Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXVI Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputado Raúl Bolaños Cacho-Cué
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año III
Ciudad de México, miércoles 2 de septiembre de 2026
Sesión No. 4

SUMARIO


ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Desde la curul, interviene:

El diputado Roberto Sosa Pichardo, del PAN, hace referencia al informe de gobierno del gobernador del estado de Querétaro, Mauricio Kuri González

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de disponibilidad obligatoria de refacciones. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL

El diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de protección y bienestar animal. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL Y LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

El diputado José Manuel Hinojosa Pérez, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de colusión de servidores públicos con miembros del crimen organizado. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Ciudadana, para dictamen

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La diputada Rosalía León Rosas, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección frente a contenidos digitales y redes sociales violentas. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

El diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 386 Bis al Código Penal Federal, en materia de delito de fraude digital cometido contra adultos mayores. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La diputada Dora Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL

La diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de trazabilidad y seguridad nacional zoosanitaria. Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen

LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

La diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XI al artículo 49 y un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de protección de los derechos de las maestras y los maestros en procedimientos administrativos. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN

El diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de fortalecer el otorgamiento de contratos públicos bajo procedimientos de licitación pública. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR

La diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Educación Superior, en materia de fortalecimiento, enseñanza, preservación y reconocimiento académico de las lenguas indígenas nacionales.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL, DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, Y FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXTINGUE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, Y SE ABROGA SU LEY ORGÁNICA, PUBLICADO EN EL DOF EL 29 DE MAYO DE 2023

El diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c) del artículo transitorio segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, con el propósito de impulsar el establecimiento de pensiones equitativas. Se turna a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Bienestar, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

El diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 32 Bis, a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de precios comparables y prevención de descuentos fraudulentos en las ventas digitales. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

La diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de reconocimiento de la Madre Tierra. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Y CÓDIGO CIVIL FEDERAL

El diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y del Código Civil Federal, en materia de protección patrimonial del adulto mayor.Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Justicia, para dictamen

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

La diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a efecto de crear la figura del consejo consultivo del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XIV, al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho permanente a la representación política de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

El diputado Francisco Javier Estrada Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada Aremy Velazco Bautista, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de fortalecimiento normativo contra el robo carretero. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY DEL SEGURO SOCIAL, LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, LEY FEDERAL DEL TRABAJO, Y CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley Federal del Trabajo, y del Código Penal Federal, en materia de pensiones por violencia de género. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión

REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un numeral 3 al artículo 31 y reforma el numeral 1 del artículo 59 y el numeral 2 del artículo 62, del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de uso obligatorio de lengua indígena nacional, al inicio de las sesiones ordinarias. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión

EFEMÉRIDES

5 DE SEPTIEMBRE, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER INDÍGENA

Para referirse a la efeméride, participan:

-La diputada María de Fátima García León, de MC

-La diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del PRI

-La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del PT

-La diputada María del Carmen Nava García, del PVEM

-La diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado, del PAN

-La diputada Amalia López de la Cruz, de Morena

Desde la curul, intervienen:

-El diputado Emilio Ramón Ramírez Guzmán, de Morena, para denunciar hostigamiento laboral en contra de una maestra de la Universidad Intercultural de Chiapas

-La diputada Margarita García García, del PT, para referirse a los derechos de las mujeres indígenas, particularmente en Oaxaca

-La diputada María Isabel Rodríguez Heredia, del PAN, para pedir que se garantice el suministro de energía eléctrica por parte de la Comisión Federal de Electricidad en Yucatán

PROPUESTAS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DEL EJERCICIO DE LA LXVI LEGISLATURA

De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, se recibió el acuerdo por el que se establece el calendario legislativo correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año del ejercicio de la LXVI Legislatura.Aprobado. Comuníquese

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

En términos de los artículos 100, 102 y 299 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria. (Las iniciativas y proposiciones podrán ser consultadas en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Apéndice)



Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué



ASISTENCIA

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Solicito a la Secretaría informe el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: Señor presidente, se tienen registrados 409 diputadas y diputados; por lo tanto, hay quórum.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (11:20 horas): Se abre la sesión ordinaria del miércoles 2 de septiembre de 2026 en modalidad semipresencial.

ORDEN DEL DÍA

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Se informa a la asamblea que el orden del día se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en los dispositivos móviles de las y los diputados y contiene los asuntos a tratar en esta sesión.

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo:

«Primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.

Orden del día

Miércoles 2 de septiembre de 2026

Acta de la sesión anterior

Comunicaciones oficiales

Acuerdos de los órganos de gobierno

Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de trazabilidad y seguridad nacional zoosanitaria, a cargo de la diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 202 Ter al Código Penal Federal, en materia de violencia sexual digital contra niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Rosa Margarita Graniel Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 58 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor; el artículo 144 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y la fracción XI al artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de incentivos al consumo sustentable y protección contra prácticas comerciales abusivas, a cargo de la diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

De decreto por el que se declara el 29 de septiembre de cada año como Día Nacional de las y los Policías, a cargo de la diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XI al artículo 49 y un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de protección de los derechos de las maestras y los maestros en procedimientos administrativos, a cargo de la diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 91 Bis a la Ley General de Educación, en materia de protección de los derechos de las maestras y los maestros en procedimientos administrativos, a cargo de la diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y del Código Civil Federal, en materia de protección patrimonial del adulto mayor, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XIV al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho permanente a la representación política de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones al artículo 61 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para fortalecer el régimen de seguridad social del personal de seguridad pública mediante la creación de esquemas de becas educativas para sus hijas e hijos, así como coberturas complementarias para sus familias o personas beneficiarias en caso de fallecimiento o incapacidad total o permanente derivada del cumplimiento de sus funciones, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 50 Bis de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de salvaguardar su vida al transitar por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción VIII del artículo 208 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de salvaguardar la vida de los trabajadores del estado que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción IX del artículo 251 de la Ley del Seguro Social, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de salvaguardar la vida de las y los trabajadores que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un Título Vigésimo Séptimo al Código Penal Federal, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción VI del artículo 2o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de actualización de terminología, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 74 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de actualización de terminología, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 74 Ter de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de actualización de terminología y condiciones mínimas de seguridad, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de la sal artesanal, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Servicio Postal Mexicano, en materia de armonización normativa y actualización institucional, para cambia la referencia de Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Servicio Postal Mexicano, para especificar que el Servicio Postal Mexicano también es conocido comercial e institucionalmente como Correos de México, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción LVII del artículo 3o. y adiciona los artículos 82 Bis 1 y 82 Bis 2 de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de uso, aprovechamiento y descarga de aguas nacionales para la acuacultura y la camaronicultura, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción VI del artículo 282 de la Ley Federal de Derechos, en materia de uso, aprovechamiento y descarga de aguas nacionales para la acuacultura y la camaronicultura, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma las fracciones III y IV del artículo 63 de la Ley General de Turismo, en materia de sustentabilidad y eficiencia energética en el sector turístico, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XIX del artículo 3o. de la Ley General de Turismo, en materia de uso responsable y eficiente del agua en la actividad turística, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 15 de la Ley General de Turismo, en materia de promoción de artesanías y fortalecimiento de las economías locales, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 22 de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de armonización normativa y actualización institucional, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de armonización normativa y actualización institucional, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 51 de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de armonización normativa y actualización institucional, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 23 de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de educación y sensibilización para la conservación de la vida silvestre, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción X al artículo 5o. de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de protección y conservación de especies polinizadoras, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de gestión sustentable de residuos tecnológicos y de energías renovables, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción VII al artículo 26 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de gestión integral de residuos ante emergencias y desastres, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XII del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de acceso al primer empleo de las personas jóvenes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XII Bis, al artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de orientación vocacional y profesional de las personas jóvenes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción VIII al artículo 3 Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de educación financiera de las personas jóvenes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XXVII del artículo 4o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en materia de fortalecimiento y preservación de la producción artesanal, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XXXIX del artículo 4o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en materia de protección de las expresiones artesanales de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los incisos f) y g) de la fracción II del artículo 12 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en materia de armonización de la estructura de la administración pública federal, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los incisos h) e i) de la fracción I del artículo 28 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en materia de armonización de la estructura de la administración pública federal, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XII del artículo 3o. de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de protección y reconocimiento de las expresiones artesanales tradicionales, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XIV al artículo 35 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de protección del patrimonio cultural en entornos digitales, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 40 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de preservación y transmisión intergeneracional de conocimientos, técnicas y expresiones culturales tradicionales, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un numeral 3 al artículo 31 y reforma el numeral 1 del artículo 59 y el numeral 2 del artículo 62 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de uso obligatorio de lengua indígena nacional al inicio de las sesiones ordinarias, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 14 de la Ley Federal de Cine y el Audiovisual, en materia de formación cinematográfica y audiovisual de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción IX, recorriéndose la subsecuente en su orden, al artículo 36 de la Ley Federal de Cine y el Audiovisual, en materia de promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en materia de reducción del plazo de permanencia de la información crediticia y fortalecimiento de los derechos de los clientes de las sociedades de información crediticia, a cargo del diputado Julio César Moreno Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona tres párrafos al artículo 69-B Ter del Código Fiscal de la Federación, en materia de fortalecimiento de la figura de tercero colaborador fiscal, a cargo de la diputada Aremy Velazco Bautista, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de fortalecimiento normativo contra el robo carretero, a cargo de la diputada Aremy Velazco Bautista, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el párrafo décimo del artículo 4o., el párrafo tercero del artículo 6o. y el párrafo segundo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento y protección de la identidad digital, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley Federal del Trabajo y del Código Penal Federal, en materia de pensiones por violencia de género, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 5 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de relaciones de consumo derivadas de servicios educativos proporcionados por particulares, a cargo de la diputada Blanca Araceli Narro Panameño, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 65 Bis 7 y se adiciona el artículo 65 Bis 8 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de prevención de la recepción de bienes de procedencia ilícita por las casas de empeño, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de responsabilidad por omisión en la conservación, mantenimiento y señalización de infraestructura vial y de armonización de la legislación penal de las entidades federativas, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona los Apartados A, B, C, D y E al artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de prevención, atención y reparación del matrimonio infantil y las uniones tempranas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 4o. párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Elena Edith Segura Trejo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XXI, del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Elena Edith Segura Trejo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 513, 514 y 515 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Elena Edith Segura Trejo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de delitos de índole sexual en niñas, niños o adolescentes para que en la recepción del testimonio de la víctima pueda usarse herramientas tecnológicas, con la finalidad de proteger sus derechos fundamentales, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción IX Ter al artículo 34 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de protección del mínimo vital frente a la violencia económica y patrimonial, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un Capítulo VIII Bis, denominado Del uso Responsable de Sistemas de Inteligencia Artificial en los Servicios Consulares, integrado por los artículos 46 Bis, 46 Ter, 46 Quáter, 46 Quinquies, 46 Sexies, 46 Septies, 46 Octies, 46 Nonies y 46 Decies, a la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la denominación del Capítulo II del Título Noveno y adiciona una fracción XVII al Apartado A del artículo 11 Bis y los artículos 211 Bis 8 a 211 Bis 14 al Código Penal Federal, en materia de tipificación de ciberataques y delitos informáticos, en armonización con los estándares internacionales en la materia, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción V Ter al artículo 3o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de definición de la ciencia ciudadana, en armonización con los estándares internacionales de ciencia abierta, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencia menstrual, a cargo de la diputada Rafaela Vianey García Romero, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de disponibilidad obligatoria de refacciones, a cargo de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona la fracción IX al artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de fortalecimiento de los mecanismos de atención y protección consular de las personas mexicanas en el exterior, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo segundo al artículo 39 de la Ley General de Protección Civil, con el objeto de salvaguardar la integridad de la comunidad escolar, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un segundo párrafo al numeral 2 del artículo 256 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de proporcionalidad en la fiscalización de campañas electorales a personas candidatas al Poder Judicial, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 508 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de propaganda electoral para las personas candidatas al Poder Judicial, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el numeral 3 al artículo 519 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, con el objeto de garantizar el principio de equidad en las campañas de elección judicial, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el numeral 3 al artículo 509 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, con el objeto de garantizar el principio de laicidad en la elección a personas juzgadoras, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el numeral 3 al artículo 371 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, con el objeto de eliminar el requisito de dispersión territorial seccional de apoyos ciudadanos en las candidaturas independientes a diputaciones federales, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de prevención y atención de la violencia filio-parental, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el numeral 4 al artículo 515 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de diferenciación e identificación de boletas en elecciones judiciales concurrentes, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

De decreto por el que se declara el 27 de febrero de cada año como el Día Nacional en Memoria de las Víctimas de la Covid-19, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

De decreto por el que se declara el 7 de diciembre de cada año como el Día Nacional del Trailero, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 59 de Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes; adiciona la fracción VII al artículo 86 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; se reforma la fracción XI del artículo 12 de la Ley General de Víctimas, en materia de delitos de índole sexual en niñas, niños o adolescentes para que la recepción del testimonio de la víctima pueda usarse herramientas tecnológicas, con la finalidad de proteger sus derechos fundamentales, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XXVIII Bis al artículo 1-Bis y una fracción VI Bis al artículo 2o. de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de diplomacia científica y tecnológica, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción IX al artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de asistencia consular a personas mexicanas acompañadas de animales de compañía en situaciones de emergencia, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de gobernanza constitucional del desarrollo científico, biomédico y tecnológico aplicado a la reproducción humana, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XXXII al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose en su orden la subsecuente, en materia de materiales biológicos humanos, la evolución de las ciencias de la vida y la necesidad de incorporar una respuesta constitucional, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 225 de la Ley General de Salud, en materia de accesibilidad de los medicamentos para las personas con discapacidad visual, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de ampliación de la licencia de paternidad, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que deroga el artículo 158 del Código Civil Federal, en materia de matrimonio, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, en materia de armonización respecto a las normas declaras inválidas por la sentencia de la SCJN en la acción de inconstitucionalidad publicada en el DOF el 27 de mayo de 2016, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de recuperación del paisaje, a cargo de la diputada Karla Patricia Sánchez Rodelo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 308 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 265 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo segundo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con el objeto de prevenir y sancionar la autorización indebida de asentamientos humanos y desarrollos urbanos en zonas de riesgo alto o muy alto, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de combate a la publicidad engañosa sobre venta y alquiler de inmuebles en supuestas playas privadas, a cargo de la diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad mexicana exclusiva, a cargo de la diputada María del Rosario Orozco Caballero, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales, a cargo del diputado Francisco Javier Estrada Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de retiro de cableado e infraestructura de telecomunicaciones en desuso, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, en materia de protección de niñas, niños y adolescentes frente a la operación de máquinas tragamonedas, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional y de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona los artículos 97, 99 y 100 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y adiciona el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 248 Bis y adiciona los artículos 248 Ter y 248 Quater al Código Penal Federal, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los Diputados del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 10 y 27 de la Ley General de Desarrollo Social y 7o. de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 30 y 78 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia y rendición de cuentas de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Que reforma los artículos 335 y 340 y adiciona un artículo 335 Bis al Código Penal Federal, en materia abandono de personas adultas mayores, y personas con discapacidad, suscrita por la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que expide la Ley Federal para el Uso Responsable por Menores de Edad de la Inteligencia Artificial como Rama Avanzada de las Tecnologías de la Información, suscrita por el diputado Luis Agustín Rodríguez Torres y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Que adiciona el artículo 14-A de la Ley Federal de Derechos, suscrita por el diputado Luis Agustín Rodríguez Torres y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 220-A de la Ley Federal de Derechos, en materia de derechos sobre la tasa de los ingresos brutos por servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales, suscrita por el diputado Luis Agustín Rodríguez Torres y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 179 y 180 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de acceso de las personas jóvenes trabajadoras a su primer crédito de vivienda, suscrita por el diputado Armando Tejeda Cid y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, suscrita por el diputado César Israel Damián Retes, y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del artículo 17 Ter de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado César Israel Damián Retes y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 34 Bis a la Ley General de Salud, para establecer el derecho al reembolso por medicamentos e insumos no suministrados, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona al Código Penal Federal, en materia de denuncia falsa dolosa y protección de la presunción de inocencia, suscrita por el diputado José Alfonso Rubalcava Jiménez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 116 Bis de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de fortalecimiento de las policías locales, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de garantía de suministro y continuidad terapéutica, suscrita por la diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de fortalecer el otorgamiento de contratos públicos bajo procedimientos de licitación pública, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de colusión de servidores públicos con miembros del crimen organizado, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a efecto de crear la figura del Consejo Consultivo del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de reconocimiento de la madre tierra, a cargo de la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona un artículo 135 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de protección de cactáceas y vegetación xerófila, a cargo de la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Educación Superior, en materia de fortalecimiento, enseñanza, preservación y reconocimiento académico de las lenguas indígenas nacionales, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de protección y bienestar animal, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de atención geriátrica integral, prevención de la dependencia y continuidad de los servicios de salud, a cargo de la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección frente a contenidos digitales y redes sociales violentas, a cargo de la diputada Rosalía León Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y deroga diversas disposiciones del artículo 26 de la Ley del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Planeación, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de turismo comunitario, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de fomento, regulación y protección de la actividad artesanal tradicional en zonas turísticas arqueológicas, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de regulación, responsabilidad y sanción de los servicios de arrastre, salvamento y depósito vehicular, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que se reforma el inciso c del artículo transitorio segundo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, con el propósito de impulsar el establecimiento de pensiones equitativas, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 42 Bis y 43 de la Ley de Aviación Civil, con el propósito de procurar para las personas con discapacidad y adultos mayores descuentos de hasta el 50 por ciento en el costo de las tarifas de transporte aéreo de pasajeros, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con el propósito de generar condiciones para garantizar la cobertura del seguro y primas de reaseguro para la gestión de riesgos en el sector rural, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley de la Comisión Nacional de Energía, con el propósito de promover la generación de energías limpias, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de beneficios a residentes en autopistas, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 260 del Código Penal Federal, en materia de abuso sexual, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de neurodivergencia, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de neurodivergencia, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, en materia de tarifas especiales para servicios de uso doméstico, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de cierre y salida de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho al agua, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Educación, en materia de certificación y formación de docentes en lenguas indígenas, a cargo del diputado José Alejandro López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona un artículo 22 Bis a la Ley de Planeación y un artículo 77 Bis a la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de acción u omisión intencional de violencia a la mujer, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de fortalecimiento de las obligaciones del Estado para garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Economía Circular y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de economía circular metropolitana, infraestructura regional y empleo verde, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona un artículo 85 Bis a la Ley General de Educación, en materia de garantía de acceso universal y gratuito a internet en escuelas públicas, a cargo del diputado Wblester Santiago Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 361 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona un artículo 389 Ter al Código Penal Federal, en materia de protección contra fraudes en la búsqueda de empleo, a cargo del diputado José Alejandro López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 10 y 16 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en materia de acceso a la salud intercultural, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 71 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de pensión para ascendientes no directos, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de precios comparables y prevención de descuentos fraudulentos en las ventas digitales, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de inclusión digital, diversidad cultural y lingüística de estudiantes de comunidades rurales e indígenas, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 27 Bis a la Ley de Minería, en materia de monitoreo ambiental y de salud en zonas de actividad minera, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de protección del turismo cultural y de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, en materia de creación de la categoría de cooperativas sustentables y de transición ecológica, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 1o. de la Ley de Inversión Extranjera, en materia de proveeduría nacional y desarrollo industrial regional, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 58 y 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de transparencia en las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, en materia de presupuesto mínimo obligatorio para la atención y reparación integral de las víctimas, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de creación del Fondo Nacional de Prevención y Reducción de Riesgos, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de trazabilidad y compra certificada de materias primas y productos forestales, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Vida Silvestre, en materia de tipificación y sanción del delito de crueldad animal y zoofilia, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, en materia de armonización legislativa con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, en materia de armonización legislativa con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de armonización legislativa con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Salud, en materia de personas cuidadoras, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 211 Bis 7 del Código Penal Federal, en materia de comercialización y divulgación indebida de información obtenida mediante acceso ilícito a sistemas y equipos informáticos, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 153 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de protección de la comunidad en la imposición de medidas cautelares, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, en materia de protección reforzada de datos personales de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 386 Bis al Código Penal Federal, en materia de delito de fraude digital cometido contra adultos mayores, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de ampliación de licencias de paternidad en caso de fallecimiento de la madre, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 46, 48 y 52 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de finiquito seguro, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, en materia de tarifas aéreas y protección de las personas pasajeras, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de armonización legislativa con la Comisión Federal de Competencia Económica, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De decreto por el que se declara el 23 de abril de cada año como Día Nacional del Movimiento Scout, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 19 y 20 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, en materia de homologación normativa, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 18 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de homologación normativa, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de homologación normativa, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, en materia de homologación normativa, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de homologación normativa, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 190 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de notificaciones por estrados, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para garantizar el mínimo vital de cien litros de agua, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 330 de la Ley General de Salud, recorriéndose el subsecuente párrafo en el mismo orden, en materia de trasplante de órganos, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 60 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de simplificación administrativa, certeza jurídica y eficiencia en la gestión de trámites urbanísticos, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el párrafo primero del transitorio segundo del decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 10 de abril de 2026, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal Federal, en materia de regulación de las plataformas de redes sociales frente al sano desarrollo de la niñez, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de garantía del principio de neutralidad en la imagen institucional, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de restricción para la contratación de deuda pública de los estados, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 52 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de prevención de donaciones económicas de procedencia ilícita, a cargo del diputado Emilio Lara Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de enseñanza de la Lengua de Señas Mexicana, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 159 de la Ley General de Salud, en materia de inclusión del tamiz cardiológico universal, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de reasignaciones presupuestarias, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de promoción de la minería urbana y el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las Entidades Públicas, publicado en el DOF el 10 de abril de 2026, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 79 Bis a la Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura, en materia de trazabilidad del café, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de gastos de cuidado de personas adultas mayores, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención humana, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de regulación, supervisión y seguridad en la atención residencial de las adicciones, a cargo del diputado Pablo Vázquez Ahued, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 56 y 86 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo de igual valor, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 200 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de igualdad salarial en el trabajo en buques, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 234 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de igualdad salarial del trabajo de las tripulaciones aeronáuticas, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 253 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de igualdad salarial del trabajo ferrocarrilero, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 257 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de igualdad salarial del trabajo de autotransportes, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 307 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de igualdad salarial de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 353-N de la Ley Federal del Trabajo, en materia de igualdad salarial del trabajo en las universidades e instituciones de educación superior autónomas por ley, a cargo de la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 68 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de días de descanso obligatorio, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de postulación responsable, debida diligencia y prevención de injerencias ilícitas en las candidaturas, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de prevención de efectos inhibitorios sobre la libertad de expresión, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención materno-infantil y muerte súbita e inesperada en lactantes, suscrita por las diputadas Patricia Flores Elizondo y Amancay González Franco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de designación de beneficiarios ante el fallecimiento del titular de la cuenta, a cargo del diputado Tecutli José Guadalupe Gómez Villalobos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro y la Ley General de Bibliotecas, en materia de lectura y servicios bibliotecarios digitales, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda y de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, en materia de garantías para el acceso de personas jóvenes a la vivienda, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de institutos municipales de planeación, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en materia de vivienda asequible orientada al transporte, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Efeméride

En conmemoración del Día Internacional de la Mujer Indígena, a cargo de los grupos parlamentarios.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la ASEA, a la CRE, a la Fiscalía General del Estado de Morelos, al Gobierno del estado de Morelos y al Ayuntamiento de Cuernavaca, a revisar los protocolos de verificación y autorización de transporte de Gas LP., se determinen de manera pronta las sanciones administrativas y penales contra la empresa Tomza Gas Titanium S.A. de C.V., tras el siniestro en la Colonia las Granjas de la Ciudad de Cuernavaca, Morelos; así como garantizar que los acuerdos reparatorios realizados por la fiscalía del estado no eximan de responsabilidad penal a los responsables; así como revisar la operación de las unidades de distribución de GAS LP en todo el estado de Morelos, a cargo de la diputada Magda Erika Salgado Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la CFE, a la Sener y a la CNE, a fortalecer la infraestructura de transmisión y distribución de energía eléctrica y a implementar acciones para garantizar la continuidad, calidad y confiabilidad del suministro eléctrico en el estado de Veracruz, a cargo de la diputada Claudia Quiñones Garrido, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a transparentar, auditar y adoptar acciones urgentes para concluir y poner en operación La Central de Ciclo Combinado Lerdo, en Durango, ante su prolongado retraso y presunta parálisis operativa; así como a proteger el interés público y atender la situación de las Empresas Mexicanas Subcontratista, a cargo del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a diversas autoridades, a agilizar las carpetas de investigación y a fortalecer la supervisión de academias e internados privados, derivado de hechos de violencia, agresiones físicas y psicológicas, cobros indebidos y homicidios ocurridos al interior de dichos planteles, a cargo del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a salvaguardar la vida y la integridad de pacientes y personal del Hospital General Dr. Fernando Ocaranza del ISSSTE, en Hermosillo, Sonora, a cargo del diputado Luis Agustín Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a la SHCP, a garantizar y resolver de manera prioritaria el rezago en el pago de la gratificación por jubilación (concepto 63) a las y los trabajadores jubilados del subsistema de educación media superior, suscrito por diversas diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la CFE, a realizar una revisión integral, mantenimiento y fortalecimiento de la infraestructura eléctrica en el municipio de Mexicali, Baja California, a fin de prevenir interrupciones masivas en el suministro de energía eléctrica y garantizar la seguridad de la población, a cargo de la diputada Eva María Vásquez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la CRT, en coordinación con los proveedores del servicio de telefonía móvil, a implementar campañas de orientación, apoyo y acompañamiento dirigidas a las personas adultas mayores y demás personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, a fin de facilitar el registro de sus líneas telefónicas, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez, del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades en el estado de Zacatecas, a realizar las acciones pertinentes en materia de seguridad para pacificar dicha entidad y los estados colindantes, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas de las entidades federativas y a sus autoridades hacendarias, a revisar la procedencia y proporcionalidad de los gravámenes estatales aplicables a los vehículos de autotransporte federal con placas federales, a cargo de la diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a analizar la conveniencia de los requisitos zoosanitarios aplicados al ingreso de perros de compañía provenientes de los Estados Unidos de América, a evaluarlos de manera periódica y a fortalecer su operación en los cruces fronterizos terrestres, a cargo del diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASF, a fiscalizar de manera prioritaria y exhaustiva el ejercicio de los recursos públicos federales transferidos a los municipios del estado de Oaxaca que se encuentran o hayan estado bajo el régimen de comisionado municipal o consejo municipal interino, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a implementar y fortalecer un esquema de gratuidad o apoyo económico para el transporte público de las y los estudiantes de educación primaria, secundaria y media superior durante el periodo escolar, priorizando a quienes se encuentren en condiciones de vulnerabilidad económica, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a revisar la legalidad en materia de comercio exterior, fiscal y presupuestaria del proyecto de remuneración compensatoria por copia privada, así como su compatibilidad con la Ley de Comercio Exterior y el tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, antes de establecer un cobro obligatorio sobre la importación y comercialización de dispositivos tecnológicos, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias del Edomex, a fortalecer las acciones de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas y no localizadas, así como las investigaciones, acciones de prospección, análisis de contexto, prevención del delito, vigilancia y seguridad en la zona conocida como Triángulo de las Bermudas, ubicada en el oriente de dicha entidad federativa, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a garantizar las condiciones de seguridad necesarias para el desarrollo del proceso electoral concurrente 2026-2027, instalar una mesa de seguridad electoral de carácter permanente; y fortalecer la prevención, investigación y sanción de los delitos electorales y de la violencia política, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR y las 32 fiscalías y procuradurías de las entidades de la república, a realizar mesas de trabajo, a fin de conformar un protocolo homologado de investigación y persecución del delito de feminicidio, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Conasama, a realizar una revisión técnica integral de la NOM-028-SSA2-2009, para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, y a valorar su actualización con el fin de fortalecer los mecanismos de protección de los derechos humanos, a cargo del diputado Pablo Vázquez Ahued, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la Conasama y a las autoridades sanitarias de las 32 entidades federativas, a elaborar y publicar un diagnóstico nacional sobre los centros de rehabilitación y tratamiento de adicciones, que incluya información sobre sus condiciones de operación, supervisión y factores de riesgo para la seguridad de las personas usuarias, a cargo del diputado Pablo Vázquez Ahued, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Profepa, a suspender de manera inmediata cualquier aprovechamiento forestal irregular y a realizar una inspección en los terrenos del ejido San Rafael Tecario, Municipio de Tacámbaro, Michoacán, a fin de verificar el cumplimiento del programa de restauración ecológica ordenado en 2025, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de protección civil del estado de Sonora y al ISSSTE, a implementar de manera inmediata las medidas necesarias para la evacuación y cierre del Hospital Dr. Fernando Ocaranza del citado Instituto en Hermosillo, Sonora, ante las 42 observaciones críticas no solventadas que representan un riesgo inminente para la vida y seguridad de pacientes y trabajadores, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, Conagua y la Profepa, a adoptar medidas urgentes para atender la contaminación del corredor industrial del Río Lerma, sancionar a las industrias responsables de descargas irregulares, así como a garantizar el derecho al agua limpia y a un medio ambiente sano de las comunidades ribereñas a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, Conagua, Profepa, y Secretaría de Salud, a adoptar medidas urgentes para atender la crisis ambiental y sanitaria de la cuenca del Alto Atoyac, sancionar a las industrias responsables de descargas irregulares y proteger la salud de las comunidades de Puebla y Tlaxcala, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, en virtud de encontrarse publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes primero de septiembre de dos mil veintiséis, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.

Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de cuatrocientos setenta y dos diputadas y diputados, a las diecinueve horas con veintisiete minutos del martes primero de septiembre de dos mil veintiséis, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del orden del día.

La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, mismo que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.

Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

La Presidencia, de conformidad a lo establecido en el artículo noventa y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión preparatoria del día treinta y uno de agosto de dos mil veintiséis, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria. En votación económica, se dispensa su lectura, y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se aprueba.

Comunicaciones.

Se da cuenta con comunicaciones oficiales:

a) De la Comisión Permanente por la que remite las siguientes iniciativas con proyecto de decreto que remitió la presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, doctora Claudia Sheinbaum Pardo, a saber:

• Por el que se reforman y adicionan los artículos ochenta y dos, ciento dieciséis, y ciento veintidós de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad única para el ejercicio de la titularidad de los Poderes Ejecutivos federal y locales. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Por el que se expide la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

b) De la Mesa Directiva, por la que informa que, de conformidad con lo que establecen los artículos setenta y tres, y setenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, realizó modificación de turno a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se modifica el trámite para quedar como sigue: Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. Actualícense los registros parlamentarios.

c) De las diputadas, por la que solicitan el retiro de iniciativa con proyecto de decreto, las cuales se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria, a saber:

• María Isidra de la Luz Rivas, del Partido del Trabajo, por el que se reforma el artículo doscientos dieciséis Ter a la Ley General de Salud, para prohibir el uso del colorante Rojo Número 3 FD&C (también llamado eritrosina);

• Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley General de Salud, y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reconocimiento y protección integral a las personas cuidadoras;

• Celeste Mora Eguiluz, de Morena, por el que se reforma el artículo treinta y seis de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de incorporación de la conectividad digital como indicador de medición de la pobreza; y

• Rocío Adriana Abreu Artiñano, de Morena, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de disponibilidad obligatoria de refacciones.

Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.

d) De la diputada y los diputados, por la que informan la reincorporación a sus actividades legislativas:

• Gricelda Valencia de la Mora y Luis Humberto Fernández Fuentes, ambos de Morena, a partir del veintiséis de agosto del año en curso;

• Luis Morales Flores, de Morena, a partir del treinta y uno de agosto del año en curso; y

• José Narro Céspedes y Gilberto Herrera Ruiz, ambos de Morena, a partir del primero de septiembre del año en curso.

De enterado. Actualícense los registros parlamentarios.

e) De la Coordinación del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por la que informa la incorporación a su bancada, del diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente, a partir del veintisiete de agosto del año en curso.. De enterado, actualícense los registros parlamentarios.

f) De la Coordinación del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por la que informa la incorporación a su bancada, del diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, a partir del veintiséis de agosto del año en curso.. De enterado, actualícense los registros parlamentarios.

g) Del Congreso del Estado de Sinaloa, por el que informa que, mediante acuerdo aprobado, ha tenido a bien nombrar a la ciudadana Graciela Domínguez Nava, como gobernadora interina del estado de Sinaloa. De enterado.

h) Del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, por la que remite las modificaciones al Calendario de Publicación de Información de Interés Nacional del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica dos mil veintiséis, aprobado por la Junta de Gobierno. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para su conocimiento.

i) Del Instituto Mexicano del Seguro Social, por la que remite el segundo Informe trimestral dos mil veintiséis, sobre la composición y situación financiera de sus inversiones. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Social, y de Trabajo y Previsión Social, para su conocimiento.

j) De los Servicios de Salud del Estado de San Luis Potosí, por la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para intensificar campañas de salud en contra de las adicciones. Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

Toma de protesta de legisladora.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del salón de sesiones, la ciudadana Edith Carolina Anda González, diputada federal electa en la primera circunscripción plurinominal, designa una comisión de cortesía para que la acompañe en su ingreso al interior de este Recinto Legislativo, acto seguido, rinde protesta de ley y entra en funciones.

Acuerdos de órganos de gobierno.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas de las curules, Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establecen las normas para llevar a cabo el Análisis del Segundo Informe de Gobierno de la presidenta de la República, doctora Claudia Sheinbaum Pardo. En votación económica, se aprueba.

Se continúa con comunicaciones.

k) De la Cámara de Senadores, por la que remite las siguientes iniciativas con proyecto de decreto:

• Por el que se reforma el artículo ciento ochenta y seis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se reforman los artículos tres y ciento treinta y tres de la Ley Federal del Trabajo, se reforman y adicionan los artículos cuarenta F y cuarenta G de la Ley del Seguro Social, y se reforma el artículo nueve de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación, presentada por el senador José Máximo García López, del Partido Acción Nacional.

• Por el que se adiciona una fracción al artículo ciento cincuenta y uno de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, del Partido Acción Nacional.

• Por el que se adiciona el Título Octavo a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, denominado "Régimen de Estímulo y Respaldo Artesanal (RERA)", presentada por la senadora Virginia Magaña Fonseca, del Partido Verde Ecologista de México.

• Por el que se reforman los artículos setenta y nueve, fracción seis, y ciento ochenta y seis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por la senadora Karla Guadalupe Toledo Zamora, del Partido Revolucionario Institucional.

• Por el que se reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Partido Revolucionario Institucional.

• Por el que se reforma el artículo setenta y cuatro - B, y se adiciona el artículo setenta y cuatro - C de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por la senadora Laura Estrada Mauro, de Morena.

• Por el que se reforman los párrafos segundo y tercero del artículo ciento ochenta seis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Armando Ayala Robles, de Morena.

• Por el que se adiciona un artículo ciento ochenta y seis Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Partido Revolucionario Institucional.

• Por el que se reforman los artículos dos y cinco, y se adiciona un inciso j), a la fracción uno del artículo ocho de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por la senadora Beatriz Mojica Morga, de Morena.

• Por el que se adiciona un artículo ciento trece Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Partido Revolucionario institucional.

• Por el que se adiciona un artículo ciento ochenta y seis Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por la senadora Michel González Márquez, del Partido Acción Nacional.

Se turnan a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Clausura de la sesión.

La Presidencia levanta la sesión a las diecinueve horas con cuarenta y nueve minutos y cita para la próxima que tendrá lugar, el día de mañana miércoles dos de septiembre de dos mil veintiséis, a las once horas, en modalidad semipresencial, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas, por medio de la aplicación instalada en los teléfonos móviles y en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: En votación económica, consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Gracias. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Aprobada el acta.

Ha solicitado el uso de la palabra el diputado Roberto Sosa Pichardo. ¿Con qué objeto?

El diputado Roberto Sosa Pichardo(desde su curul): Para reconocimiento, señor presidente.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: ¿Sería por hechos?

El diputado Roberto Sosa Pichardo> (desde su curul): Por hechos.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Adelante, hasta por un minuto.

El diputado Roberto Sosa Pichardo (desde su curul): Muchas gracias. Querétaro es, sin duda, una historia de éxito que tiene que ser contada en este país. En esta semana, nuestro gobernador, Mauricio Kuri González, está rindiendo su informe de resultados a las y los queretanos. Cinco años de mucho trabajo, pero, por supuesto, de muchos resultados.

Querétaro es el estado que más inversión privada recibe en este país y es referente en muchos rubros, como en seguridad, educación, salud, transparencia y rendición de cuentas. Cero observaciones tiene el gobierno del estado desde que empezó esta gestión por parte de la Auditoría Superior de la Federación. Empleo formal, entre otros.

Por eso, desde aquí, felicito al gobernador Mauricio Kuri González y a todo su equipo de trabajo por su gran gestión. Querétaro, sin duda, es una historia de éxito que tiene que ser contada en todo nuestro país. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputado. Ha solicitado también el uso de la palabra la diputada María Isabel Rodríguez Heredia. ¿Con qué objeto, diputada? ¿Diputada Rodríguez, con qué objeto? Ha declinado la solicitud la diputada Rodríguez.

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: El siguiente punto del orden del día es el capítulo de iniciativas. Tiene la palabra la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de disponibilidad obligatoria de refacciones.

La diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano: Muy buenos días, compañeras y compañeros. Estoy aquí para comentar y, sobre todo, para trabajar en una iniciativa para resolver problemas y proteger los derechos del lado de la gente cuando existe una desigualdad entre personas consumidoras de una empresa.

Materia de la iniciativa de hoy que quiero compartir con ustedes en México lleva una transformación profunda, necesaria en materia de movilidad. Cada vez tenemos más vehículos eléctricos, hídricos, híbridos, nuevas tecnologías que están cambiando en la industria automotriz, que transforman parte de la transición energética de nuestro país.

Desde la Comisión de Energía hemos acompañado la política energética que migra hacia el futuro, acompañando una política energética de la soberanía, justicia energética y bienestar de las personas, siendo de ejemplo de ruta que ha marcado nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, de desarrollo económico, sí, innovación, sí, inversión nacional y extranjera, sí, pero siempre entendiendo que el crecimiento económico tiene que convertirse en prosperidad compartida y el derecho para el pueblo de México, porque modernizar un país nunca significa dejar indefenso al consumidor.

Y actualmente tenemos un problema que debemos atender, en México, mexicanas y mexicanos adquieren vehículos nuevos, realizan una inversión importante, pagando mensualidades, seguros, impuestos, todos los gastos asociados a este patrimonio, pero cuando se necesita una refacción indispensable puede encontrarse que este tiempo de espera para un vehículo puede ser entre 8 a 12 meses.

Es increíble que la realidad que ostenta estos tiempos de un vehículo que ya fue pagado, que es utilizado para las familias no se vea reflejado en el compromiso precisamente de las empresas que lo generan.

Cuando ese vehículo permanece detenido durante meses, porque no existe la refacción, el problema logístico de una empresa termina convirtiéndose en un problema económico de una familia. De ahí precisamente donde el Estado debe garantizar el equilibrio.

El artículo 28 de nuestra Constitución establece obligaciones de proteger a las personas consumidoras. Por ello, esta iniciativa propone reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor, pretendiendo lo siguiente:

Primero, una regla muy sencilla: quien comercialice vehículos en México debe contar con capacidad real de respaldo después de venderlos. Con ello, la iniciativa establece que fabricantes, importadores y proveedores deben garantizar en el territorio nacional la disponibilidad efectiva de refacciones, partes y componentes necesarios para el mantenimiento y reparación de los vehículos, incluidos los eléctricos, híbridos y de diésel y de gasolina.

Segundo, establece que, cuando se trate de refacciones críticas que impidan el funcionamiento del vehículo, el plazo máximo para suministrar será de 60 días naturales. Y si ese plazo se rebasa, la consecuencia ya no recaería exclusivamente sobre el consumidor.

La propuesta establece que debe proporcionarse un vehículo sustituto de características similares sin costo. Que se escuche bien: si no hay refacciones, no lo tiene que pagar el pueblo mexicano que de buena fe ha adquirido un vehículo, sino se solicitará que después de transcurrido este término, el responsable o sea la compañía deberá suministrar un vehículo sustituto de las mismas características sin costo, mientras llega la refacción. Y el supuesto correspondiente podrá proceder la revisión del contrato o la reposición del bien conforme a la propia ley.

Tercero, planteamos la obligación de largo plazo que existan refacciones originales y compatibles, nuevas y certificadas durante, por lo menos, ocho años después de un modelo deje de ser comercializado en México.

Y, no menos importante: estamos protegiendo algo fundamental: la garantía. Porque parece increíble, pero la garantía, cuando un vehículo parece detenido de 8 meses hasta 12 meses, resulta que, además de no surtirle la refacción, perder el dinero que está invertido, seguir pagando mensualidades, consumirse su seguro, sino, además, también, resulta que mi garantía expira porque, a final de cuentas, quien tenía la obligación, que es, precisamente, quien fabrica el vehículo, no tiene la refacción, pero, además, consume mi garantía.

En este caso, estamos, precisamente, a favor del consumidor. No estamos en contra de la inversión en México, pero tenemos que ser responsables. Somos socios en este sentido. El consumidor actúa de buena fe, invierte su dinero.

Un vehículo es una necesidad básica para una familia: es ir al trabajo, es llevar a los niños a la escuela, es una cuestión de enfermedad, es una cuestión de desplazarte de un lugar a otro. Todos tenemos derecho a tener, precisamente, garantías en este sentido.

Esta es una iniciativa —y la vuelvo a repetir— que nace del sentir ciudadano, que nace de las quejas que tenemos todos los días y escuchamos sobre personas que han sacrificado y que hoy en día tienen un vehículo, y que con el esfuerzo de su trabajo todos los días abonan a este vehículo. Todos los días trabajan para que esta economía mexicana funcione. En este caso, todos tenemos que ser solidarios. De ahí nace esta iniciativa y espero que la respalden todos los grupos parlamentarios. En la voz de México hacemos justicia. Muchas gracias.

Presidencia de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de protección y bienestar animal.

El diputado Luis Orlando Quiroga Treviño:Con su venia, compañera presidenta. Compañeras y compañeros diputados, hoy vengo a esta tribuna a hablar de quienes no tienen voz, pero sí tienen vida, de quienes dependen completamente de nuestras decisiones y de nuestra responsabilidad.

Tenemos claro que la protección del medio ambiente no puede reducirse únicamente a la conservación de nuestros ecosistemas y recursos naturales. Proteger nuestro entorno también significa reconocer nuestra responsabilidad frente a los seres vivos con los que compartimos este planeta.

Por eso, el día de hoy presento ante esta soberanía una iniciativa con un propósito muy concreto: fortalecer la protección y el bienestar de los animales y, particularmente, prevenir su abandono y garantizar las condiciones adecuadas de cuidado, seguridad y protección.

Nuestra legislación ya establece obligaciones para quienes son propietarios, poseedores de animales domésticos o silvestres en cautiverio. La Ley Federal de Sanidad Animal contempla que debe proporcionar alimento, agua, atención médica y los cuidados necesarios.

Sin embargo, la realidad nos muestra que todavía tenemos mucho por hacer, porque el bienestar animal no puede reducirse a poner comida y agua en un solo recipiente. El bienestar significa garantizar una vida digna, significa proporcionar un espacio adecuado para vivir y significa, sobre todo, asumir una obligación que no puede ser negociable, el no abandonarlos.

El abandono animal no es un problema menor, cada año miles de animales terminan en situación de calle expuestos al hambre, la sed, las enfermedades, los accidentes, de distintas formas de maltrato animal.

Pero debemos entender algo, el abandono no ocurre únicamente cuando alguien deja un animal en la vía pública, también existe el abandono cuando un animal permanece dentro de un domicilio, pero vive en condiciones insalubres, inseguras e incompatibles con sus necesidades.

Por eso, hablar de tenencia responsable significa mucho más que tener un animal de compañía, significa asumir un compromiso, significa reconocer que un animal no es un objeto de compra cuando resulta conveniente y se desecha cuando cambian nuestras circunstancias. Porque cuando una persona abandona un animal las consecuencias no las enfrenta únicamente ese animal, las enfrenta también nuestra sociedad.

Los animales en situación de calle están expuestos a enfermedades, accidentes y maltratos, y su presencia en las calles también puede generar problemas de salud pública, seguridad y afectaciones al medio ambiente.

Y no podemos pretender que los refugios y los albergues sean la única respuesta, sus recursos y sus capacidades también son limitados. Cuando reciben más animales de los que pueden atender se generan condiciones insalubres y disminuyen la posibilidad de brindar una atención adecuada.

Por eso compañeras y compañeros, la solución no puede consistir únicamente en recoger animales después de que hayan sido abandonados, tenemos que actuar antes, tenemos que prevenir el abandono, y precisamente ahí se encuentra el propósito de esta iniciativa.

Proponemos modificar el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal, para establecer expresamente que los propietarios o poseedores deberán proporcionar a los animales un albergue apropiado conforme a las características de cada especie, así como protección y seguridad. Asimismo, deberán evitar mantenerlos en condiciones que pongan en peligro su vida, su salud o su bienestar, y deberán abstenerse de abandonarlos.

Pero sabemos que una obligación jurídica pierde fuerza cuando no existen mecanismos para hacerla efectiva. Por ello, proponemos también modificar el artículo 167 de la misma ley, a fin de establecer expresamente como infracción administrativa el incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 21. No se trata únicamente de establecer obligaciones en la ley, se trata de hacerlas cumplir.

Compañeras y compañeros diputados, hoy tenemos la oportunidad de dar un paso adelante, un paso para prevenir el abandono, un paso para proteger a los animales, que dependen de nosotros, y un paso para construir una legislación que responda a una realidad que ya no podemos ignorar.

Ellos no pueden venir a esta tribuna, no pueden presentar iniciativa, no pueden exigir que se respeten sus derechos, no pueden defenderse cuando son abandonados o maltratados, pero nosotros sí podemos hacerlo y sí tenemos la capacidad de legislar, también tenemos la responsabilidad de hacerlo por quienes no pueden hacerlo por sí mismo.

Desde el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México hacemos un llamado a todas las fuerzas políticas representadas en esta soberanía, para que acompañemos esta propuesta y sigamos construyendo un marco jurídico que convierta la protección y el bienestar animal en una responsabilidad efectiva, porque proteger a los animales, también es proteger nuestro entorno y porque una sociedad que respeta la vida en todas sus formas es una sociedad que avanza. Muchas gracias. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de protección y bienestar animal, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, el diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de protección y bienestar animal, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y establece expresamente que queda prohibido el maltrato a los animales, así como el deber del Estado mexicano de garantizar la protección, trato adecuado, conservación y cuidado de los animales en los términos que señalen las leyes respectivas.

2. Que el artículo 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como en materia de protección y bienestar de los animales.

3. Que el artículo 1 de la Ley Federal de Sanidad Animal establece que sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto, entre otros, procurar el bienestar animal.

4. Que el artículo 4 de la Ley Federal de Sanidad Animal define al bienestar animal como el conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad, protección y seguridad a los animales durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y sacrificio.

5. Que el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal establece obligaciones a cargo de los propietarios o poseedores de animales domésticos o silvestres en cautiverio respecto de su alimentación, suministro de agua, medicina preventiva, revisión y atención regular, así como atención inmediata en caso de enfermedad o lesión.

6. Que el artículo 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal establece las conductas que constituyen infracciones administrativas y, en su fracción III, contempla el incumplimiento de lo establecido en materia de atención a los animales para su alimentación y medicamentos, en términos del artículo 21 de dicha Ley.

7. Que resulta necesario fortalecer las obligaciones previstas en el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal, a efecto de establecer que los propietarios o poseedores proporcionen a los animales albergue apropiado conforme a las características de cada especie animal, así como protección y seguridad; eviten mantenerlos en condiciones que pongan en peligro su vida, salud o bienestar, y se abstengan de abandonarlos.

Por lo anterior, se propone modificar los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, de acuerdo con la siguiente:

Exposición de Motivos

La protección y el bienestar de los animales no se agotan en proporcionarles alimento o atención médica, sino que comprenden las condiciones en las que permanecen bajo el cuidado de sus propietarios o poseedores. Contar con un albergue apropiado, recibir protección y seguridad y no permanecer en circunstancias que pongan en peligro su vida, salud o bienestar constituyen elementos indispensables de su cuidado. Por ello, resulta necesario fortalecer las obligaciones previstas en la Ley Federal de Sanidad Animal y vincular su incumplimiento con el régimen de infracciones administrativas que la propia legislación contempla.

La magnitud del problema del abandono permite advertir la necesidad de reforzar las obligaciones de quienes tienen animales bajo su cuidado. De acuerdo con la revista UNAM Global, a partir de datos de Mars Petcare y estimaciones del Congreso de la Ciudad de México, en México al menos 29.7 millones de perros y gatos viven en la calle y cada año son abandonados aproximadamente 500 mil o más. Estas cifras muestran que el abandono no constituye una situación aislada, sino un fenómeno que afecta a una cantidad considerable de animales y que hace necesario fortalecer las medidas encaminadas a su protección.

En julio de 2026 se reportó que México, Brasil y Argentina registraron un aumento del 20 por ciento anual en el abandono de perros desde la pandemia de COVID-19. Asimismo, de acuerdo con el Refugio Omeyocan, México enfrenta una de las mayores problemáticas de abandono animal, con una cifra cercana a 18 millones de canes abandonados. La permanencia y crecimiento del fenómeno evidencian que la protección de los animales también requiere prevenir que quienes han asumido su cuidado posteriormente los dejen sin las condiciones necesarias para preservar su bienestar.

El abandono coloca a los animales en circunstancias que pueden comprometer directamente su vida y su salud. La UNAM señala que aquellos que se encuentran en situación de calle enfrentan riesgos como padecer hambre, sed o enfermedades, además de encontrarse expuestos a accidentes, maltrato y abuso sexual. La misma fuente refiere que esta experiencia afecta su salud física y emocional. En consecuencia, prevenir el abandono guarda una relación directa con la obligación de procurar condiciones que no pongan en peligro la vida, salud o bienestar de los animales.

Esta problemática no se presenta únicamente cuando un animal es dejado en la vía pública. Las condiciones en las que permanece dentro del lugar en el que habita también pueden resultar contrarias a su bienestar. Al respecto, Nora Flores Huitrón, académica de la FES Cuautitlán de la UNAM, ha advertido que en México tenemos una deuda no solo con los perros callejeros, sino incluso con aquellos que son de casa, ya que a veces están en condiciones insalubres o abandonados en la azotea de casa. Esta circunstancia hace necesario considerar no solamente el abandono, sino también las condiciones materiales en las que los propietarios o poseedores mantienen a los animales.

En ese sentido, las necesidades de un animal bajo cuidado comprenden diversos elementos relacionados con las características propias de cada ejemplar. De acuerdo con información de la FES Cuautitlán de la UNAM, en las actividades de orientación sobre adopción responsable se consideran aspectos como la dieta, el espacio, el ejercicio y la atención médica que necesita el perro o gato que va a ser adoptado, además de las características del animal y la comprensión de su conducta. Así, disponer de condiciones apropiadas para mantener a un animal constituye un elemento que acompaña las necesidades de alimentación y atención médica durante el tiempo en que permanece bajo la responsabilidad de una persona.

La responsabilidad derivada de asumir el cuidado de un animal tampoco puede reducirse a satisfacer sus necesidades más elementales. Patricia Mora Medina, profesora del Departamento de Ciencias Pecuarias de la FES Cuautitlán, ha señalado que la adopción responsable requiere que, antes de recibir a un animal de compañía, las personas valoren si cuentan con todos los elementos (economía, espacio, tiempo) para darle una buena calidad de vida y reflexionen sobre las obligaciones posteriores que implica su cuidado. Bajo esta perspectiva, asumir la propiedad o posesión de un animal implica mantener durante su cuidado condiciones compatibles con sus necesidades y características.

A su vez, la tenencia responsable se relaciona directamente con el bienestar de los animales. Desde la FES Cuautitlán se ha explicado que ésta implica asegurar el bienestar de los animales y de las personas que conviven directa o indirectamente con ellos. Por ello, la existencia de alimento y atención médica, aunque indispensables, debe acompañarse de condiciones de albergue, protección y seguridad que eviten que el animal permanezca en circunstancias capaces de poner en peligro su vida, salud o bienestar.

La falta de previsión sobre las responsabilidades que supone tener un animal también puede desembocar en su abandono. Sobre este punto, académicos de la UNAM han advertido que parte de la presencia de perros en situación de calle deriva de procesos de adopción en los que no se consideran previamente factores como el comportamiento del animal, el costo económico o el tiempo que requiere su atención y que, ante dificultades posteriores, algunos terminan siendo dejados “a su suerte”. De esta manera, la obligación de cuidado debe subsistir frente a las dificultades que puedan surgir durante la posesión del animal y no extinguirse mediante su abandono.

Las consecuencias, además, trascienden al animal abandonado. La UNAM refiere que los animales en esta situación pueden transmitir enfermedades infecciosas y parasitarias, entre ellas rabia, tiña, sarna, así como aquellas relacionadas con pulgas y garrapatas; asimismo, su presencia puede generar problemas ambientales. De ahí que prevenir el abandono contribuya no sólo a salvaguardar el bienestar de los animales, sino también a disminuir las consecuencias que genera su permanencia sin cuidado.

La capacidad de los albergues para absorber las consecuencias del abandono tampoco resulta ilimitada. Diana Merino Lima, académica de la FES Cuautitlán, señaló que siete albergues visitados en la zona del Valle de México presentaban el doble o triple de su capacidad, situación en la que pueden presentarse insuficiencia de alimento y tiempo de atención, así como hacinamiento, condiciones que terminan afectando el bienestar de los animales. Esto permite advertir que la atención posterior de los animales abandonados no sustituye la necesidad de establecer obligaciones dirigidas a impedir que sean colocados originalmente en esa situación.

En este contexto, la presente iniciativa propone fortalecer el artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal para incorporar expresamente, entre las obligaciones de los propietarios o poseedores, proporcionar albergue apropiado conforme a las características de cada especie animal, así como protección y seguridad; evitar mantenerlos en condiciones que pongan en peligro su vida, salud o bienestar, y abstenerse de abandonarlos. La modificación complementaria al artículo 167 busca que el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 21 quede comprendido dentro de las infracciones administrativas previstas por la propia Ley. De esta forma, se fortalece el cumplimiento de los deberes asociados al cuidado de los animales mediante disposiciones orientadas a preservar su protección y bienestar.

A través del siguiente cuadro comparativo, se podrán observar las modificaciones propuestas al texto vigente:

En virtud de lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de protección y bienestar animal

Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 167; y se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes, del artículo 21 de la Ley Federal de Sanidad Animal para quedar como sigue:

Artículo 21.- Los propietarios o poseedores de animales domésticos o silvestres en cautiverio, deberán proporcionarles alimento y agua en cantidad y calidad adecuada de acuerdo a su especie y etapa productiva.

Los propietarios o poseedores deberán proporcionar a los animales albergue apropiado conforme a las características de cada especie animal, así como protección y seguridad; deberán evitar mantenerlos en condiciones que pongan en peligro su vida, salud o bienestar, y abstenerse de abandonarlos.

Los animales deberán estar sujetos a un programa de medicina preventiva bajo supervisión de un médico veterinario, y deberán ser revisados y atendidos regularmente. Así mismo se les proporcionará atención inmediata en caso de enfermedad o lesión.

Artículo 167.- Las infracciones a lo dispuesto por esta ley y demás disposiciones que emanen de la misma, serán sancionadas administrativamente por la Secretaría, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos.

Son infracciones administrativas:

I. y II. ...

III. Incumplir las obligaciones establecidas en el artículo 21 de esta Ley;

IV. a LIII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1. Pepe Herrera y Diana Rojas, UNAM: soluciones al abandono de perros y gatos en México, UNAM Global, México, 5 de septiembre de 2024 [en línea]

https://unamglobal.unam.mx/global_revista/unam-soluciones-al-aba ndono-de-perros-y-gatos-en-mexico/ [consulta: 30 de agosto de 2026].

2. El Financiero, Los adoptaron en pandemia y los dejaron después: México encabeza la crisis del abandono de perros, México, 28 de julio de 2026 [en línea]

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2026/07/28/los-adoptaro n-en-pandemia-y-los-dejaron-despues-mexico-encabeza-la-crisis-del-abandono-de-p erros/ [consulta: 30 de agosto de 2026].

3. Pepe Herrera y Diana Rojas, UNAM: soluciones al abandono de perros y gatos en México, UNAM Global, México, 5 de septiembre de 2024, [en línea],

https://unamglobal.unam.mx/global_revista/unam-soluciones-al-aba ndono-de-perros-y-gatos-en-mexico/ [consulta: 30 de agosto de 2026].

4. Ibidem.

5. Ibidem.

6. Ibidem.

7. Ibidem.

8. Ibidem.

9. Ibidem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputados y diputadas: Luis Orlando Quiroga Treviño, Ana Erika Santana González, Felipe Miguel Delgado Carrillo, Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL Y LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado José Manuel Hinojosa Pérez, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de colusión de servidores públicos con miembros del crimen organizado, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Adelante, diputado.

El diputado José Manuel Hinojosa Pérez:Con su permiso, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputado.

El diputado José Manuel Hinojosa Pérez: Compañeras y compañeros diputados, en este primer día de sesiones Acción Nacional presenta nuevamente una iniciativa de la mayor importancia para nuestro país y la soberanía nacional, que se origina a partir de la llegada del gobierno de narcomorena cuando se coludieron con el crimen organizado.

Es doloroso reconocer que el país vive una crisis de seguridad como nunca se había enfrentado, gran parte de la responsabilidad de este problema es de los políticos que recibieron dinero del crimen organizado para financiar sus campañas y ahora trabajan para ellos.

Las y los políticos que recibieron dinero de procedencia desconocida, como Rocha Moya, o los sobres amarillos de Pío López Obrador, y que nos pusieron en una situación de ingobernabilidad que ha escalado y alcanzado lo más valioso que todos tenemos, la vida, la libertad y la familia.

La responsabilidad de nosotros los políticos es la de gobernar para que las personas vivan mejor, desarrollen al máximo sus capacidades y alcancen la plenitud de la dignidad humana.

Las y los políticos debemos ser empleados de la gente, no del crimen organizado. El problema radica en que se han infiltrado en el financiamiento de campañas políticas y han sembrado en el país una cultura del narco que seduce a niños y jóvenes con la promesa de un futuro mejor que nunca llega.

Esa cultura ha promovido desapariciones forzadas, una larga lista de delitos graves, un país sumido en la tragedia, fosas clandestinas por todos lados y un ambiente de desesperanza que nunca se había sentido como ahora.

Pero el daño ya está hecho. Si me pusiera a nombrar en esta tribuna a las y a los presidentes municipales, alcaldes, diputados, gobernadores y senadores de Morena que tienen nexos con el crimen organizado y se escudan en la protección que les brinda el fuero, a mí se me acabaría mi tiempo y ustedes se quedarían sin candidatos.

Es tiempo de que Morena deje de solapar a narcopolíticos y les someta a la justicia. Es tiempo que se haga la designación de Poderes en el estado de Sinaloa.

Acción Nacional es la oferta política de las soluciones y las propuestas. Mientras Morena se aferra al pasado, Acción Nacional construye futuro.

Por eso ponemos pena máxima para narcopolíticos. Proponemos que las alianzas entre políticos y personas del crimen organizado sean sancionadas como delito equiparable a traición a la patria. Proponemos que el delito no prescriba y que la pena sea de por vida.

Proponemos que dicha pena impida a los integrantes del crimen organizado atentar contra las instituciones democráticas o tratar de intervenir en los resultados en una jornada electoral.

Proponemos investigar y sancionar la conducta tipificada como delito de colusión para todas y todos los titulares de los tres Poderes, de las de las Fiscalías y del secretariado Ejecutivo de Seguridad Pública, de acuerdo con lo establecido en la presente iniciativa y en los términos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y en los casos previstos del primer párrafo del artículo 2o. de dicho ordenamiento.

Permítanme ser más claro, proponemos la pena máxima para todos aquellos políticos que hagan alianzas con el crimen organizado no vuelvan a ver la luz del sol. Necesitamos rescatar a México de las manos de quienes lo entregaron al crimen organizado y la mejor forma de hacerlo es con todo el peso de la ley.

Como lo dijo nuestro fundador Manuel Gómez Morín y cuyo pensamiento me permito actualizar, las ideas, los valores del alma y las leyes son nuestras únicas armas, no tenemos otras, pero tampoco las hay mejores. Y si realmente quieren defender la soberanía nacional háganlo combatiendo y eliminando a la narcopolítica de este país. Lo señaló Carlos Castillo Peraza, la soberanía pertenece únicamente a la nación, nunca al gobierno en turno, y se materializa con instituciones democráticas y el Estado de derecho, todo lo demás es demagogia, complicidad, corrupción, usurpación e ilegalidad.

Salvemos a México dando pena máxima a los narcopolíticos, por la patria, por la familia y por la libertad. Es cuanto.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Rosalía León Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección frente a contenidos digitales y redes sociales violentas.

La diputada Rosalía León Rosas:Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

La diputada Rosalía León Rosas: Buenos días a todas y a todos. Compañeras, compañeros, diputadas, diputados, madres, padres de familia y tutores, ¿qué estamos haciendo para proteger a nuestras niñas, niños y adolescentes de aquello que entra todos los días a sus hogares a través de una pantalla?

Hoy la violencia no solamente está en las calles también puede encontrarse en un dispositivo electrónico, en una transmisión en vivo, un video, un reto viral, una cuenta de redes sociales o un contenido que bajo la apariencia de entretenimiento termina normalizando la violencia, el odio, el acoso a conductas peligrosas.

La tecnología ofrece enormes oportunidades para aprender, comunicarse, informarse y desarrollar, pero también expone a la infancia y adolescencia a riesgos que evolucionan con una velocidad mucho mayor que nuestras leyes.

El ciberacoso, la exposición a contenidos violentos, los discursos de odio, los retos peligrosos, la explotación y el uso indebido de su imagen y datos personales forman parte de una realidad que no podemos negar. Los datos deben preocuparnos.

En México, alrededor de 25.7 por ciento de los adolescentes entre 12 y 17 años fueron víctimas de ciberacoso en 2023. Esto representa aproximadamente 3 millones 300 mil niñas, niños y adolescentes que pudieron haber experimentado miedo, humillación, aislamiento y ansiedad a través de una pantalla.

Esta iniciativa no busca prohibir la tecnología ni cerrar las redes sociales; busca proteger a quienes todavía están aprendiendo a utilizarlas y lograr que los espacios digitales sean más seguros.

La libertad de expresión es un derecho fundamental, pero también lo es el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir libres de violencia; ambos derechos deben coexistir bajo un principio fundamental: el interés superior de la niñez.

Por ello, necesitamos una perspectiva de protección integral y de corresponsabilidad: el Estado, las familias, las escuelas, las plataformas digitales, los creadores de contenido y la sociedad debemos asumir nuestra responsabilidad.

Proteger a la niñez en el entorno digital no puede recaer únicamente en padres y madres, ni tampoco solamente en el Estado; necesitamos reglas claras, prevención y herramientas que permitan actuar antes de que el daño ocurra.

Por eso, proponemos fortalecer la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para reconocer expresamente la violencia digital como una forma de violencia que puede afectar el desarrollo físico, psíquico y social de una persona menor de edad.

También proponemos fortalecer las políticas públicas para construir entornos digitales seguros y establecer responsabilidades para los prestadores de servicios digitales, redes sociales y plataformas de video frente a contenidos que idealicen o normalicen la violencia, inciten al odio, la discriminación, el acoso o prácticas peligrosas.

También tenemos que educar, debemos enseñar a nuestras niñas, niños y adolescentes a utilizar la tecnología de manera responsable, segura y crítica. A identificar riesgos, proteger sus datos y saber a quién acudir cuando algo sucede.

Madres, padres y tutores necesitan herramientas para supervisar, orientar, prevenir riesgos y denunciar contenidos o cuentas que puedan poner en peligro a niñas, niños y adolescentes.

La tecnología avanza, las plataformas cambian y las formas de violencia también. Por ello, nuestra legislación tiene que evolucionar, porque una pantalla no elimina la responsabilidad. Esta iniciativa busca garantizar que el derecho a una vida libre de violencia también sea plenamente reconocida en el entorno digital.

Queremos que nuestras niñas, niños y adolescentes puedan utilizar la tecnología para aprender a comunicarse, crear y desarrollarse sin quedar expuestos a cualquier contenido sin protección y sin acompañamiento.

No se trata de tenerle miedo a la tecnología, se trata de ponerla al servicio de las personas y especialmente de quienes necesitan mayor protección. Proteger a la infancia no significa mirar al futuro, significa asegurarnos de que pueda llegar a este un futuro con dignidad, seguridad y pleno desarrollo.

Hoy tenemos la oportunidad de actuar, de actualizar nuestra legislación y reconocer una realidad que ya está presente.

En México ningún espacio físico o digital debe ser territorio sin protección para nuestras niñas, niños y adolescentes. Porque cuando se trata de proteger a la niñez, debemos llegar después del daño, debemos prevenirlos.

Una sociedad que protege a sus niños, niñas y adolescentes en el presente es una sociedad que está construyendo un mejor futuro para todas y todos.

Unidad nacional, todo el poder al pueblo, gracias.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada, túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 386 Bis al Código Penal Federal, en materia de delito de fraude digital cometido contra adultos mayores.

El diputado Emilio Suárez Licona:Gracias, presidenta, y felicidades.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante. Y, gracias, diputado.

El diputado Emilio Suárez Licona: No hay legislación más noble que la que va dirigida a los grupos vulnerables, a los niños o a los adultos mayores. La iniciativa que estoy presentando, que espero sea apoyada en el proceso legislativo, tiene que ver con fraude digital a adultos mayores. Y déjenme simular algunas llamadas que han sido ya una constante que se da en nuestro país:

—Buenas tardes, le llamamos porque se ha registrado la compra de un boleto de avión con su tarjeta de crédito. ¿Reconoce usted esta transacción?

—Señora, le estamos hablando del banco porque hemos detectado que hubo un intento de hackeo de su cuenta bancaria.

—Señor, debido al buen uso que le da a su tarjeta, el banco le está ofreciendo una recompensa económica. Si usted quiere disfrutarla, requerimos diversos datos para completar un formulario y se le pueda depositar el beneficio.

Estas son solo algunas de las frases de las trampas, de los engaños con las que los defraudadores digitales envuelven a nuestros adultos mayores para quitarles su dinero.

Hace unos días, algún conocido que tiene más de 70 años me contó la forma en la que lo contactaron, lo envolvieron y, aprovechándose de su escaso conocimiento digital, lo persuadieron para proporcionar información y así sustraer la cantidad de 400 mil pesos de su cuenta bancaria. Eran los ahorros de toda su vida.

Este caso no es excepcional, no es aislado y forma parte ya de una estadística que revela cómo los defraudadores aprovechan la vulnerabilidad digital de los adultos mayores para defraudarlos.

De eso se trata esta iniciativa: de actuar para combatir un delito que crece de forma acelerada. Las personas adultas mayores representan el 12.8 por ciento de la población total en México.

En los últimos años, las personas entre 60 y 74 años han incorporado a sus vidas cada vez más el uso de internet, de las redes sociales, la banca digital y las nuevas tecnologías. Se trata de personas que en muchos casos se encuentran en la categoría de analfabetas digitales, al no contar con los conocimientos y habilidades necesarias para interactuar en el ecosistema digital de forma segura.

De ahí que el 32.2 por ciento, es decir, la tercera parte de las quejas por fraude financiero bancario ocurre entre las personas mayores de 60 años. El fraude es el delito de mayor prevalencia en el país y 7 de cada 10 fraudes se cometen actualmente en línea o por medios digitales.

Los adultos mayores en su mayoría viven de sus pensiones o de los ahorros de toda su vida como la persona que yo conozco. A diferencia de otros grupos de edad, los adultos mayores no tienen la misma capacidad para regenerar el patrimonio perdido, generando con su pérdida un impacto más severo en su condición emocional.

Es necesario que actuemos, que modifiquemos nuestro marco jurídico para inhibir a los defraudadores, quienes, a través de la generación de confianza, el miedo, la urgencia, obtienen información, contraseñas y datos bancarios de adultos mayores con el fin de robarle su patrimonio.

Nuestro Código Penal ya considera diversos tipos de agravantes cuando la víctima se encuentra en una condición de vulnerabilidad. Sin duda, el endurecimiento de penas es aplicable para el caso de estas víctimas.

Compañeras y compañeros, poner como un agravante el que sean adultos mayores en los fraudes digitales es justicia para ellos y justicia para su futuro. Pongamos un alto al abuso contra nuestros adultos mayores, que pierden su patrimonio con un solo clic. Gracias, presidenta. Es cuanto.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Patricia Mercado Castro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad.

La diputada Dora Patricia Mercado Castro:Gracias, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputada.

La diputada Dora Patricia Mercado Castro: Presento al pleno una iniciativa para lograr la inclusión laboral de las personas con discapacidad, un tema que nos ha quedado pendiente en los últimos ocho años de avances y reformas por el trabajo digno.

El trabajo no es solamente una fuente de ingresos: es una herramienta de autonomía. Para las personas con discapacidad, tener un empleo significa salir al mundo, demostrar que sus límites están mucho más allá de lo que otros creen. Un ingreso ganado con esfuerzo da la posibilidad real de construir un proyecto de vida libre y elegido.

La inclusión laboral no beneficia únicamente a quien obtiene un trabajo: al reducir las barreras y las prácticas de discriminación, abre camino a otras personas con discapacidad y también disminuye, como sabemos, las cargas de cuidado no remunerado que históricamente ha recaído de manera desproporcionada en las mujeres.

El sexenio pasado cerró con malos resultados en inserción laboral. Los centros de trabajo reconocidos con el distintivo de responsabilidad laboral que emplean a personas con discapacidad fue cero. Y la estrategia Abriendo Espacios redujo su efectividad al colocar en un puesto de trabajo a solo 18.5 por ciento de solicitantes en 2023 después de que 5 años antes llegó al 23 por ciento.

Aunque reconocemos los programas sociales que han dado apoyo a las personas con discapacidad, insistimos en que se necesitan alternativas en política laboral para romper el asistencialismo, la dependencia y la discriminación. Las personas con discapacidad agradecen, sin duda, la pensión de 3 mil 300 pesos bimestrales, pero lo que necesitan para lograr su autonomía es un trabajo digno.

Los datos del Coneval y del Inegi señalan que la tasa de participación económica de la población con discapacidad apenas llega al 40.6 por ciento, 28 puntos por debajo para la tasa de personas sin discapacidad.

Y bajo una perspectiva interseccional, el panorama es aún peor: la participación de hombres con discapacidad es del 51.5 por ciento, mientras que la de mujeres cae al 31 por ciento. Esto ocurre porque persisten barreras en el entorno físico, en la formación, en los sistemas de comunicación y en la organización del propio trabajo.

Por estas razones, presento ante este pleno una iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo que recupera en gran medida el trabajo legislativo impulsado en la LXV Legislatura y que fue aprobado por unanimidad en el Senado de la República en el 2022.

La iniciativa se estructura en cinco pilares: primero, reconoce la inclusión laboral como un principio de interés público y de corresponsabilidad social entre autoridades y personas empleadoras.

Segundo, instituye una cuota del 5 por ciento de integración laboral de personas con discapacidad en centros de trabajo con 20 o más personas trabajadoras. Aquí es donde está una discusión central. Los empresarios dicen: no me pongas una cuota porque no voy a encontrar necesariamente personas con discapacidad capacitados en lo que yo necesito. Y tienen razón, pero aquí necesitamos resolver las dos cuestiones al mismo tiempo.

Por una parte, por supuesto, programas de formación, y es uno de los ejes también de la iniciativa. Para romper ese círculo vicioso una persona con discapacidad no tiene derecho al trabajo, por lo tanto, no es necesario que se capacite, y como no está capacitada, entonces nadie la va a contratar.

Necesitamos romper ese círculo entre capacitación y, por supuesto, una acción afirmativa que obligue, digamos, que como Congreso hagamos esta reforma para que los sindicatos, las empresas, las y los trabajadores y, por supuesto, las instituciones del Estado mexicano, hagan un esfuerzo por quitar este aspecto discriminatorio en la inclusión laboral.

Esta iniciativa busca contribuir al proceso ya abierto en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, donde hace un par de semanas se convocó a organizaciones y personas con discapacidad.

Recordemos que la jurisprudencia ya ha señalado la necesidad de que toda legislación que impacte en este sector debe acompañarse de un ejercicio de consulta pública que sea previa, informada, accesible y significativa.

Legislar para la inclusión laboral es evolucionar de un modelo asistencialista hacia un modelo de derechos humanos. Construir entornos de trabajo dignos, seguros y accesibles para las personas con discapacidad es avanzar hacia un México más justo e incluyente. Muchas gracias.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

Esta presidencia saluda a las y los alumnos de las licenciaturas en Contaduría y Finanzas y en Economía, de la Universidad Cristóbal Colón del estado de Veracruz, invitados por la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena. Sean bienvenidos a este salón de sesiones.



LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de trazabilidad y seguridad nacional zoosanitaria.

La diputada Juana Acosta Trujillo:Con la venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

La diputada Juana Acosta Trujillo: Compañeros, compañeras, legisladores, hoy desde esta máxima tribuna para abordar un tema fundamental para nuestro país, la sanidad de nuestro ganado, el patrimonio de quienes viven del campo y la soberanía alimentaria de México.

Detrás de la actividad ganadera existen miles de familias que todos los días trabajan desde temprano, mujeres y hombres que producen alimentos, generan empleos y sostienen la economía de muchas de nuestras comunidades rurales.

Como legisladora, tengo la responsabilidad de contribuir a la construcción de leyes que brinden certeza, seguridad y protección frente a los riesgos que enfrenta actualmente esta actividad. Uno de esos riesgos es la falsificación, clonación, alteración, comercialización y utilización ilegal de los dispositivos oficiales de identificación ganadera.

Hoy quiero decirles con claridad que no se trata de una irregularidad menor, estos dispositivos permiten acreditar la procedencia de un animal y dar seguimiento a su movilización, su destino. Son una pieza fundamental para mantener un sistema de trazabilidad confiable.

Cuando un dispositivo oficial es falsificado, clonado o reutilizado ilegalmente, se pierde la certeza sobre el verdadero origen del ganado, esto puede facilitar prácticas como el contrabando, el lavado de ganado o el abigeato, y la evasión de controles sanitarios de movilización.

Pero existe una consecuencia todavía más delicada, ante la presencia de una enfermedad o un brote zoosanitario, es indispensable identificar rápidamente de dónde provino el animal, por dónde transitó y con qué otros animales pudo haber tenido contacto. Contar con esa información permite a las autoridades reaccionar oportunamente, delimitar riesgos y evitar que una contingencia se extienda hacia otras regiones productoras.

Por eso sostengo que la identificación ganadera no puede verse únicamente como un requisito administrativo, constituye una herramienta estratégica para la seguridad zoosanitaria nacional.

Frente a esta realidad propongo adicionar un artículo 175 Bis a la Ley Federal de Sanidad Animal, con el objetivo de establecer consecuencias jurídicas claras y firmes para quienes vulneren deliberadamente los mecanismos oficiales de identificación ganadera.

Con esta iniciativa propongo sancionar a quien fabrique, falsifique, altere, clone o comercialice, distribuya o adquiera o facilite ilegalmente estos dispositivos, así como quien los reutilice para falsear la procedencia del ganado o evadir controles de movilización, cuarentena o exportación. Planteo penas de 5 a 10 años de prisión y multas de 500 a 3 mil unidades de medida y actualización.

Asimismo, propongo establecer agravantes cuando participe un servidor público o personal técnico autorizado, o cuando estas conductas tengan como finalidad ocultar la procedencia ilícita del ganado, facilitar el abigeato o evadir deliberadamente los controles establecidos por la autoridad.

El objetivo de mi propuesta es concreto: cerrar espacios a la ilegalidad y fortalecer la capacidad preventiva del Estado mexicano. Quien altere un mecanismo oficial de identificación no solo incumple una disposición, puede introducir ganado de procedencia irregular a los canales legales de comercialización y provocar consecuencias económicas y sanitarias para regiones enteras.

Con esta reforma busco fortalecer la certeza sobre el origen de la movilización y el destino de los animales, brindar mayor seguridad a quienes producen dentro de la legalidad y facilitar la actualización de las autoridades ante cualquier contingencia zoosanitaria. También, considero indispensable cuidar la confianza y la competitividad de los productores pecuarios en los mercados nacionales e internacionales.

La ganadería representa comercio, empleos, ingresos para miles de familias, una contingencia sanitaria puede trascender una unidad de producción y afectar comunidades enteras, cadenas de comercialización e incluso el acceso a nuestros productos a mercados internacionales. Por eso, con esta iniciativa busco fortalecer la competitividad y la certeza jurídica de nuestro sector pecuario.

Quiero destacar un aspecto importante, no propongo crear nuevas estructuras burocráticas ni generar cargas presupuestales extraordinarias, lo que planteo es fortalecer el marco jurídico existente y aprovechar las capacidades institucionales con las que ya cuenta el Estado para hacer más afectiva la aplicación de la Ley Federal de Sanidad Animal.

Compañeros y compañeras, estoy convencida de que legislar también significa prevenir, significa identificar riesgos antes de que se conviertan en problemas mayores y cerrar espacios que pueden ser aprovechados para cometer actos ilícitos.

Por ello, hago un llamado respetuoso a las fuerzas políticas representadas en esta Cámara para respaldar esta iniciativa, porque este no es un tema partidista, estoy hablando de legalidad, seguridad zoosanitaria, economía rural y soberanía alimentaria. Estoy hablando del esfuerzo de miles de familias que han construido su patrimonio durante años y que merecen desarrollar su actividad en condiciones de certeza y legalidad.

Con esta reforma quiero enviar un mensaje claro a quien trabaja y produce dentro de la ley. Debe contar con instituciones...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputada.

La diputada Juana Acosta Trujillo:...que lo respalden y quienes pretendan beneficiarse de la legalidad, poniendo en riesgo al sector ganadero. Deberá responder ante la ley por nuestras ganaderías, ganaderas y ganaderos, por la seguridad de nuestra producción pecuaria.

Por la economía de nuestras comunidades rurales y por la soberanía alimentaria de nuestra nación, les pido su respaldo para esta iniciativa, porque fortalecer la legalidad de nuestra ganadería es fortalecer al campo mexicano y fortalecer al campo es fortalecer a México. Es cuanto, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de trazabilidad y seguridad nacional zoosanitaria, a cargo de la diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Juana Acosta Trujillo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. Planteamiento del problema: la vulnerabilidad del sistema de trazabilidad actual

El sector pecuario nacional es un pilar estratégico de la economía y la soberanía alimentaria de México. Para proteger este patrimonio, se implementó el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado, cuyo fin primordial es garantizar la trazabilidad sanitaria. Sin embargo, la realidad operativa ha rebasado la normatividad. La falta de controles y sanciones estrictas ha permitido el florecimiento de un mercado negro de dispositivos de identificación (aretes).

Esta vulnerabilidad no es solo administrativa; es el motor logístico del abigeato y el “lavado” de ganado, permitiendo que semovientes robados o introducidos de contrabando sean legalizados mediante dispositivos oficiales obtenidos ilícitamente, vulnerando la seguridad patrimonial de los productores, lo que más que una falta administrativa debería constituir un tipo penal.

II. Impacto zoosanitario

La incapacidad de garantizar la procedencia exacta de los semovientes pone en riesgo inminente el estatus zoosanitario de México ante socios comerciales.

Sanciones más duras y aplicadas adecuadamente evitarían que las personas tengan incentivos para tratar de engañar sobre el origen de las cabezas de ganado, lo que permitiría aplicar mecanismos de regionalización o cuarentenas quirúrgicas. Al demostrar fehacientemente el origen, tránsito y destino de cada animal, el Estado mexicano puede proteger las exportaciones de las zonas libres de riesgo y encapsular cualquier amenaza sanitaria en horas, evitando embargos nacionales catastróficos.

III. Impacto económico y social: el costo de la inacción

La ausencia de esta reforma conlleva riesgo de alto impacto para la economía:

1. Impacto en productores: México exporta anualmente más de 1.2 millones de cabezas de ganado con un valor superior a los mil 500 millones de dólares 4. Un embargo sanitario desplomaría los precios domésticos hasta en un 40 por ciento por sobreoferta, provocando la quiebra técnica de miles de Unidades de Producción Pecuaria.

2. Impacto en consumidores: La desarticulación de la industria derivaría en volatilidad inflacionaria y encarecimiento de las fuentes de proteína básica para las familias mexicanas.

3. Fugas en el erario: La opacidad en los registros permite la existencia de “inventarios fantasma”, desviando subsidios y apoyos que deben llegar a los verdaderos productores.

IV. Objeto de la iniciativa: trazabilidad como seguridad nacional sanitaria

La presente iniciativa propone una reforma integral a la Ley Federal de Sanidad Animal para generar un régimen punitivo disuasorio. Para lograrlo se tipifica como delito federal, con penas de cinco a diez años de prisión, la fabricación ilícita, el tráfico de dispositivos oficiales y su uso indebido, castigando con mayor severidad si participan servidores públicos o si se busca ocultar el abigeato.

V. Análisis de impacto presupuestario: una inversión estratégica

La iniciativa no genera un impacto presupuestario negativo ni requiere de la asignación de partidas extraordinarias.

• Procuración e Impartición de Justicia: La adición del artículo 175 Bis establece que las autoridades federales conocerán de estos delitos. La investigación y persecución de estas conductas (que se equiparan a la falsificación de sellos, marcas y contraseñas oficiales) se llevarán a cabo utilizando la capacidad operativa e infraestructura institucional ya instalada de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la federación.

• Coordinación de autoridades: La obligación de las autoridades del fuero común de remitir el desglose correspondiente al Ministerio Público de la Federación cuando tengan conocimiento de estas conductas durante la investigación del delito de abigeato, forma parte de las facultades de colaboración jurisdiccional vigentes, por lo que no implica la creación de nuevas áreas burocráticas.

Impacto en la Ley de Ingresos de la Federación

La reforma presenta un impacto positivo marginal en la recaudación federal.

• El artículo 175 Bis impone consistentes en quinientas a tres mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización para los infractores.

• La captación de estos recursos derivará de las sentencias condenatorias dictadas por los jueces federales, ingresando directamente a las arcas de la Tesorería de la Federación.

Beneficio económico y social

Más allá del balance presupuestario gubernamental directo, la reforma funciona como un mecanismo de protección para la economía nacional mediante la disuasión de prácticas ilícitas que ponen en riesgo el estatus zoosanitario.

La adición del artículo 175 Bis a la Ley Federal de Sanidad Animal es una medida legislativa de impacto presupuestario cero en gasto corriente y de inversión. Su implantación se sustenta en la optimización del marco normativo penal y en la utilización de las capacidades de procuración de justicia ya existentes en el Estado mexicano. Además, representa una medida preventiva altamente costo-efectiva frente a los riesgos económicos devastadores que conllevaría una crisis sanitaria en el sector pecuario.

Para lograr una mayor claridad se pone a disposición el siguiente cuadro comparativo:

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona el artículo 175 Bis a la Ley Federal de Sanidad Animal, para quedar como sigue:

Artículo 175 Bis. Se impondrá una pena de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas a tres mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización a quien, en afectación a las vías generales de comunicación, el comercio interestatal o internacional, o la salubridad general de la nación:

I. Fabrique, altere, clone, comercialice, adquiera o facilite dispositivos de identificación oficial ganadera sin la autorización de la Secretaría, equiparando dichas conductas al delito de falsificación de sellos, marcas y contraseñas oficiales.

II. Reutilice, transfiera, deseche o haga uso indebido de los dispositivos de identificación oficial, con el propósito de evadir las normas federales de movilización, cuarentena, importación o exportación de semovientes.

La pena se incrementará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por un servidor público, personal técnico autorizado por la secretaría, o cuando la conducta tenga como fin ocultar el delito de abigeato o eludir controles sanitarios.

Las autoridades federales conocerán de los delitos previstos en este artículo. Las autoridades del fuero común que, en la investigación del delito de abigeato o robo, tengan conocimiento de la comisión de las conductas aquí descritas, deberán remitir el desglose correspondiente al Ministerio Público de la Federación, sin perjuicio de continuar con las investigaciones de su competencia.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (2015, 29 de mayo). Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/GAN-2015, Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas. Diario Oficial de la Federación.

2. Martínez, J. (2022, 17 de octubre). “Venta ilegal de aretes propicia contrabando de ganado en México”, Milenio. Recuperado de

https://www.milenio.com/estados/venta-ilegal-aretes-propicia-con trabando-ganado-mexico

3. Zona Docs (2022, 22 de mayo). Cómo los aretes del mercado negro facilitan el contrabando de ganado de Centroamérica a México. Recuperado el 21 de abril de 2026, de

https://www.zonadocs.mx/2022/05/22/como-los-aretes-del-mercado-n egro-facilitan-el-contrabando-de-ganado-de-centroamerica-a-mexico/

4 Vázquez Martínez, A. (2023, 18 de septiembre). “La exportación de ganado en pie a EU, ¿en riesgo?”, Tierra Fértil. Recuperado el 21 de abril de 2026, de

https://tierrafertil.com.mx/2023/09/19/la-exportacion-de-ganado- en-pie-a-ee-uu-en-riesgo/

5 Grupo Consultor de Mercados Agrícolas (2025, 12 de noviembre). “‘Caída de superávit agroalimentario, por aranceles y cierre de EU al ganado’: especialista”, Aristegui Noticias. Recuperado el 21 de abril de 2026, de

https://gcma.com.mx/aristegui-noticias-caida-de-superavit-agroal imentario-por-aranceles-y-cierre-de-ee-uu-al-ganado-especialista/

6 Auditoría Superior de la Federación (2020). Informe individual del resultado de la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2019: Programa Crédito Ganadero a la Palabra (auditoría de desempeño 2019-0-08100-07-0273-07-001). Cámara de Diputados. Recuperado de

https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2019c/Documentos/Auditor ias/2019_0273_a.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Dipu-tadas y diputados: Juana Acosta Trujillo, Alma Delia Navarrete Rivera, Amalia López de la Cruz, Ana Erika Santana González, Any Marilú Porras Baylón, Aremy Velazco Bautista, Azucena Arreola Trinidad, Bruno Blancas Mercado, Carol Antonio Altamirano, Catalina Díaz Vilchis, Ciria Yamile Salomón Durán, Dionicia Vázquez García, Emilio Ramón Ramírez Guzmán, Felipe Miguel Delgado Carrillo, Francisco Javier Estrada Domínguez, Gloria Sánchez López, Irma Juan Carlos, Jesús Fernando García Hernández, Jesús Valdés Peñas, Juan Armando Ruiz Hernández, Julieta Villalpando Riquelme, Karina Margarita del Río Zenteno, Katia Alejandra Castillo Lozano, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Laura Irais Ballesteros Mancilla, Luis Humbeto Aldana Navarro, María de Jesús Rosete Sánchez, Maribel Soloache González, Marisela Zúñiga Cerón, Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, Olga Leticia Chávez Rojas, Petra Romero Gómez, Rafael Vianey García Romero, Rosalía León Rosas, Rosario del Carmen Moreno Villatoro, Sandra Beatriz González Pérez, Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnense a la Comisión de Ganadería, para dictamen.



LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XI al artículo 49 y un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de protección de los derechos de las maestras y los maestros en procedimientos administrativos.

La diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, hay una silla en la que una maestra del distrito que representó pasó dos años sentada fuera de su centro de trabajo. Llegaba puntual, cumplía su horario y se iba. Sin grupo, sin tarea, sin fecha. Y no estaba sola, en la misma oficina había otras compañeras y compañeros esperando lo mismo.

Todo empezó con un balón, en el recreo ese balón le pegó a un niño, ella no lo alcanzó, no alcanzó a detenerlo, por eso le iniciaron un procedimiento administrativo y la separaron de sus funciones.

Me buscó en un recorrido por el distrito cuando llevaban meses en esa silla, venía con todo lo que nadie había querido contestar, si eso era un castigo, hasta cuándo iba a durar y por qué toda la escuela y los padres de familia sabían que la habían acusado antes de que nadie resolviera nada, y me dijo una frase que no se me ha borrado: ¿Por qué sigo aquí?, si nadie me ha probado nada.

Dos años después la autoridad resolvió que no tenía ninguna responsabilidad, dos años por un balón que no alcanzó a detener. No hubo una sanción oficial y aun así la castigaron todos los días. Por esos dos años nadie respondió, porque no hubo una regla que se rompiera. Esa regla todavía no está escrita y cada quien actuó con el criterio que tenía a la mano.

Eso es lo que hoy vengo a proponer a esta Cámara que escriba con una fracción XI al artículo 49 y un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Su pregunta tiene respuesta en la fracción XI, nunca hubo proporción entre un balón y dos años.

La fracción exigiría que la medida provisional responda a un riesgo advertido sea proporcional a su gravedad y no opere como sanción anticipada. Y, vale en los dos sentidos, cuándo el riesgo para un niño es serio, la proporcional es la separación inmediata y estricta, el expediente se movía, la silla no. Nadie preguntó, si seguía habiendo riesgo ni cuánto más iba a durar, nadie preguntó nada durante dos años.

Una medida que nadie revisa deja de ser provisional y se convierte en castigo. Por eso, la fracción exigiría que sea temporal, decir que alguien está en un procedimiento se entiende como decir algo peor y esa versión corre más rápido que cualquier resolución. En una escuela el rumor llega antes que el oficio y se queja mucho más tiempo. La fracción cerraría esa puerta, confidencialidad y prohibición de difundir información que presente como responsable a quien nadie ha declarado responsable.

Y cuando por fin llegó la resolución, ya no reparaba nada. Ella quiso volver a su grupo y le dijeron que no se podía, que su lugar ya estaba ocupado.

Un procedimiento que no probó nada no debería seguir cobrándose años después. La fracción ordenaría que las medidas queden sin efectos cuando una resolución firme no acredite responsabilidad y que la sola existencia del procedimiento no cuente como antecedente disciplinario ni genere efectos laborales o profesionales adversos. Todo esto configura una falta no grave.

Cuando alguien lo hace de manera deliberada, ejerciendo atribuciones que no tiene o valiéndose de las que tiene, ya no es un descuido, es abuso de funciones. Y para eso es el segundo párrafo del artículo 57.

Quiero ser clara sobre lo que esta reforma no hace, se dirige a las autoridades, no a quien denuncia. Ninguna queja necesita pruebas para ser recibida y ninguna autoridad pierde facultad de apartar de inmediato a una persona del contacto con el alumnado cuando hay riesgo.

El propio texto ordena observar estas obligaciones sin menoscabo del interés superior de niñas, niños y adolescentes. Aquí nadie recibe inmunidad y ninguna denuncia se presenta, se presume falsa. Proteger a un niño y respetar a una maestra caben en el mismo procedimiento.

Aquella maestra ya volvió a su grupo, sus dos años ya no vuelven, ni para ella, ni para los niños que le esperaron en su lugar vacío.

Compañeras y compañeros, hacer equipo con la educación es hacer equipo con quienes la sostienen todos los días. Con ellas y con ellos se hace equipo dándoles certeza. Certeza de que su nombre no se toca mientras no haya una resolución. Eso es lo que les debemos y te pagan escribiéndolo en la ley, antes de que a alguien más le toque esa silla. Es cuanto.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

El diputado Ricardo Crespo Arroyo:Con su venia, diputada presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputado.

El diputado Ricardo Crespo Arroyo: Compañeras y compañeros legisladores, el día de hoy presento una iniciativa que tiene una enorme importancia para la seguridad, para la justicia y, sobre todo, para la capacidad del Estado mexicano de responder ante quienes comenten un delito.

Lo que hoy estoy proponiendo es claro; derogar el artículo 122, de la Ley de Vías Generales de Comunicación. El Estado mexicano ha impulsado un proceso permanente de fortalecimiento institucional orientado a garantizar la seguridad pública, la procuración de justicia y la protección de los derechos fundamentales de las personas.

Como mexicanos no podemos pedirles a nuestras autoridades que combatan eficazmente a la delincuencia y, al mismo tiempo, mantener disposiciones que en la práctica pueden convertirse en obstáculos para realizar una investigación.

La información sobre una mercancía, una ruta, un envío, un destino o un traslado puede ser la diferencia entre prevenir un delito y llegar demasiado tarde. Entre desarticular una red criminal o permitir continúe operando, entre localizar a una persona o perder su rastro.

El artículo, la eliminación del artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación resulta plenamente compatible con el orden jurídico vigente, toda vez que no genera vacíos normativos en materia de confidencialidad comercial, logística o financiera por las siguientes razones.

Uno, suficiencia y especialidad del marco legal mexicano, el ordenamiento jurídico mexicano cuenta con un sistema robusto diversificado y especializado de protección de la información confidencial según la naturaleza de los datos. El cual opera con independencia de la legislación de vías de comunicación.

Segundo, innecesaria duplicidad regulatoria. Mantener un candado genérico en la legislación especial de vías de comunicación obliga a la autoridad administrativa a fungir como un filtro burocrático redundante. La protección de los datos y secretos industriales no desaparece con la derogación del artículo 122, sino que se rige directamente por los estándares generales y especializados del orden jurídico mexicano, los cuales ya sancionan la revelación indebida de información.

Y quiero ser muy claro, esta propuesta no significa dejar desprotegida la información privada, comercial o financiera. No, México ya cuenta con leyes que protegen esa información y que establecen responsabilidades para quienes hagan uso indebido de ella. Lo que busco es evitar una duplicidad que termine generando confusión y, sobre todo, que impida que las instituciones encargadas de investigar puedan cumplir con su responsabilidad.

Lo que busco es la eliminación de barreras normativas obsoletas que actualmente obstaculizan las labores de investigación penal. Con ello, se favorece una coordinación ágil, expedita y directa entre los sujetos regulados y el Estado, rigiéndose bajo el marco constitucional y legal especializado, en beneficio irrenunciable de la seguridad pública, la procuración de justicia y la protección del interés general.

Estamos hablando de las vías generales de comunicación: carreteras, transporte aéreo, marítimo y ferroviario, así como de servicios de correos y telégrafos, que son espacios estratégicos para nuestra nación. Por medio de ellos se trasladan millones de personas y mercancías todos los días, pero también pueden ser utilizados por organizaciones, situaciones y actividades ilícitas.

Como legisladores, estamos aquí para cumplir con las familias mexicanas, darles seguridad y justicia, caminando en perfecta sintonía con las metas trazadas del Plan Nacional de Desarrollo de nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, porque tenemos mucha presidenta. Ella sí defiende, ella sí protege, ella sí procura la justicia y protege el interés de todas y todos los mexicanos.

Aprobando en su momento esta modificación mandamos un mensaje claro, un mensaje claro a nuestra nación: el Estado mexicano no va a claudicar en su deber de mejorar las condiciones de todas y todos los ciudadanos. Por el bien de todos, primero los pobres. Viva la soberanía nacional. Viva México. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Ricardo Crespo Arroyo, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Estado mexicano ha impulsado un proceso permanente de fortalecimiento institucional orientado a garantizar la seguridad pública, la procuración de justicia y la protección de los derechos fundamentales de las personas.

En ese contexto, el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en el marco de su Eje general 1: Gobernanza con justicia y participación ciudadana, establece que la seguridad debe garantizarse con una visión integral que atienda las causas de la violencia y fortalezca las capacidades de las instituciones de justicia.

Para materializar esta visión y transitar hacia la pacificación del país, el Estado mexicano requiere dotar a sus instituciones de herramientas ágiles y modernas, tal como lo mandata la Estrategia 1.5.3 de dicho Eje, la cual ordena: “Reforzar los sistemas de inteligencia e investigación para optimizar la atención a delitos, asegurando una coordinación efectiva entre los tres órdenes de gobierno”.

Concatenado al objetivo previamente señalado, es imperativo subrayar que la persecución e investigación de los hechos que la ley señala como delito, así como las funciones de seguridad pública y la preservación de la seguridad nacional, constituyen una máxima de orden público e interés general. En esta tesitura, el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la Secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia. Por ende, garantizar que estas instituciones cuenten con las herramientas jurídicas para acceder a información expedita sobre el uso y explotación de las vías generales de comunicación al ser estas instalaciones estratégicas para el país representa una medida irrenunciable para salvaguardar el interés supremo de la sociedad y del Estado frente a la criminalidad.

La eliminación del artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación resulta plenamente compatible con el orden jurídico vigente, toda vez que no genera vacíos normativos en materia de confidencialidad comercial, logística o financiera, por las siguientes razones:

1. Suficiencia y especialidad del marco legal mexicano: El ordenamiento jurídico mexicano cuenta con un sistema robusto, diversificado y especializado de protección de la información confidencial según la naturaleza de los datos, el cual opera con independencia de la legislación de vías de comunicación. De manera enunciativa y no limitativa, se señala:

• Secretos industriales: Se protegen bajo la figura general de secreto industrial de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI).

• Secretos Financieros, Bancarios, Bursátiles y Fiscales: Cuentan con regímenes estrictos en la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley del Mercado de Valores y el Código Fiscal de la Federación.

• Protección de Datos Personales: La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Infraestructura Crítica y Seguridad Nacional: La Ley de Seguridad Nacional permite clasificar bajo reserva la información cuando esté en juego la seguridad del Estado.

• Vía Penal: El Código Penal Federal sanciona severamente la revelación indebida de secretos o comunicaciones reservadas.

2. Innecesaria duplicidad regulatoria: Mantener un candado genérico en la legislación especial de vías de comunicación obliga a la autoridad administrativa a fungir como un filtro burocrático redundante. La protección de los datos y secretos industriales no desaparece con la derogación del artículo 122, sino que se rige directamente por los estándares generales y especializados del orden jurídico mexicano, los cuales ya sancionan la revelación indebida de información.

En este sentido, la legislación mexicana se encuentra en un proceso constante de armonización con los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano.

Es imperativo destacar que esta necesidad de agilizar el intercambio de información resulta apremiante en los servicios de transporte aéreo, terrestre, marítimo y ferroviario, así como en las oficinas de correos y telégrafos, sectores donde la trazabilidad de mercancías, comunicaciones y desplazamientos constituye una herramienta indispensable para el combate frontal a la delincuencia, la prevención de ilícitos y la protección integral de los usuarios de las vías generales de comunicación.

Los datos de explotación, así como la información sobre mercancías, guías de envío, cartas porte y destinos, constituyen elementos probatorios esenciales para la atención de emergencias y, de manera particular, para la investigación y persecución de conductas ilícitas a cargo de las autoridades competentes, en estricto apego a las disposiciones procesales aplicables.

En la praxis operativa, el candado normativo del artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación representa un obstáculo material para las autoridades ministeriales, las instituciones policiales y la Guardia Nacional, toda vez que al no ser autoridades “Judiciales”, estas instituciones investigadoras se enfrentan a la negativa de las empresas de transporte para proporcionar información de manera expedita, bajo el argumento de no contravenir la estricta prohibición de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

En ese sentido, la derogación propuesta es plenamente congruente con los principios y facultades contenidos en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Su supresión definitiva es fundamental en virtud de que maximiza la coordinación institucional y permite una actuación más eficiente de las autoridades encargadas de la investigación de delitos, dotando de certeza jurídica tanto a las empresas y medios de transporte como a las instituciones de seguridad y procuración de justicia.

En consecuencia, se estima procedente derogar el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, a efecto de eliminar barreras normativas obsoletas que actualmente obstaculizan las labores de investigación penal. Con ello, se favorece una coordinación ágil, expedita y directa entre los sujetos regulados y el Estado, rigiéndose bajo el marco constitucional y legal especializado, en beneficio irrenunciable de la seguridad pública, la procuración de justicia y la protección del interés general.

Por las consideraciones antes expuestas, y con el objeto de facilitar el análisis de la iniciativa de mérito, se incorpora el siguiente cuadro comparativo:

Por las razones expuestas, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esa soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación

Artículo Único. Se deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para quedar como sigue:

Artículo 122.- Se deroga.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado a los ejecutores de gasto correspondientes, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para el ejercicio fiscal ni subsecuentes.

Tercero. El Ejecutivo federal contará con un plazo de 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las adecuaciones reglamentarias y normativas que resulten necesarias para su debida implementación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputados y diputadas: Ricardo Crespo Arroyo, Ana Erika Santana González, Anabel Acosta Islas, Aremy Velazco Bautista, Bruno Blancas Mercado, Catalina Díaz Vilchis, Emilio Ramón Ramírez Guzmán, Felipe Miguel Delgado Carrillo, Francisco Javier Estrada Domínguez, Maribel Solache González, Olga Leticia Chávez Rojas, Petra Romero Gómez, Rosario del Carmen Moreno Villatoro, Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado José Antonio Nader Nasrallah, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de fortalecer el otorgamiento de contratos públicos bajo procedimientos de licitación pública, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado José Antonio Nader Nasrallah:Con su venia, presidenta. Subo a esta tribuna para presentar ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de fortalecer el otorgamiento de contratos públicos bajo procedimientos de licitación pública, a cargo de las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

En esta tesitura urge que este Congreso de la Unión priorice los mecanismos para que las asignaciones de contratos públicos se sustenten en verdaderos procesos de licitación pública para otorgar contratos a las mejores ofertas a través de procesos abiertos y fiscalizables.

De acuerdo con un análisis de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, los primeros nueve meses de la administración federal del año 2021, disponible en la plataforma de Compranet, las adjudicaciones directas fueron el mecanismo favorito de asignaciones, ya que hasta octubre del año 2024 y 21 el 80.4 por ciento del total de contrataciones fueron asignadas directamente.

No obstante, la titular de la Secretaría de la Función Pública, durante su comparecencia en la Cámara de Diputados en el año 2020, llegó a justificar su otorgamiento con base en el monto adjudicado, es decir, admitió que sí se realizaron más adjudicaciones directas por el monto adjudicado que es menor al que se ha adjudicado por licitaciones públicas.

Asimismo, datos más recientes dan cuenta de que en el año 2023 se registró el porcentaje de adjudicaciones directas más alto de los últimos 17 años con el 82 por ciento de los contratos que se dieron bajo adjudicación directa.

Es por lo expuesto el otorgamiento de contratos públicos bajo procedimiento de licitaciones públicas es un asunto de primera importancia evitar la desproporcionalidad con la adjudicación de los contratos públicos, cualquiera que sea el monto de los mismos.

Es necesario que se detenga la asignación de contratos a amigos o de vínculos de familiares directos, evitar la valoración subjetiva de la autoridad responsable que le permita decidir que en los términos convenidos no se están contradiciendo los principios constitucionales que rigen esta materia.

Esta iniciativa busca limitar los casos en que estas adquisiciones u obras públicas puedan ser adjudicadas nuevamente, directamente, excluyendo de los supuestos en que este proceso no aplica a las licitaciones públicas cuando las contrataciones estén relacionadas con la operación y administración de infraestructura o de acciones de carácter civil y que sean siempre realizadas por la Secretaría de la Defensa Nacional o de la Secretaría de Marina, ya que estas no se encuentran relacionadas con los fines exclusivamente militares ni con aquellos relacionados con la preservación de la seguridad nacional o de la seguridad pública.

Con esta propuesta se restringirá que en dichos casos se otorguen contratos a través de la invitación a cuando menos tres personas o por adjudicación directa, o alguna otra modalidad que la ley lo permita.

Por lo antes expuesto, en esta iniciativa proponemos reformar los párrafos quinto y sexto, y adicionar un párrafo séptimo al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos, a efecto de precisar que la federación, los estados, los municipios y la Ciudad de México, tanto sus demarcaciones territoriales, estarán obligadas a observar estas disposiciones en materia de procedimiento de contratación pública, debiendo prever en sus legislaciones los procedimientos de contrataciones distintas a las licitaciones públicas.

Establecer un tope a las contrataciones vía adjudicación directa e invitación a cuando menos tres personas, y las demás que contemplen siempre las leyes, las cuales no deberán exceder del 20 por ciento del presupuesto total asignado a las dependencias y entidades que han sido asignadas, estas dependencias, que tengan contemplado para el ejercicio fiscal correspondiente. Asimismo, estos procedimientos...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputado.

El diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah:...no podrán fraccionarse con las intenciones de quedar comprendidos en los supuestos de excepción que establezca la ley en esta materia. Establecer la sujeción de los procesos de licitación pública tratándose siempre de obras públicas realizados por la Sedena o por la Marina.

Las y los diputados del Partido Acción Nacional estamos comprometidos con la transparencia y la rendición de cuentas que han formado parte de nuestros principios y los estatutos formales de la plataforma política de nuestro partido. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Educación Superior en materia de fortalecimiento, enseñanza, preservación y reconocimiento académico de las lenguas indígenas nacionales.

La diputada María Graciela Gaitán Díaz:Con el permiso de la Presidencia.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputada.

La diputada María Graciela Gaitán Díaz: La diversidad cultural es uno de los pilares del Estado mexicano, la conformación histórica de la nación tiene sus raíces en los pueblos indígenas que han sido, que han sabido conservar sus propias formas de organización social, sistemas normativos, expresiones artísticas, conocimientos tradicionales y su riqueza lingüística.

Las lenguas indígenas nacionales representan un patrimonio vivo que trasciende la función comunicativa, en ella se preservan conocimientos sobre el territorio, la biodiversidad, la medicina tradicional, la resolución comunitaria de conflictos, las prácticas agrícolas, la cosmovisión y la memoria histórica de los pueblos que las hablan. Cada lengua constituye una forma particular de interpretar la realidad y una expresión irrepetible.

El reconocimiento constitucional de la composición pluricultural del país implica una responsabilidad permanente para el Estado mexicano, pues exige no solo reconocer la existencia de los pueblos indígenas, sino también establecer mecanismos que garanticen el ejercicio de sus derechos, entre ellos el derecho a conservar y transmitir sus lenguas.

En los últimos años México ha avanzado en el reconocimiento jurídico de los pueblos indígenas, las reformas constitucionales, la expedición de leyes especializadas y la incorporación de instrumentos internacionales han fortalecido el marco de protección de los derechos lingüísticos.

Sin embargo, la realidad demuestra que aún existen importantes desafíos para traducir ese reconocimiento normativo de acciones concretas que garanticen su ejercicio cotidiano. Hoy persisten brechas entre el contenido de las normas y las condiciones materiales que permitan preservar las lenguas indígenas como parte del patrimonio cultural de la nación.

Diversos procesos han contribuido a reducir los espacios donde estas lenguas se utilizan de manera habitual, limitando su transmisión entre generaciones y disminuyendo el número de hablantes. La desaparición de una lengua implica la pérdida de conocimientos, expresiones culturales y formas de organización social, que enriquecen el patrimonio colectivo del país.

Cada lengua que deja de transmitirse significa también la desaparición de una forma particular de comprender el mundo. Por ello, la protección de las lenguas indígenas debe ser una política de Estado, orientada a preservar uno de los componentes más importantes de la diversidad nacional.

En este contexto, el sistema educativo representa el instrumento más eficaz para fortalecer la permanencia de una lengua, pues es en la escuela donde las nuevas generaciones adquieren conocimientos, desarrollan habilidades y construyen valores relacionados con la identidad nacional.

El sistema educativo nacional debe promover que todas las personas conozcan la diversidad lingüística que caracteriza al país y comprendan el valor cultural, histórico y social que esto representa.

La enseñanza de las lenguas indígenas, favorecen el desarrollo de una ciudadanía intercultural basada en el respeto mutuo, la inclusión y la igualdad sustantiva, además de contribuir a la disminución de prácticas discriminatorias.

También se debe tomar en cuenta que diversos servicios públicos requieren una comunicación efectiva con personas hablantes de estas lenguas, por ello la formación de profesionistas con conocimientos en lenguas indígenas fortalece la calidad de los servicios públicos, mejora el acceso efectivo a derechos fundamentales y contribuye a reducir barreras de comunicación entre las instituciones públicas y las comunidades indígenas.

La presente iniciativa parte de la convicción de una política educativa moderna debe reconocer. Al mismo tiempo, la importancia del aprendizaje y del español, el dominio de lenguas extranjeras y la preservación de las lenguas indígenas nacionales, entiendo que estos rubros no son excluyentes sino complementarios para el desarrollo integral.

La legislación educativa vigente incorpora principios relacionados con la inclusión, la interculturalidad y el respeto a la diversidad cultural. Sin embargo, estos principios requieren fortalecerse mediante disposiciones que impulsen de manera más decidida la enseñanza y valoración de las lenguas indígenas dentro de todos los tipos educativos.

La presente iniciativa no pretende establecer una obligación general para que todas las personas aprendan una lengua indígena.

Su finalidad consiste en ampliar las oportunidades de enseñanza y reconocimiento académico de dichas lenguas dentro del sistema educativo nacional. Además, se busca impulsar la investigación, documentación y preservación de las lenguas indígenas mediante proyectos universitarios y de largo plazo, contribuyendo a su revitalización y fortalecimiento.

La enseñanza de las lenguas indígenas no debe concebirse exclusivamente como una medida...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputada.

La diputada María Graciela Gaitán Díaz:...dirigida a los pueblos originarios. Por el contrario, debe entenderse como una política educativa orientada a fortalecer el conocimiento de la diversidad nacional, promover el respeto entre las distintas expresiones culturales y contribuir a la construcción de una sociedad más incluyente.

Por eso, compañeras y compañeros diputados, les pido su apoyo para que esta iniciativa transite una vez que sea turnada a la comisión dictaminadora. Es cuanto. Muchas gracias.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Educación, para dictamen.



DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL, DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, Y FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXTINGUE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, Y SE ABROGA SU LEY ORGÁNICA, PUBLICADO EN EL DOF EL 29 DE MAYO DE 2023

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c) del artículo transitorio segundo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como el decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, con el propósito de impulsar el establecimiento de pensiones equitativas. Adelante, diputado.

El diputado Jesús Fernando García Hernández:Ánimo, ánimo. Desde Navolato vengo. Con el permiso de la Mesa Directiva y con el permiso del pueblo de México. Hoy vengo a tocar algo muy sensible, algo que el magisterio y todos los trabajadores al servicio del Estado gritan, pero no gritan de júbilo y no gritan de alegría, gritan de dolor y gritan de tristeza.

La palabra jubilación significa propiamente eso, proviene del latín jubilare, que significa, en términos, gritar y saltar de alegría, pero lo repito otra vez, es un grito de tristeza cuándo ya los trabajadores pasan a jubilarse. Lo digo una y otra vez.

Y empiezo con una iniciativa que hemos estado proponiendo varias veces y que en el mes de abril la volvimos a ratificar que es de acuerdo a las unidades de medida y actualización, las famosas UMA que a los jubilados les pagan en UMA y no les pagan en salarios mínimos, y si se les descuenta en salarios mínimos, les tienen que pagar la jubilación en salarios mínimos.

Hacemos una pequeña historia y, chéquenlo ustedes y me van a dar la razón, y hay que sacarnos un diez con los trabajadores para el momento de jubilarse. En 2016 la UMA era de 73 pesos con 4 centavos y el salario mínimo exactamente 73 pesos con 4 centavos, ahí no había ningún problema, era lo mismo si le pagaban en UMA y le pagaban salarios mínimos.

Pero, vean el desarrollo, ya en el 18 la UMA era de 80 pesos con 60 centavos y el salario mínimo ya era de 88 con 36, 8 pesos más. Nos vamos al 22 y era de 96 pesos con 22 centavos la UMA y el salario mínimo con 172.87, ya una diferencia grande. Pero, chéquenla ya para el 26, para no irme año tras año, el 26, este año la UMA es 117 pesos con 31 centavos y el salario mínimo con 315.

¿Qué quiere decir esto? Que, si hoy un trabajador se jubila en UMA esos 117 por los 30, por los 10 días, da 35 mil 193, pero si se jubilara con los salarios mínimos los 315 por los 30 días del mes, por los 10 días serían 94 mil 452 pesos. Chequen la diferencia, chequen, 35 a 94, pero sí estuviera en la frontera el salario mínimo es de 440.87, tuviera una jubilación de 132 mil 261, qué chulada. Ahí sí, gritaba de júbilo, gritaba de alegría por jubilarme, ¿sí?

Si sacamos otras cuentas, porque se reformó el decreto de esto, del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el 30 pasado de abril, para los trabajadores regidos por las leyes del IMSS y del ISSSTE, y en ese artículo 127 constitucional de las famosas pensiones doradas, que nuestra presidenta tuvo a bien dar aquí en el Congreso y nosotros votar, es la mitad de su sueldo.

Y esas pensiones tienen un tope de 70 mil pesos al mes, que es el 50 por ciento del sueldo de las ciudadanas. Repito, el 10 de abril de 2026 metimos nosotros eso. Pero esto no toca las pensiones de los trabajadores del IMSS y del ISSSTE.

Pero ¿qué pedimos?, ¿qué pedimos nosotros que se haga? Así como hay un tope en el pago de las pensiones, también que haya pago de pensiones de un piso; que no gane menos de eso, porque hay trabajadores que ganan una irrisoria cantidad en la cuestión de la jubilación y queremos que ganen más.

Si sumáramos, ¿sí?, el sueldo de la presidenta, de 134 mil 290, entre tres, daría 44 mil 763 pesos; y un estudio de familia de cuatro integrantes, papá, mamá y los hijos, señala que el promedio de gasto para satisfacer todas las necesidades es de 42 mil 735.

Fíjense. Si sacáramos un promedio de los 94 mil 452 de los salarios mínimos con los 35 mil 193 de las sumas, daría un total de 129 mil 645; entre los dos sería 64 mil 822 pesos.

¿Qué pedimos? Que no nos paguen esto, los 64 mil 822 pesos, sino que fluctúe entre el pago de la pensión de los trabajadores; y pedimos que a todos los trabajadores se les paguen...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputado.

El diputado Jesús Fernando García Hernández:...un mínimo de 44 mil 763 pesos como pensión mínima, como pensión piso. Por eso decimos que tenemos que gritar de júbilo y tenemos que gritar de alegría. Ánimo y a sacarnos un diez. Unidad nacional, todo el poder al pueblo. Vamos, pues, a sacarnos ese diez. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que se reforma el inciso c) del artículo transitorio segundo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, con el propósito de impulsar el establecimiento de pensiones equitativas, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, diputado a la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c del artículo transitorio segundo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, con el propósito de impulsar el establecimiento de pensiones equitativas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A partir de considerar que “los artículos 1o., 4o., y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, obligan a los Estados a crear las instituciones indispensables para asegurar que las personas trabajadoras mexicanas y sus familias disfruten del derecho humano a la seguridad social, incluyendo sus componentes de pensiones y salud” y de que “los sistemas de pensiones fueron diseñados en sus orígenes como esquemas de beneficio definido y de reparto, es decir, basados en un mecanismo intergeneracional, por medio del cual, las pensiones de los jubilados se pagan con las contribuciones de los trabajadores en activo”, en abril de 2024, ambas Cámaras del Congreso de la Unión aprobaron el decreto por el que se crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Entre otras consideraciones que sustentan el dictamen correspondiente, se precisa que “la protección social en su carácter universal, aparte de ser un derecho humano, es esencial para impulsar el desarrollo económico y social de las personas, comunidades y naciones”, además de mencionar que “las pensiones se consideran como un beneficio económico que recibe una persona al momento de concluir su vida laboral, ya sea por cesantía en edad avanzada o vejez”; entendidas como “una prestación primordial para la planeación y certeza de los trabajadores y trabajadoras, puesto que constituyen un instrumento que posibilita sustituir los ingresos laborales que dejan de percibir al término de su periodo laboral, y representan una condición esencial para proteger la subsistencia en la edad adulta mayor”.

La iniciativa de origen sustenta que “a medida que la población envejece y la expectativa de vida aumenta, es fundamental garantizar que toda la ciudadanía tenga acceso a una pensión digna que le permita disfrutar de una vejez tranquila y sin preocupaciones económicas”. Ello, cuando cita que el sistema de pensiones del país “presenta deficiencias significativas en términos tanto de cobertura, como de suficiencia”. Este segundo aspecto es evidente, cuando se refiere que “diversos estudios a nivel nacional e internacional estiman que la suficiencia de las pensiones en México se ubica en rangos de entre 30 y 60 por ciento”. Significa esto que “a pesar de alcanzar las semanas o años de cotización necesarios para obtener una pensión, el monto de la pensión mínima garantizada sólo alcanza para remplazar menos del 60 por ciento del último salario de los trabajadores”. Enuncia asimismo que “para el caso de los trabajadores al servicio del Estado, que obtendrán pensión basados en un sistema análogo de ahorro en cuentas individuales, la pensión es igualmente insuficiente”.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyo decreto fue publicado el 30 de abril de 2024, es un fideicomiso público cuyo objetivo está en complementar las pensiones de los trabajadores regidos por la Ley del Seguro Social que entró en vigor a partir de 1997 y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado vigente desde el 2007. Con la aplicación de este mecanismo, se calcula y financia un necesario complemento económico que cubre la diferencia entre pensión calculada por la Administradora de Fondos para el Retiro y el salario promedio, de suerte que trabajadores de ambos sistemas, regidos por cuentas individuales, con una cotización de al menos 850 semanas, se jubilen con el 100 por ciento de su última percepción salarial, con un tope mensual de $17,885,85 al 2026.

La bolsa de recursos económicos por la cual se integra el Fondo proviene de aportaciones a cargo de instituciones diferentes, así como de fuentes como cuentas no reclamadas del IMSS e ISSSTE y ahorros de subcuentas de vivienda no utilizados y rendimientos generados. Tiene por objetivo central dignificar el retiro laboral con la mejora de las tasas de reemplazo. La administración y operación de este modelo que funciona como un fideicomiso público está a cargo del Banco de México con sujeción a reglas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

De acuerdo con la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, el Fondo de Pensiones para el Bienestar es un importante esfuerzo a cargo del Gobierno de México. Recursos derivados de la Austeridad Republicana y otros que anteriormente “se iban a la corrupción”, son ahora destinados al financiamiento de esas pensiones.

La mandataria ha explicado que “el Fondo de Pensiones para el Bienestar regresa a un régimen solidario en una buena parte”, dado que “el Estado mexicano le garantiza a la maestra, al maestro, al trabajador del Estado y al trabajador que está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social, que si gana el equivalente al salario medio del IMSS no se va a ir con menos pensión, se va a ir completo su salario”. Reconoce que “es un régimen solidario que generó el gobierno del Presidente López Obrador para garantizar pensiones justas”.

En la búsqueda de asegurar ingresos dignos para pensionados, la operación del Fondo estará en camino de revertir esquemas de afectación a la clase laboral, tras el cambio de un sistema público a uno privado de pensiones que durante las últimas casi tres décadas ha migrado de cuentas colectivas a individuales y que no resolvió la problemática que en su momento se argumentó.

Un modelo de ahorro pensionario que ha sido inequitativo, por cuanto dispone de aportaciones individuales a cargo del trabajador y garantizar un sistema que prácticamente ha dejado fuera de esta obligación al empleador y al Estado; haciendo así a un lado el cumplimiento de principios solidarios, por haber dejado expuestos a jubilados que han dejado en el trabajo los grandes años de su vida.

El modelo de cuentas de ahorro individuales, derivado de políticas de corte neoliberal, fondeado con recursos a cargo de las y los trabajadores, tras muchos años de vida laboral, no ha servido para garantizar la sostenibilidad financiera del mismo y si por el contrario ha traído inequidades en la sociedad; cuya manifestación clara es la pérdida acumulada del poder adquisitivo de las pensiones que se cubren.

La realidad dicta que los esquemas de rentas vitalicias y retiros programados, bajo los cuales se operan los sistemas de pensiones derivados de cuentas individuales no alcanzan para cubrir las necesidades de ingreso de los extrabajadores; siempre expuestos a bajos rendimientos y afectaciones por factores como la inflación.

Un modelo de pensiones que no ha funcionado como se esperaba, demanda de una amplia revisión; para ir estableciendo así esquemas encaminados a la sostenibilidad del mismo. Son variados los factores a tomar en consideración. Estos deberán ir desde una mejora en los niveles de productividad hasta un incremento en los ingresos económicos de los trabajadores; para garantizar no sólo recursos a un fondo solidario de pensiones si ese fuese el caso, sino un mayor y realmente competitivo financiamiento a los sistemas individuales de ahorro. Aquí, desde luego, la participación solidaria efectiva a cargo de empleadores y del Estado es aporte fundamental.

Un informe de la Organización Internacional del Trabajo, que data del 2018, reveló en su momento que “las políticas de privatización de las pensiones, que unos 30 países ya habían adoptado, no arrojaron los resultados esperados, ya que la cobertura y las prestaciones no aumentaron, las desigualdades entre hombres y mujeres se agravaron, mientras que los riesgos sistémicos afectaron a los individuos y la situación fiscal empeoró: Resultado de ello, mencionaba que “la mayoría de los países están revirtiendo las medidas de privatización y regresando a los sistemas públicos basados en la solidaridad”.

Isabel Ortiz, identificada como Directora del Departamento de Protección Social de la OIT, exponía que “la privatización de las pensiones trajo muchas promesas, incluidos niveles más altos de prestaciones, extensión de la cobertura y costos fiscales más bajos. Sin embargo, los sistemas privatizados obtuvieron resultados inferiores a lo esperado y este es el motivo por el cual los países regresan a los sistemas públicos”.

El organismo revelaba asimismo que “un análisis de los sistemas de pensión en todo el mundo muestra que los sistemas públicos, basados en la solidaridad y la financiación colectiva, son la forma más extendida de protección de la vejez a nivel mundial”.

Decía también que “en los países con ingresos más altos, sistemas de protección social desarrollados y población que envejece, el mayor desafío es mantener un equilibrio entre la sostenibilidad financiera de los sistemas de pensión y prestaciones adecuadas para los ancianos”. Ello, cuando llamaba a las naciones a diseñar con equilibrio reformas en materia de seguridad social.

De acuerdo con Fabio Durán-Valverde, identificado como Jefe de Finanzas Públicas, Servicios Actuariales y Estadísticos de la OIT, “los países que introducen reformas en sus sistemas de pensiones deben encontrar un equilibrio adecuado entre los objetivos de la sostenibilidad y las prestaciones por jubilación a fin de cumplir con el objetivo de los sistemas de pensiones”.

El Plan Nacional de Desarrollo establece que “el modelo neoliberal quedó atrás y en su lugar se impulsa un desarrollo con justicia, donde el bienestar de las y los trabajadores esté en el centro de la economía”. Es así que “se consolidará la política de recuperación del poder adquisitivo, asegurando que los salarios mínimos no solo superen la línea de pobreza, sino que garanticen una vida digna”.

El documento enuncia asimismo que “se fortalecerán la seguridad social y los derechos laborales, cerrando brechas de desigualdad y promoviendo la formalización del empleo”. Fundamenta que la “República con trabajo y salario justo tiene como objetivo restaurar el poder adquisitivo de las familias, promoviendo un ambiente laboral sin discriminación y con igualdad sustantiva entre mujeres y hombres”.

La presente iniciativa propone así sea incrementado el complemento a las pensiones del IMSS e ISSSTE a cargo del Fondo de Pensiones para el Bienestar, para establecerlo en un equivalente a una tercera parte de la remuneración determinada para la persona titular del Ejecutivo Federal, qué conforme a lo aprobado en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026, es de $134,290 pesos mensuales. Significaría esto que los pensionados de ambos sistemas pudieran recibir un ingreso mensual de $44,763 pesos.

Lo anterior representaría para pensionados una medida de impulso a la equidad, a lo justo y un reconocimiento a sus derechos laborales; dado que el gasto mensual promedio de un hogar integrado por una familia de cuatro personas, representa una erogación que bordea los $42,735 pesos. Esta cantidad de dinero se destina a cubrir necesidades básicas de alimentación, transporte, vivienda y otros servicios en general.

Sería ampliar un derecho social, direccionado a seguir garantizando el bienestar de la clase trabajadora con igualdad y desarrollo económico; más ahora que el proyecto de la Cuarta Transformación tiene entre sus compromisos construir precisamente una república con trabajo y salario justos, donde los ingresos estén por arriba de la inflación, para avanzar progresivamente en la ruta de procurar condiciones mejores de retiro.

La medida serviría para hacer de las jubilaciones conforme a su definición etimológica un “iubiláre”, esto es, “un grito de alegría”; aludiendo a una celebración. En este caso, por haber concluido una responsabilidad laboral y alcanzar así por ello una vejez feliz.

En razón de lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el inciso c del artículo transitorio segundo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Artículo Único. Se reforma el inciso c del artículo transitorio segundo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, para quedar como sigue:

Transitorios

Primero. ...

Segundo. ...

...

a. y b) ...

c. El Fondo de Pensiones para el Bienestar brindará a los institutos de seguridad social los recursos necesarios para procurar que los trabajadores que alcancen los sesenta y cinco años de edad y cuya pensión sea igual o menor a dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos con sesenta y ocho centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el Instituto Mexicano del Seguro Social actualizado por la inflación estimada para el año 2024, reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal en relación con la pensión que se obtenga conforme a las disposiciones aplicables que sea equivalente a una tercera parte de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal. Dicho monto deberá actualizarse el primero de enero de cada año, de acuerdo con la inflación estimada para el año correspondiente. Lo anterior, siempre y cuando hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social a partir del día primero de julio de mil novecientos noventa y siete, así como para aquellos trabajadores que se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. El complemento a que se refiere este inciso es intransferible y será exigible por los trabajadores que obtengan su dictamen o concesión de pensión, según corresponda, a partir de que transcurran 60 días de la constitución del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Dicho complemento estará sujeto a la suficiencia del Fondo, as como a las reglas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

d. ...

Tercero a Décimo Primero. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuentes de consulta

https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/65/2024/abr/20240422-IV.pdf# page=2

https://www.gob.mx/presidencia/prensa/el-fondo-de-pensiones-del- bienestar-establece-un-regimen-solidario-para-garantizar-pensiones-justas-a-mae stras-y-maestros-presidenta?idiom=es

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5725265&fecha =30/04/2024#gsc.tab=0

https://www.dof.gob.mx/2025/PRESREP/PND por ciento202025-2030.pdf

https://www.sitios.scjn.gob.mx/cec/sites/default/files/publicati on/documents/2025-08/PensionesEnMexico.pdf

https://www.ilo.org/es/resource/news/progresa-la-cobertura-mundi al-de-las-pensiones-pero-las-prestaciones-son

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputado y diputadas: Jesús Fernando García Hernández, Ana Erika Santana González, Kenia Gisell Muñiz Cabrera (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Bienestar, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión.

Esta Presidencia saluda a Ana Rosa Valdez, diputada local del estado de Veracruz, y a Chirley Panamá, invitadas por la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del PRI. Sean bienvenidas a ese salón de sesiones.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 32 Bis, a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de precios comparables y prevención de descuentos fraudulentos en las ventas digitales.

El diputado Yerico Abramo Masso:Con su permiso, diputada presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputado.

El diputado Yerico Abramo Masso: Compañeras y compañeros legisladores, vengo a esta tribuna a presentar esta iniciativa de ley que modifica el artículo 32 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y lo que busca, amigas y amigos, es hacer más competitiva las plataformas de venta digital, pero también más transparentes.

Hoy, en México, se compra casi el 4 por ciento del PIB nacional en plataformas digitales. Hoy en el 10 de mayo, en el Buen Fin, en el Día del Padre, el Día del Niño y de la Niña, millones de mexicanas y mexicanos compramos vía tarjetas, apps, plataformas digitales; Amazon, y muchas otras cosas que están de oferta para productos en nuestro país.

Según datos de la Asociación Mexicana de Venta Online, el comercio electrónico de venta al por menor en México alcanzó un valor de 941 mil millones de pesos en el año 2025. Esto representó un 19. 2 por ciento más que el año inmediato anterior.

En el Buen Fin se vendieron 219 mil millones de pesos; en el 10 de mayo se vendieron 94 mil millones de pesos en comercio digital. En el Día del Padre se vendieron 14 mil millones de pesos y en el Día de la Niña y el Niño, 37 mil millones de pesos.

Eso está muy bien, amigas y amigos legisladores, pero el grave problema que tenemos es que en el comercio que actualmente tenemos falta mucha transparencia y mucha atención de la lista de precios.

Y pongo un ejemplo muy fácil, dos meses antes del Buen Fin, muchos comercios organizados suben sus precios 20, 15, 18, 30 por ciento y, una semana antes del Buen Fin, dicen: —Te vamos a dar un descuento del 15 o del 20 por ciento— sobre el 30 por ciento que ya habían subido.

Entonces te dicen: esta pantalla LED o high definition, que cuesta 20 mil pesos en el mes de abril, la suben en el mes de mayo o la suben en el mes de septiembre, la suben de 15 mil a 25 mil pesos, y llega el Buen Fin y te dicen: —Esta tele te la damos en 18 mil pesos—. Sigue estando más cara que los 15 mil pesos originales que tenían en el mes de abril.

La reforma al artículo 32 Bis que estoy proponiendo de la Ley de Protección al Consumidor lo que busca es que las plataformas de venta digital pongan los últimos 60 días de su precio, para que la gente pueda tomar las mejores decisiones de compra antes de ponerle sí al cargo a la tarjeta de crédito, y esto les permita a los consumidores blindar su economía y comprar los mejores productos al mejor precio, y hacer plataformas digitales mucho más competitivas y menos opacas.

Por un comercio competitivo, transparente y que genere empleos, hagamos un comercio justo, un comercio que genere alternativas verdaderas de descuento y saquemos del contexto el abuso, la opacidad y los precios inflados.

Hoy por hoy, compañeras y compañeros legisladores, si dictaminamos esta ley, vamos a estar muy a tiempo antes de que nos llegue el Buen Fin, para poder tener las mejores ofertas en los mejores momentos en las plataformas digitales.

Y con esto quiero aprovechar, antes de terminar mi tiempo, comentarles que a la Ley de Protección al Consumidor le hemos hecho muchos remiendos. Tan solo un servidor ha presentado seis iniciativas de ley que tienen que ver con la protección a las y los consumidores de México, y el problema que tenemos, amigas y amigos legisladores, es que la ley no está actualizada.

Yo hago un llamado para que podamos hacer una comisión de análisis para crear una nueva ley, un nuevo marco jurídico para el tema de protección al consumidor. Garanticemos derechos de todas y de todos, transparencia, mejor precio y mejores condiciones de compra para las y los mexicanos.

A la fecha, hay más de 6 mil iniciativas de ley de esta legislatura en comisiones, más de 6 mil, con un proceso de dictaminación de menos del 95 por ciento. Solamente se han dictaminado menos del 6 por ciento de las iniciativas que llegan a las comisiones.

Todas ustedes y todos ustedes han presentado iniciativas de ley, todos hemos presentado iniciativas de ley. Yo, al día de hoy, llevo 121 iniciativas de ley presentadas y menos de 5 dictaminadas.

¿Por qué está pasando esto, amigas y amigos? Porque las comisiones tienen que ser más dinámicas, todos tenemos que ser más corresponsables y, como legisladoras y legisladores tenemos que ponerle mucha atención a lo que esta Cámara propone y a lo que dictamina.

Creo que todas y todos vinimos con una intención después de la elección: traer la voz ciudadana a las iniciativas de ley que presentamos. Y quizá no todas tendrán que pasar, pero yo sí creo que es importante que se dictamine ya sea a favor o en contra las leyes que están en turno a comisión.

No pasemos a la historia con una legislatura que solamente votó lo que venía del Ejecutivo federal, tenemos que votar lo que proponen las y los legisladores de todos los grupos parlamentarios. Es cuanto, diputada presidenta. Y hago un llamado respetuoso para que podamos modernizar esta legislatura. Muchas gracias y buenas tardes.

«Iniciativa que adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de precios comparables y prevención de descuentos fraudulentos en las ventas digitales, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado a la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las ventas por internet en los últimos años han ido en aumento y esto se ha convertido en una de las principales vías para la compra de productos de todo tipo. Este crecimiento exponencial abre grandes posibilidades y mejoras en la dinámica de la economía mundial; es más sencillo mover millones de productos desde su origen de fabricación al cliente final sin muchos intermediarios, al igual que encontrar mejores precios por ofertas únicas aplicables solo en ventas en páginas de internet por la conexión directa con el fabricante o distribuidores directos.

Sin embargo, han surgido prácticas engañosas que perjudican a los consumidores, especialmente las relacionadas con los descuentos fraudulentos, para darle la apariencia de rebajas atractivas que en realidad no lo son. Esto constituye un engaño al consumidor que vulnera sus derechos, lo cual perjudica la confianza en el comercio digital.

Una manera clara y evidente de medir este crecimiento es a través de su participación en el Producto Interno Bruto (PIB). Según cifras preliminares del INEGI, el comercio electrónico de bienes y servicios (como proxy de la economía digital) alcanzó en 2022 un valor equivalente al 5.9% del PIB nacional, creciendo significativamente en los últimos años.

En términos absolutos, este crecimiento se traduce en miles de millones de pesos. dado el tamaño de la economía mexicana, consolidando a México como uno de los mercados digitales más dinámicos de América Latina.

La Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe ya de por si la publicidad engañosa y prácticas abusivas, en su artículo 32, párrafo segundo establece que: “Para los efectos de esta ley, se entiende por información o publicidad engañosa o abusiva aquella que refiere características o información relacionadas con algún bien, producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error o confusión al consumidor por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.”

Sin embargo, en la práctica es difícil de detectar y sancionar dichas prácticas de descuentos ficticios.

Actualmente, existen mecanismos para detectar los cambios de precios de manera externa al utilizar plataformas ajenas a la página de donde se compra el producto o de manera manual, pero hay consumidores que desconocen estas herramientas o no tienen tiempo para monitorear el precio durante varios días, esto puede poner al comprador en una considerable desventaja frente al vendedor.

El derecho de los consumidores a recibir información clara y veraz encuentra sustento directo en el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone: “El derecho a la información será garantizado por el Estado.” Este precepto consagra la obligación de las autoridades y de los particulares de propiciar condiciones que permitan al ciudadano acceder a información veraz, comprobable y suficiente para la toma de decisiones, lo que incluye las relaciones de consumo y las operaciones en el comercio electrónico. La transparencia de precios y la verificación de descuentos no son un privilegio comercial, sino una manifestación concreta del derecho constitucional a la información, al evitar que el consumidor sea inducido a error mediante precios manipulados o ficticios.

Por su parte, el artículo 25 constitucional, párrafo tercero establece que “El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.” De esta disposición se deriva la obligación del Estado de supervisar y orientar la actividad económica en beneficio del interés general. En el ámbito del comercio electrónico, esta rectoría implica garantizar la competencia leal y la transparencia informativa, asegurando que los precios y promociones sean auténticos y no resulten en un perjuicio para el consumidor.

Finalmente, en el artículo 28, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece de manera expresa que “La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.” Este precepto es sumamente relevante, pues faculta al legislador para establecer modalidades en la organización y comercialización de productos con el propósito de evitar prácticas que provoquen aumentos artificiales de precios o que generen perjuicios al consumidor.

La obligación de mostrar el historial de precios y el precio más bajo previo a las promociones constituye un mecanismo de materialización de esa protección constitucional, garantizando que la información comercial sea veraz y no induzca a error, fortaleciendo así, la confianza en el comercio digital y la equidad en las relaciones de consumo.

Está claro que estos “descuentos ficticios” no solo afectan el bolsillo de la gente, sino que también puede distorsionar la competencia. Las empresas que obran con honestidad y mantienen precios justos parecen menos competitivas frente a aquellas que manipulan precios. Además, minan la confianza en el comercio electrónico en general. De seguir esta tendencia, podría generarse un escepticismo tal que los consumidores duden de toda promoción, afectando incluso a los comerciantes legítimos.

En el ámbito internacional, muchos países brindan al consumidor mediante la legislación necesaria la regulación el comercio digital para evitar actividades fraudulentas, reconociendo la importancia de la transparencia en los precios para la protección al consumidor. Según la Directiva (UE) 2019/2161 del Parlamento Europeo y del Consejo (2019), todo anuncio de reducción de precios debe indicar el precio más bajo aplicado durante los treinta días anteriores. Esta reforma legal fue pensada precisamente para evitar las falsas rebajas. En países como España, Francia o Alemania, las plataformas de venta ya están adaptando sus sitios: cuando un producto está en descuento, muestran el precio anterior más bajo del último mes.

Incorporar esta medida podría haber evitado o al menos evidenciado a tiempo numerosos fraudes y abusos detectados en los últimos años. Por ejemplo, durante el Buen Fin, Profeco registra cada año reclamaciones por incumplimiento de ofertas/promociones y no respetar precios anunciados (p. ej., 142 casos por ofertas no respetadas en 2023). La experiencia comparada y monitoreos periodísticos muestran prácticas como elevar el precio días previos y anunciar ‘descuentos’ que en realidad regresan al precio previo. Un historial visible de precios en la ficha del producto habría permitido prevenir y detectar estas conductas en el momento de la compra. Cabe señalar que muchos de estos fraudes dañan no solo a los consumidores directamente afectados, sino al sistema digital en su conjunto. Cuando salen a la luz, generan publicidad negativa y desconfianza generalizada.

Implementar la obligación de incluir gráficas de historial de precios en el comercio electrónico traerá numerosos beneficios, alineados con la protección al consumidor y el buen funcionamiento del mercado, así como la confianza en el proveedor.

El comprador dispondrá de información clara para tomar decisiones. Ya no dependerá únicamente del marketing del vendedor, sino que podrá ver por sí mismo cómo ha fluctuado el precio. Esto es especialmente útil para detectar “ofertas” engañosas, pero también sirve en general para apreciar si un precio actual es alto o bajo comparado con el promedio histórico. Una ciudadanía informada es más difícil de engañar y, por ende, las empresas se verán incentivadas a competir con ventajas reales (precio, calidad, servicio) y no con trucos.

Obligar al comercio electrónico a publicar las gráficas de historial de precios de los productos es una medida necesaria y beneficiosa para el sistema digital en México. Responde a problemas reales detectados en nuestro mercado, se inspira en mejores prácticas internacionales y robustece el derecho del consumidor a la información y a compras libres de engaño.

En atención a lo anteriormente expuesto es que propongo la adición de un artículo 32 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor y para una mejor identificación de la propuesta, se presenta el siguiente cuadro comparativo.

Ley Federal de Protección al Consumidor

En virtud de lo anteriormente expuesto, acudo a esta tribuna para someter a la consideración de este pleno y solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 32 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo 32 Bis. En el comercio electrónico, los proveedores que ofrezcan bienes o servicios al consumidor deberán mostrar, de forma visible en la ficha de cada producto o servicio, un historial de precios correspondiente, por lo menos, a los últimos sesenta días naturales, señalando también el precio más bajo aplicado en los treinta días previos a cualquier promoción o descuento.

La información deberá ser exacta, verificable y mantenerse actualizada en todo momento.

El incumplimiento de esta disposición se considerará publicidad engañosa conforme a lo previsto en el artículo 32 de la presente Ley, y será sancionado de acuerdo con las disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Procuraduría Federal del Consumidor deberá realizar, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación del presente decreto, las adecuaciones administrativas y tecnológicas necesarias para supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 32 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Tercero. Las plataformas y proveedores de comercio electrónico contarán con un plazo de ciento veinte días naturales a partir de la entrada en vigor de este decreto para adaptar sus sistemas, bases de datos o interfaces digitales a fin de cumplir con la obligación de mostrar el historial de precios a que se refiere el artículo 32 Bis.

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2024, 12 de febrero). Valor agregado bruto del comercio electrónico (VABCOEL) 2022 [Comunicado de prensa núm.?121/24; PDF]. INEGI.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ vabcoel/vabcoel2022.pdf.

2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpc.htm.

3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm.

4 Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea. (2019). Directiva (UE) 2019/2161 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y las Directivas 98/6/CE, 2005/29/CE y 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a una mejor aplicación y modernización de las normas de la Unión en materia de protección de los consumidores. Diario Oficial de la Unión Europea, L 328, 7—28.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX% 3A32019L2161

5 Consumidor, Procuraduría Federal del. «Profeco detectó 21 % menos reclamos que el año anterior por El Buen Fin». gob.mx,

http://www.gob.mx/profeco/prensa/profeco-detecto-21-menos-reclam os-que-el-ano-anterior-por-el-buen-fin. Accedido 25 de octubre de 2025

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de septiembre de 2026.– Diputados y diputadas: Yerico Abramo Masso, Adasa Saray Vázquez Vázquez, Ciria Yamile Salomón Durán, Humberto Ambriz Delgadillo, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Noel Chávez Velázquez (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de reconocimiento de la Madre Tierra.

La diputada Ciria Yamile Salomón Durán:Gracias. Con su venia, presidenta. Nosotros dependemos de la Tierra, pero la Tierra no depende de nosotros. Estamos ante una de las oportunidades históricas para emitir una Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente que garantice realmente el cuidado efectivo de nuestro entorno. Y, para lograrlo, tenemos que superar paradigmas arcaicos y obsoletos que veían al medio ambiente como un recurso explotable e infinito y reconocerlo por lo que realmente es, el suelo, la tierra, el agua y el aire que nos sostienen y nos alimentan.

Las cuentas económicas y ecológicas del Inegi revelan que los costos por degradación ambiental y agotamiento de los recursos naturales equivalen al 4.1 por ciento del producto interno bruto nacional, una cifra que asciende a más de 1.38 billones de pesos anuales.

Este impacto económico no es abstracto, se traduce en la generación de más de 102 mil toneladas de residuos sólidos urbanos cada día, toneladas de residuos cada día, en la contaminación de nuestra infraestructura hídrica y en la emisión constante de gases contaminantes que se sitúan a la contaminación del aire en nuestras ciudades como uno de los principales factores de gasto ecológico y de salud pública.

A la crisis urbana se suma la pérdida acelerada del patrimonio natural de las zonas rurales y selvas. De acuerdo con el Sistema Nacional de Monitoreo Forestal de la Conafor, México registra una deforestación bruta por medio de entre 177 mil y 200 mil hectáreas al año, impulsada principalmente por el cambio de uso de suelo.

Para ponerlo en perspectiva, cada año perdemos bosques y selvas en una superficie equivalente a la Ciudad de México y sus municipios conurbados. Eso destruye hábitats, agrava la crisis hídrica por la sobreexplotación de los acuíferos y frena las posibilidades de desarrollo sostenible de nuestro país.

Y todos sabemos que no es una situación aislada. A nivel internacional, un número creciente de naciones y tribunales están abandonando la visión tradicional que reduce al medio ambiente a una simple fuente de recursos explotables, transitando hacia el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos.

Pionero en este cambio histórico fue Ecuador que incorporó los derechos de la Pachamama en su Constitución de 2008, mientras que Bolivia promulgó la Ley Marco de la Madre Tierra en 2012 para garantizar legalmente su restauración y protección.

Este modelo vanguardista se ha expandido a escala global mediante sentencias y leyes locales: en Nueva Zelanda se otorgó personalidad jurídica al río Whanganui; en Colombia, las Altas Cortes declararon como sujetos de derechos al río Atrato y a la Amazonía colombiana; en España se reconoció el estatus de la persona jurídica a la laguna del mar Menor e, incluso, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 22 de abril como el Día de la Madre Tierra.

Estos precedentes internacionales apelan a un cambio de paradigma imperativo: entender que proteger el entorno ya no es una opción política pública, sino una obligación legal y ética ante la crisis global.

Entidades de nuestra federación lo han entendido. México ya cuenta con precedentes pioneros que han comenzado a incorporar esta vanguardia jurídica en sus marcos normativos. La Ciudad de México marcó un hito histórico al reconocer en su Constitución a la naturaleza y sus ecosistemas como entes colectivos sujetos de derechos, obligando a las autoridades a garantizar su preservación y restauración.

A este hecho se han sumado estados como Oaxaca en 2021, Guerrero, Colima y el Estado de México cuyas reformas constitucionales y leyes locales han reconocido explícitamente los derechos intrínsecos de la biodiversidad, las especies nativas y los cuerpos de agua a existir, regenerarse y mantener sus ciclos vitales.

Y la pregunta aquí, compañeras y compañeros, es: ¿cuándo avanzaremos en el ámbito federal? ¿Hasta qué momento realizaremos este cambio a nuestras leyes? ¿Es necesario ver secos todos nuestros ríos y contaminadas todas nuestras lagunas para que, por fin, cambiemos esta forma de ver la naturaleza? ¿Una vez que estén talados todos nuestros bosques e incineradas todas nuestras parcelas entenderemos?

La necesidad de reconocer a la Madre Tierra como sujeto de derechos, de respetar sus ciclos y de garantizar su debida protección y procuración en su conjunto, es urgente y necesaria esta nueva ley.

Por eso presento esta iniciativa, con la esperanza de que se incorpore en los principios rectores de esta propuesta, porque, compañeras y compañeros legisladores, lamentablemente es ahora o nunca. Por el derecho a la vida, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de reconocimiento de la Madre Tierra, a cargo de la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, Ciria Yamile Salomón Durán, diputada federal por el Distrito 02 del estado de Hidalgo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de reconocimiento de la Madre Tierra, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Dentro del proyecto, presentado por la presidenta de la República, donde se abroga la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente vigente desde 1988, y se expide una nueva ley en la materia, existe el Capítulo III del Título Primero, denominado “Política Ambiental”, contiene el que corresponde al actual artículo 15 de la ley vigente y que en el proyecto se reubica y amplía como artículo 16, precepto que enumera los principios rectores que el Ejecutivo Federal debe observar para la formulación y conducción de la política ambiental.

Mientras que la ley vigente contempla veinte fracciones de principios, el proyecto de nueva ley amplía dicho catálogo a veintisiete fracciones, incorporando principios enteramente nuevos, no contemplados en la legislación actual, entre ellos uno particularmente relevante para la presente iniciativa, la fracción X, que reconoce el principio “ a favor de la naturaleza o pro natura”, conforme al cual, en caso de duda, todos los procesos ante autoridades y órganos con funciones de decisión de carácter jurisdiccional deben resolverse de manera que favorezcan la protección y conservación del ambiente, con preferencia a las alternativas que le sean menos perjudiciales.

Por lo que la presente iniciativa pretende adicionar dentro de ese mismo catálogo de principios del artículo 16, una fracción XXVIII, inmediatamente después de la última fracción ya prevista en el proyecto, que reconozca expresamente a la Madre Tierra y sus derechos como principio rector adicional de la política ambiental mexicana.

Se trata de una propuesta que no contradice ni desplaza ninguna de las veintisiete fracciones ya contenidas en el proyecto presidencial, sino que profundiza y da forma sustantiva al mismo espíritu biocéntrico que sus propios redactores ya reflejaron al incorporar el principio pro natura, llevándolo a su expresión más consolidada en el derecho comparado: el reconocimiento de derechos propios a la Madre Tierra.

El reconocimiento jurídico de los derechos de la Madre Tierra no surge en el vacío, se apoya en una visión de pensamiento ambiental con casi ochenta años de desarrollo en el mundo occidental, en 1949, el ecólogo y silvicultor estadounidense Aldo Leopold formuló, en su obra póstuma “A Sand County Almanac”, el concepto de “ética de la tierra” (land ethic), que propone ampliar la comunidad moral para incluir a los suelos, las aguas, las plantas y los animales, entendidos de manera colectiva como “la tierra”, Leopold sostuvo que una acción es correcta cuando tiende a preservar la integridad, la estabilidad y la belleza de la comunidad biótica, y que dicha ética cambia el papel del ser humano de conquistador de la comunidad de la tierra a simple miembro y ciudadano de ella.

Especialistas en ética ambiental han señalado que el planteamiento de Leopold constituye, en términos filosóficos, un argumento a favor de que cada especie animal y vegetal tiene un valor intrínseco y, por tanto, un derecho a existir por el simple hecho de pertenecer a la comunidad biótica, y no únicamente en función de su utilidad económica o estética para los seres humanos.

Este tránsito del antropocentrismo al ecocentrismo, de valorar a la naturaleza solo como recurso al servicio del ser humano, a reconocerle un valor propio, independiente de su utilidad, es precisamente el fundamento filosófico común que comparten tanto la ética de la tierra de Leopold como el posterior movimiento jurídico de los derechos de la naturaleza que se documenta en los apartados siguientes de esta exposición de motivos.

La fracción X del artículo 16 del propio proyecto de nueva LGEEPA, relativa al principio pro natura, es heredera directa de esta tradición ecocéntrica, al ordenar que las dudas interpretativas se resuelvan en favor de la protección del ambiente, reconoce implícitamente que la naturaleza tiene un peso propio en la ponderación jurídica, y no solamente en la medida en que sirve a intereses humanos contrapuestos; siendo congruente con la fracción XXVIII que propone esta iniciativa, haciendo explícito lo que la ética de la tierra ya sostiene desde hace más de siete décadas: que la comunidad biótica en su conjunto, la Madre Tierra, merece reconocimiento jurídico propio, y no solo protección instrumental.

El principio “a favor de la naturaleza o pro natura” que ya incorpora el proyecto de nueva LGEEPA constituye un avance notable, por primera vez, la legislación ambiental federal mexicana instruye a las autoridades a resolver las dudas interpretativas en beneficio de la protección ambiental, sin embargo, se trata de un principio de naturaleza interpretativa y procesal, un criterio para resolver casos dudosos, y no de un reconocimiento sustantivo de que la Tierra, como sistema viviente, es titular de derechos propios que deben respetarse con independencia de cualquier duda interpretativa.

Esta distinción no es menor, como se documenta a lo largo de la presente exposición de motivos, el derecho comparado ha avanzado, en las últimas dos décadas, de los principios interpretativos favorables al ambiente hacia el reconocimiento pleno de la naturaleza, y en particular de la Madre Tierra, como sujeto de derechos; México, a través de cinco entidades federativas, ya ha dado ese paso a nivel local; el proyecto de nueva LGEEPA, pese a su ambición reformadora en casi todas las demás materias ambientales, no lo da todavía a nivel federal, por lo que la presente iniciativa busca cerrar esa brecha, aprovechando la ventana de oportunidad que representa la discusión de la nueva ley.

Bolivia es la cuna jurídica e institucional del concepto de “derechos de la Madre Tierra”, el 21 de diciembre de 2010, la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia promulgó la Ley N.º 071, de Derechos de la Madre Tierra, que reconoce a la Madre Tierra como un sistema viviente dinámico, conformado por la comunidad indivisible de todos los sistemas de vida y los seres vivos interrelacionados, interdependientes y complementarios, que comparten un destino común, y le atribuye derechos colectivos a la vida, a la diversidad biológica, al agua, al aire limpio, al equilibrio y a la restauración. Dos años después, en octubre de 2012, Bolivia amplió este marco mediante la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien.

El propio gobierno de Bolivia fue, además, el promotor de la institucionalización internacional de este concepto, por iniciativa boliviana, respaldada por más de sesenta países, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 2009 la resolución A/RES/63/278, que declaró el 22 de abril como Día Internacional de la Madre Tierra, reconociendo que el concepto “Madre Tierra” es de uso común en numerosos países y regiones del mundo, y que refleja la interdependencia que existe entre los seres humanos, las demás especies vivas y el planeta que todos habitamos.

El documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible de 2012, conocido como “Río+20” y titulado “ El futuro que queremos”, reconoció expresamente que el planeta Tierra y sus ecosistemas son el hogar común de la humanidad, y que la expresión “Madre Tierra” es de uso común en varios países y regiones, consolidando así el respaldo de la comunidad internacional a este concepto más allá del ámbito estrictamente boliviano.

Ecuador se convirtió, en 2008, en el primer país del mundo en otorgar rango constitucional a los derechos de la naturaleza, tras el referéndum del 28 de septiembre de ese año, en el que 63 por ciento de la población respaldó el nuevo texto constitucional, entró en vigor la Constitución de Montecristi, cuyo Capítulo Séptimo reconoce a la Pachamama, expresión quechua para referirse a la Madre Tierra, el derecho al respeto integral de su existencia y al mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Ecuador cuenta ya con más de medio centenar de casos judiciales documentados por su Observatorio Jurídico de Derechos de la Naturaleza, en los que jueces y tribunales han invocado directamente estos derechos constitucionales para ordenar la protección de bosques, páramos y ríos frente a proyectos extractivos, consolidando una jurisprudencia que hoy se estudia como referente obligado en universidades de todo el mundo.

Nueva Zelanda ha desarrollado la vía legislativa más consolidada del common law en esta materia, en 2014 otorgó personalidad jurídica al bosque sagrado Te Urewera; en marzo de 2017 hizo lo propio con el río Whanganui, poniendo fin a un litigio de más de siglo y medio sostenido por el pueblo maorí; y en enero de 2025 extendió este reconocimiento al monte Taranaki, otorgándole el estatus de persona jurídica con representación conjunta de la comunidad maorí y del Estado.

En marzo de 2017, el Tribunal Superior de Uttarakhand, en India, resolvió otorgar el estatus de persona jurídica a los ríos Ganges y Yamuna, aunque dicha resolución fue posteriormente suspendida por la Corte Suprema de la India por dificultades prácticas de representación legal, lo que constituye un antecedente valioso sobre los retos de implementación de esta figura.

La Corte Constitucional de Colombia, por su parte, reconoció en 2016 al río Atrato como sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración, ordenando la creación de una comisión de guardianes integrada por el Estado y las comunidades étnicas ribereñas; y en 2018, la Corte Suprema de Justicia colombiana extendió un reconocimiento similar a la Amazonía colombiana como entidad sujeto de derechos, en un caso promovido por un grupo de niñas, niños y jóvenes preocupados por la deforestación.

México no ha sido ajeno a esta transformación jurídica, aunque el impulso ha provenido hasta ahora de los congresos locales y no del Congreso de la Unión, la cronología documentada por organizaciones especializadas permite identificar los siguientes hitos:

Guerrero (2014), primera entidad mexicana en reformar su Constitución local, estableciendo que el Estado deberá garantizar y proteger los derechos de la naturaleza; Ciudad de México (2017), la Constitución capitalina, en su artículo 13, Apartado A, reconoce a la Ciudad como parte de un ecosistema y establece deberes de protección y restauración del equilibrio ecológico, siendo la primera gran metrópoli de América Latina en incorporar esta figura a su norma fundamental; Colima (2019), el Congreso estatal reformó su Constitución para definir a la naturaleza, integrada por todos sus ecosistemas y especies, como un ente colectivo sujeto de derechos, con derecho a ser respetada en su existencia, restauración y regeneración de sus ciclos naturales; Oaxaca (2021) su Constitución dispone que la naturaleza, el medio ambiente y la biodiversidad son sujetos de derechos y tienen derecho a que se respete integralmente su existencia; Estado de México (2024), el 22 de abril de 2024 coincidiendo, de manera simbólica, con el Día Internacional de la Madre Tierra, el Congreso mexiquense aprobó por unanimidad una reforma que reconoce a la naturaleza y a la biodiversidad como sujetos de derecho.

El análisis especializado de la Fundación para el Debido Proceso documenta que, en apenas siete años, cinco entidades federativas mexicanas han reconocido estos derechos, mientras que el Congreso de la Unión no ha incorporado dicho reconocimiento a la legislación general federal; la discusión de la nueva LGEEPA representa la primera oportunidad real, en más de una década, para que el Congreso de la Unión cierre esta brecha entre el avance estatal y el vacío federal.

La tendencia continúa expandiéndose fuera de América Latina, en 2022, Panamá aprobó la Ley 806, que reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos a nivel nacional 11,y ese mismo año España aprobó, mediante ley de las Cortes Generales, la personalidad jurídica del Mar Menor, en Murcia 12, convirtiéndose en el primer ecosistema de Europa en obtener dicho estatus tras una iniciativa legislativa popular respaldada por más de 600 mil firmas ciudadanas.

Estos casos demuestran que el reconocimiento de derechos a la naturaleza ha dejado de ser una particularidad de los países andinos para convertirse en una herramienta jurídica que democracias consolidadas de tradición jurídica romano-germánica, como España, han decidido adoptar frente a crisis ecológicas específicas y bien documentadas, de manera análoga a la crisis de deforestación que enfrenta México.

La presente iniciativa no propone un concepto ajeno o desconectado del proyecto de nueva LGEEPA; por el contrario, se construye directamente sobre una decisión que sus propios redactores ya tomaron, al incorporar la fracción X del artículo 16, relativa al principio “a favor de la naturaleza o pro natura”, la iniciativa presidencial reconoció ya, de manera implícita, que la naturaleza merece una consideración jurídica reforzada, distinta de la que reciben otros bienes o intereses regulados por la ley, el principio pro natura opera, sin embargo, únicamente como una regla de interpretación para autoridades y órganos jurisdiccionales ante la duda; no afirma, en sí mismo, que la naturaleza sea titular de derechos propios exigibles con independencia de que exista o no una duda interpretativa que resolver.

La fracción XXVIII que propone esta iniciativa da el siguiente paso lógico y coherente, transforma la sensibilidad biocéntrica que ya inspira al principio pro natura en un reconocimiento sustantivo, afirmando que la Madre Tierra, como sistema viviente del que forman parte todos los ecosistemas y especies del país, tiene derecho a su existencia, a sus ciclos vitales y a su regeneración, no se trata de una idea contraria al proyecto presidencial, sino de la culminación natural del mismo razonamiento biocéntrico que sus propios autores ya iniciaron.

El 15 de noviembre de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la Opinión Consultiva OC-23/17, solicitada por el Estado de Colombia, en la que reconoció por primera vez, a nivel regional, al derecho a un medio ambiente sano como un derecho humano autónomo, estrechamente vinculado con los derechos a la vida y a la integridad personal reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, estableciendo obligaciones estatales de prevención, precaución y cooperación frente al daño ambiental.

Esta Opinión Consultiva resulta plenamente aplicable a México en virtud del artículo 1o. constitucional, que ordena a todas las autoridades del país interpretar las normas relativas a derechos humanos favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia, el reconocimiento de los derechos de la Madre Tierra que propone esta iniciativa se inscribe, por tanto, en una tendencia jurisprudencial y doctrinal ya consolidada en el sistema interamericano, y no en una innovación aislada o experimental.

La presente iniciativa opta deliberadamente por el concepto “Madre Tierra”, y no únicamente por el término genérico “naturaleza”, porque se trata de un concepto que cuenta ya con reconocimiento institucional expreso de la Organización de las Naciones Unidas, que en 2009 declaró el 22 de abril como Día Internacional de la Madre Tierra, reconociendo formalmente que dicha expresión refleja la interdependencia entre los seres humanos, las demás especies vivas y el planeta que todos habitamos, y que es de uso común en numerosos países y regiones del mundo.

Este concepto tiene, además, una raíz propia y milenaria en el territorio de nuestro país, los pueblos nahuas veneraban a Tonantzin, expresión náhuatl que significa literalmente “nuestra madre venerada”, deidad asociada a la tierra, el maíz y la fertilidad, cuyo culto documentó ya en el siglo XVI el fraile franciscano Bernardino de Sahagún en su “Historia general de las cosas de la Nueva España”, los pueblos mayas, por su parte, conciben la tierra sagrada (loq’alaj ulew) y al ser humano (winaq) como parte de un mismo sistema vivo indivisible, al que denominan en varias lenguas mayas qanan ulew, expresión que se traduce precisamente como “ Nuestra Madre Tierra”.

El reconocimiento jurídico de los derechos de la Madre Tierra que propone esta iniciativa no introduce, por tanto, un concepto ajeno a la cultura mexicana ni meramente importado de Bolivia o Ecuador, recupera, en el lenguaje del derecho positivo contemporáneo, una comprensión de la relación entre los seres humanos y la tierra que las culturas originarias de este territorio ya sostenían siglos antes de la conformación del Estado mexicano, y que millones de mexicanas y mexicanos herederos de esas culturas continúan sosteniendo en la actualidad.

El uso del término “Madre Tierra” en la legislación ambiental mexicana permite, en este sentido, tender un puente conceptual entre el derecho positivo occidental y las cosmovisiones de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del país, cuyo conocimiento tradicional ya reconoce el propio proyecto de nueva LGEEPA en otras de sus fracciones del artículo 16, particularmente en la fracción XXVI relativa al derecho al uso e intercambio consuetudinario de recursos genéticos y conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas y afromexicanos, la fracción XXVIII que propone esta iniciativa es, en este sentido, congruente con el enfoque intercultural que el propio proyecto ya adopta en otras disposiciones.

El reconocimiento de los derechos de la Madre Tierra no es un ejercicio simbólico desconectado de la realidad ambiental del país, de acuerdo con información de la Comisión Nacional Forestal, entre 2001 y 2023 México registró una deforestación bruta promedio de 207 mil 665 hectáreas anuales, lo que equivale a una pérdida acumulada de 4.77 millones de hectáreas de cobertura forestal en dos décadas, la organización Global Forest Watch documentó que, por primera vez en su historia, México se ubicó en 2024 entre los diez países con mayor pérdida de bosques primarios del mundo.

Estas cifras confirman que la relación entre el Estado mexicano y su patrimonio natural atraviesa una crisis medible y documentada por las propias autoridades ambientales del país,el reconocimiento de los derechos de la Madre Tierra como principio rector de la política ambiental, lejos de ser una declaración retórica, ofrece a las autoridades, a los tribunales y a la ciudadanía un fundamento normativo adicional para exigir que las decisiones de política pública, las autorizaciones de impacto ambiental y las resoluciones judiciales en materia ambiental consideren de manera explícita el derecho de los ecosistemas del país a su existencia, mantenimiento y regeneración, en el mismo sentido en que el principio pro natura ya reconocido en el proyecto ordena resolver las dudas interpretativas en favor de la protección ambiental.

El reconocimiento de derechos a la Madre Tierra tampoco riñe con la racionalidad económica, por el contrario, se apoya en ella; de acuerdo con las Cuentas de los Ecosistemas de México (CEM) 2024, publicadas por el propio Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en colaboración con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el valor económico de los servicios ecosistémicos que prestan los ecosistemas del país, entre ellos la provisión a la producción agrícola, la regulación y almacenamiento de carbono, la polinización, el abastecimiento de agua a los hogares y el turismo de naturaleza, ascendió en 2024 a poco más de 1.02 billones de pesos, equivalentes a 3.05 por ciento del Producto Interno Bruto total de la economía nacional.

Estas cuentas, que México desarrolla en colaboración con la División de Estadísticas de las Naciones Unidas y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente conforme al Sistema de Contabilidad Ambiental y Económica de la ONU, confirman con metodología oficial lo que el reconocimiento de los derechos de la Madre Tierra busca traducir en principio jurídico, que los ecosistemas del país no son un telón de fondo pasivo de la actividad económica nacional, sino un componente activo y cuantificable de más de un billón de pesos anuales, cuya preservación resulta tan racional desde la perspectiva económica como desde la perspectiva ética y jurídica desarrollada a lo largo de esta exposición de motivos.

La pregunta de si la naturaleza puede tener representación jurídica propia no es nueva en la teoría del derecho, en 1972, el profesor de la Universidad del Sur de California Christopher D. Stone publicó el influyente ensayo: Should Trees Have Standing Toward Legal Rights for Natural Objects” (“¿Deberían los árboles tener legitimación procesal? Hacia derechos legales para los objetos naturales”), en el que argumentó que, así como en su momento se reconoció capacidad jurídica a entidades no humanas como las corporaciones o los fideicomisos, resultaba jurídicamente viable reconocer legitimación procesal a ríos, bosques y otros objetos naturales, representados por guardianes designados, dicho ensayo fue citado expresamente por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, William O. Douglas, en su voto disidente en el caso Sierra Club v. Morton (1972), y es reconocido como el antecedente doctrinal directo del actual movimiento de los derechos de la naturaleza y de la Madre Tierra.

Las experiencias de derecho comparado revisadas en los apartados anteriores muestran, precisamente, cómo se ha resuelto en la práctica el problema de la representación, en Nueva Zelanda, la legislación que otorgó personalidad jurídica al río Whanganui y al bosque Te Urewera creó órganos colegiados de guardianes integrados por representantes del Estado y de los pueblos maoríes, facultados para actuar en nombre de la entidad natural ante cualquier autoridad; en Colombia, la sentencia sobre el río Atrato ordenó la creación de una comisión de guardianes integrada por el Estado y las comunidades étnicas ribereñas.

La propia Suprema Corte de Justicia de la Nación ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre el derecho a un medio ambiente sano en diversos precedentes, entre ellos el amparo en revisión 307/2016, resuelto por la Primera Sala el 14 de noviembre de 2018, en el que la Corte determinó que el análisis de los servicios ambientales debe realizarse conforme al principio de precaución, de manera que la ausencia de pruebas científicas puntuales no puede ser motivo para negar que un ecosistema presta un servicio ambiental del que se beneficia una comunidad determinada.

Sin embargo, el análisis doctrinal elaborado por el propio Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación identifica con precisión la limitación estructural que enfrenta hoy cualquier intento de defender jurídicamente a la naturaleza en México, el juicio de amparo se rige por el principio de instancia de parte agraviada, de manera que solo pueden acudir a él quienes demuestren una afectación a su propia esfera jurídica; y dado que, en el estado actual de la legislación mexicana, las personas “no son titulares” de los derechos de la naturaleza, solamente pueden acudir al juicio de amparo demostrando un interés legítimo indirecto, y no una representación directa del ecosistema afectado.

Este diagnóstico, elaborado por el propio órgano académico de la Suprema Corte, confirma exactamente el problema que esta iniciativa busca comenzar a resolver: mientras la naturaleza no sea reconocida como titular de derechos en la legislación mexicana, su defensa judicial dependerá siempre de que una persona humana logre acreditar que la afectación ambiental repercute, aunque sea indirectamente, en su propia esfera jurídica, en lugar de poder invocarse directamente el derecho de la Madre Tierra a su existencia y regeneración.

La fracción XXVIII que propone esta iniciativa no resuelve por sí sola esta limitación procesal, pero sienta la base normativa sustantiva, el reconocimiento del derecho mismo, sin la cual ningún desarrollo procesal posterior, ya sea legislativo o jurisprudencial, podría construirse.

Con base en lo expuesto, la presente iniciativa propone adicionar una fracción XXVIII al artículo 16 del proyecto de Decreto por el que se expide la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, inmediatamente después de la última fracción ya contenida en dicho artículo, para reconocer a la Madre Tierra como sistema viviente dinámico, conformado por la comunidad indivisible de todos los ecosistemas y seres vivos interrelacionados e interdependientes del territorio nacional, y su derecho colectivo a la existencia, al mantenimiento y a la regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos, como uno de los principios rectores de la política ambiental del Estado mexicano.

Se trata de una adición breve, de una sola fracción, que no crea nuevas instituciones, no genera cargas presupuestales inmediatas ni modifica ninguna otra disposición del proyecto, sino que enriquece el catálogo de principios ya previsto en el artículo 16 con un principio adicional, congruente con el que ya incorporó la propia iniciativa presidencial en su fracción X, y alineado con la experiencia de cinco entidades federativas mexicanas y con el derecho comparado documentado en los apartados anteriores.

Finalmente, el proyecto de nueva Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que hoy discute esta Soberanía representa la transformación más profunda del derecho ambiental mexicano en más de tres décadas, desde el ejecutivo ya se dio un paso decidido hacia una visión biocéntrica del derecho ambiental al incorporar el principio pro natura entre los criterios rectores de la política ambiental del país, por lo que se expone el siguiente cuadro comparativo para mayor claridad:

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de reconocimiento de la Madre Tierra

Artículo Único. Se reforman las fracciones XXVI y XXVII del artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y se adiciona a este una fracción XXVIII, para quedar como sigue:

Artículo 16. Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas, así como para la aplicación de la normativa ambiental y de recursos naturales, el Ejecutivo Federal debe observar los siguientes principios:

I. a XXV. ...

XXVI. Reconocer el derecho al uso e intercambio consuetudinario de recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales asociados a estos, en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y entre las mismas ;

XVII. La aplicación plena y efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales , y

XXVIII. El reconocimiento de la Madre Tierra como sistema viviente dinámico, conformado por la comunidad indivisible de todos los ecosistemas y seres vivos interrelacionados e interdependientes del territorio nacional, y de su derecho colectivo a la existencia, al mantenimiento y a la regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Hogan Lovells Cadwalader, “Nueva LGEEPA en México: iniciativa presidencial propone rediseñar el marco ambiental federal”:

https://www.hlc.com/es/publications/new-environmental-law-in-mex ico-presidential-initiative-proposes-reshaping-the-federal-environment

2 Aldo Leopold Foundation, Understanding the Land Ethic, 2026, disponible en:

https://www.aldoleopold.org/blogs/understanding-the-land-ethic/

3 Centro para una Nueva Economía, “La ética de la tierra”:

https://grupocne.org/2013/05/24/la-etica-de-la-tierra/

4 Cancillería del Estado Plurinacional de Bolivia, “Conmemoración del Día Internacional de la Madre Tierra”:

https://cancilleria.gob.bo/mre/2015/04/24/8897/

5 Noticias ONU, “ONU declara el 22 de abril Día de la Madre Tierra”:

https://news.un.org/es/story/2009/04/1162081

6 Misión Permanente del Estado Plurinacional de Bolivia ante las Naciones Unidas, diálogo interactivo sobre armonía con la naturaleza:

http://files.harmonywithnatureun.org/uploads/upload544.pdf

7 Global Alliance for the Rights of Nature (GARN), “15 años de los Derechos de la Naturaleza en Ecuador”:

https://www.garn.org/15-years-ecuador/

8 NBC News, “New Zealand grants legal personhood to Mount Taranaki”:

https://www.nbcnews.com/news/world/new-zealand-mount-taranaki-le gal-person-rcna190124

9 EcoAvant, “Ríos con derechos humanos”:

https://www.ecoavant.com/medio-ambiente/rios-con-derechos-humano s_3018_102.html

10 DPLF, “Derechos de la Naturaleza: desarrollo, balance y retos en México”:

https://dplf.org/derechos-de-la-naturaleza-desarrollo-balance-y- retos-en-mexico/

11 Gaceta Oficial Digital Panamá (2022). Que reconoce los derechos de la naturaleza y las obligaciones del Estado relacionadas con estos derechos:

https://faolex.fao.org/docs/pdf/pan208372.pdf

12 Gobierno de España, Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-16019

13 Corte Interamericana de Derechos Humanos, resumen oficial de la Opinión Consultiva OC-23/17:

https://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/resumen_seriea_23_esp. pdf

14 Soldepaz Pachakuti, “Día Internacional de la Mama Tierra”:

https://pachakuti.org/dia-internacional-de-la-mama-tierra/

15 Mundo Maya, “Cosmovisión”:

https://gomundomaya.com/folio/cosmovision/

16 Mongabay Latam, “México entra en la lista de los 10 países con mayor pérdida de bosques primarios en 2024”:

https://es.mongabay.com/2025/06/incendios-bosques-mexico-defores tacion-2024/

17 INEGI, Cuentas de los Ecosistemas de México (CEM) 2024:

https://inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/cem/ CEM2024_CP.pdf

18 Christopher D. Stone, “Should Trees Have Standing? Toward Legal Rights for Natural Objects”, Southern California Law Review:

https://iseethics.files.wordpress.com/2013/02/stone-christopher- d-should-trees-have-standing.pdf

19 Observatorio del Principio 10 (CEPAL), “Sentencia de la SCJN, Amparo en Revisión 307/2016”:

https://observatoriop10.cepal.org/es/jurisprudencia/sentencia-la -suprema-corte-justicia-la-nacion-mexico-amparo-revision-num-3072016

20 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Centro de Estudios Constitucionales, “Derechos de la naturaleza: una aproximación desde la práctica jurisprudencial”:

https://www.sitios.scjn.gob.mx/cec/blog-cec/derechos-de-la-natur aleza-una-aproximacion-desde-la-practica-jurisprudencial

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputada y diputados: Ciria Yamilé Salomón Durán, Felipe Miguel Delgado  Carrillo, Héctor A. de la Garza Villarreal (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Y CÓDIGO CIVIL FEDERAL

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y del Código Civil Federal, en materia de protección patrimonial del adulto mayor.

El diputado Bruno Blancas Mercado:Con la venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputado.

El diputado Bruno Blancas Mercado: Compañeras, compañeros legisladores, hablar de los derechos de las personas adultas mayores es hablar de dignidad, justicia y reconocimiento, es hablar de quienes durante toda una vida trabajaron, cuidaron a sus familias y contribuyeron a construir el país con el que hoy contamos.

En México no solo construimos patrimonio, construimos hogares, por eso cada inmueble, cada terreno y cada casa acumulada por una persona adulta mayor representa mucho más que solamente un valor económico, representa décadas de trabajo, esfuerzo, sacrificio, y en muchos de los casos privaciones.

Cuando una persona adulta mayor es despojada de su patrimonio no pierde únicamente una propiedad, pierde su hogar, su seguridad, su independencia, y la tranquilidad que debería de acompañarnos a todos en esta etapa de la vida.

La iniciativa que hoy presentamos parte de una realidad que no podemos ignorar, las personas adultas mayores pueden encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad frente al fraude, a la manipulación, a la coacción y al abuso patrimonial.

De acuerdo con los datos disponibles, el 87 por ciento de los casos de violencia contra las personas adultas mayores ocurre dentro de los ámbitos familiares, y el 41 por ciento corresponde específicamente a la violencia patrimonial.

Esto nos obliga a reconocer que el abuso no siempre proviene de desconocidos, en ocasiones puede venir, precisamente, de quienes deberían brindar el cuidado, el apoyo y la protección.

El caso del señor don Juan, en Puerto Vallarta, es un ejemplo doloroso de lo que ocurre cuando la protección jurídica resulta insuficiente. Después de trabajar toda su vida, don Juan terminó siendo desalojado de su propio hogar por intereses de su familia, luego de una serie de actos jurídicos realizados en un contexto de manipulación y bajo el argumento de proteger al patrimonio familiar.

Este caso nos deja una enseñanza fundamental, ninguna firma, donación o acto jurídico deben convertirse en una herramienta para despojar a una persona adulta mayor de aquello que construyó durante toda su vida.

Por ello, esta propuesta plantea establecer un usufructo vitalicio obligatorio en favor de la persona adulta mayor que done un inmueble y, en su caso, de su cónyuge. El objetivo es claro, donar una propiedad no debe significar perder el derecho a vivir en ella, disfrutarla o recibir los ingresos que pueda generar.

Asimismo, se contempla cuidar al cónyuge sobreviviente, porque la muerte de uno de los integrantes de esta pareja no debe convertirse en una oportunidad para arrebatarle al otro su vivienda o sus medios de subsistencia.

También se busca fortalecer la posibilidad de revocar donaciones o solicitar la nulidad de actos jurídicos cuando exista engaño, abuso, coacción o despojo.

Salvaguardar el patrimonio de las personas adultas mayores no significa limitar su libertad; significa garantizar que esa libertad sea auténtica, informada y ejercida sin presiones.

Una donación no puede convertirse en una sentencia de despojo, la confianza en la familia no puede utilizarse para cometer un desalojo. Después de una vida de trabajo, nadie debería terminar en la calle por haber confiado en los suyos.

Esta reforma propone algo fundamental, que el patrimonio construido durante toda la vida siga cumpliendo su propósito esencial, que es garantizar una vejez digna para todos.

Proteger a nuestras personas adultas mayores es proteger la memoria, el esfuerzo y la dignidad de nuestras propias familias. Porque una sociedad que verdaderamente reconoce a sus adultos mayores no solo les agradece lo que hicieron por ella, también se asegura de que no puedan arrebatarles lo que legítimamente construyeron en su vida productiva.

Protejamos la dignidad de nuestros adultos mayores.

Y a todos los abuelitos les damos las gracias por ser la raíz fuerte de nuestro árbol familiar que nos ha llenado de guía. Construyamos todos juntos un México libre, igualitario, fraterno y soberano. Muchas gracias. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y del Código Civil Federal, en materia de protección patrimonial del adulto mayor, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Bruno Blancas Mercado, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y el Código Civil Federal, en materia de protección patrimonial del adulto mayor, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La vulnerabilidad puede considerarse como el riesgo latente a ser afectado en el bienestar personal, mental o material (Osorio, 2017), acotando que en las sociedades actuales existen personas y/o colectivos sujetos de peligros por su sola condición personal. Es ampliamente conocido, tanto por la naturaleza específica de cada conglomerado social como en las leyes que nos rigen, que determinados campos semánticos sociales son vulnerables por sus características, englobando en este espectro a las mujeres, niñas, niños y adultos mayores. Aunque algunas consideraciones a tratar en la siguiente propuesta se reflejan de manera indirecta en el Código Civil Federal y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, hay huecos legales que facultan o permiten que las personas de la tercera edad sean objetivo de fraude, coacción o manipulación, con interés principal en despojarles del patrimonio que durante años de dedicación y esfuerzo han construido.

Aunque es cierto que no todas las personas del mismo grupo social se encuentran en estricto estado de vulnerabilidad (pues resulta imposible determinar específicamente las circunstancias individuales de todo un grupo), es necesario recalcar que estadísticamente sí existe una tendencia de riesgo en la población mexicana de adultos mayores, dado que, dicha comunidad se enfrenta a experiencias que los sitúan como potenciales víctimas de despojo por el deterioro natural de su salud física y mental, sumando a la necesidad de asistencia para el desarrollo digno en la recta final de la vida. La población de la tercera edad no cuenta, consecuentemente, con las herramientas para evitar, revertir o solucionar el daño, quedando posteriormente en situaciones de desventaja, desamparo e incluso mayor vulnerabilidad. Según el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de Ciudad de México (2025), 87 por ciento de los casos de violencia contra personas adultas mayores se comente dentro de la familia, con los hijos como principales agresores, paralelamente a 41 por ciento de reportes específicos de violencia patrimonial. Extrapolando ambas estadísticas, los agresores identificados como familiares directos para este tipo de violencia suman el 61 por ciento del total de reportes.

Estadísticas de personas que más comente despojo contra adultos mayores. El Economista, 2025.

En este tenor particular, sirve como parteaguas mencionar un caso en específico. En Puerto Vallarta, el señor don Juan Ramírez López, adulto mayor de 87 años, fue despojado de su patrimonio y desalojado del que fuera su hogar por parte de su hija, yerno y nieta después que su esposa cedió en donación el inmueble que Don Juan construyó durante décadas de arduo trabajo y dedicación.

Además de los inconvenientes jurídicos, el problema se agrava de manera moral al disfrazar el despojo como actos de buena fe y protección a los adultos mayores, pues es relativamente sencillo para familiares directos enmascarar el dolo como medidas para el salvaguardo de un propietario vulnerable. Particularmente, don Juan y su esposa realizaron bajo manipulación diversos movimientos legales con la supuesta meta de “proteger el patrimonio familiar”.

Primeramente, don Juan cedió la parte que le correspondía del inmueble a su esposa, quedando ella como única propietaria para después ella firmar una donación en pago a su hija y nieta, cubriendo de esta forma un dinero supuestamente prestado para pagar un adeudo de quinientos mil pesos, evitando así un embargo del inmueble. Al fallecer su esposa, el inmueble pasó a ser propiedad de la nieta, quien promovió años después un juicio civil para terminar un contrato verbal de comodato, dando pie al desalojo de don Juan de su propio hogar. A falta de herramientas legales específicas para esta situación, hoy en día se busca anular las escrituras por medio de un nuevo proceso judicial por abuso de confianza y engaño.

Este escenario demuestra que existe un margen de vulnerabilidad constante y consistente para la población de adultos mayores, obviando una necesidad de candado legales para poder garantizarles derechos tan básicos como la vivienda, protegiéndoles de cualquier persona que quisiera atentar contra su patrimonio. Además, al ser despojados, las personas de la tercera edad caen inequívocamente en condiciones de pobreza al no tener forma de disfrutar de los resultados de años de trabajo. La garantía de seguridad patrimonial afecta, consecuentemente, a cualquier individuo que, bajo manipulación, presión o cualquier tipo de violencia pueda ser objeto de fraude o abuso. Por lo anterior, las personas de la tercera edad deben permanecer bajo constante supervisión y vigilancia en lo que respecta a sus bienes inmuebles y contar con diferentes figuras jurídicas y procedimientos para su defensa. No es posible una sociedad comprometida con los grupos vulnerables que no considere a sus mayores, o que no les permita el uso y disfrute de su trabajo.

Principalmente, se precisa garantizar de manera obligatoria y automática la figura del usufructo vitalicio en favor de los donadores de un bien inmueble cuando se trate de una persona adulta mayor, pues de esta manera se garantizaría el disfrute ininterrumpido de su patrimonio, evitando el desalojo o el desvío de posibles rentas. En la actualidad, el usufructo vitalicio no surge de manera directa si no se expresa por escrito al vender, heredar o donar. Esta necesidad específica faculta a posibles agresores de mal informar a sus familiares de la tercera edad, logrando verbalmente hacerles creer que después de donar o vender, se les cuidará de por vida. Al otorgarle al usufructo vitalicio un carácter obligatorio cuando un adulto mayor done un bien inmueble, se eliminaría la posibilidad de desalojarlo y recaerían sobre él los beneficios ulteriores a cualquier ingreso económico derivado de su bien inmueble. Se debe evitar que un nuevo posesionario tenga plenas facultades sobre una donación, hasta que el usufructuario fallezca.

Por otro lado, en situaciones más complejas que requieran otro tipo de legislaciones, se necesita también que, en caso del fallecimiento del cónyuge su viuda o viudo puedan hacer uso del usufructo vitalicio de manera horizontal, pues en condiciones de viudez y sin la posibilidad de reclamar un bien inmueble, la persona que sobreviva al donante no tendrá manera de sostenerse. Constituir consecutivamente el usufructo vitalicio de manera extensiva para el cónyuge superviviente, garantizará análogamente el bienestar del esposo o esposa, eliminando la posibilidad de arrebatarle el patrimonio o desalojarle de su hogar. Esta consideración es en especial importante para el caso de Don Juan, pues él fue desalojado después de fallecida su esposa y no tenía por tanto propiedad legal del inmueble. Sin este tipo de garantías horizontales, no es posible prever el bienestar patrimonial de los adultos mayores.

Ahora bien, se parte en principio de la idea de que es necesario proteger a los adultos de la tercera edad donantes de un bien inmueble para el uso y aprovechamiento de los derechos dados a un tercero, hasta su fallecimiento. Sin embargo, debe también existir una posibilidad intrínseca en los actos de donación para poder revocarla. Aun cuando el Código Civil ya presenta mecanismos, para ello, se vuelve necesario enfatizar las posibilidades de revocar las donaciones o buscar la nulidad de los procesos legales si es que los donantes y/o sus cónyuges sufren de cualquier tipo de abuso o son desalojados de sus hogares.

La presente iniciativa tiene como objetivo principal el salvaguardo de los derechos patrimoniales de los adultos mayores, para conservar el disfrute de sus hogares hasta su fallecimiento, sin importar si se ha cedido en donación un inmueble. De esta manera, se reducirá drásticamente la posibilidad de cometer actos fraudulentos o despojos hacia un sector poblacional vulnerable.

Se proponen las siguientes reformas de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y del Código Civil Federal:

Por lo expuesto y fundamentado se somete a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan un segundo párrafo al inciso d de la fracción II del artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y uno segundo a los artículos 831 y 986 del Código Civil Federal

Primero. Se adiciona un segundo párrafo al inciso d de la fracción II del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Artículo 5o. De manera enunciativa y no limitativa, esta ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

I. ...

II. De la certeza jurídica:

a. a c. ...

d. En los procedimientos que señala el párrafo anterior, se deberá tener atención preferente en la protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el caso, testar sin presiones ni violencia.

En el caso de la protección patrimonial, se deberá garantizar el usufructo vitalicio obligatorio en favor del donante y de su cónyuge a fin de salvaguardar sus derechos patrimoniales.

Segundo. Se adiciona un segundo párrafo a los artículos 831 y 986 del Código Civil Federal.

Código Civil Federal

Artículo 831. La propiedad no puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño, sino por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

En el caso de los donativos de adultos mayores se garantizará el usufructo vitalicio a fin de salvaguardar sus derechos patrimoniales.

Artículo 986. Es vitalicio el usufructo si en el título constitutivo no se expresa lo contrario.

Se considerará obligatoriamente vitalicio en el caso de personas adultas mayores al realizar la sucesión de sus bienes, a fin de garantizar sus derechos patrimoniales. De igual forma se constituirá consecutivamente el usufructo para el cónyuge en caso de fallecimiento del donante.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Referencias

Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Cuidad de México (2025) Consejo ciudadano advierte sobre despojos y violencia en perjuicio de personas mayores. México.

El Economista (2025), “‘Adultos mayores sufren más despojos de bienes por parte de familiares cercanos’: Consejo Ciudadano”. México.

Ocaña, M. (2026). “Diputado recibe propuesta para crear la ‘Ley Don Juan’”, en Vallarta Opina Oficial. México.

Osorio, O., (2017) Vulnerabilidad y vejez: implicaciones y orientaciones epistémicas del concepto de vulnerabilidad. Scielo, México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputados y diputadas: Bruno Blancas Mercado, Adasa Saray Vázquez Vázquez, Aremy Velazco Bautista, Arturo Olivares Cerda, Catalina Díaz Vilchis, Clara Cárdenas Galván, Emilio Ramón Ramírez Guzmán, Gilberto Daniel Castillo García, Julieta Villalpando Riquelme, Karla Patricia Sánchez Rodelo, Luis Humberto Aldana Navarro, María Magdalena Rosales Cruz, Maribel Solache González, Olga Leticia Chávez Rojas, Petra Romero Gómez, Rosario del Carmen Moreno Villatoro, Sandra Beatriz González Pérez, Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Justicia, para dictamen.

Esta Presidencia saluda al Colectivo Intercultural de Pueblos Indígenas del Estado de México, invitados por la diputada Claudia Leticia Garfias Alcantara, del Grupo Parlamentario de Morena. Sean bienvenidos a este salón de sesiones.



LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada María Lorena García Jimeno Alcocer, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a efecto de crear la figura del consejo consultivo del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer:Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputada.

La diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer: Compañeras y compañeros, hoy venimos a presentar un proyecto que no busca imponer, sino fortalecer algo que nos pertenece a todas y a todos: el derecho a saber, repito, el derecho a saber.

Hablo de transparencia como herramienta de democracia, de la rendición de cuentas como regla y no como excepción, y del acceso a información pública como un deber del Estado.

Este proyecto de decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con el único objetivo claro de crear un consejo consultivo del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública. ¿Por qué será importante crear este consejo? Porque cuando el país exige resultados, también exige coordinación, criterios claros y la información en tiempo y forma.

La transparencia no funciona a ciegas. Con este consejo consultivo, el sistema nacional generará una visión técnica, un acompañamiento y recomendaciones que ayuden a corregir el rumbo en tiempo.

Un consejo consultivo es un puente entre el Estado y la sociedad, y nace para sumar. Al crear esta figura, el sistema nacional contará con un espacio permanente para emitir recomendaciones y observaciones que favorezcan criterios más convenientes, mejor planeación, mayor efectividad y un enfoque centrado en el derecho al acceso a la información pública.

En resumen, menos discrecionalidad y más claridad. Transparencia para prevenir la corrupción y aquí quiero detenerme, la corrupción no crece sola se alimenta de la opacidad y ejemplos recientes nos recuerdan por qué este tema no puede tratarse con tibieza, necesita soluciones.

Por eso, necesitamos hacer preguntas para que en el poder no puedan evadir su respuesta. Tal es el caso, por ejemplo, de Romedic,empresa propiedad de Jorge Amílcar Olán Aparicio, a varios nos hace sentido como amigo de Andy López Beltrán, una investigación de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad documentó de 2020 a 2022, más de 490 millones de pesos provenientes del extinto Insabi, que terminaron en las cuentas de Romedic, mediante operaciones que participaron los gobiernos de Quintana Roo y de Tabasco. La investigación también señaló que en esta lista aparecían también distribuidores de medicamentos que incumplían con la regulación sanitaria.

Esta empresa terminó recibiendo cientos de millones de pesos provenientes de recursos públicos y la pregunta es muy clara: ¿Quién tomó estas decisiones, bajo qué criterios, quién revisó los contratos para que no llegaran a esta empresa tantos recursos provenientes del gobierno?

Otro caso que también es digno de mencionar son las investigaciones periodísticas que reportaron entre 2022 y 2024, durante la gestión de funcionarios de Cenagas, se otorgaron 12 contratos por alrededor de 2 mil millones de pesos a empresas vinculadas con los cercanos de Andy López Beltrán, la fuente, Latinus.

Nuevamente, no estamos diciendo que una relación personal sea por sí misma un delito, estamos diciendo algo mucho más sencillo, cuando hay dinero público de por medio las relaciones personales deben estar sometidas al escrutinio público, porque en democracia no basta decir confiemos en nosotros, la respuesta debe ser, aquí están los contratos, aquí están los criterios de selección, aquí están los expedientes, aquí está la información y así dejar que se revisen como todo procedimiento es obligado a ser.

Compañeras y compañeros, el Partido Acción Nacional, en el Partido Acción Nacional creemos en las instituciones que trabajan en base a la ley y a los mecanismos que garanticen que la ciudadanía puede exigir cuentas.

Esta propuesta no tiene colores, por eso queremos sumar las voluntades para crear este Consejo Consultivo como un sistema nacional de acceso a la información pública, porque cuando un ciudadano tiene acceso a la información, tiene poder y cuando tiene poder, la democracia se fortalece. Es cuanto.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona una fracción XIV, al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho permanente a la representación política de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro:Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputada.

La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro: Legisladoras y legisladores, hoy vengo a esta tribuna a hablar de una deuda histórica que México tiene con nuestros pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos. Y voy a empezar con algo muy sencillo, la representación política no puede ser una medida temporal, tiene que ser un derecho y debe estar plasmado en la Constitución.

En los últimos procesos electorales, las acciones afirmativas permitieron que más personas con auto adscripción indígena y afromexicana llegaran a este Congreso y eso fue un avance histórico.

Y quiero decirlo con claridad, las acciones afirmativas no fueron un error, fueron un paso necesario para corregir una desigualdad histórica y abrir espacios de representación que durante mucho tiempo estuvieron cerrados, pero también se debe reconocer una realidad. Los derechos no pueden depender de medidas temporales o de acuerdos políticos, lo que hoy tenemos que hacer es convertir ese avance en una garantía constitucional permanente, porque lo que se ha conquistado no debe de quedar sujeto a decisiones coyunturales.

Por eso propongo adicionar una fracción XIV, al Apartado A del artículo 2o. constitucional, para reconocer el derecho de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a contar con una representación política efectiva y progresiva, tanto en el Congreso de la Unión como en las legislaturas de las entidades federativas. Esto es justicia, lo digo desde Chiapas, desde mi tierra, desde una realidad que conozco de cerca.

He recorrido nuestras comunidades, sé de las necesidades, sé de las luchas y también sé de las esperanzas. Sé que hablar de nuestros pueblos originarios no es hablar de los otros, sino que es hablar de nosotros. Porque nuestros pueblos originarios están nuestras raíces, nuestra historia, nuestras lenguas, nuestra cultura y una parte fundamental de lo que somos como nación.

Y hay algo que no podemos olvidar, nuestros pueblos originarios estuvieron aquí antes que muchas instituciones, antes que los congresos, antes que los partidos políticos, antes que las estructuras electorales que hoy conocemos.

Por eso, no estamos hablando de conceder un espacio a quienes han estado fuera de la vida pública, estamos hablando de reconocer plenamente a quienes han formado parte de esta nación desde las raíces, a quienes también formaron el México presente.

Los pueblos indígenas no pueden ser buscados solamente en tiempos electorales, buscamos el derecho de ser representados permanentemente mediante los mecanismos que instruyan las instituciones.

Esa representación debe estar protegida por nuestra Constitución, porque una acción afirmativa puede abrir una puerta, pero cuando detrás de esa puerta hay un derecho, esa puerta no puede cerrarse. Debe permanecer abierta para las generaciones que vienen.

Quiero hacer también una precisión importante de la propuesta de la Ley General de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, no establece de manera expresa el carácter permanente de la representación política mediante acciones afirmativas.

Por eso, esta iniciativa busca dar un paso más, que el avance alcanzado mediante las acciones afirmativas deje de depender de medidas temporales y se convierta en una garantía constitucional.

Compañeras y compañeros, si México se reconoce como una nación pluricultural, esa diversidad no puede quedarse solamente escrita en nuestra Constitución, tiene que estar presente en los espacios donde se decide el futuro de nuestro país.

Por eso les pido que acompañemos esta iniciativa porque con ella estamos reconociendo, garantizando un derecho que ha correspondido a nuestros pueblos originarios. No están pidiendo un lugar en México; el Estado mexicano tiene la obligación de reconocer el lugar que siempre han tenido. Muchas gracias. Es cuanto.

«Iniciativa que adiciona una fracción XIV al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho permanente a la representación política de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Rosario del Carmen Moreno Villatoro, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción XIV al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. Planteamiento del problema: de la acción afirmativa temporal al derecho permanente

En México, 7 millones 364 mil 645 personas de 3 años y más son hablantes de alguna lengua indígena, lo que equivale a 6.1 por ciento de la población total de ese rango de edad.

La representación de los pueblos indígenas en el Congreso de la Unión se ha logrado, hasta ahora, exclusivamente mediante acciones afirmativas de carácter administrativo y temporal emitidas por el Instituto Nacional Electoral: en 2018 se obligó a los partidos a postular candidaturas indígenas en 13 distritos, y para el proceso electoral 2020-2021 dicho número se incrementó a 21 distritos de mayoría relativa y 9 candidaturas de representación proporcional.

Estas acciones afirmativas han sido indispensables y han permitido avances históricos. Sin embargo, al no derivar de un mandato constitucional expreso, dependen de acuerdos del Consejo General del INE y de resoluciones del Tribunal Electoral que pueden modificarse, reducirse o incluso desaparecer de un proceso electoral a otro. Lo que hoy es una conquista podría, en cualquier momento, dejar de serlo.

II. Marco constitucional vigente: un derecho reconocido en los ayuntamientos, pendiente en el Congreso

El 30 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, la reforma más trascendente en esta materia de las últimas dos décadas.

Dicha reforma ya garantiza, en el Apartado A, fracción X, del artículo 2o., el derecho de los pueblos indígenas a elegir representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena, conforme a los principios de paridad de género y pluriculturalidad. Sin embargo, análisis especializados posteriores a la reforma han señalado expresamente que la representación política en el Congreso de la Unión sigue siendo una deuda pendiente: los pueblos y comunidades indígenas todavía no cuentan, conforme al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, con representantes elegidos de acuerdo con sus propias normas y procedimientos en el Poder Legislativo.

Esta iniciativa no busca sustituir ni repetir el derecho ya garantizado respecto de los ayuntamientos: se concentra exclusivamente en el vacío identificado, que es la representación permanente en el Congreso de la Unión y en las legislaturas de las entidades federativas.

III. Jurisprudencia aplicable

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el expediente SUP-RAP-21/2021 y acumulados, ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral delimitar los distritos electorales uninominales en los que debían postularse candidaturas indígenas, y dio vista al Congreso de la Unión para que, en ejercicio de sus atribuciones, incorporara el tema de las acciones afirmativas a la normativa electoral. A la fecha de esta iniciativa, dicha vista no se ha atendido: dicho tema sigue regulado únicamente por acuerdos del Consejo General y no por la Constitución ni por la ley, lo que confirma la vigencia del vacío que se busca cerrar.

IV. Marco internacional

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales reconoce el derecho de estos pueblos a participar en las decisiones que les afecten y a contar con instituciones representativas propias. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas reconoce, en su artículo 5, el derecho de los pueblos indígenas a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, a la vez que participar plenamente, si lo desean, en la vida política del Estado.

V. Contenido de la reforma

Se propone adicionar una fracción XIV al Apartado A del artículo 2o. constitucional —inmediatamente después de la fracción XIII vigente, relativa al derecho de consulta— para reconocer el derecho permanente, efectivo y progresivo de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a contar con representación política en el Congreso de la Unión y en las legislaturas de las entidades federativas, remitiendo a la ley el desarrollo de los mecanismos correspondientes.

Por tratarse de una declaración de principio que remite su desarrollo a la legislación secundaria, esta reforma no crea fondo, programa ni estructura presupuestal nueva, por lo que su impacto presupuestal es nulo.

VI. Competencia del Congreso de la Unión

Con fundamento en el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Unión, mediante el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, y previa aprobación de la mayoría de las legislaturas de los estados, puede adicionar o reformar la Constitución.

Decreto por el que se adiciona la fracción XIV al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se adiciona la fracción XIV al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

...

...

...

...

...

...

A. ...

I. a XIII.

XIV. Contar con representación política permanente, efectiva y progresiva en el Congreso de la Unión y en las legislaturas de las entidades federativas, en los términos que establezca la ley.

B. a D. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión realizará la consulta previa, libre e informada correspondiente a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas antes de expedir la legislación reglamentaria a que se refiere la fracción XIV del Apartado A del artículo 2o.

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2022). Estadísticas a propósito del Día Internacional de los Pueblos Indígenas (comunicado de prensa número 430/22). Inegi,

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022 /EAP_Pueblosind22.pdf

2 Instituto Nacional Electoral. Candidaturas indígenas: consulta previa, libre e informada,

https://ine.mx/actores-politicos/candidaturas-indigenas-consulta /

3. Diario Oficial de la Federación (2024, 30 de septiembre). Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5739986&fecha =30/09/2024

4 Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, texto vigente, artículo 2o., Apartado A, fracción X,

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

5 Fundación para el Debido Proceso (2026). La reforma indígena en México: avances, pendientes y retos,

https://dplf.org/la-reforma-indigena-en-mexico-avances-pendiente s-y-retos/

6 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sala Superior (2021, 24 de febrero). Sentencia SUP-RAP-21/2021 y acumulados,

https://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/e jecutoria/sentencias/SUP-RAP-0021-2021.pdf

7 Organización Internacional del Trabajo (1989). Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, artículos 6 y 16,

https://www.ilo.org/es/publications/convenio-num-169-de-la-oit-s obre-pueblos-indigenas-y-tribales-declaracion-0

8 Organización de las Naciones Unidas (2007). Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, artículo 5,

https://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/DRIPS_es.pdf

9 Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, texto vigente, artículo 135,

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputadas: Rosario del Carmen Moreno Villatoro, Aremy Velazco Bautista, Julieta Villalpando Riquelme, María Magdalena Rosales Cruz, Maribel Solache González (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.

Esta Mesa Directiva felicita a la diputada Greycy Marian Durán Alarcón, del Grupo Parlamentario del PT, con motivo de su cumpleaños. Le extendemos una atenta felicitación, en especial por ser la diputada más joven del Congreso. Felicidades, diputada.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Estrada Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales.

El diputado Francisco Javier Estrada Domínguez:Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputado.

El diputado Francisco Javier Estrada Domínguez: Saludos desde esta alta tribuna al pueblo de México, de manera especial a mi estado de Guanajuato, a la gente del distrito cuatro. También quiero aprovechar para felicitar a nuestra presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, por el segundo informe que ayer rindió ante esta soberanía y que también nos deja, para el estado de Guanajuato, una gran lección de que sí se pueden hacer las cosas.

Actualmente, Guanajuato está dentro de los proyectos nacionales. Hay infraestructura, educación, salud, energía, justicia social y programas para el bienestar. Todo esto se está llevando a cabo en todo lo largo y ancho del estado de Guanajuato.

Ahora paso al contenido de la iniciativa por la cual hoy estoy aquí, en esta alta tribuna. Propongo al pleno una iniciativa con proyecto de decreto para que se reforme el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales.

En resumen, quiero reducir al mínimo el sesgo electoral que aún persiste en este ordenamiento jurídico. La democracia constitucional exige que los procesos electorales se desarrollen bajo condiciones de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, procurando en todo momento que las distintas fuerzas políticas que participan en una elección cuenten con las condiciones más equitativas para competir en el voto de la ciudadanía.

Dentro de los elementos que integran un proceso electoral se encuentra la boleta electoral, instrumento mediante el cual las personas ciudadanas expresan su voluntad en las urnas y que por ello debe reunir condiciones que permitan garantizar a las distintas, opiniones políticas, opciones políticas sean presentadas de manera imparcial.

Actualmente este numeral establece, artículo 266, numeral 5, los emblemas o color de los partidos políticos aparecerán en la boleta en el orden que le corresponde de acuerdo a la fecha de registro, de acuerdo a la fecha de registro. En el caso de dos o más registros de partidos políticos hayan sido otorgados en la misma fecha, los emblemas de los partidos políticos aparecerán en la boleta en el orden descendiente que le corresponde de acuerdo al porcentaje de la votación obtenida en la última elección de diputados federales.

Es decir, la regla general, con base, se basa en la fecha de registro para que aparezca el emblema o color de los partidos políticos en la boleta electoral. Es decir, por los siglos de los siglos o, bueno, si sigue conservando su registro el partido del PRI, siempre aparecerá en primer lugar.

Esto es como lo que conocemos actualmente como sesgo de ordenamiento. Y claro que hay un efecto en la votación, hay estudios muy serios por diferentes dependencias a nivel nacional, a nivel internacional, que indican que un porcentaje entre el 1 y el 10 por ciento en la votación puede influir en la ubicación del color o del emblema del partido político en la boleta electoral. —Qué vamos a— ¿Qué estamos proponiendo?:

1. Eliminar la ambigüedad del registro como criterio para determinar la posición de los partidos políticos en las boletas electorales.

2. Evitar que una fuerza política conserve permanentemente una posición determinada en la elección.

3. Garantizar que todos los partidos políticos participen, tengan las mismas posibilidades de ocupar cualquiera de las posiciones disponibles.

4. Incorporar un mecanismo transparente, público y verificable para la asignación de las posiciones.

5. Reducir en la medida de lo posible los efectos derivados del denominado sesgo de ordenamiento.

6. Fortalecer el principio de equidad en la competencia electoral.

7. Evitar que los partidos políticos de reciente creación sean colocados automáticamente en la última posición, es decir, la más desfavorable.

¿Qué estamos proponiendo? En el numeral 5 del artículo 266 el texto que se propone es el siguiente: para establecer el orden en que aparecerán en la boleta los emblemas o colores de los partidos políticos se deberá usar un método aleatorio de insaculación que deberá ser llevado a cabo en sesión formal y pública del Consejo General.

Dicho organismo, mediante acuerdo emitido previamente a dicha insaculación, establecerá los lineamientos, los requisitos y los materiales a ser usados en esta, buscando siempre garantizar la igualdad entre cada partido político y sus correspondientes candidatos y candidatas.

Para efectos mencionados en el párrafo precedente, se considera como primer lugar de aparición el ubicado en la parte superior izquierda de la boleta; el segundo, el lado derecho del anterior; y el tercero, inmediatamente debajo del primero, y así sucesivamente. Vienen los transitorios y con esto concluyo.

Diputadas y diputados, las elecciones deben ganarse de manera democrática, clara y transparente, no por el sesgo de ordenamiento que actualmente se encuentra vigente en la ley electoral. Por eso, yo les solicito que esta iniciativa sea aprobada por esta Cámara de Diputados y Diputadas. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales, a cargo del diputado Francisco Javier Estrada Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado federal Francisco Javier Estrada Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el numeral 1, fracción I, del artículo 6 y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa que reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden de aparición de los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La democracia constitucional exige que los procesos electorales se desarrollen bajo condiciones de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, procurando en todo momento que las distintas fuerzas políticas que participan en una elección cuenten con condiciones equitativas para competir por el voto de la ciudadanía.

Dentro de los elementos que integran un proceso electoral se encuentra la boleta electoral, instrumento mediante el cual las personas ciudadanas expresan su voluntad en las urnas y que, por ello, debe reunir condiciones que permitan garantizar que las distintas opciones políticas sean presentadas de manera imparcial.

Actualmente, el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece el criterio mediante el cual se determina el orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales.

La disposición vigente señala:

“Artículo 266.

[...]

5. Los emblemas a color de los partidos políticos aparecerán en la boleta en el orden que les corresponde de acuerdo con la fecha de su registro. En el caso de que el registro a dos o más partidos políticos haya sido otorgado en la misma fecha, los emblemas de los partidos políticos aparecerán en la boleta en el orden descendente que les corresponda de acuerdo con el porcentaje de votación obtenido en la última elección de diputados federales.”

De esta disposición se desprende que el orden de aparición de los partidos políticos se determina, como regla general, con base en la fecha en que obtuvieron su registro. Únicamente cuando dos o más partidos políticos hayan obtenido su registro en la misma fecha se utiliza como criterio adicional el porcentaje de votación obtenido en la última elección de diputaciones federales.

Este sistema genera una consecuencia que debe ser revisada desde la perspectiva de la equidad electoral; la posición de los partidos políticos en las boletas tiende a mantenerse de manera fija de un proceso electoral a otro. En otras palabras, mientras un partido político conserve su registro, la antigüedad que determina su posición en la boleta permanece inalterable.

El partido político que obtuvo su registro con mayor antigüedad seguirá teniendo una posición preferente frente a otro que obtuvo su registro posteriormente, independientemente de las condiciones particulares del proceso electoral de que se trate. Esta situación plantea una cuestión de fondo:

¿Es razonable que la posición que ocupa una fuerza política en la boleta electoral dependa de la cantidad de años que han transcurrido desde la fecha en que obtuvo su registro?

La antigüedad de un partido político no constituye, por sí misma, un elemento que determine su legitimidad democrática, la calidad de sus candidaturas, sus propuestas, su representatividad o el derecho que tiene para participar en una elección. Una vez que una organización política obtiene legalmente su registro y cumple con los requisitos constitucionales y legales correspondientes, cuenta con el derecho de participar en los procesos electorales en los términos establecidos por la legislación.

Por ello, resulta cuestionable que un elemento meramente histórico, como la fecha de obtención del registro, produzca una consecuencia que puede trasladarse de manera permanente a la posición que ocupa una fuerza política en las boletas electorales. La presente propuesta no parte únicamente de una consideración abstracta respecto de la igualdad entre los partidos políticos.

Existe evidencia académica y técnica que permite advertir que el lugar que ocupa una opción electoral en la boleta puede tener efectos sobre el comportamiento de las personas electoras. El Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP) de la Cámara de Diputados ha analizado diversos factores que pueden influir en el comportamiento electoral y ha señalado que la posición que ocupa un partido político o una candidatura dentro de la boleta puede afectar la decisión del electorado.

En particular, se ha señalado, con base en información del ACE Project, Red de Conocimientos Electorales, que la posición de un candidato o partido dentro de la boleta puede afectar el comportamiento del voto y que resulta fundamental que la legislación determine mecanismos equitativos y transparentes para establecer el orden en que aparecen las opciones electorales. Lo anterior resulta especialmente relevante cuando las personas electoras cuentan con información limitada respecto de las diferentes alternativas que participan en una elección.

Por su parte, el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP) de esta Cámara de Diputados ha analizado experiencias internacionales relacionadas con los efectos que puede producir la posición de una candidatura en la boleta electoral. Dicho análisis identifica evidencia en países como Australia, Dinamarca, Estados Unidos de América, Reino Unido y Suiza, en los que diversos estudios han encontrado una correlación entre la posición que ocupa una candidatura en la boleta y los resultados electorales.

En Australia se han identificado efectos positivos para quienes aparecen en la primera posición, en Dinamarca se han observado efectos de mayor magnitud bajo determinadas condiciones, en Estados Unidos de América, diversos estudios han documentado que las candidaturas que aparecen en las primeras posiciones pueden obtener resultados superiores a los que estadísticamente se esperarían si no existiera un efecto derivado del orden.

Asimismo, investigaciones realizadas en Texas han identificado diferencias importantes entre las candidaturas colocadas en los primeros y últimos lugares de las boletas. En el Reino Unido se ha observado que este efecto puede ser mayor en elecciones en las que existe menor información disponible para el electorado y finalmente, en Suiza también se ha identificado un efecto de la posición de la candidatura sobre el número de votos preferenciales obtenidos.

De acuerdo con las conclusiones del análisis elaborado por el CEDIP, la experiencia internacional permite constatar la existencia reiterada de un efecto del ordenamiento de las candidaturas en la boleta sobre los resultados electorales, fenómeno que puede intensificarse en escenarios de poca información y que ha sido caracterizado como un “sesgo de ordenamiento”.

En consecuencia, si existe evidencia de que la posición que ocupa una opción electoral puede influir en el comportamiento del electorado, resulta necesario que el mecanismo mediante el cual se determina dicha posición sea lo más neutral y equitativo posible.

La antigüedad del registro no debe generar una ventaja permanente

El sistema actualmente establecido por la legislación electoral parte de un criterio, la fecha en que cada partido político obtuvo su registro. Sin embargo, que un criterio sea objetivo no significa necesariamente que sea el más adecuado para alcanzar la finalidad de equidad que debe perseguir la regulación electoral. La fecha de registro de un partido político es un dato histórico que no cambia.

En consecuencia, mientras conserve su registro, el partido político continuará ocupando una posición determinada por su antigüedad. Esto significa que una eventual ventaja asociada con una determinada posición de la boleta puede reproducirse elección tras elección. La situación resulta particularmente evidente en el caso de los partidos políticos de reciente creación.

Un partido que obtiene su registro legal y participa por primera vez en un proceso electoral no ha tenido oportunidad de competir previamente bajo las reglas electorales correspondientes. Sin embargo, desde el primer proceso en que participa, su posición en la boleta queda determinada por su fecha de registro y, por tanto, queda necesariamente subordinada a los partidos que obtuvieron su registro con anterioridad.

No existe una razón vinculada directamente con la competencia democrática que permita concluir que una candidatura de un partido político de mayor antigüedad deba contar con una posición preferente frente a la candidatura de un partido de reciente creación.

La antigüedad de la organización política no hace que una candidatura tenga mayor o menor derecho a participar en condiciones equitativas, la democracia no debe establecer ventajas permanentes derivadas del tiempo que una organización política lleva existiendo, sino condiciones generales que permitan que las distintas fuerzas políticas compitan bajo reglas imparciales, la igualdad electoral no significa que todos los partidos políticos deban obtener los mismos resultados, sino que las reglas del juego democrático deben evitar ventajas o desventajas injustificadas entre quienes participan en una elección y la posición de una opción política en la boleta es un elemento que, de acuerdo con la evidencia disponible, puede tener efectos sobre la decisión de las personas electoras.

Por ello, la autoridad electoral debe procurar que ninguna fuerza política tenga garantizada de manera permanente una determinada posición. No puede desconocerse que, materialmente, todas las opciones no pueden ocupar simultáneamente el primer lugar de una misma boleta.

Esta es una imposibilidad lógica. Sin embargo, precisamente porque no es posible que todas las fuerzas políticas ocupen al mismo tiempo la posición potencialmente más favorable, el Estado debe procurar que la asignación de las posiciones se realice mediante un mecanismo neutral, objetivo y aplicable por igual a todas las fuerzas participantes.

La finalidad de la presente iniciativa no es garantizar que todos los partidos políticos ocupen el primer lugar, sino evitar que alguno de ellos tenga asegurada de manera permanente una posición determinada por el solo hecho de haber obtenido su registro con anterioridad.

La experiencia electoral comparada y la literatura especializada han identificado diversos mecanismos para determinar el orden de aparición de las opciones políticas en las boletas. Entre ellos se encuentran el orden alfabético, el orden aleatorio y la rotación de posiciones.

El orden alfabético presenta la ventaja de ser sencillo y predecible; sin embargo, tampoco elimina necesariamente los efectos derivados de la posición, puesto que determinadas letras del alfabeto ocuparán de manera sistemática las primeras posiciones.

La rotación de posiciones puede distribuir entre las distintas fuerzas políticas los posibles efectos derivados del lugar que ocupan en la boleta. No obstante, su implementación implica importantes dificultades administrativas, logísticas y presupuestarias, particularmente en lo relativo a la impresión, distribución, control y verificación de distintos modelos de boletas.

El orden aleatorio mediante un procedimiento de insaculación constituye, por el contrario, una alternativa que permite determinar las posiciones de manera neutral, sin otorgar a ningún partido político una ventaja permanente basada en su antigüedad.

La insaculación, siempre que se realice bajo reglas previamente establecidas y con condiciones de publicidad, transparencia y vigilancia, permite que todos los partidos políticos participantes tengan las mismas posibilidades de obtener cualquiera de las posiciones disponibles. De esta manera, el resultado no depende de la antigüedad, del porcentaje obtenido en una elección anterior ni de cualquier otra condición histórica de la organización política.

Por las razones expuestas, la presente iniciativa propone que el orden de aparición de los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales sea determinado mediante un procedimiento de insaculación pública.

El procedimiento deberá llevarse a cabo una vez que la autoridad electoral competente haya aprobado y declarado oficialmente las candidaturas correspondientes al proceso electoral de que se trate. De esta manera, únicamente participarán en la asignación de posiciones aquellas fuerzas políticas que efectivamente concurran al proceso electoral correspondiente.

La insaculación deberá realizarse bajo reglas claras y previamente establecidas, con la presencia de las representaciones de los partidos políticos y con mecanismos que permitan su vigilancia y conocimiento público.

Asimismo, deberá quedar constancia formal de los resultados, a efecto de garantizar la certeza sobre la posición asignada a cada partido político. La propuesta tiene además una característica fundamental: el resultado de la insaculación será aplicable exclusivamente al proceso electoral correspondiente.

Por tanto, ningún partido político podrá considerar que la posición que le haya correspondido en una elección genera un derecho para conservarla en elecciones posteriores. Con ello se evita que la posición en la boleta se convierta en una ventaja permanente.

El mecanismo propuesto no modifica los requisitos para obtener o conservar el registro de los partidos políticos, ni afecta sus derechos, prerrogativas, obligaciones o facultades. Tampoco modifica las reglas relativas al registro de candidaturas, su objeto se limita a establecer una forma diferente, más equitativa y democrática de determinar el orden en que los emblemas de los partidos políticos aparecerán en las boletas electorales.

La reforma propuesta permitirá:

• Primero: Eliminar la antigüedad del registro como criterio para determinar la posición de los partidos políticos en las boletas.

• Segundo: Evitar que una fuerza política conserve permanentemente una posición determinada de elección en elección.

• Tercero: Garantizar que todos los partidos políticos participantes tengan las mismas posibilidades de ocupar cualquiera de las posiciones disponibles.

• Cuarto: Incorporar un mecanismo transparente, público y verificable para la asignación de posiciones.

• Quinto: Reducir, en la medida de lo posible, los efectos derivados del denominado sesgo de ordenamiento.

• Sexto: Fortalecer el principio de equidad en la competencia electoral.

• Séptimo: Evitar que los partidos políticos de reciente creación sean colocados automáticamente en una posición desfavorable por el solo hecho de haber obtenido su registro con posterioridad a otras fuerzas políticas.

En suma, la iniciativa busca que el orden de aparición de los partidos políticos en las boletas sea resultado de un procedimiento democrático y neutral, y no de una condición histórica que permanece inalterable.

Para mayor ilustración, presento el siguiente cuadro comparativo:

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales

Artículo Único. Se reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 266.

1. a 4. [...]

5. Para establecer el orden en que aparecerán en la boleta los emblemas a color de los partidos políticos, se deberá usar un método aleatorio de insaculación que deberá ser llevado a cabo en sesión formal y pública del Consejo General. Dicho organismo, mediante acuerdo, emitido previamente a dicha insaculación, establecerá los lineamientos, los requisitos y los materiales a ser usados en ésta, buscando siempre garantizar la igualdad entre cada partido político y sus correspondientes candidatas y candidatos.

Para los efectos mencionados en el párrafo precedente, se considera como primer lugar de aparición el ubicado en la parte superior izquierda de la boleta; el segundo, al lado derecho del anterior; el tercero, inmediatamente debajo del primero, y así sucesivamente.

6. [...]

Transitorios

Único. — El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputado y diputadas: Francisco Javier Estrada Domínguez, Aremy Velazco Bautista, María Magdalena Rosales Cruz, Maribel Solache González, Petra Romero Gómez (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Aremy Velazco Bautista, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de fortalecimiento normativo contra el robo carretero.

La diputada Aremy Velazco Bautista:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, transitar por una carretera no debería significar poner en riesgo nuestro patrimonio, nuestra integridad o nuestra vida.

Sin embargo, el robo carretero se ha convertido en un problema que rebasa fronteras en cualquier estado, afecta a las familias que viajan, a quienes utilizan diariamente las carreteras para trabajar, a los transportistas, al comercio, al turismo y a las actividades económicas que dependen de la movilidad de nuestro país. Por eso, garantizar su seguridad es una responsabilidad que debemos asumir con toda seriedad.

Como representante de San Luis Potosí, me preocupa especialmente lo que ocurre en mi estado, donde se ha registrado una alta incidencia de robos y asaltos carreteros. Y me preocupa particularmente que una parte muy importante de estos hechos afecten a vehículos particulares porque eso significa que el problema alcanza directamente a las familias y a los ciudadanos que transitan por nuestras carreteras. Pero también afecta a transportistas, pasajeros, turistas y a quienes dependen de esas vías para desarrollar sus actividades.

El problema se vuelve todavía más grave cuando el robo se acompaña por violencia, porque ya no estamos hablando únicamente de la pérdida de un vehículo, de mercancías o de pertenencias. Estamos hablando de personas que pueden ser amenazadas, golpeadas o lesionadas para ser despojadas de sus bienes.

Y frente a quienes deciden utilizar la violencia para delinquir, el Estado debe de contar con leyes claras, firmes y suficientes para actuar.

Por eso, hoy presento esta iniciativa. La propuesta es sencilla y concreta:

Primero. Aumentar de 10 a 15 años la pena mínima para quien ejerza violencia contra los ocupantes de un vehículo en caminos, carreteras, puentes o vías férreas, manteniendo la pena máxima de 30 años.

Segundo. Establecer expresamente que cuando una persona sea lesionada deliberadamente con motivo de robo, esa lesión sea considerada lesión calificada y reciba la sanción agravada que ya contempla el Código Penal Federal.

Tercero. Dejar claramente establecido que cuando un robo se cometa con violencia en una vía general de comunicación, se apliquen tanto las penas correspondientes al robo como las previstas para la violencia ejercida contra quienes transitan por estos espacios.

Y hay que dejar algo muy claro: no estamos creando un nuevo delito, estamos fortaleciendo y articulando las disposiciones que ya existen en nuestro Código Penal Federal. Queremos que quienes tienen la responsabilidad de investigar, perseguir y juzgar esos delitos cuenten con un marco jurídico más claro y más severo frente a sus manifestaciones violentas.

Porque también desde el Poder Legislativo debemos respaldar los esfuerzos que realizan los distintos órganos de gobierno para recuperar la seguridad de nuestras carreteras.

A las instituciones de seguridad y procuración de justicia les corresponde detener e investigar. A los jueces, aplicar la ley. Y, a nosotros nos corresponde procurar que esa ley sea suficientemente clara y firme para responder a la realidad que enfrentamos.

No podemos pedir mejores resultados si dejamos vacíos, dispersiones e incongruencias en nuestras propias normas. Debemos dar al Estado mejores herramientas jurídicas para que quienes asaltan, golpean y lesionen a las personas en nuestras carreteras sean investigados, procesados y, cuando se acredite su responsabilidad, reciban las penas que corresponden por la gravedad de sus conductas.

Porque quien golpea y abandona a una persona en una carretera no solamente afecta a su patrimonio, puede dejarla lesionada, incomunicada, lejos de su familia y sin posibilidad inmediata de recibir auxilio. Esta conducta la debemos calificar como agravada.

Queremos carreteras en las que puedan transitar las familias, los trabajadores, los transportistas, y quienes visitan nuestro país y nuestros estados. Carreteras que comuniquen y acerquen a México, no caminos en los que los delincuentes pretendan imponer el miedo. Fortalecer nuestro Código Penal Federal es una parte de esa responsabilidad.

Aquí estoy ante las peticiones de mi distrito. Y frente a quienes utilizan la violencia para lastimar y despojar a los ciudadanos, el mensaje debe ser claro, el Estado debe contar con todas las herramientas que la ley permita para llevarlos ante la justicia y sancionarlos con firmeza. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de fortalecimiento normativo contra el robo carretero, a cargo de la diputada Aremy Velazco Bautista, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Aremy Velazco Bautista, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II; 72, inciso H, 73, fracción XXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el 6, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de fortalecimiento normativo contra el robo carretero, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene por objeto fortalecer la respuesta del sistema de justicia penal federal frente al robo carretero cometido con violencia, particularmente cuando las agresiones ejercidas contra las personas trascienden la amenaza y producen afectaciones efectivas a su integridad física. Para ello, se propone reformar el segundo párrafo del artículo 286 y adicionar el artículo 315 Ter y un segundo párrafo al artículo 372 del Código Penal Federal, con el propósito de incrementar la sanción aplicable a la violencia ejercida contra los ocupantes de vehículos en vías generales de comunicación, reconocer expresamente como calificadas las lesiones inferidas con motivo de un robo y establecer una conexión normativa directa entre el robo ejecutado con violencia y la hipótesis especial prevista para caminos, carreteras, puentes y vías férreas.

La reforma parte del reconocimiento de que el Código Penal Federal ya contiene distintas disposiciones para sancionar el robo, el robo cometido en caminos o carreteras, la violencia ejercida contra los ocupantes de vehículos y las lesiones producidas contra las personas. Sin embargo, dichas normas operan actualmente de manera insuficientemente articulada cuando estos elementos concurren en un mismo hecho delictivo. Por ello, la iniciativa no pretende crear un nuevo delito de robo carretero, sino fortalecer la impartición de justicia, hacer más severas las consecuencias jurídicas de sus manifestaciones violentas y dotar de mayor coherencia al régimen penal existente, particularmente cuando el apoderamiento patrimonial se realiza mediante agresiones físicas contra las víctimas.

Marco jurídico federal del delito de robo

El Código Penal Federal construye la regulación del robo mediante un sistema integrado por un tipo penal básico, reglas generales de punibilidad y supuestos específicos de agravación. El artículo 367 establece el núcleo de la conducta al considerar robo el apoderamiento de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de quien legalmente puede disponer de ella. A partir de esta definición general, el propio Código desarrolla consecuencias diferenciadas atendiendo al objeto sustraído, las circunstancias de ejecución, el lugar en que ocurre el hecho y las características de quienes intervienen.

Dentro de este entramado, el artículo 376 prevé consecuencias adicionales que pueden afectar determinados derechos del responsable; mientras que los artículos 376 Ter y 376 Quáter, incorporados en 2018, establecen un régimen especial para el robo relacionado con el autotransporte federal. El primero sanciona el robo cometido contra quienes presten o utilicen servicios de autotransporte federal de carga, pasajeros, turismo o transporte privado, imponiendo de seis a doce años de prisión cuando se sustraigan mercancías y de dos a siete años cuando se trate únicamente de equipaje o valores de turistas o pasajeros. Si se roba el vehículo, remite al régimen especial de robo de vehículo.

El artículo 376 Quáter agrega agravantes cuando existe apoderamiento de remolques o semirremolques para utilizarlos en otro ilícito o cuando participa un servidor público encargado de funciones vinculadas con la seguridad o persecución penal. Finalmente, el artículo 381, fracción XVI, reconoce expresamente al lugar de comisión como elemento de mayor reproche: cuando el robo se realiza en caminos o carreteras, se adicionan de dos a siete años de prisión a la pena que corresponda.

El diseño vigente demuestra, por tanto, que el legislador federal ya ha reconocido que el robo cometido en carreteras presenta una peligrosidad distinta al robo ordinario. No obstante, ese reconocimiento se encuentra construido fundamentalmente desde la afectación patrimonial, el medio de transporte y determinadas circunstancias de ejecución, sin integrar de manera suficientemente sistemática las consecuencias que la violencia ejercida contra las personas produce durante la realización del delito.

Robo carretero y violencia: una regulación existente, pero insuficientemente articulada

El Código Penal Federal no desconoce la violencia que caracteriza a una parte importante del robo carretero. El artículo 372 establece, con carácter general, que cuando el robo se ejecuta con violencia deben agregarse de seis meses a cinco años de prisión a la sanción correspondiente al robo simple y dispone que, cuando esa violencia constituya por sí misma otro delito, deben aplicarse las reglas de acumulación. Los artículos 373 y 374 complementan este régimen al distinguir la violencia física de la moral y determinar los supuestos en los cuales el robo debe tenerse por ejecutado con violencia.

Paralelamente, el artículo 286 contempla una hipótesis particularmente relacionada con el fenómeno carretero. Su segundo párrafo sanciona actualmente con diez a treinta años de prisión a quien, en vías generales de comunicación entre ellas caminos, carreteras, puentes o vías férreas, ejerza violencia contra los ocupantes de un vehículo de transporte público o privado.

Existe, por tanto, regulación tanto del robo como de la violencia ejercida en carreteras. El problema se encuentra en la falta de una conexión normativa suficientemente expresa entre ambas conductas cuando forman parte de un mismo hecho delictivo. El artículo 286 sanciona la violencia atendiendo al lugar y a la condición de las víctimas como ocupantes de un vehículo, pero no exige que dicha violencia se encuentre vinculada a un robo; en sentido inverso, el artículo 372 sanciona genéricamente el robo con violencia, pero no establece una consecuencia específica cuando ésta se ejerce precisamente en una carretera o vía general de comunicación.

Se configura así una dispersión normativa: por una parte, se protege el patrimonio por otra, se sanciona de manera especial la violencia en las vías generales de comunicación; y, adicionalmente, se prevén reglas generales para la concurrencia de conductas. El sistema permite la aplicación de diversas disposiciones cuando se actualizan los elementos de cada delito, pero carece de una regla que exprese directamente la especial peligrosidad del fenómeno que aquí se analiza: el empleo de la violencia como instrumento para consumar un robo contra quienes transitan por una carretera.

La relevancia de esta ausencia no es solamente sistemática. En el robo carretero, violencia y apoderamiento forman con frecuencia parte de una misma secuencia delictiva: la primera constituye precisamente el medio mediante el cual se somete a la víctima, se detiene su desplazamiento, se neutraliza su capacidad de defensa y se hace posible la sustracción de sus bienes o del vehículo. El ordenamiento reconoce ambas dimensiones, pero aún no establece expresamente su vinculación cuando concurren dentro del mismo acontecimiento.

Precisamente por ello, la adición de un segundo párrafo al artículo 372 pretende establecer dicha conexión normativa, de manera que cuando el robo se ejecute con violencia en vías generales de comunicación se identifique expresamente la concurrencia del delito patrimonial y de la violencia especialmente sancionada en estos espacios, sin perjuicio de las penas que correspondan por otras conductas que concurran en la realización del delito.

Esta falta de articulación resulta particularmente evidente al analizar las disposiciones relativas a los delitos contra la vida y la integridad corporal. El artículo 315 del Código Penal Federal establece, como regla general, que tanto las lesiones como el homicidio son calificados cuando concurren premeditación, ventaja, alevosía o traición. Por su parte, el artículo 298 dispone que al responsable de una lesión calificada puede aumentársele hasta el doble la sanción correspondiente a la lesión simple causada.

Sin embargo, existe una regla especial para el homicidio que no tiene actualmente un equivalente tratándose de lesiones. El artículo 315 Bis ordena imponer la pena prevista para el homicidio calificado cuando la privación de la vida sea cometida intencionalmente, con motivo de una violación o de un robo, por el sujeto activo de éstos en contra de su víctima o víctimas. De esta manera, el legislador federal determinó que la conexión entre el delito patrimonial y la privación intencional de la vida posee, por sí misma, una significación jurídica suficiente para recibir el tratamiento correspondiente al homicidio calificado.

La legislación no contiene una disposición paralela que establezca que las lesiones inferidas deliberadamente contra la víctima con motivo o a propósito de un robo deban considerarse calificadas por esa sola circunstancia. Ello no significa que actualmente una lesión producida durante un robo no pueda ser calificada; podrá serlo cuando se acredite alguna de las circunstancias previstas en el artículo 315, como la ventaja, la alevosía, la traición o la premeditación. El vacío es más preciso: mientras para el homicidio la vinculación con el robo constituye una hipótesis legislativa expresa, tratándose de lesiones es necesario acudir a las reglas generales y demostrar adicionalmente alguna de las calificativas previstas por la legislación.

Esta diferencia produce una asimetría dentro de la lógica interna del propio Código. Si el legislador ya ha reconocido que el homicidio cometido intencionalmente con motivo de un robo merece un tratamiento especialmente agravado, existe una razón sistemática para establecer una regla equivalente en cuanto a su calificación y no en cuanto a su pena respecto de las lesiones que el sujeto activo infiere deliberadamente a la víctima con motivo del mismo delito patrimonial.

La incorporación del artículo 315 Ter responde precisamente a esta necesidad. Su finalidad es reconocer expresamente como calificada la lesión inferida a propósito de un robo por el sujeto activo contra su víctima o víctimas y, en consecuencia, hacer aplicable el régimen agravado que el propio Código contempla para las lesiones calificadas.

El segundo párrafo del artículo 286 establece actualmente un marco de diez a treinta años de prisión para la violencia ejercida contra los ocupantes de un vehículo en vías generales de comunicación. Si bien esta disposición reconoce la particular gravedad de la conducta, la amplitud de su intervalo presenta un problema en su extremo mínimo frente a hechos en los que la violencia deja de constituir únicamente un mecanismo de intimidación y se materializa en una afectación efectiva a la integridad corporal de las personas.

Por ello, la iniciativa plantea elevar de diez a quince años el límite mínimo de la pena prevista en el segundo párrafo del artículo 286, manteniendo el máximo de treinta años. La modificación conserva un margen amplio para que la autoridad jurisdiccional individualice la sanción conforme a las circunstancias concretas del hecho, pero establece un punto de partida más acorde con la particular peligrosidad que implica ejercer violencia contra personas que transitan por vías generales de comunicación.

La especial gravedad de las lesiones producidas durante un robo en carretera no deriva únicamente del daño corporal inicialmente causado. El contexto modifica objetivamente el nivel de riesgo al que se expone a la víctima. Una lesión inferida en una carretera, particularmente en un tramo despoblado o alejado de centros urbanos, coloca al afectado en una situación diferente de aquella en la que existe acceso inmediato a servicios médicos, auxilio policial o apoyo de terceros.

La distancia, el aislamiento, la posible falta de comunicación, la inmovilización del vehículo o su sustracción y la imposibilidad material de recibir atención oportuna pueden incrementar significativamente las consecuencias de una lesión. El agresor no únicamente produce una afectación corporal, sino que puede dejar a la víctima lesionada y expuesta en condiciones que dificulten la obtención de auxilio y eleven el peligro para su integridad e, incluso, para su vida.

Este razonamiento debe formularse con especial cuidado. No sería jurídicamente correcto equiparar automáticamente toda lesión producida durante un robo carretero con una tentativa de homicidio. La tentativa de homicidio presupone una resolución dirigida a privar de la vida y actos de ejecución orientados hacia ese resultado; sancionar como tentativa a quien únicamente tuvo intención de lesionar desconocería la diferencia entre el dolo de lesionar y el dolo de matar y podría comprometer los principios de culpabilidad y proporcionalidad.

La valoración jurídicamente defendible es distinta. La lesión cometida deliberadamente durante un robo carretero puede presentar una peligrosidad objetiva particularmente elevada, no porque necesariamente exista intención homicida, sino porque el propio autor crea conscientemente una situación en la que la víctima queda lesionada, vulnerable y sometida a condiciones que pueden dificultar o impedir su atención.

El mayor reproche deriva entonces de la concurrencia de tres elementos: la afectación intencional a la integridad corporal; su utilización o producción con motivo de la ejecución de otro delito; y la creación de un riesgo adicional derivado de las circunstancias en las que queda colocada la víctima.

Desde esta perspectiva, la respuesta legislativa no debe convertir artificialmente una lesión en homicidio tentado, sino reconocerla como lesión calificada y sujetarla al régimen agravado que el propio Código ya contempla en su artículo 298. De esta forma se preserva la distinción dogmática entre la intención de lesionar y la intención de matar, pero se reconoce el mayor grado de reproche que implica afectar deliberadamente la integridad física de una persona con motivo de un robo.

De esta manera, la reforma propuesta articula tres disposiciones que cumplen funciones diferentes pero complementarias: el artículo 286 fortalece la sanción aplicable a la violencia ejercida en vías generales de comunicación; el nuevo artículo 315 Ter reconoce como calificadas las lesiones inferidas con motivo del robo; y el segundo párrafo que se adiciona al artículo 372 establece expresamente la conexión entre el robo ejecutado con violencia y el régimen especial previsto para las vías generales de comunicación.

El resultado es una regulación más coherente, que no crea tipos penales innecesarios ni confunde las categorías existentes, sino que utiliza las figuras que el Código Penal Federal ya contempla y establece entre ellas una relación normativa más clara para atender las manifestaciones particularmente violentas del robo carretero.

El robo carretero como problema nacional y la situación crítica de San Luis Potosí

El robo carretero constituye un problema de alcance nacional que afecta simultáneamente la seguridad de las personas, el transporte de mercancías, la operación de las cadenas de suministro y la conectividad económica del país. Su naturaleza rebasa las fronteras de una entidad federativa: las carreteras articulan regiones productivas, centros de consumo, cruces fronterizos y corredores logísticos, de manera que la inseguridad que se presenta en ellas genera consecuencias que trascienden el lugar concreto en el que ocurre el delito.

La literatura especializada ha identificado, además, que el robo representa una de las conductas con mayor impacto económico entre los delitos que afectan al sector empresarial y que el robo al transporte de carga presenta una asociación negativa con determinados flujos comerciales hacia los Estados Unidos (Preciado y Torrero, 2021; Cabral, Mollick y Saucedo, 2026).

La dimensión federal del problema no impide advertir que existen entidades en las que su incidencia ha alcanzado niveles particularmente preocupantes. Para quien representa a San Luis Potosí en la Cámara de Diputados, la evolución registrada en esa entidad constituye una razón inmediata de preocupación, tanto por sus efectos sobre la población como por el papel estratégico que desempeña el Estado dentro de la red carretera nacional.

Los datos correspondientes a 2025, incorporados al Censo Nacional de Seguridad Pública Federal y Estatal 2026 del INEGI, muestran que las instituciones de seguridad pública reportaron 4,090 probables robos y asaltos en carreteras y puentes en todo el país, de los cuales 2,476 fueron registrados en San Luis Potosí. En términos proporcionales, la entidad concentró aproximadamente 60.5% del total nacional reportado bajo este indicador. De esos casos, 2,473 fueron registrados por autoridades estatales y tres por la Guardia Nacional.

La evolución resulta especialmente grave. Conforme a la información analizada, San Luis Potosí pasó de 17 hechos registrados en 2024 a 2,476 en 2025, y transitó del lugar doce al primer lugar nacional. Por la magnitud del cambio, el dato debe analizarse con responsabilidad: la estadística, por sí sola, no permite establecer qué proporción corresponde a un incremento material del delito y qué parte pudiera explicarse por modificaciones en los mecanismos de registro. Sin embargo, una variación de esta dimensión no puede ser minimizada. La concentración de más de seis de cada diez hechos registrados a nivel nacional obliga a cuestionar la suficiencia de las acciones desplegadas en el ámbito estatal y exige una explicación pública sobre las causas que llevaron a San Luis Potosí a ocupar una posición tan desproporcionada dentro del panorama nacional.

San Luis Potosí ocupa una posición estratégica dentro de la red carretera nacional, derivada tanto de su ubicación geográfica como de su amplia vinculación territorial con distintas regiones del país. La entidad comparte límites territoriales con siete entidades federativas y, considerando además sus puntos de contacto territorial con Coahuila y Jalisco, mantiene vinculación limítrofe con nueve entidades, circunstancia que la convierte en uno de los principales nodos geográficos de articulación entre el norte, centro, occidente y oriente de México.

Esta condición favorece que por su territorio transiten rutas que conectan de norte a sur y enlazan las regiones del Pacífico con las del Golfo de México, por las que circulan diariamente vehículos particulares, unidades de transporte de pasajeros, servicios turísticos y autotransporte de carga. En consecuencia, la seguridad de las carreteras potosinas trasciende el ámbito estrictamente local y constituye una preocupación de alcance federal, tanto por la protección de las personas usuarias como por la continuidad de los flujos de movilidad, transporte y actividad económica que dependen de estos corredores.

La literatura analizada ha documentado que la violencia puede reducir la conectividad y el tránsito vehicular en las carreteras que comunican zonas afectadas con el resto del territorio (Coscia y Gutiérrez-Romero, 2023). Al mismo tiempo, esta condición estratégica impone una responsabilidad particular al Gobierno del estado, pues el tránsito constante de personas, pasajeros, turistas y mercancías genera una derrama económica asociada al consumo de combustibles, alimentación, hospedaje, mantenimiento, servicios y actividades logísticas.

Preservar la seguridad de quienes atraviesan San Luis Potosí no sólo constituye una obligación en materia de seguridad pública, sino también una condición indispensable para mantener la confianza en la entidad como corredor de movilidad y proteger los beneficios económicos derivados de su ubicación geográfica.

La preocupación se intensifica al observar quiénes son las víctimas. De los 2,476 casos registrados en la entidad, 2,093 correspondieron a vehículos particulares, aproximadamente 85 % del total; 327 involucraron camiones de carga, 18 autobuses y 38 otros supuestos. Por tanto, el robo carretero no puede entenderse exclusivamente como un problema del sector transportista. La principal afectación registrada en San Luis Potosí recayó sobre ciudadanos que utilizan las carreteras para trasladarse, trabajar, comerciar o comunicarse con otras regiones.

A ello se agrega un componente de violencia que forma parte sustantiva del fenómeno. De acuerdo con la información reportada por la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante 2025 se iniciaron 419 carpetas de investigación por robo a transportista, de las cuales 174 correspondieron a robos cometidos con violencia, equivalentes al 41.5% del total, mientras que 245 fueron clasificados sin violencia.

La incidencia de conductas violentas también se advierte en los registros del sector asegurador: la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros reportó 531 robos de unidades de carga aseguradas en San Luis Potosí durante el periodo comprendido entre abril de 2025 y marzo de 2026, de los cuales 72% ocurrió con violencia.

Estas cifras deben analizarse considerando que la categoría estadística de robo con violencia comprende distintas formas de sometimiento de la víctima y no permite determinar, por sí misma, cuántos casos produjeron lesiones físicas. Sin embargo, los testimonios del propio sector transportista permiten advertir que la violencia ejercida no se limita necesariamente a la amenaza: representantes de la Alianza Mexicana de Organizaciones de Transportistas han señalado que en los atracos violentos registrados en las carreteras potosinas los operadores llegan a ser golpeados, amenazados y privados temporalmente de su libertad mientras los responsables sustraen las unidades.

El fenómeno se inserta, además, en un contexto nacional en el que el INEGI registró que 31.2% de los probables robos y asaltos en carreteras y puentes ocurridos durante 2025 involucró el uso de armas de fuego, lo que evidencia que la violencia asociada al robo carretero representa un riesgo no sólo para el patrimonio, sino también para la integridad y la vida de quienes transitan por las vías de comunicación del país.

El caso potosino refleja así un problema que exige atención desde el orden federal, no porque corresponda trasladar automáticamente a la Federación responsabilidades propias de las autoridades locales, sino porque la inseguridad en carreteras afecta bienes, actividades y vías de comunicación cuya relevancia trasciende las fronteras estatales y que encuentran reconocimiento en la legislación penal federal.

Para una legisladora originaria de San Luis Potosí, estas cifras representan además una obligación política de dar voz a una población que ha visto crecer de manera extraordinaria los registros de robo carretero y que demanda condiciones de seguridad para transitar por las vías que comunican al estado con el resto del país.

La gravedad del fenómeno no se agota en el número de hechos registrados. Una segunda dimensión permite advertir las dificultades que enfrenta el Estado mexicano para transformar el conocimiento de un probable delito en una denuncia formal, una investigación y, eventualmente, una responsabilidad penal. Esta distancia entre el hecho ocurrido, su registro policial y la actuación ministerial resulta especialmente relevante en materia de robo carretero y permite observar un problema que, aunque se manifiesta con particular intensidad en San Luis Potosí, forma parte de un desafío más amplio para las instituciones de procuración de justicia del país.

Las 419 carpetas de investigación por robo a transportista reportadas durante 2025 muestran además que no se trató de episodios aislados. Las denuncias se distribuyeron a lo largo de todo el año y alcanzaron sus niveles más altos en septiembre, octubre y diciembre, mes en el que se registraron 50 carpetas de investigación.

Aunque el total anual significó una reducción de 4.1% respecto de las 437 denuncias registradas en 2024, ese descenso no fue suficiente para impedir que la entidad escalara posiciones dentro del contexto nacional. Con esos registros, San Luis Potosí se ubicó en el tercer lugar nacional en denuncias por robo a transportista y en el cuarto lugar nacional en el rubro de robo con violencia. La disminución nominal de las denuncias, por sí misma, difícilmente puede interpretarse como una mejora sustantiva cuando simultáneamente las estadísticas policiales muestran una concentración extraordinaria de hechos carreteros en la entidad.

La comparación entre las distintas fuentes permite observar la profundidad del problema institucional. Mientras la Fiscalía reportó 419 carpetas de investigación por robo a transportista, las instituciones de seguridad pública registraron 2,476 probables robos y asaltos en carreteras y puentes. Se trata de categorías diferentes y, por ello, no es técnicamente correcto equipararlas ni interpretar automáticamente la diferencia como una cifra de delitos no denunciados. Sin embargo, la distancia entre ambos registros muestra que existe un volumen considerable de hechos conocidos por las autoridades policiales que no encuentra una correspondencia equivalente en las denuncias formalizadas ante el Ministerio Público.

Esta brecha debe ser motivo de particular preocupación en San Luis Potosí. Cuando una entidad concentra alrededor de 60% de los registros nacionales y, al mismo tiempo, existe una diferencia tan significativa entre hechos conocidos y carpetas iniciadas, las autoridades estatales tienen la responsabilidad de explicar no sólo la evolución del delito, sino también las condiciones institucionales bajo las cuales las víctimas acceden o dejan de acceder a la procuración de justicia.

El análisis disponible identifica entre las posibles causas de la falta de denuncia el miedo, la distancia respecto de las agencias del Ministerio Público y la percepción ciudadana de que denunciar puede no producir resultados. En el contexto del robo carretero, estos factores adquieren una dimensión particular, pues los hechos pueden ocurrir lejos del lugar de residencia de las víctimas y en espacios en los que el acceso inmediato a las instituciones de procuración de justicia resulta materialmente más complejo.

Este último elemento conecta el fenómeno local con uno de los problemas estructurales de la seguridad y la justicia penal en México: los espacios de impunidad que se generan cuando los delitos no llegan siquiera a convertirse en investigaciones formales o cuando el procedimiento no consigue avanzar hacia el esclarecimiento y la sanción.

Los insumos disponibles no contienen una tasa específica de impunidad para el robo carretero en San Luis Potosí ni permiten determinar cuántas de las carpetas iniciadas concluyeron con una sentencia. Por ello, no sería metodológicamente correcto atribuir un porcentaje concreto de impunidad. Sí permiten, en cambio, advertir una fractura entre hecho delictivo, registro policial, denuncia, investigación y eventual sanción, que constituye una condición propicia para la persistencia de espacios de impunidad.

La situación es especialmente sensible para la representación federal de San Luis Potosí. Las estadísticas colocan a la entidad en una posición crítica dentro del fenómeno nacional y muestran que los ciudadanos potosinos enfrentan un riesgo carretero que no encuentra correspondencia suficiente en el número de investigaciones formalizadas. Ello obliga a señalar las deficiencias de la respuesta estatal, pero también a reconocer que el fenómeno rebasa una sola jurisdicción. Las rutas carreteras conectan entidades, los vehículos atraviesan múltiples territorios y las conductas delictivas pueden desplegarse y producir efectos más allá de los límites locales.

En este contexto, la relevancia de la presente iniciativa radica en fortalecer la respuesta penal federal frente a una modalidad delictiva que no sólo afecta el patrimonio, sino que coloca en riesgo directo la integridad y, en determinados casos, la vida de quienes utilizan las vías generales de comunicación del país. La reforma al segundo párrafo del artículo 286, la incorporación del artículo 315 Ter y la adición al artículo 372 permiten articular disposiciones que hoy operan de manera dispersa, elevar el reproche jurídico frente a la violencia ejercida en carreteras y reconocer expresamente la mayor gravedad de las lesiones causadas con motivo de un robo. Con ello se busca dotar a las autoridades encargadas de investigar, perseguir y juzgar estas conductas de un marco normativo más claro, congruente y severo, acorde con la dimensión nacional del problema y con la necesidad de que las carreteras mexicanas sean espacios seguros para quienes las utilizan.

Para una mejor comprensión de las modificaciones propuestas, se presenta el siguiente cuadro comparativo:

Código Penal Federal

Por lo antes expuesto se somete a consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de fortalecimiento normativo contra el robo carretero.

Único. Se reforma el segundo párrafo del Artículo 286 y se adicionan el Artículo 315 Ter y el segundo párrafo del artículo 372 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 286.- ...

La pena será de quince a treinta años de prisión para el que en vías generales de comunicación tales como caminos, carreteras, puentes o vías férreas, haga uso de la violencia en contra de los ocupantes de un vehículo de transporte público o privado.

Artículo 315 Ter.- Se considerará lesión calificada y se incrementarán las penas conforme al artículo 298 de este código cuando se infrinja a propósito de un robo por el sujeto activo de este contra su víctima, víctimas o acompañantes.

Artículo 372.- Si el robo se ejecutare con violencia, a la pena que corresponda por el robo simple se agregarán de seis meses a cinco años de prisión. Si la violencia constituye otro delito, se aplicarán las reglas de la acumulación.

Si el robo se ejecutare con violencia en vías generales de comunicación tales como caminos, carreteras, puentes o vías férreas, se impondrán las penas que correspondan por el robo simple y las establecidas en los artículos 281 y 286 de este código, sin perjuicio de que se acumulen por las conductas que concurran en la realización del delito.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputadas y diputado: Aremy Velazco Bautista, Catalina Díaz Vilchis, Luis Humberto Aldana Navarro, Maribel Solache González (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY DEL SEGURO SOCIAL, LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, LEY FEDERAL DEL TRABAJO, Y CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa, con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley Federal del Trabajo, y del Código Penal Federal, en materia de pensiones por violencia de género.

La diputada Olga Leticia Chávez Rojas:Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputada.

La diputada Olga Leticia Chávez Rojas: Buenos días, compañeras y compañeros, diputados y diputadas. Saludo con gusto a las personas que nos hacen el favor de seguirnos a través del Canal del Congreso.

La violencia de género en México es un problema estructural y multifacético que afecta a miles de mujeres y niñas en todo el país. Esta violencia se manifiesta de diversas formas y está directamente relacionada con desigualdades históricas, culturales y sociales.

Las leyes existen, pero por sí solas no imparten justicia, ni brindan protección. Las mujeres continúan expuestas a sufrir daño y se ven obligadas a modificar sus rutinas, a cambiar de trabajo, incluso, de su propio hogar. Mientras que los causantes de este daño no se enfrentan a consecuencia alguna.

El artículo 3o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que las medidas que se deriven de dicha ley garantizarán la prevención, atención, sanción y la erradicación de todos los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, sin embargo, la violencia contra las mujeres va en aumento en todo el territorio nacional.

Datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares indica que del total de mujeres de 15 años y más, 70 por ciento ha experimentado al menos un incidente de violencia, que puede ser psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o discriminatoria y ejercida por cualquier persona agresora a lo largo de su vida.

La violencia psicológica es la que se presenta en mayor prevalencia 51.6 por ciento, seguida de la violencia sexual 49.7 por ciento, de la violencia física 34 por ciento y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación el 27.4 por ciento.

El Estado mexicano ha implementado políticas públicas para erradicar la violencia contra las mujeres, estableciendo a nivel federal la Secretaría de la Mujer. No obstante, la violencia contra la mujer va en aumento.

La erradicación no es responsabilidad solo del Estado ni de una sola institución ni de un solo orden de gobierno, sino que debe ser el resultado de un trabajo en conjunto con la sociedad, de una educación familiar eficaz y de respeto, y de un trabajo interinstitucional y de coordinación y cooperación entre las diferentes órdenes de gobierno.

Desde diciembre del 2018 hasta junio de 2024 el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra la Mujer recopiló información de más de 1.5 millones de personas víctimas de violencia y brindó más de 4.5 millones de servicios especializados, emitió más de 230 mil órdenes de protección y se identificaron a más de 1.5 millones de personas agresoras. En la mayoría de los casos se puede pensar que, para las mujeres violentadas, los tribunales penales son donde se sufre más. Sin embargo, para las mujeres la injusticia se manifiesta con mayor frecuencia en los sistemas civiles y administrativos: derecho de familia, conflictos laborales, vivienda, inmigración, acceso a prestaciones, etcétera.

En ese sentido, la iniciativa que hoy propongo a su consideración tiene por objeto que el hombre agresor, por razón de género, no tenga derecho a recibir la pensión de la beneficiaria victimizada, es decir, si una mujer llegase a fallecer su pareja, esposo o concubino no tendrán derecho a la pensión en caso de que haya ejercido algún momento de la vida violencia contra la beneficiada.

Por eso, se propone modificar diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajos del Estado, la Ley Federal del Trabajo y del Código Penal Federal.

Compañeros y compañeras, se debe tomar en cuenta que la violencia de género tiene un impacto profundo en la sociedad y en la economía de México. Para las víctimas, las consecuencias pueden ser devastadoras, incluyendo daños físicos, psicológicos, pérdida de autonomía, dificultades para reconstruir sus vidas.

Muchas mujeres sufren de depresión, ansiedad y trastorno de estrés postraumático como resultado de la violencia que enfrentan. Como legisladores es una obligación modificar el marco normativo en beneficio de la sociedad y en ese sentido debemos de legislar con perspectiva de género en protección a la mujer.

En ese sentido, es necesario que la mujer denuncie la violencia sufrida para efectos de esta iniciativa. Compañeras, denuncien. Tarde o temprano les va a beneficiar. Insisto, un hombre agresor no tendrá derecho a la pensión de su viuda. Es cuanto. Gracias.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley Federal del Trabajo y del Código Penal Federal, en materia de pensiones por violencia de género, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena

Diputada Olga Leticia Chávez Rojas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 64 fracción II, se adicionan la fracción III al artículo 128, un tercer párrafo al artículo 129, y la fracción II al artículo 132 de la Ley del Seguro Social, se adiciona el segundo párrafo al artículo 70 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se adiciona un párrafo al artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo y se reforma el párrafo quinto del artículo 324 del Código Penal Federal, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La violencia de género en México es un problema estructural y multifacético que afecta a miles de mujeres y niñas en todo el país. Esta violencia se manifiesta de diversas formas y está directamente relacionada con desigualdades históricas, culturales y sociales.

Las leyes existen, pero por sí solas no imparten justicia ni brindan protección. Las mujeres continúan expuestas a sufrir daño y se ven obligadas a modificar sus rutinas, a cambiar de trabajo e incluso de hogar, mientras que los causantes de ese daño no se enfrentan a consecuencia alguna.

En nuestro sistema jurídico mexicano, se encuentra la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, siendo su objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, igualmente establece los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, y garantiza el goce y ejercicio de sus derechos humanos.

La mencionada ley en su artículo 3o establece que todas las medidas que se deriven de dicha ley garantizarán la prevención, atención, sanción y la erradicación de todos los tipos y modalidades de violencias contra las mujeres durante su ciclo de vida y para promover su desarrollo integral y su plena participación en todas las esferas de la vida.

Sin embargo, la violencia contra las mujeres va en aumento en todo nuestro territorio nacional, datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh), indican que:

En 2021, a nivel nacional, del total de mujeres de 15 años y más, 70.1 % han experimentado al menos un incidente de violencia, que puede ser psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o discriminación en al menos un ámbito y ejercida por cualquier persona agresora a lo largo de su vida.

La violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (51.6 %), seguida de la violencia sexual (49.7 %), la violencia física (34.7 %) y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (27.4 %).

Mientras que, de octubre 2020 a octubre 2021, 42.8 % de las de mujeres de 15 años y más experimentaron algún tipo de violencia, la violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia (29.4 %), seguida de la violencia sexual (23.3 %), la violencia económica, patrimonial y/o discriminación (16.2 %) y la violencia física (10.2 %).

El estado mexicano ha implementado acciones para erradicar la violencia contra las mujeres, expidiendo normas como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, implementando políticas públicas, estableciendo a nivel federal a la Secretaría de la Mujer, no obstante, la violencia contra la mujer va escalando, muestra de ello se refleja en la siguiente tabla:

La erradicación de la violencia contra las mujeres no es responsabilidad solo del estado ni de una sola institución, ni de un solo orden de gobierno, sino que debe ser el resultado de un trabajo en su conjunto de la sociedad, de una educación familiar eficaz y de respeto, y de un trabajo interinstitucional de coordinación y cooperación entre los diferentes órdenes de gobierno.

Datos de CONAVIM indican que, desde diciembre de 2018 hasta junio de 2024, BANAVIM (Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra Mujeres) ha recopilado información de más de 1.5 millones de mujeres víctimas de violencia y ha brindado más de 4.5 millones de servicios especializados. Se han emitido más de 230 mil órdenes de protección y se han identificado a más de 1.5 millones de personas agresoras.

En la mayoría de los casos, se puede pensar que para las mujeres violentadas suelen ser los tribunales penales, sin embargo, para las mujeres, la injusticia se manifiesta con mayor frecuencia en los sistemas civiles y administrativos: derecho de familia, conflictos laborales, vivienda, inmigración y acceso a prestaciones. En ese sentido la presente iniciativa tiene por objeto que la persona (hombre) agresora, por razón de género, no tenga derecho a recibir pensión que en su caso gozaba la víctima, es decir, si una mujer llegase a pensionarse y falleciere, su pareja, esposo o concubino no tendrán derecho a la pensión en caso de que hayan ejercido en algún momento de la vida violencia contra la pensionada.

Por ello se propone, modificar el artículo 64 fracción II de la Ley del Seguro Social, para establecer de manera categórica, que no tendrá derecho a recibir pensión el cónyuge o concubino que haya ejercido violencia de genero contra la trabajadora fallecida.

Se adiciona la fracción III del artículo 128 de la Ley del Seguro Social, para establecer que uno de los requisitos para poder ser beneficiado en recibir pensión sea no haber ejercido violencia de genero contra la persona asegurada.

Igualmente en el artículo 129 de la Ley del Seguro Social se indica que la persona beneficiaria que haya ejercido violencia de genero contra la persona asegurada no podrá disfrutar de la pensión a que se refiere dicho artículo.

De la misma forma en el artículo 132 de la Ley del Seguro Social se establece que no tendrá derecho a pensión por viudez, cuando la persona beneficiaria haya ejercido violencia de genero contra la persona asegurada.

Para estar en concordancia con lo antes señalado, en el artículo 70 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se determina que la persona beneficiaria que haya ejercido violencia de genero contra la persona asegurada no podrá disfrutar de la pensión a que se refiere el presente artículo.

En ese orden de ideas, también se reforma el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer que la persona beneficiaria que haya ejercido violencia de genero contra la persona trabajadora no podrá disfrutar de la indemnización a que se refiere dicho numeral.

Por otra parte, se reforma el artículo 325 del Código Penal Federal, para establecer que el que cometa el delito de feminicidio perderá todos los derechos con relación a la víctima, relativos a pensiones referidas en la Ley del Seguro Social, Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Ley Federal del Trabajo.

Para mayor claridad y comprensión se presenta el cuadro comparativo siguiente:

Datos del Coneval indican que en México en el año 2020 el 25.2 % de las mujeres recibían una pensión contributiva, y para el año 2022 era el 25%.4. y si colocamos los datos de INEGI, en los que indican que en nuestro país de 10 mujeres, 7 han sufrido violencia de género, lo que indica que es un porcentaje alto, ahora bien cabe citar que en el año 2023 hubo 297,904 delitos de los cuales fueron 1,501 feminicidios, 25,135 delitos por lesiones, por violencia de género en todas sus modalidades 372.

Por ello, la presente iniciativa, pretende establecer que los hombres violentadores por razón de género, no tiene derecho a recibir la pensión contributiva a que se refieren las leyes de seguridad social, que en su momento recibía la mujer pensionada en caso de fallecimiento.

Por otra parte, se debe tomar en cuenta que la violencia de género tiene un impacto profundo en la sociedad y en la economía de México. Para las víctimas, las consecuencias pueden ser devastadoras, incluyendo daños físicos y psicológicos, pérdida de autonomía y dificultades para reconstruir sus vidas. Muchas mujeres sufren de depresión, ansiedad y trastorno de estrés postraumático como resultado de la violencia que enfrentan.

Como legisladores es una obligación de modificar el marco normativo en beneficio de la sociedad y en ese sentido debemos legislar con perspectiva de género en protección de la mujer.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Decreto por el que se reforma el artículo 64 fracción II, se adicionan la fracción III al artículo 128, un tercer párrafo al artículo 129, y la fracción II al artículo 132 de la Ley del Seguro Social, se adiciona el segundo párrafo al artículo 70 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se adiciona un párrafo al artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, se reforma el párrafo quinto del artículo 324 del Código Penal Federal.

Artículo Primero. Se reforma el artículo 64 fracción II, se adicionan la fracción III al artículo 128, un tercer párrafo al artículo 129, y la fracción II al artículo 132 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 64. Si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte del asegurado, el Instituto calculará el monto constitutivo al que se le restará los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido, a efecto de determinar la suma asegurada que el Instituto deberá cubrir a la institución de seguros, necesaria para obtener una pensión, ayudas asistenciales y demás prestaciones económicas previstas en este capítulo a los beneficiarios.

...

a) ...

b) ...

I...

II. A la viuda o viudo de la o el asegurado, a la concubina o concubinario que le sobreviva o a quien haya suscrito una unión civil con la o el asegurado, se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total. El importe de esta prestación no podrá ser inferior a la cuantía mínima que corresponda a la pensión de viudez del seguro de invalidez y vida. No tendrá derecho a recibir esta pensión el cónyuge o concubino que haya ejercido violencia de genero contra la trabajadora fallecida.

III a VI...

Artículo 128. Son requisitos para que se otorguen a los beneficiarios las prestaciones contenidas en el artículo anterior, las siguientes:

I y II....

III. Que el beneficiario no haya ejercido violencia de genero contra la persona asegurada.

Artículo 129. También tendrán derecho a pensión los beneficiarios de un asegurado fallecido por causa distinta a un riesgo de trabajo que se encontrara disfrutando de una pensión por incapacidad permanente derivada de un riesgo igual, si aquél tuviera acreditado el pago al Instituto de un mínimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales y hubiese causado baja en el régimen obligatorio, cualquiera que fuere el tiempo transcurrido desde la fecha de su baja.

...

La persona beneficiaria que haya ejercido violencia de genero contra la persona asegurada no podrá disfrutar de la pensión a que se refiere el presente artículo.

Artículo 132. No se tendrá derecho a la pensión de viudez que establece el artículo anterior, en los siguientes casos:

I...

II. Cuando la persona beneficiaria haya ejercido violencia de genero contra la persona asegurada.

Artículo Segundo. Se adiciona el segundo párrafo al artículo 70 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 70. Para la división de la Pensión derivada de este Capítulo, entre los familiares de la o el Trabajador, así como en cuanto la asignación de la Pensión para el viudo o viuda, o en su caso para la concubina o concubinario, o para quien haya suscrito una unión civil y que sobreviva, hijos, ascendientes, o quien, en su caso, tenga derecho a la ministración de alimentos, se estará a lo previsto en la sección de Pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida.

La persona beneficiaria que haya ejercido violencia de genero contra la persona asegurada no podrá disfrutar de la pensión a que se refiere el presente artículo.

Artículo Tercero. Se adiciona un párrafo al artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 501.- Tendrán derecho a recibir indemnización en los casos de muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial:

I a V ...

La persona beneficiaria que haya ejercido violencia de genero contra la persona trabajadora no podrá disfrutar de la indemnización a que se refiere el presente artículo.

Artículo Cuarto. Se reforma el párrafo quinto del artículo 324 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 325. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por una razón de género.

...

I a VIII...

...

...

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio y pensiones referidas en la Ley del Seguro Social, Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Ley Federal del Trabajo. En su caso, también perderá todo derecho con relación a los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez en términos de lo previsto por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1. Politize.org.mx/violencia-de-genero-en-mexico-y-sus-impactos-sociales. Eduardo de Re.

2. ONU Mujeres. Caso abierto: Justicia para todas las mujeres y niñas

3. /www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/vcmm/ violencia contra las mujeres en México.

4. Idem.

5. Resultados CONAVIM 2019-2024, El primer Sexenio de la Cuarta Transformación.

6. ONU Mujeres. Caso abierto: Justicia para todas las mujeres y niñas

7. sistemas.coneval.org.mx/SIDS/Serie2016-2022/Acceso-grupos población/poblacion_adulta_mayor/indicador/pam_12

8. Idem.

9. Politize.org.mx/violencia-de-genero-en-mexico-y-sus-impactos-sociales. Eduardo de Re.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 septiembre de 2026.– Diputadas: Olga Leticia Chávez Rojas, Amalia López de la Cruz, Anais Miriam Burgos Hernández, Aremy Velazco Bautista, Gloria Sánchez López, Irma Juan Carlos, Karina Margarita del Río Zenteno, Maribel Solache González, Petra Romero Gómez, Rosario del Carmen Moreno Villatoro (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.



REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un numeral 3 al artículo 31 y se reforma el numeral 1 al artículo 59 y el numeral 2 del artículo 62, del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de uso obligatorio de lengua indígena nacional, al inicio de las sesiones ordinarias.

La diputada Karina Margarita del Río Zenteno:Con su permiso, diputada presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

La diputada Karina Margarita del Río Zenteno: Compañeras y compañeros legisladores, México es mucho más que un territorio, México es nuestra historia, nuestros pueblos, nuestras culturas, sus tradiciones y también profundamente sus lenguas indígenas.

Hoy subo a esta tribuna para presentar una iniciativa sencilla, pero también muy profunda, las lenguas originarias de México merecen ocupar el lugar que les corresponde en la vida pública de nuestro país, porque cuando hablamos de una lengua indígena no hablamos solamente de palabras, hablamos de memoria y de identidad, hablamos de una manera de comprender el mundo que ha sido transmitida de generación en generación durante siglos.

Nuestra Constitución reconoce que México es una nación pluricultural y multiétnica, sustentada originalmente en sus pueblos originarios y establece la obligación de preservar, proteger, desarrollar y difundir sus lenguas.

Además, la legislación mexicana reconoce a las lenguas indígenas y al español como lenguas nacionales con la misma validez, pero este reconocimiento jurídico tiene que convertirse también en presencia real, porque una lengua que solamente reconocemos en nuestras leyes, pero que dejamos de escuchar en nuestros espacios públicos, corre el riesgo de convertirse solamente en una declaración y precisamente eso es lo que queremos cambiar.

La iniciativa que hoy presento propone reformar el Reglamento de la Cámara de Diputados para establecer que, al inicio de cada sesión ordinaria, una persona hablante de una lengua indígena nacional pueda ocupar esta tribuna y dirigirse a la representación nacional en su propia lengua.

Queremos que desde esta Cámara se escuche el tzotzil, el tzeltal, el zoque, el maya, el náhuatl, el mixteco, el zapoteco y las distintas lenguas que forman parte de la enorme riqueza lingüística de nuestro país y queremos hacerlo no solo como un acto meramente simbólico, queremos hacerlo porque las lenguas originarias son parte de nuestra identidad nacional.

La propia iniciativa establece que esta participación tendrá como propósito reconocer, visibilizar y promover la preservación, el desarrollo y el uso de las lenguas indígenas nacionales, así como proteger los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de nuestros pueblos y comunidades.

Preguntarán: ¿Qué queremos darle a la gente con esa reforma? Queremos darle reconocimiento, queremos dar visibilidad, pero sobre todo queremos ayudar a que las nuevas generaciones comprendan la enorme importancia de conservar aquello que nos hace México.

Porque debemos sentirnos profundamente orgullosos de nuestro origen. Debemos sentirnos orgullosos de los pueblos que, después de siglos de colonialismo, discriminación y exclusión, lograron mantener vivas sus lenguas, conocimientos, tradiciones y su manera de entender el mundo. Y que esas lenguas continúen hablándose hoy también es una historia de resistencia, y esa resistencia merece ser escuchada en la máxima tribuna de esta nación.

El desafío es enorme. La propia exposición de motivos de esta iniciativa advierte que en México diversas lenguas indígenas han desaparecido durante el último siglo y otras se encuentran en distinto grado de riesgo.

También señala una realidad que debe llamarnos profundamente la atención: millones de mexicanas y mexicanos se reconocen como indígenas, pero una proporción mucho menor conserva una lengua indígena.

Cuando desaparece una lengua, no desaparecen solamente palabras, desaparecen historias y conocimientos. Se pierde una parte de México. Un país fuerte no es aquel que pretende borrar sus diferencias. Un país fuerte es aquel que reconoce la riqueza de su diversidad y la convierte en motivo de unidad y orgullo nacional.

Aquí quiero que se escuche el México profundo que nunca desapareció y que, pese a siglos de adversidad, continúa vivo. Porque reconocer nuestras lenguas originarias significa reconocer a quienes las hablan. Que nunca más hablar una lengua originaria sea motivo de vergüenza o discriminación.

Que sea motivo de orgullo, porque nuestras lenguas hablan de dónde vinimos, de quiénes somos y del México que queremos seguir construyendo. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.

Presidencia de la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.

Esta Cámara de Diputados da un saludo y la bienvenida al alcalde de San Miguel Soyaltepec, Oaxaca, Vicente Cabrera Castro, invitado por la diputada Noemí Luna.

EFEMÉRIDES



5 DE SEPTIEMBRE, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER INDÍGENA

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: El siguiente punto en el orden del día es la efeméride con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, a cargo de los grupos parlamentarios, quienes tendrán el uso de la palabra, hasta por tres minutos. Tiene la palabra la diputada María de Fátima García León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

La diputada María de Fátima García León:Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Adelante, diputada.

La diputada María de Fátima García León: Compañeras y compañeros diputados, hablo aquí por nuestras abuelas, nuestras madres y nuestras hermanas.

Al conmemorar el Día Internacional de la Mujer Indígena no solamente debemos reconocer la enorme importancia de las mujeres de nuestros pueblos originarios, sino también mirar de frente una realidad que no podemos seguir ignorando.

Las mujeres indígenas continúan enfrentando profundas desigualdades y múltiples formas de discriminación que limitan el ejercicio pleno de sus derechos. El 5 de septiembre debe ser un día de reconocimiento y homenaje a todas las mujeres originarias que resistieron y resisten la opresión. Pero también de reflexión y, sobre todo, de compromiso.

Las mujeres originarias han sido fieles guardianas de nuestras lenguas, de nuestra cultura, de nuestras tradiciones, de nuestros territorios y de nuestra identidad comunitaria. Han sostenido a sus familias y comunidades en condiciones de pobreza, marginación y falta de oportunidades.

Por eso, al reconocer su enorme contribución debemos preguntarnos ¿qué estamos haciendo como Estado y sociedad para garantizarles una vida digna y con igualdad de oportunidades?

En materia de salud las desigualdades siguen siendo evidentes, muchas mujeres indígenas viven en comunidades donde los servicios médicos son insuficientes, distantes o carecen de personal, medicamentos y equipamiento.

La atención durante el embarazo y el parto continúa siendo insuficiente, especialmente en las comunidades apartadas. En este contexto, es fundamental reconocer el invaluable trabajo de las parteras y curadoras tradicionales.

En materia educativa, aunque hemos avanzado en el acceso a la escuela de niñas y jóvenes indígenas, aún persisten enormes desigualdades relacionadas con la pobreza, la distancia, la falta de infraestructura y las responsabilidades familiares que recaen sobre las mujeres.

Muchas niñas indígenas tienen que elegir entre continuar sus estudios o ayudar en las tareas del hogar, entre permanecer en su comunidad o migrar en busca de oportunidades. Y cuando una niña abandona la escuela, no solamente pierde una oportunidad educativa, también se reducen sus posibilidades de acceder a un empleo digno y de construir un proyecto de vida con mayor autonomía.

Para las y los diputados de Movimiento Ciudadano está claro que educar a una niña indígena es también fortalecer a una familia, a una comunidad y a todo un pueblo. Por eso, luchar por los derechos de las mujeres indígenas es una de nuestras prioridades.

Pero también existe otro ámbito que no podemos descuidar: la participación política. Las mujeres indígenas tienen derecho no solamente a votar, tienen derecho a decidir, gobernar, representar y participar en igualdad de condiciones en la vida pública.

En Oaxaca, de los 418 municipios indígenas, solamente 35 son gobernados por mujeres. Esto quiere decir que más de 9 de cada 10 presidencias municipales indígenas de Oaxaca siguen ocupadas por hombres. La democracia no puede considerarse completa mientras las mujeres indígenas continúen estando ausentes en los ayuntamientos.

Necesitamos pasar de los discursos de inclusión a una verdadera redistribución del poder. Esto implica respetar los sistemas normativos indígenas, pero también garantizar que dentro de ellos se respeten plenamente los derechos políticos de las mujeres.

Como diputadas y diputados, debemos legislar para que todas las mujeres indígenas puedan hablar, decidir y ejercer plenamente sus derechos. No puede haber justicia para los pueblos originarios si no hay justicia para las mujeres. Tampoco puede haber democracia plena si las mujeres indígenas no están plenamente representadas.

Por eso es importante refrendar nuestro compromiso: que ninguna niña indígena tenga que renunciar a sus sueños por ser mujer y por pertenecer a un pueblo originario; que ninguna mujer tenga que enfrentar sola su embarazo...

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Concluya, diputada.

La diputada María de Fátima García León: ...por falta de servicios de salud; que ninguna joven tenga que abandonar sus estudios por falta de oportunidades; que ninguna mujer sea excluida de las decisiones de su comunidad por el simple hecho de ser mujer, garantizar igualdad sustantiva, autonomía, seguridad, salud, educación, acceso a la tierra y participación política efectiva es el verdadero desafío.

Por eso, es importante que, cuando revisemos la iniciativa de la nueva Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos hoy, bajo consulta, además de garantizar los derechos de las mujeres...

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Concluya, diputada.

La diputada María de Fátima García León:...tomemos medidas y acuerdos para que se cuente con presupuesto, programas, instituciones e infraestructura necesaria para hacer efectivos esos derechos. De lo contrario, solamente tendremos un documento lleno de buenos propósitos.

Ninguna ley sobre los pueblos indígenas estará completa si no garantiza plenamente los derechos de las mujeres de nuestros pueblos originarios. Vivan las mujeres indígenas de nuestro país. Es cuanto.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por tres minutos.

La diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto:Con el permiso de la Presidencia.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Adelante, diputada.

La diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto: Muy buenas tardes, compañeras y compañeros legisladores. En inicio de este periodo ordinario conmemoramos el Día Internacional de la Mujer Indígena. Con honor hago uso de esta tribuna para honorar la memoria de Bartolina Sisa y la lucha histórica de millones de mujeres que sostienen la identidad, la cultura y la vida de nuestros pueblos originarios.

Sin embargo, sería una hipocresía venir aquí a pronunciar un discurso maquillado, lleno de elogios vacíos, mientras afuera la realidad de las mujeres indígenas es de violencia, marginación y olvido. Se debe reconocer que no hay nada que celebrar con el gobierno actual.

Desde esta tribuna señalamos el grave abandono en el que han sumido a los pueblos originarios, en los últimos años el discurso oficialista ha pretendido envolverse en la bandera de la justicia social. Pero los hechos demuestran todo lo contrario, las dos últimas administraciones han representado un retroceso sin precedentes para las mujeres indígenas en nuestro país: les retiraron los apoyos a la producción, desmantelaron los programas de salud comunitaria, liquidaron los presupuestos destinados al desarrollo integral de los pueblos indígenas, eliminaron las estancias infantiles y los refugios para mujeres víctimas de violencia, dejando a miles de madres y niñas indígenas en la indefensión absoluta.

Nos dijeron: primero los pobres, pero en los hechos a las mujeres indígenas las dejaron al final, sin acordarse de ellas. Hoy enfrentan los índices más altos de pobreza extrema, la falta de acceso a hospitales equipados y el acoso constante de la violencia que azota sus territorios sin que el Estado mueva un solo dedo para protegerlas.

Se recortaron los recursos para la infraestructura básica: ni agua potable ni caminos dignos ni escuelas de calidad para los hijos. El abandono institucional a las comunidades indígenas no es austeridad: es negligencia y es desprecio.

No se puede hablar de soberanía ni de orgullo patrio cuando a las mujeres que custodian nuestra cultura, nuestras lenguas y nuestra tierra se les niega el derecho a una vida digna y segura.

Desde la oposición lo decimos fuerte y claro: ya basta de demagogia. Las mujeres indígenas no necesitan discursos paternalistas ni entregas simbólicas: necesitan presupuesto, programas sociales efectivos, seguridad, acceso real a la justicia y oportunidades de desarrollo.

La historia de México demuestra que cuando el Partido Revolucionario Institucional impulsó las instituciones, la infraestructura y las políticas públicas del campo y de las comunidades hubo certeza, desarrollo y gran crecimiento.

Con la fuerza y la experiencia de la alianza y la asociación con el PRI hay prosperidad. El camino para recuperar la grandeza de nuestras comunidades originarias exige volver a construir, garantizar derechos y devolverles los programas de los que fueron despojadas.

Es momento de corregir el rumbo, de devolverle la dignidad a nuestras mujeres indígenas y de volver a la prosperidad que todas y todos los mexicanos nos merecemos. Es cuanto.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por tres minutos. Adelante, diputada.

La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez:Con su permiso, a la Mesa Directiva. Hoy vengo a hablar sobre el Día Internacional de la Mujer Indígena. (Habla en mixe). Buenas tardes a todos, gracias. Les acabo de hablar en mi lengua materna, el mixe, de una agencia de Totontepec Villa de Morelos de donde soy originaria y orgullosamente de la sierra de Oaxaca.

Cada 5 de septiembre se conmemora el Día Internacional de la Mujer Indígena, fecha instituida en 1983 durante el II Encuentro de Organizaciones y Movimientos de América.

Esto sale a relucir porque en México casi 3.7 millones de mujeres que hablan una lengua originaria y al mismo tiempo se reconocen como indígenas, parece que no existimos, nos tienen aún relegadas.

No se trata de una población pequeña, de una realidad distante. Se trata de millones de mexicanas cuyos derechos están reconocidos en la Constitución y en el 2024, en esta misma Cámara, les dimos reconocimiento en el 2o. constitucional, pero que todavía enfrentan importantes obstáculos para ejercerlos plenamente. Las cifras educativas muestran con claridad la dimensión de esta desigualdad.

En el 2023 las mujeres indígenas de 15 años y más, tenían en promedio apenas 6.1 grados de escolaridad, las mujeres no indígenas alcanzaban 10.5 grados. Es una desigualdad muy grande entre las mujeres indígenas y las que no lo son.

En materia económica la desigualdad es igualmente visible. En el 2023 solo 45.2 por ciento de las mujeres indígenas de 12 años y más, participaban en alguna actividad económica, frente al 86.1 por ciento de hombres indígenas. El Coneval estimó que en el 2022 el 66 por ciento de las mujeres hablantes de una lengua indígena se encontraban en situación de pobreza y el 26.8 por ciento vivía en pobreza extrema.

Esta realidad aún no cambia para nosotras las mujeres indígenas de México. La salud es otra expresión de la deuda histórica. En el 2022 el 59.4 por ciento de la población hablante de una lengua indígena, presentaba carencias por acceso a los servicios de salud, mientras que el promedio nacional era del 39.1 por ciento. Además, el 77.5 por ciento carecía de acceso a la seguridad social. Por eso mi lucha para que el IMSS Bienestar se refuerce, porque son donde tienen acceso las mujeres indígenas al servicio de salud.

También debemos hablar de la violencia que ocurre dentro de los hogares y las relaciones de pareja, pero también de la violencia política en razón de género, y más cuando somos indígenas y queremos participar. Aún nuestros sistemas normativos internos nos restringen la participación. Aún nuestros propios compañeros indígenas no nos dan reconocimiento de la participación de las mujeres y nos siguen violentando y revictimizando.

Por eso hago un llamado a las autoridades, para que actúen conforme a derecho, que a las mujeres se les permita el ejercicio pleno de sus derechos político electorales.

De acuerdo con información del Instituto Nacional de las Mujeres, elaborada con base al Endireh 2021, el 67.6 por ciento de las mujeres indígenas de 15 años y más ha experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida.

Pero a veces no mencionamos un tema tabú: la violencia sexual, la violencia que se da a través de los medios de comunicación digital a las mujeres, que se ha acentuado en los últimos años con el tema de los grupos de WhatsApp,que se comparten pack, imágenes de mujeres indígenas.

Entonces, debemos reforzar la atención a estos nuevos tipos de violencia. Debemos garantizar Ministerios Públicos cercanos, intérpretes y traductoras acreditadas, asesoría jurídica gratuita. Si supieran ustedes cuánto cuesta poder tener asesoría jurídica gratuita, por eso muchas mujeres no denuncian, porque se encuentran limitadas. Medidas de protección, culturalmente pertinentes. Atención psicológica y personal capacitado para atender la intersección entre género, identidad indígena, pobreza y aislamiento territorial.

Hay otra realidad especialmente dolorosa que no podemos omitir, los embarazos en niñas. La maternidad infantil no puede presentarse como una decisión adulta ni reducirse a una estadística de fecundidad.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Concluya, diputada.

La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez: Es una alarma, cuando una niña de 10 a 14 años está embarazada, el Estado debe activar inmediatamente sus mecanismos de protección y de investigación. Las diferencias de edad, poder, dependencia económica y autoridad, pueden ser indicios de coerción, abuso o violencia sexual, y deben ser investigados.

Ahora bien, según la Encuesta Nacional de Discriminación, en el 2022, el 28.1 por ciento de las mujeres indígenas de 12 años y más declaró haber sido discriminada durante los 12 meses anteriores.

Quiero hacer un llamado a cada uno de los representantes de todas las bancadas aquí presentes, en el Senado, con los gobernadores, que no ejerzan más discriminación contra las mujeres, porque lo hacen en sus discursos, lo hacen en sus actos, y de todas las bancadas, no omito mi bancada...

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Concluya, diputada.

La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez:...porque somos parte de esa forma de discriminación. La consulta debe permitir... Ahora bien, quiero hacer... Permítame, presidenta. Hay un tema que en este momento nos ocupa a todas las mujeres indígenas, se está consultando la Ley de Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, por eso en esta tribuna formulo un llamado respetuoso y concreto a la presidenta de México, a la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, así como al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y a las autoridades responsables del proceso de consulta, solicito que en los foros, asambleas regionales y mesas de trabajo se garantice la participación directa, efectiva y sustantiva de las organizaciones colectivas...

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Concluya, diputada.

La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez:...redes defensoras y autoridades regionales de mujeres indígenas. El proceso de consulta contempla la participación de miles de comunidades, pero no es así a la hora de abrirles el micrófono, se nos ha negado. Es necesario garantizar que puedan hablar, presentar propuestas, ser escuchadas y conocer la forma que sus planteamientos serán incorporados al texto legislativo.

Una ley general elaborada sin la participación sustantiva de las mujeres indígenas estaría incompleta. Que las mujeres indígenas estén en los foros, en la construcción de la ley, en las decisiones presupuestales y en todos los espacios donde se define el futuro de sus pueblos.

Que el Día Internacional de la Mujer Indígena no sea solamente una fecha en el calendario, que sea una oportunidad para escuchar a quienes durante demasiado tiempo han sido habladas por otras que no son mujeres indígenas. Es cuanto, diputada.

Presidencia de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada María del Carmen Nava García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por tres minutos.

La diputada María del Carmen Nava García:Muy buenas tardes, compañeros diputados. Con el permiso de la Presidencia.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputada.

La diputada María del Carmen Nava García: Compañeras y compañeros legisladores, hoy, desde esta máxima tribuna, quiero hablarles de las mujeres indígenas. Quiero hablar de ellas no solamente porque se conmemora esta fecha muy importante, sino para reconocer su historia, su lucha y, sobre todo, su enorme aportación a la construcción de nuestro país.

Hablar de las mujeres indígenas es hablar de fortaleza, identidad, resistencia y dignidad. Hace más de dos siglos, una mujer aymara, llamada Bartolina Sisa, levantó la voz frente a un sistema que buscaba someter a su pueblo. Defendió su identidad, su comunidad y su libertad. Su lucha le costó la vida, pero no consiguió borrar su historia.

Por el contrario, su nombre permaneció como símbolo de fuerza de miles de mujeres indígenas, que a lo largo de generaciones han defendido sus raíces y han abierto camino para quienes vienen detrás, porque las mujeres indígenas nunca han sido espectadoras de nuestra historia, han sido protagonistas de ella.

Durante siglos, nuestros pueblos originarios enfrentaron discriminación y desigualdad, y dentro de esa realidad, las mujeres indígenas enfrentan todavía más obstáculos, fueron discriminadas por ser mujeres y, al mismo tiempo, por pertenecer a pueblos y comunidades que históricamente fueron marginados.

Muchas crecieron con la idea de que su lugar estaba únicamente en el hogar, en el trabajo doméstico y en el cuidado de la familia. Se les negó la oportunidad de estudiar, de participar, de decidir y muchas veces de contribuir libremente a su propio proyecto de vida, pero las cosas están cambiando y están cambiando porque las mujeres indígenas han levantado la voz, porque han exigido sus derechos y ser escuchadas, porque han defendido mucho más que su identidad.

Muchas mujeres como Bartolina Sisa, y como tantas otras que no aparecen en la historia, decidieron abrir caminos para las nuevas generaciones. Hoy vemos mujeres indígenas estudiando, trabajando, participando en la vida pública y ocupando espacios de decisiones dentro de sus comunidades.

Estos avances son producto de décadas de lucha, pero también de decisiones públicas que han convertido muchas de esas demandas desde los derechos. Desde este Congreso también hemos dado pasos importantes, la reforma al 2o. constitucional representa un avance para garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, poniendo especial atención en los derechos de las mujeres, y no podemos dejar de mencionar que en el 2025 fue declarado como el Año de la Mujer Indígena, como un reconocimiento de su historia y a su lucha y a sus aportaciones, a la construcción y desarrollo de nuestro país.

Por eso, quiero dejar muy en claro, no podemos pensar que la tarea está terminada, todavía existen mujeres indígenas que enfrentan obstáculos para ejercer plenamente sus derechos, mujeres que encuentran dificultades para acceder a oportunidades, mujeres que no son escuchadas cuando se toman decisiones que afectan sus propias comunidades y mientras esa realidad exista, nuestra responsabilidad como legisladores continúa.

Por eso, hoy quiero hacer un llamado desde esta tribuna, no basta con reconocer los derechos de las mujeres indígenas cada año, tenemos que reconocerlas todos los días con acciones concretas, necesitamos leyes que protejan sus derechos, políticas públicas que atiendan sus necesidades institucionales, que escuchen sus voces y, sobre todo, condiciones que les permitan vivir con dignidad, seguridad y dignidad, porque reconocer sus derechos en la ley es importante, pero garantizar que esos derechos se cumplan en cada comunidad es nuestra verdadera responsabilidad.

Como mujer y como representante de Guerrero quiero reconocer especialmente a las mujeres indígenas de nuestro estado, a las mujeres que mantienen vivas nuestras lenguas, a las que a las que preservan nuestras tradiciones, a las que trabajan por su familia, a las que sostienen a sus comunidades, a las que muchas veces desde el silencio y con grandes dificultades siguen construyendo un mejor futuro para sus hijos e hijas.

A ellas quiero decirles, su voz importa, su cultura importa, su historia importa y sus derechos importan. Las mujeres indígenas no deben ser vistas solamente como parte de nuestra historia o como beneficio de políticas públicas, deben ser protagonistas de las decisiones que construyen el futuro de sus comunidades y de nuestro país.

En este Día Internacional de la Mujer Indígena no sea solamente una conmemoración, que sea un recordatorio de las responsabilidades que tenemos de seguir avanzando hacia un México más justo, más incluyente y con verdaderas oportunidades para todas, porque cuando una mujer indígena puede estudiar, participar, decidir y vivir con dignidad, no solamente avanza ella, avanza su familia, su comunidad, y avanza México.

Hoy, desde esta tribuna le decimos: no están solas. Seguimos trabajando para que sus derechos no se queden solamente en los escritorios, en la Constitución, en las leyes, sino que se conviertan en una realidad en cada comunidad.

Por las mujeres que lucharon antes, por las mujeres que siguen luchando hoy, por las niñas indígenas que mañana tendrán que encontrar un México con mayor igualdad, más oportunidades y más justicia. Que vivan las mujeres de México. Que vivan las mujeres de Guerrero. Que vivan nuestros pueblos indígenas. Es cuanto, buena tarde.

Presidencia de la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional. hasta por tres minutos.

La diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado:Buenas tardes, con el permiso de la Presidencia, hoy vengo desde Durango, un estado que lleva en sus raíces la historia y la fuerza de sus pueblos originarios; tepehuanos del sur, wixárikas, mexicaneros, coras y rarámuris.

En nuestras comunidades indígenas hay mujeres que todos los días mantienen vivas nuestras lenguas, nuestras tradiciones y nuestra cultura. Mujeres que trabajan la tierra, que cuidan a sus familias, que enseñan a sus hijas e hijos el valor de sus raíces y que a pesar de las dificultades siguen luchando por salir adelante.

Hoy no subo a esta tribuna solamente a conmemorar una fecha, subo con esta efeméride a reconocer una historia de resistencia, pero también a señalar una deuda que México mantiene con millones de mujeres indígenas. Se calcula que en México hay una población de 20.3 millones de mujeres indígenas.

Cada 5 de septiembre rendimos homenaje a las mujeres indígenas, heredadas de nuestra cultura originarias, guardianes de lenguas, saberes, territorios y tradiciones. Mujeres que sostienen familias, comunidades y muchas veces sin recibir el reconocimiento que merecen.

Su contribución es incalculable, han cuidado de sus hijas e hijos, de sus familias y también de sus personas mayores. Pero mientras ellas han cuidado históricamente de México, debemos preguntarnos con toda seriedad ¿quién está cuidando de ellas?

Porque detrás de los discursos, de las ceremonias y de las fotografías oficiales existe una realidad que no podemos ignorar. Muchas mujeres indígenas siguen enfrentando pobreza, marginación, discriminación; violencia, falta de acceso efectivo a servicios de salud, educación, justicia y oportunidades económicas.

Y estas desigualdades se agravan todavía más cuando hablamos de mujeres indígenas adultas mayores. Hace casi un año subí a esta tribuna y advertí algo muy claro; el presupuesto estaba asfixiando al Inapam.

Lo dije el 4 de noviembre de 2025 durante la discusión del Presupuesto de Egresos. En aquel momento advertí que en las casas de atención de día ya habían pasado de proporcionar dos alimentos a solamente uno al día. No era una ocurrencia, no era una exageración y mucho menos era politiquería. Era una advertencia.

Hoy, meses después, el propio Inapam nos está dando la razón. La directora de Fortalecimiento y Operación de Políticas Públicas del instituto reconoció ante esta Cámara que los recursos apenas alcanzan para cubrir la nómina y el gasto corriente.

Entonces, debemos preguntarlo desde esta tribuna: ¿Cómo pretendemos llegar hasta una mujer indígena adulta mayor que vive lejos de las grandes ciudades, que necesita orientación jurídica, atención gerontológica, acompañamiento frente a la violencia o, simplemente, una institución que pueda escucharla y defenderla, si no fortalecemos al organismo encargado de hacerlo?

No confundamos las cosas. Las transferencias económicas son importantes y los apoyos sociales son necesarios, pero una pensión no sustituye una política integral de envejecimiento digno. Una transferencia económica no sustituye atención gerontológica, no sustituye asesoría jurídica frente al abandono o el despojo, ni un albergue o una residencia de día.

Por eso, el presupuesto también habla. El presupuesto revela cuáles son verdaderamente las prioridades de un gobierno, porque reconocer derechos sin asignar recursos suficientes para garantizarlos convierte esos derechos en promesas.

Y las mujeres indígenas no necesitan más promesas. Necesitan instituciones fuertes, presupuesto, seguridad, acceso a la justicia y oportunidades.

Hoy, las mujeres indígenas se enfrentan al desplazamiento forzado que ha afectado de manera significativa a las comunidades de México, incluyendo a un gran número de mujeres.

Y no, presidenta Sheinbaum, con usted no llegaron ni llegamos todas. En lo que va de su administración, no hemos visto algún acercamiento, mucho menos una política de Estado para apoyar a las mujeres indígenas.

Están más ocupados en ver a quién censuran, qué personajes de sus filas protegen y en programas sociales electoreros, en lugar de gobernar para todas y todos.

No podemos celebrar a las mujeres indígenas el 5 de septiembre y olvidarlas el día 6. La mejor conmemoración no es un discurso, es garantizar que una mujer indígena pueda vivir todas las etapas de su vida con dignidad.

Ahora corresponde al Estado estar a la altura de esa enorme contribución. Desde esta Cámara tenemos una responsabilidad muy concreta: que cada derecho tenga respaldo presupuestal, que cada institución tenga capacidad para cumplir su misión y que ninguna mujer sea abandonada por ser indígena, por ser pobre o por haber llegado a la vejez.

En Acción Nacional nos comprometemos a seguir luchando, a redoblar esfuerzos y proponer alternativas que lleven a un mejor México para todas las mujeres indígenas. Seguiremos luchando y alzando la voz por tener en México en que los sueños de las niñas y mujeres indígenas se hagan realidad. A todas ellas, como mexicanas, como mexicanos, nuestro más sentido reconocimiento, respeto y gratitud. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada Amalia López de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por tres minutos.

La diputada Amalia López de la Cruz(Habla enwixárika): Con el permiso de la presidenta. Ke'akú. Hermanas y hermanos, diputados, soy Amalia López de la Cruz, soy una mujer indígena y soy originaria de San Andrés Cohamiata, Mezquitic, Jalisco.

Hoy vengo con ustedes a decirles que las mujeres de nuestras comunidades están al frente de las decisiones de nuestro país. El día de hoy recordamos la lucha de muchas mujeres que han participado como guardianas de la memoria de nuestros pueblos.

Yo llegué hace muchos años de la sierra a Aguascalientes buscando mejores oportunidades para mi familia. Cuando llegué a la ciudad me encontré que no había espacios para nosotras. Nos habían dicho que las mujeres indígenas solo servíamos para trabajar en casa y cuidar los hijos. Pero, yo pensé que las mujeres podíamos hacer más cosas.

Gracias a este movimiento en el cual he caminado por años elegí organizarme con otras hermanas para ayudar a más mujeres, demostrar que sí podemos ser autoridades, que podemos hacer leyes para cuidar a nuestras comunidades.

Las mujeres indígenas que pertenecemos a la cuarta transformación encabezada por nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, defendemos los territorios sagrados, el maíz, peyote y el venado.

Invito a las mujeres que me están escuchando a que no tengan miedo de participar. Soy el ejemplo de que se puede llegar muy lejos si seguimos en el camino correcto. No estamos solas. Tenemos a la presidenta. Viva las mujeres indígenas. Viva las mujeres wixaritari. Vivan los pueblos originarios. Viva la presidenta. Viva México.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Con esta intervención se concluye la efeméride.

El diputado Emilio Ramón Ramírez Guzmán ha solicitado la palabra. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Emilio Ramón Ramírez Guzmán(desde la curul): Para hacer una denuncia.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Tiene hasta un minuto, diputado. Adelante.

El diputado Emilio Ramón Ramírez Guzmán (desde la curul): (Habla en lengua originaria) Presidenta. Antes que nada, felicito a la compañera diputada Amalia por hablar en su lengua materna, para que vean que hablar en nuestra lengua materna es difícil y a veces no comprendemos nosotros. Y ojalá un senador no prohíba hablar nuestra lengua materna, y que se eduque ese senador. Ya sabrán quién prohibió hablar nuestra lengua materna. Que viva las lenguas maternas.

Quiero hacer una denuncia sobre un hostigamiento laboral que está sufriendo una compañera maestra, allá en una universidad intercultural, allá en Chiapas, con sede en Las Margaritas, de la compañera maestra María Bertha Sántiz Pérez.

Le prohibieron hablar su lengua materna tojol-ab'al y por hacer una denuncia por acoso sexual, por acoso laboral y por muchas cosas que está pasando en esa sede universitaria en Las Margaritas. Y hoy la están corriendo por su trabajo y por eso hoy, en esta conmemoración del Día Internacional de la Mujer Indígena, ya no debe sufrir una mujer indígena, una madre indígena en los pueblos de aquí de México. Que vivan las mujeres indígenas. Que viva las lenguas de México. Y que viva las diputadas. Muchas gracias.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputado. Ha quedado asentada su denuncia en el Diario de los Debates.

Ahora, la diputada Margarita García García, ¿con qué objeto?

La diputada Margarita García García(desde la curul): Por hechos, diputada.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: No hay hechos, diputada, pero adelante.

La diputada Margarita García García (desde la curul): Muchas gracias. Hoy que tenemos el Día Internacional de la Mujer Indígena, pues quisiera pedirle a mi querido estado de Oaxaca, a todos los ciudadanos y ciudadanas, a las autoridades municipales, que hoy no estamos conmemorando aquí desde la Cámara de Diputados un hecho aislado, sino que sabemos que hay muchas mujeres indígenas que están ocupando sindicaturas, regidurías, que les ponen a hacer los trabajos más complicados y más difíciles. Pero que, además, están siendo violentadas por los presidentes municipales, las tratan como empleadas, no como representantes populares.

Entonces, desde aquí, como mujer mixteca oaxaqueña, quiero levantar la voz y pedirles que sea un respeto irrestricto a los derechos de las mujeres indígenas, y que nunca más sean violentadas. Pero que, además, a las mujeres les pido que se armen de valor y que denuncien a todos los presidentes municipales, a los síndicos y a todos aquellos machistas que crean que pueden seguir intimidando a las mujeres.

No están solas, desde el Partido del Trabajo les decimos que defendemos con hecho a las mujeres indígenas y a todas las mujeres. Es cuanto, muchas gracias.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Sus expresiones han quedado asentadas en el Diario de los Debates.

La diputada Paulina, Isabel, la diputada Isabel, ¿con qué objeto?

La diputada María Isabel Rodríguez Heredia(desde la curul): Presidenta, ha abierto el micrófono para hechos, quisiera ser para hechos.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: No hay hechos, diputada, pero tiene usted la palabra.

La diputada María Isabel Rodríguez Heredia (desde la curul): Gracias. Decir que en Yucatán no podemos normalizar que la luz se vaya y que nadie sepa cuándo va a volver.

El pasado 31 de agosto más de 430 mil, perdón, usuarios en Yucatán se quedaron sin energía eléctrica toda la noche y toda la madrugada. Hogares, negocios y familias enteras pasaron de la oscuridad de un momento a otro.

Y la verdad es que la CFE, mientras le llama a esto suspensión del servicio, yo quiero decir que esto tiene un nombre muy claro, apagones. Y lo que tampoco es normal es que la luz se vaya, pero el recibo sí sigue llegando y carísimo.

Entonces, desde este máximo recinto exhorto a la Comisión Federal de Electricidad, a que emprenda acciones de mantenimiento y de prevención y de inversión para la energía eléctrica, para toda la red, para la transmisión y el suministro de energía que llega a los hogares yucatecos. Ya lo reiteramos antes, y lo volvemos a decir el día de hoy.

Y, por supuesto, respaldar las iniciativas de nuestro coordinador, Elías Lixa, donde se está exigiendo tarifas más justas y también compensación en los recibos de luz ante estos apagones, donde no ha hecho acciones puntuales la Comisión Federal de Electricidad. Yucatán merece un servicio digno y confiable. Es cuanto.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Gracias, diputada. Sus expresiones han quedado asentadas en el Diario de los Debates.

PROPUESTAS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO



POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DEL EJERCICIO DE LA LXVI LEGISLATURA

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Solicito a la Secretaría dar cuenta con el acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXVI Legislatura.– Soberanía y Justicia Social.

Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se establece el Calendario Legislativo correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXVI Legislatura

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 38, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 36, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes:

Considerandos

I. Que el artículo 65, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Congreso de la Unión se reunirá a partir del 1 de septiembre de cada año para celebrar su primer periodo de sesiones ordinarias.

II. Que de conformidad con el artículo 38, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos establecer el programa legislativo de los periodos de sesiones y el calendario para su desahogo.

III. Que el artículo 36, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados señala que, por regla general, se realizarán las sesiones los martes y jueves de cada semana y podrán realizarse sesiones en días diferentes a los señalados, cuando así lo determine la Conferencia.

IV. Que, de acuerdo con el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos que corresponden, y que el primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.

Con base en lo antes expuesto, este órgano de gobierno presenta a la consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se establece el siguiente Calendario Legislativo para el primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.

Segundo. En caso de que los trabajos legislativos requieran celebrarse en un día distinto a los canalizados, la presidencia de la Mesa Directiva hará la cita respectiva, a solicitud de la Junta de Coordinación Política.

Tercero. En uso de sus facultades legales la presidencia de la Mesa Directiva podrá citar a sesiones en modalidad presencial o semipresencial.

Cuarto. Comuníquese y publíquese en Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (rúbrica), presidente; diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario de Morena; diputado José Elías Lixa Abimerhi (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»

En votación económica, se pregunta si es de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Aprobado. Comuníquese.



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: En términos de los artículos 100, 102 y 299 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.



CLAUSURA Y CITA

La presidenta diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz (14:35 horas): Se levanta la sesión y cito para la próxima que tendrá lugar el martes 8 de septiembre del año en curso, a las 11 horas, en modalidad presencial. El registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas a través de las tabletas instaladas en las curules de las diputadas y los diputados.

––––– O –––––

RESUMEN DE LOS TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 3 horas 15 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 409 diputadas y diputados

• Acta de la sesión anterior

• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 21

• Efemérides: 1

• Propuesta de acuerdo de los órganos de gobierno: 1

• Turno de iniciativas y proposiciones

• Clausura y cita

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 31

12-Morena, 6-PAN, 4-PVEM, 4-PT, 3-PRI, 2-MC

DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Abramo Masso, Yerico (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 32 Bis, a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de precios comparables y prevención de descuentos fraudulentos en las ventas digitales: 60
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de disponibilidad obligatoria de refacciones: 31
Abreu Artiñano, Rocío Adriana (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de trazabilidad y seguridad nacional zoosanitaria: 42
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y del Código Civil Federal, en materia de protección patrimonial del adulto mayor: 72
Acosta Trujillo, Juana (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley Federal del Trabajo, y del Código Penal Federal, en materia de pensiones por violencia de género: 95
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 122 de la Ley de Vías Generales de Comunicación: 48
Blancas Mercado, Bruno (Morena)
Para referirse a la efeméride con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, en nombre de su Grupo Parlamentario: 105
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un numeral 3 al artículo 31 y se reforma el numeral 1 del artículo 59 y el numeral 2 del artículo 62, del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de uso obligatorio de lengua indígena nacional, al inicio de las sesiones ordinarias: 102
Chávez Rojas, Olga Leticia (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 5 del artículo 266 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia del orden en que aparecen los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales: 82
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Educación Superior, en materia de fortalecimiento, enseñanza, preservación y reconocimiento académico de las lenguas indígenas nacionales: 53
Desde la curul, para referirse a los derechos de las mujeres indígenas, particularmente en Oaxaca: 110
Crespo Arroyo, Ricardo (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c) del artículo transitorio segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, con el propósito de impulsar el establecimiento de pensiones equitativas: 54
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a efecto de crear la figura del consejo consultivo del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública: 77
Cruz Jiménez, Martha Aracely (PT)
Para referirse a la efeméride con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, en nombre de su Grupo Parlamentario: 103
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de colusión de servidores públicos con miembros del crimen organizado: 37
Del Río Zenteno, Karina Margarita (Morena)
Para referirse a la efeméride con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, en nombre de su Grupo Parlamentario: 104
Para referirse a la efeméride con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, en nombre de su Grupo Parlamentario: 108
Estrada Domínguez, Francisco Javier (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección frente a contenidos digitales y redes sociales violentas: 39
Para referirse a la efeméride con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, en nombre de su Grupo Parlamentario: 109
Gaitán Díaz, María Graciela (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad: 41
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XIV, al Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho permanente a la representación política de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas: 78
García García, Margarita (PT)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de fortalecer el otorgamiento de contratos públicos bajo procedimientos de licitación pública: 51
García Hernández, Jesús Fernando (PT)
Para referirse a la efeméride con motivo del 5 de septiembre, Día Internacional de la Mujer Indígena, en nombre de su Grupo Parlamentario: 107
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21 y 167 de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de protección y bienestar animal: 32
Desde la curul, para denunciar hostigamiento laboral en contra de una maestra de la Universidad Intercultural de Chiapas: 110
Desde la curul, para pedir que se garantice el suministro de energía eléctrica por parte de la Comisión Federal de Electricidad en Yucatán: 110
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XI al artículo 49 y un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de protección de los derechos de las maestras y los maestros en procedimientos administrativos: 47
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en Materia de Reconocimiento de la Madre Tierra: 64
García Jimeno Alcocer, María Lorena (PAN)
Desde la curul, para hacer referencia al informe de gobierno del gobernador del estado de Querétaro, Mauricio Kuri González: 31
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 386 Bis al Código Penal Federal, en materia de delito de fraude digital cometido contra adultos mayores: 40
García León, María de Fátima (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de fortalecimiento normativo contra el robo carretero: 87