismo que en su objetivo 11, meta 11. 2 establece:
“11.2 De aquí a 2030, proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial, en particular mediante la ampliación del transporte público, prestando especial atención a las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad, las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las personas de edad”.
En consecuencia, resulta de suma importancia la asequibilidad del transporte para las personas con discapacidad. También, la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad indica que:
“Artículo III. Para lograr los objetivos de esta Convención, los Estados parte se comprometen a:
1. Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad, incluidas las que se enumeran a continuación, sin que la lista sea taxativa:
a) Medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios policiales, y las actividades políticas y de administración...”.
De esta manera, y con base en los motivos anteriormente expuestos, es que se propone la reforma al artículo 19, párrafo primero y fracción V y se adiciona una VI fracción de Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
El siguiente cuadro comparativo muestra las modificaciones propuestas:
Así como la siguiente propuesta de reforma a la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación que también puede observarse en el siguiente cuadro comparativo:
Por todo lo anteriormente expuesto y la importancia de garantizar los derechos humanos de las personas con discapacidad, se propone la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 19, párrafo primero, fracción V y adiciona una fracción VI de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como reforma a la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en materia de movilidad de personas con discapacidad
Primero: Se reforma al artículo 19, párrafo primero y fracción V, y se adiciona una VI fracción de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad para quedar como sigue:
Artículo 19. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizará el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, particularmente aquellas que contribuyan a su independencia y desarrollo integral. Para estos efectos, realizará las siguientes acciones:
[...]
V. Establecer convenios con aerolíneas y empresas de transporte terrestre y marítimo, nacional e internacional, para que otorguen tarifas preferenciales a las personas con discapacidad.
VI. Garantizar el derecho permanente y en todo tiempo, a obtener descuentos o exenciones de pago al hacer uso del servicio de transporte público, previa acreditación mediante la Credencial Nacional para Personas con Discapacidad (Crenaped).
Segundo: Se reforma la fracción II del artículo 58 de la Ley de Vías Generales de Comunicación para quedar como sigue:
Artículo 58. De lo dispuesto en las fracciones II y IV del artículo 55 y I del artículo 57, quedan exceptuados:
I. Los contratos celebrados entre el Gobierno Federal y las empresas, en interés de la sociedad o de un servicio público;
II. Las reducciones que hagan las empresas por razones de beneficencia y a estudiantes, maestros, personas con discapacidad, repatriados, colonos, turistas, niños, compañías de espectáculos públicos, conjuntos deportivos, agentes y comisionistas viajeros, representantes de sindicatos o de cooperativas de trabajadores que viajen en el desempeño de funciones propias de su cargo, y en general, a los trabajadores que perciban salarios reducidos.
[...]
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Discapacidad. Disponible en:
https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx
2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. La discapacidad en México, datos al 2014. Versión 2017. México, 2017. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenid os/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825094409.pdf
3 Comisión Nacional de los Derechos Humanos, recomendación 2/2018 sobre el caso de Violaciones a los Derechos Humanos de V1 y V2, personas en condición de discapacidad, por la falta de accesibilidad y movilidad en el transporte público de pasajeros, debido a la falta de descuentos en las tarifas, México, 2018. Disponible en:
https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/2018/Rec_2 018_002.pdf
4 Ibídem
5 Ibídem
6 Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
7 Lynn Scholl Patricia, Fook Alana, Lee Seonhwa, Barahona Juan David. ¿Cómo el transporte reduce la pobreza, la desigualdad y promueve un desarrollo socialmente inclusivo?, Banco Interamericano de Desarrollo, Moviliblog, Ideas de transporte y movilidad para Americana Latina y el Caribe. 2022. Disponible en:
https://blogs.iadb.org/transporte/es/como-el-transporte-reduce-l a-pobreza-la-desigualdad-y-promueve-un-desarrollo-socialmente-inclusivo/
8 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. La discapacidad en México, datos al 2014. Versión 2017. México, 2017. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenid os/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825094409.pdf
9 Ibídem
10 Vega, Pilar. Personas con discapacidad y movilidad urbana con un enfoque de derechos: apuntes para las ciudades de América Latina, Documentos de Proyecto (LC/TS.2023/2017), Santiago, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), 2023. Disponible en:
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/2fa71ac 4-296d-447e-a2ee-14725e2fd8ec/content
11 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
12 Ibídem
13 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Disponible en:
https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
14 Ibídem
15 ONU. Objetivo 11: Lograr que las ciudades sean más inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles. Disponible en:
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/cities/
16 Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad. Disponible en:
https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-65.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025.– Diputada Cintia Cuevas Sánchez (rúbrica).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
LEY DE AGUAS NACIONALES
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Esta Presidencia saluda a Mario Madrigal, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores Operadores de Libros y Establecimientos de Diversión, Hoteles, Restaurantes, Comunicaciones y Servicios en Entidades Locales y Federales, invitado por el diputado Armando Samaniego, quien además tiene el uso de la palabra, a nombre del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VI Bis al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.
El diputado José Armando Fernández Samaniego:Muchas gracias, presidente, con su venia. Compañeras, compañeros, hoy asistimos a tiempos de transformación y toda transformación trae cambios profundos.
Siguiendo este principio, hoy me presento para proponer la siguiente iniciativa, adicionar la fracción VI Bis al artículo 3o. de la Ley de Aguas Nacionales.
Este cambio consiste en incorporar formalmente el concepto de agua regenerada. Pero, ¿qué es el agua regenerada? Es agua que tras un proceso de tratamiento terciario logra niveles adecuados para su reutilización en diferentes sectores, como la agricultura, como la industria, como las áreas verdes y por qué no, para recargar nuestros acuíferos.
¿Sabían que solo el 8 por ciento del agua utilizada en el país proviene de aguas residuales tratadas? Es una cifra alarmante, pero en esa cifra también veo una gran oportunidad de transformación. Apostar por el tratamiento terciario y su reglamentación nos permitirá reducir la presión sobre las fuentes naturales, mejorar la calidad del agua disponible y fortalecer nuestra soberanía hídrica.
Esta reforma no es solo una transformación técnica. Esta reforma fundamentalmente es una reforma humanista, justamente porque se trata de reconocer que el acceso al agua es un derecho y no un privilegio, y para protegerlo debemos adaptarnos a las condiciones actuales del planeta y del país, factores como el cambio climático, la urbanización desmedida y la sobreexplotación de acuíferos nos obligan a tomar decisiones sustentables y, sobre todo, decisiones responsables.
Compañeras, compañeros, no hay mejor porvenir que el que se hace aprendiendo de los errores del pasado. Recordemos que la crisis hídrica a la que hoy asistimos no es más que el legado de décadas de negligencia, corrupción y abandono de los gobiernos del pasado, fueron ellos los que privatizaron el agua, saquearon mediante concesiones y no hicieron nada ante el deterioro de nuestros cuerpos de agua.
Compañeras, compañeros, fueron ellos los que ignoraron las voces de comunidades, de los expertos y de la propia naturaleza que gritaba por auxilio. Fueron ellos los que pusieron la gestión del agua a merced de sus intereses económicos y la mantuvieron secuestrada por décadas.
Basta con mirar al pasado para comprender que fueron los gobiernos del PRI y del PAN los que dejaron a México con sus mantos friáticos sobreexplotados, regiones enteras en sequía y ríos contaminados mientras prometían modernización y progreso, mientras unos cuantos enriquecían.
Por esa razón, vivo haciéndome eco, escritor Eduardo Galeano, que fueron los gobiernos del PRI y del PAN los que dejaron abiertas y contaminadas las venas de México.
Hoy, desde el segundo piso de la cuarta transformación, asumimos la responsabilidad histórica de enfrentar el desastre que dejó desangrándose a nuestro país.
Lo haremos en principio con esta iniciativa que forma parte de una visión integral que busca garantizar agua limpia suficiente y asequible para todas y todos.
Al reconocer el valor del agua regenerada impulsamos una cultura de rehúso que ya se practica en muchos lugares del mundo, pero en México ha sido postergada por la falta de voluntad política y falta de visión ambiental.
Esta visión la tenemos presente desde el inicio de nuestro movimiento con el ex presidente Andrés Manuel López Obrador y ahora seguirá siendo tangible con nuestra presidenta Claudia Sheinbaum, ahora más que nunca con su propuesta de Plan Nacional de Desarrollo y que sirva esta tribuna, también, para felicitar a la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar, por ser la gobernadora que más ha invertido recursos en nuevas plantas de tratamiento y detener los ecocidios que mantenían los gobiernos panistas de Baja California al rehabilitar plantas de tratamiento que descargaban más de 2 mil litros por segundo de aguas negras al Océano Pacífico. Felicidades, gobernadora.
Vuelvo a decirlo, éste no es un tema solamente técnico, es una reforma humanista que busca justicia hídrica y justicia social. No puede ser de otra manera que la búsqueda de justicia social cuando en este mismo momento en zonas rurales de las comunidades más pobres hay niñas, hay niños, hay mujeres que no tienen acceso al agua potable. No podemos permitir que la desigualdad fluya más que el agua por las tuberías de México.
Hoy, les invito a apoyar esta reforma, a dejar atrás la indiferencia de los gobiernos del pasado y abrazar una visión de futuro digna, sostenible, comprometida con las próximas generaciones.
El agua no puede seguir siendo rehén de las prácticas del pasado.
Es hora de regenerar no solo el agua, sino también la conciencia y la justicia hídrica de nuestro país. Es cuanto, presidente. Muchas gracias a todas y a todos.
«Iniciativa que adiciona una fracción VI Bis al artículo 3o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, José Armando Fernández Samaniego, diputado de la LXVI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VI Bis al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl acceso al agua además de ser necesario para garantizar salud, bienestar y el desarrollo integral, es un derecho reconocido por la Asamblea General de las Naciones Unidas y en el artículo 4o. de la Constitución; en este se establece que todas las personas tienen derecho a un acceso suficiente, salubre, aceptable y asequible para el consumo personal y doméstico.
Ante el panorama de crisis hídrica que actualmente atravesamos y continúa creciendo debido a la sobrexplotación de acuíferos, el cambio climático y crecimiento urbano, son necesarios estándares de calidad y el reconocimiento de del concepto agua regenerada con el fin de fomentar el aprovechamiento.
Es vital contemplar escenarios más allá que los estadísticos si el fin es garantizar acceso sostenible al agua como considerar la calidad, la disponibilidad y la seguridad del servicio de manera integral. Solo así será posible tomar medidas efectivas y sostenibles para asegurar que este recurso esencial llegue a toda la población de manera equitativa, digna y sin discriminación.
Es importante reconocer que el acceso al agua no solo se limita a la conexión física, sino que también implica la calidad del agua, la continuidad del servicio y la capacidad de pago de las familias; de igual manera es necesario reconocer que el rezago en la atención a los temas hídricos es un problema estructural que se ha venido arrastrando desde sexenios anteriores, en los que los temas hídricos no eran prioridad. Esto ha generado una serie de desafíos y problemas que es necesario abordar de manera integral y sostenible.
Según el Censo de Población y Vivienda 2020, 98.9 por ciento de las viviendas en México tiene acceso a agua entubada, y 99.7 por ciento cuenta con drenaje (Inegi, 2020). Sin embargo, estos datos no reflejan completamente la realidad del acceso al agua potable y al saneamiento en el país. La realidad es que, a pesar de estos avances estadísticos, todavía existen importantes brechas en el acceso al agua y al saneamiento, especialmente en las zonas rurales y marginadas.
Como parte de las acciones afirmativas para asegurar el reparto y accesibilidad a este recurso natural, en septiembre de 2015 en la Asamblea General de las Naciones Unidas, México acepto el reto y el compromiso de generar acciones en favor del planeta, respetando un plan de acción que hoy conocemos como los Objetivos de Desarrollo Sostenible sin embargo aún no alcanzamos el panorama ideo para la población mexicana.
Según el Banco Mundial, el cambio climático se manifiesta a través del agua; nueve de cada 10 desastres naturales se relacionan con el agua. Los riesgos climáticos vinculados con el agua se propagan a través de los sistemas alimentarios, energéticos, urbanos y ambientales. Si se quieren lograr los objetivos relacionados con el clima y el desarrollo, el agua debe estar en el centro de las estrategias de adaptación.
Para orientar una eficaz adaptación al cambio climático, las actividades deben reflejar la importancia de la gestión hídrica a la hora de reducir la vulnerabilidad y crear resiliencia climática.
Con el fin de reducir la huella hídrica, equilibrar la gestión del agua, continuar en el cuidado de este recurso y mejorar la calidad del agua que se reutiliza; existen diferentes vías para este fin, vías que son necesarias legislar para guiar el avance de las tecnologías y toma de decisiones en favor de la misión que tenemos en favor de la población, el derecho al agua.
Frente a la demanda creciente de agua dulce, asegurar y continuar con una alternativa como la reutilización es vital, además de contemplar políticas regulatorias y apostar en tecnologías permitirá el aprovechamiento y potencializará los recursos existentes.
En México el inicio del rehúso de agua para el riego de cultivos de maíz, alfalfa, cebada y avena, fue en el Valle del Mezquital en 1920 sin embargo la expansión de esta práctica, atrajo afectaciones de sanitarias por lo que fue necesario contemplar estándares de tratamiento de aguas para no agravar los posibles riesgos.
El reúso del agua se define como el aprovechamiento de las aguas residuales tratadas en actividad diferente a la que se originó, y se ha clasificado de acuerdo con el uso o sector donde se establece su aprovechamiento: urbano, industrial, agrícola, usos urbanos no potables, recargas de aguas subterráneas, recreativos, piscicultura y usos potables (Brega Filho y Mancuso, 2003).
Hasta 2022 según la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales las aguas residuales recicladas representan en México sólo 8.7 por ciento del total del agua utilizada en México. Para el tratamiento del agua, generalmente atraviesan tres procesos: pretratamiento, tratamiento primario, secundario y terciario.
• Tratamiento primario (asentamiento de sólidos):
Consiste en la eliminación de sólidos gruesos, resultando en una reducción de la carga contaminante en sus aguas residuales. Dependiendo de la calidad requerida de sus efluentes finales usted puede necesitar ya sea un filtro, un sistema de flotación o un sistema de floculación y flotación. Si usted descarga su agua a un sistema de alcantarillado un tratamiento primario puede ser suficiente para lograr los requerimientos del efluente final.
- Remoción de sólidos
- Remoción de arena
- Tanque de sedimentación primaria en la planta de tratamiento rural
- Sedimentación
• Tratamiento secundario:
Conocida también como tratamiento biológico requerida para aquellos que descargan residuos al medio ambiente, como ríos u otro cuerpo de agua natural. Este tipo de tratamiento hace uso de bacterias para remover materia biodegradable disuelta en su agua residual. En general estos sistemas se dividen en dos grupos. (tratamiento biológico de la materia orgánica disuelta presente en el agua residual, transformándola en sólidos suspendidos que se eliminan fácilmente).
- Fangos activos
- Camas filtrantes (camas de oxidación)
- Sedimentación secundaria
• Tratamiento terciario:
Consisten en procesos físicos y químicos especiales con los que se consigue limpiar las aguas de contaminantes concretos: fósforo, nitrógeno, minerales, metales pesados, virus, compuestos orgánicos, etc. De los tres tipos de tratamiento de aguas residuales este es más caro que los anteriores y se usa en casos más especiales como por ejemplo para purificar desechos de algunas industrias.
Muchas veces el tratamiento terciario se emplea para mejorar los efluentes del tratamiento biológico secundario. Se ha empleado la filtración rápida en arena para poder eliminar mejor los sólidos y nutrientes en suspensión y reducir la demanda bioquímica de oxígeno. (pasos adicionales como lagunas, micro filtración o desinfección).
- Filtración
- Lagunaje
- Tierras húmedas construidas
- Remoción de nutrientes
- Desinfección
• Tratamiento químico:
Este paso es usualmente combinado con procedimientos para remover sólidos como la filtración.
- Eliminación del hierro del agua potable
- Eliminación del oxígeno del agua de las centrales térmicas
- Eliminación de los fosfatos de las aguas residuales domésticas
- Eliminación de nitratos de las aguas residuales domésticas y procedentes de la industria
• Tratamiento biológico:
- Lechos oxidantes o sistemas aeróbicos.
- Post-precipitación.
- Liberación al medio de efluentes, con o sin desinfección según las normas de cada jurisdicción.
• Tratamiento físico químico:
- Remoción de sólidos
- Remoción de arena
- Precipitación con o sin ayuda de coagulantes o floculantes
- Separación y filtración de sólidos, el agregado de cloruro férrico ayuda a precipitar en gran parte a la remoción de fósforo y ayuda a precipitar biosólidos.
El agua regenerada como fuente de abastecimiento indirecto de plantas potabilizadoras a través de procesos de recarga de acuíferos o mezcla controlada con agua de ríos, largos o embalses, cumpliendo estrictos estándares de calidad y monitoreo. A diferencia del agua residual tratada, que tiene entre sus usos más comunes el riego agrícola, uso industrial, o riego de áreas verdes ya que muchas aguas residuales tratadas son descargadas en ríos y lagos sin alcanzar niveles idóneos de depuración, lo que agrava la contaminación.
La organización ecoembes define el agua regenerada o agua reciclada/reutilizada, como aquella agua residual o usada, que ha sido sometida a un proceso de tratamiento para eliminar impurezas y contaminantes, haciéndola apta para nuevos usos. A diferencia del agua potable, que debe cumplir con estrictos estándares de calidad para el consumo humano, el agua regenerada se utiliza principalmente para fines no potables, como el riego de zonas agrícolas, procesos industriales o el mantenimiento de caudales ecológicos.
Contemplando que sólo una pequeña parte de las aguas residuales a nivel mundial atraviesa por el un tratamiento terciario sometemos a consideración contemplar el termino de aguas regeneradas para marcar el inicio de un nuevo escenario hídrico en México.
Para mayor ejemplificación de la propuesta, mostramos el siguiente cuadro comparativo:
Ley de Aguas Nacionales
Capítulo ÚnicoPor lo anterior expuesto, se somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción VI Bis al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales
Artículo Único. Se adiciona una fracción VI Bis al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. ...
II. ...
III. ...
IV. ...
V. ...
VI. ...
VI Bis. Agua regenerada: Aquella agua residual sometida a procesos de tratamiento terciario que concluya en alcanzar la calidad adecuada para la reutilización en sectores específicos.
Artículo TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Disponible en:
https://www.bancomundial.org/es/topic/water/overview
2 Disponible en:
https://spenagroup.com/planta-tratamiento-aguas-residuales-ptar/
3 https://reducereutilizarecicla.org/agua-regenerada/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025.– Diputado José Armando Fernández Samaniego (rúbrica).»
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para su dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL, LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, Y LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora la palabra, el diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de delitos contra las personas en su patrimonio y por hechos de corrupción, así como faltas u omisiones consideradas como graves en materia de responsabilidades administrativas de personas servidoras públicas. Adelante, diputado.
El diputado Luis Humberto Fernández Fuentes:Muchísimas gracias, señora presidenta. Con su venia. Con la venia de sus señorías. Desde hace muchísimos años hemos venido hablando de un cáncer que se llaman los cárteles inmobiliarios. Esta práctica, en la cual hay una colusión entre servidores públicos y ciertas empresas desarrolladoras, ha generado un gran daño. Un gran daño en tantos niveles como no podemos imaginar.
Ha sido a través de apropiarse de manera injusta, de manera incorrecta, de manera ilegal de tierras ejidales, de usar, desarrollar sin los usos de suelos adecuados, de vender a las familias habitaciones no solo sin las condiciones de infraestructura mínimas, sino también sin las condiciones legales sin tener los permisos. Esto ha hecho muchísimo daño al país, nos ha afectado en la sobreexplotación urbana y nos ha afectado en lo personal.
Y esto no solo ha tenido esta afectación, ha venido generando una alteración del mercado de bienes raíces en todo el país, no sólo generando vivienda irregular, también alimenta la pobreza y, sobretodo, un aumento injustificado en el costo de la vivienda. Esto lo vemos en particular en Querétaro, en algunas alcaldías muy específicas, hay que decirlo, de la Ciudad de México, en Guanajuato, por decir algunos.
Entonces, por esto precisamente, por estos daños que se están haciendo queremos poner a su consideración, queremos poner a la venia de todas y todos ustedes, y esperamos su apoyo, una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan el Código Penal, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y la Ley de Responsabilidades Administrativas. Por qué. Porque lo que buscamos es crear el delito de corrupción inmobiliaria a nivel federal, para que podamos sancionar a los particulares y a los servidores públicos que estén coludidos y que estén dañando a la patria y a las familias mexicanas a costa de un lucro indebido.
La propuesta es muy sencilla. Consiste en adicionar un artículo 223 Bis al Código Penal Federal, que estipulará lo siguiente: Comete el delito de corrupción inmobiliaria el servidor público que por acción u omisión permita o tolere la ilegal construcción, explotación, compraventa y comercialización de bienes inmuebles sin el cumplimiento cabal de todos los requisitos que establece la ley aplicable. Así como una adición al artículo 217 Bis, para sancionar a los particulares que participen en estas acciones.
También proponemos añadir un artículo 386 al Código Penal Federal, equiparando como fraude cuando los particulares vendan o comercialicen inmuebles que no tengan todos los permisos. Desafortunadamente es un hecho común que muchos desarrolladores sin principios estén vendiendo inmuebles sin siquiera tener la posibilidad de gestionar los servicios públicos por la falta de los trámites.
Asimismo, proponemos una reforma al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para equiparar la corrupción inmobiliaria con delincuencia organizada. ¿Y por qué? Es que esto no se da en un cafecito que se vayan a tomar el servidor público y el desarrollador. Se da con una arquitectura de abogados, de contadores, de evasores fiscales, es una arquitectura muy compleja que sirve para hacer esto. Entonces, por lo tanto, debe ser tratada como lo que es: un crimen organizado.
Y, por último, finalmente se reforma la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para tener el marco legal adecuado para estas sanciones. Estas sanciones que, no las voy a señalar a detalle por el obvio y el respeto al tiempo. Es una pena de 5 a 10 años con la posibilidad de incrementar la mitad cuando se produzcan beneficios económicos o en especie al servidor público o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.
Esta propuesta, además de que como sus señorías lo verán, es ampliamente conveniente, es perfectamente armónica con el Plan Nacional de Desarrollo que ha planteado nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum.
La presidenta señaló: El objetivo es dar vivienda, generar vivienda para quienes más lo necesiten.
Ese es el objetivo, el derecho a la vivienda, el derecho a un techo. No es construir vivienda por construir vivienda, es la gran diferencia entre el periodo neoliberal y la cuarta transformación.
Lo que buscamos con esta iniciativa es tener un mercado inmobiliario honesto, sin distorsiones, en el cual amputemos cualquier corrupción del mercado inmobiliario.
Quiero ser muy claro y muy puntual. No prejuzgamos, no satanizamos a los desarrolladores o a las empresas inmobiliarias.
En todo el país, y en Querétaro en especial, gran parte, una parte importante del crecimiento económico ha sido parte por estas empresas, pero lo que sí sabemos y lo sabemos de cierto, es que los pocos, los menos, los que han hecho lo ilegal es a quienes tenemos que limitar.
Esta iniciativa nos conviene a todos, a los desarrolladores inmobiliarios honestos, porque no tendrán que enfrentar una competencia desleal. A los ejidatarios, porque no se tendrán que enfrentar a autoridades y a empresas abusivas. A los jóvenes y a la población porque no tendrán que pagar sobreprecios por acuerdos ilegales en vivienda. Porque este es un eslabón fundamental para abatir la corrupción. Nunca, nunca más los abusos en la corrupción inmobiliaria. Es la cuenta, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, y de las Leyes Federal contra la Delincuencia Organizada; Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y General de Responsabilidades Administrativas, en materia de delitos contra las personas en su patrimonio y por hechos de corrupción, así como de faltas u omisiones consideradas como graves, en materia de responsabilidad administrativa de personas servidoras públicas, a cargo del diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y con las facultades conferidas en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de delitos contra las personas en su patrimonio y por hechos de corrupción, así como de faltas u omisiones consideradas como graves, en materia de responsabilidad administrativa de personas servidoras públicas, misma que tiene sustento en el desarrollo de la siguiente
Exposición de MotivosAproximadamente tres de cada diez personas en México no tienen casa propia, lo que significa que millones de familias tienen que rentar, vivir con familiares o incluso estar sin hogar, de acuerdo con los datos de la Encuesta Nacional de Vivienda 2020 del INEGI. El 70 por ciento de los mexicanos sí cuentan con una casa propia o están pagándola, sin embargo, el 30 por ciento restante representa a 40 millones de mexicanos que no tienen un patrimonio propio.
La problemática inmobiliaria es alta, y va desde el despojo de tierras ejidales hasta las compras de estas en condiciones leoninas, que se realizan por vicios ocultos o falta de información por parte de las empresas. También persiste la venta de bienes inmuebles con condiciones físicas o jurídicas irregulares.
Los costos de las viviendas se han escalado a niveles en los últimos años, que, para la mayoría de los mexicanos, es imposible pagar. Tan sólo en el Estado de Querétaro, de acuerdo con datos de El Economista, una casa en 2025 tiene un costo aproximado de 2 millones de pesos, y en el Municipio de Querétaro por 3 millones de pesos. Si consideramos que el precio nacional de la vivienda en México en 2015 era de 1 millón de pesos, en Querétaro en tan solo una década, esta se ha duplicado o triplicado, haciendo difícil para los queretanos adquirir un patrimonio propio.
Pero estos precios han ido al alza insostenible por la depredación y ambición desmedida de empresas, que muchas veces se encuentran coludidas con servidores públicos, quienes les otorgan facilidades a ciertos grupos inmobiliarios.
Ejemplos de la corrupción inmobiliaria se han dado en diversas entidades del país. Tal es el caso del identificado “Cártel Inmobiliario” en la Ciudad de México, en la alcaldía Benito Juárez, donde particulares, empresarios y servidores públicos estaban coludidos en una red de sobornos, extorsiones, construcciones ilegales y sin permisos, y desvío de recursos, lo que estimó la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México en ingresos ilegales por más de 7 mil millones de pesos.
También en el estado de Guanajuato, en particular en San Miguel de Allende, se han detectado ventas de terrenos públicos a particulares muy por debajo del valor comercial. Por ello, funcionarios públicos ya cuentan con denuncias penales relacionadas a corrupción.
Lo mismo ocurre en Querétaro con el despojo y el engaño que viven ejidatarios de la zona norte de la capital, en el cual han surgido denuncias de que se les ha despojado de sus tierras, a través de presiones y amenazas que los obligan a vender a un precio muy por debajo del mercado. Todo ello con la colusión de servidores públicos, que hacen cambios de usos de suelo ilegalmente, entre otros vicios ocultos y desinformación que crean un mercado inmobiliario irregular, que afecta a los ejidatarios.
Al respecto, si bien es cierto que, en términos de lo dispuesto por la fracción V, inciso f), del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la facultad para otorgar licencias y permisos para construcciones les corresponde a los municipios, también lo es que dicha disposición establece que los propios municipios estarán facultados para ello, en los términos de las leyes federales y estatales relativas.
Incluso, en el último párrafo de dicha fracción V, del artículo 115 Constitucional se precisa que: “En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios...”.
En ese sentido, el artículo 27 de la Constitución Federal, en su párrafo tercero, previene que: “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.”
Por lo que, ante la alarmante situación en materia de desarrollo urbano e inmobiliario que sufre nuestro país, resulta necesario e indispensable que se regule y se establezcan normas de interés público y en beneficio social, para frenar tales irregularidades y desigualdades, y se restablezca el debido respeto y protección a la propiedad, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana, como lo ordena el artículo 27, párrafo tercero, en relación con el 115, fracción V, inciso f), así como el último párrafo de dicha fracción, de nuestra Constitución Federal.
Bajo este contexto, se evidencia la necesidad de fortalecer el marco legal para frenar, inhibir y combatir las conductas infractoras en perjuicio de los bienes jurídicos tutelados por la norma penal y administrativa y —cometido el ilícito— fortalecer las sanciones administrativas y penales por las conductas cometidas por personas físicas o privadas que se sitúen en la ilegal actividad de la construcción, su explotación y su comercialización, así como desarrolladores inmobiliarios y personas funcionarias públicas que actualicen la infracción administrativa y en consecuencia el tipo penal descrito en la norma que se interviene en la presente iniciativa.
Esta “corrupción inmobiliaria”, producto de la colusión entre servidores públicos y particulares, ha causado mucha indignación en la sociedad, puesto que las “obras o construcciones irregulares, violatorias y al margen de la ley”, ocasionan graves daños y afectaciones a los demás vecinos y sus comunidades, además generan un incremento desmedido y desproporcionado en el valor de tales inmuebles, en perjuicio de la mayoría de la población, causando con ello una gran desigualdad social, que ni siquiera resuelve el problema de acceso a una vivienda digna a favor de la población más vulnerable de este país.
Esto mismo ha provocado, a su vez, desplazamientos de las personas que, por muchos años, han sido habitantes de esas zonas o lugares en dónde se han construido, desarrollado y comercializado tales obras, en total contravención a los ordenamientos jurídicos aplicables, lo que ha dado pauta a que se presente el grave fenómeno de la “gentrificación”.
En tal virtud, la propuesta de iniciativa de reforma y adición de diversas leyes tiene por objeto incorporar el tipo penal sancionable como el delito de “corrupción inmobiliaria”, contemplando como principales ejes de la propuesta los siguientes:
1. Incorporación del tipo penal de corrupción inmobiliaria como delito federal sancionable e identificable.
2. Señalar la punibilidad para servidores públicos y personas físicas morales privadas que actualicen actos de corrupción relacionados con la ilegal explotación y comercialización de tierras, terrenos o inmuebles y con los actos que deriven de dichos actos u omisiones que sanciona la ley penal.
Por todo lo anterior se proponen las siguientes reformas y adiciones al Código Penal Federal, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, como se ilustran en el siguiente cuadro comparativo:
Por lo aquí expuesto, fundado y motivado, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de delitos contra las personas en su patrimonio y por hechos de corrupción, así como de faltas u omisiones en materia de responsabilidad administrativa de personas servidoras públicas.
Primero. Se reforma el artículo 217 Bis, 386 y se adiciona el artículo 223 Bis, del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
...
Artículo 217 Bis. - Al particular que, en su carácter de contratista, permisionario, asignatario, titular de una concesión de prestación de un servicio público de explotación, aprovechamiento o uso de bienes del dominio de la Federación, con la finalidad de obtener un beneficio para sí o para un tercero, incluidas las conductas señaladas en el artículo 223 Bis de este Código;
...
Artículo 223 Bis. - Comete el delito de corrupción inmobiliaria el servidor público que por acción u omisión permita o tolere la ilegal construcción, explotación, compraventa y comercialización inmuebles, sin el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la Ley aplicable.
Por las conductas descritas en este artículo, se impondrá una pena de cinco a diez años de prisión, con independencia de las otras sanciones que procedan por la comisión de otro tipo de delitos.
La pena establecida en el párrafo anterior se incrementará en una mitad cuando las conductas previstas en este artículo produzcan beneficios económicos, ya sea en efectivo o en especie, al propio servidor público, su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, concubina o concubinario, pareja permanente, adoptante o adoptado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, o a socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte.
...
Artículo 386.- Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.
De igual manera, el delito de fraude se equipara a la conducta descrita en el artículo 223 Bis cuando los particulares vendan o comercialicen a terceros inmuebles que no tengan todos y cada uno de los permisos que por ministerio de ley se deben cumplir, en atención a la normatividad aplicable.
...
Segundo. Se adiciona la fracción XI al Artículo 2 de la Ley Federal de Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:
Artículo 2.- Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:
...
XI.- Las conductas previstas en el artículo 223 Bis del Código Penal Federal.
Tercero. Se reforma el Artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:
...
Artículo 7.- Redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho:
...
VIII.- Las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública Federal o de la Ciudad de México y a las leyes que determinan el manejo de los recursos económicos federales y de la Ciudad de México, así como las faltas graves o no que, actualicen el ilícito aprovechamiento económico propio o para terceros por favorecer, permitir o tolerar la ilegal comercialización y explotación de inmuebles por medio de actos y omisiones sancionables por la ley penal y por el uso indebido del ejercicio público.
“ ...”
Cuarto. Se adiciona la fracción XIV al Artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para quedar como sigue:
Artículo 7 .- Las Personas Servidoras Públicas observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos, mismos que rigen el servicio público. Para la efectiva aplicación de dichos principios, las Personas Servidoras Públicas observarán las siguientes directrices:
...
XIV - Abstenerse de beneficiar ilícitamente y obtener un lucro o aprovechamiento económico, ya sea propio o para terceros, por favorecer, permitir o tolerar la ilegal comercialización y explotación de inmuebles por medio de actos y omisiones sancionables por la ley penal y por el uso indebido del ejercicio público. Lo que se considerará como falta administrativa grave, cometida tanto por los servidores públicos, como por los particulares vinculados.
“ ...”
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2025.– Diputados y diputadas: Luis Humberto Fernández Fuentes, Jaime Humberto Lastra Bastar, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, María del Rosario Orozco Caballero, Rosalía León Rosas, Tey Mollinedo Cano, Zenyazen Roberto Escobar García (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Transparencia y Anticorrupción, para su dictamen.
Esta Presidencia saluda a las alumnas y alumnos del Centro Nacional de Ciencias Jurídicas Forenses, del Análisis de la Víctima y de la Universidad Reina Sofía, del Estado de México. Muchas gracias por estar aquí. Bienvenidas, bienvenidos. Invitados por la diputada Kenia Muñiz Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena. Muchas gracias.
LEY DE MIGRACIÓN
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora la palabra la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 81, 97 y 98, y se adiciona el párrafo tercero del artículo 97 de la Ley de Migración. Adelante, diputada.
La diputada Sonia Rincón Chanona:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, las políticas implementadas en materia migratoria por el gobierno de los Estados Unidos, a raíz de la llegada de Donald Trump a la Presidencia, propició una contundente respuesta de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, tanto para defender de manera frontal y valiente la soberanía nacional y los derechos de nuestros connacionales en el exterior, como para atender las necesidades de las mexicanas y mexicanos repatriados, a fin de recibirlos de forma humana y cálida.
Por el fenómeno migratorio lo hemos entendido y lo hemos atendido desde los valores y principios del humanismo mexicano, y no desde la soberbia, anteponiendo intereses económicos por encima de las personas.
De ahí que es importante perfeccionar y modernizar el marco normativo en materia migratoria desde las perspectivas de los derechos humanos y, por supuesto, bajo los más altos principios de la cuarta transformación.
En este sentido, la presente iniciativa plantea actualizar la Ley de Migración para evitar que sus disposiciones dadas a la crisis migratoria que enfrentamos como país de origen, tránsito y destino, afecten a las mexicanas y mexicanos. Particularmente a quienes pertenecen a los pueblos indígenas y afromexicanos, derivado de revisiones migratorias y discriminatorias basadas en prejuicios derivados del color de piel, de vestimenta, de lengua, entre otros aspectos.
Como legisladora y como chiapaneca, no puedo dar la espalda a la realidad, de ahí que propongo reformar los artículos 81, 97 y 98 de la Ley de Migración.
Toda vez que su redacción actual da pie a actos discriminatorios que afectan de manera desproporcionada a personas mexicanas indígenas y afromexicanas, por lo que es necesario eliminarlas en aras de impulsar un trato justo, digno e igualitario.
Lo anterior, toda vez que las revisiones migratorias no contemplan parámetros objetivos que permitan a las autoridades distinguir entre personas mexicanas y extranjeras, lo que genera que al momento en que se aplica la ley se incurra en discriminación motivada por prejuicios raciales, es menester perfeccionar la ley, ya que dada su extrema generalidad y amplitud con la que se regula a la figura de revisión migratoria, se transgrede el artículo 11 de la Constitución Política, el cual reconoce el derecho de libre circulación y tránsito.
Bajo este orden de ideas, es deseable y oportuno que la Secretaría de Gobernación expida los protocolos para la implementación de la revisión migratoria, observando parámetros objetivos y los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, no discriminación, interés superior de la niñez y perspectiva de género, poniendo especial atención en personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o disponibles o posibles víctimas del delito.
Pongo a su consideración la presente iniciativa, compañeras y compañeros, porque es necesario confirmar en cada una de las acciones de autoridad el humanismo mexicano que caracteriza a este régimen, porque debemos cerrar el paso a todas las acciones discriminatorias a fin de garantizar el pleno goce y ejercicio del conjunto de derechos y libertades que le son inherentes a las mexicanas y a los mexicanos. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma los artículos 81, 97 y 98 y adiciona un párrafo tercero al artículo 97 de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Sonia Rincón Chanona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 81, 97 y 98 y se adiciona un párrafo tercero al artículo 97 de la Ley de Migración, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLas políticas implementadas por el gobierno de Estados Unidos a raíz de la llegada de Donald Trump a la presidencia del país vecino del norte, particularmente en materia migratoria ha propiciado una contundente respuesta de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, tanto para defender de manera frontal y valiente la soberanía nacional, como para atender las necesidades de las mexicanas y mexicanos repatriados a fin de recibirlos de forma humana y cálida.
La presidenta de México impulsa la estrategia efectiva de recepción, México te Abraza, un plan integral en el que participará todo el gobierno federal con el objetivo de posibilitar su acceso a los programas de bienestar, becas educativas, servicios de salud, transporte a sus lugares de origen, acceso a comunicaciones telefónicas e internet, integración a programas laborales, facilidades para obtener documentación, entre otros beneficios.
Las acciones anteriores se suman al Programa de Apoyo para las y los Mexicanos en Estados Unidos, que contempla el fortalecimiento de los 53 consulados; la puesta en marcha del Centro de Información y Asistencia a Personas Mexicanas (CIAM), para brindar apoyo legal vía telefónica; el Botón de Alerta, para casos de emergencia; y la Ventanilla Única de Trámites Consulares, entre otras.
El gobierno de México se ha reiterado listo para recibir a quienes retornan, no solamente a través de medidas que respondan a la coyuntura, sino porque durante la Cuarta Transformación, se han generado mejores condiciones para recibir a nuestras hermanos y hermanos. Prueba de ello, es “la estabilidad de las finanzas públicas, la universalización de los programas sociales, el desarrollo de infraestructura, las becas para todos los niveles educativos, la fortaleza del peso frente al dólar, la recuperación del salario mínimo, la significativa reducción de la brecha de la desigualdad y la confianza que han mostrado las inversiones extranjeras, así como diversos factores que obran a favor de nuestro país, permiten ofrecer posibilidades reales de bienestar, oportunidades para el progreso, así como el ejercicio pleno de derechos humanos y fundamentales”.
Destaca que hemos sido una nación solidaria con las personas migrantes de otras latitudes, particularmente de las Américas, porque el fenómeno migratorio lo hemos entendido y atendido desde los valores y principios del Humanismo Mexicano, y no desde la soberbia y mucho menos anteponiendo intereses económicos por encima de las personas, independientemente de su nacionalidad y estatus migratorio.
Bajo el escenario anterior, el Poder Legislativo no puede mantenerse ajeno a la situación. De ahí que es importante perfeccionar y modernizar el marco normativo en materia migratoria desde la perspectiva de los derechos humanos, y desde luego, bajo la lógica del Humanismo Mexicano.
En tal virtud, la presente iniciativa pretende continuar con el proceso transformador que hemos iniciado actualizando la Ley de Migración, para evitar que sus disposiciones, dado la crisis migratoria que enfrentamos en tanto país de origen, tránsito y destino de personas que migran por distintas causas, afecte a las y los mexicanos, particularmente indígenas y afromexicanos, derivado de revisiones migratorias de carácter discriminatorio.
La Oficina Regional para Centroamérica, Norteamérica y el Caribe de la Organización de las Naciones Unidas señala que “cuando una comunidad o país atraviesa una situación de crisis, ya sea por factores de índole política, económica, social o natural, los discursos antimigrantes, la discriminación, la hostilidad y el abuso de los derechos humanos puede aumentar”.
Estas crisis suelen gestarse en el tiempo y tienen raíces profundas que requieren cambios estructurales; no obstante, las personas migrantes pueden ser erróneamente vistas como generadoras de estos problemas, invisibilizando las verdaderas causas de la situación. Estas actitudes negativas se gestan o aumentan en distintos niveles, que se correlacionan y refuerzan entre sí, por ejemplo: en los medios de comunicación y redes, en los discursos políticos, y desde luego, en las acciones gubernamentales y legislativas.
De ahí la importancia de perfeccionar el marco jurídico a fin de proteger los derechos de las personas migrantes, toda vez que la crisis por la que atraviesan nuestros hermanos de Centroamérica puede derivar en sesgos y prejuicios, afectando el acceso a ayuda humanitaria, protección y derechos.
De acuerdo con el estudio de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM): “Migrantes y sus vulnerabilidades a la trata de personas, la esclavitud moderna y el trabajo forzado”, los organismos encargados de hacer cumplir la ley o legisladores prejuiciosos contra las personas migrantes son menos propensos a protegerlos.
El temor de las personas migrantes en situación irregular a ser deportadas, si solicitan ayuda o empleo durante una crisis agrega otra capa de complejidad. Según datos de la Organización Internacional del Trabajo recuperados en el “Manual de migración, derechos humanos y gobernanza”, si bien a menudo se tolera la presencia de trabajadores migrantes en situación irregular en tiempos de bonanza económica, es probable que las presiones para expulsarlos del país aumenten durante las recesiones.
No podemos soslayar que Agustín Morales Mena, coordinador de la publicación de Gaceta UNAM, de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS) de la UNAM, señala que “la discriminación de migrantes reproduce la desigualdad y genera desconfianza, exclusión, autosegregación; elimina el potencial de cooperación económica, cultural y social, e impacta en la salud mental, el bienestar físico y el desarrollo de aquellos que la padecen”.
El académico estima, además, que el consolidarse como país de destino, México se ha convertido en un espacio de encuentro y retos para la integración. Al respecto, Agustín Morales observa un crecimiento en las prácticas xenófobas y discriminatorias, que se exacerban en los medios de comunicación y las redes sociales.
La discriminación contra personas migrantes es el trato desigual y jerarquizante que excluye, margina o limita el acceso a derechos de quienes llegan al país. En México ésta no es generalizada, amplia, ni total; es decir, no a todos los que migran se les trata igual, algunos son mejor recibidos por su nacionalidad, apariencia o poder adquisitivo”, indica el profesor Morales.
Finalmente, Morales Mena señaló que, la discriminación tendría que atenderse de forma multisectorial, por lo que deben involucrarse el gobierno, la sociedad civil y relacionarse con las empresas porque, para garantizar la integración de los migrantes, es necesario facilitarles el acceso a trabajos.
Por su parte la Encuesta Nacional de Migración 2014 señala que los perfiles más discriminados por los mexicanos son: africanos, centroamericanos, sudamericanos, caribeños y asiáticos.
Es de precisar que, el fenómeno migratorio en los años recientes ha sido uno de los principales retos a escala mundial. Para México el reto es mayúsculo, debido a que somos un país de origen, tránsito, destino y retorno de personas migrantes.
Situación la anterior que ameritó acciones contundentes por parte del gobierno federal, de ahí la “Nueva Política Migratoria del Gobierno de México 2018-2024”. La cual parte del respeto pleno a los derechos humanos, la inclusión y la perspectiva de género, colocando a la persona migrante en el centro de las decisiones.
A la par, México se adhirió al Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, adquiriendo el compromiso internacional de fortalecer la política para permitir a las personas moverse hacia y desde México de manera segura, ordenada y regular.
En este contexto, resulta fundamental proporcionar a las personas migrantes que ingresan al país de forma irregular, medidas de protección para salvaguardar su integridad física y psicológica.
Es urgente legislar en la materia, ya que la política migratoria de la presente administración constituye un nuevo paradigma centrado en las personas migrantes y en el desarrollo social, con base en el respeto de los derechos humanos reconocidos por nuestra Carta Magna, así como por los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano es parte.
El establecimiento de una estrategia de migración ordenada, segura, regular y humana ha permitido establecer diversos programas sociales de atención.
La circulación de personas en situación de migración hacia el norte del país es una situación que ha sensibilizado de manera profunda a nuestra sociedad y, por lo tanto, requiere de una atención responsable por parte de las autoridades encargadas de vigilar y atender el tema.
La migración es un fenómeno que enfrenta a nuestro nación ante diversos retos; sin embargo, es importante destacar que el gobierno de México, ha decidido trabajar para proteger y garantizar los derechos de todas las personas en situación migrante, especialmente de las más vulnerables, como las niñas, niños y adolescentes.
El impulso reciente a la estrategia de migración integral concibe la visión de respeto, seguridad y dignidad para las personas migrantes, ya sean nacionales o extranjeras.
La colaboración integral entre el Gabinete de Seguridad, la Fiscalía general de la República, la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Instituto Nacional de Migración, junto con la cooperación de las autoridades locales, permitirá formular una estrategia que aborde de manera intersectorial las causas estructurales de la migración y se pueda proponer soluciones a corto, mediano y largo plazo.
Cabe destacar que, con motivo de la cancelación del Título 42 por parte de Estados Unidos, hemos visto una disminución significativa en las expulsiones irregulares de migrantes, lo que representa un avance importante en la protección de sus derechos y en la reducción de las condiciones de vulnerabilidad dentro del ciclo migratorio.
En consecuencia, nos corresponde hacer lo propio al modernizar y actualizar la norma jurídica conforme al mandato de la Suprema Corte de Justicia y en congruencia con los principios y valores que sustentan la política exterior mexicana. Dejando en claro que, migrar no es un delito y tampoco debe ser causa de discriminación alguna, sino de solidaridad y apoyo con quienes se encuentran en esta difícil situación y por ende en condiciones de vulnerabilidad.
La libertad de circulación o de tránsito es una condición indispensable para el libre desarrollo de la persona. Este derecho cuenta con al menos cuatro dimensiones: (i) la libertad de circulación en el territorio nacional; (ii) la libertad de escoger residencia; (iii) la libertad de salir de cualquier país, incluso el propio, y (iv) el derecho a entrar en su propio país.
Este derecho se encuentra consagrado en los artículos 11 constitucional, 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los cuales regulan el referido derecho de la siguiente manera:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
“Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones.”
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
“Artículo 12.
1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tendrá derecho a circular libremente por él y a escoger libremente en él su residencia.
2. Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio.
3. Los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto.
4. Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país.”
Convención Americana sobre Derechos Humanos
“Artículo 22. Derecho de Circulación y de Residencia.
1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en él con sujeción a las disposiciones legales.
2. Toda persona tiene derecho a salir libremente de cualquier país, inclusive del propio.
3. El ejercicio de los derechos anteriores no puede ser restringido sino en virtud de una ley, en la medida indispensable en una sociedad democrática, para prevenir infracciones penales o para proteger la seguridad nacional, la seguridad o el orden públicos, la moral o la salud públicas o los derechos y libertades de los demás.
4. El ejercicio de los derechos reconocidos en el inciso 1 puede asimismo ser restringido por la ley, en zonas determinadas, por razones de interés público.”
Como se advierte de la lectura del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona cuenta con la libertad de tránsito para poder entrar o salir del país, viajar por su territorio y mudar su residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo conducto u otros requisitos; sin embargo, este derecho está subordinado a las facultades de las autoridades judiciales, en los casos de responsabilidad criminal o civil, así como de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre migración y salubridad general de la República o sobre personas extranjeras perniciosas residentes en el país.
Asimismo, es de precisar que de conformidad con el artículo 1o. constitucional, así como con diversos Instrumentos Internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el Estado Mexicano, la discriminación puede generarse por tratar a personas iguales de forma distinta, o por ofrecer igual tratamiento a quienes están en situaciones diferentes (discriminación directa). Asimismo, la discriminación puede ocurrir cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutral ubica a un grupo social específico en clara desventaja frente al resto (discriminación indirecta).
De ahí que, se propone reformar los artículos 81, 97 y 98 de la Ley de Migración, en los cuales se regula las revisiones migratorias, toda vez que su redacción actual, da pie a actos de discriminación, afectando de manera desproporcionada a personas mexicanas indígenas y afromexicanas, por lo tanto, es necesario que se eliminen estas prácticas que afectan desproporcionalmente y se favorezca un trato justo e igualitario.
Lo anterior, toda vez que las revisiones migratorias no contemplan parámetros objetivos que permita a las autoridades distinguir entre personas mexicanas y extranjeras, lo que, indican, genera que al momento en que se aplica la ley se incurra en discriminación motivada por prejuicios raciales. De igual forma, dada la generalidad de la norma y amplitud con la que se regula la figura de revisión migratoria, se transgrede el artículo 11 de la Constitución Política del país, en el cual se reconoce el derecho a la libre circulación y tránsito, pues con base en esta facultad se puede revisar a toda persona que se encuentre en un punto de revisión migratoria en cualquier lugar dentro del territorio nacional, sin importar si se trata de una persona mexicana o extranjera, a pesar de que, del referido artículo constitucional no se desprende en ningún momento el deber de portar documentos identificatorios en el interior del país.
Por otra parte, sobre el caso específico de controles migratorios, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas ha establecido que, si bien es legítimo efectuar controles de identidad de manera general con miras a controlar la inmigración irregular, las meras características físicas o étnicas de las personas objeto de los mismos no deben ser tomadas en consideración como indicios de su posible situación irregular en el país. Indicó que lo contrario no sólo afectaría negativamente la dignidad de las personas afectadas, sino que además contribuiría a la propagación de actitudes xenófobas entre la población en general y sería contradictorio con una política efectiva de lucha contra la discriminación racial.
A efecto de tener mayor claridad de la reforma propuesta, se ofrece el siguiente cuadro comparativo:
Por lo antes expuesto y fundado, se somete a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 81, 97 y 98 y se adiciona un párrafo tercero al artículo 97 de la Ley de Migración
Artículo Único. - Se reforman los artículos 81, 97 y 98 y se adiciona un párrafo tercero al artículo 97, de la Ley de Migración, para quedar como sigue:
Artículo 81. Son acciones de control migratorio, la revisión de documentación de personas que pretendan internarse , circular o salir del país, así como la inspección de los medios de transporte utilizados para tales fines. En dichas acciones, la Guardia Nacional actuará en auxilio y coordinación con el Instituto.
El Instituto como instancia de seguridad nacional y en cumplimiento al artículo 4 de la ley de la materia, podrá llevar a cabo sus funciones de control migratorio en lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas por mar y aire a solicitud expresa debidamente fundada y motivada de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
...
Artículo 97. Además de los lugares destinados al tránsito internacional de personas establecidos, el Instituto podrá llevar a cabo revisiones de carácter migratorio dentro del territorio nacional a efecto de comprobar la situación migratoria de los extranjeros , garantizando en todo momento el respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales.
La orden por la que se disponga la revisión migratoria deberá estar fundada y motivada; ser expedida por el Instituto y precisar el responsable de la diligencia y el personal asignado para la realización de la misma; la duración de la revisión y la zona geográfica o el lugar en el que se efectuará , mismo que se determinará de conformidad con las políticas migratorias que emita la Secretaría y a factores como los flujos migratorios irregulares, las amenazas a la seguridad nacional, el ingreso de personas con antecedentes criminales o terroristas, así como la protección de los derechos de los migrantes y la prevención de la trata de personas.
La Secretaría, en términos del artículo 18 de esta Ley, deberá expedir protocolos para la implementación de la revisión migratoria, observando parámetros objetivos y los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, no discriminación, interés superior de la niñez y perspectiva de género, poniendo especial atención en personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad o posibles víctimas del delito.
...
Artículo 98. Si con motivo de la revisión migratoria se detecta que algún extranjero no cuenta con documentos que acrediten su situación migratoria regular en el país, se procederá en los términos del artículo 100 de esta Ley, atendiendo a los protocolos señalados en el artículo anterior.
...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La emisión y/o adecuación de protocolos para garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas sujetas a los procedimientos de revisión migratoria, deberán realizarse dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
Notas
1 Gobierno de México. Presentación de programa México te Abraza, 28 de enero de 2025.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/971337/28enero25_ M_xico_te_abraza.pdf
2 Presidencia de la República. Presenta presidenta Claudia Sheinbaum programa de apoyo para las y los mexicanos en Estados Unidos, Comunicado, 27 de diciembre de 2024.
https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presenta-presidenta-claudi a-sheinbaum-programa-de-apoyo-para-las-y-los-mexicanos-en-estados-unidos
3 Félix Díaz, Paola, México los Abraza, Opinión, El Universal, 23 de enero de 2025
https://www.eluniversal.com.mx/opinion/paola-felix-diaz/mexico-l os-abraza/
4 ONU Migración. ¿Por qué aumenta la discriminación hacia las personas migrantes durante una crisis y cómo disminuir su impacto?
https://lac.iom.int/es/blogs/por-que-aumenta-la-discriminacion-h acia-las-personas-migrantes-durante-una-crisis-y-como-disminuir-su-impacto
5 ONU Migración. Los caminos de migración segura son la clave para enfrentar la trata de personas, la esclavitud moderna y el trabajo forzado
https://www.iom.int/es/news/los-caminos-de-migracion-segura-son- la-clave-para-enfrentar-la-trata-de-personas-la-esclavitud-moderna-y-el-trabajo -forzado
6 ONU Migración. ¿Por qué aumenta la discriminación hacia las personas migrantes durante una crisis y cómo disminuir su impacto?
https://lac.iom.int/es/blogs/por-que-aumenta-la-discriminacion-h acia-las-personas-migrantes-durante-una-crisis-y-como-disminuir-su-impacto
7 El Economista. Discriminación contra migrantes: 6 de cada 10 la sufren en México, 2 de marzo de 2024
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Discriminacion-contra-m igrantes-6-de-cada-10-la-sufren-en-Mexico–20240301-0119.html
8 Comité de Derechos Humanos, dictamen. Comunicación 1493/2006, presentada por Rosalind Williams Lecraft, Estado parte: España. Fecha de aprobación: 27 de julio de 2009; párrafo 7.2. Consultado en
http://www.icab.cat/files/242-167298-DOCUMENTO/Dictamen-ONU-Will iams1.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de marzo de 2025.– Diputadas: Sonia Rincón Chanona, Karina Isabel Martínez Montaño (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Asuntos Migratorios, para su dictamen.
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
CÓDIGO PENAL FEDERAL
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene ahora la palabra el diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 208 del Código Penal Federal.
El diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya:Con su permiso, señor presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.
El diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya: Gracias. El día de hoy compañeras y compañeros, vengo a presentar a ustedes en términos de lo que establece el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el numeral 6, artículo 6o, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de esta Cámara, a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se realiza una adición al artículo 208 del Código Penal Federal.
Hoy, quiero comenzar la presentación de esta iniciativa leyendo una estrofa de un corrido: Y bien forrados los paquetes más van, no hay pendiente, no puedo fallar, siempre estoy listo para cruzar, polvo, ruedas y también cristal.
En tiempos de mujeres, de colaboración mutualista, de amor al prójimo y de humanismo mexicano, en tiempos de paz y el bienestar son nuestra mayor prioridad, no podemos ser tolerante en la invitación flagrante a la comisión de delitos, menos en distintas plataformas dónde vemos cómo se usa a la libertad de expresión, y la pongo entre comillas, como un arma de libertinaje para hacer expresiones de odio, de violencia con una facilidad preocupante. Hoy, lo reitero, nuestras juventudes están en peligro.
En Estados Unidos, el 20 de abril de 1999, los adolescentes Eric Harris y Dylan Klebold planearon y orquestaron un tiroteo en su escuela, en el condado de Columbine, estado de Colorado. Ellos estaban inspirados en el videojuego de Doom. Saldo 13 víctimas mortales y su posterior suicidio. Luka Magnotta, inspirado en la película American Psycho, le quitó la vida a su pareja mientras capturaba en video y cantaba la banda sonora de la película en cuestión.
Los ejemplos desafortunadamente son vastos y de gran exposición mediática, lo cual podría también llevar a los espectadores a replicarlos en diferentes ocasiones.
Si bien la Constitución prevé de forma muy clara la libertad de expresión como un derecho fundamental en el artículo 6o., es también muy claro que esto no puede ser llevado al extremo en el que tengamos que ser tolerantes, que la misma incite al odio, a la violencia o a la comisión de delitos.
El filósofo Karl Popper, en su paradoja de la tolerancia explica que la tolerancia ilimitada debe conducir a la desaparición de la tolerancia. Si extendemos la tolerancia ilimitada, aún aquellos que son intolerantes, si no nos hallamos preparados para defender una sociedad tolerante contra las tropelías de los intolerantes, el resultado será la destrucción de los tolerantes y junto con ellos de la tolerancia.
Con este planteamiento no queremos significar, por ejemplo, que siempre debamos impedir la expresión de concepciones filosóficas intolerantes, mientras podamos contrastarlas, mientras mediante argumentos racionales y mantenerlas en jaque de la opinión pública, su condición sería, por cierto, poco prudente.
Pero debemos reclamar el derecho de prohibirlas si es necesario, pues los argumentos racionales, por el contrario, comienzan por acusar a todo razonamiento.
Debemos reclamar, entonces, en nombre de la tolerancia, el derecho a no tolerar a los intolerantes. Esta iniciativa plantea con mucho respeto a la propiedad intelectual, a la creatividad de diferentes artistas, a los creadores, que sean ellos parte de un cambio de expresión.
Repensando también en su manera de cómo ejercer la libertad de expresión y las ideas, sin socavar a la misma en la autocensura, pero sí limitarse a expresar ideas con mucha mayor responsabilidad y prudencia.
Miren ustedes, la bonificación o justificación de la comisión de conductas ilícitas mediante cualquier forma de expresión mediática, vulnera, sin duda, derechos constitucionales.
Si ya la libertad de expresión es un derecho consagrado en nuestra Constitución, lo cierto es que no es un derecho absoluto.
La apología del delito es un claro ejemplo de una limitación razonable de este derecho, pues cuando un contenido mediático fomenta la comisión de actos delictivos o promueve conductas que atentan contra la seguridad, el bienestar y derechos de la sociedad, debe de justificarse, entonces, la intervención del Estado para prevenir estos daños.
En efecto, la apología del delito puede ser mala, particularmente para los niños, para los adolescentes, atentando contra el interés superior del menor, el cual tiene como objetivo garantizar el desarrollo integral y disfrute de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Ya que nuestras niñas, niños y adolescentes crecen en un ambiente en el que se glorifica, en el que se promueve la comisión de conductas ilícitas.
Asimismo, se vulneran derechos consagrados en la Constitución, tales como la igualdad y la no discriminación, la dignidad humana, el Estado de derecho, la seguridad pública, tanto los tribunales nacionales como los internacionales, la Corte Europea de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, han tenido que enfrentar la tarea de ponderar diversos derechos que pueden entrar en conflicto con la libertad de expresión, esto pone de manifiesto la complejidad del tema y la enorme responsabilidad que recae sobre los órganos judiciales determinar los límites de dicho derecho.
Por eso, concluyo, presidente, presentando esta iniciativa que no pretende agregar ningún artículo nuevo al 208 del Código Penal Federal, porque ya establece el 208 como delito la apología del delito.
Actualmente dice lo siguiente: Artículo 208: Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de este o de algún vicio, se le aplicarán de 10 a 180 jornadas de trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecutare; en caso contrario se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación en el delito cometido.
¿Cuál es la propuesta? ¿Cuál es la iniciativa? ¿Qué estamos agregando? La siguiente adición: Quien en obras, quien en expresiones tales como películas, series de televisión, música, obras de teatro, videojuegos o en cualquier otra forma de expresión mediática realice apología de delitos, es decir, que promueva, glorifique o justifique la comisión de conductas ilícitas de manera que favorezca su imitación o incite a la audiencia a llevar a tales actos, será sancionado sin perjuicio de la responsabilidad civil, derivada de los daños ocasionados por la difusión de tales contenidos.
Reitero, es una adición, el 208 ya sanciona la apología del delito, únicamente se agregan adiciones, para que los juzgadores puedan tener un marco más amplio de interpretación de esta situación y por supuesto para proteger a nuestras niñas, a nuestros niños, a nuestras jóvenes y a nuestros jóvenes. Es cuanto, presidente. Muchas gracias a todas y a todos.
«Iniciativa que reforma el artículo 208 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado Arturo Ávila Anaya, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXVI Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en que se establece en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se realiza una adición Artículo 208 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLa cultura, a través de sus diversas manifestaciones como el cine, la televisión y las obras artísticas, cumple un papel esencial en la formación de valores y comportamientos dentro de la sociedad. No obstante, algunas obras culturales, en su afán por contar historias impactantes o realistas, pueden terminar promoviendo conductas delictivas o glorificando comportamientos ilícitos. Este fenómeno se conoce como apología del delito y, aunque en principio puede ser visto como una forma de libre expresión, cuando afecta la percepción colectiva de la sociedad, sobre todo de los sectores más vulnerables, se vuelve un peligro potencial para el orden público y la convivencia armónica.
El presente proyecto de reforma tiene como objetivo la adición de un párrafo al artículo 208 del Código Penal Federal, con la finalidad de tipificar de manera explícita la apología del delito en obras culturales, especialmente en el cine y las series de televisión, estableciendo límites para proteger el orden social y los valores democráticos.
Justificación
Impacto de los Medios en la Sociedad: Las producciones cinematográficas y televisivas tienen un alcance masivo y una influencia significativa sobre el comportamiento de los individuos. Las imágenes y narrativas que se presentan en estos medios pueden moldear la forma en que las personas perciben la violencia, la criminalidad, y los valores morales. La apología del delito en estas obras puede llevar a la normalización de comportamientos delictivos y fomentar la idea de que ciertas conductas ilegales son aceptables o incluso admirables.
Normatividad Internacional y Nacional: A nivel internacional, existen diversas normativas que abogan por la protección de la moral pública y la prevención de la incitación a conductas delictivas a través de los medios de comunicación y la cultura. Ejemplo de esto son los tratados y convenciones internacionales en materia de derechos humanos, los cuales han señalado la importancia de equilibrar la libertad de expresión con la protección de los derechos de terceros, el orden público y la moral pública.
A nivel nacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la libertad de expresión debe ser limitada cuando se trate de incitación a la violencia o a la comisión de delitos. Sin embargo, la legislación actual no ha considerado suficientemente el impacto específico de la apología del delito en las manifestaciones culturales, como el cine y las series, lo que requiere una actualización normativa.
Necesidad de Proteger a los Sectores Vulnerables: El consumo de contenido cultural no está limitado a un público adulto, sino que los niños y adolescentes también tienen acceso a estas obras. La apología del delito puede ser particularmente dañina para este grupo, pues podría influir en su percepción del mundo, especialmente si no cuentan con una base sólida de valores y principios éticos. Las obras que glorifican el crimen pueden incitar a los jóvenes a emular comportamientos peligrosos, ya sea como una forma de alcanzar poder, respeto o como una vía para resolver conflictos. La adición de un párrafo al artículo 208 del Código Penal Federal ofrecería una herramienta adicional para salvaguardar a este sector.
El Derecho a la Libertad de Expresión y sus Límites: Si bien la libertad de expresión es un derecho fundamental consagrado en nuestra Constitución, este derecho no es absoluto. La apología del delito es un claro ejemplo de una limitación razonable de este derecho, pues cuando una manifestación artística o cultural fomenta la comisión de actos delictivos o promueve conductas que atentan contra la seguridad, el bienestar y los derechos de la sociedad, se justifica la intervención del Estado para prevenir estos daños.
En este sentido, la adición de este párrafo al artículo 208 del Código Penal Federal busca reconocer que las obras culturales, si bien son un derecho fundamental de libertad de expresión, también deben ser responsables de los efectos que puedan generar en la sociedad. La tipificación de la apología del delito en estas obras permitirá una mejor regulación de contenidos que puedan incitar a la violencia o promover conductas delictivas, en particular en el cine y las series de televisión, que son consumidas por un amplio espectro de la población.
Es fundamental garantizar que las producciones culturales no sean utilizadas como vehículos para la incitación al delito, y que, por el contrario, contribuyan a la construcción de una sociedad más justa, respetuosa y pacífica.
A continuación, se presenta cuadro comparativo de la propuesta de modificación:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de Decreto
Único. Se reforma el artículo 208 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Capítulo VIIProvocación de un Delito y Apología de éste o de algún Vicio y de la Omisión de impedir un Delito que atente contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, la Dignidad Humana o la Integridad Física o Mental.
Artículo 208.·Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de éste o de algún vicio, se le aplicarán de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecutare; en caso contrario se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación en el delito cometido.
Quien en obras culturales, tales como películas, series de televisión, música, literatura, obras de teatro, videojuegos, o cualquier otra forma de expresión artística o mediática, realice apología de delitos, es decir, promueva, glorifique o justifique la comisión de conductas ilícitas de manera que favorezca su imitación o incite a la audiencia a llevar a cabo tales actos, será sancionado, sin perjuicio de la responsabilidad civil derivada de los daños ocasionados por la difusión de tales contenidos.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cámara de Diputados, a 9 de abril de 2025.– Diputados y diputadas: Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, Carlos Ventura Palacios Rodríguez, Hugo Eric Flores Cervantes, Julieta Villalpando Riquelme, Karina Isabel Martínez Montaño, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Leonel Godoy Rangel, Marcela Michel López, María de Jesús Rosete Sánchez, Rosalinda Savala Díaz, Sonia Rincón Chanona (rúbricas).»
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
El diputado Leonel Godoy está solicitando la palabra. Adelante, ¿con qué objeto?
El diputado Leonel Godoy Rangel (desde la curul): Gracias, señor presidente. Preguntarle al diputado si acepta que me adhiera a su iniciativa de reforma al 208 del Código Penal.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Le consulto, diputado Ávila, si acepta que el diputado Leonel Godoy se adhiera a su iniciativa.
El diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya: Será siempre un honor que mi maestro, el diputado Leonel Godoy, se adhiera a esta iniciativa. Muchas gracias, maestro.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Entiendo que otros diputados también solicitarán lo mismo. ¿Acepta usted que puedan, diputadas, diputados, suscribir su iniciativa, diputado Ávila?
El diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya: Sí, claro.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante. Los que deseen suscribir la iniciativa, queda a disposición de ustedes en la Secretaría.
EFEMÉRIDES
DÍA MUNDIAL DE LA SALUD
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del Día Mundial de la Salud, a cargo de los grupos parlamentarios que tendrán el uso de la palabra, hasta por tres minutos. En primera instancia tiene el uso de la palabra la diputada Amancay González Franco, de Movimiento Ciudadano, hasta por tres minutos.
La diputada Amancay González Franco:Gracias. Esto, hábitos saludables y una mente enfocada y tranquila, es lo que muchas veces necesitas para estar sano, para curarte, antes que esto.
Desde niños siempre queremos ser el primer lugar en todo, pero ahora somos el primer lugar en lo peor y en lo que más adelante nos va a condenar a la enfermedad y a la muerte adelantada. La obesidad, el sobrepeso y las enfermedades crónico-degenerativas que se derivan de esto.
México es un país de 128 millones de personas donde más de la mitad de su gente vive con obesidad y sobrepeso, una sociedad que normaliza el dolor, donde estar cansado, inflamado, enfermo, ya es parte de nuestro día a día.
¿Cuál es ciclo destructivo que nos tiene así? El sedentarismo, una dieta adictiva y un contexto social con graves problemáticas de salud mental que afectan a todas las edades. Por un lado vivimos sedentarios, anestesiados, desde niños hasta adultos mayores pasan más tiempo pasivos frente a las pantallas que en movimiento y esto, claramente tiene consecuencias.
Por otro lado, alimentos ultraprocesados, cargados de azúcar, sal, grasas, conservadores que provocan adicción, en un sistema donde la comida se percibe como un premio, refugio, escape emocional y la autorregulación ha desaparecido.
Esto, acompañado de eslogans descarados como: A qué no puedes comer solo una, que efectivamente, debido a sus fórmulas adictivas es así.
Lo que vivimos con la pandemia covid-19 no solo fue un virus respiratorio, fue un espejo que evidenció cómo llegamos vulnerables con el sistema inmunológico deteriorado por años de malos hábitos, enfermedades crónico-degenerativas como la diabetes, la hipertensión o la insuficiencia renal no solo se multiplican actualmente, sino que se combinan con enfermedades como el VIH, la gripe aviar o infecciones respiratorias que cada vez son más frecuentes y agresivas.
Siempre hemos escuchado que al sistema y a la industria farmacéutica les conviene tenernos enfermos, pero esto ya no es verdad, el sistema está colapsado, las camillas en los hospitales ya no son suficientes, los medicamentos tardan mucho tiempo en llegar y seguimos creyendo que la solución está en construir más hospitales en lugar de apostarle a campañas de prevención, de educación, de hábitos masivos, más instalaciones deportivas, más horas de educación física en las escuelas, más deporte y, claro, también clases masivas, pero no esporádicas, porque así no tienen ningún impacto a nivel fisiológico ni en la creación de hábitos saludables diarios.
Medidas como las recién anunciadas por la Secretaría de Educación Pública y la presidenta Sheinbaum, con su estrategia Vive Saludable, Vive Feliz, son medidas, también para prohibición de los alimentos chatarra en las escuelas, que personalmente aplaudo.
Hoy nos toca sumar esfuerzos, porque la salud es de todos, es responsabilidad de todos y no tiene colores. Para todos los que se quejan, en este caso, de este prohibicionismo en particular, se tiene que entender que los primeros años de vida de un niño son cruciales para la formación de hábitos que sean saludables y sostenibles el resto de su vida. Por eso exponerlos directamente a comida chatarra durante tantos años fue un acto de grave irresponsabilidad y los estábamos condenando más adelante a la enfermedad.
Pero qué hacemos con los hábitos en casa y con los padres de familia, que son los consumidores de estos productos. Urge que los medios de comunicación sean la plataforma para difundir mensajes de prevención para masificar estos mensajes y que no únicamente funjan como para publicitar alimentos que han dañado tanto la salud de los mexicanos.
Urge que la iniciativa privada actualice sus fórmulas por nuevas, con menos grasas, azúcar y edulcorantes. Urge que la academia trabaje en conjunto con el gobierno. Urge que nosotros, como legisladores, nos pongamos de acuerdo para pasar iniciativas que necesiten aprobarse lo antes posible para el beneficio de los mexicanos en cuanto a salud.
El concepto triple hélice no es una opción, es una necesidad. Desde Movimiento Ciudadano estamos convencidos de que la salud también se construye desde el tiempo libre, desde la posibilidad real de moverse, de disfrutar el tiempo con familia, por eso insistimos en las 40 horas laborales y por eso urge también un sistema nacional de cuidados.
Esta batalla por la vida se gana con decisiones que muchas veces incomodan y con acciones que trascienden sexenios y que se les tiene que dar continuidad. Esto no es una batalla únicamente de más hospitales, de más medicamentos, es una batalla por la conciencia, por la salud, por la vida y por la dignidad de los mexicanos.
Pequeñas acciones, grandes cambios. La próxima vez que vayan a su taquería preferida, en lugar de pedir tacos sumergidos en aceite, pídanlos al comal; y en lugar de un refresco, pidan agua. Gracias.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, diputada González. Tiene el uso de la palabra, la diputada Ana Isabel González González, del PRI, hasta por tres minutos. Bienvenida.
Esta Presidencia da una bienvenida y saluda a los vecinos del municipio de Coacalco de Berriozábal, invitados por la diputada —bienvenidos, bienvenidas—, invitados por la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del PRI.
La diputada Ana Isabel González González:Con su permiso, diputado presidente. Gracias. Compañeras y compañeros diputados, el pasado 7 de abril conmemoramos a nivel internacional el Día de la Salud.
Un día que para muchos pudiera ser un día cualquiera, pero es un día que nos enseña gracias también a la OMS que es el momento para realmente buscar el ver por la salud.
Y cuando hablamos de ver por la salud nos referimos a todo. La salud es primero. ¿Queremos ser competentes en nuestros trabajos? Necesitamos tener salud para poder acudir de manera efectiva a nuestro trabajo. ¿Queremos ser buenos estudiantes? Necesitamos la salud de nuestro lado para que realmente podemos rendir y estemos en óptimas condiciones también en los temas escolares. La salud es primero.
Y lo lamentable el día de hoy es que la salud no ha sido tomada en cuenta como debiera ser en el día a día. Hay datos, estuve revisando por ahí algunos datos que son muy lamentables. Me voy a ir específicamente, por ejemplo, en el tema de recetas médicas. Hay datos específicos de que hay en... Por ejemplo, en el 2023, porque no hay datos actualizados en esta cuestión de las recetas médicas. En el 2023 más de 7 millones de recetas no pudieron ser surtidas.
Para esto nos sirve el Día de la Salud, para voltear a ver estos temas y que realmente veamos en dónde estamos parados como mexicanos. No hay medicamentos.
Hace tiempo ya había tenido la oportunidad de subir a esta tribuna y de mencionar que, así como ustedes que tienen también sus oficinas de enlace en sus estados, en sus municipios, en sus distritos, no me van a dejar mentir, diario llegan personas a pedirte medicamentos.
Desde el medicamento más sencillo y más económico hasta los medicamentos que son caros y que definitivamente no tienen la oportunidad de comprarlos.
¿Qué estamos haciendo en cuestión salud si no tenemos medicamentos, si hoy, en pleno inicio de abril del 2025, no se han surtido los medicamentos para poder brindarle esta atención a las y los mexicanos?
Por otra parte, hablaba ahorita de las recetas que no han sido surtidas, pero también hablemos de la seguridad social. Hay más de 9 millones de mexicanas y mexicanos que no cuentan con seguridad social, que no tienen ese beneficio de acercarse, de llegar y que les den la oportunidad de ser atendidos. Ahí es donde tenemos que poner toda nuestra atención.
Compañeras y compañeros, la salud es primero. Y el día de hoy se ha dejado de atender, algo que es esencial para nuestro día a día, algo que es esencial para poder despertar y querer hacer a lo que nos dediquemos. Para poder salir, disfrutar a nuestra familia necesitamos salud.
Con mucho orgullo les comparto que formo parte de la Comisión de Salud, y hemos trabajado al día de hoy buscando las oportunidades para que realmente las iniciativas que ustedes, como diputados, también ingresan sea una realidad, pero nos falta mucho por hacer.
Hoy estamos concentrados en un Plan de Desarrollo, sí, que el día de mañana estaremos viendo acá, pero también hay muchas iniciativas a las que no les hemos dado la prioridad para que hoy sean una realidad para las y los mexicanos.
Compañeras y compañeros, desde el PRI les decimos: la salud es primero. Y siempre levantaremos la voz para que cuando se hagan las cosas bien, se aplauda, pero cuando se hagan las cosas mal tenemos que señalarlo para que realmente se convierta en un beneficio para las y los mexicanos. Es cuanto, diputado presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, diputada González. Tiene el uso de la palabra el diputado Amarante, el diputado Amarante Gonzalo Gómez Alarcón, del Partido del Trabajo.
El diputado Amarante Gonzalo Gómez Alarcón:“El que tiene salud tiene esperanza, y el que tiene esperanza, lo tiene todo”. Thomas Carlyle.
Con el permiso de todos ustedes. El pasado 7 de abril se conmemoró un día que va más allá de una efeméride, que es un recordatorio poderoso de que la salud es un derecho fundamental, no un privilegio, mismo que debe ser garantizado con políticas públicas sólidas, con inversión real y con una visión integral que ponga a la ciudadanía en el centro.
La salud no es solamente la ausencia de enfermedad, es un estado de bienestar físico, mental y social completo y es también la base sobre la que se construyen comunidades fuertes, economías sólidas y futuros esperanzadores.
Sin salud no hay educación, no hay trabajo, no hay bienestar. y celebramos que, gracias a la creación y el fortalecimiento de programas como IMSS Bienestar hemos avanzado hacia un sistema de salud más universal, gratuito y humano, recuperando así la confianza de los mexicanos en sus instituciones y la tranquilidad de saber que no están solos cuando más lo necesitan.
Pero el día de hoy quiero reconocer, queremos reconocer el trabajo incansable de médicos, enfermeras, personal administrativo, científicos, trabajadores comunitarios y tantos otros héroes anónimos que hacen posible que el sistema de salud funcione todos los días.
Ellos merecen no solo nuestro agradecimiento, sino también mejores condiciones laborales y mayor inversión en su bienestar, en su formación y bienestar.
Sabemos que su labor va mucho más allá de una consulta o de una sala de hospital, ustedes no solo curan cuerpos, también cuidan almas y lo hacen con una humanidad que no se enseña en los libros, pero que transforma vidas.
Gracias por estar ahí cuando más se les necesita. Por su vocación, por su entrega, por ese compromiso silencioso que hacen cada día el ponerse una bata, al tomar una presión, al consolar a una familia o al luchar por una vida. Gracias por no rendirse, incluso cuando las condiciones no son ideales. Por multiplicarse cuando los recursos son escasos. Por sacrificar horas con sus seres queridos para estar al lado de quienes más los necesitan. Gracias por ser más que profesionales de la salud, por ser esperanza, alivio y fortaleza.
Y, a nombre del Partido del Trabajo, les decimos: Gracias por cuidarnos, gracias por no rendirse, gracias por ser el corazón del sistema de salud.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, diputado. Tiene el uso de la palabra, el diputado Luis Enrique Miranda Barrera, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por tres minutos.
El diputado Luis Enrique Miranda Barrera:Con su venia, presidente. Compañeras y compañeros, hoy en el marco del Día Mundial de la Salud, hacemos una pausa para reflexionar sobre uno de los derechos humanos más fundamentales, el derecho a una vida sana y digna.
La salud no es un privilegio, es un derecho que debemos garantizar para todas y todos los mexicanos, sin importar su condición social, situación económica o lugar de origen.
Desde el Partido Verde Ecologista de México, entendemos que la salud no se limita a la ausencia de enfermedad, sino que implica el bienestar físico, mental, social y también ambiental. Por eso nuestro compromiso es claro, luchar por un México más sano, más justo y más sustentable.
Impulsamos políticas públicas que prioricen la prevención, como es el deporte. Y desde esta tribuna felicito a nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum, por haber promovido por primera vez en la historia una clase box de manera simultánea en las principales plazas de nuestro país.
Sin duda, esta política deja huella para que se continúe promoviendo hábitos de vida saludables que aseguren el acceso a servicios médicos de calidad y que combatan las causas estructurales de las enfermedades, muchas de ellas agravadas por la contaminación, la mala alimentación y la falta de espacios públicos adecuados.
Creemos firmemente que la salud humana está íntimamente ligada a la salud del planeta. No puede haber bienestar en una sociedad que destruya sus ecosistemas, contamine sus aguas o envenene su aire. Por eso, desde el Verde trabajamos por un medio ambiente limpio y sano como condición indispensable para una buena salud colectiva.
Hoy, más que nunca, hacemos un llamado a la acción a los gobiernos, a las instituciones, a las familias y a cada individuo. Cuidar nuestra salud es también cuidar nuestro entorno, es fomentar una cultura de autocuidado, de la solidaridad y de la responsabilidad compartida.
En este Día Mundial de la Salud, reafirmamos nuestro compromiso con la justicia ambiental, con la equidad social y con el bienestar integral de todas y de todos los mexicanos, porque solo en un país sano, con un medio ambiente sano, podremos construir un futuro verdaderamente verde. Por la salud, por el planeta y por México. Muchas gracias.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene el uso de la palabra, la diputada Verónica Pérez Herrera, del PAN, hasta por tres minutos.
La diputada Verónica Pérez Herrera:Con su venia, presidente.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Adelante.
La diputada Verónica Pérez Herrera: Compañeras y compañeros diputados, hablar de salud después de haberle recortado 100 mil millones de pesos al sector es igual a llorar en un funeral de alguien a quien tú mismo empujaste.
Aquí están de nuevo subiéndose uno a uno a tribuna con palabras bonitas, frases solemnes, discursos de ocasión, como si no fueran ustedes mismos, los diputados del oficialismo, los que hace apenas unos meses votaron para quitarle una tercera parte del presupuesto a la salud pública.
¿De qué sirve decir que la salud es un derecho si a la hora de votar ustedes decidieron convertirlo en un privilegio? Más que una efeméride del Día Mundial de la Salud, esto parece el funeral del sistema de salud mexicano. Y lo peor, los responsables están aquí, dándose palmaditas en la espalda, porque lo que vive hoy México no fue un accidente, fue una decisión, desmantelaron el Seguro Popular sin tener con qué sustituirlo, inventaron el Insabi, lo dejaron morir y ni siquiera se han atrevido a explicarle a la gente por qué fracasó.
Ahora, con el IMSS-Bienestar prometen lo mismo de siempre, cobertura universal, abasto, atención digna, pero allá afuera ustedes lo saben que la realidad es otra, no hay médicos suficientes, no hay medicamentos, no hay insumos, no hay esperanza. Y, ¿qué hicieron mientras todo esto ocurría? Construyeron un monumento a la simulación, una Mega Farmacia que almacena medicamentos caducos, que no distribuye a tiempo y que cuesta miles de millones solo para alimentar el ego presidencial.
Y, ya para rematar su desastre se acaba de confirmar por la Secretaría de Anticorrupción lo que todos sabíamos, su líder máximo que está bien escondidito operó una licitación corrupta a través de Birmex, la anularon por vicios de origen. Y detrás de todo, ¿quién está?: los hijos del expresidente. El resultado, 5 mil millones de piezas de medicamentos que no llegarán a quienes la necesitan y lo que se venía venir más adjudicaciones directas.
Mientras la gente enferma, ellos hacen negocio con la salud, pero, claro, siempre tienen a quién culpar, el pasado, los conservadores, los neoliberales, la mafia del poder, todos menos ustedes.
Seis años llevan enterrando el sistema de salud y todavía quieren pasar como héroes en el sepelio. ¿De qué sirve militarizar hospitales si no hay con qué operar? ¿De qué sirve presumir coberturas que no existen? ¿De qué sirve hablar de salud mental si lo que hoy vemos es el abandono total?
Desde el PAN lo decimos con claridad: la salud no se improvisa, no se compra en licitaciones opacas o adjudicaciones directas y no se cura con discursos, se construye con seriedad, con inversión, con respeto al personal médico y con un real compromiso con la vida.
México merece más, merece hospitales donde se cure, no bodegas donde se esconda la verdad; merece doctores con insumos, no promesas vacías; merece vacunas para nuestros niños, no excusas de funcionarios y por eso estamos aquí para decir lo que ustedes no quieren oír, para recordarle a este país que la salud no murió sola, la mataron quienes recortaron el Presupuesto, desmantelaron su estructura y ahora la sepultan con discursos, pero mientras ustedes le echan tierra al sistema de salud, nosotros seguiremos levantando la voz, porque este país aún respira y no vamos a dejar que lo desconecten.
Así que sí, feliz Día Mundial de la Salud, dice el gobierno de Morena que dejó a los hospitales sin medicinas y al pueblo sin atención. Es cuanto. Gracias, presidenta.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Tiene el uso de la palabra, la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, de Morena, hasta por tres minutos.
La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro:Gracias. Con su venia, presidente. Para iniciar este discurso quisiera, primeramente, aclararle a la compañera que me acaba de anteceder, que los integrantes de la Comisión de Salud tenemos muy claro, muy claro que no se ha quitado un peso del presupuesto a la salud de los mexicanos. Incluso, ese presupuesto que comenta que se quitó al presupuesto de salud, ha sido trasladado para fortalecer en las áreas que más se necesita.
Esta cuarta transformación está trabajando a favor del pueblo de México, como nunca lo hizo el PAN. Y quisiera dirigirme al pueblo de México que hoy nos ve y nos escucha, para que no se dejen engañar con los discursos facciosos del partido que me antecedió.
Es siete, así es, claro está, Chihuahua es el ejemplo. Compañeras y compañeros diputados, el pasado 7 de abril conmemoramos... —Pido respeto a mi participación, compañeras, yo las escuché.
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Permítame la oradora. Estamos por concluir esta efeméride y todos y todas han sido escuchadas con respeto. Por favor, permitan a la oradora concluir con su exposición.
La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro: Este 7 de abril conmemoramos el Día Mundial de la Salud, una fecha establecida por la OMS para concientizarnos sobre la importancia de la salud, la salud como derecho humano y como responsabilidad colectiva, responsabilidad de todos, no solo del gobierno. Este año el lema es profundamente inspirador: comienzos saludables, futuros esperanzadores.
Y no podría ser más oportuno, porque si queremos una nación con futuro, debemos empezar por asegurar las condiciones dignas de salud desde el nacimiento, desde los primeros años de vida, desde la raíz, desde la prevención.
Debemos redoblar esfuerzos para lograr un sistema de salud que llegue a todos los rincones del país, como nunca lo hizo el PAN, que escuche todas y todas las voces y que se atiendan todas las necesidades.
Por ello, desde esta tribuna, perdón, pero el PAN ya tuvo su oportunidad de gobernar y demostró que son unos incapaces. Por eso, desde esta tribuna hago un llamado firme a impulsar campañas de salud y prevención en lenguas originarias, adaptadas a las realidades de nuestros pueblos originarios, porque también nuestros pueblos originarios tienen derecho y tienen derecho a ser atendidos en su lengua y en su cosmovisión. Y a esto el PAN nunca se le ocurrió.
La salud no comienza en un hospital, la salud comienza en el acceso al agua potable o habitar una vivienda digna, a tener una alimentación nutritiva, un entorno libre de violencia. La salud se construye todos los días y la construimos todos.
Hoy, quiero invitar a todos los que me escuchan a que cuidemos nuestra salud como el valor más preciado que tiene el ser humano, que hagamos conciencia sobre lo que comemos, cómo nos movemos, cómo vivimos. Los invito a mantener buenos hábitos para evitar enfermedades, en la prevención está la salvación.
Diputadas y diputados, recordemos que es nuestra responsabilidad como legisladores asegurar que ese cuidado personal se complemente con un Estado presente, como lo hace este gobierno de la cuarta transformación, con políticas públicas firmes, con servicios médicos accesibles, con medicamentos al alcance de todas y todos.
Solo, solo, escuche esto el PAN, solo quien viene del pueblo, quien ha caminado y quien ha vivido carencias conoce lo que urge transformar. Por eso celebro que desde el año 2018, el gobierno de México haya tomado en serio la salud de los mexicanos y que ahora nuestra presidenta siga con paso firme la transformación del sistema de salud, con programas de salud Casa por Casa y con Plan Nacional de Salud 2024-2030, integrando acciones que prioricen la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, con un plan que garantiza el suministro de medicamentos e insumos en clínicas y hospitales.
La digitalización de un sistema de salud, para reducir los tiempos de espera en las citas, para contar con un expediente electrónico único virtual. Esto jamás, jamás se le ocurrió al PAN.
Estos pasos son históricos para lograr un México donde nadie se quede sin atención médica por falta de recursos, por vivir lejos o por hablar una lengua distinta.
La cuarta transformación sigue haciendo historia, moléstele a quien le moleste. En cada brigada médica, en cada consulta gratuita y en cada adulto mayor que va a recibir consulta desde su hogar, porque la salud es la base de todos.
Por eso, el lema es: comienzos saludables significan futuros esperanzadores. Saludos amigos. Gracias, es cuanto.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna: En términos de los artículos 100, 102 y 299 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
CLAUSURA Y CITA
El presidente diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (14:10 horas): Se levanta la sesión y cito para la próxima que tendrá lugar mañana jueves 10 de abril del año en curso, a las 11 horas, en modalidad semipresencial.
El registro de asistencia estará disponible a partir de las 9 horas a través de la aplicación instalada en los teléfonos de las diputadas y los diputados.
––––– O –––––
RESUMEN DE LOS TRABAJOS
• Tiempo de duración de la sesión: 3 horas 1 minuto
• Quórum a la apertura de la sesión: 367 diputadas y diputados
• Asistencia
• Orden del día
• Intervención desde la tribuna en lengua indígena
• Acta de la sesión anterior: 1
• Comunicaciones oficiales: 1
• Iniciativas de los congresos estatales: 3
• Iniciativas de los senadores: 1
• Iniciativas con proyecto de decreto: 28
• Efemérides: 1
• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 26
11-Morena, 4-PAN, 4-PVEM, 3-PT, 3-PRI, 1-MC
DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)