
SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 8 de octubre de 2025, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, 102, numeral 3, y 299, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
De las diputadas Mariana Benítez Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena, y Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de octubre de cada año como el Día Nacional de Concientización sobre la Muerte Gestacional, Perinatal y Neonatal. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley General de Educación. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
Del diputado Asael Hernández Cerón y las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 14 Bis 5 y 20 de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen
Del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Radio y Televisión, para dictamen
Del diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen
Del diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen
De la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen
De la diputada Liliana Ortiz Pérez y las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 y adiciona un artículo 27 Bis a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De la diputada Kenia López Rabadán y las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado Luis Armando Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 199-A de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 79 y 80 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen
De la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 99 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 5o. Bis a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 9o. y 12 de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen
De la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 25, 27 y 208 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
Del diputado César Augusto Rendón García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a la SRE y al Bancomext, a establecer mesas de trabajo interinstitucionales con la participación del sector privado, con el objetivo de agilizar el proceso de negociación y concreción de un TLC México-Corea del Sur. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
Del diputado Francisco Pelayo Covarrubias, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a través del SAT y a la ANAM, a retirar puntos de revisión fronterizos en Baja California Sur en beneficio de la población sudcaliforniana. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado Francisco Pelayo Covarrubias, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a modificar el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte e incluya a Baja California Sur. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Liliana Ortiz Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta la SEP, a hacer pública toda la información del protocolo para la prevención primaria y secundaria, (detección, intervención, notificación, canalización y seguimiento) para la erradicación de la violencia sexual en educación básica. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE y a la Secretaría de Cultura, a realizar de manera conjunta las gestiones necesarias ante el Comité Intergubernamental para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) a efecto de solicitar la incorporación de los castillos pirotécnicos mexicanos en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen
De la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de Coahuila de Zaragoza, a garantizar la protección y el derecho a la educación de las niñas y niños, víctimas de violencia en el Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
Del diputado Carlos Canturosas Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la SICT, a iniciar la obra pública necesaria para la adecuación de la exgarita ubicada en el Km. 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
Del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades federales y de Coahuila de Zaragoza, a investigar, esclarecer y sancionar en el ámbito de sus respectivas competencias, los posibles delitos en materia de corrupción cometidos por servidores públicos en dicha entidad, durante los ejercicios fiscales a partir del año 2013 al 2022, que motivaron el quebranto de la hacienda pública estatal. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, 102, numeral 3 y 299, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día de 8 de octubre de 2025 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Kenia López Rabadán (rúbrica), presidenta.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. De decreto por el que se declara el 15 de octubre de cada año como el Día Nacional de Concientización sobre la Muerte Gestacional, Perinatal y Neonatal, suscrita por las diputadas Mariana Benítez Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena, y Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Educación, en materia de prevención al suicidio y salud mental, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
3. Que reforma los artículos 14 Bis 5 y 20 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
4. Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en relación con los límites de imparcialidad que debe tener el Canal del Congreso, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Radio y Televisión, para dictamen.
5. Que reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, suscrita por el diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
6. Que reforma la fracción VI del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, suscrita por el diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
7. Que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de infantes, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Deporte, para dictamen.
8. Que reforma el artículo 27 y adiciona un artículo 27 Bis a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de cobertura y atención de salud mental, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
9. Que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
10. Que reforma y adiciona los artículos 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de alimentos y atención médica para mascotas y animales de compañía y de asistencia, suscrita por la diputada Kenia López Rabadán y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
11. Que adiciona el artículo 199-A de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
12. Que reforma y adiciona los artículos 79 y 80 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
13. Que reforma el artículo 99 de la Ley General de Educación, en materia de infraestructura educativa a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
14. Que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de ecocidio, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
15. Que adiciona un artículo 5 Bis a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
16. Que reforma los artículos 9o. y 12 de la Ley Agraria, en materia de paridad de género, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
17. Que reforma los artículos 25, 27 y 208 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
18. Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Ley sobre el Contrato de Seguro, en materia de acceso al derecho a la salud para personas adultas mayores, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a la SRE y al Bancomext, a establecer mesas de trabajo interinstitucionales con la participación del sector privado, con el objetivo de agilizar el proceso de negociación y concreción de un TLC México-Corea del Sur, a cargo del diputado César Augusto Rendón García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a través del SAT y a la ANAM, a retirar puntos de revisión fronterizos en Baja California Sur en beneficio de la población sudcaliforniana, a cargo del diputado Francisco Pelayo Covarrubias, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a modificar el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte e incluya a Baja California Sur, a cargo del diputado Francisco Pelayo Covarrubias, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta la SEP, a hacer pública toda la información del protocolo para la prevención primaria y secundaria, (detección, intervención, notificación, canalización y seguimiento) para la erradicación de la violencia sexual en educación básica, a cargo de la diputada Liliana Ortiz Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE y a la Secretaría de Cultura, a realizar de manera conjunta las gestiones necesarias ante el Comité Intergubernamental para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) a efecto de solicitar la incorporación de los castillos pirotécnicos Mexicanos en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de Coahuila de Zaragoza, a garantizar la protección y el derecho a la educación de las niñas y niños víctimas de violencia en el Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros, a cargo de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SICT, a iniciar la obra pública necesaria para la adecuación de la ex garita ubicada en el Km. 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo, a cargo del diputado Carlos Canturosas Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades federales y de Coahuila de Zaragoza, a investigar, esclarecer y sancionar en el ámbito de sus respectivas competencias, los posibles delitos en materia de corrupción cometidos por servidores públicos en dicha entidad, durante los ejercicios fiscales a partir del año 2013 al 2022, que motivaron el quebranto de la hacienda pública estatal, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
SE DECLARA EL 15 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE LA MUERTE GESTACIONAL, PERINATAL Y NEONATAL
Iniciativa de decreto por el que se declara el 15 de octubre de cada año como el Día Nacional de Concientización sobre la Muerte Gestacional, Perinatal y Neonatal, suscrita por las diputadas Mariana Benítez Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena y Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD, LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Educación, en materia de prevención al suicidio y salud mental, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
LEY DE AGUAS NACIONALES
«Iniciativa que reforma los artículos 14 Bis 5 y 20 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los suscritos, Asael Hernández Cerón y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción VIII del artículo 14 Bis 5 y el cuarto párrafo del artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El agua es un recurso natural que todos los seres humanos debemos tener derecho al acceso, uso, goce y disfrute; aunque el planeta está conformado con el setenta por ciento del agua, lamentablemente no toda es apta para consumo humano.
El 28 de julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución histórica que reconoce “el derecho al agua potable y al saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos” (A/RES/64/292). Además, desde 2015, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos han reconocido tanto el derecho al agua potable como el derecho al saneamiento como derechos humanos estrechamente relacionados pero distintos.
En este orden de ideas, tenemos un problema de abastecimiento y saneamiento del recurso hídrico a pesar de los grandes esfuerzos internacionales y aplicación de políticas públicas a escala mundial.
De acuerdo con las Naciones Unidas, en todo el mundo, alrededor de 3 de cada 10 personas, o 2100 millones de personas, carecen de acceso a agua potable y disponible en el hogar, y 6 de cada 10, o 4500 millones, carecen de un saneamiento seguro, según el nuevo informe del Programa Conjunto de Monitoreo de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del UNICEF... La conclusión fundamental es que todavía hay demasiadas personas que no tienen acceso, sobre todo en las zonas rurales.
El agua potable, el saneamiento y la higiene en el hogar no deben ser un privilegio exclusivo de quienes son ricos o viven en centros urbanos, dice el doctor Tedros Adhanom Ghebreyesus, director general de la OMS. Se trata de servicios fundamentales para la salud humana, y todos los países tienen la responsabilidad de garantizar que todo el mundo pueda acceder a ellos.
En 90 países, el progreso hacia el saneamiento básico es demasiado lento, lo que significa que sus habitantes no alcanzarán la cobertura universal para 2030.
De los 4500 millones de personas que no cuentan con un saneamiento seguro, 2 mil 300 millones aún no disponen de servicios básicos de saneamiento. Esto incluye a 600 millones de personas que comparten un inodoro o letrina con otros hogares, y 892 millones de personas —la mayoría en zonas rurales— que defecan al aire libre.
El anterior informe de la OMS es un claro ejemplo que, aunque estemos en pleno siglo XXI tenemos una enorme brecha de desigualdad y carencia en el tema del agua potable en el mundo a pesar de la tecnología tan avanzada y desarrollo de investigación y exploraciones en tema de agua, muchos seres humanos no tienen acceso a ella y mucho menos acceso al servicio básico de saneamiento incluyendo México.
Pese a los objetivos de la Agenda 2030 encabezados por la ONU y de los que el Estado mexicano es parte, aun no se ha cumplido el objetivo 6: “Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos”, que establece :
El acceso al agua potable, el saneamiento y la higiene representan la necesidad humana más básica para el cuidado de la salud y el bienestar. Miles de millones de personas no tendrán acceso a estos servicios básicos en 2030 a menos que se cuadrupliquen los avances.
Entre las medidas necesarias para garantizar el acceso universal al agua potable segura y asequible de aquí a 2030 se encuentran las inversiones en infraestructuras e instalaciones de saneamiento, la protección y el restablecimiento de los ecosistemas relacionados con el agua, así como la educación en materia de higiene. Además, la mejora del uso eficiente de los recursos hídricos es una de las claves para reducir el estrés hídrico.
Se ha producido una evolución positiva. Entre 2015 y 2022, la proporción de la población mundial con acceso a servicios de agua potable gestionados de manera segura aumentó de 69 a 73 por ciento.
De manera que, como podemos constatar, existen diferentes metas para los estados miembros a estos objetivos de la Agenda 2030, para el tema del agua, como lo son las siguientes:
6.1 De aquí a 2030, lograr el acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos.
6.2 De aquí a 2030, lograr el acceso a servicios de saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todos y poner fin a la defecación al aire libre, prestando especial atención a las necesidades de las mujeres y las niñas y las personas en situaciones de vulnerabilidad.
6.3 De aquí a 2030, mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos y materiales peligrosos, reduciendo a la mitad el porcentaje de aguas residuales sin tratar y aumentando considerablemente el reciclado y la reutilización sin riesgos a nivel mundial.
6.4 De aquí a 2030, aumentar considerablemente el uso eficiente de los recursos hídricos en todos los sectores y asegurar la sostenibilidad de la extracción y el abastecimiento de agua dulce para hacer frente a la escasez de agua y reducir considerablemente el número de personas que sufren falta de agua.
6.5 De aquí a 2030, implementar la gestión integrada de los recursos hídricos a todos los niveles, incluso mediante la cooperación transfronteriza, según proceda.
6.6 De aquí a 2020, proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua, incluidos los bosques, las montañas, los humedales, los ríos, los acuíferos y los lagos.
6.a De aquí a 2030, ampliar la cooperación internacional y el apoyo prestado a los países en desarrollo para la creación de capacidad en actividades y programas relativos al agua y el saneamiento, como los de captación de agua, desalinización, uso eficiente de los recursos hídricos, tratamiento de aguas residuales, reciclado y tecnologías de reutilización.
6.b Apoyar y fortalecer la participación de las comunidades locales en la mejora de la gestión del agua y el saneamiento.
A pesar de los avances y la adopción de los objetivos 2030 en México, todavía quedan importantes retos para la ejecución del Objetivo de Desarrollo en materia de agua y saneamiento.
El artículo 4o., párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho humano al agua:
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:
La propiedad de las aguas corresponde originalmente a la Nación y menciona los tipos de cuerpos de agua y las condiciones para que las aguas sean consideradas como federales; fuera de estos casos, podrán ser de jurisdicción estatal o privadas:
“La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada [...]
Son propiedad de la Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes constantes; las de los ríos y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquéllas en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la República; la de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén cruzadas por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la república y un país vecino, o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la República con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fija la ley.
Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos, el Ejecutivo Federal podrá reglamentar su extracción y utilización y aún establecer zonas vedadas, al igual que para las demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeración anterior, se considerarán como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depósitos, pero si se localizaren en dos o más predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerará de utilidad pública, y quedará sujeto a las disposiciones que dicten las entidades federativas”.
Por último, en el artículo 115, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, inciso a, se establece la facultad que tienen los municipios para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento. “Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: 1. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales”.
En México, la clasificación de los usos del agua se establece en
Los volúmenes de aguas nacionales concesionados o asignados a los usuarios se inscriben en el Registro Público de Derechos de Agua, agrupándose para fines prácticos en usos consuntivos (agrícola, abastecimiento público, industria autoabastecida y termoeléctricas) y no consuntivos (hidroeléctricas y conservación ecológica). A 2018, 60.8 por ciento del agua para uso consuntivo provenía de fuentes superficiales (ríos, arroyos, lagos y presas), el resto de aguas subterráneas. Del total del volumen concesionado para usos agrupados consuntivos, a 2018, 75.7 por ciento le correspondía al agrícola.
La distribución de los usos en el territorio nacional. Las regiones hidrológico-administrativas con mayor volumen concesionado son VIII Lerma- Santiago-Pacífico, IV Balsas, III Pacífico Norte y VI Río Bravo. Por entidades federativas, las que presentan mayor volumen concesionado son Sinaloa y Sonora, debido a sus extensiones agrícolas bajo riego.
Uso agrupado agrícola. El mayor uso es el agrícola, con 75.7 por ciento del volumen concesionado para uso consuntivo. La fuente predominante es la superficial, con 63.4 por ciento del volumen concesionado para este uso. Las superficies sembrada y cosechada para el año agrícola 2017-2018 y cultivos perennes, en régimen de riego y temporal fueron de 21.16 y 20.27 millones de hectáreas respectivamente. En 2018, la aportación del sector agricultura, ganadería, aprovechamiento forestal, pesca y caza al producto interno bruto nacional fue de 3.5 por ciento. A 2018, la superficie sembrada bajo riego en México fue de 6.17 millones de hectáreas, de las cuales un poco más de la mitad corresponden a 86 distritos de riego, y el restante en más de 40 mil unidades de riego. Tomando en cuenta que existen variaciones anuales, el volumen de agua subterránea concesionada para este uso agrupado es 18.0 por ciento mayor en 2018 que en 2009.
Uso agrupado abastecimiento público. Incluye la totalidad del agua entregada a través de redes de agua potable, tanto a usuarios domésticos como a industrias y servicios conectados a dichas redes. El tipo de fuente predominante es la subterránea, con 56.7 por ciento del volumen. En el periodo 2009-2018, el agua superficial asignada para este uso creció en 31.6 por ciento.
Uso agrupado industria autoabastecida. Representado por la industria que se abastece directamente de ríos, arroyos, lagos o acuíferos del país. Los principales rubros son industria química, azucarera, petróleo, celulosa y papel. El uso agrupado industrial autoabastecido representa el 4.9 por ciento del uso concesionado consuntivo. En el periodo 2009-2018 se incrementó el volumen concesionado de origen subterráneo, con un crecimiento de 36.5 por ciento.
Uso energía eléctrica excluyendo hidroelectricidad . De acuerdo con lo reportado por la Secretaría de Energía, en 2017 las centrales de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) consideradas en este uso, incluyendo productores independientes de energía (PIE) para el servicio público, tuvieron una capacidad efectiva de 29 mil 445 MW, que representaba 69.2 por ciento del total nacional. La generación bruta de estas centrales en ese año fue de 227 TWh, 88.3 por ciento del total nacional.
Uso en hidroeléctricas. En 2017, las plantas hidroeléctricas emplearon un volumen de agua de 133 938 hectómetros cúbicos, lo que permitió la generación de 30.1 TWh de energía eléctrica, que correspondía al 11.7 por ciento del total nacional. La capacidad instalada en las centrales hidroeléctricas fue de 12 mil 117 MW, que correspondía a 28.5 por ciento de la instalada en México a 2017.
Grado de presión sobre el recurso. Se calcula como el porcentaje de agua para uso consuntivo respecto a la disponibilidad total. Si es mayor a 40 por ciento, se considera que se ejerce una fuerte presión sobre el recurso. A escala nacional, el valor es de 19.5 por ciento, lo cual se considera de nivel bajo. Regionalmente, las zonas centro, norte y noroeste del país tienen fuerte presión sobre el recurso.
Agua virtual en México. Cantidad total de líquido que se utiliza o integra a un producto, bien o servicio. Por ejemplo, para producir un kilogramo de maíz en México, se requieren en promedio 1 860 litros de agua; un kilo de carne de res requiere 15 415 litros. Bajo este marco, los intercambios comerciales durante 2017 representaron exportaciones por 22 mil 991 hectómetros cúbicos de agua virtual e importaciones por 37 mil 357.
Cuentas del agua en México. Las cuentas del agua son un proyecto de colaboración a nivel internacional. En México el proyecto es encabezado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y la Comisión Nacional del Agua. Las cuentas permiten organizar la información sobre aspectos económicos e hidrológicos y hacen posible el análisis sistemático de la contribución del agua a la economía, y de los efectos de la economía sobre los recursos hídricos.
Por lo anterior, los distintos usos y fuentes de agua en el centro del país han sido insuficientes en especial para la enorme capital del país en la cual la demanda de aguas es rebasada por las fuentes de abastecimiento.
Del agua potable que Ciudad de México consume, 66.3 por ciento proviene de acuíferos de la zona metropolitana, 25.5 por ciento del sistema Cutzamala, 6.3 por ciento del sistema Lerma y 1.8 por ciento de la presa Madín y manantiales.
La zona metropolitana de Ciudad de México consume para uso público urbano un caudal promedio de 59.9 metros cúbicos de agua por segundo.
Además del sistema Cutzamala, otras de las fuentes de abastecimiento son los acuíferos de la zona metropolitana del valle de México, el sistema Lerma, la presa Madín y otros manantiales.
Los acuíferos de la zona representan casi 70 por ciento del consumo total de la capital, de acuerdo con cifras de Sacmex (Sistema de Aguas de la Ciudad de México).
En las últimas semanas se ha observado un nivel de sequía importante en el sistema Cutzamala que ha impactado el abasto de agua para uso público en algunas regiones de la capital.
Se estima que sólo 45 por ciento de la población capitalina tiene un servicio regular de agua diariamente, cerca de 25 por ciento recibe agua por tandeo tres veces a la semana y 30 por ciento restante se abastece con pipas.
En esta tesitura, resalta que el abastecimiento del vital líquido tiene una alta demanda, por ello varios ojos han volteado al Estado de Hidalgo, a fin de establecer un plan hídrico planteado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo cuyo objetivo real es reducir los volúmenes de agua para el campo en el Estado Hidalgo y llevarse el agua de la zona a Ciudad de México.
Durante su gira proselitista por Hidalgo, la candidata morenista Claudia Sheinbaum Pardo abordó el tema del agua, el cual ha adquirido especial relevancia debido a la sequía que afecta al país, así como la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador de llevar el vital líquido de la entidad a Ciudad y el estado de México.
En este sentido, la aspirante presidencial expresó que es fundamental entablar diálogos con los usuarios del agua para alcanzar una solución consensuada, dado que se trata de un asunto de índole social.
Explicó que desde hace muchos años se han estado enviando grandes volúmenes de aguas residuales desde la zona metropolitana del Valle de México hacia el Valle del Mezquital y, como resultado de su infiltración en el subsuelo, se han creado diversos acuíferos que en la actualidad están sobresaturados. En consecuencia, se ha propuesto utilizar el recurso adicional disponible en esos cuerpos de agua que se encuentran ubicados muy cerca de Tula.
Claudia Sheinbaum señaló que el tema del agua se aborda desde una perspectiva del centro del país, especialmente desde la zona metropolitana del Valle de México, donde se está desarrollando una propuesta para maximizar el aprovechamiento del líquido disponible.
Este planteamiento forma parte del Plan Hídrico Nacional que se está elaborando a partir de un estudio muy puntual de la información que tiene la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y que contempla tres acciones fundamentales.
La primera consiste en promover el uso eficiente del agua, dado que cerca del 80 por ciento se destina a fines agrícolas y solo el 10 por ciento está tecnificado.
Por tanto, es necesario aumentar este porcentaje y reformar la Ley Nacional de Aguas para modificar los derechos y concesiones, lo que permitirá recuperar agua para el consumo humano y ampliar el riego agrícola destinado a la producción de alimentos.
Además, enfatizó en la importancia de explorar nuevas fuentes de abastecimiento que aún están disponibles, pero que deben ser tratadas con precaución para evitar grandes impactos ambientales.
El plan hídrico propone una doble intención, primero tecnificar el campo en Hidalgo ese plan arrancó en Actopan, Hidalgo en diciembre pasado 2024, pues sostuvo que buscan llevarse el recurso hídrico de los mantos freáticos que hay en la zona del valle del Mezquital para un presunto beneficio de los habitantes de la capital del país, principalmente.
Lo cierto es que buscan reducir los volúmenes de agua para todos nuestros productores porque se quieren llevar el agua a la Ciudad de México y así explotar también nuestros mantos freáticos.
Por ende, tenemos que observar cómo avanza este proyecto de reducción de agua en el campo, porque la mayoría de los productores del valle del Mezquital, Hidalgo tienen un ingreso a partir de la producción de los cultivos que se tienen con las aguas que hoy servían entre el Valle de México hacia todo este espacio. Como legislador y representante popular de Hidalgo estoy a favor de sanear las aguas, de que haya mayor inversión en el campo, pero que no sea bajo la condicionante de que el día de mañana les quiten el agua a nuestros productores, eso realmente sería lamentable.
Por lo dicho presento esta iniciativa que tiene como espíritu que si la autoridad ya sea federal o estatal decide tomar agua de alguna localidad o de otro estado para llevarla a distribuir a zonas conurbadas colindantes, primero se garantice el abasto, suministro e infraestructura de las zonas o comunidades de donde se tome el agua, no se podrá realizar dicha explotación si no se garantizan los volúmenes de agua donde se tomen por 50 años y el abasto, suministro e infraestructura de las zonas o comunidades de donde se tome el agua.
Con esta condición o candado en la ley, la autoridad estará obligada a no desproteger la entidad que donará o extraerá el recurso vital con ello fomentaremos un mejor manejo de los recursos hídricos y saneamiento de la región y las zonas que tengan alta demanda del recurso estarán obligadas a generar planes estratégicos de ahorro y buen cuidado del agua.
De tal suerte, tenemos que generar un plan del buen uso y cuidado en el país del recurso y no simplemente extraer de otras zonas el recurso sin responsabilidad fomentado el circulo vicio de acabarse el recurso y conseguir otras fuentes dejando desprotegidas las zonas donde hay agua.
Para mayor claridad a la propuesta de la Iniciativa que presento, que tiene por objeto reforman la fracción VIII del artículo 14 Bis 5, y el cuarto párrafo del artículo 20, de la Ley de Aguas Nacionales, me permito ilustrarla con el siguiente cuadro comparativo:
Por ello, el Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C. (IMCO), centro de investigación apartidista y sin fines de lucro, que tiene por objeto enriquecer con evidencia la toma de decisiones públicas para avanzar hacia un México justo e incluyente, ha señalado:
... México ya experimenta los efectos negativos de la falta de agua. Durante los últimos años, las regiones centro y norte del país han vivido escasez de agua debido al aumento de las sequías. De acuerdo con datos del Banco Mundial, en el país la disponibilidad promedio anual per capita pasó de 10 mil metros cúbicos (m3) en 1960 a 4 mil en 2012. Se estima que para 2030, esta disponibilidad en México descienda debajo de los 3 mil m3 por habitante al año...
Para garantizar la demanda futura, el Estado mexicano requiere actualizar los marcos legales y regulatorios que rigen el manejo del agua, así como modernizar la infraestructura hidráulica del país.
Para Acción Nacional, una política de desarrollo sustentable debe lograr que los costos sociales y ambientales de los bienes y servicios se reflejen en términos económicos, a fin de promover patrones de producción y consumo sano.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman la fracción VIII del artículo 14 Bis 5 y el cuarto párrafo del artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales
Único: Decreto por el que reforman la fracción VIII del artículo 14 Bis 5, y el cuarto párrafo del artículo 20, de la Ley de Aguas Nacionales; para quedar como sigue:
Artículo 14 Bis 5....
I. a VII. ...
VIII. El Ejecutivo Federal fomentará la solidaridad en materia de agua entre los estados, Distrito Federal, municipios, entre usuarios y entre organizaciones de la sociedad, en las distintas porciones de las cuencas, subcuencas y microcuencas, con el concurso de consejos y organismos de cuenca, garantizando el abasto, suministro e infraestructura en las zonas o comunidades de donde se extraiga el agua para su explotación, uso o aprovechamiento;
IX. a XXII. ...
...
Artículo 20....
...
...
La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal, estatal o municipal, o el Distrito Federal y sus organismos descentralizados se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo federal a través de “la Comisión” por medio de los organismos de cuenca, o por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta ley y sus reglamentos. Cuando se trate de la prestación de los servicios de agua con carácter público urbano o doméstico, incluidos los procesos que estos servicios conllevan, la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, se realizará mediante asignación otorgada por el Ejecutivo federal a través de “la Comisión” por medio de los organismos de cuenca, o por ésta cuando así le competa, a los municipios, a los estados o al Distrito Federal, en correspondencia con la fracción VIII del artículo 3 de la presente ley. Los derechos amparados en las asignaciones no podrán ser objeto de transmisión. Para llevar a cabo la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales a que se refiere este artículo, se deberá garantizar la restauración del recurso hídrico en las zonas o comunidades de donde se extraiga por el periodo que esté vigente la concesión o asignación, incluyendo, en su caso, la prórroga, y el abasto, suministro e infraestructura de dichas zonas o comunidades.
...
...
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 ONU derechos humanos 2010, del artículo 11.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
https://www.ohchr.org/es/water-and-sanitation/about-water-and-s anitation#:~: text=El%2028%20de%20julio%20de,RES/64/292)
2 OMS, 2017, comunicado de prensa, “2 100 millones de personas carecen de agua potable en el hogar y más del doble no disponen de saneamiento seguro”,
https://www.who.int/es/news/item/12-07-2017-2-1-billion-people- lack-safe-drinking-water-at-home-more-than-twice-as-many-lack-safe-sanitation
3 Objetivos 2023, Objetivo 6: Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos, agua limpia y saneamiento,
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/water-and-sanitati on/
4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, última reforma DOF 17 de marzo de 2025, Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Secretaría General, Secretaría de Servicios Parlamentarios,
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
5 Lop. cit.
6 Lop. cit.
7 Comisión. Nacional del Agua, 2019, Uso del agua,
https://www.gob.mx/conagua/acciones-y-programas/usos-del-agua
8 El Economista,2024, “Además del Cutzamala, ¿qué otras fuentes abastecen de agua a la Cdmx?”,
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Ademas-del-Cutzamala-Q ue-otras-fuentes-abastecen-de-agua-a-la-CDMX-20240217-0003.html
9 Laura Rivera, 2024, EFFFETA diario inteligente de Hidalgo, “‘Decisión de llevar agua de Hidalgo a Cdmx será consensuada’, asegura Sheinbaum”,
https://www.effeta.info/decision-de-llevar-agua-de-hidalgo-a-cd mx-sera-consensuada-asegura-sheinbaum/
10 Imco, 2023, Situación del agua en México,
https://imco.org.mx/situacion-del-agua-en-mexico/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2025.– Diputado Asael Hernández Cerón (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LEY EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en relación con los límites de imparcialidad que debe tener el Canal del Congreso, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Se turna a las Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Radio y Televisión, para dictamen.
LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL
«Iniciativa que reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, suscrita por el diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Alonso de Jesús Vázquez Jiménez, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, correspondiente a la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio y con arreglo a las facultades y atribuciones conferidas en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, de conformidad con la siguiente:
Exposición de Motivos
Cuando escuchamos el término protección civil, nuestra mente suele asociarlo de inmediato con desastres, emergencias y las instituciones que intervienen en esas situaciones. Sin embargo, a menudo, también evoca imágenes de burocracia ineficiente o, en el peor de los casos, actos de corrupción que cuestan vidas, lamentablemente, pensamos que se trata de un tema ajeno a nuestra vida cotidiana, reservado únicamente para momentos extremos.
Este es un error de percepción grave, pues no se trata solo de cumplir un trámite burocrático, oneroso y poco comprensible. La gestión de riesgos debe ser entendida como una herramienta vital para proteger la vida, la integridad y el patrimonio de la población y para lograrlo, es indispensable comenzar por la formación de quienes educan.
La construcción de una sociedad resiliente comienza en las aulas, la preparación adecuada del personal docente y administrativo en materia de protección civil permite que este conocimiento se traduzca en acciones prácticas y cotidianas dentro de las escuelas. A su vez, estas acciones se trasladan al entorno familiar, promoviendo una cultura de prevención que se multiplica de manera orgánica y transversal, pues educar en la prevención es sembrar seguridad para las futuras generaciones.
Los centros escolares son más que espacios de enseñanza: son comunidades vivas donde convergen infancias, juventudes, docentes, personal administrativo y, en muchos casos, las propias familias. Su vulnerabilidad ante fenómenos como sismos, incendios, inundaciones o explosiones ha quedado documentada en diversas tragedias que han marcado la memoria colectiva del país, no obstante, la respuesta institucional sigue siendo desigual, improvisada y muchas veces insuficiente.
Actualmente, la Ley General de Protección Civil alude de forma general a la promoción de la cultura de la prevención en el ámbito escolar, sin embargo, no establece de manera específica ni obligatoria que los planteles públicos de educación básica, media superior y superior cuenten con personal acreditado como responsable en protección civil. Esta figura resulta indispensable para coordinar acciones preventivas, identificar riesgos, organizar simulacros y establecer un primer canal de comunicación con las autoridades en caso de emergencia, es por esto, que propongo la siguiente reforma:
En muchos casos, la existencia de brigadas escolares o de programas internos depende únicamente de la voluntad de las y los directivos, sin que existan lineamientos claros, formación adecuada o mecanismos de seguimiento, el resultado son protocolos simbólicos, documentos desactualizados y una preparación que, en la práctica, no salva vidas.
Por todo lo anterior, es urgente elevar el estándar de seguridad en las escuelas mediante la institucionalización de esta figura responsable y acreditada en protección civil. Solo así podremos garantizar que cada comunidad escolar esté verdaderamente preparada para actuar, prevenir y salvar vidas ante cualquier emergencia, por lo que se propone iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil
Artículo Único. Se reforma la fracción II del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:
Artículo 43. A fin de fomentar dicha cultura, las autoridades correspondientes dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán:
I. [...]
II. Incorporar contenidos temáticos de protección civil en todos los niveles educativos públicos y privados, considerándola como asignatura obligatoria , así como realizar acciones permanentes de formación y capacitación en protección civil dirigidas al personal docente, administrativo y directivo, por lo que cada plantel educativo deberá contar con al menos una persona acreditada por la Escuela Nacional como responsable de la protección civil escolar;
III. - VI. [...]
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Coordinación Nacional de Protección Civil, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, deberá emitir en un plazo no mayor a 120 días naturales los lineamientos para la acreditación del personal responsable de protección civil escolar, conforme a lo dispuesto en el presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2025.– Diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL
«Iniciativa que reforma la fracción VI del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, suscrita por el diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Alonso de Jesús Vázquez Jiménez, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, correspondiente a la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio y con arreglo a las facultades y atribuciones conferidas en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 43, fracción VI, de la Ley General de Protección Civil, de conformidad con la siguiente;
Exposición de Motivos
La protección civil no debe concebirse únicamente como una respuesta inmediata ante fenómenos naturales o riesgos de origen humano, sino como un proceso integral y permanente de preparación social orientado a prevenir y reducir los efectos de los desastres, pues impulsar una verdadera cultura de la prevención requiere acciones continuas, estructuradas y accesibles para todos los sectores de la sociedad.
Como pilar fundamental de las sociedades modernas y resilientes, la protección civil comprende un conjunto de políticas públicas, medidas preventivas, protocolos de respuesta y esquemas de coordinación interinstitucional cuyo objetivo principal es salvaguardar la vida, la integridad física y el patrimonio de la población frente a amenazas naturales, emergencias tecnológicas, accidentes y fenómenos socio-organizativos.
Su valor estratégico radica no solo en la capacidad de actuar ante una contingencia, sino, sobre todo, en la anticipación de riesgos y la preparación previa. Una política eficaz de protección civil permite mapear vulnerabilidades, diseñar planes de emergencia, establecer mecanismos de actuación y, de manera fundamental, capacitar continuamente a ciudadanos, instituciones y actores clave.
En un país como México, con alta exposición a sismos, huracanes, inundaciones, erupciones volcánicas y también a riesgos urbanos e industriales, fortalecer la cultura de la prevención es una responsabilidad ineludible del Estado y una tarea colectiva de toda la sociedad.
Herramientas como la planeación de emergencias, la capacitación de brigadas, la realización periódica de simulacros y la articulación entre los sectores público, social, privado y académico, integran un sistema nacional de protección civil que, cuando se aplica de manera adecuada, reduce significativamente la pérdida de vidas, mitiga daños materiales, facilita la recuperación y refuerza la cohesión comunitaria.
Fomentar esta cultura no puede reducirse a acciones esporádicas o simbólicas, se trata de un proceso sistemático que exige voluntad institucional, participación social y políticas públicas sostenidas que garanticen la preparación permanente ante cualquier eventualidad.
Actualmente, el artículo 43 de la Ley General de Protección Civil faculta a las autoridades competentes a promover convenios con diversos sectores para difundir la cultura de protección civil. No obstante, dicha disposición no establece una periodicidad mínima ni mecanismos que aseguren la continuidad de las acciones de capacitación, lo que puede traducirse en ejercicios aislados sin efectos duraderos ni generalizados.
La experiencia nacional e internacional ha demostrado que la repetición periódica y la actualización constante en temas de protección civil, a través de simulacros, talleres, cursos y protocolos son esenciales para generar una verdadera cultura preventiva, especialmente en zonas vulnerables o en instituciones que prestan servicios públicos esenciales.
Por ello, la presente iniciativa propone reformar la fracción IX del artículo 43 de la Ley General de Protección Civil para establecer que las acciones de capacitación derivadas de los convenios en la materia se realicen, como mínimo, dos veces al año, de la siguiente manera:
Esta reforma contribuye directamente al fortalecimiento de la resiliencia comunitaria, al cumplimiento de estándares internacionales en gestión del riesgo y a la consolidación de una sociedad más preparada y menos reactiva.
Decreto por el que se reforma el artículo 43, fracción VI, de la Ley General de Protección Civil
Artículo Único. Se reforma el artículo 43, fracción VI, de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:
Artículo 43. A fin de fomentar dicha cultura, las autoridades correspondientes dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán:
I. a V. [...]
VI. Promover la celebración de convenios con los sectores público, social, privado y académico, con el objeto de difundir la cultura de protección civil , y establecer en dichos convenios la obligación de realizar al menos dos acciones de capacitación o difusión por año, de manera sistemática, accesible y orientada a la prevención y autoprotección respecto de los riesgos y peligros derivados de fenómenos naturales y humanos.
Transitorio
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las autoridades competentes deberán ajustar, en un plazo no mayor a 180 días naturales, los convenios vigentes en materia de protección civil, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en este decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2025.– Diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
«Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de infantes, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Ana Isabel González González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 77, numeral 1; artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción III y se recorren las subsecuentes en su orden, del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de infantes, al tenor de lo siguiente
Exposición de Motivos
La presente iniciativa busca incorporar una nueva fracción al Artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, con el propósito de fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte desde la etapa de la primera infancia. Este enfoque se plantea como un mecanismo integral que contribuye al desarrollo físico, emocional y social de niñas, niños y adolescentes. La propuesta se encuentra alineada con los principios fundamentales de protección y bienestar que están establecidos, tanto en el marco legal nacional como en el internacional, asegurando así que se priorice el interés superior de la infancia en todas las políticas relacionadas con la actividad física y el deporte.
Además, al integrar esta fracción en la legislación propuesta, se busca crear un entorno propicio que incentive la participación activa de los más jóvenes en actividades deportivas y recreativas. Esto no solo promoverá hábitos saludables desde una edad temprana, sino que también fortalecerá la cohesión social y el trabajo en equipo, habilidades esenciales para el desarrollo integral de los individuos. La implementación de esta iniciativa podría tener un impacto significativo en la calidad de vida de las futuras generaciones, al establecer bases sólidas para un estilo de vida activo y saludable que perdure a lo largo de sus vidas.
El derecho al desarrollo integral es un principio fundamental consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Estas normativas establecen que, desde la primera infancia, todos los niños y niñas tienen el derecho a un desarrollo pleno que abarque no solo aspectos físicos, sino también emocionales, sociales y cognitivos. Este enfoque integral es esencial para garantizar que los menores puedan alcanzar su máximo potencial y disfrutar de una vida saludable y productiva. La promoción de un entorno que favorezca este desarrollo es, por tanto, una responsabilidad compartida entre la familia, la comunidad y el Estado.
La práctica sistemática de la cultura física juega un papel crucial en la realización de estos derechos, ya que contribuye de manera directa a mejorar las condiciones de salud de los niños y niñas. A través de actividades físicas regulares, se fomenta no solo el bienestar físico, sino también el aprendizaje y la cohesión social. La actividad física ayuda a desarrollar habilidades motoras, promueve la disciplina y el trabajo en equipo, y fortalece las relaciones interpersonales. En este sentido, la cultura física se convierte en un vehículo para la inclusión y la equidad, permitiendo que todos los niños, independientemente de su contexto socioeconómico, tengan acceso a oportunidades que favorezcan su desarrollo integral.
La evidencia científica respalda la importancia de la estimulación física en las primeras etapas de la vida, destacando su impacto positivo en el desarrollo motriz de los niños. Diversas investigaciones han demostrado que la actividad física no solo mejora las habilidades motoras, sino que también contribuye a fortalecer la autoestima de los infantes y a mitigar factores de riesgo asociados, como la obesidad infantil, la ansiedad y el aislamiento social como factores imprescindibles para mejorar la salud mental de los menores. Estos beneficios son cruciales para el desarrollo integral de los niños, ya que una buena salud física y emocional sienta las bases para un crecimiento saludable y equilibrado.
En este contexto, iniciativas como el programa “Chile Crece Contigo” y el “Plan Decenal de Educación Física” de Colombia han integrado la actividad física en sus planes educativos, lo que ha resultado en mejoras significativas en el bienestar infantil. Estas estrategias no solo promueven un estilo de vida activo, sino que también juegan un papel fundamental en la prevención de conductas delictivas, al ofrecer a los niños y jóvenes alternativas saludables y constructivas para su tiempo libre. La implementación de estas buenas prácticas demuestra que la educación física puede ser un pilar esencial en la formación de ciudadanos saludables y socialmente integrados.
La promoción de la cultura física desde la infancia juega un papel fundamental en la orientación positiva de la energía y las emociones de los jóvenes. Al involucrar a los niños en actividades deportivas y recreativas, se les brinda una salida saludable para canalizar sus inquietudes y tensiones. Esta práctica no solo fomenta el desarrollo físico, sino que también contribuye a la formación de habilidades sociales y emocionales, lo que a su vez reduce la probabilidad de que los menores se vean involucrados en comportamientos violentos, adictivos o antisociales. En este sentido, la cultura física se erige como un pilar esencial en la construcción de un entorno seguro y protector para la infancia.
Además, en contextos donde la violencia y la delincuencia son prevalentes, la implementación de programas de actividad física se convierte en una estrategia clave dentro de los sistemas de protección infantil. Estos programas no solo ofrecen un espacio seguro para la práctica deportiva, sino que también promueven valores como el respeto, la disciplina y el trabajo en equipo. Al fortalecer la resiliencia de los niños y proporcionarles herramientas para enfrentar adversidades, se contribuye a la creación de comunidades más cohesivas y menos propensas a la violencia. Así, la cultura física se transforma en un recurso valioso para la prevención de conductas de riesgo, favoreciendo el bienestar integral de los menores y su desarrollo en un entorno más saludable.
La promoción de la equidad territorial y social es una iniciativa que busca concentrar esfuerzos en áreas desfavorecidas, ya sean rurales o afectadas por situaciones de violencia. Este enfoque garantiza que las comunidades más vulnerables tengan acceso a espacios seguros y a actividades deportivas, lo que es fundamental para su desarrollo integral. Al priorizar estas zonas, se busca no solo atender las necesidades inmediatas de la población, sino también fomentar un entorno donde todos los individuos puedan disfrutar de sus derechos y oportunidades de manera equitativa.
Este enfoque se alinea con el principio de igualdad sustantiva, que aboga por la eliminación de las desigualdades estructurales que afectan a ciertos grupos. Al fortalecer las capacidades comunitarias, se generan alternativas de desarrollo colectivo que permiten a las comunidades no solo sobrevivir, sino prosperar. La implementación de programas específicos en estas áreas marginadas no solo contribuye a la cohesión social, sino que también promueve un sentido de pertenencia y empoderamiento entre los habitantes, lo que es esencial para construir un futuro más justo y equitativo.
La coherencia intersectorial y el impacto presupuestal estratégico son fundamentales para la optimización de la planificación de infraestructura y programas en áreas críticas como la salud, la educación y la seguridad. Al integrar esta disposición, se facilita una visión holística que permite no solo una mejor asignación de los recursos públicos, sino también la creación de sinergias efectivas entre diversas instituciones. Esto incluye la colaboración con entidades como la Secretaría de Educación Pública (SEP), el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de su programa Bienestar, y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), lo que potencia el impacto de las políticas públicas implementadas.
Además, esta integración intersectorial promueve un enfoque coordinado y eficiente en la ejecución de proyectos, lo que resulta en un uso más racional de los recursos disponibles. Al trabajar de manera conjunta, las diferentes dependencias pueden identificar y abordar de manera más efectiva las necesidades de la población, garantizando que las inversiones realizadas en infraestructura y programas no solo sean sostenibles, sino que también respondan a las realidades y desafíos específicos de cada sector. De esta manera, se logra un avance significativo hacia el bienestar social y el desarrollo integral de la comunidad.
Se anticipa que esta reforma tendrá un impacto significativo en varios aspectos clave relacionados con el desarrollo de los menores. En primer lugar, se espera que contribuya a la mejora de los indicadores de desarrollo físico y socioemocional en la infancia, lo que es fundamental para el bienestar integral de los niños. Además, se busca reducir las brechas existentes en el acceso a actividades físicas, especialmente en comunidades vulnerables, donde la falta de recursos y oportunidades puede limitar el desarrollo saludable de los menores. Esta iniciativa no solo se centra en el bienestar físico, sino que también promueve un entorno más equitativo para todos los niños, independientemente de su contexto socioeconómico.
La reforma también tiene como objetivo la articulación eficaz de políticas públicas que se enfoquen en la niñez, garantizando que las estrategias implementadas sean coherentes y complementarias. Esto permitirá una respuesta más integral a las necesidades de los menores, facilitando la colaboración entre diferentes sectores y niveles de gobierno. Asimismo, se busca fortalecer la cultura preventiva en salud y seguridad, promoviendo hábitos saludables y medidas de protección que contribuyan a un entorno más seguro para los niños. En conjunto, estas acciones no solo beneficiarán a los menores, sino que también contribuirán al desarrollo sostenible de las comunidades en su conjunto.
Esta propuesta, no solo busca la homologación de la legislación nacional con los tratados internacionales y las políticas nacionales orientadas a la protección de la infancia, sino que también representa una oportunidad significativa para transformar tanto el entorno físico como el emocional de los niños en México. Al implementar un enfoque integral, se pretenden abordar las diversas necesidades de los menores, garantizando que su bienestar sea una prioridad en todas las decisiones y acciones que se tomen en este ámbito. Esta propuesta se fundamenta en la necesidad de crear un entorno más seguro y propicio para el desarrollo de los niños, donde se respeten sus derechos y se promueva su crecimiento integral.
Además, la estrategia planteada se caracteriza por su equidad y sostenibilidad, lo que implica que se buscará involucrar a diferentes sectores de la sociedad en la creación de un entorno favorable para la infancia. Esto incluye la colaboración entre el gobierno, las organizaciones no gubernamentales, las comunidades y las familias, con el fin de asegurar que todos los niños, independientemente de su contexto socioeconómico, tengan acceso a oportunidades que les permitan prosperar.
Al fomentar un enfoque colaborativo y multidimensional, se espera no solo mejorar la calidad de vida de los menores, sino también contribuir a la construcción de una sociedad más justa y equitativa en el futuro.
En tal virtud, se adiciona una fracción tercera y se recorren las subsecuentes en su orden, del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de infantes, para quedar como sigue:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción III y se recorren las subsecuentes en su orden, del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de infantes
Único. - Se adiciona una fracción III y se recorren las subsecuentes en su orden, del artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de infantes.
Ley General de Cultura Física y Deporte
Artículo 2o. ...
I. A II. ...
III....Promover el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte desde la primera infancia, como un mecanismo integral de desarrollo físico, emocional y social que contribuya a la protección y bienestar de niñas, niños y adolescentes.
IV. a XIII. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Importancia del deporte en el desarrollo integral del individuo
2 Cómo fomentar hábitos saludables desde la infancia
3 Convención sobre los Derechos del Niño
4 Actividad física www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/ physical-activit
5 (PDF) La importancia de la estimulación adecuada durante el neurodesarrollo en la primera infancia
6 Destacando su impacto positivo en el desarrollo motriz de los niños. Diversas investigaciones
7 ¿Qué papel juega el deporte en la salud mental de niños, niñas y adolescentes? | Escola Salut SJD
8 Chile Crece Contigo (ChCC): ejemplo de políticas que abordan la reducción de la mortalidad infantil | Caja de herramientas
9 Plan Decenal del Deporte 2009-2019 - Ministerio del Deporte
10 Cómo involucrar a los niños en la práctica deportiva - Doplim
11 Intervenciones comunitarias para el fomento del ejercicio — Homo medicus
12 ¿Qué es la igualdad sustantiva en México? - El Universal DF
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2025.– Diputada Ana Isabel González González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen.
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
«Iniciativa que reforma el artículo 27 y adiciona un artículo 27 Bis a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de cobertura y atención de salud mental, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, diputada Liliana Ortiz Pérez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional correspondiente a la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III, IV y V del artículo 27 y se adiciona el artículo 27 Bis de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de cobertura y atención de salud mental, al tenor de los siguientes
Antecedentes legislativos
- El 24 de octubre del 2019 la diputada Dulce Alejandra García Morlán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa que reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud donde se establece que la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, fomentarán la implementación de un sistema integral de control y atención de calidad en los servicios de salud mental, dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo del 2022.
- Durante la LXV Legislatura, se presentaron tanto en Cámara de Diputados como en Senadores, 89 iniciativas en materia de salud mental que reforman diversas leyes y todas se quedaron en revisión ya sea en las comisiones de la Cámara de origen o la Cámara revisora.
- Desde el inicio de la LXVI Legislatura en septiembre del 2024 y hasta mayo del 2025, se han presentado 48 iniciativas en materia de atención a la salud mental y que reforman diversas leyes y hasta ese momento ninguna propuesta se había dictaminado.
- El 15 de diciembre del 2022 el diputado Pedro Salgado Almaguer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa que reforma la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas que tiene como objetivo establecer que los seguros de gastos médicos deberán cubrir los gastos enfermedades relacionadas a la salud mental y trastornos del desarrollo neurológico. Para ello propone: 1) considerar que los seguros comprendidos dentro del ramo de gastos médicos deberán cubrir los gastos médicos, hospitalarios y demás que sean necesarios para la recuperación de la salud o vigor vital del asegurado, cuando se hayan afectado por causa de un accidente o enfermedad, considerando enfermedades relacionadas a la salud mental y trastornos del desarrollo neurológico que afecten la conducta o el aprendizaje; y, 2) determinar que con el propósito de fortalecer la cultura del seguro y extender los beneficios de su protección a una mayor parte de la población, las Instituciones de seguros, deberán ofrecer un producto básico estandarizado para la cobertura de gastos médicos, en la operación de accidentes y enfermedades, considerando las enfermedades relacionadas a la salud mental y trastornos del desarrollo neurológico que afecten la conducta o el aprendizaje.
- El 22 de noviembre de 2023, la diputada Mariela López Sosa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa que reforma la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas que tiene como objetivo establecer que todas las instituciones de seguros y sociedades mutualistas de seguros que ofrezcan cobertura de salud están obligadas a proporcionar atención en salud mental. Para ello propone determinar que la atención a la salud mental deberá incluir: 1) cobertura para el diagnóstico y tratamiento de todos los trastornos de salud mental reconocidos por la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE); 2) cobertura para consultas con profesionales de salud mental, incluyendo psicólogos y psiquiatras; 3) cobertura para medicamentos prescritos para el tratamiento de trastornos de salud mental; 4) cobertura para hospitalización y tratamientos intensivos en caso de trastornos de salud mental graves; y, 5) cobertura sin ningún tipo de discriminación respecto al historial clínico del solicitante, ni en materia de primas y beneficios; y 6) cobertura de consultas y tratamientos de salud mental con base en servicios de telesalud y servicios sustentados en tecnologías de la información y comunicación.
Exposición de Motivos
Desde la pandemia por Covid-19, los trastornos mentales han empeorado en todo el mundo, tanto en prevalencia como en complejidad. A nivel mundial, en 2019, el 27.2 por ciento de las muertes por suicidio afectan a personas mayores de 60 años. Por otro lado, la OMS determinó que, en jóvenes de 15 a 29 años, los trastornos mentales, como la depresión, son la principal causa de discapacidad.
En México, desde 2006 los intentos de suicidio han aumentado más de 600 % para los jóvenes y de más del 200 por ciento respecto a 2018, antes de la pandemia Las necesidades de salud mental varían según el grupo de edad y es fundamental ajustar la asignación de recursos públicos según estas diferencias. Y según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), 3 de cada 10 personas padecen algún trastorno mental a lo largo de su vida y, de ellos, 2 de cada 3 no recibe tratamiento.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud mental no sólo como la ausencia de trastornos mentales, sino como un estado de bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias habilidades, puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de manera productiva y fructífera, y es capaz de contribuir a su comunidad. Es decir, la salud mental abarca la salud emocional, psicológica y social. Abarca cómo pensamos, cómo nos sentimos y cómo actuamos. También ayuda a determinar cómo manejamos el estrés, nos relacionamos con otros y tomamos decisiones.
Los trastornos de salud mental pueden afectar a cualquier persona, independientemente de su edad, pero los adultos en edad laboral son particularmente susceptibles debido a una combinación de estrés laboral, presiones financieras y responsabilidades personales. Según la OMS, aproximadamente uno de cada cuatro adultos experimentará un trastorno de salud mental en algún momento de su vida. Estos pueden variar desde condiciones moderadamente serias, como el estrés y la ansiedad, hasta enfermedades más graves como la depresión, el trastorno bipolar y la esquizofrenia.
Es vital brindar atención a la salud mental en adultos en edad laboral por varias razones. Los trastornos de salud mental pueden ser debilitantes y, en el peor de los casos, pueden llevar al suicidio. Aproximadamente 75 por ciento de los trastornos de salud mental comienzan antes de los 24 años, lo que significa que una gran proporción de estos trastornos comienza durante la edad laboral temprana. Además, los trastornos de salud mental pueden afectar negativamente la capacidad de una persona para trabajar de manera efectiva, lo que puede tener un impacto significativo en la economía en general.
La OMS también ha señalado la estrecha relación entre la salud mental y la salud física. Las personas con trastornos de salud mental a menudo tienen un mayor riesgo de enfermedades físicas. Esto puede ser debido a una combinación de factores, incluyendo un estilo de vida menos saludable (como el abuso de sustancias, la mala alimentación y la falta de ejercicio), un acceso reducido a la atención de salud y, en algunos casos, los efectos secundarios de los medicamentos utilizados para tratar los trastornos de salud mental.
En el Plan de Acción Integral de la OMS sobre Salud Mental 2013—2030 y la resolución WHA73.10 de la Asamblea Mundial de la Salud sobre «Medidas mundiales contra la epilepsia y otros trastornos neurológicos» hace un llamado a los países para que aborden las considerables deficiencias actuales en la detección temprana, atención, tratamiento y rehabilitación para los trastornos mentales y las alteraciones del desarrollo neurológico, entre los que se incluye el autismo. En la resolución se invita a los países a que aborden las necesidades sociales, económicas, educativas y en materia de inclusión, de las personas con trastornos mentales y otros trastornos neurológicos, así como de sus familias, y a que mejoren la vigilancia y la investigación pertinentes.
Además, algunas condiciones de salud física también pueden aumentar el riesgo de desarrollar un trastorno de salud mental. Por ejemplo, las personas que viven con enfermedades crónicas como el cáncer, la diabetes o enfermedades del corazón tienen un mayor riesgo de desarrollar depresión. Esta interrelación demuestra la necesidad de un enfoque integrado en el cuidado de la salud, donde se atiendan tanto las necesidades físicas como las mentales.
La falta de comprensión y estigmatización de los trastornos de salud mental puede dificultar que las personas busquen ayuda. Los empleadores pueden desempeñar un papel importante en la lucha contra este estigma, proporcionando un ambiente laboral seguro y comprensivo y ofreciendo recursos y apoyo a los empleados que luchan contra los trastornos de salud mental.
Además, el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), reporta que tan sólo en 2010, se calculó que el costo mundial de los trastornos de salud mental ascendía a 2.5 billones de dólares, cifra que se proyecta aumente a 6 billones para 2030. La mayor parte de estos costos son indirectos, relacionados con la pérdida de la productividad y la reducción en la participación laboral debido a la discapacidad o muerte temprana de quienes lo padecen. Además, hay costos directos como la atención médica, psicológica o psiquiátrica, en el que los sistemas públicos de salud y el sector privado, a través de los empleadores, juegan un rol crucial.
Experiencias internacionales
En cuanto a los sistemas públicos de salud, en el caso del Reino Unido, el Servicio Nacional de Salud (NHS, por sus siglas en inglés) ofrece una amplia gama de servicios de salud mental, que van desde terapias de conversación y servicios de crisis hasta atención hospitalaria para casos graves. Su estrategia de “no salud sin salud mental”, busca integrar la atención de la salud mental en todos los niveles de atención sanitaria. Aunque la atención es gratuita en el punto de servicio, el sistema a veces se enfrenta a críticas debido a largas listas de espera y falta de camas hospitalarias.
En Australia la atención de la salud mental es parte integral de su sistema de salud universal, Medicare. El Plan de Acción de Salud Mental de Australia 2020-2030 tiene como objetivo mejorar el acceso a la atención de calidad y reducir el estigma asociado con la enfermedad mental. Aunque la atención es gratuita o de bajo costo, a menudo se critica la falta de servicios en áreas rurales y remotas.
En cuanto a los seguros médicos privados, se puede mencionar que, en los Estados Unidos de América (EUA), la Ley de Paridad de Salud Mental y Adicciones de 2008 exige que los seguros de salud privados proporcionen la misma cobertura para la salud mental que para la salud física. Esto significa que los límites de los beneficios, como las visitas al médico y los copagos, deben ser equivalentes para la salud mental y física. Aunque esta ley ha mejorado el acceso a la atención de la salud mental, todavía hay desafíos debido al alto costo de los seguros y al limitado número de proveedores de salud mental en ciertas áreas.
En Canadá muchos seguros privados cubren una variedad de servicios de salud mental, incluyendo psicoterapia, aunque la cantidad de cobertura puede variar. Sin embargo, dado que muchos proveedores de salud mental no están cubiertos por el sistema de salud pública, la atención puede ser costosa y está fuera del alcance de aquellos sin seguro o con seguro insuficiente.
Es importante señalar que, aunque estos sistemas están diseñados para mejorar el acceso a la atención de salud mental, muchos aún enfrentan desafíos, incluyendo largas listas de espera, barreras de costos, escasez de profesionales de la salud mental y estigma social. Sin embargo, el hecho de que la atención de la salud mental se esté convirtiendo cada vez más en una parte integral de los sistemas de salud pública y privada es un paso positivo hacia la mejora de la salud mental a nivel mundial.
El caso de México
En el contexto mexicano, el sistema de salud pública y los seguros médicos privados tienen diferentes enfoques para atender los problemas de salud mental. El sistema de salud pública en México se estructura en tres niveles de atención. El primer nivel es la atención primaria, que se proporciona en los centros de salud y es la primera línea de atención para problemas de salud mental más leves. En este nivel, los médicos generales son responsables de identificar los signos de trastornos mentales y pueden proporcionar tratamientos básicos.
El segundo nivel se encarga de casos más complejos y se brinda en hospitales generales, donde hay especialistas disponibles, como psicólogos y psiquiatras. El tercer nivel de atención se da en hospitales psiquiátricos para los casos más graves y crónicos.
En México, con el cambio de paradigma mundial y regional por el impacto del Covid-19, el 26 de mayo de 2023 se crea la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones (CONASAMA) que fusiona las actividades de tres instancias: el Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental, los Servicios de Atención Psiquiátrica y la Comisión Nacional contra las Adicciones. La CONASAMA está alineando sus objetivos con las sugerencias internacionales. Sin embargo, los recursos económicos aún se ubican en un mínimo de inversión, lo cual requiere ser más eficiente en el gasto.
Según la Encuesta Nacional de Epidemiología Psiquiátrica, aproximadamente 28 por ciento de los adultos en México han experimentado algún trastorno de salud mental en su vida, siendo la depresión y la ansiedad los más comunes. Sin embargo, sólo alrededor de 20 por ciento de estos individuos reciben algún tipo de tratamiento.
En el contexto laboral mexicano, la salud mental es un tema que ha ganado atención y relevancia en los últimos años. De acuerdo con un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el estrés laboral y los problemas de salud mental asociados están creciendo entre los trabajadores mexicanos, afectando la productividad y la economía del país. La Ley Federal del Trabajo de México no menciona específicamente los problemas de salud mental, pero sí establece que los empleadores deben garantizar un ambiente laboral seguro y saludable.
En cuanto a la relación entre la salud mental y física, en México se ha documentado que las personas con enfermedades crónicas, como la diabetes, que es muy prevalente en el país, tienen un mayor riesgo de presentar trastornos de salud mental, reiterando la interconexión entre la salud mental y física. El modelo de atención de la salud mental se ha centrado en tratar los trastornos mentales en su etapa más avanzada, mediante atención psiquiátrica, psicológica y recursos especializados. Aumentar la inversión en prevención y tratamiento desde el primer nivel es esencial para reducir grandes costos a largo plazo.
La salud mental influye en varios rubros de la economía, como la productividad laboral, el crecimiento económico y la cohesión social. El ausentismo y el presentismo laboral reducen la productividad, lo cual representa una carga financiera importante para el empleador, el individuo, y la economía en general. Además, una buena salud mental es fundamental para la cohesión social, ya que permite establecer y mantener relaciones interpersonales saludables dentro de una comunidad.
Inversión en Salud Mental
Según el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), en México, los recursos destinados a la atención de la salud mental siguen siendo insuficientes para cubrir las necesidades de la población. Actualmente, el presupuesto para este rubro representa el 1.3 por ciento del presupuesto total para salud, mientras que la sugerencia de la OMS para los países de ingresos medios es de 5 por ciento. Además, el monto ejecutado en 2023 equivale a un recorte de 7.9 por ciento respecto a 2016. Al día de hoy la falta de recursos podría limitar no solo la disponibilidad de servicios, sino también su calidad, dejando a muchos centros de salud incapaces de brindar la atención adecuada. Invertir más y de manera más eficiente en salud mental no es solo una cuestión de necesidad, sino una forma de fortalecer a la comunidad.
Según el CIEP, dado el nivel de inversión promedio de la región de América Latina, el cual está en 7.9 usd per capita, se requeriría destinar 9 mil 998.9 mdp para gasto en salud mental, cifra por encima de los 3 mil 819.4 mdp que se asignaron en el PEF de 2024. México tendría que triplicar su gasto en salud mental para alcanzar los estándares regionales.
Además, en cuanto a recursos humanos, la OMS recomienda que haya al menos un psiquiatra por cada 10,000 habitantes. Sin embargo, en 2024, México cuenta con 0.36 psiquiatras por cada 10,000 habitantes, menos de la mitad de lo recomendando. Este déficit de especialistas es uno de los mayores desafíos que enfrenta el sistema de salud mexicano, ya que provoca una sobrecarga en los servicios de salud mental y, en consecuencia, afecta negativamente la calidad de los tratamientos que los pacientes puedan recibir.
Actualmente, en un contexto en que se reducen los recursos públicos para la atención a la salud en el país, es importante que otros actores del Sistema Nacional de Salud, como son las instituciones de seguros privados, participen en la atención a la salud mental, abriendo la posibilidad de quien tenga la capacidad económica o quiera buscar una seguridad financiera a largo plazo, tenga la opción de que al contratar un seguro de gastos médicos que incluya la atención de trastornos mentales.
Seguros privados y salud mental
Para el caso de los seguros médicos privados en México cubren una algunas variedades de servicios de salud mental. La cobertura específica puede variar dependiendo del plan de seguro, pero generalmente incluye consultas con psicólogos o psiquiatras, medicación y, en algunos casos, hospitalización para trastornos mentales graves.
Algunas compañías de seguros en México, las cuales son contadas, actualmente brindan una atención muy limitada para las personas con problemas de salud mental y trastornos. Sin embargo, la cobertura es efectiva, en tanto la aseguradora considere los eventos dentro de sus condiciones, las cuales son muy específicas y en muchos de los casos lamentablemente los tratamientos de este tipo de enfermedades mentales y trastornos están específicamente excluidos de las pólizas nacionales de seguro de gastos médicos mayores, o se ponen diversas condiciones para brindar el servicio, lo cual ha sido muy criticado, siendo uno de los motivos por los que las familias que buscan coberturas como maternidad terminan eligiendo planes internacionales para que sus hijos tengan coberturas de este tipo.
El costo de estos seguros puede variar significativamente dependiendo del nivel de cobertura, la edad del asegurado, su historial médico y otros factores. En general, los seguros privados en México pueden ofrecer una mayor accesibilidad y menor tiempo de espera en comparación con el sistema público, pero también representan un gasto mayor.
Además, algunos empleadores en México ofrecen programas de asistencia al empleado (EAP, por sus siglas en inglés) que pueden incluir servicios de salud mental, como terapia y asesoramiento. Estos programas suelen ser gratuitos para los empleados y pueden ser una valiosa fuente de apoyo para la salud mental en el lugar de trabajo.
Los sistemas de salud, tanto públicos como privados, están reconociendo y respondiendo a la creciente demanda de servicios de salud mental. En el caso de México, aunque enfrenta desafíos significativos como la disponibilidad de servicios y la estigmatización de los trastornos de salud mental, también ha realizado avances notables en su enfoque y políticas de atención.
Actualmente la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-II), que según la OMS, se utiliza a efectos de reembolso por los seguros de enfermedad, incluye dentro de los trastornos mentales, del comportamiento y del neurodesarrollo, entre otros, los siguientes:
· Trastornos del neurodesarrollo
· Esquizofrenia u otros trastornos psicóticos primarios
· Catatonia
· Trastornos del estado de ánimo
· Trastornos de ansiedad o relacionados con el miedo
· Trastornos obsesivo-compulsivos y otros trastornos relacionados
· Trastornos específicamente asociados con el estrés
· Trastornos disociativos
· Trastornos del comportamiento alimentario
· Trastorno de eliminación
· Trastornos de distrés corporal o de la experiencia corporal
· Trastornos debidos al consumo de sustancias o a comportamientos adictivos
· Trastornos del control de los impulsos
· Trastornos de comportamiento disruptivo y disocial
· Trastornos de la personalidad y rasgos relacionados
· Trastornos parafílicos
· Trastornos facticios
· Trastornos neurocognitivos.
En conclusión, la atención a la salud mental desde la pandemia se ha convertido en un problema de salud pública y el panorama futuro es que se incremente el número de personas que padecen algún trastorno. Y a pesar de que desde 2018 se han presentado diversas iniciativas que buscan atender la problemática, no se ha avanzado debido a la falta de recursos públicos destinados al sector.
Por ello, consideramos necesario que el Sistema Nacional de Salud, que incluye a los entes privados como las aseguradoras, participen en la prevención y atención a la salud mental de la población en base a los principios de solidaridad y no discriminación. Específicamente se propone que los seguros para accidentes, gastos médicos incluyan los trastornos mentales descritos en el CIE-II.
Para una mejor comprensión de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma la fracción III, IV y V del artículo 27 y se adiciona el artículo 27 Bis de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Artículo Único. Se reforman las fracciones III, IV y V del artículo 27 y se adiciona el artículo el 27 Bis de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para quedar como sigue:
Artículo 27.- ...
I. ...
II. ...
III. Para el ramo de accidentes personales, los contratos de seguro que tengan como base la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal, salud física y mental o vigor vital del asegurado, como consecuencia de un evento externo, violento, súbito y fortuito;
IV. Para el ramo de gastos médicos, los contratos de seguro que tengan por objeto cubrir los gastos médicos, hospitalarios y demás que sean necesarios para la recuperación de la salud física y mental o vigor vital del asegurado, cuando se hayan afectado por causa de un accidente o enfermedad. Las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas autorizadas para operar este ramo, podrán ofrecer como beneficio adicional dentro de sus pólizas, la cobertura de servicios de medicina preventiva, sólo con carácter indemnizatorio;
...
V. Para el ramo de salud, los contratos de seguro que tengan como objeto la prestación de servicios dirigidos a prevenir enfermedades o restaurar la salud física y mental, a través de acciones que se realicen en beneficio del asegurado;
VI.... a XVI...
Artículo 27 Bis. Todas las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas de Seguros que ofrezcan cobertura de salud están obligadas a proporcionar atención en salud mental, bajo los siguientes criterios:
I. Cobertura para el diagnóstico y tratamiento de todos los trastornos de salud mental reconocidos por la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE).
II. Cobertura para consultas con profesionales de salud mental, incluyendo psicólogos y psiquiatras.
III. Cobertura para medicamentos prescritos para el tratamiento de trastornos de salud mental.
IV. Cobertura para hospitalización y tratamientos intensivos en caso de trastornos de salud mental graves.
V. Cobertura sin ningún tipo de discriminación respecto al historial clínico del solicitante, ni en materia de primas y beneficios.
VI. Cobertura de consultas y tratamientos de salud mental con base en servicios de telesalud y servicios sustentados en tecnologías de la información y comunicación.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2025.– Diputada Liliana Ortiz Pérez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
Iniciativa que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de alimentos y atención médica para mascotas y animales de compañía y de asistencia, suscrita por la diputada Kenia López Rabadán y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Kenia López Rabadán, integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 73, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1; y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de alimentos y atención médica para mascotas y animales de compañía y de asistencia al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En México, las mascotas forman parte importante de la vida de millones de familias. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (Enbiare 2021) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el 69.8 por ciento de los hogares mexicanos cuenta con algún tipo de mascota; en total, se estiman cerca de 80 millones de animales de compañía, de los cuales 43.8 millones son perros, 16.2 millones gatos, y los restantes 20 millones corresponden a otras especies pequeñas como aves, peces, reptiles u otros. Estas cifras muestran que aproximadamente 25 millones de hogares tienen mascotas.
Tener una mascota implica distintos tipos de gastos recurrentes, siendo entre los más significativos los relacionados con la alimentación y la atención veterinaria. Varias investigaciones periodísticas y de mercado corroboran que las familias destinan montos considerables mensualmente al cuidado de sus animales de compañía; por ejemplo, se reporta que, para alimento de perros, gatos u otras pequeñas especies, los hogares mexicanos gastan entre $676 y $1,500 pesos mensuales; equivalente a un pago anual por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entre $1,297 y $2,880 pesos.
En cuanto a la atención veterinaria, un análisis del Consejo Nacional de Fabricantes de Alimento Balanceado y de Nutrición Animal (Conafab), indica que las familias destinan entre $1,000 y $8,000 pesos al año para el cuidado y bienestar de sus mascotas, incluyendo consultas especializadas en etología, cuyo costo puede oscilar entre $500 y $2,000 pesos. Estos gastos reflejan la creciente importancia del mercado de mascotas en México.
La carga económica derivada del IVA aplicable a los alimentos procesados para mascotas, gravados con la tasa general del 16 por ciento, se traslada íntegramente al consumidor final, lo cual afecta tanto a las familias como a las asociaciones protectoras de animales y refugios, cuyos gastos en alimento pueden oscilar entre $10,000 y $35,000 pesos mensuales. En estos casos, la aplicación del gravamen repercute directamente en los costos operativos, ya que la mayoría de los refugios cuentan con presupuestos limitados y dependen de donaciones, situación que dificulta trasladar completamente los costos adicionales a sus beneficiarios o usuarios; por ello, eliminar el IVA a dichos productos representaría un alivio fiscal significativo, favoreciendo la viabilidad y su capacidad para brindar un cuidado adecuado a los animales bajo su resguardo.
Por otra parte, permitir la deducción del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para los gastos veterinarios, proporcionaría un incentivo fiscal directo para que los propietarios aseguren la atención médica preventiva y los tratamientos necesarios que mejoren la calidad de vida de sus animales de compañía o de compañía. Diversos estudios y encuestas señalan que el costo y la falta de acceso constituyen las principales barreras para recibir atención veterinaria; en este sentido, la reducción del gasto mediante incentivos fiscales podría traducirse en un mayor uso de servicios preventivos y curativos. Esta medida no solo beneficiaría a los propietarios, sino también a refugios y asociaciones, que actualmente enfrentan presupuestos limitados y enfrentan elevados gastos operativos para mantener programas de atención y adopción.
La aplicación de la tasa del 0 por ciento del IVA a los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies de mascotas en el hogar, así como la posibilidad de deducir los gastos veterinarios, permitirían disminuir la carga económica que enfrentan muchas familias al cuidar a sus animales, posibilitarían una mejor alimentación y atención para los mismos, y aligerarían la presión económica que afrontan los refugios y asociaciones de rescate, fortaleciendo su capacidad para acoger, alimentar, tratar y rehabilitar animales abandonados o en situación de vulnerabilidad y adicionalmente, al bajar los costos del cuidado animal, estas medidas podrían contribuir a reducir la tasa de abandono.
Por todo lo anterior, y considerando el reconocimiento creciente de los animales como seres sintientes, la importancia de la convivencia responsable, los beneficios sociales y de salud pública vinculados al buen cuidado de estos animales, esta iniciativa propone reformar las disposiciones fiscales correspondientes para:
1. Establecer la tasa 0 por ciento del IVA para la enajenación de los alimentos procesados destinados a perros, gatos y pequeñas especies utilizadas como mascotas en el hogar.
2. Permitir que los gastos veterinarios para animales de compañía o de compañía del contribuyente sean deducibles para efectos del Impuesto Sobre la Renta.
Con ello se busca generar alivio económico para los propietarios de un animal de compañía o de compañía y promover el bienestar de los animales, además de apoyar a los refugios y promover políticas fiscales justas que reflejen el papel que las mascotas tienen hoy en día en muchos hogares mexicanos.
A continuación, se muestra un cuadro comparativo sobre la iniciativa de reforma:
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con
Proyecto de Decreto
Primero. Se deroga el numeral 6 y se reforma el primer párrafo del inciso b) de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:
Artículo 2o.-A.-...
I.- ...
a) ...
b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación de consumo humano o animal, a excepción de:
1. a 5. ...
6. Se deroga
c) a j) ...
II. a IV. ...
...
Segundo. Se reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 151....
I. Los pagos por honorarios médicos, dentales, gastos veterinarios de animales de compañía y de asistencia del contribuyente, y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.
...
...
...
...
II. a VIII. ...
...
...
...
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del ejercicio fiscal siguiente al de su aprobación.
Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará los ajustes pertinentes en las estimaciones de ingresos y egresos del Paquete Económico del ejercicio fiscal posterior a la aprobación del presente decreto.
Notas
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2021, 14 de diciembre). Presenta INEGI resultados de la primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (ENBIARE) 2021 (Comunicado de prensa número 772/21). Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021 /EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
2 Infobae. (2023, 13 de marzo). Mascotas en México, un sector invisible para las estadísticas. Infobae. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enbiare/2021/doc/ enbiare_2021_presentacion_resultados.pdf
3 Infobae. (2024, 12 de noviembre). Una iniciativa busca eliminar el IVA en el alimento de mascotas en México, ¿cómo lo hará? Infobae. Disponible en:
https://www.infobae.com/mascotas/2024/11/12/una-iniciativa-busc a-eliminar-el-iva-en-el-alimento-de-mascotas-en-mexico-como-lo-hara/
4 Milenio Digital. (2023, 14 de febrero). Op. Cit.
5 Animals Health. (2022, 6 de junio). Los problemas económicos, principal barrera a la atención veterinaria. Animals Health. Disponible en:
https://www.animalshealth.es/profesionales/los-problemas-econom icos-principal-barrera-a-la-atencion-veterinaria
6 México Social. (2019, 4 de septiembre). Los perros callejeros en México: Un problema social y de bienestar animal. México Social. Disponible en:
https://www.mexicosocial.org/perros-callejeros/#:~: text=1.,y%20tenencia%20responsable%20de%20mascotas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Kenia López Rabadán (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY FEDERAL DE DERECHOS
«Iniciativa que adiciona el artículo 199-A de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Luis Armado Díaz, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, diputado Luis Armado Díaz, en mi calidad de integrante de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 199-A de la Ley Federal de Derechos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La pesca comercial es una actividad económica vital para el sustento de innumerables comunidades costeras. Sin embargo, los pescadores enfrentan una paradoja fiscal que atenta contra el principio de equidad tributaria: la obligación de pagar un derecho anual por el aprovechamiento de especies marinas, incluso durante los períodos en que la propia autoridad les prohíbe su captura mediante una veda.
El artículo 199-A de la Ley Federal de Derechos establece las cuotas anuales que los permisionarios deben pagar por el derecho de pesca comercial. Si la autoridad decreta una veda de tres meses para la almeja, por ejemplo, el permisionario se ve impedido de trabajar, pero la ley actualmente le exige el pago completo del derecho, como si hubiera podido generar ingresos durante todo el año.
Esta situación vulnera lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV, de nuestra Constitución, que mandata que las contribuciones deben ser proporcionales y equitativas. No es equitativo exigir una contraprestación completa por un derecho cuyo ejercicio es limitado por un acto de la propia autoridad.
La presente iniciativa busca aplicar un principio de justicia social, ajustando la carga fiscal a la realidad productiva del pescador. Se propone reformar el artículo 199-A para que los contribuyentes queden exentos de pagar la parte de la cuota anual que sea proporcional al número de días que duren las vedas. De esta forma, el pago del derecho reflejará únicamente el tiempo en que el pescador tuvo la posibilidad real de ejercer su actividad, garantizando un cobro justo.
Esta modificación es un acto de congruencia fiscal y de apoyo a un sector productivo fundamental para la soberanía alimentaria de la nación.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de
Decreto
Artículo Único. Se adiciona un último párrafo al artículo 199-A de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:
Artículo 199-A. ...
I a XXVII...
...
...
Los contribuyentes a que se refiere este artículo quedarán exentos de pagar la parte de la cuota anual que resulte proporcional al número total de días en que la autoridad competente establezca un periodo de veda para la especie o grupo de especies objeto del permiso o concesión. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante reglas de carácter general, establecerá el mecanismo para hacer efectiva dicha exención.
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputado Luis Armando Díaz (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 79 y 80 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, diputado Reginaldo Sandoval Flores, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter ante esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículo 79 y 80 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de armonización con la reforma constitucional para el apoyo a campesinos, con base en la exposición de motivos, fundamentos legales y los siguientes argumentos:
Exposición de Motivos
Debido al olvido de anteriores administraciones, el campo mexicano sufrió por falta de apoyos por medio de programas sociales y agravó la situación de miles de jornaleros en el país, que continúan en condiciones de pobreza y marginación. A pesar de que el sector agrícola es esencial para la economía y la seguridad alimentaria.
Los problemas que enfrentan los campesinos son varios, como la falta de créditos y subsidios, que impiden la siembra de semillas primordiales en la alimentación básica del mexicano.
También, entre 1990 y 2010 se permitió irregularmente cambiar uso de suelo en zonas conurbadas de grandes ciudades, dejando en manos de inmobiliarias y grandes empresas, vastas extensiones de tierras productivas que terminaron como bodegas, maquiladoras, desarrollos habitacionales, por mencionar otros fines que no son los agrícolas.
Ante ello, muchos campesinos terminaron con pequeños huertos donde se cultivan frutas, verduras, maíz, trigo, sorgo, que permiten la subsistencia y autocosumo de hogares en zonas rurales; a lo que se suma, que los campesinos muchas veces venden sus productos a precios muy bajos debido a la falta de acceso directo a mercados y al control de intermediarios.
La falta de oportunidades ha obligado a los campesinos a emigrar a las grandes urbes del país o a ciudades de Estados Unidos de Norteamérica en busca de mejores condiciones de vida.
Los desastres naturales, tales como sequías, inundaciones y la degradación del suelo han afectado la producción agrícola, considero que falta una mejor coordinación entre los Estados y Municipios para que aporten mayores recursos de forma tripartita ante los embates del cambio climático.
México tiene potencial para producir sus alimentos en las diferentes regiones del país, además que, la desaparición de comunidades campesinas amenaza la preservación de técnicas agrícolas sostenibles y culturas indígenas.
Con la agricultura sostenible se fomenta un adecuado autoconsumo y se abona a mitigar el impacto ambiental. El rescate del campo mexicano es clave para reducir la pobreza, fortalecer la soberanía alimentaria y evitar el desplazamiento forzado de miles de familias.
El primer Estado del país, donde se puso en marcha el programa Fertilizantes para el Bienestar, que impulsó la entrega gratuita y directa de este insumo fue Guerrero y su éxito tuvo como resultado que el programa se ampliara a nivel nacional en el mandato del licenciado Andrés Manuel López Obrador.
Este apoyo beneficia a campesinos, ejidatarios y comuneros de maíz, trigo, sorgo, frijol, milpa, cacao, cacahuate, arroz, ajonjolí, soya y calabaza, que son productos esenciales de las mesas de millones de hogares y que implica inversiones importantes en beneficio del campo.
Para los ecosistemas, los árboles frutales y maderables son necesarios para continuar el ciclo virtuoso de la naturaleza y brindan beneficios al ser humano, ya sea por el consumo de frutas o venta de las mismas; mismo caso, el de la madera por su uso o venta.
Ante los retos, los campesinos han fomentado la agroforestería que es el conjunto de prácticas que combinan la agricultura, la silvicultura y la ganadería en la misma superficie; su objetivo es obtener beneficios ambientales, económicos, sociales y son una forma ecológicamente sustentable.
Pueden realizarse muchas combinaciones agroforestales, desde árboles aislados en huertos caseros o de traspatio, hasta verdaderas plantaciones maderables o frutales densas, combinadas con cultivos en calles cerradas.
Actualmente al Gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo otorga apoyo económico para pequeños y medianos productores del campo, a través del Programa Producción para el Bienestar para contribuir a la autosuficiencia alimentaria.
Las características de los apoyos son:
Se otorgarán por año, tomando en consideración lo siguiente:
Montos:
Los apoyos serán por productor, independientemente del número de predios que tengan.
Los apoyos se calcularán con base en los montos por productor o por hectárea siguientes:
*El cálculo del apoyo se realizará por hectárea o fracción.
Asimismo, para determinar el monto máximo del apoyo, se considerará lo siguiente:
- La suma de la superficie de los predios declarados, hasta 20 hectáreas;
- Se aplicará redondeo para que los apoyos sean a cifras en múltiplos de cien pesos, y
- Dicho redondeo se aplicará, tomando como base las últimas dos cifras del monto determinado y conforme a lo siguiente: i) de 1 hasta 49 pesos, el redondeo será a la baja, y ii) de 50 a 99 pesos, el redondeo será al alza.
Considerando los estratos y las cuotas anteriores y conforme a lo establecido en el presente acuerdo, ningún beneficiario recibirá menos de $6,000.00 (Seis mil pesos 00/100 M.N.) ni más de $24,000.00 (Veinticuatro mil pesos 00/100 M.N.).
En el contexto de impulsar y fortalecer el consumo interno y la autosuficiencia alimentaria, la Presidenta mandó iniciativa para apoyar con jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables, mismo que fue aprobado por el Congreso de la Unión y se publicó el 2 de diciembre del 2024. Con ello, se propone que por medio de la Ley, Reglamento y reglas de operación se continúe apoyando a campesinos que cultivan en pequeña escala.
La presente propuesta, busca armonizar el mandato constitucional y establecerlo en el articulado correspondiente por técnica legislativa y mejor comprensión para garantizar la continuación de los apoyos a campesinos y jornaleros. A continuación plasmamos los fundamentos que motivan la presente iniciativa.
Fundamentos Legales
Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre del 2024.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
(...)
XX. (...)
a) Un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas;
b) Un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, y
(...)
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de otras personas que trabajan en las Zonas Rurales.
Artículo 2
1. Los Estados respetarán, protegerán y harán efectivos los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales. Adoptarán sin demora las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo que resulten apropiadas para alcanzar progresivamente la plena efectividad de los derechos de la presente Declaración que no puedan garantizarse de forma inmediata.
(...)
6. (...)
d) Proporcionar, si procede, asistencia técnica y económica, facilitando el acceso a tecnologías accesibles y el intercambio de estas y transfiriendo tecnologías, en particular a los países en desarrollo, en condiciones acordadas mutuamente;
(...)
Ante el mandato internacional y el decreto que obliga al Estado a proporcionar apoyo económico a campesinos, se proponen los siguientes cambios que plasmo en cuadro comparativo para mejor compresión:
Ley de Desarrollo Rural Sustentable
En consecuencia, por las consideraciones planteadas y con fundamento en los dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 79, y se reforma y adiciona un segundo párrafo al artículo 80 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo Único. Se reforma y adiciona un tercer párrafo al artículo 79, y se reforma y adiciona un segundo párrafo al artículo 80 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 79. El Gobierno Federal otorgará, de acuerdo con sus disponibilidades y con los compromisos internacionales adquiridos por el país, apoyos para compensar las desigualdades de los productores nacionales respecto de los productores de los países con los que existen tratados comerciales.
Los apoyos a la comercialización, que el Gobierno Federal canalice para compensar las desigualdades de los productores nacionales respecto de los países con los que existen tratados comerciales se otorgarán, mantendrán y actualizarán en la medida que contribuyan a la seguridad y soberanía alimentarias establecidas en los artículos 179 y 183 de la presente Ley.
El Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en términos de la Ley.
Artículo 80. El Gobierno federal creará un programa de apoyo directo a los productores en condiciones de pobreza, que tendrá como objetivo mejorar el ingreso de los productores de autoconsumo, marginales y de subsistencia. El ser sujeto de los apoyos al ingreso, no limita a los productores el acceso a los otros programas públicos.
De igual forma, garantizará a un jornal seguro, justo y permanente a quienes cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Poder Ejecutivo federal dispone de un plazo de ciento ochenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones reglamentarias correspondientes para dar cumplimiento al mismo.
Tercero. Las obligaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado para los ejecutores de gasto correspondientes, para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.
Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Nota
1 Tomado de
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5713354&fech a=29/12/2023#gsc.tab=0 el 17 de febrero del 2025.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que reforma el artículo 99 de la Ley General de Educación, en materia de infraestructura educativa a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Ana Isabel González González, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 99 de la Ley General de Educación, en materia de infraestructura educativa, al tenor de lo siguiente
a) Planteamiento del problema
La educación en México se encuentra en un proceso de transformación que enfrenta importantes desafíos estructurales que deben ser abordados antes de 2025. A pesar de que en los últimos años se han llevado a cabo diversas reformas educativas y se han implementado estrategias para asegurar tanto el acceso como la calidad de la educación, persisten problemas significativos como la desigualdad en el acceso a recursos, el rezago tecnológico y la insuficiencia de infraestructura en varias regiones del país. Estos obstáculos no solo afectan la calidad educativa, sino que también limitan las oportunidades de desarrollo para millones de estudiantes.
La dignidad del aprendizaje se fundamenta en el entorno físico donde se lleva a cabo. En México, más de 40 por ciento de las escuelas públicas no cuentan con las condiciones mínimas necesarias para ofrecer una educación de calidad, lo que infringe el derecho constitucional establecido en el artículo 3o.. Esta situación es alarmante, ya que la falta de infraestructura adecuada no sólo compromete la seguridad de los estudiantes, sino que también afecta su capacidad para aprender de manera efectiva. La reforma educativa actual tiene como objetivo primordial garantizar que todas las aulas sean espacios seguros, que los sanitarios sean funcionales y que exista una conectividad adecuada, así como fomentar la resiliencia territorial en las comunidades educativas.
Pero, para lograr estos objetivos, es fundamental que se realicen inversiones significativas en la infraestructura escolar y que se implementen políticas que promuevan la equidad en el acceso a recursos educativos. Esto incluye no solo la construcción y rehabilitación de escuelas, sino también la capacitación de docentes y la integración de tecnologías que faciliten un aprendizaje más dinámico y accesible. Sólo a través de un enfoque integral que aborde tanto las condiciones físicas como los aspectos pedagógicos se podrá garantizar una educación de calidad que respete la dignidad de todos los estudiantes en México.
Según la información pública contenida en el documento “Principales cifras del Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos”, se han observado avances muy limitados en la infraestructura escolar durante los últimos tres ciclos escolares. Por ejemplo, entre el ciclo escolar 2018-2019 y el 2021-2022, se registró una disminución del 2.4 por ciento en el número de escuelas que disponen de sanitarios independientes, así como una reducción del 7.9 por ciento en la conectividad a internet. Estos datos reflejan una tendencia preocupante en la mejora de las condiciones básicas que deben ofrecer las instituciones educativas.
De acuerdo con el informe de Mejor Edu (2022), durante el ciclo escolar 2020-2021, sólo 61.7 por ciento de las escuelas primarias y 65.5 por ciento de las secundarias en el país contaban con los cuatro servicios básicos esenciales: electricidad, agua potable, lavado de manos y sanitarios. En el nivel de educación media superior, esta situación se replicó, con un 62.8 por ciento de los planteles en condiciones similares. Esto implica que aproximadamente un tercio de las instituciones educativas en los tres niveles carecían, al menos, de uno de estos servicios fundamentales, lo que pone de manifiesto la necesidad urgente de mejorar la infraestructura escolar para asegurar un funcionamiento adecuado y propicio para el aprendizaje.
La discrepancia entre la reducción de la brecha en infraestructura básica y el gasto federal de los últimos años es notable. Durante este periodo, la inversión federal en infraestructura, gestionada a través de los programas del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (Inifed), ha experimentado una disminución alarmante de casi 78 por ciento. En contraste, la inversión canalizada a través del programa “La Escuela es Nuestra”, que transfiere recursos directamente a las comunidades, ha aumentado de manera extraordinaria, superando el 2 mil 900 por ciento. A pesar de este incremento en las transferencias, no se ha logrado establecer evidencia concluyente que demuestre que estas medidas aseguran la permanencia de los estudiantes en las aulas, mejoran su aprendizaje y proporcionan las condiciones necesarias para su desarrollo integral.
Es imperativo que se realice una inversión considerable en la mejora y el mantenimiento de la infraestructura educativa en México. La situación actual exige no sólo la construcción de nuevas instalaciones, sino también la renovación y modernización de las existentes, que muchas veces se encuentran en condiciones precarias. La falta de recursos adecuados para el mantenimiento de las escuelas puede afectar directamente la calidad de la educación que reciben los estudiantes, lo que a su vez repercute en su rendimiento académico y en su motivación para continuar sus estudios.
Para abordar esta problemática, es fundamental implementar modelos de coparticipación que involucren al sector privado, a la sociedad civil y a los diferentes niveles de gobierno en la obtención de recursos. Estas colaboraciones pueden facilitar la creación de un entorno educativo más sólido y sostenible, donde se priorice no sólo la infraestructura física, sino también el desarrollo de programas que fomenten un aprendizaje efectivo. La sinergia entre estos actores puede ser clave para transformar la realidad educativa en el país, asegurando que todos los estudiantes tengan acceso a un entorno propicio para su crecimiento y desarrollo personal.
El actual gobierno federal, a través del Programa Sectorial de Educación 2025-2030, reconoce que, a pesar de los efectos adversos que la pandemia de covid-19 ha tenido en el sistema educativo, se han logrado avances significativos en el acceso a la educación. Estos progresos son especialmente notables en los sectores de la población que históricamente han enfrentado mayores desventajas, como las comunidades indígenas y afromexicanas. Sin embargo, persisten importantes desafíos en relación con el ingreso, la permanencia y la culminación oportuna de las trayectorias educativas de los estudiantes mexicanos. Uno de los principales obstáculos es la concentración de la oferta educativa en las grandes ciudades, lo que genera desigualdades territoriales en el acceso a la educación, afectando particularmente a las comunidades más aisladas que carecen de infraestructura escolar adecuada y de una presencia suficiente de personal docente.
Y que , la insuficiente infraestructura educativa y la falta de equipamiento adecuado crean entornos poco favorables para el aprendizaje, lo que limita las experiencias y oportunidades de desarrollo de los estudiantes. Esta situación no solo afecta la calidad de la educación, sino que también repercute en el futuro de los jóvenes, quienes se ven privados de las herramientas necesarias para alcanzar su máximo potencial. La falta de recursos y de un ambiente propicio para el aprendizaje puede desincentivar a los estudiantes y contribuir a la deserción escolar, perpetuando así ciclos de desigualdad y exclusión social.
En respuesta a estos desafíos, se propone llevar a cabo una serie de acciones orientadas a mejorar los entornos escolares mediante la construcción, equipamiento, restauración, reforzamiento y rehabilitación de la infraestructura educativa. Esta iniciativa busca no sólo promover un ambiente más adecuado para el aprendizaje, sino también fomentar el desarrollo de conocimientos, capacidades y habilidades en los estudiantes. Al invertir en la mejora de la infraestructura educativa, se espera cerrar las brechas existentes y garantizar que todos los estudiantes, independientemente de su ubicación geográfica, tengan acceso a una educación de calidad que les permita prosperar en un mundo cada vez más competitivo.
La infraestructura escolar es fundamental para garantizar el derecho a la educación, ya que representa la base física sobre la cual se construyen las oportunidades de aprendizaje. No se trata de un mero accesorio o un lujo, sino de un elemento esencial que permite a niñas, niños y adolescentes acceder a un entorno propicio para su desarrollo integral. Un espacio educativo adecuado no sólo facilita el aprendizaje, sino que también promueve la convivencia en condiciones seguras, dignas y estimulantes. Sin embargo, en México, este derecho se ve comprometido de manera sistemática debido a la existencia de carencias estructurales en miles de escuelas.
Según el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación un alarmante 97 por ciento de las instituciones de educación básica presenta al menos una deficiencia en su infraestructura física. Estas deficiencias abarcan una amplia gama de problemas, como techos inseguros, sanitarios que no funcionan, falta de acceso a agua potable, carencia de conectividad, mobiliario en mal estado y espacios que carecen de ventilación e iluminación adecuadas. Estas condiciones no solo afectan la calidad de la educación, sino que también generan un ambiente que puede ser perjudicial para la salud y el bienestar de los estudiantes.
La situación se agrava en las zonas rurales, indígenas y marginadas, donde las deficiencias en la infraestructura escolar son aún más pronunciadas. En estos contextos, las carencias no solo limitan las oportunidades de aprendizaje, sino que también ponen en riesgo la seguridad y la salud de los estudiantes, lo que puede llevar a una disminución en la permanencia escolar. Es imperativo abordar estas problemáticas de manera urgente, ya que la falta de una infraestructura adecuada no solo vulnera el derecho a la educación, sino que también perpetúa ciclos de desigualdad y exclusión social.
La actual redacción de la Ley General de Educación carece de disposiciones que establezcan estándares mínimos obligatorios para la infraestructura escolar. Esta falta de regulación permite que miles de niñas y niños asistan a instituciones educativas que no cumplen con condiciones básicas, lo que perpetúa la desigualdad territorial y vulnera el principio de progresividad de los derechos humanos, tal como se establece en el artículo 1o. de la Constitución. La ausencia de un marco normativo claro en este aspecto no solo afecta la equidad en el acceso a una educación de calidad, sino que también contribuye a la marginación de comunidades que ya enfrentan múltiples desafíos.
La insuficiencia de infraestructura adecuada tiene repercusiones directas en diversos aspectos del proceso educativo, incluyendo el rendimiento académico de los estudiantes, la motivación de los docentes, la inclusión educativa y la salud física y emocional del alumnado. Investigaciones realizadas por organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) han evidenciado que el entorno físico de las escuelas tiene un impacto significativo en la permanencia de los estudiantes, su capacidad de aprendizaje y su bienestar general. Por lo tanto, es fundamental abordar esta problemática para garantizar que todos los niños y niñas tengan acceso a un ambiente propicio para su desarrollo integral.
En este contexto, la iniciativa de reforma al artículo 99 de la Ley General de Educación busca establecer que todas las escuelas públicas deben contar con infraestructura básica, funcional, tecnológica y climática, conforme a estándares que serán definidos por la autoridad educativa federal. Estos criterios deberán incluir aspectos de accesibilidad universal, seguridad estructural, resiliencia territorial y pertinencia cultural. Además, la reforma pretende obligar al Estado mexicano a asegurar el mantenimiento preventivo y correctivo de los planteles, con un presupuesto específico asignado en el Presupuesto de Egresos de la Federación. La infraestructura escolar no debe depender de esfuerzos aislados, donaciones privadas o gestiones locales; debe ser considerada una política pública nacional que promueva los derechos, la equidad territorial y la corresponsabilidad institucional.
Esta propuesta aborda una deuda histórica con la infancia en México. La implementación de estándares mínimos para la infraestructura escolar no solo refuerza el derecho a la educación, sino que también dignifica la experiencia de aprendizaje, contribuye a la reducción de desigualdades estructurales y promueve la creación de entornos caracterizados por la paz, la salud y la justicia social. Es ampliamente reconocido que la calidad de la infraestructura educativa es un factor determinante en el desarrollo de una educación efectiva y enriquecedora.
Diversos estudios han demostrado que cuando los estudiantes perciben su aula y su escuela de manera positiva, la probabilidad de que alcancen un rendimiento académico superior se incrementa notablemente. Un ambiente seguro, limpio y adecuadamente equipado no sólo facilita la concentración, sino que también estimula la motivación y el compromiso de los alumnos. Por lo tanto, es esencial que se priorice la atención a las necesidades de infraestructura en el ámbito educativo, ya que esto impacta directamente en la calidad del aprendizaje y en el bienestar de los estudiantes.
En este contexto, la propuesta de modificación a la ley que se presenta tiene como objetivo establecer un marco normativo que no sólo promueva, sino que también garantice el acceso a la educación como un derecho fundamental. Este enfoque integral es vital para abordar las repercusiones de decisiones pasadas y para impulsar un cambio positivo hacia un futuro más justo y sostenible. La atención a la infraestructura educativa es, sin duda, un paso crucial para asegurar que todos los niños y niñas en México tengan la oportunidad de recibir una educación de calidad que les permita desarrollarse plenamente.
Ley General de Educación
b) Fundamento legal
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 99 de la Ley General de Educación, en materia de infraestructura educativa
Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 99 de la Ley General de Educación, en materia de infraestructura educativa, para quedar como sigue:
Artículo 99. ...
Dichos muebles e inmuebles deberán cumplir y disponer de una infraestructura básica que sea funcional y con requisitos de calidad, seguridad estructural, oportunidad, equidad, sustentabilidad, resiliencia, pertinencia, integralidad, accesibilidad, inclusividad e higiene, con condiciones climáticas adecuadas, incorporando los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica, para proporcionar educación de excelencia, con equidad e inclusión, cumpliendo con los estándares mínimos establecidos por la autoridad educativa, conforme a los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría.
...
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Datos de infraestructura en escuelas, con lagunas
2 Informe de Mejoredu destaca avances y retos en infraestructura educativa de México - Mexicanos Primero Sinaloa
3 Mejoredu publica “recomendaciones de mejora al plan y programas de estudio de educación básica 2022 y propuestas de colaboración” | Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación | Gobierno | gob.mx
4 La infraestructura educativa, en crisis — El Financiero junio 2023
5 Proyecto Programa Sectorial de Educación 2025-2030_Validado UPER-SHCP.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Ana Isabel González González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de ecocidio, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Ana Isabel González González, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona al Título Vigésimo Quinto, Delitos contra el Ambiente y la Gestión Ambiental, un Capítulo Cuarto Bis, Del ecocidio, y un artículo 420 Quinquies que se integra por 4 párrafos al Código Penal Federal, en materia de ecocidio, al tenor de lo siguiente
a) Planteamiento del problema
En el transcurso del último siglo, la devastación de nuestros ecosistemas y la pérdida de biodiversidad han alcanzado niveles alarmantes. Se han registrado numerosos incidentes que han causado daños irreparables al medio ambiente, tanto a nivel global como local. Ejemplos emblemáticos de esta crisis incluyen el desastre nuclear de Chernóbil, el derrame de petróleo de Exxon Valdez y el accidente de Fukushima, entre otros. A nivel nacional, se han producido eventos igualmente catastróficos que han dejado huellas profundas en el planeta y en la humanidad. Estos desastres no solo han contribuido a la extinción de diversas especies, sino que también han dado origen a nuevas enfermedades y condiciones de salud que afectan a las poblaciones, generando consecuencias a corto y largo plazo.
La magnitud de estos eventos ha resultado en la pérdida de vidas humanas y en el surgimiento de enfermedades incurables, lo que plantea serias interrogantes sobre la capacidad de recuperación de los ecosistemas afectados. Además, la riqueza natural de los países, que incluye su flora y fauna, ha sido severamente comprometida. La destrucción de estos recursos no solo afecta la biodiversidad, sino que también impacta negativamente en la calidad de vida de las comunidades que dependen de ellos. La degradación del entorno natural ha llevado a un deterioro significativo de la superficie terrestre y de los ecosistemas que alguna vez prosperaron en esas áreas.
A pesar de la gravedad de estos problemas, las sanciones impuestas por los daños ambientales suelen ser insuficientes. En la mayoría de los casos, las multas económicas no logran compensar el daño causado ni restaurar la salud de los ecosistemas o de las personas afectadas. Esta falta de medidas efectivas para abordar las consecuencias de la destrucción ambiental resalta la necesidad urgente de un cambio en la forma en que se gestionan y regulan las actividades que impactan nuestro entorno. Es imperativo que se implementen políticas más rigurosas y sostenibles que prioricen la protección del medio ambiente y la salud pública, para evitar que estos desastres se repitan en el futuro.
Actualmente, nos encontramos ante las consecuencias de decisiones erróneas tomadas en el pasado, lo que ha generado la necesidad de reconocer, a través de nuevas figuras legales, la devastación del medio ambiente y la pérdida de biodiversidad. A nivel global, se ha comenzado a legislar sobre el desastre ambiental, dando origen al concepto de ecocidio, que se refiere al daño masivo y a la destrucción de ecosistemas de manera generalizada o a largo plazo. Los abogados que han abordado este tema, aunque coinciden en la terminología utilizada para definirlo y en su impacto, expresan su preocupación por la naturaleza sin precedentes de estos actos, que afectan gravemente al planeta y, por ende, a la humanidad, poniendo en riesgo su propia existencia. Sin embargo, estos delitos contra el medio ambiente han permanecido en gran medida invisibilizados, en parte debido a la falta de reconocimiento de que todos somos responsables del problema, ya sea por participar activamente en la destrucción o por mostrar indiferencia y omisión al no denunciarlo.
El reconocimiento del ecocidio como un fenómeno que provoca la destrucción del medio ambiente representa un hito crucial para nuestro país en la actualidad. Esta figura legal permitirá que los responsables de actos criminales contra el medio ambiente sean llevados ante la justicia, asegurando que tales acciones no queden impunes. Además, es fundamental que el daño infligido al medio ambiente y a la biodiversidad se traduzca en penas adecuadas que reflejen la gravedad de los delitos cometidos. Es importante entender que la reparación del daño ambiental no puede lograrse simplemente a través de compensaciones monetarias, como se ha hecho tradicionalmente, sino que requiere un proceso que se extiende a lo largo del tiempo.
Incorporar el ecocidio como un delito autónomo en el Código Penal Federal es un paso esencial para reconocer la destrucción masiva, grave y sistemática de ecosistemas como una amenaza a la seguridad nacional, a los derechos humanos y a la sostenibilidad intergeneracional. Este reconocimiento no solo fortalecerá el marco legal en torno a la protección del medio ambiente, sino que también enviará un mensaje claro sobre la importancia de preservar nuestros recursos naturales para las futuras generaciones. La implementación de esta figura legal podría ser un catalizador para un cambio significativo en la forma en que la sociedad y el Estado abordan la crisis ambiental, promoviendo una mayor responsabilidad y conciencia colectiva sobre la necesidad de proteger nuestro planeta.
La necesidad de incluir la figura del ecocidio en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional ha impulsado un esfuerzo considerable, dado el impacto devastador que este fenómeno puede tener sobre la humanidad en el corto y mediano plazo. Actualmente, el Estatuto reconoce cuatro crímenes internacionales: genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y agresión. Sin embargo, no se contempla la destrucción ambiental como un delito, lo que resulta preocupante. Es relevante recordar que en el borrador original del Estatuto se había propuesto la inclusión de los delitos medioambientales como un quinto crimen, pero esta propuesta fue eliminada en la versión final tras la votación, lo que ha dejado un vacío significativo en la legislación internacional.
A pesar de la decisión de excluir el ecocidio del texto final, organizaciones como Ecocide Project, junto con varios países, continúan abogando por el reconocimiento del daño masivo a los ecosistemas como un delito de gran gravedad. Estas entidades están trabajando activamente para que la Corte Penal Internacional (CPI) considere el ecocidio en sus procesos judiciales, dado que este tribunal es la última instancia para el enjuiciamiento de crímenes internacionales graves. La inclusión de este tipo de delitos en el ámbito penal internacional no solo es un paso hacia la justicia ambiental, sino que también refleja una creciente conciencia sobre la interconexión entre la salud del planeta y los derechos humanos.
La CPI ha demostrado ser un organismo clave en la promoción de avances significativos en la justicia internacional, y su papel se vuelve aún más crucial en el contexto actual, marcado por crisis de derechos humanos vinculadas a delitos internacionales. Los países miembros de la Corte enfrentan el desafío de abordar estas problemáticas, y la inclusión del ecocidio en el marco legal podría ser un paso fundamental para garantizar que se tomen medidas efectivas contra la destrucción ambiental. La lucha por el reconocimiento del ecocidio no solo busca justicia para el medio ambiente, sino que también pretende proteger los derechos de las comunidades que dependen de ecosistemas saludables para su supervivencia y bienestar.
El término “ecocidio” comenzó a ser utilizado en los últimos años de la Guerra de Vietnam (1955-1975), un conflicto que dejó una huella devastadora no sólo en términos de vidas humanas, sino también en el medio ambiente de las regiones afectadas. Durante esta guerra, el ejército estadounidense empleó el conocido “agente naranja”, un potente herbicida que se utilizó como arma química. Este producto no solo causó la muerte de miles de personas, sino que también arrasó millones de hectáreas de tierras, convirtiéndolas en terrenos estériles. La relevancia de este término se consolidó en la Cumbre Ambiental de las Naciones Unidas de 1972 en Estocolmo, donde el primer ministro sueco, Olof Palme, acusó a Estados Unidos de ecocidio por sus acciones en Vietnam. En respuesta, la ONU presentó la Convención sobre la Prohibición de Uso de Técnicas de Modificación Ambiental con Fines Militares u Hostiles, con el objetivo de prevenir que se repitieran tragedias similares.
Sin embargo, desde entonces, las grandes potencias del mundo y las actividades humanas han exacerbado la destrucción del planeta. La acumulación de desechos en los océanos, la extinción de numerosas especies, la explotación desmedida de hábitats naturales, la deforestación de bosques tropicales y los vertidos de hidrocarburos en yacimientos petrolíferos son solo algunas de las consecuencias de decisiones irresponsables. Estas acciones han devastado ecosistemas enteros y han puesto en grave peligro la biodiversidad, mientras que muchos de estos delitos ambientales han quedado en gran medida impunes. La falta de responsabilidad y las políticas ineficaces han permitido que la degradación ambiental continúe sin un control adecuado.
A pesar de este panorama desalentador, la lucha por la justicia ambiental sigue adelante, impulsada por iniciativas como el Ecocide Project. Este movimiento aboga por que el daño infligido a los ecosistemas sea reconocido como un delito grave, similar a otros crímenes contra la humanidad. La propuesta busca establecer un marco legal que responsabilice a aquellos que causan daños irreparables al medio ambiente, promoviendo así una mayor conciencia sobre la importancia de proteger nuestro planeta. La perseverancia de estas iniciativas es fundamental para generar un cambio significativo y garantizar que las futuras generaciones hereden un mundo más saludable y sostenible.
En 2012, se lanzó la iniciativa “Acabemos con el ecocidio en Europa: una iniciativa ciudadana para dar derechos a la tierra”, cuyo objetivo principal era visibilizar el ecocidio y promover la creación de un marco normativo en Europa. Esta propuesta fue fundamental para que la Comisión Europea aprobara un documento que enumeraba una serie de actos considerados delitos contra el medio ambiente y la biodiversidad, así como la implementación de sanciones más severas para quienes los cometieran. La iniciativa buscaba no sólo la protección del entorno natural, sino también el reconocimiento de los derechos de la tierra, lo que representaba un avance significativo en la legislación ambiental europea.
A nivel global, varios países han progresado en la incorporación del ecocidio en sus legislaciones nacionales, incluyendo naciones como Georgia, Armenia, Ucrania, Bielorrusia, Ecuador, Kazajistán, Kirguistán, Moldavia, Rusia, Tayikistán, Uzbekistán y Vietnam. Estos países han comenzado a reconocer el ecocidio como un crimen tanto en sus territorios como en el ámbito internacional. En 2018, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la resolución “Hacia un Pacto Mundial por el Medio Ambiente”, que se propuso establecer un precedente para el desarrollo de un derecho ambiental internacional, reflejando así un creciente consenso sobre la necesidad de proteger el medio ambiente a nivel global.
Sin embargo, la primera evaluación mundial sobre el estado del derecho ambiental, publicada por la ONU Medio Ambiente en 2019, reveló un panorama desalentador. El informe subrayó que la mayoría de los acuerdos ambientales alcanzados en los últimos cincuenta años no se han cumplido, lo que se atribuye a la falta de coordinación entre organismos gubernamentales, la escasa disponibilidad de información, la corrupción y la limitada participación ciudadana. A pesar de estos desafíos legales, la posibilidad de desarrollar una legislación internacional que sancione los crímenes contra el medio ambiente parece estar más cerca, lo que podría marcar un hito en la protección del entorno natural a nivel global.
La Corte Penal Internacional ha estado colaborando con un grupo de expertos internacionales para desarrollar un nuevo delito que reconozca la devastación del medio ambiente y la biodiversidad. Este esfuerzo busca avanzar en el reconocimiento del “ecocidio” como un crimen que tipifica la criminalidad asociada a la destrucción de la naturaleza y los daños irreparables que se infligen al entorno. En 2021, se presentó una definición jurídica de ecocidio que podría convertirse en el quinto crimen bajo el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Según esta definición, el ecocidio se entiende como cualquier acto ilícito o arbitrario realizado con pleno conocimiento de que hay una alta probabilidad de que cause daños graves, extensos o duraderos al medio ambiente. Esta figura legal podría ser utilizada por aquellos países que tienen un interés y responsabilidad en la protección del medio ambiente, integrándola en su legislación nacional.
La organización Stop enfatiza la importancia de incorporar el ecocidio en las legislaciones para salvaguardar tanto a los seres humanos como a la naturaleza misma. En muchas partes del mundo, no existe un marco legal penal que aborde adecuadamente el daño y la destrucción masiva del medio ambiente, lo que permite que estas actividades continúen de manera perjudicial, especialmente en regiones donde la protección es escasa. En lugar de enfrentar consecuencias penales, los responsables a menudo se limitan a incluir en sus presupuestos demandas civiles o administrativas, lo que resulta insuficiente para abordar la magnitud del problema.
A través de la figura del ecocidio, se busca establecer que cualquier acción o entidad que cause un daño masivo o destruya ecosistemas naturales será considerada inaceptable. Este enfoque pretende prohibir de manera efectiva la devastación del mundo natural, promoviendo un cambio en la percepción y tratamiento legal de los delitos ambientales. La inclusión del ecocidio en el marco legal no solo fortalecería la protección del medio ambiente, sino que también enviaría un mensaje claro sobre la responsabilidad colectiva de preservar nuestro planeta para las generaciones futuras.
En la actualidad, se ha evidenciado un creciente reconocimiento a nivel global sobre la necesidad de legislar en torno a la protección del medio ambiente y la biodiversidad. Muchos países han comenzado a integrar la figura del ecocidio en sus marcos legales, lo que representa un avance significativo en la lucha por la conservación de los ecosistemas. Según la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio, 2016a), un número considerable de la diversidad biológica del planeta se encuentra concentrado en 17 naciones catalogadas como megadiversas, entre las que destacan Brasil, Colombia, China, Indonesia y México. Estos países, en conjunto, albergan entre el 60 y 70 por ciento de las especies del mundo, lo que subraya la responsabilidad compartida de proteger tanto la flora como la fauna que habitan en sus territorios.
La inclusión del ecocidio en la legislación nacional es, por tanto, una medida urgente y necesaria. La riqueza biológica de nuestro país impone la obligación de priorizar su conservación y cuidado. Sin un marco legal adecuado que contemple la figura del ecocidio, los esfuerzos por proteger la biodiversidad podrían resultar ineficaces. Es fundamental que esta figura se incorpore de manera formal en el texto de la ley y que se establezcan sanciones pertinentes para quienes atenten contra el medio ambiente. Sólo a través de un sistema legal federal robusto se podrá garantizar la aplicación efectiva de estas normativas, asegurando así la salvaguarda de los recursos naturales que son vitales para el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
Proponer el ecocidio como un delito autónomo dentro del Código Penal Federal implica reconocer la destrucción masiva, grave y sistemática de los ecosistemas como una amenaza no solo para la biodiversidad, sino también para la seguridad nacional y los derechos humanos. Esta perspectiva resalta la interconexión entre la salud del medio ambiente y el bienestar de la sociedad, enfatizando que la sostenibilidad intergeneracional debe ser un principio rector en la formulación de políticas públicas. La implementación de esta figura legal no solo contribuiría a la protección de la biodiversidad, sino que también enviaría un mensaje claro sobre la importancia de preservar nuestro patrimonio natural para las futuras generaciones.
El Estatuto de Roma, en sus artículos 7 y 8, establece un marco legal fundamental para abordar los crímenes contra la humanidad y el medio ambiente, reconociendo la gravedad de las violaciones que afectan no solo a las personas, sino también a los ecosistemas que sustentan la vida en el planeta. En este contexto, el Acuerdo de Escazú se erige como un instrumento clave que garantiza el derecho a la justicia ambiental y la protección de quienes defienden estos derechos, subrayando la importancia de un entorno seguro para los activistas y defensores del medio ambiente. Estos documentos reflejan un compromiso internacional hacia la protección de la naturaleza y la promoción de un desarrollo sostenible que respete tanto los derechos humanos como la integridad del medio ambiente.
La Agenda 2030, a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 13, 14 y 15, enfatiza la necesidad de tomar medidas urgentes para combatir el cambio climático, conservar la vida submarina y proteger los ecosistemas terrestres. Estos objetivos no solo son un llamado a la acción, sino que también representan un reconocimiento de que la salud del planeta está intrínsecamente ligada al bienestar humano. La implementación de políticas que aborden estos desafíos es esencial para garantizar un futuro viable, donde las generaciones venideras puedan disfrutar de un entorno saludable y equilibrado.
Y que, la propuesta sobre los años de sanción privativa de la libertad y el establecimiento de la muta que se presenta, se encuentra en consonancia con aquellos países que han decidido reconocer el ecocidio como un delito grave. Este reconocimiento es un paso significativo hacia la protección del medio ambiente, ya que implica una responsabilidad legal que busca prevenir y sancionar actos que causen daños irreparables a los ecosistemas. Al adoptar esta postura, México se une a una creciente comunidad internacional que valora la integridad de la naturaleza y busca establecer un marco normativo que garantice la justicia ambiental.
Es importante destacar que la propuesta mexicana sobre la pena y sanción que se indica en la iniciativa, evita caer en la trampa de la desproporcionalidad penal, lo que significa que se busca un equilibrio adecuado entre la gravedad del delito y las sanciones impuestas. Este enfoque permite que las medidas adoptadas sean efectivas y justas, evitando castigos excesivos que podrían resultar contraproducentes. De esta manera, se promueve un sistema legal que no solo castiga, sino que también educa y fomenta la responsabilidad ambiental entre los ciudadanos y las empresas, contribuyendo así a un desarrollo sostenible y a la preservación de los recursos naturales para las futuras generaciones.
En este sentido, es imperativo que se reconozca la destrucción del medio ambiente y la pérdida de biodiversidad como una cuestión de derechos humanos, lo que exige la adopción de nuevas figuras legales que fortalezcan la protección del entorno. La propuesta de adición a la ley que se presenta busca establecer un marco normativo que no solo promueva la conservación y el cuidado del medio ambiente, sino que también garantice el acceso a un medio ambiente sano como un derecho fundamental. Este enfoque integral es crucial para abordar las consecuencias de decisiones pasadas y para fomentar un cambio positivo hacia un futuro más sostenible y equitativo.
Código Penal Federal
Fundamento legal
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se adiciona al Título Vigésimo Quinto, Delitos contra el Ambiente y la Gestión Ambiental, un Capítulo Cuarto Bis, Del ecocidio, y un artículo 420 Quinquies que se integra por 4 párrafos al Código Penal Federal, en materia de ecocidio
Único. Se adiciona al Titulo Vigésimo Quinto, Delitos Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental, un Capítulo Cuarto Bis, Del ecocidio y un artículo 420 Quinquies que se integra por 4 párrafos al Código Penal Federal, en materia de ecocidio, para quedar como sigue:
Título Vigésimo QuintoDelitos Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental
Capítulo Cuarto BisDel ecocidio
Artículo 420 Quinquies. Se considera ecocidio el acto de causar, ya sea por acción u omisión, un daño significativo, extenso o duradero al medio ambiente, lo que incluye la afectación de ecosistemas, especies, fuentes de agua, aire, suelo y biodiversidad. Este delito compromete la salud, seguridad o subsistencia de poblaciones tanto humanas como no humanas. Las sanciones por ecocidio incluyen penas de prisión de 10 a 20 años, multas que oscilan entre 10 mil y 50 mil UMA, así como la obligación de reparar integralmente el daño ambiental, de acuerdo con un dictamen técnico emitido por la autoridad competente.
La pena por ecocidio se incrementará hasta en 50 por ciento si por ciento en circunstancias específicas, tales como la afectación de áreas naturales protegidas, la destrucción de hábitats de especies en peligro, o el uso de sustancias que causen daño irreversible. También se considerará un agravante la reincidencia en conductas destructivas, la colusión entre particulares y funcionarios públicos, y la afectación directa a comunidades indígenas o rurales. Asimismo, se sancionará la obstrucción de la justicia ambiental y la manipulación de estudios de impacto ambiental.
Además de las penas privativas de libertad, se establecerán sanciones complementarias que incluyen la inhabilitación de 10 a 20 años para ocupar cargos públicos o técnicos en áreas relacionadas con el medio ambiente.
También se prevé la cancelación de concesiones o permisos vinculados al proyecto que causó el ecocidio, así como la obligación de publicar la sentencia en medios oficiales y en el sitio web de la entidad responsable.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 ¿Qué pasó en Chérnobil en 1986? La historia del accidente nuclear
2 ¿Cómo ocurrió el desastre de Exxon Valdez?
3 Accidente nuclear de Fukushima I, causas y consecuencias
4 El ecocidio provoca desplazamientos humanos y crímenes-Gaceta UNAM
5 Ecocidio: comprensión y consecuencias del daño grave al medioambiente
6 Conferencia de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad 2024: qué es el ecocidio. National Geographic. National Geographic
7 La cooperación internacional en la Corte Penal Internacional
8 “México, ¿pieza clave en la lucha por reconocer el ecocidio como crimen internacional?” Pie de Página
9 Ecocidio en México: Conceptualización a través de un Análisis de la Jurisdicción Nacional e Internacional
10 La cooperación internacional en la Corte Penal Internacional
11 Proyecto de ley sobre ecocidio en México - Eco Jurisprudence Monitor
12 agenda-2030-y-los-objetivos-de-desarrollo-sostenible.pdf
13 El vínculo entre el ser humano y el medio ambiente debe preservarse/OHCHR
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Ana Isabel Gonzalez Gonzalez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que adiciona un artículo 5 Bis a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Ana Isabel González González, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que adiciona diversas disposiciones de Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos conforme a lo siguiente:
Exposición de Motivos
En México, el dinero es fundamental para nuestra economía; los ciudadanos lo utilizan como medio para transacciones comerciales. Su emisión está regulada por el Banco de México. El dinero cumple tres funciones clave:
1. Medio de cambio: ya que es generalmente aceptado por la sociedad para saldar la compra y venta de bienes y servicios.
2. Unidad de cuenta: porque permite fijar precios y documentar deudas.
3. Depósito de valor: ya que permite transferir la capacidad para comprar bienes y servicios a lo largo del tiempo.
Las monedas y billetes en sus diferentes denominaciones son utilizados diariamente; representan el pago recibido por nuestro trabajo y son esenciales para cubrir necesidades básicas como alimentos, vivienda, transporte, vestimenta y otros gastos. En nuestro país, el peso mexicano es la moneda oficial que ha superado diversas crisis económicas junto con fluctuaciones en tipos de cambio y tasas de interés; sin embargo, es importante recordar que los centavos también han sido parte integral de nuestra economía.
Sin embargo, a pesar de su relevancia, que históricamente formaron parte importante de la economía. Actualmente, la circulación de centavos es mínima. Según Banxico, se acuñarán conforme a las necesidades monetarias del país considerando dos factores:
• La disminución de la práctica comercial de fijar el valor de los productos utilizando moneda fraccionaria (centavos)
• Los resultados de los estudios de opinión pública sobre la conveniencia de utilizar estas monedas
La acuñación de monedas en centavos es cada vez más reducida, los ciudadanos han dejado de usarlas por ende su circulación es mínima, pero eso no significa que los centavos pierdan su valor dentro de la economía del país, las monedas de cincuenta, veinte, diez, y cinco centavos, siguen sumando y a pesar de su valor tan pequeño tiene un impacto dentro de la economía.
La acuñación actual es mínima porque muchos ciudadanos han dejado de utilizarlas, esto no implica que su valor haya desaparecido dentro del sistema económico. Las monedas más pequeñas siguen teniendo un impacto significativo pese a su reducido valor.
Las monedas de cincuenta, veinte, diez y cinco centavos siguen teniendo impacto en la economía nacional. En muchos establecimientos comerciales no es posible adquirir productos únicamente con centavos, pero al acumularse pueden representar montos significativos capaces de cubrir pagos o servicios.
En centros comerciales no se puede adquirir bienes directamente con centavos; sin embargo, acumulados pueden facilitar pagos de servicios o compras. Surge un problema relacionado con el redondeo al modificar montos donde el precio se ajusta hacia arriba o nunca hacia abajo. En muchos casos, esta práctica se presenta como una medida para apoyar causas sociales, invitando a los consumidores a donar los centavos faltantes para llegar a la unidad. Por ejemplo, si una compra asciende a 55.60 pesos, y el cliente acepta el redondeo, pagará 56.00 pesos. Aunque individualmente parezca una cantidad mínima, al repetirse constantemente y multiplicarse por miles de consumidores, la suma se vuelve considerable.
La donación es un acto voluntario que depende únicamente del consumidor quien tiene derecho a estar informado sobre el destino final del dinero donado. Sin embargo, actualmente muchas asociaciones implementan este proceso automáticamente sin consultar al cliente previamente.
Cuando un consumidor rechaza redondear sus centavos muchas veces, el establecimiento no puede devolver los centavos por la escasez de monedas. ya que las tiendas pueden carecer del cambio adecuado debido a la falta actual en acuñación correspondiente.
Existen denuncias sobre irregularidades relacionadas con el destino final de los centavos recaudados en las tiendas comerciales o departamentales, algunas son:
1. En Tamaulipas, se solicitó a la Secretaría de Hacienda que supervise que el dinero recaudado por redondeo en tiendas comerciales se entregue efectivamente a las causas sociales que se anuncian.
2. En entrevista para La Jornada, se reporta que muchas personas dudan del destino de lo donado vía redondeo.
3. En Yucatán, algunos clientes señalan que Soriana estaba aplicando el redondeo directamente en sus tickets sin consultar si deseaban donar.
En el PRI, trabajamos por el bienestar de los mexicanos y con esta iniciativa lo que buscamos es, otorgar mayor seguridad económica a los mexicanos evitando abusos financieros y fomentando relaciones más justas entre ciudadanos y gobernantes para promover un crecimiento económico sostenible.
Con todo lo anterior presente iniciativa propone abordar el tema del redondeo ofreciendo alternativas viables para controlar mejor las finanzas personales permitiendo decidir si se desea donar o reembolsar aquellos centavos innecesarios durante transacciones comerciales cotidianas.
Por lo tanto, se observa la necesidad de reformar la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos en su siguiente ordenamiento.
Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos
En atención de lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto
Único. Por el que se adiciona un artículo 5 Bis, a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de redondeos, para quedar como sigue:
Artículo 5 Bis.
El redondeo de importes en operaciones comerciales sólo podrá realizarse con el consentimiento del consumidor y deberá tener el registro en el comprobante de compra.
De no contar con la acuñación de monedas a las que se refiere el artículo 2 inciso B para los cambios en efectivo de obligaciones en moneda nacional, deberá regresarse en una tarjeta electrónica proporcionada por el centro comercial o tienda departamental para usar en cualquier establecimiento o bien la devolución deberá hacerse en la tarjeta de débito del consumidor.
Serán consideradas violatorias de los derechos del consumidor y sancionadas conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor cuando no se realice la devolución correspondiente o se realice el redondeo automático sin autorización del comprador.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 http://educa.banxico.org.mx/economia/dineroeconomia.html#:~: text=El%20dinero%20cumple%20tres%20funciones%20en%20una%20econom%C3%ADa%3A& text=Unidad%20de%20cuenta%3A%20porque%20pemite,a%20lo%20largo%20del%20tiempo. Consultado 28/01/2022
2 https://www.dineroenimagen.com/tu-dinero/lo-que-debes-hacer-cuando-te-rechazan- tus-centavos/95046. Consultado 28/01/2022
3 https://www.milenio.com/politica/comunidad/tamaulipas-congreso-pide-hacienda-re visar-campanas-redondeo?utm_source=chatgpt.com
4 https://www.jornada.com.mx/notas/2022/03/13/economia/desconfianza-mina-las-camp anas-de-redondeo/?utm_source=chatgpt.com
5 https://www.jornada.com.mx/notas/2022/03/13/economia/desconfianza-mina-las-camp anas-de-redondeo/?utm_source=chatgpt.com
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Ana Isabel González González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY AGRARIA
«Iniciativa que reforma los artículos 9o. y 12 de la Ley Agraria, en materia de paridad de género, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Ana Isabel González González, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 9 y 12 de la Ley Agraria, en materia de paridad de género, al tenor de lo siguiente
Exposición de Motivos
La Ley Agraria, publicada en 1992, ha tenido diversas reformas; sin embargo, mantiene vacíos frente a las nuevas realidades del campo mexicano.
La participación de las mujeres en el campo mexicano ha sido históricamente invisibilizada, a pesar de que constituyen una parte esencial de la producción agrícola, la organización comunitaria y la sostenibilidad de los recursos naturales. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2022, más de 30 por ciento de la población económicamente activa en el sector agropecuario está integrada por mujeres, pero menos de 20 por ciento figura como titular de derechos ejidales o comunales.
En México, la titularidad de la tierra ejidal ha sido objeto de preocupación debido a la persistente brecha de género que existe en este ámbito. La desigualdad en la tenencia y posesión de tierras entre hombres y mujeres en los núcleos ejidales ha generado consecuencias significativas, limitando las oportunidades de las mujeres para acceder a proyectos productivos y programas sociales.
La falta de acceso y seguridad en la tenencia de la tierra impide que las mujeres: madres, esposas e hijas de ejidatarios puedan beneficiarse plenamente de proyectos productivos y programas estatales de apoyo al campo. Además, se evidencia la necesidad de implementar políticas integrales que empoderen a las mujeres rurales, promoviendo su participación en la toma de decisiones y creando mecanismos que garanticen la igualdad de oportunidades en el ámbito agrario.
En este contexto, la presente iniciativa busca generar conciencia sobre la brecha de género en la titularidad de la tierra ejidal en México y resaltar la importancia de impulsar políticas inclusivas que promuevan el empoderamiento de las mujeres y jóvenes rurales y garanticen su acceso equitativo a los recursos y derechos en el sector agrario.
Para garantizar lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 1o. y 4o., que establecen la igualdad entre mujeres y hombres, y con los compromisos internacionales suscritos por el Estado mexicano, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); asimismo, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, resulta necesario armonizar la Ley Agraria para incorporar de forma explícita la paridad de género y promover la equidad sustantiva.
Es fundamental fortalecer la presencia de mujeres en los órganos de toma de decisiones, para consolidar su liderazgo y promover el desarrollo rural, por lo que es importante que se promueva la participación igualitaria, reformando las leyes para que las mujeres y hombres tengan el mismo trato y oportunidades para acceder a la tierra, créditos, tecnología y mercados. Esto logrará que se derriben las barreras legales, sociales y culturales que impiden la participación de las mujeres en la vida rural.
Por lo tanto, se observa la necesidad de reformar la Ley Agraria, en su siguiente ordenamiento:
Ley Agraria
En atención de lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se reforman los artículos 9 y 12 de la Ley Agraria, en materia de paridad de género, para quedar como sigue:
Artículo 9o. Los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título.
Los ejidatarias y ejidatarios son iguales ante la ley y gozarán de los mismos derechos y obligaciones en el aprovechamiento de tierras y aguas del ejido, sin discriminación por origen étnico, género, color o condición.
Artículo 12. Son ejidatarios las mujeres y los hombres titulares de derechos ejidales garantizando la paridad de género en los cargos de representación.
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Bibliografía
- Ibarrola, Antonio de, Derecho agrario. El campo, base de la patria, México, Porrúa, 1975.
- Diario Oficial de la Federación, disponible en:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5592205&fecha=23 /04/2020 (fecha de consulta: 3 de agosto de 2021).
- Gómez de Silva Cano, Jorge J., “El derecho agrario mexicano y la Constitución de 1917”, 2016, disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4452/16.pdf (fecha de consulta: 3 de junio de 2020).
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Ana Isabel González González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
«Iniciativa que reforma los artículos 25, 27 y 208 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, Irais Virginia Reyes de la Torre, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 25, 27 y 208 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de salud mental, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
I. Antecedente Legislativo
La presente iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el 5 de marzo de 2025, y turnada, por la Mesa Directiva, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su dictaminación el 2 de abril de 2025.
Con fundamento en el numeral 1 del artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la comisión dictaminadora no solicitó prórroga respecto del plazo establecido en el artículo 182 para la emisión del dictamen correspondiente, el cual debió resolverse dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la fecha de recepción formal del asunto.
En consecuencia, el término venció el pasado 6 de junio del año en curso y, al no haberse emitido notificación alguna ni señalamiento en la Gaceta Parlamentaria, se presume que el asunto ha quedado precluido.
Por lo anterior y con el propósito de reactivar el proceso legislativo de dictaminación en la Comisión de Hacienda y Crédito Público, se presenta nuevamente ante esta iniciativa ante la Honorable Cámara de Diputados.
II. El derecho a la salud
El derecho a la protección de la salud está reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el párrafo cuarto del artículo 4, así como en diversos tratados internacionales de los que México es Parte, asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 12.1, establece que los Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental.
Por su parte la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad también enfatiza la obligación de los Estados a proporcionar servicios de salud adecuados, incluidos aquellos dirigidos a la salud mental. De manera similar, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) han señalado en múltiples informes la importancia de la salud mental como un elemento fundamental para el bienestar individual y el desarrollo social y económico de las naciones.
La salud es un pilar esencial para el desarrollo de las personas y de la sociedad en su conjunto. Su importancia radica en que permite a los individuos ejercer plenamente sus derechos, desarrollar su potencial y contribuir al bienestar colectivo.
La Ley General de Salud define la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, lo que confirma la interdependencia de estos factores para garantizar una vida plena.
III. La salud mental
La OMS ha subrayado que la salud mental es más que la ausencia de trastornos mentales, ya que implica un estado de bienestar en el que las personas pueden hacer frente al estrés cotidiano, trabajar de manera productiva y contribuir a sus comunidades.
A pesar del creciente reconocimiento de su relevancia, la salud mental ha sido históricamente relegada en la legislación mexicana y en las políticas públicas. Si bien en 1984 se incorporó un capítulo específico sobre salud mental en la Ley General de Salud, su enfoque inicial se limitó a la prevención de trastornos mentales, sin establecer mecanismos que garantizaran el acceso universal a atención especializada.
No fue sino hasta 2022 que el Estado reconoció formalmente el derecho a la atención equitativa y universal en materia de salud mental y adicciones, sin embargo, los avances han sido insuficientes, ya que la falta de infraestructura, personal capacitado y financiamiento adecuado sigue limitando la cobertura de servicios en este ámbito.
IV. La problemática actual
Actualmente, la situación de la salud mental en México es alarmante. Según datos de la OMS, los trastornos mentales representan la principal causa de discapacidad en el mundo y afectan a una de cada cuatro personas en algún momento de su vida.
En México, se estima que tres de cada diez personas padecerán algún trastorno mental a lo largo de su vida y que más del 60 por ciento de quienes los padecen no reciben tratamiento.
La Encuesta Nacional de Epidemiología Psiquiátrica indica que los trastornos más frecuentes en la población mexicana son los de ansiedad (14.3 por ciento), los trastornos depresivos (9.2 por ciento) y los trastornos por abuso de sustancias (7.2 por ciento).
Además, el suicidio ha registrado un preocupante incremento, con una tasa que ha crecido más del 30 por ciento en la última década, afectando principalmente a adolescentes y jóvenes adultos.
Entre los factores que agravan esta problemática se encuentran la violencia, la precariedad laboral, el estrés crónico, la falta de acceso a servicios de salud mental y la persistencia de estigmas que desincentivan la búsqueda de ayuda.
La OMS ha advertido que los trastornos mentales no tratados generan un impacto negativo en la economía de los países, reduciendo la productividad y aumentando los costos de atención médica.
Se estima que los problemas de salud mental pueden reducir el Producto Interno Bruto (PIB) de un país en hasta un 4 por ciento; en México, de acuerdo con el Instituto Nacional de Psiquiatría, los trastornos mentales generan pérdidas económicas anuales cercanas al 1 por ciento del PIB nacional debido al ausentismo laboral y la disminución del rendimiento.
V. Seguros médicos y salud mental
Desde una perspectiva jurídica, la exclusión de la salud mental en los seguros médicos privados resulta contraria a principios fundamentales de derechos humanos. La falta de cobertura impide el acceso efectivo a un derecho fundamental, lo cual genera una desigualdad en el ejercicio del derecho a la salud.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que el acceso a la salud debe ser garantizado sin discriminación y de manera integral, incluyendo los aspectos físicos y mentales.
La exclusión de la salud mental en los seguros médicos perpetúa una brecha estructural de desigualdad y vulnera el principio de no discriminación consagrado tanto en tratados internacionales como en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas regula de manera general los ramos de seguros de salud, pero omite una diferenciación explícita entre salud física y salud mental; esta ambigüedad normativa ha permitido que las aseguradoras privadas diseñen productos que excluyen sistemáticamente la cobertura de salud mental, dejando en situación de vulnerabilidad a un segmento significativo de la población.
La ausencia de regulación específica contribuye a mantener la percepción errónea de que la salud mental es un componente secundario o menos relevante que la salud física, lo que perpetúa estigmas sociales y obstaculiza el acceso equitativo a servicios médicos integrales.
VI. Objeto de la iniciativa
La presente iniciativa tiene por objeto subsanar esta omisión mediante la reforma de diversos artículos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por lo que establece de forma expresa la obligatoriedad de incluir la salud mental como parte de los ramos de cobertura en los seguros de gastos médicos y salud.
Con ello, se pretende garantizar que las aseguradoras ofrezcan cobertura para consultas psicológicas, psiquiátricas, tratamientos y hospitalización por trastornos mentales, con lo cual se amplía el acceso a servicios de atención integral para un mayor número de personas.
Esta reforma es crucial para fortalecer el sistema de protección a la salud en México, garantizar un acceso más equitativo a la atención médica integral y reducir la brecha de desigualdad estructural en la cobertura de servicios de salud mental.
La salud mental no debe continuar siendo tratada como un aspecto marginal o secundario, sino como un componente esencial del bienestar de la población. Solo mediante una cobertura integral, equitativa y accesible será posible avanzar hacia un sistema de salud que responda de manera efectiva a las necesidades de toda la población.
Derivado de todo lo anteriormente expuesto, presentamos gráficamente el proyecto de la iniciativa en comento en el siguiente cuadro comparativo:
Con base en lo anterior, se somete a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Único. Se reforman los incisos b) y c) de la fracción II del artículo 25; las fracciones I, III, IV y V del artículo 27; así como las fracciones II, III y IV del artículo 208 todos de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para quedar como sigue:
Artículo 25.- ...
I. ...
II. ...
a) ...
b) Gastos médicos y psicológicos, y
c) Salud física y mental, y
III. ...
...
...
...
...
Artículo 27.- ...
I. Para las operaciones de vida, los que tengan como base del contrato riesgos que puedan afectar la persona del asegurado en su existencia. Se considerarán comprendidos dentro de estas operaciones los beneficios adicionales que, basados en la salud física, mental o en accidentes personales, se incluyan en pólizas regulares de seguros de vida.
II. ...
III. Para el ramo de accidentes personales, los contratos de seguro que tengan como base la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal, salud física, mental o vigor vital del asegurado, como consecuencia de un evento externo, violento, súbito y fortuito;
IV. Para el ramo de gastos médicos, los contratos de seguro que tengan por objeto cubrir los gastos médicos, hospitalarios y demás que sean necesarios para la recuperación de la salud física, mental o vigor vital del asegurado, cuando se hayan afectado por causa de un accidente o enfermedad. Las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas autorizadas para operar este ramo, podrán ofrecer como beneficio adicional dentro de sus pólizas, la cobertura de servicios de medicina preventiva, sólo con carácter indemnizatorio;
...
V. Para el ramo de salud, los contratos de seguro que tengan como objeto la prestación de servicios dirigidos a prevenir enfermedades o restaurar la salud física y mental, a través de acciones que se realicen en beneficio del asegurado;
VI. a XVI. ...
Artículo 208.- ...
I. ...
II. Accidentes personales, en la operación de accidentes y enfermedades físicas y mentales;
III. Gastos médicos, en la operación de accidentes y enfermedades físicas y mentales;
IV. Salud física y mental, en la operación de accidentes y enfermedades, y
V. ...............
Transitorios
Primero. - El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las autoridades correspondientes deberán establecer un plan de implementación de la cobertura que se detalla en el presente decreto en coordinación con las instituciones de seguros se integren en los gastos médicos por salud mental se contemple como cobertura básica, a partir de la entrada en vigor en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Naciones Unidas (1966). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Asamblea General Naciones Unidas, resolución 2200. Ginebra. 16 de diciembre de 1966. Disponible en:
https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/int ernational-covenant-economic-social-and-cultural-rights
2 Naciones Unidas (2006). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Sexagésimo primer periodo de sesiones de la Asamblea General mediante la resolución A/RES/61/106. Ginebra. 12 de diciembre de 2006. Disponible en:
https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/ instruments/ convention-rights-persons-disabilities
3 Organización de las Naciones Unidas (2022). Informe mundial sobre salud mental. Transformar la salud mental para todos. Organización Mundial de la Salud. Ginebra. Disponible en:
https://mexico.un.org/sites/default/files/2022-06/9789240051966 -spa.pdf
https://www.un.org/es/about-us/
4 Organización Mundial de la Salud (2022). “La OMS subraya la urgencia de transformar la salud mental y los cuidados conexos”, en Comunicado de Prensa. Ginebra. 17 de junio de 2022. Disponible en:
https://www.who.int/es/news/item/17-06-2022-who-highlights-urge nt-need-to-transform-mental-health-and-mental-health-care
5 Cámara de Diputados (2025). Ley General de Salud, en Leyes Federales Vigentes. México. Disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf
6 Leyesmx.com (s/f). Ley General de Salud de la Federación el 7 de febrero de 1984. México. Disponible en:
https://leyes-mx.com/ley_general_de_salud.htm
7 Organización de las Naciones Unidas (2022). Op. Cit.
8 Medina-Mora, María Elena Et. Al. (2003). “Prevalencia de trastornos mentales y uso de servicios: Resultados de la Encuesta Nacional de Epidemiología Psiquiátrica en México”, en Revista Salud Mental. Publicación del Instituto Nacional de Psiquiatría Dr. Ramón de la Fuente Muñiz. Volumen 26. Número 4. México. Disponible en: de trastornos mentales y uso de servicios: Resultados de la Encuesta Nacional de Epidemiología Psiquiátrica en México
9 Ídem.
10 Ibídem.
11 OMS (2022). “La OMS subraya la urgencia de transformar la salud mental y los cuidados conexos”, en Comunicado de Prensa. Ginebra. 17 de junio de 2022. Disponible en:
https://www.who.int/es/news/item/17-06-2022-who-highlights-urge nt-need-to-transform-mental-health-and-mental-health-care
12 Medina-Mora, María Elena Et. Al. (2003). Op. Cit.
13 Bayefsky, Anne F. (1990). “El principio de igualdad o no discriminación en el derecho internacional”, en Human Rights Law Journal , Volumen 11, número 1-2, 1990, páginas 1-34. Universidad de Chile. Chile. Disponible en:
https://corteidh.or.cr/tablas/r31086spa.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Iraís Virginia Reyes de la Torre (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, Y LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en materia de acceso al derecho a la salud para personas adultas mayores, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, Irais Virginia Reyes de la Torre, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esa asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a las Leyes de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y sobre el Contrato de Seguro, en materia de acceso al derecho a la salud para personas adultas mayores, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
I. Antecedente legislativo
La presente iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el 11 de marzo de 2025, y turnada, por la Mesa Directiva, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su dictaminación el 2 de abril de 2025.
Con fundamento en el numeral 1 del artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la comisión dictaminadora no solicitó prórroga respecto del plazo establecido en el artículo 182 para la emisión del dictamen correspondiente, el cual debió resolverse dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la fecha de recepción formal del asunto.
En consecuencia, el término venció el 6 de junio del año en curso y, al no haberse emitido notificación alguna ni señalamiento en la Gaceta Parlamentaria, se presume que el asunto ha quedado precluido.
Por lo anterior y con el propósito de reactivar el proceso legislativo de dictamen en la Comisión de Hacienda y Crédito Público, se presenta nuevamente ante esta iniciativa ante la Cámara de Diputados.
II. El contexto en un caso anónimo
Una vida de esfuerzo no debe terminar en incertidumbre. María dedicó su vida al trabajo. Desde los 20 años ahorró cada peso posible, pensando en un futuro seguro. Sabía que la vejez trae consigo retos, pero con disciplina contrató un seguro de gastos médicos mayores. Durante décadas pagó puntualmente sus primas, confiando en que, cuando llegara el momento, estaría protegida.
Pero cuando cumplió 70 años, la realidad la golpeó con fuerza. Las cuotas de su seguro aumentaron a un nivel imposible de sostener con su pensión. En un abrir y cerrar de ojos, el esfuerzo de toda una vida se vio amenazado.
María se enfrentó a una cruel disyuntiva: pagar su seguro o costear su vida diaria. Finalmente, tuvo que dejarlo. A los 75 años, un problema de salud la dejó en una situación desesperada, sin el respaldo que creyó haber asegurado durante toda su vida.
La historia de María no es aislada. Miles de adultos mayores en México se enfrentan a la misma problemática. Las aseguradoras consideran a este sector de la población como un “riesgo elevado”, aumentando progresivamente las primas hasta hacerlas impagables. No se trata sólo de María. Se trata de nuestros padres, abuelos, amigos y de nuestro propio futuro.
Este incremento desproporcionado en los costos de los seguros refleja una realidad alarmante: muchas personas que durante años han invertido en su protección terminan perdiendo su cobertura justo cuando más la necesitan.
III. Cultura y realidad sobre los seguros médicos privados
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, al cierre de 2022, apenas el 9.9 por ciento de la población mexicana contaba con un seguro de gastos médicos mayores.
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, el cáncer y los tumores son los padecimientos por los que más se ha pagado el servicio de seguro, dicho padecimiento representa 50.02 por ciento de universo de personas aseguradas, 10.39 por ciento padecen enfermedades del aparato respiratorio, 7.97 por ciento enfermedades del sistema cardiovascular, 7.75 por ciento enfermedades del sistema osteomuscular y 7.52 por ciento lo ocupan las enfermedades del sistema nervioso.
En México, no todos llegan igual al final de su etapa de vida. Algunos, dadas las condiciones de informalidad que afectan al 54.3 por ciento de la población económicamente activa, tienen que enfrentar una vejez precaria, caracterizada por la falta de ingresos para subsistir. Otros, los que al menos sí pudieron ahorrar, se enfrentan a aumentos en los costos de vida que disminuyen considerablemente su poder adquisitivo.
IV. La tercera edad un sector social vulnerabilizado
A medida que las personas envejecen, sus capacidades físicas se deterioran, lo que resulta en una disminución de ingresos o, en casos más graves, en su completo cese.
Este problema se agrava, debido a que un grupo numeroso de adultos mayores no cuentan con los ingresos necesarios para adquirir un seguro de gastos médicos. Como consecuencia, casi 3 millones de adultos mayores no tienen acceso a servicios de salud mediante la adquisición de seguros privados.
Por otro lado, quienes tuvieron la oportunidad de pagar un seguro particular, ante el aumento de los riesgos provocados por la edad de manera unilateral son excluidos de dichos seguros médicos, lo cual genera una exposición grave de estas personas al quedar en una situación de inseguridad que resulta en la pérdida de acceso a este tipo de seguros.
El problema entonces crece y termina afectando a los familiares de los adultos mayores, quienes, en última instancia, en el mejor de los casos, [...] tienen que afrontar los costos asociados a las enfermedades.
La narrativa de las aseguradoras se refiere a que el aumento de precios se debe a causa de la inflación médica, el incremento de los servicios hospitalarios y los costos altos de los insumos de este sector, sin embargo, la realidad es que el costo de un seguro para adultos mayores no siempre se corresponde con dicha narrativa, porque generalmente el incremento llega hasta el 500 por ciento más alto en comparación con el de una persona joven de entre 20 y 30 años.
En la compra de un seguro médico individual de cobertura básica para una mujer de 25 años, la prima anual va desde los 13 mil a los 32 mil pesos, mientras que para una de 60 y 70 años el costo anual es entre los 168 mil y 445 mil pesos, es decir, hasta 500 por ciento más.
Tras la pandemia de Covid-19, las aseguradoras incrementaron los costos de una manera extraordinaria, sin embargo, la tendencia desde 2018 se ajusta de acuerdo con la inflación médica que, cabe señalar es más alta que la inflación normal, posterior a la etapa más crítica de la pandemia de Covid-19, la venta de seguros de salud en el país no mostró un crecimiento significativo. A 2024, aproximadamente 12.7 millones de mexicanos contaban con la cobertura de un seguro de gastos médicos.
Por otro lado, especialistas como Plan de Seguro manifestaron que los costos de las primas son altos a causa del bajo número de personas aseguradas, manifestaron que, entre más personas se aseguren con gastos médicos menor será el costo de éstos.
V. El diseño alternativo de los servicios de seguro para personas adultas mayores
Desde mediados del siglo XX, la estructura etaria de la población en América Latina ha experimentado cambios notables. Se espera que esta tendencia continúe en la primera mitad del siglo XXI. De acuerdo con datos de la Cepal, se prevé que para 2030, la cantidad de personas mayores en la región se duplique, alcanzando el 16,7 por ciento de la población total.
En México se asume que si llegas a los 60 o 70 años [...] sin seguro de gastos médicos mayores es casi imposible poder adquirirlo dado el inaccesible precio de las primas a esas alturas. De hecho, el costo de esos seguros se eleva a tal grado en esas etapas que no pocos de quienes ya lo tienen se ven obligados a perderlo, con todo y su antigüedad después de décadas de haberlo pagado sin haberlo utilizado.
[...] resulta que ya surgió una compañía que encontró la fórmula: está rompiendo el paradigma en torno al envejecimiento y demostrando que el segmento de personas de edad mayor no significa un riesgo demasiado elevado, que sí es costeable e incluso rentable.
La aseguradora Koltin en 2022 inició en la Ciudad de México con un diseño de seguros pensado en el envejecimiento; actualmente ofrece cobertura de salud privada de alta gama para personas de entre 50 y 85 años mediante una membresía de salud combina la cobertura de gastos médicos mayores proporcionada por BBVA Seguros Salud con un cuidado personalizado.
La tasa de personas mayores que recurre a diversos servicios para prevenir enfermedades y atender su salud es baja, de acuerdo con Maribel Ramírez el 50 por ciento acude a instituciones de seguridad social; el 25 por ciento a instituciones de la Secretaría de Salud y tan solo el 20 por ciento acude a servicios privados o consultorios en farmacias, como se puede observar a continuación en la siguiente cita.
De cada 10 personas mayores, 5 acuden a instituciones de seguridad social, 1 de cada 4 utiliza servicios de la Secretaría de Salud, y 1 de cada 5 recurre a servicios privados o consultorios en farmacias.
La cultura de la previsión en materia de seguros en el país es uno de los temas alejados en el imaginario colectivo, de acuerdo con estimaciones de Canitas.mx, seguro para adultos mayores, “sólo 15 por ciento de la población mexicana cuenta con algún tipo de seguro”.
En el marco normativo nacional se reconoce el derecho a la salud de las personas adultas mayores, el 25 de junio de 2002, fue publicada la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en ella se establece que el Estado debe garantizar su bienestar.
Sin embargo, la protección a la salud de las personas adultas mayores se ve transgredida cuando el mercado de las aseguradoras impone tarifas exorbitantes, con costos mayores a las pensiones y jubilaciones de este sector poblacional o simplemente por la falta de una cultura de la prevención y atención a las enfermedades mediante los seguros del ramo de gastos médicos, en este contexto este sector social queda en un estado de indefensión.
Esta problemática exige una solución inmediata. No es sólo una cuestión de equidad y justicia, sino para contribuir a incrementar el acceso efectivo a la salud y atención de las enfermedades.
Un adulto mayor sin seguro médico enfrenta barreras económicas y estructurales que pueden derivar en un deterioro acelerado de su calidad de vida. La falta de acceso a tratamientos preventivos y la atención oportuna puede significar la diferencia entre una vida digna y una vejez llena de sufrimiento e incertidumbre.
VI. Contenido y descripción de la iniciativa
La presente iniciativa se compone de un proyecto de decreto modifica la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y la Ley sobre el Contrato de Seguro, en materia de seguros del ramo de gastos médicos para personas adultas mayores.
Para el caso de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas se reforma la fracción II y se adiciona un párrafo segundo a la misma fracción del artículo 200, a fin de considerar primas netas de seguros con operaciones de accidentes y enfermedades, en el ramo de gastos médicos cuando la persona asegurada sea adulta mayor se deberá mantener el costo de las primas de los seguros del ramo de gastos médicos.
Respecto a la Ley sobre el Contrato de Seguro, se propone adicionar el artículo 37 Bis, a efecto de mantener el costo de las primas de los seguros con operaciones de accidentes y enfermedades y, específicamente, del ramo de gastos médicos, a partir de que la persona asegurada sea considerada como adulta mayor y cumpla con el requisito, por lo menos, de quince años de antigüedad como persona asegurada en este ramo.
En síntesis, la iniciativa busca establecer que, una vez que una persona haya adquirido y mantenido un seguro de gastos médicos mayores por cuando menos 15 años y haya alcanzado la categoría de adulto mayor, las aseguradoras no incrementen el costo de la prima.
Esta iniciativa con proyecto de decreto pretende generar garantías para las personas adultas mayores que durante su juventud y/o madurez contribuyeron con el sistema de seguros de gastos médicos, no sean abandonados en la etapa en que más necesitan de protección médica.
Derivado de todo lo expuesto presentamos gráficamente la iniciativa en comento en los siguientes cuadros comparativos:
Por todo lo expuesto sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a las Leyes de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y sobre el Contrato de Seguro, en materia de acceso al derecho a la salud para personas adultas mayores
Único. Se reforma la fracción II del artículo 200 y se adiciona un párrafo segundo a la fracción II del artículo 200 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Finanzas, para quedar como sigue:
Artículo 200. ...
I. ...
II. Determinar, sobre bases técnicas, las primas netas de riesgo a fin de garantizar, con un elevado grado de certidumbre, el cumplimiento de las obligaciones que al efecto contraigan con los asegurados .
Tratándose de seguros con operaciones de accidentes y enfermedades, del ramo de gastos médicos, cuando la persona asegurada sea adulta mayor se deberá observar lo señalado en el artículo 37 Bis de la Ley sobre el Contrato de Seguro;
III. a VI. ...
Segundo. Se adiciona el artículo 37 Bis a la Ley sobre el Contrato del Seguro, para quedar como sigue:
Artículo 37 Bis. La empresa aseguradora deberá mantener el costo de las primas de los seguros con operaciones de accidentes y enfermedades, específicamente del ramo de gastos médicos, y a partir de que la persona asegurada sea considerada como adulta mayor, en términos de lo establecido en la Ley de los Derechos de las Personas Mayores, cumpla, por lo menos, quince años de antigüedad como persona asegurada en este ramo.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Comisión Nacional de Seguros y Finanzas deberá adecuar sus procedimientos conforme a las disposiciones normativas correspondientes.
Notas
1 Rosas, Norma Alicia (2023). “El seguro de gastos médicos en México. Relevancia y tendencias”, en Presentación de la Dirección General de Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros. México, julio de 2023. Disponible en
https://amisprensa.org/public/documentos/seguro-de-gastos-medic os-36.pdf
2 Ídem.
3 Diez Marina, Francisco X. (2024). “Los seguros médicos y los adultos mayores”, en 24 Horas. El diario sin límites. México. 30 de octubre de 2024. Disponible en:
https://24-horas.mx/columnas/los-seguros-medicos-y-los-adultos- mayores/
4 El concepto de vulnerabilizado tiene origen en Naciones Unidas Derechos Humanos, hace referencia a personas que han sido obligadas a experimentar una situación de peligro o inseguridad por la ausencia de políticas públicas que deberían de ser impulsadas por los Estados, este hecho elimina o reduce las garantías de acceso a los servicios sociales fundamentales para que las personas vivan con dignidad.
5 Diez Marina, Francisco X. (2024). Obra citada.
6 Ídem.
7 Ibídem.
8 Perales, Marcela (2023). “Pagan adultos mayores 500% más por seguros en México”, en Excelsior y ABC Noticias Monterrey. México, 27 de marzo de 2023. Disponible en
https://www.excelsior.com.mx/nacional/pagan-adultos-mayores-500 -mas-por-seguros-en-mexico/1578215
9 Ídem.
10 Zepeda, Clara (2024). “Alza en seguros médicos, 4 veces mayor que la inflación”, en diario La Jornada. México. 18 de enero de 2024. Disponible en
https://www.jornada.com.mx/noticia/2024/01/18/economia/alza-en- seguros-medicos-4-veces-mayor-que-la-inflacion-8593#:~: text=Los%20costos%20m%C3%A9dicos%20y%20hospitalarios,12%20por%20ciento%20este%2 02024
11 Ídem.
12 Hayden, Tom (2025). “Seguros para la tercera edad: un mercado creciente en América Latina”, en Chubb. Product & Risk Manager de A&H & Life para Chubb América Latina.
13 Ramírez Coronel, Maribel (2025). “Ya hay un seguro médico que no teme cubrir a personas mayores”, en El Economista. México, 5 de febrero de 2025. Disponible en
https://www.eleconomista.com.mx/opinion/hay-seguro-medico-teme- cubrir-personas-mayores-20250205-744988.html
14 Ídem.
15 Ibídem.
16 Canitas. Seguro para adultos mayores. México. Consultado el 5 de marzo de 2025. Disponible en
https://canitas.mx/guias/seguros-para-adultos-mayores/#%c2%bfqu %c3%a9+son+los+seguros+para+adultos+mayores%3f
17 Cámara de Diputados (2025). “Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”, en Leyes Federales Vigentes. México. Consultado el 5 de marzo de 2025. Disponible en
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LDPAM.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Irais Virginia Reyes de la Torre (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
EXHORTO A QUE SE ESTABLEZCAN MESAS DE TRABAJO CON EL OBJETIVO DE AGILIZAR EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN Y CONCRECIÓN DE UN TLC MÉXICO-COREA DEL SUR
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE, a la SRE y al Bancomext a establecer mesas de trabajo interinstitucionales con la participación del sector privado, con el objetivo de agilizar el proceso de negociación y concreción de un TLC México—Corea del Sur, a cargo del diputado César Augusto Rendón García, del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, Cesar Augusto Rendón García, diputado de la LXVI Legislatura y los integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX, artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados someto ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
México y Corea del Sur no cuentan actualmente con un Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente, a pesar de que las negociaciones se reanudaron en marzo de 2022. El marco actual se limita al Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPRI, 2002) y al Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI, 1995). A pesar de que estos instrumentos han proporcionado seguridad jurídica a la relación bilateral, no son suficientes para desencadenar el potencial económico existente.
En la actualidad, Corea del Sur ocupa el sexto lugar entre los socios comerciales de México, con un intercambio anual que sobrepasa los 23 mil millones de dólares (2023) y una inversión acumulada desde 1999 que excede los 10.5 mil millones de dólares. Su relevancia en sectores estratégicos como el automotriz, electrónico, petroquímico, semiconductores y energías limpias, coloca a este país como un socio clave para el futuro industrial de México.
La eliminación o reducción de aranceles generaría una mayor competitividad en cadenas productivas clave, como la automotriz, autopartes, acero, semiconductores y agroindustria. Además, los gastos logísticos disminuirían y se incrementaría la posibilidad de acceso a productos mexicanos en el mercado de Corea del Sur, sobre todo en lo que respecta a los productos manufacturados y agroalimentarios con valor agregado. Esto generaría posibles ventajas directas de un TLC.
Por otra parte, un TLC contribuiría a fortalecer el atractivo de México como destino de inversión extranjera directa (IED), particularmente en sectores de innovación tecnológica, vehículos eléctricos, baterías y energías renovables. La integración con Corea del Sur también permitiría encadenamientos más profundos con Estados Unidos y Canadá bajo el marco del T-MEC, consolidando a México como hub estratégico en América del Norte.
La colaboración entre las dos partes se fortalecería en términos de investigación, avance tecnológico, digitalización, educación y transmisión de conocimientos. Esto elevaría la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mexicanas, al integrarlas a cadenas globales de valor mediante programas de certificación, financiamiento y desarrollo proveedor.
Un TLC con Corea del Sur posicionaría a México como socio estratégico en Asia, permitiendo diversificar mercados, reducir la dependencia de pocos destinos comerciales y fomentar la resiliencia económica ante crisis globales. A largo plazo, los impactos beneficiosos en la creación de empleo calificado, el progreso y la innovación regional equilibrados contribuirán al fortalecimiento estructural de la economía mexicana.
El fortalecimiento de la relación económica y comercial con Corea del Sur representa no solo una oportunidad, sino una necesidad para consolidar el crecimiento sostenido de la economía mexicana, elevar la competitividad de sus sectores productivos y garantizar beneficios tangibles para la población en el corto, mediano y largo plazo.
Con base en las consideraciones anteriores, se propone el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Economía, la Secretaría de Relaciones Exteriores con acompañamiento de Bancomext, a que establezcan de manera inmediata mesas de trabajo interinstitucionales con la participación del sector privado, con el objetivo de agilizar el proceso de negociación y concreción de un TLC México—Corea del Sur, garantizando que se incluyan capítulos modernos en materia de cadenas de suministro, innovación tecnológica, medio ambiente, digitalización y desarrollo regional.
Fuentes:
- Secretaría de Economía (México):
https://www.gob.mx/se/prensa/mexico-y-corea-del-sur-acuerdan-el- inicio-de-negociaciones-para-un-tratado-de-libre-comercio
OEA — SICE:
https://sice.oas.org/TPD/MEX_KOR/MEX_KOR_s.ASP
- El Financiero:
https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2022/10/15/corea-del-s ur-lista-para-tratado-de-libre-comercio-con-mexico-solo-espera-a-que-amlo-lo-es te/
- El Economista:
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/A-Mexico-le-urge-un-TL C-con-Corea-del-Sur-SRE-20230629-0058.html
- Wikipedia — Relaciones Corea del Sur—México:
https://es.wikipedia.org/wiki/Relaciones_Corea_del_Sur-M%C3%A9x ico
- Wikipedia — Tratados de libre comercio de México:
https://es.wikipedia.org/wiki/Tratados_de_libre_comercio_de_M%C 3%A9xico
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputado César Augusto Rendón García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
EXHORTO A LA SHCP, A RETIRAR PUNTOS DE REVISIÓN FRONTERIZOS EN BAJA CALIFORNIA SUR EN BENEFICIO DE LA POBLACIÓN SUDCALIFORNIANA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, a través del SAT y a la ANAM, a retirar puntos de revisión fronterizos en Baja California Sur en beneficio de la población sudcaliforniana, a cargo del diputado Francisco Pelayo Covarrubias, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Francisco Pelayo Covarrubias, diputado de la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX; artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta respetuosamente, a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para que a través del Servicio de Administración Tributaria y la Agencia Nacional de Aduanas de México retiren los puntos de revisión fronterizos en Baja California Sur en beneficio de la población sudcaliforniana, con base en las siguientes
Consideraciones
Baja California Sur enfrenta desde hace años una paradoja administrativa que resulta incongruente con la lógica de la política pública nacional. Sin ser reconocida como región fronteriza ni contar con beneficios fiscales vinculados a dicho estatus, en sus puertos y aeropuertos se mantienen puntos de revisión aduanales y garitas que operan como si lo fuera. Esta condición genera demoras innecesarias, encarece el transporte de mercancías, afecta la competitividad del sector productivo y resta atractivo a un destino turístico cuya economía depende en gran medida de la agilidad con la que circulan personas y bienes.
La permanencia de estos controles es injustificable en un Estado que no ha sido incluido en los decretos federales de estímulos fiscales para las regiones fronterizas norte o sur, decretos que reducen la tasa del IVA al 8% y otorgan créditos en ISR, no han contemplado a Baja California Sur. En otras entidades federativas, la clausura de garitas y filtros adicionales obedeció a la necesidad de impulsar la eficiencia logística y promover la facilitación del comercio; esa misma lógica debe aplicarse en Baja California Sur, donde la geografía peninsular ya impone retos naturales de conectividad y donde cada obstáculo administrativo repercute directamente en los costos de vida de las familias y en la competitividad de las empresas locales. La congruencia en la política pública exige eliminar cargas que no corresponden con la realidad económica ni con el marco fiscal vigente para esta entidad.
El peso del sector terciario en la economía sudcaliforniana es contundente. De acuerdo con el Diagnóstico Situacional del Plan Estatal de Desarrollo, el 65.3% del Producto Interno Bruto del estado proviene de actividades de servicios, turismo y comercio, mientras que las actividades secundarias representan apenas 31.3% y las primarias 3.4%. Cifras de INEGI confirman esta tendencia: en 2023 las actividades terciarias aportaron el 71.5% del PIB nominal, y además tuvieron un crecimiento anual de 2.1%. Este perfil económico revela que cualquier barrera que afecte el flujo logístico, como puntos de revisión aduanal redundantes, se traduce en un impacto inmediato sobre el crecimiento estatal, los precios al consumidor y la generación de empleo.
La dependencia del turismo es aún más clara al observar los datos de movilidad. Entre enero y septiembre de 2023, el aeropuerto internacional de Los Cabos recibió 1 millón 727 mil 401 turistas internacionales por vía aérea, consolidando a la entidad como uno de los destinos más visitados de México. A su vez, en 2022 arribaron 289 cruceros al puerto de Los Cabos, con más de 615,267 pasajeros desembarcados, lo que demuestra el peso del turismo marítimo en la economía regional. Estos números, que reflejan el dinamismo del sector turístico, ponen en evidencia la necesidad de eliminar obstáculos innecesarios en los accesos marítimos y aéreos. Cada demora en una garita, cada trámite aduanal redundante, cada revisión sin valor agregado representa no solo una molestia para el visitante, sino un factor que mina la competitividad del destino frente a otros centros turísticos globales.
La situación actual debe analizarse también en el contexto de la política aduanera del periodo 2018—2024. Durante este sexenio se prometió una transformación para combatir la corrupción y agilizar el comercio exterior, pero la realidad ha sido distinta. Bajo el pretexto de combatir el “huachicol fiscal”, las aduanas fueron sometidas a un proceso de militarización que no resolvió el problema estructural. Las pérdidas fiscales por contrabando de combustibles alcanzaron 809,324 millones de pesos entre 2018 y 2024, pero los controles se intensificaron sin aportar transparencia ni eficiencia. La creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México en 2021 se realizó mediante decreto, sin reforma legal previa, y tribunales colegiados declararon inconstitucional parte de su reglamento al invadir atribuciones legales del SAT, dejando a la ANAM en una condición de inseguridad jurídica permanente. A ello se suma que, al 30 de septiembre de 2024, 32 aduanas se encontraban bajo control de las Fuerzas Armadas con 5,906 efectivos desplegados, en un esquema que, lejos de erradicar la corrupción, ha visto involucrados a mandos militares en redes de contrabando. Lejos de representar una política de simplificación, la estrategia de 2018—2024 se convirtió en un modelo de control centralizado y autoritario, con costos ocultos para los contribuyentes cumplidos y para la economía de estados como Baja California Sur.
EN contraste y mientras que en 2013 y 2014 la Secretaría de Hacienda cerró garitas en Sonora, Chiapas, Coahuila y Tamaulipas para “facilitar el comercio” y “agilizar los flujos turísticos”, en el periodo 2018—2024 no hubo cierres definitivos comparables; por el contrario, los llamados “cierres” fueron parciales o ficticios, trasladando los controles a otros puntos de inspección. Esto confirma que en Baja California Sur no existe justificación alguna para mantener garitas como las de Pichilingue o Santa Rosalía, que funcionan como filtros internos en una entidad no fronteriza y que solo generan sobrecostos, retrasos y una percepción negativa de ineficiencia.
La permanencia de estos puntos de revisión en puertos y aeropuertos de Baja California Sur constituye un contrasentido: se le imponen cargas de región fronteriza, pero se le niegan los beneficios fiscales de una región fronteriza. Esta incongruencia lastima la competitividad, encarece la vida cotidiana de las familias y frena el desarrollo económico del estado. Es por ello que se vuelve urgente una acción correctiva que elimine los filtros adicionales y devuelva al estado las condiciones de agilidad que requiere para consolidar su desarrollo económico.
En virtud de lo expuesto, someto a consideración de esta asamblea del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la titular del Poder Ejecutivo Federal, así como al secretario de Hacienda y Crédito Público, al titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), al titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), y a las autoridades migratorias, portuarias y aeroportuarias, para que, de manera inmediata y prioritaria, se ordene la eliminación de los puntos de revisión fronteriza y aduanales actualmente instalados en los puertos y aeropuertos de Baja California Sur, con el fin de garantizar el libre tránsito de personas y mercancías, reducir los sobrecostos logísticos, agilizar el flujo turístico y comercial, y eliminar cargas administrativas incongruentes que afectan el desarrollo económico de la entidad.
Lo anterior, en virtud de que Baja California Sur no es considerada región fronteriza, no goza de los beneficios fiscales asociados a dicho régimen y, sin embargo, continúa sujeta a revisiones y filtros aduanales que generan demoras innecesarias, encarecen los precios de bienes y servicios, afectan la competitividad de las empresas y restan atractivo al turismo, motor principal de la economía estatal.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), al titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y al titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), para que instruyan, en un plazo no mayor a seis meses, la clausura definitiva de las garitas de Pichilingue y Santa Rosalía, así como de cualquier otro filtro aduanal operativo en la entidad, y se implementen mecanismos de simplificación y facilitación del comercio que aseguren la reducción de tiempos de espera, la eliminación de trámites redundantes y la transparencia en las operaciones aduanales, privilegiando la eficiencia logística y la competitividad de Baja California Sur en los mercados turísticos y comerciales nacionales e internacionales.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputado Francisco Pelayo Covarrubias (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
EXHORTO AL GOBIERNO FEDERAL, A MODIFICAR EL DECRETO DE ESTÍMULOS FISCALES REGIÓN FRONTERIZA NORTE E INCLUYA A BAJA CALIFORNIA SUR
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar gobierno federal, a modificar el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte e incluya al estado de Baja California Sur, a cargo del diputado Francisco Pelayo Covarrubias, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Francisco Pelayo Covarrubias, diputado de la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX; artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto ante el pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta respetuosamente al Gobierno federal para que modifique el decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte e incluya al estado de Baja California Sur, con base en las siguientes
Consideraciones
La política fiscal en México ha reconocido históricamente las particularidades de las regiones fronterizas, implementando esquemas diferenciados en materia de impuestos para fomentar su desarrollo económico y contrarrestar las desventajas derivadas de su ubicación geográfica. Desde la creación de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en 1978, se establecieron tasas preferenciales para las zonas fronterizas, incluyendo Baja California Sur (BCS).
Dicha ley, publicada el 29 de diciembre de 1978 en el Diario Oficial de la Federación, introdujo una tasa diferenciada del 6% para las regiones fronterizas, mientras que en el resto del país era del 10%. Este esquema fue diseñado para responder a las condiciones únicas de estas zonas, como su proximidad a mercados extranjeros, los altos costos de transporte y su dependencia económica de actividades como el comercio y el turismo.
Sin embargo, con la reforma fiscal de 2014, que homologó la tasa de IVA al 16% en todo el país, y la exclusión de Baja California Sur del decreto de Estímulos Fiscales de la Región Fronteriza Norte en 2018, el estado quedó en una posición de desventaja económica. Estas decisiones incrementaron los costos de vida para las familias sudcalifornianas, afectarán la competitividad de las empresas locales y dificultaron la atracción de inversión en sectores clave como el comercio, el turismo y la industria de servicios, para la enajenación, uso o goce de bienes y prestación de servicios independientes, siempre que se cumplieran dos requisitos: el primero, que estas actividades fueran realizadas por residentes en la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional del norte del país, o en las Zonas Libres de Sonora, Baja California y Baja California Sur, y el segundo que la entrega de bienes o prestación de servicios se realizara en dichas zonas.
Para el caso de mi estado, Baja California Sur, el aumento de la tasa de IVA a 16% significó un lastre sobre las ya difíciles condiciones de competencia respecto de las empresas del resto del país, pues las personas físicas y morales del estado tienen que añadir siempre a sus costos, altos precios de traslado de mercancías.
El decreto de Estímulos Fiscales de la Región Fronteriza Norte que aplica en más de 40 municipios fronterizos de los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas en materia del Impuesto sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018, Se emitió con la finalidad de promover el desarrollo de la frontera norte del país, combatir la economía informal, hacer más competitivas a las empresas ubicadas en la zona que colinda con Estados Unidos de Norteamérica, estimular la inversión y fomentar la productividad, además de contribuir a la creación de nuevas fuentes de trabajo.
Por su parte la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha expresado a través de diversas tesis aisladas, en el sentido de que la tasa menor aplicable a las operaciones gravadas por el IVA en la región fronteriza atienden a las distintas condiciones de mercado especiales de la zona, definidas por las características geográficas, naturales, de infraestructura, etc., que distinguen a dicha región del resto del país, por tanto se consideran válidas y no contraponen el sentido de equidad tributaria, establecido en la Constitución, ya que dichas condiciones especiales, derivan en la necesidad de otorgar diferentes consecuencias jurídicas a desiguales supuestos de hecho.
Sin embargo, la condición insular de Baja California Sur, y su proximidad con los estados fronterizos deja al comercio local en severa desventaja, puesto que se tiene acceso a comprar bienes en el mercado estadounidense, por lo que la sustitución de compras locales por importaciones es una afirmación razonable, esto implica una disminución de consumo local, lo que a su vez tiene repercusiones en el comercio al por menor, lo cual deteriora la dinámica económica local en el Estado.
El encarecimiento de los artículos de consumo es una condición indeseable para cualquier hogar y para cualquier gobierno, no obstante, por tratarse de hogares fronterizos, tienen la posibilidad de importar los bienes que de manera local se encarecen, en su defecto, los oferentes de bienes y servicios locales se ven afectados si el mercado local decide comprar en el exterior bienes que en el pasado compraba en el mercado nacional, en el caso de Baja California Sur, las condiciones geográficas, permiten que se tenga este tipo de efecto.
Después de la entrada en vigor de la reforma fiscal en la que se homologa el IVA en la Frontera con el resto del país, y la exclusión de Baja California Sur del Decreto de Estímulos Fiscales de la Frontera Norte, los bienes que sufrieron un mayor impacto negativo están ligados de manera directa e indirecta a los procesos de distribución de bienes y servicios, tales como el combustible, mantenimiento de vehículo y comunicación, razones por las que es importante tener la tasa del IVA diferenciada en BCS, como en la región fronteriza, aunado a que en el estado, las condiciones geográficas, y la propia irregularidad del territorio demarca las distancias que tienen que recorrerse para llevar productos del centro y sur del país hacia el Estado.
Los legisladores del Partido Acción Nacional sabemos del impacto negativo que esto ha generado en la economía de las familias habitantes de la región sudcaliforniana, por ello, desde el inicio expresamos nuestro rechazo a la propuesta del Ejecutivo federal de homologar las tasas del Impuesto al Valor Agregado, pues como se advirtió generó un impacto totalmente negativo en la exportación, en la economía de las clases bajas y medias, en el turismo y en general en el consumo de bienes y servicios en la región de Baja California Sur, provocando déficit inflacionario, menor inversión, pérdida de fuentes de empleo, entre otros efectos negativos que nos han repercutido.
Por ello, debemos pugnar porque se apliquen las políticas públicas para el regreso de la tasa preferencial de IVA de Baja California Sur como región fronteriza norte, de tal manera que pueda restaurarse el consumo de los hogares, incluso una tasa más baja que la anterior impulsaría los incentivos para consumir e invertir en la región, debido a que los mismos productos podrían abaratarse para los extranjeros.
Incluir a Baja California Sur, en este beneficio consiste en un crédito fiscal equivalente al 50 % del IVA que, como una facilidad, se aplicará en forma directa sobre la tasa de 16 %, a fin de que resulte una tasa disminuida de 8 %, siempre que el local o establecimiento de la persona contribuyente que la aplique esté dentro de la región fronteriza norte o sur del país y que la entrega del bien o servicio sea dentro de dichas regiones.
Esta medida coadyuvará a fortalecer el poder adquisitivo de la población, principalmente la de menores ingresos, sin que la reducción de los ingresos públicos que se deriven de la propuesta afecte los programas de desarrollo, modernización y ampliación de los servicios públicos que se tienen programados. Estos beneficios están orientados a estimular y aumentar la inversión; mejorar y reactivar la economía doméstica regional y, de esta manera, elevar los ingresos con motivo de una mayor actividad económica; multiplicar el número de empleos; atraer al turismo al ofrecer amplia diversidad de servicios y productos de alta calidad; crear condiciones y medios efectivos para atraer la inversión y, con ello, generar riqueza y bienestar para la población, con una visión de futuro basada en lograr una economía sólida y, por ende, incrementar la recaudación fiscal.
En virtud de lo antes expuesto, solícito a esta soberanía se apruebe la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Titular del Ejecutivo Federal para que modifique el decreto de Estímulos Fiscales de la Región Fronteriza Norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2018, a efecto de que incluya al Estado de Baja California Sur en los beneficios de reducción de IVA al 8% y estímulos en materia de ISR.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Economía para que considere la inclusión de Baja California Sur en el Programa de Zona Libre de la Frontera Norte o, en su caso, en el programa que se aplique a partir de 2026 con el mismo objetivo, reconociendo las condiciones económicas, insulares y comerciales que comparte con los estados fronterizos, con el objetivo de atraer inversiones, generar empleos de calidad y reactivar su potencial productivo.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobernador del Estado de Baja California Sur, Víctor Manuel Castro Cosío, para que lleve a cabo las gestiones necesarias ante el Ejecutivo Federal y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el objetivo de que se incorpore a la entidad en el esquema de estímulos fiscales que permita la reducción del IVA al 8%, garantizando así un entorno fiscal competitivo para el desarrollo económico de la región.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputado Francisco Pelayo Covarrubias (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
EXHORTO A LA SEP, A HACER PÚBLICA TODA LA INFORMACIÓN DEL PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA SEXUAL EN EDUCACIÓN BÁSICA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar la SEP a hacer pública toda la información del protocolo para la prevención primaria y secundaria (detección, intervención, notificación, canalización y seguimiento) para la erradicación de la violencia sexual en educación básica, a cargo de la diputada Liliana Ortiz Pérez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada Liliana Ortiz Pérez, y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta Honorable asamblea, la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente la Secretaría de Educación Pública para que, haga pública toda la información referente a los avances y, en su caso, pendientes en la emisión, actualización y/o armonización del Protocolo para la Prevención primaria, Atención (detección, intervención, notificación, canalización y seguimiento) y Medidas de no repetición (Prevención secundaria) para la erradicación de la Violencia Sexual en Educación Básica, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera
El 30 de mayo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo número 17/05/25 por el que se emiten los Lineamientos para la prevención primaria, atención (detección, intervención, notificación, canalización y seguimiento) y medidas de no repetición (prevención secundaria) para la erradicación de la Violencia Sexual en Educación Básica” (en adelante “Lineamientos”) de la Secretaría de Educación Pública, que establece los principios, derechos, procedimientos y medidas que deberán adoptar y aplicar las autoridades educativas de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias. La publicación de los Lineamientos atendió a un intenso trabajo realizado por diversas actoras de la sociedad civil organizada con el único propósito de realizar un planteamiento que permitiera garantizar que las escuelas sean, después del hogar, el lugar más seguro para la niñez mexicana.
La lucha por la erradicación de todo tipo de violencia sexual cometida en contra de niñas, niños y adolescentes, debe ser la causa principal de la sociedad y el gobierno.
El daño que este tipo de conductas genera en las víctimas eleva el riesgo de padecer problemas psicológicos y psiquiátricos en la edad adulta, tales como depresión, ansiedad y trastorno de estrés postraumático e incluso puede desencadenar adicciones como abuso de alcohol o de drogas. También se encuentra asociada con prácticas sexuales de riesgo, revictimización social, intentos suicidas y trastornos de alimentación.
Estudios internacionales han demostrado que a largo plazo los efectos de la violencia sexual infantil son más diversos, ya que las víctimas pueden desarrollar trastornos de ansiedad, depresión, estrés postraumático y trastornos de la personalidad, además de problemas de sueño, trastornos alimenticios y dificultades en la construcción de relaciones interpersonales sanas. Por otra parte destacan los impactos en la salud física, tales como como enfermedades gastrointestinales, reproductivas, respiratorias y cardiovasculares, insomnio crónico, artritis y alto riesgo de obesidad o morbilidad corporal.
Considerando la gravedad de los efectos de los diversos tipos de violencia sexual infantil, se trata de un factor que afecta y condiciona la salud, el desarrollo y el bienestar de las personas a lo largo de su vida, lo cual explica la relevancia y urgencia de dar atención a esta problemática. Lo anterior se fortalece si se toma en cuenta que en México hay pocos elementos empíricos para determinar con exactitud cuál es la dimensión de este problema, ya que las estadísticas de incidencia delictiva y las encuestas relativas al estudio de la niñez no contabilizan los casos de violencia sexual cometida contra personas menores de edad.
Sin embargo, algunos estudios como “Una situación habitual: violencia en las vidas de los niños y los adolescentes”, realizado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por sus siglas en inglés), permiten dimensionar el problema de acuerdo con estimaciones internacionales. Dicho estudio establece que en 38 países de ingresos bajos y medianos, cerca de 17 millones de mujeres adultas afirman haber tenido relaciones sexuales por la fuerza en la niñez, mientras que en 28 países de Europa alrededor de 2,5 millones de mujeres jóvenes afirmaron haber sido víctimas de formas de violencia sexual con y sin contacto antes de los 15 años.
Entre los escasos datos disponibles que atienden directamente el problema, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 2015 del Inegi demuestra que el 12.8% de las mujeres de entre 15 y 17 años sufrió alguna forma de violencia sexual en el ámbito escolar durante 2015. Además, la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia (Ecopred) 2014 del Inegi, en las escuelas los tocamientos indeseados son más frecuentes en mujeres entre los 14 y los 17 años de, como lo muestra la siguiente gráfica:
La evidencia disponible refleja que los diversos tipos de violencia sexual afectan con particular severidad las mujeres antes de los 15 años y, que a pesar de la falta de datos específicos para determinar con exactitud la edad en la que ocurren los hechos, muchos de estos sucesos ocurrieron durante la niñez. Esto es especialmente grave considerando que durante las fases del desarrollo de la niñez, las habilidades sociales de los niños aún se encuentran en crecimiento, lo cual los hace más susceptibles a ser manipulados o coaccionados por adultos e incluso por sus pares y, consecuentemente, los hace más vulnerables y menos aptos para reconocer y denunciar comportamientos inadecuados.
Por ello resulta fundamental el establecimiento de programas de prevención escolar, ya que está demostrado que tienen una alta eficacia para incrementar el conocimiento de niñas y niños acerca de la violencia sexual y les brindan herramientas que les permitan precisamente reconocer y reportar situaciones de riesgo con oportunidad. Al respecto, una revisión meta-analítica de 37 estudios con más de 11,000 participantes confirmó que estos programas tienen resultados positivos en dos dimensiones fundamentales: aumentan el conocimiento sobre el abuso infantil y desarrollan en buena medida las habilidades de autoprotección.
Esto significa que los programas no solo transmiten información, sino que también modifican la capacidad de los estudiantes para resistir, evitar o denunciar abusos. Particularmente son exitosos los programas que involucran metodologías interactivas, tales como dramatizaciones, juegos o discusiones guiadas, ya que generan un aprendizaje más duradero y aumentan la probabilidad de que los menores de edad recuerden y puedan aplicar las habilidades adquiridas en eventuales situaciones reales.
En ese sentido, no es suficiente con implementar programas generales de prevención de violencia sexual infantil en las escuelas, sino que debe garantizarse que cumplan con condiciones mínimas, tales como: ser ajustados a la edad y la capacidad de comprensión de los estudiantes; involucrar la repetición de conceptos y habilidades para reforzar el aprendizaje; contemplar actividades didácticas tales como juegos, dramatizaciones o el uso de materiales como marionetas o cuestionarios dinámicos que estimulen la participación y ayuden a disminuir la ansiedad, y capacitar a los docentes en contenidos y metodologías de prevención, con especial énfasis en su papel como “adultos de confianza” que permita eventualmente a los niños revelar situaciones de riesgo.
Los requerimientos generales de los programas de prevención se concatenan con el potencial que tiene la prevención primaria, ya que la labor de difusión de contenidos de prevención de violencia sexual está íntimamente relacionada con la educación sexual integral. De acuerdo con algunos estudios, los programas que no sólo se enfocan en la prevención de la violencia sexual, sino que establecen un enfoque integral que involucra la prevención de embarazos no deseados y de enfermedades de transmisión sexual, tienen un potencial particular porque fomentan aspectos como el cultivo de relaciones saludables, la identificación del consentimiento, el respeto y la equidad de género.
En su conjunto, programas de prevención y enfoque de prevención primaria ayudan a fortalecer una perspectiva de necesaria difusión social: la necesidad de la transformación del entorno escolar como una comunidad armónica en la cual niñas, niños y adolescentes puedan desarrollarse con total libertad y seguridad. A su vez, este enfoque contribuye a reforzar que la responsabilidad de la violencia sexual recae absolutamente en los perpetradores y nunca en las víctimas.
Expuesta la importancia de la implementación de programas y protocolos para la prevención primaria, atención y medidas de no repetición para la erradicación de la violencia sexual en educación básica, es necesario establecer que los Lineamientos expedidos mediante el Acuerdo de la SEP representan una serie de avances que son importantes desde el punto de vista de la identificación y sanción de la violencia sexual. En primer lugar, establece un catálogo de principios y enfoques transversales que refuerzan y consolidan la idea de que las víctimas deben estar en el centro y que sus derechos y dignidad son prioritarios, por lo cual toda acción debe tender a ayudarles a recuperar el control de sus propias vidas.
Por otra parte, las definiciones de violencia sexual que ofrecen los Lineamientos combinan oportunamente lo establecido por los tipos penales de la materia (abuso sexual, acoso sexual, actos sexuales no consentidos, cohabitación forzada, corrupción de niñas, niños y adolescentes, estupro, hostigamiento sexual, lenocinio, pederastia, pornografía de menores de edad, violación, violación equiparada, violencia digital, ciberacoso sexual, grooming, sexting y sextorsión), con otros fenómenos relativamente recientes que aún no se encuentran tipificados como delito, así como la identificación de las conductas y aspectos sociales que revisten. Esto es un logro significativo que establece por primera vez un marco unificado en todo el país, que supera el galimatías jurídico de la diversidad de tipos penales, y conductas establecidas en las entidades federativas.
Otro de los aspectos positivos de los Lineamientos es la unificación de las facultades y atribuciones de las autoridades educativas de los tres órdenes de gobierno para el establecimiento de protocolos y la realización de actividades de prevención primaria de la violencia sexual, que permite contar con un marco general de actuación aplicable en todo el país. En el mismo sentido, el establecimiento de una ruta de atención de casos de violencia sexual que involucra criterios para la detección, medidas de intervención y procedimientos para la notificación a autoridades, canalización y seguimiento, permite a padres de familia involucrarse y conocer cómo deben actuar las autoridades en casos de violencia sexual en escuelas de educación básica.
Sin embargo, la riqueza conceptual y procesal de los Lineamientos no puede trascender a la realidad con la simple voluntad de su publicación desde el Diario Oficial de la Federación: desde ese órgano de difusión oficial hasta las aulas existe un largo camino que será imposible recorrer sin voluntad gubernamental. Ese es el problema que plantea la presente proposición: de nada sirve contar con Lineamientos de avanzada que podrían contribuir a erradicar la violencia sexual infantil si no se aplican en la realidad.
Esta es la preocupación que permea desde este documento hacia las curules del Congreso. El Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo establece claramente en el artículo segundo transitorio que las autoridades educativas locales y municipales disponen de un plazo de 90 días hábiles —contados a partir de la entrada en vigor del Acuerdo- para emitir un Protocolo para la Prevención primaria, Atención (detección, intervención, notificación, canalización y seguimiento) y Medidas de no repetición (Prevención secundaria) para la erradicación de la Violencia Sexual en Educación Básica, o bien, para llevar a cabo la actualización y/o armonización de acuerdo con el mismo.
Considerando que el Acuerdo fue publicado el 30 de mayo y entró en vigor el 31 de mayo de este año, el plazo de 90 días hábiles otorgado expira el 6 de octubre del presente. Sin embargo, la realidad es evidente: no existen datos de prueba que permitan afirmar que a la fecha exista un grado significativo de avance en la armonización, actualización de los Protocolos a los que se refieren los Lineamientos.
Es de dominio público que constantemente las autoridades incumplen con los plazos que se imponen a sí mismas para realizar armonizaciones como resultado de una reforma legal: sólo basta ver la cantidad de plazos vencidos que existen en este Congreso como resultado de las obligaciones derivadas de las recientes reformas constitucionales. Sin embargo, es inadmisible que esto mismo ocurra y se permita tratándose de un tema tan sensible, delicado y doloroso como la violencia sexual cometida contra niñas, niños y adolescentes.
En ese orden de ideas, resulta pertinente y viable que esta Cámara de Diputados solicite que se rinda un informe pormenorizado de todas las acciones que se han realizado para dar cumplimiento a una obligación legal establecida por la propia Secretaría de Educación Pública en el ejercicio de sus atribuciones. Con el conocimiento de todas esas acciones, será posible conocer qué entidades federativas han cumplido y cuales tienen pendiente la expedición o armonización de sus Protocolos, con el objetivo de que también la sociedad, padres de familia y tutores sepan cuáles gobiernos tienen un verdadero compromiso para combatir esta problemática y cuáles (no) pueden dormir tranquilos sabiendo que hay inacción que se convierte en permisión cómplice de la violencia sexual infantil.
El Acuerdo 17/05/25 fue expedido por el titular de la Secretaría de Educación Pública, Mario Martín Delgado Carrillo, en ejercicio de sus atribuciones establecidas en los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 11, 12, fracciones IV y V, 15, 16, 59, 72, fracción II, 73, 74, fracciones III y IV y 113, fracción XXII de la Ley General de Educación y 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. Por esa razón, recae en su persona la responsabilidad de dar seguimiento y garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo y en los Lineamientos, por lo cual los Lineamientos constituyen una acción prioritaria ante una problemática que “marca para siempre a los niños y las niñas”.
No basta con presentar Lineamientos si están destinados a no aplicarse; es fundamental que la Secretaría despliegue sus atribuciones para garantizar que la armonización sea una realidad a la brevedad posible.
No podemos permitir que un asunto medular como la protección de niñas, niños y adolescentes, quede en manos de una simple decisión política. Resulta fundamental y urgente que se informe el estado del cumplimiento de la actualización y/o armonización de los Protocolos en escuelas de educación básica, porque no esperamos que se venza el plazo legal establecido y que las autoridades educativas incurran en incumplimiento.
Por lo antes expuesto y fundado, someto a consideración de esta asamblea la aprobación del siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente la Secretaría de Educación Pública para que, haga pública toda la información referente a los avances y, en su caso, pendientes en la emisión, actualización y/o armonización del Protocolo para la Prevención primaria, Atención (detección, intervención, notificación, canalización y seguimiento) y Medidas de no repetición (Prevención secundaria) para la erradicación de la Violencia Sexual en Educación Básica.
Notas
1. Rosario Valdez-Santiago, Aremis Villalobos, Luz Arenas-Monreal, Karla Flores-Celis, Luciana Ramos-Lira, “Abuso sexual infantil en México: conductas de riesgo e indicadores de salud mental en adolescentes”, Salud Pública de México, vol. 62, núm. 6 (noviembre-diciembre 2020), p.662.
https://doi.org/10.21149/11924 (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
2. Fiona Vera-Gray, “Key messages from research on the impacts of child sexual abuse”, Centre of expertise on child sexual abuse, London Metropolitan University, (marzo 2023), pp. 5-7.
https://www.csacentre.org.uk/research-resources/key-messages/im pacts-of-child-sexual-abuse/ (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
3. Ibíd., pp. 5-6.
4. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, “Una situación habitual: violencia en las vidas de los niños y los adolescentes. Datos fundamentales”. UNICEF: Nueva York, 2017.
https://www.unicef.org/dominicanrepublic/media/1636/file/Public ación%20%7C%20Una%20Situació n%20Habitual.pdf (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
5. Martín G. Álvarez Gutiérrez y José Guillermo Castillo Koschnick, “Panorama estadístico de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en México”. UNICEF: México, 2019.
https://www.unicef.org/mexico/media/1731/file/UNICEF%20Panorama Estadistico.pdf (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
6. Choe, D. E., Lane, J. D., Grabell, A. S., y Olson, S. L., “Developmental precursors of young school- age children’s hostile attribution bias.”, Developmental Psychology, vol. 49, núm. 12 (2013), pp. 2245- 2256.
https://doi.org/10.1037/a0032293 (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
7. Pinar Celik, “The effectiveness of school-based child sexual abuse prevention programmes among primary school-aged children: A systematic review”, International Journal of Educational Research Open, vol. 7 (diciembre 2024), pp. 1-3.
https://doi.org/10.1016/j.ijedro.2024.100348 (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
8. Jeanne Gubbels, Claudia E. van der Put, Geert-Jan J. M. Stams, Mark Assink, “Effective Components of School-Based Prevention Programs for Child Abuse: A Meta-Analytic Review”, Clinical Child and Family Psychology Review, vol. 24 (junio 2021), pp. 553-578.
9. Mengyao Lu, Jane Barlow, Franziska Meinck, y Lakshmi Neelakantan, “Unpacking School-Based Child Sexual Abuse Prevention Programs: A Realist Review”, Trauma, Violence & Abuse. Review Journal, vol. 24, núm. 4, (octubre 2023) pp. 2067-2081.
https://doi.org/10.1177/15248380221082153 (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
10. Ibíd., p. 2072.
11. Jeanne Gubbels, et al. Op. cit., pp. 573-74.
12. Madeline Schneider y Jennifer S. Hirsch, “Comprehensive sexuality education as a primary prevention strategy for sexual violence perpetration”, Trauma, Violence & Abuse. Review Journal, vol. 21, núm. 3, (julio 2020) pp. 439—455.
https://doi.org/10.1177/1524838018772855 (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
13. Secretaría de Educación Pública, “Comunicado conjunto 18. Presentan Lineamientos para la erradicación de la violencia sexual en escuelas”. Gobierno de México, 27 de mayo de 2025.
https://www.gob.mx/sep/prensa/comunicado-conjunto-18-presentan- las-secretarias-de-educacion- y-de-las-mujeres-lineamientos-para-la-erradicacion-de-la-violencia-sexual-en-es cuelas? (Fecha de consulta: 30 de septiembre de 2025).
14. Ibíd.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 8 de octubre de 2025.– Diputada Liliana Ortiz Pérez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
SE REALICEN LAS GESTIONES NECESARIAS PARA LA INCORPORACIÓN DE LOS CASTILLOS PIROTÉCNICOS MEXICANOS EN LA LISTA REPRESENTATIVA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA HUMANIDAD DE LA UNESCO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y a la Secretaría de Cultura a realizar de manera conjunta las gestiones necesarias ante el Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) a efecto de solicitar la incorporación de los Castillos Pirotécnicos Mexicanos en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Noemí Berenice Luna Ayala, y las y los diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor las siguientes
Consideraciones
A decir de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) “ El patrimonio cultural no se limita a monumentos y colecciones de objetos, sino que comprende también tradiciones o expresiones vivas heredadas de nuestros antepasados y transmitidas a nuestros descendientes, como tradiciones orales, artes del espectáculo, usos sociales, rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativos a la naturaleza y el universo, y saberes y técnicas vinculados a la artesanía tradicional.
Pese a su fragilidad, el patrimonio cultural inmaterial es un importante factor del mantenimiento de la diversidad cultural frente a la creciente globalización. La comprensión del patrimonio cultural inmaterial de diferentes comunidades contribuye al diálogo entre culturas y promueve el respeto hacia otros modos de vida.
La importancia del patrimonio cultural inmaterial no estriba en la manifestación cultural en sí, sino en el acervo de conocimientos y técnicas que se transmiten de generación en generación. El valor social y económico de esta transmisión de conocimientos es pertinente para los grupos sociales tanto minoritarios como mayoritarios de un Estado, y reviste la misma importancia para los países en desarrollo que para los países desarrollados”.
En este contexto, hablaremos sobre la pirotecnia, que tiene sus orígenes en el siglo XI en China, país en donde descubrieron materiales no explosivos que, en su conjunto, se producía un polvo negro que generaba chispas, llamas y humo al contacto con el fuego. China es considerada la cuna de la pólvora.
Es ahí en dónde nace la pólvora y la creación de los primeros fuegos artificiales en forma de dragón de manera artesanal con la finalidad de ahuyentar a los malos espíritus en los ritos y cultos religiosos.
Posteriormente, alrededor de los años 1200, llegó la pirotecnia al continente europeo en dónde los utilizan para sus festividades y avanzando en la perfección de los explosivos, dando color a las detonaciones y proporcionando mayor esplendor al espectáculo con luces de colores. Incluso, en Italia y Alemania se instauran dos escuelas dedicadas al estudio de la pirotecnia con grandes descubrimientos.
En este contexto, la pólvora llega a México en la era de la conquista española y, por el año de 1600 se instaura la primera fábrica en los alrededores de Chapultepec, posteriormente, en 1782 se apertura la Real Fábrica de Pólvora de Santa Fe.
En la actualidad, el 66% de la República mexicana fabrica artificios pirotécnicos en 22 estados, siendo el Estado de México el considerado como la capital de la pirotecnia con el 56% de la producción nacional.
En el caso específico que nos atañe, podemos decir que los Castillos Pirotécnicos Mexicanos representan una de las expresiones culturales más singulares y representativas de nuestro país.
Los Castillos de Pirotecnia son una manifestación única del arte y la tradición mexicana, es un espectáculo que ilumina el cielo en las fiestas populares, representan un legado cultural invaluable que se ha transmitido de generación en generación en nuestro país, que atraen y cautivan a los pobladores, visitantes y turistas que tienen el privilegio de presenciar este gran espectáculo.
Las festividades y celebraciones suelen estar acompañadas de un espectáculo de colores que tiñen el cielo nocturno de todo México y se logra gracias a los castillos pirotécnicos y fuegos artificiales.
Son únicas y auténticas esculturas artísticas con dinamismo de fuego y color, construidas artesanalmente con madera, carrizo y artefactos pirotécnicos, que cobran vida en diferentes formas y figuras durante nuestras fiestas patronales, religiosas y cívicas.
Esta tradición combina cultura, tradición, conocimientos y saberes transmitidos de generación en generación, sin duda, se trata de una creatividad técnica, artística y de colaboración con un profundo sentido comunitario.
En casi todas las comunidades el encendido de los castillos pirotécnicos representa, más que una festividad, el corazón de los habitantes, de sus creencias y la vida misma de los usos y costumbres.
Los castillos pirotécnicos son hechos a mano, montados en estructuras de metal o madera, cohetes con luces de colores y edificados generalmente en los atrios de las iglesias con alturas impresionantes de hasta 35 metros, colocándoles figuras de diferentes tamaños.
El gran valor de los Castillos Pirotécnicos se cimienta en las manos de nuestros artesanos y sus familias, en ese colectivo integrado por grandes artistas. Por ello, es necesario extender este reconocimiento a nivel internacional o los artistas y a esta gran tradición mexicana.
Sus dimensiones son extraordinarias y de calidad internacional con múltiples dimensiones:
• Cultural e histórico, al ser parte inseparable de la identidad festiva y religiosa de los pueblos de México desde hace siglos.
• Artesanal, al conservar artes y oficios, técnicas y conocimientos transmitidos por familias de maestros castilleros de generación en generación.
• Social y comunitario, al fortalecer los lazos colectivos y la participación ciudadana en torno a las celebraciones.
• Único en el mundo, pues México se distingue por la magnitud, complejidad y belleza de estas estructuras, que no tienen paralelo en otras culturas.
Estas grandes obras de arte y creatividad se observan en las conmemoraciones tradicionales, fiestas patronales, días festivos, entre otras celebraciones importantes a lo largo y ancho de todo el país.
Cabe mencionar que, en 2016, el diputado David Sánchez Isidoro presentó un punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE y a la Secretaría de Cultura, a fin de proponer ante la Unesco, el incorporar a la pirotecnia en el listado de expresiones de patrimonio cultural inmaterial. Aprobada con fecha 29 de noviembre de 2016 y publicada en Gaceta del mismo 29 de noviembre de 2016.
En el texto destaca lo siguiente: “ Actualmente, los piro-musicales son espectáculos de enorme impacto que involucran pirotecnia aérea y otros elementos visuales (fuentes, fuego, agua, luces, láser etcétera) que son controlados electrónicamente y sincronizados al compás de música de fondo, logrando una atmósfera perfecta, especial, única e irrepetible”.
Por todo lo expresado en el documento, estamos convencidos de que la inscripción de los Castillos Pirotécnicos como Patrimonio Cultural Inmaterial no solo dará visibilidad, trascendencia y prestigio internacional a esta tradición, sino que también permitirá fortalecer acciones de salvaguardia, transmisión generacional y seguridad, garantizando la continuidad de esta gran costumbre, sus creadores y su descendencia.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Cultura para que, realicen de manera conjunta las gestiones necesarias ante el Comité Intergubernamental para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ( Unesco) a efecto de solicitar la incorporación de los Castillos Pirotécnicos Mexicanos en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.
Notas:
1. https://ich.unesco.org/es/que-es-el-patrimonio-inmaterial-00003
2. https://sitllxiii.diputados.gob.mx/proposiciones_por_pernplxiii.php? iddipt=131&pert=7
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
EXHORTO A AUTORIDADES DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A GARANTIZAR LA PROTECCIÓN Y EL DERECHO A LA EDUCACIÓN DE LAS NIÑAS Y NIÑOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA EN EL CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL DE LA LAGUNA EN MATAMOROS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades del estado de Coahuila a garantizar la protección y el derecho a la educación de las niñas y niños víctimas de violencia en el Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros, a cargo de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. Que el artículo 1o constitucional obliga a todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Por lo cual, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias deben prevenir y sancionar cualquier forma de violencia en contra de la niñez.
2. Que el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el principio del interés superior de la niñez, disponiendo que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Además, dispone que las personas tienen derecho a vivir una vida libre de violencia.
3. Que el artículo 123 contempla que la seguridad social de las personas trabajadoras debe incluir el servicio de guardería. Servicio que, según el texto constitucional, se regulará en la Ley del Seguro Social.
4. Que el artículo 3o constitucional reconoce el derecho de toda persona a recibir educación, y establece que el Estado garantizará la calidad de la misma, lo cual implica, condiciones de seguridad, dignidad y respeto en los espacios educativos, incluida la educación inicial.
5. Que de conformidad con la Ley del Seguro Social, el ramo de guarderías constituye una prestación de seguridad social que cubre los cuidados, durante la jornada laboral, de las hijas e hijos en la primera infancia de las personas trabajadoras aseguradas, garantizando no sólo el resguardo, sino también la atención integral que comprende la salud, la alimentación, la educación inicial y la recreación de las y los menores.
6. Que conforme a la Ley General de Educación, la educación inicial es un nivel educativo que pertenece al tipo educativo básico. En estos términos y con base en el artículo 113 le corresponde a la Secretaria de Educación Pública determinar los principios rectores y objetivos de la educación inicial, además de regular un sistema integral de formación, capacitación y actualización para docentes de educación básica. Dicho sistema deberá sujetarse a los lineamientos, medidas, programas, acciones y demás disposiciones generales.
7. Que el artículo 74 de la Ley General de Educación establece que las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, deberán promover la cultura de la paz y la no violencia.
8. Que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes mandata en su artículo 13 que toda niña, niño o adolescente tiene derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal, lo que implica la obligación del Estado de establecer medidas de protección eficaces y mecanismos de actuación inmediatos frente a cualquier situación de riesgo.
9. Que México es parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual en su artículo 19 establece la obligación de los Estados parte de adoptar todas las medidas apropiadas para proteger a la niñez contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de sus padres, tutores o de cualquier otra persona encargada de su cuidado.
Exposición de motivos
El pasado 26 de septiembre de 2025, madres y padres de familia bloquearon la entrada de Matamoros, para exigir justicia, pues sus hijos fueron víctimas de maltrato físico y psicológico, por parte de dos maestras de la guardería “Centro de Desarrollo Infantil”, la cual presta el servicio a derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Los padres de familia relataron que las sospechas comenzaron cuando dos menores de apenas tres años empezaron a mostrar conductas inusuales, cambios emocionales y marcas en el cuerpo. Señalaron que se observaron lesiones en brazos y manos semejantes a “picaduras” provocadas con algún objeto punzante, además de que una niña comenzó a presentar tartamudez al hablar, síntoma que relacionan con el estrés y la violencia a la que habría estado sometida.
Las personas inconformes manifestaron que, pese a que en su momento interpusieron denuncias ante la Fiscalía del Estado y la Procuraduría del Niño, la Niña y la Familia (Pronnif), y a que el maltrato quedó evidenciado en los videos de las cámaras de vigilancia de la estancia infantil, hasta el pasado 26 de septiembre no se había detenido a las presuntas agresoras. Aseguran, incluso, que se enteraron de que ya no se encuentran en la ciudad, lo que aumenta su temor de que el caso quede en la impunidad.
Además de la importancia de llevar a cabo con diligencia el proceso penal, es importante señalar que las personas trabajadoras que reciben los servicios de seguridad social al inscribir a sus hijas e hijos, han señalado que la guardería no se ha reabierto, lo que viola diversos derechos humanos, tanto de las personas trabajadoras como de las niñas y niños que no han podido acceder a los servicios educativos.
En concreto, la falta de apertura de las guarderías vulnera los derechos de las madres y padres de familia, al impedirles desarrollarse profesionalmente en condiciones adecuadas. Esta afectación impacta de manera más severa a las mujeres, quienes enfrentan mayores obstáculos para incorporarse y permanecer en el mercado laboral.
De acuerdo con datos de la Universidad Nacional Autónoma de México, entidades como Chiapas, Oaxaca, Tabasco y Guerrero son las entidades con una menor cobertura de educación básica. Coincidentemente, estas mismas entidades registran una baja tasa de participación femenina en la población ocupada, lo que evidencia la estrecha relación entre la disponibilidad de guarderías y el ejercicio efectivo del derecho al trabajo, particularmente de las mujeres.
Por otro lado, la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes constituye un mandato constitucional y un deber prioritario para todas las autoridades del Estado mexicano. En particular, el artículo 4o de la Constitución, como ya se mencionó, reconoce el principio del interés superior de la niñez y garantiza su derecho a la alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, disponiendo además que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencia.
En este sentido, los Centros de Desarrollo Infantil (Cendi) cumplen un papel fundamental no sólo como prestación laboral vinculada a la seguridad social de las personas trabajadoras, en términos del artículo 123 constitucional y la Ley del Seguro Social, sino también como espacios educativos de la primera infancia, en los que se brinda atención integral que abarca alimentación, salud, educación inicial y recreación.
Por otro lado, la Ley General de Educación reconoce la educación inicial como parte de la educación básica y establece, en su artículo 74, la obligación de las autoridades educativas de promover la cultura de la paz y la no violencia en los entornos escolares. De manera complementaria, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes mandata que toda niña y niño tiene derecho a una vida libre de violencia, lo cual impone al Estado la obligación de establecer medidas de protección eficaces y mecanismos de actuación inmediata frente a cualquier situación de riesgo.
Por ello, resulta indispensable que las autoridades educativas federales y estatales, en coordinación con el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Fiscalía General de Justicia del Estado, implementen protocolos de actuación, refuercen la supervisión y dispongan las medidas necesarias para garantizar la seguridad y el derecho a la educación de la niñez, así como la protección de las madres y padres trabajadores en su acceso al servicio de guarderías.
La reapertura del Centro de Desarrollo Infantil de Matamoros, Coahuila, bajo condiciones de plena seguridad, con personal capacitado y especializado en la atención de la niñez, constituye no sólo un acto de justicia para las familias derechohabientes, sino también un paso necesario para salvaguardar los derechos fundamentales de las niñas y los niños afectados.
En consecuencia, esta proposición con punto de acuerdo busca que, en el ámbito de sus respectivas competencias, las autoridades competentes adopten acciones inmediatas y coordinadas que aseguren entornos escolares libres de violencia y garanticen la continuidad del derecho a la educación inicial de la niñez coahuilense.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública y a la autoridad educativa del Estado de Coahuila, a través del Gobierno del Estado, para que, en el ámbito de sus atribuciones, emita los lineamientos para los protocolos de actuación que sean necesarios para la prevención y atención de la violencia que se genere en el entorno escolar de la educación inicial.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, a la autoridad educativa del Estado de Coahuila, a través del Gobierno del Estado, para que, en el ámbito de su competencia, refuerce la supervisión de las escuelas y centros de educación inicial, garantizando condiciones de seguridad y atención integral, a fin de proteger la seguridad y el derecho a la educación de las niñas y los niños.
Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Coahuila para que, en el ámbito de sus atribuciones, continúe y agilice las investigaciones relacionadas con las denuncias de violencia física y psicológica cometida contra menores en el Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros, Coahuila.
Cuarto. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, al Instituto Mexicano del Seguro Social y a la autoridad educativa del Estado de Coahuila, a través del Gobierno del Estado para que, en el ámbito de sus atribuciones, disponga las medidas necesarias para la reapertura inmediata del Centro de Desarrollo Infantil de la Laguna en Matamoros, Coahuila, garantizando que la operación se realice con personal capacitado y especializado en la atención de la niñez, de modo que no se continúe afectando el derecho al trabajo de las madres y padres derechohabientes, ni el acceso de sus hijas e hijos a la educación inicial.
Notas
1. MARY VÁZQUEZ, Familiares exigen justicia para menores víctimas de violencia en guardería de Matamoros, El Siglo se Torreón, 26 de septiembre de 2025, [En línea],
https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2025/familiares-exi gen-justicia-por-menores-victimas-de-violencia-en-guarderia-de-matamoros.html [consultado: 28 de septiembre de 2025].
2. Ibidem
3. Ibidem
4. Martínez, Alicia, Estancias infantiles, participación laboral y movilidad social de las mujeres en México, UNAM, México, [en línea]
https://ru.iiec.unam.mx/6308/1/2.%20234-Mart%C3%ADnez-Salgado.p df [consultado: 28 de septiembre de 2025].
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 8 de octubre de 2025.– Diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
SE INICIE LA OBRA PÚBLICA PARA LA ADECUACIÓN DE LA EXGARITA UBICADA EN EL KM. 26 DE LA CARRETERA NACIONAL MONTERREY-NUEVO LAREDO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP y a la SICT a iniciar la obra pública necesaria para la adecuación de la ex Garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo, a cargo del diputado Carlos Canturosas Villarreal, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, Carlos Canturosas Villarreal, diputado a la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a asignar recursos presupuestarios e iniciar la obra pública necesaria para la adecuación de la ex garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey—Nuevo Laredo, respectivamente, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En 1976 fue construido en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey — Nuevo Laredo, la garita como un punto de revisión aduanera que se ha desarrollado y adaptado a lo largo del tiempo, conforme ha crecido el comercio entre México y Estados Unidos.
Esta garita funcionaba como un punto de control para monitorear y regular el flujo vehicular en la carretera Monterrey-Nuevo Laredo, especialmente para el transporte de carga.
Este punto de revisión sirvió durante casi 40 años, hasta 2014, como centro de reconocimiento y exploración de las mercancías de comercio exterior que entraban o salían de territorio nacional, hasta hace 11 años que dejó de servir para su propósito original.
La presencia de la garita también tenía como objetivo mejorar la seguridad en la carretera, permitiendo la inspección de vehículos y la identificación de posibles riesgos.
El cierre de la garita buscaba agilizar el tráfico, especialmente para los vehículos pesados que transitan por la carretera.
Hoy en día el inmueble que ocupó algún día la garita, es un montón de escombros y hasta un edificio que es utilizado por el personal diversas autoridades, como el Instituto Nacional de Migración (INM), Guardia Nacional, (GN), Ejército Mexicano, Protección Civil (PC) y las distintas corporaciones de seguridad, como resguardo ante las altas o bajas temperaturas, pues ya no tiene puertas ni ventanas, incluso no hay sanitarios ni oficinas, sino solo una vieja estructura.
Al retirar las funciones del punto de control que anteriormente realizaban las autoridades en la garita, alteró la dinámica del tráfico en la zona, lo que pudo haber requerido ajustes en la infraestructura vial y en la gestión del flujo vehicular.
La saturación que hoy presenta esta vialidad no solo afecta la economía, sino también la seguridad y calidad de vida de los habitantes de Nuevo Laredo y de quienes transitan por la región.
Esta proposición con punto de acuerdo tiene como propósito, sensibilizar a las autoridades correspondientes, a efecto de destinar recursos presupuestarios para la adecuación de la ex - garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey — Nuevo Laredo, para la habilitación o construcción de un paradero que permita a los operadores de transporte de carga, pasajeros y conductores de vehículos particulares, tomar un descanso, antes de continuar con su viaje.
Es importante señalar que además, al reducir el flujo vial en un paradero, se reducirán también los accidentes, conflictos viales, vialidades deterioradas que están dentro de la zona urbana con la cual coexiste el tráfico pesado.
Es en este sentido que los paraderos proporcionan un espacio adecuado para que los conductores descansen, ayudando a reducir la fatiga al volante, una de las principales causas de accidentes viales. Según datos de la SICT, el 80% de los accidentes de tránsito son atribuibles a errores humanos, muchos de los cuales están relacionados con la falta de descanso adecuado.
Además, ofrecen servicios esenciales como áreas de descanso, instalaciones sanitarias, alimentos y seguridad, lo que no solo mejora la calidad de vida de los conductores, sino que también protege las cargas y vehículos de robos y otros delitos. Esto es especialmente importante en un país donde la seguridad en las carreteras es una preocupación constante.
Con la aprobación de esta proposición se busca utilizar una infraestructura desaprovechada para establecer un punto de descanso, información turística, seguridad y auxilio vial para los operadores y conductores, así como agilizar el tránsito en ambos sentidos, permitiendo que la logística de transporte de mercancías que transitan por esa vía fluya con una rapidez.
Por estas razones y ante el creciente tránsito de autocamiones de carga y de vehículos particulares próximos al cruce fronterizo, es urgente tomar medidas para optimizar medidas para la adecuación de la ex - garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey — Nuevo Laredo.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a destinar recursos presupuestarios para la adecuación de un parador turístico en la ex-garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a comenzar el proceso de estudio y análisis de factibilidad o, en su caso, con la obra pública necesaria para la adecuación de un parador turístico en la ex-garita ubicada en el kilómetro 26 de la carretera nacional Monterrey-Nuevo Laredo.
Nota:
1. Véase
https://ciaointermodal.mx/importancia-del-desarrollo-de-parader os-seguros/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de octubre de 2025.– Diputado Carlos Canturosas Villarreal (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
EXHORTO A AUTORIDADES FEDERALES Y DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A INVESTIGAR, ESCLARECER Y SANCIONAR, LOS POSIBLES DELITOS EN MATERIA DE CORRUPCIÓN COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS DE 2013 A 2022
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades federales y del estado de Coahuila a investigar, esclarecer y sancionar, en el ámbito de sus respectivas competencias, los posibles delitos en materia de corrupción cometidos por servidores públicos en dicha entidad, durante los ejercicios fiscales a partir de 2013 a 2022, que motivaron el quebranto de la Hacienda Pública estatal, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente al Consejo de Participación Ciudadana del estado de Coahuila, a la Auditoría Superior del estado de Coahuila, a la Auditoría Superior de la Federación, así como a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del estado de Coahuila de Zaragoza y a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República, a investigar, esclarecer y sancionar en el ámbito de sus respectivas competencias, los posibles delitos en materia de corrupción cometidos por servidores públicos del estado de Coahuila durante el los ejercicios fiscales a partir del año 2013 al 2022, que motivaron el quebranto de la hacienda pública estatal; conforme a los siguientes
Antecedentes
1. En octubre de 2025 se dio a conocer que el Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del estado de Coahuila (CPC Coahuila) alertó que los actos de corrupción en ese estado podrían ascender a 14.5 mil millones de pesos, basándose en cifras de la Auditoría Superior del estado de Coahuila (dicho órgano fiscalizador ha interpuesto denuncias por una afectación que equivale a poco menos de la mitad de la deuda pública de la entidad, que actualmente asciende a 37 mil millones de pesos).
2. En marzo de 2025 se tomaron protesta los nuevos integrantes del CPC Coahuila para los periodos correspondientes, con el mandato de impulsar resultados concretos en la lucha contra la corrupción en la entidad.
3. En informes institucionales del Sistema Anticorrupción Estatal (por ejemplo, del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de Coahuila) se reconoce que el sistema local ha tenido avances, pero también retos en su consolidación (por ejemplo, en la coordinación de municipios, cierre de procedimientos administrativos, etc.).
4. Estudios de organismos internacionales como la OCDE sobre Coahuila, han señalado que, aunque el estado ha avanzado en materia de transparencia e integridad institucional, aún enfrenta desafíos estructurales para consolidar un sistema anticorrupción eficaz y de alto impacto.
Consideraciones
Que el CPC de Coahuila ha emitido señalamientos públicos respecto a presuntos actos de corrupción en ese estado, estimando que los montos involucrados ascienden a la cantidad de 14.5 mil millones de pesos, debido las denuncias interpuestas por la Auditoria del estado de Coahuila (ASEC), las cuales fueron remitidas a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del estado de Coahuila de Zaragoza. Sin embargo, estas no han tenido avance.
Que la credibilidad y eficacia de los Sistemas Estatales Anticorrupción dependen de la transparencia, la rendición de cuentas y la vigilancia ciudadana, como lo prevén el Sistema Nacional Anticorrupción y las leyes secundarias en la materia.
De acuerdo con el artículo 21, fracción XV de la Ley del Sistema Anticorrupción del estado de Coahuila de Zaragoza, el CPC estatal tiene entre sus funciones vigilar el funcionamiento del Sistema Anticorrupción Local y proponer políticas, metodologías e indicadores de evaluación, así como la emisión de recomendaciones no vinculantes.
De acuerdo con artículos 6o y 134 constitucionales, los gobiernos estatales pueden rendir informes públicos ante denuncias respecto a presuntos actos de corrupción, incluso a solicitud de órganos de participación ciudadana, fiscalización o del Congreso, por medio de una recomendación, con fundamento en los principios constitucionales de transparencia y rendición de cuentas. Dicho principio de rendición de cuentas es inherente al sistema democrático y al gobierno responsable, y los gobernantes están obligados a explicar, justificar y transparentar sus actos ante la sociedad.
Que eventos de esta naturaleza, si no son esclarecidos con prontitud y con mecanismos de participación ciudadana, erosionan la legitimidad del gobierno estatal y la confianza pública en las instituciones.
Que corresponde al Poder Legislativo -en todos sus ámbitos- impulsar mecanismos de control democrático y de fiscalización política hacia los gobiernos estatales, especialmente cuando hay denuncias serias de mal manejo o impunidad.
Que, en atención al sistema federal que nos rige, resulta pertinente que el Congreso de la Unión, en su carácter representativo de la nación, exija transparencia y acciones correctivas ante posibles irregularidades en las entidades federativas, para preservar la integridad del gasto público tanto a nivel local como federal.
Las denuncias sobre el mal manejo del erario, ameritan una revisión exhaustiva por parte de la Auditoría Superior del estado (ASEC), la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en coordinación con la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del estado de Coahuila de Zaragoza y la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República, con el fin de dar cauce legal a estas denuncias y así garantizar la prevención, detección y sanción de hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo de Participación Ciudadana del estado de Coahuila para que en el ámbito de sus atribuciones emita una recomendación al Gobierno de Coahuila, para que proceda a rendir un informe público, debidamente documentado y sustentado, ante las denuncias Interpuestas por la Auditoría Superior del estado de Coahuila ante la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del estado de Coahuila de Zaragoza respecto a presuntos actos de corrupción cometidos por servidores públicos locales durante los ejercicios fiscales 2013 al 2022.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente la Auditoría Superior del estado de Coahuila, para coordinar esfuerzos con la Auditoría Superior de la Federación en el ámbito de sus respectivas competencias, con el fin de realizar las auditorías, revisiones o investigaciones pertinentes, bajo los principios constitucionales de máxima publicidad, transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información pública y así poder robustecer las carpetas de investigación radicadas tanto en la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del estado de Coahuila así como la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República, relacionadas con hechos de corrupción que derivaron en el quebranto patrimonial a la hacienda pública del estado de Coahuila de Zaragoza durante los ejercicios fiscales 2013 al 2022.
Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del estado de Coahuila de Zaragoza, para que en coordinación con la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción de la Fiscalía General de la República, den cauce legal y procesal a las carpetas de investigación derivadas de las denuncias hechas por la Auditoría Superior del estado de Coahuila, para garantizar el combate a los hechos de corrupción y la impunidad cometidos por servidores públicos del estado de Coahuila de Zaragoza del ejercicio fiscal 2013 al 2022.
Notas
1. Camelia Muñoz, Actos de corrupción en Coahuila ascienden a 14.5 mmdp: Consejo de Participación Ciudadana, Proceso, publicado el 4 de octubre de 2025, 12: 11 hrs, [en línea]
https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2025/10/4/actos-de- corrupcion-en-coahuila-ascienden-145-mmdp-consejo-de-participacion-ciudadana-36 0069.html?utm_source=.com [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
2. Consejo de Participación Ciudadana del estado de Coahuila, Sesión Ordinaria 2 de marzo de 2025, [en línea]
https://www.cpccoahuila.org.mx/sesiones/ [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
3. Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción del estado de Coahuila de Zaragoza, Informe Anual, 2021-2022, pp. 44-45, [en línea]
https://www.seacoahuila.org.mx/_nuxt/img/informeCC-2022.77b162f .pdf?utm_source=.com [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
4. OECD, Public Governance Reviews, OECD Integrity Review of Coahuila, México, 2017, p. 73 [en línea]
https://www.oecd.org/content/dam/oecd/en/publications/reports/2 017/10/oecd-integrity-review-of-coahuila-mexico_ g1g834de/9789264283091-en.pdf?utm_source=.com [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
5. Auditoría del estado de Coahuila (ASEC), Informe de Actividades 2024 y del estado que guardan las Cuentas Públicas, 30 de abril de 2025, p.38 [en línea]
https://portal-asec-almacenamiento-0aeffea.s3.us-east-2.amazona ws.com/shared/IAA/IAA_2024.pdf [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
6. Sistema Nacional Anticorrupción, Plan de Acción para fortalecer los procesos de contrataciones públicas en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, 2024, p. 7 [en línea]
https://www.sna.org.mx/wp-content/uploads/2024/04/Plan-de-Accio n-contrataciones-publicas_250324.pdf [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
7. Cfr., Sistema Estatal Anticorrupción del estado de Coahuila, Programa de implementación de la Política Estatal Anticorrupción de Coahuila, 2021, p. 34 [en línea]
https://firebasestorage.googleapis.com/v0/b/transparenciaseac.a ppspot.com/o/I7kmevbBVPO8yR9G0mK9%2FswfaOcLHsuCV2XHVVKDL%2FPIPEAC%202024.pdf?al t=media&token=59aab632-463f-4eb0-9fb7-8625c438182d [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
8. Cfr., Cámara de Diputados, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 113 [en línea]
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf [Fecha de consulta: 06 de octubre de 2025]
Dado en el Palacio de San Lázaro, el 8 de octubre de 2025.– Diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.