SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 26 de febrero de 2025, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, 102, numeral 3, y 299, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
De la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que adiciona el artículo 76 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
De la diputada Liliana Ortiz Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que reforma el artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
Del diputado José Guillermo Anaya Llamas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 45 y 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
De la diputada Liliana Ortiz Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, en materia de promoción de esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos como parte de las escuelas con horario completo en educación básica. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
Del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de sanciones y control de calidad para vehículos importados. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
Del diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que adiciona y reforma los artículos 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia reducción de impuestos a vehículos eléctricos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de adquisición de vehículos híbridos y eléctricos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones fiscales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Claudia Quiñones Garrido y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que adiciona el artículo 34 de la Ley General de Víctimas, en materia de cirugía plástica reconstructiva a mujeres víctimas de violencia. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
De la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa que reforma el artículo 149 de la Ley General de Educación, en materia de becas por orfandad en la educación impartida por instituciones del sector privado. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen
De la diputada Kenia López Rabadán y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Del diputado Raúl Lozano Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa que reforma el artículo 13 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de combate al delito. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen
Del diputado Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y expide la Ley del Instituto Nacional de Innovación y Emprendimiento Sostenible. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
De la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política de esta soberanía, a que en el marco del Año Internacional de la Ciencia y la Tecnología Cuánticas, se realice el evento La Ciencia Cuántica. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención
Del diputado Alan Sahir Márquez Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Dirección General del IMSS-Bienestar, a garantizar el derecho a la salud de la población y dé solución al desabasto de medicamentos e insumos médicos, a la falta de seguimiento a enfermedades crónicas y trasplantes, y se mejoren las condiciones laborales de las personas trabajadoras. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador de Zacatecas, a atender y dar solución de manera urgente a las demandas de las personas trabajadoras de la educación que se mantienen en paro indefinido de labores, afectando a más de 300 mil estudiantes de todos los niveles educativos. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a extender el registro al Programa Especial de Energía para el Campo, en el ámbito de la energía eléctrica de uso agrícola (PEUA) hasta el 31 de marzo de 2025. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen
Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cofepris, a la Semarnat, a la Sader y el Senasica, a realizar las medidas necesarias para prohibir el uso de fipronil en México, por demostrar ser altamente tóxicos para la biodiversidad de la región. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
De la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversos congresos estatales, a realizar y concluir la armonización de sus legislaciones en materia desarrollo urbano, conforme a las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen
De la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob y a la SRE, a implementar una campaña de sensibilización a través de medios de comunicación, tradicionales y digitales, en materia migratoria, para evitar narrativas xenófobas o discriminatorias hacia las personas repatriadas en nuestro país. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, 102, numeral 3, y 299, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del 26 de febrero de 2025 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.– Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (rúbrica), presidente.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que adiciona el artículo 76 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
2. Que reforma el artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
3. Que reforma y adiciona los artículos 45 y 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por el diputado José Guillermo Anaya Llamas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
4. Que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, en materia de promoción de esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos como parte de las escuelas con horario completo en educación básica, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
5. Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de sanciones y control de calidad para vehículos importados, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
6. Que adiciona y reforma los artículos 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
7. Que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia reducción de impuestos a vehículos eléctricos, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
8. Que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de adquisición de vehículos híbridos y eléctricos, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
9. Que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones fiscales, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
10. Que adiciona el artículo 34 de la Ley General de Víctimas, en materia de cirugía plástica reconstructiva a mujeres víctimas de violencia, suscrita por la diputada Claudia Quiñones Garrido y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
11. Que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
12. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
13. Que reforma el artículo 149 de la Ley General de Educación, en materia de becas por orfandad en la educación impartida por instituciones del sector privado, a cargo de la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
14. Que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
15. Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Kenia López Rabadán y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
16. Que reforma el artículo 13 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de combate al delito, a cargo del diputado Raúl Lozano Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Deporte, para dictamen.
17. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y expide la Ley del Instituto Nacional de Innovación y Emprendimiento Sostenible, a cargo del diputado Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política de esta soberanía, a que en el marco del Año Internacional de la Ciencia y la Tecnología Cuánticas, se realice el evento La Ciencia Cuántica, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Dirección General del IMSS Bienestar, a garantizar el derecho a la salud de la población y dé solución al desabasto de medicamentos e insumos médicos, a la falta de seguimiento a enfermedades crónicas y trasplantes, y se mejoren las condiciones laborales de las personas trabajadoras, suscrito por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Zacatecas, a atender y dar solución de manera urgente a las demandas de las y los trabajadores de la educación que se mantienen en paro indefinido de labores, afectando a más de 300 mil estudiantes de todos los niveles educativos, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, a extender el registro al Programa Especial de Energía para el Campo, en el ámbito de la energía eléctrica de uso agrícola (PEUA) hasta el 31 de marzo de 2025, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cofepris, a la Semarnat, a la Sader y el Senasica, a realizar las medidas necesarias para prohibir el uso de fipronil en México, por demostrar ser altamente tóxicos para la biodiversidad de la región, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversos congresos estatales, a realizar y concluir la armonización de sus legislaciones, en materia desarrollo urbano, conforme a las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la SRE, a implementar una campaña de sensibilización a través de medios de comunicación, tradicionales y digitales en materia migratoria, para evitar narrativas xenófobas o discriminatorias hacia las personas repatriadas en nuestro país, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
LEY GENERAL DEL SISTEMANACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
«Iniciativa que adiciona el artículo 76 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el párrafo tercero del artículo 76 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
En el estado de Nuevo León se han incrementado los delitos de alto impacto, en los que se destacan los homicidios dolosos, extorsión, feminicidios, entre otros, esto quiere decir, que no ha servido la inversión económica considerable del gobernador Samuel García destinada a combatir la inseguridad, esto se debe a que, en lugar de disminuir estas cifras, dicho tema sólo ha aumentado en la población en los últimos años, lo que ha dado como resultado que se considere un estado inseguro para su población.
En los primeros tres años de su administración, Samuel García enfrenta un preocupante aumento de delitos de alto impacto. Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, pese a invertir 20 mil 419 millones de pesos en el Plan Integral para Reconstruir la Seguridad, Nuevo León se ha posicionado como una de las entidades con más homicidios y feminicidios. Entre octubre de 2023 y septiembre de 2024, se registraron mil 608 denuncias por homicidios dolosos, convirtiéndose en el año de gobierno más violento del sexenio y el tercero más alto en 15 años, durante los primeros 35 meses de esta administración se han acumulado 4 mil 125 denuncias por este crimen, equivalentes a 89 por ciento de las 4 mil 634 registradas en toda la administración de su antecesor, Jaime Rodríguez, mientras que en 2024, Nuevo León ha liderado 30 veces el conteo diario de muertes violentas y ocupa el quinto lugar nacional en lo que va del año en este rubro y en feminicidios, con 69 casos en el periodo de octubre de 2023 a septiembre de 2024, lidera la lista nacional y se posiciona como el segundo más alto del sexenio.
La percepción de inseguridad entre los habitantes de Nuevo León ha sido influenciada por estos factores. Según la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), realizada entre agosto y septiembre de 2024, 58.6 por ciento de los mexicanos considera insegura la ciudad donde vive, con variaciones significativas entre diferentes localidades. Nuevo León enfrenta un panorama complejo en materia de seguridad, con avances en la reducción de ciertos delitos y desafíos persistentes en otros. Las estrategias implementadas han demostrado eficacia en áreas específicas, pero es evidente la necesidad de continuar fortaleciendo las acciones y la coordinación entre los distintos niveles de gobierno para garantizar la seguridad y el bienestar de la población en todos los municipios del estado.
La violencia ha sido un tema de ascendencia en la actualidad, lo que da como resultado que la población se sienta insegura, en cualquier momento de su día, esta problemática se está convirtiendo en un desafió que se tiene que vivir a cualquier hora del día, esto se debe a la poca seguridad que brinda el gobierno, y al aumento de armas ilegales, desempleo juvenil, el narcotráfico, y en algunas ocasiones el abuso de sustancias nocivas para el ser humano.
Mujeres y jóvenes son los grupos más afectados por la violencia, si se analiza en relación al género, existe una tendencia clara: las víctimas de homicidios en América Latina son fundamentalmente masculinas, ya que el número de hombres asesinados es cerca de 10 veces superior al de mujeres víctimas de homicidio, a su vez, para las mujeres, el riesgo de ser heridas se asocia a la violencia sexual, respecto de los jóvenes, es el grupo donde se concentra el mayor número de víctimas de homicidio, constituyéndose los jóvenes en los principales victimarios y a la vez víctimas de la violencia.
Las grandes ciudades muestran tasas más elevadas de criminalidad que las áreas rurales, se sostiene, sin embargo, que esto podría deberse a un problema de escasa capacidad de registro e infraestructura policial/judicial en áreas con menor desarrollo urbano e igualmente existe una correlación entre concentración de población, violencia y delito. Las ciudades con mayor densidad de población muestran altos índices de criminalidad violenta (homicidios, lesiones, violación), aunque el predominio de la población urbana y el incremento en el número de ciudades no son causales o factores del incremento de la violencia.
Nuestro país se enfrenta al desafio más trascendente de nuestra historia, es decir, la inseguridad, la gradual violencia, el crimen organizado, el feminicidio y sobre todo la impunidad, son una serie de problemas que atentan contra la paz, la estabilidad emocional y económica, y el bienestar de nuestra sociedad, para poder analizar y comprender el alcance de lo que se está viviendo es fundamental examinar los hechos alrededor del país y las cifras que reflejan como se está convirtiendo en un problema que se debe tratar lo antes posible.
Uno de los aumentos más notables en la delincuencia ha sido en la categoría de homicidios, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2020 se registraron más de 35 mil 625 homicidios en México, una cifra alarmante que representa un aumento de casi 5 por ciento en comparación con el año anterior, además, según los datos oficiales del gobierno, la tasa de homicidios en México aumentó de aproximadamente 8.1 por cada 100 mil habitantes en 2000, alrededor de 29 por cada 100 mil habitantes en 2021.
Esto representa una escalada sustancial de los delitos violentos en las últimas dos décadas, esta es una clara evidencia de la persistente violencia que afecta a nuestro país, la presencia y el poderío del crimen organizado también representan un desafío significativo. México es uno de los principales países de tránsito y producción de drogas ilícitas, lo que genera violencia y corrupción en diferentes niveles de gobierno y socava los esfuerzos por combatir la inseguridad, de igual manera la delincuencia organizada se ha diversificado en actividades como la extorsión, el secuestro y el robo de combustible.
La inseguridad tiene un impacto directo en la vida cotidiana de los mexicanos, la violencia y la criminalidad limitan la vida cotidiana de las personas, afectan el desarrollo económico y merman la confianza de la ciudadanía en las instituciones y en el estado de derecho de cualquier gobierno de nuestro país, ante este panorama desafiante, es necesario tomar medidas urgentes y efectivas para abordar la inseguridad en México, esto requiere un enfoque integral que aborde las causas subyacentes del problema y promueva una estrategia basada en evidencias y en el fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública y justicia.
En primer lugar, es fundamental fortalecer las capacidades de las fuerzas de seguridad y mejorar su coordinación en las tres esferas de gobierno, las que son federal, estatal y municipal, lo que trae como consecuencia invertir en la capacitación, equipamiento y profesionalización de las fuerzas policiales, así como en el fortalecimiento de los mecanismos de cooperación y coordinación entre diferentes niveles de gobierno.
Además, es necesario promover una justicia efectiva y accesible para combatir la impunidad y corrupción de los diversos servidores públicos, esto implica fortalecer el sistema de justicia penal, asegurando que los responsables de delitos sean llevados ante la justicia, y se hagan valer las leyes en su totalidad, también se debe fomentar la transparencia y rendición de cuentas en el sistema de justicia, para garantizar la confianza de la ciudadanía en su funcionamiento y se vea la inversión por parte del gobierno si está dando frutos en la lucha por combatir la inseguridad que atraviesa el país.
La prevención del delito también debe ser un pilar fundamental de cualquier estrategia de seguridad, es necesario invertir en programas y políticas que aseguren la prevención del delito desde sus raíces, este es uno de los desafíos más importantes que enfrenta México en la actualidad. Los altos índices de violencia, el crimen organizado y la impunidad afectan la calidad de vida de todos y obstaculizan el desarrollo del país, es fundamental adoptar un enfoque integral que fortalezca las instituciones de seguridad y justicia, promueva la prevención del delito y fomente la cooperación internacional, sólo a través de un esfuerzo conjunto y sostenido se podrá construir un México más seguro, justo y próspero para todos.
La Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) correspondiente al primer trimestre de 2024 proporciona información sobre cómo se percibe la seguridad en términos de temor a la delincuencia, el conocimiento de conductas delictivas o antisociales, cambio de rutinas o hábitos por temor a ser víctima del delito, percepción sobre el desempeño de las policías preventiva municipal, estatal, Guardia Nacional, Ejército y Marina. Además, genera información que permite identificar los conflictos o enfrentamientos directos y conductas antisociales con familiares, con las y los vecinos, compañeros de trabajo o escuela, establecimientos o autoridades de gobierno, la percepción sobre el desempeño gubernamental, los principales problemas que enfrentan las personas en su ciudad y la efectividad de las autoridades para atenderlos. Asimismo, produce estimaciones sobre formas en las que la población se entera de la situación de seguridad pública en su ciudad.
En marzo de 2024, 61.0 por ciento de la población de 18 años y más, residente en 90 ciudades de interés, consideró que es inseguro vivir en su ciudad. Lo anterior representa un cambio estadísticamente significativo con relación a los porcentajes de diciembre de 2023 y marzo de 2023 (59.1 y 62.1 por ciento, respectivamente). En esta edición, 18 ciudades y demarcaciones tuvieron cambios estadísticamente significativos frente a diciembre de 2023: cuatro presentaron reducciones y 14, incrementos. En marzo de 2024, 66.5 por ciento de las mujeres y 54.5 por ciento de los hombres consideraron que es inseguro vivir en su ciudad.
Fuente: Inegi. (2024) Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana. https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ENSU/ENSU2024_0 4.pdf
Objetivo de la iniciativa: establecer ejes de coordinación en las policías que establezcan un mejor funcionamiento, respuesta efectiva a las problemáticas de seguridad pública, especialmente en los delitos de alto impacto con apego al respeto de los derechos humanos, la coordinación, inteligencia e investigación, para una mejor ilustración de la propuesta de modificación se presenta el siguiente cuadro comparativo:
En virtud de lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona el párrafo tercero del artículo 76 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Artículo Único. Se adiciona el párrafo Tercero del Artículo 76, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:
Artículo 76. ...
...
Las unidades de policía deberán contar con capacitaciones especializadas en los delitos dispuestos por el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de garantizar la seguridad pública; en todo lo anterior, predominarán los ejes de inteligencia y respeto a los derechos humanos.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Seguridad en Nuevo León. (2024). Consejo Cívico. Obtenido de Seguridad en Nuevo León
https://consejocivico.org.mx/noticias/2024/10/22/seguridad-en-nuevo-leon-invers iones-historicas-sin-resultados-claros/
2 Celia Domínguez. (2025) Panorama de seguridad en Nuevo León. Obtenido de A Tiempo Medio Digital
https://atiempo.tv/estados/nuevo-leon/panorama-de-seguridad-en-nuevoleon/#:~: text=En%202024%2C%20Nuevo%20Le%C3%B3n%20lider%C3%B3,lista%20nacional%20en%20est e%20delito.
3 ONU-Habitat. Violencia e Inseguridad en las ciudades. Obtenido de ONU-Habitat.
https://onu-habitat.org/index.php/violencia-en-inseguridad-en-la s-ciudades
4 COPARMEX, (2024) El desafió de la inseguridad en México. Obtenido de COPARMEX
https://coparmex.org.mx/el-desafio-de-la-inseguridad-en-mexico-u rge-accion/
5 INEGI. (2024) Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana. Obtenido de INEGI Encuesta Nacional de Seguridad Pública UrbanaL
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ ENSU/ENSU2024_04.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de febrero de 2025.– Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
«Iniciativa que reforma el artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, Liliana Ortiz Pérez, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones IV, VIII y X del artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La violencia política de género representa una violación directa a los derechos político-electorales de las mujeres en México, afectando su participación plena en la vida democrática del país. Este tipo de violencia se traduce en actos destinados a limitar o anular el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres por razón de género. Según la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), los Estados tienen la obligación de garantizar la participación igualitaria de las mujeres en la política, lo que incluye prevenir y sancionar actos de violencia política de género. Sin embargo, la falta de implementación efectiva de estas medidas perpetúa la exclusión de las mujeres de los espacios de poder.
México ha adoptado marcos normativos que buscan garantizar los derechos de las mujeres, como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y las reformas en materia de violencia política de género aprobadas en 2020. A pesar de ello, persisten desafíos significativos. En 2024, el Instituto Nacional Electoral (INE) reportó un aumento de casos de violencia política, con más de 400 denuncias relacionadas con este fenómeno, lo que pone en evidencia que la protección legal aún es insuficiente para disuadir estas conductas (INE, 2024).
Los tratados internacionales como la Convención de Belém do Pará también establecen el deber de los Estados de garantizar el acceso de las mujeres a mecanismos efectivos de justicia ante casos de violencia política. En México, las víctimas enfrentan barreras como la revictimización, la falta de capacitación en perspectiva de género entre funcionarios y la lentitud en los procesos judiciales. Estas condiciones no solo vulneran los derechos de las mujeres, sino que también afectan la legitimidad del sistema democrático.
Con fecha 21 de septiembre de 2021, la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, presentó la iniciativa con proyecto de decreto para reformar la fracción X del artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Asimismo, la Consultora Etellek, durante su informe 2021 señaló que el proceso electoral federal concurrente de dicho año, se convirtió en el segundo más violento desde 2000. Además, señala que dentro de esta elección 17 personas decidieron declinar a su aspiración debido a las amenazas, agresiones y constantes violencias, de las cuales podemos señalar seis mujeres que debido al clima electoral adverso, hacia ellas, sus familiares y sus equipos de trabajo, logró que se bajaran de la contienda.
Algunos ejemplos documentados por el periódico Animal Político son los de la candidata a la alcaldía del municipio de Pungarabato, en Ciudad Altamirano, Guerrero, renunció luego de recibir amenazas de una organización criminal que opera en la región de Tierra Caliente. En Morelos, la candidata a la presidencia de Xochitepec también renunció después de hacer valer los medios de impugnación correspondientes por las amenazas recibidas, lo que demuestra que el terror es el principal aliado de los agresores y la impunidad su escudo para seguir reproduciendo la violencia.
De igual forma, en Veracruz, la candidata a la alcaldía de Cuichapa abandonó la contienda electoral por presuntamente recibir amenazas de muerte. Mientras que en Jalisco, dos candidatas por la presidencia municipal en Jilotlán de los Dolores tuvieron que renunciar a su aspiración debido a las amenazas que vivieron aunado a las condiciones hostiles y alarmantes que vive el municipio vecino de Teocaltiche, que a consecuencia del crimen organizado vive un desplazamiento forzado interno.
Según datos del Instituto Nacional Electoral, desde la implementación del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en septiembre de 2020, se han registrado 416 personas sancionadas, de las cuales 289 son hombres y 74 mujeres. Oaxaca encabeza la lista con 142 casos registrados. Es importante destacar que el ámbito municipal concentra el mayor número de sanciones, con 315 casos, lo que representa 75.72 por ciento de ellos.
Además, en la Ciudad de México, el Instituto Electoral local atendió 125 casos de violencia política contra las mujeres por razón de género en los últimos dos años, lo que evidencia que este fenómeno no es exclusivo de ciertas regiones, sino que se presenta en diversas entidades del país.
Asimismo, el Laboratorio Electoral, en su monitoreo de violencia electoral, registró diversos tipos de agresiones, incluyendo amenazas, atentados, secuestros y asesinatos, dirigidos no solo contra candidatas, sino también contra personas relacionadas con el proceso electoral, como funcionarios partidistas y colaboradores de campaña. Estos actos de violencia buscan intimidar y limitar la participación política de las mujeres, afectando la democracia y la representación equitativa.
En ese sentido, reconocer a las precandidatas como víctimas de violencia política de género es esencial para garantizar su derecho a la participación política en igualdad de condiciones. En México, esta violencia se manifiesta en diversas formas, como amenazas, agresiones físicas y psicológicas, descalificaciones públicas y limitaciones para acceder a recursos de campaña. Estas acciones no solo violan derechos humanos fundamentales, sino que también afectan la calidad democrática al obstaculizar la representación equitativa en los procesos políticos.
La violencia política de género no solo impacta directamente a las precandidatas, sino que envía un mensaje disuasorio a otras mujeres interesadas en participar en la política. Según la CEDAW, los Estados están obligados a garantizar la participación plena y efectiva de las mujeres en la vida política y pública, lo que incluye protegerlas de cualquier forma de violencia que limite sus derechos políticos (CEDAW, 1979). En este contexto, es crucial que las autoridades electorales reconozcan las agresiones contra las precandidatas como una barrera estructural que requiere atención prioritaria.
El reconocimiento temprano de estas mujeres como víctimas es indispensable para garantizar medidas cautelares y evitar que la violencia escale, afectando aún más su derecho a competir en igualdad de condiciones. Abordar la violencia política de género desde las primeras etapas del proceso electoral envía un mensaje claro de tolerancia cero hacia estas conductas. Esto no solo fortalece la protección de las precandidatas, sino que también fomenta una cultura política más inclusiva y respetuosa.
La presente iniciativa tiene como objeto ampliar la protección de los derechos políticos electorales de las mujeres precandidatas toda vez que en las fracciones IV, VIII y X del artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia únicamente señala que las conductas de dicha violencia se pueden cometer contra personas candidatas, dejando un vacío legal en una etapa electoral que resulta determinante para que las mujeres puedan competir en una boleta electoral.
Es fundamental que las autoridades electorales, los partidos políticos y la sociedad en general implementen y fortalezcan mecanismos de prevención, atención y sanción de la violencia política de género. La consolidación de una democracia inclusiva y equitativa en México requiere garantizar que las mujeres puedan ejercer plenamente sus derechos políticos sin temor a ser víctimas de violencia por razón de género.
Por lo anterior se añade el siguiente cuadro comparativo donde se expresa detalladamente la porción normativa objeto de la presente iniciativa, con la finalidad de visualizarla con mayor claridad.
Por lo expuesto, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea el presente
Decreto por el que se reforma las fracciones IV, VIII y X del artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para proteger y garantizar los derechos humanos, políticos y electorales en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género
Único. Se reforman las fracciones IV, VIII y X del artículo 20 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
Artículo 20 Ter. ...
I. a III. ...
IV. Proporcionar a las mujeres que aspiran u ocupan un cargo de elección popular información falsa o incompleta, que impida su registro como precandidata o candidata o induzca al incorrecto ejercicio de sus atribuciones;
V. a VII. ...
VIII. Realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una precandidata o candidata basándose en estereotipos de género que reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad o discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos políticos y electorales.
IX. ...
X. Divulgar imágenes, mensajes o información de una mujer precandidata, candidata o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad o habilidades para la política, con base en estereotipos de género;
XI. a XXII. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2025.– Diputada Liliana Ortiz Pérez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 45 y 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por el diputado José Guillermo Anaya Llamas y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, José Guillermo Anaya Llamas, diputado del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, integrante de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En México, en 2019, se reforma el Código Civil, en donde se establece que, para contraer matrimonio se necesita haber cumplido 18 años de edad, el cual fue un trabajo en conjunto con organizaciones sociales, instituciones como derechos humanos y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef).
Sin embargo, esta práctica, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) de 2023, persiste el matrimonio infantil forzado, principalmente en comunidades indígenas bajo el pretexto de los “usos y costumbres”, aunque desde la perspectiva legal es violación de derechos humanos.
En febrero y diciembre se registró el mayor número de matrimonios, con 14.9 y 10.1 por ciento, respectivamente. Siguió marzo, con 9.3 por ciento. En el país se registraron 20 matrimonios en los que al menos una de las personas contrayentes era menor de edad. Esta cifra es la menor en el periodo 2014-2023 (ver gráfica 1).
La restricción para contraer matrimonio a partir de los 18 años formó parte del Código Civil de algunas entidades federativas desde antes de la promulgación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en 2015. El resto de las entidades incorporó tal restricción en sus códigos civiles entre 2015 y 2019. El Código Civil Federal también la contempla a partir de 2019.
Al momento de contraer matrimonio, 21 personas eran menores de edad. Las entidades con menores de edad en la condición referida fueron: Chihuahua y Durango, con 12 y 6 casos, respectivamente; San Luis Potosí, con 2, y Michoacán.
Existen casos en los que las dos personas contrayentes son menores de edad y otros en los que sólo una de ellas lo es.
Las niñas de las regiones pobres de México están más expuestas al matrimonio infantil forzado. Especialmente en comunidades de Guerrero, Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.
Es por lo anterior que debemos de hacer cumplir las leyes y, en su caso, dar mayores herramientas para que todos tengan conocimiento de sus derechos y sepan dónde dirigirse o cómo actuar ante una situación de esta índole.
México es el octavo país con mayor índice de matrimonio infantil en el mundo, según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), con esto se siguen violando los derechos humanos de niñas y niños y adolescentes, y ocupa el segundo lugar en América Latina. Tiene primeros sitios en abuso sexual infantil y producción de pornografía infantil.
La ONU cita que los 20 países con mayor número absoluto de matrimonios infantiles son: India, Bangladesh, Nigeria, Etiopía, Brasil, Pakistán, Indonesia, México, Congo, Filipinas, Tanzania, Mozambique, Níger, Uganda, Egipto, Sudán, Nepal, Kenia, Tailandia y Afganistán.
Debemos de hacernos conscientes de que la niñez en nuestro país sigue siendo vulnerada, de que el problema se sigue dando en las comunidades más pobres del país, donde reina la desigualdad estructural que cultiva el matrimonio infantil forzado. Urge que autoridades de los tres poderes brinden atención directa.
La realidad en nuestro país es que los programas se siguen concentrando en la cabecera municipal y las comunidades quedan relegadas. Por eso carecen de escuelas, de centros recreativos, de trabajos remunerados, de alimentación. No hay derechos económicos, sociales y culturales.
Las instituciones deben hacer su trabajo y no verse ausentes como hasta este momento y su falta de respuestas de las instituciones, sigue causando estragos en las comunidades más necesitadas.
Los programas destinados a las comunidades deben tener perspectiva de género.
Las instituciones, así como las personas que trabajan en ellas deben de ser expertas y tener conocimiento de perspectiva de género, solamente así cambiarán las estructuras sociales.
Las familias en condiciones precarias prefieren que sean los varones los que estudien, no las mujeres. La mayoría de las niñas no concluyen ni la secundaria. Carecen de oportunidades para realizar sus sueños: estudiar y tener una vida sin violencia.
Desde la infancia realizan tareas y roles que las empujan a un destino: el matrimonio infantil forzado, y aunado a lo anterior la llegada del crimen organizado, incluso personas de fuera de la comunidad llegan a comprar niñas. Entonces ellas salen de su entorno y se les pierde la pista, lo que puede hacerlas terminar en otros fenómenos como trata de mujeres, explotación infantil, violencia física o sexual, por lo que los delitos se van encuadrando de maneras diferentes y los derechos humanos quedan completamente violentados.
Lo más fácil es culpar a los padres que acuerdan los matrimonios infantiles forzados. Pero la culpa es del Estado, que no cumple con su responsabilidad de proteger a las mujeres y niñas.
Debemos enfrentar la causa de la violencia contra las niñas. Es preciso encontrar soluciones rápidas, efectivas y de visión de futuro para acabar con estas prácticas.
El matrimonio infantil forzado es una secuela de otros delitos como son: la trata de personas y esclavitud infantil. Las niñas-esposas se convierten en niñas-esclavas, porque son explotadas.
El matrimonio infantil resulta de una arraigada desigualdad de género. Afecta a las niñas; las despoja de su infancia; su salud y vida son expuestas (Unicef).
Es por la gravedad del tema que hoy proponemos la siguiente iniciativa que reforma la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Por los motivos anteriormente expuestos someto a consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Artículo Único. Se reforman el párrafo tercero del artículo 45 y las fracciones VII y VIII del artículo 47; y se adiciona la fracción IX del artículo 47, todos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 45. ...
...
Estas medidas deberán establecer acciones afirmativas respecto a niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración o desplazamiento o en exclusión social. Las acciones previstas en este párrafo deberán considerar la perspectiva de género, entendiendo por ésta lo establecido en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Artículo 47. ...
I. a VI. ...
VII. La incitación o coacción para que participen en la comisión de delitos o en asociaciones delictuosas, en conflictos armados o en cualquier otra actividad que impida su desarrollo integral ;
VIII. El castigo corporal y humillante ;
...
...
Castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes , y
IX. Las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria.
...
...
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo federal tendrá sesenta días naturales para realizar las adecuaciones reglamentarias correspondientes, con base en lo establecido por el mismo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2025.– Diputado José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que reforma el artículo 9o. de la Ley General de Educación, en materia de promoción de esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos de las escuelas con horario completo de educación básica, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Liliana Ortiz Pérez, y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida por los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 9 de la Ley General de Educación, en materia promoción de esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos, como parte de las escuelas con horario completo en educación básica, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), una nutrición adecuada contribuye de manera fundamental a la realización del derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental de niños y niñas.
Por el contrario, la malnutrición en todas sus formas afecta al desarrollo humano, teniendo entre sus efectos un impacto en el progreso social y económico de los países, así como en el ejercicio de los derechos humanos en sus múltiples dimensiones.
Los servicios de alimentación escolar existen en muchos países desde hace más de un siglo. Las diferentes experiencias son amplias y se asocian con distintos factores, como son: contexto socioeconómico, laboral o familiar, y se enfocan principalmente en el estado de salud y de nutrición de los beneficiados. Además, éstas han demostrado tener potencial de fomentar la asistencia y permanencia escolar, así como de incrementar las tasas de matrícula y retención escolar, especialmente entre las niñas.
Por tanto, es evidente que el alimento en las y los educandos no sólo es prioritario sino indispensable. Cabe decir aquí que más de la mitad de los hogares del país (55 por ciento) enfrentan incapacidad para satisfacer sus necesidades alimentarias mínimas. Niñas, niños y adolescentes tienen una doble carga de malnutrición, es decir, tanto desnutrición como sobrepeso y obesidad. Además, se conoce que en México, si bien hay un alto porcentaje de niños con sobrepeso y obesidad, la tasa de hambre oculta, que es la falta de micronutrientes, es de 25.3 por ciento.
Uno de los programas de más impacto en este sentido en nuestro país ha sido el Programa de Escuelas de Tiempo Completo (PETC), el cual comenzó su operación en el año escolar 2007-2008 bajo el nombre de Programa Nacional de Horario Extendido en Primaria.
En un primer momento buscó mejorar las oportunidades de aprendizaje, incrementar la retención de los estudiantes en educación básica y proveer espacios para el desarrollo de las artes, la tecnología y el deporte mediante el incremento del tiempo de instrucción de cuatro y media a ocho horas para consolidar los aprendizajes de español, escritura, expresión oral, pensamiento matemático científico y crítico, y el aprendizaje de una segunda lengua.
A partir de 2009, este programa cambió su denominación por Programa Escuelas de Tiempo Completo, y se convirtió en un Programa Presupuestario sujeto a Reglas de Operación, con clave presupuestal S221.
Al inicio de la administración 2013-2018, y como resultado de la reforma educativa a los artículos 3 y 73 constitucionales, publicada en febrero de 2013, el PETC fue elevado a rango constitucional, esto según lo señalado en el artículo quinto transitorio, fracción tercera, inciso b, del decreto referido, que en ese entonces mandató:
“Establecer en forma paulatina y conforme a la suficiencia presupuestal escuelas de tiempo completo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural. En aquellas escuelas que lo necesiten, conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos a partir de microempresas locales”.
De esta forma, la Escuela de Tiempo Completo (ETC) nació centrando su atención en escuelas de alta y muy alta marginación. Del total de ETC, 70 por ciento eran escuelas indígenas y 55 por ciento se encontraban en comunidades rurales.
Las escuelas que tenían jornadas de 8 horas incluían alimentos. Este servicio brindaba el desayuno, que era el primer alimento del día para 66 por ciento de sus estudiantes, un refrigerio y la comida durante la jornada escolar.
En 2018, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) entrevistó a los niños y las niñas respecto al alimento que recibían y, entre sus respuestas consideraron que recibir alimentos era importante para ellos; que mientras exista oferta de comida pueden asistir a sus clases y que el alimento es lo que hace funcionar a la escuela.
Al respecto, no existe evidencia de que todos los estudiantes que recibían servicio de alimentación en las Escuelas de Tiempo Completo contaran con comida adicional en su casa. Como contexto, aunque recibían alimento, 11 por ciento de los niños y las niñas que recibían alimento en su jornada tenían desnutrición.
Alimentar a estudiantes siempre ha tenido un costo muy bajo, menos de dos mil pesos anuales por niño o niña; y los beneficios del aprendizaje en los estudiantes son duraderos y constantes. Las Escuelas de Tiempo Completo elevan el gasto total por alumno en menos de 18 por ciento, y es una inversión redituable si los aprendizajes, el apoyo, la calidad de vida, nutrición, permanencia y disfrute de la infancia aumentan.
Además, en una evaluación de impacto del programa realizada por el Coneval en 2018, éste analizó los resultados obtenidos por los alumnos en la prueba PLANEA respecto al aprendizaje de matemáticas y lengua, y concluyó que las escuelas integradas al programa lograron disminuir el número de estudiantes en rezago.
Los alumnos de sexto grado de Escuelas de Tiempo Completo registraron “una disminución promedio de 3.1 puntos porcentuales en el porcentaje de alumnos correspondientes al nivel I de desempeño en matemáticas y un incremento de 1.6 puntos porcentuales en el nivel IV”, dice la evaluación.
Y los mayores beneficios se observan entre las poblaciones más vulnerables. De acuerdo con el análisis, el incremento de la duración de la jornada escolar en un esquema con servicio de alimentación “es una intervención efectiva para mejorar el logro educativo y el nivel de aprendizaje, primordialmente, entre los estudiantes de escuelas primarias en localidades de alta marginación”.
Esto porque el propio diseño del programa “presupone un mecanismo causal que vincula a la población en situación de vulnerabilidad o en contextos de riesgo social con la necesidad de mayor tiempo de instrucción y alimentación como el medio para incrementar su nivel de logro educativo”.
También, en las escuelas primarias participantes se identificó una disminución significativa en las tasas de repetición y rezago educativo, respectivamente, en el periodo 2007-2017.
Las tasas de abandono presentan un aumento para las escuelas que no cuentan con servicio de alimentación en 2.2 puntos porcentuales, en contraste con la disminución de 1.16 puntos porcentuales en las escuelas que sí cuentan con este servicio. “Esto sugiere que el servicio de alimentación contribuye a disminuir el abandono a nivel secundaria”.
Pese a ello, y a que el programa tuvo incrementos presupuestales desde que inició en el sexenio de Felipe Calderón hasta la administración de Enrique Peña Nieto; desde el primer año de gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador comenzó a recibir recortes, primero de 5 por ciento en 2019, luego de 50 por ciento en 2020; y para el Presupuesto de Egresos de 2021 y 2022, el Ejecutivo no le asignó presupuesto.
Cabe aclarar que en 2020 la Secretaría de Educación Pública decidió cancelar el programa presupuestal, pero sus dos componentes —jornada ampliada y alimentos— pasaron a formar parte del programa La Escuela es Nuestra (LEEN), por mandato del Legislativo, junto con el otro componente de infraestructura escolar.
Esto por supuesto afectó el número de escuelas y de beneficiarios del programa. Si bien las escuelas de tiempo completo atendían para finales de 2018 a 3.6 millones de estudiantes, se conocía que sólo recibían alimento 1.6 millones de alumnos. En 2019, la Secretaría de Educación Pública (SEP) reportó que se había reducido a 1.3 millones. Pero, aún más grave, comunicó que durante la pandemia sólo apoyó a 52 por ciento de las escuelas y que sólo brindó alimentos a 933 mil estudiantes. En 2022 no brindó recursos para alimentar a ningún niño o niña en su jornada escolar.
Al respecto, el Unicef señaló que, por la pandemia a nivel mundial, no se entregaron 39 mil millones de comidas escolares y que eso posiblemente presagiaría una crisis de nutrición.
Para 2022, la Secretaría de Educación Pública, sin consulta previa de la comunidad afectada, directores, docentes y alumnos, decidió de forma unilateral, desaparecer el Programa Escuelas de Tiempo Completo.
Lo anterior a pesar de que en México casi 46 por ciento de la población de 0 a 17 años estaba en pobreza y cerca de 3.7 millones en pobreza extrema; de que 21.2 por ciento de la población de 0 a 17 años en México presentaba carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad en 2022, esto correspondía a 7.9 millones de niñas, niños y adolescentes; y de que 1 de cada 10 menores de 5 años padece desnutrición crónica, esto es 1.3 millones de niñas y niños (ENSANUT 2022) y a 4 de cada 10 se le detectó anemia (39.1 por ciento), estos son 4 millones de niñas y niños mexicanos en primera infancia (ENSANUT 2021).
Las escuelas que implementaron los componentes de horas extras y de alimentación frenaban el rezago educativo y la inseguridad alimentaria. Eran de los pocos elementos del sistema educativo nacional que aportaban a reducir la brecha y las diferencias de aprendizaje entre los estudiantes en condiciones más vulnerables y en marginación y los que no.
No alimentar niñas y niños que se encuentran en rezago educativo, inseguridad alimentaria, con malnutrición y desnutrición, es, por donde se vea, una decisión equivocada. No alimentar niñas y niñas que antes sí recibían alimento y ahora ya no lo reciben, es una injusticia y un retroceso en la garantía de sus derechos.
Acción Nacional reconoce que estas acciones afectan severamente a la población escolar en sus derechos a una alimentación nutritiva y a la educación; pero también a los docentes y madres y padres de familias para quienes esas horas extra escolares significaban un ingreso adicional al que tendrán con una jornada reducida o por tener que cuidar a sus hijos.
La reforma constitucional al artículo tercero constitucional de mayo de 2019, tuvo entre sus aciertos mandatar al Estado priorizar el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.
Del mismo modo, fue afortunada en señalar a la equidad como uno de los criterios que deberán orientar a la educación, y en establecer para el Estado la obligación de implementar medidas que favorezcan el ejercicio pleno del derecho a la educación de las personas y combatan las desigualdades socioeconómicas, regionales y de género en el acceso, tránsito y permanencia en los servicios educativos.
Las y los legisladores en aquel momento también pusieron especial atención en instituir desde nuestra Constitución que, en las escuelas de educación básica de alta marginación, se impulsaran acciones que mejoraran las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario.
En la Ley General de Educación (LGE) publicada en septiembre de 2019, por su parte, se incluyó la obligación de las autoridades educativas de celebrar convenios de colaboración interinstitucional con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, a fin de impulsar acciones que mejoren las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario, preferentemente a partir de microempresas locales, en aquellas escuelas que lo necesiten, conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria, con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación con equidad y excelencia (artículo 9, fracción VI, LGE).
Y, asimismo, de establecer de forma gradual y progresiva, de acuerdo con la suficiencia presupuestal, escuelas con horario completo en educación básica, con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para promover un mejor aprovechamiento del tiempo disponible, generar un mayor desempeño académico y desarrollo integral de los educandos (artículo 9, fracción VIII, LGE).
Del mismo modo, dentro de sus disposiciones, se estableció como una atribución concurrente entre las autoridades educativas federal, de los estados y Ciudad de México, el “promover entornos escolares saludables, a través de acciones que permitan a los educandos disponibilidad y acceso a una alimentación nutritiva, hidratación adecuada, así como a la actividad física, educación física y la práctica del deporte” (artículo 115, fracción XV, LGE).
No obstante, consideramos que hace falta señalar, como parte de las obligaciones de las autoridades educativas referentes a las escuelas con horario completo en educación básica, lo que ya se establecía en la reforma constitucional en materia educativa de 2013 y en la Ley General de Educación ya abrogada, y que instituía la obligación de impulsar esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos.
Pues si bien, la actual LGE ya contempla la promoción de acciones que permitan a los educandos disponibilidad y acceso a una alimentación nutritiva y, el impulsar acciones que mejoren las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario, estas obligaciones no se encuentran ligadas a las escuelas con horario completo.
Por ello se propone que dentro de la fracción VIII del artículo 9 de la LGE, que es donde se regula la obligación para las autoridades educativas de establecer escuelas con horario completo en educación básica, se señale que “En aquellas escuelas que lo necesiten, conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos a partir de microempresas locales”.
Estamos seguros que de hacerlo así, daremos claridad al Ejecutivo en sus obligaciones, e impulsaremos la existencia de programas y acciones, como el Programa de Escuelas de Tiempo Completo, en las que se consideren prioritarias las comidas escolares y la eliminación del hambre de niñas y niños para poder estudiar.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Artículo Único. Se reforma la fracción VIII del artículo 9 de la Ley General de Educación, a fin de quedar como sigue:
Artículo 9. ...
I. a VII. ...
VIII. Establecer, de forma gradual y progresiva, de acuerdo con la suficiencia presupuestal, escuelas con horario completo en educación básica, con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para promover un mejor aprovechamiento del tiempo disponible, generar un mayor desempeño académico y desarrollo integral de los educandos. En aquellas escuelas con horario completo que lo necesiten, conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria, se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos balanceados y nutritivos a los alumnos a partir de microempresas locales;
IX. a XIII. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para tal fin al sector educativo para el ejercicio fiscal de que se trate, lo cual se llevará a cabo de manera progresiva con el objeto de cumplir con las obligaciones que tendrán a su cargo las autoridades competentes, derivadas del presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2025.– Diputada Liliana Ortiz Pérez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
«Iniciativa que adiciona diversos artículos a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de sanciones y control de calidad para vehículos importados, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Armando Corona Arvizu, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II; y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a fin de garantizar la seguridad de los consumidores al adquirir vehículos importados de origen asiático, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La globalización ha generado una gran variedad de productos en el mercado mexicano, incluyendo bienes importados que, en teoría, permiten al consumidor acceder a opciones más accesibles y diversas. Sin embargo, en el caso de la industria automotriz, la apertura del mercado a vehículos provenientes de Asia, especialmente de China, ha revelado una serie de riesgos asociados a la falta de cumplimiento con los estándares de seguridad requeridos en México.
La seguridad en los vehículos no es sólo un aspecto de preferencia de los consumidores, sino un requisito indispensable para preservar la vida de las personas en las carreteras. En México, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), los accidentes de tránsito son una de las principales causas de mortalidad, particularmente entre jóvenes. En 2022, se reportaron aproximadamente 362 mil 586 accidentes de tránsito, con un saldo de más de 15 mil personas fallecidas y 110 mil heridas (Inegi, 2022).
En este contexto, la seguridad vehicular adquiere una relevancia crucial y exige que los productos que se comercialicen en el país cumplan con las normas oficiales mexicanas (NOM) que garantizan la integridad de los sistemas de seguridad en situaciones de emergencia.
Uno de los sistemas de seguridad más relevantes es la activación de bolsas de aire en caso de colisión, que en vehículos modernos puede reducir hasta 50 por ciento las probabilidades de lesiones mortales, según el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (Conapra, 2023).
Sin embargo, la entrada de ciertos vehículos provenientes de China ha mostrado graves deficiencias en este sentido, afectando la seguridad de los conductores y pasajeros. Investigaciones recientes en Europa y América Latina han documentado que algunos modelos de vehículos importados de China presentan problemas para cumplir con los estándares de seguridad, particularmente en el desempeño de bolsas de aire y otros sistemas de protección en caso de accidentes (Latin NCAP, 2023).
Este problema no es exclusivo de México. En 2023, el Programa de Evaluación de Vehículos Nuevos para América Latina y el Caribe (Latin NCAP) realizó pruebas a varios vehículos de origen chino, encontrando que en algunos modelos no sólo no se activan las bolsas de aire en choques de impacto lateral, sino que la estructura de los vehículos es incapaz de absorber adecuadamente el impacto, lo que incrementa el riesgo de lesiones fatales (Latin NCAP, Estudios de seguridad en vehículos de origen chino en América Latina y el Caribe, 2023). Esta situación pone de manifiesto la urgencia de implementar mecanismos que obligan a todos los vehículos importados a cumplir con las NOM en materia de seguridad.
En México, la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que todos los bienes y servicios deben cumplir con normas de calidad y seguridad; sin embargo, no especifica de manera suficiente las sanciones para aquellos productos que, como algunos vehículos, representan un riesgo evidente para los consumidores. Si bien la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) realiza revisión en temas de calidad y seguridad, no cuenta con las herramientas necesarias para sancionar a los proveedores que importan vehículos que incumplan estos estándares básicos.
La falta de un marco regulatorio claro para sancionar estas deficiencias permite que continúe la comercialización de vehículos no seguros, poniendo en riesgo a miles de mexicanos.
Por otro lado, la competencia desleal también afecta a la industria nacional. La producción automotriz en México, una de las más grandes del mundo, está sujeta a estrictos controles de calidad, tanto para la exportación como para el mercado interno, y está alineada con las NOM en materia de seguridad. Sin embargo, la entrada de vehículos de bajo costo y baja calidad, sin garantías de seguridad confiables, representa una competencia desleal que afecta negativamente tanto a la industria automotriz como a los consumidores. La falta de regulación estricta para los vehículos de origen chino y otros mercados afecta a los automóviles nacionales que cumplen con normativas de calidad más rigurosas y, al mismo tiempo, puede reducir la confianza del consumidor en el mercado automotriz en general (Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, AMIA, 2023).
La necesidad de sanciones y controles de calidad
Ante esta problemática, es imperativo reforzar el marco normativo que garantice la seguridad de los consumidores mexicanos en el sector automotriz.
La propuesta de sancionar a los proveedores de vehículos que no activen sus sistemas de seguridad, como las bolsas de aire, o que no cumplan con los estándares de calidad de la NOM, responde a una necesidad de transparencia y protección en un mercado de consumo justo. Esta medida no sólo resguardará la vida de los conductores y pasajeros, sino que también incentivará a los importadores a cumplir con las normas nacionales, promoviendo productos que realmente ofrezcan seguridad y calidad a precios accesibles.
Además, implementar controles de calidad estrictos y sanciones para los productos de transporte de origen extranjero darán a la Profeco y a la Secretaría de Economía las herramientas necesarias para verificar el cumplimiento de los estándares. Al otorgarles la facultad para revisar y sancionar a los vehículos importados que no activen sus sistemas de seguridad en caso de accidentes, se establece un precedente de que no sólo protege a los consumidores, sino que también previene la entrada de productos inseguros al mercado mexicano.
La responsabilidad del Estado de proteger a sus ciudadanos debe incluir un mercado automotriz regulado que garantice la seguridad de sus productos, especialmente en un país con un alto índice de mortalidad y lesiones por accidentes de tránsito. A través de esta modificación a la Ley Federal de Protección al Consumidor, México envía un mensaje claro a los consumidores y a la industria de que sólo permitirá la comercialización de vehículos que cumplan con los estándares de calidad y seguridad necesarios para proteger la vida de los mexicanos.
Para mayor claridad, se presenta el siguiente cuadro comparativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
En este sentido, la creciente importación de vehículos provenientes de China ha permitido que más personas accedan a opciones económicas de transporte, sin embargo, también plantea desafíos significativos en términos de seguridad. Se han reportado numerosos casos en los cuales sistemas de seguridad esenciales, como las bolsas de aire, no han funcionado adecuadamente durante accidentes, poniendo en riesgo la vida de los conductores y pasajeros. Esta situación subraya la necesidad de establecer un marco legal sólido que asegure que todos los vehículos importados cumplan con los estándares de seguridad exigidos en México.
Decreto
Único. Se adicionan los artículos 24 Bis, 77 Bis y 82 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 24. ...
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Artículo 24 Bis. Todos los productos de transporte de personas o mercancías, incluidos los vehículos importados, deberán contar con un certificado de cumplimiento de las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y calidad.
Los proveedores que ofrezcan vehículos sin esta certificación estarán sujetos a sanciones administrativas y a la prohibición de su comercialización hasta que cumplan con los estándares correspondientes.
Artículo 77. ...
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Artículo 77 Bis. Tratándose de contratos de adhesión relacionados con productos de transporte importados, el proveedor estará obligado a incluir una cláusula que garantice el cumplimiento de estándares de seguridad y calidad.
En caso de que el vehículo no cuente con sistemas de seguridad mínimos, como bolsas de aire o frenos ABS, y estos no se activen en situaciones de colisión, el proveedor será responsable de las sanciones económicas y reparaciones al consumidor afectado.
Artículo 82. ...
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Artículo 82 Bis. La Procuraduría Federal del Consumidor, en coordinación con la Secretaría de Economía, estará facultada para realizar verificaciones de calidad y seguridad a vehículos de transporte importados que se comercialicen en el país.
En caso de encontrar irregularidades en los sistemas de seguridad, como la activación de las bolsas de aire en caso de colisión, la Procuraduría podrá imponer sanciones económicas, decomisar los productos y prohibir su venta hasta que cumplan con la normativa de seguridad.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 INEGI. Estadísticas de accidentes de tránsito en zonas urbanas y suburbanas. México, 2022.
2 Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (Conapra). Informe de Seguridad Vial, 2023.
3 NCAP latino. “Estudios de seguridad en vehículos de origen chino en América Latina y el Caribe”, 2023.
4 Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA). Impacto de la competencia desleal en la industria nacional, 2023.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputado Armando Corona Arvizu (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que adiciona y reforma los artículos 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado federal César Augusto Rendón García, y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso k) a la fracción I del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA); se reforma el tercer párrafo de la fracción XIII del artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), al tenor de lo siguiente:
Exposición de Motivos
Nuestro país es signatario de diversos acuerdos internacionales en materia de cambio climático, es así, que ha ratificado el Acuerdo de París y se ha comprometido a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 22 por ciento para el año 2030. Además, ha asumido compromisos en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, especialmente en el objetivo 7: Energía Asequible y No Contaminante, esto es, específicamente mediante la Estrategia Nacional de Energía 2024 que establece metas claras para aumentar la participación de energías limpias en la matriz energética nacional, estableciendo que al menos el 35 por ciento de la energía producida provenga de fuentes renovables para 2024.
Sin embargo, en la materia, el país sigue dependiendo en un 77 por ciento de fuentes fósiles para la generación de electricidad haciéndonos vulnerables a muchos factores como cambios de precios internacionales (caso del petróleo). Por eso la adopción de energías renovables como la solar es esencial para reducir esta dependencia y cumplir con los compromisos internacionales. Según la Agencia Internacional de Energía, la energía solar fotovoltaica es la forma de energía más barata en muchas partes del mundo, con costos de producción entre 20 y 50 dólares por megavatio hora (MWh), muy por debajo de los 120 dólares por MWh de las plantas de carbón.
Actualmente, la producción de energía en México enfrenta importantes desafíos, incluidos el aumento de la demanda y la volatilidad en los precios del petróleo. La generación de energía solar, que utiliza uno de los recursos más abundantes del país (la radiación solar), ofrece una oportunidad para diversificar la matriz energética y reducir la dependencia de importaciones de combustibles fósiles.
Los costos de instalación de un sistema de paneles solares para una empresa con un consumo de energía de 10 mil pesos mensuales oscilan entre los 300 mil y 500 mil pesos, dependiendo del tamaño y la eficiencia del sistema. Sin embargo, los ahorros generados pueden ser significativos.
Con un sistema fotovoltaico adecuado, una empresa podría reducir su factura de electricidad en un 70-90 por ciento, lo que se traduce en ahorros mensuales de hasta 9 mil pesos. Esto significa que la inversión inicial se recuperaría en aproximadamente 3 a 5 años, dependiendo de las características de la instalación y la radiación solar disponible.
Comparación de Generación de Energía
Para una empresa con un gasto promedio de 10 mil pesos mensuales en energía eléctrica, la inversión en paneles solares podría generar aproximadamente entre 12 y 15 MWh al año. Este nivel de producción podría cubrir completamente el consumo de energía de la empresa, permitiéndole operar casi sin costos energéticos durante gran parte del año.
-Costo energético con CFE (sin paneles solares): 10 mil pesos mensuales (120 mil pesos anuales).
-Costo energético con paneles solares: 1 mil a 2 mil pesos mensuales (en costos de conexión a la red y mantenimiento), lo que equivale a un gasto anual de 12 mil a 24 mil pesos.
-Ahorro anual estimado: Entre 96 mil y 108 mil pesos anuales, lo que representa entre un 80 por ciento y 90 por ciento de ahorro en costos energéticos.
Beneficios Ambientales
El uso de paneles solares por empresas también tiene importantes beneficios ambientales. Un sistema de 50 kWp (kilovatios pico) instalado en una empresa puede evitar la emisión de aproximadamente 30 toneladas de CO2 al año, lo que equivale a la absorción de carbono de 1 mil 500 árboles en un año. Estos ahorros de carbono contribuyen directamente a los esfuerzos nacionales e internacionales por mitigar el cambio climático.
Análisis Jurídico
Reformar el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) adicionando un inciso en la fracción I se basa en la estructura jurídica y el propósito específico de dicha fracción dentro del artículo. Dicho precepto legal regula los bienes y servicios que están gravados con una tasa del 0 por ciento de IVA. Esto significa que, aunque están sujetos a IVA, no generan un cobro adicional al consumidor, permitiendo la recuperación del IVA acreditable por parte de los proveedores sin afectar el precio final al comprador.
Dentro del artículo 2-A, la fracción I establece qué servicios o bienes relacionados con actividades de interés público están gravados con una tasa del 0 por ciento. Esta fracción ya incluye ciertos servicios que promueven el desarrollo sustentable, como:
-El suministro de agua potable.
-La enajenación de libros, periódicos y revistas, como una forma de incentivar el acceso a la cultura y la educación.
La adición que se pretende a la fracción I se justifica porque el uso de paneles solares y sistemas de generación de energía limpia también cumple con el criterio de fomentar el desarrollo social y económico. Los paneles solares no solo son un bien de utilidad económica, sino que también se alinean con objetivos de interés público, como la autosuficiencia energética y el cuidado del medio ambiente, lo cual está en armonía con los demás bienes y servicios que ya están exentos en esta fracción.
Por lo tanto, se propone la inclusión en esta fracción para:
-Mantener coherencia con la naturaleza del incentivo que busca estimular el uso de tecnologías que tienen un impacto positivo en la sociedad.
-Aprovechar la estructura ya existente de la fracción I, que se enfoca en actividades esenciales que promueven el bienestar social y ambiental.
-Ubicar correctamente el incentivo dentro de la lógica de la Ley: no sería adecuado colocarlo en fracciones que tratan de sectores o actividades distintas (como el suministro de alimentos o exportaciones, que se abordan en otras fracciones).
De esta manera, la reforma se ajusta de manera técnica y legal a la estructura del artículo 2-A, facilitando la aplicación del beneficio fiscal para la adopción de energías limpias.
Ahora bien respecto del segundo ordenamiento que se propone reformar, cabe señalar lo siguiente:
La propuesta de modificar la LISR para disminuir los plazos de la depreciación acelerada de inversiones en energías renovables, como los paneles solares, tiene una base jurídica sólida y es viable por las siguientes razones:
1. Fomento a la Inversión Mediante Depreciación Acelerada
La depreciación de activos fijos es una herramienta fiscal para incentivar la inversión en ciertos sectores estratégicos. La depreciación es el reconocimiento gradual del desgaste o la obsolescencia de los activos que una empresa utiliza para producir ingresos. La depreciación acelerada permite a las empresas recuperar la inversión en estos activos en un periodo más corto, lo que mejora su flujo de caja y motiva la inversión en ciertos bienes o tecnologías.
El artículo 34 de la LISR ya establece reglas de depreciación acelerada para activos como maquinaria y equipo para generación de energía limpia (como es el caso de los paneles solares) dentro de estas reglas sigue la misma lógica de incentivar la inversión en tecnologías que contribuyan al desarrollo económico y a los objetivos nacionales.
2. Concordancia con Objetivos de Política Pública y Energética
México tiene metas establecidas en materia de energías renovables y mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero, como parte de sus compromisos internacionales (Acuerdo de París) y nacionales (Ley de Transición Energética). El país se ha comprometido a generar al menos el 35 por ciento de su energía a partir de fuentes limpias para 2024.
Permitir la depreciación acelerada de inversiones en paneles solares y otros proyectos de energías renovables alinearía los incentivos fiscales con estos objetivos de política pública, haciendo más atractiva la inversión en energías limpias y fomentando el cumplimiento de las metas ambientales y energéticas del país .
3. Fundamento Legal para Incentivos Fiscales en Energías Limpias
La Ley del ISR tiene antecedentes de proporcionar incentivos fiscales en áreas que se consideran prioritarias para el desarrollo económico y social del país . Además del artículo 34, el artículo 189 de la LISR ya contempla estímulos fiscales en materia de investigación y desarrollo de tecnología, lo que indica que la ley ya reconoce la importancia de impulsar sectores estratégicos mediante incentivos fiscales.
4. Viabilidad
La depreciación acelerada es una técnica fiscal que no implica un gasto público directo, sino que permite a los contribuyentes diferir el pago de impuestos al adelantar el reconocimiento de sus inversiones. Esto lo convierte en un incentivo fiscal eficiente y compatible con las normativas fiscales de México, sin necesidad de modificar profundamente el marco impositivo.
Jurídicamente es viable la adición de este artículo porque no contradice ningún principio constitucional ni fiscal . Además, sigue el esquema de otros incentivos fiscales en la ley, respetando los principios de equidad y proporcionalidad tributaria, al tratarse de un incentivo aplicable a cualquier contribuyente que invierta en energías renovables, sin crear privilegios injustificados.
5. Precedente en Otros Sectores
Existen precedentes en otros sectores donde se ha implementado la depreciación acelerada para fomentar inversiones estratégicas. Por ejemplo, en sectores como tecnología, infraestructura y manufactura, se han establecido tasas de depreciación más favorables con el fin de promover la modernización y el crecimiento económico.
En tal contexto la propuesta es viable porque:
-Es coherente con el uso de la depreciación acelerada como incentivo fiscal, ya contemplado en la ley.
-Está alineado con los compromisos de política energética y ambiental de México.
-No crea inequidades ni contradice principios fiscales o constitucionales.
-Fomenta la inversión en sectores clave para el desarrollo sustentable del país.
-Impulsa las energías renovables
Este tipo de incentivo es una herramienta efectiva para promover la adopción de tecnologías limpias sin necesidad de subsidios directos o exenciones fiscales más complejas.
Por todo lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona un inciso k) a la fracción I del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y se reforma el tercer párrafo de la fracción XIII del artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo Primero: Se adiciona un inciso k) a la fracción I, del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue.
Artículo 2-A. (...)
I. (...)
a). a j). ...
k). A la enajenación e instalación de paneles solares y demás equipos destinados a la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, siempre que dichos equipos se utilicen para autoconsumo o venta de energía bajo esquemas de generación distribuida o centralizada, conforme a las disposiciones legales aplicables.
Artículo Segundo. Se reforma el tercer párrafo de la fracción XIII del artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 34. (...)
I. a XII. (...)
XIII. (...)
(...)
Lo dispuesto en esta fracción será aplicable siempre que la maquinaria y equipo se encuentren en operación o funcionamiento durante un periodo mínimo de 3 años inmediatos siguientes al ejercicio en el que se efectúe la deducción, salvo en los casos a que se refiere el artículo 37 de esta Ley. Los contribuyentes que incumplan con el plazo mínimo establecido en este párrafo deberán cubrir, en su caso, el impuesto correspondiente por la diferencia que resulte entre el monto deducido conforme a esta fracción y el monto que se debió deducir en cada ejercicio en los términos de este artículo o del artículo 35 de esta Ley, de no haberse aplicado la deducción del 100 por ciento. Para estos efectos, el contribuyente deberá presentar declaraciones complementarias por cada uno de los ejercicios correspondientes, a más tardar dentro del mes siguiente a aquél en el que se incumpla con el plazo establecido en esta fracción, debiendo cubrir los recargos y la actualización correspondiente, desde la fecha en la que se efectuó la deducción y hasta el último día en el que operó o funcionó la maquinaria y equipo.
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputado César Augusto Rendón García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY ADUANERA, LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de las leyes Aduanera, del Impuesto al Valor Agregado, y del Impuesto Sobre la Renta, en materia reducción de gravámenes a vehículos eléctricos, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado federal César Augusto Rendón García, y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Aduanera, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia reducción de impuestos a vehículos eléctricos.
Exposición de Motivos
Acción Nacional siempre ha velado por las mejoras regulatorias que traigan consigo beneficios a todos los mexicanos. Convencidos de que apoyar y fomentar beneficios a los sectores económicos, productivos y sociales del país trae de manera directa e indirecta beneficios a México es que nuestra agenda legislativa siempre tiene presente los estímulos y beneficios de carácter fiscal.
Esta propuesta se enfoca en tres ejes centrales: A) Cuidado del Medio Ambiente; B) Transición Energética Automotriz y; C) Generación de Oportunidades para Inversión Extranjera.
Cuidado del Medio Ambiente
Conforme al artículo 4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todos los ciudadanos tienen derecho a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Este principio rector orienta las políticas de protección ambiental en nuestro país, por lo que es fundamental implementar acciones que garanticen su cumplimiento.
Una medida clave es fomentar el uso de vehículos eléctricos, ofreciendo mayores facilidades para su adquisición y circulación. Si bien los automóviles son esenciales para la movilidad, también representan una de las principales fuentes de contaminación.
Según informes de la Organización de las Naciones Unidas, en zonas metropolitanas como el Valle de México, los automóviles a gasolina generan aproximadamente el 60 por ciento de las emisiones contaminantes. Esto impacta directamente la salud de la población, y anualmente, unas 14 mil 700 personas fallecen debido a enfermedades relacionadas con la mala calidad del aire. Además, los embotellamientos en las principales avenidas urbanas agravan este problema, deteriorando la calidad del aire.
Otro factor ambientalmente dañino asociado a los vehículos de combustión interna es el uso de derivados del petróleo, cuya extracción y transporte requieren un alto consumo energético, generando impactos adversos en los ecosistemas. A menudo, este proceso conlleva riesgos de derrames y fugas, con consecuencias graves para el medio ambiente.
México cuenta con leyes específicas para la protección ambiental, además de ser signatario de acuerdos internacionales como el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París, que establecen compromisos globales para la implementación de medidas urgentes en esta materia. A nivel nacional, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPMA) establece competencias claras para la Federación, los estados y los municipios en cuanto a la regulación y control de la contaminación atmosférica, incluyendo fuentes fijas y móviles.
Sin embargo, aunque existen disposiciones legales, su eficacia depende de la aplicación práctica de estas normativas. Es necesario promover con mayor intensidad los vehículos eléctricos, ya que contribuyen significativamente a la reducción de gases de efecto invernadero, como el dióxido de carbono.
Transición Energética Automotriz
Para avanzar hacia una movilidad más limpia en el sector automotriz, se deben considerar cuatro elementos fundamentales:
1. La transición hacia vehículos eléctricos.
2. Un marco jurídico alineado con los compromisos internacionales.
3. El desarrollo de infraestructura adecuada.
4. Incentivos fiscales.
El problema no radica solo en la regulación de los vehículos de combustión interna, sino en la necesidad urgente de promover la adopción de automóviles de cero emisiones. Durante la cumbre climática COP26 en Glasgow, se discutió que el sector transporte es responsable de aproximadamente el 20 por ciento de las emisiones de gases de efecto invernadero a nivel global, y de ese porcentaje, el 90 por ciento proviene del tráfico vehicular.
México se comprometió en la COP26 a que, para 2040, todos los vehículos nuevos que se comercialicen sean de cero emisiones, en consonancia con el Pacto Climático de Glasgow. Esto exige una rápida adopción de cambios estructurales en la industria automotriz y la creación de incentivos fiscales para facilitar la transición a vehículos eléctricos. Entre estos incentivos se incluyen créditos fiscales, exenciones de impuestos y descuentos en la compra de estos automóviles.
Actualmente, los beneficios como la exención de impuestos por verificación y tenencia son un avance, pero es necesario desarrollar más incentivos, especialmente fiscales, para que esta transición energética sea una realidad.
Generación de Oportunidades para la Inversión Extranjera
La implementación de medidas que faciliten la adquisición de vehículos eléctricos, como la deducibilidad al 100 por ciento para personas físicas y morales, la reducción de tasas de interés para compras a crédito, y la exención del IVA en estos vehículos, no solo aceleraría la transición energética, sino que también alinearía a México con los compromisos adquiridos en la COP26. Estas políticas generarían un entorno propicio para atraer inversiones extranjeras en la producción de vehículos eléctricos y cumplir con la creciente demanda de movilidad sustentable.
Actualmente, los incentivos fiscales son insuficientes y no accesibles para la mayoría de los mexicanos, en parte debido a los altos costos de los vehículos eléctricos. Esto se debe a que gran parte de estos autos son importados, lo que implica el pago de impuestos elevados. Si el gobierno mexicano adopta las medidas adecuadas, se facilitará la transición y se incrementarán las oportunidades para la inversión extranjera en este sector. Por eso, es esencial que se impulsen medidas adicionales que aseguren el éxito de esta transformación industrial.
A continuación, se presenta un cuadro comparativo de la propuesta:
Por todo lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforma el párrafo segundo de la fracción III del artículo 61 de la Ley Aduanera; la fracción VIII del artículo 25 de la Ley del Impuesto del Valor Agregado y el párrafo primero del artículo 24 y la fracción IV del inciso C del artículo 209 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo Primero. Se reforma el párrafo segundo de la fracción III del artículo 61, de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:
Artículo 61. (...)
I. a II. (...)
III. (...)
No quedan comprendidos en el párrafo anterior los vehículos que en el propio territorio nacional sean objeto de explotación comercial, los que se adquieran para usarse o consumirse en el país, ni los que se destinen a consumo o uso en el extranjero . Con excepción de los vehículos que sean impulsados por baterías eléctricas.
IV a XVII. (... )
Artículo Segundo. Se reforma la fracción VIII del artículo 25, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:
Artículo 25. (... )
I. a VII. (...)
VIII. La de vehículos, que se realice de conformidad con el artículo 61, fracción III, y 62, fracción I de la Ley Aduanera, siempre que se cumpla con los requisitos y condiciones que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general.
IX. (...)
Artículo Tercero. Se reforman el párrafo primero del artículo 204 y la fracción IV del inciso C del artículo 209, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 204. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 50 por ciento del monto de las inversiones que en el ejercicio fiscal de que se trate, realicen en equipos de alimentación para vehículos eléctricos, siempre que éstos se encuentren conectados y sujetos de manera fija en lugares públicos, contra el impuesto sobre la renta que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. El crédito fiscal no será acumulable para efectos del impuesto sobre la renta.
Artículo 209. (...)
A. a B. (...)
C. (...)
I. a III. ...
IV. 13 por ciento en la fabricación de vehículos de motor y sus partes; 0 por ciento en la fabricación de vehículos eléctricos y sus partes; en la construcción de ferrocarriles y navíos; en la fabricación de productos de metal, de maquinaria y de instrumentos profesionales y científicos; en la elaboración de productos alimenticios y de bebidas, excepto granos, azúcar, aceites comestibles y derivados.
V. a XIV. (...)
(...)
Artículos Transitorios
Primero. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal tendrá 60 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias, con base en lo previsto en el mismo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputado César Augusto Rendón García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de adquisición de vehículos híbridos y eléctricos, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado federal César Augusto Rendón García, y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de adquisición de vehículos híbridos y eléctricos, al tenor de lo siguiente:
Exposición de Motivos
Cada legislatura, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ha comprometido su trabajo parlamentario en proponer reformas a la legislación en materia fiscal que traigan consigo beneficios a todos los mexicanos, de manera que se cuente con la normatividad vigente que en verdad apoye y fomente el uso de nuevas tecnologías en el ámbito de la movilidad sustentable y ecológica, es así que promover con estímulos y beneficios en materia incentiva incursionar el consumo de ese mercado de vehículos y los beneficios que ello trae consigo a la economía en todos los aspectos y al medio ambiente.
En agosto de 2015, gracias a la cooperación de diversas naciones, se consolidó una agenda global basada en 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 metas, con el propósito de erradicar la pobreza, combatir las desigualdades y promover el bienestar, todo ello mientras se protege el medio ambiente con la mira puesta en alcanzar mejores condiciones para el año 2030.
Este documento, titulado “Transformando nuestro mundo: la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible”, fue adoptado formalmente por los principales líderes mundiales durante la Cumbre de las Naciones Unidas celebrada en Nueva York del 25 al 27 de septiembre de 2015, a la que México se sumó como signatario.
La Agenda establece compromisos comunes y universales, pero permite a cada país afrontar sus retos particulares con plena soberanía sobre sus recursos naturales y su actividad económica. De esta manera, cada nación fijará sus propias metas nacionales en sintonía con los ODS.
Entre sus objetivos se menciona que todas las personas deben tener acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles, subrayando la importancia de la seguridad vial. Esto se lograría principalmente mediante la expansión del transporte público, bajo el principio de que un transporte sostenible no significa menos transporte, sino un sistema más eficiente y ecológico. El transporte es crucial para el bienestar humano, ya que impulsa el crecimiento económico, crea empleo y reduce la pobreza y el hambre. Asimismo, permite avanzar no solo en los ODS, sino también en la garantía de los derechos humanos en todas sus dimensiones.
Por ello, y para cumplir con los compromisos que México ha asumido, es fundamental avanzar hacia una transición hacia un transporte sostenible. Este cambio requiere innovación y la construcción de alianzas entre gobiernos, la sociedad civil y el sector privado. Sin embargo, las políticas del Ejecutivo federal hasta ahora parecen distar de este propósito, lo que podría poner en riesgo el cumplimiento de la Agenda 2030. De hecho, el enfoque actual va en contra de las recomendaciones internacionales para reducir las emisiones de carbono a través de la adopción de nuevas tecnologías.
Con menos de una década para alcanzar los objetivos globales, resulta urgente que México no solo establezca una estrategia clara y efectiva para transitar hacia una movilidad sostenible, sino que también informe sobre los avances logrados en los primeros cinco años. Esto permitirá que el Poder Legislativo colabore en la creación de un marco normativo que facilite un cambio positivo y duradero hacia el futuro.
En este contexto, la electrificación del sector automotriz jugaría un papel clave en el logro de los ODS, al reducir hasta 2.4 gigatoneladas de CO2. Esto subraya la importancia de implementar una estrategia integral de electrificación de la flota vehicular y movilidad sostenible, que abarque diversos medios de transporte.
La electrificación debe aplicarse no solo al transporte público de pasajeros, sino también a los vehículos de carga, los servicios logísticos y los automóviles compactos de uso público y privado. Todo esto, sin olvidar la infraestructura de apoyo que se requiere para su implementación. Para lograrlo, es necesario optimizar la transferencia tecnológica, fomentar incentivos para la fabricación de vehículos eléctricos y adoptar políticas públicas que faciliten el acceso de los usuarios a estas nuevas tecnologías.
Por lo anteriormente expuesto, un servidor junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo Único. Se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 151. (...)
I. — VIII (...)
(...)
IX. En los pagos efectuados por concepto de la adquisición de vehículos híbridos o eléctricos, la persona física o moral que realice un gasto por la compra a crédito del vehículo eléctrico o híbrido podrá deducir los intereses generados.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputado César Augusto Rendón García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones fiscales, suscrita por el diputado César Augusto Rendón García y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado federal César Augusto Rendón García, y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones fiscales.
Exposición de Motivos
La adopción del trabajo remoto ha crecido de forma significativa en México y a nivel global, acelerada por la pandemia de Covid-19. Estudios del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) indican que aproximadamente el 30 por ciento de los empleos en México podrían realizarse en modalidad remota. Aunque esta modalidad trae beneficios, también implica costos adicionales para los trabajadores en electricidad, internet y equipos, que anteriormente cubría el empleador.
Además, el trabajo remoto reduce la saturación del transporte público y las emisiones de gases contaminantes. Promoverlo mediante incentivos fiscales también alinea los objetivos de desarrollo sostenible, apoyando metas ambientales y económicas.
Impacto en la Economía Familiar y Nacional
Permitir la deducción de gastos en servicios básicos y equipos para el trabajo remoto en el artículo 151 beneficiaría directamente a las familias, liberando ingresos adicionales para otros gastos esenciales y mejorando su bienestar económico. Esta medida puede estimular la demanda de servicios tecnológicos, promoviendo la economía digital y el crecimiento de empresas relacionadas con telecomunicaciones y tecnología, que ya representan sectores clave para la economía mexicana.
Desarrollo Sostenible y Beneficio Ambiental
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha señalado que el teletrabajo reduce la huella de carbono al disminuir la necesidad de desplazamientos, especialmente en ciudades con altos niveles de contaminación. La reforma al artículo 151 incentivaría el trabajo remoto, ayudando a cumplir objetivos ambientales y promover un desarrollo económico sostenible.
En varios países de la OCDE, como Estados Unidos, Canadá y algunos Estados de la Unión Europea, los trabajadores remotos tienen acceso a deducciones específicas para costos derivados del trabajo en casa. La implementación de esta reforma en México contribuiría a armonizar nuestras políticas fiscales con prácticas internacionales, mejorando la competitividad del país y reconociendo los desafíos actuales de los trabajadores.
Aunque esta medida podría reducir ligeramente la recaudación fiscal, el efecto puede compensarse mediante un aumento en la formalización del trabajo remoto y el crecimiento de sectores relacionados con telecomunicaciones y tecnología. Además, el impacto fiscal estaría limitado por el tope de deducción, asegurando que solo los gastos necesarios para el desempeño laboral sean deducibles.
Esta reforma al artículo 151 de la Ley del ISR es un paso necesario hacia una política fiscal moderna y equitativa, que reconozca los costos del trabajo remoto y fomente una economía sostenible y competitiva.
Para ilustrar lo anterior se adjunta un cuadro comparativo de la propuesta:
Por todo lo antes expuesto es que los que suscribimos proponemos adicionar una fracción al artículo 151 de la Ley del ISR, para establecer la posibilidad a los contribuyentes, para deducir ciertos gastos personales que hoy en día son indiscutiblemente necesarios para realizar sus actividades laborales adecuándose al esquema de trabajo en casa, home office, que en la actualidad es necesario derivado de las actividades y circunstancias de la vida laboral.
Por lo que hace a la consideración de los porcentajes y montos que se establezcan para las deducciones, la consideración atiende al porcentaje que podrá equivales a una jornada de 8 horas de trabajo en relación con el total de horas aplicables en un día laboral.
Por ello, consideramos prioritaria la reforma que se presenta y sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo Único. Se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 151. (...)
I. a VIII. (...)
IX. Los gastos por servicios básicos del hogar, tales como electricidad e internet, necesarios para el desempeño de actividades de trabajo remoto hasta un monto equivalente al 30 por ciento del costo mensual del gasto; así como los costos relacionados con la adquisición de equipo y materiales tecnológicos de oficina hasta un monto límite que determinará el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Esta deducción aplicará exclusivamente para el contribuyente y estará sujeta a que dichos gastos se acrediten mediante comprobantes fiscales y se realicen a través de medios de pago electrónicos.
Artículo Transitorio
Artículo Único. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputado César Augusto Rendón García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY GENERAL DE VÍCTIMAS
«Iniciativa que adiciona el artículo 34 de la Ley General de Víctimas, en materia de cirugía plástica reconstructiva a mujeres víctimas de violencia, suscrita por la diputada Claudia Quiñones Garrido y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, la diputada Claudia Quiñones Garrido, junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, correspondiente a la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numerales 1 y 2, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VII al artículo 34 de la Ley General de Víctimas, en materia de cirugía plástica reconstructiva a mujeres víctimas de violencia, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) tiene el objetivo de garantizar la prevención, atención, sanción y erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y promover su desarrollo integral y plena participación en todos los ámbitos de la vida.
La LGAMVLV define violencia contra las mujeres como: “Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”.
Ahora bien, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares del Inegi, en el año 2021, a nivel nacional, del total de mujeres de 15 años y más, 70.1 por ciento han experimentado al menos un incidente de violencia, que puede ser psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o discriminación en al menos un ámbito y ejercida por cualquier persona agresora a lo largo de su vida.
Asimismo y siguiendo con lo señalado en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, la violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (51.6 por ciento), seguida de la violencia sexual (49.7 por ciento), la violencia física (34.7 por ciento) y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (27.4 por ciento).
Mientras que, de octubre 2020 a octubre 2021, 42.8 por ciento de las de mujeres de 15 años y más experimentaron algún tipo de violencia, la violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (29.4 por ciento), seguida de la violencia sexual (23.3 por ciento), la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (16.2 por ciento) y la violencia física (10.2 por ciento).
En la misma Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, al cierre de 2022, en México la violencia contra las mujeres alcanzó cifras históricas en al menos cinco delitos, aunado a un alza considerable en las llamadas de auxilio por diversas violencias de género. Delitos como el homicidio culposo, las lesiones, extorsión, corrupción de menores y violencia de género presentaron un máximo, con cifras muy por arriba de 2015, cuando inició el registro desagradado de violencia contra las mujeres en el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
En este orden de ideas, durante 2022, un total de 122 mil 11 mujeres fueron víctimas de algún delito en el país, la gran mayoría (73 por ciento) reportaron haber sufrido algún tipo de lesión. Es así como el año pasado, 67 mil 315 mujeres fueron víctimas de lesiones dolosas. Lo anterior también se traduce en un alza de 8 por ciento con relación a 2021, periodo en el que 62 mil 370 mujeres fueron lesionadas de manera intencional.
Ahora bien, de acuerdo al Informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica, “incidencia delictiva y llamadas de emergencia 911” en lo que va de 2023, hay 58 mil 990 presuntas víctimas mujeres de lesiones dolosas y del año 2015 al 2023, hay cerca de 508 mil 836 presuntas víctimas mujeres de lesiones dolosas.
Si bien el feminicidio es la expresión más grave de violencia hacia la mujer, hay muchas otras mujeres que sufren ataques brutales y logran sobrevivir, pero que no llevan sus casos a la justicia debido a una serie de factores, entre los que destaca el estigma.
Cuando hablamos de mujeres sobrevivientes de feminicidio nos referimos a mujeres que vivieron situaciones de extrema violencia, pero no llegaron a la muerte. Es decir, son casos donde las mujeres han sido víctimas de apuñalamientos, rociadas con ácido, quemadas vivas, mutilaciones genitales, fracturas, entre otros, pero no ha llegado a consumarse ese feminicidio. Estas mujeres siguen con vida, pero con serias lesiones y afectaciones a su salud, que tampoco están siendo vistas y atendidas por las autoridades de manera eficiente. Por eso es importante hablar de las mujeres sobrevivientes de feminicidio, porque son diversos tipos de violencia que se están dejando de ver, además de una violencia institucional a la que se enfrentan para poder llevar sus casos a la justicia.
Refiriéndonos a lo anterior, tenemos que las agresiones con ácido en México han aumentado desde hace varios años y hasta la actualidad, es una situación que impacta para siempre todas las esferas de la vida de las mujeres que son víctimas.
Esta agresión les causa heridas y quemaduras permanentes que solo reflejan el machismo, el odio, los celos y la sed de venganza de los victimarios. Estos ataques premeditados son una de las formas más brutales de agresión contra las mujeres y les generan quemaduras profundas de segundo o tercer grado.
De acuerdo con los datos de la Fundación Carmen Sánchez, el 90 por ciento de los ataques tiene como objetivo el rostro. Para la perita Adriana Reyes, esto tiene un mensaje claro: “La intención es desfeminizar el cuerpo. Hacer que no sea agradable para los ojos de otro hombre. Y quitarle las características que, al menos en el imaginario social, son propias de la mujer. ”
Estos ataques con ácido tienen consecuencias respecto de la autoestima, la identidad, la imagen, incluso las ganas de vivir de las personas afectadas. Aunado a lo anterior, las víctimas se encuentran en una situación de rechazo de familia y amigos, así como en el ámbito laboral, ya que pierden su trabajo, problemas psicológicos, poco pierden su autoestima, entre muchas otras afectaciones.
Las lesiones pueden ser producto de golpes y heridas con cualquier objeto, por ello es que existe un quebrantamiento a su derecho a la integridad física y corporal, así como un menoscabo a su identidad estética y es que las secuelas pueden ser de permanencia temporal o definitiva y el tiempo de incapacidad producido se valorará según la gravedad de la lesión, ubicación morfológica en el rostro y sentidos/órganos comprometidos.
Las lesiones serán consideradas según el arma utilizada; según el tipo de secuela que produzcan; según la permanencia en el cuerpo y el tiempo de incapacidad que represente, y si es definitiva o temporal. Además, conviene advertir sobre la figura del agravante y el correcto manejo que se le debe dar, por tratarse del resultado de un alto grado de violencia física hacia la mujer.
Ahora bien, la mayoría de las agresiones causadas a mujeres víctimas de violencia, son agresiones con una altísima carga simbólica, pretenden marcar de por vida, dejar en el rostro desfigurado y en el cuerpo de la víctima la estampa de su crimen, de sus celos, de su odio, una huella imborrable y dramática. El ácido y otras sustancias abrasivas son utilizadas en muchos países como un arma que no solo pretende causar un sufrimiento físico enorme o, incluso, la muerte, sino también para imponerle una condena social que la acompañará de por vida. Al mirarse al espejo, al observar las reacciones de los otros. Es la marca de la posesión. Una firma ardiente que lastra la vida, o lo que queda de ella, de miles de mujeres en todo el mundo.
Estas manifestaciones de violencia contra la mujer son ofensivas, dado que además de afectar la integridad física de la víctima por su repercusión directa en el estado estético y la percepción personal de su apariencia física, también perjudican gravemente otras esferas de su vida tales como la psicológica, laboral, familiar y sentimental.
En este orden de ideas, resulta necesario reconocer que el bien jurídico lesionado en el daño estético provocado por las lesiones en el rostro de la mujer, es principalmente la salud de la víctima que, en su amplio sentido, contempla dos componentes: el físico y el psíquico. El caso de la salud física, en la medida que se vulnera el derecho a la integridad física o corporal de la víctima y, en el de la salud psíquica, por el menoscabo espiritual y psicológico que sufre la misma.
Tal como se planteó previamente, esta clase de lesiones perjudican gravemente el estado de salud de la víctima y terminan por dañarla profundamente, incluso superando las secuelas y complicaciones que se pueden percibir en el exterior. El bienestar general es un estado intangible de satisfacción que, en esta manifestación de violencia, se ve ultrajado en virtud de una manifiesta deformación que se produce en el rostro.
No se busca tampoco ni cosificar ni evaluar precipitadamente estándares de belleza impuestos, sino visibilizar que las lesiones en el rostro y en el cuerpo a consecuencia de la violencia contra la mujer, son problemas latentes que afectan a todas por igual y sus consecuencias son equivalentes en todos los casos.
En una sociedad donde el culto a la belleza y a la armonía de la imagen que proyecta el rostro y el cuerpo en general es tan importante, que se ha llegado a pensar que es un factor determinante para alcanzar el éxito laboral, la aceptación en círculos sociales determinados e incluso indispensable a la hora de escoger una pareja sentimental; temáticas que se ampliarán en secciones posteriores.
Por mencionar un ejemplo de lo anterior, cuando el rostro de la víctima se ve afectado y lesionado directamente, la persona sufre un impacto psicológico indeseable y con el que difícilmente el resto de las personas se puede identificar si no lo han vivido en carne propia. Sin embargo, las consecuencias psicológicas de las lesiones estéticas en el rostro de la mujer son definitivamente un campo delicado y de difícil estimación, tomando en cuenta que no todas las víctimas presentan las mismas consecuencias, como tampoco son de la misma gravedad.
Dentro de los problemas o desórdenes psicológicas presentes, ocasionan en ella, vergüenza y autocrítica constante, motivadas por un rechazo social que puede venir de alguien en específico como un familiar cercano, un amigo íntimo, una pareja sentimental, un compañero de trabajo, o bien, tratarse de un rechazo generalizado dentro de la comunidad en la que esta se desenvuelve, además de estrés postraumático, ansiedad, depresión e incluso conductas suicidas que en muchos casos estas conductas se produces por un alejamiento por parte de los círculos cercanos a la persona, debido al cambio de imagen previamente establecida por sus familiares y más personas allegadas, lo cual puede ser advertido por la víctima como un rechazo.
Por otro lado, aun cuando la víctima se encuentra en el proceso de aceptación de su propia imagen en el que se encuentra, la sociedad tiende a no alentar a la resiliencia; todo lo contrario, entorpece aquel camino con un repudio constante porque la imagen de ésta última no se alinea con los llamados estereotipos de belleza. Por esto, es necesario, además, trabajar en el contexto social, familiar y sentimental a fin de que sea el propicio para un correcto restablecimiento de la víctima y, en lo posible, para que retorne al estado en el que se encontraba su vida social antes de la lesión.
Es por ello que esta iniciativa pretende que las mujeres víctimas de violencia tengan el derecho a la cirugía de reconstrucción y/o reparación de secuelas de lesiones causadas por actos de violencia de manera gratuita.
Es importante hacer mención sobre la diferencia entre la cirugía estética y cirugía reconstructiva. Se entenderá por cirugía estética aquella especialidad de la cirugía plástica que tiene como objetivo mejorar la apariencia de determinadas estructuras normales del cuerpo utilizando procedimientos quirúrgicos, con la finalidad de aumentar el atractivo físico del paciente y satisfacer sus expectativas, mejorando su aspecto, simetrías y proporciones; las cirugías estéticas más demandadas son la mamoplastia de aumento, la lipoescultura y la rinoplastia.
Por otro lado, la cirugía reparadora o también llamada reconstructiva, se realiza sobre estructuras anómalas del cuerpo producto de accidentes, malformaciones congénitas, enfermedades y cirugías. Su objetivo principal es recuperar o mejorar la función de determinados órganos o tejidos que se encuentran afectados por dichas circunstancias, mejorando su apariencia y asegurando la forma más estética posible.
La cirugía reconstructiva o reparadora tiene un campo de acción muy amplio, aunque existen zonas concretas que suelen ser más demandadas por los pacientes.
-En cabeza y cuello se suelen corregir malformaciones congénitas como el labio leporino, fracturas, tumores o secuelas tras intervenciones quirúrgicas, traumatismos, cicatrices, resecciones de tumores cutáneos, septoplastias en tabique nasal para corregir problemas de respiración, orejas de soplillo, reconstrucción de ojeras, reparación de tabiques de mandíbula y un largo etcétera.
-En extremidades se realizan reconstrucciones postraumáticas, tras tumores, reimplantes de extremidades, corrección de defectos congénitos en manos y piernas, síndrome del túnel carpiano, artrosis del pulgar, reconstrucciones nerviosas, corrección de problemas vasculares...
-En tronco y pecho las intervenciones más comunes es la de reconstrucción de mama tras un cáncer. Además, se reconstruyen paredes abdominales, se tratan secuelas de pérdidas excesivas de peso, corrección de mamas tuberosas, reducción de mamas por gigantomastia, etcétera.
-En genitales se realizan prótesis testiculares, cambios de sexo, se tratan anomalías congénitas en el pene, reparación de fimosis, reconstrucción vaginal, etc.
-También hay que citar el tratamiento de áreas del cuerpo afectadas por graves quemaduras y determinados tipos de úlceras.
El principal y más evidente beneficio que todas las personas relacionan con la cirugía reconstructiva son los beneficios estéticos. Gracias a una buena cirugía reconstructiva se consigue que partes del cuerpo que resultaban imperfectas vuelvan a una posición casi perfecta.
De ahí la importancia de poderles brindar a las mujeres víctimas de violencia un servicio de atención de cirugía de reconstrucción que les permita en la medida de lo posible devolverle su aspecto físico y con ello mejorar sus condiciones de vida.
A continuación, se presenta un cuadro comparativo de la propuesta:
Por lo anteriormente expuesto, una servidora junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona una fracción VII al artículo 34 de la Ley General de Víctimas
Artículo Único. Se adiciona una fracción VII al artículo 34 de la Ley General de Víctimas, para quedar como sigue:
Artículo 34. (...)
I. a VI. (...)
VII. Las mujeres víctimas de violencia deberán recibir de forma gratuita, todo tipo de cirugías plásticas reconstructivas que permitan reparar lesiones causadas por actos de violencia con base en la valoración del profesional médico.
Transitorios
Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. La Secretaría de Salud y las instituciones públicas de seguridad social, de acuerdo con su suficiencia presupuestal, realizarán las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputada Claudia Quiñones Garrido (rúbrica).»
Se remite a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
«Iniciativa que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, suscrita por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado federal Marcelo de Jesús Torres Cofiño, así como las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77; 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan el inciso D), los numerales 3 y 5 del inciso H) de la fracción I del artículo 2o; el artículo 2o A; y la fracción IX, incisos d) y g), de la fracción XXII, del artículo 3o, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El Impuesto Especial sobre Producción y servicios (IEPS) es un impuesto indirecto que se aplica en México a la producción, venta o importación de diversos productos y servicios, entre ellos a las gasolinas y el diésel. En 1980 entró en vigor la aplicación del IEPS, regido por la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS). Se trata de una herramienta clave para el gobierno en la gestión de ingresos y regulación de ciertos sectores.
La LIEPS define que, los contribuyentes sujetos a pagar el IEPS son todas las personas físicas y personas morales que lleven a cabo la enajenación de los bienes señalados en la ley, sean en territorio nacional o importándolos y, presten servicios señalados en ésta. El IEPS grava la enajenación e importación de los siguientes bienes: bebidas alcohólicas y cerveza; alcoholes, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables; tabacos labrados; gasolinas y diésel; bebidas energizantes; bebidas con azúcares añadidos; combustibles fósiles; plaguicidas y alimentos con alto contenido calórico.
En el caso de la gasolina, durante el mes de enero de 2025, cuatro de cada diez pesos que pagaron los automovilistas por un litro de gasolina fueron impuestos. Es decir, durante el primer mes del 2025, los ciudadanos pagaron 5.53 pesos por litro de gasolina regular o Magna por impuesto especial sobre producción y servicios, además una tasa de 16 por ciento de IVA.
Según datos del sitio Petrointelligence, el lunes 13 de enero de 2025, la gasolina Magna se vendía a un precio promedio a nivel nacional de 24.28 pesos por litro, un máximo nunca antes visto. De esos 24.28 pesos, 9.41 pesos son de impuestos: 3.88 pesos de impuesto al valor agregado (IVA) y 5.53 pesos de IEPS. Mientras que otros cuatro de cada 10 pesos del costo final de la gasolina son por el costo del petróleo crudo, con lo cual el precio al que se vendía en esa fecha, equivale alrededor de 9.53 pesos por cada litro de combustible. De acuerdo con los especialistas, a ese precio de 24.28 pesos por litro, al que se vendía, 3.55 pesos son de transporte, refinación y marketing, mientras 1.79 pesos son por las ganancias de los gasolineros.
En comparación con Estados Unidos, sólo 17 por ciento del costo final de la gasolina regular que pagan los automovilistas en ese país es por impuestos. Es decir, en México, donde 40 por ciento del precio final son impuestos, se paga más del doble por este concepto.
Para el 18 de enero de 2025, el precio por litro de gasolina seguía incrementándose, el mismo sitio Petrointelligence publicaba los siguientes precios promedio nacionales: la gasolina regular o Magna 24.32 pesos el litro, la gasolina Premium 25.66 pesos por litro y el Diésel 26.09 por litro.
Estos precios tan altos al inicio de 2025, y que no se habían visto antes, se deben a: a) la actualización del IEPS. Cada año este impuesto se debe actualizar conforme a la inflación, que en 2024 fue de 4.5 por ciento. Es por esto que la cuota de IEPS para la gasolina regular o Magna incrementó de 6.17 pesos por litro en 2024 a 6.45 pesos por litro en 2025, un aumento de 28 centavos; b) aunado a ello, en los primeros diez días del 2025 el gobierno federal dio un subsidio de sólo 23 centavos por cada litro de gasolina regular o Magna y; c) los precios internacionales del petróleo y de la gasolina subieron al inicio de 2025.
En junio de 2024 los precios de la gasolina en México tenían la misma tendencia al alza, lo cual fue uno de los factores que presionaron el incremento de la inflación, durante la primera quincena de ese mes la inflación de combustibles se ubicó en 5.52 por ciento a tasa anual, el nivel más alto desde septiembre de 2022. Lo cual repercutió en el incremento de los precios de productos agropecuarios, frutas y verduras, así como de productos pecuarios, debido a que los mayores costos de transportación por el alza en la gasolina también afectan a estos precios.
Petrointelligence marcaba el 25 de junio de 2024, que la gasolina Magna o regular cotizaba en promedio a nivel nacional en 23.73 pesos por litro. De acuerdo con estos datos, el precio del litro de gasolina Magna había subido 7.38 por ciento o 1.63 pesos desde finales de 2023, cuando finalizó con una cotización de 22.10 pesos por litro.
Cabe resaltar que, durante el 2024, el gobierno otorgó en promedio un subsidio fiscal a la gasolina Magna de 50.31 centavos por litro, mientras que, en el mismo periodo del 2023, el apoyo que dio fue casi cinco veces mayor, de 2.51 pesos por litro. La reducción en los estímulos fiscales en el 2024 derivó en un cobro de IEPS a las gasolinas que no se había dado antes.
Por otro lado, de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en diciembre de 2018, el precio promedio de la gasolina Magna se situaba en 18.32 pesos por litro. En abril de 2021, esta tenía un costo promedio de 20.39 pesos, lo que supone un incremento del 11.2 por ciento. En cuanto a la gasolina Premium, en diciembre de 2018 esta tenía un precio promedio de 19.87 pesos el litro. En abril de 2021, los consumidores pagaban 21.93 pesos. Es decir, aumentó un 10.4 por ciento. Por último, el Diésel pasó de 19.48 a 21.44 pesos por litro, lo que implica que subió un 10.06 por ciento durante el mismo periodo.
Como se puede observar, de acuerdo con la información disponible, el precio de la gasolina sigue subiendo principalmente por tres factores: debido a la actualización del IEPS; el incremento de los precios del petróleo y la baja en los subsidios a la gasolina por parte del Gobierno federal.
En ese sentido, hay que recordar que una de las promesas de la campaña presidencial del anterior titular del Ejecutivo federal fue reducir el precio de la gasolina a diez pesos por litro. Sin embargo, actualmente el incremento anual al precio del litro de gasolina ya es del orden del 8.5 por ciento, lo cual está por encima de la inflación promedio y afecta directamente la economía familiar, encareciendo la canasta básica, el transporte y los servicios esenciales.
El incremento del precio de la gasolina ha sido de tal magnitud que, del 2012 al 2024, representa más del 130 por ciento. En el 2012, la Magna costaba 10.2 pesos, la Premium 10.9 pesos y el diésel 10.6 pesos. En 2024, la gasolina Magna costaba 23.4 pesos, la Premium 25.1 pesos y el diésel 25.2 pesos. Ahora en el 2025 se observa que el incremento en el precio de los combustibles no se detiene, y que la promesa de campaña de disminuir el costo del litro de gasolina y de eliminar el IEPS quedó en eso, en promesa.
Diversos estudios han mostrado que la recaudación del IEPS ha ido a la baja y que lejos de representar una recaudación, ha sido un gasto fiscal. De acuerdo con una investigación realizada por el Instituto Mexicano de la Competitividad, AC, titulada “El precio del petróleo en las finanzas públicas ¿ganamos o perdemos recursos?”, la recaudación por el IEPS agregado ha observado una tendencia a la baja durante los últimos años debido, principalmente, a una caída en la recaudación del IEPS a combustible. Dicha investigación encontró que, en 2021, la recaudación del IEPS general alcanzó 413.6 mil millones de pesos (mmdp), monto 17.8 por ciento menor que en 2020 y 20.5 por ciento menor que en 2019 en términos rea-les. En términos mensuales, el monto recaudado por medio del IEPS correspondiente a enero de 2022 fue 21.2 mmdp, monto 23.9 por ciento menor respecto al mismo mes de 2021 y 40 por ciento menor que en enero de 2020 en términos reales.
Particularmente en lo que se refiere al IEPS a gasolinas y diésel, se encontró que durante 2021 se recaudaron 231.3 mmdp, un monto 29.3 por ciento menor que durante 2020 y 31.1 por ciento menor que durante 2019 en términos reales. Y que el monto recaudado por medio del IEPS al mes de enero de 2022 fue de 11.2 mmdp, 56.3 por ciento menor con respecto al mismo mes de 2021 y 65.3 por ciento menor comparado con enero de 2020.
Por su parte, según el estudio “Análisis de la inflación y su impacto en la recaudación fiscal del impuesto especial de producción y servicios en México, 2018 — 2022”, existe una correlación estadística directa entre la eliminación o reducción del subsidio al IEPS por parte del gobierno federal, y el comportamiento de los precios; lo que demuestra que ese impuesto es una de las causas del encarecimiento de los productos y servicios que consume la gente. Hay que distinguir, además, que no se trata, como en el caso de los cigarros o las bebidas azucaradas, de un impacto que les llegue sólo a los consumidores directos de esos productos. No, en el caso de las gasolinas el impacto es para la totalidad de la sociedad, porque, incluso quien no tiene necesidad de desplazarse (o que lo hace por un medio alternativo) termina consumiendo productos que fueron transportados con gasolinas o diésel cada vez más caros.
Frente a este escenario, es importante tener en cuenta que el incremento en el precio de la gasolina además de poner en evidencia la incapacidad de cumplir una promesa de campaña, también refleja que no se han instrumentado otro tipo de medidas para garantizar precios accesibles. Lo que ha afectado a millones de familias que enfrentan una presión económica creciente que podría mitigarse con políticas fiscales más justas y una inversión estratégica en infraestructura energética.
Es por todo ello que el Partido Acción Nacional ha promovido diversas iniciativas para reducir el impacto de la tendencia al alza de los precios de la gasolina y diésel. Por ejemplo, el 4 de septiembre de 2018 la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván presentó iniciativa para reformar los artículos 2o. y 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, con el objetivo de eliminar las tasas del IEPS. El 8 de enero de 2020 la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas presentó iniciativa que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para eliminar al 100 por ciento el impuesto aplicado a gasolinas.
Además, el 11 de febrero de 2025, las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentaron iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para reducir en 50 por ciento las cuotas aplicables a la enajenación de combustibles automotrices. El objetivo de todas estas iniciativas es presentar alternativas para bajar el precio de las gasolinas, buscando aliviar la presión económica en las familias mexicanas.
En ese orden de ideas, la presente iniciativa propone la eliminación del impuesto especial sobre producción y servicios aplicado a las gasolinas. Este impuesto representa una parte significativa del precio del combustible y, aunque en teoría se recauda para mitigar los impactos ambientales generados por los vehículos a combustión, no existen pruebas claras de que dichos recursos se utilicen en acciones específicas de protección ambiental. La eliminación del IEPS busca reducir el precio final de la gasolina, aliviar la presión económica sobre las familias y fomentar la competitividad económica del país.
Este impuesto a las gasolinas generó importantes ingresos para el gobierno federal en 2024. De enero a agosto de ese año, la recaudación de IEPS a gasolinas y diésel fue de 268 mil 878.53 millones de pesos, un incremento de 83 por ciento en comparación con el mismo periodo del año anterior. La pregunta es: ¿y dónde está ese dinero? La respuesta: en las obras insignia de López Obrador.
Las ventajas o beneficios de eliminar el IEPS aplicado a gasolinas y diésel serían: a) reducción del costo de vida: una disminución en el precio de las gasolinas impactaría positivamente el costo de transporte y, en consecuencia, los precios de bienes y servicios esenciales, mejorando la economía de las familias; b) fomento a la competitividad: menores costos energéticos reducirían los gastos operativos de las empresas, especialmente en sectores altamente dependientes del transporte, fortaleciendo la economía nacional; c) justicia tributaria: evitaría que los consumidores sigan pagando un impuesto que no se destina a los fines ambientales con los que se justifica su existencia y; d) estímulo a la economía local: con gasolinas más accesibles, se fortalecería el consumo interno y las actividades económicas.
Las acciones o estrategias que podría instrumentar el gobierno federal y, en su caso, los gobiernos locales, para mitigar posibles consecuencias negativas: a) compensación fiscal: establecer mecanismos para suplir los ingresos que el gobierno dejaría de percibir, tales como: incrementar impuestos a actividades o industrias con mayor impacto ambiental y diseñar esquemas fiscales progresivos que graven bienes de lujo o productos más contaminantes; b) fortalecimiento de políticas ambientales: implementar un sistema de incentivos para la adopción de vehículos eléctricos o híbridos, y establecer programas de reforestación y conservación con recursos alternativos; c) desarrollo de infraestructura sostenible: invertir en el fortalecimiento del transporte público para reducir la dependencia del uso de vehículos particulares y promover proyectos de infraestructura ciclista y peatonal en ciudades; y d) plan de transición energética: reforzar la generación de energía limpia y su accesibilidad para que los ciudadanos y empresas tengan opciones viables más allá de los combustibles fósiles.
Se requiere de una estrategia integral que no solo baje los precios de la gasolina, sino que también promueva un desarrollo sostenible y justo para todos.
Para mayor claridad de los cambios que se proponen a la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, se presenta el siguiente cuadro comparativo del texto vigente con la propuesta de cambios a esta:
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto
Artículo Único. Se derogan: el inciso D), los numerales 3 y 5 del inciso H) de la fracción I del artículo 2o; el artículo 2o A; y la fracción IX, incisos d) y g), de la fracción XXII del artículo 3o, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:
Artículo 2o. ...
I. ...
A) a C) ...
D) (Se deroga).
E) (Se deroga) a G) ...
H) ...
1. a 2. ...
3. (Se deroga).
4. ...
5. (Se deroga).
6 a 10...
...
...
...
I) a J) ...
II a III...
Artículo 2o.-A. (Se deroga).
Artículo 3o. ...
I. a VIII. ...
IX. (Se deroga).
X. a XXI. ...
XXII. Combustibles fósiles:
a) a c) ...
d) (Se deroga).
e) a f) ...
g) (Se deroga).
h) a l) ...
XXIII. a XXXVII. ...
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá 60 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para dejar sin efectos las disposiciones referidas a Gasolinas y Diésel incluidas en el “Acuerdo por el que se actualizan las cuotas que se especifican en materia del impuesto especial sobre producción y servicios para 2025”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2024.
Tercero. A la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión contará con un plazo de 90 días naturales para realizar las adecuaciones legislativas necesarias conforme a lo previsto en el mismo.
Notas
1 Información consultada el 18 de enero de 2025 en: https://es-us.finanzas.yahoo.com/noticias/litro-gasolina-paga-40-impuestos 043011105.
html?guce_referrer=aHR0cHM6Ly93d3cuZ29vZ2xlLmNvbS8&guce_refe rrer_sig=AQAAAJ74DxHaceOmrip_AuoymfQ87zSePzNkKVEMQcx5ULzVncyAYhv5xBRrPbclXjB6HU d8dF4diuNvbpY1V0DTSAj9dEhr6hBirL4HLrskrfcPR8raoFD9fl5ADtfiPcoN3xLvw36dRX5lWd29f t3Flne98UkoulopPK9uT-Z0iQc
2 [1]Consultado el 18 de enero de 2025 en:
https://petrointelligence.com/precios-de-la-gasolina-y-diesel-ho y.php
3 Instituto Mexicano de la Competitividad, A.C (2022). El precio del petróleo en las finanzas públicas ¿ganamos o perdemos recursos? Pág. 6. Consultado el 20 enero 2025 en:
https://imco.org.mx/wp-content/uploads/2022/03/El-precio-del-pet ro%CC%81leo-en-las-finanzas-pu%CC%81blicas_Documento_23032022.pdf
4 Herrera Martínez, M. J., & Ramírez Abarca, O. (2024). Análisis de la inflación y su impacto en la recaudación fiscal del impuesto especial de producción y servicios en México, 2018 — 2022. Consultado el 20 enero 2025 en: Vista de Análisis de la inflación y su impacto en la recaudación fiscal del impuesto especial de producción y servicios en México, 2018 — 2022
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.– Diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que reforma el artículo 149 de la Ley General de Educación, en materia de becas por orfandad en la educación impartida por instituciones del sector privado, a cargo de la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada María Guadalupe Morales Rubio, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción III Bis del artículo 149 de la Ley General de Educación, en materia de becas por orfandad en la educación impartida por instituciones del sector privado, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
1) Antecedentes
a) Becas para el Bienestar Benito Juárez
La presente propuesta tiene un origen directo en las becas otorgadas por el Gobierno de México derivada de la contingencia del Covid-19, ante el fallecimiento de madres, padres o personas tutoras, el futuro de las y los estudiantes quedó incierto, por lo que, como medida para evitar la de- serción educativa, en un comunicado emitido por la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, se dio a conocer que: “En noviembre de 2020, la Secretaría de Educación Pública, a través de la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar (CNBBBJ), y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) a través de la Unidad de Atención a la Población Vulnerable, suscribieron el Convenio de Colaboración de Transferencia de Información para la Identificación de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad derivada de la pandemia causada por el virus SARS-COV2 (Covid-19). En este convenio se sientan las bases para dar acceso prioritario a los programas de Becas para el Bienestar Benito Juárez (BBBJ) a las niñas, niños y/o adolescentes (NNA) en situación de orfandad derivada de la pandemia causada por el Covid-19.
Entre los requisitos que señalaba era que el NNA esté inscrito en el ciclo escolar vigente en algún plantel educativo de educación básica o de educación media superior del Sistema Educativo Nacional, lo anterior, dejaba en desamparo a las y los estudiantes que acudían a planteles a cargo de particulares, por lo que en aras de sumar esfuerzos en favor del interés superior de la niñez y adolescencia, propuse ir más allá de esa propuesta.
b) Iniciativa en Congreso de la Ciudad de México
En relación con el apartado anterior, en el mes de noviembre de 2021, presenté en el Congreso de la Ciudad de México iniciativa en materia de becas por orfandad en la educación impartida por particulares, a fin de que en términos de la facultad conferida en la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Ciudad de México la remitiera a esta Cámara de Diputados, sin embargo, a veces la tramitología supera a las buenas intenciones, pero eso nos inspira más como legisladoras a seguir peleando nuestras causas en beneficio de nuestra niñez y juventudes mexicanas.
Tal como lo manifesté en la argumentación de dicha iniciativa, “estos esfuerzos son acordes con las estrategias implementadas en países como Estados Unidos de América (EUA), Brasil, Perú, Sudáfrica o la India, donde se otorgan transferencias monetarias para apoyar a las NNA ante la pérdida de algún cuidador, previniendo así las consecuencias que pudieran darse tanto por la falta de ingresos en la familia o bien por la falta de cuidados.
Ahora bien, dentro de esta problemática deben también estudiarse los efectos que están teniendo las NNA inscritos en escuelas particulares, donde la pérdida de la madre y/o padre pudiera afectar la continuidad de sus estudios en dichas instituciones, vulnerando directamente su derecho a la educación, lo cual no es cosa menor, ya que si de por sí resulta traumático para las NNA el perder algún familiar, hay que añadir el riesgo de perder sus lazos con amigos, compañeros y maestros, ante la imposibilidad de seguir costeando las colegiaturas derivado que sus abuelos o sus nuevos tutores legales no cuentan con la capacidad económica para cubrir dicho concepto.
Bajo esa tesitura, más allá de las variables económicas, debe ponderarse el interés superior de la niñez y su derecho a la educación. Asimismo, debe dimensionarse que dentro del universo de escuelas particulares existe una amplia variedad, tanto en costos como en sus características, y que en muchos casos éstas acogen a estudiantes de nivel socioeconómico medio, incluso medio bajo”.
c) Beca Leona Vicario
El Programa Beca Leona Vicario de la Ciudad de México, tiene como finalidad salvaguardar el interés superior de niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años, que viven situaciones de alta vulnerabilidad; mediante un apoyo económico, servicios y actividades de atención integral, el cual entre su objetivo general señala contribuir a la restitución de los derechos de hasta 35 mil 500 niñas, niños y adolescentes, de 0 a 17 años 11 meses, que viven situaciones de alta vulnerabilidad, a través de un apoyo monetario mensual, servicios y actividades que favorezcan su desarrollo integral, de manera particular, sus derechos a la educación y alimentación.
En ese tenor, en uno de los objetivos específicos señala el otorgar un apoyo monetario mensual de mil treinta y dos pesos, a través de una tarjeta electrónica a mes vencido, a niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años 11 meses en situación de alta vulnerabilidad para contribuir a la restitución de los derechos alimentación y educación, considerando casos prioritarios los siguientes:
- Niñas y niños entre 0 y 3 años.
- Situación de vulnerabilidad económica.
- Víctimas de violencia.
- Cuyas madres, padres o tutores:
- Han fallecido
Y no solamente se limita al apoyo económico, sino que también otorga un apoyo integral, con recursos del DIF Ciudad de México, aproximadamente 15 mil servicios de atención integral a las niñas, niños y adolescentes inscritos en el programa y sus familiares, con la finalidad de promover el desarrollo del beneficiario en un ambiente sano, fortalecer el desarrollo emocional, salud y cultural a través de los siguientes servicios:
Atención psicológica.
Actividades culturales (visitas a museos, talleres, teatros, bibliotecas, conciertos y galerías).
Servicios de canalización (atención en salud de primer nivel, médico general, dental y odontológico.
Asesoría jurídica (canalizaciones jurídicas a la Procuraduría de los Derechos para la Protección. Canalización a los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Infantil (CACDI).
d) Becas vigentes brindadas por instituciones privadas
En la actualidad, diversas instituciones del sector privado han demostrado que se pueden brindar dichas becas en aras de apoyar a sus estudiantes, sin necesidad que sea una obligación, me permito mostrar algunos ejemplos, quienes tienen mi total reconocimiento por haber tomado la iniciativa al respecto.
“La Universidad Autónoma de Aguascalientes, a través del Área de Becas y Apoyos de la Dirección General de Servicios Educativos, ofrece las Becas de Orfandad dirigidas a aquellos alumnos que durante el transcurso de sus estudios sufren el fallecimiento del padre, madre o tutor(a), responsables de sostener económicamente a la familia.
La Beca de Orfandad consiste en el pago total o parcial de la matrícula y las colegiaturas, y se solicita a partir del fallecimiento del padre, madre o tutor(a).
Requisitos:
• Estar inscrito en algún programa educativo de bachillerato o pregrado.
• Presentar acta de defunción (original) del padre, madre o tutor.
• Pago de estudio socioeconómico que realizará la institución para acreditar la necesidad de la beca.
La Beca de Orfandad se deberá renovar anualmente, siempre y cuando se cumpla con los requisitos desde el inicio del apoyo.
De acuerdo al resultado del estudio socioeconómico y la evaluación del Comité de Becas, se podrán asignar becas de cien, 75, 50 y 25 por ciento, aplicables al monto de la matrícula y las colegiaturas”.
Otro ejemplo, es el Instituto México de Baja California, que señala lo siguiente en su página de internet:
También la comunidad Marista, a través de la Institución Cervantes Loma Bonita, cuenta con un apoyo de becas:
“Este beneficio tiene la finalidad de proteger a los alumnos que se encuentren activos en la preparatoria Cervantes Loma Bonita, y que por cualquier circunstancia llegue a fallecer su padre, madre o tutor legal; quedando así desprotegido y sin posibilidad de poder continuar con sus estudios.
El fondo está disponible para cubrir el costo de las colegiaturas vigentes, según el porcentaje de participación del responsable económico fallecido, la vigencia de este beneficio será hasta la conclusión del nivel escolar que se encuentre cursando el alumno”.
Con los anteriores ejemplos se demuestra que la voluntad es la base de las acciones con interés social, que permiten proteger al alumnado ante la pérdida de un ser amado y un proveedor, y no permitir que queden en el abandono educativo, y por ende que caigan en aspectos que puedan dañar a la sociedad como la delincuencia.
2) Derecho superior de la niñez, adolescencia y juventud en la jurisprudencia
En materia de becas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha priorizado el interés superior de la niñez y adolescencia, principios básicos que hoy representan la naturaleza jurídica de la presente iniciativa.
En el ejercicio de sus derechos constitucionales a impugnar una ley que considera contraria al texto constitucional, una sociedad civil promovió un amparo en contra de la disposición de otorgar becas. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoció del amparo en revisión y, con un estudio sobre la constitucionalidad de la norma, declaró por unanimidad que la obligación de las escuelas privadas de otorgar becas, en los términos establecidos por la ley, es constitucional.
Además, la Sala validó que las escuelas privadas estén obligadas a otorgar becas totales o parciales en cada plan y programa de estudios, al menos, a 5 por ciento del total de sus alumnos, sin que ello implique una restricción a la libertad de desarrollar una actividad, la imposición de un trabajo no remunerado o una obligación tributaria para los centros educativos.
La Sala destacó que hay educandos que sobresalen por tener un perfil de excelencia y que, por su condición económica y social, no tienen la posibilidad de estudiar en una institución privada que satisfaga sus metas académicas. Lo que justifica que las escuelas particulares otorguen becas que garanticen su derecho a la educación. En este sentido, las becas forman parte de las políticas públicas que buscan lograr la equidad educativa, cerrar la brecha de las desigualdades sociales y coadyuvar en la satisfacción de un fin social.
Misma que a efecto de mejor proveer se cita a continuación:
“Educación. El artículo 149, fracción III, de la ley general relativa, no viola los principios de proporcionalidad y equidad tributarias previstos en el artículo 31, fracción IV de la Constitución federal
Hechos: En un juicio de amparo indirecto una escuela privada reclamó, por su sola vigencia, diversas normas de la Ley General de Educación que regulan a los planteles educativos privados como parte del Sistema Educativo Nacional.
Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que el artículo 149, fracción III, de la Ley General de Educación, al imponer a las escuelas particulares la obligación de otorgar becas al menos al 5 por ciento del total de alumnos inscritos en cada plan y programa de estudios, no viola los principios de proporcionalidad y equidad tributarias previstos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución federal.
Justificación: La indicada disposición legal no prevé un tributo, en la medida en que no establece un deber de pago en favor del Estado y, menos aún, está dirigido a financiar el gasto público, ni grava un hecho indicativo de capacidad económica o la recepción de algún beneficio, sino que se limita a establecer la obligación a cargo de las instituciones educativas privadas de conceder un porcentaje mínimo de becas, como una política pública implementada por el Estado —en uso de su calidad rectora— para coadyuvar en la satisfacción de un fin social previsto por la Constitución general, consistente en la garantía del derecho humano a la educación. Por tanto, dado que el deber que el precepto de trato prevé no tiene la naturaleza de un tributo —por lo que no contiene una tasa fija ni establece de manera diferenciada e injustificada una carga impositiva—, no se rige por los principios propios de la materia fiscal”.
Lo anterior, se traduce en la obligación de los particulares de otorgar becas educativas, lo cual tiene un fin constitucional acorde con la función estatal de rectoría del desarrollo nacional y de la educación y se orienta a garantizar el derecho a una vida digna mediante una más justa distribución del ingreso y la riqueza y a la superación de las brechas de desigualdad que impiden el desarrollo con justicia social.
Por ende, resulta de vital importancia, sumar esfuerzos desde todas las trincheras en favor de las y los estudiantes de nuestro país, independientemente de la elección escolar.
Asimismo, de manera indirecta, el Judicial ha establecido como tesis aislada que el derecho a una beca no sea limitativo a las instituciones públicas, es decir, siempre se prioriza el interés superior de las o los estudiantes para continuar su educación, tal como se observa a continuación:
Becas de estudio como medida de rehabilitación a las víctimas de violaciones a derechos humanos. Su entrega no necesariamente debe hacerse a través de instituciones de educación pública.
Hechos: una persona promovió juicio de amparo indirecto contra la resolución que determinó las medidas de reparación integral del daño, entre otras, la entrega de una beca de estudios en una institución educativa pública, lo que se hizo en términos del artículo 51 de la Ley General de Víctimas, que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas otorgó por violaciones a derechos humanos.
Criterio jurídico: la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la entrega de becas de estudio a las víctimas no necesariamente debe hacerse a través de instituciones de educación pública.
En ese mismo sentido, la presente iniciativa, presenta un apoyo para aquellas y aquellos estudiantes que han sufrido una pérdida, y cuyo derecho a la educación, debe de priorizarse.
3) Derecho comparado
A nivel internacional, en materia de derecho a beca por orfandad, se cita como ejemplo al Gobierno de Perú, el cual cuenta con la Ley número 23585 denominada “Estudiantes de planteles y universidades particulares que pierdan a sus padres o tutores tienen derecho a beca”, la cual señala lo siguiente:
“Artículo 1. Los estudiantes de los centros educativos y universidades de gestión no estatal que pierdan al padre, tutor o persona encargada de solventar su educación, tienen derecho a una beca de estudios en el mismo plantel o universidad hasta la terminación del respectivo nivel educativo o alcanzar la graduación, siempre que acrediten carecer de recursos para sufragar dichos estudios. Este beneficio suspende durante un ciclo universitario o un año escolar por bajo rendimiento o mala conducta del educando, pero se recupera si en ese lapso la causa de suspensión es superada; y se pierde definitivamente en el caso en que el alumno haya sido expulsado”.
4) Bien jurídico tutelado
Derecho a la educación, priorizando el interés superior de la niñez y adolescencia.
5) Contenido de la iniciativa
La presente iniciativa tiene como finalidad y de acuerdo con los antecedentes descritos, que las y los estudiantes continúen con sus estudios cuando fallezca su padre, madre o persona tutora responsable de proveer los recursos económicos que impidan su deserción escolar.
6) Cuadro comparativo
A efecto de mejor proveer, se proponen los siguientes cambios:
Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 149 de la Ley General de Educación, en materia de becas por orfandad en la educación impartida por instituciones del sector privado
Único. Se adiciona la fracción III Bis al artículo 149 de la Ley General de Educación, en materia de becas por orfandad en la educación impartida por instituciones del sector privado, para quedar como sigue:
Artículo 149. Los particulares que impartan educación con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios deberán:
I. a la III. ...
III. Bis. Otorgar becas a las y los estudiantes cuya madre, padre o persona tutora responsable de solventar las cuotas de colegiaturas, hubiera fallecido durante el ciclo escolar en curso. Las becas deberán consistir en la exención del pago total o parcial de las cuotas de colegiaturas que haya establecido el particular, y se otorgarán hasta la terminación del respectivo nivel educativo. Esta obligación podrá ser contabilizada dentro del porcentaje mínimo señalado en la fracción III del presente artículo.
IV. a la IX. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Educación Pública emitirá en un plazo de 120 días naturales los lineamientos para regular las becas señaladas en la fracción X del artículo 149 de la Ley General de Educación.
Notas
1 Gobierno de México. “Atención a niñas, niños y adolescentes en orfandad derivada de la pandemia causada por Covid-19”, disponible en
https://www.gob.mx/becasbenitojuarez/prensa/ firma-de-convenio-para-apoyar-a-familiares-de-victimas-de-covid-19?idiom=es
2 Congreso Ciudad de México. “Iniciativa en materia de becas por orfandad en la educación impartida por particulares”. Disponible en
https://consulta.congresocdmx.gob.mx/consulta/iniciativa/ vista/3367
3 Ídem.
4 Ciudad de México. Bienestar Educativo. “Beca Leona Vicario”. Disponible en
https://www.bienestareducativo.cdmx.gob.mx/leona-vicario
5 Universidad Autónoma de Aguascalientes, UAA. “Becas de orfandad”. Disponible en
https://www.uaa.mx/portal/aspirantes/becas-de-orfandad/
6 Instituto México de Baja California. “Becas por orfandad”. Disponible en
https://imbc.mx/beca-por-orfandad/
7 Cervantes Loma Bonita. “Plan de Becas por Orfandad”. Disponible en
https://cervantesloma.edu.mx/portal/wp-content/uploads/2023/12/P lan-de-becas-por-orfandad-2024.pdf
8 Muñiz Toledo, Rogelio. “La obligación de las escuelas privadas de otorgar becas es constitucional | Artículo”. Aristegui Noticias. Disponible en
https://aristeguinoticias.com/2711/opinion/la-obligacion-de-las- escuelas-privadas-de-otorgar-becas-es-constitucional-articulo/.
9 Suprema Corte de Justicia de la Nación. “Otorgamiento de becas en escuelas privadas y prohibición de aumento injustificado de colegiaturas garantizan el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes”. 30 de septiembre de 2021. Disponible en
https://www.internet2.scjn.gob.mx/ red2/comunicados/noticia.asp? id=6600
10 Ídem.
11 JURISPRUDENCIA. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.Libro 7, Noviembre de 2021, Tomo II , página 1867. Tesis de jurisprudencia 29/2021 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. Disponible en
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023857
12 Muñiz Toledo, Rogelio. “La obligación de las escuelas privadas de otorgar becas es constitucional | Artículo”. Aristegui Noticias. Disponible en
https://aristeguinoticias.com/2711/opinion/la-obligacion-de-las- escuelas-privadas-de-otorgar-becas-es-constitucional-articulo/.
13 Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 79, Octubre de 2020, Tomo I, página 265. Amparo en revisión 1133/2019. 1 de julio de 2020. Mayoría de cuatro votos de los ministros Norma Lucía Piña Hernández, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Ana Margarita Ríos Farjat, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien formuló voto concurrente, y Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien reservó su derecho para formular voto concurrente. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretarios: Pablo Francisco Muñoz Díaz y Fernando Sosa Pastrana.
14 República del Perú. “Ley 23585”. Disponible en
https://www.gob.pe/institucion/minedu/normas-legales/118360-2358 5
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/105089/_23585_-_08-03-2013_12_08_3 7_-Estudiantes_de_planteles_y_universidades_particulares_que_pierdan_a_sus_padr es_o_tutores_tienen_derecho_a_beca.pdf?v=1586905319
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025.– Diputada María Guadalupe Morales Rubio (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
LEY DE AGUAS NACIONALES
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Noemí Berenice Luna Ayala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor la siguiente
Exposición de Motivos
El campo mexicano, es de gran importancia para la vida social y económica del país, esto se coloca en relieve al señalar que más de 23 millones de hectáreas se ocupan para la agricultura y casi 109 millones de hectáreas son destinadas a la ganadería nacional. El campo mexicano alberga gran variedad de tierras, ecosistemas y agro ecosistemas, donde provienen los alimentos que consumimos día a día.
México ocupa el lugar número 12 de la producción de alimentos y cultivos agrícolas y en ganadería primaria, somos el lugar número 10. El gran trabajo de agricultores y ganaderos resultó en la producción de más de 299 millones de toneladas de alimentos en 2023.
Ese año, 2023, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi) reportó que se obtuvieron 34.6 millones de toneladas de los principales granos que se producen: arroz, cebada grano, frijol, maíz amarillo, maíz grano blanco, sorgo grano y trigo grano, y; 26 millones 984 mil 247 personas formaron la mano de obra de las actividades agropecuarias en el país.
En 2024, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) señaló que había 536 mil concesiones sobre los volúmenes de aguas nacionales y bienes inherentes por su uso. El gobierno federal confirmó en 2023 que 16 por ciento de las concesiones se encontraban vencidas, esto principalmente ya que los usuarios no observaron la fecha en la que debió rea- lizar el trámite de renovación.
En el Censo Agropecuario de 2022, levantado por el Inegi, reflejó que 29 millones 806 mil 706 hectáreas, se destinaban a uso agrícola, obteniendo 34.6 millones de toneladas de los principales granos que se producen en el país (arroz, cebada grano, frijol, maíz grano amarillo, maíz grano blanco, sorgo grano y trigo grano).
Conforme al mismo censo, los problemas más comunes que percibieron los productores agropecuarios fueron con 82 por ciento los altos costos de insumos y servicios, 64.5 por ciento los factores climáticos, la disminución de ventas 37.2, factores biológicos 37, pérdida de fertilidad de los suelos 27.6 y la inseguridad 21 por ciento.
Esta problemática se refleja con la caída del número de personas que trabajan en este sector, como se mencionó, el I- NEGI señaló que del tercer trimestre de 2022 al tercer trimestre de 2023 se redujo en 23 mil 500 el número de trabajadores en el estado: pasaron de 160 mil 463 a 136 mil 973, una disminución de 6.8 por ciento.
En el caso particular de Zacatecas y tras una reunión sostenida con el Parlamento Campesino de Zacatecas, sus integrantes plantean que entre 2,500 y 3 mil pozos son utilizados en Zacatecas para el riego agrícola, siendo este el mismo número de familias las que generan 10 empleos directos y 50 de forma indirecta cada uno, productores están siendo afectados por una gran incertidumbre ante la probable cancelación de los títulos de concesión vencidos, ya sea por omisión en la realización del trámite de prórroga anticipada o por falta de respuesta por las autoridades.
Estos factores generan dificultadas para los productores agro alimentarios puesto que, por las irregularidades o falta de atención y solución a las prórrogas, se ven impedidos para acceder a los beneficios baja en de las cuotas energéticas vía la Comisión Federal de Electricidad y el acceso a diversos programas federales y estatales para el campo.
Aunada a esta problemática tenemos el incremento de insumos, como fertilizantes, semilla, energía, combustibles e implementos, aumentando hasta en 200 y 300 por ciento, sin que realmente se vean reflejados estos sobre precios de los productos, lo que causa un abandono de los campesinos a sus parcelas y comunidades, buscando alternativas distintas al campo para mejorar la calidad de vida.
Aunado a lo anterior, hay acciones gubernamentales que no han beneficiado a la totalidad de los campesinos, como lo fue el decreto de la Conagua de 2023, que benefició sólo para la regularización de concesiones vencidas de pozos de menos de 50 metros cúbicos, lo que dejó en indefensión un promedio de 4 mil 500 pozos.
La importancia económica del campo zacatecano es vital para su economía, pues tomando en cuenta el número de productores, cuentan con 50 mil hectáreas, con una inversión promedio de 20 mil pesos por hectárea, por lo que hablamos de una derrama de mil millones de pesos anuales.
El clima de Zacatecas es predominantemente seco y semi seco, su extensión territorial es de 74 mil 480 km cuadrados. El estado aporta al producto interno bruto en sector primario 13 mil 717 millones de pesos y produce 7 millones 286 mil 853 toneladas de producto, entre lo que destaca:
• Chile verde: 423 mil 757 toneladas
• Frijol: 423 mil 394 toneladas
• Maíz grano: 402 mil 221 toneladas
• Tomate rojo: 182 mil 773 toneladas
• Maíz forrajero: 1,975,944 toneladas
De la agricultura del estado, 13.6 por ciento se desempeña en la modalidad de riego y 86.4 es de temporal.
Con datos del Parlamento Campesino de Zacatecas, señalan que 150 mil hectáreas de uso de riego son abastecidas en un 80 por ciento de pozos profundos y el 20 por ciento por norias, presas y bordos, y del universo de tierras de riesgo, 37 mil hectáreas son de plantas perenes como alfalfa y pastizales.
Sin embargo, la agrupación campesina nos hace mención que hay un gran número de concesiones vencidas y que, pese a ello, siguen siendo utilizados para el trabajo del campo, son sustentos de las familias mexicanas y zacatecanas, por lo que la problemática y los procesos de prórroga debe ser solventados a la brevedad posible en aras de beneficiar a los trabajadores del campo y mantener la productividad.
Uno de los principios del Estado Mexicano es fomentar el desarrollo rural, en términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que establece el desarrollo rural en la Ley Agraria, que señala textualmente:
Ley Agraria
Artículo 4o. El Ejecutivo federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales con perspectiva de género, orientadas a elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional, en condiciones de igualdad y paridad.
...
Artículo 5o. Las dependencias y entidades competentes de la administración pública federal fomentarán el cuidado y conservación de los recursos naturales y promoverán su aprovechamiento racional y sostenido para preservar el equilibrio ecológico; propiciarán el mejoramiento de las condiciones de producción promoviendo y en su caso participando en obras de infraestructura e inversiones para aprovechar el potencial y aptitud de las tierras en beneficio de los pobladores y trabajadores del campo.
El artículo 27, su párrafo quinto, la CPEUM señala qué debe entenderse por aguas nacionales y, conforme a la normatividad de la Ley de Aguas Nacionales, faculta a la Conagua para ceder la explotación y el uso de éstas en términos de la CPEUM.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 27. ...
...
...
...
Son propiedad de la Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional; ...
...
Conforme al artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, la explotación y uso del recurso hídrico se hará mediante concesión o asignación otorgada por la Conagua, en términos de los artículos 20, 21, 21 Bis, 22, 24 y 25 de la ley referida.
Ley de Aguas Nacionales
Artículo 20. De conformidad con el carácter público del recurso hídrico, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante concesión o asignación otorgada por el Ejecutivo federal a través de “la Comisión” por medio de los organismos de cuenca, o directamente por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que dispone la presente ley y sus reglamentos. Las concesiones y asignaciones se otorgarán después de considerar a las partes involucradas, y el costo económico y ambiental de las obras proyectadas.
...
La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por parte de personas físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo federal a través de “la Comisión” por medio de los organismos de cuenca, o por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta ley, sus reglamentos, el título y las prórrogas que al efecto se emitan.
El artículo 21 de la Ley de Aguas Nacionales, señalan los requisitos mínimos que debe contener la solicitud de la concesión y de manera concreta el artículo 24 señala los términos en los que se puede dar una concesión o asignación respecto a 5 a 30 años.
Artículo 24. El término de la concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales no debe ser menor de cinco ni mayor de treinta años, de acuerdo con la prelación del uso específico del cual se trate, las prioridades de desarrollo, el beneficio social y el capital invertido o por invertir en forma comprobable en el aprovechamiento respectivo. En la duración de las concesiones y asignaciones, “la Autoridad del Agua” debe tomar en consideración las condiciones que guarde la fuente de suministro en cuanto a cantidad y calidad, la prelación de usos vigentes en la región que corresponda y las expectativas de crecimiento de dichos usos.
Respecto al planteamiento del problema puesto a consideración en este documento tenemos que en el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, señala que estas concesiones serán objeto de prórroga por el mismo término y características por el que fueron otorgados, siempre que sean solicitados dentro de los últimos cinco años previstos al término de si vigencia y al menos de los 6 meses antes de su vencimiento y de lo contrario, se entenderá que se renuncia al derecho de solicitar la prórroga.
Artículo 24. ...
Las concesiones o asignaciones en los términos del artículo 22 de esta ley serán objeto de prórroga hasta por igual término y características del título vigente por el que se hubieren otorgado, siempre y cuando sus titulares no incurrieren en las causales de terminación previstas en la presente ley, se cumpla con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 22 de esta ley y en el presente artículo y lo soliciten dentro de los últimos cinco años previos al término de su vigencia, al menos seis meses antes de su vencimiento.
La falta de presentación de la solicitud a que se refiere este Artículo dentro del plazo establecido, se considerará como renuncia al derecho de solicitar la prórroga.
Abarca el Derecho Agrario lo relativo a la regulación de la explotación agrícola, con contenidos preponderantemente económicos, las normas agrarias contienen principios e instituciones para regular los factores económicos referentes a la producción, circulación, distribución y consumo.
La estructura y naturaleza de los contenidos normativos que integran la materia agraria, dan caracteres y modalidades específicas, dentro de las cuales tienen relevancia, los siguientes aspectos del derecho agrario:
• Es una rama de derecho autónoma.
• Es un derecho dinámico, por la evolución de su contenido operando en el ámbito científico, social, económico, y político.
• Es un derecho social, pues sus normas e instituciones dan énfasis a la tutela de la población campesina.
• Es un derecho singular y excepcional que inspira al derecho común, por motivos de justicia social e interés público.
Cuando entendemos la naturaleza del Derecho Agrario somos cocientes de su naturaleza social y de justicia social, en concordancia con el artículo 4 y 5 de la Ley Agraria, que fue expuesta con anterioridad, es por ello que esta reforma busca favorecer la producción económica del campo y la salvaguarda de los derechos.
Esta iniciativa tiene por objeto reformar el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales para
• Señalar que la autoridad está obligada a notificar de la caducidad concesiones o asignaciones respecto al uso de agua, seis meses antes por medios electrónicos.
• Se considerará omisión al derecho de prórroga, la falta de presentación de la solicitud para refrendar la concesión, por lo que el titular de ella tendrá un plazo de 60 días para presentar la solicitud y de lo contrario se entenderá que renuncia a su derecho.
Para ilustrar los cambios propuestos se señala la siguiente reforma:
Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se reforma el párrafo tercero y se adicionan el sexto y séptimo al artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:
Artículo 24. ...
...
La falta de presentación de la solicitud a que se refiere este Artículo dentro del plazo establecido, será notificada al titular de inmediato por “La Autoridad del Agua” y se considerará como una omisión al derecho de prórroga, haciéndose acreedor a las sanciones y multas correspondientes establecidas en el Artículo 119 de esta ley.
..
...
“ La Autoridad del Agua” está obligada a notificar al titular de las concesiones o asignaciones vigentes seis meses antes de la caducidad de los títulos por todos los medios electrónicos referidos.
En el caso de omisión, el titular contará con 60 días para interponer solicitud; concluido este plazo, se considerará como renuncia al derecho de solicitar la prórroga.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Comisión Nacional del Agua dispondrá de 60 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias con base en lo previsto en él.
Notas
1 Gobierno de México,
https://www.gob.mx/segalmex/articulos/el-productivo-campo-mexica no
2 Sader,
https://www.gob.mx/agricultura/articulos/numeros-del-campo-que-e norgullecen?idiom=es
3 Inegi,
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ CA_Def/CA_Def2022.pdf
4 El Economista,
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Conagua-renovara-concesiones-vencidas- 20140422-0098.html
5 Inegi,
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ CA_Def/CA_Def2022.pdf
6 Ibídem.
7 Inegi
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ CA_ResOpt/CA_ResOpt2022.pdf
8 El Sol de México
https://oem.com.mx/elsoldezacatecas/finanzas/caen-cifras-de-empl eo-en-el-campo-de-zacatecas-13310993
9 Diario Oficial de la Federación
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5682767&fecha=14/03/2023#gsc.tab=0
10 La Jornada Zacatecas,
https://ljz.mx/16/03/2023/tras-decreto-de-conagua-para-la-regula rizacion-de-concesiones-de-pozos-mas-de-4-mil-productores-de-riego-en-zacatecas -han-quedado-en-la-indefension-alberto-de-santiago/
11 Sader,
http://www.gob.mx/agricultura/articulos/zacatecas-un-campo-lleno -de-produccion#:~: text=Su%20clima%20es%20predominantemente%20seco,%25%20urbana%20y%2040.5%25%20ru ral
12 Ibídem.
13 Cónfer Porte Petit Moreno, Luis Octavio, Valores éticos tutelados por el derecho agrario, página 5, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Disponible en
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1374/21.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025.– Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Kenia López Rabadán y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
«Iniciativa que reforma el artículo 13 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de combate al delito, a cargo del diputado Raúl Lozano Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, diputado Raúl Lozano Caballero, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VI, recorriéndose en orden lo subsecuente del artículo 13 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El deporte es la actividad física que llevan a cabo todas las personas en el mundo, de forma profesional o amateur y este sirve desde la niñez para el desarrollo adecuado de la motricidad del cuerpo, asimismo, es fundamental para el libre esparcimiento, el desarrollo de valores, sentido de identidad y para el desestrés de las actividades diarias, también ayuda a promover la justicia, la no discriminación, el respeto y la igualdad de oportunidades para todos.
En México de conformidad con el artículo 4o., párrafo trece de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que:
4o. ...
...
Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
Asimismo, el realizar actividades deportivas es fundamental para atender problemáticas sociales de origen y a su vez coadyuvan a combatir y erradicar problemas como la delincuencia y las adicciones en las niñas, niños y adolescentes, así lo expresó la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito en México:
“Las juventudes enfrentan retos que las hacen vulnerables a la delincuencia, la violencia y la victimización. El deporte tiene el poder para disminuir factores de riesgo, pues éste:
• Promueve la adquisición de habilidades clave para la vida.
• Otorga un sentimiento de identidad y pertenencia.
• Mejora la salud física y mental.
• Destruye estereotipos y creencias nocivas relacionadas con la violencia y la delincuencia, incluida la violencia basada en género.
• Crea espacios seguros para que las juventudes locales interactúen de manera positiva.”
Convirtiendo al deporte en una herramienta fundamental para la reconstrucción de nuestro tejido social, que tanta falta hace en nuestro país, porque impacta de forma positiva en la calidad de vida, aumenta la posibilidad de tener una vida más larga y saludable, por lo que debe impulsarse desde cualquiera de los 3 niveles que componen a nuestro gobierno sin importar el partido.
Haciendo especial énfasis en el trabajo llevado a cabo por el gobierno federal mediante la Secretaría de Educación Pública, quien a través de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) es la encargada de fomentar y promover la cultura física que busca involucrar a mexicanas y mexicanos de todas las edades a integrarse a la práctica, desde el deporte social, hasta el de competencia y alto rendimiento.
La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) es creada en el año de 1988 como un órgano administrativo desconcentrado y se le encomendó la instrumentación, establecimiento y coordinación del Sistema Nacional del Deporte (Sinade), en el que participaran las dependencias y entidades de la administración pública federal y las Instituciones de los sectores social y privado.
Aunado a esto, no podemos dejar de lado que el realizar deporte ayuda a prevenir el desarrollo de enfermedades tales como la diabetes, la obesidad, la hipertensión entre otras que afectan de manera grave el bienestar de millones de mexicanos y que además en un futuro cercano presionarán de manera peligrosa las finanzas públicas, si no comenzamos a trabajar en la prevención de los padecimientos antes mencionadas.
Derivado de ello, es que la cultura del deporte debe expandirse más y ampliar su alcance a todas y todos, en un mundo cada vez más digitalizado en el que ser sedentario y evitar las actividades físicas se vuelve cada día más común, pues de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas las y los jóvenes pasan menos de 60 minutos al día haciendo algún tipo de actividad física, el mínimo recomendado por la Organización Mundial de la Salud4.
Retomando el tema del combate a la delincuencia e inseguridad, es esencial que a través del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (Sinade) que es la máxima instancia colegiada permanente de representación, se plantee establecer y adoptar protocolos de actuación para prevenir, atender, combatir y erradicar cualquier clase de delitos, que afecten a niñas, niños, jóvenes, adolescentes, mujeres y hombres de todas las edades, sin importar su condición social o discapacidad.
Al lograr el cometido de la presente propuesta se estará apoyando al desarrollo del nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en su eje Gobernanza con Justicia y Participación Ciudadana, el cual tiene como objetivo fortalecer la democracia, garantizar la justicia, así como mejorar la seguridad pública y nacional.
De igual forma, al apoyar la presente propuesta se estará garantizando el interés superior de la niñez que es un principio de rango constitucional previsto en el artículo 4, que demanda que en toda situación donde se vean involucrados niños, niñas y adolescentes se trate de proteger y privilegiar sus derechos.
Artículo 4o.
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
También se garantiza, el acceso a la justicia de todas y todos que es un derecho fundamental que se relaciona con todos los derechos, pues se erige como instrumento para su protección y garantía.
Adicionalmente, se da cumplimiento al artículo 1o. constitucional el cual establece la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Al mismo tiempo, se fortalece el texto legal actual en concordancia con los acuerdos internacionales al proteger a todas las personas que tienen alguna discapacidad y desean practicar algún deporte, pues al crear estos protocolos de actuación se acata lo expresado en la Convención Interamericana de 2019 la cual está en contra toda forma de Discriminación e Intolerancia.
Además, es de resaltarse que la Estrategia Nacional de Seguridad del actual Gobierno de México, se basa en cuatro ejes que son:
- Consolidación de la Guardia Nacional;
- Fortalecimiento de la inteligencia e investigación con la creación de un nuevo Sistema Nacional de Inteligencia;
- La coordinación con las entidades federativas.
- Atención a las causas
Sobresaliendo y coincidiendo que la atención a las causas debe ser la prioridad para el gobierno en turno.
Por lo expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta honorable asamblea un cuadro comparativo de la propuesta de reforma:
Derivado de lo anterior, se somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción VI, recorriéndose en orden lo subsecuente del artículo 13 de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Único. Se adiciona una fracción VI, recorriéndose en orden lo subsecuente del artículo 13 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:
Artículo 13. Mediante el Sistema Nacional del Deporte se llevarán a cabo las siguientes acciones:
I. a V. ...
VI. Establecer y adoptar protocolos de actuación para prevenir, atender, combatir y erradicar la comisión de delitos en el deporte a nivel nacional, y
VII. Las demás que le otorgue esta ley u otros ordenamientos legales.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito en México, disponible en:
https://www.unodc.org/lpomex/noticias/abril-2023/las-actividades -deportivas-pueden-prevenir-la-violencia–la-delincuencia-y-el-consumo-de-drogas -entre-jovenes_-dia-internacional-del-deporte.html
2 Conade, disponible en:
https://www.gob.mx/conade/prensa/que-es-la-conade
3 Conade, disponible en:
https://www.gob.mx/conade/acciones-y-programas/historia-de-la-co mision-nacional-de-cultura-fisica-y-deporte?state=published
4 Organización de la Naciones Unidas, disponible en:
https://news.un.org/es/story/2019/11/1465711
5 Gobierno de México, disponible en:
https://planeandojuntos.gob.mx/
6 Suprema Corte de Justicia de la Nación, disponible en:
https://www.scjn.gob.mx/10ddhh/este-mes/interes-superior-de-ninos-ninas-y-adole scentes-adr-11872010
7 Suprema Corte de Justicia de la Nación, disponible en:
https://www.sitios.scjn.gob.mx/cec/programas-investigacion/acces oalaJusticia
8 México se adhiere y ratifica convenciones contra la discriminación, disponible en:
https://www.gob.mx/sre/prensa/mexico-se-adhiere-y-ratifica-convenciones-contra- la-discriminacion?idiom=es
9 Gobierno de México, disponible en:
https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presidenta-claudia-sheinbaum-presenta-est rategia-nacional-de-seguridad
México, Ciudad de México, a 26 de febrero de 2025.– Diputado Raúl Lozano Caballero (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen.
MODIFICA LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO SOSTENIBLE
Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y expide la Ley del Instituto Nacional de Innovación y Emprendimiento Sostenible, a cargo del diputado Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
EXHORTO A LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA A QUE, EN EL MARCO DEL AÑO INTERNACIONAL DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA CUÁNTICAS, SE REALICE EL EVENTO LA CIENCIA CUÁNTICA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la a la Jucopo a que, en el marco del Año Internacional de la Ciencia y la Tecnología Cuánticas, se realice el evento La ciencia cuántica, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Junta de Coordinación Política que, en el marco del Año Internacional de la Ciencia y la Tecnología Cuánticas, se realice el evento La ciencia cuántica toma la tribuna bajo la siguiente
Exposición de Motivos
La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al año 2025 como el Año Internacional de la Ciencia y la Tecnología Cuánticas, reconociendo la importancia de este campo para el desarrollo científico, tecnológico y económico a nivel global. Esta conmemoración busca promover el conocimiento sobre los avances y aplicaciones de la ciencia cuántica, así como fomentar la cooperación internacional para impulsar investigaciones y proyectos que generen beneficios para la humanidad.
La ciencia y la tecnología cuánticas han revolucionado diversas áreas del conocimiento, desde la computación y la criptografía hasta la medicina y las telecomunicaciones. Este año internacional es una oportunidad para divulgar su impacto, inspirar a nuevas generaciones de investigadores y fortalecer el diálogo entre la comunidad científica, los gobiernos y la sociedad.
México, como nación comprometida con el desarrollo científico y tecnológico, tiene la responsabilidad de participar activamente en esta celebración global. Al visibilizar la relevancia de la ciencia cuántica y sus aplicaciones, nuestro país no sólo se suma a los esfuerzos internacionales, sino que también fomenta el desarrollo de capacidades nacionales, impulsa la investigación y abre nuevas oportunidades para el talento mexicano en un área estratégica para el futuro.
La ciencia y la tecnología cuánticas representan una oportunidad estratégica para el desarrollo científico, económico y social de México. Su aplicación en áreas como la computación, las telecomunicaciones, la criptografía, la inteligencia artificial y la medicina puede impulsar la innovación, fortalecer la soberanía tecnológica y generar nuevas industrias que contribuyan al crecimiento económico del país.
En el campo de la computación cuántica, por ejemplo, se abren posibilidades para resolver problemas complejos en segundos, tareas que las computadoras tradicionales tardarían años en completar. Esto podría revolucionar sectores clave como la investigación médica, la optimización de redes energéticas y el desarrollo de nuevos materiales.
En ciberseguridad, la criptografía cuántica ofrece sistemas prácticamente inviolables, lo que es fundamental para proteger la información pública, financiera y gubernamental ante las crecientes amenazas digitales.
Además, el impulso a la investigación cuántica en México fortalecería el sistema científico nacional, brindando a las y los investigadores acceso a áreas de vanguardia y promoviendo la formación de talento especializado. Este avance también abriría oportunidades de colaboración con centros de investigación y empresas tecnológicas a nivel global.
Fomentar la ciencia cuántica no sólo es una inversión en el futuro, sino también una vía para reducir la dependencia tecnológica, fortalecer la economía del conocimiento y contribuir a resolver problemáticas nacionales mediante la aplicación de tecnología de punta.
Es fundamental que las y los científicos mexicanos tengan un espacio en la máxima tribuna del país para compartir su conocimiento, visibilizar sus investigaciones y contribuir al debate público sobre el desarrollo científico y tecnológico. La participación directa de la comunidad científica en el Congreso fortalece el vínculo entre la ciencia y las políticas públicas, promoviendo decisiones informadas que impulsen la innovación y el progreso nacional.
Un precedente exitoso de este tipo de ejercicios ocurrió en la Cámara de Diputados durante el evento Las lenguas toman la tribuna, donde hablantes de diversas lenguas indígenas expusieron la riqueza lingüística y cultural de México. Este acto no sólo visibilizó una causa fundamental, sino que acercó a la sociedad y a los legisladores a una realidad que merece atención y apoyo.
Siguiendo este ejemplo, el evento La ciencia cuántica toma la tribuna busca otorgar la palabra a investigadoras e investigadores mexicanos para que expliquen, desde su conocimiento y experiencia, la relevancia de la ciencia y la tecnología cuánticas para el país. Esta interacción directa permitirá que las y los legisladores comprendan mejor el impacto potencial de esta área y, a partir de ello, impulsen políticas públicas y presupuestos que fortalezcan la investigación científica en México.
En este evento se podría invitar, entre otras personalidades, a:
• Doctora Ana María Cetto Kramis: física y profesora emérita de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), con una destacada trayectoria en la investigación y promoción de la ciencia.
• Doctora Julia Tagüeña Parga: física y divulgadora científica, con amplia experiencia en la promoción de la ciencia y la tecnología en México.
• Doctora Susana Lizano Soberón: astrónoma y directora del Instituto de Radioastronomía y Astrofísica de la UNAM, con experiencia en la investigación científica y tecnológica.
Se propone que este evento se realice el 10 de abril, en conmemoración del Día Mundial de la Ciencia y la Tecnología, fecha establecida por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) en 1982 en honor al científico argentino Bernardo Houssay. La duración máxima sería de dos horas y se invitaría a mujeres y hombres científicos para que hablen sobre la importancia de la ciencia y la tecnología cuánticas para México.
Esta iniciativa contribuirá a inspirar a nuevas generaciones de científicas y científicos mexicanos, promoviendo la vocación científica y visibilizando el talento nacional que trabaja en áreas de vanguardia. La tribuna del Congreso debe ser un espacio abierto al conocimiento, donde la ciencia, como pilar del desarrollo, sea escuchada, valorada y apoyada.
Por lo anteriormente descrito, y con fundamento en las disposiciones señaladas, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se solicita respetuosamente a la Junta de Coordinación Política que, en el Marco del Año Internacional de la Ciencia y la Tecnología Cuánticas, se realice el evento La ciencia cuántica toma la tribuna.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.– Diputada Herminia López Santiago (rúbrica).»
Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.
EXHORTO A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL IMSS-BIENESTAR, A GARANTIZAR EL DERECHO A LA SALUD DE LA POBLACIÓN Y DAR SOLUCIÓN AL DESABASTO DE MEDICAMENTOS E INSUMOS MÉDICOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Dirección General del IMSS Bienestar a garantizar el derecho a la salud de la población y dé solución al desabasto de medicamentos e insumos médicos, a la falta de seguimiento a enfermedades crónicas y trasplantes, y se mejoren las condiciones laborales de las personas trabajadoras, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1 fracción II, y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El Hospital Regional de Alta especialidad del Bajío de Guanajuato (HRAEB) fue creado como centro de salud descentralizado, con personalidad jurídica propia, adscrito a la Secretaría de Salud. Tiene la función de brindar atención médica especializada a pacientes que no cuentan con seguridad social en los Estados de Guanajuato, Aguascalientes, Jalisco, Zacatecas, Michoacán y Querétaro. Fue diseñado para dar cobertura a una población de 5 millones de personas ubicadas en Guanajuato, Aguascalientes y Michoacán, con capacidad de 184 camas, y 1165 recursos humanos, así como de unidades de apoyo oncológicas, hemodiálisis, cirugía ambulatoria y rehabilitación, según datos de 2019.
El 11 de octubre de 2023, se ordena su desincorporación por fusión para estar adscrito a los servicios de salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar, (IMSS-Bienestar). A partir de esta fusión, el presupuesto destinado que incluye recursos humanos, materiales y financieros del Hospital Regional de Alta Especialidad de Guanajuato, pasa al IMSS-Bienestar, el cual es el encargado de proporcionar medicamentos gratuitos y atención médica de calidad, no ha cumplido con lo anterior, y tampoco con los seis objetivos prioritarios del Programa Institucional del HRAEB.
Los objetivos mencionan que se ofrece atención médica de calidad, obteniendo resultados a nivel de los estándares nacionales e internacionales, capacitando a los profesionales de la salud para contar con personal altamente certificado y actualizado; así como fortalecer la capacitación a través de centros de investigación de alta calidad coadyuvando con el avance científico, propiciando el fortalecimiento de las finanzas del Hospital y sistemas para el uso eficiente de los mismos.
Estos objetivos no se cumplen, ya que los recursos se centralizan en el IMSS-Bienestar teniendo el control administrativo y financiero del Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío. Cabe señalar, que anteriormente el Hospital, se administraba con recursos federales e iniciativa privada.
Este punto de acuerdo surge a raíz de protestas por parte del personal médico y pacientes por falta de insumos y ausencia de medicamentos, por lo que es un reflejo de que el presupuesto no se está invirtiendo de manera adecuada en el Hospital Regional del Bajío; el cual trata enfermedades de especialidad particular, por lo que los insumos, medicamentos y tratamientos tienen que ser muy específicos; en el mismo sentido no hay recurso para programas, capacitación y colaboraciones con centros de investigación para avance científico en el área de la medicina.
Al ser un Hospital de tercer nivel, por su la alta especialidad, debe contar elementos básicos e indispensables como personal médico especializado, capacitación constante para llevar a cabo los procedimientos realizados, y brindar una atención de alta calidad médica a los pacientes.
El presupuesto contemplado para el Hospital Regional en 2023 fue de mil 483 millones, para el 2024 como se muestra en la tabla 1, fue un total anual de mil 520 millones. Por lo anterior, en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) de 2025, en el Ramo entidades de control directo de programas presupuestarios con programas y proyectos de inversión, no se tiene contemplado al Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío en Guanajuato, por lo que no se cumple con el principal objetivo de asegurar el bienestar social conforme a las metas establecidas para el sector Salud de 2014 a 2030, por el gobierno de Morena.
Así mismo la mala administración podría deberse a la falta de titular en la Dirección General, de acuerdo con la página oficial del HRAEB.
Tabla 1Calendario de presupuesto autorizado 2024 por unidad responsable Pesos
Por lo anterior, es de resaltar la obligación del Estado al derecho de la Salud, respecto a proporcionar medicamentos e insumos, en términos de los artículos 2º fracción V, artículo 3°, fracción II bis y artículo 7°, fracción II, en los cuales se establece la prestación gratuita de servicios de salud, asociados para personas sin seguridad social, por parte del IMSS-Bienestar colaborando con la Secretaría de Salud.
Por lo antes fundado y motivado, presento ante el pleno de la Honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, y que se remita a esta soberanía un informe sobre dichas gestiones.
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Dirección General del IMSS Bienestar para que, implemente las acciones y estrategias necesaria a efecto de garantizar el derecho a la salud de la población y dé solución al desabasto de medicamentos e insumos médicos, a la falta de seguimiento a enfermedades crónicas y trasplantes, y se mejoren las condiciones laborales de las personas trabajadoras en el Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío (HRAEB), en el estado de Guanajuato.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Dirección General del IMSS Bienestar para que, informe detalladamente a la opinión pública sobre las acciones y estrategias instrumentadas para dar respuesta a las demandas y necesidades presentadas en el Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío (HRAEB), en el estado de Guanajuato.
Notas
1 HRAEB, Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío. Introducción HRAEB.
https://hraeb.imssbienestar.gob.mx/index.php?action=introduccion
2 Segob, Secretaría de Gobernación. SIDOF, Sitio alterno al Diario Oficial de la Federación, (2024). Programa Institucional 2020-2024 del Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío
https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5606804
3 DOF, Diario Oficial de la Federación, (2023). Decreto por el que se desincorporan por fusión el Centro y los Hospitales Regionales de Alta Especialidad que se indican con el IMSS-Bienestar.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5704687&fecha =11/10/2023#gsc.tab=0
4 IMSS Bienestar, Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar.
https://imssbienestar.gob.mx/
5 PEF, Presupuesto de Egresos de la Federación, (2025). Programas presupuestarios con programas y proyectos de inversión.
https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/GOpef25P/PEF2025/Lou ngbqw/docs/50/r50_gyr_piefe.pdf
6 DOF, Diario Oficial de la Federación, (2025).
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5747078&fecha=14/ 01/2025#gsc.tab=0
7 PEF, Presupuesto de Egresos de la Federación, (2025). Estrategia programática.
https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/GOpef25P/PEF2025/Lou ngbqw/docs/51/r51_gyn_ep.pdf
8 HRAEB, Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío.
https://hraeb.imssbienestar.gob.mx/
Enlaces
1. https://hraeb.imssbienestar.gob.mx/index.php?action=introduccion
2. https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5606804
3.https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5704687&fec ha=11/10/2023#gsc.tab=0
4. https://imssbienestar.gob.mx/
5. https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/GOpef25P/PEF2025/ Loungbqw/docs/50/r50_gyr_piefe.pdf
6. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5747078&fecha=14/ 01/2025#gsc.tab=0
7. https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/GOpef25P/PEF2025/ Loungbqw/docs/51/r51_gyn_ep.pdf
8. https://hraeb.imssbienestar.gob.mx/
9. https://www.gob.mx/salud/quehacemos#:~: text=La%20Secretar% C3%ADa%20de%20Salud%20es,la%20salud%20de%20la%20poblaci%C3%B3n.&text=Establ ecer%20las%20pol%C3%ADticas%20de%20Estado,la%20protecci%C3%B3n%20a%20la%20salud .
10. http://www.hraeb.salud.gob.mx/contenidos/conocenos/Cartera_ Servicios_HRAEB.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.– Diputado Alan Sahir Márquez Becerra (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO AL GOBERNADOR DE ZACATECAS, A DAR SOLUCIÓN A LAS DEMANDAS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE LA EDUCACIÓN QUE SE MANTIENEN EN PARO INDEFINIDO DE LABORES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobernador del estado de Zacatecas a atender y dar solución de manera urgente a las demandas de las y los trabajadores de la educación que se mantienen en paro indefinido de labores, afectando a más de 300 mil estudiantes de todos los niveles educativos, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, Noemí Berenice Luna Ayala, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor las siguientes
Consideraciones
El paro comenzó el pasado 17 de febrero del año en curso, tras un plebiscito favorable para dar paso al emplazamiento a huelga del Sindicato del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) en punto de las 12: 00 horas del martes 18 de febrero.
Sí, la UAZ se fue a huelga, por primera vez en 10 años, con el 55 por ciento de los votos emitidos, paralizando las actividades en 33 unidades educativas que suma una matrícula de 43 mil estudiantes de los niveles secundaria, preparatoria, licenciatura y posgrados.
Este paro es consecuencia de la omisión por parte del gobierno estatal a las demandas planteadas por parte del Sindicato basadas en:
• Un aumento salarial del 15 por ciento,
• Los pagos pendientes de las indemnizaciones por defunción,
• Regularizaciones a trabajadores, que ya habían sido ofrecidas por el rector y,
• Transparencia en la contratación de nuevas plazas, la asignación de base y otros procesos administrativos.
En este último rubro, señalan los líderes del sindicato que se manejan a discreción, omitiendo los protocolos y lineamientos acordados con ellos.
Cabe mencionar que, a esta inconformidad se sumaron las y los maestros de la sección 34 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en Zacatecas, promulgando un paro indefinido, debido a la negativa que tuvo el gobierno estatal para pagar las becas económicas que son destinadas a los hijos de los maestros para su educación, a lo que el gobierno estatal mencionó que este pago era un privilegio para las y los maestros zacatecanos, toda vez que existen becas universales para todos los estudiantes.
Las declaraciones vertidas por el gobierno estatal dieron como resultado que la sección 58 y el Sindicato de Telesecundarias se unieran a la protesta, tomando edificios gubernamentales, casetas de cobro, carreteras y la construcción del segundo piso del viaducto elevado.
Ante esta problemática, se han abierto mesas de dialogo entre sindicatos, maestros y representantes del gobierno estatal, sin llegar a acuerdos definitorios, El gobierno estatal vierte sus argumentos, sin embargo, no cumplen con las demandas.
Las reuniones se llevan dentro del marco del conflicto que llevaron al paro total en las actividades en el sector educativo básico, telesecundarias y universidades, por lo que convocaron a una megamarcha para el lunes 24 de febrero que salieron de los principales puntos de la ciudad para converger en la plaza de armas.
A la marcha asistieron al menos 20 mil maestros pertenecientes a las secciones 34 y 58 del SNTE, junto con otros sindicatos educativos como el de la telesecundaria y Tele bachillerato, con presencia de diversos Sindicatos; Único del Personal Académico y Administrativo de la Universidad Politécnica de Zacatecas (SUPAAUPZ), Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Tecnológica del Estado de Zacatecas (SUTUTEZ), el Sindicato Único de Trabajadores del Colegio Nacional de Estudios Profesionales Técnico (SUTACZ), Sindicato del Colegio de Bachilleres (Supdacobaez) y el Sindicato Independiente de Trabajadores de Telesecundaria del Estado de Zacatecas (SITTEZ).
La principal exigencia del magisterial es que el gobierno de Zacatecas cumpla con la entrega de 2 mil 950 becas de mil 900 pesos mensuales para los hijos de los maestros, como el pago de bonos y prestaciones atrasados para todos los niveles educativos.
Si bien es cierto, siguen las mesas de negociación, no han llegado a algún acuerdo, y la Secretaría de Educación Pública del Estado de Zacatecas explicó que no es posible comprometer los 3.5 millones de pesos, porque el recurso no existe, ofreciendo iniciar el trámite para las becas del 2025.
El gobierno estatal ha pedido a los maestros regresar a las aulas para no afectar la educación de los estudiantes; pero hacen la solicitud sin colocar una verdadera solución en la mesa.
Por ello, esta protesta es resultado de una desatención por parte de las autoridades estatales competentes hacia los maestros, a sabiendas de que son quienes brindan la educación a nuestras niñas, niños y jóvenes zacatecanos.
La educación no es un privilegio, es un derecho humano consagrado en el derecho internacional, como lo es en la Declaración de Derechos Humanos, en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y en la Ley General de Educación, esto al ser de vital importancia para el desarrollo y avance de la sociedad.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3...
Constitución Política de los Derechos Humanos
Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado —federación, estados, Ciudad de México y municipios— impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.
La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.
Ley General de Educación
Artículo 1. La presente Ley garantiza el derecho a la educación reconocido en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, cuyo ejercicio es necesario para alcanzar el bienestar de todas las personas. Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en toda la República.
...
...
Artículo 2. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional.
Por otra parte, toda persona tiene derecho a la libre profesión, a ejercer un trabajo y por ello tener un salario digno, cuestiones establecidas desde la Organización Internacional del Trabajo, la CPEUM en sus artículos 5 y 123, así como las leyes y reglamentos que permiten este ejercicio.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 23 Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Constitución Política de los Derechos Humanos
Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley
Las personas tienen derecho a unirse a un sindicato, afiliarse, o renunciar a ellos, esto como una finalidad de ejercer sus derechos laborales y en protección de los mismos, en términos del orden jurídico mexicano.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas
Artículo 34 A la Secretaría de Educación le corresponden las atribuciones siguientes:
I. Garantizar el derecho a la educación, en los términos que consagra el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y promover la educación integral, de calidad y con valores;
II ...
III. Desarrollar en el Estado el proceso de formación, actualización, capacitación y superación profesional de los docentes de educación básica y media superior, de acuerdo con lo establecido en la Ley General del Servicio Profesional Docente;
IV ...
V. Respetar los derechos adquiridos de los trabajadores de la educación;
VI al XXVII ...
Ante esta situación es menester que el gobierno estatal, busque una conciliación en respeto a los derechos humanos de las y los maestros, que ponga en balanza la protección inmediata de los derechos humanos de estudiantes y trabajadores en términos del artículo 1 de la CPEUM.
El reclamo es claro: las y los maestros de todos los niveles educativos piden soluciones, piden la presencia del gobernador constitucional del estado de Zacatecas de la cara, porque para eso fue elegido, para dar soluciones a la población zacatecana, que se presente en las mesas de diálogo y lograr, a la brevedad, que cientos de miles de niños, niñas y adolescentes zacatecanos ejerzan su derecho a recibir educación. Que la burocracia no detenga el aprendizaje.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador constitucional del estado de Zacatecas para que instrumente las acciones necesarias a efecto de atender personalmente a las y los trabajadores de la educación que se mantienen en paro indefinido de labores, e implemente las estrategias correspondientes para dar solución de manera urgente a sus demandas con el objetivo de terminar con el paro indefinido de labores que afecta a más de 300 mil estudiantes de todos los niveles educativos.
Nota
1 Cónfer El Sol de Zacatecas
https://oem.com.mx/elsoldemexico/mexico/zacatecas-colapsado-por- paro-de-maestros-que-lo-origino-y-la-respuesta-del-gobierno-de-david-monreal-21 843346
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.– Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
EXHORTO A LA SADER, A EXTENDER EL REGISTRO AL PROGRAMA ESPECIAL DE ENERGÍA PARA EL CAMPO, HASTA EL 31 DE MARZO DE 2025
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a extender el registro al Programa Especial de Energía para el Campo, en el ámbito de la energía eléctrica de uso agrícola (PEUA) hasta el 31 de marzo de 2025, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Los que suscriben, diputadas y diputados Oscar Bautista Villegas, Ricardo Gallardo Juárez, María Leonor Noyola Cervantes, María Graciela Gaitán Díaz, José Luis Fernández Martínez, Juan Carlos Valladares Eichelmann, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista México en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 4, y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución al tenor de las siguientes
Consideraciones
El derecho a una vida digna para las y los productores agrícolas del país es un compromiso fundamental del Estado mexicano. En este sentido, uno de los principios rectores de las políticas públicas en materia agropecuaria es “no dejar a nadie atrás, no dejar a nadie afuera”, lo que implica garantizar el acceso a programas y acciones que contribuyan a la mejora del bienestar de los productores y faciliten el desarrollo de sus actividades en el campo de manera eficiente y productiva.
Por ello, se ha implementado el Programa Especial de Energía para el Campo en el ámbito de la energía eléctrica de uso agrícola (PEUA), un subsidio cuyo objetivo principal es fomentar la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias en México mediante tarifas de estímulo para la energía eléctrica utilizada en el bombeo y rebombeo de agua para riego agrícola.
A través del PEUA, se busca hacer más rentables las actividades agropecuarias y facilitar el acceso a la energía eléctrica a precios accesibles para los productores del campo. Entre las instancias participantes en el PEUA se encuentran la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la Comisión Nacional del Agua (Conagua), que garantizan la implementación y regulación del programa.
Este programa está dirigido a las y los productores agrícolas que requieren de energía eléctrica para sus sistemas de riego y que cumplen con los requisitos establecidos, como estar inscritos en el Padrón Único de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y estar al corriente con sus obligaciones ante la CFE y Conagua.
Adicionalmente, para aquellos productores que se encuentren en un proceso de litigio relacionado con su acceso a recursos hídricos, se establece que podrán inscribirse en el programa siempre y cuando cuenten con la certificación de factibilidad otorgada por la Dirección de Conagua, lo que garantizará que puedan acceder a los beneficios del PEUA mientras resuelven su situación legal.
En este contexto, se considera imprescindible extender el periodo de registro al PEUA hasta el 31 de marzo de 2025, con el propósito de ampliar su cobertura y garantizar que un mayor número de productores pueda acceder a sus beneficios. La ampliación del plazo permitirá que más agricultores regularicen su documentación y cumplan con los requisitos para incorporarse al programa, lo que, a su vez, contribuirá a la estabilidad y fortalecimiento del sector agropecuario.
Por lo anterior, resulta fundamental que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural considere esta solicitud, en aras de consolidar el desarrollo rural y apoyar a las y los productores que dependen del PEUA para la sostenibilidad de sus actividades agrícolas.
Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a extender el registro al Programa Especial de Energía para el Campo en el ámbito de la energía eléctrica de uso agrícola (PEUA) hasta el 31 de marzo de 2025, en virtud de su relevancia para los agricultores y la productividad agropecuaria del país.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al director de la Comisión Nacional del Agua, emitir certificados de factibilidad, a quienes se encuentren en litigio, con la finalidad de inscribirse en el Programa Especial de Energía para el Campo, PEUA 2025 y se beneficien con el Subsidio de Energía Eléctrica para Extracción de Aguas para uso de Riego.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.– Diputados y diputadas: Oscar Bautista Villegas, Ricardo Gallardo Juárez, María Leonor Noyola Cervantes, María Graciela Gaitán Díaz, José Luis Fernández Martínez, Juan Carlos Valladares Eichelmann (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
EXHORTO A LA COFEPRIS, A LA SEMARNAT, A LA SADER Y EL SENASICA, A REALIZAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROHIBIR EL USO DE FIPRONIL EN MÉXICO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Cofepris, a la Semarnat, a la Sader y al Senasica a realizar las medidas necesarias para prohibir el uso de fipronil en México, por demostrar ser altamente tóxico para la biodiversidad de la región, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El uso de plaguicidas en la agricultura mundial ha experimentado un notable incremento en las últimas décadas. En 2021, el uso total de plaguicidas alcanzó aproximadamente 3.5 millones de toneladas de principios activos. Este aumento representa 4 por ciento más en comparación con 2020 y 11 por ciento más en la última década. Desde 1990, el uso de plaguicidas se ha duplicado, reflejando la creciente dependencia de estos productos para proteger los cultivos de plagas y enfermedades.
La distribución del uso de plaguicidas varía significativamente entre las regiones del mundo: Asia es la región con el mayor uso, representando 38 por ciento del total mundial; En las Américas, el uso de plaguicidas es también elevado, con un promedio de 3.01 kg/ha; Europa, por otro lado, tiene el menor uso relativo de plaguicidas, con sólo 13 por ciento del total mundial; Oceanía ha visto el mayor aumento porcentual en el uso de plaguicidas desde 1990, con un incremento de 206 por ciento, aunque su uso por hectárea sigue siendo bajo en comparación con otras regiones.
El impacto económico del comercio de plaguicidas es significativo. En 2021, el valor total de las exportaciones de plaguicidas fue de 43.2 mil millones de dólares. Asia lidera en exportaciones con 3.6 millones de toneladas, valoradas en 17.3 mil millones de dólares. Las Américas también son grandes importadoras de plaguicidas, con 1.2 millones de toneladas importadas por un valor de 7.6 mil millones de dólares.
Históricamente, el uso de plaguicidas ha mostrado una tendencia al alza. En 2019, el uso global alcanzó los 4.2 millones de toneladas, con un aumento significativo entre 2000 y 2012. Este incremento ha sido impulsado principalmente por Asia, seguida de América, Europa, África y Oceanía.
A pesar de los beneficios que los plaguicidas pueden ofrecer en términos de protección de cultivos y aumento de la productividad agrícola, también presentan riesgos significativos para la salud humana y el medio ambiente. Los plaguicidas pueden contaminar el suelo y el agua, y reducir la biodiversidad. Además, la exposición a plaguicidas puede tener efectos negativos en la salud humana, incluyendo intoxicaciones agudas y efectos crónicos como el cáncer y problemas reproductivos.
El uso de plaguicidas en la agricultura ha tenido un impacto significativo en las poblaciones de insectos polinizadores, como las abejas, mariposas y otros insectos beneficiosos. Estos polinizadores son esenciales para la reproducción de muchas plantas y la producción de alimentos, pero su número ha disminuido drásticamente en las últimas décadas debido a varios factores, entre los cuales el uso de plaguicidas juega un papel crucial.
Los plaguicidas pueden afectar a los polinizadores de varias maneras. En primer lugar, pueden causar la mortalidad directa de los insectos cuando entran en contacto con ellos. Esto ocurre cuando los polinizadores visitan flores tratadas con plaguicidas o cuando estos productos se aplican en áreas cercanas a sus hábitats. Por ejemplo, se ha observado que el uso de neonicotinoides, un tipo común de plaguicida, está asociado con la disminución de las poblaciones de abejas. Estudios han demostrado que estos químicos pueden reducir la capacidad de las abejas para encontrar su colmena, afectando su navegación y comportamiento.
Además de la mortalidad directa, los plaguicidas también pueden tener efectos subletales en los polinizadores. Estos efectos no matan a los insectos inmediatamente, pero pueden afectar su salud y comportamiento a largo plazo. Por ejemplo, algunos plaguicidas pueden interferir con el sistema nervioso de las abejas, afectando su capacidad para comunicarse y orientarse. Esto puede resultar en una disminución de su eficacia como polinizadores, lo que a su vez afecta la producción de cultivos y la diversidad de plantas.
El impacto económico de la disminución de polinizadores es significativo. Se estima que los polinizadores contribuyen con más de 235 mil millones de dólares anuales a la economía global a través de la polinización de cultivos. La pérdida de estos insectos podría llevar a una reducción en la producción de alimentos y un aumento en los precios de los productos agrícolas.
Para mitigar los efectos negativos de los plaguicidas en los polinizadores, es crucial adoptar prácticas agrícolas más sostenibles. Esto incluye el uso de plaguicidas menos tóxicos o alternativas biológicas, así como la creación de hábitats seguros para los polinizadores, como áreas de flores silvestres y corredores ecológicos. Además, es importante regular y monitorear el uso de plaguicidas para minimizar su impacto en el medio ambiente y la biodiversidad.
El uso de plaguicidas en México es un tema de gran importancia debido a su impacto en la agricultura, la salud pública y el medio ambiente. En México, se utilizan aproximadamente 32 mil toneladas de plaguicidas al año1. Estos productos se dividen principalmente en insecticidas, herbicidas y fungicidas. Los insecticidas representan el 40 por ciento del uso total, seguido por los herbicidas con 35 por ciento y los fungicidas con un 25 por ciento.
La distribución del uso de plaguicidas varía significativamente entre las diferentes regiones del país. Los estados con mayor uso de plaguicidas son Sinaloa, Sonora y Veracruz, debido a su alta actividad agrícola. En estas regiones, el uso de plaguicidas puede superar los 5 kg/ha. Esta alta concentración se debe a la necesidad de proteger cultivos de alto valor comercial como el tomate, el chile y el maíz.
El impacto económico del uso de plaguicidas en México es considerable. En 2021, el valor de las importaciones de plaguicidas fue de 1.2 mil millones de dólares. Este mercado está dominado por grandes empresas multinacionales que suministran la mayoría de los productos utilizados en el país. La dependencia de estos productos químicos es evidente en la agricultura intensiva, donde se busca maximizar la producción y minimizar las pérdidas por plagas.
Sin embargo, el uso de plaguicidas también tiene consecuencias negativas significativas. En términos de salud pública, se estima que cada año ocurren más de 10 mil casos de intoxicación por plaguicidas en México. Los síntomas de estas intoxicaciones pueden variar desde leves, como dolores de cabeza y náuseas, hasta graves, como convulsiones y muerte. Además, los plaguicidas pueden tener efectos crónicos, incluyendo cáncer y problemas reproductivos.
El impacto ambiental del uso de plaguicidas es igualmente preocupante. La contaminación del suelo y el agua es un problema común en las áreas agrícolas intensivas. Los plaguicidas pueden persistir en el medio ambiente, afectando a la fauna y flora local. Un ejemplo notable es la disminución de las poblaciones de insectos polinizadores, como las abejas, que son esenciales para la producción de muchos cultivos.
La muerte de abejas en México debido al uso de plaguicidas es un problema alarmante que ha tenido consecuencias significativas tanto para la biodiversidad como para la agricultura. En los últimos años, se ha registrado una disminución considerable en las poblaciones de abejas, un fenómeno que se atribuye en gran medida al uso intensivo de plaguicidas y agroquímicos altamente tóxicos.
En 2017, un estudio de la Sociedad Latinoamericana de Investigación en Abejas reveló que México perdió 17 por ciento de todas sus colmenas debido al uso desmedido de plaguicidas. Este uso excesivo de productos químicos no solo mata a las abejas directamente, sino que también afecta su capacidad para reproducirse y sobrevivir a largo plazo. Los plaguicidas, especialmente los neonicotinoides, han sido identificados como uno de los principales culpables.
El impacto económico de la pérdida de abejas es significativo. En 2023, se reportó que el uso de plaguicidas afectó a 3 mil 365 colmenas, resultando en la pérdida de 13 mil 200 días de empleo rural y causando pérdidas económicas por 12.99 millones de pesos. Las abejas son esenciales para la polinización de muchos cultivos, y su desaparición podría llevar a una disminución en la producción de alimentos y un aumento en los precios de los productos agrícolas.
Además de los efectos directos, los plaguicidas también tienen efectos subletales en las abejas. Estos efectos incluyen la reducción de la capacidad de las abejas para resistir enfermedades y parásitos, como el ácaro Varroa destructor, que se alimenta de las abejas y les transmite varios virus. La combinación de plaguicidas y otros factores de estrés ha llevado a una situación crítica para las poblaciones de abejas en México.
El caso de la muerte masiva de abejas en Campeche ha sido un tema de gran preocupación para los apicultores y las autoridades locales. En enero de 2024, se reportó una mortandad significativa de abejas en las comunidades mayas de San Francisco Suc Tuc y Crucero Oxá, ubicadas en los municipios de Hopelchén y Campeche, respectivamente. Esta tragedia afectó a por lo menos 800 colmenas, lo que representó una pérdida económica considerable para los productores apícolas.
La causa principal de esta mortandad fue la intoxicación por agroquímicos utilizados en los campos de cultivo cercanos, especialmente aquellos manejados por las poblaciones menonitas. Los apicultores denunciaron que la fumigación aérea de estos cultivos liberó plaguicidas que resultaron letales para las abejas. A pesar de que se demostró que los agroquímicos fueron los responsables, no se indemnizó a los apicultores ni se sancionó a los responsables.
En marzo de 2023, se había presentado una situación similar que provocó la muerte de cientos de miles de abejas en 4 mil 800 colmenas, con pérdidas superiores a 15 millones de pesos. Los apicultores afectados exigieron una investigación seria y sanciones para los responsables, pero las respuestas de las autoridades fueron insuficientes. En algunos casos, se culpó a los apicultores por colocar sus colmenas cerca de los campos de cultivo donde se realizan fumigaciones.
El uso de plaguicidas como el fipronil ha sido identificado como uno de los principales culpables de estas intoxicaciones. Este plaguicida de amplio espectro se utiliza en plantíos de algodón, caña y otros cultivos, y es altamente tóxico para las abejas. En 2023, la muerte de 3 mil 365 colmenas debido al fipronil resultó en pérdidas económicas de 12.9 millones de pesos y la pérdida de 36 años de empleo rural.
A pesar de las demandas colectivas y las pruebas toxicológicas que confirmaron la presencia de fipronil, los apicultores aún no han recibido compensación ni se han implementado medidas efectivas para prevenir futuras intoxicaciones. La falta de acción por parte de las autoridades ha generado frustración y desconfianza entre los productores de miel, quienes dependen de las abejas para su sustento.
Dicho lo anterior, la muerte de abejas en México debido al uso de plaguicidas es un problema multifacético que afecta tanto a la biodiversidad como a la economía agrícola. Es crucial adoptar medidas para reducir el uso de plaguicidas y promover prácticas agrícolas más sostenibles para proteger a estos importantes polinizadores y garantizar la seguridad alimentaria a largo plazo.
Por su parte, la regulación del uso de plaguicidas en México es un proceso complejo que involucra varias autoridades y un marco legal robusto. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) son las principales entidades responsables de la regulación y vigilancia de los plaguicidas en el país.
El marco legal para el control de plaguicidas en México ha evolucionado significativamente desde la primera Ley de Plagas en 1924. Actualmente, la regulación se basa en la Ley General de Salud y el Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos. Este reglamento establece los requisitos para el registro, renovación y comercialización de plaguicidas, asegurando que estos productos sean seguros y eficaces.
En 2014, se publicó una reforma importante al reglamento de plaguicidas y fertilizantes, que incluyó disposiciones para mejorar la seguridad y calidad de estos productos. La reforma también buscó alinear los requisitos y procedimientos sanitarios con las mejores prácticas internacionales, fomentando así la competitividad de la industria agroquímica mexicana. Además, se establecieron mecanismos para la renovación de registros y la clasificación de productos, lo que ha permitido una mejor gestión y control de los plaguicidas en el mercado.
A pesar de estos avances, la implementación y cumplimiento de las regulaciones sigue siendo un desafío. Las normas oficiales del trabajo sobre el uso de plaguicidas, como la NOM-003-STPS-1999, que establece condiciones de seguridad e higiene en actividades agrícolas, aún enfrentan dificultades para su aplicación efectiva en muchas zonas agrícolas. Esto es crucial para proteger a los trabajadores agrícolas y minimizar los riesgos asociados con el uso de plaguicidas.
La regulación del uso de plaguicidas en México ha avanzado considerablemente, con un marco legal que busca garantizar la seguridad y eficacia de estos productos. Sin embargo, la implementación efectiva de estas regulaciones sigue siendo un desafío, especialmente en áreas rurales y agrícolas.
Prohibir ciertos plaguicidas en México es crucial para la conservación de las abejas, ya que estos insectos son esenciales para la polinización de numerosos cultivos y plantas silvestres, lo que a su vez sostiene la biodiversidad y la producción agrícola. Plaguicidas como el fipronil han demostrado ser altamente tóxicos para las abejas, causando mortalidad directa y efectos subletales que afectan su capacidad de navegación, reproducción y resistencia a enfermedades. Al prohibir estos productos, se puede reducir significativamente la mortalidad de las abejas, proteger los ecosistemas y asegurar la sostenibilidad de la agricultura, garantizando así la seguridad alimentaria y el bienestar económico de los apicultores y agricultores.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente Proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria para que, en el ámbito de su competencia, realice las medidas necesarias para prohibir el uso de fipronil en México, por demostrar ser altamente tóxicos para la biodiversidad de la región.
Notas
1 Mundo Agropecuario
https://mundoagropecuario.com/analisis-historico-del-comercio-y- uso-de-plaguicidas-en-el-mundo-desde-1990-2021/#google_vignette
2 Íbid
3 Agrolink -Leonardo Gottems
https://www.agrocarelatinoamerica.org/wp-content/uploads/2021/12 /El-uso-de-plaguicidas-aumento-en-un-36-en-20-anos.pdf
4 Residuos de plaguicidas en los alimentos
https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/pesticide-re sidues-in-food
5 Pesticidas y polinización: ¿Cómo afectan a las poblaciones de abejas y otros polinizadores?
https://www.diariodelagro.cl/pesticidas-y-polinizacion-como-afec tan-a-las-poblaciones-de-abejas-y-otros-polinizadores/
6 Plaguicidas en México: usos, riesgos y marco regulatorio
https://link.springer.com/article/10.7603/s40682-014-0003-9
7 Plaguicidas en México: usos, riesgos y marco regulatorio.
https://link.springer.com/content/pdf/10.7603/s40682-014-0003-9. pdf
8 México ha perdido 1,600 millones de abeja
https://www.bing.com/search?q=muerte+de+abejas+por+uso+de+plagui cidas+en+mexico&FORM=bngcht&toWww=1&redig=F05715E4D9F34A5B90C0D38ED 0F83351
9 Analizan impacto por uso de plaguicidas en abejas y alternativas para evitar su uso.
https://www.gob.mx/semarnat/prensa/analizan-impacto-por-uso-de-p laguicidas-en-abejas-y-alternativas-para-evitar-su-uso?state=published
10 La combinación mortal que está matando a las abejas en todo el mundo
https://www.bbc.com/mundo/noticias-58101576
11 Moreira, Ignacio. Fipronil y Bayer: Apicidio en Campeche, El Expreso de Campeche.
12 Nueva muerte masiva de abejas en Campeche por uso de insecticidas.
https://www.jornada.com.mx/noticia/2024/01/28/estados/nueva-muer te-masiva-de-abejas-en-campeche-por-uso-de-insecticidas-2384
13 Intoxicación masiva de abejas en Campeche causa la pérdida de más de 40 años de trabajo.
https://www.elsoldemexico.com.mx/doble-via/ecologia/tragedia-amb iental-intoxicacion-masiva-de-abejas-en-campeche-causa-perdida-de-mas-de-40-ano s-de-trabajo-11922158.html
14 OECD i Library
https://www.oecd-ilibrary.org/sites/b4805eb5-es/index.html?itemI d=/content/publication/b4805eb5-es
15 Reforma al reglamento de plaguicidas y fertilizantes.
https://www.gob.mx/salud/prensa/se-publica-reforma-al-reglamento -de-plaguicidas-y-fertilizantes
16 Evolución del marco legal para el control de los plaguicidas en México
https://ecologica.jornada.com.mx/2019/04/24/evolucion-del-marco- legal-para-el-control-de-los-plaguicidas-en-mexico-4491.html/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
EXHORTO A DIVERSOS CONGRESOS ESTATALES, A ARMONIZAR SUS LEGISLACIONES EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO, DE ACUERDO A LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversos congresos estatales a realizar y concluir la armonización de sus legislaciones, en materia desarrollo urbano, conforme a las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del PRI
Quién suscribe, diputada Abigail Arredondo Ramos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II; numeral 2, fracciones I y II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
La regulación del territorio, los usos a los que está destinado y la organización de los asentamientos humanos, son cuestiones de interés fundamental, pues permiten la sana convivencia y el equilibrio de los factores de producción al interior de la sociedad.
La Organización de las Naciones Unidas fijó, como parte de las Metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, el “ Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles”, previendo para ello una serie de acciones que los miembros de la comunidad internacional deben adoptar en sus respectivos territorios, a saber:
• Asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles y mejorar los barrios marginales.
• Proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles para todos.
• Aumentar la urbanización inclusiva y sostenible y la capacidad para la planificación y la gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos en todos los países.
• Redoblar los esfuerzos para proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y natural del mundo.
• Reducir de forma significativa el número de muertes y las pérdidas económicas ocasionadas por desastres.
• Reducir el impacto ambiental negativo de las ciudades.
• Proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles.
En ese contexto, el 20 de octubre de 2016, se celebró en la Ciudad de Quito, Ecuador, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III), que tuvo como resultado la emisión de un documento de gran importancia: la “Nueva Agenda Urbana”.
En el caso de México, los compromisos asumidos se materializaron a través de la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016, como un instrumento innovador que pretende dar un enfoque diferente a la organización del territorio nacional y la forma de hacer ciudad, atendiendo sobre todo a los principios de: equidad, inclusión, propiedad urbana, coherencia, racionalidad, participación democrática, transparencia, productividad, eficiencia, protección y progresividad del espacio público, resiliencia, seguridad urbana, sustentabilidad, accesibilidad universal, movilidad y, sobre todo, sostenibilidad; entendido como la capacidad de atender las necesidades presentes sin comprometer las del futuro, implicando un equilibrio y regeneración precisa entre factores que permita conservar y hacer viables los elementos del entorno.
El Estado mexicano ha implementado un sistema concurrente, partiendo de la premisa de que el territorio pertenece originalmente a la Nación, y que ésta constituye la propiedad privada, la que, si bien es un derecho humano reconocido a nivel internacional, no es ilimitado o absoluto, pues está encaminado a una función social.
En este contexto, el artículo 27 constitucional prevé lo relativo a la regulación de la propiedad inmobiliaria y la utilización del territorio, señalando que ésta se encuentra sujeta a las modalidades que el Estado le pueda imponer, atendiendo a su finalidad social. Por lo que las autoridades están facultadas para reglamentar el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con el objetivo de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.
Si bien el artículo 73 fracción XXIX-C, de la Constitución General de la República, establece la facultad del Congreso de la Unión para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de las entidades federativas, de los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, para que ello se haga realidad es necesario que las entidades federativas armonicen sus marcos regulatorios.
Conforme al artículo Tercero Transitorio de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en un plazo máximo de un año, contado a partir de la entrada en vigor, las autoridades de los tres órdenes de gobierno debían crear o adecuar sus disposiciones legales y reglamentarias a ese ordenamiento, plazo que venció el 30 de noviembre de 2017.
De acuerdo con información oficial de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante oficio no. DGPTM.0001.2025 de fecha 31 de enero de este año, suscrito por el Titular de la Dirección General de Obras Comunitarias y Encargado de despacho de la Dirección General de Política Territorial y Movilidad; existen sólo 5 legislaciones locales armonizadas, correspondientes a los Estados de: Durango, Nuevo León, Puebla, Sonora y Tabasco, 25 han armonizado parcialmente y 2 que no han armonizado sus legislaciones, correspondientes a los estados de Campeche y Ciudad de México. Tal y como se advierte de la siguiente tabla:
En virtud de lo anterior, es importante y necesario que este Congreso federal se pronuncie en torno a la armonización de los marcos jurídicos estatales a las leyes nacionales, en este caso, a la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, pues la dinámica jurídica requiere, para ser eficiente, tener congruencia y estar homologada en un solo sentido y propósito.
Instrumentos como la Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial requieren, para ser efectivos, de la integración con los demás niveles de planeación urbana, lo que solo se puede lograr mediante la unificación de la normatividad en los tres niveles de gobierno.
Asimismo, una visión integral y unificada de la materia urbana permitirá aplicar de mejor manera los principios y directrices del desarrollo nacional en la conformación y desarrollo de los asentamientos humanos.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los congresos locales de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, San Luís Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, para que, en el ámbito de su competencia, realicen las acciones necesarias para armonizar sus legislaciones locales en materia desarrollo urbano, acorde a las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a fin de aplicar de mejor manera los principios y directrices del desarrollo nacional en la conformación y desarrollo de los asentamientos humanos del país.
Nota
1 Consultable en: ONU-Habitat-La Nueva Agenda Urbana en español, 19 de febrero de 2025 13: 40 horas.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 26 de febrero de 2025.– Diputada Abigail Arredondo Ramos (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.
EXHORTO A LA SEGOB Y A LA SRE, A IMPLEMENTAR UNA CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, TRADICIONALES Y DIGITALES, EN MATERIA MIGRATORIA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob y a la SRE a implementar una campaña de sensibilización a través de medios de comunicación, tradicionales y digitales en materia migratoria, para evitar narrativas xenófobas o discriminatorias hacia las personas repatriadas en nuestro país, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXVI Legislatura en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de está soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Para entender la amenaza que representa el discurso xenófobo y discriminatorio del actual presidente de Estados Unidos, Donald Trump, es crucial analizar primero, cómo esta retórica lo llevó por segunda ocasión a la Casa Blanca, el pasado 20 de enero. Uno de los factores clave de su éxito electoral fue su capacidad para generar miedo y el resentimiento social, presentando a los migrantes como responsables de los problemas económicos y de seguridad de Estados Unidos.
El presidente Trump acusó a los gobiernos de México y de Centroamérica de permitir la entrada de “criminales y narcotraficantes” a Estados Unidos, prometiendo ampliar el muro fronterizo, incrementar el número de militares en las líneas limítrofes y restablecer las deportaciones masivas.
Desde su toma de posesión, México ha experimentado un aumento en las repatriaciones, el aeropuerto internacional Felipe Ángeles ha sido un punto clave para la recepción de vuelos de repatriación, con 4 mil 94 migrantes deportados entre el 20 y el 26 de enero pasado ( El Financiero, 2025). Al 15 de febrero de 2025, se registraron 14 mil 470 deportaciones, reflejando la instrumentación inmediata de la política migratoria de la nueva administración ( Crónica, 2025).
El endurecimiento de las políticas migratorias ha provocado una crisis humanitaria en la frontera. Organizaciones como Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han denunciado violaciones a los derechos de los migrantes, incluyendo detenciones arbitrarias y separaciones familiares (Amnistía Internacional, 2025; CIDH, 2025).
El discurso antiinmigrante en Estados Unidos ha sido reforzado por figuras políticas como Kristi Noem, actual secretaria de Seguridad Nacional. Su retórica ha consolidado la percepción de los migrantes como una amenaza para la sociedad estadounidense. En enero de 2025, Noem encabezó una serie de operativos en Nueva York dirigidos a detener migrantes, a quienes calificó como “una carga para el sistema” (Infobae, 2025). Durante estas redadas, declaró que era necesario “limpiar las calles” y endurecer las medidas contra la inmigración irregular, lo que generó una ola de críticas de diversas organizaciones de derechos humanos.
La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), Amnistía Internacional y Human Rights Watch denunciaron que estas acciones han fomentado la criminalización de los migrantes y promovido un clima de persecución. Asimismo, líderes progresistas como Alexandria Ocasio-Cortez, congresista por Nueva York y una de las figuras más influyentes de la izquierda progresista estadounidense; Bernie Sanders, senador por Vermont y líder del movimiento progresista con una larga trayectoria en la defensa de los migrantes; y Julian Castro, ex secretario de Vivienda y Desarrollo Urbano y defensor de una reforma migratoria integral, han señalado que estas políticas antiinmigrantes violan derechos fundamentales y exigen medidas de protección para los afectados.
Como parte de la ofensiva antiinmigrante, la administración estadounidense ha lanzado una campaña multimillonaria destinada a disuadir la migración irregular. Kristi Noem ha sido la principal impulsora de esta estrategia, que busca reforzar la idea de que los migrantes representan una amenaza para el orden público y la estabilidad económica. La campaña se ha difundido ampliamente en medios tradicionales y digitales, además de contar con una fuerte presencia en redes sociales, donde se promueven mensajes intimidantes dirigidos a quienes intentan ingresar y se encuentran en suelo estadounidense sin documentos. Noem ha defendido este enfoque, argumentando que “la migración ilegal desestabiliza al país”, y ha justificado el gasto sin precedente en la campaña como una medida necesaria para garantizar la seguridad nacional.
Mensajes como “si intentas entrar ilegalmente, piénsalo dos veces” han generado un clima de hostilidad y rechazo hacia la comunidad latina. Esta retórica ha sido acompañada de operativos más agresivos en la frontera y en ciudades con alta presencia de migrantes, lo que ha llevado a un aumento en los casos de detenciones arbitrarias y deportaciones exprés. Además, la estrategia mediática ha reforzado estereotipos negativos, perpetuando la discriminación y alimentando un discurso de odio que afecta gravemente la convivencia social y los derechos humanos.
Diversas organizaciones de derechos humanos han alertado sobre las consecuencias de esta campaña, señalando que contribuye a la estigmatización de los migrantes y legitima acciones represivas en su contra. Entre ellas, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) ha denunciado el impacto negativo de estas medidas en la población migrante, argumentando que refuerzan la discriminación y fomentan la xenofobia.
Asimismo, la Red de Documentación de las Organizaciones Defensoras de Migrantes (Redodem) ha reportado un incremento en los abusos sufridos por los migrantes en su tránsito por México, exacerbados por la retórica agresiva impulsada desde los Estados Unidos. La narrativa antinmigrante promovida por la administración estadounidense no solo ha afectado la percepción pública, sino que ha endureciendo las condiciones para quienes buscan mejores oportunidades de vida en Estados Unidos.
Gobernadores como Greg Abbott, de Texas, y Ron DeSantis, de Florida, han promovido leyes restrictivas contra migrantes, mientras que Tom Cotton, senador por Arkansas, ha defendido la militarización de la frontera. La orden ejecutiva del presidente Trump para habilitar un centro de detención en la Base Naval de Guantánamo, con capacidad para hasta 30,000 migrantes considerados “de alta prioridad” está asociada con detenciones arbitrarias y violaciones a los derechos humanos; lo que ha reforzado la narrativa de que los migrantes son peligrosos para la seguridad de Estados Unidos.
Esta orden ejecutiva no solo refuerza la criminalización de la migración, sino que también materializa el miedo con el que viven las comunidades migrantes, quienes ahora enfrentan la amenaza de ser enviados a un centro con un historial de abusos y violaciones a los derechos humanos. La política de detención en Guantánamo envía un mensaje de castigo y exclusión, alejando cualquier perspectiva de respeto a los derechos de los migrantes y reduciendo sus posibilidades de acceder a un debido proceso.
Además, el gobierno de Estados Unidos ha buscado acuerdos con países como El Salvador para extraterritorializar la gestión de la migración, incluyendo el uso de “megacárceles” para migrantes. El acuerdo entre ambos gobiernos ha sido criticado por la comunidad internacional, por no garantizar condiciones dignas para los migrantes detenidos y por fomentar prácticas discriminatorias y punitivas contra quienes buscan refugio o protección ante la violencia, la persecución y la falta de oportunidades en sus países de origen.
Ante esta situación, el gobierno de México debe responder de manera firme y clara. La creación de una campaña de concientización en medios tradicionales, como lo son la Tv, la radio, la prensa y digitales como: redes sociales y páginas web institucionales, como una medida urgente para contrarrestar el discurso de odio y apoyar a los repatriados. Esta campaña es fundamental, ya que muchos de los migrantes que regresan al país lo hacen después de haber sido sometidos a condiciones de detención degradantes y a una campaña mediática que los estigmatiza y criminaliza.
Además de la carga emocional de ser deportados, los repatriados enfrentan graves consecuencias psicoemocionales derivadas de la discriminación y el rechazo social. La constante difusión de mensajes que los señalan como una amenaza ha generado en ellos sentimientos de miedo, inseguridad y exclusión. Estos efectos se ven exacerbados por el trato hostil que reciben no solo en los Estados Unidos, sino también en su retorno a México, donde enfrentan dificultades para reintegrarse a la sociedad y al ámbito laboral.
Por ello, es imprescindible que esta campaña tenga un alcance nacional. No se trata sólo de una estrategia meramente comunicacional, sino de un esfuerzo estructural para brindar respeto a quienes han sido forzados a regresar. Sin acciones contundentes que detengan este discurso de miedo, el impacto continuará afectando la estabilidad emocional y perpetuando su marginación.
El contexto actual exige un mensaje fuerte y claro desde el gobierno mexicano en favor del respeto, la dignidad, la empatía y los derechos humanos de los migrantes retornados. La Secretaría de Gobernación (Segob), en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), debe asumir un papel proactivo en la defensa de los migrantes repatriados y garantizarles que la narrativa de criminalización, xenofobia y discriminación promovida desde los Estados Unidos no tenga eco en México. De lo contrario, se corre el riesgo de que la xenofobia y la exclusión trasciendan las fronteras y se arraiguen también en nuestra sociedad.
El gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum ha instrumentado el programa “México te abraza”. Sin embargo, este esfuerzo ha sido insuficiente ante la magnitud del problema. La falta de presupuesto y de un mensaje contundente que contrarreste la narrativa xenófoba de los Estados Unidos dejará a miles de repatriados en una situación de vulnerabilidad extrema. De ahí que es fundamental que la Segob, en coadyuvancia con la SRE, asuma un papel más activo y fortalezca y realice la campaña de comunicación en favor del respeto a los derechos de los repatriados.
Dada la gravedad de esta crisis migratoria, el Congreso de la Unión debe asumir su responsabilidad y exigir a la Segob y la SRE que implementen una campaña de sensibilización a través de todos los medios de comunicación, tradicionales y digitales, en materia migratoria, para evitar narrativas xenófobas o discriminatorias hacia las personas repatriadas a nuestro país. No podemos permitir que la narrativa de odio y criminalización impuesta desde los Estados Unidos afecte aún más la vulnerabilidad de los migrantes repatriados a nuestro país.
Es urgente contrarrestar los efectos de esta retórica xenófoba y discriminantes con acciones concretas que protejan y dignifiquen a los repatriados. No solo han sido víctimas de un sistema que los persigue y criminaliza, sino que ahora, en su regreso a México, enfrentan barreras estructurales que dificultan su reinserción social y económica. La incertidumbre laboral, la falta de acceso a servicios de salud y el rechazo social agravan su vulnerabilidad y podrían perpetuar su marginación. No actuar ahora significara prolongar su sufrimiento y permitir que el discurso de odio trascienda nuestras fronteras.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Cámara la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores para que en coordinación implementen una campaña de sensibilización a través de medios de comunicación, tradicionales y digitales en materia migratoria para evitar narrativas xenófobas o discriminatorias hacia las personas repatriadas en nuestro país.
Referencias
1 Amnistía Internacional. (2025). Informe sobre derechos de los migrantes en Estados Unidos.
https://www.amnesty.org
2 Breitbart. (2025). Narrativa migratoria y seguridad nacional.
https://www.breitbart.com
3 Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). (2025). Informe sobre políticas migratorias y derechos humanos.
https://www.cejil.org
4 Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). (2025). Radiografía de la situación de los migrantes repatriados.
https://www.cndh.org.mx
5 El Imparcial. (2025). Aumenta 273 por ciento deportación de mujeres, según Secretaría de Migración.
https://www.elimparcial.com/mundo/2025/02/17/aumenta-273- deportacion-de-mujeres-segun-secretaria-de-migracion/
6 El País. (2025). Radiografía de los mexicanos deportados de Estados Unidos.
https://elpais.com/mexico/2025-01-24/radiografia-de-los-mexicano s-deportados- de-estados-unidos-44-millones-en-15-anos-de-la-mano-dura-de-obama-a-la- xenofobia-de-trump.html
7 France24. (2025). Qué se sabe de la megacárcel a la que Trump podría enviar migrantes.
https://www.france24.com/es/am%C3%A9rica-latina/20250204- qu%C3%A9-se-sabe-de-la-megac%C3%A1rcel-a-la-que-trump-podr%C3%ADa- enviar-migrantes-o-criminales-tras-acuerdo-con-bukele
8 Human Rights Watch. (2025). Efectos de la política de deportaciones en poblaciones vulnerables.
https://www.hrw.org
9 Infobae. (2025). Kristi Noem, Secretaria de Seguridad Nacional, encabeza operativos para detener migrantes en Nueva York.
https://www.infobae.com/estados-unidos/2025/01/28/kristi-noem-se cretaria-de-seguridad-nacional-encabeza-operativos-para-detener-migrantes-en-nu eva-york/
10 Luz Noticias. (2025). Estados Unidos lanza campaña multimillonaria contra inmigrantes.
https://www.luznoticias.mx/2025-02-18/internacional/estados-unid os- lanza-campana-multimillonaria-contra-inmigrantes/235239
11 Milenio. (2025). ¿Quieres entrar a EU ilegalmente? Piénsalo: Kristi Noem.
https://www.milenio.com/internacional/quieres-entrar-eu-ilegalme nte-pienses-kristi- noem
12 Organización de Estados Americanos (OEA). (2025). Impacto de la xenofobia en las políticas migratorias.
https://www.oas.org
13 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). (2025). Situación de los derechos de los migrantes en EEUU.
https://www.ohchr.org
14 Red de Documentación de las Organizaciones Defensoras de Migrantes (Redodem). (2025). Informe sobre violaciones a derechos humanos de migrantes en tránsito.
https://www.redodem.org
15 Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU). (2025). Criminalización de la migración en EEUU: Retórica y realidades.
https://www.aclu.org
16 UNICEF. (2025). Niñez migrante y el impacto de las deportaciones masivas.
https://www.unicef.org
17 Voz de América. (2025). Nueva campaña contra la migración ilegal en Estados Unidos abre el debate.
https://www.vozdeamerica.com/a/nueva-campana-contra-la-migracion -ilegal-en-estados-unidos-abre-el-debate-/7980147.html
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.– Diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.