Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXVI Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputado Raúl Bolaños Cacho-Cué
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año III
Ciudad de México, martes 15 de septiembre de 2026
Sesión No. 9

SUMARIO


INTERVENCIÓN DESDE LA TRIBUNA EN LENGUA INDÍGENA

Con el propósito de preservar e impulsar el desarrollo de las lenguas indígenas nacionales, se otorga el uso de la tribuna a la ciudadana Aurora Barquera Pedraza, quien se expresa en lengua hñähñu (otomí)

COMUNICACIONES OFICIALES

De la Mesa Directiva, mediante la cual, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que realizó modificación de turno a dos iniciativas con proyecto de decreto, a saber:

-Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Agraria, presentada por la diputada Claudia García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen

-Por el que se expide la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; presentada por la titular del Ejecutivo federal.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a las comisiones del Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para opinión

Se modifica el turno, actualícense los registros parlamentarios

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de combate a la publicidad engañosa sobre venta y alquiler de inmuebles en supuestas playas privadas. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO Y LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra, en nombre propio, del diputado José Elías Lixa Abimerhi, y de diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 67 Bis a la Ley del Sector Eléctrico y adiciona un artículo 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de compensación automática por interrupciones del suministro básico de energía eléctrica. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO Y LEY DE AGUAS NACIONALES

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra, en nombre propio, del diputado José Elías Lixa Abimerhi, y de diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 159 de la Ley del Sector Eléctrico y 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de aplicación de la tarifa 1F a personas usuarias domésticas en municipios con sensación térmica promedio superior a 28 grado Celsius. Se turna a las Comisiones Unidas de Energía, y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

LEY DE ENERGÍA PARA EL CAMPO

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra, en nombre propio, del diputado José Elías Lixa Abimerhi, y de diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1o. y 5o. de la Ley de Energía para el Campo, en materia de acceso a una justicia energética para sectores dedicados a actividades agropecuarias. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO, Y LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

La diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL ÉTICA, VINCULACIÓN TECNOLÓGICA Y PROTECCIÓN CONTRA LA DESINFORMACIÓN AUTOMATIZADA

El diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada. Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

El diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de promoción de la minería urbana y el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

La diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de regulación de pirotecnia. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada María Magdalena Rosales Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo VI, del artículo 27 y el párrafo IV, del artículo 28, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autodeterminación y soberanía energética. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El diputado Asael Hernández Cerón, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

El diputado Asael Hernández Cerón, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

El diputado Asael Hernández Cerón, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 y adiciona un artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de prevención de la discriminación y exclusión por discapacidad psicosocial. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE SEGURIDAD CARRETERA

El diputado José Manuel Hinojosa Pérez, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Seguridad Carretera. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Comunicaciones y Transportes, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EFEMÉRIDES

CONMEMORACIÓN DEL INICIO DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO

Para referirse a la efeméride, en nombre de su grupo parlamentario, participan:

-El diputado Gibrán Ramírez Reyes, de MC

-El diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, del PRI

-El diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del PT

-El diputado Luis Enrique Miranda Barrera, del PVEM

-El diputado Alan Sahir Márquez Becerra, del PAN

-La diputada María de los Dolores Padierna Luna, de Morena

La Presidencia hace moción de orden a la Asamblea

-El diputado Alan Sahir Márquez Becerra, del PAN, responde alusiones personales, desde la curul

El diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué, presidente de la Mesa Directiva, dirige un mensaje a la Asamblea con motivo del inicio de la lucha por la independencia de nuestro país

COMUNICACIONES OFICIALES

De la Cámara de Senadores, con la que remite oficio por el que informa que suspenderá sus sesiones ordinarias por más de tres días a partir del martes 15 de septiembre de 2026 y hasta lunes 21 de septiembre del mismo año, lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en la última parte del artículo 68 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se otorga el consentimiento constitucional correspondiente. Comuníquese

MINUTAS

LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen

SE DECLARA EL 18 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA SALUD EN LA MENOPAUSIA

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 18 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Salud en la Menopausia. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso k) al artículo 18 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen

LEY DEL SERVICIO MILITAR

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 3o. de la Ley del Servicio Militar. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

LEY AGRARIA

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 113, de la Ley General de Salud, y la fracción XVI del artículo 19, de la Ley General de Protección Civil. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

En términos de los artículos 100, numeral 1, 102, numeral 3, y 299, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.(Las iniciativas y proposiciones podrán ser consultadas en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Apéndice)



Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué



ASISTENCIA

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Pido a la Secretaría dar cuenta con el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: Señor presidente, se tienen registrados 349 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (10:24 horas): Se abre la sesión ordinaria del martes 15 de septiembre de 2026, en modalidad semipresencial.

ORDEN DEL DÍA

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: El orden del día se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en los dispositivos móviles de las y los diputados, y contiene los asuntos a tratar en esta sesión.

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: «Primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXVI Legislatura.

Orden del día

Martes 15 de septiembre de 2026

Intervención desde la tribuna en lengua indígena

De la ciudadana Aurora Barquera Pedraza, hablante de hñähnu.

Acta de la sesión anterior

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

Acuerdos de los órganos de gobierno

Iniciativas

Que adiciona un artículo 202 Ter al Código Penal Federal, en materia de violencia sexual digital contra niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Rosa Margarita Graniel Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 58 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor; el artículo 144 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y la fracción XI al artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de incentivos al consumo sustentable y protección contra prácticas comerciales abusivas, a cargo de la diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

De decreto por el que se declara el 29 de septiembre de cada año como Día Nacional de las y los Policías, a cargo de la diputada Juana Acosta Trujillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones al artículo 61 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para fortalecer el régimen de seguridad social del personal de seguridad pública mediante la creación de esquemas de becas educativas para sus hijas e hijos, así como coberturas complementarias para sus familias o personas beneficiarias en caso de fallecimiento o incapacidad total o permanente derivada del cumplimiento de sus funciones, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción X al artículo 5o. de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de protección y conservación de especies polinizadoras, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de gestión sustentable de residuos tecnológicos y de energías renovables, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XII del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de acceso al primer empleo de las personas jóvenes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XXVII del artículo 4o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en materia de fortalecimiento y preservación de la producción artesanal, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el párrafo décimo del artículo 4o., el párrafo tercero del artículo 6o. y el párrafo segundo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento y protección de la identidad digital, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 5 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de relaciones de consumo derivadas de servicios educativos proporcionados por particulares, a cargo de la diputada Blanca Araceli Narro Panameño, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 65 Bis 7 y se adiciona el artículo 65 Bis 8 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de prevención de la recepción de bienes de procedencia ilícita por las casas de empeño, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 4o. párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Elena Edith Segura Trejo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XXI, del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Elena Edith Segura Trejo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 513, 514 y 515 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Elena Edith Segura Trejo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción IX Ter al artículo 34 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de protección del mínimo vital frente a la violencia económica y patrimonial, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un Capítulo VIII Bis, denominado Del uso Responsable de Sistemas de Inteligencia Artificial en los Servicios Consulares, integrado por los artículos 46 Bis, 46 Ter, 46 Quáter, 46 Quinquies, 46 Sexies, 46 Septies, 46 Octies, 46 Nonies y 46 Decies, a la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción V Ter al artículo 3o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de definición de la ciencia ciudadana, en armonización con los estándares internacionales de ciencia abierta, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencia menstrual, a cargo de la diputada Rafaela Vianey García Romero, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XXVIII Bis al artículo 1-Bis y una fracción VI Bis al artículo 2o. de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de diplomacia científica y tecnológica, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción IX al artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de asistencia consular a personas mexicanas acompañadas de animales de compañía en situaciones de emergencia, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de gobernanza constitucional del desarrollo científico, biomédico y tecnológico aplicado a la reproducción humana, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XXXII al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose en su orden la subsecuente, en materia de materiales biológicos humanos, la evolución de las ciencias de la vida y la necesidad de incorporar una respuesta constitucional, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 225 de la Ley General de Salud, en materia de accesibilidad de los medicamentos para las personas con discapacidad visual, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de ampliación de la licencia de paternidad, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que deroga el artículo 158 del Código Civil Federal, en materia de matrimonio, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, en materia de armonización respecto a las normas declaras inválidas por la sentencia de la SCJN en la acción de inconstitucionalidad publicada en el DOF el 27 de mayo de 2016, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de recuperación del paisaje, a cargo de la diputada Karla Patricia Sánchez Rodelo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 308 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 265 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo segundo al artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con el objeto de prevenir y sancionar la autorización indebida de asentamientos humanos y desarrollos urbanos en zonas de riesgo alto o muy alto, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de combate a la publicidad engañosa sobre venta y alquiler de inmuebles en supuestas playas privadas, a cargo de la diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de retiro de cableado e infraestructura de telecomunicaciones en desuso, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, en materia de protección de niñas, niños y adolescentes frente a la operación de máquinas tragamonedas, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional y de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona los artículos 97, 99 y 100 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y adiciona el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 248 Bis y adiciona los artículos 248 Ter y 248 Quater al Código Penal Federal, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 10 y 27 de la Ley General de Desarrollo Social y 7o. de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 30 y 78 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia y rendición de cuentas de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 335 y 340 y adiciona un artículo 335 Bis al Código Penal Federal, en materia abandono de personas adultas mayores, y personas con discapacidad, suscrita por la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 34 Bis a la Ley General de Salud, para establecer el derecho al reembolso por medicamentos e insumos no suministrados, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona al Código Penal Federal, en materia de denuncia falsa dolosa y protección de la presunción de inocencia, suscrita por el diputado José Alfonso Rubalcava Jiménez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 116 Bis de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de fortalecimiento de las policías locales, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de garantía de suministro y continuidad terapéutica, suscrita por la diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de atención geriátrica integral, prevención de la dependencia y continuidad de los servicios de salud, a cargo de la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y deroga diversas disposiciones del artículo 26 de la Ley del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Planeación, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de turismo comunitario, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de fomento, regulación y protección de la actividad artesanal tradicional en zonas turísticas arqueológicas, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de regulación, responsabilidad y sanción de los servicios de arrastre, salvamento y depósito vehicular, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 42 Bis y 43 de la Ley de Aviación Civil, con el propósito de procurar para las personas con discapacidad y adultos mayores descuentos de hasta el 50 por ciento en el costo de las tarifas de transporte aéreo de pasajeros, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con el propósito de generar condiciones para garantizar la cobertura del seguro y primas de reaseguro para la gestión de riesgos en el sector rural, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley de la Comisión Nacional de Energía, con el propósito de promover la generación de energías limpias, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de beneficios a residentes en autopistas, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 260 del Código Penal Federal, en materia de abuso sexual, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de neurodivergencia, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de neurodivergencia, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, en materia de tarifas especiales para servicios de uso doméstico, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de cierre y salida de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho al agua, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Educación, en materia de certificación y formación de docentes en lenguas indígenas, a cargo del diputado José Alejandro López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona un artículo 22 Bis a la Ley de Planeación y un artículo 77 Bis a la Ley General de Desarrollo Social, a cardo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de acción u omisión intencional de violencia a la mujer, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de fortalecimiento de las obligaciones del Estado para garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Economía Circular y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de economía circular metropolitana, infraestructura regional y empleo verde, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo de la diputada Patricia Galindo Alarcón, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona un artículo 85 Bis a la Ley General de Educación, en materia de garantía de acceso universal y gratuito a internet en escuelas públicas, a cargo del diputado Wblester Santiago Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 361 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona un artículo 389 Ter al Código Penal Federal, en materia de protección contra fraudes en la búsqueda de empleo, a cargo del diputado José Alejandro López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 10 y 16 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 71 y 90 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de inclusión digital, diversidad cultural y lingüística de estudiantes de comunidades rurales e indígenas, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Salud, en materia de personas cuidadoras, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 211 Bis 7 del Código Penal Federal, en materia de comercialización y divulgación indebida de información obtenida mediante acceso ilícito a sistemas y equipos informáticos, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 153 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de protección de la comunidad en la imposición de medidas cautelares, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, en materia de protección reforzada de datos personales de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de ampliación de licencias de paternidad en caso de fallecimiento de la madre, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 46, 48 y 52 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de finiquito seguro, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de garantía del principio de neutralidad en la imagen institucional, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de restricción para la contratación de deuda pública de los estados, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 52 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de prevención de donaciones económicas de procedencia ilícita, a cargo del diputado Emilio Lara Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona al artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de enseñanza de la Lengua de Señas Mexicana, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona al artículo 159 de la Ley General de Salud, en materia de inclusión del tamiz cardiológico universal, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de promoción de la minería urbana y el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las Entidades Públicas, publicado en el DOF el 10 de abril de 2026, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 79 Bis a la Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura, en materia de trazabilidad del café, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de gastos de cuidado de personas adultas mayores, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención humana, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de regulación, supervisión y seguridad en la atención residencial de las adicciones, a cargo del diputado Pablo Vázquez Ahued, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 68 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de días de descanso obligatorio, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de postulación responsable, debida diligencia y prevención de injerencias ilícitas en las candidaturas, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de prevención de efectos inhibitorios sobre la libertad de expresión, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención materno-infantil y muerte súbita e inesperada en lactantes, suscrita por las diputadas Patricia Flores Elizondo y Amancay González Franco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de designación de beneficiarios ante el fallecimiento del titular de la cuenta, a cargo del diputado Tecutli José Guadalupe Gómez Villalobos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro y la Ley General de Bibliotecas, en materia de lectura y servicios bibliotecarios digitales, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda y de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, en materia de garantías para el acceso de personas jóvenes a la vivienda, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de institutos municipales de planeación, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala, Gutiérrez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en materia de vivienda asequible orientada al transporte, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para prohibir la operación de escuelas y campamentos privados con modelos disciplinarios y militarizados dirigidos a niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar facultades al Congreso de la Unión, con el objeto de legislar en materia de derechos de las poblaciones de la diversidad sexual y de género, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el párrafo quinto del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona la fracción XXVII Ter al artículo 132 y el artículo 170 Ter, a la Ley Federal del Trabajo, en materia de permiso para recoger a hijos de la escuela por causa grave o urgente, a cargo del diputado Daniel Andrade Zurutuza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 74 Bis a la Ley General de Educación, en materia de regulación del uso de dispositivos electrónicos personales en educación básica, a cargo del diputado Venustiano Caamal Cocom, del Grupo Parlamentario de Morena.

De decreto por el que se declara el 14 de septiembre como Día Nacional de los Sentimientos de la Nación, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 209 Sextus al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 25 Bis de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 288 Bis al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción VI al artículo 19 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el párrafo diez, su inciso f) y fracción X, todos del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de solicitud del procedimiento abreviado por parte del acusado, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo segundo al artículo 43 de la Ley General de Aguas, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el párrafo primero, y se adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 52 de la Ley de Aviación Civil, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que expide la Ley de Estímulos Fiscales para la Región Fronteriza Sur, a cargo de la diputada Azucena Arreola Trinidad, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XXXII al artículo 73 recorriéndose la subsecuente, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objetivo de facultar al Congreso de la Unión a legislar en materia de Inteligencia Artificial, a cargo de la diputada Dulce María Corina Villegas Guarneros, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona y deroga diversas disposiciones del artículo 2.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del artículo 151o. de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de impuesto cero y deducción fiscal en gastos para animales de compañía y de asistencia o servicio, a cargo de la diputada Dulce María Corina Villegas Guarneros, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 86 Bis a la Ley General de Educación, en materia de entornos digitales saludables en los planteles de nivel de educación básica, a cargo de la diputada Dulce María Corina Villegas Guarneros, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 23 Bis a la Ley Federal de Sanidad Animal, y se reforman los párrafos tercero, quinto y sexto del artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de maltrato y sacrificio animal por cuestiones de control poblacional, a cargo de la diputada Dulce María Corina Villegas Guarneros, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de supervisión de los centros de atención y rehabilitación a las adicciones, a cargo de la diputada Dulce María Corina Villegas Guarneros, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 1o., 5o., 6o., 7o., 8o., 9o. y 10 a la Ley de Energía para el Campo, para fortalecimiento del campo mexicano y del bienestar de las familias de nuestro país, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Seguridad Privada, en materia de seguridad digital, resiliencia cibernética y protección en eventos masivos, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 225, párrafo cuarto, y adiciona una fracción V al artículo 464 Ter, ambos de la Ley General de Salud, en materia de robo de medicamentos, a cargo del diputado Edén Garcés Medina, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el tercer párrafo del artículo 144 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de derechos de las víctimas u ofendidos y de las personas imputadas en la audiencia de desistimiento de la acción penal, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma al párrafo sexto del artículo 27 y párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autodeterminación y soberanía energética, a cargo de la diputada María Magdalena Rosales Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 166 Bis de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Fernando Mendoza Arce, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, en materia de actualización normativa, armonización institucional y lenguaje incluyente, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de elección popular de la persona titular de la Fiscalía General de la República y de las personas titulares de las Fiscalías de las Entidades Federativas, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de elección popular de la persona titular de la Auditoría Superior de la Federación, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 47 de la Ley General de Educación, en materia de aplicación presencial de los exámenes de admisión a las instituciones públicas de educación superior, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Raúl Álvarez Villaseñor, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 126 y 177 y adiciona el artículo 126 Bis a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de identificación, retiro y aprovechamiento responsable de infraestructura de telecomunicaciones en desuso, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en materia de cobertura de salud mental en los seguros de gastos médicos mayores, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, de la Ley Sobre el Contrato de Seguro y de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de inclusión de la cobertura básica del seguro en el precio total del arrendamiento de vehículos automotores, a cargo del diputado Carlos Hernández Mirón, del Grupo Parlamentario de Morena.

De decreto por el que se declara el 4 de septiembre de cada año como el Día Nacional de la Salud Sexual, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero constitucional, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, a cargo de la diputada Flor de María Esponda Torres, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nepotismo electoral en el poder judicial, a cargo de la diputada Flor de María Esponda Torres, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a los artículos 199 Octies y 199 Nonies del Código Penal Federal, para la tipificación del contenido audiovisual sexual generado o manipulado mediante Inteligencia Artificial, a cargo de la diputada Flor de María Esponda Torres, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia digital mediante inteligencia artificial, a cargo de la diputada Flor de María Esponda Torres, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 419 Ter al Código Penal Federal y reforma la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de abandono de animales de compañía, a cargo de la diputada Petra Romero Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el primer párrafo del artículo 32 y adiciona los párrafos tercero y cuarto al artículo 7 Bis y un artículo 58 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de obligación de proporcionar al consumidor información en idioma español, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona una fracción XXX al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de protección fiscal a las personas adultas mayores, a cargo del diputado Favio Castellanos Polanco, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona la fracción X al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de derecho de acceso a la atención humana, frente a sistemas automatizados, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 524 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, en materia de recuperación pronta y expedita de un inmueble en juicio de arrendamiento de inmueble, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 51 Bis 2 de la Ley General de Salud, en materia de apoyo extraordinario para consentimiento informado, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia del Programa Nacional de Adherencia al Tratamiento en el Sistema Nacional de Salud, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia del Registro Nacional de Personas Sancionadas por Maltrato Animal y prevención de la reincidencia, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para establecer beneficios fiscales a jóvenes de entre 18 y 29 años que estudian y trabajan, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de micromovilidad y vehículos de movilidad personal, suscrita por la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en materia de prohibición de la gestación subrogada, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a una vida libre de corrupción, a cargo del diputado Gerardo Olivares Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Antonio López Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona artículo 43 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Antonio López Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación, en materia de incorporación del enfoque metropolitano en la planeación nacional del desarrollo, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona los artículos 3o. y 66 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de movilidad metropolitana e industrial segura, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales y de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de salvaguardia del patrimonio cultural vivo, a cargo del diputado Israel Betanzos Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de exención total del ISR al aguinaldo, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para armonizar el marco jurídico del Imjuve, a cargo del diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de aprovechamiento sustentable del lirio acuático, a cargo del diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia del cuidado de la integridad y privacidad frente a la violencia digital de los menores de edad, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona los artículos 10 y 16 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, en materia de acceso a entornos que garanticen la autonomía e inclusión social de personas con la condición del espectro autista, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 17 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acceso a la justicia en asuntos ambientales, suscrita por los diputados Laura Irais Ballesteros Mancilla y Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, en materia de prevención, protección, desvinculación y restitución de derechos frente al reclutamiento y utilización por grupos delictivos, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de facultades extraordinarias de las entidades federativas durante contingencias ambientales, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 75 Quáter a la Ley General de Salud, en materia de acceso a líneas de atención en crisis de salud mental en plataformas de redes sociales, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de perspectiva de infancia, a cargo de la diputada María de Fátima García León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil y de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección civil, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de educación agrícola y agroecológica, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para facultar al Congreso de la Unión a legislar en materia de inteligencia artificial, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que expide la Ley Federal de Protección a Denunciantes y Testigos de Hechos de Corrupción y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 15 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado José Luis Téllez Marín, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 7o. de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de programas para el fortalecimiento de la reinserción social, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación y Transición Energética, en materia de metas diferenciadas de energías renovables y energías limpias, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de garantía de calidad y auditoría en la procuración de órganos y tejidos, a cargo de la diputada Laura Hernández García del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de transparencia de precios en plataformas digitales, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración y de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 12 Bis de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 17 y 18 de la Ley Agraria, en materia de herederos y conservación de la unidad parcelaria, a cargo de la diputada Azucena Arreola Trinidad, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un Capítulo II, denominado Del Seguro de Gastos Médicos Mayores, al Título III de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, y reforma la fracción VI del artículo 200 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de libre elección y pago directo a prestadores de servicios médicos, a cargo del diputado Favio Castellanos Polanco, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un tercer párrafo al artículo 115 del Código Penal Federal, en materia de imprescriptibilidad de delitos cometidos por omisión que constituyan graves violaciones a los derechos humanos, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción III del artículo 13 de la Ley General de Educación, en materia de formación democrática y participación ciudadana, a cargo de la diputada Leticia Farfán Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el párrafo segundo del artículo 144 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Alejandra del Valle Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 28, 30 y el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley de Comercio Exterior, relativa a protección de ganaderos locales, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 7o. de la Ley Federal del Trabajo, en materia de inteligencia artificial, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia del modelo nacional de atención integral geriátrica, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona la fracción XXXV y XXXVI al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de medidas para asegurar espacios laborales libres de violencia, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 95 de la Ley General de Educación, en materia de capacitación en gestión de la diversidad, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de evaluación de los programas sociales, a cargo de la diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de garantía de accesibilidad, comunicación efectiva e inclusión en lengua de señas mexicana (LSM) en los servicios de salud, a cargo de la diputada Norma Sirley Reyes Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 158 de la Ley General de Salud, en materia de vigilancia epidemiológica, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XIV y adiciona la fracción XV del artículo 32 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de fomento a plantaciones sustentables de cultivos estratégicos, con especial atención al agave, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 32 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de política nacional y registro de plantaciones sustentables de agave, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona la fracción VIII al artículo 19 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de compatibilidad ambiental de plantaciones agrícolas perennes, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona la fracción X al artículo 24 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de coordinación para prevenir plantaciones agrícolas asociadas a cambios de uso de suelo forestal no autorizados, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo al artículo 99 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para fortalecer la legalidad forestal en plantaciones de agave, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 37 Ter a la Ley Federal de Sanidad Vegetal, en materia de avisos y trazabilidad fitosanitaria del material propagativo de agave, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 22, párrafos segundo y tercero; y adiciona un párrafo al artículo 72 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Sandra Beatriz González Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 80 Bis a la Ley del Sector Hidrocarburos, con el propósito de auxiliar en la transición hacia una movilidad más amigable con el ambiente, a cargo del diputado Agustín Alonso Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de participación política-electoral de las juventudes, a cargo de la diputada Marisela Zúñiga Cerón, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona la fracción XVII al artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de contaminación auditiva generada por la alteración de sistemas de escape en vehículos motorizados, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 100 Bis a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma la fracción XIV del artículo 17 y el inciso e de la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de transferencia tecnológica, a cargo de la diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para prevenir, detectar y sancionar el uso de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, simuladas o falsas, a cargo del diputado Alfonso Ramírez Cuéllar, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, de la Ley del Sector Hidrocarburos y de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, en materia de combate al robo de hidrocarburos, controles volumétricos y extinción de dominio, a cargo del diputado Alfonso Ramírez Cuéllar, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el Código Penal Federal, en materia de obstrucción de vías generales de comunicación, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 28 Bis y un último párrafo al artículo 73 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en materia de contratación con organizaciones del sector social de la economía, a cargo de la diputada Tatiana Tonantzin P. Ángeles Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un párrafo al artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en materia del derecho a una muerte digna y eutanasia, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia del derecho a una muerte digna y eutanasia, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 312 del Código Penal Federal, en materia del derecho a una muerte digna y eutanasia, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un segundo párrafo a la fracción II del Apartado B del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para elevar a ese rango el fondo de aportaciones para la infraestructura social de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un numeral al artículo 31 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Irma Juan Carlos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 208 del Código Penal Federal, en materia de apología del delito, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de libertad de expresión, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, en materia de ciberseguridad para niñas, niños y adolescentes, suscrita por la diputada Liliana Ortiz Pérez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona los artículos 28-C y 133 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de prohibición de discriminación algorítmica por experiencia laboral en procesos de reclutamiento y selección para personas jóvenes recién egresadas, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 92 y 117 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Mario Calzada Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 79 y 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de bienestar animal, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 395 del Código Penal Federal, en materia de protección patrimonial de las personas adultas mayores frente al delito de despojo, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Salud, de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y de la Ley General de Educación, en materia de promoción, sensibilización y fortalecimiento de políticas enfocadas en el desarrollo integral de la primera infancia, suscrita por diversas diputadas integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, de Morena, del Partido Acción Nacional, de Partido Verde Ecologista de México y del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de protección ambiental y seguridad hídrica frente a la fracturación hidráulica, a cargo de la diputada Paloma Domínguez Ugarte, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de presupuesto para las universidades e instituciones de educación superior, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que expide la Ley de Coordinación Metropolitana de Seguridad del Norte, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano..

Que adiciona el artículo 210 de la Ley General de Salud, en materia de regulación de sustancias químicas nocivas en tickets y comprobantes, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que expide la Ley Federal para el Fomento de la Inversión, las Exportaciones y el Nearshoring, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento del federalismo fiscal, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de exención total del impuesto sobre la renta al aguinaldo y a la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Aguas, en materia de seguridad hídrica metropolitana, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de no discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 1o. y 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de discriminación por textura del cabello y peinados vinculados con la identidad étnica, racial o cultural, a cargo de la diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 65 Quáter y reforma el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de transparencia y libre elección en los servicios funerarios, a cargo de la diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 25 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de notificación directa de alertas y llamados a revisión, a cargo de la diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 159 Bis de la Ley General de Salud, en materia de diabetes a tiempo, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que expide la Ley General de Transparencia y Verificación del Uso de Inteligencia Artificial, en materia de contenidos digitales, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 17 Ter de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de captación de agua pluvial en inmuebles públicos, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de justicia ambiental y vulnerabilidad climática, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho a la buena administración, suscrita por la diputada Paulina Rubio Fernández y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prevención, investigación y atención de los delitos en las carreteras federales, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que expide la Ley Federal de Seguridad Carretera, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 159 de la Ley del Sector Eléctrico y 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de aplicación de la tarifa 1F a personas usuarias domésticas en municipios con sensación térmica promedio superior a 28 grados Celsius, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Sector Eléctrico, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 1o. y 5o. de la Ley de Energía para el Campo, en materia de acceso a una justicia energética para sectores dedicados a actividades agropecuarias, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 67 Bis a la Ley del Sector Eléctrico y adiciona un artículo 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de compensación automática por interrupciones del suministro básico de energía eléctrica, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 12 de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, en materia de igualdad, no discriminación, accesibilidad y derechos humanos, a cargo de la diputada Celia Esther Fonseca Galicia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 13 de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, en materia de derechos humanos en actos de vigilancia, inspección y verificación, a cargo de la diputada Celia Esther Fonseca Galicia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de protección de los derechos humanos en entornos digitales, a cargo de la diputada Celia Esther Fonseca Galicia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona el artículo 3 Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de salud emocional de las personas jóvenes, a cargo de la diputada Celia Esther Fonseca Galicia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona el artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de regulación, estándares de higiene, salubridad pública y seguridad en establecimientos comerciales con acceso a animales de compañía, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 18 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de separación de residuos sólidos urbanos, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 10 y un artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de prevención del abuso económico y protección del patrimonio familiar, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 86 de la Ley de Aguas Nacionales, a fin de promover e incentivar la infraestructura hídrica sustentable y la captación de agua pluvial en planteles educativos e inmuebles públicos, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de participación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en las áreas naturales protegidas, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 109 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de uso de la información ambiental para planeación y política pública, a cargo del diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de protocolos de actuación para la prevención y atención de la violencia sexual, a cargo del diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que expide la Ley General de Identidad Jurídica, a cargo del diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que expide la Ley General de Garantía de la Transición al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, a cargo del diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, en materia de tutela judicial efectiva de la identidad de las personas, a cargo del diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en materia de garantía de continuidad lingüística en trámites y procedimientos del estado mexicano, a cargo del diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, en materia de responsabilidad agravada por conductas de extrema gravedad, a cargo del diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prevención, detección oportuna y atención integral del cáncer de mama y del cáncer cervicouterino, a cargo del diputado Ricardo Madrid Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que expide la Ley de Imagen Institucional, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona el artículo 113 de la Ley General de Educación, en materia de transparencia y publicidad activa educativa, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 156 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona un artículo 39 Bis a la Ley Agraria, en materia de restablecimiento de la gobernabilidad en los núcleos agrarios que carezcan de órganos de representación, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma el artículo 2o. y adiciona un artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de prevención de la discriminación y exclusión por discapacidad psicosocial, a cargo del diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de integración de contenido nacional en cadenas de valor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, a cargo del diputado Juan Carlos Valladares Eichelmann, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que adiciona el artículo 51 Bis 3 de la Ley General de Salud, en materia de la protección de la imagen clínica, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 57 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, en materia de aumentar el aprovechamiento del Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos, a cargo del diputado Emilio Lara Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de identificación temprana de violencia económica y programas de educación financiera para las mujeres, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De decreto por el que se declara el 24 de mayo de cada año como Día Nacional del Organillero, a cargo del diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 73 Bis de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y prevención del suicidio de adolescentes y jóvenes, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 86 Bis a la Ley Federal del Trabajo, en materia de transparencia salarial e igualdad retributiva, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de acreditación del concubinato y acceso igualitario a la seguridad social, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y de la Ley de Migración, en materia de personas con discapacidad en situación de movilidad humana, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de regulación de pirotecnia, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de cuidados paliativos y de decisión informada sobre el tratamiento médico, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de acceso a la información ambiental, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

De decreto por el que se inscribe con Letras de Oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el nombre de Gaspar Yanga, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de derechos de propiedad digital, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y de la Ley Federal de Competencia Económica, en materia de representación legal de proveedores de comercio digital, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Efeméride

En conmemoración del inicio de la Independencia de México, a cargo de los grupos parlamentarios.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, a la Condusef y a la Profeco, a fortalecer y actualizar las acciones de prevención, detección, atención y difusión para combatir los diferentes tipos de fraude digital, y proteger el patrimonio, los datos personales y la información financiera de las personas usuarias, a cargo del diputado Alan Sahir Márquez Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a través de la Embajada de México en Colombia, a brindar asistencia y protección consular al ciudadano mexicano Samuel Adrián González Almaráz, actualmente detenido en la República de Colombia, y a dar seguimiento puntual a su situación jurídica, integridad y debido proceso, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a reclasificar a la modalidad de tarifa eléctrica doméstica 1F a los veinte municipios que integran la Huasteca Potosina, a corregir los defectos de representatividad de la red de estaciones climatológicas de la región y a ejecutar un programa de modernización de la infraestructura eléctrica de distribución que garantice la continuidad del suministro ante el escenario de temperaturas extremas proyectado para 2027, a cargo del diputado Juan Carlos Valladares Eichelmann, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Puebla, a través del Sistema Estatal DIF, a fortalecer las medidas, protocolos y mecanismos de atención, protección y acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia en las Casas Carmen Serdán, a efecto de garantizar servicios integrales, dignos, profesionales y con perspectiva de género libres de discriminación y actos que deriven en revictimización, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a concentrar sus esfuerzos y emprenda primordialmente acciones de modernización del sistema eléctrico de Campeche para así garantizar cobertura eléctrica de calidad y eficiente que permita el pleno goce de los derechos fundamentales de las y los campechanos, a cargo del diputado Emilio Lara Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a fortalecer las acciones institucionales para la prevención del suicidio y la atención integral de la salud mental, particularmente de adolescentes y jóvenes, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»



INTERVENCIÓN DESDE LA TRIBUNA EN LENGUA INDÍGENA

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Honorable asamblea, en el marco de las lenguas toman la tribuna, la Cámara de Diputados da la bienvenida a la ciudadana Aurora Barquera Pedraza, hablante de hñähñu, originaria de Orizabita, Ixmiquilpan, Hidalgo. Aurora es maestra normalista rural, cuenta con la licenciatura en Ciencias Sociales y en Educación Primaria. Su formación en la Escuela Nacional de Danza Folklórica la llevó a incursionar en el rescate y la promoción de la danza, la música y el canto ancestral del pueblo originario hñähñu del valle de Mezquital, Hidalgo.

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos.

La ciudadana Aurora Barquera Pedraza: (Canta en hñähñu). (Habla en hñähñu) Buenos días. Saludo con respeto a todas las diputadas y diputados que integran este Congreso.

Me presento en este recinto de la Cámara de Diputados. Mi nombre es Aurora Barquera Pedraza; soy una mujer orgullosamente hñähñu de la comunidad de Orizabita, Ixmiquilpan (Corazón del valle del Mezquital), Hidalgo.

Me acompañan mis ancestros, su conocimiento, su sabiduría y la fuerza de la palabra que usaron y nos legaron. Porque para el pueblo originario hñähñu en su palabra va el valor, el respeto, su historia, su raíz, su sangre, su vida. De ella aprendimos la cosmovisión y la filosofía de vida de este grupo milenario e indomable.

Hoy, desde la máxima tribuna del país, envío este mensaje, especialmente a todos los jóvenes: Que no se avergüencen de hablar su lengua materna, que aprendan, que difundan, que apoyen al rescate y preservación de las lenguas originarias. Vamos a salvarlas de la extinción, vamos a evitar que el sonido de nuestra voz se apague.

Nuestra lengua materna ha resistido todo, hasta las políticas educativas que sugirieron el olvido, o los actos de discriminación que aún se viven. Ha resistido discriminación, menosprecio, rechazo y omisiones. Actualmente se siente cansada, moribunda.

La voz, la palabra hñahñú, es tan fuerte que sigue en la memoria y en el corazón; no estaba escrita, no fue necesario, porque sigue viva, es la herencia más grande de nuestros abuelos y abuelas.

La lengua hñahñú es como el canto de los pájaros, mi lengua es como el susurro del viento, es como el bullicio de la lluvia, es como el murmullo del agua que corre en el río.

Los hñahñús consideramos nuestra lengua materna como el símbolo más importante de nuestra identidad, nadie puede llamarse hñahñú si no habla hñahñú.

Espero encontrar coincidencias en quienes me escuchan, decirles que nosotros ya aprendimos el español, ahora le corresponde al gobierno, a la SEP, impulsar la enseñanza de las lenguas originarias, integrarlas en los programas de educación básica. Enfrentar el problema que viven las 68 lenguas de nuestro país, no basta con discursos y buenas intenciones, tampoco son suficientes las leyes aprobadas en la materia. Es indispensable que vaya acompañado de presupuesto, a fin de estructurar un plan nacional emergente con compromiso real.

Compatriotas, las lenguas originarias no deben vivir en la vergüenza, y en el silencio. Es nuestro deber utilizarlas como puente que conecte nuestro pasado, presente y futuro, deben escucharse como melodías que surgen de la madre naturaleza.

Presidencia de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Agradecemos la presencia de la ciudadana Aurora Barquera Pedraza.



ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.

La secretaria diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión matutina en modalidad presencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el lunes catorce de septiembre de dos mil veintiséis, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.

Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

Apertura de la sesión.

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos cincuenta y nueve diputadas y diputados, a las once horas con once minutos del lunes catorce de septiembre de dos mil veintiséis, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del orden del día.

La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, documento que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.

Intervención desde la tribuna en lengua indígena.

En el marco de la promoción y desarrollo de las lenguas indígenas, se concede el uso de la tribuna, al ciudadano Moisés Hilario López, hablante de la lengua tu'un savi (mixteco).

La Presidencia informa a la Asamblea que, por acuerdo de la Junta de Coordinación Política, así como de la Mesa Directiva, votado por unanimidad, en reunión celebrada el día de hoy se determinó que todas las intervenciones de agenda política que deseen realizar las y legisladoras y legisladores desde su curul, serán al finalizar la sesión.

Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

La Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo noventa y seis, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.

En votación económica, se dispensa su lectura, y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se aprueba.

Comunicaciones.

a) De las diputadas y los diputados, por las que solicitan el retiro de iniciativas con proyecto de decreto, las cuales se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria, a saber:

• Diana Karina Barreras Samaniego, del Partido del Trabajo, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos;

• Beatriz Carranza Gómez, de Morena, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección integral en centros de asistencia social, adopción, supervisión federal y transición a la vida independiente, con el objeto de fortalecer la protección, acompañamiento y desarrollo integral de las adolescencias y juventudes;

• Olga Juliana Elizondo Guerra, del Partido del Trabajo, por el que adiciona los artículos ochenta y siete Bis dos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y cinco de la Ley General de Protección Civil, en materia de protección animal en desastres;

• Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, de Morena, por el que se adicionan las fracciones cuatro Bis al artículo tres; seis al artículo cincuenta y tres; cuatro al artículo cincuenta y cuatro y el artículo cincuenta y seis Bis de la Ley Federal de Competencia Económica; y

• Carlos Alberto Guevara Garza, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se reforman y adicionan los artículos uno, cinco, seis, diez, once y doce de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana.

Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.

b) De la Secretaría de Gobernación, por las que remite el segundo Informe de labores que rinden las personas titulares de las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Economía; de Energía; de Infraestructura; de Comunicaciones y Transportes; de Trabajo y Previsión Social; y de Turismo. Distribúyanse a las diputadas y diputados, para su conocimiento.

c) De la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, por la que informa que deja de pertenecer al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.. De enterado.

d) De la Coordinación del Grupo Parlamentario de Morena, por la que informa la incorporación a su bancada, de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés.. De enterado, actualícense los registros parlamentarios.

e) De la Cámara de Senadores, por la que remite los siguientes asuntos:

• Oficio de la Secretaría de Gobernación, por la que remite el informe semestral de avance elaborado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, relativo al proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, correspondiente al periodo enero - julio de dos mil veintiséis, a cargo del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.

Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su conocimiento.

• Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que remite la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes al mes de julio de dos mil veintiséis; asimismo, envía la información sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente al mes de julio de dos mil veinticinco; y la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de julio de dos mil veintiséis, así como la relativa a las instituciones de banca de desarrollo. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

f) Del Banco de México, por la que remite el Informe anual sobre el ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, durante el periodo comprendido de enero a diciembre de dos mil veinticinco. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

g) Del Servicio de Administración Tributaria, por la que informa que, a través de sus unidades administrativas centrales y desconcentradas con atribuciones para dar destino a las mercancías de comercio exterior, que no resultan transferibles al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, durante el mes de agosto de dos mil veintiséis, no se realizó ninguna entrega de bienes en asignación o donación. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para su conocimiento.

Toma de protesta de legislador.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del Salón de Sesiones, el ciudadano Ángel Etiem Jímenez Delgado, diputado federal electo en el Décimo Sexto Distrito Electoral del estado de Veracruz, designa una comisión de cortesía para que lo acompañe en su ingreso al interior de este Recinto Legislativo, acto seguido, rinde protesta de ley y entra en funciones.

Análisis del Segundo Informe de Gobierno de la presidenta de la República, en materia de política económica.

El siguiente punto del orden del día es el análisis del Segundo Informe de Gobierno de la presidenta de la República, que refiere el segundo párrafo del artículo sesenta y nueve constitucional, en materia de política económica.

La Presidencia informa a la Asamblea que, para desarrollo del presente apartado, se llevarán a cabo dos rondas de posicionamientos por parte de los grupos parlamentarios, en orden ascendente, cada una hasta por cinco minutos.

Primera ronda.

En la primera ronda intervienen las diputadas y diputados: Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, de Movimiento Ciudadano; Hugo Eduardo Gutiérrez Arroyo, del Partido Revolucionario Institucional; José Antonio López Ruiz, del Partido del Trabajo; Ernesto Núñez Aguilar, del Partido Verde Ecologista de México;

Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Luis Agustín Rodríguez Torres, del Partido Acción Nacional.

Receso.

La Presidencia decreta un receso a las doce horas con cinco minutos.

Reanudación de la sesión.

Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

A las doce horas con veintinueve minutos, la Presidencia reanuda la sesión.

Se continúa con la intervención de la diputada Claudia Rivera Vivanco, de Morena.

Segunda ronda.

En la segunda ronda intervienen las diputadas y diputados: Hugo Manuel Luna Vázquez, de Movimiento Ciudadano; Yerico Abramo Masso, del Partido Revolucionario Institucional;

Presidencia de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas

Luis Armando Díaz, del Partido del Trabajo; Ricardo Madrid Pérez, del Partido Verde Ecologista de México; Genoveva Huerta Villegas, del Partido Acción Nacional; y Luz María Rodríguez Pérez, de Morena.

Análisis del Segundo Informe de Gobierno de la presidenta de la República, en materia de política social.

El siguiente punto del orden del día es el análisis del Segundo Informe de Gobierno de la Presidenta de la República, que refiere el segundo párrafo del artículo sesenta y nueve constitucional, en materia de política social.

La Presidencia informa a la Asamblea que, para desarrollo del presente apartado, se llevarán a cabo dos rondas de posicionamientos por parte de los grupos parlamentarios, en orden ascendente, cada una hasta por cinco minutos.

Primera ronda.

En la primera ronda intervienen las diputadas y diputados: Erubiel Lorenzo Alonso Que, Movimiento Ciudadano; Christian Mishel Castro Bello, del Partido Revolucionario Institucional; Ana Karina Rojo Pimentel, del Partido del Trabajo; Liliana Carbajal Méndez, del Partido Verde Ecologista de México; Elisa Paola Zamora Ramírez, del Partido Acción Nacional; y Óscar Iván Brito Zapata, de Morena.

Segunda ronda.

En la segunda ronda intervienen las diputadas y diputados: Gildardo Pérez Gabino, de Movimiento Ciudadano; Lorena Piñón Rivera, del Partido Revolucionario Institucional; Giselle Yunueen Arellano Ávila, de Morena; Juan Carlos González Bareño, del Partido Verde Ecologista de México; Éctor Jaime Ramírez Barba, del Partido Acción Nacional; y Carlos Castillo Pérez, de Morena.

Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

La Presidencia informa a la Asamblea que, de conformidad con lo que establece el artículo séptimo, numeral cinco, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la versión estenográfica de esta sesión será remitida a la titular del Ejecutivo Federal, para su conocimiento.

Acuerdos de órganos de gobierno.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, los siguientes Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, a saber:

• Por el que se amplía la integración de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Sexagésima Sexta Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

• Para celebrar Sesión Solemne en conmemoración del Día del Charro.

En votación económica, se aprueban. Comuníquense.

Declaratoria de publicidad de dictamen.

La Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la leyenda: 475 años de la Universidad de México (1551 - 2026).

En términos del artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con el requisito de declaratoria de publicidad.

Turno a comisiones de las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo.

La Presidencia informa a la Asamblea que, en términos de los artículos cien, y ciento dos del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

Clausura de la sesión.

La Presidencia levanta la sesión a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos, del lunes catorce de septiembre del año en curso, y solicita a la Asamblea permanecer en sus lugares, para continuar con la sesión ordinaria vespertina en modalidad presencial programada para el día de hoy. Precisando que el registro de asistencia se encuentra disponible desde este momento, por medio de la aplicación instalada en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»

–––––––– o ––––––––

«Acta de la sesión vespertina en modalidad presencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el lunes catorce de septiembre de dos mil veintiséis, correspondiente al primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.

Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

Apertura de la sesión.

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de cuatrocientos cuarenta y tres diputadas y diputados, a las catorce horas con cuarenta y seis minutos del lunes catorce de septiembre de dos mil veintiséis, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del orden del día.

La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas instaladas en las curules, documento que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.

Discusión de dictamen.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la leyenda: 475 años de la Universidad de México (1551 - 2026).

La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción segunda, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, al diputado Luis Agustín Rodríguez Torres.

La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción cuarta, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios, a la diputada y los diputados: Gibrán Ramírez Reyes, de Movimiento Ciudadano; Víctor Samuel Palma César, del Partido Revolucionario Institucional; Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo; Javier Octavio Herrera Borunda, del Partido Verde Ecologista de México; Kenia López Rabadán, del Partido Acción Nacional; y Ricardo Monreal Ávila, coordinador de la bancada de Morena.

En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.

La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

En votación nominal, por unanimidad de trescientos noventa y siete votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la leyenda: 475 años de la Universidad de México (1551 - 2026). Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Efeméride.

El siguiente punto del orden del día es la efeméride en conmemoración de la anexión de Chiapas a México, a cargo de los grupos parlamentarios.

En consecuencia, se concede el uso de la palabra, a las diputadas y los diputados: Francisco Javier Farías Bailón, de Movimiento Ciudadano; Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Partido Revolucionario Institucional; Carlos Morelos Rodríguez, del Partido del Trabajo; Karina Alejandra Trujillo Trujillo, del Partido Verde Ecologista de México; María del Rosario Vera, del Partido Acción Nacional; y Emilio Ramón Ramírez Guzmán, de Morena.

Desde su curul, intervienen las diputadas y diputados: José Luis Montalvo Luna, del Partido del Trabajo, para hacer un llamado al titular de los Servicios Educativos en la Ciudad de México; Víctor Samuel Palma César, del Partido Revolucionario Institucional, para hacer comentarios relativos a la ciudadana Claudia Tacoronte, estudiante de nacionalidad española, quien falleció el pasado doce de septiembre en Cuautla, estado de Morelos, por lo que solicita un minuto de silencio en su memoria; y Liliana Ortiz Pérez, del Partido Acción Nacional, para exigir el derecho a la seguridad a todas y todos los estudiantes de México, por lo que solicita un minuto de silencio en memoria de las y los estudiantes que han perdido la vida en el territorio mexicano. En consecuencia, la Presidencia concede ambas solicitudes, e invita a la Asamblea ponerse de pie y guardar un minuto de silencio.

(Se concede un minuto de silencio, por cada petición).

Arturo Roberto Hernández Tapia, de Morena, para hacer comentarios relativos a las quejas que ha tenido la aerolínea Viva Aerobús; y Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Partido Acción Nacional, para hacer comentarios relativos a la detención del ciudadano mexicano Samuel Adrián González Almaraz, en la República de Colombia.

Clausura de la sesión.

La Presidencia levanta la sesión a las dieciséis horas con treinta y nueve minutos y cita para la próxima que tendrá lugar, el día de mañana martes quince de septiembre de dos mil veintiséis, a las diez horas, en modalidad semipresencial, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las ocho horas, por medio de la aplicación instalada en los teléfonos móviles y en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: En votación económica, consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.

La secretaria diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Aprobada el acta.



COMUNICACIONES OFICIALES

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Pido a la Secretaría dar cuenta con la comunicación de la Mesa Directiva, en relación con modificación de turno de iniciativas.

La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Poder Legislativo Federal.– Cámara de Diputados.– Mesa Directiva.

Honorable Asamblea

La Presidencia de la Mesa Directiva, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno de los siguientes asuntos:

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Agraria, presentada por la diputada Claudia García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, el 5 de agosto de 2026.

“Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.”

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, presentada por la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, el 31 de agosto de 2026.

“Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para opinión.”

Ciudad de México, a 15 de septiembre de 2026.– Diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (rúbrica), presidente.»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: De conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifica el trámite de las iniciativas. Actualícense los registros parlamentarios.

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: El siguiente punto en el orden del día es el capítulo de iniciativas. Tiene la palabra la diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de combate a la publicidad engañosa sobre venta y alquiler de inmuebles en supuestas playas privadas.

La diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez:Con su venía, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

La diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez: Compañeras y compañeros diputados, hoy en las vísperas del cumplimiento de los 216 años del inicio de la Independencia de México y en tiempos donde la situación del mundo nos exige defender la soberanía de nuestro México y de Latinoamérica, vengo a hablarles de un derecho de todas y todos los mexicanos, que es a caminar libremente por nuestras playas.

Y quiero mandar desde aquí un saludo al pueblo de Nayarit, que tiene riqueza costera y que tiene muchas playas que son del pueblo de México. Nuestra Constitución es clara, el artículo 27 establece que las playas, en especial la zona federal marítimo terrestre, pertenece originariamente a la nación. No son de un hotel, no son de un desarrollador, no son de una empresa extranjera, son de México y de su pueblo. El artículo 11 nos garantiza, a todas y a todos, la libertad de tránsito. Y esa libertad no se detiene dónde empieza la arena.

Sin embargo, compañeras y compañeros, hoy existe una práctica que ofende ese principio constitucional, la venta o alquiler de inmuebles con engaño. Las costas nayaritas, de Quintana Roo, de Baja California, del Sur y de Jalisco hemos visto cómo los grandes desarrollos inmobiliarios y hoteleros anuncian con letras grandes y fotografías atractivas la promesa de una playa privada o un acceso exclusivo al mar. Esa frase, diputadas y diputados, es jurídicamente falsa.

Aquí, por ejemplo, en una de las aplicaciones para viajes turísticos vemos cómo hay la venta de un departamento con playa exclusiva frente al mar, un departamento con playa frente al mar exclusiva de 4 millones de dólares; acá, el Hotel Esencia dice: todo lo que debes saber sobre la playa privada en Hotel Esencia. Pues, esto contradice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. No podemos seguir permitiendo la publicidad engañosa.

En México no puede existir una playa privada, porque la ley así lo prohíbe. Y, sin embargo, miles de familias mexicanas y miles de visitantes extranjeros pagan un sobreprecio de hasta 40 por ciento por un derecho que simplemente no existe. Quiero ser muy concreta, porque esto no se queda en la teoría, todos los días en plataformas de internet, en inmobiliarias y agencias de viaje se venden falsas promesas a familias que confían, pero que además desconocen la ley mexicana.

Se anuncian tiempos compartidos ofreciendo accesos exclusivos, hoteles venden membresías y tiempos compartidos, asegurando acceso exclusivo a las playas. Hay otros que también ponen playas de uso privado frente al mar o acceso VIP al mar. Todas estas expresiones, sin excepción, buscan hacer creer a la persona que compra o renta una playa o una exclusividad a este espacio.

Ejemplo claro de esto fue lo sucedido en Punta de Mita, en mi tierra Nayarit, donde vecinos, familias de pescadores y activistas ambientales llevan años denunciando el cercamiento de playas históricas, la colocación de mallas sin obstáculos, mientras esos mismos desarrollos se anuncian en internet como espacios de playas privadas.

Es el mismo patrón que se repite en Tulum y en Los Cabos, donde nuestra propia presidenta de la República, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, ordenó investigar la privatización de la playa San Cristóbal y fue clara al decir que las playas son del pueblo y que tienen que abrirse para que la gente tenga acceso.

Esta lucha no comenzó hoy, desde el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador se impulsó la reforma de 2020 para poner fin a lo que entonces se llamó la privatización silenciosa de nuestras costas.

Recordemos que el año pasado, en octubre de 2025, esta misma Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 465 votos a favor, nuevas reformas para garantizar el acceso a las playas para que sean libres, gratuitas y permanentes para todas las personas sin distinción.

Esta iniciativa propuesta por nuestro diputado Ricardo Monreal Ávila y Enrique Vázquez Navarro, de Morena, está en carácter de minuta en el Senado de la República y se encuentra en espera de su aprobación.

Compañeros, presento ante ustedes esta iniciativa que reforma el artículo 24 de la Ley Federal de Protección del Consumidor para lograr cinco objetivos concretos y claros. Primero, que la Procuraduría Federal del Consumidor vigile de manera permanente páginas de internet, plataformas de reservas y redes sociales, y que pueda ordenar el retiro inmediato de cualquier anuncio que use expresiones como playa privada, playa exclusiva o acceso privado.

Segundo, que pueda iniciar investigaciones y sanciones de oficio sin necesidad de que la víctima presente una queja.

Tercero, que se publique semestralmente un listado de empresas que actúan con honestidad para reconocer a quienes hacen las cosas bien.

Cuarto, que exista coordinación permanente entre la Procuraduría Federal del Consumidor, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Turismo y los gobiernos estatales...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputada.

La diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez:...Y, quinto, que se rinda un informe público anual con transparencia total sobre los resultados de esta vigilancia.

Esta iniciativa se asemeja con estándares internacionales. Es momento de que México con la fuerza de su Constitución y con la firmeza de la cuarta transformación se ponga a la altura de los estándares internacionales y que camine de la mano con la reforma en materia ambiental que también se impulsa en este Congreso para proteger nuestras zonas costeras.

Compañeras y compañeros diputados, no se trata de estar en contra de la inversión del turismo, Nayarit vive del turismo y lo sabe mejor que nadie...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputada.

La diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez:...Se trata de que la inversión se haga con la verdad por delante y que ningún desarrollador, por más poderoso que sea, pueda venderle a una familia mexicana o a un visitante extranjero algo que la Constitución prohíbe.

Por favor, compañeros, les invito a que nos apoyen para que esta iniciativa salga adelante y que se defienda la soberanía de nuestro país, que es defender lo que está plasmado en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Muchísimas gracias. Que viva el pueblo de México y que vivan las libertades del pueblo y que asumamos lo que está escrito en nuestras leyes mexicanas. Gracias.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO Y LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Omar Antonio Borboa Becerra, hasta por cinco minutos, para presentar las siguientes iniciativas. Primera, con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 67 Bis a la Ley del Sector Eléctrico y adiciona un artículo 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de compensación automática por interrupciones del suministro básico de energía eléctrica. Segunda, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 159 de la Ley del Sector Eléctrico y 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de aplicación de la tarifa 1F a personas usuarias domésticas en municipios con sensación térmica promedio superior a 28 grado Celsius. Tercera, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1o. y 5o. de la Ley de Energía para el Campo, en materia de acceso a una justicia energética para sectores dedicados a actividades agropecuarias, suscritas por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN. Adelante, diputado.

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra:Muchas gracias, presidenta Annia.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra: Bueno, estas iniciativas fueron presentadas por nuestro coordinador Elías Lixa, y me hizo el favor de que yo sea la voz y el portavoz de este mensaje de nuestros compañeros diputados del Partido Acción Nacional.

Compañeras y compañeros legisladores, hoy vengo a esta tribuna a hablar de algo que afecta todos los días los bolsillos de millones de mexicanos, el costo de la calidad de la energía eléctrica, porque cuando una familia paga puntualmente a su recibo de la luz tiene derecho a exigir un servicio continuo, confiable y con un precio justo, y cuando el Estado falla, el costo de esa falla no puede seguir recayendo siempre en el ciudadano. Por eso, presentamos un conjunto de propuestas que pretenden un principio muy sencillo que es la energía y el servicio de las familias productoras y el desarrollo de nuestro México.

Primera propuesta, compensación automática por apagones. Cuando la luz, durante horas una familia puede prender sus alimentos, medicamentos y necesitan refrigeración, horas de trabajo, incluso los ingresos, ¿y qué sucede después? El recibo llega como si nada hubiera pasado.

Nuestra propuesta es clara, cuando existan apagones prolongados y recurrentes de la compensación debe aplicarse automáticamente durante el siguiente recibo de la luz, sin obligar al ciudadano a presentar ninguna queja o realizar algún trámite por demostrar la falla que las propia CFE la consideran.

Proponemos que la cooperación sea equivalente a un día de consumo promedio por cada ocho horas o fracción de una interrupción acumulada durante el periodo de la facturación. Si el ciudadano cumple pagando a la empresa, por eso la empresa también debe de cumplir a prestarle un buen servicio.

Segunda propuesta, una tarifa eléctrica que reconozca el calor que realmente sienten las familias. Actualmente, para acceder a la tarifa 1F se considera principalmente una temperatura registrada, pero todos sabemos que 28 grados a una alta humedad puede sentirse muy distintos a los 28 grados con un clima seco.

Por eso proponemos que los municipios registren la sensación térmica promedio superior a 28 grados Celsius durante el verano puede acceder a la tarifa 1F. Porque utilizar un ventilador, un aire acondicionado en las regiones del país con ese calor extremo no es un lujo, es una necesidad.

Tercera propuesta, poner límites y reglas claras a la manera de que se calculan las tarifas domésticas. No podemos permitir que las familias pasen repentinamente el consumo subsidiado por un consumo que exceda y que vaya porque el recibo aún se dispara.

Proponemos establecer una ley del sector privado eléctrico, criterios objetivos y transparentes para verificar y determinar y ajustar las tarifas eléctricas del uso doméstico. Las familias tienen el derecho de lo que están pagando y bajo estas reglas que se determine su tarifa.

Cuarta propuesta, justicia energética para el campo mexicano. Nuestros agricultores, ganaderos necesitan electricidad para bombear y producir y conservar alimentos y mantener funcionando las unidades productivas. Sin embargo, muchos pequeños y medianos productores enfrentan altos y costos consumos de energía eléctrica, diésel y gasolina.

Además de que los trámites se dificultan para acceder a los estímulos existentes. Nuestra propuesta es flexibilizar las reglas y comportamiento de las tarifas a un estímulo energético.

Reducir obstáculos burocráticos para brindar legalmente los apoyos energéticos y destinar un sector agropecuario, porque apoyar la energía que utiliza el campo no es regalar el dinero, es fortalecer nuestra seguridad alimentaria y nuestra capacidad de producción.

Y planteamos un quinto compromiso que articula las reformas. Convertir la justicia energética en un principio de justicia energética para un principio efectivo de la política nacional. Que las decisiones en materia de energía tengan como prioridad al usuario, que consideren diferencias climáticas y negociaciones de quienes producen nuestros alimentos y mantenimiento de infraestructura de la red de las fallas y los sistemas.

Compañeras y compañeros, México no necesita ciudadanos resignados a pagar los recibos cada vez más altos de los servicios ineficientes. Necesitamos instituciones que respondan, nuestra propuesta puede resumirse en cinco compromisos concretos: si hay apagones que haya compensaciones automáticas. Si existe calor extremo que la tarifa sea justa. Si existe calcular las tarifas, que existan reglas claras y transparentes. Si nuestros productores necesitan energía para trabajar, que se encuentre en el apoyo y no en la burocracia. Si hablamos de política energética pongamos al centro a las familias mexicanas.

La energía no puede convertirse en un privilegio. La electricidad significa alimentos conservados, buenos medicamentos, seguros, hogares, habitantes, estudiantes, empresas, funcionarios y productores trabajando.

Por eso, defendemos una política energética responsable, moderna, pero muy justa que pague menos el que hoy está pagando insuficiencias en el sistema, que responda quien tiene la responsabilidad de prestar el servicio, que la energía vuelva a ser una herramienta para mejorar la calidad de vida de los mexicanos.

Los zapopanos estamos hartos de los apagones, estamos hartos de que se descompongan nuestros electrodomésticos y que nadie sea responsable.

Por eso, solicitamos que la energía sea correcta y que sea lo mejor funcional para nuestro país. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que adiciona un artículo 67 Bis a la Ley del Sector Eléctrico y adiciona un artículo 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de compensación automática por interrupciones del suministro básico de energía eléctrica, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputado José Elías Lixa Abimerhi, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un artículo 67 bis a la Ley del Sector Eléctrico, y se adiciona un artículo 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de compensación automática por interrupciones del suministro básico de energía eléctrica, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En el marco constitucional vigente, el derecho al mínimo vital constituye una garantía para que las personas cuenten con las condiciones materiales básicas para una vida digna. Nuestra carta magna establece que el Estado debe proveer, a las y los mexicanos, de la electricidad al menor precio posible, evitando el lucro.

En el siglo XXI, la energía eléctrica ha dejado de ser un insumo industrial para convertirse una condición indispensable para una vida digna y para el ejercicio efectivo de diversos derechos fundamentales. Sin un suministro continuo y confiable, se vulneran derechos fundamentales: el derecho a la salud (por la imposibilidad de conservar medicamentos que requieren red de frío), el derecho a la alimentación (por la descomposición de insumos básicos) y el derecho al trabajo y la educación, hoy directamente ligados a la conectividad digital.

El Estado mexicano, al mantener la exclusividad en la planeación y control del sistema eléctrico nacional, debe asumir una obligación de resultado. Sin embargo, la realidad de millones de hogares es distinta: las interrupciones recurrentes se han normalizado, trasladando el costo de la ineficiencia operativa directamente al ciudadano, quien, a pesar de la ausencia del servicio, debe seguir cubriendo cargos fijos y tarifas que no reflejan la calidad recibida.

De acuerdo con los registros de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Comisión Federal de Electricidad (CFE) se posiciona año con año como la entidad con mayor número de quejas en el sector servicios.

La magnitud de la problemática es sistémica. Según el Buró Comercial de la Profeco, la CFE acumula de manera persistente más de 68,733 quejas. Esta cifra, sin embargo, representa apenas una parte de la realidad, ya que el esquema de justicia administrativa actual impone al usuario un costo de oportunidad en tiempo y traslados que suele superar el monto de la bonificación esperada, perpetuando una cifra negra de inconformidad no registrada.

Los motivos son constantes: cobros excesivos, falta de mantenimiento e interrupciones prolongadas del servicio eléctrico. Bajo el esquema actual, el sistema de justicia administrativa es profundamente asimétrico:

1. La CFE tiene la facultad de corte inmediato: Cuenta con mecanismos para suspender el suministro ante el incumplimiento de las obligaciones de pago, conforme a los plazos y condiciones establecidos en las disposiciones y contratos aplicables.

2. El ciudadano carece de reciprocidad: Ante una falla de 24 horas en el suministro, el ciudadano debe iniciar un proceso burocrático, realizar llamadas a centros de atención saturados y, en la mayoría de los casos, esperar ciclos de facturación para una resolución que rara vez llega.

Si bien el marco contractual vigente contempla supuestos de bonificación por interrupciones imputables al distribuidor, la presente iniciativa busca establecer en la ley un mecanismo específico de compensación automática para las personas usuarias del Suministro Básico, reduciendo la necesidad de gestiones por parte de estos para hacer efectivo el beneficio.

El Congreso de la Unión cuenta con plena competencia para regular la calidad y continuidad del servicio público de energía eléctrica, así como los derechos de las personas usuarias, en términos de los artículos 25, 27 y 28 constitucionales. En particular, el artículo 28 constitucional establece como uno de los objetivos de la planeación y control del Sistema Eléctrico Nacional proveer al pueblo de la electricidad al menor precio posible, evitando el lucro.

Esta iniciativa rompe la lógica de lo que se podría denominar como “trámite individual”. No es justo que el ciudadano deba probar una falla que la propia CFE ya tiene registrada en sus sistemas de monitoreo.

La compensación automática sería el reconocimiento de que el contrato de suministro es una responsabilidad compartida: si una parte no cumple con la entrega del bien (la energía), la otra parte tiene derecho a la reducción proporcional del precio de manera inmediata.

Este mecanismo no es ajeno a las mejores prácticas internacionales. En diversas jurisdicciones de la Unión Europea y países miembros de la OCDE, los operadores del servicio eléctrico están obligados a compensar automáticamente a las personas usuarias cuando se superan determinados umbrales de duración o frecuencia de interrupciones, lo que demuestra la eficacia de estas medidas en proteger a los usuarios frente a interrupciones, tal como se busca con la aplicación de estas medidas de tarifa doméstica en México.

Para garantizar la viabilidad de esta reforma, se ha decidido acotarla al Suministro Básico en Tarifa Doméstica (consumo básico e intermedio). Esta decisión es estratégica y ética: busca proteger al 89 por ciento de los usuarios del país, que son las familias mexicanas, dejando fuera, por ahora, a los consumos altos (Tarifa DAC).

Este enfoque tiene un sustento económico crítico en la seguridad alimentaria. De acuerdo con información de Inegi-Coneval, el costo de la canasta alimentaria urbana ronda los $2,553 pesos mensuales por persona. Una interrupción prolongada puede poner en riesgo alimentos perecederos y medicamentos que requieren refrigeración, generando pérdidas patrimoniales adicionales para los hogares.

El impacto presupuestario para la CFE deberá valorarse frente al beneficio social que generaría la medida. Al establecer que el descuento equivale a un día de consumo promedio por cada ocho horas de falla, se busca resarcir no solo el valor del servicio eléctrico no brindado, sino el costo de oportunidad y las molestias causadas.

Esta medida incentiva, además, la eficiencia operativa; en un futuro, para la CFE será más económico invertir en mantenimiento preventivo y modernización de redes que cubrir el costo de las compensaciones automáticas masivas.

Por otro lado, la reforma energética de 2025 modificó el esquema institucional de regulación del sector. Con la extinción de la Comisión Reguladora de Energía y la creación de la Comisión Nacional de Energía, como órgano administrativo desconcentrado sectorizado a la Secretaría de Energía, se configuró un nuevo modelo de regulación, supervisión y protección de las personas usuarias.

Al elevar esta compensación a rango de ley y no dejarla al arbitrio de reglamentos o disposiciones administrativas, otorgamos certidumbre jurídica. La CFE, como empresa pública del Estado, debe ser ejemplo de responsabilidad social. El cumplimiento de esta norma no es una sanción, sino un ajuste comercial justo por un servicio no prestado.

Se debe reconocer que la CFE enfrenta un escenario financiero complejo, marcado por una deuda acumulada y la necesidad de modernizar una infraestructura de red que, en muchas regiones, ha superado su vida útil. No obstante, la presente iniciativa no debe leerse como un castigo que agrave su situación financiera, sino como una herramienta que apunte hacia una reingeniería operativa.

Actualmente, las interrupciones del servicio generan un ciclo de costos invisibles para la empresa pública: reparaciones de emergencia (a menudo más costosas que el mantenimiento preventivo), pérdida de energía no facturada y una saturación administrativa en la atención de quejas ante la Profeco. Al establecer la compensación automática, se traslada el costo de lo que podría denominarse como “ineficiencia reactiva” a una “responsabilidad proactiva”.

Gran parte de las fallas verificables ocurren en la “última milla” de la red de distribución. La Secretaría de Energía (Sener) ha identificado que la falta de inversión en transformadores, cableado de potencia y sistemas de automatización de red es la causa principal de la intermitencia.

El Prodesen 2024-2038 estimó que las pérdidas totales de transmisión y distribución del Sistema Eléctrico Nacional representarían alrededor del 10.8 por ciento de la energía eléctrica neta en 2024, y planteó continuar su reducción hacia estándares internacionales.

Al establecer la compensación automática, se incentiva la mejora de indicadores internacionales de calidad como el SAIDI (Índice de Duración Promedio de Interrupción del Sistema), transformando lo que hoy es energía perdida en inversión para la estabilidad de la red.

Esta reforma busca incentivar a que el presupuesto de la CFE se priorice hacia la infraestructura estratégica. En este sentido, fortalecer la inversión en mantenimiento preventivo e infraestructura estratégica puede resultar financieramente más eficiente que asumir de manera recurrente los costos derivados de interrupciones y compensaciones.

La deuda de la CFE no se soluciona ignorando al usuario, sino optimizando la prestación del servicio. Cada queja que llega a tribunales o a la Procuraduría representa un pasivo administrativo. La compensación automática podría simplificar este proceso ya que, al ser un descuento de oficio, se reducirían los costos operativos de atención a clientes y litigios por cobros indebidos y podrían realizarse inversiones con una mayor precisión técnica.

Los objetivos de la reforma que se propone se sustentan en lo siguiente: mientras el Artículo 67 Bis de la Ley del Sector Eléctrico instituye el derecho de las familias a ser resarcidas por la falta de suministro, el Artículo 7 Bis de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad establece la obligación operativa de la empresa pública para ejecutar dicho derecho de forma automática.

No basta con reconocer que el usuario merece una compensación; es imperativo obligar a la Suministradora a que sus sistemas de facturación y monitoreo de red se integren. De esta manera, el 67 Bis blinda al ciudadano contra la arbitrariedad, elevando la calidad del servicio a rango de ley, mientras que el 7 Bis transforma la estructura interna de la CFE para que el descuento sea un acto de oficio y no una concesión administrativa.

En conclusión, cuidar a la CFE implica exigirle excelencia. Una empresa pública con una red moderna y menores interrupciones será, a largo plazo, una empresa con menores gastos por reparaciones críticas y una mayor capacidad de recuperación de costos.

La compensación automática es, en última instancia, un pacto de confianza: el usuario paga con puntualidad un suministro que la empresa se compromete a mantener con integridad.

Por eso, la presente iniciativa no busca descapitalizar a la empresa pública, sino dignificar al usuario. Es una apuesta por un México donde los servicios públicos sean sinónimo de calidad y donde la ineficiencia tenga un costo para la autoridad, no para el pueblo.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan los artículos 67 Bis a la Ley del Sector Eléctrico y 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de compensación automática por interrupciones del suministro básico de energía eléctrica

Artículo Primero. Se adiciona un artículo 67 Bis a la Ley del Sector Eléctrico, para quedar como sigue:

Artículo 67 Bis. Cuando se presenten interrupciones recurrentes y verificables en el Suministro Básico de energía eléctrica en una zona determinada, imputables a la Suministradora de Servicios Básicos o a la Distribuidora, deberá aplicarse de manera automática una compensación económica en el recibo correspondiente a las personas usuarias afectadas del Suministro Básico con tarifa de uso doméstico, en sus modalidades de consumo básico y consumo intermedio, sin necesidad de trámite individual.

La compensación tendrá por objeto resarcir la indisponibilidad del servicio y se aplicará con independencia de que durante el periodo de interrupción no se haya registrado consumo de energía eléctrica.

Para efectos de este artículo:

I. Se entenderá por interrupción verificable aquella que conste en los registros operativos de la Distribuidora, en los sistemas de monitoreo del servicio, o en los reportes oficiales de fallas, conforme a los criterios técnicos que determine la autoridad competente del sector eléctrico, los cuales deberán considerar la frecuencia mensual y la duración acumulada de las fallas;

II. La compensación consistirá en un descuento automático en el recibo bimestral de las personas usuarias afectadas del Suministro Básico con tarifa de uso doméstico, en sus modalidades de consumo básico y consumo intermedio, equivalente a un día de consumo promedio por cada ocho horas, o fracción mayor a cuatro horas, de interrupción acumulada durante el periodo de facturación;

III. El día de consumo promedio se calculará dividiendo el importe total del recibo bimestral ordinario entre el número de días naturales transcurridos en el bimestre correspondiente, y

IV. La compensación deberá desglosarse de forma expresa en el recibo correspondiente.

La compensación prevista en este artículo será independiente de las bonificaciones, devoluciones, sanciones o responsabilidades que procedan conforme a esta Ley, a la Ley Federal de Protección al Consumidor o a las demás disposiciones aplicables.

Artículo Segundo. Se adiciona un artículo 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, para quedar como sigue:

Artículo 7 Bis. La Comisión Federal de Electricidad, en su carácter de Empresa Pública del Estado y Suministradora de Servicios Básicos, deberá:

I. Implementar mecanismos automáticos de registro, cálculo y aplicación de las compensaciones previstas en el artículo 67 Bis de la Ley del Sector Eléctrico, utilizando la información derivada de los sistemas de operación, distribución y facturación;

II. Aplicar de oficio los descuentos correspondientes en los recibos de las personas usuarias afectadas del Suministro Básico con tarifa de uso doméstico, en sus modalidades de consumo básico y consumo intermedio, sin requerir solicitud, reclamación o gestión individual;

III. Reflejar de manera clara y transparente en el recibo de energía eléctrica el monto de la compensación aplicada y el periodo de interrupción que la motiva;

IV. Adecuar sus sistemas de medición, facturación y control interno para garantizar el cumplimiento oportuno y verificable de las obligaciones previstas en este artículo, y

V. Considerar las compensaciones automáticas por interrupciones del servicio como un costo operativo inherente a la prestación del servicio público, sin que su aplicación pueda condicionarse a la existencia de consumo durante el periodo de interrupción.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en este artículo dará lugar a las responsabilidades administrativas que correspondan, sin perjuicio de otras responsabilidades legales.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, la Comisión Nacional de Energía, con la autorización de la Secretaría de Energía, deberá emitir los criterios técnicos para la verificación de interrupciones recurrentes, así como los lineamientos para la identificación de las zonas afectadas.

Tercero. La Comisión Federal de Electricidad deberá adecuar sus sistemas operativos y de facturación para dar cumplimiento a lo previsto en el presente decreto, dentro de los ciento veinte días naturales siguientes a la emisión de los criterios técnicos previstos en el artículo segundo transitorio. Las compensaciones previstas en el presente decreto serán aplicables una vez concluidas las adecuaciones referidas en este artículo.

Cuarto. La Secretaría de Energía y la Comisión Federal de Electricidad deberán adecuar los reglamentos, manuales y disposiciones administrativas internas que resulten necesarios para el cumplimiento del presente decreto.

Notas

1 Inegi (junio 2026). Tabulados de Líneas de Pobreza por Ingresos: Canasta Alimentaria Urbana. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/desarrollosocial/lp/#tabulados.

2 Para más información consultar el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2024-2038. Informe sobre infraestructura de Redes Eléctricas de Distribución. Disponible en:

https://www.gob.mx/sener/articulos/programa-de-desarrollo-del-si stema-electrico-nacional-2024-2038.

3 Para más información consultar el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2024-2038. Informe sobre infraestructura de Redes Eléctricas de Distribución. Disponible en:

https://www.gob.mx/sener/articulos/programa-de-desarrollo-del-si stema-electrico-nacional-2024-2038.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 15 días del mes de septiembre de 2026.– Diputados: Omar Antonio Borboa Becerra, José Elías Lixa Abimberhi (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Energía, para dictamen.



LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO Y LEY DE AGUAS NACIONALES

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra:

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 159 de la Ley del Sector Eléctrico y 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de aplicación de la tarifa 1F a personas usuarias domésticas en municipios con sensación térmica promedio superior a 28 grados Celsius, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputado José Elías Lixa Abimerhi, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto, recorriéndose el actual segundo para pasar a ser quinto, al artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, y se reforma la fracción XLIV del artículo 9 de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de aplicación de la tarifa 1F a personas usuarias domésticas en municipios con sensación térmica promedio superior a 28 grados Celsius, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El acceso regular, suficiente y asequible a la energía eléctrica constituye una condición material indispensable para el desarrollo de la vida contemporánea. La electricidad permite iluminar las viviendas, conservar alimentos y medicamentos, operar sistemas de ventilación y refrigeración, acceder a servicios de telecomunicaciones, estudiar, trabajar, atender necesidades de salud y realizar actividades productivas y domésticas esenciales.

Aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no reconoce expresamente un derecho autónomo a la energía eléctrica, la disponibilidad de este servicio se encuentra estrechamente vinculada con el ejercicio efectivo de diversos derechos humanos. El artículo 4o. constitucional reconoce el derecho de toda persona a disfrutar de una vivienda adecuada, así como los derechos a la protección de la salud, a la alimentación, al agua y a un medio ambiente sano. Una vivienda difícilmente puede considerarse adecuada cuando carece de servicios básicos o cuando el costo de éstos impide a sus habitantes satisfacer otras necesidades indispensables.

El acceso a la electricidad también constituye una condición para ejercer el derecho reconocido en el artículo 6o. constitucional de acceder a las tecnologías de la información y la comunicación, así como a los servicios de radiodifusión, telecomunicaciones, banda ancha e Internet. En la práctica, el ejercicio de estos derechos depende de la posibilidad de utilizar teléfonos, computadoras, módems, aparatos de comunicación y otros dispositivos que requieren energía eléctrica.

En el ámbito internacional, el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado que le asegure, a ella y a su familia, la salud y el bienestar. En el mismo sentido, el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluida la vivienda adecuada, así como a una mejora continua de sus condiciones de existencia.

Por su parte, el artículo 14, numeral 2, inciso h), de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer dispone expresamente que los Estados parte deben garantizar a las mujeres rurales condiciones de vida adecuadas, particularmente en materia de vivienda, servicios sanitarios, electricidad, abastecimiento de agua, transporte y comunicaciones.

Estos mandatos permiten sostener que la intervención del Estado en materia eléctrica no debe limitarse a procurar la existencia física de redes de generación, transmisión y distribución. También debe atender la accesibilidad económica, la continuidad, la calidad y la suficiencia del suministro, especialmente cuando las condiciones climáticas de una región obligan a los hogares a mantener niveles de consumo superiores a los de otras zonas del país.

I. Condiciones climáticas y necesidades de consumo eléctrico

México cuenta con una amplia diversidad climática. Las necesidades energéticas de una vivienda ubicada en una región templada no son equivalentes a las de un hogar localizado en una zona caracterizada por temperaturas elevadas y altos niveles de humedad.

En las regiones cálidas, el uso de ventiladores, refrigeradores, equipos de aire acondicionado, bombas de agua y sistemas de conservación de alimentos y medicamentos no constituye necesariamente un consumo suntuario. En numerosos casos representa una medida básica de adaptación al clima, de protección de la salud y de preservación de condiciones mínimas de habitabilidad.

Esta necesidad es especialmente relevante para niñas, niños, personas adultas mayores, personas con discapacidad, pacientes que requieren equipos eléctricos o medicamentos refrigerados y personas que desempeñan actividades laborales o educativas desde su vivienda.

La temperatura del aire, considerada aisladamente, no siempre representa de manera adecuada el grado de estrés térmico que experimentan las personas. La Organización Meteorológica Mundial ha señalado que, para evaluar los efectos del calor, se utilizan diversos índices térmicos que combinan la temperatura con factores como la humedad, la radiación solar y la velocidad del viento. Ello se debe a que la temperatura por sí sola no refleja necesariamente la forma en que el calor es percibido por el organismo ni la capacidad del cuerpo para disiparlo.

En regiones caracterizadas por una humedad elevada, el cuerpo humano enfrenta mayores dificultades para reducir su temperatura mediante la evaporación del sudor. Como consecuencia, la temperatura percibida puede ser superior a la registrada por un termómetro y generar mayores necesidades de ventilación o refrigeración.

Por ello, la presente iniciativa propone utilizar la sensación térmica promedio como criterio para determinar la procedencia del beneficio tarifario. No se trata de sustituir una variable objetiva por una apreciación subjetiva, sino de emplear un indicador meteorológico calculado conforme a criterios técnicos que refleje de manera más adecuada las condiciones térmicas que enfrentan las personas.

La propuesta adquiere particular relevancia en entidades como Yucatán, donde concurren temperaturas elevadas y altos niveles de humedad durante una parte significativa del año. En esas condiciones, el consumo de electricidad para ventilación, refrigeración y conservación de alimentos o medicamentos responde a una necesidad directamente relacionada con el clima.

II. Estructura de las tarifas domésticas

El esquema tarifario doméstico distingue entre las tarifas 1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E y 1F. Estas categorías reconocen que las necesidades de consumo eléctrico varían conforme a las condiciones climáticas de las localidades.

La tarifa 1 se aplica, en términos generales, a servicios domésticos que no se encuentran clasificados dentro de las tarifas especiales correspondientes a localidades cálidas. Las tarifas 1A a 1F amplían progresivamente los rangos de consumo subsidiado conforme aumenta la temperatura media mínima en verano de la localidad.

La tarifa 1F se aplica actualmente a los servicios domésticos ubicados en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea, como mínimo, de 33 grados Celsius. La regulación administrativa vigente considera que una localidad alcanza dicho límite cuando lo registra durante tres o más años de los últimos cinco respecto de los cuales exista información, y que durante un año se alcanza el límite cuando la temperatura correspondiente se registra durante dos meses consecutivos o más.

La temporada de verano comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, determinados de acuerdo con las observaciones termométricas correspondientes.

Las tarifas domésticas se estructuran mediante bloques de consumo. Una primera cantidad de energía se cobra como consumo básico; posteriormente se aplican uno o más bloques de consumo intermedio y, cuando se superan éstos, se cobra el consumo excedente. Los bloques subsidiados son más amplios en las tarifas aplicables a las zonas de mayor temperatura.

Por tanto, la aplicación de la tarifa 1F permite que una mayor proporción del consumo doméstico se facture dentro de rangos subsidiados, particularmente durante el verano. Ello reduce la carga económica que enfrentan los hogares cuyo consumo se incrementa por la necesidad de utilizar ventiladores, refrigeradores o equipos de aire acondicionado durante periodos prolongados.

La clasificación tarifaria también determina el límite a partir del cual un servicio puede ser reclasificado en la tarifa doméstica de alto consumo, conocida como tarifa DAC. Este límite se calcula a partir del promedio móvil del consumo de los doce meses anteriores. Actualmente, el límite de alto consumo correspondiente a la tarifa 1B es de 400 kilowatts-hora mensuales; el de la tarifa 1C es de 850; el de la tarifa 1D es de 1,000; el de la tarifa 1E es de 2,000, y el de la tarifa 1F asciende a 2,500 kilowatts-hora mensuales.

Cuando el consumo promedio mensual supera el límite aplicable a la localidad, el servicio se reclasifica como doméstico de alto consumo y deja de recibir el subsidio correspondiente a las tarifas domésticas ordinarias.

En consecuencia, la aplicación de la tarifa 1F produce dos beneficios principales:

a) amplía los bloques de consumo sujetos a subsidio; y

b) eleva el límite de consumo promedio que puede registrar un hogar antes de ser reclasificado en la tarifa DAC.

Esta diferencia es especialmente relevante durante los meses de mayor calor. Un hogar puede rebasar los límites de su tarifa no como consecuencia de un consumo prescindible, sino por la necesidad de conservar condiciones mínimas de habitabilidad y proteger la salud de quienes lo integran.

III. Insuficiencias del criterio tarifario vigente

El sistema tarifario vigente reconoce correctamente que las necesidades de consumo doméstico varían según las condiciones climáticas. Sin embargo, los criterios empleados pueden perfeccionarse para reflejar de manera más precisa la realidad territorial y térmica del país.

En primer lugar, la temperatura media del aire no necesariamente representa el efecto conjunto que producen el calor y la humedad sobre las personas. Una misma temperatura puede generar condiciones significativamente distintas dependiendo de la humedad relativa, la radiación solar y la circulación del aire.

En segundo término, la clasificación por localidad puede generar diferencias entre comunidades pertenecientes a un mismo municipio que enfrentan condiciones climáticas sustancialmente semejantes. La utilización del municipio como unidad territorial ofrece mayor certeza administrativa y permite evitar tratamientos diferenciados entre comunidades próximas sin una justificación técnica suficiente.

En tercer lugar, la regla que exige alcanzar determinado umbral durante tres de los últimos cinco años puede generar un desfase considerable entre las condiciones climáticas actuales y el reconocimiento del beneficio tarifario. En un contexto de temperaturas extremas más frecuentes, la clasificación debe contar con mecanismos de actualización capaces de responder a datos recientes.

Finalmente, la legislación no establece actualmente un mandato específico para que la Comisión Nacional del Agua integre y publique un registro histórico de sensación térmica desagregado por municipio y diseñado para servir de base a la determinación de tarifas eléctricas.

La iniciativa originalmente elaborada ya identificaba la necesidad de utilizar información climática más precisa y de establecer una regla general que permitiera aplicar la tarifa 1F en municipios sujetos a altas temperaturas. Sin embargo, la sustitución de la Ley de la Industria Eléctrica por la Ley del Sector Eléctrico, así como la creación de la Comisión Nacional de Energía, hacen necesaria la actualización integral del fundamento jurídico y de la exposición de motivos.

IV. Problemática del suministro eléctrico en la Península de Yucatán

A las condiciones climáticas y al costo del consumo doméstico se suma la recurrencia de interrupciones y afectaciones en el suministro eléctrico de la Península de Yucatán.

Las fallas registradas en la región han tenido causas inmediatas diversas, entre ellas problemas en el suministro o calidad del gas natural, salidas de operación de centrales, contingencias en líneas de transmisión, problemas en las redes de distribución, trabajos de mantenimiento y fenómenos meteorológicos.

La diversidad de causas no elimina la afectación común que experimentan las personas usuarias: la pérdida total o parcial de un servicio indispensable, frecuentemente durante periodos de altas temperaturas y elevada demanda.

El 24 de marzo de 2025, la Comisión Federal de Electricidad informó que se presentó mala calidad del gas natural suministrado a través del gasoducto Mayakán, derivada de un alto índice de humedad, lo cual obligó a modificar la operación de centrales y ocasionó afectaciones al suministro en la Península de Yucatán.

Posteriormente, el 26 de septiembre de 2025, durante trabajos de mantenimiento en líneas de transmisión de 400 kilovoltios, se registró una falla eléctrica que afectó a 2 millones 262 mil personas usuarias de Campeche, Yucatán y Quintana Roo. La CFE informó que, como consecuencia del evento, salieron de operación nueve centrales del sureste, con dieciséis unidades de generación.

El 19 de junio de 2026 volvió a presentarse una contingencia en las regiones Sureste y Peninsular, derivada de la salida de operación de dos centrales privadas, lo que requirió acciones operativas para preservar la estabilidad del sistema y restablecer el suministro.

A estos eventos regionales se agregan fallas locales recurrentes. El 12 de julio de 2026 se reportaron interrupciones de entre 10 y 16 horas en sectores de Mérida, Cholul, Kanasín y municipios conurbados. Las afectaciones comprendieron viviendas, comercios, alimentos refrigerados y personas que enfrentaron las altas temperaturas sin ventiladores, aire acondicionado o refrigeración.

El mismo reporte documentó que diversas colonias de Mérida permanecieron sin energía durante más de dieciséis horas; que habitantes del fraccionamiento Vergel habían permanecido más de tres días sin servicio durante la semana anterior, y que Temozón Norte había sufrido una interrupción cercana a una jornada completa.

También se reportaron pérdidas económicas por alimentos descompuestos, afectaciones a establecimientos comerciales y preocupación por personas adultas mayores, menores de edad y personas que dependen de equipos eléctricos para su bienestar.

Estos hechos muestran que las familias yucatecas enfrentan una combinación particularmente gravosa:

a) Condiciones climáticas que incrementan objetivamente la necesidad de consumir electricidad;

b) Una estructura tarifaria que no siempre refleja la sensación térmica real de los municipios;

c) El riesgo de ser reclasificadas como usuarias de alto consumo por utilizar sistemas indispensables de ventilación o refrigeración, y

d) Interrupciones recurrentes que afectan la continuidad, confiabilidad y calidad del suministro.

La presente iniciativa se concentra en el componente tarifario de esta problemática. Su aprobación no sustituiría las inversiones necesarias en generación, transmisión y distribución, ni los mecanismos de responsabilidad o compensación que deban establecerse por interrupciones o daños. Sin embargo, permitiría reducir la carga económica que soportan los hogares mientras enfrentan condiciones climáticas extremas y deficiencias en el servicio.

No resulta razonable que las familias deban pagar tarifas elevadas por la energía indispensable para afrontar el calor y, simultáneamente, soportar interrupciones prolongadas o recurrentes en el suministro.

V. Actualización del marco jurídico del sector eléctrico

La iniciativa original proponía reformar el artículo 139 de la entonces vigente Ley de la Industria Eléctrica y hacía referencia a las atribuciones de la Comisión Reguladora de Energía.

No obstante, el 18 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Sector Eléctrico, que abrogó la Ley de la Industria Eléctrica y modificó el marco institucional aplicable.

La Ley del Sector Eléctrico atribuye a la Comisión Nacional de Energía la facultad de aplicar las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas reguladas, las tarifas máximas de las suministradoras de último recurso y las tarifas finales del Suministro Básico. También dispone que la CNE debe publicar las memorias de cálculo utilizadas para determinar dichas tarifas y precios.

El segundo párrafo vigente del artículo 159 permite al Ejecutivo Federal determinar, mediante acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto para determinados grupos de personas usuarias del Suministro Básico, siempre que la facturación transparente los componentes de la tarifa final correspondiente.

Por ello, el proyecto actualizado propone adicionar un segundo párrafo al artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico y recorrer el actual segundo párrafo, que pasaría a ser tercero.

La nueva disposición establece que se aplicará la tarifa 1F a las personas usuarias domésticas ubicadas en municipios que, durante el verano, registren una sensación térmica promedio superior a 28 grados Celsius.

Para determinar el cumplimiento de esta condición deberá considerarse la sensación térmica media mensual registrada durante, al menos, dos meses no consecutivos del verano del año inmediato anterior de aquel en que resulte aplicable la tarifa, conforme a los datos oficiales publicados por la Comisión Nacional del Agua.

La propuesta se complementa con la reforma a la fracción XLIV del artículo 9 de la Ley de Aguas Nacionales.

La disposición vigente atribuye a la Comisión Nacional del Agua la facultad de coordinar el Servicio Meteorológico Nacional y ejercer las funciones correspondientes en esa materia. La propia Ley establece que el Servicio Meteorológico Nacional es una unidad técnica especializada que tiene por objeto generar, interpretar y difundir información meteorológica, así como su análisis y pronóstico, considerados de interés público y estratégico.

La reforma propuesta precisa que la Comisión Nacional del Agua deberá:

a) acopiar, procesar, registrar y transmitir información meteorológica y climatológica;

b) crear y mantener actualizado un registro histórico;

c) desagregar la información por municipio;

d) garantizar su acceso público, e

e) incluir la sensación térmica registrada conforme a criterios técnicos, para los efectos del artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico.

De esta forma, el proyecto se ajusta al marco institucional vigente y establece una relación normativa directa entre la autoridad meteorológica encargada de generar la información y la disposición tarifaria que utilizará esos datos.

VI. Justificación de los elementos de la propuesta

1. Aplicación de la tarifa 1F

La iniciativa no crea una nueva categoría tarifaria ni diseña una estructura de cobro distinta a la existente. Utiliza la tarifa 1F, actualmente prevista para los servicios domésticos de las localidades de mayor temperatura, y ordena su aplicación a los municipios que cumplan las condiciones objetivas establecidas en la ley.

Esta decisión permite aprovechar mecanismos operativos, de facturación y subsidio que ya forman parte del esquema tarifario. También ofrece certeza respecto del alcance del beneficio, pues la tarifa 1F cuenta con bloques de consumo y límites de alto consumo previamente definidos.

La reforma modifica el criterio para acceder a dicha tarifa, pero mantiene las atribuciones generales de la Comisión Nacional de Energía para aplicar las metodologías tarifarias y la facultad del Ejecutivo Federal para establecer mecanismos especiales en beneficio de determinados grupos de personas usuarias.

2. Umbral superior a 28 grados Celsius

El umbral propuesto no es arbitrario. El propio sistema tarifario reconoce actualmente los 28 grados Celsius como el punto de referencia para la aplicación de la tarifa 1B.

La iniciativa parte de ese reconocimiento, pero considera que cuando la sensación térmica promedio supera dicho nivel, las necesidades domésticas de ventilación y refrigeración justifican el acceso a los rangos más amplios de consumo subsidiado previstos en la tarifa 1F.

Debe advertirse que existe una diferencia técnica entre el criterio actual y la propuesta. El esquema vigente utiliza la temperatura media mensual de una localidad; la iniciativa utiliza la sensación térmica promedio municipal.

Por tanto, la reforma no consiste simplemente en asignar la tarifa 1F a todas las localidades actualmente clasificadas en la tarifa 1B. Establece una nueva regla sustentada en un indicador meteorológico distinto, calculado conforme a criterios técnicos y con datos oficiales.

3. Determinación por municipio

La utilización del municipio como unidad territorial ofrece ventajas de certeza, igualdad y operatividad administrativa.

El municipio es una demarcación constitucionalmente reconocida, con límites territoriales definidos, y constituye una unidad ordinaria para la generación, organización y publicación de información pública.

Su utilización facilita identificar de manera transparente a las personas beneficiarias y reduce el riesgo de que comunidades sujetas a condiciones climáticas semejantes reciban tratamientos distintos sin una justificación técnica suficiente.

La medición municipal permite también reconocer la diversidad climática interna de las entidades federativas. La propuesta no asigna automáticamente la tarifa 1F a todos los hogares de una entidad por el solo hecho de encontrarse en una región cálida. El beneficio dependerá de que cada municipio cumpla el umbral establecido mediante datos oficiales.

En consecuencia, aunque Yucatán será previsiblemente una de las entidades beneficiadas por sus condiciones climáticas, la reforma no constituye un régimen de excepción exclusivo para esa entidad. Se trata de una norma general aplicable a cualquier municipio del país que reúna los requisitos técnicos.

4. Utilización de la sensación térmica

La sensación térmica ofrece una aproximación más completa a las condiciones que efectivamente enfrenta la población, pues permite considerar la interacción entre la temperatura y otros factores ambientales.

En regiones con humedad elevada, la temperatura del aire puede subestimar la carga térmica experimentada por las personas. La utilización de un indicador técnico de sensación térmica permite vincular la política tarifaria con las necesidades reales de ventilación y refrigeración.

El proyecto remite a criterios técnicos cuya definición y aplicación corresponderán a la autoridad meteorológica especializada. Así, el Congreso establecería el criterio normativo general y la Comisión Nacional del Agua determinaría la metodología técnica aplicable.

5. Promedio mensual

La utilización de una media mensual evita que la aplicación de la tarifa dependa de una temperatura extraordinaria registrada durante unas cuantas horas o de un episodio aislado.

El promedio mensual permite identificar condiciones persistentes que inciden en el consumo doméstico de electricidad y que justifican la aplicación de un esquema tarifario diferenciado.

6. Dos meses no consecutivos

El proyecto exige que el umbral se registre durante, al menos, dos meses no consecutivos del verano. Esta regla pretende acreditar que las condiciones térmicas no corresponden a un solo episodio aislado y, al mismo tiempo, reconocer que los periodos de calor intenso no siempre se presentan de forma continua.

Exigir que los meses fueran necesariamente consecutivos podría excluir a municipios que enfrenten periodos severos al inicio y al final del verano, separados por un mes de lluvias o por una reducción temporal de la temperatura.

La exigencia de dos meses no consecutivos acredita recurrencia sin imponer una continuidad que no necesariamente corresponde al comportamiento climático.

7. Información del año inmediato anterior

La utilización de información correspondiente al verano del año inmediato anterior de aquel a que en que resulte aplicable la tarifa permite que la clasificación responda a condiciones recientes.

Este mecanismo ofrece un periodo razonable para que la Comisión Nacional del Agua consolide y publique la información, y para que las autoridades del sector eléctrico y la suministradora realicen los ajustes necesarios antes del siguiente periodo de aplicación.

A diferencia de la regla vigente, que considera tres de los últimos cinco años, la propuesta reduce el desfase entre la modificación de las condiciones climáticas y el reconocimiento tarifario correspondiente.

8. Registro histórico, público y desagregado

La reforma a la Ley de Aguas Nacionales resulta indispensable para garantizar que la disposición tarifaria pueda aplicarse con certeza, objetividad y transparencia.

El registro histórico permitirá conocer la evolución de las condiciones térmicas de cada municipio, verificar los cálculos de la autoridad y determinar de manera objetiva la procedencia del beneficio.

Su carácter público facilitará el escrutinio ciudadano, administrativo, académico y jurisdiccional. También permitirá que las personas usuarias conozcan las razones por las cuales su municipio recibe o deja de recibir determinada clasificación tarifaria.

La publicación de los datos evitará que la aplicación de la tarifa dependa de negociaciones políticas, convenios particulares o decisiones carentes de una base técnica accesible.

Además de su utilización en materia tarifaria, el registro podrá servir como insumo para políticas públicas de salud, protección civil, vivienda, cambio climático, planeación urbana y prevención de riesgos relacionados con el calor extremo.

VII. Efectos esperados

El efecto directo de la iniciativa será que las personas usuarias domésticas ubicadas en municipios que cumplan los requisitos accedan a los rangos subsidiados correspondientes a la tarifa 1F.

La reducción concreta del importe de cada recibo dependerá del consumo del hogar, del periodo facturado, de la duración de la temporada de verano y de las cuotas vigentes. En consecuencia, no resulta técnicamente adecuado establecer un porcentaje uniforme de disminución aplicable a todas las viviendas.

No obstante, la estructura tarifaria permite anticipar un beneficio material. La tarifa 1F amplía los bloques de consumo subsidiado y eleva considerablemente el límite para la clasificación como usuario doméstico de alto consumo.

El beneficio será particularmente relevante para los hogares que actualmente se encuentren sujetos a las tarifas 1B, 1C, 1D o 1E y que, por su consumo durante el verano, paguen una proporción significativa de energía dentro de los bloques de consumo excedente o se aproximen al límite de la tarifa DAC.

Debe destacarse que la aplicación de la tarifa 1F no autoriza un consumo ilimitado ni elimina la progresividad del esquema. Los cargos continuarán incrementándose conforme se superen los distintos bloques y seguirá existiendo un límite para la clasificación de alto consumo.

La reforma únicamente ajusta los rangos aplicables a las necesidades energéticas derivadas de condiciones climáticas severas.

Entre los efectos esperados se encuentran:

a) Reducir la proporción del ingreso familiar destinada al pago de electricidad;

b) Disminuir el riesgo de que los hogares restrinjan indebidamente la ventilación o refrigeración durante periodos de calor;

c) Facilitar la conservación segura de alimentos y medicamentos;

d) Proteger a personas especialmente vulnerables frente a temperaturas extremas;

e) Reducir el riesgo de reclasificación en la tarifa DAC por consumos asociados con necesidades climáticas;

f) Mejorar la focalización del subsidio eléctrico, y

g) Fortalecer la transparencia y objetividad de la clasificación tarifaria.

VIII. Consideraciones presupuestarias

La aplicación de la tarifa 1F a un mayor número de personas usuarias implicará un incremento en los recursos destinados al subsidio eléctrico.

La magnitud exacta dependerá del número de municipios que superen el umbral, del padrón de personas usuarias, de sus patrones de consumo, de la duración de las temporadas de verano y de las cuotas tarifarias vigentes.

La imposibilidad de determinar anticipadamente una cifra definitiva no debe traducirse en ausencia de previsión presupuestaria.

Por tal motivo, el régimen transitorio ordena a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizar los procedimientos y previsiones correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal siguiente al de la entrada en vigor del decreto.

Esta disposición permite compatibilizar la aplicación de la reforma con los principios de planeación, sostenibilidad presupuestaria y anualidad del gasto público.

Asimismo, atribuye expresamente al gobierno federal la responsabilidad de garantizar los recursos necesarios, sin trasladar a las entidades federativas o a los municipios la obligación de financiar el beneficio.

La existencia de subsidios diferenciados en función de las condiciones climáticas no es ajena al sistema tarifario vigente. La reforma propone que su asignación se sustente en información más precisa, reciente, pública y territorialmente desagregada.

IX. Finalidad de la iniciativa

La presente iniciativa tiene un objeto concreto: establecer en la ley un criterio objetivo para que las personas usuarias domésticas que habiten en municipios con una sensación térmica promedio superior a 28 grados Celsius durante el verano reciban la tarifa 1F.

La propuesta no pretende resolver por sí sola todos los problemas del sector eléctrico.

El fortalecimiento de la generación, transmisión, distribución, almacenamiento y suministro de combustibles requiere inversiones y acciones adicionales. De igual forma, las interrupciones del servicio demandan mecanismos específicos de prevención, atención, compensación y responsabilidad.

Sin embargo, la existencia de retos estructurales no justifica mantener una clasificación tarifaria que puede resultar insuficiente frente a las condiciones climáticas reales.

Mientras se desarrollan y concluyen las obras necesarias para fortalecer el sistema eléctrico, las familias continúan pagando sus recibos y enfrentando temperaturas que hacen indispensable un mayor consumo de energía.

En Yucatán, la situación resulta especialmente relevante: las altas temperaturas y la humedad incrementan las necesidades de electricidad, mientras que las interrupciones recurrentes dificultan el acceso continuo al servicio.

No resulta razonable que las familias paguen tarifas elevadas por la energía indispensable para enfrentar el calor y, simultáneamente, soporten los efectos de una infraestructura que todavía presenta problemas de continuidad y confiabilidad.

La reforma incorpora cuatro elementos esenciales:

1. Un criterio sustantivo basado en la sensación térmica y no únicamente en la temperatura del aire;

2. Una medición territorial desagregada por municipio;

3. Información oficial, histórica, pública y técnicamente verificable, y

4. Una previsión presupuestaria federal para financiar el subsidio correspondiente.

Con ello se fortalece la certeza jurídica de las personas usuarias, se mejora la focalización del subsidio y se reconoce que el consumo eléctrico necesario para enfrentar el calor extremo forma parte de las condiciones mínimas de una vivienda adecuada.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto, recorriéndose el actual segundo para pasar a ser quinto, al artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, y se reforma la fracción XLIV del artículo 9 de la Ley de Aguas Nacionales

Primero. Se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto, recorriéndose el actual segundo para pasar a ser quinto, al artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, para quedar como sigue:

Artículo 159. ...

Para las tarifas finales del Suministro Básico aplicables a las personas usuarias de suministro domésticas se aplicará la tarifa 1F en aquellos municipios que, durante el verano, registren una sensación térmica promedio superior a 28 grados Celsius.

Para efectos del párrafo anterior, se entenderá por verano el periodo integrado por los seis meses consecutivos más cálidos del año en cada municipio. La condición prevista se tendrá por cumplida cuando la sensación térmica media mensual supere dicho umbral durante al menos dos meses, consecutivos o no, del verano del año inmediato anterior a aquel en que resulte aplicable la tarifa, calculada conforme a la metodología que emita la Comisión Nacional del Agua y con base en los datos oficiales que ésta publique.

La Comisión Nacional de Energía publicará anualmente, a más tardar el 30 de noviembre, la relación de municipios en los que resultará aplicable la tarifa 1F durante el ejercicio fiscal siguiente.

...

Segundo. Se reforma la fracción XLIV del artículo 9 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 9. ...

I. a XLIII. ...

XLIV. Coordinar el Servicio Meteorológico Nacional y ejercer las funciones en dicha materia; emitir la metodología para el cálculo de la sensación térmica media mensual; acopiar, procesar, registrar y transmitir la información meteorológica y climatológica, así como crear, mantener actualizado y publicar un registro histórico, desagregado por municipio, que incluya la sensación térmica calculada conforme a dicha metodología, para los efectos previstos en el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico;

XLV. a LIV. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, la Comisión Nacional del Agua emitirá y publicará la metodología para el cálculo de la sensación térmica media mensual por municipio.

Tercero. Dentro de los ciento veinte días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, la Comisión Nacional del Agua publicará el primer registro municipal de sensación térmica previsto en la fracción XLIV del artículo 9 de la Ley de Aguas Nacionales.

Cuarto. Dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del registro a que se refiere el artículo transitorio anterior, la Comisión Nacional de Energía publicará la primera relación de municipios en los que resultará aplicable la tarifa 1F.

Quinto. Para garantizar el subsidio de las tarifas eléctricas derivado del presente decreto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará los procedimientos y previsiones presupuestarias correspondientes, de conformidad con las disposiciones aplicables, para el ejercicio fiscal en que deba iniciar la aplicación de la tarifa 1F conforme al presente decreto. La aplicación de la tarifa 1F iniciará el 1 de enero del ejercicio fiscal siguiente a aquel en que la Comisión Nacional de Energía publique la primera relación de municipios prevista en el artículo cuarto transitorio del presente decreto.

Notas

1. Organización de las Naciones Unidas, Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 25.

2. Organización de las Naciones Unidas, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 11.

3. Organización de las Naciones Unidas, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, artículo 14, numeral 2, inciso h)

4. Organización Meteorológica Mundial, Extreme Heat, información sobre índices térmicos y factores que inciden en la percepción y los riesgos asociados con el calor,

https://wmo.int/topics/extreme-heat?utm

5. Comisión Federal de Electricidad, Tarifa 1F. Servicio doméstico para localidades con temperatura media mínima en verano de 33 grados Celsius, esquema tarifario vigente y criterios de aplicación.

6. Comisión Federal de Electricidad, Tarifa DAC. Servicio doméstico de alto consumo, límites de alto consumo por categoría tarifaria y cálculo mediante promedio móvil de los últimos doce meses.

7. Comisión Federal de Electricidad, Tarjeta informativa sobre la afectación en la Península de Yucatán, 24 de marzo de 2025, relativa a la mala calidad del gas natural en el gasoducto Mayakán,

https://app.cfe.mx/Aplicaciones/OTROS/Boletines/boletin?i=9262

8. Comisión Federal de Electricidad, Restablece CFE afectaciones al servicio eléctrico en la Península de Yucatán,26 de septiembre de 2025,

https://app.cfe.mx/Aplicaciones/OTROS/Boletines/boletin?i=10333

9. Comisión Federal de Electricidad, Situación operativa del sistema eléctrico en la región Sureste y Peninsular, 19 de junio de 2026, y CFE informa del restablecimiento del suministro en el Sureste y región Peninsular, 20 de junio de 2026,

https://app.cfe.mx/Aplicaciones/OTROS/Boletines/boletin?i=10662

10. Sol Yucatán, “Apagones desatan caos: colonias llevan hasta 16 horas sin electricidad”, 12 de julio de 2026,

https://solyucatan.mx/apagones-desatan-caos-colonias-llevan-hast a-16-horas-sin-electricidad/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de septiembre de 2026.– Diputados: Omar Antonio Borboa Becerra, José Elías Lixa Abimberhi (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Túrnese a las Comisiones Unidas de Energía, Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



LEY DE ENERGÍA PARA EL CAMPO

El diputado Omar Antonio Borboa Becerra:

«Iniciativa que reforma los artículos 1o. y 5o. de la Ley de Energía para el Campo, en materia de acceso a una justicia energética para sectores dedicados a actividades agropecuarias, suscrita por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quienes suscriben, diputado José Elías Lixa Abimerhi, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, así como las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la Sexagésima Sexta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta  Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1 y 5 de la Ley de Energía para el Campo, en materia de acceso a una justicia energética para sectores dedicados a actividades agropecuarias, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

Las actividades agropecuarias representan un ejemplo de solidez para las economías, resultado de la importancia en los mercados. En los últimos años, el sector agropecuario ha mostrado capacidad de resiliencia frente a distintos choques económicos; no obstante, persisten desafíos estructurales relacionados con la productividad, la rentabilidad y los costos de producción. De esta forma, al ser tan relevantes se presenta recurrentemente la falta de despegue en la rentabilidad y en consecuencia de la productividad primaria ya que sus indicadores de crecimiento permanecen constantes o con pocas variaciones a lo largo del tiempo.

Se traslada la aportación de valor a los rubros agroindustriales y de servicios donde no se refleja en los ingresos de los productores. De esta forma, se requiere dar fortaleza a las actividades primarias con un rumbo orientado a mejorar no solo la productividad, sino a trabajar en la disminución de costos tanto en sus insumos como en sus labores con una perspectiva sustentable.

Un sector agrícola productivo, rentable y eficiente resulta en un efecto multiplicador para el crecimiento económico a través de la generación de productos agroalimentarios, empleo en zonas tanto rurales como urbanas, teniendo como resultado la generación de ingresos y mejoras en la calidad de vida, así como en la reducción de pobreza, materia prima para el sector industrial y un potencial generador de divisas resultado de las exportaciones de productos agropecuarios.

Históricamente, el sector agropecuario en México ha sido un elemento fundamental para entender el desarrollo económico y social del país. A partir de la década de los 90’s, el gobierno federal cambió la estrategia de política pública ante la entrada en vigor del tratado de libre comercio, pasando de una política de precios de garantía, a una enfocada en compensar el ingreso de los productores ante la falta de competitividad del sector con los productos del mercado de importación, dando origen a programas como el Procampo, después ProAgro, cuya importancia se denota al representar gran porcentaje del total de recursos presupuestarios dedicados a ellos durante su implementación hasta el año 2018.

Tras la eliminación del ProAgro productivo, el gobierno federal ha enfocado esfuerzos hacia una política de asistencia al campo a pequeños productores, disminuyendo los incentivos para la agricultura comercial, factor imperante para economías como la nuestra, ya que estas unidades económicas son las que sostienen las actividades en el sector.

En este sentido, se debe considerar a la competitividad como la habilidad para crear, producir y distribuir productos o servicios en el contexto internacional, manteniendo ganancias crecientes en los recursos, defendiendo el mercado nacional respecto a una excesiva penetración de importaciones. La productividad resulta implícita en la definición de competitividad antes mencionada.

Se enuncian como factores detonantes para la productividad y competitividad del sector, el gasto público, la implementación de tecnologías e innovaciones y el comercio internacional de los productos agroalimentarios.

Por ello, ante la realidad y el contexto actual del sector en nuestro país; el acceso oportuno, suficiente, confiable y asequible a la energía constituye hoy un elemento indispensable para el ejercicio pleno de derechos económicos y sociales, así como para el desarrollo productivo de las actividades agropecuarias.

Sin embargo, amplios sectores del campo mexicano enfrentan condiciones de desigualdad energética derivado de altos costos, infraestructura insuficiente, cobertura eléctrica limitada y la escasa incorporación de tecnologías para generación de energía limpia, hechos que impactan de manera negativa directamente en la productividad, competitividad y bienestar de las comunidades rurales.

El sector agropecuario es estratégico para la seguridad alimentaria, la soberanía nacional y el desarrollo económico. No obstante, ante la realidad actual de las condiciones del sector y las normas que lo regulan, se debe de promover certeza jurídica y un blindaje Institucional para que el sector pueda crecer.

Con la presente iniciativa se reconocerá explícitamente en la ley, el acceso a una justicia energética, como un derecho social, que orienten las políticas públicas hacia la equidad, la sostenibilidad y la inclusión.

Este principio, en el ámbito rural, adquiere especial relevancia frente a la pobreza, la desigualdad, la dispersión poblacional, la dependencia de energético fósiles y la falta de infraestructura moderna.

La justicia energética implica además garantizar que todas las personas y sectores productivos, particularmente aquellos en situación de vulnerabilidad, cuenten con acceso efectivo, equitativo y sostenible a los servicios energéticos necesarios para su desarrollo.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo, en materia de justicia energética para las actividades agropecuarias

Artículo Único. Se reforma el párrafo segundo; se adiciona un párrafo tercero, recorriéndose el actual tercero, que se reforma, para pasar a ser cuarto, del artículo 1o.; y se reforman los cuatro párrafos del artículo 5o. de la Ley de Energía para el Campo, para quedar como sigue:

Artículo 1o. La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, 27 fracción XX y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y es de observancia general en toda la República Mexicana.

Sus disposiciones son de orden público y están dirigidas a coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad, como medidas de apoyo tendientes a reducir las asimetrías con respecto a otros países de conformidad con lo que establece el artículo 13 fracción IX y demás disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; así como a garantizar el acceso suficiente, continuo, asequible y sustentable a los energéticos agropecuarios para el desarrollo de las actividades agropecuarias.

El acceso a la energía para las actividades agropecuarias se reconoce como un derecho social, indispensable para el desarrollo del sector y la soberanía alimentaria. La aplicación de esta Ley corresponde a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

...

Artículo 5o. En los términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, los precios y tarifas de estímulo que se otorguen a los productores en cumplimiento de lo establecido en este ordenamiento, impulsarán la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 31, fracción X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establecerá los precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios, considerando las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional.

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior, los precios y tarifas de estímulo, deberán ser justas y estables, considerando el tipo de actividad productiva, la región climática, la capacidad económica del productor y una perspectiva de género.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realizarán las adecuaciones programáticas y presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento del presente decreto, de conformidad con las disposiciones aplicables y con sujeción a la disponibilidad presupuestaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de septiembre de 2026.– Diputados: Omar Antonio Borboa Becerra, José Elías Lixa Abimberhi (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Túrnese la a la Comisión de Energía, para dictamen.



LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO, Y LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos.

La diputada Azucena Huerta Romero:Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

La diputada Azucena Huerta Romero: Compañeras y compañeros legisladores, año con año las temporadas de calor comienzan antes, se prolongan más y alcanzan registros que hasta hace poco era excepcionales.

A la crisis climática global se sumó un fenómeno que nosotros mismos construimos, sustituimos árboles, jardines y suelo permeable por concreto, asfalto y superficies que absorben el calor del día y lo devuelven de noche. Es la isla de calor urbana.

Por eso, una banqueta sin sombre se vuelve intransitable al medio día. Por eso, dentro de una misma ciudad unas colonias son varios grados más cálidas que otras. El costo no es abstracto, se mide en salud y en vidas.

Durante la temporada de calor 2024, la Secretaría de Salud documentó cientos de casos de golpe de calor y deshidratación, y decenas de defunciones asociadas a temperaturas naturales extremas, con un incremento respecto de la temporada anterior.

Quienes más lo padecen son las niñas y los niños, las personas adultas, quienes viven con enfermedades crónicas, quienes trabajan a la intemperie y quienes habitan las zonas con menos áreas verdes, que suelen coincidir con las de mayor rezago social.

Frente a este panorama existe una solución tan antigua como eficaz: el árbol. El arbolado urbano y la infraestructura verde, árboles, jardines, camellones vegetados y sistemas de sombra integrados a la ciudad, reducen la temperatura superficial y ambiental, mejoran la calidad del aire, capturan dióxido de carbono y permiten que el agua de lluvia se infiltre al subsuelo y contribuyen al bienestar físico y mental.

La sombra vegetal enfría por una vía que ninguna sombra artificial iguala. Sembrar y cuidar árboles en banquetas, plazas, parques, camellones y explanadas, es quizá la política de mitigación del calor con mejor relación entre costo y beneficio de que disponen los tres órdenes de gobierno.

La legislación federal ya reconoce el valor del espacio público y ordena mantener el equilibrio entre las áreas verdes y la construcción, pero no establece de manera expresa la obligación de incorporar arbolado y cobertura vegetal suficientes, sin parámetros que garanticen sombra en las obras nuevas o en las rehabilitaciones.

El resultado es que la arborización depende de la voluntad y del presupuesto de cada administración, y con frecuencia se dé ante la obra dura. Esta laguna es la que esta iniciativa busca cerrar.

¿Qué proponemos de manera concreta? Primero, definir en la ley que es la infraestructura verde urbana. El conjunto de elementos naturales y vegetales incorporados a la ciudad, destinados a mejorar las condiciones ambientales, climáticas, hídricas y de habitabilidad, y a la adaptación frente al cambio climático.

Segunda, fortalecer el artículo 75, para que ya no solo se procure mantener el equilibrio entre áreas verdes e infraestructura, sino también ampliarlo, priorizando el arbolado urbano como medida de mitigación de las islas de calor y de confort térmico para las personas.

Tercero, adicionar un artículo 75 Bis, que obliga a incorporar infraestructura verde y arbolado suficientes en los espacios públicos con criterios claros y verificables.

Los lineamientos técnicos los emitirá Sedatu, Semarnat y la Secretaría de Salud, con metodología de medición de sombra y de mitigación térmica, y con pleno respeto a las facultades que el artículo 115 constitucional reserva a los municipios. Fijamos un piso mínimo nacional, no sustituimos la división local.

Cuarto, adicionar un artículo 75 Ter para que las obras públicas urbanas federales y los proyectos de impacto regional o metropolitano, consideren el incremento de temperatura, la pérdida de cobertura vegetal, las medidas de mitigación, la captación de agua pluvial y las condiciones de sombra peatonal.

Quinto. Elevar a principio de política ambiental en el artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico, que la planeación y el desarrollo de los asentamientos humanos incorporen infraestructura verde y arbolados urbanos resilientes como medidas de adaptación al cambio climático, de mitigación de islas de calor y de protección de la salud.

Esta reforma es coherente con la Ley General de Cambio Climático. Es adaptación basada en ecosistemas. Es justicia climática y territorial. Lleva la sombra a donde más se necesita, porque hoy las colonias más pobres son también, con demasiada frecuencia, las que registran mayor temperatura y las que menos árboles tienen.

Compañeras y compañeros, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, someto a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos.

Discutámosla con rigor técnico y con sentido de urgencia, porque el calor no espera al siguiente periodo de sesiones y porque el derecho al medio ambiente sano y el derecho a la salud, reconocidos en el artículo 4o. constitucional, también se ejercen bajo la sombra de un árbol. Gracias. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, Azucena Huerta Romero diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en la fracción I del numeral 1 del artículo 6, artículo 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados se somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos, al tenor de lo siguiente

I. Planteamiento del problema

Nuestras ciudades se están calentando. Año con año las temporadas de calor comienzan antes, se prolongan más y alcanzan registros que hasta hace poco eran excepcionales. A la crisis climática global se suma un fenómeno propio de la forma en que hemos edificado: la sustitución de árboles, jardines y suelo permeable por concreto, asfalto y superficies que absorben el calor durante el día y lo devuelven por la noche. Es lo que se conoce como urbana, y explica por qué una banqueta sin sombra puede volverse intransitable al mediodía y por qué, dentro de una misma ciudad, unas colonias son varios grados más cálidas que otras.

El costo de este fenómeno no es abstracto: se mide en salud y en vidas. Durante la temporada de calor de 2024, la Secretaría de Salud documentó cientos de casos de golpe de calor y deshidratación y decenas de defunciones asociadas a temperaturas naturales extremas, con un incremento respecto de la temporada anterior. Quienes más lo padecen son las niñas y los niños, las personas adultas mayores, las personas con enfermedades crónicas y quienes trabajan a la intemperie o habitan las zonas con menos áreas verdes, que suelen coincidir con las de mayor rezago social.

Frente a este panorama existe una solución tan antigua como eficaz: el árbol. La evidencia técnica es contundente. El arbolado urbano y la infraestructura verde —el conjunto de árboles, jardines, camellones vegetados y sistemas de sombra que se integran a la ciudad— reducen la temperatura superficial y ambiental, mejoran la calidad del aire, capturan dióxido de carbono, permiten que el agua de lluvia se infiltre al subsuelo y contribuyen al bienestar físico y mental de las personas. La sombra vegetal, en particular, enfría por una vía que ninguna sombra artificial iguala: la evapotranspiración. Sembrar y cuidar árboles en banquetas, plazas, parques, camellones y explanadas es, quizá, la política de mitigación del calor con mejor relación entre costo y beneficio de que disponen los tres órdenes de gobierno.

El problema no es de diagnóstico, sino de mandato. La legislación federal vigente reconoce ya el valor del espacio público y ordena; sin embargo, no establece de manera expresa la obligación de incorporar arbolado y cobertura vegetal suficientes en los espacios públicos, ni parámetros que garanticen sombra vegetal en las obras nuevas o en las rehabilitaciones urbanas. El resultado es que la arborización depende de la voluntad y del presupuesto de cada administración y, con frecuencia, cede ante la obra dura. Esta laguna es la que la presente iniciativa busca cerrar.

II. Problemática desde la perspectiva de género, en su caso

El calor extremo no afecta a todas las personas por igual, ni de manera neutral al género. Existe evidencia creciente de que las mujeres enfrentan riesgos diferenciados frente a las altas temperaturas. Durante el embarazo, la exposición a olas de calor se ha asociado con un mayor riesgo de parto prematuro y de bajo peso al nacer, de modo que la ausencia de sombra y de entornos frescos en la ciudad se traduce en un riesgo concreto para la salud materna y neonatal. A ello se suma la feminización del envejecimiento: entre las personas adultas mayores —el grupo más vulnerable a la mortalidad por calor— las mujeres son mayoría.

La desigualdad también opera a través del trabajo. Las mujeres realizan la mayor parte del trabajo de cuidados, que en buena medida ocurre en el espacio público: son ellas quienes con más frecuencia acompañan a pie a las infancias y a las personas mayores a la escuela, al centro de salud o al mercado, y quienes más dependen del transporte público y de trayectos caminando. Además, una proporción importante de las mujeres que trabajan en el comercio en vía pública y en la economía informal permanece expuesta al sol durante toda la jornada. Para todas ellas, una calle sin sombra no es una molestia: es una barrera cotidiana que encarece en tiempo, en salud y en seguridad el simple hecho de habitar la ciudad.

Por eso esta iniciativa se inscribe en el urbanismo con perspectiva de género, que recomienda espacios públicos seguros, sombreados, caminables y provistos de vegetación, precisamente porque responden a los patrones de movilidad y de cuidado que las mujeres asumen de forma mayoritaria. Arborizar banquetas, entornos escolares, mercados y paradas de transporte no es una medida cosmética: es una política que redistribuye el confort y la seguridad de la ciudad en favor de quienes hoy soportan la peor parte del calor. La iniciativa incorpora este enfoque de manera transversal al priorizar las intervenciones en las zonas de mayor vulnerabilidad social y al ordenar cobertura de sombra reforzada en los entornos escolares, que son espacios de cuidado feminizados.

III. Argumentos que la sustenten

1. Existe una laguna real que hoy deja a la población sin sombra ni protección frente al calor. La ley reconoce el valor de las áreas verdes en el espacio público, pero no obliga a incorporar arbolado suficiente ni fija parámetros de sombra para las obras y rehabilitaciones urbanas. Frente a ese vacío, la arborización queda a merced de cada presupuesto. La iniciativa aporta un piso normativo común y verificable, sin desplazar las disposiciones vigentes.

2. El anclaje correcto ya existe en la ley y esta iniciativa lo fortalece. Las obligaciones se ubican en la sección de Espacio Público de la Ley General de Asentamientos Humanos (artículos 74 y 75), que es su lugar técnico correcto, y no en el capítulo de movilidad. Se reforma la fracción V del artículo 75 —que ya ordena el equilibrio entre áreas verdes e infraestructura— para robustecer un mandato existente, evitando duplicidades y sin borrar ninguna atribución vigente.

3. Es una medida costo eficiente que se apoya en las estructuras existentes. No crea organismos nuevos ni plataformas costosas: encomienda la emisión de lineamientos técnicos a las dependencias que ya tienen la atribución —la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Secretaría de Salud—, por lo que no genera un impacto presupuestal estructural.

4. Respeta escrupulosamente la competencia municipal. El artículo 115 constitucional reserva a los municipios facultades en materia de desarrollo urbano y uso del suelo. Por ello los lineamientos técnicos federales se emiten con pleno respeto a esa esfera: fijan un estándar mínimo nacional, no sustituyen la decisión local.

5. Es, ante todo, una política de salud pública preventiva. Reducir la temperatura de calles y plazas disminuye los golpes de calor, la deshidratación y las muertes asociadas al calor extremo. La iniciativa complementa esta lógica con un Programa Nacional de Prevención de Riesgos Sanitarios Asociados al Calor Urbano, a cargo de la Secretaría de Salud.

6. Encarna la justicia climática y territorial: lleva la sombra a donde más se necesita. Al priorizar las intervenciones en las zonas con mayores índices de temperatura superficial y de vulnerabilidad social, la reforma corrige la desigualdad que hace que las colonias más pobres sean también las más calientes y las que menos árboles tienen.

7. Es coherente con los compromisos nacionales e internacionales de México. La infraestructura verde y el arbolado urbano son medidas de adaptación basada en ecosistemas, alineadas con la Ley General de Cambio Climático y con los compromisos de México frente al Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible 11 (ciudades sostenibles) y 13 (acción por el clima).

8. Incorpora la perspectiva de género de manera transversal. Como se expuso, el calor golpea con mayor dureza a las mujeres —por el embarazo, el trabajo de cuidados, el comercio en vía pública y la feminización del envejecimiento—. Una ciudad con sombra es una ciudad más justa para ellas; la reforma lo reconoce al reforzar la cobertura vegetal en entornos escolares y de cuidado y al priorizar a la población más vulnerable.

IV. Fundamento legal

La presente iniciativa encuentra su sustento en los siguientes ordenamientos:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 4o.: reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, el derecho a la protección de la salud y la igualdad entre mujeres y hombres. La reforma desarrolla estos derechos al garantizar entornos urbanos con sombra y calidad ambiental.

Artículo 27, párrafo tercero, y artículo 73, fracciones XXIX-C y XXIX-G: facultan al Congreso de la Unión para expedir las leyes generales que distribuyen competencias entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales en materia de asentamientos humanos y de protección al ambiente. En ellos se apoya la vía de reforma a dos leyes generales.

Artículo 115, fracción V: reserva a los municipios facultades en materia de desarrollo urbano y uso del suelo, cuyo respeto queda expresamente garantizado en la iniciativa.

2. Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

Artículos 3, 74 y 75: definen los conceptos de la ley y regulan la creación, el uso y la custodia del Espacio Público, incluido el mandato vigente de mantener el equilibrio entre las áreas verdes y la infraestructura. La iniciativa se inserta de manera armónica en este entramado: adiciona la definición de infraestructura verde urbana, fortalece la fracción V del artículo 75 y adiciona los artículos 75 Bis y 75 Ter.

3. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Artículo 15: enuncia los principios de la política ambiental nacional, entre ellos el mejoramiento del entorno natural en los asentamientos humanos como elemento para elevar la calidad de vida. La iniciativa adiciona una fracción XVI Bis que eleva a principio la incorporación de infraestructura verde y arbolado urbano como medida de adaptación al cambio climático.

4. Ley General de Cambio Climático

En materia de adaptación, ordena reducir la vulnerabilidad de los asentamientos humanos y de la infraestructura frente a los efectos del cambio climático, marco en el que se inscriben la infraestructura verde y el arbolado urbano como medidas de adaptación basada en ecosistemas.

5. Reglamento de la Cámara de Diputados

Artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78: sustentan el derecho de iniciativa de las diputadas y los diputados y los requisitos de presentación de la presente.

V. Denominación del proyecto de ley o decreto

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos.

VI. Ordenamientos a modificar

1. Ley General de Asentamientos Humanos Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

2. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

VII. Texto normativo propuesto

Se presenta a continuación un cuadro comparativo de las propuestas de modificación con los textos normativos.

Por lo aquí expuesto y fundado, someto a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos

Artículo Primero. Se adiciona una fracción XXII Bis al artículo 3; se reforma la fracción V del artículo 75; y se adicionan los artículos 75 Bis y 75 Ter a la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I. a XXII. ...

XXII Bis. Infraestructura verde urbana: el conjunto de elementos naturales y vegetales incorporados al entorno urbano— incluidos árboles, arbustos, jardines, áreas verdes, corredores biológicos, camellones y sistemas de sombra vegetal— destinados a mejorar las condiciones ambientales, climáticas, hídricas y de habitabilidad de los asentamientos humanos, así como a la adaptación y mitigación frente al cambio climático;

XXIII. a XLIV. ...

Artículo 75. El uso, aprovechamiento y custodia del espacio público se sujetará a lo siguiente:

I. a IV. ...

V. Se procurará mantener y ampliar el equilibrio entre las áreas verdes y la construcción de la infraestructura, tomando como base de cálculo las normas nacionales en la materia, priorizando el arbolado urbano y la infraestructura verde como medidas de mitigación de las islas de calor y de confort térmico para las personas;

VI. a XII. ...

Artículo 75 Bis. Los espacios públicos urbanos deberán incorporar infraestructura verde y arbolado urbano suficientes para contribuir a la mitigación de las islas de calor urbanas, mejorar la calidad ambiental y garantizar condiciones adecuadas de sombra y confort térmico para la población.

Las autoridades de la federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, observarán los siguientes criterios:

I. Garantizar la presencia de árboles y cobertura vegetal en parques, plazas, banquetas, camellones, corredores peatonales y demás espacios públicos urbanos;

II. Priorizar el uso de especies nativas, resistentes al clima local y de bajo consumo hídrico;

III. Procurar que los espacios públicos urbanos alcancen porcentajes mínimos de sombra vegetal, conforme a los lineamientos técnicos que se expidan, tomando como referencia:

a) Parques urbanos y plazas públicas: cuando menos el treinta por ciento de cobertura de sombra vegetal;

b) Corredores peatonales, banquetas primarias y entornos escolares: cuando menos el cuarenta por ciento de cobertura de sombra vegetal, y

c) Estacionamientos públicos y explanadas gubernamentales: cuando menos el cincuenta por ciento de cobertura de sombra vegetal o infraestructura verde equivalente;

IV. Contemplar, en las obras nuevas y en la rehabilitación de espacios públicos, áreas de sombra vegetal suficientes para las personas usuarias;

V. Evitar la remoción y la poda injustificadas del arbolado urbano y, cuando la remoción resulte inevitable, establecer medidas de compensación ambiental equivalentes a por lo menos tres árboles por cada árbol retirado, preferentemente en el mismo entorno;

VI. Elaborar programas de mantenimiento, riego eficiente y conservación del arbolado urbano;

VII. Incorporar criterios de resiliencia climática e infraestructura verde en los instrumentos de planeación urbana y de desarrollo metropolitano, y

VIII. Priorizar las intervenciones de arborización en las zonas urbanas con mayores índices de temperatura superficial y de vulnerabilidad social.

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Secretaría de Salud, emitirá los lineamientos técnicos correspondientes, incluidas las metodologías de medición de la cobertura de sombra y de evaluación de la mitigación térmica, con pleno respeto a las atribuciones que la Constitución reserva a los municipios.

Artículo 75 Ter. Las obras públicas urbanas de carácter federal, así como los proyectos de desarrollo urbano de impacto regional o metropolitano, deberán incorporar medidas de infraestructura verde y de mitigación térmica conforme a los lineamientos técnicos aplicables. Para tal efecto, considerarán:

I. El incremento potencial de la temperatura superficial y ambiental;

II. La pérdida o sustitución de cobertura vegetal;

III. Las medidas de mitigación mediante infraestructura verde y arbolado urbano;

IV. Los mecanismos de captación de agua pluvial y de permeabilidad del suelo, y

V. Las condiciones de sombra peatonal y de confort térmico.

Artículo Segundo. Se adiciona una fracción XVI Bis al artículo 15 de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 15. Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta Ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el Ejecutivo Federal observará los siguientes principios:

I. a XVI. ...

XVI Bis. La planeación y el desarrollo de los asentamientos humanos incorporarán infraestructura verde y arbolado urbano suficientes como medida de adaptación al cambio climático, de mitigación de las islas de calor y de protección del bienestar ambiental y de la salud de la población;

XVII. a XX. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitirán, en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, los lineamientos técnicos y los criterios mínimos de infraestructura verde y arbolado urbano previstos en el mismo.

Tercero. Las entidades federativas y los municipios armonizarán sus disposiciones normativas y sus programas de desarrollo urbano con lo dispuesto en el presente decreto, en un plazo no mayor a un año contado a partir de su entrada en vigor.

Cuarto. Las obras públicas urbanas de carácter federal que inicien con posterioridad a la entrada en vigor del presente decreto deberán incorporar criterios de infraestructura verde y de mitigación térmica conforme a los lineamientos técnicos aplicables.

Quinto. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, elaborará, en un plazo no mayor a un año contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Programa Nacional de Prevención de Riesgos Sanitarios Asociados al Calor Urbano, con especial atención a las zonas metropolitanas y a los municipios con temperaturas extremas.

Sexto. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se atenderán con cargo al presupuesto autorizado a las dependencias y entidades competentes en el ejercicio fiscal que corresponda, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.

Notas

1 El fenómeno de “isla de calor urbana” describe la mayor temperatura que registran las zonas urbanas densamente construidas respecto de las áreas rurales o vegetadas circundantes, atribuible a la sustitución de suelo natural por superficies impermeables y a la pérdida de cobertura vegetal. Véase Instituto de Ecología (Inecol), “Arbolado urbano: aliado contra el calor”, Ciencia Hoy, www.inecol.mx.

2 Secretaría de Salud, Dirección General de Epidemiología, Informe de Temperaturas Naturales Extremas, Temporada de Calor 2024 (periodo del 17 de marzo al 5 de octubre de 2024). El informe documenta cientos de casos de golpe de calor y deshidratación, defunciones asociadas y un incremento respecto de la temporada previa.

3 Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU Hábitat), “Las raíces de la sostenibilidad: 5 razones por las que las ciudades necesitan árboles”, www.onu-habitat.org. El organismo subraya la función del arbolado urbano en la regulación térmica, la captura de carbono, la mejora de la calidad del aire y el bienestar físico y mental.

4 La sombra arbórea reduce la temperatura no solo por el bloqueo de la radiación solar, sino por el enfriamiento derivado de la evapotranspiración, efecto que ninguna sombra artificial reproduce; además favorece la infiltración del agua pluvial al subsuelo.

5 Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, artículo 75, fracción V, texto vigente: “Se procurará mantener el equilibrio entre las áreas verdes y la construcción de la infraestructura, tomando como base de cálculo las normas nacionales en la materia”. La presente iniciativa fortalece este mandato ya existente, sin desplazarlo.

6 Diversos estudios internacionales asocian la exposición a olas de calor durante el embarazo con un mayor riesgo de parto prematuro y bajo peso al nacer. Véase, entre otros, el estudio multinacional reseñado por la Universitat de València, “Un nuevo estudio confirma que el calor debido al cambio climático aumenta el riesgo de partos prematuros”, www.uv.es.

7 La evidencia internacional coincide en que el cambio climático y el calor extremo profundizan las brechas de género, por la mayor exposición de las mujeres derivada del trabajo de cuidados, del comercio en vía pública y de la feminización del envejecimiento. Véase ONU Mujeres, materiales sobre género y cambio climático.

8 El urbanismo con perspectiva de género recomienda espacios públicos seguros, sombreados, caminables y con vegetación, por responder a los patrones de movilidad y de cuidado que realizan mayoritariamente las mujeres. Véase Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, “Manual de diseño de espacios públicos con perspectiva de género y diversidad”.

9 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4o., que reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, así como el derecho a la protección de la salud, y el principio de igualdad entre mujeres y hombres.

10 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 73, fracciones XXIX-C y XXIX-G, que facultan al Congreso de la Unión para expedir las leyes que establezcan la concurrencia de los tres órdenes de gobierno en materia de asentamientos humanos y de protección al ambiente y equilibrio ecológico, en relación con el artículo 27, párrafo tercero.

11 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 115, fracción V, que reserva a los municipios facultades en materia de desarrollo urbano, uso del suelo y creación y administración de zonas de reservas ecológicas; de ahí que los lineamientos técnicos federales se emitan con respeto a la esfera municipal.

12 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, artículo 15, fracción XVI, texto vigente: “El control y la prevención de la contaminación ambiental, el adecuado aprovechamiento de los elementos naturales y el mejoramiento del entorno natural en los asentamientos humanos, son elementos fundamentales para elevar la calidad de vida de la población”. El nuevo principio se ancla como fracción XVI Bis, por su proximidad temática.

13 Ley General de Cambio Climático, que en materia de adaptación ordena a los tres órdenes de gobierno reducir la vulnerabilidad de los asentamientos humanos y de la infraestructura frente a los efectos del cambio climático; la infraestructura verde y el arbolado urbano son medidas idóneas de adaptación basada en ecosistemas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 15 de septiembre de 2026.– Diputada Azucena Huerta Romero (rúbrica).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL ÉTICA, VINCULACIÓN TECNOLÓGICA Y PROTECCIÓN CONTRA LA DESINFORMACIÓN AUTOMATIZADA

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada. Disculpe, diputado, su tiempo es hasta por diez minutos, porque expide la ley.

El diputado José Alejandro Aguilar López:Con su venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, la inteligencia artificial dejó de ser una tecnología del futuro, está aquí. Forma parte de nuestras actividades productivas, de las comunicaciones, de la educación, del empleo, de los servicios y, cada vez más, de las decisiones que influyen en nuestra vida cotidiana.

Frente a esta realidad, en el Congreso tenemos una sola alternativa: observar cómo la tecnología avanza sin reglas claras o asumir nuestra responsabilidad y construir un marco jurídico que permita aprovechar sus beneficios, pero que coloque límites cuando su utilización vulnere derechos y afecte a las personas.

Por eso propongo esta iniciativa para expedir la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada. ¿Qué estamos proponiendo? Estamos proponiendo establecer por primera vez un marco federal que permita regular el desarrollo, comercialización, vinculación y utilización de la inteligencia artificial bajo un principio elemental: la tecnología debe estar al servicio de las personas y nunca las personas al servicio de la tecnología.

Proponemos clasificar los sistemas de inteligencia artificial conforme al nivel de riesgo que representan, estableciendo obligaciones mayores para aquellos que intervengan en ámbitos especialmente sensibles como la justicia, el empleo, la salud, la infraestructura crítica y los servicios públicos, porque no podemos permitir que una decisión capaz de afectar el trabajo, los derechos o las oportunidades de una persona quede únicamente en manos de un algoritmo sin transparencia, sin supervisión humana y sin responsabilidades claramente establecidas.

Pero esta iniciativa también atiende uno de los mayores desafíos de nuestra época: la utilización de herramientas tecnológicas para fabricar y difundir desinformación. Hoy una imagen puede ser manipulada, una voz puede ser replicada, un video puede ser construido artificialmente y una mentira puede multiplicarse miles de veces en cuestión de minutos.

Los deepfake, las redes automatizadas y la propagación deliberada de información falsa puede utilizarse para destruir reputaciones, afectar el patrimonio de personas y manipular conversaciones públicas y deteriorar la confianza de nuestra sociedad.

Por ello, proponemos que los contenidos generados o manipulados mediante inteligencia artificial sean identificados de manera clara a través de marcas de agua digitales. Con ello buscamos establecer consecuencias para quien utilice deliberadamente estas herramientas para organizar campañas automatizadas de falsedad y descrédito.

Compañeras y compañeros, regular la desinformación automatizada no significa perseguir opiniones ni censurar el pensamiento. Significa construir responsabilidades frente al uso deliberado de tecnologías capaces de suplantar, manipular y engañar.

Defender la libertad de expresión también implica defender a las personas frente a mecanismos tecnológicos diseñados para distorsionar deliberadamente la realidad.

Esta propuesta tampoco pretende detener la innovación, sería un error enfrentar el desarrollo tecnológico desde el miedo. México Investigación, necesita innovación, necesita empresas capaces de desarrollar tecnología y jóvenes preparados para participar en una economía cada vez más digital.

Precisamente por ello proponemos crear mecanismos de vinculación entre universidades, centros de investigación, instituciones públicas y micro, pequeñas y medianas empresas, así como espacios controlados de experimentación, que permitan desarrollar nuevos proyectos con acompañamiento y certeza jurídica.

Queremos innovación, sí, pero innovación con responsabilidad. Queremos desarrollo tecnológico, pero también queremos derechos. Queremos inversión, pero acompañada de certeza jurídica. Queremos aprovechar la inteligencia artificial, pero sin renunciar a nuestra obligación de proteger la dignidad humana.

Para el Partido del Trabajo, el progreso tecnológico solamente tiene sentido cuando se convierte en progreso social. Una tecnología que aumenta la productividad, pero profundiza las desigualdades no puede ser un nuevo horizonte. Una innovación que genera riqueza, pero vulnera derechos, tampoco puede serlo. Y un algoritmo jamás puede adquirir mayor valor que la dignidad de una persona.

Por eso esta discusión trasciende a un partido político, no estamos frente a un asunto de izquierda o de derecha, estamos frente a una realidad que ya alcanzó a nuestra sociedad y frente a la cual este Poder Legislativo debe actuar con gran responsabilidad.

México necesita reglas. Antes de que los problemas nos obliguen a legislar tarde, necesitamos fomentar la innovación, proteger a las personas, generar certeza para quienes desarrollan tecnología y establecer responsabilidades para quienes pretendan utilizarla como instrumento de manipulación o de daño.

Por ello, compañeras y compañeros legisladores, los convocamos a conocer esta iniciativa, a enriquecerla, acompañarla y adherirse a ella. Hagamos de esta honorable Cámara de Diputados el espacio donde México construye una política de inteligencia artificial con visión de futuro, pero profundamente humana.

Que la tecnología amplíe nuestras capacidades, que la innovación fortalezca nuestro desarrollo, pero que ninguna transformación tecnológica nos haga olvidar de que en el centro de toda política pública deben permanecer siempre las personas, sus derechos y su dignidad.

Desde el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo estamos convencidos de que el futuro tecnológico de México debe construirse con ética, justicia social y responsabilidad. Compañeras y compañeros, los invitamos a caminar juntos en esta dirección y, en su momento, a respaldar esa propuesta. Es cuanto, diputada presidenta. Unidad nacional, todo el poder al pueblo.

«Iniciativa que expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito José Alejandro Aguilar López, diputado federal a la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que se establece en el artículo 71, fracción II, y el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La irrupción de la inteligencia artificial “IA”, plantea una transformación radical en las estructuras económicas, políticas y sociales de México. Si bien, representa un catalizador innegable para el emprendimiento, la productividad y la vinculación tecnológica, su despliegue, desregulado, entraña riesgos severos contra la dignidad humana y los derechos fundamentales.

Uno de los fenómenos más perniciosos de nuestra era, es la instrumentalización de la “IA”, para potenciar lo que doctrinalmente denominamos la “clínica del rumor”: la orquestación sistemática de falsedades, chismes, intrigas y campañas de desprestigio masivo, basadas en el dolo y la mala fe. Mediante la generación automatizada de contenido sintético: deepfakes, textos clonados, perfiles bot botificados, se inflige un daño y deterioro moral, psicológico y patrimonial irreversible a personas y comunidades, minando la confianza ciudadana y la estabilidad democrática.

Por ende, esta iniciativa, no busca frenar el desarrollo tecnológico, sino encauzarlo.

Se propone un marco regulatorio federal claro, predecible y humanista, que otorgue certidumbre jurídica a los emprendedores, proteja a los consumidores, fomente la transferencia tecnológica y sancione severamente el uso de algoritmos destinados a lesionar la honra, la verdad y la paz social de las y los mexicanos.

Sustrato filosófico, marco teórico y fuentes de la iniciativa

1. Sustrato filosófico:

El fundamento axiológico de esta iniciativa se construye sobre el Humanismo Tecnológico y el Personalismo Jurídico.

Se rechaza el determinismo tecnológico, que subordina al ser humano, a los imperativos de la eficiencia algorítmica. En su lugar, se erige a la dignidad humana, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. constitucional, como el límite infranqueable y fin último del desarrollo tecnológico.

Frente al fenómeno de la “clínica del rumor”; conceptualizado aquí como: la degradación deliberada de la verdad pública, mediante el uso de deepfakes, desinformación sintética y sesgos algorítmicos, se adopta la postura ética de la Responsabilidad Discursiva y Relacional.

Bajo este enfoque, la tecnología, no es éticamente neutral; cuando se utiliza con dolo y mala fe, para la propagación de la falsedad, el chisme institucionalizado o la intriga automatizada, atenta directamente contra el tejido social y la paz pública.

Por ello, se invoca el imperativo categórico de la protección de la integridad moral y psicológica de la ciudadanía.

2. Principales teorías y marcos internacionales aportados por otros países:

• Teoría de la Regulación Basada en Riesgos / Unión Europea: Inspirada directamente en el Reglamento de Inteligencia Artificial de la UE [AI Act]. Clasifica los sistemas de IA, según el nivel de amenaza que representan para los derechos fundamentales, prohibiendo de manera tajante, aquellos que manipulan el comportamiento humano, de forma subliminal o explotan vulnerabilidades.

• Doctrina del Daño Algorítmico y Responsabilidad Civil Proporcional / Estados Unidos / FTC: Retoma los principios de rendición de cuentas [accountability], para desarrolladores y proveedores, enfatizando la mitigación del dolo, la discriminación algorítmica y las prácticas comerciales engañosas o lesivas mediante la desinformación automatizada.

• Enfoque de Gobernanza Ágil y Certidumbre Emprendedora / Reino Unido / Singapur: Propone el uso de sandboxes: bancos de pruebas regulatorios, para que las PyMEs y los emprendedores puedan innovar e incorporar IA, con certeza jurídica, garantizando el cumplimiento normativo antes de la salida al mercado masivo.

Decreto por el que se expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada

Único. Se expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada, para quedar como sigue:

Capítulo IDisposiciones Generales, Objeto y Definiciones

Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Tiene por objeto regular el desarrollo, comercialización, vinculación y uso de sistemas de Inteligencia Artificial, en el ámbito federal, garantizando el respeto irrestricto a la dignidad humana, los derechos fundamentales y promoviendo un entorno de certidumbre para el emprendimiento tecnológico responsable.

Artículo 2. Son objetivos específicos de esta Ley:

I. Establecer un marco de gobernanza, basado en el riesgo, para los productos y procesos de Inteligencia Artificial.

II. Fomentar la vinculación tecnológica, entre los sectores académico, público y privado, para la incorporación ética de la “IA”.

III. Prevenir, mitigar y sancionar las conductas delictivas e infractoras derivadas de la “clínica del rumor”, entendida como la difusión masiva y automatizada de falsedades, rumores y desinformación con dolo y mala fe.

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

a. Inteligencia Artificial “IA”: Sistema basado en máquinas que, para un conjunto de objetivos definidos por el ser humano, puede hacer predicciones, recomendaciones o tomar decisiones que influyen en entornos reales o virtuales.

b. Contenido Sintético o Manipulado / Deepfake: Imagen, audio o vídeo generado o manipulado artificialmente mediante “IA”, que imita de forma realista a personas, objetos o lugares, induciendo a error sobre su autenticidad.

c. Clínica del Rumor Automatizada: El proceso sistemático de creación, amplificación o difusión de información falsa, intrigas, chismes o contenidos distorsionados mediante el uso de algoritmos e “IA”, realizado con dolo, para causar daño moral, patrimonial o social a las Personas o a la Ciudadanía mexicana.

d. Entorno Controlado de Pruebas / Sandbox Regulatorio: Marco estructurado que permite la experimentación en tiempo real, de tecnologías innovadoras bajo la supervisión de la autoridad regulatoria, otorgando flexibilidad y certidumbre legal a los emprendedores.

Capítulo IIDel Enfoque Basado en Riesgos y Obligaciones

Artículo 4. Los sistemas de Inteligencia Artificial se clasificarán en cuatro niveles de riesgo: 1. Inadmisible; 2.- Alto; 3.- Moderado; y 4.- Bajo.

Artículo 5. Quedan estrictamente prohibidos los sistemas de “IA” de Riesgo Inadmisible, los cuales incluyen:

I. Aquellos que utilicen técnicas subliminales o manipuladoras, para distorsionar de manera significativa el comportamiento de una persona, causándole un daño físico, psicológico o moral.

II. Aquellos destinados a la puntuación social generalizada, por parte de entidades públicas o privadas.

III. Sistemas diseñados específicamente para automatizar campañas de infundios, falsedad institucionalizada y demerito reputacional en perjuicio de la ciudadanía.

Artículo 6. Los proveedores de sistemas de “IA”, de Alto Riesgo: aplicados a salud, infraestructura crítica, justicia, empleo o servicios financieros, deberán certificar ante la autoridad competente, la trazabilidad de sus datos de entrenamiento, la supervisión humana y la adopción de protocolos rigurosos de ciberseguridad.

Capítulo IIIDel Emprendimiento, Certidumbre y Vinculación Tecnológica

Artículo 7. El Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Economía y de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, creará el Programa Nacional de Vinculación Tecnológica en “IA”. Este programa facilitará la transferencia de conocimientos, desde las universidades hacia las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas “Mipymes”.

Artículo 8. Con el fin de dotar de certidumbre a la población usuaria y emprendedora, se implementarán Sandboxes Regulatorios Federales. Los emprendedores que se inscriban en estos entornos contarán con asesoría jurídica y exenciones de sanciones administrativas temporales mientras perfeccionan los parámetros éticos y de seguridad de sus productos de “IA”.

Capítulo IVDe la Clínica del Rumor y la Protección de las Personas

Artículo 9. Es obligación de todo desarrollador, proveedor o distribuidor de sistemas de “IA” generativa, implementar herramientas de marcado de agua digital y metadatos que identifiquen claramente de manera indeleble que el producto o contenido ha sido generado o manipulado artificialmente.

Artículo 10. Se considerará conducta infractora grave, la utilización de algoritmos, redes de automatización o sistemas de “IA”, para la orquestación de la clínica del rumor. Quien difunda con dolo y mala fe, contenidos sintéticos, no etiquetados, que menoscaben la honra, intimidad o patrimonio de una persona, será sujeto a las responsabilidades civiles, por daño moral a que se refiere el Código Civil Federal, independientemente de las sanciones penales que correspondan.

Capítulo VDe las Sanciones y la Autoridad de Aplicación

Artículo 11. Se crea la Comisión Federal de Inteligencia Artificial Ética “CONAIE”, como un órgano desconcentrado, dotado de autonomía técnica, encargado de vigilar el cumplimiento de la presente Ley, evaluar los sistemas de riesgo y emitir los certificados de cumplimiento ético.

Artículo 12. Las violaciones a la presente Ley serán sancionadas por la “CONAIE” con:

I. Apercibimiento y orden de corrección inmediata.

II. Multas que irán desde las 500 hasta las 100,000 Unidades de Medida y Actualización “UMA”, atendiendo a la gravedad de la falta, el dolo y el daño social causado.

II. Suspensión temporal o definitiva del sistema de “IA”, del mercado nacional.

Capítulo VIDe los Medios de Impugnación y el Juicio de Amparo

Artículo 13. Del Principio de Definitividad y Recursos Administrativos. En contra de las resoluciones definitivas de la “CONAIE”, que impongan multas, clausuras o la destrucción de modelos algorítmicos, los particulares afectados podrán interponer de manera optativa el Recurso de Revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, o bien, impugnarlas directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante el Juicio de Nulidad, de conformidad con la Ley Federal de Procedimiento Contencioso-Administrativo.

Artículo 14. Procedencia del Juicio de Amparo. El Juicio de Amparo, en su vía indirecta, procederá de manera excepcional, en contra de los actos, normas generales o resoluciones definitivas emitidas por la “CONAIE”, en los términos establecidos por el artículo 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Amparo, Reglamentaria de dichos artículos.

Artículo 15. Reglas Procesales Específicas para la Suspensión del Acto Reclamado. Para salvaguardar los principios de orden público, interés social y precaución tecnológica establecidos en esta Ley, la tramitación del Juicio de Amparo y el otorgamiento de la suspensión del acto reclamado se sujetarán a las siguientes reglas:

I. Infracciones Muy Graves y Riesgo Inadmisible: En los casos donde la “CONAIE” ordene la suspensión definitiva, clausura o destrucción de un sistema de “IA” por considerarlo de Riesgo Inadmisible o por estar vinculado a la clínica del rumor automatizada, el juez de Distrito negará la suspensión provisional o definitiva solicitada por el quejoso. Se considerará que otorgar la suspensión causa un perjuicio evidente al interés social y contraviene disposiciones de orden público, al permitir la libre proliferación de algoritmos que atentan contra la dignidad humana y la paz social.

II. Impugnación de Multas Pecuniarias: Cuando el acto reclamado consista exclusivamente en la imposición de multas calculadas en “UMA” o basadas en los ingresos brutos globales del infractor, el juzgador federal podrá conceder la suspensión del acto reclamado, siempre y cuando el quejoso garantice plenamente el interés fiscal ante la Tesorería de la Federación, mediante fianza, depósito en efectivo o cualquiera de las formas autorizadas por el Código Fiscal de la Federación, incluyendo el monto total de la sanción y sus posibles actualizaciones.

III. Prueba Pericial Colegiada en el Amparo: Atendiendo a la alta complejidad técnica de la Inteligencia Artificial y la desinformación sintética, cuando en el Juicio de Amparo se controviertan los dictámenes algorítmicos de la CONAIE, el Juez de Distrito deberá designar a un perito tercero en discordia que cumpla rigurosamente con el perfil técnico establecido en el Artículo 11 Ter de esta Ley, preferentemente vinculado a centros de investigación pública del Estado mexicano o universidades autónomas.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que opongan al presente decreto.

Tercero. El Ejecutivo Federal, emitirá el Reglamento de la presente Ley, dentro de los 180 días naturales posteriores a su publicación.

Cuarto. El Congreso de la Unión, asignará la partida presupuestal necesaria para la instalación y operación de la Comisión Federal de Inteligencia Artificial Ética “CONAIE”, en el siguiente Ejercicio Fiscal.

1. Floridi, Luciano. The Ethics of Artificial Intelligence: Principles, Challenges, and Opportunities. Oxford University Press, 2023. ISBN: 978-0198883050. [Aporta las bases del análisis ético digital y el concepto de infoesfera limpia frente a la toxicidad informativa].

2. Zuboff, Shoshana. The Age of Surveillance Capitalism: The Fight for a Human Future at the New Frontier of Power. PublicAffairs, 2019. ISBN: 978-1610395694. [Sustenta la crítica a la manipulación conductual y mercantilización del rumor digital].

3. Russell, Stuart. Human Compatible: Artificial Intelligence and the Problem of Control. Viking, 2019. ISBN: 978-0525558613. [Fundamenta la necesidad de una IA alineada intrínsecamente con los valores y el bienestar humano].

4. Innerarity, Daniel. La Sociedad del Desconocimiento. Galaxia Gutenberg, 2020. ISBN: 9788417971380. [Analiza la gobernanza de la complejidad y la gestión de la verdad y el rumor en entornos hiperconectados].

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre del 2026.– Diputados: José Alejandro Aguilar López, Jesús Fernando García Hernández (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de promoción de la minería urbana y el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos.

El diputado Noel Chávez Velázquez:Gracias, con su permiso, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

El diputado Noel Chávez Velázquez: En las últimas décadas, el acelerado desarrollo tecnológico y la expansión industrial, junto con la disminución de los costos de producción y el auge de la transformación digital, han impulsado de manera sostenida el crecimiento del sector de aparatos eléctricos y electrónicos transformando la forma en que trabajamos, estudiamos y nos comunicamos.

Esta evolución ha generado, sin embargo, una creciente cantidad de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, cuya gestión y reciclaje representa un reto cada vez más complejo y cada vez más urgente.

Fíjense nada más, se estima que en el año 2022 la generación mundial de recibos de aparatos eléctricos y electrónicos alcanzó 62 millones de toneladas, de las cuales, solo el 22.3 por ciento fue adecuadamente recolectado y reciclado, evidenciando una brecha creciente entre la producción y las tasas de reciclaje, y dejándonos en la necesidad de reforzar los instrumentos normativos y operativos para garantizar su manejo responsable.

Según este mismo informe la generación mundial de estos residuos incluyó aproximadamente 31 millones de toneladas de metales, 17 millones de toneladas de plásticos y 14 millones de toneladas de otros materiales, como vidrio y minerales.

Esta diversidad responde a la propia complejidad técnica de los aparatos eléctricos y electrónicos que pueden contener hasta 69 elementos distintos de la tabla periódica, entre ellos: metales preciosos, materiales, materias primas críticas y metales no críticos, todos ellos con potencial de recuperación y de valorización.

De ahí que resulta indispensable replantear la visión que tenemos sobre los residuos electrónicos, pues, lejos de ser simples desechos pueden transformarse en una fuente estratégica de recursos, a través de la minería urbana, un concepto que se refiere al aprovechamiento y recuperación de materiales valiosos contenidos en productos y equipos que han llegado al final de su vida. Grávense este término, minería urbana.

Según la Unión Internacional de Telecomunicaciones una tonelada de teléfonos inteligentes puede contener hasta 100 veces más oro que una tonelada de mineral extraído directamente de la tierra. De aprovecharse correctamente bajo un modelo de economía circular permitiría no solo recuperar materiales cada vez más escasos y generar empleos verdes, sino también disminuir la presión sobre los recursos vigentes, mediante el uso de materias primas secundarias extraídas de los propios residuos.

En este sentido, México es el tercer mayor generador de residuos en América y el segundo en Latinoamérica, solo detrás de Brasil. Aunque partes de estos residuos son procesadas actualmente en centros informales, estos suelen carecer de medidas técnicas y sanitarias adecuadas que garanticen la correcta separación y aprovechamiento eficiente del material.

Esta falta de control y regulación ha limitado seriamente el aprovechamiento de los recursos que contienen los residuos. Hoy apenas alrededor del 10 por ciento de estos residuos logran recalcarse de manera formal en México, lo que significa que toneladas de materiales valiosos terminen desaprovechadas o mal gestionadas con las consecuencias ambientales y de salud que ello implica.

En este esfuerzo, la reforma contempla medidas para el establecimiento y fortalecimiento de centros de reciclajes de aparatos electrónicos y eléctricos que operen bajo estándares técnicos y ambientales rigurosos.

Cabe señalar que esta reforma no busca autorizar ni incentivar la modificación o reparación de aparatos eléctricos y electrónicos durante su vida útil, actividad que se encuentra regulada por medidas de protección tecnológica previstas en el tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, y otras reformas de propiedad intelectual.

En particular, se propone incorporar el concepto de minería urbana en la legislación, con el propósito de fomentar y promover el aprovechamiento de materiales contenidos en los residuos, contribuyendo así a reducir la dependencia de la extracción tradicional de recursos y prevenir los impactos ambientales y sociales asociados a su disposición final inadecuada.

Para alcanzar este objetivo, resulta esencial fortalecer la infraestructura existente y consolidar centros de reciclajes de aparatos electrónicos y eléctricos que operen bajo estándares técnicos y ambientales rigurosos y así asegurar su manejo responsable, sostenible en estos materiales valiosos. Es cuanto, les encargo esta iniciativa. Democracia y justicia social, PRI revolucionario.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de promoción de la minería urbana y el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Noel Chávez Velázquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los numerales 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversos apartados de los artículos de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

I. En las últimas décadas, el acelerado desarrollo tecnológico y la expansión industrial, junto con la disminución de los costos de producción y el auge de la transformación digital, han impulsado de manera sostenida el crecimiento del sector de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), transformando la forma en que trabajamos, estudiamos y nos comunicamos.

II. Esta evolución ha generado, sin embargo, una creciente cantidad de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), cuya gestión y reciclaje representa un reto cada vez más complejo y urgente. El Global E-Waste Monitor 2024 documenta esta realidad, estimando que en 2022 la generación mundial de RAEE alcanzó 62 millones de toneladas, de las cuales sólo el 22.3% fue adecuadamente recolectado y reciclado, evidenciando una brecha creciente entre la producción y las tasas de reciclaje, y dejándonos en la necesidad de reforzar los instrumentos normativos y operativos para garantizar su manejo responsable.

Según el mismo informe, la generación mundial de RAEE incluyó aproximadamente 31 millones de toneladas de metales, 17 millones de toneladas de plásticos y 14 millones de toneladas de otros materiales como vidrio y minerales. Esta diversidad responde a la propia complejidad técnica de los AEE, que pueden contener hasta 69 elementos distintos de la tabla periódica, entre ellos metales preciosos, materias primas críticas y metales no críticos, todos ellos con potencial de recuperación y valorización.

III. De ahí que resulte indispensable replantear la visión que tenemos sobre los residuos electrónicos, pues lejos de ser simples desechos, pueden transformarse en una fuente estratégica de recursos a través de la minería urbana, un concepto que se refiere al aprovechamiento y recuperación de materiales valiosos contenidos en productos y equipos que han llegado al final de su vida útil. Según la Unión Internacional de Telecomunicaciones, por ejemplo, 1 tonelada de teléfonos inteligentes puede contener hasta 100 veces más oro que una tonelada de mineral extraído directamente de la tierra.

Además, se estima que el valor económico de los residuos electrónicos asciende a cerca de 62,500 millones de dólares anuales, una cifra que supera el PIB de varios países y triplica la producción mundial de todas las minas de plata. De aprovecharse correctamente bajo un modelo de economía circular, permitiría no solo recuperar materiales cada vez más escasos y generar empleos verdes sino, también, disminuir la presión sobre los recursos vírgenes mediante el uso de materias primas secundarias extraídas de los propios residuos.

IV. México es el tercer mayor generador de residuos de RAEE en América y el segundo en Latinoamérica, detrás sólo de Brasil, debido en gran parte al crecimiento del consumo de aparatos electrónicos y a que muchos están diseñados para durar poco tiempo y ser reemplazados con frecuencia.

Aunque parte de estos residuos es procesada actualmente en centros informales, estos suelen carecer de medidas técnicas y sanitarias adecuadas que garanticen la correcta separación y el aprovechamiento eficiente de los materiales. Las prácticas más comunes incluyen el desarme manual sin equipo de protección, la quema de cables para extraer cobre o el uso de ácidos y solventes altamente contaminantes para recuperar metales preciosos, lo que representa riesgos graves para la salud de los trabajadores y para el ambiente.

V. Esta falta de control y regulación ha limitado seriamente el aprovechamiento de los recursos que contienen los RAEE. Hoy, apenas alrededor del 10% de estos residuos logra reciclarse de manera formal en México, lo que significa que toneladas de materiales valiosos terminan desaprovechadas o mal gestionadas, con las consecuencias ambientales y de salud que ello implica. Por eso resulta fundamental actualizar y fortalecer el marco normativo a fin de promover y crear medidas que permitan que la recuperación de materiales sea segura para el ambiente, justa para las personas y rentable para la economía.

VI. En este esfuerzo, la reforma contempla medidas para el establecimiento y fortalecimiento de centros de reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos que operen con estándares técnicos y ambientales rigurosos. Con ello se facilita la recuperación segura de metales y otros materiales de valor, además del manejo adecuado de componentes peligrosos, evitando que sustancias contaminantes lleguen a afectar tanto al ambiente como a la salud de las y los trabajadores.

De igual forma, al prever mecanismos que den mayor visibilidad y accesibilidad a estos centros, se fomenta la transición hacia un sector más formalizado, capaz de generar empleos verdes y calificados, y de aprovechar el potencial económico derivado de una gestión responsable de residuos. Todo ello sin desplazar a quienes actualmente realizan estas actividades, sino ofreciendo la posibilidad de integrarse a procesos más seguros y organizados, en beneficio del desarrollo local y nacional.

VII. Esta reforma no busca autorizar ni incentivar la modificación o reparación de aparatos eléctricos y electrónicos durante su vida útil, actividad que se encuentra regulada por medidas de protección tecnológica previstas en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y otras normas de propiedad intelectual.

Por el contrario, su objetivo se centra exclusivamente en el manejo responsable, valorización y reciclaje de los residuos generados una vez concluida la vida útil de dichos productos. Con ello, se busca reducir los impactos ambientales de su disposición final, recuperar materiales estratégicos y dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por México en materia ambiental, sin contravenir las disposiciones vigentes en materia comercial y de derechos de autor.

VIII. Adicionalmente, el fomento de prácticas responsables de recuperación y valorización de los RAEE contribuye de manera directa al cumplimiento de diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos en la Agenda 2030, particularmente el ODS12, relativo a la producción y consumo responsables, y el ODS8, orientado a la generación de empleo decente y crecimiento económico, ambos mediante actividades ambientalmente sostenibles.

IX. Ahora bien, es importante reconocer que la minería urbana no se limita exclusivamente a los RAEE. También incluye otros materiales que, dentro del modelo de economía circular, pueden convertirse en nuevas materias primas, como chatarra metálica, plásticos técnicos, baterías usadas y escombros de construcción. Sin embargo, esta iniciativa pone especial atención en los RAEE por su alto valor económico, la concentración de metales críticos y preciosos que contienen, y la importancia estratégica de recuperarlos de manera adecuada para fortalecer la sostenibilidad ambiental y el desarrollo tecnológico del país.

X. Tomando en cuenta los elementos previamente expuestos y reconociendo la urgencia de fortalecer las estrategias de manejo y aprovechamiento de residuos, se propone reformar la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

En particular, se propone incorporar el concepto de minería urbana en la legislación, con el propósito de fomentar y promover el aprovechamiento de materiales contenidos en los residuos, contribuyendo así a reducir la dependencia de la extracción tradicional de recursos y a prevenir los impactos ambientales y sociales asociados a su disposición final inadecuada. Para alcanzar este objetivo, resulta esencial fortalecer la infraestructura existente y consolidar centros de reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos que operen con estándares técnicos y ambientales rigurosos, asegurando así un manejo responsable y sostenible de estos materiales valiosos.

En tal virtud, esta iniciativa propone los siguientes cambios de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos:

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Decreto

Único. Se reforman las fracciones XIII del artículo 1, IV y XXIV del artículo 7, VII y XXI del artículo 9 y VIII del artículo 19, así como el primer párrafo del artículo 98; y se adicionan las fracciones XIV al artículo 1, IV y XXII al artículo 5 y XXIII al artículo 9 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue:

Artículo 1. La presente ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la protección del ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos en el territorio nacional.

Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, valorización y gestión integral de los residuos peligrosos, mineros y metalúrgicos, sólidos urbanos, de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación, así como establecer las bases para

I. a XI. [...]

XII. Fortalecer la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica, para reducir la generación de residuos y diseñar alternativas para su tratamiento, orientadas a procesos productivos más limpios;

XIII. Promover, regular y fomentar el desarrollo de la Minería Urbana y la creación, operación y fortalecimiento de Centros de Reciclaje de Aparatos Eléctricos y Electrónicos que permita recuperar materias primas y materiales valiosos, reducir el impacto ambiental de los residuos; y

XIV. Establecer medidas de control, medidas correctivas y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones que corresponda.

Artículo 5. Para los efectos de esta ley se entiende por

I. a III. [...]

IV. Centro de reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos: Establecimiento que cuenta con infraestructura y procesos especializados para recolectar, desmontar, separar, reciclar y valorizar componentes y materiales provenientes de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, bajo estándares técnicos, ambientales y de salud que garanticen un adecuado manejo y gestión;

V. a XXI. [...]

XXII. Minería urbana: Conjunto de acciones y procesos dirigidos al desmontaje y reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y otros productos desechados al término de su vida útil, con el fin de recuperar materias primas y materiales valiosos, reducir la extracción de recursos naturales y minimizar impactos ambientales y riesgos a la salud.

XXIII. a XLVIII. [...]

Artículo 7. Son facultades de la federación

I. a III. [...]

IV. Expedir las normas oficiales mexicanas relativas al desempeño ambiental que deberá prevalecer el manejo integral de residuos sólidos urbanos , de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y de manejo especial ; así como emitir las disposiciones para la implementación y operación de los centros de reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos, conforme a criterios técnicos, sanitarios y ambientales.

V. a XXIX. [...]

XXIV. Promover, difundir y facilitar el acceso a la información a todos los sectores de la sociedad sobre los riesgos y efectos en el ambiente y la salud humana de los materiales, envases, empaques , embalajes , así como los aparatos eléctricos y electrónicos que , al desecharse se convierten en residuos, en colaboración y coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, de otras dependencias y entidades involucradas;

XXV. a XXIX. [...]

Artículo 9. Son facultades de las entidades federativas

I. a VI. [...]

VII. Promover, en coordinación con el Gobierno Federal y las autoridades correspondientes, la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y residuos peligrosos, en las entidades federativas y municipios, con la participación de los inversionistas y representantes de los sectores sociales interesados;

VIII. a XX. [...]

XXI. Fomentar el aprovechamiento de la materia orgánica de los residuos sólidos urbanos en procesos de generación de energía, en coordinación con los municipios.

XXII. Promover, en coordinación con los municipios, distribuidores, fabricantes e importadores, la instalación y operación de centros de reciclaje destinados al manejo integral de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; y

XXIII. Las demás que se establezcan en esta Ley, las normas oficiales mexicanas y otros ordenamientos jurídicos que resulten aplicables.

Artículo 19. Los residuos de manejo especial se clasifican como se indica a continuación, salvo cuando se trate de residuos considerados como peligrosos en esta Ley y en las normas oficiales mexicanas correspondientes:

I. a VII. [...]

VIII. Residuos tecnológicos provenientes de las industrias de la informática, fabricantes de aparatos eléctricos y electrónicos, vehículos automotores y otros , que al transcurrir su vida útil , por sus características , requieren de un manejo específico que garantice su recolección, tratamiento, recuperación, reciclaje y disposición final ambientalmente segura;

IX. a XI.[...]

Artículo 98. Para la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos de manejo especial, en particular de los neumáticos usados y los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, las entidades federativas establecerán las obligaciones de los generadores, distinguiendo grandes y pequeños, y las de los prestadores de servicios de residuos de manejo especial, y formularán los criterios y lineamientos para su manejo integral.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal, dentro de un plazo no mayor de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberá armonizar el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, a efecto de incluir las disposiciones necesarias que regulen y promuevan la minería urbana, el manejo integral y valorización de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como establecer los criterios técnicos, sanitarios y ambientales aplicables para la operación de centros de reciclaje especializados.

Notas

1 De ahora en adelante, AEE.

2 De ahora en adelante, RAEE.

3 Quiñones, 2019.

4 Quiñones, 2019.

5 Nota: Se consideran empleos verdes los trabajos que contribuyen de forma directa a reducir la contaminación, conservar recursos naturales o fomentar el reciclaje y la eficiencia energética, impulsando así una economía más sostenible.

6. (Ferreira Medina, Cendejas, & Valencia García, 2019)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputado Noel Chávez Velázquez (rúbrica).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Laura Iraís Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de regulación de pirotecnia.

La diputada Laura Iraís Ballesteros Mancilla:Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputada.

La diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla:¿Se imaginan que el próximo grito que veamos en el siguiente año, en los Zócalos de nuestro país, en las distintas plazas públicas, sea uno con drones, con luces y que deje de un lado la pólvora que tanto daño y tantas tragedias ocasionan en las familias de nuestro país? Que se vea en el Zócalo de la Ciudad de México, en las plazas de Puebla, en las de Querétaro, como ya lo hizo Nuevo León con Samuel García el año pasado.

Las cifras no son un juego. Entre 2003 y a la fecha se registraron 649 accidentes de pirotecnia, 2 mil 65 de personas lesionadas y cerca de 500 fallecidas. Aquí, en esta tribuna Movimiento Ciudadano hizo la promesa de cuidar a las niñas y a los niños de nuestro país y otra vez se les está fallando por una falta de regulación técnica y profesional para que salga de circulación la pólvora blanca y también, por supuesto, la pirotecnia en la calidad y en las cualidades en la que las tenemos el día de hoy.

Fíjense en las cifras, precisamente, niñas y niños de 5 a 14 años se encuentran entre los más afectados, año tras año, las fiestas patrias y los festejos no pueden convertirse en una desgracia para las familias.

Por eso, nuestra reforma busca cuidarles porque hoy el gobierno, las autoridades, especialmente la Sedena, que es la que se encarga de regular la pólvora en nuestro país, hacen que la virgen les habla porque el 92 por ciento de la pirotecnia se vende en lugares clandestinos e irregulares a los ojos de todas las personas poniendo en riesgo la vida de personas jóvenes, niñas y niños principalmente. Pero, ¿de dónde viene? ¿De quién es el negocio? ¿Por qué nadie les pone orden?, eso es lo que nos preguntamos todas y todos.

Y este es un problema cotidiano, la pirotecnia se ha relacionado con los festejos patrios, con fiestas patronales, con el fin de año y se dice que es algo muy mexicano, pero nadie debería de poner en riesgo su vida por celebrar y no es normal.

Puebla, Estado de México, Tlaxcala, Oaxaca y Michoacán son los estados que más incidentes presentan. En Fuentezuelas, Querétaro, por ejemplo, en 2018, 8 personas fallecieron y 53 resultaron heridas por la falta de seguridad con el material pirotécnico, y este es un patrón que se ha repetido en otros municipios en Querétaro, como Corregidora y Peñamiller. En el lugar donde inició la planeación de nuestra independencia, ahí seguimos todavía sin poner orden a la pirotecnia para proteger a la gente y a los seres sintientes.

¿Qué es lo que estamos buscando entonces desde la bancada naranja? Que quiero anunciarles que el día de hoy, de manera inédita y simultánea, estamos presentando aquí en la máxima tribuna de nuestro país esta iniciativa, esta reforma. Y en este momento, mientras yo estoy hablando, la bancada naranja en Querétaro, en el Congreso estatal, está presentando también su reforma con exactamente las mismas intenciones. Acá, a la Ley de Medio Ambiente y de la Defensa; y allá, al Código Urbano. Estamos buscando que se involucre la Semarnat y la Sedena para cuidar la calidad del aire, háganse responsables también de la seguridad de la gente.

Dos. Limitar terminantemente el uso de pólvora blanca que es la más corrosiva, cancerígena, agresiva e inflamable en el uso de la pirotecnia, como ya lo hace Colombia, por ejemplo, que es uno de los primeros países que se ha atrevido a ir en contra de estos intereses.

Tres, la transición de 365 días a partir de que se apruebe la ley para que la pirotecnia explosiva pase y transite a la pirotecnia fría y al manejo de drones con luces, como ya lo hace Samuel García en Nuevo León, o como ya lo hizo hace un par de semanas Gaspar, nuestro alcalde del municipio de Colón, en Querétaro.

Limitar el uso de la pirotecnia en las festividades debe asegurar que las familias que viven de esto no se vean afectadas, pero también cuidar la seguridad y la calidad de la vida de la gente es hoy imperante.

Igual también en el siguiente Grito, pues ya podemos ver los drones funcionando, que además ya sabemos que a la gente le da la misma alegría y es una cosa también de seguridad y protección civil.

En México, la pirotecnia forma parte de muchas fiestas, tradiciones y celebraciones, pero reconocer su arraigo cultural no puede significar ignorar sus consecuencias.

Por eso mismo, en este momento, insisto, esta reforma se estará presentando en la bancada naranja de acá y en la bancada naranja de Querétaro, para que logremos tener evaluaciones ambientales en materia de seguridad y protección civil y que sean los gobiernos los que pongan el ejemplo.

Porque si hoy los privados no lo están haciendo, pues los gobiernos menos, son los primeros en anunciar la pirotecnia, los explosivos y los fuegos artificiales en las fiestas del 16 de septiembre o en las que vengan.

Aquí se hizo un compromiso de cuidar a los seres sintientes, de cuidar a las niñas y a los niños, de cuidar a las familias y a las juventudes y esta es la manera más precisa de hacerlo el día de hoy. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de regulación de pirotecnia, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de regulación de pirotecnia, con base a la siguiente

Exposición de Motivos

El uso de pirotecnia representa un riesgo real tanto para la salud de las personas como para los animales y el medio ambiente. Cada año, los fuegos artificiales generan contaminación, daños auditivos y respiratorios, accidentes graves y estrés en la fauna, mostrando la necesidad urgente de regular su uso y promover alternativas seguras que permitan mantener las celebraciones sin poner en peligro la vida ni el entorno natural.

Tehuacán, Puebla, se convirtió en el primer municipio de México y América Latina en prohibir de manera definitiva el uso de pirotecnia. Esto fue resultado de un amparo promovido por la asociación ambientalista TAC Una Protección al Entorno, AC y el colectivo Círculo de Amparo. La jueza Cuarto Distrito emitió una sentencia en el amparo 1587/2023, que prohíbe el uso de fuegos artificiales en eventos oficiales y privados. Esta sentencia histórica, protege el derecho al medio ambiente sano y favorece a grupos vulnerables como adultos mayores, mujeres embarazadas, personas con autismo, enfermos y la población en general, además de promover el bienestar animal. El gobierno de Tehuacán, así como futuros gobiernos, están obligados a garantizar el cumplimiento de esta prohibición.

En dicha sentencia, la juzgadora sostiene que, en un comunicado publicado el 8 de diciembre de 2018, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) destacó los graves efectos negativos de la pirotecnia en la salud humana y el medio ambiente. La pirotecnia genera contaminación a través de una mezcla de sustancias como nitratos, sulfatos, percloratos, y metales pesados (sodio, cobre, estroncio, litio, antimonio, magnesio, aluminio, y bario). Estos compuestos no solo afectan el sistema respiratorio, sino que también liberan isótopos radiactivos y aerosoles tóxicos que agravan la contaminación atmosférica, lo que puede generar males respiratorios incluso a distancias considerables.

Con lo expuesto se tiene entonces que, sí existe prohibición expresa sobre la detonación de pirotecnia en el municipio de Tehuacán; que esa prohibición además se encuentra sustentada en la protección al medio ambiente y a la protección de los animales, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Bienestar Animal para el Estado de Puebla y el Reglamento Municipal de Protección ambiental para el Municipio de Tehuacán, es claro que las autoridades responsables se encuentran plena y totalmente obligadas a velar por el cumplimiento de dichas normas.

En cuanto al medio ambiente, la Organización Mundial de la Salud (OMS), señala que los fuegos artificiales liberan gases contaminantes como el monóxido de carbono que deteriora la atmósfera ya que los mismos tardan entre dos y tres días en disiparse.

De igual manera, dicho organismo internacional ha sostenido que la salud integral y auditiva no se afecta si una persona se expone a niveles de ondas por debajo de los cincuenta y cinco decibeles; sin embargo, un petardo promedio genera ruidos de ciento cuarenta decibeles y los fuegos artificiales más de ciento noventa, es decir casi cuatro veces más el máximo permitido para la salud auditiva.

La detonación pirotécnica supera por mucho la cantidad de decibeles que el oído y la mente soportan sin daños. Estos elementos afectan en demasía a los adultos mayores, enfermos, niños, a las personas con autismo que tienen una “sensibilidad profunda”; y claramente a los animales, por tener una agudeza auditiva mayor a la humana.

De acuerdo con la American Cancer Society, el uso de fuegos artificiales genera la liberación de material particulado fino (PM2.5 y PM10), metales pesados como estroncio, bario, cobre, aluminio y plomo, así como compuestos tóxicos derivados de la combustión incompleta. La inhalación de estas partículas ultrafinas permite que ingresen profundamente en el tracto respiratorio, alcanzando los alvéolos pulmonares, donde desencadenan estrés oxidativo, inflamación y alteraciones en la función pulmonar. En personas con asma, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) o afecciones cardiovasculares, esta exposición puede agravar síntomas, provocar crisis agudas y aumentar el riesgo de hospitalización. Además, la presencia de contaminantes químicos se ha vinculado a la formación de radicales libres, los cuales favorecen procesos de daño celular y carcinogénesis a largo plazo. Por ello, organismos médicos recomiendan minimizar la exposición a la pirotecnia, especialmente en poblaciones vulnerables.

La Semarnat advierte que la pirotecnia está compuesta por una mezcla de sustancias nocivas —como nitratos, sulfatos, percloratos, metales pesados (sodio, cobre, estroncio, litio, antimonio, magnesio, aluminio, bario e isótopos radiactivos)— que, al detonarse, liberan al aire contaminantes como monóxido de carbono (CO) y partículas finas (PM2.5). Estas partículas pueden permanecer suspendidas en la atmósfera durante horas o días y, al ser inhaladas, penetran profundamente en los pulmones provocando graves daños respiratorios. Además, el CO puede ocasionar envenenamientos repentinos, mientras los metales impactan el sistema respiratorio, y los compuestos como el perclorato de sodio pueden elevar hasta mil veces su concentración normal en cuerpos de agua, afectando la fauna y los microorganismos acuáticos.

Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Sentencia “Empleados de la fábrica de fuegos en Santo Antonio de Jesús y sus familiares Vs. Brasil” señaló que los estados tienen el deber de regular, supervisar y fiscalizar la práctica de actividades peligrosas, que implican riesgos significativos para la vida e integridad de las personas sometidas a su jurisdicción, como medida para proteger y preservar estos derechos.

En este sentido, Colombia emitió el Decreto 2174 de 2023, que refuerza las normativas sobre pólvora y productos pirotécnicos, enfocándose en proteger los derechos fundamentales —como la vida, la integridad física y la salud— de niñas, niños, adolescentes y toda la ciudadanía. Entre las medidas principales, se prohíbe la venta y manipulación de pólvora, fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y globos aerostáticos de pirotecnia a menores de edad, así como a personas en estado de embriaguez o bajo efecto de sustancias psicoactivas.

El decreto establece que los espectáculos con artículos pirotécnicos de categoría III requieren un permiso municipal previo, y prohíbe explícitamente la producción, comercialización o uso de fuegos artificiales que contengan fósforo blanco, imponiendo sanciones que pueden alcanzar hasta 230 millones de pesos. Además, si un menor es sorprendido manipulando pólvora, el producto será incautado y el menor puesto bajo custodia de un defensor de familia, quien determinará las medidas de protección necesarias.

Se creó una mesa técnica interinstitucional, conformada por entidades como los ministerios del Interior, Defensa, Justicia, Salud, Ambiente, Transporte, e instituciones como el INS y los cuerpos de bomberos, para evaluar y gestionar los riesgos asociados a la actividad pirotécnica. Adicionalmente, se lanzó la campaña pedagógica La vida brilla sin pólvora para sensibilizar a la población sobre los peligros del uso indebido de pólvora durante las festividades. Las cifras del Instituto Nacional de Salud evidencian un incremento en los incidentes relacionados con quemaduras por pólvora: hasta el momento se registran 387 personas lesionadas, de las cuales 132 son menores de edad, representando un aumento de 18.7 por ciento con respecto al año anterior.

De acuerdo con un artículo publicado en MIT Press, la exposición a fuegos artificiales genera en animales domésticos y silvestres respuestas de estrés agudo, con liberación elevada de cortisol y catecolaminas. En perros, hasta 50 por ciento presenta signos de ansiedad intensa, incluyendo taquicardia, hiperventilación, temblores y conductas de escape, lo que incrementa el riesgo de traumatismos. En équidos, los episodios de pánico pueden derivar en fracturas o colapsos cardiovasculares fatales, documentados en casos recientes. Estas respuestas fisiológicas son exacerbadas por la naturaleza súbita, de alta intensidad sonora (decibeles superiores a 150 dB) y la imprevisibilidad de las detonaciones.

En la fauna silvestre, los fuegos artificiales inducen alteraciones conductuales masivas, como desbandadas, colisiones, desorientación espacial y desplazamientos no planeados que comprometen la supervivencia. Se ha registrado mortalidad directa en aves debido a traumatismos craneales o fatiga extrema durante vuelos descontrolados, así como fallas reproductivas por abandono de nidos. Los efectos indirectos incluyen reducción de éxito reproductivo, disminución de poblaciones locales y alteraciones en cadenas tróficas. En especies acuáticas, la deposición de residuos químicos y el incremento súbito de ruido subacuático afectan la orientación, respiración y reproducción, evidenciando un impacto multiescalar en la salud animal y los ecosistemas.

En México, la protección de los animales se encuentra fundamentada en diversas disposiciones legales, aunque no se han proporcionado artículos específicos en el contexto actual. Sin embargo, es importante mencionar que la Ley General de Vida Silvestre y la Ley de Protección y Bienestar Animal en las entidades federativas establecen normas para la protección y bienestar de los animales.

1. Ley General de Vida Silvestre: esta ley regula la conservación de la vida silvestre y establece medidas para proteger a las especies en peligro de extinción, así como sus hábitats. Busca garantizar la sostenibilidad de los recursos naturales y la biodiversidad.

2. Leyes estatales de protección animal: cada estado en México tiene la facultad de legislar sobre la protección de los animales, lo que ha llevado a la creación de diversas leyes locales que prohíben el maltrato animal y establecen sanciones para quienes infrinjan estas disposiciones. Estas leyes también pueden incluir regulaciones sobre la tenencia responsable de mascotas y la promoción del bienestar animal.

3. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: aunque no menciona específicamente a los animales, el artículo 4 establece que:

“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.

El daño al medio ambiente y el ruido que provocamos afectan directamente a los animales y su forma de vivir. La pirotecnia, por ejemplo, produce ruidos muy fuertes, libera humo y químicos que los estresan, alteran su comportamiento e incluso, en casos graves, pueden causarles la muerte. Pero no solo los animales sufren: las personas, especialmente los niños, adultos mayores, mujeres embarazadas y quienes tienen problemas respiratorios o auditivos, también se ven afectadas por el ruido y la contaminación.

Por eso México necesita una regulación nueva en materia de pirotecnia, que permita seguir celebrando nuestras tradiciones sin poner en riesgo a las comunidades ni al medio ambiente. Así se podrían evitar accidentes como los que todavía vemos cada año en Tultepec, donde muchas personas resultan heridas y el entorno se ve gravemente dañado.

En Nuevo León, el diputado local Mario Salinas Treviño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para reformar la Ley Ambiental de Nuevo León, que propone sustituir la pirotecnia por espectáculos de drones en festividades y eventos públicos. La motivación principal es reducir los riesgos que conlleva la pirotecnia, tales como incendios –en 2024 se registraron más de 250 incidentes relacionados con fuegos artificiales en el estado–, afecciones a la salud de personas vulnerables, contaminación del aire y malestar para animales.

La propuesta plantea que tanto el gobierno estatal como los municipios adopten medidas para fomentar alternativas limpias, seguras e innovadoras como los espectáculos de drones, especialmente durante episodios de contingencia ambiental. Salinas argumenta que esta transición permitiría mantener tradiciones populares sin comprometer la salud pública, el bienestar animal ni el medio ambiente.

Por estas razones, la presente iniciativa propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Derivado de lo anterior se anexa el siguiente cuadro comparativo para una mejor comprensión:

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Único. Se adiciona una fracción XVII al artículo 111; se reforma la fracción XI y se adiciona una fracción XI Bis al artículo 112; y se adicionan los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto al artículo 113 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 111. Para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría tendrá las siguientes facultades:

I. a XVI. ...

XVII. Otorgar, negar, condicionar, suspender o revocar las autorizaciones ambientales para la realización de espectáculos o eventos públicos o privados en los que se utilicen artificios pirotécnicos, en los términos de esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Artículo 112. En materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con la distribución de atribuciones establecida en los artículos 7o., 8o. y 9o. de esta Ley, así como con la legislación local en la materia:

I. a X. ...

XI. Formularán y aplicarán, con base en las normas oficiales mexicanas que expida la Federación para establecer la calidad ambiental en el territorio nacional, programas de gestión de calidad del aire, los cuales deberán contemplar medidas para prevenir, reducir y controlar las emisiones contaminantes derivadas del uso de artificios pirotécnicos, así como mecanismos de coordinación con la Secretaría para la aplicación de las autorizaciones ambientales correspondientes, y

XI. Bis. Verificarán, previamente al otorgamiento de las autorizaciones, permisos o licencias de su competencia para la realización de espectáculos o eventos públicos o privados en los que se pretenda utilizar artificios pirotécnicos, que se cuente con la autorización ambiental expedida por la Secretaría en términos de esta Ley, y ejercerán las demás facultades que les confieren las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

XII. Ejercerán las demás facultades que les confieren las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Artículo 113. No deberán emitirse contaminantes a la atmósfera que ocasionen o puedan ocasionar desequilibrios ecológicos o daños al ambiente. En todas las emisiones a la atmósfera, deberán ser observadas las previsiones de esta Ley y de las disposiciones reglamentarias que de ella emanen, así como las normas oficiales mexicanas expedidas por la Secretaría.

Para la realización de espectáculos o eventos públicos o privados en los que se pretenda utilizar artificios pirotécnicos, deberá obtenerse previamente autorización ambiental de la Secretaría.

Para el otorgamiento de dicha autorización, la Secretaría deberá considerar el tipo y cantidad de artificios pirotécnicos a utilizar; las emisiones contaminantes que puedan generarse; la ubicación, fecha, horario y duración del evento; las condiciones atmosféricas existentes y previsibles; así como la proximidad a zonas habitacionales, áreas naturales protegidas, ecosistemas sensibles y demás sitios que, por sus características, requieran especial protección ambiental.

La Secretaría podrá negar o condicionar la autorización cuando, atendiendo a las condiciones ambientales existentes o previsibles, la utilización de artificios pirotécnicos pueda ocasionar desequilibrios ecológicos, daños al ambiente o representar un riesgo para la salud de la población.

La autorización prevista en este artículo será independiente de los permisos, licencias, autorizaciones y demás requisitos exigibles conforme a otras disposiciones jurídicas aplicables.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Resuelta por la Jueza Cuarta de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla

https://sise.cjf.gob.mx/SVP/word1.aspx?arch=1450/145000003338946 1033.pdf_1&sec=Mar%C3%ADa_Guadalupe_Gonz%C3%A1lez_Tinajero&svp=1

2 Contaminación por pirotecnia, 08 de diciembre de 2018 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Disponible en:

https://www.gob.mx/semarnat/articulos/contaminacion-por-pirotecn ia

3 American Cancer Society. 2025, June 27. Are fireworks bad for your health? Disponible en:

https://www.cancer.org/cancer/latest-news/are-fireworks-bad-for- your-health.html

4 Contaminación por pirotecnia, 08 de diciembre de 2018 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Disponible en:

https://www.gob.mx/semarnat/articulos/contaminacion-por-pirotecn ia

5 Corte Interamericana de Derechos Humanos, sentencia de 15 de julio de 2020, “Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antônio de Jesus y sus familiares Vs. Brasil” párrafo 118.

https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_407_esp.p df

6 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. (2023, 14 de diciembre). Decreto 2174 de 2023: Reglamenta el uso, fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra y venta de pólvora y artículos pirotécnicos. Recuperado de

https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152 381

7 Coulter, K. (2023, July 3). The devastating effects of fireworks on pets and wildlife. The MIT Press Reader.

https://thereader.mitpress.mit.edu/the-devastating-effects-of-fi reworks-on-pets-and-wildlife/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de septiembre de 2026.– Diputadas y diputado: Laura Irais Ballesteros Mancilla, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Karina Isabel Martínez Montaño, María de Fátima García León, Felipe Miguel Delgado Carrillo (rúbricas).»

y

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada María Magdalena Rosales Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo VI, del artículo 27 y párrafo IV, del artículo 28, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autodeterminación y soberanía energética.

La diputada María Magdalena Rosales Cruz:Con la venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

La diputada María Magdalena Rosales Cruz: Con la venia del pueblo de México, hoy conmemoramos al acto más trascendental de nuestra historia, el nacimiento de nuestra patria libre e independiente. Conmemoramos esta gesta y no es simplemente mirar atrás con nostalgia patriótica es renovar el compromiso vivo con las ideas que impulsan a hombres y mujeres a entregar su vida por un futuro donde el destino de la tierra fuera decidido de manera exclusiva por su propio pueblo.

En este momento de memoria y responsabilidad histórica, me complace presentar ante esta soberanía la presente iniciativa en materia de soberanía nacional y autodeterminación, valores que constituyen el verdadero espíritu y columna vertebral de nuestra independencia.

Todos los días, lo mismo el hombre de la calle que el líder político, miran al mapa con un sentimiento creciente de impotencia y azoramiento, pero el mapa impone sus leyes. Actualmente, Estados Unidos ha iniciado el acoso progresivo de extraer minerales críticos bajo este régimen obsesivo, acelerando la explotación de aguas y zonas americanas. El pueblo que ha manifestado que se trata del futuro de la comunidad que depende de los océanos.

En los Estados Unidos, en la zona del sureste de Hawaii, isla propiedad de los Estados Unidos, el imperialismo es como un billete de lotería, podrían ganar muchísimo dinero, pero para nosotros es una apuesta por nuestro sustento.

Los límites de la explotación norteamericana están con los límites del territorio de los océanos mexicanos. La descarbonización se ha convertido en la política industrial verde, en el principal instrumento de rivalidad entre las potencias globales. La transición energética ha rediseñado el mapa de poder global, condición actual que exige una perspectiva crítica, respaldada por el análisis científico de la geopolítica y el materialismo geográfico, lo que arroja una necesidad para anticipar políticamente el porvenir de los pueblos del mundo.

La riqueza marítima de México abarca cientos de bienes tangibles e intangibles, capaces de impulsar el desarrollo nacional, además de todos los recursos naturales no fósiles.

En apego a la política nacional marítima y los nódulos polimetálicos, se pueden marcar en cuatro esquemas: de seguridad marítima, cultura marítima, medioambiental marítimo y recursos marítimos, seguridad marítima, cultura y recursos, medio ambiente, son la política nacional de nuestros océanos. Conlleva a preservar la soberanía e integridad del territorio, así como los derechos soberanos y la jurisdicción que ejerce el Estado mexicano en sus zonas económicas exclusivas y su plataforma continental.

Por otro lado, mi apego al Plan México, médula central de la estrategia económica y de desarrollo regional, puesto en marcha por nuestra presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, impulsa la relocalización, la sustitución gradual de las importaciones, el reemplazo progresivo de la cadena de dependencia y la consolidación de la soberanía energética y alimentaria del país.

Asimismo, resulta imperioso reconocer a los nódulos polimetálicos como un compuesto mineral crítico en el fondo marítimo, indispensables para continuar con el desarrollo progresivo de la soberanía energética de nuestro país.

El objetivo fundamental de este proyecto de iniciativa es garantizar y fortalecer la soberanía energética del país sobre los nódulos polimetálicos, los cuales están compuestos principalmente de manganeso, hierro, cobalto, níquel, cobre y litio, en esta zona mexicana, la zona Clipperton, que históricamente es ambicionada por los Estados Unidos.

La minería en México ha representado un territorio hostil de profunda explotación y saqueo. La minería extractiva promovida por el periodo neoliberal mexicano de Salinas de Gortari, en 1992, y de Peña Nieto, concesionó el 60 por ciento del territorio nacional, aproximadamente 120 millones de hectáreas, desarrollando los mecanismos necesarios para garantizar...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputada.

La diputada María Magdalena Rosales Cruz: ...las mayores ganancias. La protección y reconocimiento de los nódulos polimetálicos, en el marco de nuestra Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, garantizaría un recurso marítimo fundamental de interés nacional, con carácter de elementos de dominio exclusivo de la nación. Fortalecería el progreso gradual de la soberanía energética del país en materia de áreas y empresas estratégicas, y robustecería la protección y preservación de nuestro entorno marítimo.

Esta iniciativa es fundamental en la soberanía de nuestro país. Poco se menciona la riqueza marítima y la propiedad y la soberanía que tenemos sobre la profundidad de nuestros océanos. Creemos que tenemos que poner atención en esta riqueza marítima...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputada.

La diputada María Magdalena Rosales Cruz:...propiedad de nuestro país y no a la explotación que los Estados Unidos está mirando con codicia para apropiarse de todos estos nódulos polimetálicos que tienen valor fundamental y que su valor ya está dentro de la Bolsa de Valores de Inglaterra y de Japón. Gracias por su atención y ojalá que se revise esta parte de la soberanía de nuestro país. Muchísimas gracias, presidenta.

«Iniciativa que reforma el párrafo sexto del artículo 27 y el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autodeterminación y soberanía energética, a cargo de la diputada María Magdalena Rosales Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada María Magdalena Rosales Cruz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto para reformar los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

“Todos los días, lo mismo el hombre de la calle que el líder político, miran el mapa con un sentimiento creciente de impotencia y azoramiento. Pero el mapa impone sus leyes”

Hans Werner Weigert

Exposición de Motivos

La descarbonización se ha convertido en la política industrial verde, en el principal instrumento de rivalidad entre las potencias globales. El liderazgo de la ruta verde posiciona a China al frente, por su dominio aplastante en el procesamiento de minerales críticos, la fabricación de paneles fotovoltaicos y la cadena de producción de baterías para vehículos eléctricos.

La transición energética ha rediseñado el mapa del poder global, condición actual que exige una perspectiva crítica, respaldada por el análisis científico de la geopolítica y el materialismo geográfico, lo que arroja una necesidad por anticipar políticamente el porvenir de los pueblos del mundo.

El tránsito hacia la descarbonización ha desplazado la dependencia masiva de los combustibles fósiles hacia el dominio de la energía “limpia” y las materias primas del futuro. Este cambio no elimina las tensiones internacionales, sino que combina los riesgos geoeconómicos de la posesión de reservas de petróleo, gas y tierras raras; en vigor del acaparamiento, dominio técnico, industrial y logístico de las energías.

México se encuentra actualmente en el tablero global de los minerales críticos en medio de la tensión entre Estados Unidos de América (EUA) y China, razón suficiente para poner sobre la mesa el reconocimiento y resguardo constitucional de nuestra soberanía y autodeterminación en materia energética.

La riqueza marítima de México abarca cientos de bienes tangibles e intangibles capaces de impulsar el desarrollo nacional, además de todos los recursos naturales no fósiles. En apego a la Política Nacional Marítima 1 las Nódulos Polimetálicos se pueden enmarcar en cuatro esquemas: seguridad marítima, cultura marítima, medio ambiente marino y recursos marítimos.

Seguridad Marítima: Condición mediante la cual el Estado mexicano garantiza que las actividades humanas en las ZMM se llevan a cabo en un entorno que vigila, protege y salvaguarda la vida humana y bienes en el mar; la Seguridad Marítima se encuentra regulada por un marco jurídico nacional armonizado con el derecho internacional.

Cultura Marítima: Factor social que integra a la conciencia marítima nacional, la difusión del entorno marítimo, los conocimientos, las prácticas, las tradiciones, las competencias marítimas y los objetos tangibles vinculados con el mar, que constituyen la base de interacción y del desarrollo.

Recursos Marítimos: Recursos vivos y no vivos, presentes y potenciales, en las ZMM, susceptibles a su aprovechamiento con criterios sustentables, principalmente por las actividades generadoras de empleos y recursos económicos para el Estado mexicano. México ejerce soberanía o derechos soberanos sobre estos recursos en las distintas ZMM, de conformidad con el derecho internacional.

Medio Ambiente Marino: Componentes, condiciones y factores físicos, químicos, geológicos y biológicos que interactúan y determinan la productividad, estado, condición y calidad del ecosistema marino y costero, las aguas de los mares y océano y el espacio aéreo sobre esas aguas, así como el fondo marino, el fondo oceánico y su subsuelo.

La Política Nacional Marítima conlleva a preservar la soberanía e integridad del territorio así como los derechos soberanos y la jurisdicción que ejerce el Estado mexicano en su Zona Económica Exclusiva y su Plataforma Continental; resguardar las instalaciones estratégicas en el ámbito marítimo; combatir la importación y exportación irregular o ilegal de los hidrocarburos y petrolíferos, así como el tráfico ilegal de especies de vida silvestre marina; conservar, restaurar y preservar el Medio Ambiente Marino y los recursos marinos renovables y no renovables, para su aprovechamiento de manera sustentable. La formulación de la Política Nacional Marítima en México ha sido inspirada y alineada plenamente con la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) plasmados y ratificados en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.

Los intereses marítimos nacionales, regulan las condiciones internacionales de competencia y globalidad, para seguir impulsando el desarrollo y fortalecer la soberanía y autodeterminación nacional, lo que contribuye a concretar un mayor y mejor estado de bienestar. Son prioritarios por su valor estratégico, comercial, social y geopolítico. Asimismo, la geopolítica tiene la capacidad de desencadenar conciencia geográfica en los estados; de predecir el futuro, con la interlocución de herramientas científicas como la historia, la geográfica, las ciencias políticas y el dinamismo permanente del materialismo histórico subyacente.

Proteger el medio ambiente marino

En apego a la Política Nacional Marítima, México posee un enorme potencial marítimo que debe desarrollarse bajo objetivos de conservación, restauración y aprovechamiento sustentable. Privilegio, ubicado geográfica con más de 11 mil kilómetros de costa y una Zona Económica Exclusiva (ZEE) que representa aproximadamente 1.5 veces el territorio nacional, lo que posibilita, a través de sus 103 puertos y 15 terminales marítimas, que se ubican en 17 entidades federativas, así como sus comunidades costeras.

Uno de los objetivos marítimos estratégicos plasmados en la Política Nacional Marítima considera la expresión del Estado mexicano en las Zona Marítima Mexicana, en el manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como la factibilidad de obtener nuevos recursos emanados del mar; cuyo sustento jurídico se fundamenta en los artículos 25, 26 apartado A y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales establecen que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación, así como, la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional.

Por otro lado, en apego al Plan México, médula central de la estrategia económica y de desarrollo regional puesto en marcha por nuestra presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, impulsa la relocalización, la sustitución gradual de las importaciones, el remplazo progresivo de la cadena de dependencia y la consolidación de la soberanía energética y alimenticia del país mediante más de 277 mil millones de dólares en inversiones.

Asimismo, resulta imperioso reconocer a los Nódulos Polimetálicos como un compuesto mineral crítico en el fondo marino indispensable para continuar con el desarrollo progresivo de la soberanía energética de nuestro país. Su resguardo, protección y reconocimiento constitucional está garantizado de manera implícita en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos son de dominio exclusivo del Estado mexicano.

La presente propuesta de reforma, se desarrolla bajo el mismo tenor por garantizar la soberanía energética de la nación con la que se modificó en el año 2024 el reconocimiento del litio como elemento de dominio exclusivo del Estado, reformando así los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 y el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de áreas y empresas estratégicas.

Asimismo, el marco legal actual en México impide que el litio sea explotado por empresas privadas bajo concesiones tradicionales, reservando toda la cadena de valor del litio para México.

Los Nódulos Polimetálicos

El objetivo fundamental de este proyecto de iniciativa es garantizar y fortalecer la soberanía energética del país sobre los Nódulos Polimetálicos, los cuales están compuestos principalmente de manganeso, hierro, cobalto, níquel, cobre y litio. Minerales que resultan estratégicos para el futuro global debido a su importancia en la transición energética. El resguardo del recurso marítimo y la innovación tecnológica de los minerales críticos para el desarrollo nacional es fundamental para nuestra soberanía energética.

Históricamente, la minería en México han representado un territorio hostil de profunda explotación y saqueo, la minería extractivista promovida por el periodo neoliberal mexicano, de Salinas de Gortari (con su Ley Minera de 1992) hasta Peña Nieto se concesionó 60 por ciento del territorio nacional, aproximadamente 120 millones de hectáreas, 3 desarrollando los mecanismos necesarios para garantizar que las mayores ganancias se quedaran en pocas manos, el 75 por ciento en empresas transnacionales. Perpetuando la figura de permisos de exploración y explotación con vigencias de hasta 50 o 100 años. Actualmente, las concesiones mineras vigentes en México abarcan alrededor de 6.85 al 8.59 por ciento del territorio nacional, aproximadamente entre 13.4 y 16.8 millones de hectáreas.

El reconocimiento y resguardo de los nódulos polimetálicos en el marco de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantizaría un recurso marítimo fundamental de interés nacional, lo que aseguraría la vía de transición energética y protección del entorno natural marítimo. Los nódulos polimetálicos, se encuentran a profundidad marítima profundas, la ausencia de luz impide la fotosíntesis, espacio en donde los científicos siguen descubriendo nuevas especies, lo que representa un habitad específico para una biodiversidad única.

La localización global de estas esferas polimetálicas, según la Autoridad Internacional de los Fondos Marino, de forma abundante están en la Zona de fractura Clipperton, también conocida como Clarión-Clipperton (CCZ) —frente a las costas de México en el Pacífico, en el centro del océano Índico y la cuenca de Perú. Esto posiciona a México en el mapa global de minerales de tierras raras.

Los recursos críticos representan el principal elemento para la transición energética, asimismo, su resguardo, exploración y explotación ha generado debate sobre el impacto ecológico. Sin embargo, la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (AIFM) ya ha concedido contratos de exploración de estos nódulos a más de veinte empresas, entre ellas la empresa NORI-D (Nauru Ocean Resources Inc.) enfocada en minería submarina, en colaboración con la República de Nauru, actualmente explora nódulos polimetálicos en la Zona Clarion-Clipperton para obtener minerales críticos sobre una superficie de unos 75.000 kilómetros (km)2.

Según la AIFM, la Zona Clarion-Clipperton cuenta con 21 mil millones de toneladas de nódulos, es decir, una posible reserva de 6 mil millones de toneladas de manganeso, 270 millones de toneladas de níquel y 44 millones de cobalto “lo que supera las reservas conocidas” de estos tres minerales en la superficie terrestre.

A diferencia de los otros dos tipos de recursos mineros submarinos regulados por la AIFM: los sulfuros polimetálicos y piedras de ferromanganeso rico en cobalto, para los nódulos no se necesita cavar o cortar, lo que significa que la extracción se hace mediante la succión mecánica.

En las pruebas efectuadas a finales de 2022, la empresa NORI-D sumergió a 4 mil 300 km de profundidad un vehículo para succionar los nódulos y los sedimentos en un área de 80 km. En el interior de la máquina se separan los nódulos y los sedimentos. Un tubo gigante lleva los nódulos a la superficie donde está el buque y los sedimentos vuelven a caer al lecho marino.

Los científicos marinos se manifestaron preocupados sobre el impacto de estos sedimentos y la destrucción de la biodiversidad presente en la materia absorbida. La composición única de estas esferas polimetálicas y súbita valorización en el mercado global de energía, atrae frenéticamente a las industrias y a la explotación desmedida de los mercados especulativos. Por otro lado, representa también un hábitat único para la vida submarina, la intervención extractivista significa potencialmente dañar uno de los últimos desiertos naturales de nuestro planeta, afirma el World Economic Forum (Foro Económico Mundial).

Para Craig Smith, ecólogo de aguas profundas y profesor emérito de la Universidad de Hawái, dice que la zona Clarion-Clipperton se encuentra entre los lugares con mayor biodiversidad en el océano abisal.

Sustraer los nódulos, que tardan un millón de años en crecer sólo unos pocos milímetros, destruiría el hábitat de cualquier criatura que dependa de ese trozo del fondo marino. Las columnas de sedimentos que nublan el agua y la contaminación acústica son motivo de preocupación.

El artículo: Managing mining of the deep seabed, de Craig Smith publicado en el año 2015 en Science; analiza los riesgos ambientales de la minería en los fondos marinos y la necesidad de proteger la biodiversidad marina, estima que una operación minera produciría ruido a niveles conocidos por perturbar a las ballenas a unos cinco kilómetros de distancia y superaría los niveles de ruido ambiental hasta a 500 kilómetros de distancia.

La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos estableció áreas protegidas de no minería en la Zona Clarion-Clipperton, que según Smith ayudarán a mantener la biodiversidad en la región. Sin embargo, le preocupa lo que sucedería si a las 17 empresas con permisos para explorar en la zona se les permitiera minar a la vez, con el ruido viajando largas distancias y llegando a los peces y las ballenas migratorias.

Más de mil científicos marinos de más de 70 países también han firmado una declaración en la que piden una pausa preventiva en las actividades relacionadas con la minería en aguas profundas hasta que una investigación independiente demuestre que la industria puede operar sin causar daños graves o irreversibles a los ecosistemas oceánicos.

Jurisdicción en aguas internacionales

La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (AIFM o ISA, por sus siglas en inglés) es una organización internacional autónoma con sede en Kingston, Jamaica, establecida por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS o CNUDM) acuerdo de 1994. Su función principal es organizar, controlar y gestionar la exploración y explotación de recursos minerales en los fondos marinos fuera de la jurisdicción nacional (la Zona) para el beneficio de la humanidad, garantizando la protección del medio marino.

Esto significa que la ISA no organiza, regula ni controla las instalaciones o actividades terrestres que se encuentran bajo la jurisdicción de sus respectivos países. La ISA está financiada y gobernada por 171 miembros.

Protección ambiental

La AIFM o ISA tiene el mandato de asegurar que las actividades mineras no causen efectos nocivos en el medio marino, aplicando principios de derecho ambiental internacional.

El titular de la Embajada de México en Jamaica, Roberto Canseco Martínez, es además, representante permanente de México ante la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (AIFM), organización con sede en Kingston, Jamaica, a través de la cual los estados parte de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar organizan y controlan las actividades en el área (zonas más allá de las jurisdicciones nacionales) con el objeto de administrar los recursos en el fondo del mar que en ella se encuentran. También el Estado mexicano es miembro fundador de la Organización Marítima Internacional (OMI), órgano especializado de las Naciones Unidas responsable de la seguridad y protección de la navegación, así como de prevenir la contaminación del mar por los buques.

México fue uno de los tres primeros países en ratificar la citada Convención en 1983; mientras que el Acuerdo sobre la Implementación de la Parte XI de la Convención fue ratificado hasta 2003. Nuestro país participa activamente en las sesiones anuales de la Autoridad y en la actualidad forma parte del Consejo de la AIFM.

La representación permanente de México logró su elección a la Presidencia del Consejo de la AIFM para el periodo de marzo 2023 a marzo de 2024. Asimismo, la Representación participó de forma destacada en las tres partes de la vigésima octava sesión previstas para 2023 en Kingston, Jamaica. El principal objetivo de las sesiones del Consejo fue dar continuidad a las negociaciones del Código de Explotación de la Minería de los Fondos Marinos bajo el principio de beneficio para la humanidad y los altos estándares de protección del medio marino.

Bajo la Presidencia de México en el Consejo de la AIFM, se logró el establecimiento de una nueva hoja de ruta 2023-2024 en las negociaciones del Código Minero y la aceptación de su propuesta de establecer un texto consolidado del borrador de dichas regulaciones.

Asimismo, es importante tener en cuenta el entramado normativo que regula sobre el fondo marino en México que se fundamenta en: la Ley Federal del Mar, que define la soberanía nacional sobre la plataforma continental y zonas económicas, junto con la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la protección de recursos minerales por parte de la Ley de Minería, con un enfoque creciente en la conservación y prohibición de actividades mineras en zonas protegidas.

Territorio marítimo mexicano

“Hay minerales que están esparcidos desde las islas Revillagigedo hasta la zona Clarion-Clipperton, casi llegando a Hawái; se les llaman nódulos polimetálicos y, según estudios de algunos científicos, si tuviéramos la tecnología para explotar ese mineral el país tendría recursos como para unos 400 años” así lo señala el vicealmirante Javier Torres Claudio, jefe de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos, y el contralmirante Javier Mendoza Rosales, director general adjunto de Enlace, Implantación, Ordenamientos, Accidentes y Siniestros Marítimos, en entrevista con el periódico La Jornada.

Las riquezas marítimas de México se componen, entre muchos otros elementos, de un mar territorial de 2.9 millones de kilómetros cuadrados, y las islas permiten que nuestro país extienda su mar patrimonial, pues éste no sólo se determina a partir de los litorales continentales, sino también de los insulares, como sucede con el archipiélago de Revillagigedo, localizado en el océano Pacífico.

Los representantes de la Secretaría de Marina-Armada de México (Semar) han señalado en varias entrevistas que es necesario tener en cuenta la relevancia de los intereses marítimos nacionales en la economía de México; la importancia que tienen estos componentes para el crecimiento nacional a través de infraestructura portuaria, el fortalecimiento del poder naval y una gestión sostenible de los recursos marinos.

Los nódulos polimetálicos se encuentran en todos los océanos del mundo, pero los de mayor interés económico están entre las fracturas de zona Clarión y Clipperton, dentro de nuestra zona económica exclusiva; es decir, el total de millas náuticas que corresponden a nuestro país como parte de su territorio. La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, estima que son sumamente abundantes en áreas frente a la costa oeste de México en el Pacífico, conocida como la zona de fractura zona Clarion-Clipperton.

México cuenta con una amplia gama de recursos y ecosistemas marinos, lo coloca en el décimo segundo país mejor dotado del mundo de superficie y riqueza marina.

Su mar territorial ocupa una franja 2.9 millones de kilómetros cuadrados. Del litoral continental 68 por ciento corresponde a las costas e islas del océano Pacífico y del Golfo de California y 32 por ciento a las costas, islas y cayos del Golfo de México y del Mar Caribe. Además, la zona marítima cuenta con 500 mil kilómetros cuadrados (km2) de plataforma continental, con 16 mil km2 de superficie estuarina y con más de 12 mil km2 de lagunas costeras.

Esta zona marina y costera proporciona al país una amplia riqueza, con una amplia gama de biodiversidad de más de 300 especies de medusas, corales y anémonas; más de 4 mil especies de moluscos como pulpos, caracoles y almejas; más de 5 mil especies de crustáceos como los camarones, cangrejos, jaibas y langostas. Alrededor de 2 mil 500 especies de peces, tiburones y rayas; más de 50 especies de mamíferos marinos y más de once especies de tortugas y cocodrilos.

La Zona Económica Exclusiva (ZEE) se extiende hasta 200 millas náuticas, 370.4 km desde la línea base. México tiene derechos de soberanía para la preservación, exploración, explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, del lecho, subsuelo y aguas suprayacentes.

Geopolítica y minerales críticos

En seguida, se presentará el cuadro de cotización internacional por la Bolsa de Metales de Londres LME y por Trading Economics respectivo a los metales críticos que componen los nódulos polimetálicos:

En México existe un listado oficial del Servicio Geológico Mexicano que expone el panorama minero estatal supervisado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) mediante una estadística ambiental arrojando un escenario general de las concesiones mineral en el lecho terrestre, en donde se pueden identificar la explotación de tierras raras, componentes minerales de los nódulos polimetálicos.

Actualmente aproximadamente 32 yacimientos terrestres extraen tierras raras: 2 minas extraen cobalto; una en Sinaloa y otra en Baja California, ambas sin datos exactos de extracción; 2 minas extraen manganeso, una en San Luis Potosí con 4 mil toneladas por día, y otra en Hidalgo, que extrae mil 700 toneladas de manganeso por día y 28 minas que extraen cobre; en todo el país.

La administración Trump, presidente actual de los Estados Unidos de América (EUA), ha impulsado agresivamente la explotación de nódulos polimetálicos en aguas profundas mediante la orden ejecutiva 14285 12, decretada en abril de 2025, con la que pretende asegurar minerales críticos para el desarrollo de tecnología y defensa, con el objetivo de reducir gradualmente la dependencia hacía China, esta estrategia busca acelerar precipitadamente permisos en la plataforma continental y aguas internacionales, con un impacto económico estimado de 300 mil millones de dólares en diez años.

Esta “orden ejecutiva” puesta en marcha unilateralmente decreta la liberación de minerales y recursos críticos de EUA en altamar y faculta a esa nación a operar sin esperar acuerdos internacionales.

La administración Trump está impulsando la apertura de las aguas federales que rodean Samoa americana a la minería submarina, a pesar de la amplia oposición de los líderes y defensores del medio ambiente del territorio estadounidense.

En febrero de 2026, la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica (NOAA) comenzó a cartografiar más de 30 mil millas náuticas cuadradas del lecho marino del territorio, inspeccionando el fondo marino en busca de depósitos de manganeso, níquel, cobalto y cobre que se encuentran en formaciones rocosas del tamaño de una papa, llamados los nódulos polimetálicos.

La Oficina de Gestión de Energía Oceánica (BOEM) del Departamento del Interior está impulsando el proceso federal de arrendamiento que eventualmente podría permitir a las empresas privadas explotar esos depósitos minerales.

Conjuntamente, las dos agencias federales contribuyen efectivamente a llevar a cabo la orden ejecutiva del presidente Trump de 2025: “ Unleashing America’s Offshore Critical Minerals and Resources” (Liberando los minerales y recursos críticos marinos de Estados Unidos). Mandato que ordena a los funcionarios identificar y acelerar el acceso a los minerales del lecho marino, extrapolando la frenética obsesión por reconocer que estos minerales son vitales para la seguridad nacional de EUA y su prosperidad energética y económica.

En los últimos meses, la Oficina de Gestión de Energía Oceánica (BOEM) ha manifestado interés en otorgar concesiones para la extracción de minerales del lecho marino en varias zonas marítimas, incluidas aguas cercanas a otros territorios estadounidenses del Pacífico, como la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte y Guam. También se están evaluando zonas frente a las costas de Alaska y Virginia.

Los riesgos ambientales que plantea la industria y por la rapidez con la que la administración Trump está allanando el camino para una industria que aún no ha operado a gran escala en ningún otro lugar del mundo.

Desde que la empresa presentó su solicitud, BOEM ha iniciado un proceso de seis pasos para la adjudicación de concesiones mineras en aguas profundas en territorio estadounidense.

El desarrollo de un suministro nacional de minerales críticos estipula, fortalecerá las cadenas de suministro estadounidenses, reforzará la seguridad económica y nacional, y reducirá la dependencia de China y otros países para obtener materiales disponibles en el país, vitales para las tecnologías energéticas, la manufactura avanzada y los sistemas de defensa, declaró un portavoz de la BOEM.

Actualmente EUA ha iniciado el acoso progresivo para extraer minerales críticos bajo este régimen obsesivo, acelerando la explotación en aguas de Samoa americana, pueblo que ha manifestado que se trata del futuro de las comunidades que dependen del océano, ubicado al suroeste de Hawái, isla propiedad de EUA. Para el imperialismo es como un billete de lotería. Podrían ganar muchísimo dinero, dijo Suluai-Mahuka “Pero para nosotros, es una apuesta por nuestro sustento”.

Con el sentido de darle conducción a este orden de ideas, la protección y reconocimiento de los nódulos polimetálicos en el marco de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; garantizaría un recurso marítimo fundamental de interés nacional con carácter de elemento de dominio exclusivo de la nación, fortalecería el progreso gradual de la soberanía energética del país en materia de áreas y empresas estratégicas y robustecería la protección y preservación de nuestro entorno natural marítimo.

En apego a lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración de este honorable Congreso de la Unión, el siguiente cuadro comparativo:

Decreto mediante el cual se reforma el párrafo sexto del artículo 27 y el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autodeterminación y soberanía energética

Artículo Único. Se reforma el párrafo sexto del artículo 27 y el párrafo cuarto del artículo 28 de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autodeterminación y soberanía energética, para quedar como sigue:

Artículo 27. ...

...

...

...

En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose de minerales radiactivos , litio y nódulos polimetálicos no se otorgarán concesiones. Corresponde exclusivamente a la nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional en los términos del artículo 28 de esta Constitución, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones. Las leyes determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado, cuya esencia es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio público de electricidad.

...

...

...

Artículo 28. ...

...

...

No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos, litio , nódulos polimetálicos y generación de energía nuclear; el servicio de Internet que provea el Estado; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, cuyos objetivos serán preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la nación y proveer al pueblo de la electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para garantizar la seguridad nacional y soberanía a través de la empresa pública del Estado que se establezca; así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente; así como las actividades que realicen las empresas públicas del Estado y las que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la nación, y al otorgar asignaciones, concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los congresos de las entidades federativas tendrán 60 días para adecuar sus legislaciones a la entrada en vigor del presente decreto .

Tercero. El Gobierno federal, en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, presentará una Estrategia Nacional para la Industria de los Nódulos Polimetálicos, elaborada en consulta y coordinación con instituciones científicas, tecnológicas, académicas, protección del medio ambiente, y de la sociedad civil, con la finalidad de establecer los objetivos, planes y proyectos nacionales para la protección, exploración, extracción, y comercialización de los nódulos polimetálicos en el marco de las políticas de transición energética.

Cuarto. Háganse las adecuaciones correspondientes en leyes secundarias.

Notas

1 Política Nacional Marítima. Diario Oficial de la Federación, 2024

2 Zonas Marítimas Mexicanas

3 https://sprinforma.mx/ver/nacionales/se-concesiono-60-del-territorio-nacional-a -mineras-durante-el-periodo-neoliberal-lopez-obrador

4 https://www.academia.edu/37198410/Managing_mining_of_the_ deep_seabed

5 https://seabedminingsciencestatement.org/

6 La Zona, representa aproximadamente el 54% de la superficie de los océanos, se considera patrimonio común de la humanidad.

7 noviembre de 2025

8 https://www.jornada.com.mx/2025/05/26/politica/016n1pol

9 https://www.lme.com/metals/ev/lme-cobalt#Overview

10 https://es.tradingeconomics.com/commodity/manganese

11 https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/compendio_2020/dgeiawf. semarnat.gob.mx_8080/ibi_apps/WFServletf21b.html

12 https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/04/unleashing-americas-off shore-critical-minerals-and-resources/

13 https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/04/unleashing-americas-off shore-critical-minerals-and-resources/

14 https://insideclimatenews.org/news/11032026/trump-noaa-american-samoa-deep-sea- mining/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2026.– Diputadas y diputado: María Magdalena Rosales Cruz, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Karina Isabel Martínez Montaño, Rosa María Castro Salinas, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Julieta Villalpando Riquelme (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado Asael Hernández Cerón, hasta por cinco minutos para presentar las siguientes iniciativas. Primera, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y adiciona el artículo 2o. A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Segunda, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Tercera, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Suscritas por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN. Adelante, diputado.

El diputado Asael Hernández Cerón:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, hoy presento un paquete de iniciativas en materia social, económica y ambiental. Me detengo en la primera de ellas. Se busca modificar la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 151 y la Ley del Impuesto al Valor Agregado en su artículo 2o. Apartado A.

Les pongo un caso real de una familia del estado de Hidalgo. Un paciente con neumonía tuvo que gastar más de 40 mil pesos entre medicamentos especiales, renta de concentrador y terapias de rehabilitación. Y lo peor, la paciente no tenía seguro médico, ni público ni privado, el cual tuvo un impacto en su economía. Aparte, el Estado le cobró impuestos como el IVA e ISR por intentar salvar su vida.

Es injusto que las familias paguen IVA e ISR por insumos y tratamientos que el sector salud público no les puede garantizar. Si el Estado no puede cubrir estos servicios, lo mínimo que debe hacer es quitarle la carga fiscal al paciente.

Es por lo anterior que esta iniciativa tiene como objeto tasa cero de IVA en la compra o renta de equipo de fisioterapia, aparatos de rehabilitación, mobiliario médico y tecnologías de apoyo para personas con enfermedades, ya sea temporales, crónicas, también para adultos mayores o con discapacidad.

Deducción del 20 por ciento en ISR para los gastos en rehabilitación médica, fisioterapia, dispositivos de rehabilitación, tecnología de rehabilitación o medios técnicos de terapia física, muebles médicos, dispositivos de administración o accesorios, aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente que mejore la comodidad, movilidad, la autonomía o las condiciones de vida de las personas.

La segunda iniciativa en materia social es una iniciativa que reforma las fracciones XIII, XIV y XVI y se adiciona la fracción XVII correspondientes... subsiguientes, todas del artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

Hoy, el gobierno pretende limitar a la juventud ofreciendo dádivas en lugar de oportunidades reales. Su modelo castiga el deseo de superación y atenta contra el aspiracionalismo, dejando a más de 15 millones de jóvenes atrapados en la precariedad, la falta de empleo y problemas de salud mental.

La juventud no se conforma. Por eso, presentamos una reforma integral que, dicho sea de paso, jóvenes del estado de Hidalgo me han encargado ser portavoz de esta. Y esto tiene que ver con la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, que busca beneficiar a más de 30 millones de jóvenes de todo el país.

El objeto de esta iniciativa, establecer coordinación con las dependencias y las entidades de la administración pública federal; asimismo, desarrollar programas y cursos de orientación e información sobre salud mental, una vida libre de violencias, programas de apoyos para jóvenes emprendedores y finanzas sanas, acceso a una vivienda digna y estimular la reinserción y permanencia del alumnado.

Es urgente desarrollar los mecanismos necesarios para que nuestra juventud tenga las herramientas suficientes para salir adelante en su desarrollo general y generar mexicanos que sean el impulso de México.

Porque la juventud no pide favores ni programas clientelares. Exige piso parejo para todos y todas, herramientas para salir adelante por su propio talento. Es hora de que las políticas públicas evolucionen a la par de la juventud.

La tercera iniciativa en materia de medio ambiente. Esta iniciativa es reformar el artículo 19, en sus fracciones I y II, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, el que la hace, la paga. Basta de impunidad ambiental para los grandes contaminadores.

El actual gobierno y las autoridades ambientales han permitido que las grandes empresas e incluso el Estado destruyan nuestro entorno sin recibir castigos ejemplares. Mientras a las juventudes se les exige cuidar el planeta, las autoridades miran hacia otro lado ante la impunidad en verdaderos ecocidios históricos en México. La crisis climática ya afecta nuestro presente y amenaza directamente nuestro futuro.

Para ponerle un alto a la negligencia presento una reforma a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, en su artículo 19, fracciones I y II, para elevar drásticamente las sanciones económicas a quienes destruyan el ecosistema. Es importante mencionar algunos ecocidios impunes...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputado.

El diputado Asael Hernández Cerón:...que el gobierno no ha remediado y sigue el problema. Derrames de hidrocarburos impunes en las costas de Veracruz y Campeche, solo por mencionar los más relevantes en estos tiempos. El peor desastre minero en la historia de Sonora, sin reparación real de las comunidades. Muerte masiva de fauna, más de 3 millones de peces muertos en la laguna de Cajititlán, en Jalisco.

Emergencia ambiental histórica en el estado de Hidalgo. Décadas de contaminación en el valle del Mezquital que, dicho sea de paso, la presidenta Claudia Sheinbaum se comprometió cuando tomó protesta en esta Cámara de Diputados, que Tula después de ser la zona más contaminada del país, iba a ser la zona más limpia durante su sexenio, pero al día de hoy no vemos una sola acción que vaya aplicándose para remediar el problema histórico que tenemos todos los hidalguenses en esta región...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Por favor, concluya, diputado.

El diputado Asael Hernández Cerón:¿Qué busca esta propuesta? Multas más severas, cero complacencias, aplicación estricta del principio el que contamina paga, evaluación justa y punitiva, criterios estrictos para que los jueces castiguen con mayor rigor la negligencia y la capacidad económica de las grandes empresas.

Justicia por el futuro, garantizar que los montos cobrados se destinen prioritariamente a la reparación real del daño ecológico e indemnización de las familias mexicanas que son afectadas. Porque cuidar el medio ambiente no es solo un discurso, exige consecuencias reales para quienes lo destruyen. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y adiciona el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados pertenecientes a esta LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la iniciativa por la que se reforma el tercero, cuarto y quinto párrafo de la fracción I del artículo 151 y el párrafo segundo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se adicionan un inciso k) a la fracción I al artículo 2-A; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El derecho a la salud es un derecho inclusivo, que abarca no solo los cuidados sanitarios oportunos y apropiados, sino también los factores subyacentes que determinan el estado de salud, tales como:

• El suministro adecuado de alimentos aptos para el consumo, una nutrición adecuada y una vivienda adecuada;

• El acceso al agua segura y potable y a instalaciones sanitarias adecuadas;

• Un entorno laboral y ambiental saludable; y

• El acceso a la educación y la información relativas a la salud, comprendida la salud sexual y reproductiva.

El derecho a la salud comprende tanto libertades como derechos. Entre los derechos figuran el derecho a un sistema de protección sanitaria (por ejemplo, de cuidados de la salud y los factores subyacentes que la determinan) que proporcione a las personas las mismas oportunidades de alcanzar el nivel más alto posible de salud.

No obstante, los países miembros del Grupo de Coordinación Estadística para la Agenda 2030 en América Latina y el Caribe, incluido México, con la coordinación de la Secretaría Técnica y el apoyo de los países observadores y de los representantes del mecanismo de coordinación regional para América Latina y el Caribe de los fondos, programas y organismos especializados de las Naciones Unidas, han definido un conjunto priorizado de indicadores para hacer seguimiento de la Agenda 2030 en la región.

Impulsan el objetivo 3: Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades, que es todo el tema relacionado con la salud pública.

Por lo anterior, la ONU, menciona que la salud es un derecho universal y México es un Estado miembro de la ONU, en la práctica México sufre muchas carencias en tema de salud, con la falta de medicamentos, médicos, rehabilitaciones, aparatos que ayudan a los pacientes en su salud, trasplantes entre otras cosas.

El sistema de salud en México atraviesa un periodo de transformaciones y retos. Con la implementación de nuevos modelos de atención, la reorganización de instituciones y los desafíos pospandemia, el acceso a servicios médicos de calidad sigue siendo una preocupación central. Aunque se han realizado esfuerzos para ampliar la cobertura y garantizar el suministro de medicamentos, persisten barreras en infraestructura, financiamiento y distribución de recursos, afectando la atención a millones de ciudadanos.

Actualmente, el sistema mexicano opera bajo tres esquemas principales: seguros sociales, servicios de salud para no asegurados y el sector privado. Sin embargo, la falta de coordinación entre ellos ha generado inequidades en la atención, con diferencias notables en la calidad y en los tiempos de espera.

Por ende, los usuarios o pacientes del sector salud público como privado enfrentan otro problema en su salud: el pago de impuestos. Si bien es cierto que la Ley de Impuesto Sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado consideran algunas deducciones en cuestiones médicas, no todas incluyen.

Para tener claro que es el Impuesto sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Deducciones, expongo las definiciones siguientes:

El ISR: es el impuesto que grava los ingresos generados (o rentas), tanto de las personas físicas como de las morales. Las primeras se refieren a los sueldos, salarios u honorarios que perciben los individuos como remuneración por su trabajo. Las últimas se refieren a empresas que producen y obtienen ganancias por la venta de productos o servicios finales o intermedios.

En pocas palabras los doctores, enfermeras terapeutas y toda persona cobra honorarios por su servicio el cual se deduce cada año en las declaraciones ante el SAT.

El IVA: Se trata de un impuesto indirecto, en virtud de que los contribuyentes del mismo no lo pagan directamente, sino que lo trasladan o cobran a una tercera persona, hasta llegar al consumidor final.

Las deducciones personales: Las deducciones personales son gastos que la ley permite restar de tus ingresos en la declaración anual, por ejemplo, consultas médicas, colegiaturas, seguros, entre otros.

Para dar un ejemplo de la vida real expongo el caso de un paciente que estaba en la primera etapa de pulmonía. Acudió al neumólogo y le recetó diferentes medicamentos caros que en su totalidad para su tratamiento ascendían a un valor de 15 mil pesos, más costo de oxigenación o renta de este o un concentrador, rehabilitación con un chaleco percutor con una fisioterapeuta, la paciente no contaba con ningún seguro de gastos médicos y ni seguro social lo tuvo que cubrir de su patrimonio propio. Estos costos tenían IVA o ISR, resultando un costo de veinte mil pesos por su recuperación. Es injusto que el sector salud no pueda dar esos insumos y los pacientes tengan que buscar los medicamentos y tratamientos en el sector privado y aparte pagar impuestos.

Es imperante que las y los mexicanos sean apoyados y el gobierno empática con las dificultades de salud pública en el país; el sufrimiento de un familiar enfermo y la angustia de pagar cuentas exorbitantes y con ello el IVA e ISR impactan a la economía de los mexicanos.

Tomando en cuenta que, si realizan su declaración anual, se les pueda dar su devolución de impuestos de estos gastos, pero como es de conocimiento público, estas devoluciones no son seguras y existe una amplia posibilidad de que se pierda ese dinero, como se ha ido dando las devoluciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), por alguna inconsistencia que este organismo considere, desalentando al contribuyente a insistir por la devolución de impuestos.

Es por lo anterior que esta iniciativa tiene como objeto brindar un apoyo económico a las familias mexicanas y los pacientes que sufren enfermedades y cuyos tratamientos son costosos, que estos y cualquier persona física estén sean deducibles en automático el pago de IVA o ISR efectuados del Impuesto Sobre la Renta por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de equipos de fisioterapia, dispositivos de rehabilitación, tecnología de rehabilitación o medios técnicos de terapia física, muebles médicos, dispositivos de administración o accesorios, aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente.

Para mayor claridad a la propuesta de la iniciativa que presento, inserto cuadro comparativo con el texto vigente y la propuesta. Se reforma el párrafo tercero, cuarto y quinto párrafo de la fracción I del artículo 151 y el párrafo segundo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se adiciona la fracción k) al artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Es prioritario establecer una economía eficiente y moderna, equitativa en la distribución de oportunidades, responsabilidades y beneficios, para tener una economía humanista y social.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman el tercero, cuarto y quinto párrafo de la fracción I del artículo 151 y el párrafo segundo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y se adicionan un inciso k) a la fracción I, al artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Primero. Se reforma el tercero, cuarto y quinto párrafo de la fracción I de la fracción I del artículo 151 y el párrafo segundo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de 8 las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I...

...

Para efectos del párrafo anterior, también serán deducibles en automático y sin contratiempos los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de equipos de fisioterapia, dispositivos de rehabilitación, tecnología de rehabilitación o medios técnicos de terapia física, muebles médicos, Dispositivos de administración o accesorios aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente que mejoren la comodidad, movilidad, la autonomía o las condiciones de vida de las personas, personas adultas mayores, personas con discapacidad o grupos vulnerables y dependientes del contribuyente, derivados de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo, cuando se cuente con el certificado o la constancia de incapacidad correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, o los que deriven de una discapacidad en términos de lo dispuesto por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y se cuente con el certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad emitido por las citadas instituciones públicas y privados acreditados por las autoridades competentes conforme a esta última Ley. Lo dispuesto en este párrafo no estará sujeto al límite establecido en el último párrafo de este artículo.

En el caso de incapacidad temporal o incapacidad permanente parcial, o de discapacidad, la deducción solo será procedente cuando dicha incapacidad o discapacidad sea igual o mayor al 20% de la capacidad normal.

...

...

...

II. a VIII. ...

Segundo. Se adicionan un inciso k) a la fracción I al artículo 2-A; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2-A. ...

I. ...

a) a j) ...

k). Los dispositivos médicos esenciales para uso humano, enlistados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, entre los que podrán incluirse, de manera enunciativa y no limitativa.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar las adecuaciones reglamentarias correspondientes en un plazo no mayor a 90 días naturales a la publicación del presente decreto y deberá prever los ajustes de ingresos y gastos que representa la modificación, en el paquete económico del ejercicio fiscal siguiente al de su aprobación.

Tercero. Los dispositivos médicos esenciales entre los que podrán incluirse, de manera enunciativa y no limitativa: tiras y medidores de glucosa, lancetas, nebulizadores, inhaladores, cámaras espaciadoras, sillas de ruedas, prótesis, órtesis, equipos de presión arterial, termómetros clínicos y materiales de curación estandarizados.

Notas

1 Naciones Unidas, 2022, derechos humanos Definición del derecho a la salud física y mental, consultado en la página web:

https://www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-health/about-righ t-health-and-human-rights

2 México destaca, 2025, Sistema de salud en México: fragmentación, gasto de bolsillo y urgencia de integración, consultado en la página web:

https://consultorsalud.com.mx/sistema-de-salud-en-mexico-gasto-d e-bolsillo/

3 Servicio de Administración Tributaria SAT, 2026, consultada en la página web:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeduccionesPersonales/index.htm l

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de septiembre de 2026.– Diputado Asael Hernández Cerón (rúbrica).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

El diputado Asael Hernández Cerón:

«Iniciativa que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados, pertenecientes a esta LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la iniciativa por el que se reforma el artículo 19, fracciones I y II de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, para quedar en los términos siguientes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El medio ambiente es un derecho universal para el ser humano; esto está establecido en los tratados internacionales y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es por lo cual.

Por primera vez en su historia, las Naciones Unidas han reconocido que todas las personas, en todas partes, tienen derecho a vivir en un entorno limpio, saludable y sostenible. Las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de 2021 (A/HRC/RES/48/13) y de la Asamblea General de 2022 (A/RES/76/300) añaden este derecho humano fundamental al conjunto de derechos reconocidos internacionalmente. Ahora que la humanidad se enfrenta a una crisis planetaria sin precedentes, esperamos sinceramente que el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible sirva de catalizador para cambios sistémicos y transformadores que permitan construir un futuro justo y sostenible en armonía con la naturaleza.

Lo anterior reafirma que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí; asimismo, resalta la importancia de un medio ambiente limpio, saludable y sostenible para el disfrute de todas las personas. México, como Estado miembro de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se sujeta a las resoluciones emitidas por esta organización, que son referentes para hacer adecuaciones en nuestra legislación con la finalidad de seguir con la misma línea internacional.

En México, el derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar se instituyó en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos en 1999, estableciendo que:

“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”, Por definición, el ambiente es nuestro entorno; nuestra vida y su calidad depende de la vida del planeta, sus recursos y sus especies, por ello debemos tomar las medidas necesarias para protegerlo.

En este orden de ideas, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en su artículo 3o., fracción I, define al ambiente como:

“El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados”

El 28 de junio de 1999 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas a los artículos 4o. y 25, el primero para establecer el derecho a un medio ambiente adecuado y el segundo para incorporar al Sistema Nacional de Planeación Democrática el principio del desarrollo integral y sustentable.

A fin de garantizar el derecho fundamental de gozar de un medio ambiente sano, el Gobierno Federal, a través de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), promueve estrategias enfocadas al acceso, uso y manejo sustentable de los recursos naturales, que reduzcan el deterioro ambiental y los efectos del cambio climático.

El cuidado del ambiente es una responsabilidad compartida, que requiere el involucramiento y apoyo de la ciudadanía. Solo participando activamente podemos hacer que se nos garantice ese derecho.

Corresponde a los gobiernos municipales, en su ámbito de competencia, impulsar acciones que contribuyan a garantizar ese derecho fundamental para sus habitantes. Primeramente, al desempeñar sus facultades constitucionales con un enfoque de sustentabilidad en la prestación de los servicios públicos y otras materias que les corresponden. También, mediante la generación de una cultura de conciencia, responsabilidad y solidaridad en la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente.

Todas las personas tenemos el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para nuestro desarrollo y bienestar; por tanto, corresponde a todos, ciudadanía y gobiernos, proteger el medio ambiente y cuidar nuestros recursos naturales.

Lo anterior, el medio ambiente ha sido dañado por el ser humano; empresas de gran calado son el mayor motor contaminante en México. Aunque se han realizado numerosas reformas y adecuaciones, así como normas mexicanas, esto no es suficiente para contener la gran contaminación que genera al medio ambiente mexicano. Grandes catástrofes que causaron desastres naturales en los últimos años en México son:

En Durango, la mina Proyecto Magistral, que derramó dos mil metros cúbicos de agua cianurada al arroyo de la Cruz en el municipio del Oro.

En Jalisco, 3 millones de peces muertos en la laguna de Cajatitla, por descargas de agua residuales municipales y el mal funcionamiento de las plantas de tratamiento.

En Veracruz, se derramaron más de 300 mil litros de gasolina en el arroyo hondo por una supuesta toma de gasolina clandestina; en Nuevo León, se derramaron hidrocarburos en el río San Juan, en la presa El Cuchillo, la cual provee una parte importante de agua potable que se consume en Monterrey, la causa fue una supuesta toma clandestina.

En Sinaloa, amanecieron miles de peces muertos en Mazatlán, la causa son las descargas de aguas residuales del municipio y el mal funcionamiento de la planta tratadora de agua.

En Sonora, se considera el peor desastre ecológico minero en la historia de nuestro país, al menos 40 mil metros cúbicos de cobre y ácido sulfúrico derramados en los ríos Sonora y Bacanuchi (hay fuentes que aseguran que fueron hasta 240 mil), consecuencia de la mala operación de la minera Buenavista del Cobre, propiedad de Grupo México.

En Cancún, Quintana Roo, la extracción de piedra caliza provocó la deforestación del 80 por ciento de los predios, alterando el manto freático y destruyendo suelo cárstico en una extensión equivalente a más de 1,835 pirámides de Kukulkán.

En Veracruz y Campeche el derrame de hidrocarburos afectó ríos y manantiales en Álamo Temapache, dañando el suministro para consumo humano y riego agrícola.

Es por lo antes mencionado y como diputado federal del estado de Hidalgo, he tenido diferentes solicitudes de la ciudadanía en materia de medio ambiente que se resuelva el daño al medio ambiente en el estado de Hidalgo, durante décadas, el Valle del Mezquital ha sufrido un alto impacto ecológico con la instalación de 140 empresas, particularmente cementeras, la refinería Miguel Hidalgo, una planta hidroeléctrica de la Comisión Federal de Electricidad, así como la desembocadura de los ríos Tula y Salado a la presa Endhó, que almacena toneladas de desechos del Distrito Federal y del valle de México.

Asimismo, la Red Regional de Organizaciones y Ciudadanos del Suroeste del Valle del Mezquital, donde confluyen agrupaciones civiles, sociales y pobladores de la región, considera que el mayor daño ambiental radica en ocho municipios: Tula de Allende, Atotonilco de Tula, Atitalaquia, Tepetitlán, Tlahuelilpan, Taxcoapan, Tepeji del Río y Apaxco, con más de 60 mil habitantes.

En un informe emitido por el Gobierno Federal, resalta que, por lo anterior, en 2011 la polución en la zona se agudizó con el incremento en la emisión de miles de toneladas anuales de bióxido de carbono, entre otros contaminantes.

Dicho estudio, da cuenta de los daños causados en materia de contaminación del aire en la zona Tepeji-Tula-Apaxco, que en 1995 fue considerada por la Organización de las Naciones Unidas como la región más contaminada del mundo: “Cada año se producen un millón 170 toneladas de emisiones contaminantes al aire, originadas en procesos de combustión, 89 por ciento en fuentes fijas (actividades industriales) y el resto en fuentes móviles (10 por ciento en vehículos automotores con consumo de gasolina y 0.75 por ciento con consumo de diésel).

“Las emisiones totales de contaminantes al aire, suelo y drenaje de la industria ascienden a 892 mil 532 toneladas al año.”

Por lo anterior, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Comisión Nacional del Agua (Conagua) llevaron a cabo 65 inspecciones en establecimientos de diversos sectores instalados en la parte alta del río Tula, abarcando municipios en Hidalgo como Jilotepec, Soyaniquilpan, Tula de Allende, Tepeji del Río y Atitalaquia, así como localidades del Estado de México, entre ellas Cuautitlán Izcalli, Nicolás Romero, Tultitlán, Tepotzotlán y Teoloyucan.

De estas visitas, en 26 se identificaron irregularidades que actualmente están en vías de solución. Además, 16 empresas recibieron multas por un total de 33.1 millones de pesos, cantidad que podrá destinarse a proyectos en favor de la cuenca, en caso de que los sancionados opten por acciones ambientales sustitutivas, aunque son multadas siguen contaminado.

El espíritu de esta propuesta es Incrementar las sanciones económicas del artículo 19 de la LFRA endurece la política punitiva del Estado. Este cambio garantiza que las multas sirvan como un castigo financiero efectivo y disuasorio, con el objetivo de inhibir conductas ilícitas, ya que estas sanciones son adicionales a la obligación de reparar o compensar el daño.

La fracción I es para personas físicas, por lo que implica duplicar la carga económica máxima que un particular (persona física) puede enfrentar por daños ecológicos graves. Las personas físicas con mayor capacidad económica, como empresarios o prestadores de servicios que dañen el ambiente, enfrentarán multas mucho más severas, reflejando el principio de “el que contamina, paga” a una escala más estricta. Sin embargo, para cualquier ciudadano que dañe el ambiente puede ser demasiado, ya que la multa máxima se duplica, superando los 11.7 millones de pesos.

En el caso de la fracción II que es para personas morales, afecta a empresas, corporaciones u organizaciones. Las multas alcanzan niveles con un impacto financiero crítico, toda vez que el techo de sanción para empresas aumenta un 50 por ciento, para situarse en un tope de 105.5 millones de pesos.

Es así que, si bien l os montos recaudados por estas multas se destinan prioritariamente a la reparación del daño ecológico y a la gestión ambiental, debe haber una proporcionalidad. El juez debe evaluar la gravedad del daño, la capacidad económica del infractor y si existió intencionalidad o negligencia antes de fijar la multa exacta entre el rango mínimo y el nuevo máximo.

Para mayor claridad a la propuesta de la iniciativa que presento, inserto cuadro comparativo con el texto vigente y la propuesta ; se reforma el artículo 19, fracciones I y II de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 19, fracciones I y II de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, para quedar en los términos siguientes

Artículo Único. - Se reforma el artículo 19, fracciones I y II de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 19. La sanción económica prevista en la presente ley será accesoria a la reparación o compensación del daño ocasionado al ambiente y consistirá en el pago por un monto equivalente de:

I. De quinientos a cien mil días de acuerdo al valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de imponer la sanción, cuando el responsable sea una persona física, y

II. De cinco mil a novecientos mil días de acuerdo al valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de imponer la sanción, cuando la responsable sea una persona moral. Dicho monto se determinará en función de daño producido.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Naciones Unidas Consejo de Derechos Humanos 2020, Relator Especial sobre el Derecho Humano a un Medio Ambiente Limpio, Saludable y Sostenible, consultado en

https://www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-environment.

2 Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, última reforma 2026, artículo 4o. constitucional, Cámara de Diputados, consultado en la página

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

3 La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 2025, Cámara de Diputados, artículo 3, fracción I, consultado en la página Web:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFRA.pdf

4 Periódico La Jornada 2014, Castigan 140 empresas al Valle del Mezquital, consultado en la página web:

https://www.jornada.com.mx/2014/01/21/politica/003n1pol

5 Jaquelin Viedma 2025, Infobae, Multas por 33.1 millones de pesos a 16 empresas por contaminación en cuenca del río Tula, consultado en la pagina web:

https://www.infobae.com/mexico/2025/12/12/multas-por-331-millone s-a-16-empresas-por-contaminacion-en-cuenca-del-rio-tula/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de septiembre de 2026.– Diputado Asael Hernández Cerón (rúbrica).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

El diputado Asael Hernández Cerón:

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados pertenecientes a esta LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y así como en los artículos 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la iniciativa por la que se reforman las fracciones XIII, XIV, y XVI; y se adiciona la fracción XVII, recorriéndose la subsiguiente, todas del artículo 4, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En un país con más de 40 millones de personas jóvenes, garantizar su desarrollo pleno no es solo un imperativo ético: es una estrategia clave para el futuro de México. Las juventudes son hoy uno de los grupos poblacionales más diversos, dinámicos y estratégicos. Al mismo tiempo, enfrentan desigualdades estructurales que limitan su acceso a oportunidades y derechos, especialmente en contextos rurales, indígenas, afrodescendientes o marcados por pobreza y violencia.

México se encuentra en una etapa crítica de su dinámica demográfica, en la que la proporción de personas jóvenes comienza a disminuir mientras aumenta la población adulta mayor. Esta transición presenta una ventana de oportunidad que no se repetirá: invertir hoy en el desarrollo de las juventudes es clave para garantizar sostenibilidad social y económica en el mediano y largo plazo.

Es imperante que el gobierno federal realice ajustes en sus políticas públicas, ya que la juventud evoluciona a pasos agigantados, junto con la tecnología y otras necesidades que los rodean. En el 2020 a nuestros días, la juventud ha tenido impactos en su economía, en la salud mental y el medio ambiente.

Esta propuesta legislativa beneficiará a 30.4 millones de jóvenes de acuerdo a los datos estadísticos del INEGI, primer trimestre del 2025.

En el cual pretende que, en coordinación con las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, se desarrollen programas y cursos de orientación e información sobre:

- Salud mental,

- Una vida libre de violencias,

- Programas de apoyos para jóvenes emprendedores,

- Acceso a una vivienda digna, y

- Estimular la reinserción y permanencia del alumnado.

Es importante, como legislador, impulsar los temas antes enlistados, porque son preocupación de los jóvenes mexicanos. De acuerdo con el INEGI, menciona que la tasa de desocupación general de la población de 15 años y más se ubicó en 2.5 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA), mientras que entre las personas jóvenes fue de 4.8 por ciento. La tasa de informalidad laboral alcanzó 54.3 por ciento de la población general, en tanto que para el grupo de 15 a 29 años fue de 58.8 por ciento.

Las personas de 15 años y más en México ascendían a 102.3 millones, de las cuales 60.5 millones pertenecían a la población económicamente activa.

(PEA). De esta población, 15.9 millones son jóvenes, que representaron 26.3 por ciento de la PEA; de ellas, 39.6 por ciento mujeres y 60.4 por ciento, hombres.

Los jóvenes mexicanos son una parte importante, para la economía del país por lo cual es imperante formar nuevos empleos y emprendimientos de negocios, con el fin de darles oportunidades laborales a este sector ya que el 46.3 por ciento de los jóvenes del país tiene la necesidad de trabajar para apoyar a la economía de sus familias.

De acuerdo con una investigación por el financiero la educación financiera, es una de las barreras en los jóvenes un patrón que se encontró en los encuestados fue la limitación en educación financiera, ya que en muchos casos emprenden a partir de aprendizajes empíricos, esto provoca que la toma de decisiones económicas sea improvisada.

Otra traba para los jóvenes es el emprendimiento, el desarrollar esquemas de acompañamiento que incluyan mentoría, redes de apoyo y fomentar el emprendimiento como otra alternativa de inserción económica en los jóvenes.

Habilidades para la vida: Brindar espacios de orientación enfocados en juventudes para desarrollar habilidades que ayuden a la toma de decisiones, gestión del tiempo, la resolución de problemas, tolerancia y resiliencia ante entornos laborales.

Es por lo antes mencionado que la creación de este tipo de reformas en la ley e impulsen la generación de apoyo y políticas públicas para los jóvenes, es urgente ya que la juventud no es el futuro, es el presente del país, la fuerza laboral que puede generar empleo, activar la economía y la sustantividad de la juventud en nuestro país.

Otra problemática que es urgente atender es la salud mental en la juventud. De acuerdo a la doctora Zeinab Hijazi, menciona que la salud mental ya no debe tratarse como un efecto secundario de la disrupción global; debe ser parte de cómo respondemos, nos recuperamos y reimaginamos nuestro futuro.

De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT) 2025, 10 por ciento de las personas de 12 a 17 años presentaron malestar psicológico en los últimos 12 meses en México hasta 2025. Esto quería decir que 1.3 millones de personas adolescentes experimentaban incomodidad emocional, que se podía manifestar como ansiedad, estrés, insatisfacción o angustia, sin que necesariamente se cumplieran los criterios para un trastorno mental.

Bajo este concepto se incluían síntomas de depresión (como tristeza y desesperanza) y de ansiedad (nerviosismo e intranquilidad). Además, los síntomas podían ir acompañados de síntomas somáticos, como pérdida de energía o insomnio. Por otra parte, este malestar afectaba la funcionalidad y el bienestar general de los individuos.

Destacaba que el porcentaje de las personas de 12 a 17 años que presentaban malestar psicológico era mayor al de las personas de 18 a 65 años (10 por ciento y 7.8 por ciento, respectivamente). Además, entre las mujeres adolescentes se observaba una mayor proporción de población que experimentaba esta condición que entre los hombres de la misma edad (13.2 por ciento y 6.9 por ciento, respectivamente).

Es por lo antes mencionado, la importancia de desarrollar los mecanismos necesarios para que nuestra juventud tenga las herramientas suficientes para salir adelante en su desarrollo.

Para mayor claridad a la propuesta de la iniciativa que presento, inserto cuadro comparativo con el texto vigente y la propuesta ; se reforman fas fracciones XIII, XIV, y XVI; y se adiciona la fracción XVII, recorriéndose la subsiguiente, todas del artículo 4, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman las fracciones XIII, XIV, Y XVI; y se adiciona la fracción XVII, recorriéndose la subsiguiente, todas del artículo 4, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

Artículo Único. - Se reforman fas fracciones XIII, XIV, y XVI; y se adiciona la fracción XVII, recorriéndose la subsiguiente, todas del artículo 4, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

l. a XII ...

XIII. Elaborar, en coordinación con las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, programas y cursos de orientación e información sobre adicciones, nutrición, educación sexual, salud mental y sobre salud reproductiva, derechos humanos, cultura de una vida libre de violencias y no discriminación, equidad de género, medio ambiente y sustentabilidad, apoyo a jóvenes en situación de exclusión y acceso a una vivienda digna;

XIV. Proponer a la Secretaría de Educación Pública la operación de programas especiales de becas y estímulos, para fomentar y fortalecer la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, estimular la reinserción y permanencia del alumnado, la capacitación productiva y la educación media superior y superior de las y los estudiantes pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

XV. ...

XVI. Proponer a la Secretaría de Economía programas de apoyos para jóvenes emprendedores, impulsar el fomento de Puestos de Nueva Creación o existentes para los Jóvenes estudiantes y egresados del Nivel de Educación Superior e incentivar los patrones a contratarlos, y

XVII. Las demás que le otorguen la presente Ley y otros ordenamientos legales y reglamentarios.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Informe de Desarrollo Humano de las Juventudes, 2025, PNUD,

https://mexico.unfpa.org/es/publications/informe-de-desarrollo-h umano-de-las-juventudes

2 Lop Cit.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2025 /EAP_Juventud.pdf

3 Andrea Sandoval, 2026, el Economista, El 46 por ciento de los jóvenes emprende por necesidad económica, no por oportunidad.

4 REDIM, 2025, salud mental de niñas, niños y adolescentes en México,

https://blog.derechosinfancia.org.mx/2026/01/28/salud-mental-de- ninas-ninos-y-adolescentes-en-mexico-2025/.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2026.– Diputado Asael Hernández Cerón (rúbrica).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Túrnese a la Comisión de Juventud, para dictamen.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 y adiciona el artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de prevención de la discriminación y exclusión por discapacidad psicosocial.

El diputado José Luis Hernández Pérez:Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

El diputado José Luis Hernández Pérez: Compañeras y compañeros legisladores, hoy tengo el honor y la responsabilidad de presentar ante esta soberanía una iniciativa que no responde a una moda ni a una coyuntura política, responde a una realidad silenciada a una deuda histórica y a un imperativo ético y jurídico.

El reconocimiento y la protección efectiva de las personas con discapacidad psicosocial, con especial énfasis en niñas, niños y adolescentes. La protección de los derechos de la infancia y adolescencia es una prioridad fundamental del Estado mexicano. Lo consagra el artículo cuarto de nuestra Constitución Política y lo ratifican tratados internacionales de los que México es parte.

La Convención sobre los Derechos del Niño, y de manera central la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su artículo 1o., esta convención establece que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás. Y esa definición es clave, compañeras y compañeros, porque nos enseña que la discapacidad no está solo en la persona, también está en la sociedad que no sabe o no quiere comprenderla.

Según el Censo de Población y Vivienda 2020 en México habitan 6 millones 179 mil 890 personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa aproximadamente el 4.9 por ciento de nuestra población total. Dentro de este universo miles de personas viven condiciones de salud mental, que lejos de ser superables solo con tratamiento médico se ven agravadas por miradas que juzgan, entornos que excluyen y leyes que no nombran.

La Organización Mundial de la Salud lo ha señalado con claridad, las personas con trastornos mentales sufren los efectos de factores sociales negativos, estigma, discriminación, rechazo y que sumados a su condición configuran una discapacidad psicosocial real, tangible y muy limitante.

Esta invisibilidad normativa tiene rostro de niña, de niño y de adolescente, son quienes más sufren las consecuencias de la falta de reconocimiento al no estar definida la discapacidad psicosocial en nuestra legislación, se perpetúan estereotipos que los etiquetan como inestables, peligrosos o incapaces, se les niega el acceso a educación inclusiva a entornos protectores a la participación plena y, lo más grave, se les condena a llevar una etiqueta que pesa más que su propia voluntad, su talento y su potencial.

La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en su artículo 2o., establece las definiciones que dan certeza jurídica a las políticas públicas.

Sin embargo, hoy no existe una definición expresa de discapacidad psicosocial. Este vacío impide que las autoridades federales, estatales y municipales diseñen e implementen acciones muy específicas. Normativas como la NOM-035-STPS-2018 ya reconocen la salud mental como elemento esencial del bienestar. Es cierto. Sin embargo, la ley rectora en materia de discapacidad sigue sin reflejar esta realidad.

Es por ello que la presente iniciativa tiene dos propósitos centrales sencillos, pero transformadores: primero, adicionar una fracción XIII Bis al artículo 2o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para redefinir expresamente la discapacidad psicosocial, nombrarla, definirla, reconocerla.

Ese es el primer paso para dejar de ignorarla y empezar a protegerla. Segundo, adicionar un artículo 45 Bis para invitar a las autoridades de los tres órdenes de gobierno y de las demarcaciones de la Ciudad de México, adoptar todas las medidas necesarias legislativas, administrativas, sociales, educativas, para suprimir usos, costumbres, prácticas culturales, prejuicios y estereotipos que generen discriminación, exclusión o violación de los derechos de niñas y adolescentes con discapacidad psicosocial.

Compañeras y compañeros, esta propuesta se alimenta cabalmente con los principios de inclusión y no concibe la discapacidad desde una visión asistencialista mucho menos caritativa. Lo hace desde un enfoque de derechos humanos...

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Concluya, diputado.

El diputado José Luis Hernández Pérez:...igualdad sustantiva y justicia social. No estamos pidiendo especiales, estamos exigiendo igualdad real.

No estamos inventando una condición, estamos dándole nombre y protección a una realidad que ya existe y que duele, porque cuando una niña o un adolescente es diagnosticado con una condición de salud mental, lo que menos necesita es que la sociedad le cierre las puertas. Lo que necesita es comprensión, apoyo, ajustes razonables, educación inclusiva, entorno que crea... y un buen entorno que crea en su capacidad. Y eso no se logra solo con buena voluntad, se logra con leyes que obligan, que orientan y que transforman.

Concluyo. Hoy abrimos camino para que ningún niño sea excluido de una escuela por su diagnóstico, para que ninguna familia sienta que está sola. Por todo lo anterior, compañeras y compañeros, hoy promuevo esta iniciativa que fortalece el marco jurídico, que acompañe, que protege y que incluya a las niñas, los niños y adolescentes que viven con discapacidad psicosocial, que la diferencia no sea motivo de rechazo, sino de reconocimiento, respeto y acompañamiento porque ese es el México que merecemos, incluyente, seguro y verde. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 2o. y adiciona un artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de prevención de la discriminación y exclusión por discapacidad psicosocial, a cargo del diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, José Luis Hernández Pérez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XIII Bis al artículo 2 y un artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de prevención de la discriminación y exclusión por discapacidad psicosocial, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes es una prioridad fundamental del Estado mexicano, consagrada en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que México es parte, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Garantizar su bienestar, desarrollo integral y plena inclusión es una obligación que nos corresponde a todas y todos, sin excepción.

De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, en México habitan 6 millones 179 mil 890 personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa aproximadamente 4.9 por ciento de la población total del país. Esta cifra da cuenta de una realidad que debe ser atendida con políticas públicas inclusivas, sensibles y transformadoras. La discapacidad no es un fenómeno único ni homogéneo: abarca diversas condiciones: motriz, sensorial, intelectual y psicosocial que, interactuando con barreras sociales, actitudinales y ambientales, limitan la participación plena de las personas en igualdad de condiciones.

La discapacidad psicosocial constituye una de las formas de discriminación y exclusión más profundas y menos reconocidas en nuestro marco normativo. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), se refiere a las “personas con diagnóstico de trastorno mental que han sufrido los efectos de factores sociales negativos, como el estigma, la discriminación y la exclusión.

A diferencia de otras discapacidades, la psicosocial no se limita a una condición médica; se construye y se agudiza a partir de las relaciones sociales, los prejuicios y la falta de comprensión de la sociedad.

Esta invisibilidad tiene consecuencias graves, especialmente para niñas, niños y adolescentes. Al no estar reconocida expresamente en la legislación, se perpetúan estereotipos que los etiquetan como “inestables”, “peligrosos” o “incapaces”, negándoles el ejercicio pleno de sus derechos: educación inclusiva, salud integral, protección y participación. La falta de reconocimiento legal refuerza el estigma y dificulta el acceso a apoyos, ajustes razonables y entornos protectores.

La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad no contempla de manera expresa la discapacidad psicosocial en su glosario de definiciones, lo que genera un vacío jurídico que impide que las autoridades de los tres órdenes de gobierno diseñen e implementen políticas públicas específicas. Por el contrario, normativas como la norma oficial mexicana NOM-035-STPS-2018, relativa a los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, ya reconocen la relevancia de la salud mental y el bienestar emocional como elementos esenciales para el desarrollo de las personas, lo que evidencia la urgencia de actualizar también la legislación dirigida a la infancia y la adolescencia.

Es imperativo que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes refleje esta realidad. Las niñas, niños y adolescentes que viven alguna condición de discapacidad psicosocial requieren una protección reforzada, pues son doblemente vulnerables: por su condición de edad y por la discriminación estructural que enfrentan. Reconocer esta condición en la ley es el primer paso para eliminar las barreras que les impiden crecer, desarrollarse y participar plenamente en la sociedad.

Es por ello que la presente iniciativa busca adicionar el artículo 45 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el fin de obligar a las autoridades federales, estatales y municipales a adoptar medidas dirigidas a erradicar usos, costumbres, prácticas culturales o prejuicios que perpetúen la discriminación contra niñas, niños y adolescentes con discapacidad psicosocial.

Adicionalmente, esta propuesta se alinea con los principios de la cuarta transformación: un gobierno cercano a la gente, que atiende a quienes han sido históricamente invisibilizados y marginados.

Cabe señalar que no se trata únicamente de un cambio de redacción, sino de un cambio de paradigma, es decir pasar de una visión asistencialista y estigmatizante a una basada en derechos humanos, donde la discapacidad psicosocial sea reconocida, respetada y acompañada con acciones concretas de inclusión. Entre los objetivos centrales de esta reforma se encuentran:

La inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad psicosocial es una deuda de justicia social. No podemos seguir tolerando que millones de personas crezcan sin el reconocimiento legal y el apoyo que merecen. El Estado debe garantizar que cada niña, cada niño y cada adolescente pueda desarrollarse plenamente, sin importar su condición, y que la sociedad deje de verlos como “diferentes” y empiece a reconocerlos como sujetos de derechos, con todo su potencial y su valor intrínseco.

Por ello, esta iniciativa es un paso firme hacia una sociedad más justa, igualitaria e inclusiva. Reconocer la discapacidad psicosocial en la ley es abrir la puerta a un futuro donde nadie sea dejado atrás. Por el bienestar de nuestras niñas, niños y adolescentes, y por el futuro de México, pido a esta Honorable Asamblea su voto a favor del presente proyecto.

Por lo expuesto y fundamentado, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se adiciona una fracción XIII Bis al artículo 2 y un artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de prevención de la discriminación y exclusión por discapacidad psicosocial

Artículo Único. Se adiciona una fracción XIII Bis al artículo 2 y un artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

I. a XIII. ...

.

XIV. a XXXIV. ...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Segundo. Las autoridades competentes contarán con un plazo de 120 días naturales para realizar las adecuaciones normativas, reglamentarias y administrativas que deriven del presente decreto.

Tercero. Los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para dar cumplimiento al presente decreto se sujetarán a las disposiciones de ejercicio presupuestal de cada orden de gobierno.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 15 de septiembre de 2026.– Diputados y diputadas: José Luis Hernández Pérez, Felipe Miguel Delgado Carrillo, Ofelia Socorro Jasso Nieto, Ruth Maricela Silva Andraca, Celia Esther Fonseca Galicia, Mayra Espino Suárez, Juan Armando Ruiz Hernández, María de Fátima García León, Dora Patricia Mercado Castro, Laura Irais Ballesteros Mancilla, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Luis Enrique Miranda Barrera, Gibrán Ramírez Reyes, Amancay González Franco (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE SEGURIDAD CARRETERA

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra el diputado José Manuel Hinojosa Pérez, hasta por 10 minutos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que expide la Ley Federal de Seguridad Carretera.

El diputado José Manuel Hinojosa Pérez:Con su permiso, presidenta. Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante, diputado.

El diputado José Manuel Hinojosa Pérez: Compañeras y compañeros diputados, México cuenta con una red carretera que supera los 50 mil kilómetros distribuidos a lo largo y ancho de la nación. No es por nadie desconocido que la inseguridad carretera ha generado movilizaciones y manifestaciones que son la voz de las y los ciudadanos unidos exigiendo que las autoridades resuelvan esta problemática.

Tan solo en Michoacán, al corte del martes 1o. de septiembre de 2026, se reportaron los siguientes cierres carreteros, en la región de Zamora, la carretera Ecuandureo-Zamora a la altura del Sauz, Zamora-La Barca Jalisco, a la altura del Pochote, en Zamora-Ixtlán, Zamora-Carapan, en los Nogales, Chilchota-Carapan en Tanaquillo, Tangancico-Arocarapan, muy cerca de Los Nogales, en la región de La Piedad, en La Piedad-Ecuandureo en la zona de La Esperanza, La Piedad-Vista Hermosa, La Piedad-Numarán, La Piedad-Carapan y Ecuandureo-La Piedad, en otras regiones, por ejemplo, Pátzcuaro-Tzintzuntzan, a la altura de Sanabria, Comanja-Coeneo, Carapan-Zacapu, Purépero-Tlazazalca, Morelia-Quiroga y así el resto del país, igual de intransitable, igual de ingobernable.

Reconocemos que el gobierno federal ha implementado retenes con la Guardia Nacional y ha movilizado drones para la supervisión de recorridos terrestres. Pero lamentablemente esto todavía no ha sido suficiente.

Y cuando hay operativos de seguridad la reacción del crimen organizado es la toma de carreteras y la quema de vehículos. Siendo siempre los más perjudicados los transportistas, los comerciantes y los ciudadanos.

Actualmente contamos con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, publicada en el año 2022, que defiende la necesidad de la coordinación entre los tres órdenes de gobierno. La seguridad vial atiende riesgos derivados de la velocidad, el estado mecánico de los vehículos, la señalización y las condiciones de la infraestructura, pero no tiene por objeto la prevención ni el combate de los delitos que se cometen en las carreteras.

La movilidad es un concepto muy amplio que abarca el derecho de las personas a desplazarse de manera eficiente, segura, sustentable e incluyente, pero su regulación no aborda la problemática específica de la inseguridad de las carreteras nacionales.

La inseguridad carretera, para efectos de esta iniciativa, comprende las políticas, acciones y mecanismos dirigidos a prevenir, disuadir, detectar, investigar y atender delitos y situaciones de riesgo en carreteras federales.

Es muy importante señalar que esta nueva ley no contraviene lo señalado en la Ley de Seguridad Carretera porque esta no regula el tránsito, la movilidad y no previene siniestros viales. Para evitar duplicidad de funciones la plataforma prevista en la presente iniciativa se integra como componente especializado del Sistema Nacional de Información y la actualización de cada autoridad queda sujeta a atribuciones constitucionales y legales.

Esta propuesta es la respuesta de Acción Nacional al llamado de auxilio de los transportistas, de los conductores, de las y los mexicanos que viajan con miedo de no llegar bien a su destino. Es la respuesta a las cámaras de comercio, al Consejo Nacional Agropecuario, a la Canacar, a la Canacintra, a Coparmex y a cada persona que transita por lo largo y ancho de este país.

Por lo que los invito a sumarse también a esta respuesta nacional, a fin de consolidar la Ley Federal de Seguridad Carretera y las modificaciones constitucionales que establecen las bases, principios, obligaciones e instrumentos de coordinación para prevenir, investigar y atender los delitos y demás situaciones de riesgo que ocurran en las carreteras federales. Por la seguridad de las personas, por el bien común de México y ahora sí poder gritar el día de hoy: viva México.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Comunicaciones y Transportes, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Tiene la palabra la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal.

La diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas:Buenos días a todas y a todos. Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

La diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas: Compañeras, compañeros diputados, hoy subo a esta tribuna para presentar una iniciativa que parte de una convicción sencilla pero profundamente importante: el paso del tiempo no puede convertirse en un aliado de la impunidad, y mucho menos cuando hablamos de violencia sexual.

La violencia sexual no termina el día que ocurre la agresión, sus consecuencias pueden permanecer durante años, incluso durante toda la vida de una persona. Quienes han sido víctimas pueden enfrentar miedo, culpa, vergüenza, dependencia económica, presión familiar, amenazas o, simplemente, la imposibilidad emocional de comprender y denunciar inmediatamente lo ocurrido.

Esto es particularmente grave cuando las víctimas son niñas, niños y adolescentes. En estos casos, muchas personas llegan a revelar los hechos años o incluso décadas después, cuando finalmente encuentran la fuerza, el acompañamiento o las condiciones necesarias para hablar, pueden encontrarse con una respuesta devastadora: el delito ya prescribió.

¿Podemos aceptar que una persona que durante años cargó con las consecuencias de una agresión sexual pierde el derecho a buscar justicia simplemente porque transcurrió demasiado tiempo? Yo considero que no, y por eso presentamos esta iniciativa. Que, además, quiero decirles que fue trabajada con organizaciones de la sociedad civil.

La propuesta busca modificar el artículo 107 Bis del Código Penal Federal, para ampliar los delitos que serán considerados imprescriptibles cuando se cometan contra personas menores de 18 años, incorporando los delitos previstos en los artículos 199 Bis, 199 Quáter, 199 Quintus, 199 Septies y 199 Octies, además de los que actualmente contempla la legislación.

Asimismo, se mantienen las disposiciones relativas a los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual cometidos contra personas menores de edad y se amplía el catálogo de conductas imprescriptibles.

Esta respuesta, esta propuesta responde a una realidad que no podemos ignorar. De acuerdo con el diagnóstico que acompaña esta iniciativa, la cifra negra de delitos en México supera el 90 por ciento, y la situación es todavía más preocupante cuando hablamos de delitos sexuales, debido, precisamente, al miedo, la vergüenza, la dependencia económica, la revictimización y las relaciones de poder entre víctimas y agresores.

Por eso debemos entender que no denunciar inmediatamente no significa que el daño no haya existido, tampoco significa que la víctima haya renunciado a su derecho a la justicia, significa muchas veces que las condiciones sociales, familiares, económicas y psicológicas, hicieron imposible denunciar en ese momento.

Esta iniciativa reconoce esa realidad, pero quiero ser muy clara, imprescriptibilidad no significa ausencia de debido proceso, no significa condenar sin pruebas, no significa eliminar los derechos de las personas imputadas.

La iniciativa mantiene intactas las garantías procesales y los estándares probatorios, lo que pretende eliminar es una sola barrera, que el transcurso del tiempo por sí mismo cierre definitivamente la puerta a la justicia.

Nuestro marco constitucional nos obliga a colocar los derechos humanos en el centro de toda actuación del Estado. El artículo 1o. constitucional establece el deber de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, y el artículo 4o. reconoce el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Además, México ha asumido compromisos internacionales para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia sexual. Por eso esta reforma no simplemente responde a una exigencia social, responde también a una obligación del Estado mexicano. Responde a una deuda histórica del Estado mexicano con las víctimas de violencia sexual. Es cuanto, presidenta, gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Xóchitl Teresa Arzola Vargas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. Introducción

La presente iniciativa responde a una deuda histórica del Estado mexicano con las víctimas de violencia sexual. Su propósito fundamental es garantizar que el transcurso del tiempo no continúe operando como un mecanismo de impunidad para quienes han cometido conductas que lesionan gravemente la dignidad humana, la libertad sexual, la integridad personal y el libre desarrollo de la personalidad. La experiencia nacional e internacional demuestra que las víctimas de violencia sexual frecuentemente enfrentan obstáculos psicológicos, familiares, sociales e institucionales que retrasan la revelación de los hechos y la presentación de denuncias, provocando que en numerosos casos los plazos de prescripción concluyan antes de que puedan acceder efectivamente a la justicia.

Frente a esta realidad, la presente reforma tiene como objetivo general fortalecer el marco jurídico de protección de los derechos humanos mediante el establecimiento de la imprescriptibilidad de la acción penal y de las sanciones aplicables a los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual previstos en el Código Penal Federal, reconociendo la especial gravedad de estas conductas y los efectos permanentes que producen en la vida de las víctimas.

De manera específica, la iniciativa persigue los siguientes objetivos: primero, garantizar el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia sexual, eliminando barreras legales que favorecen la impunidad; segundo, fortalecer la protección reforzada que el Estado debe brindar a mujeres, niñas, niños y adolescentes, atendiendo al principio de interés superior de la niñez y a los estándares de igualdad sustantiva; tercero, armonizar la legislación penal federal con los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos, protección de víctimas y erradicación de la violencia de género; cuarto, reconocer las particularidades del trauma derivado de la violencia sexual y sus efectos sobre la capacidad de denuncia de las víctimas; quinto, contribuir a la prevención general de estos delitos mediante el fortalecimiento de los mecanismos de responsabilidad penal; y sexto, consolidar un modelo de justicia centrado en las víctimas, que privilegie la verdad, la reparación del daño y la no repetición.

Asimismo, la reforma busca enviar un mensaje claro e inequívoco de que la violencia sexual constituye una de las formas más graves de afectación a los derechos humanos y que, por tanto, el Estado mexicano no permitirá que el mero paso del tiempo extinga la posibilidad de investigar, juzgar y sancionar a los responsables. La imprescriptibilidad propuesta no elimina las garantías del debido proceso ni modifica los estándares probatorios exigibles en materia penal; por el contrario, fortalece el equilibrio entre los derechos de las personas imputadas y los derechos de las víctimas, asegurando que estas últimas cuenten con una oportunidad real y efectiva para acceder a la justicia cuando se encuentren en condiciones de hacerlo.

En suma, la presente iniciativa pretende colocar a las víctimas en el centro de la acción legislativa, combatir los elevados niveles de impunidad que caracterizan a los delitos sexuales y avanzar en la construcción de un sistema de justicia más humano, sensible y congruente con los principios constitucionales y convencionales que rigen la protección de los derechos humanos en México.

2. Diagnóstico

I. Planteamiento del problema

La violencia sexual constituye una de las formas más graves de vulneración a la dignidad humana. Además de afectar la integridad física de las víctimas, genera consecuencias psicológicas, emocionales, familiares, económicas y sociales que pueden prolongarse durante décadas.

A diferencia de otros delitos, las agresiones sexuales presentan características particulares que dificultan la denuncia inmediata. Diversos estudios nacionales e internacionales han documentado que las víctimas suelen tardar años e incluso décadas en revelar los hechos debido al trauma psicológico, la culpa inducida, el miedo a represalias, la dependencia económica respecto del agresor, la presión familiar o comunitaria y la desconfianza hacia las instituciones encargadas de procurar justicia.

Esta realidad provoca una profunda contradicción entre el diseño jurídico de la prescripción y la experiencia real de las víctimas. Mientras la legislación establece plazos para perseguir penalmente los delitos, miles de personas no se encuentran en condiciones materiales, psicológicas o emocionales para denunciar dentro de dichos periodos.

Como consecuencia, la prescripción se convierte en una fuente de impunidad que impide el acceso efectivo a la justicia.

II. Diagnóstico de la violencia sexual y la impunidad en México

La violencia sexual constituye una de las expresiones más persistentes y subregistradas de violencia en México. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe), levantada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la cifra negra de los delitos en México supera 90 por ciento, situación que se agrava en los delitos de carácter sexual debido a factores asociados al miedo, la vergüenza, la dependencia económica, la revictimización institucional y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor.

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares ha documentado que una proporción significativa de mujeres mexicanas ha experimentado algún tipo de violencia sexual a lo largo de su vida. Asimismo, los registros administrativos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública muestran que los delitos de abuso sexual, hostigamiento sexual, acoso sexual y violación mantienen una tendencia sostenida de incidencia en todo el territorio nacional.

La problemática adquiere una dimensión particularmente grave cuando las víctimas son niñas, niños y adolescentes. Diversos estudios especializados han demostrado que las personas que sufrieron violencia sexual durante la infancia frecuentemente revelan los hechos años después de ocurridos, debido a mecanismos psicológicos de supervivencia, dependencia emocional respecto del agresor, temor a represalias o dificultades para comprender plenamente la naturaleza del abuso sufrido.

La Organización Mundial de la Salud ha señalado que la violencia sexual durante la infancia genera consecuencias de largo plazo que pueden manifestarse durante la vida adulta mediante trastornos de ansiedad, depresión, estrés postraumático, dificultades para establecer relaciones interpersonales y afectaciones al desarrollo integral de la persona.

Esta realidad provoca que numerosas víctimas no se encuentren en condiciones psicológicas, emocionales o materiales para presentar una denuncia dentro de los plazos ordinarios de prescripción establecidos en la legislación penal. En consecuencia, la institución jurídica de la prescripción termina operando como un mecanismo que favorece la impunidad de conductas particularmente graves y lesivas para la dignidad humana.

La presente iniciativa busca corregir esta distorsión normativa, garantizando que el paso del tiempo no constituya un obstáculo absoluto para el acceso a la justicia de las víctimas de delitos sexuales.

II. La violencia sexual como problema estructural en México

La violencia sexual constituye una problemática estructural que afecta de manera diferenciada a mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas en situación de vulnerabilidad.

Diversas encuestas nacionales muestran que la cifra negra en delitos sexuales es una de las más elevadas del sistema penal mexicano. La mayoría de los hechos nunca son denunciados y, de los que llegan al conocimiento de las autoridades, sólo una fracción concluye con una sentencia condenatoria.

La persistencia de estos niveles de impunidad genera incentivos para la repetición de las conductas delictivas y debilita la confianza ciudadana en las instituciones de procuración y administración de justicia.

Resulta especialmente preocupante el caso de las agresiones sexuales cometidas contra niñas, niños y adolescentes, quienes frecuentemente permanecen en relaciones de subordinación, dependencia o control respecto de sus agresores.

Numerosos estudios psicológicos han demostrado que las víctimas de violencia sexual durante la infancia suelen procesar plenamente la experiencia traumática años después de ocurridos los hechos, razón por la cual muchas denuncias se presentan en la edad adulta.

Sin embargo, para ese momento, en numerosos casos la acción penal ya ha prescrito.

IV. Obligaciones constitucionales e internacionales del Estado mexicano

El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Asimismo, el artículo 4o. constitucional reconoce el interés superior de la niñez como principio rector de toda actuación estatal.

México es parte de diversos instrumentos internacionales que imponen obligaciones reforzadas de prevención, investigación, sanción y reparación de la violencia sexual, entre ellos

• Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

• Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará).

• Convención sobre los Derechos del Niño.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido reiteradamente que los Estados tienen el deber de remover los obstáculos normativos que impidan el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia sexual.

En casos de violencia sexual, las autoridades deben adoptar medidas especiales de protección que reconozcan las particularidades del fenómeno y eviten que las normas procesales operen como mecanismos de impunidad.

V. Justificación de la imprescriptibilidad

La prescripción responde tradicionalmente a criterios de seguridad jurídica. Sin embargo, en determinados supuestos el interés público en la persecución y sanción de ciertas conductas reviste tal importancia que justifica excepciones al régimen ordinario.

La legislación mexicana ya contempla figuras imprescriptibles respecto de conductas consideradas especialmente graves por afectar bienes jurídicos fundamentales.

Los delitos sexuales constituyen una categoría que amerita una protección reforzada debido a

1. La gravedad de los daños ocasionados.

2. Su elevada cifra negra.

3. Las barreras estructurales para denunciar.

4. El deber reforzado de protección de niñas, niños y adolescentes.

5. Los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano.

La imprescriptibilidad no elimina las garantías del debido proceso ni modifica los estándares probatorios exigibles en materia penal. Únicamente garantiza que el transcurso del tiempo no impida a las víctimas acceder a la justicia.

3. Propuesta

4. Fundamento legal

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 77 y 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 107 Bis. El término de prescripción de los delitos previstos en el Título Octavo del Libro Segundo de este Código cometidos en contra de una víctima persona menor de dieciocho años, comenzará a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 199 Bis, 199 Quáter, 199 Quintus, 199 Septies, 199 Octies, 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis de este Código, que serán imprescriptibles.

En el caso de aquellas personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, correrá a partir del momento en que exista evidencia de la comisión de esos delitos ante el Ministerio Público.

En los casos de los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, así como los previstos en la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, que hubiesen sido cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, se observarán las reglas para la prescripción de la acción penal contenidas en este capítulo, pero el inicio del cómputo de los plazos comenzará a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 259Bis, 260, 261, 262 y 266 de este Código, que serán imprescriptibles.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las disposiciones contenidas en el presente decreto serán aplicables a los delitos cuya acción penal no haya prescrito al momento de su entrada en vigor.

Tercero. Las autoridades competentes deberán adecuar sus protocolos de investigación y atención a víctimas en un plazo no mayor de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2026.– Diputadas: Xóchitl Teresa Arzola Vargas, Gabriela Valdepeñas González, Leide Avilés Domínguez, María Magdalena Rosales Cruz, Julieta Villalpando Riquelme (rúbricas).»

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.

EFEMÉRIDES



CONMEMORACIÓN DEL INICIO DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: El siguiente punto en el orden del día es la efeméride en conmemoración del inicio de la Independencia de México, a cargo de los grupos parlamentarios, quienes tendrán el uso de la palabra, hasta por tres minutos.

Tiene la palabra el diputado Gibrán Ramírez Reyes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Gibrán Ramírez Reyes:Gracias, presidenta.

La presidenta diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas: Adelante.

El diputado Gibrán Ramírez Reyes: Es un placer y es un honor estar ante este pleno rebosante de cientos de diputados inundados de fervor patrio que aquí se percibe. Y por eso quiero recordar las arengas de Miguel Hidalgo, de las cuales seguramente las que pueden ser más ciertas, a según lo que dicen sus contemporáneos, son aquellas de: viva Fernando VII, viva la virgen de Guadalupe y, sobre todo, que muera el mal gobierno.

De esas arengas podemos saber, sin espacio para la duda, que el Padre de la Patria no estaba en contra, sino a favor del enaltecimiento de nuestra raíz española y del orden cultural virreinal que ya había forjado una nación americana que incluía a los indígenas, pero que sí estaba muy en contra, radicalmente en contra, de quienes oprimían a los nacidos aquí, que pretendían ser más que los americanos y pretendían imponerse por la fuerza o por el dinero.

De esas arengas podemos saber también que el Padre de la Patria reivindicaba el mestizaje cultural fino, tallado por siglos en madera oscura, que dio a la luz a la virgen de Guadalupe y al catolicismo novohispano, y que dependió de que la gracia combinara armónicamente — y después de cientos de años — elementos de las culturas islámicas, hispánicas y nahuas.

De esas arengas del Padre de la Patria podemos saber que él creía que la independencia de los americanos respecto de los peninsulares tenía sentido solo si eso servía para que se terminaran los tributos injustos, para que se acabara la opresión y para que muriera el mal gobierno. Eso es la independencia.

Independencia y soberanía es que muera el mal gobierno, no defenderlo, incluso, si es crimen organizado porque es de un partido o de una facción que está en el poder. Independencia y soberanía es que muera el mal gobierno, no defender su ineptitud como muestra de su carácter supuestamente popular cuando hay gente de origen de abajo que tiene vastas y sobradas capacidades para conducir los asuntos públicos.

José Emilio Pacheco rechazó a la patria como concepto vacío en su poema llamado irónicamente Alta traición. En él, Pacheco dice que no ama a la patria, pero que daría la vida por diez lugares suyos, cierta gente, puertos, bosques, fortalezas, una ciudad deshecha, gris, monstruosa, varias figuras de la historia, montañas y tres o cuatro ríos.

Así, nosotros manifestamos nuestro amor a la patria y al ruido de nuestras calles que significan vidas y que merecen funcionar. A la lluvia que merece ser más belleza que complicación para el pobre y para el humillado. A las manos mal pagadas para que otros disfruten los frutos de nuestras tierras en nuestros mercados. Al reclamo por las montañas que merecen ser cuidadas para ser vigías de nuestras ciudades de valles y no basureros o naturaleza destruida indolentemente.

Reivindicamos a este país de maíz y humo, de sol cayendo sobre mares, de palabras que aprendimos de niños y con las que todavía nombramos todo lo que amamos, de libertad, independencia, soberanía y amor que gritan: que viva América, que muera el mal gobierno y que viva México. Gracias, compañeras y compañeros.

Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputado Gibrán Ramírez. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores, me siento muy honrado de intervenir en esta fecha tan emblemática a nombre del Grupo Parlamentario del PRI con una doble motivación que significa que hoy me acompañe mi esposa Korina, mi hija Lucía, de 10 años, y Leonardo y Fernando, de 6 años. A las niñas y niños de México quiero dedicar especialmente esta participación, ya que para nuestra patria ellos representan nuestro mayor compromiso, nuestro mayor amor y responsabilidad de legarles una mejor nación.

Hoy, conmemoramos el 216 Aniversario del inicio de la Independencia de México, una de las gestas más importantes de nuestra historia nacional. Recordamos a Miguel Hidalgo, José María Morelos, Josefa Ortiz de Domínguez, Ignacio Allende, Mariano Matamoros, mujeres y hombres que dejaron de pensar en sí mismos, para pensar en un México independiente, libre y soberano.

Para el PRI los valores patrios y cívicos forman parte de nuestra esencia, de nuestra identidad. Somos el partido histórico de México emanado de la Revolución Mexicana, que ha participado en la construcción de las instituciones y que reconoce que la patria está por encima de cualquier interés personal, partidista o electoral.

La Independencia no fue solamente una lucha contra un régimen, fue, ante todo, la expresión de un pueblo que anhelaba vivir en libertad, sin cadenas, ser respetado y escuchado, de mexicanas y mexicanos que se negaron a aceptar que unos cuantos decidieran el destino de todos.

Más de dos siglos después los desafíos son distintos, pero las aspiraciones siguen siendo las mismas. Las familias mexicanas siguen soñando con vivir en paz. Los jóvenes siguen esperando oportunidades para construir un futuro. Las madres y los padres de familia siguen deseando caminar tranquilos por las calles, llevar a sus hijos a la escuela y regresar seguros a su casa.

Por eso, cuando hablamos de independencia, también tenemos que hablar de responsabilidad, de alto deber de construir un país donde la libertad no sea solamente un concepto retórico, sino una realidad cotidiana.

Hoy, duele ver comunidades que viven con miedo, familias que enfrentan incertidumbre y ciudadanos que sienten que sus problemas no son atendidos y menos, resueltos. Duele que en distintos rincones del país existan mexicanas y mexicanos que han perdido la tranquilidad y la confianza en que las instituciones puedan responder a sus demandas y a sus necesidades.

Frente a esa realidad, nuestra obligación como legisladores y servidores públicos debe ser un llamado permanente a la unidad y al trabajo coordinado. Rechazamos tajantemente el que desde la cúspide del poder alimente la confrontación entre los mexicanos.

Estamos en contra de la polarización, México no puede seguir avanzando entre descalificaciones y agravios, porque la democracia se fortalece cuando existe diálogo, cuando se respetan las diferencias en su pensamiento y cuando ninguna voz pretende estar por encima de los demás.

Las y los legisladores tenemos el deber de honrar el legado de quienes lograron nuestra independencia, actuando con responsabilidad, defendiendo a las instituciones, el Estado de derecho y poniendo siempre por delante el interés nacional.

También debemos tener la humildad de reconocer errores y la voluntad de corregirlos. México exige una clase política capaz de escuchar, de incluir a quienes piensan distinto y de responder con resultados.

Compañeras y compañeros, y concluyo, la historia no recuerda que los gobiernos son temporales, pero nuestra nación es permanente. México ha superado enormes desafíos gracias a la fortaleza de su pueblo, gracias al trabajo de millones de ciudadanos honestos, que todos los días construyen patria desde sus hogares, sus comunidades, sus escuelas y sus centros de trabajo. Ellos son la verdadera fortaleza de nuestro país.

Por eso en esa conmemoración del inicio de la Independencia, hacemos un llamado a la unidad nacional, a la concordia, al respecto democrático y el compromiso por un México más seguro, más justo y con mayores oportunidades para todos, que nunca olvidemos que México pertenece a sus ciudadanos y que la grandeza de nuestra patria descansa en la participación, la libertad y la dignidad de su pueblo.

Hoy, recordamos a los héroes que nos dieron patria, hacemos de su legado un trabajo cotidiano para entregar a las siguientes generaciones un país mejor, que corresponda a nuestra grandeza histórica. Que viva la libertad, que viva la democracia, que viva la unidad y que viva en México. Es cuanto.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputado Alonso. Gracias a usted y a su familia por acompañarnos el día de hoy.

Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT

El diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja:Con su venia, presidente. Hoy conmemoramos el inicio de la primera gran transformación de nuestro país, la Independencia de México. Honramos a héroes y heroínas que nos dieron patria, a Hidalgo, a Morelos, a Josefa Ortiz, a Guerrero, a Allende, entre miles y miles de mexicanos y mexicanas que encabezaron esta lucha por la Independencia del país.

La Independencia no es solo una efeméride, una fecha del calendario. No es un ritual, es un reto permanente. Antes lo fue frente al dominio colonial la esclavitud y la falta de capacidad soberana, hoy la independencia significa mantener la autodeterminación de nuestro país frente al nuevo orden global, donde las presiones económicas, energéticas, comerciales y tecnológicas crecen día con día.

La soberanía hoy no significa aislamiento, significa cooperación multinacional sin subordinación. Para ello necesitamos robustecer nuestra capacidad energética, financiera y tecnológico, aprovechar nuestra ubicación geográfica, en medio del Atlántico y el Pacífico, con la principal potencia global como vecina, pero sin renunciar a nuestras raíces latinoamericanas.

Hoy, nuestra geografía, nuestros valores y nuestra principal riqueza, que es nuestra gente, nos da el margen suficiente para navegar en estas aguas convulsas del nuevo orden mundial. Y tenemos guía y mando con la presidenta Claudia Sheinbaum, que en este contexto de presiones y restricciones ha sabido llevar al país por la ruta del bienestar, la justicia y la seguridad.

Sin embargo, tenemos retos, mantener y acrecentar nuestras fortalezas energéticas e hídricas. Un país sin capacidad energética es un país menoscabado en el nuevo contexto global. Por eso, no podemos seguir importando el 75 por ciento del gas natural, necesitamos explorar otro tipo de tecnologías para aprovechar las enromes y cuantiosas reservas que tenemos en varias partes del país, como la Cuenca de Burgos. Depender de estos recursos menoscaba nuestra capacidad soberana.

También tenemos que tener claro que la soberanía y la independencia comienzan con la fortaleza de nuestra democracia y las calidades de nuestra representación nacional. Por ello, la reforma constitucional que aquí habremos de debatir la semana que entra de la doble nacionalidad, es necesaria y no es excluyente porque garantiza la defensa del interés nacional en el nuevo contexto geopolítico, porque le da precisión a nuestra representación sin ambigüedades y con definiciones precisas.

La Independencia nacional fue la primera gran transformación de nuestra república, una gesta heroica con valor presente. Hoy vivimos y respaldamos la mayoría de los mexicanos la cuarta transformación. Es momento de refrendar principios, de no caer en la soberbia que destruye las mejores causas, de reconocer que hay camino por andar para combatir la corrupción, las inercias y los vicios que no acaban de desterrarse y con humildad y generosidad reconocer la amplitud de nuestro movimiento.

Ello es necesario para consolidar la cuarta transformación bajo el liderazgo de nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum. Viva México, viva la independencia nacional. Unidad nacional, todo el poder al pueblo.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputado Mejía. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Luis Miranda Barrera, del Grupo Parlamentario del Partido Verde.

El diputado Luis Enrique Miranda Barrera:Con su venia, presidente. Cada 15 de septiembre México vuelve a escuchar una palabra que nos une: libertad. Hace 216 años, mujeres y hombres tuvieron el valor de imaginar un mejor futuro.

En la madrugada del 16 de septiembre de 1810, Miguel Hidalgo convocó al pueblo de Dolores y comenzó una nueva etapa para nuestro país. Pero la Independencia no la hizo un solo hombre, la construyeron Hidalgo, Morelos, Allende, Aldama, Guerrero y mujeres extraordinarias como Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario, y muchas otras mexicanas y mexicanos que nunca sabremos sus nombres, pero serán siempre nuestros héroes anónimos.

Todos lucharon por una misma causa: tener libertad. Hoy, 216 años después, nosotros no tenemos que librar aquella guerra. Nuestro reto es otro: construir la paz y construir la paz significa mucho más que evitar la violencia. La paz también se construye cuando un joven puede estudiar y encontrar nuevas oportunidades, cuando una familia puede salir de casa y regresar tranquila, cuando una mujer puede vivir segura, cuando respetamos al que piense diferente, cuando cuidamos nuestro medio ambiente.

Compañeras y compañeros, esta será la última conmemoración de la LXVI Legislatura de la Independencia, como integrantes creo que vale la pena preguntarnos, ¿qué México queremos dejar cuando termine nuestra responsabilidad?

Yo quiero un México donde nuestras diferencias políticas nos unan, cuando podamos debatir con respeto, con firmeza en los debates, pero nunca con violencia. Eso es democracia, pero al terminar el debate sigamos teniendo la misma bandera, nuestro mismo amor profundo hacia México.

Desde el Partido Verde creemos que amar a México también significa cuidar su futuro, significa proteger nuestra agua, nuestro medio ambiente, nuestros bosques y dejar un mejor país para las próximas generaciones.

Necesitamos aprender a construir juntos, que este 15 de septiembre no sea solamente una fecha para recordar a quienes nos dieron patria, que sea también una oportunidad para preguntarnos qué estamos haciendo nosotros por ella.

A las mexicanas y mexicanos que hoy nos escuchan quiero decirles algo muy sencillo, México ha atravesado momentos difíciles a lo largo de su historia, pero siempre hemos sabido salir adelante. Tenemos un país extraordinario y millones de mexicanas y mexicanos que todos los días trabajan, estudian, emprenden y cuidan a sus familias por un mejor país, todos ustedes son quienes están construyendo la historia moderna en nuestro país, los nuevos héroes de nuestra patria. Ahí está la verdadera fuerza de México.

La generación de 1810 tuvo el valor de luchar por nuestra libertad, que nuestra generación tenga ahora el valor de construir la paz, cuidar nuestra democracia y trabajar unidos por el México que viene. Que viva la libertad, que viva la paz, que viva nuestra soberanía y que viva, que viva México. Muchas gracias.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputado Miranda. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Alan Márquez Becerra, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Alan Sahir Márquez Becerra:Con su permiso, presidente. El Guanajuato que conocemos hoy y el México en el que vivimos hoy todas y todos nació en Guanajuato, en Dolores Hidalgo, cuna de la Independencia nacional, gracias al esfuerzo, a la valentía de muchas y muchos mexicanos que apostaron por un país en libertad.

Por eso hoy aprovecho para reconocer a las y los guanajuatenses y a los mexicanos que aún luchan día a día desde sus trincheras para conservar a un México independiente. La clave de ser una nación libre no es solo llegar a ser independientes, es también conservar esa independencia y eso hoy es una responsabilidad de todas y todos los mexicanos.

Más de dos siglos después nos preguntamos con toda franqueza cuánto de esa idea sigue en pie. No hay independencia cuando un gobierno permite que el crimen organizado se una a las filas de su partido y a cargos públicos sabiendo que no hay nada que le haga más daño a este país que la delincuencia.

Y mucho menos hay independencia cuando el crimen organizado ya no solamente delinque, ya también gobierna, cobra piso, impone precios, desplaza comunidades enteras como ha vuelto a ocurrir en distintos estados del país, donde decide quién puede y quién no puede circular por sus propias carreteras.

No hay independencia cuando la reforma al Poder Judicial salió de un capricho presidencial, no hay contrapesos cuando una sobrerrepresentación artificial le entrega a un solo partido en esta legislatura la posibilidad de imponer cualquier reforma que venga desde el Ejecutivo.

No hay independencia electoral cuando el árbitro de nuestras elecciones, el INE, está en manos de consejeros afines a Morena. Un Estado que no controla su territorio no puede llamarse con seriedad un Estado independiente.

Entonces, compañeras y compañeros, la pregunta obligada es ¿cómo celebramos la Independencia este año? Podríamos celebrarla primero siendo honestos, con la Independencia de México se trató de construir un país donde el poder tuviera límites, donde las leyes fueran iguales para todas y todos.

Donde nadie por más votos que tuviera detrás pudiera concentrar en su persona las decisiones que le corresponden a la nación entera. La lucha de la Independencia en México nos enseñó la valentía y el coraje de un pueblo que ansiaba su libertad. Nos enseñó a ser solidarios en la lucha, nos mostró en la experiencia de los héroes a dar la vida por la nación, por heredar a nuestros hijos libertad y no sometimiento.

En Acción Nacional lo seguiremos diciendo, aunque incomode, porque así entendemos nuestra congruencia histórica: no hay patria sin libertad y no hay libertad sin contrapesos.

Que este 15 de septiembre nos inspire, más que a celebrar en las plazas públicas, a recuperar lo que nos han quitado, lo que le han arrebatado al pueblo de México: nuestras instituciones autónomas, el Estado de derecho, nuestra seguridad y el territorio. Nada ni nadie por encima de México.

Desde aquí mi reconocimiento a las y los mexicanos valientes que siguen trabajando por construir un país donde tengamos libertades, un país donde las familias se puedan desarrollar, un país donde la patria siempre sea primero. Muchísimas gracias, hoy y siempre, qué viva México.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputado Márquez Becerra. Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada María de los Dolores Padierna Luna:Con su venia, señor presidente. Señoras, señores legisladores, hoy celebramos el 216 aniversario del inicio de la gesta de Independencia de México, la ocasión en la que refrendemos que independencia, libertad y soberanía significan que ninguna potencia extranjera decide por el pueblo de México y, al mismo tiempo, que cada mexicana y mexicano por el hecho de serlo, tiene derecho a vivir con dignidad, justicia y libertad.

Hace 216 años, mujeres y hombres extraordinarios decidieron que esta tierra debía pertenecernos, que nuestro destino no podía escribirse en una corte extranjera y que ningún poder situado más allá de nuestras fronteras tenía derecho a decidir por nosotros.

La conmemoración de nuestra Independencia nacional ocurre en un momento de riesgos y amenazas. El viejo intervencionismo del poderoso, antes envuelto en las florituras de la democracia y las libertades, ha dado paso a una versión cruda, caracterizada por el saqueo y el irrespeto a todas las normas internacionales.

El botín es del ganador, ha llegado a decir, sin pudor alguno, el máximo representante del complejo financiero militar que quiere tratar al resto del continente como su patio trasero y al mundo entero como su campo de juegos.

Frente a esas amenazas que ya se materializan en intervenciones veladas y en abiertas campañas de propaganda promovidas por sectores de Estados Unidos en nuestro país, la presidenta Claudia Sheinbaum ha respondido con la firmeza y la serenidad de quien tiene la convicción de que nuestros problemas comunes sólo pueden ser enfrentados por la vía de la colaboración sin subordinación.

Lo ha dicho la presidenta y lo reafirmamos en esta tribuna en el mes de la patria, México no es, ni será, colonia, ni protectorado de ningún país extranjero. Orgullosamente somos un país libre, independiente y soberano.

Sobran ya evidencias de la grosera intervención de sectores del gobierno y la ultraderecha de Estados Unidos en elecciones de países hermanos de América Latina. Esparcen mentiras, inventan procesos judiciales, emprenden guerras de lodo en contra de toda aquella expresión política que no esté dispuesta a plegarse a los intereses de Washington.

Aquí han encontrado quien les haga eco, e incluso, quien financie sus fábricas de veneno, incapaces de convencer a las mexicanas y mexicanos han renunciado a intentarlo. Ya no buscan convencer a las y los mexicanos con sus propuestas, con un proyecto de país, con un programa del que carecen, abyectos a repetir las narrativas que les dictan desde Estados Unidos, buscan en afanosas lides, que incluyen viajes de lujo, la intervención extranjera en nuestro país.

Los panistas, como sus ancestros conservadores, van a Europa a pedir ayuda, nomás les faltó decir que fueron a buscar un emperador. Otros, sus pares tricolores, corren a la capital del imperio cada vez que les surge una nueva selfie,una nueva foto con edificios a sus espaldas o, si acaso, en reuniones escuálidas con algún funcionario de tercer nivel. Algunos más llegan a extremos...

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Permítame la oradora, permita la oradora.

La diputada María de los Dolores Padierna Luna:...no por risibles — aunque les duela dijeron...

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Permita la oradora...

La diputada María de los Dolores Padierna Luna: Mi antecesor dijo que, aunque les duela, pues, aunque les duela...

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Permita la oradora. Diputadas, diputados, con mucho respeto estamos por concluir la sesión solemne por la efeméride. Yo les suplico respeto a la oradora como las compañeras y compañeros de Morena tuvieron respeto para el anterior orador.

Continúe la oradora.

La diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Algunos más llegan a extremos no por risibles menos peligrosos, como inventar encuestas que supuestamente indican que la mayoría de mexicanos claman por una intervención extranjera militar en nuestro territorio. Se equivocan.

Especialmente en esa mentira que han esparcido recientemente, no conocen a México, no conocen nuestra historia, no conocen la memoria profunda de un pueblo que ha tenido que defender una y otra vez su territorio, su libertad y su derecho a decidir su propio destino. Este país conoce demasiado bien el costo de las invasiones, de las intervenciones y de las ambiciones extranjeras.

Por eso nuestra defensa de la soberanía no nace del aislamiento ni de la confrontación, nace de la memoria. La inmensa mayoría de las y los mexicanos, como bien dice la presidenta, por nuestra historia, por lo que somos, por el sentido nacionalista, por el orgullo de ser mexicanos y porque además ven que se está trabajando, está en contra de una intervención extranjera, cualquiera que esta sea y particularmente Estados Unidos.

Este día las plazas de todo el país estarán llenas de mexicanas y mexicanos con alegrías y con orgullo. Vamos a conmemorar...

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Permita la oradora, permita la oradora. Diputadas...

La diputada María de los Dolores Padierna Luna:...un aniversario más de nuestra Independencia, a presenciar el hecho histórico de que una mujer encabece la tradicional ceremonia del Grito de Independencia.

Celebraremos a héroes y heroínas que nos dieron patria, porque después de 216 años el Grito de Independencia que comenzó en Dolores sigue resonando en nuestra conciencia nacional. Y con nuestra presidenta reafirmamos que México es un país soberano y la soberanía...

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Concluya la oradora.

La diputada María de los Dolores Padierna Luna:...no se negocia, no se entrega y no se comparte. Que viva la independencia de México. Que viva la soberanía nacional. Que viva siempre México. Viva México, aunque les duela.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputada Padierna.

Honorable asamblea...

¿Con qué objeto, diputado Alan?

El diputado Alan Sahir Márquez Becerra(desde la curul): Gracias, presidente. Por alusiones.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Adelante, hasta por un minuto.

El diputado Alan Sahir Márquez Becerra (desde la curul): Gracias. Me parece, la verdad, que muy lamentable para las y los mexicanos que, quienes representan al partido de Morena, durante una efeméride de máxima relevancia para nuestro país, lo que se mencione son encuestas. Ahí está en dónde está su cabeza. Ahí está en lo que piensan, lo que les importa, cuando hoy tendríamos que estar hablando de la independencia de nuestro país, del crimen organizado que se ha metido en sus filas, que los protegen, que los apoyan. Eso es de lo que tenemos que estar hablando: de la verdadera independencia de las familias. Muchas gracias.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputado.

Honorable asamblea, la arenga de Miguel Hidalgo y Costilla en el frontispicio de la iglesia de Dolores Hidalgo, el 16 de septiembre de 1810, fue un llamado al pueblo que evolucionó para convertirse en el grito fundacional de toda nuestra nación.

Desde los alzados de Querétaro hasta la entrada del Ejército Trigarante a la Ciudad de México en 1821 en la consumación de la Independencia, todas y todos entendieron que, frente al pelotón de fusilamiento, el temple de saber que se luchaba por alcanzar la libertad, al fragor de las batallas, el valor de enfrentar lo adverso y ante el avance de los adversarios, la certeza y el pensamiento de la unidad.

Compañeras y compañeros, México necesita hoy del arrojo de Hidalgo, México requiere en estos tiempos el espíritu conciliador de Iturbide, México precisa de la estrategia y las luces de Morelos, México necesita en estos días también el temple de Guerrero, México hoy más que nunca demanda de la fuerza y del valor de Josefa Ortiz, de Leona Vicario, de Gertrudis Bocanegra, de Mariana Rodríguez, de Manuela Medina, de Altagracia Mercado, que en la conciencia de su patriotismo tuvieron claro que cumplir con su deber, buscando una nación libre, era una labor irrenunciable.

En la conmemoración del inicio de la lucha por la Independencia de nuestro país, las diputadas y los diputados reconocemos y honramos a nuestra patria como el resultado de un gran anhelo de mujeres y hombres, comprometidos con anhelos inquebrantables. Que viva México. Muchas gracias.

Continúe la Secretaría.



COMUNICACIONES OFICIALES

La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

Diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en la última parte del artículo 68 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hago de su conocimiento que la Cámara de Senadores dejará de sesionar por más de tres días a partir del martes 15 de septiembre de 2026 y hasta el lunes 21 de septiembre del mismo año.

Se comunica lo anterior a la Colegisladora que usted preside, para efecto del consentimiento a que se refiere la disposición constitucional antes señalada.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2026.– Senador Higinio Martínez Miranda (rúbrica), presidente.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Consulte la Secretaría, en votación económica, si es de otorgarse el consentimiento constitucional correspondiente.

La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: En votación económica, se consulta a la asamblea si es de otorgarse el consentimiento constitucional correspondiente. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Se otorga el consentimiento constitucional correspondiente. Comuníquese.

MINUTAS



LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Pido a la Secretaría dar cuenta con las minutas que remite la Cámara de Senadores.

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, 14 de septiembre de 2026.– Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-III-1P-01

POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Artículo Único. Se reforma el artículo 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, para quedar como sigue:

Artículo 11. Las autoridades educativas federales y de las entidades federativas, en coordinación con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, garantizarán y promoverán que la educación indígena y afromexicana sea intercultural y plurilingüe en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, la cual deberá ser obligatoria, gratuita, integral y con pertinencia social, cultural y lingüística.

Promoverán las medidas necesarias para que en el sistema educativo se garantice una educación inclusiva y humanista, en términos de igualdad sustantiva, así como el respeto a la dignidad e identidad de las personas, a la diversidad y a los derechos lingüísticos, libre de discriminación y racismo.

Los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las autoridades educativas federales y de las entidades federativas, coadyuvarán en la promoción y fortalecimiento de la educación indígena y afromexicana, intercultural y plurilingüe.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado para los ejecutores de gasto para el presente ejercicio fiscal y subsecuentes, por lo que no se autorizarán recursos adicionales, ni ampliaciones de recursos para tales efectos y tampoco podrán incrementar su presupuesto regularizable en servicios personales ni de gasto de operación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2026.– Senador Higinio Martínez Miranda (rúbrica), presidente; senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen.

Continúe la Secretaría.



SE DECLARA EL 18 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA SALUD EN LA MENOPAUSIA

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se declara el 18 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Salud en la Menopausia, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, 14 de septiembre de 2026.– Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-III-1P-02

POR EL QUE SE DECLARA EL 18 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL "DÍA NACIONAL DE LA SALUD EN LA MENOPAUSIA."

Artículo Único. El honorable Congreso de la Unión declara el 18 de octubre de cada año como el "Día Nacional de la Salud en la Menopausia."

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2026.– Senador Higinio Martínez Miranda (rúbrica), presidente; senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso K) al artículo 18 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, 14 de septiembre de 2026.– Senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla (rúbrica), secretaria.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-III-1P-03

POR EL QUE SE ADICIONA UN INCISO K) AL ARTÍCULO 18 DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE.

Artículo Único. Se adiciona un inciso k) al artículo 18 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

Artículo 18....

a) a j) ...

k) Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2026.– Senador Higinio Martínez Miranda (rúbrica), presidente; senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla (rúbrica), secretaria.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Deporte, para dictamen.



LEY DEL SERVICIO MILITAR

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 3o. de la Ley del Servicio Militar, en materia de instrucción de protección civil, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, 14 de septiembre de 2026.– Senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla (rúbrica), secretaria.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

PROYECTO DE DECRETOCS-LXVl-III-1P-04

POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 3o. DE LA LEY DEL SERVICIO MILITAR, EN MATERIA DE INSTRUCCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL

Artículo Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 3o. de la Ley del Servicio Militar, para quedar como sigue:

Artículo 3o....

Durante la instrucción del Servicio Militar Nacional, la Secretaría de la Defensa Nacional impartirá a los conscriptos capacitación básica en materia de protección civil, gestión de riesgos, primeros auxilios y actuación ante emergencias y desastres naturales. En su caso, la Secretaría de la Defensa Nacional podrá solicitar el auxilio de los conscriptos para apoyar a la población de su comunidad, estado o región, en términos del Reglamento respectivo.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las acciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con los recursos financieros, humanos y materiales con los que cuenta la Secretaría de la Defensa Nacional.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2026.– Senador Higinio Martínez Miranda (rúbrica), presidente; senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla (rúbrica), secretaria.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

Continúe la Secretaría.



LEY AGRARIA

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Agraria, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, 14 de septiembre de 2026.– Senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla (rúbrica), secretaria.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

Continúe la Secretaría.



LEY GENERAL DE SALUD

El secretario diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.

Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo primero del artículo 113 de la Ley General de Salud y la fracción XVI del artículo 19 de la Ley General de Protección Civil, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, 14 de septiembre de 2026.– Senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla (rúbrica), secretaria.»

PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-III-1P-06

POR EL QUE SE REFORMAN EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y LA FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 19 DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL

Artículo Primero. Se reforma el primer párrafo del artículo 113 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 113. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá y desarrollará programas de educación para la salud, entre otros, aquellos orientados a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, y a la activación física, y procurando incluir a la atención en primeros auxilios dirigidos a niñas y niños en planteles de educación básica, guarderías, estancias infantiles, espacios recreativos, actividades deportivas, o cualquier otro entorno educativo de atención o cuidado infantil, procurando optimizar los recursos y alcanzar una cobertura total de la población. Así como, llevar a cabo la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica.

...

Artículo Segundo. Se reforma la fracción XVI del artículo 19 de la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 19. ...

I. a XV . ...

XVI. Gestionar ante las autoridades correspondientes, la incorporación y ampliación de contenidos de protección civil con un enfoque de Gestión Integral de Riesgos en el Sistema Educativo Nacional en todos los niveles, desde educación preescolar, primaria y secundaria, hasta los niveles superiores; procurando incluir la capacitación en primeros auxilios al personal que colabore directamente con los estudiantes niñas y niños en los planteles educativos, espacios recreativos, actividades deportivas o en cualquier otro entorno educativo de atención o cuidado infantil;

XVII. a XXXI. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación Pública, en conjunto con la Coordinación Nacional de Protección Civil y los gobiernos de las entidades federativas, contarán con un plazo máximo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para emitir, actualizar o armonizar las disposiciones reglamentarias, normativas y administrativas necesarias para su debida implementación.

Tercero. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado a los ejecutores de gasto correspondientes para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2026.– Senador Higinio Martínez Miranda (rúbrica), presidente; senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla (rúbrica), secretaria.»

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: En términos de los artículos 100, 102, numeral 3, y 299, del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.



CLAUSURA Y CITA

El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (12:34 horas): Se levanta la sesión y cito a sesión solemne en conmemoración del Día Nacional del Charro, que tendrá lugar el martes 22 de septiembre del año en curso, a las 10 horas en modalidad presencial. El registro de asistencia estará disponible a partir de las ocho horas a través de las tabletas instaladas en las curules de las diputadas y los diputados.

––––– O –––––

RESUMEN DE LOS TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 2 horas 10 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 349 diputadas y diputados

• Asistencia

• Orden del día

• Intervención desde la tribuna en lengua indígena

• Actas de las sesiones anteriores: 2

• Comunicaciones oficiales: 2

• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 15

• Efemérides: 1

• Minutas: 6

• Turno de iniciativas y proposiciones

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 18

4-Morena, 4-PAN, 4-PVEM, 2-PT, 2-PRI, 2-MC

DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Aguilar López, José Alejandro (PT)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Inteligencia Artificial Ética, Vinculación Tecnológica y Protección contra la Desinformación Automatizada: 62
Alonso Reyes, Miguel Alejandro (PRI)
Para referirse a la conmemoración del inicio de la Independencia de México, en nombre de su grupo parlamentario: 112
Arzola Vargas, Xóchitl Teresa (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal: 107
Ballesteros Mancilla, Laura Irais (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de regulación de pirotecnia: 74
Bolaños-Cacho Cué, Raúl (PVEM)
En su calidad de presidente de la Mesa Directiva, para dirigir un mensaje a la Asamblea con motivo de la conmemoración del inicio de la lucha por la Independencia de nuestro país: 117
Borboa Becerra, Omar Antonio (PAN)
Para presentar, en nombre propio, del diputado José Elías Lixa Abimerhi, y de diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PAN, tres iniciativas con proyecto de decreto: la primera, por el que se adiciona un artículo 67 Bis a la Ley del Sector Eléctrico y adiciona un artículo 7 Bis a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de compensación automática por interrupciones del suministro básico de energía eléctrica; la segunda, por el que se reforman y adicionan los artículos 159 de la Ley del Sector Eléctrico y 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de aplicación de la tarifa 1F a personas usuarias domésticas en municipios con sensación térmica promedio superior a 28 grado Celsius; y la tercera, por el que se reforman los artículos 1o. y 5o. de la Ley de Energía para el Campo, en materia de acceso a una justicia energética para sectores dedicados a actividades agropecuarias: 36, 42, 51
Chávez Velázquez, Noel (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan a diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de promoción de la minería urbana y el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos: 67
Hernández Cerón, Asael (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PAN, tres iniciativas con proyecto de decreto: la primera, por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; la segunda, por el que se reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental; y la tercera, por el que se reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud: 90, 95, 99
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 y adiciona un artículo 45 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de prevención de la discriminación y exclusión por discapacidad psicosocial: 102
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Seguridad Carretera: 106
Hernández Pérez, José Luis (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de infraestructura verde y arbolado urbano en espacios públicos: 54
Hinojosa Pérez, José Manuel (PAN)
Para referirse a la conmemoración del inicio de la Independencia de México, en nombre de su grupo parlamentario: 115
Huerta Romero, Azucena (PVEM)
Desde la curul, para responder alusiones personales durante el desahogo de la efeméride relativa al inicio de la Independencia de México: 117
Para referirse a la conmemoración del inicio de la Independencia de México, en nombre de su grupo parlamentario: 114
Márquez Becerra, Alan Sahir (PAN)
Para referirse a la conmemoración del inicio de la Independencia de México, en nombre de su grupo parlamentario: 114
Márquez Becerra, Alan Sahir (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de combate a la publicidad engañosa sobre venta y alquiler de inmuebles en supuestas playas privadas: 35
Mejía Berdeja, Ricardo Sóstenes (PT)
Para referirse a la conmemoración del inicio de la Independencia de México, en nombre de su grupo parlamentario: 116
Miranda Barrera, Luis Enrique (PVEM)
Para referirse a la conmemoración del inicio de la Independencia de México, en nombre de su grupo parlamentario: 112
Navarro Pérez, Beatriz Andrea (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo VI, del artículo 27 y el párrafo IV, del artículo 28, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autodeterminación y soberanía energética: 80