Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXVI Legislatura
Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputada Kenia López Rabadán
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, martes 3 de marzo de 2026
Sesión 17 Apéndice II

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS

Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 9 Bis y un artículo 17 Bis a la Ley Federal de Juegos y Sorteos. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 32 y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

PARA INSCRIBIR EN LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES EL NOMBRE: JOSÉ VASCONCELOS

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se inscribe en Letras de Oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre: José Vasconcelos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 1o. y 3o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 y adiciona un artículo 443 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

LEY DEL SERVICIO MILITAR

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

LEY GENERAL DE POBLACIÓN

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo sexto transitorio a la Ley General de Población. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY ADUANERA

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 61 de la Ley Aduanera. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY ADUANERA

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 61 de la Ley Aduanera. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 y adiciona un artículo 32 Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS, LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, CÓDIGO PENAL FEDERAL, Y LEY EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Penal Federal, y la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección contra la explotación sexual infantil en modalidad digital no explícita.Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para opinión

LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 11 y 94 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

De la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen

LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 1o. y 6o. de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

De la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

De la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

De la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 199 Octies y 211 Bis 1 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

De la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 199 Octies y 199 Decies del Código Penal Federal.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

PARA QUE SE DECLARE EL 17 DE MAYO DÍA NACIONAL DEL PRODUCTOR DE LA NUEZ

De los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se declara el 17 de mayo Día Nacional del Productor de la Nuez. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO A LAS AUTORIDADES DE CENTROS PENITENCIARIOS, A IMPLEMENTAR ACCIONES QUE PROVEAN INSUMOS BÁSICOS DE HIGIENE PARA LAS ADOLESCENTES Y MUJERES QUE SE ENCUENTRAN PRIVADAS DE LA LIBERTAD

De la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que solicita respetuosamente a las autoridades de los Centros Penitenciarios, para que conforme a sus atribuciones implementen acciones que provean de manera permanente, suficiente, de calidad y gratuita insumos básicos de higiene para las adolescentes y mujeres que se encuentran privadas de la libertad en los centros penitenciarios, a fin de garantizar su derecho a la salud y a una gestión menstrual digna. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE DESARROLLE UN PROTOCOLO DE ATENCIÓN MÉDICA PARA LA ATENCIÓN DE LA FIBROSIS PULMONAR IDIOPÁTICA QUE SIRVA COMO BASE PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS DIFERENTES PROTOCOLOS INSTITUCIONALES EXISTENTES

De la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetosamente al Consejo de Salubridad General y a las diferentes instituciones públicas de salud que desarrollen un protocolo de atención médica para la atención de la fibrosis pulmonar idiopática que sirva como base para la actualización de los diferentes protocolos institucionales existentes; así como para fortalecer los mecanismos de referencia y contra referencia para la atención oportuna de esta enfermedad y para el aprovechamiento eficiente de los recursos aprobados en los programas presupuestales de atención a la salud en beneficio de los pacientes. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE EMITA UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA

De las diputadas María de los Dolores Padierna Luna y María Magdalena Rosales Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el cual la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión emite un pronunciamiento sobre la situación actual de la República Árabe Saharaui Democrática y exhorta respetuosamente a la Asamblea General de las Naciones Unidas a retomar la misión para el referéndum del Sahara Occidental. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

SE INICIE EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y EXPEDICIÓN DE UNA NOM EN MATERIA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y CONTROL DE LA FIBROMIALGIA

Del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud, a iniciar el procedimiento para la elaboración y expedición de una NOM en materia de prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la fibromialgia. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE HAGA UN LLAMADO A LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS, A ELABORAR PROGRAMAS PARA LA REDUCCIÓN DEL DESPERDICIO DE ALIMENTOS Y LA MITIGACIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (CO2 Y METANO)

De la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se hace un llamado respetuoso a las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus atribuciones, elaboren programas integrales para la reducción del desperdicio de alimentos y la mitigación de gases de efecto invernadero (CO2 y Metano).Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A FORTALECER LA EDUCACIÓN CLIMÁTICA Y AMBIENTAL EN LAS ESCUELAS A FIN DE PROMOVER LA CONCIENCIA, PREVENCIÓN Y ACCIÓN FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO

De la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita de manera respetuosa a la SEP, a que fortalezca la educación climática y ambiental en las escuelas a fin de promover la conciencia, prevención y acción frente al cambio climático. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A REVISAR Y, EN SU CASO, MODIFICAR LOS PROTOCOLOS Y LINEAMIENTOS QUE SE APLICAN ANTE LA PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS ADMINISTRATIVAS EN CONTRA DE PERSONAS DOCENTES EN ACTIVO

De la diputada Sandra Beatriz González Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente, a la SEP, a revisar y, en su caso, modificar los protocolos y lineamientos que se aplican ante la presentación de denuncias administrativas en contra de personas docentes en activo, ya sea por su actividad frente a grupo o en funciones administrativas, a efecto de que no se afecten indebidamente los derechos laborales del personal docente involucrado. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

SE INCLUYA LA SALUD Y GESTIÓN DEL CICLO MENSTRUAL COMO UN COMPONENTE PRIORITARIO DE LA ESTRATEGIA VIVE SALUDABLE, VIVE FELIZ, EN BENEFICIO DE NIÑAS, ADOLESCENTES, MUJERES Y PERSONAS MENSTRUANTES

De la diputada Marisela Zúñiga Cerón, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo para incluir la salud y gestión del ciclo menstrual como un componente prioritario de la estrategia Vive Saludable, Vive Feliz, en beneficio de niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE FORTALEZCAN LAS ACCIONES DE VACUNACIÓN EN LOS AEROPUERTOS Y CENTRALES DE AUTOBUSES DE LAS CIUDADES SEDES DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA 2026

De la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Salud Federal y a las autoridades competentes, a fortalecer de manera inmediata las acciones de vacunación en los aeropuertos y centrales de autobuses de las ciudades sedes de la Copa Mundial de la FIFA 2026. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO AL DIF DE NUEVO LEÓN, A ACEPTAR CUMPLIR LA RECOMENDACIÓN EMITIDA POR LA CNDH, RELATIVA A VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS EN EL ALBERGUE FABRILES EN PERJUICIO DE ADOLESCENTES BAJO TUTELA ESTATAL

De la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al DIF del estado de Nuevo León, a aceptar cumplir íntegramente la recomendación 148/2025 emitida por la CNDH, relativa a violaciones graves a derechos humanos ocurridas en el albergue Fabriles en perjuicio de adolescentes bajo tutela estatal. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

MEDIDAS DE APOYO PARA MICROEMPRESARIOS Y TRANSPORTISTAS AFECTADOS POR HECHOS DE INSEGURIDAD

Del diputado Paulo Gonzalo Martínez López, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades federales, a implementar medidas de apoyo para microempresarios y transportistas afectados por hechos de inseguridad. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

SE FORTALEZCAN ACCIONES INSTITUCIONALES PARA PREVENIR, IDENTIFICAR Y TRATAR LA RICKETTSIA, CON ÉNFASIS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CON MAYOR PREVALENCIA

Del diputado César Israel Damián Retes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, en coordinación con el gobierno de las 32 entidades federativas, fortalezcan las acciones institucionales para prevenir, identificar y tratar la Rickettsia en México, haciendo énfasis en las entidades federativas con mayor prevalencia. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE INFORME A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS CON EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ASÍ COMO SU GRADO DE CUMPLIMIENTO, PARA ATENDER LA CONTAMINACIÓN DEL RÍO TIJUANA

Del diputado César Israel Damián Retes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a informar a la opinión pública de manera detallada los acuerdos establecidos con el Gobierno de los Estados Unidos de América, así como su grado de cumplimiento, para atender la contaminación del río Tijuana en Baja California. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA FGR, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE EL "MAPA DE IMPUNIDAD DEL COMBUSTIBLE"

Del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR, a informar a la opinión pública sobre el "Mapa de Impunidad del Combustible". Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE EMITAN CRITERIOS TÉCNICOS UNIFORMES Y LINEAMIENTOS PROVISIONALES EN MATERIA DE TRASLADO DE COMBUSTIBLES PARA AUTOCONSUMO OPERACIONAL EN OBRA

Del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener, a la CRE, al SAT y a la GN, a emitir criterios técnicos uniformes y lineamientos provisionales en materia de traslado de combustibles para autoconsumo operacional en obra. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A REALIZAR UN PLAN DE INCREMENTO A LAS INDEMNIZACIONES DE LOS SOLDADOS FALLECIDOS EL PASADO 22 DE FEBRERO

De la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de México, a la Sedena, y al ISSFAM, a realizar un plan de incremento a las indemnizaciones de los soldados fallecidos el 22 de febrero de 2026. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

SE CONSTITUYA UN FONDO DE EMERGENCIA Y REPARACIÓN DE DAÑOS PARA APOYAR A LOS AFECTADOS POR LA VIOLENCIA DERIVADA DE LA OPERACIÓN REALIZADA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO EN FEBRERO DEL 2026

De la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y a los gobiernos de las entidades federativas afectadas, a constituir un fondo de emergencia y reparación de daños para apoyar a los afectados por la violencia derivada de la operación realizada contra el crimen organizado en febrero del 2026. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

SE ACTUALICE EL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE COMERCIO JUSTO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026

De la diputada Carmen Rocío González Alonso, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, al Segalmex, a actualizar el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercio Justo, para el Ejercicio Fiscal 2026, a efecto de establecer el precio de garantía para el maíz y el frijol en beneficio de los pequeños y medianos productores. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO AL DIRECTOR GENERAL DEL ISSSTE Y A LA VOCAL EJECUTIVA DEL FOVISSSTE, A ORDENAR LA CANCELACIÓN DE LA APLICACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN 2026 POR CONCEPTO DE LA UNIDAD DE MEDIDA DE ACTUALIZACIÓN (UMA) A LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS VIGENTES REGIDOS POR LA ACTUALIZACIÓN

Del diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general del ISSSTE y a la Vocal Ejecutiva del Fovissste, a ordenar la cancelación de la aplicación de la actualización 2026 por concepto de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) a los créditos hipotecarios vigentes regidos por la actualización, con el propósito de salvaguardar y garantizar el otorgamiento de créditos hipotecarios baratos y suficientes a los trabajadores al servicio del Estado. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

SE INFORME A LA OPINIÓN PÚBLICA RESPECTO A LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ, A FIN DE CONOCER LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS QUE DEN RESPUESTA A LA FALTA DE ENTREGAS DE TÍTULOS Y CÉDULAS PROFESIONALES

Del diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, para que presente un informe a la opinión pública respecto a la situación actual que guardan las Universidades para el Bienestar Benito Juárez, a fin de conocer las acciones administrativas que den respuesta a la falta de entregas de títulos y cédulas profesionales, así como conocer los indicadores operativos y/o financieros de los presupuestos ejecutados para la instalación, rehabilitación, equipamiento y funcionamiento de las sedes educativas que conforman el programa. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

POR EL QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CONDENA LOS ATAQUES INJUSTIFICADOS REGISTRADOS EL 28 DE FEBRERO DE 2026 EN CONTRA DE LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Del diputado César Augusto Rendón García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión condena enérgicamente los ataques injustificados registrados el 28 de febrero de 2026 en contra de los Emiratos Árabes Unidos, rechaza cualquier agresión que ponga en riesgo a la población civil y la estabilidad regional y expresa su solidaridad con su pueblo. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

SE INTERVENGA EN LA SUSPENSIÓN DE REMATES DE GARANTÍAS Y SE IMPLEMENTE UN PROGRAMA DE JUSTICIA FINANCIERA PARA LOS ACREDITADOS DE LA EXTINTA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO (FND)

Del diputado Luis Armando Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, al INDEP y a la CNDH, a intervenir en la suspensión de remates de garantías y se implemente un programa de justicia financiera para los acreditados de la extinta Financiera Nacional de Desarrollo (FND). Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO AL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, A REMOVER DEL CARGO AL TITULAR DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

De la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca, a remover del cargo al titular de la Secretaría General de Gobierno. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

SE REALICE UNA REVISIÓN SOBRE ACTOS QUE INDICAN HECHOS PRESUNTAMENTE CONSTITUTIVOS DE FALTAS ADMINISTRATIVAS O HECHOS DE CORRUPCIÓN, ASÍ COMO LAS OMISIONES A LAS MODIFICACIONES DEL PADRÓN DE USUARIOS PARA EL CICLO AGRÍCOLA PRIMAVERA-VERANO 2026

Del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, al Órgano Interno de Control de este mismo y al Organismo de Cuenca y Cuenca Centrales del Norte, a realizar una revisión sobre actos que indican hechos presuntamente constitutivos de faltas administrativas o hechos de corrupción, así como las omisiones a las modificaciones del padrón de usuarios para el ciclo agrícola primavera-verano 2026. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A GARANTIZAR QUE LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y CORRECCIÓN DE LOS LIBROS DE TEXTO GRATUITOS SE REALICE CON APEGO A LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Y A CRITERIOS PEDAGÓGICOS, CIENTÍFICOS, DE NEUTRALIDAD IDEOLÓGICA Y CON LA PARTICIPACIÓN DE ESPECIALISTAS, INVESTIGADORES Y ACADÉMICOS

De la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a garantizar que la elaboración, revisión y corrección de los libros de texto gratuitos se realice con apego a la Ley General de Educación, y a criterios pedagógicos, científicos, de neutralidad ideológica y con la participación de especialistas, investigadores y académicos. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SICT Y A LA AGENCIA DE TRENES Y TRANSPORTE PÚBLICO INTEGRADO, A ENTABLAR PLÁTICAS Y NEGOCIACIONES CON LA EMPRESA FERROMEX, CON EL FIN DE DETENER LA CONSTRUCCIÓN DE UNA BARDA PERIMETRAL EN LOS TRAMOS QUE ABARCAN LAS COLONIAS DE ANTIGUA ACEITERA Y LÓPEZ PORTILLO, EN TORREÓN, COAHUILA

De la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT y a la Agencia de Trenes y Transporte Público integrado, a entablar pláticas y negociaciones con la empresa Ferromex, con el fin de detener la construcción de una barda perimetral en los tramos que abarcan las colonias de antigua aceitera y López Portillo, en la ciudad de Torreón, Coahuila, y buscar alternativas que permitan el libre tránsito de los ciudadanos y salvaguarden la seguridad de la zona. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

SE IMPLEMENTE SUPERVISIÓN PERMANENTE, PREVENCIÓN DE ABUSOS Y CONDICIONES DIGNAS EN ALBERGUES, CASAS HOGAR Y CENTROS DE ACOGIDA PARA LA PROTECCIÓN REFORZADA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a implementar supervisión permanente, prevención de abusos y condiciones dignas en albergues, casas hogar y centros de acogida para la protección reforzada de niñas, niños y adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

EXHORTO A LA SHCP, Y A LA CONAGUA, A INICIAR LA PRIMERA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO "CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA INTEGRAL DE DRENAJE" PLUVIAL DE LA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA

De la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, y a la Conagua, a iniciar la primera etapa de construcción del proyecto denominado "construcción de sistema integral de drenaje" pluvial de la ciudad de Torreón, Coahuila. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL IMSS-BIENESTAR, A ESTABLECER UNA MESA DE DIÁLOGO CON REPRESENTACIÓN DE LAS Y LOS TRABAJADORES DEL SECTOR SALUD

De la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Dirección General del IMSS-Bienestar, a establecer de manera inmediata una Mesa de Diálogo institucional de alto nivel con representación de las y los trabajadores del sector salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE REVISEN EN LOS DATOS OFICIALES RELATIVOS A LA MAGNITUD, PERSISTENCIA Y EXPANSIÓN TERRITORIAL DEL BROTE DE SARAMPIÓN, Y LA PERTINENCIA DE EMITIR UNA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA DE CARÁCTER

De la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al CSG, a revisar en los datos oficiales relativos a la magnitud, persistencia y expansión territorial del brote de sarampión en el país, la pertinencia de emitir una declaratoria de emergencia sanitaria de carácter nacional, a fin de fortalecer la coordinación interinstitucional y emitir directrices obligatorias que permitan contener de manera eficaz la propagación del virus. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA GN Y LA SEDENA, A COORDINAR ACCIONES PARA REFORZAR EL BLINDAJE Y LA PROTECCIÓN A LA CIUDADANÍA, CON LAS CORPORACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES, SUS MUNICIPIOS Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS COLINDANTES

Del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la GN y la Sedena, a coordinar acciones para reforzar el blindaje y la protección a la ciudadanía, con las corporaciones de seguridad pública de los distintos niveles de gobierno en el estado de Aguascalientes, sus municipios y las entidades federativas colindantes, ante los hechos violentos y bloqueos registrados en diversas entidades del país, con motivo del operativo de seguridad realizado por fuerzas federales en la mañana del domingo 22 de febrero del presente año. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

EXHORTO A LOS GOBERNADORES DE PUEBLA Y TLAXCALA, A TRANSPARENTAR LOS ACTOS DE INVESTIGACIÓN QUE SE DESARROLLARON A RAÍZ DE LA BÚSQUEDA Y LOCALIZACIÓN DE ALEJANDRO AGUSTÍN TELLO OLMEDO Y SU ESPOSA KARINA DE LOS ÁNGELES RUIZ RUIZ

De los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del estado de Puebla y a la gobernadora del estado de Tlaxcala, a través de las instancias correspondientes, a transparentar los actos de investigación que se desarrollaron a raíz de la búsqueda y localización de Alejandro Agustín Tello Olmedo y su esposa Karina de los Ángeles Ruiz Ruiz. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO A LA CONDUSEF, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA ESPECIAL DE SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO PARA LOS ASEGURADOS CUYOS VEHÍCULOS O BIENES HAYAN SIDO ROBADOS O DAÑADOS CON MOTIVO DE LOS HECHOS VIOLENTOS REGISTRADOS TRAS EL OPERATIVO FEDERAL REALIZADO EL PASADO 22 DE FEBRERO

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Condusef, a implementar un programa especial de supervisión y acompañamiento para los asegurados cuyos vehículos o bienes hayan sido robados o dañados con motivo de los hechos violentos registrados tras el operativo federal realizado el 22 de febrero de 2026. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

PROGRAMAS Y ACCIONES PARA APOYAR A LOS PRODUCTORES PECUARIOS AFECTADOS POR EL GUSANO BARRENADOR

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias del gobierno federal, a implementar programas y acciones para apoyar a los productores pecuarios afectados por el gusano barrenador, a fin de proteger la industria ganadera nacional y contribuir a la estabilidad de precios internos. Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen

EXHORTO A LA STPS, A FORTALECER LAS INSPECCIONES, ASÍ COMO LAS ACCIONES DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LA DENOMINADA LEY SILLA

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS, a fortalecer las inspecciones, así como las acciones de difusión y sensibilización relativas al cumplimiento de la denominada Ley Silla, en coordinación con las secretarías del trabajo de las entidades federativas. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

SE ESTABLEZCA UNA ESTRATEGIA A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO QUE PERMITA GARANTIZAR LA SEGURIDAD EN LAS PRINCIPALES RUTAS CARRETERAS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, en coordinación con la Dirección General de Seguridad en carreteras de la Guardia Nacional, a establecer una estrategia a corto, mediano y largo plazo que permita garantizar la seguridad en las principales rutas carreteras del país. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

EXHORTO A LA ANAM Y AL SAT, A ESTABLECER MECANISMOS DE DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL DE LOS CRITERIOS, TRÁMITES, CAMPAÑAS, REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR, ACUERDOS ADMINISTRATIVOS Y DEMÁS NORMATIVA EN MATERIA ADUANERA, PARA DAR CERTEZA JURÍDICA A LAS Y LOS CIUDADANOS QUE CRUZAN POR LA ADUANA ACUÑA DEL RÍO

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ANAM y al SAT, a establecer mecanismos de difusión y comunicación social de los criterios administrativos y operativos, trámites, campañas de verificación, reglas generales de comercio exterior, acuerdos administrativos emitidos por el ejecutivo y demás normativa en materia aduanera, para fortalecer su transparencia operativa y dar certeza jurídica a las y los ciudadanos que cruzan por la aduana Acuña del Río. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO AL INE, A FORTALECER LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL, EN MATERIA DE DESAFILIACIÓN A PARTIDOS POLÍTICOS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al INE, a fortalecer la capacitación del personal, en materia de desafiliación a partidos políticos. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

EXHORTO A LA SEDENA, A FUNDAMENTAR JURÍDICAMENTE LOS CRITERIOS DE CONTROL, REGISTRO Y VIGILANCIA RELATIVOS A LOS RIFLES CALIBRE .22 DE PLATAFORMA TÁCTICA

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedena, a fundamentar jurídicamente los criterios de control, registro y vigilancia relativos a los rifles calibre .22 de plataforma táctica. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

SE FORTALEZCAN LOS MECANISMOS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL PARA PREVENIR LA EXPEDICIÓN Y USO DE ACTAS DE NACIMIENTO APÓCRIFAS EN TRÁMITES DE IDENTIDAD Y PASAPORTES, A PARTIR DE LOS CASOS DETECTADOS EN FILIPINAS Y LOS ESTADOS DE LA FRONTERA SUR DEL PAÍS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a la Segob y a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, a fortalecer los mecanismos de verificación y control para prevenir la expedición y uso de actas de nacimiento apócrifas en trámites de identidad y pasaportes, a partir de los casos detectados en Filipinas y los estados de la frontera sur del país. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A SUSPENDER LAS EXTRACCIONES EXTRAORDINARIAS DE LA PRESA LA AMISTAD QUE COMPROMETAN EL NIVEL MÍNIMO OPERATIVO PARA EL ABASTECIMIENTO DE COMUNIDADES MEXICANAS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a la Conagua y a la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas, a suspender las extracciones extraordinarias de la presa la amistad que comprometan el nivel mínimo operativo para el abastecimiento de comunidades mexicanas. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

SE AGILICE EL INICIO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN A CUATRO CARRILES DE LA CARRETERA FEDERAL 57, TRAMO SALTILLO-MONCLOVA, DURANTE LA PRIMERA MITAD DEL EJERCICIO FISCAL ANUAL

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a agilizar el inicio de la construcción de la ampliación a cuatro carriles de la carretera federal 57, tramo Saltillo-Monclova, durante la primera mitad del Ejercicio Fiscal anual. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

SE DETENGAN LOS DECOMISOS ARBITRARIOS DE VEHÍCULOS QUE YA CUENTAN CON HOLOGRAMA DE REGULARIZACIÓN Y SE REALICEN REVISIONES Y AUDITORÍAS EXHAUSTIVAS SOBRE LOS PROCESOS DE VALIDACIÓN EN EL REPUVE

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ANAM, al SAT, al secretariado ejecutivo del SESNSP y a la SABG a detener los decomisos arbitrarios de vehículos que ya cuentan con holograma de regularización y a realizar revisiones y auditorías exhaustivas sobre los procesos de validación en el REPUVE. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

SE REALICE UN ESTUDIO DEL TAMAÑO Y PERSPECTIVA ECONÓMICA Y DE CRECIMIENTO DEL MERCADO DE PRÁCTICA DE TIRO, COMPETENCIA Y CAZA EN MÉXICO, Y SE SIMPLIFIQUEN LAS MEDIDAS REGULATORIAS PARA INCENTIVAR SU CRECIMIENTO Y POTENCIAR ECONÓMICAMENTE AL SECTOR

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedena, a la CNA y a la ATDT, a realizar un estudio del tamaño y perspectiva económica y de crecimiento del mercado de práctica de tiro, competencia y caza en México, y simplificar las medidas regulatorias para incentivar su crecimiento y potenciar económicamente al sector. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

SE FORTALEZCA EL PROGRAMA DE VACUNACIÓN UNIVERSAL, A FIN DE RECUPERAR LOS NIVELES DE COBERTURA, GARANTIZAR EL ABASTO SOSTENIBLE Y LA APLICACIÓN OPORTUNA DE LAS VACUNAS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a fortalecer de manera urgente el programa de vacunación universal, a fin de recuperar los niveles de cobertura, garantizar el abasto sostenible y la aplicación oportuna de las vacunas, ante el riesgo epidemiológico por el resurgimiento de enfermedades prevenibles en México. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

ELABORACIÓN DE UNA NORMA OFICIAL MEXICANA PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE DEFECTOS DE REFRACCIÓN O PROBLEMAS DE CORRECCIÓN ÓPTICA EN ESCOLARES DE EDUCACIÓN BÁSICA POR EL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, en coordinación con la Secretaría de Salud a promover la elaboración de una norma oficial mexicana para la prevención y control de defectos de refracción o problemas de corrección óptica en escolares de educación básica por el uso de dispositivos electrónicos, en beneficio de la salud ocular de estudiantes de nivel básico en escuelas públicas y privadas del país. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA PROFECO, A FORTALECER LA DIFUSIÓN, VERIFICACIÓN Y, EN SU CASO, SANCIÓN, RESPECTO DE LA PRÁCTICA DE TIENDAS DEPARTAMENTALES Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE EXIGIR LA REVISIÓN DE TICKETS DE COMPRA A LA SALIDA DE ESTABLECIMIENTOS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, a fortalecer la difusión, verificación y, en su caso, sanción, respecto de la práctica de tiendas departamentales y establecimientos comerciales de exigir la revisión de tickets de compra a la salida de establecimientos. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A LA STPS, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA SOCIAL DE SEGURO DE DESEMPLEO PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES QUE ESTÁN PERDIENDO SU EMPLEO EN EL SECTOR AUTOMOTRIZ Y MANUFACTURERO

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS, a implementar un programa social de seguro de desempleo para trabajadoras y trabajadores que están perdiendo su empleo en el sector automotriz y manufacturero, a fin de mitigar el impacto socioeconómico de la crisis laboral que atraviesa nuestra región fronteriza. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

EXHORTO AL PODER EJECUTIVO, A CONSIDERAR REGRESAR EL ESTÍMULO QUE FOMENTA LA REGULARIZACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo, a considerar regresar el estímulo que fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, conocido comúnmente como regularización de autos chocolate. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A LA CFE, A ESTABLECER UNA TARIFA ELÉCTRICA ESPECIAL PARA LOS SISTEMAS MUNICIPALES Y PARAESTATALES DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a establecer una tarifa eléctrica especial para los sistemas municipales y paraestatales de agua potable y saneamiento, con el fin de garantizar el derecho humano al agua, mejorar la sostenibilidad financiera de los organismos operadores y propiciar tarifas de agua más accesibles para las y los mexicanos. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LA CFE, A REALIZAR MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA INFRAESTRUCTURA Y LAS REDES DE SUMINISTROS DE ENERGÍA EN COAHUILA DE ZARAGOZA

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a que realice un mantenimiento integral de la infraestructura y las redes de suministros de energía, a fin de garantizar el derecho de acceso a la luz eléctrica en el estado de Coahuila de Zaragoza.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LA SHCP, A FORTALECER LOS ESTÍMULOS FISCALES AL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES EN LA FRONTERA NORTE, CON LA FINALIDAD DE HOMOLOGAR LOS COSTOS DE LA GASOLINA CON LOS OBSERVADOS EN EL SUR DE TEXAS

Del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a fortalecer los estímulos fiscales al precio de los combustibles en la frontera norte de México, con la finalidad de homologar los costos de la gasolina con los observados en el sur del estado de Texas en los Estados Unidos de América. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A PEMEX, A LA SHCP Y A LA SABG, A SUPERVISAR EL PAGO OPORTUNO, TRANSPARENTE Y COMPLETO DE LOS ADEUDOS A PROVEEDORES EN CIUDAD DEL CARMEN

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a Pemex, a la SHCP y a la SABG, a supervisar el pago oportuno, transparente y completo de los adeudos a proveedores en Ciudad del Carmen, a fin de salvaguardar la estabilidad económica, el empleo y la rendición de cuentas en la región. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A LA SABG, A INVESTIGAR Y, EN SU CASO, SANCIONAR IRREGULARIDADES EN EL ABASTO, ALMACENAJE Y DESECHAMIENTO DE MEDICAMENTOS EN EL HOSPITAL INFANTIL DE MÉXICO

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SABG, a investigar y, en su caso, sanciones las irregularidades en el abasto, almacenaje y desechamiento de medicamentos en el Hospital Infantil de México. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EXHORTO A LA CONDUSEF, A FORTALECER LA SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN QUE EVITEN LA REALIZACIÓN DE EXTORSIONES Y COBROS INDEBIDOS

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Condusef, a fortalecer la supervisión del cumplimiento de las medidas de prevención y protección que eviten la realización de extorsiones y cobros indebidos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A PROMOVER EL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD SALARIAL Y LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE EQUIDAD EN LAS CONTRATACIONES Y SERVICIOS

De diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a promover el cumplimiento del principio de igualdad salarial y la aplicación de criterios de equidad en las contrataciones y servicios deportivos. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen

ACCIONES DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA CONCIENTIZACIÓN Y VISIBILIZACIÓN DE LA SALUD MENTAL EN EL DEPORTE, CON MOTIVO DEL MUNDIAL 2026

De diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a impulsar acciones de comunicación institucional para la concientización y visibilización de la salud mental en el deporte, con motivo del mundial 2026, y a realizar gestiones para incorporar mensajes preventivos en espacios oficiales vinculados al evento. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen

MECANISMOS DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN DE GASTOS FUNERARIOS Y DE PROTECCIÓN FINANCIERA EN FAVOR DE INTEGRANTES DE CORPORACIONES POLICIALES ESTATALES Y MUNICIPALES, ASÍ COMO DE LA GUARDIA NACIONAL, FALLECIDOS EN CUMPLIMIENTO DEL DEBER

Del diputado Pablo Vázquez Ahued, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Secretariado Ejecutivo del SNSP, a articular y diseñar mecanismos de coordinación institucional para la atención de gastos funerarios y el establecimiento de mecanismos de protección financiera en favor de integrantes de corporaciones policiales estatales y municipales, así como de la guardia nacional, fallecidos en cumplimiento del deber. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

ACCIONES QUE PERMITAN ABATIR EL REZAGO EDUCATIVO PARA CUMPLIR CON EL OBJETIVO DE DESARROLLO SUSTENTABLE 4 REFERENTE A LA EDUCACIÓN DE CALIDAD

De la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadana, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la SEP, a implementar acciones que permitan abatir el rezago educativo para cumplir con el objetivo de desarrollo sustentable 4 referente a la educación de calidadSe turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LOS CONGRESOS DE DIVERSAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A DEROGAR LOS ARTÍCULOS REFERENTES AL DELITO DE PELIGRO DE CONTAGIO EN SUS CÓDIGOS PENALES, PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON ALGUNA CONDICIÓN DE SALUD ESPECÍFICA

De la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos de diversas entidades federativas, a derogar los artículos referentes al delito de peligro de contagio en sus códigos penales, para garantizar plenamente los derechos humanos de las personas con alguna condición de salud específica. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y A LA SECRETARÍA DE SALUD, A GARANTIZAR EL ABASTO DE INSUMOS MÉDICOS ESPECIALIZADOS EN REGIONES FRONTERIZAS Y DEL NORTE DEL PAÍS

De los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social y a la Secretaría de Salud, a garantizar el abasto de insumos médicos especializados en regiones fronterizas y del norte del país. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen



INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México, miles de familias realizan un esfuerzo económico significativo para cubrir colegiaturas en instituciones educativas, principalmente cuando la oferta pública es insuficiente, distante o no se ajusta a las necesidades del estudiante. Este gasto impacta de manera directa el ingreso disponible del hogar y, en muchos casos, condiciona la continuidad escolar.

Las familias mexicanas destinan una proporción relevante de su ingreso al pago de servicios educativos. No obstante, el esquema vigente que permite disminuir colegiaturas opera como estímulo fiscal y se encuentra acotado, contempla topes anuales por nivel y expresamente excluye conceptos escolares esenciales como inscripción y reinscripción.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares del 30 de julio de 2025, levantada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en el rubro educación y esparcimiento el gasto creció 6.0 por ciento en comparación con 2022. El mayor aumento en este se registró entre 2020 y 2022, con un alza de 49.7. En contraste, entre 2018 y 2020, el gasto disminuyó 44.8 por ciento, y entre 2016 y 2018 la reducción fue de 0.8. En términos acumulados, el gasto en educación y esparcimiento en los hogares disminuyó 13.1 por ciento entre 2016 y 2024.

En 2016, el gasto corriente monetario promedio trimestral en educación en México fue de 3 mil 673 pesos, en 2018 de 3 mil 713, en 2020 fue de 2 mil 254, en 2022 de 3 mil 98 pesos y en 2024 de 2 mil 903.

Si bien existe un esquema de beneficio fiscal vinculado a colegiaturas, éste es limitado: actualmente se reconoce como estímulo fiscal para educación privada desde preescolar hasta bachillerato, con montos máximos anuales por alumno.

El artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) regula las deducciones personales y fija un límite general: el monto total de deducciones no puede exceder la cantidad menor entre cinco veces la UMA anual o 15 por ciento del total de ingresos del contribuyente, con excepción expresa (hoy) para la fracción V.

En el texto vigente del propio artículo 151 no se contempla una fracción específica que incluya colegiaturas e inscripciones como deducción personal sin tope y para todos los niveles hasta educación superior.

Las deducciones por pagos de colegiaturas son un estímulo fiscal que se puede disminuir de los ingresos obtenidos en el año. Los montos a que se tiene derecho a reducir dependen del grado escolar que se esté cursando.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la referencia oficial de gasto educativo en hogares (no solo privados) para todos los hogares (mezcla de público/privado), un gasto corriente monetario promedio trimestral en “Servicios de educación, artículos educativos...”: $4,593 pesos por hogar (trimestral, pesos de 2024) y en el rubro específico “Educación”: 2 mil 903 pesos por hogar (trimestral, pesos de 2024). Lo que no equivale a “colegiaturas privadas”, porque incluye hogares sin colegiaturas (escuela pública) y otros gastos educativos.

Para dimensionar los gastos en que incurren las familias mexicanas en la educación de sus hijos se presentan los siguientes ejemplos de colegiaturas más inscripción:

A) Básica (preescolar/primaria/secundaria) - ejemplos y rangos

Ejemplos con precios publicados (Toluca/Metepec):

Caso 1: Inscripción $10 900 y colegiaturas $3 491-$3 941 (mensual).

Si fueran 10 pagos de colegiatura: anual aprox. = (3 491×10)+10 900 = $45 810 a (3 941×10)+10 900 = $50 310.

Caso 2: Inscripción $3,700 y colegiatura $2,856 (mensual).

Con 10 pagos: (2,856×10)+3,700 = $32,260 al año.

Caso 3: Inscripción $7,500 y “colegiaturas desde $5,300 a 11 meses”.

(5,300×11)+7,500 = $65,800 al año (solo esos dos conceptos).

Ejemplo de otro estado (Mérida):

Colegiaturas publicadas de $4 400 a $5 600 mensuales (varios niveles).

Si fueran 10 pagos: $44 000-$56 000 al año (sólo colegiaturas).

Ejemplo “alto” (colegio internacional):

Publica 10 colegiaturas al año (no julio/agosto) y mensualidades como $11 580 (kínder) a $19 390 (prepa).

Solo colegiatura anual: $115 800-$193 900 (sin inscripción/reinscripción).

B) Inscripción/reinscripción: orden de magnitud

En un campus de la Ciudad de México de un colegio internacional, se publican reinscripciones de 20 mil 160 a 39 mil 760 pesos según nivel/horario.

En una comparación atribuida a la Profeco (levantamiento 2019, Ciudad de México, preescolar) se muestran rangos como colegiatura mensual $1 046-$12 000 e inscripción $1 300-$26 000 (referencial y antigua).

3) Universidad privada (referencias de mercado)

Un rango general publicado: inscripción $2 500-$7 200 y colegiaturas mensuales $5 000-$39 739.

Esto da (aproximadamente) por semestre (6 meses) $30 000- $238 434 sólo de colegiaturas, + inscripción.

Ejemplo “élite”: se cita un promedio ~ $160 800 por semestre (cálculo por créditos) para el ITAM.

Para aterrizarlo en un “estimado” usable (sólo colegiatura + inscripción)

Sin contar uniformes, libros, transporte, cuotas extra, etcétera, suele verse:

Básica privada económica/media (muchas ciudades): ~$30 000 a $80 000 al año por alumno (ejemplos reales arriba).

Básica privada alta: ~$120 000 a $250 000+ al año (solo colegiaturas + posibles reinscripciones).

Universidad privada: ~$30 000 a $120 000+ por semestre (muy variable); élite puede rondar $160 000+ por semestre.

El objeto de esta iniciativa es incorporar en la Ley del Impuesto Sobre la Renta una deducción personal expresa por colegiaturas y por inscripción/reinscripción, extenderla a todos los niveles escolares, desde educación inicial hasta licenciatura o equivalente y establecer que la deducción sea por el 100 por ciento de lo efectivamente pagado, sin topes por nivel, por alumna(o) o por monto anual, es decir, precisar que dicha deducción no quedará sujeta al límite general del último párrafo del artículo 151 (cinco UMA anual o 15 por ciento), adicionándola a las excepciones ya previstas.

La medida reduce la carga fiscal asociada a un gasto inevitable para millones de hogares, incentiva la continuidad escolar, y fortalece la formalidad y la trazabilidad de pagos mediante comprobación fiscal. Al incorporar el beneficio a la ley se otorga mayor certeza jurídica que la que deriva de criterios o esquemas administrativos.

Para una mejor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo:

En atención a lo anteriormente expuesto, acudo a esta Tribuna para someter a la consideración de este pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Único. Se reforma el último párrafo del artículo 151 y se adiciona la fracción IX al mismo artículo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada capítulo de esta ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. a VIII. ...

IX. Los pagos efectivamente realizados por concepto de colegiaturas, así como por cuotas de inscripción y reinscripción, correspondientes a servicios de enseñanza de los niveles de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior hasta el nivel de licenciatura o equivalente, efectuados a favor de instituciones públicas o particulares que formen parte del sistema educativo nacional o cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. La deducción procederá por el monto total efectivamente pagado, sin límites, topes o montos máximos anuales por nivel educativo, por educando o por contribuyente.

Para efectos de esta fracción

a) La deducción procederá cuando los pagos correspondan al propio contribuyente, a su cónyuge o a la persona con quien viva en concubinato, así como a sus ascendientes o descendientes en línea recta.

b) Cuando en el comprobante fiscal se incluyan otros conceptos distintos a colegiaturas e inscripción o reinscripción, deberá desglosarse el importe correspondiente a cada concepto, y sólo serán deducibles los previstos en esta fracción.

c) Los pagos deberán ampararse con el comprobante fiscal digital correspondiente y efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos desde cuentas a nombre del contribuyente en instituciones del sistema financiero o mediante tarjeta de crédito, débito o de servicios, en términos de las disposiciones fiscales aplicables.

...

...

...

El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la unidad de medida y actualización, o de 15 por ciento del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de las fracciones V y IX de este artículo.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero del ejercicio fiscal siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Servicio de Administración Tributaria emitirá, dentro de los 90 días naturales siguientes a la publicación del presente decreto, las reglas de carácter general necesarias para la adecuada comprobación fiscal de la deducción prevista en la fracción IX del artículo 151 de esta Ley, incluyendo las adecuaciones técnicas que procedan para el correcto timbrado y desglose de los conceptos deducibles.

Notas

1 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ enigh/ENIGH2024_RR.pdf

2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lisr.htm

3 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ enigh/ENIGH2024_RR.pdf

4 https://www.skolar.mx/comparador-base

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS

«Iniciativa que adiciona un artículo 9 Bis y un artículo 17 Bis a la Ley Federal de Juegos y Sorteos, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 9 Bis y 17 Bis a la Ley Federal de Juegos y Sorteos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En el país, la exposición de niñas, niños y adolescentes a publicidad de apuestas representa un grave problema, ya que en los últimos años la publicidad de casas de juego, casinos y apuestas (incluidas las modalidades en línea) se ha vuelto frecuente en espacios de alta audiencia, incluyendo franjas horarias en las que conviven familias y menores de edad. En la práctica, ello normaliza el juego con apuesta como forma cotidiana de entretenimiento y reduce barreras de percepción de riesgo, particularmente cuando el mensaje se inserta en contenidos “para todo público” o cercanos a audiencias infantiles.

El artículo 4o. constitucional establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado debe privilegiarse el principio del interés superior de la niñez y garantizarse plenamente sus derechos. Este principio guía el diseño de políticas públicas y medidas legislativas de protección.

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes prevé, en relación con programación dirigida a niñas, niños y adolescentes y criterios de clasificación, obligaciones para concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones de abstenerse de difundir contenidos que afecten el desarrollo integral o hagan apología del delito.

La Ley Federal de Juegos y Sorteos prohíbe en general los juegos de azar y juegos con apuestas, salvo los permitidos, y somete a permiso de la Secretaría de Gobernación la operación de casas o lugares donde se practiquen juegos con apuestas y sorteos. Sin embargo, la ley no contiene una prohibición expresa sobre publicidad de apuestas en horario familiar o en contenidos para todo público.

En el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos sí hay reglas de publicidad (por ejemplo: exigir que la publicidad consigne número de permiso, incluya mensajes de “prohibido para menores de edad” e invitación a “jugar de manera responsable”), pero no establece una restricción por franja horaria ni por clasificación de audiencia que impida la exposición de menores.

Por tratarse de un tema de protección reforzada a la niñez, resulta jurídicamente más sólido elevar la prohibición al nivel legal, para dar certeza, uniformidad y capacidad real de sanción.

Qué se entiende por “para todo público” y por qué se requiere una prohibición explícita. Los Lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales emitidos por la Secretaría de Gobernación definen, entre otras, las clasificaciones (AA) y (A) como dirigidas a público infantil y a todo público, respectivamente, y permiten su transmisión en cualquier horario. Esto significa que, si no hay una prohibición expresa, la publicidad de apuestas puede colarse en contenidos “AA” o “A” o en horarios de convivencia familiar, incluso sin infringir reglas generales de clasificación de programación.

En el ámbito mundial se tiene avances respecto de estos temas, sobresaliendo los siguientes países que han adoptado restricciones a la publicidad de juego/apuestas, especialmente para evitar exposición de menores.

• España, a través del Real Decreto 958/2020 impuso restricciones relevantes a comunicaciones comerciales de actividades de juego, incluyendo limitaciones horarias en TV/radio y otras modalidades.

• Italia a través del “Decreto Dignidad” se asocia con una prohibición amplia de publicidad y patrocinio de juegos de azar, como medida de salud y prevención.

• Australia tiene restricciones regulatorias sobre anuncios de apuestas, particularmente alrededor de transmisiones deportivas y franjas sensibles.

• Reino Unido ha aplicado esquemas de autorregulación/limitaciones (por ejemplo, “whistle-to-whistle” en anuncios de apuestas durante deporte en TV) para reducir exposición, incluyendo audiencias jóvenes.

• Irlanda prohíbe publicidad de apuestas/juego en TV, radio y servicios audiovisuales entre las 5: 30 y las 21: 00, con enfoque de salud pública y protección de la niñez.

• En Bélgica la publicidad de juegos de azar está, “en principio”, prohibida salvo casos expresamente autorizados por el Real Decreto de 27 feb 2023; y desde 1 julio 2023 se restringen fuertemente múltiples plataformas.

• En Países Bajos desde el 1 julio 2023 entró en vigor la prohibición de “publicidad no dirigida” de juego online (objetivo explícito: proteger grupos vulnerables, incl. jóvenes).

• En Francia las comunicaciones comerciales de apuestas deportivas/carreras/póker no pueden emitirse en programas y servicios destinados a menores de 18; y hay reglas extra alrededor de programas infantiles en TV pública.

• En Canadá (Ontario) el regulador de Ontario prohibió el uso de atletas y restringió celebridades en publicidad de iGaming para proteger a menores; entrada en vigor en 2024.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce el juego como problema con daños a salud y bienestar; y en su enfoque de riesgos, varios documentos de OMS/entorno OMS incluyen “marketing dañino” y, en Europa, se ha planteado explícitamente detener mercadotecnia dañina para la infancia incluido gambling.

Adicionalmente a lo anterior, la misma OMS señala en otra fuente que los juegos de azar y de apuestas consisten en jugarse dinero (u objetos de valor) en un evento de resultado incierto, con la posibilidad de obtener un mayor rendimiento. Las apuestas, las máquinas tragamonedas, los juegos de casino, las loterías y el bingo son algunos ejemplos de estos juegos. La condición jurídica de los juegos de azar y de apuestas varía dentro de cada país y de un país a otro, aunque en la actualidad estos juegos se han legalizado en muchas jurisdicciones.

Los juegos de azar y de apuestas pueden causar daños graves en la salud, por ejemplo: dificultades financieras, ruptura de relaciones, violencia doméstica, enfermedades mentales y suicidio. Las consecuencias de los daños provocados por los juegos de azar y de apuestas pueden perdurar durante toda la vida y transmitirse de una generación a otra. Para prevenir y reducir estos daños pueden aplicarse medidas dirigidas a toda la población: acabar con la publicidad y la promoción de estos juegos, centralizar el registro de cuentas para exigir a quienes juegan que fijen límites de pérdidas de obligado cumplimiento y aplicar restricciones relativas al acceso y la disponibilidad (horarios de apertura, aforo). Para que se respete legislación vigente también es necesaria una regulación estricta y medidas para garantizar su cumplimiento.

La OMS reconoce los efectos negativos de los juegos de azar y de apuestas en la salud. Para reducir el potencial que los juegos de azar y de apuestas tienen de impedir el progreso hacia el cumplimiento de los ODS, se requiere una acción multisectorial con la que limitar los daños conexos. La Organización reconoce la necesidad de que los Estados miembros vigilen de cerca y regulen eficazmente las operaciones, productos y actividades de los juegos de azar y de apuestas. Para ello tendrán que reducir la estigmatización y la vergüenza asociadas con los juegos de azar y de apuestas, poner fin a la publicidad y la promoción de este sector y centrarse en otras actividades preventivas con las que evitar daños y reducirlos.

Sobre el tema, diversos medios periodísticos en el país han puesto sobre la mesa la preocupación de la tendencia que se registra al respecto.

Así lo señala El Economista; destaca que el poco o nulo control de los usuarios en los dispositivos sobre su mayoría de edad en estas plataformas en los dispositivos móviles potencia su uso, con consecuencias graves como grandes deudas de dinero, hecho desconocido por padres y madres, concibiendo la ludopatía juvenil con comportamientos compulsivos en videojuegos y apuestas en línea, por mencionar algunos.

La misma fuente señala que estudios señalan que los niños y adolescentes evidencian problemas sobre el juego en un futuro tras la compra de los “cajas de botín” y hábitos de apuestas similares en videojuegos.

De acuerdo con el documento “Impacto de la publicidad en las personas con ludopatía” publicado por Oceánica, con la expansión de las plataformas digitales y los avances tecnológicos actuales, la publicidad de apuestas ha crecido significativamente en los últimos años. Spots en televisión, anuncios en redes sociales y patrocinios deportivos exponen constantemente al público a mensajes que promueven las apuestas como una forma emocionante de entretenimiento.

Sin embargo, esta exposición también tiene un lado oscuro: la normalización del juego como actividad cotidiana puede contribuir al desarrollo de la ludopatía , especialmente en personas vulnerables.

La adicción al juego conocida como ludopatía se caracteriza por la pérdida de control sobre la conducta de juego, afectando la vida personal, familiar, social y económica de quienes la padecen. Agrega la fuente que, en este contexto, es fundamental reflexionar sobre el impacto de la publicidad y qué medidas pueden tomar los consumidores para protegerse.

Finalmente, el documento en mención sostiene que: si bien los consumidores pueden tomar medidas para protegerse, también es fundamental que los organismos reguladores establezcan normativas más estrictas sobre la publicidad de apuestas.

El objetivo de esta iniciativa es prohibir que permisionarios, operadores o beneficiarios de permisos de juegos con apuestas y sorteos difundan, contraten o patrocinen publicidad de casas de juego y apuestas en horario familiar; y en contenidos clasificados para todo público o público infantil, independientemente de la hora.

La medida se inserta en la Ley Federal de Juegos y Sorteos por ser la norma base del régimen de permisos, control y vigilancia a cargo de la Secretaría de Gobernación y para una mejor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo:

En atención de lo expuesto, acudo a esta tribuna para someter a la consideración del pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan los artículos 9 Bis y 17 Bis a la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Único. Se adicionan los artículos 9 Bis y 17 Bis a la Ley Federal de Juegos y Sorteos, para quedar como sigue:

Artículo 9 Bis. Para efectos de esta ley se entenderá por

I. Publicidad o anuncios: toda forma de comunicación comercial, promoción, propaganda, patrocinio, recomendación pagada, emplazamiento publicitario, mención comercial o estrategia equivalente, difundida por cualquier medio, que tenga por objeto incentivar, promover o posicionar casas de juego, casinos, apuestas o juegos con apuesta, o la participación en éstos.

II. Casas de juego y apuestas: los establecimientos físicos y/o plataformas, sistemas o aplicaciones (incluidas las modalidades remotas o en línea) mediante los cuales se ofrezcan juegos con apuestas o sorteos sujetos a permiso o autorización de la Secretaría de Gobernación.

III. Horario familiar: el comprendido entre las 05: 00 y las 21: 59 horas, tiempo local, de cualquier día.

Queda prohibido a los permisionarios, operadores, administradores, beneficiarios, socios, marcas, así como a cualquier tercero que actúe por cuenta o interés de éstos:

a) Contratar, ordenar, difundir o patrocinar publicidad o anuncios de casas de juego y apuestas en horario familiar, en radio, televisión, servicios audiovisuales, cine, y en cualquier servicio o plataforma de comunicación comercial de acceso general.

b) Insertar, difundir, contratar o patrocinar publicidad o anuncios de casas de juego y apuestas dentro de contenidos, programas, segmentos o espacios clasificados como (AA) o (A), o equivalentes, o dirigidos a niñas, niños y adolescentes, independientemente de la hora de transmisión o disponibilidad.

La Secretaría de Gobernación, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de lo previsto en este artículo y podrá requerir a permisionarios y demás sujetos obligados la información necesaria para verificar contratos, pautas, campañas, piezas publicitarias, reportes de difusión y demás elementos de comprobación.

Artículo 17 Bis. El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 Bis de esta ley se considerará infracción grave.

La Secretaría de Gobernación impondrá, según la gravedad, intencionalidad, reincidencia, alcance de la difusión y beneficio obtenido:

I. Multa de cinco mil a cincuenta mil unidades de medida y actualización.

II. Suspensión temporal del permiso.

III. Revocación del permiso y clausura del establecimiento, cuando las infracciones sean graves o reiteradas, en términos del artículo 17 de esta Ley.

Lo anterior se aplicará sin perjuicio de otras responsabilidades previstas en disposiciones administrativas o penales aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Gobernación contará con un plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para adecuar las disposiciones reglamentarias, lineamientos, criterios y mecanismos de verificación necesarios para su ejecución.

Tercero. Los permisionarios y sujetos obligados deberán adecuar contratos de patrocinio, publicidad, pautas y campañas a lo previsto en el artículo 9 Bis en un plazo máximo de noventa días naturales a partir de la entrada en vigor del presente.

Notas

1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm.

2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgdnna.htm.

3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfjs.htm.

4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LFJS.doc.

5 https://www.who.int/news-room/fact-sheets/detail/gambling?utm_ source=chatgpt.com.

6 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/gambling.

7 https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/Apuestas-en-videojuegos-una-tendenci a-que-preocupa-en-ninos-y-adolescentes-ESET-20240831-0018.html.

8 https://oceanica.com.mx/impacto-de-la-publicidad-en-las-personas-con-ludopatia/ .

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

«Iniciativa que adiciona los artículos 32 y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado de la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En nuestro país la exposición de niñas, niños y adolescentes a publicidad de apuestas representa un grave problema, ya que en los últimos años la publicidad de casas de juego, casinos y apuestas (incluidas las modalidades en línea) se ha vuelto frecuente en espacios de alta audiencia, incluyendo franjas horarias en las que conviven familias y menores de edad. En la práctica, ello normaliza el juego con apuesta como forma cotidiana de entretenimiento y reduce barreras de percepción de riesgo, particularmente cuando el mensaje se inserta en contenidos “para todo público” o cercanos a audiencias infantiles.

Qué se entiende por “para todo público” y por qué se requiere una prohibición explícita. Los Lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales emitidos por la Secretaría de Gobernación definen, entre otras, las clasificaciones AA y A como dirigidas a público infantil y a todo público, respectivamente, y permiten su transmisión en cualquier horario. Esto significa que, si no hay una prohibición expresa, la publicidad de apuestas puede colarse en contenidos AA o A o en horarios de convivencia familiar, incluso sin infringir reglas generales de clasificación de programación.

En el ámbito mundial se tiene avances respecto de estos temas, sobresaliendo los siguientes países que han adoptado restricciones a la publicidad de juego/apuestas, especialmente para evitar exposición de menores.

• España, a través del Real Decreto 958/2020 impuso restricciones relevantes a comunicaciones comerciales de actividades de juego, incluyendo limitaciones horarias en Tv/radio y otras modalidades.

• Italia a través del decreto Dignidad se asocia con una prohibición amplia de publicidad y patrocinio de juegos de azar, como medida de salud y prevención.

• Australia tiene restricciones regulatorias sobre anuncios de apuestas, particularmente alrededor de transmisiones deportivas y franjas sensibles.

• Reino Unido ha aplicado esquemas de autorregulación/limitaciones (por ejemplo, “whistle-to-whistle” en anuncios de apuestas durante deporte en Tv) para reducir exposición, incluyendo audiencias jóvenes.

• Irlanda prohíbe publicidad de apuestas/juego en Tv, radio y servicios audiovisuales entre 5: 30 y 21: 00, con enfoque de salud pública y protección de la niñez.

• En Bélgica la publicidad de juegos de azar está, “en principio”, prohibida salvo casos expresamente autorizados por el Real Decreto de 27 feb 2023; y desde 1 julio 2023 se restringen fuertemente múltiples plataformas.

• En Países Bajos desde el 1 julio 2023 entró en vigor la prohibición de “publicidad no dirigida” de juego online (objetivo explícito: proteger grupos vulnerables, incl. jóvenes).

• En Francia las comunicaciones comerciales de apuestas deportivas/carreras/póker no pueden emitirse en programas y servicios destinados a menores de 18; y hay reglas extra alrededor de programas infantiles en Tv pública.

• En Canadá (Ontario) el regulador de Ontario prohibió el uso de atletas y restringió celebridades en publicidad de iGaming para proteger a menores; entrada en vigor en 2024.

Por otra parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce el juego como problema con daños a salud y bienestar; y en su enfoque de riesgos, varios documentos de OMS/entorno OMS incluyen “marketing dañino” y, en Europa, se ha planteado explícitamente detener marketing dañino a infancia incluyendo “gambling”.

Adicionalmente a lo anterior, la OMS señala en otra fuente que los juegos de azar y de apuestas consisten en jugarse dinero (u objetos de valor) en un evento de resultado incierto, con la posibilidad de obtener un mayor rendimiento. Las apuestas, las máquinas tragamonedas, los juegos de casino, las loterías y el bingo son algunos ejemplos de estos juegos. La condición jurídica de los juegos de azar y de apuestas varía dentro de cada país y de un país a otro, aunque en la actualidad estos juegos se han legalizado en muchas jurisdicciones.

Los juegos de azar y de apuestas pueden causar daños graves en la salud, por ejemplo: dificultades financieras, ruptura de relaciones, violencia doméstica, enfermedades mentales y suicidio. Las consecuencias de los daños provocados por los juegos de azar y de apuestas pueden perdurar durante toda la vida y transmitirse de una generación a otra. Para prevenir y reducir estos daños pueden aplicarse medidas dirigidas a toda la población: acabar con la publicidad y la promoción de estos juegos, centralizar el registro de cuentas para exigir a quienes juegan que fijen límites de pérdidas de obligado cumplimiento y aplicar restricciones relativas al acceso y la disponibilidad (horarios de apertura, aforo). Para que se respete legislación vigente también es necesaria una regulación estricta y medidas para garantizar su cumplimiento.

La OMS reconoce los efectos negativos de los juegos de azar y de apuestas en la salud. Para reducir el potencial que los juegos de azar y de apuestas tienen de impedir el progreso hacia el cumplimiento de los ODS, se requiere una acción multisectorial con la que limitar los daños conexos. La Organización reconoce la necesidad de que los Estados Miembros vigilen de cerca y regulen eficazmente las operaciones, productos y actividades de los juegos de azar y de apuestas. Para ello, tendrán que reducir la estigmatización y la vergüenza asociadas con los juegos de azar y de apuestas, poner fin a la publicidad y la promoción de este sector y centrarse en otras actividades preventivas con las que evitar daños y reducirlos.

Sobre este tema, diversos medios periodísticos en nuestro país han puesto sobre la mesa la preocupación de la tendencia que se registra al respecto.

Así lo señala El Economista al destacar que el poco o nulo control de los usuarios en los dispositivos sobre su mayoría de edad en estas plataformas en los dispositivos móviles potencia su uso, con consecuencias graves como grandes deudas de dinero, hecho desconocido por padres y madres, concibiendo la ludopatía juvenil con comportamientos compulsivos en videojuegos y apuestas en línea, por mencionar algunos.

La misma fuente señala que estudios señalan que los niños y adolescentes evidencian problemas sobre el juego en un futuro tras la compra de los “cajas de botín” y hábitos de apuestas similares en videojuegos.

De acuerdo con el documento “Impacto de la publicidad en las personas con ludopatía” publicado por Oceánica, con la expansión de las plataformas digitales y los avances tecnológicos actuales, la publicidad de apuestas ha crecido significativamente en los últimos años. Espots en televisión, anuncios en redes sociales y patrocinios deportivos exponen constantemente al público a mensajes que promueven las apuestas como una forma emocionante de entretenimiento.

Sin embargo, esta exposición también tiene un lado oscuro: la normalización del juego como actividad cotidiana puede contribuir al desarrollo de la ludopatía, especialmente en personas vulnerables.

La adicción al juego conocida como ludopatía se caracteriza por la pérdida de control sobre la conducta de juego, afectando la vida personal, familiar, social y económica de quienes la padecen. Agrega la fuente que, en este contexto, es fundamental reflexionar sobre el impacto de la publicidad y qué medidas pueden tomar los consumidores para protegerse.

Finalmente, el documento en mención sostiene que: si bien los consumidores pueden tomar medidas para protegerse, también es fundamental que los organismos reguladores establezcan normativas más estrictas sobre la publicidad de apuestas.

En nuestro país, el artículo 4o. constitucional establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado debe privilegiarse el principio del interés superior de la niñez y garantizarse plenamente sus derechos. Este principio guía el diseño de políticas públicas y medidas legislativas de protección.

En concordancia con lo anterior, la fracción X del artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) reconoce expresamente como principio básico en la relación de consumo la protección de los derechos de la infancia dentro de la política de protección al consumidor.

México ya contempla reglas para proteger a menores en materia de contenidos y publicidad audiovisual; por ejemplo, la legislación sectorial prevé que los mensajes publicitarios atiendan al sistema de clasificación y se transmitan conforme a franjas horarias, y establece prohibiciones para la publicidad dirigida a público infantil (por ejemplo, no usar su inmadurez para persuadir, no mostrar conductas que atenten contra su salud).

En materia de juegos con apuestas, el Reglamento aplicable prohíbe la participación de menores en apuestas y exige que la publicidad incluya mensajes de prohibición para menores y juego responsable; sin embargo, ello no impide que la publicidad aparezca en horarios familiares o dentro de programación “para todo público”.

La LFPC regula la información y publicidad para proteger a las personas consumidoras, e incluso faculta a la Profeco a ordenar la suspensión/corrección de publicidad que viole la ley.

Dado que la niñez también es sujeta de protección reforzada en la LFPC, se justifica incorporar una prohibición expresa para impedir la exposición de niñas y niños a publicidad de apuestas en horario familiar y en programación para todo público, cerrando el vacío normativo desde la perspectiva de consumo y prácticas comerciales.

El objetivo de esta iniciativa es prohibir expresamente la publicidad de juegos con apuestas y casas de juego en horario familiar y en programación para todo público o infantil y considerar estos casos como particularmente graves para efectos sancionatorios, cuando se vulnera la protección de la niñez y para una mejor identificación de la propuesta se presenta el siguiente cuadro comparativo:

En atención a lo expuesto, acudo a esta tribuna para someter a la consideración de este pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo Único. Se adicionan los párrafos octavo y noveno al artículo 32 y la fracción XII al artículo 128 Ter, para quedar como sigue:

Artículo 32. ...

...

...

...

...

...

...

Queda prohibida la difusión de información o publicidad relativa a juegos con apuestas, centros de apuestas, casas de juego, casinos, salas de sorteos, plataformas o aplicaciones que permitan participar en apuestas o juegos con apuesta, así como servicios análogos, cuando dicha difusión se realice en: (i) horario familiar, o (ii) programación clasificada para todo público o destinada al público infantil, conforme al sistema de clasificación aplicable. Para efectos de este artículo, se entenderá por horario familiar el comprendido entre las 06: 00 y las 22: 00 horas, tiempo local del lugar donde se realice la transmisión o puesta a disposición del contenido.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable a mensajes de carácter institucional o campañas de prevención, información o atención sobre riesgos de adicción al juego, juego responsable y protección de la niñez, siempre que no tengan fines mercadotécnicos o publicitarios.

Artículo 128 Ter. Se considerarán casos particularmente graves:

I. a XI. ...

XII. Cuando se difunda publicidad prohibida relativa a juegos con apuestas o casas de juego en horario familiar o en programación para todo público o destinada al público infantil, en contravención a lo dispuesto en el artículo 32 de esta ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Procuraduría Federal del Consumidor, dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, emitirá los criterios y lineamientos necesarios para la verificación de lo dispuesto en el artículo 32, y establecerá mecanismos de coordinación con las autoridades competentes en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y juegos con apuestas, para su cumplimiento.

Notas

1 https://www.who.int/news-room/fact-sheets/detail/gambling?utm_ source=chatgpt.com.

2 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/gambling.

3 https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/Apuestas-en-videojuegos-una-tendenci a-que-preocupa-en-ninos-y-adolescentes-ESET-20240831-0018.html.

4 https://oceanica.com.mx/impacto-de-la-publicidad-en-las-personas-con-ludopatia/ .

5 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm.

6 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpc.htm.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Yerico Abramo Masso (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS

«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de prohibición de cobros automáticos excesivos en el crédito al consumo, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la asamblea la siguiente Iniciativa al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El sistema financiero mexicano ha experimentado una expansión significativa en los últimos 15 años. De acuerdo con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el Portafolio de Información Estadística 2024, al cierre de 2023 el crédito al consumo superó los 1.4 billones de pesos, mientras que el número de tarjetas de crédito activas rebasó los 35 millones de plásticos en circulación.

Por su parte, el Banco de México ha documentado que las tasas de interés promedio en tarjetas de crédito bancarias se han mantenido entre 45 por ciento y 60 por ciento anual, dependiendo del segmento de riesgo.

Ahora bien, respecto a la expansión del crédito, de acuerdo con el Banco de México en su Reporte de Estabilidad Financiera 2024, el saldo total del crédito al consumo superó los 1.6 billones de pesos, con una tasa de crecimiento real anual cercana al 12 por ciento.

La siguiente gráfica muestra la evolución estimada del saldo total en la última década:

Esto genera efectos positivos, pero también negativos, México presenta una de las tasas promedio más elevadas en tarjetas de crédito comparado con economías avanzadas, como lo muestra la siguiente gráfica:

El crédito asociado a tarjetas representa aproximadamente el 35 por ciento del crédito al consumo total, siendo el instrumento financiero con mayor tasa de interés promedio.

Datos oficiales del Banco de México indican que la tasa promedio ponderada de tarjetas de crédito bancarias se ha ubicado entre 45 por ciento y 60 por ciento anual, dependiendo del perfil del usuario.

En comparación internacional: En Estados Unidos, el promedio en 2024 fue cercano al 21 por ciento; o en el caso de la Unión Europea, el promedio oscila entre 15 por ciento y 25 por ciento.

Esto coloca a México entre los sistemas con mayor costo financiero en crédito revolvente.

Sin embargo, el problema estructural no radica únicamente en la tasa de interés, sino en la forma en que operan las instituciones de crédito: Por ejemplo: Cobros automáticos sin autorización expresa, comisiones de cobranza desproporcionadas, pagos mínimos que generan amortización negativa, restricciones prácticas a la portabilidad de nómina, entre otras malas prácticas.

Según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en 2023 las reclamaciones contra bancos superaron las 5 millones de gestiones, siendo tarjetas de crédito y cargos no reconocidos los principales motivos.

Por su parte, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en su publicación G20 High-Level Principles on Financial Consumer Protection, ha señalado que la protección al consumidor financiero es un componente esencial de estabilidad económica.

Todas estas cifras revelan una problemática sistémica: existe una asimetría estructural entre entidades financieras y usuarios.

El problema de la figura de cargos automáticos sin consentimiento expreso, afecta de manera directa el principio de disponibilidad salarial. La Condusef reporta que más del 30 por ciento de las reclamaciones en tarjetas de crédito están vinculadas a cargos no reconocidos o indebidos. Una proporción significativa corresponde a descuentos automáticos para pago de adeudos sin que medie un esquema formal de domiciliación.

En el caso de cuentas de nómina, la práctica de “compensación automática” ha sido señalada por especialistas como una forma de presión financiera que afecta el ingreso disponible del trabajador.

La Encuesta Nacional sobre Salud Financiera (Ensafi 2023) indica que 52 por ciento de los mexicanos no podría enfrentar un gasto imprevisto equivalente a un mes de ingreso, 36 por ciento presenta niveles de estrés financiero alto o severo.

Cuando una institución realiza un cargo automático sin autorización, el impacto no es meramente contractual: es estructural sobre la estabilidad familiar.

Las comisiones por pago tardío pueden oscilar entre 300 y 500 pesos por evento, independientemente del monto adeudado. En créditos de bajo saldo, estas comisiones pueden representar un porcentaje desproporcionado del capital.

Estudios académicos sobre comportamiento financiero demuestran que las penalizaciones elevadas incrementan la probabilidad de incumplimiento futuro, generan ciclos de deuda persistente y aumentan el riesgo de exclusión financiera.

Uno de los fenómenos más problemáticos del crédito revolvente es la amortización negativa. Cuando el pago mínimo no cubre intereses y comisiones, el saldo total aumenta pese a realizar pagos.

En Estados Unidos, tras la Credit Card Act de 2009, se obligó a incluir simulaciones que muestran cuánto tiempo tardaría el usuario en liquidar su deuda pagando únicamente el mínimo.

En México, aunque existe regulación de transparencia, no se garantiza que el pago mínimo evite el crecimiento estructural de la deuda. En muchos casos, el plazo de liquidación supera los 10 años si sólo se cubre el mínimo.

Actualmente no existe un tope legal claro vinculado a parámetros objetivos como la UMA.

Datos de Condusef muestran que muchas reclamaciones derivan de cargos por gestión de cobranza superiores al daño real generado por el atraso.

Por ejemplo, en España, la Banco de España ha establecido que las comisiones por reclamación de posiciones deudoras deben responder a gastos efectivamente realizados y no ser automáticas.

El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de proteger y garantizar los derechos humanos conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Asimismo, el artículo 28 constitucional reconoce la rectoría del Estado en la protección de los usuarios del sistema financiero, mientras que el artículo 4o. tutela el derecho a un nivel de vida digno y el artículo 123 protege el salario como patrimonio irreductible del trabajador.

Por su parte, el salario tiene protección reforzada en el artículo 123 constitucional. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha señalado que el salario debe protegerse contra deducciones indebidas. Permitir cargos automáticos sin autorización expresa vulnera ese estándar.

La estabilidad financiera de los hogares es condición necesaria para el crecimiento económico sostenible. Limitar prácticas abusivas reduciría las reclamaciones ante Condusef, juicios mercantiles y saturación institucional.

Es por todas estas razones, que presento esta iniciativa para que quede prohibido que las instituciones de crédito realicen de forma automática y sin autorización, cargos a las cuentas de depósito para el pago de créditos, préstamos o financiamientos con la misma entidad, salvo que formen parte del servicio de domiciliación.

También se incluye que la comisión o cargo por pago tardío, falta de pago por gastos de cobranza que cobren las entidades por créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a una tarjeta, así como de créditos personales de liquidez sin garantía real, no podrá exceder del monto equivalente a dos veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. Las entidades sólo podrán realizar el cobro de una de las comisiones antes señaladas.

Asimismo, se establece la prohibición de que las entidades realicen, de forma automática y si autorización, cargos a las cuentas en las que se realice el depósito del salario, pensiones y de otras prestaciones de carácter laboral sea cual sea su denominación, aun cuando dichos cargos sean para el pago de créditos, préstamos o financiamientos con la misma entidad, salvo que forme parte del servicio de domiciliación.

Finalmente, se prohíbe exigir el pago de montos mayores habiéndose regularizado el pago mínimo vencido.

Las prohibiciones propuestas en la presente iniciativa fortalecerán el consentimiento informado y protege el ingreso básico de las familias. De igual forma, la limitación a dos veces el valor diario de la UMA introduce un criterio de proporcionalidad económica, certeza jurídica y evita penalizaciones confiscatorias.

En este sentido, la propuesta de iniciativa quedaría como se muestra a continuación:

Esta reforma se posicionará como una medida de equilibrio contractual, protección del salario y prevención del sobreendeudamiento, sin generar costo fiscal ni afectar la estabilidad del sistema financiero. El enfoque es de regulación prudencial proporcional y protección al usuario.

La iniciativa no genera costo fiscal, ni altera la estructura de competencia bancaria, introduce límites proporcionales basados en las UMA y fortalece la rectoría técnica de Banco de México.

Por el contrario, beneficiará en la reducción de sobreendeudamiento, una mayor previsibilidad contractual y representará una mayor protección reforzada del salario.

Esta propuesta no constituye una intervención excesiva en el mercado financiero; representa una corrección necesaria frente a prácticas que generan asimetrías profundas entre instituciones y usuarios.

En atención a lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente Iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros

Artículo Único. Se adiciona un cuarto párrafo, recorriéndose el subsecuente al artículo 16; un segundo párrafo al artículo 17 Bis 4; un octavo párrafo, recorriéndose el subsecuente al artículo 18; así como un segundo párrafo recorriéndose el subsecuente, al artículo 18 Bis 7; de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue:

Artículo 16. ...

...

...

Queda prohibido que las Entidades realicen de forma automática y sin autorización, cargos a las cuentas de depósito para el pago de créditos, préstamos o financiamientos con la misma Entidad, salvo que formen parte del servicio de domiciliación.

...

Artículo 17 Bis 4. ...

La comisión o cargo por pago tardío, falta de pago por gastos de cobranza que cobren las Entidades por créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a una tarjeta, así como de créditos personales de liquidez sin garantía real, no podrá exceder del monto equivalente a dos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Las Entidades sólo podrán realizar el cobro de una de las comisiones antes señaladas; asimismo se entenderá por pago tardío el que se realice 5 días hábiles a la fecha en que debió realizarse el pago.

Artículo 18. ...

...

...

...

...

...

...

Queda totalmente prohibido que las Entidades realicen, de forma automática y si autorización, cargos a las cuentas en las que se realice el depósito del salario, pensiones y de otras prestaciones de carácter laboral sea cual sea su denominación, aun cuando dichos cargos sean para el pago de créditos, préstamos o financiamientos con la misma Entidad, salvo que forme parte del servicio de domiciliación.

...

Artículo 18 Bis 7. ...

Queda prohibido exigir el pago de montos mayores habiéndose regularizado el pago mínimo vencido.

...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.gob.mx/cnbv/acciones-y-programas/portafolio-de-informacion-estadist ica

2 https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/indicadores-basicos-de-tarjet as-de-credito/

3 https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/reportes-sobre-el-sistema-fin anciero/reportes-sistema-financiero-s.html

4 https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/rib-tarjetas-de-credito/%7B14 E29CFF-57A9-FA73-4BE1-BD50EB70064B%7D.pdf

5 https://www.buro.gob.mx

6 https://www.oecd.org/finance/financial-consumer-protection/

7 https://www.inegi.org.mx/programas/ensafi/2023/

8 https://www.nber.org/digest/feb14/new-evidence-effects-credit-card-regulations

9 https://www.bde.es

10 Fuente: Convenio 95 sobre protección del salario

https://www.ilo.org

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo del 2026.— Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



PARA INSCRIBIR EN LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES EL NOMBRE: JOSÉ VASCONCELOS

«Iniciativa de decreto por el que se inscribe en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre “José Vasconcelos”, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Óscar Fernando Torres Castañeda, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVl Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se inscribe en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre: “José Vasconcelos”, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

José Vasconcelos Calderón nació el 27 de febrero en 1882 en Oaxaca. Fue filósofo, jurista, educador, político, ensayista y uno de los grandes constructores del México moderno.

Su pensamiento y acción pública influyeron de manera decisiva en la educación, la cultura, la identidad nacional y la proyección intelectual de México en el siglo XX.

Vivió en Sásabe, Sonora; Piedras Negras, Coahuila; y Campeche, Campeche. Sus estudios primarios los hizo en los Estados Unidos y en el Instituto Campechano de la ciudad de Campeche, una de las instituciones educativas más representativas del sureste mexicano.

Ya en la capital de la república, estudió en la Escuela Nacional Preparatoria y en la de Jurisprudencia, donde se graduó de abogado en 1907.

Durante su etapa formativa, José Vasconcelos Calderón no sólo se vinculó con el centro político e intelectual del país, sino que también tuvo contacto directo con diversas realidades regionales de la República Mexicana.

Esta experiencia le permitió conocer de primera mano la diversidad cultural y social del país, así como las condiciones educativas existentes fuera de la capital, lo cual contribuyó a consolidar su visión nacionalista, integradora y profundamente humanista.

Fue discípulo de Justo Sierra Méndez y formó parte del Ateneo de la Juventud; es considerado el principal arquitecto del sistema educativo posrevolucionario y uno de los pensadores latinoamericanos más influyentes de todos los tiempos.

Como primer titular de la Secretaría de Educación Pública, Vasconcelos concibió y materializó un proyecto educativo de alcance nacional que transformó de raíz la relación entre el Estado y la ciudadanía. Bajo su liderazgo se establecieron las bases del sistema educativo público, gratuito y laico, orientado no sólo a la transmisión de conocimientos, sino a la formación integral de las personas y a la construcción de una identidad nacional incluyente.

Su gestión se distinguió por una profunda vocación social. Impulsó campañas masivas de alfabetización, llevó la educación a comunidades rurales e indígenas históricamente marginadas y promovió la creación de bibliotecas públicas y editoriales accesibles al pueblo.

Con ello, convirtió el acceso al conocimiento y a la cultura en un auténtico instrumento de justicia social y cohesión nacional, anticipando principios que hoy se encuentran consagrados en el texto constitucional.

De esta manera, José Vasconcelos comprendió que la educación debía ir acompañada de una política cultural sólida. Desde el Estado promovió el arte como vehículo de conciencia histórica y social, impulsando el muralismo mexicano y transformando los espacios públicos en escenarios de difusión cultural y reflexión colectiva.

Esta visión permitió consolidar una narrativa nacional que integró el pasado indígena, el mestizaje y el proyecto de nación surgido de la Revolución.

A Vasconcelos se debe el actual escudo y el lema “Por mi raza hablará el espíritu”, que hoy en día le dan identidad y distinguen a nuestra Universidad Nacional Autónoma de México.

Su obra filosófica y ensayística posicionó a México y a América Latina en el diálogo global de las ideas. Su pensamiento humanista, que abogaba por la dignidad humana, la educación con valores éticos y la cultura como medio de liberación, impactó profundamente a generaciones de educadores, juristas y pensadores.

Fue además director de la Escuela Nacional Preparatoria, secretario de Instrucción Pública, rector de la Universidad Nacional y jefe del Departamento Universitario y de Bellas. Posteriormente dirigió la Biblioteca México, fue miembro fundador de El Colegio Nacional y formó parte de la Academia Mexicana de la Lengua, consolidando una trayectoria pública orientada a la educación, la cultura y la formación institucional del Estado mexicano.

José Vasconcelos dejó una huella imborrable en México, que trasciende su época. Su legado sigue vivo en las instituciones educativas, en la política cultural del Estado y en la idea misma de la educación como un derecho humano básico. Reconocer su aportación es reconocer la importancia de la educación, la cultura y el pensamiento crítico para el desarrollo democrático y social del país.

La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, como representante plural de la soberanía popular, tiene la importante responsabilidad de preservar la memoria histórica de las mujeres y hombres que han hecho contribuciones significativas a la construcción del Estado mexicano, la consolidación de sus instituciones y el fortalecimiento de los valores que sustentan la vida pública nacional.

La inscripción de nombres en letras de oro en el salón de sesiones constituye una de las más altas distinciones que el Poder Legislativo otorga, reservada a aquellas figuras cuya trascendencia histórica, intelectual y moral ha dejado una huella permanente en la vida nacional.

En este contexto, resulta plenamente justificado y necesario inscribir el nombre de José Vasconcelos, como reconocimiento a su aportación excepcional al desarrollo educativo, cultural e institucional de México.

La trascendencia de José Vasconcelos no se limita a su tiempo. Su legado permanece vigente en las instituciones educativas, en la política cultural del Estado y en la concepción misma del derecho a la educación como un derecho humano fundamental.

Reconocer su contribución implica reconocer el valor de la educación, la cultura y el pensamiento crítico como pilares del desarrollo democrático y social del país.

Por lo anterior, inscribir el nombre de José Vasconcelos Calderón con letras de oro en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados no sólo constituye un acto de justicia histórica, sino también un mensaje claro y permanente sobre la importancia que el Estado mexicano otorga a la educación, la cultura y la formación integral de su pueblo.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se inscribe en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre: “José Vasconcelos”

Artículo único. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el nombre “ José Vasconcelos”, como reconocimiento a su trascendental aportación a la educación, la cultura y la consolidación del Estado mexicano.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados y en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados definirán la fecha y el protocolo que se llevará a cabo, para cumplir con lo señalado en el artículo único de este decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo del 2026.— Diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Óscar Fernando Torres Castañeda (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

Iniciativa que adiciona los artículos 1o. y 3o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de eliminación de brechas y desigualdades en la población Joven de México, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Iniciativa que reforma el artículo 32 y adiciona un artículo 443 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de recepción y tramitación de solicitudes de desafiliación partidista, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



LEY DEL SERVICIO MILITAR

Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar, en materia de transparencia, igualdad, formación cívica y uso de herramientas digitales a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



LEY GENERAL DE POBLACIÓN

Iniciativa que adiciona un artículo Sexto Transitorio a la Ley General de Población, en materia de incorporación de datos biométricos a la clave única de registro de población (curp), a fin de aplazar la entrada en vigor de su registro obligatorio, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



LEY ADUANERA

Iniciativa que Que reforma y adiciona el artículo 61 de la Ley Aduanera, en materia de actualización anual de la franquicia fronteriza mediante la UMA, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Iniciativa que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para aumentar el estímulo fiscal a 50% para los patrones que contraten personas adultas mayores y personas con discapacidad, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY ADUANERA

Iniciativa que adiciona el artículo 61 de la Ley Aduanera, en materia de actualización de la franquicia para residentes fronterizos y protección de la economía regional, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS

Iniciativa que reforma el artículo 10 y adiciona un artículo 32 Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en materia de reclutamiento forzado a través de ofertas laborales en plataformas digitales, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS, LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, CÓDIGO PENAL FEDERAL, Y LEY EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; del Código Penal Federal, y la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección contra la explotación sexual infantil en modalidad digital no explícita, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para opinión.



LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

Iniciativa que adiciona los artículos 11 y 94 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, en materia de protección de usuarios y terceros frente a prácticas abusivas de cobranza, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de fortalecimiento de la política pública de juventud, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XIII del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de fortalecimiento de la política pública de juventud, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En Mexico los jóvenes son más que el futuro del país, son un actor fundamental en la toma de decisiones, la equidad y el desarrollo del país, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), a finales de 2025 un total de 30.4 millones de personas tenían de 15 a 29 años; lo que es considerado como población joven. Garantizar el desarrollo integral de este sector es una obligación legal y constitucional del Estado, la Constitución política en sus artículos 4o. y 73 reconoce a las personas jóvenes como sujetos de derecho y obliga al Estado a garantizar su desarrollo integral, incluyendo el físico, intelectual y moral.

En la actualidad, los jóvenes enfrentan condiciones cambiantes que demandan políticas públicas dinámicas, integrales y acordes con los retos contemporáneos. La transformación social, tecnológica y cultural de los últimos años ha evidenciado la necesidad de fortalecer los instrumentos institucionales que permitan garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las personas jóvenes en un entorno de igualdad y bienestar.

En este contexto dentro del conjunto de instituciones, leyes, programas y organismos del Estado encargados de atender los temas de juventud, el Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve) ha sido fundamental para el diseño e implementación de políticas y programas orientados a garantizar que las personas jóvenes ejerzan plenamente sus derechos y, con ello, mejorar su bienestar.

El Imjuve es la instancia principal encargada de coordinar esfuerzos interinstitucionales e intersectoriales y de generar estrategias que atiendan las necesidades de las juventudes desde un enfoque de derechos. Esta institución representa una base que contribuye a una toma de decisiones más informada y estratégica orientada a consolidar un futuro en condiciones de igualdad para las juventudes en México.

No obstante, el contexto actual plantea desafíos crecientes. El aumento de los problemas de salud mental, como ansiedad, depresión y estrés crónico en edades cada vez más tempranas, demanda respuestas integrales que trasciendan para el bienestar de la juventud. Estas problemáticas requieren políticas coordinadas entre los ámbitos educativo, laboral, comunitario y sanitario, con intervenciones preventivas y de promoción del bienestar.

En los últimos años, diversos estudios han confirmado un incremento sostenido en problemáticas relacionadas con la salud mental en población joven, incluyendo conductas autolesivas y situaciones derivadas de contextos de violencia y exclusión social. Si bien la legislación vigente contempla acciones en materia de salud, resulta necesario reconocer de manera expresa la salud mental como un componente prioritario del bienestar juvenil, a fin de garantizar programas específicos de orientación, prevención y atención.

De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat) 2025, 10 por ciento de las personas de 12 a 17 años presentaron malestar psicológico en los últimos 12 meses en México. Dicho porcentaje equivale a cerca de 1.3 millones de adolescentes, quienes manifestaron síntomas como ansiedad, estrés, insatisfacción o angustia, sin que necesariamente se cumplieran los criterios para un trastorno mental.

Bajo esta categoría se contemplaban manifestaciones asociadas tanto a la depresión (como tristeza y desesperanza) y de ansiedad (nerviosismo e intranquilidad). Estas condiciones podían presentarse acompañados de síntomas somáticos, como pérdida de energía o insomnio. En conjunto, dichas manifestaciones incidían de manera significativa en la funcionalidad y el bienestar general.

Asimismo, los datos evidencian brechas relevantes por grupo de edad y sexo. El porcentaje de adolescentes que reportó malestar psicológico fue superior al observado en la población de 18 a 65 años (10 y 7.8 por ciento, respectivamente). De igual manera, entre las mujeres adolescentes se registró una mayor prevalencia en comparación con los hombres de la misma edad (13.2 y 6.9 por ciento, respectivamente).

En el ámbito internacional, organismos especializados han reconocido la importancia, así como la urgencia de fortalecer las políticas de salud mental dirigidas a la población joven. La Organización Mundial de la Salud (OMS) en coordinación con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) impulsan la iniciativa Ayudar a los adolescentes a prosperar, orientada a fortalecer los programas y las políticas de salud mental que se dirigen a los adolescentes. Entre las actividades que se llevan a cabo en el marco de esta iniciativa figuran promover la salud mental y prevenir los trastornos de salud mental, así como ayudar a evitar las conductas autolesivas y otros comportamientos de riesgo, como el consumo nocivo de alcohol y drogas, que afectan negativamente a la salud mental y física de los jóvenes.

Atender la salud de las personas jóvenes, especialmente en la segunda y tercera década de vida, no sólo garantiza su bienestar actual, sino que es una inversión clave para reducir la carga de enfermedades en la adultez y vejez. Desde esta perspectiva, fortalecer la acción institucional en materia de juventud, con especial énfasis en salud mental, constituye una inversión social de largo plazo que contribuye a la sostenibilidad del sistema de salud y al desarrollo integral del país.

De manera complementaria a esta propuesta legislativa, la reforma constitucional en materia de igualdad sustantiva obliga a armonizar el marco legal secundario para incorporar dicho principio como eje rector de la política pública. La inclusión expresa de la igualdad sustantiva fortalece el enfoque de derechos humanos en las acciones dirigidas a la juventud y complementa la perspectiva de equidad de género ya prevista en la ley.

La igualdad sustantiva es fundamental para garantizar que todas las personas, en particular las personas jóvenes, accedan en condiciones reales de igualdad a oportunidades, recursos y mecanismos de protección de sus derechos. Este principio exige no sólo la igualdad formal ante la ley, sino la eliminación de barreras estructurales, sociales y económicas que limitan el ejercicio efectivo de derechos y libertades.

Su incorporación como eje transversal de la política pública en materia de juventud permite reducir brechas de desigualdad, fortalecer la inclusión social y asegurar condiciones que favorezcan el desarrollo integral de este sector de la población.

En este sentido, la incorporación del principio de igualdad sustantiva en la política pública de juventud se traduce en la obligación de garantizar un acceso equitativo a oportunidades en materia de educación, salud y empleo, asegurando que ninguna persona joven vea limitado su proyecto de vida por condiciones estructurales de desigualdad. Asimismo, contribuye a prevenir la exclusión social y a fortalecer la inclusión, elementos indispensables para el desarrollo económico y la cohesión social del país.

La eliminación de brechas y desigualdades impacta directamente en la mejora de la calidad de vida, fomenta la innovación y potencia el crecimiento económico sostenible. Además, al tratarse de un principio derivado del derecho humano a la igualdad y no discriminación, su aplicación efectiva garantiza que todas las personas jóvenes reciban el mismo trato y cuenten con condiciones reales para el ejercicio pleno de sus derechos.

En consecuencia, la incorporación efectiva del principio de igualdad sustantiva en la política pública juvenil resulta indispensable para avanzar hacia condiciones reales de equidad, garantizar el ejercicio pleno de derechos y consolidar un modelo de desarrollo incluyente que atienda las necesidades específicas de las personas jóvenes.

Esta obligación adquiere particular relevancia en los nuevos espacios de interacción y desarrollo juvenil, especialmente en los entornos digitales, donde actualmente se ejercen derechos fundamentales como la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación social. La transformación tecnológica de los últimos años ha trasladado una parte significativa de la vida de los jóvenes al ámbito virtual, generando oportunidades de aprendizaje, pero también riesgos que pueden profundizar desigualdades y vulneraciones de derechos.

La alta exposición de las personas jóvenes a los entornos digitales refuerza la necesidad de una intervención institucional en la materia. De acuerdo con estimaciones recientes, aproximadamente 77 por ciento de las personas de entre 15 y 24 años tienden a utilizar más internet que el resto de la población. Si bien la brecha generacional en el acceso a las tecnologías se ha ido reduciendo en los últimos años, la necesidad y frecuencia de uso en este sector evidencia que el ámbito digital constituye un espacio para el ejercicio de derechos, la interacción social y la construcción de la identidad.

No obstante, las oportunidades que ofrece el entorno digital, igualmente implican riesgos para la integridad y el bienestar de los jóvenes. El ciberacoso y otras formas de violencia digital constituyen manifestaciones recurrentes que afectan su desarrollo emocional, social y educativo. Más de un tercio de la población joven ha reportado haber sufrido acoso en línea, y aproximadamente una de cada cinco ha faltado a la escuela como consecuencia de esto. Estos datos evidencian el impacto real que la violencia digital puede tener en el derecho a la educación y en el bienestar, así como el desarrollo de la juventud.

Al navegar por internet, los niños y los jóvenes pueden verse expuestos a discursos de odio, contenidos violentos y mensajes que incitan conductas autolesivas o incluso al suicidio. De igual forma, estos espacios pueden facilitar la captación o reclutamiento por parte de grupos delictivos, lo que incrementa su vulnerabilidad frente a riesgos que van más allá de lo virtual y que impactan su integridad y seguridad personal.

Las plataformas digitales también han sido utilizadas para la difusión de desinformación y contenidos engañosos que pueden incidir negativamente en la formación de opiniones, en la toma de decisiones informadas de los jóvenes.

Si bien el entorno digital ofrece oportunidades sin precedentes para la comunicación, el aprendizaje y la socialización, la magnitud de estos riesgos exige una respuesta por parte del gobierno que sea proporcional y que permita maximizar sus beneficios y mitigar sus efectos negativos.

Las personas adolescentes y jóvenes constituyen uno de los grupos con mayor nivel de exposición a dinámicas delictivas y conductas indebidas en el entorno digital. Ante el uso creciente de aplicaciones y herramientas basadas en inteligencia artificial, resulta indispensable fortalecer acciones de orientación y alfabetización digital que les permitan identificar riesgos, prevenir vulneraciones a sus derechos y actuar con responsabilidad en el ejercicio de su interacción en línea.

En consecuencia, resulta necesario que la política pública dirigida a los jóvenes, a través del Imjuve cuente con atribuciones claras para acciones de prevención, orientación y coordinación institucional en materia de riesgos digitales, a fin de garantizar condiciones de seguridad, igualdad y protección integral en el ámbito virtual, como parte de la formación y protección de la juventud.

Esta reforma a la ley del Imjuve, responde a la convicción de que las personas jóvenes no son únicamente beneficiarias de la política pública, sino protagonistas en la construcción del presente y el futuro del país. Hay que reconocer que el desarrollo de México depende de garantizarles oportunidades reales, espacios seguros y condiciones para innovar, participar y ejercer plenamente sus derechos. Fortalecer el marco jurídico en materia de juventud no sólo es una obligación constitucional, sino una apuesta estratégica por un país más libre, incluyente y preparado para los desafíos del siglo XXI.

Por lo anteriormente expuesto, el objetivo de la presente iniciativa es fortalecer y actualizar las atribuciones del Instituto Mexicano de la Juventud, a fin de garantizar una atención integral a las personas jóvenes mediante la incorporación de programas y cursos de orientación e información de la salud mental, la igualdad sustantiva y la prevención de riesgos en entornos digitales.

A continuación, se agrega un cuadro comparativo de la propuesta de reforma:

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción XIII del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Único. Se reforma la fracción XIII del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

I. a XII. ...

XIII. Elaborar, en coordinación con las dependencias y las entidades de la administración pública federal, programas y cursos de orientación e información sobre adicciones, nutrición, educación sexual y sobre salud reproductiva, salud mental, derechos humanos, cultura de la no violencia y no discriminación, igualdad sustantiva, equidad de género, medio ambiente, apoyo a jóvenes en situación de exclusión, vivienda y prevención de riesgos en entornos digitales;

XIV. a XVI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Juventud, agosto 2025, disponible en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/202 5/EAP_Juventud.pdf

2 Qué es el Imjuve y cuáles son sus funciones, disponible en

https://www.gob.mx/imjuve/que-hacemos

3 Salud mental de niñas, niños y adolescentes en México (2025), disponible en

https://blog.derechosinfancia.org.mx/2026/01/28/salud-mental-de -ninas-ninos-y-adolescentes-en-mexico-2025/

4 Ibídem

5 La salud mental de los adolescentes Organización Mundial de la Salud, disponible en

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent- mental-health

6 Igualdad sustantiva en la Constitución: ¿el inicio de una transformación para las mujeres?, disponible en

https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/igualdad-sustantiva-en-la -constitucion-el-inicio-de-una-transformacion-para-las-mujeres/

7 Derecho a la igualdad sustantiva de niñas, niños y adolescentes Igual reconocimiento e igual acceso a oportunidades, disponible en

https://www.gob.mx/sipinna/articulos/derecho-a-la-igualdad-sust antiva-de-ninas-ninos-y-adolescentes-igual-reconocimiento-e-igual-acceso-a-opor tunidades?idiom=es

8 La seguridad de la infancia y la juventud en la red, disponible en

https://www.un.org/es/global-issues/child-and-youth-safety-onli ne

9 Ciberseguridad-Cómo protegerte en internet, disponible en

https://www.unicef.org/mexico/ciberseguridad

10 La seguridad de la infancia y la juventud en la red, disponible en

https://www.un.org/es/global-issues/child-and-youth-safety-onli ne

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.— Diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.



LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 1o. y 6o. de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de reconocer el interés legítimo de los seres sintientes, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de reconocer el interés legítimo de los seres sintientes.

Exposición de Motivos

De acuerdo con la Ley de Amparo en los artículos 5 y 6, el juicio de amparo sólo puede promoverse por la parte a quien perjudique la norma general, el acto u omisión reclamada, teniendo ese carácter quien aduce ser titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que la norma o acto impugnado violenta los derechos previstos por la Constitución y que con ello se produzca una afectación real y actual a su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.

En ese sentido, el interés jurídico se refiere al derecho que tienen las personas para promover un juicio de amparo cuando un acto de autoridad, dirigido en su contra, vulnera los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución. Implica la existencia de un derecho subjetivo protegido por una norma, el cual resulta afectado por una actuación concreta de la autoridad que genera un perjuicio al titular. Esta afectación es la que legitima a la persona para acudir al juicio constitucional y reclamar las violaciones cometidas en su contra.

Cuando la persona quejosa promueve el juicio de amparo reclamando que el acto de autoridad vulnera en su perjuicio un derecho subjetivo protegido por la norma jurídica, tal circunstancia debe demostrarse en forma fehaciente, es decir, no debe existir lugar a duda de que el acto impugnado le ocasiona un daño, un perjuicio o un menoscabo en sus derechos, de tal manera que si el interés jurídico no se encuentra plenamente acreditado la demanda de amparo resulta improcedente.

En efecto, la Constitución de la Ciudad de México en el artículo 13, Apartado B, por una parte reconoce a los animales como seres sintientes que son sujetos a protección y además dispone que toda persona tiene un deber ético y una obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales, así como que la tutela de su bienestar es una responsabilidad común. Asimismo, impone a las autoridades de la Ciudad de México la obligación positiva de garantizar la protección, el bienestar y el trato digno y respetuoso de los animales, así como de realizar acciones para la atención de animales en situación de abandono, lo cual excluye cualquier margen de discrecionalidad que permita la inacción o la tolerancia frente a contextos de maltrato, negligencia o riesgo.

En ese sentido, el derecho al bienestar animal no se configura como un interés difuso, abstracto o meramente programático, sino como un derecho objetivo de rango constitucional, cuya observancia resulta exigible y cuya eficacia debe ser garantizada en favor de todas las personas habitantes de la Ciudad de México. La omisión de las autoridades responsables en el cumplimiento de estas obligaciones constitucionales produce una afectación directa al contenido normativo del derecho reconocido y debilita el sistema de protección animal diseñado por el propio orden constitucional local.

De acuerdo con precedentes recientes como lo es el caso de Lobita, una perrita que habita el hospital infantil de Morelia Eva Sámano de López Mateos, a quien un juzgado federal le concedió la suspensión con la finalidad de que Lobita no fuera desalojada del hospital, pues consideró que se abstengan de realizar cualquier acto de molestia que pudiera configurar en perjuicio de dicho ser sintiente un maltrato o una crueldad, sufrimiento o un daño, esto es, se abstengan de materializar su desalojo, expulsión, captura y/o retiro forzoso del espacio físico donde habita en el hospital infantil Eva Sámano de López Mateos, sin que previamente medie el procedimiento administrativo ante autoridades competentes para el debido traslado del ser sintiente.

El concepto de bienestar o derechos de los animales, el cual se fundamenta en que, aunque estos no pueden equipararse a los seres humanos debido a que carecen de ciertas capacidades como la comunicación conceptual o el razonamiento abstracto, propio de las personas, son seres sintientes, capaces de experimentar sufrimiento y de expresar emociones.

Si bien la legislación nacional y local de nuestro país no es uniforme en el reconocimiento de los animales como sujetos de derecho, lo cierto es que diversas legislaciones locales han evolucionado tal concepción y los reconocen como “seres sintientes”; categoría que, a pesar de no constituir personalidad jurídica, sí se vuelve una manera de despatrimonialización, que convierte al propietario del ser sintiente y lo vuelve su “tutor responsable”, encargado de garantizar el bienestar físico y emocional del animal.

De acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, que rige el bienestar animal, establece que:

“ Artículo 5.

a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.

b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho derecho.

Artículo 6.

a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante”.

La concepción jurídica del animal en México ha experimentado un cambio notable en los últimos años, virtud a que tradicionalmente encuadraba en la categoría de bien mueble, siendo regulado casi exclusivamente bajo esquemas de propiedad privada, productividad y utilidad.

Específicamente, en el artículo 4o. de la Constitución federal, se incorporó: la prohibición de maltrato a los animales (no humanos), prohibición impuesta también por la Constitución Política de la Ciudad de México; y las obligaciones a cargo del Estado mexicano, también impuestas por este último texto a nivel local y federal con la finalidad de garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales (no humanos) de conformidad con la normativa aplicable.

El reconocimiento constitucional de la protección animal implica que los animales cuentan con un interés jurídicamente tutelado, cuya salvaguarda corresponde tanto al Estado como a los particulares que se relacionan con ellos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reforzado este criterio al considerar el bienestar animal como un fin constitucional válido que puede justificar la restricción de ciertos derechos humanos. Así, en el Amparo en Revisión 163/2018 sostuvo que la prohibición de espectáculos que generan sufrimiento animal es constitucional, aun cuando limite libertades económicas; y en el Amparo en Revisión 599/2024 determinó que la libertad de culto no protege prácticas que impliquen crueldad hacia los animales.

Estas decisiones confirman que el bienestar animal constituye un principio de protección capaz de limitar conductas humanas y justificar restricciones a la propiedad privada, actividades económicas y prácticas culturales.

En este sentido, el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit al resolver el juicio de amparo indirecto 1177/2025, concluyó que de acuerdo con el artículo 4o. constitucional en el que se establece la obligación de garantizar la protección, trato adecuado, conservación y cuidado animal, bajo el nuevo paradigma de reconocimiento de éstos como seres sintientes, se evidencia la necesidad de actuar bajo una perspectiva sensible al bienestar animal, que implica:

a) Conocer los factores y características distintivas de cada animal, su forma de vida, necesidades específicas, condiciones ideales y preferencias más allá de su inclinación natural a huir del dolor o del sufrimiento, a fin de articular cada derecho reconocido a su favor en obligaciones correlativas y desagregar éstas, a su vez, en conductas concretas y exigibles en relación con ellos, según su especie;

b) Ponderar esas características distintivas, forma de vida particular e intereses contra el contexto que vivan o les haya sido impuesto; y

c) A partir de su bienestar o malestar, definir si han sido respetados o no.

Por otra parte, al resolver el amparo en revisión 167/2024, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al analizar el bienestar animal de los animales a la venta en el mercado de Sonora, concluyó que:

“Evidencian, inclusive, que esa tendencia, que por supuesto, reivindica un anhelo, reflejo de una compleja dinámica social de años de lucha a favor de los derechos de los animales (no humanos) y de su reconocimiento como seres sintientes, trasciende el ámbito de lo programático o declarativo e impone un nuevo marco de referencia jurídica para aproximarse a cualquier caso que los involucre: un auténtico parámetro de regularidad...

En otras palabras: las características y la forma de vida de un animal (no humano) determina aquello que puede configurar en su perjuicio un maltrato, una crueldad, un sufrimiento o un daño; por ello, para salvaguardar sus intereses en cumplimiento a ese parámetro de regularidad constitucional local resulta indispensable conocerlas y para evaluar si respecto de esos intereses han sido cumplidas ciertas obligaciones de cuidado y trato digno, resulta indispensable dotarlas de contenido bajo una perspectiva sensible a su bienestar y, sobre todo, receptiva, primero, al hecho de que les han sido reconocidos derechos y, segundo, al hecho de que pueden ser judicializados”.

Finalmente, de acuerdo con la tesis I.20o.A.101 A (11a.) se determinó que los animales tienen derechos reconocidos que pueden ser judicializados.

En este contexto, se vuelve necesario diseñar instrumentos jurídicos que reconozcan la progresividad de los derechos, salvaguarden el principio pluralista y promuevan mayores niveles de acceso a la justicia y equidad. Dichos instrumentos deben superar una visión asistencialista para avanzar hacia un reconocimiento colectivo de nuestra condición como especie que comparte el planeta con otros seres vivos en una relación de interdependencia. La justicia ambiental, por tanto, no debe limitarse al ámbito exclusivamente humano, sino extenderse al mundo natural, reconociendo su valor intrínseco más allá de los beneficios que pueda reportar a la sociedad.

Por todo lo anteriormente expuesto, se propone la siguiente reforma a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma los artículos 1o. y 6o. de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el artículo 1o. y se adiciona un segundo párrafo recorriéndose los subsecuentes del artículo 6o. de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 1o. El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:

I. ...

II. ...

III. ...

El amparo protege a las personas y a seres sintientes frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares en los casos señalados en la presente Ley.

Artículo 6o. El juicio de amparo puede promoverse por la persona física o moral o por un ser sintiente a quien afecte la norma general o el acto reclamado en términos de la fracción I del artículo 5o. de esta Ley. La persona quejosa podrá hacerlo por sí, por su representante legal o por su apoderado o apoderada, o por cualquier persona en los casos previstos en esta Ley.

Los seres sintientes podrán promover el juicio de amparo a través de un representante, que actúe como su tutor responsable.

Cuando el acto reclamado derive de un procedimiento penal, podrá promoverlo, además, por conducto de su defensor o defensora o de cualquier persona en los casos en que esta Ley lo permita.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2013). Diario Oficial de la Federación. Última reforma vigente.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Ley_Amparo.pdf

2 Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México. (2025). Constitución Política de la Ciudad de México (Texto vigente con última reforma del 24 de diciembre de 2025) [PDF]. Gobierno de la Ciudad de México.

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/estatutos/CONS TITUCION_POLITICA_DE_LA_CDMX_14.4.pdf

3 Suspensión otorgada en el amparo indirecto 40/2026, resuelto por la Jueza de Distrito en Michoacán.

4 Liga Internacional de los Derechos del Animal. (1978). Declaración Universal de los Derechos de los Animales (Anexo 4). En Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas. Recuperado de

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4006/10.pdf

5 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Amparo en Revisión 163/2018, Primera Sala, Min. Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, sentencia de 31 de octubre de 2018, México. Recuperado de:

https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/sites/default/ files/sentencias-emblematicas/sentencia/2022-02/AR%20163-2018.pdf

6 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Amparo en Revisión 599/2024, Primera Sala, Min. Juan Luis González Alcántara Carranca, sentencia de 26 de marzo de 2025, México. Recuperado de:

https://www2.scjn.gob.mx/juridica/engroses/1/2024/ 2/2_338359_7295_firmado.pdf

7 Amparo indirecto 1177/2025-V resuelto por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit, en sesión de 11 de diciembre de 2025, recuperado de:

https://sise.cjf.gob.mx/SVP/word1.aspx?arch=4439000039217583031 .pdf&sec=Nitzia_Daniela_Ayala_Cruz&svp=1

8 Sentencia definitiva que resuelve el amparo en revisión R.A. 167/2024 en el sentido de revocar la sentencia emitida el 26 de febrero 2024 por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México en el juicio de amparo. Recuperado de:

https://sise.cjf.gob.mx/SVP/word1.aspx?arch=1443/14430000351679 20007.pdf_1&sec=María_Guadalupe_Montoya_Aldaco&svp=1

9 Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 3, noviembre de 2025, Tomo III, Volumen 1, página 336, Tribunales Colegiados de Circuito, Registro digital: 2031508.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.— Diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que adiciona el artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias especiales y permisos con goce de salario para personas menstruantes, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias especiales y permisos con goce de salario para personas menstruantes, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En México, la menstruación —un proceso biológico que experimentan millones de personas menstruantes— continúa sin ser reconocida de manera adecuada en la legislación laboral. Ello resulta preocupante si se considera que se estima que alrededor de 70 por ciento de quienes menstrúan padecen dismenorrea y que, de ese universo, entre 2 y 29 por ciento experimenta dolor incapacitante o padece condiciones como la endometriosis, que pueden interferir de forma significativa con su jornada laboral. Actualmente, sólo algunas entidades federativas han incorporado licencias menstruales en sus normas locales, y a nivel federal no existe aún una regulación general que otorgue permiso con goce de sueldo para ausentarse en días del ciclo menstrual que imposibilitan realizar labores productivas. Esto no sólo invisibiliza realidades de salud y perpetúa estigmas, sino que también vulnera derechos laborales y de igualdad de género, limitando la participación plena de las trabajadoras en el mercado de trabajo y su bienestar integral.

El dolor menstrual que se presenta durante este ciclo es conocido como dismenorrea, “[...] es causado por las contracciones del útero en el ciclo menstrual. Durante este proceso, el revestimiento del útero se desintegra y se elimina, lo que provoca la liberación de prostaglandinas, sustancias químicas que estimulan las contracciones uterinas para facilitar la expulsión del revestimiento. El exceso de prostaglandinas puede ocasionar contracciones más fuertes, provocando dolor que varía en intensidad y duración”. Existen dos tipos de dismenorrea: primaria y secundaria. La primaria se trata de este dolor “común” que no necesariamente se relaciona con una enfermedad —como es el caso de la secundaria— sino que solamente se trata del proceso biológico que es la producción excesiva de prostaglandinas, una de las varias sustancias similares a las hormonas que elabora el cuerpo que controlan la presión arterial, la contracción de músculos lisos entre otros procesos.

Estas sustancias hacen que el músculo uterino se contraiga con fuerza para expulsar el endometrio, si las contracciones son demasiado fuertes, comprimen los vasos sanguíneos cercanos, cortando brevemente el suministro de oxígeno al tejido muscular del útero. Ese “corte” de oxígeno es lo que genera el dolor agudo (similar a una angina de pecho, pero en el útero) y aunque no se trata de una “enfermedad” es una respuesta fisiológica desproporcionada que la medicina no siempre puede controlar sin efectos secundarios pesados (como somnolencia por analgésicos fuertes). La dismenorrea secundaria es aquel dolor que se produce por alguna enfermedad o anomalía en los órganos reproductivos. A diferencia de la primaria, ésta puede aparecer más tarde o empeorar con la edad. Algunas y las más comunes de estas enfermedades o anomalías son la endometriosis, adenomiosis y los miomas.

En el contexto mexicano, esta realidad biológica choca con un marco normativo que, históricamente, ha diseñado las jornadas laborales bajo un estándar masculino que ignora los ciclos de salud reproductiva. A pesar de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la protección de la salud y a la igualdad ante la ley, la Ley Federal del Trabajo permanece omisa ante la necesidad de descansos menstruales, obligando a las trabajadoras a recurrir a soluciones informales, al uso de días de vacaciones o a la automedicación para cumplir con sus obligaciones. Si bien entidades como la Ciudad de México, Colima y Nuevo León han dado pasos históricos al reconocer este derecho para las trabajadoras del Estado, la falta de una reforma de alcance federal genera una profunda desigualdad: hoy en día, el acceso a un descanso digno por salud menstrual en México depende de la entidad federativa en la que se resida o de la voluntad discrecional del empleador, y no de un derecho humano laboral garantizado para todas las personas menstruantes por igual.

Esto daría seguimiento al marco de progresividad de derechos ya establecido en diversas entidades federativas del país, las cuales han legislado con éxito para reconocer la dismenorrea incapacitante. En el ámbito subnacional, diversas entidades federativas han comenzado a reconocer expresamente la dismenorrea incapacitante en su legislación. Estados como Baja California Sur, Hidalgo, Colima, Nuevo León y Sinaloa han incorporado en sus leyes de personas servidoras públicas el derecho a permisos con goce de sueldo cuando exista diagnóstico médico de dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante o de condiciones como endometriosis. En términos generales, estas reformas coinciden en entender la dismenorrea incapacitante como aquel dolor menstrual severo que imposibilita o limita de manera significativa el desempeño normal de la jornada laboral, cuya procedencia se acredita mediante certificación médica especializada.

Específicamente, se retoman los precedentes de Colima (2022), bajo la reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado que otorga hasta dos días; Hidalgo (2023), en su Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y Organismos Descentralizados con dos días; Nuevo León (2024), con las adiciones a los artículos 24 Bis 7 y 36 de la Ley del Servicio Civil del Estado que permite hasta dos días priorizando el trabajo a distancia; Quintana Roo (2024), mediante la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de los Ayuntamientos y Organismos Descentralizados que contempla de dos a tres días; Campeche (2024), a través de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado con dos días; Michoacán (2024), en su Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus municipios con hasta dos días; y Tamaulipas (2025), mediante la reforma a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado que concede hasta tres días. Si bien en la mayoría de las entidades federativas que han legislado en la materia se contempla un permiso de hasta dos días al mes, la evidencia médica señala que la dismenorrea incapacitante no siempre se limita a un periodo uniforme ni predecible. El dolor menstrual severo puede extenderse por más de 48 horas y, en casos asociados a padecimientos como la endometriosis o la adenomiosis, presentarse con una intensidad fluctuante que compromete la funcionalidad durante varios días consecutivos.

Desde una perspectiva de salud laboral y de derechos humanos, establecer un límite rígido de dos días puede resultar insuficiente para garantizar una protección real y efectiva, por lo que ampliar el permiso a tres días mensuales permitiría una respuesta normativa más acorde con la realidad clínica y con el principio pro persona. En todos estos ordenamientos, el derecho se otorga con goce de sueldo, estableciendo un estándar nacional que reconoce que la salud menstrual es un componente indisoluble de la seguridad social y la equidad laboral, garantizando que el dolor extremo no sea un factor de precarización económica ni de exclusión para las personas menstruantes.

La urgencia de legislar en esta materia se ve respaldada por datos contundentes sobre la realidad laboral en México. De acuerdo con el informe Menstruación y productividad laboral, se estima que las molestias derivadas del ciclo menstrual llevan a 45 por ciento de las mujeres a ausentarse de sus puestos de trabajo. Pese a este alto índice de ausentismo forzado por motivos de salud, existe una desconexión crítica con las instituciones oficiales: mientras millones enfrentan estos síntomas, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) apenas registra un promedio marginal de incapacidades mensuales por diagnósticos como endometriosis o dismenorrea, lo que sugiere que las trabajadoras prefieren padecer en silencio o gestionar su salud de manera informal ante la falta de una protección legal clara. Esta invisibilidad institucional tiene consecuencias graves. Se reporta que una de cada tres mujeres ha enfrentado represalias profesionales relacionadas con su salud menstrual, que van desde la discriminación y la negación de ascensos hasta despidos injustificados. No obstante, la evidencia también demuestra que las empresas que implementan políticas con perspectiva de género logran reducir el ausentismo, demostrando que el reconocimiento de la licencia menstrual no sólo es un acto de justicia social y derechos humanos, sino también una estrategia necesaria para garantizar la productividad y la estabilidad en el mercado laboral mexicano.

El reconocimiento de la licencia menstrual como un derecho humano y laboral encuentra su mayor respaldo en el derecho comparado internacional, donde naciones con diversos modelos económicos han implementado marcos normativos específicos. Destaca el caso de Japón, que desde 1947 incorporó el Seiri Kyuka en el artículo 67 de su Ley de Normas Laborales, permitiendo a las mujeres ausentarse ante la imposibilidad de trabajar durante su periodo. Asimismo, en Corea del Sur (2001), el artículo 73 de la Ley de Normas Laborales garantiza un día de licencia menstrual mensual con goce de sueldo. De manera más reciente y progresista, España (2023) se convirtió en el primer país europeo en legislar esta materia a través de la reforma a la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, permitiendo bajas laborales por “dismenorrea secundaria asociada a patologías” sin límite de días, siempre que sea validada por el sistema de salud. Estos precedentes globales confirman que la protección de la salud menstrual es un estándar de justicia laboral que previene la discriminación por motivos de género y garantiza la salud pública en el entorno de trabajo.

Se reconoce que el dolor menstrual extremo, ya sea de origen primario (causado por un exceso fisiológico de prostaglandinas que provoca isquemia uterina) o secundario (derivado de patologías crónicas como endometriosis, adenomiosis o miomatosis), constituye un estado clínico que puede resultar refractario a los tratamientos médicos convencionales. Por tanto, la presente licencia no debe interpretarse como un sustituto de la atención clínica, sino como una medida de salud laboral indispensable ante la persistencia de síntomas incapacitantes que la farmacología actual no logra mitigar de forma inmediata o total en todas las pacientes. Asimismo, ante la documentación científica de una brecha de diagnóstico que puede demorar hasta una década en identificar patologías menstruales graves, esta medida garantiza la integridad física y la estabilidad económica de la trabajadora, evitando que sea penalizada por los tiempos de respuesta del sistema de salud o por la naturaleza crónica y cíclica de su condición, la cual es incompatible con la productividad y seguridad en el entorno de trabajo presencial.

En consecuencia, resulta imperativo desvincular la validez de esta licencia de la mera obtención de un diagnóstico definitivo, reconociendo que la sintomatología incapacitante posee una entidad propia que afecta la funcionalidad biopsicosocial de la trabajadora, independientemente de la etapa clínica en que se encuentre su tratamiento. Sostener que la atención médica por sí sola elimina la necesidad de una licencia laboral ignora la realidad de la variabilidad terapéutica y la existencia de crisis de dolor que, aun bajo supervisión facultativa, demandan reposo absoluto para la recuperación homeostática del organismo.

Por ello, esta medida se constituye como un mecanismo de ajuste razonable en el entorno laboral, que previene el fenómeno del “presentismo” —entendido como la permanencia física en el puesto de trabajo bajo condiciones de salud precarias que merman la productividad y elevan el riesgo de accidentes— y garantiza que el ejercicio del derecho al trabajo no se realice a costa del menoscabo de la dignidad humana o del agravamiento de cuadros clínicos preexistentes. Así, la licencia menstrual con goce de sueldo se erige no sólo como un derecho de salud reproductiva, sino como un pilar de justicia social y seguridad laboral, diseñado para proteger a la trabajadora frente a las limitaciones temporales de la farmacología contemporánea y la rigidez de las estructuras laborales tradicionales.

Por ello, la creación de licencias de descanso menstrual en la Ley Federal del Trabajo constituye un paso fundamental para reconocer necesidades específicas de salud, promover la equidad de género y garantizar condiciones laborales dignas para todas las personas menstruantes en el país.

Por estas razones, la presente iniciativa propone reformar y adicionar el artículo 170 Ter de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias especiales y permisos con goce de salario para personas menstruantes. Derivado de lo anterior, se anexa el siguiente cuadro comparativo para una mejor comprensión:

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo

Único. Se adiciona el artículo 170 Ter a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 170 Ter. Las personas trabajadoras menstruantes que presenten cuadros de dismenorrea incapacitante tendrán derecho a una licencia de hasta tres días al mes con goce de sueldo, previo diagnóstico médico que acredite la severidad de los síntomas. Dicho diagnóstico tendrá una vigencia de un año y eximirá a la trabajadora de presentar justificantes individuales por cada episodio mensual.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Arruda, G. T., Barbosa-Silva, J., Driusso, P., Pathmanathan, C., Armijo-Olivo, S., & Arias Avila, M. (2025). Worldwide prevalence of dysmenorrhea: A systematic review and meta-analysis across 70 countries. Pain, 167(1), 41—55.

https://doi.org/10.1097/j.pain.0000000000003768

2 Karout, S., Soubra, L., Rahme, D., Karout, L., Khojah, H. M. J., & Itani, R. (2021). Prevalence, risk factors, and management practices of primary dysmenorrhea among young females. BMC Women’s Health, 21, 392.

https://doi.org/10.1186/s12905-021-01532-w

3 Pepe Herrera, Licencia menstrual en México: avances y retos, UNAM Global Revista (25 abr. 2025),

https://unamglobal.unam.mx/global_revista/licencia-menstrual-me xico-derechos-laborales-mujeres/

4 NCI — National Cancer Institute, Definición de prostaglandina, en Diccionario de cáncer, 2025,

https://www.cancer.gov/espanol/publicaciones/diccionarios/dicci onario-cancer/def/prostaglandina

5 UCHealth, Dismenorrea: diagnóstico y tratamiento, en UCHealth.org,

https://es.uchealth.org/diseases-conditions/dysmenorrhea/

6 H. Congreso del Estado de Baja California Sur. (2024, 6 de junio). Aprueban en BCS licencia menstrual para trabajadoras de instituciones públicas [Boletín No. 143/2024]. Poder Legislativo XVI Legislatura.

https://www.cbcs.gob.mx/index.php/boletines-2024/7656-aprueban- en-bcs-licencia-menstrual-para-trabajadoras-de-instituciones-publicas

7 Pinkerton, J. V., & Goje, O. (Revisores). (2025). Dismenorrea. En Manual MSD versión para profesionales. MSD Manuals.

https://www.msdmanuals.com/es-ec/professional/ ginecolog%C3%ADa-y-obstetricia/anomal%C3%ADas-menstruales/dismenorrea

8 Dalia Empower, Plenna & Essity, Menstruación y productividad laboral: el tabú que impacta el resultado del negocio (informe, mar. 2025),

https://strapi.daliaempower.com/uploads/Informe_menstruacion_y_ productividad_0964675fe5.pdf

9 Cabadas, M., Molestias menstruales llevan al 45 % de mujeres a ausentarse de su empleo; IP debe implementar perspectiva de género, El Universal (6 mar. 2025),

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/molestias-menstruales-lle van-al-45-de-mujeres-a-ausentarse-de-su-empleo-ip-debe-implementar-perspectiva- de-genero/

10 Nakayama, I., Periodic Struggles: Menstruation Leave in Modern Japan (tesis, Harvard University, 2007)

11 Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 14 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, Boletín Oficial del Estado (BOE), España, 1 de marzo de 2023

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.— Diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

«Iniciativa que reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de parlamento abierto y participación ciudadana, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de parlamento abierto y participación ciudadana, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La función legislativa no puede entenderse únicamente como un procedimiento formal de discusión y votación de iniciativas, sino como un proceso que incide directamente en la vida cotidiana de las personas y cuyo propósito es crear nuevas disposiciones o modificar las existentes para mejorar condiciones para todas y todos. Cada reforma, cada dictamen aprobado o rechazado, genera consecuencias sociales, económicas e institucionales que trascienden el recinto del Poder Legislativo y en la vida cotidiana. Por ello, el fortalecimiento del proceso de dictaminación no es un asunto interno de técnica legislativa, sino una condición indispensable para consolidar la legitimidad democrática y la confianza ciudadana en la Cámara de Diputados y en general del proceso legislativo.

La participación ciudadana en la elaboración de normas se ha consolidado como un estándar internacional, no solo es un capricho o una exigencia sin fundamento. La Alianza para el Gobierno Abierto, la cual es una iniciativa multilateral que intenta asegurar compromisos concretos de gobiernos nacionales y subnacionales para promover el gobierno abierto, dar más poder a los ciudadanos, luchar contra la corrupción y utilizar las nuevas tecnologías para fortalecer la gobernanza; desde su Declaración de 2011, establece que los gobiernos deben promover la participación de la sociedad en los procesos de toma de decisiones públicas. En el mismo sentido, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ha señalado, en su Recomendación sobre Gobierno Abierto de 2017, que la apertura institucional fortalece la rendición de cuentas, mejora la calidad regulatoria y contribuye a decisiones públicas más informadas y eficaces.

Un parlamento Abierto, “Es una forma de interacción pública que abre, incorpora, transparenta, informa con ética, memoria, oportunidad, exhaustividad y datos abiertos, la representación y los procesos derivados de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias de las personas legisladoras y los cuerpos legislativos” (Nava Polina, 2017).

En consecuencia, estos constituyen un modelo de gestión legislativa basado en los principios de transparencia, participación ciudadana, rendición de cuentas, acceso a la información y uso de tecnologías para facilitar la interacción entre representantes y sociedad

En México, la propia Cámara de Diputados ha impulsado ejercicios de Parlamento Abierto en diversas materias; sin embargo, su implementación no se encuentra establecida de manera expresa y obligatoria en el Reglamento respecto del proceso de dictaminación. Esta ausencia genera un margen de discrecionalidad que puede derivar en prácticas desiguales, limitando el impacto social positivo que la participación organizada puede aportar a la construcción normativa.

A partir de ello, resulta evidente que la apertura parlamentaria no debe depender exclusivamente de la voluntad política circunstancial de las comisiones dictaminadoras, sino que debe consolidarse como una práctica institucional con reglas claras y criterios mínimos homogéneos.

La experiencia comparada demuestra que los procesos legislativos que incorporan de manera sistemática espacios de consulta pública, análisis técnico especializado y deliberación plural producen normas más sólidas y con mayor aceptación social, el Parlamento Abierto es fundamental para fortalecer la democracia porque promueve la transparencia y el acceso a la información como condiciones indispensables para la participación ciudadana efectiva y la rendición de cuentas. Este enfoque permite que cualquier persona pueda acceder a la información pública y participar de forma informada en los procesos legislativos, trascendiendo el ejercicio del voto y facilitando una interacción más estrecha entre la ciudadanía y sus representantes.

Asimismo, el Parlamento Abierto no sólo amplía los canales de participación, sino que contribuye directamente a mejorar la calidad de las decisiones públicas, al incorporar perspectivas técnicas, académicas y sociales que enriquecen el análisis legislativo.

En este contexto, la consolidación de mecanismos formales de apertura parlamentaria no debe concebirse como una concesión o como un privilegio, sino como una evolución natural del sistema democrático. La complejidad de los temas que actualmente se discuten en el Congreso, reformas estructurales, regulación económica, derechos fundamentales, impacto presupuestal, entre otros temas, exige por su naturaleza que el análisis legislativo incorpore una visión plural, en donde todas y todos tengan la oportunidad de tener la cercanía con sus legisladores.

La apertura del proceso de dictaminación permite enriquecer el análisis legislativo al identificar posibles efectos no previstos, anticipar conflictos normativos o de aplicación, advertir impactos diferenciados en distintos sectores sociales y fortalecer la técnica jurídica de las propuestas. Un procedimiento más amplio y participativo ayuda a detectar vacíos, inconsistencias o riesgos antes de que la norma sea aprobada, lo que contribuye a generar mayor certeza y estabilidad en el marco jurídico.

Cuando las decisiones se construyen con información completa y participación plural, se reduce el riesgo de reformas improvisadas o desconectadas de la realidad que buscan regular. Esta apertura no implica trasladar la facultad de decisión fuera del órgano legislativo, sino ampliar las fuentes de análisis y brindar mayores elementos a las diputadas y los diputados para que sus determinaciones sean más claras, responsables y mejor fundamentadas.

En consecuencia, fortalecer el proceso de dictaminación bajo parámetros claros de apertura y participación representa una oportunidad para consolidar un modelo legislativo más transparente, inclusivo y socialmente legitimado, acorde con los estándares internacionales y con las expectativas de una ciudadanía activa y exigente.

Por ello, es necesario traducir esto en disposiciones concretas dentro del marco normativo de la Cámara de Diputados. Si bien el Reglamento contempla actualmente la posibilidad de realizar entrevistas, comparecencias, audiencias públicas o foros durante el proceso de análisis de los asuntos turnados a comisión, no establece de manera expresa el principio de Parlamento Abierto como eje rector del procedimiento de dictaminación, por lo que jurídicamente no es exigible a pesar de a relevancia de algunos asuntos.

Esta ausencia normativa genera un margen de discrecionalidad que puede reflejarse en prácticas entre comisiones en donde la apertura y la participación dependan de decisiones unilaterales y no de una obligación legal.

La presente iniciativa propone incorporar de manera expresa el principio de Parlamento Abierto en el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, integrándolo al proceso de análisis que deben desarrollar las comisiones dictaminadoras.

Asimismo, se establece que, tratándose de asuntos de alto impacto social, presupuestal o en materia de derechos humanos, la implementación de mecanismos de Parlamento Abierto sea obligatoria antes de la emisión del dictamen correspondiente. Esta propuesta responde a la necesidad de fortalecer el análisis legislativo en aquellos temas que pueden generar mayores efectos en la vida pública y en el ejercicio de derechos.

La reforma no cambia la facultad de decisión de las diputadas y los diputados ni limita la autonomía de las comisiones. Por el contrario, fortalece su trabajo al permitir que cuenten con más información, opiniones y puntos de vista antes de tomar una determinación. De esta manera, la apertura parlamentaria deja de ser algo ocasional y se convierte en una práctica constante, lo que ayuda a mejorar la calidad de las leyes y a generar mayor confianza en el proceso legislativo.

Por lo antes expuesto, para mayor claridad presento el siguiente cuadro comparativo se expone la reforma propuesta:

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Por el que se reforma el artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de parlamento abierto y participación ciudadana

Único. Se reforma la fracción VIII y se adiciona un numeral 4 al artículo 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:

Artículo 85.

1. El dictamen deberá contener los siguientes elementos:

I. a VII. ...

VIII. Proceso de análisis, señalando las actividades realizadas, como entrevistas, comparecencias, audiencias públicas, foros, en su caso, demás mecanismos de Parlamento Abierto que incorporen la opinión de personas expertas de la academia, organizaciones de la sociedad civil, representantes del sector privado y de la ciudadanía en general, con el fin de tener mayores elementos para dictaminar;

IX. a XV. ...

2. ...

3...

4. Tratándose de asuntos de alto impacto social, presupuestal o en materia de derechos humanos, las comisiones dictaminadoras deberán implementar mecanismos de Parlamento Abierto, garantizando convocatoria pública, máxima publicidad y participación plural, antes de la emisión del dictamen correspondiente.

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su aprobación por el pleno de la Cámara de Diputados.

Notas

1.Naciones Unidas, “Open Government artnership” (OGP) o “Alianza para el Gobierno Abierto” (AGA), Disponible en:

https://biblioguias.cepal.org/EstadoAbierto/alianza-para-el-gob ierno-abierto

2 La experiencia reciente en México del parlamento abierto, disponible en:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/15/7081/4.pdf

3 Ibídem.

4 Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, Disponible en:

https://infocdmx.org.mx/index.php/parlamento-abierto.html

5 Gobierno de México, parlamento abierto, disponible en:

https://www.te.gob.mx/eje/media/files/1876704c054c5cf.pdf

6 Open gov partnership, parlamentos abiertos, disponible en:

https://www.opengovpartnership.org/es/policy-area/open-parliame nts/

7 Reglamento de la Cámara de Diputados, disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Reg_Diputados.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma los artículos 199 Octies y 211 Bis 1 del Código Penal Federal, en materia de imágenes alteradas con inteligencia artificial o “deepfakes”, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1 y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 199 Octies y 211 Bis 1 del Código Penal Federal, en materia de imágenes alteradas con inteligencia artificial o “ deepfakes”,con base a la siguiente

Exposición de Motivos

En los últimos años, la inteligencia artificial se ha consolidado como una herramienta de enorme impacto al contribuir en ámbitos como la medicina, la educación, la investigación científica y la optimización de servicios públicos y privados; sin embargo, ha traído consigo riesgos importantes. Al tratarse de sistemas desarrollados mayoritariamente en entornos tecnológicos históricamente dominados por hombres, pueden producir sesgos estructurales y, en algunos casos, han sido utilizados con fines ilícitos, como la suplantación de identidad, la extorsión y la creación de deepfakes, lo que plantea desafíos éticos, regulatorios y de protección de derechos fundamentales que requieren atención urgente.

La inteligencia artificial se refiere a sistemas informáticos capaces de realizar tareas complejas que normalmente requieren habilidades humanas, como razonar, tomar decisiones o crear. De acuerdo con la definición propuesta en la Sección 238(g) de la Ley de Autorización de la Defensa Nacional para el Año Fiscal 2019, de Estados Unidos la inteligencia artificial se define como:

“(1) Cualquier sistema artificial que realice tareas en circunstancias variables e impredecibles sin una supervisión humana significativa, o que pueda aprender de la experiencia y mejorar su desempeño al exponerse a conjuntos de datos.

(2) Un sistema artificial desarrollado en software informático, hardware físico u otro entorno, que resuelva tareas que requieran percepción, cognición, planificación, aprendizaje, comunicación o acción física similares a las humanas.

(3) Un sistema artificial diseñado para pensar o actuar como un ser humano, incluidas las arquitecturas cognitivas y las redes neuronales.

(4) Un conjunto de técnicas, incluido el aprendizaje automático, diseñado para aproximar una tarea cognitiva.

(5) Un sistema artificial diseñado para actuar de manera racional, incluido un agente de software inteligente o un robot incorporado, que alcance objetivos mediante percepción, planificación, razonamiento, aprendizaje, comunicación, toma de decisiones y acción.”

El desarrollo acelerado de herramientas de inteligencia artificial generativa ha democratizado la capacidad de crear o manipular audio, imagen y video con un nivel de realismo capaz de inducir a error a la mayoría de las personas. En ese contexto, los deepfakes, es decir contenidos sintéticos o manipulados que suplantan la identidad o alteran la apariencia/voz de una persona, se han convertido en un vehículo idóneo para ampliar el alcance, la velocidad de propagación y la dificultad probatoria de distintas conductas ilícitas, particularmente aquellas que lesionan la vida privada, la intimidad sexual, el honor, la dignidad, la seguridad y la integridad de las personas.

De acuerdo con UNICEF, los deepfakes son “imágenes, videos o audios generados o manipulados mediante inteligencia artificial con apariencia de realidad. Originalmente utilizados para entretenimiento o efectos visuales, su uso se ha sofisticado rápidamente y ahora se emplean para crear contenidos falsos que parecen reales, incluyendo materiales de abuso sexual infantil”.

Una investigación internacional encabezada por UNICEF, ECPAT e Interpol reveló que en 11 países, incluido México, al menos 1.2 millones de niñas y niños señalaron haber sufrido la alteración de sus imágenes mediante deepfakes de contenido sexual explícito durante el último año. En determinados entornos, esta cifra representa aproximadamente uno de cada 25 estudiantes en un aula promedio.

Como ocurre con otras manifestaciones de violencia contra mujeres y niñas, aquella que se ejerce mediante tecnologías digitales tiene raíces en la desigualdad estructural de género y en patrones culturales discriminatorios. Si bien cualquier mujer o niña puede ser víctima, ciertos grupos enfrentan una exposición mayor, particularmente aquellas con alta visibilidad en espacios digitales, como figuras públicas, periodistas, defensoras de derechos humanos, políticas, activistas feministas y jóvenes con presencia activa en redes, especialmente cuando desafían estereotipos o cuestionan estructuras patriarcales. Asimismo, también se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad quienes cuentan con acceso limitado a tecnologías o a conectividad digital de calidad, como muchas mujeres en contextos rurales, donde la baja alfabetización digital incrementa los riesgos y reduce las posibilidades de protección.

La Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer (A/HRC/38/47) desarrolló un marco de análisis desde los derechos humanos para evaluar cómo las tecnologías emergentes inciden en la violencia contra mujeres y niñas, abarcando ámbitos como la prevención, protección, persecución penal y acceso a la justicia. Asimismo, en la resolución 78/265, la Asamblea General de las Naciones Unidas advirtió que el uso indebido o malicioso de sistemas de inteligencia artificial puede reproducir y profundizar desigualdades estructurales y prácticas discriminatorias, lo que refuerza la necesidad de regulación con enfoque de derechos humanos.

De conformidad con el Proyecto preliminar del Pacto Digital Global, se reconoce que todos los derechos humanos son fundamentales para el desarrollo sostenible y para cerrar las brechas digitales. Se comprometen a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos en el entorno digital, aplicando el derecho internacional en el diseño, desarrollo, implementación, uso y regulación de tecnologías digitales y emergentes. El objetivo es que las personas estén protegidas frente a daños, sesgos y cualquier forma de discriminación, y puedan beneficiarse plenamente de la digitalización. También se reconoce la responsabilidad compartida de todos los actores involucrados, especialmente del sector privado, conforme a los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos.

Asimismo, los Estados se comprometen a:

1. Garantizar que la legislación nacional en materia de tecnologías digitales sea compatible con el derecho internacional.

2. Establecer salvaguardas adecuadas para prevenir y atender impactos negativos en derechos humanos derivados del uso de tecnologías digitales y emergentes.

3. Fortalecer los marcos legales y de política pública para proteger a la niñez en línea, incluyendo la prevención de toda forma de violencia digital contra niñas, niños y adolescentes, conforme a estándares internacionales de derechos humanos.

Según el informe 2023 State of Deepfakes: Realities, Threats, and Impact, la presencia de deepfakes en internet ha crecido de forma exponencial: en 2023 se identificaron 95,820 videos deepfake, lo cual representa un aumento del 550% respecto a 2019. De ese total, el 98 por ciento corresponde a deepfakesde contenido pornográfico, y sorprendentemente el 99 por ciento de las personas afectadas en esos videos son mujeres. Además, uno de cada tres programas para crear deepfakes permite generar contenido pornográfico, y crear un video de un minuto puede tomar menos de 25 minutos y no costar nada si se utiliza una sola imagen clara del rostro de la persona afectada.

En mayo de 2024, Francia aprobó la Ley SREN (Ley número 2024-449), que modifica el artículo 226-8 del Código Penal para tipificar como delito la producción y difusión de deepfakes no consentidos cuando su carácter artificial no sea evidente o no esté expresamente indicado, con el objetivo de reforzar la protección de los derechos personales en internet. La norma prohíbe crear o compartir contenidos generados por IA que suplanten la imagen o voz de una persona sin su consentimiento expreso, salvo en casos donde la artificialidad sea manifiesta, como obras satíricas, artísticas o de ficción, y obliga a las plataformas digitales a retirar con prontitud el material ilegal conforme al marco vigente, incluida la Ley de Servicios Digitales de la Unión Europea. Las sanciones contemplan hasta un año de prisión y 15.000 euros de multa, que pueden aumentar a dos años y 45.000 euros si el delito se comete a través de servicios de comunicación pública en línea, bajo supervisión judicial y de la autoridad reguladora ARCOM. Aunque hasta abril de 2025 no se habían registrado sentencias aplicando esta reforma, la medida posiciona a Francia entre los países con regulaciones más estrictas sobre deepfakes y anticipa posibles desarrollos legislativos adicionales frente a la evolución de la inteligencia artificial.

México presenta una incidencia relevante de violencia en línea. El Módulo sobre Ciberacoso (Mociba) 2023 estimó que 20.9 por ciento de la población usuaria de internet de 12 años y más vivió alguna situación de ciberacoso, lo que equivale a 18.4 millones de personas. Este volumen de afectación dimensiona el reto institucional y justifica la necesidad de actualizar el marco jurídico para responder a nuevas modalidades de agresión habilitadas por IA.

Ahora bien, en México, los deepfakes representan un desafío creciente tanto para la seguridad digital como para los derechos humanos, pero aún no existe una regulación específica a nivel nacional que los aborde de manera integral ni tipifique de forma clara estas conductas dentro del ordenamiento jurídico mexicano. Esta carencia normativa crea un vacío legal que dificulta la persecución y sanción de delitos basados en deepfakes, especialmente cuando se trata de la creación y difusión de material sin consentimiento, con impactos en la intimidad, la reputación y la privacidad de las víctimas. Si bien existen instrumentos como la Ley Olimpia o reformas en algunos estados que penalizan la difusión no consentida de contenido íntimo, dichos marcos son insuficientes para abarcar todas las manifestaciones de deepfakes generados por IA y sus efectos en diversos ámbitos (social, digital y jurídico). Este desfase entre los avances tecnológicos y la legislación vigente resalta la necesidad de reformas legales claras y específicas para proteger a las personas frente a los riesgos y daños derivados de estas tecnologías emergentes.

Por otro lado, Dinamarca, modificó su ley de derechos de autor para reconocer que toda persona “tiene derecho sobre su propio cuerpo, rasgos faciales y voz”, tratando así la apariencia individual como una forma de propiedad intelectual. La reforma establece que cualquier imitación realista generada por IA, del rostro, la voz o el cuerpo, difundida sin consentimiento violará la ley, otorgando a los ciudadanos el derecho a exigir la eliminación del contenido, mientras que las plataformas que no lo retiren podrán enfrentar multas severas.

Esta propuesta otorga a las víctimas de deepfakes el derecho a exigir la eliminación del contenido y recibir compensación, reconociendo que estos materiales causan daños reales, como extorsión, explotación sexual e incluso suicidios en algunos casos. Aunque también hay víctimas masculinas, la gran mayoría son mujeres y niñas, ya que la mayoría de los deepfakes son no consensuados y casi todos los de carácter sexual representan a mujeres.

La activista mexicana Olimpia Coral Melo, impulsora de la Ley Olimpia contra la violencia digital, ha señalado que las normas actuales, aunque significativas para sancionar la difusión no consentida de imágenes íntimas, son insuficientes para enfrentar prácticas más complejas como los deepfakes o contenidos íntimos alterados por tecnología, y ha subrayado que “ninguna legislación es suficiente” ante la rapidez con que la tecnología permite producir y difundir materiales manipulados que vulneran la intimidad y causan daños emocionales y sociales a las víctimas.

Por estas razones, la presente iniciativa propone reforma los artículos 199 Octies y adiciona un párrafo al artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal, en materia de imágenes alteradas con inteligencia artificial o “ deepfakes”. Derivado de lo anterior se anexa el siguiente cuadro comparativo para una mejor comprensión:

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Que reforma los artículos 199 Octies y 211 Bis 1 del Código Penal Federal en materia de imágenes alteradas con inteligencia artificial o deepfakes

Único. Se reforma el párrafo segundo de artículo 199 Octies y se adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 211 Bis 1, ambos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 199 Octies.- Comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización, incluyendo aquellos realizados mediante el uso de tecnologías digitales, sistemas de inteligencia artificial o cualquier medio tecnológico.

Estas conductas se sancionarán con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización.

Artículo 211 Bis 1.- Al que sin autorización modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días multa.

Al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de tres meses a un año de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

Se impondrá la misma pena a quien, mediante acceso ilícito o uso indebido de datos personales o biométricos, obtenga, procese o utilice tales datos con el propósito de generar contenidos digitales sintéticos destinados a suplantar la identidad de una persona.

Asimismo, se impondrán las penas previstas en el presente artículo a quien, mediante el uso de sistemas de inteligencia artificial o tecnologías de generación sintética, cree, altere o difunda contenidos digitales que reproduzcan o imiten de manera realista la imagen, voz o identidad biométrica de una persona sin su autorización, cuando dicha conducta tenga por finalidad la suplantación de identidad o la generación de un perjuicio.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 United States Congress. (2018). H.R. 5515: John S. McCain National Defense Authorization Act for Fiscal Year 2019 (115th Cong.). Recuperado de

https://www.congress.gov/bill/115th-congress/house-bill/5515/te xt

2 UNICEF México. (2026). IA y deepfakes: nuevos riesgos de violencia sexual contra la niñez.

https://www.unicef.org/mexico/historias/ia-y-deepfakes-nuevos-r iesgos-de-violencia-sexual-contra-la-niñez

3 UNICEF. (2026, 4 de febrero). Los abusos cometidos mediante deepfake siguen siendo abusos.

https://www.unicef.org/es/comunicados-prensa/abusos-cometidos-m ediante-deepfake-siguen-siendo-abusos

4 UN Women & Naciones Unidas. (2024). Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: Violencia contra las mujeres y las niñas facilitada por la tecnología (Informe A/79/500).

https://www.unwomen.org/sites/default/files/2024-10/a-79-500-sg -report-ending-violence-against-women-and-girls-2024-es.pdf

5 Šimonoviæ, D. (2018). Report of the Special Rapporteur on violence against women, its causes and consequences: Online and technology-facilitated violence against women and girls from a human rights perspective (A/HRC/38/47). United Nations Human Rights Council.

https://www.ohchr.org/en/documents/thematic-reports/ahrc3847-re port-special-rapporteur-violence-against-women-its-causes-and

6 Asamblea General de las Naciones Unidas (2024, 21 de marzo). Seizing the opportunities of safe, secure and trustworthy artificial intelligence systems for sustainable development (Resolución A/RES/78/265).

https://docs.un.org/es/A/RES/78/265

7 Asamblea General de las Naciones Unidas. (2024). Global Digital Compact: Zero draft.

https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/sotf-global-digital-c ompact-zero-draft.pdf

8 Security Hero (2023). 2023 State of Deepfakes: Realities, threats, and impact.

https://www.securityhero.io/state-of-deepfakes/

9 Carter, H. (2025, 17 de septiembre). France’s amendment to Article 226-8 of the French Criminal Code. FACIA.ai.

https://facia.ai/knowledgebase/frances-amendment-to-article-226 -8-of-the-french-criminal-code/

10 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2024, 17 de julio). Módulo sobre Ciberacoso (Mociba) 2023.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024 /MOCIBA/MOCIBA2023.pdf

11 Willige, A. (2025, 30 de julio). Deepfake legislation: Denmark moves to protect digital identity. World Economic Forum.

https://www.weforum.org/stories/2025/07/deepfake-legislation-de nmark-digital-id/

12 Willige, A. (2025, 30 de julio). Deepfake legislation: Denmark moves to protect digital identity. World Economic Forum.

https://www.weforum.org/stories/2025/07/deepfake-legislation-de nmark-digital-id

13 Piña, G. (2023, 29 de junio). Cinco casos de “DeepFake porn” en México. La ley es insuficiente: Olimpia Coral. Emeequis.

https://emeequis.com/entrevistas/cinco-casos-de-deepfake-porn-e n-mexico-la-ley-es-insuficiente-olimpia-coral/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 199 Octies y 199 Decies del Código Penal Federal, en materia de delitos contra la intimidad sexual, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Paola Michell Longoria López, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delitos contra la intimidad sexual, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Olimpia Corral Melo es una activista mexicana reconocida por haber visibilizando la violencia digital de género y haber promovido una serie de reformas centradas en reconocer, investigar, prevenir y castigar conductas que atentan contra la intimidad sexual. Corral Melo inicio su lucha en 2012 cuando una antigua pareja difundió un video íntimo de ella que se viralizó redes sociales y cuando Olimpia quiso denunciar el hecho, se dio cuenta de que el acto no estaba tipificado como delito.

Fue así como comenzó a promover cambios legales en distintos estados de la república logrando finalmente, que en 2021 la tipificación de diversos delitos contra la intimidad sexual.

Así, se previeron las siguientes conductas en el Código Penal Federal:

• Videograbar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

• Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

Si bien es claro que la tipificación de los delitos fue fundamental para el reconocimiento y la protección del derecho a la intimidad de las mujeres, en México, es claro que todavía hace falta mucho por hacer pues vivimos en una sociedad terriblemente violencia contra las mujeres, pues como ha referido ONU mujeres, en los últimos años la violencia digital se ha desatado exponencialmente.

A decir verdad, en México, cerca del 22 por ciento de las mujeres usuarias del internet han sufrido algún tipo de violencia digital, lo que equivale en cerca del 10.6 millones de víctimas.

De hecho, de acuerdo con la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, tan sólo en el 2023 se registraron mil 947 carpetas de investigación por delitos contra la intimidad sexual, la gran mayoría se centraron en grabar, fotografiar, difundir o compartir imágenes o audios sin consentimiento de las personas involucradas, la mayoría de las víctimas tenían entre 18 y 39 años. Además de lo anterior, también se han observado actos de exposición de datos personales.

Si bien es claro que la reforma fue fundamental, es claro que con la aparición de nuevas tecnologías como la inteligencia artificial la regulación actual es insuficiente, esto se debe en buena medida al hecho que de que las reformas fueron diseñadas para la difusión de contenidos y no prevé la alteración de imágenes con este tipo de herramientas ni la creación de catálogos de fotografías sexualidades de personas, así otros fenómenos actuales.

Y es que, con el surgimiento de diversas herramientas digitales que utilizan la inteligencia artificial para modificar imágenes de todo tipo, surgió un fenómeno llamado deepfake, que consiste en “modificar la apariencia física e incluso la voz de las personas y hacerlas decir o hacer algo que nunca dijeron o hicieron.” Así, con las herramientas digitales es posible alterar la fotografía de una persona y generar imágenes o videos con contenido de carácter sexual sin su consentimiento.

Este tipo de contenidos puede afectar a la víctima tanto o más que la divulgación de fotos, videos o imágenes reales, puesto que daña seriamente su imagen y puede alterar su realidad y vida cotidiana, marcándola de por vida.

Es precisamente por lo anterior que la presente iniciativa de ley busca revisar los tipos penales de la violencia digital a fin de fortalecer aún más el marco regulatorio y protector de las mujeres.

De esta forma, la presente iniciativa propone fortalecer los tipos penales y prever el uso de inteligencia artificial en la elaboración de contenido que pueda violar la intimidad sexual de una persona. Así por lo que se refiere a la conducta típica se incluye la creación, alteración o manipulación de imágenes íntimas mediante herramientas digitales o inteligencia artificial. Asimismo, se introduce como agravante la compilación, organización, almacenamiento y comercialización sistemática de catálogos de contenido íntimo sin consentimiento.

Agravantes específicas:

• Cuando la víctima sea menor de dieciocho años.

• Cuando el hecho se cometa con fines de lucro, extorsión, control, chantaje o venganza.

• Cuando se utilicen tecnologías de inteligencia artificial o sistemas automatizados para producir o replicar el contenido.

• Cuando se compile, organice, almacene y comercialice sistemáticamente catálogos de este contenido.

Cabe señalar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo vigésimo tercero, establece que:

Toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias, el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres adolescentes, niñas y niños.

Igualmente, es importante atender el hecho de que la legislación vigente en materia de violencia digital ya establece en su artículo 20 Quáter lo siguiente sobre la violencia digital:

Violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.

Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

Para efectos del presente Capítulo se entenderá por Tecnologías de la Información y la Comunicación aquellos recursos, herramientas y programas que se utilizan para procesar, administrar y compartir la información mediante diversos soportes tecnológicos.

La violencia digital será sancionada en la forma y términos que establezca el Código Penal Federal.

Finalmente, no podemos soslayar que México tiene compromisos internacionales en materia de violencia de género y contra las mujeres, como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará); así como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), mecanismo que constantemente hace llamados para prevenir y combatir la violencia digital contra la mujer, particularmente a través de la tipificación y sanción de dicha conducta en el marco jurídico nacional.

Dicho esto, tanto la legislación mexicana vigente como los compromisos internacionales en la materia, así como los cambios constantes en materia tecnológica y digital, exigen que se mantenga actualizada la legislación sobre la violencia digital, máxime cuando se trata de proteger a mujeres niñas y niños, a fin de erradicar la violencia hacia estos grupos poblacionales, por ello la pertinencia de la presente iniciativa.

A continuación, se presenta un cuadro comparativo con la reforma propuesta, a fin de clarificar la intención de la presente iniciativa:

Por lo anteriormente expuesto se presenta el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal

Artículo Único. Se reforman los párrafos primero y segundo del artículo 199 Octies, y la fracción V del artículo 199 Decies; se adicionan un párrafo cuarto al artículo 199 Octies y las fracciones I Bis y IV Bis 199 Decies, todas al Código Penal Federal para quedar como sigue:

Artículo 199 Octies.- Comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos, textos o audios de contenido íntimo sexual real o manipulado digitalmente a través de inteligencia artificial u otra herramienta digital, de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual reales o manipulados mediante inteligencia artificial u otra herramienta digital, de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización.

...

Se considerará violación a la intimidad sexual y se castigará con las mismas penas a quien cree, altere o manipule imágenes, videos, audios, grabaciones de contenido íntimo sexual utilizando herramientas digitales o de inteligencia artificial.

Artículo 199 Decies.- El mínimo y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad:

I.- ...

I Bis.- Cuando entre la víctima o el victimario exista una relación de confianza o subordinación;

II. y III.- ...

IV.- ...

IV. Bis.- Cuando el victimario compile, organice, almacene y comercialice sistemáticamente catálogos de contenido íntimo sin consentimiento, sean reales o manipuladas digitalmente.

V.- Cuando se haga con fines lucrativos, de venganza o

VI.- ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 La “Ley Olimpia” y el combate a la violencia digital, Procuraduría Federal del Consumidor, disponible en:

https://www.gob.mx/profeco/articulos/la-ley-olimpia-y-el-combat e-a-la-violencia-digital?idiom=es

2 Gobierno Federal. Ficha técnica de Ley Olimpia. [en línea] en

https://ordenjuridico.gob.mx/violenciagenero/LEY%20OLIMPIA.pdf

3 UNAM. La violencia digital ha crecido exponencialmente. Gaceta UNAM, México [en línea]

https://www.gaceta.unam.mx/la-violencia-digital-ha-crecido-expo nencialmente/

4 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, México 20 de noviembre del 2025 [en línea] en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/202 5/EAP_VioVSMujeres_25.pdf

5 La Jornada. En la FGJ, mil 947 casos de delitos contra la intimidad sexual; mujeres, la mayoría

https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/03/10/capital/en-la-fgj -mil-947-casos-de-delitos-contra-la-intimidad-sexual-mujeres-la-mayoria

6 Deepfakes y adolescentes: existe un vacío legal sobre los videos con contenido sexual creados con IA y su difusión en redes, Chequeado, [en línea], disponible en:

https://chequeado.com/el-explicador/deepfakes-y-adolescentes-ex iste-un-vacio-legal-sobre-los-videos-con-contenido-sexual-creados-con-ia-y-su-d ifusion-en-redes/

7 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados, [en línea], disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

8 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, Cámara de Diputados, disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf

Dado en el salón de sesiones, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Paola Michell Longoria López (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



PARA QUE SE DECLARE EL 17 DE MAYO DÍA NACIONAL DEL PRODUCTOR DE LA NUEZ

Iniciativa de decreto, por el que se declara el 17 de mayo Día Nacional del Productor de la Nuez, a cargo de los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO A LAS AUTORIDADES DE CENTROS PENITENCIARIOS, A IMPLEMENTAR ACCIONES QUE PROVEAN INSUMOS BÁSICOS DE HIGIENE PARA LAS ADOLESCENTES Y MUJERES QUE SE ENCUENTRAN PRIVADAS DE LA LIBERTAD

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a las autoridades de los centros penitenciarios, para que conforme a sus atribuciones implementen acciones que provean de manera permanente, suficiente, de calidad y gratuita insumos básicos de higiene para las adolescentes y mujeres que se encuentran privadas de la libertad en los centros penitenciarios, a fin de garantizar su derecho a la salud y a una gestión menstrual digna, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, María Rosete, integrante del Grupo de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; y 79, numeral 2, fracciones I a III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En los últimos años han existido avances significativos para proteger y garantizar los derechos humanos de todas las mujeres. Prueba de ello son las reformas aprobadas con enfoques de igualdad y paridad sustantiva o la implementación de medidas para la erradicación de la violencia de género, convirtiendo a nuestro país en un referente internacional para el fortalecimiento y la creación de una agenda feminista.

Sin embargo, miles de mujeres mexicanas se encuentran desprotegidas y vulneradas ante sistemas o autoridades que ignoran u omiten la aplicación de normatividades que salvaguardan y dignifican al género femenino; por lo que estas problemáticas son exacerbadas principalmente para las mujeres que se encuentran privadas de su libertad y cumplen una condena en los centros penitenciarios en México, puesto que se han evidenciado por diversas organizaciones y medios de comunicación la falta de acceso a insumos básicos o de higiene personal, como son toallas sanitarias, papel higiénico, tampones, copas menstruales, entre otros productos que se vuelven totalmente inaccesibles para su utilización.

De acuerdo a una investigación realizada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en 2020, que consistió en una serie de visitas a las instalaciones de centros penitenciarios y la solicitud de información a las autoridades penitenciarias de diversos estados de la República Mexicana, se concluyó que existe una incapacidad de proveer de productos menstruales, provocando que miles de mujeres improvisen con trapos, calcetines, cobijas o en los casos más graves, con la espuma o relleno de las colchonetas donde duermen para gestionar su menstruación, lo que se convierte en una transgresión total a sus derechos humanos y pone en riesgo su salud y dignidad.

Es fundamental señalar que en dicha revisión se determinó “que los rangos de edad de las adolescentes y mujeres privadas de la libertad se encuentran entre los 18 a 50 años, es decir, en su mayoría son menstruantes”, cifra que resulta preocupante ante la carencia de productos básicos; no obstante, de acuerdo al último Censo Nacional del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) se concluyó que al cierre de 2024 “había 236 mil 773 personas privadas de la libertad/internadas en los centros penitenciarios y centros especializados: 235 mil 312 adultas y 1 mil 461 adolescentes. De este total, 20 mil 702 (8.7 por ciento) estaban en los CPF y 216 mil 71 (91.3 por ciento) en los CPE. Por sexo, 13 mil 985 eran mujeres y 222 mil 788, hombres;” datos que permiten visibilizar la necesidad imperante de satisfacer y atender la disponibilidad de productos derivados del ciclo reproductivo.

Cabe destacar que la CNDH realizó la observación que la mayoría de las entidades federativas no cuentan con una partida presupuestal especifica para la adquisición de dichos productos, toda vez que, en la mayoría de los casos, son las organizaciones no gubernamentales, la sociedad civil organizada o los núcleos familiares quienes realizan la recolección y donación de estos productos a la población penitenciaria, además, sólo 12 de las 32 estados demostraron cubrir con el presupuesto general la compra de toallas femeninas, pero a pesar de ello, no se cuenta con la asignación de recursos específicos para proporcionar artículos menstruales, limitando así la inversión a otros servicios, como medicamentos, alimentos, etcétera.

Asimismo, se señaló que existe una falta de reconocimiento por parte de las autoridades penitenciarias sobre las diferentes problemáticas a las que se enfrentan las mujeres en reclusión, debido a que no se contemplan políticas públicas que tengan como propósito proveer productos suficientes y de calidad a cada mujer privada de su libertad, donde se les garantice condiciones mínimas de dignidad y bienestar. Igualmente, se debe enfatizar que al interior de los centros de reclusión se evidenció la venta de productos higiénicos y menstruales a un sobrecosto, imposibilitando su compra, ya que muchas de ellas no cuentan con los recursos económicos para solventar un gasto mensual.

Por lo anterior, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la recomendación 35/2021, en donde exige a las autoridades penitenciarias y a los gobiernos estatales o federales implementar acciones que garanticen los derechos sexuales y reproductivos, así como la gestión e higiene menstrual digna de todas las adolescentes y mujeres que se encuentran en los centros de reclusión.

Actualmente, nuestro marco normativo cuenta con ordenamientos que buscan proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres en reclusión, como es la Ley de Ejecución Penal, la cual es de orden público y de observancia general, por lo que en la fracción III del artículo 10, en el que se establecen los derechos de las mujeres privadas de su libertad, en un Centro Penitenciario, se establece que:

Artículo 10. Derechos de las mujeres privadas de su libertad en un Centro Penitenciario además de los derechos establecidos en el artículo anterior, las mujeres privadas de la libertad tendrán derecho a:

I. y II. ...

III. Contar con las instalaciones adecuadas y los artículos necesarios para una estancia digna y segura, siendo prioritarios los artículos para satisfacer las necesidades de higiene propias de su género;

IV. a XI. ...

...

...

...

...

...

...”

Asimismo, en el capitulo III de la misma legislación denominado Régimen de Internamiento, que determina las condiciones y servicios que de todas las personas que se encuentran privadas de la libertan, donde instaura que:

Artículo 30. Condiciones de internamiento

Las condiciones de internamiento deberán garantizar una vida digna y segura para todas las personas privadas de la libertad.

Las personas privadas de la libertad podrán ejercer los derechos y hacer valer los procedimientos administrativos y jurisdiccionales que estuvieren pendientes al momento de su ingreso o aquellos que se generen con posterioridad, salvo aquellos que sean incompatibles con la aplicación de las sanciones y medidas penales impuestas.

Artículo 32. Servicios

La Autoridad Penitenciaria estará obligada a prestar sus servicios a todas las personas privadas de la libertad que los requieran, ser de buena calidad y adecuarse a sus necesidades, bajo criterios de razonabilidad y no discriminación. Las personas sujetas a prisión preventiva y las personas aseguradas con fines de extradición gozarán de estos derechos desde su ingreso. Las personas privadas de la libertad podrán hacer uso voluntariamente de los servicios que ofrezca el Centro Penitenciario, con excepción de las medidas preventivas de enfermedades, de higiene y de salubridad general.

La Autoridad Penitenciaria está obligada a brindar gratuitamente todos los suministros a la población penitenciaria.”

Por último, en cumplimiento con lo establecido en el párrafo segundo y cuarto del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los sistemas penitenciarios deberán regirse bajo el respeto y cumplimiento de los derechos humanos, determinando lo siguiente:

Artículo 18. ...

...

El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.

...

La federación y las entidades federativas establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Este sistema garantizará los derechos humanos que reconoce la Constitución para toda persona, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes. Las personas menores de doce años a quienes se atribuya que han cometido o participado en un hecho que la ley señale como delito, sólo podrán ser sujetos de asistencia social.

...

...

...

...

Por lo anterior y comprometida con las mujeres que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, exhortamos respetuosamente a las autoridades de los centros penitenciarios que dependen de las 32 entidades federativas, así como de los gobiernos locales y a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, para que conforme a sus atribuciones implementen acciones que provean de manera permanente, suficiente, de calidad y gratuita insumos básicos de higiene para las adolescentes y mujeres que se encuentran privadas de la libertad en los centros penitenciarios, a fin de garantizar sus derecho a la salud y a una gestión menstrual digna, por lo que, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, para que los Centros Federales de Readaptación Social, conforme a sus atribuciones implementen acciones que provean de manera permanente, suficiente, de calidad y gratuita insumos básicos de higiene para las adolescentes y mujeres que se encuentran privadas de la libertad en los centros penitenciarios federales, a fin de garantizar su derecho a la salud y a una gestión menstrual digna.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a los titulares de los Órganos de Prevención y Readaptación Social o sus equivalentes de las entidades federativas, para que conforme a sus atribuciones implementen acciones que provean de manera permanente, suficiente, de calidad y gratuita insumos básicos de higiene para las adolescentes y mujeres que se encuentran privadas de la libertad en los centros penitenciarios federales, a fin de garantizar su derecho a la salud y a una gestión menstrual digna.

Notas

1 Comisión Nacional de Derechos Humanos (2021) “Recomendación No. 35/2021”.

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2021-09/ REC_2021_035.pdf

2 Inegi (2025) “Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales (CNSIPEF-E)”. Comunicado de prensa 75/25

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025 /CNSIPEE/CNSPEyF2025.pdf

3 Ley Nacional de Ejecución Penal.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNEP.pdf

4 Ibídem.

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.— Diputada María Rosete (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE DESARROLLE UN PROTOCOLO DE ATENCIÓN MÉDICA PARA LA ATENCIÓN DE LA FIBROSIS PULMONAR IDIOPÁTICA QUE SIRVA COMO BASE PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS DIFERENTES PROTOCOLOS INSTITUCIONALES EXISTENTES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetosamente al Consejo de Salubridad General y a las diferentes instituciones públicas de salud a que desarrollen un protocolo de atención médica para la atención de la fibrosis pulmonar idiopática que sirva como base para la actualización de los diferentes protocolos institucionales existentes, así como para fortalecer los mecanismos de referencia y contra referencia para la atención oportuna de esta enfermedad y para el aprovechamiento eficiente de los recursos aprobados en los programas presupuestales de atención a la salud en beneficio de los pacientes, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Mónica Herrera Villavicencio integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo basado en lo siguiente

Consideraciones

La fibrosis pulmonar idiopática (FPI) representa una de las enfermedades respiratorias más devastadoras y menos comprendidas en México. En el marco de la consolidación del sistema nacional de salud y como un recordatorio derivado de diversos posicionamientos en el marco del Día Mundial de la Fibrosis Pulmonar Idiopática expresados el 7 de septiembre pasado, resulta imperativo analizar la magnitud de este problema de salud que afecta a miles de mexicanos y que requiere una respuesta coordinada de las instituciones del Estado para garantizar el acceso oportuno al diagnóstico, tratamiento especializado y rehabilitación.

La FPI es una enfermedad caracterizada por un cambio en composición del pulmón que consiste en que las células que lo componen comienzan a transformarse en tejido fibroso y endurecerse, perdiendo así su función esencial que es el aprovechamiento del oxígeno necesario para vivir. Esta enfermedad se presenta predominantemente en adultos mayores y tiene un pronóstico sombrío, con una sobrevida media de apenas 3-5 años posterior al diagnóstico. A diferencia de otras enfermedades respiratorias crónicas que reciben mayor atención en las políticas de salud pública, la FPI permanece en las sombras del sistema de salud, a pesar de su devastador impacto en la mortalidad y calidad de vida de los pacientes.

Epidemiología y magnitud del problema en México

Los datos epidemiológicos disponibles sobre la FPI en México revelan una situación preocupante que contrasta con la falta de políticas específicas para su atención. De acuerdo con el Primer Consenso Mexicano sobre Fibrosis Pulmonar Idiopática publicado en 2016, se estima que aproximadamente 10 mil personas en México padecen esta enfermedad. Sin embargo, esta cifra podría representar una subestimación significativa, considerando que estudios más recientes sugieren que podrían existir hasta 22 mil 600 pacientes con FPI en el país.

Por su parte, la encuesta nacional realizada en 2015 a 168 neumólogos mexicanos reveló que en promedio cada especialista diagnostica alrededor de 8 pacientes con FPI por año. Esta información permite dimensionar la magnitud del problema en lo relativo a número de casos y la dispersión de la enfermedad a nivel nacional. Como dato que merece atención, es relevante apuntar que los estados con mayor concentración de casos son aquellos con mayor desarrollo industrial y urbanización, lo que sugiere una posible correlación entre factores ambientales y la incidencia de la enfermedad.

Un estudio epidemiológico reciente realizado en el estado de Puebla encontró que las muertes por enfermedades pulmonares intersticiales con fibrosis, correspondieron al 9.1 por ciento del total de muertes asociadas a padecimientos pulmonares en 2020, con un 54 por ciento de prevalencia en el sexo masculino y una base etaria concentrada entre los 70-79 años de vida. Estos datos son consistentes con el perfil epidemiológico internacional de la enfermedad y confirman su relevancia como problema de salud pública.

El impacto de la mortalidad

La mortalidad asociada a la FPI presenta cifras alarmantes que posicionan a esta enfermedad como una de las más letales en el espectro de las enfermedades respiratorias.

Según datos de la encuesta nacional a neumólogos, la tasa de mortalidad por FPI en México alcanza 61.2 muertes por cada millón de habitantes en hombres. Esta cifra adquiere mayor relevancia cuando se compara con otras enfermedades respiratorias crónicas que han recibido mayor atención en las políticas de salud pública.

El análisis de la tendencia de mortalidad por enfermedades intersticiales en México durante el período 2000-2010 mostró un incremento sostenido, particularmente en la población de 65 años y más, con tasas más altas en hombres. Este patrón de mortalidad creciente refleja tanto el envejecimiento poblacional como las grandes áreas de oportunidad existentes en el diagnóstico y tratamiento oportuno de la enfermedad.

La probabilidad de muerte por FPI es particularmente elevada: entre 5 y 10 por ciento de los pacientes sufren una exacerbación anual que puede ser sinónimo de fallecimiento, y sin tratamiento antifibrótico, la enfermedad causa la muerte en un plazo de 2 a 3 años después del diagnóstico. Estos datos contrastan dramáticamente con el pronóstico de otras enfermedades respiratorias crónicas como el asma o la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), donde los avances terapéuticos han permitido mejorar significativamente la supervivencia y calidad de vida de los pacientes.

La problemática del diagnóstico tardío

Una de las características más preocupantes de la FPI en México es el retraso significativo en el diagnóstico, que constituye un factor determinante en el pronóstico adverso de la enfermedad. Los datos del consenso mexicano revelan que el tiempo promedio para obtener un diagnóstico es de 1.5 años, extendiéndose hasta más de 2 años en 59.8 por ciento de los casos.

Este retraso diagnóstico se origina en múltiples niveles del sistema de salud. En el primer nivel de atención, los médicos generales frecuentemente no reconocen los síntomas iniciales de la FPI, confundiéndolos con enfermedades respiratorias más comunes como bronquitis crónica, asma o infecciones respiratorias recurrentes. Los síntomas característicos de la enfermedad son disnea progresiva, tos seca persistente, fatiga y cianosis, sin embargo, éstos son inespecíficos en sus etapas iniciales, por lo que su diagnóstico preciso debe realizarlo un especialista para lo cual el tiempo de derivación es crucial.

En este sentido, se deben dotar de herramientas diagnósticas al personal de salud de primer contacto para que, en caso de sospecha razonable, deriven oportunamente para descartar o confirmar esta enfermedad u otras de complejidad justificada.

En el segundo nivel de atención, los hospitales generales carecen frecuentemente de especialistas en enfermedades intersticiales y no cuentan con los estudios especializados necesarios para el diagnóstico diferencial. Esta limitación se agrava por la falta de protocolos específicos de derivación que orienten a los médicos sobre cuándo sospechar FPI y cómo proceder con la evaluación diagnóstica.

Deficiencias en la infraestructura diagnóstica

La evaluación de la disponibilidad de recursos diagnósticos para FPI entre los neumólogos mexicanos revela importantes deficiencias que impactan directamente en la calidad y oportunidad del diagnóstico. Aunque 89 por ciento de los neumólogos dispone de tomografía de alta resolución (TAC-AR), componente fundamental para el diagnóstico de FPI, sólo 37 por ciento tiene apoyo de un radiólogo experto en enfermedades intersticiales y únicamente el 31 por ciento cuenta con un patólogo experto.

Esta discrepancia es particularmente problemática considerando que el diagnóstico de FPI requiere un abordaje multidisciplinario que incluya la evaluación conjunta de neumólogo, radiólogo y patólogo expertos en enfermedades intersticiales. La ausencia de estos especialistas en la mayoría de los centros de atención conduce a diagnósticos tardíos o incorrectos, limitando las opciones terapéuticas y empeorando el pronóstico.

Adicionalmente, un tercio de los neumólogos no solicita autoanticuerpos para descartar enfermedades autoinmunes, y son aún menos los que descartan enfermedades exposicionales como la neumonitis por hipersensibilidad. Estas omisiones en el proceso diagnóstico pueden resultar en tratamientos inadecuados o la pérdida de oportunidades terapéuticas críticas.

La concentración de servicios especializados

México cuenta únicamente con tres centros especializados en enfermedades intersticiales pulmonares: el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas (INER), el Centro de Prevención y Rehabilitación de Enfermedades Pulmonares Crónicas (CEPREP) en Monterrey, y el Hospital General de México (HGM) . Esta concentración extrema de servicios especializados genera una brecha enorme entre la capacidad de atención y la demanda real de pacientes.

El INER, como centro de referencia nacional, atiende aproximadamente 150 pacientes con FPI de los 400 pacientes con enfermedades intersticiales que maneja anualmente. Los otros dos centros tienen una capacidad considerablemente menor, lo que resulta en una capacidad nacional combinada de aproximadamente 230 pacientes, cifra dramáticamente inferior a los 10 mil pacientes estimados con FPI en el país.

Esta disparidad se refleja en los resultados de la encuesta nacional, donde 63 por ciento de los neumólogos reportó no tener acceso a un centro de referencia específico para enfermedades intersticiales. La falta de centros regionales especializados obliga a los pacientes a recorrer grandes distancias para acceder a atención especializada, generando barreras adicionales de acceso que impactan desproporcionadamente a poblaciones vulnerables y de bajos recursos.

Deficiencias en el marco normativo y de políticas públicas

Una de las problemáticas más evidentes en la atención de la FPI en México es la ausencia de un marco normativo específico que oriente la práctica clínica y garantice estándares de atención. A diferencia de otras enfermedades respiratorias crónicas como el asma y la EPOC, que cuentan con guías de práctica clínica oficiales y protocolos de atención bien establecidos, la FPI carece de instrumentos normativos que sirvan de referencia a los profesionales de la salud.

La falta de instrumentos clínicos como guías de práctica clínica específicas o protocolos estandarizados para FPI en el sistema nacional de salud resulta en heterogeneidad en los abordajes diagnósticos y terapéuticos. Esta situación se agrava por el uso persistente de tratamientos obsoletos: 85 por ciento de los neumólogos aún prescribe prednisona como tratamiento de inicio, a pesar de que estudios internacionales han demostrado que la terapia con prednisona, azatioprina y N-acetilcisteína no solo no produce beneficios, sino que es potencialmente dañina para estos pacientes.

Sin embargo, México ha avanzado en el desarrollo de políticas específicas para enfermedades respiratorias crónicas a través del Programa de Acción Específico (PAE) para Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias 2020-2024. Este programa se enfoca principalmente en asma, EPOC, influenza y neumonía, aunque también considera otras enfermedades de manera tangencial como el cáncer de pulmón y la fibrosis pulmonar.

Aunque el PAE culminó su vigencia en diciembre de 2024, la continuidad de sus objetivos y acciones resulta imprescindible para fortalecer la respuesta institucional ante la alta carga social y sanitaria que representan estos padecimientos en México. El PAE demostró pertinencia al establecer la prevención y el control de las enfermedades mencionadas, todas ellas responsables de una elevada morbilidad y mortalidad, además de significativos años de vida perdidos por discapacidad y muerte prematura. Sus objetivos prioritarios incluyeron incrementar el acceso a atención de calidad desde el primer nivel de atención, consolidar un marco normativo robusto y favorecer la profesionalización técnica del personal de salud, permitiendo así la ampliación de la cobertura universal y el fortalecimiento institucional para la atención eficiente y equitativa a toda la población afectada, especialmente en sectores de alta vulnerabilidad.

Retomar estos instrumentos y adaptarlos a la realidad actual es necesario y pertinente para alinear la política de salud con los retos epidemiológicos y sociales vigentes, acelerando la transición hacia modelos preventivos y sostenibles, en coherencia con los principios de participación social, justicia, equidad y derecho universal a la protección de la salud consagrados en la Constitución y los tratados internacionales ratificados por México.

Si bien estos instrumentos no incluían la creación o asignaciones presupuestales específicas sino el ejercicio de las diferentes bolsas presupuestales ya aprobadas, es necesario eficientar el uso de los recursos disponibles para un ejercicio justo y proporcional con base en las partidas aprobadas para la atención médica.

Fragmentación del sistema de referencia y contrarreferencia

El sistema de referencia y contrarreferencia para pacientes con FPI presenta importantes áreas de oportunidad que contribuyen al retraso diagnóstico y la fragmentación de la atención. Aunque México cuenta con un marco general para la referencia entre niveles de atención, este no incluye criterios específicos para la derivación oportuna de pacientes con sospecha de enfermedades intersticiales.

La falta de criterios específicos de derivación desde el primer nivel de atención hacia centros especializados resulta en derivaciones tardías o inadecuadas. Los médicos del primer nivel de atención carecen de herramientas estandarizadas que les permitan identificar signos de alarma que justifiquen la derivación urgente, lo que contribuye al retraso diagnóstico característico de la enfermedad.

Adicionalmente, la ausencia de protocolos de contrarreferencia impide el seguimiento conjunto entre centros especializados y unidades de primer nivel, limitando la continuidad de la atención y el acceso a cuidados de soporte cercanos al domicilio del paciente. Esta fragmentación es particularmente problemática considerando que los pacientes con FPI requieren seguimiento especializado regular y acceso oportuno a intervenciones como oxigenoterapia y rehabilitación pulmonar.

Sin embargo, se considera que no es necesario en los primeros niveles un sistema de referencia exclusivo para FPI, sino más bien, construir a la par de los sistemas de referencia y contra referencia que se construyan o actualicen para enfermedades respiratorias crónicas. En este sentido se podría potenciar el alcance y atención de las enfermedades pulmonares crónicas y aprovechar los recursos, infraestructura y procesos para una atención más oportuna.

Experiencias internacionales como referencia

La experiencia internacional en el manejo de la FPI proporciona modelos valiosos que podrían adaptarse al contexto mexicano. El Registro Latinoamericano de Fibrosis Pulmonar Idiopática (REFIPI), desarrollado entre 2014 y 2019, incluyó 974 casos de 14 países latinoamericanos y demostró la viabilidad de crear sistemas de vigilancia epidemiológica regionales.

Países como Chile y España han desarrollado registros nacionales específicos y protocolos de atención que han mejorado significativamente el diagnóstico y tratamiento de la FPI. La Iniciativa Global para el Tratamiento de la Fibrosis (GIFT) representa un modelo de cooperación internacional que podría beneficiar a México en términos de investigación y desarrollo de mejores prácticas clínicas.

Las guías internacionales más recientes, particularmente el consenso ATS/ERS/JRS/ALAT de 2022, proporcionan recomendaciones basadas en evidencia que podrían servir como base para el desarrollo de protocolos nacionales adaptados a las condiciones y recursos del sistema de salud mexicano.

Implicaciones para la política de salud pública

Los datos presentados evidencian que la FPI un problema de salud que requiere atención por parte de las instituciones públicas de salud. La alta mortalidad, el diagnóstico tardío generalizado, la falta de protocolos específicos y la concentración extrema de servicios especializados constituyen barreras sistémicas que vulneran el derecho constitucional a la salud de los mexicanos que padecen esta enfermedad.

La estandarización de un protocolo de atención médica para FPI representaría un avance significativo en la homogenización de la práctica clínica y la mejora del acceso a diagnóstico y tratamiento oportunos. Este protocolo debería incluir criterios diagnósticos unificados, algoritmos de manejo basados en evidencia internacional y lineamientos específicos para el seguimiento y monitoreo de pacientes.

El 1 de agosto de 2023 el Comité para la Elaboración de Protocolos de Atención Médico publicó la Relación única de Protocolos Técnicos en los que se contienen los tratamientos, medicamentos y demás materiales que continuarían vigentes, en el listado están contemplados 103 protocolos. Posteriormente en 11 de julio de 2024 el mismo Comité publicó el Programa de Trabajo para la elaboración y actualización de protocolos, algunos ya enlistados en la lista anterior, pero se incluían también nuevos protocolos a trabajar hacia delante en los siguientes meses.

Sin embargo, a pesar de que en este último documento se sumaron 182 protocolos, en ningún caso se incluyó uno específico para fibrosis pulmonar idiopática, o enfermedades intersticiales del pulmón, aunque sí se incluyeron otras enfermedades crónicas como hipertensión pulmonar primaria y EPOC.

Además de la atención médica es necesario fortalecer los criterios de referencia y contrarreferencia desde el primer nivel de atención podría reducir significativamente los tiempos de diagnóstico y mejorar el pronóstico de los pacientes. La implementación de programas de capacitación médica continúa dirigidos al personal de salud del primer y segundo nivel permitiría mejorar el reconocimiento temprano de la enfermedad y la derivación oportuna a centros especializados.

Conclusiones y recomendaciones

La fibrosis pulmonar idiopática constituye un problema de salud de magnitud considerable en México, caracterizado por alta mortalidad, diagnóstico tardío y acceso limitado a atención especializada. La ausencia de políticas específicas, guías o protocolos de atención y sistemas de vigilancia epidemiológica perpetúan las inequidades en el acceso y calidad de la atención.

La evidencia presentada sustenta la necesidad de avanzar en la implementación de acciones legislativas y de política pública que incluyan entre otras acciones:

1) la creación de un protocolo de atención médica y la actualización de los protocolos institucionales de atención para FPI basado en evidencia internacional;

2) el fortalecimiento de los sistemas de referencia y contrarreferencia desde el primer nivel de atención;

3) El aprovechamiento de recursos económicos aprobados y disponibles en los diferentes programas presupuestales para la atención médica para el tratamiento de personas con esta enfermedad;

4) la creación de un registro nacional que permita conocer la epidemiología real de la enfermedad;

5) la integración explícita de la FPI en las políticas existentes de atención a enfermedades respiratorias crónicas; y

6) la expansión de la capacidad de atención especializada a través de la creación de centros regionales de referencia.

La conmemoración del Día Mundial de la Fibrosis Pulmonar Idiopática representó una oportunidad para visibilizar esta enfermedad y promover acciones coordinadas que mejoren el diagnóstico, tratamiento y pronóstico de los miles de mexicanos que la padecen.

En los últimos años, la cuarta transformación ha hecho un esfuerzo innegable en el fortalecimiento del sistema público de salud y en línea con la profundización y mejora de la transformación para que nadie se quede fuera de la atención que por derecho constitucional le correspondiente, independientemente de la condición de aseguramiento o ubicación geográfica de los pacientes.

Por lo expuesto ponemos a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados solicita respetosamente al Consejo de Salubridad General y a las diferentes instituciones públicas de salud que desarrollen un protocolo de atención médica para la atención de la fibrosis pulmonar idiopática que sirva como base para la actualización de los diferentes protocolos institucionales existentes; así como para fortalecer los mecanismos de referencia y contra referencia para la atención oportuna de esta enfermedad y para el aprovechamiento eficiente de los recursos aprobados en los programas presupuestales de atención a la salud en beneficio de los pacientes.

Notas

1 Asociación Latinoamericana del Tórax. 7 de septiembre: Día Mundial de la Fibrosis Pulmonar Idiopática. Disponible en:

https://alatorax.org/es/novedades/7-de-septiembre-dia-mundial-d e-la-fibrosis-pulmonar-idiopatica

2 Raghu G, Remy-Jardin M, Richeldi L, et al. Idiopathic Pulmonary Fibrosis (an Update) and Progressive Pulmonary Fibrosis in Adults: An Official ATS/ERS/JRS/ALAT Clinical Practice Guideline. Am J Respir Crit Care Med. 2022;205(9): e18-e47.

3 Mejía M, Buendía-Roldan I, Mateos-Toledo H, et al. Primer Consenso Mexicano sobre Fibrosis Pulmonar Idiopática. Neumol Cir Torax. 2016;75(1): 32-51.

4 Punto de acuerdo para investigación de la fibrosis pulmonar. Sistema de Información Legislativa, Secretaría de Gobernación. 2014. Disponible en:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2014/06/asun_ 3119308_20140611_1402513516.pdf

5 Barreto-Rodríguez JO, Mejía ME, Buendía-Roldán I. Panorama actual de la fibrosis pulmonar idiopática en México. Neumol Cir Torax. 2015;74(4): 256-261.

6 Morales-Juárez A, Pérez-González A, Rubio-Nava KM. Estudio epidemiológico de Fibrosis Pulmonar Idiopática asociada a contaminación en el Estado de Puebla. Revista de Extensión Científica en Salud UPAEP. 2021.

7 Íbid.

8 Barreto-Rodríguez JO, Mejía ME, Buendía-Roldán I. Obra citada.

9 Mendoza-Milla C, Valasco-Medina A., Madrigal-Bujaidar E., entre otros. Tendencia de la mortalidad por enfermedades intersticiales en México (2000-2010). Neumol Cir Torax. 2014;73(3): 176-182.

10 Pardo A. Tasa alta de mortalidad por la fibrosis pulmonar. Gaceta UNAM. 2019. Disponible en:

https://www.gaceta.unam.mx/tasa-alta-de-mortalidad-por-la-fibro sis-pulmonar/

11 Mejía M, Buendía-Roldan I, Mateos-Toledo H, et al. Obra citada.

12 Íbid.

13 Barreto-Rodríguez JO, Mejía ME, Buendía-Roldán I. Obra citada.

14 Íbid.

15 Íbid.

16 Punto de acuerdo para la investigación de la Fibrosis Pulmonar. Obra citada.

17 Barreto-Rodríguez JO, Mejía ME, Buendía-Roldán I. Obra citada.

18 Instituto Mexicano del Seguro Social. Guía de Práctica Clínica: Diagnóstico y tratamiento de la enfermedad pulmonar obstructiva crónica. 2021

19 Barreto-Rodríguez JO, Mejía ME, Buendía-Roldán I. Obra citada.

20 Secretaría de Salud. Programa de Acción Específico: Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza 2013-2018. México: SSA; 2013.

21 Secretaría de Salud. Lineamientos Generales para la Referencia y Contrarreferencia de Casos en los Servicios de Salud. México: SSA; 2019.

22 Buendía-Roldán I, Caro F, Noriega-Aguirre L. Registro latinoamericano de fibrosis pulmonar idiopática REFIPI. Respirar. 2022;14(1): 13-20.

23 Ancochea J, Barreiro E, Fernández-Fabrellas E, et al. Normativa sobre el diagnóstico y tratamiento de la fibrosis pulmonar idiopática. Arch Bronconeumol. 2020;56(5): 293-302

24 Richeldi L, Collard HR, Jones MG. Idiopathic pulmonary fibrosis. Lancet. 2017;389(10082): 1941-1952.

25 Raghu G, Remy-Jardin M, Richeldi L, et al. Op. cit.

26 Consejo de Salubridad General. 3 de agosto de 2023: Relación Única de Protocolos Técnicos Vigentes: Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/920162/RELACION_ UNICA_PROTOCOLOS_CSG_2023.08.01.pdf

27 Consejo de Salubridad General. 11 de julio de 2024: Programa de Trabajo para la elaboración y actualización de protocolos: Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/928794/programad etrabajocomiteparalaelaboraciondeprotocolosdeatencionmedica.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 25 de febrero de 2026.— Diputada Mónica Herrera Villavicencio (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE EMITA UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA

«Proposición con punto de acuerdo, por el cual la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión emite un pronunciamiento sobre la situación actual de la República Árabe Saharaui Democrática y exhorta respetuosamente a la Asamblea General de las Naciones Unidas a retomar la misión para el referéndum del Sahara Occidental, suscrita por las diputadas María de los Dolores Padierna Luna y María Magdalena Rosales Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena

Quienes suscriben, diputadas María de los Dolores Padierna Luna y María Magdalena Rosales Cruz, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Luego de la Segunda Guerra Mundial iniciaron en varias regiones del mundo procesos descolonizadores, principalmente encabezados por naciones como Francia y Gran Bretaña. Derivado de lo anterior, a partir de la década de los años 60 surgen Estados independientes en África. Esta suerte no fue asumida por el Sahara, el cual, por decreto del 21 de agosto de 1958, recibió la consideración jurídica de provincia española.

Segunda. La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el 14 de diciembre de 1960 la Resolución 1514 (XV) “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales” en la que se reconoce que la subyugación extranjera es contraria a la Carta de las Naciones Unidas; que todos los pueblos tienen derecho a la libre determinación para decidir su condición política; que deberá cesar toda acción armada y medida represiva contra los pueblos subyugados; así como que:

En los territorios en fideicomiso y no autónomos y en todos los demás territorios que no han logrado aún su independencia deberá tomarse inmediatamente medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus deseos libremente expresados, y sin distinción de raza, credo ni color, para permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas

Tercera. El 11 de mayo de 1967 se crea una institución en el Sahara llamada Yemáa, el cual se constituye como una Asamblea compuesta por jefes tribales y asume un carácter consultivo. En febrero de 1973 la asamblea solicita al entonces jefe de Estado español Francisco Franco, el reconocimiento de la autonomía del pueblo Saharaui.

Cuarta. En septiembre de 1973 en régimen franquista responde a estas demandas enunciando que el gobierno español reconoce que el pueblo saharaui “es el único dueño de su destino y nadie tiene derecho a violentar su voluntad. El Estado español defenderá la libertad y voluntad de libre decisión del pueblo saharaui”.

Quinta. El 16 de octubre de 1975 se publicó la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, a petición de la Asamblea General de la ONU para opinar sobre la situación del Sahara español, en la que la Corte determina que no existe vínculo de la soberanía territorial entre el territorio del Sahara Occidental de un lado y el Rey de Marruecos o el conjunto mauritano de otro. La Corte no ha constatado, por lo tanto, la existencia de vínculos jurídicos de naturaleza tal que modificasen la aplicación de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de la ONU por lo que respecta a la descolonización del Sahara Occidental y en particular al principio de autodeterminación gracias a la libre y auténtica expresión de la voluntad de la población del territorio”

Sexta. En respuesta a la determinación de la ONU y la Corte Internacional, el 6 de noviembre de 1975 el gobierno de Marruecos, encabezado por el Rey Hassan II, comenzó una invasión al territorio del Sahara Occidental bajo una estrategia llamada “Marcha Verde” en la que participaron más de 350 mil civiles marroquíes, a los que también se sumaron fuerzas armadas.

Séptima. El 14 de noviembre de 1975 los gobiernos de España, Marruecos y Mauritania suscribieron la “Declaración de Principios entre España, Marruecos y Mauritania sobre el Sahara Occidental”, mediante el cual España puso fin a las responsabilidades y poderes que tenía sobre el territorio del Sahara Occidental; así como la terminación de la presencia española en dicho territorio antes del 28 de febrero de 1976. En esa Declaración informaron al Secretario General de las Naciones Unidad que, como común acuerdo de los tres países, se designarían a dos Gobernadores Adjuntos propuestos por Marruecos y Mauritania a fin de que auxiliaran en sus funciones al Gobernador General del territorio.

Octava. Menos de un año después, el 27 de febrero de 1976 se proclamó, en la localidad de Bir Lehlu, la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), a través del Frente Popular por la Liberación de Saguía el Hamra y Río de Oro (Frente Polisario). En el texto la RASD solicitó a todos los países “el reconocimiento a esta nueva nación, a la vez que manifiesta expresamente su deseo de establecer relaciones recíprocas basadas en la amistad, la cooperación y en la no injerencia en los asuntos internos”.

Novena. La invasión de la que ha sido parte la República Árabe Saharaui Democrática ha obligado a sus habitantes a huir a Argelia y a replegarse en campamentos en la región de Tinduf en donde se estima actualmente una población de más de 173 mil personas desplazadas.

Décima. El 29 de abril de 1991 en el Consejo de Seguridad de la ONU se examinó el tema “La situación relativa al Sahara Occidental: informe del Secretario General (S/22464) proceso que originó la Resolución 690 (1991) en donde se señalan las siguientes consideraciones:

• Aprueba el informe del Secretario General de Naciones Unidas presentado al Consejo de Seguridad sobre las propuestas para el desarrollo de un referéndum, así como los medios necesarios para asegurar su organización y supervisión.

• Solicitó al Reino de Marruecos y al Frente Popular para la Liberación de Saguía el Hamra y del Río de Oro su cooperación para la aplicación del plan para la aplicación del referéndum.

Undécima. Gracias a los acuerdos impulsados por la ONU, a través de la resolución 690, el 6 de septiembre de 1991 el gobierno de Marruecos y la representación del Frente Popular para la Liberación de Saguía el Hamra y del Río de Oro acordaron un alto al fuego.

Duodécima. El 31 de octubre de 2007 el Consejo de Seguridad de la ONU publica la resolución 1783 (2007) en donde conmina a las dos partes a respetar los acuerdos militares concertados con la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (Minurso) respecto del cese al fuego. Además, en el texto se extiende una prórroga de la Minurso hasta el 30 de abril de 2008.

Decimotercera. Pese a estos acuerdos, el 13 de noviembre de 2020 el pueblo saharaui sufrió un ataque armado por parte de Marruecos en la brecha de El Guerguerat. Ante ello, la República Árabe Saharaui Democrática anunció un decreto que puso fin al compromiso de cese al fuego.

Decimocuarta. El Estado mexicano, como miembro de la ONU y nación libre y soberana, tiene la obligación ética y política de mirar más allá de nuestras fronteras, de solidarizarnos con las causas justas y de mantener viva la memoria de quienes luchan por la libertad, la justicia y la paz.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Ante la situación actual que experimenta la República Árabe Saharaui Democrática, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión emite el siguiente

Pronunciamiento

Primero. Expresamos nuestro reproche ante cualquier intento de dominación, subyugación o explotación extranjera que viole los derechos humanos fundamentales de cualquier pueblo en el mundo.

Segundo. Reconocemos los derechos de todos los pueblos a la libre determinación y a la autonomía, mediante los cuales pueden decidir sobre su condición política bajo un libre desarrollo de sus procesos económicos, sociales y culturales.

Tercero. Expresamos nuestra solidaridad con el pueblo saharaui por la pérdida de vidas, daños materiales y simbólicos que este proceso ha traído a varias generaciones y reafirmamos nuestro compromiso con los principios de no intervención y solución pacífica de los conflictos, consagrados en nuestra Constitución para la resolución de este conflicto.

Cuarto. Exhortamos a la Asamblea General de las Naciones Unidas a retomar los trabajos del mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sahara Occidental, prorrogado en la Resolución 1783 (2007) del Consejo de Seguridad, adoptando las medidas de seguridad necesarias que le garanticen a la República Árabe Saharaui Democrática una solución democrática, pacífica y autónoma.

Notas

1 Resolución 1514 (XV). Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, 14 de diciembre de 1960. Disponible en:

https://docs.un.org/es/A/Res/1514(XV)

2 El contenido de dicha carta fue informada a la ONU mediante la Carta de fecha 28 de septiembre de 1973 dirigida al Secretario General por el Representante Permanente de España ante las Naciones Unidas mediante la cual España informa sobre el intercambio de cartas entre el Jefe del Estado y la Asamblea General Saharaui (Yemáa) y expresa el compromiso de defender la libertad del pueblo saharaui y la integridad territorial del Sahara (A/9176) que puede ser consultada en el siguiente portal:

https://www.usc.gal/es/investigar-na-usc/investigar/institutos- centros-investigacion/cpi/ceso/espana

3 Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, 16 de octubre de 1975. Disponible en:

https://www.icj-cij.org/index.php/node/103758

4 Carta de Proclamación de la Independencia de la República árabe Saharaui Democrática, 27 de febrero de 1976.

5 Resolución 690 (1991), 29 de abril de 1991. Disponible en:

https://docs.un.org/es/S/RES/690%20(1991)

6 Resolución 1783 (2007), 31 de octubre de 2007. Disponible en:

https://docs.un.org/es/S/RES/1783%20(2007)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputadas: Dolores Padierna Luna y María Magdalena Rosales Cruz (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



SE INICIE EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y EXPEDICIÓN DE UNA NOM EN MATERIA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y CONTROL DE LA FIBROMIALGIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Ssa a iniciar el procedimiento para la elaboración y expedición de una NOM en materia de prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la fibromialgia, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, César Agustín Hernández Pérez, diputado integrante de la LXVI Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX; artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete ante el pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La fibromialgia es una enfermedad crónica caracterizada por dolor musculoesquelético generalizado, fatiga persistente, trastornos del sueño y alteraciones cognitivas, cuya complejidad clínica radica en la ausencia de marcadores biológicos específicos y en la variabilidad sintomática que presentan las personas que la padecen. Sus posibles causas son “factores genéticos, eventos traumáticos, alteraciones del sueño y respuestas anormales al dolor.”

“En 1992, la fibromialgia fue reconocida como una enfermedad por la OMS y clasificada con el código M79.7 en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) como una enfermedad reumatológica,” e incluso se dispuso el 12 de mayo como el Día Mundial de la Fibromialgia y del Síndrome de la Fatiga Crónica.

Esta enfermedad puede afectar tanto a hombres como a mujeres, sin embargo, debido a la variación de síntomas hormonales, sobresale en el sector femenino, se dice que, “más de 80% de pacientes con fibromialgia son mujeres mayores de 30 años”.

Conforme a información del Instituto Mexicano del Seguro Social, (IMSS), “Se estima que a nivel mundial 2.5 por ciento llega a padecer fibromialgia; en México, algunos estudios han señalado que la prevalencia es de 4.8 por ciento del total de la población y en particular en el Hospital de Especialidades del CMN La Raza, alrededor del cinco por ciento de las consultas de personas que sufren dolor crónico, es por esta enfermedad,” esto, implica no sólo un problema sanitario, sino también un impacto significativo en lo social, laboral y económico para todas las personas que la padecen, sus familiares y para la propia nación.

Es importante precisar, que no existen registros estadísticos de dependencias como el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, Inegi, lo que nos hace evidenciar la falta de visibilización de las personas que en realidad la padecen, pudiendo suponerse que las estadísticas mencionadas, no son el verdadero reflejo de la realidad de las personas que viven con esta enfermedad.

Los pacientes que han sido diagnosticados con este padecimiento refieren que existen zonas específicas de dolor como el cuello, hombros, espalda baja y caderas; las partes del cuerpo se ponen regidas, con un dolor muy intenso, incluso un contacto ligero puede generar incomodidad intensa; de igual manera, frecuentemente se acompaña de malestar de cabeza, sensibilidad a la luz o al ruido, así como de un agotamiento físico y mental, que puede interrumpir actividades básicas, como la preparación de alimentos, actividades en el hogar, o en el desenvolvimiento en el trabajo, dificultad para concentrarse, disminución del rendimiento, olvido de palabras al conversar y problemas en el razonamiento. A mayor abundamiento se dice que “de 20 a 80 por ciento de pacientes con fibromialgia ha presentado algún grado de depresión y de 20 a 60 por ciento, ansiedad”, lo que también puede ocasionar ausentismo laboral, disminución del rendimiento, incremento en gastos médicos y afectaciones a la calidad de vida.

En cuanto a su diagnóstico, el camino se torna complejo ya que los síntomas se pueden confundir con otros malestares parecidos como: la artritis o el lupus; por ello, la falta de criterios homogéneos para su detección profundiza la ausencia de parámetros o reglas para su atención clínica, e incluso, para el seguimiento médico y administrativo, generando desigualdades en el acceso a servicios de salud y seguridad social.

Este malestar es reconocido médicamente como una enfermedad crónica, en virtud de que sus síntomas se mantienen de forma prolongada, generalmente por más de tres meses, con una evolución continua y fluctuante, que, además requiere de un manejo integral y seguimiento a largo plazo, sin que exista, hasta el momento un tratamiento curativo definitivo. Su diagnóstico es complejo, ya que, no existen pruebas de laboratorio, radiografías o biopsias musculares que puedan comprobar la enfermedad, limitándose a antecedentes clínicos del paciente y a una detallada exploración física.

En base a lo anterior, podemos hablar de una ausencia de marcadores médicos específicos y de pruebas diagnósticas concluyentes, lo que hace que los criterios puedan variar, generando incertidumbre, retrasos en el diagnóstico y, en algunos casos, subregistro (ausencia de datos) del padecimiento. Otro problema gravísimo es que la información técnica disponible suele encontrarse dispersa en publicaciones especializadas, guías no unificadas o experiencias clínicas particulares, lo que dificulta su consolidación como referencia análoga.

Antes de recibir un diagnóstico certero, quienes la padecen generalmente recorren varios especialistas como angiólogos, reumatólogos, neurólogos, medicina interna e incluso psiquiatras.

Por otra parte, en materia de tratamiento, la carencia de protocolos terapéuticos integrales claramente estructurados y difundidos de manera generalizada impide establecer esquemas uniformes de atención. En muchos casos, los abordajes más detallados y especializados se han desarrollado en clínicas y centros médicos particulares que concentran experiencia en el tema; no obstante, dicha información no siempre se encuentra sistematizada ni incorporada de forma amplia en todos los niveles de atención. En consecuencia, el acceso a diagnósticos más ágiles y a tratamientos multidisciplinarios puede depender de la disponibilidad de recursos, orientación médica y capacidad institucional de cada unidad de salud.

De este modo, la problemática no solo radica en la complejidad clínica de la enfermedad, sino en la falta de consolidación y difusión de información oficial, uniforme y accesible que marque parámetros y protocolos generalizados para su detección, diagnóstico y tratamiento. La inexistencia de criterios homogéneos limita la certeza médica, dificulta el seguimiento continuo y obstaculiza la evaluación objetiva de la evolución del padecimiento. Por tanto, mientras no se establezcan parámetros claros y ampliamente difundidos, persistirá un escenario de atención heterogénea que impacta directamente en la calidad, continuidad y eficacia del tratamiento para las personas que viven con esta condición.

El objetivo de este punto de acuerdo es precisamente contribuir a subsanar el vacío normativo que existe para prevenir, detectar, diagnosticar y atender a la fibromialgia, para ello, se solicitará respetuosamente a la Secretaría de Salud a que inicie el procedimiento establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad para incluir en el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad un proyecto de noma oficial mexicana que contenga una regulación técnica de observancia obligatoria respecto de este padecimiento, a fin de que sea considerada como una medida sanitaria que marque las reglas, terminología y tratamiento respecto de este padecimiento.

El artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce expresamente que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Este mandato Constitucional impone al Estado la obligación de establecer políticas públicas, mecanismos regulatorios y lineamientos técnicos que garanticen el acceso efectivo, oportuno y de calidad a los servicios de salud.

La ley secundaria del mandato Constitucional invocado, es la Ley General de Salud, la cual establece en su artículo 2o. que el derecho a la protección de la salud tiene como finalidades: el bienestar físico y mental de la persona; la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana; la protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; así como la extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud, entre otras.

Dicha disposición legal, también impone a las autoridades sanitarias la obligación de instrumentar acciones concretas como la normalización de algunos temas en lo particular, que aseguren una atención integral, continua y de calidad, especialmente frente a padecimientos crónicos que afectan de manera sostenida la funcionalidad y el entorno social de quienes los padecen.

En congruencia con lo anterior, el artículo 3o., fracción XVI, de la Ley señalada, dispone que es materia de salubridad general la prevención y el control de “enfermedades no transmisibles, (ENT), también conocidas como enfermedades crónicas, que, suelen ser de larga duración y son el resultado de una combinación de factores genéticos, fisiológicos, ambientales y de comportamiento”, como: el cáncer, la diabetes y enfermedades cardiovasculares y respiratorias.

Por sus características, la fibromialgia es considerada una enfermedad crónica, cuya atención requiere de un protocolo y lineamientos técnicos específicos que deben contemplar por lo menos las acciones de prevención y control de las enfermedades no transmisibles enumerados en el artículo 159 de la Ley General de Salud, como: su detección oportuna, medidas higiénicas para su control, prevención y difusión de hábitos alimenticios, entre otros, esto a fin de evitar diagnósticos tardíos, tratamientos fragmentados o criterios clínicos dispares entre instituciones.

Ahora bien, conforme al artículo 13, fracción I, de la Ley Geneal de Salud, a la Secretaría de Salud como autoridad normalizadora le corresponde dentro de sus competencias dictar las normas oficiales mexicanas a que sujeta la prestación, en todo el territorio nacional, de servicios de salud en las materias de salubridad general y verificar su cumplimiento; entre estos, como ya se mencionó, se encuentra la prevención y el control de enfermedades no transmisibles, como lo es la fibromialgia.

En este contexto, resulta aplicable la Ley de Infraestructura de la Calidad, la cual define a las Normas Oficiales Mexicanas como regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedidas por las autoridades competentes cuando sea necesario proteger la seguridad, la salud o el interés público. Así mismo, señala que las autoridades normalizadoras son aquellas dependencias o entidades competentes de la Administración Pública Federal que tienden atribuciones o facultades expresas para realizar actividades de normalización y estandarización, como lo es en el caso que nos ocupa la Secretaría de Salud.

Dicha normatividad señala en su artículo 10, fracción I, que las Normas Oficiales Mexicanas tienen como finalidad atender las causas de los problemas identificados por las autoridades normalizadoras que afecten o que pongan en riesgo los objetivos legítimos de interés público, como lo es: la protección y promoción de la salud. De igual manera, cita las instancias encargadas de la normalización, además del procedimiento de elaboración y expedición de las Normas Oficiales Mexicanas. El camino para generar una Norma Oficial Mexicana comprende la elaboración del anteproyecto, su análisis por el Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente, su integración al Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad, el análisis de impacto regulatorio y su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es de hace notar que de conformidad con el artículo 29 de la Ley referida: Las Autoridades Normalizadoras deberán remitir al Secretariado Ejecutivo a más tardar al 31 de octubre de cada año su programa de trabajo para el año inmediato siguiente. El Programa será integrado anualmente por el Secretariado Ejecutivo a más tardar el 15 de noviembre de cada año, para ser sometido al pleno de la Comisión para su revisión, análisis y aprobación, a más tardar el 15 de diciembre de cada año. Una vez aprobado, el Programa deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación durante el primer bimestre del año inmediato siguiente al de su aprobación.

Cabe mencionar que la propuesta es alcanzable, ya que en nuestro andamiaje normativo tenemos varios ejemplos de normas oficiales mexicanas como: la “NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus”; la “NOM-030-SSA2-2009, Para prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica”; la “NOM-008-SSA3-2017, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad”; ; y la “NOM-025-SSA2-2014, Para prestación de servicios de salud en unidades de atención hospitalaria médico-psiquiatra.” Esta normatividad además de describir enfermedades en lo particular, también estructuran detalladamente algunas definiciones, generalidades, prevención, detección, diagnóstico, vigilancia epidemiológica, entre otros rubros, las cuales, ayudan a reducir la incidencia de la enfermedad, a evitar o retrasar sus complicaciones, siendo esto precisamente la finalidad de la norma oficial que se propone.

Si el Estado ha estimado pertinente emitir normas oficiales mexicanas para diversas enfermedades crónicas metabólicas, cardiovasculares y trastornos mentales, en atención a su impacto sanitario y social, resulta igualmente loable analizar la conveniencia de contar con un instrumento técnico específico respecto de la fibromialgia.

Lo que se plantea es un área de oportunidad que beneficiará a las personas que padecen esta enfermedad, además de visibilizarla ya que como se ha comentado por sus características en ocasiones es complejo su diagnóstico. Con esta normatividad se estaría favoreciendo la protección efectiva de los derechos humanos, particularmente, del derecho a la salud; permitiendo, además, que su atención sea en condiciones adecuadas, con infraestructura, capacitación del personal médico, intervenciones e insumos de calidad que permitan vivir este padecimiento con una mejor calidad de vida. En suma, lo que se busca es contribuir a consolidar estándares homogéneos, que ayuden, entre otras cosas, a visibilizar a personas que en muchas ocasiones se vuelven vulnerables y que merecen una mejor calidad de vida; como todo prójimo que debe ser respaldado y atendido, hasta por elementales criterios como lo son: la solidaridad y el humanismo.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud, a que en el ámbito de su competencia incluya en el Programa Nacional de Infraestructura de Calidad 2026 un proyecto de noma oficial mexicana para la detección, prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica de la fibromialgia, a fin de garantizar la homogeneidad en su diagnóstico y atención médica, así como, contribuir a la protección efectiva del derecho a la salud de las personas que viven con este padecimiento.

Notas

1 Fibromialgia. Secretaría de Salud. Disponible en Fibromialgia | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx

2 Fibromialgia. Afibrom. Disponible en

https://afibrom.org/enfermedades/faq-sobre-fibromialgia/fibromi algia-especialista/

3 Secretaría de Salud. Disponible en 226. Más de 80% de pacientes con fibromialgia son mujeres mayores de 30 años: INPRF | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx

4 IMSS. No. 209/2021. Disponible en

https://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202105/209#:~: text=Se%20estima%20que,por%20esta%20enfermedad%2C

5 Fibromialgia. Secretaria de Salud. Op. Cit.

6 Enfermedades no transmisibles. OMS. 25 de septiembre 2025. Disponible en

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/noncommunic able-diseases

7 NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4215/salud/salud.htm

8 NOM-030-SSA2-2009, Para prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica. Disponible en

https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5144642

9 NOM-008-SSA3-2017, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad. Disponible en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/512100/NOM-008-S SA3-2017.pdf

10 NOM-025-SSA2-2014, Para prestación de servicios de salud en unidades de atención hospitalaria médico — psiquiatra. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/normasOficiales/5805/salud3a11_C/salud3a 11_C.html

Palacio Legislativo, a 3 de marzo 2026.— Diputado César Agustín Hernández Pérez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE HAGA UN LLAMADO A LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS, A ELABORAR PROGRAMAS PARA LA REDUCCIÓN DEL DESPERDICIO DE ALIMENTOS Y LA MITIGACIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (CO2 Y METANO)

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se hace un llamado respetuoso a las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus atribuciones, elaboren programas integrales para la reducción del desperdicio de alimentos y la mitigación de gases de efecto invernadero, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Alejandra Chedraui Peralta, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El desperdicio de alimentos tiene una enorme huella de carbono; cuando se desperdician alimentos, también se malgastan los recursos utilizados para producirlos, transportarlos y almacenarlos. Esto incluye agua, energía y mano de obra. Además, cuando los alimentos se descomponen en los vertederos, producen metano, un gas de efecto invernadero 25 veces más potente que el dióxido de carbono.

Se considera que este desperdicio es responsable de entre 8 y 10 por ciento de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero (GEI). Si fuera un país, sería el tercer mayor emisor. Al desechar comida, se malgastan recursos (agua, energía, tierra) y, al descomponerse en vertederos, produce metano, un potente gas de efecto invernadero.

Es importante recalcar que el desperdicio alimentario ocurre en:

• Los comercios: Las causas del desperdicio de alimentos en el comercio minorista están relacionadas con una vida útil limitada, la necesidad de que los productos alimenticios cumplan las normas estéticas en términos de color forma y tamaño, y la variabilidad de la demanda.

• El hogar: El desperdicio a nivel del consumidor se debe a menudo a una mala planificación de las compras y las comidas, un exceso de compra (influido por porciones y tamaños de envases demasiado grandes), confusión sobre las etiquetas (fechas de consumo preferente y de caducidad) y un almacenamiento inadecuado en el hogar.

Impactos clave del desperdicio alimentario:

• Emisiones de Metano: Cuando la comida se pudre en vertederos sin oxígeno, genera metano, un gas de efecto invernadero mucho más dañino que el dióxido de carbono a corto plazo.

• Desperdicio de recursos: Se malgasta energía, agua, fertilizantes y combustible utilizados para producir, empaquetar y transportar alimentos que nunca se consumen.

• Huella de carbono: La producción de alimentos no consumidos genera aproximadamente 3 mil 300 millones de toneladas de CO2 equivalente al año.

• Uso de Tierra: Casi 30 por ciento de la tierra agrícola mundial se utiliza para producir alimentos que no se consumen.

Es menester mencionar que la pérdida y el desperdicio de alimentos ocurren en toda la cadena, desde la granja hasta el hogar. Pues aproximadamente 17 por ciento de la producción mundial de alimentos se desperdicia, siendo 61 por ciento proveniente de los hogares. Reducir este desperdicio ayuda a frenar la pérdida de biodiversidad, reduce la contaminación y disminuye las emisiones de metano, mitigando el impacto del calentamiento global.

Derivado de lo descrito en párrafos anteriores, es de referir que México se encuentra entre los países con mayor desperdicio de alimentos del mundo (Fuera del top 10), según el Banco Mundial y la FAO. Se desperdicia el 34% de la producción nacional, lo que equivale a 20.4 millones de toneladas anuales y representa un costo económico superior a 400 mil millones de pesos.

Los productos con mayor desperdicio son el camarón (48.7 por ciento), pan blanco (43.1 por ciento), leche (43.1 por ciento), carne de puerco (40.2 por ciento) y tortillas (28.7 por ciento), entre otros. El impacto ambiental es significativo, pues se generan 36 millones de toneladas de CO2 al año (equivalente a casi 16 millones de automóviles) y consume 40 por ciento del agua agrícola del país. Durante la descomposición, los alimentos generan metano, un gas con mayor poder de calentamiento global que el CO2.

En este tenor es que se debe transitar a cambios en los hábitos de consumo que, si se modifican ligeramente, pueden tener un gran impacto en la sociedad.

Asimismo, los gobiernos deben implantar y poner en práctica políticas y normativas que recojan medidas como el establecimiento de objetivos para reducir la generación de residuos, el fomento de prácticas de economía circular, y el apoyo a políticas de contratación sostenible.

Aunado a lo anterior. es importante mencionar que actualmente ya se cuenta en nuestro país con la Ley de Economía Circular, lo que implica diseñar productos duraderos, reparables y reciclables. Lo que implica promover prácticas como la reutilización, el reacondicionamiento y el reciclaje de productos para minimizar los residuos y el agotamiento de los recursos.

En relación con el tema que nos ocupa, es de referir que, en diversas entidades federativas, se están implementando políticas públicas que combaten el desperdicio de alimentos, entre ellos encontramos:

Ciudad de México

Programa “Itacate” (Central de Abasto de la Ciudad de México): Recupera alimentos que están en buen estado pero que no serían vendidos (por presentaciones o fechas cercanas al vencimiento). Desde 2020, ha distribuido más de 400 toneladas a organizaciones sociales, beneficiando a 1.8 millones de personas. También capacita a emprendedores en la revalorización de alimentos. Asimismo, se cuenta con el Programa de Certificación Cero Residuos de Alimentos (Ciudad de México)

Guanajuato

El programa Alimenta de Servicios Educativos del Bajío, AC, opera en León, San Francisco del Rincón, Purísima del Rincón y Romita. Busca garantizar acceso a alimentos saludables, reducir la desnutrición y promover la educación alimentaria, además de aceptar donaciones de productos que no se vendieron, pero están en buenas condiciones.

Puebla

La Benemérita Universidad Autónoma de Puebla impulsa la campaña “Échale los kilos, donación de arroz y frijol 2025” hasta diciembre, con la meta de reunir 15 toneladas para el Banco de Alimentos Cáritas Puebla, que beneficia a más de 160 mil personas al mes.

Además, se implementan proyectos de huertos multipropósito y producción de gallinas ponedoras para fortalecer la seguridad alimentaria y reducir gastos en comunidades vulnerables.

Aunado a lo anterior es importante hacer alusión a la participación del sector empresarial, quienes a través de diversas aplicaciones (app) ofertan productos que están por caducar, contribuyendo así a evitar el desperdicio alimentario, lo que permite la circularidad de los alimentos.

No debemos soslayar los esfuerzos que se han gestado desde 2018, para atender el tema de desperdicios de alimentos por parte de la Semarnat, a través de lineamientos que se enfoquen en tres áreas claves como son:

• La prevención de la pérdida y el desperdicio,

• La recuperación de alimentos que pueden aprovecharse y la revalorización de los residuos orgánicos a lo largo de toda la cadena de producción.

• Participación de los tres órdenes de gobiernos, el sector privado y la sociedad en general.

Contexto internacional

En el contexto internacional es de mencionar la Agenda 2030, específicamente en su Objetivo 12: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, el cual pretende garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, algo fundamental para sostener los medios de subsistencia de las generaciones actuales y futuras.

Nuestro planeta se está quedando sin recursos, pero el índice de población sigue creciendo. En caso de que la población mundial alcance los 9 mil 800 millones de personas en 2050, se podría necesitar el equivalente a casi tres planetas para proporcionar los recursos naturales necesarios para mantener los estilos de vida actuales.

Derivado de lo anteriormente expuesto es imperante combatir la carencia alimenticia, impulsando la sustentabilidad de los sistemas alimentarios, a través de estrategias integrales que permitan cumplir con los compromisos internacionales de los que México es parte.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, hace un llamado respetuoso a las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus atribuciones, elaboren programas integrales para la reducción del desperdicio de alimentos y la mitigación de gases de efecto invernadero (CO2 y Metano).

Notas

1 El papel del desperdicio de alimentos en el cambio climático y cómo reducirlo. ANOVO. 9 de octubre de 2024. Disponible en:

https://www.anavo.com/learn/the-role-of-food-waste-in-climate-c hange/#:~: text=C%C3%B3mo%20el%20desperdicio%20de%20alimentos,el%20hambre%20y%20ahorrando% 20dinero

2 El Impacto del desperdicio de alimentos en el calentamiento global y el cambio climático. VIKASIT ECOSYSTEMS. 02 de noviembre 2025. Disponible en:

https://vikasiteco.com/impact-of-food-waste-on-global-warming/# :~: text=C%C3%B3mo%20el%20desperdicio%20de%20alimentos,su%20cultivo%2C%20envasado%2 0y%20transporte

3 México, entre los que más desperdician alimentos. Diario Marca la historia de Oaxaca. 9 de febrero de 2026. Disponible en:

https://www.diariomarca.com.mx/2026/02/mexico-entre-los-que-mas -desperdician-alimentos/

4 México de los Países donde se desperdician más alimentos. Gaceta UNAM. 3 de febrero de 2026. Disponible en:

https://www.gaceta.unam.mx/mexico-de-los-paises-donde-se-desper dician-mas-alimentos/

5 Ley General de Economía Circular y, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Diario Oficial de la Federación 19 de enero de 2026. Disponible en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5778439&fech a=19/01/2026#gsc.tab=0

6 México prepara lineamientos para atender la pérdida y desperdicios de alimentos. Semarnat. 2018. Disponible en:

https://www.gob.mx/semarnat/prensa/mexico-prepara-lineamientos- para-atender-la-perdida-y-desperdicios-de-alimentos?need_ sec_link=1&sec_link_scene=im&theme=light

7 Objetivos de Desarrollo Sostenible. Objetivo 12: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles ONU. Disponible en:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/sustainable-consum ption-production/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Alejandra Chedraui Peralta (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A FORTALECER LA EDUCACIÓN CLIMÁTICA Y AMBIENTAL EN LAS ESCUELAS A FIN DE PROMOVER LA CONCIENCIA, PREVENCIÓN Y ACCIÓN FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita de manera respetuosa a la SEP a que fortalezca la educación climática y ambiental en las escuelas a fin de promover la conciencia, prevención y acción frente al cambio climático, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Alejandra Chedraui Peralta, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cambio climático constituye uno de los mayores desafíos ambientales, sociales y económicos del siglo XXI, al representar una amenaza directa para los ecosistemas, la salud humana, la seguridad alimentaria, la disponibilidad de agua y el desarrollo sostenible de las naciones. México no es ajeno a estos efectos, ya que enfrenta fenómenos cada vez más frecuentes e intensos como sequías, inundaciones, olas de calor, incendios forestales y pérdida de biodiversidad.

Ante este contexto, la educación climática se reconoce como una herramienta fundamental para formar ciudadanía informada, crítica y comprometida con la protección del medio ambiente y la adopción de acciones de mitigación y adaptación frente al cambio climático. La infancia representa una etapa clave para el desarrollo de valores, actitudes y hábitos que influyen de manera determinante en la relación de las personas con su entorno natural.

La educación primaria, como base del sistema educativo nacional, desempeña un papel estratégico en la formación integral de niñas y niños, al sentar las bases del conocimiento científico, la conciencia ambiental y la responsabilidad social. Incorporar de manera transversal y fortalecida contenidos de educación climática permite que el alumnado comprenda las causas y consecuencias del cambio climático, así como la importancia del uso responsable de los recursos naturales, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la protección de la biodiversidad.

Asimismo, la educación climática contribuye al desarrollo de competencias para la vida, como el pensamiento crítico, la participación comunitaria y la toma de decisiones informadas, fomentando una cultura de prevención y resiliencia frente a los impactos ambientales. Estas acciones resultan particularmente relevantes en un país megadiverso como México, donde la conservación de los ecosistemas es esencial para el bienestar presente y futuro de la población.

En este sentido, resulta fundamental que la educación climática en el nivel básico no se limite a la transmisión de información teórica, sino que promueva experiencias de aprendizaje significativas que permitan al alumnado identificar problemáticas ambientales presentes en su entorno inmediato y participar activamente en su solución.

La incorporación de proyectos escolares, actividades prácticas, enfoques interdisciplinarios y metodologías participativas favorece una comprensión integral del fenómeno climático y fortalece el sentido de pertenencia y corresponsabilidad social. Asimismo, la educación climática contribuye a reducir la vulnerabilidad social frente a los efectos del cambio climático, al dotar a las nuevas generaciones de herramientas cognitivas y actitudinales para anticipar riesgos, adaptarse a escenarios cambiantes y promover acciones colectivas orientadas al desarrollo sostenible.

Diversos organismos internacionales han señalado que la educación ambiental y climática es un componente indispensable para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, especialmente aquellos relacionados con educación de calidad, acción por el clima y protección de los ecosistemas terrestres y marinos.

En este sentido, corresponde a la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones, fortalecer los contenidos, estrategias pedagógicas y materiales educativos en materia de educación climática, garantizando que estos sean pertinentes, actualizados, científicos y adecuados a las distintas realidades regionales del país.

De igual forma, la capacitación docente en materia de educación climática debe contemplar el acceso a materiales educativos actualizados, recursos digitales, guías pedagógicas y contenidos contextualizados que reflejen las distintas realidades ambientales del territorio nacional. La diversidad geográfica, climática y cultural de México exige enfoques diferenciados que permitan al personal educativo vincular los contenidos curriculares con los desafíos ambientales locales, regionales y nacionales. Fortalecer las capacidades del magisterio en esta materia contribuye a consolidar comunidades escolares más informadas, críticas y participativas, capaces de incidir positivamente en la protección del medio ambiente y en la construcción de una sociedad más justa, sostenible y resiliente frente al cambio climático.

Asimismo, resulta indispensable promover la capacitación y actualización docente en temas de cambio climático, sostenibilidad y educación ambiental, a fin de que el personal educativo cuente con las herramientas necesarias para transmitir estos conocimientos de manera efectiva y significativa dentro del aula.

La formación temprana en educación climática no sólo contribuye a la protección del medio ambiente, sino que también fortalece el ejercicio del derecho humano a un medio ambiente sano, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al fomentar una ciudadanía consciente de su papel en la preservación del patrimonio natural del país.

Asimismo, dicha formación temprana permite materializar los principios de progresividad, prevención y precaución en materia ambiental, al generar desde edades tempranas una comprensión clara de las obligaciones individuales y colectivas para la protección del entorno.

La educación climática fortalece el vínculo entre el derecho a un medio ambiente sano y otros derechos fundamentales, como el derecho a la salud, a la alimentación, al agua, a la educación y al desarrollo integral, reconociendo la interdependencia entre éstos y la necesidad de adoptar un enfoque integral y transversal en las políticas públicas educativas.

De igual manera, fomenta una cultura de legalidad y corresponsabilidad social, al sensibilizar a las nuevas generaciones sobre la importancia del cumplimiento de las normas ambientales y la participación en la vida pública para la defensa del patrimonio natural.

En este sentido, la educación climática se consolida como un instrumento clave para la construcción de ciudadanía ambiental, la justicia intergeneracional y la garantía efectiva de los derechos humanos, contribuyendo a que el Estado mexicano cumpla con sus compromisos constitucionales y con los estándares internacionales en materia de protección ambiental y desarrollo sostenible.

Asimismo, este enfoque se encuentra alineado con los criterios sostenidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha reconocido el carácter fundamental y transversal del derecho humano a un medio ambiente sano, así como su estrecha vinculación con la dignidad humana y la obligación del Estado de prevenir daños ambientales que puedan afectar a las generaciones presentes y futuras. De igual manera, la educación climática responde al principio del interés superior de la niñez, al garantizar que las políticas educativas incorporen contenidos orientados a proteger el bienestar integral de niñas, niños y adolescentes frente a los impactos del cambio climático, quienes constituyen uno de los grupos más vulnerables ante los riesgos ambientales.

Además, la promoción de una educación climática sólida permite al Estado mexicano avanzar en el cumplimiento de los compromisos asumidos en diversos instrumentos internacionales, tales como la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Acuerdo de París y los tratados en materia de derechos humanos, los cuales establecen la obligación de adoptar medidas educativas, preventivas y de concientización para enfrentar el cambio climático. En este marco, la educación se erige como un mecanismo esencial para garantizar la justicia climática, reducir desigualdades socioambientales y asegurar una transición justa hacia modelos de desarrollo sostenibles.

Finalmente, fortalecer la educación climática desde la educación primaria contribuye a consolidar una visión de largo plazo en la formulación de políticas públicas, basada en la corresponsabilidad intergeneracional y la protección del interés público. La formación de una ciudadanía informada, crítica y comprometida con el cuidado del medio ambiente resulta indispensable para la construcción de un Estado social, democrático y de derecho que garantice la preservación de los recursos naturales como patrimonio común de la Nación y condición indispensable para el desarrollo integral y sostenible de México.

Por lo anteriormente expuesto, resulta necesario impulsar acciones institucionales que consoliden la educación climática como un eje fundamental dentro de la educación primaria, promoviendo una cultura de cuidado ambiental, responsabilidad social y compromiso intergeneracional frente al cambio climático.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la a la Secretaría de Educación Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca e impulse la educación climática y ambiental en las escuelas del país, mediante la actualización de contenidos educativos, la capacitación docente y la promoción de estrategias pedagógicas orientadas a la comprensión, prevención y atención de los efectos del cambio climático, así como al uso responsable de los recursos naturales.

Notas

1 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales & Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. (2021). Extracto de la Sexta Comunicación Nacional de México ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (ppáginas 56-58). Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/731202/EXTRACTO_ 6CN_CMNUCC_FINAL.pdf

2 Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. (2018). La biodiversidad de México: Un capital natural para el futuro sostenible. Disponible en:

https://www.biodiversidad.gob.mx/pais/pdf/CapNatMex/2_CapNatMex .pdf

3 Naciones Unidas México. (2021, 22 de abril). La educación ambiental, clave para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Disponible en:

https://oncumexico.mx/noticias/la-educacion-ambiental-clave-par a-alcanzar-los-objetivos-de-desarrollo-sostenible

4 Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2020). Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Décima Época, Libro 65, Tesis Aislada, Materia Constitucional, “Derecho humano a un medio ambiente sano. Es fundamental y transversal a otros derechos humanos” (página 22). Disponible en:

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/pagina/semanario_65 .pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Alejandra Chedraui Peralta (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A REVISAR Y, EN SU CASO, MODIFICAR LOS PROTOCOLOS Y LINEAMIENTOS QUE SE APLICAN ANTE LA PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS ADMINISTRATIVAS EN CONTRA DE PERSONAS DOCENTES EN ACTIVO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la SEP a revisar y, en su caso, modificar los protocolos y lineamientos que se aplican ante la presentación de denuncias administrativas en contra de personas docentes en activo, ya sea por su actividad frente a grupo o en funciones administrativas, a efecto de que no se afecten indebidamente los derechos laborales del personal docente involucrado, a cargo de la diputada Sandra Beatriz Gónzalez Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Sandra Beatriz Gónzalez Pérez, diputada del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numerales 1, fracción II, y 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite someter a esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública a revisar y, en su caso, modificar los protocolos y lineamientos que se aplican ante la presentación de denuncias administrativas en contra de personas docentes en activo, ya sea por su actividad frente a grupo o en funciones administrativas, a efecto de que no se afecten indebidamente los derechos laborales del personal docente involucrado. Lo anterior, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La proliferación de acusaciones hechas en contra de personas docentes, preponderantemente por redes sociales, sin que los hechos denunciados en las mismas hayan sido plenamente comprobados han provocado afectaciones directas en lo económico, lo laboral y en lo moral a maestras y maestros.

El ya paradigmático caso de la profesora Teresa, en San Juan del Río, Querétaro, la “maestra Tere”, evidenció este preocupante fenómeno que no ha dejado de crecer en el sistema educativo mexicano, por el que padres y madres de familia través de redes sociales han denunciado supuestas faltas laborales, ello a pesar de que, en el caso de la “maestra Tere”, dichas ausencias se encontraban plenamente justificadas con una incapacidad médica derivada de un procedimiento quirúrgico.

Ahora bien, a pesar que la acusación debió ser de carácter administrativo y presentada por los canales institucionales adecuados, lo cual son sucedió, está se agravó por una campaña en contra de la “maestra Tere” que consistió en señalamientos de mayor gravedad sin sustento alguno los cuales escalaron hasta acusaciones de violencia de género en contra de sus alumnos.

La situación escaló a esos niveles debido a que la persona que inició las acusaciones tenía vínculos con personal de la Fiscalía del Estado y, a pesar de que no señaló maltrato físico en las acusaciones públicas, se aperturó una carpeta de investigación contra la docente, sumándose al “linchamiento” en redes sociales, y llegando al extremo de la detención y encarcelamiento preventivo de la “maestra Tere”, todo ello sin una denuncia formal sustentada en pruebas suficientes que confirmarán los presuntos hechos de los que se acusaba a la profesora; en tanto que, en la materia administrativa, las autoridades administrativas educativas responsables del desahogo del procedimiento administrativo correspondiente corroboraron lo infundada de la acusación que dio inicio a todo y determinaron que “Tere” no había incurrido en falta alguna.

Evidentemente la situación se salió de control, se violó la presunción de inocencia de la “maestra Tere”, no se respetó el debido proceso, y la actuación de las autoridades se vio influenciada indebidamente por un “juicio popular” orquestado y ejecutado en redes sociales, sin que existieran pruebas de las infundadas y maliciosas acusaciones se causó un daño a la fama pública, afectó la seguridad jurídica y la libertad de la docente y se le provocó un daño económico y laboral por haberse suspendido el pago de sus salarios y prestaciones en tanto se desahogaba el procedimiento administrativo a la que se sujetó a la docente.

Este y otros casos han mostrado la vulnerabilidad del personal docente ante personas que buscan afectar personal y profesionalmente a una maestra o maestro, fragilidad que ha sido reconocida por el propio Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación que ha tenido conocimiento de esta y otras acusaciones falsas en contra de sus agremiados, originadas bien por malos entendidos entre alumno y docente y bien por desavenencias y desacuerdos con padres de familia, lo que evidencia un creciente clima de hostilidad en contra del personal docente por su labor frente a grupo o en actividades administrativas.

Actualmente existen protocolos y lineamientos aplicados por las autoridades administrativas ante la promoción de denuncias en contra de personal docente en activo, enfocados a proteger a niñas, niños y adolescentes en su carácter de víctimas, por lo que basta la sola presunción de que los hechos denunciados sean ciertos para que proceda una suspensión sin goce de sueldo del personal involucrado y la separación de sus funciones frente a grupo en tanto se investigan los hechos, afectándose en una primera oportunidad sus derechos laborales y además se desahoga un procedimiento administrativo violándose la presunción de inocencia de la persona docente involucrada, lo que se agrava si la acusación, además, trata de conductas con apariencia de delito, agravándose la situación de la persona sujeta a investigación y que genera un perjuicio mayor en su contra.

Con todo lo anterior, se afecta la vida de la persona docente no solo en lo económico, también en aspectos como el laboral, personal, profesional y moral, porque desde el momento en que se formaliza la acusación y se inicia la investigación de los hechos denunciados, se le separa de su labor, se le suspenden sus derechos laborales y se le expone al escarnio público y, como es el caso de la “Maestra Tere” y muchos como ella, al linchamiento mediático y digital que termina afectándoles a ellos y a su entorno familiar y social, daños que muchas veces trascienden más allá de la resolución que ponga fin al procedimiento administrativo cuando se ha resuelto a favor del docente y se le libera de toda responsabilidad porque no se presentaron los medios de prueba suficientes para demostrar la veracidad de las acusaciones.

Una de las consecuencias de la suspensión administrativa a la que se enfrenta una persona docente sujeta a una investigación es que deja de percibir ingresos pues el pago de su sueldo es suspendido, pero también la afectación se da en otros derechos laborales como la antigüedad, el acceso a la salud y otros servicios de seguridad social, mismos de los que se ve privado en tanto se desahoga el procedimiento administrativo conducente y se emite una resolución administrativa al mismo; sin que los mismos sean restituidos una vez que se ha concluido que no incurrió en responsabilidad alguna y que los hechos por los que fue denunciado no se acredito su veracidad.

Lamentablemente, si la acusación es desvirtuada, la persona denunciante no es sancionada por haber realizado una acusación infundada que afectó maliciosamente el honor, la estabilidad moral y emocional, la situación laboral y certeza jurídica de una persona docente, situación que puede llegar a fomentar la presentación de acusaciones infundadas con la dolosa intención de perjudicar a una persona docente con la seguridad de que se va a gozar de total impunidad a pesar de los diferentes daños que se generen con dicha acción.

Por lo anterior y a fin de garantizar que se deje de vulnerar la presunción de inocencia del personal educativo, se protejan sus derechos a la efectiva defensa jurídica y el debido proceso y no se afecten los derechos laborales resulta necesario que la Secretaría de Educación Pública revise y, en su caso, modifique los protocolos y lineamientos que se aplican ante la presentación de denuncias administrativas en contra de personas docentes en activo, ya sea por su actividad frente a grupo o en funciones administrativas, a efecto de que no se afecten indebidamente al personal docente involucrado, lo anterior sin que se provoque algún daño a la presunta víctima.

Por ello, y dada la importancia del tema de esta proposición, se presenta el siguiente Punto de Acuerdo, a efecto de que sea discutido de manera inmediata por el Pleno de esta Cámara de Diputados.

Ante ello, y por las razones expuestas, sometemos a consideración de esta Soberanía la siguiente Proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública a revisar y, en su caso, modificar los protocolos y lineamientos que se aplican ante la presentación de denuncias administrativas en contra de personas docentes en activo, ya sea por su actividad frente a grupo o en funciones administrativas, a efecto de que no se afecten indebidamente los derechos laborales del personal docente involucrado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Sandra Beatriz González Pérez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



SE INCLUYA LA SALUD Y GESTIÓN DEL CICLO MENSTRUAL COMO UN COMPONENTE PRIORITARIO DE LA ESTRATEGIA VIVE SALUDABLE, VIVE FELIZ, EN BENEFICIO DE NIÑAS, ADOLESCENTES, MUJERES Y PERSONAS MENSTRUANTES

«Proposición con punto de acuerdo, para incluir la salud y gestión del ciclo menstrual como un componente prioritario de la estrategia “Vive Saludable, Vive Feliz”, en beneficio de niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes, a cargo de la diputada Marisela Zúñiga Cerón, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, la diputada Marisela Zúñiga Cerón, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Estado tiene la obligación de establecer y fortalecer los mecanismos institucionales y jurídicos necesarios para garantizar el derecho a la salud de forma universal, integral y gratuita. Para cumplir con este mandato, es imprescindible que se reconozca que la salud no depende únicamente de la atención médica, sino también de los determinantes sociales de la salud: las condiciones en las que las personas nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen.

En este sentido, asegurar que todas las personas puedan atravesar el ciclo menstrual con dignidad requiere garantizar el acceso permanente a agua limpia; infraestructura sanitaria adecuada, segura y funcional; servicios de salud accesibles y de calidad; así como entornos sociales y emocionales libres de estigmas, prejuicios y violencias. Sólo así es posible construir una política pública que ponga al centro la equidad, el bienestar y la justicia social.

La Estrategia Nacional “Vive Saludable, Vive Feliz”, impulsada por el Gobierno de México, tiene como objetivo garantizar el bienestar integral de la población, especialmente en las infancias, a través de la promoción de hábitos saludables. Promover la prevención integral desde la infancia fortalece la salud bucal, contribuye al desarrollo físico, emocional y social de las niñas y los niños, impactando positivamente en el bienestar general de la ciudadanía.

Es por ello que el pasado 12 de marzo, con la colaboración del IMSS, el DIF, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación Pública, comenzó en todo el país un programa de revisiones médicas en escuelas públicas. A través de 738 brigadas, se evaluará la salud de 12 millones de estudiantes, registrando los datos en el Expediente Digital de Salud de Escolares. Las evaluaciones incluirán salud visual, medición de peso y talla, y revisiones de salud bucal.

Consecuencias sanitarias y emocionales de una mala gestión menstrual

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que una gestión inadecuada del ciclo menstrual puede tener efectos negativos importantes en la salud física, mental y social de las niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes. La falta de acceso a productos higiénicos seguros y asequibles, instalaciones adecuadas de agua y saneamiento, así como a información confiable, diagnóstico oportunos, pone en riesgo el bienestar de millones de mujeres, niñas, adolescentes y personas que menstrúan en todo el mundo.

Desde el punto de vista físico, el uso de materiales no higiénicos y la imposibilidad de cambiarlos frecuentemente aumentan el riesgo de infecciones del tracto urinario y reproductivo, como vaginosis bacteriana e infecciones micóticas. Estas condiciones, además de generar malestar, pueden producir complicaciones graves si no son tratadas oportunamente.

La salud mental también se ve afectada cuando no existen condiciones dignas para gestionar el ciclo menstrual. El estigma social, la vergüenza, la falta de privacidad y la ausencia de información generan ansiedad, malestar emocional y disminuyen la autoestima, especialmente en niñas y adolescentes. Esto impacta directamente en su participación social, educativa y económica.

Pobreza menstrual y barreras de acceso en México

De acuerdo con UNICEF, cada mes, aproximadamente mil 800 millones de personas en el mundo menstrúan. Sin embargo, millones de ellas enfrentan obstáculos económicos, sociales y estructurales que impiden una gestión menstrual digna, saludable y segura. El ciclo menstrual no es una opción, y su manejo no debería ser un lujo: es una necesidad básica de salud que, cuando no se atiende adecuadamente, profundiza las desigualdades existentes.

En México, más de 43 millones de mujeres y personas menstruantes experimentan este proceso de manera regular. No obstante, 4 de cada 10 viven en condición de pobreza multidimensional, lo que dificulta el acceso a productos para la gestión del ciclo menstrual, como pantiprotectores diarios, toallas sanitarias, tampones, copas menstruales o ropa interior absorbente e incluso acceso a agua y jabón. Esta carencia se traduce en decisiones difíciles: 54 por ciento ha tenido que dejar de comprar alimentos, medicamentos u otros bienes esenciales para poder costear productos de gestión menstrual. Esta realidad demuestra que los costos asociados a la gestión del ciclo menstrual siguen siendo una carga económica que recae desproporcionadamente sobre quienes menos tienen.

Una de cada cinco adolescentes, mujeres y personas menstruantes que estudian o trabajan en el país no cuenta con la infraestructura adecuada para gestionar su menstruación en escuelas, oficinas o incluso en sus hogares. Esto representa una barrera directa al ejercicio de derechos fundamentales como la educación, el trabajo, convirtiéndose en una condicionante social de la salud. La falta de baños funcionales, agua potable, privacidad, productos de gestión menstrual y espacios libres de estigma obliga a muchas mujeres, niñas, adolescentes y personas menstruantes a interrumpir sus actividades durante sus días menstruales.

Esta exclusión tiene consecuencias profundas. El 43 por ciento de niñas y adolescentes en México prefiere quedarse en casa durante su periodo menstrual en lugar de asistir a la escuela. Esta decisión, motivada por la incomodidad, la falta de acceso a productos de gestión menstrual seguros y asequibles, la vergüenza o el miedo a accidentes, refleja un entorno escolar que no está preparado para garantizar la participación plena y segura de quienes menstrúan.

El ciclo menstrual, en lugar de asumirse como un proceso fisiológico normal, se convierte en un factor de desigualdad. Mientras algunos estudiantes pueden asistir con regularidad, otros enfrentan barreras adicionales por razones biológicas y estructurales. Esta desigualdad se agrava en contextos de pobreza, en comunidades rurales e indígenas, donde el acceso a infraestructura y productos es aún más limitado.

Garantizar condiciones adecuadas para la gestión menstrual en las escuelas —con baños limpios, agua, una variedad amplia de insumos menstruales gratuitos y educación integral— no sólo previene ausencias, también promueve la permanencia escolar, la autoestima y la equidad de género. Es una condición básica para que niñas, adolescentes y personas menstruantes vivan su proceso con dignidad, sin que ello implique rezago, discriminación o abandono escolar y/o laboral.

Fundamento jurídico de la salud menstrual

De acuerdo con el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Este principio incluye el derecho a la protección de la salud, concebido de manera integral, lo que implica no solo el acceso a servicios médicos, sino también a las condiciones, infraestructura e insumos necesarios para llevar una vida digna, libre de discriminación. La salud menstrual integral se refiere al derecho de las personas menstruantes a contar con productos adecuados, seguros, asequibles y de calidad para la gestión del ciclo menstrual, tales como pantiprotectores diarios, jabones íntimos, toallas sanitarias, tampones, copas menstruales, y ropa interior absorbente, que respondan a sus necesidades personales y preferencias individuales implica el acceso a infraestructura sanitaria en espacios públicos y privados, como escuelas, centros de trabajo y espacios comunitarios, que garantice condiciones higiénicas adecuadas, disponibilidad de agua potable y mecanismos para la disposición correcta de los productos menstruales usados.

Este concepto también incluye la educación y sensibilización en torno a la menstruación, con el objetivo de fomentar una comprensión informada del proceso biológico, eliminar estigmas y promover entonos libres de discriminación. Estas condiciones son fundamentales para que las personas menstruantes puedan manejar su ciclo de forma saludable, sin que ello afecte su bienestar físico y emocional, ni su participación en la educación, el trabajo o la vida comunitaria.

Por su parte, el artículo 4o. de la CPEUM establece que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”, y señala que el Estado debe garantizar este derecho bajo principios de equidad. Esto incluye la salud menstrual, en tanto constituye una dimensión fundamental de la salud sexual y reproductiva. En este sentido, el principio del i nterés superior de la niñez obliga al Estado a garantizar que las niñas y adolescentes tengan acceso a los productos y las condiciones sanitarias necesarias para gestionar las 4 fases de su ciclo menstrual, sin que esto interfiera en su derecho a la educación y su bienestar psicosocial.

Asimismo, la Ley General de Salud (LGS) refuerza el carácter integral del acceso a los servicios de salud, estableciendo la responsabilidad del Estado de garantizar la disponibilidad de todos los recursos necesarios. Esto incluye los insumos para atender todas las etapas del ciclo menstrual de calidad para todas las personas menstruantes en todas las etapas de su vida, con especial atención para niñas y adolescentes en edad escolar

Potencial de la estrategia Vive Saludable, Vive Feliz para promover la salud y gestión del ciclo menstrual.

En el contexto de la promoción de la salud integral, la estrategia Vive Saludable, Vive Feliz del gobierno mexicano ofrece un modelo de intervención crucial para el abordaje de la salud menstrual en el ámbito escolar. Esta estrategia se ejecuta en las 32 entidades federativas y tiene como objetivo la promoción de hábitos saludables dentro de la población escolar, abordando aspectos fundamentales como la alimentación, la actividad física y el bienestar emocional.

Aunque la estrategia actualmente no aborda de manera directa la salud menstrual, su modelo de intervención y su sinergia entre los servicios de salud y las autoridades educativas pueden y deben ser aprovechados para incluir la importancia de la salud y la gestión del ciclo menstrual dentro de sus programas. De esta forma, se promueve la desaparición de tabúes y estigmas alrededor de la salud menstrual y se convertiría en un objetivo prioritario en los esfuerzos del Estado mexicano para garantizar la salud integral de las niñas, adolescentes y personas menstruantes. Esto es fundamental, ya que no solo es un derecho en sí mismo, sino que también impacta directamente en otros derechos como:

1. El derecho a la educación: La falta de acceso a productos de gestión del ciclo menstrual o a condiciones sanitarias adecuadas limita la participación y permanencia de las niñas y adolescentes y personas menstruantes en las escuelas, afectando su rendimiento y su desarrollo académico.

2. El derecho a la no discriminación: Garantizar que todas las mujeres, niñas, adolescentes y personas menstruantes tengan acceso a productos de gestión menstrual de calidad, seguros, eficaces y asequibles en condiciones dignas es una medida fundamental para eliminar el estigma y la discriminación que aún persisten en torno a la menstruación.

3. El derecho a la igualdad de género: La gestión del ciclo menstrual digna contribuye a la equidad de género al garantizar que las niñas, mujeres y personas menstruantes no sean excluidas o marginadas por un proceso biológico natural, promoviendo su participación plena en la sociedad.

4. El derecho a la salud: El acceso a productos de gestión del ciclo menstrual de calidad, seguros, eficaces, asequibles y adecuados en condiciones sanitarias apropiadas forma parte del derecho a la salud integral, que el Estado debe garantizar para todos los ciudadanos.

5. El derecho de prioridad: Incluir la gestión menstrual en la estrategia Vive Saludable, Vive Feliz es clave para garantizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes, ya que la salud menstrual de las adolescentes debe ser atendida de forma preferente. Brindar información, productos e infraestructura adecuada promueve su bienestar, combate el estigma y asegura su permanencia escolar y desarrollo en entornos seguros y dignos.

La adecuada gestión del ciclo menstrual, así como la salud menstrual integral no solo garantizan el acceso a la salud, sino que también promueve la equidad y el desarrollo integral de niñas, adolescentes y personas menstruantes. Integrar información sobre salud menstrual y la gestión del ciclo menstrual en el modelo de intervención de la estrategia Vive Saludable, Vive Feliz podría generar un impacto transformador, no solo en la salud menstrual, sino también en el bienestar general de la población escolar a nivel nacional, contribuyendo a una educación más inclusiva, equitativa y libre de estigmas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud, a la Secretaría de Educación Pública y al Instituto Mexicano del Seguro Social para que, en el marco de la estrategia “Vive Saludable, Vive Feliz”, se contemple de manera prioritaria la inclusión de la salud y gestión del ciclo menstrual en los contenidos temáticos del programa para brindar información y promover la salud menstrual, con enfoque de derechos humanos, equidad de género e interés superior de la niñez, libre de estigmas y prejuicios.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud. “Education and provisions for adequate menstrual hygiene management at school can prevent adverse health consequences.” OMS/Europa, 27 de mayo de 2022.

https://www.who.int/europe/news-room/27-05-2022-education-and-p rovisions-for-adequate-menstrual-hygiene-management-at-school-can-prevent-adver se-health-consequences

2 Banco Mundial. “Menstrual Health and Hygiene.” World Bank Group.

https://www.worldbank.org/en/topic/water/brief/menstrual-health -and-hygiene

3 https://www.unicef.org/wash/menstrual-hygiene

4 Consulta U-Report “Queremos saber cómo vives tu menstruación”, UNICEF, COPRED, SIPINNA, Girl Up, Menstruación Digna México, 2021.

5 Coneval, 2021.

6 Primera Encuesta Nacional de Gestión Menstrual(2022). UNICEF, Essity y Menstruación Digna México.

https://www.essity.mx/Images/Reporte%20Resultados%20Encuesta%20 Essity%20MD%20y%20UNICEF_tcm347-146768.pdf (consultado el 27 de marzo de 2025)

7 Principales resultados de la primera encuesta nacional de gestión menstrual en México. Consultado el 27 de marzo en

https://www.unicef.org/mexico/media/7576/file/Primera%20encuest a%20nacional%20de%20gesti%C3%B3n%20menstrual%20en%20M%C3%A9xico.pdf

8 https://www.unicef.org/mexico/higiene-menstrual

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Marisela Zúñiga Cerón (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE FORTALEZCAN LAS ACCIONES DE VACUNACIÓN EN LOS AEROPUERTOS Y CENTRALES DE AUTOBUSES DE LAS CIUDADES SEDES DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA 2026

«Proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se solicita a la Ssa federal y a las autoridades competentes a fortalecer de manera inmediata las acciones de vacunación en los aeropuertos y centrales de autobuses de las ciudades sedes de la Copa Mundial de la FIFA 2026, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario Morena en esta LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se solicita a la Secretaría de Salud federal a fortalecer de manera inmediata las acciones de vacunación en los aeropuertos y centrales de autobuses de las ciudades sedes de la Copa Mundial de la FIFA 2026, entre otros resolutivos, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Del jueves 11 de junio al domingo 19 de julio de 2026 se realizará el torneo de futbol más importante del mundo. La Copa del Mundo de la FIFA 2026, con actividad en 16 ciudades diferentes, ubicadas en tres naciones anfitrionas: México, Estados Unidos y Canadá.

En México, se ubican tres de las sedes en donde se realizará la competencia: Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey y Canadá.

A poco menos de 100 días para celebrarse esta Copa Mundo, se debe considerar su impacto en el ámbito socia. Jurgen Mainka, director ejecutivo de la FIFA México, declaró en noviembre de 2025 que, “La Copa Mundial 2026 será vista por 6 mil millones de televidentes y recibirá como país anfitrión a más de 800 mil aficionados en sus estadios y ofrecerá múltiples fan fest gratuitos en Guadalajara, Monterrey y ciudad de México, integrando una muestra rica en arte, cultura, música y gastronomía.”

En la misma declaración, el presidente de la FIFA México, expresó que la organización de la Copa Mundial representa todo un reto logístico en todas las sedes, aeropuertos y carreteras, debido a la gran cantidad de aficionados que se darán cita.

Por ello, en México, los artículos 4o. y la fracción XVI del artículo 73 Constitucional, determinan los términos de la vacunación y su importancia para prevenir enfermedades transmisibles, reducir la mortalidad evitable y proteger la vida, en especial en la población vulnerable como son las infancias y personas en condiciones físicas delicadas.

Desde el punto de la salud pública, el movimiento o la concentración masiva de personas, plantea un reto para la salud pública, debido al riesgo de propagación de enfermedades infecciosas.

Cuando hay movilidad, las personas actúan como propagadores de virus, que pueden haber sido erradicados localmente pero siguen activos en otras regiones.

En el mismo sentido, la situación puede ser aún más complicada cuando hay países que tienen brotes, por ejemplo de sarampión. En el caso de México, de acuerdo con el reporte del 23 de febrero de 2026, se tienen más de 10 mil 941 casos activos de sarampión y 28 mil 865 casos probables lo que mantiene a autoridades sanitarias en una alerta.

Un artículo de la revista Stranford Medicine menciona que “los brotes son resultado de una vacunación insuficiente, en este sentido debido a que el sarampión se propaga tan fácilmente, la vacuna contra el sarampión, las paperas y la rubéola (MMR) desempeña un papel esencial en la prevención de brotes en Estados Unidos y todo el mundo.

La investigación, continúa diciendo que los brotes recientes en E.U. y otros países se deben casi en su totalidad a la infravacunación en las comunidades. Una comunidad necesita que al menos el 95 por ciento de sus miembros tengan inmunidad para detener la propagación del sarampión, pero la tasa de cobertura en EE.UU. ha descendido por debajo de ese umbral, a aproximadamente el 92 -93 por ciento. A nivel mundial, la tasa de vacunación que registra una dosis es de tan solo el 83 por ciento, y de 74 por ciento con las dos dosis recomendadas, números que alertan a cualquiera.

Por su parte, el doctor David Kersenobich, secretario de Salud, dice que los contagios de sarampión en México se deben, en parte, a la “importación de casos de otros países.

Durante la conferencia de prensa, realizada el 11 de febrero en Palacio Nacional, el doctor Kersenobich dijo que:

“La alta movilidad internacional facilita que personas no vacunadas o provenientes de lugares con baja inmunización introduzcan el virus en México y generen nuevos contagios”.

Ante esta situación, el 10 de febrero de 2026, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, expuso que plantearía a las autoridades del máximo organismo mundial, la posibilidad de que los visitantes y aficionados del extranjero estén vacunados contra el sarampión, sin embargo la presidenta consideró que intensificar la campaña nacional sería suficiente, sin solicitar obligatoriamente algún tipo de vacunación.

Aunado a esto, médicos anunciaron que fueron invitados a trabajar en protocolos de salud pública rumbo a la Copa Mundial de Futbol 2026. Y el Secretario de Salud, anunció desde enero del presente año que México, Estados Unidos y Canadá revisarán estratégica contra sarampión previo al Mundial 2026.

Sin embargo, atendiendo las recomendaciones de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), es necesario mejorar los diagnósticos, aplicar estrategias de vacunación suplementarias para cerrar brechas inmunitarias detectadas. Sugiere, especialmente actuar con rapidez y proteger especialmente a viajeros, debido al riesgo que representa la movilidad internacional.

De manera destacada, la Secretaría de Salud, junto a las autoridades correspondientes, podrán difundir campañas de salud pública prevenir enfermedades transmisibles y fomentan hábitos como actividad física, buena alimentación, de acuerdo con lo establecido en los siguientes artículos todos de la Ley General de Salud:

“Artículo 111. La promoción de la salud comprende: I. Educación para la salud; II. Alimentación nutritiva, actividad física y nutrición; Fracción reformada DOF 14-10-2015, 08-11-2019 III. Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud, adoptando medidas y promoviendo estrategias de mitigación y de adaptación a los efectos del cambio climático;”

“Artículo 135. La Secretaría de Salud elaborará y llevará a cabo, en coordinación con las instituciones del sector salud y con los gobiernos de las entidades federativas, programas o campañas temporales o permanentes, para el control o erradicación de aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la salubridad general de la República.”

“Artículo 157 Bis 4. Para efectos de este Capítulo, corresponde a la Secretaría de Salud:

[I. a II.]

III. Dirigir el Programa de Vacunación Universal y coordinar las campañas y operativos de vacunación, tanto ordinarios como extraordinarios;

IV. Implementar y coordinar el sistema de información en materia de vacunación y definir los lineamientos para su operación;”

Finalmente, es importante hacer notar que el presente punto de acuerdo, promueve la pronta orientación en materia de vacunación y campañas educativas sanitarias rumbo a la Copa Mundial de Futbol 2026, en las que la Secretaría de Salud y las autoridades deportivas sean las principales articuladoras.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente la Secretaría de Salud federal y a las autoridades competentes a fortalecer de manera inmediata las acciones de vacunación en los aeropuertos y centrales de autobuses de las ciudades sedes de la Copa Mundial de la FIFA 2026, para mitigar los efectos adversos que podrían presentarse por concentraciones, movilidad masiva y los contagios por sarampión, entre otras enfermedades.

Segundo. La Cámara de Diputados, del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud federal y a las autoridades correspondientes de las ciudades sedes de la Copa Mundial de la FIFA 2026, a fortalecer las campañas de salud pública para proteger a niños, jóvenes y población vulnerable de enfermedades transmisibles, al tiempo de fomentan hábitos como actividad física y buena alimentación.

Notas

1 https://miseleccion.mx/noticias/5844/Estamos-a-500-d%C3%ADas-de-la-Copa-del-Mun do-de-la-FIFA-2026

2 https://www.infobae.com/mexico/2025/11/10/fifa-estima-que-la-copa-mundial-2026- sera-vista-por-6-mil-millones-de-televidentes/

3 https://www.gob.mx/salud/documentos/informe-diario-del-brote-de-sarampion-en-me xico-2026

4 https://med.stanford.edu/news/insights/2025/05/measles-risk-vaccination-young-o ld.html#:~: text=globally%2C%20Maldonado% 20said.-,Before%20vaccines%20were%20introduced%20in%20the% 201960s%2C%20nearly%20everyone%20contracted,for%20the%20recommended%20two%20dos es.

5 https://www.infobae.com/mexico/2026/02/22/sarampion-en-mexico-expertos-alertan- por-mundial-2026-y-refuerzan-llamado-a-vacunacion/

6 https://www.gob.mx/presidencia/articulos/version-estenografica-conferencia-de-p rensa-de-la-presidenta-claudia-sheinbaum-pardo-del-11-de-febrero-de-2026

7 https://www.diariopresente.mx/elsoldelsureste/sheinbaum-apoya-a-cuba-con-envio- de-ayuda/445188

8 https://www.cronica.com.mx/nacional/2026/01/20/kershenobich-asegura-que-el-brot e-de-sarampion-no-afectara-la-copa-mundial/

9 https://www.infobae.com/mexico/2026/02/04/la-amenaza-del-sarampion-crece-en-mex ico-canada-y-eeuu-ante-la-copa-del-mundo-advierte-la-ops/

10 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf

11 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf

12 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO AL DIF DE NUEVO LEÓN, A ACEPTAR CUMPLIR LA RECOMENDACIÓN EMITIDA POR LA CNDH, RELATIVA A VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS EN EL ALBERGUE FABRILES EN PERJUICIO DE ADOLESCENTES BAJO TUTELA ESTATAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al DIF del estado de Nuevo León a aceptar cumplir íntegramente la recomendación 148/2025 emitida por la CNDH, relativa a violaciones graves a derechos humanos ocurridas en el albergue “Fabriles” en perjuicio de adolescentes bajo tutela estatal, a cargo de la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Nancy Aracely Olguín Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Nuevo León para que acepte cumplir íntegramente la recomendación 148/2025 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, relativa a violaciones graves a derechos humanos ocurridas en el albergue “Fabriles” en perjuicio de adolescentes bajo tutela estatal, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El 9 de febrero de 2022 falleció un adolescente de 14 años con discapacidad, bajo tutela del Estado, en el albergue “Fabriles”, dependiente del DIF Nuevo León. La Recomendación 148/2025 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al resolver el recurso de impugnación promovido ante la negativa de aceptar la Recomendación 01VG/2023 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, acreditó violaciones graves a los derechos humanos de diversos adolescentes y de su madre, particularmente al derecho a la vida, a la integridad personal, a la legalidad, a la seguridad jurídica y al interés superior de la niñez.

La CNDH determinó que un día antes de su fallecimiento el menor fue agredido físicamente por un servidor público del albergue, recibiendo un golpe severo en el abdomen. Posteriormente presentó vómito, dolor agudo, palidez extrema y deterioro progresivo de su estado general, sin que se le brindara atención médica especializada o urgente, limitándose el personal a suministrar analgésicos y ordenar que “aguantara” hasta la noche. Los dictámenes periciales concluyeron que la causa de muerte fue un shock hipovolémico secundario a contusión profunda de abdomen, descartando causas naturales. Asimismo, la recomendación documenta que se ordenó la cremación inmediata del cuerpo sin dar aviso oportuno a la autoridad ministerial, obstaculizando el esclarecimiento de los hechos y afectando el derecho de acceso a la justicia.

La Recomendación 148/2025 también acreditó el traslado de otro adolescente a un centro de rehabilitación en el estado de Veracruz sin consentimiento materno ni autorización judicial, así como deficiencias en la atención integral, lo que evidenció fallas estructurales en los mecanismos de supervisión y protección de menores bajo resguardo estatal. En consecuencia, la CNDH instruyó al DIF Nuevo León a aceptar íntegramente la recomendación estatal previamente emitida, colaborar en las investigaciones administrativas y penales correspondientes, presentar las denuncias necesarias contra los servidores públicos involucrados, otorgar reparación integral a las víctimas —incluyendo atención médica, psicológica y compensación—, emitir una disculpa pública, establecer memoriales y adoptar garantías de no repetición mediante protocolos claros, profesionalización del personal, fortalecimiento de la atención médica permanente, mecanismos de supervisión y medidas de transparencia en los centros de asistencia social.

El 5 de febrero de 2026 la CNDH solicitó formalmente la aceptación y cumplimiento total de dicha recomendación, reiterando que su negativa vulnera el sistema nacional no jurisdiccional de protección de derechos humanos.

El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impone a todas las autoridades la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. El artículo 4o. constitucional consagra el interés superior de la niñez como principio rector que obliga al Estado a brindar protección reforzada cuando niñas, niños y adolescentes se encuentran bajo su tutela directa. El artículo 20, Apartado C, reconoce a las víctimas el derecho a la verdad, a la reparación integral y a garantías de no repetición. Por su parte, el artículo 102, Apartado B, establece que, si bien las recomendaciones de la CNDH no son vinculantes en sentido jurisdiccional, las autoridades deben responderlas, fundar y motivar cualquier negativa y sujetarse al escrutinio democrático.

La negativa injustificada no constituye un acto neutro; prolonga la afectación a los derechos de las víctimas, debilita la arquitectura constitucional de protección de derechos humanos y proyecta un mensaje institucional incompatible con el deber reforzado de protección a la niñez.

En el diseño constitucional mexicano, las violaciones graves a derechos humanos no sólo generan responsabilidades individuales, sino también responsabilidad política e institucional cuando ocurren dentro de estructuras bajo la conducción del Poder Ejecutivo estatal. El DIF Nuevo León forma parte de la administración pública estatal y actúa bajo la dirección política del Ejecutivo. En consecuencia, la aceptación o rechazo de una recomendación de la CNDH no es una decisión meramente técnica, sino una definición sobre el estándar de protección de derechos fundamentales en la entidad. La conducción responsable de la administración pública exige corregir fallas estructurales, garantizar rendición de cuentas y restablecer la confianza pública.

México, como Estado miembro de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos, tiene obligaciones internacionales en materia de protección de la niñez y de prevención de violencia institucional. El incumplimiento de medidas destinadas a reparar violaciones graves puede comprometer la responsabilidad internacional del Estado mexicano.

Aceptar y cumplir íntegramente la Recomendación 148/2025 no constituye una concesión política, sino el ejercicio legítimo del deber constitucional de garantizar derechos humanos, reparar a las víctimas y asegurar la no repetición. Es, además, una oportunidad para fortalecer los mecanismos institucionales de protección de niñas, niños y adolescentes bajo tutela estatal y reafirmar el compromiso con el Estado de Derecho.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Nuevo León a aceptar y cumplir íntegramente la Recomendación 148/2025 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Segundo. Se exhorta al DIF Nuevo León a colaborar plena y activamente con las investigaciones administrativas y penales correspondientes, así como a presentar las denuncias y procedimientos necesarios para garantizar la rendición de cuentas de los servidores públicos involucrados.

Tercero. Se exhorta a implementar de manera inmediata las medidas de reparación integral y las garantías estructurales de no repetición señaladas en la Recomendación 148/2025, incluyendo la profesionalización del personal, el fortalecimiento de la atención médica permanente, la emisión de protocolos claros y mecanismos de supervisión en centros de asistencia social.

Cuarto. Se solicita remitir a esta Soberanía un informe detallado y documentado sobre las acciones adoptadas para el cumplimiento total de la referida recomendación.

Quinto. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León a ejercer su deber de conducción institucional y garantizar que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado acepte y cumpla íntegramente la Recomendación 148/2025, adoptando las medidas administrativas y estructurales necesarias para asegurar la rendición de cuentas, la reparación integral y la no repetición de los hechos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Nancy Aracely Olguín Díaz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



MEDIDAS DE APOYO PARA MICROEMPRESARIOS Y TRANSPORTISTAS AFECTADOS POR HECHOS DE INSEGURIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades federales a implementar medidas de apoyo para microempresarios y transportistas afectados por hechos de inseguridad, a cargo del diputado Paulo Gonzalo Martínez López, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe Paulo Gonzalo Martínez López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme a los artículos 79 y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de este pleno, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a diversas autoridades federales a implementar medidas de apoyo para microempresarios y transportistas afectados por hechos de inseguridad. Suscrito por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. México vivió recientemente una de las jornadas más violentas y coordinadas de reacción criminal en su historia reciente. Tras un operativo federal en el estado de Jalisco en el que fue abatido Nemesio Oseguera Cervantes, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación, se desató una ola de violencia que se extendió a por lo menos veinte entidades federativas, con un saldo preliminar de 252 narcobloqueos registrados en menos de 24 horas, según información del Gabinete de Seguridad.

Segunda. Los hechos incluyeron la quema masiva de tráileres, camiones de transporte público, vehículos particulares, establecimientos comerciales, sucursales bancarias y bloqueos carreteros estratégicos. Estados como Jalisco, Michoacán, Guanajuato, Tamaulipas, Nayarit, Colima, Guerrero, Veracruz, Puebla, Oaxaca, Quintana Roo y Baja California registraron incendios intencionales, despojo de unidades productivas, ataques a negocios y paralización de vías federales.

Tercera. En Puerto Vallarta fueron incendiados al menos 25 vehículos dentro de un estacionamiento comercial; en Guanajuato se reportaron incendios en tiendas de conveniencia y farmacias; en Michoacán, transportistas fueron obligados a descender de sus unidades para posteriormente ser incendiadas; y en Reynosa, Tamaulipas, camiones de pasajeros fueron quemados en plena vía pública.

Cuarta. En Aguascalientes, entidad que también fue alcanzada por estos hechos, se registraron bloqueos e incendios en al menos cinco puntos carreteros estratégicos: en la carretera 45 norte a la altura de San Francisco de los Romo; en la 45 sur, en los límites con Jalisco; en la carretera 70 oriente; en la 71 sur; y en la carretera 42 hacia El Salto de los Salado. Tráileres fueron despojados violentamente de sus conductores y posteriormente incendiados, e incluso vehículos particulares de familias fueron consumidos por el fuego.

Quinta. Las principales víctimas de estos actos no son grandes corporativos, sino microempresarios, transportistas independientes, operadores conocidos como “hombre-camión” y familias cuyo único patrimonio es su vehículo de trabajo. Para muchas de estas personas, la unidad representa su única fuente de ingresos.

Sexta. Un número considerable de los afectados no cuenta con seguros que cubran daños derivados de actos vandálicos o disturbios, o bien enfrentan exclusiones contractuales que impiden el acceso a indemnizaciones. En consecuencia, la pérdida de su patrimonio productivo implica endeudamiento inmediato, pérdida de empleo y deterioro económico familiar.

Séptima. La seguridad pública es una función a cargo del Estado mexicano en sus tres órdenes de gobierno conforme al artículo 21 constitucional. Cuando la falta de condiciones de seguridad impacta directamente el patrimonio productivo de los ciudadanos, resulta indispensable una respuesta institucional no sólo operativa, sino también económica y de recuperación.

Octava. La destrucción de unidades productivas no solo genera afectaciones individuales, sino impactos acumulativos en cadenas logísticas, transporte de mercancías, movilidad de personas, empleo formal y estabilidad económica regional.

Novena. Ante la magnitud de los hechos, es necesario que el Gobierno Federal, en coordinación con las entidades federativas, diseñe mecanismos extraordinarios de apoyo dirigidos a quienes perdieron su patrimonio productivo derivado de hechos violentos vinculados con la delincuencia organizada, a fin de evitar el empobrecimiento de familias trabajadoras y preservar la actividad económica.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y a la Secretaría de Gobernación a fortalecer la coordinación operativa con las entidades federativas para prevenir y contener hechos de violencia que afecten el patrimonio productivo de personas transportistas y microempresarias.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Economía a diseñar e implementar un programa emergente de apoyo, financiamiento preferencial, reestructuración crediticia y estímulos fiscales dirigido a transportistas independientes, microempresarios y propietarios de unidades productivas que hayan sufrido daños o pérdida total de sus bienes a consecuencia de actos de violencia vinculados con la delincuencia organizada.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Paulo Gonzalo Martínez López (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



SE FORTALEZCAN ACCIONES INSTITUCIONALES PARA PREVENIR, IDENTIFICAR Y TRATAR LA RICKETTSIA, CON ÉNFASIS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CON MAYOR PREVALENCIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa, en coordinación con el gobierno de las 32 entidades federativas, a fortalecer las acciones institucionales para prevenir, identificar y tratar la Rickettsia en México, haciendo énfasis en las entidades federativas con mayor prevalencia, a cargo del diputado César Israel Damián Retes, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado César Israel Damián Retes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud federal para que, en el ámbito de sus funciones y facultades en coordinación con el gobierno de las 32 entidades federativas, fortalezcan las acciones institucionales para prevenir, identificar y tratar la Rickettsia en México, haciendo énfasis en las entidades federativas con mayor prevalencia, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las enfermedades zoonóticas que se transmiten al ser humano a través de un vector como los diferentes tipos de Rickettsias, representan en México y el mundo, un grave problema de salud pública en razón a que su diagnóstico y tratamiento se dificulta al confundirse con otros padecimientos.

“Las enfermedades zoonóticas son aquellas enfermedades que se transmiten de manera natural de los animales al ser humano, comprometiendo por tanto la salud pública. Algunas zoonosis, al igual que otras enfermedades animales afectan directa e indirectamente a los medios de vida de las personas al reducir la productividad, causar dolencias y muertes y provocar restricciones comerciales y la pérdida de medios de tracción y transporte animal.

Las zoonosis son consideradas enfermedades infecciosas desatendidas (EID) que afectan a poblaciones que viven en condiciones socioeconómicas de pobreza, y con frecuencia aisladas y con mínimo acceso a los servicios de salud y educación”.

Estas enfermedades de no ser diagnosticadas y atendidas de forma oportuna pueden agravarse, generando importantes secuelas en la salud del paciente, o en su caso provocar su muerte.

La Rickettsia es una enfermedad cuyos orígenes se presumen datan del año 429 a.C. en el continente europeo, logrando expandirse al continente americano en 1896. Esta enfermedad al tener sintomatología similar a otras, era frecuentemente confundida hasta que en 1916 adquirió su propia denominación.

El reporte más antiguo de una epidemia por rickettsia en Europa data del año 429 a.C., y corresponde a una la plaga del tifus en Atenas.

En América, el primer indicio data de 1896 en el Valle de Idaho, con el nombre de sarampión negro (debido a su exantema) o fiebre del sendero.

En 1900 ya se tenían referencias de la enfermedad en Estados Unidos y a las garrapatas como vectores.

Howard Taylor Ricketts, en 1906 estudió la fiebre maculosa o manchada de las montañas Rocosas, demostró la transmisión por la picadura de la garrapata Dermacentor occidentalis, se infectó y falleció en 1910 en México.

Stanislaus Von Prowazek, estudió el tifus exantemático, confirmó los hallazgos de rickettsias respecto al vector y al agente causante, se infectó y falleció en 1915.

Enrique da Rocha-Lima, en 1916 aisló el agente causante del tifus transmitido por el piojo y lo denominó Rickettsia prowazekki en homenaje a los dos investigadores fallecidos.

La identificación y clasificación de las rickettsias, así como el descubrimiento de sus formas clínicas, ocurrió en el siglo XX.

La Rickettsia en México tiene presencia desde hace varias décadas, sin embargo, a pesar de su prevalencia en determinadas regiones del norte del país, su estudio, identificación, prevención y tratamiento aún enfrenta graves retos. A pesar que los gobiernos de nuestro país han puesto en marcha medidas para hacerle frente a este padecimiento, no se ha logrado establecer acciones integrales que permitan de forma efectiva su erradicación o prevención y atención oportuna.

En México, en el período de 1930 a 1950, se informaron brotes de rickettsiosis en los estados de Coahuila, Durango, San Luis Potosí, Sinaloa y Sonora, sin embargo la incidencia de estas enfermedades en el noroeste del país ha sido desconocida, se supone que en algunos de los casos ocurridos, el diagnóstico fue incorrecto por desconocerse de su presencia así como de la severidad del cuadro que puede causar.

El estudio de la Rickettsia a lo largo de los años para poder identificar sus causas y afectaciones en las personas que son contagiadas ha conseguido materializar su clasificación, estableciendo que existen diversos tipos que tienen comportamientos distintos tanto en el entorno en el que se presentan como en los pacientes que son infectados, lo cual es determinante para su detección oportuna y tratamiento. De acuerdo con lo establecido dentro de diversa bibliografía consultada, la Rickettsia se clasifica de la siguiente manera:

La doctora Guadalupe Soto Estrada, académica del departamento de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la UNAM, arroja luz sobre esta misteriosa enfermedad. Según Soto Estrada, la rickettsiosis es «una enfermedad causada por un conjunto de bacterias que conforman a dos grandes grupos de enfermedades: las tíficas y las de fiebres manchadas.

De las diversas especies de rickettsia que existen en México, tres representan una relevancia médica crucial: Rickettsia typhi, Rickettsia prowazekii y Rickettsia rickettsii. Esta última es la más severa, con una tasa de mortalidad que oscila entre el 5 por ciento y el 65 por ciento, dependiendo de cuándo se detecta y se atiende.

Las Rickettsias son un tipo de enfermedades infecciosas que por su sintomatología puede confundirse con otros padecimientos lo cual dificulta su detección y tratamiento oportuno, sin embargo, de acuerdo con lo que se establece dentro de la bibliografía consultada se manifiesta de la siguiente manera:

La detección de la rickettsia es un desafío para los servicios de salud, pues sus síntomas pueden confundirse con los de otras enfermedades. Entre estos se incluyen fiebre superior a 38ºC, dolor de cabeza intenso, malestar general en huesos y músculos, cansancio severo y la aparición de exantemas, similares a ronchitas, máculas (manchas) o sarpullidos de color rojizo. Un obstáculo adicional es que los pacientes a menudo no perciben cuando una garrapata les muerde.

«El diagnóstico es vital, ya que el personal de salud tiene un margen de respuesta muy limitado. El período de incubación es de siete a 14 días, aunque puede ser más corto; pero cuanto más corto sea, más grave será la infección. Es recomendable que la enfermedad se trate antes de los cinco días; por lo tanto, es esencial que el médico que está al cargo del paciente tenga en cuenta la posibilidad de este padecimiento, pues eso incrementa las probabilidades de superar la enfermedad», advirtió Soto Estrada.

En lo que respecta a la situación que enfrenta nuestro país por contagios y muertes a consecuencia de la Rickettsia, es de reconocer que no existe mucha claridad al respecto, toda vez que las cifras oficiales sobre contagios y muertes a consecuencia de esta enfermedad son de difícil acceso al público en general por lo cual, conocer el impacto real de estas enfermedades en la población es casi imposible. También debemos considerar tal y como se señaló en párrafos previos, su difícil y adecuado diagnóstico puede ocasionar que exista un subregistro de casos de Rickettsia que son catalogados como enfermedades distintas.

En los últimos años la recurrencia de formas graves de esta enfermedad y el reforzamiento de su vigilancia epidemiológica ha propiciado un incremento en la notificación de casos en algunas regiones del país, sin embargo aún se carece de un sistema de vigilancia especial.

Por otra parte, existen limitaciones en el diagnóstico de laboratorio de la rickettsiosis en humanos y en consecuencia el tratamiento que reciben resulta inadecuado o extemporáneo, llegando en ocasiones a un desenlace fatal.

Si bien es cierto, en las últimas décadas se han realizado acciones para prevenir y atender los casos de Rickettsia que se presentan principalmente en el norte del país, lo cierto es que se requieren fortalecer las estrategias institucionales que permitan un diagnóstico y atención oportuna.

El problema que enfrentan las instituciones de salud pública en México al carecer de insumos como medicamentos, materiales de curación y personal calificado suficiente, han vulnerado el derecho a la salud de las y los mexicanos. En la crisis sanitaria que vive México, no solo estamos hablando que no se atienden de manera oportuna enfermedades graves como el cáncer y padecimientos crónicos y degenerativos, estamos hablando que enfermedades que pueden ser prevenidas y curadas como las zoonóticas están siendo ignoradas por no contar con los insumos necesarios para su atención.

En este sentido, es fundamental que se fortalezcan las acciones institucionales con la finalidad de prevenir y atender los casos de Rickettsia que se presentan en México y que lamentablemente se han incrementado en los últimos años, provocando casos graves en la salud de las personas e incluso un número importante de muertes.

En la última década se han notificado casos de rickettsiosis en todos los estados de la República Mexicana. En el año 2013 se notificaron 1,125 casos mediante el reporte semanal. Sin embargo, se carecía en ese año de un sistema de información que permitiera identificar el número de casos confirmados y de éstos a qué cantidad se había ministrado el tratamiento específico para disminuir el riesgo de una evolución tórpida (complicaciones en órganos vitales) de este padecimiento.

Fue en el 2015, que se instrumentó el sistema especial de vigilancia epidemiológica de las rickettsiosis, con el objetivo de poder detectar los casos probables y ministrar oportunamente el tratamiento específico. En ese año se reportaron 798 casos confirmados con una tasa de incidencia de 0.66 casos por 100 mil habitantes, comparado con el año 2019, en el que se confirmaron 514, observando una incidencia de 0.41 casos por 100 mil habitantes.

Con relación al número de contagios que se han dado en nuestro país a lo largo de la historia, es pertinente mencionar que su identificación y compilación estaba lleno de inconsistencias hasta que tal y como se relata en el párrafo anterior, en 2015 se implementó el sistema especial de vigilancia epidemiológica de las rickettsiosis, con el objetivo de poder detectar los casos probables. Derivado de lo anterior se comenzó a contar con una base de datos adecuada que permite conocer la situación que enfrenta nuestro país a causa de la Rickettsia. De acuerdo con cifras del “Programa de Acción Específico, Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 202-2024”, en nuestro país se han presentado de 2011 a 2019 los siguientes casos de contagio.

Con relación al contexto actual que se presenta en nuestro país a causa de esta enfermedad, cifras del “Informe Epidemiológico Semanal de Rickettsiosis, Sonora 2025”, muestran que la prevalencia de casos en el norte del país es alta, lo cual refuerza la necesidad de implementar medidas específicas para su atención. Dentro del reporte generado, señalan que las entidades federativas que cuentan con un mayor número de contagios por Rickettsia son Baja California, Sonora, Chihuahua.

También hay que poner atención en el número de fallecimientos que se han dado a consecuencia de este padecimiento, en razón a que si se hubieran atendido de manera oportuna podrían haberse prevenido. De acuerdo con cifras del “Informe Epidemiológico Semanal de Rickettsiosis, Sonora 2025”, en la Semana Epidemiológica 21 de nuestro país, se han presentado un total de 135 casos y 33 defunciones en Durango, Chihuahua, Sonora y Nuevo León.

Por lo anterior, es fundamental fortalecer las acciones institucionales para atender los casos de enfermedades zoonóticas que se presentan en México como la Rickettsia, toda vez que además de las lamentables defunciones que se dan por este padecimiento, las secuelas físicas que enfrentan las personas son importantes. Para ejemplificar las complicaciones que se dan por este padecimiento, retomamos la siguiente información que se ha identificado en pacientes pediátricos.

Pronóstico

No obstante, en conjunto con el diagnóstico se debe realizar una evaluación periódica de la evolución del paciente, detectando factores de mal pronóstico que nos hagan pensar en el desarrollo de alguna complicación, como puede ser:

-Vivir o visitar una región zona endémica. Deficiencia de Glucosa-6-fosfato deshidrogenasa (G6PD).

- Terapia con Sulfamidas o de inicio tardío (>6to día).

- Corto periodo de incubación. Ausencia de exantema.

- Diabetes gestacional.

- Institución mal preparada.

Así mismo, se puede evaluar el grado de severidad en base a las alteraciones de los exámenes de laboratorio, como anemia o trombocitopenia dentro de la biometría hemática, hiponatremia en el panel metabólico completo, pleocitosis con predominancia linfocítica o de polimorfonucleares en el análisis de LCR.

En general el pronóstico es bueno si se inicia con la terapia de manera temprana (2 por ciento de complicaciones en pediátricos, excepto en etapas tardías donde puede ser de hasta 40-90 por ciento), sin embargo, en caso de que se llegaran a presentar complicaciones podríamos esperar secuelas neurológicas:

- Convulsiones (de los más comunes).

- Cefalea.

- Dificultad del habla. Alteraciones de la marcha. Deficiencia en la deglución.

- Pérdida o alteración de órganos de los sentidos (ceguera, hipoacusia/sordera) Pérdida de control de esfínteres.

O secuelas vasculares, como pueden ser gangrena que requiere amputación de dedos o pabellón auricular. Aquellos pacientes que no reciben tratamiento desarrollando un estado grave suelen fallecer a los 8-15 días después de haber iniciado con la enfermedad (qué suele pasar el 66 por ciento de los casos aproximadamente).

Cabe mencionar que en Sonora se ha visto un fenómeno muy curioso, en el cual no se ha reducido la tasa de mortalidad a pesar del inicio de tratamiento oportuno, aumentando incluso hasta el 20-30 por ciento, y se cree qué está relacionado a la mala clasificación de los grupos de rickettsiosis al momento del diagnóstico confundiéndose con el resto de las rickettsiosis.

En tal sentido, si bien es cierto, dentro del “Programa de Acción Específico, Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes 202-2024”, se establecen algunas acciones institucionales para prevenir y atender los casos de Rickettsia en México, la realidad es que las mismas requieren ser fortalecidas con el objetivo de garantizar a la población el ejercicio efectivo del derecho a la salud, eliminando aquellos factores prevenibles y tratables que la pongan en riesgo.

Abordaje para Rickettsiosis, 2020-2024.

Las acciones de rickettsiosis se enfocarán a la disminución de la incidencia de casos y en consecuencia la prevención de la letalidad, mediante actividades en la población que considera la búsqueda intencionada de enfermos, capacitación del personal médico de la consulta externa para el abordaje temprano y tratamiento oportuno de casos ambulatorios. Así como del personal hospitalario para limitar las complicaciones y defunciones mediante la ministración del tratamiento antibiótico específico para ello.

De igual manera promover el acceso al diagnóstico de rickettsiosis en la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública (RNLSP) a cargo del InDRE, el cual sea oportuno y contribuya a la atención adecuada del enfermo.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud federal para que, en el ámbito de sus funciones y facultades en coordinación con el gobierno de las 32 entidades federativas, fortalezcan las acciones institucionales para prevenir, identificar y tratar la Rickettsia en México, haciendo énfasis en las entidades federativas con mayor prevalencia.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud federal en coordinación con el gobierno de las 32 entidades federativas para que, en el ámbito de sus funciones y facultades se garantice la provisión de medicamentos y atención hospitalaria a pacientes de enfermedades zoonóticas, principalmente de Rickettsia.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo del 2026.— Diputado César Israel Damián Retes (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE INFORME A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS CON EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ASÍ COMO SU GRADO DE CUMPLIMIENTO, PARA ATENDER LA CONTAMINACIÓN DEL RÍO TIJUANA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a informar a la opinión pública de manera detallada los acuerdos establecidos con el gobierno de Estados Unidos de América, así como su grado de cumplimiento, para atender la contaminación del río Tijuana, en Baja California, a cargo del diputado César Israel Damián Retes, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado César Israel Damián Retes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, a través del principio de transparencia y máxima publicidad, informe a la opinión pública de manera detallada los acuerdos establecidos con el gobierno de los Estados Unidos de América, así como su grado de cumplimiento, para atender la contaminación del río Tijuana en Baja California, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La contaminación del medio ambiente es consecuencia directa e indirecta de la actividad humana y afecta su calidad de vida y la de especies de flora y fauna que se encuentran en el entorno contaminado. La contaminación además de incidir negativamente en la salud y en la supervivencia de diferentes especies animales y vegetales que se encuentran en la zona afectada o que son endémicas de la misma, pone en riesgo la disposición de recursos para realizar actividades económicas como la agricultura y la industria.

México enfrenta un gran reto para garantizar el derecho humano a un ambiente sano que se encuentra establecido en el artículo 4 de nuestra Carta Magna, y a pesar de los grandes avances que se han dado en materia legal en cuanto a protección del medio ambiente en los últimos años, aún falta mucho por hacer en materia de política pública para diseñar e implementar acciones para garantizar la protección de nuestros recursos naturales y del medio ambiente.

En los últimos meses ha surgido a la luz pública, un problema añejo en materia de contaminación ambiental el cual afecta la calidad de vida de la población que habita la franja fronteriza entre México y los Estados Unidos de América. La contaminación persistente del río Tijuana, ha agravado los problemas en la relación bilateral toda vez que ha habido en los últimos meses un incremento alarmante de habitantes de ambos lados de la frontera, que han visto afectada su salud por la contaminación que afecta las aguas del río, los mares y el aire.

El río Tijuana ha estado plagado de aguas residuales y desechos industriales de Tijuana durante décadas, contaminando las playas a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México con agua contaminada y enviando malos olores a las comunidades del condado de San Diego.

El miércoles, el grupo ambientalista American Rivers clasificó al río Tijuana en el segundo puesto de su lista anual de los ríos más amenazados del país, subiendo del noveno puesto que ocupaba el año pasado. El grupo afirmó que elevó la categoría del río, justo detrás del primer puesto del río Misisipi, para llamar la atención sobre los problemas crónicos de contaminación de esta vía fluvial y la falta de medidas para sanearla.

La contaminación del río Tijuana, es un problema que existe desde hace varias décadas que lamentablemente se ha agravado en los últimos años por la falta de voluntad de las autoridades mexicanas federales y estatales, para establecer soluciones efectivas y duraderas a corto, mediano y largo plazo. Los distintos órdenes de gobierno han sido negligentes y omisos, evidenciando su irresponsabilidad.

La falta de voluntad política del gobierno de nuestra nación ha ocasionado que las autoridades ambientales de los Estados Unidos demanden la atención inmediata a este problema que afecta a ambos países poniendo en evidencia que las autoridades mexicanas no tienen la capacidad de solucionar un tema que persiste en la frontera de Tijuana con San Diego desde hace muchos años.

Si bien es cierto en 2015 se creó un grupo binacional interdisciplinario para la atención de los problemas de contaminación del río Tijuana, los resultados alcanzados no han sido suficientes para resolver los problemas existentes y que se han agravado en el transcurso del tiempo. Lo anterior puede deberse por falta de recursos para el financiamiento de proyectos estratégicos y a la falta de voluntad política de las autoridades de ambos países.

Al reconocer los crecientes problemas en la cuenca del Río Tijuana, debido al rápido crecimiento urbano en las dos ciudades más grandes de la frontera entre México y Estados Unidos, Tijuana, Baja California y San Diego, California, el 5 de octubre de 2015 ambos gobiernos firmaron el Acta 320 de la CILA intitulada “Marco General para la Cooperación Binacional en los Asuntos Transfronterizos en la Cuenca del río Tijuana”, por medio de la cual se posibilitó la atención, en un marco de cooperación, de la problemática de la cuenca del río Tijuana. En el marco de este acuerdo se constituyó un Grupo Base Binacional que incorpora representantes de los gobiernos federales, estatales, locales y de las ONG’s de ambos países; asimismo se crearon tres Grupos de Trabajo Binacionales para recomendar e implementar medidas para atender los aspectos de preocupación relacionados a los sedimentos, residuos sólidos y la calidad del agua de la cuenca.

El titular de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), Lee Zeldin, señaló en fechas recientes en diferentes medios de comunicación, que la contaminación del río Tijuana el cual desemboca en playas de San Diego California, ha ocasionado el incremento de enfermedades gastrointestinales y en la piel de habitantes, turistas y personal militar que vive o realiza diversas actividades en la zona.

El director de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), Lee Zeldin, dijo que México debe frenar el flujo de miles de millones de litros de aguas residuales y productos químicos tóxicos desde Tijuana, ya que han contaminado las aguas del océano Pacífico frente al sur de California.

De acuerdo con el funcionario, dichas aguas residuales han obligado al cierre de playas y provocando enfermedades a miembros de la fuerza especial SEAL que entrenan en esas costas.

Se ha señalado que la contaminación generada por la descarga de aguas contaminadas en el mar no solo afecta la actividad humana, también repercute en la vida de especies marinas de la región. De acuerdo con lo anunciado por las autoridades estadounidenses, la contaminación del rio Tijuana no sólo afecta a las personas que realizan actividades acuáticas, sino que también a las personas que respiran las partículas contaminantes que se desprenden de la evaporación de las aguas del mismo.

La contaminación ha provocado enfermedades no solo entre nadadores, surfistas y salvavidas, sino también en niños, agentes de la Patrulla Fronteriza y otras personas que ni siquiera entran al agua. Los científicos afirman que las aguas residuales se evaporan cuando se espuman y se integran al aire que la gente respira.

La Marina revisa la posibilidad de reubicar su sitio de entrenamiento para candidatos a la fuerza especial SEAL después de que el Centro Especial de Guerra Naval reportó 1.168 casos de enfermedades gastrointestinales agudas en sus reclutas entre 2019 y 2023.

De acuerdo con información consultada, en reunión oficial sostenida por autoridades de ambos países el 21 de abril del 2025, se acordó establecer una agenda de trabajo conjunta con acciones puntuales para atender la contaminación del río Tijuana y revertir los efectos negativos que han tenido en la población. Con relación a este asunto, autoridades de nuestro país han sido herméticas en abordar los compromisos adquiridos y de las acciones que se llevarán a cabo por parte de México para atender la problemática que se enfrenta en materia bilateral, sin embargo, de conformidad con las fuentes de prensa consultadas, los acuerdos alcanzados por ambas naciones son los siguientes:

Durante la reunión, ambos funcionarios alcanzaron los siguientes acuerdos:

• Reunión a la brevedad de los comisionados de México y Estados Unidos de la CILA para revisar y acelerar el cumplimiento del Acta 328, la cual contiene 17 proyectos prioritarios de infraestructura hídrica y saneamiento fronterizo.

• Reunión urgente del Consejo del Banco de Desarrollo de América del Norte (NADBANK) para agilizar la ejecución de proyectos clave para el saneamiento de la cuenca del río Tijuana financiados por el banco.

• México priorizará la reconducción del agua tratada de las plantas Arturo Herrera y La Morita hacia la presa Abelardo Rodríguez, evitando su descarga al río Tijuana.

• EEUU adelantará dos años la expansión de la planta de tratamiento PITAR en San Ysidro, California, con la meta de concluir en 2027.

• Ampliar temporalmente la capacidad de la Planta Internacional de South Bay, de 25 a 35 millones de galones diarios, durante la etapa de ampliación de una nueva planta.

• Mantener una colaboración técnica e institucional transparente, evitando la desinformación o declaraciones unilaterales.

Con relación a lo anterior, se han desarrollado en los últimos meses reuniones bilaterales de trabajo con el fin de dar seguimiento a los compromisos establecidos entre ambas naciones, tal es el caso de la firma del Memorando de Entendimiento México-Estados Unidos sobre la Atención Sanitaria y Ambiental en la Región Tijuana—San Diego, signado el 24 de julio de 2025, el cual establece el compromiso de los comisionados de la CILA para acelerar el cumplimiento del Acta 328 y otros compromisos asumidos.

En su intervención, la secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales destacó que el Memorando de Entendimiento representa “un acuerdo binacional muy importante porque lo que hizo fue consolidar nuestra cooperación entre EPA y Semarnat [...] logramos un gran entendimiento, reafirmar y acelerar los compromisos del Acta 328 de la CILA”.

[...]

[...]

Finalmente, declaró que se acordó también la asignación de recursos para el periodo 2026—2027 destinados a diez obras prioritarias en México, así como la conclusión de la obra de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Ysidro, correspondiente a Estados Unidos en 2028, que incluye trabajos en las plantas Arturo Herrera y La Morita.

De igual forma, el 15 de diciembre de 2025, se emitió el acta 333 de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA) denominada “Acciones integrales para atender el problema fronterizo de saneamiento en Tijuana, Baja California - San Diego, California”.

Dentro del acta se establece el compromiso de dar seguimiento al memorando de entendimiento del pasado 24 de julio de 2025, firmado por la secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México, Alicia Bárcena Ibarra, y el administrador de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos, Lee Zeldin.

El Acta 333 detalla acciones específicas para atender las preocupaciones binacionales referentes al saneamiento fronterizo de Tijuana-San Diego, en apego a lo estipulado en el artículo 3 del Tratado de Aguas de 1944, entre las que se encuentran la creación de un Grupo de Trabajo Binacional para la realización de una serie de evaluaciones y estudios técnicos, la construcción de una infraestructura de sedimentación en el Cañón Matadero en México, la construcción de la nueva planta de tratamiento de aguas residuales de Tijuana “Tecolote-La Gloria”, el desarrollo de un cronograma para la limpieza y remoción de sedimentos y residuos sólidos del cauce del Río Tijuana, y la creación de una cuenta en el Banco de Desarrollo de América del Norte para asegurar la operación y mantenimiento adecuados de la infraestructura de saneamiento de la región.

Sin embargo, no se sabe con certeza qué avances se han tenido en el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, y cuál será la ruta a seguir por parte del gobierno de nuestro país para atenderlos. En este sentido es fundamental que se informe a la opinión pública y se transparenten las acciones realizadas en torno a los acuerdos alcanzados y los avances obtenidos por nuestro país en los últimos meses y años. Lo anterior con el fin de garantizar a la población de Tijuana y de nuestro país, que se está atendiendo el problema que afecta a ambos lados de la frontera y que puede generar sanciones a México por parte del vecino del norte.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, a través del principio de transparencia y máxima publicidad, informe a la opinión pública de manera detallada los acuerdos establecidos con el gobierno de los Estados Unidos de América, así como su grado de cumplimiento, para atender la contaminación del río Tijuana en Baja California.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, a través del principio de transparencia y máxima publicidad, informe a la opinión pública de manera detallada las acciones emprendidas por el gobierno federal, para atender la contaminación del río Tijuana en Baja California.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo del 2026.— Diputado César Israel Damián Retes (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA FGR, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE EL "MAPA DE IMPUNIDAD DEL COMBUSTIBLE"

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR a informar a la opinión pública sobre el Mapa de Impunidad del Combustible, a cargo del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado José Guillermo Anaya Llamas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguiente:

Consideraciones

La soberanía de una nación no se mide por la retórica, sino por el control de sus fronteras y la integridad de su hacienda pública. Hoy, México presenta una herida abierta: el huachicol fiscal. Este fenómeno, consistente en la entrada masiva de combustibles bajo fracciones arancelarias de lubricantes o aditivos para evadir el IEPS y el IVA, ha dejado de ser una anomalía para convertirse en el sistema operativo de las aduanas mexicanas.

Para Acción Nacional, resulta ofensivo que mientras el gobierno federal persigue con terrorismo fiscal a los contribuyentes cautivos, permita que por las aduanas hoy bajo control militar transite un flujo de riqueza ilícita que financia directamente a las estructuras criminales.

La fiscalía general de la República (FGR) ha pasado de ser un órgano de procuración de justicia a un espectador pasivo de la mayor sangría económica del siglo XXI.

De acuerdo con cifras de la industria y datos del SAT procesados al cierre de 2025, la brecha de combustibles es insostenible:

- Se estima que el consumo real de combustible en México supera en un 38% a las cifras de importación legal y producción nacional de Pemex. Ese diferencial es “combustible fantasma” que no paga impuestos.

- La pérdida recaudatoria acumulada se proyecta en 1.2 billones de pesos en lo que va del sexenio. Para ponerlo en perspectiva, este monto equivale a casi tres veces el presupuesto anual de la Secretaría de Salud.

La inacción de la FGR no es falta de herramientas, es falta de voluntad. Al contrastar a México con países que han enfrentado crisis similares, la negligencia queda al descubierto:

- El Modelo de Trazabilidad en la Unión Europea

En países como Polonia y Grecia, que enfrentaron crisis de fraude en IVA de combustibles, se implementó el sistema de “Sentinels” (trazabilidad química y digital). En menos de 24 meses, estos países redujeron su mercado negro del 18 por ciento a menos del 4 por ciento.

En México, la FGR ni siquiera ha logrado establecer una base de datos compartida en tiempo real con el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).

- El Caso de Brasil y el Combate a la “Mezcla”

Brasil, a través de la ANP (Agencia Nacional del Petróleo), implementó un programa de marcación obligatoria de moléculas. Cualquier combustible no marcado es decomisado y los responsables enfrentan penas de prisión inmediata.

En México, las investigaciones de la FGR se pierden en la burocracia, y los buques o pipas asegurados suelen ser liberados por “fallas en la cadena de custodia” o deficiencias en la integración de las carpetas.

La FGR ha fallado en su deber mínimo: la judicialización. Fuentes formales del Poder Judicial de la Federación revelan que, de cada 100 denuncias presentadas por el SAT relacionadas con contrabando técnico de hidrocarburos, solo 3 llegan a una vinculación a proceso.

Esta impunidad no es orgánica; es producto de una fiscalía que ha decidido priorizar la persecución política sobre la persecución del crimen organizado de cuello blanco.

El huachicol fiscal requiere una logística que involucra:

- Agentes aduanales.

- Transportistas de gran escala.

- Sistemas financieros para el lavado de dinero.

- Complicidad por acción u omisión en los altos mandos de la ANAM.

¿Dónde están las órdenes de aprehensión contra los verdaderos orquestadores?

El silencio de la Fiscalía es cómplice del fortalecimiento de los cárteles que han diversificado sus ingresos hacia el sector energético.

No podemos seguir permitiendo que la “austeridad” sea la excusa para el desmantelamiento de los controles técnicos, mientras el dinero de los mexicanos se fuga por las aduanas. La FGR debe dejar de ser una oficina de trámites y convertirse en el brazo ejecutor de la ley.

Por lo anteriormente expuesto, este exhorto no es una simple invitación al diálogo, es un emplazamiento a la rendición de cuentas. La nación no puede esperar a que el mercado formal de gasolineros quiebre mientras la ilegalidad se apodera de las estaciones de servicio bajo la mirada complaciente de la autoridad.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la titular de la Fiscalía General de la República, a que en aras del principio de máxima publicidad informe a la opinión pública sobre el “Mapa de Impunidad del Combustible” desglosado por aduana, el número de carpetas de investigación, en su caso, el nombre de las empresas bajo sospecha y las razones técnicas por las cuales el 95 por ciento de los casos de contrabando no han llegado a sentencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE EMITAN CRITERIOS TÉCNICOS UNIFORMES Y LINEAMIENTOS PROVISIONALES EN MATERIA DE TRASLADO DE COMBUSTIBLES PARA AUTOCONSUMO OPERACIONAL EN OBRA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, a la CRE, al SAT y a la GN, a emitir criterios técnicos uniformes y lineamientos provisionales en materia de traslado de combustibles para autoconsumo operacional en obra, a cargo del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A REALIZAR UN PLAN DE INCREMENTO A LAS INDEMNIZACIONES DE LOS SOLDADOS FALLECIDOS EL PASADO 22 DE FEBRERO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de México, a la Sedena, y al Issfam a realizar un plan de incremento a las indemnizaciones de los soldados fallecidos el 22 de febrero de 2026, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente punto de acuerdo con base en las siguientes:

Consideraciones

Primero. El 22 de febrero de 2026 se llevó a cabo un operativo de alto riesgo encabezado por el Ejército Mexicano en el municipio de Tapalpa, Jalisco, con el objetivo de capturar a Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, líder de una de las organizaciones criminales más violentas del país. La operación, que involucró despliegue táctico por tierra y aire, incluyendo helicópteros y grupos especiales, culminó con la detención del objetivo, pero también con la pérdida de vidas de mexicanos luchando por su país.

En cumplimiento de su deber, elementos de las Fuerzas Armadas fallecieron. En un acto de servicio en defensa del Estado mexicano y de la seguridad de millones de ciudadanas y ciudadanos, estos militares, en su labor tenaz, enfrentaron riesgos extraordinarios que lamentablemente les arrebataron la vida. Sin embargo, su sacrificio no fue en vano y serán recordados.

Segundo. El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) es el organismo encargado de otorgar prestaciones económicas, pensiones e indemnizaciones a los miembros de las Fuerzas Armadas y a sus beneficiarios. La Ley del ISSFAM, en su artículo 40, establece que los familiares del militar muerto en el activo en actos del servicio o como consecuencia de ellos tienen derecho a una pensión equivalente al 100 por ciento del haber del grado correspondiente, incluyendo sobrehaber y demás percepciones aplicables.

Asimismo, en caso de muerte en acción de armas, la pensión no podrá ser inferior al equivalente a 180 días de salario mínimo vigente. Este marco normativo garantiza una base de protección económica; sin embargo, fue diseñado bajo parámetros generales y no necesariamente contempla la magnitud extraordinaria de eventos de alto impacto nacional como el ocurrido el 22 de febrero de 2026.

Tercero. El sacrificio realizado por los militares fallecidos en su labor no solo implicó la pérdida irreparable para sus familias, sino una contribución directa a la seguridad nacional. Las esposas, hijas, hijos, madres, padres y demás beneficiarios no solo enfrentan la ausencia de su ser querido, sino también una reconfiguración completa de su estabilidad emocional y económica.

Si bien la ley prevé pensiones e indemnizaciones, el contexto extraordinario del operativo, el número de bajas y el carácter emblemático de la acción justifican una revisión y fortalecimiento de las compensaciones otorgadas. Honrar verdaderamente a quienes dieron la vida en cumplimiento del deber implica asegurar que sus familias reciban un respaldo digno, actualizado y proporcional al sacrificio realizado.

El Estado mexicano no puede exigir el máximo compromiso a sus fuerzas armadas sin corresponder con el máximo respaldo a quienes quedan atrás. La justicia no solo se expresa en reconocimientos simbólicos, sino también en acciones concretas que garanticen protección integral a las familias de los caídos.

En ese sentido, resulta necesario elaborar e implementar un plan integral que incremente las indemnizaciones otorgadas a los familiares de los soldados fallecidos el 22 de febrero de 2026, a fin de asegurar una compensación justa, digna y acorde con el sacrificio realizado. Dicho plan deberá contemplar criterios de actualización económica, mecanismos de acceso para los beneficiarios y medidas que fortalezcan la protección integral de las familias afectadas, reconociendo no solo la pérdida sufrida, sino también la obligación del Estado mexicano de honrar y respaldar a quienes entregaron su vida en defensa de la Nación.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al gobierno de México, a la Secretaría de Defensa Nacional y al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), para que se realice un plan de incremento a las indemnizaciones de los soldados fallecidos el 22 de febrero de 2026.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



SE CONSTITUYA UN FONDO DE EMERGENCIA Y REPARACIÓN DE DAÑOS PARA APOYAR A LOS AFECTADOS POR LA VIOLENCIA DERIVADA DE LA OPERACIÓN REALIZADA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO EN FEBRERO DEL 2026

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal y a los gobiernos de las entidades federativas afectadas a constituir un fondo de emergencia y reparación de daños para apoyar a los afectados por la violencia derivada de la operación realizada contra el crimen organizado en febrero de 2026, a cargo de la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Paulina Rubio Fernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, fracción I, 62; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado 22 de febrero de 2026, en un operativo del Ejército Mexicano, con apoyo en materia de inteligencia por parte del gobierno de Estados Unidos de América (EE. UU.), se abatió a Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, quien fuera señalado como el líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) y uno de los hombres más buscados por México y EE.UU.

Lo anterior, desató una ola de violencia en varias entidades federativas, causando pánico y zozobra entre la población. La ola de violencia alcanzó al menos a 14 de los 32 estados de México: Jalisco, Michoacán, Nayarit, Tamaulipas, Tabasco, Colima, Guerrero, Chiapas, Puebla, Baja California, Estado de México, Sinaloa, Guanajuato y Zacatecas.

Se bloquearon carreteras, se suspendieron actividades económicas y educativas, en varias ciudades, incluidos los servicios aeroportuarios y de transporte en general, estas suspensiones sumaron al menos dos o tres días en diferentes estados.

Fueron incendiadas, por lo menos, 50 sucursales del Banco del Bienestar. El gabinete de Seguridad de Jalisco informó que en la zona metropolitana de Guadalajara y municipios como Zapopan, Tlaquepaque, Tlajomulco, Autlán, Puerto Vallarta, Tapalpa y localidades de Los Altos se documentaron cerca de 20 instalaciones dañadas con fuego, destrucción de cajeros y afectaciones estructurales.

Femsa detalló que sus tiendas Oxxo han registrado más de 200 incidentes en sus sucursales y gasolineras, que ya están siendo atendidos por las autoridades y ningún cliente resultó herido, mientras que los colaboradores afectados ya están siendo atendidos.

El gremio transportista se ha manifestado de manera contundente, sobre las millonarias pérdidas que representó para ellos la quema de vehículos en ciudades y carreteras y que difícilmente serán cubiertos por las aseguradoras.

También se quemaron una cantidad, todavía indeterminada, de vehículos particulares y se dañaron de formas total o parcial diversos inmuebles particulares, ya fuera por daño directo o incidental.

Tan solo en Jalisco, más de 500 vehículos particulares y de transporte fueron afectados, informó Juan Pablo Hernández, secretario de Seguridad estatal.

Solo para dimensionar los daños, el Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco presentó un balance preliminar de los daños por la violencia, calculados en 100 millones de pesos, 2 mil 800 trabajadores resguardados y una afectación incuantificable en el transporte y distribución. La mayoría de las empresas afiliadas tuvieron que suspender o reducir operaciones ante la falta de condiciones de seguridad. “El 66.7 por ciento de las empresas cancelaron turnos. El 27.4 por ciento tuvieron una reducción parcial de turnos.

En Michoacán, hubo quema de automóviles, cierres de comercios en distintos municipios. Entre los establecimientos que suspendieron operaciones se encuentran sucursales de Bodega Aurrera, Farmacias Similares y tiendas de las cadenas Coppel.

En otros estados también existieron daños, algunos cuantiosos, y algunos menos importantes.

Celebramos la determinación de hacerle frente al crimen organizado, pero también es necesario reconocer que el Estado no puede deslindarse de su responsabilidad patrimonial y que es la obligación objetiva y directa de las instituciones públicas de indemnizar a particulares por daños en sus bienes o derechos, derivados de una actividad administrativa irregular que no tengan obligación jurídica de soportar.

Consideramos que tanto el gobierno federal como los gobiernos de los estados afectados, deben constituir un fondo de emergencia y reparación de daños mediante el otorgamiento de créditos, para aquellas personas físicas o morales, que sufrieron daños en su persona o su patrimonio, durante estos sucesos de violencia.

La economía mexicana cerró el 2025 con un superávit comercial de 771 millones de dólares, impulsado principalmente por las exportaciones no petroleras, y tras el déficit de 18,541 millones de dólares de 2024, informó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Existen recursos suficientes para atender a la ciudadanía afectada y debe hacer con celeridad para así disminuir los perjuicios que los afectados pudieran tener.

Por lo anterior, se pone a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a los gobiernos de las entidades federativas afectadas, se constituya un fondo de emergencia y reparación de daños mediante el otorgamiento de créditos, para aquellas personas físicas o morales, que sufrieron daños en su persona o su patrimonio, durante los sucesos de violencia derivado de lo ocurrido en el estado de Jalisco, el 22 de febrero de 2026, en un operativo en contra de grupos de la delincuencia organizada.

Notas

1 Véase:

https://www.clarin.com/mundo/autos-incendiados-calles-bloqueada s-varios-puntos-mexico-muerte-capo-narco-mencho_ 0_zCiui7OiYX.html Consultado el 25 de febrero de 2026.

2 Véase:

https://www.milenio.com/estados/sucursales-banco-bienestar-atac adas-muerte-mencho Consultado el 25 de febrero de 2026.

3 Véase:

https://www.milenio.com/negocios/oxxo-registra-incidentes-soria na-coppel-walmart-reanudan-operacion Consultado el 25 de febrero de 2026.

4 Véase:

https://24-horas.mx/negocios/industriales-de-jalisco-reportan-p erdidas-por-bloqueos-de-mas-de-100-mdp/ Consultado el 25 de febrero de 2026.

5 Véase:

https://elpais.com/mexico/2026-02-23/tiendas-gasolineras-y-banc os-los-negocios-atacados-tras-la-muerte-de-el-mencho.html Consultado el 25 de febrero de 2026.

6 Véase:

https://forbes.com.mx/mexico-cerro-2025-con-un-superavit-comerc ial-de-771-millones-de-dolares/ Consultado el 25 de febrero de 2026.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Paulina Rubio Fernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



SE ACTUALICE EL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE COMERCIO JUSTO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader, al Segalmex, a actualizar el acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercio Justo, para el ejercicio fiscal de 2026, a efecto de establecer el precio de garantía para el maíz y el frijol en beneficio de los pequeños y medianos productores, a cargo de la diputada Carmen Rocío González Alonso, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputada Carmen Rocío González Alonso, así como diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXVI Legislatura del honorable Congreso la Unión de la Cámara de Diputados; con fundamento los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural en coordinación con el Organismo denominado Seguridad Alimentaria Mexicana, a efecto de actualizar el acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercio Justo para el Ejercicio Fiscal 2026, a efecto de establecer el precio de garantía para el maíz y el frijol en beneficio de los pequeños y medianos productores, al tenor de la siguiente:

Consideraciones

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) reportó que, a finales de 2025, se registró un ligero aumento en los precios internacionales del maíz, lo que ha generado presión sobre los productores mexicanos, quienes enfrentan una mayor competencia derivada de las importaciones. A ello se suma el incremento sostenido en los costos de fertilizantes, semillas, energía y transporte, factores que han reducido significativamente los márgenes de rentabilidad del sector productivo.

El maíz, el frijol y otras semillas constituyen pilares estratégicos de la seguridad alimentaria en México, además de representar el sustento económico y social de millones de familias en el medio rural. Su producción no solo tiene relevancia económica, sino también cultural e histórica, al tratarse de cultivos originarios que forman parte esencial de la identidad nacional. Sin embargo, en la actualidad, el maíz y el frijol enfrentan una profunda crisis derivada de la caída de los precios de mercado, el incremento sostenido de los costos de producción y la ausencia de una política integral que garantice condiciones de rentabilidad y certidumbre para los productores.

A esta crisis se suma un factor relevante que también afecta de manera directa la producción; la sequía. Durante el año 2025, la producción de maíz, particularmente en los estados de Chihuahua y Sinaloa, se vio severamente afectada por condiciones climáticas extremas, lo que provocó una reducción aproximada del 23 por ciento en la producción. Como consecuencia, la cosecha total correspondiente al ciclo agrícola 2024-2025 se ubicó en alrededor de 23.2 millones de toneladas, cifra inferior al promedio histórico y representativa de una caída significativa en la producción nacional.

En el caso específico del estado de Chihuahua, durante 2025 la sequía impactó de manera severa a más de la mitad de los municipios, ocasionando que las presas alcanzarán niveles críticos, con embalses de apenas entre el 15 por ciento y el 20 por ciento de su capacidad. Esta situación ha afectado gravemente a la actividad agrícola, al reducir la producción y elevar los costos, lo que, en consecuencia, representa una amenaza para la seguridad alimentaria tanto regional como nacional. Estos factores han complicado de manera considerable la rentabilidad de los cultivos en México y han afectado directamente la economía del sector agrícola.

Si bien la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), en coordinación con Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), a través del Programa de Alimentación para el Bienestar, fija el precio de garantía y es responsable de la compra física del grano, dicho esquema se limita a los pequeños productores y no cubre de manera general a los productores medianos y grandes, en un contexto en el que se busca garantizar condiciones de igualdad de oportunidades en el comercio agrícola.

Además, productores han señalado la existencia de retrasos en los pagos y de restricciones operativas que impiden que este mecanismo funcione como un verdadero instrumento de estabilización de ingresos. La garantía que el gobierno otorgaba a los agricultores nacionales era de apenas 5,840 pesos por tonelada para pequeños productores con hasta 5.5 hectáreas; en el caso del frijol, el monto era mayor, al ubicarse en 27,000 pesos por tonelada para pequeños productores con 30 hectáreas de temporal o hasta 5 hectáreas de riego, de acuerdo con datos del gobierno federal.

La problemática se agrava por el incremento sostenido en los costos de los insumos agrícolas, tales como fertilizantes, diésel, energía eléctrica, semillas, agua de riego y servicios de maquinaria, lo que ha elevado el costo de producción por hectárea a rangos que oscilan entre los 30 mil y más de 65 mil pesos, dependiendo de la región y del sistema de producción. Esta situación ha provocado que, en numerosos casos, el ingreso obtenido por la venta del grano no cubra siquiera los costos directos de producción, generando pérdidas, endeudamiento y el abandono de las actividades agrícolas, aun cuando el gobierno federal señala que se otorgan subsidios e incentivos que resultan insuficientes para mantener la estabilidad económica del sector agrícola.

Otro factor relevante por considerar es la dependencia del país respecto de la importación de maíz proveniente de los Estados Unidos de América, la cual representa cerca del 30 por ciento del consumo nacional. Dicho grano se produce bajo esquemas altamente tecnificados, con subsidios y el uso de semillas genéticamente modificadas, lo que permite menores costos y mayores rendimientos, generando una competencia desigual frente al productor mexicano, quien cultiva principalmente maíz nativo, con rendimientos inferiores y mayores costos de producción por tonelada.

Sumado a lo anterior, la falta de infraestructura de acopio y almacenamiento, así como la concentración de la comercialización en intermediarios, reduce la capacidad de negociación de los agricultores, quienes se ven obligados a vender en periodos de cosecha a precios bajos, sin contar con mecanismos públicos de compra oportuna que estabilice el mercado.

Los costos de producción de maíz en México presentan una marcada diversidad regional, oscilando entre 20 mil y 65 mil pesos por hectárea, dependiendo del sistema de riego, los precios de los insumos y el nivel tecnológico empleado. En consecuencia, el precio por tonelada que demandan los productores para cubrir dichos costos y obtener una rentabilidad mínima resulta superior al precio de garantía establecido por las autoridades competentes.

En ese sentido, se anexa el siguiente cuadro comparativo, el cual ilustra de manera detallada las erogaciones que realizan los productores para la producción y cosecha del maíz:

Costos estimados de producción de maíz por hectárea en principales estados productores (MXN, ciclos 2024-2025)

A partir de los datos ilustrados, se observa que, en la mayoría de las entidades, el costo de producción por tonelada supera el precio promedio de comercialización. Con precios cercanos a los 6,000 pesos por tonelada, los productores no logran cubrir sus gastos de producción, lo que compromete la viabilidad económica del cultivo y afecta directamente a las personas que intervienen en el proceso productivo.

En el caso particular del estado de Chihuahua, la problemática del maíz es de gravedad, pues la entidad ha enfrentado en los últimos ciclos agrícolas condiciones recurrentes de sequía y sobreexplotación de acuíferos, lo que ha reducido de manera significativa la superficie sembrada de temporal y ha incrementado los costos de producción en los sistemas de riego, debido al mayor uso de energía eléctrica, combustibles y a la extracción de agua subterránea. Esta situación ha limitado la capacidad productiva y ha provocado el abandono de tierras agrícolas, así como la reconversión forzada hacia cultivos de menor riesgo o de uso forrajero.

A lo anterior se suma que los costos por hectárea en Chihuahua oscilan entre los 40 mil y 60 mil pesos, mientras que el precio pagado al productor por tonelada de maíz se mantiene en niveles que no cubren dichos costos, ni siquiera para hacer frente a la competencia del grano importado de los Estados Unidos. Esta brecha entre costos y precios ha generado una pérdida sistemática para los productores, afectando su liquidez, capacidad de reinversión y la sostenibilidad de la actividad agrícola.

La insuficiencia de infraestructura de acopio y la ausencia de esquemas de compra gubernamental oportunos ha obligado a los agricultores a comercializar sus cosechas en condiciones desfavorables, a través de intermediarios que imponen precios castigados en periodos de alta oferta. Como consecuencia, se han registrado movilizaciones y manifestaciones del sector productivo en diversas regiones del estado, en demanda de precios de garantía justos, pagos oportunos y políticas públicas que reconozcan la situación de emergencia que enfrenta el campo chihuahuense.

Esta coyuntura coloca a Chihuahua como un ejemplo representativo de la crisis estructural que enfrenta el cultivo de maíz en el país, en la que la combinación de sequía, altos costos de producción, dependencia de precios internacionales y la ausencia de mecanismos efectivos de protección al productor pone en riesgo la viabilidad económica del sector, la permanencia de las comunidades rurales y la contribución del estado a la seguridad alimentaria nacional. Esta situación no constituye un caso aislado, pues durante el mes de octubre de 2025 miles de productores agroalimentarios se movilizaron en todo el país como parte del Paro Nacional Agropecuario 2025, manifestando su inconformidad ante los bajos precios, la falta de apoyo institucional, la competencia desleal y una política agrícola que, de acuerdo con sus señalamientos, no responde a la realidad del campo mexicano.

Bajo el lema “sin agricultores no hay comida”, miles de campesinos exigieron ser escuchados, al advertir que los productores mexicanos enfrentan una competencia desigual frente a granos importados de los Estados Unidos de América y Canadá, cuyos gobiernos otorgan subsidios directos y apoyo tecnológico a sus agricultores, lo que les permite comercializar sus productos por debajo del costo de producción nacional.

En el caso del frijol, la situación no es muy distinta. De acuerdo con datos oficiales correspondientes a 2025, al no cubrirse la demanda nacional, el país se ve obligado a importar alrededor de 233 mil toneladas de frijol. Los productores de este grano enfrentan una nueva crisis, pues si bien la cosecha correspondiente al ciclo primavera-verano 2025 registró un volumen superior al del año anterior, conforme a datos oficiales, lo que incrementó la oferta, esta condición se presenta en un contexto de precios desfavorables para el sector, agravado por la constante importación de frijol proveniente de los Estados Unidos de América.

En el campo, conforme a diversos reportes, los agricultores reciben entre nueve y doce pesos por kilogramo de frijol, dependiendo de la variedad, precio que resulta insuficiente para cubrir los elevados costos de producción, los cuales se han incrementado de manera considerable debido al alza en los fletes, los fertilizantes y los salarios. A ello se suma la preferencia del mercado por el frijol importado, que llega a la Central de Abasto con un precio final de entre quince y dieciséis pesos por kilogramo, lo que genera una competencia desleal y una mayor presión a la baja sobre el precio del producto nacional.

Esta disparidad se repite en otras variedades. El frijol pinto se compra al productor en aproximadamente 12 pesos por kilogramo, pero se comercializa al público en casi 40 pesos; el frijol claro se paga en origen en alrededor de 15 pesos y se vende al consumidor en más de 55 pesos por kilogramo; mientras que el frijol azufrado alcanza un precio de poco más de 21 pesos al productor y supera los 57 pesos en los puntos de venta al menudeo.

En entidades como Zacatecas, Durango y Chihuahua, el precio en campo ha llegado a ubicarse incluso en torno a los 10 pesos por kilogramo, conforme a datos de 2025, situación que ha generado un profundo descontento entre los agricultores y ha derivado en diversas manifestaciones y protestas del sector productivo.

En este escenario, resulta inaplazable que el Estado mexicano garantice un precio justo y remunerador para el maíz y el frijol, mediante el fortalecimiento y la ampliación de los esquemas de precios de garantía, la implementación de mecanismos de compra directa y de acopio regional, la revisión de las políticas de importación y la adopción de medidas que corrijan las asimetrías estructurales frente a los mercados internacionales.

Por tanto, resulta urgente que las autoridades competentes intervengan de manera inmediata y coordinada, a fin de que se establezcan y garanticen precios que cubran los costos reales de producción y otorguen certidumbre a los pequeños, medianos y grandes productores, en defensa del campo mexicano, de la soberanía alimentaria y del derecho de la población a una alimentación suficiente, nutritiva y de calidad.

En virtud de los expuesto, fundado y motivado, sometemos a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) para que, en coordinación con la Unidad Responsable, realice una revisión extraordinaria y actualización al alza de los Precios de Garantía contenidos en las Reglas de Operación del Programa de Comercio Justo para el ejercicio fiscal 2026, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2026, a efecto de que éstos se fijen bajo un criterio de rentabilidad real y con base en estudios actualizados de costos de producción por región.

Dicha actualización deberá indexar el precio a la inflación y al incremento acumulado en los costos de los insumos estratégicos como fertilizantes, combustibles y semillas, observados entre octubre de 2025 y enero de 2026, garantizando que el precio pagado al productor sea verdaderamente remunerador y superior a los umbrales establecidos en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de octubre de 2025.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2026.— Diputada Carmen Rocío González Alonso (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO AL DIRECTOR GENERAL DEL ISSSTE Y A LA VOCAL EJECUTIVA DEL FOVISSSTE, A ORDENAR LA CANCELACIÓN DE LA APLICACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN 2026 POR CONCEPTO DE LA UNIDAD DE MEDIDA DE ACTUALIZACIÓN (UMA) A LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS VIGENTES REGIDOS POR LA ACTUALIZACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al director general del ISSSTE y a la vocal ejecutiva del Fovissste a ordenar la cancelación de la aplicación de la “actualización” 2026 por concepto de la Unidad de Medida de Actualización a los créditos hipotecarios vigentes regidos por la “actualización”, con el propósito de salvaguardar y garantizar el otorgamiento de “créditos hipotecarios baratos y suficientes” a los trabajadores al servicio del Estado, a cargo del diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente, integrante del Grupo Parlamentario de Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX; artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados; someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El artículo 123 constitucional, Apartado B, en su fracción XI, inciso f), ordena que se otorgarán créditos baratos y suficientes a los trabajadores del estado mediante la creación del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE); en primer término, cabe precisar que barato es un adjetivo que significa, entre otras acepciones, bajo precio.

Para logar un mayor entendimiento de lo que se entiende por “crédito barato” resulta preciso citar la interpretación de dicho concepto por parte de los Tribunales Colegiados de Circuito, mediante la siguiente tesis.

“Crédito barato otorgado por el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot). definición. La Constitución Federal, en su artículo 123, Apartado A, fracción XII, no define al crédito barato (en materia de vivienda); tampoco la exposición de motivos del decreto que creó al Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot), ni el numeral 103 Bis de la Ley Federal del Trabajo y menos la reforma de dos mil seis que transformó al fondo en cita en un instituto (Infonacot). Empero, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver diversos amparos directos en revisión, en los que se controvirtió la constitucionalidad del artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), por violación al numeral 123, Apartado A, fracción XII, de la Constitución Federal proporcionó una definición que, mutatis mutandi, al cambiar el organismo público descentralizado de interés social que lo otorga y el objeto que persigue, queda de la siguiente manera: “ El financiamiento que se otorgue a los trabajadores, por parte del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, para la adquisición de bienes y servicios que contribuyan a elevar su nivel de vida, para incrementar su bienestar y el de sus familias, con una tasa de interés inferior a la que otorgan las instituciones de crédito o las empresas particulares dedicadas a ese fin, con el objeto de que el trabajador pueda pagarlo y, en su momento liquidarlo, sin que sea gravoso ni exceda su capacidad real de pago, o bien, sin que dicho crédito llegue a exceder el valor del bien o servicio que se adquiera.” (Énfasis añadido)

Dicho concepto no se actualiza ni en los contratos celebrados bajo el esquema “Crédito UMA”, ni mucho menos con el esquema de “actualización” como se contemplaba literalmente en el artículo 185 de la Ley del ISSSTE previo a la reforma del 08 de mayo de 2023, cabe precisar que el esquema de “actualización” permea sin excepción alguna en todos los contratos de créditos hipotecarios que tiene celebrado el FOVISSSTE con fecha previa al 08 de mayo de 2023, ya que no existía la opción para los derechohabientes de decidir entre “actualización” y “pesos, aunado al hecho de que las causales de reestructuración de créditos previstas en el artículo 20 Bis de la Ley del ISSSTE resultan restrictivas a casos específicos que la mayor parte de la derechohabiencia que celebró contratos con el FOVISSSTE previo a la reforma del 08 de mayo de 2023 no cumplen, así como tampoco existe un programa de reestructuración vigente que permita a cualquier derechohabiente solicitarla.

Por esa razón es que resulta primordial llevar a cabo la presente proposición con punto de acuerdo, puesto que con la aplicación de la “actualización” por concepto del incremento sufrido para el año 2026 de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), se afecta la naturaleza del crédito hipotecario que otorga el FOVISSSTE, puesto que su aplicación implica un cobro de intereses sobre el saldo “ajustado”, es decir, un interés sobre interés, lo cual resulta a todas luces ilegal e inconstitucional, dado que ninguna institución de crédito tiene permitido el cobro de intereses sobre intereses.

Con la aplicación de la “actualización” se transgrede el artículo 123, Apartado B, fracción XI, inciso f), de la Constitución Federal puesto que los créditos otorgados a los trabajadores ya no son baratos, sino onerosos en extremo y el actuar de la autoridad se convierte en usura.

Con esa disposición los intereses resultantes e impuestos a los créditos, se convierten en usura pues los intereses no se imponen sobre el monto original del crédito y de manera invariable, sino sobre el saldo ajustado del crédito, es decir sobre el capital, adeudo vencido y los intereses generados, de tal suerte que los intereses se capitalizan y sobre este monto ajustado del saldo se imponen o cobran nuevos intereses. Con ese procedimiento la deuda de los trabajadores se incrementa exponencialmente y los créditos se triplican, resultando esto contrario al derecho constitucional a créditos baratos.

Lo que la norma secundaria consigna a través de la “actualización” prevista en todos los contratos celebrados previo a la reforma del 8 de mayo de 2023 es una modalidad de usura, que permite la capitalización de intereses porque se calculan no sobre el monto original del crédito, sino sobre el saldo insoluto que se actualiza con el monto del crédito original el incremento del salario mínimo o unidad de medida y el importe de los intereses que se suman al capital, mes con mes, (saldo ajustado), resultando que los intereses se cobran sobre el monto ajustado del capital e intereses capitalizados.

Esa forma de capitalizar los intereses está incluso prohibida por el artículo 2397 del Código Civil Federal que dispone:

“ Artículo 2397. Las partes no pueden, bajo pena de nulidad, convenir de antemano que los intereses se capitalicen y que produzcan intereses”.

Tan resulta contraria a la ley la capitalización de intereses que está prohibida en el ámbito de los contratos civiles; y con mayor razón es contraria a la ley en el ámbito de la seguridad y servicios sociales que el Estado otorga a los trabajadores.

Además de lo anterior, el artículo 21, numeral 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, prohíbe la usura, misma que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que se actualiza cuando: “... una persona obtiene en provecho propio y de modo abusivo, sobre la propiedad de otro, un interés excesivo derivado de un préstamo, esta prohibición aplica para ambos tipos de interés, pues aunque los intereses moratorios, en estricto sentido, no son una consecuencia inmediata del préstamo, sino más bien una sanción impuesta ante el incumplimiento del pago, no debe perderse de vista que el incumplimiento está directamente vinculado a la obligación de pagar o satisfacer el préstamo en la fecha pactada; por lo anterior, la prohibición de la usura aplica tanto para los intereses ordinarios como para los moratorios”; lo anterior de conformidad con el siguiente criterio jurisprudencial de carácter obligatorio:

“USURA. Su prohibición aplica tanto para los intereses ordinarios como para los moratorios pactados en un pagaré. El artículo 21, numeral 3, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe la usura, así como cualquier otra forma de explotación del hombre por el hombre; en este sentido, ninguna ley debe permitir que, al amparo de la libertad contractual, una persona obtenga en provecho propio y de modo abusivo sobre la propiedad de otro, un interés excesivo derivado de un préstamo. Así, cuando en uso de la libertad contractual se celebra un préstamo documentado en un título de crédito denominado pagaré, las partes tienen derecho a pactar el pago de intereses, los cuales pueden ser ordinarios y/o moratorios, los que si bien gozan de naturaleza jurídica distinta, se vinculan al préstamo y, cuando se generan, representan un provecho en favor del acreedor que repercute directa y proporcionalmente en la propiedad del deudor; por tanto, si el referido artículo 21, numeral 3, prohíbe la usura y ésta se presenta cuando una persona obtiene en provecho propio y de modo abusivo, sobre la propiedad de otro, un interés excesivo derivado de un préstamo, esta prohibición aplica para ambos tipos de interés, pues aunque los intereses moratorios, en estricto sentido, no son una consecuencia inmediata del préstamo, sino más bien una sanción impuesta ante el incumplimiento del pago, no debe perderse de vista que el incumplimiento está directamente vinculado a la obligación de pagar o satisfacer el préstamo en la fecha pactada; por lo anterior, la prohibición de la usura aplica tanto para los intereses ordinarios como para los moratorios”.

Cabe precisar que con lo antes expuesto, se puede acreditar que con la aplicación de la “actualización” el crédito hipotecario del FOVISSSTE pierde el carácter de “interés social”, puesto que no cumple con las características de ser un crédito de “interés social” ni mucho menos de “crédito barato”, dado a lo siguiente:

a) La “actualización” hoy denominada “crédito UMA” opera como una tasa de interés variable adicional cuyo índice de referencia es el porcentaje de incremento anual de la UMA, tasa porcentual que cada año el FOVISSSTE aplica sobre la tasa de interés fija del 4 por ciento al 6 por ciento pactada en los contratos de mutuo.

Ergo la aplicación de la “actualización” hoy denominada “crédito UMA” implica una clara violación al artículo 123, Apartado B, fracción XI, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al impedir su aplicación que el crédito hipotecario del FOVISSSTE pueda cumplir con las características de ser un “crédito barato” y de “interés social” conforme a lo definido por los Tribunales Colegiados de Circuito conforme a la siguiente tesis aplicable por analogía al caso que nos ocupa:

“Crédito barato otorgado por el instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot). Definición. La Constitución Federal, en su artículo 123, Apartado A, fracción XII, no define al crédito barato (en materia de vivienda); tampoco la exposición de motivos del decreto que creó al Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot), ni el numeral 103 Bis de la Ley Federal del Trabajo y menos la reforma de dos mil seis que transformó al fondo en cita en un instituto (Infonacot). Empero, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver diversos amparos directos en revisión, en los que se controvirtió la constitucionalidad del artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), por violación al numeral 123, Apartado A, fracción XII, de la Constitución Federal proporcionó una definición que, mutatis mutandi, al cambiar el organismo público descentralizado de interés social que lo otorga y el objeto que persigue, queda de la siguiente manera: “ El financiamiento que se otorgue a los trabajadores, por parte del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, para la adquisición de bienes y servicios que contribuyan a elevar su nivel de vida, para incrementar su bienestar y el de sus familias, con una tasa de interés inferior a la que otorgan las instituciones de crédito o las empresas particulares dedicadas a ese fin, con el objeto de que el trabajador pueda pagarlo y, en su momento liquidarlo, sin que sea gravoso ni exceda su capacidad real de pago, o bien, sin que dicho crédito llegue a exceder el valor del bien o servicio que se adquiera.” (Énfasis añadido)

Pues conforme a lo definido por los Tribunales Colegiados de Circuito, un crédito barato debe de cumplir con las siguientes características:

1) Tasa de interés inferior a la que otorgan las instituciones de crédito o las empresas particulares dedicadas a ese fin;

2) Que el trabajador pueda pagarlo, y en su momento liquidarlo, sin que sea gravoso ni exceda su capacidad real de pago;

3) Que dicho crédito no exceda el valor del bien o servicio que se adquiere.

Características que no cuenta actualmente el crédito hipotecario otorgado por el FOVISSSTE, particularmente en todos los contratos celebrados previo a la reforma del 08 de mayo de 2023, ya que con la aplicación de la “actualización” hoy denominada “crédito UMA” se evidencia la aplicación de una doble tasa de interés por parte del FOVISSSTE, una por concepto del incremento anual de la UMA y otra por concepto de la tasa de interés fija del 4 por ciento al 6 por ciento conforme a lo pactado en los contratos de mutuo, acción que se encuentra prohibida para todas las instituciones que presten servicios financieros, pues tales solamente tienen permitido aplicar una sola tasa de interés ordinaria (fija, variable o variable con límite máximo) y, en su caso, una sola tasa de interés moratoria, conforme a la disposición 2.1 de la “Circular 14/2007 relativa a las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 4o. de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de tasas de interés”, que a su letra dispone:

“2.1 Disposiciones generales

Las Instituciones Financieras podrán convenir con sus Clientes la tasa de interés que pretendan cobrar por los Créditos, debiendo pactar una sola tasa de interés ordinaria y, en su caso, una sola tasa de interés moratoria.

Sin perjuicio de lo anterior, podrán dividir en dos o más períodos el plazo de vigencia de los créditos y establecer desde el momento del inicio de la vigencia del crédito respectivo la tasa de interés aplicable a cada uno de los aludidos períodos. Cada período no deberá ser menor a tres años.

La tasa de interés deberá determinarse conforme a alguna de las tres opciones siguientes:

a) Una tasa fija;

b) Una tasa variable, la cual podrá ser determinada bajo cualquier fórmula acordada con el cliente, siempre y cuando ésta use como referencia una sola tasa que se elija de entre las señaladas en los numerales 2.5, 2.5 Bis, 2.6 y 2.7 de estas disposiciones, según se trate de Créditos denominados en moneda nacional, en UDIS o en moneda extranjera, o

c) Una tasa variable con un límite máximo fijo.

Tratándose de aperturas de líneas de crédito en las que las instituciones financieras no hayan renunciado al derecho de denunciarlas en cualquier tiempo, las partes podrán pactar que la tasa de interés aplicable se fijará en el momento en que se efectúe cada una de las disposiciones respectivas. Lo anterior, deberá ser acordado por las partes en los documentos en los que se instrumenten los Créditos.” Énfasis añadido.

Con lo anteriormente expuesto se acredita que la “actualización” hoy denominada “crédito UMA” se trata de una tasa de interés variable, y que por tanto resulta urgente que se proceda a la cancelación de la aplicación de la “actualización” para este año 2026, hasta en tanto se realice una reestructuración de los créditos actualmente vigentes, puesto que con el cúmulo de actualizaciones más la aplicación de los intereses ordinarios se han generado en perjuicio de los trabajadores del estado créditos hipotecarios impagables.

Finalmente, cabe destacar que tener un Fondo de Vivienda que no cumpla con el fin que le encomienda el artículo 123, Apartado B, fracción XI, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no tiene razón de ser, puesto que las aportaciones de los trabajadores le están dotando de vida a un fondo que si bien les brinda créditos para la adquisición de vivienda, los mismos con la aplicación de la UMA resultan mucho más cuantiosos e inciertos que los que proporciona cualquier institución financiera, por tal motivo no se debe de considerar que la presente proposición lleva consigo impacto presupuestal, toda vez que de conformidad con los artículos 168 y 169 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Fondo de la Vivienda cuenta con tres tipos de recursos para su operación que son:

1) aportaciones,

2) bienes y derechos adquiridos

3) rendimientos que se obtengan por la inversión de los recursos

Los cuales deberán ser destinados única y exclusivamente al:

1) Otorgamiento de créditos para los trabajadores que sean titulares de las subcuentas del Fondo de la Vivienda de las Cuentas Individuales y que tengan depósitos constituidos a su favor por más de dieciocho meses en el ISSSTE.

2) Al pago de capital e intereses de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda de los Trabajadores.

3) A cubrir los gastos de administración, operación y vigilancia del mismo fondo.

Créditos que de conformidad con el artículo 123, Apartado B, fracción XI, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deben ser “baratos y suficientes” hecho que como se ha demostrado en párrafos anteriores no es así, por tal razón argumentar que cancelar la aplicación de la “actualización” por concepto de “UMA” para este año 2026, implicaría un impacto sobre el presupuesto del Fondo de Vivienda, conllevaría proteger los ingresos de un Fondo de Vivienda que no está cumpliendo con el fin por el que se constituyó, siendo por tanto indispensable eliminar la figura de la “Actualización” hoy denominada “ crédito UMA”, para que el Fondo de Vivienda cumpla con su fin.

Ante tales hechos, sometemos a consideración del pleno el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la vocal ejecutiva del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE), ordene la cancelación de la aplicación de la “actualización” 2026 por concepto de la unidad de medida de actualización (UMA) a los créditos hipotecarios vigentes regidos por la “actualización”, con el propósito de salvaguardar y garantizar el otorgamiento de “créditos hipotecarios baratos y suficientes” a los trabajadores al servicio del estado, tal como lo ordena el artículo 123, Apartado B, fracción XI, inciso F), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Notas

1 Véase. Real Academia Española de la Lengua. Diccionario de la Lengua Española. Vigésima Segunda Edición 2001. Ed. Espasa Calpe, S.A., Madrid España. Tomo a/g. pág. 286.

2 “Registro digital: 2014716, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Décima Época, Materias(s): Civil, Laboral, Tesis: I.3o.C.255 C (10a.), Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 44, Julio de 2017, Tomo II, página 1008, Tipo: Aislada.

3 Época: Décima Época, Registro: 2013076, Instancia: Primera Sala, Tipo de Tesis: Jurisprudencia, Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 36, Noviembre de 2016, Tomo II, Materia(s): Constitucional, Civil, Civil, Tesis: 1a./J. 54/2016 (10a.), Página: 883.

4 “Registro digital: 2014716, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Décima Época, Materias(s): Civil, Laboral, Tesis: I.3o.C.255 C (10a.), Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 44, Julio de 2017, Tomo II, página 1008, Tipo: Aislada.

5 Información disponible en:

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5008817

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2026.— Diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



SE INFORME A LA OPINIÓN PÚBLICA RESPECTO A LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ, A FIN DE CONOCER LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS QUE DEN RESPUESTA A LA FALTA DE ENTREGAS DE TÍTULOS Y CÉDULAS PROFESIONALES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP para que presente un informe a la opinión pública respecto a la situación actual que guardan las Universidades para el Bienestar Benito Juárez, a fin de conocer las acciones administrativas que den respuesta a la falta de entregas de títulos y cedulas profesionales, así como conocer los indicadores operativos y/o financieros de los presupuestos ejecutados para la instalación, rehabilitación, equipamiento y funcionamiento de las sedes educativas que conforman el programa, a cargo del diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez, y diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PAN, en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública (SEP) a que, en el ámbito de sus respectivas facultades y atribuciones, presente un informe a la opinión pública respecto a la situación actual que guardan las Universidades para el Bienestar Benito Juárez (UBBJG), a fin de conocer las acciones administrativas que den respuesta a la falta de entregas de títulos y cédulas profesionales, así como conocer los indicadores operativos y/o financieros de los presupuestos ejecutados para la instalación, rehabilitación, equipamiento y funcionamiento de las sedes educativas que conforman el programa, bajo las siguientes

Considerandos

México enfrenta uno de sus mayores retos estructurales en materia educativa, donde se destaca que los universitarios del país no se titulan y el gobierno invierte muy poco en la educación, de acuerdo con el informe Education at a Glance 2025 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Los datos revelan que el país se ubica en el último lugar entre los países miembros en porcentaje de jóvenes con título universitario, además de registrar una de las inversiones más bajas por estudiante en todos los niveles educativos.

Los datos de la OCDE señalan que 4 de cada 10 jóvenes en México no concluyen la educación media superior. Mientras que, en promedio, solo el 13 por ciento de los jóvenes adultos en los países miembros carece de este nivel educativo, en el país la proporción de mexicanos sin educación media superior alcanza el 41 por ciento.

Según el informe, solo el 22 por ciento de los jóvenes mexicanos cuenta con un título universitario, una cifra que coloca al país en el último lugar de la OCDE, empatado con Italia. Este porcentaje está muy por debajo del promedio de la OCDE, que se sitúa en 42 por ciento, lo que evidencia una brecha educativa significativa.

La Secretaría de Educación Pública, señala que el “Programa de Universidades para el Bienestar Benito Juárez García”, tiene como principal objetivo, el de contribuir al bienestar social y la igualdad mediante la implantación y operación de las estas universidades en municipios de alta y muy alta marginación, y que brinden servicios de educación superior gratuitos y de calidad a jóvenes con bachillerato terminado que no tienen posibilidades de ingresar a las instituciones de educación superior actualmente existentes.

De igual manera señala, que la meta del programa es incorporar a un total de 300,000 estudiantes a la educación de nivel superior a lo largo de los seis años de gobierno, refiriendo que durante el primer año el programa se incorporó hasta 96,000 estudiantes.

Por otra parte, la dependencia, señala que actualmente se cuentan con 214 sedes en todo el país donde se atienden a 85 mil estudiantes, con un total de 10 mil 589 egresados. En recientes fechas se informó sobre la construcción de 20 nuevas unidades de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez (UBBJ) en 2026, buscando mejores oportunidades para el desarrollo personal y comunitario, donde la población hace suya a la universidad y ésta se convierte en su centro de acción.

El titular de la Secretaría de Educación Pública, en diversas ocasiones ha afirmado, gracias al respaldo de la presidenta de México, la meta es alcanzar 300 sedes de las UBBJ en el país, y que, de cumplirse con el proyecto, se podría alcanzar una inversión de 8 mil millones de pesos en infraestructura educativa superior en los próximos años.

Sin embargo, en fechas recientes, egresados de la Universidad para el Bienestar Benito Juárez, sede Cuauhtémoc, protestaron afuera de Palacio Nacional para exigir que les entreguen títulos profesionales que validen sus estudios, porque algunos de ellos llevan hasta tres años sin sus documentos, situación que les impide ejercer y aspirar a un mejor empleo, problemática que contraviene lo declarado por las autoridades de la Secretaría de Educación Pública, reflejando un desinterés por resolver en tiempo y forma esta situación.

De acuerdo con información revelada por el diario La Jornadaen su edición del miércoles 3 de diciembre de 2025, se menciona que dos de los planteles de la Universidad para el Bienestar Benito Juárez localizados en la Ciudad de México, en los que se imparten las carreras de derecho y medicina, “han tenido problemas desde hace algún tiempo” en la entrega de títulos a los egresados.

Manifestando la misma problemática, el medio nativo digital denominado “Animal Político”, en su publicación del 14 de enero de 2026, señala que personas egresadas de las Universidades del Bienestar reportan rezago de hasta tres años en titulación, resaltando que el proyecto emblema de educación superior del sexenio pasado dejó a decenas de egresados sin título ni cédula. Algunos llevan hasta tres años esperando documentos que no existen en los registros oficiales y que hoy les impiden trabajar, estudiar o ejercer su profesión.

De igual manera, con información difundida por el diario El Cronista, en la edición con fecha del 23 de enero de 2026, refiere que: A casi seis años del arranque de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García (UBBJ), lo que inició como una promesa de mejora educativa hoy es un obstáculo administrativo para cientos de profesionales, ya que egresados de diversos planteles en el país han alzado la voz para denunciar la falta de entrega de títulos y cédulas profesionales, un documento indispensable para insertarse legalmente en el mercado laboral mexicano.

En dicha publicación, los afectados señalan que, pese a haber cumplido con el plan de estudios y los procesos de titulación internos, el sistema administrativo de las UBBJ y la Secretaría de Educación Pública (SEP) no ha logrado agilizar el trámite, dejando a los jóvenes en un “limbo” profesional.

Por otra parte, es particularmente preocupante lo señalado por diversos colectivos ciudadanos, respecto a que en diversas sedes de la Universidad del Bienestar los alumnos han manifestado falta de maestros, planteles y convenios para servicio social o prácticas.

Señalando esta situación, el medio digital informativo independiente, sin embargo, en su publicación del 30 de octubre de 2022, menciona que la Red Nacional Estudiantil de la Universidad del Bienestar “Benito Juárez” ha aglutinado en reuniones virtuales solicitudes de mejoras en seis de las 145 sedes universitarias, particularmente por la falta de maestros, construcción de planteles, convenios para servicio social o prácticas y abuso de autoridad, lo que ha derivado en algunas protestas en Palacio Nacional, Yucatán o Guerrero e incluso un paro en Guanajuato por opacidad en el manejo de recursos y un cierre en Chiapas por inseguridad de la zona.

En la primera reunión virtual con más de 100 asistentes, el 16 de octubre de 2021, se habló sobre represión de coordinadores por formar consejos estudiantiles, acoso sexual, despidos de profesores, falta de equipo y cuestionamientos hacia los planes de estudio, modelo del Caleidoscopio y los métodos de titulación.

Respecto a esta situación, existen innumerables denuncias sobre irregularidades en las Universidades del Bienestar provenientes de alumnos y docentes las cuales abundan en las redes sociales y en diversos medios de comunicación que han publicado, que existen diversas problemáticas para la construcción y operación de los planteles de las Universidades del Bienestar, donde las más de 200 universidades pregonadas en la retórica del Estado, no son ni han logrado constituirse como tal, donde los informes muestran el engaño y fraude de las aulas inexistentes y sedes en ruinas, con suspensión indefinida de labores escolares por la falta de equipamiento y edificios incompletos, o peor aún, por obras suspendidas por falta de trámites administrativos: Cierre de planteles por falta de programas internos de protección civil, cierre de sedes por no cubrir el pago de la renta del inmueble, asignación de sedes alternas que se ubican en escuelas que no tienen un uso de tiempo completo, escuelas e inmuebles en situación de abandono, suspensión de obras por la presencia de hallazgos de vestigios arqueológicos, terrenos que tienen en proceso manifestaciones de impacto ambiental y uso de suelo, conflictos internos en las comunidades donde se plantea la construcción de planteles y sin ser consultados, obras de construcción emergentes que no fueron detectadas y planeadas (diferencias en el nivel del terreno o la necesidad de construir muros de contención), argumentando no tener recursos económicos para su desarrollo, entre otras situaciones.

Entre las diversas publicaciones que han informado respecto a la problemática anterior, está la realizado por el Sol de México, con fecha del lunes 12 de enero de 2026, donde refiere que pese a que la dirección de las Universidades para el Bienestar “Benito Juárez” asegura tener 214 sedes alrededor de todo el país gracias a la donación de terrenos; la realidad es que sólo 120 le pertenecen de manera oficial y el resto está en un proceso lento de regularización o padece situaciones graves que han impedido su instalación.

En este punto de acuerdo, los exhortos que se plantean coinciden con:

Las obligaciones del Estado mexicano derivadas del “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, el cual aboga por una educación superior accesible, refiriendo que es necesaria para el desarrollo completo de la personalidad humana y su sentido de dignidad.

Artículo 13

1. Los Estados Parte en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.

Las obligaciones del Estado mexicano derivadas de tratados internacionales en materia de educación. (ODS 4 de la Agenda 2030).

Objetivo 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos.

Metas:

4.1 De aquí a 2030, asegurar que todas las niñas y todos los niños terminen la enseñanza primaria y secundaria, que ha de ser gratuita, equitativa y de calidad y producir resultados de aprendizaje pertinentes y efectivos.

4.2 De aquí a 2030, asegurar que todas las niñas y todos los niños tengan acceso a servicios de atención y desarrollo en la primera infancia y educación preescolar de calidad, a fin de que estén preparados para la enseñanza primaria.

4.3 De aquí a 2030, asegurar el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.

4.4 De aquí a 2030, aumentar considerablemente el número de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias, en particular técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento.

4.5 De aquí a 2030, eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de la enseñanza y la formación profesional para las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños en situaciones de vulnerabilidad.

4.6 De aquí a 2030, asegurar que todos los jóvenes y una proporción considerable de los adultos, tanto hombres como mujeres, estén alfabetizados y tengan nociones elementales de aritmética.

4.7 De aquí a 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible.

4.a. Construir y adecuar instalaciones educativas que tengan en cuenta las necesidades de los niños y las personas con discapacidad y las diferencias de género, y que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos.

4.b. De aquí a 2020, aumentar considerablemente a nivel mundial el número de becas disponibles para los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países africanos, a fin de que sus estudiantes puedan matricularse en programas de enseñanza superior, incluidos programas de formación profesional y programas técnicos, científicos, de ingeniería y de tecnología de la información y las comunicaciones, de países desarrollados y otros países en desarrollo.

4.c. De aquí a 2030, aumentar considerablemente la oferta de docentes calificados, incluso mediante la cooperación internacional para la formación de docentes en los países en desarrollo, especialmente los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo.

El mandato constitucional de garantizar el derecho que tiene toda persona a la educación, la cual debe ser obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica, se encuentra consagrado en el artículo 3, el cual refiere:

Artículo 3. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, estados, Ciudad de México y municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.

Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.

...

Los planteles educativos constituyen un espacio fundamental para el proceso de enseñanza aprendizaje. El Estado garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno, sean idóneos y contribuyan a los fines de la educación.

Que la Constitución Política de la Ciudad de México, en el artículo 8, Apartado A de la misma, establece el derecho a ejercer un trabajo digno.

Artículo 8

Ciudad educadora y del conocimiento

A. Derecho a la educación

1. En la Ciudad de México todas las personas tienen derecho a la educación en todos los niveles, al conocimiento y al aprendizaje continuo. Tendrán acceso igualitario a recibir formación adecuada a su edad, capacidades y necesidades específicas, así como la garantía de su permanencia, independientemente de su condición económica, étnica, cultural, lingüística, de credo, de género o de discapacidad.

2. Se garantizará el derecho universal a la educación obligatoria. La Ciudad de México asume la educación como un deber primordial y un bien público indispensable para la realización plena de sus habitantes, así como un proceso colectivo que es corresponsabilidad de las autoridades de los distintos órdenes de gobierno en el ámbito de sus facultades, el personal docente, las familias y los sectores de la sociedad.

Por lo anteriormente fundamentado y expuesto, someto a la consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública (SEP) y al Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García para que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones:

1. Presente un informe a la opinión pública en sus sitios de Internet, con toda la información detallada y desagregada por entidad federativa, sobre la situación académica, administrativa y jurídica de las sedes que integran las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.

2. Presente un informe a la opinión pública en sus sitios de Internet sobre las acciones implementadas para atender el rezago en la expedición de títulos y cédulas profesionales de las personas egresadas de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, así como el calendario estimado para su regularización.

3.Transparenten los indicadores operativos, financieros y de infraestructura relacionados con la instalación, regularización jurídica, construcción, rehabilitación, equipamiento y funcionamiento de las sedes educativas, especificando los montos autorizados y ejercidos.

4. Fortalezcan los mecanismos de supervisión y evaluación académica que garanticen la calidad educativa y la validez oficial de los estudios impartidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de marzo de 2026.— Diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



POR EL QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CONDENA LOS ATAQUES INJUSTIFICADOS REGISTRADOS EL 28 DE FEBRERO DE 2026 EN CONTRA DE LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión condena enérgicamente los ataques injustificados registrados el 28 de febrero de 2026 en contra de los Emiratos Árabes Unidos, rechaza cualquier agresión que ponga en riesgo a la población civil y la estabilidad regional y expresa su solidaridad con su pueblo, a cargo del diputado César Augusto Rendón García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



SE INTERVENGA EN LA SUSPENSIÓN DE REMATES DE GARANTÍAS Y SE IMPLEMENTE UN PROGRAMA DE JUSTICIA FINANCIERA PARA LOS ACREDITADOS DE LA EXTINTA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO (FND)

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, al Indep y a la CNDH a intervenir en la suspensión de remates de garantías y se implemente un programa de justicia financiera para los acreditados de la extinta Financiera Nacional de Desarrollo, a cargo del diputado Luis Armando Díaz, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, Luis Armando Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados y en observancia de los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, somete a la consideración de esta soberanía la presente, al tenor de las siguientes

Consideraciones jurídicas

I. Facultad de la SHCP

Conforme al artículo 31, fracciones VII y VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene la facultad de vigilancia sobre el sistema bancario de desarrollo y sus procesos de liquidación. Es la autoridad competente para autorizar que el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep) aplique quitas de capital y condonación de intereses moratorios que hoy triplican la deuda original.

II. Marco internacional y el derecho al mínimo vital:

El artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por México, obliga al Estado a garantizar el derecho a una vivienda adecuada y a la protección del patrimonio familiar. El remate de casas y parcelas de pequeños productores, en un contexto de desastres naturales y plagas (como el gusano barrenador), constituye una medida regresiva que vulnera la dignidad humana y el derecho al mínimo vital.

III. Responsabilidades administrativas:

Las denuncias de extorsiones por parte de apoderados legales (solicitando entre 20 mil y 400 mil pesos) contravienen la Ley General de Responsabilidades Administrativas. El Estado no puede permitir que el proceso de liquidación de La Financiera Nacional de Desarrollo se convierta en un mecanismo de enriquecimiento ilícito a costa de los campesinos.

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la persona titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, instruya al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado a diseñar e implementar un “ Programa Estratégico de Regularización y Recuperación de Cartera” para los acreditados de la extinta Financiera Nacional de Desarrollo, el cual contemple la remisión de intereses moratorios y ordinarios, así como la aplicación de quitas sustanciales sobre el capital, permitiendo el pago del adeudo bajo condiciones de equidad social y viabilidad económica.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado a suspender de manera inmediata y definitiva todo proceso de remate, embargo o ejecución de garantías prendarias e hipotecarias (casas, parcelas, tractores), y proceda a la devolución de los títulos de propiedad una vez regularizado el adeudo bajo condiciones de equidad.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, inicie una investigación sobre las posibles violaciones a los derechos humanos de seguridad jurídica, propiedad y vivienda de los acreditados de la Financiera Nacional de Desarrollo, y emita las medidas cautelares necesarias para evitar el despojo de su patrimonio.

Cuarto. Se exhorta a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno a investigar y, en su caso, sancionar penal y administrativamente a los apoderados legales del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y la extinta Financiera Nacional de Desarrollo que realicen actos de extorsión o cobros indebidos a los productores rurales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Luis Armando Díaz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO AL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, A REMOVER DEL CARGO AL TITULAR DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca a remover del cargo al titular de la Secretaría General de Gobierno, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el numeral 1, fracción XX del artículo 3; numeral 1 del artículo 6; y numeral 1, fracción I y II; numeral 2 fracción III y IV del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo, la cual solicito sea tramitada como de urgente y obvia resolución, al tenor de los siguientes:

Considerandos

El día 24 de febrero, en el Congreso del estado de Oaxaca, se discutió la revocación de mandato de la presidenta municipal de San Agustín Amatengo. Tras no aprobarse dicha revocación, un grupo de regidoras y pobladores retuvo a la autoridad municipal y la subió a una ambulancia, siendo posteriormente rescatada por policías estatales.

Las personas involucradas fueron puestas a disposición del Ministerio Público por los delitos de secuestro y privación ilegal de la libertad.

Este hecho representa un fracaso institucional en la prevención del conflicto. La Secretaría General de Gobierno tenía la obligación de:

• Mantener canales permanentes de diálogo entre las partes.

• Solicitar la intervención de la Auditoría Superior de Fiscalización del estado de Oaxaca para esclarecer responsabilidades administrativas o financieras.

• Garantizar información clara y verificable para evitar especulación social.

Lejos de ello, la inacción institucional permitió el escalamiento del conflicto, propició desinformación y derivó en confrontación directa entre mujeres de la comunidad, instrumentalizando disputas políticas mediante narrativas que reproducen estructuras de poder que enfrentan a mujeres entre sí, desvirtuando las legítimas demandas sociales y utilizando el conflicto como herramienta de control político.

La ausencia de mediación institucional no sólo agravó la crisis, sino que erosionó la confianza pública en los mecanismos legales para la resolución de controversias.

La falta de actuación también es evidente en el conflicto territorial entre San Juan Mazatlán y San Juan Petlapa, comunidades que históricamente han vivido tensiones que en el pasado han derivado en asesinatos y desplazamiento forzado.

Habitantes de San Juan Mazatlán señalaron que existía una mesa de diálogo programada que no se llevó a cabo por la ausencia de la contraparte. Sin embargo, autoridades de San Juan Petlapa informaron que fue la propia Secretaría General de Gobierno quien canceló en dos ocasiones dichas reuniones.

La falta de coordinación, seguimiento y responsabilidad institucional generó condiciones de riesgo que derivaron en el asesinato de dos pobladores de San Juan Mazatlán.

A ello se suma la tardanza en las diligencias iniciales por parte de la Fiscalía General del estado de Oaxaca, lo que refleja una cadena de omisiones institucionales que vulnera el derecho a la seguridad, la justicia y la paz social.

La reiteración de conflictos mal gestionados no constituye hechos aislados, sino un patrón de omisión sistemática en la conducción de la política interna del estado.

La Secretaría General de Gobierno tiene como función primordial prevenir el escalamiento de conflictos sociales. Cuando la autoridad encargada de mediar cancela espacios de diálogo, permite la desinformación, no activa mecanismos institucionales de verificación y reacciona únicamente después de que se produce violencia, incumple su responsabilidad fundamental.

La ausencia de conducción política efectiva:

• Debilita la gobernabilidad democrática.

• Genera confrontación comunitaria.

• Incrementa la violencia social.

• Normaliza la impunidad institucional.

• Vulnera derechos humanos fundamentales.

En un estado con alta diversidad cultural y compleja estructura comunitaria, la mediación política no es opcional, sino una obligación permanente del Estado.

La continuidad de un funcionario que ha demostrado incapacidad para prevenir conflictos y garantizar el diálogo social pone en riesgo la estabilidad política del estado y la seguridad de sus habitantes.

La responsabilidad política implica asumir consecuencias cuando la omisión institucional deriva en violencia, confrontación social o pérdida de vidas humanas.

La remoción del titular de la Secretaría General de Gobierno constituye una medida necesaria para restablecer la confianza pública, garantizar una conducción eficaz de la política interna y prevenir nuevas escaladas de violencia comunitaria.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. El pleno exhorta, respetuosamente, al titular del Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca para que, en el ámbito de sus atribuciones, proceda a la remoción del ciudadano Jesús Romero López, como titular de la Secretaría General de Gobierno del estado de Oaxaca, ante las reiteradas omisiones en la atención de conflictos sociales y en la preservación de la gobernabilidad.

Segundo. Se exhorta al gobierno del Estado a fortalecer los mecanismos institucionales de mediación, diálogo comunitario y prevención de conflictos, garantizando transparencia, legalidad y respeto a los derechos humanos.

Tercero. Se solicita informar públicamente las acciones que se implementarán para evitar la repetición de hechos de violencia derivados de la inacción institucional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Martha Aracely Cruz Jiménez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



SE REALICE UNA REVISIÓN SOBRE ACTOS QUE INDICAN HECHOS PRESUNTAMENTE CONSTITUTIVOS DE FALTAS ADMINISTRATIVAS O HECHOS DE CORRUPCIÓN, ASÍ COMO LAS OMISIONES A LAS MODIFICACIONES DEL PADRÓN DE USUARIOS PARA EL CICLO AGRÍCOLA PRIMAVERA-VERANO 2026

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua, al Órgano Interno de Control de este mismo y al Organismo de Cuenca y Cuenca Centrales del Norte a realizar una revisión sobre actos que indican hechos presuntamente constitutivos de faltas administrativas o hechos de corrupción, así como las omisiones a las modificaciones del padrón de usuarios para el ciclo agrícola primavera-verano 2026, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional Del Agua, al Órgano Interno de Control de la Comisión Nacional del Agua y al Organismo de Cuenca y Cuenca Centrales Del Norte, a realizar una revisión sobre actos que indican hechos presuntamente constitutivos de faltas administrativas o hechos de corrupción, así como las omisiones a las modificaciones del padrón de usuarios para el ciclo agrícola primavera-verano 2026, conforme a los siguientes:

Antecedentes

1. Los módulos de riego VII que corresponden a VIII, X, Y VI pertenecientes a la comarca lagunera, son parte del distrito de riego 017, el cual fue creado en el año de 1941, por un decreto presidencial del expresidente Manuel Avila Camacho, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria de las personas que habitan la zona de Coahuila y Durango a través de la administración y distribución equitativa del recurso hídrico, el cual es la base fundamental de la producción de alimentos y para la ganadería lo que lo convierte en motor de la economía de familias productoras cultivadoras de alimentos, tanto para su consumo personal así como también para sus condiciones laborales en la venta y distribución.

2. Se presume que hay presuntas extracciones no autorizadas que afectan la disponibilidad; esto no se ha podido llevar a cabo, debido a la participación de productores de leche, quienes han implementado sistemas de riego, los cuales absorben el recurso hídrico de la presa Lázaro Cárdenas del Rio, la cual es necesaria para el ciclo agrícola primavera-verano 2026, estos actos dejan en un grave estado de necesidad a productores que se encuentran sin posibilidad de desarrollar su oficio, afectando otro de aspecto como su economía.

3. Existen omisiones de la autoridad; dada la negación por parte de los productores de leche, hay en colusión sobre estas violaciones más órganos implicados como, la Comisión Nacional del Agua, por conducto de ésta, el Organismo de Cuenca, así como, Cuencas Centrales del Norte, se encuentran en total negación de acatar la actualización del padrón de usuarios, en donde se reconoce su derecho a ser beneficiarios.

4. Además de que las autoridades, conscientes de que la época de cosecha se encuentra bastante cerca, han decidido no recibir los pagos y no han autorizado los traslados, a pesar de las múltiples mesas de trabajo y el seguimiento puntual que se ha dado a efecto de contar con los padrones respetando las normativas de la Ley Agraria vigente al igual que la ley de aguas, aprobada recientemente el 11 de diciembre del 2025.

5. Este tipo de actos realizados por productores de leche demuestra el actuar de mala fe de este sector productor al realizar su sistema de riego, con conocimiento previo a quienes afectaría, ello también evidencia la búsqueda del propio beneficio de los productores lecheros.

6. Es necesario verificar las medidas de seguridad, procedimiento administrativo e investigación por parte de la autoridad competente. El distrito de riego 017, se destina para 52,639 hectáreas, en las cuales se siembran productos como maíz forrajero, alfalfa, sorgo forrajero, avena forrajera, hortalizas, trigo, maíz de grano, melón, nuez, uva, manzana, algodón jitomate, pepino y pimiento, además de ser líder en producción en productos hechos a base de queso de cabra, muchos de estos productos se ven afectados teniendo que emplear mini ciclos, los cuales cada vez es más complicado lograr debido al desvío de millones de metros cúbicos.

Consideraciones

I. La implementación de la tecnificación del distrito 017 que busca realizar el gobierno de México, donde se busca el ahorro de 180 millones de metros cúbicos, denota la importancia y relevancia que tiene el distrito, pero que dicha inversión puede pasar desapercibida, si no se resuelven problemas como el acaparamiento por parte de ciertos grupos, las formas de participación ilegítima por parte de algunas autoridades, a costa de las afectaciones que se puedan generar.

II. Que el aprovechamiento del recurso hídrico no es un privilegio que puede ser abusado por un sector por medio de una concesión. El distrito de riego 017 se constituyó con la finalidad de brindar protección sobre el uso igualitario y equitativo a los ejidatarios, pequeños propietarios y familias quienes subsisten y salieron adelante gracias al acceso a dicho recurso, su uso debe seguir dándose de manera compartida, para cubrir las necesidades de todos los beneficiarios, y no convertirlo en una exclusividad de una élite empresarial.

III. Que los miembros pertenecientes a los Módulos de Riego VI, VIII, VIII y X del distrito de riego 017 en la comarca lagunera, se han visto afectados por actos de colusión por parte de autoridades al no pronunciarse o realizar actos de prohibición o asignar algún tipo de multa por la creación indebida de un sistema de riego que causa afectaciones con incalculables afectaciones de todo tipo a corto, mediano y largo plazo.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente:

Puntos de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice una verificación técnica y administrativa en los módulos de riego del Distrito de Riego 017 (Comarca Lagunera), a fin de constatar la existencia de obras, el funcionamiento de los sistemas de riego, derivaciones o mecanismos de extracción de agua presuntamente no autorizados; adoptar, en su caso, las medidas de seguridad conducentes, determinar afectaciones a la disponibilidad y distribución del recurso, así como sustanciar los procedimientos administrativos que correspondan, así como transparentar las acciones implementadas, incluyendo, la imposición de sanciones y la presentación de denuncias ante las instancias competentes, en caso de ser procedentes.

Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Órgano Interno de Control de la Comisión Nacional del Agua para que, en el ámbito de sus atribuciones, investigue la posible comisión de faltas administrativas por acción u omisión de personas servidoras públicas relacionadas con la falta de actualización del padrón de usuarios; la negativa o dilación injustificada en la recepción de pagos; y la no emisión de autorizaciones de traslados necesarias para la operación del ciclo agrícola primavera-verano 2026, y que, en su caso, inicie los procedimientos de responsabilidad administrativa correspondientes.

Tercero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua, en conjunto con el Organismo de Cuenca y Cuenca Centrales del Norte, para que, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las asociaciones de usuarios del Distrito de Riego 017, instale una mesa de trabajo y elabore un plan de distribución del agua para el ciclo agrícola primavera-verano 2026, con criterios de transparencia, equidad y legalidad, incorporando la actualización del padrón de usuarios y garantizando la continuidad de los traslados y asignaciones conforme a la normatividad aplicable.

Dado en el Palacio de San Lázaro, el 2 de marzo de 2026.— Diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A GARANTIZAR QUE LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y CORRECCIÓN DE LOS LIBROS DE TEXTO GRATUITOS SE REALICE CON APEGO A LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Y A CRITERIOS PEDAGÓGICOS, CIENTÍFICOS, DE NEUTRALIDAD IDEOLÓGICA Y CON LA PARTICIPACIÓN DE ESPECIALISTAS, INVESTIGADORES Y ACADÉMICOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a garantizar que la elaboración, revisión y corrección de los libros de texto gratuitos se realice con apego a la Ley General de Educación, y a criterios pedagógicos, científicos, de neutralidad ideológica y con la participación de especialistas, investigadores y académicos, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II; numeral 2, fracciones I y II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La educación consagrada en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es un derecho humano que debe impartirse de manera universal, inclusiva, pública, gratuita y obligatoria, basada en el progreso científico, el pensamiento crítico y el respeto irrestricto a la dignidad de las personas. Asimismo, establece que la educación debe ser objetiva, sustentada en resultados del progreso científico y libre de cualquier forma de fanatismo, prejuicio o ideologización.

En este sentido, los libros de texto gratuitos constituyen el principal instrumento pedagógico del Sistema Educativo Nacional, al ser utilizados por más de 23.4 millones de estudiantes de educación básica en el país, por lo que su contenido debe responder estrictamente a criterios pedagógicos, científicos, técnicos y metodológicos, garantizando una formación integral basada en el conocimiento verificable y la pluralidad de ideas.

Sin embargo, desde la implementación de los nuevos libros de texto gratuitos correspondientes al modelo educativo denominado “Nueva Escuela Mexicana”, se identificaron diversos errores, inconsistencias y contenidos que no se ajustaban a los principios constitucionales de objetividad y rigor científico, así como a la Ley General de Educación.

Entre estos, se detectaron errores tipográficos, imprecisiones científicas y deficiencias pedagógicas, particularmente en la enseñanza de las matemáticas, disciplina fundamental para el desarrollo del pensamiento lógico, la abstracción, el razonamiento crítico y la resolución de problemas.

Las matemáticas constituyen una herramienta esencial para el desarrollo académico y para la formación integral de las personas, ya que fortalecen habilidades cognitivas como el análisis, la deducción, la precisión, la disciplina intelectual y la toma de decisiones basada en evidencia.

No obstante, en los nuevos materiales educativos se redujo la enseñanza sistemática de las matemáticas, diluyéndolas en proyectos interdisciplinarios sin una secuencia lógica clara ni el rigor necesario, limitando su valor formativo y reduciéndolas a una visión meramente utilitaria.

Esta situación resulta particularmente preocupante si se considera que México enfrenta un grave rezago educativo en esta materia. De acuerdo con el Programa para la Evaluación Internacional de los Estudiantes (PISA) 2022, coordinado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México obtuvo únicamente 395 puntos en matemáticas, muy por debajo del promedio de la OCDE de 472 puntos, y donde 66 por ciento de los estudiantes mexicanos no alcanzó el nivel mínimo de competencia en esta área.

Asimismo, en lectura, México obtuvo 415 puntos frente a un promedio de 476, y en ciencias 410 frente a 485, ubicándose en el lugar 51 de los 80 países evaluados, lo que evidencia un rezago estructural en el desarrollo de competencias fundamentales.

Estos datos demuestran que el sistema educativo nacional requiere fortalecer, y no debilitar, la enseñanza estructurada de disciplinas fundamentales como matemáticas, ciencias y comprensión lectora, lo cual hace indispensable que los libros de texto gratuitos contribuyan al fortalecimiento del aprendizaje y no a su debilitamiento.

De igual manera, se identificaron contenidos en los libros de texto de educación primaria que incorporaban narrativas políticas presentadas como hechos históricos definitivos, sin sustento en el consenso académico ni en el principio de pluralidad histórica.

En el libro de texto de 4o. año de primaria hay un capítulo dedicado a Andrés Manuel López Obrador y su 4T. Lo destaca como el líder más importante de las izquierdas y “salvador de la nación”, la celebración de su triunfo en 2018, tras supuestos fraudes electorales, como “éxito societario, epifanía, trance... la celebración del triunfo deviene en multitudinaria vivencia desnuda”.

En el texto de 5o. año de primaria continúa con Andrés Manuel como el protagonista de la historia del país. Mientras que califican el sexenio de Felipe Calderón como fraudulento y violento. Hay un apartado del “Fraude Electoral de 2006” que señala hubo intromisión del presidente, existió relleno de urnas, alteración de actas y manipulación de resultados para otorgarle el triunfo a Calderón. Y culpan al Tribunal Electoral de declarar su triunfo.

Estos contenidos no reflejan la realidad. Nunca el PRD ni AMLO dieron pruebas de que existiera un fraude electoral, ni se registraron los hechos narrados en el libro de texto. Esto constituye una aberrante ideologización de la enseñanza en aras de intereses de grupo. Esta distorsión atenta contra la unidad nacional, desprecia la democracia, los cambios hechos para su avance y desde luego, ya no aparecen los retrocesos que hoy vivimos a partir del “septiembre negro” último mes del gobierno de AMLO.

La incorporación de este tipo de contenidos en materiales educativos dirigidos a niñas y niños constituye un hecho sin precedentes en la historia reciente del sistema educativo nacional, al introducir interpretaciones políticas como verdades absolutas, lo que vulnera el derecho de las y los estudiantes a recibir una educación objetiva, crítica y basada en el conocimiento científico.

Aunado a ello, la propia Secretaría de Educación Pública (SEP) reconoció la necesidad de realizar revisiones a los materiales educativos durante el año 2025, en las que se corrigieron errores de contenido, imprecisiones y deficiencias pedagógicas previamente señaladas por especialistas, docentes, investigadores y legisladores.

Estas correcciones confirmaron que los materiales educativos originalmente distribuidos contenían errores significativos que debieron haberse evitado mediante procesos rigurosos de revisión técnica, científica y pedagógica.

En este mismo contexto, recientemente se llevó a cabo la destitución del director general de Materiales Educativos, Marx Arriaga, funcionario responsable de coordinar la elaboración de los libros de texto gratuitos, lo que evidencia la existencia de irregularidades y deficiencias en el proceso de diseño, elaboración y validación de los materiales educativos.

Esta situación confirma la necesidad urgente de fortalecer los mecanismos institucionales para garantizar que los libros de texto gratuitos sean elaborados con la participación de pedagogos, especialistas, investigadores, docentes frente a grupo y académicos, mediante procesos transparentes y sustentados en evidencia científica.

Diversos especialistas han advertido que los materiales educativos actuales continúan privilegiando enfoques centrados en proyectos comunitarios y narrativas sociales, en detrimento del aprendizaje sistemático de disciplinas fundamentales como matemáticas, ciencias e historia universal, lo que limita el desarrollo de habilidades esenciales para la formación integral de los estudiantes.

El bajo desempeño educativo tiene consecuencias directas en el desarrollo del país, ya que limita las oportunidades académicas, profesionales y económicas de las nuevas generaciones, afectando la competitividad nacional.

Por ello, resulta indispensable garantizar que los libros de texto gratuitos cumplan con su función fundamental de ser instrumentos de educación científica, objetiva, plural y libre de cualquier forma de ideologización.

La educación debe formar ciudadanos libres, críticos e informados, no ciudadanos condicionados por visiones únicas o parciales de la realidad.

En consecuencia, es responsabilidad del Estado garantizar que los materiales educativos respondan exclusivamente al interés superior de la niñez y al derecho constitucional a una educación de calidad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública a fortalecer el proceso de revisión y mejora de los libros de texto gratuitos, a fin de garantizar el desarrollo del pensamiento lógico, las habilidades matemáticas, científicas y analíticas, indispensables para la formación integral de niñas, niños y adolescentes.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que, en el marco de sus atribuciones, de acuerdo a la Ley General de Educación, atienda todas las recomendaciones y lineamientos para la mejora de los mismos que desarrolló la extinta Comisión de Mejora Continua de la Educación.

Notas

1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2 https://www.excelsior.com.mx/nacional/regreso-a-clases-cuantos-alumnos-y-maestr os-retornan-a-las-aulas/1736617

3 OCDE, Programa para la Evaluación Internacional de los Estudiantes (PISA) 2022, Resultados México.

4 OCDE, PISA 2022 Results, OECD Publishing, París, 2023.

5 https://forbes.com.mx/los-libros-de-texto-gratuitos-el-nuevo-conflicto-entre-am lo-y-la-oposicion/

6 https://www.eleconomista.com.mx/politica/La-SEP-reconoce-20-errores-en-los-libr os-de-texto-gratuitos-20230808-0103.html

7 https://www.proceso.com.mx/nacional/2026/2/17/oficios-de-la-sep-revelan-causa-r eal-del-despido-de-marx-arriaga-se-nego-eliminar-192-contenidos-de-libros-de-te xto-368570.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SICT Y A LA AGENCIA DE TRENES Y TRANSPORTE PÚBLICO INTEGRADO, A ENTABLAR PLÁTICAS Y NEGOCIACIONES CON LA EMPRESA FERROMEX, CON EL FIN DE DETENER LA CONSTRUCCIÓN DE UNA BARDA PERIMETRAL EN LOS TRAMOS QUE ABARCAN LAS COLONIAS DE ANTIGUA ACEITERA Y LÓPEZ PORTILLO, EN TORREÓN, COAHUILA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT y a la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado a entablar pláticas y negociaciones con la empresa Ferromex, con el fin de detener la construcción de una barda perimetral en los tramos que abarcan las colonias de Antigua Aceitera y López Portillo, en la ciudad de Torreón, Coahuila, y buscar alternativas que permitan el libre tránsito de los ciudadanos y salvaguarden la seguridad de la zona, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Verónica Martínez García, diputada a la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El uso de vías férreas se ha convertido en una alternativa para el traslado de pasajeros y mercancía de manera segura y accesible.

Esta administración ha puesto en especial énfasis de alternar rutas de traslado de mercancías con rutas de pasajeros, adecuando las vías existentes y construyendo estaciones adecuadas para pasajeros.

A través de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado (Attrapi), creada el 13 de enero de 2026 se pretende planear y construir infraestructura férrea, además de regular y conducir el desarrollo y operación del Sistema Ferroviario Mexicano.

Con ello la Attrapi robustece su capacidad para construir vías, operar, regular, explotar y prestar el servicio público de transporte ferroviario, el cual pretende en esta administración, la construcción de tres mil kilómetros de nuevas vías de trenes para pasajeros, actualmente se lleva a cabo la primera fase de construcción de las rutas:

- AIFA-Pachuca (57 kilómetros).

- Ciudad de México-Querétaro (226 kilómetros).

- Querétaro-Irapuato (108 kilómetros).

- Saltillo-Monterrey-Nuevo Laredo (396 kilómetros).

Nuestro país cuenta con un total de 26 mil 727 kilómetros en infraestructura ferroviaria, de estos 17 mil 197 kilómetros están concesionadas y conecta a todo el país teniendo como destino, algunas, los Estados Unidos de América (EUA), nuestro principal socio comercial.

Este sistema mueve más de 122 millones de toneladas de carga cada año, además de 56 millones de pasajeros.

En Coahuila la infraestructura ferroviaria representa un componente esencial para el desarrollo y la operación de las plantas industriales, la red ferroviaria permite movilizar grandes volúmenes de materias primas y productos terminados de manera eficiente, segura y económica, lo que lo convierte en una opción preferida por industrias como la siderúrgica, automotriz, minera, química y alimentaria.

Coahuila cuenta con varias líneas férreas activas que conectan directamente con complejos industriales en municipios como Monclova, Sabinas, Ciudad Frontera, Saltillo, Ramos Arizpe, Torreon y Piedras Negras.

Esta conectividad facilita el ingreso de insumos sin necesidad de trasbordos intermedios, optimizando los tiempos de entrega y reduciendo riesgos por manipulación de mercancía.

La mayoría del transporte de carga se realiza a través de Ferromex y sus subsidiarias, los cuales tienen rutas a lo largo y ancho de todo el país como se muestra en el siguiente mapa:

En Torreon se localiza uno de los puntos principales debido al gran patio multifuncional de maniobras, que sirve para el recibo, clasificación y consolidación, así como atención a unidades de arrastre, el cual trabaja todo el día brindando atención a trenes de carga.

Sus rutas atraviesan colonias del municipio, sin embargo, en fechas recientes, Ferromex comenzó la edificación de bardas perimetrales en sus rutas y en sus patios de maniobra, para delimitar el espacio de las vías del tren, con el fin de impedir que los robos de autopartes, el saqueo de los vagones o la invasión de los trenes en movimiento, se incrementen.

Ante esto, ciudadanos de las colonias Antigua Aceitera y López Portillo han manifestado su inconformidad debido a que estas obras afectan a más de mil familias que viven en el sector sur oriente de la ciudad, ya que coartan el libre tránsito peatonal y pudiesen generar problemas de futuras inundaciones en temporada de lluvias.

La principal demanda es que dicha barda deja sin acceso a cientos de trabajadores que diariamente se movilizan en el sector, lo mismo que a numerosas madres de familia que llevan a sus hijos a clases o simplemente deben trasladarse a otros sectores de la ciudad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado a entablar pláticas y negociaciones con la empresa Ferromex, con el fin de detener la construcción de una barda perimetral en los tramos que abarcan las colonias de Antigua Aceitera y López Portillo, en la ciudad de Torreón, Coahuila, y buscar alternativas que permitan el libre tránsito de los ciudadanos y salvaguarden la seguridad de la zona.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.— Diputada Verónica Martínez García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen



SE IMPLEMENTE SUPERVISIÓN PERMANENTE, PREVENCIÓN DE ABUSOS Y CONDICIONES DIGNAS EN ALBERGUES, CASAS HOGAR Y CENTROS DE ACOGIDA PARA LA PROTECCIÓN REFORZADA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a implementar supervisión permanente, prevención de abusos y condiciones dignas en albergues, casas hogar y centros de acogida para la protección reforzada de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. En México la protección de niñas, niños y adolescentes en albergues, casas hogar y centros de asistencia social representa un desafío estructural que exige una atención inmediata y coordinada por parte de las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de acuerdo con datos del Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), aproximadamente 53 mil 862 personas de 0 a 17 años residían en “Alojamientos de Asistencia Social” con una distribución de 47.7 por ciento mujeres y 52.3 por ciento hombres, destacando entidades como Chiapas, Jalisco y Guerrero como las de mayor concentración, estos espacios destinados a proporcionar cuidado y protección a menores en situación de vulnerabilidad como aquellos privados de cuidados parentales o en riesgo de perderlos han sido identificados en diversos informes como escenarios propensos a violaciones graves de derechos humanos, incluyendo abusos físicos, psicológicos y sexuales.

La ausencia de supervisión permanente y mecanismos preventivos adecuados ha permitido que estas instituciones tanto públicas como privadas operen en condiciones que no garantizan la integridad y el desarrollo integral de los menores, contraviniendo los principios establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que obliga al Estado a velar por el interés superior de la niñez, la situación se agrava en un contexto donde el número de menores institucionalizados ha mostrado variaciones mínimas en los últimos años, pero los reportes de irregularidades han aumentado lo que subraya la necesidad de una reforma en los protocolos de inspección y certificación para asegurar entornos seguros y dignos.

En términos de incidencia de violencia los Registros de Lesiones de la Secretaría de Salud revelan que entre 2010 y 2024 se atendieron en hospitales públicos a más de 10 mil 613 personas de 1 a 17 años por violencia sexual representando un incremento de mil 241.7 por ciento desde 2010, este aumento alarmante incluye casos ocurridos en entornos institucionales como albergues donde la vulnerabilidad es mayor debido a la dependencia de los menores de los cuidadores y la falta de mecanismos independientes de denuncia, en 2024 se registraron 9 mil 802 casos, en 2023 con un descenso mínimo de 1.3 por ciento respecto a 2022 pero manteniendo niveles históricos altos que duplican el promedio anual de la década anterior (4 mil 247 casos).

La mayoría de las víctimas son mujeres (92.9 por ciento en 2022) y tres de cada cuatro casos corresponden a adolescentes de 12 a 17 años, lo que indica una concentración en grupos etarios donde la institucionalización es más común, dichos datos no sólo reflejan la magnitud del problema, sino también la insuficiencia de las medidas preventivas actuales como las establecidas en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que en su artículo 47 obliga a las autoridades a prevenir y sancionar el abuso sexual pero cuya implementación en centros de asistencia ha sido deficiente como lo evidencian auditorías de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Para ilustrar la distribución geográfica de estos casos, se presenta la siguiente tabla de datos preliminares de hospitalizaciones por violencia sexual en menores de edad durante 2022-2024 basada en reportes de la Secretaría de Salud:

También se destaca cómo entidades con alta población como el Estado de México (16.8 por ciento de casos nacionales en 2022) requieren una supervisión reforzada para mitigar riesgo, la persistencia de estos números subraya la urgencia de exhortar a autoridades como el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) y el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) instituciones clave enfocadas en la protección de la infancia, niñez y adolescencia a implementar inspecciones permanentes y protocolos de prevención de abusos.

Segunda. El marco normativo mexicano establece obligaciones claras para la supervisión y regulación de albergues y centros de asistencia mismo que mandata a las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales a autorizar, registrar, certificar y supervisar estos centros para garantizar el cumplimiento de derechos de menores privados de cuidado parental.

Sin embargo, informes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Centros de Asistencia Social y Albergues Públicos y Privados irregular con deficiencias sistemáticas, incluyendo hacinamiento, insalubridad y abusos por falta de control estatal, el documento detalla casos históricos como la Recomendación 86/1998, donde 110 menores con discapacidad fueron víctimas de delitos en un albergue privado destacando la necesidad de medidas especiales para vulnerables, la implementación gubernamental para prevenir negligencia y abuso ha sido irregular con sólo 60 por ciento de centros certificados a nivel nacional según estimaciones del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en 2023 la brecha normativa se agrava por la falta de recursos para inspecciones permanentes, lo que permite que instituciones operen sin cumplir estándares mínimos de dignidad, como alimentación adecuada, atención médica y entornos libres de violencia, adicionalmente el Reglamento General para los Centros de Asistencia Social y Establecimientos Asistenciales Habilitados del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (2022) regula la organización y funcionamiento de estos espacios enfatizando la protección de menores en movilidad o desamparo, este reglamento vincula a los Sistemas DIF de las entidades federativas mediante convenios, pero su adopción no es universal lo que genera disparidades regionales, en entidades como Yucatán y Coahuila, donde se reportaron altas tasas de maltrato infantil en 2010 (469.4 y 386.7 por cada 100 mil menores respectivamente) la supervisión ha mejorado marginalmente, pero persisten casos de comprobación de abusos (354.6 y 304.1 por 100 mil), por su parte la Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010 define albergues y casas hogar exigiendo personal calificado y condiciones dignas pero auditorías revelan incumplimientos en hasta 40 por ciento de instituciones privadas.

Tercera. Diversos casos emblemáticos ilustran la urgencia de una supervisión reforzada en albergues como el de octubre de 2025, en el cual se rescataron 80 menores de un albergue en la alcaldía Cuauhtémoc de la Ciudad de México, donde se presumen abusos y condiciones precarias, este incidente se suma a patrones históricos como el caso de Villa de las Niñas, documentado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos donde menores fueron víctimas de explotación y negligencia, otro caso serían los Informes de Alumbra y Early Institute (2023), indican que en 2021 se registraron 22 mil 410 víctimas de violencia sexual infantil, donde 84 por ciento correspondían a niñas y un promedio diario de 75 menores atendidos por violencia en 2020, de los cuales 22 fueron por agresión sexual, muchos de estos ocurren en instituciones donde la falta de protocolos preventivos perpetúa ciclos de violencia.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a las autoridades asistenciales, incluyendo el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y sus homólogos en las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, a implementar mecanismos de supervisión permanente en albergues, casas hogar y centros de acogida, con el fin de prevenir abusos, garantizar condiciones dignas y proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud, así como a sus homólogos en las en las entidades federativas y municipios a coordinar acciones para la inspección sanitaria permanente en albergues, casas hogar y centros de acogida con énfasis en la prevención y detección temprana de abusos físicos, psicológicos y sexuales contra niñas, niños y adolescentes.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República y a las fiscalías de las entidades federativas a coordinar acciones para la investigación y sanción penal de los responsables de abusos en albergues, casas hogar y centros de acogida con énfasis en la detección temprana y persecución de delitos contra niñas, niños y adolescentes.

Notas

1 Véase Redim. (2025a, mayo 1). DÍA DE LA NIÑEZ y LA ADOLESCENCIA EN MÉXICO: Datos sobre la situación sus derechos (Abril, 2025) - Blog de. Blog de datos e incidencia política de REDIM.

https://blog.derechosinfancia.org.mx/2025/04/28/dia-de-la-ninez -y-la-adolescencia-en-mexico-datos-sobre-la-situacion-sus-derechos-abril-2025/

2 Artículo 4o.- ...

...

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

...

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

...

3 Véase Redim. (2025, agosto 15). Violencia sexual contra la niñez y la adolescencia en México (2010-2024) - Blog de datos e incidencia. Blog de datos e incidencia política de REDIM.

https://blog.derechosinfancia.org.mx/2025/08/14/violencia-sexua l-contra-la-ninez-y-la-adolescencia-en-mexico-2010-2024/

4 Artículo 47. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por:

I. El descuido, negligencia, abandono o abuso físico, psicológico o sexual;

II. La corrupción de personas menores de dieciocho años de edad;

III. Trata de personas menores de 18 años de edad, abuso sexual infantil, explotación sexual infantil con o sin fines comerciales, o cualquier otro tipo de explotación, y demás conductas punibles establecidas en las disposiciones aplicables;

IV. El tráfico de menores;

V. El trabajo antes de la edad mínima de quince años, prevista en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables;

VI. El trabajo en adolescentes mayores de 15 años que pueda perjudicar su salud, su educación o impedir su desarrollo físico o mental, explotación laboral, las peores formas de trabajo infantil, así como el trabajo forzoso y la esclavitud, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las demás disposiciones aplicables;

VII. La incitación o coacción para que participen en la comisión de delitos o en asociaciones delictuosas, en conflictos armados o en cualquier otra actividad que impida su desarrollo integral, y

VIII. El castigo corporal y humillante.

5 Véase Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia [SNDIF]. (2022). Reglamento General para los Centros de Asistencia Social y Establecimientos Asistenciales Habilitados del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. En Honorable Cámara de Diputados.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/norma/reglamento/reg07 4_10jun22.pdf

6 Véase Secretaría de Salud & Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud. (s. f.). NORMA Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad. En Diario Oficial de la Federación.

https://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4318/salud/salud.htm

7 Véase Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, & Alcalde Luján, B. (2025, 30 octubre). Fiscalía CDMX informa sobre la investigación en curso relacionada con hechos ocurridos en Casa de las Mercedes [Comunicado de prensa].

https://www.fgjcdmx.gob.mx/comunicacion/nota/CS2025-310

8 Véase Comisión Nacional de los Derechos Humanos, [CNDH]. (2019).Informe especial sobre la situación de los derechos de niñas, niños y adolescentes en centros de asistencia social y albergues públicos y privados de la República mexciana.

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-11/ IE-ninas-ninos-adolescentes-centros-albergues.pdf

9 Véase Early Institute. (2023). Panorama Estadístico de la Violencia Sexual contra Niñas, Niños y Adolescentes en México.

https://alumbramx.org/wp-content/uploads/2023/05/Panorama-estad istico-VSI-Mexico.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.— Diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



EXHORTO A LA SHCP, Y A LA CONAGUA, A INICIAR LA PRIMERA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO "CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA INTEGRAL DE DRENAJE" PLUVIAL DE LA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP y a la Conagua a iniciar la primera etapa de construcción del proyecto denominado “construcción de sistema integral de drenaje pluvial” de la ciudad de Torreón, Coahuila, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Verónica Martínez García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El agua es el líquido vital e indispensable para la sobrevivencia de todas las formas de vida, así como para la conservación de los recursos naturales.

Si bien México cuenta con una ubicación geográfica envidiable, también es necesario mencionar que, por su orografía y clima, es susceptible de que fenómenos meteorológicos como sequías y, a últimas fechas, precipitaciones pluviales intensas, ocasionen importantes daños en la población de diversas zonas del país.

Debido a las fuertes lluvias que se han presentado atípicamente en gran parte de nuestro país, como producto de los efectos del cambio climático, ha propiciado que diversas zonas conurbadas hayan sufrido encharcamientos e inundaciones, lo que ha complicado la cobertura de la gran demanda de servicios públicos que requiere la población para tener una calidad de vida adecuada.

Uno de esos proyectos necesarios para el buen funcionamiento de la región es el proyecto denominado Construcción de Sistema Integral de Drenaje Pluvial de la Ciudad de Torreón, Coahuila, el cual beneficiará a más de 300 mil habitantes.

Torreón es una ciudad ubicada dentro de una cuenca cerrada, lo que ocasiona que durante la temporada de lluvias se acumule el agua pluvial en diferentes puntos de la ciudad, reflejándose en encharcamientos o inundaciones en zonas habitacionales, industriales, comerciales, afectando la movilidad y dañando vías de comunicación.

Esto genera un alto riesgo para la salud de la población, dado que el sistema de drenaje actualmente es combinado, y como resultado de la saturación de estos conductos se presenta afloramiento de aguas pluviales mezcladas con aguas residuales.

Esto se incrementa año con año, como podemos constatar ya que, según el Servicio Meteorológico Nacional, en los últimos 50 años se han presentado al menos 14 tormentas atípicas que han superado los 50 milímetros (mm) de precipitación, eventos que han causado daños por inundación a Torreón.

Ante esta problemática, la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila (CEAS) registró en la cartera de programas y proyectos de inversión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al proyecto denominado Construcción de Sistema Integral de Drenaje Pluvial de la ciudad de Torreón, Coahuila, el cual fue inscrito el 23 de enero de 2023, y se le asignó la clave de cartera 2316B00002.

Dicho proyecto contará con 35.2 kilómetros de colectores y subcolectores de 18” a 84”, además de 11.6 kilómetros de líneas a presión de 18” a 30” pulgadas de diámetro, 11.2 kilómetros de canales, 4 cárcamos de bombeo con capacidad de 0.25 a 0.5 metros cúbicos por segundo (m3/s), 6 estanques de detención con capacidad de almacenamiento en conjunto de 2.17 millones de metros cúbicos (m3) y un estanque de retención en parque hídrico Santa Fe, de 1.068 millones de m3.

El proyecto en la actualidad cuenta con una factibilidad económica de cien por ciento; una factibilidad técnica de cien por ciento y cuenta con 95 por ciento de factibilidad ambiental y factibilidad legal.

Ante esto se han sostenido reuniones entre el gobierno estatal y la Comisión Nacional del Agua, con el fin de solventar ese 5 por ciento que falta de factibilidad ambiental y legal, lo que permitirá estar en condiciones de ser tomado en cuenta para una asignación presupuestal para 2026.

Es urgente que un proyecto de esta naturaleza pueda ser ejecutado, ya que beneficiará a más de 300 mil habitantes de Torreón, lo que significa 46 por ciento de la población del municipio, además de que también tendrá un impacto favorable en 93 mil 506 viviendas, trayendo importantes ahorros al erario municipal sobre el orden de 588.54 millones de pesos anuales.

Recientemente, el gobernador de Coahuila, ingeniero Manolo Jiménez, se reunión con el titular de la Comisión Nacional del Agua, Efraín Morales López, para revisar los avances en obras prioritarias en la región laguna, como el sistema del drenaje pluvial de Torreón, y un proyecto de temporal pluvial enfocado en el municipio de San Pedro.

Es por eso que el presente punto de acuerdo tiene como fin que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional del Agua, asignen el presupuesto necesario para iniciar la ejecución del proyecto antes citado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al titular de la Comisión Nacional del Agua, para que asignen los recursos necesarios para iniciar la primera etapa del proyecto denominado Construcción de Sistema Integral de Drenaje Pluvial de la Ciudad de Torreón, Coahuila.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.— Diputada Verónica Martínez García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL IMSS-BIENESTAR, A ESTABLECER UNA MESA DE DIÁLOGO CON REPRESENTACIÓN DE LAS Y LOS TRABAJADORES DEL SECTOR SALUD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la Dirección General del IMSS-Bienestar a establecer de manera inmediata una mesa de diálogo institucional de alto nivel con representación de las y los trabajadores del sector salud, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Graciela Ortiz González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo conforme a los siguientes

Considerandos

En los últimos años, el sistema público de salud ha experimentado un proceso de reconfiguración institucional orientado en la centralización de los servicios bajo el modelo IMSS-Bienestar. Dicho proceso ha sido presentado por el Gobierno federal como una política pública enfocada en garantizar un sistema universal, gratuito y eficiente; sin embargo, la realidad rebasa el discurso político y muestra un sistema de salud colapsado, deficiente e injusto con el personal sanitario y, en consecuencia, con la ciudadanía. Se trata del fracaso de una política de salud que no sólo cuesta dinero, sino también vidas.

El pasado 17 de febrero de 2026, trabajadores de la salud, adscritos al programa IMSS-Bienestar, protestaron frente a Palacio Nacional con la finalidad de manifestarse debido a los despidos injustificados, así como por la falta de insumos médicos y medicamentos en diversas unidades y de recursos, situación que compromete la adecuada atención a la población sin seguridad social y vulnera el derecho humano a la salud. Asimismo, denunciaron que desde 2023 hay ausencia de la Comisión de Seguridad e Higiene, lo que impide la adecuada clasificación de niveles de riesgo y la implementación de medidas de protección ante contingencias sanitarias.

En esta protesta solicitaron la intervención de la Presidencia de la República para facilitar la instalación de mesas de diálogo, de manera que se pudiera abordar la atención y solución de las problemáticas planteadas en el sector, atender de manera integral las deficiencias del suministro de materiales, además las y los manifestantes denunciaron las destituciones injustificadas de personal médico por exponer el desabasto de medicamentos dentro de la institución.

Igualmente solicitaron la regularización de condiciones laborales. Señalaron la existencia de nombramientos laborales emitidos sin especificación de jornada, turno, o adscripción, lo que genera una precarización laboral e incertidumbre jurídica, además de la falta de nombramientos vigentes para un número considerable de empleados en distintas entidades federativas.

El reclamo del personal sanitario es legítimo. La carencia de material médico, equipo básico y medicamentos no sólo dificulta la prestación del servicio, sino que compromete directamente la calidad de la atención y el derecho a la salud de la población sin seguridad social.

El derecho a la protección de la salud se encuentra reconocido en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya garantía implica la provisión suficiente de recursos humanos, materiales e insumos. En 2020 se incorporó el Sistema de Salud para el Bienestar con el objetivo de ampliar progresivamente los servicios de salud a las personas sin seguridad social.

Por su parte, el artículo 123 constitucional reconoce el derecho a un trabajo digno y socialmente útil y, en su Apartado B, fracción X, garantiza la libertad de asociación para la defensa de los intereses laborales.

Asimismo, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en su artículo 43, fracción III, establece la obligación de las dependencias de proporcionar a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo convenido. La Ley General de Salud, en su artículo 71 Bis, garantiza a las personas sin seguridad social la prestación de servicios de salud, medicamentos e insumos, obligación que recae tanto en la federación como en las entidades federativas a través del Sistema de Salud para el Bienestar.

Por ello, en el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) consideramos inaplazable que las y los trabajadores del sector salud sean escuchados al más alto nivel de decisión del Estado, a fin de que sus demandas reciban una respuesta inmediata, seria y con resultados. El sistema público de salud atraviesa una situación crítica que no admite más dilaciones ni omisiones administrativas; requiere voluntad política, coordinación institucional y acciones concretas que restituyan su capacidad operativa. Desde el Congreso de la Unión respaldamos las peticiones legítimas del personal sanitario y sostenemos que atenderlas no sólo es un acto de justicia laboral, sino una condición indispensable para garantizar el derecho a la salud de la población. Ignorar estas demandas implicaría profundizar la crisis del sistema y comprometer aún más la atención de millones de personas que dependen de él.

El Instituto Mexicano del Seguro Social Bienestar es un organismo público descentralizado cuyo objetivo es garantizar la atención médica a las personas sin seguridad social, particularmente en zonas marginadas, comunidades rurales y entre trabajadores del sector informal. Por ello, resulta indispensable que esta institución cuente con condiciones laborales adecuadas para su personal y con el suministro constante de insumos médicos y medicamentos, pues de ello depende la calidad y eficiencia de los servicios que ofrece.

La crisis que hoy enfrenta el IMSS-Bienestar no constituye una contingencia imprevista, sino la consecuencia directa de una política de salud que ha privilegiado el discurso sobre los resultados. El hecho de que personal sanitario de distintas entidades del país haya tenido que trasladarse a la sede del Poder Ejecutivo federal para ser escuchado evidencia que los mecanismos ordinarios de gestión del sistema no están funcionando de manera adecuada.

La falta de insumos médicos una omisión que cuesta vida

La insuficiencia de medicamentos, material clínico y equipo hospitalario no constituye únicamente un problema operativo, sino una falla estructural de política pública que impacta directamente en la garantía del derecho a la salud. Diversos análisis especializados han advertido que, aunque el gasto público en salud ha registrado incrementos nominales en algunos rubros hospitalarios y de medicamentos, persisten distorsiones en la asignación y eficiencia del gasto que impiden que dichos recursos se traduzcan en disponibilidad real de insumos en las unidades médicas.

El Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP) ha señalado que el presupuesto en salud para 2026 presenta aumentos en partidas específicas, pero mantiene rezagos estructurales en la planeación, distribución y ejecución del gasto, lo que limita su impacto efectivo en la prestación de servicios. Este fenómeno explica por qué, pese al discurso oficial sobre ampliación de cobertura y fortalecimiento institucional, continúan registrándose denuncias por desabasto en hospitales y centros de salud, particularmente en aquellos que atienden a la población sin seguridad social bajo el esquema IMSS-Bienestar.

El CIEP establece que el presupuesto proyectado para la compra de medicamentos, material médico y de laboratorio en 2026 representaría 15.2 por ciento del gasto total en salud, uno de los niveles más altos en la última década, con un monto estimado de 152 mil millones de pesos. Sin embargo, aunque esta cifra implicaría un incremento respecto a 2025, en términos reales se ubicaría por debajo del gasto ejercido en 2024, lo que evidencia que el aumento presupuestal no necesariamente se traduce en una recuperación efectiva de la capacidad de abastecimiento del sistema de salud.

La estructura del gasto sanitario muestra que la mayor proporción de recursos en los distintos subsistemas se destina a la compra de medicamentos y productos farmacéuticos. Para 2026, se estima que este concepto representaría 86.3 por ciento del gasto en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y 83.3 por ciento en el IMSS, mientras que en la Secretaría de Salud equivaldría a 74.8 por ciento y en el IMSS-Bienestar a 57 por ciento.

No obstante, el análisis presupuestario por subsistema revela una tendencia preocupante en la distribución de los recursos. Mientras que el IMSS tendría un incremento significativo y el ISSSTE registraría un aumento marginal, el mayor ajuste negativo recaería en la atención de la población sin seguridad social. A pesar de un incremento en la Secretaría de Salud, el recorte previsto en el IMSS-Bienestar generaría una disminución neta de más de mil ochocientos millones de pesos en los recursos destinados a este sector.

Este comportamiento presupuestario resulta particularmente grave si se considera que el sistema IMSS-Bienestar es el principal instrumento del Gobierno federal para garantizar el acceso a la salud de la población sin seguridad social. En términos prácticos, ello implica que el modelo que se presenta como universal se sostiene con menores recursos para quienes más dependen de él.

El CIEP establece “... que el presupuesto para compra de medicinas, material médico y de laboratorio tendría un incremento de 9.8 por ciento respecto a 2025 y una caída de 6.5 por ciento respecto al monto ejecutado en 2024. Sin embargo, el incremento proyectado para 2026 se concentraría en el IMSS y, para la población sin seguridad social, IMSS Bienestar y Ssa se observaría un recorte de 1 mil 819 mdp respecto a 2025. Es relevante destacar que, a pesar de estos incrementos, el gasto de bolsillo por compra de medicinas se ha incrementado, además la inflación del sector salud podría alcanzar 14.9 por ciento en 2025 (Anuario Latinoamericano de Seguros, Reaseguros y Fianzas 2025), lo cual podría indicar que estos aumentos no necesariamente reflejan una mayor capacidad de compra y abasto de medicamentos...”.

La falta de insumos médicos no es un asunto menor, cuando un hospital carece de medicamentos, anestésicos, material quirúrgico o equipo básico, la consecuencia inmediata es la postergación de tratamientos, la cancelación de procedimientos y la degradación de la calidad de la atención. En términos reales, el desabasto se traduce en diagnósticos tardíos, tratamientos incompletos y, en los casos más graves, en la pérdida de vidas que pudieron haberse evitado con una adecuada gestión del sistema sanitario.

Por ello, el problema del abasto no puede entenderse únicamente como una dificultad administrativa, sino como una responsabilidad directa del Estado en la organización del sistema de salud. Cuando los trabajadores sanitarios denuncian la falta de insumos, no sólo están señalando condiciones laborales deficientes, sino alertando sobre un riesgo concreto para la población usuaria del sistema público.

Un salario digno para las y los trabajadores de la salud y la irresponsabilidad de una reforma constitucional pendiente de publicar.

Las condiciones laborales del personal sanitario constituyen un elemento central para el funcionamiento del sistema público de salud. Diversos análisis han evidenciado que, pese al papel estratégico que desempeñan médicos, enfermeras y demás trabajadores del sector, persisten brechas salariales, desigualdades entre subsistemas y esquemas de contratación precarios que afectan la estabilidad del personal y, en consecuencia, la calidad de los servicios.

Estudios recientes sobre la estructura salarial del sector salud muestran que los ingresos del personal sanitario en México presentan una alta heterogeneidad, con diferencias significativas según el subsistema, el tipo de contratación y la región del país. Esta fragmentación salarial implica que, aun cuando existen casos de remuneraciones competitivas en ciertas instituciones, una proporción relevante del personal enfrenta ingresos insuficientes, falta de certeza laboral y dependencia de compensaciones extraordinarias, lo que revela un problema estructural en la política laboral del sistema de salud.

Los datos disponibles sobre los ingresos del personal sanitario confirman que las condiciones salariales del sector siguen siendo insuficientes y desiguales. De acuerdo con análisis basados en información de Data México correspondiente a 2023, el salario promedio mensual de médicos, enfermeras y otros especialistas de la salud en el país se ubicó alrededor de 8 mil 400 pesos, con jornadas cercanas a 37 horas semanales.

La situación salarial del personal médico en formación evidencia una contradicción estructural en la política pública laboral del Estado mexicano. Mientras el programa Jóvenes Construyendo el Futuro otorga un apoyo mensual equivalente al salario mínimo, cercano a los nueve mil quinientos pesos, los médicos pasantes que realizan servicio social en instituciones públicas suelen recibir becas significativamente menores.

Diversas estimaciones indican que los pasantes de medicina en el sistema público perciben entre dos mil y siete mil pesos mensuales, dependiendo de la institución y la plaza asignada, con casos en los que la remuneración se ubica alrededor de los tres mil pesos mensuales. Esta realidad implica que, en numerosos escenarios, el Estado mexicano otorga mayores recursos económicos a jóvenes en capacitación general que a quienes, durante su servicio social, participan directamente en la atención médica de la población.

Adicionalmente es necesario advertir que convocatorias públicas del programa IMSS-Bienestar reflejan esquemas de contratación temporal y remuneraciones que han sido cuestionadas por el personal sanitario, particularmente cuando se comparan con las responsabilidades clínicas y la carga de atención en zonas marginadas. Estas condiciones, aunadas al desabasto de insumos, generan inconformidad legítima y afectan la estabilidad operativa del sistema.

La disparidad resulta especialmente grave si se considera que los pasantes de medicina no sólo adquieren experiencia profesional, sino que realizan funciones esenciales dentro del sistema sanitario, particularmente en zonas rurales y unidades con déficit de personal. La diferencia en los montos de apoyo no sólo refleja una desarticulación en la política salarial, sino que transmite un mensaje contradictorio respecto del valor institucional que se otorga a la formación médica y al propio sistema de salud pública.

Esta situación adquiere mayor relevancia si se considera que el propio Estado mexicano reconoció la necesidad de mejorar las condiciones salariales del personal sanitario mediante la reforma constitucional aprobada en 2024 al artículo 123, Apartado B. Dicha reforma tuvo como propósito fortalecer el salario de sectores estratégicos del servicio público, entre ellos médicos, personal de seguridad y fuerzas armadas, bajo el principio de que la estabilidad laboral y la remuneración digna son condiciones indispensables para garantizar servicios públicos de calidad.

La reforma fue aprobada por amplias mayorías en ambas Cámaras del Congreso de la Unión y posteriormente ratificada por las legislaturas de las entidades federativas cumpliendo los requisitos constitucionales para su declaratoria de validez. Sin embargo, a pesar de este respaldo institucional, el proceso no ha culminado por la omisión del Senado de la República presidido por Morena para realizar la declaratoria de constitucionalidad correspondiente, lo que ha impedido su entrada en vigor.

Esta omisión resulta particularmente grave en el contexto actual del sistema de salud. Mientras el personal sanitario enfrenta carencias de insumos, incertidumbre laboral y presiones operativas, el instrumento constitucional diseñado precisamente para mejorar sus condiciones permanece sin efectos jurídicos plenos.

La falta de materialización de esta reforma no sólo retrasa la mejora salarial del personal sanitario, sino que envía un mensaje contradictorio respecto de las prioridades del Estado mexicano en materia de salud pública. Un sistema que aspira a ser universal y eficiente no puede sostenerse sobre la precarización de quienes lo operan. La dignificación salarial del personal sanitario no constituye únicamente una demanda laboral, sino una condición estructural para garantizar el derecho a la salud de la población.

Honorable asamblea

Garantizar un servicio de salud adecuado implica que, desde el interior de las instituciones públicas, se cuente con los insumos, materiales, medicamentos y personal necesarios para atender a la población, particularmente a quienes no cuentan con seguridad social. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), para 2024, 48.2 por ciento de las personas en México no tenía acceso a la seguridad social, lo que implica que el universo de población que depende del sistema público de salud continúa siendo amplio y creciente. Este escenario obliga al Estado a diseñar políticas públicas con planeación presupuestaria suficiente para cubrir las necesidades esenciales del sistema sanitario.

Sin embargo, el denominado Sistema de Salud para el Bienestar ha resultado insuficiente frente al contexto actual. Esta insuficiencia encuentra su origen en la falta de priorización presupuestaria, la cual no ha sido capaz de responder a la magnitud de la demanda sanitaria. Las consecuencias de esta situación se reflejan, en primer lugar, al interior de las propias instituciones de salud, donde el personal enfrenta carencias de insumos, equipo básico y condiciones operativas mínimas para cumplir con su labor.

La insuficiencia de recursos no sólo afecta la operación institucional, sino que tiene efectos directos sobre la ciudadanía. Cuando el sistema público falla, las personas se ven obligadas a recurrir a servicios privados, aun cuando el Estado está constitucionalmente obligado a garantizar el derecho a la protección de la salud. En este sentido, la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2023 del Inegi muestra que 51.1 por ciento de las personas usuarias del Insabi y 50.5 por ciento del IMSS-Bienestar tuvieron que pagar por servicios privados debido a deficiencias del sistema público. Asimismo, 67.0 por ciento de las personas usuarias del Insabi y 69.9 por ciento del IMSS-Bienestar reportaron saturación en hospitales y clínicas, lo que evidencia problemas estructurales de capacidad y organización.

Estos datos no son aislados. Forman parte de una tendencia que se ha consolidado desde 2018, caracterizada por decisiones de política pública que han debilitado la estructura del sistema sanitario. La eliminación del Seguro Popular y los cambios institucionales posteriores no han logrado compensar las necesidades existentes; por el contrario, la población con carencias por acceso a servicios de salud aumentó 18.6 por ciento entre 2016 y 2025, según mediciones oficiales. Ello demuestra que la política de gasto en salud no ha sido capaz de responder al crecimiento de la demanda ni de fortalecer las instituciones encargadas de atenderla.

La falta de recursos, planeación y fortalecimiento institucional ha generado un círculo vicioso: instituciones debilitadas, personal sin condiciones adecuadas y ciudadanos sin acceso efectivo a los servicios. En lugar de atender estas deficiencias estructurales, el gobierno ha privilegiado una narrativa de éxito que no se corresponde con la realidad operativa del sistema. A ello se suma la preocupación de que, en diversos casos, se han sancionado o removido a trabajadores que denuncian fallas institucionales, en lugar de atender las problemáticas señaladas.

Desde el Grupo Parlamentario del PRI sostenemos que el bienestar social no se construye mediante propaganda ni transferencias aisladas, sino mediante instituciones sólidas, con financiamiento suficiente y capacidad operativa real. Un sistema de salud funcional requiere insumos disponibles, personal capacitado y condiciones laborales dignas que permitan brindar servicios de calidad a la población.

Por ello, consideramos urgente que las autoridades que encabezan el Sistema Nacional de Salud atiendan las demandas del personal sanitario, tanto del IMSS-Bienestar como de la Secretaría de Salud en su calidad de dependencia coordinadora del sector. El diálogo institucional entre autoridades y trabajadores resulta indispensable para identificar las fallas del sistema y adoptar soluciones efectivas que garanticen el derecho a la salud.

Esta necesidad cobra mayor relevancia en el contexto actual, marcado por la presencia de brotes epidemiológicos como el de sarampión, que ponen a prueba la capacidad operativa del sistema sanitario. Para enfrentar estos retos, los hospitales y clínicas públicas deben contar con personal suficiente, insumos adecuados y mecanismos de coordinación eficaces. La atención a las demandas del personal de salud no sólo es un asunto laboral, sino una condición indispensable para proteger la salud de la población.

Para asegurar que IMSS-Bienestar sea efectivo, resulta indispensable disponer de una administración eficiente y de recursos financieros bastos. Esto abarca desde la solvencia presupuestaria hasta el abastecimiento oportuno de medicamentos e insumos médicos.

Es facultad y obligación constitucional de esta soberanía ejercer el control político y la supervisión de las acciones del Poder Ejecutivo federal, a fin de garantizar el cumplimiento pleno de los derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esta Cámara de Diputados no puede permanecer indiferente ante una crisis de salud pública cuyas causas y sus responsables son identificables donde los efectos recaen sobre las personas que poseen menos recursos como para enfrentarlos por cuenta propia.

Por estas razones se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y a la Dirección General del IMSS- Bienestar para que, en el ámbito de sus atribuciones, establezcan de manera inmediata una mesa de diálogo institucional de alto nivel con representación de las y los trabajadores del sector salud, particularmente del IMSS-Bienestar, a fin de atender sus legítimos reclamos relacionados con condiciones laborales, suministro de insumos médicos, certeza jurídica en los nombramientos y funcionamiento operativo del sistema.

Asimismo, se implementen acciones urgentes para garantizar el abastecimiento oportuno de medicamentos, material médico, equipo básico y recursos humanos suficientes en las unidades de salud que atienden a la población sin seguridad social, con especial atención en aquellas ubicadas en zonas rurales y marginadas.

Notas

1 La Comisión de Seguridad e Higiene (CSH) es un organismo bipartito y paritario obligatorio en los centros de trabajo mexicanos (según artículos 509 y 510 de la LFT y NOM-019-STPS-2011), conformado por representantes del patrón y trabajadores. Su función principal es investigar causas de accidentes/enfermedades, proponer medidas preventivas y verificar su cumplimiento para garantizar la salud laboral.

2 LAURELES, Jared y XANTOMILA, Jessica. Trabajadores del IMSS-Bienestar demandan a Sheinbaum intervenir para garantizar insumos médicos. Ciudad de México: La Jornada, 17 de febrero de 2026. Disponible en:

https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/02/17/sociedad/trabajad ores-del-imssbienestar-demandan-a-sheinbaum-intervenir-para-garantizar-insumos- medicos/

3 LAURELES, J. y XANTOMILA, J. “Trabajadores del IMSS-Bienestar demandan a Sheinbaum intervenir para garantizar insumos médicos”. En La Jornada [en línea]. 17 de febrero de 2026 [consulta el 19 de febrero de 2026]. Disponible en

https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/02/17/sociedad/trabajad ores-del-imssbienestar-demandan-a-sheinbaum-intervenir-para-garantizar-insumos- medicos

4 MENDEZ MÉNDEZ, Judith Senyacen. Gasto en salud para 2026: aumentos en hospitales y medicamentos; recortes en salud mental. Ciudad de México: Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), 7 de octubre de 2025. Disponible en:

https://ciep.mx/gasto-en-salud-para-2026-aumentos-en-hospitales -y-medicamentos-recortes-en-salud-mental/

5 CIEP, Gasto en salud para 2026..., en línea.

6 Ibidem

7 Ibidem.

8 CONSULTORSALUD. Radiografía salarial: ingresos de los trabajadores del sector salud. México: Consultorsalud, 5 de diciembre de 2023. Disponible en:

https://consultorsalud.com.mx/radiografia-salarial-ingresos-tra bajadores-salu/

9 ¿Cuánto pagará Jóvenes Construyendo el Futuro en 2026? Tiene un aumento del 13% — Programas para el Bienestar

10 GAMBOA, V. “Oposición exige publicar reforma sobre aumento de salario a policías, fuerzas armadas y médicos; fue aprobada desde 2024”. En El Universal [en línea]. 26 de diciembre de 2025 [consulta el 19 de febrero de 2026]. Disponible en

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/oposicion-exige-publicar- reforma-sobre-aumento-de-salario-a-policias-fuerzas-armadas-y-medicos-fue-aprob ada-desde-2024/

11 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. “En 2024, en México 38.5 millones de personas se encontraban en situación de pobreza multidimensional; 7.0 millones estaban en situación de pobreza extrema” [comunicado de prensa 118/25]. 13 de agosto de 2025 [consulta el 20 de febrero de 2026]. Disponible en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025 /pm/pm2025_08.pdf

12 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental ENCIG 2023. Principales Resultados [Material gráfico proyectable]. México. 2023

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Graciela Ortiz González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE REVISEN EN LOS DATOS OFICIALES RELATIVOS A LA MAGNITUD, PERSISTENCIA Y EXPANSIÓN TERRITORIAL DEL BROTE DE SARAMPIÓN, Y LA PERTINENCIA DE EMITIR UNA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA DE CARÁCTER NACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al CSG a revisar en los datos oficiales relativos a la magnitud, persistencia y expansión territorial del brote de sarampión en el país, la pertinencia de emitir una declaratoria de emergencia sanitaria de carácter nacional, a fin de fortalecer la coordinación interinstitucional y emitir directrices obligatorias que permitan contener de manera eficaz la propagación del virus, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Graciela Ortiz González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo conforme a las siguientes

Consideraciones

Durante décadas, México logró contener y prácticamente eliminar la transmisión del sarampión mediante campañas permanentes de vacunación, el fortalecimiento de su infraestructura médica y un sistema de vigilancia epidemiológica funcional; no obstante, en meses recientes se ha registrado un repunte alarmante de casos en distintas entidades federativas, situación que representa un retroceso inadmisible en materia de salud pública y pone en evidencia el deterioro del sistema sanitario nacional.

El sarampión es una enfermedad viral altamente contagiosa, causada por el virus perteneciente a la familia Paramyxoviridae del género Morbillivirus, cuyo único reservorio es el ser humano, y se transmite a través de gotículas suspendidas en el aire o por contacto directo con secreciones nasales o faríngeas de personas infectadas, presentando un periodo de transmisibilidad que abarca desde cuatro días previos hasta cuatro días posteriores al inicio del exantema. La población vulnerable ante esta enfermedad son los lactantes, desnutridos y adultos mayores, considerándose una enfermedad altamente contagiosa y peligrosa, ya que puede tener secuelas graves que van desde neumonía, encefalitis, ceguera y diarrea grave con deshidratación.

El 27 de septiembre de 2016, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) declararon a la región de las Américas libre de sarampión, consolidando a esta enfermedad como la quinta prevenible por vacunación en ser eliminada, después de la viruela, la poliomielitis, la rubéola y el síndrome de rubéola congénita. Este logro quedó documentado en el Manual de procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica del sarampión y la rubéola, publicado por la Secretaría de Salud, el cual da cuenta de la evolución histórica del sarampión en México hasta 2016 y constituye una fuente oficial que describe las características del virus, sus mecanismos de transmisión, así como las medidas de prevención y las estrategias de vigilancia epidemiológica implementadas para lograr su eliminación en el país.

A pesar de los antecedentes antes citados, el pasado 12 de marzo de 2025, la Dirección General de Epidemiología publicó el Aviso Epidemiológico CONAVE/02/2025/Sarampión, reportando 22 casos confirmados de sarampión a nivel nacional. A partir de ese momento, se encendieron las alertas con la propagación de esta enfermedad y la necesidad de actuar rápido para evitar una crisis sanitaria.

En el informe diario del brote de sarampión en México al 5 de febrero del presente año se han reportado 8 mil 459 casos confirmados de sarampión acumulados distribuidos en 32 entidades de la República y 265 municipios del país.

La información epidemiológica más reciente confirma que el brote de sarampión en México no sólo persiste, sino que ha adquirido una dimensión nacional alarmante. Entre 2025 y 2026 se han acumulado 8 mil 459 casos confirmados en el país, lo que demuestra que las medidas de contención implementadas han sido insuficientes y tardías. Este escenario evidencia que la transmisión del virus no ha sido interrumpida de manera efectiva y que la política de prevención y vacunación no ha logrado restablecer los niveles de protección necesarios para salvaguardar la salud pública, particularmente de la población infantil.

Resulta especialmente grave que, en este mismo periodo, se hayan registrado 27 defunciones asociadas al sarampión, de las cuales 25 ocurrieron en 2025 y 2 adicionales en 2026, tratándose de una enfermedad plenamente prevenible mediante vacunación. Estas defunciones no representan cifras abstractas, sino vidas perdidas que pudieron haberse evitado, y constituyen una falla directa del sistema de salud y una omisión en el deber del Estado de garantizar el derecho constitucional a la protección de la salud.

El análisis territorial del brote revela una concentración crítica en el estado de Chihuahua, que acumula 4 mil 502 casos confirmados, lo que representa aproximadamente 53.2 por ciento del total nacional de casos registrados entre 2025 y 2026. Asimismo, en dicha entidad se han documentado 21 de las 27 defunciones, es decir, casi 78 por ciento de las muertes asociadas al sarampión en todo el país, convirtiendo a Chihuahua en el principal foco rojo epidemiológico y en el ejemplo más evidente del fracaso de las acciones de contención implementadas hasta ahora.

Estados como Jalisco, Chiapas, Guerrero, Michoacán y Sinaloa presentan también casos activos, agregando también a la lista a entidades con mayores poblaciones urbanas, como la Ciudad de México y el Estado de México, reportando un mayor número de contagio, lo que evidencia una respuesta desigual y descoordinada entre niveles de gobierno.

Esta concentración desproporcionada de casos y defunciones pone de manifiesto la ausencia de una estrategia oportuna, focalizada y eficaz, pese a que desde fases tempranas del brote se contaba con información suficiente para anticipar su gravedad y reforzar las acciones preventivas en la entidad. La falta de respuesta adecuada permitió que el virus se propagara sin control, con consecuencias fatales para la población más vulnerable.

El análisis por grupos etarios confirma que el impacto del brote de sarampión se concentra de manera desproporcionada en la población infantil. El grupo de edad de 1 a 4 años es el más afectado, con mil 269 casos confirmados, seguido por las niñas y niños de 5 a 9 años, con mil 18 casos, y por el grupo de 25 a 29 años, con 932 casos, lo que evidencia una afectación transversal, pero particularmente grave entre la niñez. En términos de incidencia, los menores de un año presentan la tasa más elevada, con 49.10 casos por cada 100 mil habitantes, seguidos por el grupo de 1 a 4 años y de 5 a 9 años, con tasas de 14.81 y 9.61, respectivamente, lo que confirma que la falta de cobertura oportuna de vacunación ha colocado a los sectores más vulnerables en el centro de esta emergencia sanitaria.

Este rebrote no es producto del azar ni consecuencia de factores externos: es resultado directo del abandono, la improvisación y el fracaso de la política de salud pública del actual Gobierno federal. México pasa, en apenas unos años, de ser referente continental en vacunación infantil, a exhibir una de las coberturas más bajas de la región, con miles de niñas y niños desprotegidos ante enfermedades que deberían pertenecer al pasado.

Los datos anteriores no sólo describen un repunte epidemiológico, sino un fracaso estructural del Estado mexicano en su deber de proteger la salud pública. La alarmante expansión del sarampión refleja la ruptura de la cadena nacional de vacunación y la ineficiencia de la administración sanitaria federal para garantizar la distribución oportuna de biológicos, insumos médicos y personal calificado en las entidades federativas.

En los últimos años, la reconfiguración constante del sistema de salud —caracterizada por la desaparición del Seguro Popular, la implementación fallida del Insabi y la transición improvisada hacia el IMSS-Bienestar— ha provocado vacíos administrativos, descoordinación logística y un desabasto sostenido de medicamentos y vacunas a nivel nacional. A ello se suma la cancelación o debilitamiento de campañas masivas de vacunación y de sensibilización ciudadana, lo que ha derivado en una disminución significativa de la cobertura nacional de inmunización infantil, colocándola por debajo de los niveles mínimos recomendados por la Organización Mundial de la Salud.

Diversos reportes periodísticos y análisis especializados han documentado que, durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, se dejaron de aplicar millones de vacunas del esquema básico infantil, generando un incremento alarmante de niñas y niños sin ninguna dosis. Tan sólo en 2024, más de 340 mil menores no recibieron ninguna vacuna, lo que especialistas han calificado como un retroceso histórico y una amenaza directa a la salud pública. Esta reducción sostenida en la aplicación de vacunas ha sido atribuida a fallas en la planeación, compra y distribución de biológicos, así como a la desarticulación institucional del sistema de salud.

En este contexto, el repunte del sarampión no constituye un hecho fortuito ni un fenómeno epidemiológico aislado, sino una consecuencia previsible de políticas públicas erráticas, centralistas y carentes de una estrategia preventiva integral. La decisión del Gobierno federal de concentrar competencias, recursos y responsabilidades en un solo modelo de atención ha debilitado la capacidad operativa y preventiva de las entidades federativas, reduciendo su margen de acción y poniendo en riesgo a millones de niñas, niños y personas en situación de vulnerabilidad.

El sarampión —una enfermedad que México había logrado erradicar hace casi tres décadas— ha reaparecido como resultado directo de la negligencia gubernamental, de la mala planeación en la adquisición y distribución de vacunas y de la fragmentación del sistema nacional de salud. Este rebrote ha encendido alertas a nivel regional e internacional, al grado de que organismos internacionales han advertido que México podría perder su estatus como país libre de sarampión si no se actúa con prontitud y eficacia.

El sarampión ya es una emergencia sanitaria

La magnitud, persistencia y expansión territorial del brote de sarampión que enfrenta actualmente el país obligan a replantear su tratamiento institucional como un asunto ordinario de salud pública. La presencia sostenida de casos en múltiples entidades federativas, el número creciente de contagios y defunciones evitables, así como la afectación desproporcionada a la población infantil, configuran un escenario que rebasa la capacidad de respuesta regular del sistema sanitario y exige una actuación extraordinaria del Estado mexicano.

En este contexto, resulta indispensable que el Consejo de Salubridad General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, revise formalmente la situación del sarampión en el país y valore su atención como una emergencia sanitaria de alcance nacional.

A diferencia de otros episodios epidemiológicos, el actual brote de sarampión reviste una gravedad particular al tratarse de una enfermedad plenamente prevenible mediante vacunación, lo que convierte cada contagio grave y cada defunción en una falla institucional evitable. La eventual intervención del Consejo de Salubridad General permitiría fortalecer la coordinación interinstitucional, emitir directrices obligatorias para todas las autoridades sanitarias del país y priorizar acciones extraordinarias de vacunación, vigilancia epidemiológica y comunicación preventiva. La omisión de este análisis no sólo prolonga el riesgo sanitario, sino que debilita la capacidad del Estado para cumplir con su obligación constitucional de garantizar el derecho a la protección de la salud, particularmente de niñas y niños.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General para que, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, revise de manera urgente, con base en los datos oficiales relativos a la magnitud, persistencia y expansión territorial del brote de sarampión en el país, la pertinencia de emitir una declaratoria de emergencia sanitaria de carácter nacional, a fin de fortalecer la coordinación interinstitucional y emitir directrices obligatorias que permitan contener de manera eficaz la propagación del virus.

Asimismo, se exhorta al Consejo de Salubridad General para que, en coordinación con la Secretaría de Salud del Gobierno federal y las autoridades sanitarias de las entidades federativas, impulse e implemente una estrategia nacional urgente e integral, que priorice la vacunación masiva, particularmente en las entidades federativas con mayor incidencia de casos, refuerce la vigilancia epidemiológica intensiva y garantice la protección de la población infantil y de los grupos en situación de mayor vulnerabilidad, asegurando una respuesta oportuna y eficaz frente a una enfermedad prevenible que hoy representa un riesgo grave para la salud pública.

Notas

1 Dirección General de Epidemiología. (2025a, 12 de marzo). Aviso Epidemiológico CONAVE/02/2025/Sarampión. Secretaría de Salud.

https://www.gob.mx/salud

2 Dirección General de Epidemiología. (2025a, 12 de marzo). Aviso Epidemiológico CONAVE/02/2025/Sarampión. Secretaría de Salud.

https://www.gob.mx/salud

3 Secretaría de Salud de México. (2019). Manual de procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica del sarampión y la rubéola.

4 Dirección General de Epidemiología. (2025a, 12 de marzo). Aviso Epidemiológico CONAVE/02/2025/Sarampión. Secretaría de Salud.

https://www.gob.mx/salud

5 Secretaría de Salud. (2026, 23 de enero). Informe diario del brote de sarampión en México [PDF]. Gobierno de México.

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1051422/INFORME_ DIARIO_SARAMPION_20260123.pdf

6 El País. Más de 340.000 niños en México no recibieron ninguna vacuna en 2024. Edición México, julio de 2025.

7 La Crónica de Hoy. Desde el sexenio de AMLO se dejó de vacunar: especialistas advierten retroceso histórico. Enero de 2026.

8 El País. México tiene dos meses para contener el brote de sarampión y no perder el estatus de país libre de la enfermedad. Enero de 2026.

Palacio Legislativo de San Lazaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Graciela Ortiz González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA GN Y LA SEDENA, A COORDINAR ACCIONES PARA REFORZAR EL BLINDAJE Y LA PROTECCIÓN A LA CIUDADANÍA, CON LAS CORPORACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES, SUS MUNICIPIOS Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS COLINDANTES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la GN y a la Sedena a coordinar acciones para reforzar el blindaje y la protección a la ciudadanía, con las corporaciones de seguridad pública de los distintos niveles de gobierno en el estado de Aguascalientes, sus municipios y las entidades federativas colindantes, ante los hechos violentos y bloqueos registrados en diversas entidades del país, con motivo del operativo de seguridad realizado por fuerzas federales en la mañana del domingo 22 de febrero del presente año, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Humberto Ambriz Delgadillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79 numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones I y III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a escrutinio de esta soberanía las siguientes

Consideraciones

Primera. El domingo 22 de febrero del presente año, fuerzas armadas federales dieron un golpe al crimen organizado en el estado de Jalisco, lo que derivó en bloqueos en diversas carreteras y hechos violentos dentro del estado de Aguascalientes, afectando el patrimonio de las personas a las que les fueron arrebatados sus vehículos y que fueron utilizados para los bloqueos e incendiados en el lugar, afectando con esto los comercios, el traslado de las personas, el desarrollo normal de sus actividades, motivo que originó pánico entre la población y familias en el estado de Aguascalientes y los estados colindantes.

Segunda. Debido a lo anterior, las familias en el estado de Aguascalientes han sido afectadas en su tranquilidad, el empleo, los comercios y los estudios al no poderse trasladar de manera normal y segura, vulnerando sus derechos, su patrimonio, hasta el momento no existe la certeza de la duración en los acontecimientos ocurridos hace dos días, no hay un plazo cierto para garantizar la seguridad y tranquilidad del país, por lo que solicito el apoyo de esta asamblea para que la presente proposición sea considerada de urgente y obvia resolución para exhortar a los titulares de la Guardia Nacional y de la Secretaría de la Defensa Nacional para que, dentro de sus atribuciones, coordinen con los diferentes órganos de gobierno en materia de seguridad pública dentro del estado de Aguascalientes, las acciones necesarias para garantizar que los derechos de las y los ciudadanos en el estado no se sigan vulnerando por estos hechos, y que acudan al llamado para reforzar el blindaje en el estado de Aguascalientes y estados colindantes, garantizando con ello la estabilidad de las familias y el apoyo en situaciones críticas como las que actualmente enfrenta gran parte del país.

Por lo anterior, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Guardia Nacional y de la Secretaría de la Defensa Nacional, para que coordinen acciones para reforzar el blindaje y la protección a la ciudadanía, con las diferentes corporaciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno dentro del estado de Aguascalientes, sus municipios y los estados colindantes, debido al operativo llevado a cabo la mañana de este domingo 22 de febrero del presente año, por las fuerzas federales, mismo que derivó en hechos violentos y bloqueos en varios estados de la República Mexicana.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Humberto Ambriz Delgadillo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



EXHORTO A LOS GOBERNADORES DE PUEBLA Y TLAXCALA, A TRANSPARENTAR LOS ACTOS DE INVESTIGACIÓN QUE SE DESARROLLARON A RAÍZ DE LA BÚSQUEDA Y LOCALIZACIÓN DE ALEJANDRO AGUSTÍN TELLO OLMEDO Y SU ESPOSA KARINA DE LOS ÁNGELES RUIZ RUIZ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobernador del estado de Puebla y a la gobernadora del estado de Tlaxcala, a través de las instancias correspondientes, a transparentar los actos de investigación que se desarrollaron a raíz de la búsqueda y localización de Alejandro Agustín Tello Olmedo y su esposa, Karina de los Ángeles Ruiz Ruiz, suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, Rubén Ignacio Moreira Valdez y Xitlalic Ceja García, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción 1; y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de los siguientes

Considerandos

El estado de Puebla enfrenta una grave crisis de inseguridad que afecta a toda su población; de hecho, desde que Alejando Armenta es gobernador se ha observado un incremento en los delitos del fuero común. Según la Encuesta Nacional sobre percepción de inseguridad del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 78.2 por ciento de la población de esta entidad federativa se siente insegura. Este dato ubica a Puebla como una de las entidades con mayor percepción de inseguridad de todo México.

A decir verdad, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a diciembre de 2025 se registró un total de 82 mil 122 delitos de alto impacto de fuero común. Este dato revela un incremento de 2.6 por ciento de incidencia delictiva con relación al año inmediato anterior, pues en 2024, se registró un total de 80 mil delitos, es decir 2 mil 117 delitos menos.

Por su parte, de acuerdo con el Sistema Nacional de Personas Desaparecidas, no Localizadas y localizadas del 14 de diciembre de 2024 (año que inició la gestión del gobierno actual de Puebla) al 21 de febrero de 2026 se ha realizado 2 mil 261 reportes de personas desaparecidas y no localizadas, de todas ellas 370 están oficialmente desaparecidas y 154 fueron localizadas sin vida.

Asimismo, si se analizan la información del estado de Puebla en relación con las demás entidades federativas se advierte que en el mismo periodo Puebla se ubicó entre los cinco estados de la República con mayor número de reportes de desapariciones. Lo anterior releva la existencia de un grave problema de seguridad que recientemente se problematizó aún más cuando se dio a conocer la noticia de la desaparición de un matrimonio que posteriormente apareció sin vida.

De acuerdo con la información disponible, Alejandro Agustín Tello Olmedo y su esposa, Karina de los Ángeles Ruiz Ruiz, desaparecieron el 19 de febrero luego de haber sido vistos por última vez en la colonia Villa Vista en la ciudad de Puebla. De acuerdo con la narración de los hechos, ese día fueron a dejar a sus hijos en la escuela Instituto Oriente, después aproximadamente a las 8: 00 de la mañana se dirigieron a la ciudad de Tlaxcala a bordo de su vehículo Volkswagen Jetta blanco.

Las investigaciones de la Fiscalía del Estado de Puebla revelan que lograron identificar un vehículo con las características del de las víctimas que llegó al centro de Tlaxcala alrededor de las 9: 56 de la mañana, de ahí se fue junto con otro automóvil por la carretera Tlaxcala-Apizaco hasta llegar a las inmediaciones de Tlaxco a las 11: 10, horas, a partir de ese momento se desconoce lo que ocurrió. Pues el vehículo fue localizado en el libramiento Instituto Politécnico, a la altura del SAT, La Trinidad, Tepehitec, estado de Tlaxcala y los cuerpos sin vida de las víctimas finalmente fueron encontrados en la localidad de La Rinconada, en el estado de Puebla.

Estos lamentables hechos son un síntoma de la grave crisis de seguridad que se vive en el estado de Puebla, y la falta de acción oportuna por parte de las autoridades. Si bien es cierto que el gobernador del Estado ha intentado deslindarse de la responsabilidad (alegando que la desaparición se dio en Tlaxcala) la realidad es que los hechos sucedieron en el estado de Puebla de donde también son originarias las víctimas.

De hecho, tan sólo en enero de 2026 se registraron 46 desapariciones, el doble de las reportadas en 2025, lo que representa un incremento de 105 por ciento de este delito. Asimismo, es de destacar que la ciudad capital concentra la mitad del total de casos registrados por el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, no localizadas y localizadas.

Es precisamente por lo anterior que resulta fundamental explorar todas las líneas de investigación y garantizar la reparación integral del daño de las víctimas indirectas, pues los hechos han generado una conmoción dentro de la comunidad; hoy las desapariciones, los secuestros y los homicidios en el estado son una realidad que atenta contra la seguridad y el bienestar de todos los pobladores.

Por lo anterior, se presenta el siguiente punto de acuerdo con el objetivo de exhortar al gobierno del Puebla y de Tlaxcala para que, a través de su gobernador y gobernadora, se realicen acciones contundentes centradas en atender el fenómeno de las desapariciones y los secuestros. Además, se insta a crear una estrategia metropolitana en la cual se atienda la zona carretera entre los estados de Puebla y Tlaxcala.

Por lo anteriormente expuesto se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Puebla y a la gobernadora del estado de Tlaxcala para que, a través de las instancias correspondientes, transparente los actos de investigación que se desarrollaron a raíz de la búsqueda y localización de Alejandro Agustín Tello Olmedo y su esposa, Karina de los Ángeles Ruiz Ruiz.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Puebla para que a través de la Comisión Estatal de Búsqueda fortalezcan los protocolos de búsqueda e identificación de personas.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comandancia de la Guardia Nacional para que, en coordinación con los gobiernos de los estados de Puebla y Tlaxcala, fortalezcan los operativos de vigilancia que garanticen la seguridad de la población en los tramos carreteros entre Tlaxcala y Puebla.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las Fiscalías Generales del Estado de Puebla y del Estado de Tlaxcala para que coordinadamente realicen las debidas diligencias que permitan el ejercicio de la acción penal en contra del o de los presuntos responsables de los hechos considerados como delitos en contra de Alejandro Agustín Tello Olmedo y Karina de los Ángeles Ruiz Ruiz, para así lograr su castigo.

Notas

1 INEGI Distribución del porcentaje de la población de 18 años y más, por entidad federativa según percepción de la inseguridad en su entidad federativa, entre marzo y abril 2025.

https://www.inegi.org.mx/temas/percepcion/

2 https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/datos-abiertos-de-incidencia-del ictiva

3 https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx/Dashboard/Sociodemografico

4 https://www.tvazteca.com/aztecanoticias/alejandro-agustin-tello-olmedo-karina-a ngeles-ruiz-ruiz-padres-desaparecidos-puebla/

5 https://www.tvazteca.com/aztecanoticias/alejandro-agustin-tello-olmedo-karina-a ngeles-ruiz-ruiz-padres-desaparecidos-puebla/

6 https://www.e-consulta.com/nota/2026-02-08/sociedad/en-enero-45-desaparecidos-e n-puebla-en-el-ano-pasado-22

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado y diputada: Rubén Ignacio Moreira Valdez, Xitlalic Ceja García (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO A LA CONDUSEF, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA ESPECIAL DE SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO PARA LOS ASEGURADOS CUYOS VEHÍCULOS O BIENES HAYAN SIDO ROBADOS O DAÑADOS CON MOTIVO DE LOS HECHOS VIOLENTOS REGISTRADOS TRAS EL OPERATIVO FEDERAL REALIZADO EL PASADO 22 DE FEBRERO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Condusef a implementar un programa especial de supervisión y acompañamiento para los asegurados cuyos vehículos o bienes hayan sido robados o dañados con motivo de los hechos violentos registrados tras el operativo federal realizado el 22 de febrero de 2026, suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Considerandos

A finales del febrero del presente año, el Estado mexicano logró abatir al líder y fundador del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), durante un operativo de seguridad realizado por fuerzas federales en el municipio de Tapalpa, Jalisco. Este hecho sin duda alguna ha sido uno de los golpes más significativos al crimen organizado en el país. La operación, ejecutada el 22 de febrero de 2026 por el Ejército Mexicano en coordinación con la Guardia Nacional y apoyada con información de inteligencia internacional, generó un intenso enfrentamiento armado. Oseguera Cervantes El Mencho, resultó herido durante el operativo y falleció mientras era trasladado para recibir atención médica, poniendo fin a más de una década de liderazgo incontestable en el narcotráfico nacional.

La muerte del líder del CJNG desató una oleada inmediata de violenta represalia en múltiples regiones del país. Integrantes y células del cártel emprendieron una serie de acciones que incluyeron bloqueos carreteros, incendios de vehículos, ataques armados contra infraestructura y enfrentamientos en zonas urbanas y rurales. Las reacciones, coordinadas y de gran escala, se reportaron en al menos 20 de las 32 entidades federativas, con incidencia notable en estados como Jalisco, Guanajuato, Michoacán, Tamaulipas, Nayarit y Colima.

En Jalisco, las consecuencias fueron particularmente severas. Ciudades como Guadalajara y zonas metropolitanas cercanas a Tapalpa vivieron momentos de tensión extrema, con reportes de quema de vehículos, suspensión de actividades cotidianas y restricciones de movilidad ante la presencia de grupos armados. Además, las autoridades emitieron alertas y declararon medidas extraordinarias de seguridad para contener los disturbios y proteger a la población civil frente a la violencia desatada.

Las autoridades federales y estatales han confirmado que las operaciones derivadas del abatimiento del líder criminal dejaron un saldo significativo de víctimas entre miembros de las fuerzas de seguridad, con decenas de elementos fallecidos o heridos, así como múltiples detenidos vinculados al grupo delictivo. Estas cifras reflejan la magnitud de la respuesta violenta y los retos que enfrenta el Estado mexicano para restablecer el orden y garantizar la seguridad de la población.

Los hechos recientes no sólo tienen implicaciones en materia de seguridad pública, sino también en el ámbito social y económico. La inestabilidad generada ha provocado suspensiones de actividades comerciales, educativas y de servicios básicos en diversas localidades; alertas de seguridad emitidas por misiones diplomáticas extranjeras, e inquietudes crecientes sobre el impacto en sectores como el turismo y la inversión.

Uno de los asuntos más preocupantes para las familias mexicanas afectadas por la ola de violencia fue el incendio que, de acuerdo con cifras reportadas por diversos medios de comunicación, de más de 600 vehículos —631 unidades según los reportes preliminares— muchos de los cuales fueron posteriormente incendiados como parte de acciones de bloqueo y violencia coordinada. A ello deben sumarse los daños a viviendas, establecimientos comerciales y otras propiedades privadas que quedaron atrapadas en los hechos.

Detrás de cada cifra hay una familia que perdió su medio de transporte, su herramienta de trabajo o su patrimonio. Para muchos trabajadores, el vehículo no es un lujo: es su instrumento diario de subsistencia.

Sin embargo, a la tragedia material se suma ahora una nueva preocupación: múltiples afectados han comenzado a señalar que las aseguradoras están cuestionando la procedencia de los pagos bajo el argumento de que los daños no encuadran como “robo total”, sino como vandalismo, disturbio civil o incendio derivado de alteraciones al orden público, coberturas que en muchas pólizas contienen exclusiones o límites distintos.

Aquí es donde el problema deja de ser únicamente penal y se convierte en un conflicto técnico—jurídico de enorme impacto social. Si a una persona la bajan de su vehículo mediante intimidación o violencia y posteriormente ese vehículo aparece incendiado, jurídicamente estamos frente a un despojo violento, es decir, un robo con violencia. El incendio posterior no altera la causa eficiente del daño; es consecuencia del acto ilícito inicial. En términos aseguradores, el evento cubierto es el robo total.

No es lo mismo afirmar en una denuncia que “el vehículo fue incendiado en un bloqueo”, que establecer con claridad que “fui despojado con violencia y posteriormente el vehículo fue incendiado”. La causa jurídica importa.

Las aseguradoras, como es natural en su actividad, litigan la causalidad. Si logran sostener que el daño provino de un acto excluido —motín, disturbio civil, vandalismo— y no de un robo cubierto, pueden negar el pago. Por ello, la tipificación del hecho y la narrativa jurídica del siniestro se vuelven determinantes.

El riesgo es evidente: que las víctimas de estos hechos no sólo enfrenten la pérdida material derivada de la violencia, sino también una segunda afectación al quedar atrapadas en controversias técnicas con sus aseguradoras.

No podemos permitir que, en un contexto de crisis de seguridad, las familias mexicanas queden en un limbo jurídico entre la violencia criminal y la interpretación restrictiva de cláusulas contractuales.

Al respecto, la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) calificó los hechos como un evento atípico, dada la magnitud y simultaneidad de los siniestros registrados en diversas entidades del país tras el operativo federal. Según datos oficiales de la propia AMIS, se robaron 631 vehículos asegurados en todo el país, y del total de casos reportados 396 ocurrieron únicamente en el estado de Jalisco, lo que equivale a más de treinta veces el promedio diario de robos que se tenía en condiciones ordinarias. Detrás de Jalisco le siguieron Michoacán, con 101 unidades y Nayarit con 80, concentrando estas tres entidades 92 por ciento de los casos reportados, mientras que en Guanajuato se identificaron 10 vehículos más afectados y 44 en otras entidades del territorio nacional.

La propia asociación reconoció la excepcionalidad del fenómeno, lo cual implica que ni las autoridades ni el sector asegurador habían enfrentado previamente una situación de esta dimensión, con un número tan elevado de robos cometidos en un contexto de violencia generalizada.

Esta condición extraordinaria confirma que no estamos ante un incremento ordinario de siniestros aislados, sino frente a una afectación masiva que demanda una respuesta institucional coordinada y una atención jurídica integral. De lo contrario, existe el riesgo de que las víctimas resulten doblemente perjudicadas: primero por la violencia que les arrebató su patrimonio, y posteriormente por la reclasificación técnica del siniestro que limita o incluso niega la indemnización correspondiente, aun cuando jurídicamente se configure un robo con violencia como causa eficiente del daño.

Además de los siniestros sobre vehículos particulares, los disturbios violentos provocados tras los hechos también ocasionaron daños directos a negocios y comercios locales, cuyas pérdidas impactan de manera desproporcionada a pequeños propietarios y familias que dependen de su actividad económica diaria para subsistir. En Jalisco y zonas metropolitanas cercanas se reportaron diversos establecimientos afectados, incluyendo gasolineras, tiendas de conveniencia y farmacias de barrio, con sus instalaciones dañadas por incendios, saqueos o por el fuego cruzado generado en los bloqueos y enfrentamientos entre grupos delincuenciales y fuerzas de seguridad.

Estas afectaciones no se limitan a los daños materiales observados en el lugar de los hechos. En entidades donde no se registraron incidentes de violencia directa, el temor generalizado llevó al cierre preventivo de comercios y a pérdidas económicas significativas. Por ejemplo, la Cámara Nacional de Comercio de Querétaro estimó que los cierres anticipados de establecimientos —incluyendo pequeños negocios locales— generaron pérdidas valoradas en decenas de millones de pesos en una sola jornada, reflejando cómo la percepción de inseguridad se traduce en impacto económico para las familias y emprendedores que sostienen la economía cotidiana.

Honorable asamblea

Frente a este escenario, el Estado mexicano no puede limitarse a celebrar un golpe estratégico al crimen organizado sin asumir plenamente las consecuencias sociales y económicas que derivan de las reacciones violentas que dicho operativo generó. La seguridad pública no puede medirse únicamente por la captura o abatimiento de objetivos prioritarios; también debe evaluarse por la capacidad institucional de proteger el patrimonio y la estabilidad de las familias que quedan atrapadas en la espiral de violencia.

No es aceptable que cientos de ciudadanos que fueron víctimas de despojo violento hoy enfrenten una segunda batalla, ahora en el ámbito administrativo y asegurador, para poder recuperar lo que legítimamente contrataron y pagaron. La violencia criminal no puede convertirse en una excusa para que las víctimas carguen solas con las consecuencias económicas de una crisis de seguridad.

La excepcionalidad reconocida por la propia Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros confirma que estamos ante un fenómeno extraordinario. Y ante circunstancias extraordinarias, la respuesta del Estado debe ser igualmente extraordinaria. Se requiere supervisión efectiva, acompañamiento institucional y certeza jurídica para garantizar que ninguna familia quede desprotegida por interpretaciones restrictivas o reclasificaciones técnicas que desconozcan la verdadera naturaleza de los hechos.

La protección al consumidor financiero no puede ser una declaración retórica. En momentos de crisis, es cuando más se prueba la fortaleza del marco institucional. La autoridad hacendaria, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y los órganos supervisores del sector asegurador deben actuar con prontitud para garantizar que los derechos contractuales de los asegurados sean respetados y que la causa eficiente del daño sea valorada conforme a derecho.

Porque si el Estado actúa para combatir al crimen, también debe actuar para proteger a quienes sufren las consecuencias colaterales de esa confrontación. No puede haber victoria institucional si las familias mexicanas terminan desamparadas.

Por estas razones se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que, en el ámbito de sus atribuciones, instruya a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), a implementar un programa especial de supervisión y acompañamiento para los asegurados cuyos vehículos o bienes hayan sido robados o dañados con motivo de los hechos violentos registrados tras el operativo federal realizado el 22 de febrero de 2026, a fin de garantizar que las reclamaciones sean resueltas conforme a derecho y sin reclasificaciones indebidas que perjudiquen a las víctimas.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía y a las autoridades estatales competentes, para que, en coordinación con los gobiernos municipales, diseñen e implementen un programa emergente de apoyo dirigido a pequeños comercios y negocios locales que hayan sufrido daños materiales derivados de los hechos de violencia, priorizando a micro y pequeñas empresas cuya operación cotidiana constituye el sustento de familias trabajadoras.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Servicio de Administración Tributaria, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para que suspendan el cobro de contribuciones y otorguen prórrogas temporales en el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social para las personas físicas con actividad empresarial y empresas, beneficiando preferentemente a micro, pequeños y medianos negocios ubicados en las zonas afectadas, hasta en tanto se restablezcan plenamente las condiciones de normalidad económica.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República y a las fiscalías estatales correspondientes, para que agilicen la integración de las carpetas de investigación relacionadas con los robos y daños cometidos, a fin de que las víctimas cuenten con la documentación necesaria para sustentar sus reclamaciones aseguradoras y acceder a la reparación del daño.

Notas

1 La Jornada: Abate el Ejército a El Mencho

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Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



PROGRAMAS Y ACCIONES PARA APOYAR A LOS PRODUCTORES PECUARIOS AFECTADOS POR EL GUSANO BARRENADOR

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas dependencias del gobierno federal, a implementar programas y acciones para apoyar a los productores pecuarios afectados por el gusano barrenador, a fin de proteger la industria ganadera nacional y contribuir a la estabilidad de precios internos, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen.



EXHORTO A LA STPS, A FORTALECER LAS INSPECCIONES, ASÍ COMO LAS ACCIONES DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LA DENOMINADA LEY SILLA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS, a fortalecer las inspecciones, así como las acciones de difusión y sensibilización relativas al cumplimiento de la denominada Ley Silla, en coordinación con las secretarías del trabajo de las entidades federativas, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



SE ESTABLEZCA UNA ESTRATEGIA A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO QUE PERMITA GARANTIZAR LA SEGURIDAD EN LAS PRINCIPALES RUTAS CARRETERAS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSPC, en coordinación con la Dirección General de Seguridad en carreteras de la Guardia Nacional, a establecer una estrategia a corto, mediano y largo plazo que permita garantizar la seguridad en las principales rutas carreteras del país, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



EXHORTO A LA ANAM Y AL SAT, A ESTABLECER MECANISMOS DE DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL DE LOS CRITERIOS, TRÁMITES, CAMPAÑAS, REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR, ACUERDOS ADMINISTRATIVOS Y DEMÁS NORMATIVA EN MATERIA ADUANERA, PARA DAR CERTEZA JURÍDICA A LAS Y LOS CIUDADANOS QUE CRUZAN POR LA ADUANA ACUÑA DEL RÍO

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ANAM y al SAT, a establecer mecanismos de difusión y comunicación social de los criterios administrativos y operativos, trámites, campañas de verificación, reglas generales de comercio exterior, acuerdos administrativos emitidos por el ejecutivo y demás normativa en materia aduanera, para fortalecer su transparencia operativa y dar certeza jurídica a las y los ciudadanos que cruzan por la aduana Acuña del Río, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO AL INE, A FORTALECER LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL, EN MATERIA DE DESAFILIACIÓN A PARTIDOS POLÍTICOS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE, a fortalecer la capacitación del personal, en materia de desafiliación a partidos políticos, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



EXHORTO A LA SEDENA, A FUNDAMENTAR JURÍDICAMENTE LOS CRITERIOS DE CONTROL, REGISTRO Y VIGILANCIA RELATIVOS A LOS RIFLES CALIBRE .22 DE PLATAFORMA TÁCTICA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena, a fundamentar jurídicamente los criterios de control, registro y vigilancia relativos a los rifles calibre .22 de plataforma táctica, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



SE FORTALEZCAN LOS MECANISMOS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL PARA PREVENIR LA EXPEDICIÓN Y USO DE ACTAS DE NACIMIENTO APÓCRIFAS EN TRÁMITES DE IDENTIDAD Y PASAPORTES, A PARTIR DE LOS CASOS DETECTADOS EN FILIPINAS Y LOS ESTADOS DE LA FRONTERA SUR DEL PAÍS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a la Segob y a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, a fortalecer los mecanismos de verificación y control para prevenir la expedición y uso de actas de nacimiento apócrifas en trámites de identidad y pasaportes, a partir de los casos detectados en Filipinas y los estados de la frontera sur del país, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A SUSPENDER LAS EXTRACCIONES EXTRAORDINARIAS DE LA PRESA LA AMISTAD QUE COMPROMETAN EL NIVEL MÍNIMO OPERATIVO PARA EL ABASTECIMIENTO DE COMUNIDADES MEXICANAS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a la Conagua y a la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas, a suspender las extracciones extraordinarias de la presa la amistad que comprometan el nivel mínimo operativo para el abastecimiento de comunidades mexicanas, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



SE AGILICE EL INICIO DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN A CUATRO CARRILES DE LA CARRETERA FEDERAL 57, TRAMO SALTILLO-MONCLOVA, DURANTE LA PRIMERA MITAD DEL EJERCICIO FISCAL ANUAL

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT, a agilizar el inicio de la construcción de la ampliación a cuatro carriles de la carretera federal 57, tramo Saltillo-Monclova, durante la primera mitad del Ejercicio Fiscal anual, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



SE DETENGAN LOS DECOMISOS ARBITRARIOS DE VEHÍCULOS QUE YA CUENTAN CON HOLOGRAMA DE REGULARIZACIÓN Y SE REALICEN REVISIONES Y AUDITORÍAS EXHAUSTIVAS SOBRE LOS PROCESOS DE VALIDACIÓN EN EL REPUVE

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ANAM, al SAT, al secretariado ejecutivo del SESNSP y a la SABG a detener los decomisos arbitrarios de vehículos que ya cuentan con holograma de regularización y a realizar revisiones y auditorías exhaustivas sobre los procesos de validación en el REPUVE, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



SE REALICE UN ESTUDIO DEL TAMAÑO Y PERSPECTIVA ECONÓMICA Y DE CRECIMIENTO DEL MERCADO DE PRÁCTICA DE TIRO, COMPETENCIA Y CAZA EN MÉXICO, Y SE SIMPLIFIQUEN LAS MEDIDAS REGULATORIAS PARA INCENTIVAR SU CRECIMIENTO Y POTENCIAR ECONÓMICAMENTE AL SECTOR

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena, a la CNA y a la ATDT, a realizar un estudio del tamaño y perspectiva económica y de crecimiento del mercado de práctica de tiro, competencia y caza en México, y simplificar las medidas regulatorias para incentivar su crecimiento y potenciar económicamente al sector, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



SE FORTALEZCA EL PROGRAMA DE VACUNACIÓN UNIVERSAL, A FIN DE RECUPERAR LOS NIVELES DE COBERTURA, GARANTIZAR EL ABASTO SOSTENIBLE Y LA APLICACIÓN OPORTUNA DE LAS VACUNAS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a fortalecer de manera urgente el programa de vacunación universal, a fin de recuperar los niveles de cobertura, garantizar el abasto sostenible y la aplicación oportuna de las vacunas, ante el riesgo epidemiológico por el resurgimiento de enfermedades prevenibles en México, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



ELABORACIÓN DE UNA NORMA OFICIAL MEXICANA PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE DEFECTOS DE REFRACCIÓN O PROBLEMAS DE CORRECCIÓN ÓPTICA EN ESCOLARES DE EDUCACIÓN BÁSICA POR EL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, en coordinación con la Secretaría de Salud a promover la elaboración de una norma oficial mexicana para la prevención y control de defectos de refracción o problemas de corrección óptica en escolares de educación básica por el uso de dispositivos electrónicos, en beneficio de la salud ocular de estudiantes de nivel básico en escuelas públicas y privadas del país, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA PROFECO, A FORTALECER LA DIFUSIÓN, VERIFICACIÓN Y, EN SU CASO, SANCIÓN, RESPECTO DE LA PRÁCTICA DE TIENDAS DEPARTAMENTALES Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE EXIGIR LA REVISIÓN DE TICKETS DE COMPRA A LA SALIDA DE ESTABLECIMIENTOS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a fortalecer la difusión, verificación y, en su caso, sanción, respecto de la práctica de tiendas departamentales y establecimientos comerciales de exigir la revisión de tickets de compra a la salida de establecimientos, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A LA STPS, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA SOCIAL DE SEGURO DE DESEMPLEO PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES QUE ESTÁN PERDIENDO SU EMPLEO EN EL SECTOR AUTOMOTRIZ Y MANUFACTURERO

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS, a implementar un programa social de seguro de desempleo para trabajadoras y trabajadores que están perdiendo su empleo en el sector automotriz y manufacturero, a fin de mitigar el impacto socioeconómico de la crisis laboral que atraviesa nuestra región fronteriza, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



EXHORTO AL PODER EJECUTIVO, A CONSIDERAR REGRESAR EL ESTÍMULO QUE FOMENTA LA REGULARIZACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo, a considerar regresar el estímulo que fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, conocido comúnmente como regularización de autos chocolate, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A LA CFE, A ESTABLECER UNA TARIFA ELÉCTRICA ESPECIAL PARA LOS SISTEMAS MUNICIPALES Y PARAESTATALES DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO

Proposición conn punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE, a establecer una tarifa eléctrica especial para los sistemas municipales y paraestatales de agua potable y saneamiento, con el fin de garantizar el derecho humano al agua, mejorar la sostenibilidad financiera de los organismos operadores y propiciar tarifas de agua más accesibles para las y los mexicanos, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LA CFE, A REALIZAR MANTE-NIMIENTO INTEGRAL DE LA INFRAESTRUCTURA Y LAS REDES DE SUMINISTROS DE ENERGÍA EN COAHUILA DE ZARAGOZA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE, a que realice un mantenimiento integral de la infraestructura y las redes de suministros de energía a fin de garantizar el derecho de acceso a la luz eléctrica en el estado de Coahuila de Zaragoza, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LA SHCP, A FORTALECERLOS ESTÍMULOS FISCALES AL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES EN LA FRONTERA NORTE, CON LA FINALIDAD DE HOMOLOGAR LOS COSTOS DE LA GASOLINA CON LOS OBSERVADOS EN EL SUR DE TEXAS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a fortalecer los estímulos fiscales al precio de los combustibles en la frontera norte de México, con la finalidad de homologar los costos de la gasolina con los observados en el sur del estado de Texas en los Estados Unidos de América, a cargo del diputado Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A PEMEX, A LA SHCP Y A LA SABG, A SUPERVISAR EL PAGO OPORTUNO, TRANSPARENTE Y COMPLETO DE LOS ADEUDOS A PROVEEDORES EN CIUDAD DEL CARMEN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a Pemex, a la SHCP y a la SABG a supervisar el pago oportuno, transparente y completo de los adeudos a proveedores en Ciudad del Carmen, a fin de salvaguardar la estabilidad económica, el empleo y la rendición de cuentas en la región, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La empresa productiva del Estado Petróleos Mexicanos (Pemex) enfrenta una profunda crisis de liquidez y cumplimiento de obligaciones con sus proveedores, lo que ha generado una acumulación significativa de adeudos que afectan de manera directa la economía de Ciudad del Carmen, Campeche, y de su sector productivo local.

Durante 2025 y lo que va de 2026, se ha reportado que Pemex ha efectuado pagos mínimos a un número limitado de proveedores locales en Ciudad del Carmen, correspondiendo sólo a abonos parciales relativos a la deuda de 2025, mientras que persisten pendientes los pagos del ejercicio 2024, acumulando una cartera vencida que continúa lacerando la operación de empresas y la liquidez de la región.

La situación financiera ha obligado a muchas compañías proveedoras a recurrir a créditos de corto plazo, diferir inversiones, y en algunos casos a ajustar su plantilla laboral para cumplir con obligaciones básicas como nóminas, aguinaldos y prestaciones fiscales, lo que ya comienza a traducirse en un incremento en el desempleo y en el cierre de actividades económicas en la isla petrolera.

Empresarios y líderes gremiales han manifestado la necesidad de un calendario de pagos más claro y de mecanismos efectivos que permitan acelerar la liquidación de adeudos, ya que los recursos dispersados hasta el momento representan sólo un pequeño porcentaje del total adeudado y no son suficientes para restablecer la normalidad económica.

Diversos reportes también han señalado que uno de los impedimentos para acceder a los pagos ha sido la exigencia de que las empresas estén al corriente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo cual ha excluido de los beneficios a un número significativo de proveedores que carecen de la documentación o de la capacidad administrativa para cumplir con dichos requisitos en tiempo y forma.

La falta de pagos de Pemex no sólo está impactando el sector energético, sino que ha tenido efectos colaterales en el comercio y los servicios de Ciudad del Carmen, provocando la caída de ventas, cierre de hoteles y establecimientos, así como la disminución en la actividad económica general —situación que ha sido documentada incluso en coberturas audiovisuales que señalan que la ciudad “se vacía” ante la crisis provocada por los adeudos de la paraestatal.

Además, existen denuncias y señalamientos de organizaciones empresariales que apuntan a posibles prácticas indebidas o falta de transparencia en la liberación de pagos legítimamente adeudados, lo cual agrava la crisis de confianza entre los proveedores y la propia empresa estatal.

La falta de un esquema transparente de información pública sobre montos adeudados, fechas de pago, criterios de priorización, y mecanismos de adjudicación de recursos pone en riesgo la rendición de cuentas y dificulta a las autoridades, a los órganos de fiscalización y al propio sector productivo tener certeza sobre el estado real de las obligaciones de Pemex con sus acreedores.

Dada la magnitud de los adeudos y su impacto socioeconómico en una región cuya economía depende en gran medida de la actividad petrolera, es indispensable que se garantice la transparencia de la información relativa a pagos a proveedores, otorgamiento de contratos y adjudicación de recursos, así como la participación de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y órganos internos de control, para prevenir irregularidades y actos de corrupción que puedan estar asociados al rezago en los pagos.

La crisis de pagos de Pemex con proveedores no sólo compromete la viabilidad de las empresas locales, sino que también pone en riesgo la estabilidad económica, la generación de empleo y la cohesión social de Ciudad del Carmen, motivo por el cual se requiere una intervención de vigilancia, revisión y acción coordinada entre dependencias del Estado, órganos de control y autoridad parlamentaria para asegurar que los recursos públicos y las obligaciones contractuales se atiendan con prontitud y conforme a derecho.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a Petróleos Mexicanos para que informe de manera pública, detallada y actualizada el monto total de los adeudos pendientes con proveedores en Ciudad del Carmen, Campeche, desglosado por ejercicio fiscal, tipo de contrato, estatus de validación y calendario estimado de pagos, garantizando la transparencia y certeza jurídica para las empresas afectadas.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus atribuciones, evalúe mecanismos financieros que permitan garantizar liquidez para el cumplimiento oportuno de las obligaciones contractuales de Petróleos Mexicanos con sus proveedores, particularmente aquellos ubicados en Ciudad del Carmen, Campeche.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno para que, en coordinación con el Órgano Interno de Control en Petróleos Mexicanos, realice una revisión administrativa sobre los criterios de priorización de pagos, procesos de validación de facturas, y posibles irregularidades en la adjudicación o liberación de recursos destinados a proveedores.

Notas

1 Pagos mínimos de Pemex dejan en vilo a proveedores de Ciudad del Carmen

https://energymagazine.mx/2025/12/pagos-minimos-de-pemex-dejan- en-vilo-a-proveedores-de-ciudad-del-carmen/

2 Pemex regulariza adeudos millonarios con Slim mientras proveedores siguen sin cobrar

https://www.proceso.com.mx/economia/2026/2/12/pemex-regulariza- adeudos-millonarios-con-slim-mientras-proveedores-siguen-sin-cobrar-368279.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A LA SABG, A INVESTIGAR Y, EN SU CASO, SANCIONAR IRREGULARIDADES EN EL ABASTO, ALMACENAJE Y DESECHA-MIENTO DE MEDICAMENTOS EN EL HOSPITAL INFANTIL DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SABG a investigar y, en su caso, sancionar las irregularidades en el abasto, almacenaje y desechamiento de medicamentos en el “Hospital Infantil de México”, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción 1; y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta asamblea, proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de los siguientes:

Considerandos

El Hospital Infantil de México “Federico Gómez” (HIMFG) es uno los institutos nacionales que históricamente se había distinguido por la atención a la salud infantil desde una responsabilidad pública, docente y científica. Este hospital se inauguró por primera vez en 1943, transformándose en el primero de los institutos nacionales de salud y siendo un referente en el campo de la pediatría nacional.

Desde su creación y hasta hace algunos años el Hospital Infantil brindó atención a 14.5 millones de niñas y niños, con promedios de 200 mil consultas externas al año, 7 mil egresos de hospitalización anuales y 30 mil atenciones en urgencias.

Lamentablemente desde hace algunos años el hospital ha enfrentado diversas irregularidades que atentan contra el derecho a la salud de la niñez y la adolescencia, mismo que ha estado asociado a una mala gestión en el manejo y abasto de medicamentos.

La primera vez que se generó controversia fue en octubre del 2025 cuando 48 médicos enviaron una carta a la presidenta de la República debido a una reducción del 50 por ciento de los servicios de anestesia y el retraso en tratamiento de medicamentos de alta especialidad en enfermedades como cáncer, cardiopatías y neurocirugías.

Pero la situación no concluye ahí, pues recientemente se dio a conocer que autoridades del hospital fueron responsables de un desperdicio de medicamentos por más de 20 millones de pesos. De acuerdo con los informes de la Secretaría de Salud, en el marco del cierre del ejercicio fiscal se realizó un inventario en el almacén y del levantamiento físico y documental se identificaron insumos y medicamentos que se encontraban caducos. Fue por esa razón que entre noviembre y diciembre del 2025 se realizó la solicitud de trituración de los medicamentos.

Si bien la Secretaría de Salud refiere que estos medicamentos son de poca demanda y baja rotación (razón por la cual caducaron) lo cierto es que se notificó del desechamiento de medicamentos oncológicos, algunos de los cuales los pacientes habían denunciado por escasez. Es decir que mientras las personas compraban los medicamentos fuera del hospital, la mala gestión, planeación y revisión de los almacenes, provocó que estos caducaran.

La situación es tan grave que entre 2020 y el primer trimestre del 2025 se han desechado más de 40 toneladas de medicamentos, lo que ha generado una pérdida económica por más de 150 millones de pesos.

De lo anterior, resulta necesario investigar lo que ocurre en el Hospital Infantil y conocer cómo y de qué manera se reparten los medicamentos a fin de garantizar el acceso a la salud de los pacientes.

Ante todo, es fundamental dirimir responsabilidades, transparentar la operación y resguardo de los medicamentos, así como su efectiva entrega.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno para que, en el marco de sus atribuciones, investigue, determine responsabilidades y, en su caso, imponga sanciones por las irregularidades en el abasto, almacenaje y desechamiento de medicamentos en el Hospital Infantil de México “Federico Gómez”.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud para garantizar el abasto de medicamentos al Hospital Infantil de México “Federico Gómez”, a fin de garantizar el derecho a la salud de las niñas, niños y adolescentes.

Notas

1 Manuel A. Baeza-Bacab, Juan J. Luis Sienra-Monge ,Horacio L. Reyes-Vázquez La fundación del Hospital Infantil de México, ahora Hospital Infantil de México Federico Gómez, Bol. Med. Hosp. Infant. Mex. vol.76 no.3 México may./jun. 2019

2 PROGRAMA Institucional del Hospital Infantil de México Federico Gómez

(https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5605321)

3 https://consultorsalud.com.mx/hospital-infantil-mexico-desabasto-cirugias/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de marzo de 2026.— Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EXHORTO A LA CONDUSEF, A FORTALECER LA SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN QUE EVITEN LA REALIZACIÓN DE EXTORSIONES Y COBROS INDEBIDOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Condusef a fortalecer la supervisión del cumplimiento de las medidas de prevención y protección que eviten la realización de extorsiones y cobros indebidos, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La incidencia de quejas relacionadas con gestiones de cobranza que pueden transgredir límites legales o implicar conductas intimidatorias ha mostrado un incremento sostenido en el último año.

Según estadísticas oficiales de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en 2025 se registraron 28,401 quejas por gestiones de cobranza, un incremento de 21.2 por ciento respecto a 2024, donde fueron 23,435, siendo los cobros a personas que no son el deudor y las amenazas o intimidaciones, los principales motivos de inconformidad.

En la Ciudad de México, en 2025 se reportaron más de 40,600 reclamaciones ante la Condusef, de las cuales 26.3 por ciento corresponden a prácticas como cobros indebidos o gestiones de cobranza fuera de los límites legales.

Estos datos reflejan que una porción significativa de los reclamos presentados por usuarios del sistema financiero está directamente relacionada con prácticas que exceden los protocolos legales de cobranza, lo que en muchos casos puede constituir amenazas, hostigamiento o, en términos sociales, formas de extorsión indirecta por parte de despachos o agentes no regulados apropiadamente.

En el plano delictivo, aunque diverso en su naturaleza, México enfrenta un contexto de alto subregistro en víctimas de extorsión, conforme a estudios de organizaciones civiles y reportes nacionales:

Según la organización CONVEN en su análisis sobre extorsión general en México, se estima que más del 99 por ciento de los actos de extorsión no se reportan formalmente por temor a represalias, lo cual revela un gran volumen de subregistro y potenciales víctimas que no acceden a mecanismos oficiales de denuncia.

En el plano social, los efectos de la extorsión han generado cierre de negocios tradicionales, afectando el empleo y la economía local, incluso en áreas urbanas densas.

Si bien estos delitos consideran modalidades más amplias de extorsión que no siempre se vinculan directamente con cobros financieros, ayudan a contextualizar la gravedad del fenómeno y la necesidad de un enfoque preventivo integral que incluya herramientas de protección al consumidor financiero.

La Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros establece que las entidades tienen obligaciones claras que están directamente orientadas a reducir condiciones de riesgo para los usuarios, específicamente dos artículos:

Artículo 17 Bis 1.- Las entidades a través de medios electrónicos y en sucursales, deberán tener a disposición de sus clientes, los datos suficientes de identificación de los despachos externos, que incluirán a terceros o representantes que realicen la cobranza de los créditos que otorguen, así como de aquellos que apoyen en las operaciones de negociación y reestructuración de créditos con sus clientes o con aquellas personas que por alguna razón sean deudores frente a las entidades.

Artículo 17 Bis 2.- Las entidades deberán tener la información citada en el artículo anterior debidamente actualizada y contener al menos los siguientes datos: nombre del despacho, dirección, teléfonos, y nombre de los socios.

Estas obligaciones no son meramente formales, constituyen mecanismos preventivos de protección al consumidor financiero, permitiendo verificar con antelación la legitimidad de los agentes de cobranza, reducir espacios para suplantaciones, amenazas y prácticas extorsivas encubiertas, así como detectar posibles prácticas que excedan lo permitido por la ley.

Sin embargo, la evidencia estadística sugiere que la actual supervisión y difusión de esta información todavía muestra deficiencias, lo que expone a miles de usuarios a situaciones de riesgo.

En materia de prevención de fraudes financieros, la propia Condusef ha publicado comunicados específicos sobre modalidades de suplantación de identidad, fraudes fantasmas y prácticas ilícitas que circulan en el sistema financiero, lo que subraya la pertinencia de una supervisión continua y proactiva.

Diversas investigaciones y reportes especializados destacan que ciertos grupos poblacionales son particularmente vulnerables ante prácticas de cobranza indebida y extorsión financiera:

Informes periodísticos y de organizaciones civiles han documentado miles de reportes de cobranza ilegítima y amenazas hacia personas de la comunidad LGBT+, con cerca de 42 mil reportes de intentos de fraude o extorsión relacionados con cobros indebidos en 2022-2023.

Estos patrones de riesgo señalan la necesidad de instrumentos de prevención, identificación y respuesta diferenciados, que permitan a la Condusef integrar una supervisión más sensible a la situación de grupos vulnerables, así como reforzar mecanismos de denuncia y acompañamiento.

En economías avanzadas, los marcos regulatorios de protección al consumidor financiero han incorporado criterios comparados de supervisión de terceros:

a) En Estados Unidos, la Consumer Financial Protection Bureau establece lineamientos detallados sobre prácticas de cobranza justas, prohibiendo amenazas, comunicaciones abusivas y suplantaciones de autoridad, con sanciones efectivas para agentes que incumplen; y

b) En España, el Banco de España regula de manera estricta la identificación y conducta de agentes de cobranza, destacando la transparencia y la protección integral de los derechos del deudor como principios rectores.

Estas experiencias muestran que la supervisión de terceros subcontratados, cuando se realiza con criterios de transparencia, sanciones y mecanismos robustos de divulgación de información, contribuye a mitigar prácticas abusivas que pueden configurarse como extorsión encubierta.

Por todos estos argumentos, en el PRI exhortamos, respetuosamente, a la Condusef a fortalecer la supervisión y verificación del cumplimiento de los artículos 17 Bis 1 y 17 Bis 2 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, fortaleciendo la supervisión del cumplimiento de las medidas de prevención y protección que eviten, además, la realización de extorsiones y cobros indebidos.

Queremos que este organismo financiero implemente campañas de información y asistencia para usuarios, orientadas a que puedan verificar fácilmente la legitimidad de despachos de cobranza y denunciar prácticas potencialmente intimidatorias o extorsivas.

De igual forma, que se establezca un grupo de trabajo interinstitucional con autoridades de seguridad, procuración de justicia y protección de datos personales, para identificar, prevenir y sancionar conductas que transgredan los límites legales e impliquen amenazas, hostigamiento o prácticas abusivas de cobro.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros a fortalecer la supervisión del cumplimiento de las medidas de prevención y protección establecidos en materia de cobranza, y a implementen, además, mecanismos que eviten la realización de extorsiones y cobros indebidos o de gestiones de cobranza fuera de los límites legales.

Notas

1 https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/02/18/economia/aumentan-21-las-quejas-p or-cobranza-de-bancos

2 https://www.eleconomista.com.mx/amp/finanzaspersonales/fraudes- consumos-reconocidos-principales-quejas-sistema-financiero-cdmx-condusef-202601 19-796024.html

3 https://conven.org/mexico/news/mexico-launches-national-strategy-against-extort ion

4 https://apnews.com/article/mexico-extortion-crime-sheinbaum-cartels-53ece497efb 7b5509e7ba9fb91e465a3

5 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LTOSF.pdf

6 https://www.gob.mx/condusef/prensa/la-comision-nacional-para-la-proteccion-y-de fensa-de-los-usuarios-de-servicios-financieros-condusef

7 https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/Comunidad-LGBT-vulnerable-an te-cobranza-ilegitima-20230629-0094.html

8 https://www.usa.gov/es/agencias/oficina-para-la-proteccion-financiera-del-consu midor#:~: text=La%20Oficina%20para%20la%20Protecci%C3%B3n,los%20consumidores%20en%20Estad os%20Unidos.

9 https://www.bde.es/wbe/es/areas-actuacion/normativa/regulacion-sistema-financie ro/conducta-transparencia-y-proteccion-de-la-clientela.html#:~: text=*%20Normativa%20financiera.%20*%20Conducta%2C%20transparencia%20y%20protec ci%C3%B3n%20de%20la%20clientela.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de marzo de 2026.— Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A PROMOVER EL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD SALARIAL Y LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE EQUIDAD EN LAS CONTRATACIONES Y SERVICIOS DEPORTIVOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a promover el cumplimiento del principio de igualdad salarial y la aplicación de criterios de equidad en las contrataciones y servicios deportivos, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La equidad salarial entre hombres y mujeres es el principio según el cual personas que realizan trabajos de igual valor, bajo condiciones similares de responsabilidad, experiencia y complejidad, deben recibir una remuneración igual sin importar su género. Aclarar este concepto es fundamental para avanzar hacia justicia laboral y eliminar la discriminación económica basada en el sexo.

En México este también es un derecho constitucional reconocido en el artículo 123, Apartado A, Fracción VII, que a la letra dice:

“...A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta sexo, género ni nacionalidad. Las leyes establecerán los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género...”

A pesar de que esté consagrado en la Constitución, el estudio “ Discriminación Estructural y Desigualdad Social”, publicado por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) en 2017, revela que, en México, los hombres reciben en promedio un ingreso laboral por hora trabajada 34.2% mayor al de las mujeres, aunque estas varían significativamente por clase ocupacional.

La evidencia demuestra que la igualdad salarial entre mujeres y hombres aún no se materializa plenamente en la realidad laboral del país. La brecha salarial de género continúa siendo una problemática persistente y estructural, que se manifiesta no sólo en el salario base, sino también en el acceso diferenciado a bonos, incentivos, prestaciones, ascensos, capacitación y puestos de toma de decisiones. Esta situación impacta de manera directa en la autonomía económica de las mujeres y reproduce desigualdades que trascienden el ámbito laboral, afectando el bienestar de los hogares y el desarrollo social en su conjunto.

La legislación vigente en México, si bien prohíbe la discriminación salarial, se ha construido históricamente sobre un modelo predominantemente reactivo, que actúa una vez que la desigualdad ya se ha producido y, en muchos casos, sólo a partir de la denuncia individual. Este enfoque resulta limitado frente a una problemática de carácter estructural, pues traslada a las personas trabajadoras la carga de identificar, probar y denunciar prácticas discriminatorias, al tiempo que depende de la capacidad operativa del Estado para realizar inspecciones en un universo amplio y diverso de centros de trabajo.

La inequidad salarial entre mujeres y hombres persiste de forma estructural, ningún ámbito ha sido liberado de esta, en este caso es el deporte que a pesar de ser una actividad física con el objetivo expresar o mejorar la aptitud física y el bienestar mental, formar relaciones sociales u obtener resultados en la competencia a todos los niveles, también ha sido parte de esta inequidad y falta de derechos laborales.

Lamentablemente el deporte es un espacio donde la discriminación e injusticias se han convertido en prácticas comunes a todas las escalas, no solo a deportistas de alto nivel, también se ha escaldo a las personas que participan haciendo posible que el mismo se lleve a cabo con reglas, orden y paz.

La brecha salarial en el deporte se ha convertido en una práctica injustamente cotidiana que obstaculiza la continuidad y profesionalización de las mujeres, en este caso en el arbitraje refleja que la desigualdad es tanto evidente como estructural.

Esta desigualdad no es un fenómeno aislado ni exclusivo de determinados sectores productivos; se reproduce también en ámbitos que históricamente han sido concebidos como espacios de mérito, disciplina y competencia objetiva. El deporte, que en su esencia promueve valores como la justicia, el respeto y la igualdad de oportunidades, no ha sido ajeno a las brechas estructurales que afectan a las mujeres en el mercado laboral. Por el contrario, en múltiples disciplinas y niveles de competencia persisten diferencias significativas en remuneraciones, acceso a oportunidades y reconocimiento profesional.

En el ámbito deportivo, esta desigualdad se manifiesta no solo en las remuneraciones de las y los atletas, sino también en las condiciones laborales de quienes hacen posible la realización de competencias, tales como árbitras y árbitros, personal técnico, equipo médico, logística y organización. En particular, el arbitraje deportivo ha evidenciado diferencias en pagos, oportunidades de designación, acceso a competencias de alto nivel y profesionalización, lo que reproduce patrones estructurales de exclusión y limita el desarrollo pleno de las mujeres en este sector.

Si bien en los últimos años se han registrado avances en materia de igualdad en algunas disciplinas y ligas profesionales, las brechas salariales y de condiciones contractuales persisten, especialmente cuando se comparan competencias femeniles y varoniles, así como las remuneraciones otorgadas en torneos de distinta visibilidad. Esta realidad no solo afecta la autonomía económica de las mujeres, sino que envía un mensaje contradictorio respecto del principio constitucional de igualdad.

Hoy en día asistimos al crecimiento de las mujeres en el deporte, ha sido un parte aguas para hablar sobre equidad salarial en el deporte. Mujeres como Soraya Jiménez, Paola Espinosa, Iridia Salazar, Belem Guerrero, María Espinoza, Paola Longoria, Lorena Ochoa, Maribel Domínguez, Vanessa Zambotti, Doramitzi Hernández o Alexa Moreno, entre muchas otras mujeres, han marcado con sus triunfos y actuaciones a toda una generación de niñas y mujeres que hoy necesitan de un marco institucional que las proteja, reconozca y permita desarrollarse en diversas disciplinas deportivas, sin embargo no solo ellas son el ejemplo, sino que también las propias trabajadoras que hacen posibles estos eventos.

En el contexto de la próxima Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026 ( Mundial FIFA 2026) , organizada por la Federación Internacional de Fútbol Asociación y que tendrá como una de sus sedes a México, país en el que se disputarán trece partidos en algunos de los estadios más emblemáticos, incluida la ceremonia inaugural en la selección mexicana varonil del Futbol en donde debutará contra la selección de Sudáfrica en la Ciudad de México, esta oportunidad, se presenta una coyuntura histórica para reafirmar el compromiso del Estado mexicano con la igualdad sustantiva en el deporte.

Este evento, que será el de mayor dimensión en la historia de la competencia por el número de selecciones participantes, partidos programados y audiencia global, implicará una amplia movilización de recursos públicos y privados, así como la coordinación de autoridades federales, estatales y municipales. La magnitud organizativa, mediática y económica del Mundial 2026 convierte a este escenario en una plataforma idónea para que los principios constitucionales de igualdad y no discriminación se reflejen de manera concreta en las contrataciones, lineamientos y criterios laborales aplicables a la organización y desarrollo del evento, así como en futuros eventos deportivos masivos celebrados en el país.

En ese sentido, es indispensable que la organización y desarrollo del Mundial FIFA 2026 en México se conduzcan bajo estándares claros de igualdad y no discriminación, particularmente en lo relativo a las condiciones de contratación, remuneración y trato del personal involucrado en el evento. La participación de mujeres y hombres en tareas de arbitraje, logística, operación, seguridad, servicios médicos, comunicación y demás actividades vinculadas al torneo debe realizarse en condiciones de equidad salarial y respeto pleno a sus derechos laborales, por su puesto esto desde la obviedad y en el sentido de las personas contratadas y no de los voluntarios.

La proyección internacional del evento implica que cada decisión adoptada durante su preparación y ejecución envía un mensaje no solo al país, sino a la comunidad internacional. Garantizar que los principios constitucionales se traduzcan en prácticas laborales justas durante un evento de esta magnitud fortalecerá la imagen de México como un Estado comprometido con la igualdad sustantiva y el trabajo digno.

Por ello, el Mundial 2026 no debe entenderse únicamente como una celebración deportiva, sino también como una oportunidad para consolidar buenas prácticas institucionales que puedan replicarse en la organización de futuros eventos deportivos masivos en el territorio nacional.

Si bien la celebración del Mundial FIFA 2026 constituye una oportunidad histórica para visibilizar y fortalecer el principio de igualdad salarial en el ámbito deportivo, este compromiso no debe limitarse a un solo evento ni entenderse como una medida aislada. Por el contrario, debe sentar un precedente que se replique de manera sistemática en todos los eventos deportivos masivos organizados o apoyados con recursos públicos en el territorio nacional. La adopción de lineamientos permanentes en materia de igualdad y no discriminación permitirá consolidar estándares laborales claros y uniformes, garantizar condiciones equitativas para mujeres y hombres, y asegurar que la política deportiva nacional se conduzca con apego pleno a los principios constitucionales. Solo así el impacto del Mundial trascenderá lo coyuntural y se convertirá en un verdadero impulso para transformar estructuralmente las prácticas laborales en el deporte mexicano.

En este sentido, también resulta indispensable que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el ámbito de sus atribuciones, adopte medidas firmes que permitan hacer efectivo el principio de igualdad salarial y la prohibición de cualquier forma de discriminación en los centros de trabajo del país. La organización de la Copa Mundial de la FIFA 2026 implica un volumen significativo de contrataciones, subcontrataciones y prestación de servicios, lo que exige reforzar acciones institucionales que aseguren que dichos procesos se desarrollen bajo criterios de equidad, legalidad y respeto a los derechos laborales.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los principios de igualdad y no discriminación consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos previamente fundados, resulta pertinente que esta Cámara de Diputados exhorte a las autoridades competentes a adoptar medidas concretas que garanticen la igualdad salarial y condiciones laborales equitativas en la organización del Mundial FIFA 2026, así como en todos los eventos deportivos masivos realizados en el territorio nacional. La magnitud de dicho evento impone la responsabilidad de que sus efectos trasciendan el ámbito deportivo y se traduzcan en avances tangibles en materia de justicia laboral e igualdad sustantiva.

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a que, en el ámbito de sus atribuciones, emita o fortalezca lineamientos que garanticen la igualdad salarial y condiciones laborales libres de discriminación entre mujeres y hombres en la organización y desarrollo de eventos deportivos masivos realizados en territorio nacional.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular del Poder Ejecutivo federal, por conducto de la Representación del Gobierno de México para la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026, a que, en el marco de la organización de este evento, promueva el cumplimiento del principio de igualdad salarial y la aplicación de criterios de equidad en las contrataciones y servicios vinculados al mismo.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que, en el ámbito de sus atribuciones, garantice el cumplimiento efectivo del principio de igualdad salarial y la prohibición de prácticas discriminatorias en los centros de trabajo vinculados a la organización y desarrollo de eventos deportivos masivos en territorio nacional.

Notas

1. Brecha salarial de género: qué es, qué dice la ley y cómo combatirla desde la empresa, Información Disponible en:

https://meritxellbeltran.com/que-es-la-brecha-salarial-en-las-e mpresas/

2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 123, Apartado A, Fracción VII, Información Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf.

3. Discriminación estructural y desigualdad social, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Información Disponible en:

https://www.conapred.org.mx/documentos_cedoc/Discriminacionestr uctural%20accs.pdf

4. Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de auditorías salariales con perspectiva de género, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, Disponible en:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2026/01/asun_ 5004320_20260114_1768429678.pdf

5. Ibidem.

6. Gobierno de México, Secretaría del Bienestar, Información Disponible en:

https://www.bienestar.gob.mx/sibien/index.php/recreacion/19-rec reacion/24-actividades-deportivas

7. FIFA report finds wide discrepancy in women’s pay, contracts, attendance, Disponible en:

https://www.reuters.com/sports/soccer/fifa-report-finds-wide-di screpancy-womens-pay-contracts-attendance-2025-03-17/

8. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, la Ley General de Cultura Física y Deporte, y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de paridad y equidad en el deporte, presentada por el senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Disponible en:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2023/03/asun_ 4523267_20230323_1678207210.pdf

9. Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 202, Disponible en:

https://www.fifa.com/es/tournaments/mens/worldcup/canadamexicou sa2026

10. TUDN, Sorteo Mundial 2026: México vs. Sudáfrica es el partido inaugural en el Estadio Ciudad de México, Disponible en:

https://www.tudn.com/mundial-2026/sorteo-mundial-2026-mexico-vs -sudafrica-es-el-partido-inaugural-en-el-estadio-ciudad-de-mexico

11. Ibidem.

12. Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 202, Disponible en:

https://www.fifa.com/es/tournaments/mens/worldcup/canadamexicou sa2026

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada y Diputados: Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, Pablo Vázquez Ahued (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen.



ACCIONES DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA CONCIENTIZACIÓN Y VISIBILIZACIÓN DE LA SALUD MENTAL EN EL DEPORTE, CON MOTIVO DEL MUNDIAL 2026

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a impulsar acciones de comunicación institucional para la concientización y visibilización de la salud mental en el deporte con motivo del mundial 2026, y a realizar gestiones para incorporar mensajes preventivos en espacios oficiales vinculados al evento, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputados y diputadas del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo, con base en la siguientes

Exposición de Motivos

Los eventos deportivos nacionales e internacionales son espacios de amplia visibilidad social y mediática que trascienden la competencia atlética para convertirse en plataformas de cohesión, identidad y proyección internacional, estos representan una historia de décadas y trascienden directamente en la vida no solo de los deportistas, sino de la sociedad en general.

En los próximos meses, México será uno de los tres países sede de la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026, en nuestro territorio habrá 13 partidos los cuales se llevarán a cabo en los vestidos emblemáticos de la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey. Esta edición será la más grande en la historia del torneo por el número de selecciones participantes y partidos programados, por lo que la atención mediática y la concentración de afición alcanzarán niveles sin precedentes. En este contexto, el alcance y la proyección del evento constituyen una oportunidad estratégica para difundir mensajes de interés público, particularmente aquellos orientados a la prevención y sensibilización en materia de salud mental en el deporte.

En ese contexto, no estamos hablando sólo de un torneo deportivo, si no que nos encontramos frente a un evento con audiencias masivas y con impacto social directo, es así como la propia Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA) ha señalado que se espera una asistencia acumulada de alrededor de 6.5 millones de personas a los estadios en los tres países sede.

Para México, los estimados públicos también muestran la magnitud: se ha difundido que el torneo podría atraer alrededor de 5.5 millones de visitantes internacionales en el país y cerca de 800 mil asistentes a los 13 partidos que se disputarán en territorio nacional, lo que significa que, en días de partido, millones de personas estarán pendientes de los mensajes oficiales dentro y fuera de los estadios, incluyendo pantallas, sonido local y activaciones para la afición.

La magnitud de esta proyección no solo representa un impacto económico y turístico, sino también una oportunidad comunicativa sin precedentes para el Estado mexicano. Cuando millones de personas concentran su atención en un mismo evento, los mensajes institucionales adquieren una capacidad de alcance y legitimidad que será difícilmente replicable en otros contextos, por eso todo aquello que se comunique debe de tener un enfoque que aterrice y apoye con los problemas de todas y todos.

Por ello, este evento deportivo, es un buen momento para mandar un mensaje que sea útil para abordar el tema de la salud mental en el deporte, si bien se ha demostrado que el deporte puede ser parte de la solución para calmar problemas de ansiedad o depresión, porque ayuda a la convivencia y al bienestar, también puede traer presión fuerte, ansiedad por el rendimiento, lesiones, agotamiento y estigma para pedir ayuda. En muchos entornos todavía se normaliza “aguantar” y callar; eso termina afectando tanto a atletas de alto rendimiento, así como a las niñas, niños y adolescentes que practican deporte.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha reportado que más de mil millones de personas viven con algún trastorno de salud mental, y ha insistido en que se requieren más acciones de prevención, atención y reducción del estigma. Si esto es un reto global, en un evento del tamaño del Mundial la visibilización cobra sentido, por lo que mandar un mensaje breve, repetido y bien diseñado puede ayudar a que más personas identifiquen señales de alarma, busquen apoyo y entiendan que pedir ayuda no es debilidad.

Además, hablar de salud mental, no es ajeno al tema deportivo, por el contrario, constituye un componente esencial del desempeño, la formación integral y la permanencia de las personas en la práctica física y competitiva, así mismo, la OMS también recuerda que existen tratamientos eficaces para problemas como la depresión, y que la atención oportuna cambia vidas, por tanto, es de suma importancia que el Mundial de Fútbol de la FIFA sea una ventana clara para promover cultura de prevención y orientación, con mensajes responsables que incluyan rutas institucionales de apoyo, sin politizar el evento y sin invadir atribuciones de terceros.

Es pertinente recordar que México ha aprovechado anteriormente eventos masivos como plataformas para la difusión de campañas de prevención en diversos ámbitos de interés público. En este caso, la diferencia radica en que el mensaje guarda una relación directa con la propia dinámica deportiva: el esfuerzo constante, la presión competitiva, las expectativas sociales, las lesiones y el desgaste emocional que pueden presentarse incluso en atletas de alto rendimiento. Esta conexión natural entre el contenido del mensaje y la experiencia que se observa en la cancha fortalece su pertinencia y potencial impacto.

Por su parte, la propia FIFA ha impulsado campañas sobre salud mental, por ejemplo, lanzó la campaña “ ReachOut” en colaboración con la OMS, precisamente para visibilizar síntomas y promover que la gente pida ayuda cuando la necesita. Eso demuestra que el tema ya está en la conversación del fútbol internacional y que un mensaje preventivo es compatible con la lógica del espectáculo.

Hay evidencia de por qué vale la pena hablarlo sin miedo. La literatura médica ha señalado que los síntomas y trastornos de salud mental son comunes en atletas de alto rendimiento y que pueden afectar su desempeño, aumentar riesgo de lesiones o dificultar la recuperación. Un documento de consenso del Comité Olímpico Internacional lo dice con claridad: la salud mental no puede separarse de la salud física en el deporte de alto nivel.

Incluso, la evidencia científica reciente advierte que las implicaciones pueden extenderse más allá de la etapa competitiva. Una revisión sistemática y metaanálisis publicada en 2024 señala que la prevalencia de síntomas de ansiedad y depresión en ex atletas de alto rendimiento, medida en un momento determinado, puede superar significativamente la observada en la población general, con variaciones según la disciplina practicada. Este hallazgo resulta relevante porque pone de relieve que las afectaciones emocionales no siempre son visibles durante la competencia ni se reflejan en los resultados deportivos, lo que subraya la necesidad de incorporar estrategias de prevención y acompañamiento a lo largo de toda la trayectoria deportiva.

Es importante destacar, que diversos deportes operan con presiones constantes que se vinculan con la imagen del atleta, tanto su composición corporal como su estética, lo que incrementa el riesgo de conductas dañinas, esto se ve refutado en un metaanálisis publicado en la National Library of Medicine, donde se reporta una prevalencia promedio del 19% sobre conductas alimentarias desordenadas auto reportadas en atletas.

La salud mental en el deporte no solo significa pasar por un periodo de estrés, si no que puede presentarse como episodios de “ Burnout” - síndrome representa un estado de agotamiento físico, emocional y mental, producto de la exposición a situaciones que implican una gran carga emocional durante tiempos prolongados-, ansiedad intensa, depresión, mismos que pueden derivar en trastornos de la conducta alimentaria, alteraciones del sueño, consumo de sustancias, bloqueos mentales ligados a la presión, a las lesiones o a la exposición pública.

El impacto ha sido tal que, durante la celebración de los juegos Olímpicos de Invierno de Milán-Cortina 2026, en donde uno de los temas más relevantes que se pusieron sobre la mesa fue el tema de la salud mental, tanto fue su importancia que el Comité Olímpico Internacional impulsó un paquete de apoyos específicos para atletas, es así que habilito la línea telefónica — Mentally Fit — la cual estaba diseñada para ofrecer un apoyo profesional las 24 horas del día en 70 idiomas diferentes, disponible para todos los atletas participantes.

El ejemplo más claro derivado de los últimos Juegos Olímpicos de Invierno Milán-Cortina 2026, fue el de la patinadora artística Alysa Liu, quien fue la ganadora del oro en su prueba de patinaje, ella ha comentado para varios medios que se retiro del deporte para enfocarse en su bienestar físico y mental, y de esa manera volver en mejores condiciones para competir.

Un ejemplo claro resulta del caso de la famosa gimnasta Simone Biles, que después de las olimpiadas de Tokio 2020, se retiró de las competencias, priorizando su salud mental tras experimentar desorientación en sus entrenamientos, dicha decisión abrió la puerta a la necesidad del acompañamiento psicológico y la importancia de normalizar el cuidado de la salud mental.

Por otro lado, la tenista profesional Naomi Osaka también evidenció el impacto emocional que puede generar el entorno de competencia, en el año 2021 decidió retirarse, expresó para la revista “ TIME” que había sufrido episodios de depresión, su testimonio refuerza el hecho de que incluso en el éxito deportivo, las personas atletas enfrentan cargas psicológicas relevantes, por lo que la prevención y el acceso a un apoyo oportuno resulta indispensable.

En nuestro país tenemos un claro ejemplo que demuestra por qué el tema en comento es necesario, el cual fue el caso de la gimnasta Alexa Moreno que fue objeto de críticas y acoso en redes sociales durante su Competencia en los Juegos Olímpicos de Río 2016, las cuales se centraron en su apariencia física, lo que evidenció cómo los estereotipos pueden traducirse en violencia física simbólica y presión emocional sobre las personas deportistas.

Los problemas de salud mental no son exclusivos de un solo país, deporte o género, otro nacional, es el del taekwondoín Carlos Sansores Acevedo, quien ha sido señalado en reportajes como un caso en el que después de una participación en los Juegos Olímpicos de Tokio 2020, atravesó una profunda depresión, que lo hizo considerar dejar el deporte que más le apasionaba.

Carlos Sansores en una entrevista después de su participación expreso:

“ Entré en el dilema si dejaba este deporte, pero también pensé que el taekwondo me ha abierto muchas puertas y he conseguido muchas amistades. Incluso me decía: ‘ya no te van a querer porque perdiste’, por lo que tuve que hablar con mis papás, mi esposa, mi entrenador y mis verdaderos amigos, quienes me indicaron que todavía podía y que luchara otro ciclo, finalmente seguí y en Guadalajara 2022 se comenzaron a dar los buenos resultados.”

Finalmente, el clavadista británico Tom Daley — deportista abiertamente gay y referente internacional en la visivilización de la diversidad en el deporte - expreso que durante años cargó con miedo y tensión por tener que esconder quien era, y ha contado que declararse abiertamente homosexual fue un punto de liberación, que le permitió competir con mayor claridad y estabilidad emocional.

En sus propias palabras el Tom Daley menciono que:

“ El matrimonio me liberó, iba a los entrenamientos sin preocupaciones añadidas. Cuando eres un deportista de alto nivel tienes que afrontar las competiciones lo más enfocado posible. Dejé de distraerme. Me subía a la plataforma siendo yo mismo, con el apoyo de mi marido, de mis hijos, como la persona que realmente era y no como la versión que los demás creían ver. Comencé a saltar como si no tuviera nada que esconder”

En este contexto, es indispensable que las políticas públicas en materia deportiva incorporen de manera explícita la dimensión emocional como parte del desarrollo integral de las y los deportistas. La promoción de mensajes preventivos y de sensibilización contribuye a reducir el estigma asociado a la búsqueda de apoyo psicológico, fomenta entornos más seguros y responsables, y envía una señal clara de que el rendimiento competitivo no debe anteponerse al cuidado integral de la persona. Aprovechar un evento de alcance global para posicionar esta conversación representa una acción coherente con los desafíos actuales del deporte contemporáneo.

También hay algo muy básico: hablarlo reduce el estigma. Cuando el mensaje viene en un espacio de alta visibilidad, como un Mundial, ayuda a que la gente entienda que pedir apoyo no es “ quebrarse”, si no cuidar la vida. La OMS ha insistido en que hay tratamientos eficaces para problemas como la depresión y que, con atención oportuna, las personas mejoran. Por eso es tan relevante que la información venga acompañada de orientación clara y de canales institucionales.

Desde el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano consideramos que el deporte debe concebirse como un espacio de desarrollo integral, que abarque no solo la dimensión física, sino también la emocional y psicológica de quienes lo practican y lo rodean. Por ello, la presente proposición plantea aprovechar el alcance del Mundial 2026 para impulsar acciones de concientización sobre la salud mental en el deporte, dirigidas a atletas, entrenadores, personal técnico y afición en general, con especial énfasis en niñas, niños y jóvenes que encuentran en las y los deportistas referentes de conducta y aspiración.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte para que, en el ámbito de sus atribuciones, diseñe e impulse una estrategia de concientización y visibilización de la salud mental en el deporte, en el marco de la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026 en México, mediante mensajes breves de prevención, no estigmatización y promoción del bienestar mental, para su difusión a través de sus canales institucionales de comunicación y materiales informativos vinculados al evento, conforme a las disposiciones aplicables.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, elabore y difunda contenidos de orientación y prevención sobre salud mental vinculada al deporte, e incluya información clara sobre canales institucionales de atención y orientación disponibles para la población, a fin de facilitar la identificación oportuna de señales de alerta y la búsqueda de apoyo, mediante sus canales oficiales de comunicación, conforme a la normatividad aplicable.

Tercero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Titular del Poder Ejecutivo federal, por conducto de la Representante del Gobierno de México para la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026, para que, en coordinación con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y la Secretaría de Salud, realice las gestiones necesarias con los organizadores del evento a fin de incorporar, cuando sea técnica y operativamente posible, dichos mensajes y materiales en los espacios oficiales de comunicación vinculados al evento, incluyendo su difusión previa al inicio de los partidos en sedes mexicanas, conforme a los acuerdos, lineamientos y disposiciones aplicables.

Notas

1. México Copa Mundial, FIFA 2026, disponible en:

https://www.fifa.com/en/tournaments/mens/worldcup/canadamexicou sa2026/mexico

2. Un estudio de la FIFA y de la OMC estima en 47,000 millones de dólares el rendimiento económico del Mundial de Clubes FIFA 2025 y de La Copa Mundial de la FIFA 2026 en Estados Unidos, publicado el 4 de abril de 2025, disponible en:

https://inside.fifa.com/es/organisation/media-releases/estudio- fifa-omc-estima-47000-millones-dolares-rendimiento-economico-mundial-clubes

3. Copa Mundial FIFA 2026 es una gran oportunidad para la región de Baja California, SEGOB, publicado el 6 de enero de 2026, disponible en:

https://consulmex.sre.gob.mx/sandiego/index.php/boletines/974-f ifa-world-cup-2026-a-huge-opportunity-for-the-calibaja-region

4. Salud Mental, OMS, publicado el 8 de octubre de 2025, disponible en:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/mental-heal th-strengthening-our-response

5. Más de mil millones de personas viven con trastornos de salud mental: urge ampliar los servicios. OMS, publicada el 2 de septiembre de 2025, disponible en:

https://www.who.int/es/news/item/02-09-2025-over-a-billion-peop le-living-with-mental-health-conditions-services-require-urgent-scale-up

6. Trastorno depresivo (Depresión), OMS, publicado el 29 de agosto de 2025, disponible en:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/depression

7. La FIFA pone en marcha la campaña #ReachOut en pro de una mejor salud mental, OMS, publicada el 2 de agosto de 2021, disponible en:

https://www.who.int/es/news/item/02-08-2021-fifa-launches-reach out-campaign-for-better-mental-health

8. Salud mental en atletas de élite: declaración de consenso del Comité Olímpico Internacional (2019), National Library of Medicine, publicado en junio de 2019, disponible en:

https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/31097450/

9. Prevalencia de ansiedad y depresión en exatletas de élite: una revisión sistemática y metaanálisis, NIH, publicado el 18 de diciembre de 2024, disponible en:

https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC11667483/

10. Una revisión sistemática, metaanálisis y meta-regresión de la prevalencia de trastornos alimentarios autoinformados y factores asociados entre atletas de todo el mundo, National Library of Medicine, publicado el 7 de febrero de 2024, disponible en:

https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC10851573/

11. Burnout en deportistas: ¿Un tema frecuente?, NeuroClass, publicado el 16 de mayo de 2024, disponible en:

https://neuro-class.com/burnout-en-deportistas-un-tema-frecuent e/

12. Cómo ponerse en contacto con el servicio de asistencia telefónica Mentally Fit, Olimpics, disponible en:

https://www.olympics.com/athlete365/es/articles/mental-health/c ontact-the-mentally-fit-helpline-today

13. Alysa Lui, reina del patinaje artístico en Milán-Cortina 2026, La Jornada Maya, publicado el 20 de febrero de 2026, disponible en:

https://www.lajornadamaya.mx/internacional/259198/alysa-liu-rei na-del-patinaje-artistico-en-milan-cortina-2026

14. Simone Biles se retira de la final olímpica por equipos. TIME, publicado el 27 de julio de 2021, disponible en:

https://time.com/6084331/simone-biles-not-competing-team-event- final/

15. Naomi Osaka: It´s O.K. Not to Be O.K, TIME, disponible en:

https://time.com/6077128/naomi-osaka-essay-tokyo-olympics/

16. Gimnasta deja de lado críticas en Río, El Siglo de Torreón, publicado el 12 de agosto de 2016, disponible en:

https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2016/gimnasta-deja- de-lado-criticas-en-rio.html

17. Quien es Carlos Sansores Acevedo, Milenio, publicado el 24 de julio de 2024, disponible en:

https://www.milenio.com/deportes-olimpicos/juegos-olimpicos/car los-sansores-acevedo-deportista-taekwondo-mexicano-paris-2024

18. Tom Daley, “sin salir del armario no habría ganado el oro olímpico”. El País, publicado el 21 de junio de 2025, disponible en:

https://elpais.com/deportes/2025-06-22/tom-daley-sin-salir-del- armario-no-habria-ganado-el-oro-olimpico.html

Palacio Legislativo de San Lázaro,a 3 de marzo de 2026.— Diputada y Diputados: Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, Pablo Vázquez Ahued (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen.



MECANISMOS DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN DE GASTOS FUNERARIOS Y DE PROTECCIÓN FINANCIERA EN FAVOR DE INTEGRANTES DE CORPORACIONES POLICIALES ESTATALES Y MUNICIPALES, ASÍ COMO DE LA GUARDIA NACIONAL, FALLECIDOS EN CUMPLIMIENTO DEL DEBER

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Secretariado Ejecutivo del SNSP a articular y diseñar mecanismos de coordinación institucional para la atención de gastos funerarios y el establecimiento de mecanismos de protección financiera en favor de integrantes de corporaciones policiales estatales y municipales, así como de la guardia nacional, fallecidos en cumplimiento del deber, a cargo del diputado Pablo Vázquez Ahued, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Pablo Vázquez Ahued, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración, la presente, proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, articule y diseñe mecanismos de coordinación institucional para la atención de gastos funerarios y el establecimiento de mecanismos de protección financiera en favor de integrantes de corporaciones policiales estatales y municipales, así como de la Guardia Nacional, fallecidos en cumplimiento del deber, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. El ejercicio de la función policial en México se desarrolla en un contexto de violencia sostenida que ha tenido un impacto de forma directa y acumulada sobre los integrantes de las instituciones de seguridad pública. De acuerdo con el portal Azul Cobalto, en el periodo 2019-2025 se han documentado 2,684 homicidios dolosos de policías, de los cuales el 51 % corresponde a policías municipales, 23 % a policías estatales, 12 % ministeriales, 4.8 % Guardia Nacional y 4.6 % tránsito.

Dichos registros no constituyen solamente estadísticas agregadas, sino que corresponden a personas identificables, con trayectoria profesional documentada y con un núcleo familiar afectado directamente por su fallecimiento. El monitoreo de Azul Cobalto se complementa con registros del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), lo que fortalece su confiabilidad metodológica.

El análisis de letalidad relativa por entidad federativa revela disparidades particularmente alarmantes. En el caso de Sinaloa, se registra una Tasa Relativa de Policidios (TRP) -concepto utilizado por la mencionada plataforma Azul Cobalto- de 763.7 homicidios por cada 100 mil agentes, ubicándose como la entidad con mayor índice de letalidad policial en el periodo analizado.

La violencia contra policías representa una realidad vigente, tan sólo del 6 al 12 de febrero de 2026 se registraron al menos cuatro policías asesinados en Estado de México, Morelos, Sinaloa y Tlaxcala, conforme al seguimiento de la organización Causa en Común. Y en lo que va del año 2026 se registró al menos 32 elementos asesinados en el país. A estos hechos, de manera reciente, se suman los diversos ataques en los que perdieron la vida 25 elementos de la Guardia Nacional como consecuencia del operativo para detener al líder de un grupo de la delincuencia organizada el pasado 22 de febrero.

La muerte de las y los integrantes de las instituciones de seguridad pública tiene una doble consecuencia, por un lado, debilita institucionalmente a las corporaciones policiales al perder elementos previamente reclutados, capacitados y certificados; por otro genera una afectación profunda a sus familias, quienes enfrentan la pérdida súbita del que podría ser el ingreso principal del hogar y la necesidad de cubrir gastos funerarios en un contexto de vulnerabilidad emocional y económica.

El artículo 45 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública reconoce al Secretariado Ejecutivo como el órgano operativo del Sistema y establece que gozará de autonomía técnica, de gestión y presupuestal. Contará bajo su coordinación y subordinación con los centros nacionales y las unidades administrativas necesarias para el despacho de los asuntos de su competencia que se establezcan en su reglamento.

Asimismo, el artículo 47 del mismo ordenamiento jurídico establece las atribuciones de la persona titular del Secretariado Ejecutivo, de las que conviene destacar las siguientes:

“ I. a II. ...

III. Someter a la aprobación del Consejo Nacional:

a) ...

b) Políticas, programas, lineamientos, criterios, modelos y acciones para el desarrollo y buen desempeño de las Instituciones de Seguridad Pública;

c) ...

d) Criterios y lineamientos para la distribución, administración y ejercicio de los Fondos de Ayuda Federal orientados al cumplimiento de los estándares, lineamientos, evaluación y certificación de las instituciones, y, cuando aplique, alineados a la Ley de Coordinación Fiscal, y

e) ...

IV. a X. ...

XI. Gestionar ante las autoridades competentes, la ministración de los Fondos de Ayuda Federal, de conformidad con los criterios aprobados por el Consejo Nacional y las demás disposiciones aplicables;

XII. Vigilar y evaluar el debido ejercicio de los Fondos de Ayuda Federal por las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; así como emitir lineamientos y demás instrumentos para ello;

XIII. a XXIV. ...

XXV. Celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación.”

Ahora bien, el artículo 22, fracción XIII, del mismo ordenamiento establece como función general del Sistema Nacional:

“ Artículo 22. ...

I. a XXII

XIII. Promover el mejoramiento de las condiciones laborales y de seguridad social de las personas que integran las Instituciones de Seguridad Pública en los tres órdenes de gobierno;”

Así pues, el Secretariado Ejecutivo del Sistema es la instancia técnicamente facultada para coordinar, proponer y articular mecanismos dentro del Sistema Nacional orientados al fortalecimiento institucional. Ahora bien, el fortalecimiento policial no se trata sólo de aspectos operativos, sino que también debe acompañarse de condiciones mínimas de respaldo institucional frente a los riesgos y responsabilidades de la labor de las y los integrantes de las instituciones de seguridad pública.

En tal sentido, resulta necesario mejorar y ampliar los esquemas de aseguramiento y apoyo inmediato en favor de las familias de policías estatales, municipales y elementos de la Guardia Nacional fallecidos en el cumplimiento del deber, lo que abonaría también al fortalecimiento integral de las instituciones de seguridad pública.

II. Más allá de la violencia documentada, la situación estructural de las corporaciones policiales revela una problemática adicional: la precariedad laboral y la ausencia de esquemas homogéneos de protección social para los elementos y sus familias.

En materia salarial, los datos muestran que el ingreso promedio mensual de quienes integran las corporaciones policiales en México, incluyendo policías estatales, municipales y elementos de la Guardia Nacional, ronda los $11,000 pesos, cifra que resulta limitada frente al nivel de riesgo inherente a la función y frente a las responsabilidades familiares que, en numerosos casos, dependen de dicho ingreso como fuente principal o única de sustento. Estos datos se complementan con lo reportado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), que señala que el 48 % de los policías estatales percibe ingresos inferiores a los $10,000 pesos mensuales, mientras que en el ámbito municipal esta proporción asciende al 69%. Estos datos reflejan que una mayoría significativa del personal policial se encuentra en rangos salariales que apenas permiten cubrir necesidades básicas.

Este escenario adquiere mayor relevancia si se considera que el Congreso de la Unión aprobó una reforma constitucional al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, orientada a fortalecer el ingreso de quienes desempeñan funciones esenciales del Estado, entre ellos policías, integrantes de la Guardia Nacional y Fuerzas Armadas. Dicha reforma fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2024 y por el Senado de la República el 9 de octubre de 2024, y posteriormente remitida a las legislaturas de las entidades federativas para los efectos previstos en el artículo 135 constitucional.

No obstante, a pesar de haberse cumplido los requisitos constitucionales que señala el precepto anterior a la fecha no se ha emitido la declaratoria de constitucionalidad correspondiente por parte del Senado de la República, lo que ha impedido la plena entrada en vigor y operatividad de dicha reforma. Esta omisión ha generado una situación anómala, debido a que el mandato constitucional aprobado no se ha traducido en armonización legislativa ni en previsiones presupuestarias homogéneas que garanticen su cumplimiento efectivo.

En consecuencia, persisten condiciones desfavorables para las y los policías de todo México, donde los niveles salariales y de seguridad social continúan mostrando rezagos significativos.

En materia de seguridad social y prestaciones vinculadas al fallecimiento en servicio, también existen disparidades territoriales. De acuerdo con el Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales 2023, únicamente el 10.7 % de los municipios otorga gastos funerarios a sus policías, y sólo el 8 % reporta brindar apoyos psicológicos o complementarios.

En conclusión, cuando un integrante de una policial estatal, municipal o incluso de la Guardia Nacional pierde la vida en cumplimiento del deber, su familia enfrenta no sólo el impacto emocional de la pérdida, sino la interrupción súbita del ingreso principal del hogar.

Por ello, mediante la presente proposición con punto de acuerdo se plantea que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública articule criterios y mecanismos homogéneos a nivel nacional para la cobertura de gastos funerarios y para la provisión de apoyos económicos inmediatos y esquemas de aseguramiento a las familias de policías que mueran en el cumplimiento de sus funciones.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, articule y diseñe programas y esquemas de aseguramiento y protección financiera, así como apoyos inmediatos y de atención de gastos funerarios, a familiares de las y los integrantes de las instituciones de seguridad pública municipales, estatales y federales, así como de la Guardia Nacional, fallecidos por o en el cumplimiento de sus responsabilidades.

Notas

1. Azul cobalto, disponible en:

https://azulcobalto.org/

2. Ídem.

3. Causa en común, Registro de Policías asesinados, disponible en:

https://www.causaencomun.org/registro-de-policias-asesinados

4. Ídem.

5. Milenio, Tras operativo contra ‘El Mencho’, 25 elementos de la Guardia Nacional fueron asesinados: Harfuch, disponible en:

https://www.milenio.com/politica/harfuch-confirma-muerte-25-ele mentos-de-gn-tras-caida-de-el-mencho

6. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf

7. Ídem.

8. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf

9. Data México, Policías y agentes de tránsito, disponible en:

https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/occupation/po licias-y-agentes-de-transito#:~: text=Acerca%20de%20 Polic%C3%ADas%20y%20Agentes%20de%20Tr%C3%A1nsito&text=La%20edad%20promedio% 20de%20Polic%C3%ADas,promedio%20de%20%246.05k%20MX.

10. INEGI, Sala de prensa, Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal (CNSPE) 2025, disponible en:

https://www.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia/10102?utm

11. Gaceta Cámara de Diputados, disponible en:

https://gaceta.diputados.gob.mx/

12. Coordinación de Comunicación Social, Senado de la República, disponible en:

https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicado s/9870-senado-aprueba-reforma-constitucional-para-que-salario-minimo-nunca-este -por-debajo-de-la-inflacion

13. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

14. Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputado Pablo Vázquez Ahued (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



ACCIONES QUE PERMITAN ABATIR EL REZAGO EDUCATIVO PARA CUMPLIR CON EL OBJETIVO DE DESARROLLO SUSTENTABLE 4 REFERENTE A LA EDUCACIÓN DE CALIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a implementar acciones que permitan abatir el rezago educativo para cumplir con el objetivo de desarrollo sustentable 4 referente a la educación de calidad, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Laura Irais Ballesteros Mancilla, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el presente punto de acuerdo, con base en la siguientes

Exposición de Motivos

En 2015, la ONU adoptó la Agenda 2030 con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible; el ODS 4 se centra en garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, promoviendo el aprendizaje a lo largo de la vida. A diferencia de metas anteriores, prioriza no sólo el acceso, sino también la calidad educativa y los resultados de aprendizaje, analizando además brechas de género en matrícula, permanencia escolar, desempeño en matemáticas y habilidades digitales.

De acuerdo con el INEGI, el rezago educativo se entiende como la no conclusión de la escolaridad obligatoria en la edad esperada. Este indicador es uno de los seis elementos que componen la medición de las carencias sociales en México.

De acuerdo con el análisis de los resultados de la medición de la pobreza multidimensional, la carencia por rezago educativo se define con base en la situación escolar de distintos grupos de edad: incluye a niñas, niños y jóvenes de 3 a 21 años que no asisten a la escuela y no han concluido la educación obligatoria; a personas de 22 años o más, nacidas a partir de 1998, que no cuentan con educación media superior completa; a personas de 16 años o más, nacidas entre 1982 y 1997, que no terminaron la secundaria; y a aquellas de 16 años o más, nacidas antes de 1982, que no concluyeron la primaria.

Los datos del INEGI, evidencian que entre 2016 y 2022, el rezago educativo mostró una tendencia al alza, pasando del 18.5% al 19.4%. No obstante, en 2024 se registró una reducción, ubicándose en el 18.6 % de la población, lo que equivale a 24.2 millones de personas. Existe una brecha significativa entre zonas. En el ámbito rural, el rezago educativo afecta al 32.2 % de la población, mientras que en el urbano es del 14.8%.

De acuerdo con la OCDE, en México, aunque entre 2013 y 2019 se logró reducir en más de dos puntos porcentuales la tasa de jóvenes fuera de la escuela en educación media superior, esta tendencia se revirtió entre 2019 y 2022, periodo en el que la proporción de jóvenes no matriculados aumentó cinco puntos porcentuales. Este repunte se relaciona directamente con el rezago educativo, ya que la educación media superior es obligatoria; por tanto, cuando más jóvenes abandonan o no ingresan a este nivel, se incrementa el número de personas que no concluyen la educación obligatoria, impactando tanto el porcentaje como el volumen absoluto de población en situación de rezago educativo, especialmente entre los 15 y 22 años y con efectos acumulativos en el mediano plazo.

México sigue presentando una proporción elevada de adultos jóvenes sin educación media superior concluida: 42% tanto en hombres como en mujeres de entre 25 y 34 años no han alcanzado este nivel. Estas cifras reflejan desafíos estructurales, como la falta de adquisición de habilidades fundamentales en la primera infancia y la repetición escolar en etapas posteriores, factores que incrementan el abandono y limitan la continuidad educativa.

En su análisis sobre las desigualdades educativas en México, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) destaca que 6.4 millones de niños, niñas y jóvenes de entre 3 y 18 años, equivalentes a casi 18% de la población que debería estar en educación obligatoria, no asisten a la escuela, siendo especialmente pronunciado este problema entre poblaciones vulnerables como indígenas, personas con discapacidad, rurales o afrodescendientes. Además de las brechas de acceso, persisten desigualdades en la permanencia, pues mientras nueve de cada diez que inician primaria llegan a secundaria, esta proporción disminuye entre quienes hablan lengua indígena o tienen discapacidad, y sólo una minoría llega a la educación superior. También existen diferencias significativas en la calidad educativa, influenciadas por factores como el nivel socioeconómico, la disponibilidad de docentes capacitados y la brecha digital, lo que limita el rendimiento académico de alumnos de contextos más desfavorecidos; por ello, el IMCO plantea políticas públicas para mejorar acceso, permanencia y calidad en la educación.

El seguimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 (ODS 4) sobre educación, impulsado por la Unesco, muestra que, aunque más de 140 países se comprometieron a transformar sus sistemas educativos y se han registrado avances desde 2015, el ritmo actual es insuficiente para alcanzar las metas de 2030. Si los países cumplieran sus objetivos nacionales, 6 millones más de niños accederían a educación preprimaria, 58 millones más estarían escolarizados y 1,7 millones más de docentes de primaria recibirían formación. Sin embargo, para retomar el rumbo sería necesario escolarizar 1,4 millones de niños adicionales cada año en preprimaria, casi triplicar el avance en finalización de primaria y cubrir un déficit anual de financiamiento de 100.000 millones de dólares.

En conjunto, la evidencia muestra que, si bien México ha asumido el compromiso internacional de garantizar una educación inclusiva y de calidad conforme al ODS 4, persisten rezagos estructurales que limitan su cumplimiento. El aumento reciente en la proporción de jóvenes fuera de la educación media superior, la elevada cifra de adultos jóvenes sin este nivel concluido, las brechas territoriales entre zonas rurales y urbanas, y las profundas desigualdades que afectan a poblaciones vulnerables revelan que el problema no es únicamente de acceso, sino también de permanencia, calidad y equidad. Reducir el rezago educativo exige una estrategia integral que fortalezca la educación desde la primera infancia, prevenga el abandono escolar en media superior y cierre las brechas socioeconómicas y digitales, pues solo así será posible romper los ciclos intergeneracionales de pobreza y avanzar de manera real hacia los objetivos de desarrollo sostenible.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública a implementar acciones que permitan abatir el rezago educativo para cumplir con el Objetivo de Desarrollo Sustentable 4 referente a la educación de calidad.

Notas

1. Naciones Unidas. (2015, 25 de septiembre). La Asamblea General adopta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/2015/09/la-asamble a-general-adopta-la-agenda-2030-para-el -desarrollo-sostenible/

2. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025, 13 de agosto). Análisis de los resultados de la medición de la pobreza multidimensional, 2024 (Reporte de resultados 27/25).

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025 /pm/pm2025_RR_08.pdf

3. ídem

4. ídem.

5. Organisation for Economic Co-Operation and Development. (2024). Education at a Glance 2024: OECD indicators. OECD Publishing.

https://www.oecd.org/content/dam/oecd/en/publications/reports/2 024/09/education-at-a-glance-2024_5ea68448/c00cad36-en.pdf

6. ídem.

7. UNESCO. (2023, 21 de septiembre). 250 millones de niños sin escolarizar: Lo que debemos saber acerca de los datos recientes de la UNESCO sobre la educación. UNESCO.

https://www.unesco.org/es/articles/250-millones-de-ninos-sin-es colarizar-lo-que-debemos-saber-acerca-de-los-datos-recientes-de-la

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LOS CONGRESOS DE DIVERSAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A DEROGAR LOS ARTÍCULOS REFERENTES AL DELITO DE PELIGRO DE CONTAGIO EN SUS CÓDIGOS PENALES, PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON ALGUNA CONDICIÓN DE SALUD ESPECÍFICA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos de diversas entidades federativas a derogar los artículos referentes al delito de peligro de contagio en sus códigos penales para garantizar plenamente los derechos humanos de las personas con alguna condición de salud específica, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Laura Hernández García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde 2013, a petición del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/sida, se conmemora el Día de la Cero Discriminación, con el objetivo de hacer un “llamado para promover y celebrar el derecho de cada persona a vivir una vida plena con dignidad, independientemente de su aspecto, sexo, edad, religión, lugar de procedencia, condición social, opiniones, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, etnia, idioma, estado de salud (incluyendo el VIH), localización geográfica, estatus económico o migratorio, o por cualquier otra índole”.

Para 2026, el lema de la conmemoración fue “ Las personas primero”, poniendo énfasis en el derecho de todas las personas a vivir una vida plena y productiva con dignidad, para lo cual, se exhortó a los países integrantes de la Organización de las Naciones Unidas a “apoyar las respuestas lideradas por la comunidad, proteger los derechos de acceso a la atención médica, abordar el estigma en las comunidades y eliminar las leyes discriminatorias”.

Esto último, en concordancia con Declaración Política de las Naciones Unidas sobre el VIH y el sida de 2021 y la Estrategia Mundial contra el Sida (2021-2026) en las que se acordó que menos del 10 por ciento de los países tengan marcos legales y políticos que conduzcan a la negación o limitación del acceso a los servicios relacionados con el VIH. Sustentada en la evidencia científica de que “las personas que viven con el VIH que siguen un tratamiento antirretroviral y que tienen un nivel indetectable de VIH en su sangre no presentan ningún riesgo de transmitir el virus sexualmente”.

La Declaración de Consenso de Expertos sobre la Ciencia relativa al VIH en el Contexto del Derecho Penal, elaborada por especialistas en la materia de todo el mundo, en cuyo contenido se insta a erradicar “las ideas erróneas persistentes que exageran los daños que produce la infección por el VIH que influye en la aplicación de la legislación penal” y, llama a los gobiernos y tomadores de decisión a “tomar en cuenta detalladamente los avances realizados en el ámbito científico del VIH para garantizar que la aplicación de la ley esté basada en los conocimientos actuales en este campo”. Sobre todo, si se toma en cuenta que “las pruebas actuales sugieren que las posibilidades de que el VIH se transmita durante un único acto sexual, mordedura o escupida son inexistentes o escasas”.

En México, 27 entidades federativas contienen en su Código Penal la figura del delito de peligro de contagio, la cual puede resultar redundante con el delito de lesiones en grado de tentativa y, en ocasiones, pueden ser discriminatorios al referirse de manera especial a ciertos padecimientos como el VIH y las infecciones de transmisión sexual (ITS) .

En los códigos penales de algunos Estados no se menciona explícitamente que la sanción deriva de la posibilidad de transmisión de una infección sexual. “Se habla, en otro sentido, de enfermedades “crónicas”, “incurables” o “contagiosas”, sin especificar cuáles podrían ser ni dar criterios para considerarlas como tales. En la mayoría de los casos es ambigua la ley, debido a que el peligro de contagio no significa que ocurra necesariamente la transmisión de la enfermedad”.

El 30 de abril de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación falló a favor de la Acción de Inconstitucionalidad 139/20152 - promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a solicitud del Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS del Estado de Veracruz - - en contra de la reforma al artículo 158 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en cuyo contenido se agregó la sanción por delito de presunto “contagio” (debería decirse transmisión) a quien presente infecciones de transmisión sexual.

El entonces Ministro Presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, retomando las recomendaciones del Programa Conjunto de las Naciones Unidas para el VIH/sida y la Declaración de Oslo, referente a la criminalización del VIH, argumentó que el artículo veracruzano dejaba al arbitrio de la autoridad investigadora decidir “que enfermedades serán consideradas como graves y cuáles no, yendo en contra del principio de legalidad, que implica que los delitos no pueden ser indeterminados o ambiguos”.

Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar indicó que es complicado determinar cuándo se puso en riesgo a una persona para trasmitir “la enfermedad”. Manifestando que, en los Estados Unidos de América, las leyes que sancionan la transmisión de VIH han provocado muchos arrestos por actividades que no implican riesgo alguno como escupir o morder debido a que no hay claridad, ni evidencia científica de que esas acciones expongan a una persona a una infección de transmisión sexual.

Por su parte, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha recomendado a los Congresos estatales a “revisar y armonizar la legislación en materia de protección a derechos humanos de las personas con VIH, de conformidad con los estándares internacionales, en particular, con el objetivo de desarrollo sostenible número 16 de la Agenda 2030, así como con la Acción 90-90-90 del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA, a fin de garantizar que las personas con VIH puedan ejercer plenamente su derecho humano al libre desarrollo de la sexualidad”.

En la Cámara de Senadores, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de dicho organismo legislativo, Celeste Ascencio Ortega, en conjunto con organizaciones de la sociedad civil, presentó una iniciativa para derogar el artículo 199 Bis del Código Penal Federal y agregar un nuevo “tipo de lesión”, para sancionar a quien con base en evidencia científica trasmita dolosamente por cualquier medio alguna enfermedad incurable.

En la Cámara de Diputados, la diputada Laura Hernández García presentó una propuesta para la eliminación del artículo 199 Bis del Código Penal Federal, bajo la premisa de impulsar medidas de prevención de nuevas infecciones de VIH que no impliquen aspectos punitivos ni políticas de miedo.

En el caso de la ciudad de México, donde ya fue derogada está figura del Código Penal, se argumentó que “en el propio código penal capitalino ya existían figuras judiciales para sancionar a quienes transmitan una enfermedad de manera dolosa o intencional y que la terminología de ‘peligro de contagio’ es ambigua y queda a la interpretación de los organismos de impartición de justicia”.

En Nayarit, donde también ya fue derogado el delito de peligro de contagio del Código Penal, se argumentó que la medida tenía el fin de evitar la discriminación contra personas que tienen infecciones de transmisión sexual y también en beneficio de quienes viven con VIH, “para que no sean molestados y gocen de su derecho al desarrollo integral de la personalidad e intimidad con respeto”.

En Colima, otra de las entidades en las que el delito de peligro de contagio ya fue derogado del Código Penal, la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales del Congreso local, encargada de elaborar el dictamen, destacó que la medida se adoptó bajo una visión garantista y respondiendo a la demanda de distintos grupos sociales por acabar con la discriminación. Además de señalar que la eliminación del tipo penal “peligro de contagio” se justificó por vulnerar los derechos humanos de las personas conciertas condiciones de salud, estigmatizándolas y convirtiéndolas injustamente en víctimas y victimarios.

Finalmente, es importante destacar que el presente exhorto es congruente con el propio trabajo legislativo realizado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, donde el pasado 18 de febrero de 2025, la Comisión de Justicia aprobó el Dictamen a las iniciativas con proyecto de decreto por el que se deroga y reforman disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delito de peligro de contagio, con una votación de 23 votos a favor, 5 abstenciones y 0 votos en contra, el cual se encuentra en poder de la Mesa Directiva de este órgano legislativo, a espera de ser sometido a discusión, votación y, en su caso, aprobación en breve por parte del pleno, para poder enviarlo como Minuta a la colegisladora.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los Congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas, para que, en el marco de sus facultades legislativas, realicen las acciones necesarias tendientes a la revisión y la adecuación de sus Códigos Penales para derogar figuras como la de peligro de contagio, tendientes a la estigmatización, la discriminación y la vulneración de los derechos humanos de quienes viven con alguna condición de salud específica, a pesar de que esta no ponga en riesgo el estado de salud de terceras personas.

Notas

1. Comisión Nacional de Derechos Humanos. Día de la Cero Discriminación, disponible en

https://www.cndh.org.mx/index.php/noticia/dia-de-la-cero-discri minacion#_ftn1

2. ONUSIDA. Día de la Cero Discriminación 2026, disponible en

https://www.unaids.org/es/2026-zero-discrimination-day

3. Op. Cit.

4. Asamblea General de las Naciones Unidas (2021). Declaración Política sobre el VIH y el Sida: Acabar con las Desigualdades y Estar en Condiciones de Poner Fin al Sida para 2030, Ginebra, disponible en:

https://documents.un.org/doc/undoc/gen/n21/145/34/pdf/n2114534. pdf?token=rFyNTQoX0XwPPRjADw&fe=true

5. ONUSIDA (2018). Indetectable=Intransmisible. Ginebra, Onusida.

6. La afirmación anterior se sustenta en tres estudios realizados entre 2007 y 2016, en los que se observó que no hubo ni un solo caso de transmisión sexual del VIH de una persona que viviera con el virus con supresión víral a su pareja seronegativa, recopilados por Onusida en

https://unaids.org/es/resources/documents/2018/undetectable-unt ransmittable

7. Barré-Sinoussi, Françoise; Abdool Karim, Salim; Albert, Jan; Gail Bekker, Linda; Beyrer, Chris; Cahn, Pedro; Calmy, Alexandra; Grinsztejn, Beatriz; Grulich, Andrew; Kamarulzaman, Adeeba; Kumarasamy, Nagalingeswaran; Loutfy, Mona; El Filali, Kamal M; Mboup, Souleymane; Montaner, Julio; Munderi, Paula; Pokrovsky, Vadim; Vandamme, Anne-Mieke; Young, Benjamin y Peter Godfrey-Faussett, Peter (2018). “Expert consensus statement on the science of HIV in the context of criminal law” en Journal of the International AIDS Society, vol. 21, no. 7, pp. 1-12, disponible en HYPERLINK “

https://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1002/jia2.25161”

https://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1002/jia2.25161

8. Aburto, Gonzalo; Bastida, Leonardo; Ponce Jiménez, Martha Patricia (2021). La legislación mexicana en materia de VIH y sida. Su impacto en las personas viviendo con VIH. Red Mexicana de Organizaciones en Contra de la Criminalización del VIH. México, 247 págs, disponible en

https://toolkit.hivjusticeworldwide.org/wp-content/uploads/2021 /12/VIH-no-es-un-crimen-INFORME-1.pdf

9. Op. Cit.

10. Comisión Nacional de Derechos Humanos (2015). Acción de inconstitucionalidad 139 / 2015, disponible en

https://www.cndh.org.mx/documento/accion-de-inconstitucionalida d-139-2015

11. Suprema Corte de Justicia de la Nación (2018). Crónica de la acción de inconstitucionalidad 139/2015, disponible en

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/cronicas_pleno_sala s/documento/2019-08/cr-JRCD-0139-15.pdf

12. Op. Cit.

13. Comisión Nacional de Derechos Humanos (2020). Recomendación general no. 42/2020 sobre la situación de los derechos humanos de las personas con VIH y sida en México, disponible en

https://www.cndh.org.mx/documento/recomendacion-general-422020

14. Senado de la República (2024). Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del código penal federal, en materia del delito de peligro de contagio, disponible en

https://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2024/12/asun _4825832_20241213_1733249640.pdf

15. Cámara de Diputados (2024). Iniciativa que deroga el artículo 199 Bis del Código Penal Federal, en materia de no criminalización a las personas con VIH por el delito de peligro de contagio en Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6677-II-6, martes 10 de diciembre de 2024, disponible en

https://gaceta.diputados.gob.mx/

16. Congreso de la Ciudad de México (2021). Iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 76 y se deroga el artículo 159 del Código Penal para el Distrito Federal. Disponible en

https://consulta.congresocdmx.gob.mx/consulta/webroot/img/files /iniciativa/IN_48_10_16_2021.pdf

17. Red de Acción por Justicia para Personas Afectadas por el VIH en Latinoamérica y el Caribe (2024). La Criminalización del VIH en América Latina y el Caribe: Avances y Desafíos. Nueva York, Red de Acción, 12 págs.

18. Op. Cit.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputada Laura Hernández García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y A LA SECRETARÍA DE SALUD, A GARANTIZAR EL ABASTO DE INSUMOS MÉDICOS ESPECIALIZADOS EN REGIONES FRONTERIZAS Y DEL NORTE DEL PAÍS

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social y a la Secretaria de Salud a garantizar el abasto de insumos médicos especializados en regiones fronterizas y del norte del país, a cargo de los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y Oscar Fernando Torres Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.