Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXVI Legislatura

Comisión Permanente

Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputada Kenia López Rabadán
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, miércoles 21 de enero de 2026
Sesión 5 Apéndice I

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 21 de enero de 2026 y que no fueron abordadas

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 74 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a fin de reconocer como derecho laboral el descanso remunerado en la fecha de cumpleaños de la persona trabajadora o, a elección de ésta, el pago doble de la jornada laboral. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados

LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL

De la senadora María de Jesús Díaz Marmolejo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Se turna a la Comisión de Justicia, de la Cámara de Senadores

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

De la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 61 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO

De la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción XII del artículo 75 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, recorriéndose los demás sucesivamente. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de la Cámara de Diputados

LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO, Y LEY DE AGUAS NACIONALES

Del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 132 Bis de la Ley del Sector Eléctrico y el artículo 97 de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a las Comisiones Unidas de Energía, y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, de la Cámara de Diputados

SE DECLARA EL 3 DE ENERO COMO DÍA NACIONAL DE FELIPE CARRILLO PUERTO

Del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 3 de enero como Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, de la Cámara de Diputados

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

De la diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley General de Sociedades Cooperativas. Se turna a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, de la Cámara de Diputados

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, Y LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, y a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES

De la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE SALUD

De la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS

De la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 53, 54 y 56 de la Ley General de Partidos Políticos. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

De la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un inciso h) al artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, de la Cámara de Diputados

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, Y LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Del diputado Gilberto Herrera Solórzano, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo XIII, al Título VII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y se adiciona un Capítulo X a la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados

LEY DE MINERÍA

Del senador Pablo Guillermo Ángulo Briceño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 46 de la Ley de Minería. Se turna a la Comisión de Energía, de la Cámara de Senadores

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado Gabino Morales Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 211 Bis 8 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción V Bis al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Del diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Del diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Del diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Cámara de Diputados

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 34 la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE TURISMO

Del diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 59 Bis y 73 Bis de la Ley General de Turismo. Se turna a la Comisión de Turismo, de la Cámara de Diputados

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Del diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 134 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, de la Cámara de Diputados

LEY DEL SEGURO SOCIAL

De la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, de la Cámara de Senadores

LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

De la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 200 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

De la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados

CÓDIGO PENAL FEDERAL

De la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 202 Ter al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados

LEY DE PLANEACIÓN

De la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Planeación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Senadores

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

ACCIONES DE MONITOREO, INVESTIGACIÓN, CONSERVACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL RELACIONADAS CON LOS MARSUPIALES EN MÉXICO, PARTICULARMENTE EL TLACUACHE

De la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la Conabio y a la Profepa, a fortalecer las acciones de monitoreo, investigación, conservación y educación ambiental relacionadas con los marsupiales en México, particularmente del tlacuache, y se evalué la pertinencia de incluirlo como especie sujeta a protección especial en zonas donde existan evidencias de afectación poblacional. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A LA SADER, A LOS GOBIERNOS ESTATALES Y A LOS AYUNTAMIENTOS DEL PAÍS, A PROMOVER E IMPLEMENTAR MERCADOS DE VENTA DIRECTA ENTRE PRODUCTORES Y CONSUMIDORES

De la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a los gobiernos estatales y a los ayuntamientos del país, a promover e implementar mercados de venta directa entre productores y consumidores, como mecanismo para fortalecer la economía rural, impulsar la producción local, garantizar precios justos y reducir la intermediación en la cadena agroalimentaria. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE VALORE EL POSIBLE INCREMENTO A LOS ARANCELES APLICADOS A LOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE COCO QUE SE IMPORTAN DE ASIA, BRASIL Y OTRAS LATITUDES

De la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a valorar incrementar los aranceles aplicados a los productos y subproductos de coco que se importan y provienen sobre todo de Asia, de Brasil y otras latitudes, por la competencia desleal y perjuicios a los productores, la producción, procesamiento del coco y sus derivados. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE EXHORTA A LA ÉTICA Y COMPROMISO MORAL

De la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ética y compromiso moral. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO A LA SE, A EVALUAR EL INCREMENTO DE LOS ARANCELES APLICABLES A LOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DEL COCO IMPORTADO, CON EL OBJETIVO DE PREVENIR LA COMPETENCIA DESLEAL

De la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a evaluar el incremento de los aranceles aplicables a los productos y subproductos del coco importado, con el objetivo de prevenir la competencia desleal, y evitar afectaciones a las y los productores nacionales, así como a la producción, procesamiento y comercialización del coco y sus derivados. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A LA SHCP Y A LA SICT, A ATENDER LA PROBLEMÁTICA RELACIONADA CON LAS PLACAS DE TRASLADO Y A PERMITIR SU UTILIZACIÓN EN LAS NUEVAS INFRAESTRUCTURAS VIALES

Del senador Juan Carlos Loera de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la SICT, a atender la problemática relacionada con las placas de traslado y a permitir su utilización en las nuevas infraestructuras viales, con el propósito de fortalecer el comercio exterior y la competitividad en la franja fronteriza norte. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE LIBEREN LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROYECTOS PRIORITARIOS DEL PLAN NACIONAL HÍDRICO PARA BAJA CALIFORNIA

Del senador Armando Ayala Robles, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, para que libere los recursos destinados a los proyectos prioritarios del Plan Nacional Hídrico para Baja California. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO AL PODER EJECUTIVO DE JALISCO, A SUSPENDER LA APLICACIÓN DEL INCREMENTO A LAS TARIFAS DEL TRANSPORTE PÚBLICO, E INICIAR UN PROCESO DE REVISIÓN INTEGRAL Y PARTICIPATIVA EN LA MATERIA

Del senador Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo de Jalisco, a que suspenda la aplicación del incremento a las tarifas del transporte público, e inicie un proceso de revisión integral y participativa que permita armonizar la sostenibilidad financiera del sistema de transporte con la protección efectiva del derecho humano a la movilidad. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE APOYA LA POSICIÓN DEL GOBIERNO MEXICANO EN CONTRA DEL INTERVENCIONISMO EN NIVEL INTERNACIONAL

De la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se apoya la posición del gobierno mexicano en contra del intervencionismo en nivel internacional. Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales

SE SOLICITA INFORMACIÓN RESPECTO DE LA OPERACIÓN, PRODUCCIÓN Y COSTOS DE LA REFINERÍA OLMECA CONOCIDA COMO DOS BOCAS

De senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita información a las autoridades de energía, respecto de la operación, producción y costos de la Refinería Olmeca conocida como Dos Bocas. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

ACCIONES RELATIVAS AL RECIENTE DESCARRILAMIENTO DE UN TREN DE PASAJEROS EN EL ISTMO DE TEHUANTEPEC

De senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo con relación a diversas acciones relativas al reciente descarrilamiento de un tren de pasajeros en el Istmo de Tehuantepec. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

ACCIONES DE INVESTIGACIÓN, SANEAMIENTO Y PROTECCIÓN AL DERECHO HUMANO AL AGUA EN LA COMUNIDAD IXTACZOQUITLÁN DE VERACRUZ

Del senador Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a realizar acciones de investigación, saneamiento y protección al derecho humano al agua en la comunidad Ixtaczoquitlán de Veracruz. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

ACCIONES Y MEDIDAS PARA PROTEGER, ATENDER Y RESOLVER LAS RECLAMACIONES, QUEJAS Y DENUNCIAS INTERPUESTAS POR LOS USUARIOS DE PRÉSTAMOS FELIZ, S.A. DE C.V. SOFOM

De la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Condusef, así como a la CNBV, a llevar a cabo las acciones y medidas necesarias que correspondan, para proteger, atender y resolver las reclamaciones, quejas y denuncias interpuestas por los usuarios de Préstamos Feliz, S.A. de C.V. SOFOM, por presunto fraude, cobros y descuentos indebidos, por concepto de los servicios de otorgamiento de crédito y cobro de intereses, principalmente a personas pensionadas adultas mayores. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

ESTRATEGIA METROPOLITANA INTEGRAL DE GESTIÓN HÍDRICA EN JALISCO

Del senador Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de Jalisco, a diseñar e implementar una estrategia metropolitana integral de gestión hídrica. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

ACCIONES QUE FORTALEZCAN Y ACTUALICEN LA ESTRATEGIA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL MATRIMONIO INFANTIL, LAS UNIONES TEMPRANAS Y LAS UNIONES FORZADAS, EN COMUNIDADES INDÍGENAS Y ZONAS DE ALTA MARGINACIÓN EN CHIAPAS

Del senador Emanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de las entidades federativas de Chiapas, a instrumentar medidas e implementar acciones que fortalezcan y actualicen la estrategia de prevención, detección y erradicación del matrimonio infantil, las uniones tempranas y las uniones forzadas, particularmente en comunidades indígenas y zonas de alta marginación. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO A LA PROFECO, A FORTALECER MECANISMOS DE CONTROL SOBRE LOS COSTOS DE INSUMOS Y PROCEDIMIENTOS MÉDICOS COBRADOS POR HOSPITALES PRIVADOS, ASÍ COMO A SANCIONAR O CORREGIR SOBRECOSTOS O PRÁCTICAS ABUSIVAS

De la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, a fortalecer los mecanismos de control, supervisión y vigilancia sobre los costos de insumos y procedimientos médicos cobrados por hospitales privados, así como a sancionar o corregir los sobrecostos, prácticas abusivas u onerosidad excesiva que se detecten, a fin de proteger los derechos de las y los consumidores. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE REFUERCE LA VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, PROTECCIÓN Y ESTÁNDARES DE SEGURIDAD DE LOS DATOS PERSONALES DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, ANTE RECIENTES VULNERACIONES DE SEGURIDAD DERIVADAS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO OBLIGATORIO DE LÍNEAS MÓVILES

De la senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de la Administración Pública Federal, a reforzar la vigilancia, supervisión, protección y estándares de seguridad de los datos personales de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, ante recientes vulneraciones de seguridad derivadas de la implementación del registro obligatorio de líneas móviles, con fundamento en el marco constitucional, legal vigente, criterios de la SCJN y estándares internacionales en materia de protección de datos personales. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE CONSIDERE CONVOCAR A LAS Y LOS ARTESANOS MEXICANOS, A QUE PRODUZCAN SUS ARTESANÍAS 100% AUTÉNTICAS CON ENFOQUE HACIA EL TURISMO DEL MUNDIAL DE FUTBOL

De la senadora Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sectur, en coordinación con sus homólogas de las entidades federativas, a considerar convocar a las y los artesanos mexicanos, a que produzcan sus artesanías 100% auténticas con enfoque hacia el turismo del mundial de futbol 2026, a que se coordinen en un catálogo publicitario de piezas y consideren habilitar espacios de venta temporal en aeropuertos, Tren Maya y demás sitios de contacto turístico, para que también conozcan a México por medio de sus artesanías. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A LAS AUTORIDADES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A ESCLARECER, CORREGIR Y TRANSPARENTAR LAS CONDICIONES EN LAS QUE PERMANECEN LOS PERROS TRASLADADOS DEL REFUGIO FRANCISCANO

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de la Ciudad de México, a esclarecer, corregir y transparentar las condiciones en las que permanecen los perros trasladados del refugio franciscano, ante señalamientos de que fueron llevados por la autoridad a espacios donde continúan bajo condiciones de maltrato animal. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

CAMPAÑA NACIONAL DE REVISIÓN PREVENTIVA DE TANQUES DE GAS LP Y DE INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE FUGAS, EXPLOSIONES E INCENDIOS

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a implementar una campaña nacional de revisión preventiva de tanques de gas LP y de información a la población para la prevención de fugas, explosiones e incendios. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE ADOPTEN MEDIDAS Y SE TRANSPARENTE INFORMACIÓN PARA MITIGAR EL ALTO PRECIO DE LAS GASOLINAS EN MÉXICO, PARTICULARMENTE POR SU ELEVADA CARGA FISCAL Y COSTOS LOGÍSTICOS

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a adoptar medidas y transparentar información para mitigar el alto precio de las gasolinas en México, particularmente por su elevada carga fiscal y costos logísticos, a fin de proteger el poder adquisitivo de las familias y la competitividad productiva; así como a informar sobre los resultados del acuerdo de estabilización del precio de la gasolina regular. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

ACCIONES DE MANTENIMIENTO, REHABILITACIÓN Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, A FIN DE GARANTIZAR ESPACIOS SEGUROS, DIGNOS E INCLUSIVOS EN LOS PLANTELES ESCOLARES

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a la SHCP, y a la autoridad educativa de los 32 estados de la República Mexicana, a realizar las acciones de mantenimiento, rehabilitación y mejora de la infraestructura educativa, a fin de garantizar espacios seguros, dignos e inclusivos en los planteles escolares. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE INFORME Y TRANSPARENTE LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL PREDIO DONDE OPERABA EL REFUGIO FRANCISCANO, Y SE RINDA UN INFORME SOBRE EL ESTADO, RESGUARDO Y DESTINO DE LOS ANIMALES RESCATADOS

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a informar y transparentar la situación jurídica del predio donde operaba el refugio franciscano, y a rendir un informe público sobre el estado, resguardo y destino de los animales rescatados. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

PAGO PUNTUAL DE SALARIOS Y PRESTACIONES ADEUDADOS AL PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, por conducto de la SHCP y de la SRE, a atender de manera inmediata y prioritaria el pago puntual de salarios y prestaciones adeudados al personal del servicio exterior mexicano, garantice su regularización y establezca mecanismos permanentes de revisión y actualización salarial. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A FORTALECER ACCIONES DE PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ATENCIÓN DE ACCIDENTES DE MOTOCICLISTAS, Y COMBATIR LA IMPUNIDAD EN CASOS DE VIOLENCIA VIAL

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades federales y a las entidades federativas, a fortalecer de manera coordinada las acciones de prevención, sanción y atención de accidentes de motociclistas a nivel nacional, así como a combatir la impunidad en casos de violencia vial. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE ATIENDAN DE MANERA URGENTE LAS MALAS CONDICIONES DE LAS CARRETERAS EN OAXACA

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, al gobierno de Oaxaca y a las autoridades competentes, a atender de manera urgente las malas condiciones de las carreteras en el estado. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE FORTALEZCAN ACCIONES DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y COMBATE A LAS LLAMADAS DE EXTORSIÓN PROVENIENTES DEL EXTRANJERO

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, a la FGR y a las empresas concesionarias de telecomunicaciones, a fortalecer las acciones de prevención, investigación y combate a las llamadas de extorsión provenientes del extranjero. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE REPLANTEE EL REGISTRO OBLIGATORIO DE DATOS PERSONALES ASOCIADOS A LAS LÍNEAS DE TELEFONÍA MÓVIL, A FIN DE GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, LA PRIVACIDAD Y LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS USUARIAS

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a replantear el registro obligatorio de datos personales asociados a las líneas de telefonía móvil, a fin de garantizar la protección de datos personales, la privacidad y la seguridad de las personas usuarias. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE REALICE UN CENSO COMPLETO Y TRANSPARENTE, Y SE GARANTICE LA ENTREGA DE APOYOS A LAS PERSONAS DAMNIFICADAS POR EL SISMO OCURRIDO EN SAN MARCOS, GUERRERO

Del senador Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNPC, a la Secretaría de Bienestar y al gobierno de Guerrero, a realizar un censo real, completo y transparente, así como a garantizar la entrega inmediata y sin discrecionalidad de los apoyos a las personas damnificadas por el sismo ocurrido en el municipio de San Marcos, Guerrero. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SOLICITUD A LA STPS Y A LA PROFECO, A VERIFICAR QUE LAS EMPRESAS DE PLATAFORMAS DIGITALES CUMPLAN CON LAS DISPOSICIONES LABORALES VIGENTES

De los diputados Fernando Mendoza Arce y Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a STPS y a la Profeco, a verificar que las empresas de plataformas digitales cumplan con las disposiciones laborales vigentes. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE FORTALEZCAN ACCIONES DE FOMENTO A LA PRODUCTIVIDAD, COMPETITIVIDAD Y PERMANENCIA DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN BAJA CALIFORNIA

Del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la SE, en coordinación con la Secretaría de Economía e Innovación de Baja California, fortalezcan acciones de fomento a la productividad, competitividad y permanencia de las micro, pequeñas y medianas empresas en la entidad. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE ENTREGUE LA INFORMACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DEL PROYECTO DE LA LÍNEA 4 DEL METRO DE MONTERREY; Y SE EMITA UN INFORME SOBRE LAS AFECTACIONES AL DRENAJE PLUVIAL EN EL TRAMO AVENIDA CONSTITUCIÓN-VENUSTIANO CARRANZA

De la diputada Petra Romero Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Movilidad y Planeación Urbana y al gobierno del estado de Nuevo León y a las autoridades responsables del proyecto de la línea 4 del Metro de Monterrey, a que en términos del derecho de acceso a la información pública, proporcionen ante esta H. Cámara de Diputados la entrega de información técnica, administrativa y de gestión del proyecto de la Línea 4 del Metro de Monterrey; así como la emisión de un informe detallado sobre las afectaciones detectadas al drenaje pluvial de la ciudad en el tramo de construcción de la Avenida Constitución, Venustiano Carranza y zonas colindantes, y el análisis de riesgos y medidas de protección civil implementadas para mitigar efectos adversos en caso de lluvias, inundaciones y deterioro de infraestructura. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SOLICITUD A LA SEMARNAT, A EVALÚAR, SUPERVISAR Y, EN SU CASO, ADOPTAR MEDIDAS PARA PREVENIR LOS IMPACTOS AMBIENTALES DERIVADOS DEL PROYECTO DE GAS NATURAL LICUADO SAGUARO, EN EL GOLFO DE CALIFORNIA

De la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita de manera respetuosa a la Semarnat, para que en el ámbito de sus atribuciones evalúen, supervisen y, en su caso, adopten medidas para prevenir los impactos ambientales derivados del proyecto de gas natural licuado Saguaro, en la región del golfo de California, a fin de proteger el patrimonio natural de la humanidad. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SOLICITUD A LOS GOBIERNOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, GUADALAJARA Y NUEVO LEÓN, A DESARROLLAR UNA ESTRATEGIA DE DERECHOS HUMANOS QUE INCLUYA MEDIDAS CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y LA PROTECCIÓN DE MENORES, DURANTE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA 2026

De la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita de manera respetuosa a los gobiernos de la Ciudad de México, Guadalajara y Nuevo León para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrollen una estrategia de derechos humanos que incluya medidas contra la trata de personas y la protección de menores, durante la Copa Mundial de la FIFA 2026. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE SOLICITA A LOS CONGRESOS DE AGUASCALIENTES Y CHIHUAHUA, REALIZAR LAS MODIFICACIONES LEGISLATIVAS NECESARIAS PARA EL RECONOCIMIENTO DEL MATRIMONIO IGUALITARIO

Del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo para solicitar a los congresos de las entidades federativas de Aguascalientes y Chihuahua, a realizar las modificaciones legislativas necesarias para el reconocimiento del matrimonio igualitario. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO A LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, A REALIZAR ACCIONES DE COLABORACIÓN, ASÍ COMO PREVER Y DESTINAR LOS RECURSOS ECONÓMICOS SUFICIENTES AL FONDO DE SALUD PARA EL BIENESTAR

De la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas y municipios, a realizar las acciones de colaboración y prevean y destinen los recursos económicos presupuestales suficientes al Fondo de Salud para el Bienestar, a efecto de fortalecer el SNS y garantizar su universalización. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE INVESTIGUEN LOS ACTOS DE MALTRATO ANIMAL OCURRIDOS EN LAS CALLES TZETZALES Y PIMAS, DE LA COLONIA AZTECAS EN CIUDAD JUÁREZ, Y SE FORTALEZCA LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL EN CHIHUAHUA

De la senadora Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General de Chihuahua, a investigar exhaustivamente los actos de maltrato animal ocurridos en las calles Tzetzales y Pimas, de la colonia Aztecas en Ciudad Juárez, así como al Congreso de Chihuahua, a fortalecer la legislación en materia de protección y bienestar animal, a fin de endurecer las penas aplicables. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE FORTALEZCAN MEDIDAS DE ACCESIBILIDAD Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS EN LOS ESPACIOS Y PROCESOS DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA, A FIN DE GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

De la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, al Conadis, a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, a fortalecer las medidas de accesibilidad y eliminación de barreras físicas, comunicativas, digitales y actitudinales en los espacios y procesos de participación pública, a fin de garantizar la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

ACCIONES DE PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, ATENCIÓN INTEGRAL Y SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES FRENTE A LOS RIESGOS DERIVADOS DEL USO DE PLATAFORMAS DIGITALES Y VIDEOJUEGOS EN LÍNEA

De la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a fortalecer las acciones de prevención, protección, atención integral y salvaguarda de los derechos de niñas, niños y adolescentes frente a los riesgos derivados del uso de plataformas digitales y videojuegos en línea. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

ACCIONES, PROTOCOLOS Y POLÍTICAS PÚBLICAS PARA PREVENIR Y ATENDER DE MANERA INTEGRAL EL TRABAJO INFANTIL Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y las senadoras Gina Gerardina Campuzano González y María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a fortalecer las acciones, protocolos y políticas públicas para prevenir y atender de manera integral el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

ACTIVIDADES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, DE PREVENCIÓN Y CONTROL, PARTICULARMENTE MEDIANTE CAMPAÑAS DE VACUNACIÓN, PARA PREVENIR Y ATENDER LOS CASOS DE SARAMPIÓN EN JALISCO

De la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta Secretaría de Salud de Jalisco, a realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control, particularmente mediante campañas de vacunación, para prevenir y atender los casos de sarampión. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO AL BANCO DE MÉXICO, A RENDIR UN INFORME DE LA ESTRATEGIA DE POLÍTICA MONETARIA ANTE EL REPUNTE DE LA INFLACIÓN SUBYACENTE Y LA PÉRDIDA DE CREDIBILIDAD EN SUS PRONÓSTICOS DE CONVERGENCIA

Del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular del Banco de México, a rendir un informe integral y detallado ante esta soberanía, de la estrategia de política monetaria ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A LOS CONGRESOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A ARMONIZAR SUS CÓDIGOS PENALES CON EL ARTÍCULO 209 QUÁTER DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE COHABITACIÓN FORZADA DE MENORES DE

De la senadora Laura Esquivel Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos de las entidades federativas, a armonizar sus códigos penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

PROGRAMAS DE ORIENTACIÓN, ASESORÍA Y ACOMPAÑAMIENTO GRATUITO DIRIGIDOS A PERSONAS ADULTAS MAYORES PARA LA REALIZACIÓN DE TRÁMITES DE PENSIÓN EN EL IMSS Y EL

De la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMSS y ISSSTE, a implementar y fortalecer programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA, CONTENCIÓN, PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL CIBERACOSO Y CIBERBULLYING

De la diputada Karina Alejandra Trujillo Trujillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, a llevar a cabo estrategias y acciones para la detección temprana, contención, prevención y erradicación del ciberacoso y ciberbullying. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO A LA COFEPRIS, A APLICAR MEDIDAS PARA ELIMINAR O SUSTITUIR EL USO DE PRODUCTOS QUE CONTENGAN SUSTANCIAS DISRUPTORAS ENDOCRINAS U HORMONALES, MEDIANTE SU REGULACIÓN EN LA IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN Y CON LA DISPOSICIÓN DE ETIQUETADO

De la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cofepris, a aplicar las medidas necesarias para eliminar o sustituir el uso de productos que contengan sustancias disruptoras endocrinas u hormonales, mediante su regulación en la importación o exportación y con la disposición de etiquetado como medio de información y conocimiento para los consumidores de las consecuencias a su salud. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CUAUTLA, MORELOS, A QUE PRESENTE ANTE EL CONGRESO DE DICHO ESTADO UN INFORME QUE PERMITA CONOCER EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS Y LAS DECISIONES ADMINISTRATIVAS ADOPTADAS SIN TOMAR EN CUENTA AL CABILDO

De la senadora Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al presidente municipal de Cuautla, Morelos, a que presente ante el Congreso de dicho estado un informe detallado, real y verificable acompañado de documentación comprobatoria que permita conocer con certeza el ejercicio de los recursos públicos y las decisiones administrativas adoptadas sin tomar en cuenta al cabildo. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO AL GOBIERNO DE MORELOS Y A LA FISCALÍA GENERAL DE DICHA ENTIDAD, A INFORMAR Y FORTALECER ACCIONES PARA COMBATIR EL DELITO DE EXTORSIÓN EN FAVOR DE LOS COMERCIOS ESTABLECIDOS

De la senadora Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Morelos y a la Fiscalía General de dicha entidad, a informar y fortalecer las acciones para combatir el delito de extorsión en favor de los comercios establecidos. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

ESTRATEGIA DE ATENCIÓN, SANIDAD Y FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO DEL SECTOR CITRÍCOLA EN NUEVO LEÓN

Del senador Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader y la Senasica, a diseñar e implementar una estrategia integral de atención, sanidad y fortalecimiento productivo del sector citrícola en Nuevo León, que contemple acciones de prevención, control y manejo de plagas y enfermedades, mediante esquemas sostenibles con apoyo técnico y científico. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO AL TRIBUNAL ELECTORAL DE OAXACA Y A LAS AUTORIDADES MUNICIPALES Y ESTATALES, A ATENDER LAS IRREGULARIDADES QUE ESTÉN SUCEDIENDO PREVIO AL PROCESO DE LA REVOCACIÓN DE MANDATO

De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Tribunal Electoral de Oaxaca y a las autoridades municipales y estatales, a atender las irregularidades que estén sucediendo previo al proceso de la revocación de mandato. Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales

SE REALICE UNA AUDITORÍA AL GASTO FEDERALIZADO, A FIN DE DESLINDAR RESPONSABILIDADES Y RENDIR CUENTAS SOBRE EL PROYECTO DE TRANSPORTE PÚBLICO BUS LAGUNA, EN TORREÓN, COAHUILA

Del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instituciones, a realizar una auditoría al gasto federalizado, a fin de deslindar responsabilidades y rendir cuentas sobre el proyecto de transporte público Bus Laguna, en la ciudad de Torreón, Coahuila. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR EL RECLUTAMIENTO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES POR PARTE DEL CRIMEN ORGANIZADO

De la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a prevenir, atender y erradicar el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por parte del crimen organizado, en cumplimiento del interés superior de la niñez y del derecho a una vida libre de violencia. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO AL GOBIERNO DE HIDALGO Y A LA COMANDANCIA DE LA GN, A INTEGRAR UNA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD EN EL TRAMO CARRETERO DE TEPEJI DEL RÍO (57D) DE LA AUTOPISTA 57 MÉXICO- QUERÉTARO

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Hidalgo y a la comandancia de la GN, a fin de que integren una estrategia general de seguridad en el tramo carretero de Tepeji del Río (57D) de la autopista 57 México- Querétaro. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE IMPLEMENTE UN PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN PARA LA EXPEDICIÓN DE TÍTULOS Y EL REGISTRO RESPECTIVO DE QUIENES EGRESAN DE LAS UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA, Y SE REMITA UN INFORME QUE EXPLIQUE LAS CAUSAS QUE HAN GENERADO REZAGO EN LA TITULACIÓN

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y al organismo coordinador de las universidades para el bienestar Benito Juárez García, a implementar de manera inmediata un programa extraordinario de regularización para la expedición de títulos y el registro ante la dirección general de profesiones de las y los egresados de las universidades para el bienestar Benito Juárez García y remitan a esta soberanía un informe detallado que explique las causas administrativas, técnicas o normativas que han generado el rezago en la titulación. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE ATIENDA LA FALTA DE PAGO DE SUELDOS, PRESTACIONES Y ESTÍMULOS LABORALES QUE ENFRENTAN MAESTRAS, MAESTROS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CAMPECHE

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a través de la Dirección de Institutos Tecnológicos Descentralizados, y a la SHCP, a atender de manera urgente, integral y definitiva la falta de pago de sueldos, prestaciones y estímulos laborales que enfrentan maestras, maestros y personal administrativo del instituto tecnológico de Campeche, garantizando el pleno respeto a sus derechos laborales y humanos, así como la continuidad del servicio educativo público sin afectaciones a la comunidad estudiantil. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE ATIENDA LA SITUACIÓN LABORAL DERIVADA DE LA EXTINCIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y SE GARANTICE EL RESPETO A LOS DERECHOS LABORALES DE SUS EXTRABAJADORAS Y

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la SABG y a la CRT, a atender la situación laboral derivada de la extinción del Instituto Federal de Telecomunicaciones y garanticen el respeto a los derechos laborales de sus extrabajadoras y extrabajadores. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, PARA QUE, EN EL MARCO DEL SEGUIMIENTO A LA ARMONIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS DEL DECRETO EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE LA BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS DESAPARECIDAS, PUBLICADO EN EL DOF EL 16 DE JULIO DE 2025, REMITAN UN INFORME DETALLADO SOBRE EL AVANCE DE DICHA IMPLEMENTACIÓN

De la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, para que, en el marco del seguimiento a la armonización e implementación de los artículos transitorios del decreto en materia de fortalecimiento de la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, publicado en el DOF el 16 de julio de 2025, remitan un informe detallado sobre el avance de dicha implementación. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO A LA SRE, A ATENDER Y BRINDAR LAS CONDICIONES LABORALES ADECUADAS AL PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO ADSCRITO A LA EMBAJADA DE MÉXICO EN EL REINO UNIDO, LUEGO DE LA DIFUSIÓN DE LAS DENUNCIAS DE HOSTIGAMIENTO LABORAL Y COMPORTAMIENTO INADECUADO EN CONTRA DE LA EMBAJADORA JOSEFA GONZÁLEZ-BLANCO

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a atender y brindar las condiciones laborales adecuadas al personal del servicio exterior mexicano adscrito a la embajada de México en el Reino Unido, luego de la difusión de las denuncias de hostigamiento laboral y comportamiento inadecuado en contra de la embajadora Josefa González-Blanco. Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales

SE RECONOCE EL DÍA MUNDIAL DE LA LUCHA CONTRA LA DEPRESIÓN Y SE EXHORTA A DIVERSAS AUTORIDADES A FORTALECER LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN OPORTUNA, ATENCIÓN INTEGRAL Y SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE SALUD MENTAL

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión reconoce el Día Mundial de la Lucha contra la Depresión y exhorta a las autoridades de salud federales y estatales a fortalecer las acciones de prevención, detección oportuna, atención integral y sensibilización, en materia de salud mental en México. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE CULTURA, A IMPLEMENTAR ACCIONES DE RESCATE ANTE EL ABANDONO Y DETERIORO DE LA RED NACIONAL DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS, ASÍ COMO A INSTRUMENTAR ACCIONES QUE DIGNIFIQUEN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL

De senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Cultura, a través de la Dirección General de Bibliotecas, a implementar acciones de rescate ante el abandono y deterioro de la red nacional de bibliotecas públicas, así como a que instrumente acciones que dignifiquen las condiciones de trabajo del personal que ahí labora. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO AL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO, A MODIFICAR EL ACUERDO GENERAL 5/2025, A FIN DE RESTABLECER UN TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO EN CAMPECHE Y EVITAR AFECTACIONES A EJIDATARIOS

Del senador Pablo Guillermo Angulo Briseño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al pleno del Tribunal Superior Agrario, a modificar el acuerdo general 5/2025, a fin de restablecer un tribunal unitario agrario en el estado de Campeche y con ello evitar afectaciones económicas y administrativas a ejidatarios de dicha entidad federativa. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A LA SEGOB, A CUMPLIR LA SENTENCIA DEL CASO ASCENCIO ROSARIO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

De la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a cumplir la sentencia del caso Ascencio Rosario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales

SE INVESTIGUEN PRESUNTOS HECHOS DE FRAUDE RELACIONADOS CON LA COMPRA-VENTA DE VEHÍCULOS EN YUCATÁN

De la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades federales y estatales, a investigar presuntos hechos de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en Yucatán, así como a implementar medidas de prevención y protección a las personas consumidoras. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE GARANTICE UN ACOMPAÑAMIENTO EFECTIVO A LAS VÍCTIMAS DEL DESCARRILAMIENTO DEL TREN INTEROCEÁNICO, Y SUS FAMILIARES, A FIN DE QUE PUEDAN ACCEDER A LOS DERECHOS DE REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO, ACCESO A LA VERDAD Y NO REPETICIÓN

De la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la CEAV, a garantizar a las víctimas y sus familiares del descarrilamiento del Tren Interoceánico un acompañamiento efectivo a fin de que puedan acceder a los derechos de reparación integral del daño, acceso a la verdad y no repetición. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE ESTABLEZCAN CRITERIOS PARA PERMITIR LA DEDUCCIÓN DEL IVA TRASLADADO EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS RECIBIDOS

De la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a través de SAT, para que establezca criterios para permitir la deducción del IVA trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO AL AYUNTAMIENTO DE GENERAL ZUAZUA, NUEVO LEÓN, A EJERCER ACCIONES DE MANTENIMIENTO, INSTALACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO, A FIN DE GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LUMINARIAS

De diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León, a ejercer acciones urgentes de mantenimiento, instalación y modernización del alumbrado público del municipio, a fin de garantizar el funcionamiento continuo y adecuado de las luminarias existentes en calles, avenidas, parques y espacios públicos. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

SE ANALICE Y, EN SU CASO, AUTORICE LA INCORPORACIÓN DEL NOMBRE JULIO SCHERER GARCÍA EN UNA DE LAS VIALIDADES DE NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO

De los diputados Gibrán Ramírez Reyes y Juan Ignacio Zavala Gutiérrez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Segob de la Ciudad de México, a través de la Seduvi, así como al Ayuntamiento del municipio de Naucalpan de Juárez del Estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre Julio Scherer García en una de las vialidades. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

SE HAGA PÚBLICO UN INFORME QUE DETALLE EL ASEGURAMIENTO DE COMBUSTIBLE DE PROCEDENCIA ILEGAL REALIZADO EN MARZO DE 2025 EN EL PUERTO DE TAMPICO, TAMAULIPAS

De los diputados Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez y el senador Luis Donaldo Colosio Riojas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semar, a la FGR, al SAT y a la ANAM, a hacer público un informe que detalle el aseguramiento de combustible de procedencia ilegal realizado en marzo de 2025 en el puerto de Tampico, Tamaulipas, incluyendo, entre otros elementos, el volumen real de hidrocarburos ingresados al país, el destino final del combustible asegurado y el monto total de la evasión fiscal detectada. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos

EXHORTO A LA SRE Y A LA COMISIÓN PERMANENTE, A CONDENAR EL DESPLAZAMIENTO FORZADO Y LOS ATAQUES CONTRA CIVILES EN ALEPPO, SIRIA

De la senadora Amalia García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE y a la Comisión Permanente, a condenar el desplazamiento forzado y los ataques contra civiles en Aleppo, Siria. Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales

SE IMPLEMENTEN Y FORTALEZCAN JORNADAS INFORMATIVAS NACIONALES SOBRE LOS FRENTES FRÍOS QUE AFECTAN AL PAÍS

Del senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, por conducto de la CNPC, y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, implemente y fortalezca jornadas informativas nacionales dirigidas a la población sobre los frentes fríos que afectan al país. Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales

EXHORTO A PEMEX, A REALIZAR EL PAGO INMEDIATO DEL INCREMENTO SALARIAL 2025 Y TRANSPARENTAR EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS DEL CAPÍTULO 1000 SERVICIOS PERSONALES

De los diputados Ariana del Rocío Rejón Lara y Federico Döring Casar integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y Partido Acción Nacional, respectivamente, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a Pemex, a realizar el pago inmediato del incremento salarial 2025 y transparentar el ejercicio de los recursos del capítulo 1000 Servicios Personales. Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente.

Se comunica a las legisladoras y legisladores integrantes de la Comisión Permanente, los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto, y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del 21 de enero de 2026 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputada Kenia López Rabadán (rúbrica), presidenta.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que adiciona un artículo 74 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a fin de reconocer como derecho laboral el descanso remunerado en la fecha de cumpleaños de la persona trabajadora o, a elección de ésta, el pago doble de la jornada laboral, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados.

2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la senadora María de Jesús Díaz Marmolejo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Justicia, de la Cámara de Senadores.

3. Que adiciona el artículo 61 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.

4. Que adiciona un segundo párrafo a la fracción XII del artículo 75 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, recorriéndose los demás sucesivamente, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de la Cámara de Diputados.

5. Que adiciona el artículo 132 Bis de la Ley del Sector Eléctrico y el artículo 97 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisiones Unidas de Energía, y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, de la Cámara de Diputados.

6. De decreto, por el que declara el 3 de enero como Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, de la Cámara de Diputados.

7. Que adiciona la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones fiscales por gastos médicos derivados del parto del hijo o hija del contribuyente, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.

8. Que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley General de Sociedades Cooperativas, en materia de fomento de la cultura organizacional de pueblos indígenas y afromexicanos, a cargo de la diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, de la Cámara de Diputados.

9. Que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, y a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de detenciones donde exista presencia de personas menores de edad, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, de la Cámara de Diputados.

10. Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para la protección del espacio barrial y comunitario frente a la gentrificación, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Cultura y Cinematografía, de la Cámara de Diputados.

11. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prohibición de cirugías con fines exclusivamente estéticos en personas menores de edad, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Salud, de la Cámara de Diputados.

12. Que reforma los artículos 53, 54 y 56 de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de aportaciones de mexicanos, en el exterior a partidos políticos, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, de la Cámara de Diputados.

13. Que adiciona un inciso h) al artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, de la Cámara de Diputados.

14. Que adiciona un Capítulo XIII, al Título VII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se adiciona un Capítulo X a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de estímulos fiscales en la frontera norte, a cargo del diputado Gilberto Herrera Solórzano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.

15. Que reforma el artículo 46 de la Ley de Minería, a cargo del senador Pablo Guillermo Ángulo Briceño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Energía, de la Cámara de Senadores.

16. Que adiciona un artículo 211 Bis 8 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Gabino Morales Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados.

17. Que adiciona la fracción V Bis al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de fomento al consumo de productos de origen nacional y uso de la marca de certificación "Hecho en México", a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.

18. Que reforma el artículo 2o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.

19. Que reforma el artículo 6o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.

20. Que reforma el artículo 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de incorporar la innovación tecnológica, la economía digital, la economía colaborativa y los clusters productivos en el desarrollo forestal sustentable, garantizando la participación activa de las MIPyMES, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Cámara de Diputados.

21. Que adiciona el artículo 34 la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.

22. Que adiciona los artículos 59 Bis y 73 Bis de la Ley General de Turismo, en materia de registro obligatorio de niñas, niños y adolescentes en servicios de hospedaje, para garantizar su seguridad y el respeto al interés superior del menor, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Turismo, de la Cámara de Diputados.

23. Que reforma el artículo 134 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, de la Cámara de Diputados.

24. Que reforma los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Seguridad Social, de la Cámara de Senadores.

25. Que adiciona el artículo 200 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a cargo de la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.

26. Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de permiso de paternidad, a cargo de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados.

27. Que adiciona un artículo 202 Ter al Código Penal Federal, en materia de pornografía por razón de su orientación sexual, identidad de género o condición social, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados.

28. Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Planeación, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Senadores.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la Conabio y a la Profepa, a fortalecer las acciones de monitoreo, investigación, conservación y educación ambiental relacionadas con los marsupiales en México, particularmente del tlacuache, y se evalué la pertinencia de incluirlo como especie sujeta a protección especial en zonas donde existan evidencias de afectación poblacional, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, a los gobiernos estatales y a los ayuntamientos del país, a promover e implementar mercados de venta directa entre productores y consumidores, como mecanismo para fortalecer la economía rural, impulsar la producción local, garantizar precios justos y reducir la intermediación en la cadena agroalimentaria, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a valorar incrementar los aranceles aplicados a los productos y subproductos de coco que se importan y provienen sobre todo de Asia, de Brasil y otras latitudes, por la competencia desleal y perjuicios a los productores, la producción, procesamiento del coco y sus derivados, a cargo de la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ética y compromiso moral, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a evaluar el incremento de los aranceles aplicables a los productos y subproductos del coco importado, con el objetivo de prevenir la competencia desleal y evitar afectaciones a las y los productores nacionales, así como a la producción, procesamiento y comercialización del coco y sus derivados, suscrita por la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SICT, a atender la problemática relacionada con las placas de traslado y a permitir su utilización en las nuevas infraestructuras viales, con el propósito de fortalecer el comercio exterior y la competitividad en la franja fronteriza norte, suscrita por el senador Juan Carlos Loera de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, para que libere los recursos destinados a los proyectos prioritarios del Plan Nacional Hídrico para Baja California, suscrita por el senador Armando Ayala Robles, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a al titular del Poder Ejecutivo de Jalisco, a que suspenda la aplicación del incremento a las tarifas del transporte público, e inicie un proceso de revisión integral y participativa que permita armonizar la sostenibilidad financiera del sistema de transporte con la protección efectiva del derecho humano a la movilidad, suscrita por el senador Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

9. Con punto de acuerdo, por el que se apoya la posición del gobierno mexicano en contra del intervencionismo en nivel internacional suscrita por la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena

Turno: Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.

10. Con punto de acuerdo, por el que se solicita información a las autoridades de energía, respecto de la operación, producción y costos de la Refinería Olmeca conocida como Dos Bocas, a cargo de senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

11. Con punto de acuerdo, con relación a diversas acciones, relativas al reciente descarrilamiento de un tren de pasajeros en el Istmo de Tehuantepec, a cargo de senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a realizar acciones de investigación, saneamiento y protección al derecho humano al agua en la comunidad Ixtaczoquitlán de Veracruz, a cargo del senador Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Condusef, así como a la CNBV, a llevar a cabo las acciones y medidas necesarias que correspondan, para proteger, atender y resolver las reclamaciones, quejas y denuncias interpuestas por los usuarios de Prestamos Feliz, S.A. de C.V. SOFOM, por presunto fraude, cobros y descuentos indebidos, por concepto de los servicios de otorgamiento de crédito y cobro de intereses, principalmente a personas pensionadas adultas mayores, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de Jalisco, a diseñar e implementar una estrategia metropolitana integral de gestión hídrica, a cargo del senador Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de las entidades federativas de Chiapas, a instrumentar medidas e implementar acciones que fortalezcan y actualicen la estrategia de prevención, detección y erradicación del matrimonio infantil, las uniones tempranas y las uniones forzadas, particularmente en comunidades indígenas y zonas de alta marginación, a cargo del senador Emanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a fortalecer los mecanismos de control, supervisión y vigilancia sobre los costos de insumos y procedimientos médicos cobrados por hospitales privados, así como a sancionar o corregir los sobrecostos, prácticas abusivas u onerosidad excesiva que se detecten, a fin de proteger los derechos de las y los consumidores, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de la Administración Pública Federal, a reforzar la vigilancia, supervisión, protección y estándares de seguridad de los datos personales de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, ante recientes vulneraciones de seguridad derivadas de la implementación del registro obligatorio de líneas móviles, con fundamento en el marco constitucional, legal vigente, criterios de la SCJN y estándares internacionales en materia de protección de datos personales, a cargo de la senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur, en coordinación con sus homólogas de las entidades federativas, a considerar convocar a las y los artesanos mexicanos, a que produzcan sus artesanías 100% auténticas con enfoque hacia el turismo del mundial de futbol 2026, a que se coordinen en un catálogo publicitario de piezas y consideren habilitar espacios de venta temporal en aeropuertos, tren maya y demás sitios de contacto turístico, para que también conozcan a México por medio de sus artesanías, a cargo de la senadora Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades de la Ciudad de México, a esclarecer, corregir y transparentar las condiciones en las que permanecen los perros trasladados del refugio franciscano, ante señalamientos de que fueron llevados por la autoridad a espacios donde continúan bajo condiciones de maltrato animal, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a implementar una campaña nacional de revisión preventiva de tanques de gas LP y de información a la población para la prevención de fugas, explosiones e incendios, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a adoptar medidas y transparentar información para mitigar el alto precio de las gasolinas en México, particularmente por su elevada carga fiscal y costos logísticos, a fin de proteger el poder adquisitivo de las familias y la competitividad productiva; así como a informar sobre los resultados del acuerdo de estabilización del precio de la gasolina regular, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a la SHCP, y a la autoridad educativa de los 32 estados de la República Mexicana, a realizar las acciones de mantenimiento, rehabilitación y mejora de la infraestructura educativa en la a fin de garantizar espacios seguros, dignos e inclusivos en los planteles escolares, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a informar y transparentar la situación jurídica del predio donde operaba el refugio franciscano, y a rendir un informe público sobre el estado, resguardo y destino de los animales rescatados, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, por conducto de la SHCP y de la SRE, a atender de manera inmediata y prioritaria el pago puntual de salarios y prestaciones adeudados al personal del servicio exterior mexicano, garantice su regularización y establezca mecanismos permanentes de revisión y actualización salarial, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

25. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades federales y a las entidades federativas, a fortalecer de manera coordinada las acciones de prevención, sanción y atención de accidentes de motociclistas a nivel nacional, así como a combatir la impunidad en casos de violencia vial, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT, al gobierno de Oaxaca y a las autoridades competentes, a atender de manera urgente las malas condiciones de las carreteras en el estado, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSPC, a la FGR y a las empresas concesionarias de telecomunicaciones, a fortalecer las acciones de prevención, investigación y combate a las llamadas de extorsión provenientes del extranjero, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

28. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a replantear el registro obligatorio de datos personales asociados a las líneas de telefonía móvil, a fin de garantizar la protección de datos personales, la privacidad y la seguridad de las personas usuarias, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

29. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNPC, a la Secretaría de Bienestar y al gobierno de Guerrero, a realizar un censo real, completo y transparente, así como a garantizar la entrega inmediata y sin discrecionalidad de los apoyos a las personas damnificadas por el sismo ocurrido en el municipio de San Marcos, Guerrero, a cargo del senador Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

30. Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la STPS y a la Profeco, a verificar que las empresas de plataformas digitales cumplan con las disposiciones laborales vigentes, suscrito por los diputados Fernando Mendoza Arce y Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

31. Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la SE, en coordinación con la Secretaría de Economía e Innovación de Baja California, fortalezcan acciones de fomento a la productividad, competitividad y permanencia de las micro, pequeñas y medianas empresas en la entidad, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

32. Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Movilidad y Planeación Urbana y al gobierno del estado de Nuevo León y a las autoridades responsables del proyecto de la línea 4 del Metro de Monterrey, a que en términos del derecho de acceso a la información pública, proporcionen ante esta H. Cámara de Diputados la entrega de información técnica, administrativa y de gestión del proyecto de la Línea 4 del Metro de Monterrey; así como la emisión de un informe detallado sobre las afectaciones detectadas al drenaje pluvial de la ciudad en el tramo de construcción de la Avenida Constitución, Venustiano Carranza y Zonas Colindantes; y el análisis de riesgos y medidas de protección civil implementadas para mitigar efectos adversos en caso de lluvias, inundaciones y deterioro de infraestructura, a cargo de la diputada Petra Romero Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

33. Con punto de acuerdo, por el que se solicita de manera respetuosa a la Semarnat, para que en el ámbito de sus atribuciones evalúen, supervisen y, en su caso, adopten medidas para prevenir los impactos ambientales derivados del proyecto de gas natural licuado Saguaro, en la región del golfo de California, a fin de proteger el patrimonio natural de la humanidad, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

34. Con punto de acuerdo, por el que se solicita de manera respetuosa a los gobiernos de la Ciudad de México, Guadalajara y Nuevo León para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrollen una estrategia de derechos humanos que incluya medidas contra la trata de personas y la protección de menores, durante la Copa Mundial de la FIFA 2026, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

35. Con punto de acuerdo, para solicitar a los congresos de las entidades federativas de Aguascalientes y Chihuahua, a realizar las modificaciones legislativas necesarias para el reconocimiento del matrimonio igualitario, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

36. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas y municipios, a realizar las acciones de colaboración y, prevean y destinen los recursos económicos presupuestales suficientes al Fondo de Salud para el Bienestar, a efecto de fortalecer el SNS y garantizar su universalización, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

37. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía General de Chihuahua, a investigar exhaustivamente los actos de maltrato animal ocurridos en las calles Tzetzales y Pimas, de la colonia Aztecas en Ciudad Juárez, así como al Congreso de Chihuahua, a fortalecer la legislación en materia de protección y bienestar animal, a fin de endurecer las penas aplicables, a cargo de la senadora Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

38. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, al Conadis, a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, a fortalecer las medidas de accesibilidad y eliminación de barreras físicas, comunicativas, digitales y actitudinales en los espacios y procesos de participación pública, a fin de garantizar la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

39. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a fortalecer las acciones de prevención, protección, atención integral y salvaguarda de los derechos de niñas, niños y adolescentes frente a los riesgos derivados del uso de plataformas digitales y videojuegos en línea, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

40. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a fortalecer las acciones, protocolos y políticas públicas para prevenir y atender de manera integral el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y las senadoras Gina Gerardina Campuzano González y María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

41. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta Secretaría de Salud de Jalisco, a realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control, particularmente mediante campañas de vacunación, para prevenir y atender los casos de sarampión, a cargo de la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

42. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular del Banco de México, a rendir un informe integral y detallado ante esta soberanía, de la estrategia de política monetaria ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

43. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos de las entidades federativas, a armonizar sus Códigos Penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad, a cargo de la senadora Laura Esquivel Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

44. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS y al ISSSTE, a implementar y fortalezcan programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión, a cargo de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

45. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, a llevar a cabo estrategias y acciones para la detección temprana, contención, prevención y erradicación del ciberacoso y ciberbullying, a cargo de la diputada Karina Alejandra Trujillo Trujillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

46. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cofepris, a aplicar las medidas necesarias para eliminar o sustituir el uso de productos que contengan sustancias disruptoras endocrinas u hormonales, mediante su regulación en la importación o exportación y con la disposición de etiquetado como medio de información y conocimiento para los consumidores de las consecuencias a su salud, a cargo de la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

47. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente municipal de Cuautla, Morelos, a que presente ante el Congreso de dicho estado un informe detallado, real y verificable acompañado de documentación comprobatoria que permita conocer con certeza el ejercicio de los recursos públicos y las decisiones administrativas adoptadas sin tomar en cuenta al cabildo, a cargo de la senadora Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

48. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Morelos y a la Fiscalía General de dicha entidad, a informar y fortalecer las acciones para combatir el delito de extorsión en favor de los comercios establecidos, a cargo de la senadora Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

49. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader y la Senasica, a diseñar e implementar una estrategia integral de atención, sanidad y fortalecimiento productivo del sector citrícola en Nuevo León, que contemple acciones de prevención, control y manejo de plagas y enfermedades, mediante esquemas sostenibles con apoyo técnico y científico, a cargo del senador Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

50. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Tribunal Electoral de Oaxaca y a las autoridades municipales y estatales, a atender las irregularidades que estén sucediendo previo al proceso de la revocación de mandato, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.

51. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas instituciones, a realizar una auditoría al gasto federalizado, a fin de deslindar responsabilidades y rendir cuentas sobre el proyecto de transporte público Bus Laguna, en la ciudad de Torreón, Coahuila, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

52. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a prevenir, atender y erradicar el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por parte del crimen organizado, en cumplimiento del interés superior de la niñez y del derecho a una vida libre de violencia, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

53. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Hidalgo y a la comandancia de la GN, a fin de que integren una estrategia general de seguridad en el tramo carretero de Tepeji del Río (57D) de la autopista 57 México- Querétaro, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

54. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y al organismo coordinador de las universidades para el bienestar Benito Juárez García, a implementar de manera inmediata un programa extraordinario de regularización para la expedición de títulos y el registro ante la dirección general de profesiones de las y los egresados de las universidades para el bienestar Benito Juárez García y remitan a esta soberanía un informe detallado que explique las causas administrativas, técnicas o normativas que han generado el rezago en la titulación, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

55. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a través de la Dirección de Institutos Tecnológicos Descentralizados, y a la SHCP, a atender de manera urgente, integral y definitiva la falta de pago de sueldos, prestaciones y estímulos laborales que enfrentan maestras, maestros y personal administrativo del Instituto Tecnológico de Campeche, garantizando el pleno respeto a sus derechos laborales y humanos, así como la continuidad del servicio educativo público sin afectaciones a la comunidad estudiantil, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

56. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a la SABG y a la CRT, a atender la situación laboral derivada de la extinción del Instituto Federal de Telecomunicaciones y garanticen el respeto a los derechos laborales de sus extrabajadoras y extrabajadores, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

57. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, para que, en el marco del seguimiento a la armonización e implementación de los artículos transitorios del decreto en materia de fortalecimiento de la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, publicado en el DOF el 16 de julio de 2025, remitan un informe detallado sobre el avance de dicha implementación, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

58. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a atender y brindar las condiciones laborales adecuadas al personal del servicio exterior mexicano adscrito a la embajada de México en el Reino Unido, luego de la difusión de las denuncias de hostigamiento laboral y comportamiento inadecuado en contra de la embajadora Josefa González-Blanco, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.

59. Con punto de acuerdo, por el que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión reconoce el Día Mundial de la Lucha contra la Depresión y exhorta a las autoridades de salud federales y estatales a fortalecer las acciones de prevención, detección oportuna, atención integral y sensibilización, en materia de salud mental en México, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

60. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Cultura, a través de la Dirección General de Bibliotecas a que implementar las acciones de rescate ante el abandono y deterioro de la red nacional de bibliotecas públicas, así como a que instrumente acciones que dignifiquen las condiciones de trabajo del personal que ahí labora, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

61. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al pleno del Tribunal Superior Agrario, a modificar el acuerdo general 5/2025, a fin de restablecer un tribunal unitario agrario en el estado de Campeche y con ello evitar afectaciones económicas y administrativas a ejidatarios de dicha entidad federativa, a cargo del senador Pablo Guillermo Angulo Briseño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

62. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a cumplir la sentencia del caso Ascencio Rosario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.

63. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades federales y estatales, a investigar presuntos hechos de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en Yucatán, así como a implementar medidas de prevención y protección a las personas consumidoras, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

64. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la CEAV, a garantizar a las víctimas y sus familiares del descarrilamiento del tren interoceánico un acompañamiento efectivo a fin de que puedan acceder a los derechos de reparación integral del daño, acceso a la verdad y no repetición, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

65. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a través de SAT, para que establezca criterios para permitir la deducción del IVA trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

66. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León, a ejercer acciones urgentes de mantenimiento, instalación y modernización del alumbrado público del municipio, a fin de garantizar el funcionamiento continuo y adecuado de las luminarias existentes en calles, avenidas, parques y espacios públicos, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

67. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Segob de la Ciudad de México, a través de la Seduvi, así como al Ayuntamiento del municipio de Naucalpan de Juárez del estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre Julio Scherer García en una de las vialidades, suscrito por los diputados Gibrán Ramírez Reyes y Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

68. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semar, a la FGR, al SAT y a la ANAM, a hacer público un informe que detalle el aseguramiento de combustible de procedencia ilegal realizado en marzo de 2025 en el puerto de Tampico, Tamaulipas, incluyendo, entre otros elementos, el volumen real de hidrocarburos ingresados al país, el destino final del combustible asegurado y el monto total de la evasión fiscal detectada, suscrito por los diputados Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez y el senador Luis Donaldo Colosio Riojas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.

69. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE y a la Comisión Permanente, a condenar el desplazamiento forzado y los ataques contra civiles en Aleppo, Siria, a cargo de la senadora Amalia García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.

70. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSPC, por conducto de la CNPC, y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, implemente y fortalezca jornadas informativas nacionales dirigidas a la población sobre los frentes fríos que afectan al país, a cargo del senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Segunda Comisión: Asuntos sociales.

71. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Pemex, a realizar el pago inmediato del incremento salarial 2025 y transparentar el ejercicio de los recursos del capítulo 1000 Servicios Personales, suscrito por los diputados Ariana del Rocío Rejón Lara y Federico Döring Casar integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y Partido Acción Nacional, respectivamente.

Turno: Tercera Comisión: Asuntos económicos.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que adiciona un artículo 74 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a fin de reconocer como derecho laboral el descanso remunerado en la fecha de cumpleaños de la persona trabajadora o, a elección de ésta, el pago doble de la jornada laboral, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Armando Corona Arvizu, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 74 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a fin de reconocer como derecho laboral el descanso remunerado en la fecha de cumpleaños de la persona trabajadora o, a elección de ésta, el pago doble de la jornada laboral, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El trabajo constituye uno de los pilares fundamentales para el desarrollo económico, social y personal de las personas; sin embargo, en la realidad cotidiana de millones de trabajadoras y trabajadores en México, el empleo se ha convertido también en un factor que absorbe la mayor parte del tiempo de vida disponible. La jornada laboral, sumada a los extensos trayectos de ida y regreso al centro de trabajo, provoca que una parte significativa de la población ocupada pase más horas fuera de su hogar que dentro de él, reduciendo de manera considerable el tiempo destinado a la convivencia familiar, al descanso y al cuidado de la salud física y mental.

De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, México es uno de los países con mayor número de horas trabajadas al año entre sus países miembros, con un promedio de 2 mil 207 horas anuales por trabajador, muy por encima del promedio de la OCDE que se ubica en mil 746 horas anuales (OCDE, “Hours worked”, 2023). Esta cifra evidencia una cultura laboral marcada por jornadas prolongadas y una limitada disponibilidad de tiempo personal, situación que se agrava si se consideran los tiempos de traslado. Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en las principales zonas metropolitanas del país, particularmente en la Zona Metropolitana del Valle de México, las personas trabajadoras pueden destinar entre dos y hasta tres horas diarias al traslado entre su domicilio y el lugar de trabajo (Inegi, Encuesta Nacional de Movilidad y Transporte Urbano, 2022).

Esta realidad implica que, para millones de personas, el tiempo efectivo dedicado al trabajo —directo o indirecto— supera ampliamente el tiempo disponible para la vida familiar y personal. No se trata únicamente de una cuestión de comodidad, sino de una problemática que impacta de forma directa en la salud, el bienestar emocional y la calidad de vida. La Organización Mundial de la Salud ha advertido que las jornadas laborales extensas y la falta de descanso adecuado incrementan el riesgo de padecer estrés crónico, ansiedad, depresión y enfermedades cardiovasculares, además de contribuir al desarrollo del síndrome de desgaste ocupacional o burnout (OMS y OIT, “Joint estimates of the work-related burden of disease”, 2021).

En México, este desgaste se ve reflejado en indicadores preocupantes. Estudios en materia de salud laboral han señalado que una proporción significativa de la población trabajadora reporta altos niveles de estrés relacionados con el trabajo, así como dificultades para conciliar la vida laboral con la vida familiar. A ello se suma que, aun con las reformas recientes en materia de vacaciones, los trabajadores mexicanos continúan siendo quienes menos días de descanso efectivo toman en comparación con otros países de América Latina (El Economista, “Aun con más vacaciones, los mexicanos son los que menos descansan en Latinoamérica”, 2024).

La Ley Federal del Trabajo reconoce derechos fundamentales como el descanso semanal, los días de descanso obligatorio y las vacaciones pagadas; sin embargo, estos descansos se encuentran vinculados principalmente a conmemoraciones cívicas o a la antigüedad laboral, sin contemplar fechas de relevancia personal. En este sentido, el cumpleaños —una fecha profundamente significativa para la mayoría de las personas— no cuenta con ningún reconocimiento legal. La consecuencia de esta omisión normativa es que las personas trabajadoras que desean disponer de su tiempo en esa fecha dependen de la voluntad del empleador o deben utilizar días de vacaciones, permisos sin goce de sueldo o, en el peor de los casos, asumir faltas injustificadas con posibles sanciones laborales.

El cumpleaños no es un día ordinario. Es una fecha que representa identidad, historia personal, pertenencia familiar y social, y una oportunidad para la reflexión, la celebración de la vida y el fortalecimiento de los vínculos afectivos. Negar sistemáticamente la posibilidad de disponer de tiempo en una fecha de esta naturaleza refuerza la idea de que el trabajo debe anteponerse a cualquier dimensión personal, incluso a aquellas que impactan directamente en la salud mental y emocional de las personas.

Diversos estudios en gestión del capital humano han demostrado que los beneficios laborales vinculados al bienestar emocional y al reconocimiento personal tienen efectos positivos en la productividad, el compromiso y la permanencia de los trabajadores en sus empleos. De acuerdo con informes internacionales sobre prácticas laborales, las empresas que implementan esquemas de descanso flexible o permisos asociados a fechas significativas registran menores índices de rotación y mayor satisfacción laboral (Chartered Institute of Personnel and Development, “Health and Well-being at Work”, 2023).

A escala internacional, si bien no todos los países han legislado de manera obligatoria el descanso por cumpleaños, hay antecedentes relevantes que evidencian una tendencia clara hacia la humanización del trabajo. En Chile, por ejemplo, se ha presentado una iniciativa legislativa conocida como “Cumpleaños Feliz Trabajador”, que propone otorgar un día libre remunerado a las personas trabajadoras en la fecha de su cumpleaños, como medida para fortalecer la conciliación entre la vida laboral y personal (Congreso Nacional de Chile, Boletín Legislativo sobre descanso por cumpleaños, 2024). Aunque esta propuesta aún se encuentra en proceso legislativo, refleja una preocupación creciente en América Latina por reconocer el valor del tiempo personal.

En otros países, especialmente en economías desarrolladas, el reconocimiento del cumpleaños como día libre se ha implementado a través de políticas empresariales y convenios colectivos. En Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Australia y Nueva Zelanda, múltiples contratos colectivos y políticas internas de empresas incluyen el llamado “birthday leave”, que permite a la persona trabajadora disfrutar de un día libre remunerado por su cumpleaños o tomarlo en una fecha cercana si coincide con un día no laborable (U.S. Department of Labor, Collective Bargaining Agreements Review, 2022; Employment Hero, Global Workplace Benefits Report, 2023). Estas prácticas, aunque no siempre obligatorias por ley, han sido ampliamente documentadas como mecanismos eficaces para mejorar el clima laboral y el bienestar de los trabajadores.

Desde una perspectiva de derechos humanos, el derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre se encuentra reconocido en el artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano. Estos instrumentos obligan a los Estados a garantizar condiciones de trabajo justas y favorables, que permitan a las personas trabajadoras vivir con dignidad y preservar su salud física y mental (Naciones Unidas, Declaración Universal de los Derechos Humanos; Naciones Unidas, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales).

La presente iniciativa se inscribe plenamente en estos principios, al proponer el reconocimiento del cumpleaños como un derecho laboral, bajo un esquema flexible que no impone una sola opción, sino que otorga a la persona trabajadora la facultad de decidir. La posibilidad de elegir entre disfrutar de un día de descanso con goce de salario o, en su caso, laborar y recibir una compensación económica doble, reconoce la diversidad de realidades laborales y personales, y evita cargas desproporcionadas para los centros de trabajo.

Más allá de su impacto normativo, esta iniciativa tiene un profundo contenido social y humano. En un país donde muchas personas apenas pueden convivir con sus familias entre semana debido a las extensas jornadas y largos traslados, garantizar al menos un día al año para celebrar la vida, convivir con los seres queridos o simplemente descansar, representa un acto de justicia y sensibilidad legislativa. No se trata de un privilegio, sino del reconocimiento mínimo de que el trabajo no debe absorber la totalidad de la vida de las personas.

La salud mental de las y los trabajadores debe ser una prioridad del Estado. Las políticas públicas en materia laboral no pueden seguir ignorando que el bienestar emocional es un componente esencial de la productividad, la cohesión social y el desarrollo económico sostenible. Permitir que una persona trabajadora disponga de su tiempo en una fecha tan significativa como su cumpleaños contribuye, aunque sea de manera modesta, a reducir el desgaste emocional acumulado y a fortalecer el sentido de pertenencia, reconocimiento y dignidad.

En conclusión, la presente iniciativa busca avanzar hacia un modelo laboral más humano, empático y acorde con las realidades contemporáneas. Reconocer el cumpleaños como un derecho laboral es reconocer que detrás de cada puesto de trabajo hay una persona con una historia, una familia y una vida que merece ser vivida con dignidad. Garantizar este derecho, aunque sea un solo día al año, constituye un paso firme hacia la construcción de un derecho del trabajo que coloque verdaderamente a la persona trabajadora en el centro de la legislación.

Para mayor claridad se presenta el siguiente cuadro comparativo de la propuesta de decreto por el que se adiciona el artículo 74 Bis a la Ley Federal del Trabajo:

Decreto

Único. Se adiciona el artículo 74 Bis a la Ley Federal del Trabajo, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

I. El 1o. de enero;

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

IV. El 1o. de mayo;

V. El 16 de septiembre;

VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

VII. El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. El 25 de diciembre; y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Artículo 74 Bis. Derecho laboral por cumpleaños.

I. Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un día de descanso remunerado con goce íntegro de salario en la fecha de su cumpleaños.

II. El trabajador, a su elección, podrá optar por

a) No laborar en la fecha de su cumpleaños con goce de salario; o

b) Prestar sus servicios en la fecha de su cumpleaños y, por esa sola jornada, recibir doble remuneración (salario normal más un salario extraordinario adicional).

III. La elección señalada en el inciso anterior deberá comunicarse al empleador con al menos quince días hábiles de anticipación, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas.

IV. Este derecho aplica una vez que el trabajador haya cumplido seis meses continuos de antigüedad con el mismo empleador; los trabajadores con menor antigüedad recibirán un permiso con goce de salario proporcional a su tiempo laborado.

V. El incumplimiento o negativa injustificada del empleador para otorgar este derecho constituirá una infracción sancionable conforme a lo dispuesto en esta ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2026.– Diputado Armando Corona Arvizu (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados.



LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la senadora María de Jesús Díaz Marmolejo, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, María de Jesús Díaz Marmolejo, senadora integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura del Senado del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I; 163, fracción I; 164; 169, 171, numeral 1; 172 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley Nacional de Ejecución Penal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La seguridad pública, la efectividad de la sanción penal y la protección de las víctimas del delito se encuentran entre las responsabilidades esenciales del Estado.

Los mecanismos de ejecución de sanciones penales, como la libertad condicionada o anticipada, tienen por objeto favorecer la reinserción social de la persona sentenciada, en condiciones que garanticen que tal reinserción no ponga en riesgo la seguridad de la comunidad.

Sin embargo, cuando se trata de delitos de especial gravedad, como los que afectan de manera severa la vida, la integridad física o la libertad de las personas, resulta necesario delimitar con claridad el acceso a tales beneficios, para preservar el interés público y la confianza social en el sistema de justicia.

En México, los datos más recientes del Inegi revelan que los homicidios dolosos continúan siendo un grave problema. De enero a junio de 2024 se registraron 15 243 defunciones por homicidio en el país, lo que da una tasa preliminar de 11.7 homicidios por cada 100 mil habitantes en ese periodo.

Aun cuando este dato muestra una baja interanual respecto al mismo periodo de 2023 (12.4 por cada 100 mil habitantes), al considerar todo el año 2024 el boletín preliminar señala que se registraron. 33 mil 241 homicidios, con una tasa de 25.6 homicidios por cada 100 mil habitantes. Este escenario demuestra que, en un contexto de elevada violencia letal, no basta con la imposición de las sanciones: es imprescindible que la ejecución de las penas y la concesión de beneficios sean congruentes con la realidad criminológica y con la necesidad de disuasión y protección.

En materia de violencia contra las mujeres, las estadísticas también son alarmantes. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 2021 del Inegi indica que 70.1 por ciento de las mujeres de 15 años o más ha vivido al menos una situación de violencia a lo largo de su vida.

Asimismo, otros informes apuntan a que alrededor de siete de cada diez mujeres en México han sufrido algún tipo de violencia. 5 Dado que delitos como la violación, la violación equiparada y el feminicidio representan la expresión más extrema de esta violencia, resulta indispensable establecer que quienes sean sentenciados por estos hechos no tengan acceso a beneficios de libertad condicional o anticipada que pudieran transmitir la percepción de impunidad o de menor protección para las víctimas.

En el caso de la violencia sexual, aunque las estadísticas específicas sobre porcentaje anual para 2024 son más limitadas, se ha señalado que en 2021 se habrían cometido más de 88 mil violaciones de mujeres mayores de 18 años, lo que implicaría un promedio de aproximadamente 243 casos diarios. Este nivel de incidencia exige que la ejecución penal de estos delitos cuide que los mecanismos de acceso a la libertad anticipada o condicionada no vulneren la función preventiva, reforzada, del castigo penal.

En lo que respecta a los delitos de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas, se trata de conductas que atacan la seguridad del Estado y la dignidad humana de las víctimas, además de generar efectos de terror social y daño colectivo que trascienden la individualidad de los casos.

Aunque los datos nacionales sistemáticos públicos del Inegi no ofrecen una tasa consolidada para esas conductas específicas en este momento, la experiencia criminal y los reportes de incidencia muestran que estos ilícitos suelen tener elevada peligrosidad, grave afectación de derechos humanos y complejidad estructural, lo que exige una respuesta penal y ejecutiva más rigurosa.

Con base en el marco anterior, se propone que los artículos 137 (libertad condicionada) y 141 (libertad anticipada) de la Ley Nacional de Ejecución Penal restrinjan expresamente el acceso a dichos beneficios a los sentenciados por los delitos de: delincuencia organizada; secuestro; trata de personas; homicidio doloso (salvo el cometido en riña); feminicidio; violación y violación equiparada.

La adición de homicidio doloso (en su mayoría de los homicidios documentados) se justifica por el elevado nivel que registra dicho delito (tasa de 25.6 homicidios por 100 mil habitantes en 2024) y por la afectación directa de la vida. La excepción del homicidio cometido en riña se introduce por razones de equidad y proporcionalidad, reconociendo contextos distintos donde podría desarrollarse una confrontación espontánea de iguales.

Los objetivos fundamentales de esta iniciativa son:

1. Garantizar que los beneficios de ejecución penal no se conviertan en incentivos para la impunidad, especialmente en los delitos que provocan grave daño a víctimas, familiares y a la sociedad en su conjunto.

2. Reforzar la seguridad jurídica y la confianza ciudadana en el sistema penal, al evidenciar que el acceso a mecanismos de preliberación está condicionado a la gravedad del delito y al cumplimiento de otros requisitos –y no es automático ni genérico.

3. Preservar la función preventiva y disuasoria de la sanción penal, particularmente frente a conductas que muestran persistencia o crecimiento en los datos oficiales –como el homicidio doloso.

4. Respetar el principio de proporcionalidad: quienes más han vulnerado la vida, la libertad, la integridad o la dignidad humana no pueden ser tratados con la misma indulgencia respecto de beneficios de ejecución que otros delincuentes de menor impacto.

5. Visibilizar y atender la dimensión de género y vulnerabilidad de víctimas de violencia sexual o feminicidio, estableciendo que para estos delitos no procedan beneficios de libertad que pudieran convertir en vulnerabilidad la fase de ejecución de la sanción.

En este sentido, la iniciativa busca equilibrar el derecho a la reinserción social con la protección del interés público prioritario de salvaguardar la vida, la seguridad y la dignidad humana, además de fortalecer la respuesta del Estado frente a los delitos más graves.

Considerando que los mecanismos de libertad condicionada y anticipada deben seguir existiendo para fines de reinserción, la presente propuesta no los elimina, sino que reserva su acceso para delitos distintos y delimita claramente su exclusión para los ilícitos que aquí se señalan.

Por lo tanto, es justo y necesario que esta Congreso apruebe la reforma que se presenta, con el objeto de armonizar el régimen de ejecución penal con los estándares de protección de víctimas, con la realidad criminológica del país y con la exigencia de una sanción efectiva, proporcional y legítima.

A continuación, presento el cuadro comparativo que explica de manera detallada mi propuesta:

Ley Nacional de Ejecución Penal

Esta iniciativa reafirma el compromiso del Estado mexicano con la justicia, la seguridad y la protección de las víctimas.

Al excluir de los beneficios de libertad condicionada y anticipada a quienes han cometido delitos de extrema gravedad, se fortalece el principio de proporcionalidad de las penas y se envía un mensaje claro de que la reinserción social no puede prevalecer sobre el derecho de las víctimas a la justicia ni sobre la seguridad colectiva.

Esta reforma, sustentada en datos oficiales y en la realidad social del país, constituye un paso firme hacia un sistema penal más justo, humano y responsable, que privilegie la paz y la confianza ciudadana en las instituciones.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la recta consideración de esta Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de:

Decreto por el se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal

Artículo Único. Se modifica el párrafo quinto y se adiciona un sexto párrafo al artículo 137; se modifica el párrafo cuarto y se adiciona un quinto párrafo del artículo 141 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para quedar como sigue:

Artículo 137. Requisitos para la obtención de la libertad condicionada

Para la obtención de alguna de las medidas de libertad condicionada, el Juez deberá observar que la persona sentenciada cumpla los siguientes requisitos:

I. a VII. ...

La Autoridad Penitenciaria tendrá bajo su responsabilidad la adquisición, mantenimiento y seguimiento de los sistemas de monitoreo electrónico. Excepcionalmente, cuando las condiciones económicas y familiares del beneficiario lo permitan, éste cubrirá a la Autoridad Penitenciaria el costo del dispositivo.

La Autoridad Penitenciaria tendrá bajo su responsabilidad la adquisición, mantenimiento y seguimiento de los sistemas de monitoreo electrónico. Excepcionalmente, cuando las condiciones económicas y familiares del beneficiario lo permitan, éste cubrirá a la Autoridad Penitenciaria el costo del dispositivo.

No gozarán de la libertad condicionada los sentenciados por delitos en materia de: delincuencia organizada, secuestro, trata de personas, homicidio doloso salvo el cometido en riña; feminicidio; violación; y violación equiparada.

Los demás requisitos, procedimientos y condiciones para la concesión de la libertad condicionada se regirán conforme a lo establecido en la presente Ley.

La persona que obtenga la libertad condicionada deberá comprometerse a no molestar a la víctima u ofendido y a los testigos que depusieron en su contra.

Artículo 141. Solicitud de la libertad anticipada

El otorgamiento de la libertad anticipada extingue la pena de prisión y otorga libertad al sentenciado. Solamente persistirán, en su caso, las medidas de seguridad o sanciones no privativas de la libertad que se hayan determinado en la sentencia correspondiente.

El beneficio de libertad anticipada se tramitará ante el Juez de Ejecución, a petición del sentenciado, su defensor, el Ministerio Público o a propuesta de la Autoridad Penitenciaria, notificando a la víctima u ofendido.

Para conceder la medida de libertad anticipada la persona sentenciada deberá además contar con los siguientes requisitos:

I. a VII. ...

No gozarán de la libertad anticipada los sentenciados por delitos en materia de: delincuencia organizada, secuestro, trata de personas, homicidio doloso salvo el cometido en riña; feminicidio; violación; y violación equiparada.

Los beneficios de libertad anticipada se otorgarán únicamente a quienes cumplan los requisitos establecidos en esta Ley y no se encuentren comprendidos en los supuestos anteriores.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ edr/dh202_en-Jn.pdf, C. (s/f). DEFUNCIONES POR HOMICIDIO. Org.mx.

2 Newsroom. (2025, enero 21). La tasa de homicidios en México cae a 11,7 por cada 100.000 en la primera mitad de 2024. infobae.

https://www.infobae.com/america/agencias/2025/01/21/la-tasa-de- homicidios-en-mexico-cae-a-117-por-cada-100000-en-la-primera-mitad-de-2024/

3 de Prensa, C. (s/f). Defunciones por homicidio. Org.mx.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025 /edr/dh2024_en-Jn.pdf

4 Comunicado de prensa número 485/22 30 de agosto de 2022 página 1/36 Comunicación Social. Encuesta Macional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 2021. (s/f). Org.mx.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022 /endireh/Endireh2021_Nal.pdf

5 López-Castro, F. (2024, noviembre 24). Siete de cada 10 mujeres en México han sufrido violencia: aún más las adultas mayores, discapacitadas y embarazadas. infobae.

https://www.infobae.com/mexico/2024/11/24/siete-de-cada-10-muje res-en-mexico-han-sufrido-violencia-aun-mas-las-adultas-mayores-discapacitadas- y-embarazadas/

6 Garcés, A. M. S. (2023, agosto 6). Coordinación de Comunicación Social - Imparable la violencia sexual contra las mujeres en México, señala estudio del IBD. Gob.mx.

https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicado s/6438-imparable-la-violencia-sexual-contra-las-mujeres-en-mexico-senala-estudi o-del-ibd

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, miércoles 7 de enero de 2026.– Senadora María de Jesús Díaz Marmolejo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, de la Cámara de Senadores.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Iniciativa que adiciona el artículo 61 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO

«Iniciativa que adiciona un segundo párrafo a la fracción XII del artículo 75 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, recorriéndose los demás sucesivamente, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Mónica Herrera Villavicencio, diputada del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, 56, 171, 174, 176 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente iniciativa al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

En México, el acceso a espacios públicos destinados a la recreación, el esparcimiento y la convivencia social constituye un elemento esencial para el desarrollo integral de las personas y la cohesión comunitaria. No obstante, en un número considerable de municipios del país persiste la ausencia de parques públicos suficientes o, en su caso, la existencia de espacios que carecen de condiciones de accesibilidad universal, lo que limita su disfrute efectivo por parte de la población en general y, de manera particular, por las personas con discapacidad y las personas adultas mayores.

Esta situación vulnera el Principio de igualdad y no discriminación consagrado en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual obliga a todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como a prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación, incluida la motivada por discapacidad, edad o condición social. La inexistencia de espacios públicos accesibles constituye una forma de discriminación estructural que excluye a determinados grupos del goce efectivo de derechos fundamentales.

El artículo 4o. constitucional reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, así como el derecho a la protección de la salud. La falta de parques públicos accesibles incide negativamente en ambos derechos, al restringir oportunidades para la actividad física, la recreación, la convivencia social y el contacto con entornos saludables, especialmente para personas con movilidad reducida y personas adultas mayores, quienes requieren espacios seguros y adecuados para preservar su salud física y emocional.

El artículo 115 de la Constitución establece que los municipios tienen a su cargo funciones y servicios públicos relacionados con el desarrollo urbano, los parques, jardines y espacios públicos; sin embargo, la ausencia de una obligación legal expresa y de alcance nacional ha provocado una aplicación desigual de estas atribuciones, generando brechas territoriales que dependen de la capacidad económica o de la voluntad política de cada gobierno municipal. Esta falta de homogeneidad impide garantizar un estándar mínimo de acceso universal a espacios recreativos en todo el territorio nacional.

En el ámbito de la legislación secundaria, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece en los artículos 7, 9 y 26 la obligación del Estado de asegurar la accesibilidad universal y el diseño inclusivo en los espacios públicos, así como de promover la participación plena de las personas con discapacidad en la vida social y comunitaria. No obstante, la inexistencia de parques públicos accesibles en numerosos municipios evidencia un incumplimiento material de dichas disposiciones.

La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores reconoce en los artículos 5 y 18 el derecho de este grupo poblacional a una vida digna, a la integración social, a la recreación y al esparcimiento en entornos adecuados y seguros. La carencia de espacios públicos diseñados con criterios de accesibilidad y seguridad limita el ejercicio efectivo de estos derechos y propicia condiciones de aislamiento social.

La Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano establece en los artículos 2, 4 y 73 como principios rectores del desarrollo urbano la función social de la ciudad, el acceso equitativo a los espacios públicos y la inclusión de criterios de accesibilidad universal en la planeación y construcción del entorno urbano. Sin embargo, la falta de una obligación específica que garantice la existencia de al menos un parque público accesible por municipio ha impedido que estos principios se traduzcan en resultados concretos y verificables.

En este contexto, se identifica un problema estructural consistente en la ausencia de un mandato legal claro que obligue al Estado mexicano, en sus tres órdenes de gobierno, a garantizar la construcción y adecuación de al menos un parque público por municipio según criterios de accesibilidad universal. Esta omisión normativa limita el ejercicio efectivo de derechos constitucionales y legales, particularmente para las personas con discapacidad y las personas adultas mayores, por lo que resulta necesaria una iniciativa de ley que establezca dicha obligación como un estándar mínimo nacional, con el fin de promover la igualdad sustantiva, la inclusión social y el derecho al disfrute del espacio público en condiciones de dignidad.

Argumentos que sostienen la iniciativa

La presente iniciativa tiene por objeto que en cada municipio exista por lo menos un parque con diseños universales que permitan el uso de cualquier persona.

Diseño universal es una filosofía que busca crear productos, entornos y servicios accesibles para todas las personas, sin necesidad de adaptaciones específicas.

De acuerdo con el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, el diseño universal considera siete principios:

1. Uso equitativo: El diseño es útil y vendible a personas con diversas capacidades.

2. Uso flexible: El diseño se acomoda a un amplio rango de preferencias y habilidades individuales.

3. Uso simple e intuitivo: El uso del diseño es fácil de entender, sin importar la experiencia, conocimientos, habilidades del lenguaje o nivel de concentración del usuario.

4. Información perceptible: El diseño transmite la información necesaria de forma efectiva al usuario, sin importar las condiciones del ambiente o las capacidades sensoriales del usuario.

5. Tolerancia al error: El diseño minimiza riegos y consecuencias adversas de acciones involuntarias o accidentales.

6. Mínimo esfuerzo físico: El diseño puede ser usado cómoda y eficientemente minimizando la fatiga.

7. Adecuado: Tamaño de aproximación y uso: Proporciona un tamaño y espacio adecuado para el acercamiento, alcance, manipulación y uso, independientemente del tamaño corporal, postura o movilidad del usuario.

Una vez definidos los siete principios del diseño universal, podemos afirmar que al hablar de construcciones y diseños de edificios públicos con diseño universal, estamos automática e implícitamente pensando en inclusión.

Fundamento legal

La presente iniciativa tiene su asidera legal en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece: “En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

Por su parte el inciso d) de la fracción VII del artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores establece que de manera enunciativa y no limitativa, esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos: VII. De la participación: “A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa de su comunidad”. Así también en el inciso b de la fracción IX titulada del acceso a los servicios, se establece que los adultos mayores, tiene Derecho al acceso y los servicios y establecimientos de uso público los cuales deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado, es decir hacer uso del diseño universal.

El artículo 27 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad abona al fundamento jurídico de esta iniciativa ya que señala con claridad que “la Secretaría de Turismo promoverá el derecho de las personas con discapacidad para acceder a los servicios turísticos, recreativos o de esparcimiento. En la fracción I se establece la facultad de establecer programas y normas a fin de que la infraestructura destinada a brindar servicios turísticos en el territorio nacional cuente con facilidades de accesibilidad universal.

Por ello debe inferirse que es obligación del Estado hacer parques para todas y todos, espacios que igualmente sean utilizados por personas menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad u otros sectores de la comunidad.

Un parque incluyente es un espacio público accesible, verde, seguro y recreativo, como se señaló, para todas las personas, independientemente de sus capacidades y habilidades. Un parque inclusivo está pensado desde el inicio para ofrecer igualdad de oportunidades en juego, recreación y convivencia. Se centra en la participación de todas las personas, promoviendo el respeto, la empatía y la socialización sin barreras.

Estos espacios no solo promueven la recreación, también representan una forma tangible de fomentar la igualdad y el derecho a la recreación, al juego, al descanso y a la participación social. En una sociedad diversa, donde todos tenemos diferentes capacidades, los parques inclusivos son una herramienta de integración que transforma el espacio público en una experiencia compartida.

Actualmente, en México se conocen tres parques inclusivos: Uno en el interior del deportivo Santa Catarina Yecahuizotl, de La Concepción, en Tláhuac, Ciudad de México, otro en la unidad deportiva El Polvorín II, ubicado en La Zapopana, Zapopan, Jalisco, y por último recientemente se construyó un parque inclusivo, en el parque ecológico Adolfo Ruiz Cortines en la colonia Centro del puerto de Veracruz.

Con tal evidencia podemos asegurar que son escasos los parques inclusivos en México, considerando que en el país hay alrededor de 6’179,890, Seis Millones, Ciento Setenta y Nueve Mil, Ochocientos Noventa Personas con Discapacidad, lo que representa aproximadamente 4.9 por ciento de la población.

De este total, de acuerdo con el último censo realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en el año 2020, se reporta que aproximadamente 6.93 por ciento de las personas con discapacidad tenían entre 10 y 19 años y 6.86 entre 0 y 9 años sumando ambos grupos (0-9 y 10-19) se deduce que cerca de 13.8 por ciento de la población con discapacidad son menores de 18 años, esto arroja una estimación aproximada de 852 mil personas con discapacidad menores de 18 años en México.

Ahora bien, respecto al número de adultos en plenitud, las personas mayores de 60 años representan aproximadamente 50.06 por ciento de la población con discapacidad. Esto arroja una estimación aproximada de 3 millones 93 mil personas con discapacidad de 60 años o más en México.

Ordenamiento por modificar

Por lo anterior expuesto es que se propone adicionar un segundo párrafo a la fracción XII del artículo 75 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano recorriéndose los demás sucesivamente.

Texto normativo propuesto

Por lo expuesto se propone respetuosamente el siguiente cambio:

Una vez manifestado lo anterior, se propone, el siguiente

Denominación del proyecto de ley o decreto

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción XII del artículo 75 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, con lo que se recorren los demás sucesivamente

Único. Se adiciona un segundo párrafo a la fracción XII del artículo 75 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, con lo que se recorren los demás sucesivamente, para quedar como sigue:

Artículo 75. ...

XII. ...

Las entidades federativas promoverán que, en cada municipio, al menos, haya un parque con diseños universales, que sea aprovechado por todas las personas.

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los Poderes Ejecutivos y los congresos estatales harán un cálculo del monto por programar para que en un plazo de tres años se cumpla el presente decreto.

Notas

1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf2

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LDPAM.pdf

2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 14 de enero de 2026.– Diputada Mónica Herrera Villavicencio (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de la Cámara de Diputados.



LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO, Y LEY DE AGUAS NACIONALES

«Iniciativa que adiciona el artículo 132 Bis de la Ley del Sector Eléctrico y el artículo 97 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Francisco Adrián Castillo Morales, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 132 Bis de la Ley del Sector Eléctrico y 97 de la Ley de Aguas Nacionales, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

El agua es elemento más importante para todos los organismos vivos del planeta, es indispensable para que las personas sobrevivan y estén sanas, ya que participa en funciones corporales básicas como la regulación de la temperatura, el transporte de nutrientes y la eliminación de residuos. Su importancia incluye además el desarrollo económico y social, ya que es fundamental para la producción de energía, la industria, la agricultura y la higiene pública. También es esencial para los ecosistemas y el funcionamiento de cada forma de vida en el planeta.

Las direcciones de agua potable, alcantarillado y saneamiento promueven servicios relacionados con la administración del agua, como agua potable, alcantarillado y saneamiento, a la población.

De los servicios que proporciona: suministro de agua potable de calidad a los hogares, comercios e instituciones; esto conlleva la aplicación de tecnología para la extracción, tratamiento y distribución de este recurso hídrico para la población.

Manejo de alcantarillado en su administración y mantenimiento del sistema de drenaje, asegurando y previniendo el desarrollo de enfermedades en la población, como la protección del medio ambiente con un correcto manejo de aguas residuales, incluso del tratamiento de aguas residuales.

Mantenimiento de la infraestructura, verificación y control de calidad: Las redes de suministro de agua, alcantarillado y drenaje se mantienen en óptimas condiciones para su funcionamiento; realizan pruebas de calidad para asegurar que el agua promocionada cumpla con los lineamientos para su consumo.

Atención a clientes, planificación y gestión de recursos hídricos: consultas, reportes, fallas, averías, uso responsable de agua y cobranza de los servicios; esto permite llevar planificaciones para la correcta distribución de agua a largo plazo, aplicando medidas de conservación, gestión y eficiencia.

Educación y concienciación: Se realizan campañas de concientización sobre la importancia del agua entre la comunidad con información, buenas prácticas, actividades educativas y eventos con el fin de que se respete este recurso como la importancia en la población y para el ambiente.

Gestión de contingencias y emergencias: inundaciones, desbordamientos, roturas de tuberías; ante estas situaciones se realizan labores para su emergencia, incluyendo contención, reparación y restablecimiento del suministro de agua.

Instalación de medidores para medir de manera precisa el consumo de agua de los distintos domicilios y comercios, asesoramiento técnico para los usuarios, brindando información sobre instalaciones, tratamiento, eficiencia del recurso hídrico.

Desarrollo de proyectos de infraestructura, investigación y tecnología: construcción de nuevas plantas de tratamiento de agua residual, ampliación de redes de suministro y de drenaje y mantenimiento de la existente; se busca mejorar la aplicación de tecnologías nuevas para la eficiencia y calidad de agua para los ciudadanos.

En el censo 2018 en la República Mexicana, 2,826 organismos operadores; de estos, 1,642 suministran el servicio de agua a poblaciones urbanas y mil 184 proveen tanto a urbanas como a comunidades rurales.

El agua potable, alcantarillado y saneamiento en México es de los retos del presente siglo, el manejo adecuado e integral del recurso hídrico, 2.5 por ciento del agua en el planeta es dulce, de la cual el 0.5 por ciento es la disponible para el consumo, agua subterránea y superficial.

El uso inadecuado, el aumento de la población y las actividades de distintos sectores han aumentado la escasez de este recurso.

El uso del agua en México: la agricultura es la principal industria donde se concentra el agua, con 75.7 por ciento, la cual permite cultivar y mantener, criar ganado; aparte, se usa para pesticidas, fertilizantes, enfriamiento y control de heladas, 14.7 por ciento en el abastecimiento público suministra agua para necesidades del día a día, beber, bañarse, higiene, la cual evita la propagación de enfermedades; 14.7 por ciento energía eléctrica, 4.6 hidroelectricidad y 4.9 industria autoabastecida, donde se ocupa el agua para la generación de productos.

El agua es un recurso importante para la vida como para sostenerla, por lo cual todos debemos tener acceso a este recurso de manera suficiente, buena calidad y asequible para toda la población mexicana, pero que sucede nuestro país enfrentan escenarios donde los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento se encuentran en su infraestructura sin la adecuada inversión para su funcionamiento adecuado.

Por tanto, esta iniciativa busca bajar los costos de energía para los organismos de manejo, distribución, bombeo de este recurso que es el agua; de la misma forma, este debe ser invertido en la infraestructura para el aprovechamiento y uso de este elemento fundamental de la vida, asegurando el derecho a todos conforme al artículo 04 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Decreto por el que se adicionan los artículos 132 Bis a la Ley del Sector Eléctrico y 97 Ley de Aguas Nacionales

Artículo primero. Se adiciona del artículo 132 Bis a Ley del Sector Eléctrico, para quedar como sigue:

Artículo 132 Bis. De la misma forma, la secretaría debe establecer políticas y estrategias para suministrar electricidad a un 10 por ciento bajo del costo a plantas distribuidoras de agua para que este recurso se ocupe en la infraestructura de las mismas.

Artículo Segundo. Se adiciona el artículo 97 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 97. Los usuarios de las aguas nacionales podrán realizar, por sí o por terceros, cualesquiera obras de infraestructura hidráulica que se requieran para su explotación, uso o aprovechamiento.

La administración y operación de estas obras serán responsabilidad de los usuarios o de las asociaciones que formen al efecto, independientemente de la explotación, uso o aprovechamiento que se efectúe de las aguas nacionales.

Conforme al artículo 132 Bis de la Ley del Sector Eléctrico, 10 por ciento de descuento del uso de energía eléctrica se deberá usar para mejorar la infraestructura, tanto su explotación del recurso, las redes de distribución y la calidad del servicio.

Transitorios

Primero. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas

1 https://www.dapa.gob.mx/servicios-que-prestamos

2 https://www.codigosanluis.com/dapa-requiere-221-millones-de-pesos-para-reactiva r-su-infraestructura/

3 https://www.codigosanluis.com/dapas-sin-proyectos-sin-recursos/

4 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/AC 5445ED570F085406258AB60054B459/$File/ciudad+valles+organismo+operador+de+agua+p resupuesto+de+egresos+y+tabulador+de+sueldos+y+salarios+2024+(13-ene-2024)+_com pressed.pdf

5 https://aneas.com.mx/wp-content/pdf/documentos-oficiales/13-presupuesto-federal -hidrico-2024.pdf

6 https://aneas.com.mx/wp-content/pdf/documentos-oficiales/analisis-del-proyecto- de-presupuesto-federal-sector-hidrico-2025.pdf

7 https://www.conac.gob.mx/work/models/CONAC/secretario/SEC_ 01_04_057.pdf

8 https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvin egi/productos/nueva_estruc/702825198800.pdf#:~: text=El%20suministro%20de%20agua%20en%20la%20Rep%C3%BAblica,184%20a%20poblacion es%20tanto%

Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.– Diputado Francisco Adrián Castillo Morales (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Energía, y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, de la Cámara de Diputados.



SE DECLARA EL 3 DE ENERO COMO DÍA NACIONAL DE FELIPE CARRILLO PUERTO

«Iniciativa de decreto por el que declara el 3 de enero “Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto”, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Jorge Luis Sánchez Reyes, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que declara el 3 de enero Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene como objetivo declarar el 3 de enero como el “Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto”, en reconocimiento a uno de los líderes sociales y políticos más trascendentales en la historia moderna de México. Su vida y su muerte representan la lucha por la justicia, la igualdad, la defensa del pueblo maya y la construcción de un proyecto social profundamente humanista.

Felipe Carrillo Puerto es recordado con nombres que expresan la magnitud de su legado histórico: “El Apóstol de la Raza”, “El Rojo del Mayab”, “El Cristo Rojo de los Indios Mayas”, “El Dragón de los Ojos Verdes”, “El Apóstol del Socialismo en Yucatán”, “El Abraham Lincoln del Mayab”, entre otros apelativos que la memoria popular, académica y política le ha otorgado a lo largo del último siglo. Todos estos sobrenombres reflejan su papel como defensor incansable de los pueblos originarios, protector del proletariado, promotor del socialismo regional y líder capaz de entregar su vida a los principios y al pueblo maya.

Declarar un día nacional dedicado a su memoria no responde únicamente al homenaje de un personaje, sino al reconocimiento de una lucha colectiva: la de los pueblos indígenas, campesinos y trabajadores que vieron en él un líder, un protector y un portavoz. Su asesinato en 1924, en el contexto de la rebelión delahuertista, constituyó un crimen político que truncó uno de los proyectos sociales más avanzados de América Latina de su época. Sin embargo, su legado permanece vivo en las instituciones que impulsó, en la política agraria que promovió, en las libertades democráticas que defendió y en la identidad cultural del sureste mexicano.

Este reconocimiento histórico se alinea con la declaración del Gobierno de México que nombró al año 2024 como el “Año de Felipe Carrillo Puerto, benemérito del proletariado, revolucionario y defensor del Mayab”. La presente iniciativa propone elevar este reconocimiento a un plano permanente mediante la institucionalización del 3 de enero como día nacional.

Felipe Santiago Carrillo Puerto nació el 8 de noviembre de 1874 en Motul, Yucatán, en una región profundamente marcada por la estructura social del henequén, donde familias poderosas controlaban la tierra, la política y la vida económica. La servidumbre por deudas, el trabajo forzado y la marginación indígena eran la regla dominante. Desde temprana edad aprendió la lengua maya y convivió estrechamente con las comunidades indígenas, experiencia que moldeó su vocación de lucha y la comprensión profunda que desarrolló sobre las injusticias sistémicas de la península.

Su activismo político se manifestó desde la juventud. A los 18 años fue encarcelado por encabezar la resistencia contra los hacendados de Dzununcán, quienes habían cercado tierras para impedir el paso del pueblo maya y limitar su acceso a recursos básicos. Este episodio, lejos de anular su espíritu, reforzó su determinación de combatir el despojo territorial y la desigualdad.

En 1907, Carrillo Puerto fue nuevamente encarcelado por denunciar en el periódico El Heraldo de Motul los abusos de los hacendados henequeneros, quienes mantenían un régimen laboral que diversos estudios han calificado como “semi esclavista”. La clausura del periódico y el encarcelamiento mostraron la fuerza de su voz crítica y el rechazo de las élites a cualquier intento de reforma.

Entre 1911 y 1913, volvió a prisión por un incidente en el que actuó en legítima defensa frente a un adversario político armado. Durante su reclusión tradujo la Constitución de 1857 al maya, con el propósito de que los pueblos indígenas conocieran sus derechos fundamentales. Esto demuestra no sólo su compromiso con el acceso a la justicia, sino su visión pedagógica y su profundo respeto por la cultura maya.

Su pensamiento político, inicialmente reformista, se radicalizó al integrarse al movimiento zapatista, donde fue nombrado coronel y colaboró en comisiones agrarias del sur del país. Su paso por el zapatismo consolidó su convicción de que la transformación agraria no era una aspiración idealista, sino una necesidad imperativa para combatir la desigualdad.

A su regreso a Yucatán, Carrillo Puerto impulsó la reorganización de las Ligas de Resistencia y, posteriormente, del Partido Socialista Obrero, que más adelante adoptaría el nombre de Partido Socialista del Sureste. Esta organización política integraba a obreros, campesinos, jornaleros, artesanos, pequeños productores y también a sectores progresistas de las clases medias.

Su liderazgo dentro del PSS se fortaleció con rapidez, al punto de que en 1922 fue elegido gobernador constitucional de Yucatán. Su primer discurso lo ofreció en lengua maya, un gesto profundamente simbólico que marcó el inicio de un Gobierno orientado a la reivindicación cultural, social y política de los pueblos originarios.

Diversos estudios académicos señalan que su administración constituye uno de los primeros proyectos socialistas institucionales en América Latina, al incorporar:

• Una reforma agraria profunda;

• Legislación laboral de vanguardia;

• Reconocimiento de derechos político-electorales para las mujeres;

• Educación racionalista con amplia expansión escolar;

• Protección y promoción del patrimonio cultural maya;

• Impulso al cooperativismo y a la economía social;

• Una política de justicia social como eje estructurante del Estado.

Este modelo de gobierno, inédito en la región, transformó a Yucatán en un laboratorio político de avanzada tanto para México como para el continente.

La presente iniciativa tiene como propósito fundamental reconocer y visibilizar la trascendencia histórica, social y jurídica de Felipe Carrillo Puerto como uno de los más importantes líderes sociales de México. En primer lugar, se busca reconocer oficialmente su figura como defensor del pueblo maya, impulsor del socialismo democrático en el sureste y pionero del constitucionalismo social. Pese a sus aportaciones en materia de justicia social, protección ambiental, educación popular, dignidad penitenciaría y derechos laborales, su legado no cuenta aún con un reconocimiento nacional acorde a su relevancia histórica. Establecer un día oficial permitirá situarlo en el lugar que corresponde dentro de la memoria colectiva del país.

Asimismo, se pretende instituir un día nacional que incentive actividades educativas, culturales y académicas orientadas a la difusión de su vida, obra y pensamiento. La declaración del 3 de enero Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto permitirá que escuelas, universidades, instituciones culturales y dependencias públicas organicen jornadas conmemorativas, conferencias, materiales didácticos y espacios de reflexión que contribuyan a fortalecer el conocimiento de la historia nacional y de los procesos sociales que dieron origen a los derechos sociales contemporáneos.

Este objetivo se alinea con el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece expresamente:

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz, la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia [...] promoverá el conocimiento de la historia, el fortalecimiento de la identidad nacional y la valoración de nuestra diversidad cultural.

Declarar este día contribuye de manera directa al mandato constitucional de promover la conciencia histórica, la identidad nacional y la valoración del patrimonio cultural de México.

Un tercer objetivo consiste en promover la memoria histórica y la cultura política democrática, particularmente entre jóvenes estudiantes, quienes encontrarán en Carrillo Puerto un ejemplo de liderazgo ético, compromiso social y defensa de los sectores más vulnerables. Difundir su legado permitirá reforzar valores esenciales de toda sociedad democrática: igualdad, justicia social, solidaridad, participación comunitaria, combate a la corrupción y respeto a los derechos humanos. La figura de Carrillo Puerto, profundamente arraigada al contacto directo con el pueblo, constituye una referencia ejemplar para las nuevas generaciones.

Adicionalmente, se busca conferencias y reivindicar el legado indígena y campesino en la construcción del México moderno, reconociendo el papel central que los pueblos originarios han tenido en la lucha por la justicia y la igualdad. El movimiento socialista yucateco fue impulsado mayoritariamente por miles de indígenas mayas y trabajadores rurales que, tras siglos de explotación, encontraron en él un líder que defendió su dignidad y sus derechos. Declarar este día contribuye a fortalecer una narrativa nacional más plural, incluyente y representativa de todas las voces que han forjado la historia de México.

Finalmente, esta iniciativa tiene el objetivo de fortalecer las políticas públicas de difusión cultural, en concordancia con los principios constitucionales de igualdad, justicia social y derechos humanos. La instauración de un día nacional permitirá a instituciones como la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, universidades y gobiernos estatales para desarrollar programas, contenidos y actividades que promuevan la educación histórica, la interculturalidad y la valoración de los aportes sociales y culturales de los pueblos indígenas. Con ello se impulsa un ejercicio de memoria activa que no solo honra el pasado, sino que contribuye a construir un presente más justo, informado y comprometido con los valores democráticos.

En consecuencia, resulta necesario instituir el Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto, con el propósito de honrar la vida, la lucha social, el legado político y la memoria histórica del líder más emblemático del pueblo maya y del socialismo yucateco. Su obra transformadora, constituye un referente fundamental para la construcción de un México más justo, plural y democrático. Reconocer el 3 de enero como día nacional contribuirá a fortalecer la memoria colectiva, promover los valores de igualdad y justicia social que él defendió, y consolidar su lugar en la historia nacional como un defensor incansable del Mayab y de los sectores más desprotegidos.

Esta declaratoria constituye un reconocimiento jurídico-expreso por parte del Estado mexicano a la relevancia histórica de un personaje cuya lucha se vinculó profundamente con los derechos de los pueblos indígenas, la justicia social, la defensa de los trabajadores, y la construcción de instituciones públicas basadas en la igualdad, la solidaridad y la dignidad humana.

Desde el plano constitucional, la propuesta se alinea con:

1. El artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone que la educación deberá fomentar “el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades y la cultura de paz”, así como “el conocimiento de la historia y la identidad nacional”, obligaciones que se refuerzan al difundir la memoria de figuras que impulsaron el progreso social y la justicia en nuestro país.

2. El artículo 2o. constitucional, que reconoce y protege los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, garantizando el respeto a su identidad cultural, a sus instituciones sociales y a sus prácticas comunitarias. Felipe Carrillo Puerto, como defensor histórico del pueblo maya, representa un referente legítimo cuyo legado contribuye al fortalecimiento de este mandato constitucional.

3. El artículo 4o. constitucional, que establece el principio de igualdad, la protección a la diversidad cultural y el acceso a derechos sociales fundamentales, ejes que guiaron la obra política y social de Carrillo Puerto durante su Gobierno en Yucatán.

La presente Iniciativa representa un momento decisivo para la memoria colectiva del sureste mexicano y del país. Esta efeméride no solo reconoce su vida y aportaciones, sino que reafirma su papel como precursor de políticas sociales progresistas, defensor de la tierra, promotor de los derechos laborales y de la participación política de las mujeres.

Asimismo, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Congreso General y la Ley General de Educación, corresponde al Poder Legislativo promover la difusión de valores democráticos, la memoria histórica y la construcción de ciudadanía. En este sentido, declarar fechas y efemérides nacionales vinculadas a luchadores sociales constituye una herramienta idónea para fortalecer la formación cívica, la identidad cultural y el reconocimiento de los aportes de los pueblos originarios.

En consecuencia, la presente Iniciativa se sustenta en una razón jurídica, histórica y constitucional, la cual busca dar continuidad al reconocimiento de la obra de Felipe Carrillo Puerto, asegurando que su legado sea recordado, estudiado y valorado por las generaciones actuales y futuras. No se trata únicamente de una declaratoria simbólica, sino de un instrumento que fortalece la conciencia social, contribuye a la justicia histórica y consolida el deber del Estado de promover la memoria de quienes defendieron los principios fundamentales de igualdad, libertad y dignidad humana.

Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía lo siguiente

Decreto por el que declara el 3 de enero Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto

Artículo Único. El Honorable Congreso de la Unión declara el 3 de enero de cada año como el “Día Nacional de Felipe Carrillo Puerto”.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Secretaría de Cultura (2024). Hoy se conmemora el primer siglo luctuoso del prócer Felipe Carrillo. Gobierno de México. Recopilado de

https://www.gob.mx/cultura/prensa/hoy-se-conmemora-el-primer-si glo-luctuoso-del-procer-felipe-carrillo-puerto?idiom=es

2 Castro, M. P. (2014). “Felipe Carrillo Puerto: la muerte del Dragón de los Ojos Verdes”, en Revista de Ciencias Sociales y Humanidades, 35(76), páginas 189-208,

https://www.redalyc.org/journal/393/39348245007/html/

3 INEHRM (sin fecha). Felipe Carrillo Puerto. Secretaría de Cultura,

https://www.inehrm.gob.mx/sitios/proceres/index.php?p=felipe-ca rrillo&utm_source=chatgpt.com

4 Ibídem,

https://www.inehrm.gob.mx/sitios/proceres/index.php?p=felipe-ca rrillo&utm_source=chatgpt.com

5 Ibídem,

https://www.inehrm.gob.mx/sitios/proceres/index.php?p=felipe-ca rrillo&utm_source=chatgpt.com

6 Castro, M. P. (2014). “Felipe Carrillo Puerto: la muerte del Dragón de los Ojos Verdes”, en Revista de Ciencias Sociales y Humanidades, 35(76),

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid =S2007-91762014000100189&utm_source=chatgpt.com

7 Cuz, B. O. y Soberanes, F. J. (2016). “Historia del derecho”, décimo Congreso de historia del derecho mexicano, tomo III, sólo formato electrónico. México, IIJ / Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM,

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4249/11.pdf ?utm_source=chatgpt.com

8 https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S200 7-91762014000100189&utm_source=chatgpt.com

Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.– Diputado Jorge Luis Sánchez Reyes (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, de la Cámara de Diputados.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que adiciona la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones fiscales por gastos médicos derivados del parto del hijo o hija del contribuyente, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Jorge Luis Sánchez Reyes, diputado del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducciones fiscales por gastos médicos derivados del parto del hijo o la hija del contribuyente, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene por objeto incorporar en la legislación fiscal la posibilidad de que los hombres puedan deducir, en su declaración anual, los gastos médicos derivados del parto de su pareja, cónyuge o persona con quien sostengan una relación de concubinato, así como de sus descendientes en línea recta, aun cuando dicha persona no dependa económicamente de ellos ni haya vínculo matrimonial formal.

De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México, la deducción de impuestos consiste en una cantidad que el contribuyente puede restar de sus ingresos acumulables al momento de presentar su declaración. Al disminuir la base gravable, estas deducciones permiten reducir el monto final del impuesto a pagar.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las deducciones personales autorizadas son aquellos pagos que un contribuyente realiza (para sí, su cónyuge o dependientes) y que pueden restarse de sus ingresos acumulables para disminuir la base gravable del impuesto sobre la renta.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) también establece que un gasto puede deducirse si cumple requisitos tales como: que esté efectivamente realizado, que consten en comprobantes fiscales válidos, y que esté vinculado con la actividad del contribuyente.

Actualmente, la legislación fiscal limita la deducibilidad de ciertos gastos médicos a aquellos realizados en beneficio del contribuyente y de sus dependientes económicos. Esta restricción excluye a un número creciente de familias que, aunque no formalicen una unión legal, comparten de manera corresponsable los gastos derivados del nacimiento y la crianza de sus hijos.

La propuesta tiene como finalidad reconocer y fomentar la corresponsabilidad económica en el proceso reproductivo, adaptándose a los cambios sociales y a la diversidad de estructuras familiares que existen en la actualidad. Al permitir la deducción de los gastos asociados al parto, se busca aliviar la carga financiera que implica el nacimiento de un hijo, al mismo tiempo que se incentiva la participación responsable de los padres desde las primeras etapas de vida de sus hijos. Esta medida constituye un acto de justicia fiscal y social que fortalece el bienestar familiar y promueve una política tributaria más incluyente, sensible a la realidad del país. Con ello, se consolidan principios fundamentales como la protección de la familia, la corresponsabilidad parental y el desarrollo integral de la niñez, contribuyendo al fortalecimiento del tejido social y a un modelo de Estado más justo y equitativo.

Contexto y justificación

El nacimiento de un hijo o hija representa un acontecimiento trascendental en la vida de una familia, al simbolizar la llegada de un nuevo integrante y la consolidación de la corresponsabilidad entre madre, padre o tutor. Desde el punto de vista jurídico, el Código Civil Federal lo reconoce como el hecho que otorga capacidad jurídica a la persona, mientras que en materia de salud pública se entiende como una etapa crítica que exige atención médica especializada.

Por su parte, el proceso de parto constituye un hecho de gran significado, pues marca la culminación de la gestación y el inicio de una nueva etapa en la vida familiar. Desde la medicina, el derecho y la lengua común, este concepto ha sido descrito con matices distintos, pero todos coinciden en identificarlo como el acto natural de dar a luz y expulsar al producto de la concepción junto con la placenta y sus membranas. Comprender su alcance resulta fundamental no sólo en el plano biológico y jurídico, sino también en el económico, dado que implica un gasto considerable para los hogares mexicanos.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad tributaria prevista en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las personas deben aportar al gasto público conforme su capacidad contributiva. Si bien es cierto, es menester aclarar que el legislador tiene la obligación de reconocer deducciones a favor de los gobernados que son benéficas para cuidar su integridad física y emocional obedeciendo a razones sociales, económicas y de salubridad en beneficio de los gobernados. Pues los gastos generados en la salud del contribuyente o de su familia, son deducciones legítimas pues son necesarios para el bienestar del contribuyente.

La Organización Mundial de la Salud lo define como la “expulsión completa de la placenta y las membranas fetales del útero después del parto”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncia de la siguiente manera: “Se entiende por parto al conjunto de fenómenos activos y pasivos que permiten la expulsión del feto de 22 semanas o más por vía vaginal, incluyendo la placenta y sus anexos. La Real Academia Española lo describe como “la acción y efecto de parir.

Este proceso, además de su trascendencia biológica y social, representa una carga económica significativa para las familias, pues involucra gastos médicos, hospitalarios y de atención especializada que afectan directamente su presupuesto. El costo que genera un parto puede variar según diversos factores, como el hecho de realizarse en un hospital público o privado, o bien, si ocurre de manera natural o por cesárea. Asimismo, la ubicación geográfica resulta determinante, ya que los precios difieren dependiendo de la región del país. Esta realidad evidencia la necesidad de implementar medidas fiscales que acompañen a las y los mexicanos en uno de los momentos más determinantes de la vida familiar.

En muchos casos, la atención privada no obedece a un lujo, sino a la insuficiencia de la cobertura pública, lo que obliga a las familias a destinar recursos que impactan de manera considerable su estabilidad financiera. Por ello, reconocer el parto como un hecho que debe contar con respaldo en el ámbito tributario se convierte en un acto de justicia social y de corresponsabilidad del Estado con la niñez y la familia.

Si la madre está afiliada al IMSS, ISSSTE o IMSS-Bienestar cumple los requisitos, el parto puede ser gratuito, sin embargo, cabe considerar que si no se cuenta con la afiliación necesaria, el costo dependerá del estudio socioeconómico que realice el departamento de Trabajo Social.

En México, una parte considerable de los nacimientos ocurre en el sector de salud privado. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2022 se registraron 381,987 nacidos vivos en hospitales y clínicas particulares, lo que representa aproximadamente una cuarta parte de los nacimientos ocurridos en el país. Esta cifra no responde únicamente a una decisión voluntaria de las familias por contar con mayores recursos, sino también a la ausencia de seguridad social que obliga a muchas mujeres y sus familias a recurrir a servicios privados, aun cuando ello signifique un impacto económico severo.

Asimismo, estudios muestran que en el sector privado las tasas de cesárea superan el 80 por ciento, lo cual incrementa aún más los costos del parto y afecta directamente el gasto de bolsillo de los hogares. Este escenario evidencia la necesidad de que el Estado implemente mecanismos fiscales de apoyo, de manera que los gastos derivados del parto en hospitales privados puedan ser deducibles y así se proteja la economía de quienes, sin acceso a la seguridad social, se ven forzados a asumir estos costos.

De acuerdo con la aseguradora MetLife, un parto en un hospital público llega a tener un costo total que va de 10 mil a 30 mil pesos, mientras que el parto por cesárea llega a tener un costo de entre 20 mil y 60 aproximadamente. En contraste, en un hospital privado, los costos suelen elevarse considerablemente, llegando a 60 mil pesos en un parto natural y hasta 100 mil o más en un parto por cesárea.

Por otro lado, algunos hospitales cuentan con paquetes de parto que cuentan o incluyen todo lo necesario para ese proceso como, por ejemplo:

• Honorarios de equipo médico (ginecólogo, anestesiólogo, pediatra).

• Uso de sala de parto o quirófano (en caso de cesárea).

• Días de hospitalización (tanto para la madre como para el bebé).

• Medicamentos y material quirúrgico.

• Atención al recién nacido.

Estos paquetes tienen un costo que va desde 10 mil o 12 mil pesos hasta 60 mil o más. De igual forma están sujetos a múltiples factores, como el hospital, el tipo de parto y lo que incluye el paquete por mencionar algunos.

Si bien los costos del parto son variables y dependen de factores como el tipo de parto, la naturaleza pública o privada del hospital y la región geográfica en que se lleve a cabo, lo cierto es que en todos los casos representan un gasto significativo para las familias. Esta situación pone de relieve la necesidad de diseñar mecanismos fiscales y de política pública que reduzcan la carga financiera asociada al nacimiento, garantizando un acceso seguro y digno a la salud materna e infantil. En este sentido, la presente propuesta no solo busca aliviar una presión económica en los hogares mexicanos, sino que también refuerza el mandato constitucional de proteger la salud y la familia, mediante un marco tributario que refleje principios de justicia, equidad y corresponsabilidad parental.

Es pertinente señalar que los gastos derivados del parto presentan una variación considerable, determinada tanto por el tipo de parto como por la institución en la que se practique. Mientras que en los hospitales públicos los costos suelen ser menores al estar sujetos a subsidios estatales, en el sector privado estos se incrementan de manera sustancial debido a la incorporación de servicios especializados, atención personalizada y mayores comodidades. Esta disparidad refleja la necesidad de generar mecanismos fiscales que garanticen equidad en el acceso y protejan a las familias de una carga económica que, en muchos casos, resulta determinante para su estabilidad financiera.

Objetivos de la iniciativa

Específico

El objetivo principal de esta iniciativa es establecer de manera explícita, en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta la deducción de los gastos médicos derivados del parto, reconociendo que dichos gastos constituyen una carga económica significativa para las familias mexicanas. Asimismo, busca garantizar la corresponsabilidad fiscal en el proceso del parto, permitiendo que tanto el padre como la madre —independientemente de su vínculo matrimonial o de dependencia económica formal— puedan deducir los gastos efectuados durante el nacimiento de sus hijos.

Generales

Esta exclusión genera una inequidad tributaria que no corresponde a la realidad social de las familias mexicanas, en las que existen diversas formas de organización. La propuesta busca subsanar esa deficiencia, habilitando al padre o tutor que efectivamente paga los gastos del parto, para deducirlos en su declaración anual, siempre que se cumpla con los requisitos fiscales ya establecidos, como la emisión del comprobante fiscal digital por internet (CFDI) y el uso de medios electrónicos de pago. De esta manera, se asegura que la deducción corresponda a quien realmente asume el gasto, evitando duplicidades y manteniendo claridad en su aplicación.

El segundo objetivo es fortalecer los derechos constitucionales previstos en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho de toda persona a la protección de la salud y a la protección de la familia. Negar la posibilidad de deducir los gastos del parto a quien los sufraga implica una limitación indirecta al acceso a servicios médicos de calidad en un momento crítico.

La medida, en consecuencia, no debe entenderse únicamente como una disposición de carácter fiscal, sino como un instrumento para garantizar el goce efectivo de los derechos humanos. Reconocer la corresponsabilidad del padre o tutor en el nacimiento no solo armoniza el sistema tributario con la Constitución, sino que además refuerza políticas públicas orientadas al bienestar familiar, consolidando la idea de que la atención médica en el parto es un asunto de interés público y de justicia social.

Finalmente, el tercer objetivo es disminuir las barreras económicas en el momento crítico del nacimiento. El parto representa una de las etapas de mayor gasto para una familia, pues concentra costos elevados en un solo acto: honorarios médicos, hospitalización, medicamentos y servicios especializados. Estos desembolsos, que en muchos casos pueden superar 100 mil pesos, afectan la liquidez del hogar justo cuando se incrementan las responsabilidades económicas derivadas de la llegada de un hijo. Al permitir que dichos gastos sean deducibles para el padre o tutor, se reduce la presión financiera inmediata, se incentiva el acceso a servicios médicos seguros y de calidad y se previenen riesgos derivados de una atención insuficiente.

La deducción por el parto, además, no genera cargas administrativas adicionales, ya que se limita a conceptos comprobados con CFDI y medios electrónicos de pago, dentro de los límites generales de deducciones personales. Con ello, se logra un mecanismo fiscal eficiente, focalizado y equitativo, que favorece a las familias mexicanas en el momento más sensible de su vida económica y social.

Beneficios esperados

La implementación de esta reforma producirá resultados tangibles que impactarán directamente en las familias mexicanas y en el sistema fiscal:

1. Apoyo económico directo a los hogares

El nacimiento de un hijo implica gastos médicos elevados y concentrados en un solo momento, lo que puede desestabilizar la economía familiar, especialmente en un país con 38.8 millones de hogares, según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares de 2024 del Inegi. Tan sólo en 2023 se registraron 1.82 millones de nacimientos ante el Registro Civil, lo que refleja la magnitud de familias que cada año enfrentan los costos asociados al parto. Al permitir que el padre o tutor deduzca los gastos médicos derivados del nacimiento, se posibilita reducir la base gravable del Impuesto Sobre la Renta y, en consecuencia, recuperar parte de los recursos destinados a la atención médica y hospitalaria. Este beneficio fiscal se traducirá en mayor liquidez para los hogares, contribuyendo a la estabilidad de su presupuesto y fortaleciendo su capacidad para atender otras necesidades inmediatas, como la compra de insumos para el recién nacido, medicamentos, vacunas y consultas pediátricas posteriores. De esta forma se impulsa una política fiscal con enfoque social y de apoyo directo a la economía familiar.

2. Mejor salud materna e infantil

El incentivo fiscal también tiene un efecto positivo en la salud pública. Al reducir la carga económica del parto, más familias podrán optar por atención profesional y hospitalaria segura, lo que disminuye la incidencia de partos en condiciones precarias o sin supervisión médica. Esto no solo reduce los riesgos de complicaciones obstétricas y neonatales, sino que fortalece los indicadores nacionales de salud materna e infantil. La reforma, por tanto, contribuye indirectamente a los esfuerzos del Estado mexicano para reducir la morbilidad y mortalidad materna y neonatal.

3. Reducción de desigualdades en el acceso a servicios médicos

En México, la calidad de la atención médica suele variar en función de la capacidad económica de las familias. Al aliviar el peso de los gastos del parto mediante un beneficio fiscal, se amplían las posibilidades para que familias de ingresos medios y bajos puedan acceder a instituciones privadas o a servicios complementarios cuando las instituciones públicas no son suficientes o presentan limitaciones de infraestructura. Esta medida contribuye a cerrar brechas en la calidad de la atención, haciendo más equitativo el acceso a servicios de salud seguros y oportunos.

4. Impulso a la corresponsabilidad familiar

La deducción reconoce y fomenta la participación del padre o tutor en un momento decisivo como lo es el nacimiento de un hijo. Al otorgarle la posibilidad de deducir los gastos médicos que él sufrague, se consolida un entorno más igualitario en la distribución de responsabilidades económicas y familiares. Este reconocimiento fiscal no sólo fortalece el papel del padre en el proceso del parto, sino que también envía un mensaje institucional sobre la importancia de la corresponsabilidad en la crianza y el cuidado de los hijos desde el primer día de vida.

5. Confianza y legitimidad del sistema fiscal

Finalmente, la reforma refuerza la percepción ciudadana de que el sistema tributario no solo tiene un carácter recaudatorio, sino que también responde a las necesidades sociales de las familias en momentos clave de su vida. Al incorporar un beneficio tangible, verificable y de fácil acceso, se genera confianza en los contribuyentes y se fortalece la legitimidad de las instituciones fiscales. En la medida en que la ciudadanía perciba que sus impuestos y obligaciones fiscales están vinculados con beneficios reales, aumentará la disposición al cumplimiento voluntario y se consolidará la relación de confianza entre Estado y sociedad, convirtiéndose en una herramienta nacional para incentivar la inversión, consumo responsable y justicia fiscal.

Jurídico

Nacional

La propuesta se alinea con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho a la protección de la salud y la protección de la familia, pues el Estado debe garantizar servicios médicos y medicinas profesionales y suficientes. La deducción por gastos de parto es un instrumento fiscal idóneo para hacer efectivos dichos derechos, al reducir barreras económicas en el momento crítico del nacimiento.

El artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta regula las deducciones personales por honorarios médicos, hospitalización y servicios afines, condicionadas a requisitos formales (CFDI y medios de pago electrónicos) y sujetas al tope global de deducciones personales. La iniciativa no crea una nueva categoría de gasto, sino que precisa que, tratándose del parto, el padre o tutor que pague pueda deducir esos gastos, aún sin matrimonio o dependencia económica formal, incorporando además una cláusula de no duplicidad.

La Ley General de Salud reconoce la atención materno-infantil como materia prioritaria, incluyendo el parto y la atención del recién nacido. En congruencia, la medida tributaria coadyuva a la finalidad pública de garantizar atención segura y oportuna en el parto.

Internacional

• En el plano internacional, esta propuesta encuentra sustento en diversos tratados y marcos jurídicos que reconocen la obligación de los Estados de garantizar el acceso efectivo a la salud materno-infantil.

• El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), en su artículo 12, establece el derecho de toda persona al más alto nivel posible de salud física y mental, e incluye de manera explícita la atención médica durante el embarazo y el parto.

• La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) dispone que los Estados deben eliminar toda forma de discriminación en el acceso a servicios médicos, en especial los relacionados con la maternidad, garantizando una atención adecuada durante el embarazo, el parto y el periodo posterior.

• La Convención sobre los Derechos del Niño obliga a los gobiernos a garantizar la atención médica y los servicios prenatales y posnatales necesarios para proteger la vida y el desarrollo integral de la niñez desde su nacimiento.

• En cumplimiento de estos compromisos internacionales, México tiene la responsabilidad de adoptar medidas fiscales y administrativas que fortalezcan la protección a la maternidad y la primera infancia, asegurando que las familias cuenten con los medios suficientes para cubrir los gastos derivados del parto y el cuidado inicial del recién nacido.

Experiencias internacionales comparadas

En diversos países se han implantado mecanismos fiscales y sociales que alivian los costos asociados al nacimiento y crianza de los hijos.

• China: Desde 2019 su legislación fiscal contempla deducciones especiales para gastos médicos importantes, educación infantil y cuidado de menores. Aunque no se establece una deducción específica por parto, el sistema permite que ambos padres compartan responsabilidades fiscales, lo que refleja una política de apoyo familiar adaptable.

• Países de la OCDE: En la mayoría de los países miembros existen beneficios fiscales, subsidios o deducciones relacionadas con la maternidad y la paternidad, como apoyos por hijos menores, deducciones médicas o programas de cuidado infantil. Estos incentivos buscan reducir la carga económica de los hogares durante los primeros años de vida de las niñas y los niños.

• Brasil y Perú: En pronunciamientos internacionales se ha señalado que la falta de acceso a servicios de salud materna constituye una forma de discriminación de género y una violación a tratados como la CEDAW y el PIDESC. Por ello, ambos países han impulsado políticas que facilitan el acceso a servicios médicos y apoyos financieros durante el embarazo y el posparto.

El reconocimiento del parto como un hecho con implicaciones fiscales no sólo responde a una necesidad económica de las familias mexicanas, sino que también coloca a México en armonía con los compromisos internacionales en materia de salud, igualdad y derechos humanos.

Incorporar este tipo de medidas tributarias representa un paso hacia un modelo de justicia fiscal y social más equitativo, donde el Estado cumple con su deber de proteger a la maternidad y a la infancia, y promueve la corresponsabilidad parental y el desarrollo digno y seguro de las y los recién nacidos.

Consideraciones económicas y sociales

La propuesta no genera un gasto directo para el Estado, sino una disminución relativa en la recaudación del Impuesto Sobre la Renta de personas físicas, al incorporar la deducción de los gastos médicos derivados del parto Este impacto será marginal y controlado, dado que:

• La deducción se encuentra sujeta a los límites generales de deducciones personales establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

• Se mantiene la obligación de comprobar los gastos mediante CFDI y el uso de medios electrónicos de pago, lo cual asegura trazabilidad y evita abusos.

• Se establece una cláusula de no duplicidad, de forma que un mismo gasto no pueda deducirse por más de un contribuyente.

Además, la medida puede generar eficiencias indirectas en el gasto público en salud. Al incentivar que más familias opten por parto en entornos seguros y con atención profesional, se reduce la probabilidad de complicaciones médicas que, en caso contrario, podrían implicar mayores costos para el sistema de salud pública.

Efecto social

Desde la perspectiva social, los beneficios son amplios y de gran trascendencia:

• Padres y tutores se verán respaldados por un marco fiscal que reconoce su corresponsabilidad en los gastos del nacimiento, otorgándoles un trato más justo y acorde con la realidad social de las familias contemporáneas.

• Madres y recién nacidos resultan beneficiados al contar con mejores condiciones de acceso a servicios hospitalarios y médicos, lo cual impacta directamente en la reducción de riesgos asociados al parto.

• Hogares en uniones libres o sin formalización jurídica tendrán acceso a un beneficio fiscal que actualmente les está negado, cerrando brechas de discriminación en el acceso a derechos.

• Familias de ingresos medios y bajos dispondrán de un incentivo que les permitirá acceder a servicios de mayor calidad, especialmente cuando las instituciones públicas presenten limitaciones de infraestructura o saturación de servicios.

La reforma representa un mecanismo equilibrado: por un lado, el impacto recaudatorio es limitado y se encuentra controlado mediante reglas existentes; por otro, los beneficios sociales son amplios y permanentes, pues fortalecen la salud materna e infantil, promueven la corresponsabilidad familiar y consolidan la confianza ciudadana en el sistema fiscal como una herramienta que protege a las familias en momentos decisivos.

Desarrollo fiscal

La presente debe analizarse desde una perspectiva fiscal, con el fin de poder precisar su viabilidad en el marco de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y asegurar su correcta aplicación tributaria.

En primer lugar, los gastos médicos derivados del parto se encuentran sujetos al tope global de deducciones personales establecido en la LISR, equivalente a 15 por ciento de los ingresos anuales del contribuyente o hasta cinco veces la unidad de medida y actualización anual, lo que resulte menor (Servicio de Administración Tributaria. Si bien este límite funciona como un mecanismo de control recaudatorio, se plantea analizar la viabilidad de un tratamiento preferente o una excepción parcial en el caso de los gastos de parto, dado que se trata de un gasto extraordinario, vinculado directamente con la salud y la protección de la familia.

En segundo término, la deducción estaría sujeta al cumplimiento estricto de los requisitos fiscales de comprobación, particularmente la emisión de CFDI en nombre del contribuyente que efectivamente realice el pago, así como el uso de medios electrónicos autorizados (transferencias bancarias, tarjeta de crédito o débito, entre otros), de conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación. Con ellos se garantiza la trazabilidad de los gastos, previene prácticas indebidas y fortalece las capacidades de la fiscalización del SAT.

Es igualmente necesario precisar que esta deducción aplicará aun cuando la madre del menor no sea considerada formalmente como dependiente económica del contribuyente, siempre que éste acredite fehacientemente haber realizado el pago. Esta precisión elimina un vacío normativo que actualmente genera inequidad tributaria al excluir a familias que comparten corresponsablemente los gastos del parto sin haber formalizado un vínculo matrimonial.

Desde la óptica constitucional, el reconocimiento de esta deducción encuentra sustento en el principio de proporcionalidad y equidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme al cual las personas deben contribuir al gasto público de acuerdo con su capacidad económica. Negar la deducibilidad de un gasto de esta naturaleza, en cambio, genera un trato desigual frente a otros contribuyentes que sí pueden acceder a beneficios fiscales en circunstancias similares.

En cuanto al impacto recaudatorio, se prevé que la medida tenga un efecto marginal sobre la recaudación nacional, ya que el gasto del parto ocurre en un número limitado de ocasiones en la vida de un contribuyente y se encuentra concentrado en un solo evento. Sin embargo, los beneficios sociales y fiscales resultan significativos, al fomentar la formalización de los gastos mediante CFDI, fortalecer la trazabilidad tributaria y aumentar la confianza ciudadana en el sistema fiscal.

En suma, el desarrollo fiscal y técnico de esta propuesta demuestra que la deducción de gastos médicos por el parto es no solo un acto de justicia social, sino también una medida tributaria viable, proporcional y congruente con los principios constitucionales y con la política fiscal mexicana orientada al bienestar de las familias.

Por tanto, la presente iniciativa tiene como propósito fortalecer el régimen fiscal mexicano, garantizando un trato equitativo a las familias y asegurando que los padres o tutores puedan ejercer plenamente su corresponsabilidad económica en los gastos médicos derivados del parto.

A efecto de ilustrar con claridad el alcance de la propuesta, se incluye un cuadro comparativo que contiene la normatividad vigente y la modificación que se propone al artículo 151, fracción I, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta:

Por lo expuesto se presenta ante esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Único. Se adiciona la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 151.- Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios , incluyendo los derivados del parto, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México, o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Servicio de Administración Tributaria (2024). Deducciones personales. Gobierno de México,

https://www.sat.gob.mx/declaracion/17165/deducciones-personales

2 Organización Mundial de la Salud Guía de Práctica Clínica sobre el Manejo del Tercer Periodo del Parto, 2012.OMS, Recomendaciones de la OMS para la prevención y el tratamiento de la hemorragia posparto,

https://iris.who.int/handle/10665/75411

3 Suprema Corte de Justicia de la Nación, tesis número 2005866, Materia penal, novena época, Semanario Judicial de la Federación,

https://sjf2.scjn.gob.mx/busqueda-principal-tesis

4 Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, vigésima tercera edición,

https://dle.rae.es/parto

5 Inegi (2023a). Estadísticas de salud en establecimientos particulares, 2022. Instituto Nacional de Estadística y Geografía,

https://www.inegi.org.mx/programas/esep/2022

6 Inegi (2023b). Nacimientos registrados, 2022. Instituto Nacional de Estadística y Geografía,

https://www.inegi.org.mx/programas/natalidad/

7 N+ Media (2023, 6 de abril). El negocio de nacer: la epidemia de cesáreas en México. N+,

https://www.nmas.com.mx/nacional/el-negocio-de-nacer-asi-es-epi demia-de-cesareas-en-mexico

8 Mamá primeriza ¿Cuánto cuesta tener un bebé en México? Disponible en

https://www.metlife.com.mx/blog/bienestar-financiero/mama-prime riza-cuanto-cuesta-tener-un-bebe-en-mexico/

9 ¿Cuánto cuesta un paquete de parto? Guía completa. Disponible en

https://blog.reinamadre.mx/cuanto-cuesta-un-paquete-de-parto-gu ia-completa/

10 Congreso de la Unión (2024). Código Fiscal de la Federación. Cámara de Diputados,

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf

Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.– Diputado Jorge Luis Sánchez Reyes (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

«Iniciativa que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley General de Sociedades Cooperativas, en materia de fomento de la cultura organizacional de pueblos indígenas y afromexicanos, a cargo de la diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Beatriz Andrea Navarro Pérez, diputada del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley General de Sociedades Cooperativas, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución, consumo de bienes y servicios; así lo establece la Ley General de Sociedades Cooperativas de los Estados Unidos Mexicanos.

Tras la reforma del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre del 2024, se fortaleció el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, consolidando su libre determinación y autonomía. Estas modificaciones reafirmaron el derecho de los pueblos indígenas a preservar sus culturas, lenguas, territorios y sistemas normativos, mientras que las comunidades afromexicanas fueron explícitamente reconocidas como parte de la composición pluricultural de la nación, otorgándoles derechos equiparables, como el acceso a la educación, la salud y la participación en decisiones que impacten sus comunidades. Este cambio representó un paso significativo hacia la inclusión, al abordar la discriminación histórica y promover la igualdad sustantiva, alineándose con tratados internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

No obstante, para que este reconocimiento sea plenamente efectivo, es fundamental complementarlo con disposiciones cooperativas y administrativas, particularmente en la Ley General de Sociedades Cooperativas. Incorporar a los pueblos indígenas y afromexicanos en esta legislación permitirá fortalecer sus modelos de organización económica y social, promoviendo estructuras cooperativas que respeten sus tradiciones y valoren sus formas de organización sociopolítica en el proceso de integración.

Antecedentes

La desigualdad económica, el desempleo y las dificultades para el desarrollo comunitario, derivadas de la Revolución Industrial, impulsaron, entre otras soluciones, proyectos productivos comunales que transformaron la producción, la provisión de servicios y la generación de empleo, dando origen a la economía social y solidaria. Esta alternativa prioriza el bienestar social y fortalece el sentido de pertenencia e identidad.

El cooperativismo es un movimiento socioeconómico global formado por asociaciones económicas cooperativistas en las que todos los miembros son beneficiarios según el trabajo que aportan. Promueve la libre asociación de individuos y familias con intereses comunes para construir una empresa en la que todos tienen igualdad de derechos, y los beneficios se reparten según la contribución de cada miembro. En otras palabras, las cooperativas son una forma asociativa que reúne a personas o comunidades que, de manera organizada y priorizando el interés colectivo sobre el individual, realizan actividades productivas. Este modelo destaca por su solidaridad y cooperación, materializando pilares de la economía solidaria.

El cooperativismo moderno se originó en la Villa de Rochdale, Inglaterra, donde 28 tejedores, afectados por la Revolución Industrial, fundaron una cooperativa de consumo el 24 de agosto de 1844. En México, el movimiento cooperativo fue acogido con entusiasmo por corporaciones, instituciones oficiales, partidos políticos y la Iglesia Católica, que lo promovió como un modelo de organización laica para facilitar un cambio social pacífico.

La Ley General de Sociedades Cooperativas fue promulgada por primera vez en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 1994, en un contexto de políticas de justicia social y reforma agraria que buscaban empoderar a las comunidades rurales y trabajadoras. Esta Ley formalizó y fomentó las cooperativas como herramientas de desarrollo económico y social, especialmente en sectores agrícolas y obreros. Las reformas posteriores, particularmente antes de 2018, reflejaron el cambio hacia políticas económicas neoliberales, que priorizaron enfoques de mercado sobre el bienestar social, debilitando los mecanismos de integración cooperativa y resultando en organizaciones fragmentadas con poca representación nacional.

La búsqueda de un modelo económico más humano, que priorice a las personas sobre el rendimiento económico, nos lleva a la economía social, una alternativa real con un objetivo claro: el bien común. Este modelo no sacrifica el rendimiento económico, la investigación científica, ni el uso de tecnología, pero se basa en principios como el respeto al medio ambiente, la administración democrática y la equidad.

Contexto mexicano

Las empresas cooperativas en México reflejan claramente las etapas históricas del país. Han enfrentado grandes desafíos, especialmente durante el período neoliberal, cuando fueron vistas como precursoras del socialismo. En realidad, buscan equilibrar fuerzas económicas y ofrecer una alternativa al modelo de producción predominante, que no ha dado los resultados esperados.

Según la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada el 3 de mayo de 1994 en el Diario Oficial de la Federación, existen tres tipos de cooperativas:

1. Cooperativas de consumidores: Sus miembros se asocian para obtener productos, bienes o servicios para uso personal, doméstico o productivo.

2. Cooperativas de productores: Los miembros trabajan juntos en la producción de bienes o servicios, aportando trabajo físico o intelectual, y pueden almacenar, conservar, transportar y comercializar sus productos.

3. Cooperativas de ahorro y préstamo: Regidas por la Ley General de Sociedades Cooperativas y la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRASCAP), publicada en el DOF el 13 de agosto de 2009, realizan operaciones de ahorro y préstamo sin fines especulativos ni de lucro.

La investigación de Medina Conde y Flores Ilhuicatzidoi (2024) señala que el Programa de Fomento a la Economía Social representa un avance significativo, pero su éxito depende de la ejecución efectiva, la coordinación interinstitucional, mecanismos de evaluación robustos y financiamiento adecuado. Según Herrera (2022, Cepal), los estados con mayor número de cooperativas son

• Estado de México: Mil 694;

• Jalisco: Mil 502; y

• Nuevo León: Mil 110.

Estos estados representan 23.8 por ciento del total nacional. Los de menos cooperativas son

• Yucatán: 220 cooperativas;

• Tlaxcala: 176 cooperativas; y

• Morelos: 90 cooperativas.

La siguiente tabla fue realizada con datos del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), al mes de abril de 2020 y del Registro Nacional Único de Cooperativas de Ahorro y Préstamo (RENSOCAP), al mes de noviembre de 2020, elaborado por Rojas Herrera (2022), muestra la Distribución por estado de las cooperativas de consumo, producción y ahorro y préstamo.

A partir de los datos anteriores de 2022, aproximadamente 14.53 por ciento de la población económicamente activa (8 millones 875 mil 186 socios de 61.1 millones, Inegi) pertenecía a una cooperativa, principalmente de ahorro y préstamo. Solo 251 mil 840 socios (0.41 por ciento) eran parte de cooperativas de productores, lo que refleja su alcance limitado.

La doctora Martha Izquierdo (UAEM) destaca observaciones clave sobre la evolución legal del cooperativismo en México:

1. Desde la independencia, ha habido esfuerzos por consolidar el sector social de la economía.

2. Durante diversos períodos presidenciales, el cooperativismo fue visto como un sistema para organizar empresas productivas y promover el bienestar de los trabajadores.

3. La Ley General de Sociedades Cooperativas incorporó gradualmente uniones, federaciones y confederaciones.

4. Las cooperativas pueden agruparse libremente por rama de actividad.

5. La ley de 1994 debilitó los mecanismos de integración nacional, generando organizaciones fragmentadas.

6. Las cooperativas tienen una participación reducida en la economía nacional.

7. En el decenio de 1980, el modelo económico neoliberal transformó el panorama.

8. Pese a las facilidades de la ley de 1994, el crecimiento cooperativo está estancado.

9. Las reformas de 2009 a los organismos de integración cooperativa no han impulsado significativamente el sector.

Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030

En línea con el PND 2025-2030, que consolida el segundo piso de la cuarta transformación bajo el modelo del humanismo mexicano, se reconoce la importancia estratégica de impulsar la economía social como una innovación fundamental en las políticas de desarrollo económico y social. Este enfoque, detallado en el eje general 3, “Economía moral y trabajo”, destaca el papel de las cooperativas, asociaciones, cajas de ahorro y mutuales, que involucran a más de 14 millones de mexicanos, incluyendo ejidos, comunidades indígenas y afromexicanas. Frente a las limitaciones de la economía de mercado para generar empleos en un contexto de automatización, estos proyectos promueven opciones laborales basadas en la autoorganización, el cooperativismo, la solidaridad, la ayuda mutua, la reciprocidad y el respeto al medio ambiente, alineándose directamente con la visión de prosperidad compartida y justicia social de la 4T.

Este impulso se materializa en el objetivo 3.2 del PND, que busca promover el trabajo digno para todas las personas en edad laboral, especialmente para los grupos históricamente vulnerados (como los pueblos indígenas y afromexicanos), facilitando su inserción en empleos alineados con las vocaciones económicas regionales y locales. De manera específica, la Estrategia 3.2.8 propone apoyar el desarrollo de cooperativas y otros organismos del sector social que generen bienes y servicios, ampliando las opciones de empleo digno y bien remunerado para las familias. Esta estrategia no solo fortalece la soberanía económica nacional, sino que también integra principios de inclusión y equidad, reconociendo las prácticas comunitarias ancestrales de los pueblos originarios como base para modelos cooperativos que preserven su identidad cultural y territorial.

El gobierno de la cuarta transformación, a través del Plan Nacional de Desarrollo, ha considerado estas medidas como parte de un círculo virtuoso que prioriza el bienestar colectivo, el fortalecimiento del mercado interno y la reducción de desigualdades, demostrando un compromiso firme con la transformación pacífica y democrática. Al incorporar estos elementos en la reforma a la Ley General de Sociedades Cooperativas, se avanza hacia una integración cooperativa que respete y potencie las formas organizativas de los pueblos indígenas y afromexicanos, contribuyendo a la construcción de un México más justo, soberano y solidario, en sintonía con los principios humanistas que guían esta administración.

Al aprobar esta iniciativa se armoniza el objetivo social de la misma con las intenciones de estrategia del Plan Nacional de Desarrollo.

Cultura organizacional de pueblos indígenas y afromexicanos para la integración cooperativa

Las cooperativas han buscado históricamente satisfacer necesidades socioeconómicas con principios igualitarios, equitativos y democráticos, donde los socios son propietarios, gestores y usuarios de los servicios. Transforman la realidad de millones al fomentar el emprendimiento entre los más desfavorecidos, contribuyendo a las economías locales y en ocasiones, apoyando funciones estatales.

Las cooperativas indígenas son clave para mejorar las condiciones de vida mediante procesos inclusivos, contrarrestando los efectos de la globalización y el neoliberalismo al priorizar beneficios colectivos y fomentar intercambios justos basados en la cooperación, la reciprocidad y el mutualismo. Estas cooperativas se alinean con los valores de la economía solidaria, garantizando una distribución equitativa de beneficios y preservando la identidad cultural a través del conocimiento tradicional. Sus planes priorizan el bienestar colectivo y el respeto a tradiciones, costumbres, cosmovisión y creencias.

Promover una cultura organizacional que apoye la integración cooperativa de pueblos indígenas y afromexicanos fortalece su identidad cultural y promueve la equidad. Al respetar sus tradiciones y cosmovisiones, las cooperativas aseguran que estas comunidades mantengan su identidad mientras participan en proyectos económicos. El modelo cooperativo se alinea con principios de justicia social, cruciales para grupos históricamente marginados. Una cultura organizacional inclusiva refuerza la cooperación y la solidaridad, mejorando la cohesión social y la autonomía en los procesos de producción y distribución.

Integrar el conocimiento tradicional en las cooperativas preserva la sabiduría ancestral y empodera a los miembros de la comunidad. Las cooperativas permiten participar en la economía global sin sacrificar la identidad, generando empleo y desarrollo económico mientras se mantienen los valores. La participación y las redes de apoyo solidarias fortalecen la resiliencia comunitaria frente a desafíos económicos y sociales.

Retomando lo de la reforma del artículo 2o. constitucional, aprobada en esta legislatura, se reconoce la composición pluricultural y multiétnica de México, sustentada en sus pueblos indígenas que preservan y transmiten sus instituciones sociales, normativas, económicas, culturales y políticas. Se instruye que el Estado debe promover su inclusión en los marcos legales, como la Ley General de Sociedades Cooperativas. Se concluye que la ley actual carece de una perspectiva interseccional, esencial para abordar la interacción de género, raza y otras categorías en las prácticas sociales, instituciones y dinámicas de poder. La interseccionalidad destaca las diferencias entre individuos y el impacto de sistemas de discriminación como el sexismo, el racismo y el clasismo.

Obstáculos por falta de financiamiento

Las comunidades indígenas y afromexicanas enfrentan barreras significativas para el desarrollo de cooperativas debido al acceso limitado al financiamiento. Según el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI, 2023), solo el 15 por ciento de las cooperativas indígenas reciben financiamiento gubernamental, frente al 40 por ciento de las cooperativas no indígenas. Esta brecha se debe a obstáculos burocráticos, desconocimiento de programas de apoyo y aislamiento geográfico. Por ejemplo, en Chiapas, 70 por ciento de las cooperativas indígenas reportaron falta de capital como su principal obstáculo (Cepal, 2022). Sin financiamiento adecuado, estas cooperativas enfrentan dificultades para invertir en equipo, capacitación o acceso a mercados, limitando su escalabilidad y sostenibilidad.

Por ejemplo, la Cooperativa de Mujeres Indígenas de Oaxaca enfrentó retos para escalar la producción textil debido a la falta de préstamos para maquinaria moderna, dependiendo de herramientas obsoletas que redujeron su productividad. De manera similar, las cooperativas pesqueras afromexicanas en Guerrero carecen de fondos para equipos de pesca sostenible, lo que dificulta cumplir regulaciones ambientales y competir en el mercado.

Efecto de las políticas neoliberales

Las políticas neoliberales de las décadas de 1980 a principios de 2010 priorizaron la liberalización del mercado y redujeron el apoyo estatal a programas sociales, afectando desproporcionadamente a las comunidades indígenas y afromexicanas.

La eliminación de subsidios para cooperativas agrícolas bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, firmado en 1994, provocó una caída de 30 por ciento en la membresía de cooperativas rurales entre 1995 y 2005 (Inegi). En Chiapas, cooperativas cafetaleras como Café Maya enfrentaron dificultades cuando los precios globales del café se desplomaron, sin apoyo gubernamental para mitigar pérdidas. Estas políticas exacerbaron la desigualdad económica, con hogares indígenas ganando en promedio 45 por ciento menos que los no indígenas en 2020.

Migración a áreas urbanas

La falta de oportunidades económicas en comunidades indígenas y afromexicanas rurales ha impulsado una migración significativa hacia áreas urbanas. Según el Inegi (2023), aproximadamente 1.2 millones de personas indígenas dedicadas a diversas actividades migraron a ciudades como Ciudad de México, Guadalajara y Tijuana en busca de mejores oportunidades laborales, entre 2015 y 2022.

Esta migración altera la cohesión comunitaria y debilita las estructuras cooperativas tradicionales. Por ejemplo, en Oaxaca, la migración de jóvenes adultos ha reducido la membresía de las cooperativas en 25 por ciento en algunas comunidades.

Las cooperativas pueden mitigar este problema generando empleo local, como se observa en la cooperativa Tosepan Titataniske, que emplea a 34 mil socios, lo que reduce la emigración en Puebla.

Papel de la juventud indígena y afromexicana

Los jóvenes indígenas y afromexicanos son vitales para la sostenibilidad de las cooperativas, aportando innovación y adaptabilidad. Sin embargo, enfrentan desafíos como el acceso limitado a la educación y la capacitación. Según el Inegi (2023), 60 por ciento de los jóvenes indígenas de 15 a 29 años carecen de acceso a la educación superior, en comparación con el 40 por ciento de los jóvenes no indígenas. Las cooperativas ofrecen oportunidades para el desarrollo de habilidades y liderazgo. Por ejemplo, en la cooperativa Yomol A’tel en Chiapas, los jóvenes tseltales han introducido estrategias de marketing digital, aumentando el alcance de mercado en un 20 por ciento (Cepal, 2023). Involucrar a la juventud asegura la continuidad de las prácticas culturales y fortalece la resiliencia de las cooperativas.

Comparativo internacional

Otros países han apoyado con éxito a las cooperativas indígenas, ofreciendo modelos para México:

• Perú: La Central de Cooperativas Agrarias Cafetaleras (Cocla) apoya a productores quechuas y aimarascon financiamiento y capacitación respaldados por el gobierno. Desde 2010, Cocla ha incrementado los ingresos de sus miembros en un 35 por ciento mediante certificaciones de comercio justo y acceso a mercados (FAO, 2022).

• Nueva Zelanda: La Ngi Tahu Holdings Corporation, cooperativa liderada por maoríes, integra conocimiento tradicional en agricultura y turismo sostenibles. Con subsidios gubernamentales, ha generado 1.2 mil millones en ingresos desde 2000, preservando la cultura maorí (Gobierno de Nueva Zelanda, 2023).

• Bolivia: La Asociación de Productores de Quinoa apoya a agricultores aymaras y quechuascon micro financiamiento y apoyo a exportaciones, aumentando las exportaciones de quinua en un 40 por ciento de 2015 a 2022 (OIT, 2023). Estos modelos destacan el respeto cultural y la distribución equitativa de recursos, alineándose con los objetivos de México.

Experiencias de cooperativas indígenas en México

La situación económica de los pueblos indígenas es una prioridad en la agenda pública de la presidenta de México la doctora Claudia Sheinbaum y el Gobierno de la Cuarta Transformación. Su diversidad cultural es un activo significativo, pero también un desafío para el desarrollo económico equitativo. La brecha económica entre indígenas y no indígenas ha crecido, con hogares indígenas ganando un 45 por ciento menos en promedio.

Las cooperativas reducen la migración al fomentar la toma de decisiones colectivas y la inclusión socioeconómica. Como ya se habían mencionado algunos ejemplos incluyen a:

• Chiapas: Yomol A’tel integra a más de 350 familias tseltales, cerrando el ciclo económico desde la producción hasta el consumo, preservando la cultura y la biodiversidad.

• Puebla: Unión de Cooperativas Tosepan Titataniske, fundada en 1977, reúne a 34 mil socios náhuatl y totonacos en 395 comunidades, produciendo café, miel y servicios turísticos.

• Nayarit: Sociedad Cooperativa de Producción Pesquera y Acuícola Unión de Pescadores Indígenas de Aguamilpa, con 229 socios wixárika y náyeri, promueve la pesca sostenible y recibió el Premio Nacional a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2023.

Se solicitó información al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, con la intención de saber si la presente propuesta consolida un gasto o impacto presupuestal al erario. La contestación que ayuda a fortalecer los argumentos expuestos fue que “ la eventual aprobación de la iniciativa no generaría un impacto presupuestal para el erario federal”. El estudio de impacto presupuestal fue remitido el día 23 de diciembre de 2025, con número de folio CEFP/DG/LXVI/1698/25 de dicho centro.

En el siguiente cuadro comparativo se expone la reforma propuesta:

Concluyo refiriendo lo siguiente:

La aprobación de esta iniciativa es crucial para armonizar la Ley General de Sociedades Cooperativas, con la reforma al artículo 2o. Constitucional del 30 de septiembre de 2024, que reconoce la pluriculturalidad de México y el derecho de los pueblos indígenas y afromexicanos a preservar sus instituciones. Al incorporar su reconocimiento, su perspectiva interseccional y fomentar la cultura organizacional de estos pueblos, se promueve la equidad, la inclusión y el respeto a sus usos y costumbres. Esto fortalece la economía social, reduce desigualdades históricas, empodera a comunidades marginadas, preserva el conocimiento ancestral y fomenta el desarrollo sostenible. La iniciativa responde a la necesidad de garantizar que las cooperativas sean un vehículo de justicia social y desarrollo económico inclusivo, alineándose con los principios constitucionales de igualdad, no discriminación y con el Plan Nacional de Desarrollo.

Por todo lo expuesto someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley General de Sociedades Cooperativas

Único. Se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley General de Sociedades Cooperativas, para quedar como sigue:

Artículo 29 Bis.- En las sociedades cooperativas de consumidores y productores, se fomentará la cultura organizacional de los pueblos indígenas y afromexicanos, respetando siempre sus usos y costumbres.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5739986&fech a=30/09/2024#gsc.tab=0

2 Impacto de la desigualdad económica sobre el desarrollo: análisis de datos de panel a nivel estatal en México. Disponible en

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid =S2007-74672023000200124

3 El yeknemilis, o “buen vivir”, principio de la comunalidad para la construcción de redes estratégicas en una cooperativa. Disponible en

https://cienciasadmvastyp.uat.edu.mx/index.php/ACACIA/article/v iew/367

4 Boletín de la Asociación Internacional del Derecho Cooperativo. Disponible en

https://baidc.revistas.deusto.es/article/view/2831

5 Agrupación entre cooperativas en México a través de sus leyes. Disponible en

https://baidc.revistas.deusto.es/article/view/2101

6 Número 65 (2024). Disponible en

https://baidc.revistas.deusto.es/issue/view/318

7 Empresas cooperativas mexicanas durante el periodo neoliberal 1980-2018. Disponible en

https://baidc.revistas.deusto.es/article/view/3092

8 Aceptación del concepto de economía social e identificación de grupos homogéneos en países de Latinoamérica y Europa. Disponible en

https://www.redalyc.org/journal/4419/441955208009/441955208009. pdf

9 Tasa de actividad. Disponible en en

https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/indicadores_verdes18/indicadores/archivos/pdf/01_contexto/metadatos/ V_CSE_3.1.1_met.pdf

10 Agrupación entre cooperativas en México a través de sus leyes. Disponible en

https://baidc.revistas.deusto.es/article/view/2101

11 Plan Nacional de Desarrollo, eje general 3. página 57. Disponible en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981072/PND_2025- 2030_v250226_14.pdf

12 Plan Nacional de Desarrollo, eje general 3, “Economía moral y trabajo”, página 107. Disponible en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981072/PND_2025- 2030_v250226_14.pdf

13 Las cooperativas indígenas: entre los derechos a la autonomía y la libre determinación de los pueblos indígenas y su plan de vida. Disponible en

https://baidc.revistas.deusto.es/article/download/2527/3413

14 El INPI, una nueva entidad para implementar los derechos de los pueblos indígenas en México. Disponible en

https://news.un.org/es/story/2019/05/1455331#:~: text=Estado%20de%20M%C3%A9xico.-,El%20INPI%2C%20una%20nueva%20entidad%20para%20 implementar%20los%20derechos,los%20pueblos%20ind%C3%ADgenas%20en%20M%C3%A9xico&text=En%20M%C3%A9xico%20hay%2068%20pueblos%20ind%C3%ADgenas%2C%20todos%20vi viendo%20una%20paradoja

15 Necesario, fortalecer el papel de las personas indígenas jóvenes como agentes de cambio. Disponible en

https://cdhcm.org.mx/2023/08/necesario-fortalecer-el-papel-de-l as-personas-indigenas-jovenes-como-agentes-de-cambio/#:~: text=9%20de%20agosto%20de%202023&text=En%20el%20pa%C3%ADs%2C%20de%20acuerdo ,es%20decir%20es%20poblaci%C3%B3n%20joven

16 Empoderamiento y liderazgo en una cooperativa de mujeres indígenas en Chiapas. Disponible en

https://www.revista.economia.uady.mx/index.php/reveco/article/v iew/389

https://www.revista.economia.uady.mx/index.php/reveco/article/v iew/389

17 Caficultores de las culturas de quechuas y aimaras. Disponible en

https://cecovasa.com/

18 Globalización, derechos humanos y pueblos indígenas. Disponible en

https://iwgia.org/images/publications/0298_ globalizacion_derechos_humanos_y_pueblos_indigenas.pdf

19 El libro de la quinua-2024. Disponible en

https://www.swisscontact.org/_Resources/Persistent/e/7/9/f/e79f 3a6052f9820bd13a3aa5ec1fd7742369edf1/EL-LIBRO-DE-LA-QUINUA-2024.pdf

20 Unión de Cooperativas Tosepan. Disponible en

https://hic-al.org/2018/12/26/union-de-cooperativas-tosepan/

21 El futuro de la pesca exitosa: cooperativa presa Aguamilpa. Disponible en

https://www.gob.mx/agricultura/articulos/el-futuro-de-la-pesca- exitosa-cooperativa-presa-aguamilpa

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 14 de enero de 2026.– Diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, de la Cámara de Diputados.



CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, Y LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de detenciones donde exista presencia de personas menores de edad, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Gissel Santander Soto, integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno del Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de detenciones donde haya presencia de personas menores de edad, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La protección integral de niñas, niños y adolescentes (NNA) constituye una obligación constitucional, convencional y ética del Estado mexicano. Sin embargo, a pesar de los avances normativos en materia de derechos de la niñez, persisten vacíos operativos durante los actos de detención, cateo o intervención policial, especialmente cuando éstos ocurren en presencia de personas menores de edad que no guardan relación con los hechos investigados, pero cuya integridad emocional y física se ve gravemente afectada.

1. Problemática: la niñez expuesta a detenciones sin protocolos de protección

En México, diversas organizaciones han documentado la exposición de NNA a violencia institucional durante detenciones, lo que provoca afectaciones equivalentes a las que sufre una víctima directa.

De acuerdo con la Red por los Derechos de la Infancia (Redim, 2022), al menos 4 mil niñas y niños presenciaron la detención o captura violenta de un familiar durante operativos policiales entre 2020 y 2022, frecuentemente sin medidas de contención emocional o resguardo.

Las afectaciones documentadas incluyen

• Trastorno por estrés postraumático (UNICEF, 2021);

• Regresiones conductuales como pérdida del control de esfínteres, insomnio o mutismo selectivo (CNDH, 2020);

• Ansiedad crónica, hipervigilancia y miedo a la autoridad (ONU-DH, 2022); y

• Ruptura del proyecto familiar y estigmatización comunitaria.

Caso real (México)

En 2019, en Ciudad Juárez, una menor de 8 años presenció la detención violenta de su padre durante un operativo militar; la niña quedó sola en el domicilio durante más de dos horas hasta que un vecino avisó a la policía municipal. Sin acompañamiento psicológico, la menor desarrolló crisis de ansiedad severas durante meses (CNDH, 2020).

En otro caso, en 2021, agentes estatales ingresaron a un domicilio en Puebla para ejecutar una orden de aprehensión, apuntando armas largas mientras en la vivienda se encontraban dos niños de 3 y 5 años. El operativo fue declarado irregular por la falta de medidas especiales para proteger a los menores (Redim, 2022).

Si bien el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece parámetros generales sobre el uso de la fuerza y la actuación policial, no prevé disposiciones operativas específicas para la protección de NNA durante una detención, ni reconoce expresamente su condición de víctimas indirectas cuando presencian actos de violencia estatal.

Asimismo, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) reconoce su derecho a un entorno libre de violencia, pero carece de mecanismos vinculantes para que las policías, fiscalías o fuerzas armadas actúen de manera diferenciada cuando hay menores presentes.

Este vacío permite prácticas como

• Detenciones ejecutadas con armas visibles frente a NNA;

• Separación de menores de su figura cuidadora sin evaluación de riesgo;

• Falta de registro del menor como víctima; y

• Ausencia de servicios de contención emocional inmediata.

Estas prácticas contravienen el interés superior de la niñez, principio rector del artículo 4o. constitucional y de la Convención sobre los Derechos del Niño (ONU, 1989).

Los instrumentos internacionales reconocen que los Estados deben proteger a la niñez contra cualquier forma de violencia, incluyendo la violencia institucional.

La Observación General No. 14 del Comité de los Derechos del Niño establece que el interés superior de la niñez debe considerarse de manera primordial en todas las actuaciones administrativas y judiciales (Comité de los Derechos del Niño, 2013).

Las Directrices sobre la Justicia en Asuntos Concernientes a los Niños Víctimas y Testigos del Delito de la ONU enfatizan que los Estados deben garantizar que los menores “no sean re-victimizados durante procesos policiales o judiciales” y que deben adoptarse “medidas de protección inmediata durante intervenciones de las autoridades” (ONU, 2005).

Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos obliga a los Estados a proteger a las personas menores de edad contra intromisiones arbitrarias y contra la violencia estatal (ONU, 1976).

Diversos países han incorporado protocolos específicos para proteger a la niñez durante actos de detención, lo que refleja una tendencia internacional a reforzar este enfoque.

España

La Ley Orgánica 8/2021, sobre protección integral a la infancia, obliga a las fuerzas policiales a “minimizar el impacto emocional en menores durante actuaciones operativas” y a garantizar la presencia de especialistas de protección infantil cuando sea necesario.

Colombia

El Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098/2006) establece que cualquier intervención policial donde haya NNA debe priorizar su integridad emocional y obliga a las autoridades a informar inmediatamente al ICBF para activar medidas de protección.

Chile

La Ley 21.430 de Garantías de la Niñez impone obligaciones específicas a Carabineros para evitar el uso de fuerza frente a menores y para garantizar acompañamiento psicológico en caso de afectación.

Estados Unidos

Estados como California han aprobado child sensitive arrest protocols, que prohíben la exposición directa del menor a la detención de un familiar y obligan a la policía a realizar evaluaciones de custodia y contención emocional (California Penal Code § 13517.8).

Estos ejemplos de derecho comparado refuerzan la necesidad de que México adopte disposiciones similares, armonizando su legislación con los estándares más avanzados de protección infantil.

Esta iniciativa se sustenta en

• Artículo 4o. de la Constitución mexicana, que reconoce el interés superior de la niñez como principio rector.

• Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por México.

• Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

• Jurisprudencia de la SCJN, que ha reiterado que el interés superior debe prevalecer sobre cualquier otra consideración de política pública (SCJN, 2019).

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que los Estados deben prevenir que niñas y niños sean expuestos a violencia institucional, y deben brindar medidas reforzadas de protección (CIDH, Caso “Atala Riffo y Niñas vs. Chile”, 2012).

La presente iniciativa crea un marco legal de actuación obligatoria para que todas las autoridades ministeriales y policiales:

• Adopten un protocolo especial de protección;

• Minimicen el uso de fuerza frente a NNA;

• Registren a los menores presentes como víctimas indirectas;

• Eviten su separación arbitraria; y

• Coordinen su atención psicológica inmediata.

Estas medidas

• Fortalecen la profesionalización policial;

• Armonizan la legislación mexicana con estándares internacionales; y

• Constituyen un avance sustantivo hacia una justicia verdaderamente humanista y protectora de la niñez.

Contenido de la iniciativa

1. Se propone adicionar un párrafo tercero al artículo 10 del Código Nacional de Procedimientos Penales para armonizar el marco jurídico procesal penal con los estándares constitucionales y convencionales en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes reconociendo expresamente el principio del interés superior de la niñez como criterio rector para la elaboración y ejecución de políticas públicas y decisiones judiciales, priorizando la protección, desarrollo y bienestar integral de las personas menores de edad en cualquier ámbito en el que se vean involucradas.

2. Se propone adicionar las fracciones XVI a XIX, XX del artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales para incorporar obligaciones específicas a las personas servidoras públicas de las instituciones de procuración de justicia, orientadas a garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes durante cualquier actuación ministerial, policial o pericial. Estas nuevas fracciones buscan fortalecer el respeto al interés superior de la niñez, asegurar condiciones de trato digno, prevenir su revictimización y establecer mecanismos precisos que obliguen a adoptar medidas inmediatas de protección física, psicológica y emocional en todas las diligencias donde se identifique su presencia o posible afectación.

3. Se propone la adición de un artículo 266 Bis del Código Nacional de Procedimientos Penales para establecer obligaciones claras y protocolos de actuación cuando, durante la ejecución de una detención, cateo o cualquier acto de investigación, se identifique la presencia de niñas, niños o adolescentes. Este nuevo precepto busca garantizar su protección integral al disponer que la autoridad asegure su resguardo en un espacio seguro y libre de violencia; evite su exposición al uso de fuerza, armas o lenguaje intimidatorio; realice las detenciones procurando que no exista contacto visual directo entre el menor y la persona detenida; registre al menor como víctima indirecta y notifique al Ministerio Público especializado; garantice atención psicológica inmediata en caso de afectación emocional; y permita su permanencia con su figura cuidadora o tutor, salvo que exista riesgo o indicio de violencia. Con ello, el artículo 266 Bis dota al sistema penal de lineamientos operativos para prevenir la revictimización y asegurar el interés superior de la niñez en todas las diligencias en campo.

4. Se propone la adición de un segundo párrafo al artículo 16 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para reconocer el derecho de la niñez a vivir en condiciones de bienestar y en un entorno libre de violencia, estableciendo que cualquier niña, niño o adolescente presente en estos actos judiciales estableciendo que cualquier niña, niño o adolescente que esté presente en actos de detención reciban trato de especial protección.

5. Se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 46 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para fortalecer que durante detenciones exista presencia de menores edad las autoridades deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección y el resguardo físico y emocional de los menores.

Para mayor ilustración, se presenta el siguiente cuadro comparativo entre el texto vigente del ordenamiento a modificar y la propuesta de reforma y adiciones contenidas en la presente iniciativa:

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de detenciones donde haya presencia de personas menores de edad

Primero. Se adicionan un párrafo tercero al artículo 10, las fracciones XVI a XX del artículo 132 y el artículo 266 Bis al Código Nacional de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 10. Principio de igualdad ante la ley Todas las personas que intervengan en el procedimiento penal recibirán el mismo trato y tendrán las mismas oportunidades para sostener la acusación o la defensa. No se admitirá discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condición de salud, religión, opinión, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.

Las autoridades velarán por que las personas en las condiciones o circunstancias señaladas en el párrafo anterior, sean atendidas a fin de garantizar la igualdad sobre la base de la equidad en el ejercicio de sus derechos. En el caso de las personas con discapacidad, deberán preverse ajustes razonables al procedimiento cuando se requiera.

Toda actuación de las autoridades ministeriales, policiales o judiciales en la que se identifique la presencia de niñas, niños o adolescentes deberá observar de manera obligatoria el principio de interés superior de la niñez. Se deberán adoptar medidas inmediatas para garantizar su integridad física, psicológica y emocional.

Artículo 132. Obligaciones de las y los policías

El policía actuará bajo la conducción y mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, perspectiva de género y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución. Para los efectos del presente código, el policía tendrá las siguientes obligaciones:

I. a XIV. ...

XV. Identificar de forma inmediata la presencia de niñas, niños o adolescentes en el lugar de los hechos o durante la ejecución de una detención.

XVI. Minimizar el uso de fuerza, visibilidad de armas o tácticas intimidatorias cuando haya menores presentes.

XVII. Procurar que la detención se realice fuera del campo visual del menor, siempre que sea posible sin poner en riesgo el operativo.

XVIII. Evitar en todo momento la separación del menor de su figura cuidadora, salvo riesgo real e inminente para su integridad.

XIX. Solicitar la intervención inmediata de servicios de protección y asistencia cuando un menor resulte afectado o se encuentre en situación de vulnerabilidad.

XX. Las demás que les confieran otras disposiciones aplicables.

Artículo 266 Bis. Detenciones con presencia de niñas, niños o adolescentes

Cuando durante la ejecución de una detención, cateo o acto de investigación se identifique la presencia de niñas, niños o adolescentes, la autoridad deberá

I. Asegurar su resguardo en un espacio seguro y libre de violencia.

II. Evitar exponerles al uso de fuerza, armas o lenguaje intimidatorio.

III. Realizar la detención sin contacto visual directo del menor con el detenido, cuando sea posible.

IV. Registrar al menor como víctima indirecta y notificar al Ministerio Público especializado.

V. Garantizar atención psicológica inmediata en caso de afectación emocional.

VI. Permitir la permanencia del menor con su figura cuidadora o tutor, salvo que exista riesgo o indicio de violencia hacia el menor.

Segundo. Se adicionan un segundo párrafo al artículo 16 y uno segundo al artículo 46 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 16. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la paz, a no ser privados de la vida en ninguna circunstancia, ni ser utilizados en conflictos armados o violentos.

Toda niña, niño o adolescente que se encuentre presente durante un operativo policial o acto de detención deberá ser tratado como sujeto de especial protección. Queda prohibida cualquier acción que pueda generar daño emocional o físico. Las autoridades deberán intervenir de manera inmediata para garantizar su entorno seguro.

Artículo 46. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.

En caso de detenciones en presencia de menores, la autoridad adopte medidas de protección, resguardo emocional y canalización a servicios de asistencia.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las instituciones policiales y de procuración de justicia deberán actualizar sus protocolos de actuación en un plazo no mayor de 90 días.

Tercero. Las entidades federativas armonizarán su legislación en un plazo máximo de 180 días.

Cuarto. Las autoridades competentes deberán implantar programas obligatorios de capacitación sobre protección de la niñez durante operativos policiales.

Referencias

Castillo, R. (2023). Infancias invisibilizadas: participación escolar en comunidades rurales. Chihuahua: Centro de Investigación para el Desarrollo Educativo.

Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2021). Informe especial sobre participación infantil en México. Ciudad de México: CNDH.

González, M.; y Méndez, L. (2021). Participación juvenil y abandono escolar: un estudio en Jalisco. Guadalajara: Universidad de Guadalajara.

Hart, R. (1992). Children’s participation: from tokenism to citizenship. Florence: UNICEF Innocenti Research Centre.

Lansdown, G. (2011). Every child’s right to be heard: a resource guide on the UNCRC general comment no. 12. Londres, Save the Children/UNICEF.

Lundy, L. (2020). Children’s rights and educational policy in Scotland. Edinburgh: Scottish government.

Ministry of Education New Zealand (2021). Student voice and co-design in curriculum development. Wellington: MoE.

Mitra, D. (2004). “The significance of students: can increasing ‘student voice’ in schools lead to gains in youth development?” Teachers College Record, 106(4), pp. 651—688.

ONU (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. Nueva York: Naciones Unidas.

Ramírez, L. (2022). Participación infantil en contextos indígenas: desafíos y omisiones. Oaxaca: Instituto Estatal de Educación Pública.

Reynaert, D., Bouverne-De Bie, M. & Vandevelde, S. (2009). “A Review of Children’s Rights Literature Since the Adoption of the United Nations Convention on the Rights of the Child”. Childhood, 16(4), pp. 518—534.

Save the Children (2019). Escuchar es proteger: lineamientos para la participación infantil en políticas públicas. Ciudad de México: Save the Children México.

UNICEF (2021). Infancia y participación en América Latina: buenas prácticas. Bogotá: UNICEF.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de enero de 2026.– Diputada Gissel Santander Soto (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para la protección del espacio barrial y comunitario frente a la gentrificación, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Gissel Santander Soto, integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno del Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La vida barrial y comunitaria constituye uno de los pilares fundamentales del patrimonio cultural vivo de México. En los barrios, colonias y pueblos se transmiten conocimientos, tradiciones, expresiones culturales, modos de organización social y redes de cuidado colectivo que, de acuerdo con la UNESCO (2003), forman parte del patrimonio cultural inmaterial indispensable para el desarrollo sostenible y la cohesión social. Sin embargo, en las últimas dos décadas las principales ciudades del país han enfrentado procesos acelerados de gentrificación, definidos como la transformación urbana que provoca desplazamiento de población residente, aumento abrupto en los precios del suelo y pérdida de identidad cultural comunitaria (Smith, 1996).

En México, la gentrificación se ha observado en zonas como la Colonia Roma, Juárez, Doctores, Santa María la Ribera, Centro Histórico de Ciudad de México, así como en Guadalajara, Monterrey, Puebla y Tijuana, donde la llegada de inversiones inmobiliarias y turísticas ha generado incrementos de entre 30 y 300 por ciento en rentas y valor del suelo, provocando desplazamiento directo y expulsión económica (Delgadillo, 2020). En algunos casos, como el centro de Oaxaca o San Miguel de Allende, la presión turística ha modificado significativamente la estructura comunitaria, produciendo pérdida de vivienda asequible, desaparición de comercios tradicionales y sustitución de habitantes por población flotante o de mayor nivel adquisitivo (Hiernaux y González, 2014).

La afectación no es solo económica: se pierden prácticas culturales, fiestas comunitarias, oficios tradicionales y formas de convivencia que han sido parte de la identidad barrial por generaciones. La legislación mexicana reconoce el patrimonio material e inmaterial, pero no protege explícitamente el espacio barrial y comunitario como un sujeto cultural que puede ser afectado por procesos de mercado o políticas urbanas.

La actual Ley General de Derechos Culturales se centra en la protección del patrimonio cultural inmaterial, pero no incorpora el concepto de espacio barrial y comunitario, ni establece herramientas para su preservación frente a dinámicas de mercado. Tampoco existe una obligación clara para que las autoridades evalúen el impacto cultural o social de proyectos urbanos o inmobiliarios.

Esto genera un vacío que permite que decisiones de uso de suelo, permisos de construcción, incentivos turísticos o megaproyectos urbanos se realicen sin considerar los efectos sobre las comunidades residentes. Diversos países han incorporado normativas para proteger los espacios comunitarios frente a la gentrificación:

• España: Ciudades como Barcelona cuentan con el Plan Especial de Protección del Patrimonio Arquitectónico y del Patrimonio Histórico-Artístico y el Plan de Usos del Distrito de Ciutat Vella, que limita la apertura de establecimientos turísticos y regula los desarrollos que puedan expulsar a la población local (Ajuntament de Barcelona, 2018).

• Portugal: Lisboa adoptó zonas de “contención” para limitar la conversión de viviendas tradicionales en alojamientos turísticos, donde se prioriza la permanencia de residentes históricos (Governo de Lisboa, 2019).

• Estados Unidos: En ciudades como Portland, Chicago y Nueva York existen Anti-Displacement Policies que obligan a evaluar los impactos de proyectos urbanos sobre la comunidad, incluyendo la conservación cultural y social (Zuk; y otros, 2018).

• Colombia: La Ley 397 de Cultura reconoce la importancia del patrimonio inmaterial y del territorio como espacios donde se expresa la vida cultural, obligando a las autoridades a garantizar la participación comunitaria en proyectos urbanos.

Estas medidas muestran que es posible legislar para proteger barrios, prácticas culturales y redes vecinales sin detener el desarrollo urbano, sino orientándolo hacia la justicia social y la sostenibilidad. Se busca adoptar una política explícita de protección del espacio barrial y comunitario ofrece múltiples beneficios:

1. Preserva el patrimonio inmaterial, incluidos oficios, fiestas, expresiones artísticas y formas de vida local.

2. Protege el patrimonio material, considerando parques, plazas, plazuelas, calles, jardines o espacios que sean parte de la identidad barrial o comunitaria.

3. Fortalece la cohesión social, al mantener redes de apoyo y cuidado comunitario.

4. Promueve un desarrollo urbano sostenible, basado en el equilibrio entre inversión, comunidad y patrimonio.

5. Mejora la gobernanza cultural, al exigir participación y consulta vecinal en proyectos capaces de modificar la identidad del barrio.

La presente iniciativa no crea nuevas instituciones, ni invade competencias estatales o municipales. Su objetivo es reconocer el espacio barrial y comunitario como patrimonio cultural vivo y establecer la obligación de considerar la participación comunitaria en proyectos que puedan modificar la vida cultural de un territorio.

Con esta reforma se dota a autoridades y comunidades de un marco legal claro que oriente decisiones urbanas y turísticas, y que fortalezca el derecho de las personas a conservar su cultura, su entorno y sus modos de vida.

Contenido de la iniciativa

Se propone adicionar un párrafo segundo al artículo 3 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales para reconocer explícitamente como parte del patrimonio cultural el espacio barrial y comunitario, entendido como el conjunto de prácticas, expresiones, formas de vida, redes de convivencia, memorias colectivas y territorios que conforman la identidad cultural de un barrio, colonia o comunidad. Entre los espacios barriales se consideran, parques, plazas, plazuelas, calles, jardines o espacios que sea parte de la identidad barrial o comunitaria. Para ello las autoridades deberán considerarlo un elemento esencial del patrimonio cultural vivo del país.

Se propone adicionar la fracción XII del artículo 12 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales para que las autoridades federales, estatales y municipales implementarán medidas para prevenir la pérdida, transformación forzada, la modificación abrupta del uso de suelo o cualquier acción que ponga en riesgo el espacio barrial y/ comunitario.

Para mayor ilustración se presenta el siguiente cuadro comparativo entre el texto vigente del ordenamiento por modificar y la propuesta de reforma y adiciones contenidas en la iniciativa:

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Derechos Culturales, para proteger el espacio barrial y comunitario frente a la gentrificación

Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 3 y adicionar la fracción XII del artículo 12 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para quedar como sigue:

Artículo 3. Las manifestaciones culturales a que se refiere esta Ley son los elementos materiales e inmateriales pretéritos y actuales, inherentes a la historia, arte, tradiciones, prácticas y conocimientos que identifican a grupos, pueblos y comunidades que integran la nación, elementos que las personas, de manera individual o colectiva, reconocen como propios por el valor y significado que les aporta en términos de su identidad, formación, integridad y dignidad cultural, y a las que tienen el pleno derecho de acceder, participar, practicar y disfrutar de manera activa y creativa.

Se reconocerá como parte del patrimonio cultural el espacio barrial y comunitario, entendido como el conjunto de prácticas, expresiones, formas de vida, redes de convivencia, memorias colectivas y territorios que conforman la identidad cultural de un barrio, colonia o comunidad. Entre los espacios barriales se consideran, parques, plazas, plazuelas, calles, jardines o espacios que sea parte de la identidad barrial o comunitaria. Para ello las autoridades deberán considerarlo un elemento esencial del patrimonio cultural vivo del país.

Artículo 12. Para garantizar el ejercicio de los derechos culturales, la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia, deberán establecer acciones que fomenten y promuevan los siguientes aspectos:

I. a XI. ...

XII. Implementar medidas para prevenir la pérdida, transformación forzada, la modificación abrupta del uso de suelo o cualquier acción que ponga en riesgo el espacio barrial y/o comunitario.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las entidades federativas armonizarán su legislación en un plazo máximo de 180 días.

Referencias

Ajuntament de Barcelona (2018), Pla Especial Urbanístic d’Allotjaments Turístics. Barcelona: Ajuntament de Barcelona.

Delgadillo, V. (2020) Gentrificación y desplazamiento en la Ciudad de México. México: UNAM.

Governo de Lisboa (2019), Regulamento Municipal do Alojamento Local. Lisboa: Câmara Municipal.

Hiernaux, D.; y González, C. (2014), “Gentrificación, turismo y patrimonio en ciudades mexicanas”, en Revista de Estudios Urbanos y Ciencias Sociales, 6(2), páginas 67-89.

Smith, N. (1996) The new urban frontier: gentrification and the revanchist city. New York: Routledge.

UNESCO (2003) Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. París: UNESCO.

Zuk, M.; y otros (2018) “Gentrification, displacement, and the role of public investment”, en Journal of Planning Literature, 33(1), páginas 31-44.

Palacio Legislativo de San Lázaro,a 14 de enero de 2026.– Diputada Gissel Santander Soto (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE SALUD

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prohibición de cirugías con fines exclusivamente estéticos en personas menores de edad, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Comisión de Salud, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS

«Iniciativa que reforma los artículos 53, 54 y 56 de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de aportaciones de mexicanos en el exterior a partidos políticos, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Roselia Suárez Montes de Oca, diputada del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 53, 54 y 56 de la Ley General de Partidos Políticos al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Esta iniciativa propone modificar la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) para que los ciudadanos mexicanos residentes en el exterior puedan realizar donaciones o aportaciones voluntarias en dinero o en especie durante los procesos electorales federales o locales al partido político con el cual simpaticen o en el que militen, en igualdad de condiciones como lo hacen los ciudadanos mexicanos militantes o simpatizantes de partidos políticos que viven en México.

Cifras oficiales señalan que 38.8 millones de personas de origen mexicano radican en Estados Unidos, siendo éste el principal destino de las ciudadanas y ciudadanos mexicanos que van a vivir a otro país.[i] Además, considerando a los paisanos que radican en Canadá, el resto de América, Europa y Asia, la cantidad de mexicanos que vive fuera de México es de aproximadamente 40 millones de personas.

Según estimaciones del Consejo Nacional de Población, en el territorio mexicano, en 2025, éramos 133.4 millones de mexicanos[ii]. Así, la población total de mexicanos dentro y fuera de México alcanza los 173.4 millones. Atendiendo a estas cifras, se puede considerar que 23.06 por ciento de mexicanos vive fuera de México, es decir, casi 1 de cada 4 mexicanos radica en el extranjero.

La movilidad humana es una realidad que ha estado presente en México por más de un siglo, principalmente, como se dijo, hacia Estados Unidos. Sin embargo, el Estado Mexicano está obligado a garantizar los derechos humanos de todos sus connacionales, con independencia del lugar de su residencia.

En el caso de los derechos político — electorales se deben corregir normas legales que generan distinción y discriminación en la realización estos derechos entre ciudadanos mexicanos dependiendo de su lugar de residencia. Tal es el caso de la prohibición específica hacia los mexicanos residentes en el exterior para que puedan realizar aportaciones al partido político de su simpatía o militancia.

Los derechos político - electorales no se limitan al derecho de votar y ser votado, también incluyen la militancia, o incluso, la simpatía hacia los partidos políticos existentes, porque los partidos políticos son la puerta para la expresión de estos derechos en la vida democrática de una Nación.

La fracción I del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos define de forma explícita a los partidos políticos y sus fines de la siguiente forma:

Artículo 41. ...

...

...

I. Los partidos políticos son entidades de interés público ...

Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, fomentar el principio de paridad de género, contribuir a la integración de los órganos de representación política, y como organizaciones ciudadanas, hacer posible su acceso al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como con las reglas que marque la ley electoral para garantizar la paridad de género, en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular. Sólo los ciudadanos y ciudadanas podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.

Los partidos políticos son entidades de interés público ya que son organizaciones vitales para la democracia; a través de ellos, mediante elecciones libres, auténticas y periódicas se promueve la participación de la ciudadanía en la renovación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, tanto a nivel federal, estatal como municipal. Solo los ciudadanos podrán afiliarse a los Partidos Políticos.

El artículo 4o. de la Ley General de Partidos Políticos define a la persona afiliada o militante de la siguiente forma:

Artículo 4.

1. Para los efectos de esta ley se entiende por

a) Afiliado o Militante: El ciudadano que, en pleno goce y ejercicio de sus derechos político-electorales, se registra libre, voluntaria e individualmente a un partido político en los términos que para esos efectos disponga el partido en su normatividad interna, independientemente de su denominación, actividad y grado de participación;”

Asimismo, en la normatividad electoral se menciona a los simpatizantes de los partidos políticos:

“Simpatizante: Persona que se adhiere espontáneamente a un sujeto obligado, por afinidad con las ideas que éste postula, sin llegar a vincularse por el acto formal de la afiliación.

Tanto las personas militantes como las personas afiliadas pueden participar en el financiamiento privado hacia los partidos políticos a través de donativos o aportaciones en dinero o en especie.

También la LGPP establece que los militantes de un partido político tienen derechos, entre los que se encuentran, participar en asambleas, postularse como dirigentes en el partido o ser candidatos en las elecciones, también solicitar rendición de cuentas, recibir formación política, impugnar las decisiones internas del partido, entre otros.

Así mismo, los militantes tienen obligaciones, entre ellas está respetar los estatutos, difundir los principios ideológicos y, destaca, que deben contribuir a las finanzas públicas del partido:

Artículo 41.

1. Los estatutos de los partidos políticos establecerán las obligaciones de sus militantes y deberán contener, al menos, las siguientes:

a) y b) ...

c) Contribuir a las finanzas del partido político en los términos previstos por las normas internas y cumplir con el pago de cuotas que el partido determine, dentro de los límites que establezcan las leyes electorales;

Sin embargo, en el artículo 56 de la LGPP se prohíbe de manera categórica y tajante que las personas que vivan o trabajen en el extranjero, ósea, las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos residentes en el exterior, que pudieran ser militantes o simpatizantes de un partido político en México, no puedan realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos ni a los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona bajo ninguna circunstancia, lo cual, a todas luces, representa una absoluta y directa forma de discriminación.

La contribución que realiza una ciudadana o un ciudadano simpatizante o militante a las finanzas de su partido, la cual se encuentra establecida en la LGPP como una obligación, también representa y significa un derecho, porque es una forma de participar activamente, de generar empatía y sinergia con el partido de su preferencia, realizando aportaciones en el marco y con los límites establecidos en la propia LGPP en el artículo 56.

El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe todo tipo de discriminación que afecte o perjudique los derechos y las libertades de las personas. A la letra este numeral señala:

Artículo 1. ...

...

...

...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

En el caso de permitir aportaciones de militantes y simpatizantes a los partidos políticos sólo cuando la ciudadana o el ciudadano mexicano viva en México y prohibirlas cuando la ciudadana o el ciudadano mexicano no radique en el país, se está haciendo una preocupante distinción de derechos entre ciudadanos mexicanos por el lugar de su residencia. Los primeros, tiene el derecho de realizar aportaciones a los partidos políticos, a los aspirantes, a los precandidatos y a candidatos a cargos de elección popular. Estos donativos pueden ser en dinero o en especie, incluso, pueden aportar por sí mismos o a través de otras personas; sin embargo, los segundos, no podrán hacerlo de ninguna forma, así se establece literalmente el artículo 54, inciso g) de la LGPP, que a la letra señala:

Artículo 54:

1. No podrán realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos ni a los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia:

a) a f) ...

g) Las personas que vivan o trabajen en el extranjero.

2. ...

Esta disposición menoscaba el derecho a la participación en la vida democrática de México de la comunidad mexicana residente en el exterior al impedir el cumplimiento de la obligación de aportar donativos como parte del financiamiento privado que un ciudadano o ciudadana deseara realizar al partido político de su militancia o simpatía. También se afectan los derechos internos de la ciudadanía mexicana residente en el extranjero respecto del partido político de su militancia y, eventualmente, se limita el ejercicio del compromiso y responsabilidad que una ciudadana o ciudadano pudiera establecer con su partido.

Todos los partidos políticos mexicanos llevan a cabo procesos de afiliación fuera de México. La simpatía o la militancia hacia un partido político también se ejerce más allá de las fronteras de México y representa una forma en que los mexicanos residentes en el exterior mantienen un vínculo vital y latente con México. Por lo tanto, tanto aquí como allá, la Ley debe garantizar igualdad en el ejercicio de derechos político - electorales para la ciudadanía mexicana.

En el diseño del sistema electoral mexicano el financiamiento público prevalece sobre el financiamiento privado, básicamente para garantizar la equidad en la contienda y evitar la dependencia a intereses ilícitos. Se busca, además:

1. “Reducir la dependencia de los candidatos con respecto a los grandes donantes.

2. Nivelar la competencia electoral.

3. Promover la transparencia en el financiamiento del gasto electoral.

4. Incentivar gastos en áreas de interés público.”

Las aportaciones que realizan los militantes y simpatizantes son una fuente de recursos privados permitida y regulada por la ley, con límites específicos para evitar la dependencia de grandes donantes privados.

En la LGPP, el Título Quinto se refiere al financiamiento de los partidos políticos. Este título tiene 3 capítulos dedicados, el Capítulo I al financiamiento público, el capítulo II se refiere al financiamiento privado y, finalmente, el Capítulo III a la verificación de operaciones financieras. En este Título se especifican límites de aportaciones. Para el caso de las aportaciones de militantes a los partidos políticos, el artículo 56, numeral 2, inciso a) señala el monto de la aportación:

“ a) Para el caso de las aportaciones de militantes, el dos por ciento del financiamiento público otorgado a la totalidad de los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y precampañas en el año de que se trate;”

El inciso d) del mismo numeral establece los límites de aportaciones para simpatizantes en los siguientes términos:

“ d) Las aportaciones de simpatizantes tendrán como límite individual anual el 0.5 por ciento del tope de gasto para la elección presidencial inmediata anterior.

Y en el numeral 3, también del artículo 56 se expresa la obligación de expedir recibos foliados y los requisitos que estos deben contener:

“ 3. Los partidos políticos deberán expedir recibos foliados en los que se hagan constar el nombre completo y domicilio, clave de elector y, en su caso, Registro Federal de Contribuyentes del aportante. Para el caso de que la aportación se realice con cheque o transferencia bancaria, la cuenta de origen deberá estar a nombre del aportante. Invariablemente las aportaciones o cuotas deberán depositarse en cuentas bancarias a nombre del partido político, de conformidad con lo que establezca el Reglamento.

Aun con la argumentación que se ha expresado, es importante reflexionar sobre la intención contenida en el artículo 56 de la LGPP de no permitir, en ninguna circunstancia, donaciones a partidos políticos o candidatos por parte de partidos políticos, personas físicas o morales extranjeras o de organismos internacionales de cualquier naturaleza.

En general, el sistema político mexicano el espíritu de las reformas electorales, ha sido preservar y garantizar la soberanía de la Nación Mexicana del intervencionismo extranjero porque México es un país que históricamente ha sufrido diversas intervenciones que tuvieron, entre otras consecuencias, la pérdida de la mitad del territorio. La soberanía de México es irreductible y se protege activamente desde la legislación electoral. Siempre se ha intentado cerrar todas las puertas donde se pueda filtrar el activismo extranjero.

En los decenios de 1970 y 1980 el activismo “gringo” registró un gran intervencionismo en elecciones latinoamericanas.

Ya sin el PRI en el poder, en la primera década de 2000 y con el crecimiento de la izquierda mexicana, hasta la última reforma electoral en 2014, siempre quedaron plasmadas en la ley disposiciones de esta naturaleza.

Posteriormente, aún al establecer un juego más abierto y liberalizado en los procesos electorales, se puso énfasis en continuar la prohibición hacia los partidos políticos de recibir financiamiento y transferencias de partidos políticos y de organizaciones gubernamentales de otros países, así como de gobiernos extranjeros.

Sin embargo, actualmente existen firmes razones que superan los riesgos para permitir que los ciudadanos mexicanos militantes que residen en el exterior puedan hacer donativos a su partido; sin olvidar que uno de cada cuatro mexicanos no radica en México y los paisanos reclaman igualdad en el ejercicio de sus derechos; a saber:

• El avance tecnológico ha permitido la incorporación de nuevas tecnologías y plataformas para fortalecer la fiscalización electoral, logrando determinar la existencia real y la identidad de las y los ciudadanos militantes y simpatizantes mexicanos residentes en el extranjero con algún partido político y generar controles adecuados en las aportaciones y donaciones que realicen.

• Las plataformas de ciberseguridad en inteligencia financiera en las que se apoya la fiscalización del Instituto Nacional Electoral permiten detectar el origen y la cadena de seguimiento de las transferencias para evitar que se filtren cuotas de personas físicas o morales de nacionalidades extranjeras en las aportaciones que se realicen a los partidos políticos. La Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral realiza un control detallado sobre el origen y destino de los recursos que reciben los partidos mediante la revisión integral de los informes que presentan los partidos.

• Las mismas organizaciones de mexicanos residentes en el exterior han desarrollado una gran capacidad de observación, denuncia y pueden ejercer una especie de “control social” en el envío de aportaciones y donativos de ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.

Es importante resaltar que la prohibición que tienen los partidos políticos, los aspirantes, los precandidatos y candidatos a cargos de elección popular de aceptar aportaciones o donativos en dinero o especie de personas que vivan o trabajen en el extranjero, es una obligación que deben observar los partidos políticos y se establece en diversos artículos de la LGPP.

Así lo señala el artículo 25, inciso i) de la LGPP. Además, la Ley señala que esta prohibición deberá estar contenida en la declaración de principios y los estatutos de cada partido político tal y como lo mencionan los artículos 37, inciso c) y 41, inciso c) del mismo ordenamiento jurídico. Literalmente estos numerales establecen:

Artículo 25.

1. Son obligaciones de los partidos políticos

a) a h) ...

i) Rechazar toda clase de apoyo económico, político o propagandístico proveniente de extranjeros o de ministros de culto de cualquier religión, así como de las asociaciones y organizaciones religiosas e iglesias y de cualquiera de las personas a las que las leyes prohíban financiar a los partidos políticos;

j) a y ) ...

...

Artículo 37.

1. La declaración de principios contendrá, por lo menos:

a) y b) ...

c) La declaración de no aceptar pacto o acuerdo que lo sujete o subordine al solicitante a cualquier organización internacional o lo haga depender de entidades o partidos políticos extranjeros; así como no solicitar o, en su caso, rechazar toda clase de apoyo económico, político o propagandístico proveniente de extranjeros o de ministros de los cultos de cualquier religión, así como de las asociaciones y organizaciones religiosas e iglesias y de cualquiera de las personas a las que esta ley prohíbe financiar a los partidos políticos;

d) a g) ...

Artículo 41.

1. Los estatutos de los partidos políticos establecerán las obligaciones de sus militantes y deberán contener, al menos, las siguientes:

a) y b) ...

c) Contribuir a las finanzas del partido político en los términos previstos por las normas internas y cumplir con el pago de cuotas que el partido determine, dentro de los límites que establezcan las leyes electorales;

d) a h) ...

No se puede seguir haciendo una distinción, a todas luces discriminatoria. Por un principio de igualdad de derechos, urge reformar los artículos 53, 54 y 56 de la LGPP. No se puede negar sus derechos político - electorales a los mexicanos que cruzan la frontera de México, en primer lugar, porque son ciudadanos mexicanos y, además, continúan teniendo vínculos personales, familiares, comunitarios, económicos y también con el desarrollo de vida democrática de México.

También se apunta que la comunidad mexicana migrante desea aportar y participar activamente desde el extranjero en la vida democrática nuestro país a través de los partidos políticos y en todos los procesos electorales que se desarrollan en México, así lo expresaron los paisanos en las Audiencias Públicas para la Reforma Electoral [iii]. De las 70 audiencias que se realizaron, 7 se llevaron a cabo en el extranjero, en consulados de Estados Unidos de Los Ángeles, California; Sacramento, California; Seattle, Washington; Chicago, Illinois; Dallas, Texas; Atlanta, Georgia; y Washington, DC, celebradas el 31 de octubre, 5, 6, 7, 14, 18, y 21 de noviembre de 2025, respectivamente.

El 7 de noviembre de 2025, en la Audiencia Pública para la Reforma Electoral realizada en Chicago, Illinois, el activista por los derechos laborales de los mexicanos en el exterior Jorge Mújica Murias, expresó:

“Desde 1994 se presentó la primera iniciativa de reforma para reconocer los derechos de los mexicanos en el exterior y todavía no se conceden derechos plenos en las leyes secundarias.

“Los mexicanos residentes en el exterior somos ciudadanos mexicanos, no perdemos nuestra ciudadanía, ni nuestra nacionalidad por residir en otra nación. Tenemos derechos de votar, de contribuir, de asociarnos libremente, sin embargo, la Ley General de Partidos Políticos señala que los partidos políticos tienen la obligación de rechazar nuestras aportaciones y donativos económicos, simplemente por residir o trabajar en el extranjero.

“¿Somos mexicanos o no somos mexicanos?

“Por vivir en el exterior se rechazan los derechos que la Constitución nos concedió.

“Esa Ley (LGPP) no puede ser aplicable en la 2025, con 15 millones de mexicanos nacidos en México viviendo en Estados Unidos y 30 millones de sus descendientes que potencialmente son nacionales mexicanos. Esa Ley no puede existir de esa manera.

“Esperamos que en la próxima Reforma Electoral se considere a los migrantes como una parte esencial de México. Ya no podemos negar los derechos a una parte de los mexicanos, ni a los 45 millones, ni a los 15 millones que nacimos en México, y que, por cruzar la frontera de México, por adquirir otra nacionalidad o por trabajar en otro país, vemos nuestros derechos sistemáticamente negados, lo cual se aplica a las responsabilidades económicas, a las campañas políticas, etcétera.

La comunidad migrante no está organizada políticamente. Si no se permite la actuación libre de los partidos políticos mexicanos en el exterior para organizar políticamente a los mexicanos no podremos defender nuestros derechos.

...

Finalmente, considerando que existen 2 disposiciones específicas en el artículo 56, en los incisos d) y e) de la LGPP, que son claras al prohibir transferencias de partidos políticos, personas tanto físicas como morales extranjeras, así como de organismos internacionales, entonces ya se encuentra establecido en la ley un candado o blindaje hacia los partidos políticos y a los actores de la democracia mexicana para no recibir transferencias económicas, donativos o aportaciones desde el extranjero que pudieran tener una intención intervencionista.

Tomando en cuenta que los mexicanos residentes en el exterior aspiran a la igualdad sustantiva en materia electoral, es decir, al acceso real y efectivo de sus derechos; así como al mismo trato y oportunidades que tienen la ciudadanía mexicana que radica en el país, entonces, esta iniciativa propone la reforma de 3 artículos de la Ley General de Partidos Políticos:

Artículo 53

Como modalidades mediante las cuales los partidos políticos reciben financiamiento que no provenga del erario público, existe el financiamiento por la militancia y el financiamiento de simpatizantes, en ambos casos se propone adicionar “incluyendo a los ciudadanos y ciudadanas mexicanos residentes en el extranjero”.

Artículo 54

Por ser discriminatoria y generar distinciones entre mexicanos que viven en México y aquellos que viven fuera del territorio nacional, se propone derogar la disposición normativa contenida en el inciso g) del artículo 54, que impide a las ciudadanas y ciudadanos mexicanos que viven en el extranjero realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos, a los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona .

Artículo 56

En este numeral se propone que el derecho de aportar y ejercer el financiamiento privado hacia los partidos políticos pueda ser ejercido en igualdad de condiciones tanto por militantes y simpatizantes con residencia en el país como en el extranjero, por ello se adiciona el enunciado normativo: “incluyendo a los ciudadanos y ciudadanas mexicanos residentes en el extranjero”.

Con base en todo lo anterior, a continuación, se muestra cuadro comparativo de la modificación que se propone:

La comunidad mexicana migrante en el exterior que milita o simpatiza con algún partido político, desea participar activamente aportando o donando recursos que se sumen y fortalezcan el financiamiento privado del instituto político de su preferencia.

Los partidos políticos son caminos vivos para ejercer la ciudadanía mexicana y los paisanos desean participar en la integración de los órganos de representación política de México y que sean tomados en cuenta para a los cargos de elección popular.

Los paisanos, al militar desde el extranjero y al cumplir con la responsabilidad y obligación estatutaria de las aportaciones, saben que manifiestan su compromiso con la causa del partido, también se fortalece su poder de decisión, de exigir rendición de cuentas, de participar en la postulación de candidatos y de estar presente en la vida democrática de México.

Por lo fundado y expuesto someto a consideración del pleno de la Comisión Permanente el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 53, 54 y 56 de la Ley de General de Partidos Políticos

Artículo Único. Se reforman los artículos 53, numeral 1, incisos a) y b); 54, numeral 1, inciso g) y 56, numeral 1, incisos a) y c) de la Ley de General de Partidos Políticos para quedar como sigue:

Artículo 53.

1. Además de lo establecido en el capítulo que antecede, los partidos políticos podrán recibir financiamiento que no provenga del erario público, con las modalidades siguientes:

a) Financiamiento por la militancia , incluyendo a los ciudadanos y ciudadanas mexicanos residentes en el extranjero;

b) Financiamiento de simpatizantes , incluyendo a los ciudadanos y ciudadanas mexicanos residentes en el extranjero;

c) y d) ...

Artículo 54.

1. No podrán realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos ni a los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia:

a) a f) ...

g) Se deroga.

2. ...

Artículo 56.

1. El financiamiento que no provenga del erario tendrá las siguientes modalidades:

a) Las aportaciones o cuotas individuales y obligatorias, ordinarias y extraordinarias, en dinero o en especie, que realicen los militantes de los partidos políticos , incluyendo a los ciudadanos y ciudadanas mexicanos residentes en el extranjero;

b) ...

c) Las aportaciones voluntarias y personales que realicen los simpatizantes durante los procesos electorales federales y locales, y estará conformado por las aportaciones o donativos, en dinero o en especie, hechas a los partidos políticos en forma libre y voluntaria por las personas físicas mexicanas con residencia en el país y en el extranjero.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Referencias

1 Principales grupos de diáspora en Estados Unidos, 2023. Consultado el 20 de septiembre de 2025 en

https://www.migrationpolicy.org/programs/data-hub/charts/top-di aspora-groups-united-states-2023

2 Disminuye la población infantil. Consultado el 22 de septiembre de 2025, en

https://www.gob.mx/conapo/articulos/disminuye-la-poblacion-infa ntil#:~: text=En%202025%2C%20nacer%C3%A1n%20en%20M%C3%A9xico%202%20millones,2030%20(0.7% 20por%20ciento%20anual%20de%20crecimiento)

3 Glosario de términos del sistema integral de fiscalización”,INE. Visto el 30 de enero de 2026 en

https://portalanterior.ine.mx/archivos2/tutoriales/sistemas/Apo yoInstitucional/SIF/docs/candidatos/glosarioTerminosFiscales.pdf

4 “Las reglas de la financiación política en el sistema electoral mexicano”, en Chacón Rojas, Oswaldo. Sentencias relevantes comentadas. SUP/RAP/4/2020 TEPJF, México, 2020. Visto el 5 de enero de 2026,

https://www.te.gob.mx/editorial_service/media/pdf/1504202413195 48050.pdf

5 Audiencias públicas para la reforma electoral, gobierno de México. Visto el 2 de enero de 2026,

https://www.reformaelectoral.gob.mx/tu-voz-cuenta/eventos

6 Audiencia pública para la reforma electoral realizada en Chicago, Illinois. Visto el 9 de enero de 2026,

https://www.youtube.com/watch?v=cM7_0CC7rVQ&t=885s

7 Algunos elementos sobre el financiamiento a partidos políticos”, LXIII Legislatura, Congreso de Sinaloa. Visto el 3 de enero de 2026,

https://iip.congresosinaloa.gob.mx/docs/estudios/18082021.pdf

Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Diputada Roselia Suárez Montes de Oca (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

«Iniciativa que adiciona un inciso h) al artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada Mónica Herrera Villavicencio integrante de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, miembro del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 fracción II, 56, 171, 174, 176 y demás relativos del Reglamento para el gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta Comisión Permanente la siguiente iniciativa al tenor de lo siguiente

Planteamiento del problema

En el ámbito municipal de México persiste una práctica reiterada que vulnera los principios democráticos de equidad, imparcialidad y auténtica representación popular: La sucesión en el cargo de presidencias municipales y regidurías por parte de familiares directos o cercanos de quienes ejercen el poder.

Esta práctica, comúnmente asociada al nepotismo electoral, permite que cónyuges, concubinas o concubinos, ascendientes, descendientes y otros parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad de alcaldes y regidores sean postulados como candidatos para sucederlos de manera inmediata, aprovechando la influencia política, administrativa y clientelar derivada del cargo público.

La legislación vigente resulta insuficiente para prevenir de manera efectiva esta forma de concentración del poder político en núcleos familiares, ya que si bien existen disposiciones generales orientadas a la ética pública y al combate a la corrupción, no se establece en las leyes reguladoras de la materia una prohibición clara, expresa y homogénea que impida la postulación de familiares cercanos para cargos de elección popular en el mismo ámbito territorial y de forma consecutiva, esto a pesar de que en la constitución ya existe esa prohibición.

Esta omisión normativa genera condiciones de competencia desigual, debilita la confianza ciudadana en los procesos electorales y perpetúa redes de poder local que limitan la alternancia democrática y el acceso equitativo de la ciudadanía a los cargos públicos.

Asimismo, la normalización de estas prácticas afecta de manera directa la calidad de la democracia municipal, al distorsionar la voluntad popular mediante el uso indebido de recursos públicos, estructuras gubernamentales y posicionamiento institucional en favor de intereses familiares.

Esto no solo contraviene los principios constitucionales de legalidad, igualdad y rendición de cuentas, sino que también profundiza la percepción de corrupción, impunidad y patrimonialización del poder público, particularmente en los municipios, que constituyen el nivel de gobierno más cercano a la población.

Ante este escenario, resulta necesario atender de manera legislativa el vacío existente mediante la adopción de medidas que impidan la sucesión inmediata de familiares de alcaldes y regidores, garantizando procesos electorales más justos, transparentes y competitivos.

La ausencia de una regulación específica que combata el nepotismo electoral en el ámbito municipal representa un obstáculo estructural para el fortalecimiento del Estado democrático de derecho y para la consolidación de gobiernos locales basados en el mérito, la capacidad y la libre decisión ciudadana.

Argumentos que sostienen la iniciativa

La presente iniciativa tiene por objeto combatir el nepotismo en México. En nuestro país el Nepotismo se había convertido en una práctica común entre los políticos y grupos de poder emanados de gobiernos neoliberales que veían el ejercicio de gobierno como un negocio familiar más que como un servicio a la nación.

Mucho son los casos en los que familias se han perpetuado en el poder municipal a través de generaciones, en las cuales el poder se iba pasando de padres a hijos, esposas, sobrinos, hermanos etcétera, ya que hacían uso de los recursos públicos para posicionar a sus familiares y así poder obtener siempre el triunfo en los procesos electorales y que la administración municipal siguiera siempre en las manos de los mismos grupos políticos.

Con esta iniciativa se busca combatir a la corrupción que en esta clase de sucesiones familiares se presenta de manera constante ya que un familiar encubre, protege, limpia cuentas y compromete recursos con el familiar que le antecedió en el poder a fin de pagar el compromiso político de haberlo ayudado a llegar al poder.

Así también se busca con esta iniciativa fortalecer los ejercicios de transparencia y rendición de cuentas, ya que una administración municipal que no tenga compromisos políticos o lazos afectivos o familiares con la administración anterior, coadyuva a la correcta auditoría del ejercicio de los recursos públicos, denuncia oportunamente las faltas a la ley cometidas por sus antecesores y evita los desvíos de recursos y enriquecimiento ilícito cometidos en el ejercicio público.

Esta iniciativa como habíamos mencionado combate al nepotismo, figura política que afecta de manera directa y profunda la apertura política, entendida como la posibilidad real de que cualquier persona, en condiciones de igualdad, pueda participar, competir y acceder al poder público.

El nepotismo también distorsiona la competencia electoral, ya que los familiares de quienes detentan el poder parten con ventajas indebidas: control de estructuras políticas, acceso a recursos públicos, reconocimiento de nombre y redes clientelares. Esto desincentiva la participación de nuevos liderazgos y cierra el sistema político a actores externos, debilitando la pluralidad.

Lamentablemente no existen estadísticas oficiales o censos gubernamentales específicos que midan el porcentaje exacto de municipios en México gobernados por parientes directos de las administraciones salientes, ya que el nepotismo no es una categoría estadística oficial medida por entidades como el INEGI, sin embargo, diversos análisis periodísticos y estudios académicos sugieren que la práctica de que familiares ocupen cargos públicos, a menudo denominada como “dinastías políticas”, es común en México, especialmente a nivel municipal.

La información disponible proviene principalmente de investigaciones puntuales realizadas por medios de comunicación u organizaciones de la sociedad civil, más que de datos estadísticos integrales a nivel nacional. Estos reportajes suelen identificar casos concretos de nepotismo o herencia de poder en estados específicos como Puebla, Veracruz, Oaxaca o Yucatán.

Encuestas de opinión, como las realizadas por Mitofsky y otras casas encuestadoras, han mostrado un amplio rechazo ciudadano al nepotismo electoral, lo que indica que es un problema percibido por la población, aunque sin una cifra porcentual precisa de su ocurrencia.

Las instituciones oficiales como el INEGI publican datos sobre la estructura de los gobiernos municipales, la participación de las mujeres, la seguridad pública y los recursos presupuestales, así como el número de votantes, población, edad, género y datos de votación obtenida en el proceso electoral, pero no sobre lazos familiares entre administraciones.

Fundamento legal

La presente iniciativa tiene su asidera legal en la fracción II del artículo trigésimo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que: “Son Derechos de los ciudadanos poder ser votados en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley.

El derecho de solicitar el registro de candidatos y candidatas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación”.

Por su parte la fracción I del artículo 115 también de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad. En ningún caso, podrá participar en la elección para la presidencia municipal, las regidurías y las sindicaturas, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula.

En ese mimo sentido, también el Artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece los requisitos para ser candidatos a diputadas, diputados, senadoras y senadores de la República los cuales son la base también para los requisitos que deben cumplir aquellas personas que quieran ser candidatos a ocupar la titularidad del poder ejecutivo en el sistema federal, estatal y municipal;

Por lo anterior es que se debe de inferir que es obligación de esta legislatura redactar los estatutos correspondientes a fin de armonizar la Constitución Política con las leyes secundarias en materia electoral a fin de evitar que se siga consumando la imposición de familiares en la sucesión de los puestos de elección popular.

Ordenamiento por modificar

Por lo anterior expuesto es que se propone adicionar un inciso h) al Artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Texto normativo propuesto

Por lo antes expuesto es que respetuosamente se propone el siguiente cambio:

Una vez manifestado lo anterior, se propone, el siguiente

Proyecto de ley o decreto

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un inciso h) al Artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Artículo Único: Se adiciona un inciso h) al Artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 10 ...

....

....

....

....

....

....

....

h) En ningún caso, podrá participar en la elección para ocupar un cargo público como presidente de la República, gobernador, diputada, diputado, senador, senadora, regidurías, sindicaturas y presidentes municipales, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los Congresos de las Entidades Federativas, en un plazo de 3 años, deberán realizar las adecuaciones a sus leyes locales en materia electoral a fin de armonizarlas con el presente decreto.

Notas:

1. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEGIPE.pdf

2. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados, a 14 de enero de 2026.– Diputada Mónica Herrera Villavicencio (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, de la Cámara de Diputados.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, Y LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Iniciativa que adiciona un Capítulo XIII, al Título VII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se adiciona un Capítulo X a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de estímulos fiscales en la frontera norte, a cargo del diputado Gilberto Herrera Solórzano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.



LEY DE MINERÍA

«Iniciativa que reforma el artículo 46 de la Ley de Minería, a cargo del senador Pablo Guillermo Ángulo Briceño, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, senador Pablo Angulo Briceño, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos y en los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164, numeral 1, 169 y demás relativos del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

La minería en México representa una actividad económica fundamental, contribuyendo significativamente al Producto Interno Bruto y a la generación de empleo en regiones rurales y marginadas.

De acuerdo con el informe de de minería sostenible 2024 de la Cámara Minera de México -Camimex- esta actividad representó La derrama económica que generó la industria minera en 2023, por concepto de pago de sueldos y salarios, demanda intermedia y aportaciones fiscales, fue de 269 mil 162 millones de pesos. En ese mismo año, la inversión alcanzó un monto de 4 mil 960 millones de dólares.

En cuanto a la expansión de la actividad minera y la generación de empleos, el mismo informe señala tal actividad económica generó en 2023 un total de 416,875 empleos directos, y 2.6 millones de empleos indirectos fijos y de calidad, registrando salarios 33 por ciento superiores al promedio nacional.

Conforme a los datos de la Secretaría de Economía, al concluir 2023 se registraron poco más de 23 mil títulos de concesión minera vigentes, abarcando 13.4 millones de hectáreas del territorio nacional; es decir, equivalente al 6.86 por ciento. De éstos, se estima que las concesiones en producción cubren un área de 2.9 millones de hectáreas, es decir, 1.51 por ciento del territorio nacional, mientras que las estimaciones para la superficie que ocupan las áreas productivas corresponde tan solo al 0.08 por ciento del territorio nacional.

Sin embargo, esta industria ha sido asociada con graves problemas ambientales, como la contaminación de cuerpos de agua, la deforestación, la erosión del suelo y la generación de residuos tóxicos, que afectan la salud de las comunidades y el equilibrio ecológico. No obstante lo anterior, la minería en nuestro país ha tenido pasos importantes en la restauración y cuidado de medio ambiente para pasar de una industria extractivista a ser un sector que implementa actividades responsables y sostenibles. A través de las evaluaciones y manifestaciones de impacto ambiental, las actividades y apertura de minas deben observar múltiples obligaciones para lograr sus objetivos a fin hacer uso responsable del aprovechamiento del agua, el manejo integral de residuos, la conservación y protección de la biodiversidad y del suelo.

De acuerdo al artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. La fracción dispone que la evaluación debe realizarse sobre las actividades derivadas de la minería:

Artículo 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

I a II ...

III.- Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la Federación en los términos de las leyes Minera y Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear;

IV a XIII. ...

A mayor abundamiento, esta evaluación debe consignarse a través de la Manifestación de Impacto Ambiental entendida como:

El instrumento de la política ambiental que tiene el objetivo de prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente, así como la regulación de obras o actividades para evitar o reducir sus efectos negativos en el ambiente y en la salud humana.

Consiste en un estudio técnico-científico que indica los efectos que puede ocasionar una obra o actividad sobre el medio ambiente, y señala las medidas preventivas que podrían minimizar dichos efectos negativos producidos por la ejecución de las obras o actividades. Este estudio permite evaluar la factibilidad ambiental para la ejecución de proyectos de inversión industrial, de infraestructura, manufactura, comercios o servicios.

De acuerdo con el artículo 5o. del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es la responsable de otorgar las autorizaciones para realizar actividades que traigan consigo algún impacto ambiental como son la explotación de minerales. Así se transcribe a continuación:

Artículo 5o.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

A) a K) ...

L) Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la federación:

I. Obras para la explotación de minerales y sustancias reservadas a la federación, así como su infraestructura de apoyo;

II. Obras de exploración, excluyendo las de prospección gravimétrica, geológica superficial, geoeléctrica, magnetotelúrica, de susceptibilidad magnética y densidad, así como las obras de barrenación, de zanjeo y exposición de rocas, siempre que se realicen en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos o templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinares, ubicadas fuera de las áreas naturales protegidas, y

III. Beneficio de minerales y disposición final de sus residuos en presas de jales, excluyendo las plantas de beneficio que no utilicen sustancias consideradas como peligrosas y el relleno hidráulico de obras mineras subterráneas.

M) a V) ...

El artículo 46 de la Ley de Minería, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1992, establece el Registro Público de Minería como un instrumento para inscribir títulos de concesión, contratos de transmisión y documentos relacionados con sociedades mineras, promoviendo la certeza jurídica en la tenencia de derechos mineros.

No obstante, este registro no contempla la inscripción obligatoria de resoluciones ambientales, incluyendo las Manifestaciones de Impacto Ambiental que son instrumentos clave para evaluar y mitigar los daños ecológicos derivados de actividades mineras. La Manifestación de Impacto Abiental, regulada por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, obliga a los promoventes a detallar impactos potenciales, medidas de mitigación y programas de vigilancia, asegurando que los proyectos sean viables ambientalmente antes de su ejecución.

Atendiendo a lo anterior, el artículo 1 del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú, firmado por México el 4 de marzo de 2018, ratificado por el Senado de la República, el 5 de noviembre de 2020 y promulgado el 21 de abril de 2021 establece:

La implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

En virtud de lo anterior, y privilegiando este principio de máxima publicidad y de acceso a la información ambiental, es que se propone reformar y adicionar el artículo 46 de la Ley de Minería a fin de que las Manifestaciones de Impacto Ambiental sean integradas en el Registro Público de Minería fortaleciendo la transparencia, permitiendo que autoridades, comunidades e inversionistas accedan a información completa sobre el cumplimiento ambiental de las concesiones.

La importancia de registrar estas resoluciones radica en la necesidad de abordar los impactos acumulativos y sinérgicos de la minería y enfatizan un enfoque preventivo para proyectos mineros, recomendando la vinculación con ordenamientos jurídicos y la inclusión de indicadores ambientales para evitar costos correctivos elevados y daños irreversibles y haciendo posible que las comunidades que puedan ser afectadas también participen de estas Manifestaciones Esta reforma alinearía la Ley Minera con la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento, simplificando trámites y evitando duplicidades, como se sugiere en guías de trámites mineros.

La adición propuesta al artículo 46 garantizaría que las resoluciones ambientales formen parte del registro público, fomentando la participación ciudadana y la responsabilidad social de las empresas mineras. Esto no solo mitigaría riesgos ambientales, sino que también elevaría la competitividad del sector al atraer inversiones responsables. En resumen, esta iniciativa busca armonizar el desarrollo minero con la protección ambiental, respondiendo a los desafíos identificados en informes sobre gobernanza minera e impactos socioambientales.

La iniciativa propone reformar el artículo 46 de la Ley de Minería para:

1.- Que la Secretaría de Economía, responsable de la administración del Registro Público de Minería, inscriba las resuluciones en materia ambiental en dicho registro.

2.- Que se establezcan como parte de los actos que deban estar inscritos en el Registro Público las Evaluaciones de Impacto Ambiental y las Manifestaciones de Impacto Ambiental de conformidad con lo establecido en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento.

La anterior reforma se expone en el siguiente:

Cuadro comparativo

Conforme al artículo 169, numeral 1, fracción III, del Reglamento del Senado, esta iniciativa se relaciona con la Agenda 2030, Objetivo 3, Salud y Bienestar, 06 Agua Limpia y Saneamiento; 07, Energía asequible y no contaminante; 11 Ciudades y Comunidades Asequibles; 13, Acción por el Clima y 15 Vida de ecosistemas terrestres.

Por lo anterior expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 46 de la Ley de Minería

Único.- Se reforma el primer párrafo y la fracción VIII del artículo 46 de la Ley de Minería para quedar como sigue:

Artículo 46.- Corresponde a la Secretaría la administración del Registro Público de Minería, en el que deben inscribirse los actos, contratos, convenios y resoluciones administrativas, judiciales o ambientales que a continuación se mencionan:

I. a VII.- ...

VIII.- Las Evaluaciones de Impacto Ambiental y las Manifestaciones de Impacto Ambiental de conformidad con lo establecido en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento;

IX. a XI ...

...

Transitorio

Único.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Camimex. Informe de Sostenibilidad 2024, Minería Consciente: Aliados de la Prosperidad Compartida para un Futuro Sostenible, Inversión y Competitividad, (2024), en:

https://camimex.org.mx/sostenibilidad2024/inversion.html

2 Ibídem. Importancia económica de la minería, página 32, en:

https://camimex.org.mx/sostenibilidad2024/informe_de_sostenibil idad_2024.pdf

3 Ibidem. Huella minera, página 197, (2024), en:

https://camimex.org.mx/sostenibilidad2024/informe_de_sostenibil idad_2024.pdf

4 Procuraduría Federal del Protección al Ambiente. ¿Qué es la Manifestación de Impacto Ambiental?, (2019), en:

https://www.gob.mx/profepa/articulos/manifestacion-de-impacto-a mbiental-mia

5 Diario Oficial de la Federación, Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, 20 de abril de 2021, en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5616505

6 Consultada el 19 de diciembre de 2025, en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMin.pdf

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión. Ciudad de México, a 14 de enero de 2026.– Senador Pablo Angulo Briceño (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, de la Cámara de Senadores.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que adiciona un artículo 211 Bis 8 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Gabino Morales Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Gabino Morales Mendoza, diputado del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 179 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 211 Bis 8 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización de las Naciones Unidas menciona que, con el aumento sostenido de las tecnologías de la información y la comunicación, existe el problema de la seguridad cibernética, por ello, se requiere la cooperación mundial para asegurar que el internet sea segura, exhaustiva y autentica.

Los delitos relacionados con las tecnologías de la información y comunicación, se ha convertido en el principal producto del fraude cibernético, el robo de identidad y la pérdida de propiedad intelectual, superando el billón de dólares anuales, afectando a millones de personas e innumerables empresas de todo el mundo.

El robo de identidad es cuando alguien se apropia de su información personal, como su nombre, números de cuentas bancarias, de seguridad social y datos de tarjetas de crédito, a fin de cometer fraude u otras actividades delictivas.

El robo de información personal suele utilizarse para presentar declaraciones de impuestos fraudulentas, compras no autorizadas, abrir nuevas cuentas, solicitar préstamos o extorsionar a los familiares, principalmente. La suplantación ocurre a través de correos, solicitudes falsas o llamadas telefónicas.

A pesar de que la era digital ha unido fronteras y familias, existe un reto medular por legislar el de promover herramientas de castigo ante las personas que cometan el robo de identidad, que afecta a la población de forma financiera, crediticia y legal. Además, de impactar en el daño emocional y a la reputación de la víctima.

Para dimensionar la magnitud de esta problemática, el Banco Mundial, plantea que el coste internacional de una violación de datos en 2024 ha aumentado 10 por ciento desde 2023, con un promedio de 4.8 millones de dólares.

En 2023 se violaron 33 mil millones de cuentas, lo que se convierte en 2328 por día, 97 víctimas de delitos cibernéticos por hora. Se han registrado un total de mil millones ciberataques y, en promedio, un ataque de hackers ocurre cada 39 segundos, marcando un fuerte aumento en 2025.

Se prevé que el costo de los delitos cibernéticos alcance los 10.5 billones de dólares para 2025. Se dice que 80 por ciento de los delitos cibernéticos denunciados generalmente se atribuyen a ataques de phishing. Con 16 por ciento, el phishing fue la segunda razón común de las violaciones de datos y la más costosa, con un promedio de 4.91 millones de dólares en costos de violación.

En México, la problemática aun es mayor. De acuerdo con el informe de la sociedad de información crediticia Círculo de Crédito, el robo de identidad en nuestro país, está fuera de control: durante 2024, este delito creció 84 por ciento, afectando a miles de personas.

Una investigación, de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros arrojó que el robo de identidad en 2024, representó el 40 por ciento de los fraudes financieros en todo el territorio nacional. Provocando pérdidas por 14 mil 500 millones de pesos para los mexicanos durante el año pasado, con un promedio de 39.7 millones de pesos diarios.

Según datos del Banco de México (2024), 43 por ciento de los fraudes reportados en plataformas digitales afecta a personas de entre 18 y 35 años, una población vulnerable ya que no tienen conocimientos, suficiente para identificar prácticas fraudulentas,

Los jóvenes y adultos mayores enfrentan barreras tecnológicas y los canales digitales, lo que los convierte en objetivos para fraudes. Las estafas en línea provocaron pérdidas de casi 300 mil 000 millones de pesos anuales en México el último año. El 45 por ciento de las empresas mexicanas sufrieron en 2024 el intento de materialización de un fraude, con el robo de identidad (44 por ciento) como una de las causas más habituales.

Los casos de robos de identidad digitales es el descuido al compartir datos o incluso un clic en un enlace falso puede convertirte en víctima; lo peor, es que los delincuentes pueden pedir dinero a tu nombre y generar deudas millonarias., arruinando tu historial financiero y crediticia.

Con el aumento generalizado de las plataformas digitales, el robo de identidad, se ha extendido de manera alarmante y se ha convertido en un problema muy concurrido. Las personas que incurren en este delito, utilizan estrategias engañosas, como estafas de phishing, robo de datos personales a través de llamadas telefónicas.

El robo de identidad digital debe de castigarse, porque no afecta a las familias, sino la salud mental de millones de mexicanos. El cual debe priorizare en la agenda nacional.

Los agresores engañan a las personas para que revelen su información personal a través de mensajes o sitios web falsos o llamadas telefónicas o en su caso a través de plataformas digitales. publicar información personal en redes sociales también es una puerta para los ciberdelincuentes en donde sustraen fechas de nacimiento, lugares de trabajo, puntos medulares para el robo de identidad.

Dado que esta amenaza informática se vuelve cada vez más común, es importante comprender bien qué implica el robo de identidad, los riesgos que conlleva y qué medidas se deben tomar para protegerse de tales riesgos.

De allí la trascendencia de esta iniciativa, el objetivo central de esta iniciativa es aplicar una pena de uno a dos años de prisión y de doscientos a quinientos días de multa del salario mínimo, a quien, suplante, vulnere y cometa el robo de identidad digital.

En tal virtud, se adiciona un artículo 211 Bis 8 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona el artículo 211 Bis 8 al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 211 Bis 8. Se aplicará una pena de uno a dos años de prisión y multa de treinta a trescientas veces el valor diario de la unidad de medida y actualización a quien suplante, vulnere y cometa el robo de identidad digital.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Organización de las Naciones Unidas. Seguridad cibernética: un problema mundial que demanda un enfoque mundial. Consultado en

https://www.un.org/es/desa/seguridad-cibernetica

2 Banco Mundial. Informe del costo de filtración de datos 2025.Consultado en

https://www.ibm.com/mx-es/reports/data-breach

3 Astra. Más de 90 estadísticas de delitos cibernéticos 2025: costos, industrias y tendencias. Consultado en

https://www.getastra.com/blog/security-audit/cyber-crime-statis tics/

4 Único. Robo de identidad: el punto más crítico en México. Consultado en

https://www.unicoid.mx/post/robo-de-identidad-critico-en-mexico

5 Identy.io. El cibercrimen se dispara en México; 2024 fue el peor año para la seguridad digital, con récord de ciberestafas. Consultado en

https://www.identy.io/es/el-cibercrimen-se-dispara-en-mexico-20 24-fue-el-peor-ano-para-la-seguridad-digital-con-record-de-ciberestafas/

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Union, a 21 de enero de 2026.– Diputado Gabino Morales Mendoza (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados.



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

«Iniciativa que adiciona la fracción V Bis al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de fomento al consumo de productos de origen nacional y uso de la marca de certificación “Hecho en México”, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Fernando Jorge Castro Trenti, diputado del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 94 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción V Bis al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de fomento del consumo de productos de origen nacional y uso de la marca de certificación “Hecho en México”, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El distintivo y denominación “Hecho en México” es una marca de certificación, cuya titularidad corresponde a la Secretaría de Economía, la cual distingue a los productos fabricados en el país. No solo representa la calidad y competitividad de la mercancía, también es un emblema de identidad cultural y orgullo nacional. Además, visualmente, ayuda a las personas a identificar los productos de origen local e incentivar su consumo.

Este distintivo, busca que los productos de origen nacional destaquen dentro de los mercados de nuestro país y se posicionen tanto en el mercado interno como en los mercados internacionales. Actualmente, un total de 623 empresas y 1983 productos cuentan con esta certificación.

Diversos países cuentan con su estrategia para la distinción de sus productos, como es el caso de Colombia con el certificado “Denominación de origen”, sello reservado exclusivamente a productores, fabricantes y artesanos que produzcan en una zona geográfica determinada, que ofrezcan calidad y productos representativos de Colombia, como el café, los sombreros de Sandoná, cerámica de Ráquira, etc. Con este distintivo evitan falsificaciones y conservan la reputación de productos colombianos. Dicho sello se otorga solo a través de la Super Intendencia de Industria y Comercio con una vigencia de 10 años.

El 13 de enero de 2025, la presidenta Claudia Sheimbaum Pardo presentó el Plan México, el cual constituye una estrategia del Ejecutivo Federal para lograr un desarrollo económico equitativo y sustentable para la prosperidad compartida; este contempla como una de sus acciones prioritarias el relanzamiento de la marca “Hecho en México”, como una estrategia para el fortalecimiento del mercado interno, el incremento en el contenido nacional, la soberanía productiva, así como la incorporación de comerciantes, micro, pequeñas, medianas y grandes empresas a las cadenas globales de valor.

Para obtener la autorización del uso de las marcas de certificación “Hecho en México” y “Made in Mexico”, es necesario presentar una solicitud ante la Secretaría de Economía a través de la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia. Entre los requisitos principales para su otorgamiento se encuentran la utilización de insumos de origen mexicano o que el proceso de manufactura se realice en México, y la demostración de que la producción incorpora acciones alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. La autorización tendrá una vigencia de cinco años, será intransferible y permitirá el uso del logotipo de forma accesoria, cuidando que no se dañe su reputación.

Se espera que el uso del distintivo traiga consigo una serie de beneficios al país como fortalecer la confianza de los compradores nacionales, fomentar el uso de insumos locales, promover la sustentabilidad, aumentar la competitividad y hacer presencia en el mercado global.

Esto resulta relevante ya que, de acuerdo con el Índice Mensual del Consumo Privado, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre 2021 y 2025, los bienes importados han mostrado un alza en consumo de los hogares. Tal orientación de compra podría estar fundamentada en la percepción de calidad que tienen las personas sobre los productos nacionales o la disponibilidad de éstos.

Para contrarrestar dicha situación, el Plan México cuenta con objetivos enfocados en fortalecer la industria nacional. Con este fin, se han desarrollado diversas estrategias, entre las que se encuentran fortalecer y ampliar la fabricación de bienes de consumo que generan empleos, elevando al menos en 15 por ciento el contenido nacional y sustituir 36 mil 646 millones de pesos de productos importados. Se busca también, aumentar la producción de automóviles en 10 por ciento para consumo local y elevar en 15 por ciento el contenido nacional en toda la cadena de valor. Así como, que el 90 por ciento de fertilizantes de compra de Pemex, a partir del segundo semestre de 2025, sean hechos en México para aumentar la producción de la industria petroquímica.

Lo anterior se acompaña de acuerdos y disposiciones que permitan lograr los objetivos, entre los que destacan, una Reforma a la Ley de Adquisiciones para que al menos el 65 por ciento de las compras públicas sean a productos nacionales. La firma de un acuerdo voluntario con un grupo de 22 empresas para aumentar la venta de productos nacionales en tiendas de autoservicio y departamentales. La creación de la Ventanilla Digital Nacional de Inversiones y de La Ley Nacional para eliminar Trámites Burocráticos y Corrupción. Inversión en 15 polos del bienestar para los cuales se otorgarán estímulos fiscales como una deducción del 100 por ciento en activos fijos nuevos, más un 25 por ciento adicional en gasto por capacitación e innovación. Se busca, además, otorgar financiamiento a Mipyme, con la meta de que en 2030 al menos 30 por ciento de éstas cuente con crédito formal, tanto de banca comercial como de banca de desarrollo, para lo cual se suscribió un acuerdo entre el gobierno federal, el Banco de México y la Asociación de Bancos de México.

La certificación “Hecho en México” se puede ligar directamente con apoyos e incentivos para las Mipyme, lo cual constituye un área de oportunidad a enriquecer, y fomentar a su vez, que el distintivo se consolide como una política integral de Estado.

Para comprender la importancia del distintivo “Hecho en México” como política de Estado, es necesario tomar en cuenta el contexto económico del país y su posición en el entorno global.

Conforme a los censos económicos del Inegi, en 2024, en el país había 7 millones 56 mil 499 establecimientos en los que laboraban 36 millones 793 mil 604 personas. Este total incluye los que iniciaron operaciones en 2024, establecimientos en zonas rurales, los servicios públicos y asociaciones religiosas, así como establecimientos del sector privado y empresas paraestatales. Las Entidades Federativas con más establecimientos fueron: el estado de México (12.7 por ciento), Veracruz (6.9) y Puebla (6.7).

En el sector privado y en las empresas paraestatales operaban 5 millones 451 mil 113 unidades económicas en 2023, de las cuales 95.5 por ciento pertenece a microempresas. Y su contribución al ingreso total fue de 17.1 por ciento. Empleando al 41.5 por ciento del personal ocupado.

Respecto al análisis de la Balanza Comercial, en 2024 se registró un déficit de 8 212 millones de dólares. Las exportaciones totales alcanzaron los 617 100 millones de dólares. Observándose un crecimiento del 4.1 por ciento respecto al 2023. La estructura de las exportaciones de mercancías fue la siguiente: bienes manufacturados, 89.8 por ciento; productos petroleros, 4.6 por ciento; bienes agropecuarios, 3.8 por ciento y productos extractivos no petroleros, 1.8 por ciento. Por su lado, las importaciones alcanzaron los 625 312 millones de dólares, con un alza del 4.5 por ciento respecto del 2023. La estructura de las importaciones fue la siguiente: bienes de uso intermedio, 75.6 por ciento; bienes de consumo, 14.5 por ciento y bienes de capital, 9.9 por ciento.

Tales datos nos revelan el carácter intensamente manufacturero de la economía mexicana y su capacidad productiva, pero a la vez, la gran dependencia de insumos extranjeros.

Asimismo, conforme a datos del Observatorio de Complejidad Económica. México tiene un Índice de Complejidad Económica con un valor de 1.03, ocupando el lugar 27 mundial. Este dato indica una diversificación y sofisticación industrial destacada, especialmente en autos, electrónicos y maquinaria. Sin embargo, se puede observar una concentración en pocos productos especializados.

La percepción y el posicionamiento de México como “marca país” requieren mayor impulso. En 2020, México ocupaba el lugar 72 de 75 en el The FutureBrand Country Index (Índice de País), cayendo 8 posiciones respecto a la lista anterior. Este ranking mide la percepción global del país como una marca; toma en cuenta 6 principales aspectos relacionados a la autenticidad y calidad de los productos elaborados, el turismo, herencia y cultura, cómo están las instituciones, el potencial de negocios y la calidad de vida.

En listas más recientes como Brand Finance Global Soft Power Index (Poder Blando) 2024/2025, el cual mide la percepción de las marcas nacionales, analizando su Poder Blando, definido como “la capacidad de una nación para influir en otros en la arena internacional a través de la atracción y la persuasión en lugar de la coacción.”, México bajó dos posiciones, ubicándose en el lugar 43 de 193.

La posición de México en el comercio internacional está fuertemente influenciada por su extensa red de acuerdos y tratados, que suman 14 Tratados de Libre Comercio con 50 países y 30 Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones con 31 países, brindando acceso a 1.3 miles de millones de consumidores potenciales. Sin embargo, la promoción de la “marca México” y el sello “Hecho en México” dentro de este marco requiere una atención particular.

Un pilar fundamental de esta estructura es el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Este acuerdo no solo regula el comercio de bienes y servicios, sino que también establece disposiciones sobre cooperación y competitividad. El nearshoring se presenta como una gran área de oportunidad para fomentar el consumo interno. Pues de acuerdo con datos de la Secretaría de Economía, al cuarto trimestre de 2024, Norteamérica (Estados Unidos y Canadá) representó el 54 por ciento de los flujos totales de IED en México, mostrando la fortaleza de las relaciones económicas y comerciales en la región T-MEC. En particular, México ocupó el lugar número 5 de los países miembros de la OCDE con mayor captación de IED. La relocalización de empresas, especialmente en el sector manufacturero, genera un crecimiento esperado de entre 2 y 4 millones de empleos adicionales en México para 2030. La demanda de parques industriales fue de 3.1 millones de metros cuadrados entre 2022 y 2023, esperando alcanzar los 6 millones para 2027.

Hacer uso de todas las herramientas a disposición, como es el caso del nearshoring, representa una oportunidad para fomentar y reestructurar la industria mexicana. La atracción de inversiones por el nearshoring y la política de preferencias en compras gubernamentales para productos nacionales y Mipyme contribuyen a la creación y consolidación de empleos en diversas regiones del país, promoviendo un desarrollo territorial más equitativo. El fomento de cadenas de valor y la modernización de los procesos industriales, impulsados por la inversión y la demanda, dinamizan las economías locales y regionales.

En el ámbito de la protección de la propiedad intelectual, el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial es crucial para el reconocimiento y la protección de las marcas, patentes y diseños industriales a nivel global, lo que es vital para prevenir la falsificación y el uso indebido, y para construir confianza en los mercados internacionales.

Con relación a esto, la Organización Mundial del Comercio creó el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, tomando como referencia el Convenio de París, el Convenio de Berna, la Convención de roma y el Tratado IPIC de Washington. Su objetivo principal es asegurar que los derechos de propiedad intelectual no se conviertan en obstáculos al comercio y, al mismo tiempo, establecer un nivel de protección que sea reconocido y respetado por todos los miembros de la OMC, ya que cubre categorías como derechos de autor, marcas de fábrica, indicaciones geográficas, dibujos y modelos industriales, patentes, etc. Este acuerdo es importante para los productos con el sello “Hecho en México” pues registrado como marca de certificación, asegura que los productos mexicanos sean reconocidos y protegidos en todos los demás países miembros de la OMC.

El concepto de marca de origen, es adoptado en diversas economías avanzadas, particularmente en los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Estas iniciativas buscan proteger la reputación de los productos nacionales, fomentar la producción local y ofrecer una garantía de origen y calidad a los consumidores.

En Estados Unidos se emplea el “Made in USA”, la regulación para su uso en el etiquetado se encuentra en la parte 323 del título 16 del Código de Regulaciones Federales (16 CFR, part 323), publicada en el Federal Register el 14 de julio de 2021, bajo la referencia 86 FR 37032. Aquí se menciona que para que un producto pueda tener dicho distintivo o alguna denominación similar como “Ensamblado en USA”, “Producido en USA” el producto debe ser fabricado íntegramente en Estados Unidos, con componentes que también sean de origen estadounidense. Si hay componentes extranjeros, deben ser insignificantes en el valor total del producto o en su cantidad, y el procesamiento o ensamblaje final que le da al producto su carácter esencial debe ocurrir en EE. UU. La Federal Trade Commission (Comisión Federal de Comercio), tiene la autoridad para perseguir y sancionar las declaraciones falsas o engañosas sobre el origen estadounidense de los productos, considerando que violan la Sección 5 de la Ley de la Comisión Federal de Comercio.

En el caso del “Made in Italy”, La legislación italiana más reciente para la protección de la etiqueta, es la Ley n. 206 del 27 de diciembre de 2023: “Disposiciones orgánicas para la valorización, la promoción y la tutela del “Made in Italy”. Esta, consiste en un marco integral para valorizar y promover las producciones de excelencia, el patrimonio cultural y las raíces nacionales de Italia, tanto a nivel interno como internacional. Aborda específicamente la protección de los productos hechos en Italia a través de disposiciones sobre productos no agroalimentarios con indicación geográfica protegida, el uso de nuevas tecnologías para la trazabilidad y la autenticación, y medidas reforzadas para la lucha contra la falsificación, buscando salvaguardar la autenticidad y la reputación de los productos italianos en el mercado global.

En la Unión Europea, la reglamentación sobre las indicaciones geográficas esta distribuida en diversas normas, las cuales protegen la conexión entre productos y su lugar de origen. Entre las más relevantes, se encuentran: el Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, que se enfoca en la protección de las indicaciones geográficas para productos artesanales e industriales. Este reglamento establece un marco para salvaguardar la reputación y las características de productos no agrícolas vinculados a su origen geográfico. Además, se ha modificado el Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea y el Reglamento (UE) 2019/1753 sobre el Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa para armonizar el marco legal y garantizar coherencia.

En el caso del distintivo “Hecho en México”, su regulación la podemos encontrar en el “Acuerdo por el que se dan a conocer las marcas de certificación Hecho en México y Made in Mexico y se expiden sus reglas de uso”, emitido por la Secretaría de Economía, pero asimismo, el funcionamiento del distintivo como marca de certificación, está regulada por la Ley Federal de Protección a la Propiedad industrial, normatividad de orden público y observancia general en México, cuya aplicación administrativa recae en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Esta ley es crucial porque ofrece mecanismos para su defensa contra el uso indebido o la falsificación, además de ser la base para la protección de las marcas individuales de los productos que lo portan.

Finalmente, la NOM-050-SCFI-2004 (Información Comercial - Etiquetado General de Productos) es de suma importancia, ya que exige la inclusión del nombre o razón social y domicilio fiscal del fabricante nacional o importador, así como el país de origen de los productos preenvasados comercializados en México. El sello “Hecho en México” complementa directamente esta obligación, proporcionando una forma visible y oficial de indicar el origen nacional del producto y ofreciendo una garantía adicional al consumidor sobre su procedencia.

En el “Plan México” se establecen objetivos directamente relacionados con el distintivo “Hecho en México” y el impulso a la producción nacional, en colaboración con el sector privado. Asimismo, la promulgación de la nueva Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), rige las compras y contrataciones de las entidades del sector público federal, buscando eficiencia, economía y transparencia. La LAASSP establece que, en las licitaciones públicas, especialmente las internacionales abiertas, los bienes producidos en México con al menos 65 por ciento de contenido nacional recibirán un margen de preferencia de hasta 15 por ciento en el precio frente a los bienes importados, siempre que se encuentren en igualdad de condiciones. Además, la ley promueve activamente la participación de empresas nacionales, en particular las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) y organizaciones de la economía social, permitiendo incluso licitaciones exclusivas para ellas. Estas disposiciones utilizan el poder de compra del gobierno como una palanca estratégica para impulsar la demanda interna, fortalecer la industria mexicana y fomentar el empleo local, alineándose directamente con los objetivos del sello “Hecho en México”.

Es entonces, fundamental, la promoción de tal distintivo para avanzar en la industrialización nacional y la sustitución de importaciones. El sector manufacturero mexicano es un pilar fundamental, atrayendo 56 por ciento de la inversión extranjera directa total en 2024, sumando 19 881 mil millones de dólares. Sin embargo, persisten desafíos en la integración de cadenas de valor, ya que, en 2024, la balanza de productos manufacturados terminó con un saldo negativo de 9 mil 18 mdd, lo que da lugar a políticas que permitan el fortalecimiento de la producción local, un objetivo que la nueva administración busca impulsar a través de estrategias como el “Plan México”.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción V Bis al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de fomento del consumo de productos de origen nacional y uso de la marca de certificación “Hecho en México”

Único. Se adiciona la fracción V Bis al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:

Artículo 12. La secretaría tendrá en materia de coordinación y desarrollo de la competitividad de las Mipyme, las siguientes responsabilidades:

I. a V. ...

V Bis. Promover el consumo de productos y servicios de origen nacional e incentivar, entre las Mipyme, el uso de la marca de certificación “Hecho en México”, conforme a las reglas de uso expedidas por la Secretaría, así como impulsar acciones de difusión y sensibilización que fortalezcan su visibilidad, y establecer criterios de evaluación y seguimiento que permitan medir su posicionamiento y contribución al desarrollo económico;

VI. a X. ...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Secretaría de Economía, 2025,

https://www.gob.mx/se/prensa/avanza-el-programa-hecho-en-mexico -398866?idiom=es

2 Procolombia, Marca País,

https://colombia.co/extranjeros/negocios-en-colombia/exportacio n/productos-colombianos-con-denominacion-de-origen

3 Ídem 1.

4 Diario Oficial de la Federación, 17 de febrero de 2025,

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5749333&fech a=17/02/2025#gsc.tab=0

5 Secretaría de Economía, 2025,

https://www.gob.mx/se/prensa/la-secretaria-de-economia-y-la-con camin-acuerdan-impulsar-lo-hecho-en-mexico-en-el-sector-industrial?idiom=es

6 Inegi, 2025. Indicador Mensual del Consumo Privado,

https://www.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia/9935

7 Gobierno de México, 2025. Plan México,

https://www.planmexico.gob.mx/

8 Inegi, 2025. Censos Económicos 2024. Resultados oportunos,

https://www.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia/9588

9 Inegi,2025. Balanza comercial de mercancías de México,

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025 /comext_o/balcom_o2025_01.pdf

10 Observatorio de Complejidad Económica, 2023,

https://oec.world/en/profile/country/mex

11 The FutureBrand Country Index 2020,

https://www.futurebrand.com/country-index-2020

12 Brand Finance, 2025. Índice Global de Poder Blando 2025 de Brand Finance: Brasil, Argentina y México tienen dificultades para escalar en el ranking global de Poder Blando, mientras que El Salvador emerge como una estrella en ascenso,

https://brandfinance.com/press-releases/indice-global-de-poder- blando-2025-de-brand-finance-brasil-argentina-y-mexico-tienen-dificultades-para -escalar-en-el-ranking-global-de-poder-blando-mientras-que-el-salvador-emerge-c omo-una-estrella

13 Secretaría de Economía 2024. Incentivos fiscales para la inversión,

https://ventanillaunica.economia.gob.mx/media/20240503%20Brochu re%20incentivos%20fiscales.pdf

14 Ídem 27.

15 IMPI, 2016. Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial de 1883,

https://www.gob.mx/impi/acciones-y-programas/temas-de-interes-r elaciones-internacionales-convenio-de-paris-para-la-proteccion-de-la-propiedad- industrial-de-1883

16 Organización Mundial del Comercio, 2017,

https://www.wipo.int/wipolex/es/treaties/details/231

17 Code of Federal Regulations, 2021. Part 323-Made in USA Labeling,

https://www.ecfr.gov/current/title-16/chapter-I/subchapter-C/pa rt-323

18 LEGGE 27 de diciembre de 2023, n. 206. Disposizioni organiche per la valorizzazione, la promozione e la tutela del made in Italy,

https://www.normattiva.it/atto/caricaDettaglioAtto?atto.dataPub blicazioneGazzetta=2023-12-27&atto.codiceRedazionale=23G00221&atto.arti colo.numero=0&atto.articolo.sottoArticolo=1&atto.articolo.sottoArticolo 1=0&qId=cb7d47c5-1dd8-45c5-94c1-0b38d507ebd8&tabID=0.9836740238528342&title=lbl.dettaglioAtto

19 Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, 2020,

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI.pdf

20 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 16 de abril de 2025,

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAASSP.pdf

21 Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, 4T-2024,

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/986154/Informe_C ongreso_2024_4T.pdf

22 Banxico, SIE. 2024. Balanza de productos manufacturados,

https://www.banxico.org.mx/SieInternet/consultarDirectorioInter netAction.do?sector=1&accion=consultarCuadroAnalitico&idCuadro=CA181&locale=es

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputado Fernando Jorge Castro Trenti (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

«Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la Sexagésima Sexta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos: 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, al tenor de lo siguiente:

Exposición de Motivos

La presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa surge de la necesidad de actualizar el marco jurídico que regula la política pública en materia de apoyo a las Mipymes, reconociendo las transformaciones profundas que ha experimentado la economía mexicana y global en las últimas décadas.

Las micro, pequeñas y medianas empresas constituyen el núcleo de la estructura productiva nacional, representan más del noventa por ciento de las unidades económicas y generan una parte sustantiva del empleo formal e informal, además de ser un motor de innovación, resiliencia y cohesión social.

Sin embargo, la ley vigente mantiene un lenguaje que responde a un contexto analógico y tradicional, donde la competitividad se entendía principalmente como productividad y eficiencia en términos clásicos, sin incorporar de manera explícita los nuevos paradigmas de la economía digital, la economía colaborativa y los clusters productivos.

Esta omisión limita la capacidad del Estado para diseñar políticas públicas que reconozcan y potencien las formas contemporáneas de organización empresarial, y restringe el acceso de las Mipymes a programas de apoyo que deberían estar alineados con las realidades de la cuarta revolución industrial.

La reforma propuesta busca introducir en el artículo 2 de la Ley los conceptos de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, con el propósito de modernizar el lenguaje jurídico y dotar de mayor flexibilidad a la política pública. La economía digital se refiere al conjunto de actividades económicas que dependen del uso intensivo de tecnologías digitales, plataformas electrónicas y datos como insumo principal.

En México, miles de Mipymes han migrado hacia modelos de comercio electrónico, marketing digital, servicios en línea y gestión de datos, pero la ley no reconoce explícitamente estas prácticas como parte de la competitividad. La economía colaborativa, por su parte, describe esquemas de cooperación entre empresas, individuos y comunidades que comparten recursos, conocimientos y capacidades para generar valor conjunto.

Este modelo ha demostrado ser especialmente útil para Pymex que carecen de capital suficiente para competir de manera aislada, pero que al integrarse en redes colaborativas logran acceder a mercados, financiamiento y tecnología. Finalmente, los clusters productivos son agrupamientos territoriales o sectoriales de empresas, instituciones académicas y organismos públicos que generan sinergias, innovación y competitividad a través de la proximidad y la cooperación.

La inclusión de estos términos en la ley permitirá que los programas de apoyo reconozcan y prioricen a las Mipymes que operan bajo estas modalidades, fortaleciendo su capacidad de competir en mercados nacionales e internacionales.

La pertinencia de esta reforma se sustenta en diversos estudios y diagnósticos realizados por organismos nacionales e internacionales.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ha señalado que la digitalización es un factor clave para la productividad de las pequeñas empresas, y que aquellas que adoptan tecnologías digitales tienen mayor probabilidad de sobrevivir y crecer.

Asimismo, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe ha destacado la importancia de los clusters productivos como instrumentos de desarrollo regional, capaces de generar encadenamientos productivos, innovación y empleo de calidad.

En México, experiencias como los clusters de tecnologías de la información en Jalisco, los clusters automotrices en el Bajío y los clusters agroindustriales en diversas entidades han demostrado que la cooperación empresarial es una estrategia eficaz para elevar la competitividad. Sin embargo, la falta de reconocimiento legal explícito dificulta que estas iniciativas accedan a programas de apoyo federales, estatales y municipales, lo que limita su potencial de expansión y consolidación.

La reforma también responde a la necesidad de garantizar que el presupuesto destinado a las Mipymes se oriente hacia proyectos estratégicos de innovación, digitalización y sostenibilidad. El artículo 2 vigente establece que el presupuesto no puede ser inferior al del ejercicio anterior, lo cual es un avance importante en términos de estabilidad, pero resulta insuficiente frente a los retos actuales. La propuesta plantea que dicho presupuesto considere un incremento progresivo destinado específicamente a proyectos de innovación, digitalización y sostenibilidad, con el fin de asegurar que los recursos públicos se utilicen para fortalecer las capacidades de las Mipymes en áreas críticas para la competitividad global.

Este enfoque no implica un gasto adicional desproporcionado, sino una reasignación estratégica que prioriza los rubros con mayor impacto económico y social.

La narrativa política de esta reforma se centra en la idea de una “modernización inteligente” del marco jurídico. No se trata de una reforma estructural compleja ni de una modificación que genere incertidumbre, sino de un ajuste terminológico y conceptual que actualiza la ley y la hace congruente con la realidad económica del siglo XXI. Este tipo de reformas son viables políticamente porque no implican costos elevados ni cambios drásticos en la estructura institucional, pero generan un impacto significativo en la percepción pública y en la capacidad del Estado para diseñar políticas más efectivas. Además, la reforma se alinea con compromisos internacionales de México en materia de innovación, digitalización y desarrollo sostenible, lo que refuerza su legitimidad y pertinencia.

La inclusión de los términos economía digital, economía colaborativa y clusters productivos en el artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa tiene implicaciones prácticas que van más allá del lenguaje. Al reconocer estas modalidades en la ley, se abre la posibilidad de que la Secretaría de Economía y las autoridades estatales y municipales diseñen programas específicos para apoyar a las Mipymes que operan bajo estos esquemas. Por ejemplo, se podrían establecer fondos de financiamiento para proyectos de digitalización, programas de capacitación en comercio electrónico, incentivos fiscales para empresas que participen en clusters productivos, y mecanismos de cooperación público-privada para fomentar la economía colaborativa. Estos programas tendrían un impacto directo en la competitividad de las Mipymes, al permitirles acceder a recursos, conocimientos y mercados que de otra manera estarían fuera de su alcance.

La reforma también fortalece la coordinación entre autoridades federales, estatales, municipales y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Al incluir los nuevos términos en el artículo 2, se establece un marco común de referencia que facilita la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa y municipio, en congruencia con la planeación nacional. Esto es especialmente relevante en un país con una gran diversidad económica y regional, donde las necesidades de las Mipymes varían según el contexto local. La inclusión de clusters productivos, por ejemplo, permite que las políticas públicas se adapten a las características específicas de cada región, fomentando el desarrollo de sectores estratégicos y aprovechando las ventajas comparativas de cada territorio. De esta manera, la reforma contribuye a una política más descentralizada y contextualizada, que reconoce la diversidad y fortalece la cohesión nacional.

En términos de sostenibilidad, la reforma introduce un enfoque que vincula la competitividad con la responsabilidad ambiental y social. Al destinar un incremento progresivo del presupuesto a proyectos de innovación, digitalización y sostenibilidad, se asegura que las Mipymes no solo compitan en términos económicos, sino que también contribuyan a la transición hacia una economía más verde y responsable. Esto es congruente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, que establecen la necesidad de promover un crecimiento económico inclusivo y sostenible, fomentar la innovación y garantizar patrones de producción y consumo responsables. La reforma, por tanto, no solo moderniza la ley, sino que también la alinea con compromisos internacionales y con la visión de un desarrollo integral y sostenible.

La viabilidad política de esta iniciativa se refuerza por su carácter técnico y su bajo costo fiscal. Al tratarse de una reforma terminológica y conceptual, no genera resistencias significativas ni requiere grandes negociaciones presupuestales. Por el contrario, ofrece a los legisladores la oportunidad de aprobar una iniciativa que tiene un alto impacto simbólico y práctico, sin implicar riesgos financieros. Además, la reforma puede ser presentada como una respuesta a las demandas de las Mipymes, que han señalado la necesidad de contar con un marco jurídico más flexible y adaptado a la realidad contemporánea. En este sentido, la iniciativa fortalece la relación entre el Congreso y el sector empresarial, y contribuye a generar confianza en las instituciones.

Finalmente, la reforma propuesta representa un paso hacia la construcción de un marco jurídico más dinámico y adaptable, capaz de responder a los cambios acelerados de la economía global. En un contexto donde la innovación tecnológica, la digitalización y la cooperación empresarial son factores determinantes de la competitividad, México no puede quedarse rezagado. La actualización del artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa es una medida sencilla pero estratégica, que envía un mensaje claro: el Estado reconoce y apoya las nuevas formas de organización empresarial, y está dispuesto a impulsar a las Mipymes hacia un futuro más competitivo, innovador y sostenible.

La reforma al artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa también debe entenderse como un acto de reconocimiento institucional hacia las nuevas formas de organización empresarial que ya existen en la práctica, pero que carecen de respaldo jurídico explícito. En México, miles de pequeñas empresas han encontrado en la economía digital un espacio para sobrevivir y crecer, especialmente durante los años recientes en los que las crisis económicas y sanitarias obligaron a transformar los modelos de negocio.

El comercio electrónico, las plataformas de servicios digitales, la gestión de datos y la innovación tecnológica se convirtieron en herramientas indispensables para mantener la operación de las Mipymes, pero la ley aún las trata como si fueran excepciones o prácticas marginales. Al incluir el término economía digital en el artículo 2, se envía un mensaje claro: el Estado reconoce que la digitalización es parte integral de la competitividad y que las empresas que la adoptan merecen apoyo específico. Este reconocimiento no solo legitima las prácticas actuales, sino que también incentiva a más empresas a dar el salto hacia la digitalización, generando un círculo virtuoso de innovación y crecimiento.

La economía colaborativa, por su parte, representa un cambio cultural en la manera de concebir la producción y el consumo. En lugar de competir de manera aislada, las empresas y los individuos comparten recursos, conocimientos y capacidades para generar valor conjunto. Este modelo ha demostrado ser especialmente útil para las Mipymes, que muchas veces carecen de capital suficiente para competir en mercados dominados por grandes corporaciones.

Al integrarse en redes colaborativas, las pequeñas empresas pueden acceder a financiamiento, tecnología y mercados que de otra manera estarían fuera de su alcance. La inclusión del término economía colaborativa en el artículo 2 de la Ley permite que los programas de apoyo reconozcan y prioricen a las Mipymes que operan bajo este esquema, fomentando la cooperación empresarial y fortaleciendo la resiliencia del sector.

Además, la economía colaborativa tiene un componente social importante, ya que promueve la solidaridad, la confianza y la cohesión comunitaria, valores que son fundamentales para el desarrollo integral del país.

Los clusters productivos son otro elemento clave de la reforma. Estos agrupamientos territoriales o sectoriales de empresas, instituciones académicas y organismos públicos generan sinergias, innovación y competitividad a través de la proximidad y la cooperación. En México, existen ejemplos exitosos de clusters en sectores como la tecnología, la automotriz, la agroindustria y la moda, que han demostrado ser motores de desarrollo regional. Sin embargo, la falta de reconocimiento legal explícito dificulta que estos clusters accedan a programas de apoyo federales, estatales y municipales, lo que limita su potencial de expansión y consolidación.

Al incluir el término clusters productivos en el artículo 2, se establece un marco jurídico que legitima estas iniciativas y permite que las políticas públicas se adapten a las características específicas de cada región. Esto es especialmente relevante en un país con una gran diversidad económica y territorial, donde las necesidades de las Mipymes varían según el contexto local.

La reforma, por tanto, no solo moderniza el lenguaje de la ley, sino que también fortalece la capacidad del Estado para diseñar políticas más efectivas y contextualizadas.

La propuesta de destinar un incremento progresivo del presupuesto a proyectos de innovación, digitalización y sostenibilidad también tiene implicaciones importantes. En primer lugar, asegura que los recursos públicos se utilicen de manera estratégica, priorizando los rubros con mayor impacto económico y social. En segundo lugar, envía un mensaje de compromiso hacia las Mipymes, al garantizar que el apoyo no solo se mantendrá, sino que crecerá en áreas críticas para la competitividad global. En tercer lugar, contribuye a la transición hacia una economía más verde y responsable, al fomentar proyectos de sostenibilidad que reduzcan el impacto ambiental de las Mipymes. Este enfoque es congruente con los compromisos internacionales de México en materia de desarrollo sostenible, y refuerza la legitimidad de la reforma en el ámbito global.

La iniciativa también tiene un componente simbólico importante. Al actualizar el lenguaje de la ley, se transmite la idea de que el Estado está atento a los cambios de la economía y dispuesto a adaptarse a ellos. Esto genera confianza en las instituciones y fortalece la relación entre el Congreso y el sector empresarial. Además, la reforma puede ser presentada como una respuesta a las demandas de las Mipymes, que han señalado la necesidad de contar con un marco jurídico más flexible y adaptado a la realidad contemporánea. En este sentido, la iniciativa no solo tiene un impacto práctico, sino también político, al demostrar que los legisladores están comprometidos con el desarrollo de las pequeñas empresas y con la modernización del país.

En la presente iniciativa, no se configura formalmente una problemática desde la perspectiva de género, de conformidad con el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La reforma al artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa se sustenta en la necesidad de reconocer jurídicamente las transformaciones que han redefinido la estructura económica nacional e internacional. El primer argumento central es que las Mipymes constituyen más del noventa por ciento de las unidades económicas en México y generan alrededor de setenta por ciento del empleo formal, lo que las convierte en el verdadero motor de la economía. Sin embargo, la ley vigente mantiene un lenguaje que responde a un contexto productivo tradicional, donde la competitividad se entendía únicamente como productividad y eficiencia en términos clásicos.

La ausencia de conceptos como economía digital, economía colaborativa y clusters productivos limita la capacidad del Estado para diseñar políticas públicas que respondan a las realidades contemporáneas. Al incorporar estos términos, se dota de mayor flexibilidad y pertinencia a la política pública, permitiendo que las Mipymes accedan a programas de apoyo que reconozcan sus nuevas formas de organización y operación.

El segundo argumento se relaciona con la digitalización como factor determinante de la competitividad. La economía digital ha transformado la manera en que las empresas producen, comercializan y se relacionan con los consumidores.

En México, miles de Mipymes han migrado hacia modelos de comercio electrónico, marketing digital y servicios en línea, pero la ley aún no reconoce explícitamente estas prácticas como parte de la competitividad.

Al incluir el término economía digital en el artículo 2, se envía un mensaje claro de que el Estado reconoce la digitalización como un componente esencial de la competitividad y que las empresas que la adoptan merecen apoyo específico. Este reconocimiento no solo legitima las prácticas actuales, sino que también incentiva a más empresas a dar el salto hacia la digitalización, generando un círculo virtuoso de innovación y crecimiento.

El tercer argumento se vincula con la economía colaborativa, que describe esquemas de cooperación entre empresas, individuos y comunidades que comparten recursos, conocimientos y capacidades para generar valor conjunto. Este modelo ha demostrado ser especialmente útil para las Mipymes, que muchas veces carecen de capital suficiente para competir en mercados dominados por grandes corporaciones.

Al integrarse en redes colaborativas, las pequeñas empresas pueden acceder a financiamiento, tecnología y mercados que de otra manera estarían fuera de su alcance. La inclusión del término economía colaborativa en el artículo 2 de la Ley permite que los programas de apoyo reconozcan y prioricen a las Mipymes que operan bajo este esquema, fomentando la cooperación empresarial y fortaleciendo la resiliencia del sector. Además, la economía colaborativa tiene un componente social importante, ya que promueve la solidaridad, la confianza y la cohesión comunitaria, valores que son fundamentales para el desarrollo integral del país.

El cuarto argumento se centra en los clusters productivos, que son agrupamientos territoriales o sectoriales de empresas, instituciones académicas y organismos públicos que generan sinergias, innovación y competitividad a través de la proximidad y la cooperación. En México, existen ejemplos exitosos de clusters en sectores como la tecnología, la automotriz, la agroindustria y la moda, que han demostrado ser motores de desarrollo regional. Sin embargo, la falta de reconocimiento legal explícito dificulta que estos clusters accedan a programas de apoyo federales, estatales y municipales, lo que limita su potencial de expansión y consolidación.

Al incluir el término clusters productivos en el artículo 2, se establece un marco jurídico que legitima estas iniciativas y permite que las políticas públicas se adapten a las características específicas de cada región.

Esto es especialmente relevante en un país con una gran diversidad económica y territorial, donde las necesidades de las Mipymes varían según el contexto local. La reforma, por tanto, no solo moderniza el lenguaje de la ley, sino que también fortalece la capacidad del Estado para diseñar políticas más efectivas y contextualizadas.

El quinto argumento se relaciona con el presupuesto destinado a las Mipymes. El artículo 2 vigente establece que dicho presupuesto no puede ser inferior al del ejercicio anterior, lo cual es un avance importante en términos de estabilidad, pero resulta insuficiente frente a los retos actuales.

La propuesta plantea que el presupuesto considere un incremento progresivo destinado específicamente a proyectos de innovación, digitalización y sostenibilidad, con el fin de asegurar que los recursos públicos se utilicen para fortalecer las capacidades de las Mipymes en áreas críticas para la competitividad global.

Este enfoque no implica un gasto adicional desproporcionado, sino una reasignación estratégica que prioriza los rubros con mayor impacto económico y social. Al garantizar que el apoyo no solo se mantenga, sino que crezca en áreas críticas, se envía un mensaje de compromiso hacia las Mipymes y se contribuye a la transición hacia una economía más verde y responsable.

El sexto argumento se refiere a la viabilidad política de la iniciativa. Al tratarse de una reforma terminológica y conceptual, no genera resistencias significativas ni requiere grandes negociaciones presupuestales.

Por el contrario, ofrece a los legisladores la oportunidad de aprobar una iniciativa que tiene un alto impacto simbólico y práctico, sin implicar riesgos financieros.

Además, la reforma puede ser presentada como una respuesta a las demandas de las Mipymes, que han señalado la necesidad de contar con un marco jurídico más flexible y adaptado a la realidad contemporánea.

En este sentido, la iniciativa fortalece la relación entre el Congreso y el sector empresarial, y contribuye a generar confianza en las instituciones. Finalmente, la reforma representa un paso hacia la construcción de un marco jurídico más dinámico y adaptable, capaz de responder a los cambios acelerados de la economía global.

En un contexto donde la innovación tecnológica, la digitalización y la cooperación empresarial son factores determinantes de la competitividad, México no puede quedarse rezagado.

La actualización del artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa es una medida sencilla pero estratégica, que envía un mensaje claro: el Estado reconoce y apoya las nuevas formas de organización empresarial, y está dispuesto a impulsar a las Mipymes hacia un futuro más competitivo, innovador y sostenible.

La sustentación de esta reforma también se apoya en la necesidad de alinear el marco jurídico nacional con las tendencias internacionales en materia de competitividad y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas.

En países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, la incorporación de la economía digital y colaborativa en las políticas públicas ha sido un factor determinante para elevar la productividad y la resiliencia de las Mipymes.

México, como miembro activo de la OCDE, no puede permanecer rezagado en este proceso de modernización. La ausencia de estos términos en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa genera un desfase entre la práctica empresarial y el marco normativo, lo que limita la capacidad del Estado para diseñar políticas congruentes con los estándares internacionales.

Al reformar el artículo 2 e incluir los conceptos de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, se logra una armonización con las mejores prácticas globales y se fortalece la posición de México en el escenario internacional.

Otro argumento relevante es la necesidad de reconocer la diversidad regional y sectorial del país. México es una nación caracterizada por una gran heterogeneidad económica, donde las Mipymes enfrentan retos distintos según el territorio en el que operan.

En el norte, las empresas se vinculan con cadenas de valor globales en sectores como la automotriz y la electrónica; en el centro, destacan los clusters de servicios y tecnologías de la información; en el sur, las Mipymes se concentran en actividades agroindustriales y turísticas.

La inclusión de los clusters productivos en el artículo 2 permite que las políticas públicas se adapten a estas realidades, fomentando el desarrollo de sectores estratégicos y aprovechando las ventajas comparativas de cada región.

Este enfoque descentralizado contribuye a reducir las brechas regionales y a fortalecer la cohesión nacional, al tiempo que impulsa la competitividad de las Mipymes en mercados locales e internacionales.

La reforma también se sustenta en la necesidad de garantizar la sostenibilidad del desarrollo económico. En un contexto global marcado por la crisis climática y la transición hacia energías limpias, las Mipymes deben ser parte activa de la transformación hacia una economía verde.

Al destinar un incremento progresivo del presupuesto a proyectos de innovación, digitalización y sostenibilidad, se asegura que las pequeñas empresas no solo compitan en términos económicos, sino que también contribuyan a la reducción de emisiones, al uso eficiente de recursos y a la adopción de prácticas responsables.

Este enfoque es congruente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, que establecen la necesidad de promover un crecimiento económico inclusivo y sostenible, fomentar la innovación y garantizar patrones de producción y consumo responsables.

La reforma, por tanto, no solo moderniza la ley, sino que también la alinea con compromisos internacionales y con la visión de un desarrollo integral y sostenible.

Finalmente, la iniciativa se sustenta en la viabilidad política y técnica de su aprobación. Al tratarse de una reforma terminológica y conceptual, no genera resistencias significativas ni requiere grandes negociaciones presupuestales.

Por el contrario, ofrece a los legisladores la oportunidad de aprobar una iniciativa que tiene un alto impacto simbólico y práctico, sin implicar riesgos financieros. Además, la reforma puede ser presentada como una respuesta a las demandas de las Mipymes, que han señalado la necesidad de contar con un marco jurídico más flexible y adaptado a la realidad contemporánea.

En este sentido, la iniciativa fortalece la relación entre el Congreso y el sector empresarial, y contribuye a generar confianza en las instituciones. La actualización del artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa es una medida sencilla pero estratégica, que envía un mensaje claro: el Estado reconoce y apoya las nuevas formas de organización empresarial, y está dispuesto a impulsar a las Mipymes hacia un futuro más competitivo, innovador y sostenible.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea legislativa la iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos

Artículo Único. Se reforman los artículos 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:

Artículo 2.- La autoridad encargada de la aplicación de esta Ley es la Secretaría de Economía quien, en el ámbito de su competencia celebrará convenios para establecer los procedimientos de coordinación en materia de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa, incluyendo aquellas que operen en economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, entre las Autoridades Federales, Estatales, Municipales y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada Entidad Federativa, de los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en congruencia con la planeación nacional.

La Secretaría de Economía, en el ámbito de su competencia, podrá convenir con particulares para concertar las acciones necesarias para la coordinación en materia de apoyos a la micro, pequeña y mediana empresa, especialmente aquellas vinculadas a innovación tecnológica, digitalización y sostenibilidad.

El Presupuesto de Egresos de la Federación que se destina para apoyar a la micro, pequeña y mediana empresa no podrá ser inferior, en términos reales, al presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal anterior, y deberá considerar un incremento progresivo destinado a proyectos de innovación, digitalización y sostenibilidad.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Economía, en coordinación con las autoridades federales, estatales, municipales y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, realizará las adecuaciones necesarias a los programas de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas, para incluir las modalidades de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, en un plazo no mayor de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. La Secretaría de Economía emitirá las disposiciones administrativas necesarias para la correcta aplicación de lo previsto en este decreto, en un plazo no mayor de noventa días naturales contados a partir de su entrada en vigor.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, miércoles 21 de enero del 2026.– Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

«Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la Sexagésima Sexta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos: 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, conforme a lo siguiente:

Exposición de Motivos

Las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) representan uno de los pilares esenciales para el desarrollo económico del país.

Diversas fuentes y diagnósticos demuestran que, a nivel nacional, este sector constituye la mayor parte del tejido empresarial y genera un porcentaje significativo del empleo formal, contribuyendo directamente al crecimiento económico, la competitividad regional, el desarrollo productivo y la distribución de la riqueza.

No obstante, a pesar de su importancia estructural, miles de Mipymes aún enfrentan barreras de acceso a programas públicos de apoyo económico, capacitación, financiamiento e innovación, debido a procesos burocráticos complejos, poca difusión de oportunidades y limitaciones tecnológicas que dificultan la vinculación entre iniciativas gubernamentales y empresariales.

El marco legal vigente reconoce la necesidad de facilitar la participación de los sectores económicos para que las Mipymes accedan a los programas previstos en la Ley. Sin embargo, la disposición actual del artículo 6 resulta general y carece de mecanismos operativos claros para garantizar el acceso efectivo y equitativo a dichos programas.

En la práctica, esto ha provocado que muchas pequeñas unidades económicas –especialmente en zonas rurales y regiones con menor infraestructura tecnológica– queden excluidas de los beneficios o enfrenten procesos largos y poco accesibles para obtener apoyo institucional.

El presente proyecto de reforma propone fortalecer el artículo 6 mediante la incorporación explícita de herramientas digitales, ventanillas únicas de atención, así como mecanismos de seguimiento y publicación de resultados, con el objetivo de mejorar el acceso, reducir tiempos administrativos y promover mayor claridad y transparencia en la asignación de recursos. Esto permitirá agilizar los procesos, disminuir los costos de gestión para los empresarios y garantizar que los apoyos lleguen a quien más lo necesita.

La transformación digital es un componente indispensable para la competitividad global. Las grandes economías del mundo han avanzado hacia la implementación de plataformas digitales gubernamentales que permiten a las empresas acceder a programas de financiamiento, certificaciones, asesorías y vinculación con cadenas productivas de manera eficiente y transparente. México no puede quedarse atrás. Modernizar los mecanismos de atención permitirá no sólo mejorar el aprovechamiento de programas existentes, sino también fortalecer la confianza entre gobierno y sector empresarial, incrementando la formalidad y la productividad económica.

Además, al incorporar la obligación de publicar resultados y evaluaciones periódicas, se atienden principios fundamentales de rendición de cuentas, transparencia y buen uso de recursos públicos. La ciudadanía y el sector empresarial contarán con información clara para evaluar impactos reales, lo que contribuirá a mejorar la toma de decisiones, la planeación presupuestal y el diseño de políticas públicas más efectivas para alcanzar un desarrollo económico sostenible.

Con esta reforma se facilita el acceso a oportunidades para miles de micro y pequeños emprendedores que buscan iniciar, consolidar o expandir sus negocios. Se fortalece la competitividad nacional, se fomenta la innovación tecnológica y se impulsa la generación de empleos formales, elementos indispensables para reducir desigualdades regionales y avanzar hacia un crecimiento económico incluyente.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía el presente proyecto de decreto, convencidos de que su aprobación contribuirá al fortalecimiento del ecosistema productivo del país y al desarrollo equitativo de las micro, pequeñas y medianas empresas mexicanas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo Único. Se reforma el artículo 6 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:

Artículo 6. La Secretaría, en el ámbito de su competencia, promoverá la participación de los Sectores para facilitar a las Mipymes el acceso a Programas previstos en la presente Ley.

Asimismo, implementará mecanismos digitales de acceso y ventanillas únicas para la gestión, seguimiento y evaluación de dichos programas, garantizando transparencia, reducción de tiempos administrativos y disponibilidad pública de los resultados obtenidos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Economía deberá realizar las adecuaciones administrativas, tecnológicas y operativas necesarias para la implementación de la ventanilla única digital y los mecanismos de gestión y seguimiento establecidos en esta reforma.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, miércoles 21 de enero del 2026.– Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

«Iniciativa que reforma el artículo 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de incorporar la innovación tecnológica, la economía digital, la economía colaborativa y los clusters productivos en el desarrollo forestal sustentable, garantizando la participación activa de las Mipymes, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la Sexagésima Sexta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos: 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de incorporar la innovación tecnológica, la economía digital, la economía colaborativa y los clusters productivos en el desarrollo forestal sustentable, garantizando la participación activa de las micro, pequeñas y medianas empresas, al tenor de lo siguiente:

Exposición de Motivos

El marco jurídico forestal vigente reconoce la importancia de la Comisión Nacional Forestal como organismo público descentralizado encargado de coordinar y ejecutar las políticas de desarrollo forestal sustentable.

Sin embargo, el texto actual del artículo 15 se limita a describir funciones tradicionales vinculadas con la producción, conservación y aprovechamiento de los recursos forestales, sin incorporar de manera explícita los elementos de innovación tecnológica, economía digital, economía colaborativa y clusters productivos que hoy resultan indispensables para fortalecer la competitividad del sector.

La ausencia de estos conceptos genera un desfase entre la práctica empresarial contemporánea y la norma, lo que limita la capacidad del Estado para diseñar políticas públicas congruentes con las nuevas dinámicas económicas y ambientales.

La reforma propuesta busca modernizar el objeto de la Comisión Nacional Forestal, ampliando su mandato hacia la promoción de cadenas productivas y redes de valor que integren clusters forestales, así como la incorporación de herramientas digitales y colaborativas.

Con ello se reconoce que el desarrollo forestal sustentable no puede permanecer aislado de las tendencias globales en materia de innovación y competitividad.

La economía digital y colaborativa permite que las micro, pequeñas y medianas empresas participen activamente en procesos de producción, comercialización y gestión forestal, generando empleo de calidad y fortaleciendo la resiliencia de las comunidades rurales.

Al incluir estos conceptos en la Ley, se abre la puerta a que la Conafor diseñe programas específicos de apoyo, financiamiento y capacitación que vinculen directamente a las Mipymes con proyectos de innovación tecnológica y sostenibilidad.

Asimismo, la reforma responde a compromisos internacionales asumidos por México en materia de desarrollo sostenible y cambio climático. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 establecen la necesidad de promover un crecimiento económico inclusivo, fomentar la innovación y garantizar patrones de producción responsables.

La incorporación de clusters forestales y economía digital en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable permite que el país avance en la construcción de un modelo productivo que combine competitividad con responsabilidad ambiental.

De esta manera, se fortalece la capacidad institucional de la Conafor para articular políticas públicas que integren a las Mipymes en cadenas de valor sustentables, contribuyendo tanto a la conservación de los recursos naturales como al desarrollo económico regional.

Finalmente, la iniciativa es viable política y técnicamente, pues se trata de una reforma terminológica y conceptual que no implica costos fiscales elevados ni genera resistencias significativas. Por el contrario, ofrece a los legisladores la oportunidad de aprobar una medida de alto impacto simbólico y práctico, que envía un mensaje claro: el Estado reconoce las nuevas formas de organización empresarial y las integra en sectores estratégicos como el forestal.

Con esta reforma, el Congreso de la Unión fortalece la legitimidad de la política forestal, impulsa la participación de las Mipymes y asegura que el desarrollo sustentable se construya sobre bases modernas, innovadoras y competitivas.

El marco jurídico forestal vigente reconoce la importancia de la Comisión Nacional Forestal como organismo público descentralizado encargado de coordinar y ejecutar las políticas de desarrollo forestal sustentable.

Sin embargo, el texto actual del artículo 15 se limita a describir funciones tradicionales vinculadas con la producción, conservación y aprovechamiento de los recursos forestales, sin incorporar de manera explícita los elementos de innovación tecnológica, economía digital, economía colaborativa y clusters productivos que hoy resultan indispensables para fortalecer la competitividad del sector.

La ausencia de estos conceptos genera un desfase entre la práctica empresarial contemporánea y la norma, lo que limita la capacidad del Estado para diseñar políticas públicas congruentes con las nuevas dinámicas económicas y ambientales.

La reforma propuesta busca modernizar el objeto de la Comisión Nacional Forestal, ampliando su mandato hacia la promoción de cadenas productivas y redes de valor que integren clusters forestales, así como la incorporación de herramientas digitales y colaborativas.

Con ello se reconoce que el desarrollo forestal sustentable no puede permanecer aislado de las tendencias globales en materia de innovación y competitividad.

La economía digital y colaborativa permite que las micro, pequeñas y medianas empresas participen activamente en procesos de producción, comercialización y gestión forestal, generando empleo de calidad y fortaleciendo la resiliencia de las comunidades rurales.

Al incluir estos conceptos en la Ley, se abre la puerta a que la Conafor diseñe programas específicos de apoyo, financiamiento y capacitación que vinculen directamente a las Mipymes con proyectos de innovación tecnológica y sostenibilidad.

Asimismo, la reforma responde a compromisos internacionales asumidos por México en materia de desarrollo sostenible y cambio climático. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 establecen la necesidad de promover un crecimiento económico inclusivo, fomentar la innovación y garantizar patrones de producción responsables.

La incorporación de clusters forestales y economía digital en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable permite que el país avance en la construcción de un modelo productivo que combine competitividad con responsabilidad ambiental.

De esta manera, se fortalece la capacidad institucional de la Conafor para articular políticas públicas que integren a las Mipymes en cadenas de valor sustentables, contribuyendo tanto a la conservación de los recursos naturales como al desarrollo económico regional.

La inclusión de las Mipymes en el texto legal no es un mero añadido retórico, sino una estrategia de política pública que reconoce su papel como motor de la economía nacional.

En el sector forestal, las pequeñas unidades productivas son responsables de gran parte de la extracción, transformación y comercialización de bienes, pero históricamente han carecido de acceso a financiamiento, tecnología y mercados internacionales.

Al establecer su participación como obligación normativa, se garantiza que las políticas forestales se diseñen con perspectiva incluyente, generando condiciones para que estas empresas se integren en cadenas de valor más amplias, con acceso a innovación y digitalización.

Esto no solo fortalece la competitividad del sector, sino que también contribuye a la reducción de desigualdades regionales y al desarrollo equilibrado de comunidades rurales y urbanas.

La reforma también tiene un impacto positivo en la gobernanza institucional. Al ampliar el objeto de la Comisión Nacional Forestal hacia la innovación y la digitalización, se le dota de un mandato más robusto para coordinarse con otras dependencias como la Secretaría de Economía, la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.

Esta coordinación interinstitucional permitirá diseñar programas transversales que integren capacitación, financiamiento y desarrollo tecnológico, asegurando que el sector forestal se convierta en un espacio de innovación y sostenibilidad. La articulación de clusters forestales con economía digital y colaborativa generará sinergias entre productores, investigadores, instituciones educativas y gobiernos locales, consolidando un ecosistema productivo más dinámico y resiliente.

Finalmente, la iniciativa es viable política y técnicamente, pues se trata de una reforma terminológica y conceptual que no implica costos fiscales elevados ni genera resistencias significativas. Por el contrario, ofrece a los legisladores la oportunidad de aprobar una medida de alto impacto simbólico y práctico, que envía un mensaje claro: el Estado reconoce las nuevas formas de organización empresarial y las integra en sectores estratégicos como el forestal. Con esta reforma, el Congreso de la Unión fortalece la legitimidad de la política forestal, impulsa la participación de las Mipymes y asegura que el desarrollo sustentable se construya sobre bases modernas, innovadoras y competitivas.

La reforma se sustenta en la necesidad de actualizar el marco jurídico forestal para alinearlo con las dinámicas contemporáneas de innovación y competitividad. El texto vigente reconoce funciones tradicionales de la Comisión Nacional Forestal, pero omite la referencia explícita a clusters productivos, economía digital y colaborativa, así como a la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas. Esta omisión limita la capacidad institucional de la Conafor para diseñar políticas públicas que respondan a los retos actuales de sostenibilidad y desarrollo económico.

El argumento central es que el sector forestal no puede permanecer aislado de las transformaciones tecnológicas y organizacionales que caracterizan la economía global. La incorporación de clusters forestales y herramientas digitales permite articular cadenas de valor más eficientes, transparentes y competitivas, integrando a productores locales en mercados nacionales e internacionales. Al mismo tiempo, la economía colaborativa fortalece la cohesión comunitaria y la resiliencia de las regiones rurales, generando beneficios sociales y ambientales que trascienden la mera producción de bienes forestales.

Otro argumento relevante es la vinculación con los compromisos internacionales de México en materia de desarrollo sostenible. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible establecen la obligación de promover innovación, crecimiento inclusivo y producción responsable. La reforma al artículo 15 permite que la Conafor cumpla con estos compromisos al integrar explícitamente la innovación tecnológica y la participación de las Mipymes en la política forestal, asegurando que el país avance hacia un modelo de desarrollo equilibrado y sustentable.

La inclusión de las Mipymes en el texto legal responde a un criterio de justicia económica y social. Estas empresas representan más del 90 por ciento del tejido productivo nacional y son responsables de gran parte de la actividad económica en comunidades rurales.

Sin embargo, históricamente han enfrentado barreras de acceso a financiamiento, tecnología y capacitación. Al establecer su participación como mandato normativo, se garantiza que las políticas forestales se diseñen con perspectiva incluyente, generando condiciones para que las Mipymes se integren en cadenas de valor sustentables y competitivas.

Finalmente, la reforma es viable política y técnicamente. No implica costos fiscales elevados ni modificaciones estructurales complejas, pero sí envía un mensaje claro de modernización y compromiso con la innovación.

Al aprobar esta iniciativa, el Congreso de la Unión fortalece la legitimidad de la política forestal, impulsa la participación de las Mipymes y asegura que el desarrollo sustentable se construya sobre bases modernas, innovadoras y competitivas.

La reforma es viable política y técnicamente, pues se trata de una modificación terminológica y conceptual que no implica costos fiscales elevados ni modificaciones estructurales complejas, pero sí envía un mensaje claro de modernización y compromiso con la innovación.

Al aprobar esta iniciativa, el Congreso de la Unión fortalece la legitimidad de la política forestal, impulsa la participación de las Mipymes y asegura que el desarrollo sustentable se construya sobre bases modernas, innovadoras y competitivas.

Una ampliación necesaria de este argumento es que la reforma también contribuye a la construcción de un marco jurídico más flexible y adaptable frente a los retos del cambio climático y la transición energética.

El sector forestal no solo es relevante por la producción de bienes maderables y no maderables, sino también por su papel estratégico en la captura de carbono, la regulación hídrica y la conservación de la biodiversidad. Al incorporar la innovación tecnológica y la economía digital en el objeto de la Comisión Nacional Forestal, se abre la posibilidad de desarrollar sistemas de monitoreo en tiempo real, plataformas de trazabilidad y mecanismos de certificación digital que fortalezcan la transparencia y la rendición de cuentas en el manejo forestal.

Esto permite que México se posicione como un referente regional en la aplicación de tecnologías avanzadas para la gestión sustentable de sus recursos naturales.

De igual manera, la inclusión de clusters forestales en el texto legal favorece la creación de ecosistemas productivos regionales que integren a productores, investigadores, instituciones educativas y gobiernos locales. Estos clusters permiten generar economías de escala, compartir infraestructura y conocimiento, y acceder a mercados internacionales con mayor competitividad.

En este sentido, la reforma no solo moderniza el lenguaje de la Ley, sino que también habilita un marco institucional para que la Conafor impulse proyectos de innovación territorial que fortalezcan el desarrollo económico local y reduzcan las brechas de desigualdad entre regiones.

En conclusión, la ampliación del objeto de la Comisión Nacional Forestal hacia la innovación, la digitalización y la participación de las Mipymes no es únicamente un ajuste técnico, sino una estrategia de política pública que coloca al sector forestal en el centro de la agenda de desarrollo sostenible del país.

Con esta reforma, el Congreso de la Unión envía un mensaje de compromiso con la modernización institucional, la inclusión económica y la responsabilidad ambiental, asegurando que el aprovechamiento de los recursos forestales se realice bajo principios de competitividad, equidad y sustentabilidad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con el fin de incorporar la innovación tecnológica, la economía digital, la economía colaborativa y los clusters productivos en el desarrollo forestal sustentable, garantizando la participación activa de las micro, pequeñas y medianas empresas

Artículo Único. Se reforma el artículo 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:

Artículo 15. La Comisión Nacional Forestal es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios. La coordinación sectorial de la Comisión corresponde a la Secretaría, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

El objeto de la Comisión es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación, restauración, aprovechamiento sustentable, producción, comercialización y educación técnica forestal, así como las cadenas productivas, redes de valor y clusters forestales, que conforme a la presente Ley se declaran como áreas prioritarias del desarrollo. Para ello, la Comisión promoverá la incorporación de economía digital, economía colaborativa e innovación tecnológica en los procesos de aprovechamiento y gestión forestal, garantizando la participación activa de las micro, pequeñas y medianas empresas en la formulación de planes y programas, así como en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.

Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión podrá fomentar esquemas de articulación productiva en el sector forestal, así como promover, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las autoridades competentes, el uso de herramientas digitales, mecanismos de innovación tecnológica y modelos colaborativos que contribuyan a mejorar los procesos de aprovechamiento, gestión y comercialización de los recursos forestales, favoreciendo la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas, conforme a lo previsto en esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con la Comisión Nacional Forestal y la Secretaría de Economía, emitirá en un plazo no mayor de ciento ochenta días naturales las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de lo previsto en este decreto.

Tercero. El Presupuesto de Egresos de la Federación deberá prever recursos progresivos destinados a proyectos de innovación, digitalización y sostenibilidad vinculados al sector forestal, a partir del ejercicio fiscal siguiente a la entrada en vigor del presente decreto.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, miércoles 21 de enero del 2026.– Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Cámara de Diputados.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que adiciona el artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la Sexagésima Sexta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos: 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso c) a la fracción I del artículo 34 la Ley del Impuesto Sobre la Renta, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

La protección del medio ambiente y la mitigación del impacto derivado de las actividades productivas son hoy una obligación ineludible del Estado mexicano. La Constitución, en su artículo 4o., reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano y establece que las autoridades deben garantizar su respeto y preservación. Para cumplir este mandato, es indispensable impulsar incentivos que orienten la actividad económica hacia prácticas responsables y sostenibles.

En México, el sector de la construcción representa una parte significativa del consumo de recursos naturales y de la generación de residuos. Sin embargo, las tecnologías de reciclaje, el diseño sostenible y los sistemas de reutilización de materiales han demostrado ser herramientas eficaces para reducir la huella ambiental, promover la eficiencia energética y disminuir costos a largo plazo. A pesar de sus beneficios, su adopción aún es limitada debido a los costos iniciales de implementación.

Por ello, se propone adicionar en la Ley del Impuesto Sobre la Renta una deducción del 15 por ciento aplicable a construcciones que incorporen tecnologías verdes y procesos de reutilización de materiales, como un mecanismo fiscal que incentive la transición hacia prácticas constructivas más limpias.

Esta medida permitirá impulsar la innovación, fortalecer la economía circular y fomentar que particulares y empresas adopten criterios de sostenibilidad en sus proyectos.

Con esta reforma, se busca no solo avanzar en el cumplimiento de los compromisos ambientales de México, sino también generar un marco fiscal que premie la responsabilidad ambiental y contribuya a la construcción de ciudades más resilientes, eficientes y respetuosas del entorno. En suma, se trata de un paso firme hacia un modelo de desarrollo sustentable que beneficie a la sociedad y al país en su conjunto.

La presente iniciativa se sustenta en los principios y derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en su artículo 4o.:

Artículo 4o. ...

...

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

...

El Estado destinará anualmente los recursos presupuestarios suficientes y oportunos, conforme al principio de progresividad, para garantizar los derechos establecidos en este artículo que impliquen la transferencia de recursos directos hacia la población destinataria. El monto de los recursos asignados no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Esta iniciativa pretende:

Transformar el modelo productivo mexicano al obligar a empresas federales y grandes empresas privadas a adoptar prácticas de economía circular, reduciendo la extracción de recursos vírgenes, aumentando la reutilización y reciclaje de materiales, y diseñando productos con fin de vida responsable, a fin de disminuir la contaminación y el impacto en el medio ambiente, mejorar la eficiencia y fortalecer la competitividad en mercados internacionales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adiciona un inciso c) a la fracción I del artículo 34 la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Artículo Único. Se adiciona un inciso c) a la fracción I del artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:

I. Tratándose de construcciones:

c) 15% para construcciones que incorporen tecnologías verdes, procesos de reciclaje, reutilización de materiales o criterios de diseño sostenible, conforme a las disposiciones de carácter general que emita la autoridad fiscal.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Servicio de Administración Tributaria emitirá, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, las disposiciones de carácter general que establezcan los criterios técnicos, parámetros objetivos y, en su caso, referencias a normas o certificaciones aplicables, para acreditar que las construcciones a que se refiere el inciso c) de la fracción I del artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta cumplen con las características previstas en dicho precepto.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones que contravengan lo establecido en el presente decreto.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, miércoles 21 de enero del 2026.– Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE TURISMO

«Iniciativa que adiciona los artículos 59 Bis y 73 Bis de la Ley General de Turismo, en materia de registro obligatorio de niñas, niños y adolescentes en servicios de hospedaje, para garantizar su seguridad y el respeto al interés superior del menor, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la Sexagésima Sexta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos: 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 59 Bis y 73 Bis a la Ley General de Turismo, en materia de registro obligatorio de niñas, niños y adolescentes en servicios de hospedaje, para garantizar su seguridad y el respeto al interés superior del menor, al tenor de lo siguiente:

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene como finalidad garantizar la seguridad y el respeto al interés superior de niñas, niños y adolescentes en el ámbito de los servicios de hospedaje, tanto tradicionales como digitales.

En la actualidad, la Ley General de Turismo regula las obligaciones de hoteles, moteles y prestadores de servicios turísticos, pero existe un vacío normativo respecto de las plataformas digitales de alojamiento, como Airbnb, que operan sin mecanismos claros de control sobre el registro de menores.

Esta ausencia de regulación abre espacios de vulnerabilidad que pueden ser aprovechados para la trata de personas, la explotación sexual y la desaparición de menores, fenómenos que lamentablemente han tenido un crecimiento en nuestro país y que requieren respuestas legislativas inmediatas.

El principio del interés superior del menor, reconocido en la Constitución y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, obliga al Estado a adoptar todas las medidas necesarias para protegerlos frente a cualquier forma de violencia o explotación. En este sentido, resulta indispensable que los prestadores de servicios de hospedaje implementen un registro obligatorio de menores, en el cual la persona adulta que los acompañe proporcione sus datos de identificación oficial, declare el parentesco o vínculo jurídico con el menor y manifieste el motivo del hospedaje.

Este mecanismo permitirá prevenir situaciones de riesgo, fortalecer la trazabilidad de los registros y brindar a las autoridades herramientas eficaces para la investigación y protección de los derechos de la infancia.

La iniciativa propone adicionar un artículo 59 Bis a la Ley General de Turismo, que establezca la obligación de dicho registro, y un artículo 73 Bis que sancione directamente la omisión de esta disposición, con multas proporcionales al valor de la unidad de medida y actualización, así como con medidas más severas en caso de reincidencia o cuando se compruebe que la omisión derivó en un riesgo de trata, explotación o desaparición de menores.

De esta manera, se dota a la ley de un marco integral que no solo impone obligaciones claras, sino que también prevé sanciones efectivas para quienes incumplan.

Con esta reforma se busca cerrar vacíos legales, homologar las obligaciones de hoteles y plataformas digitales de hospedaje, y garantizar que el interés superior de niñas, niños y adolescentes sea protegido en todo momento. Se trata de una medida preventiva y de seguridad que fortalece la confianza en los servicios turísticos, contribuye a la protección de la infancia y responde a una demanda social urgente de mayor control y responsabilidad en el sector.

La protección de niñas, niños y adolescentes en el ámbito de los servicios de hospedaje no puede considerarse un tema accesorio ni secundario dentro de la política pública y la legislación turística.

Se trata de un asunto que toca directamente la dignidad humana, la seguridad de la infancia y la responsabilidad del Estado mexicano de garantizar que ningún espacio de convivencia social se convierta en un terreno fértil para la vulneración de derechos fundamentales.

En este sentido, la presente iniciativa busca cerrar un vacío normativo que ha sido identificado tanto por especialistas en turismo como por organizaciones de defensa de derechos humanos: la ausencia de mecanismos claros de registro y control en plataformas digitales de hospedaje, particularmente aquellas que operan bajo esquemas de economía colaborativa como Airbnb y similares.

El fenómeno del hospedaje digital ha transformado radicalmente la manera en que las personas viajan y se alojan. En México, millones de usuarios utilizan estas plataformas cada año, lo que ha generado beneficios económicos, dinamización de la oferta turística y nuevas oportunidades de negocio.

Sin embargo, esta innovación tecnológica también ha traído consigo riesgos que no estaban previstos en el marco normativo tradicional. A diferencia de los hoteles y moteles, que cuentan con registros físicos y protocolos de seguridad, las plataformas digitales permiten que cualquier persona rente un espacio sin que exista un control uniforme sobre quién se hospeda, con quién viaja y bajo qué condiciones.

Esta falta de trazabilidad se convierte en un terreno propicio para la comisión de delitos como la trata de personas, la explotación sexual infantil y la desaparición de menores.

Diversos informes internacionales han advertido que los espacios de hospedaje sin regulación adecuada pueden ser utilizados por redes criminales para ocultar a víctimas, trasladarlas entre ciudades o incluso explotarlas dentro de los mismos inmuebles. La Organización Internacional del Trabajo y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito han señalado que la falta de controles en alojamientos informales constituye un riesgo latente para la infancia.

En México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha documentado casos en los que menores fueron encontrados en casas de hospedaje sin registro, lo que dificultó la investigación y retrasó la intervención de las autoridades.

El principio del interés superior del menor, consagrado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y desarrollado en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, obliga al Estado a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que la infancia se desarrolle en condiciones de bienestar y seguridad.

Este principio no admite excepciones ni vacíos legales: cualquier actividad económica, social o cultural que involucre a menores debe estar regulada de manera que se prevengan riesgos y se asegure su protección integral.

En consecuencia, resulta indispensable que la Ley General de Turismo incorpore disposiciones específicas que obliguen a los prestadores de servicios de hospedaje, incluyendo plataformas digitales, a implementar un registro obligatorio de menores.

El registro propuesto no busca criminalizar la convivencia familiar ni generar cargas excesivas para los usuarios. Por el contrario, se trata de un mecanismo sencillo y proporcional que permitirá identificar a los adultos responsables, establecer el vínculo jurídico o de parentesco con los menores y dejar constancia del motivo del hospedaje.

Este procedimiento, realizado al momento de la reserva o del check-in, será fundamental para prevenir situaciones de riesgo y para dotar a las autoridades de información confiable en caso de que se requiera una investigación. Además, al estar vinculado con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, se garantiza que la información será tratada con confidencialidad y únicamente para fines de seguridad.

La iniciativa propone adicionar un artículo 59 Bis a la Ley General de Turismo, que establezca la obligación de dicho registro, y un artículo 73 Bis que sancione directamente la omisión de esta disposición. La sanción se plantea en términos de multas proporcionales al valor de la unidad de medida y actualización, lo que asegura que la penalidad se mantenga actualizada y congruente con la capacidad económica de los prestadores.

Asimismo, se prevé la suspensión temporal de la autorización o registro en caso de reincidencia, y la cancelación definitiva cuando la omisión derive en riesgos comprobados de trata, explotación o desaparición de menores. De esta manera, se dota a la ley de un marco integral que no solo impone obligaciones claras, sino que también prevé sanciones efectivas y proporcionales.

La experiencia comparada demuestra que este tipo de medidas son viables y necesarias. En países como España, Italia y Francia, las legislaciones turísticas ya contemplan obligaciones específicas para los alojamientos respecto al registro de menores. En España, por ejemplo, la Ley de Seguridad Ciudadana obliga a todos los establecimientos de hospedaje a llevar un registro de huéspedes, incluyendo menores, y a remitir dicha información a las autoridades competentes. En Italia, los alojamientos deben solicitar documentos de identidad tanto de adultos como de menores, y en Francia se han implementado protocolos de verificación en plataformas digitales para garantizar que los menores viajen acompañados de sus tutores legales.

Estas experiencias internacionales muestran que la regulación no solo es posible, sino que constituye una práctica común en países que buscan equilibrar la promoción turística con la protección de la infancia.

En México, la reforma propuesta contribuirá a homologar las obligaciones de hoteles y plataformas digitales, evitando que existan vacíos legales que puedan ser aprovechados por quienes buscan vulnerar los derechos de los menores.

Además, fortalecerá la confianza de los usuarios en los servicios turísticos, al saber que existen mecanismos claros de seguridad y que el Estado está comprometido con la protección de la infancia. Esta confianza es fundamental para el desarrollo del sector, pues los turistas nacionales e internacionales valoran cada vez más la seguridad y la responsabilidad social de los destinos que visitan.

La iniciativa también responde a una demanda social creciente. Organizaciones civiles, colectivos de padres de familia y especialistas en derechos de la infancia han señalado la necesidad de contar con mecanismos de control en los hospedajes. La sociedad mexicana ha sido testigo de casos dolorosos de desaparición y explotación de menores, y exige que las autoridades actúen con firmeza para prevenir que estos hechos se repitan. La reforma propuesta es una respuesta concreta y viable a esta demanda, pues establece obligaciones claras, sanciones proporcionales y mecanismos de coordinación entre prestadores de servicios y autoridades.

Desde el punto de vista jurídico, la iniciativa se sustenta en los principios de legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica. La obligación de registro se establece de manera clara y precisa en el artículo 59 Bis, lo que evita interpretaciones ambiguas y garantiza que los prestadores de servicios conozcan exactamente qué deben cumplir. Las sanciones del artículo 73 Bis se diseñan de manera proporcional, escalonada y congruente con la gravedad de la infracción, lo que asegura que no se generen cargas excesivas ni sanciones desproporcionadas. Finalmente, la vinculación con la Ley Federal de Protección de Datos Personales garantiza la seguridad jurídica de los usuarios, al establecer que la información será tratada con confidencialidad y únicamente para fines de protección de menores.

En términos de política pública, la reforma contribuirá a fortalecer la coordinación interinstitucional. La Secretaría de Turismo, el Sistema Nacional DIF y la Guardia Nacional podrán trabajar de manera conjunta para supervisar el cumplimiento de la obligación de registro, recibir alertas preventivas y actuar de manera inmediata en caso de que se detecten irregularidades. Esta coordinación permitirá que el registro de menores se convierta en una herramienta eficaz para la prevención de delitos y para la protección de la infancia.

La iniciativa también tiene un impacto positivo en el ámbito internacional. México es parte de diversos tratados y convenciones que obligan al Estado a proteger a la infancia contra la explotación y la trata de personas, como la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo de Palermo. La reforma propuesta permitirá que México cumpla de manera más efectiva con estos compromisos internacionales, demostrando que el país está dispuesto a adoptar medidas concretas para proteger a los menores en todos los ámbitos de la vida social y económica.

En conclusión, la presente iniciativa no solo responde a una necesidad jurídica y social, sino que constituye un paso firme hacia la construcción de un marco normativo más justo, seguro y protector de la infancia.

Al adicionar los artículos 59 Bis y 73 Bis a la Ley General de Turismo, se establece un mecanismo claro de registro obligatorio de menores en servicios de hospedaje, se prevén sanciones efectivas para quienes incumplan y se fortalece la confianza en el sector turístico. Se trata de una reforma que coloca en el centro de la política pública el interés superior del menor, que responde a las demandas de la sociedad y que contribuye a la prevención de delitos graves como la trata y la explotación infantil.

La aprobación de esta iniciativa enviará un mensaje claro: en México, la infancia es prioridad y ningún espacio de convivencia social, incluyendo los servicios de hospedaje, puede estar al margen de la protección de sus derechos. Con esta reforma, el Congreso de la Unión reafirma su compromiso con la seguridad, la dignidad y el bienestar de niñas, niños y adolescentes, y da un paso decisivo hacia la construcción de un país más justo y seguro para todos.

En la presente iniciativa, no se configura formalmente una problemática desde la perspectiva de género, de conformidad con el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los argumentos que sustentan la presente iniciativa se construyen sobre la premisa fundamental de que la protección de niñas, niños y adolescentes no puede ser un asunto opcional ni accesorio dentro de la legislación turística, sino una obligación ineludible del Estado mexicano y de todos los actores que participan en la prestación de servicios de hospedaje. La primera línea argumentativa se encuentra en el principio constitucional del interés superior del menor, que obliga a todas las autoridades y a los particulares a garantizar que las decisiones, políticas y normas que se adopten tengan como prioridad la seguridad y el bienestar de la infancia.

Este principio, reconocido en el artículo 4o. de la Constitución y desarrollado en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, constituye el fundamento jurídico más sólido para exigir que los prestadores de servicios de hospedaje implementen mecanismos de registro que permitan identificar a los adultos responsables y establecer el vínculo con los menores que se hospedan.

El segundo argumento se relaciona con la prevención de delitos graves como la trata de personas, la explotación sexual infantil y la desaparición de menores. México enfrenta un contexto alarmante en materia de seguridad, y los espacios de hospedaje sin regulación adecuada se convierten en lugares de riesgo que pueden ser utilizados por redes criminales para ocultar víctimas o trasladarlas entre ciudades. La ausencia de un registro obligatorio de menores en plataformas digitales de hospedaje genera un vacío que dificulta la trazabilidad y la intervención de las autoridades.

Al establecer la obligación de registro en el artículo 59 Bis y sancionar su incumplimiento en el artículo 73 Bis, se dota al Estado de una herramienta preventiva que permitirá cerrar estos vacíos y actuar de manera más eficaz frente a la delincuencia organizada.

El tercer argumento se vincula con la homologación normativa.

Actualmente, los hoteles y moteles cuentan con registros físicos y protocolos de seguridad, mientras que las plataformas digitales operan bajo esquemas de economía colaborativa que no están sujetos a las mismas obligaciones.

Esta disparidad genera un terreno desigual que no solo afecta la competencia justa entre prestadores de servicios, sino que también vulnera la seguridad de los menores. La reforma propuesta busca homologar las obligaciones de todos los actores del sector turístico, asegurando que tanto los establecimientos tradicionales como las plataformas digitales cumplan con los mismos estándares de protección.

El cuarto argumento se fundamenta en la experiencia internacional. Países como España, Italia y Francia ya han implementado medidas similares que obligan a los alojamientos a registrar a los menores y a verificar la identidad de los adultos responsables. Estas prácticas han demostrado ser eficaces para prevenir delitos y para fortalecer la confianza de los usuarios en los servicios turísticos. México, como miembro de la comunidad internacional y parte de tratados como la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo de Palermo, tiene la obligación de adoptar medidas equivalentes que garanticen la protección de la infancia en el ámbito turístico.

El quinto argumento se relaciona con la proporcionalidad y la seguridad jurídica. La obligación de registro propuesta en el artículo 59 Bis es clara, precisa y proporcional, pues no genera cargas excesivas para los usuarios ni para los prestadores de servicios. Se trata de un procedimiento sencillo que consiste en proporcionar identificación oficial, declarar el parentesco y registrar los datos básicos del menor.

Las sanciones previstas en el artículo 73 Bis también se diseñan de manera proporcional y escalonada, comenzando con multas en UMAs, pasando por la suspensión temporal en caso de reincidencia y llegando a la cancelación definitiva cuando la omisión derive en riesgos comprobados de trata o explotación.

Esta estructura garantiza que las sanciones sean congruentes con la gravedad de la infracción y que se respete el principio de proporcionalidad.

El sexto argumento se vincula con la confianza y la responsabilidad social del sector turístico. Los turistas nacionales e internacionales valoran cada vez más la seguridad y la responsabilidad social de los destinos que visitan. Al establecer mecanismos claros de protección de menores, México no solo cumple con su obligación jurídica, sino que también fortalece la imagen del país como un destino seguro y responsable. Esto tiene un impacto positivo en la competitividad del sector turístico y en la atracción de visitantes que buscan experiencias seguras y confiables.

El séptimo argumento se relaciona con la coordinación interinstitucional. La reforma permitirá que la Secretaría de Turismo, el Sistema Nacional DIF y la Guardia Nacional trabajen de manera conjunta para supervisar el cumplimiento de la obligación de registro, recibir alertas preventivas y actuar de manera inmediata en caso de irregularidades.

Esta coordinación fortalecerá la capacidad del Estado para proteger a los menores y para prevenir delitos en el ámbito turístico.

Finalmente, el octavo argumento se vincula con la demanda social y la legitimidad política. La sociedad mexicana ha sido testigo de casos dolorosos de desaparición y explotación de menores, y exige que las autoridades actúen con firmeza para prevenir que estos hechos se repitan. La reforma propuesta responde directamente a esta demanda, pues establece obligaciones claras, sanciones efectivas y mecanismos de protección que colocan en el centro de la política pública el interés superior del menor. Su aprobación enviará un mensaje claro de que en México la infancia es prioridad y que ningún espacio de convivencia social puede estar al margen de la protección de sus derechos.

La necesidad de esta reforma se sostiene también en la obligación del Estado mexicano de cumplir con los compromisos internacionales que ha suscrito en materia de protección de la infancia.

La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por México, establece en su artículo 19 que los Estados Partes deben adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de sus padres, de un tutor legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.

Este mandato internacional obliga a que las leyes nacionales incorporen mecanismos específicos que prevengan la explotación y el abuso en todos los espacios de convivencia, incluyendo los servicios de hospedaje.

La iniciativa que se presenta responde directamente a este compromiso internacional, pues al establecer un registro obligatorio de menores en hoteles y plataformas digitales, se crea un mecanismo preventivo que permite identificar a los adultos responsables y verificar el vínculo jurídico o de parentesco.

Este registro no solo es una medida administrativa, sino una herramienta de protección que fortalece la capacidad del Estado para cumplir con sus obligaciones internacionales y garantizar que los derechos de la infancia sean respetados en todo momento.

Otro argumento que sustenta la iniciativa es la necesidad de modernizar la legislación turística para adaptarla a los cambios tecnológicos y sociales.

La Ley General de Turismo fue diseñada en un contexto en el que los servicios de hospedaje estaban dominados por hoteles, moteles y establecimientos tradicionales. Sin embargo, en la última década, las plataformas digitales de alojamiento han transformado radicalmente el sector, generando nuevas dinámicas de consumo y de oferta.

Estas plataformas permiten que cualquier persona rente un espacio de manera rápida y sencilla, lo que ha democratizado el acceso al hospedaje, pero también ha creado vacíos legales que deben ser atendidos.

La ausencia de regulación específica para estas plataformas genera riesgos que no estaban previstos en la legislación original, y que ahora deben ser corregidos mediante reformas que homologuen las obligaciones de todos los prestadores de servicios.

La iniciativa se sustenta también en el principio de igualdad y no discriminación. Al establecer obligaciones diferenciadas entre hoteles y plataformas digitales, se genera una situación de desigualdad que afecta tanto a los prestadores de servicios como a los usuarios.

Los hoteles están obligados a llevar registros y cumplir con protocolos de seguridad, mientras que las plataformas digitales operan sin estas obligaciones.

Esta disparidad no solo afecta la competencia justa, sino que también vulnera la seguridad de los menores. La reforma propuesta busca eliminar esta desigualdad, asegurando que todos los prestadores de servicios de hospedaje cumplan con las mismas obligaciones y estándares de protección.

Un argumento adicional se relaciona con la prevención de la corrupción y la impunidad. La falta de registros claros en los servicios de hospedaje dificulta la investigación de delitos y abre espacios para la corrupción.

Cuando no existe información confiable sobre quién se hospeda y bajo qué condiciones, las autoridades enfrentan obstáculos para investigar casos de trata, explotación o desaparición de menores.

Esta falta de trazabilidad puede ser aprovechada por redes criminales y por funcionarios corruptos para encubrir delitos. Al establecer un registro obligatorio de menores, se fortalece la transparencia y se reduce el margen de impunidad, pues las autoridades contarán con información precisa y verificable que les permitirá actuar de manera más eficaz.

La iniciativa también se sustenta en la necesidad de fortalecer la confianza en el sector turístico.

El turismo es una de las principales actividades económicas de México, y su desarrollo depende en gran medida de la percepción de seguridad y responsabilidad social que tengan los visitantes.

Los turistas nacionales e internacionales valoran cada vez más la seguridad de los destinos que visitan, y buscan experiencias que les brinden confianza y tranquilidad.

Al establecer mecanismos claros de protección de menores, México no solo cumple con su obligación jurídica, sino que también fortalece su imagen como un destino seguro y responsable. Esto tiene un impacto positivo en la competitividad del sector turístico y en la atracción de visitantes que buscan experiencias seguras y confiables.

Otro argumento importante es el impacto positivo que la reforma tendrá en la cultura de prevención.

En México, la prevención de delitos contra la infancia ha sido históricamente débil, y muchas medidas se han adoptado de manera reactiva, después de que ocurren hechos lamentables.

La iniciativa que se presenta busca cambiar esta lógica, estableciendo un mecanismo preventivo que permita actuar antes de que se cometan delitos. El registro obligatorio de menores en hospedajes es una medida sencilla pero eficaz que contribuirá a generar una cultura de prevención en el sector turístico, sensibilizando a los prestadores de servicios y a los usuarios sobre la importancia de proteger a la infancia.

La iniciativa también se sustenta en el principio de corresponsabilidad. La protección de la infancia no es una tarea exclusiva del Estado, sino una responsabilidad compartida entre autoridades, sociedad y sector privado.

Los prestadores de servicios turísticos tienen un papel fundamental en esta tarea, pues son quienes tienen contacto directo con los usuarios y quienes pueden implementar medidas de seguridad de manera inmediata.

Al establecer la obligación de registro en el artículo 59 Bis, se reconoce la corresponsabilidad de los prestadores de servicios y se les dota de un marco jurídico claro que les permitirá cumplir con su papel en la protección de la infancia.

Un argumento adicional se relaciona con la proporcionalidad de las sanciones.

El artículo 73 Bis establece un esquema escalonado de sanciones que comienza con multas en UMA, pasa por la suspensión temporal en caso de reincidencia y llega a la cancelación definitiva cuando la omisión derive en riesgos comprobados de trata o explotación.

Este esquema garantiza que las sanciones sean proporcionales a la gravedad de la infracción, evitando cargas excesivas para los prestadores de servicios y asegurando que las medidas sean congruentes con el principio de proporcionalidad.

Además, al vincular las sanciones con la UMA, se asegura que las multas se mantengan actualizadas y congruentes con la capacidad económica de los prestadores.

La iniciativa también se sustenta en la necesidad de fortalecer la coordinación interinstitucional. La protección de la infancia en el ámbito turístico requiere la participación de diversas instituciones, incluyendo la Secretaría de Turismo, el Sistema Nacional DIF y la Guardia Nacional. Al establecer un registro obligatorio de menores, se crea un mecanismo que permitirá a estas instituciones trabajar de manera conjunta, recibir alertas preventivas y actuar de manera inmediata en caso de irregularidades.

Esta coordinación fortalecerá la capacidad del Estado para proteger a los menores y para prevenir delitos en el ámbito turístico.

Finalmente, la iniciativa se sustenta en la legitimidad política y social.

La sociedad mexicana ha sido testigo de casos dolorosos de desaparición y explotación de menores, y exige que las autoridades actúen con firmeza para prevenir que estos hechos se repitan.

La reforma propuesta responde directamente a esta demanda, pues establece obligaciones claras, sanciones efectivas y mecanismos de protección que colocan en el centro de la política pública el interés superior del menor.

Su aprobación enviará un mensaje claro de que en México la infancia es prioridad y que ningún espacio de convivencia social puede estar al margen de la protección de sus derechos.

En suma, los argumentos que sustentan la iniciativa se construyen sobre principios jurídicos, compromisos internacionales, necesidades sociales y experiencias comparadas.

Se trata de una reforma integral que responde a una problemática real, que se fundamenta en principios sólidos y que busca generar un impacto positivo en la protección de la infancia y en el desarrollo del sector turístico.

La aprobación de esta iniciativa será un paso decisivo hacia la construcción de un marco normativo más justo, seguro y protector de los derechos de niñas, niños y adolescentes en México.

Decreto por el que se adicionan los artículos 59 Bis y 73 Bis a la Ley General de Turismo, en particular el artículo 59 Bis relativo al registro obligatorio de niñas, niños y adolescentes en servicios de hospedaje, y el artículo 73 Bis que establece las sanciones correspondientes por la omisión de dicho registro

Artículo Único. Se adicionan los artículos 59 Bis y 73 Bis de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:

Artículo 59 Bis. Sin perjuicio de las obligaciones previstas en el artículo 58 de esta Ley, los prestadores de servicios de hospedaje, incluyendo hoteles, moteles y plataformas digitales de alojamiento, deberán implementar un registro administrativo obligatorio de niñas, niños y adolescentes que se hospeden en sus instalaciones, con el fin de fortalecer las medidas de prevención, trazabilidad y protección del interés superior del menor.

El registro deberá ser realizado por la persona mayor de edad que acompañe al menor, quien estará obligada a:

I. Proporcionar sus datos de identificación oficial vigente;

II. Declarar el parentesco o vínculo jurídico con el menor, ya sea por patria potestad, tutela, guarda y custodia, o parentesco consanguíneo o por afinidad;

III. Manifestar el motivo del hospedaje; y

IV. Registrar los datos básicos del menor, consistentes únicamente en su nombre completo y edad.

La información recabada será tratada de manera confidencial y segura, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y deberá conservarse únicamente por el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad de protección prevista en este artículo, conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Turismo.

La negativa injustificada a proporcionar la información mínima necesaria para la integración del registro impedirá la prestación del servicio de hospedaje, sin perjuicio de las obligaciones de aviso y coordinación con las autoridades competentes previstas en otras disposiciones legales.

Los prestadores de servicios estarán obligados a poner la información a disposición de las autoridades competentes, exclusivamente cuando sea requerida para la prevención, investigación o atención de hechos que puedan constituir un riesgo para niñas, niños y adolescentes.

Artículo 73 Bis. Las infracciones a lo establecido en el artículo 59 Bis de esta Ley, relativas a la omisión del registro obligatorio de niñas, niños y adolescentes en servicios de hospedaje, se sancionarán con multa de hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento en que se cometa la infracción.

En caso de reincidencia, además de la multa, podrá imponerse la suspensión temporal de la autorización o registro del prestador de servicios turísticos, incluyendo plataformas digitales de alojamiento, hasta por un plazo de noventa días.

Cuando la omisión derive en un riesgo comprobado de trata, explotación o desaparición de niñas, niños o adolescentes, la sanción podrá extenderse a la cancelación definitiva de la autorización o registro correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades penales que resulten aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Turismo, en coordinación con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y la Guardia Nacional, emitirá en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales los lineamientos y protocolos necesarios para la implementación del registro obligatorio previsto en el artículo 59 Bis de la Ley General de Turismo.

Tercero. Los prestadores de servicios de hospedaje, incluyendo plataformas digitales de alojamiento, deberán adecuar sus sistemas de registro y procedimientos internos en un plazo máximo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de los lineamientos emitidos por la Secretaría de Turismo.

Cuarto. La Secretaría de Turismo informará al Congreso de la Unión, dentro de los ciento ochenta dias siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, sobre los avances en la implementación del registro obligatorio de menores y las sanciones aplicadas conforme al artículo 73 Bis.

Fuentes

Cámara de Diputados. (2024). Ley General de Turismo. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2024. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_de _Turismo.pdf

Cámara de Diputados. (2024). Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024. Recuperado de

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf

Naciones Unidas. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Recuperado de

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/44022/Convenci_n _sobre_los_Derechos_del_Ni_o.pdf

Naciones Unidas. (2000). Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo). Recuperado de

http://gobernacion.gob.mx/work/models/SEGOB/comision/pdf/Protoc olo%20de%20Palermo.pdf

Unicef México. (2023). Informe anual 2023: Para cada infancia. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. Recuperado de

https://www.unicef.org/mexico/media/8021/file/Unicef_Informe%20 Anual%202023.pdf.pdf

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, miércoles 21 de enero del 2026.– Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Turismo, de la Cámara de Diputados.



LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

«Iniciativa que reforma el artículo 134 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 134 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La transparencia y el acceso a la información pública constituyen pilares fundamentales para el fortalecimiento del Estado democrático, pues permiten que la ciudadanía conozca, evalúe y fiscalice el actuar de las instituciones gubernamentales. El derecho a solicitar información, consagrado en el marco constitucional y en la legislación secundaria, no solo representa una herramienta para prevenir abusos y corrupción, sino que fomenta la participación informada, impulsa la integridad pública y promueve una administración eficiente y responsable.

En el entorno actual, el acceso a información pública ha dejado de ser una aspiración para convertirse en una demanda social legítima, derivada del interés colectivo por contar con gobiernos transparentes, abiertos y orientados al servicio de la sociedad. No obstante, para que este derecho pueda ejercerse de manera efectiva, es indispensable que las normas garanticen procesos ágiles, claros y oportunos. Los plazos prolongados, la falta de seguimiento, la ausencia de justificaciones en las ampliaciones de tiempo o la entrega tardía de información obstaculizan el ejercicio pleno de este derecho y generan desconfianza en la ciudadanía.

El artículo 134 vigente establece un plazo máximo de veinte días para responder a una solicitud de información y contempla una ampliación extraordinaria de diez días adicionales, siempre que exista una resolución justificada del Comité de Transparencia. Sin embargo, la experiencia práctica muestra que dichos plazos, al ser extensos y sin mecanismos adicionales de control, pueden generar retrasos injustificados, respuestas fuera de tiempo o solicitudes que quedan en estado de trámite sin claridad sobre su avance. La ausencia de medidas más estrictas y de herramientas que permitan monitorear el proceso reduce la eficacia de la normatividad y debilita la confianza en los procedimientos institucionales.

En vista de lo anterior, la presente reforma propone fortalecer el artículo 134 mediante el establecimiento de plazos más breves o mecanismos de control más exigentes, según se defina en el texto final; reforzar la justificación fundada y motivada de las ampliaciones, incorporar criterios que permitan priorizar solicitudes de alto interés público, habilitar la posibilidad de entrega progresiva de información cuando esta exista parcialmente y, en su caso, contemplar sanciones o responsabilidades administrativas para el incumplimiento injustificado. Asimismo, se plantea la obligación de transparentar y publicar el estado del trámite en una plataforma accesible, permitiendo que la ciudadanía pueda verificar el avance en tiempo real y ejercer un escrutinio público más activo.

Con estas medidas, no solo se busca garantizar la prontitud en la respuesta, sino también mejorar la eficiencia institucional, reducir cargas administrativas, promover la cultura de archivo y gestión documental, e impulsar un modelo de transparencia proactiva. La reforma propuesta reconoce el papel de las tecnologías de información como herramienta estratégica para agilizar procedimientos, facilitar la interoperabilidad entre unidades, mejorar la trazabilidad de las solicitudes y avanzar hacia un gobierno digital, accesible y moderno.

La iniciativa tiene como finalidad contribuir a un sistema de acceso a la información más ágil, preventivo y ciudadano, donde el derecho no dependa exclusivamente de la voluntad administrativa, sino de reglas claras, exigibles y verificables. De esta forma se consolida un entorno en el que la información fluye con mayor libertad, donde las instituciones responden con oportunidad y donde la sociedad cuenta con medios efectivos para vigilar el manejo de recursos públicos y las decisiones gubernamentales.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración esta reforma al artículo 134, convencidos de que representa un avance sustantivo hacia un régimen de mayor transparencia, eficiencia administrativa y garantía plena del derecho humano de acceso a la información pública. Su aprobación contribuirá a fortalecer la democracia, a aumentar la confianza ciudadana y a consolidar un Estado que rinde cuentas, se moderniza y se abre al escrutinio público en beneficio de todas y todos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 134 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo Único .- Se reforman el artículo 134 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública para quedar como sigue:

Artículo 134: La respuesta a la solicitud deberá ser notificada a la persona interesada en un plazo no mayor a veinte días, contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud.

El plazo podrá ampliarse por un máximo de diez días adicionales mediante resolución fundada y motivada del Comité de Transparencia. El incumplimiento injustificado de los plazos establecidos será considerado falta administrativa y podrá derivar en sanciones a las y los servidores públicos responsables, conforme a la legislación aplicable.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los sujetos obligados deberán adecuar sus procedimientos internos, plazos y mecanismos operativos para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 134 reformado dentro de un plazo máximo de noventa días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. El órgano garante del derecho de acceso a la información pública, en coordinación con los sujetos obligados, deberá emitir los lineamientos técnicos y operativos para la correcta aplicación del artículo reformado dentro de un plazo no mayor a sesenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Cuarto. Las plataformas electrónicas para tramitar solicitudes de acceso a la información deberán implementar herramientas que permitan el seguimiento en tiempo real del estado de la solicitud, plazos y ampliaciones autorizadas, así como la publicación de resoluciones del Comité de Transparencia, dentro de un plazo no mayor a ciento veinte días naturales contados a partir de la emisión de los lineamientos técnicos referidos en el transitorio anterior.

Quinto. En los casos en que los sujetos obligados requieran ampliación de tiempo conforme al artículo reformado, esta deberá apegarse estrictamente a los lineamientos y criterios establecidos por el órgano garante; cualquier incumplimiento injustificado será sujeto de responsabilidad administrativa conforme a la legislación aplicable.

Sexto. Hasta en tanto se implementen las adecuaciones tecnológicas y operativas señaladas en los transitorios anteriores, las solicitudes de información continuarán rigiéndose por los procedimientos vigentes, sin perjuicio de que los sujetos obligados procuren aplicar los principios de máxima publicidad y atención expedita establecidos en el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, de la Cámara de Diputados.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

«Iniciativa que reforma los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, senadora integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 8, numeral 1, fracción I; 169, 171, numeral 1; 172 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Actualmente para que una persona pueda acceder a una pensión, la Ley de Seguridad Social contempla tres requisitos: cumplir con las semanas cotizadas, la edad y la conservación de derechos.

En el caso de la Ley 73, se contempla que se deberá haber cotizado por al menos 500 semanas; si se trata de la Ley 97, se deberá haber cotizado al menos 1,000 semanas.

Por lo que respecta a la edad, tanto la Ley del 73, como la del 97 contemplan 60 años si es retiro por edad y 65 años tratándose de retiro por vejez.

Respecto a la conservación de derechos, este es un requisito clave para acceder a una pensión en ambas leyes, se trata de un periodo de tiempo que se otorga a la persona trabajadora después de haber dejado de cotizar, durante el cual esta persona mantiene sus derechos para tramitar una pensión.

Por lo que al finalizar este tiempo no se podrá tramitar una pensión, aunque se cumplan con los otros requisitos, de tal suerte que será necesario volver a cotizar ante el IMSS.

Aun y cuando no existe una cifra oficial publicada por parte del IMSS, esta es un de las razones por las cuales miles de personas informales o con trayectorias laborales discontinuas enfrentan este problema por lo que no acceden a una pensión.

La falta de continuidad en el empleo formal y la propia informalidad laboral que ronda en un 55% agravan esta situación.

Por lo anterior, fue que, en el mes de octubre de 2020 como Senadora de la República, presente una iniciativa para eliminar de los requisitos para acceder a una pensión, la denominada conservación de derechos.

Sin embargo, esta propuesta que fue turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos Segunda de la Cámara de Senadores, fue desechada sin ningún dictamen o análisis al respecto.

El 30 de abril de 2024, se dio por concluido su trámite legislativo, sin entrar al fondo del asunto, de conformidad con el “Acuerdo de la Mesa Directiva para dar conclusión a las iniciativas presentadas por senadores que se encuentran pendientes de dictamen en la Cámara de Senadores”.

Por lo que he referido, y en virtud de que la problemática que planteé en 2020 persiste, es que el día de hoy presento nuevamente esta propuesta con la finalidad de que pueda ser discutida y en su caso aprobada por este Senado.

Al respecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 123, apartado A, fracción XXIX, que la Ley del Seguro Social comprenderá los “ seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores...”.

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la seguridad social o protección social, es el conjunto de intervenciones por parte de los poderes públicos para proteger a las personas contra la pobreza y la exclusión social, las consecuencias económicas de los “riesgos del ciclo vital” (mala salud, enfermedad, discapacidad, maternidad, accidentes laborales, desempleo, vejez o muerte de un miembro de la familia) y el insuficiente apoyo familiar, especialmente a las niñas y niños y personas adultas dependientes.

Por su parte, la Ley del Seguro Social fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de diciembre de 1995 y de acuerdo con su artículo 2, “ la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.”

Con estos conceptos podemos señalar que el derecho a la seguridad social trae aparejados otros derechos fundamentales como la salud, la alimentación, la vivienda, y una pensión entre otros.

Por lo que, al restringir el acceso a una pensión cuando el trabajador cuenta con las semanas cotizadas y la edad para jubilarse, constituye un despropósito sobre todo si tomamos en cuenta que en nuestro país muchos asegurados al momento de perder su empleo no cumplen con el requisito de la edad para solicitar su pensión por jubilación y tampoco logran acceder a un nuevo trabajo porque algunas empresas les consideran mayores y ya no los contratan.

De acuerdo con información oficial del Consejo Nacional de Población (Conapo, 2025), en México existen 17,121,580 millones de personas adultas mayores, representando el 12.8 por ciento de la población total.

Según el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), actualmente es mayor el número de hombres que reciben una pensión, con el 58.4 por ciento; respecto al 41.6 por ciento de las mujeres que tienen este beneficio.

De acuerdo con el mismo CIEP, las mujeres obtienen en promedio pensiones entre 14 por ciento y 41.6 por ciento menores que los hombres. Además de que en las cuentas del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), el saldo promedio de ahorro de las mujeres es menor comparado con el de los hombres.

Lo anterior, obedece fundamentalmente a salarios más bajos para las mujeres, mayores interrupciones laborales por maternidad o cuidados familiares; lo que es una muestra más de desigualdad de género.

Por otro lado, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el 55 por ciento de la población ocupada trabaja en la informalidad, esto es sin recibir seguridad social y sin cotizar, por lo que no se acumulan semanas de aportación, ni se cumple con requisitos mínimos para obtener una pensión contributiva

Es evidente que en nuestro país se reconoce la importancia de la seguridad social como parte de la dignidad humana, sin embargo, las personas mayores a 60 y 65 años presentan situaciones de vulnerabilidad para encontrar un trabajo y por tanto en percibir un ingreso, lo que se profundiza sobre todo en el caso de las mujeres.

Por ello, es que presento esta propuesta con la finalidad de eliminar el requisito de la conservación de derechos que establece la Ley del Seguro Social, para aquellas personas que llegan a su jubilación sin tener un trabajo formal, aun y cuando cumplan con los otros requisitos.

El artículo 155 de la Ley del Seguro Social, contempla la cesantía en edad avanzada, señalando que esta obliga al Instituto al otorgamiento de una pensión, asistencia médica, asignaciones familiares y ayuda asistencial.

Sin embargo, el artículo 151 señala que al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores:

I. Si la interrupción en el pago de cotizaciones no fuese mayor de tres años, se le reconocerán, al momento de la reinscripción, todas sus cotizaciones;

II. Si la interrupción excediera de tres años, pero no de seis, se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando, a partir de su reingreso, haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones;

III. Si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento, y

IV. En los casos de pensionados por invalidez que reingresen al régimen obligatorio, cotizarán en todos los seguros, con excepción del de invalidez y vida. En los dos primeros casos, si el reingreso del asegurado ocurriera antes de expirar el período de conservación de derechos establecido en el artículo anterior, se le reconocerán de inmediato todas sus cotizaciones anteriores.

Es decir, se establece que caso de que los trabajadores dejen de laborar por determinado tiempo, aun y cuando tenga las semanas cotizadas y la edad requerida, no podrán acceder su pensión, hasta que reactiven sus derechos. Sin embargo, para las personas mayores de 50 años resulta complicado conseguir un trabajo formal y en consecuencia a una pensión.

Es evidente que este criterio obedece a aspectos económicos en contravención a la propia Constitución que establece en su artículo 1o. que en nuestro país todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales y que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Es por ello, es que se propone que los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio conserven sus derechos como una forma de reconocer su trabajo y las aportaciones que realizaron a nuestro país durante el tiempo que estuvieron laborando.

De la misma manera, cuando el trabajador se reincorpore al régimen obligatorio del seguro social, de inmediato deberán de reconocérsele las semanas cotizadas previamente, sin tener que pasar por tiempo de espera o menoscabo de éstas.

Para mayor claridad se muestra el siguiente cuadro comparativo:

Debemos garantizar la protección de quienes no cuentan con edad para acceder a una pensión, ya que muchos de ellos no están en las mejores condiciones para laborar, o bien difícilmente encuentran un trabajo formal donde los contraten por su edad o condición de salud.

Lo anterior, se hace necesario sobre todo tratándose de las mujeres que son quienes acceden con mayor dificultad a una pensión, toda vez que en muchos casos ven obligadas a abandonar la vida laboral, por lo que, en su vejez sufren mayor precariedad y pobreza.

Por lo expuesto, presento ante esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social

Artículo Único: Se reforman los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida.

Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores desde el momento de su reinscripción.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día de siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.

Tercero. La conservación de los derechos a que hace referencia este decreto también será aplicable a los inscritos antes del primero de julio de 1997.

Cuarto. El Ejecutivo federal contará con un plazo de 90 días a partir de la emisión de este decreto para emitir un acuerdo que establezca los mecanismos para su implantación.

Notas

1 https://www.cepal.org/sites/default/files/presentations/a2024-03-24-fabio_duran .pdf

2 Proyecciones demográficas de un México que envejece | Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores | Gobierno | gob.mx

3 Un sistema de pensiones sin perspectiva de género — CIEP

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Social, de la Cámara de Senadores.



LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

Iniciativa que adiciona el artículo 200 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a cargo de la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de permiso de paternidad, a cargo de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de permiso de paternidad, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Que el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en dicha Constitución y en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado Mexicano sea parte, estableciendo la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar dichos derechos, bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

2. Que el artículo 4o. constitucional reconoce la igualdad entre mujeres y hombres, así como el derecho de las niñas y los niños a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano desarrollo integral, lo que impone al Estado la obligación de adoptar medidas que fortalezcan la corresponsabilidad parental y el interés superior de la niñez.

3. Que el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho al trabajo digno y socialmente útil, así como la obligación de que las condiciones laborales aseguren la protección de la familia y permitan el desarrollo integral de las personas trabajadoras.

4. Que, con fundamento en la fracción X del artículo 73 constitucional, corresponde al Congreso de la Unión legislar en materia de trabajo y previsión social, estableciendo los derechos mínimos de protección laboral aplicables a las personas trabajadoras del sector privado.

5. Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce, en sus artículos 7 y 10, el derecho de toda persona a condiciones de trabajo justas y favorables, así como la protección y asistencia más amplia posible a la familia, en particular con motivo del nacimiento y cuidado de las hijas e hijos.

6. Que el Convenio número 156 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, establece la obligación de los Estados de adoptar medidas que permitan conciliar el empleo con las responsabilidades familiares, sin discriminación por razón de género.

7. Que el artículo 56 de la Ley Federal del Trabajo establece que las condiciones de trabajo deben basarse en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, garantizando condiciones iguales para trabajos iguales y prohibiendo cualquier forma de discriminación o exclusión, entre otras, por razón de género o responsabilidades familiares, lo que obliga a adoptar medidas que promuevan la corresponsabilidad en el cuidado y eviten tratos desiguales derivados del ejercicio de la paternidad.

8. Que la Ley Federal del Trabajo reconoce actualmente el permiso de paternidad en su artículo 132, fracción XXVII Bis, limitándolo a cinco días laborables con goce de sueldo, lo cual resulta insuficiente para garantizar una participación efectiva del padre en el cuidado inicial de las hijas e hijos, así como para promover la corresponsabilidad en las tareas de crianza.

9. Que la brevedad del permiso de paternidad vigente reproduce estereotipos de género al asignar de manera desproporcionada las labores de cuidado a las mujeres, lo que incide negativamente en su permanencia y desarrollo en el ámbito laboral, y limita el ejercicio pleno del derecho de los hombres a participar activamente en la crianza.

10. Que la ampliación del permiso de paternidad contribuye al bienestar físico y emocional de las niñas y los niños, fortalece el vínculo familiar desde las primeras etapas de vida y se alinea con el principio del interés superior de la niñez, reconocido en el orden constitucional y convencional.

Por lo anterior, se propone reformar la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

En México, el nacimiento o adopción de una hija o un hijo constituye un momento clave para la organización familiar y la distribución de las responsabilidades de cuidado. Sin embargo, el marco jurídico laboral vigente mantiene una marcada asimetría entre los derechos reconocidos a las madres y a los padres trabajadores, lo que reproduce desigualdades estructurales en el ámbito del trabajo remunerado y no remunerado.

Para evidenciar lo anterior, la Ley Federal del Trabajo reconoce a las personas trabajadoras en periodo de gestación el derecho a un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto; asimismo, en caso de adopción de un infante, se les otorga un descanso de seis semanas con goce de sueldo posteriores al día en que lo reciban. En contraste, a los hombres trabajadores únicamente se les concede un permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo por el nacimiento de sus hijas o hijos, o por la adopción de un infante.

Esta brecha en la duración de los permisos parentales vulnera el principio de igualdad sustantiva y afecta derechos fundamentales de manera diferenciada. Por un lado, limita el derecho de los hombres a ejercer plenamente la paternidad en condiciones de igualdad; y, por otro, impacta negativamente en los derechos de las mujeres, al reforzar estereotipos de género que les asignan de manera desproporcionada la carga principal de los cuidados.

Esta diferencia sustancial en la duración y naturaleza de los permisos parentales tiene consecuencias directas en la distribución del trabajo de cuidados al interior de los hogares. Como señala el Instituto Mexicano para la Competitividad, los permisos de paternidad fomentan la corresponsabilidad en el cuidado del menor desde el inicio. Esto promueve una distribución más equitativa del trabajo al interior del hogar, permitiendo que las mujeres cuenten con mayor tiempo para incorporarse o permanecer en actividades productivas, educativas o incluso de descanso.

Lo anterior se evidencia con la Encuesta Nacional sobre uso del Tiempo del INEGI, la cual señala que las mujeres dedicaron, en promedio, 9.4 horas más a la semana que los hombres al cuidado de niñas y niños de 0 a 5 años, lo que refleja una distribución desigual del trabajo de cuidados desde la primera infancia. Esta asimetría no sólo limita las oportunidades de desarrollo personal y profesional de las mujeres, sino que también perpetúa desigualdades estructurales en el mercado laboral y en el ámbito familiar, por lo que resulta indispensable avanzar hacia un diseño normativo de los permisos parentales que promueva la corresponsabilidad y contribuya de manera efectiva a la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

El rezago normativo de México resulta evidente al contrastarlo con estándares internacionales. El Economista destaca que dentro de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) el promedio de permisos de paternidad es de siete semanas, por lo que México se encuentra bastante lejos de ese nivel. Asimismo, países como Islandia y Noruega han adoptado esquemas que reconocen de manera explícita la corresponsabilidad parental mediante licencias prolongadas y remuneradas.

La insuficiencia del permiso de paternidad vigente también ha sido señalada desde el ámbito sindical y académico. La Red de Mujeres Sindicalistas advierte que México es uno de los países con los permisos de paternidad más cortos en el mundo y que, si bien estos permisos son valiosos, todavía son insuficientes para tener un impacto positivo en el cierre de la brecha de género en el mercado laboral.

Desde el análisis normativo, también resulta relevante distinguir entre permiso y licencia. Ingrid Chávez subraya que si nos apegamos a lo que señala la normatividad en México, la Ley Federal del Trabajo indica que un trabajador en el sector formal tiene derecho a un permiso de paternidad por cinco días con goce de sueldo, lo que no se puede traducir como una licencia, por lo que se puede concluir que hasta ahora, en nuestro país no existe la licencia de paternidad, lo que limita el alcance real de este derecho y su ejercicio efectivo.

Diversos análisis coinciden en que la desigualdad en los permisos parentales impacta negativamente la participación de las mujeres en el mercado laboral. De acuerdo con la información proporcionada por la Red de Mujeres Sindicalistas, nueve de cada 10 personas que abandonan el mercado laboral antes del retiro son mujeres, y una de las principales razones es la carga desproporcionada de las tareas de cuidado.

Como lo resume el propio IMCO: Sin equidad en el hogar, difícilmente podremos lograr equidad en los empleos. En este contexto, ampliar el permiso de paternidad no constituye una concesión, sino una medida estructural orientada a garantizar la igualdad sustantiva, la corresponsabilidad parental y el interés superior de la niñez.

Por ello, la presente iniciativa propone reformar el artículo 132, fracción XXVII Bis, de la Ley Federal del Trabajo, a fin de ampliar el permiso de paternidad a diez días laborables con goce de sueldo, avanzando hacia un modelo de cuidados más justo, equitativo y acorde con los estándares constitucionales e internacionales en materia de derechos humanos, igualdad de género y trabajo digno.

A través del siguiente cuadro comparativo se podrán observar las modificaciones propuestas al texto vigente de la Ley Federal del Trabajo:

En virtud de lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de permiso de paternidad

Artículo Único. Se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 132.- Son obligaciones de las personas empleadoras:

I. a XXVI. ...

XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de diez días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante;

XXVIII. a XXXIII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 IMCO, Licencias de paternidad, mayor equidad de género, México, [en línea],

https://imco.org.mx/licencias-de-paternidad-mayor-equidad-de-ge nero/ [consulta: 29 de diciembre de 2025].

2 Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempos, Las mujeres dedicaron 66.8 por ciento del tiempo total de trabajo a actividades no remuneradas y los hombres, 33.2 por ciento, INEGI, [conjunto de datos],

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025 /enut/enut2024_CP.pdf [consulta: 29 de diciembre de 2025].

3 De la Rosa Eduardo, ¿Cómo promover el uso de los permisos de paternidad en México?, México, 20 de marzo de 2015, [en línea],

https://www.eleconomista.com.mx/capital-humano/promover-permiso s-paternidad-mexico-20250326-751508.html [consulta: 29 de diciembre de 2025].

4 Ana Karen García, Permisos de paternidad, insuficientes para cerrar la brecha de género en el trabajo, Red de Mujeres Sindicalistas, 12 de abril de 2014, [en línea],

https://rmsindicalistas.mx/2024/04/permisos-de-paternidad-insuf icientes-para-cerrar-la-brecha-de-genero-en-el-trabajo/ [consulta: 29 de diciembre de 2025].

5 Chávez Ingrid, Permiso de paternidad no es sinónimo de licencia, IMCO, 17 de junio de 2022, [en línea],

https://imco.org.mx/permiso-de-paternidad-no-es-sinonimo-de-lic encia/ [consulta: 29 de diciembre de 2025].

6 Ana Karen García, Permisos de paternidad, insuficientes para cerrar la brecha de género en el trabajo, Red de Mujeres Sindicalistas, 12 de abril de 2014, [en línea],

https://rmsindicalistas.mx/2024/04/permisos-de-paternidad-insuf icientes-para-cerrar-la-brecha-de-genero-en-el-trabajo/ [consulta: 29 de diciembre de 2025].

7 IMCO, Licencias de paternidad, mayor equidad de género, México, [en línea],

https://imco.org.mx/licencias-de-paternidad-mayor-equidad-de-ge nero/ [consulta: 29 de diciembre de 2025].

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2026.– Diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que adiciona un artículo 202 Ter al Código Penal Federal, en materia de pornografía por razón de su orientación sexual, identidad de género o condición social, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa por la que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 202 Ter del Código Penal Federal, en materia de pornografía en razón de su orientación sexual, identidad de género o condición social al tenor de lo siguiente

Exposición de Motivos

En la era de la Inteligencia Artificial (IA) generativa, la frontera entre lo real y lo sintético se ha difuminado, circunstancia que en ocasiones plantea graves riesgos para la dignidad humana, la privacidad y el libre desarrollo de la personalidad dando paso a una nueva forma de violencia digital: la creación no consentida de pornografía mediante IA, comúnmente conocida como deepfakes sexuales. Este fenómeno últimamente ha transformado la tecnología en un arma insidiosa contra la dignidad, la privacidad y la integridad, impactando desproporcionadamente a mujeres y menores de edad y la población LGBTTTIQ+.

La ausencia de consentimiento en la generación de estas imágenes constituye una forma de violencia sexual y digital, circunstancia que perpetua esquemas de violencia basada en género y orientación sexual. Aunque el uso de IA para crear estas imágenes es un fenómeno reciente, resulta importante realizar adecuaciones a la legislación con la finalidad de evitar vacíos legales, que terminen afectando la privacidad, dignidad y seguridad de las personas.

En 2025 marcó en México un punto de inflexión con respecto a la Inteligencia Artificial, pues su proliferación y utilización se diversificó de manera importante integrándose profundamente tanto en el ámbito laboral como en la vida cotidiana. En nuestro país, la adopción de IA es creciente, especialmente entre jóvenes menores de 21 y 31-40 años, con un uso generalizado en búsquedas de información y tareas académicas, estudios recientes de la UNAM sustentan que más del 83 por ciento de los maestros y el 88 por ciento de los alumnos de la UNAM admiten usar IA, en el ámbito laboral se calcula que el 67 por ciento de los trabajadores en México utiliza asistentes de IA personales para sus actividades laborales, por otra parte se estima una adopción de IA del 78 por ciento en empresas en 2025, impulsando aumentos de productividad, alcanzando unos $32,884 millones de pesos mexicanos y una alta adopción empresarial casi 90 por ciento planea integrar agentes IA, lo anterior impulsado por la productividad, experiencia del cliente y la automatización de tareas; la IA generativa es clave, aunque enfrenta retos éticos y de regulación.

La IA se usa en la vida cotidiana para tareas como asistentes de voz (Siri, Alexa), recomendaciones personalizadas (Netflix, Spotify), navegación (Google Maps, Waze) y seguridad (reconocimiento facial, detección de fraude bancario), automatizando procesos repetitivos y optimizando decisiones en áreas como el hogar, transporte, salud y entretenimiento. De acuerdo con el Profesor en el Posgrado en Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Trejo Delarbre, “la IA dejó de ser una tecnología futurista o parte de una película de ciencia ficción. Actualmente la utilizamos de manera cotidiana en aplicaciones para el control del tránsito o transacciones bancarias, también está en los videojuegos”.

Dentro de la IA encontramos la Inteligencia Artificial Generativa que se refiere a la tecnología que puede desarrollar contenidos, ya sea en imagen, audio, video o texto. La utilización de la IA en la vida cotidiana ofrece comodidad y eficiencia, pero también conlleva diversos problemas, riesgos y desafíos éticos que impactan a las personas diariamente. Los principales inconvenientes incluyen la pérdida de privacidad, la dependencia excesiva, la propagación de desinformación y la amplificación de sesgos, así como la creación de deepfakes pornográficos, que entendemos como: “la elaboración de material pornográfico no consentido mediante la inserción digital del rostro de una persona en cuerpos ajenos”, esta agresión simbólica no solo erosiona las fronteras entre lo verdadero y lo falso, sino que también pone en tensión categorías jurídicas clásicas vinculadas a la intimidad, la identidad y la dignidad humana. Por ello, se ha convertido en una de las formas de violencia digital más dañinas y extendidas.

Existen datos que revelan que el 96 por ciento de las imágenes generadas por Inteligencia Artificial son imágenes de pornografía no consentida, y de estas el 99 por ciento de las víctimas son mujeres. Así mismo la Internet Watch Foundation (IWF), organización benéfica registrada con sede en Cambridgeshire, Inglaterra, cuyo objetivo es el de “minimizar la disponibilidad de contenido de abuso sexual en línea, específicamente imágenes y videos de abuso sexual infantil alojados en cualquier parte del mundo, lanzó una alerta de cómo la IA está siendo usada para manipular imágenes de menores de edad de varias partes del mundo, provocando un aumento del 360 por ciento de las fotos sexuales publicadas en la web de niños y niñas entre los 7 a 10 años.

Los deepfakes representan una grave amenaza para los derechos humanos, particularmente el derecho a una vida libre de violencia, pues el mencionado derecho se ve severamente vulnerado cuando los deepfakes son utilizados para crear y difundir contenido dañino y no consensuado. Si bien son las mujeres el grupo poblacional que más sufre, ningún sector está exento y como muchas otras problemáticas existen poblaciones que se enfrentan a estas violencias como consecuencia de procesos discriminación, estigma, violencia y exclusión social sistemática en diversos ámbitos de la vida, como lo es la comunidad LGBTTTIQ+, quienes basándose únicamente en su orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales, son víctimas de discriminación y enfrentan este tipo de agresión simbólica entre otras.

Para 2026, la evidencia indica que las imágenes de contenido sexual creadas con inteligencia artificial representan una modalidad crítica de violencia digital que afecta de manera desproporcionada a grupos vulnerables, incluidas las personas LGBTTTIQ+. Ejemplo de esto es la violencia digital de género que se ejerce frecuentemente contra lesbianas, travestis y personas trans mediante el uso de herramientas tecnológicas para deslegitimar sus identidades o cuestionar derechos conquistados, así mismo los modelos de IA suelen reflejar sesgos que fuerzan a los usuarios a generar imágenes basadas en estigmas, lo cual puede derivar en actos discriminatorios y nuevas formas de acoso.

Datos de la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) 2021. del INEGI revelan que enque,21, el total de la población de 15 años y más de edad en México se estima en 97.2 millones de personas. De estas, 5.0 millones se autoidentifican LGBTTTIQ+, lo que equivale al 5.1 por ciento de la población de 15 años y más en el país. El 81.8 por ciento se asume parte de esta población por su orientación sexual, 7.6 por ciento, por su identidad de género y 10.6 por ciento, por ambas.

A pesar de los avances legales, México se mantiene como uno de los países más peligrosos para la diversidad sexual, con un 37.3 por ciento de la comunidad LGBTTTIQ+ reportando actos de discriminación en el último año. Así mismo las mujeres transgénero son el grupo más afectado por la violencia extrema, incluyendo transfeminicidios. Los reportes de 2024 y 2025 muestran altos niveles de crímenes de odio, 281 personas trans y de género diverso fueron asesinadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, convirtiendo a México en uno de los lugares más peligrosos del mundo para este colectivo, por su parte las mujeres lesbianas enfrentan una doble discriminación (lesbofobia y machismo), lo que resulta en exclusión, violencia verbal y rechazo, particularmente en el ámbito familiar y laboral; por su parte los hombres gay, sufren altos índices de violencia y acoso, siendo la segunda población más afectada por agresiones.

A pesar de que diversas organizaciones reportan una disminución en el número de casos de violencia, particularmente la violencia física en 2025 comparado con el año récord de 2024, la impunidad y la discriminación sistémica persisten, con un 37.3 por ciento de la población LGBT+ experimentando al menos un acto de discriminación en el último año. La Marcha del Orgullo 2025 resaltó la necesidad de proteger a personas en situación de movilidad y de combatir las políticas “anti-derechos”, además de buscar acceder a mejores condiciones de vida a través de modificaciones de ley y acceso a más y mejores derechos.

Las condiciones de vulnerabilidad de poblaciones con tendencias a la vulnerabilidad como lo son las mujeres, infancias y la población LGBTTTIQ+, sin lugar a dudas nos comprometen a realizar acciones encaminadas a proteger y mejorar las condiciones de vida que como observamos en párrafos anteriores, en ocasiones se ven modificadas e incluso afectadas por la tecnología como lo es el caso de las personas afectadas por pornografía deepfake sufren estrés postraumático, ansiedad y depresión debido a la difusión de imágenes falsas que afectan su reputación y privacidad. Diversos estudios como el citado por el Doctor en Comunicación Aplicada por la Universidad Anáhuac; miembro del Sistema Nacional de Investigadores, Jorge Alberto Hidalgo Toledo, revelan “que el 74 por ciento de las víctimas de deepfakes sexuales experimentan angustia emocional prolongada. Además, la exposición continua a este tipo de material puede normalizar comportamientos misóginos y reforzar la desensibilización hacia la violencia digital”. Las víctimas de estas imágenes experimentan efectos comparables a los de la violencia sexual física, incluyendo estrés postraumático, depresión y aislamiento, lo que provoca efectos perjudiciales y duraderos en la salud mental de las víctimas.

En el caso particular de las personas que integran la población LGBTTTIQ+ los efectos en la salud mental son profundos y duraderos, incluyendo la depresión, ansiedad, baja autoestima, estrés postraumático, abuso de sustancias, aislamiento, en inclusive intentos de suicidio y suicidio.

La información ates referida resalta la urgencia de marcos normativos integrales para proteger la dignidad digital frente a estos riesgos, y le necesidad de pues “en la era del algoritmo, donde el rostro se convierte en dato y la voz en recurso digitalizable, el derecho debe recordar que lo que está en juego no es sólo una fotografía alterada, sino la dignidad de un sujeto.”. Impulsada por la rápida evolución de tecnologías como la IA generativa y sus profundos impactos en la sociedad, la necesidad de regular la Inteligencia Artificial ha pasado de ser un debate teórico a una prioridad urgente.

En el caso particular de la pornografía sintética o deepfake porn, que como vimos plantea graves riesgos para la dignidad humana, la privacidad y el libre desarrollo de la personalidad, así como para la salud mental. La legislación vigente no considera la pornografía de personas adultas o menores de edad, ni la utilización de estas tecnologías para representar a personas de distintas orientaciones sexuales en contextos pornográficos sin su consentimiento, porque consideramos importante que exista una regulación que busque equilibrar la innovación tecnológica con la protección de los derechos fundamentales, garantizando que la IA sea segura, ética, transparente y responsable. para lo cual presentamos un cuadro comparativo que expresa claramente la intención de modificación:

Código Penal Federal

Por lo antes expuesto, y con el propósito de, garantizar el libre desarrollo, proteger la salud mental y la dignidad de las personas, comprendiendo la necesidad de sancionar la pornografía sintética o “ deepfake porn”, creada sin consentimiento, como una medida de prevención, pues esta se considera una forma de violencia sexual digital que impacta desproporcionadamente a mujeres, menores de edad y la población LGBTTTIQ+ generando graves daños psicológicos, incluyendo ansiedad, depresión, humillación y, en casos extremos, tendencias suicidas, someto a consideración la presente inactiva con proyecto de

Decreto por el que se adicionan un párrafo cuarto al artículo 202 Ter del Código Penal Federal, en materia de pornografía en razón de su orientación sexual, identidad de género o condición social

Único. Se adicionan un párrafo cuarto al artículo 202 Ter del Código Penal Federal, en materia de pornografía razón de su orientación sexual, identidad de género o condición social, para quedar como sigue:

Artículo 202 Ter. A quien genere, edite, manipule o difunda mediante tecnologías digitales, inteligencia artificial o cualquier otro medio imágenes, audios o representaciones gráficas de personas —reales o ficticias— con fines de pornografía, sin el consentimiento expreso de las personas representadas, se le impondrá prisión de seis a doce años y de seiscientos a mil ochocientos días multa.

La sanción será agravada hasta en una mitad cuando las imágenes se utilicen para denigrar o violentar a personas por razón de su orientación sexual, identidad de género o condición social.

Las imágenes generadas o manipuladas sin consentimiento serán consideradas material pornográfico ilícito para efectos de persecución penal y medidas de reparación del daño.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las autoridades competentes deberán actualizar protocolos de investigación y persecución penal en un plazo no mayor a seis meses, incluyendo capacitación en delitos digitales y uso de tecnologías de inteligencia artificial.

Notas

1 Benavides Lara, Mario Alberto, Rendón Cazales, Víctor Jesús, Escalante Rivas Nancy, del Pilar Martínez Hernández, Ana María, y Sánchez Mendiola, Melchor. (2025, enero-febrero). Presencia y uso de la inteligencia artificial generativa en la Universidad Nacional Autónoma de México. Revista Digital Universitaria (RDU), 26(1).

http://doi.org/10.22201/ceide.16076079e.2025.26.1.10

2 Riquelme, Rodrigo. (02 de diciembre de 2025) Trabajadores mexicanos usan la inteligencia artificial, pero no con mucha ética. El Economista.

https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/trabajadores-mexican os-inteligencia-artificial-etica-20251202-789238.html

3 Romo Zamudio, Gabriela (19 de septiembre de 2023). IA, más allá de la ficción, una tecnología presente en la vida cotidiana. Boletín quincenal de la Dirección General de Computo y de Tecnologías de Información y Comunicación.

https://www.tic.unam.mx/ia-mas-alla-de-la-ficcion-una-tecnologi a-presente-en-la-vida-cotidiana/

4 Aguirre-Lanegra, A. J., & Ramos, F. (2025). Deepfakes sexuales y violencia algorítmica: hacia un marco normativo integral de protección de la dignidad digital. Estudios En Derecho a La Información, 11(21), e20198.

https://doi.org/10.22201/iij.25940082e.2026.21.20198

5 Peirano, Marta. (26 de mayo 2023). El 96% de las imágenes de Inteligencia Artificial son pornografía no consentida: quién jugará con nuestros cuerpos sintéticos. El país.

https://elpais.com/smoda/feminismo/el-96-de-las-imagenes-de-int eligencia-artificial-son-pornografia-no-consentida-quien-jugara-con-nuestros-cu erpos-sinteticos.html

6 Inegi (2021) Conociendo a la población LGBTI+ en México. Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (Endiseg) 2021

https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/lgbti/

7 El Observatorio de Personas Trans Asesinadas 2025 revela una nueva tendencia en la violencia anti-trans: objetivos sistemáticos de activistas y líderes del movimiento. November 13, 2025.

https://www.tgeu.org/el-observatorio-de-personas-trans-asesinad as-2025-revela-una-nueva-tendencia-en-la-violencia-anti-trans-objetivos-sistema ticos-de-activistas-y-lideres-del-movimiento/

8 Aquino, Eréndira. (19 de enero, 2026). Violencia contra personas LGBT+ en México bajó en 2025, pero la mayoría de los casos permanecen impunes. Animal Político.

https://animalpolitico.com/genero-y-diversidad/violencia-person as-lgbt-mexico-2025-impunidad

9 Hidalgo Toledo, Jorge (11 de marzo de 2025). Pornografía Deepfake en México: Tendencias de Búsqueda y sus Implicaciones

https://www.humanandnonhumancommunicationlab.com/post/pornograf %C3%ADa- deepfake-en-m%C3%A9xico-tendencias-de-b%C3%BAsqueda-y-sus-implic aciones

10 Aguirre-Lanegra, A. J., y Ramos-Zaga, F. (2026). Deepfakes sexuales y violencia algorítmica: hacia un marco normativo integral de protección de la dignidad digital. Estudios en Derecho a la Información, 11(21), e20198.

https://doi.org/10.22201/iij.25940082e.2026.21.20198

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero del 2026.–Mónica Elizabeth Sandoval Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados.



LEY DE PLANEACIÓN

Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Planeación, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Senadores.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



ACCIONES DE MONITOREO, INVESTIGACIÓN, CONSERVACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL RELACIONADAS CON LOS MARSUPIALES EN MÉXICO, PARTICULARMENTE EL TLACUACHE

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la Conabio y a la Profepa, a fortalecer las acciones de monitoreo, investigación, conservación y educación ambiental relacionadas con los marsupiales en México, particularmente del tlacuache, y se evalué la pertinencia de incluirlo como especie sujeta a protección especial en zonas donde existan evidencias de afectación poblacional, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A LA SADER, A LOS GOBIERNOS ESTATALES Y A LOS AYUNTAMIENTOS DEL PAÍS, A PROMOVER E IMPLEMENTAR MERCADOS DE VENTA DIRECTA ENTRE PRODUCTORES Y CONSUMIDORES

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, a los gobiernos estatales y a los ayuntamientos del país, a promover e implementar mercados de venta directa entre productores y consumidores, como mecanismo para fortalecer la economía rural, impulsar la producción local, garantizar precios justos y reducir la intermediación en la cadena agroalimentaria, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE VALORE EL POSIBLE INCREMENTO A LOS ARANCELES APLICADOS A LOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE COCO QUE SE IMPORTAN DE ASIA, BRASIL Y OTRAS LATITUDES

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a valorar incrementar los aranceles aplicados a los productos y subproductos de coco que se importan y provienen sobre todo de Asia, de Brasil y otras latitudes, por la competencia desleal y perjuicios a los productores, la producción, procesamiento del coco y sus derivados, a cargo de la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE EXHORTA A LA ÉTICA Y COMPROMISO MORAL

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ética y compromiso moral, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO A LA SE, A EVALUAR EL INCREMENTO DE LOS ARANCELES APLICABLES A LOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DEL COCO IMPORTADO, CON EL OBJETIVO DE PREVENIR LA COMPETENCIA DESLEAL

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a evaluar el incremento de los aranceles aplicables a los productos y subproductos del coco importado, con el objetivo de prevenir la competencia desleal y evitar afectaciones a las y los productores nacionales, así como a la producción, procesamiento y comercialización del coco y sus derivados, suscrita por la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A LA SHCP Y A LA SICT, A ATENDER LA PROBLEMÁTICA RELACIONADA CON LAS PLACAS DE TRASLADO Y A PERMITIR SU UTILIZACIÓN EN LAS NUEVAS INFRAESTRUCTURAS VIALES

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la SICT, a atender la problemática relacionada con las placas de traslado y a permitir su utilización en las nuevas infraestructuras viales, con el propósito de fortalecer el comercio exterior y la competitividad en la franja fronteriza norte, suscrita por el senador Juan Carlos Loera de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE LIBEREN LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROYECTOS PRIORITARIOS DEL PLAN NACIONAL HÍDRICO PARA BAJA CALIFORNIA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, para que libere los recursos destinados a los proyectos prioritarios del Plan Nacional Hídrico para Baja California, suscrita por el senador Armando Ayala Robles, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO AL PODER EJECUTIVO DE JALISCO, A SUSPENDER LA APLICACIÓN DEL INCREMENTO A LAS TARIFAS DEL TRANSPORTE PÚBLICO, E INICIAR UN PROCESO DE REVISIÓN INTEGRAL Y PARTICIPATIVA EN LA MATERIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al titular del Poder Ejecutivo del estado de Jalisco a que suspenda la aplicación del incremento a las tarifas del transporte público, e inicie un proceso de revisión integral y participativa que permita armonizar la sostenibilidad financiera del sistema de transporte con la protección efectiva del derecho humano a la movilidad, suscrita por el senador Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, doctor Carlos Lomelí Bolaños, senador de la República e integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 59 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

El transporte público constituye un servicio esencial para el ejercicio cotidiano de múltiples derechos humanos, entre ellos el derecho a la movilidad, al trabajo, a la educación, a la salud y a la inclusión social.

En entidades con alta concentración urbana, como el Estado de Jalisco, el costo del transporte público incide de manera directa y constante en la economía de los hogares y en la posibilidad real de acceder a otros derechos fundamentales, particularmente para las personas en situación de vulnerabilidad.

El problema público que se pretende atender consiste en que la autorización de una tarifa técnica de transporte público sin una evaluación social integral genera un riesgo de regresividad en el ejercicio del derecho humano a la movilidad, especialmente para personas con discapacidad, personas adultas mayores y otros grupos que enfrentan barreras económicas, sociales y administrativas para acceder al servicio.

Cuando el diseño tarifario no incorpora de manera explícita criterios de accesibilidad y justicia social, el transporte público deja de operar como un mecanismo de inclusión y se convierte en un factor de exclusión estructural.

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho humano a la movilidad, estableciendo que el Estado debe garantizarlo bajo principios de accesibilidad, eficiencia, inclusión, igualdad y sostenibilidad.

Este reconocimiento constitucional no se limita a la existencia formal del servicio, sino que exige que las políticas públicas en la materia aseguren condiciones reales de acceso, particularmente para quienes dependen de manera exclusiva del transporte público para su vida cotidiana.

En este contexto, la autorización de una tarifa técnica de $14.00 para el transporte público en el Estado de Jalisco implica una afectación directa y potencialmente regresiva para amplios sectores de la población.

Si bien se ha anunciado un esquema de subsidio, el monto autorizado como tarifa base impacta a quienes no acceden, no pueden acceder o no utilizan dicho mecanismo, ya sea por razones económicas, tecnológicas o administrativas.

Este impacto resulta particularmente sensible para los grupos en situación de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad, quienes, de acuerdo con información oficial, enfrentan mayores obstáculos estructurales para el acceso al empleo, al ingreso suficiente y a servicios públicos esenciales.

Para estos sectores, cualquier incremento en el costo del transporte público puede traducirse en una restricción efectiva para acudir a centros de trabajo, instituciones educativas o servicios de salud, afectando de manera indirecta el ejercicio de otros derechos fundamentales.

Debe considerarse, además, que el propio Gobierno del Estado de Jalisco ha reconocido, a través de programas como “Mi Pasaje”, que el gasto en transporte público constituye el segundo rubro más importante del gasto de los hogares, solo después de la alimentación.

En este sentido, un incremento acumulado en la tarifa del transporte público tiene un efecto multiplicador en el gasto mensual de las familias, al incidir directamente en trayectos laborales, educativos y de atención médica, lo que profundiza la presión económica sobre los hogares de menores ingresos.

Desde una perspectiva constitucional, el ajuste tarifario debe analizarse también a la luz del principio de no regresividad en materia de derechos sociales.

Toda medida que implique un retroceso en el nivel de protección previamente alcanzado debe estar debidamente justificada bajo criterios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad.

Sin embargo, del análisis del dictamen DIGELAG ACU 057/2025 no se advierte de manera expresa una evaluación social integral que acredite que el incremento autorizado cumple con dichos estándares, más allá de una fórmula de indexación de carácter técnico-financiero.

Adicionalmente, la implementación de esquemas de subsidio condicionados al uso de mecanismos digitales introduce un componente de impacto administrativo que no puede soslayarse.

La dependencia de herramientas tecnológicas como requisito para acceder a tarifas preferenciales puede generar cargas administrativas adicionales que no resultan plenamente accesibles para todas las personas, en particular para personas con discapacidad, personas adultas mayores o habitantes de zonas con menor conectividad o alfabetización digital, lo que refuerza barreras indirectas al acceso al servicio.

Debe destacarse que el incremento tarifario está previsto para entrar en vigor el 1 de abril de 2026, lo que abre un margen razonable para la revisión de la medida desde una perspectiva integral y preventiva.

La suspensión del incremento no implica desconocer las necesidades de sostenibilidad financiera del sistema de transporte, sino propiciar un espacio de análisis, diálogo y revisión que permita armonizar dichas necesidades con la protección efectiva de los derechos humanos y el principio de accesibilidad universal.

En virtud de lo anterior, resulta legítimo y oportuno que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de su función política y de control, exhorte respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco a suspender la aplicación del incremento tarifario, a fin de abrir un proceso de revisión integral y participativa que permita armonizar la sostenibilidad del sistema de transporte con la protección efectiva de los derechos humanos, salvaguardando la economía de las familias jaliscienses y el ejercicio real del derecho humano a la movilidad, especialmente para los sectores en situación de vulnerabilidad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se pone a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo del estado de Jalisco para que, en ejercicio de sus atribuciones en materia de política pública tarifaria, suspenda la aplicación del incremento a las tarifas del transporte público y, en su caso, inicie un proceso de revisión integral y participativa que permita armonizar la sostenibilidad financiera del sistema de transporte con la protección efectiva del derecho humano a la movilidad.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 7 días del mes de enero del 2026.– Senador Carlos Lomelí Bolaños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE APOYA LA POSICIÓN DEL GOBIERNO MEXICANO EN CONTRA DEL INTERVENCIONISMO EN NIVEL INTERNACIONAL

Proposición con punto de acuerdo, por el que se apoya la posición del gobierno mexicano en contra del intervencionismo en nivel internacional suscrita por la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.



SE SOLICITA INFORMACIÓN RESPECTO DE LA OPERACIÓN, PRODUCCIÓN Y COSTOS DE LA REFINERÍA OLMECA CONOCIDA COMO DOS BOCAS

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita información a las autoridades de energía respecto de la operación, producción y costos de la Refinería Olmeca conocida como Dos Bocas, a cargo de senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del PAN

Quienes suscribimos, Ricardo Anaya Cortés, Gina Gerardina Campuzano González, Marko Cortés Mendoza, María de Jesús Díaz Marmolejo, Agustín Dorantes Lámbarri, Laura Esquivel Torres, Michel González Márquez, Miguel Márquez Márquez, Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, Mayuli Latifa Martínez Simón, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Francisco Javier Ramírez Acuña, Ivideliza Reyes Hernández, Verónica Rodríguez Hernández, Gustavo Sánchez Vásquez, Imelda Sanmiguel Sánchez, Lilly Téllez, Enrique Vargas del Villar, Mario Humberto Vázquez Robles, Raymundo Bolaños Azocar y Susana Zatarain García, senadoras y senadores de la República, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita información a las autoridades de energía, respecto de la operación, producción y costos de la Refinería Olmeca conocida como Dos Bocas.

Consideraciones

La Refinería Olmeca, en Dos Bocas, Tabasco, fue anunciada como un proyecto prioritario del gobierno federal concebida como el emblema de un nuevo modelo energético basado en la autosuficiencia y la recuperación del control estatal sobre los hidrocarburos. No obstante, más allá del discurso político que acompañó su anuncio y desarrollo, el proyecto se ha consolidado como uno de los ejemplos más evidentes de cómo la voluntad política puede desplazar a la planeación técnica, financiera y jurídica. Lejos de fortalecer a Petróleos Mexicanos, la refinería representa una carga económica de largo plazo cuya viabilidad nunca fue acreditada conforme a la ley ni a los estándares mínimos de evaluación de inversión pública.

Desde su origen, Dos Bocas mostró deficiencias estructurales en su diseño y ejecución. El presupuesto inicial, estimado en alrededor de ocho mil millones de dólares, se incrementó de manera sustancial hasta superar los catorce mil millones, sin que existiera una explicación técnica sólida que justificara los sobrecostos. Este aumento respondió a decisiones administrativas discrecionales, falta de controles efectivos y esquemas contractuales poco transparentes. Aun con ese nivel de inversión, los escenarios financieros más prudentes indican que los flujos generados por la refinería serían insuficientes para recuperar el capital invertido incluso en horizontes de varias décadas.

Las proyecciones operativas muestran que, bajo condiciones realistas de utilización y márgenes de refinación, los ingresos anuales resultarían claramente inferiores a los costos de operación y mantenimiento. En términos simples, la refinería no solo carece de capacidad para generar utilidades, sino que está diseñada para operar con pérdidas constantes.

Dicho déficit no recaerá exclusivamente en Pemex, sino que terminará siendo absorbido por el erario, trasladando el costo a los contribuyentes.

Más grave aún es que, esta situación no se limita a un problema de mala planeación económica, sino que implica el incumplimiento directo de las normas que regulan el ejercicio del gasto público. La legislación presupuestaria en México exige que todo proyecto financiado con recursos públicos cuente con un análisis costo-beneficio validado por la autoridad competente, a fin de acreditar su rentabilidad social y económica. En el caso de Dos Bocas, este requisito fue omitido. La autorización del proyecto se realizó mediante un acto de carácter político que lo calificó como prioritario, sin que ello sustituyera el dictamen técnico exigido por la ley.

Esta forma de proceder vulnera de manera directa el mandato constitucional que obliga a que los recursos públicos se ejerzan con eficiencia, eficacia, economía y honradez. La ausencia de evaluación no fue un error administrativo menor, sino una decisión consciente que permitió avanzar en una obra cuyo impacto financiero negativo era previsible desde el inicio. Bajo esta lógica, la continuidad del proyecto configura supuestos claros de responsabilidad administrativa, al comprometer recursos públicos en una inversión carente de viabilidad comprobada.

El impacto social de esta decisión es significativo. Los recursos destinados a Dos Bocas representan oportunidades perdidas en sectores estratégicos como salud, educación, infraestructura básica o transición energética. En vez de generar bienestar tangible, el proyecto compromete finanzas públicas presentes y futuras, consolidando una carga que se extenderá por generaciones. La deuda asociada a la refinería no concluye con su construcción; se proyecta en el tiempo a través de costos operativos, mantenimiento creciente y subsidios implícitos.

A pesar de las múltiples inauguraciones simbólicas, la refinería no ha demostrado una producción estable, continua ni comercialmente acreditada. No existe información pública consolidada sobre los volúmenes efectivamente refinados, el grado de operación real, la calidad de los combustibles producidos, las fechas de calibración industrial ni los costos asociados al arranque. La discrepancia entre el discurso oficial y la realidad técnica genera incertidumbre sobre su funcionamiento efectivo.

El proyecto presenta señales de inviabilidad financiera derivadas del enorme endeudamiento, de la falta de retorno proyectado, de la baja rentabilidad global del refinado, y de las tendencias internacionales de transición energética, que reducen la competitividad de nuevas refinerías. A ello se suman preocupaciones ambientales derivadas del impacto ecológico en una zona costera vulnerable, riesgos de emisiones y ausencia de evaluaciones ambientales completas y accesibles.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de Petróleos Mexicanos y a la titular de la Secretaría de Energía (Sener) a rendir un informe detallado sobre los costos finales de construcción, los costos de operación actuales, la producción efectiva y el grado de operación de la refinería Olmeca en Dos Bocas, Tabasco.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero del 2026.– Diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



ACCIONES RELATIVAS AL RECIENTE DESCARRILAMIENTO DE UN TREN DE PASAJEROS EN EL ISTMO DE TEHUANTEPEC

«Proposición con punto de acuerdo, con relación a diversas acciones, relativas al reciente descarrilamiento de un tren de pasajeros en el Istmo de Tehuantepec, a cargo de senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del PAN

Quienes suscribimos, Ricardo Anaya Cortés, Gina Gerardina Campuzano González, Marko Cortés Mendoza, María de Jesús Díaz Marmolejo, Agustín Dorantes Lámbarri, Laura Esquivel Torres, Michel González Márquez, Miguel Márquez Márquez, Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, Mayuli Latifa Martínez Simón, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Francisco Javier Ramírez Acuña, Ivideliza Reyes Hernández, Verónica Rodríguez Hernández, Gustavo Sánchez Vásquez, Imelda Sanmiguel Sánchez, Lilly Téllez, Enrique Vargas Del Villar, Mario Humberto Vázquez Robles, Raymundo Bolaños Azocar y Susana Zatarain García, senadoras y senadores de la República, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente se pronuncia sobre diversas acciones, relativas al reciente descarrilamiento de un tren de pasajeros en el Istmo de Tehuantepec. Lo anterior, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado domingo 28 de diciembre de 2025, ocurrió el descarrilamiento de un tren de pasajeros en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, a la altura del poblado de Nizanda, en el estado de Oaxaca, dejando hasta el momento un saldo de 14 personas muertas y cerca de un centenar de personas heridas.

Este descarrilamiento sucedió en la Línea Z del Tren Interoceánico, también conocido como Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, que es un sistema ferroviario propiedad del gobierno federal, operado por la entidad paraestatal denominada Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S. A. de C. V. (FIT), que se agrupa al sector coordinado por la Secretaría de Marina, y que fue uno de los principales proyectos promovidos por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

De acuerdo con el plan del gobierno federal, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec pretende convertirse en una plataforma logística multimodal diseñada para impulsar el bienestar y el desarrollo regional de su área de influencia que abarcará los estados de Veracruz, Oaxaca, Tabasco y Chiapas, a través de la coordinación de las Administraciones del Sistema Portuario Nacional de Coatzacoalcos, Salina Cruz, Dos Bocas y Puerto Chiapas y su interconexión mediante el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, y con el establecimiento de Polos de Desarrollo para el Bienestar.

Entre 2019 y 2024, se destinaron entre 80 y 90 mil millones de pesos a este corredor; de ese total, entre 35 y 40 mil millones fueron asignados específicamente a la rehabilitación de la red ferroviaria.

La longitud intervenida de la red ferroviaria es cercana a los 300 kilómetros, lo que implica un costo medio por kilómetro de entre 20 y 30 millones de pesos. Si bien esta cifra puede parecer elevada al ciudadano común, se trata de un monto relativamente bajo para estándares internacionales, especialmente cuando se considera que no se trata de infraestructura nueva, sino de rehabilitación acelerada de vías preexistentes, sin reconstrucción profunda ni rediseño estructural que reduzca riesgos a largo plazo.

Las obras de construcción y rehabilitación de las vías del Tren Interoceánico están rodeadas de fallas y descuidos. Entre las omisiones se encuentran taludes inestables y durmientes de madera vieja. La Secretaría de Marina pasó todo el 2025 tratando de estabilizar los taludes de la vía del Tren Interoceánico en el tramo de Chivela a La Mata, donde el domingo pasado ocurrió la tragedia.

Los taludes son las pendientes artificiales que se crean al excavar para construir la vía férrea, y su estabilidad es crucial para evitar deslizamientos de tierra. El problema con los taludes es indicativo de las dificultades que ha enfrentado desde su inicio el proyecto para rehabilitar la Línea Z, de Coatzacoalcos a Salina Cruz, a la que se agregó un tren de pasajeros, pues el plan original solo era mejorar las vías y el trazo para incrementar la capacidad de los trenes de carga.

Adicionalmente, el servicio ferroviario opera con trenes usados y reciclados con hasta 50 años de antigüedad. A diferencia del Tren Maya, y de los trenes que construye el actual gobierno, al servicio de pasajeros del Interoceánico se le asignaron máquinas usadas.

El 27 de enero de 2025, FIT adjudicó directamente a la empresa Locomotoras de San Luis la compra de 13 carros de pasajeros y 11 locomotoras, todos usados, por los que pagó 61 millones de dólares, unos mil 200 millones de pesos. En contraste, para el Tren Maya se compraron 42 trenes nuevos, que costaron 42 mil 500 millones de pesos.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) también documentó diversas irregularidades en las obras de rehabilitación del Tren Interoceánico. La ASF consideró que la rehabilitación inició sin contar con los estudios, proyectos y el programa de ejecución totalmente terminados, además en sus informes de la Cuenta Pública 2020 y 2023 reveló un posible daño al erario por más de 33.5 millones de pesos, con anomalías que incluyen obras fantasma, anticipos sin ejecutar, rieles más caros que nunca se colocaron, personal inexistente y contratos inflados.

Como en las otras obras emblemáticas del sexenio anterior, el proyecto del Tren Interoceánico está cobijado bajo el manto de la corrupción, en la que están involucrados los hijos del expresidente López Obrador.

El expresidente confirmó que su hijo Gonzalo López Beltrán, alias Bobby, supervisó directamente obras del corredor interoceánico, actividad que le permitió favorecer a sus amigos del denominado “El Clan”, bajo una red de negocios y tráfico de influencias, para la explotación de bancos de materiales, la rehabilitación de las vías del tren y la venta de balasto, que es la piedra que va debajo del tren y le sirve de soporte.

Con los elementos anteriores, el Partido Acción Nacional denuncia que este accidente se pudo haber evitado, teniendo como sus dos principales causas la corrupción y la ineptitud, rasgos distintivos de las obras emblemáticas emprendidas en el sexenio anterior. Estos factores ocasionaron una nueva tragedia donde 14 personas lamentablemente perdieron la vida.

Aún permanece en la memoria colectiva el reciente descarrilamiento de una unidad del Tren Maya, suceso en el que se revivió la polémica por un audio en el que se escucha a quien se ha dicho es uno de los proveedores, Pedro Salazar Beltrán, (primo de los hijos del expresidente López Obrador), que también participó en la construcción del Corredor Interoceánico, reconocer que había pactado moches, y con total cinismo se atrevió a decir que “ya cuando se descarrile va a ser otro pedo”.

Ante estos hechos, en el PAN alzamos la voz para exigir:

- Que una autoridad independiente investigue con profundidad las causas concretas de la tragedia, y realice una evaluación de la calidad que incluya estándares de seguridad y condiciones en que fue rehabilitada e inaugurada la infraestructura ferroviaria.

- Que se suspenda el servicio ferroviario de este corredor hasta que no se garantice plenamente la seguridad de los usuarios y tripulantes.

- Que se realice una auditoría de costos y contratos, que incluya revisiones acerca del uso de recursos públicos, empresas responsables y posibles sobrecostos.

- Que se determine quién operaba y mantenía la vía, con qué protocolos y si existieron alertas previas, para definir posibles sanciones administrativas, legales o políticas en caso de omisiones o negligencias, conforme a la ley.

Casos como éste nos lastiman y no pueden seguir sucediendo, por lo que toda persona que resulte responsable de esta tragedia debe terminar en la cárcel.

México exige respuestas, apoyo a las víctimas y una investigación transparente y justa de parte de sus autoridades empezando desde la Presidencia de la República.

Ante ello, las y los mexicanos cuentan con Acción Nacional para defender el acceso a la verdad, la rendición de cuentas y garantizar nuestro derecho a la movilidad, con seguridad.

Por todo lo antes expuesto, las y los legisladores del Partido Acción Nacional sometemos a la consideración del pleno de la Comisión Permanente la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión expresa sus más sentidas condolencias a los familiares y seres queridos de las personas afectadas por el descarrilamiento del Tren Interoceánico en Nizanda, Oaxaca, acompañando con respeto y solidaridad a las familias en estos momentos de angustia y dolor.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exige al gobierno federal a que se realice una reparación integral del daño y que se brinde atención médica y psicológica a las víctimas, con una indemnización justa e inmediata y se garantice acompañamiento permanente a sus familias.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión demanda al gobierno federal que realice una investigación independiente e imparcial, para conocer a profundidad las causas concretas de la tragedia, que permita deslindar responsabilidades administrativas y penales, así como llevar ante la justicia a los posibles implicados.

Cuatro. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita a la Auditoría Superior de la Federación la realización de una auditoría para evaluar la calidad y las condiciones de operación del Tren Interoceánico, que incluya estándares de seguridad y las condiciones en que fue rehabilitada, inaugurada y operada la infraestructura ferroviaria, así como la revisión de los costos y los contratos asignados de la obra, para conocer el uso y destino de los recursos públicos ante posibles hechos de corrupción.

Quinto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión demanda la suspensión del servicio del Tren Interoceánico hasta que no se garantice plenamente la seguridad de los usuarios y tripulantes.

Sexto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión convoca a comparecer ante esta asamblea a los titulares de la entidad Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S. A. de C. V. y de la Secretaría de Marina, para que expliquen las condiciones de operación del Tren Interoceánico, la atención a las víctimas y familiares de la tragedia, así como conocer las acciones y obras realizadas anteriormente en el tramo donde sucedió el descarrilamiento.

Notas:

1 https://animalpolitico.com/estados/descarrilamiento-tren-interoceanico-13-perso nas-muertas-heridos y Aumentan a 14 las muertes por incidente en Tren Interoceánico

2 https://interoceanico.mx

3 CIIT — Proyectos México

4 https://www.reforma.com/descarrilan-y-matan-omisiones-tecnicas/ ar3128722

5 Ídem.

6 Ídem.

7 Ídem.

8 https://www.eluniversal.com.mx/periodismo-de-investigacion/asf-advirtio-mala-pl aneacion-en-linea-z-del-interoceanico/ y

https://emeequis.com/investigaciones/fraude-en-los-rieles-asf-de tecta-millonarias-irregularidades-en-linea-z-del-interoceanico/

9 https://x.com/CarlosLoret/status/1838806906174840874?s=20

10 “Ya cuando se descarrile va a ser otro p...”: la frase de “El Clan” que resuena tras descarrilamiento del Tren Maya.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo de  San Lázaro, a 7 de enero del 2026.– Diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



ACCIONES DE INVESTIGACIÓN, SANEAMIENTO Y PROTECCIÓN AL DERECHO HUMANO AL AGUA EN LA COMUNIDAD IXTACZOQUITLÁN DE VERACRUZ

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a realizar acciones de investigación, saneamiento y protección al derecho humano al agua en la comunidad Ixtaczoquitlán de Veracruz, a cargo del senador Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



ACCIONES Y MEDIDAS PARA PROTEGER, ATENDER Y RESOLVER LAS RECLAMACIONES, QUEJAS Y DENUNCIAS INTERPUESTAS POR LOS USUARIOS DE PRÉSTAMOS FELIZ, S.A. DE C.V. SOFOM

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Condusef, así como a la CNBV, a llevar a cabo las acciones y medidas necesarias que correspondan, para proteger, atender y resolver las reclamaciones, quejas y denuncias interpuestas por los usuarios de Prestamos Feliz, S.A. de C.V. SOFOM, por presunto fraude, cobros y descuentos indebidos, por concepto de los servicios de otorgamiento de crédito y cobro de intereses, principalmente a personas pensionadas adultas mayores, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



ESTRATEGIA METROPOLITANA INTEGRAL DE GESTIÓN HÍDRICA EN JALISCO

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de Jalisco, a diseñar e implementar una estrategia metropolitana integral de gestión hídrica, a cargo del senador Carlos Lomelí Bolaños, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



ACCIONES QUE FORTALEZCAN Y ACTUALICEN LA ESTRATEGIA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL MATRIMONIO INFANTIL, LAS UNIONES TEMPRANAS Y LAS UNIONES FORZADAS, EN COMUNIDADES INDÍGENAS Y ZONAS DE ALTA MARGINACIÓN EN CHIAPAS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de las entidades federativas de Chiapas, a instrumentar medidas e implementar acciones que fortalezcan y actualicen la estrategia de prevención, detección y erradicación del matrimonio infantil, las uniones tempranas y las uniones forzadas, particularmente en comunidades indígenas y zonas de alta marginación, a cargo del senador Emanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO A LA PROFECO, A FORTALECER MECANISMOS DE CONTROL SOBRE LOS COSTOS DE INSUMOS Y PROCEDIMIENTOS MÉDICOS COBRADOS POR HOSPITALES PRIVADOS, ASÍ COMO A SANCIONAR O CORREGIR SOBRECOSTOS O PRÁCTICAS ABUSIVAS

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a fortalecer los mecanismos de control, supervisión y vigilancia sobre los costos de insumos y procedimientos médicos cobrados por hospitales privados, así como a sancionar o corregir los sobrecostos, prácticas abusivas u onerosidad excesiva que se detecten, a fin de proteger los derechos de las y los consumidores, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE REFUERCE LA VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, PROTECCIÓN Y ESTÁNDARES DE SEGURIDAD DE LOS DATOS PERSONALES DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, ANTE RECIENTES VULNERACIONES DE SEGURIDAD DERIVADAS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO OBLIGATORIO DE LÍNEAS MÓVILES

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de la Administración Pública Federal, a reforzar la vigilancia, supervisión, protección y estándares de seguridad de los datos personales de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, ante recientes vulneraciones de seguridad derivadas de la implementación del registro obligatorio de líneas móviles, con fundamento en el marco constitucional, legal vigente, criterios de la SCJN y estándares internacionales en materia de protección de datos personales, a cargo de la senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE CONSIDERE CONVOCAR A LAS Y LOS ARTESANOS MEXICANOS, A QUE PRODUZCAN SUS ARTESANÍAS 100% AUTÉNTICAS CON ENFOQUE HACIA EL TURISMO DEL MUNDIAL DE FUTBOL 2026

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur, en coordinación con sus homólogas de las entidades federativas, a considerar convocar a las y los artesanos mexicanos, a que produzcan sus artesanías 100% auténticas con enfoque hacia el turismo del mundial de futbol 2026, a que se coordinen en un catálogo publicitario de piezas y consideren habilitar espacios de venta temporal en aeropuertos, tren maya y demás sitios de contacto turístico, para que también conozcan a México por medio de sus artesanías, a cargo de la senadora Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A LAS AUTORIDADES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A ESCLARECER, CORREGIR Y TRANSPARENTAR LAS CONDICIONES EN LAS QUE PERMANECEN LOS PERROS TRASLADADOS DEL REFUGIO FRANCISCANO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades de la CDMX a esclarecer, corregir y transparentar las condiciones en las que permanecen los perros trasladados del refugio franciscano, ante señalamientos de que fueron llevados por la autoridad a espacios donde continúan bajo condiciones de maltrato animal, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo

Consideraciones

En días recientes, autoridades de la Ciudad de México llevaron a cabo el aseguramiento de cientos de perros y otros animales que se encontraban en el inmueble conocido como Refugio Franciscano, tras documentarse condiciones graves de hacinamiento, insalubridad, negligencia y crueldad animal. Dicho operativo fue presentado públicamente como un acto de rescate y protección del bienestar animal.

Sin embargo, diversas denuncias públicas, testimonios de activistas y organizaciones defensoras de los derechos de los animales, así como declaraciones difundidas en medios de comunicación nacionales, han señalado que los perros asegurados por la autoridad no fueron trasladados a espacios que garanticen condiciones adecuadas de bienestar, sino a lugares donde persisten prácticas de maltrato animal, tales como hacinamiento, falta de atención médica veterinaria suficiente, carencias alimentarias, estrés extremo, y ausencia de protocolos claros de rehabilitación y adopción.

De acuerdo con lo expuesto en entrevistas y reportajes periodísticos, el traslado de los animales no resolvió de fondo la situación de sufrimiento, sino que, en algunos casos, sustituyó un espacio de maltrato por otro, ahora bajo la responsabilidad directa de autoridades públicas, lo cual agrava la situación al tratarse de seres sintientes cuyo cuidado y protección corresponde al Estado una vez que son asegurados.

Resulta particularmente preocupante que, pese a la intervención gubernamental, no se haya garantizado de manera inmediata y verificable que los sitios de resguardo cumplieran con estándares mínimos de bienestar animal, tales como espacio suficiente, condiciones sanitarias, atención veterinaria continua, alimentación adecuada, socialización, ni mecanismos efectivos de supervisión independiente.

El marco jurídico vigente en la Ciudad de México reconoce a los animales como seres sintientes, y establece obligaciones claras para las autoridades en materia de protección, prevención del maltrato y sanción de actos de crueldad. En este sentido, cualquier acción de aseguramiento o resguardo por parte del Estado debe traducirse en una mejora real de las condiciones de vida de los animales, y no en la prolongación o reproducción de situaciones de sufrimiento.

La omisión, negligencia o deficiente actuación de las autoridades responsables del resguardo temporal de los animales podría constituir una violación a las leyes de protección animal, así como una falta grave a los principios de legalidad, debida diligencia y responsabilidad administrativa, lo que hace indispensable la intervención del Poder Legislativo para exigir transparencia, rendición de cuentas y corrección inmediata de las irregularidades señaladas.

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional sostiene que la protección y el bienestar animal no pueden ser simulados ni utilizados como discurso, sino que deben traducirse en acciones reales, responsables y verificables por parte de las autoridades. Cuando el Estado interviene y asume la custodia de animales asegurados, adquiere una obligación reforzada de cuidado, la cual debe garantizar condiciones dignas, atención veterinaria oportuna y espacios adecuados que aseguren una mejora sustantiva en su calidad de vida.

Resulta inadmisible que una intervención gubernamental presentada como “rescate” derive en el traslado de animales a espacios donde continúan padeciendo maltrato, negligencia o abandono, ahora bajo responsabilidad directa de autoridades públicas. Ello no solo constituye una falla grave de política pública, sino que vulnera el marco legal vigente en materia de protección animal y los principios de legalidad, eficiencia y debida diligencia en el ejercicio del poder público.

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, así como a la Secretaría del Medio Ambiente, a la Fiscalía General de Justicia y a las demás autoridades competentes, a que informen de manera detallada, pública y verificable sobre los lugares a los que fueron trasladados los perros asegurados del denominado Refugio Franciscano, las condiciones en las que actualmente se encuentran y los protocolos de atención implementados.

Segundo. La Comisión Permanente exhorta a las autoridades de la Ciudad de México a que realicen de manera inmediata una revisión integral e independiente de las condiciones físicas, sanitarias y de bienestar animal en los sitios donde permanecen los perros trasladados, y que corrijan de forma urgente cualquier práctica u omisión que pueda constituir maltrato, negligencia o crueldad animal.

Tercero. La Comisión Permanente exhorta a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a que, en el ámbito de sus atribuciones, investigue posibles responsabilidades administrativas o penales derivadas de que los animales asegurados por la autoridad hayan sido colocados o mantenidos en condiciones contrarias a la legislación de protección animal.

Cuarto. La Comisión Permanente exhorta a las autoridades capitalinas a que establezcan mecanismos de supervisión permanente y transparente, con participación de organizaciones especializadas y médicos veterinarios independientes, para garantizar el bienestar, la rehabilitación y la eventual adopción responsable de los animales rescatados.

Quinto. La Comisión Permanente exhorta a las autoridades de la Ciudad de México a que rindan un informe periódico ante esta soberanía sobre el estado de salud, número de animales atendidos, tratamientos médicos, fallecimientos, adopciones y recursos públicos destinados al resguardo de los perros asegurados.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



CAMPAÑA NACIONAL DE REVISIÓN PREVENTIVA DE TANQUES DE GAS LP Y DE INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE FUGAS, EXPLOSIONES E INCENDIOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a implementar una campaña nacional de revisión preventiva de tanques de gas LP y de información a la población para la prevención de fugas, explosiones e incendios, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo

Consideraciones

En México, los incidentes relacionados con el gas licuado de petróleo (gas LP) representan un riesgo significativo para la seguridad pública, la vida y la integridad física de la población. Las fugas, incendios y explosiones derivadas del manejo, almacenamiento, transporte o uso doméstico de gas LP son causas frecuentes de emergencias en zonas urbanas y rurales. De acuerdo con análisis oficiales, entre 2003 y 2021 se registraron diversos eventos por gas LP, donde las fugas representaron aproximadamente el 34 % de los casos, seguida de explosiones e incendios, lo que demuestra la persistencia de este problema a lo largo del tiempo.

En el ámbito urbano, la Ciudad de México es un ejemplo emblemático del impacto de estos incidentes: el Heroico Cuerpo de Bomberos capitalino reportó más de 11 mil intervenciones en 2024 por fugas o explosiones de gas LP y gas natural, con un promedio de 31 acciones diarias para mitigar estos riesgos. En la última década, esa misma corporación atendió más de 108 mil emergencias relacionadas con fugas de gas en viviendas y establecimientos, lo que significa que en promedio ocurre un incidente de este tipo cada 50 minutos.

Los peligros inherentes al gas LP no se limitan a incidentes menores: tragedias de gran escala han marcado la historia del país. La explosión en San Juan Ixhuatepec (Estado de México, 1984) dejó oficialmente más de 500 personas fallecidas, miles de lesionadas y miles de viviendas destruidas, siendo uno de los desastres industriales más graves en la historia moderna de México. En años recientes, accidentes con pipas de gas LP han vuelto a poner de manifiesto la vulnerabilidad de la población: un siniestro en Iztapalapa en septiembre de 2025, donde una pipa que transportaba cerca de 49,500 litros de gas LP volcó y explotó en un intercambiador vial, causó decenas de muertos y más de 90 heridos, evidenciando la necesidad de mayor prevención y supervisión en el transporte de combustibles peligrosos.

Estudios técnicos y reportes de cuerpos de emergencia han identificado que una proporción significativa de accidentes con gas LP está asociada a mantenimiento inadecuado, instalaciones deficientes, tanques y cilindros en mal estado, así como a fallas en las conexiones domésticas, lo que incrementa la probabilidad de fugas o inflamaciones repentinas en los hogares mexicanos.

La revisión, mantenimiento y supervisión de los equipos que contienen gas LP, incluyendo tanques estacionarios, cilindros portátiles y conexiones residenciales, es una medida preventiva esencial para reducir la ocurrencia de estos accidentes. Sin embargo, actualmente no existe una campaña nacional estandarizada y coordinada que instruya a la población sobre prácticas seguras de uso y mantenimiento de estos equipos, ni mecanismos permanentes de inspección voluntaria accesibles a la ciudadanía.

Las autoridades competentes en materia de energía, seguridad y protección civil en México son diversas y con atribuciones específicas:

• La Secretaría de Energía (Sener) es la dependencia encargada de formular la política energética del país y supervisar las actividades relacionadas con la producción, almacenamiento y distribución de gas LP.

• La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (Asea), bajo la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), supervisa el cumplimiento de normas en toda la cadena de hidrocarburos para garantizar la seguridad operativa y ambiental.

• El Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc), en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, promueve la gestión integral del riesgo y la prevención de desastres, incluidas campañas de información y capacitación comunitaria.

• Los cuerpos de bomberos y las secretarías de seguridad pública locales juegan un papel esencial en la atención inmediata de emergencias derivadas de fugas o explosiones de gas.

Dada la magnitud de los riesgos asociados al uso del gas LP y ante la ausencia de una estrategia de prevención ciudadana estandarizada a nivel nacional, resulta imperativo implementar una campaña permanente e integral de revisión de tanques y equipos de gas, así como de difusión de información clara para la población sobre cómo detectar fugas oportunamente, medidas de mantenimiento, protocolos de seguridad y respuesta ante emergencias.

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía (Sener), y a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñen, coordinen e implementen una campaña nacional permanente de revisión preventiva, mantenimiento y verificación de tanques estacionarios, cilindros portátiles e instalaciones domésticas de gas licuado de petróleo (gas LP), con el objetivo de reducir riesgos, prevenir fugas, explosiones e incendios, y salvaguardar la vida y la integridad de la población.

Segundo. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión exhorta al Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC), en coordinación con las unidades estatales y municipales de protección civil, a que implemente una campaña nacional de información, prevención y capacitación dirigida a la ciudadanía, que incluya materiales impresos, digitales y audiovisuales, mediante los cuales se informe de manera clara y accesible cómo detectar una fuga de gas, cuáles son las señales de riesgo, qué medidas preventivas deben adoptarse en los hogares y comercios, y qué acciones deben realizarse de manera inmediata ante una emergencia.

Tercero. La Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como a las secretarías de seguridad pública de las entidades federativas, a fortalecer la coordinación con los cuerpos de bomberos, protección civil y autoridades municipales, a fin de reforzar los protocolos de atención inmediata de emergencias relacionadas con fugas, incendios y explosiones de gas LP, así como la capacitación continua del personal de primera respuesta.

Cuarto. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuerce las acciones de vigilancia, inspección y orientación a consumidores respecto de la venta, distribución y condiciones de seguridad de tanques, cilindros, válvulas y conexiones de gas LP, garantizando que dichos productos cumplan con la normatividad vigente y con estándares mínimos de seguridad.

Quinto. La Comisión Permanente exhorta a los gobiernos de las entidades federativas y a los municipios a que, en el marco de sus facultades, implementen campañas locales de revisión voluntaria de instalaciones de gas en viviendas, escuelas, mercados y establecimientos comerciales, priorizando zonas de alta densidad poblacional o con antecedentes de incidentes relacionados con gas LP.

Sexto. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Energía y a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente a que rindan un informe público anual sobre las acciones realizadas en materia de prevención de accidentes por gas LP, que incluya estadísticas nacionales y por entidad federativa sobre incidentes, revisiones efectuadas, campañas de difusión implementadas y resultados obtenidos en la reducción de riesgos.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE ADOPTEN MEDIDAS Y SE TRANSPARENTEINFORMACIÓN PARA MITIGAR EL ALTO PRECIO DE LAS GASOLINAS EN MÉXICO, PARTICULARMENTE POR SU ELEVADA CARGA FISCAL Y COSTOS LOGÍSTICOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a adoptar medidas y transparentar información para mitigar el alto precio de las gasolinas en México, particularmente por su elevada carga fiscal y costos logísticos, a fin de proteger el poder adquisitivo de las familias y la competitividad productiva, así como a informar sobre los resultados del acuerdo de estabilización del precio de la gasolina regular, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo

Consideraciones

Diversos análisis recientes han advertido que México registra el precio promedio de la gasolina regular más alto entre los diez países con mayor consumo a nivel mundial. De acuerdo con información publicada por El Economista, el precio promedio nacional alcanzó los 23.37 pesos por litro en diciembre de 2025, superando de manera significativa a economías comparables como Brasil, donde el precio promedio fue de 20.13 pesos; Japón, con 18.16 pesos; India, con 17.62 pesos; Canadá, con 16.72 pesos; China, con 14.74 pesos; y Estados Unidos, con 13.66 pesos por litro. Esta situación evidencia una problemática estructural que afecta directamente a la economía de las familias mexicanas y a la competitividad del país.

El precio final de la gasolina en México se explica, en buena medida, por la elevada carga fiscal que recae sobre este combustible. La misma fuente señala que por cada litro de gasolina las y los consumidores pagan el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto

Especial sobre Producción y Servicios, alcanzando una carga estimada de 10.28 pesos por litro, la más alta entre los principales países consumidores de gasolina. Este hecho demuestra que el debate sobre el alto precio de los combustibles no puede reducirse únicamente a factores internacionales, sino que exige una revisión seria y responsable del diseño fiscal aplicado a los combustibles y de su impacto social, productivo e inflacionario.

Asimismo, se ha documentado un incremento sostenido del IEPS aplicable a la gasolina regular, sin que existan mecanismos suficientes de contención para proteger a las y los consumidores. En diciembre de 2025, el monto del IEPS ascendía a 6.46 pesos por litro, además del IVA correspondiente; sin embargo, para 2026 dicha cuota fue actualizada conforme a la inflación, elevándose a 6.70 pesos por litro, de acuerdo con información de El Economista.

A ello se suma que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinó que del 1 al 9 de enero de 2026 el estímulo fiscal al IEPS para gasolinas y diésel fuera del 0%, lo que implicó la ausencia total de apoyo temporal para amortiguar el impacto del aumento de precios al consumidor, según reportes del Grupo Milenio.

La gasolina no constituye un bien aislado dentro de la economía, sino un insumo transversal que incide directamente en la estructura de costos del transporte de mercancías, del transporte público y de los servicios en general, con efectos directos sobre la inflación. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía informó que durante la primera quincena de diciembre de 2025 los energéticos y tarifas autorizadas por el gobierno registraron variaciones al alza, mientras que la inflación anual se ubicó en 3.72%. Mantener combustibles estructuralmente caros reduce el ingreso disponible de los hogares, presiona a las micro, pequeñas y medianas empresas, encarece la producción agropecuaria y afecta negativamente a las cadenas logísticas del país.

Desde una postura crítica y responsable, el Partido Revolucionario Institucional considera inaceptable que, en un país productor de petróleo y con una empresa productiva del Estado, el precio de la gasolina al público se sostenga a partir de una combinación de alta carga fiscal, dependencia de importaciones, elevados costos logísticos y márgenes poco transparentes. Lo anterior se agrava cuando el gobierno recurre a mecanismos discrecionales o a “acuerdos” de estabilización sin una rendición de cuentas clara y exhaustiva. Durante 2025 se informó de la implementación de un tope “voluntario” cercano a los 24 pesos por litro para la gasolina regular como medida para contener presiones inflacionarias, lo que evidencia que el mercado no ha logrado condiciones reales de competencia y eficiencia, y que se han privilegiado medidas coyunturales por encima de soluciones estructurales de fondo, como lo ha documentado el diario El País.

En este contexto, resulta indispensable fortalecer la transparencia y adoptar medidas focalizadas que protejan a las personas consumidoras. La ciudadanía tiene derecho a conocer, con datos verificables, qué proporción del precio final de los combustibles corresponde a impuestos, cuál deriva de la referencia internacional, del tipo de cambio, de los costos de logística y almacenamiento, y de los márgenes comerciales. Asimismo, es fundamental que la información generada a partir de herramientas como el sitio “Quién es quién en el precio de la gasolina”, que se nutre de datos reportados a la autoridad regulatoria, se traduzca en acciones efectivas de supervisión, regulación y protección al consumidor, y no permanezca únicamente como un ejercicio informativo sin consecuencias prácticas.

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en un plazo no mayor a 30 días naturales, remita un informe público y desagregado sobre la conformación del precio de la gasolina regular, premium y diésel en México, que incluya, al menos: (i) carga fiscal efectiva (IEPS e IVA), (ii) criterios para actualizar cuotas, (iii) criterios para otorgar o retirar estímulos (incluyendo el periodo en que se aplicó 0% al inicio de 2026), y (iv) alternativas de política pública para mitigar el impacto en hogares, y transporte.

Segundo. La Comisión Permanente exhorta a la SHCP para que evalúe, con enfoque de justicia social y competitividad, mecanismos temporales y focalizados que amortigüen el costo del combustible en actividades estratégicas (transporte público, logística de alimentos y bienes básicos, y actividades productivas prioritarias), garantizando transparencia, temporalidad y evaluación de resultados.

Tercero. La Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Energía y a Petróleos Mexicanos para que presenten un informe integral sobre: (i) el grado de dependencia de importaciones de gasolinas, (ii) costos logísticos y de distribución, (iii) avances verificables en eficiencia de refinación y abastecimiento, y (iv) medidas concretas para reducir costos estructurales que hoy se trasladan al consumidor.

Cuarto. La Comisión Permanente exhorta a la Profeco para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca la supervisión y publiquen reportes periódicos de márgenes y variaciones atípicas por región, a fin de evitar prácticas abusivas y proteger a las personas consumidoras, utilizando los datos oficiales disponibles.

Quinto. La Comisión Permanente solicita a la SHCP y a la Sener informar los resultados, cumplimiento y metodología de evaluación del acuerdo de estabilización del precio de la gasolina regular (incluyendo cobertura regional, costos asociados y efectos en precios), y, en su caso, las medidas correctivas para asegurar que no se convierta en un esquema discrecional sin rendición de cuentas.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



ACCIONES DE MANTENIMIENTO, REHABILITACIÓN Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, A FIN DE GARANTIZAR ESPACIOS SEGUROS, DIGNOS E INCLUSIVOS EN LOS PLANTELES ESCOLARES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP, a la SHCP y a la autoridad educativa de los 32 estados de la República Mexicana, a realizar las acciones de mantenimiento, rehabilitación y mejora de la infraestructura educativa, a fin de garantizar espacios seguros, dignos e inclusivos en los planteles escolares, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, de la Comisión Permanente del primer receso del segundo año Legislativo de la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y la regla Décima Sexta de las Reglas Básicas que regirán las Sesiones y Trabajos de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, durante el Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LXVI Legislatura, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo

Exposición de Motivos

El desarrollo integral de una sociedad se sustenta no solo en el trabajo, la confianza y la certidumbre, sino también en contar con infraestructura adecuada que permita a las nuevas generaciones aprender en condiciones dignas y seguras. La educación es un pilar fundamental para el crecimiento del país, y ello requiere espacios escolares que garanticen calidad, seguridad y equidad para todas y todos los estudiantes.

En este sentido, el Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a recibir educación, y que el Estado debe impartir educación obligatoria, laica, gratuita y de calidad, garantizando equidad y permanencia en el sistema educativo.

No obstante, en México persisten deficiencias significativas en la infraestructura de los planteles educativos, que evidencian un rezago estructural que afecta directamente la calidad de la educación.

La infraestructura educativa en México es responsabilidad compartida: la SEP establece políticas, lineamientos y financiamiento; las autoridades estatales administran y supervisan la ejecución física de los planteles; y los municipios contribuyen con el mantenimiento menor y servicios básicos, garantizando así escuelas seguras y adecuadas para todas y todos los estudiantes.

De conformidad con los artículos 119 y 120 de la Ley General de Educación, la responsabilidad sobre la infraestructura educativa se ejerce de manera concurrente entre la Federación y las entidades federativas. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública establecer los criterios, lineamientos técnicos y de seguridad, así como asignar y supervisar el uso de los recursos federales destinados a la construcción, mantenimiento y equipamiento de los planteles educativos. Por su parte, las autoridades educativas estatales y municipales tienen a su cargo la planeación, ejecución y supervisión de las obras de infraestructura en su territorio, en coordinación con la Federación, garantizando que las escuelas cuenten con espacios seguros y adecuados para el desarrollo del proceso educativo.

De acuerdo con algunos datos oficiales, un estudio del ahora extinto Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) indicaba que, a nivel nacional, 29% de las escuelas públicas de educación básica presentan daños estructurales; además, un porcentaje significativo carece de servicios básicos como drenaje, agua potable y electricidad.”

Según análisis del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), aunque se destinarán alrededor de 1.2 billones de pesos a educación en 2026, esto representa apenas el 4% del Producto Interno Bruto (PIB), una proporción por debajo de los estándares internacionales recomendados (5% de la OCDE) y muy lejos del 8% del PIB que marca la propia Ley General de Educación para garantizar el derecho a la educación.

Esta situación afecta principalmente a las comunidades con mayor rezago, donde las escuelas dependen en gran medida del financiamiento federal para garantizar condiciones dignas y seguras. La falta de infraestructura adecuada repercute negativamente en el proceso de enseñanza y aprendizaje, en la seguridad de estudiantes y docentes, y en la calidad de la educación pública.

Aunado a lo anterior, diversos datos internacionales demuestran la relevancia de contar con un presupuesto adecuado para la infraestructura de escuelas públicas, señalando que una inversión consistente y bien administrada se traduce en mejores condiciones educativas, mayor seguridad y un entorno propicio para el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes. Estas conclusiones se sustentan en informes y recomendaciones de organismos internacionales, como la UNICEF, la UNESCO y la OCDE, que han documentado que la calidad de la infraestructura escolar influye directamente en el aprendizaje, la retención escolar y el bienestar general de los estudiantes.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) ha señalado que aumentar la inversión en infraestructura (incluyendo la educativa) y el gasto en la educación, sería un impulso para mejorar el crecimiento económico.

La UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) menciona: La educación es una inversión, no un gasto y destaca que cada dólar invertido en la educación puede generar hasta 15 dólares en beneficios económicos a largo plazo (por mayor productividad, ingresos y crecimiento) y que cada año adicional de escolarización aumenta los ingresos personales de alrededor de 9 y 10%.

Adicionalmente, es importante considerar que México es un país altamente expuesto a desastres naturales debido a su ubicación geográfica y condiciones climáticas. A lo largo de los años, fenómenos como terremotos y huracanes han dejado una huella profunda en la infraestructura física de las escuelas, afectando no solo los edificios como estructuras, sino también el derecho de niñas, niños y jóvenes a una educación segura y continua. Esta vulnerabilidad refuerza la necesidad de contar con programas sólidos de inversión, mantenimiento y supervisión de la infraestructura educativa, que garanticen tanto la seguridad como la calidad del entorno escolar.

En 2017, un sismo de magnitud 7.2 sacudió el estado de Oaxaca y zonas aledañas, generando daños significativos en numerosos edificios, incluidas escuelas públicas cuya estructura quedó comprometida y requirió reparaciones profundas para garantizar la seguridad de la comunidad educativa. Los efectos de este terremoto dejaron secuelas que se prolongaron durante años, afectando a más de 19,000 escuelas, muchas de ellas con daños severos o moderados que aún no han sido completamente atendidos.

Recientemente, el pasado 7 de enero, se registró un sismo de magnitud 6.5 en San Marcos, Guerrero. Aunque ocurrió durante el período vacacional, la infraestructura escolar sigue viéndose afectada, lo que pone de manifiesto la persistente vulnerabilidad de las escuelas ante fenómenos sísmicos.

Asimismo, otros eventos naturales recientes han evidenciado la fragilidad de la infraestructura educativa. Por ejemplo, el huracán Priscilla, ocurrido el pasado 28 de noviembre de 2025, provocó afectaciones significativas en Hidalgo, donde las autoridades educativas informaron que 16 escuelas necesitarían ser reconstruidas tras las intensas lluvias, según datos que revelo la Secretaria de Educación Pública del Estado de Hidalgo.

El programa “ La Escuela es Nuestra” (LEEN), impulsado por la Secretaría de Educación Pública (SEP) como estrategia para promover el mantenimiento, rehabilitación y equipamiento de escuelas públicas en México, y creado en 2019, por Morena, ha sido objeto de críticas y cuestionamientos por su falta de regulación efectiva y ausencia de mecanismos claros de control y rendición de cuentas.

Estas deficiencias han sido documentadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), que detectó irregularidades por más de 573 millones de pesos en la cuenta pública 2020, pues no hubo evidencia suficiente de que los recursos hubieran sido usados para las obras de infraestructura y equipamiento que se supone debían atender.

Aunque el programa declara como objetivo prioritario la entrega directa de recursos a comités escolares para atender las necesidades de infraestructura educativa, su operación ha revelado importantes deficiencias estructurales que comprometen su eficacia y el cumplimiento de los fines establecidos.

Diversos actores, incluyendo organizaciones de la sociedad civil, legisladores y órganos fiscalizadores, han señalado que carece de un marco regulatorio sólido que asegure la correcta administración y aplicación de los recursos públicos destinados a la mejora de la infraestructura escolar. Esta situación genera incertidumbre respecto a la transparencia, rendición de cuentas y efectividad del programa, y evidencia la necesidad de establecer mecanismos normativos y de supervisión que garanticen un uso eficiente y responsable de los recursos públicos.

Diversos estudios internacionales, como el 21st Century School Fund (2010), señalan que la infraestructura educativa de calidad mejora los resultados de aprendizaje, reduce el ausentismo escolar y fortalece la motivación tanto de estudiantes como de docentes. Cuando las instalaciones son precarias, el proceso educativo se ve afectado negativamente, limitando el impacto de la inversión educativa y profundizando las brechas de desigualdad, especialmente en comunidades vulnerables.

En consecuencia, resulta indispensable fortalecer los mecanismos de inversión, supervisión y mantenimiento de la infraestructura educativa, garantizando que cada escuela proporcione un entorno seguro y propicio para el aprendizaje, especialmente en comunidades vulnerables.

También es evidente la necesidad de contar con mayores recursos presupuestales para la prevención, el mantenimiento y la reconstrucción de escuelas. La falta de inversión suficiente no solo retrasa la rehabilitación de los espacios educativos, sino que también afecta el derecho de niñas, niños y jóvenes a recibir educación en condiciones seguras y dignas, profundizando las desigualdades existentes en el país.

Por lo antes expuesto es que, me permito someter a la consideración del pleno, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, así como a las autoridades educativas de las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y en un plazo no mayor a noventa días naturales, a partir de la aprobación del presente exhorto; elaboren y hagan llegar al H. Congreso de la Unión, un diagnóstico actualizado, desagregado y homologado sobre el estado que guarda la infraestructura de los planteles de educación pública en el país, que incluya al menos: las condiciones de seguridad estructural; la disponibilidad y funcionamiento de servicios básicos; el grado de accesibilidad para personas con discapacidad; se identifiquen los planteles en zonas de alto riesgo o alta marginación; y los niveles de atención prioritaria para su intervención.

Segundo.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en coordinación con las autoridades educativas de las 32 entidades federativas y respetando el marco de distribución de competencias y las disposiciones presupuestarias aplicables, fortalezcan los mecanismos de planeación y coordinación intergubernamental orientados a priorizar la asignación de recursos públicos destinados al mantenimiento, rehabilitación y equipamiento de la infraestructura educativa, privilegiando a los planteles con mayor rezago estructural, ubicados en zonas rurales, indígenas o de alta marginación, así como aquellos afectados por fenómenos naturales recientes.

Tercero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública a que fortalezca los mecanismos de transparencia, seguimiento y rendición de cuentas de los programas federales destinados a la infraestructura educativa, prioritariamente el denominado como La Escuela es Nuestra, a fin de garantizar el uso eficiente y verificable de los recursos públicos, atendiendo todas las observaciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación.

Notas:

1 https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/3f9a47cc-efd9-4724-83e4-0bb488 4af388/ley_general_educacion.pdf

2 https://animalpolitico.com/sociedad/escuelas-carencias-infraestructura

3 https://imco.org.mx/wp-content/uploads/2025/10/Paquete-economico-%C2%BFHay-inve rsion-en-educacion.pdf

4 https://elpais.com/economia/2025-10-08/el-fmi-aconseja-aumentar-la-inversion-en -infraestructuras-y-el-gasto-educativo-para-acelerar-el-crecimiento.html

5 https://www.unesco.org/es/education-financing/need-know?utm_s ource

6 https://lasillarota.com/hidalgo/estado/2025/11/28/deberan-reconstruirse-16-escu elas-tras-intensas-lluvias-seph-571418.html

7 https://forbes.com.mx/politica-irregularidades-en-la-escuela-es-nuestra-por-573 -mdp-no-dan-evidencia-sobre-gastos

8 https://www.caf.com/es/actualidad/noticias/la-importancia-de-tener-una-buena-in fraestructura-escolar

Salón de sesiones de la comisión Permanente, Palacio Legislativo de San Lázaro a 14 de enero 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE INFORME Y TRANSPARENTE LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL PREDIO DONDE OPERABA EL REFUGIO FRANCISCANO, Y SE RINDA UN INFORME SOBRE EL ESTADO, RESGUARDO Y DESTINO DE LOS ANIMALES RESCATADOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a informar y transparentar la situación jurídica del predio donde operaba el “refugio franciscano”, y a rendir un informe público sobre el estado, resguardo y destino de los animales rescatados, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo

Consideraciones

En las últimas semanas se ha generado amplia preocupación social por los hechos ocurridos en torno al Refugio Franciscano A.C., ubicado en el kilómetro 17.5 de la carretera México—Toluca, a la altura de la colonia Lomas de Vista Hermosa, en la alcaldía Cuajimalpa, Ciudad de México.

La situación del predio se encuentra vinculada a un conflicto judicial por la posesión del inmueble. De acuerdo con reportes periodísticos, el Juzgado 60 Civil resolvió una demanda de recuperación del predio a favor de la Fundación Antonio Haghenbeck y de la Lama, I.A.P., lo que derivó en actuaciones para la entrega del inmueble.

Sin embargo, en diciembre de 2025 se reportó el desalojo del personal del inmueble, en cumplimiento de una sentencia, y se estableció que los animales permanecerían bajo resguardo de la parte actora, con supervisión de autoridades competentes; incluso se menciona la aplicación de la Ley de Protección a los Animales para garantizar obligaciones de cuidado.

El pasado 7 de enero de 2026 se ejecutó un operativo de cateo y aseguramiento del sitio, reportado como coordinado por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT); asimismo, se informó la participación de la Brigada de Vigilancia Animal (BVA). En cuanto a los animales, la información pública difundida por autoridades y medios indica un registro preliminar de 936 perros y gatos, y que 798 presentaban afectaciones compatibles con maltrato o crueldad, según dictámenes periciales; además, se documentaron condiciones de hacinamiento severo, falta de ventilación, ausencia de luz natural y acumulación de heces y orina.

También se ha reportado que, derivado del estado de salud, 21 animales fallecieron y 57 permanecieron hospitalizados bajo pronóstico reservado, y que los animales fueron canalizados progresivamente a instalaciones gubernamentales, incluyendo sedes asociadas a la BVA, y un hospital veterinario (se menciona Iztapalapa), así como espacios de la autoridad ambiental.

A pesar de la relevancia pública del caso, persiste incertidumbre ciudadana sobre dos elementos centrales: a) el estatus jurídico-administrativo del predio y el alcance de las determinaciones judiciales, y b) el destino, ubicación actual, condiciones de resguardo, atención veterinaria y trazabilidad individual de los animales retirados, así como los criterios y mecanismos para su adopción, seguimiento o reintegración conforme al interés superior de su bienestar.

Por lo anterior, resulta indispensable que las autoridades competentes transparenten con precisión las actuaciones realizadas, el fundamento jurídico y el estado actual de los procedimientos; y, paralelamente, emitan un informe público verificable sobre la totalidad de animales rescatados, con datos desagregados y mecanismos de seguimiento, a fin de garantizar rendición de cuentas, certeza jurídica y bienestar animal.

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional sostiene que la protección del bienestar animal debe realizarse con pleno respeto al Estado de derecho, garantizando que toda actuación de la autoridad esté debidamente fundada y motivada, y que se privilegie en todo momento el interés superior de los animales, evitando decisiones improvisadas, opacas o carentes de sustento técnico.

Para el PRI, la defensa de los animales no puede ni debe estar sujeta a la discrecionalidad, ni utilizarse con fines mediáticos o políticos. Por el contrario, exige instituciones responsables, procedimientos claros, rendición de cuentas y transparencia absoluta, tanto en la ejecución de resoluciones judiciales como en el manejo y resguardo de los animales asegurados.

Punto de Acuerdo

Primero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta, de manera respetuosa, a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) para que remita a esta Soberanía un informe público sobre la carpeta(s) de investigación relacionada(s) con el, precisando la fecha de inicio (reportada a partir de denuncias desde diciembre de 2025), las diligencias realizadas, el fundamento del cateo/aseguramiento, y el estado procesal actual de las investigaciones.

Segundo.- La Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSC) a que informe sobre el operativo implementado en el predio, incluyendo el número de elementos participantes, las áreas que intervinieron –incluida la Brigada de Vigilancia Animal (BVA)–, los protocolos de actuación utilizados para el retiro y traslado de animales, y las medidas adoptadas para salvaguardar la integridad de manifestantes y personal involucrado.

Tercero.- La Comisión Permanente exhorta a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) a que rinda un informe sobre su participación, las inspecciones o valoraciones realizadas, las determinaciones emitidas respecto a condiciones de bienestar animal y habitabilidad del sitio, y las acciones de seguimiento que se llevarán a cabo para verificar el resguardo y la atención de la totalidad de animales trasladados.

Cuarto.- La Comisión Permanente exhorta a la Alcaldía Cuajimalpa de Morelos a que informe sobre las actuaciones administrativas locales relacionadas con el predio y, en su caso, las gestiones de coordinación para reubicación, apoyo logístico o vinculación con organizaciones, conforme se reportó desde diciembre de 2025, a fin de clarificar el papel de la autoridad territorial en la atención del caso.

Quinto.- La Comisión Permanente exhorta a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México a que publique un informe consolidado y actualizado que detalle, por lo menos, el número total de animales rescatados (936), su clasificación general, el estado clínico (incluyendo el dato reportado de 798 con afectaciones compatibles con maltrato, así como los reportes de fallecimientos y hospitalizaciones), el lugar de resguardo actual, y el plan de atención veterinaria, rehabilitación y destino final, garantizando trazabilidad y transparencia.

Sexto.- La Comisión Permanente exhorta a las autoridades competentes de la Ciudad de México a que, en el ámbito de sus atribuciones, clarifiquen públicamente el estatus jurídico del predio, incluyendo el alcance de la resolución referida del Juzgado 60 Civil, la situación de la posesión y custodia del inmueble, y las obligaciones de resguardo establecidas en torno a los animales, a fin de evitar desinformación y garantizar certeza a la ciudadanía.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



PAGO PUNTUAL DE SALARIOS Y PRESTACIONES ADEUDADOS AL PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, por conducto de la SHCP y de la SRE, a atender de manera inmediata y prioritaria el pago puntual de salarios y prestaciones adeudados al personal del servicio exterior mexicano, garantice su regularización y establezca mecanismos permanentes de revisión y actualización salarial, suscrito por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El Servicio Exterior Mexicano (SEM) constituye uno de los pilares fundamentales del Estado mexicano en su proyección internacional. A través de su red diplomática y consular, el SEM protege los derechos e intereses de México y de millones de personas mexicanas en el exterior; promueve la cooperación internacional, el comercio, la inversión y el turismo; atiende emergencias, gestiona crisis, defiende connacionales en situación de vulnerabilidad y representa al país ante gobiernos y organismos internacionales.

La labor que desempeña el personal del SEM no sólo es estratégica para la política exterior del Estado mexicano, sino esencial para la protección de derechos humanos, la asistencia consular, la diplomacia económica y cultural, así como para la preservación de la imagen y credibilidad internacional de México. Su trabajo se realiza, además, en condiciones particularmente exigentes: fuera del territorio nacional, sujetos a legislaciones extranjeras, con costos de vida elevados y con una alta exposición a riesgos económicos, sociales y personales.

No obstante esta relevancia institucional, en fechas recientes se ha hecho del conocimiento público, a través de una carta dirigida directamente a la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo, que más de mil personas integrantes del Servicio Exterior Mexicano se encuentran laborando en el extranjero sin haber recibido el pago correspondiente a su salario mensual, ni las prestaciones a las que legalmente tienen derecho.

De acuerdo con la información proporcionada por el propio personal del SEM, los recursos necesarios para cubrir dichas remuneraciones se encontraban debidamente contemplados en el Presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2026. Asimismo, señalan que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público había considerado los montos correspondientes y que la Dirección del Servicio Exterior Mexicano había comunicado que el pago se realizaría con un retraso de ocho días, situación que, a la fecha, no se ha subsanado.

La falta de pago oportuno de salarios no constituye un hecho menor ni una simple irregularidad administrativa. Se trata de una vulneración directa a los derechos laborales de las y los servidores públicos del Estado mexicano, así como de un incumplimiento de las obligaciones básicas del empleador público. Esta situación adquiere una gravedad mayor cuando se considera que el personal afectado se encuentra fuera del país, sin las redes de apoyo social y familiar con las que podría contar en territorio nacional.

El impago de salarios coloca al personal del SEM en una situación de vulnerabilidad económica inmediata. Sin ingresos oportunos, se ven imposibilitados para cubrir gastos indispensables como renta de vivienda, colegiaturas de hijas e hijos, servicios básicos, alimentación, atención médica y la atención de emergencias. En muchos países, además, el acceso al crédito o al endeudamiento para personas extranjeras es limitado o inexistente, lo que agrava aún más las consecuencias del retraso salarial.

A esta problemática coyuntural se suma una situación estructural de rezago salarial. El propio personal del SEM ha señalado que sus salarios no han sido revisados ni actualizados de manera integral desde hace más de veinticinco años. En particular, en la rama técnico-administrativa, este estancamiento salarial ha provocado que, en diversas adscripciones, los ingresos se ubiquen por debajo de la línea de pobreza, aun cuando se trata de personas que representan formalmente al Estado mexicano en el exterior.

La combinación de salarios rezagados, ausencia de actualización conforme al costo de vida en los países de adscripción y retrasos en el pago oportuno constituye un escenario incompatible con los principios de dignidad laboral, eficiencia del servicio público y responsabilidad institucional. Resulta incongruente exigir profesionalismo, lealtad y alto desempeño a quienes sostienen la presencia internacional de México, mientras se les priva del cumplimiento puntual de sus derechos laborales más elementales.

Además, estas omisiones tienen un impacto directo en la operación del Estado mexicano en el exterior. La incertidumbre económica y la precarización laboral afectan la moral, la estabilidad y la capacidad operativa del personal diplomático y consular, poniendo en riesgo la calidad de los servicios que se prestan a la comunidad mexicana en el extranjero y el cumplimiento de los compromisos internacionales del país.

Por ello, resulta indispensable que el Ejecutivo Federal actúe de manera inmediata y coordinada para regularizar los pagos adeudados, garantizar la puntualidad en las remuneraciones futuras y establecer mecanismos permanentes de revisión y actualización salarial del Servicio Exterior Mexicano, acordes con la inflación, el costo de vida en las distintas adscripciones y la relevancia estratégica de sus funciones.

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en ejercicio de su función de control político y de representación de los intereses nacionales, no puede permanecer omisa ante una situación que vulnera derechos laborales, debilita la política exterior del Estado y afecta la dignidad de quienes sirven a México fuera de sus fronteras.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, realice de manera inmediata el pago íntegro y puntual de los salarios y prestaciones adeudados al personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentra laborando en el extranjero, y garantice la regularización permanente y la puntualidad futura de dichas remuneraciones.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que establezcan un mecanismo integral, periódico y transparente de revisión y actualización salarial del Servicio Exterior Mexicano, en particular del personal técnico-administrativo, considerando el rezago acumulado de más de veinticinco años y el costo de vida en las distintas adscripciones en el exterior.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A FORTALECER ACCIONES DE PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ATENCIÓN DE ACCIDENTES DE MOTOCICLISTAS, Y COMBATIR LA IMPUNIDAD EN CASOS DE VIOLENCIA VIAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades federales y a las entidades federativas a fortalecer de manera coordinada las acciones de prevención, sanción y atención de accidentes de motociclistas a nivel nacional, así como a combatir la impunidad en casos de violencia vial, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Consideraciones

En los últimos años, el uso de la motocicleta como medio de transporte y como herramienta de trabajo ha crecido de manera acelerada en todo el territorio nacional, impulsado por factores económicos, de movilidad urbana y por la expansión de servicios de mensajería y reparto. Sin embargo, este incremento no ha sido acompañado por una política nacional integral de seguridad vial que garantice condiciones adecuadas de protección para las personas motociclistas, quienes se encuentran entre los usuarios más vulnerables de las vías públicas.

Los accidentes de motocicleta representan una de las principales causas de lesiones graves y fallecimientos derivados de hechos de tránsito en el país.

La escasa protección física del vehículo, el exceso de velocidad, la falta de uso de equipo de seguridad, la deficiente educación vial y la limitada supervisión de las normas de tránsito han contribuido a que este tipo de siniestros tenga consecuencias particularmente graves. Esta situación se ve agravada por la ausencia de una cultura de respeto y convivencia entre los distintos usuarios de la vía.

A nivel nacional se han documentado diversos casos que evidencian la gravedad de esta problemática, entre ellos el caso del motociclista que fue arrastrado por un vehículo durante varios metros, hecho que generó amplia indignación social y puso de manifiesto no solo la vulnerabilidad de quienes conducen motocicletas, sino también la persistencia de conductas de violencia vial, negligencia e irresponsabilidad por parte de algunos conductores. Este tipo de sucesos no pueden considerarse hechos aislados, sino expresiones de un problema estructural que se repite en distintas entidades del país.

La reiteración de accidentes graves y de actos de violencia vial refleja deficiencias en la prevención, en la atención inmediata a las víctimas, así como en la investigación y sanción de los responsables.

En múltiples ocasiones, la falta de coordinación entre autoridades de tránsito, seguridad pública y procuración de justicia ha derivado en procesos lentos o inconclusos, lo que contribuye a un clima de impunidad y a la normalización de conductas que ponen en riesgo la vida e integridad de las personas motociclistas.

Desde una postura firme y responsable, el Partido Revolucionario Institucional considera que la seguridad vial debe asumirse como una prioridad de Estado y abordarse con una visión nacional, integral y preventiva. La protección de las personas motociclistas no puede depender únicamente de acciones aisladas o de la voluntad de las autoridades locales, sino que requiere lineamientos claros, homologación normativa, infraestructura segura, educación vial permanente y la aplicación estricta de la ley en todo el país.

Garantizar la movilidad segura implica reconocer que los hechos de tránsito que involucran motociclistas no son únicamente accidentes, sino que en muchos casos constituyen expresiones de violencia vial que deben ser prevenidas, investigadas y sancionadas con rigor, colocando en el centro el derecho a la vida, a la integridad y a una movilidad segura para todas las personas.

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a las autoridades estatales de tránsito a reforzar, de manera coordinada y a nivel nacional, las acciones de prevención y vigilancia para reducir accidentes y actos de violencia vial que involucren a motociclistas.

Segundo. Se exhorta a las fiscalías y procuradurías de justicia de las entidades federativas a garantizar investigaciones prontas, exhaustivas y transparentes en los casos de accidentes graves de motociclistas, particularmente cuando existan indicios de negligencia, omisión o violencia vial, a fin de evitar la impunidad.

Tercero. La Comisión Permanente exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas y municipios a fortalecer y homologar campañas permanentes de educación vial dirigidas a automovilistas y motociclistas, con énfasis en el respeto a los usuarios más vulnerables de la vía pública.

Cuarto. Se exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a impulsar, en coordinación con las entidades federativas, mejoras a la infraestructura vial en carreteras y zonas urbanas con alta incidencia de accidentes de motociclistas, incorporando criterios de movilidad segura e incluyente.

Quinto. La Comisión Permanente solicita a las autoridades competentes generar, sistematizar y publicar información estadística nacional, clara y actualizada, sobre accidentes de motociclistas, sus causas, consecuencias y sanciones impuestas, con el objetivo de fortalecer la rendición de cuentas y la formulación de políticas públicas basadas en evidencia.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE ATIENDAN DE MANERA URGENTE LAS MALAS CONDICIONES DE LAS CARRETERAS EN OAXACA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT, al gobierno del estado de Oaxaca y a las autoridades competentes a atender de manera urgente las malas condiciones de las carreteras en el estado de Oaxaca, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo

Consideraciones

La infraestructura carretera es un elemento esencial para el desarrollo económico, social y territorial del país, al permitir la movilidad de personas, bienes y servicios, así como el acceso efectivo a derechos fundamentales como la salud, la educación y la seguridad. En el estado de Oaxaca, cuya geografía es una de las más complejas del país, la adecuada conservación de las carreteras resulta indispensable para garantizar la integración regional y la conectividad entre comunidades.

Durante los últimos meses, se ha evidenciado un deterioro crítico de diversos tramos carreteros en el estado de Oaxaca, caracterizado por baches profundos, hundimientos, falta de señalización, pavimento fracturado y constantes desgajamientos de cerros, situación que ha derivado en accidentes viales, cierres parciales y la puesta en riesgo de la integridad física de las personas usuarias.

El 14 de junio de 2025, se registró un desgajamiento de cerro en la carretera federal 175, en el tramo Oaxaca—Ixtlán de Juárez, como consecuencia de las lluvias intensas, lo que provocó el cierre parcial de la vía y puso en peligro a automovilistas y transportistas que circulaban por la zona. Habitantes de comunidades cercanas reportaron la falta de atención preventiva y la ausencia de señalización adecuada previo al incidente.

De igual manera, el 22 de julio de 2025, se reportó un deslizamiento de tierra en la carretera Oaxaca—Puerto Ángel, a la altura del municipio de San José del Pacífico, donde el colapso de material rocoso redujo la circulación a un solo carril, generando largas filas de vehículos y un alto riesgo de accidentes, particularmente para el transporte de pasajeros y de carga.

Asimismo, el 3 de agosto de 2025, en la región del Istmo de Tehuantepec, se registró un accidente vehicular en la carretera Oaxaca—Tehuantepec, derivado del mal estado del pavimento y la presencia de baches de gran profundidad, lo que ocasionó daños materiales considerables y lesiones a personas ocupantes de un vehículo particular, según reportes locales.

En regiones como la Mixteca y la Sierra Sur, comunidades han denunciado que durante los meses de mayo a agosto de 2025 se han presentado múltiples deslaves en carreteras estatales y caminos rurales, provocando la incomunicación temporal de localidades y dificultando el acceso a servicios de emergencia, atención médica y abastecimiento de productos básicos.

Estos hechos evidencian que la falta de mantenimiento preventivo, la atención tardía a los daños estructurales y la insuficiente coordinación entre los distintos órdenes de gobierno han profundizado el deterioro de la red carretera en Oaxaca, incrementando el riesgo para la población y afectando el desarrollo económico y social de amplias regiones del estado.

En este contexto, el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad y eficiencia, así como de prevenir riesgos derivados de fenómenos naturales previsibles, especialmente durante la temporada de lluvias. Resulta impostergable adoptar acciones urgentes para la rehabilitación, mantenimiento y modernización de las carreteras en el estado de Oaxaca, priorizando los tramos que han registrado accidentes y desgajamientos recientes.

Puntos de Acuerdo

Primero: La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que atienda de manera prioritaria el mantenimiento, rehabilitación y reforzamiento estructural de las carreteras federales que atraviesan el estado de Oaxaca, particularmente aquellas donde se han registrado deslaves, desgajamientos de cerros y accidentes recientes.

Seundo: Se exhorta al gobierno del estado de Oaxaca a reforzar las acciones de conservación de carreteras estatales y caminos rurales, en coordinación con los municipios, implementando medidas preventivas antes y durante la temporada de lluvias para evitar accidentes, cierres prolongados e incomunicación de comunidades.

Tercero: Se exhorta a las autoridades competentes a fortalecer la coordinación interinstitucional, la señalización preventiva y los mecanismos de atención inmediata ante emergencias carreteras, con el objetivo de salvaguardar la integridad física de la población y garantizar condiciones adecuadas de seguridad vial en el estado de Oaxaca.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE FORTALEZCAN ACCIONES DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y COMBATE A LAS LLAMADAS DE EXTORSIÓN PROVENIENTES DEL EXTRANJERO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, a la FGR y a las empresas concesionarias de telecomunicaciones a fortalecer las acciones de prevención, investigación y combate a las llamadas de extorsión provenientes del extranjero, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo

Consideraciones

La extorsión telefónica se ha consolidado como una de las modalidades delictivas de mayor impacto en la vida cotidiana de la población, al generar afectaciones económicas, psicológicas y sociales que vulneran la seguridad y el patrimonio de las personas. En los últimos años, esta práctica ha registrado un incremento sostenido mediante el uso de tecnologías digitales que permiten a los delincuentes operar desde el extranjero, lo que dificulta su identificación, investigación y sanción por parte de las autoridades nacionales.

En particular, se ha observado un aumento considerable de llamadas provenientes de números con prefijos internacionales, utilizadas para realizar amenazas, engaños, intimidaciones o suplantación de identidad de autoridades, instituciones financieras y empresas privadas. Este fenómeno se ve agravado por el uso de servicios de telefonía por internet y plataformas digitales que permiten ocultar el origen real de las comunicaciones, generando una falsa percepción de riesgo inminente en las víctimas.

Diversos informes de autoridades de seguridad pública y fiscalías locales han advertido que este tipo de extorsión se apoya en técnicas de ingeniería social, uso ilegal de bases de datos personales y presión psicológica, logrando que las víctimas realicen transferencias o depósitos de manera inmediata. Estas prácticas afectan de forma desproporcionada a personas adultas mayores, jóvenes y pequeños comerciantes, quienes en muchos casos carecen de información o acompañamiento para identificar y denunciar este delito.

Si bien el Estado mexicano ha implementado acciones de prevención y atención a la extorsión telefónica, la naturaleza transnacional de las llamadas provenientes del extranjero exige un fortalecimiento de la coordinación interinstitucional entre autoridades federales, entidades federativas y empresas concesionarias de telecomunicaciones. Resulta indispensable mejorar los mecanismos de detección temprana, bloqueo de números de riesgo y difusión de alertas preventivas dirigidas a la ciudadanía.

De igual forma, la cooperación internacional se vuelve un elemento clave para enfrentar este fenómeno delictivo, toda vez que la persecución de redes criminales que operan fuera del territorio nacional requiere intercambio de información, asistencia jurídica y acciones conjuntas con autoridades de otros países. La ausencia de estos mecanismos limita la capacidad del Estado para desarticular estructuras delictivas y proteger de manera efectiva a las víctimas.

En este contexto, el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar la seguridad de las personas y proteger su patrimonio, por lo que resulta prioritario reforzar las estrategias de prevención, investigación y combate a la extorsión telefónica proveniente del extranjero, así como fortalecer la cultura de la denuncia y la confianza ciudadana en las instituciones de seguridad y procuración de justicia.

Puntos de acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que fortalezca las estrategias de prevención, detección y combate a la extorsión telefónica proveniente del extranjero, incorporando el uso de herramientas tecnológicas, campañas informativas y acciones de coordinación interinstitucional que permitan reducir la incidencia de este delito.

Segundo. Asimismo, se exhorta a la Fiscalía General de la República a reforzar las investigaciones relacionadas con redes de extorsión que operan desde el extranjero, priorizando la coordinación con las fiscalías de las entidades federativas y el uso de mecanismos de cooperación internacional que permitan identificar y sancionar a los responsables.

Tercero. Finalmente, se exhorta a las empresas concesionarias de servicios de telecomunicaciones a implementar y difundir herramientas accesibles para que las personas usuarias puedan identificar, bloquear y denunciar llamadas sospechosas provenientes del extranjero, contribuyendo así a la prevención del delito y a la protección del patrimonio de la población.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE REPLANTEE EL REGISTRO OBLIGATORIO DE DATOS PERSONALES ASOCIADOS A LAS LÍNEAS DE TELEFONÍA MÓVIL, A FIN DE GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, LA PRIVACIDAD Y LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS USUARIAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a replantear el registro obligatorio de datos personales asociados a las líneas de telefonía móvil, a fin de garantizar la protección de datos personales, la privacidad y la seguridad de las personas usuarias, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La telefonía móvil se ha convertido en un servicio esencial para la vida cotidiana, el ejercicio de derechos fundamentales y la participación social, económica y política de millones de personas en México. El teléfono celular no solo permite la comunicación interpersonal, sino que funge como medio de acceso a servicios financieros, educativos, laborales, de salud, de información pública y de organización social. En este contexto, cualquier política pública que incida en su uso, acceso o regulación debe ser cuidadosamente analizada bajo un enfoque de derechos humanos, proporcionalidad, necesidad y seguridad.

A partir del 9 de enero, entró en vigor el registro obligatorio mediante el cual todas las líneas de telefonía móvil en México deben estar asociadas a una persona física o moral, como parte de una medida impulsada por el Ejecutivo Federal con el argumento de combatir delitos de alto impacto como la extorsión, el fraude y el secuestro. Dicho esquema se encuentra previsto en la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada por el Senado de la República en julio de 2025 y publicada posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.

Conforme a los lineamientos aprobados por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones en diciembre de 2025, las personas físicas deberán presentar su credencial para votar o pasaporte, así como su Clave Única de Registro de Población (CURP), mientras que las personas morales deberán proporcionar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). El plazo máximo para cumplir con este registro vence el 30 de junio de 2026, bajo la advertencia de que el incumplimiento dará lugar a la suspensión temporal de la línea telefónica.

No obstante, a tan solo un día de iniciado el proceso de registro, se reportó que la plataforma implementada por Telcel fue vulnerada, lo que derivó en la filtración de datos sensibles de personas usuarias. Este hecho evidencia, de manera temprana y alarmante, la fragilidad de los sistemas de resguardo de información y confirma uno de los mayores riesgos advertidos por especialistas: la creación de bases de datos altamente atractivas para redes de extorsión, fraude y delincuencia organizada.

Diversas organizaciones de la sociedad civil, particularmente la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), han advertido que este registro obligatorio implica graves riesgos para la privacidad, la protección de datos personales y otros derechos fundamentales. En declaraciones públicas, Pepe Flores, director interino de R3D, ha señalado que este tipo de medidas fortalecen un sistema de vigilancia con amplios márgenes de discrecionalidad, en el que las personas usuarias se enfrentan a un falso consentimiento: entregar sus datos personales y biométricos o quedar excluidas de un servicio esencial.

Este esquema resulta especialmente preocupante porque otorga facultades a las autoridades de seguridad para requerir información a las empresas de telefonía sin necesidad de orden judicial y con salvaguardas limitadas, lo que debilita el control constitucional, la rendición de cuentas y el debido proceso. En los hechos, ello puede derivar en prácticas de sobrevigilancia, persecución indebida y uso arbitrario de información personal.

El impacto de esta medida no es neutro. De acuerdo con R3D, las poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad, como periodistas, personas defensoras de derechos humanos, activistas, opositores políticos, personas migrantes y quienes participan en protestas sociales, enfrentan riesgos diferenciados y agravados, al quedar expuestas a posibles abusos, espionaje, intimidación o criminalización.

A ello se suma la creciente preocupación por la implementación de la CURP biométrica, que incorpora datos altamente sensibles como fotografía y huellas dactilares. La concentración de este tipo de información en manos de empresas privadas, aun bajo el argumento de que se rige por la Ley General de Protección de Datos Personales, incrementa exponencialmente el riesgo de filtraciones, usos indebidos y colusión con actores criminales, como ya ha ocurrido en experiencias previas en el país.

Lejos de fortalecer la seguridad pública, especialistas advierten que este registro puede generar efectos contraproducentes, como el incremento del robo de teléfonos celulares, la suplantación de identidad y la afectación directa a la presunción de inocencia. En caso de que una línea sea utilizada para cometer un delito tras un robo, clonación o fraude, la persona titular será la primera en enfrentar consecuencias legales, administrativas y sociales, aun sin haber cometido ilícito alguno.

La experiencia histórica refuerza estas preocupaciones. El Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, implantado en 2009, fue reconocido como un fracaso en el combate a la delincuencia. Posteriormente, en 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil al considerar que vulneraba los derechos humanos a la privacidad y a la protección de datos personales, al no cumplir con los principios de proporcionalidad y necesidad.

En este contexto, resulta evidente que la política actual reproduce errores del pasado, ignora precedentes constitucionales y subestima los riesgos tecnológicos, sociales y jurídicos que implica la concentración obligatoria de datos personales y biométricos. Combatir la delincuencia es una obligación ineludible del Estado; sin embargo, no puede hacerse a costa de los derechos fundamentales de la población ni mediante medidas que carecen de evidencia empírica sobre su eficacia.

Por todo lo anterior, resulta urgente y necesario que el Ejecutivo Federal replantee el esquema de registro obligatorio de telefonía móvil, suspenda su implementación mientras se evalúan sus impactos reales y garantice que cualquier política en la materia cuente con controles judiciales efectivos, salvaguardas técnicas robustas, mecanismos de rendición de cuentas y pleno respeto a los derechos humanos.

Por lo expuesto se someten a consideración del pleno los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal a replantear y revisar de manera integral el registro obligatorio de datos personales asociados a las líneas de telefonía móvil, a fin de garantizar la protección de datos personales, la privacidad, la presunción de inocencia y la seguridad de las personas usuarias.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal y a las autoridades competentes en materia de telecomunicaciones y seguridad a suspender la implementación del registro obligatorio mientras se realiza una evaluación técnica, jurídica y de derechos humanos, con la participación de organismos autónomos, especialistas en ciberseguridad y organizaciones de la sociedad civil

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE REALICE UN CENSO COMPLETO Y TRANSPARENTE, Y SE GARANTICE LA ENTREGA DE APOYOS A LAS PERSONAS DAMNIFICADAS POR EL SISMO OCURRIDO EN SAN MARCOS, GUERRERO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CNPC, a la Secretaría de Bienestar y al gobierno del estado de Guerrero a realizar un censo real, completo y transparente, así como a garantizar la entrega inmediata y sin discrecionalidad de los apoyos a las personas damnificadas por el sismo ocurrido en el municipio de San Marcos, Guerrero, a cargo del senador Manuel Añorve Baños, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, senador Manuel Añorve Baños, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de motivos

El 2 de enero de 2026, a las 07: 58 horas, se registró un sismo de magnitud 6.5, con epicentro en el municipio de San Marcos, Guerrero, el cual provocó severas afectaciones a la población y a la infraestructura del municipio, generando una situación de emergencia que rebasó la capacidad de respuesta local.

Información del Servicio Sismológico Nacional señala que, hasta las 8: 00 horas del 11 de enero de 2026, se habían registrado 4,075 réplicas, siendo la mayor de magnitud 4.7, lo que ha mantenido a la población en un estado constante de riesgo e incertidumbre, además de agravar los daños estructurales existentes.

De acuerdo con datos proporcionados por el presidente municipal de San Marcos, Misael Lorenzo Castillo, el sismo ocasionó daños severos en al menos 1,524 viviendas, así como afectaciones significativas en infraestructura productiva, entre ellas 25 hornos artesanales de pan y 5 hornos de alfarería, impactando directamente el ingreso de numerosas familias que dependen de estas actividades tradicionales.

En el ámbito educativo, al menos tres planteles escolares no han podido reanudar actividades, debido a la necesidad de contar con dictámenes técnicos estructurales, lo que ha interrumpido el acceso a la educación de niñas, niños y adolescentes del municipio.

A ello se suma la situación del Hospital de San Marcos, el cual presenta daños estructurales de consideración, obligando a brindar atención médica fuera del inmueble, en condiciones que ponen en riesgo tanto a pacientes como a personal de salud, particularmente ante la persistencia de réplicas sísmicas.

Tanto el presidente municipal como la propia población afectada han manifestado que no se ha realizado un censo correcto y exhaustivo de los daños, ni se ha recibido apoyo efectivo por parte del gobierno federal ni del gobierno del Estado, lo que ha provocado que numerosas familias damnificadas permanezcan sin acceso a mecanismos formales de ayuda y atención.

Esta situación evidencia la necesidad de una intervención inmediata por parte del Estado, a fin de garantizar la atención a la emergencia, la protección de la población y el restablecimiento progresivo de condiciones mínimas de normalidad.

Por lo anterior, resulta procedente la emisión de la Declaratoria de Emergencia para el municipio de San Marcos, Guerrero, con el propósito de activar los mecanismos extraordinarios de atención, disponer de los recursos necesarios y asegurar una respuesta integral orientada a la recuperación y reconstrucción del municipio.

Punto de Acuerdo

Único.— La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Coordinación Nacional de Protección Civil, a la Secretaría de Bienestar, a la Secretaría de Salud y al gobierno del estado de Guerrero para que, de manera inmediata:

1.- Se emita la Declaratoria de Emergencia para el municipio de San Marcos, Guerrero, derivado del sismo de magnitud 6.5 ocurrido el 2 de enero de 2026 y de las más de 4,075 réplicas registradas hasta el 11 de enero del mismo año.

2.- Se realice un censo real, completo y casa por casa de toda la cabecera municipal y de sus localidades, así como de los hornos artesanales de pan y alfarería, escuelas y hospital, a fin de identificar correctamente a todas las personas damnificadas.

3.- Se otorguen de manera inmediata, directa y sin discrecionalidad los apoyos económicos, materiales y de reconstrucción a las familias afectadas y a los productores cuyos medios de vida fueron dañados.

4.- Se atienda de forma urgente la rehabilitación del Hospital de San Marcos, garantizando condiciones seguras para la atención médica de la población.

5.- Se informe públicamente a esta soberanía sobre los resultados del censo, el monto de los recursos asignados y el calendario de entrega de los apoyos.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SOLICITUD A LA STPS Y A LA PROFECO, A VERIFICAR QUE LAS EMPRESAS DE PLATAFORMAS DIGITALES CUMPLAN CON LAS DISPOSICIONES LABORALES VIGENTES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a STPS y a la Profeco a verificar que las empresas de plataformas digitales cumplan con las disposiciones laborales vigentes, suscrita por los diputados Fernando Mendoza Arce y Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, diputados Fernando Mendoza Arce y Antonio Lorenzo Castro Villarreal, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente “proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que verifiquen que las empresas de plataformas digitales cumplan con las disposiciones laborales vigentes”, conforme a las siguientes

Consideraciones

Antecedentes normativos

1. La economía de plataformas es una característica fundamental en el mundo del trabajo y representa una de las “manifestaciones más significativas de los cambios inducidos por la transformación digital.”

La transición de la economía de plataformas hacia una economía formal se reconoce como un fin esencial en los Objetivos de Desarrollo Sostenible 8 (ODS 8) referente al trabajo decente y crecimiento económico que tiene como finalidad “promover el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todas y todos”. También, es importante para progresar en el logro de otros objetivos de desarrollo sostenibles, como el ODS 1 (Fin de la pobreza), ODS 10 (Reducción de las desigualdades), ODS 16 (Paz, justicia e instituciones sólidas) y el ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos).

2. En ese contexto, en marzo de 2023, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) decidió incluir en el orden del día de las 113a y 114a reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo un punto sobre la elaboración de normas sobre el trabajo decente en la economía de plataformas. Lo anterior con la finalidad de seguir avanzando con las disposiciones legales vigentes para mejorar las oportunidades de empleo, reducir el empleo informal y la desigualdad en el mercado laboral; así como, garantizar y promover entornos de trabajo seguros y protegidos.

Por tal motivo, elaborar normas sobre el trabajo decente en la economía de plataformas, significa crear oportunidades para que todas y todos puedan conseguir un trabajo productivo que proporcione:

• Ingresos dignos

• Seguridad en el lugar de trabajo

• Protección social para las familias

• Mejoras en las perspectivas de desarrollo personal e integración social.

3. Las plataformas digitales son un conjunto de sistemas informáticos que facilitan la interacción entre múltiples grupos de personas, principalmente caracterizándolos como usuarios y personas trabajadoras en plataformas digitales.

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 291-B, define a las plataformas digitales como el “ conjunto de mecanismos, aplicaciones informáticas, sistemas y dispositivos que asignan tareas, servicios, obras, trabajos o similares a personas trabajadoras en favor de terceros, considerando el uso de las tecnologías de la información y la comunicación definidas en el artículo 330-A de esta Ley.”

4. Con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024 en materia de trabajo en plataformas digitales, se reguló, por primera vez, para todas las personas trabajadoras de plataformas digitales, la protección por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en cada viaje que realicen durante su jornada laboral, otorgándoles el derecho para acceder a todos los seguros de régimen obligatorio que ofrece el IMSS comprendidos en el artículo 11 de la Ley del Seguro Social que a la letra señala:

“ Artículo 11. El régimen obligatorio comprende los seguros de:

I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales.”

Esta reforma adapta el marco normativo a la realidad digital, significando el acceso a seguridad social, a la protección de las y los trabajadores contra despidos injustificados y protegiendo a cerca de 700 mil personas trabajadoras que generan un ingreso mediante plataformas digitales y que desempeñan labores físicas bajo una supervisión tecnológica.

5. El 1 de julio de 2025 inició el aseguramiento obligado para personas trabajadoras de plataformas digitales en el IMSS y se implementó una “ Prueba Piloto” para afinar el sistema de registro, pago de cuotas y aseguramiento al IMSS bajo el régimen obligatorio y para verificar que las reglas funcionen de manera correcta y que, de ser necesario, se realicen los ajustes operativos correspondientes.

Esta “ prueba piloto” no solo busca cumplir con las nuevas disposiciones laborales, sino también es una estrategia fundamental para proteger a los trabajadores de plataformas digitales y, orientar y apoyar a las empresas del sector a cumplir con una serie de requisitos específicos para su afiliación y la de sus trabajadores ante el IMSS.

Problemática planteada

1. Durante los últimos años, el trabajo en plataformas digitales ha crecido de manera significativa en el país. Este modelo de empleo ha transformado el mundo laboral abriendo nuevas oportunidades para miles de personas en México, sin embargo, ha planteado diversos desafíos respecto al acceso efectivo a la seguridad social para todas las personas trabajadoras de dichas plataformas.

Si bien es cierto que, en la actualidad se reconoce la existencia de una relación laboral entre las plataformas digitales y las personas que prestan el servicio, también lo es que, en la práctica persisten omisiones por parte de las empresas que impiden que se cumplan con las obligaciones de seguridad social que les corresponden como patrones.

2. Bajo esa tesitura, es relevante mencionar que, las empresas operadoras de las plataformas digitales son las responsables de inscribir a las personas trabajadoras al IMSS bajo el régimen obligatorio y, en su caso, determinar, retener y enterar el pago de cuotas obrero-patronales. De conformidad con los artículos 291-B párrafo segundo, 291-C párrafo segundo y 291-K fracción V de la Ley Federal del Trabajo, que señala:

“ Artículo 291-B ...

...

o beneficiarios de tareas, servicios, obras o trabajos que se oferten a través de aplicaciones informáticas, no serán considerados patrones, ni responsables solidarios de personas trabajadoras en plataformas digitales o similares, ya que dicho carácter lo tendrá la persona física o moral que gestione o administre los servicios a través de la misma.

Artículo 291-C ...

...

Las personas trabajadoras que presten servicios a través de plataformas digitales serán consideradas trabajadoras independientes, si al final de cada mes no alcanzan a generar la percepción mencionada. Sin embargo, en dicho periodo y durante el tiempo efectivamente trabajado, se les extenderán los derechos estipulados en este capítulo, con la excepción de lo dispuesto en las fracciones V relativa a la retención y entero de cuotas de seguridad social y VI del artículo 291-K. En todos los casos, las personas físicas y morales que administren plataformas digitales serán responsables del pago del aseguramiento en el régimen del seguro social cuando ocurra un riesgo de trabajo durante el tiempo de trabajo efectivamente laborado.

Artículo 291-K. En cualquier caso, las personas físicas y morales que administren o gestionen servicios a través de plataformas digitales, en su carácter de patrón, tendrán las obligaciones especiales siguientes:

...

V. Inscribir a las personas trabajadoras en plataformas digitales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y, en su caso, determinar, retener y enterar el pago de cuotas obrero-patronales en los términos que establezcan las disposiciones en la materia;”

Esta reforma no solo garantiza el acceso a la seguridad social para las personas trabajadoras de plataformas digitales, también, establece obligaciones para los empleadores, entre las que figuran:

• Seguro de desempleo;

• Emitir recibos de pago;

• Inscribir a las personas trabajadoras ante el IMSS;

• Incapacidades;

• Informar sobre las medidas de seguridad y salud en el trabajo;

• Realizar las aportaciones correspondientes al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;

• Realizar las aportaciones correspondientes a la Administradora de Fondos para el Retiro; entre otras.

Esto representa un paso fundamental en la garantía de los derechos laborales de miles de mexicanas y mexicanos que generan ingresos a través de plataformas digitales como Didi, Uber, Rappi, Indrive, entre otras.

3. Con la entrada en vigor de la reforma laboral en materia de plataformas digitales, durante el mes de julio de 2025, Uber anunció un aumento de hasta el 7% en las tarifas de sus servicios, dependiendo del producto y ciudad.

Al respecto, algunos usuarios-consumidores reportaron inconsistencias en el servicio de transporte y entregas de productos solicitados a través de la aplicación, mediante un cobro inusual realizado por concepto de “Ajuste al usuario por la ley laboral”, como se aprecia a continuación:

Derivado de lo anterior, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo instruyó a la Profeco a revisar estos posibles cobros indebidos a usuarios de plataformas digitales y resaltó que “el acuerdo alcanzado con las empresas de este sector establecía que el costo de incorporación de los trabajadores de plataformas digitales al IMSS debía ser realizado por las propias empresas, no por los usuarios ni conductores”.

4. La Profeco como instancia encargada de proteger los derechos de los consumidores y vigilar el debido cumplimiento de la seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores, debe garantizar y proteger a los usuarios de cobros indebidos.

Al respecto, es atendible el artículo 10 párrafo segundo de la Ley Federal de Protección al Consumidor que establecen:

“ Artículo 10.- ...

...

, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. Asimismo, tampoco podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente, por escrito o por vía electrónica, por el consumidor, ni podrán aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor o que no se deriven del contrato correspondiente.”

Por tal motivo, resulta urgente que la Profeco intervenga en la protección de los derechos de los consumidores y defienda a todas y todos los ciudadanos que han sido víctimas de prácticas comerciales abusivas de algunas plataformas digitales que han realizado cobros injustificados por concepto de “Ajuste al usuario por la ley laboral”, toda vez que, a la fecha estas aplicaciones continúan realizando dichos cobros a los consumidores.

5. Por otra parte, la ley obliga a las plataformas a cumplir con el pago de cuotas de seguridad social y a garantizar la transparencia en sus operaciones. Por tal motivo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es la encargada de vigilar el cumplimiento de la ley, mediante inspecciones, revisiones y mecanismos específicos de control y denuncia.

Recordemos que, la STPS tiene la facultad de emitir disposiciones de carácter general para dar operatividad a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. Por tal motivo, la STPS debe asegurarse de que las condiciones establecidas en los contratos de los trabajadores de plataformas digitales y en las políticas de servicio se respeten las disposiciones legales vigentes.

Conclusiones

Considerando lo anterior, resulta imperante que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor, realicen operativos para vigilar y verificar el cumplimiento de la ley, y en su caso, sancionar a las plataformas digitales que omitan cubrir las cuotas de seguridad social correspondientes a sus trabajadores.

La verificación y supervisión de las plataformas digitales es fundamental para evitar prácticas comerciales abusivas y proteger los derechos digitales de los consumidores.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable soberanía, la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que, en el ámbito de sus atribuciones, verifique que las empresas de plataformas digitales cumplan con la ley laboral vigente, mediante inspecciones, revisiones y mecanismos específicos de control y denuncia.

Segundo. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en el ámbito de sus atribuciones, verifique que las plataformas digitales no realicen cobros indebidos, correspondientes al pago de cuotas de seguridad social de las personas trabajadoras de plataformas digitales, asegurando el cumplimiento de las disposiciones laborales vigentes.

Notas:

1. Organización Internacional del Trabajo, Plataformas digitales de trabajo, Portal temático de la OIT. Recuperado de

https://www.ilo.org/es/plataformas-digitales-de-trabajo. Consultado el 15 de noviembre de 2025.

2. ONU, Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuperado de

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/economic-growth/. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

3. Organización Internacional del Trabajo, Orden del día de la 113.a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, Portal temático de la OIT. Recuperado de

https://www.ilo.org/es/resource/documento-de-conferencia/ilc/11 3/orden-del-dia-de-la-113a-reunion-de-la-conferencia-internacional-del. Consultado el 15 de noviembre de 2025.

4. ONU, Promover el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todos. Recuperado de

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/economic-growth/. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

5. Aguilar, A. Plataformas y economía uberizada, UPRESS. Recuperado de

https://upress.mx/la-voz-del-estudiante/13312-plataformas-y-eco nomia-uberizada. Consultado el 22 de noviembre de 2025.

6. S/A, Reforma en materia de trabajo en plataformas digitales, Gobierno de México. Recuperado de

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1005494/Reforma_ en_materia_de_trabajo_en_plataformas_digitales__1_.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025.

7. Ley del Seguro Social, Artículo 6. Recuperado del Diario Oficial de la Federación chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/

https://portalhcd.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/PortalWeb/Leyes/ Vigentes/PDF/92_230421.pdf. Consultado el 18 de noviembre de 2025.

8. Ley del Seguro Social, Artículo 6. Recuperado del Diario Oficial de la Federación chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/

https://portalhcd.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/PortalWeb/Leyes/ Vigentes/PDF/92_230421.pdf. Consultado el 18 de noviembre de 2025.

9. S/A, Reforma en materia de trabajo en plataformas digitales, Gobierno de México. Recuperado de

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1005494/Reforma_ en_materia_de_trabajo_en_plataformas_digitales__1_.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025.

10. Gobierno de México, Reforma en materia de trabajo en plataformas digitales, Gobierno de México. Recuperado de

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1005494/Reforma_ en_materia_de_trabajo_en_plataformas_digitales__1_.pdf. Consultado el 01 de diciembre de 2025.

11. Gobierno de México, Seguridad Social para Empresas y Trabajadores de Plataformas Digitales en México. Recuperado de

https://www.imss.gob.mx/empresas-personas-trabajadoras-platafor mas-digitales. Consultado el 16 de diciembre de 2025.

12. Ley Federal del Trabajo, artículos 291-B, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025

13. Ley Federal del Trabajo, artículos 291-B, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025

14. Ley Federal del Trabajo, artículos 291-K fracción V, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025

15. Hernández, E. Es un hecho. Uber anuncia alza en precios; esto costarán ahora los viajes, Milenio. Recuperado de

https://www.milenio.com/politica/uber-anuncia-alza-en-tarifas-d e-viajes-por-reforma-laboral. Consultado el 23 de noviembre de 2025.

16. Imagen recuperada de un recibo de pago de Uber.

17. Imagen recuperada de un recibo de pago de Uber.

18. S/A, Ordena Sheinbaum a Profeco revisar cobros indebidos de Uber, Tiempo. Recuperado de

https://www.tiempo.com.mx/local/ordena-sheinbaum-a-profeco-revi sar-cobros-indebidos-de-uber/. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

19. S/A, Sheinbaum dice que Uber debe asumir el costo de la reforma laboral, Expansión. Recuperado de

https://expansion.mx/tecnologia/2025/07/18/sheinbaum-uber-debe- asumir-el-costo-reforma-laboral. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

20. Procuraduría Federal del Consumidor, Definición PROFECO, Recuperada de la página oficial

https://www.gob.mx/profeco. Consultada el 11 de noviembre de 2025.

21. Ley Federal de Protección al Consumidor, Artículo 10, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPC.pdf. Consultada el 02 de diciembre de 2025

22. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Preguntas Frecuentes sobre la Reforma en Materia de Trabajo en Plataformas Digitales, Recuperada de

https://www.gob.mx/stps/documentos/preguntas-frecuentes-sobre-l a-reforma-en-materia-de-trabajo-en-plataformas-digitales. Consultada el 02 de diciembre de 2025.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputados: Fernando Mendoza Arce, Antonio Lorenzo Castro Villarreal (rúbricas).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE FORTALEZCAN ACCIONES DE FOMENTO A LA PRODUCTIVIDAD, COMPETITIVIDAD Y PERMANENCIA DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN BAJA CALIFORNIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la SE, en coordinación con la Secretaría de Economía e Innovación del estado de Baja California, fortalezca acciones de fomento a la productividad, competitividad y permanencia de las micro, pequeñas y medianas empresas en la entidad, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Fernando Jorge Castro Trenti, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Comisión Permanente la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La entidad federativa de Baja California se caracteriza por una estructura productiva sustentada de manera preponderante en las micro, pequeñas y medianas empresas, las cuales representan más del 97% del total de unidades económicas registradas en el Estado y generan aproximadamente el 65% de los empleos formales en la región, de acuerdo con los resultados más recientes del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía correspondientes al cierre del ejercicio fiscal 2023.

Este segmento empresarial constituye el principal motor de dinamización del consumo interno, contribuye de manera significativa a la recaudación tributaria local mediante el pago de impuestos estatales y federales, y desempeña un papel fundamental en la estabilidad social al proveer oportunidades de empleo digno que permiten la movilidad económica de las familias bajacalifornianas, especialmente en municipios con vocación comercial y de servicios como Tijuana, Mexicali, Ensenada y Tecate.

La relevancia estructural de las MIPYMES trasciende el ámbito económico, toda vez que su operación continua garantiza la cohesión del tejido productivo regional, reduce la vulnerabilidad ante choques externos derivados de la dependencia de sectores exportadores y fortalece la capacidad de respuesta del aparato productivo estatal frente a crisis económicas de alcance nacional o global.

Sin embargo, durante el período comprendido entre 2023 y 2025, el entorno operativo para las micro, pequeñas y medianas empresas en Baja California ha enfrentado condiciones crecientemente complejas, que han supuesto retos relevantes para su sostenibilidad financiera y para el mantenimiento de los niveles de empleo formal alcanzados en años previos.

La actividad económica del Estado ha mostrado un desempeño contenido, caracterizado por avances de corto plazo de baja magnitud. De acuerdo con el Indicador Trimestral de la Actividad Económica Estatal del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el segundo trimestre de 2025 Baja California registró una variación positiva de 0.4% respecto al trimestre inmediato anterior; no obstante, presentó una contracción anual de 1.0% en comparación con el mismo periodo del año previo. Este comportamiento es consistente con un entorno de crecimiento moderado y aún frágil, que ha incidido en la dinámica de la demanda interna y ha acotado las oportunidades de expansión para los negocios de menor escala.

Paralelamente, los costos operativos han registrado incrementos sostenidos en rubros esenciales como el suministro eléctrico comercial e industrial, cuyas tarifas ajustadas por la Comisión Federal de Electricidad presentaron alzas acumuladas superiores al 15% en términos reales entre enero de 2023 y septiembre de 2024, así como en los precios de arrendamiento de locales comerciales en zonas urbanas de alta densidad poblacional, que registraron incrementos promedio del 12% en el mismo lapso según reportes de cámaras empresariales locales. Adicionalmente, el contexto fronterizo de Baja California genera presiones competitivas específicas derivadas de la proximidad con el mercado estadounidense, donde las empresas enfrentan no solamente la competencia de productos y servicios importados con costos menores, sino también la migración de capital humano calificado hacia empleos mejor remunerados en California, lo cual incrementa la presión salarial y reduce la capacidad de retención de talento por parte de las empresas locales.

En este marco, se ha observado un incremento en el cierre de establecimientos mercantiles formales en la Entidad, tendencia que refleja las dificultades que enfrentan diversas micro, pequeñas y medianas empresas para sostener sus operaciones frente a un entorno económico y competitivo particularmente exigente, y que pone de relieve la necesidad de revisar y fortalecer los mecanismos de apoyo y acompañamiento productivo existentes.

El análisis del padrón de patrones registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social muestra que, entre enero de 2024 y diciembre de 2025, el Estado de Baja California perdió 4,554 registros patronales, al pasar de 44,355 a 39,801 patrones formales, lo que representa una contracción acumulada superior al diez por ciento del total inicial. Esta reducción se presenta de manera sostenida durante dos años consecutivos, sin que se observe un proceso de recuperación del padrón, lo que permite descartar que se trate de una fluctuación coyuntural y apunta a un debilitamiento persistente del tejido productivo formal en la Entidad.

La contracción del padrón patronal se concentra de manera predominante en los micro y pequeños empleadores, particularmente en aquellos con hasta cinco trabajadores, segmento que explica la mayor parte de la pérdida observada. Dado que este estrato corresponde mayoritariamente a unidades económicas de carácter familiar, comercial y de servicios, la disminución registrada resulta consistente con un proceso de cierre de negocios o salida de establecimientos del ámbito formal, más que con simples reconfiguraciones administrativas o ajustes estadísticos.

Desde una perspectiva sectorial, los datos desagregados del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) indican que los sectores económicos más afectados corresponden principalmente al comercio al por menor de productos no alimenticios, los servicios de alojamiento temporal y preparación de alimentos, los servicios personales y de reparación, así como el comercio al por menor de abarrotes y alimentos, los cuales concentran más del 60 % de los cierres registrados. Se trata de actividades intensivas en mano de obra y altamente dependientes del consumo local, lo que incrementa su vulnerabilidad frente a entornos económicos adversos.

En términos de distribución territorial, los municipios de Tijuana y Mexicali concentran aproximadamente el 70 % del total de cierres, lo que resulta congruente con su mayor densidad empresarial y su peso relativo en la economía estatal. Sin embargo, al analizar el impacto en términos proporcionales, el fenómeno resulta más severo en municipios con menor dinamismo económico, como Tecate y Playas de Rosarito, donde el cierre de un número menor de establecimientos implica una pérdida porcentual más significativa de la base empresarial local, con efectos potencialmente más profundos sobre la estructura productiva y el mercado laboral regional.

Uno de los efectos más visibles asociados a este proceso de cierre de negocios es la reducción de fuentes de empleo formal, así como las presiones que ello genera sobre las condiciones laborales y los niveles de ingreso de las familias bajacalifornianas. Considerando que cada establecimiento formal que cesa operaciones genera, en promedio, la pérdida de entre tres y ocho puestos de trabajo, dependiendo de su tamaño y giro, la reducción del padrón patronal observada en el periodo analizado implica la desaparición de miles de plazas laborales formales en la Entidad, con efectos acumulativos sobre el empleo y la estabilidad económica de los hogares.

Esta dinámica incide de manera directa en la configuración del mercado laboral, al reducir las oportunidades de inserción en empleos formales y acentuar un entorno de mayor competencia por las vacantes disponibles, particularmente para trabajadores con menor nivel de especialización o inserción sectorial limitada.

Más allá de los indicadores de empleo formal, el cierre de negocios registrados genera un riesgo latente de expansión de la informalidad laboral, en la medida en que una proporción relevante de los trabajadores desplazados recurre a actividades económicas no registradas ante las autoridades fiscales o de seguridad social como mecanismo inmediato de subsistencia. Este proceso conlleva una menor cobertura de protección social, limita el acceso efectivo a servicios de salud institucionalizados y reduce la base contributiva, profundizando los desafíos estructurales tanto del mercado laboral como de las finanzas públicas.

La afectación directa a los ingresos familiares derivada de la pérdida de empleos formales se traduce en una reducción del poder adquisitivo de los hogares bajacalifornianos, con efectos multiplicadores negativos sobre el consumo local que retroalimentan el ciclo de contracción económica y limitan las perspectivas de recuperación del tejido empresarial en el corto plazo, configurando así un escenario de vulnerabilidad estructural que requiere atención prioritaria por parte de las autoridades estatales competentes en materia de política económica y desarrollo productivo.

Por otra parte, el empleo formal representa uno de los principales mecanismos de inclusión económica y de generación de bienestar social. Desde el punto de vista de la política económica, los costos asociados a la contratación laboral constituyen un factor determinante en la toma de decisiones de las empresas, especialmente en sectores intensivos en mano de obra. Los impuestos vinculados a la nómina forman parte de estos costos estructurales y, por su naturaleza, inciden directamente en el mantenimiento y expansión del empleo formal.

La información más reciente del Instituto Nacional de Estadística y Geografía confirma que las micro y pequeñas empresas concentran la mayoría de las unidades económicas del país y generan una proporción significativa del empleo formal. Este segmento empresarial se caracteriza por operar con márgenes financieros limitados y por una alta sensibilidad a variaciones en sus costos operativos, lo que vuelve especialmente relevante la construcción de entornos económicos que favorezcan su continuidad y fortalecimiento.

Desde una perspectiva comparada, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ha señalado que los costos asociados al trabajo deben evaluarse considerando su impacto en la formalización laboral y en la competitividad de las empresas. Los países con mercados laborales más dinámicos suelen acompañar este tipo de gravámenes con políticas complementarias que fortalecen la productividad y reducen la informalidad, contribuyendo así a un crecimiento económico más equilibrado.

El análisis del empleo formal y de su contribución al desarrollo económico no se limita a una dimensión recaudatoria, sino que se inserta en una visión más amplia de estabilidad laboral, fortalecimiento del mercado interno y sostenibilidad de las finanzas públicas. La evidencia empírica muestra que un mercado laboral formal sólido tiende a generar mayor certidumbre económica, impulsar el consumo y favorecer la inversión productiva.

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) publicada en 2024, confirma que los incrementos en el empleo formal tienden a reflejarse en una mayor estabilidad del mercado interno, fortaleciendo sectores como comercio, servicios y manufacturas. Esta interacción genera un círculo virtuoso que impulsa la producción, la inversión y el empleo indirecto.

Asimismo, la permanencia de las unidades productivas, especialmente de menor tamaño, tiene efectos favorables sobre la cohesión económica local. La continuidad de estas empresas preserva empleos directos e indirectos, fortalece las cadenas de valor regionales y reduce los costos sociales asociados al cierre de negocios.

Por otra parte, la competitividad regional se sustenta en la capacidad de los territorios para ofrecer condiciones propicias para la inversión productiva, la generación de empleo y la innovación. En entidades con alta integración económica y vocación exportadora, como Baja California, la estabilidad y previsibilidad del entorno económico, fiscal e institucional constituyen factores clave para mantener su atractivo como destino de inversión y para consolidar un crecimiento sostenible de largo plazo.

En regiones con alta integración económica y vocación exportadora, la estabilidad y previsibilidad del marco fiscal como lo es en Baja California y sus municipios adquieren especial relevancia. La información de la Secretaría de Economía y del Gobierno del Estado de Baja California indica que la Entidad se mantiene entre las principales receptoras de inversión en la región norte del país, particularmente en actividades manufactureras y de exportación, impulsadas por su ubicación fronteriza y su integración a cadenas productivas internacionales.

La competitividad de Baja California se sustenta en una combinación de infraestructura industrial y logística, una elevada participación del sector manufacturero en la economía estatal y una fuerza laboral especializada, especialmente en industrias como dispositivos médicos, electrónica y equipo de transporte. Estos factores han permitido sostener un desempeño económico estable y una participación relevante en el comercio exterior nacional.

La coordinación entre el gobierno estatal, los municipios y la federación ha contribuido a generar certidumbre para el sector productivo, fortaleciendo la permanencia de las empresas y la continuidad del empleo formal en la Entidad.

De igual forma, las experiencias internacionales recientes aportan elementos útiles para el diseño de políticas públicas orientadas a la protección del empleo y la continuidad de las actividades productivas. Organismos internacionales han documentado que, durante periodos de desaceleración económica, diversos países implementaron medidas temporales de apoyo a las empresas condicionadas a la conservación del empleo, lo que permitió contener despidos y facilitar la recuperación de los mercados laborales, particularmente en sectores intensivos en mano de obra.

En este sentido, la política económica contemporánea reconoce la importancia de contar con instrumentos que permitan anticipar riesgos económicos, fortalecer la base productiva y preservar el empleo formal. La intervención pública, cuando se sustenta en evidencia empírica y en una visión de mediano y largo plazo, contribuye a reducir los costos económicos y sociales asociados a ciclos adversos.

La situación económica que enfrenta Baja California presenta características estructurales que requieren atención prioritaria desde la política pública. El cierre sostenido de negocios en la Entidad, particularmente de pequeños comercios y emprendimientos emergentes, no solo refleja un entorno económico adverso, sino que pone de manifiesto la fragilidad de amplios segmentos del aparato productivo local. El cierre de establecimientos constituye una señal de alerta para la economía estatal, debido a su impacto directo en la generación de empleo, el ingreso de los hogares y el dinamismo productivo.

Este fenómeno se ve agravado por un contexto de alta presión operativa para las empresas, derivada de factores regulatorios, administrativos y de costos que limitan su capacidad de adaptación. Tales condiciones reducen la competitividad de la Entidad frente a otras regiones y restringen la posibilidad de sostener y crear empleos formales. De mantenerse esta tendencia sin una intervención integral, las consecuencias económicas y sociales podrían profundizarse, incrementando la informalidad laboral, deteriorando el bienestar social y contrayendo de manera persistente el mercado interno.

Las proyecciones de pérdida acumulada de empleos formales dimensionan el impacto humano y social del problema. Esta reducción de ingresos laborales afecta de manera directa el poder adquisitivo de las familias, presiona el costo de vida y tiende a profundizar desigualdades en la región.

Ante este escenario, resulta indispensable impulsar una revisión integral de las políticas públicas orientadas al fortalecimiento del tejido empresarial y la preservación del empleo formal, con especial énfasis en las micro, pequeñas y medianas empresas. La implementación de esquemas de apoyo focalizados, acompañados de mecanismos de evaluación permanente, permitirá asegurar que las medidas adoptadas sean efectivas, temporales y ajustables a la evolución de la situación económica.

La complejidad del problema demanda una coordinación estrecha entre el Poder Legislativo, el Ejecutivo estatal, los gobiernos municipales y el sector productivo. Solo mediante una acción conjunta, basada en evidencia técnica y en la experiencia operativa de los actores económicos, será posible diseñar e implementar soluciones que protejan el empleo, fortalezcan la competitividad del Estado y contribuyan a la estabilidad económica y social de Baja California.

Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. - La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Economía para que, en coordinación con la Secretaría de Economía e Innovación del Estado de Baja California, fortalezca y profundice acciones conjuntas de fomento económico, orientadas a impulsar la productividad, la competitividad y la consolidación de las micro, pequeñas y medianas empresas en la Entidad, con el objeto de contribuir a su viabilidad, permanencia en los mercados y a la generación y conservación del empleo formal, en beneficio del desarrollo económico regional.

Notas:

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2024). Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) 01/2024. INEGI.

https://www.inegi.org.mx/app/mapa/denue/default.aspx

2 Secretaría de Economía. (2023). Diagnóstico del ecosistema emprendedor en Baja California 2023. Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.

https://www.gob.mx/se/documentos/diagnostico-estatal-baja-calif ornia

3 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2024). Indicador Trimestral de la Actividad Económica Estatal (ITAEE) por entidad federativa, series desestacionalizadas. INEGI.

https://www.inegi.org.mx/temas/itaee/

4 Comisión Federal de Electricidad. (2024). Tarifas autorizadas para el suministro y venta de energía eléctrica 2023-2024. CFE.

https://app.cfe.mx/Aplicaciones/CCFE/Tarifas/TarifasCRECasa/Tar ifas/

5 Instituto Mexicano del Seguro Social. (2026). Puestos de trabajo afiliados al IMSS: Información mensual por entidad federativa 2024. IMSS.

http://www.imss.gob.mx/conoce-al-imss/cubos

6 Instituto Mexicano del Seguro Social. (2026). Puestos de trabajo afiliados al IMSS: Información mensual por entidad federativa enero-junio 2025. IMSS.

http://www.imss.gob.mx/conoce-al-imss/cubos

7 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025). Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE).

https://www.inegi.org.mx/app/descarga/default.html

8 Cálculo propio a partir de la participación municipal en registros del IMSS y unidades del DENUE.

9 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (2023). Estadísticas del sector laboral: Promedio de trabajadores por tamaño de establecimiento en sectores comercio y servicios. STPS.

https://www.gob.mx/stps/documentos/estadisticas-del-sector-labo ral

10 INEGI (2025), Demografía de los Negocios 2019-2023.

https://www.inegi.org.mx/programas/dn/

11 OCDE (2025). Elaborar una estrategia integral para fomentar la formalización.

https://www.oecd.org/en/publications/oecd-economic-surveys-arge ntina-2025_27dd6e27-en/full-report/devising-a-comprehensive-strategy-to-foster- formalisation_a2bd1fe7.html

12 OCDE (2025). Taxing Wages 2024.

https://www.oecd.org/tax/tax-policy/taxing-wages/

13 Secretaría de Economía e Innovación de Baja California. (2024). Estrategia estatal de atracción y retención de inversiones.

https://www.bajacalifornia.gob.mx/sei/

14 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2023). Programa de la Industria:

https://www.inegi.org.mx/programas/immex/

15 Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) (2021). Job Retention Schemes during the COVID-19 Pandemic: Lessons from OECD Countries..

https://www.oecd.org/employment/job-retention-schemes-during-th e-covid-19-pandemic.htm

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de enero de 2026.– Diputado Fernando Castro Trenti (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE ENTREGUE LA INFORMACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DEL PROYECTO DE LA LÍNEA 4 DEL METRO DE MONTERREY; Y SE EMITA UN INFORME SOBRE LAS AFECTACIONES AL DRENAJE PLUVIAL EN EL TRAMO AVENIDA CONSTITUCIÓN-VENUSTIANO CARRANZA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Movilidad y Planeación Urbana del estado de Nuevo León, al gobierno del estado de Nuevo León y a las autoridades responsables del proyecto de la Línea 4 del Metro de Monterrey a que en términos del derecho de acceso a la información pública, proporcionen ante esta honorable Cámara de Diputados la entrega de información técnica, administrativa y de gestión del proyecto de la Línea 4 del Metro de Monterrey, así como la emisión de un informe detallado sobre las afectaciones detectadas al drenaje pluvial de la ciudad en el tramo de construcción de la avenida Constitución, Venustiano Carranza y Zonas Colindantes; y el análisis de riesgos y medidas de protección civil implementadas para mitigar efectos adversos en caso de lluvias, inundaciones y deterioro de infraestructura, a cargo de la diputada Petra Romero Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Petra Romero Gómez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Línea 4 del Metro de Monterrey es un proyecto de infraestructura estratégica y prioritaria dentro del Sistema de Movilidad metropolitano, con impacto directo en la conectividad y calidad de vida de miles de personas. Esta obra forma parte, además, de los preparativos de la ciudad ante la celebración de eventos de talla internacional programados para 2026, lo que ha implicado la aceleración de proyectos públicos de gran magnitud.

Sin embargo, durante el proceso de construcción de la Línea 4 del Metro en la Avenida Constitución y su intersección con Venustiano Carranza, al menos siete pilotes de las columnas del viaducto han atravesado e invadido un ducto principal del drenaje pluvial de la ciudad, que conduce agua de lluvia hacia el cauce del río Santa Catarina.

Esta situación ha generado los siguientes efectos adversos:

1. Obstrucción y reducción funcional del drenaje pluvial: Los pilotes instalados dentro del ducto han creado represas parciales que disminuyen la capacidad hidráulica y la velocidad de traslado del agua pluvial, aumentando el riesgo de retención de caudales durante lluvias ordinarias o moderadas.

2. Inundaciones atípicas y acumulación de agua: Diversos sectores, incluyendo vialidades estratégicas como la Avenida Gonzalitos, han experimentado inundaciones inusitadas durante eventos de lluvia, lo que según especialistas y reportes periodísticos ha sido atribuido a la alteración del flujo del drenaje.

3. Filtraciones y riesgo estructural: La presencia de las columnas ha generado filtraciones en áreas del drenaje pluvial que podrían comprometer no solo la integridad de la red hidráulica, sino también la estabilidad del subsuelo y, por ende, de las propias estructuras del metro ante cargas vibracionales o de aguas subterráneas.

4. Intervención insuficiente o poco clara: Si bien autoridades han anunciado que se realizarán “correcciones y obras inducidas”, la información pública disponible no detalla por completo el alcance, metodología técnica o cronograma de dichas acciones correctivas ni la supervisión externa que las valide.

5. Riesgo urbano y gestión de desastres: La acumulación irregular de basura, restos de concreto y otros residuos producto de la construcción en combinación con obstrucciones parciales pueden agravar las inundaciones en episodios de lluvia intensa, incrementando la vulnerabilidad de la población y bienes expuestos.

Y aunque las autoridades han reconocido la existencia de daños al drenaje pluvial, se han aplazado la entrega de soluciones técnicas y plazos de reparación concretos.

La falta de información precisa y de una gestión clara de riesgos puede ocasionar problemas de seguridad pública, tales como:

• Deterioro de la infraestructura vial y de servicios básicos.

• Riesgo de socavones y hundimientos por filtraciones subterráneas.

• Incremento de accidentes o afectaciones a viviendas y locales comerciales en zonas bajas.

Por ello es necesaria la transparencia y rendición de cuentas, ante una obra de esta magnitud, que involucra recursos públicos, planificación urbana y afectaciones directas al sistema de drenaje pluvial y al bienestar ciudadano, resulta imprescindible contar con información pública, clara y técnicamente sustentada para:

1. Garantizar la seguridad hidráulica y estructural de la obra y sus alrededores.

2. Permitir la participación ciudadana informada y disminuir la incertidumbre social.

3. Asegurar que las decisiones públicas se basen en evidencia técnica y en un análisis de riesgos integral.

Por lo anterior expuesto, el punto de acuerdo pretende asegurar que las autoridades responsables aclaren y sustenten técnicamente las decisiones de diseño, ejecución y mitigación de impactos de la Línea 4 del Metro, así como su interacción con la infraestructura de drenaje pluvial de la ciudad.

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente solicita de manera respetuosa a la Secretaría de Movilidad y Planeación Urbana del Estado de Nuevo León, al Gobierno del Estado de Nuevo León y a las autoridades responsables del proyecto de la Línea 4 del Metro de Monterrey, a que en términos del derecho de acceso a la información pública, proporcionen ante esta H. Cámara de Diputados la entrega de información técnica, administrativa y de gestión del proyecto de la Línea 4 del Metro de Monterrey; así como la emisión de un informe detallado sobre las afectaciones detectadas al drenaje pluvial de la ciudad en el tramo de Construcción de la Avenida Constitución, Venustiano Carranza y zonas colindantes; y el análisis de riesgos y medidas de protección civil implementadas para mitigar efectos adversos en caso de lluvias, inundaciones y deterioro de infraestructura.

Notas

1. https://www.ejecentral.com.mx/nuestro-eje/la-prisa-por-el-mundial-cobra-factura -en-monterrey?utm_source

2. https://www.nmas.com.mx/estados/invaden-obras-de-linea-4-del-metro-en-monterrey -un-tramo-del-drenaje-pluvial/?utm_source

3. https://vanguardia.com.mx/noticias/mexico/construyen-metro-de-nl-en-drenaje-plu vial-OL17852590?utm_source

4. https://www.ejecentral.com.mx/nuestro-eje/la-prisa-por-el-mundial-cobra-factura -en-monterrey?utm_source

5. https://www.nmas.com.mx/estados/invaden-obras-de-linea-4-del-metro-en-monterrey -un-tramo-del-drenaje-pluvial/?utm_source6. https://www.telediario.mx/politica/linea-4-metro-gobierno-nuevo-leon-anuncia-co rrecciones-a-obras?utm_source

7. https://vanguardia.com.mx/noticias/mexico/construyen-metro-de-nl-en-drenaje-plu vial-OL17852590?utm_source

8. https://www.elnorte.com/alarga-estado-solucion-a-ducto-danado-por-l4/ar3112090? utm_source

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputada Petra Romero Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SOLICITUD A LA SEMARNAT, A EVALÚAR, SUPERVISAR Y, EN SU CASO, ADOPTAR MEDIDAS PARA PREVENIR LOS IMPACTOS AMBIENTALES DERIVADOS DEL PROYECTO DE GAS NATURAL LICUADO SAGUARO, EN EL GOLFO DE CALIFORNIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita de manera respetuosa a la Semarnat para que en el ámbito de sus atribuciones evalúen, supervisen y, en su caso, adopten medidas para prevenir los impactos ambientales derivados del proyecto de gas natural licuado “Saguaro”, en la región del Golfo de California, a fin de proteger el patrimonio natural de la humanidad, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Alejandra Chedraui Peralta, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguientes

Consideraciones

El Golfo de California constituye uno de los ecosistemas marinos más ricos y diversos del planeta, albergando una amplia variedad de especies endémicas, mamíferos marinos, peces, aves y ecosistemas costeros de alto valor ecológico. En reconocimiento a su importancia ambiental, cultural y biológica, este cuerpo de agua fue inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), lo que implica un compromiso permanente del Estado Mexicano para su conservación y protección.

No obstante, en los últimos años el Golfo de California ha enfrentado crecientes presiones derivadas de actividades industriales, energéticas y de transporte marítimo, las cuales representan riesgos significativos para el equilibrio ecológico de la región. Entre estas actividades destaca el proyecto de gas natural licuado conocido como Saguaro, que contempla infraestructura asociada y un incremento sustancial en el tránsito marítimo en la zona.

El desarrollo de proyectos de gas natural licuado implica el tránsito frecuente de grandes embarcaciones, lo que incrementa el riesgo de colisiones con fauna marina, particularmente con ballenas y otras especies de mamíferos marinos que utilizan el Golfo de California como ruta de migración, reproducción y alimentación. Asimismo, el aumento del tráfico marítimo genera contaminación acústica que altera los patrones de comunicación, orientación y comportamiento de la vida submarina.

Adicionalmente, estas actividades conllevan emisiones significativas de dióxido de carbono (CO2) y otros contaminantes atmosféricos, contribuyendo al cambio climático y afectando la calidad del aire y del agua. La liberación de contaminantes y el riesgo de derrames representan amenazas directas para los ecosistemas marinos y costeros, así como para las comunidades que dependen de ellos para su subsistencia, como la pesca y el turismo sustentable.

Cabe señalar que el deterioro ambiental del Golfo de California podría comprometer su estatus como Patrimonio Mundial de la Humanidad, lo que tendría consecuencias ambientales, sociales y económicas de gran magnitud. La protección de este ecosistema no solo responde a obligaciones internacionales asumidas por el Estado, sino también al deber constitucional de garantizar el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.

Asimismo, el incremento de emisiones de dióxido de carbono y otros contaminantes atmosféricos contribuye al cambio climático y reduce la resiliencia ecológica del Golfo de California, afectando procesos ecosistémicos clave y la biodiversidad marina. Estos impactos pueden generar efectos irreversibles sobre especies protegidas y servicios estratégicos, como la regulación climática y la productividad pesquera.

Por lo anteriormente mencionado, estas emisiones no solo incrementan la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera, sino que también aceleran fenómenos como el aumento de la temperatura superficial del mar y la acidificación oceánica, los cuales afectan de manera significativa la estabilidad y funcionalidad de los ecosistemas marinos.

El aumento de la temperatura del agua modifica los patrones de circulación oceánica, la disponibilidad de nutrientes y la productividad primaria, lo que repercute en toda la cadena alimenticia marina. Asimismo, la acidificación del océano reduce la capacidad de organismos calcificadores (como corales, moluscos y ciertas especies de plancton) para formar estructuras esenciales para su supervivencia, debilitando hábitats críticos y afectando la biodiversidad del Golfo de California.

De igual forma, la disminución de la resiliencia ecológica del ecosistema limita su capacidad de adaptación y recuperación frente a perturbaciones adicionales, como eventos climáticos extremos, mareas de calor marinas y cambios abruptos en la disponibilidad de oxígeno disuelto. Estas alteraciones incrementan la vulnerabilidad de especies protegidas y endémicas, particularmente de mamíferos marinos y especies migratorias, cuyas rutas, áreas de reproducción y patrones de alimentación dependen de condiciones ambientales estables.

Los impactos acumulativos derivados de las emisiones contaminantes también comprometen servicios ecosistémicos estratégicos, tales como la regulación climática, la captura y almacenamiento de carbono azul, la productividad pesquera y la seguridad alimentaria de comunidades costeras.

La degradación de estos servicios no solo tiene consecuencias ambientales de largo plazo, sino que genera efectos económicos y sociales adversos, al reducir la disponibilidad de recursos pesqueros y afectar actividades productivas sustentables.

En este sentido, los efectos del cambio climático inducidos por el incremento de emisiones representan riesgos potencialmente irreversibles para la integridad ecológica del Golfo de California, lo que refuerza la necesidad de aplicar criterios de mitigación, adaptación y prevención ambiental, así como de evaluar de manera integral y rigurosa los impactos climáticos directos, indirectos y acumulativos asociados a proyectos que puedan comprometer uno de los ecosistemas marinos más valiosos del país y del mundo.

En este contexto, la protección del Golfo de California responde al principio de prevención y precaución ambiental, así como a las obligaciones del Estado mexicano de conservar ecosistemas de alto valor ambiental y garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano, priorizando evaluaciones ambientales integrales que consideren impactos sinérgicos y de largo plazo.

Es por esto que resulta indispensable que las autoridades ambientales competentes refuercen la evaluación, supervisión y, en su caso, adopten medidas preventivas y correctivas respecto a los proyectos energéticos que puedan generar impactos negativos en el Golfo de California, privilegiando los principios de prevención, precaución y desarrollo sostenible.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, solicita de manera respetuosa a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que en el ámbito de sus atribuciones evalúen, supervisen y, en su caso, adopten las medidas necesarias a fin de prevenir, mitigar y evitar los impactos ambientales negativos derivados del proyecto de gas natural licuado “Saguaro” en el Golfo de California, con el objetivo de proteger este ecosistema reconocido como Patrimonio Natural de la Humanidad por la UNESCO.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputada Alejandra Chedraui Peralta (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SOLICITUD A LOS GOBIERNOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, GUADALAJARA Y NUEVO LEÓN, A DESARROLLAR UNA ESTRATEGIA DE DERECHOS HUMANOS QUE INCLUYA MEDIDAS CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y LA PROTECCIÓN DE MENORES, DURANTE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA 2026

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita de manera respetuosa a los gobiernos de la Ciudad de México, Guadalajara y Nuevo León para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrollen una estrategia de derechos humanos que incluya medidas contra la trata de personas y la protección de menores, durante la Copa Mundial de la FIFA 2026, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Alejandra Chedraui Peralta, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguientes

Consideraciones

Los Mundiales de fútbol, si bien son eventos deportivos que generan entusiasmo, también concentran factores de riesgo para el aumento de la trata de personas y la explotación de menores. Las organizaciones internacionales y las ONG trabajan para concientizar y prevenir estos crímenes, aunque la falta de datos oficiales completos sigue siendo un desafío.

La protección de los niños contra el abuso, incluido el físico, emocional y sexual, es un problema crítico en el deporte, especialmente en los megaeventos deportivos (MPE), donde las grandes multitudes, el aumento de la actividad económica y la infraestructura cambiante crean desafíos únicos. Mientras América del Norte se prepara para albergar la Copa Mundial de la FIFA 2026, la protección infantil, la prevención de la violencia de género y la implementación de marcos de derechos humanos deben ser una consideración prioritaria para las 16 ciudades anfitrionas del continente. La FIFA, una de las organizaciones deportivas más influyentes a nivel mundial, desempeña un papel clave en la supervisión del torneo y en garantizar la implementación de las medidas de seguridad. Con partidos programados en Estados Unidos, México y Canadá, es esencial que todas las partes interesadas en la Copa Mundial de la FIFA 2026 se comprometan a evaluar los marcos de protección infantil existentes, identificar las deficiencias e implementar medidas efectivas. Los recintos deportivos, las organizaciones deportivas y los gobiernos municipales deben trabajar juntos y en conjunto con las organizaciones comunitarias, las fuerzas del orden y otros actores, para prevenir el abuso y la explotación sexual infantil y garantizar la seguridad infantil en estos entornos de alto riesgo.

Es menester precisar que, en 2018, la FIFA otorgó a Estados Unidos, Canadá y México la sede del Mundial de 2026, en parte debido al nuevo requisito de que los países candidatos crearan una Estrategia de Derechos Humanos. Esta estrategia prometía “desarrollar e implementar protocolos de salvaguarda de la niñez” y abordar los peligros para los niños, las lagunas en las leyes nacionales, así como la coordinación entre 16 ciudades de tres países.

Ante ello, la celebración de un evento global como la Copa Mundial de la FIFA 2026 representa para México una oportunidad histórica de proyección internacional, pero también un desafío en materia de seguridad, derechos humanos y responsabilidad social.

La experiencia internacional demuestra que los grandes flujos turísticos pueden incrementar los riesgos asociados con la trata de personas y la explotación sexual infantil, particularmente en destinos con alta concentración hotelera. Ante este escenario.

Baste mencionar que el sector hotelero ocupa una posición estratégica en la detección temprana de posibles casos de trata; pues habitaciones, recepciones y áreas comunes suelen ser puntos de contacto críticos donde el personal puede identificar señales de alerta. Conscientes de ello, autoridades federales, gobiernos locales y organismos internacionales han coincidido en que la prevención debe recaer tanto en las fuerzas de seguridad como en la industria turística.

Este enfoque ha llevado a replantear el rol de los hoteles: de espacios neutrales de alojamiento a actores clave en la protección de niñas, niños y adolescentes, especialmente en contextos de alta movilidad como el Mundial 2026.

Derivado de lo anteriormente descrito es importante referir que, aunque las cifras exactas y específicas para cada mundial son difíciles de obtener debido a la naturaleza oculta del delito, varios informes y advertencias de expertos confirman esta problemática:

•Aumento del riesgo: Expertos y asociaciones advierten que la afluencia masiva de turistas, la demanda de servicios de hostelería, transporte y ocio, y un ambiente festivo, crean un entorno propicio para que los tratantes operen con mayor facilidad.

•Advertencias específicas: Desde el Mundial de Alemania 2006, organizaciones como Amnistía Internacional y UNICEF han emitido alertas sobre el posible incremento de la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual durante el torneo.

•Vulnerabilidad de menores: Los niños representan casi un tercio de las víctimas de trata detectadas a nivel mundial, y su número se ha triplicado en los últimos 15 años. Las niñas, en particular, son las más afectadas por la explotación sexual, mientras que los niños son más vulnerables a la trata con fines de trabajo forzoso o incluso como deportistas.

•Captación en el ámbito deportivo: La UNODC ha identificado prácticas irregulares en el ámbito deportivo donde jóvenes vulnerables son captados con falsas promesas de éxito profesional, para luego ser explotados. El desconocimiento del delito en el gremio futbolístico dificulta las denuncias.

•Explotación laboral: Además de la explotación sexual, los grandes eventos deportivos conllevan una alta demanda de mano de obra en la construcción de infraestructuras y servicios, lo que puede generar riesgos de explotación laboral, como se vio en el Mundial de Qatar 2022, donde hubo denuncias de condiciones de semiesclavitud y muertes de trabajadores migrantes.

Para la protección de menores de la trata durante los Mundiales, se necesitan protocolos integrales que incluyan detección temprana (en aeropuertos, hoteles, eventos), capacitación a personal (seguridad, hotelero, voluntariado) sobre señales de alerta, campañas de sensibilización para público y aficionados, y una respuesta coordinada entre policía, ONGs y autoridades, enfocándose en la reintegración de víctimas y la persecución de tratantes, bajo el marco del Protocolo de Palermo (Marco internacional clave para prevenir, reprimir y sancionar la trata, especialmente de mujeres y niños) ( y la Convención sobre los Derechos del Niño).

En el ámbito internacional, se ha visualizado que en los eventos deportivos aumenta el riesgo de tráfico de niños, niñas y mujeres y también la explotación sexual de los mismos. Lo cual representa una gran preocupación para la Copa Mundial de la FIFA 2006

Ante ello el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) ha expresado su profunda preocupación por la posibilidad de que se trafique o se explote sexualmente a niños, niñas y mujeres durante la Copa Mundial de la FIFA. Las estimaciones indican que al menos 1,8 millones de niños, de los que la mayor parte son niñas, son explotados en el millonario negocio del comercio sexual.

Muchos de estos niños con los que se trafica son forzados a la prostitución, la pornografía y otras formas de explotación sexual. Les niegan su derecho a la educación, soportan el abuso sexual y la violencia, y son a menudo más vulnerables a las enfermedades de transmisión sexual como el VIH/ SIDA.

Los esfuerzos de UNICEF por proteger a la infancia del tráfico, la explotación sexual comercial y otras formas de abuso se centran en la creación de un entorno protector para los niños.

Es esencial reforzar las acciones y políticas destinadas a salvaguardar a niñas, niños y adolescentes contra la trata de personas. Esto implica no solo fortalecer las medidas de protección, sino también implementar estrategias integrales que aborden las causas subyacentes de este grave problema y garanticen la protección de los derechos fundamentales de la niñez.

Derivado de lo anteriormente descrito, es que es inminente garantizar la protección integral de la infancia en los megaeventos deportivos, para ello es fundamental realizar evaluaciones de riesgos para los derechos humanos y la debida diligencia en materia de derechos humanos, involucrar y colaborar significativamente con las partes interesadas, fortalecer las políticas y los mecanismos de aplicación, y concienciar a la opinión pública.

Si bien es cierto, no existen cifras claras del número de abusos contra los menores en los eventos deportivos, proteger a los niños del abuso físico, emocional y sexual en la Copa Mundial de la FIFA 2026 exige un enfoque colaborativo multidimensional entre sedes, organizaciones deportivas y municipios. Al implementar las mejores prácticas con protocolos basados en datos y fomentar la colaboración, América del Norte tiene una oportunidad única de establecer un nuevo estándar de excelencia para la protección infantil en el deporte, garantizando que la Copa Mundial de la FIFA 2026 se convierta en un modelo para los esfuerzos de protección a nivel mundial y deje un legado duradero de seguridad, confianza y esperanza para las generaciones futuras.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, solicita de manera respetuosa a los gobiernos de la ciudad de México, Guadalajara y Nuevo León para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrollen la Estrategia de Derechos Humanos que incluya medidas contra la Trata de Personas y la Protección de Menores, durante la Copa Mundial de la FIFA 2026.

Notas:

1. UNICEF advierte sobre el tráfico de personas durante el Mundial. UNICEF. Para cada Infancia. Disponible en:

https://www.unicef.es/noticia/unicef-advierte-sobre-el-trafico- de-personas-durante-el-mundial#:~: text=Aumenta%20el%20riesgo%20de%20tr%C3%A1fico%20de%20ni%C3%B1os%2C,la%20Copa%2 0Mundial%20de%20la%20FIFA%202006.

2. Trata de personas puede aumentar en eventos deportivos. México Unido 2026. Disponible en:

https://mexicounido2026.rmsindicalistas.mx/2022/02/trata-de-per sonas-puede-aumentar-en-eventos-deportivos/#:~: text=Los%20 grandes%20eventos%20deportivos%20como%20lo%20pueden,por%20lo%20que%20la%20coope raci%C3%B3n%20internacional%20es>

3. En la lucha contra la trata de personas, ninguna niña, niño o adolescente debe ser dejado atrás. OIM. Migración. Disponible en:

https://mexico.iom.int/es/news/en-la-lucha-contra-la-trata-de-p ersonas-ninguna-nina-nino-o-adolescente-debe-ser-dejado-atras#:~: text=Es%20esencial%20reforzar%20las%20acciones,para%20continuar%20apoyando%20es os%20esfuerzos.&text=Para%20m%C3%A1s%20informaci%C3%B3n%20contactar%20a,org ;%20Tel:%2055%202848%207440

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 enero de 2026.– Diputada Alejandra Chedraui Peralta (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE SOLICITA A LOS CONGRESOS DE AGUASCALIENTES Y CHIHUAHUA, REALIZAR LAS MODIFICACIONES LEGISLATIVAS NECESARIAS PARA EL RECONOCIMIENTO DEL MATRIMONIO IGUALITARIO

«Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a los congresos de las entidades federativas de Aguascalientes y Chihuahua a realizar las modificaciones legislativas necesarias para el reconocimiento del matrimonio igualitario, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe diputado Jaime Genaro López Vela del Grupo Parlamentario de Morena integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos, someto a consideración de esta H. Comisión Permanente, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas en 1948, establece las obligaciones de los Estados para proteger, respetar y garantizar el goce efectivo de los derechos humanos, así como los derechos inherentes a todas las personas por el simple hecho de serlo. En este sentido, dicho instrumento internacional señala en su artículo 1 que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, y en su artículo 2 dispone que “toda persona tiene los derechos y las libertades proclamados en esta Declaración”. En consecuencia, toda persona, incluidas las personas LGBTI, tiene derecho a gozar de la protección prevista en el derecho internacional de los derechos humanos basada en la igualdad y la no discriminación.

Asimismo, el artículo 2.2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el artículo 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establecen la obligación de los Estados parte de respetar y garantizar los derechos reconocidos en dichos instrumentos sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Además, el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos consagra el principio de igualdad ante la ley y la prohibición de toda forma de discriminación.

La lucha por reconocer los derechos plenos de las poblaciones de la diversidad sexual y de género no es nueva, una de las primeras demandas fue el reconocimiento al matrimonio civil igualitario.

En diciembre de 2009, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal reformó el artículo 146 del Código Civil del Distrito Federal, estableciendo que el matrimonio será la “unión libre entre dos personas”, eliminando el precepto anterior que establecía que éste era entre “un hombre y una mujer”. Hasta antes de esa fecha, y desde 2006, la legislación local reconocía a las parejas del mismo sexo la “sociedad de convivencia”.

Después de ser aprobada la reforma que incluía el matrimonio civil igualitario, el Procurador General de la República presentó ante la Suprema Corte de Justicia de México una acción de inconstitucionalidad al considerar, por un lado, “que dicha reforma contravenía el texto constitucional y que el hecho de no incluir en la figura del matrimonio no implicaba discriminación contra las parejas del mismo sexo puesto que podían existir otras figuras afines, y por otro, que las parejas del mismo sexo, con la nueva reforma que los incluía dentro de la figura del matrimonio, les permitiría adoptar niñas y niños, lo cual iba en contra del interés superior de aquéllos”.

El pleno determino que la reforma era constitucional por lo tanto era validad. El argumento se centró en que la Constitución mexicana protege a la familia en las diversas formas en que se integre, incluida la formada por parejas homosexuales. En ese sentido, la decisión destacó que la concepción del matrimonio ha evolucionado con la sociedad y, actualmente, se sostiene primordialmente “en los lazos afectivos, sexuales, de identidad, solidaridad y de compromiso mutuos de quienes desean tener una vida en común”, lo cual ha redefinido el concepto y lo ha desvinculado de la función procreativa.

La decisión agregó que, siendo México una federación, las entidades federativas tenían libertad configurativa en materia civil en tanto no estuviera expresamente previsto para la Federación, por lo que si el Distrito Federal quería legislar las uniones del mismo sexo, podía hacerlo.

Esta acción de inconstitucionalidad contra la reforma del artículo 146 del Código Civil del Distrito Federal marcó un precedente histórico al ser la primera vez que la mayoría de la Suprema Corte de Justicia reconoció que las personas del mismo sexo tienen el derecho de acceder al matrimonio y a todos los derechos en él reconocidos, incluyendo la adopción de niñas y niños. Sería el principio de un gran camino judicial que continúa hasta el día de hoy, al existir estados como Aguascalientes y Chihuahua que no han legislado para reconocer los matrimonios igualitarios.

En el estado de Oaxaca en 2012, tres parejas del mismo sexo solicitaron la unión en matrimonio, se les fue negado e interpusieron amparos argumentando discriminación basada en la orientación sexual, la Primera Sala determinó que a las parejas involucradas se les había vulnerado el principio de igualdad y no discriminación, y que parte del artículo impugnado era discriminatorio, por lo que se les otorgó el amparo, lo cual implicaba que las parejas podrían casarse.

Luego de la emisión de la decisión en el amparo en revisión 152/2013 —el referente a la discriminación legislativa por la simple existencia de la norma—, se han resuelto varios asuntos a lo largo del país con el mismo razonamiento. Así por ejemplo, Nuevo León, Tamaulipas, Chihuahua, Oaxaca, Baja California y Chiapas han emitido sentencias favorables a quienes han interpuesto los amparos contra leyes que definen el matrimonio por considerarlas discriminatorias. En algunos casos incluso, como en Chihuahua, se ha ampliado la reparación a la publicación de la sentencia. Algunos —los menos— han permanecido con la interpretación conforme en vez de la inconstitucionalidad o negado el amparo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el Amparo en Revisión 704/2014, estableció que resulta inconstitucional cualquier norma local que defina el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer o que le atribuya una finalidad procreativa. Asimismo, el Alto Tribunal reconoció que los matrimonios entre personas del mismo sexo tienen derecho a acceder a la adopción en igualdad de condiciones, y determinó que las normas basadas en estereotipos de sexo o identidad sexo-genérica constituyen una forma de discriminación prohibida por el orden constitucional.

Con la aprobación en Ciudad de México, se inició la tendencia en otros estados. Quintana Roo lo hizo en 2012; Coahuila en 2014; Chihuahua y Nayarit en 2015; en 2016 sucedió lo mismo en Campeche, Michoacán, Morelos y Colima; en 2017, Chiapas; en 2019 Nuevo León, San Luis Potosí, Hidalgo, Baja California Sur y Oaxaca. En 2020, Puebla y Tlaxcala; en 2021, Sinaloa, Baja California, Yucatán, Querétaro, Sonora, Zacatecas y Guanajuato. En 2022 se aprobó en Jalisco, Veracruz, Durango, Estado de México, Tabasco, Guerrero y Tamaulipas; en 2023 Nuevo León y Chiapas. 2025 el último estado en aprobarlo fue Guanajuato.

Reciente, el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó una reforma al Código Civil local con el objeto de reconocer el matrimonio como la unión libre de dos personas, orientada a la realización de una comunidad de vida basada en el respeto, la igualdad y la ayuda mutua. Dicha modificación eliminó las referencias normativas al marido y la mujer, sustituyéndolas por el concepto de personas cónyuges, lo que representa un avance en la armonización de la legislación estatal con los estándares constitucionales, convencionales y jurisprudenciales en materia de derechos humanos y no discriminación.

En el marco del reconocimiento y garantía de los derechos humanos, la Comisión para Prevenir y Erradicar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) ha señalado la importancia de que el Poder Legislativo incorpore de manera transversal la perspectiva de no discriminación y de derechos humanos en el ejercicio de sus funciones, a fin de asegurar la protección efectiva de todas las personas frente a prácticas discriminatorias.

Asimismo, se destaca la necesidad de que la labor legislativa se sustente en datos confiables y actualizados, particularmente en aquellas propuestas relacionadas con derechos humanos y materia antidiscriminatoria, ya que ello permite una mejor toma de decisiones y fortalece el reconocimiento y la garantía de estos derechos.

Por otro lado, se advierte que la armonización del derecho interno con los tratados internacionales en materia de derechos humanos no se limita a modificaciones formales o a la mera repetición de términos, sino que requiere una adecuación sustantiva de las normas a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado mexicano.

Finalmente, se resalta la relevancia de supervisar el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, particularmente en aquellos casos en los que puede existir una colisión de derechos, es decir, cuando el ejercicio de un derecho puede afectar el cumplimiento de otro.

Esta solicitud responde a las exigencias de las diversas organizaciones, activistas y personas defensoras de derechos humanos de esos estados.

Por lo anterior expuesto, se presenta ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente solicita respetuosamente a los Congresos de las Entidades Federativas de Aguascalientes y Chihuahua, para que, en el marco de sus atribuciones, realicen las acciones legislativas necesarias para reconocer matrimonio igualitario.

Notas

1. Organización de las Naciones Unidas, Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada el 10 de diciembre de 1948, arts. 1 y 2.

2. Organización de las Naciones Unidas, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado el 16 de diciembre de 1966, art. 2.2; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado el 16 de diciembre de 1966, arts. 2.1 y 26.

3. https://www.sitios.scjn.gob.mx/cec/sites/default/files/publication/ documents/2020-06/12_QUINTANA_REVISTA%20CEC_01.pdf

4. Acción de Inconstitucionalidad 2/2010, fallada el 16 de agosto de 2010. Ministro ponente: Sergio Valls Hernández. Secretaria: Laura García Velasco.

5. Nuevo León: amparo 821/2014, resuelto por el Juzgado Quinto de Distrito en Materias Civil y del Trabajo del Cuarto Circuito. Tamaulipas: amparo 198/2014 resuelto por el Juzgado Tercero de Distrito del Décimo Noveno Circuito. Chihuahua: amparo 783/2014, resuelto por el Juzgado Octavo de Distrito del Décimo Séptimo Circuito. Oaxaca: amparos 1380 y 1381, resueltos por el Juzgado Tercero de Distrito del Décimo Tercer Circuito. Baja California Sur: amparo 694/2014, resuelto por el Juzgado Primero de Distrito del Vigésimo Sexto Circuito. Chiapas: amparo 1428/2014, resuelto por el Juzgado Segundo de Distrito del Vigésimo Circuito.

6. Suprema Corte de Justicia de la Nación, Primera Sala, Amparo en revisión 704/2014, criterio relativo a la inconstitucionalidad de las normas que restringen el matrimonio a la unión entre un hombre y una mujer, al derecho de adopción de matrimonios del mismo sexo y a la prohibición de normas discriminatorias basadas en estereotipos de género.

7. Congreso del Estado de Guanajuato, Dictamen y decreto de reforma al Código Civil del Estado de Guanajuato, mediante el cual se reconoce el matrimonio como la unión libre de dos personas y se armoniza el lenguaje normativo en materia de igualdad.

8. Comisión para Prevenir y Erradicar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), Matrimonio y familias. Tomo II, p. 29.

9. COPRED, Matrimonio y familias. Tomo II, p. 33

10. COPRED, Matrimonio y familias. Tomo II, p. 35

11. COPRED, Matrimonio y familias. Tomo II, p. 37.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputado Jaime Genaro López Vela (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO A LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, A REALIZAR ACCIONES DE COLABORACIÓN, ASÍ COMO PREVER Y DESTINAR LOS RECURSOS ECONÓMICOS SUFICIENTES AL FONDO DE SALUD PARA EL BIENESTAR

Proposición conpunto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas y municipios, a realizar las acciones de colaboración y, prevean y destinen los recursos económicos presupuestales suficientes al Fondo de Salud para el Bienestar, a efecto de fortalecer el SNS y garantizar su universalización, a cargo de la senadora María Guadalupe Chavira de la Rosa, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE INVESTIGUEN LOS ACTOS DE MALTRATO ANIMAL OCURRIDOS EN LAS CALLES TZETZALES Y PIMAS, DE LA COLONIA AZTECAS EN CIUDAD JUÁREZ, Y SE FORTALEZCA LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL EN CHIHUAHUA

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía General de Chihuahua, a investigar exhaustivamente los actos de maltrato animal ocurridos en las calles Tzetzales y Pimas, de la colonia Aztecas en Ciudad Juárez, así como al Congreso de Chihuahua, a fortalecer la legislación en materia de protección y bienestar animal, a fin de endurecer las penas aplicables, a cargo de la senadora Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE FORTALEZCAN MEDIDAS DE ACCESIBILIDAD Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS EN LOS ESPACIOS Y PROCESOS DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA, A FIN DE GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob, al Conadis, a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México a fortalecer las medidas de accesibilidad y eliminación de barreras físicas, comunicativas, digitales y actitudinales en los espacios y procesos de participación pública, a fin de garantizar la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del PAN

Las que suscriben, diputada Elizabeth Martínez Álvarez y senadora Gina Gerardina Campuzano González, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

En México, las personas con discapacidad enfrentan barreras estructurales persistentes y generalizadas que limitan de manera directa el ejercicio pleno de sus derechos políticos y de participación pública, derivadas de la insuficiente accesibilidad en espacios gubernamentales, procesos institucionales, servicios públicos y plataformas digitales. Estas barreras no sólo restringen el acceso efectivo a la información y a los mecanismos de participación ciudadana, sino que excluyen sistemáticamente a este sector poblacional de los espacios de deliberación y toma de decisiones públicas.

De conformidad con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en el país más de 20 millones de personas viven con algún tipo de discapacidad, lo que representa aproximadamente una de cada seis personas. Esta magnitud poblacional confirma que la falta de accesibilidad en los espacios y procesos de participación pública no es un problema marginal ni excepcional, sino una problemática de alcance nacional que impacta de forma directa el ejercicio de derechos humanos de una proporción significativa de la población.

Diversos diagnósticos oficiales, evaluaciones institucionales y pronunciamientos de organismos públicos han evidenciado que una parte relevante de los edificios públicos, instalaciones gubernamentales, módulos de atención ciudadana, mecanismos de participación y portales institucionales no cumplen con criterios mínimos de accesibilidad universal, lo que impide en los hechos que las personas con discapacidad participen en consultas públicas, accedan a información oficial, den seguimiento a procesos de deliberación o ejerzan su derecho de petición en condiciones de igualdad.

La ausencia de accesibilidad en los espacios y procesos de participación pública no constituye una omisión aislada ni meramente administrativa, sino una forma de exclusión estructural y sistemática, que perpetúa la desigualdad, debilita la inclusión social y afecta directamente la calidad democrática, la legitimidad institucional y la representación efectiva de amplios sectores de la población.

El artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como de prevenir, atender y erradicar toda forma de discriminación, incluida aquella motivada por discapacidad.

Asimismo, el artículo 4 constitucional reconoce el principio de igualdad sustantiva y el deber del Estado de generar las condiciones necesarias para que todas las personas puedan ejercer plenamente sus derechos, lo que implica remover los obstáculos estructurales, normativos y operativos que limitan la participación efectiva de grupos históricamente excluidos, como las personas con discapacidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el Estado mexicano y con jerarquía constitucional, establece en sus artículos 9 y 29 el derecho a la accesibilidad universal y a la participación plena y efectiva en la vida política y pública, obligando a los Estados a adoptar medidas apropiadas para garantizar el acceso al entorno físico, la información, las comunicaciones, las tecnologías y los procesos de toma de decisiones en condiciones de igualdad.

La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad define la accesibilidad como la eliminación de barreras físicas, comunicativas, tecnológicas, digitales y actitudinales, y mandata a las autoridades federales, estatales y municipales a realizar ajustes razonables y adoptar medidas progresivas que aseguren la igualdad sustantiva y el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, sin que su cumplimiento quede sujeto a criterios discrecionales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido criterios obligatorios en los que reconoce que las personas con discapacidad deben ser consultadas de manera previa, libre, informada, accesible y culturalmente adecuada cuando se adopten medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar sus derechos, estableciendo que la accesibilidad constituye una condición indispensable de validez constitucional de dichos procesos.

La Secretaría de Gobernación y el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), como instancias rectoras de la política nacional en materia de derechos humanos e inclusión, tienen la responsabilidad de coordinar, impulsar y supervisar acciones interinstitucionales que garanticen la accesibilidad y la participación plena de las personas con discapacidad en los asuntos públicos, en los tres órdenes de gobierno.

Garantizar la accesibilidad universal en los espacios y procesos de participación pública no constituye una concesión, sino una obligación constitucional y convencional cuyo cumplimiento fortalece la legitimidad democrática, la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana, además de prevenir responsabilidades jurídicas derivadas de omisiones en materia de derechos humanos.

La accesibilidad beneficia no sólo a las personas con discapacidad, sino también a personas adultas mayores, niñas, niños, mujeres embarazadas, personas con discapacidad temporal y, en general, a toda la ciudadanía, al propiciar instituciones más abiertas, funcionales, eficientes e incluyentes.

Por lo anteriormente expuesto, resulta necesario exhortar a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, a adoptar medidas institucionales claras, exigibles, progresivas y con seguimiento público, que garanticen de manera efectiva la eliminación de barreras y la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en los espacios y procesos de participación pública, se somete a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, realicen y actualicen diagnósticos integrales de accesibilidad en los espacios, instalaciones, procesos y servicios públicos vinculados con la participación ciudadana, que abarque infraestructura física, comunicación, tecnologías de la información y procedimientos institucionales, garantizando la participación directa y efectiva de personas con discapacidad y de organizaciones representativas, a fin de identificar barreras estructurales y orientar la adopción de medidas correctivas.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, para que establezcan y fortalezcan mecanismos obligatorios, permanentes y accesibles de consulta, con personas con discapacidad y organizaciones representativas, en la elaboración, implementación y evaluación de políticas, programas y acciones públicas que puedan afectar el ejercicio de sus derechos, asegurando que dichos procesos se realicen de manera previa, libre, informada y accesible, con énfasis en:

a) La identificación y eliminación de barreras arquitectónicas y de infraestructura;

b) Accesibilidad comunicativa y digital, incluyendo portales institucionales, transmisiones oficiales y documentos públicos;

c) Los mecanismos de participación ciudadana y atención pública; y

d) Los servicios de orientación y atención dirigidos a la población.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, para que adopten e implementen medidas institucionales progresivas y verificables que garanticen:

a) Señalización accesible, comprensible y adecuada en instalaciones públicas;

b) Disponibilidad de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana, subtitulaje y apoyos de comunicación accesible en actos públicos, consultas y mecanismos de participación;

c) Emisión y difusión de información oficial en formatos accesibles, incluidos formatos digitales accesibles y de lectura fácil; y

d) Capacitación continua y obligatoria en derechos humanos, inclusión y accesibilidad para el personal público, con el objetivo de eliminar barreras actitudinales y fortalecer una cultura institucional incluyente.

Cuarto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación y al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis) a que, en el ámbito de sus atribuciones de coordinación interinstitucional, elaboren y den a conocer planes de acción en materia de accesibilidad, que incluyan metas claras, indicadores medibles y mecanismos de seguimiento público, orientados a evaluar el cumplimiento progresivo de las medidas señaladas en el presente punto de acuerdo y a fortalecer la rendición de cuentas en la materia.

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2021). Censo de Población y Vivienda 2020: Personas con discapacidad y limitación. INEGI.

https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/

2 Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad. (2020). Diagnóstico sobre la accesibilidad en espacios públicos y servicios gubernamentales en México. Secretaría de Gobernación.

https://www.gob.mx/conadis

3 Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2021). Derecho a la consulta de las personas con discapacidad. Requisitos para su validez constitucional (Acción de inconstitucionalidad 33/2015 y acumuladas). SCJN.

https://www.scjn.gob.mx

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de enero del año 2026.– Diputada Elizabeth Martínez Álvarez, senadora Gina Gerardina Campuzano González (rúbricas).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



ACCIONES DE PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, ATENCIÓN INTEGRAL Y SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES FRENTE A LOS RIESGOS DERIVADOS DEL USO DE PLATAFORMAS DIGITALES Y VIDEOJUEGOS EN LÍNEA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a fortalecer las acciones de prevención, protección, atención integral y salvaguarda de los derechos de niñas, niños y adolescentes frente a los riesgos derivados del uso de plataformas digitales y videojuegos en línea, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del PAN

Las que suscriben, diputada Elizabeth Martínez Álvarez y senadora Gina Gerardina Campuzano González, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

En México, el uso de plataformas digitales y videojuegos en línea se ha generalizado entre niñas, niños y adolescentes, quienes constituyen uno de los grupos de mayor exposición a riesgos digitales por tiempo de uso, falta de supervisión y mecanismos de control insuficientes en entornos digitales (UNICEF México; Inegi).

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2022 (ENDUTIH), el 88 por ciento de las personas de 6 a 17 años usa internet, y una proporción significativa de este uso corresponde a redes sociales, videojuegos en línea y aplicaciones digitales interactivas, lo que ubica a este grupo en una alta exposición a contenidos nocivos y a la interacción con usuarios adultos desconocidos. (Inegi, 2022).

Los riesgos asociados incluyen contacto con depredadores en línea, mecanismos de engaño y grooming, exposición a contenidos violentos o sexuales, ciberacoso, sexting no consentido y potenciales redes de explotación digital. Estas vulneraciones impactan la salud mental, emocional y física de la niñez y adolescencia, así como su bienestar educativo y social.

Organismos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México han documentado la proliferación de casos en los que adolescentes han sido contactados con fines delictivos a través de plataformas como Roblox, TikTok, Discord y entornos de juego interactivo, lo que ha generado alarma social y demanda de respuestas institucionales efectivas.

Las omisiones en la atención, prevención y protección frente a estos riesgos digitales, así como la ausencia de protocolos estandarizados de actuación, constituyen una forma de vulneración a los derechos humanos de la niñez y adolescencia, en contravención con el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el principio del interés superior de la niñez y la obligación del Estado de garantizar su desarrollo integral.

El Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) y las autoridades competentes tienen la responsabilidad de articular políticas públicas que incorporen la educación digital, la prevención de riesgos en entornos tecnológicos y la protección de derechos, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, conforme a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y demás ordenamientos aplicables.

La atención integral a estos riesgos requiere acciones coordinadas en ámbitos de seguridad, educación, salud, cultura digital y participación ciudadana, integrando a la familia, escuelas y comunidades, para garantizar entornos digitales seguros y una formación crítica que permita a niñas, niños y adolescentes reconocer y afrontar riesgos digitales de manera informada y protegida.

Por lo anteriormente expuesto, resulta necesario exhortar a las autoridades competentes para que fortalezcan los mecanismos de prevención, tutela y atención integral de los riesgos asociados con el uso de plataformas digitales y videojuegos en línea, con el objetivo de salvaguardar plenamente los derechos de la niñez y adolescencia, se somete a consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de Cultura, a la Secretaría de Salud, al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) y a las autoridades de las entidades federativas, a fin de que, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación interinstitucional:

a) Establezcan y actualicen protocolos nacionales y locales de actuación para la prevención, detección y atención de riesgos digitales, grooming, ciberacoso y explotación basada en entornos digitales, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de niñez.

b) Implementen campañas nacionales de educación digital dirigidas a estudiantes, madres, padres, personas tutoras y docentes, con contenidos sobre uso seguro de internet, reconocimiento de riesgos, herramientas de control parental y estrategias de autoprotección digital.

c) Fortalezcan los servicios de atención psicológica, acompañamiento emocional y mecanismos de denuncia accesibles, en coordinación con el sistema de salud y los sistemas DIF estatales, para niñas, niños y adolescentes afectados por violencia digital.

d) Fomenten la capacitación continua de personal educativo, de seguridad pública, salud y protección infantil en materia de riesgos digitales, herramientas de detección temprana, protocolos de actuación y canales de atención oportuna.

e) Promuevan la incorporación de contenidos de educación para la seguridad digital en los planes y programas educativos oficiales, con el objetivo de desarrollar competencias críticas y habilidades para una participación segura en entornos digitales.

Notas:

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2023). Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la

Información en los Hogares 2022 (ENDUTIH). INEGI.

https://www.inegi.org.mx/programas/dutih/2022/

2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2022). Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2022 (ENDUTIH). INEGI.

https://www.inegi.org.mx/programas/dutih/2022/

3 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. (2021). Estado mundial de la infancia 2021: En mi mente. Promover, proteger y cuidar la salud mental de la niñez. UNICEF.

https://www.unicef.org/es/informes/estado-mundial-de-la-infanci a-2021

4 Comisión Nacional de los Derechos Humanos [CNDH], 2022; Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, 2023, 2024.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de enero del año 2026.– Diputada Elizabeth Martínez Álvarez, senadora Gina Gerardina Campuzano González (rúbricas).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



ACCIONES, PROTOCOLOS Y POLÍTICAS PÚBLICAS PARA PREVENIR Y ATENDER DE MANERA INTEGRAL EL TRABAJO INFANTIL Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a fortalecer las acciones, protocolos y políticas públicas para prevenir y atender de manera integral el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y las senadoras Gina Gerardina Campuzano González y María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN

Las que suscriben, diputada Elizabeth Martínez Álvarez, senadora Gina Gerardina Campuzano González y la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

En México, el trabajo infantil constituye una de las formas más graves de vulneración a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, al afectar de manera directa su desarrollo integral, su derecho a la educación, su salud física y mental, así como su proyecto de vida. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil 2022 (ENTI) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años se encontraban en situación de trabajo infantil, lo que representa 13.1 por ciento de la población en ese rango de edad. De este total, más de 1.2 millones realizaban trabajos peligrosos, expresamente prohibidos por la legislación nacional e internacional.

Entre 2019 y 2022, el número de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil se incrementó en más de 400 mil, lo que evidencia que las medidas de prevención, inspección y protección implementadas hasta ahora han sido insuficientes para revertir esta tendencia. Factores estructurales como la pobreza, la desigualdad, la informalidad laboral, la deserción escolar, la desintegración familiar y la demanda de mano de obra barata continúan alimentando este fenómeno, particularmente en entidades con altos niveles de marginación.

Esta realidad contraviene lo dispuesto en el artículo 47, fracciones V y VI, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que obliga a las autoridades a prevenir, atender y sancionar el trabajo infantil antes de la edad mínima legal, así como el trabajo adolescente que ponga en riesgo la salud, la educación o el desarrollo físico y mental, incluidas las peores formas de trabajo infantil, el trabajo forzoso y la esclavitud.

De manera paralela, la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, incluida la prostitución infantil, constituye una de las expresiones más extremas de violencia y una grave violación a los derechos humanos de la infancia. Diversos informes nacionales e internacionales han advertido que México se ubica entre los países con mayor incidencia de explotación sexual infantil, problemática que se ha visto agravada por la insuficiencia de programas de prevención, la debilidad institucional y la limitada coordinación intergubernamental.

Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) indican que tan solo en julio de 2025 se registraron 3,435 víctimas de delitos entre 0 y 17 años, cifra que representa el nivel más alto observado desde 2015. Asimismo, se ha documentado una concentración significativa de casos de trata y explotación de niñas, niños y adolescentes en entidades como Sonora, Guanajuato y Chiapas.

Los reportes a la Línea y Chat Nacional contra la Trata de Personas evidencian que las redes delictivas dedicadas a la explotación de niñas, niños y adolescentes han diversificado sus mecanismos de captación, utilizando entornos digitales, redes sociales y videojuegos. Entre 2021 y 2022 se registraron 3,338 reportes, de los cuales más del 50 por ciento correspondieron a víctimas menores de edad, predominando la explotación sexual y la prostitución ajena.

Conforme al artículo 47, fracción III, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a prevenir, atender y sancionar la trata de personas menores de dieciocho años, el abuso sexual infantil y cualquier forma de explotación sexual. No obstante, la ausencia de protocolos homologados, recursos suficientes y mecanismos efectivos de coordinación interinstitucional limita la capacidad del Estado para cumplir de manera plena con estas obligaciones.

La magnitud y complejidad de estas problemáticas exigen una respuesta integral, articulada y sostenida, que involucre a las autoridades laborales, económicas, turísticas, de protección social y de derechos de la infancia, con el propósito de prevenir, detectar, sancionar y erradicar el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.

La protección de la niñez y la adolescencia no constituye una concesión, sino una obligación constitucional, legal y ética del Estado mexicano, indispensable para garantizar un desarrollo pleno, digno y libre de violencia para las futuras generaciones.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Secretaría de Turismo, a la Secretaría de Economía, a las Comisiones Interinstitucionales para la Erradicación del Trabajo Infantil (CITI), al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con las entidades federativas:

a) Fortalezcan y homologuen protocolos de actuación interinstitucional para la detección, atención, canalización y restitución integral de derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil y explotación sexual.

b) Implementen y refuercen políticas públicas integrales de prevención, con énfasis en sectores de alto riesgo como el turismo, la economía informal y los entornos digitales, incorporando acciones de inspección, vigilancia, sensibilización y corresponsabilidad social.

c) Refuercen los mecanismos de inspección, supervisión y sanción, así como los esquemas de protección, atención psicológica, educativa y de reintegración social de las víctimas, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de niñez.

d) Fortalezcan la coordinación interinstitucional entre autoridades laborales, económicas, turísticas, educativas, de seguridad y de protección a la infancia, a fin de consolidar un marco normativo y operativo articulado, que permita atender y prevenir de manera integral el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.

Notas:

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2023). Encuesta Nacional de Trabajo Infantil 2022 (ENTI): Principales resultados. INEGI.

https://www.inegi.org.mx/programas/enti/2022/

2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2023). Encuesta Nacional de Trabajo Infantil 2022 (ENTI): Resultados comparativos 2019—2022. INEGI.

https://www.inegi.org.mx/programas/enti/2022/

3 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. (2025). Información sobre víctimas de delitos del fuero común (corte julio 2025). SESNSP.

https://www.gob.mx/sesnsp

4 Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México. (2023). Informe anual de la Línea y Chat Nacional contra la Trata de Personas 2021—2022. Consejo Ciudadano.

https://consejociudadanomx.org

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de enero del año 2026.– Diputada Elizabeth Martínez Álvarez, senadora Gina Gerardina Campuzano González (rúbricas).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



ACTIVIDADES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, DE PREVENCIÓN Y CONTROL, PARTICULARMENTE MEDIANTE CAMPAÑAS DE VACUNACIÓN, PARA PREVENIR Y ATENDER LOS CASOS DE SARAMPIÓN EN JALISCO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa del estado de Jalisco a realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control, particularmente mediante campañas de vacunación, para prevenir y atender los casos de sarampión, a cargo de la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Paulina Rubio Fernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta asamblea, el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El sarampión es una enfermedad vírica muy contagiosa que afecta sobre todo a los niños y se transmite por gotículas procedentes de la nariz, boca y faringe de las personas infectadas. Los síntomas iniciales, que suelen aparecer entre 8 y 12 días después de la infección, consisten en fiebre alta, rinorrea, inyección conjuntival y pequeñas manchas blancas en la cara interna de la mejilla. Varios días después aparece un exantema que comienza en la cara y cuello, y se va extendiendo gradualmente al resto del cuerpo.

Como señala el diario El País “El sarampión, una enfermedad que muchos creían erradicada en México, ha regresado con fuerza. Desde principios de 2024 hasta junio de 2025, el país ha confirmado casi 2.500 casos y nueve muertes asociadas al virus. La mayoría de los contagios se concentran en Chihuahua, pero también se han detectado brotes en Zacatecas, Sonora, Coahuila, Durango, Tamaulipas y en otras entidades en menor medida.”

México encabeza la mortalidad por sarampión en América y es el segundo país con más contagios en 2025, de acuerdo con un nuevo informe divulgado el 29 de septiembre pasado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Hasta el 9 de septiembre de 2025, la OPS contabilizó 4.553 casos y 19 defunciones en México, solo detrás de Canadá en número de casos (4.849) y por delante de Estados Unidos (1.454). No obstante, cifras oficiales del gobierno de México apuntan que hasta este viernes se tienen contabilizadas 21 muertes por sarampión y más de 4.630 casos confirmados a lo largo de 23 estados. En total, la región suma 11.313 casos y 23 muertes en 10 países miembros, según el reporte de la OPS.

En Jalisco para noviembre pasado, había 137 casos confirmados de sarampión y 744 probables, convirtiéndose en el segundo con más casos confirmados en el país. Aunque uno de los contagios fue detectado en Tepatitlán, se identificó que el origen también provino de Arandas.

El secretario de Salud jalisciense, Héctor Raúl Pérez Gómez, informó que se implementó un cerco epidemiológico en la zona y que hasta el momento se han aplicado seis mil vacunas en Arandas. En el caso del menor diagnosticado en Zapopan, aclaró que no se detectaron contagios posteriores en su círculo familiar.

Es importante tomar las medidas necesarias para evitar que se propague el contagio a otros municipios y se atienda debidamente en el municipio de Arandas.

Las medidas aplicadas en Jalisco han seguido los lineamientos del Plan Nacional de Respuesta Rápida para el Control de Brotes de Sarampión, que contempla la identificación de casos, la búsqueda activa en comunidades circundantes, la confirmación laboratorial mediante pruebas serológicas y de PCR, y la implementación de cercos vacunales en las zonas de riesgo. El objetivo es interrumpir de forma temprana cualquier cadena de transmisión antes de que el virus alcance un mayor número de contactos.

El 30 de octubre pasado, la Preparatoria UNIVA anunció que sus clases se suspenderán a lo largo de las próximas dos semanas, debido a la confirmación de un caso de sarampión. Mediante una publicación en redes sociales, expusieron a padres de familia, personal docente y administrativo de la decisión.

Además, las fiestas de diciembre provocaron que los casos de sarampión en Jalisco aumentaran considerablemente, llegando a mil 20 contagios acumulados desde que se detectó el brote en agosto de 2025.

La Secretaría de Salud del Estado informó que durante los últimos cinco meses de 2025 se reportaron aproximadamente 600 casos, mientras que en las dos primeras semanas de enero de 2026 se han registrado más de 300 casos, de los cuales 280 siguen activos. El 95 por ciento afecta a personas de cero a 19 años con esquemas de vacunación incompletos; además, señaló que el 80 por ciento de los casos activos se registran en la Zona Metropolitana de Guadalajara.

Al momento, con 357 casos en lo que va del año, Jalisco se ubica en el primer lugar nacional en contagios de sarampión. De acuerdo con el informe diario del gobierno federal, la entidad reporta hasta el 18 de enero, el mayor crecimiento de la enfermedad en el país.

Afortunadamente, el sarampión es una enfermedad prevenible mediante vacunación.

La vacunación es una forma sencilla, inocua y eficaz de protegernos contra enfermedades dañinas, como el sarampión, antes de entrar en contacto con ellas. Las vacunas activan las defensas naturales del organismo para que aprendan a resistir a infecciones específicas, y fortalecen el sistema inmunitario.

El artículo 134 de la Ley General de Salud, establece que Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de diversas enfermedades transmisibles, entre las que se encuentra el sarampión.

El artículo 144 de la misma ley, señala que la vacunación contra enfermedades transmisibles, prevenibles por ese medio de inmunización, que estime necesaria la Secretaría de Salud, será obligatoria en los términos que fije dicha dependencia y de acuerdo con lo previsto en la ley.

Se trata de una enfermedad grave, que requiere toda la atención de nuestro sistema de salud, para atender los casos que se han detectado y para implementar estrategias preventivas, como son las campañas de vacunación, sin dilación alguna y con absoluta coordinación por parte de las autoridades responsables.

Por lo anterior, se pone a consideración de la Comisión Permanente la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud del estado de Jalisco a implementar y, en su caso, fortalecer estrategias de vigilancia epidemiológica, prevención y control del sarampión, incluyendo campañas intensivas de vacunación y a continuar garantizando un cerco epidemiológico en el municipio de Arandas, con el objetivo de detener la transmisión y propagación de esta enfermedad en la entidad.

Notas:

1 Véase:

https://www.paho.org/es/temas/sarampion Consultado el 28 de septiembre de 2025.

2 Véase:

https://elpais.com/mexico/2025-06-25/brote-de-sarampion-en-mexi co-casos-sintomas-y-quienes-deben-vacunarse-clone.html Consultado el 28 de septiembre de 2025.

3 Véase:

https://www.dw.com/es/méxico-lidera-muertes-por-sarampión-en-am érica/a-74072055 Consultado el 28 de septiembre de 2025.

4 Véase:

https://www.notisistema.com/noticias/registra-arandas-brote-de- sarampion/#:~: text=La%20Secretaría%20de%20Salud%20Jalisco,origen%20también%20provino%20de%20A randas. Consultado el 28 de septiembre de 2025.

5 Véase:

https://consultorsalud.com.mx/jalisco-cerco-epidemiologico-sara mpion-2025/ Consultado el 28 de septiembre de 2025.

6 Véase:

https://oem.com.mx/eloccidental/local/en-prepa-univa-suspenden- clases-por-caso-confirmado-de-sarampion-26559472 Consultado el 31 de octubre de 2025. Consultado el 20 de enero de 2026.

7 Véase:

https://www.informador.mx/jalisco/sarampion-en-jalisco-por-esta -cifra-la-entidad-ocupa-el-segundo-lugar-de-contagios-en-mexico-20260120-0069.h tml

8 Véase:

https://www.notisistema.com/noticias/jalisco-encabeza-la-lista- nacional-de-casos-de-sarampion/ Consultado el 31 de octubre de 2025. Consultado el 20 de enero de 2026.

9 Véase:

https://www.who.int/es/news-room/questions-and-answers/item/vac cines-and-immunization-what-is-vaccination Consultado el 28 de septiembre de 2025.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputada Paulina Rubio Fernández (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO AL BANCO DE MÉXICO, A RENDIR UN INFORME DE LA ESTRATEGIA DE POLÍTICA MONETARIA ANTE EL REPUNTE DE LA INFLACIÓN SUBYACENTE Y LA PÉRDIDA DE CREDIBILIDAD EN SUS PRONÓSTICOS DE CONVERGENCIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la titular del Banco de México a rendir un informe integral y detallado ante esta soberanía de la estrategia de política monetaria ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Héctor Saúl Téllez Hernández, diputado federal a la LXVI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Comisión Permanente la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular del Banco de México a rendir un informe integral y detallado ante esta soberanía y a reevaluar la estrategia de política monetaria, ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La estabilidad de precios es una condición necesaria para el crecimiento económico sostenido y el bienestar social. De acuerdo con el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Banco de México (Banxico) tiene como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional.

Sin embargo, el cierre del ejercicio 2025 ha encendido alarmas en los mercados internacionales y agencias de análisis. Recientemente, la calificadora Moody’s Analytics (empresa de servicios financieros y de información, filial de Moody’s Corporation empresa matriz) calificó la estrategia del banco central como “no creíble”, señalando una desconexión preocupante entre las decisiones de la Junta de Gobierno y la realidad inflacionaria del país.

De acuerdo al análisis de los indicadores macroeconómicos recientes revela los siguientes puntos críticos:

1. Repunte de la Inflación Subyacente: A pesar de los esfuerzos previos, la inflación subyacente que elimina los precios más volátiles y refleja la tendencia de mediano plazo mostró una trayectoria ascendente alarmante, pasando de 3.7 por ciento al cierre de 2024 a 4.3 por ciento al cierre de 2025.

2. Política Monetaria Acomodaticia Prematura: Se observa una correlación directa entre el repunte inflacionario y la aceleración en los recortes de la tasa de referencia, que pasaron de ajustes de 25 puntos base en 2024 a 50 puntos base en la primera mitad de 2025. Esta flexibilización ocurrió mientras las presiones en los precios aún no estaban controladas.

3. Brecha de Credibilidad: Mientras Banxico insiste en una convergencia al objetivo del 3 por ciento antes del cierre de 2026, las expectativas del mercado han subido de un 3.6 por ciento a un 3.8 por ciento para dicho periodo, evidenciando que los pronósticos oficiales están fuera de la realidad.

En este contexto, el control de la inflación subyacente es el pilar fundamental de la estabilidad económica, debido a que este indicador es el que reacciona con mayor sensibilidad a las decisiones de política monetaria. El repunte registrado del 4.3 por ciento al cierre de 2025 sugiere que la estrategia de recortes en las tasas de interés fue excesivamente agresiva y prematura, creando un entorno “acomodaticio” que, en lugar de estabilizar la economía, terminó por alimentar la persistencia de los precios en niveles elevados.

Esta situación pone en riesgo el activo más valioso de cualquier institución financiera: “la credibilidad”, importante factor que pareciera que no le interesa al actual gobierno. Cuando los agentes económicos, incluyendo empresas, consumidores e inversionistas, dejan de confiar en las metas establecidas por Banxico, las expectativas de inflación se desanclan del objetivo oficial. Esto puede desencadenar un ciclo vicioso de aumentos preventivos en precios y salarios que resulta mucho más difícil y costoso de combatir en el largo plazo (espiral), afectando la salud financiera del país.

El hecho de que las calificadoras realicen señalamientos a Banxico como una estrategia no creíble puede tener consecuencias como: primero, una posible salida de capitales en el que los inversionistas extranjeros pueden sacar su dinero del país al sentir que el Banco Central no tiene el control; segundo, el Banco Central tendrá que volver a subir las tasas de forma brusca para recuperar la confianza, lo que hace más caros los préstamos y las tarjetas de crédito y, tercero, Si el dinero sale, el peso pierde valor frente al dólar.

Por lo tanto, resulta imperativo que el Banco de México actúe con total transparencia y objetividad, ajustando sus modelos de pronóstico para que reflejen con realismo la persistencia inflacionaria actual. Solo mediante la implementación de una política monetaria lo suficientemente restrictiva será posible corregir el rumbo, recuperar la confianza de los mercados internacionales y garantizar que la economía retome una senda sólida hacia la convergencia de precios.

Es así que se solicita a la Junta de Gobierno de Banxico mantener una postura de política monetaria consistente con el mandato constitucional de estabilidad de precios y evitar nuevos recortes a la tasa de interés hasta que la inflación subyacente muestre una trayectoria clara de convergencia dentro del rango objetivo y las expectativas de inflación se vuelvan a fijar.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la titular del Banco de México para que, en ejercicio de su autonomía y bajo el principio de rendición de cuentas, remita a esta soberanía un informe integral y pormenorizado que explique las causas del repunte de la inflación subyacente del 3.7 por ciento al 4.3 por ciento en 2025; justifique los fundamentos macroeconómicos para acelerar el recorte de la tasa de interés a 50 puntos base; asimismo, se le solicita detallar el impacto de dichas decisiones en el deterioro de las expectativas inflacionarias señalado por calificadoras internacionales y exponga el conjunto de medidas estratégicas que, incorporando variables de riesgo actualizadas, garanticen la convergencia real al objetivo del 3 por ciento y permitan resarcir la credibilidad institucional ante los mercados.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la titular del Banco de México, para que revise y ajuste de forma inmediata su estrategia de política monetaria ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia.

Notas:

1 Moody’s Corp (Moody’s) es una firma global de evaluación integrada de riesgos. La compañía se dedica a proporcionar calificaciones crediticias, investigación y análisis de riesgos. Sus principales servicios incluyen calificaciones, investigación y análisis, datos e información, y soluciones para la toma de decisiones. Moody’s está asociada con importantes marcas del sector de servicios financieros. Sus productos y servicios son utilizados por bancos, aseguradoras, inversores, corporaciones y gobiernos para gestionar el riesgo y tomar decisiones informadas. Moody’s opera a través de una red de empresas SaaS basadas en la nube que prestan servicios a flujos de trabajo críticos en banca, seguros y cumplimiento normativo. La compañía presta servicios en los mercados de EMEA, Asia-Pacífico y América. Moody’s tiene su sede en Nueva York, EE. UU.

https://www-globaldata-com.translate.goog/company-profile/moody s-corp/.

2 https://www.proceso.com.mx/economia/2026/1/14/moodys-analytics-reprueba-banxico -en-control-de-inflacion-no-es-creible-366521.html.

3 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2025/07/10/jonathan-heath-critica-al-b anxico-por-recorte-de-50-puntos-a-la-tasa-nos-resta-credibilidad/.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2026.– Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A LOS CONGRESOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A ARMONIZAR SUS CÓDIGOS PENALES CON EL ARTÍCULO 209 QUÁTER DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE COHABITACIÓN FORZADA DE MENORES DE EDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos de las entidades federativas a armonizar sus Códigos Penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad, a cargo de la senadora Laura Esquivel Torres, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, senadora Laura Esquivel Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 8, párrafo primero, fracción II, del Reglamento del Senado de la República, y demás disposiciones jurídicas aplicables, se permite someter a la consideración del pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, por el que se exhorta a los Congresos de las entidades federativas para armonizar sus Códigos Penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 5 de enero de 2026, una menor de 13 años de edad fue ingresada de urgencia en un hospital de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, tras entrar en trabajo de parto. La menor iba acompañada de un adulto, quien se presentó como su esposo y desapareció del lugar tras ingresarla a las inmediaciones. Pese a que la menor logró dar a luz, su estado de salud y el de su bebé se reportaron como graves.

Lo ocurrido en Chiapas es el reflejo de una problemática presente en nuestro país, que impacta de manera desproporcionada a comunidades indígenas: el abuso sexual disfrazado de un “matrimonio infantil” que marcan los usos y costumbres. Los embarazos infantiles que ocurren a raíz de estas prácticas son una consecuencia directa de diversos factores, tales como la pobreza, la falta de acceso a la educación y desequilibrios de poder. De acuerdo con la Estadística de Nacimientos Registrados (ENR) publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2024 se registraron 89,527 nacimientos de madres de entre 10 y 17 años. Es decir, uno de cada 19 nacimientos fueron de madres que no habían cumplido los 18 años, lo que representa el 5.4 por ciento del total.

Ante este escenario, el ámbito legislativo ha emprendido distintas acciones para atender dicha problemática. En 2019, a propuesta por la entonces Senadora Josefina Vázquez Mota, se aprobó una reforma al artículo 148 del Código Civil Federal a partir de la cual se establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años:

“ Artículo 148.- Para contraer matrimonio es necesario haber cumplido dieciocho años de edad.”

Por su parte, en 2023, se avaló la homologación normativa para señalar que la mayoría de edad es un requisito para contraer matrimonio. Con ello, el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes determina el deber de las autoridades de distintos niveles de gobierno para adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria:

“ Artículo 45. Las leyes federales y de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años.

Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias deberán adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria.

Estas medidas deberán establecer acciones afirmativas respecto a niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración o desplazamiento o en exclusión social.”

Si bien, el matrimonio entre menores de edad ya no era reconocido por la ley, en la práctica diversas comunidades continuaban avalando la unión de niñas con adultos o con otros menores de edad. Por ello, en 2023 a propuesta de la entonces diputada Eufrosina Cruz, se avaló en el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, la tipificación del delito de cohabitación forzada con penas de 8 a 15 años de prisión de 1000 a 2500 días multa y con agravantes en caso de que la víctima pertenezca a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana:

“ Artículo 209 Quáter. Comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.

Al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa.

La pena prevista en el párrafo anterior se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.”

Apesar de los esfuerzos del Congreso de la Unión para proteger la integridad de las niñas y adolescentes del país, existe un rezago legislativo en numerosos estados de la República para castigar la cohabitación forzada. Como ejemplo, solo cinco entidades federativas –Oaxaca, Guerrero, Campeche, San Luis Potosí y el Estado de México– han tipificado el delito de matrimonio infantil en sus Códigos Penales.

Al respecto resulta indispensable que los estados, pendientes de ajustar su marco normativo, adopten las medidas legislativas concernientes a fin de garantizar igual protección a los niños, niñas y adolescentes, quienes continúan siendo obligados a cohabitar para fines de matrimonio en distintas comunidades del país.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, con carácter de urgente resolución, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a los Congresos de las entidades federativas para armonizar sus Códigos Penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad.

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Estadística de Nacimientos Registrados (ENR) 2024, Reporte de resultados 34/25, 25 de septiembre de 2025, PDF,

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025 /enr/enr2024_RR.pdf

2 Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), “Nacimientos de madres de 10 a 17 años en México (2017—2024),” Blog de datos e incidencia política de REDIM, 26 de septiembre de 2025,

https://blog.derechosinfancia.org.mx/2025/09/26/nacimientos-de- madres-de-10-a-17-anos-en-mexico-2017-2024/

Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 16 de enero de 2026.– Senadora Laura Esquivel Torres (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



PROGRAMAS DE ORIENTACIÓN, ASESORÍA Y ACOMPAÑAMIENTO GRATUITO DIRIGIDOS A PERSONAS ADULTAS MAYORES PARA LA REALIZACIÓN DE TRÁMITES DE PENSIÓN EN EL IMSS Y EL ISSSTE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al IMSS y ISSSTE a implementar y fortalecer programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión, a cargo de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para que implementen y fortalezcan programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 1, tercer párrafo, que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; entre los que se encuentran los derechos de las personas adultas mayores.

De acuerdo con información oficial del Consejo Nacional de Población (Conapo, 2025), en México existen 17,121,580 millones de personas adultas mayores, representando el 12.8 por ciento de la población total.

Muchas de las personas adultas mayores enfrentan problemas significativos para acceder a trámites administrativos relacionados con su pensión o jubilación como son: la falta de información clara y accesible, la brecha digital o la limitada orientación personalizada por parte del personal de las dependencias públicas, entre otras limitaciones.

Lo anterior ocasiona que las personas adultas mayores se vean obligadas a recurrir a gestores quienes en muchos de los casos cobran honorarios elevados o incurren en prácticas abusivas, con lo que se afecta el patrimonio o los ingresos de quienes buscan tramitar una pensión.

Por ello, es importante brindar apoyo principalmente a las personas que no tienen quien les asista o bien, a quienes presenten una discapacidad.

Actualmente, tanto el IMSS como el ISSSTE son las dependencias responsables de garantizar el acceso oportuno a las pensiones, por lo que resulta indispensable que fortalezcan sus mecanismos de atención directa, acompañamiento y asesoría gratuita para las personas adultas mayores.

En diciembre de 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reportó 23 millones 895 mil 124 personas afiliadas por un patrón.

Por su parte el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), reportó en el Anuario Estadístico de 202, 3 millones 262 mil 068 trabajadores afiliados.

El número de afiliados a ambas dependencias, sobre todo al IMSS, nos da una magnitud del reto que enfrentamos y de la necesidad de facilitar los trámites de pensión sin intermediarios; pues esto no solo protegerá a las personas adultas mayores frente a posibles abusos, también fortalecerá la confianza en las instituciones públicas y garantizará el pleno ejercicio de los derechos de seguridad social de las personas adultas mayores.

Recientemente el IMSS de Nuevo León alertó del incremento de denuncias de adultos mayores por fraudes en trámites de pensiones, por lo que la dependencia pidió tener cuidado con falsos agentes que prometen aumentar pensiones a cambio de pagos de hasta 50 mil pesos.

Por otro lado, algunos medios de comunicación han dado cuenta que el IMSS ha reconocido que enfrenta un problema de pensiones infladas por medio de “coyotes” y asegura que ya lo combate; además de que ha exhortado a la población a que evite acudir a intermediarios para realizar sus trámites, ya que con ello pone en riesgo su patrimonio y el del Seguro Social.

La atención a las personas adultas mayores en los trámites de pensiones puede mejorarse con un enfoque de derechos, accesibilidad y trato digno, a través de acciones concretas como las siguientes:

• Trámites simplificados y claros, con menos requisitos y lenguaje sencillo.

• Atención mediante un sistema de citas, para evitar largas filas.

• Asesoría personalizada, con personal capacitado en trato digno.

• Acompañamiento institucional, no solo digital, para quienes no usan tecnología.

• Ventanilla única, que evite traslados innecesarios entre dependencias.

• Corrección ágil de errores administrativos.

• Oficinas cercanas o módulos itinerantes, para zonas rurales o de difícil acceso.

Es importante mencionar que la pirámide poblacional de México está envejeciendo rápidamente, y las proyecciones demográficas muestran un fuerte aumento de la población adulta mayor para 2050.

Según datos oficiales del Consejo Nacional de Población (Conapo), se espera que para ese año haya aproximadamente 35.96 millones de personas de 60 años o más en nuestro país.

Por lo que he referido es que se propone exhortar respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para que, en el ámbito de sus atribuciones:

1. Implementen y fortalezcan programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión.

2. Garanticen que dichos trámites puedan realizarse de manera directa, sencilla, accesible y sin la necesidad de gestores o intermediarios privados.

3. Refuercen la capacitación del personal encargado de la atención a personas adultas mayores, con enfoque de derechos humanos y trato digno.

4. Difundan de manera clara y accesible, en medios físicos y digitales, la información relativa a los requisitos, etapas y tiempos de los trámites de pensión.

5. Establezcan oficinas cercanas o módulos itinerantes, para zonas rurales o de difícil acceso.

6. Establezcan módulos de atención exclusiva para personas adultas mayores en sus oficinas.

7. Emprendan una campaña nacional dirigida a personas adultas mayores, donde se difunda que no es necesaria la contratación de intermediarios para la realización de los trámites de pensiones.

Por todo lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta, respetuosamente, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para que, en el ámbito de sus atribuciones:

• Implementen y fortalezcan programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión.

• Garanticen que dichos trámites puedan realizarse de manera directa, sencilla, accesible y sin la necesidad de gestores o intermediarios privados.

• Refuercen la capacitación del personal encargado de la atención a personas adultas mayores, con enfoque de derechos humanos y trato digno.

• Difundan de manera clara y accesible, en medios físicos y digitales, la información relativa a los requisitos, etapas y tiempos de los trámites de pensión.

• Establezcan oficinas cercanas o módulos itinerantes, para zonas rurales o de difícil acceso.

• Establezcan módulos de atención exclusiva para personas adultas mayores en sus oficinas.

• Emprendan una campaña nacional dirigida a personas adultas mayores, donde se difunda que no es necesaria la contratación de intermediarios para la realización de los trámites de pensiones.

Notas:

1 Proyecciones demográficas de un México que envejece | Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores | Gobierno | gob.mx

2 https://lasillarota.com/nacion/2025/8/12/pensiones-imss-alertan-por-fraudes-de- 50000-pesos-adultos-mayores-549642.html

3.https://abcnoticias.mx/local/2025/5/30/imss-reconoce-fraude-mi llonario-en-pensiones-infladas-250610.html

4 https://www.gob.mx/conapo/articulos/del-acelerado-envejecimiento-poblacional

5 Ibidem

Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2026.– Senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA, CONTENCIÓN, PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL CIBERACOSO Y CIBERBULLYING

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno a llevar a cabo estrategias y acciones para la detección temprana, contención, prevención y erradicación del ciberacoso y ciberbullying, a cargo de la diputada Karina Alejandra Trujillo Trujillo, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada federal Karina Alejandra Trujillo Trujillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

I.- El Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia (1990), ha señalado que: “No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana” (como se citó por la UNICEF, 2006, Convención sobre los derechos del niño).

Por ello, la importancia de la erradicación de todas las formas de violencia contra las niñas, niños y adolescentes. Al respecto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) en conjunto con la Organización Panamericana de las Salud (OPS), han señalado que:

La violencia contra las niñas y los niños incluye la violencia física, sexual y emocional.

La violencia tiene graves consecuencias para la salud y el bienestar de las niñas y niños, y sus comunidades... incluido el deterioro del desarrollo social, emocional y cognitivo... y problemas de salud a lo largo de sus vidas... Los costos sociales y económicos de la violencia son altos y a menudo para toda la vida, incluido el bajo rendimiento escolar, un mayor riesgo de desempleo y pobreza...

La violencia contra las niñas y los niños se puede prevenir. Esto requiere un enfoque multisectorial que aborde los determinantes sociales de la violencia...

Desafortunadamente, otro factor que agrava la violencia en la actualidad es el uso de las tecnologías, ya que el fácil acceso a los dispositivos con internet, a las redes sociales y a las plataformas digitales, ha hecho que estas herramientas puedan ser utilizadas para escalar su nivel de violencia y por tanto el daño hacia los menores de edad.

La violencia digital, ha sido reconocida por el gobierno de México (2021), como aquella en la que se dan “actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, mensajes de odio, vulneración de datos o información privada realizados mediante el uso de tecnologías. Además de la difusión de imágenes, audios o videos –reales o simulados– del contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento”.

II.- En nuestro país, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGMAVLV), estableció el Capítulo IV Ter “De la Violencia Digital y Mediática”, como consecuencia de la conocida Ley Olimpia, que no hace referencia a una sola ley, sino al conjunto de reformas legislativas destinadas a tipificar y sancionar la violencia digital, definida de la siguiente forma:

Artículo 20 Quáter. Violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.

Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

Dicha norma sirve de referencia a las entidades federativas, por ello, como parte de las reformas derivadas de la Ley Olimpia se mandató a los Congresos locales a que hicieran sus adecuaciones legislativas.

No obstante, aunque varias entidades federativas han llevado a cabo diversas reformas para tipificar la violencia digital, hay todavía algunos estados que no lo han hecho; y, por otro lado, quiénes ya lo hicieron siguen enfocándose principalmente en la violencia digital sexual. Cabe mencionar que la violencia digital no solo se circunscribe a aquella que exhiba contenido íntimo sexual, sino también a aquella a la que están expuestos los menores de edad, es decir, el ciberbullying y el ciberacoso, porque hoy reiteradamente las niñas, niños y adolescentes se enfrentan a esas violencias digitales que lamentablemente van en incremento, por eso se debe tipificar la violencia digital de manera amplia en donde se contemplen sus modalidades.

III.- En ese tenor, cabe mencionar al menos 2 modalidades más de violencia digital, ciberacoso y ciberbullying, aunque los dos se refieren al acoso a través de internet o medio digitales. El ciberbullying, se refiere principalmente al acoso entre menores de edad, mientras que el ciberacoso puede abarcar a personas de cualquier edad, por lo que este último además contempla una categoría más amplia de violencia digital como sexting, sextorsión, hacking, grooming, stalking, doxing y deepfake.

A nivel local, encontramos que el Instituto de Salud del Estado de México, ha definido al ciberbullying como:

...término que se utiliza para describir cuando un niño o adolescente es molestado, amenazado, acosado, humillado, avergonzado o abusado por otro niño o adolescente, a través de internet o cualquier medio de comunicación como teléfonos móviles o tablets.

Se caracteriza por que el acoso se da entre dos iguales, en este caso, menores. Es importante distinguirlo, ya que existen otras prácticas en las que se involucran adultos y tienen otras denominaciones y consecuencias legales que tienen los actos de un mayor de edad en contra de un menor. (Instituto de Salud del Estado de México, 2023).

De manera que, podemos coincidir en que el ciberbullying, es el acoso o la intimidación que se realiza mediante dispositivos tecnológicos, a través de plataformas digitales como las redes sociales, mensajes de texto, correos electrónicos o aplicaciones de mensajería, en las que se difunden mensajes, imágenes o videos crueles o vergonzosos sobre otra persona con la intención de humillar, amenazar, atemorizar o causarle daño psicológico.

Desafortunadamente, no en todos los países existen leyes y políticas dirigidas a combatir todas las modalidades de violencia digital como en el caso del ciberbullying y el ciberacoso.

IV.- El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) el 17 de julio de 2024, en el informe denominado Módulo Sobre Ciberacoso 2023, presentó resultados de la prevalencia de ciberacoso, en el que señala que: “En 2023, a nivel nacional, 20.9 por ciento de la población usuaria de internet vivió alguna situación de acoso cibernético. El porcentaje representa 18.4 millones de personas de 12 años y más... (p. 7). A nivel nacional, la población de 12 a 17 años que fue víctima de ciberacoso, 59.0 por ciento manifestó haber sido agredida por personas de su mismo grupo de edad (p. 21)”.

Datos que nos permiten observar el alto porcentaje de los menores de edad que enfrenta violencia digital, en su modalidad de ciberbullying.

V.- Ahora bien, tipificar la violencia digital, considerando sus modalidades de ciberacoso y ciberbullying, reconoce un problema real, que lamentablemente tiene un alcance rápido, agresivo, peligroso y permanente, que amplifica el daño a las niñas, niños y adolescentes, las redes pasan fronteras en segundos y pueden llegar a más personas, teniendo una mayor transcendencia y por lo tanto un mayor impacto emocional en la víctima; además, el perjuicio que provoca puede ser irreversible, porque una vez que usas los dispositivos tecnológicos, resulta complicado detener, rastrear y recuperar la información compartida.

VI. En ese sentido, la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 3, numeral 1 y 2, establece lo siguiente:

1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados Parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar... y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

Por lo cual, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, deben tomar las medidas necesarias que permitan atender el interés superior del niño, es decir, a llevar a cabo todas las acciones que prioricen su bienestar integral, desarrollo físico, emocional y social, que además garanticen sus derechos por encima de otros intereses. Así que, erradicar todos los tipos de violencia incluida la violencia digital contra los menores de edad debe ser una prioridad para el Estado mexicano.

Por ello, estimo relevante que primeramente todos los congresos locales tipifiquen y sancionen dichas violencias; y, en segundo lugar, que las autoridades federales, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñen estrategias y acciones para la detección temprana, contención, prevención y erradicación del ciberacoso y ciberbullying en todas sus manifestaciones, así como establecer mecanismos gratuitos de atención, asesoría, orientación y protección de niñas, niños y adolescentes involucrados en una situación de violencia digital.

Porque como legisladores tenemos el deber de fortalecer nuestro marco jurídico que garantice un futuro libre de violencia para nuestras niñas, niños y adolescentes.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las autoridades federales de las entidades federativas de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México a que, en el ámbito de sus respectivas competencias, consideren la conformación de una instancia multidisciplinaria que diseñe estrategias y acciones para la detección temprana, contención, prevención y erradicación del ciberacoso y ciberbullying en todas sus manifestaciones, así como a establecer mecanismos gratuitos de atención, asesoría, orientación y protección de niñas, niños y adolescentes involucrados en una situación de violencia digital.

Segundo.- La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las autoridades educativas de los tres ámbitos de gobierno a que consideren establecer mecanismos para la prevención, atención y canalización de los casos de violencia digital, con preeminencia en el ciberacoso y ciberbullying, así como de cualquier otra forma de violencia digital en contra de niñas, niños y adolescentes que se suscite o detecte en los centros educativos y se elaboren protocolos de actuación sobre situaciones de violencia digital.

Tercero.- La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los Congresos locales a llevar a cabo las adecuaciones necesarias para la tipificación y sanción en sus legislaciones de la violencia digital que tenga como objetivo prevenirla, atenderla y erradicarla, considerando sus modalidades de ciberacoso y ciberbullying.

Notas:

1 Organización Panamericana de la Salud (OPS) y Organización Mundial de la Salud (OMS). [s.f.]. “Violencia contra las niñas y los niños”. Disponible en:

https://www.paho.org/es/temas/violencia-contra-ninas-ninos

2 Gobierno de México [Procuraduría Federal del Consumidor, Blog]. (2021). La “Ley Olimpia” y el combate a la violencia digital. Disponible en

https://www.gob.mx/profeco/es/articulos/la-ley-olimpia-y-el-com bate-a-la-violencia-digital?idiom=es

3 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia [LAMVLV]. (2007). México. Artículo 20 Quáter (Reforma DOF 01-06-2021). Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf

4 Instituto de Salud del Estado de México. 2023. Ciberbullying. Gobierno del Estado de México. Disponible en

https://salud.edomex.gob.mx/isem/ciberbullying

5 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). 2024. “Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) 2023”. México. Comunicado de prensa 413/24. Disponible en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024 /MOCIBA/MOCIBA2023.pdf

6 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). [2006]. “Convención sobre los Derechos del Niño”. Disponible en:

https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2026.– Diputada Karina Alejandra Trujillo Trujillo (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO A LA COFEPRIS, A APLICAR MEDIDAS PARA ELIMINAR O SUSTITUIR EL USO DE PRODUCTOS QUE CONTENGAN SUSTANCIAS DISRUPTORAS ENDOCRINAS U HORMONALES, MEDIANTE SU REGULACIÓN EN LA IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN Y CON LA DISPOSICIÓN DE ETIQUETADO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Cofepris a aplicar las medidas necesarias para eliminar o sustituir el uso de productos que contengan sustancias disruptoras endocrinas u hormonales, mediante su regulación en la importación o exportación y con la disposición de etiquetado como medio de información y conocimiento para los consumidores de las consecuencias a su salud, a cargo de la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada María Luisa Mendoza Mondragón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La prevención es una característica que debiera ser complemento en todas las políticas públicas, ello implicaría bienestar para la población y reducción en el impacto del presupuesto de egresos; partiendo de esta premisa, es importante resaltar algunas acciones implícitas de esta particularidad en nuestro país, siendo ejemplo las siguientes:

- En políticas de prevención en salud, la vacunación con una cobertura de inmunización completa en menores de un año supera el 92 por ciento a nivel nacional, incluyendo zonas rurales, lo que se considera una política activa y continua exitosa; en la obesidad y nutrición se han implementado políticas fiscales y campañas para disminuir la prevalencia, como el etiquetado frontal, implementación basada en evidencia científica, ayudando a informar a los consumidores.

La referencia de estas acciones cobran sentido en este instrumento jurídico, porque el principal objetivo es adoptar prevención y conciencia en el consumo de productos de cuidado personal y cosméticos con presencia de disruptores hormonales o endocrinos, políticas que corresponden al organismo encargado de proteger a la población de riesgos sanitarios mediante la regulación, control y fomento sanitario de bienes, servicios, insumos para la salud y exposición a factores ambientales y laborales, es decir, a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), atribuciones contenidas en el artículo 17 Bis, párrafo segundo, fracción II y VI, de la Ley General de Salud, que señala:

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior compete a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios:

I. ...

II. Proponer al secretario de Salud la política nacional de protección contra riesgos sanitarios así como su instrumentación en materia de: establecimientos de salud; medicamentos, dispositivos médicos y otros insumos para la salud; disposición de órganos, tejidos, células de seres humanos y sus componentes; alimentos y bebidas, productos cosméticos; productos de aseo; tabaco, plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; productos biotecnológicos, suplementos alimenticios, materias primas y aditivos que intervengan en la elaboración de los productos anteriores; así como de prevención y control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud de la persona, salud ocupacional y saneamiento básico;

III. a V. ...

VI. Ejercer el control y vigilancia sanitarios de los productos señalados en la fracción II de este artículo, de las actividades relacionadas con los primeros, de su importación y exportación, así como de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos y los establecimientos de salud , con independencia de las facultades que en materia de procesos y prácticas aplicables en los establecimientos dedicados al sacrificio de animales y procesamiento primario de bienes de origen animal para consumo humano, tenga la Secretaría de Agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Sanidad Animal;

VII. a XIII. ...

Para mejor entendimiento, las hormonas son sustancias químicas naturales que contribuyen al desarrollo, la adaptación y el mantenimiento normales de los procesos corporales y la salud. Al interferir los disruptores con las hormonas y sus acciones, pueden afectar a muchas funciones de la salud, provocando mayores riesgos de padecer enfermedades graves, por ejemplo, los presentes en el ambiente contribuyen a trastornos neurológicos, reproductivos, diabetes, inflamación y deterioro del sistema inmunitario.

Los disruptores endocrinos u hormonales son sustancias de varios tipos, comúnmente llamados así porque se consideran capaces de interactuar de varias maneras con el sistema endocrino. Y el sistema endocrino controla el crecimiento, el desarrollo sexual, el sueño, el hambre y la forma en que el cuerpo utiliza los alimentos.

La naturaleza de estas sustancias es variada y su presencia en el medio ambiente puede incluir: diferentes grupos de pesticidas, sustancias industriales como el bisfenol A y los ftalatos, y dioxinas. Los bisfenoles tienen evidencia de relación con la diabetes adulta. Una sustancia peligrosa como la TCDD reduce la captación de glucosa en el tejido adiposo y la secreción de insulina, lo que puede inducir el síndrome de ovario poliquístico y reducir la cantidad de semen, los flatos causan prematuridad y obesidad.

La toxicidad del BPA puede estar relacionada con su lipofilicidad, ya que le da a la molécula la capacidad de acumularse en los tejidos; de hecho, el análisis de las concentraciones séricas en humanos encontró diferentes niveles de toxicidad, siendo soluble en agua, conduce a fenómenos de acumulación en la pared intestinal y el hígado.

Esta misma exposición de contaminantes colaboran al aumento de la incidencia en el cáncer de mama, el quinto más mortal del mundo; según la OMS, para 2040 el aumento será del 63.4 por ciento, siendo el estilo de vida y los factores ambientales, así como el envejecimiento de la población, responsables de la mayor parte de este aumento. Según la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC), el 36.8 por ciento de los casos de cáncer de mama son atribuibles al estilo de vida y a factores ambientales en adultos mayores de 30 años.

Estos factores de riesgo incluyen el consumo de alcohol, un índice de masa corporal alto, el tabaquismo, la dieta y la falta de actividad física; factores genéticos; la exposición a dosis altas y a largo plazo a estrógenos, los anticonceptivos hormonales. Además de los cambios en el estilo de vida y la reproducción, se ha sugerido que la exposición a contaminantes ambientales, en particular contaminantes con propiedades disruptoras endocrinas, contribuye al aumento de la incidencia del cáncer de mama.

En esta breve exposición se percibe que los EDC son precursores de diversas afecciones en la salud reproductiva de la mujer como cáncer de mama, infertilidad, pubertad precoz, en trastornos de la función reproductora masculina afecciones de próstata, pérdida de la calidad seminal, malformaciones congénitas del aparato reproductor, así como trastornos metabólicos como diabetes u obesidad, enfermedades neurológicas como trastornos del comportamiento, déficit de atención e hiperactividad, enfermedad de Parkinson, cáncer de tiroides o trastornos cardiovasculares.

Si bien se realizan campañas de prevención de cáncer de mama o cáncer de próstata, con días específicos para recordar tocarse y acudir al médico para identificar la presencia de estas enfermedades y evitar finales fatales, es imprescindible fijar posición en actos ordinarios de la población que no conocen como precursores de estas enfermedades y que desarrollan en sus días cotidianos, desde los productos de higiene personal como crema, pasta de dientes, champú, jabón, así como plásticos con BPA, alimentos, ropa, maquillajes, insecticidas y juguetes; lo que aportaría a políticas públicas preventivas, con una alta contribución al sector salud en cuanto a sus gastos.

No existen registros sobre muertes por disruptores hormonales, pero sí se afirma que estas sustancias aportan significativamente al riesgo de padecer enfermedades crónicas, causantes de mortalidad, estimando que los factores ambientales, incluidos los disruptores, están implicados en el 80 por ciento de las enfermedades más mortales a nivel mundial, como el cáncer y las enfermedades cardíacas.

Para el Grupo Parlamentario del Partido Verde es una prioridad eliminar o buscar alternativas ante la exposición de las sustancias sobre las cuales versa esta propuesta, adoptando medidas preventivas y, sobre todo, regulándolas de manera adecuada para proteger a la población mexicana; la peligrosidad de estas sustancias, que hoy es silenciosa, conduce a daños desproporcionados para la salud; por ello, apelamos a la visibilización de esta problemática y optar por opciones libres de este riesgo.

Por lo aquí expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios a aplicar las medidas necesarias para eliminar o sustituir el uso de productos que contengan sustancias disruptoras endocrinas u hormonales, mediante su regulación en la importación o exportación y con la disposición de etiquetado como medio de información y conocimiento para los consumidores de las consecuencias a su salud.

Referencias

1. Salud mental: Presupuesto y política nacional,

https://ciep.mx/salud-mental-presupuesto-y-politica-nacional/#: ~: text=Actualmente%2C%20el%20presupuesto%20para%20la%20salud%20mental,de%20ingres os%20medios%20es%20de%205%20%25.

2. Endocrine Society,

https://www-endocrine-org.translate.goog/news-and-advocacy/news -room/2024/latest-science-shows-endocrine-disrupting-chemicals-in-pose-health-t hreats-globally?_x_tr_sl=en&_ x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&_x_tr_pto=tc

3. Exposición a sustancias químicas disruptoras endocrinas y riesgo de cáncer de mama,

https://pmc-ncbi-nlm-nih-gov.translate.goog/articles/PMC 7731339/?_x_tr_sl=en&_x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&_x_tr_pto=tc

4. ¿Qué son los disruptores endocrinos?,

https://www.sanitas.es/biblioteca-de-salud/enfermedades-y-trast ornos/endocrinas/disruptores-endocrinos#:~: text=Los%20denominados%20disruptores%20endocrinos%20son,Aparatos%20electrónicos %2C%20etc.

5. https://www.dermaniac.com/blog/cremas-y-disruptores-endocrinos

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputada María Luisa Mendoza Mondragón (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CUAUTLA, MORELOS, A QUE PRESENTE ANTE EL CONGRESO DE DICHO ESTADO UN INFORME QUE PERMITA CONOCER EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS Y LAS DECISIONES ADMINISTRATIVAS ADOPTADAS SIN TOMAR EN CUENTA AL CABILDO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al presidente municipal de Cuautla, Morelos, a que presente ante el Congreso de dicho estado un informe detallado, real y verificable acompañado de documentación comprobatoria que permita conocer con certeza el ejercicio de los recursos públicos y las decisiones administrativas adoptadas sin tomar en cuenta al cabildo, a cargo de la senadora Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario del PVEM

La suscrita, senadora Juanita Guerra Mena, integrante de la LXVI Legislatura y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 numeral 1, fracción I, todos del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta enérgicamente al presidente municipal de Cuautla, Morelos, para que presente ante el Congreso del estado de Morelos un informe detallado, real y verificable acompañado de documentación comprobatoria que permita conocer con certeza el ejercicio de los recursos públicos y las decisiones administrativas adoptadas sin tomar en cuenta al cabildo , al tenor de lo siguiente:

Antecedentes

La rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos constituyen principios fundamentales del sistema democrático y obligaciones ineludibles de quienes ejercen funciones públicas, en este caso de las autoridades municipales, quienes administran recursos que pertenecen a la ciudadanía.

El pasado 8 de enero del año en curso, el presidente municipal de Cuautla, Morelos, presentó su Primer Informe Anual de Actividades, sin embargo, dicho informe carece de información sustantiva y detallada que permita conocer con claridad el estado que guarda la administración pública municipal.

Ejemplo de ello, los siguientes puntos detallados:

Conforme al artículo 41, fracciones IV, X, XVI y XXIX, de la Ley Orgánica Municipal del estado de Morelos el presidente municipal está obligado a:

- Vigilar la correcta recaudación y aplicación de los recursos.

- Supervisar el funcionamiento de la Tesorería.

- Garantizar el manejo legal y transparente del presupuesto.

- Atender y solventar observaciones financieras.

Sin embargo, no se ha cumplido con la presentación regular, completa y oportuna de información financiera, particularmente en lo relativo a:

• cuentas bimestrales,

• ejercicio presupuestal,

• destino específico del gasto,

• variaciones presupuestales,

• adeudos, pasivos y compromisos financieros.

Esta omisión impide al cabildo ejercer control, y vulnera el derecho de acceso a la información de la ciudadanía.

Durante el ejercicio del primer año de labores se realizaron múltiples cambios de titulares en áreas estratégicas como:

• Secretaría General,

• Seguridad Pública,

• Obras Públicas,

• SOAPSC.

Sin que exista constancia de:

• oficios de nombramiento o remoción,

• causas administrativas o jurídicas,

• notificación formal al Cabildo,

• actas de entrega-recepción interna.

Si bien el artículo 41 fracción XII de la Ley Orgánica Municipal del estado de Morelos faculta al presidente municipal para nombrar y remover servidores públicos, dicha facultad no es absoluta ni discrecional, sino sujeta a control, documentación y legalidad.

El artículo 86, fracciones I, II, V, VII, VIII, X y XI, de la Ley Orgánica Municipal del estado de Morelos impone a la Contraloría municipal la obligación de:

• Vigilar la legalidad de los actos administrativos.

• Fiscalizar recursos humanos, materiales y financieros.

• Practicar auditorías y revisiones.

• Llevar el registro de servidores públicos.

• Supervisar las entregas-recepciones internas.

• Informar irregularidades al Ayuntamiento.

No obstante, no existen informes, auditorías, dictámenes ni reportes que acrediten:

• La legalidad de los cambios de titulares,

• La supervisión de dichas áreas,

• La revisión de su desempeño,

• Ni la integración documental correspondiente.

Esta omisión compromete el sistema de control interno municipal y genera responsabilidad administrativa.

Conforme a los artículos 24y 28 de la Ley Orgánica Municipal del estado de Morelos:

• Debió integrarse una Comisión de Recepción.

• Emitirse un dictamen sobre el estado de la administración recibida.

• Determinar observaciones a la administración anterior.

• Informar al Congreso del Estado.

A la fecha no existe constancia pública ni documental de:

• Dictámenes de entrega-recepción,

• Informes de la Contraloría,

• Observaciones administrativas o patrimoniales,

• Ni comunicación institucional ante el Congreso.

Esta omisión impide conocer el estado real del patrimonio municipal, archivos, obligaciones y responsabilidades heredadas.

Las omisiones descritas han generado:

• Debilitamiento institucional,

• Opacidad financiera,

• Desorden administrativo,

• Afectación directa a los servicios públicos,

• Deterioro del patrimonio municipal,

• Crisis de gobernabilidad,

• Desconfianza ciudadana.

El informe que se rindió no refleja la realidad administrativa, y carece de sustento documental suficiente.

Finalmente, del Informe presentado por el presidente municipal, se destaca lo siguiente:

a. El presidente municipal no ha cumplido cabalmente con sus obligaciones de rendición de cuentas.

b. La Tesorería municipal ha omitido entregar información financiera esencial.

c. La Contraloría municipal no ejerció plenamente sus funciones de control y fiscalización.

d. El proceso de entrega-recepción carece de dictámenes, informes y observaciones.

e. El Informe Anual presenta vicios estructurales de legalidad y transparencia.

2. Estas irregularidades ameritan revisión exhaustiva por los órganos fiscalizadores, así como un pronunciamiento político y jurídico firme del cabildo.

En particular, el informe presentado carece de información detallada y verificable respecto del manejo, ejercicio y destino de los recursos públicos, omitiendo la precisión de la distribución del gasto municipal. Asimismo, no se especifican de manera clara las acciones, programas y obras ejecutadas durante el periodo que se informa, ni se rinde cuenta puntual de los nombramientos y remociones de los diversos servidores públicos realizados al interior de su gabinete. Cabe destacar que dichos cambios se efectuaron sin previo aviso ni autorización del cabildo, lo cual contraviene los principios de legalidad, transparencia, rendición de cuentas y control interno que deben regir la administración pública municipal.

Por lo anterior, se solicita que, de manera inmediata, se remita al Congreso del estado de Morelos, la información completa, clara y debidamente detallada respecto a todas las irregularidades presentadas durante el primer año de la administración del presidente municipal de Cuautla, Morelos, el ciudadano Jesús Corona Damián.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Comisión Permanente, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Esta Comisión Permanente exhorta enérgicamente al presidente municipal de Cuautla, Morelos, para que presente ante el Congreso del estado de Morelos un informe detallado, real y verificable acompañado de documentación comprobatoria que permita conocer con certeza el ejercicio de los recursos públicos y las decisiones administrativas adoptadas sin consentimiento previo del cabildo.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2026.– Senadora Juanita Guerra Mena (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO AL GOBIERNO DE MORELOS Y A LA FISCALÍA GENERAL DE DICHA ENTIDAD, A INFORMAR Y FORTALECER ACCIONES PARA COMBATIR EL DELITO DE EXTORSIÓN EN FAVOR DE LOS COMERCIOS ESTABLECIDOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de Morelos y a la Fiscalía General de dicha entidad a informar y fortalecer las acciones para combatir el delito de extorsión en favor de los comercios establecidos, a cargo de la senadora Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario del PVEM

La suscrita senadora Juanita Guerra Mena, integrante de la LXVI Legislatura y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 numeral 1, fracción I, todos del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Morelos y a la Fiscalía General del Estado de Morelos a informar y fortalecer las acciones para combatir el delito de extorsión en favor de los comercios establecidos, al tenor de lo siguiente

Antecedentes

De acuerdo a datos oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante el año 2025 en el Estado de Morelos hubo un total de 419 delitos de extorsión, esto sin contar todos aquellos delitos de extorsión que no fueron denunciados. El delito de extorsión representa una de las principales amenazas para la seguridad, la estabilidad económica y permanencia de los comercios establecidos, provocando en muchos casos el cierre de negocios, la pérdida de empleos y un grave impacto al desarrollo económico local.

En el municipio de Cuautla, así como en diversas municipios del estado de Morelos, comerciantes y empresarios han sido víctimas de este delito, lo que genera un clima de miedo, desconfianza hacia las instituciones y cierre definitivo de negocios.

Ejemplo de lo anterior son las diversas notas periodísticas en las que se documenta la frecuencia con la que ocurre el delito de extorsión en el Municipio de Cuautla, Morelos. En particular, el pasado 14 de enero de 2026, el periódico “” publicó una nota informativa en la que se señala la gravedad y persistencia de este delito en la vida económica y social del municipio.

“ En la madrugada de este miércoles 14 de enero, alrededor de las 03: 00 horas, un nuevo acto de violencia sacudió la colonia Hermenegildo Galeana en Cuautla, Morelos.

Este incidente se suma a una ola de violencia sistemática que azota a los comerciantes de la zona oriente de Morelos. Durante 2025, Cuautla lideró a nivel nacional las tasas de extorsión en municipios con más de 100 mil habitantes, registrando hasta 49.7 casos por cada 100 mil habitantes en los primeros meses del año, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp).

En las últimas semanas de 2025 y principios de 2026, se han reportado múltiples agresiones similares contra boutiques, tiendas de abarrotes y otros comercios, muchas veces como castigo por negarse a pagar las cuotas impuestas. Estos actos no solo generan pérdidas económicas directas, sino que siembran el miedo entre los empresarios, provocando cierres de locales y afectando la economía local.”

Dicha publicación, aunado a las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, resaltan que la extorsión se ha convertido en una de las principales amenazas para los comerciantes y empresarios locales, generando temor, cierres de negocios y afectaciones directas al desarrollo económico, lo que confirma la necesidad de fortalecer las acciones de prevención, denuncia y combate a este ilícito por parte de las autoridades municipales y estatales.

Ante estos sucesos se ha hecho la implementación de la denuncia anónima a través del número 089 es una herramienta fundamental para combatir la extorsión, sin embargo, su efectividad depende de la confianza de la ciudadanía y de los resultados de las sanciones de los responsables.

Conforme a lo establecido en el artículo 21 Constitucional “ la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4o. de esta Constitución...”

Por todo lo anterior, resulta indispensable que la ciudadanía conozca información clara y verificable respecto al número de negocios afectados, denuncias presentadas, casos judicializados y sentencias obtenidas, así como las acciones implementadas para apoyar a las víctimas y prevenir este delito en el Municipio de Cuautla, Morelos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Comisión Permanente, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorta respetuosamente a la Fiscalía General del Estado de Morelos, para que, en el ámbito de sus atribuciones, informe a esta Soberanía, así como de manera pública y detallada a la ciudadanía, sobre el número de denuncias por el delito de extorsión recibidas en el municipio de Cuautla y en el resto del Estado de Morelos durante el año 2025 a la fecha, así como el estado procesal de dichas denuncias, precisando cuántas han sido judicializadas, cuántas se encuentran en trámite y en cuántas se ha obtenido sentencia condenatoria, especificando los casos resueltos y las acciones de investigación, persecución del delito y coordinación interinstitucional implementadas para combatir la extorsión y fortalecer la confianza de la ciudadanía en la denuncia.

Segundo.- Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo del Estado de Morelos para que, en el ámbito de su competencia, informe a esta Soberanía y a la ciudadanía sobre los programas, acciones y apoyos económicos implementados en favor de los comercios establecidos que han sido víctimas del delito de extorsión; asimismo para que establezca o fortalezca mecanismos que permitan el acceso al “Fondo Morelos” para las víctimas de extorsión, como medida de respaldo, reactivación económica y preservación de los empleos y refuerce la coordinación con las autoridades de seguridad pública y procuración de justicia para prevenir el cierre de negocios y promover el desarrollo económico en el estado de Morelos, especialmente en el municipio de Cuautla, Morelos.

Tercero.- Se exhorta al Presidente Municipal de Cuautla, Morelos, C. Jesús Corona Damián, para que a través de la Dirección de Industria y Comercio del municipio, para que informe a esta Soberanía y a la ciudadanía, el número de comercios establecidos afectados por el delito de extorsión en el municipio durante el año 2025 a la fecha, así como informe sobre las acciones realizadas para fortalecer la coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo del Estado de Morelos para facilitar el acceso de los comerciantes víctimas de extorsión a los programas de apoyo económico, incluido el “Fondo Morelos” y se difunda entre los comerciantes y la población en general, los mecanismos de denuncia anónima 089 apoyo institucional, con el fin de fomentar la cultura de la denuncia y fortalecer la confianza en la ciudadanía.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2026– Senadora Juanita Guerra Mena (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



ESTRATEGIA DE ATENCIÓN, SANIDAD Y FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO DEL SECTOR CITRÍCOLA EN NUEVO LEÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader y la Senasica a diseñar e implementar una estrategia integral de atención, sanidad y fortalecimiento productivo del sector citrícola en el estado de Nuevo León, que contemple acciones de prevención, control y manejo de plagas y enfermedades, mediante esquemas sostenibles con apoyo técnico y científico, a cargo del senador Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, senador Waldo Fernández González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, fracción II del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, diseñe e implemente una estrategia integral de atención, sanidad y fortalecimiento productivo del sector citrícola en el Estado de Nuevo León, que contemple acciones de prevención, control y manejo de plagas y enfermedades, mediante esquemas sostenibles con apoyo técnico y científico, a partir de las siguientes

Consideraciones

El sector citrícola constituye una actividad estratégica para el desarrollo económico, social y agroalimentario del Estado de Nuevo León, al generar empleo, dinamizar las cadenas de valor vinculadas a la agroindustria, el comercio y la exportación, y contribuir de manera relevante a la seguridad alimentaria regional.

Asimismo, representa el principal sustento de numerosas comunidades rurales, por lo que su fortalecimiento resulta indispensable para un desarrollo agropecuario equilibrado, sostenible y con arraigo territorial.

En los últimos años, los productores citrícolas de municipios como Montemorelos, Allende, Linares, General Terán, Cadereyta Jiménez y Hualahuises han enfrentado afectaciones severas derivadas de plagas y enfermedades que comprometen la sanidad vegetal y reducen de manera significativa la productividad de los cultivos.

A ello, se suman problemáticas estructurales relacionadas con el acceso insuficiente a la asistencia técnica especializada, equipamiento productivo, estudios nutricionales de suelo y mecanismos oportunos, sostenibles y eficaces de control fitosanitario.

De manera paralela, la citricultura en Nuevo León ha sido impactada por condiciones climáticas adversas. Las sequías prolongadas, la disminución de los niveles de las presas y la sobreexplotación de los mantos acuíferos han provocado un estrés hídrico constante en las huertas, incrementando su vulnerabilidad frente a plagas y enfermedades. Asimismo, las heladas atípicas registradas en años recientes han ocasionado daños en brotes nuevos y árboles jóvenes, afectando la capacidad de recuperación productiva del sector.

A estas problemáticas se suma el incremento sostenido en los costos de insumos estratégicos como fertilizantes, combustibles y mano de obra, los cuales no se reflejan de manera proporcional en los precios pagados al productor, generando una reducción en la rentabilidad de la actividad.

Esta situación ha propiciado que pequeños productores opten por vender sus tierras para usos urbanos o industriales, lo que ha derivado en la disminución de la superficie agrícola y de la mancha verde del Estado.

Adicionalmente, una proporción significativa de las huertas citrícolas continúa operando con sistemas de riego por inundación o canales, prácticas que resultan insostenibles ante el actual contexto de escasez hídrica.

La transición hacia sistemas de riego tecnificado, como el riego por goteo o microaspersión, implica inversiones elevadas que se ven agravadas por la reducción de programas federales de apoyo, limitando la capacidad de los productores para invertir en innovación, investigación aplicada y control de plagas.

Estas condiciones han impactado negativamente tanto el volumen como la calidad de la producción citrícola, afectando la competitividad y la viabilidad económica del sector, así como su contribución a la agroindustria regional y nacional.

Ante este escenario, resulta indispensable impulsar acciones coordinadas desde la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en conjunto con los productores de la zona citrícola de Nuevo León, instituciones académicas y organismos especializados, orientadas a la recuperación del sector mediante un enfoque integral que priorice el control biológico de plagas, la capacitación técnica, el fortalecimiento del manejo sanitario y el diálogo directo con los actores productivos.

La implementación de estas estrategias debe sustentarse en la innovación científica, la coordinación interinstitucional y las mejores prácticas de política pública agroalimentaria con viabilidad técnica y operativa comprobada.

Asimismo, resulta fundamental que las soluciones se construyan a partir de la escucha activa de los productores y del trabajo conjunto entre los distintos órdenes de gobierno, centros de investigación e instituciones educativas, con el fin de atender de manera estructural los retos sanitarios, productivos y económicos del sector.

En este sentido, se estima indispensable que el Gobierno federal, a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos desconcentrados, en coordinación con el Gobierno del Estado de Nuevo León y los municipios productores, diseñen e implementen una estrategia integral de atención y fortalecimiento del sector citrícola, con un enfoque territorial, sanitario y de sostenibilidad, que permita mejorar la productividad, proteger la sanidad vegetal y garantizar la viabilidad económica de esta actividad estratégica, en beneficio de los productores y de la economía regional.

Con base en lo expuesto, resulta claro que la citricultura en el Estado de Nuevo León enfrenta una coyuntura crítica que exige una respuesta institucional coordinada, oportuna y con visión de largo plazo. La atención a los retos sanitarios, productivos, climáticos y económicos que afectan al sector no puede abordarse de manera fragmentada ni reactiva, sino mediante una estrategia integral sustentada en criterios técnicos y científicos, que fortalezca la sanidad vegetal, impulse la productividad y preserve la viabilidad económica de una actividad fundamental para el desarrollo regional y el bienestar de miles de familias rurales.

En consecuencia, el presente punto de acuerdo busca exhortar respetuosamente a las autoridades competentes a asumir un papel activo en la recuperación y fortalecimiento del sector citrícola de Nuevo León, promoviendo la coordinación interinstitucional, el diálogo con los productores y la aplicación de soluciones sostenibles con enfoque territorial.

Con ello, se pretende no solo atender las problemáticas inmediatas que enfrenta la citricultura, sino sentar las bases para un desarrollo agroalimentario más resiliente, competitivo y socialmente justo, en beneficio de la economía estatal y de la seguridad alimentaria del país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de la Comisión Permanente la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, diseñe e implemente una estrategia integral de atención, sanidad y fortalecimiento productivo del sector citrícola en el estado de Nuevo León, que contemple acciones de prevención, control y manejo de plagas y enfermedades, mediante esquemas sostenibles con apoyo técnico y científico.

Segundo. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a fortalecer, en coordinación con instituciones de educación superior, centros de investigación y organismos especializados, los programas de control biológico, capacitación técnica, transferencia de tecnología, estudios nutricionales de suelo y dotación de equipamiento productivo, con el objetivo de elevar la productividad, calidad y competitividad de los cítricos producidos en el estado de Nuevo León.

Tercero. La Comisión Permanente en pleno respeto al federalismo exhorta al Gobierno del estado de Nuevo León para que, a través de la dependencia competente en materia de desarrollo agropecuario y en coordinación con las autoridades federales y municipales, establezca mecanismos permanentes de diálogo, mesas de trabajo y atención territorial con productores, empacadores y comercializadores del sector citrícola, a fin de identificar necesidades prioritarias y construir soluciones con viabilidad técnica, operativa y regional.

Cuarto. La Comisión Permanente exhorta a las autoridades federales competentes a considerar la incorporación del sector citrícola del estado de Nuevo León dentro de los programas, estrategias y acciones de alcance nacional en materia agroalimentaria y de sanidad vegetal, con el propósito de fortalecer su sostenibilidad, resiliencia y desarrollo económico frente a los retos sanitarios, climáticos y productivos que enfrenta actualmente.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Senador Waldo Fernández González (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO AL TRIBUNAL ELECTORAL DE OAXACA Y A LAS AUTORIDADES MUNICIPALES Y ESTATALES, A ATENDER LAS IRREGULARIDADES QUE ESTÉN SUCEDIENDO PREVIO AL PROCESO DE LA REVOCACIÓN DE MANDATO

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Tribunal Electoral de Oaxaca y a las autoridades municipales y estatales, a atender las irregularidades que estén sucediendo previo al proceso de la revocación de mandato, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.



SE REALICE UNA AUDITORÍA AL GASTO FEDERALIZADO, A FIN DE DESLINDAR RESPONSABILIDADES Y RENDIR CUENTAS SOBRE EL PROYECTO DE TRANSPORTE PÚBLICO BUS LAGUNA, EN TORREÓN, COAHUILA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas instituciones a realizar una auditoría al gasto federalizado, a fin de deslindar responsabilidades y rendir cuentas sobre el proyecto de transporte público “Bus Laguna”, en la ciudad de Torreón, Coahuila, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Décima Sexta y Décima Octava Reglas básicas que regirán las sesiones y trabajos de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión durante el primer receso del segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura, somete a consideración esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a la Fiscalía General de la República, por conducto de la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado, al Gobierno del Estado de Coahuila, al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras) y al Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin), para que en el ámbito de sus atribuciones realice una auditaría al gasto federalizado, a fin de deslindar responsabilidades y rendir cuentas sobre el proyecto de transporte público “Bus Laguna”, en la ciudad de Torreón, Coahuila, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; conforme a los siguientes

Antecedentes

1. En la Zona Metropolitana de La Laguna se impulsó el proyecto BRT Corredor Troncal de La Laguna (Bus Laguna/Metrobús Laguna) como sistema de transporte masivo, contemplando un corredor de 25.5 km, infraestructura asociada (terminales, 2 estaciones o para buses, talleres, patios, centro de control, etc.) y un esquema de financiamiento mixto.

2. El proyecto incorporó recursos de origen federal y federalizado (incluyendo aportaciones del Fondo Nacional de Infraestructura —Fonadin— y apoyos instrumentados vía Banobras), además de aportaciones estatales y participación privada.

3. En la fiscalización superior se han documentado incumplimientos de programación, deficiencias de planeación y hallazgos relacionados con ejecución y control de obra en distintos ejercicios, además de que se consignó que, al cierre de 2020, el contrato revisado estaba finiquitado y la obra no se encontraba en operación.

4. El 2 de enero de 2025 se reportó el colapso de una losa en la estación Nazas del sistema, y el titular del Poder Ejecutivo de Coahuila anunció investigación “técnica y administrativa” para determinar causas y responsabilidades.

5. Diversos medios han dado cuenta de observaciones y señalamientos en torno a irregularidades detectadas por instancias fiscalizadoras sobre el proyecto en ejercicios previos.

Consideraciones

I. El gasto federalizado y los recursos federales destinados a infraestructura de movilidad deben sujetarse estrictamente a los principios de legalidad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, en términos del marco constitucional y de responsabilidades administrativas aplicable.

II. La evidencia pública disponible da cuenta de que el proyecto no cumplió plazos originalmente programados y presentó reprogramaciones sucesivas; además, existen antecedentes de observaciones por pagos indebidos, falta de sanciones, deficiencias en control de obra y planeación, lo que obliga a una revisión integral y trazable del uso de recursos.

III. La propia fiscalización superior federal ha descrito el esquema de financiamiento y la magnitud de recursos involucrados (incluyendo aportaciones del FONADIN y componentes estatales/privados), por lo que procede un enfoque de auditoría integral y coordinada que identifique: fuente de financiamiento, ruta del dinero, entregables, estimaciones, supervisión, modificaciones contractuales, finiquitos, y, en su caso, daño o perjuicio a la Hacienda Pública.

IV. El colapso de un elemento estructural en la estación Nazas constituye un hecho de la mayor gravedad, por su potencial impacto en seguridad de las personas, en el patrimonio público y en la confianza ciudadana, ameritando dictámenes técnicos, peritajes independientes y deslinde de responsabilidades.

V. La ciudadanía de Torreón y de la Comarca Lagunera enfrenta, desde hace años, costos sociales por infraestructura inconclusa y un sistema sin operación plena, lo que exige rendición de cuentas verificable, así como medidas correctivas y sancionatorias cuando procedan.

VI. Dado que la Administración Pública Federal cuenta con una dependencia responsable de la política anticorrupción y control interno, resulta procedente requerir su intervención para investigaciones administrativas, coordinación interinstitucional y seguimiento de responsabilidades.

Por lo anteriormente mencionado, someto a consideración de este pleno, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y a la Auditoría Superior del Estado de Coahuila para que, en el ámbito de sus atribuciones, practique una auditoría integral –y, en su caso, de cumplimiento e inversiones físicas con enfoque forense– al gasto federalizado y recursos federales vinculados al proyecto “ Bus Laguna/Metrobús Laguna/BRT Corredor Troncal de La Laguna” en Torreón, Coahuila, incluyendo: convenios de apoyo, modificaciones contractuales, estimaciones, supervisión, finiquitos, pagos y entregables; a fin de que esta Soberanía conozca los principales hallazgos, montos por aclarar, acciones promovidas, estado de informes y observaciones con desglose por ejercicio fiscal y fuente de financiamiento.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a los Órganos Internos de Control competentes para que realice las investigaciones administrativas que procedan respecto del ejercicio de recursos federales y actuaciones de servidores públicos involucrados; y en su caso, dé vista a las autoridades competentes por posibles faltas administrativas graves.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República, por conducto de la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del Estado, para que informe sobre la existencia y estado procesal de carpetas de investigación relacionadas con el proyecto referido y, de existir elementos, determine lo conducente conforme a sus atribuciones, incluyendo las medidas implementadas para el resarcimiento de posibles daños al erario y el ejercicio de la acción penal cuando legalmente proceda.

Cuarto. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Coahuila (a través de la secretaría/entidad ejecutora en materia de infraestructura y movilidad) y el Municipio de Torreón para que; remitan un informe técnico-financiero con el universo de contratos, convenios, fuentes de financiamiento, avances físicos, pagos, finiquitos, garantías y responsables por etapa; presenten los dictámenes estructurales y de seguridad actualizados de estaciones y obras asociadas –en particular, de la estación Nazas–, así como las medidas de mitigación y protección civil adoptadas; y publiquen en formatos abiertos la información sustantiva (contratos, estimaciones, bitácoras, supervisiones, convenios modificatorios y actas de entrega-recepción), privilegiando máxima publicidad.

Quinto. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras) y al Fondo Nacional De Infraestructura (Fonadin), para que remitan un informe detallado sobre la trazabilidad de los apoyos y el seguimiento a las obligaciones convenidas, incluyendo ministraciones, condiciones, supervisión, modificaciones autorizadas y mecanismos de control aplicados.

Notas

1 Alcalá Brenda, Milenio, ‘Bus Laguna’ pasará a manos del Ayuntamiento de Torreón, 24.08.2025 19: 37: 20, [en línea]

https://www.milenio.com/estados/ayuntamiento-de-torreon-estara- a-cargo-del-metrobus-laguna [Fecha de consulta: 2 de enero de 2026]

2 Gobierno del Estado de Coahuila, Auditoría de Cumplimiento a Inversiones Físicas: 2020-A-05000-22-0690-2021 690-DS-G, 2020 [en línea]

https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2020a/Documentos/Audito rias/2020_0690_a.pdf [Fecha de consulta: 2 de enero de 2026]

3 Con 7 años de atraso y 700 millones de pesos gastados, el Metrobús La Laguna no llega

https://www.sinembargo.mx/4351511/con-7-anos-de-atraso-y-700-mi llones-de-pesos-gastados-el-metrobus-la-laguna-no-llega/ (26/04/2023) (En línea), consultado el 19 de enero de 2026.

4 Mega Noticias Laguna, ¿Sueño lejano o realidad cercana? El futuro incierto del Bus Laguna, publicado el 15 feb 2024 [en línea]

https://www.youtube.com/watch?v=rnEOM3Ii298 [Fecha de consulta: 2 de enero de 2026]

5 Cfr. Actualidad. El fraude de los hermanos Moreira estará oculto hasta 2024,

https://www.laizquierdadiario.com/El-fraude-de-los-hermanos-Mor eira-estara-oculto-hasta-2024 (2017, 29 de junio) (En línea) consultado el 19 de enero de 2026.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR EL RECLUTAMIENTO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES POR PARTE DEL CRIMEN ORGANIZADO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a prevenir, atender y erradicar el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por parte del crimen organizado, en cumplimiento del interés superior de la niñez y del derecho a una vida libre de violencia, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada federal Ofelia Socorro Jasso, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por parte de grupos del crimen organizado es un fenómeno documentado y en expansión en México. Organizaciones civiles han señalado que hasta 250 000 menores entre 12 y 15 años podrían estar en riesgo de ser reclutados por cárteles del narcotráfico, especialmente en estados como Chihuahua, Colima, Baja California y la Ciudad de México, dada la vulnerabilidad socioeconómica y la falta de oportunidades educativas y laborales.

De acuerdo con un informe de la Universidad de Guadalajara, en el estado de Jalisco, entidad donde se localiza el Rancho Izaguirre, señalado como presunto centro de adiestramiento del Cártel Jalisco Nueva Generación, las personas adolescentes y jóvenes de entre 15 y 19 años concentran el mayor número de reportes de desaparición registrados entre enero y abril de 2025, existiendo indicios de que una parte de estos casos estaría relacionada con su incorporación forzada a estructuras del crimen organizado, particularmente en entornos caracterizados por altos niveles de violencia y una limitada capacidad de prevención institucional.

De manera aún más preocupante, reportes recientes indican que en algunas entidades se han identificado casos de reclutamiento forzado de niños y niñas desde los 8 años de edad, mediante promesas de empleo o ingresos económicos atractivos, lo cual revela una tendencia de los grupos delictivos a incorporar a integrantes cada vez más jóvenes para suplir pérdidas o expandir sus operaciones.

Al mismo tiempo, investigaciones oficiales y análisis de la Secretaría de Gobernación han documentado que los grupos del crimen organizado han adaptado sus métodos para captar a menores, utilizando plataformas digitales como redes sociales, juegos y aplicaciones de mensajería para contactar y atraer a niñas, niños y adolescentes, manipulando expectativas y explotando vulnerabilidades.

El fenómeno se observa en un contexto más amplio de violencia del crimen organizado en México, donde múltiples estados, incluyendo Baja California, Guerrero, Michoacán, Guanajuato y Zacatecas, han sido identificados como “focos rojos” de reclutamiento de menores para actividades delictivas que van desde el narcomenudeo hasta el sicariato y la desaparición de personas.

La fracción XI del artículo 4o. de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos protege de manera explícita los derechos de las niñas, niños y adolescentes, estableciendo que el interés superior de la niñez es un principio rector que debe guiar todas las decisiones de las autoridades y garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, incluyendo su protección frente a cualquier forma de explotación o violencia que ponga en riesgo su integridad física, psicológica o social.

En el artículo 13 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes reconoce de manera expresa el derecho de este grupo poblacional a una vida libre de violencia, explotación y trato negligente o degradante, y obliga a las autoridades a establecer políticas públicas y mecanismos de prevención, protección, atención y restitución de derechos para quienes se vean afectados por situaciones de riesgo, incluidos aquellos casos donde se trate de reclutamiento por parte de organizaciones delictivas.

Adicionalmente, el artículo 201 del Código Penal Federal contempla tipos penales relacionados con la corrupción de menores y la delincuencia organizada, y ha sido objeto de propuestas legislativas para reconocer de manera explícita el reclutamiento forzado de menores como delito autónomo, con sanciones penales agravadas para quienes obliguen o induzcan a niñas, niños y adolescentes a integrarse en actividades delictivas o en grupos armados.

Anteriormente, he presentado diversos exhortos dirigidos a las autoridades federales y estatales para atender de manera urgente la violencia extrema contra niñas, niños y adolescentes, particularmente en los casos de homicidios cometidos en su contra, solicitando que las investigaciones sean atraídas y conducidas con la debida diligencia por las instancias competentes, a fin de garantizar el acceso a la justicia y evitar la impunidad.

Asimismo, he promovido exhortos para investigar y prevenir la violencia y las amenazas en instituciones educativas, al considerar que los centros escolares deben ser espacios seguros que garanticen el derecho a la educación en condiciones de paz y protección.

De igual forma, he presentado exhortos orientados a fortalecer los mecanismos de búsqueda y localización de niñas, niños y adolescentes desaparecidos, solicitando la aplicación inmediata y efectiva de los protocolos correspondientes, así como la coordinación entre autoridades de los tres órdenes de gobierno. No obstante, pese a la gravedad de los hechos que dieron origen a estas propuestas, dichos exhortos han quedado detenidos, sin que se haya logrado avanzar de manera sustantiva en su análisis, dictaminación o implementación.

La violencia generada por los cárteles del crimen organizado en México se ha intensificado durante décadas, convirtiéndose en uno de los principales factores de inestabilidad social y de deterioro del tejido comunitario.

Esta violencia se manifiesta a través de homicidios, desapariciones forzadas, extorsión, conflictos territoriales entre grupos delictivos y una presencia armada extendida que afecta a múltiples regiones del país. El impacto de esa violencia no se limita a adultos, también permea todos los ámbitos de la vida social, incluyendo el entorno familiar y escolar de niñas, niños y adolescentes.

En este contexto, la infancia se encuentra particularmente expuesta a situarse en posiciones de riesgo: la normalización de la violencia, junto con la falta de oportunidades socioeconómicas y educativas, incrementa la probabilidad de que los menores sean vistos como recursos por los grupos criminales.

La combinación de entornos violentos con ofertas de ingresos, pertenencia o protección puede hacer que la incorporación a estructuras delictivas se perciba como una alternativa, aunque peligrosa, para algunos jóvenes, especialmente donde las redes de apoyo social y comunitario son deficientes.

Estudios y reportes de organizaciones civiles han documentado que las estrategias de captación criminal no solo utilizan la violencia directa, también se valen de engaños, promesas y mecanismos de manipulación social para atraer a menores a sus filas.

Este fenómeno es particularmente preocupante en zonas urbanas y rurales donde las desigualdades sociales se combinan con altos niveles de criminalidad, creando un círculo vicioso de violencia, riesgo y reclutamiento que amenaza el desarrollo integral de generaciones completas.

La vulnerabilidad de la niñez frente a este fenómeno no solo es producto de la violencia externa, también de la ausencia de políticas públicas eficaces en prevención, educación y desarrollo social.

Romper con estos ciclos exige sanciones penales y una estrategia amplia que fortalezca oportunidades educativas, programas de inclusión social y acciones comunitarias que ofrezcan rutas alternativas a la violencia para las niñas, niños y adolescentes en riesgo.

Por ello, resulta indispensable retomar y priorizar estos temas, entendiendo que la protección de niñas, niños y adolescentes no puede seguir postergándose, ya que cada omisión institucional implica un riesgo real e inmediato para su vida, integridad y desarrollo integral.

Por lo anterior, se somete a la Consideración de la Comisión Permanente el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal para que implemente y fortalezca una estrategia integral, interinstitucional y con enfoque de derechos humanos para prevenir, atender y erradicar el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por parte del crimen organizado, que incluya acciones de prevención social de la violencia, atención prioritaria a comunidades de alto riesgo, protección integral de víctimas y restitución de derechos.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) a reforzar las acciones de inteligencia, prevención y persecución del delito vinculadas al reclutamiento y utilización de niñas, niños y adolescentes por organizaciones delictivas, así como a coordinarse con las fiscalías federal y estatales para investigar y sancionar de manera efectiva a quienes promuevan, faciliten o se beneficien de estas prácticas, incluyendo el uso de plataformas digitales y redes sociales como mecanismos de captación.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) a diseñar, actualizar y fortalecer políticas públicas, programas y protocolos específicos de prevención del reclutamiento de menores, con énfasis en zonas identificadas como de alto riesgo, garantizando la coordinación entre los tres órdenes de gobierno y la participación de los sistemas estatales y municipales de protección, así como de organizaciones de la sociedad civil especializadas en derechos de la infancia.

Notas

1 https://www.debate.com.mx/politica/hasta-250-mil-menores-estan-hoy-en-riesgo-di recto-de-ser-reclutados-por-grupos-delictivos-redim-20251130-0113.html

2 https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2025/05/14/unicef-mexico-alerta-por-re clutamiento-de-menores-del-crimen-organizado-es-una-practica-muy-comun/

3 https://www.eluniversal.com.mx/estados/infancia-bajo-fuego-carteles-en-sonora-r eclutan-a-ninos-desde-los-8-anos-para-suplir-bajas-denuncian/

4 https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2025/03/21/carteles-reclutan-a-ninos-y -jovenes-por-tiktok-y-fortnite-revela-informe-de-la-segob/

5.https://latinus.us/mexico/2025/3/27/reclutamiento-forzado-de-m enores-por-carteles-se-concentra-en-baja-california-guerrero-michoacan-guanajua to-zacatecas-138422.html

6 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

7 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf

8 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPF.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.– Diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO AL GOBIERNO DE HIDALGO Y A LA COMANDANCIA DE LA GN, A INTEGRAR UNA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD EN EL TRAMO CARRETERO DE TEPEJI DEL RÍO (57D) DE LA AUTOPISTA 57 MÉXICO- QUERÉTARO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de Hidalgo y a la comandancia de la GN, a fin de que integren una estrategia general de seguridad en el tramo carretero de Tepeji del Río (57D) de la autopista 57 México- Querétaro, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente proposición con punto de acuerdo, al tenor de lo siguiente:

Considerandos

Como se ha referido ya en diversos puntos de acuerdo promovidos ante esta Cámara de Diputados, la carretera Federal No. 57 que va de la Ciudad de México a Piedras Negras, es considerada la columna vertebral del sistema carretero del país; cuenta con una longitud total de mil 295 km y atraviesa los estados de Coahuila, Nuevo León, San Luis Potosí, Guanajuato, Querétaro, México, Hidalgo y Ciudad de México.

Esta carretera es fundamental para el turismo y el comercio, pues atraviesa el norte de México; de hecho, se estima que diariamente transitan alrededor de 140 mil vehículos por su carpeta, al tiempo que concentra cerca del 50 por ciento del comercio terrestre nacional.

En el PRI hemos insistido en la importancia de ésta para la movilidad nacional y es por ello que también hemos señalado la actual situación de violencia en que se encuentra esta importante carretera.

De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública presentados en la mañanera, durante el 2025 se reportaron alrededor 6,245 robos de autotransporte.

La situación es tan grave que entre enero y agosto del 2025 en promedio se presentaron 28 robos diarios. Es de destacar que la mayor parte de estos incidentes se generan justamente en la carretera 57, de hecho, diversas víctimas han señalado que los asaltos se han transformado recurrentes sin que ninguna autoridad atienda la problemática.

En torno a ello vale la pena referir que el pasado 12 de enero una familia fue víctima de un violento asalto en dicha carretera a la altura de la localidad de Tepeji del Río, estado de Hidalgo.

De acuerdo con la narración de los hechos, el ataque ocurrió alrededor de las 21: 00 horas cuando el carro de una familia se impactó con una piedra colocada en la carretera, provocando que se ponchara una llanta. Cuando la familia se orilló para cambiar el neumático, dos sujetos interceptaron el vehículo a efecto de robarle a la familia todas sus pertenencias.

Durante el robo, el conductor fue golpeado en la cabeza, a la vez que los asaltantes les ordenaron a los demás pasajeros que se agacharan mientras los despojaban de sus pertenencias.

Es importante destacar que el tramo en donde ocurrió el incidente es considerado uno de los más transitados por lo que resulta necesario reforzar la vigilancia en la zona. De esta forma, en el PRI insistimos en la necesidad de proteger ese tramo carretero a fin de brindar seguridad, paz y bienestar a los conductores, familias y transportistas.

Por lo anteriormente expuesto se emite el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Gobierno del Estado de Hidalgo para que conjuntamente y en coordinación con la Comandancia de la Guardia Nacional integren una estrategia de seguridad en el tramo carretero de Tepeji del Río (57D) de la autopista México-Querétaro a fin de garantiza la seguridad de los conductores, familias y transportistas.

Notas

1 https://www.diariodequeretaro.com.mx/local/contara-el-municipio-de-queretaro-ve hiculos-en-la-57-10057974.html

2 https://www.tyt.com.mx/nota/robo-con-violencia-a-transportistas-el-delito-que-m as-cae-en-2025-gobierno-de-sheinbaum

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente el día 21 de enero del 2026.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE IMPLEMENTE UN PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN PARA LA EXPEDICIÓN DE TÍTULOS Y EL REGISTRO RESPECTIVO DE QUIENES EGRESAN DE LAS UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA, Y SE REMITA UN INFORME QUE EXPLIQUE LAS CAUSAS QUE HAN GENERADO REZAGO EN LA TITULACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y al organismo coordinador de las universidades para el bienestar Benito Juárez García a implementar de manera inmediata un programa extraordinario de regularización para la expedición de títulos y el registro ante la dirección general de profesiones de las y los egresados de las universidades para el bienestar Benito Juárez García y remitan a esta soberanía un informe detallado que explique las causas administrativas, técnicas o normativas que han generado el rezago en la titulación, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

La semana pasada, exalumnos de la licenciatura en Derecho de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García se manifestaron frente a Palacio Nacional para denunciar que, pese a haber concluido formalmente sus estudios, no pueden ejercer su profesión debido a que su historial académico, certificados y títulos no han sido dados de alta ante la Dirección General de Profesiones.

A la protesta acudieron egresados de distintas generaciones de la sede Cuauhtémoc, ubicada en el centro histórico de la Ciudad de México, quienes exigieron la intervención directa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para resolver una crisis administrativa que atribuyen a la gestión de la directora general del Organismo Coordinador, Raquel Sosa Elízaga, quien —según los propios egresados— se comprometió en diversas ocasiones a atender sus demandas sin que existan resultados concretos.

Los manifestantes señalaron que la falta de título y cédula profesional los ha obligado a aceptar empleos precarios, sin posibilidad real de acceder a mejores salarios ni desarrollo profesional. Asimismo, documentaron que sostuvieron reuniones con autoridades educativas de la administración anterior, cuando Leticia Ramírez Anaya encabezaba la Secretaría de Educación Pública, y que, ante la falta de respuestas institucionales, algunos recurrieron incluso a la promoción de juicios de amparo. La situación se ha visto agravada por el cierre del campus del Centro Histórico y el traslado de las actividades académicas y administrativas a nuevas sedes en Texcoco, Estado de México, lo que ha dificultado aún más el seguimiento de trámites y la atención a los egresados afectados.

En México la educación superior exige instituciones responsables, serias y plenamente comprometidas con el futuro de la juventud. No basta con abrir aulas, ofrecer becas o ampliar la matrícula si, al concluir una carrera profesional, el propio Estado incumple su obligación más elemental: reconocer oficialmente los estudios realizados. Permitir que jóvenes que han dedicado años de esfuerzo académico se enfrenten a la negativa o dilación injustificada en la expedición de su título y cédula profesional constituye un atentado directo contra la juventud de nuestro país, pues anula el valor jurídico de su formación, pone en riesgo su proyecto de vida y cierra las puertas a mejores oportunidades de empleo, desarrollo profesional y movilidad social.

Cuando las autoridades educativas fallan en garantizar la culminación efectiva de los estudios, no solo vulneran derechos constitucionales, sino que quiebran la confianza de una generación que apostó por la educación como vía legítima para construir su futuro.

Lo más preocupante es que esta problemática sucede en las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, creadas como uno de los proyectos emblemáticos del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, las cuales lejos de cumplir con la promesa de inclusión, justicia social y movilidad educativa, se han convertido en otro ejemplo de una política pública mal diseñada y deficientemente ejecutada, que hoy arrastra graves rezagos administrativos y una profunda falta de responsabilidad institucional. Más grave aún resulta que, lejos de corregir estas fallas estructurales, la actual administración ha optado por dar continuidad a un esquema que ya demostró su incapacidad para garantizar derechos básicos, perpetuando así un fracaso que tiene consecuencias directas en la vida, el futuro y las oportunidades laborales de una generación de jóvenes que confió en el Estado y hoy enfrenta el abandono administrativo de sus propias autoridades.

Debemos ser claros, el derecho a la educación superior exige que el Estado garantice procesos administrativos eficientes, oportunos y jurídicamente válidos, que permitan a las y los egresados contar con los documentos oficiales que acrediten su formación profesional y les posibiliten ejercer su profesión, continuar su preparación académica o incorporarse al mercado laboral en condiciones de igualdad. Esto es precisamente lo que hoy no están logrando las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, razón por la cual las y los jóvenes afectados exigen de manera legítima resultados concretos y soluciones inmediatas, frente a una cadena de omisiones administrativas que vulnera sus derechos y frustra sus expectativas de desarrollo profesional y personal.

La Universidad para el Bienestar Benito Juárez García (UBBJ) fue creada en 2019 como un proyecto educativo estratégico del Gobierno de México, con el objetivo de ampliar el acceso a la educación superior pública y gratuita en regiones históricamente marginadas del país. Su diseño institucional se orientó a eliminar barreras tradicionales de ingreso –como el examen de admisión– y a vincular la formación profesional con las necesidades sociales, productivas y comunitarias de cada región.

Actualmente, la UBBJ opera 202 planteles en 31 entidades federativas, con una presencia significativa en estados con altos índices de rezago social como Chiapas y Veracruz. El modelo educativo se encuentra formalmente avalado por la Secretaría de Educación Pública, e incluye beneficios complementarios para el estudiantado, como el seguro médico facultativo del IMSS y el acceso a la beca federal Jóvenes Escribiendo el Futuro, con un apoyo económico de 5,800 pesos bimestrales.

Para el ciclo escolar 2025—2026, la Universidad ofrece 34 licenciaturas e ingenierías, organizadas en seis grandes áreas de conocimiento: Salud, Ingeniería, Educación, Artes y Patrimonio, Ciencias Sociales y Desarrollo Regional. De acuerdo con información institucional, el sistema atiende aproximadamente a 85,000 estudiantes activos y reporta alrededor de 6,000 egresados titulados hasta mayo de 2025.

No obstante, las protestas realizadas en Palacio Nacional desnudan una realidad que no puede pasar inadvertida, estas universidades cuentan con un rezago grave y sistemático en los procesos de titulación y expedición de cédulas profesionales, situación que ha colocado a cientos –posiblemente miles– de egresadas y egresados en un limbo administrativo y jurídico, aun cuando han cumplido con la totalidad de los requisitos académicos establecidos.

Lo anterior se viene advirtiendo desde el 2024, con datos de la propia Secretaría de Educación Pública, casi el 80 por ciento de los egresados de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García no cuenta con cédula profesional, pese a haber concluido su formación académica. En un reportaje de Expansión Política, se advirtió que, hasta mayo de 2024, la SEP reportó que solo 1 335 cédulas profesionales habían sido expedidas para estudiantes egresados de 47 de las más de 200 sedes de este sistema universitario, lo que deja a más de 5 000 egresados sin la posibilidad de ejercer legalmente su profesión.

La información proporcionada por la propia SEP muestra además que en 13 de las carreras impartidas por estas universidades no se ha expedido una sola cédula profesional, incluyendo programas estratégicos como Medicina Integral y Salud Comunitaria, Enfermería y Obstetricia, e ingenierías industriales. Esta situación no puede considerarse anecdótica ni transitoria, sino que refleja una ausencia de planeación, seguimiento y responsabilidad institucional, particularmente delicada tratándose de carreras vinculadas a sectores prioritarios como la salud y el desarrollo regional.

A ello se suma que, pese a contar con presupuestos crecientes las Universidades para el Bienestar presentan deficiencias relevantes en su planta docente, infraestructura y rigor académico. De acuerdo con datos del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), estas instituciones cuentan con dos docentes por cada 100 alumnos, una proporción significativamente menor a la de universidades públicas consolidadas como la UNAM o el IPN, lo que incide directamente en la calidad educativa y en el perfil de egreso de sus estudiantes.

En este contexto, el problema de la falta de cédulas profesionales no es un hecho aislado, sino la consecuencia visible de un modelo educativo que privilegió la cobertura y el discurso político por encima de la consolidación institucional, generando una expectativa de que hoy no puede cumplirse. Dos años después de estos reportes, la problemática continúa creciendo, lo que demuestra la incapacidad del Estado para garantizar el reconocimiento oficial de los estudios que él mismo imparte vulnera el derecho a la educación superior, al trabajo digno y a la igualdad de oportunidades, y coloca a miles de jóvenes en condiciones de precariedad laboral y frustración profesional.

Los efectos del rezago en la titulación de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García no son abstractos ni estadísticos: tienen rostro, nombre y consecuencias concretas en la vida de cientos de jóvenes. El reportaje de Animal Político titulado “Egresados de las Universidades del Bienestar reportan rezago de hasta tres años en titulación” retrata testimonios reales de jóvenes que están enfrentando esta problemática, por ejemplo:

El caso de Laura Pérez, egresada de la licenciatura en Patrimonio Histórico, Cultural y Natural en Papantla, Veracruz, quien denunció que el título que recibió en septiembre de 2024 es meramente simbólico, pues al verificar su estatus en los registros oficiales no aparece ningún antecedente de su formación profesional. Situación similar enfrenta Francisco Castillo, egresado de la Licenciatura en Derecho en la sede Cuauhtémoc de la Ciudad de México, quien acudió personalmente a la Dirección General de Profesiones y fue informado de que su título “no le sirve de nada” al no estar debidamente registrado por la autoridad educativa.

Otro testimonio es el de Alfredo Hilerio, egresado de Estudios Sociales en la sede de Escuintla, Chiapas, concluyó su carrera hace más de un año y medio y no ha recibido ni título ni cédula, pese a haber entregado toda la documentación requerida. La falta de reconocimiento oficial de sus estudios le ha impedido continuar con una maestría, aun cuando ha realizado esfuerzos adicionales como publicaciones académicas y formación complementaria. De acuerdo con su testimonio, las autoridades universitarias no han respondido correos ni solicitudes formales, lo que refleja una ausencia total de mecanismos efectivos de atención a egresados.

En suma, los ejemplos y testimonios recabados demuestran que el rezago en la titulación de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García no es un problema técnico menor, sino una falla estructural que frustra proyectos de vida precariza el empleo y vulnera derechos constitucionales, convirtiendo una política pública diseñada para ampliar oportunidades en un factor de exclusión y desaliento para la juventud mexicana.

Honorable asamblea:

Este rezago no constituye una mera deficiencia operativa. La falta de títulos y cédulas profesionales impide a los egresados ejercer legalmente su profesión, acceder a empleos formales, concursar por plazas públicas, continuar estudios de posgrado o acreditar su formación ante instituciones nacionales e internacionales. En los hechos, ello equivale a negar los efectos jurídicos del derecho a la educación, vulnerando también el derecho al trabajo digno y a la seguridad jurídica.

Resulta particularmente preocupante que existan casos documentados de egresados que han esperado años para recibir su documentación oficial. Lejos de atender el problema con seriedad y responsabilidad institucional, las autoridades competentes han ofrecido respuestas parciales, tardías o insuficientes, minimizando la dimensión real del rezago y trasladando la carga administrativa a los propios egresados.

Desde una perspectiva de política pública, la amplitud de la cobertura, la diversidad de la oferta académica y el crecimiento sostenido de la matrícula contrastan de manera evidente con la incapacidad administrativa para garantizar la conclusión de las carreras que imparten dichas universidades, a pesar de que las Universidades el Bienestar tan solo para el 2026 tendrán un presupuesto de 3 mil mdp.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 3o., impone al Estado la obligación de garantizar una educación superior de calidad, mientras que el artículo 5o. tutela el derecho al ejercicio profesional. Ambas disposiciones exigen que la autoridad educativa actúe con diligencia, certeza y responsabilidad administrativa. El incumplimiento de estas obligaciones no solo afecta a los individuos directamente involucrados, sino que erosiona la confianza pública en las instituciones educativas del Estado.

Por ello, resulta indispensable que el Congreso de la Unión, en ejercicio de su función de control y supervisión, exija información clara, plazos definidos y acciones concretas a las autoridades responsables, a fin de resolver de manera inmediata el rezago existente y prevenir su repetición. Atender esta problemática no constituye una concesión administrativa, sino una obligación constitucional y un acto mínimo de justicia hacia quienes apostaron por la educación como vía legítima de desarrollo personal y social.

Por estas razones se somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero: La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública y al Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente de manera inmediata un programa extraordinario de regularización para la expedición de títulos y el registro ante la Dirección General de Profesiones de las y los egresados de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, con prioridad en aquellos que ya han cumplido la totalidad de los requisitos académicos.

Segundo: La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García a que haga de conocimiento público, detallada y desagregadamente, el número total de egresados por generación, el número de títulos expedidos y cédulas profesionales efectivamente registradas ante la Dirección General de Profesiones y las causas administrativas, técnicas o normativas que han generado el rezago en la titulación.

Tercero: La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública y al Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García a que establezcan mecanismos permanentes de atención, seguimiento y resolución de trámites para egresados, a fin de evitar que las y los jóvenes tengan que recurrir a protestas públicas o juicios de amparo para ejercer sus derechos.

Notas

1 Egresados de las Universidades para el Bienestar protestan en Palacio Nacional: no tienen título ni cédula profesional | LatinUS

2 Universidad del Bienestar Benito Juárez 2025: Conoce las Carreras Disponibles - Mexico Gob

3 Universidad del Bienestar Benito Juárez 2025: Conoce las Carreras Disponibles - Mexico Gob

4 Ibídem

5 El 80% de egresados de las Universidades de AMLO no tienen cédula profesional

6 Egresados de las Universidades del Bienestar reportan rezago de hasta tres años en titulación

7 Egresados de las Universidades del Bienestar reportan rezago de hasta tres años en titulación

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente el día 21 de enero del 2026.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE ATIENDA LA FALTA DE PAGO DE SUELDOS, PRESTACIONES Y ESTÍMULOS LABORALES QUE ENFRENTAN MAESTRAS, MAESTROS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CAMPECHE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP, a través de la Dirección de Institutos Tecnológicos Descentralizados, y a la SHCP, a atender de manera urgente, integral y definitiva la falta de pago de sueldos, prestaciones y estímulos laborales que enfrentan maestras, maestros y personal administrativo del Instituto Tecnológico de Campeche, garantizando el pleno respeto a sus derechos laborales y humanos, así como la continuidad del servicio educativo público sin afectaciones a la comunidad estudiantil, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en dispuesto por la fracción III del párrafo segundo del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En días recientes se ha difundido ampliamente en redes sociales diversas protestas de maestras, maestros y personal administrativo del Instituto Tecnológico de Campeche, adscrito al Tecnológico Nacional de México, quienes se han manifestado públicamente por la falta de pago de diversas prestaciones laborales y estímulos económicos, adeudos que se arrastran desde el ejercicio fiscal 2024 y que, a la fecha, no han sido regularizados.

En dichos materiales se observa a las y los docentes laborando bajo protesta, colocando mantas y expresando de manera pacífica pero firme su exigencia de cumplimiento de obligaciones patronales por parte del Estado mexicano. Las consignas y mensajes del personal afectado son claros: no se trata de demandas extraordinarias, sino del pago de derechos ya devengados.

La situación ha escalado al grado de advertirse la posibilidad de suspensión de labores, no como medida de presión política, sino como consecuencia inevitable del agotamiento de los canales institucionales de diálogo y de la falta de respuestas concretas por parte de las autoridades competentes.

De acuerdo con lo manifestado por las y los docentes del Instituto Tecnológico de Campeche, sus principales exigencias son el pago inmediato de prestaciones pendientes, entre ellas:

• Prima vacacional.

• Estímulos por puntualidad y asistencia.

• Estímulos al desempeño académico.

• Pago de promociones docentes correspondientes al ciclo 2024-2025.

• Regularización administrativa de movimientos de personal que ya fueron dictaminados, pero no reflejados en la nómina.

• Establecimiento de mesas de diálogo formales con autoridades federales, con plazos claros y compromisos verificables.

Estas demandas evidencian que el conflicto no deriva de un desacuerdo político, sino de omisiones administrativas y presupuestales que impactan directamente en el ingreso y la estabilidad económica de las familias del magisterio.

En el Instituto Tecnológico de Campeche se encuentran afectados al menos 133 docentes y 58 trabajadores administrativos, lo que representa una proporción sustantiva de la plantilla laboral del plantel.

Si se considera que el Tecnológico Nacional de México agrupa más de 250 institutos y centros en todo el país, con decenas de miles de trabajadores, el caso de Campeche resulta especialmente preocupante, pues podría ser un indicio de un problema estructural más amplio en la gestión de la nómina y las prestaciones del subsistema tecnológico federal.

La falta de pago oportuno a maestras y maestros no es un fenómeno aislado. En distintos momentos y entidades federativas se han registrado retrasos en sueldos, pagos incompletos de incrementos salariales, retroactivos y prestaciones, particularmente en subsistemas federales con esquemas administrativos centralizados.

Diversos análisis y revisiones de la Auditoría Superior de la Federación han advertido inconsistencias en la administración de los recursos destinados a la nómina educativa, lo que ha generado incertidumbre laboral y afectaciones directas a los trabajadores del sector.

La falta de pago oportuno de salarios y prestaciones constituye una violación directa al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho de toda persona trabajadora a recibir una remuneración digna, suficiente y puntual.

Asimismo, vulnera derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales suscritos por el Estado mexicano, particularmente el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, relativo al derecho al trabajo, a la seguridad económica, al mínimo vital y a condiciones laborales justas.

En el PRI consideramos inadmisible que quienes sostienen el sistema educativo público enfrenten incertidumbre económica derivada de fallas administrativas del propio Estado.

La educación pública es una función estratégica del Estado mexicano. Cualquier afectación a las condiciones laborales del magisterio impacta directamente en la continuidad, calidad y estabilidad del servicio educativo.

En nuestro Instituto Político, sabemos perfecto de la necesidad de fortalecer la administración pública y el uso eficiente del presupuesto, sin embargo, la ausencia de soluciones concretas por parte del gobierno de morena, en casos como el de Campeche, evidencia una falla de coordinación interinstitucional entre la Secretaría de Educación Pública, el Tecnológico Nacional de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Por ello, resulta indispensable que el Poder Legislativo, a través de esta Comisión Permanente, ejerzamos la función de control político y exhortemos, todas las fuerzas políticas a los actores públicos involucrados, a fin de asuman con responsabilidad la solución inmediata de este conflicto.

Es por ello que, exhortamos a la Secretaría de Educación Pública, a través de la Dirección de Institutos Tecnológicos Descentralizados; y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que regularicen de manera inmediata el pago de todas las prestaciones y estímulos adeudados a las y los docentes y trabajadores administrativos del Instituto Tecnológico de Campeche.

Dentro de estas medidas, sugerimos a dichas dependencias, la instalación de mesas de trabajo formales con representación del personal afectado y de su organización sindical, a fin de resolver de manera estructural las causas administrativas y presupuestales que dieron origen a esta problemática, entre otras medidas preventivas para evitar la repetición de estos hechos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, para que, a través de la Dirección de Institutos Tecnológicos Descentralizados, atiendan de manera urgente, integral y definitiva la falta de pago de sueldos, prestaciones y estímulos laborales que enfrentan maestras, maestros y personal administrativo del Instituto Tecnológico de Campeche, garantizando el pleno respeto a sus derechos laborales y humanos, así como la continuidad del servicio educativo público sin afectaciones a la comunidad estudiantil.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que, en el ámbito de su competencia y de manera interinstitucional, atienda de forma urgente, integral y con responsabilidad presupuestal y administrativa, la falta de pago de sueldos, prestaciones y estímulos laborales que enfrentan maestras, maestros y personal administrativo del Instituto Tecnológico de Campeche, garantizando el pleno respeto a sus derechos laborales y humanos, así como la continuidad del servicio educativo público sin afectaciones a la comunidad estudiantil.

Notas

1 https://www.facebook.com/reel/819552091129921

2 https://www.poresto.com/campeche/2026/1/19/trabajadores-del-tecnm-campeche-labo ran-bajo-protesta-por-falta-de-prestaciones.html

3 https://heraldodemexico.com.mx/opinion/2025/7/21/maestros-sin-paga-la-deuda-con stante-de-la-sep-716370.html

4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente el día 21 de enero del 2026.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE ATIENDA LA SITUACIÓN LABORAL DERIVADA DE LA EXTINCIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y SE GARANTICE EL RESPETO A LOS DERECHOS LABORALES DE SUS EXTRABAJADORAS Y EXTRABAJADORES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, a la SABG y a la CRT a atender la situación laboral derivada de la extinción del Instituto Federal de Telecomunicaciones y garanticen el respeto a los derechos laborales de sus extrabajadoras y extrabajadores, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete ante esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La extinción del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha generado un problema de fondo que trasciende lo administrativo y se ha convertido en un conflicto de carácter laboral, institucional y social que hoy permanece sin una solución clara. La desaparición del IFT, como parte del rediseño del aparato regulador del Estado mexicano, implicó la terminación de la relación laboral de cientos de personas que durante años desempeñaron funciones técnicas, jurídicas y operativas esenciales para la regulación de un sector estratégico del país. Si bien una parte mayoritaria del personal fue liquidada conforme a la normatividad aplicable, un grupo relevante de ex trabajadores quedó excluido de ese proceso, lo que dio origen a una controversia que se mantiene abierta y que ha profundizado la percepción de incertidumbre e indefensión.

El núcleo del problema se encuentra en la situación de más de un centenar de ex trabajadores que laboraban bajo la figura de libre designación dentro del IFT. Estas personas, aunque no pertenecían formalmente al servicio profesional de carrera, desarrollaban tareas sustantivas y permanentes para el funcionamiento del organismo. Con la extinción del Instituto, se les solicitó firmar documentos de baja administrativa como parte del cierre institucional, bajo el entendido de que ello no implicaba una renuncia a sus derechos laborales ni la pérdida de la indemnización que, conforme a la legislación laboral y administrativa, correspondería por la desaparición del ente público que los empleaba.

Sin embargo, una vez iniciadas las operaciones de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), organismo que asumió diversas funciones del extinto IFT, surgió una interpretación distinta por parte de la nueva autoridad. La CRT ha sostenido que la firma de dichos documentos constituye un finiquito válido y que, en consecuencia, no existe obligación de cubrir las liquidaciones reclamadas por este grupo de ex trabajadores. Esta postura ha sido rechazada por los afectados, quienes argumentan que nunca existió una renuncia expresa ni voluntaria a sus derechos y que la baja firmada fue un acto administrativo inevitable derivado de la desaparición del Instituto, no una terminación laboral en términos ordinarios.

La falta de una solución administrativa ha llevado a que el conflicto escale al ámbito judicial, con la indicación de que serán los tribunales laborales los que determinen si procede o no el pago de las indemnizaciones reclamadas, cuyo monto conjunto se estima en decenas de millones de pesos. Este escenario prolonga la incertidumbre para los ex trabajadores, muchos de los cuales llevan meses sin recibir una respuesta definitiva, y traslada la carga del conflicto a procesos judiciales que pueden extenderse durante años, con los costos económicos y humanos que ello implica.

Más allá del aspecto estrictamente legal, el problema revela una tensión institucional relevante en el proceso de transición entre organismos públicos. La extinción del IFT fue presentada como una medida de eficiencia y reorganización del Estado, pero la persistencia de adeudos laborales pone en entredicho la capacidad de las instituciones para garantizar transiciones ordenadas que respeten plenamente los derechos de quienes prestaron sus servicios al Estado. La situación ha generado inconformidad social, protestas públicas y un debate mediático que cuestiona si la reconfiguración del marco regulatorio se está realizando a costa de los derechos laborales.

En este contexto, el caso de los ex trabajadores del IFT se ha convertido en un símbolo de los riesgos que enfrentan los servidores públicos cuando desaparecen instituciones sin mecanismos claros y uniformes para la atención de sus obligaciones laborales. La ausencia de una solución política o administrativa ha dejado el problema en un limbo que afecta la confianza en las instituciones y en el compromiso del Estado con la legalidad, la justicia laboral y la responsabilidad patrimonial derivada de sus propias decisiones de reorganización administrativa.

En razón de lo expuesto, resulta indispensable que exista una intervención institucional oportuna y efectiva que permita atender de manera integral la situación que enfrentan los ex trabajadores del extinto IFT, a fin de evitar que la defensa de sus derechos laborales quede exclusivamente sujeta a procesos judiciales prolongados y costosos. Es necesario que las autoridades competentes, en el ámbito de sus atribuciones, revisen el fondo del conflicto y promuevan soluciones que garanticen el respeto pleno a los derechos laborales adquiridos, la protección del principio de seguridad jurídica y el cumplimiento de las obligaciones del Estado frente a quienes prestaron sus servicios. Una actuación coordinada y sensible no solo contribuiría a resolver una legítima demanda laboral, sino que también enviaría un mensaje claro de compromiso con la justicia social, la legalidad y el trato digno a las y los trabajadores del sector público.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus facultades, realice una revisión exhaustiva del manejo y destino de los recursos previstos para la extinción del Instituto Federal de Telecomunicaciones, e instrumente los mecanismos administrativos y presupuestales que permitan atender las liquidaciones pendientes, garantizando el respeto a los derechos laborales y el principio de seguridad jurídica de los ex trabajadores afectados.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría Anticorrupción para que, conforme a sus atribuciones legales, analice y evalúe las actuaciones de las autoridades involucradas en el proceso de extinción del IFT y en la transición hacia la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, a fin de verificar que las decisiones adoptadas se hayan realizado con apego a la legalidad, la transparencia y la debida protección de los derechos laborales.

Tercero. Se exhorta a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones para que revise de manera integral los criterios utilizados en la determinación de las liquidaciones reclamadas por los ex trabajadores del extinto IFT, establezca canales de diálogo institucional con las personas afectadas, adopte las medidas necesarias y realice los pagos que corresponden y que fueron comprometidos, para garantizar el pleno respeto a sus derechos laborales, contribuyendo a una solución justa, pronta y acorde con los principios de legalidad y responsabilidad.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, el día 21 de enero del 2026.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, PARA QUE, EN EL MARCO DEL SEGUIMIENTO A LA ARMONIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS DEL DECRETO EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE LA BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS DESAPARECIDAS, PUBLICADO EN EL DOF EL 16 DE JULIO DE 2025, REMITAN UN INFORME DETALLADO SOBRE EL AVANCE DE DICHA IMPLEMENTACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades para que, en el marco del seguimiento a la armonización e implementación de los artículos transitorios del decreto en materia de fortalecimiento de la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, publicado en el DOF el 16 de julio de 2025, remitan un informe detallado sobre el avance de dicha implementación, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Graciela Ortiz González, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

México enfrenta una de las crisis humanitarias más graves de su historia reciente: la de las personas desaparecidas. Detrás de cada registro, de cada carpeta de investigación y de cada cuerpo no identificado, hay una familia que espera, que busca y que tiene derecho a la verdad, a la justicia y a la dignidad. Frente a esta realidad, el Poder Legislativo aprobó diversas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025, orientadas a fortalecer la búsqueda, identificación y localización de personas desaparecidas.

Dichas reformas establecieron en sus artículos transitorios un régimen de implementación paulatina de mecanismos institucionales obligatorios, a cargo de las entidades federativas, las fiscalías locales, la Fiscalía General de la República y la Secretaría de Gobernación, que incluye, entre otros, la creación y puesta en operación de la Base Nacional de Carpetas de Investigación, el Banco Nacional de Datos Forenses, los registros de panteones, fosas y servicios funerarios, la armonización de las leyes estatales y la operación de los sistemas de alerta, búsqueda y localización de personas. Estos instrumentos constituyen la columna vertebral del sistema nacional de búsqueda, por lo que su efectiva implementación es indispensable para hacer frente a esta crisis. Sin embargo, los plazos establecidos en este régimen transitorio ya han vencido o están por vencer, y a la fecha no existe información pública, completa y verificable sobre su grado real de cumplimiento.

En este contexto, el presente punto de acuerdo tiene por objeto ejercer la función constitucional de control y seguimiento del Congreso de la Unión respecto de la implementación de dichas reformas. En este escenario nos corresponde exigir cuentas sobre el cumplimiento de los plazos, obligaciones y mandatos establecidos en sus artículos transitorios.

En el marco de la crisis de personas desaparecidos que impera en nuestro país, la Presidencia de la República el año pasado envió al Congreso una propuesta de iniciativa para reformar la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

El eje central de dicha propuesta fue la creación de una Plataforma Única de Identidad, construida a partir de la CURP, que integraría en tiempo real información de autoridades federales, estatales, municipales y de múltiples particulares –bancos, hospitales, empresas de transporte, telecomunicaciones, paquetería, plataformas tecnológicas, entre otros– con el fin de generar alertas, búsquedas, coincidencias y localización de personas.

Para ello, la iniciativa convierte a la CURP en un mecanismo nacional de identidad biométrica, incorporando fotografía y huellas dactilares, de uso obligatorio en todos los registros administrativos y con capacidad de consulta en tiempo real por autoridades de seguridad y búsqueda. En los hechos, esto implica la creación de una infraestructura de identificación y rastreo poblacional bajo la rectoría del Ejecutivo Federal.

La reforma también creo instrumentos operativos como la Base Nacional de Carpetas de Investigación de personas desaparecidas, el Banco Nacional de Datos Forenses y el Sistema Nacional de Alerta, Búsqueda y Localización, todos ellos interconectados obligatoriamente a la Plataforma Única de Identidad. Asimismo, se impone a particulares y autoridades la obligación de generar, actualizar y compartir información, bajo un régimen de sanciones administrativas y penales.

Desde el Congreso hicimos evidente nuestra preocupación sobre esta propuesta, pues si bien la iniciativa reconoce que la desaparición de personas en México es un hecho que debe ser atendido como prioridad nacional, el diseño normativo propuesto por el Ejecutivo Federal planteaba tensiones constitucionales y riesgos relevantes en materia como:

• Protección de datos personales y privacidad, al generalizar el acceso gubernamental a información sensible sin establecer con claridad controles judiciales previos ni límites de uso.

• Concentración de datos biométricos de toda la población en una sola plataforma nacional, lo que incrementa exponencialmente los riesgos de filtraciones, usos indebidos y vigilancia indebida.

• Centralización operativa, al reforzar el papel de la Secretaría de Gobernación y del Ejecutivo Federal en una materia donde históricamente han fallado la coordinación, la capacidad forense y la gestión territorial de los estados y municipios.

A pesar del debate político y de las reservas expresadas en torno al diseño institucional de la reforma, el decreto por el que se reforman la Ley General de Población y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025, y con ello entró plenamente en vigor, incluidos sus artículos transitorios, los cuales establecieron mandatos jurídicamente obligatorios, plazos perentorios y deberes concretos para autoridades federales, estatales y municipales.

En particular, el decreto impuso un calendario escalonado de implementación, cuyo incumplimiento afecta directamente la operación del Sistema Nacional de Búsqueda y la posibilidad real de localizar e identificar personas desaparecidas:

Base Nacional de Carpetas de Investigación: El Segundo Transitorio ordenó que la Base Nacional de Carpetas de Investigación debía estar disponible para la integración de información de todas las fiscalías dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto. Una vez disponible, la Fiscalía General de la República, las fiscalías locales y las fiscalías especializadas contarían con 30 días hábiles adicionales para integrar sus carpetas y registros. Esto significa que la infraestructura mínima para que esté disponible la Base Nacional de Carpetas de Investigación es a más tardar el 12 de enero de 2026, mientras que el plazo para la integración de la información por parte de las fiscalías sería el 24 de febrero de 2026.

Armonización legislativa de las entidades federativas: El Cuarto Transitorio impuso a las entidades federativas la obligación de armonizar sus leyes locales de la materia dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del decreto, es decir, a más tardar el 15 de agosto de 2025. Adicionalmente, las leyes estatales debían implementar el contenido del decreto –en particular lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley General– dentro de los 60 días naturales posteriores a la armonización, lo que implica que los marcos normativos locales debieron estar plenamente ajustados a más tardar en octubre de 2025.

Registros de panteones, fosas, crematorios y disposición final de cuerpos: El Sexto Transitorio estableció una de las obligaciones más sensibles y estratégicas del sistema: que las entidades federativas y los municipios, en un plazo no mayor a 180 días naturales, armonizaran toda la normatividad relativa a: Panteones, Cementerios, Servicios funerarios, Crematorios, Fosas comunes y cualquier espacio destinado a la disposición final de cuerpos humanos, para garantizar, como mínimo:

• La existencia de registros precisos, digitalizados y actualizados de todos los cuerpos inhumados, cremados o trasladados;

• La vinculación obligatoria de esos registros al Sistema Nacional de Búsqueda;

• Y el establecimiento de obligaciones administrativas que permitan cumplir la Ley General.

Este plazo también venció el 12 de enero de 2026, por lo que, a partir de esa fecha, todas las fosas comunes, panteones y crematorios del país deberían estar plenamente integrados al sistema nacional de búsqueda.

Banco Nacional de Datos Forenses: El Séptimo Transitorio obligó a la Fiscalía General de la República y a las fiscalías locales a actualizar todos los registros y bases de datos vinculados al Banco Nacional de Datos Forenses dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigor, es decir, a más tardar en octubre de 2025.

Reglamento de la Ley: El Octavo Transitorio ordenó al Ejecutivo Federal emitir el reglamento de la ley dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor, es decir, a más tardar en octubre de 2025.

En términos generales, las obligaciones transitorias pueden resumirse de esta manera:

En este contexto, resulta jurídicamente ineludible recordar que los plazos establecidos en los artículos transitorios del decreto publicado el 16 de julio de 2025 ya han vencido o se encuentran en su fase final de cumplimiento, particularmente en lo relativo a la Base Nacional de Carpetas de Investigación, la armonización de las legislaciones estatales y la integración de los registros de panteones, fosas comunes, crematorios y servicios funerarios al Sistema Nacional de Búsqueda. Estas obligaciones no son opcionales ni programáticas: son mandatos legales vigentes cuyo cumplimiento es condición indispensable para que el Estado mexicano pueda ejercer de manera efectiva sus funciones de búsqueda, identificación y acceso a la verdad.

Por ello, y dada la trascendencia humana, jurídica y social del fenómeno de la desaparición de personas, el Congreso de la Unión no puede ni debe permanecer ajeno al grado real de implementación de estas reformas. La función de control parlamentario exige conocer, con precisión y de manera verificable, qué se ha cumplido, qué no y por qué, a fin de garantizar que la ley no se convierta en una promesa vacía para las víctimas y sus familias, sino en un instrumento efectivo de justicia, dignidad y no repetición.

En un país con más de cien mil personas desaparecidas y miles de cuerpos sin identificar, el incumplimiento de estos transitorios no es una falta administrativa: es una violación continuada a los derechos humanos de las víctimas y de sus familias. Cada día que la Base Nacional de Carpetas de Investigación no opera plenamente, cada panteón o fosa que sigue sin registro digitalizado, cada crematorio fuera del sistema es una oportunidad perdida para encontrar a una persona, identificar un cuerpo o devolverle un nombre a alguien que hoy es solo un número.

Por ello, el Congreso de la Unión no puede permitir que una reforma que prometió verdad, coordinación y tecnología se convierta en una simulación burocrática. La ley ya fue aprobada, los plazos ya vencieron y las autoridades ya están obligadas. Lo que está en juego no es un trámite, es la dignidad humana. Exigir cuentas sobre la implementación de estas reformas es un deber constitucional frente a las madres, padres y familias que siguen buscando a quienes el Estado aún no ha sido capaz de encontrar.

Por estas razones se somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el marco del seguimiento a la armonización e implementación de los artículos transitorios del decreto por el que se reforman la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025, exhorta respetuosamente a:

1) La Secretaría de Gobernación, en su carácter de instancia coordinadora del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para que remita a esta Soberanía un informe detallado, desagregado y verificable sobre:

a) El estado de operación de la Plataforma Única de Identidad y su vinculación efectiva con el Sistema Nacional de Búsqueda;

b) La implementación y funcionamiento del Sistema Nacional de Alerta, Búsqueda y Localización de Personas;

c) Las acciones de coordinación, supervisión y verificación realizadas para garantizar que las entidades federativas y los municipios cumplan con dichas obligaciones.

2) La Fiscalía General de la República y a las fiscalías locales para que informen a esta Soberanía:

a) Si la Base Nacional de Carpetas de Investigación se encuentra plenamente disponible, operativa y en uso conforme a los plazos legales

b) El porcentaje de fiscalías locales y especializadas que han integrado su información dentro de los plazos establecidos;

c) El estado de actualización, interoperabilidad y cobertura del Banco Nacional de Datos Forenses, en términos del Séptimo Transitorio;

Segundo: La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos de las entidades federativas para que informen a esta Soberanía:

a) Si han cumplido con la armonización de su legislación local en materia de desaparición de personas, conforme al Cuarto Transitorio del decreto publicado el 16 de julio de 2025;

b) Si han implementado en su marco jurídico el contenido del decreto, en particular lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley General;

c) Las reformas realizadas para regular los panteones, cementerios, crematorios, fosas comunes y servicios funerarios, conforme al Sexto Transitorio.

Comisión Permanente, a 20 de enero de 2026.– Diputada Graciela Ortiz González (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO A LA SRE, A ATENDER Y BRINDAR LAS CONDICIONES LABORALES ADECUADAS AL PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO ADSCRITO A LA EMBAJADA DE MÉXICO EN EL REINO UNIDO, LUEGO DE LA DIFUSIÓN DE LAS DENUNCIAS DE HOSTIGAMIENTO LABORAL Y COMPORTAMIENTO INADECUADO EN CONTRA DE LA EMBAJADORA JOSEFA GONZÁLEZ-BLANCO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a atender y brindar las condiciones laborales adecuadas al personal del Servicio Exterior Mexicano adscrito a la embajada de México en el Reino Unido, luego de la difusión de las denuncias de hostigamiento laboral y comportamiento inadecuado en contra de la embajadora Josefa González-Blanco, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por la cual la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a atender y brindar las condiciones laborales adecuadas al personal del Servicio Exterior Mexicano adscrito a la Embajada de México en el Reino Unido, luego de la difusión de las denuncias de hostigamiento laboral y comportamiento inadecuado en contra de la embajadora Josefa González-Blanco, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. De acuerdo con el diario El País, Josefa González-Blanco abandona la Embajada de México en Reino Unido con al menos 16 denuncias formales por hostigamiento laboral, señalamientos de malos manejos y una representación diplomática prácticamente paralizada.

Durante su gestión, que inició en 2021, al menos 40 funcionarios dejaron la sede en Londres. Según la información publicada por El País, dentro de la Embajada de México en Reino Unido se instauró una práctica de castigo informal, mediante la cual trabajadores quedaban aislados, sin acceso a información ni comunicación con el resto del personal.

Derivado de estas situaciones, el personal adscrito a la Embajada perteneciente al Servicio Exterior Mexicano presentó diversas denuncias ante diferentes instancias de la Secretaría de Relaciones Exteriores. En este sentido, la Secretaria dio a conocer en una nota informativa que desde esta dependencia se atienden “todas las denuncias presentadas por presuntas conductas irregulares de servidores públicos, a través de las instancias que corresponden”.

“En cada caso, tanto el Comité de Ética, órgano colegiado de la dependencia, como el Órgano Interno de Control, dependiente de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realizan las investigaciones correspondientes”, ahondó la Cancillería.

Sostuvo al respecto que estas instancias llevan a cabo las averiguaciones pertinentes a las denuncias que se reciben, conforme a la ley aplicable, y son responsables de emitir los resultados de las investigaciones para los efectos disciplinarios que correspondan.

De acuerdo con la denuncia dada a conocer contra Josefa González-Blanco Ortiz-Mena, de 2021, al menos 40 funcionarios salieron de la Embajada, entre renuncias y rotaciones, lo que dejó a la representación con menos de la mitad de su plantilla.

Las denuncias ante instancias internas describen un ambiente de estrés constante, acoso verbal, amenazas y uso discrecional del poder, sin que la Cancillería mexicana interviniera de manera efectiva.

También, las denuncias comprenden conductas como: Jornadas laborales extendidas sin respeto a descansos ni vacaciones; Uso de recursos públicos para más de cien eventos anuales; Aislamiento laboral y sanciones informales a empleados; así como falta de respuesta efectiva por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

En este sentido, aunque el Comité de Ética emitió recomendaciones de capacitación en liderazgo, derechos humanos y normatividad, González-Blanco expresó su desacuerdo y rechazó cumplirlas, argumentando falta de objetividad en las resoluciones.

Asimismo, González-Blanco sostuvo ante El País que las acusaciones derivan de inconformidades con auditorías e investigaciones en curso y defendió que la relación bilateral con Reino Unido “se mantiene sólida”.

Sin embargo, trabajadores consultados aseguran que no existe diálogo político de alto nivel, ni cooperación académica o científica activa, y que incluso organismos internacionales con sede en Londres operan sin interlocución efectiva por parte de México.

Segunda. De acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud, México ocupa, desde 2017, el primer lugar en burnout o síndrome de “estar quemado” por desgaste laboral, y al menos, el 75 por ciento de los trabajadores presentan estrés laboral, según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En este sentido, las y los especialistas nos hablan de que el estrés laboral crónico no afecta solo al trabajador sino también a la organización en la que desempeña su actividad, debido a que las consecuencias son físicas, emocionales y conductuales.

Otras cifras, que podrían ayudarnos a priorizar la salud de las y los trabajadores, son las que ofrece la Organización Mundial de la Salud las cuales revelan que las jornadas laborales prolongadas provocaron 745 mil defunciones por accidente cerebrovascular y cardiopatía isquémica en 2016, cifra 29 por ciento superior a la del año 2000.

En este sentido, de acuerdo con la información dada por El País, “Una integrante del personal recibió “tal nivel de acoso que terminó en el hospital, con un burnout gravísimo. El NHS, el servicio médico británico, le otorgó una incapacidad de dos meses porque tenía crisis durísimas cada vez que esta persona le vociferaba en el teléfono”. Otra mujer, apunta una fuente, llegó a perder un bebé por el nivel de “acoso laboral”.

Tercera. La relación bilateral entre México y el Reino Unido ha pasado por diversas etapas históricas, ya que si bien fue en 1826 cuando se establecieron relaciones diplomáticas en 1826, han existido lapsos de tiempo en que estas se han roto. Fue hasta 1941 cuando se restablecieron durante la Segunda Guerra Mundial en 1941 y han continuado sin interrupción desde entonces.

Ambas naciones son miembros del G-20, las Naciones Unidas y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.

En 1997, México firmó un Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea, de la cual es miembro el Reino Unido. Desde la implementación del tratado de libre comercio en 2000, el comercio entre las dos naciones ha aumentado dramáticamente. En 2023, el comercio bilateral entre México y el Reino Unido alcanzó más de 5.6 mil millones de dólares. De esta forma, entre 1999 y 2019, el comercio bilateral entre México y el Reino Unido creció 176.9 por ciento.

El Reino Unido es la octava fuente de inversión para México. Entre sus principales empresas establecidas en México están: HSBC, GlaxoSmithKline, AstraZeneca, Provident y The Sun Insurance Office. Por su parte, México también cuenta con empresas en Reino Unido, entre las cuales se encuentran: Cemex, Gruma, KidZania y Orbia.

En virtud de importancia de la Relación Diplomática entre México y Reino Unido, así como para respaldar la labor de las y los integrantes del Servicio Exterior Mexicano alrededor del mundo, someto a consideración de la asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a atender y brindar las condiciones laborales adecuadas al personal del Servicio Exterior Mexicano adscrito a la Embajada de México en el Reino Unido, luego de la difusión de las denuncias de hostigamiento laboral y comportamiento inadecuado en contra de la embajadora Josefa González-Blanco.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a establecer protocolos y mecanismos de atención a denuncias de acoso, hostigamiento y ambientes laborales inadecuados en las embajadas, consulados y representaciones de México en el exterior.

Notas

1 Cirel Alexa, “Este es el grado de estudios de Josefa Blanco, quien deja la embajada de Reino Unido en medio de polémicas” en Infobae, 19 de enero de 2026, disponible en:

https://www.infobae.com/mexico/2026/01/20/este-es-el-grado-de-e studios-de-josefa-blanco-quien-deja-la-embajada-de-reino-unido-en-medio-de-pole micas/

2 Herrerías Almudena, Guillen Beatriz, “Josefa González-Blanco abandona la Embajada de Reino Unido con 16 denuncias por acoso laboral: “Ella no tiene empleados, tiene sirvientes” en El País, 19 de enero de 2026, disponible en:

https://elpais.com/mexico/2026-01-19/josefa-gonzalez-blanco-aba ndona-la-embajada-de-reino-unido-con-16-denuncias-por-acoso-laboral-ella-no-tie ne-empleados-tiene-sirvientes.html

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 14 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.



SE RECONOCE EL DÍA MUNDIAL DE LA LUCHA CONTRA LA DEPRESIÓN Y SE EXHORTA A DIVERSAS AUTORIDADES A FORTALECER LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN OPORTUNA, ATENCIÓN INTEGRAL Y SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE SALUD MENTAL

«Proposición con punto de acuerdo, por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión reconoce el Día Mundial de la Lucha contra la Depresión y exhorta a las autoridades de salud federales y estatales a fortalecer las acciones de prevención, detección oportuna, atención integral y sensibilización, en materia de salud mental en México, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Consideraciones

La depresión es uno de los trastornos mentales más prevalentes y discapacitantes a nivel mundial. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, más de 280 millones de personas viven con depresión, lo que la convierte en una de las principales causas de discapacidad global y en un problema de salud pública que impacta de manera directa la productividad, el bienestar social y la calidad de vida de las personas.

En México, la depresión presenta una incidencia creciente y preocupante. Datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) señalan que más del 15 por ciento de la población adulta ha presentado síntomas depresivos, mientras que entre adolescentes la prevalencia de síntomas relacionados con depresión y ansiedad ha mostrado un incremento sostenido en los últimos años, particularmente después de la pandemia por Covid-19.

La gravedad del problema se refleja también en las cifras de mortalidad asociadas a la salud mental. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en México se registran más de 8,000 suicidios al año, siendo esta una de las principales causas de muerte entre jóvenes de 15 a 29 años, grupo etario en el que la depresión constituye uno de los principales factores de riesgo.

Asimismo, diversos estudios han advertido que menos del 20 % de las personas que padecen depresión reciben atención profesional adecuada, debido a factores como el estigma social, la falta de información, la insuficiencia de servicios especializados y las barreras económicas y geográficas para acceder a atención psicológica y psiquiátrica, particularmente en comunidades rurales y zonas marginadas.

El Día Mundial de la Lucha contra la Depresión, que se conmemora el 13 de enero, representa una oportunidad para visibilizar este problema de salud pública, promover la empatía social, combatir la estigmatización de los trastornos mentales y reforzar la importancia de la detección temprana y la atención integral, entendiendo la salud mental como un componente indispensable del bienestar general.

Si bien el Estado mexicano ha reconocido la salud mental como parte del derecho a la protección de la salud, persisten retos estructurales importantes, entre ellos la escasez de personal especializado, la insuficiencia presupuestal, la concentración de servicios en zonas urbanas y la falta de campañas permanentes de prevención y orientación dirigidas a la población.

Por lo anterior, resulta indispensable que los tres órdenes de gobierno fortalezcan de manera coordinada las políticas públicas en materia de salud mental, colocando en el centro a las personas, promoviendo el acceso equitativo a los servicios y garantizando una atención digna, oportuna y con enfoque de derechos humanos.

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión reconoce la conmemoración del Día Mundial de la Lucha contra la Depresión, como una fecha relevante para sensibilizar a la sociedad y fortalecer las acciones de prevención, detección oportuna y atención integral de este padecimiento.

Segundo. La Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Salud, así como a los Servicios Estatales de Salud, al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al IMSS-Bienestar, a reforzar los programas de atención a la depresión, garantizando servicios de salud mental accesibles, con personal capacitado y enfoque comunitario.

Tercero. La Comisión Permanente exhorta a las autoridades de salud federales y estatales a implementar y fortalecer campañas permanentes de información, prevención y sensibilización, dirigidas a combatir el estigma asociado a la depresión, promover la búsqueda de ayuda profesional y fomentar el autocuidado de la salud mental.

Cuarto. La Comisión Permanente exhorta a las autoridades competentes a priorizar la atención de la salud mental en niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores, mediante programas específicos de detección temprana, acompañamiento psicosocial y atención integral en escuelas, centros comunitarios y unidades de primer nivel.

Quinto. La Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con la Secretaría de Salud, a evaluar la suficiencia de los recursos presupuestales destinados a la salud mental, con el propósito de fortalecer la infraestructura, el personal especializado y la cobertura nacional de los servicios de atención a la depresión.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE CULTURA, A IMPLEMENTAR ACCIONES DE RESCATE ANTE EL ABANDONO Y DETERIORO DE LA RED NACIONAL DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS, ASÍ COMO A INSTRUMENTAR ACCIONES QUE DIGNIFIQUEN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Cultura, a través de la Dirección General de Bibliotecas, a implementar las acciones de rescate ante el abandono y deterioro de la red nacional de bibliotecas públicas, así como a que instrumente acciones que dignifiquen las condiciones de trabajo del personal que ahí labora, suscrita por las senadoras y senadores integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadoras y senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someten a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por la cual la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Cultura, a través de la Dirección General de Bibliotecas, a implementar las acciones de rescate ante el abandono y deterioro de la red nacional de bibliotecas públicas, así como a instrumentar acciones que dignifiquen las condiciones de trabajo del personal que ahí labora, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. La Red Nacional de Bibliotecas Públicas (RNBP) es un sistema coordinado por la Dirección General de Bibliotecas (DGB) dependiente de la Secretaría de Cultura.

Tiene como función central generar las políticas y establecer los procedimientos para facilitar el acceso equitativo, libre y gratuito de las y los mexicanos al conocimiento y la cultura, y fomentar la lectura en las bibliotecas públicas del país.

Se conforma por 31 redes estatales y 16 correspondientes a las demarcaciones de la Ciudad de México; integradas a su vez por todas las bibliotecas públicas que se encuentran en sus respectivas jurisdicciones.

En México, la Red Nacional opera actualmente a 7 mil 476 bibliotecas públicas que se encuentran establecidas en 2 mil 282 municipios, - 93.2 por ciento del total existente en el país-, y proporciona servicios bibliotecarios gratuitos a más de 30 millones de usuarios anualmente.

A pesar de estas cifras, “Un informe de la SEP muestra una preocupante tendencia a la baja en el número total de bibliotecas públicas. Entre 2017 y 2022, la Red Nacional perdió mil 998 recintos, lo que representa una reducción del 26.8 por ciento del total que llegó a tener. Según datos de la DGB, actualmente han cerrado 926 bibliotecas.”

Esta situación, se debe al abandono de los gobiernos de Morena, así como a la falta de mantenimiento, inundaciones, inseguridad, grupos delincuenciales, pero sobre todo, reducción del presupuesto que anualmente sufren, son algunas de las causas principales por las que están desapareciendo las bibliotecas, incluidas las más grandes ubicadas en la Ciudad de México, como la Vasconcelos y la México, que tampoco reciben insumos necesarios para servir al público, situación que se agudizó durante el sexenio del expresidente Andrés Manuel López Obrador y en este periodo de Claudia Sheinbaum; por lo que están en riesgo de cerrar.

“Para que haya lectores, es preciso que haya recursos. No obstante, en muchos casos, la RNBP se sostiene gracias a la buena voluntad y el ingenio de sus trabajadores, que consiguen hacer rendir el presupuesto.

En el invierno de 2015, Conaculta elevó su rango a secretaría federal. Lamentablemente, el ascenso no incluyó aumento presupuestal. De acuerdo con los análisis de la organización civil Fundar, el presupuesto anual asignado a la Secretaría de Cultura en la última década ha menguado de forma constante. Y el Paquete Económico 2026 no luce más prometedor, pues prevé una reducción del 13 por ciento respecto al periodo previo.

En su primer año de operaciones, la SC recibió diecinueve mil millones de pesos; una década más tarde, recibirá trece mil millones. De ese tamaño ha sido el menoscabo. He aquí la gran dolencia de las bibliotecas: la falta de recursos. De ella se derivan todos los males que mantienen encallado a este leviatán institucional.

El personal de la Biblioteca Renato Leduc, ubicada en la alcaldía Tlalpan, ha experimentado la escasez de primera mano. “No tenemos gente de intendencia”, explica María de Lourdes Valverde, que suma veinticuatro años de servicio. Es la más veterana entre las cinco bibliotecarias que se turnan la atención en este lugar que, no obstante, su buen tamaño, resulta difícil de hallar por estar enclavado en una unidad habitacional. “Cada quien hace una parte, los baños, los tinacos, la cisterna, la bodega... Solamente así nos mantenemos al día con la limpieza”. Me cuentan que no han encendido las computadoras en más de un año: el deterioro de la instalación eléctrica no lo permite. Hay, eso sí, acceso a internet, pero sin equipos funcionales sirve de poco.”

Testimonios como este, se repiten al revisar diversas notas periodísticas o hacer visitas a dichos recintos. Por ejemplo, en el primer supuesto, el Diario La Razón, recorrió algunas bibliotecas de la Ciudad De México e informó que se encuentran en el abandono ya que falta cuentan con acervos sin actualizar, libros viejos y pegados con cinta adhesiva, mobiliario desvencijado, falta Internet y mantenimiento.

Otras notas, como la de El Sol de México del 8 de enero de 2025, dan cuenta de la ocupación de estos espacios en estados como Guerrero, por parte del crimen organizado.

A este panorama se suman los reclamos del personal operativo y técnico relacionado con las demandas salariales. “De acuerdo con Jaime González Rosas líder sindical: “Los trabajadores de Bibliotecas contamos con diferentes tabuladores; el salario más bajo de un trabajador es el nivel 21 y gana siete mil 236 pesos con 95 centavos mensuales. El salario mínimo ya está en ocho mil 364 pesos. Hoy ese salario de los trabajadores ya está rebasado. El que supuestamente es un poco más alto y correspondiente al nivel 25 gana ocho mil 252 pesos con 95 centavos, que también ya fue superado por el mínimo, pues éste corresponde a nueve mil 538 pesos, que debería ganar un trabajador para equipararse.”

Segunda. En septiembre 2025, diversos medios informaron el cierre de la Biblioteca Vasconcelos en la Ciudad de México, por parte de trabajadores de la Dirección General de Bibliotecas, pertenecientes al Sindicato Nacional de Cultura de la Secretaría de Cultura Federal. El cierre tuvo como objetivo denunciar que las medidas de austeridad han propiciado falta de mantenimiento adecuado en las instalaciones, desperfectos, daños, deterioros, filtraciones de agua y falta de sistemas de seguridad.

Dicha medida, fue atendida horas después por las autoridades de la Dirección General de Bibliotecas y la Biblioteca Vasconcelos retomó sus actividades habituales.

Meses después, el 7 de enero de 2026, se dio a conocer el despido de 31 bibliotecarias y bibliotecarios adscritos a la mencionada Biblioteca. Estos profesionales, con casi 20 años de trabajo continuo en la Vasconcelos: ingresaron en 2006, presentaron exámenes, participaron en la apertura, el cierre de 2007 y la reapertura. Hicieron funcionar la biblioteca todos los días.

En papel eran “honorarios” o “eventuales”. En la realidad: horarios fijos, jefaturas, control de entradas y salidas. Es decir, relación laboral. Durante años se les prometió basificación la cual nunca llegó.

El despido fue por correo electrónico, sin firma ni explicación. Entre los afectados hay personas mayores, madres jefas de familia y trabajadores que dependen del ISSSTE. Lo que queda a la vista es una práctica institucional: usar contratos precarios para labores permanentes y luego negar derechos adquiridos.

Luego de diversas manifestaciones y pronunciamientos públicos por parte de las personas trabajadoras, el 18 de enero de 2026, la Secretaría de Cultura emitió una tarjeta informativa en la que señaló que, a las 31 personas, luego de una resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, se les otorgó una basificación por medio de un Laudo, el cual no se ha hecho efectivo. Las autoridades mencionan que los ajustes administrativos de creación de plazas se encuentran en proceso y el 19 de enero de 2026 se reuniría con las y los trabajadores.

En su tarjeta, la Secretaría reafirmó que la Biblioteca Vasconcelos cuenta con el mantenimiento adecuado, así como con una actualización constante de su acervo, al ser receptora del depósito legal de los libros que se editan en el país.

Tercera. Diversas investigaciones, dan cuenta de que la lectura es el instrumento más eficaz para aprender a ordenar ideas e información con el propósito de resolver problemas, lo mismo domésticos que académicos.

En este rubro, mediciones como la prueba PISA de 2022, nos dice que nuestro país tiene 415 puntos en lectura, cuando el promedio de los países de la OCDE es de 476, es decir, de 65 naciones, México ocupó el lugar 51.

De esta forma, PISA recomienda que los libros destinados a jóvenes e infancias rebasen las 100 páginas. Lo anterior, ya que un libro de estas dimensiones, según expertos, significa llevar una ventaja equivalente a un curso académico de comprensión lectora.

Asimismo, señalan la urgencia de que los Estados instrumenten campañas que re dignifiquen la lectura de textos largos, tanto en la escuela, como en el propio Estado mexicano.

Hoy, contrario a lo que se piensa, nuestro país no cuenta con una política de fomento al libro unificada, cuenta con esfuerzos dispersos de diversas entidades. Una política integral, no solo se trata de regalar libros, o que estos se encuentren con un precio reducido, una política integral, debe pasar por entender los gustos de las y los lectores y por fijar un objetivo claro.

Una política integral debe contemplar las grandes obras de nuestra literatura, pero también debe considerar los gustos actuales de las y los jóvenes, así como presupuesto para los espacios de lectura que se encuentran en el abandono, las referidas Bibliotecas Públicas.

Cuarta. El Poder Legislativo federal también desdeña la importancia de las bibliotecas, lo anterior a pesar de contar con el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión el cual, se integra por las Bibliotecas del Senado “Melchor Ocampo”, la “Biblioteca General del Congreso de la Unión” y la Biblioteca Legislativa de San Lázaro, cuya existencia se encuentra contenida en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El Sistema está a cargo de las Cámaras de Diputados y Senadores para conformar, mantener y acrecentar los acervos bibliográficos que contribuyan al cumplimiento de las atribuciones propias de cada Cámara, sus Comisiones y de los legisladores, a través de una Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

De esta forma, el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión presta servicios de información y consulta especializada, investigación y divulgación de documentos a las y los legisladores, investigadores y público en general bajo los principios de oportunidad, objetividad, veracidad y cientificidad.

A pesar de esta importante función, durante los dos años de Ejercicio Constitucional de la LXVI Legislatura, no se ha instalado la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

Desde el Grupo Parlamentario del PRI, hacemos un llamado a reforzar las políticas que permitan hacer de México un país de lectoras y lectores, las bibliotecas públicas deben formar parte más activa de este objetivo nacional, en virtud de lo anterior, someto a consideración de la asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Cultura, a través de la Dirección General de Bibliotecas, a implementar las acciones de rescate ante el abandono y deterioro de la red nacional de bibliotecas públicas, así como a instrumentar acciones que dignifiquen las condiciones de trabajo del personal que ahí labora.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y del Senado de la República a fin de que realicen la integración e instalación de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

Notas

1 Secretaría de Cultura, “Red Nacional de Bibliotecas Públicas”, 30 de septiembre de 2016, consultado el 15 de enero de 2026, disponible en:

https://www.gob.mx/cultura/acciones-y-programas/red-nacional-de -bibliotecas-publicas

2 Soto Ángel, “Bibliotecas: grandes esperanzas, poco presupuesto” en Revista de la Universidad, año 8, número 926: Bibliotecas, noviembre de 2025, México, UNAM, pág. 26.

3 Soto, Óp. Cit. pág. 24

4 Góchez Adriana, “Bibliotecas públicas de CDMX”, en abandono” en La Razón, 16 de junio de 2025, consultado el 15 de enero de 2026, disponible en

https://www.razon.com.mx/cultura/2025/06/16/bibliotecas-publica s-en-el-abandono-con-acervos-viejos-y-sin-internet/

5 Aragón Kevin, “Señalan abandono y ocupación de bibliotecas públicas por el crimen organizado” en El Sol de México, 8 de enero de 2025, consultado el 15 de enero de 2026, disponible en:

https://oem.com.mx/elsoldemexico/cultura/senalan-abandono-y-ocu pacion-de-bibliotecas-publicas-por-el-crimen-organizado-21041282

6 Cruz Guzmán Abigail, “La 4T asfixia a bibliotecas de México” en Buzos de la noticia, 24 de mayo de 2025, consultado el 15 de enero de 2026, disponible en:

https://buzos.com.mx/noticia/la-4t-asfixia-a-bibliotecas-de-mex ico

7 Secretaría de Cultura “Tarjeta Informativa Manifestaciones en la Biblioteca Vasconcelos”, 18 de enero de 2026, disponible en:

https://www.gob.mx/cultura/prensa/tarjeta-informativa-manifesta ciones-en-la-biblioteca-vasconcelos?state=published

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Senador Manuel Añorve Baños (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO AL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO, A MODIFICAR EL ACUERDO GENERAL 5/2025, A FIN DE RESTABLECER UN TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO EN CAMPECHE Y EVITAR AFECTACIONES A EJIDATARIOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al pleno del Tribunal Superior Agrario a modificar el acuerdo general 5/2025, a fin de restablecer un tribunal unitario agrario en el estado de Campeche y con ello evitar afectaciones económicas y administrativas a ejidatarios de dicha entidad federativa, a cargo del senador Pablo Guillermo Angulo Briseño, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, senador Pablo Angulo Briceño, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión el presente punto de acuerdo, con base en las siguientes:

Consideraciones

Primera. El 7 de enero de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo general 5/2025 que emite el honorable pleno del Tribunal Superior Agrario, por el que se modifica la competencia territorial de los Tribunales Unitarios Agrarios de los Distritos 29, 34 y 44; así como el término en sus funciones de la sede alterna Distrito 34A con sede en Campeche, estado de Campeche por redistritación de competencia.

Dicha normativa establece la eliminación del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 34A con sede en el estado de Campeche y, en consecuencia, se asignó la competencia territorial a 3 tribunales unitarios agrarios de los distritos 29, 34 y 44, ubicados en los estados de Tabasco, Yucatán y Quintana Roo, respectivamente, tal y como se muestra a continuación:

Tal y como lo establece el propio acuerdo, dicha redistritación implica distancias que van de los 99 a los 331 kilómetros entre los municipios del Estado de Campeche y aquellos de las entidades federativas donde son reasignados los asuntos de su competencia.

Segunda. El acuerdo en mención establece lo siguiente en su consideración octava:

“...en aras a que la labor de dichos Tribunales Unitarios Agrarios se refleje en una apropiada, expedita y eficiente atención de los asuntos sometidos a su potestad, y con la finalidad de beneficiar a las personas campesinas de ejidos y comunidades agrarias, así como de las poblaciones indígenas y sus integrantes para que puedan tener el acceso a la justicia pronta y expedita; y para efecto de una mejor distribución de cargas de trabajo, tomando como base los volúmenes de demandas recibidas, se concluye modificar la competencia territorial del Tribunal Unitario Agrario Distrito 29, con sede en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, 34 con sede en Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán y 44 con sede en la Ciudad de Chetumal, Estado de Quintana Roo, teniendo en su jurisdicción los municipios de los que actualmente conoce el Distrito 34A, y como consecuencia, la redistritación del Tribunal Unitario Agrario Distrito 34A, con sede en Campeche, Estado de Campeche,

...”

Además, en su consideración novena razona que el motivo de la redistritación de los tribunales unitarios agrarios mencionados líneas arriba se da “...para efecto de otorgar a todas las personas de los núcleos de población ejidal y comunal, así como de la población indígena y sus integrantes el acceso efectivo a un derecho humano a la tutela jurisdiccional y para hacer efectiva la impartición de justicia agraria, ...”

Tercera. Desde inicios del año 2025, campesinos del Estado de Campeche se han manifestado en contra del cese de operaciones del tribunal unitario agrario de dicha entidad federativa, que afecta a alrededor de 200 mil ejidatarios, según lo manifestó en su momento el líder de la Confederación Nacional Campesina en Campeche.

En días pasados fue reportado que ejidatarios de Lázaro Cárdenas en Champotón siguen enfrentando complicaciones económicas y amplios tiempos de espera en trámites relacionados con sus tierras debido a que el Tribunal Unitario Agrario al que les corresponde acudir a ventilar sus asuntos está fuera del estado con las distancias a que se hace referencia en la Consideración Primera del presente documento. Ello implica gastos de transporte, alimentación y hospedaje para las familias campesinas de Campeche, lo cual perjudica su situación económica y no se garantiza un acceso equilibrado a la justicia agraria.

Desde un comienzo se alegó un incremento en los costos del seguimiento de sus asuntos, lo cual prevalece a comienzos del presente año y acredita que las razones que llevaron al Pleno del Tribunal Superior Agrario a emitir el acuerdo mencionado líneas arriba no son sostenibles, pues las afectaciones al sector campesino del Estado de Campeche se siguen reportando y ello vulnera flagrantemente su acceso equitativo a la justicia agraria, por lo cual resulta necesario instalar un tribunal unitario agrario tal y como se venía realizando anteriormente al acuerdo mencionado líneas arriba.

Por lo anteriormente expuesto fundado, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al pleno del Tribunal Superior Agrario para que modifique el acuerdo general 5/2025 a fin de reestablecer un Tribunal Unitario Agrario en el estado de Campeche y con ello evitar afectaciones económicas y administrativas a ejidatarios de dicha entidad federativa.

Nota

1 https://oem.com.mx/elsoldemexico/mexico/cierre-del-tribunal-agrario-en-campeche -afecta-a-200-mil- ejidatarios-21458174

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, Ciudad de México, a 21 de enero de 2026.– Senador Pablo Angulo Briceño (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A LA SEGOB, A CUMPLIR LA SENTENCIA DEL CASO ASCENCIO ROSARIO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a cumplir la sentencia del caso Ascencio Rosario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Laura Hernández García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, bajo las siguientes

Consideraciones

El 16 de diciembre de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la sentencia del caso Ascencio Rosario y otros vs México, en la cual declara “a los Estados Unidos Mexicanos responsable internacionalmente por la violación sexual y graves lesiones perpetradas en el 2007 contra la señora Ernestina Ascencio Rosario (en adelante “señora Ernestina” o “señora Ascencio Rosario”), una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años. Asimismo, estableció que el Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna y adecuada”.

Este caso se refiere a lo ocurrido el 25 de febrero de 2007, día en que la señora Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años de edad “fue violada por entre cuatro y 11 miembros del sexagésimo tercer Batallón de Infantería de la vigésima sexta zona militar de Lencero, Veracruz. La señora Rosario fue hallada aún con vida por sus familiares y les relató lo ocurrido. Según el testimonio de la víctima: “los militares se le vinieron encima”. Aún con vida, “la señora Ernestina fue trasladada por sus familiares en busca de atención médica durante aproximadamente diez horas, hasta ser recibida en el hospital regional de Río Blanco, donde falleció a las 6: 30 horas del 26 de febrero de 2007, antes de que pudiera ser intervenida quirúrgicamente”.

La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos aborda las diversas implicaciones de este caso en el que el Estado mexicano fue omiso y responsable de violaciones a derechos humanos. En primer lugar, porque se determinó que “la violación sexual sufrida por la señora Ernestina constituyó un acto de tortura, toda vez que fue intencional, causó severos sufrimientos físicos y mentales y se cometió con el propósito de intimidar, degradar, humillar y controlar a la víctima”; en segundo lugar, se “violó el derecho de la señora Ascencio Rosario a recibir una atención en salud accesible, disponible y de calidad”, además de que el hospital donde fue atendida no contaba con intérpretes de náhuatl para facilitar la comunicación entre sus familiares y el personal médico.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos también “determinó que la investigación ministerial de los hechos no cumplió con el estándar de debida diligencia reforzada exigible en casos de violencia sexual contra mujeres y que no fue conducida con un enfoque de interseccionalidad, particularmente relevante por tratarse de una mujer indígena mayor en un contexto de militarización. La Corte concluyó que la investigación no incorporó perspectivas de género, étnica ni etaria; fue cerrada prematuramente, sin haberse agotado las líneas de investigación necesarias; y se basó en motivos permeados por estereotipos étnicos, etarios y de género, que a su vez fueron replicados por altas autoridades del Gobierno mexicano, incluido el entonces presidente de la República, que contribuyeron a crear un ambiente de descreimiento hacia las declaraciones de la señora Ascencio Rosario y sus familiares”.

Frente a las diversas violaciones a derechos humanos, la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos fue ordenar al Estado mexicano a “implementar distintas medidas de reparación, incluida una investigación penal exhaustiva y seria sobre la violación sexual, tortura y muerte de la señora Ernestina para identificar, procesar y sancionar a los responsables; brindar tratamiento médico, psicológico y/o psiquiátrico a los familiares; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; implementar programas de formación y capacitación para funcionarios públicos; fortalecer el Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa, y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia, entre otras medidas”.

Los elementos analizados y señalados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia Ascencio Rosario, reivindican una lucha histórica por el acceso a la justicia de las mujeres indígenas frente a la violencia y discriminación que padecen en razón de género, etnia, edad y condición socioeconómica. Asimismo, se pone especial atención en la protección de las personas adultas mayores y se reconocen las barreras estructurales que enfrentan los pueblos y comunidades indígenas en el acceso a sus derechos fundamentales y a la justicia, debido a la discriminación, marginación y exclusión históricas que han padecido; condiciones que se agravan en contextos de militarización y violencia.

Por lo antes mencionado, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a reconocer la responsabilidad del Estado mexicano por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario y por la falta de acceso a la justicia para sus familiares.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a cumplir a la brevedad y de forma exhaustiva con los ordenamientos de la sentencia del caso Ascencio Rosario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Notas

1 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Comunicado de Prensa 101/2025, p. 1, disponible en

https://corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_101_2025.pdf

2 Organización Mundial contra la Tortura. Investigación del caso de una mujer indígena supuestamente violada por militares, resultando en su muerte. Ginebra, 2 de abril de 2007, disponible en

https://www.omct.org/es/recursos/llamamientos-urgentes/investig ation-into-the-rape-allegation-resulting-in-the-death-of-an-indigenous-woman

3 Ibidem.

4 Ibidem.

5 Ibidem.

6 Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la  Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Diputada Laura Hernández García (rúbrica).»

Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.



SE INVESTIGUEN PRESUNTOS HECHOS DE FRAUDE RELACIONADOS CON LA COMPRA-VENTA DE VEHÍCULOS EN YUCATÁN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades federales y estatales a investigar presuntos hechos de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en el estado de Yucatán, así como a implementar medidas de prevención y protección a las personas consumidoras, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo señalado por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la Comisión Permanente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En fechas recientes diversos medios de comunicación han dado a conocer la existencia de presuntos esquemas de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en el estado de Yucatán, mediante los cuales personas consumidoras habrían sido afectadas al adquirir automóviles con irregularidades en su documentación, procedencia o situación legal.

Es por lo anterior que la Secretaría de Seguridad Pública alertó sobre posibles engaños en transacciones realizadas en plataformas digitales y otros medios, generalmente con precios llamativos o condiciones de pago poco habituales.

La información difundida permite advertir que estos presuntos hechos no se tratarían de casos aislados, sino de prácticas reiteradas que podrían estar operando a través de intermediarios, supuestas agencias, gestores o particulares, generando un impacto negativo en la confianza de las personas consumidoras y en el mercado automotriz local.

Se han presentado ya diversos casos los cuales quedaron documentados en transmisiones por internet en donde los ciudadanos revelan como fueron afectados por estafadores, de igual forma se preguntan cómo es que estos defraudadores tienen en promedio cinco años con el mismo modus operandi y las autoridades del estado no han podido dar con ellos y detener este tipo de estafas. Este patrón ya habría afectado a decenas de compradores que, además de perder el dinero, quedaron sin la certeza de conservar la unidad adquirida.

De acuerdo con los testimonios, el esquema funciona de la siguiente manera:

- Ofertas de autos atractivos a través de redes sociales.

- Pago en efectivo y entrega del vehículo al comprador.

- Reclamación posterior del mismo auto por parte de arrendadoras u otros terceros.

- Uso de documentos falsos como facturas y credenciales para dar apariencia de legalidad a la venta.

Para las estafas, esta presunta red hace uso de documentos falsificados como facturas de autos y credenciales expedidas por el Instituto Nacional Electoral (INE). Las víctimas han podido contactar que las copias de INE de la persona que les vendió el auto coinciden en la foto de la credencial, pero con nombres distintos.

El fraude en la compra-venta de vehículos es una problemática de alto impacto social y económico, ya que involucra operaciones de elevado valor monetario y suele afectar los ahorros de las familias, generando endeudamiento, conflictos legales prolongados y dificultades para acceder a mecanismos efectivos de reparación del daño.

Este tipo de conductas ilícitas suelen estar vinculadas con la falsificación de documentos, la alteración de números de identificación vehicular, la duplicidad de facturas o la falta de correspondencia entre registros, lo que hace indispensable una actuación coordinada de las autoridades competentes.

Tras la denuncia pública por parte de las personas afectadas, fueron recibidas por personal de la Fiscalía General del Estado, sin embargo, persiste una preocupación en ellos pues sus carpetas de investigación de todas maneras no avanzan, en algunos de estos casos antes mencionados, lo que se investiga es robo y no fraude, además de que en el Ministerio Público les habrían dicho que no podían detener a la presunta defraudadora por falta de suficientes datos de prueba.

Otro factor que le resulta preocupante a las víctimas es que al parecer es una red de personas dedicadas a defraudar compradores de autos en Yucatán y en la que, es probable estén involucrados funcionarios y servidores públicos del estado.

Estos hechos son de preocupación para la población que se ve afectada por los estafadores quienes los despojan de sus ahorros a base de engaños lo cual afecta su patrimonio y su estabilidad económica, esto repercute de igual forma en la confianza en las instituciones encargadas de garantizar certeza jurídica. En ese sentido, resulta indispensable que las autoridades competentes actúen con sensibilidad, prontitud y coordinación, colocando en el centro a las personas afectadas, facilitando el acceso a mecanismos de orientación, denuncia y reparación del daño, y promoviendo acciones preventivas que eviten la repetición de este tipo de conductas en perjuicio de la población.

Se necesita de la participación activa y la atención oportuna de las autoridades competentes para prevenir, detectar y detener cualquier práctica irregular o acto de corrupción que pueda estar vinculado con los presuntos esquemas de fraude, a fin de garantizar la legalidad, la transparencia y la integridad de los procesos de verificación, registro e investigación. En ese sentido, la actuación coordinada y decidida de las instancias responsables es fundamental para fortalecer la confianza ciudadana, asegurar la aplicación efectiva de la ley y evitar que este tipo de conductas continúe afectando a la población.

Por lo anterior, el Registro Público Vehicular (Repuve) constituye una herramienta fundamental para brindar certeza jurídica a la ciudadanía sobre la situación legal de los vehículos; sin embargo, la efectividad de este instrumento depende de la actualización permanente, revisión y depuración de sus bases de datos.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene entre sus atribuciones la protección de las personas consumidoras frente a prácticas abusivas o engañosas, especialmente en operaciones comerciales de alto impacto económico como la adquisición de vehículos nuevos o usados.

Corresponde a las fiscalías federal y estatal investigar los hechos que pudieran constituir delitos, garantizar el acceso a la justicia de las personas afectadas y actuar con estricto apego a los principios de legalidad, objetividad y profesionalismo.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana desempeña un papel relevante en la coordinación de esfuerzos de prevención e investigación de delitos patrimoniales, así como en la generación de información estratégica para identificar patrones delictivos.

La falta de atención oportuna a este tipo de problemáticas propicia la repetición de conductas fraudulentas, desalienta la denuncia ciudadana y profundiza la desconfianza en los procesos de compra-venta de vehículos.

La actuación de las autoridades no debe limitarse a la investigación posterior de los hechos, sino que debe incorporar una estrategia preventiva orientada a la promoción de una cultura de la legalidad, mediante campañas informativas que permitan a la ciudadanía identificar riesgos, conocer los requisitos legales de una transacción segura y utilizar de manera efectiva las herramientas oficiales de verificación vehicular disponibles.

Resulta indispensable establecer esquemas de coordinación intergubernamental que faciliten el intercambio de información, la homologación de criterios de verificación y la actuación conjunta ante posibles irregularidades.

La Cámara de Diputados, como órgano representativo de la ciudadanía, tiene la responsabilidad de visibilizar problemáticas que afectan directamente a las familias, así como de exhortar a las autoridades competentes a cumplir cabalmente con sus funciones.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General del Estado de Yucatán para que, en el ámbito de sus atribuciones, continúe y fortalezca las investigaciones correspondientes, realizando las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los presuntos hechos de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en la entidad.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que, en el marco de sus atribuciones, coadyuve en las labores de prevención, análisis e investigación estratégica, a fin de identificar posibles patrones delictivos y fortalecer la coordinación interinstitucional en la atención de los presuntos hechos de fraude vehicular.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades responsables del Registro Público Vehicular para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen una revisión, actualización y fortalecimiento de los registros vehiculares en el estado de Yucatán, con el objetivo de incrementar la certeza jurídica en las operaciones de compra-venta de vehículos.

Cuarto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuerce las acciones de vigilancia, orientación y protección a las personas consumidoras, así como la difusión de medidas preventivas para evitar fraudes en la compra-venta de vehículos.

Notas

1 Fraudes en la compra-venta de vehículos y llamado a la prevención ciudadana, disponible en

https://www.yucatan.gob.mx/saladeprensa/ver_nota.php?id=10321

2 Víctimas de fraudes en compra-venta de vehículos en Yucatán narran la agonía de perder sus ahorros, disponible en

https://www.unotv.com/estados/yucatan/victimas-de-fraudes-en-co mpra-venta-de-vehiculos-en-yucatan-narran-la-agonia-de-perder-sus-ahorros/

3 Ibidem

4 Destapan presunta red de fraude con compra de vehículos en Yucatán; ven complicidad de autoridades, disponible en

https://www.yucatan.com.mx/merida/2026/01/09/destapan-presunta- red-de-fraude-con-compra-de-vehiculos-en-yucatan-ven-complicidad-de-autoridades .html

5 Ibidem

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE GARANTICE UN ACOMPAÑAMIENTO EFECTIVO A LAS VÍCTIMAS DEL DESCARRILAMIENTO DEL TREN INTEROCEÁNICO, Y SUS FAMILIARES, A FIN DE QUE PUEDAN ACCEDER A LOS DERECHOS DE REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO, ACCESO A LA VERDAD Y NO REPETICIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la CEAV, a garantizar a las víctimas y sus familiares del descarrilamiento del tren interoceánico un acompañamiento efectivo a fin de que puedan acceder a los derechos de reparación integral del daño, acceso a la verdad y no repetición, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Paola Michell Longoria López, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Considerandos

El pasado 28 de diciembre de 2025 se registró el descarrilamiento del recién inaugurado Tren Interoceánico que va de Coatzacoalcos, Veracruz, a Salina Cruz, Oaxaca. El suceso se presentó en el municipio de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, dejando un saldo de 14 personas fallecidas y 98 lesionadas.

A pesar de estos lamentables hechos las víctimas y los familiares han señalado una falta de atención y apoyo por parte del gobierno, pues si bien es cierto que la presidenta Claudia Sheinbaum declaró que los familiares de las víctimas contarían con apoyos económicos, esto no es ni implica el derecho a la reparación del daño.

En este sentido, el artículo 20 constitucional, en su apartado C, fracción IV, establece como un derecho de las víctimas el siguiente:

“Que se repare el daño. En los casos en los que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria. La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño”.

El derecho constitucional a la reparación integral del daño parte de la obligación del Estado de restablecer el derecho vulnerado, no se agota en la retribución o el apoyo económicos, sino que también implica garantizar la no repetición y el acceso a la verdad.

De esta forma los apoyos anunciados por el Gobierno federal son insuficientes y no atienden al marco normativo de nuestro derecho, pues las víctimas tienen derecho a tener un acompañamiento institucional en el que se les brinde atención pronta y oportuna, a fin de que las personas puedan recuperar su proyecto de vida.

En este contexto, es importante señalar que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) es la instancia del Gobierno que tiene como objetivo promover los servicios de atención a víctimas en el marco de las atribuciones otorgadas por la Ley General de Víctimas. Tiene la obligación de acompañar a las personas para “que recuperen su proyecto de vida, [...] mediante la implementación eficiente y efectiva del Modelo de Atención a Víctimas a nivel federal”.

A pesar de lo anterior, el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral para las Víctimas se extinguió en 2020 por lo que la autoridad no cuenta con los recursos suficientes para asegurar el principio de la reparación integral, lo que ha derivado en una limitación de los derechos de las personas víctimas del terrible accidente.

Es por esta razón que se considera de la mayor importancia exhortar a la CEAV para que dé acompañamiento a las víctimas y sus familiares, así como para que garantice que se procuren sus derechos humanos y se repare el daño de manera integral.

Igualmente, es importante exhortar a la Fiscalía General de la República para que agilice el proceso de investigación y garantice la transparencia y la cumplimentación de la ley en su proceso, ya que los familiares de las víctimas también han señalado que no se está investigando con celeridad y que existe cierto halo de opacidad, por lo que se pone en riesgo el acceso a la impartición de justicia y el derecho de las víctimas del acceso a la verdad, pues no sólo se trata de sancionar, sino que ante todo es necesario conocer qué ocurrió y garantizar que la tragedia no se vuelva a presentar.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, garantice a las víctimas y familiares del descarrilamiento del Tren Interoceánico un acompañamiento efectivo a fin de que puedan acceder a los derechos de reparación integral del daño, acceso a la verdad y no repetición.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República, para que, en el marco de sus facultades, agilice las investigaciones sobre las causas del descarrilamiento del Tren Interoceánico y pueda brindar justicia a las víctimas.

Notas

1 Descarrilamiento Tren Interoceánico: que se sabe a una semana del accidente que cobró 14 vidas, El Economista, [En línea], disponible en:

https://www.eleconomista.com.mx/politica/descarrilamiento-tren- interoceanico-semana-accidente-cobro-14-vidas-20260104-793705.html

2 Víctimas del accidente en el Tren Interoceánico demandan a empresas y funcionarios: exigen justicia y reparación el daño, Infobae, [en línea], disponible en:

https://www.infobae.com/mexico/2026/01/05/victimas-del-accident e-en-el-tren-interoceanico-demandan-a-empresas-y-funcionarios-exigen-justicia-y -reparacion-del-dano/

3 Fracción VII del apartado C del Artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4 Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, [en línea], disponible en:

https://www.gob.mx/ceav/que-hacemos

5 DECRETO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Hidrocarburos; de la Ley de la Industria Eléctrica; de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Ley General de Protección Civil; de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de la Ley de Ciencia y Tecnología; de la Ley Aduanera; de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley Federal de Cinematografía; de la Ley Federal de Derechos; de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley General de Víctimas y se abroga la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de noviembre del 2020.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Diputada Paola Michell Longoria López (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE ESTABLEZCAN CRITERIOS PARA PERMITIR LA DEDUCCIÓN DEL IVA TRASLADADO EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS RECIBIDOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, a través de SAT, para que establezca criterios para permitir la deducción del IVA trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Paola Michell Longoria López, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Considerandos

Durante la discusión y aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, la mayoría del Congreso aprobó una reserva que modificó el artículo 25, fracción XIV, de la Ley para quedar de la siguiente forma:

“ Artículo 25. Para los efectos del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado, se estará a lo siguiente:

I. a XIII. ...

XIV. Para los efectos de los artículos 1o. y 4o., de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, no será acreditable el impuesto al valor agregado trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos, ni el propio pagado en la importación, cuando dichos bienes o servicios se destinen para dar cumplimiento al contrato de seguro, y la indemnización consista en el resarcimiento de daños o la reposición del bien siniestrado, a través de terceros, conforme a la Ley sobre el Contrato de Seguros”.

Esta reforma, aprobada por las diputadas y los diputados de la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2025 como parte del Paquete Económico 2026 plantea que el impuesto al valor agregado (IVA) trasladado no podrá ser acreditable en adquisiciones de bienes o servicios. Esta modificación a grandes rasgos impide que las aseguradoras puedan deducir el IVA cuando le pagan a un proveedor los servicios por un siniestro. Es decir, si una persona hace uso de un seguro médico y el seguro le paga al hospital, la empresa aseguradora no podrá deducir el IVA del servicio médico pagado.

La disposición, que será aplicable a partir de marzo de 2026, se incorporó para cerrar un criterio que se encontraba en litigio. Anteriormente, las aseguradoras argumentaban que la deducción del IVA por los pagos de los servicios pagados se derivaba de actividades indispensables para su actividad gravada. Por el contrario, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) había considerado que el único objeto de las aseguradoras es indemnizar a un tercero por lo que no cuenta con facultades para deducir los costos de los servicios que paga.

Si bien es cierto que con la reforma se elimina la controversia, también es una realidad que genera un impacto negativo grave en todas las personas que cuentan con algún seguro, pues si las empresas no pueden deducir el IVA, tendrán mayores gastos que terminarán por trasladar al consumidor, de tal forma que se espera que los costos de las pólizas del seguro se incrementen entre 20 y 30 por ciento, afectado el bolsillo de las personas. Es precisamente por esta razón que se emite el presente exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para que a través del SAT no aplicar la disposición establecida en la Ley de Ingresos, toda vez que afectará a todas las personas.

En torno a ello, si bien es cierto que la disposición se encuentra prevista en la Ley del Ingresos aprobada por la Cámara de Diputados, ello no exime la facultad de la SHCP para realizar las adecuaciones pertinentes a los criterios de ingresos del Estado mexicano, esto es porque la Constitución y la Ley de Ingresos faculta al Ejecutivo a administrar los recursos del Estado y ajustarlos de acuerdo con las necesidades. De hecho, el artículo 13 de la Ley plantea lo siguiente:

“ Artículo 13. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar los aprovechamientos que se cobrarán en el Ejercicio Fiscal de 2026, incluso por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes sujetos al régimen de dominio público de la federación o por la prestación de servicios en el ejercicio de las funciones de derecho público por los que no se establecen derechos o que por cualquier causa legal no se paguen”.

Así, dado que las autoridades federales tienen la facultad para ajustar o modificar los ingresos que se prevén para el Ejercicio Fiscal 2026 (pueden publicar decretos con incentivos fiscales, deducciones o criterios). De hecho, el último párrafo del mismo artículo 25 faculta a la SHCP para emitir las reglas que permitan determinar los mecanismos y las formas sobre cómo aplicar el artículo.

Por ello, se insta a las autoridades a seguir considerado la deducción del IVA para las aseguradoras a fin de proteger a los bolsillos de las personas.

Por lo anteriormente expuesto se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, a través del Servicio de Administración Tributaria, establezca criterios para permitir la deducción del IVA trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos.

Notas

1 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre del 2025. En línea en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf.

2 Zambrano, Javier; Por cambios en el IVA, pólizas de seguros en Puebla aumentarán hasta 30%; El Sol de Puebla, publicada el 17 de febrero del 2026, en línea en:

https://oem.com.mx/elsoldepuebla/finanzas/por-cambios-en-el-iva -polizas-de-seguros-en-puebla-aumentaran-hasta-30-27725674

3 Garrido & Licona; Imposibilidad de acreditamiento del IVA para aseguradoras; En línea en

https://blog.garridolicona.com/fiscal-legal/imposibilidad-de-ac reditamiento-del-iva-para-aseguradoras

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Diputada Paola Michell Longoria López (rúbrica).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO AL AYUNTAMIENTO DE GENERAL ZUAZUA, NUEVO LEÓN, A EJERCER ACCIONES DE MANTENIMIENTO, INSTALACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO, A FIN DE GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LUMINARIAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al ayuntamiento General Zuazua, Nuevo León, a ejercer acciones urgentes de mantenimiento, instalación y modernización del alumbrado público del municipio, a fin de garantizar el funcionamiento continuo y adecuado de las luminarias existentes en calles, avenidas, parques y espacios públicos, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El alumbrado público es el término utilizado para referirse al conjunto de instalaciones, sistemas y luminarias colocadas en las vías destinadas a proporcionar luz en avenidas, calles, parques y en general, vías públicas, el objetivo de hacerlas más seguras y de más fácil acceso para los habitantes, para garantizar condiciones adecuadas en las ciudades.

La iluminación en vialidades y espacios públicos es una medida indispensable de seguridad, que se utiliza tanto para prevenir accidentes como para impedir actos delictivos. Por ende, una infraestructura con una iluminación adecuada permite que la población tenga más seguridad, mayor fluidez en el tránsito, la movilidad y mejora la visibilidad nocturna para peatones, automovilistas, ciclistas, y comercios.

De esta manera resulta evidente que un sistema de alumbrado público funcional y suficiente impacta de manera directa en la calidad de vida de la población, ya que afecta positivamente su entorno. La iluminación adecuada ayuda a mejorar la movilidad y amplía los horarios en los que pueden realizarse actividades laborales y recreativas, a su vez contribuye a que la población tenga un sistema de alumbrado público funcional que impacte de manera directa en la calidad de vida de la población, al influir en la forma en que las personas utilizan y se apropian de su entorno. La iluminación adecuada favorece la movilidad cotidiana, amplía los horarios en los que pueden realizarse actividades laborales, recreativas y comunitarias, y mejora la percepción de orden y cuidado urbano mejor percepción de la seguridad en las calles, ya que la luz hace que la delincuencia disminuya.

El alumbrado público es un servicio fundamental en el desarrollo, mantenimiento y mejora de las ciudades, proporcionarlo es una tarea esencial y debe ser prioridad para satisfacer necesidades de carácter general de la sociedad.

En México el alumbrado en la vía pública es considerado como un servicio básico que lo debe proporcionar directamente cada municipio al tratarse de una función indispensable para el adecuado funcionamiento.

Los municipios en nuestro país en un principio se encuentran destinadas sus actividades en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esto principalmente dentro del Título Quinto “De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México”, cuyo objetivo principal es la organización política y administrativa del Estado mexicano, así como delimitar las competencias de los distintos órdenes de gobierno, de esta forma reconoce al municipio como la base de la división territorial, fortalece la autonomía municipal y establece al municipio como el orden de gobierno más cercano a la población, por ende será el encargado de la administración directa de los servicios públicos que atienden necesidades básicas de su población, entre ellos se encuentran la disposición de residuos, la seguridad pública, agua potable, drenaje, alcantarillado y el tema de este exhorto el “alumbrado público”.

La Carta Magna menciona lo siguiente:

“Título Quinto De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

I. y II. ...

III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

...

b) Alumbrado público.

...”.

De este modo desde el ordenamiento constitucional les confiere la obligación a los municipios sobre el alumbrado público, a pesar de que el mismo no es específico, resulta evidente que este orden de gobierno deberá de hacerse cargo de la instalación, operación, conservación, mantenimiento, modernización y ampliación, esto partiendo de que es un servicio público y estos conllevan principios fundamentales para que sean efectivos.

En lo que respecta al marco normativo secundario cabe mencionar que el alumbrado público comprende lo siguiente:

- Planeación estratégica.

- Instalación de arbotantes con sistemas electrónicos que generen iluminación en calles, edificios públicos y lugares de uso común.

- Realización de todas las obras de instalaciones, trabajos que requerían la planeación, ejecución, operación y mantenimiento del sistema de alumbrado público de los municipios.

- La aplicación de políticas para implementar el sistema de alumbrado integral del municipio.

Como se ha mencionado en estos considerandos, este servicio lo debe de brindar el municipio, sin embargo, para los nuevoleoneses, las leyes locales también lo contemplan:

“Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León

Artículo 181. Los Municipios tendrán las siguientes atribuciones:

 I. Prestar las funciones y servicios públicos siguientes:

b) Alumbrado público...

Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León

Artículo 33. El Ayuntamiento tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

a) Establecer los criterios y lineamientos para la prestación, en su circunscripción territorial, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado y de la presente Ley, los servicios públicos de agua potable, drenaje y alcantarillado; tratamiento y disposición de sus aguas residuales; alumbrado público; limpia, recolección, traslado, tratamiento disposición residuos; centrales final mercados de y de y abastos; panteones; rastro; calles, parques, jardines y su equipamiento; Protección Civil; Seguridad Pública Municipal, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y Tránsito Municipal; así como los demás que se determinen conforme a los ordenamientos señalados. Para tal efecto, en los casos en que los Municipios no cuenten con los reglamentos correspondientes, se estará a lo dispuesto por la presente Ley y por las demás disposiciones aplicables estando obligado en todo momento a observar los tratados internacionales en materia de derechos humanos; y

Tratándose del servicio de alumbrado público los ayuntamientos podrán promover la implementación de sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano, así como la utilización de energías renovables”. 5

En el marco jurídico del estado de Nuevo León, el alumbrado público se encuentra reconocido como un servicio público municipal de prestación obligatoria, cuya responsabilidad recae directamente en los ayuntamientos. Esta atribución implica no sólo la obligación de contar con una infraestructura, sino también de garantizar su cobertura, eficiencia y continuidad de manera adecuada, de acuerdo con las necesidades de la población.

Con este contexto se desarrolla la situación específica del municipio de General Zuazua, Nuevo León, municipio en donde el servicio público de iluminación en espacios públicos es muy cuestionable, ya que no cumple con las características básicas que éste requiere.

El alumbrado público ha sido un tema recurrente que no ha sido corregido, desde su implementación hasta la ausencia de mantenimiento y modernización.

La falta de mantenimiento por parte de la autoridad responsable (el ayuntamiento) ha generado oscuridad en las calles y espacios públicos contribuyendo a una percepción insólita de inseguridad. Las fallas constantes en las luminarias se han hecho constar entre las diferentes calles, los reportes diarios sobre luminarias apagadas y dañadas han incrementado y llegando a casi la totalidad del municipio.

Históricamente el municipio ha enfrentado este desafío, pero lamentablemente no se ha asumido la responsabilidad de corregir dicha situación a pesar de los reportes y las quejas constantes en la comunidad.

Es fundamental que el ayuntamiento implemente medidas urgentes para combatir este problema en principio mediante la instalación de nuevas luminarias en donde no se cuenta con ellas, priorizando zonas escolares, de comercios, recreativas, y paradas de transporte, asimismo para el mantenimiento adecuado y continuo de las luminarias existentes a fin de garantizar su correcto funcionamiento y evitar que permanezcan apagadas o en condiciones deficientes durante periodos prolongados.

Finalmente se solicita la modernización progresiva de las luminarias, esto con el propósito de que el sistema de alumbrado público incluya tecnologías más eficientes, sostenibles y sustentables, que tengan un mayor tiempo de vida, que utilicen energías renovables y sobre todo que tengan una mejor iluminación.

La atención oportuna y permanente del alumbrado público no sólo incide en la seguridad de las personas, sino que también fortalece la movilidad urbana, la convivencia social y la percepción de la comunidad, elementos que es fundamental garantizar en el municipio de General Zuazua, Nuevo León.

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso exhorta de manera respetuosa al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León, para que, en el ámbito de sus atribuciones, ejerza acciones urgentes de mantenimiento del alumbrado público del municipio, a fin de garantizar el funcionamiento continuo y adecuado de las luminarias existentes en calles, avenidas, parques y espacios públicos.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso exhorta de manera respetuosa al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León, para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente un programa para la modernización del alumbrado público, priorizando el uso de tecnologías sustentables que permitan mejorar la iluminación.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso exhorta de manera respetuosa al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León, para que, en el ámbito de sus atribuciones, instale nuevas luminarias en zonas que actualmente carecen de iluminación suficiente, prioritariamente en colonias con zonas escolares, espacios públicos y paradas de transporte, a fin de garantizar condiciones adecuadas de seguridad y movilidad.

Notas

1 Proveeduría de bienes y tecnología, Importancia del alumbrado público, Disponible en;

https://www.pbtecnologia.mx/post/importancia-del-alumbrado-p%C3 %BAblico

2 Gobierno de México, Estados y municipios Alumbrado público, Disponible en:

https://www.gob.mx/conuee/acciones-y-programas/estados-y-munici pios-alumbrado-publico

3 Guía de Servicios Públicos Municipales, Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/171945/Guia_de_s ervicios_publicos_municipales_ 2015.pdf

4 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo Léon, Disponible en:

https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/constituc ion%20politica%20del%20estado%20libre%20y%20soberano%20de%20nuevo%20leon.pdf?20 23-05-29

5 Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, Disponible en:

https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/ley%20de% 20gobierno%20municipal%20del%20estado%20de%20nuevo%20leon.pdf?2025-11-%207

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



SE ANALICE Y, EN SU CASO, AUTORICE LA INCORPORACIÓN DEL NOMBRE JULIO SCHERER GARCÍA EN UNA DE LAS VIALIDADES DE NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob de la Ciudad de México, a través de la Seduvi, así como al ayuntamiento del municipio de Naucalpan de Juárez del Estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre “Julio Scherer García” en una de las vialidades, suscrita por los diputados Gibrán Ramírez Reyes y Juan Ignacio Zavala Gutiérrez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien presenta, diputado Gibrán Ramírez Reyes, y quien suscribe, diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, legisladores del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. Sobre colonia Periodista en las alcaldías Miguel Hidalgo y Benito Juárez

La Ciudad de México ha sido históricamente un espacio de desarrollo intelectual, político y periodístico. Diversas zonas de la capital fueron concebidas con una identidad simbólica ligada al quehacer político y social. Tal es el caso de la colonia Periodista, ubicada en la alcaldía Miguel Hidalgo, así como en la alcaldía Benito Juárez, ambas concebidas como espacios que reconocen y rinden homenaje a quienes ejercen este oficio.

En la alcaldía Miguel Hidalgo, en 1949, el entonces presidente Miguel Alemán Valdés, inauguró la primera colonia con este nombre, junto con el regente Fernando Casas Alemán y otros funcionarios. En este acto entregaron las llaves simbólicas de la colonia a cuatro periodistas: Rafael Solana, Ernesto Carrasco Zanini, Arturo Cisneros Peña y Jesús Peña. Actualmente está registrada como colonia Periodista, con código postal 11220.

Por su parte, a finales de la década de los 70 se formó la segunda colonia Del Periodista, ubicada en la alcaldía Benito Juárez. Fueron 123 personas, entre periodistas, fotógrafos, poetas, escritores, caricaturistas, los que fundaron la colonia. En ese proceso, los vecinos formaron una comisión para proponer los nombres de las calles, así como para rendir homenaje a periodistas y escritores de los siglos XIX y XX. En 1982 fue rebautizada como Segunda Colonia del Periodista “Francisco Zarco” y actualmente está registrada como colonia Periodista con código postal 03620.

Por otro lado, en el Estado México, a finales de la década de los 50 y ante el crecimiento acelerado del entonces Distrito Federal, los arquitectos Mario Pani y José Luis Cuevas, el padre del pintor del mismo nombre, comenzaron a edificar en Naucalpan de Juárez e inició la traza de lo que se conoce como Ciudad Satélite. Sobre la base de un sistema vial circulatorio, Satélite se conformó de 31 circuitos que llevaban el nombre de distintas profesiones, entre ellos, Periodistas.

Tanto las colonias de la Ciudad de México como el Circuito Periodistas del Estado de México constituyen un testimonio urbano del valor social del periodismo y de su relevancia en la construcción de una sociedad democrática. No obstante, resulta relevante advertir que en ninguna de ellas se ha incorporado hasta ahora el nombre de uno de los periodistas más influyentes de la segunda mitad del siglo XX y de los primeros años del siglo XXI: Julio Scherer García.

Dicha inclusión es posible en la Ciudad de México de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, en términos de lo previsto en el numeral 31, fracción XVII, que menciona que le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México coordinar las actividades de las comisiones de límites y nomenclatura de la Ciudad. Asimismo, de acuerdo con la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, en su artículo 19, así como el Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal en su artículo 90, la Comisión de Nomenclatura de la Ciudad de México auxiliará a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en la asignación, revisión y, en su caso, modificación del contenido de las placas de nomenclatura oficial de vías y espacios públicos. Se menciona, además, que corresponde a las alcaldías la elaboración, colocación y mantenimiento de las placas de nomenclatura oficial en las vías públicas y en aquellos espacios públicos que la Secretaría determine.

De igual forma, en el Estado de México, de acuerdo con el artículo 31, fracción V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y el artículo 18 del Bando Municipal de Naucalpan de Juárez, es atribución de los ayuntamientos acordar la división territorial municipal en delegaciones, subdelegaciones, colonias, sectores y manzanas, y acordar, en su caso, la categoría y denominación política que les corresponda a las localidades.

Segunda. Sobre el legado de Julio Scherer

Julio Scherer tiene un legado moral, periodístico e histórico incuestionable. El ejemplo ético de Scherer es el de plantar cara al poder con dignidad e inteligencia en momentos clave. Los días que siguieron a la matanza del 2 de octubre de 1968 son el mejor testigo: aunque ninguno mencionaba con explicitud los hechos de Tlatelolco y su gravedad, la distancia entre los medios más influyentes fue abismal. El diario que dirigía don Julio fue el único medio de gran alcance que denunció que no sería “matándonos entre nosotros como hemos de edificar el México que todos amamos” en su editorial, además de incluir el legendario cartón de luto e indignación de Abel Quezada.

Julio Scherer nunca fue un radical de izquierda y con nada se comprometió como con el periodismo; si bien Excélsior nunca tuvo una cobertura particularmente favorable de las luchas y reivindicaciones populares, fue uno de los pocos medios nacionales que ventilaba la existencia de las guerrillas y movimientos sociales y sus acciones, sin simpatía, pero buscando la verdad. También, en los medios que dirigió no se rompió la interlocución con los gobiernos, sino que se trató de modo distinto, reivindicando la independencia.

Las herencias periodísticas más directas de Julio Scherer son las de los medios en que vivió. En Excélsior, cuando lo dirigió desde 1968 a 1976, demostró cómo se hace un diario grande, crítico pero viable en sus relaciones con el gobierno. En Proceso, la persistencia en la crítica autónoma. Fuera de esos medios, la onda expansiva del trabajo de Scherer tocó a muy diversos medios; a unos tangencialmente y a otros de modo determinante.

En Excélsior, Scherer invitó a Octavio Paz a fundar un suplemento que se llamó Plural y se convirtió de inmediato en un foro de referencia y altura para los liberales mexicanos; Plural se convertiría en la revista Vuelta, que dio espacio en sus páginas a algunos de los mejores intelectuales liberales en el mundo y a la muerte de Paz, en lo que hoy es Letras Libres.

Pero Scherer no hizo escuela sólo entre sus más cercanos, sino que alentó una potente ola de periodismo crítico. Por ejemplo, y sin querer establecer una línea recta: fue un grupo de reporteros que aprendieron de diarismo en el periódico que él dirigía, el que fundó, con Manuel Becerra Acosta el diario Unomásuno, cuyo proceso terminaría cuajando en la fundación de La Jornada.

Por último, Julio Scherer describió, con rigor, los excesos de los gobernantes priistas de la ciudad de México y el país desde los 60: la colección de autos de lujo de Carlos Hank, los excesos, extravagancias y crímenes de su hijo Jorge Hank Rohn; los caprichos del negro Durazo; el imperio de Salinas; la guerra de Felipe Calderón, así como las dinámicas del narcotráfico, incluyendo la mítica entrevista a Ismael “El Mayo” Zambada.

Anécdotas infinitas, desgranadas en cientos de páginas, que ayudan a comprender no sólo realidades mexicanas sino humanas, como las que retrató con estremecedora claridad en sus libros sobre el pasado y el futuro del golpe de estado que encumbraría a Pinochet en Chile.

Por su carácter crítico, su honestidad insobornable, su independencia frente a los gobiernos y su ambición profesional, Julio Scherer García es reconocido como uno de los periodistas más relevantes del siglo XX y de los primeros años del siglo XXI. En el marco de su onceavo aniversario luctuoso, resulta pertinente y congruente con el origen, identidad y vocación simbólica de las colonias del Periodista fortalecer la memoria histórica y urbana mediante la incorporación de su nombre en estos espacios, como un acto de reconocimiento a su legado y a los valores democráticos que inspiraron su creación.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y de la Comisión de Nomenclatura de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre Julio Scherer García en alguna de las vialidades de la colonia Periodista, en la alcaldía Miguel Hidalgo y Benito Juárez respectivamente.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Naucalpan de Juárez del Estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre Julio Scherer García en una de las vialidades que conforman el Circuito Periodistas del municipio.

Notas

1 Aída Castro Sánchez, “La colonia que surgió por periodistas y para periodistas”. El Universal, 6 de julio del 2018. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/colaboracion/mochilazo-en-el-tie mpo/nacion/sociedad/la-colonia-que-surgio-por-periodistas-y-para/

2 Consulta de Códigos Postales. Servicio Postal Mexicano. Disponible en:

https://www.correosdemexico.gob.mx/sslservicios/consultacp/desc arga.aspx

3 Ibidem.

4 Ibidem.

5 Fernando Molina Alba, ”A 60 años de Satélite, “La Ciudad del Mañana” que falló”. El Universal, 2 de junio del 2017. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/colaboracion/ mochilazo-en-el-tiempo/nacion/sociedad/2017/06/3/60-anos-de-satelite/

6 Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. Ciudad de México. Disponible en:

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/ley_organ ica_del_poder_ejecutivo_y_de_la_administracion_publica_de_la_cdmx_7.1.pdf

7 Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Ciudad de México. Disponible en:

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/181225/le y_de_desarrollo_urbano_del_df_5.1.pdf

8 Gobierno del Estado de México, Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Disponible en:

https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob. mx/files/files/pdf/ley/vig/leyvig022.pdf

9 Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez. Bando Municipal de Naucalpan de Juárez. Naucalpan de Juárez, Estado de México. Disponible en:

https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob. mx/files/files/pdf/bdo/bdo2025/bdo060.pdf

10 Cfr. Excelsior, 3 de octubre de 1968, año LII, t. V, n. 18,843, p.1. Citado en: González León, Daniel. Una mirada al sexenio de José López Portillo a través de la caricatura de Rogelio Naranjo en Proceso. Tesis de licenciatura, Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Estudios Superiores Acatlán, agosto 2015. Disponible en:

https://tesiunamdocumentos.dgb.unam.mx/ptd2015/agosto/0734771/0 734771.pdf

11 Redacción, “El cartón de Abel Quezada en el 68 que marcó época”. Excelsior, 3 de octubre del 2018. Disponible en:

https://www.excelsior.com.mx/nacional/el-carton-de-abel-quezada -en-el-68-que-marco-epoca/1269186

12 Julio Scherer García. Proceso. Disponible en:

https://www.proceso.com.mx/autor/julioscherergarcia.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Diputados: Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez (rúbricas).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



SE HAGA PÚBLICO UN INFORME QUE DETALLE EL ASEGURAMIENTO DE COMBUSTIBLE DE PROCEDENCIA ILEGAL REALIZADO EN MARZO DE 2025 EN EL PUERTO DE TAMPICO, TAMAULIPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semar, a la FGR, al SAT y a la ANAM a hacer público un informe que detalle el aseguramiento de combustible de procedencia ilegal realizado en marzo de 2025 en el puerto de Tampico, Tamaulipas, incluyendo, entre otros elementos, el volumen real de hidrocarburos ingresados al país, el destino final del combustible asegurado y el monto total de la evasión fiscal detectada, suscrita por los diputados Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez y el senador Luis Donaldo Colosio Riojas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien presenta, diputado Gibrán Ramírez Reyes, y quienes suscriben, senador Luis Donaldo Colosio Riojas y diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, realiza las siguientes

Consideraciones

La administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ha mostrado que durante el sexenio pasado se institucionalizó el huachicol fiscal. El aseguramiento de combustible ilegal en estados como Tabasco, Baja California, Sonora y Tamaulipas permitió revelar la existencia y operación de una estructura criminal compleja, integrada por actores públicos y privados que operan de manera coordinada. Particularmente el episodio de Tamaulipas evidencia componentes de corrupción estructural que se han vuelto más claros conforme avanza la revisión de hechos, documentos y vínculos criminales.

Este episodio comenzó en marzo de 2025 con uno de los aseguramientos de huachicol más relevantes de los últimos años, al decomisarse combustible de procedencia ilegal proveniente de Texas en el puerto de Tampico. De acuerdo con un comunicado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) se aseguraron 10 millones de litros de diésel en un operativo conjunto con la Secretaría de Marina, la Fiscalía General de la República, la Secretaría de la Defensa Nacional y la Guardia Nacional. El hecho fue aplaudido por el gobierno y el oficialismo como un cambio significativo en la estrategia de seguridad de la presidenta.

Sin embargo, meses después esta narrativa comenzó a desmoronarse. En mayo, una investigación periodística reveló documentos internos de la Secretaría de Marina que indicaban que el buque Challenge Procyon habría ingresado al puerto de Tampico con una carga cercana a los 20 millones de litros, el doble de lo informado oficialmente por la SSPC:

En una tarjeta informativa fechada el 18 de marzo, la Capitanía de Puerto de Tampico le reportó al comandante de la Primera Zona Naval, el vicealmirante Juan Carlos Vera Salinas, que la agencia consignataria del buque, Altamaritima, presentó un manifiesto de carga por 17 mil 459 toneladas de “aditivo para aceite lubricante”. La cantidad coincidiría, siguiendo la investigación, con lo reclamado vía juicios de amparo por la empresa que importó el huachicol desde Texas. Sobre esta diferencia del volumen, la Secretaría de Marina (Semar) publicó una tarjeta informativa en la que mencionaba que correspondía a la Fiscalía General de República (FGR) determinar la cantidad y el destino del combustible importado.

Fue hasta septiembre que la trama de corrupción derivó en la detención de 14 personas y reveló la participación directa de altos mandos de la Semar —como el vicealmirante Manuel Roberto y el contralmirante Fernando Farías Laguna, sobrinos políticos del exsecretario de Marina, Rafael Ojeda Durán—, quienes valiéndose de su influencia formaron una red de complicidad con la participación de subordinados, grandes empresarios y funcionarios de las aduanas.

En el huachicol fiscal pesan los afectos, las lealtades y las influencias, sólo así se explica el constante ir y venir de personas en esta red conforme cambian las autoridades. Sin embargo, detrás de estas maniobras también se esconde la violencia: medios de comunicación han documentado al menos siete homicidios vinculados a este fenómeno, entre ellos los de cuatro marinos, tres exfuncionarios federales de la Fiscalía General de la República y un integrante de la Agencia Nacional de Aduanas. Destaca el caso del contraalmirante Fernando Rubén Guerrero Alcántar, quien habría enviado una carta al entonces secretario Rafael Ojeda denunciando la red de huachicol fiscal en la que participaban sus sobrinos. Tras reunirse en octubre de 2025 con el nuevo secretario de Marina, fue asesinado apenas un mes después, durante sus vacaciones.

Este episodio, lejos de resolverse con transparencia y con el deslinde claro de responsabilidades, se ha enturbiado más. Una nueva investigación periodística reveló que, de acuerdo con documentos oficiales del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el buque Challenge Procyon sí transportaba aproximadamente 20 millones de litros de combustible ilegal, lo que habría implicado una evasión fiscal superior a los 190 millones de pesos.

El huachicol fiscal es una estructura criminal que, si bien no se originó en este sexenio, sí tuvo una reconfiguración distinta durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador al incorporar a la trama nuevos actores con códigos de actuación distintos y con el añadido del uso de la fuerza letal: la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina.

Estas revelaciones no sólo contradicen la versión oficial inicial, sino que profundizan las dudas sobre la actuación de las autoridades involucradas y la posible existencia de encubrimientos desde los más altos niveles.

La persistencia de versiones contradictorias, el deslinde de responsabilidades entre dependencias y la ausencia de información clara impiden conocer con certeza qué ocurrió, quiénes participaron y cuál fue el destino final del combustible total asegurado.

La magnitud de los hechos —que, conforme lo expuesto, involucran una evasión fiscal millonaria, redes criminales formadas desde la propia Semar y pérdida de vidas humanas— requiere una respuesta clara del Estado mexicano frente a la sociedad.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Marina, a la Fiscalía General de la República, al Servicio de Administración Tributaria y a la Agencia Nacional de Aduanas de México a hacer público un informe que detalle el aseguramiento de combustible de procedencia ilegal realizado en marzo de 2025 en el puerto de Tampico, Tamaulipas, incluyendo, entre otros elementos, el volumen real de hidrocarburos ingresados al país, el destino final del combustible asegurado y el monto total de la evasión fiscal detectada.

Notas

1 Erika Rosete, “Decomiso histórico en Tabasco: más de 3 millones de litros de huachicol en una finca”. El País, 30 de mayo del 2025. Disponible en:

https://elpais.com/mexico/2025-05-30/decomiso-historico-en-taba sco-mas-de-3-millones-de-litros-de-huachicol-en-una-finca.html. Y, Daniela Wachauf, “Crece decomiso de huachicol y droga en tractocamiones”. El Universal, 18 de enero del 2026. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/crece-decomiso-de-huachic ol-y-droga-en-tractocamiones/

2 Latinus, “El año del huachicol en México, desde la Marina hasta Miss universo”. 31 de diciembre del 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://latinus.us/mexico/2025/12/31/el-anio-del-huachicol-en-m exico-desde-la-marina-hasta-miss-universo-160484.html

3 Gobierno de México. Secretaría de Marina “En Tamaulipas se realizó el aseguramiento histórico de 10 millones de litros de hidrocarburo”. 31 de marzo de 2025. Disponible en HYPERLINK

https://www.gob.mx/semar/prensa/en-tamaulipas-se-realizo-el-ase guramiento-historico-de-10-millones-de-litros-de-hidrocarburo-394418

4 Iván Alamillo y Verónica Ayala “Documento de la marina confirma desaparición de 10 millones de litros de huachicol. Redes de corrupción. Mayo de 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://contralacorrupcion.mx/documento-de-la-marina-confirma-d esaparicion-de-10-millones-de-litros-de-huachicol/

5 Iván Alamillo y Verónica Ayala. “La marina decomisó 20 millones de litros de huachicol... Pero “desapareció” la mitad. Redes de corrupción. Abril 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://contralacorrupcion.mx/la-marina-decomiso-20-millones-de -litros-de-huachicol-pero-desaparecio-la-mitad/

6 Gustavo Castillo e Iván Evair “Comprobara FGR cantidad de combustible asegurado; Marina promete cero encubrimientos”, La jornada. Enero de 2026. Disponible en: HYPERLINK

https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/05/01/politica/comproba ra-fgr-cantidad-de-combustible-asegurado-marina-promete-cero-encubrimientos

7 Gobierno de México. Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana. “Gobierno de México refuerza la lucha contra la corrupción e impunidad con la detención de 14 implicados en el mercado ilícito de combustible”. Septiembre de 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://www.gob.mx/sspc/prensa/gobierno-de-mexico-refuerza-la-l ucha-contra-la-corrupcion-e-impunidad-con-la-detencion-de-14-implicados-en-el-m ercado-ilicito-de-combustible

8 Manuel Espino. “Han muerto siete marinos y funcionarios por huachicol”. El Universal. 10 de septiembre de 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/han-muerto-siete-marinos- y-funcionarios-por-huachicol/

9 Carlos Loret de Mola. “El contralmirante al cantar fue asesinado después de denunciar huachicol fiscal”. Latinus. Septiembre de 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://latinus.us/mexico/2025/10/20/fernando-farias-laguna-no- acude-su-audiencia-inicial-en-el-altiplano-cancelan-comparecencia-154803.html

10 Verónica Ayala e Iván Alamillo. “Confirma Sat: “huachicolearon” la mitad del decomiso gigante”. Redes de corrupción. Enero de 2026. Disponible en: HYPERLINK

https://contralacorrupcion.mx/confirma-sat-huachicolearon-la-mi tad-del-decomiso-gigante/

11 Pedro Domínguez. “Por malos manejos, Sedena y Marina se harán cargo de aduanas, dice AMLO”. Milenio. 17 de julio del 2020. Disponible en: HYPERLINK

https://www.milenio.com/politica/amlo-sedena-marina-control-adu anas-puertos-mexico

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Diputados: Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez (rúbricas).»

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.



EXHORTO A LA SRE Y A LA COMISIÓN PERMANENTE, A CONDENAR EL DESPLAZAMIENTO FORZADO Y LOS ATAQUES CONTRA CIVILES EN ALEPPO, SIRIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y a la Comisión Permanente a condenar el desplazamiento forzado y los ataques contra civiles en Aleppo, Siria, a cargo de la senadora Amalia García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, senadora Amalia Dolores García Medina, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura del Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

La paz no es una consigna abstracta, es el derecho concreto de los pueblos a vivir sin miedo.

Cuando una ciudad histórica —profundamente herida por más de una década de guerra— vuelve a ser sometida al fuego cruzado, al asedio y al desplazamiento forzado, la comunidad internacional no puede responder con indiferencia ni con fórmulas vacías. Aleppo, en el norte de Siria, se encuentra nuevamente en el centro de una espiral de violencia que ha cobrado vidas civiles, ha paralizado servicios esenciales y ha obligado a decenas de miles de personas a huir en pleno invierno.

De acuerdo con información de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la reanudación de hostilidades en Aleppo dejó al menos cinco civiles muertos y provocó el desplazamiento de alrededor de 30 mil personas, tras choques que se reactivaron a partir del 6 y 7 de enero de 2026 en zonas como Ashrafiyeh y Ash-Sheikh Maqsoud, afectando infraestructura civil y servicios de salud.

Se reportó la interrupción de operaciones de hospitales y la suspensión de vuelos en el aeropuerto internacional, en un contexto donde la población ya arrastra carencias acumuladas por años de conflicto.

La Secretaría General de la ONU, por conducto de su vocería ha reiterado un punto que México —por historia diplomática y por convicción humanista— debe asumir con claridad: todas las partes tienen la obligación, conforme al Derecho Internacional Humanitario, de proteger a la población civil y a la infraestructura civil, y deben desescalar de inmediato y retomar la vía política.

En particular, se ha llamado a reimpulsar compromisos de negociación y arreglos de seguridad bajo un mando nacional unificado que permitan garantías reales para todas las comunidades.

La dimensión humana de esta crisis no se mide sólo en cifras: se mide en familias que abandonan su casa con lo puesto, en niñas y niños expuestos a la intemperie, en mujeres obligadas a transitar corredores de evacuación bajo amenaza, en hospitales que cierran mientras aumenta la demanda de atención urgente.

Informes humanitarios de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (Ocha) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) describen desplazamientos masivos, alojamiento temporal en centros colectivos y mezquitas, y riesgos elevados de protección, particularmente en un entorno de bajas temperaturas y hacinamiento.

A ello se suma un factor brutal: el invierno no espera. Al cierre de diciembre e inicios de enero, tormentas de nieve afectaron a poblaciones desplazadas en el norte de Siria; se reportó que dos bebés murieron por frío extremo en campamentos, y decenas de miles de personas quedaron expuestas por daños en refugios precarios. Este dato no es accesorio: evidencia que cada día de escalada militar multiplica la vulnerabilidad y puede traducirse en muertes evitables por causas indirectas del conflicto.

No existe “normalidad” posible cuando la vida civil queda atrapada entre bombardeos, asedios, cierres de rutas y ataques a infraestructura esencial.

La protección de civiles no es optativa ni negociable: es una obligación bajo el Derecho Internacional Humanitario y un mínimo ético para cualquier transición política que pretenda legitimidad.

En este marco, es especialmente alarmante la denuncia pública de organizaciones de derechos humanos y redes civiles sobre abusos, malos tratos y desapariciones en el contexto de detenciones durante los enfrentamientos en barrios de Aleppo.

México ha sostenido —en foros multilaterales y en su política de derechos humanos— que la violencia contra las mujeres en contextos de guerra no es “daño colateral”: es una estrategia de dominación.

En Aleppo, distintas expresiones del movimiento de mujeres y organizaciones de mujeres sirias como Tevgera Jinen Azad (Movimiento de las Mujeres Libres) han denunciado que las agresiones incluyen violaciones a la dignidad humana y tratos degradantes, y han llamado a frenar los abusos contra la población civil.

Cuando se ataca a las mujeres por lo que representan —como sujetas políticas, como defensoras comunitarias, como cuidadoras y sostén de la vida— se busca quebrar el tejido social completo.

Por eso, una postura humanista y progresista debe nombrar la realidad con precisión, sin garantías para mujeres y niñas, no hay paz posible.

Nuestro país se rige por principios constitucionales en política exterior que privilegian la solución pacífica de controversias, el respeto al derecho internacional y la promoción de los derechos humanos.

En ese sentido, ante una escalada como la que se vive en Aleppo. México no debe callar ni mirar hacia otro lado, la neutralidad ante crímenes contra civiles no es prudencia es abandono.

Por ello, resulta pertinente exhortar a que el Estado mexicano, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores en los espacios multilaterales correspondientes, apoye un cese inmediato de hostilidades, exija acceso humanitario sin obstáculos, respalde los esfuerzos de la ONU para retomar negociaciones políticas, y promueva mecanismos internacionales de rendición de cuentas cuando existan denuncias verosímiles de violaciones graves al Derecho Internacional Humanitario.

Aleppo no es un tablero geopolítico son personas, es una ciudad donde conviven identidades, memorias y formas de vida que han resistido lo indecible. Permitir el desplazamiento forzado y la destrucción de infraestructura civil es aceptar que la guerra puede volver a instalarse como método de gobierno.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, a través de la representación permanente de México ante la ONU, emita una condena por los ataques y desplazamiento forzado de mujeres y población civil por parte del gobierno de transición sirio en Aleppo.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, a través de la representación permanente de México ante la ONU, presente ante el Consejo de Seguridad la situación de probable genocidio en los términos de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio por el desplazamiento forzado y los ataques a mujeres y población civil por parte del gobierno de transición de Siria.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión expresa su condena el desplazamiento forzado y los ataques contra población civil en la ciudad de Aleppo, Siria.

Notas

1 Naciones Unidas. (2026). Syria: Aleppo fighting leaves civilians dead, displaces thousands. Syria: Aleppo fighting leaves civilians dead, displaces thousands | UN News

2 Ibid.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Senadora Amalia Dolores García Medina (rúbrica).»

Se turna a la Primera Comisión: Asuntos políticos e internacionales.



SE IMPLEMENTEN Y FORTALEZCAN JORNADAS INFORMATIVAS NACIONALES SOBRE LOS FRENTES FRÍOS QUE AFECTAN AL PAÍS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, por conducto de la CNPC y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, a implementar y fortalecer jornadas informativas nacionales dirigidas a la población sobre los frentes fríos que afectan al país, a cargo del senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en el artículo 8, fracción II, del Reglamento del Senado de la República y en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que, por conducto de la Coordinación Nacional de Protección Civil, y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, implemente y fortalezca jornadas informativas nacionales dirigidas a la población referentes a los frentes fríos que afectan al país.

Exposición de Motivos

I. Los frentes fríos son fenómenos meteorológicos que se originan por el desplazamiento de masas de aire frío provenientes de latitudes altas hacia regiones con aire cálido. En México, estos sistemas se presentan principalmente durante la temporada invernal, que abarca de septiembre a mayo, y generan descensos bruscos de temperatura, vientos intensos, lluvias, heladas y, en algunas regiones, nevadas, aguanieve o eventos de “Norte”.

De acuerdo con información del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) y del Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), durante la temporada invernal 2025-2026 se pronosticó el ingreso de 48 frentes fríos, lo que confirma que no se trata de eventos aislados, sino de fenómenos recurrentes y previsibles que requieren acciones de prevención sistemáticas y coordinadas.

II. De acuerdo con datos de la Secretaría de Salud, tan sólo durante la presente temporada de frío 2025-2026 (SE41—SE11), hasta la fecha se notificaron 15 casos y cuatro defunciones asociadas a la temporada invernal, lo que equivale a una letalidad de 26.66 por ciento.

La dependencia federal advirtió que la exposición prolongada al frío intenso puede ocasionar síntomas como entumecimiento, somnolencia, pérdida de la visión, falta de coordinación, aturdimiento, estado de semiconciencia y sensación de hormigueo.

Asimismo, durante enero de 2026, el frente frío número 27, en interacción con otros sistemas meteorológicos, provocó condiciones de frío a gélido en amplias zonas del país, así como lluvias intensas, fuertes rachas de viento y eventos invernales en entidades del norte, noreste, centro, oriente y sureste.

Estados como Nuevo León, Chihuahua, Coahuila, Durango, Veracruz, Puebla, Estado de México, Chiapas y Tabasco registraron afectaciones que incluyeron descensos extremos de temperatura, interrupciones en la movilidad, suspensión de clases, riesgos a la infraestructura y presión adicional sobre los servicios de salud.

En entidades federativas se reportó la suspensión de clases en diversos municipios como medida preventiva ante los riesgos derivados de las condiciones meteorológicas adversas, lo que evidencia el impacto directo de estos fenómenos en la vida cotidiana de la población.

III. Los frentes fríos representan un riesgo directo para la salud pública, al incrementar de manera significativa los casos de enfermedades respiratorias agudas, especialmente entre niñas, niños, personas adultas mayores y personas con padecimientos crónicos.

Adicionalmente, durante el reciente frente frío número 27, diversos medios de comunicación nacionales reportaron el fallecimiento de personas en situación de vulnerabilidad en entidades del norte del país, en un contexto de temperaturas extremadamente bajas. Si bien autoridades locales han señalado que las causas de dichos decesos fueron catalogadas como naturales, estos hechos ponen de relieve la alta exposición al riesgo de ciertos sectores de la población ante las bajas temperaturas y la necesidad de reforzar acciones preventivas y de información oportuna.

Asimismo, se han documentado casos de intoxicación por monóxido de carbono en entidades del norte del país, derivados del uso de calefactores improvisados y anafres en espacios cerrados, lo que añade un riesgo adicional durante la temporada invernal.

IV. A pesar de la recurrencia y previsibilidad de los frentes fríos, persiste una brecha significativa de información clara, accesible y oportuna para la ciudadanía, lo que incrementa los riesgos, especialmente en comunidades rurales, zonas marginadas y entre personas en situación de calle.

La experiencia reciente demuestra que la información preventiva salva vidas. Jornadas informativas bien coordinadas permitirían que la población conozca:

• Qué son los frentes fríos y cómo afectan a cada región.

• Cuáles son los principales riesgos asociados.

• Qué medidas de autocuidado deben adoptarse.

• A qué autoridades o albergues acudir en caso de emergencia.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a través de la Coordinación Nacional de Protección Civil, cuenta con las atribuciones necesarias para liderar, en coordinación con sus homólogas estatales y municipales, una estrategia nacional de información preventiva que fortalezca la cultura de la prevención y reduzca riesgos evitables.

Los frentes fríos no sólo constituyen un fenómeno meteorológico, sino un factor de riesgo social, sanitario y económico. La pérdida de vidas humanas, aun cuando sea atribuida a causas naturales, obliga al Estado mexicano a anticiparse, informar y proteger a la población, particularmente a quienes se encuentran en situación de mayor de vulnerabilidad.

En este contexto, resulta impostergable reforzar las acciones de prevención mediante jornadas informativas nacionales, coordinadas y con enfoque territorial, que permitan mitigar impactos y fortalecer la capacidad de respuesta institucional. Por estas razones, someto a consideración de esta honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que, por conducto de la Coordinación Nacional de Protección Civil, y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, implemente y fortalezca jornadas informativas nacionales dirigidas a la población sobre los frentes fríos que afectan al país, incluyendo información clara y accesible sobre riesgos, medidas preventivas, uso seguro de calefactores, ubicación de albergues temporales y protocolos de atención a población en situación de vulnerabilidad, con el objetivo de reducir afectaciones a la salud y prevenir la pérdida de vidas humanas.

Notas

1 https://www.gob.mx/conagua/smn

2 https://www.gob.mx/cenapred

3 https://www.informador.mx/mexico/frente-frio-27-estas-son-las-victimas-mortales -que-ha-dejado-en-mexico- 20260113-0060.html

4 https://oem.com.mx/elheraldodechihuahua/policiaca/hallan-a-tres-personas-incons cientes-por-intoxicacion-por- monoxido-de-carbono-en-colonia-cuarteles-27656752

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.– Senador Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica).»

Se turna a la Segunda Comisión: Asuntos sociales.



EXHORTO A PEMEX, A REALIZAR EL PAGO INMEDIATO DEL INCREMENTO SALARIAL 2025 Y TRANSPARENTAR EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS DEL CAPÍTULO 1000 SERVICIOS PERSONALES

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Pemex, a realizar el pago inmediato del incremento salarial 2025 y transparentar el ejercicio de los recursos del capítulo 1000 Servicios Personales, suscrito por los diputados Ariana del Rocío Rejón Lara y Federico Döring Casar integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y Partido Acción Nacional, respectivamente.

Se turna a la Tercera Comisión: Asuntos económicos.