
SUMARIO
Con el propósito de preservar e impulsar el desarrollo de las lenguas indígenas nacionales, se otorga el uso de la tribuna a:
-El ciudadano Randhy Jarev Díaz Miniaga, quien se expresa en lengua zapoteca
Desde la curul, intervienen:
-La diputada Paola Tenorio Adame, de Morena, para hacer comentarios relativos al estado de Veracruz
-La diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora, de MC, para referirse al incremento en las tarifas del Peaje en todo el país
-La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del PT, para expresarse sobre un posible ecocidio en el estado de Oaxaca
-La diputada Margarita García García, del PT, para referirse al incremento en las tarifas del peaje en todo el país
-El diputado Pablo Vázquez Ahued, de MC, para solicitar que se emita un extrañamiento a la Mesa Directiva del Senado de la República respecto a la declaratoria de reforma constitucional en materia de salarios que sigue pendiente
Del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena, por el que comunica su reincorporación al cargo de diputado federal a partir del 10 de abril, del año en curso
Del diputado David Alejandro Cortés Mendoza, del Grupo Parlamentario del PAN, por el que comunica su reincorporación al cargo de diputado federal a partir del 10 de abril, del año en curso
De enterado. Comuníquense y actualícense los registros parlamentarios
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el Informe estadístico de la Secretaría de Economía sobre el Comportamiento de la Inversión Extranjera Directa en México, correspondiente al cuarto trimestre de 2025. Se turna a las comisiones de Economía, Comercio y Competitividad, y de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento
De la Cámara de Senadores, por la que remite diversos acuerdos, a saber:
-Por el que se designa a las personas senadoras que integrarán la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención
-Por el que se designa a las personas senadoras que integrarán la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención
-Respecto a la integración de la Comisión Bicamaral para la Evaluación y Seguimiento de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención
Del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, de Morena, se recibió solicitud de licencia para separarse de su cargo como diputado federal. Aprobada, comuníquese y llámese al suplente
INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES
Del Congreso de Chihuahua, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo para proteger las fuentes de trabajo de mujeres víctimas de violencia que se vean en la necesidad de resguardarse en refugios de protección. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
Del Congreso de Chihuahua, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona el artículo 116 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Del Congreso de Chihuahua, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo 13 Ter, denominado De las personas trabajadoras distribuidoras de vales, al Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
INICIATIVAS DE SENADORAS Y SENADORES
Del Senado de la República, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por los senadores y las senadoras Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, del Grupo Parlamentario del PRI. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del Senado de la República, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XIV del artículo 93 y el párrafo tercero del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, presentada por el senador Virgilio Mendoza Amezcua, del Grupo Parlamentario del PVEM. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del Senado de la República, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Grupo Parlamentario del PRI. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
DECLARATORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL
La Presidencia instruye a la Secretaría realizar el cómputo correspondiente de los votos aprobatorios de las legislaturas de las entidades federativas, con relación al proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, y se adiciona al artículo 134 un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes en su orden de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Secretaría manifiesta que han sido recibidos 19 votos aprobatorios
La Presidencia de la Mesa Directiva, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 constitucional, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformados los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, y adicionado el artículo 134, con un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes en su orden, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
El diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y a la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de suficiencia policial municipal. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Desde la curul, intervienen:
-La diputada Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz, de Morena, para hacer comentarios relativos al estado de Oaxaca. La Presidencia hace aclaraciones al respecto
-La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del PT, responde alusiones personales
La diputada Noemí Berenice Luna Ayala, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, de la Ley General de Víctimas, de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, del Código Penal Federal, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protección a personas víctimas de desaparición forzada. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos Humanos, para dictamen
El diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
La diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de reuniones de comisiones en modalidad semipresencial. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
Desde la curul, la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT, hace comentarios con relación al turno otorgado a la iniciativa que presentó en tribuna. La Presidencia hace aclaraciones al respecto
El diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Sergio Gil Rullán, en nombre propio y de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de protección de pesca ribereña frente a contingencias ambientales. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen
El diputado Gerardo Ulloa Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación, y de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de prevención y atención temprana y obligatoria del riesgo suicida, al fortalecimiento de la salud mental comunitaria y de la protección al principio de interés superior de niñas, niños y adolescentes. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Derechos Humanos, para opinión
La diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 53 y la fracción III del artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de garantía de asistencia humana en mecanismos de atención al consumidor en comercio electrónico. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
La diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 27 y 77 Bis 37 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Fernando Torres Graciano, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
El diputado Fernando Torres Graciano, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Promoción al Consumo y Fomento a la Competitividad del Calzado Mexicano. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
El diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 381 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
La diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 41 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen
El diputado Arturo Yáñez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aeropuertos, de la Ley de Aviación Civil, y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar el derecho de movilidad de niñas, niños y adolescentes frente al abandono parental. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de aprendizaje de lenguas extranjeras. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
El diputado Asael Hernández Cerón, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 7o. y 22 de la Ley General de Cambio Climático. Se turna a la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, para dictamen
El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, en materia del fomento de la cultura de la denuncia desde la edad temprana. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
La diputada Zoraya Villacis Palacios, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara al 3 de enero como el Día Nacional de los Ejidos y las Comunidades Agrarias. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
La diputada Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción III al artículo 37, recorriendo los subsecuentes de la Ley General de Educación Superior. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
El diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 199 Octies del Código Penal Federal y el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia digital. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Igualdad de Género, para dictamen
La diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año Día Nacional de los Bosques. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
El diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 220 del Código Penal Federal, en materia de prevención de actos de extorsión y abuso de autoridad. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del artículo 3 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
El diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de entidades federativas impactadas por actividades por la extracción petrolera. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, en nombre propio y de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para fortalecer las acciones de prevención de la captación digital de niñas, niños y adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
El diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 50 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
El diputado José Luis Cruz Lucatero, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de octubre de cada año, como Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
El diputado Omar Antonio Borboa Becerra, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y Población, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Omar Antonio Borboa Becerra, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en materia de protección de datos personales de niñas, niños y adolescentes. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
El diputado Ramón Ángel Flores Robles, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de reconocer y garantizar los derechos de la naturaleza. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de incremento de penas en delitos de violencia en contra de adultos mayores. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Gerardo Villarreal Solís, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en materia de actualización de los umbrales y plazos para la eliminación de información crediticia. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 65 Ter 2 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de consumo de agua en eventos públicos. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
La diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de eficiencia en el cobro de peaje. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
La diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo una cuota de contratación obligatoria de personas con discapacidad del 5 por ciento de sus trabajadores a todas las empresas con más de 50 trabajadores. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
La diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 9 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de enfoque preventivo del ámbito situacional, por medio del uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
La diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
La diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley en Materia en Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, en materia de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia a través de contenidos culturales mediáticos y digitales. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Igualdad de Género, para dictamen, y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para opinión
La diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 501 y 502 de la Ley Federal de Trabajo, para fortalecer el reconocimiento de beneficiarias y beneficiarios con discapacidad. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria. (Las iniciativas y proposiciones podrán ser consultadas en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Apéndice)
ASISTENCIA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Solicito a la Secretaría dar a conocer el resultado del registro de asistencia de las y los diputados.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Señora presidenta, se tienen registrados 333 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán (12:02 horas): Se abre la sesión ordinaria del martes 14 de abril de 2026 en la modalidad presencial.
ORDEN DEL DÍA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: El orden del día se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas de las curules, y contiene los asuntos a tratar en esta sesión.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: «Segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura.
Orden del día
Martes 14 de abril de 2026
Intervención desde la tribuna en lengua indígena
Del ciudadano Randhy Jarev Díaz Miniaga, hablante de zapoteco del Istmo.
Actas de las sesiones anteriores.
Comunicaciones oficiales
Reincorporación de diputados
De la Secretaría de Gobernación
Remite el Informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México, correspondiente al cuarto trimestre de 2025.
De la Cámara de Senadores
Remite acuerdo por el que se designa a las personas senadoras que integrarán la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Remite acuerdo por el que se designa a las personas senadoras que integrarán la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.
Remite acuerdo respecto a la integración de la Comisión Bicamaral para la Evaluación y Seguimiento de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública.
Solicitud de licencia
Iniciativas del Congreso del estado de Chihuahua
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para proteger las fuentes de trabajo de las mujeres víctimas de violencia que se vean en la necesidad de resguardarse en refugios de protección.
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se adiciona el artículo 116 de la Ley General de Educación.
Con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo XIII Ter denominado de las personas trabajadoras distribuidoras de vales al Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo.
Iniciativas de senadores
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por las senadoras y los senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción XIV del artículo 93 y el párrafo tercero del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, presentada por el senador Virgilio Mendoza Amezcua, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Proyecto de declaratoria constitucional
Del decreto por el que se reforman los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, y se adiciona al artículo 134, un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes en su orden, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Acuerdo de los órganos de gobierno
Iniciativas
Que adiciona un artículo 36 Bis a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales y declara el Día Nacional del Organillero, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los numerales 1 y 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de calidad sanitaria del agua para uso y consumo humano y su saneamiento, suscrita por los diputados Luis Humberto Aldana Navarro y Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de la incorporación de la licencia menstrual, a cargo de la diputada Rufina Benítez Estrada, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de explotación sexual infantil en el contexto de viajes y turismo, suscrita por la diputada Tania Palacios Kuri y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de explotación sexual infantil en el contexto de viajes y turismo, suscrita por la diputada Tania Palacios Kuri y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que se reforma los artículos 17 y 18 de la Ley de Planeación, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de reuniones de comisiones en modalidad semipresencial, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, en materia de tarifas especiales para servicios de uso doméstico, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones del artículo 3o. de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 26 de la Ley del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de reconocer y garantizar los derechos de la naturaleza, a cargo del diputado Ramón Ángel Flores Robles, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de género y de prevención y erradicación de la violencia hacia las mujeres, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de prevención de la convivencia o cohabitación forzada, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de anuncios y publicidad e información engañosa patrocinada, a cargo del diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona los artículos 54, 55 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de plurinominales, a cargo del diputado Mario Calzada Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 42 Ter a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a fin de establecer días de descanso obligatorio del 24 de diciembre al 2 de enero para las personas trabajadoras que desempeñan funciones no esenciales, a cargo del diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 14 de septiembre de cada año Día del Legislador en México, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la denominación del Capítulo IV y los artículos 16 y 18 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma las fracciones I y II del artículo 17 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que declara el 5 de junio como el Día Nacional de la Lucha Contra la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de fortalecimiento de la soberanía alimentaria y el derecho a la alimentación, mediante el reconocimiento de la miel como producto estratégico, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5o., 6o. y 9o. de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en materia de preservación, reconocimiento y memoria de las lenguas indígenas en peligro de desaparición y de las lenguas indígenas extintas, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 78 y adiciona el artículo 78 Bis de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de sanciones, a cargo de la diputada Alma Laura Ruiz López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de Violencia Obstétrica, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 85 y 95 de la Ley General de Salud, en materia de organización de jornadas laborales, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma artículo 41 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 37 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 2o. y 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de situaciones de riesgo, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que declara el 14 de noviembre de cada año como Día Nacional de las y los Vendedores Ambulantes, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 298 y 301 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para garantizar el derecho a la educación integral en sexualidad y a la salud sexual y reproductiva de adolescentes, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de inclusión financiera y autonomía económica de las mujeres del medio rural, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aeropuertos, de la Ley de Aviación Civil y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Arturo Yáñez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
De decreto por el que se declara el 1 de julio de cada año Día Nacional de la Partera Rural, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 60 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Francisco Javier Velázquez Vallejo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 272 Bis 1 de la Ley General de Salud, en materia de valoración psicológica previa para la protección integral de menores de 18 años en procedimientos médico quirúrgicos de carácter estético, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXI del artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de avances tecnológicos, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 31, recorriéndose los subsecuentes, de la Ley General de Cambio Climático, en materia de mitigación climática basada en ecosistemas, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 15 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prosperidad compartida, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VII del artículo 1o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de participación de las comunidades indígenas, afromexicanas y de la comunidad académica y científica en la mitigación del cambio climático, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 18 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de educación ambiental comunitaria con participación de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XVII, recorriéndose la subsecuente, del artículo 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de protección y reposición de árboles en zonas urbanas, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XI del artículo 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de planeación y protección urbana frente a temperaturas extremas, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción X Bis del artículo 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de movilidad urbana sustentable, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción IX del artículo 4o. de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de movilidad activa con enfoque ambiental, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 27 y 77 Bis 37 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 50 y 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por la diputada María del Rosario Guzmán Avilés y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 28 de la Ley del Sector Eléctrico, a cargo del diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de permisos de paternidad, a cargo del diputado Arturo Olivares Cerda, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 501 y 502 de la Ley Federal del Trabajo, para fortalecer el reconocimiento de beneficiarias y beneficiarios con discapacidad, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, en materia del fomento de la cultura de la denuncia desde la edad temprana, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 12 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 3o., 25 y 35, y se adiciona un artículo 28 Bis de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de plagio de diseños, creaciones artesanales o expresiones culturales tradicionales, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 199 Octies del Código Penal Federal y el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia digital, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el segundo párrafo del artículo 36 y el artículo 46 de la Ley de Aeropuertos, en materia de acceso de agua potable gratuita en los aeropuertos nacionales, a cargo de la diputada Flor de María Esponda Torres, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año Día Nacional de los Bosques, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 1253, fracción I, del Código de Comercio, en materia de derecho a la probanza, debido proceso y tutela judicial efectiva, a fin de eliminar un requisito formal declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a cargo de la diputada Astrit Viridiana Cornejo Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 50 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 79 Bis de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo a la fracción IV del artículo 185 y adiciona un párrafo a la fracción VIII del artículo 186 de la Ley Federal de Derechos, se adiciona un párrafo al artículo 23 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, en materia de gratuidad del primer registro y otorgamiento del título profesional en las instituciones de educación superior pública, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara al 3 de enero como el Día Nacional de los Ejidos y las Comunidades Agrarias, a cargo de la diputada Zoraya Villacis Palacios, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 150 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción VI al artículo 13 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 97 del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 7o. de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXVI al artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de educación financiera y productiva con enfoque comunitario, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción del financiamiento público a los partidos políticos, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal de Sanidad Animal, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y del Código Penal Federal, en materia de protección, bienestar y tenencia responsable de animales de compañía, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 41 base I, primer párrafo; 52; 53 segundo párrafo y 54 fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosa María Castro Salinas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VI del artículo 9o. de Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de enfoque preventivo del ámbito situacional por medio del uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones a la Ley de Energía para el Campo, en materia de actualización institucional y lenguaje incluyente, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 48 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de reasignación operativa progresiva del personal policial en etapa previa al retiro, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 60 y 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento de los ecosistemas digitales e inteligencia artificial, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de prohibir la retención de recursos federales etiquetados a los municipios por parte de las entidades federativas, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 272 Bis 1 de la Ley General de Salud, en materia de cirugías estéticas para menores de 18 años, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de profesionalización policial y coordinación interinstitucional, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de fortalecimiento de las comisiones de ordenamiento de las zonas metropolitanas interestatales e intermunicipales, a cargo del diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de protección integral a la salud de personas practicantes de manifestaciones culturales tradicionales de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas que impliquen riesgo físico, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona los artículos 75 Bis y 75 Ter a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de protección de las personas consumidoras en las preventas inmobiliarias, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, en materia de reparación integral por maltrato animal, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear el Centro de Análisis y Consulta Indígena, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, para crear el Centro de Análisis y Consulta Indígena, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, a cargo de la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de reconocimiento y acreditación del concubinato para el acceso a derechos de seguridad social, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para prohibir en aplicaciones digitales las alertas sobre dispositivos de control de velocidad y seguridad vial, a cargo del diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de centros de educación y cuidado infantil, a cargo del diputado Arturo Olivares Cerda, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 75 y adiciona un artículo 75 Bis a la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de valoración integral de ingreso y de egreso para personas recluidas en centros penitenciarios, suscrita por las diputadas Mildred Concepción Ávila Vera y Anais Miriam Burgos Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 39 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción II del artículo 53 y la fracción III del artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de garantía de asistencia humana en mecanismos de atención al consumidor en el comercio electrónico, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el Capítulo VIII y los artículos 156, 157, 158, 159, 160 y 161 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de violencia deportiva, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 12 y 13, adiciona una fracción VI al artículo 21 de la Ley Federal de Austeridad Republicana y adiciona un artículo 64 Quintus a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de cargos honoríficos, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 303 del Código Civil Federal, en materia del pago retroactivo de alimentos desde el nacimiento del menor, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General de Acceso Integral a los Derechos de las Personas Trans, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona dos párrafos al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para que el autotransporte público federal, especialmente los tractoscamiones de doble remolque cumplan estrictamente con las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-STC-2-2027, a cargo del diputado Alberto Maldonado Chavarín, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 65 del Código Civil Federal, en materia de protección integral de la niñez, a cargo del diputado José Alejandro Peña Villa, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar facultades al Congreso de la Unión, con el objeto de legislar en materia de derechos de las poblaciones de la diversidad sexual y de género, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 7 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para garantizar la incorporación de advertencias sanitarias visibles en productos que representen riesgos para la salud infantil, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 144 de la Ley General de Víctimas, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de ordenamiento turístico territorial, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de inclusión a las personas adultas mayores y personas en condiciones de discapacidad, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 8o., fracción VII y 19, fracción IX, inciso b) de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, en materia de actualización de facultades de la Secretaría de Marina como autoridad marítima nacional, a cargo del diputado Humberto Coss y León Zúñiga, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el decreto que dispone se inscriban con letras de oro en los muros del Congreso de la Union los nombres de las heroínas ilustres Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario, Mariana Rodríguez del Toro de Lazarín y Antonia Nava publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de octubre de 1948, suscrita por las diputadas Anais Miriam Burgos Hernández y Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción VI al artículo 91 de la Ley General de Población, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción III Bis y la fracción V al artículo 43 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 7o. y el artículo 92 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, en materia de amenazas a la integridad, estabilidad y viabilidad del estado mexicano en materia de prevención de tráfico de armas, piezas, componentes y municiones, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal, en materia de imprescriptibilidad de los delitos cometidos contra niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Alejandra Hernández Sáenz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 89 Bis a la Ley General de Salud, en materia de apoyos a las personas pasantes de las profesiones para la salud, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de derechos de las mujeres referentes a la maternidad, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, en materia de protección de los derechos de los pasajeros, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de información climática clara y accesible, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de vulnerabilidad y riesgos climáticos, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 37 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 74 Sexies a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 95 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una Ley General en Materia de pirotecnia y artefactos explosivos, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en materia de transparencia y justificación en las adjudicaciones directas fundamentación, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Mario Calzada Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducibilidad total de la nómina para micro, pequeñas y medianas empresas, suscrita por el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación al derecho de toda persona a ser buscada, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones, al Código Penal Federal, en materia de ecocidio, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el primer párrafo del artículo 199 Septies, 199 Octies y el último párrafo del artículo 202, todos del Código Penal Federal, en materia de uso indebido de la Inteligencia Artificial, a cargo de la diputada Magda Erika Salgado Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de evaluación, transparencia y rendición de cuentas de los instrumentos de planeación urbana, a cargo de la diputada Alma Laura Ruiz López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 3o. y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la cultura cívica democrática, a cargo de la diputada Rosa María Castro Salinas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el numeral 5 del artículo 280 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de inclusión y accesibilidad electoral para las personas con discapacidad, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo una cuota de contratación obligatoria de personas con discapacidad del 5% de sus trabajadores a todas las empresas con más de 50 trabajadores, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Salud Mental y Adicciones, publicado el 16 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 156 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 66, párrafo segundo; y adiciona una fracción al artículo 3o. y una fracción al artículo 52 de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Sandra Beatriz González Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5o., fracción XI, 56, y 133, fracción I; y adiciona una fracción al artículo 284 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Sandra Beatriz González Peréz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones al artículo 1o. de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, para hacer efectiva esa figura en las entidades federativas, a cargo del diputado Agustín Alonso Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 1934 del Código Civil Federal, en materia de imprescriptibilidad de la acción de responsabilidad civil derivada de actos de violencia sexual cometidos contra personas menores de dieciocho años, a cargo de la diputada Blanca Araceli Narro Panameño, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el inciso m) del artículo 44 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el artículo 16 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 9 de diciembre como Día Nacional en Contra de las Violencias, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción X del artículo 6o. de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a fin de sustituir la denominación Distrito Federal por Ciudad de México, a cargo de la diputada Astrit Viridiana Cornejo Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 419 Ter al Código Penal Federal, en materia de protección animal, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de aprendizaje de lenguas extranjeras, a cargo de la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la denominación del Título Noveno; se adiciona un Capítulo III y un artículo 211 Bis 8 al Código Penal Federal, en materia de uso indebido de la inteligencia artificial y otras tecnologías análogas, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5o., 9o. y 63 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos, en materia de régimen especial de contrataciones aplicable a sus empresas filiales, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXXIV al artículo 132 a la Ley Federal del Trabajo, a fin de establecer la obligación patronal de implementar el teletrabajo como medida preventiva de protección a la salud y seguridad de las personas trabajadoras durante declaratorias oficiales de contingencia, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 113 y un artículo 113 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 25 y 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción del impuesto sobre la renta tratándose de alimentos consumidos en restaurantes, suscrita por la diputada Eva María Vásquez Hernández y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 387 Bis al Código Penal Federal, en materia de suplantación de identidad digital, suscrita por la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de eutanasia, a cargo de la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de peligro de contagio, a cargo de la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, en materia de evasión fiscal, a cargo de la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de impuesto a las grandes riquezas, a cargo del diputado José Luis Sánchez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de derecho a la educación de calidad en escuelas rurales, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de matrimonios forzados de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 50 y adiciona un artículo 50 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de cáncer infantil, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 189 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de producción y distribución cinematográfica nacional de contenido que exponga al narcotrafico o crimen organizado como una forma de vida digna de orgullo o historia de superación, a cargo del diputado Emilio Lara Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y de la Ley General de Educación, en materia de prevención y atención efectiva de la discriminación y acoso escolar, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, para establecer la obligatoriedad de la inclusión de la cultura democrática y la importancia del ejercicio del voto en los planes y programas de estudio de la educación básica y media superior, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derecho a la desconexión digital, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona una fracción y se recorre la subsecuente al artículo 72 de la Ley General de Educación, en materia de uniforme escolar neutro para estudiantes, suscrita por los diputados Luis Humberto Fernández Fuentes, Jaime Genaro López Vela y Anais Miriam Burgos Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de centros de rehabilitación, suscrita por la diputada Mónica Becerra Moreno y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Economía Circular, a cargo del diputado José Antonio Gali López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 220 del Código Penal Federal, en materia de prevención de actos de extorsión y abuso de autoridad, a cargo del diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de jornada laboral de 40 horas con 2 días de descanso, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
De decreto por el que se declara el 7 de julio de cada año Conmemoración de la Transformación de la Reforma, a cargo del diputado Fernando Mendoza Arce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 56 de la Ley General de Víctimas, en materia de vivienda adecuada, a cargo de la diputada María del Rosario Orozco Caballero, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 7 de marzo de cada año, Día Nacional de la Mujer Transportista, a cargo de la diputada Claudia Leticia Garfias Alcántara, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que deroga el inciso a) del artículo 5o. y reforma el artículo 8o. de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, con el objeto de fortalecer un servicio público competitivo y eficiente, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en materia de financiamiento, a cargo de la diputada Haidyd Arreola López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 26 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, en materia de recaudación municipal para el fomento, difusión, conservación, preservación y/o investigación de las manifestaciones culturales, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 145 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de conformación de consejos consultivos de niñas, niños y adolescentes, bajo el principio de igualdad sustantiva, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversos artículos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de economía circular educativa, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 3 de octubre de cada año como el Día Nacional del Café Mexicano, a cargo del diputado Emilio Ramón Ramírez Guzmán, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción V del artículo 90 del Título Cuarto, Capítulo Primero de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 58-Bis de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para sancionar el cobro de citas en consulados, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 7o. y 22 de la Ley General de Cambio Climático, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de acceso a práctica del ajedrez y otros juegos de estrategia, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por el diputado Fernando Torres Graciano y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley de Promoción al Consumo y Fomento a la Competitividad del Calzado Mexicano, suscrita por el diputado Fernando Torres Graciano y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de información y evaluación de los programas turísticos federales, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 202 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales para programas de capacitación, tutoría y mentoría en competencias digitales y tecnológicas dirigidos a mujeres jóvenes residentes en zonas rurales, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
De decreto por el que se inscribe con letras doradas en el Muro de Honor del salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados el nombre de Francisco González Bocanegra, suscrita por diversas diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y de diversos grupos parlamentarios.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo de la diputada Diana Karina Barreras Samaniego, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 4o. y 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona un artículo 46 Bis a la Ley General de Educación Superior, en materia de servicios psicológicos en instituciones de educación superior, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de incremento de penas en delitos de violencia en contra de adultos mayores, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de uso y beneficios de la aplicación de la inteligencia artificial en la vida cotidiana, suscrita por diversas diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
De decreto por el que se declara el 19 de febrero como Día Nacional de la Prevención y Control del Gusano Barrenador del Ganado, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, suscrita por las diputadas Irais Virginia Reyes de la Torre y Patricia Flores Elizondo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
De decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados, el nombre de María Asunción Sandoval Olaes, a cargo de la diputada Karina Isabel Martínez Montaño, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el día 29 de mayo como el Día Nacional de la Mujer Jurista, en honor a María Asunción Sandoval Olaes, a cargo de la diputada Karina Isabel Martínez Montaño, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo al Apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pluriculturalidad, interculturalidad y pluralismo jurídico en la actuación de los organismos de derechos humanos, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de técnicas de reproducción asistida, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo al artículo 8o. de la Ley de Migración, para establecer un sistema ágil y accesible de validación de estudios para migrantes, a cargo del diputado Eduardo Castillo López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un último párrafo al artículo 52 de la Ley General de Educación, en materia de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 17 y 32 y adiciona un artículo 17 Bis a la Ley Agraria, en materia de igualdad sustantiva en el acceso, transmisión y titularidad de derechos agrarios de las mujeres, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el numeral 2 del artículo 234 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de inclusión electoral para las personas con discapacidad, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el numeral 5 del artículo 280 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de derechos digitales de las personas turistas, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 3o. y 48 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 17 y 38 de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, en materia de comunicaciones con fines publicitarios y mercadotécnicos, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 170 Bis de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención integral y rehabilitación posterior a tratamientos oncológicos, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 15 y 114 de la Ley General de Educación y 116 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Jesús Alfonso Ibarra Ramos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el numeral 5 al artículo 11 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de representación política de la juventud mexicana, a cargo del diputado Alfredo Vázquez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a cargo de la diputada Haidyd Arreola Lopez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XIV al artículo 9o. de la Ley General de Educación, en materia de regulación del uso de dispositivos móviles en educación básica, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 23 Bis de la Ley General de Desarrollo Social, para crear un esquema permanente de intervención territorial integral y prioridad presupuestaria en comunidades de alto y muy alto rezago social, con el objeto de reducir brechas estructurales, fortalecer capacidades productivas y garantizar justicia territorial en México, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Educación, en materia de protección al médico en formación, a cargo del diputado Juan Antonio González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en materia de paridad de género para la elección de la persona titular de la Auditoría Superior de la Federación y de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Juan Ángel Flores Bustamante, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XIII Ter recorriendo la fracción XIII Bis del artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 51 Bis 4 a la Ley General de Salud, para garantizar el derecho de acompañamiento familiar permanente a niñas, niños y adolescentes durante su atención médica, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a los artículos 199 Octies, 199 Nonies y 199 Decies del Código Penal Federal, en materia de protección de la intimidad sexual frente al uso de inteligencia artificial, a cargo de la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación, en materia de homologación de día inhábil por transmisión del Poder Ejecutivo Federal, a cargo de la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de universalidad de los derechos sociales y transparencia en programas sociales, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de sistemas de captación de líquido pluvial, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de prevención, atención y erradicación del acoso, hostigamiento sexual y abuso sexual en contra de las personas deportistas, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Educación, a fin de garantizar la protección reforzada de personas menores de edad, desincentivando la exposición o interacción con plataformas de contenido erótico sexual, de acceso exclusivo para adultos, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para garantizar la protección de la autoestima e integridad de las y los educandos y prevenir el suicidio, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a los artículos 3o., 3 Bis, 10, 26 y 30 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de protección patrimonial de las personas adultas mayores, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, suscrita por el diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 45 de la Ley General de Cambio Climático, suscrita por el diputado Homero Ricardo Niño de Rivera Vela y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, suscrita por la diputada Mónica Becerra Moreno y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de salud mental, suscrita por la diputada Paola Milagros Espinosa Sánchez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mecanismos extraordinarios de protección para personas juzgadoras, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, en materia de tarifas preferenciales para las comunidades indígenas y afromexicanas, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de legítima defensa, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 7o., 19, 21 y 44 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para fortalecer las acciones de prevención de la captación digital de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 110 de la Ley General de Educación, en materia de indicadores nacionales de aprendizaje y seguimiento de la excelencia educativas, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 156 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de donación de órganos, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona los artículos 29 Bis y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de desconexión digital de trabajadores al servicio del estado, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de transmisiones deportivas por televisión abierta, a cargo del diputado Juan Guillermo Rendón Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, en materia de accesibilidad proactiva, aprovechamiento de infraestructura cultural y seguimiento, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 29 de la Ley General de Educación, en materia de fortalecimiento de la educación financiera, a cargo de la diputada Magda Erika Salgado Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de fortalecimiento de la educación financiera, a cargo de la diputada Magda Erika Salgado Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 208 del Código Penal Federal, en materia de apología del delito, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección legal reforzada en casos de violencia familiar y violencia por interpósita persona, a cargo de la diputada Ruth Maricela Silva Andraca, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 343 Ter 2 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Ruth Maricela Silva Andraca, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 73 Bis de la Ley General de Salud, en materia de prevención y atención de la ludopatía, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de garantía presupuestaria para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, especialmente en salud y privilegiando el programa nacional de vacunación, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en materia de no caducidad de los registros, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley de Organizaciones Ganaderas, de la Ley Federal de Sanidad Animal, de la Ley de Aguas Nacionales y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de fomento a la ganadería sustentable y fortalecimiento del pequeño y mediano productor pecuario, a cargo del diputado Juan Antonio Meléndez Ortega, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Mario Calzada Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma la fracción VIII del artículo 8o. de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de seguridad social de las personas integrantes de las instituciones de seguridad pública, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Jorge Alberto Mier Acolt, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con el objetivo de evitar reducciones presupuestarias de los programas presupuestarios orientados a garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de disponibilidad obligatoria de refacciones, a cargo de la diputada Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 65 Ter 2 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de consumo de agua en eventos públicos, a cargo de la diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 202 Ter al Código Penal Federal, en materia de violencia sexual digital contra niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Rosa Margarita Graniel Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de violencia sexual generada con inteligencia artificial, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de violencia en redes sociales contra menores de edad, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y 66 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 269 de la Ley General de Salud, en materia de prohibición de microplásticos en productos cosméticos, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento al derecho humano a la búsqueda, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de terminación de contratos de adhesión y derechos del consumidor, a cargo del diputado Patricia Flores Elizondo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de sistemas de becas para las y los estudiantes de todos los niveles escolares, sin discriminación por el carácter público o privado de la institución educativa en la que cursen sus estudios, siempre que ésta forme parte del sistema educativo nacional, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de sistemas de becas para las y los estudiantes de todos los niveles escolares, sin discriminación por el carácter público o privado de la institución educativa en la que cursen sus estudios, siempre que ésta forme parte del sistema educativo nacional, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, en materia de fortalecimiento de los mecanismos de control fiscal y combate a la simulación de operaciones, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Cambio Climático, en materia de presupuesto para la adaptación y mitigación del cambio climático, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
De decreto por el que se declara el 20 de marzo como Día Nacional del Polen, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de señalamiento tecnológico y monitoreo vial, suscrita por diversos diputados integrantes de los Grupos parlamentarios de Movimiento Ciudadano, del Partido Verde Ecologista de México y del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 3o., 36 y 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de regulación de filtrado de motocicletas y zonas de parada adelantada, a cargo del diputado Hugo Manuel Luna Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 3o., 29 y 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de vehículos de movilidad personal y seguridad vial, a cargo del diputado Hugo Manuel Luna Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia del derecho a comer dignamente en el trabajo, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que expide la Ley Federal para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales, a cargo del diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 46 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección de la violencia digital, a cargo de la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 73 y 84 y adiciona el artículo 84 Bis de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la denominación del Título Quinto Bis y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de protección de niñas, niños y adolescentes en actividades artísticas, culturales, deportivas, científicas, de talento y medios digitales, y de prevención de la simulación laboral y la explotación infantil, y de protección patrimonial de las contraprestaciones generadas por personas menores de quince años, suscrita por los diputados Luis Humberto Aldana Navarro y Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el inciso A) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de despojo, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción V y adiciona una fracción VII, recorriendo las subsecuentes del artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de apropiación cultural indebida, a cargo del diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales para MIPYMES encabezadas por mujeres, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de derechos laborales de las personas adultas mayores, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 87, 114 Bis y 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de imagen personal, a cargo del diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 17 de junio de cada año Día Nacional del Cuidado de los Suelos, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo a la fracción I del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de cabildo abierto, a cargo de la diputada Martha Olivia García Vidaña, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de periodos ordinarios de sesiones del Congreso de la Unión, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción XXIX del artículo 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de fomento al deporte de alto rendimiento y apoyo a atletas olímpicos y paralímpicos, a cargo de la diputada Catalina Díaz Vilchis, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de financiamiento público a partidos políticos, a cargo de la diputada Rafaela Vianey García Romero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 303 del Código Civil Federal, en materia de obligación alimentaria, a cargo de la diputada Blanca Araceli Narro Panameño, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 79 de la Ley de los Sistema de Ahorro para el Retiro, para garantizar el embargo parcial de las cuentas de afores de deudores alimentarios, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 6o. fracciones IV Bis y IX, 51 Bis 1 párrafo segundo, 54, 67 párrafo cuarto y 93 párrafo segundo de la Ley General de Salud, en materia de personal médico, intérpretes o traductores que tengan conocimiento de la lengua y cultura indígenas o afromexicanas, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 40 y adiciona el artículo 40 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el ultimo miércoles del mes de abril de cada año, como el Día Nacional del Perro Guía, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 51 y adiciona la fracción XII al artículo 3o. y la fracción V al artículo 23 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley General de Inteligencia Artificial, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acreditación probatoria en obligaciones alimentarias respecto de niñas, niños y adolescentes, suscrita por la diputada Eva María Vásquez Hernández y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 34 de la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, en materia de nutrición de los centros de trabajo, suscrita por el diputado José Mario Íñiguez Franco y por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia del reconocimiento de validez oficial de estudios, suscrita por el diputado José Mario Íñiguez Franco y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en materia de protección y atención de animales de compañía, suscrita por el diputado José Mario Íñiguez Franco y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley del Seguro Social, en materia de derechos sociales derivados del concubinato, suscrita por la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil, en materia de regulación de sobreventa de boletos en el transporte aéreo comercial, a cargo del diputado Ricardo Madrid Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, del Código de Comercio y de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Adrián González Naveda, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de transparencia electoral, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de derecho al desarrollo neurológico y estimulación temprana, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de profesionalización diplomática, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 2o.A de Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de ampliación de la tasa 0% a los productos de gestión menstrual, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona un artículo 46 Bis a la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de transparencia y seguimiento del cumplimiento de recomendaciones, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de responsabilidad patrimonial del Estado, a fin de establecer la obligación de los entes públicos de indemnizar los daños ocasionados por baches, socavones y deficiencias en la infraestructura vial, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Salud, en materia de una política nacional para moderar el uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos personales de alumnas y alumnos en las instituciones educativas, a cargo del diputado Juan Antonio González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma las fracciones XVIII del artículo 3o. y VII del artículo 4o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de calidad y progresividad del espacio público, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el párrafo segundo al artículo 4o. y el párrafo sexto al artículo 6o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, en materia de reconocimiento de las lenguas indígenas nacionales, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 20 Bis; el párrafo primero y el vigésimo tercero del articulo 20 Ter; el párrafo tercero del artículo 27; la fracción III del artículo 48 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia de género contra las mujeres en política, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo al artículo 36 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 22 de octubre de cada año como Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814, a cargo del diputado José Luis Cruz Lucatero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción II del artículo 10 del Código Fiscal de la Federación, en materia de federalismo y justicia fiscal, a cargo de la diputada Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción VIII, al artículo 30 del Código Penal Federal, a fin de fortalecer la reparación integral del daño en delitos cometidos mediante medios digitales, a cargo de la diputada Herminia López Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XVII al artículo 219 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección de niñas, niños y adolescentes frente a la normalización de la violencia criminal en contenidos audiovisuales, a cargo del diputado Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de seguridad digital infantil y prevención de riesgos en redes sociales y plataformas interactivas, a cargo del diputado Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 74 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a fin de garantizar la protección de los derechos de las personas usuarias frente a prácticas abusivas en depósitos vehiculares, a cargo del diputado Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que el honorable Congreso de la Unión declara el 11 de noviembre de cada año, como el Día Nacional del Gestor, a cargo de la diputada Kenia Gisell Muñiz Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación y de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de prevención y atención temprana y obligatoria del riesgo suicida, al fortalecimiento de la salud mental comunitaria y de la protección al principio del interés superior de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Gerardo Ulloa Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el tercer párrafo de la fracción VIII del artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Agustín Alonso Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de movilidad y seguridad vial, a cargo de la diputada Alma Delia Navarrete Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de cumplimiento de criterios técnicos en el uso de triturado de neumático en mezclas asfálticas, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 13, fracción I; 14, fracción V; y 22 de la Ley General de Educación, en materia de fortalecimiento de la educación intercultural, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 7o., fracción XXI, y adiciona una fracción XXIII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de fortalecimiento del saneamiento de cuerpos de agua en las entidades federativas, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 199 Quintus Bis y 199 Quintus Ter al Código Penal Federal, en materia de violencia obstétrica, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 17 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo de la diputada Anay Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara cada 29 de junio como Día Nacional del Heroísmo y Sacrificio de Quienes Integran la Fuerza Armada Permanente, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo segundo al artículo 18 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de datos personales, a cargo de la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 25 Bis de la Ley General de Educación y adiciona la fracción VII del artículo 33 de la Ley General de Educación Superior, en materia de enseñanza de las lenguas indígenas en los planes y programas de estudio de las escuelas normales e instituciones de formación docente, a cargo de la diputada Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gabino Morales Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción III al artículo 37, recorriendo los subsecuentes, de la Ley General de Educación Superior, a cargo de la diputada Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 16 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de salud mental de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Alejandra Hernández Sáenz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de evaluación social del impacto ambiental, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de exención, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de educación ambiental y ciudadanía activa, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma las fracción XXVI y XXVII y adiciona las fracciones XXVIII, XXIX y XXX del artículo 4o., reforma la fracción XXV y XXVI y adiciona las fracciones XXVII y XXVIII del artículo 11, se reforma el primer párrafo del artículo 16, se reforma la fracción V, VI y adiciona la fracción VII del artículo 17, reforma la fracción XIII, XIV y adiciona la fracción XV del artículo 22, se adiciona un artículo 29 Bis, se reforma la fracción VI del artículo 33, se adiciona un párrafo al artículo 50, reforma el primer párrafo y adiciona un párrafo final al artículo 54 de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, en materia de promoción de coinversión estratégica empresarial, a cargo del diputado Gilberto Herrera Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 199 Bis del Código Penal Federal, en materia de riesgo sanitario individual y colectivo, a cargo de la diputada Jazmín Yaneli Villanueva Moo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción XXIX-AA al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la expedición de la Ley General de Pirotecnia, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de control judicial de los acuerdos reparatorios en casos de reiteración delictiva, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 185 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, suscrita por el diputado David Alejandro Cortés Mendoza y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de redes sociales y restricción del uso de dispositivos móviles durante el horario escolar, suscrita por el diputado David Alejandro Cortés Mendoza y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado David Alejandro Cortés Mendoza y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 191-B de la Ley Federal de Derechos, en materia de derechos por instalación de artes de pesca fija tratándose de pescadores ribereños de pequeña escala, suscrita por el diputado Francisco Pelayo Covarrubias y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de seguridad tecnológica y monitoreo inteligente de corredores logísticos, suscrita por el diputado José Guillermo Anaya Llamas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 159 Bis y 160 Bis de la Ley del Sector Eléctrico, suscrita por el diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 7o. y 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de blindaje de la representación de México en el exterior, suscrita por el diputado Roberto Sosa Pichardo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 301 y 304 del Código Civil Federal, en materia de reciprocidad alimentaria, suscrita por el diputado Roberto Sosa Pichardo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal, en materia de incumplimiento de las obligaciones alimentarias, suscrita por el diputado Roberto Sosa Pichardo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 170 de la Ley del Seguro Social, en materia de portabilidad, suscrita por la diputada Carmen Rocío González Alonso y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de detección de talento y formación joven, suscrita por las diputadas Nubia Iris Castillo Medina y Paola Milagros Espinosa Sánchez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar el derecho de movilidad de niñas, niños y adolescentes frente al abandono parental, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 3o. y adiciona un artículo 159 Bis de la Ley del Sector Eléctrico, a cargo del diputado Marco Antonio de la Mora Torreblanca, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, con el propósito de salvaguardar el valor de las pensiones y demás prestaciones en materia de seguridad social, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo tercero transitorio del decreto que reforma el inciso a) de la base II del artículo 41, y el párrafo primero de la fracción VI del Apartado A del artículo 123, y adiciona los párrafos sexto y séptimo del Apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 27 de enero de 2016, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 5o. de la Ley de Seguridad Nacional, en materia de ciberseguridad, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se inscribe en letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda Tecnológico Nacional de México, suscrita por los diputados Humberto Ambriz Delgadillo y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 12 y 15 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de transparencia electoral, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Educación, en materia de derecho a la educación continua en contextos de enfermedad, discapacidad o emergencia, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de turismo gastronómico, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de fortalecimiento de la función policial con perspectiva de género y garantía de los derechos de las mujeres policías, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, en materia de derecho a franquicia de equipaje para infantes menores de dos años, a cargo de la diputada Patricia Flores Elizondo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de propaganda electoral, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona el artículo 114 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de información reservada, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención integral y apoyo social a personas con enfermedades crónicas en etapa avanzada, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de Coordinación Fiscal y del Código Penal Federal, coloquialmente denominada Ley Lobita, a cargo de la diputada Guadalupe Araceli Mendoza Arias.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, de la Ley General de Víctimas, de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, del Código Penal Federal, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protección a personas víctimas de desaparición forzada, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Que adiciona un numeral 3 al artículo 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Herminia López Santiago, Emilio Ramón Ramírez Guzmán y Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 52 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencias, en materia de justificación del uso de herramientas no letales de defensa personal, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 4 Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de cobro por retiro de efectivo en cajeros automáticos, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de derechos de las personas servidoras públicas de las instituciones de seguridad pública, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Ulises Mejía Haro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y reconocimiento de adicciones por comportamiento, suscrita por los diputados Gilberto Daniel Castillo García, Arturo Olivares Cerda, Fernando Mendoza Arce y Pedro Mario Zenteno Santaella, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Educación, en materia de protección de entornos digitales para los menores de edad, a cargo de los diputados Gilberto Daniel Castillo García, Arturo Olivares Cerda, Fernando Mendoza Arce y Pedro Mario Zenteno Santaella, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de mecanismos de protección de los menores de edad frente al acceso a contenido pornográfico y/o sexualmente explícito, suscrita por los diputados Gilberto Daniel Castillo García, Arturo Olivares Cerda, Fernando Mendoza Arce y Pedro Mario Zenteno Santaella, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el Capítulo VI denominado De la Gestación Asistida y Sustituta; integrado por los artículos: 410 g; 410 h; 410 i; 410 j; 410 k; 410 l, 410 m y 410 n, al Título Séptimo De la Paternidad y Filiación, perteneciente al Libro Primero De las Personas, del Código Civil Federal, en materia de gestación asistida y sustituta, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernandèz Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 2o. y deroga el artículo 6o. de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por la diputada Genoveva Huerta Villegas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de 8 de 8 en el registro de candidaturas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de integración de jóvenes en gestión pública local, a cargo del diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Aguas, en materia de garantizar el suministro de agua, a cargo del diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de jornada laboral de 40 horas con dos días de descanso, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de protección de la pesca ribereña frente a contingencias ambientales, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 102 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear la Fiscalía General para la atención de delitos contra las mujeres y niñas, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 343 Bis del Código Penal Federal, en materia de violencia familiar, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de acoso sexual, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de economía circular, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de donación de órganos y trasplantes, a cargo del diputado Alfonso Armando Vidales Vargas Ochoa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de prevención, sanción y atención del reclutamiento de menores por parte de la delincuencia organizada, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de cuidados a personas con necesidades paliativas, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de asesoría de salud en medios de comunicación y plataformas digitales, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de restauración biocultural y sistemas agroforestales, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de acceso gratuito a servicios sanitarios en estaciones de servicio de combustibles, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de feminicidio, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 4o., 57 y 59 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Karina Isabel Martínez Montaño, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de violencia por interpósita persona, a cargo de la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 6o., 47, 161 y 166 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como los artículos 418 y 419 del Código Penal Federal, en materia de protección a las áreas nacionales protegidas, a cargo del diputado Iván Millán Contreras, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por el diputado Fidel Daniel Chimal García y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en materia de reconocimiento a las personas o grupos que realizan acciones de búsqueda respecto a personas desaparecidas o no localizadas, suscrita por la diputada Eva María Vásquez Hernández y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 77 de la Ley de Vivienda, suscrita por la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de la Guardia Nacional, en materia de seguridad carretera, suscrita por el diputado Armando Tejeda Cid y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 1o. y 5o. de la Ley de Energía para el Campo, en materia de acceso a una justicia energética para sectores dedicados a actividades agropecuarias, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de economía digital, economía colaborativa y clusters productivos, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 4o. y 101 de la Ley General de Víctimas, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 5o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en materia de promoción de políticas públicas a favor de preservar y reconocer los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos asentados en nuestro país, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 6o. de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para garantizar el acceso equitativo a los espacios, infraestructura, servicios, bienes y actividades culturales a toda la población, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 17 de la Ley General de Protección Civil, en materia de profesionalización y capacitación continua para servidores públicos que ostenten facultades y atribuciones de protección civil, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 19 de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención de riesgos, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 47 de Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 83 y 84 de la Ley General de Población, para garantizar el respeto a los derechos humanos de personas repatriadas, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de establecimiento de un mecanismo automático de estímulo fiscal al diésel, suscrita por el diputado Héctor Saúl Téllez Hernández y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, en materia de tarifas preferenciales para personas que dependen de equipos médicos eléctricos, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 19 de la Ley General de Protección Civil, suscrita por el diputado Alonso de Jesús Vázquez Jiménez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 12 Bis y 12 Ter de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma el artículo 5o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de protección al comercio formal frente a la violencia colectiva del crimen organizado, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que deroga diversas disposiciones de los artículos 19 Ter y 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por la diputada Genoveva Huerta Villegas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género, afiliación efectiva, acciones afirmativas, certeza en el registro de candidaturas y modernización electoral, suscrita por el diputado Armando Tejeda Cid y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose el actual en el orden subsecuente, en materia de abasto de medicamentos, a cargo del diputado Carlos Enrique Canturosas Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, en materia de protección a la orfandad por feminicidio y labor de búsqueda, a cargo de los diputados Carlos Enrique Canturosas Villarreal y José Braña Mojica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 101 Bis 4 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar la protección, la integridad, privacidad y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Marco Antonio de la Mora Torreblanca, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para garantizar la protección, la integridad, privacidad y desarrollo integral de los menores de edad, a cargo del diputado Marco Antonio de la Mora Torreblanca, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección a los menores de edad, a cargo del diputado Julio Javier Scherer Pareyón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Gerardo Villarreal Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en materia de actualización de los umbrales y plazos para la eliminación de información crediticia, a cargo del diputado Gerardo Villarreal Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 80 de la Ley Agraria, en materia de ampliación del plazo para el ejercicio del derecho del tanto y protección del patrimonio familiar ejidal, a cargo del diputado Iván Marín Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de descanso compensatorio cuando el día de descanso semanal coincida con un día de descanso obligatorio, a cargo de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 153 y 154 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de retransmisión de señales de televisión radiodifundida y multiprogramación, a cargo del diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 7o. y 11 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de inclusión financiera, digital y comercial, con enfoque interseccional, a cargo de la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona los artículos 269 y 272 de la Ley General de Salud, en materia de protección a los usuarios de productos cosméticos por metales pesados, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de evaluación periódica de las concesiones de aguas nacionales, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de regulación del acceso de animales de compañía a establecimientos donde se preparan o consumen alimentos, a cargo de la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo quinto transitorio al decreto por el que se reforman las fracciones IV y XI del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de la jornada laboral, publicado en el DOF el día 3 de marzo de 2026, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 9o. y 10 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de armonización técnico-legislativa y lenguaje funcional, a cargo de la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de instalación y condiciones adecuadas de lactarios dignos, seguros y accesibles para la extracción y conservación de leche materna en los centros de trabajo del servicio público, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, en materia de control sanitario y regulación de medicamentos agonistas y co-agonistas de receptores metabólicos, a cargo de la diputada Amancay González Franco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de activación física en las escuelas, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona el artículo 88 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de promoción de actividades deportivas, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 62 del Código Civil Federal, para garantizar un lenguaje jurídico no discriminatorio y el reconocimiento digno de la filiación, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en materia de acceso a la salud de las personas hablantes de lengua materna, a cargo de la diputada María de Fátima García León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil, en materia de sobreventa de boletos para servicios de transporte aéreo, a cargo de la diputada Patricia Flores Elizondo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona un artículo 10 Bis a la Ley General de Educación Superior, en materia de cobertura territorial y acceso efectivo a la educación superior, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y a la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de suficiencia policial municipal, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción IV al artículo 24 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de alerta de violencia de género contra las mujeres por la existencia de patrones estructurales de violencia, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de evaluación de las políticas vinculadas con la protección de sus derechos, a cargo de la diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción V Bis, y reforma las fracciones XV y XXIX en el artículo 38 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de integración de la inteligencia artificial en el sistema educativo y de producción científica, a cargo de la diputada Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 397 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Gabino Morales Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. y adiciona un artículo 7 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia en relaciones de pareja, ex pareja, concubinato o vínculo afectivo, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, en materia de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia a través de contenidos culturales, mediáticos y digitales, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Aniceto Polanco Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los párrafos cuarto quinto y sexto, al artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Aniceto Polanco Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto para inscribir con letras de oro en el muro de Honor del Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la leyenda A los Mártires de Río Blanco, 1907, suscrita por las diputadas Mónica Herrera Villavicencio, Paola Tenorio Adame y Dulce María Corina Villegas Guarneros, y los diputados Zenyazen Roberto Escobar García, Jaime Humberto Pérez Bernabé y Francisco Javier Velázquez Vallejo, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Graciela Domínguez Nava, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 5o. de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, en materia de reconocimiento del patrimonio cultural vivo de las comunidades, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 159 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de difusión de información ambiental en formatos accesibles, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 63 Bis de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y reforma la fracción IV del artículo 4o. y la fracción V del artículo 21 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, en materia de nepotismo, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de prohibición de discriminación en decisiones automatizadas o algorítmicas, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción XII del artículo 33 de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, en materia de datos abiertos en investigación financiada con recursos públicos, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 31 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, en materia de derecho a explicación de decisiones automatizadas, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en materia de lenguaje claro en los actos administrativos, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, en materia de principio de digitalización preferente de trámites y servicios, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción XXXIII del artículo 8o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de consulta pública previa para proyectos urbanos de gran impacto, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación, a cargo del diputado Roberto Mejía Méndez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción X del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo de la diputada Ariadna Barrera Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 50, 51, 52, 53, 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de cambio de nombre a cámara de diputadas y diputados y senadoras y senadores, a cargo de la diputada Magda Erika Salgado Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General de Bienestar, Cuidado y Protección Animal, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y de la Ley Federal de Sanidad Animal, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Infraestructura de la Calidad, en materia de participación de las Entidades Federativas y los Municipios, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara oficialmente el Día Nacional del Geriatra, a celebrarse cada año el día 11 de octubre, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el primer miércoles de marzo de cada año como el Día Nacional de la y el Optometrista, a cargo de la diputada Cintia Cuevas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción al artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que el poder judicial pueda presentar iniciativas de ley ante el Congreso de la Unión, a cargo de la diputada Hilda Araceli Brown Figueredo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Carlos Ventura Palacios Rodríguez y la diputada Freyda Marybel Villegas Canché, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VI del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos laborales, a cargo de la diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo a la fracción V del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de presupuesto para el sector de ciencia, humanidades, tecnología e innovación, a cargo del diputado Gilberto Herrera Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad social de ejidos, comunidades agrarias y pueblos indígenas, biodiversidad, valor intrínseco de los bienes del subsuelo, espectro radioeléctrico, agua, propiedad extranjera en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, autoridades y otras materias, para reestablecer y actualizar el pacto social de 1917 en el Siglo XXI, propuesta por la clase campesina, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nombramiento de cónsules generales, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 30 Apartado A), fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transmisión de la nacionalidad mexicana de abuelas y abuelos a nietos y nietas residentes en el exterior, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de salud, higiene menstrual y atención médica con enfoque de género para mujeres privadas de la libertad, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 87 de la Ley Federal del Derecho de Autor, suscrita por la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 32 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para crear el Sistema Nacional de Información de Precios de Servicios Veterinarios Básicos, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia digital y control del gasto público, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 101 Bis 2 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propaganda gubernamental en medios digitales, suscrita por la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de alfabetización digital y uso responsable de redes sociales, suscrita por la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, suscrita por la diputada María del Rosario Guzmán Avilés y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Víctor Adrián Martínez Terrazas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 5o. y 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, suscrita por el diputado César Israel Damián Retes y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 18 y 25 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por el diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de sobrerrepresentación, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a efecto de crear el fondo de fortalecimiento competitivo y sostenible para la frontera norte, suscrita por el diputado Alejandro Pérez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y los diputados Fernando Jorge Castro Trenti y Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de deportistas de alto impacto que ponen en peligro su vida, a cargo de la diputada Celia Esther Fonseca Galicia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona un artículo 116 Bis a la Ley de Aguas Nacionales, en materia de reconocimiento a municipios con infraestructura hídrica estratégica, a cargo del diputado Iván Marín Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, en materia de derechos de las personas en la gestión de trámites y servicios, a cargo del diputado Juan Carlos Valladares Eichelman, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, de la Ley de Vivienda y de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, en materia de transparencia en las operaciones de compraventa inmobiliaria y fortalecimiento de la intermediación inmobiliaria, a cargo del diputado Juan Carlos Valladares Eichelman, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona los artículos 33 Bis y 33 Ter a la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, en materia de financiamiento autónomo, a cargo del diputado Eruviel Ávila Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en materia de embargabilidad por obligaciones alimentarias a favor de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en materia de protección de datos personales de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley General de Salud y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de uso ético y responsable de inteligencia artificial en la administración de justicia, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de educación inicial inclusiva y prohibición de discriminación en guarderías y centros de atención infantil, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 17 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de accesibilidad en servicios financieros para personas con alguna discapacidad, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 6o. y 32 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de consulta, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 76 y 77 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección de imagen en campañas electorales, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extracción de petróleo y gas natural, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 30 y 65 de la Ley General de Educación, en materia de lengua de señas mexicanas, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo del diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 170 y 171 de la Ley General de Educación, en materia de prevención y erradicación del acoso escolar, a cargo de la diputada Paloma Domínguez Ugarte, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista y de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia del procedimiento abreviado, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 79 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de reconocimiento de actividades de investigación social y evaluación de políticas públicas para efectos de donatarias autorizadas, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a homologar el nombre de Querétaro en la Constitución, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de protección al derecho a la salud de las personas adultas mayores, a cargo de la diputada Luvianka Guadalupe Partida Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 4o-B de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de entidades federativas impactadas por actividades de extracción petrolera, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para la cero impunidad y juzgados de proximidad en delitos cometidos contra la niñez, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para asegurar un presupuesto progresivo para la niñez mexicana, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 42 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en materia de trata de niñas, niños y adolescentes en su modalidad agravada, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho a la no manipulación digital, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona un artículo 14 Bis a la Ley General de Educación Superior, en materia de prohibición de retención de documentos a las y los estudiantes de educación superior por falta de pago, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de paridad de género, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de gordofobia, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de apoyo económico por feminicidio, a cargo de la diputada Anayeli Muñoz Moreno, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio y de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de pronto pago, a cargo de la diputada Patricia Flores Elizondo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de eficiencia en el cobro de peaje, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Proposiciones
Con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el que se solicita a diversas autoridades federales, estatales y municipales, a fortalecer las acciones de protección, conservación y restauración del medio ambiente; así como, a implementar medidas preventivas para mitigar los efectos del cambio climático y el deterioro ecológico, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que respetuosamente se solicita a la SICT y a la SEP a que, en el ámbito de sus competencias, establezcan mecanismos de coordinación para incorporar en la educación media superior planes de formación destinados a la capacitación de operadores de autotransporte, para fortalecer la profesionalización del sector, mejorar la seguridad vial y cubrir la demanda de personal calificado, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Conanp; a la Conafor; a la Profepa; a la GN y a la Sedena, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, refuercen las acciones de protección, conservación del Parque Nacional Iztaccíhuatl Popocatépetl, derivado de la explotación indebida de los recursos forestales, a cargo del diputado Iván Millán Contreras, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias, a realizar las investigaciones correspondientes e informen a la opinión pública sobre los trámites otorgados de forma preferencial a la asociación civil Humanidad con América Latina, para obtener el estatus de donataria autorizada, con el propósito de transferir ayuda humanitaria a Cuba, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la ASF, a realizar las investigaciones sobre los contratos otorgados por la Empresa Pública Petróleos Mexicanos a la empresa privada Petro Servicios Integrales México, S. A. de C. V, respecto de los actos de corrupción difundidos en medios de comunicación respecto de los contratos otorgados por parte de Pemex a Petro Servicios Integrales México, a cargo del diputad Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal y a las instituciones correspondientes a fin de informar y entregar a la ciudadanía un informe completo y actual sobre el programa de vivienda y regularización implementado por el mismo, a cargo de la diputada Ma. Lorena García Jimeno Alcocer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, al IPDP de dicha entidad, a aplicar un periodo de consulta del Plan General de Desarrollo y a la conservación de las comisiones de participación comunitaria, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a implementar, de manera preventiva y proactiva, medidas de protección consular para salvaguardar los derechos humanos de las y los ciudadanos mexicanos que participarán en la misión humanitaria denominada Global Sumud Flotilla, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la a la SRE, a las embajadas de México en España, Italia, Túnez, Israel, Jordania y Egipto; y la Oficina de Representación de México en Palestina, a instalar una mesa de seguimiento y asistencia consular para los mexicanos que participarán en la misión humanitaria denominada Global Sumud Flotilla, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader y al Senasica, a fortalecer las acciones de contención del gusano barrenador (cochliomyia hominivorax), garantizar la transparencia epidemiológica y reconsiderar la pertinencia de la convocatoria del premio nacional de sanidad animal 2026, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, así a los gobiernos de las entidades federativas y municipios de ciudades sede del evento internacional denominado Copa Mundial de Futbol 2026, a establecer y desarrollar estrategias de organización, comunicación y coordinación para que sean reforzados los esquemas de control migratorio, garantizando en todo momento los derechos humanos, suscrito por diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios.
Con punto de acuerdo para solicitar respetuosamente a la Fiscalía General del estado de Morelos para que, con base en sus atribuciones y facultades, realice una investigación expedita, transparente, con perspectiva de género, libre de omisiones y garantizando el derecho a la verdad respecto al caso de Maylin N que fue encontrada muerta en Tlayacapan, Morelos el pasado 31 de julio del año dos mil veinticinco, a cargo del diputado Agustín Alonso Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la SICT, al Inegi, al Secretariado Ejecutivo del SNSP y a los gobiernos de las entidades federativas, a fortalecer el registro estadístico de conductas de riesgo en la conducción, particularmente el uso de direccionales, así como a implementar campañas de educación vial, fortalecer los procesos de formación en la expedición de licencias de conducir y promover la armonización normativa en materia de movilidad y seguridad vial, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Semar , para que, en el ámbito de sus atribuciones y a través de las instancias competentes, evalúe e implemente la instalación de un servicio de transporte desde el AICM destinado a los usuarios, con el propósito de trasladarlos a puntos seguros donde puedan acceder a medios de transporte público, a cargo de la diputada Magda Erika Salgado Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita a diversas autoridades impulsar la asignación de recursos a la Universidad de la Seguridad Pública del Estado de Sonora y que fortalezcan sus programas de formación, certificación, profesionalización, equipamiento, actualización tecnológica e infraestructura institucional, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados solicita respetuosamente al H. Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, y a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, a llevar a cabo gestiones necesarias a fin de que se implemente una adecuación de la infraestructura hídrica para el uso racional y sustentable del agua, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Condusef, así como a los titulares de las Fiscalías Generales de Justicia de todas las entidades federativas de la República Mexicana, a implementar acciones coordinadas y de colaboración para orientar oportunamente a los cuentahabientes afectados por presuntos fraudes, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo para solicitar respetuosamente a la Titular de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, comenzar con la inscripción de la tradición de Día de Muertos del Pueblo de San Andrés Mixquic de la Alcaldía de Tláhuac, como Declaratoria de Patrimonio Cultural Intangible de la Ciudad de México, considerando que esta festividad representa una invaluable riqueza cultural, cuya preservación resulta indispensable por su origen prehispánico y su condición como una de las tradiciones más emblemáticas de la Ciudad de México, a cargo del diputado Roberto Mejía Méndez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo mediante el cual se solicita respetuosamente a la Sedatu, a realizar y emitir dictámenes técnicos, normas y documentos de planeación, enfocados en ordenamiento territorial, desarrollo urbano, habitabilidad de vivienda y gestión de riesgos, en las colonias irregulares de la Alcaldía Tláhuac, con el objeto de asegurar a la población la protección de sus derechos a un patrimonio habitacional digno, a la no discriminación y a la convivencia en condiciones de equidad e inclusión social, a cargo del diputado Roberto Mejía Méndez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se le solicita respetuosamente a la Conafor y a la Coordinación Estatal de Protección Civil de Querétaro, a fortalecer las acciones de prevención y combate de incendios forestales en el estado de Querétaro, a cargo del diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Titular del Ejecutivo Federal, en coordinación con la SHCP, la SE y a través de la estructura programática de la CFE, a considerar los recursos suficientes destinados al fortalecimiento, mantenimiento, modernización y ampliación de la infraestructura eléctrica en el estado de Guanajuato, con base en un diagnóstico técnico sobre las fallas recurrentes del suministro, la capacidad instalada y las necesidades de inversión; suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Titular del Ejecutivo Federal, por conducto de la SRE, a realizar e intensificar las gestiones diplomáticas necesarias ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, a efecto de exigir el esclarecimiento pleno, transparente y expedito del fallecimiento del ciudadano mexicano José Guadalupe Ramos Solano, originario del municipio de Silao, Guanajuato, a cargo del diputado Diego Ángel Rodríguez Barroso, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipios afectados por el derrame de hidrocarburos en el Golfo de México, a diseñar e implementar una estrategia integral de atención y recuperación regional, bajo un enfoque de derechos humanos, sostenibilidad ambiental y desarrollo regional, garantizando la participación de las comunidades afectadas, a cargo de la diputada María del Rosario Guzmán Avilés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la SECTUR, a implementar el distintivo Sede Mundialista Segura a modo de certificación internacional de México como un país libre de Sarampión, a cargo de la diputada Mayra Espino Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de La Paz y de Los Cabos, a implementar una estrategia integral y acciones de emergencia para garantizar el abastecimiento de agua potable a la población ante la escasez hídrica, a cargo del diputado Manuel Alejandro Cota Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos de las personas adultas mayores en México, a cargo de la diputada Ma. Leonor Noyola Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, para que, en coordinación con las autoridades educativas de las entidades federativas, reactive la implementación de un protocolo nacional de prevención, detección y actuación ante el ingreso de objetos y sustancias prohibidas en los planteles de educación básica, bajo un enfoque de derechos humanos, interés superior de la niñez y protección integral de la comunidad escolar, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a implementar operativos continuos vehiculares con el objetivo de reducir los accidentes de motocicletas y garantizar la seguridad vial, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a garantizar el acceso inclusivo a los servicios de educación inicial y guarderías, a fin de prevenir y erradicar actos de discriminación hacia niñas y niños con trastornos del lenguaje o condiciones del desarrollo, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al INSP, en coordinación con Unicef México, a diseñar e implementar una campaña masiva virtual de prevención de la obesidad en niñas, niños y adolescentes, con enfoque multicomponente, participativo y basado en evidencia científica, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a diseñar y poner en marcha una campaña masiva virtual de prevención de enfermedades cardiovasculares dirigida a la población adulta de 20 años en adelante, a cargo de la diputada María Graciela Gaitán Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PROFEPA, a investigar todo hecho, acto u omisión relacionados con el evento denominado Jimulcazo realizado en el área natural protegida y reserva ecológica cañón de Jimulco; Torreón, Coahuila, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales de las 32 entidades federativas del país, a realizar las adecuaciones normativas necesarias para la entrada de vigor del nuevo sistema de justicia civil y familiar oral y a prever la realización de las asignaciones presupuestales que sean necesarias; y a los poderes judiciales locales, a elaborar y dar a conocer su plan y/o programa de implementación para la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en sus entidades federativas antes del 1 de abril de 2027, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a modificar su postura de descalificación del informe del comité contra la desaparición forzada de la ONU y a aceptar la cooperación y asistencia técnica internacional que contribuya a fortalecer las capacidades del estado mexicano en materia de búsqueda, identificación forense, investigación y atención integral a las víctimas; y a la CNDH, a adoptar una postura institucional comprometida con el reconocimiento de la crisis de desapariciones, la defensa efectiva de los derechos humanos y el acompañamiento a los esfuerzos nacionales e internacionales, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del Gobierno Federal, a considerar la atención de obras de infraestructura prioritaria en el municipio de Tamalín, Veracruz, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a formalizar la ampliación del periodo de la tarifa de verano en el estado de Sinaloa, y otros con altas temperaturas, del 1 de abril al 30 de noviembre de 2026; así como para que transparente sus criterios de facturación y establezca un mecanismo de subsidio de emergencia ante temperaturas récord, a cargo del diputado Mario Zamora Gastélum, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, por conducto, del Censida, el IMSS y el ISSSTE, a adoptar medidas urgentes para asegurar el abasto continuo de medicamentos antirretrovirales e insumos de prevención del VIH en las unidades de atención del sistema nacional de salud y a fortalecer los mecanismos de planeación, distribución y transparencia, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Condusef y a la CNSF, a garantizar la protección de personas afectadas en su patrimonio por los hechos violentos ocurridos los días 22 y 23 de febrero de 2026, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la persona titular de la SESNSP, a emitir lineamientos para eliminar barreras discriminatorias de reclutamiento en las instituciones policiales del país, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Efemérides
Con motivo de la conmemoración del 7 de abril, Día Mundial de la Salud, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo de la conmemoración del 10 de abril, natalicio de Leona Vicario, heroína de la Independencia Mexicana, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 16 de abril, conmemoración del 495 aniversario de la Fundación de la Ciudad de Puebla de Zaragoza, a cargo de la diputada Claudia Rivera Vivanco, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del 13 de abril, natalicio de Enrique Flores Magón (1877), a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 14 de abril, Día de las Américas, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 14 de abril, aniversario luctuoso de José Revueltas, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 16 de abril, Día Internacional contra la Esclavitud Infantil, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 17 de abril, aniversario luctuoso de Sor Juana Inés de la Cruz, a cargo de las diputadas María Isidra de la Luz Rivas y Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 19 de abril, aniversario luctuoso de Octavio Paz, a cargo de las diputadas María Isidra de la Luz Rivas y Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 16 de abril, Día Internacional contra la Esclavitud Infantil, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»
INTERVENCIÓN DESDE LA TRIBUNA EN LENGUA INDÍGENA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Honorable asamblea, damos la bienvenida a esta tribuna al ciudadano Randhy Jarev Díaz Miniaga, originario de Santa María Salinas del Marqués, Oaxaca, hablante de zapoteco.
Randhy es un joven zapoteco y estudiante de ingeniería naval en el Instituto Tecnológico de Boca del Río, Veracruz. Formado bajo los valores de tenacidad y unión familiar, Randhy ha hecho de su identidad cultural el motor de su superación.
Como hablante de la lengua zapoteca del istmo, mantiene vivo el legado de la abuela materna, practicando y preservando su idioma con orgullo, incluso lejos de su hogar. Su fascinación por el mar y las embarcaciones lo llevó a elegir una carrera técnica exigente, en donde demuestra que los desafíos son la mayor motivación para crecer, además de su formación profesional.
Randhy encuentra equilibrio en deporte y la música, destacándose como saxofonista. Su historia es un testimonio de cómo la herencia indígena y la ingeniería moderna se entrelazan para honrar sus raíces y construir un futuro de éxito para él y para su familia. Agradeciendo su presencia en esta Cámara de Diputados, le concedemos el uso de la palabra, hasta por 15 minutos. Muchas gracias.
El ciudadano Randhy Jarev Díaz Miniaga: (Habla en zapoteco del istmo). Amo a mi tierra y amo a mi lengua.
Agradezco profundamente la oportunidad otorgada por el honorable Congreso, en especial a la Comisión de Pueblos Indígenas, por brindarme el espacio para participar y aprender en este importante proceso. De igual manera, expreso mi reconocimiento a la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vázquez, por su compromiso, apoyo y dedicación en favor de la sociedad.
Agradezco al gobierno federal, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, por impulsar acciones que benefician a la ciudadanía y fomentan el desarrollo de nuestro país. También pido un fuerte reconocimiento al Tecnológico Nacional de México (TecNM) y con fuerte cariño al que estoy representando: el Instituto Tecnológico de Boca del Río, en Veracruz, el cual me brindó las condiciones y el apoyo necesarios para poder expresar mi voz ante este público presente.
De manera muy especial, quiero expresar mi más sincero agradecimiento a mis padres, quienes, con su amor, esfuerzo y valores, han sido el pilar fundamental en mi vida y en mi formación académica y personal. Gracias por su apoyo incondicional, por motivarme a seguir adelante y por enseñarme a no rendirme ante las dificultades. A mi familia, por su comprensión, paciencia y constante ánimo, que me ha permitido alcanzar cada una de mis metas.
Finalmente, agradezco a todas aquellas personas que, de una u otra manera, contribuyeron a este logro, brindándome su apoyo, consejos y confianza. Sin duda, este resultado no habría sido posible sin la ayuda y acompañamiento de todos ustedes.
Muy buenos días a todos los presentes. Es para mí un honor dirigirme a ustedes para hablar sobre un tema que representa no sólo nuestras raíces, sino también nuestra identidad: la lengua zapoteca istmeña, una de las múltiples expresiones culturales que enriquecen el estado de Oaxaca.
Oaxaca es reconocido como una de las regiones con mayor diversidad cultural y lingüística en México. En sus comunidades viven tradiciones ancestrales que han resistido el paso del tiempo y entre ellas destacan las lenguas originarias. Dentro de este vasto patrimonio lingüístico, el zapoteco istmeño ocupa un lugar especial, al ser una lengua viva que se habla en la región del istmo de Tehuantepec.
El istmo de Tehuantepec no solo es una región geográfica, es un espacio lleno de historia, identidad y cultura; sus fuertes vientos, su clima cálido y, sobre todo, su gente, lo convierten en un lugar único. En localidades como Juchitán de Zaragoza, Tehuantepec, La Venta, La Ventosa, Unión Hidalgo e Ixtepec, el zapoteco istmeño sigue siendo parte fundamental de la vida cotidiana.
Hablar de esta lengua es también hablar de sus costumbres. En el istmo, las tradiciones son el corazón de la comunidad. Las Velas Istmeñas, por ejemplo, son celebraciones llenas de vida, en las que la música, la danza, la gastronomía y la vestimenta tradicional, como el hermoso huipil, reflejan el orgullo de pertenecer a esta cultura. Asimismo, prácticas como el tequio, que representa el trabajo comunitario en beneficio del pueblo, fortalecen los lazos sociales y el sentido de responsabilidad colectiva.
El respeto a los mayores, las tradiciones religiosas y el uso de la lengua materna son valores que aún se conservan. La gastronomía, con platillos como el mole, los tamales y los totopos, también forma parte esencial de esta riqueza cultural.
El zapoteco istmeño es hablado por personas de todas las edades, aunque principalmente por adultos y personas mayores. Se utiliza en los hogares, en los mercados, en las comunidades y en eventos culturales. Sin embargo, es importante reconocer que existen diversas variantes del zapoteco y cada una de ellas posee características únicas en su pronunciación y vocabulario.
Hoy en día, enfrentamos una realidad preocupante: cada vez son menos las personas interesadas en aprender y hablar esta lengua. En muchas comunidades, su uso se está reduciendo, lo que pone en riesgo su permanencia, y debemos entender algo fundamental: cuando una lengua desaparece no sólo se pierden palabras, se pierde historia, conocimiento, tradiciones y una forma única de ver el mundo.
Desde mi experiencia personal, he reflexionado sobre la importancia de preservar el zapoteco istmeño. Durante el tiempo que estuve en mi comunidad, tuve la oportunidad de apoyar en pequeñas escuelas en las que se enseña la lengua. Con mucho gusto participé enseñando a niños desde temprana edad, convencido de que ellos son el futuro y la esperanza para mantener viva esta herencia cultural.
Promover el zapoteco istmeño en las escuelas, utilizarlo en casa, hablarlo en la comunidad y difundirlo a través de medios de comunicación y actividades culturales son acciones fundamentales para su conservación. Aprender esta lengua no nada más fortalece nuestra identidad, sino que también mejora la comunicación, preservar nuestras tradiciones y abre la puerta al aprendizaje de otros idiomas. Además, genera un profundo orgullo cultural.
El zapoteco pertenece a la familia lingüística oto-mangue y tiene sus raíces en las civilizaciones prehispánicas de Oaxaca. A lo largo del tiempo, ha evolucionado en distintas variantes, adaptándose a los cambios sin perder su esencia.
Hablar zapoteco istmeño permite integrarnos mejor en nuestras comunidades, participar activamente en nuestras tradiciones y fortalecer los lazos familiares y culturales. Es una herramienta de identidad, pero también de unión.
Por ello, hoy quiero hacer una respetuosa, pero firme, petición a las organizaciones encargadas de la protección de las lenguas maternas, a las instituciones educativas, a las autoridades culturales y a la sociedad en general, es momento de actuar.
Es necesario implementar más programas de enseñanza de lenguas originarias en las escuelas, apoyar a los hablantes, crear espacios en los que estas lenguas sean valoradas y difundidas, así como impulsar proyectos culturales y educativos que fomenten su uso. También es fundamental brindar recursos a las comunidades para que puedan seguir transmitiendo su lengua a las nuevas generaciones.
La preservación del zapoteco istmeño, así como de todas las lenguas originarias de nuestro país, no es sólo responsabilidad de quienes las hablan, sino de todos nosotros como sociedad. Es un compromiso colectivo.
Finalmente, quiero invitarlos a reflexionar: cada palabra en zapoteco es una historia, cada expresión es una herencia y cada hablante es un guardián de nuestra cultura. No dejemos que esa voz se apague.
En conclusión, el zapoteco istmeño es una de las lenguas fundamentales para la identidad cultural de Oaxaca. Su conservación depende del uso constante, del compromiso y del interés de las nuevas generaciones. Promover su aprendizaje y práctica es clave para mantener viva la riqueza cultural de nuestro país.
Un hombre sin sueños es como un pájaro sin alas, dicho popular istmeño. Muchísimas gracias por su atención.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a Randhy Jarev Díaz Miniaga, por su presencia aquí en esta Cámara de Diputados el día de hoy. Muchas, muchas gracias a él y a su familia, quienes lo acompañan.
Tengo la solicitud de la diputada Paola Tenorio Adame, del Grupo Parlamentario de Morena, para un minuto de silencio. Y pregunto si algún otro legislador o legisladora hará una solicitud en estos términos, para que nos informen. Y, posteriormente, tenemos la intervención de la diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora, de Movimiento Ciudadano.
Adelante, diputada Paola Tenorio Adame. Muchas gracias.
La diputada Paola Tenorio Adame(desde la curul): Gracias a ti, diputada presidenta. Solo para comentarle a la coordinadora de Movimiento Ciudadano, decirle que los y las veracruzanas votamos por las zacatecanas, como ella denosta a nuestra gobernadora, gran gobernadora, Rocío Nahle García, y decirle que no nos arrepentimos haber dado la confianza a una mujer que en estos momentos estamos todos y todas orgullosos de su gran trabajo, como nunca nadie había hecho cosas por Veracruz. Y, cabe mencionar que ninguno de sus antecesores lo había hecho, todos varones y veracruzanos de nacimiento.
Lamentablemente, la coordinadora no puede decir lo mismo, porque ella fue gobernadora de Yucatán y los yucatecos han decidido no volverle a dar el voto de confianza. Es por lo que ella actualmente tiene que estar en esta Cámara de Diputados como plurinominal.
Y, también comentarle, que en Veracruz cuando llega una llegan todas. Que en Veracruz las mujeres somos las que defendemos a las mujeres, y que cuando nos pegan a una, nos pegan a todas. Y, por último, decirle que me da muchísima pena la falta tan grande de valentía. Es cuanto, presidenta, gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Tiene el uso de la palabra la diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora. Adelante, diputada.
La diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora(desde la curul): Gracias, presidenta. Solo para comentar que el día de ayer subieron las casetas en todo el país, con un incremento cercano al cinco por ciento. Y esto no es un ajuste menor, es un golpe directo a quienes todos los días se trasladan para trabajar, para producir y para sostener a sus familias.
Y lo más grave: se cobra más, pero no se ve reflejado en mejores condiciones. Ahí están las carreteras en mal estado, ahí están los tramos inseguros y ahí están también las quejas constantes por la falta de respuesta cuando ocurre un accidente, aun cuando el peaje supuestamente incluye un seguro.
Entonces, la pregunta es: ¿qué es lo que se está pagando? Y este impacto no se queda solamente en la caseta: se está trasladando a toda la cadena. El propio gremio de la tortilla, al día de hoy, a nivel nacional, ya lo advirtió: en los próximos días, el precio de la tortilla podría aumentar entre dos y hasta cuatro pesos por kilo. Así es como se está encareciendo la vida en estos momentos.
En Tlaxcala, como en el resto del país, esto se siente de inmediato. Se siente definitivamente cuando el dinero ya no alcanza.
Esta representación no puede guardar silencio. Exigimos que estos incrementos se revisen, que haya condiciones dignas en las carreteras y que se deje de trasladar el costo de las malas decisiones a las familias.
Las familias tlaxcaltecas, como de todo el país, no pueden seguir pagando más por recibir menos. Es cuanto, presidente.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del PT. Adelante, diputada.
La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez(desde la curul): Buenos días, diputada. Buenos días a todos los diputados. Quiero denunciar un ecocidio que está sucediendo en Oaxaca.
Desde hace varias semanas venimos denunciando la construcción de una plaza comercial en el centro de la ciudad de Oaxaca, y resulta que esta plaza comercial no cuenta con los permisos requeridos por parte de Semarnat, del gobierno del estado ni del gobierno municipal.
Y, aun así, la están construyendo. Pero no es el primer desarrollo que se está realizando: también se construyó así el estadio de béisbol. Y próximamente tienen proyectado construir la presa Margarita Maza sin ningún estudio.
Yo no sé dónde están las autoridades de Semarnat para revisar todos los atropellos del gobernador Salomón Jara; del presidente municipal, Raymundo Chagoya, que emerge del Partido Verde Ecologista y está derrumbando árboles. ¿Dónde están estas personas y dónde está el compromiso real con el medio ambiente?
Por otro lado, quiero decirle a la secretaría de Semarnat que, cuando no existe vigilancia, pasa lo que pasó con la autopista que se dirige al istmo de Tehuantepec donde hay derrumbes por no hacer los estudios pertinentes de geotecnia.
Por eso se derrumbó el túnel de El Tornillo. Y ahora dicen que lo van a reparar y, ¿quiénes van a pagar esa reparación? Pues nosotros, los oaxaqueños y los mixes, porque pasa por nuestro territorio y nos incrementan la cuota que se debe pasar, cuando nada más nosotros transitamos 32 kilómetros, 32 kilómetros y pagamos más de 200 pesos. Eso es un atropello. Y pasa sobre territorio indígena, territorio mixe.
Entonces, le pedimos a la presidenta de la República que voltee a ver todos estos atropellos que está cometiendo el gobernador Salomón Jara y sus presidentes municipales.
Por otro lado, también incrementaron la cuota para la autopista que va a la costa, una autopista totalmente destruida es de las más caras del país. Yo no sé si no tienen analistas, les ayuden con los estudios, pero hacen puras porquerías, en verdad estamos cansados de todos los atropellos que realizan en Oaxaca. Es cuanto. Gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputada. Tiene el uso de la palabra la diputada Margarita García García; posteriormente, el diputado Pablo Vázquez Ahued. Y cerramos, si les parece bien, la lista, para iniciar con las iniciativas. Adelante, diputada.
La diputada Margarita García García(desde la curul): Gracias, diputada presidenta. Bueno, pues aquí pedirle a Capufe que ojalá y pueda comparecer ante esta Cámara y que nos explique por qué nuevamente el incremento a las casetas de peaje, donde las carreteras están en pésimo estado.
Yo transito seguido de aquí a Oaxaca y la verdad que es pésimo viajar por la súper carretera, pero eso sí el cobro es inmediato y pues nos preguntamos, ¿dónde está el dinero que recuperan entonces, si están en pésimas condiciones?
Y lo que está pasando en la súper carretera de Puerto Escondido a Oaxaca, es la carretera más cara de todo el país, pero que además está también los derrumbes donde inclusive ha habido accidentes y que Capufe no hace nada.
Escuché hace unos días al secretario de Gobierno, donde por el berrinche de una persona no se puede hacer la rehabilitación de esta carretera. Yo creo que no estamos para cumplir antojos y berrinches de ciudadanos que solamente piden dinero para ellos.
Pero sí hoy quiero levantar la voz, que no es posible que estos incrementos se sigan dando y que la canasta básica y todo cada día sean más caras. Entonces, pido a Capufe que venga y que nos explique dónde está el dinero de las casetas y por qué no hay rehabilitación de las carreteras. Es cuanto, diputada presidenta. Muchas gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputada. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Pablo Vázquez Ahued.
El diputado Pablo Vázquez Ahued(desde la curul): Gracias, presidenta. En unos minutos más, conforme al orden del día, se formulará una declaratoria de constitucionalidad de la reforma constitucional aprobada la semana pasada. Y, como he sabido, el Senado de la República lleva más de un año sin emitir la declaratoria de constitucionalidad de la reforma aprobada por unanimidad por todos los órganos legislativos para aumentar el salario del personal de educación, de salud y de seguridad pública de todo México. Un acto inédito e inconcebible.
Me parece importante informarle a la asamblea, que por fin hemos logrado judicializar este asunto, llegando a las instancias judiciales un amparo en el que solicitamos al Poder Judicial analice a fondo este caso para que el Senado de la República acate su obligación constitucional de formular la declaratoria de constitucionalidad cuanto antes, porque es verdaderamente de no creerse el nivel de arbitrariedad y opacidad de una sola persona, en este caso, quienes han encabezado la Presidencia del Senado de la República, de no cumplir con la declaratoria de constitucionalidad de esta reforma ya aprobada.
Por eso es importante que esto ya se encuentre en las instancias judiciales y estaremos atentos a lo que se resuelva.
E insistir, en la necesidad de que esta Cámara de Diputados analice hacer un extrañamiento al Senado de la República para que nos explique por qué, como colegisladora, no ha hecho esta declaratoria tan importante.
Y, respecto a lo que comentaba una de las preopinantes sobre la coordinadora de Movimiento Ciudadano, Ivonne Ortega, simplemente decir que ella fue gobernadora del estado de Yucatán, una gobernadora muy reconocida, que hoy puede regresar a su estado viendo a los ojos a las y los yucatecos con mucho orgullo, con resultados, cosa que no pueden decir algunos gobernadores actuales de Morena, como efectivamente la gobernadora de Veracruz, que veo muy difícil que por ejemplo, se enfrente hoy por hoy a un proceso de revocación de mandato.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: En votación económica, consulte la Secretaría a la asamblea, si se dispensa la lectura del acta de la sesión vespertina del 8 de abril, la sesión anterior del 9 de abril del año en curso.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura de las actas de las sesiones vespertina del 8 de abril y de la sesión del 9 de abril del año en curso. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión vespertina presencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles ocho de abril de dos mil veintiséis, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Apertura de la sesión.
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de cuatrocientos trece diputadas y diputados, a las doce horas con diecisiete minutos del miércoles ocho de abril de dos mil veintiséis, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas instaladas en las curules, documento que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Discusión de dictámenes.
El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto:
a) De las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Reforma Política - Electoral, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos ciento quince, fracción uno, párrafo primero, ciento dieciséis, fracción dos, párrafo segundo, y se adiciona el artículo ciento treinta y cuatro, un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes en su orden, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo doscientos treinta, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión, al diputado: Víctor Hugo Lobo Román.
Desde su curul, intervienen los diputados: José Elías Lixa Abimerhi, coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional, para solicitar moción de orden, y en un segundo momento para responder alusiones personales; y Leonel Godoy Rangel, de Morena, para hacer comentarios relativos a las expresiones realizadas por el diputado Lixa Abimerhi.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento veintidós del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra, para presentar moción suspensiva, a la diputada y los diputados:
• Carmen Rocío González Alonso, del Partido Acción Nacional;
• César Alejandro Domínguez Domínguez, del Partido Revolucionario Institucional, quien solicita a la Presidencia moción de ilustración, respecto a la fracción trece del artículo dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Secretaría da lectura al precepto normativo de referencia; y
• Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Partido Revolucionario Institucional.
En votación económica, no se toman en consideración y se desechan.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo doscientos treinta, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios, a las diputadas y diputados: Pablo Vázquez Ahued, de Movimiento Ciudadano;
Presidencia de la diputada Paulina Rubio Fernández
Abigail Arredondo Ramos, del Partido Revolucionario Institucional; Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo; Juan Luis Carrillo Soberanis, del Partido Verde Ecologista de México; Laura Cristina Márquez Alcalá, del Partido Acción Nacional; y
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Leonel Godoy Rangel, de Morena, quien solicita a la Presidencia moción de ilustración respecto a la redacción del denominado "plan A", en materia de uso de recursos ilícitos en elecciones, así como de un testimonio. La Secretaría da lectura al texto solicitado.
La Presidencia informa a la Asamblea que, con la intervención del diputado Godoy Rangel, ha terminado el plazo para el registro de reservas al dictamen a discusión.
Discusión en lo general.
Se somete a discusión en lo general y, en términos del artículo doscientos treinta, numeral tres, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se concede el uso de la palabra a las diputadas y los diputados, para hablar: en pro Astrit Viridiana Cornejo Gómez, de Morena; en contra Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Partido Acción Nacional; en pro Patricia Flores Elizondo, de Movimiento Ciudadano; en contra Nadia Navarro Acevedo, del Partido Revolucionario Institucional; en pro Ricardo Astudillo Suárez, del Partido Verde Ecologista de México;
Presidencia del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
En contra Ana María Balderas Trejo, del Partido Acción Nacional; en pro Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo; en contra Fernando Torres Graciano, del Partido Acción Nacional; en pro Ruth Maricela Silva Andraca, del Partido Verde Ecologista de México; en contra Emilio Suárez Licona, del Partido Revolucionario Institucional; en pro Jorge Luis Sánchez Reyes, de Morena; y en contra José Guillermo Anaya Llamas, quien solicita a la Presidencia moción de ilustración, respecto al artículo ciento veintidós de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Secretaría da lectura, y quién acepta interpelación del diputado Federico Döring Casar, ambos del Partido Acción Nacional.
No habiendo más oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general.
Desde su curul, intervienen las diputadas y los diputados: Antares Guadalupe Vázquez Alatorre, de Morena; Fidel Daniel Chimal García, del Partido Acción Nacional; Irma Juan Carlos, de Morena;
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Germán Martínez Cázares, del Partido Acción Nacional; Paola Tenorio Adame, de Morena, todos para rectificación de hechos; y Leonel Godoy Rangel, de Morena, para responder alusiones personales.
Desde su curul, intervienen la diputada y los diputados: Sergio Gil Rullán, de Movimiento Ciudadano; Germán Martínez Cázares, del Partido Acción Nacional; Martha Aracely Cruz Jiménez, del Partido del Trabajo; Zenyazen Roberto Escobar García, de Morena; y Carlos Alonso Castillo Pérez, de Morena, todos para solicitar moción de orden.
La Presidencia informa a la Asamblea que para la discusión en lo particular se han presentado propuestas de modificación a la denominación del artículo único del proyecto de decreto, a los artículos: ciento quince, ciento dieciséis, y ciento treinta y cuatro, así como a las disposiciones transitorias primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, séptima, octava y novena del proyecto de decreto.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, y doscientos treinta y uno, numeral cuatro, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular, de lo no reservado.
En votación nominal, por mayoría calificada de trescientos setenta y siete votos a favor, y ciento dos en contra, se aprueba, en lo general y en lo particular, lo no reservado.
Desde su curul, intervienen las diputadas y el diputado: Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, para solicitar moción de orden, y Sergio Gil Rullán, ambos de Movimiento Ciudadano, para hacer comentarios relativos a las expresiones realizadas durante el desarrollo de la presente sesión; y Magaly Armenta Oliveros, de Morena, para solicitar moción de orden.
Desde su curul, interviene la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora de la bancada de Movimiento Ciudadano, para responder alusiones personales.
Discusión en lo particular.
En la discusión en lo particular, se concede el uso de la palabra, para presentar propuestas de modificación, a las diputadas y diputados:
• Teresita de Jesús Vargas Meraz, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
Desde su curul, interviene el diputado Severiano Roberto Hernández Ríos, de Morena, para responder alusiones personales.
• Miguel Ángel Monraz Ibarra, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Manuel Alejandro Cota Cárdenas, del Partido Verde Ecologista de México, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Irma Yordana Garay Loredo, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Mario Zamora Gastélum, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Gildardo Pérez Gabino, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Francisco Javier Sánchez Cervantes, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• César Israel Damián Retes, del Partido Acción Nacional, quien solicita a la Presidencia moción de ilustración respecto al texto publicado por un columnista. La Secretaría da lectura. En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Maribel Martínez Ruiz, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Christian Mishel Castro Bello, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• María de Fátima García León, de Movimiento Ciudadano, quien solicita moción de ilustración respecto al primer párrafo, apartado primero del artículo ciento quince de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Secretaría da lectura. En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Haidyd Arreola López, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Blanca Leticia Gutiérrez Garza, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Mary Carmen Bernal Martínez, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Ariana del Rocío Rejón Lara, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, de Movimiento Ciudadano.
Desde su curul, intervienen los diputados: César Alejandro Domínguez Domínguez, y Erubiel Lorenzo Alonso Que, ambos del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar verificación de quórum. La Presidencia realiza aclaraciones, de conformidad con el artículo cuarenta y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados.
En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Ricardo Crespo Arroyo, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Francisco Pelayo Covarrubias, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, intervienen los diputados Emilio Suárez Licona, del Partido Revolucionario Institucional, quien solicita moción de ilustración respecto a los artículos dos, numeral uno, fracción diecisiete, artículo tres, numeral uno, fracción veintiuno, y el artículo trescientos dos todos del Reglamento de la Cámara de Diputados; y Julen Rementería del Puerto, del Partido Acción Nacional, y ambos para solicitar verificación de quórum. La Presidencia realiza aclaraciones, de conformidad con el artículo veinticinco de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
• Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Partido Revolucionario Institucional, quien solicita a la Presidencia moción de ilustración respecto a diversos textos periodísticos. La Secretaría da lectura. En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, intervienen los diputados: Pablo Vázquez Ahued, de Movimiento Ciudadano; y Leonel Godoy Rangel, de Morena, ambos para solicitar moción de orden; Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional, para hacer comentarios relativos a las expresiones realizadas durante el desarrollo de la presente sesión.
• Adrián González Naveda, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Juan Armando Ruiz Hernández, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de Morena, quien solicita a la Presidencia moción de ilustración respecto a una nota periodística. La Secretaría da lectura. Durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Diego Ángel Rodríguez Barroso, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, interviene el diputado Francisco Javier Borrego Adame, de Morena, para solicitar moción de orden.
• José Gloria López, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Xitlalic Ceja García, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Gibrán Ramírez Reyes, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, interviene el diputado Leonel Godoy Rangel, de Morena, para solicitar moción de orden.
• Gilberto Herrera Solórzano, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Fidel Daniel Chimal García, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, intervienen los diputados: Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de Morena, para responder alusiones personales; Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional, para solicitar moción de orden.
• José Narro Céspedes, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• José Luis Téllez Marín, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, interviene el diputado Leonel Godoy Rangel, de Morena, para solicitar moción de orden.
• Pablo Vázquez Ahued, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, interviene el diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Partido Revolucionario Institucional, para hacer comentarios relativos a las expresiones realizadas por el orador que acaba de participar en tribuna.
• José Alejandro Peña Villa, de Morena.
Presidencia de la diputada Paulina Rubio Fernández
Durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
Desde su curul, interviene el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar moción de orden.
• Víctor Manuel Pérez Díaz, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora de la bancada de Movimiento Ciudadano, quien solicita moción de ilustración respecto al artículo en el que en el año dos mil veintidós la colegisladora modificó lo referente a la prisión preventiva, y la Guardia Nacional, temas que fueron votados en la Legislatura pasada. La Secretaría da lectura. En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Flor de María Esponda Torres, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• José Luis Sánchez González, del Partido del Trabajo.
Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué
Durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Hugo Eduardo Gutiérrez Arroyo, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Beatriz Andrea Navarro Pérez, de Morena, quien solicita a la Presidencia moción de ilustración respecto a una nota periodística. La Secretaría da lectura. Durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
Desde su curul, interviene el diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Partido Revolucionario Institucional, para responder alusiones personales.
• Paulina Rubio Fernández, del Partido Acción Nacional, quien solicita moción de ilustración respecto al artículo veintinueve, Apartado D, inciso m) de la Constitución Política de la Ciudad de México. La Secretaría da lectura. En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
La Presidencia informa a la Asamblea que la diputada Paola Michell Longoria López, de Movimiento Ciudadano, declina su participación para presentar propuesta de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de la misma en el Diario de los Debates.
• Venustiano Caamal Cocom, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Claudia Gabriela Salas Rodríguez, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, interviene el diputado Leonel Godoy Rangel, de Morena, para solicitar moción de orden.
• Alfonso Armando Vidales Vargas Ochoa, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Gerardo Olivares Mejía, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Luis Agustín Rodríguez Torres, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
La Presidencia informa a la Asamblea que la diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, de Movimiento Ciudadano, declina su participación para presentar propuesta de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de la misma en el Diario de los Debates.
• Maribel Solache González, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Partido Revolucionario Institucional.
La Presidencia, invita a la Asamblea a conducirse con respeto durante sus participaciones en tribuna.
En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
Desde su curul, interviene la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, de Morena, para solicitar moción de orden.
• Anayeli Muñoz Moreno, de Movimiento Ciudadano, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Gloria Sánchez López, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• David Azuara Zúñiga, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Lorena Piñón Rivera, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Rosalinda Savala Díaz, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Omar Antonio Borboa Becerra, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Ana Isabel González González, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Vanessa López Carrillo, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
Desde su curul, interviene la diputada Irma Juan Carlos, de Morena, para solicitar moción de orden.
• Clara Cárdenas Galván, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Roberto Sosa Pichardo, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
La Presidencia informa a la Asamblea que el diputado Mario Calzada Mercado, del Partido Revolucionario Institucional, declina su participación para presentar propuesta de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de la misma en el Diario de los Debates.
• Rocío López Gorosave, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Verónica Pérez Herrera, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Carmelo Cruz Mendoza, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
La Presidencia informa a la Asamblea que la diputada Paloma Domínguez Ugarte, del Partido Revolucionario Institucional, declina su participación para presentar propuesta de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de la misma en el Diario de los Debates.
• Alfredo Vázquez Vázquez, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
Presidencia de la diputada Paulina Rubio Fernández
• Humberto Ambriz Delgadillo, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Víctor Samuel Palma César, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Emilio Manzanilla Téllez, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Silvia Patricia Jiménez Delgado, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Hilda Araceli Brown Figueredo, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
La Presidencia informa a la Asamblea que la diputada y el diputado: Juan Moreno de Haro, y Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, ambos del Partido Revolucionario Institucional, declinan su participación para presentar propuesta de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de las mismas en el Diario de los Debates.
• Marcela Velázquez Vázquez, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
La Presidencia informa a la Asamblea que los diputados: Andrés Mauricio Cantú Ramírez, y Yerico Abramo Masso, del Partido Revolucionario Institucional, declinan su participación para presentar propuestas de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de las mismas en el Diario de los Debates.
• Asael Hernández Cerón, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
La Presidencia informa a la Asamblea que la diputada Margarita Corro Mendoza, de Morena, declinan su participación para presentar propuestas de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de las mismas en el Diario de los Debates.
• Manuel Vázquez Arellano, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Partido Revolucionario Institucional.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
En votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Theodoros Kalionchiz de la Fuente, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Israel Betanzos Cortés, del Partido Revolucionario Institucional, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Roselia Suárez Montes de Oca, de Morena, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
La Presidencia informa a la Asamblea que las diputadas y los diputados: Laura Ivonne Ruiz Moreno, Noel Chávez Velázquez, y Erubiel Lorenzo Alonso Que, todos del Partido Revolucionario Institucional; Alma Rosa de la Vega Vargas, Estela Carina Piceno Navarro, y Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, todos de Morena, declinan su participación para presentar propuestas de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de las mismas en el Diario de los Debates.
• Luis Armando Díaz, del Partido del Trabajo, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
La Presidencia informa a la Asamblea que la diputada y el diputado: César Alejandro Domínguez Domínguez, del Partido Revolucionario Institucional; y Laura Irais Ballesteros Mancilla, de Movimiento Ciudadano, declinan su participación para presentar propuestas de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de las mismas en el Diario de los Debates.
• Arturo Yáñez Cuéllar, del Partido Revolucionario Institucional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
La Presidencia informa a la Asamblea que el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, coordinador de la bancada del Partido Revolucionario Institucional, declina su participación para presentar propuesta de modificación, e instruye se inserte el texto íntegro de la misma en el Diario de los Debates.
• Miguel Ángel Salim Alle, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, quien, durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
• Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional, misma que, en votación económica, no se admite a discusión, y se desecha.
• Gabino Morales Mendoza, de Morena, quien hace entrega a la Secretaría de un documento a efecto de que se le de lectura. La Secretaría da lectura. Durante el uso de la palabra solicita que su propuesta de modificación sea retirada.
No habiendo más oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, y doscientos treinta y uno, numeral cuatro, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación nominal de los artículos reservados en términos del dictamen.
En votación nominal, por mayoría calificada de trescientos cuarenta y tres votos a favor, ciento veinticuatro en contra, y una abstención, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos ciento quince, fracción uno, párrafo primero, ciento dieciséis, fracción dos, párrafo segundo, y se adiciona el artículo ciento treinta y cuatro, un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes en su orden, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa a las legislaturas de los estados, y de la Ciudad de México, para los efectos del artículo ciento treinta y cinco constitucional.
Acuerdos de órganos de gobierno.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas de las curules, Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para celebrar una sesión solemne en conmemoración de los Cien años del Movimiento Infantil y Juvenil Scout en México. En votación económica, se aprueba.
La Presidencia informa a la Asamblea que la Junta de Coordinación Política, aprobó por unanimidad que la sesión ordinaria de hoy jueves nueve de abril que estaba citada para las nueve horas, se realice al terminar la presente sesión ordinaria, por lo que se realizará la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, posteriormente, se levantará la presente sesión e inmediatamente se abrirá la correspondiente a la del día jueves nueve de abril del año en curso.
Declaratoria de publicidad de dictamen.
La Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción uno Sexies al artículo treinta y seis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
En términos del artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con el requisito de declaratoria de publicidad.
Recepción de minutas con proyecto de decreto.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se recibieron de la Cámara de Senadores, las siguientes minutas con proyecto de decreto, mismas que se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria, a saber:
• Por el que se reforman los artículos cuarenta, fracción uno de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; quince, fracciones cuatro y seis de la Ley de Comercio Exterior; y se adiciona el artículo doscientos ochenta y tres Quáter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de certificación laboral para la agroexportación y protección de los ecosistemas forestales. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión; y
• Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las dos horas con treinta y nueve minutos, del jueves nueve de abril del año en curso, y solicita a la Asamblea permanecer en sus lugares, para continuar con la sesión ordinaria del día jueves nueve de abril. Precisando que el registro de asistencia se encuentra disponible desde este momento, por medio de la aplicación instalada en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»
———————— o ————————
«Acta de la sesión en modalidad presencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves nueve de abril de dos mil veintiséis, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Apertura de la sesión.
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de cuatrocientos sesenta y ocho diputadas y diputados, a las dos horas con treinta y nueve minutos del jueves nueve de abril de dos mil veintiséis, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas instaladas en las curules, documento que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Lectura y aprobación del acta de la sesión matutina anterior.
La Presidencia, de conformidad a lo establecido en el artículo noventa y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea, si se dispensa la lectura del acta correspondientes a la sesión matutina del miércoles ocho de abril del año en curso, toda vez que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria. En votación económica, se dispensa su lectura, y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se aprueba.
Comunicaciones.
Se da cuenta con comunicaciones oficiales:
a) De la diputada Evangelina Moreno Guerra, de Morena, por la que solicita el retiro de iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a fin de incorporar al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para que pueda contribuir a la prevención y erradicación de la violencia de género hacia las mujeres y niñas indígenas, la cual se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria. Se tiene por retirada, actualícense los registros parlamentarios.
Discusión de dictamen.
El siguiente punto del orden del día es la discusión de dictamen con proyecto de decreto de la Comisión de Gobernación y Población, por el que se adiciona la fracción uno Sexies al artículo treinta y seis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción cuarta, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios, a las diputadas y diputados: Miguel Ángel Sánchez Rivera, de Movimiento Ciudadano; Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Partido Revolucionario Institucional; José Luis Sánchez González, del Partido del Trabajo; Carlos Enrique Canturosas Villarreal, del Partido Verde Ecologista de México; Gerardo Ponce de León Valdés, del Partido Acción Nacional; y Sandra Patricia Palacios Medina, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia informa a la Asamblea que las propuestas de modificación que no fueron presentadas en tribuna serán inscritas íntegramente en el Diario de los Debates.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos veintitrés votos a favor, y treinta y siete en contra, se aprueba, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción uno Sexies al artículo treinta y seis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Pasa al Senado de República, para sus efectos constitucionales.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las tres horas con treinta minutos y cita para la próxima sesión ordinaria en modalidad presencial, que tendrá lugar, el martes catorce de abril de dos mil veintiséis a las once horas, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas por medio de la aplicación instalada en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: En votación económica, consulte la Secretaría si se aprueba.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: En votación económica, se consulta a la asamblea si se aprueban las actas. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Se aprueban.
Adelante, secretario.
COMUNICACIONES OFICIALES
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibieron comunicaciones de los diputados Daniel Murguía Lardizábal y David Alejandro Cortés Mendoza, por las que informan la reincorporación a sus actividades legislativas a partir del 10 de abril del año en curso.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXVI Legislatura.— Soberanía y Justicia Social.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.
El que suscribe, Daniel Murguía Lardizábal, diputado federal con licencia perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 16, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, informa a usted sobre la reincorporación a las funciones legislativas, con efectos a partir del 10 de abril de 2026, en virtud de la licencia que me fue concedida el 7 de abril del año en curso.
Lo anterior, para los trámites constitucionales, legales y administrativos a que haya lugar.
Sin otro particular, agradezco a usted la atención a la presente solicitud y reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2026.— Diputado Daniel Murguía Lardizábal (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXVI Legislatura.— Soberanía y Justicia Social.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Congreso de la Unión.— Presente.
El suscrito, David Alejandro Cortés Mendoza, diputado con licencia e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se permite informar sobre su reincorporación a las actividades legislativas a partir de este momento.
Por lo anterior solicito atentamente que dicte sus apreciables instrucciones a efecto de realizar los trámites administrativos y parlamentarios a que haya lugar.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2026.— Diputado David Alejandro Cortés Mendoza (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: De enterado. Actualícense los registros parlamentarios.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Secretaría de Gobernación el informe estadístico sobre el Comportamiento de la Inversión Extranjera Directa en México, correspondiente al cuarto trimestre del 2025.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 28, fracciones I y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, remito copia del oficio número 100.2026.OEL.037, de fecha 7 de abril del año en curso, signado por el licenciado Emilio Pinedo Rovelo, director de Enlace Legislativo de la Secretaría de Economía, mediante el cual envía un ejemplar y disco compacto con el informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México correspondiente al cuarto trimestre de 2025.
Lo anterior, en atención de lo previsto en el artículo 27, fracción IV, de la Ley de Inversión Extranjera, donde se establece que deberá presentarse un informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera en el país, que incluya los sectores económicos y las regiones en que ésta se ubica.
Le expreso mi mayor consideración y respeto.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de abril de 2026.— Juan Ramiro Robledo Ruiz (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.
Licenciado Juan Ramiro Robledo Ruiz, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaria de Gobernación.— Presente.
De conformidad con el artículo 27, fracción IV, de la Ley de Inversión Extranjera, se presentará al Congreso de la Unión un informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera en el país, que incluye los sectores económicos y las regiones en que éstas se ubican.
Con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 12, fracciones IV y XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, me permito enviar a usted tres ejemplares y tres discos compactos con el informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México al cuarto trimestre de 2025, para que por su conducto sea remitido al Congreso de la Unión.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de abril de 2026.— Licenciado Emilio Pinedo Revelo (rúbrica), director de Enlace Legislativo.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a las comisiones de Economía.....
–Permítame, diputada–.
La diputada Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz: Eso es violencia.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Permítame, diputada.
La diputada Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz: Eso es violencia. Se lo digo de una, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Permítame, diputada.
Túrnese a las comisiones de Economía, Comercio y Competitividad, y de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento. Adelante, secretario.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: La Cámara de Senadores remite acuerdo por el que se designa a las personas senadoras que integrarán la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— Ciudad de México.— Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.
Para los efectos procedentes, hago de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se designa a las personas senadoras que integrarán la Comisión Bicameral del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. (El documento podrá ser consultado en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo A)
Para conocimiento preciso del referido acuerdo, adjunto copia del mismo.
Atentamente
Ciudad de México, 8 de abril de 2026.— Senadora Lizbeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Junta de Coordinación Política, para su atención.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: La Cámara de Senadores remite acuerdo por el que se designa a personas senadoras que integrarán la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— Ciudad de México.— Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.
Para los efectos procedentes, hago de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se designa a las personas senadoras que integrarán la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional. (El documento podrá ser consultado en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo A)
Para conocimiento preciso del referido acuerdo, adjunto copia del mismo.
Atentamente
Ciudad de México, 8 de abril de 2026.— Senadora Lizbeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Junta de Coordinación Política, para su atención.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: La Cámara de Senadores remite acuerdo respecto a la integración de la Comisión Bicamaral para la Evaluación y Seguimiento de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— Ciudad de México.— Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.
Para los efectos procedentes, hago de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, respecto a la integración de la Comisión Bicamaral para la Evaluación y Seguimiento de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública. (El documento podrá ser consultado en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo A)
Para conocimiento preciso del referido acuerdo, adjunto copia del mismo.
Atentamente
Ciudad de México, 8 de abril de 2026.— Senadora Lizbeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Junta de Coordinación Política, para su atención.
SOLICITUD DE LICENCIA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Solicito a la Secretaría dar cuenta con la solicitud de licencia del diputado Fernando Jorge Castro Trenti.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXVI Legislatura.— Soberanía y Justicia Social.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva.— Presente.
Por este conducto y conforme a lo dispuesto por el artículo 6, fracción XVI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, con el debido respeto solicito me sea autorizado un día de licencia, correspondiente al próximo miércoles 15 de abril del año en curso.
Sin más por el momento, agradezco la atención que brinde al presente y reciba un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de abril de 2026.— Diputado Fernando Jorge Castro Trenti (rúbrica).»
Acuerdo único. Se concede licencia al diputado Fernando Jorge Castro Trenti, para separarse de sus funciones como diputado federal electo en la primera circunscripción plurinominal, solo por el día 15 de abril del año en curso.
En votación económica, se consulta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Aprobada. Comuníquese.
INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Se recibió del Congreso del estado de Chihuahua iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo para proteger las fuentes de trabajo de mujeres víctimas de violencia que se vean en la necesidad de resguardarse en refugios de protección.
«Congreso de Chihuahua.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia de la iniciativa ante el Congreso de la Unión número LXVIII/INICU/0017/2026 II P.O., por medio de la cual el Congreso de Chihuahua envía iniciativa con carácter de decreto a fin de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para proteger las fuentes de trabajo de las mujeres víctimas de violencia que se vean en la necesidad de resguardarse en refugios de protección.
Asimismo, me permito informarle que el dictamen que da origen a dicha resolución se encuentra para consulta en la página oficial del Congreso del estado: https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/dictamenes/archivosDictamenes/ 14014.pdf
Sin otro particular por el momento, reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Chihuahua, Chihuahua, a 10 de marzo de 2026.— Diputado Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez (rúbrica), presidente.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Se recibió del Congreso del estado de Chihuahua iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona el artículo 116 de la Ley General de Educación.
«Congreso de Chihuahua.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia de la iniciativa ante el Congreso de la Unión número LXVIII/INICU/0018/2026 II P.O., por medio de la cual el Congreso de Chihuahua envía iniciativa con carácter de decreto a fin de reformar los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 116 de la Ley General de Educación, para que los municipios, en el ámbito de sus competencias, destinen recursos presupuestales para el fortalecimiento de la educación pública en su territorio, sumando esfuerzos con la federación y los estados en la ampliación de infraestructura y equipamiento educativos.
Asimismo, me permito informarle que el dictamen que da origen a dicha resolución, se encuentra para su consulta en la página oficial del Congreso del estado: https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/dictamenes/archivosDictamenes/ l4026.pdf
Sin otro particular por el momento, reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Chihuahua, Chihuahua, a 10 de marzo de 2026.— Diputado Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez (rúbrica), presidente.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Se recibió del Congreso del estado de Chihuahua iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo 13 Ter, denominado De las personas trabajadoras distribuidoras de vales, al Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo.
«Congreso de Chihuahua.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia de la iniciativa ante el Congreso de la Unión número LXVIII/INICU/0019/2026 II P.O., por medio de la cual el Congreso de Chihuahua envía iniciativa con carácter de decreto a efecto de adicionar el Capítulo XIII Ter, a la Ley Federal del Trabajo, denominado “De las personas trabajadoras distribuidoras de vales”,
Asimismo, me permito informarle que el dictamen que da origen a dicha resolución se encuentra para consulta en la página oficial del Congreso del estado, https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/dictamenes/archivosDictamenes/ 14053.pdf
Sin otro particular por el momento, reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Chihuahua, Chihuahua, a 24 de marzo de 2026.— Diputado Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez (rúbrica), presidente.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
INICIATIVAS DE SENADORAS Y SENADORES
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: La Cámara de Senadores remite iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— Ciudad de México.— Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, las senadoras y los senadores Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruiz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a) y 67, párrafo primero, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero, 176, 177, párrafo primero y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de abril de 2026.— Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: La Cámara de Senadores remite iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XIV del artículo 93 y el párrafo tercero del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, presentada por el senador Virgilio Mendoza Amézcua, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— Ciudad de México.— Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Virgilio Mendoza Amezcua, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman la fracción XIV del artículo 93 y el párrafo tercero del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; y el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a) y 67, párrafo primero, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero, 176, 177, párrafo primero y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de abril de 2026.— Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: La Cámara de Senadores remite iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— Ciudad de México.— Mesa Directiva.
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a) y 67, párrafo primero, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero, 176, 177, párrafo primero y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de abril de 2026.— Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
DECLARATORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL
SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN I, PÁRRAFO PRIMERO, Y 116, FRACCIÓN II, PÁRRAFO SEGUNDO, Y SE ADICIONA AL ARTÍCULO 134 UN PÁRRAFO CUARTO, RECORRIÉNDOSE LOS SUBSECUENTES EN SU ORDEN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Procederemos a realizar el proyecto de declaratoria de reforma constitucional en materia electoral. Solicito a la Secretaría realice el cómputo correspondiente, a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de los votos aprobatorios de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Señora presidenta, en relación con el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, y se adiciona el artículo 134 un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes en su orden de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Secretaría da fe de la recepción y cómputo de 19 votos aprobatorios, correspondientes a las legislaturas de los estados de: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, México, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y de la Ciudad de México.
Se pide a todas y a todos los presentes ponerse de pie.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Una vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, se emite el siguiente proyecto de declaratoria:
El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara reformados los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, y adicionado el artículo 134, con un párrafo cuarto, recorriéndose los subsecuentes en su orden, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales. Pueden tomar asiento.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, Y LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Pasamos al capítulo de las iniciativas. Iniciamos con el diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y a la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de suficiencia policial municipal.
El diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos:Con su venia, presidenta, legisladoras, legisladores, hoy presento una iniciativa que parte de una realidad que no podemos seguir ignorando. México, la seguridad pública comienza en sus municipios y ahí también se encuentra la mayor debilidad del sistema de seguridad nacional.
Mientras discutimos estrategias nacionales de coordinación institucional, hay municipios que operan con muy pocos policías, en algunos casos cercanos a un elemento por cada mil habitantes. Esto es insuficiente y limita la capacidad de prevenir y responder. La seguridad se construye desde lo local, desde el primer respondiente, desde el policía que está más cerca de las y de los ciudadanos, y ese es el policía municipal.
Esta iniciativa propone algo concreto: establecer en la ley un parámetro mínimo de suficiencia de policía municipal. Tres elementos por cada mil habitantes, tres policías preparados por cada mil habitantes. Esto está fundamentado en las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas, tal es el caso de Brasil, Chile, Perú, países de Latinoamérica que tienen promedio de dos policías por cada mil habitantes. En México contamos apenas con un policía promedio por cada mil habitantes.
Ante esta realidad, esta iniciativa cobra relevancia, no como una carga inmediata, sino como un objetivo progresivo y alcanzable. No solo es inflar las cifras, se trata de garantizar capacidades, de asegurar que cada municipio cuente con una base mínima y capacitada para atender a su población. También lo digo con claridad, no se puede exigir sin dar herramientas, no puede haber proyecto sin presupuesto.
La presente iniciativa vincula de manera no potestativa para que el Fortamun, que es el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal, de ahí se prioricen los recursos financieros para el cumplimiento de la presente.
Legisladoras y legisladores, la seguridad pública no puede depender únicamente de la presencia de las fuerzas federales, necesitamos instituciones municipales sólidas, es decir, suficientes y capacitadas. Fortalecer a los municipios es también fortalecer la seguridad nacional. La presente iniciativa es financieramente asequible, políticamente responsable y socialmente urgente.
Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se adiciona el artículo 12 Bis de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el párrafo al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal. Por su atención, muchísimas gracias.
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y a la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de suficiencia policial municipal, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, Carlos Ignacio Mier Bañuelos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite someter a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a las Leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y de Coordinación Fiscal, en materia de suficiencia policial municipal, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa seguridad pública en México enfrenta una problemática estructural relacionada con la insuficiencia de capacidades institucionales en el ámbito municipal. Si bien el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, en la práctica son estos últimos quienes constituyen el primer nivel de contacto con la ciudadanía y el primer respondiente ante la comisión de delitos. No obstante, una proporción significativa de municipios del país opera con niveles reducidos de estado de fuerza policial, en muchos casos cercanos a un elemento por cada mil habitantes, lo que resulta insuficiente para garantizar una cobertura efectiva del servicio de seguridad pública, considerando las necesidades de patrullaje, prevención, atención de emergencias y proximidad social.
Esta situación ha derivado en una creciente dependencia de fuerzas estatales y federales para atender funciones que, por diseño constitucional, corresponden en primera instancia al ámbito municipal. Sin embargo, la presencia de dichas fuerzas no sustituye la necesidad de contar con instituciones policiales locales sólidas, permanentes y cercanas a la población, capaces de generar confianza y atender de manera inmediata las demandas de seguridad.
En el análisis comparado de países del continente americano se observa que, aun cuando no existe un estándar jurídico uniforme que determine un número obligatorio de elementos policiales por población, sí es posible identificar rangos de suficiencia policial que permiten dimensionar la capacidad operativa de los Estados. En el caso de Canadá, se estima una disponibilidad aproximada de 1.8 policías por cada mil habitantes, mientras que en Estados Unidos la proporción se sitúa en torno a 2.2 elementos por cada mil habitantes, sin que exista un estándar nacional obligatorio que determine dicha relación.
México presenta cifras que oscilan entre 2 y 3 policías por cada mil habitantes, dependiendo de la metodología empleada y de si se consideran exclusivamente las policías locales o se incluyen fuerzas federales. No obstante, estas cifras agregadas a nivel nacional ocultan profundas desigualdades en el ámbito municipal, donde existen demarcaciones con capacidades significativamente menores, lo que limita la efectividad de las políticas de seguridad pública.
En el caso de Chile, estimaciones recientes sitúan la dotación policial en alrededor de 2.3 elementos por cada mil habitantes, en un contexto en el que se han impulsado reformas orientadas al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad. De manera similar, Brasil presenta niveles cercanos a 2.4 policías por cada mil habitantes, con variaciones relevantes derivadas de la estructura fragmentada de sus corporaciones policiales.
Este panorama evidencia que, aun sin la existencia de una regla homogénea, los países analizados mantienen niveles de dotación policial que permiten establecer parámetros de referencia en materia de suficiencia institucional. En contraste, en México persiste una debilidad estructural en el ámbito municipal, particularmente en aquellos ayuntamientos que operan con niveles mínimos de personal policial, insuficientes para garantizar funciones básicas como el patrullaje, la prevención del delito y la atención oportuna de emergencias.
La presente iniciativa propone establecer un parámetro mínimo de suficiencia policial municipal de tres elementos por cada mil habitantes, considerando exclusivamente a la policía preventiva municipal, sin incluir a fuerzas estatales, federales o de las Fuerzas Armadas. Este parámetro se plantea como un referente técnico que permita fortalecer las capacidades institucionales del primer nivel de gobierno, garantizando una base mínima operativa para la prestación del servicio de seguridad pública.
Se reconoce que la implantación de este parámetro requiere considerar las condiciones presupuestarias de los municipios. En este sentido, el Estado mexicano cuenta con instrumentos de financiamiento diseñados para fortalecer las capacidades municipales, como es el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, previsto en la Ley de Coordinación Fiscal. Dicho fondo contempla, entre sus destinos, el fortalecimiento de la seguridad pública; sin embargo, su regulación actual no establece criterios específicos que vinculen estos recursos con la integración del estado de fuerza policial.
Por ello, la presente iniciativa propone fortalecer dicho vínculo, a efecto de que los municipios puedan destinar estos recursos de manera prioritaria al fortalecimiento de sus instituciones policiales, incluyendo la contratación, profesionalización y equipamiento de elementos, particularmente en aquellos casos en que su capacidad presupuestaria ordinaria resulte insuficiente. Con ello, se busca garantizar que la obligación de fortalecer la seguridad pública municipal cuente con un respaldo financiero real y operativo.
La seguridad pública efectiva requiere instituciones sólidas desde su base. No es posible construir un modelo de seguridad sostenible si los municipios carecen de capacidades mínimas para atender a su población. En este sentido, la presente iniciativa no sólo establece un parámetro claro de suficiencia policial municipal, sino que lo articula con mecanismos de financiamiento existentes, promoviendo un enfoque integral que fortalece al primer nivel de gobierno y contribuye a la construcción de condiciones más equitativas y eficaces para la protección de la ciudadanía.
Por todo lo anterior someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 12 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de suficiencia policial municipal
Primero. Se adiciona el artículo 12 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:
...
Artículo 12 Bis
Los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán contar con un estado de fuerza policial suficiente para garantizar las funciones de seguridad pública, prevención del delito, proximidad social y atención de emergencias, el cual deberá integrarse de manera progresiva hasta alcanzar, al menos, tres elementos policiales por cada mil habitantes.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública emitirá los lineamientos y criterios técnicos para la implementación y evaluación de lo dispuesto en el presente artículo, considerando las condiciones demográficas, territoriales y presupuestarias de cada municipio. Las entidades federativas y la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, coadyuvarán al fortalecimiento de las capacidades institucionales de los municipios para el cumplimiento de este parámetro, en términos de las disposiciones aplicables.
...
Segundo. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de suficiencia policial municipal, para quedar como sigue:
...
Artículo 37
...
Los recursos a que se refiere este artículo podrán destinarse de manera prioritaria al fortalecimiento del estado de fuerza policial de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, incluyendo la contratación, capacitación, profesionalización, equipamiento e infraestructura necesarios, a efecto de contribuir al cumplimiento de los parámetros de suficiencia policial previstos en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá emitir los lineamientos y criterios técnicos a que se refiere el presente decreto en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de su entrada en vigor.
Tercero. Las entidades federativas y los municipios deberán realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de manera progresiva, conforme a su disponibilidad presupuestaria y en términos de las disposiciones aplicables.
Notas
1 OEA, Indicadores de seguridad pública,
https://www.oas.org/ios/indicatorsdetails.aspx?indicator=41& lang=es
2 FBI, Uniform Crime Reports,
https://cde.ucr.cjis.gov/
3 Inegi, Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal y Municipal,
https://www.inegi.org.mx/programas/cnspe/2023/
4 Biblioteca del Congreso Nacional de Chile,
https://www.bcn.cl
5 Statistics Canada, Police resources,
https://www150.statcan.gc.ca
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.— Diputados y diputadas: Carlos Ignacio Mier Bañuelos, Adasa Saray Vázquez Vázquez, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Carmelo Cruz Mendoza, Gloria Sánchez López, Haidyd Arreola López, José Alejandro Aguilar López, José Gloria López, Petra Romero Gómez, Rosario del Carmen Moreno Villatoro (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Ha solicitado el uso de la palabra, por un minuto, la diputada Miriam de los Ángeles Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena. Adelante, diputada.
La diputada Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz(desde la curul): Le agradezco presidenta por facilitarme la palabra y creo que no había necesidad de llegar a pedírselo hasta la tribuna. Hace unos días, antes, efectivamente, por el conflicto que está pasando en Oaxaca con los petistas, usted les ha dado margen a los compañeros diputados del PT y a nosotros nos aísla para darnos voz y de poder hablar de lo que realmente está pasando en nuestro estado.
Hoy, nuevamente escucho a la compañera diputada hablar temas que no son reales en lo que está pasando. Dejemos, yo le pido a la diputada que dejemos de desinformar.
Y si hay queja existente, instancias legales, y pues quien tenga una inconformidad que la presente, pero con pruebas y no con chismes. Realmente en Oaxaca se están trabajando con la cuarta transformación de la mano de nuestra presidenta de la República, la doctora Claudia Sheinbaum.
Hoy Oaxaca tenemos a un gobernador que está trabajando con el pueblo y para el pueblo. Todo lo que han venido a decir aquí las compañeras diputadas petista son falsos. Yo les invito que vayan a Oaxaca y que conozcan la verdad. Yo, diputada presidenta, yo le pido que no compre pleitos. Aquí somos libres de opinar y que no se nos niegue la palabra. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchísimas gracias, diputada. Todo el pleno y todo México sabe que este micrófono está abierto para usted, para todos los legisladores, todas las legisladoras. Entiendo que usted sabe que han fijado su posición previa a usted cinco compañeros de distintos partidos políticos: de Morena, de MC y del PT. Así es que, con todo respeto, no voy a entrar a una discusión.
Por supuesto, entiendo que es una discusión regional o del estado, si le parece bien, por supuesto, y usted cuantas veces quiera hablar y está usted aquí en el pleno, nosotros estaremos siempre a sus órdenes.
La diputada, entiendo, está solicitando el uso de la palabra Martha Aracely Cruz Jiménez, obviamente por alusiones. Si es tan amable, y con eso damos por concluido este pequeño o gran debate de Oaxaca.
La diputada Martha Aracely Cruz Jiménez(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Por alusiones personales, cuando yo afirmo algo es porque sucede. Y yo acompaño a los vecinos de la colonia Reforma, a los movimientos que exigen transparencia en la construcción de la infraestructura.
Tan es así que, en días pasados, el regidor de Protección Civil de la ciudad de Oaxaca fue y se entrevistó con los encargados de la obra. Y ahí le manifestaron que no había ningún permiso, que no habían ingresado ninguna solicitud de permiso.
Con mi experiencia profesional, que soy ingeniero agrónomo, que trabajo, he trabajado haciendo manifestaciones de impacto ambiental, estudios técnicos justificativos de cambio de uso de suelo. Sé que cualquier obra que pasa y/o está a un lado de un afluente de un río, de un arroyo, tiene que solicitar la manifestación de impacto ambiental, porque es un terreno federal. Le corresponde a la Semarnat dar un resolutivo.
Nadie está en contra de la presidenta, nadie está hablando de eso, pero sí estamos hablando que el gobernador Salomón Jara, en contubernio con estas empresas y de manera oculta está violentando la ley, flagrantemente.
Por eso, yo le exijo a la titular de la Semarnat a que mande a los inspectores allá, a estas construcciones y que también no se viole a los pueblos indígenas en su territorio para la construcción de la presa Margarita Maza, que ya la están proyectando sin ningún permiso, porque luego pasa que se derrumban los túneles, como pasó en la autopista, porque el gobernador Salomón Jara, que es un corrupto, lo ha permitido.
Y sí, hay muchas pruebas de su corrupción y yo no me tardo, para que a mí me den aquí indicaciones de cómo voy a responder, porque yo sí defiendo al pueblo y no a un gobernador ratero y corrupto y misógino. Gracias.
LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, LEY GENERAL DE VÍCTIMAS, LEY FEDERAL DE DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA PARA PERSONAS DESAPARECIDAS, CÓDIGO PENAL FEDERAL, LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, Y LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, de la Ley General de Víctimas, de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, del Código Penal Federal, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protección a personas víctimas de desaparición forzada, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Adelante, vicecoordinadora.
La diputada Noemí Berenice Luna Ayala:Gracias, presidenta. Lamento interrumpir el pleito de lo mal que se gobierna en los estados morenistas, pero bueno, vamos a las propuestas.
Compañeras y compañeros, imaginen que todo el estadio Azteca, hoy ya conocido como estadio Banorte, se encuentra completamente lleno, más de 80 mil personas, una multitud que estremece. Ahora, imaginen que todas esas personas desaparecen, aun así, esa cifra es menor que la cantidad en los registros oficiales de desaparecidos en México. Y, pese a eso, el gobierno lo minimiza.
Tan solo en los sexenios de Morena han desaparecido más de 72 mil mexicanas y mexicanos, casi el total de personas con el que se llena el estadio. Y la respuesta del oficialismo, la de siempre: minimizar, desacreditar a quien señala, culpar al pasado.
Las de hoy son cifras escandalosas, más aún cuando existen señalamientos serios que cuestionan la consistencia y confiabilidad de los datos oficiales. Y eso, por sí solo, ya constituye otra tragedia. Ni siquiera sabemos con certeza la dimensión real del horror. Estamos frente a una crisis humanitaria, una crisis provocada por quienes todavía se atreven a decirse humanistas, pero que han fallado en lo más básico: proteger la vida.
Por eso, el Comité de las Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas ha encendido todas las alertas y ha activado el mecanismo más grave en desapariciones forzadas. El mundo ya entendió la magnitud del problema; el gobierno mexicano, no.
Aquí tenemos una Comisión Nacional de los Derechos Humanos que ha renunciado a su papel; una institución que debería estar del lado de las víctimas, pero que ha optado por proteger al poder; una comisión que niega la realidad como si con negarla la desapareciera, y que, aparte, se contradice.
Porque, fíjense ustedes: el 18 de abril de 2023, esa misma comisión, la de Piedra, pidió a este Congreso tipificar las desapariciones forzadas como delito de lesa humanidad. Hoy, cuando el mismo planteamiento proviene del ámbito internacional, se indignan, se ofenden, retroceden; pero mientras aquí se incomodan por el señalamiento internacional, allá afuera las madres siguen buscando, sin protección, sin recurso, sin Estado.
Y la pregunta es inevitable: ¿por qué se molestan?, ¿por qué rechazan la ayuda internacional? Lo que propone el Comité de las Naciones Unidas no es intervención: es respaldo, cooperación técnica, apoyo financiero, asistencia forense, investigación seria, protección a víctimas y buscadores.
¿Por qué la resistencia? Solo hay una explicación posible, porque no quieren romper el pacto, porque han decidido colocarse del lado de la omisión, de la negligencia y, en demasiados casos, de la complicidad.
Mientras el oficialismo se incomoda con la verdad, evita confrontarse con quienes hoy dominan territorios, vidas y destinos y prefieren cerrar los ojos ante el crimen, el PAN no. El PAN asumimos nuestra responsabilidad.
En Acción Nacional hemos actuado. Tras el hallazgo del rancho Izaguirre, ese campo de concentración que debiese darnos vergüenza a todas y todos, solicitamos una comisión especial para analizar el caso de desapariciones.
Después, fuimos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para denunciar lo que aquí se ha querido ocultar y señalamos incluso algo inaceptable, en los últimos años se dejaron de ejercer más de mil millones de pesos destinados a la búsqueda de persona.
Entiéndase esto, no solo no se le destina el recurso necesario a las personas que buscan a sus seres queridos, incluso se deja de ejercer lo ya presupuestado. Y hoy insistimos en que debemos actuar. Por eso, nuestro coordinador Elías Lixa pidió en la Jucopo que este Poder no fuera omiso, que nos reuniéramos con el comité para conocer a fondo los detalles.
Y hoy proponemos reconocer la desaparición forzada como delito de lesa humanidad. Proponemos un fondo permanente de reparación del daño, protección real para familias y buscadora, acceso efectivo a las investigaciones, fortalecimiento institucional con recursos suficientes, es decir, proponemos que el Estado enfrente la crisis y no se hagan los locos. Proponemos que hoy por hoy se hagan responsables de lo que está sucediendo en México, porque si no le seguiremos llamando por su nombre, narcomorenos. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos Humanos, para dictamen.
LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS, LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, Y LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Adelante, vicepresidente.
El diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué:Muchas gracias, diputada presidenta. Quiero comenzar agradeciendo al coordinador de la mayoría, al doctor Ricardo Monreal, y a mi coordinador Carlos Puente Salas, la oportunidad que me dan de presentar esta iniciativa que presentamos entre los tres, pero que tengo el honor de exponer ante ustedes para –ojalá– lograr el consenso necesario.
Pues este tema que traemos a la tribuna es un tema que nos alcanzó como sociedad y frente al cual no hemos sabido estar a la vanguardia. Nuestras hijas e hijos ya no solo juegan en las calles o en los parques, hoy también viven en un mundo digital, en redes sociales, en aplicaciones, en espacios que deberían de ser seguros pero que no siempre lo son.
El problema que hoy pongo a su consideración comienza de forma aparentemente inofensiva, con un hola, con un likeo con un simple mensaje. Pero puede escalar hasta convertirse en una de las formas más atroces de violencia contra la niñez: el grooming.
El grooming es la serie de conductas de persuasión, engaño, manipulación o acoso que una persona adulta ejerce sobre una niña, niño o adolescente a través de medios digitales con el propósito de generar confianza para obtener contenido sexual, inducir actos de carácter sexual o captar a la víctima con fines de explotación u otra. Se trata de una forma de abuso que no siempre es física, pero que puede ser profundamente dañina en lo psicológico y emocional, incluso sin salir de una pantalla.
Las cifras no solo preocupan, nos alarman. En 2024, más de 10 mil niñas, niños y adolescentes fueron atendidos por violencia sexual en hospitales públicos. Solo el dos por ciento de los casos se denuncia y menos del uno obtiene justicia. México es señalado como un foco relevante en redes internacionales de abuso sexual infantil con miles de víctimas de trata.
En el entorno digital la situación no es distinta, más del 20 por ciento de adolescentes que usan internet han sido víctimas de acoso cibernético. Se estima que uno de cada cinco niños ha sufrido algún tipo de daño sexual en línea y en América Latina, siete de cada diez menores ni siquiera saben qué es el grooming.
Compañeras y compañeros legisladores, la realidad es clara. La sociedad ha evolucionado, pero nuestro marco jurídico no lo ha hecho al mismo ritmo. Este fenómeno ocurre todos los días y, sin embargo, en muchos casos no está debidamente abordado ni enfrentado con la contundencia necesaria.
Por eso acudo ante esta, la más importante soberanía de nuestro país, para proponer la creación de una estrategia integral de prevención y protección contra la explotación sexual infantil, con especial énfasis en el entorno digital. ¿Qué propone esta iniciativa?
Primero. Establecer una coordinación efectiva entre autoridades de los tres niveles de gobierno.
Segundo. Impulsar protocolos en plataformas digitales como mecanismos de reporte, control parental y verificación de datos.
Tercero. Fortalecer la atención a las víctimas garantizando su rescate, protección, atención psicológica y reintegración.
Y cuarto. Reforzar acciones de prevención, particularmente frente al grooming.
Para ello, se plantean reformas a tres ordenamientos distintos que den sustento jurídico a esta iniciativa tan trascendente.
La primera, una reforma a la Ley General para Prevenir y Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Personas, y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.
Segundo. A la Ley General de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes. Crear un nuevo artículo 69 Ter, que obligue a las autoridades federales, estatales y municipales, a implementar de manera coordinada las políticas y acciones y protocolos derivados de esta estrategia.
Y cuarta. A la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para brindar a la Secretaría de Gobernación la responsabilidad de coordinar toda esta estrategia. Legislar para proteger a las futuras generaciones es, sin duda, el legado más importante que podemos dejar a nuestro país, a nuestra sociedad, pero, sobre todo, a nuestras hijas e hijos. Porque este problema no es ajeno, puede tocar a cualquier familia, puede tocar a cualquiera de nuestros familiares, a cualquiera de nuestros menores.
Esta iniciativa constituye el punto de partida para ordenar la acción pública y obligar al Estado a diseñar e implementar una estrategia integral.
En una segunda etapa, buscaremos fortalecer el marco penal para endurecer sanciones, aumentar penas y, en su caso, construir un tipo penal específico. Y es que, si la sociedad evoluciona, nuestro marco normativo debe de hacerlo con la misma velocidad.
Hoy el problema ya nos alcanzó, pero estamos aquí para hacer lo que nos corresponde, dar soluciones, prevenir riesgos y proteger a quienes más lo necesitan. Hagámoslo con responsabilidad, hagámoslo con firmeza, hagámoslo ahora. Es cuanto, ciudadana presidenta. Y sabedor de su talento legislativo, espero tenga a bien sumarse a esta iniciativa, así como muchas y muchos de nuestros compañeros legisladores. Gracias por su atención.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, vicepresidente. Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
Después de tan extraordinaria ponencia, cuente usted con que así será.
La diputada Paulina Rubio, adelante.
La diputada Paulina Rubio Fernández (desde la curul): Gracias, presidenta. Solicitarle al vicepresidente si me permite adherirme a su iniciativa.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Ha dicho el vicepresidente que sí. Muchas gracias, diputada vicepresidenta. Para usted y para las y los diputados que deseen hacerlo, estará la iniciativa en la Secretaría de esta Mesa Directiva y, quienes deseen respaldarla, aquí estaremos a sus órdenes.
La diputada Lilia Aguilar, por favor.
La diputada Lilia Aguilar Gil (desde la curul): ¿Le grito? Ah, ya. Solamente felicitar al diputado y sumarme como integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a esta iniciativa, que además es urgente, porque la tecnología ha avanzado, como lo ha dicho, de una manera rapidísima y la legislación tiene que alcanzar. Felicidades, diputado.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. El diputado Mario Zamora, por favor, si son tan ambles, y posteriormente el diputado Pablo Vázquez Ahued.
El diputado Mario Zamora Gastélum (desde la curul): Para pedirle a nuestro distinguidísimo diputado Bolaños sumarnos a esta extraordinaria iniciativa.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado. El diputado Ahued.
El diputado Pablo Vázquez Ahued (desde la curul): Gracias, presidenta. Porque en Movimiento Ciudadano sostenemos que por el bien de México primero las niñas y los niños es que solicitamos también sumarnos a la iniciativa que presenta el vicepresidente, el diputado Raúl Bolaños Cacho, a un tema tan importante que diputadas y diputados de Movimiento Ciudadano también respaldamos y que es urgente atender. Muchas gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias. Muchas gracias, diputado.
Esta Mesa Directiva da la más cordial bienvenida al director general del periódico AM León, Enrique Gómez Zermeño. Muchísimas gracias por estar aquí en esta Cámara de Diputados, invitado por el diputado Alan Sahir Márquez, del Partido Acción Nacional. Gracias por estar aquí. Buenas tardes.
REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de reuniones de comisiones en modalidad semipresencial. Adelante, diputada.
La diputada Lilia Aguilar Gil:Muchas gracias, presidenta. Y con la venia de la asamblea. Antes de entrar en el tema de la iniciativa, creo que es válido decir que me da un poco de ternurita que vengan aquí los panistas a subir temas sobre las personas desaparecidas, que es un tema que además tengo cercano a la vida y al corazón, pero se les olvida decir que justo en este informe de la función especial de personas desaparecidas se aclara que este problema de personas desaparecidas empezó en 2006 con la guerra contra el narco, supuesta guerra contra el narco que inició Felipe Calderón.
Y se les olvida decir también que están denunciados ahí de manera estatal algunos estados, entre ellos Chihuahua, gobernado por el Partido Acción Nacional. Así que no hay que venir acá a desgarrarse las vestiduras de un problema que ustedes crearon.
Además, presentaré iniciativa que tiene que ver con la salida de empresas maquiladoras de México que es un problema que se presentó en Ciudad Juárez, de donde yo soy diputada, el año pasado la salida estrepitosa de una maquiladora denominada First Time, First Brands Group, donde afectó además a otras cinco empresas más.
De la noche a la mañana el año pasado se quedaron sin empleo 5 mil personas, en una ciudad que en que el 60 por ciento del trabajo depende de las maquiladoras Ciudad Juárez donde, además, por muchos años fue el corredor maquilador más importante de América Latina, con 300 empresas trabajando al unísono en esta ciudad.
En Ciudad Juárez se han quedado ya, a consecuencia de este cierre de esta empresa, casi 10 mil personas, y en la afectación que ha tenido en todo el país la industria maquiladora se han perdido cerca de 65 mil empleos en todo el país, pero específicamente en Ciudad Juárez, siendo Chihuahua la entidad más afectada en el tema del empleo.
Pero ¿por qué es característico este cierre de esta empresa? ¿Por qué se fueron de la noche a la mañana? Porque de un día para otro las personas que laboraban en esta empresa maquiladora simplemente ya no encontraron nada al día siguiente que llegaron a trabajar.
Los trabajadores no tienen ninguna garantía, ninguna, ni la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ni el gobierno del estado, ni absolutamente nada puede darles una respuesta, porque la entrada en afiladoras como una forma que, sobre todo, inauguró el priismo desde 1965 y que lo presentaron como la gran panacea, pero que ha presentado ya diversas crisis que todo el mundo se acordará de la crisis de 1994 y la crisis de 2000, donde ha afectado profundamente en la calidad y en la cantidad de empleos en este país.
Esta empresa First Brands Group se fue de la noche a la mañana y no hay quien pueda hacerla que se responsabilice ni a pagar los sueldos y salarios que quedaron pendientes y mucho menos a pagar indemnizaciones. Personas que tenían laborando 28 años con esta empresa simplemente se quedaron sin trabajo. Y este tema no solamente sucedió en Ciudad Juárez, sino que se generalizó a otros estados fronterizos como Tamaulipas, Baja California, Coahuila y Nuevo León.
¿Qué es lo que hace esta iniciativa? Primero crea un fondo registrado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que tenga la suficiencia, una vez que, entre una empresa maquiladora en México, de que pueda liquidar a los empleados, entendiéndose que si se va de la noche a la mañana ese fondo tendrá que utilizarse como un despido injustificado. Además, fija una multa de 70 mil unidades de medida en caso de que una empresa simplemente desaparezca y salga del país de la noche a la mañana. Esto no es para castigar a los inversores, sino para garantizar el trabajo de las y los trabajadores de este país que simplemente se quedan como meros espectadores viendo cómo esta empresa se declara en bancarrota en Estados Unidos.
Y fíjense que, si se acepta que está en bancarrota con un cambio de nombre, esta empresa que debe 6 mil millones de dólares así de la noche a la mañana, automáticamente será salvada por el gobierno de los Estados Unidos, así de injusto. Mientras los trabajadores que han sido despedidos en diversos estados de la república, todos fronterizos, se quedarán no solamente sin empleo, sin salario, sino además sin una remuneración, donde estos trabajadores han tenido que acudir al gobierno del estado, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y han tenido que hacer marchas y manifestaciones para que alguien les pueda responder sobre lo que han perdido, su patrimonio.
Desgraciadamente no hay hoy en la legislación algo que les pueda responder. Lo que nosotros como Partido del Trabajo estamos proponiendo es que esto se subsane y que sea la legislación de nuestro país quien cuide los derechos de las y los trabajadores de este país.
Ojalá que la Comisión de Trabajo, pero, sobre todo que integrantes de todos los grupos parlamentarios puedan sumarse a esta iniciativa que simplemente asume con responsabilidad que la inversión de lo que antes en los 80, 90 se conocía como los capitales golondrinos se regule, que vengan, que sí den empleo, pero que al mismo tiempo asuman con responsabilidad los derechos laborales vigentes en este país. Esto debe ser una de las causas centrales de la cuarta transformación. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de reuniones de comisiones en modalidad semipresencial, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Lilia Aguilar Gil en su carácter de diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman numerales del artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de reuniones de comisiones en modalidad semipresencial, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEn un Estado democrático, el Congreso es el instrumento de representación de la voluntad popular. El Poder Legislativo, depositado en el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se integra por dos Cámaras, cuya función primordial consiste en legislar, analizar y deliberar los asuntos de interés nacional.
La labor de la Cámara de Diputados tiene en sus comisiones el núcleo del proceso legislativo. En estos órganos se elaboran dictámenes, informes, opiniones y resoluciones que permiten a la Cámara cumplir con sus atribuciones constitucionales. Es en las comisiones donde se realiza el análisis técnico, la discusión detallada y la construcción de acuerdos que dan sustento a las decisiones del pleno.
Durante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia por el virus SARS-CoV-2 (covid-19), esta soberanía adoptó medidas excepcionales para garantizar la continuidad de sus funciones, entre ellas la implementación de sesiones semipresenciales en comisiones. Su finalidad fue salvaguardar la salud del personal y garantizar la continuidad de los trabajos legislativos. Estas disposiciones fueron necesarias en un contexto de crisis global y cumplieron con su cometido temporal.
Fue el 2 de septiembre de 2020 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento para la Contingencia sanitaria que la Cámara de Diputados aplicará en las sesiones ordinarias y extraordinarias durante el tercer año legislativo de la LXIV Legislatura, que estableció ser de carácter temporal.
Posteriormente, el 3 de septiembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento que la Cámara de Diputados aplicará durante las situaciones de emergencia y la contingencia sanitaria en las sesiones ordinarias y extraordinarias durante la LVX Legislatura, que igualmente fue expresamente temporal.
Tras la declaración de la Organización Mundial de la Salud, en mayo de 2023, que determinó el fin de la emergencia de salud pública provocada por el covid-19, la Cámara de Diputados reformó el Reglamento en materia de sesiones y reuniones semipresenciales, incorporando esa modalidad de manera permanente. La reforma fue publicada el 18 de octubre de 2023.
No obstante, las circunstancias extraordinarias que justificaron la semipresencialidad han cesado. La mayoría de las actividades públicas y privadas ha retornado a la normalidad presencial. En consecuencia, el trabajo legislativo por su trascendencia, formalidad y obligación de responsabilidad pública debe recuperar el rigor y la seriedad inherentes a la labor representativa.
El ejercicio de la diputación exige dedicación exclusiva y atención plena a los asuntos encomendados por la ciudadanía. Los legisladores tienen el deber ético y reglamentario de participar en las sesiones de comisión con la seriedad y el respeto que demandan los temas de interés nacional que se discuten.
El Reglamento de la Cámara de Diputados en su artículo 8, numeral 1, fracción II plantea que es obligación de las y los diputados asistir puntualmente a las convocatorias a sesiones y reuniones tanto del Pleno como de los órganos directivos, comisiones y comités a los que pertenezca.
Sin embargo, la permanencia de la modalidad semipresencial en las comisiones ha derivado en prácticas que restan seriedad al debate parlamentario, disminuyen la calidad de la deliberación y afectan la percepción pública sobre el compromiso de las y los legisladores.
La presencia física en las comisiones asegura el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y reglamentarias de las y los diputados, fortalece la transparencia y permite la construcción colectiva de acuerdos. Las comisiones son el espacio técnico y político donde se gestan las leyes; su funcionamiento requiere atención, debate y compromiso.
Resulta indispensable restablecer la presencialidad total como principio del trabajo legislativo, reafirmando la responsabilidad de cada integrante de las comisiones de acudir, participar y deliberar en persona.
Las diputadas y los diputados están investidos de una representación que exige presencia, voz y voto conscientes. Las tecnologías de la información son herramientas valiosas de apoyo, pero no sustituyen la responsabilidad personal de participar en los órganos colegiados. La semipresencialidad, si bien fue útil en un contexto extraordinario, no puede convertirse en la regla ordinaria del trabajo legislativo.
La presencia física fomenta el debate espontáneo, el diálogo directo y el intercambio de argumentos de manera más fluida y atenta, elementos que vitales para alcanzar consensos sólidos y propuestas bien fundamentadas. Obliga a los diputados a dedicarse de tiempo completo a la sesión, eliminando las distracciones del entorno personal que la conexión remota facilita. Adicionalmente, dota de mayor formalidad, claridad y trazabilidad las discusiones y votaciones.
Por ello, la presente iniciativa tiene por objeto modificar las disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados que permiten la realización de sesiones semipresenciales en las comisiones, con el fin de reservar la modalidad semipresencial exclusivamente para casos de excepción debidamente justificados y aprobados, garantizando el respeto a la institucionalidad legislativa, la integridad del procedimiento parlamentario y la confianza ciudadana en su Congreso.
Con ello, se busca fortalecer la institucionalidad del Congreso, dignificar el trabajo parlamentario y recuperar el sentido de presencia, debate y compromiso que demanda la ciudadanía de sus representantes.
A efecto de lograr una mejor comprensión de la propuesta se inserta el siguiente cuadro comparativo.
Con esta reforma, la honorable Cámara de Diputados reafirma su compromiso con la máxima eficacia, seriedad y decoro en el cumplimiento de su mandato constitucional, asegurando que las comisiones se constituyan, de nuevo, como espacios de trabajo ineludible y dedicación plena.
Por lo expuesto, acudo a esta soberanía a presentar, iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman numerales 1 y 2 del artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados
Único. Se reforman los numerales 1 y 2 del artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados para quedar como sigue:
Artículo 312.
1. Los órganos de gobierno, las comisiones ordinarias, comités y demás órganos legislativos, así como sus juntas directivas sesionarán de manera presencial. De manera excepcional, y únicamente en casos de fuerza mayor, emergencia sanitaria, contingencia declarada por autoridad competente o imposibilidad material debidamente acreditada, podrán celebrar reuniones en modalidad semipresencial, previa aprobación de su junta directiva. Ya sea que las diputadas y los diputados concurran de manera física al lugar donde se cite la reunión o de forma telemática utilizando la plataforma digital.
2. Las convocatorias a reuniones ordinarias o extraordinarias deberán publicarse en la Gaceta y se remitirán por vía electrónica al correo institucional de la diputada y del diputado que conformen la comisión o comité u órgano legislativo respectivo, con la anticipación que establece el Reglamento. En caso de que la reunión se convoque en modalidad semipresencial, la convocatoria deberá justificar expresamente las razones que motivan la excepción.
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2026.— Diputadas Lilia Aguilar Gil, Haidyd Arreola López, Rosalía León Rosas (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputada.
Tenemos en el registro que su iniciativa es sobre el Reglamento de la Cámara de Diputados. Digamos, el registro que se tiene es de otra iniciativa y yo estaría obligada a darle turno a la iniciativa registrada que fue la leída... exacto y a la iniciativa, una vez, esta que acaba de mencionar será en un proceso distinto, efectivamente así es.
Túrnese la iniciativa enlistada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Tiene la palabra el diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Permítame, diputado. Disculpe, un segundo, diputado, Alonso Erubiel.
La diputada Lilia Aguilar tiene el uso de la palabra, entiendo para precisar el tema de su iniciativa. Adelante.
La diputada Lilia Aguilar Gil(desde la curul): Solo para solicitar entonces a esta Presidencia que por favor se pueda ampliar el turno a la Comisión del Trabajo y Previsión Social, dada la confusión y que esta es una iniciativa, la que acabo de presentar, 100 por ciento relacionada con temas laborales y la modificación a la Ley Federal del Trabajo.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Sí, diputada. Solamente para dar, digamos, transparencia. La iniciativa enlistada por el Grupo Parlamentario fue una iniciativa para reformar el artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de reuniones de comisiones en modalidad presencial. Así, le dimos lectura y esa iniciativa que está registrada, acordada, digamos, por la Mesa para hoy deberá tener un turno ex profeso, ese turno es a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su dictamen.
Cuando se presente la iniciativa, a propósito de lo referido en la tribuna, por supuesto daremos el turno correspondiente, incluyendo a la comisión que solicita, por supuesto. Y, evidentemente, si pide incluso que sea turnada ex profesose hará en su momento. Solamente para, digamos, alinear la publicación con el turno.
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
El diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que:Gracias, presidenta. Muy buenas tardes, compañeras y compañeros, con la venia de nuestra presidenta. En esta tarde vengo a presentar una iniciativa que busca garantizar la justicia en México, que no sea una simulación, sino una realidad para quienes han sido víctimas de algún delito.
Esta reforma a la fracción V del artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que obliga al Ministerio Público acredite que ha realizado todos y cada uno de los actos de investigación antes de terminar el archivo de una carpeta.
Esto no es un exceso, es una exigencia mínima en un Estado de derecho. Durante muchos años, miles de víctimas han enfrentado comentarios recurrentes sobre las carpetas de investigación que se archivan sin claridad, sin transparencia; y, en muchos de los casos, sin haber agotado las diligencias necesarias comprendiendo la realidad económica, social, cultural de cada víctima o de cada ofendido.
El archivo se convierte así en una forma de impunidad institucionalizada. Lo que estamos viviendo las y los mexicanos tiene que abrirnos los ojos y por eso presentamos esta iniciativa, esta reforma que busca cambiar esa realidad. Que en cada decisión de no continuar una investigación esté debidamente sustentada, documentada y comprobada que el Ministerio Público actúe la diligencia que la ley y la sociedad le exige.
Pero, sobre todo, busque devolver la confianza en las instituciones de procuración de justicia. No podemos seguir permitiendo que el archivo de investigaciones sea una puerta fácil para evadir responsabilidades. La justicia no puede depender de criterios discrecionales ni de prácticas opacas. Votar a favor de esta iniciativa es defender el derecho de las víctimas a conocer la verdad, combatir la impunidad desde su raíz. Fortalecer el debido proceso y la legalidad, la justicia que no se investiga no es justicia, es una simulación. La justicia que se archiva sin fundamento es abandono y es el abandono a una víctima.
Hoy tenemos la oportunidad tenemos la oportunidad de corregir esta falla estructural, que sea con responsabilidad, con convicción y del lado de quienes esperan respuesta. Es momento de fortalecer la justicia en nuestro país.
En el 2023 se iniciaron más de 2.2 millones de carpetas de investigación en todo el territorio nacional, alrededor de 949 mil fueron determinadas, resueltas o cerradas.
Dentro de ese grupo, casi el 50 por ciento, es decir, más de 550 mil carpetas fueron enviadas al archivo temporal. Esto significa que aproximadamente 6 de cada 10 investigaciones hoy en México terminan en el archivo.
Y, en términos absolutos, más de medio millón de casos al año se guardan y se resguardan. ¿Qué implica? Que solo el 3.9 por ciento de las investigaciones llegan a vinculación del proceso, una tasa muy baja. Más de 55 por ciento siguen en trámites sin resolución, es decir, el sistema no investiga a fondo, no judicializa y no resuelve.
En Sinaloa, por decir, cerca del 84 por ciento de las carpetas resueltas terminan en un archivo, solo 16 son investigadas. En Tamaulipas el 74.8 por ciento también se mandan a un archivo. En Tabasco 6 de cada 10 se mandan a un archivo.
Esta es una forma que busca recuperar la confianza ciudadana, garantizar procesos justos y avanzar en un sistema penal que verdaderamente sea eficaz, eficiente, legal, objetivo, claro y que tenga la certeza jurídica que todas y todos buscamos.
Porque la justicia no puede depender de interpretaciones, la justicia debe sustentarse en hechos, en pruebas y en responsabilidad institucional, hoy tenemos la oportunidad de dar paso firme para reducir la impunidad y dignificar el acceso a la justicia en todo el país.
Yo les quiero pedir, presidenta, que podamos mandarlo a las comisiones pertinentes y podamos verdaderamente trabajar en un Estado de derecho, para que cada día en nuestro país tengamos una justicia que atienda a todas y a todos los mexicanos. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo la fracción V del artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente.
Exposición de MotivosLa Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 20 establece los principios bajo los cuales se regirá el proceso penal; en la fracción I, precisa el objeto de dicho proceso: “esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente y procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen”. En el mismo sentido la Carta Magna reconoce que la seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos como parte de las funciones del Estado, para salvaguardar la vida, la libertad, integridad y el patrimonio de los gobernados, así como contribuir a la generación y preservación del orden publico y la paz social.
Es de reconocimiento internacional que la Constitución alberga normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos. Estas normas rigen la manera en que los individuos viven en sociedad y se relacionan entre sí, al igual que sus relaciones con el Estado y las obligaciones de este hacia ellos. No existen jerarquías pues todos tienen igual relevancia, por lo que el Estado se encuentra obligado a tratarlos de manera justa y equitativa, dándoles a todos la misma importancia.
Dentro de la extensa lista de derechos humanos que todos gozamos; está el derecho de acceso a la justicia que a la letra señala: “Toda persona tiene derecho de acudir ante los tribunales para que se le administre justicia de manera pronta, completa, imparcial y gratuita. El Estado procurará que este derecho se realice en condiciones de igualdad y de no discriminación, garantizando en todo momento las formalidades esenciales del procedimiento”.
El pleno goce de este derecho, requiere de mecanismos que vayan más allá de los preceptos legales para garantizar el fácil acceso para todas las personas comprendiendo el contexto social del que provenga.
De manera conjunta el derecho al acceso a la justicia, opera con el derecho de audiencia y debido proceso legal: “Es el derecho que tiene toda persona para ejercer su defensa y ser oída por la autoridad competente, con las debidas formalidades y dentro de un plazo razonable, previo al reconocimiento o restricción de sus derechos y obligaciones. El debido proceso debe contemplar las formalidades que garanticen una defensa adecuada, es decir:
I.El aviso de inicio del procedimiento,
II.La oportunidad de ofrecer las pruebas y alegar en su defensa,
III.Una resolución que resuelva las cuestiones debatidas, y
IV.La posibilidad de impugnar la resolución mediante los recursos procedentes.
Todo ellos tiene como finalidad garantizar los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad, inmediación, igualdad ante la ley, y la presunción de inocencia en materia penal, previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, garantizando así un proceso transparente y justo para los intervinientes.
Como legislador; tengo la obligación de promover iniciativas considerando el contexto político, económico y cultural de los sectores mayormente afectados.
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2025 es la estadística generada por el Subsistema Nacional de Información de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia (SNIGSPIJ), coordinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi); demuestra que 64.2 por ciento de la población su principal preocupación es la inseguridad y la búsqueda de justicia cobrando relevancia a nivel mundial, tanto para el ámbito gubernamental por ser responsable de la seguridad pública y justicia, como para el ámbito académico y de investigación. Lo anterior debido a que la sociedad aspira a un ambiente de vida sin violencia, en el que no se atente contra la integridad física, mental, emocional y patrimonial de los ciudadanos.
De acuerdo a datos del Inegi referentes a 2024, se cometieron 33.5 millones de delitos, con 18.3 millones de víctimas, así como también demuestra que durante la tarde se cometen delitos en contra de las mujeres y por la noche en contra de los hombres; factor determinante, toda vez que los agentes de investigación al realizar sus informes, acuden por las noches, manifestando en sus conclusiones que no se logra ubicar testigos de los hechos o persona alguna para recabar entrevistas, basando en esto sus investigaciones exhaustivas, a sabiendas de que el informe tiene un gran peso probatorio en el proceso penal y que este será utilizando con posterioridad para motivar la reserva o archivo temporal de la investigación.
De 33.5 millones de delitos cometidos, 9.6 por ciento son denunciados, un 6.8 por ciento tiene carpeta de investigación y 2.8 por ciento restante no se investiga por diversas razones, entre ellas: negativa de la autoridad a iniciar investigación, errores administrativos o falta de elementos. El 90.4 por ciento de los delitos no se denuncia, no cuentan con investigación por diversos motivos entre ellos destaca que la autoridad decidió no iniciarla, se traspapeló en agencia del Ministerio Público etc, se determina el sobreseimiento al no contar con datos suficientes para investigar.
De la cifra total antes mencionada sólo el 0.08 por ciento de delitos obtuvieron la recuperación de los bienes, el imputado se puso a disposición de un juez, se cubrió la reparación del daño o se otorgó el perdón.
En la población un 63 por ciento, no denuncia por causas atribuibles a la autoridad en el siguiente orden:
a) Que resulta una perdida de tiempo.
b) Desconfianza en la autoridad.
c) Trámites largos y complejos.
d) Indiferencia y trato hostil.
e) Re victimización.
Esto es solo algunas circunstancias sin embargo lo más importante es la falta de denuncias por miedo a la persona agresora o no contar con pruebas suficientes, impactando directamente en la economía, salud, trabajo, vida académica de cada uno de los denunciantes y/o víctimas.
Las condiciones de seguridad en el país nos llevan a considerar adecuaciones a las condiciones del sistema de justicia; el cual actualmente atraviesa una curva de aprendizaje considerable, se ha enfrentado con reformas constitucionales, con rezago de investigaciones. Por lo que tratar de encuadrar la realidad social de las víctimas o denunciantes así como los imputados de un país entero, en alguno de los nueve supuestos contemplados en el artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales para aplicar el recurso de sobreseimiento, entendiendo que la finalidad y los alcances del mismo pudieran vulnerar los derechos de alguna de las partes procesales.
El Informe Anual de Actividades 2024 de la Fiscalía General de la República, muestra que 134 investigaciones fueron enviadas al archivo temporal; en espera de que se obtengan mayores datos que permitan establecer líneas de investigación, 1,392 carpetas donde la autoridad se abstuvo de investigar y en 1,165 decretó el sobreseimiento, entre muchas otras cifras contempladas a nivel nacional y local. Una vez que conocemos cifras de las instituciones de justicia en México, el porcentaje de posibilidades para que los Ministerios Públicos hayan realizado los actos de investigación idóneos y pertinentes para la integración de cada investigación, resulta mínimo, al tener la posibilidad de determinar el sobreseimiento en razón de no contar con elementos suficientes para fundar una acusación. Por lo que la expresión “estime” permite decisiones subjetivas del Ministerio Público, lo cual afecta la certeza jurídica. La reforma obliga a documentar actos de investigación realizados, estableciendo un estándar verificable y evaluable por el juez, la redacción vigente permite decisiones discrecionales que generan incertidumbre jurídica para las partes procesales. Por ello, se considera indispensable elevar el estándar de motivación del Ministerio Público, exigiendo que deje constancia fehaciente de los actos de investigación practicados.
Código Nacional de Procedimientos Penales
Todo esto sugiere que la corrupción y la ineficacia administrativa son factores clave que impulsan la violencia y el nulo crecimiento de México, ya que contribuyen a la impunidad y reducen los recursos disponibles para combatir la delincuencia, afectando al país en todos los ámbitos. Ahí radica la importancia de limitar los alcances que puede tener la autoridad para determinar que se agotó una investigación, como garantes de justicia para las víctimas, personas detenidas y sujetas a investigación, tratando de saldar la deuda de justicia que tiene el Estado con las miles de victimas directas e indirectas que habitan en nuestro territorio por medio de la realización mínima indispensable de diligencias y entonces si determinar que; “se agotó la investigación”.
Es momento de considerar acciones encaminadas a la fortalecer la cultura de paz de la mano con de la sociedad civil, esto engloba actitudes, instituciones y estructuras que crean y sostienen sociedades pacíficas; mismos factores también conducen a muchos otros resultados socioeconómicos deseables. Niveles más altos de paz resultado de investigaciones eficientes están estadísticamente vinculados con un mayor crecimiento del ingreso, mejores resultados ambientales, mayores niveles de bienestar, mejores resultados en materia de desarrollo y una mayor resiliencia social.
Por lo antes expuesto se somete a consideración de esa Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fraccion V del artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales
Único. Se reforma la fracción V del artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:
Artículo 327. Sobreseimiento
El Ministerio Público, el imputado o su defensor podrán solicitar al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de una causa; recibida la solicitud, el Órgano jurisdiccional la notificará a las partes y citará, dentro de las veinticuatro horas siguientes, a una audiencia donde se resolverá lo conducente. La incomparecencia de la víctima u ofendido debidamente citados no impedirá que el Órgano jurisdiccional se pronuncie al respecto. El sobreseimiento procederá cuando:
I. El hecho no se cometió;
II. El hecho cometido no constituye delito;
III. Apareciere claramente establecida la inocencia del imputado;
IV. El imputado esté exento de responsabilidad penal;
V. Agotada la investigación, el Ministerio Público deberá hacer constar mediante los registros testimoniales, periciales y documentales practicados que no cuenta con los elementos suficientes para fundar una acusación;
VI. Se hubiere extinguido la acción penal por alguno de los motivos establecidos en la ley;
VII. Una ley o reforma posterior derogue el delito por el que se sigue el proceso;
VIII. El hecho de que se trata haya sido materia de un proceso penal en el que se hubiera dictado sentencia firme respecto del imputado;
IX. Muerte del imputado, o
X. En los demás casos en que lo disponga la ley.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente dercreto
Referencias
https://www.indicedepazmexico.org/
https://www.mucd.org.mx/atlas-de-homicidios-mexico/
https://www.hrw.org/world-report/2025/country-chapters/mexico
https://tabasco.gob.mx
https://mexicocomovamos.mx/fichas-por-estado/tabasco/
https://mexicocomovamos.mx/ips/03_27_Tabasco.html
https://oem.com.mx/elheraldodetabasco/local/que-lugar-ocupa-taba sco-en-atraso-social-segun-mexico-como-vamos-13118855
https://www.infobae.com/mexico/2024/06/03/asi-quedo-el-mapa-elec toral-de-mexico-tras-las-elecciones-de-2024/
https://forojuridico.mx/el-sobreseimiento-como-valvula-de-seguri dad-del-proceso-penal/
https://www.indicedepazmexico.org/violencia-contra-las-mujeres-y -la-paz-en-mxico
https://animalpolitico.com/analisis/organizaciones/mexico-como-v amos
https://www.inegi.org.mx/siscon/
https://www.scjn.gob.mx
https://bibliotecadigital.scjn.gob.mx/colecciones-libros/estudio s-constitucionales
https://imco.org.mx/los-datos-mas-relevantes-para-entender-las-c risis-de-seguridad-y-justicia-en-mexico/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de enero de 2026.— Diputados y diputadas: Erubiel Lorenzo Alonso Que, Abigail Arredondo Ramos, Ana Isabel González González, Arturo Yáñez Cuéllar, Christian Mishel Castro Bello, Humberto Ambriz Delgadillo, Juan Antonio Meléndez Ortega, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Lorena Piñón Rivera, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, Noel Chávez Velázquez (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Sergio Gil Rullán, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de protección de pesca ribereña frente a contingencias ambientales, suscrita por la diputada Ivonne Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Adelante, diputado.
El diputado Sergio Gil Rullán:Con el permiso de la Presidencia. Hoy venimos a presentar la iniciativa de reforma y adición de diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de protección a la pesca ribereña frente a contingencias ambientales.
No es de poca cosa decir lo que ha pasado en tantos meses y aquí mismo en la Cámara de Diputados. Desde febrero sabíamos que había un problema en el golfo: se detectó una y otra vez la mancha creciente.
Desde entonces, no hubo ningún dispositivo, ningún protocolo, porque no encontraron culpables de cómo atenderlo. Ante ello, proponemos fortalecer la protección ambiental, social, ante los desastres, obligando a las autoridades a evaluar, monitorear, los impactos ambientales sobre la sustentabilidad de recursos pesqueros, los ecosistemas marinos. Para ello, se requiere establecer mecanismos para la contaminación, para la contención y, sobre todo, para la garantía del trabajo de estas personas. Y es muy sencillo.
Una mancha en el golfo de 46 kilómetros, 900 kilómetros afectados desde Tamaulipas, Veracruz y Tabasco. Solo en el estado de Veracruz, el propio censo de Bienpesca reporta 35 mil beneficiarios... 24 mil de ellos, pescadores ribereños, que se dedican a salir todos los días a pequeñas distancias para pescar el sustento. Y, ante ello, nadie les previno, nadie les afectó, nadie les dijo que esto podía pasar. Y todas esas familias no han podido salir a pescar. Sus redes, sus embarcaciones y los animales que pescan están contaminados.
Ante ello, proponemos esta modificación para tener certezas. Porque una desgracia que pudo haber sido avisada con tiempo, también pudo haberle dado otra circunstancia a la gente.
La desgracia ambiental se ha vuelto una desgracia económica y en los datos del propio gobierno de Veracruz, 24 mil pescadores ribereños, porque el censo está cerrado y le vamos a pedir a Bienpesca que lo amplíe, porque según las cooperativas son cuando menos 38 mil, 14 mil pescadores que no han querido censar.
Por cierto, la presidenta solo va a ayudar a 800 de ellos con 15 mil pesos, sin protocolo, sin sustento y con un concierto multimillonario de entre 8 a 13 millones de pesos el artista y los pescadores, pues bien, gracias.
Los propios datos de evitar esto antes de la semana santa y tener protocolos antes de la semana santa, le hubiera dado alivio económico a las familias. Los datos del gobierno del estado son estos. En el 2025 tuvimos 2 millones y medio de visitantes, según el informe de la gobernadora, en el 2026 solo un millón 200 mil. En el 2025, 3 mil 400 millones de derrama económica, en el 2026 solo mil 400 millones.
La ocupación hotelera para la semana santa, 100 por ciento en el 2025, 83 por ciento en el 2026 y para acabarla la gobernadora de Veracruz hecha de cabeza al gobierno federal y la política económica, porque dice que la gente tiene menos dinero para gastar. Mientras que en el 2025 gastaban mil 300 pesos por persona, en el 2026 solo gastaron mil 200.
Menos lana, menos turismo, menos derrama económica y menos riqueza para los pescadores ribereños, porque nadie les avisó, porque no hay un protocolo y los que deberían dar la cara, pues aquí no han venido. El titular de la CEA ni sus luces, la titular de la Semarnat atendiendo esto, pero solo ha ido una vez a Veracruz y ni una sola vez a la Cámara.
El chapopote regado por la costa y los pescadores sin poder salir y ustedes dicen que no son los culpables de la falta del turismo en el estado. Nada más le recortaron a la Secretaría de Turismo de Veracruz 300 millones de pesos, tenía 500 y la dejaron con 200, para que vean cómo no promover y no invitar a la gente les costó desde el año anterior el recorte de la austeridad falsa, que quién sabe a dónde se fue.
Les faltan protocolos, le falta seriedad y le falta altura y le falta que eso no quede a discreción de ustedes. Que quede a partir de la ley y de la claridad que beneficia a todas y a todos y no nada más a los que quieren empadronar.
Esta ley nos va a permitir tener certeza y no quedar en el abandono, como los han dejado a los pescadores y muy sencillo, esta desgracia hoy le pasó al golfo de México y si llegara a pasar en el Pacífico, y si llegara a pasar en las costas de Quintana Roo, y si llegara a pasar en el Caribe, no vamos a estar listos y no vamos a estar preparados.
Hoy no han reparado el daño, hoy no han limpiado las playas, hoy no han limpiado ni ayudado a los prestadores de servicios ni a los pescadores. Con esto espero que sí los apoyen y que no vengan a derramar el chapopote que Morena regó en el golfo y que aquí en la alfombra de la Cámara de Diputados sigue sucia y manchada porque tampoco la levantaron.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de protección de la pesca ribereña frente a contingencias ambientales, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de protección de la pesca ribereña frente a contingencias ambientales, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl sector pesquero en México sigue siendo una actividad poco valorada, debido a que no se considera una actividad económica prioritaria para el país; sin embargo, la pesca constituye una importante cadena de suministro y comercio de alimentos en México. Diariamente miles de toneladas de pescados y mariscos llegan a la Central de Abastos de la Ciudad de México –el segundo mercado de productos marinos más grande del mundo–, y de ahí se distribuyen a cientos de miles de hogares, restaurantes, mercados de barrio, sobre ruedas, pescaderías y otros sitios donde se consumen productos marinos.
Lamentablemente, se destinan recursos muy limitados para promoverla y se subestima su gran potencial como fuente de alimentación saludable para los mexicanos, misma que podría convertirse en una de las más importantes del mundo. La gran red de distribución de productos marinos es muy compleja y especializada.
A pesar de los esfuerzos, el Estado mexicano no ha logrado ofrecer un piso básico de derechos humanos para el desarrollo integral de estas comunidades, que permita impulsar el bienestar de las personas pescadoras y sus familias.
Por ello, la gran mayoría de los cientos de miles de personas pescadoras ribereñas o de pequeña escala viven en condiciones precarias en las comunidades costeras, con un enorme rezago en cuanto a infraestructura y acceso a servicios básicos como salud, educación, agua y drenaje. La pesca ribereña simplemente no destaca.
El sector pesquero debería ser uno de los pilares de la política pública en el país, que permita su desarrollo local y regional, además de fortalecer una larga cadena de valor que va del mar a las mesas de los hogares mexicanos.
México, con más de 11 mil kilómetros de costa en dos océanos y una vasta Zona Económica Exclusiva tiene una riqueza marítima para su desarrollo económico y cultural. La diversidad de recursos pesqueros y acuícolas, además de la calidad de algunos de sus productos, obligan a la búsqueda de nuevos mercados, posicionando al país como un actor relevante en los mercados regionales y mundiales; debido a que se producen 2 millones de toneladas, de acuerdo con el Sistema de Información de Pesca y Acuacultura al 30 de noviembre de 2024. De ese total, 273 mil toneladas corresponden a la acuacultura y un millón 759 mil toneladas a la pesca de captura.
Los estados con mayor producción en la acuacultura son Sonora, Sinaloa, Veracruz, Nayarit, Chiapas, Tabasco, Baja California, Jalisco, Colima y Michoacán. Con respecto a la producción de captura, los estados con mayor producción son Sonora, Baja California, Sinaloa, Baja California Sur, Campeche, Veracruz, Yucatán, Colima, Tamaulipas y Chiapas.
Con base en el reporte del 30 de noviembre de 2024 del Sistema de Información de Pesca y Acuacultura, las diez especies con mayor volumen son camarón, mojarra, ostión, atún, carpa, lobina, charal, bagre, trucha y jurel. En relación con la pesca de captura sobresale la sardina, anchoveta, atún, macarela, camarón, tiburón, jaiba, pulpo, barrilete y sierra.
A nivel mundial, México ocupa el decimocuarto lugar en producción pesquera, de acuerdo con cifras de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), reconociendo que las personas productoras pesqueras contribuyen a la autosuficiencia alimentaria del país.
Las personas pescadoras ribereñas son aquellas que se dedican a la actividad de captura en cuerpos de agua interiores, bahías, sistemas lagunares o estuarios, así como en el mar hasta un límite de tres millas náuticas (5.6 kilómetros, km) a la costa. La mayor parte de ellos, la practican en aguas costeras, lagunas y ríos con embarcaciones menores equipadas con distinto grado de tecnología, pero exclusivamente diseñadas para la captura y no para la conservación.
Un aspecto particular de las comunidades de pesca ribereña es el relativo a la estructura social productiva en torno a la actividad. En una comunidad pueden interactuar personas procesadoras y comercializadoras, así como permisionarios, esto es, las personas dueñas de las embarcaciones, mismos que emplean a las personas pescadoras y acopian producto; personas pescadoras organizadas, quienes pertenecen a cooperativas u otra forma de organización; las personas pescadoras empleadas, quienes no poseen embarcaciones o artes de pesca y están sujetos a acuerdos; y las personas pescadoras libres, los cuales no cuentan con permisos de pesca e incursionan en la actividad para el autoconsumo y la comercialización de forma ilegal.
En México, la pesca ribereña y la acuacultura juegan un papel clave en el combate a la pobreza, en ofrecer alimentos nutritivos y a bajo costo a la población, en avanzar hacia la seguridad alimentaria del país y en el manejo sustentable de los recursos pesqueros, aunque también hay retos y oportunidades para avanzar. Este tipo de pesca representa un aporte fundamental a la soberanía alimentaria y a la economía del país, debido a que genera cerca de 350 mil empleos directos, y sus derivados por actividades conexas. Dos de cada cinco pescados que se consumen provienen de esta pesca ribereña.
A la pesca ribereña se le considera una actividad de cohesión social e identidad nacional, en ella también participan mujeres, con una representación de 17 por ciento en este sector. Los estados con mayor representatividad son Baja California Sur, Campeche, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán. La mujer ha tomado mayor relevancia en el subsector participando en diferentes actividades relacionadas con la pesca y la acuacultura, desde la elaboración de artes de pesca, capturas, procesamiento, distribución y comercialización, hasta en los procesos de otorgar valor agregado a los productos.
Ahora bien, las contingencias ambientales en los mares de México son diversas y representan amenazas críticas para la biodiversidad y las comunidades costeras. A lo largo de la historia de la actividad petrolera en México se han registrado desastres con consecuencias devastadoras en los sectores ambientales, social y económico.
Algunos de esos desastres relevantes de la industria de los hidrocarburos se encuentra el derrame petrolero de Pemex en el pozo Ixtoc-I, en el Golfo de México, en junio de 1978, se debió a errores en las operaciones de la paraestatal y vertió un volumen de 560 millones de litros de petróleo crudo frente a las costas de Campeche, en el Golfo de México, además de un incendio que duró 280 días. El resultado del derrame fue el deterioro de los ecosistemas vírgenes del Golfo de México.
Otro desastre fue en la plataforma flotante y semisumergible Deepwater Horizon, que realizaba perforaciones de exploración en el pozo Macondo, ubicado a mil 500 metros de profundidad frente a las costas de Louisiana, Estados Unidos de América (EUA). La tragedia fue ocasionada por una explosión en la plataforma en la que murieron 11 trabajadores de la empresa BP (British Petroleum). La fuga duró 87 días. Se derramaron 800 millones de litros de crudo, cubriendo casi 149 mil kilómetros cuadrados del océano con una marea negra y pegajosa; registrando una importante mortandad de fauna marina, incluidas tortugas, pelicanos, gaviotas y delfines.
El 2 de julio de 2021 otro incidente en el Golfo de México se trató de una fuga que generó un vistoso incendio en medio del mar que Pemex definió como un “ojo de fuego”; esto se debió a la fractura de un ducto submarino a 80 metros de profundidad, que liberó gas, mismo que ocasionó un fuerte incendio a causa de tormentas eléctricas en las inmediaciones de la plataforma Ku-Charly. Los impactos importantes fueron en la flora y fauna, especialmente, los arrecifes de coral en Campeche.
Recientemente, el derrame de petróleo de 37 kilómetros frente a Campeche se trasladó a costas de Veracruz y Tabasco por la corriente marina, este derrame provocó graves afectaciones a los ecosistemas y las comunidades. Se han registrado muertes de tortugas marinas, manatíes y peces, asimismo los diecisiete arrecifes que conforman el Corredor Arrecifal del suroeste del Golfo de México, uno de los sistemas costeros más ricos del país, enfrenta exposición directa al hidrocarburo, además pérdidas económicas incalculables y problemas de salud en las personas que intentaron retirar el contaminante sin equipo de protección.
Ante la magnitud del desastre, la titular del Ejecutivo federal instruyó la entrega de apoyos para aproximadamente 25 mil personas pescadoras afectadas a través del programa Bienpesca; sin embargo, no existe información pública sobre los plazos ni mecanismos concretos para la totalidad de las entregas.
Por otro lado, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) advierte que los derrames en ecosistemas costeros generan daños que en algunos casos son irreversibles. Los manglares, cuyas raíces absorben el petróleo y colapsan, tardan décadas en recuperarse. Las playas contaminadas comprometen los ciclos de desove de tortugas marinas que regresan cada temporada a esas mismas zonas de Veracruz. El daño a los arrecifes puede afectar la pesca, el ecoturismo y la protección natural ante fenómenos meteorológicos por años.
Lo acontecido en Veracruz y en Tabasco es una emergencia ambiental que afectó a decenas de miles de personas, destruyó ecosistemas estratégicos del Golfo de México y evidenció la ausencia de protocolos efectivos de respuesta ante derrames petroleros.
El objetivo de la presente iniciativa es fortalecer la protección ambiental y social ante los desastres, obligando a las autoridades a evaluar y monitorear los impactos ambientales sobre la sustentabilidad de los recursos pesqueros y los ecosistemas marinos. Para ello, se requiere establecer mecanismos claros para la reparación del daño y la responsabilidad económica de quienes generen la contaminación en ecosistemas acuáticos. Actualmente, no se establecen en la legislación pesquera mecanismos específicos que obliguen a las personas físicas o morales responsables de contaminación a indemnizar a las personas pescadoras ribereñas afectadas por contingencias ambientales.
Asimismo, esta iniciativa tiene fundamento en los principios constitucionales que establecen la obligación del Estado de proteger los recursos naturales y garantizar el desarrollo sustentable; por lo tanto, es necesario fortalecer el marco normativo vigente mediante la incorporación de disposiciones específicas en materia de contingencias ambientales pesqueras y así brindar protección a quienes dependen de este sector.
Por todo lo antes expuesto, y para una mejor comprensión del tema se agrega el siguiente cuadro comparativo:
En tal virtud, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Primero. Se reforman las fracciones I y III del artículo 8; el primer párrafo y las fracciones IV y VI del artículo 120; y se adicionan las fracciones XXXI Bis, XXXI Ter y XXXI Quáter del artículo 8 y el artículo 26 Bis de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
Artículo 8o. Corresponden a la Secretaría el ejercicio de las siguientes facultades:
I. Regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, incluyendo la implementación de medidas preventivas, así como correctivas ante contingencias ambientales que impacten y afecten las zonas pesqueras y acuícolas;
II. ...
III. Establecer las medidas administrativas y de control a que deben sujetarse las actividades de pesca y acuacultura, así como protocolos obligatorios de respuesta inmediata ante eventos de contaminación, derrames petroleros y otras contingencias ambientales;
IV. a XXXI. ...
XXXI Bis. Coordinar, instaurar y diseñar protocolos interinstitucionales de respuesta inmediata frente contingencias ambientales que incidan en zonas pesqueras y acuícolas a fin de adoptar medidas precautorias en las actividades pesqueras ante riesgos ambientales;
XXXI Ter. Evaluar los daños ecológicos y productivos para ejecutar acciones de restauración de los ecosistemas afectados;
XXXI Quáter. Instrumentar apoyos económicos emergentes para las personas pescadoras ribereñas.
XXXII. a XLII. ...
Artículo 26. ...
Artículo 26 Bis. Adicionalmente al Fondo Mexicano para el Desarrollo Pesquero y Acuícola (Promar) se creará un mecanismo complementario denominado Fondo Especial para la Atención de Contingencias Ambientales en Zonas Pesqueras, con objeto de:
I. Otorgar apoyos económicos emergentes a las personas pescadoras ribereñas afectadas por contingencias ambientales;
II. Financiar programas y acciones de restauración ecológica en zonas pesqueras afectadas;
III. Realizar estudios técnicos destinados a la evaluación de los daños ambientales y productivos derivados de dichas contingencias;
IV. Impulsar programas temporales de reconversión productiva para las personas pescadoras afectadas, y
V. Fortalecer las capacidades institucionales de prevención, atención y respuesta ante contingencias ambientales.
Al Fondo Especial para la Atención de Contingencias Ambientales en Zonas Pesqueras se destinarán además recursos que provengan como resultado de las sanciones, infracciones y responsabilidad establecidas en el Título Décimo Cuarto de esta Ley.
Artículo 120. La Secretaría integrará el Sistema Nacional de Información de Pesca y Acuacultura que tendrá por objeto organizar, actualizar y difundir la información sobre actividades pesqueras y acuícolas; así como contingencias ambientales –tales como contaminación, derrames petroleros y otras– que afecten a las zonas pesqueras y acuícolas particularmente las que se desarrollan en el país. El sistema se integrará con la información siguiente:
I. a III. ...
IV. El Informe de la situación general de la pesca y acuacultura en México e indicadores de su desarrollo; incluyendo la evaluación de los daños ambientales, ecológicos y productivos en las zonas pesqueras y acuícolas afectadas;
V. ...
VI. Las resoluciones definitivas acerca de concesiones, y permisos, para realización de actividades pesqueras y acuícolas, así como la información de los mecanismos de apoyo económico emergente destinados a las personas pescadoras de las comunidades afectadas por contingencias ambiental, y
VII. ...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría deberá emitir el Reglamento correspondiente en materia de contingencias ambientales pesqueras dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la entra en vigor del presente decreto.
Tercero. Las erogaciones que genere el Fondo Especial con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a los recursos aprobados al Fondo Mexicano para el Desarrollo Pesquero y Acuícola.
Notas
1 CONMECOOP, et al; Impacto social de la pesca ribereña en México: Propuestas para impulsar el bienestar social en el sector pesquero, julio de 2019. Disponible en:
https://mexico.edf.org/sites/default/files/content/ImpactoSocial DeLaPescaenMexico-9.5.19.pdf
2 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, Cierra Agricultura 2024 con resultados positivos en pesca y acuacultura, 02 de enero de 2025. Disponible en
https://www.gob.mx/conapesca/prensa/cierra-agricultura-2024-con- resultados-positivos-en-pesca-y-acuacultura-387149
3 Ídem
4 Ídem
5 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, Ocupa México el 14vo lugar a nivel mundial en producción pesquera, 21 de noviembre de 2023. Disponible en:
https://www.gob.mx/conapesca/prensa/ocupa-mexico-el-14vo-lugar-a -nivel-mundial-en-produccion-pesquera?idiom=es#:~: text= Ocupa%20M%C3%A9xico%20el%2014vo%20lugar%20a%20nivel%20mundial%20en%20producci%C 3%B3n%20pesquera,-En%20el%20marco
6 Marín, Gustavo; Pesca artesanal, comunidad y administración de recursos pesqueros. Experiencias en la costa de Michoacán, México, Gazeta de Antropología, CIESAS: Disponible en:
http://www.ugr.es/~pwlac/G23_20Gustavo_Marin_Guardado.html
7 CONMECOOP, et al; Impacto social de la pesca ribereña en México: Propuestas para impulsar el bienestar social en el sector pesquero, julio de 2019. Disponible en:
https://mexico.edf.org/sites/default/files/content/ImpactoSocial DeLaPescaenMexico-9.5.19.pdf
8 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca; Pesca ribereña y acuacultura, claves en el combate a la pobreza y en atender la seguridad alimentaria; 08 de enero de 2022. Disponible en:
https://www.gob.mx/conapesca/prensa/pesca-riberena-y-acuacultura -claves-en-el-combate-a-la-pobreza-y-en-atender-la-seguridad-alimentaria-292048 #:~: text=En%20M%C3%A9xico% 2C%20la%20pesca%20ribere%C3%B1a%20y%20la,tambi%C3%A9n%20hay%20retos%20y%20oport unidades%20para%20avanzar%2C
9 Ídem
10 Pérez, Guillermo; Desastres petroleros, amenaza latente en el Golfo de México; Oceana Protegiendo los Océanos del Mundo, 19 de abril de 2024. Disponible en:
https://mx.oceana.org/blog/desastres-petroleros-amenaza-latente- en-el-golfo-de-mexico/#:~: text=Fuentes:,%2520de%2520la%2520 bomba.&text=National%20Commission%20on%20the%20BP,Washington%2C%20D.C.
11 Ídem
12 Ídem
13 La Coperacha, Comunidades pesqueras de Veracruz y Tabasco afectadas por derrame petrolero, 5 de marzo de 2026. Disponible en:
https://lacoperacha.org.mx/comunidades-pesqueras-de-veracruz-tab asco-afectadas-derrame-petrolero-2026/
14 Cirel, Alexa; Rocío Nahle culpa al sexenio de Peña Nieto por derrame petrolero en Veracruz, Infobae; 12 de marzo de 2026. Disponible en:
https://www.infobae.com/mexico/2026/03/12/rocio-nahle-culpa-al-s exenio-de-pena-nieto-por-derrame-petrolero-en-veracruz/
15 Diario de Xalapa; Derrame de hidrocarburo al sur de Veracruz, se extendió a Tabasco, afecta playas y arrecifes del Golfo de México: CEMDA, 5 de marzo de 2026. Disponible en:
https://oem.com.mx/diariodexalapa/local/derrame-de-hidrocarburo- al-sur- de-veracruz-se-extendio-a-tabasco-afecta-playas-y-arrecifes-del-golfo-d e-mexico-cemda-28781724
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2026.— Diputados y diputadas: Sergio Gil Rullán, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Humberto Coss y León Zúñiga, Luis Arturo Oliver Cen, María de Fátima García León (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.
Esta Mesa Directiva envía un saludo a los estudiantes de la carrera de derecho de la Universidad Iberoamericana campus Torreón, invitados por el diputado Reginaldo Sandoval Flores, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. Muchas gracias por estar aquí en esta Cámara de Diputados.
Saludamos a los integrantes del movimiento Acción Social, invitados por la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados.
LEY GENERAL DE SALUD, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Y LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Gerardo Ulloa Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación y de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en materia de prevención y atención temprana y obligatoria del riesgo suicida, al fortalecimiento de la salud mental comunitaria y de la protección al principio de interés superior de niñas, niños y adolescentes. Adelante, diputado.
El diputado Gerardo Ulloa Pérez:Estimada presidenta. Compañeras y compañeros, propongo y pongo a consideración esta iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar diversos artículos de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación y de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en materia de prevención del suicidio.
Por lo que subo a esta tribuna para hablar de una realidad que lastima, preocupa y ocupa, y que exige una respuesta firme de los tres niveles de gobierno. El suicidio se ha convertido en uno de los problemas de salud pública más grave y silencioso en nuestro país.
De acuerdo con datos oficiales de nuestro gobierno, en los últimos años más de ocho mil personas mueren por suicidio, y lo más alarmante es que se presenta en un alto porcentaje entre adolescentes y jóvenes.
Diputadas y diputados, detrás de cada cifra hay una historia, hay una familia rota, hay un proyecto de vida interrumpido, hay una sociedad que no supo llegar a tiempo.
Por eso la iniciativa que hoy nos ocupa es una reforma legal, es una propuesta de transformación preventiva para que el Estado Mexicano reaccione y empiece a anticiparse.
Actualmente nuestra legislación reconoce la importancia de la salud mental, invención a la prevención del suicidio en distintos ordenamientos. Sin embargo, lo hace de manera dispersa, programática y sin mecanismo obligatorio de coordinación.
No existe en todo el territorio nacional un modelo jurídico integral que articule la prevención comunitaria, la detección temprana, la información epidemiológica especializada y la actuación interinstitucional obligatoria. Este vacío es el que esta iniciativa busca llenar.
Se proponen dos áreas fundamentales:
1. Creación de un sistema nacional de prevención del suicidio, que permita coordinar esfuerzos entre autoridades de salud, educación, desarrollo social y protección de derechos humanos.
2. También establecer un protocolo nacional, identificación y atención del riesgo suicida en instituciones educativas, porque sabemos que en la escuela es uno de los primeros espacios donde pueden detectarse señales de alarma.
Esta iniciativa fortalece el modelo comunitario de salud mental ya reconocido en nuestra legislación, no plantea la construcción de nuevas instituciones costosas ni la duplicación de estructuras.
Hoy, al presentar esta iniciativa, vengo a hablar de vidas que se están apagando en silencio, de familias que nunca vuelven a ser las mismas. No estamos hablando de ideología, no estamos hablando de partidos, no estamos hablando de humanidad. Estamos hablando de cifras, estamos hablando de personas, no de cifras. Esta os hablando de historias que podrían tener otro final si actuamos a tiempo.
Imaginemos por un momento un país donde cada joven en crisis encuentre una mano tendida y que lo apoye, donde cada escuela tenga herramientas para detectar el sufrimiento.
Hoy tenemos la oportunidad de decirle a México que la salud mental importa, que la vida importa, que nadie debe sentirse solo frente al dolor. Diputadas y diputados, no dejemos que más silencios se conviertan en muertes, actuemos ya. Es cuanto. Gracias, diputada presidenta, diputadas y diputados. Gracias. Buena tarde.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted. Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, y de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Derechos Humanos, para opinión.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 53 y la fracción III del artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de garantía de asistencia humana en mecanismos de atención al consumidor en comercio electrónico. Adelante, diputada.
La diputada Marcela Michel López:Pocas cosas son tan molestas para cada uno de nosotros como usuarios de algún servicio o al realizar una compra en línea que el que traigan de grabación en grabación, en grabación.
Nunca te atiende una persona de carne y hueso, y te saques la misma, con el coraje de no haber podido resolver nada. Todos hemos pasado por este calvario, ¿cierto? Pues hoy quiero presentar ante ustedes una iniciativa que busca garantizar el derecho de las y los consumidores de las compras en línea.
Primeramente, saludo a mis compañeras y compañeros legisladores, así como a los invitados en este recinto y al pueblo que nos observa a través del Canal del Congreso. Gracias por su atención y acompañamiento.
El avance a escala global de las tecnologías de la comunicación y la información, así como las herramientas de inteligencia artificial es permanente, no va a parar y, la verdad, qué bueno que sea así.
Cuando los avances científicos y tecnológicos se traducen en mejoras en la calidad de vida y los servicios del pueblo, esto es sin duda una bendición. Un buen ejemplo de ello es el comercio electrónico, que en México ha dejado de ser una modalidad de compra alternativa para consolidarse como un componente estructural de la economía nacional.
De acuerdo con datos de la Asociación Mexicana de Venta on Line, el comercio electrónico minorista alcanzó un valor de 789 mil millones de pesos en 2024, consolidando a nuestro país como uno de los mercados digitales de mayor crecimiento a nivel mundial, con una base superior a 65 millones de consumidores digitales.
Reitero, me da muchísimo gusto que así sea, me alegra presentar estas cifras y estoy convencida de que próximamente, con la estabilidad económica que ha generado la cuarta transformación y el gobierno de nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, estas cifras se elevarán aún más y alcanzarán máximos históricos. Ya lo verán.
La digitalización del comercio trae muchos beneficios, cierto. Sin embargo, las ventajas que ofrecen los proveedores nunca, bajo ninguna circunstancia, deben traducirse en una merma de los derechos del consumidor.
No resulta aceptable que la innovación tecnológica genere vacíos normativos que permiten a los proveedores escudarse en la automatización para eludir una atención personalizada y efectiva.
Entonces, ¿nos oponemos a la automatización o al uso de la inteligencia artificial en la atención a los usuarios del comercio virtual? No, para nada. A lo que nos oponemos es a que la autonomía del consumidor se vea vulnerada cuando se le obliga a interactuar exclusivamente con sistemas automatizados.
Cuando los proveedores sustituyen la atención efectiva por sistemas automatizados que carecen de facultades para resolver controversias, imponiendo al consumidor trabas para ejercer derechos básicos como la rescisión contractual, la devolución de pagos o la corrección de errores en la prestación de un servicio es cuando se vulneran los derechos de los consumidores y esto sí no lo debemos permitir.
Analicemos el comportamiento de las reclamaciones ante la Procuraduría Federal del Consumidor. Datos del Buró Comercial de la Profeco muestran que los sectores con mayor volumen de transacciones digitales concentran también los mayores índices de quejas relacionadas con la negativa de rescisión de contratos, reembolsos y deficiencias en el servicio postventa.
En ese contexto, la presente iniciativa parte de una premisa fundamental: la modernización tecnológica no puede ni debe sustituir la responsabilidad humana, particularmente cuando están en juego decisiones con efectos patrimoniales o jurídicos irreversibles.
¿Qué busca específicamente esta iniciativa? Simple, que el proveedor en línea garantice que cuando las gestiones involucren decisiones o acciones de carácter complejo o irreversible, tales como la cancelación de un contrato, el reembolso de un cargo o un cambio esencial en un servicio o producto, el consumidor tendrá siempre la opción de ser asistido por un operador humano de forma expedita para obtener una solución efectiva. Tal cual.
Buscamos que sea el consumidor quien determine libremente si quiere ser atendido por una máquina o por un ser humano, recuperando así su autonomía frente a la frialdad de los algoritmos. No queremos eliminar los sistemas automatizados en el comercio electrónico, que siga, qué bueno que existe, pero queremos fortalecer también los mecanismos de protección al consumidor, garantizando una vía accesible y efectiva de aclaración cuando la naturaleza de la gestión así lo requiera.
Todos somos usuarios, todos somos consumidores. Por el bien común, estoy segura que contaremos con su apoyo para sacar adelante esta reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 27 y 77 Bis 37 de la Ley General de Salud. Adelante, diputada.
La diputada Montserrat Ruiz Páez:Muchas gracias, presidenta. Saludo al pueblo de México, a quienes nos siguen por medio del Canal del Congreso y las redes sociales.
En este segundo piso de la cuarta transformación nuestra brújula es clara: por el bien de todos primero los pobres y los olvidados. No puede haber transformación verdadera si nuestras instituciones de salud siguen siendo espacios donde se reproduce el estigma, la exclusión y el maltrato hacia quienes son diferentes.
Esta iniciativa, que presento el día de hoy, no es solo una reforma técnica, es un acto de justicia social y un paso firme hacia la humanización del servicio público.
Como decía el presidente Andrés Manuel López Obrador, tenemos una máxima que guía cada uno de nuestros pasos, muera la discriminación y muera el clasismo. Esta iniciativa que presento hoy no es simplemente una reforma técnica o administrativa, es ante todo un acto de justicia social y un paso firme hacia la humanización profunda del servicio público.
La ley mexicana, al mantener este enfoque, incurre en una práctica de patologización indirecta que produce efectos nocivos en la atención médica. Existe un sesgo diagnosticado, el personal médico condicionado por una ley que sitúa la identidad de género en el ámbito psiquiátrico, tiende a interpretar cualquier dolencia física de una persona trans o no binaria a través de prismas de su identidad, fenómeno conocido como atribución errónea trans.
Existe violencia institucional, la falta de protocolos específicos en medicina general permite que persistan prácticas de trato indigno como la negación de acceso a áreas de hospitalización adecuadas o el cuestionamiento de la identidad en procesos de urgencia médica.
Existe invisibilidad en la salud primaria al no estar considerada la atención especializada como un servicio básico en el artículo 27, las instituciones no están obligadas a desarrollar programas de prevención específicos para esta población en el ámbito como la oncología, la cardiología, la geriatría dónde existen necesidades diferentes.
El humanismo mexicano que defendemos nos obliga a garantizar que el Estado sea el principal garante ante la dignidad humana. Esta reforma a los artículos 27 y 77 Bis 37 de la Ley General de Salud establece que la atención a la diversidad sexual sea un servicio básico y que ningún servidor público pueda escudarse en el perjuicio para negar un trato digno e inclusivo.
Queremos que la atención médica especializada sea considerada un pilar de bienestar, que todo personal sea médico o administrativo actúe con perspectiva de igualdad y respeto absoluto a la identidad de género.
En este proyecto de nación el poder solo tiene sentido y legitimidad cuando se pone al servicio de los demás, especialmente de quienes han sido históricamente marginados y silenciados.
Compañeras y compañeros legisladores, cuidar los derechos de las personas que sufren discriminación es, en el fondo, cuidar el corazón mismo de nuestro México. Una democracia que no incluye a todos es una democracia incompleta.
Que se escuche fuerte desde esta tribuna, en cada rincón de este México que estamos construyendo con esperanza y voluntad nadie atrás y nadie fuera. Es momento de que la ley refleje la humanidad que nuestro pueblo ya practica. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 27 y 77 Bis 37 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Monserrat Ruiz Páez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona una fracción XII al artículo 27, y se reforma y adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 77 Bis 37 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl quehacer legislativo, en su carácter de función esencial del Estado democrático, no debe entenderse como una sucesión fragmentada de actos administrativos, sino como un proceso continuo y orgánico de perfeccionamiento del sistema jurídico en respuesta a las realidades sociales. En este contexto, la presente iniciativa se fundamenta en el principio de economía procesal legislativa, un criterio rector que busca la eficiencia en el uso de los recursos del Congreso de la Unión y la prontitud en la resolución de las problemáticas ciudadanas. La economía procesal en el ámbito parlamentario dicta que, ante diagnósticos claros, argumentos sólidos y necesidades sociales persistentes, el órgano legislativo debe capitalizar el trabajo previo que, por razones de técnica procesal, no culminó en la creación de una norma, pero que conserva su validez intrínseca.
Es imperativo señalar que la presente propuesta no surge de un vacío conceptual, sino que retoma y consolida el trabajo de dos esfuerzos parlamentarios de gran calado que no alcanzaron la etapa de aprobación definitiva debido a los plazos de caducidad y preclusión reglamentaria. La preclusión se define como la pérdida o extinción de una facultad procesal por el transcurso del tiempo o la consumación del acto. En el sistema parlamentario mexicano, el artículo 184, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados establece que las iniciativas no dictaminadas al término de una legislatura se tendrán por desechadas por caducidad. No obstante, este desechamiento es de carácter estrictamente adjetivo y no implica una valoración negativa sobre el fondo o la viabilidad de la propuesta.
Las iniciativas presentadas por la diputada Salma Luévano Luna en septiembre de 2021 y por la diputada Bennelly Jocabeth Hernández Ruedas en noviembre de 2023 sentaron las bases para una reforma estructural a la Ley General de Salud. El hecho de que estas propuestas hayan concluido su ciclo vital en las comisiones dictaminadoras por el agotamiento de los términos temporales no resta un ápice de urgencia a la exclusión que vive la población LGBTIQ+ en las clínicas y hospitales del país. Al contrario, la persistencia de la discriminación administrativa y médica subraya que la falta de aprobación no fue consecuencia de una falta de mérito jurídico, sino de las dinámicas de la agenda parlamentaria.
La reasunción de estos textos bajo el principio de economía procesal se justifica por tres motivos fundamentales:
1. Consistencia diagnóstica: Los datos estadísticos y los testimonios de exclusión recabados en los diagnósticos de 2021 y 2023 no solo siguen vigentes, sino que se han agravado en un entorno post-pandemia donde la brecha de acceso a la salud se ha ensanchado para las minorías sexuales.
2. Aprovechamiento de la técnica legislativa: La estructura de la reforma propuesta a los artículos 27 y 77 Bis 37 ya ha sido objeto de análisis preliminar, lo que permite a esta legislatura actuar sobre una base técnica ya depurada, evitando la duplicidad de esfuerzos en la elaboración de diagnósticos que ya son del conocimiento público.
3. Responsabilidad política: El Estado mexicano tiene la obligación convencional de adoptar medidas legislativas para garantizar la no discriminación. Ignorar el trabajo previo y esperar a que surjan nuevas coyunturas políticas sería incurrir en una omisión legislativa que vulnera el principio de progresividad de los derechos humanos.
En este sentido, retomar los planteamientos de las diputadas Luévano y Hernández es un acto de honestidad parlamentaria que reconoce que la necesidad social de un trato digno en salud para la diversidad sexual trasciende los periodos de las legislaturas. La caducidad de una iniciativa es un límite formal, pero la justicia social y el derecho a la salud son mandatos constitucionales permanentes que exigen una respuesta institucional eficaz y coordinada.
Un análisis exhaustivo de la Ley General de Salud (LGS) vigente revela una contradicción normativa que este cuerpo legislativo denomina la “antinomia de la patologización”. Esta se manifiesta cuando el sistema jurídico, pretendiendo proteger un derecho, utiliza mecanismos que estigmatizan al sujeto de derecho. Actualmente, la LGS menciona los conceptos de “preferencias sexuales” e “identidad de género” de manera casi exclusiva en los capítulos relacionados con la salud mental y la atención de adicciones, específicamente en el Título Tercero Bis, Capítulo VII.
Esta ubicación sistemática dentro de la ley no es neutral; conlleva una carga ideológica y médica que asocia intrínsecamente la diversidad sexual con el trastorno mental o la anomalía psiquiátrica. Al no existir menciones equivalentes en los capítulos que regulan la medicina general, la medicina interna, los servicios de urgencias o la salud materno-infantil, se crea una laguna legal discriminatoria. El mensaje que el legislador envía involuntariamente es que las personas LGBTIQ+ solo requieren una protección específica cuando su identidad es tratada como un problema de salud mental, dejando desprotegida su interacción con el resto del sistema nacional de salud.
La antinomia se presenta frente al artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prohíbe la discriminación por preferencias sexuales, y frente a los estándares internacionales que han retirado la diversidad de género de los manuales de enfermedades mentales. La ley mexicana, al mantener este enfoque, incurre en una práctica de patologización indirecta que produce efectos nocivos en la atención médica:
• Sesgo diagnóstico: El personal médico, condicionado por una ley que sitúa la identidad de género en el ámbito psiquiátrico, tiende a interpretar cualquier dolencia física de una persona trans o no binaria a través del prisma de su identidad, fenómeno conocido como “atribución errónea trans”.
• Violencia institucional: La falta de protocolos específicos en medicina general permite que persistan prácticas de trato indigno, como la negación de acceso a áreas de hospitalización adecuadas o el cuestionamiento de la identidad en procesos de urgencia médica.
• Invisibilidad en la salud primaria: Al no estar considerada la atención especializada LGBTIQ+ como un “servicio básico” en el artículo 27, las instituciones no están obligadas a desarrollar programas de prevención específicos para esta población en ámbitos como la oncología, la cardiología o la geriatría, donde existen necesidades diferenciadas.
La reforma propuesta busca resolver esta antinomia trasladando el reconocimiento de la diversidad sexual del margen de la salud mental al núcleo de los servicios básicos de salud y los derechos fundamentales de los pacientes. Se trata de transitar de un modelo de “atención por diagnóstico psiquiátrico” a un modelo de “atención por dignidad humana”. La despatologización requiere que la ley sea explícita en garantizar que la orientación sexual y la identidad de género no sean tratadas como condiciones médicas en sí mismas, sino como dimensiones de la personalidad que exigen un respeto integral en cualquier acto médico.
La fundamentación de esta iniciativa se asienta sobre el bloque de constitucionalidad, integrando tanto los preceptos de nuestra Carta Magna como los tratados internacionales de los que México es parte. El artículo 4o. constitucional establece el derecho humano a la protección de la salud como un mandato de optimización que obliga al Estado a proveer servicios de calidad, accesibles y aceptables. Por su parte, el artículo 1o. constitucional no solo prohíbe la discriminación, sino que impone a todas las autoridades la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En el ámbito internacional, la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos constituye el estándar de oro para la protección de la población LGBTIQ+. La Corte IDH ha sido enfática al señalar que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y que cualquier distinción basada en estas categorías debe ser sometida a un escrutinio estrictamente riguroso.
A continuación se presenta un análisis comparativo de las obligaciones internacionales que vinculan esta reforma:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reforzado este marco a través de diversas sentencias. La Primera Sala ha reconocido que el derecho a la salud implica un estado de bienestar general que se ve vulnerado cuando el Estado no garantiza la identidad de género de las personas en los espacios públicos y de salud. La jurisprudencia ha establecido que impedir el acceso a servicios o tratos dignos basados en la identidad de género no solo es discriminatorio, sino que constituye una forma de violencia colectiva que daña el tejido social.
Esta iniciativa, por tanto, no es una concesión graciosa del legislador, sino el cumplimiento de una sentencia constitucional y convencional que ordena al Estado mexicano remover todos los obstáculos legales y administrativos que impiden a las personas LGBTIQ+ gozar del derecho a la salud en igualdad de condiciones.
La urgencia de reformar la Ley General de Salud se sustenta en una realidad estadística ineludible. La exclusión del sistema de salud no es una percepción subjetiva, sino un fenómeno medible que afecta la esperanza de vida y la calidad de los servicios recibidos por millones de personas. La Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) 2021 estima que en México residen 5 millones de personas de 15 años y más que se autoidentifican como LGBTI+.
El diagnóstico de la discriminación revela que las barreras de acceso comienzan desde el primer contacto administrativo. La falta de capacitación del personal y la ausencia de marcos normativos claros en la LGS permiten la persistencia de tratos degradantes. De acuerdo con la ENDOSIG, las personas trans enfrentan los niveles más altos de violencia médica.
Análisis de la experiencia de discriminación en servicios de salud:
1. Negación de atención: El 50.3 por ciento de las mujeres trans reportan que se les ha negado injustificadamente algún derecho en el ámbito público, incluyendo la atención médica. Esta cifra es drásticamente superior a la reportada por otros grupos, lo que evidencia una vulnerabilidad específica que la ley actual no alcanza a mitigar.
2. Trato indigno: El 60 por ciento de las personas LGBTQ+ reportan haberse sentido discriminadas por su expresión de género o aspecto físico durante el último año. En los hospitales, esto se traduce en el uso deliberado de nombres incorrectos (deadnaming), comentarios ofensivos y demoras injustificadas en la prestación del servicio.
3. Brecha de afiliación: Solo el 65.5 por ciento de las personas trans cuentan con afiliación a servicios de salud, frente al 90.5 por ciento de las personas bisexuales. Esta brecha es consecuencia directa de la discriminación administrativa; muchas personas prefieren evitar el sistema de salud para no exponerse a humillaciones, lo que deriva en diagnósticos tardíos de enfermedades crónicas y un incremento en la mortalidad.
4. Uso de sustancias y salud mental: El 66 por ciento de los hombres gay reportan haber consumido sustancias psicoactivas alguna vez, una cifra que los expertos vinculan con el estrés de minorías y la falta de redes de apoyo en salud que no sean estigmatizantes. La ley actual, al centrarse solo en el castigo o el tratamiento psiquiátrico de las adicciones, ignora las causas estructurales de discriminación que empujan a estas poblaciones a situaciones de riesgo.
La falta de una mención explícita a la población LGBTIQ+ en el artículo 27 de la LGS como grupo prioritario para los servicios básicos permite que las instituciones de salud operen bajo un sesgo de “neutralidad” que, en la práctica, excluye las necesidades específicas de este sector. La salud pública no puede ser neutral cuando existen desigualdades históricas tan marcadas.
El artículo 27 de la Ley General de Salud es la disposición que define el núcleo esencial de la protección a la salud en México. En este artículo se enumeran los servicios que el Estado considera indispensables para la vida y el bienestar de la población. Al no figurar la atención especializada para la población LGBTIQ+ en esta lista, se produce una omisión que relega estas necesidades a la categoría de “atenciones complementarias” o “no esenciales”, lo que dificulta la asignación de presupuesto y la creación de infraestructura.
La adición propuesta a la fracción XI del artículo 27 busca garantizar que la atención médica integral para la diversidad sexual sea una obligación estatal de primer orden. Esta especialización no debe entenderse como un privilegio, sino como la respuesta técnica a necesidades biológicas y sociales diferenciadas:
• Terapias de reemplazo hormonal (TRH): Actualmente, la falta de inclusión en los servicios básicos obliga a muchas personas trans a automedicarse o a acudir al mercado informal, aumentando el riesgo de trombosis, daño hepático y otras complicaciones. Al ser un servicio básico, la TRH debe ser supervisada por endocrinólogos dentro del sistema público.
• Protocolos de urgencias y cirugía: La ley debe garantizar que en casos de urgencia médica, el personal esté capacitado para tratar cuerpos diversos (por ejemplo, personas intersex o personas trans con cirugías de reasignación) sin incurrir en negligencia por desconocimiento o prejuicio.
• Salud materno-infantil y diversidad: El artículo 27 actual pone énfasis en la atención de la mujer embarazada. Sin embargo, excluye de facto a hombres trans y personas no binarias con capacidad de gestar, quienes enfrentan barreras severas y violencia obstétrica por la falta de adecuación de los protocolos de atención.
Al elevar la atención LGBTIQ+ al rango de servicio básico, se mandata a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas a vigilar que las instituciones apliquen los cuadros básicos de insumos de manera inclusiva. Esto asegura que el derecho a la salud sea integral, visualizando no solo la curación de la enfermedad, sino la prevención y la promoción de estilos de vida saludables para toda la población, sin importar su identidad.
El sistema de protección social en salud se rige por principios de solidaridad e igualdad. El artículo 77 Bis 37 establece el catálogo de derechos de los usuarios, que incluye recibir servicios gratuitos, medicamentos y un trato profesional. No obstante, la redacción actual es generalista y no ofrece mecanismos de protección específicos contra la discriminación por identidad de género u orientación sexual.
La reforma propuesta al artículo 77 Bis 37 introduce el concepto de “trato digno y despatologizado” como un derecho exigible. El impacto de esta modificación es múltiple:
1. Consentimiento informado: Se refuerza el derecho al consentimiento informado en tratamientos especializados, asegurando que la persona reciba información comprensible y veraz sobre los beneficios y riesgos de sus procesos de salud, sin ser coaccionada por visiones patologizantes.
2. Expediente clínico y confidencialidad: Se garantiza que los usuarios puedan acceder a su expediente clínico de forma directa y que este sea manejado con estricta confidencialidad, respetando siempre el nombre social y la identidad de género de la persona, lo cual es fundamental para reducir la deserción en los tratamientos.
3. Eliminación de barreras administrativas: La iniciativa busca eliminar requisitos discriminatorios que impiden el acceso a la gratuidad, como la falta de concordancia en la CURP o documentos de identidad cuando estos están en proceso de rectificación. El derecho a recibir servicios integrales no puede estar supeditado a trámites burocráticos que ignoran la realidad de las personas trans.
4. Objeción de conciencia: Se establece con claridad que la objeción de conciencia del personal médico no puede ser invocada en casos de urgencia ni puede derivar en actos de discriminación hacia los pacientes. El ejercicio de las creencias personales del médico tiene como límite infranqueable el derecho a la vida y a la integridad de la persona usuaria.
Esta reforma dota de “dientes” legales a la Ley General de Salud para sancionar la negligencia motivada por prejuicio. Cuando un paciente recibe un trato ofensivo o humillante, la ley vigente ofrece pocos asideros para una reclamación efectiva; con esta adición, el trato indigno se convierte en una violación directa a un derecho establecido en el artículo 77 Bis 37, facilitando el arbitraje médico y la reparación del daño.
Como se ha expuesto, esta iniciativa es una síntesis superadora de las propuestas de las diputadas Salma Luévano (2021) y Bennelly Hernández (2023). A continuación, se detallan los puntos de coincidencia exacta que han sido integrados en este proyecto:
La iniciativa de 2021 puso el énfasis en la estructura del Sistema Nacional de Salud, mientras que la de 2023 se centró en la experiencia directa del usuario en las clínicas. Al combinar ambas visiones, la presente propuesta ofrece una solución integral que abarca desde la planeación de la política pública (Art. 27) hasta la garantía del derecho individual del paciente (Art. 77 Bis 37).
Es pertinente mencionar que la propuesta de 2021 también exploró la eliminación de cuotas de recuperación y la gratuidad total de medicamentos. Estos elementos son fundamentales, pues la población LGBTIQ+ se encuentra sobrerrepresentada en los deciles de menores ingresos debido a la discriminación laboral, lo que hace que la gratuidad de servicios específicos (como la TRH o el tratamiento del VIH) sea una condición sine qua non para el ejercicio real del derecho a la salud.
La despatologización no es solo un cambio de términos, sino una transformación profunda en la relación médico-paciente. El modelo médico tradicional ha operado bajo una lógica de “vigilancia y castigo” sobre los cuerpos que no se ajustan a la norma cis-heterosexual. En la atención a personas trans, por ejemplo, se ha demandado históricamente una evaluación psiquiátrica previa para acceder a cualquier tratamiento hormonal, lo que coloca al médico en una posición de juez sobre la identidad de la persona.
Esta reforma propone sustituir ese modelo por uno de “decisión informada”. El papel del sistema de salud debe ser acompañar, proveer información técnica y garantizar la seguridad de los procedimientos, no validar la identidad de un ser humano a través de diagnósticos de salud mental.
El impacto social de esta reforma se extiende a la dimensión colectiva de la discriminación. La SCJN ha señalado que cuando una persona es discriminada por su identidad de género, el daño trasciende al individuo y afecta a toda la comunidad, enviando un mensaje de exclusión que inhibe el libre desarrollo de la personalidad de otros ciudadanos. Por el contrario, un sistema de salud inclusivo fortalece la confianza ciudadana y promueve una cultura de respeto a los derechos humanos que beneficia a toda la sociedad mexicana.
Finalmente, es necesario abordar el tema de la salud mental desde una perspectiva no estigmatizante. Si bien rechazamos la patologización de la identidad, reconocemos que la población LGBTIQ+ requiere servicios de salud mental de alta calidad para atender las secuelas de la violencia y el rechazo social. La reforma garantiza que esta atención se brinde desde un modelo social y de derechos, integrando la salud física y mental de manera armónica y no subordinada.
La salud es el presupuesto básico para el ejercicio de cualquier otro derecho. Sin salud, no hay educación, no hay trabajo y no hay participación política efectiva. Al negar un trato digno a la población LGBTIQ+, el Estado mexicano está limitando su capacidad de contribuir plenamente al desarrollo del país.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:
Decreto por el que se adiciona una fracción XII al artículo 27 y se reforma y adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 77 Bis 37 de la Ley General de Salud
Único. Se adiciona una fracción XII al artículo 27 y se reforma y adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 77 Bis 37 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a
I. a XI. ...
XII. La atención médica especializada a las personas de la diversidad sexual.
Para ello, los servidores públicos de las Instituciones del Sistema Nacional de Salud tanto del área médica como del área administrativa, deberán proceder con ética y probidad observando en todo momento los protocolos de atención para el acceso a los servicios médicos sin discriminación que aseguren una atención digna y eficiente a los derechohabientes, con estricto apego a los derechos humanos, no discriminación por apariencia, identidad de género, preferencia u orientación sexual, así como con perspectiva e igualdad de género.
Artículo 77 Bis 37. Los beneficiarios tendrán los siguientes derechos:
I. y II. ...
III. Trato digno, inclusivo, respetuoso y atención de calidad; con énfasis en las personas que pertenezcan a grupos vulnerables como indígenas, de la diversidad sexual y con alguna discapacidad;
Así como a expresar de forma confidencial o pública, la identidad de género, orientación y preferencia sexual que practique sin que esto sea motivo de discriminación ni mal trato
IV. a XVI. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2021/09/asun_ 4218376_20210921_1631569288.pdf
2 https://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/65/2023/nov/20231114-II-1.html
Cámara de Diputados, Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 11 de febrero de 2026.— Diputadas y diputados: Monserrat Ruiz Páez, Carmelo Cruz Mendoza, Enrique Villegas García, Haidyd Arreola López, José Alejandro Aguilar López, José Gloria López, Petra Romero Gómez, Rosario del Carmen Moreno Villatoro (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora la palabra el diputado Fernando Torres Graciano, hasta por diez minutos, para presentar las siguientes iniciativas: Uno, con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Y dos, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Promoción al Consumo y Fomento a la Competitividad del Calzado Mexicano, ambas suscritas por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Adelante, diputado.
El diputado Fernando Torres Graciano:Gracias, presidenta, con su venia. El día de hoy venimos a presentar estas dos propuestas de iniciativas que nos parece son, en el fondo, propuestas que vienen a incentivar nuestra economía en dos sectores muy importantes.
Y que también creemos que son iniciativas que no tienen ningún problema para que puedan ser procesadas en la comisión porque no tienen ninguna implicación de carácter ni el impacto económico y mucho menos de carácter político.
Todo lo contrario, son, me parece a mí, iniciativas propuestas no solamente nobles, sino importantes, necesarias y que vendrán a dar un beneficio a estos dos sectores. Y me refiero primero a la propuesta para poder incentivar, apoyar, en ciertas circunstancias, a la pequeña empresa, a las Mipymes, a la mediana empresa.
Todos conocemos y hemos sabido por datos del Inegi, de la propia Secretaría de Economía, que es ahí donde se da el mayor empleo en este país, que es en las Mipymes, que no es otra cosa más que ese pequeño comercio; ese pequeño negocio familiar en el que se da la posibilidad de que muchas de nuestras familias mexicanas encuentran ese camino de emprendimiento.
Cuando hablamos de una Mipyme, de un pequeño comercio, de un pequeño negocio, estamos hablando de un joven que quiere emprender, que está saliendo quizá de la universidad, de estudiar, o que quizá dejó de estudiar y empieza a trabajar, incluye su vida laboral a partir de un propio esfuerzo y un negocio.
Cuando hablamos de una Mipyme o de un pequeño comercio estamos hablando quizá de una pareja que empieza a hacer su patrimonio, o quizá de una familia donde se emplean o autoemplean los propios integrantes de esa familia.
Cuando hablamos de esta pequeña y mediana empresa estamos hablando del esfuerzo de emprendedores que le dan dos, tres, cinco, siete, diez empleos a personas y que ahí es donde se genera esa comunidad de emprendimiento. Por eso, creo que es importante que sigamos apoyando e incentivando a estas unidades económicas conocidas como las Mipymes.
¿Y en qué consiste la propuesta? En que cuando haya circunstancias, condiciones que se ven afectadas, como las que vivimos con el tema del covid, pero que también se viven en algunos lugares, como ha pasado en Guerrero con el tema de los ciclones o efectos naturales que se dan y que se afecta de manera importante a este tipo de comercios, de negocios, que puedan tener ese apoyo para que en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales puedan acceder a condonaciones, a descuentos, a plazos, en fin, al apoyo para que puedan mantenerse y subsistir estos pequeños negocios que están iniciando y que están en crecimiento.
En eso consiste esta primera propuesta de reforma a la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, concretamente al artículo 12 de esta ley.
De la segunda propuesta, la siguiente iniciativa que presento, es una propuesta que expide la Ley de Promoción al Consumo, Fomento a la Competitividad del Calzado Mexicano.
Vengo de la ciudad de León, una ciudad que se distingue porque su industria principal es precisamente la del cuero, calzado, y que es un ejemplo de desarrollo y crecimiento. Tenemos grandes ejemplos de grandes empresarios, marcas que han no solamente conquistado el territorio nacional, sino han conquistado el mundo y que compiten con las mejores marcas y con los países que son líderes en lo que es la fabricación de calzado, países como Italia o países como Brasil.
Sin duda que tenemos una gran oportunidad para poder seguir creciendo y dando ejemplo de lo que es una industria mexicana, como es la del calzado. Por eso, esta ley lo que busca es, como en otros casos, como en otras leyes, la promoción y el fomento para el consumo del calzado mexicano, para que podamos tener de esta industria no solamente mayor empleo, sino también un renombre, como lo he dicho, porque a nivel internacional es reconocida la mano de obra mexicana y concretamente la mano de obra en el calzado.
Y quiero dar algunos datos. Miren: por datos de la propia cámara del calzado, tenemos conocimiento de que muchas de las empresas y plantas instaladas de los empresarios que tienen y se dedican a la fabricación de calzado, en León, sí, y en los pueblos del rincón, como les decimos allá en Guanajuato, que es San Francisco, Purísima y algunos otros municipios, tenemos un gran empresariado en este tema de la fabricación del calzado.
Sin embargo, no solamente es Guanajuato: también el Estado de México y en otros estados hay fabricación, en Jalisco, del calzado. Y somos un ejemplo en cuanto a diseño, en cuanto a moda, en cuanto a la industria y en cuanto a su calidad y en cuanto a su mano de obra.
Pero, sin duda, también esta industria ha tenido grandes retos y enfrenta hoy en día todavía importantes retos porque hay una competencia desleal con el calzado que se importa, sobre todo, de China.
Y, sin duda, también, que nos viene a ayudar lo que se acaba de aprobar y promover por parte de la Secretaría de Economía para el arancel al calzado chino. El calzado, la industria textil, la industria de juguete, particularmente, han sido muy afectadas por esta competencia desleal con productos que vienen de China.
Por eso, creemos importante seguir avanzando y que, si bien nos ayudarán, aún no se refleja, pero estoy seguro de que se reflejará este tema de los aranceles al calzado chino, también es importante que sigamos promoviendo el consumo de nuestros productos que son ejemplos a nivel nacional.
Por eso, hoy, con esta propuesta, lo que queremos es que pronto nuestra industria del calzado, que nuestros empresarios del calzado puedan tener al 100 por ciento laborando sus plantas, porque hoy hay una capacidad instalada que está funcionando poco más del 50 por ciento.
Y no es falta de talento, no es falta de diseño, no es falta de moda, no es falta de emprendimiento: es la competencia desleal. Por eso, tenemos que seguir ayudando y apoyando a industrias que, como la del calzado, pueda seguir creciendo y siendo un referente a nivel mundial.
Y hay otros ejemplos de estas leyes de promoción a ciertos sectores. Por ejemplo, tenemos una ley de promoción a la industria de la vitivinicultura o, por ejemplo, de la industria del libro, a la de la industria editorial. Tenemos ejemplos de leyes concretas para promover el fomento y el crecimiento y la competitividad de ciertas industrias.
Y hoy, con esta propuesta, lo que queremos es que podamos discutirla, primero, obviamente, en comisiones. Insisto: no vemos que vaya a haber ningún problema porque son propuestas que solamente vienen a beneficiar a ciertos sectores para que podamos seguir creciendo en nuestra economía.
Es necesario señalar también que esta propuesta ya desde la anterior legislatura se había presentado y quiero dar su crédito a un excompañero de la anterior legislatura, el diputado Román Cifuentes Negrete que, junto con varios compañeros, en ese momento, del estado de Guanajuato, se presentó esta iniciativa. Sin embargo, por cuestiones de tiempo y demás se fue la legislatura y estamos retomando esta propuesta, para que podamos en esta legislatura actual sí sacar adelante este proyecto de esta ley.
Es necesario señalar que esta ley lo que busca es que podamos tener una industria del calzado fuerte, competitiva y que siga siendo una industria del orgullo de México. Para mí es un orgullo, como leonés, presumir siempre en diferentes lugares lo que hacemos en la industria del calzado, lo que hay como grandes marcas, grandes fábricas, grandes empresarios que han puesto, de León y de Guanajuato, de los pueblos del Rincón, que han puesto en el terreno internacional lo hecho en México y concretamente lo hecho en Guanajuato, lo hecho en León.
Por eso, hoy venimos a pedir y a solicitar el apoyo de esta asamblea, para que pronto podamos tener esta Ley de Promoción al Consumo y Fomento a la Competitividad del Calzado Mexicano, porque seguro estoy que así como en el calzado hay muchos otros productos y manufacturas en diferentes partes del país que son orgullo de México y seguramente en el norte, en el sur, en varios lados hay diferentes productos de altísima calidad que tenemos que seguir promoviendo y fomentando y apoyando, y hoy le toca al calzado que cuente con el apoyo de esta asamblea para que tengamos esta Ley de Fomento al Consumo y Competitividad de la Industria del Calzado. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que adiciona el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por el diputado Fernando Torres Graciano y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Fernando Torres Graciano, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional Diputados en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XI al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosDe acuerdo con datos de Naciones Unidas, OMC, National Actions Plans on Business and Human Rights y OMC News, menciona las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) son la columna vertebral de las economías y representan uno de los principales motores en la innovación y el crecimiento económico de los países.
El 94 por ciento de las empresas que existen en el mundo son MiPyME es decir al redor de 400 millones, Son una importante fuente de empleo a nivel internacional, en promedio, generan el 70 por ciento. En países como Colombia representan el 80 por ciento8 de la fuente de empleo, en el caso de Alemania 88 por ciento9 y en Turquía se encuentra por encima del promedio con 72 por ciento.
Pero ¿qué es una Mipyme? De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), las Mipyme constituyen 99 por ciento del tejido industrial, generan la mayoría de los empleos, su productividad es extremadamente baja en relación con la de las grandes empresas. Para superar esta situación, el desarrollo de cadenas productivas que incorporen empresas de diferente tamaño, dando especial atención a las pequeñas y medianas, es requisito insoslayable para la generación de empleos y salarios que reduzcan la heterogeneidad de las economías de la región. Una mayor internacionalización de estas empresas, particularmente en su quehacer exportador, contribuye a mejorar la productividad y las condiciones laborales de sus trabajadores.
El término empresa media fue acuñado en México para refundir en un solo grupo a las Mipyme y a aquellas microempresas que denominamos “con opción de desarrollo”. Esta nueva clasificación profundiza la forma común de dividir las microempresas entre las de subsistencia y aquéllas con opción de desarrollo, utilizando como único criterio el número de trabajadores que laboran en ellas. Si bien la variable número de trabajadores da una idea cuantitativa de la microempresa, no entrega ningún indicio sobre sus características cualitativas. Es preciso entonces incluir factores que reflejen la actitud empresarial. En promedio, podemos decir que en estos países la composición sectorial otorga a la manufactura 13, al comercio 53 y a los servicios 34. Esta información nos sugiere que, aunque la actividad.
El autor Zevallos menciona en su obra que el peso de las instituciones gubernamentales en américa latina son de gran relevancia a tal grado que es el factor de la Mipyme que sean exitosas o no que estas se mantenga o quiebren en los primeros mes de su creación, la importancia de los apoyos que el gobierno establezca para la ciudadanía que quiera emprender una Mipyme, el autor menciona los signos visibles que el gobierno debe de mejorar para que las Mipyme sean exitosas y generen una economía consolidada en el país y un fuerte fuente de generación de empleos seguros y bien remunerados.
Los signos visibles de tales conflictos se relacionan con los aspectos de política económica que se deciden cada vez que hay un “cambio de régimen” en los países latinoamericanos y que comprenden temas tan trascendentes como
El papel del Estado en la economía.
La presencia o no de políticas de redistribución de ingresos.
La definición de “áreas prioritarias” para el gobierno.
La definición de la estructura impositiva.
El tipo de política comercial.
La política de tasas de interés (determinadas por el mercado o reguladas por el Estado en función de “objetivos estratégicos” o “sectores prioritarios”).
La política cambiaria (tipo de cambio libre, controlado, regulado).
La política de precios.
La política monetaria. La política en el mercado de trabajo (libertad de contratación y pago, participación del Estado en la definición de tales variables, esquemas mixtos).
El papel de la inversión extranjera (entrada libre, regulada, restringida).
El papel del Estado en la creación de leyes (de regulación de la vida social, de promoción de determinadas actividades y otras).
Todas estas variables de política económica, permanentemente modificadas desde el gobierno, han hecho imposible que el inversionista piense en ellas como modificaciones por una sola vez de la política económica y que planee sobre esa base. El resultado de tales cambios en las variables de política mencionadas ha sido la incertidumbre y, por consiguiente, el retraso o directamente la retracción de las inversiones y, como consecuencia directa, la contracción de la actividad económica.
Las características principales de las Mipyme en los países firmantes del Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el acuerdo más avanzado que comprende disposiciones de cooperación, intercambio de información y promoción en diversas materias, como la infraestructura y digitalización de las Mipyme.
Tiene como fortaleza la cooperación y promueve el crecimiento y empleo de las Mipyme.
• Representa una plataforma de conexión.
• Brinda facilidades de internacionalización y consolidación.
• Promueve el intercambio y análisis de mejores prácticas comerciales.
• Brinda capacitación y asesoramiento.
De acuerdo con datos de la Secretaría de Economía, en México las Mipyme son el grupo a que pertenecen más de 99.8 por ciento de las empresas en el país. Simbolizan cualidades socioculturales que, en conjunto con la dinámica económica, dan muestra al mundo de la diversidad y riqueza de México, que representa un mosaico que integra empresas familiares dedicadas a oficios ancestrales.
En México, la Mipyme se forman por micro (1 a 10 personas), pequeñas (11 a 50 personas) y medianas (51 a 250 personas). A 2024, había 4.7 millones de Mipyme, que contribuían con 52 por ciento al PIB nacional.
Las Mipyme mexicanas son el motor de nuestra economía: generan 52 por ciento de los ingresos y emplean a 27 millones de personas, que representan 68.4 de las personas que trabajan en el sector empresarial.
El comercio es la actividad predominante, sin embargo, a medida que aumenta el tamaño de la empresa el sector manufacturero también crece, logrando una mayor participación en las medianas empresas.
Las empresas conformadas por familiares se caracterizan por un enfoque de liderazgo y administración que asegura la continuidad exitosa de la empresa. La investigación internacional muestra evoluciones distintas respecto a las empresas familiares, según los países y sus particularidades. Por ejemplo, en Alemania, al igual que en México, 90 por ciento de las Pyme son propiedad y gestión familiar, lo que les da un fuerte sentido de tradición y continuidad.
Entre mayo de 2019 y de 2023, se estima que nacieron 1.7 millones de establecimientos micro, pequeños y medianos, y que murieron 1.4 millones. Al contrastar estas cifras con las de 2021 y 2020, se observa un incremento en los nacimientos. Asimismo, aumentaron los establecimientos que sobrevivieron a los impactos de la pandemia, lo que se puede explicar por las reaperturas después de la crisis. Como consecuencia, hubo un menor número de muertes con respecto a 2021.
Por lo anterior, la economía es vulnerable a factores que como el Covid pueden perjudicar las Mipyme.
De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal, 2021) con la pandemia la producción sufrió caídas del 2019 al 2020, siendo los principales afectados la industria hotelera y restaurantera con -55.91 por ciento, la construcción -32.74 por ciento, el transporte, almacenamiento y comunicaciones con -28.45 por ciento, y los menos afectados fueron la agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca con -9.18 por ciento, y la intermediación financiera, actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler con -18.31 por ciento. Para apreciar dicho comportamiento se presenta la Ilustración 4 donde se detalla el porcentaje en que disminuyó la producción en los diversos sectores industriales.
Por lo anterior, el objetivo de esta iniciativa es que la Secretaría de Economía en coordinación con las demás dependencias federales gestionen apoyos extraordinarios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y sociales de las Pyme, cuando existan situaciones fenómenos meteorológicos, plagas, epidemias o pandemias, que deriven en la interrupción de las actividades productivas y comerciales.
Por lo mencionado propongo esta pieza legislativa para mayor claridad a la propuesta de la iniciativa por el que se adiciona una fracción XI al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, me permito ilustrarla con el siguiente cuadro comparativo:
De acuerdo con el autor Israel Patio concluyo que los factores de riesgo por factores externos como las pandemias cómo la falta de visión, la formación académica inadecuada y la toma de decisiones errónea del administrador de la empresa, las finanzas limitadas y la falta de financiamiento, la falta de estrategia para reposicionarse, procedimientos gubernamentales ineficientes, impuestos excesivos y la inseguridad, otros que durante la pandemia se potenciaron o crearon, dentro de ellos los factores asociados al conocimiento y dominio de las TIC.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. Se adiciona la fracción XI al artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:
Artículo 12. ...
I. a X. ...
XI. Coordinar con las autoridades federales competentes el establecimiento de mecanismos extraordinarios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y sociales de las micro, pequeñas y medianas empresas, cuando por fenómenos meteorológicos, plagas, epidemias, pandemias, u otros supuestos de fuerza mayor, la autoridad federal competente determine la interrupción de las actividades productivas y comerciales.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto responsables para el ejercicio fiscal de que se trate, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.
Tercero. En un plazo no mayor de 60 días naturales a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Economía, en coordinación con las autoridades federales competentes, deberá emitir los lineamientos necesarios para su correcta ejecución.
Los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior deberán incluir los criterios mínimos y las medidas extraordinarias que habrán de implementarse para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y sociales de las Mipyme, así como los otros supuestos de fuerza mayor, de conformidad a lo establecido en la fracción XI del artículo 12 de la presente ley.
Notas
1 Cepal 2024, Micro, pequeñas y medianas empresas,
https://www.cepal.org/es/temas/micro-pequenas-medianas-empresas- mipyme
2 Emilio Zevallos, 2003, revista Cepal, “Micro, pequeñas y medianas empresas en América Latina”,
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/73fcf4c f-9b77-44c1-94ab-d810f65be455/content
3 Emilio Zevallos, 2003, revista Cepal, “Micro, pequeñas y medianas empresas en América Latina”, páginas 59 y 60,
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/73fcf4c f-9b77-44c1-94ab-d810f65be455/content
4 Secretaria de Economía 2024, “Mipyme mexicanas: motor de nuestra economía”,
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/923851/20240626_D osier_MIPYMES_SALIDA_Interactivo_5_.pdf#:~: text=Las%20micro%2C%20peque%C3%B1as%20y%20medianas%20empresas%20(mipymes),%%20d e%20las%20empresas%20en%20el%20pa%C3%ADs.&text=Las%20mipymes%20mexicanas%20 son%20el%20motor%20de,personas%20que%20trabajan%20en%20el%20sector%20empresaria l
5 Estadísticas a propósito del Día de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Inegi (2020). Nota: Porcentaje de la sumatoria de 37.8 por ciento de las micro, 14.7 de pequeñas y 15.9 de las medianas.
6 Institut für Mittelstandsforschung (2022),
https://ifm22.si.usi.ch/
7 Inegi, 2019, Censo Económico de 2024,
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2024 /EAP_MIPYMES24.pdf
8 Inegi, 2024, Comunicado de prensa número 383/24, 24 de junio de 2024, página 2/6,
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2024 /EAP_MIPYMES24.pdf
9 Israel Patio 2023, “Factores de fracaso en las Mipyme de México evidenciados por el Covid-2019”, en Revista Mexicana de Economía,
file:///Users/jhonatanmoralesfuentes/Downloads/739-2491-1-PB.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2026.— Diputados: Fernando Torres Graciano, José Alejandro Aguilar López (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
SE EXPIDE LA LEY DE PROMOCIÓN AL CONSUMO Y FOMENTO A LA COMPETITIVIDAD DEL CALZADO MEXICANO
El diputado Fernando Torres Graciano:Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Promoción al Consumo y Fomento a la Competitividad del Calzado Mexicano.
(La iniciativa podrá ser consultada en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Anexo I)La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Continuamos ahora, con el diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 381 del Código Penal Federal. Adelante, diputado. Gracias.
El diputado Carlos Arturo Madrazo Silva:Con la venia de la Presidencia.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
El diputado Carlos Arturo Madrazo Silva: Gracias. Buenas tardes, compañeras y compañeros legisladores. En México actualmente existen más de 38.5 millones de personas viviendo en situación de pobreza, lo que equivale al 26.9 de la población total.
En los últimos años se ha hecho un gran esfuerzo por parte del gobierno federal para reducir dicha brecha. Según los últimos datos del Inegi, entre los años 2022 y 2024 se tuvo un gran avance, pues 8.3 millones de personas lograron salir de una situación de pobreza multidimensional.
La población en situación de pobreza extrema se redujo de 9.1 a 7 millones de personas. El Estado debe seguir atendiendo las causas estructurales de la pobreza a través de políticas públicas conducentes, pero en paralelo debe sancionar jurídicamente actos que alteren el orden público.
Derivado de esto, me permito presentar ante esta soberanía, iniciativa con proyecto de reforma a fin de sancionar una conducta que se ha vuelto recurrente en nuestro país en diversos momentos, y me refiero a la rapiña.
Como una consecuencia de accidentes, principalmente carreteros, desastres naturales o disturbios sociales, se generan conductas que consisten en el apoderamiento colectivo y muchas veces violento de mercancías o bienes que representan un grave problema para la seguridad pública, la economía y el Estado de derecho.
Estos actos, comúnmente conocidos como rapiña, no se encuentran debidamente señalados en la legislación federal, lo que genera impunidad y dificulta la actuación de las autoridades por lo que, mediante esta propuesta, se pretende fortalecer el marco jurídico con la finalidad de reconocer el delito de rapiña en todo el territorio nacional.
El Estado mexicano, en ejercicio de su potestad punitiva, tiene la obligación constitucional de proteger los bienes jurídicos fundamentales de las personas y de la colectividad, así como preservar el orden público y la seguridad jurídica.
En este sentido, el fenómeno conocido como rapiña constituye una manifestación delictiva que se presenta en contextos extraordinarios de vulnerabilidad social o material, tales como accidentes, catástrofes, desastres naturales, emergencias públicas o alternaciones del orden, en los cuales se produce el apoderamiento ilícito de bienes, aprovechando la incapacidad temporal del titular para protegerlos o la ausencia de una autoridad.
Si ven el Código Penal Federal contempla agravantes para el delito de robo cuando se comete en condiciones de confusión, derivado de estas situaciones la redacción vigente de la fracción VIII del artículo 381 resulta restrictiva frente a la diversidad de supuestos fácticos que actualmente se presentan.
El artículo 14 de nuestra Constitución consagra el principio de legalidad penal de sus vertientes de reserva de ley y taxatividad, este principio exige que las normas penales describan con claridad y precisión las conductas sancionables y las circunstancias que agravan su comisión, a fin de garantizar certeza jurídica y evitar interpretaciones extensivas en perjuicio del gobernado.
La redacción vigente de la fracción VIII del mencionado artículo se limita a referir: condiciones de confusión que se produzcan por catástrofe o desorden público. Lo cual genera márgenes interpretativos que pueden resultar insuficientes para abarcar dichos supuestos.
Esta reforma tiene por objeto dotar de mayor precisión normativa a la agravante ya existente, incorporando elementos objetivos que delimiten con claridad los supuestos que la conducta debe ser sancionada con mayor severidad, sin crear un tipo penal autónomo, ni vulnerar el principio de legalidad.
En México, los fenómenos de rapiña han sido recurrentes en diversos contextos, y no es un tema menor, ya que no puede considerarse como un simple robo, y debemos resaltar que dichos actos generan múltiples daños:
Económicos. Pues afectan directamente a transportistas, aseguradoras y comercios, ocasionando pérdidas millonarias.
Sociales. Al fomentar una cultura de impunidad y normalizar el saqueo como práctica aceptada en situaciones de caos.
Y de seguridad. Ya que suelen ir acompañados de violencia contra conductores, autoridades o particulares que intentan impedirlos.
Visibilizar jurídicamente los actos de rapiña implicaría brindar certeza jurídica y facultades claras a las autoridades para actuar de inmediato. Homologar criterios en la procuración y administración de justicia. Prevenir la impunidad al evitar que estas conductas se juzguen solo como robo, lo que no refleja su verdadera gravedad. Y proteger de manera más efectiva la propiedad.
La reforma contribuye a la homologación de criterios interpretativos y la coherencia del sistema penal, evitando vacíos normativos que pueden traducirse en impunidad.
Todos hemos escuchado de muchos casos de rapiña, en los cuales se da cuenta de cómo pobladores, aprovechando la situación de emergencia, se apropian de mercancías o bienes que definitivamente no pueden ser considerados como de primera necesidad.
Ejemplo de lo anterior, lo ocurrido en abril del 2025, cuando un tráiler cargado de motocicletas volcó sobre la autopista Arco Norte, a la altura del municipio de Jilotepec, en el Estado de México.
Y cómo olvidar lo ocurrido tras el paso del huracán Otis, el cual dejó cuantiosos daños en el puerto de Acapulco. Miles de establecimientos quedaron en total inoperatividad, pero esto no impidió que un número importante de pobladores aprovecharan el momento para sustraer bienes que no son considerados de primera necesidad: televisiones, refrigeradores, motocicletas, y otros electrodomésticos. Y así podríamos seguir enumerando muchísimos casos.
Esta propuesta de reforma no va enfocada en afectar a quienes en un momento de necesidad pueden cometer un acto de apoderamiento de algún producto o bien de primera necesidad, sino a quienes ven en la desgracia de un accidente...
Presidencia de la diputada Paulina Rubio FernándezLa presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Concluya, diputado.
El diputado Carlos Arturo Madrazo Silva: ...desastre natural o acción de desorden social la oportunidad de cometer actos de rapiña y afectar gravemente a otras personas. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias por su tolerancia.
«Iniciativa que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 381 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn México actualmente existen más de 38.5 millones de personas viviendo en situación de pobreza, lo que equivale a 29.6 por ciento de la población total. En los últimos años se ha hecho un gran esfuerzo por parte del Gobierno federal para reducir dicha brecha.
Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), entre los años 2022 y 2024 se tuvo un gran avance, pues 8.3 millones de personas lograron salir de una situación de pobreza multidimensional. La población en situación de pobreza extrema se redujo de 9.1 a 7 millones de personas.
Los estados donde se reportan los grupos más vulnerables son los ubicados al sur del país, encabezados por Chiapas con 66 por ciento; Guerrero con 58.1 por ciento; Oaxaca con 51.6 por ciento; Veracruz con 44.5 por ciento y Puebla con 43.4 por ciento.
No podemos voltear la mirada hacia otro lado y debemos entender que es un derecho fundamental de todas las personas el tener una vida digna, con los servicios básicos indispensables que les generen bienestar, tales como alimentación, agua potable y saneamiento, energía eléctrica, vivienda habitable, salud, educación, transporte eficiente y suficiente y seguridad pública, entre muchas otras.
Sin embargo, en nuestro país y como una consecuencia de accidentes, principalmente carreteros, desastres naturales o disturbios sociales, se generan conductas que consisten en el apoderamiento colectivo y muchas veces violento de mercancías o bienes que representan un grave problema para la seguridad pública, la economía y el estado de derecho.
Estos actos, comúnmente conocidos como “rapiña” no se encuentran debidamente señalados en la legislación federal, lo que genera impunidad y dificulta la actuación de las autoridades. Por lo que, mediante la presente propuesta se pretende fortalecer el marco jurídico con la finalidad de reconocer el delito de rapiña en todo el territorio nacional.
El Estado mexicano, en ejercicio de su potestad punitiva, tiene la obligación constitucional de proteger los bienes jurídicos fundamentales de las personas y de la colectividad, así como de preservar el orden público y la seguridad jurídica.
El derecho penal, como última ratio del sistema jurídico, debe intervenir cuando determinadas conductas generan una afectación relevante a dichos bienes jurídicos y cuando los mecanismos normativos existentes resultan insuficientes para su adecuada tutela.
En este sentido, el fenómeno conocido como rapiña constituye una manifestación delictiva que se presenta en contextos extraordinarios de vulnerabilidad social o material, tales como accidentes, catástrofes, emergencias públicas o alteraciones del orden, en los cuales se produce el apoderamiento ilícito de bienes aprovechando la incapacidad temporal del titular para protegerlos o la ausencia de autoridad.
Si bien el Código Penal Federal contempla agravantes para el delito de robo cuando se comete en condiciones de confusión derivadas de catástrofe o desorden público, la redacción vigente de la fracción VIII del artículo 381 resulta restrictiva frente a la diversidad de supuestos fácticos que actualmente se presentan.
El artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el principio de legalidad penal en sus vertientes de reserva de ley y taxatividad. Este principio exige que las normas penales describan con claridad y precisión las conductas sancionables y las circunstancias que agravan su comisión, a fin de garantizar certeza jurídica y evitar interpretaciones extensivas en perjuicio del gobernado.
La redacción vigente de la fracción VIII del artículo 381 del Código Penal Federal se limita a referir “condiciones de confusión que se produzcan por catástrofe o desorden público”, lo cual genera márgenes interpretativos que pueden resultar insuficientes para abarcar supuestos tales como:
• Accidentes de transporte en vías federales.
• Emergencias públicas de diversa naturaleza.
• Evacuaciones derivadas de fenómenos naturales o riesgos inminentes.
• Situaciones de ausencia material de autoridad.
• Incapacidad temporal del titular para resguardar sus bienes.
La presente reforma tiene por objeto dotar de mayor precisión normativa a la agravante ya existente, incorporando elementos objetivos que delimiten con claridad los supuestos en que la conducta debe ser sancionada con mayor severidad, sin crear un tipo penal autónomo ni vulnerar el principio de legalidad.
Como se menciona, la rapiña no está definida en el Código Penal Federal, algunos códigos penales estatales sí la contemplan y en muchos otros casos se ha hecho un esfuerzo importante por legislar esta situación.
En general, la rapiña se entiende como el apoderamiento ilícito de bienes durante una catástrofe, accidente, incendio, naufragio, inundación, derrumbe u otra situación de peligro colectivo, aprovechándose del desorden o vulnerabilidad.
En México, los fenómenos de rapiña han sido recurrentes en contextos de accidentes carreteros, desastres naturales o disturbios sociales. Este tipo de conductas, que consisten en el apoderamiento colectivo y violento de mercancías, representan un grave problema para la seguridad pública, la economía y el estado de derecho. A pesar de ello, en diversas entidades federativas la rapiña no se encuentra debidamente tipificada, lo que genera impunidad y dificulta la actuación de las autoridades.
Esta conducta no es un tema menor ya que no puede considerarse como un simple robo. Muchos de los casos surgen en contextos de emergencia o desorden social, donde un grupo de personas aprovecha la vulnerabilidad de la situación para apoderarse de bienes ajenos. El carácter colectivo y oportunista de la conducta la distingue jurídicamente, lo que exige un tratamiento penal diferenciado.
Los actos de rapiña generan múltiples daños:
• Económicos, pues afectan directamente a transportistas, aseguradoras y comercios, ocasionando pérdidas millonarias.
• Sociales, al fomentar una cultura de impunidad y normalizar el saqueo como práctica “aceptada” en situaciones de caos.
• De seguridad, ya que suelen ir acompañados de violencia contra conductores, autoridades o particulares que intentan impedirlos.
Uno de los argumentos más comunes para justificar la rapiña es la necesidad de las personas que participan en ella. Sin embargo, el reconocimiento de la pobreza y el hambre no puede ser utilizado como excusa para legitimar conductas que lesionan derechos de terceros y ponen en riesgo la paz social.
El Estado debe atender las causas estructurales de la pobreza a través de políticas públicas, pero, en paralelo, debe sancionar jurídicamente actos que alteren el orden público y la seguridad.
Visibilizar jurídicamente los actos de rapiña implicaría brindar certeza jurídica y facultades claras a las autoridades para actuar de inmediato, homologar criterios en la procuración y administración de justicia, prevenir la impunidad al evitar que estas conductas se juzguen sólo como robo, lo que no refleja su verdadera gravedad y proteger de manera más efectiva la propiedad, la seguridad y el orden público.
La rapiña es un fenómeno que no sólo refleja necesidades sociales, sino también la vulnerabilidad del Estado frente al desorden, su impacto económico, social y jurídico exige que se fortalezca el marco jurídico a fin de garantizar la seguridad y evitar que estas prácticas se normalicen en la sociedad. En consecuencia, es indispensable avanzar hacia una modificación normativa que permita combatir eficazmente este fenómeno y proteger tanto a las víctimas directas como al interés público en general.
En este sentido es importante resaltar que el artículo 22 constitucional impone el principio de proporcionalidad de las penas. En congruencia con dicho mandato, la presente iniciativa no propone la creación de nuevas figuras delictivas ni el incremento desproporcionado de sanciones, sino la precisión de una agravante ya prevista en el Código Penal Federal.
La medida legislativa cumple con los parámetros de idoneidad, al permitir una mejor identificación y sanción de conductas que se aprovechan de contextos de perturbación social, de necesidad ante la reiteración de estos hechos y la insuficiencia de la redacción vigente para abarcar todos los supuestos relevantes y de proporcionalidad en sentido estricto, al limitarse a precisar circunstancias específicas que justifican un mayor reproche penal.
Una parte significativa de los hechos asociados a la rapiña se produce en vías generales de comunicación, transporte federal de mercancías y en zonas sujetas a jurisdicción federal.
Por ello, resulta indispensable que el Código Penal Federal establezca con claridad los supuestos agravados del delito de robo en dichos contextos, fortaleciendo la seguridad jurídica y la actuación coordinada de las autoridades encargadas de la seguridad pública y la procuración de justicia.
La reforma contribuye a la homologación de criterios interpretativos y a la coherencia del sistema penal, evitando vacíos normativos que puedan traducirse en impunidad.
Existen muchos casos de rapiña que han sido documentados por los medios de comunicación en los que se da cuenta de cómo pobladores, aprovechando la situación de emergencia, se apropian de mercancías o bienes que definitivamente no pueden ser considerados como de primera necesidad.
Ejemplo de lo anterior, fue lo ocurrido en abril de 2025 cuando un tráiler cargado de motocicletas volcó sobre la autopista del Arco Norte a la altura del municipio de Jilotepec, Estado de México, situación que aprovecharon los pobladores de la zona para robar los vehículos que transportaba.
De igual forma, en la carretera Matehuala-San Luis Potosí se registró un accidente de un tráiler que transportaba cerdos, al volcar habitantes de la zona aprovecharon la situación para cometer actos de rapiña, hecho que quedó documentado por diversos canales de comunicación.
En este orden de ideas, cómo olvidar lo ocurrido tras el paso del huracán Otis, el cual dejó cuantiosos daños en el puerto de Acapulco, ante el paso del ciclón y la inoperatividad de cientos de establecimientos un número importante de pobladores aprovecharon el desorden social para sustraer bienes que no son considerados de primera necesidad tales como televisores, refrigeradores, motocicletas, entre otro tipo de electrodomésticos.
Derivado de lo que aquí expuesto, la presente propuesta de reforma no va enfocada en afectar a quienes en un momento de necesidad pueden cometer un acto de apoderamiento de algún producto o bien de primera necesidad, sino a quienes ven en la desgracia de un accidente, un desastre natural o alguna acción de desorden social la oportunidad de cometer actos de rapiña y afectar gravemente la economía de muchas personas.
Para un mejor entendimiento de la propuesta aquí planteada se presenta el siguiente cuadro comparativo:
En virtud de lo aquí expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 381 del Código Penal Federal
Artículo Único. Se reforma la fracción VIII del artículo 381 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 381. Además de la pena que le corresponda conforme a los artículos 370, 371 y el primer párrafo del artículo 376 Ter, se aplicarán al delincuente las penas previstas en este artículo, en los casos siguientes:
I. a VII. ...
VIII. Cuando se cometa aprovechando las condiciones de confusión , la incapacidad temporal para proteger bienes o la ausencia de autoridad, derivadas de un accidente, catástrofe, fenómeno natural, emergencia pública, alteración del orden, evacuación o cualquier otra situación que genere perturbación social;
IX. a XVII. ...
...
...
TransitorioArtículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Véase, Rapiñeros saquean tráiler que volcó con motocicletas en el Arco Norte, 2 de abril de 2025. Disponible en:
https://www.nmas.com.mx/puebla/volcadura-de-trailer-y-rapina-de- motocicletas-sobre-el-arco-norte-en-jilotepec-estado-de-mexico/
2 Véase, FGESLP investiga rapiña de cerdos tras volcadura de camión en la carretera Matehuala, 14 de septiembre de 2025. Disponible en:
https://oem.com.mx/elsoldesanluis/local/fgeslp-investiga-rapina- de-cerdos-tras-volcadura-de-camion-en-la-carretera-matehuala-25750394
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de marzo de 2026.— Diputados y diputadas: Carlos Arturo Madrazo Silva, Alejandro Avilés Álvarez, Ana Erika Santana González, Anabel Acosta Islas, Celia Esther Fonseca Galicia, Ernesto Núñez Aguilar, Haidyd Arreola López, Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, José Luis Hérnández Pérez, Liliana Carbajal Méndez, Luis Orlando Quiroga Treviño, Mayra Espino Suárez, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Ricardo Astudillo Suárez (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Diputada Nayeli, ¿con qué objeto?
La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz (desde la curul): Gracias, presidenta. Solo hacerle una pregunta al diputado, si me lo permite, si me permite sumarme a su iniciativa de relevante importancia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Diputado Carlos Arturo Madrazo, la diputada secretaria le pregunta si está usted de acuerdo en la adhesión a su iniciativa.
El diputado Carlos Arturo Madrazo Silva: (Asiente).
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Acepta la adhesión. Y la ponemos a su disposición para quien guste firmarla aquí en la Mesa Directiva.
LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra a la diputada Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 41 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.
La diputada María Isidra de la Luz Rivas:Gracias. Con su venia, diputada presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada María Isidra de la Luz Rivas: Gracias. Antes de dar lectura a esta iniciativa quiero comenzar, quiero expresar mi más sentido pésame a la familia de nuestro connacional, Alejandro Cabrera Clemente, quien falleció el pasado 11 de abril, mientras se encontraba bajo custodia del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, del ICE, en el Centro Correccional de Winn, del estado de Luisiana.
Con Alejandro Cabrera Clemente suman ya 15 mexicanos muertos bajo custodia del ICE. Por ello, respaldamos plenamente la solicitud de nuestra presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y de la cancillería mexicana para investigar estos terribles decesos y ofrecer a sus familias justicia y claridad.
No podemos seguir tolerando estos actos de lesa humanidad, que atropella a los derechos humanos. Gracias.
Compañeras y compañeros diputados, pueblo de México que nos ve por el Congreso de aquí, por el Canal del Congreso, y los medios de comunicación. La política exterior de un país no es únicamente una herramienta diplomática, es un espejo de lo que somos y, sobre todo, de lo que hemos decidido ser.
Hoy más que nunca, ante el panorama de incertidumbre mundial y la coyuntura geopolítica, nuestro país y la región enfrenta una decisión crucial, si nuestra actuación en el mundo será neutral ante la desigualdad o si continuaremos asumiendo un papel firme y transformador basado en la igualdad, la no discriminación, la defensa de los derechos humanos, la perspectiva de género de discapacidad, de infancias y de grupos vulnerables.
Es por esto que incorporamos los principios ya mencionados en la Ley del Servicio Exterior Mexicano. No es un gesto simbólico, se trata de ética y congruencia. Es reafirmar que México no tolerará ni dentro ni fuera de sus fronteras prácticas que excluyen, violentan o invisibilizan a las personas por razón de género, origen, condición social o cualquier otra característica.
La perspectiva de género no es una concesión ideológica, es una herramienta indispensable para entender la realidad que hoy vivimos. Nos permite ver lo que durante demasiado tiempo se ignoró, que las decisiones internacionales tienen efectos distintos, muchas veces desproporcionados sobre mujeres y grupos históricamente discriminados.
Cuando se negocia o participa en foros internacionales y mesas de gobiernos mundiales sin esta perspectiva, se corre el riesgo de reproducir desigualdades, pero cuando estos principios se incorporan, tenemos el poder de la transformación. Además, en un escenario global donde los derechos humanos enfrentan diversos desafíos, México no puede limitarse a seguir tendencias, debe contribuir a definirlas.
Un servicio exterior con enfoque de igualdad y género reafirma a nuestro país como un actor congruente, valiente y comprometido con la dignidad humana, como hasta hoy lo hemos hecho en este gobierno.
No se trata únicamente de cumplir compromisos internacionales, se trata de honrar una convicción: que todas las personas, sin excepción, merecen las mismas oportunidades, respeto y protección.
Por ello, hoy propongo la integración de estos principios en nuestra ley del Servicio Exterior Mexicano, para que las y los miembros del cuerpo diplomático que velan por los derechos de nuestros connacionales, tanto en nuestro territorio como fuera de él, observen en todo tiempo estos aspectos.
Asimismo, para que las instituciones que atienden de primera mano a los migrantes brinden siempre una atención humana, justa, equitativa y con perspectiva de los derechos humanos.
Compañeras y compañeros, hoy tenemos la oportunidad de continuar promoviendo un servicio con calidad humana, una política exterior de protección a los derechos humanos y le estamos diciendo al mundo: México no se presta a las conductas que violentan a los pueblos, a las mujeres, niñas y niños. Y mucho menos a la soberanía y autodeterminación de cada pueblo.
Con esta iniciativa, haciendo una política exterior no un instrumento de intereses, sino un vínculo de justicia, demostramos que México no solo participa en el mundo, sino que contribuye a hacerlo más igualitario. Porque la forma en que un país se relaciona con el mundo revela sin máscaras el valor que le otorga a la dignidad humana.
En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo trabajamos en pro de la igualdad y la equidad para nuestros mexicanos, tanto en el exterior como los migrantes que atraviesan el territorio mexicano. Es cuanto. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma artículo 41 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita diputada María Isidra de la Luz Rivas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por el que se somete a consideración de este honorable Congreso, la siguiente iniciativa al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa Ley del Servicio Exterior Mexicano señala en su artículo 1 que: “El Servicio Exterior Mexicano es el cuerpo permanente de servidores públicos miembros del personal diplomático del Estado, encargado específicamente de representarlo en el extranjero, responsable de ejecutar la política exterior de México de conformidad con los principios normativos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Además, en la fracción XV del artículo 1 BIS define que un Miembro del Servicio Exterior es un Servidor público que forma parte de este cuerpo diplomático, ya sea como personal de carrera o temporal en sus ramas diplomático-consular y técnico-administrativa.
Esta misma Ley indica que estos servidores públicos son funcionarios consulares, y cuyas ocupaciones se desempeñan principalmente dentro de una Oficina Consular, que es la representación del Estado mexicano ante el gobierno de otro país en la que se realizan de carácter permanente funciones de proteger los intereses de México y de los mexicanos que se localicen en su circunscripción, fomentar las relaciones comerciales, económicas, culturales y científicas entre ambos países y expedir la documentación a mexicanos y extranjeros.
Por lo tanto, las funciones de los miembros del servicio exterior mexicano deben ser en todo tiempo apegadas a derecho, pues su principal actividad es la atención a las y los mexicanos que lo solicitan en los diversos Consulados y Embajadas de México en el extranjero.
De acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre las principales funciones que tienen los Consulados y Embajadas de México en el exterior, se encuentran las siguientes:
• “Brindar asistencia consular y proteger los intereses de las y los mexicanos en el exterior.
• Asesorar y aconsejar a las y los mexicanos en el exterior, en lo relativo a su relación con autoridades.
• Informar a las y los mexicanos en el exterior sobre sus derechos y obligaciones en el país que se encuentren.
• Proporcionar información a las y los mexicanos en el exterior sobre médicos y hospitales.
• Visitar a las y los mexicanos en el exterior si se encuentran detenidos u hospitalizados para conocer sus necesidades y actuar en consecuencia.
• Brindar acompañamiento e identificar los medios para que las y los mexicanos en el exterior accedan a representación legal en caso de que estén imposibilitados para hacer valer personalmente sus derechos.
• Proporcionar orientación y facilitar los datos de algún abogado que pueda representar a las y los mexicanos en el exterior de ser necesario.
• Expedir un pasaporte en caso de extravío o robo.
• En caso de detención, el consulado:
-Vigila que las autoridades locales respeten los derechos de las y los mexicanos en el exterior.
-Proporciona información sobre ayuda legal.
-Informa a los familiares de las y los mexicanos en el exterior sobre su situación jurídica, si ellos lo solicitan”.
En este sentido, existen principios fundamentales para el tratamiento a las y los mexicanos en el exterior que requieran de atención, ayuda, orientación, protección, asilo, acompañamiento o cualquier otra de las acciones que realiza el personal del servicio exterior mexicano en cumplimiento de sus funciones.
Por lo cual, se propone integrar los principios de igualdad, de no discriminación y de perspectiva de género al listado que establece el artículo 41. Para dar así cumplimiento cabal e íntegro a lo determinado por la política exterior mexicana, que encuentra sus fundamentos y lineamientos en lo establecido por nuestra Constitución Política, como se muestra en su Artículo 1º párrafo segundo y tercero:
“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá? prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la Ley”.
Así mismo, en su artículo 89 fracción X, señala los principios bajo los cuáles se debe regir la política exterior mexicana y entre los cuales se encuentra: “ el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos”.
Mientras que la fracción VI del artículo 5 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, define la perspectiva de Género de la siguiente forma:
“Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género”.
De igual forma, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 y ratificada por México el 02 de marzo de 1981, reconoce lo siguiente:
“Artículo 1. Obligación de respetar los derechos
1. Los Estados parte en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
2. Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano.
Artículo 2. Deber de adoptar disposiciones de derecho interno
Si en el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados parte se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades”.
En consecuencia, se propone la presente iniciativa que reforma:
Ley del Servicio Exterior Mexicano
Capítulo VIIIDe las Obligaciones de los Miembros del Servicio ExteriorPor lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. Se reforma el primer párrafo del artículo 41 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano para quedar como sigue:
Artículo 41. Los servidores públicos del Servicio Exterior observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, igualdad, no discriminación, perspectiva de género, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la efectiva aplicación de dichos principios, los servidores públicos observarán las disposiciones establecidas en la presente Ley y las directrices previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota
1 CFR, ¿sabes lo que sí puede hacer tu Consulado por ti?, Secretaria de Relaciones Exteriores, en línea,
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/509991/Lo_que_tu_ consulado_hace_o_no_por_ti.pdf, consulta el 26 de noviembre de 2025.
Dado en el Palacio de San Lázaro, a 10 de febrero de 2026.— Diputada María Isidra de la Luz Rivas (rúbrica).»
Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
LEY DE AEROPUERTOS, LEY DE AVIACIÓN CIVIL, Y LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Arturo Yáñez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aeropuertos, de la Ley de Aviación Civil y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
El diputado Arturo Yáñez Cuéllar:Con su permiso, señor presidente, compañeras y compañeros, hoy no vengo a hablar solo como legislador, sino como un ciudadano más que conoce y padece las dificultades de una industria aérea que adolece de sentido social.
Durante muchos años nos dijeron que viajar en avión era un lujo. Hoy la realidad es otra. Para millones de mexicanas y mexicanos, volar ya es una necesidad. La necesidad de una madre duranguense que debe viajar por una emergencia familiar, la necesidad de un estudiante que busca formarse fuera de su estado o de un paciente que requiera atención médica especializada.
En un estado tan extenso como Durango, al igual que muchos de los estados de este país, donde los traslados por carretera implican tiempo y desgaste físico, el transporte aéreo se convierte en una necesidad básica, pero hoy esa necesidad es limitada por costos excesivos, por tarifas opacas, por prácticas que lastiman directamente a la ciudadanía. Por eso he presentado esta iniciativa con cuatro puntos importantes para poner a las personas en el centro.
Propongo aplicar un descuento del 50 por ciento a personas con discapacidad y adultos mayores, así como se hace en el transporte terrestre. Eliminar impuestos injustos. Quitar el IVA del TUA para que el costo del boleto de avión al usuario sea más económico. Poner un alto a la sobreventa de vuelos. Ningún boleto de avión en vuelos nacionales debe de exceder el equivalente a 15 días de salario mínimo vigente, lo que corresponde a 4 mil 182 pesos, aun cuando el boleto de avión sea comprado a horas de anticipación. En caso de que no se utilice el boleto de avión la aerolínea deberá devolver el TUA en dinero de manera inmediata en medios digitales a las cuentas bancarias del usuario.
Amigas y amigos diputados, nuestra propuesta no busca frenar la industria aérea, se trata de hacerla más justa, más responsable y más humana. Por ello, amigas y amigos diputados, proponemos que sí vayamos al rostro humano de la industria aérea y miren, en el pasado periodo vacacional me di a la tarea de cotizar un boleto de avión de la ciudad donde soy originario, Ciudad de México-Durango y el costo del boleto de avión rebasaba 10 mil pesos, en ese mismo día a esa misma hora coticé un boleto de avión de Ciudad de México a otro país y vean el costo, mucho más económico. Así está la industria aérea.
Por ello, les pido que podamos respaldar esta iniciativa y aprovechando de este tiempo, de esta máxima tribuna, quiero platicarles también de una iniciativa que habré de presentar este día, donde hago mención de esta iniciativa para reformar la Ley de Obra Pública de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en materia de derrama económica, buscando que el dinero del pueblo efectivamente se quede en el pueblo.
Esta iniciativa consta de que toda obra pública que el gobierno federal licite, hoy, hoy este gobierno federal está concentrando el recurso y lo está enviando a obras magnas a los estados. Lo que queremos con esta iniciativa es que el recurso que vaya a la obra pública sí beneficie a los estados, sí beneficie a los municipios y sí beneficie a las comunidades.
Cada año el gobierno federal gasta más de un billón de pesos en obra pública, equivale este recurso a casi 2 millones de pesos por minuto. La pregunta es, ¿sí realmente se benefician las comunidades? ¿Sí realmente se emplean trabajadores locales? Y, ¿sí realmente la economía de esta obra pública reactiva y compra materiales a proveedores de la región?
La pregunta es sencilla, pero es importante cuándo se construya una obra del gobierno federal magna en el estado, el estado debe de ser beneficiado. Por ello, propongo dos puntos importantes en esta iniciativa. La primera de ellas, que al menos el 70 por ciento del valor de cada contrato de obra pública se destine a empresas locales, la compra de materiales y servicios de la entidad federativa donde se realiza la obra.
Y que, al menos, el 50 por ciento de la obra local, de la mano de obra local se destine para trabajadores que vivan en la región. Y que así el salario que ganan se gaste en la economía local.
Significa, pues, que una obra pública no debe ser nada más un con, no debe ser un asunto de concreto y acero, debe ser un instrumento de impulsar la economía de los estados y los municipios.
Los invito, pues, a sumarse para que la obra pública sí derrame riqueza, pero también sí derrame infraestructura, pero también que derrame economía local. Es cuanto a mi participación, muchas gracias.
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Hacienda y Crédito Público, para dictaminación.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar el derecho de movilidad de niñas, niños y adolescentes frente al abandono parental.
El diputado Ernesto Núñez Aguilar:Con su venia, diputado presidente, amigo Raúl Bolaños, saludo, compañeras diputadas, compañeros diputados.
Y, antes que nada, quiero agradecer a todas mis amigas y amigos diputados que suscribieron esta iniciativa. Más de 50 diputadas y diputados de diferentes partidos políticos, cosa que le reconozco, les agradezco, porque ese es un compromiso con la niñez.
Hoy vengo a hablar de una injusticia que ocurre todos los días en México y que lo más grave, está permitido en la ley. Muy desde niñas y niños ven limitado su futuro, no por falta de oportunidades, sino por la ausencia de quien debería protegerlos, que normalmente son muchos padres irresponsables.
Porque hoy en México, el padre o madre que abandona a su familia todavía decide, todavía tiene derechos. Decide sobre un pasaporte, decide sobre un cambio de ciudad, decida sobre la posibilidad de acceder a mejores oportunidades y eso, compañeras, compañeros, no es justicia. Eso es una falla del Estado.
La realidad es clara, miles de hogares, millones de hogares de México son sostenidos por una sola persona, personas que trabajan, que cuidan, que educan y que están presentes todos los días. Pero cuando necesitan tomar una decisión importante la ley les exige pedir permiso a alguien que hace mucho que dejó de cumplir.
Y allí ocurre lo más injusto, quien sí está tiene que pedir autorización, y quien no está tiene el poder de decir que no, eso es absurdo. Esto no es un derecho, esto es una desigualdad legal.
Por eso, hoy presentamos esta iniciativa que presentó como exhorto la diputada, mi amiga Sandra Arreola, diputada local por Michoacán, en mi partido, y que exhortó a esta máxima tribuna, y que hoy la asumimos nosotros. Sandra Arreola, te felicitamos por esta iniciativa, de verdad, qué bueno que diste este paso, porque esto lo viven millones, principalmente de mujeres en nuestro país y en muchos lugares del mundo. Porque esto no es un problema local, es una realidad estructural de México.
La que se ha llamado como Ley Cazzu no busca generar polémica, hay quienes han criticado que por qué no se le puso el nombre de alguien de México, ese no es el tema, lo importante es que a través de este caso que denunció esta artista se visibilizó este problema y lo tenemos que atender. Felicidades también por haber levantado la voz y esto es algo que nos han pedido, incluso, en otros países.
Pero hoy tenemos que poner énfasis y lo que desde un principio se ha manifestado como el interés superior de la niñez no puede depender de la voluntad de quien ha abandonado sus responsabilidades.
Lo que proponemos es claro, primero, establecer en la Constitución que debe prevalecer el interés superior de la niñez en todos los casos de movilidad. Segundo, crear mecanismos ágiles, accesibles y con control judicial para quien ejerce la custodia pueda tomar decisiones sin depender de quien incumple. Y, tercero, dejar claro que la patria potestad no es un privilegio, es una responsabilidad. Y, cuando se abandona, no se puede seguir generando poder.
Se ha dicho que esta reforma les quita los derechos a los padres. Falso, completamente falso. No se le quitan derechos a nadie. Se evita el uso abusivo de esos derechos cuando hay incumplimiento comprobado.
Se ha dicho que facilita que se lleven a un menor sin autorización. Falso también, compañeras y compañeros, siempre habrá control judicial y revisión del interés superior de la niñez.
Se ha dicho que facilita la sustracción de menores. Falso también, esta iniciativa respeta plenamente los tratados internacionales.
Se ha dicho que puede prestarse a abusos. Lo que hoy es un abuso es el sistema actual, donde quien no cumple tiene poder y quien sí cumple tiene obstáculos. Esta reforma corrige esa distorsión.
Compañeras y compañeros, el abandono parental no puede seguir siendo un instrumento de control, quien decide no estar no debe decidir por quienes sí están. Está reforma no es contra alguien, es a favor de quienes sí cumplen. Es a favor de las niñas y niños de México para que nunca más vean limitado su futuro por la ausencia de quien decidió no hacerse cargo.
Hoy tenemos la oportunidad de corregir una injusticia estructural, de poner la ley al servicio de la realidad y de dejar claro de qué lado estamos. Debe ser del lado de la niñez, del lado de la justicia, del lado de quienes sí están. En México, el interés superior de la niñez no se negocia. Y quien abandona, no decide. Es cuanto, diputada presidenta... diputado presidente. Muchas gracias a todos. Gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar el derecho de movilidad de niñas, niños y adolescentes frente al abandono parental, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, Ernesto Núñez Aguilar, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción I del numeral 1 del artículo 6, así como en los artículos 77 y el 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar el derecho de movilidad de niñas, niños y adolescentes frente al abandono parental, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl derecho familiar contemporáneo enfrenta el desafío de evolucionar hacia un modelo que privilegie de manera efectiva el bienestar de niñas, niños y adolescentes, por encima de estructuras jurídicas que históricamente han reproducido relaciones desiguales de poder.
En este sentido, el Estado mexicano se encuentra obligado, tanto por su Constitución como por los tratados internacionales de los que es parte, a garantizar que el interés superior de la niñez sea el eje rector de toda decisión que impacte su desarrollo.
La Convención sobre los Derechos del Niño establece con claridad que toda autoridad debe orientar su actuación bajo este principio. Sin embargo, en la práctica subsisten interpretaciones normativas que, bajo una visión formalista de la patria potestad, permiten que personas que han incumplido sus responsabilidades parentales conserven facultades que inciden directamente en la vida de las y los menores.
A nivel internacional, la movilidad se reconoce no únicamente como un derecho de tránsito, sino como un elemento indispensable para el ejercicio de otros derechos fundamentales, tales como la salud, la educación y la unidad familiar.
No obstante, en distintos contextos, particularmente en países de Europa y América Latina, se ha documentado el uso indebido de figuras de corresponsabilidad parental como mecanismos de control por parte de progenitores que no participan en la crianza.
En este marco, ha cobrado relevancia el fenómeno social conocido como “Ley Cazzu”, surgido en América Latina como una respuesta a situaciones en las que la exigencia de autorizaciones formales para trámites de identidad o movilidad termina convirtiéndose en un instrumento de bloqueo por parte de quien ha dejado de ejercer sus responsabilidades parentales.
Los estándares internacionales, incluidos aquellos desarrollados en el ámbito de la Conferencia de La Haya, han sido consistentes en señalar que las herramientas jurídicas deben evitar traslados ilícitos de menores, pero no deben utilizarse para restringir injustificadamente los derechos de quienes ejercen el cuidado principal. La función parental, en este sentido, debe entenderse como una responsabilidad condicionada al cumplimiento de deberes y no como una prerrogativa absoluta.
En México, esta problemática se inserta en un contexto de profundas desigualdades en materia de cuidados. Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía evidencian que millones de hogares son sostenidos por madres que asumen de manera exclusiva las responsabilidades económicas y de crianza, sin el acompañamiento del otro progenitor.
Pese a ello, en numerosos casos, el progenitor ausente mantiene facultades legales que le permiten interferir en decisiones fundamentales, como la obtención de documentos oficiales, traslados o cambios de residencia de las y los menores.
Esta situación se agrava ante el incumplimiento generalizado de obligaciones alimentarias, generando una contradicción entre el ejercicio de derechos y el incumplimiento de deberes.
Dicha realidad puede traducirse en formas de violencia indirecta, al utilizar la necesidad de autorización como un mecanismo de presión o control, afectando tanto a la persona cuidadora como al propio menor. Frente a ello, el Estado tiene la responsabilidad de establecer mecanismos que eviten que las figuras jurídicas sean utilizadas en perjuicio de quienes deberían proteger.
En este sentido, resulta pertinente señalar que esta propuesta retoma como antecedente la iniciativa impulsada en el ámbito local por la diputada Sandra Arreola Ruiz, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en el Congreso del estado de Michoacán, la cual atiende esta problemática desde una perspectiva centrada en el interés superior de la niñez y en la realidad de las familias.
Particularmente en Michoacán, las condiciones sociales y demográficas hacen aún más evidente la necesidad de atender este tema. La alta intensidad migratoria y la conformación de familias transnacionales generan escenarios en los que la movilidad de niñas y niños es indispensable para su desarrollo, ya sea por motivos de reunificación familiar, salud o educación.
En múltiples casos, uno de los progenitores se encuentra ausente, incluso fuera del país, sin mantener vínculo ni cumplimiento de obligaciones, lo que en los hechos imposibilita la obtención de autorizaciones necesarias para el ejercicio de derechos básicos. A ello se suma la carga que enfrenta el sistema judicial, donde los procedimientos para obtener autorizaciones sustitutas resultan largos y, en ocasiones, revictimizantes.
Frente a este panorama, la presente iniciativa plantea la necesidad de transitar hacia un modelo de justicia familiar con enfoque sustantivo, en el que el ejercicio de la patria potestad se encuentre condicionado al cumplimiento efectivo de las responsabilidades parentales.
El objetivo es evitar que las formalidades legales se conviertan en herramientas de obstaculización o control, garantizando que las decisiones relativas a la identidad, movilidad y desarrollo de las y los menores puedan ser adoptadas por quien ejerce de manera real y cotidiana su cuidado.
Con ello, se busca:
-colocar en el centro el interés superior de la niñez;
-evitar el uso indebido de figuras jurídicas como mecanismos de presión;
-reconocer la función social del cuidado como elemento determinante en la toma de decisiones; y
-fortalecer la armonización del marco jurídico con los estándares de derechos humanos.
En suma, la reforma propuesta tiene como finalidad adecuar el marco normativo a la realidad social que enfrentan miles de familias, garantizando que el Estado actúe como un facilitador del desarrollo integral de la niñez y no como un obstáculo derivado de formalismos que perpetúan desigualdades.
De esta manera, se reafirma el compromiso de que el interés superior de la niñez prevalezca en todo momento, evitando que el abandono de responsabilidades parentales se traduzca en una facultad de control sobre la vida de las y los menores.
En consecuencia, se propone adicionar el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como se expresa en el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto y fundado me permito presentar la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar el derecho de movilidad de niñas, niños y adolescentes frente al abandono parental
Artículo Único. Se adicionan dos nuevos párrafos décimo cuarto y décimo quinto al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose los demás en el orden subsecuente, para quedar como sigue:
Artículo 4o .La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres.
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El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.
El Estado garantizará que en todos los procedimientos jurisdiccionales y administrativos en materia familiar que involucren la salida del territorio nacional, el traslado o la movilidad interna e internacional de niñas, niños y adolescentes se privilegie en todo momento su interés superior, su derecho a la vida familiar, a la identidad y a la libertad de tránsito.
La ley establecerá mecanismos ágiles, accesibles, con perspectiva de género y de derechos de la niñez para que la persona que ejerza de manera principal la guarda y custodia, frente al abandono o al incumplimiento reiterado e injustificado de las obligaciones de crianza, de alimentos o de convivencia por parte del otro progenitor, pueda obtener autorizaciones de movilidad nacional e internacional de amplia temporalidad, sujetas a control judicial, a la protección integral de niñas, niños y adolescentes y a las obligaciones internacionales del Estado mexicano, evitando que el incumplimiento de tales obligaciones se use como forma de violencia o de control sobre quienes ejercen efectivamente las tareas de cuidado.
Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.
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TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión contará con un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, para realizar las adecuaciones legales que estime necesarias, a fin de:
a) Establecer procedimientos especiales, sumarios y de baja carga probatoria para la expedición de autorizaciones de movilidad nacional e internacional en los supuestos de abandono o incumplimiento reiterado e injustificado de las obligaciones de crianza, alimentos o convivencia;
b) Incorporar criterios claros para la acreditación del abandono parental, incluyendo el uso de registros de personas deudoras alimentarias morosas y demás instrumentos que permitan identificar el incumplimiento sistemático de dichas obligaciones, y
c) Prever que la negativa injustificada o el silencio del progenitor incumplido no impidan, por sí mismos, la expedición de autorizaciones de movilidad cuando ello contravenga el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
Tercero. Las entidades federativas y la Ciudad de México armonizarán sus constituciones locales y su legislación civil, familiar y procesal, en el ámbito de sus competencias, a más tardar en el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
Cuarto. El Poder Judicial de la Federación y los Poderes Judiciales de las Entidades Federativas incorporarán en sus protocolos de actuación y criterios jurisdiccionales la obligación de juzgar con perspectiva de infancia y de género en los casos relativos a la movilidad nacional e internacional de niñas, niños y adolescentes, especialmente cuando exista abandono parental, violencia económica o violencia vicaria, asegurando que las decisiones no revictimicen a quienes ejercen efectivamente las tareas de cuidado.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril del 2026.— Diputados y diputadas: Ernesto Núñez Aguilar, Ana Erika Santana González, Anabel Acosta Islas, Antonio de Jesús Ramírez Ramos, Deliamaría González Flandez, Carlos Arturo Madrazo Silva, Hilda Magdalena Licerio Valdés, José Antonio Gali López, José Braña Mojica, Julio Javier Sherer Pareyon, Karina Alejandra Trujillo Trujillo, Luis Orlando Quiróga Treviño, Mario Alberto López Hernández, Mayra Espino Suárez, Ricardo Astudillo Suárez (rúbricas).»
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Esta Presidencia de la Mesa Directiva saluda a estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, del campus San Juan del Río, todas ellas y ellos invitados por la diputada, su paisana, Abigail, que aquí los saluda desde la Mesa Directiva. Sean bienvenidas y bienvenidos a la Cámara de Diputados.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de aprendizaje de lenguas extranjeras.
La diputada Margarita Corro Mendoza:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores, hoy en día debemos reconocer que la tecnología ha avanzado a gran velocidad, trayendo importantes beneficios, pero también nuevas formas de violencia, especialmente contra las mujeres, niños, niñas y adolescentes.
Esto representa un retroceso en el pleno ejercicio de derechos humanos como la dignidad, la libertad de expresión y la protección de datos personales. Frente a esta realidad, el Estado no puede quedarse atrás: tiene la obligación de garantizar la protección de nuestros derechos, también, en el entorno digital.
La violencia se manifiesta de muchas formas y el mundo digital no es la excepción. Hoy las plataformas digitales influyen en la construcción de identidades y en la forma en que nos relacionamos, por lo que deben ser espacios seguros, no lugares donde se permita o normalice la agresión.
El 73 por ciento de las mujeres en el mundo ha experimentado algún tipo de violencia en internet. Ante ello, se han logrado avances importantes. En México, la ley Olimpia marcó un precedente al reconocer la violencia digital como una violación a la intimidad, derivada de la difusión de contenido íntimo sin consentimiento. Este hecho nos deja una lección clara: cuando la realidad cambia, la ley también debe hacerlo, especialmente cuando se trata de proteger a niñas, niños y adolescentes.
Hoy enfrentamos un nuevo desafío: la inteligencia artificial está generando formas más sofisticadas de violencia, ampliando los riesgos y el alcance del daño. Actualmente no se requieren conocimientos técnicos avanzados para crear imágenes o videos falsos, esto permite que una persona sea vulnerada de manera reiterada sin control, a través de contenido manipulado o fabricado.
Si bien la tecnología puede ser una forma, una herramienta positiva, también puede utilizarse para afectar la dignidad de las personas. Las mujeres siguen siendo estadísticamente las más afectadas por estas conductas.
Por ello, someto a consideración de esta asamblea, la iniciativa para adicionar una fracción al artículo 46 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, su objetivo es reconocer de manera clara la violencia digital y aquella generada mediante inteligencia artificial, como un acto de justicia y de protección a los derechos.
Se incorporan dos conceptos fundamentales, la violencia digital presente en la vida cotidiana y la violencia por inteligencia artificial entendida como el uso de tecnología para crear, manipular o difundir contenido que daña a una persona, especialmente de carácter íntimo, sin su consentimiento.
Por eso, hoy levanto la voz y legislo para proteger su dignidad, basta ya de violencia en contra de nuestros niños, niñas y adolescentes. Tenemos una gran mujer como presidenta que apoya el movimiento en contra de cualquier tipo de violencia. Viva la doctora Claudia Sheinbaum Pardo.
Y quiero aprovechar estos minutos que me quedan para dirigirme al hoy muy conocido chapodiputado de Veracruz, que viene a usar esta honorable tribuna para hablar de nuestra gobernadora la ingeniera Rocío Nahle García, la primera mujer gobernadora de nuestro estado y que está haciendo un magnífico gobierno. Quiero sugerirle a este chapodiputado, que primero conozca Veracruz, que conozca la generosidad de su gente, nuestra riqueza gastronómica, nuestra riqueza cultural y que también no todos los distritos tienen playa y que también vaya y camine en su cuadra, que convenza a sus vecinos para que voten por lo menos por él en la casilla y que no vaya a tener siempre esas bravuconadas que hoy viene aquí a agredir.
Venimos a decirle que se deje de sueños guajiros, porque está lejos para que llegue a lo que quiere llegar. Es cuanto, diputado presidente.
«Iniciativa que adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de aprendizaje de lenguas extranjeras, a cargo de la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Margarita Corro Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia aprendizaje de lenguas extranjeras, conforme a la siguiente
Exposición de MotivosDe acuerdo con lo que establece el Diccionario de la Real Academia Española, Educación es la instrucción por medio de la acción de un docente, así como un conjunto de disciplinas y ejercicios encaminados a lograr el desarrollo y perfección corporales.
A su vez, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) señala que, la educación es un derecho humano fundamental que permite sacar a los hombres y las mujeres de la pobreza, superar las desigualdades y garantizar un desarrollo sostenible. No obstante, 244 millones de niños y jóvenes de todo el mundo siguen sin escolarización por razones sociales, económicas o culturales. La educación es una de las herramientas más potentes para sacar de la pobreza a los niños y adultos marginados, así como un catalizador para garantizar otros derechos humanos fundamentales. Es la inversión más sostenible. El derecho a una educación de calidad está indisolublemente ligado a la Declaración de los Derechos Humanos y a muchos otros instrumentos normativos internacionales, que son el resultado del trabajo conjunto de las UNESCO y las Naciones Unidas.
Asimismo, establece que todas las personas tienen derecho a la no discriminación y a la igualdad en la educación. A pesar de los progresos realizados durante décadas, los grupos en situación de vulnerabilidad, como las niñas y niños, así como las mujeres, los refugiados y los migrantes y las personas con discapacidad, tienen más probabilidades de ser víctimas de desigualdades educativas y de ser discriminados. Ante tal situación los Estados se han comprometido a garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de toda la vida para todos.
En México, el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que todas las personas tienen derecho a la educación. El Estado –Federación, estados, Ciudad de México y municipios– impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. Asimismo, señala que la educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.
Derivado de lo anterior, el artículo 11 de la Ley General de Educación, establece que el Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscara? la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación, para lo cual colocara? al centro de la acción pública el máximo logro de aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes. A su vez, en la misma legislación, en la fracción VI del artículo 30 se establece que los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo con el tipo y nivel educativo, considerará el aprendizaje de las lenguas extranjeras.
En ese sentido, es importante resaltar que el derecho a la educación para las niñas, niños y adolescentes no sólo debe considerar su acceso, es necesario garantizar una formación integral que les permita desarrollar sus capacidades cognitivas, sociales, culturales y comunicativas.
Resulta necesario que las niñas, niños y adolescentes cuenten con la enseñanza de una lengua extranjera, ya que esta constituye, sin duda alguna, una herramienta fundamental para el ejercicio pleno de su derecho a la educación, particularmente en un contexto nacional e internacional caracterizado por la globalización del conocimiento, la ciencia, la tecnología y la cultura.
Estudios muestran que, durante los primeros años de vida, el cerebro infantil presenta una plasticidad especialmente elevada: está “preparado” para aprender lenguas de manera natural, mediante la exposición y el uso cotidiano. Esto se debe a que, en la primera infancia, el cerebro crea y refuerza conexiones neuronales a una velocidad enorme. En este contexto, aprender más de un idioma no supone una sobrecarga, sino un estímulo adicional que enriquece el desarrollo. A medida que pasa el tiempo, esa plasticidad se reduce: seguirán pudiendo aprender otros idiomas, por supuesto, pero el proceso tiende a requerir más esfuerzo consciente como el estudio formal y la memorización, entre otros, por lo que empezar desde pequeños permite que la adquisición sea más parecida a la de la lengua materna que se adopta a través de la escucha, el juego, las rutinas y la interacción.
Aprender una segunda lengua o más lenguas extranjeras, permite trascender las fronteras de la educación y de la cultura, facilitando además el acceso a mejores oportunidades de negocios, de empleo y, en general, la positiva convivencia y entendimiento entre individuos de distintas naciones y culturas, lo que facilita a la vez propagar los valores de la tolerancia intercultural. Los alumnos que aprenden inglés contribuyen a superar barreras culturales entre países, alcanzando mayor flexibilidad en el comercio, el desarrollo de la tecnología, el turismo y la movilidad estudiantil. Por eso, diversos sistemas educativos del mundo han introducido el aprendizaje obligatorio de lenguas extranjeras.
En México, diversos diagnósticos educativos han evidenciado que el acceso al aprendizaje de lenguas extranjeras (especialmente el inglés), se encuentra profundamente condicionado por el nivel socioeconómico de las familias, concentrando así, el aprendizaje de los alumnos que asisten a instituciones privadas, mientras que en el sistema público su enseñanza es desigual o insuficiente. Al respecto, la Universidad Nacional Autónoma de México, publicó en el otoño de 2023 un informe desalentador. La universidad advertía que menos de la mitad de sus egresados de licenciaturas dominaba el inglés. Es decir, gente profesional que ingresaba a un mercado laboral competitivo, el de una economía, la 15 a nivel mundial, que depende de un intercambio comercial intenso con sus vecinos anglófonos del norte. Los datos universitarios son solo una muestra de un problema mayor: México no habla inglés. Un estudio de la Secretaría de Educación Pública (SEP) revela que el 79% de los alumnos tienen un desconocimiento total de la lengua, a pesar de que esta es considerada como lengua franca.
Ante tal escenario, es necesario que la legislación atienda de manera oportuna las medidas necesarias para que nuestras niñas, niños y adolescentes crezcan con la garantía de que la educación que imparta el Estado ha de ser suficiente, pero sobre todo de manera igualitaria en las instituciones públicas y privadas, que la enseñanza de algo tan esencial no dependa de la economía de las familias.
En este orden de ideas, se observa la necesidad de armonizar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con la Ley General de Educación, con el propósito de reconocer y garantizar el aprendizaje de al menos una lengua extranjera como finalidad de la educación, lo que derivará en la obtención de una herramienta adicional para asegurar que la niñez y adolescencia de nuestro país fortalezca su desarrollo integral y acorde a las necesidades que el entorno global exige, por lo que en la presente iniciativa de adición se muestra en un cuadro comparativo el texto vigente y la propuesta que sustenta esta exposición de motivos, para quedar de la siguiente manera:
En atención de lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo Único. Se adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 58. La educación, además de lo dispuesto en las disposiciones aplicables, tendrá los siguientes fines:
I a XI. ...
XII. Promover el aprendizaje de al menos una lengua extranjera, como parte de su formación integral, para fortalecer sus competencias comunicativas, ampliar el acceso al conocimiento y favorecer su desarrollo personal, académico y social.
Artículo TransitorioÚnico: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.rae.es/desen/educación
2 https://www.unesco.org/es/right-education
3 https://www.unesco.org/es/right-education/vulnerable-groups?hub= 70224
4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
5 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf
6 https://www.colegioveracruz.com/la-importancia-de-los-idiomas-desde-edades-temp ranas/
7 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/64151/Diagno_stico_del_programa. pdf
8 https://elpais.com/mexico/2025-03-31/mexico-reprobado-en-ingles-el-79-de-los-al umnos-tienen-un-desconocimiento-total.html
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.— Diputadas y diputados: Margarita Corro Mendoza, Any Marilú Porras Baylón, Carmelo Cruz Mendoza, Dulce María Corina Villaseñor Guarneros, Elizabeth Cervantes de la Cruz, Felicita Pompa Robles, Gloria Sánchez López, Haidyd Arreola López, Isidro Enrique Villegas García, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jorge Alberto Mier Acolt, Magaly Armenta Oliveros, Paola Tenorio Adame, Petra Romero Gómez, Zoraya Villacis Palacios (rúbricas).»
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Asael Hernández Cerón, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 7o. y 22 de la Ley General de Cambio Climático, suscrita por las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
¿Con qué objeto, diputado?
Señor diputado, una disculpa, a criterio de esta Presidencia en funciones, no hubo ni una alusión directa ni indirecta. Se mencionó a un chapodiputado, no creo que usted se aluda directamente o se asuma como chapodiputado.
Continúe, diputado Asael, con la iniciativa.
Queremos dar también la bienvenida al equipo de la diputada Ana María Balderas Trejo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, del municipio de Atizapán de Zaragoza. Sean bienvenidas y bienvenidos a esta Cámara de Diputados donde su diputada trabaja todos los días por representar a su partido y su distrito.
El diputado Asael Hernández Cerón:Presidente. Compañeras y compañeros diputados, amigas y amigos, jóvenes que hoy nos escuchan, vengo a hablarle a los jóvenes de algo que no está en un libro de texto ni en un informe técnico. Vengo a la tribuna para hablar de su futuro y del nuestro, de la vida que queremos vivir en México en los próximos treinta años.
Nos tocó crecer en la generación del scroll infinito, pero también en la generación de los incendios forestales cada verano, de los huracanes cada vez más fuertes, de las lluvias que ya no llegan cuando el campo las necesita y del calor que convierte a nuestras ciudades en hornos. No es una película apocalíptica, es la realidad que ya viven quienes hoy tienen 15, 20 o 25 años.
Hoy les hablo de una iniciativa para que México deje de medir solo emisiones en un documento técnico y empiece a medir la huella de carbono de la vida real, la tuya, la mía, la de cada habitante. No para culpar a nadie, sino para que el gobierno, las empresas, las escuelas y las familias tengan un mapa claro de dónde estamos dañando más al planeta y dónde podemos cambiar más rápido.
Imagina esto, que cada joven del país pueda saber desde su celular cuánta contaminación genera con su consumo diario y qué puede hacer para reducirla. No es ciencia ficción, ya hay bancos que ofrecen calculadoras de huella de carbono a sus clientes. Si una app puede hacerlo, el Estado mexicano está obligado a ir más allá.
Esta iniciativa obliga a los tres órdenes de gobierno a trabajar en serio con las empresas, las universidades y la sociedad para reducir la huella de carbono en la producción, la distribución y el consumo de bienes y servicios.
En palabras simples, que lo que compras, lo que se transporta, lo que estudias, lo que consumes todos los días, dejen de ser parte del problema y se conviertan en parte de la solución. Para ustedes jóvenes, esto se traduce en tres cambios concretos:
1. Campañas permanentes de educación climática en escuelas, universidades, empresas y redes sociales, para diseñar y hablarles en su idioma, no en la jerga burocrática.
2. Proyecto de colaboración entre el gobierno y la iniciativa privada, para cambiar hábitos de consumo, movilidad y energía, donde ustedes sean protagonistas y no espectadores.
3. Transparencia. Que las empresas compartan los resultados de sus emisiones y lo que están haciendo para reducirlas, para ustedes decidan a quien sí le compran y a quien ya no.
No se trata solo de salvar al planeta como una idea abstracta, se trata de salvar la posibilidad de que ustedes puedan planear su vida sin miedo a que un huracán destruya la ciudad donde viven. A que la sequía deje sin agua a su colonia. A que la contaminación aumente el cáncer o los problemas respiratorios y las enfermedades cardiovasculares.
México ya se comprometió ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, a medir y reducir sus emisiones. Pero hoy eso se queda en inventarios nacionales lejanos de la vida cotidiana, esta iniciativa baja ese compromiso a la vida cotidiana, esta iniciativa baja al barrio, a la fábrica, a la universidad, a la app en su teléfono.
También rompe un paradigma político, no plantea que el gobierno lo haga todo, ni que el mercado regule por sí solo, propone una alianza entre jóvenes, profesionistas, sociedad, empresas y políticos, una nueva manera de hacer política climática.
Donde el punto de unión es claro, reducir nuestra huella de carbono para mejorar su calidad de vida, porque la globalización que conocimos está cambiando, el mundo se está replegando, las cadenas de suministro se reacomodan y los países que no se tomen en serio el cambio climático quedarán rezagados.
Si queremos que las y los jóvenes mexicanos compitan en un mundo nuevo, necesitamos un país que no sea sinónimo de contaminación barata, sino de innovación limpia. Por eso está iniciativa también es una propuesta económica, menos emisiones significa ciudades más saludables, menos gasto en enfermedades, relacionadas con la contaminación y más oportunidades en empleos verdes, en energías limpias, en nuevas tecnologías que ustedes puedan liderar.
Hoy les pido a las y los jóvenes que nos escuchan que no vean esta discusión como algo ajeno, esta no es la iniciativa de un diputado, tiene que ser la causa de una generación que se niega a aceptar que su futuro ya esté escrito, que no se conforma con aplaudir las redes sociales, sino que quiere influir en cómo se producen, distribuyen y consumen los bienes y servicios de México.
Yo asumo mi responsabilidad desde esta tribuna, legislando. Les pedimos a las empresas que asuman la suya, cambiando sus procesos y rindiendo cuentas. A los gobiernos les exigimos que se coordinen y dejen de mirar para otro lado. A ustedes, jóvenes, les decimos: queremos que tengan las herramientas para que cada decisión diaria cuente a favor del clima y no en su contra.
Si esta iniciativa se aprueba no se aprueba solo un cambio de artículos a la Ley General de Cambio Climático, se aprobará la posibilidad de que cuando miren hacia atrás dentro de 20 años puedan decir fuimos la generación que frenó el daño y abrió una nueva etapa para México. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 7o. y 22 de la Ley General de Cambio Climático, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Asael Hernández Cerón, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa que adicionan las fracciones XII Bi y XXIX del artículo 7, así como XXXI del artículo 22, de la Ley General de Cambio Climático, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl planeta presenta cambios por causa de la contaminación que genera la humanidad al ambiental, generando con ello cambios en los ciclos de la vida en la Tierra y en el clima. Anteriormente, teníamos bien definidos los tipos de clima con fechas exactas, como la temporada de lluvia, frío y tiempos de calor; estos se han desfasado, generando con esto impactos ambientales, de salud tanto en humanos como en los animales, en el campo, la pesca y demás hábitats; con ello se modifican los ciclos de vida de todos los que habitan la Tierra.
Por lo anterior, esto genera efectos de cambio invernadero, por lo cual es imperativo que los gobiernos realicen la huella del carbono en la producción, distribución y consumo de bienes y servicios en sus regiones, con el fin de bajar esos gases y controlar esos efectos invernaderos.
De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), la huella de carbono es “la medida del impacto de todos los gases de efecto invernadero producidos por nuestras actividades (individuales, colectivas, eventuales y de los productos) en el ambiente”. Se mide en toneladas o kilos de dióxido de carbono equivalente de gases de efecto invernadero. En la atmósfera terrestre los principales gases de efecto invernadero son: el dióxido de carbono (CO2), vapor de agua (H2O), óxido nitroso (N2O), metano (CH4) y ozono (O3).
Actualmente, las empresas realizan este cálculo con el objetivo de identificar y disminuir los niveles de contaminación de los diferentes procesos productivos, comprometer a los empleados en temas ambientales y, además, para promocionar un producto. Es un elemento diferenciador que permitirá satisfacer las demandas de una sociedad global con mayor conciencia ambiental.
Para conocer la huella de carbono se debe realizar un análisis de todas las actividades necesarias para llegar a la obtención del producto en cuestión, desde que se adquieren los materiales para su elaboración hasta su gestión para ser reducido.
Un compromiso de México ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático es “elaborar, actualizar periódicamente, publicar y facilitar a la Conferencia de las Partes, de conformidad con el Artículo 12, inventarios nacionales de las emisiones antropogénicas por las fuentes y de la absorción por los sumideros de todos los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal, utilizando metodologías comparables que habrán de ser acordadas por la Conferencia de las Partes” (artículo 4, texto de la convención).
Asimismo, la propia Ley General de Cambio Climático, no lo define como huella de carbón, pero lo define como Inventario Nacional de Emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero, como el documento que contiene la estimación de las emisiones antropogénicas por las fuentes y de la absorción por los sumideros en México.
El inventario es elaborado por el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, quien elaborará sus contenidos de acuerdo con los siguientes plazos:
• La estimación de las emisiones de la quema de combustibles fósiles se realizará anualmente;
• La estimación de las emisiones, distintas a las de la quema de combustibles fósiles, con excepción de las relativas al cambio de uso de suelo, se realizará cada dos años; y
• La estimación del total de las emisiones por las fuentes y las absorciones por los sumideros de todas las categorías incluidas en el Inventario, se realizará cada cuatro años.
La actualización del Inventario da cumplimiento a los compromisos de México ante la CMNUCC, a través de su publicación en las Comunicaciones Nacionales e Informes Bienales de Actualización.
El objetivo de esta iniciativa surge a raíz del organismo Iniciativa Climática de México por sus siglas (ICM), el cual menciona lo siguiente:
En México, los sectores de altos ingresos tienen una huella de carbono superior a la de sus pares en ciertos países europeos, reveló hoy Iniciativa Climática de México durante el panel Net Zero Citizen: Desigualdad de Carbono y Responsabilidades Diferenciadas en la Acción Climática en México en el marco del foro México por el Clima: Semana de Acción.
En respuesta a esta desigualdad estructural en la generación de emisiones, ICM presentó este proyecto, que incluye la aplicación de técnicas de cambio de comportamiento y mercadeo social, con el fin de impulsar acciones que ayuden a reducir emisiones en los sectores que generan mayor huella de carbono.
El esquema parte del enfoque de “responsabilidades diferenciadas”, es decir, se reconoce que, si bien todos los humanos deben contribuir con acciones para detener la crisis climática, los impactos en emisiones son distintos entre grupos poblacionales y, por tanto, aquellos con mayor huella de carbono deben emprender más acciones en la protección del ambiente.
Verónica Garibay, gerente de Política Energética en ICM, subrayó que los cambios en el estilo de vida y el comportamiento son esenciales para mitigar el cambio climático. Explicó que Net Zero Citizen busca trasladar el principio de responsabilidades compartidas pero diferenciadas, reconocido entre naciones, al ámbito individual.
Por lo anterior, para poder llegar al sector mencionado por ICM, el objetivo es incluir a la iniciativa privada y a las empresas socialmente responsables a participar con el Inventario Nacional de Emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero, con el fin de promover la participación, educación y difusión de la cultura en materia de cambio climático en las instituciones privadas y empresas socialmente responsables, para realizar campañas de educación e información para sensibilizar a los empleados, así como a sus consumidores de sus productos o servicios, sobre las causas y los efectos de la variación del clima.
Esta propuesta no está tan alejada de la realidad, ya que el banco BBVA México lanza la calculadora de huella de carbono para todos sus clientes que cuentan con la app BBVA México. Con ella, busca ayudarlos a conocer y reflexionar sobre el impacto que tienen sus acciones cotidianas sobre el ambiente y al mismo tiempo recibir recomendaciones para reducirla.
El director general de Soluciones al Cliente de BBVA México, señaló: “Esta calculadora nos permitirá a todos conocer cuál es nuestra relación con el dióxido de carbono y, además, poder implementar simples acciones a favor del planeta. Estamos ciertos que el esfuerzo de nosotros como institución y de nuestros clientes se sumarán de manera importante a tantas acciones que se hacen en todo el mundo”.
Con estas acciones de la mano con la iniciativa privada, podemos realizar grandes resultados para evitar más contaminación y detener el daño que se le está causando al planeta Tierra.
Por lo anterior propongo esta iniciativa para coadyuvar entre gobierno, la iniciativa privada y sociedad civil, cambios que mejoren la calidad de vida de las y los mexicanos en materia ambiental.
Para mayor claridad a la propuesta de la iniciativa que presento, inserto cuadro comparativo con el texto vigente y la propuesta que adiciona las fracciones XII B y XXIX del artículo 7 y XXXI del artículo 22 de la Ley General de Cambio Climático:
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adicionan las fracciones XII Bis y XXIX del artículo 7 y XXXI del artículo 22 de la Ley General de Cambio Climático
Único. Se adicionan las fracciones XII Bis y XXIX del artículo 7, así como XXXI del artículo 22 de la Ley General de Cambio Climático, para quedar como sigue:
Artículo 7. Son atribuciones de la federación las siguientes:
I. a XII. ...
XII Bis. Promover con instituciones privadas y empresas socialmente responsables la celebración de convenios y proyectos de colaboración para realizar acciones de cambio de comportamiento, mercadeo social, educación y difusión de la cultura en materia de cambio climático.
XIII. a XXVIII. ...
XXIX. Promover la participación, educación y difusión de la cultura en materia de cambio climático en las instituciones privadas y empresas socialmente responsables, para realizar campañas de educación e información para sensibilizar a los empleados, así como a sus consumidores de sus productos o servicios, sobre las causas y los efectos de la variación del clima;
Artículo 22. ...
I. a XXX. ...
XXXI. Promover la celebración de convenios y proyectos de colaboración con la iniciativa privada para difundir y compartir sus resultados sobre las causas y los efectos de la variación del clima, con el fin de impulsar acciones que ayuden a reducir emisiones en los sectores que generan mayor inventario de emisiones de carbón.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Cepal,2024, Cambio climático, huella de carbón,
https://www.cepal.org/es/notas/cepal-identifica-potencial-mercad os-carbono-sector-agropecuario-centroamericano-pero-advierte
2 ICM, 2025, ICM impulsa la iniciativa para acelerar la descarbonización en hogares de ingresos altos,
https://www.iniciativaclimatica.org/icm-impulsa-la-iniciativa-pa ra-acelerar-la-descarbonizacion-en-hogares-de-ingresos-altos/
3 Hugo Nájera, 2023, Los cerca de 19 millones de clientes móviles de BBVA México ya pueden conocer su huella de carbono a través de la app,
https://www.bbva.com/es/mx/sostenibilidad/los-cerca-de-19-millon es-de-clientes-moviles-de-bbva-mexico-ya-pueden-conocer-su-huella-de-carbono-a- traves-de-la-app/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2026.— Diputado Asael Hernández Cerón (rúbrica).»
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial.
Esta Presidencia da la bienvenida a alumnos de la Universidad de Villasunción de Aguascalientes, invitados por el diputado Alfonso Rubalcava, alumnas y alumnos. Sean bienvenidos a esta Cámara de Diputados.
El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia:La ciencia sin conciencia es la ruina del hombre.
Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros, en el contexto mundial actual el incesante desarrollo tecnológico ha transformado radicalmente la forma en que las personas acceden a la información, participan en la vida pública y privada y ejercen sus derechos fundamentales.
La inteligencia artificial ya no es una promesa del futuro, es una realidad viva, cambiante, desafiante e incluso peligrosa. Está incidiendo en la toma de decisiones en hospitales, juzgados, empresas, campañas políticas y prácticamente en todos los ámbitos de la sociedad.
Sin embargo, mientras la inteligencia artificial avanza a una velocidad vertiginosa, el derecho camina con pasos lentos, inseguros, como si no supiera por dónde empezar a legislarla.
La gran pregunta es: ¿en México estamos preparados jurídicamente para convivir con sus innovaciones a efecto de regular en beneficio de la población? Desafortunadamente, la respuesta es no, y estamos sufriendo sus consecuencias de diferentes formas.
La inteligencia artificial es ya una herramienta de gran impacto social, económico y político, capaz de modificar dinámicas de comunicación, trabajo, educación, gobierno y más.
Señalo algunos de sus impactos. La transnacional Amazon ha anunciado que recortará alrededor de 14 mil empleos corporativos, mientras aumenta su gasto en inteligencia artificial. Al tiempo que reduce costos en otras áreas.
Un estudio de Microsoft revela que la automatización impulsada por la inteligencia artificial ya transforma la naturaleza del empleo y anticipa que durante la próxima década varias ocupaciones sufrirán cambios profundos o serán reemplazadas.
Dentro de las principales profesiones en riesgo se encuentran intérpretes y traductores, historiadores, asistentes de vuelo, representantes comerciales, programadores, representantes de servicios al cliente, operadores telefónicos, empleados de agencias de viaje y taquilleros; locutores, DJs de radio y todas aquellas actividades que sean más fáciles de sistematización.
Hago un paréntesis para recordar que recientemente aprobamos un dictamen en la materia para su regulación en materia de derechos de autor, sin embargo, la rápida evolución de la inteligencia artificial requiere que nuestro marco constitucional la contemple para tener la posibilidad de tener su uso, garantizando que estas tecnologías se empleen de manera ética, transparente y en beneficio del interés público y la protección de los derechos humanos.
A nivel internacional, se ha optado por diferentes iniciativas para regular la inteligencia artificial. Por ejemplo, en Estados Unidos la administración del presidente Biden emitió una orden ejecutiva en 2023, que establece principios para el desarrollo seguro y ético de la inteligencia artificial, incluyendo la exigencia de pruebas rigurosas, de seguridad para sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo antes de su despliegue, la promoción de la transparencia en el uso de inteligencia artificial por parte de agencias federales y la creación del AI Safety Institute, dentro del NIST, para desarrollar directrices técnicas.
La inteligencia artificial está transformando todos los aspectos de nuestra vida cotidiana y el ámbito empresarial. Consciente de los beneficios y riesgos asociados con esta tecnología, la Unión Europea ha adoptado un enfoque regulatorio pionero mediante el Reglamento UE 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo de fecha 13 de junio de 2024.
Los objetivos principales de dicho reglamento establecen mejorar el funcionamiento del mercado interior, promover la adopción de inteligencia artificial centrada en el ser humano y fiable. Asegurar un elevado nivel de protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales. Brindar apoyo a la innovación. Garantizar la libre circulación transfronteriza de mercancías y servicios basados en la inteligencia artificial.
Como es posible observar, tanto Estados Unidos como la Unión Europea han tomado medidas legislativas que ya representan normativas secundarias y terciarias que buscan tratar de alcanzar el estrepitoso avance de la inteligencia artificial y su regulación. Sin embargo, en México aún hemos incluido en nuestra Carta Magna el concepto de la inteligencia artificial, a fin de posteriormente avanzar en su regulación secundaria.
De acuerdo con la Unesco, actualmente México no cuenta con un plan o estrategia nacional de inteligencia artificial, por ello enfrenta desafíos significativos en el desarrollo y su implementación.
Por lo anterior, someto a su honrosa consideración mi propuesta para reformar el párrafo tercero del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:
El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, la inteligencia artificial, así como los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha, Internet. Para tales efectos, el Ejecutivo federal, a través de las dependencias encargadas de elaborar y conducir las políticas correspondientes.
En este contexto, es necesario que México primeramente adapte a su marco constitucional la regulación de la inteligencia artificial, para posteriormente elaborar las reformas secundarias correspondientes. Por su atención y apoyo, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Arturo Roberto Hernández Tapia, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial.
Exposición de MotivosPlanteamiento del problema
En el contexto actual, el desarrollo tecnológico ha transformado radicalmente la forma en que los ciudadanos acceden a la información, participan en la vida pública y privada y ejercen sus derechos fundamentales.
La inteligencia artificial (IA) ya no es una promesa del futuro, “es una realidad viva, autónoma, cambiante. Está tomando decisiones en hospitales, juzgados, empresas y hasta en campañas políticas. Sin embargo, mientras la IA avanza a una velocidad vertiginosa, el derecho parece caminar con pasos lentos, inseguros, como si no supiera por dónde empezar a legislarla. La gran pregunta es: ¿estamos preparados jurídicamente para convivir con estas máquinas pensantes?”
La IA) ha emergido como una herramienta de gran impacto social, económico y político, capaz de modificar dinámicas de comunicación, trabajo, educación y gobierno y más.
La trasnacional Amazon, ha anunciado, que “recortará alrededor de 14 mil empleos corporativos, mientras el gigante minorista en línea aumenta su gasto en inteligencia artificial al tiempo que reduce costos en otras áreas.
En junio, el director general Andy Jassy, quien ha buscado reducir costos de forma agresiva desde que asumió el cargo en 2021, dijo que anticipaba que la inteligencia artificial generativa reduciría la plantilla corporativa de Amazon en los próximos años”.
“La IA dejó de ser una promesa lejana y redefine el mercado de trabajo, generando dudas sobre el futuro de múltiples profesiones. Un estudio de Microsoft, difundido por GQ, revela que la automatización impulsada por IA ya transforma la naturaleza del empleo y anticipa que, durante la próxima década, varias ocupaciones sufrirán cambios profundos o serán reemplazadas”.
Entre las principales profesiones en riesgo según el estudio de Microsoft se encuentran intérpretes y traductores, historiadores, asistentes de vuelo, representantes comerciales, programadores CNC, representantes de servicio al cliente, operadores telefónicos, empleados de agencias de viajes y taquilleros, locutores y DJ de radio y todas las actividades más fáciles de sistematizar.
Sin embargo, la rápida evolución de la IA requiere que nuestro marco constitucional la contemple para tener la posibilidad de regular su uso, garantizando que estas tecnologías se empleen de manera ética, transparente y en beneficio del interés público. El rápido desarrollo de la IA plantea desafíos en términos de transparencia, equidad y protección de los derechos humanos.
De acuerdo con la UNESCO, actualmente México “no cuenta con un plan o estrategia nacional de IA. Aunque México enfrenta desafíos significativos en el desarrollo e implementación de la IA, el país tiene fortalezas notables en su marco legal, protección de los derechos humanos, privacidad y protección de datos.
Según el Índice Latinoamericano de Inteligencia Artificial, el uso de la IA por parte de empresas privadas en México es bajo en comparación con otros países latinoamericanos, obteniendo un puntaje de 12.5 en el Índice, con un promedio regional de 25”.
Sin embargo, “México se desempeña mejor en los avances del sector público, ocupando el tercer lugar en América Latina después de Argentina y Uruguay. México ha hecho progresos moderados en la integración de la tecnología en la educación. Sin embargo, los niveles educativos siguen siendo bajos y existe una brecha de género significativa en las carreras STEM”.
Como antecedente es importante referir que en “abril de 2023, se presentó en el Senado de la República la Alianza Nacional de Inteligencia Artificial con el objetivo de fortalecer el ecosistema de la IA en México a través de un enfoque de diálogo inclusivo e interdisciplinario. Esta alianza busca influir en la formulación de políticas públicas, regulaciones y modelos de gobernanza relacionados con la IA”.
La producción científica en IA “es baja en comparación con los estándares internacionales; sin embargo, a nivel regional, México y Brasil representan el 95 por ciento de las patentes de IA de la región, según el Índice Latinoamericano de Inteligencia Artificial. México ocupa el sexto lugar en América Latina en el número de investigadores que trabajan específicamente en IA, después de Chile, Ecuador, Brasil, Uruguay y Colombia, según el Índice Latinoamericano de IA”.
De acuerdo con el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), del estudio de la cuenta pública 2024 “el gobierno federal, durante 2024, aprobó un gasto público de mil 534.7 mdp para apoyar y financiar actividades y proyectos de investigación científica”.
Hay “93 líneas móviles con internet y 106 con telefonía por cada 100 habitantes, con una cobertura de red móvil de al menos 3G para el 93.3 por ciento de la población (2022). El 78 por ciento de la población de seis años o más son usuarios de internet. En el Índice de Preparación del Gobierno para la IA 2023, México obtiene un puntaje de 39.55 en tecnología, ocupando la tercera posición en América Latina. En el Índice de Internet Inclusivo, México ocupa el lugar 52 de 100 en disponibilidad de internet, evaluando la calidad y cobertura de la infraestructura necesaria para el acceso a internet. En 2023, México ocupó el lugar 68 de 193 países en el Índice de Preparación del Gobierno para la IA, mostrando debilidades en su visión estratégica, regulación adecuada y capacidades digitales internas; ocupa el octavo lugar de 33 dentro de la región latinoamericana”.
A nivel internacional, se han adoptado diversas iniciativas para regular la IA. Por ejemplo, en Estados Unidos, “la administración del presidente Joe Biden emitió una orden ejecutiva en 2023 que establece principios para el desarrollo seguro y ético de la IA, incluyendo la exigencia de pruebas rigurosas de seguridad para sistemas de IA de alto riesgo antes de su despliegue, la promoción de la transparencia en el uso de IA por parte de agencias federales y la creación del AI Safety Institute dentro del NIST para desarrollar directrices técnicas”.
Como punto de partida, se propone modificar el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “mediante enmiendas que reconozcan el derecho a acceder a los beneficios de esta tecnología y faculten expresamente al Congreso de la Unión para legislar en materia de IA”.
Asimismo, debe considerarse lo planteado en la Comisión de Análisis, Seguimiento y Evaluación sobre la Aplicación y Desarrollo de la Inteligencia Artificial en México, “Propuesta de marco normativo para la IA en México”, derivada del Informe Consolidado de los seis conversatorios temáticos 2024-2025, en el Senado de la República LXVI Legislatura.
La IA “está transformando todos los aspectos de nuestra vida cotidiana y el ámbito empresarial. Consciente de los beneficios y riesgos asociados con esta tecnología, la Unión Europea ha adoptado un enfoque regulatorio pionero mediante el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024”.
Los objetivos principales del reglamento establecen:
1. “Mejorar el funcionamiento del mercado interior, mediante el establecimiento de un marco jurídico uniforme, en particular, para el desarrollo, la introducción en el mercado, la puesta en servicio y la utilización de sistemas de inteligencia artificial en la Unión.
2. Promover la adopción de una IA centrada en el ser humano y fiable, de conformidad con los valores y los principios de funcionamiento de la Unión.
3. Asegurar un elevado nivel de protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales, consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, incluidos la democracia, el Estado de Derecho y la protección del medio ambiente, protegiendo frente a los efectos perjudiciales de los sistemas de IA en la Unión.
4. Brindar apoyo a la innovación, en particular, a las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluidas las empresas emergentes.
5. Garantizar la libre circulación transfronteriza de mercancías y servicios basados en la IA, impidiendo que los Estados miembros impongan restricciones al desarrollo, la comercialización y la utilización de sistemas de IA, a menos que el propio RIA lo autorice expresamente”.
Una norma que se ha vuelto muy mediática ha sido la Ley danesa sobre deepfakes, ya que es una de las leyes más comentadas contra los deepfakes generados por IA y proviene de Dinamarca: “el gobierno ha modificado su ley de derechos de autor para garantizar que toda persona «tenga derecho a su propio cuerpo, rasgos faciales y voz». En efecto, Dinamarca considera la imagen única de una persona como propiedad intelectual, un enfoque pionero, al menos en Europa. Con un amplio apoyo transversal, la propuesta se sometió a consulta pública a mediados de 2025 y se espera que se apruebe a finales de ese mismo año.
Según esta enmienda, cualquier imitación realista de una persona (rostro, voz o cuerpo) generada por IA y compartida sin consentimiento constituiría una violación de la ley. Los ciudadanos daneses tendrían el derecho legal de exigir la eliminación de dicho contenido, y las plataformas que no lo eliminen se enfrentarían a fuertes multas, según el ministro de Cultura de Dinamarca, Jakob Engel-Schmidt”.
Tanto EU como la Unión Europea han tomado medidas legislativas que ya representan normativas secundarias y terciarias que buscar tratar de alcanzar el estrepitoso avance de la IA y su regulación, sin embargo, en México aún no hemos incluido en nuestra Carta Magna el concepto de la Inteligencia Artificial a fin de posterior a ello avanzar en su regulación que comienza afectar todas las áreas de nuestra vida.
Algunas consideraciones legales por tomar en cuenta:
1. “Conformidad con los derechos humanos: La adición propuesta es consistente con los principios constitucionales de derechos humanos reconocidos en los artículos 1 y 16 de la Constitución.
2. Cumplimiento de tratados internacionales: La propuesta se alinea con tratados internacionales suscritos por México sobre derechos humanos, protección de datos y tecnologías emergentes.
3. No limitación de derechos fundamentales: La inclusión de la regulación de la IA no limita el derecho a la información ni la libertad de expresión, sino que establece principios de regulación para su protección frente a tecnologías automatizadas”.
Es necesario que México adapte su marco constitucional para garantizar que el desarrollo y uso de la IA se realice de manera controlada, transparente y respetuosa de los derechos humanos, para posteriormente elaborar la legislación secundaria correspondiente.
Por ello propongo la inclusión de un párrafo en el artículo 6o. de la Constitución que regule la IA contribuirá a establecer un marco normativo claro y coherente en este ámbito, incorporando en el siguiente cuadro mi propuesta de decreto a fin de ser analizada:
En mérito de lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforma el párrafo tercero del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 6o. ...
...
El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, la inteligencia artificial, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet. Para tales efectos, el Ejecutivo federal a través de la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión, establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/revista/index.php/pluralidad/la-int eligencia-artificial-y-sus-desafios-legales-legislamos-el-futuro-o-perseguimos- el-pasado-
2 https://www.proceso.com.mx/economia/2025/10/28/amazon-recorta-14-mil-empleos-co rporativos-mientras-sube-su-gasto-en-inteligencia-artificial-361657.html
3 https://www.infobae.com/tecno/2025/11/04/las-10-profesiones-que-la-inteligencia -artificial-podria-reemplazar-en-la-proxima-decada-segun-microsoft/
4 https://www.unesco.org/ethics-ai/es/mexico
5 https://www.unesco.org/ethics-ai/es/mexico
6 https://unesdoc.unesco.org/in/documentViewer.xhtml?v=2.1.196& id=p:: usmarcdef_0000390568&file=/in/rest/annotationSVC/DownloadWatermarkedAttachm ent/attach_import_95258ef8-99e5-4b80-bce7-9ba49353535f%3F_%3D390568spa.pdf& locale=es&multi= true&ark=/ark:/48223/pf0000390568/PDF/390568spa.pdf#%5B%7B%22num%22%3A135%2 C%22gen%22%3A0%7D%2C%7B%22name%22%3A%22XYZ%22%7D%2C-317%2C546%2C0%5D
7 https://www.unesco.org/ethics-ai/es/mexico
8 https://ciep.mx/cuenta-publica-2024-gasto-con-endeudamiento-historico/#:~: text=Durante%202024%2C%20el%20gasto%20neto,pesos%20equivalentes%2C%20al%20gasto %20programable.
9 https://www.unesco.org/ethics-ai/es/mexico
10 https://www.veriff.com/es/fraude/aprende/orden-ejecutivo-ai
11 https://comisiones.senado.gob.mx/inteligencia_artificial/images/ noticias/Propuesta.pdf
12 https://comisiones.senado.gob.mx/inteligencia_artificial/images/ noticias/Propuesta.pdf
13 https://www.ania.org.mx/post/ria-unioeuropea
14 https://www.ania.org.mx/post/ria-unioeuropea
15 https://regulaforensics.com/blog/deepfake-regulations/#:~: text= One%20of%20the%20most%20talked,first%2Dof%2Dits%2Dkind
16 https://www.unesco.org/ethics-ai/es/mexico
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de febrero de 2026.— Diputado Arturo Roberto Hernández Tapia (rúbrica).»
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a vecinas y vecinos del distrito cuarto federal de Ciudad de México en Iztapalapa, invitados por la diputada y vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Morena, Dolores Padierna Luna. Sean bienvenidas y bienvenidos.
Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario... no, una disculpa.
LEY GENERAL DE VÍCTIMAS
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene la palabra la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, en materia del fomento de la cultura de la denuncia desde la edad temprana.
La diputada Lucero Higareda Segura:Buenas tardes a todos y a todas. Con el permiso de la Presidencia, la ausencia de denuncias en el caso de maltrato infantil y adolescente sigue siendo una realidad en muchas partes del mundo y por desgracia nuestro país no es la excepción.
Es por ello que en favor de visibilizar este problema para que exista concordancia con los tratados internacionales en la materia, como lo son la Convención sobre los Derechos del Niño emitido para su firma el 20 de noviembre de 1989 en la Asamblea General de las Naciones Unidas propongo este tema, con el desarrollo de marcos jurídicos para la defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes ha habido avances, pero existen pruebas de que a pesar de las normas de protección los derechos de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país, los delitos de abuso no disminuyen.
Por lo que, entonces, debemos pensar en alternativas para que se logre disuadir y acorralar al delincuente que gusta por violentar los derechos de la infancia y adolescencia y así lograr tener un impacto positivo en la reducción y eventual eliminación de todo tipo de abuso por medio de la denuncia que sin ningún temor lleven a cabo las víctimas.
Es por eso, que urge que se establezca la promoción y práctica de la cultura de la denuncia desde edades tempranas para que desde las instancias gubernamentales correspondientes y en extensión a los hogares se induzca a la niñez y a la adolescencia a formar parte de la solución del problema y con ello se permita de la misma forma sistemática directa a los niños, niñas y adolescentes se sientan en libertad de ejercer su derecho de ser respetados y que de forma consciente se vean empoderados y de manera responsable iniciar el cambio de paradigma para pasar a una nueva forma de atacar el problema del maltrato y abuso infantil y adolescente en nuestro país.
Que pudiera ser incluso un modelo novedoso de involucramiento activo a la infancia y adolescencia de cualquier extracto social en la solución del problema que implique el autocuidado incluyendo a los niños, niñas y adolescentes desde la educación y enseñanza los valores que impliquen el autocuidado y la cultura de la denuncia desde edades muy tempranas, incidiendo en los mecanismos que aseguren que las niñas, niños y adolescentes al conocimiento de sus derechos para que los propios infantes aprendan que son sujetos de derecho. Como el derecho a denunciar cuando son violentados y que sepan reconocer los diferentes tipos de violencia a los que pueden ser sometidos.
Por lo anterior, propongo la adición a un segundo párrafo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, por lo que tratándose de medidas preventivas del delito se deberán planear, desarrollar e implementar convenios y programas de inducción coordinados con las instituciones educativas y en conjunto con las instancias correspondientes del Poder Judicial y de procuración e impartición de justicia.
Con el fin de que ellos capaciten tanto a integrantes del sistema nacional de educación como a padres de familia y sociedad en general en la importancia de la cultura de la denuncia de cualquier tipo de abuso en los hogares o entorno familiar.
En los centros educativos o en cualquier otro sitio que pudiera significar un hecho victimizante para que desde edades tempranas la niñez y los adolescentes de nuestro país tengan la conciencia de que son sujetos de derecho. Como el derecho de denunciar cuando son violentados y que sepan reconocer los diferentes tipos de violencia a que pudieran ser sometidos.
Nuestros niños, niñas y adolescentes son el futuro de nuestro país y deben crecer sin miedo, seguros y con las herramientas para formarse un futuro digno y poder transformar nuestro país. Es cuanto, presidente.
«Iniciativa que adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, en materia del fomento de la cultura de la denuncia desde la edad temprana, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena
La proponente, Lucero Higareda Segura, diputada por Guanajuato a la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el numeral 1, fracción I, del artículo 6, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, en materia del fomento de la cultura de la denuncia desde la edad temprana, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa ausencia de denuncias en el caso de maltrato infantil y de adolescentes, sigue siendo una realidad en muchas partes del mundo y por desgracia nuestro país no es la excepción, es por ello, que la preocupación de colectivos de la sociedad civil desde hace décadas pugnó por el impulso de acciones en favor de la visibilidad de este problema para que en concordancia con los tratados internacionales en la materia, como la Convención Sobre los Derechos del Niño, emitida para su firma el 20 de noviembre de 1989 en la Asamblea General de las Naciones Unidas y que se erige como uno de los tratados internacionales con el mayor número de países adheridos al mismo, incluyendo a México, suma 196 países firmantes.
Estructuras legales como esta son logros, que los movimientos sociales y gobiernos a nivel internacional lograron colocar en la agenda pública para atender la necesidad de poner fin a esta problemática. Lo que dio como origen la conformación y el desarrollo de marcos jurídicos para la defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el país.
Tal es el caso precisamente de la Ley general de los derechos de niñas, niños y adolescentes que fue publicada el 4 de diciembre de 2014, misma que reconoce como titulares de derechos a niños y niñas los menores de 12 años de edad; y como los adolescentes a las personas de entre los 12 y los 18 años.
El artículo 13 de esta ley les reconoce enunciativamente sus derechos, entre otros:
• A la vida;
• Vivir en familia;
• A la participación
• A no ser discriminado;
• Una vida libre de violencia y a la integridad personal;
• Protección de la salud y a la seguridad social;
• Inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad;
• Derecho a la educación;
• Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso
• Etcétera.
Tristemente aun con esos avances en la materia, existen pruebas de que a pesar de las normas para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país, los delitos de abuso no disminuyen, por lo que podemos asumir que entonces se debe pensar en alternativas para que de forma creativa se puedan encontrar la solución que de manera contundente se logre disuadir y acorralar al delincuente que gusta por violentar los derechos de la población infantil y adolescente y así lograr tener un impacto positivo en la reducción y eventual eliminación de todo tipo de abuso por medio de la denuncia que sin ningún temor lleven a cabo las víctimas.
Es por eso, que urge que dentro de las normas en materia de Prevención del delito y justicia, se evite llegar a ser parte de las estadísticas nefastas de ser víctimas de delitos, y en ese sentido se establezca la promoción y práctica de la cultura de la denuncia para que desde las instancias gubernamentales correspondientes y en extensión a los hogares, se induzca a la niñez y adolescencia a formar parte de la solución del problema y con ello se permita que de forma sistemática y directa, las niñas, niños y adolescentes se sientan en la libertad de ejercer su derecho a ser respetados y que de forma consciente, se vean empoderados de manera responsable y así, iniciar el cambio de paradigma para pasar a una nueva forma de atacar el problema del maltrato y abuso infantil y adolescente en nuestro país, que pudiera ser incluso, un modelo novedoso de involucramiento activo de la infancia y adolescencia de cualquier estrato social en la solución de problemas que implique el autocuidado.
Aun cuando sabemos y está reconocido que el andamiaje jurídico de nuestro país es robusto y cumple los mandatos de tratados y convenciones internacionales en materia de los derechos de niñas, niños y adolescentes, es necesario perfeccionar algunas disposiciones para que las Leyes sean más precisas en ciertos aspectos que fortalezcan la parte activa de éstas.
La idea de este tema fue retomada de la iniciativa de la diputada Olimpia Tamara Girón Hernández, publicada en Gaceta (https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/65/2022/nov/ 20221123-V-2.pdfy), pero al considerarlo que un tema relevante e importante para la niñez se retomó, actualizo y adecuo, pero en otra ley, al considerarse viable dicha idea, ya que fue desechada en su trámite legislativo el 30 de agosto de 2024, en los términos propuestos.
La cultura de la denuncia en nuestro país
La cultura de la denuncia en México no ha terminado por concretarse en todos los ámbitos de la vida pública y privada entre los distintos sectores que integran la sociedad.
Son diferentes las causas por las que la falta de denuncias ante abusos, la sociedad elige callar, por lo que este “fenómeno”, ha permeado en la sociedad y ha permanecido durante décadas e incluso, se percibe un aumento sustancial conforme va transcurriendo la época reciente causando múltiples perjuicios sobre todo, a las personas que integran los grupos más vulnerables ya sea por pobreza, edad o algún otro factor lo que hace que las personas no denuncien cuando son blanco de abusos por parte de sus victimarios o por autoridades que valiéndose de esa circunstancia, se aprovechan en muchos casos de la ignorancia o temor de las víctimas y las someten a situaciones no deseadas que violentan sus derechos humanos.
Algunas de las causas comunes por las que la gente prefiere callar y no denunciar de las que se sabe son
1. Impunidad: porque se sabe que si se denuncia es muy probable que no va pasar nada con los victimarios.
2. Dilación en las instancias de procuración de justicia: Las personas, prefieren no denunciar porque lo consideran una pérdida de tiempo que no rendirá frutos.
3. Falta de credibilidad en los dichos de los ofendidos u ofendidas: En muchos de los casos de abuso, son los propios familiares quienes ponen en entredicho las versiones de los y las ofendidas, al tratarse de menores de edad o que juegan un rol de subordinación al interior del hogar o de las escuelas.
4. Red de complicidades: Cuando los abusos o actitudes ofensivas son al interior del hogar o en las escuelas, las personas abusadas, casi siempre son menores de edad a las que fácilmente se les manipula con amenazas por parte de varios integrantes del entorno o, aunque sea una sola persona el victimario ejerce presión psicológica y se encarga de generar ambientes de incredibilidad o descrédito.
Y así, se pueden numerar o mencionar muchas otras causas por las que las personas que son víctimas de abusos tanto por particulares como por estructuras de gobierno prefieren no levantar la voz y denunciar abiertamente, pues no confían en que van a ser escuchados y atendidos en defensa de su verdad y razón que promueven.
Tal es el caso de los abusos que sufren las niñas, niños y adolescentes tanto en su vida privada que, se circunscribe a su entorno familiar y de amistades, así como en los centros educativos, colegios, internados, casas hogar, etcétera. Lugares, en donde se supondría debiera existir una nula posibilidad de que se suscitaran actos de abuso contra de su persona o contra sus derechos y que, aun así, son los lugares en donde se perpetran la mayor parte de abusos y delitos que desafortunadamente muchas veces terminan en desenlaces fatales.
Cabe mencionar que no importa la edad para ser víctima de algún abuso, delito o ilícito en el que se vea involucrado el quebranto de la confianza y peor aún, la invasión y violación de los derechos humanos, pues se sabe de una gran cantidad de abusos y maltrato a personas de distintos sexos, géneros y edades como las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes que son vulnerados de por sí, por su propia familia, amistades o autoridades de diferentes esferas como en sus hogares, oficinas de gobierno, escuelas, asilos, transporte, fiscalías o cualquier sitio.
Es decir, esta problemática es una de las que no respeta edad, sexo, posición social o ningún otro factor, pues es un fenómeno generalizado que se asume es la consecuencia de la pérdida progresiva y creciente de valores.
Las principales causas de la “no denuncia” son producto de un origen poco difundido o practicado, razón por la que no ha sido transferido a las costumbres y mucho menos a la cultura de los integrantes de la sociedad en su conjunto. Ese origen es la falta de énfasis en la educación y enseñanza de los valores que impliquen el autocuidado y la cultura de la denuncia desde edades tempranas.
Y es que generalmente al analizar la problemática que se plantea en la presente iniciativa, que es la falta de cultura de la denuncia en nuestro país, nos enfrentamos a la realidad de que para que se adopte esta práctica en la vida diaria de una sociedad, en muchos casos nos damos cuenta de que la pérdida de valores inicia en el hogar y se extiende paradójicamente a los centros educativos, lugares que deben ser complementarios en la educación del individuo y sobre todo en etapas tempranas como en la educación básica que está conformada por la educación inicial de preprimaria o preescolar, primaria y secundaria, que es la etapa en la que se arraiga con mayor contundencia el aprendizaje que se desarrollará a lo largo de la vida de las personas.
Por ejemplo, “a partir de los 2 años, la construcción de los roles sexuales se produce a través de procesos de observación, imitación y refuerzo”, de ahí que la educación infantil o preescolar sea la etapa idónea para que tanto niñas como niños asimilen pautas de conductas igualitarias.
Si bien es cierto que la educación es un proceso complejo que va evolucionando a lo largo de nuestras vidas, es increíble la velocidad a la que somos capaces de aprender en nuestros primeros años de vida.
Uno de los principios básicos del desarrollo y aprendizaje en niños y niñas de 0 a 6 años es que “lo que se aprende en la infancia se mantiene a lo largo de la vida”. Es decir, estas experiencias tempranas, “tienen un efecto acumulativo y a largo plazo en el desarrollo individual de cada niña y niño”.
Sin embargo, para que un “mal” crezca a pesar de los diversos esfuerzos coordinados entre sociedad y gobierno, es necesario que confluyan factores negativos que logren burlar las normas que lo prohíben. Tal es el caso del ciclo maléfico de corrupción-impunidad-repetición, que se da en cualquier tipo de delito que se desarrolla como un flagelo que se incrusta en las sociedades.
Por lo que esta circunstancia, no existiría si se atacara con estrategias diferentes a las ya establecidas, estrategias que contengan un grado mayor de formas novedosas para solucionarlos, como lo pueden ser mecanismos que ofrezcan herramientas de defensa para afrontar y someter de forma paulatina a fenómenos dañinos para las sociedades.
Sin duda, este tipo de estrategias deben estar construidas por elementos que sean complementarios, en este caso la combinación de las leyes en la materia y la promoción de educación y capacitación oficial orientada principalmente a la ejecución de programas coordinados por dependencias de gobierno expertas en los temas de justicia, en coordinación con el sector del sistema nacional de educación de nuestro país en la inducción a prácticas de valores como la honestidad y la autovaloración por las sociedades que juntas, logren desquebrajar los planes de quienes gustan por violar las normas de forma sistemática sabiendo que no serán fácilmente descubiertos y mucho menos castigados.
Así mismo, se deben crear mecanismos para que las niñas, niños y adolescentes, accedan al conocimiento de sus derechos los entiendan y los aprendan los aprendan, para que sepan que pueden denunciar cuando son violentados y que sepan reconocer los diferentes tipos de violencia a los que pueden ser sometidos.
El 90 por ciento de las violaciones contra niñas en México sucede en el entorno familiar
La Conavim aseguró que estos delitos no se denuncian por miedo, desconfianza a la autoridad y vergüenza. Sólo 1 de cada mil casos alcanza una condena, según la OCDE.
El país es el primer lugar en abuso sexual de menores, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos: 90 por ciento fue perpetrado contra las niñas y se produce en el entorno familiar, y al interior de los hogares. Así lo ha denunciado la directora Fabiola Alanís, de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), durante la presentación, este miércoles, de las cifras gubernamentales contra la violencia machista.
Fabiola Alanís, ha señalado que la enorme cifra negra de casos que no se denuncian en este tipo de delitos, tiene que ver con la desconfianza en las autoridades el miedo y la vergüenza y ha pedido la cooperación y colaboración de las y los jueces en el combate a la impunidad, que es de 99 por ciento en este tipo de violaciones. La misma impunidad que deja a las víctimas desprotegidas ante la justicia. “Hay temas que nos incomodan como sociedad y que no nos atrevemos a denunciar”, ha afirmado Alanís al hablar del tema.
En México, sólo 100 casos de abuso sexual se denuncian de cada 1000 y de estos, únicamente el 10 por ciento llega ante un juez. Y sólo 1 por ciento recibe una sentencia condenatoria, de acuerdo con cifras de la OCDE. Aunado a ello, el delito de violación prescribe entre los cinco y los 10 años en muchos de los códigos penales del país, cuando de acuerdo con especialistas en el tema, una víctima de abuso sexual cuando era menor puede tardar décadas en denunciar. Ahora, Ciudad de México, por ejemplo, decidió reformar sus leyes y declarar imprescriptible la pederastia y alargar los plazos para su enjuiciamiento.
En México, según la organización para la infancia Aldeas Infantiles, cada año 5.4 millones de niños, niñas y adolescentes son víctimas de abuso sexual. Seis de cada 10 de estas violaciones se producen en casa y los violadores son tíos, primos, amigos o vecinos de los menores, en 60 por ciento de los casos el agresor es un familiar o pertenece al círculo cercano a la familia.
Tan sólo una semana antes, la dependencia para erradicar la violencia contra las mujeres ponía el foco en el Estado de Michoacán. La entidad con más feminicidios infantiles del país. Del total de estos asesinatos en lo que va de año, el 17 por ciento corresponde a mujeres menores de 17 años. La media nacional es de entre el 7 por ciento y el 9 por ciento, pero Michoacán alcanzó un preocupante 17 por ciento en 2021, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Sin embargo, como se ha documentado, se debe destacar que no solo son las niñas quienes son víctimas de abuso sexual o de cualquier otro tipo de abuso, sino que también, los niños y adolescentes varones, han sido objeto de algún tipo de abuso y violación a sus derechos.
Además, no solo se han documentado casos de abuso por violencia psicológica o física en los entornos cercanos a las víctimas al interior de su hogar o círculos de amistad, sino que también en los centros educativos, situaciones que se han dado a conocer con una relativa tendencia al alza.
El 17 de junio de 2022, el portal Cuestione presentó cifras que muestran el comportamiento de la violencia contra menores de edad en el país:
La violencia a menores aumenta con la edad
Mientras que hay evidencia de que los menores sufren agresiones desde el primer año de vida, los casos se mantienen estables hasta llegar a la adolescencia. La mayoría de los casos de violencia en contra de menores se concentran en un rango de edad de entre los 13 y los 17.
Al categorizar la violencia hacia menores entre niños, niñas y adolescentes, podemos observar que en general, la violencia dirigida hacia los adolescentes es mayor que hacia los niños más chicos. Sin embargo, estos datos podrían no reflejar la realidad con certeza ya que niños y niñas son aún más vulnerables, haciendo difícil que acudan a recibir atención médica.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó en junio de 2020 las siguientes alarmantes cifras respecto a la violencia contra niñas, niños y adolescentes:
Violencia contra los niños en el mundo
• La violencia contra los niños incluye todas las formas de violencia contra los menores de 18 años, infligida por sus padres o por otras personas que les cuiden, sus compañeros, sus parejas u otras personas.
• Se calcula que hasta 1000 millones de niños de entre 2 y 17 años en todo el mundo fueron víctimas de abusos físicos, sexuales, emocionales o de abandono en el último año.
• La violencia sufrida en la infancia afecta a la salud y el bienestar a lo largo de toda la vida.
• La meta 16.2 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es “poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños”.
• Se han recogido pruebas en todo el mundo que demuestran que la violencia contra los niños se puede prevenir.
Efectos de la violencia
La violencia contra los niños afecta, a lo largo de toda la vida, en su salud y su bienestar y en los de sus familias, sus comunidades y sus países. Estas son algunas de esas consecuencias:
• Defunciones: los homicidios, que suelen cometerse con armas blancas o de fuego, son una de las tres principales causas de defunción en los adolescentes. En más del 80 por ciento de los casos, las víctimas y los autores son varones;
• Lesiones graves: por cada homicidio hay cientos de víctimas de la violencia juvenil –predominantemente varones– que sufren lesiones como resultado de peleas y agresiones;
• Trastornos del desarrollo del cerebro y del sistema nervioso: la exposición a la violencia a una edad temprana puede perjudicar el desarrollo cerebral y dañar otras partes tanto del sistema nervioso como de los sistemas endocrino, circulatorio, osteomuscular, reproductivo, respiratorio e inmunológico, con consecuencias que duran toda la vida. Por tanto, pueden verse afectados el desarrollo cognitivo y el rendimiento académico y profesional;
• Estrategias negativas de respuesta y conductas de riesgo para la salud: los niños expuestos a la violencia y a otras circunstancias adversas tienen muchas más probabilidades de fumar, hacer un consumo nocivo de drogas y bebidas alcohólicas e incurrir en conductas sexuales de alto riesgo, así como de presentar tasas más altas de ansiedad, depresión, otros problemas de salud mental y suicidio;
• Embarazos no deseados, abortos provocados, problemas ginecológicos e infecciones de transmisión sexual, entre ellas la infección por VIH;
• Numerosas enfermedades no transmisibles cuando alcanzan la edad adulta. El aumento del riesgo de enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes y otros problemas de salud se debe en gran medida a las estrategias de respuesta negativas y las conductas de riesgo asociadas con la violencia;·pérdida de oportunidades y afectación de la siguiente generación: los niños expuestos a la violencia y a otras circunstancias adversas tienen más probabilidades de abandonar los estudios, más dificultades para encontrar y mantener un empleo y más riesgo de ser víctimas o autores de agresiones interpersonales o autoinfligidas en una etapa posterior de su vida, con lo cual pueden afectar a la generación siguiente.
De manera natural y obvia, nos parece que no hace falta demostrar que a pesar de que existe el marco jurídico en materia de acceso a los derechos humanos y fundamentales que velan por la protección del interés superior de la niñez como lo es la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, no ha sido suficiente pues no han dejado de cometerse diferentes tipos de delitos que atentan contra la dignidad y en muchos casos contra la vida de este sector poblacional de nuestro país convirtiéndolos en Víctimas en ocasiones con consecuencias fatales. Es por ello, que es deseable que, en la legislación en esta materia, se establezca el fomento e inducción a “ la cultura de la denuncia” desde edades tempranas, como una herramienta para la solución del problema, llevando a cabo la implementación de programas de prevención del delito con esta temática, para que estas acciones sean un mecanismo que evite en lo más posible que sean eventualmente víctimas de delitos, abusos y le sean violentados sus derechos humanos en el transcurso de su vida.
Por lo que como ya vimos, también a nivel mundial el fenómeno que aglutina el abuso y la violencia contra las niñas, niños y adolescentes, permanece, lo hace pensar que hace falta abundar en el tema y que se deben llevar a cabo las precisiones correspondientes en las Leyes, que, dicho sea de paso, si han estado a la altura de los acuerdos internacionales en la materia.
Sin embargo, existe una necesidad de abordar la presente problemática desde la arista de la “cultura de la denuncia por parte de los propios infantes” a quienes por medio de la legislación correspondiente ya se les ha reconocido sus derechos y con ello, se cumplen los preceptos constitucionales y del marco legal internacional, pero debido a las razones que se han expuesto en esta iniciativa, todavía existen también diversos obstáculos que hacen difícil el abatimiento del abuso y violencia contra las niñas, niños y adolescentes pues como ya se ilustró, desafortunadamente el número de denuncias por abuso y violencia son insignificantes lo que incentiva la práctica de este ilícito y por lo tanto, por la falta de denuncias, también se está dando rienda suelta a la impunidad.
Por lo que consideramos, que es momento de que se impulsen las acciones afirmativas en el sentido de que las instancias de los diferentes órdenes de gobierno que tengan a su cargo la procuración e impartición de justicia y educación en México, desarrollen de acuerdo a sus atribuciones, programas en los que desde sus respectivas competencias, se promueva la cultura de la denuncia como mecanismo de prevención del delito y con ello se fortalezca desde la sociedad de una manera colaborativa y de participación activa a la solución del problema aquí expuesto.
Por todo lo anterior se propone la adición de un segundo párrafo a la fracción V del artículo 116, de la Ley General de Víctimas .
Se presenta a continuación el cuadro comparativo correspondiente, con fines de claridad para el proceso de revisión a que haya lugar:
De tal manera que el objetivo de la presente iniciativa es precisar en la Ley General de Víctimas, la necesidad de establecer diferentes acciones por parte de las autoridades competentes y la participación de los padres de familia y la sociedad en general, en la instauración de una educación orientada a la cultura de la denuncia, de cualquier tipo de abuso en los hogares o entorno familiar, en los centros educativos o cualquier otro sitio.
Por lo motivado y fundado someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas
Único. Se adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, para quedar como sigue,
Artículo 116. Las instancias públicas, competentes en las materias de seguridad pública, desarrollo social, desarrollo integral de la familia, salud, educación y relaciones exteriores, de cada uno de los órdenes de gobierno, dentro de su ámbito de competencia, deberán.
I. a IV....
V. Implementar programas de prevención y erradicación de la violencia, especialmente la ejercida contra niñas, niños, jóvenes, mujeres, indígenas, adultos mayores, dentro y fuera del seno familiar.
Por lo que tratándose de medidas preventivas del delito, se deberán planear, desarrollar e implementar convenios y programas de inducción coordinados con las instituciones educativas y en conjunto con las instancias correspondientes del poder judicial y de procuración e impartición de justicia, con el fin de que ellos capaciten tanto a integrantes del sistema nacional de educación como a padres de familia y sociedad en general, en la importancia de la cultura de la denuncia, de cualquier tipo de abuso en los hogares o entorno familiar, en los centros educativos o cualquier otro sitio que pudiera significar un hecho victimizante, para que desde edades tempranas la niñez de nuestro país tenga la conciencia de que son sujetos de derechos como el derecho a denunciar cuando son violentados y que sepan reconocer los diferentes tipos de violencia a los que pueden ser sometidos;
VI. a XII....
...
...
...
...
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.gob.mx/conavim/articulos/la-igualdad-de-genero-inicia-desde-la-educ acion-preescolar?idiom=es
2 http://www.psicologia.unam.mx/documentos/pdf/publicaciones/Desarrollo_y_aprendi zaje_infantil_y_su_observacion_Pastor_Nashiki_y_Perez.pdf
3 https://elpais.com/mexico/2021-11-03/el-90-de-las-violaciones-contra-ninas-en-m exico-sucede-en-el-entorno-familiar.html
4 https://cuestione.com/nacional/mexico-primer-lugar-ocde-violencia-fisica-abuso- sexual-homicidios-ninos-ninas-adolescentes/
5 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/violence-against-children#: ~: text=Datos%20y%20cifras&text=Se%20calcula%20que%20hasta%201000,el%20%C3%BAl timo%20a%C3%B1o%20(1)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputada Lucero Higareda Segura (rúbrica).»
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
SE DECLARA AL 3 DE ENERO COMO EL DÍA NACIONAL DE LOS EJIDOS Y LAS COMUNIDADES AGRARIAS
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Zoraya Villacis Palacios, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara al 3 de enero como el Día Nacional de los Ejidos y las Comunidades Agrarias.
La diputada Zoraya Villacis Palacios:Con su venia, presidente. Compañeras y compañeros legisladores, hoy subo a esta tribuna con el firme compromiso de honrar nuestra historia y fortalecer la justicia social que dio origen a esta cuarta transformación.
Hablar del ejido y las comunidades agrarias es hablar de la raíz más profunda de nuestra identidad nacional, de la lucha por la tierra, por la equidad y por la dignidad del pueblo mexicano. El 6 de enero de 1915 Venustiano Carranza promulgó la primera Ley Agraria, antecedente directo del artículo 27 constitucional, que consagró la función social de la tierra y devolvió al pueblo el derecho a poseerla y trabajarla.
Ese día marcó el inicio del reparto agrario y la redención del campesinado mexicano. No fue un acto aislado, fue el cumplimiento del reclamo más justo de la Revolución Mexicana: la tierra es para quien la trabaja.
Por ello, propongo que el 3 de enero sea reconocido oficialmente como el Día del Ejido y de las Comunidades Agrarias. Este reconocimiento no es simbólico, es un acto de memoria histórica y de reivindicación social.
Porque el ejido y las comunidades agrarias no son solo figuras jurídicas, sino además espacios de vida, de identidad colectiva y de soberanía alimentaria y de democracia directa.
Hoy, más de cien millones de hectáreas que integran más de la mitad del territorio nacional están bajo el régimen de propiedad social, en ellas habita una cuarta parte de nuestra población. Son núcleos agrarios que sostienen la economía rural, preservan tradiciones y fortalecen la gobernanza local en congruencia con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y con los compromisos internacionales que México ha asumido en materia de derechos agrarios e indígenas.
Hoy, la administración de nuestra presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, ha centrado su relación con los ejidos en la revalorización de la prosperidad social, y muy especialmente en el reconocimiento de los derechos agrarios de las mujeres.
Una meta prioritaria es defender a las mujeres ejidatarias y comuneras. Hasta marzo del 2026, del presente, se reporta la entrega de cerca de 30 mil títulos agrarios a mujeres de todo el país buscando darles certeza jurídica sobre la tierra que trabajan, porque es tiempo de mujeres.
Compañeras y compañeros, la cuarta transformación nos llama a saldar deudas históricas y a consolidar la justicia social. Reconocer el 3 de enero como Día nacional del ejido y de las comunidades agrarias es reafirmar que la tierra sigue siendo la base de nuestra estructura social y que su función es garantizar el bienestar, desarrollo sustentable y soberanía alimentaria.
Así como se celebra el Día del Trabajo, el Día del Campesino, hoy debemos dar un paso más, honrar el régimen de propiedad social, eje estructural de la reforma agraria y fruto de la Revolución Mexicana. Porque sin tierra no hay justicia, sin justicia no hay paz y sin paz no hay transformación.
Por la memoria de quienes lucharon por la dignidad de quienes trabajan la tierra, por el futuro de México, les pido su respaldo para que el 3 de enero sea Día Nacional del Ejido y Comunidades Agrarias.
Es tiempo de reconocer a los que nos dan identidad y sustento. Es tiempo de hacer justicia histórica. Es tiempo de seguir transformando a México. Que viva el ejido, que vivan las comunidades y que viva la cuarta transformación. Que viva nuestra presidenta. Que viva nuestra gobernadora.
Y hoy aprovecho: desde esta máxima tribuna felicito a una excelente mujer que, con su ejemplo de trabajo y compromiso, nos inspira a todas las veracruzanas. Ella es nuestra gobernadora, la ingeniera Rocío Nahle, quien hoy está cumpliendo años, deseándole mucha salud y mucha larga vida. Desde aquí, desde la bancada Morena y desde sus diputados de Veracruz, muchas felicidades, gobernadora.
Asimismo, aprovecho para comentarle a la oposición, quien busca atacar diariamente que nuestro estado de Veracruz... Basta. No vamos a permitir más difamaciones porque en Veracruz tenemos mucha gobernadora que día a día está realizando un arduo trabajo, transformando a ras de territorio, no como algunos o algunas que vienen a criticar desde ahí sentados, pero nunca van a poder entenderlo porque ¿saben qué? Porque ustedes no gobiernan. Para eso les falta convicción y amor al prójimo. Y nuestra gobernadora tiene amor a Veracruz...
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Concluya, diputada.
La diputada Zoraya Villacis Palacios:...Y que les quede bien claro. Y celebro también que en Veracruz aterrizó la cuarta transformación en el bello puerto. Hoy sacamos a los azules y así vamos a seguir sacando a todos. Y que viva la transformación...
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Concluya, diputada.
La diputada Zoraya Villacis Palacios:...Y que les quede claro que tenemos mucha gobernadora. Es cuanto.
«Iniciativa de decreto por el que se declara el 3 de enero “Día Nacional de los Ejidos y las Comunidades Agrarias”, a cargo de la diputada Zoraya Villacis Palacios, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada Zoraya Villacis Palacios, integrante del Grupo parlamentario de Morena en esta LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y 262, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se declara al 3 de enero como el Día Nacional de los Ejidos y las Comunidades Agrarias, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl Ejido y las Comunidades Agrarias en México, constituyen la base del régimen de propiedad social, como resultado de luchas históricas por la tierra, la justicia y la equidad. Estas figuras no solo garantizan el sustento económico de millones de mexicanos, sino que simbolizan la identidad agraria, la soberanía alimentaria y la justicia social, derivadas de la Revolución Mexicana. La fecha del 3 de enero, posee un valor jurídico y político especial, toda vez que, en 1915, el entonces Encargado del Poder Ejecutivo Venustiano Carranza, promulgó la respectiva Ley Agraria, considerada el primer antecedente formal del reparto agrario y antecedente directo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.
Por ello, resulta plenamente justificable que el 3 de enero sea reconocido oficialmente como el Día Nacional del Ejido y de las Comunidades Agrarias, ya que, con ello, al ejido y a las comunidades agrarias, se les reconoce como el fruto del movimiento de la Revolución Mexicana, que tuvo como su máximo reclamo el reparto de tierra, reconociendo además que, la tierra es la base de la estructura social mexicana, y su injusta distribución fue la causa principal de la desigualdad.
Por lo anterior, la Ley Agraria de 1915 y posteriormente con el artículo 27 de la Carta Magna de 1917, reconocen que la tierra debía cumplir una función social, devolviendo al pueblo el derecho a poseer y trabajar la misma, donde el ejido fue la fórmula jurídica de redención del campesinado mexicano; además, establece que establece que la propiedad de las tierras y aguas dentro del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación, y esta puede transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, sin dejar de lado, que en su fracción XX dispone entre otras cosas que: “el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, (...), su participación e incorporación en el desarrollo nacional, (...)”.
Actualmente, los Ejidos y Comunidades Agrarias representan un poco más de la mitad del territorio nacional: aproximadamente más de 100 millones de hectáreas se encuentran bajo régimen de propiedad social, según datos Registro Agrario Nacional, siendo constituidos por una cuarta parte de la población mexicana. Estos núcleos agrarios no solo son unidades económicas, sino también espacios de identidad colectiva, donde subsisten tradiciones, sistemas de cooperación y gobierno local.
En ellos, la Asamblea Ejidal y Comunal, es ejemplo de democracia directa y gestión participativa, principios reconocidos por el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales (Organización Internacional del Trabajo, 1989), consagrando el derecho a la consulta y a la autodeterminación en la gestión de sus tierras. Este marco normativo refuerza la autonomía organizativa y la gobernanza local como pilares del desarrollo sostenible.
En tanto, el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consagra la propiedad social de la tierra y, faculta al Estado para restituir, dotar o reconocer derechos agrarios. Asimismo, la actual Ley Agraria, regula la organización, administración y defensa de los ejidos y comunidades; tomando en consideración que el 3 de enero de 1915, en el Estado de Veracruz, en aquel momento, Venustiano Carranza, en su carácter de Encargado del Poder Ejecutivo, promulgó la primera Ley Agraria, que sentó las bases del reparto de tierras, la restitución a comunidades despojadas y la formación del patrimonio ejidal.
Este hecho marcó el nacimiento jurídico del Estado Agrarista Mexicano, por lo cual, su conmemoración refuerza los valores constitucionales de justicia social, soberanía alimentaria y desarrollo rural sustentable, sin omitir que, México ya reconoce días nacionales vinculados con sectores productivos y sociales, tales como: el Día del Trabajo y el Día del Campesino; sin embargo, ninguno celebra específicamente el régimen de propiedad social de la tierra, eje estructural de la Reforma Agraria Mexicana y Producto de la Revolución Mexicana.
Por tanto, establecer el 3 de enero como Día Nacional del Ejido y de las Comunidades Agrarias en México, sería un acto de memoria histórica y reivindicación social, equiparable al reconocimiento que otras naciones otorgan a sus instituciones agrarias, acreditando que el derecho a la tierra y a la propiedad comunal son reconocidos como derechos humanos en instrumentos internacionales, tal es el caso del antes citado El Convenio 169 de la OIT (1989), que en sus artículos 13 al 19, protege los derechos de propiedad y posesión de los pueblos indígenas sobre las tierras que tradicionalmente ocupan.
Asimismo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y Otras Personas que Trabajan en Zonas Rurales establece el derecho a la tierra y a los recursos naturales como fundamento del desarrollo humano y cultural. A nivel regional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha sostenido que el reconocimiento de la propiedad comunal es parte esencial del derecho a la identidad cultural y a la autodeterminación de los pueblos.
Por tanto, conmemorar el 3 de enero en México como el Día Nacional de los Ejidos y Comunicades Agrarias, fortalecería el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano en materia de reconocimiento de derechos agrarios, indígenas y rurales, ya que no se trata de una fecha arbitraria, sino que en dicha fecha, hace más de un siglo, se sentaron las bases de la justicia agraria moderna, en consecuencia, únicamente se reconocería de manera oficial.
El Ejido y las Comunidades Agrarias, son más que instituciones jurídicas: es decir, representan la memoria viva del pueblo mexicano, su lucha por la tierra, la equidad y la dignidad, desde su origen en 1915, estas figuras han contribuido al desarrollo rural, la seguridad alimentaria y la preservación cultural en nuestro país, instituir el 3 de enero como Día Nacional del Ejido y de las Comunidades Agrarias es un acto de justicia histórica, reconocimiento constitucional y coherencia internacional.
Esta iniciativa promueve valores democráticos, educativos y de identidad nacional, así como de reconocimiento simbólico y permanente a uno de los pilares jurídicos producto de la Revolución Mexicana de 1917, la propiedad social, materializada en la creación de Ejidos y Comunidades Agrarias, por lo que someto a consideración del pleno de esta Asamblea el siguiente:
Contenido de la iniciativa
Decreto por el que se declara al 3 de enero “Día Nacional del Ejido y Comunidades Agrarias”
Artículo Único. El honorable Congreso de la Unión declara el 3 de enero “Día Nacional del Ejido y de las Comunidades Agrarias”.
Disposiciones transitoriasÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Trujillo Bautista, J. M. (2005). El ejido, símbolo de la Revolución Mexicana. Revista PA, 58, 1–20.
2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [CPEUM]. Art. 27. 5 de febrero de 1917 (México). Última reforma: 15 de octubre de 2025. Diario Oficial de la Federación.
https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/cpeum/documento/cpeu m.pdf
3 Registro Agrario Nacional. (2023, 28 julio). Indicadores básicos de la propiedad social del RAN, fuente fidedigna de consulta nacional. Gobierno de México.
https://www.gob.mx/ran/articulos/indicadores-basicos-de-la-propi edad-social-del-ran-fuente-fidedigna-de-consulta-nacional
4 Organización de las Naciones Unidas (ONU). (2018). Declaración sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales. Ginebra.
5 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2006). Caso Comunidad Sawhoyamaxa vs. Paraguay. Corte IDH, Sentencia de 29 de marzo de 2006.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 17 días del mes de noviembre del año 2025.— Diputadas y diputados: Zoraya Villacis Palacios, Briceyda García Antonio, Carmelo Cruz Mendoza, Clara Cárdenas Galván, Elda Esther del Carmen Castillo Quintana, Gloria Sánchez López, Haidyd Arreola López, Jaime Humberto Pérez Bernabe, José Alejandro Aguilar López, Julieta Kristal Vences Valencia, Mónica Angélica Álvarez Nemer, Petra Romero Gómez, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a la diputada Michel Sánchez Allende, presidenta del Congreso de Baja California; a la diputada Alejandra Gómez, presidenta del Congreso de Chiapas; a la diputada Roxanna Hernández, presidenta del Congreso de San Luis Potosí; a la diputada Rosalinda López, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género de Chiapas, así como a Alina Mariel Narciso Tehuaxtle, activista social prominente de la ley Alina, invitadas todas ellas por las diputadas Gabriela Jiménez Godoy, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Morena, Anais Burgos Hernández y Alma Laura Ruiz López, de Morena. Sean bienvenidas a esta Cámara de Diputados.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción III al artículo 37, recorriendo los subsecuentes de la Ley General de Educación Superior.
La diputada Gloria Sánchez López:Con su permiso, diputado presidente.
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Adelante.
La diputada Gloria Sánchez López: Compañeras y compañeros legisladores, al pueblo de México, a los pueblos indígenas y afromexicanos, les saludo en mi lengua materna diidxazá, zapoteco de la región del istmo del estado de Oaxaca... (habla en zapoteco).
Me presento en esta tribuna, con la convicción de que la educación superior debe ser un derecho efectivo para todas y todos. México se reconoce constitucionalmente como una nación pluricultural, sustentada en sus pueblos indígenas y afromexicanos. Esta diversidad es una de las mayores fortalezas de nuestro país y debe verse reflejada en nuestras instituciones de educación superior.
De acuerdo al Inegi, en México 23.2 millones de personas se auto adscriben como indígenas y solamente el 17.2 por ciento logra ingresar a la educación superior, 7.4 millones hablan una lengua indígena y 2.5 millones de personas se auto adscriben como afromexicanas. Estas cifras muestran con claridad que hablamos de una parte fundamental de nuestra nación y de la necesidad de seguir impulsando políticas concretas que permitan que las juventudes indígenas y afromexicanas lleguen a las universidades, permanezcan en ellas y concluyan sus estudios.
Esto implica fortalecer a México desde una perspectiva de derechos humanos reconociendo la inteligencia, la dignidad y la perseverancia de miles de personas jóvenes de nuestras comunidades, quienes día a día luchan para abrirse camino y construir un mejor futuro, más justo e incluyente.
Es importante reconocer que, pese a los avances en el reconocimiento en los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, aún persisten barreras estructurales que dificultan su ejercicio pleno en la vida cotidiana.
Existen obstáculos como la distancia, las condiciones económicas, las barreras culturales y lingüísticas que limitan el acceso, la permanencia y la conclusión de la educación superior ara las y los jóvenes de nuestras comunidades.
Por ello, no basta que los derechos estén reconocidos en nuestras leyes, es fundamental que se materialicen en oportunidades reales en condiciones sustantivas de igualdad y en trayectorias educativas pertinentes, accesibles y culturalmente adecuadas. En ese contexto hablar de educación implica hablar de justicia social y de igualdad de oportunidades.
Ante todo lo anterior, mi propuesta es adicionar una fracción III al artículo 37 de la Ley General de Educación Superior para que las autoridades e instituciones de educación superior implementen mecanismos de acción afirmativa para personas de origen indígena y afromexicana.
Hermanas y hermanos, cuando un joven o una joven indígena o afromexicana accede a la educación superior no solo se transforma una historia personal, se amplía el horizonte de una familia, se fortalece una comunidad y se enriquece el país entero. Hasta que la dignidad se haga costumbre. Por nuestras juventudes, muchas gracias. (Habla en zapoteco).
«Iniciativa que adiciona una fracción III al artículo 37, recorriendo los subsecuentes, de la Ley General de Educación Superior, a cargo de la diputada Gloria Sánchez López, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Gloria Sánchez López, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción III al artículo 37, recorriendo los subsecuentes, de la Ley General de Educación Superior, en materia de acciones afirmativas para el acceso de los pueblos indígenas y afromexicanos a la educación superior.
Exposición de MotivosI. Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver
La educación superior en México continúa siendo un espacio profundamente desigual, especialmente para las y los jóvenes indígenas y afromexicanos. Aunque el marco constitucional establece el derecho a la educación para todas las personas, en la práctica, el acceso a este derecho se ve condicionado por factores estructurales que reproducen la exclusión histórica de los pueblos originarios del país.
De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), aproximadamente 7.3 millones de personas en México hablan alguna lengua indígena, lo que representa 6.1 por ciento de la población total. Sin embargo, cuando se incluye a quienes se autoidentifican como indígenas, la cifra asciende a más de 23.2 millones de personas, es decir, 19.4 por ciento de la población. Esta diferencia evidencia un fenómeno de desplazamiento lingüístico forzado derivado de políticas de castellanización, estigmatización cultural y ausencia de estrategias de revitalización lingüística, lo cual no puede interpretarse como integración, sino como resultado del abandono institucional.
El primer reconocimiento estadístico de la población afromexicana en México se hizo a través de la Encuesta Intercensal de 2015, cuando por primera vez el Inegi preguntó: “¿Se reconoce usted como afromexicano, negro o afrodescendiente?”. Ese ejercicio de muestreo estimó una población de aproximadamente 1.4 millones de personas, equivalentes al 1.2 por ciento de la población total.
Posteriormente, en el Censo Nacional de Población y Vivienda 2020, ya se incluyó la misma pregunta en el cuestionario oficial. Los resultados mostraron que 2 millones 576 mil 213 personas se autoidentificaron como afromexicanas o afrodescendientes, lo que representa 2.04 por ciento de la población total. Cabe destacar que, de esta cifra, 7.4 por ciento habla también alguna lengua indígena.
En el ámbito educativo, esta exclusión se materializa en cifras alarmantes: según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH, 2022), únicamente 4.9 por ciento de los hablantes de lengua indígena accede a la educación superior, frente a 20.5 por ciento del resto de la población. Este dato confirma que los pueblos indígenas y afromexicanos no sólo están subrepresentados en las universidades públicas y privadas, sino que enfrentan barreras sistemáticas que van desde la pobreza la desigualdad educativa en niveles previos, hasta la discriminación institucional. territorial y cultural.
El sistema actual de acceso a la educación superior, basado en principios de evaluación uniforme, ignora las diferencias estructurales de origen que enfrentan las y los jóvenes indígenas. Evaluar en igualdad de condiciones a quienes compiten desde posiciones radicalmente desiguales genera resultados injustos. Es un sistema que confunde igualdad formal con justicia real, y que termina consolidando las brechas sociales en lugar de cerrarlas.
II. Problemática desde la perspectiva de género
La exclusión educativa de las personas indígenas adquiere una dimensión aún más compleja cuando se analiza con perspectiva de género. Las mujeres indígenas y afromexicanas enfrentan múltiples formas de discriminación simultánea: por su género, su origen étnico, su lengua, su situación socioeconómica y, en muchos casos, por residir en contextos rurales o altamente marginados.
En muchas comunidades, las niñas y jóvenes indígenas son obligadas a abandonar la escuela para asumir tareas domésticas o de cuidado familiar, e incluso son forzadas a contraer matrimonio a edades tempranas. Lo que limita de manera prematura y sistemática sus trayectorias educativas. Estas prácticas se inscriben en un entramado de desigualdades estructurales que se refleja en los niveles de escolaridad alcanzados por las mujeres indígenas de 15 años o más quienes en promedio alcanzan 6.1 grados, en tanto que las mujeres no indígenas llegan hasta el 10.5. Aunado a ello, cuando logran concluir la educación media superior, enfrentan barreras adicionales como la falta de recursos económicos, el desplazamiento forzoso hacia ciudades, la violencia de género, la falta de redes institucionales de apoyo, y la discriminación tanto en los procesos de admisión como en la permanencia en la universidad.
Además, las estadísticas muestran que las mujeres indígenas y afromexicanas tienen menor representación en carreras universitarias estratégicas, como ingeniería, medicina, ciencias exactas o tecnología, lo cual perpetúa su exclusión de desarrollo profesional y económico. A esto se suma la escasa existencia de programas institucionales con perspectiva intercultural y de género que garanticen condiciones seguras y culturalmente pertinentes para su formación profesional.
Por tanto, cualquier medida que busque garantizar el acceso de los pueblos indígenas y afromexicanos a la educación superior debe incorporar de manera explícita la dimensión de género, para no reproducir en el interior de las acciones afirmativas las mismas desigualdades que se pretende combatir.
III. Argumentos sobre la iniciativa
Esta iniciativa se sustenta en una combinación de elementos teóricos, jurídicos y empíricos que demuestran la necesidad y legitimidad de establecer acciones afirmativas específicas para garantizar el acceso equitativo de las y los jóvenes indígenas y afromexicanos a la educación superior.
1. La meritocracia sin equidad reproduce la exclusión estructural
El principio de “igualdad de oportunidades” que guía muchos procesos de admisión universitaria se basa en la suposición de que todos los aspirantes compiten en condiciones similares. Sin embargo, como lo argumenta el filósofo político Michael J. Sandel en su obra La tiranía del mérito (2020), el ideal meritocrático moderno ha derivado en una forma de “arrogancia moral” que castiga a quienes no logran superar los filtros de admisión, sin considerar las barreras estructurales que enfrentan.
En este modelo, el esfuerzo y el mérito se presuponen como los únicos factores determinantes del éxito, invisibilizando la desigualdad de origen. Se trata de una narrativa que responsabiliza al individuo por su exclusión, en lugar de cuestionar un sistema que premia el privilegio y castiga la desigualdad.
2. El contexto social y económico debe formar parte del criterio de admisión
Jóvenes indígenas y afromexicanos que trabajan para sostenerse, que viven en comunidades sin conectividad ni transporte, que asumen responsabilidades familiares desde la adolescencia, no tienen las mismas oportunidades que quienes estudian con apoyo económico y redes institucionales urbanas. Evaluarlos exclusivamente por su promedio académico es no reconocer su esfuerzo adicional, su resiliencia ni su compromiso con sus comunidades.
3. Las acciones afirmativas son herramientas legítimas de justicia social
Países como Brasil, Nueva Zelanda, Canadá y Estados Unidos de América (EUA) han desarrollado exitosos modelos de admisión diferenciada para poblaciones indígenas o étnicas migrantes, sin comprometer la calidad educativa. En México, algunas universidades han comenzado a implementar programas especiales para estudiantes indígenas, pero no existe un mandato nacional que obligue a todas las instituciones públicas a reservar matrícula ni a aplicar criterios diferenciados de evaluación.
Las acciones afirmativas no otorgan privilegios inmerecidos, sino que corrigen las condiciones de exclusión estructural, y reconocen el derecho a competir en condiciones más justas. No se trata de “bajar estándares”, sino de ajustar los filtros para que reflejen el verdadero mérito: el esfuerzo, la capacidad de superación y el compromiso social.
IV. Fundamento legal
• Artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: reconoce el derecho de los pueblos indígenas y afromexicanos al acceso pleno a todos los niveles del sistema educativo.
• Artículo 3o. constitucional: mandata al Estado a garantizar una educación con equidad e inclusión para todos los mexicanos y mexicanas.
• Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): establece la obligación de los estados de adoptar medidas especiales para asegurar el acceso de los pueblos indígenas a la educación.
• Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007: reafirma el derecho de los pueblos indígenas a acceder a una educación adecuada a sus realidades lingüísticas, culturales y sociales.
• La población afrodescendiente también cuenta con instrumentos internacionales y nacionales que respaldan el reconocimiento de sus derechos, incluyendo el acceso a una educación inclusiva y pertinente a su contexto, entre ellos:
• La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) de 1965 establece que los estados deben garantizar a todas las personas el derecho a la educación, sin distinción de raza, color, origen nacional o étnico.
• La Declaración y Programa de Acción de Durban 2001: reconoce expresamente a las personas afrodescendientes como víctimas históricas de la esclavitud, la colonización y el racismo estructural, y llama a los estados a implementar acciones afirmativas, incluyendo en educación.
• El Decenio Internacional de los Afrodescendientes (2015-2024). Proclamado por la ONU para promover el “reconocimiento, la justicia y el desarrollo” de los afrodescendientes. Establece explícitamente el deber de los estados de garantizarles participación plena y condiciones equitativas en educación.
• Ley General de Educación Superior: establece en el artículo 10, los criterios para la elaboración de políticas en materia de educación superior, dentro de los cuales destaca la impartición de la educación superior con un enfoque de inclusión social que garantice la equidad en el acceso a este derecho humano.
V. Cuadro comparativo
Por las razones expuestas, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción III al artículo 37, recorriendo los subsecuentes, de la Ley General de Educación Superior
Artículo Único. Se adiciona la fracción III del artículo 37, recorriendo los subsecuentes de la Ley General de Educación Superior, para quedar como sigue:
Artículo 37. Las autoridades educativas y las instituciones de educación superior, en ejercicio de sus atribuciones, promoverán las siguientes acciones de manera coordinada:
I. a II. ...
III. Mecanismos de acción afirmativa para garantizar el acceso, permanencia y egreso de estudiantes pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, bajo los términos de esta Ley.
IV. a XIV. ...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Referencias
- Agenda propia. Mujeres indígenas protagonistas en la ciencia. (2023). Recuperado de
https://agendapropia.co/articles/mujeres-indgenas-protagonistas- en-la-ciencia?lang=es.
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2021). Ley General de Educación Superior. Recuperado de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGES_200421.pdf.
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf.
- Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2015). Declaración de los derechos de los pueblos indígenas. Recuperado de
https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/cartillas/2015-2016/13-dec laracion-pueblos-indigenas.pdf.
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2020). Censo de Población y Vivienda 2020. Recuperado de
https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/.
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2021). Encuesta Intercensal 2015: Variable afrodescendiente (AFRODES). Red Nacional de Metadatos. Recuperado de
https://www.inegi.org.mx/rnm/index.php/catalog/214/datafile/F18/ V1243.
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025). Estadísticas a propósito del Día Internacional de los Pueblos Indígenas. Recuperado de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2025 /EAP_PuebIndig_25.pdf.
- Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (1965). Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Recuperado de
https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/inte rnational-convention-elimination-all-forms-racial.
- Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Declaración y Programa de Acción de Durban: Conferencia contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia. Naciones Unidas. Recuperado de
https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications /DurbanDecProgAction_sp.pdf.
- Organización Internacional del Trabajo. (1989). Convenio 196 sobre los pueblos indígenas y tribales en países independientes. Recuperado de
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/30118/Convenio169 .pdf
- Sendel, M. J. (2021). La tiranía del mérito: ¿Qué ha sido el bien común? Debate. Recuperado de
https://www.inep.org/images/2025/TXT/2020-Sandel-tirania_merito. pdf.
- United Nations. Decade of Decade of People of African Descent: Development.
https://www.un.org/en/observances/decade-people-african-descent/ development.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2026.— Diputadas y diputados: Gloria Sánchez López, Anais Miriam Burgos Hernández, Any Marilú Porras Baylón, Beatriz Andrea Navarro Pérez, Briceyda García Antonio, Carmelo Cruz Mendoza, Clara Cárdenas Galván, Claudia García Hernández, Elda Esther del Carmen Castillo Quintana, Graciela Domínguez Nava, Haidyd Arreola López, Herminia López Santiago, Irma Juan Carlos, Isidro Enrique Villegas García, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Julieta Kristal Vences Valencia, Katia Alejandra Castillo Lozano, Margarita Corro Mendoza, María del Rosario Orozco Caballero, María Magdalena Rosales Cruz, Mildred Concepción Ávila Vera, Mónica Angélica Álvarez Nemer, Paola Tenorio Adame, Petra Romero Gómez, Rosa María Castro Salinas, Rosario del Carmen Moreno Villatoro, Rufina Benítez Estrada, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias, diputada Gloria Sánchez. Túrnese a la Comisión de Educación, para dictamen.
Y si me permite, a título personal, adherirme a su iniciativa.
Diputada Kristal, sonido en su curul ¿con qué objeto? Sonido en la curul de la diputada Kristal, por favor. Solicito a Servicios Parlamentarios dé sonido a la curul de la diputada Kristal, por favor. Adelante, diputada. ¿Con qué objeto?
La diputada Julieta Kristal Vences Valencia (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Solamente felicitar a nuestra hermana Gloria por esta iniciativa a favor de las acciones afirmativas, sobre todo, de nuestros pueblos indígenas y afromexicanos. Y pedirle a nuestra hermana Gloria que permita poder suscribirnos a esta iniciativa que, sin duda, es extraordinaria. Muchas felicidades, compañera.
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputada. La iniciativa está a disposición de las y los diputados que deseen adherirse en la Secretaría de la Mesa Directiva.
¿Con qué objeto, diputada Mónica?
La diputada Mónica Ángelica Álvarez Nemer (desde la curul): Para adherirme. Nuevamente también para...
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Está a disposición de ustedes en la Mesa Directiva.
La diputada Mónica Ángelica Álvarez Nemer (desde la curul): Sí, ya lo comentaste, presidente. Gracias.
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Gracias, diputada Álvarez Nemer.
CÓDIGO PENAL FEDERAL Y LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 199 Octies del Código Penal Federal y el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia digital. Sonido en la tribuna, por favor.
El diputado Raymundo Vázquez Concha:Presidente, con su venia.
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Adelante, diputado.
El diputado Raymundo Vázquez Concha: Muy buena tarde a todas y a todos los diputados presentes, al pueblo de México, para lo cual los encomendaron las actividades propias de un legislador para efecto e impacto de la modernización y actualización de las leyes que emanan de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y también las normas y leyes secundarias. Gracias a todas y todos.
El día de hoy me honro con generar la presentación de la decimoquinta iniciativa propuesta de su servidor como parlamentario en esta Cámara de Diputados. Vengo a presentar a esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 199 Octies del Código Penal Federal y al artículo 20 Quater de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de violencia digital, eco que habrá de hacer lo que nosotros aquí determinamos como herencia para generar seguridad a nuestras mujeres mexicanas.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, la violencia digital comprende ciberacoso, amenazas, discursos de odio, difusión no consentida de material o contenido de carácter sexual, vigilancia y la creación de imágenes o videos sexualizados de mujeres, generado con inteligencia artificial sin su consentimiento. Y un ejemplo claro es de deepfakes news.
En este sentido, las tecnologías de la información y la comunicación han generado nuevas formas de violencia contra las mujeres y las niñas por razón de género. Esto impide su empoderamiento, desarrollo y el pleno disfrute de sus derechos humanos, como la dignidad de la libertad de expresión, la protección de datos personales, el no ser objeto de injerencia en la vida privada y en el acceso a la justicia.
Por otra parte, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha destacado que los Estados deben ser y promulgar medidas legislativas adecuadas y asegurar las debidas respuestas para hacer frente al fenómeno de la violencia en línea contra la mujer.
De acuerdo con el informe de la ONU, titulado Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, violencia contra las mujeres y las niñas facilitada por la tecnología de 2024. Asimismo, en América latina 9 de cada 10 mujeres han experimentado alguna forma de violencia facilitada por la tecnología.
En México, de acuerdo con el módulo sobre ciberacoso del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 10.6 millones de mujeres han sido víctimas de violencia digital. Una de cada cinco mujeres.
Las mujeres reciben el doble de insinuaciones o propuestas sexuales no solicitadas en los hombres. Quienes pudieron identificar a sus agresores señalan que el 87 por ciento proviene solo de hombres. Las mujeres entre 20 y 29 años concentran la mayor prevalencia, que son 3 de cada 10 mujeres.
La violencia digital empieza desde edades tempranas. Más de la mitad de las niñas y adolescentes que usan internet han vivido violencia en línea y muchas reportan sus primeras experiencias de acoso en redes sociales entre los 14 y 16 años.
Es importante destacar que la Organización de las Naciones Unidas Mujeres ha alertado por el aumento desproporcionado de este tipo de violencia a nivel mundial...
Presidencia de la diputada Paulina Rubio FernándezLa presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Concluya, diputado.
El diputado Raymundo Vázquez Conchas: ...señalando que en gran medida dicho incremento obedece a la débil regulación del sector tecnológico, a la falta de reconocimiento jurídico de la violencia digital en diversos países, a la ausencia de responsabilidad por parte de las plataformas digitales y al anonimato de quienes cometen estas agresiones, factores que dificultan la impartición de justicia...
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Concluya, diputado.
El diputado Raymundo Vázquez Conchas: ...Con su permiso, presidenta, toda vez que esta iniciativa concierne y además debe satisfacer la seguridad de nuestras mujeres en México, le pido permiso a la Cámara y a todos los presentes para dar continuación y así poder terminar mi participación...
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado, le solicito que concluya en virtud de que su tiempo ha terminado, pero adelante, diputado.
El diputado Raymundo Vázquez Conchas: Es importante precisar que el término deepfake se refiere a contenido falso, ya sea imagen, audio o vídeo altamente realista, generado o manipulado mediante inteligencia artificial para mostrar a una persona diciendo o haciendo cosas que nunca ocurrieron.
Uno de los casos más recientes se presentó en el estado de Zacatecas, donde madres de familia y alumnas de la Secundaria Técnica 1 se manifestaron para denunciar la creación y difusión de material de abuso sexual infantil...
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Diputado, le suplico que concluya si fuera tan amable.
El diputado Raymundo Vázquez Conchas:...y generó mediante inteligencia artificial por parte de un alumno. Por lo que sancionar a quienes generan contenido manipulado de carácter sexual permite equilibrar la innovación con la protección de la sociedad reduciendo riesgos y fomentando el uso ético y responsable de la inteligencia artificial. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 199 Octies del Código Penal Federal y el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia digital, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, Raymundo Vázquez Conchas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por los que se reforman los artículos 199 Octies del Código Penal Federal y 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de violencia digital, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosSi bien aún no existe un consenso global sobre qué es la violencia digital, esta se puede definir como aquella que se comete y expande a través de medios digitales como redes sociales, correo electrónico o aplicaciones de mensajería móvil, y que causa daños a la dignidad, la integridad y/o la seguridad de las víctimas. Algunas formas de violencia digital son: monitoreo y acecho, acoso, extorsión, desprestigio, amenazas, suplantación y robo de identidad, así como abuso sexual relacionado con la tecnología, entre otras.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, La violencia digital comprende ciberacoso, amenazas, discurso de odio, difusión no consentida de material o contenido de carácter sexual, vigilancia, campañas de desprestigio y la creación de imágenes o videos sexualizados de mujeres generados con inteligencia artificial sin su consentimiento (un ejemplo de deepfakes), redes misóginas, entre otras. Estas agresiones reproducen patrones de poder y control presentes en la violencia que ocurre fuera de línea, pero ampliados por el alcance y la velocidad de las plataformas tecnológicas.
En este sentido, las tecnologías de la información y la comunicación han generado nuevas formas de violencia contra las mujeres y las niñas por razón de género. Esto impide su empoderamiento, desarrollo y el pleno disfrute de sus derechos humanos como la dignidad, la libertad de expresión, la protección de datos personales, el no ser objeto de injerencias en la vida privada y el acceso a la justicia.
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), reconoce que la expansión de las tecnologías de la información y las comunicaciones y la interconexión mundial brinda grandes posibilidades para acelerar el progreso humano, superar la brecha digital y desarrollar las sociedades del conocimiento. Con arreglo al Objetivo de Desarrollo Sostenible 5, establece los objetivos de lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas, entre otras cosas mediante, la eliminación de todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado (meta 5.2) y aumentar la utilización de tecnologías instrumentales, en particular las TIC, para promover el empoderamiento de la mujer (meta 5.9).
En el plano normativo, la interacción entre la tecnología y las normas de derechos humanos se caracteriza por el reconocimiento de que los derechos de las personas y la prohibición de la violencia de género se han reconocido como un principio del derecho internacional de los derechos humanos amparados mediante convenciones, jurisprudencia y normas amplias regionales e internacionales, y también deben estar protegidos en Internet, en particular mediante la prohibición de la violencia por razón de género en formas facilitadas por las TIC y en línea.
De acuerdo con la ONU, las medidas jurídicas y de políticas públicas para erradicar la violencia digital contra las mujeres y las niñas deben enmarcarse en el contexto más amplio de los derechos humanos relativos a la discriminación estructural, la violencia y las desigualdades con que se enfrentan las mujeres, y tratar de crear un entorno propicio para el logro de la igualdad de género mediante el uso de las TIC.
Por otra parte, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha destacado que la violencia en línea contra las mujeres debe abordarse en el contexto más amplio de la discriminación y la violencia por razón de género fuera de línea y que los Estados debían promulgar medidas legislativas adecuadas y asegurar las debidas respuestas para hacer frente al fenómeno de la violencia en línea contra la mujer. Para abordar la violencia digital contra mujeres y niñas en la legislación y reglamentación deben considerarse otros derechos y libertades, por ejemplo, la libertad de expresión, acceso a la información y el derecho a la privacidad, para de esta manera fomentar la democracia, igualdad e inclusión.
De acuerdo con el Informe de la ONU, titulado: “Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: violencia contra las mujeres y las niñas facilitada por la tecnología”, de 2024:
• 9 de cada 10 usuarias han presenciado ataques en línea hacia otras mujeres.
• 70 por ciento de quienes han sufrido violencia digital han enfrentado ciberacoso reiterado.
• 95 por ciento de los deepfakes sexuales en internet representan a mujeres.
Asimismo, en América Latina, 9 de cada 10 mujeres han experimentado alguna forma de violencia facilitada por la tecnología (UNFPA, 2021).
En México, de acuerdo con el Módulo sobre Ciberacoso (Mociba, 2024) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi):
• 10.6 millones de mujeres han sido víctimas de violencia digital, una de cada 5 mujeres.
• Las mujeres reciben el doble de insinuaciones o propuestas sexuales no solicitadas que los hombres. Quienes pudieron identificar a sus agresores señalan que el 87 por ciento provino sólo de hombres.
• Las mujeres de entre 20 y 29 años concentran la mayor prevalencia (3 de cada 10).
La violencia digital empieza desde edades tempranas: más de la mitad de las niñas y adolescentes que usan internet ha vivido violencia en línea y muchas reportan su primera experiencia de acoso en redes sociales entre los 14 y los 16 años.
Es importante destacar que ONU mujeres ha alertado por el aumento desproporcionado de este tipo de violencia a nivel mundial, señalando que, en gran medida, dicho incremento obedece a la débil regulación del sector tecnológico, a la falta de reconocimiento jurídico de la violencia digital en diversos países, a la ausencia de responsabilidad por parte de las plataformas digitales y al anonimato de quienes cometen estas agresiones, factores que dificultan la obtención de justicia.
Aunado a lo anterior, se suma la creación de nuevas formas de abuso y la amplificación de la violencia sexual digital mediante el uso de la inteligencia artificial. Cabe señalar que el 95 por ciento de los deepfakesen línea son imágenes pornográficas no consentidas y que 99 por ciento de las víctimas son mujeres, según cifras proporcionadas por ONU Mujeres.
Es importante precisar que el término deepfake se refiere a contenido falso, ya sea imagen, audio o video, altamente realista, generado o manipulado mediante inteligencia artificial (IA) para mostrar a una persona diciendo o haciendo cosas que nunca ocurrieron. El concepto emergió en 2017, cuando un internauta difundió un video pornográfico en el que el rostro de una actriz fue reemplazado por el de una celebridad.
Uno de los casos más recientes se presentó en el estado de Zacatecas, donde madres de familia y alumnas de la secundaria técnica 1 se manifestaron para denunciar la creación y difusión de material de abuso sexual infantil generado mediante inteligencia artificial por parte de un alumno. El caso de Zacatecas resulta especialmente preocupante porque en México ya existía un antecedente de violencia sexual digital por inteligencia artificial, el cual ocurrió en la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional en Ciudad de México. El 6 de octubre de 2023, alumnas denunciaron a Diego “N.”, estudiante de la institución, por vender deepfakes sexuales elaborados sin consentimiento mediante inteligencia artificial y distribuidos en Telegram. En su tableta electrónica se encontraron 20 mil videos y 166 imágenes obtenidos ilegalmente o a través de redes sociales.
De forma más reciente también encontramos a inicios de este 2026, las denuncias contra la creación de deepfakes que sexualizan a mujeres y adolescentes con Grok explotaron en redes sociales. Los casos anteriormente señalados, así como las denuncias expuestas en las diferentes plataformas digitales resultan un foco rojo para que como legisladores hagamos una revisión de la ley para frenar la manipulación de imágenes generadas por esta Inteligencia Artificial de la red social X y que representa uno de los tipos de violencia digital artificial.
Por lo anterior es menester reformar el artículo 199 Octies del Código Penal con la finalidad de sancionar las nuevas modalidades de violencia digital que se generan en el contexto del uso y abuso de las redes sociales, y en el mismo sentido reformar el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias por lo que se propone pueda establecerse la siguiente propuesta en dicho ordenamiento, de esta forma:
Con base en las razones expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II; y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 199 Octies del Código Penal Federal y 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia digital
Primero. Se reforman los párrafos primero y segundo del artículo 199 Octies del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 199 Octies. Comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que por cualquier medio, tecnología de la información, herramienta digital, incluyendo la inteligencia artificial (IA), divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual en redes sociales, plataformas digitales u otro espacio de difusión de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.
Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima (...), elabore, altere o simule imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización.
...
Segundo. Se reforman los párrafos primero y tercero del artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, para quedar como sigue:
Artículo 20 Quáter. Violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, altere, simule, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.
...
Para efectos del presente Capítulo se entenderá por Tecnologías de la Información y la Comunicación aquellos recursos, herramientas y programas incluyendo la inteligencia artificial, que se utilizan para crear, alterar, simular, procesar, administrar y compartir la información mediante diversos soportes tecnológicos.
TransitorioÚnico. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación .
Notas
1 ONU Mujeres; “Violencia contra mujeres y niñas en el espacio digital”. Consultado en:
https://mexico.unwomen.org/sites/default/files/Field%20Office%20 Mexico/Documentos/Publicaciones/2020/Diciembre%202020/FactSheet%20Violencia%20d igital.pdf
2 Ídem.
3 Ibidem.
4 Ídem.
5 Ídem.
6 Ídem.
7 Portal Digital UNICEF; “ONU llama a garantizar entornos digitales seguros para mujeres y niñas este 25N”, 25 de noviembre 2025. Consultada en:
https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/onu-llama-garan tizar-entornos-digitales-seguros-para-mujeres-y-ni%C3%B1as-este-25n#:~: text=En%20M%C3%A9xico%2C% 2010.6%20millones%20de,participan%20en%20la%20vida%20p%C3%BAblica.
8 Ídem.
9 Ídem.
10 Piña Paola; “Diez millones de mexicanas han sufrido violencia digital: alerta ONU Mujeres” en portal de organización Desinformémonos, periodismo de abajo, 27 de noviembre 2025. Consultada en
https://desinformemonos.org/diez-millones-de-mexicanas-han-sufri do-violencia-digital-alerta-onu-mujeres/
11 Ídem.
12 Ibidem.
13 Ídem.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 17 de febrero de 2026.— Diputado Raymundo Vázquez Conchas (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Igualdad de Género, para dictamen.
Esta Presidencia les recuerda que el tiempo para la presentación de sus iniciativas es de cinco minutos, por lo que obviamente se pretende que seamos tolerantes con el tiempo, pero por favor preparen la presentación de sus iniciativas pensando en que son cinco minutos.
SE DECLARA EL 8 DE JULIO DE CADA AÑO DÍA NACIONAL DE LOS BOSQUES
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos el uso de la palabra, ahora a la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año Día Nacional de los Bosques.
La diputada Gissel Santander Soto:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada Gissel Santander Soto: Compañeras y compañeros legisladores, hoy vengo a esta tribuna a presentar una iniciativa que es profundamente trascendental, declarar el 8 de julio de cada año como Día Nacional de los Bosques.
Hablar de los bosques no es hablar solamente de árboles, hablar de los bosques es hablar de vida, de agua, de aire, de identidad y de futuro. En México más de la mitad de nuestro territorio está cubierto por ecosistemas forestales, bosques, selvas, manglares y otras formas de vegetación que no solo son parte de nuestra riqueza natural, sino que sostiene la vida cotidiana de millones de personas.
Son los bosques los que capturan carbono, los que regulan el clima, los que protegen nuestros suelos y los que garantizan algo esencial para la vida, el acceso al agua, sin bosques no hay agua, sin agua no hay desarrollo posible, pero también hay que decirlo con claridad, sin bosques no hay futuro.
A pesar de su relevancia estratégica nuestros ecosistemas forestales enfrentan amenazas constantes, la deforestación, el cambio de uso de suelo, la tala ilegal, los incendios forestales, la fragmentación del hábitat y los efectos que cada vez más severos hay gracias al cambio climático.
Estas problemáticas no solo afectan a la naturaleza, afectan directamente a las personas, afectan la seguridad hídrica, la producción de alimentos, la estabilidad climática y en consecuencia la calidad de vida de millones de mexicanos y mexicanas. Esta realidad no puede seguir siendo ignorada. Por ello, esta iniciativa propone una acción clara y necesaria, establecer una fecha nacional que trascienda lo simbólico y nos comprometa como Estado y como sociedad a recordar, reflexionar y actuar en defensa de nuestros bosques.
Porque lo que no se nombra no se visibiliza y lo que no se visibiliza difícilmente se protege. El 8 de julio no es una fecha elegida al azar, es una fecha que honra la historia forestal de México vinculada al legado de Miguel Ángel de Quevedo, pionero en la defensa de nuestros bosques y visionario en el desarrollo sustentable de nuestro país.
Su trabajo sentó las bases de la política forestal nacional y nos recordó desde hace más de un siglo que el cuidado de los bosques es una condición indispensable para el bienestar de la nación. El 8 de julio coincide con un momento clave en el ciclo de la naturaleza, el inicio de la temporada de lluvias en la mayoría del territorio mexicano. Es decir, es el momento en que la vida se reactiva.
Declarar el Día Nacional de los Bosques en esta fecha tiene un sentido histórico. Tiene también un profundo significado ambiental y simbólico. Esta iniciativa es una herramienta que genera conciencia colectiva, una oportunidad para fortalecer la educación ambiental para impulsar campañas de sensibilización para promover acciones comunitarias y para articular esfuerzos entre los distintos órdenes de gobierno y la sociedad.
Es también una oportunidad para reconocer una cosa que para todos pasa muchas veces desapercibida. En México una gran parte de los bosques está en manos de las comunidades, de los ejidos y de nuestras comunidades originarias. En México ellos son quienes históricamente han sido guardianes de nuestro patrimonio natural.
Ellos han demostrado que es posible conservar, producir y vivir en armonía con la naturaleza. Gracias a su trabajo, México es hoy un referente internacional en manejo forestal comunitario. Por ello, esta iniciativa también es un acto de reconocimiento y de justicia hacia quienes durante generaciones han protegido nuestros bosques y han hecho posible que hoy sigan siendo una fuente de vida.
Compañeras y compañeros legisladores, México ha asumido compromisos claros en materia ambiental. Hemos dicho que queremos combatir el cambio climático, hemos afirmado que protegemos nuestra biodiversidad. Hemos señalado que buscamos un desarrollo verdaderamente sustentable.
Hoy tenemos la oportunidad de respaldar estas palabras con acciones concretas porque proteger los bosques no es una opción, es una responsabilidad compartida. Una responsabilidad con el presente, pero, sobre todo, con nuestro futuro. Con las niñas y niños de este país que merecen heredar un México con agua suficiente, con aire limpio y con ecosistemas sanos.
Esta iniciativa nos convoca a todos y todas. No tiene colores y no tiene ideologías, tiene un propósito común, proteger la vida, fortalecer la conciencia ambiental y garantizar un futuro sostenible para México.
Por ello, desde esta tribuna hago un llamado respetuoso a todas las fuerzas políticas presentes en esta Cámara de Diputados. Los llamo a que construyamos conciencia de lo esencial, a que respaldemos esta propuesta porque cuando protegemos los bosques protegemos México, protegemos el futuro de nuestros niños y de nuestras niñas. Es cuanto presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa de decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año “Día Nacional de los Bosques”, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, Gissel Santander Soto, diputada federal de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción primera, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año como “Día Nacional de Bosques”, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLos bosques y ecosistemas forestales constituyen uno de los pilares estratégicos para la sostenibilidad ambiental, social y económica de México. Su relevancia trasciende el ámbito ecológico, al incidir de manera directa en el ejercicio de derechos humanos fundamentales como el derecho a un medio ambiente sano, al agua, a la alimentación y al desarrollo sostenible, reconocidos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en diversos instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano es parte (Semarnat, 2022).
México se encuentra entre los países con mayor diversidad biológica a nivel mundial y posee una amplia variedad de ecosistemas forestales, que incluyen bosques templados, selvas tropicales, manglares y zonas áridas con vegetación forestal. Estos ecosistemas cubren más de la mitad del territorio nacional y generan servicios ambientales indispensables, como la captura y almacenamiento de carbono, la regulación climática, la conservación de la biodiversidad, la protección del suelo y la regulación del ciclo hidrológico (Conafor, 2023).
A pesar de su relevancia estratégica, los bosques de México enfrentan presiones estructurales persistentes, tales como la deforestación, el cambio de uso de suelo, la tala ilegal, los incendios forestales, la fragmentación del hábitat y los efectos del cambio climático. De acuerdo con estimaciones oficiales e internacionales, la pérdida y degradación forestal comprometen no solo la biodiversidad, sino también la seguridad hídrica, alimentaria y climática del país, incrementando la vulnerabilidad de amplios sectores de la población (FAO, 2020).
En este contexto, la declaratoria de un Día Nacional de los Bosques constituye una herramienta simbólica, educativa y política de gran relevancia, al permitir visibilizar de manera permanente la importancia de los ecosistemas forestales en la agenda pública, fortalecer la conciencia social y promover una cultura de corresponsabilidad ambiental entre el Estado, las comunidades y la sociedad en su conjunto.
Fundamentación histórica: Miguel Ángel de Quevedo y el origen de la política forestal mexicana
El 8 de julio posee un profundo valor histórico en la construcción de la política forestal nacional, al estar vinculado con la figura del ingeniero Miguel Ángel de Quevedo, considerado el principal precursor del pensamiento forestal moderno en México. Su obra y legado marcaron un punto de inflexión en la comprensión del papel estratégico de los bosques para el desarrollo nacional, particularmente en relación con la conservación del agua, la prevención de la erosión y la planificación territorial (Martínez, 2010).
Quevedo impulsó una visión integral del manejo forestal basada en criterios científicos y de largo plazo, promoviendo la reforestación, la creación de viveros, la educación forestal y el fortalecimiento institucional del Estado en esta materia. Fue pieza clave en la creación del Departamento Forestal y en la formulación de las primeras leyes forestales del país, sentando las bases de un enfoque de conservación que hoy resulta plenamente vigente frente a los desafíos del cambio climático (Flores, 2015).
En reconocimiento a esta tradición histórica, el 8 de julio se conmemora en México el Día del Ingeniero Forestal, fecha que simboliza el inicio de la institucionalización de la gestión forestal y la profesionalización del cuidado de los bosques. Elevar esta conmemoración a la categoría de Día Nacional de los Bosques permite ampliar su significado, trascendiendo el ámbito gremial para convertirla en una fecha de reflexión nacional sobre el valor colectivo de los ecosistemas forestales.
Fundamentación ambiental y climática: la temporada de lluvias y el ciclo de la vida forestal
El 8 de julio coincide, además, con el inicio de la temporada de lluvias en gran parte del territorio nacional, un periodo crítico para la dinámica ecológica de los bosques y selvas de México. Las lluvias activan procesos esenciales como la regeneración natural, la reforestación, la recarga de acuíferos y la productividad primaria, evidenciando la interdependencia entre los bosques, el agua y la estabilidad climática (Conagua, 2021).
Diversos estudios han demostrado que los ecosistemas forestales desempeñan un papel central en la captación, filtración y regulación del agua, reduciendo el riesgo de inundaciones, deslaves y sequías extremas. La pérdida de cobertura forestal, por el contrario, incrementa la vulnerabilidad de las cuencas hidrográficas y profundiza las desigualdades territoriales, afectando de manera desproporcionada a comunidades rurales, indígenas y periurbanas (FAO, 2020).
Declarar el Día Nacional de los Bosques al inicio de la temporada de lluvias refuerza el mensaje de que la protección forestal es una condición indispensable para la seguridad hídrica y la resiliencia climática del país, en un contexto de creciente incertidumbre ambiental.
Fundamentación social, cultural y de derechos humanos
Los bosques no son únicamente espacios naturales; son también territorios vivos donde se desarrollan prácticas culturales, sistemas de conocimiento tradicional y formas de organización comunitaria que han permitido su conservación durante generaciones. En México, una parte significativa de los bosques se encuentra bajo propiedad social —ejidos y comunidades— lo que convierte al país en un referente internacional en manejo forestal comunitario (Bray et al., 2003).
La declaratoria de un Día Nacional de los Bosques permite reconocer el papel fundamental de las comunidades forestales, ejidos, pueblos indígenas y pequeños productores como guardianes del patrimonio natural, así como visibilizar su contribución a la economía rural, la soberanía territorial y la justicia ambiental.
Asimismo, esta fecha contribuirá a fortalecer la educación ambiental, la participación social y la articulación de políticas públicas orientadas al manejo sustentable de los recursos forestales, sin generar impacto presupuestal adicional, al apoyarse en esfuerzos institucionales ya existentes.
Plan Nacional de Desarrollo 2024-2030
Esta iniciativa declarativa pretende contribuir desde el ámbito legislativo al Proyecto de Nación trazado en el Plan Nacional de Desarrollo 2024-2030, en particular con lo contemplado en el Eje General 4, denominado “Desarrollo Sustentable”, en el cual se precisa que “... la Cuarta Transformación tiene como base el impulso de un desarrollo sustentable, es decir, lograr un equilibrio entre desarrollo económico, social y ambiental que preserve el medio ambiente y evite un daño irreversible, al tiempo que busca evitar que se agoten los recursos naturales y permitir su disfrute a las generaciones futuras.”.
Lo que antecede se sostiene en razón de que, mediante esta medida declarativa se busca fortalecer las acciones de protección a ecosistemas forestales y bosques, para hacer frente a los efectos del cambio climático, lo cual cabe decir guarda una correspondencia directa entre lo que se pretende con esta medida declarativa y lo precisado en el Eje General No. 4 del Plan Nacional de Desarrollo 2024 – 2030.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Esta declaratoria que se propone, encuentra alineación con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas No. 15, denominado “Vida de ecosistemas terrestres”, objetivo que pretende conservar la vida de ecosistemas terrestres, así como proteger y restablecer dichos ecosistemas, además de gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras, y detener la pérdida de biodiversidad.
Dicha alineación se sostiene en razón de que a partir de la declaratoria de referencia, se pretende fortalecer la consciencia de la función natural que tienen los bosques y ecosistemas forestales, así como reforzar el mensaje de que la protección forestal es una condición indispensable para la seguridad hídrica y la resiliencia climática del país en un contexto de creciente incertidumbre ambiental.
Es decir que con esta medida declarativa se busca visibilizar que los bosques y ecosistemas forestales constituyen uno de los pilares estratégicos para la sostenibilidad ambiental, lo cual guarda una realción directa con el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 15.
Importancia y pertinencia de la declaratoria
La declaración del 8 de julio como Día Nacional de los Bosques es importante porque:
• Consolida una fecha con fundamento histórico, ambiental y cultural.
• Fortalece la conciencia social sobre el valor estratégico de los bosques.
• Contribuye a la educación ambiental y a la cultura de la prevención.
• Reconoce el papel de comunidades forestales y ejidos.
• Refuerza los compromisos de México en materia de cambio climático y biodiversidad.
Por todo lo anterior, declarar el Día Nacional de los Bosques representa una acción pertinente, necesaria y coherente con los desafíos ambientales del país y con la responsabilidad histórica del Estado mexicano de proteger su patrimonio natural para las generaciones presentes y futuras.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año como “Día Nacional de los Bosques” .
Artículo Único. – Se declara el 8 de julio de cada año como “Día Nacional de los Bosques” .
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Referencias
• Bray, D.B., Merino-Pérez, L. y Barry, D. (2003) Los bosques comunitarios de México: manejo sustentable y conservación. Instituto Nacional de Ecología, México.
• Conafor (2023) Inventario Nacional Forestal y de Suelos. Comisión Nacional Forestal, Gobierno de México.
• Conagua (2021) Ciclo hidrológico y temporada de lluvias en México. Comisión Nacional del Agua, Gobierno de México.
• FAO (2020) El estado de los bosques del mundo 2020. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, Roma.
• Flores, E. (2015) Historia de la política forestal en México. Universidad Autónoma Chapingo.
• Martínez, J. (2010) Miguel Ángel de Quevedo: el Apóstol del Árbol y la política forestal en México. Universidad Autónoma Chapingo.
• Semarnat (2022) Bosques, agua y cambio climático en México. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Gobierno de México.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputada Gissel Santander Soto (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Jesús Antonio Nader, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah: Gracias. Compañeras y compañeros diputados, presentaré en esta intervención dos iniciativas en materia energética: la primera iniciativa adiciona el artículo 159 Bis y el artículo 160 Bis de la Ley del Sector Eléctrico.
Tiene como objetivo que la Secretaría de Energía, a través de la Comisión Nacional de Energía, aplique la metodología necesaria para determinar el cálculo y ajustes de las tarifas eléctricas, basadas exclusivamente en el uso doméstico, garantizando la continuidad del sistema eléctrico y la protección de los usuarios domésticos en zonas de temperaturas extremas.
Los altos costos de la energía eléctrica en México, sobre todo en zonas fronterizas del norte y sur del país, aunados a la poca red de distribución de energía eléctrica son inalcanzables para gran parte de la población mexicana, que para esta población la luz se hace muy costosa para iluminar todos sus hogares.
Aunado a lo anterior, las diferentes temperaturas en México afectan en el consumo doméstico, ya que las y los mexicanos usan ventiladores o climas para enfriar en verano, en zonas tropicales de calor muy extremo. Y, en invierno, usan calentadores eléctricos y climas, lo que afecta el consumo de la luz y las tarifas eléctricas tienden siempre al alza. Y, por lo pronto, hay afectaciones en la economía de las familias tamaulipecas.
En el Congreso ya se legisló en el tema energético. El pasado 18 de marzo del 2025 se publicó la nueva Ley del Sector Eléctrico y diversas reformas en materia de energía. Esto no ha sido suficiente. Aún podemos mejorar nuestra legislación en beneficio de la ciudadanía.
Ante esta situación, la Comisión Federal de Electricidad, CFE, tiene un esquema llamado subsidio de verano o también conocido como tarifa de verano. Esto no es suficiente, ya que es temporada de verano y la que estoy proponiendo es que, derivado de los constantes cambios climatológicos, se ajusten a estos las tarifas eléctricas. Con esta propuesta, este ajuste... la CFE tendrá que realizar sus ajustes tarifarios, sin importar si es temporada de verano o es temporada de invierno.
Un claro ejemplo de la problemática de los altos costos de energía eléctrica de los usuarios de la Comisión Federal de Electricidad, CFE, en Tampico y la zona sur del estado de Tamaulipas, reportan durante el presente año cobros excesivos en las tarifas por dicho suministro, con recibos que llegan hasta los 20 mil pesos de manera bimestral, situación donde deben intervenir siempre la Procuraduría Federal del Consumidor, llamada Profeco. Es por lo tanto expuesto que presento ante esta tribuna la presente iniciativa.
La segunda iniciativa: se deroga del artículo 2, inciso d), fracción I, y se eliminan los números 3 y 5 del inciso h) y se recorren los demás en sus términos y se deroga el artículo 2-A; todos ellos a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Es referente el impuesto especial sobre producción y servicios, ese gravamen que se paga por la generación e importación de ciertos productos tales como gasolina y diésel, entre otros bienes, así como la prestación de ciertos servicios. Los sujetos obligados que pagan el llamado IEPS son todas aquellas personas físicas y morales, es decir, todos los ciudadanos.
El IEPS influye directamente en el precio que pagamos por gasolina, aunque el impuesto ha sido siempre fijo por litro, su incremento anual puede elevar el costo operativo de las empresas que dependen del transporte, por ejemplo, si en el 2024 el IEPS para la gasolina magna era de 6 pesos con 18 centavos por litro, el aumento ha sido a 6 pesos con 45 centavos en el 2025, que representa un incremento de punto 27, 55 centavos por litro.
Es imperante eliminar el IEPS de la gasolina y del diésel, es el espíritu de esta iniciativa que hoy presento. Ya basta de promesas vacías, como lo han hecho siempre, eliminemos el 100 por ciento del IEPS a gasolinas y de diésel. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, suscrita por el diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscribimos, diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah y las y los diputados, pertenecientes a esta LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga del artículo 2 el inciso D), fracción I, y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H), y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2-A, todos ellos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, es el gravamen que se paga por la enajenación e importación de ciertos productos, tales como: gasolina, diésel, bebidas alcohólicas, cerveza y tabacos labrados, refrescos, comida chatarra, entre otros bienes, así como por la prestación de ciertos servicios.
Sujetos obligados que pagan el llamado IEPS, son todas aquellas personas físicas y morales que realizan los siguientes actos o actividades:
• Enajenen en territorio nacional o importen bienes, entre otros, como: bebidas con alcohol y cervezas, alcohol, cigarros, puros, combustibles (gasolina, diésel), bebidas energizantes y saborizadas, plaguicidas, alimentos no básicos, es decir, comida chatarra (botanas, confitería, chocolates, flanes, dulces, helados).
• Presten servicios como: comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, por la enajenación de bebidas con alcohol y cervezas, alcohol, cigarros, puros, bebidas energizantes, plaguicidas y alimentos no básicos (comida chatarra).
• Realicen juegos con apuestas y sorteos, sin importar como se les llame, que requieran permiso en términos de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.
• Empresas residentes en el país que exporten definitivamente alimentos no básicos (comida chatarra).
• Combustibles automotrices.
Expondré un ejemplo práctico de cómo se calcula el IEPS:
Calcular el IEPS es sencillo. Se trata de multiplicar la cuota del impuesto por la cantidad de litros que se adquieren. La fórmula es:
IEPS = Cuota IEPS por litro × Número de litros adquiridos
Ejemplo práctico:
Si tu empresa adquiere 500 litros de gasolina Magna para su flota de vehículos, entonces el cálculo del IEPS sería:
IEPS = 6.4555 MXN/litro gasolina magna × 500 litros = 3,227.75 MXN
Esto significa que, del total pagado por esos 500 litros, 3,227.75 MXN corresponden al IEPS.
Si la misma empresa adquiere esta cantidad de combustible cada mes, su gasto anual en IEPS sería de:
3,227.75 × 12 meses = 38,733 MXN al año solo en IEPS.
Para empresas con flotillas grandes, estos costos pueden acumularse rápidamente, por lo que buscar soluciones para optimizar el gasto en combustible es clave para mejorar la rentabilidad.
El IEPS influye directamente en el precio que pagamos por la gasolina. Aunque el impuesto es fijo por litro, su incremento anual puede elevar el costo operativo de las empresas que dependen del transporte. Por ejemplo, si en 2024 el IEPS para la gasolina Magna era de 6.18 MXN por litro, el aumento a 6.4555 MXN en 2025 representa un incremento de 0.2755 MXN por litro.
Además, un aumento en el costo del combustible puede trasladarse a otros bienes y servicios, aumentando la inflación. Y si la gasolina sube, el gasto de los consumidores en combustible se incrementa, reduciendo su capacidad para gastar en otros bienes.
Es imperante eliminar los combustibles de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, ya que este impuesto genera un impacto económico negativo a las familias mexicanas y al comercio, esta empresa mexicana que debe apoyar a la economía de las y los mexicanos es una empresa mexicana mina de oro del gobierno porque genera recursos y genera impuestos para el gobierno que gasta sin escrúpulos en obras faraónicas y caprichos de algunos mandatarios, PEMEX de acuerdo al gobierno federal, en el tercer trimestre de 2024, la empresa reportó una pérdida neta de 8,061 millones de dólares. Sin embargo, en el mismo periodo, la petrolera registró un rendimiento bruto positivo de 45 mil millones de pesos”.
Es irónico que los mexicanos estén pagando el IEPS, siendo un país exportador de petróleo, México tuvo un ingresó 20 mil 726 millones de dólares por exportaciones petroleras durante 2024, según datos de Petróleos Mexicanos (Pemex) y Banco de México (Banxico).
Recordemos que el expresidente en campaña para la presidencia y ya como presidente López Obrador prometió bajar la gasolina a 10 pesos y no pasó teniendo la mayoría en el Senado y en la Cámara de Diputados y el Grupo Parlamentario de Acción Nación contaba con nuestra voluntad y voto para bajar la gasolina, pero no accedieron a tal propuesta.
No hay fórmula secretaras o matemáticas avanzadas para poder quitar el IEPS de las gasolinas y diésel, la fórmula es simple, así lo menciona catedráticos de la máxima casa de estudios, de la UNAM.
En este contexto, en entrevista para medio de comunicación el universal comento, “Víctor Rodríguez Padilla, catedrático de la UNAM y fundador del observatorio ciudadano de energía y Ramsés Pacheco Razo, consultor del sector energético, mencionan que la alternativa para bajar el costo de venta de la gasolina es eliminar el IEPS, al eliminar este impuesto ayudara a la economía de los mexicanos, asimismo, menciona Ramsés el cual menciona que será un paso importante en la política pública del país y una verdadera ayuda al pueblo de México ya que el combustible mueve las mercancías de consumo y trasporte.
Para ello expongo un cuadro comparativo para dar mayor claridad a la propuesta del texto vigente y la propuesta de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se deroga del artículo 2, el inciso D) fracción I y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2-A todos ellos de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.
Es por lo antes expuesto que el Grupo Parlamentario de Acción Nacional está a favor de los ciudadanos y de su economía, por lo cual se luchará por la protección de la economía mexicana. Desde la LXIV Legislatura se ha estado luchando para que el IEPS se elimine o esté topado, para que este no suba anualmente los combustibles y afecte los costos de los productos y servicios.
Por lo anterior, la presidenta Claudia Sheinbaum informó que firmarán un acuerdo “voluntario” con gasolineros para topar la gasolina hasta 24 pesos por litro.
En la conferencia matutina de este miércoles, la mandataria federal explicó que están avanzando en un acuerdo con los gasolineros, ya que el objetivo es que el precio de la gasolina no suba de 24 pesos el litro, que considerando la inflación, y aclaró que desde el 2018 en comparación al 2024 hay un precio “constante”, por lo que los hidrocarburos no han aumentado.
Basta de excusas del “partido en el poder; tienen la mayoría en ambas cámaras y pueden eliminar el IPES y los altos costos de la gasolina, pero no hay la voluntad política por parte de Morena, pretende escudarse en señalar que es por el precio internacional y por cuestiones inflacionarias, “no es ni por la inflación, no es por el mercado internacional. Hoy la gente tiene que pagar 25 pesos el litro por los impuestos que cobra el gobierno”.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se deroga del artículo 2 el inciso D), fracción I, y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H) y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2-A, todos ellos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Articulo Único: Se deroga del artículo 2 el inciso D), fracción I, y se eliminan los numerales 3 y 5 del inciso H y se recorren los demás en sus términos; se deroga el artículo 2-A, todos ellos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:
Artículo 2o.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:
I.- ...
A) a C). ...
D) (Se deroga)
E) a J). ...
II.- y III.- ......
Artículo 2o.-A.- (Se deroga).
TransitoriosPrimero. La reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Una vez aprobada esta reforma, la SHCP deberá realizar los ajustes correspondientes a las estimaciones de ingresos y gastos.
Notas
1 Gobierno de México, el BAC para personas contribuyentes, disponible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/850661/Dato-4_IEP S.pdf
2 Loc. Cit.
3 Pemex 2024, reporta Pemex sus resultados al tercer trimestre 2024, disponible en página web:
https://www.pemex.com/saladeprensa/boletines_nacionales/Paginas/ 2024_23-nacional.aspx#:~: text=Como%20resultado %20de%20estos%20procesos,pesos%2C%20durante%20el%20periodo%20reportado.
4 Moisés Pablo Nava, 2025, El Economista, Exportaciones de Pemex alcanza su peor cifra en 35 años mientras enfrenta deuda de 20 mil mdd, extraído de la página web:
https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2025/02/01/exportacione s-de-pemex-alcanza-su-peor-cifra-en-35-anos-mientras-enfrenta-deuda-de-20-mil-m dd/
5 Noé Cruz Serrano 2018, El Universal, Bajar gasolina es posible, pero costoso, advierten expertos, disponible en
https://www.eluniversal.com.mx/elecciones-2018/bajar-gasolina-es -posible-pero-costoso-advierten-expertos/
6 Pedro Villa y Caña 2025, El Universal, Sheinbaum va por acuerdo “voluntario” con gasolineros; busca topar el litro de gasolina hasta 24 peso, disponible en la página web:
https://www.eluniversal.com.mx/nacion/sheinbaum-va-por-acuerdo-v oluntario-con-gasolineros-busca-topar-el-litro-de-gasolina-hasta-24-pesos/
7 Comité Ejecutivo Nacional, 2025, el PAN propone soluciones para reducir el precio de la gasolina y aliviar la carga de las familias mexicanas, gasolina barata ya: Jorge Romero, disponible en la página web:
https://www.pan.org.mx/prensa/el-pan-propone-soluciones-para-red ucir-el-precio-de-la-gasolina-y-aliviar-la-carga-de-las-familias-mexicanas-gaso lina-barata-ya-jorge-romero
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2026.— Diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 220 del Código Penal Federal, en materia de prevención de actos de extorsión y abuso de autoridad.
El diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Un segundito, permítame. Una disculpa, diputado. Adelante, por favor.
El diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal: Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante.
El diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal: Compañeros y compañeras diputados, me dirijo a esta soberanía para presentar una iniciativa que surge directamente de la realidad que viven los ciudadanos en nuestro país, la extorsión disfrazada de autoridad.
Hoy, en muchas carreteras y ciudades de México, incluido mi estado de Nuevo León, los transportistas, comerciantes y ciudadanos enfrentan a servidores públicos que no usan el poder para servir, sino para cobrar. No con una pistola en la mano, con una grúa, con un reglamento mal aplicado, con la amenaza del corralón. Esto también es extorsión y no está suficientemente tipificado en nuestra ley.
La Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos, con más de 30 años de representación en el sector, ha documentado una crisis real en Nuevo León y en México, elementos de tránsito municipal que amenazan con remolcar y presionar a sus vehículos exigiendo pagos indebidos. Operativos de la fiscalía que se convierten en retenes sin sustento legal, tarifas de corralón que alcanzan miles de pesos en pocos días con cobros por maniobras que jamás existieron.
Esto no es una excepción, es un patrón y nuestro Código Penal Federal no lo alcanza de manera clara y efectiva. La gravedad del problema ha sido reconocida públicamente por organismos empresariales y de representación en México como la Coparmex, Caintra, Canaco, Canacar. La Confederación Nacional de Transportistas y la Antac han alzado la voz ante autoridades municipales, ante el gobernador del estado de Nuevo León y la presidenta de la República, señalando el alza sistemática de extorsiones como una amenaza al Estado de derecho y a la actividad económica de la región.
Transportistas y traileros han identificado al menos 20 puntos del área metropolitana de Monterrey y de carreteras donde opera una red de extorsiones involucrando no solo a elementos de tránsito municipal, sino también a agentes de movilidad en el estado.
La convergencia de múltiples organizaciones en este acto, evidencian que no se trata de un caso aislado, sino de un patrón, de una estructura que exige una respuesta legislativa.
La doctrina penal es categórica, si no tiene tipo penal, no hay delito. Si la conducta no está descrita en la ley con claridad y con precisión, no puede sancionarse, aunque sea socialmente reprochable. Eso genera impunidad, eso quiebra la confianza en nuestras instituciones.
Esta iniciativa propone reformar el artículo 220 del Código Penal Federal para agregar dos nuevas fracciones. La tercera, que hablaría de exceso o desviación de atribuciones y sancionaría a todo servidor público que, usando sus atribuciones o excediendo las que tiene, realice u ordene actos arbitrarios para obtener un beneficio indebido o causar perjuicio a una persona o al servicio público.
Y la fracción IV, que es la retención indebida de bienes o derechos. Está sancionaría al servidor público que retenga o restrinja indebidamente el uso de bienes o derechos, como cuando pasa que nos retiren un vehículo sin un fundamento legal para generar un beneficio económico o causar un perjuicio a alguien.
No pedimos impunidad para nadie. Si un transportista infringe la ley que se le sancione conforme a derecho, lo que no puede tolerarse es que las facultades del Estado se conviertan en una herramienta de extorsión.
La Constitución es clara, toda autoridad tiene la obligación de promover, respetar, proteger los derechos humanos, nadie puede ser privado de sus bienes sin procedimiento legal fundamentado y motivado. Y la seguridad pública debe ejercerse con legalidad, honradez y respeto a los derechos. Esta iniciativa no es ideológica, es de sentido común, es constitucional y es urgente.
Le doy la voz a los transportistas de Nuevo León, al sector productivo que mueve este país, y a cualquier ciudadano que alguna vez ha sentido el peso del abuso de autoridad sobre este tema. Es cuanto. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 220 del Código Penal Federal, en materia de prevención de actos de extorsión y abuso de autoridad, a cargo del diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II y se adicionan las fracciones III y IV al artículo 220 del Código Penal Federal, en materia de prevención de actos de extorsión y abuso de autoridad, al tenor de las siguientes
Consideraciones1. Que el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los mismos, lo que impone al Estado el deber de adoptar medidas legislativas eficaces para evitar el uso arbitrario del poder público en perjuicio de las personas.
2. Que el artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona a transitar libremente por el territorio nacional, derecho que únicamente puede ser restringido en los términos expresamente previstos por la ley, por lo que cualquier acto de autoridad que limite dicho derecho fuera de los supuestos legales constituye una afectación directa a la seguridad jurídica y al orden constitucional.
3. Que los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagran los principios de legalidad y seguridad jurídica, al disponer que nadie puede ser privado de sus derechos o de sus bienes sino mediante procedimiento seguido conforme a leyes previamente establecidas, así como que todo acto de molestia debe encontrarse debidamente fundado y motivado por autoridad competente.
4. Que el artículo 21 constitucional establece que la actuación de las instituciones de seguridad pública debe regirse por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
5. Que en la práctica se han documentado conductas reiteradas por parte de personas servidoras públicas que, al amparo del ejercicio de sus funciones, realizan actos u omisiones arbitrarios, tales como la retención indebida de bienes o la restricción injustificada de derechos, con el objeto de inducir, acelerar o condicionar el cumplimiento de obligaciones pecuniarias, lo que constituye una desviación del poder público y una forma de extorsión encubierta.
6. Que, si bien el Código Penal Federal contempla el delito de ejercicio abusivo de funciones, su redacción vigente resulta insuficiente para sancionar de manera clara y efectiva aquellas conductas en las que, sin mediar necesariamente la entrega directa de dádivas, se utilizan las atribuciones públicas como mecanismo de presión para obtener beneficios económicos indebidos o causar perjuicio a las personas o al servicio público.
Por lo anterior, se propone reformar la fracción II y adicionar las fracciones III y IV al artículo 220 del Código Penal Federal, de acuerdo con la siguiente:
Exposición de MotivosEl autotransporte de carga y pasaje constituye un sector estratégico para el desarrollo económico, la movilidad y la seguridad nacional, al garantizar el abasto, la distribución de mercancías y el traslado cotidiano de millones de personas. La afectación indebida a su operación no sólo impacta a quienes integran el sector, sino que genera consecuencias directas en la economía, la cadena logística y el ejercicio del derecho al libre tránsito.
En este contexto, la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (Conatram) ha señalado públicamente una situación grave y reiterada de abusos y extorsiones que afectan al sector del autotransporte en diversas entidades del país. Conatram es una organización que cuenta con más de 30 años de trayectoria en la representación, defensa y fortalecimiento del sector del autotransporte en México y que, a lo largo de su historia, ha fungido como interlocutor institucional entre transportistas y autoridades, promoviendo la legalidad, el estado de derecho y condiciones justas para el desarrollo del autotransporte de carga, pasaje y turismo.
De acuerdo con la información documentada por dicha Confederación, en julio de 2024, transportistas afiliados realizaron una manifestación en el estado de Nuevo León en protesta por diversos casos de extorsión y abusos cometidos contra el sector, con el objetivo de exigir una respuesta firme por parte del Gobierno del Estado para frenar estas prácticas. Esta movilización permitió visibilizar una problemática estructural relacionada con el ejercicio indebido de atribuciones por parte de algunas autoridades locales.
Si bien se reconocen avances en distintos municipios que “han establecido mecanismos de atención, coordinación y diálogo para prevenir abusos y detenciones arbitrarias por parte de elementos de tránsito municipal”, lo cierto es que persisten prácticas que afectan de manera grave la operación del autotransporte y vulneran derechos fundamentales.
Entre las conductas denunciadas se encuentran abusos sistemáticos y actos de extorsión por parte de elementos de tránsito municipal, quienes utilizan la amenaza de remisión a corralón mediante grúa como mecanismo de presión para exigir pagos indebidos, apoyándose en reglamentos locales que contravienen disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Asimismo, se ha advertido la existencia de una anarquía y cobros excesivos en el servicio de grúas y corralones, con tarifas desproporcionadas que alcanzan miles de pesos por pocos días de resguardo, así como cobros por maniobras inexistentes o no realizadas.
Adicionalmente, Conatram ha señalado abusos en los operativos establecidos por las policías de investigación de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León, los cuales han derivado en detenciones arbitrarias, revisiones ilegales y afectaciones al libre tránsito del autotransporte de carga, así como la extralimitación de atribuciones que, en los hechos, transforman dichos operativos en controles de tránsito carentes de sustento legal.
Es relevante destacar que el propio sector ha sido enfático en que no solicita impunidad ni excepciones para el autotransporte, sino que exige la aplicación estricta de la ley, que toda infracción real y debidamente acreditada se sancione conforme a derecho, evitando el uso indiscriminado de medidas coercitivas como la grúa y el corralón, cuando éstas se emplean como mecanismos de presión económica.
Estas prácticas ponen de manifiesto un problema de tipicidad penal. Como señala la doctora Griselda Amuchategui, el tipo es la descripción legal de un delito, o, dicho de otra manera, la abstracción legal plasmada en una norma penal de una conducta delictiva. Asimismo, advierte que de no existir el tipo, aun cuando en la realidad alguien realice una conducta que afecte a otra persona, no se podrá decir que aquél cometió un delito, porque no lo es y, sobre todo, no se le podrá castigar.
La autora explica que la tipicidad es la adecuación de la conducta realizada por un sujeto al tipo penal, o sea, el encuadramiento de un comportamiento real a la hipótesis legal, y que la ausencia de alguno de los elementos del tipo impide la persecución penal, aun cuando la conducta resulte socialmente reprochable. En este sentido, el derecho penal mexicano se rige por principios fundamentales como nullum crimen sine lege y nullum crimen sine tipo, los cuales exigen una descripción clara, previa y precisa de las conductas sancionables.
Actualmente, el Código Penal Federal contempla el delito de abuso de autoridad; sin embargo, la experiencia documentada por el sector transportista evidencia que determinadas conductas extorsivas, realizadas bajo la apariencia de actos administrativos o de tránsito, no siempre encuadran de manera clara en los tipos penales vigentes, generando espacios de impunidad y debilitando la confianza en las instituciones.
La presente iniciativa tiene como finalidad fortalecer el marco de tipicidad penal, reformando y ampliando el artículo correspondiente del Código Penal Federal para sancionar de manera expresa aquellas conductas de personas servidoras públicas que, abusando de su cargo, utilicen amenazas, medidas coercitivas o el ejercicio indebido de atribuciones para obtener beneficios indebidos, particularmente en perjuicio de choferes y prestadores de servicios de autotransporte.
Con ello, se busca dotar de mayor certeza jurídica tanto a las autoridades como a los gobernados, prevenir prácticas de extorsión y abuso de autoridad, proteger el derecho al libre tránsito y garantizar que el ejercicio de las funciones públicas se realice con estricto apego a la legalidad.
A través del siguiente cuadro comparativo, se podrán observar las modificaciones propuestas al texto vigente:
En virtud de lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción II y se adicionan las fracciones III y IV al artículo 220 del Código Penal Federal, en materia de prevención de actos de extorsión y abuso de autoridad
Artículo Único. Se reforma la fracción II y se adicionan las fracciones III y IV del artículo 220 del Código Penal Federal para quedar como sigue:
Artículo 220. ...
I. ...
II. El servidor público que valiéndose de la información que posea por razón de su empleo, cargo o comisión, sea o no materia de sus funciones, y que no sea del conocimiento público, haga por sí, o por interpósita persona, inversiones, enajenaciones o adquisiciones, o cualquier otro acto que le produzca algún beneficio económico indebido al servidor público o a alguna de las personas mencionadas en la primera fracción ;
III. El servidor público que, ejerciendo atribuciones que no tenga conferidas o valiéndose de las que tenga, realice u ordene actos u omisiones arbitrarios que generen un beneficio económico indebido para sí o para las personas a que se refiere la fracción I de este artículo, o causen perjuicio a alguna persona o al servicio público, y
IV. El servidor público que, con motivo del ejercicio de sus funciones, retenga o restrinja indebidamente el uso o disposición de bienes o derechos y que con ellos se genere un beneficio económico indebido a que se refiere la fracción I de este artículo, o causen perjuicio a alguna persona o al servicio público.
...
...
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Conatram, Conatram exige acciones inmediatas ante la crisis de extorsiones y abusos en Nuevo León, 2026, México, [en línea],
https://www.conatram.mx/2026/01/07/conatram-exige-acciones-inmed iatas-ante-la-crisis-de-extorsiones-y-abusos-en-nuevo-leon/ [consulta: 30 de enero de 2026].
2 Ibidem.
3 Ibidem.
4 Ibidem.
5 Ibidem.
6 Ibidem.
7 Amuchategui, Griselda, Derecho Penal, Oxford, 4a ed, 2012, México, pp. 63 [en línea],
https://proyectozero24.com/wp-content/uploads/2021/09/Amuchategu i-Requena-2012-Derecho-Penal.pdf [consulta: 30 de enero de 2026].
8 Ibidem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de marzo de 2026.— Diputados y diputada: Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, Ana Erika Santana González, Isidro Enrique Villegas García (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedamos ahora el uso de la palabra al diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del artículo 3 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
El diputado José Alejandro Aguilar López:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado José Alejandro Aguilar López: Compañeras y compañeros legisladores, acudo a esta tribuna a presentar una iniciativa de reformas al artículo 3, fracción XXIII y XXIV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Como integrantes del Poder Legislativo tenemos la gran responsabilidad de mantener en armonía las leyes que integran nuestro sistema jurídico, con la intención de que los gobernados tengan la convicción de que cuando requieran utilizar alguna ley el contenido de la misma sea acorde con todo el sistema legal.
En el caso de las reformas propuestas, planteo a esta soberanía el cambio de denominación de la Secretaría de Despacho, que se prevé en las fracciones XXIII y XXIV, ya que en ambas se menciona a la Secretaría de la Función Pública.
Sin embargo, debemos tomar en consideración que el 28 de noviembre del 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a distintos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Para el caso de la presente iniciativa, fueron reformados los artículos 26, fracción XIII, y 37, a efecto de cambiar la denominación de la Secretaría de la Función Pública, por lo que actualmente se encuentra en vigor Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Quiero enfatizar que para quienes formamos parte del gran movimiento nacional, que es la cuarta transformación, este no es solo un cambio semántico, sino que encierra una profunda visión de cómo debe ejercerse el manejo de los recursos públicos y realizar la función de gobierno en beneficio de la sociedad mexicana.
En la cuarta transformación tenemos un imperativo ético, político y legal que consiste en combatir de manera frontal cualquier indicio de corrupción, porque el pueblo de México se cansó del ejercicio patrimonialista de los recursos públicos que se dio en otras administraciones y que aun concediéndolo las autoridades encargadas de perseguir y sancionar esta conducta fueron omisas en el mejor de los casos, si es que no cómplices en su realización.
Este tipo de consecuencia desde el poder público se cubriría con el manto de la impunidad a los corruptos. Esta es la visión que debemos erradicar. Nuestra presidenta de la República, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, plasmó en su iniciativa de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública –municipal, perdón– Federal.
Ahora bien, en mi opinión, es necesario, armonicemos la Ley General de responsabilidades administrativas, particularmente el artículo 3, fracciones XXIII y XXIV, y que se sustituya la denominación de Secretaría de la Función Pública por Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, porque no se trata únicamente de actualizar una denominación, se trata de honrar el compromiso que tenemos con el pueblo de México, se trata de consolidar un Estado que no tolera la corrupción, que no la normalice y que no la encubra.
Hoy, damos un paso más en la construcción de un andamiaje jurídico coherente con los principios de la cuarta transformación, un gobierno honesto, transparente y al servicio de la gente. Que nuestras leyes reflejen con claridad el rumbo que hemos decidido formar como nación, donde la ética pública no sea una aspiración, sino sea una realidad palpable en cada institución. Unidad nacional, todo el poder al pueblo. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones del artículo 3o. de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito José Alejandro Aguilar López, diputado a la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que se establece en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del artículo 3, fracciones XXIII y XXIV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente:
Exposición de MotivosCompañeras y compañeros legisladores la iniciativa que someto a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados tiene el propósito de actualizar las fracciones XXIII y XXIV del artículo 3 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas al cambio de denominaciones de las dependencias del Ejecutivo federal quien se han dado con posterioridad al inicio de vigencia de la ley en comento.
En las fracciones XXIII y XXIV del artículo 3, se hace mención de la secretaria de la Función Pública sin embargo debemos tener presente que dicha denominación fue modificada mediante el decreto de reformas a diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en la que se reformaron, para el caso de la Ley que nos ocupa el artículo 26 en su fracción 13 y 37, para sustituir la denominación de Secretaría de la Función Pública por Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Esta es la razón que me motiva para someter a su digna consideración la presente iniciativa ya que como legisladores federales tenemos la obligación de dotar al pueblo de México de la certeza jurídica de que las leyes que como poder legislativo aprobamos están debidamente acuatizadas y en concordancia con el sistema normativo que deriva de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Adicionalmente debemos tener en consideración que el cambio de nombre en la secretaria va mucho más allá de un cambio semántico, es un cambio de denominación del paradigma de gobierno de la cuarta transformación en los que el Partido del Trabajo coincide plenamente.
Por exigencia del pueblo de México que cansado de tanto abuso y practicas corruptas decidió hacer un cambio de gobierno en 2018 cuyo compromiso fundamental el combate frontal a la corrupción e impunidad.
Además, se pretendió hacer un buen gobierno a favor de todas t todos los mexicanos en tal virtud una vez que toma posesión de la presidencia de la republica el 1 de octubre de 2024 la presidenta de la republica impulsó el cambio de nombre de la Secretaría de la Función Pública por Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
DecretoArtículo Único. Se reforma el artículo 3, fracciones XXIII y XXIV, de la Ley General de Responsabilidades, para quedar como sigue:
Artículo 3. ...
I. a XXII. ...
XXIII Secretaría: la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en el Poder Ejecutivo federal.
XXIV. Secretarías: la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en el Poder Ejecutivo federal y sus homólogos en la entidades federativas;
XXV. a XXVII. ...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2026.— Diputados: José Alejandro Aguilar López y Haidyd Arreola López (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de entidades federativas impactadas por la extracción petrolera.
Perdón, hago una corrección, es al artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal. Adelante, diputado.
El diputado Christian Mishel Castro Bello:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, hoy vengo a esta tribuna para hablar con toda claridad como se habla en tierra petrolera, como se habla en Campeche.
Vengo a hablar de justicia, porque durante décadas este país se ha sostenido en buena medida gracias al petróleo. Y ese petróleo tiene nombre, tiene historia y tiene territorio. Se llama Campeche, se llama Ciudad del Carmen, se llama también Tabasco, Veracruz, Chiapas, Tamaulipas.
Estados que le han dado todo a la nación y que hoy siguen esperando que la nación les cumpla, porque mientras México recibe riquezas, desarrollo y crecimiento, nuestras comunidades recibían otra cosa: desgaste social, impacto ambiental, problemas de salud, inseguridad y ahora abandono.
Esa es la verdad y hay que decirlo aquí de frente. Miren, no estamos pidiendo privilegios, estamos exigiendo justicia elemental, porque no es posible que los estados que más han aportado y que aportan desarrollo energético al país hoy tengan que estar mendigando recursos, dependiendo de si sube o de si baja la producción de petróleo. Eso no es justo.
Y, peor aún, ahora resulta que en registros oficiales Campeche ya ni siquiera aparece como un estado productor, sino como aguas territoriales. ¿De verdad vamos a borrar la historia de un plumazo? ¿Vamos a ignorar lo que han dado nuestras tierras a nuestro país? No lo podemos permitir, compañeras y compañeros.
Pero, además, a esta realidad se suma otro agravio que no puede ignorarse: el incumplimiento del compromiso del expresidente Andrés Manuel López Obrador de trasladar las oficinas directivas de Petróleos Mexicanos a Ciudad del Carmen. Se anunció como un acto de justicia territorial, como un paso para descentralizar el poder y reactivar la economía local, pero no ocurrió.
Por eso presento esta iniciativa, que es una propuesta sencilla, pero profundamente justa. Es una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo octavo al artículo 4o., inciso B de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de entidades federativas impactadas por actividades de extracción de petróleo.
De lo que se trata es de garantizar que los estados históricamente petroleros tengan participaciones permanentes del Fondo de Extracción de Hidrocarburos, independientemente de la producción actual, porque el impacto no desaparece cuando baja la producción, las afectaciones ahí siguen, las deudas ahí siguen, las necesidades ahí siguen y el Estado mexicano no puede voltear hacia otro lado.
Hoy estamos diciendo algo muy claro: el desarrollo de México no puede construirse sobre el abandono de nuestras regiones, no podemos seguir centralizando la riqueza y socializando los problemas, no podemos seguir teniendo estados que le dieron todo a la nación y que hoy reciben migajas. Esta iniciativa no es solo para Campeche y Ciudad del Carmen, es por todas las entidades federativas que han sido motor energético de nuestro país.
Por ello invito a todas las diputadas y diputados de los grupos parlamentarios de los estados petroleros de nuestro país a que sin regateo se sumen a esta importante iniciativa que hoy proponemos y ponemos a consideración de ustedes. Es por las miles de familias que dependen de esta actividad, es por los negocios que cerraron por falta de pagos, es por los trabajadores que perdieron su empleo, es por una deuda histórica que ya es momento de empezar a saldar.
Y se los digo con toda claridad, no es un tema técnico, no es un tema administrativo, es un tema de justicia, de dignidad, de reconocer que México no sería lo que hoy sin estas tierras y sin su gente.
Compañeras y compañeros, hoy tienen y tenemos la oportunidad de corregir una omisión histórica, de mandar un mensaje claro, que este país sí reconoce a quienes lo han sostenido, que este país sí cumple y que este país no abandona a su gente, porque cuando le va bien a Campeche, le va bien a México, cuando le va bien a nuestras regiones petroleras, le va bien a nuestra nación. Es momento de actuar, es momento de hacer justicia, es momento de trabajar juntos por México. Es cuanto. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de entidades federativas afectadas por actividades de extracción petrolera, a cargo del diputado Christian Mishel Castro Bello, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Christian Castro Bello, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo que establecen los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo octavo al artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de entidades federativas impactadas por actividades de extracción petrolera, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Continúa el mismo numeral en su párrafo cuarto disponiendo que corresponde al dominio directo de la nación el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos.
Asimismo, el párrafo séptimo del referido artículo 27 constitucional señala que, tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas públicas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria. Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos las empresas públicas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.
Ahora bien, la Ley de Coordinación Fiscal, en su artículo 4o.-B, crea el Fondo de Extracción de Hidrocarburos, que estará conformado por los recursos que le transfiera el Fondo Mexicano del Petróleo para la estabilización y el desarrollo, en términos del artículo 91 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuyos recursos se distribuyen entre aquellas entidades que formen parte de la clasificación de extracción de petróleo y gas definida en el último censo económico realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
En ese sentido, resaltando el ejemplo de mi entidad federativa de origen, Campeche, es importante recordar que desde 1971, Petróleos Mexicanos (Pemex) confirmó la existencia de un vasto yacimiento petrolero frente en aguas del litoral campechano, el cual sería conocido como “Complejo Cantarell”, en honor a don Rudesindo Cantarell Jiménez, quien hizo el vital descubrimiento del referido yacimiento; siendo en 1979 cuando iniciaron formalmente sus operaciones, impactando al municipio de Carmen, tanto económica como ambiental y socialmente.
No es óbice mencionar que también en aguas del litoral campechano se localiza el yacimiento Ku Maloob Zaap, descubierto en el año 2002, el cual también es parte vital de la producción petrolera de nuestro país, al aportar 40 por ciento de la producción de petróleo de nuestro país, pero la que, desafortunadamente, ha venido presentado declive en su producción, pero se mantiene aún la deuda histórica de la federación con Campeche.
Por ello, resulta innegable que el estado de Campeche ha aportado una gran cantidad de recursos económicos para la nación, sin embargo, la retribución a tan importante aportación, históricamente, no se ha visto reflejado en un desarrollo integral de su población, al grado de que, desde la administración federal anterior (2018-2024), se han generado enormes pasivos por parte de la paraestatal en perjuicio de las empresas asentadas en el municipio de Carmen, estado de Campeche, lo cual ha agravado la situación económica de nuestra entidad federativa, particularmente en dicha municipalidad, que si se suman al impacto en el medio ambiente, la seguridad y salud pública, que ahora forman parte de la deuda histórica que la federación tiene con Campeche y, particularmente, con el municipio de Carmen, ya que su cabecera ha resentido, en los últimos años, no sólo el actuar de la delincuencia y los daños ecológicos, sino que también, diversos comercios de bienes y servicios se han visto obligados a cerrar o suspender sus operaciones por los impagos de Petróleos Mexicanos a sus proveedores directos, quienes eran vitales en la generación de la derrama económica en nuestra entidad.
En el mismo orden de ideas, se observa que, dentro de la información pública que brinda Petróleos Mexicanos, a través de su portal web, específicamente en la Base de Datos Institucional, ya no aparece el estado de Campeche como entidad federativa productora de petróleo, 1 lo cual genera preocupación, porque previamente Campeche sí aparecía con ese carácter dentro dicha base de datos institucional, siendo sustituida por la denominación “Aguas Territoriales”, lo cual claramente resulta preocupante porque históricamente, como ya se mencionó en numerales previos, la aportación del Campeche a la nación a través de la actividad petrolera que, insistimos, ha generado impactos tanto positivos como negativos a lo largo del tiempo en diversos ámbitos, permite que esta entidad federativa reciba recursos del Fondo de Extracción de Hidrocarburos, así como también, bajo el carácter de productora petrolera, se le permite acceder a diversos recursos, captados a través de donaciones realizadas por parte de la Paraestatal en favor de tales entidades federativas, las cuales se traducen en obras, programas y acciones de interés mutuo, por las actividades de Petróleos Mexicanos que pudieran tener una incidencia en la población de esos estados de la República.
Tal situación tuvo como respuesta inmediata, por parte del suscrito, en mi carácter de diputado federal, con la participación del diputado Emilio Lara Calderón y de la diputada Arianna del Rocío Rejón Lara, siendo los tres legisladores originarios del estado de Campeche, la presentación de una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a Petróleos Mexicanos, empresa pública del Estado mexicano, para que garantice al estado de Campeche su carácter de entidad federativa productora de petróleo, así como la continuidad en la entrega de recursos materiales y financieros a favor de dicha entidad con el carácter previamente referido; misma que se publicó con fecha 2 de febrero de 2026 en la Gaceta Parlamentaria.
Empero, la necesidad de garantizar dicho estatus no debe constreñirse sólo al estado de Campeche, sino que ese espectro de actuación y garantía debe ampliarse a los estados de Veracruz, Chiapas, Tabasco, entidades federativas que junto con Campeche, que forman parte de la Tercera Circunscripción Electoral a la cual represento ante esta soberanía, han sido históricamente impactadas por la actividad petrolera, al igual que los estados de Tamaulipas, Puebla, San Luis Potosí e Hidalgo, la presente iniciativa busca precisamente por la aportación que han realizado estas entidades federativas a la nación en materia de actividad petrolera, la cual también ha implicado serias afectaciones sociales, sanitarias, ecológicas y de seguridad pública, el suscrito como diputado federal integrante de esta LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, mediante la presente iniciativa, pretende garantizar de forma efectiva, dentro de la legislación en materia de coordinación fiscal, que estas entidades federativas no sufranafectaciones dentro de sus participaciones de los fondos de hidrocarburos que se rigen dentro del artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal, a pesar del posible declive que pudiera darse en la actividad petrolera, ya que la nación tiene una deuda histórica con estos estados, especialmente con Campeche, mi entidad federativa de origen y al que orgullosamente represento ante esta soberanía por formar parte de la Tercera Circunscripción.
Para mayor claridad del contenido de la presente propuesta de modificación, se presenta el siguiente cuadro comparativo respecto al texto vigente:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de la honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que adiciona un párrafo octavo al artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal
Artículo Único. Se adiciona un párrafo octavo al artículo 4o.-B de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:
Artículo 4o.-B. El Fondo de Extracción de Hidrocarburos estará conformado por los recursos que le transfiera el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, en términos del artículo 91 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
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Los estados de Campeche, Chiapas, Tabasco, Veracruz, Tamaulipas, San Luis Potosí, Puebla e Hidalgo, tendrán participaciones permanentes de los recursos provenientes de los Fondos establecidos en el presente artículo; esto, independientemente de su volumen de producción, por lo que se tomará como referencia para el cálculo del valor de extracción bruta de los hidrocarburos de la entidad federativa aquel más alto que haya obtenido de entre los censos económicos previos, salvo que el reciente sea mayor a los censos previos.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las entidades federativas que con posterioridad adquieran la clasificación como entidades productoras de hidrocarburos se atendrán a lo dispuesto en los párrafos previos al adicionado mediante el presente decreto.
Tercero. Se derogan las disposiciones legales y reglamentarias en lo que se opongan al contenido del presente decreto.
Nota
1 Consultable en:
https://ebdi.pemex.com/bdi/bdiController.do?action=cuadro&cv ecua=CRUEF
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.— Diputadas y diputados: Christian Mishel Castro Bello, Arturo Yáñez Cuéllar, Humberto Ambriz Delgadillo, Isidro Enrique Villegas García, Juan Antonio Meléndez Ortega, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Lorena Piñón Rivera, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, Noel Chávez Velázquez, Sergio Gil Rullán (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Cedemos ahora el uso de la palabra... diputado Sergio Gil, ¿con qué objeto?
El diputado Sergio Gil Rullán (desde la curul): Para consultarle al orador si me permite suscribirme a su iniciativa.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Me consultan, diputado Castro, si acepta la adhesión del diputado Gil a su iniciativa. El diputado Castro acepta, así que se pone a consideración de ustedes si quisieran firmar la iniciativa estará aquí a sus órdenes en Mesa Directiva.
LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA PARA LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra a la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia para las Víctimas de estos Delitos, para fortalecer las acciones de prevención de la captación digital de niñas, niños y adolescentes. Suscrita por la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
La diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: A nombre de mi coordinadora parlamentaria Ivonne Aracelly Ortega Pacheco y de nuestra bancada naranja presento hoy ante ustedes el proyecto de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, con el objetivo de fortalecer el programa nacional y también de incorporar acciones específicas de prevención y concientización sobre los riesgos de captación y enganche de nuestras niñas, niños y jóvenes a través de entornos digitales, particularmente a los más vulnerables, a los más pequeños.
Lo hacemos así, por considerarlo una grave violación de derechos humanos hacia todas las niñas y los niños y las juventudes de nuestro país por parte de un Estado omiso que no enfrenta la crisis de derechos humanos que hoy está claramente documentada, como está documentada la alarmante e ineludible crisis en materia de desapariciones en nuestro país, la cual ha sido denunciada por años por las familias de personas desaparecidas y madres buscadoras.
Misma que ha sido analizada por el reporte del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, como crímenes de lesa humanidad. Dicho comité ha solicitado que la situación de México sea elevada a la consideración de la Asamblea General ante la persistencia y gravedad de este fenómeno. Tan solo en el periodo del 23 al 25 se documentaron más de 20 mil personas desaparecidas sin que el Estado mexicano haga su trabajo para determinar de manera definitiva y sancionar a quienes sean responsables.
Estos crímenes no pueden quedar impunes y se debe otorgar a la comunidad y a las víctimas una reparación integral del daño y garantías de no repetición con una defensa irrestricta de sus derechos humanos.
Sin embargo, lejos de eso, lo que ha hecho la responsable de defender de manera autónoma los derechos humanos de las y los mexicanos, la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en México, Rosario Piedra Ibarra, es sacar la matraca una y otra vez para desestimar este informe o el que sea y ser vocera del gobierno de Morena en turno.
En lugar de condenarlo, invisibiliza a las víctimas, igual como lo hizo el gobierno de Morena desde el primer minuto que este informe de la comisión salió, como si ella fuera parte de ese partido y de ese gobierno. Ah, no, perdón, sí es parte. Rosario Piedra es militante del partido de Morena y falsificó en su aplicación y documentación en su primera vez para ser electa en la Cámara de Senadores esa militancia.
Y eso es penal, como si ella no fuera responsable de esta crisis, salió a hacer el trabajo que los voceros de Morena hacen una y otra vez en todas las mesas de discusión en nuestro país. Su respuesta ante la crisis entera ha sido negligente y de absoluto solapamiento de la criminalidad del Estado mexicano por encubrimiento y falta de medidas efectivas para resolver la crisis, viendo aumentar esta cifra una y otra vez.
Y no solo ha encubierto y solapado al Estado mexicano, su gobierno, su ejército, las Fuerzas Armadas. Está también encubriendo y solapando al crimen organizado porque está documentado el contubernio que existe en muchos de los casos entre el Estado mexicano y los criminales organizados para desaparecer personas en casos en donde uno ya no sabe quién trabaja para quién.
Tal es el caso, por ejemplo, de los 43 normalistas de Ayotzinapa o el reciente y escandaloso caso Hernán-Barrera del cártel de La Barredora. De Hernán Bermúdez, del cártel de La Barredora, quien acaba de ser sentenciado por desaparición de personas. Una persona que fue secretario de Seguridad del estado de Tabasco en un gabinete de quien después fue secretario de Gobernación de principio de aquiescencia.
¿Para quién trabaja entonces Rosario Piedra? ¿Para quién trabajan entonces ustedes desde la bancada mayoritaria de Morena? Por eso la renuncia de Rosario Piedra Ibarra es urgente e inaplazable, por responsabilidad, por decoro, por ética y porque miles de madres buscadoras víctimas y mexicanos se lo exigen. Y porque la Constitución se lo demanda.
Por eso, desde esta tribuna, reiteramos que, en acompañamiento a todas las víctimas, a todas y a todas las personas víctimas de detenciones arbitrarias, de tortura; de ejecuciones extrajudiciales, de violencia y de feminicidio, a las niñas mexicanas que el Estado ha dejado solas frente a la violación y matrimonios infantiles.
A las víctimas de abuso de autoridad, de ataques y asesinatos a periodistas y migrantes. A las víctimas de impunidad y también a las de las violaciones históricas a los derechos humanos; a los estudiantes asesinados y desaparecidos del 68 y del 71.
Por todas y todos ellos iniciaremos un proceso para pedir el juicio político correspondiente a Rosario Piedra, en términos de los artículos 102 y 110 de la Constitución.
El pueblo de México y sus familias merecen recuperar su Comisión. La autonomía de la Comisión es hoy el principio del fin de esta tragedia para miles de personas que viven bajo el yugo de la desaparición y la complicidad del Estado mexicano. Y, por eso mismo, estaremos presentando en próximos días el juicio.
Concluyo, presidenta. Este instrumento estará a las órdenes de las víctimas y sus derechos. No es un instrumento político, es un instrumento ciudadano para exigir que la responsable de hacerle un marcaje personal al Estado mexicano para frenar esta crisis rinda cuentas ante la gente.
Y, por eso, mi compañero Sergio Gil y yo la semana que entra estaremos presentando, con ellas y con ellos para presentación de este juicio político para todas y todos. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a fin de fortalecer las acciones de prevención de la captación digital de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos de Delitos, para fortalecer las acciones de prevención de la captación digital de niñas, niños y adolescentes, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa trata de personas constituye una de las más grandes violaciones a los derechos humanos, así como de las actividades ilicitas más lucrativas a nivel mundial, ésta es entendida como la “captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), estima que entre 2020 y 2023 se detectaron más de 200 mil víctimas alrededor del mundo, sin embargo, se cree que el número real de casos no denunciados es mucho mayor, asimismo, se ha estimado que el número de niñas y niños víctimas de trata se ha triplicado en los últimos 15 años.
Esta realidad no es diferente en nuestro país, pues de acuerdo al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 2023 se registró un total de 729 reportes ligados a la trata de personas, observándose un sesgo de género y etario, pues 8 de cada 10 víctimas de este delito son mujeres, y en casi el 30% de los casos, las víctimas fueron menores de edad.
Así también estos datos han sido confirmados por organizaciones de la sociedad civil que han advertido que las principales víctimas en México son mujeres, niños y adolescentes, particularmente en contextos de vulnerabilidad económica, violencia familiar, migración y desigualdad estructural.
Por otro lado, es importante recalcar que México, es país de origen, tránsito y destino de personas víctimas de trata, situación que se agudiza en las regiones fronterizas y en corredores migratorios, donde las personas migrantes, especialmente niñas y adolescentes no acompañadas, enfrentan un riesgo elevado de captación y explotación.
Para enfrentar esta situación, nuestro país ha suscrito algunos instrumentos jurídicos internacionales, destacando los siguientes:
Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional
Artículo 2 Finalidad
Los fines del presente protocolo son:
a) Prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a las mujeres y los niños;
b) Proteger y ayudar a las víctimas de dicha trata, respetando plenamente sus derechos humanos; y
c) Promover la cooperación entre los Estados Parte para lograr esos fines.
Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores
Artículo 1.
El objeto de la presente Convención, con miras a la protección de los derechos fundamentales y el interés superior del menor, es la prevención y sanción del tráfico internacional de menores, así como la regulación de los aspectos civiles y penales del mismo. En tal sentido, los Estados parte de esta Convención se obligan a:
a) asegurar la protección del menor en consideración de si interés superior;
b) instaurar un sistema de cooperación jurídica entre los Estados Parte que consagre la prevención y sanción del tráfico internacional de menores, así como adoptar las disposiciones legales y administrativas en la materia con ese propósito; y
c) asegurar la pronta restitución del menor víctima del tráfico internacional al Estado de su residencia habitual, teniendo en cuenta el interés superior del menor.
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Formas de Discriminación Contra la Mujer
Artículo 6
Los Estados parte tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer.
Convención Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y Menores
Artículo 2
Las Altas Partes Contratantes convienen en tomar todas las medidas conducentes a la busca y castigo de los individuos que se dediquen a la trata de menores de uno y otro sexo, entendiéndose dicha infracción en el sentido del artículo primero de la Convención del 4 de mayo de 1910.
Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores
Artículo 1
La finalidad del presente Convenio será la siguiente:
a) garantizar la restitución inmediata de los menores trasladados o retenida de manera ilícita en cualquier Estado contratante;
b) velar por que los derechos de custodia y de visita vigentes en uno de los Estados contratantes se respeten en los demás Estados contratantes.
Convenio 182 Sobre la Prohibición de las Peores Formas Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación
Artículo 1
Todo Miembro que ratifique el presente Convenio deberá adoptar medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia.
Asimismo, a nivel nacional se ha realizado lo siguiente:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
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Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos
Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto:
I. Establecer competencias y formas de coordinación para la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas entre los gobiernos federal, de las entidades federativas y municipales;
II. Establecer los tipos penales en materia de trata de personas y sus sanciones;
III. Determinar los procedimientos penales aplicables a estos delitos;
IV. La distribución de competencias y formas de coordinación en materia de protección y asistencia a las víctimas de los delitos objeto de esta Ley;
V. Establecer mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad, la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre desarrollo de niñas, niños y adolescentes, cuando sean amenazados o lesionados por la comisión de los delitos objeto de esta ley; y
VI. Reparar el daño a las víctimas de trata de personas de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida.
No obstante, a pesar de contar con instrumentos juridicos internacionales y nacionales, erradicar el delito de trata de personas se ha vuelto complejo debido a la transformación del mismo, la forma más disruptiva en los últimos años ha sido la captación por medio de los entornos digitales. Hoy, la captación ya no ocurre únicamente en espacios físicos, sino en plataformas digitales que forman parte de la vida cotidiana de las personas.
De acuerdo con investigaciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), quienes cometen el delito de trata, ven a sus víctimas como mercancías en cada una de las etapas del proceso, es decir, desde el reclutamiento hasta la explotación, cualquiera que sea su fin.
Las personas menores de edad resultan ser un blanco fácil debido a que son susceptibles buscando aceptación, atención o amistad, cayendo en las estrategias engañosas. Las Naciones Unidas han identificado dos tipos de estrategias, la primera de ellas denominada “caza”, consiste en que la persona traficante persigue activamente a la víctima, mientras que la segunda llamada “pesca”, sucede cuando publican un anuncio de trabajo y esperan que las víctimas potenciales respondan.
De acuerdo con datos de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, por sus siglas en inglés), en 2023, 1 de cada 3 víctimas de trata identificadas en América Latina fue menor de 16 años, quienes en su mayoría fueron niñas explotadas sexualmente.
En nuestro país, datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de enero de 2015 a febrero de 2025, 2 mil 835 personas de 0 a 17 años de edad han sido víctimas de trata de personas, de las cuales, el 74.7% de los casos reportados son mujeres.
Por otra parte, las entidades federativas donde se registraron más víctimas de trata de personas de entre 0 y 17 años de edad durante el periodo estudiado, han sido Quintana Roo, estado de México y Chihuahua.
Sin duda el año más caótico por la situación, fue 2022, pues se contabilizaron 433 niñas, niños y adolescentes víctimas de trata, lo que equivale a 1.1 víctimas por cada 100 mil personas de 0 a 17 años, una cifra que superó al nivel global.
Aunado a lo anterior, el uso de redes sociales, videojuegos en línea, aplicaciones de mensajería y otras plataformas digitales se ha incrementado significativamente entre la población joven. Durante y después de la pandemia por covid-19, el mayor acceso y tiempo de conexión a internet por parte de niñas, niños y adolescentes amplió los espacios de interacción en entornos digitales, lo que, a su vez, incrementó su exposición a diversos riesgos a través de estos medios.
De acuerdo con el Quinto Reporte Anual contra la Trata de Personas elaborado por el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, 81 por ciento de las captaciones de menores de edad vinculadas con redes de trata se originan en plataformas digitales, principalmente en redes sociales como Facebook, Instagram y aplicaciones de mensajería como WhatsApp.
En muchos casos, las personas agresoras se presentan como “amigos virtuales”, posibles parejas sentimentales, reclutadores laborales o promotores de oportunidades de modelaje o trabajo, con el objetivo de ganar confianza de niñas, niños y adolescentes para posteriormente manipularnos, amenazarlos o explotarlos.
No obstante, las autoridades también han advertido que los videojuegos en línea se han convertido en espacios de captación. El propio Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México reportó que entre 2022 y 2024, al menos 207 niñas y niños habían sido identificados como víctimas de redes de trata vinculadas a entornos digitales, y cerca de 45 por ciento de estos casos se originó en plataformas de videojuegos.
De esta manera se puede observar que el entorno digital presenta características que facilitan la actuación de redes criminales para la trata de personas, siendo entre las prinicipales el anonimato, la facilidad de acceso a potenciales víctimas y la capacidad de manipulación emocional.
Ante esta realidad, resulta indispensable fortalecer las estrategias de prevención del delito de trata de personas en los espacios digitales. La Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, establece que la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, es la encargada de definir y coordinar la política pública en la materia, así como de inspeccionar y vigilar los programas y acciones:
Artículo 84. El gobierno federal, conforme al artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establecerá una Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata de Personas, que tendrá por objeto:
I. Definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de Trata de Personas y demás objeto previstos en esta Ley;
II. Impulsar y coordinar en toda la República la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de esta Ley;
III. Inspección y vigilancia de los programas, acciones y tareas;
IV. Evaluación, rendición de cuentas y transparencia sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias.
Para ello, se apoya del Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, el cual es la política del Estado mexicano. El artículo 92 de la Ley en comento, define los contenidos mínimos que deberá contemplar dicho Programa Nacional, no obstante, en ninguna de ellos se establece de manera expresa la incorporación de estrategias específicas orientadas a prevenir la captación de víctimas a través de entornos digitales, tales como redes sociales, aplicaciones de mensajería, plataformas digitales o videojuegos en línea.
Lo anterior, resulta relevante si se considera que, en los últimos años, estos espacios se han convertido en uno de los principales medios utilizados por redes delictivas para contactar, engañar y captar a posibles víctimas, especialmente niñas, niños y adolescentes.
En este sentido, la iniciativa que se presenta busca fortalecer el contenido del Programa Nacional mediante la incorporación de acciones dirigidas a generar conciencia sobre los riesgos presentes en plataformas digitales.
Para mayor entendimiento se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el artículo 92 Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, para fortalecer las acciones de prevención de la captación digital de niñas, niños y adolescentes
Único. Se adiciona una fracción XI al artículo 92 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para quedar como sigue:
Artículo 92. La Comisión diseñará el proyecto del Programa Nacional, que definirá la Política del Estado Mexicano frente a los delitos previstos en esta Ley, que deberá contemplar, como mínimo, los siguientes rubros:
I. a X. ...
XI. Estrategias de prevención y concientización sobre los riesgos de captación y enganche vinculados con los delitos previstos en esta Ley en entornos digitales, orientadas a fortalecer el conocimiento de la población, especialmente de niñas, niños y adolescentes, así como mecanismos de seguimiento y evaluación que permitan medir el alcance e impacto de dichas acciones.
TransitoriosÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 ONU, Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, disponible en
https://www.refworld.org/es/leg/trat/agonu/2000/es/23886
2 ONU, Día Mundial contra la Trata, disponible en
https://www.un.org/es/observances/end-human-trafficking-day
3 ONU, Se triplica el número de niños y niñas entre las víctimas de trata de personas a nivel mundial, disponible en
https://news.un.org/es/story/2021/02/1487422
4 El Economista, Día Mundial contra la Trata de Personas: Panorama en México, disponible en
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Dia-mundial-contra-la-t rata-de-personas-Panorama-en-Mexico-20240730-0039.html
5 OAS, Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional, disponible en
https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/sp_proto_prev_repr i_y_sanci_trata_pers_espe_muje_y_ni%C3%B1o_compl_conve_nu_contr_deli_org_trans. pdf
6 OAS, Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores, disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/44015/Convenci_n_ Interamericana_sobre_Tr_fico_Internacional_de_Menores.pdf
7 ONU, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, disponible en
https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/ instruments/convention-elimination-all-forms-discrimination-against-women
8 OAS, Convención Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, disponible en
https://www.oas.org/dil/esp/Convencion_Internacional_para_la_Pre vencion_de_la_Trata_de_Mujeres_y_Ninos.pdf
9 OAS, Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, disponible en
https://www.oas.org/dil/esp/convenio_de_la_haya_sobre_los_aspect os_civiles_de_la_sustraccion_internacional_de_menores.pdf
10 OAS, Convenio 182 Sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación, disponible en
https://www.oas.org/dil/esp/Convenio_182_oit.pdf
11 Cámara de Diputados, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
12 Cámara de Diputados, Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, disponible en
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPSEDMTP.pdf
13 ONU, Paz, dignidad e igualdad en un planeta sano, disponible en
https://www.un.org/es/global-issues/child-and-youth-safety-onlin e
14 Pacto por la Primera Infancia, Infancia en riesgo: la trata también alcanza a las niñas y los niños más pequeños, disponible en
https://www.pactoprimerainfancia.org.mx/infancia-en-riesgo-la-tr ata-tambien-alcanza-a-las-ninas-y-los-ninos-mas-pequenos/
15 SESNSP en REDIM, Trata de personas de niñas, niños y adolescentes en México (a febrero de 2025), disponible en
https://blog.derechosinfancia.org.mx/2025/03/28/trata-de-persona s-de-ninas-ninos-y-adolescentes-en-mexico-a-febrero-de-2025/
16 Ibídem.
17 Ibídem.
18 Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México en Infobae, La nueva cara de la trata: 81 por ciento de captaciones de menores ocurrieron en redes sociales disponible en
https://www.infobae.com/mexico/2025/08/10/la-nueva-cara-de-la-tr ata-81-de-captaciones-de-menores-ocurrieron-en-redes-sociales/?utm_source=chatg pt.com
19 Ibídem.
20 Buzos de la noticia, Caen 207 menores en redes de trata de personas en entornos digitales, disponible en
https://buzos.com.mx/noticia/caen-207-menores-en-redes-de-trata- de-personas-en-entornos-digitales?utm_source=chatgpt.com
21 Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2026.— Diputadas: Laura Irais Ballesteros Mancilla, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Laura Hernández García (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
LEY EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El diputado Francisco Adrián Castillo Morales:Muy buenas tardes, compañeros, compañeras. Con su venia, diputada presidenta. El día de hoy presento iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que deriva en la necesidad de solicitar identificación oficial para la creación de cuentas electrónicas.
En la era digital en la que vivimos el correo electrónico se ha convertido en una herramienta fundamental para la comunicación personal, económica, profesional y gubernamental. Sin embargo, junto con su masificación han surgido desafíos importantes como el anonimato, la suplantación de identidad y los delitos informáticos. Es por ello que hoy resulta relevante reflexionar sobre la importancia de vincular los correos electrónicos a una identificación oficial.
¿Qué es lo que sucede? El auge de las redes sociales genera un sinfín de preocupaciones y peligros, los principales son: la desinformación, las redes sociales facilitan el acceso a la información falsa de todo tipo, lo cual llega a ser tan bien estructurado que es difícil percibir su autenticidad.
Fraudes. La delincuencia ha evolucionado gracias al impacto de las redes sociales, generando una nueva amenaza para la población: la ciberdelincuencia. Como lo hemos visto, el riesgo es alto debido a que la vida diaria se realiza a través de los dispositivos electrónicos, lo que facilita a los delincuentes obtener información para perjudicar a las y los usuarios.
Cuentas falsas. En las redes sociales se pueden colocar todo tipo de nombre de usuario: el real, el apodo, un personaje de ficción, actores o, incluso, familiares. En estos últimos, se hace pasar para obtener un beneficio, principalmente económico, al solicitar dinero para apoyos ante situaciones de estrés y al ingresar a enlaces de dudosa procedencia, los cuales pueden vulnerar la seguridad de los aparatos y obtener información personal.
La sextorsión. Un perfil falso con fotos tomadas de otros perfiles, dándole ilusión de ser el auténtico con el fin de atraer a usuarios, generando un acercamiento para obtener información como imágenes privadas de carácter sexual para, después, extorsionar al individuo exigiendo dinero con la amenaza de hacer pública esta información o compartirla con el círculo social de la persona.
Adicciones. El impacto en la salud mental en niñas, niños y adolescentes y jóvenes... son los más afectados al desarrollar dependencia compulsiva a los aparatos electrónicos como a las redes sociales, lo que provoca bajo interés educativo, deporte, cultura y, simplemente, pasar tiempo en el aire libre, dando más interés e importancia en su vida digital que fuera de ella.
Contenido inapropiado. Conforme a lo anterior, los menores de edad están expuestos no solo a contenido de su interés, sino también al inapropiado para su edad, los cuales pueden perjudicar su desarrollo como lo es la pornografía, violencia, alusión al consumo de drogas, juegos online o caer en conductas que agravan, incluso, su salud, lo que difícilmente sea algo que busquen, principalmente llega a través de alguien de mayor edad y con o son el conocimiento de quiénes serán los receptores.
¿Qué es lo que se pretende lograr con esta iniciativa? En primer lugar, esta medida fortalecería la seguridad digital. Al asociar cada cuenta de correo con una identidad verificada, se reduciría significativamente la creación de perfiles falsos utilizados para fraudes, extorsiones o desinformación. Esto no solo protegería a los usuarios, sino que también generaría un entorno más confiable para las transacciones y comunicaciones en línea.
En segundo lugar, la vinculación con una identificación oficial fomentaría la responsabilidad en el uso de las plataformas digitales cuando las personas saben que su identidad está respaldada por un documento oficial, es más probable que actúen de manera ética y respetuosa, esto contribuiría a disminuir prácticas como el acoso digital, la difusión de noticias falsas y otros comportamientos nocivos.
Asimismo, esta estrategia podría facilitar la labor de las autoridades en la investigación de delitos cibernéticos, contar con registros verificables y permitir rastrear con mayor precisión a quienes cometen estos actos ilícitos, agilizando los procesos judiciales y fortaleciendo el Estado de derecho en el entorno digital.
No obstante, es fundamental reconocer que esta propuesta también plantea retos importantes, especialmente en materia de privacidad y protección de datos personales. La implementación de un sistema de este tipo debe ir acompañada de marcos legales sólidos, transparencia en el manejo de la información y garantías claras para evitar abusos o vulneraciones a los derechos de los y de las ciudadanas.
En conclusión, vincular los correos electrónicos con una identificación oficial puede representar un paso significativo hacia un entorno digital más seguro, confiable y responsable, solo así podremos avanzar hacia una sociedad digital más justa y protegida. Es cuanto, muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Francisco Adrián Castillo Morales, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de acuerdo a la siguiente
Exposición de MotivosLas evoluciones de los métodos de comunicación han llegado a niveles globales. Con el internet dio un paso gigante para la velocidad de la información; a un solo clic, conocer qué sucede en todo el planeta. Es una red con la capacidad de almacenar, buscar y conseguir información; con su incorporación a nuevas generaciones de tecnología, permitió conectarnos con otros individuos en cualquier parte del mundo; con ello se desarrollaron y se seguirán desarrollando aplicaciones con el único fin de acercar más a las personas.
La llegada de los aparatos móviles permitió que las redes sociales evolucionaran a plataformas de entretenimiento, comunicación, comercio, aprendizaje y el marketing, llegando a personas que nunca se llegarían de formas tradicionales, mejorando la interacción entre individuos y conectando con todos instantáneamente, conociendo las ideas, situaciones, proyectos e identificando las distintas personalidades sin importar la distancia.
Que sucede, el auge de las redes sociales a genera un sinfín de preocupaciones y peligros, los principales son la desinformación, robo de información, fraudes online, acoso etc.
Desinformación. Las redes sociales permiten la relación entre distintas personas; con temas similares permiten atraer a más usuarios y tener una relación continua. Esto permite difundir publicaciones con temas llamativos, los que facilitan la información falsa de todo tipo, donde llega a ser una estructura tan bien formada que es difícil percibir su autenticidad.
Fraudes. La delincuencia ha evolucionado gracias al impacto de las redes sociales, generando una nueva amenaza para la población: la ciberdelincuencia. El riesgo es alto, debido a que la vida diaria se realiza a través de los dispositivos electrónicos, lo que facilita a los delincuentes obtener información para perjudicar al usuario.
Anuncios fraudulentos: anuncios de productos atractivos o con descuentos inimaginables en alguna tienda oficial; la página es similar a una original hasta que empiezas a identificar esos detalles como: su URL no es seguro ni el original de la página, descripciones generalizadas, imágenes de baja calidad y solo un método de pago con tarjeta y su formulario facilita la introducción de datos.
Cuentas falsas: En las redes sociales pueden colocar todo tipo de nombre de usuario: el real, apodo, un personaje de ficción, actores o incluso familiares; en estos últimos se hacen pasar para obtener un beneficio, como económico, al solicitar dinero para un apoyo ante una situación de estrés y al ingresar a enlaces de dudosa procedencia, los cuales pueden vulnerar la seguridad de los aparatos y obtener información personal.
Sextorsión: Un perfil falso con fotos tomadas de otros perfiles, dando la ilusión de ser el auténtico con el fin de atraer usuarios, generando un acercamiento para obtener información como imágenes privadas de carácter sexual para después extorsionar al individuo exigiendo dinero con la amenaza de hacer pública esta información o compartirla con el círculo social de la persona.
Adicción. El impacto en la salud mental en niños, niñas, adolescentes y jóvenes son los más afectados a desarrollar dependencia compulsiva a los aparatos electrónicos como a las redes sociales lo que provoca bajo interés educativo, al deporte, cultura y simplemente a pasar tiempo en el aire libre, dando más interés y importancia en su vida digital que fuera de ella.
Contenido inapropiado. Conforme a lo anterior los menores de edad están expuesto no solo a contenido de su interés también al inapropiado para su edad los cuales pueden perjudicar su desarrollo, como es la pornografía, violencia, alusión al consumo de drogas, juegos online o caer en conductas que agravan y permiten la predisposición a la anorexia y bulimia. Lo que difícilmente sea algo que busquen principalmente, llega a través de alguien mayor de edad y con o sin el conocimiento de quienes serán los receptores.
Australia se volvió el primer país en prohibir a los menores de 16 años el uso de las redes sociales más populares, al dictar que su acceso será impedido; las plataformas que sí permiten que menores de edad accedan serán penalizadas bajo esta ley. Los padres celebraron esta decisión al ver en primera fila a sus hijos cada vez más tiempo en aparatos electrónicos y más aún en las redes sociales, generando una dependencia a estas mismas; las personas en contra emitieron críticas por ser una forma de atentar contra la libre expresión, incluyendo a las plataformas, a cuatro años tras la revelación de documentos de Meta donde es consciente de que sus productos estaban relacionados con trastornos de imagen corporal y pensamientos suicidas en los adolescentes, lo cual fue negado.
IFT informó que la presencia de menores en redes sociales en el 2017 fue de 39 a 69 por ciento en el 2022
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Consumo de Contenidos Audiovisuales (ENCCA), edición 2022:
El 82 por ciento de los niños entre 7 y 11 años usan internet y el 69 por ciento alguna de las redes sociales, las cuales, las aplicaciones de mensajería instantánea más usadas por niñas y niños, son WhatsApp con 66 por ciento, YouTube con 55 por ciento, TikTok con 49 por ciento y Facebook con 34 por ciento.
La ENCCA indica que el 65 por ciento aseguró consumir contenidos de internet con un tiempo promedio de 2.6 horas al día, el 37 por ciento utiliza plataformas que requieren suscripción y el 82 por ciento de manera gratuita o con el elemento de la publicidad en ellos.
De acuerdo con información de BB Media, del catálogo de contenido de las 109 plataformas con presencia en México, aproximadamente menos del 4 por ciento corresponde a títulos dirigidos a público infantil.
Correo electrónico. En sus principios actuaba como una forma de enviar mensajes electrónicos, con el paso del tiempo y la evolución del internet se volvió el inicio para crear diversas cuentas en redes sociales, se volvió el ancla perfecta para entra en este mundo más aparte es indispensable para solicitar trabajo, compras por internet por medio de aplicaciones que solicitan el correo electrónico para inicia sesión etc.
El correo electrónico se volvió el documento de identidad online, para su apertura se necesitan estos datos: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, sexo, nombre de usuario único con su respetivo @, contraseña segura y en casos de recuperación de la cuenta un número telefónico y otro correo, estos datos se pueden alterar para crear una cuenta distinta sin que estos sean verdades o precisos.
Para tener registro como la prevención de que menores de edad accedan a las redes sociales como a involucrase a información dañina, comunicar información personal o delicada de su persona, caer en situaciones de manipulación, estafa y extorsión, vulnerando sus derechos en especial al artículo 4 de la constitución política de los estados unidos mexicanos:
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Artículo Único. Se adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:
Artículo 182 Bis. Los proveedores de correo electrónico deberán solicitar la identificación del Instituto Nacional Electoral (INE) para la creación de un correo electrónico con el fin de garantizar el acceso a redes sociales a personas mayores de edad y previniendo el uso a menores para acceder o ser involucrados en temas delicados para su edad o que atenten contra su persona.
TransitoriosPrimero. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Referencias
1 https://www.euroinnova.com/blog/para-que-sirve-internet-como-medio-de-comunicac ion
2 https://www.polisura.edu.co/la-importancia-de-las-redes-sociales-en-la-actualid ad
3 https://etic.fundaciondn.org/peligros-redes-sociales - elementor-toc__heading-anchor-0
4 https://tuta.com/es/blog/email-is-important
5 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
6 https://www.jornada.com.mx/2025/12/10/sociedad/031n1soc
7 https://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/el-uso-de-las-r edes-sociales-entre-los-menores-de-edad-paso-de-39-en-2017-69-en-2022-revela-in forme#:~: text=25%20de%20abril-,El%20uso%20de%20las%20redes%20sociales%20entre%20los%20me nores%20de,25%20de%20abril%20de%202023.&text=El%20Instituto%20Federal%20de% 20Telecomunicaciones,mensajes%2C%20contenidos%20musicales%20y%20culturales.
8 https://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/ el-uso-de-las-redes-sociales-entre-los-menores-de-edad-paso-de-39-en-2017-69-en -2022-revela-informe-:~: text=25%20de%20abril-,El%20uso%20de%20las%20redes%20sociales%20entre%20los%20me nores%20de,25%20de%20abril%20de%202023.&text=El%20Instituto%20Federal%20de% 20Telecomunicaciones,mensajes%2C%20contenidos%20musicales%20y%20culturales.
Dado en la Ciudad de México, dentro del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputados y diputadas: Francisco Adrián Castillo Morales, Gloria Sánchez López, Haidyd Arreola López, Isidro Enrique Villegas García, Petra Romero Gómez (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra a la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 50 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas.
La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro:Con el permiso del pueblo de México.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro: Compañeras y compañeros legisladores, hace poco una tragedia sacudió a nuestro país, un accidente relacionado con el transporte de materiales peligrosos cobró vidas, dejó familias destrozadas y nos puso frente a una realidad que no podemos ignorar.
Porque hay que decirlo claro, cuando uno de estos vehículos se accidenta no estamos hablando de cualquier accidente, estamos hablando de fuego, de explosiones, de sustancias tóxicas, de familias corriendo con miedo, de madres abrazando a sus hijos sin saber qué está pasando, y lo más preocupante es que estos vehículos pasan todos los días donde vive nuestra gente, pasan cerca de las escuelas, cerca de los hospitales, de los mercados, de colonias enteras donde miles de familias hacen su vida todos los días.
Claro que el transporte de estos materiales es muy necesario. Nadie lo niega, el país necesita mover mercancías, producir y seguir creciendo, pero crecer nunca puede significar poner en riesgo a nuestra gente.
El desarrollo, sí, claro, por supuesto, pero siempre con responsabilidad. Por eso, esta iniciativa propone adicionar el artículo 50 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para que se establezcan rutas y horarios específicos para el tránsito de materiales peligrosos en zonas urbanas, privilegiando el uso de los libramientos, vías de circunvalación y corredores de riesgo controlado.
Y ¿qué estamos planteando con esto? Algo muy simple, más orden, más planeación, más seguridad para nuestra gente, porque cualquier madre o padre de familia quiere saber que mientras sus hijos están en la escuela están seguros, porque cualquier persona merece caminar por su colonia, ir al mercado, trasladarse a su trabajo sin estar expuestos a riesgos que sí podemos reducir.
Compañeras y compañeros diputados, la política tiene sentido cuando sirve para cuidar a la gente, la ley tiene sentido cuando se ayuda a proteger la vida. Legislar vale la pena cuando nuestras decisiones mejoran la vida de nuestras familias mexicanas.
Hoy tenemos la oportunidad de hacer justamente eso, de actuar con responsabilidad, de fortalecer la seguridad de nuestras ciudades y de demostrar que aquí legislamos pensando en el pueblo.
Por la seguridad y la vida de nuestras familias mexicanas les pido su respaldo con esta iniciativa. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que adiciona el artículo 50 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Rosario del Carmen Moreno Villatoro, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, diputada federal de la LXVI Legislatura de la Cámara de diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 50 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEn el marco del desarrollo socioeconómico y urbano de México, la creciente conurbación de sus principales ciudades y el incremento sustancial del transporte de materiales y residuos peligrosos plantean desafíos significativos para la seguridad vial, la salud pública y el medio ambiente. La presente iniciativa tiene como objetivo primordial la reforma y adición de disposiciones específicas en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como en la Ley General de Protección Civil y a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente, con el fin de establecer restricciones claras y precisas al transporte de materiales y residuos peligrosos en zonas conurbadas durante un horario establecido, a fin de reducir la incidencia de accidentes automovilísticos que involucren dichas sustancias y proteger la integridad física de la población y el entorno.
La importancia de esta iniciativa radica en la necesidad imperante de dotar al marco jurídico mexicano de un instrumento normativo efectivo que permita regular de manera específica el tránsito de cargas peligrosas en horarios y zonas donde la concentración vehicular y humana es máxima, dado que el transporte de materiales y residuos peligrosos es una actividad indispensable para diversos sectores industriales, sanitarios y comerciales, pero que conlleva riesgos intrínsecos que requieren control y mitigación adecuados.
La legislación vigente, particularmente la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, establece un régimen general para el transporte terrestre federal, asignando a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) la facultad de regular, supervisar y restringir el tránsito vehicular cuando existan razones justificadas de seguridad o protección ambiental. Sin embargo, se detecta una insuficiencia normativa en cuanto a la regulación de horarios y zonas específicas para el transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas conurbadas, lo que limita la capacidad de las autoridades para implementar políticas públicas efectivas en materia de seguridad vial y protección civil.
En este sentido, la Ley General de Protección Civil impone a las autoridades la obligación de adoptar medidas preventivas para la mitigación de riesgos derivados de actividades peligrosas, incluyendo el transporte de sustancias nocivas, estableciendo los principios de prevención, precaución y protección a la población como eje rector de su aplicación. No obstante, al no existir disposiciones normativas concretas que regulen la circulación de materiales peligrosos en horarios de alta densidad vehicular y poblacional, se observa un vacío legal que obstaculiza la capacidad operativa para evitar o disminuir accidentes potenciales con consecuencias catastróficas.
El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho fundamental a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de la persona, imponiendo al Estado la obligación de proteger, conservar y restaurar el equilibrio ecológico, así como garantizar la seguridad sanitaria y ambiental de la población. Este derecho constitucional fundamenta jurídicamente la necesidad de establecer regulaciones que minimicen los riesgos inherentes al transporte de materiales peligrosos en contextos urbanos densos, evitando la exposición de la ciudadanía a peligros evitables mediante el control riguroso de horarios y rutas.
El artículo 25 constitucional dispone que el Estado organizará el sistema nacional de planeación democrática para el desarrollo nacional y ejercerá la rectoría del desarrollo económico, social y ambiental, mediante políticas públicas integrales que regulen las actividades económicas con impacto social, ambiental y de seguridad, entre ellas el transporte terrestre federal de materiales peligrosos. En concordancia, el artículo 26 establece la obligación de promover un sistema de planeación democrática que permita coordinar las acciones de las autoridades en materia ambiental, de protección civil y seguridad vial, con la finalidad de garantizar el bienestar general.
Desde una perspectiva internacional, la regulación del transporte de materiales peligrosos ha sido objeto de atención prioritaria por parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), quienes han señalado la necesidad de implementar medidas restrictivas y preventivas para reducir accidentes relacionados con estas cargas, especialmente en áreas urbanas de alta densidad. La normativa internacional, como el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), establece parámetros claros para limitar la circulación de materiales peligrosos en zonas urbanas, incluyendo restricciones horarias y rutas designadas, lo que ha contribuido a una disminución significativa de siniestros y a un mejor control de emergencias.
En países como Estados Unidos, Canadá, Alemania, Francia y Japón, la implementación de regulaciones específicas que limitan el tránsito de vehículos con cargas peligrosas en zonas urbanas durante horarios pico, lo que ha demostrado ser una herramienta eficaz para reducir la incidencia de accidentes con materiales peligrosos, mejorar la respuesta de los servicios de emergencia y disminuir el impacto ambiental. Estos países cuentan con marcos normativos que establecen restricciones horarias obligatorias, rutas alternas señalizadas y programas de capacitación continua para los operadores, lo que ha fortalecido la seguridad vial y la protección civil.
La situación en México demanda la adopción de medidas similares que garanticen la protección de la población en las zonas conurbadas, donde la densidad demográfica y vehicular incrementa exponencialmente los riesgos asociados al transporte de materiales peligrosos. La propuesta de restringir el transporte en el horario responde a un análisis técnico y estadístico que identifique el intervalo como el periodo de mayor concentración vehicular y de tránsito peatonal, donde la probabilidad de accidentes se incrementa sustancialmente.
La implementación de esta restricción temporal y espacial permitirá mitigar los riesgos, al reducir la circulación de vehículos con cargas peligrosas durante los horarios críticos, facilitando una gestión más eficaz de la movilidad urbana y la respuesta oportuna de las autoridades ante cualquier contingencia. Esta medida preventiva favorecerá la disminución de incidentes viales con materiales peligrosos, salvaguardando la vida, la salud y el patrimonio de las personas, así como preservando el equilibrio ambiental.
La iniciativa también contempla la necesidad de que las autoridades definan con precisión las zonas conurbadas sujetas a la restricción, las rutas alternativas que deben ser utilizadas por los transportistas fuera del horario establecido, y los mecanismos de vigilancia y sanción para garantizar el cumplimiento de la norma. Asimismo, propone la capacitación obligatoria y certificación de los conductores que transportan materiales peligrosos, con el fin de elevar los estándares de seguridad y profesionalización en el sector.
En términos sociales, esta regulación representa un avance significativo en la protección de los derechos de los ciudadanos a la seguridad y a un ambiente libre de riesgos evitables. La reducción de accidentes en zonas urbanas impactará positivamente en la calidad de vida de la población, disminuirá la carga sobre los servicios de salud y emergencia, y contribuirá a la estabilidad social al evitar desastres y contingencias que generan alarma y trastornos colectivos.
En el ámbito económico, la disminución de accidentes viales con materiales peligrosos se traducirá en menores costos para los sistemas de salud pública, menor gasto en reparaciones y remediación ambiental, y la protección de activos públicos y privados. Estos beneficios contribuirán a la sostenibilidad financiera del Estado y a la competitividad del sector productivo, al garantizar operaciones de transporte más seguras y confiables.
Por lo anterior, la reforma y adición de disposiciones en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y en la Ley General de Protección Civil constituyen una respuesta integral, técnica y jurídica a una problemática creciente y urgente. Esta iniciativa se inscribe en la política pública de prevención y gestión del riesgo, alineada con los principios constitucionales y los estándares internacionales en materia de seguridad vial y protección civil.
En virtud de lo anterior y con fundamento en las atribuciones que confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta soberanía somete a consideración del Honorable Congreso de la Unión el presente proyecto de decreto por el que se adicionan diversos artículos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de la Ley General de Protección Civil y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente con el propósito de establecer restricciones al transporte de materiales y residuos peligrosos en zonas conurbadas, a fin de proteger la seguridad vial, la integridad de las personas, el medio ambiente y contribuir al desarrollo sustentable de nuestro país.
La presente propuesta tiene sustento en los artículos constitucionales 4o., 25 y 27, que garantizan el derecho a un medio ambiente sano, la rectoría estatal en el desarrollo nacional, y la obligación de la planeación democrática en materia ambiental y de seguridad. Asimismo, se fundamenta en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, otorga a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes facultades para regular y restringir el tránsito de vehículos con carga peligrosa para garantizar la seguridad pública y vial. Se complementa con la Ley General de Protección Civil, que establece las bases para la prevención de riesgos y la protección de la población, señalando la necesidad de implementar medidas para evitar la exposición innecesaria a riesgos derivados de actividades peligrosas.
La restricción propuesta, al reducir accidentes y riesgos en zonas urbanas, tendrá un impacto directo en la reducción de muertes, lesiones y daños materiales, así como en la disminución de la carga financiera para el sector salud y los servicios de emergencia. Además, promoverá la profesionalización del transporte de materiales peligrosos, mejorará la percepción ciudadana de seguridad y favorecerá el desarrollo económico sostenible.
En mérito de lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 50 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas.
Único: Se adiciona un artículo 50 Bis al Capítulo IV “Autotransporte de Carga” de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 50 Bis. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en coordinación con las autoridades de protección civil y medio ambiente, establecerá rutas y horarios específicos para el transporte de materiales peligrosos que atraviesen zonas urbanas, priorizando la seguridad de la población y la prevención de accidentes.
Asimismo, promoverá la utilización de vías de circunvalación y corredores de riesgo controlado, de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que se expidan para tal efecto.
TransitorioPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En un plazo de 180 días naturales, las Secretarías de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; deberán emitir las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación del presente decreto.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputadas y diputados: Rosario del Carmen Moreno Villatoro, Emilio Ramón Ramírez Guzmán, Gerardo Ulloa Pérez, Haidyd Arreola López, Petra Romero Gómez (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
SE DECLARA EL 22 DE OCTUBRE DE CADA AÑO, COMO DÍA NACIONAL DE LA CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN DE 1814
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado José Luis Cruz Lucatero, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de octubre de cada año, como Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814.
El diputado José Luis Cruz Lucatero:Con su permiso, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado José Luis Cruz Lucatero: Compañeras y compañeros legisladores, hoy presento ante está soberanía una iniciativa para saldar una deuda con nuestra historia y reconocer uno de los momentos fundacionales del constitucionalismo mexicano.
La presente iniciativa tiene por objeto declarar el 22 de octubre de cada año como Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814, con el propósito de reconocer el primer esfuerzo del pueblo mexicano por establecer un orden constitucional propio basado en los principios de soberanía popular, división de Poderes y representación política.
Este documento emanado del movimiento insurgente encabezado por José María Morelos y Pavón, y aprobado por el Congreso de Anáhuac, sentó las bases del constitucionalismo mexicano y del futuro Estado independiente.
Conmemorar su promulgación permitirá fortalecer la memoria histórica, promover la cultura cívica y reconocer el origen de las instituciones democráticas que hoy rigen a los Estados Unidos Mexicanos.
La historia constitucional de México tiene uno de los momentos fundacionales en la promulgación del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, aprobado el 22 de octubre de 1814, en la ciudad de Apatzingán, durante el proceso de lucha por la independencia nacional.
Este documento conocido como la Constitución de Apatzingán, representó uno de los primeros esfuerzos formales del movimiento insurgente por dotarse de un marco jurídico y político propio, sustentado en principios fundamentales como la soberanía popular, la división de Poderes, la representación política y la protección de derechos.
Inspirada en los ideales de libertad, justicia e igualdad, esta Constitución estableció que la soberanía reside esencialmente en el pueblo, y que la organización del gobierno debía sustentarse en un sistema representativo con instituciones capaces de garantizar el ejercicio de la ley y la justicia.
Uno de sus aportes más relevantes fue la adopción de un modelo de gobierno dividido en tres Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, con atribuciones claramente definidas, lo que representó un avance significativo frente al sistema colonial vigente en la Nueva España.
Asimismo, incorporó principios jurídicos profundamente innovadores para su época, entre ellos: la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la abolición de la esclavitud y de las castas, el reconocimiento del derecho a la propiedad y a la libertad de expresión, el establecimiento de la soberanía popular como fundamento del poder político, la división de Poderes para evitar la concentración del poder en una sola persona, todos estos principios representaron, pues, una ruptura con el orden colonial y expresaron la voluntad de los insurgentes de construir una nación basada en la justicia, la libertad y la representación política.
Incluso, en medio de las difíciles circunstancias de la guerra, el proyecto constitucional insurgente logró materializar algunas de sus instituciones como el Supremo Tribunal de Justicia de la América Mexicana, instalado en 1815, en Ario de Rosales, Michoacán uno de los primeros intentos de establecer un sistema judicial independiente.
Aunque las condiciones de la lucha armada impidieron su plena aplicación, la importancia histórica y jurídica de la Constitución de Apatzingán es indiscutible. Este documento marco el tránsito de México de la vida colonial a la vida independiente y sentó las bases del constitucionalismo que posteriormente se reflejaría en las Constituciones de 1824, 1857 y la vigente de 1917.
Por todo lo anterior, reconocer esta fecha en el Calendario Cívico nacional constituye un acto de memoria histórica y de reafirmación de los valores democráticos que han guiado la construcción del Estado mexicano.
Consecuentemente resulta pertinente que el 22 de octubre de cada año sea reconocido oficialmente como Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814, con el propósito de fortalecer la conciencia histórica de la nación, promover el conocimiento del constitucionalismo mexicano y honrar el legado de quienes aún en medio de la lucha por la independencia sentaron las bases jurídicas y políticas del México libre y soberano.
Hoy México necesita memoria, necesita identidad, necesita recordar que antes de ser una nación consolidada fue una idea, un proyecto y una lucha. Por eso, reconocer el 22 de octubre como el Día Nacional de la Constitución de Apatzingán no es solo mirar el pasado, es reafirmar nuestro compromiso con los principios que dieron origen a esta nación. Es cuanto. Muchas gracias, presidenta.
«Iniciativa de decreto por el que se declara el 22 de octubre de cada año “Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814”, a cargo del diputado José Luis Cruz Lucatero, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, José Luis Cruz Lucatero, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de octubre Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa presente iniciativa tiene por objeto declarar el 22 de octubre de cada año como “Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814”, con el propósito de reconocer el primer esfuerzo del pueblo mexicano por establecer un orden constitucional propio, basado en los principios de soberanía popular, división de poderes y representación política. Este documento, emanado del movimiento insurgente encabezado por José María Morelos y aprobado por el Congreso de Anáhuac, sentó las bases del constitucionalismo mexicano y del futuro Estado independiente. Conmemorar su promulgación permitirá fortalecer la memoria histórica, promover la cultura cívica y reconocer el origen de las instituciones democráticas que hoy rigen a los Estados Unidos Mexicanos.
Contexto y justificación
La historia constitucional de México tiene uno de sus momentos fundacionales en la promulgación del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, aprobado el 22 de octubre de 1814 en la ciudad de Apatzingán en el estado de Michoacán de Ocampo, durante el proceso de lucha por la independencia nacional.
Este documento, conocido comúnmente como Constitución de Apatzingán, representó uno de los primeros esfuerzos formales del movimiento insurgente por dotarse de un marco jurídico y político propio, basado en principios fundamentales como la soberanía popular, la división de poderes, la representación política y la protección de los derechos fundamentales.
Inspirada en los ideales de libertad, justicia e igualdad que animaban el movimiento independentista encabezado por José María Morelos y Pavón, esta Constitución estableció que la soberanía reside esencialmente en el pueblo y que la organización del gobierno debía sustentarse en un sistema representativo, con instituciones capaces de garantizar el ejercicio de la ley y la justicia.
En efecto, el documento constitucional insurgente constituyó la primera expresión concreta de un proyecto de organización política autónoma para la nueva nación mexicana, pues en él se establecieron las bases fundamentales de la forma de gobierno y del funcionamiento de sus instituciones públicas.
Uno de los aportes más relevantes de este texto constitucional fue la adopción de un modelo de gobierno dividido en tres poderes —Legislativo, Ejecutivo y Judicial— con atribuciones claramente definidas, lo que representó un avance significativo frente al sistema colonial vigente en la Nueva España.
La Constitución insurgente incorporó principios jurídicos fundamentales que resultaban profundamente innovadores para su época, entre ellos:
a) La igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.
b) La abolición de la esclavitud y de las castas.
c) El reconocimiento del derecho a la propiedad y a la libertad de expresión.
d) El establecimiento de la soberanía popular como fundamento del poder político.
e) La división de poderes para evitar la concentración del poder en una sola persona.
Estos principios representaban una ruptura con el orden político colonial y expresaban la voluntad de los insurgentes de construir una nueva nación basada en la justicia, la libertad y la representación política.
Incluso en medio de las difíciles circunstancias de la guerra, el proyecto constitucional insurgente logró materializar algunas de sus instituciones. Tal fue el caso del Supremo Tribunal de Justicia de la América Mexicana, instalado en 1815 en Ario de Rosales, Michoacán, el cual constituyó uno de los primeros intentos de establecer un sistema judicial independiente dentro del movimiento insurgente.
Aunque las condiciones de la lucha armada impidieron que la Constitución de Apatzingán tuviera una aplicación plena y permanente, su importancia histórica y jurídica es indiscutible. Este documento marcó el tránsito de México de la vida colonial a la vida independiente y sentó las bases del constitucionalismo mexicano que posteriormente se reflejaría en las constituciones de 1824, 1857 y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.
La expedición de esta primera Constitución no fue un hecho fortuito. La elección de Apatzingán como sede del Congreso insurgente respondió también a razones estratégicas derivadas del contexto militar de la época. José María Morelos y Pavón conocía ampliamente la región de Tierra Caliente de Michoacán, pues durante su juventud recorrió esos caminos como arriero y residió durante varios años en la zona de Parácuaro, Michoacán, particularmente en la hacienda de Tahuejo, colindante con el municipio de Apatzingán. Esto le permitió encontrar en ese territorio un espacio favorable para el resguardo del Congreso insurgente frente a la persecución de las fuerzas realistas.
En medio del fragor de la lucha independentista, los insurgentes no solo combatían en el campo de batalla, sino que también impulsaban la construcción de un nuevo orden institucional. La Constitución de Apatzingán es prueba de ello, pues refleja el esfuerzo de los representantes del Congreso de Anáhuac por dotar a la nación de un sistema político legítimo, basado en la voluntad popular y en la organización republicana del Estado.
De esta manera, el texto constitucional insurgente representó una manifestación del ejercicio pleno de la soberanía por parte del pueblo mexicano, que buscaba sustituir el despotismo colonial por un sistema político fundado en la ley, la representación y la justicia.
Beneficios esperados:
1. Fortalecer la identidad histórica de México
La Constitución de Apatzingán marcó el nacimiento jurídico y político de México, al establecer las bases de un Estado independiente. Reconocerla oficialmente ayuda a revalorar el origen del constitucionalismo mexicano.
2. Difundir los valores democráticos
Este documento introdujo principios que siguen vigentes hoy como lo son la soberanía popular, división de poderes, representación política, derechos de los ciudadanos. Estos principios siguen siendo pilares del sistema constitucional mexicano.
3. Reconocer el origen del constitucionalismo mexicano
La Constitución de Apatzingán sentó las bases de las constituciones posteriores de México, como las de 1824 y 1857, así como de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Esto demuestra que su legado trasciende hasta la actualidad.
4. Impulsar educación cívica e histórica.
La instauración de un día nacional permitiría promover actividades educativas, la realización de eventos académicos y el fortalecimiento de la cultura constitucional, contribuyendo así a una mayor comprensión del origen del Estado mexicano, así como al fomento de una ciudadanía más informada.
5. Reconocer la lucha por la justicia y los derechos.
La Constitución buscaba garantizar que todo ciudadano pudiera acudir a un tribunal que lo protegiera frente a abusos del poder, reflejando una temprana defensa de los derechos individuales.
Por todo lo anterior, reconocer esta fecha en el calendario cívico nacional constituye un acto de memoria histórica y de reafirmación de los valores democráticos que han guiado la construcción del Estado mexicano.
En consecuencia, resulta pertinente que el 22 de octubre de cada año sea reconocido oficialmente como Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814, con el propósito de fortalecer la conciencia histórica de la nación, promover el conocimiento del constitucionalismo mexicano y honrar el legado de quienes, aún en medio de la guerra por la independencia, sentaron las bases jurídicas y políticas del México libre y soberano.
Por lo expuesto, fundado y motivado someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Decreto por el que se declara el 22 de octubre Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814
DecretoÚnico. El Congreso de la Unión declara el 22 de octubre Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Manuel González Oropeza, La Constitución de Apatzingán y la libertad de la América mexicana. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2016.
2 Manuel González Oropeza, La Constitución de Apatzingán y la libertad de la América mexicana. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2016.
3 Manuel González Oropeza, La Constitución de Apatzingán y la libertad de la América mexicana. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2016.
4 Manuel González Oropeza, La Constitución de Apatzingán y la libertad de la América mexicana. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2016.
5 Manuel González Oropeza, La Constitución de Apatzingán y la libertad de la América mexicana. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2016.
6 Manuel González Oropeza, La Constitución de Apatzingán y la libertad de la América mexicana. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2016.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputados y diputadas: José Luis Cruz Lucatero, Alejandro Calderón Díaz, Delhi Miroslava Shember Domínguez, Elda Esther del Carmen Castillo Quintana, Emilio Ramón Ramírez Guzmán, Gerardo Ulloa Pérez, Haidyd Arreola López, Isidro Enrique Villegas García, José Javier Aguirre Gallardo, Petra Romero Gómez (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES Y LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Omar Borboa Becerra, hasta por cinco minutos, para presentar las siguientes iniciativas: 1. Con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servidores Financieros, en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito. 2. Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Ambas suscritas por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Omar Antonio Borboa Becerra:Muchas gracias, presidenta Paulina Rubio.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado Omar Borboa.
El diputado Omar Antonio Borboa Becerra: Compañeras y compañeros legisladores, hoy vengo a presentar dos iniciativas. La primera, sobre la modificación a los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.
En la actualidad, el estar en el Buró de Crédito limita el acceso a oportunidades y castiga más allá de lo justo. El crédito debe ser un motor de desarrollo, no una condena permanente. Sin embargo, hoy vemos cómo la información negativa permanece durante años en los historiales, incluso cuando las personas ya cumplieron con sus obligaciones.
Esto genera un impacto real en la vida de las personas, impidiéndoles acceder a financiamiento, emprender o simplemente reconstruir una estabilidad económica. En la actualidad, el estar en el Buró de Crédito representa no poder acceder a una vivienda digna, a un crédito de automóvil, o ni siquiera poder comprar a crédito algún electrodoméstico para su hogar. Esto es en muchos casos injusto, porque limita el acceso a mejorar un estilo de vida.
Esta propuesta dará certeza jurídica porque establece que, liquidando el adeudo, se actualiza la información en un plazo no mayor a cinco días hábiles y se elimina definitivamente en un periodo de seis meses. Con ello se generan incentivos reales para que se reduzca el litigio.
Esta iniciativa propone reglas claras y equilibradas. Primero, establece un plazo máximo de tres años para la permanencia de la información crediticia, garantizando la proporcionalidad y el tratamiento de los datos. Además, impide que los créditos sin fecha cierta o con antigüedad excesiva sigan afectando injustamente a los ciudadanos.
Compañeras y compañeros, esta no es una iniciativa contra el sistema financiero, es una propuesta para hacerlo más justo, más transparente, más eficiente. Porque el sistema crediticio sano no es el que castiga indefinidamente, sino el que permite la reinserción económica.
En pocas palabras, lo que se propone en esta iniciativa es reducir de plazo de cinco años a tres años a las personas que estén en el Buró y la eliminación pronta después de haber pagado el adeudo.
Vayamos a la segunda propuesta. Muy bien, esa es la que reforma la Ley Federal de Protección de Datos Personales en la Posesión de los Particulares, de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de consentimiento de las referencias personales o trámites de crédito.
¿A cuántos de ustedes no les ha llamado alguna vez del banco, alguna financiera o un despacho de cobranza y decirnos o decirles que alguno de sus familiares tiene alguna deuda sin pagar? Hoy presento esta iniciativa que atiende una práctica común, pero muy incorrecta, el uso de las referencias personales en trámites de crédito sin consentimiento de quienes son señalados.
En México, millones de personas entregan datos de familiares, amigos, conocidos como referencias. El problema es que la mayoría de los casos, en la mayoría de esos casos, esos terceros nunca son autorizados para que usen esta información. Esto vulnera a su privacidad y expone a llamadas y a gestiones de cobranza sin tener ninguna relación alguna con la deuda.
En esta iniciativa se pone orden, establece que ninguna referencia personal podrá ser utilizada sin consentimiento y sin un previo libre específico, informando el verificable de su titular. Además, apruebe expresamente estos datos se utilicen para fines de cobranza o para cualquier finalidad distinta a la autorizada. También obliga a las instituciones financieras y a sus despachos a verificar y conservar la evidencia de dicho consentimiento. Sin este requisito, simplemente no se podrá usar ni contactar a esas referencias.
Compañeras y compañeros, se trata de proteger a quienes están indefensos frente a las prácticas abusivas. Se trata de garantizar el respeto a los datos personales. Se trata de la dignidad de las personas. Regular no es obstaculizar ni dar certeza. Debemos dar este paso al sistema financiero responsable y más humano.
Esta iniciativa que hoy presento me la pidieron varias vecinas y vecinos de distintas colonias de mi distrito, donde dicen que es muy incómodo que cualquier persona por el simple hecho de tener tus datos personales, tu teléfono celular y tu nombre completo, te puedan hacer como una referencia para un crédito de un automóvil o de cualquier carro o cualquier cosa que quieras financiar y cuando el deudor se atrasa, te hablan por teléfono como si tú fueras el que debes, te hablan a pelar con ganas de que le compres, aún cuando uno les dice que tienes años que por razones personales o por razones de trabajo ya no conoces o no ves a la persona, pero te siguen hablando y esto se da en muchos casos y es una incomodidad para todos los mexicanos que sin la previa autorización del referenciado les tengas que entregar, tienen que entregar tus datos y que te estén llamando y te estén molestando por un crédito que tú no debes.
Entonces, yo creo que esto en todos los sectores, en todos los niveles económicos en todo el país, en todo el distrito lo que menos queremos es que molesten a la persona con sus datos personales. Es cuanto. Muchas gracias a todos.
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Omar Antonio Borboa Becerra, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan diversas disposiciones de las Leyes Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn México, millones de solicitudes de crédito exigen al solicitante proporcionar referencias personales. En la práctica, la solicitante entrega datos de terceros sin que éstos hayan consentido su uso, lo que genera molestias, afecta su privacidad y, en ocasiones, se presta a gestiones de cobranza indebidas.
El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce como derecho humano la protección de datos personales. En concordancia, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su reglamento establecen que el consentimiento del titular debe ser previo, libre, específico e informado, y que el aviso de privacidad debe ponerse a disposición del titular antes de cualquier tratamiento. Sin embargo, la legislación actual no contempla expresamente la situación de las referencias personales en trámites de crédito.
La Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y las disposiciones emitidas por la Condusef ya prohíben que los despachos de cobranza realicen gestiones con terceros ajenos al crédito, incluidas referencias. No obstante, como no hay una obligación explícita de recabar el consentimiento de dichos referentes desde la etapa de originación, subsiste una laguna legal que permite la captura y uso indebido de esos datos.
La Ley de Instituciones de Crédito establece en los artículos 117 y 118 el deber de confidencialidad de las entidades financieras respecto de la información de sus clientes. Si bien estas disposiciones protegen la información del solicitante, no regulan de manera expresa la información de los terceros designados como referencias.
Por su parte, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros faculta a la Condusef para sancionar malas prácticas en la prestación de servicios financieros. Esta reforma se alinea con su mandato, ya que provee herramientas para prevenir y atender quejas por el uso no consentido de referencias.
la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia regula el manejo de la información financiera y crediticia de las personas, pero deja fuera a las referencias, lo que genera el riesgo de que indebidamente se les relacione o afecte su historial crediticio. Es necesario cerrar esta puerta expresamente.
Incluso, el Código Civil Federal y el Código de Comercio prevén la responsabilidad civil y mercantil por daños y perjuicios derivados del uso indebido de información de terceros. La reforma que aquí se propone refuerza esa protección, evitando que el ciudadano tenga que litigar por hechos que pueden prevenirse desde la ley.
En síntesis, esta iniciativa busca armonizar y complementar las normas existentes, cerrando el vacío que permite el uso de referencias personales sin consentimiento previo. Con ello se fortalece la protección de datos personales, se previenen malas prácticas en el sistema financiero y se respeta la dignidad de las personas ajenas a una relación crediticia.
Con base en lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito
Primero. Se adicionan las fracciones IV Bis y XII Bis al artículo 2, y se reforma el artículo 11 Bis de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, para quedar como sigue:
Artículo 2....
I. a IV....
IV Bis. Consentimiento verificable: Manifestación de voluntad expresa del titular de los datos que pueda acreditarse de manera indubitable, asociada a finalidades determinadas, de conformidad con esta ley y su reglamento.
V. a XII....
XII Bis. Referencia personal: Persona física distinta del solicitante o deudor que, previa manifestación de su voluntad autoriza el uso de su nombre y datos de contacto exclusivamente para fines de verificación de identidad, localización vía telefónica o referencias en solicitudes de crédito o financiamiento.
XIII. a XX....
Artículo 11 Bis. Tratándose de referencias personales, el responsable deberá recabar y conservar el consentimiento verificable, previo, libre, específico e informado del titular de los datos antes de cualquier tratamiento. Dichos datos no podrán ser utilizados para gestiones de cobranza ni para finalidades distintas a las consentidas.
Segundo. Se adiciona un último párrafo al artículo 17 Bis 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue:
Artículo 17 Bis 3. ...
...
Las entidades y sus mandatarios o despachos de cobranza se abstendrán de contactar o tratar datos de referencias personales que no cuenten con consentimiento verificable conforme a la ley. Deberán verificar, recabar y conservar evidencia del consentimiento verificable de cada referencia personal que se utilice en la originación, verificación o administración de créditos o préstamos.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las autoridades financieras y la Condusef emitirán disposiciones de carácter general para verificar su cumplimiento en un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto.
Tercero. Las entidades dispondrán de doce meses, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, para regularizar sus bases de datos de referencias personales y recabar el consentimiento verificable correspondiente.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputado Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado Omar Borboa. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y Población, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA
El diputado Omar Antonio Borboa Becerra:
El suscrito, Omar Antonio Borboa Becerra, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los párrafos primero del artículo 20, y primero, segundo, tercero y sexto del artículo 23 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl acceso al crédito constituye un elemento fundamental para el desarrollo económico y social de nuestro país. La posibilidad de que las personas y empresas accedan a financiamiento en condiciones justas, transparentes y equilibradas, depende en gran medida de la información que las Sociedades de Información Crediticia concentran, resguardan y difunden.
No obstante, la realidad muestra que, en muchos casos, la información negativa contenida en los historiales crediticios persiste más allá de un plazo razonable, aun cuando los deudores han cumplido con sus obligaciones o cuando las deudas se han vuelto incobrables por el paso del tiempo. Esta situación genera un impacto adverso en miles de personas que, aun después de regularizar su situación financiera, continúan enfrentando obstáculos para acceder nuevamente a créditos, servicios financieros o contratos que requieren una evaluación de riesgo.
La Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, en su redacción actual, permite que datos relacionados con incumplimientos se mantengan durante plazos excesivos, lo cual provoca efectos desproporcionados en relación con la finalidad legítima de brindar certeza al sistema financiero. En consecuencia, se limita la capacidad de recuperación económica de los individuos y se restringe injustificadamente su derecho a una segunda oportunidad.
Con la reforma que se propone, se establecen plazos claros y razonables para la permanencia de la información crediticia en las bases de datos. En primer término, se precisa que los créditos cuya fecha de origen no sea especificada, o que tengan una antigüedad mayor a treinta y seis meses en cartera vencida, no podrán inscribirse en los historiales crediticios. Asimismo, se ordena la eliminación, después de treinta y seis meses, de la información relativa tanto a los cumplimientos como a los incumplimientos de obligaciones, garantizando así un tratamiento equilibrado y justo de los datos.
De igual manera, se introduce un mecanismo de protección adicional para quienes celebren convenios de finiquito y cumplan el pago correspondiente. En este caso, cuando el cliente pague lo establecido, el usuario deberá enviar a la sociedad la información respectiva, a más tardar en cinco días hábiles después de haber recibido el pago.
Además, en estos casos, la información negativa deberá eliminarse, junto con las claves de observación, después de seis meses de haberse acreditado el cumplimiento. Esto reconoce el esfuerzo de las personas por regularizar su situación y fomenta la cultura de pago y responsabilidad financiera.
Con estas medidas se busca modernizar la regulación en materia de información crediticia, garantizando la certeza y transparencia necesarias para el buen funcionamiento del sistema financiero, pero también protegiendo los derechos de los usuarios frente a prácticas que los colocan en una posición de desventaja permanente.
Cabe señalar que la permanencia de información negativa durante 72 meses puede resultar desproporcionada frente al fin legítimo de evaluación de riesgo. La reducción a 36 meses, permite evaluar el comportamiento crediticio reciente y equilibra el interés del sistema financiero con el derecho del individuo a la reinserción económica. Además, resulta pertinente señalar que existen medios menos restrictivos que mantener información por seis años.
La reforma que se propone con la presente iniciativa fortalece la congruencia con el artículo 16 constitucional y con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, particularmente en relación con el principio de calidad de los datos (exactitud, pertinencia y actualización); con el principio de proporcionalidad en el tratamiento y con el principio de limitación temporal de conservación. No se debe ignorar que mantener datos negativos por 72 meses puede resultar excesivo cuando la finalidad de evaluación de riesgo se concentra en comportamiento reciente.
Con la presente reforma se establecen plazos claros y homogéneos, se reduce discrecionalidad operativa y se obliga a reportes en cinco días hábiles tras convenio de finiquito. Esto fortalece la certeza jurídica para usuarios, sociedades y clientes. Además, el plazo de seis meses tras convenio de finiquito introduce un incentivo inmediato a la regularización, mejora la recuperación de cartera y reduce litigiosidad. Actualmente, el incentivo es débil porque la afectación permanece por años aun después del pago.
México mantiene niveles relevantes de población sin acceso pleno a crédito formal. Y que la permanencia excesiva de registros negativos expulsa personas del sistema formal, fomenta el crédito informal e incrementa costos financieros estructurales.
Por ello, con esta reforma se favorece la movilidad crediticia, se amplía la base de sujetos bancarizables y se mejora la competencia en el mercado financiero. En suma, la presente iniciativa se inspira en los principios de proporcionalidad, equidad y justicia financiera, bajo la convicción de que un sistema de información crediticia debe servir como herramienta de confianza y no como un obstáculo insalvable para la reinserción económica de las personas.
Por lo anterior resulta indispensable aprobar las reformas planteadas, que representan un avance sustantivo hacia un modelo crediticio más justo, equilibrado y socialmente responsable.
Para mayor claridad de las modificaciones que propone la iniciativa, se presenta el siguiente cuadro comparativo del texto vigente de la ley con la propuesta de reforma:
Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia
Único. Se reforman los párrafos primero del artículo 20; y primero, segundo, tercero y sexto del artículo 23 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia, para quedar como sigue:
Artículo 20. La base de datos de las sociedades se integrará con la información sobre operaciones crediticias y otras de naturaleza análoga que le sea proporcionada por los usuarios. Los usuarios que entreguen dicha información a las sociedades deberán hacerlo de manera completa y veraz; asimismo, estarán obligados a señalar expresamente la fecha de origen de los créditos que inscriban y la fecha del primer incumplimiento. Las sociedades no deberán inscribir por ningún motivo, créditos cuya fecha de origen no sea especificada por los usuarios, o cuando éste tenga una antigüedad en cartera vencida mayor a 36 meses. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de esta ley.
...
...
...
...
...
Artículo 23. Las sociedades están obligadas a conservar los historiales crediticios que les sean proporcionados por los usuarios, correspondientes a cualquier persona física o moral, al menos durante un plazo de treinta y seis meses.
Las sociedades deben eliminar del historial crediticio del cliente la información que refleje el cumplimiento de cualquier obligación, después de treinta y seis meses de haberse incorporado tal cumplimiento en dicho historial.
En caso de información que refleje el incumplimiento ininterrumpido de cualquier obligación exigible , así como las claves de prevención que les correspondan, las Sociedades deberán eliminarlas del historial crediticio del Cliente correspondiente, después de treinta y seis meses de haberse incorporado el incumplimiento por primera vez en dicho historial.
...
...
En el caso de que el cliente celebre un convenio de finiquito y pague lo establecido en éste, el usuario deberá enviar a la sociedad la información respectiva , a más tardar en cinco días hábiles después de haber recibido el pago, a fin de que ésta refleje que el pago se ha realizado, con la correspondiente clave de observación. Las sociedades deberán eliminar la información relativa a estos créditos, así como las claves de observación correspondientes, después de seis meses de haber recibido la información por parte del usuario.
...
...
...
...
...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Banco de México tendrá noventa días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las adecuaciones necesarias a las Reglas Generales a las que deberán sujetarse las operaciones y actividades de las sociedades de información crediticia y sus usuarios, de acuerdo con lo establecido en este.
Tercero. Las sociedades y los usuarios tendrán un plazo de seis meses para ajustar sus sistemas y estructuras a lo previsto en el presente decreto, contados a partir de la entrada en vigor de este.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2026.— Diputado Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en materia de protección de datos personales de niñas, niños y adolescentes.
El diputado Luis Orlando Quiroga Treviño:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado Luis Orlando Quiroga Treviño: Compañeras y compañeros legisladores, hoy acudo a esta tribuna con la firme convicción de que estamos frente a uno de los retos más importantes de nuestra época, proteger la privacidad y la dignidad de nuestras niñas, niños y adolescentes en un mundo cada vez más digitalizado.
La iniciativa que someto a su consideración no es menor, se trata de reconocer una realidad que ya nos alcanzó. Nuestros menores de edad están creciendo en un entorno donde su información personal se genera, se comparte y en muchas ocasiones se explota sin que existan mecanismos suficientes para protegerlos.
Nuestra Constitución es clara, en sus artículos 6 y 16 reconoce el derecho humano a la protección de datos personales, no obstante, aunque contamos con una ley que regula esta materia en posesión de particulares hoy existe un vacío que no podemos ignorar, no hay disposiciones específicas que atiendan la vulnerabilidad particular de nuestras niñas, niños y adolescentes, y esto es especialmente muy preocupante. Hoy en día aplicaciones móviles, redes sociales, videojuegos y hasta juguetes inteligentes recopilan información sensible.
Dos, ubicación, hábitos de consumo, preferencias e incluso patrones de comportamiento. Estamos hablando de datos que pueden ser utilizados para influir, perfilar y condicionar decisiones futuras de personas que aún no concretan su madurez suficiente para comprender el alcance que están compartiendo.
La niñez debe defenderse de todos estos riesgos. Por eso el principio de interés superior de la niñez consagrado dentro de nuestra Constitución, nos obliga a legislar, actuar de manera más inmediata.
Esta iniciativa propone algo muy concreto, pero profundamente necesario, incorporar un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares para establecer reglas claras, firmes y específicas cuando se trata de datos personales sobre menores de edad.
Primero se establece que el tratamiento de sus datos requeriría el consentimiento expreso de quienes ejerzan la patria potestad o tutela. No más consentimientos implícitos ni ambiguos. Segundo, se obliga a los responsables a verificar la identidad de quien otorga este consentimiento. No basta con un clic, se requiere mayor certeza.
Tercero, se reafirma que en todo momento deberá privilegiarse el interés superior de la niñez. Este principio deja de ser declarativo y se convierte en una guía obligatoria para la toma de estas decisiones.
Cuarto, se establece una previsión fundamental, no se podrá utilizar los datos de niñas, niños y adolescentes para publicidad personalizada ni para perfilamiento de algún sujeto. Esto significa poner un alto a prácticas que buscan influir conducta desde edades tempranas.
Y quinto y último, pero no por eso menos importante, se garantiza que los avisos de privacidad sean claros, sean sencillos y adecuados a su edad. Porque el derecho a la información también implica comprender lo que se está aceptando.
Compañeras y compañeros legisladores, esta iniciativa no busca frenar la innovación tecnológica ni obstaculizar el desarrollo integral. Todo lo contrario, busca que avancemos con responsabilidad, poniendo en el centro a las personas y en especial a quienes más necesitan la protección.
A nivel internacional ya existen estándares que van en esta dirección, países y organismos que han reconocido que los menores requieren más seguridad. México no puede quedarse atrás, no podemos permitir que la información de nuestras niñas, niños y adolescentes se conviertan en una mercancía. No podemos normalizar que desde temprana edad se construyan perfiles que condicionen su futuro. Y no podemos seguir legislando como si este problema no existiera.
Hoy tenemos la oportunidad de cerrar una brecha legal y de enviar un mensaje claro, en México la privacidad de la niñez se respeta, se protege y se garantiza. Legislar en favor de las niñas y niños y adolescentes no es una obligación jurídica, es un compromiso ético con el presente y con el futuro de nuestro país. Los invito a respaldar esta iniciativa, porque proteger sus datos es proteger su libertad, su dignidad y su desarrollo. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en materia de protección de datos personales de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en materia de protección de datos personales de niñas, niños y adolescentes, al tenor de las siguientes
Consideraciones1. Que el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho fundamental a la protección de datos personales, estableciendo la obligación del Estado de garantizar su resguardo, así como de regular los procedimientos para su tratamiento, verificación y, en su caso, sanción, en términos de la ley de la materia.
2. Que el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, así como al acceso, rectificación, cancelación y oposición de los mismos, conforme a los principios y procedimientos que establezca la legislación aplicable.
3. Que en el ámbito internacional, la Organización de las Naciones Unidas, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece en su artículo 12 el derecho de toda persona a la protección contra injerencias arbitrarias en su vida privada, lo que incluye la protección de sus datos personales, comprometiendo al Estado mexicano a armonizar su marco jurídico frente a los desafíos de la era digital.
4. Que la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares tiene por objeto regular el tratamiento legítimo, controlado e informado de los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas, conforme a lo dispuesto en su artículo 1.
Sin embargo, dicha legislación no contempla disposiciones específicas respecto del tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes, lo que genera un vacío normativo frente a los riesgos actuales derivados del uso intensivo de tecnologías digitales, particularmente en entornos como aplicaciones móviles, redes sociales y plataformas digitales.
5. Que la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados reconoce expresamente que, en el tratamiento de datos personales de menores de edad, deberá privilegiarse el interés superior de la niñez, lo que evidencia la necesidad de armonizar ambos ordenamientos para garantizar una protección integral.
6. Que el principio del interés superior de la niñez, reconocido en el artículo 4º constitucional y en la legislación en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, obliga a todas las autoridades a adoptar medidas reforzadas para la protección de sus derechos, incluyendo el derecho a la privacidad y a la protección de sus datos personales.
7. Que, en ese sentido, resulta indispensable incorporar en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares disposiciones específicas que regulen el tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes, estableciendo obligaciones claras para los responsables, tales como la obtención de consentimiento expreso, la verificación de la identidad de quienes lo otorgan, la prohibición de prácticas como el perfilamiento sin autorización y la obligación de presentar avisos de privacidad en lenguaje accesible.
Por lo anterior, se propone adicionar un artículo a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, de acuerdo con la siguiente
Exposición de motivosComo ha señalado la Organización de Consumidores y Usuarios, actualmente los juguetes y aplicaciones conectadas forman parte del entorno cotidiano de muchas familias. Estos dispositivos utilizan micrófonos, cámaras o conexión a internet para ofrecer experiencias interactivas, pero también recolectan y procesan información personal de niñas, niños y adolescentes. Dicha información puede incluir datos sensibles como voz, ubicación, edad o hábitos de uso que, si no son protegidos adecuadamente, exponen a los menores y sus familias a riesgos de privacidad, seguimiento o uso comercial indebido.
El derecho a la protección de datos personales constituye una manifestación del derecho a la privacidad y a la dignidad humana, reconocido tanto en el marco constitucional mexicano como en diversos instrumentos internacionales. Este derecho adquiere una dimensión especial cuando se trata de niñas, niños y adolescentes, quienes, por su condición de personas en desarrollo, requieren una protección reforzada frente a los riesgos derivados del tratamiento de su información personal.
En este sentido, el Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes ha señalado de manera expresa que: La privacidad de estos datos personales es un derecho humano que incumbe a personas mayores de edad y también a niñas, niños y adolescentes. Esta afirmación reconoce que la titularidad de este derecho no depende de la mayoría de edad, sino de la condición misma de la persona.
Asimismo, resulta fundamental comprender el alcance de los datos personales, los cuales, como se ha señalado, comprenden: información específica con la que se puede identificar a una persona, tal como edad, número telefónico, domicilio, trayectoria académica o actividad profesional; o algunos más íntimos, como son ideología política, religión, estado de salud, preferencia sexual, entre otros. La amplitud de esta definición evidencia la sensibilidad de la información que puede estar en riesgo, particularmente tratándose de población menor de edad.
En el contexto digital contemporáneo, caracterizado por el uso intensivo de plataformas tecnológicas, redes sociales y aplicaciones móviles, la protección de estos datos adquiere una relevancia aún mayor. Como advierte la misma fuente institucional: En las redes sociales, cada día más utilizadas por niñez y adolescencias, este aspecto cobra relevancia debido a que en estos sitios se vierte una gran cantidad de datos personales que pueden utilizarse por las empresas o personas mal intencionadas para manipular el consumo o la opinión de esta población.
A pesar de ello, el hecho de que la información sea proporcionada por las propias niñas, niños y adolescentes no implica una renuncia a su protección. Por el contrario, se ha enfatizado que: El hecho de que la información sea proporcionada de manera libre por niñas, niños y adolescentes... no da derecho a carecer de políticas de privacidad eficientes... o a que las compañías la utilicen para fines comerciales o de adoctrinamiento.
En el ámbito académico y comparado, se ha advertido que el tratamiento de datos personales de menores con fines publicitarios es una práctica creciente, lo cual ha generado un debate internacional sobre la necesidad de fortalecer su protección. En particular, se ha señalado que el tratamiento de datos personales de menores de edad y su utilización, entre otros, con fines publicitarios, es cada vez más frecuente, lo que evidencia la urgencia de establecer límites claros a estas prácticas.
Los riesgos asociados a esta situación se agravan debido a las características propias de este grupo poblacional. Como se ha documentado, la falta de un completo desarrollo y madurez de los menores hace que estos no sean del todo conscientes de los riesgos... al proporcionar información personal, lo que los convierte en sujetos especialmente vulnerables frente a prácticas abusivas o desleales.
Es decir, uno de los riesgos más relevantes radica en que el hecho de disponer de datos de las personas desde edades tempranas abre una gran puerta a la creación de perfiles de personalidad detallados, que pueden ser explotados y ampliados a lo largo de su vida. Esta práctica no solo afecta la privacidad, sino también el desarrollo libre de la personalidad y la autonomía futura de las personas.
Frente a este panorama, diversas experiencias internacionales han establecido estándares claros para la protección de datos de menores. Un ejemplo relevante es la Childrens Online Privacy Protection Act de los Estados Unidos, la cual reconoce la necesidad de mecanismos específicos para garantizar el consentimiento parental verificable, así como la obligación de informar de manera clara sobre el tratamiento de datos.
Entre los principios que se han consolidado a nivel internacional destacan la necesidad de obtener el consentimiento previo de los representantes legales, la obligación de limitar la recolección de datos a lo estrictamente necesario, y la prohibición de condicionar el acceso a servicios a la entrega de información personal excesiva. Asimismo, se enfatiza la importancia de que las políticas de privacidad sean accesibles y comprensibles, especialmente cuando están dirigidas a menores de edad.
De igual forma, organismos internacionales han subrayado que el principio rector en esta materia debe ser el interés superior de la niñez, el cual exige que cualquier decisión relacionada con el tratamiento de sus datos personales priorice su bienestar, desarrollo integral y protección frente a riesgos.
En este contexto, resulta evidente que el marco jurídico mexicano en materia de protección de datos personales en posesión de particulares presenta un área de oportunidad, al no contemplar disposiciones específicas y suficientes que regulen el tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales.
Por ello, la presente iniciativa tiene como propósito incorporar un régimen jurídico reforzado que garantice una protección efectiva de los datos personales de este sector de la población, mediante el establecimiento de reglas claras sobre el consentimiento, la verificación de identidad de los representantes legales, la limitación de prácticas como el perfilamiento y la publicidad personalizada, así como la obligación de proporcionar información en lenguaje accesible y adecuado a su edad.
Con estas medidas, se busca no solo armonizar la legislación nacional con los estándares internacionales, sino también responder a los desafíos que plantea la realidad digital contemporánea, colocando en el centro de la regulación el interés superior de niñas, niños y adolescentes y garantizando el pleno ejercicio de sus derechos en el entorno digital.
A través del siguiente cuadro comparativo, se podrán observar las modificaciones propuestas al texto vigente:
En virtud de lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en materia de protección de datos personales de niñas, niños y adolescentes
Artículo Único. Se adiciona un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, para quedar como sigue:
Artículo 8 Bis.- Tratándose de datos personales de niñas, niños y adolescentes, el responsable deberá observar, además de los principios previstos en la presente Ley, las siguientes reglas:
I. El tratamiento de sus datos personales requerirá el consentimiento expreso de quien ejerza la patria potestad o tutela;
II. El responsable deberá implementar mecanismos razonables y proporcionales para verificar la identidad de quien ejerza la patria potestad o tutela que otorgue el consentimiento;
III. En todo momento deberá privilegiarse el interés superior de la niñez;
IV. Queda prohibido el tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes con fines de publicidad personalizada o perfilamiento; y
V. El aviso de privacidad deberá presentarse en lenguaje claro, sencillo, accesible y adecuado a la edad de la persona titular.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 ODECU, ¿Cómo proteger los datos personales de niñas, niños y adolescentes en juguetes y aplicaciones conectadas?, Organización de Consumidores y Usuarios, 7 de octubre de 2025 [en línea]
https://odecu.cl/como-proteger-los-datos-personales-de-ninas-nin os-y-adolescentes-en-juguetes-y-aplicaciones-conectadas/ [consulta: 31 de marzo de 2026]
2 Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, Privacidad de datos personales de niñas, niños y adolescentes es derecho humano que debe respetarse, Gobierno de México, 1 de febrero de 2024 [en línea]
https://www.gob.mx/sipinna/articulos/privacidad-de-datos-persona les-de-ninas-ninos-y-adolescentes-es-derecho-humano-que-debe-respetarse#:~: text=El%20hecho%20de%20que%20la,ese% 20tipo%20de%20espacios%20digitales. [consulta: 31 de marzo de 2026].
3 Ibídem.
4 Ibídem.
5 Ibídem.
6 Belén Andreu Martínez, Los menores como consumidores y la protección de sus datos personales. Un análisis del panorama a nivel internacional y en España, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, [en línea],
https://poderjudicialcdmx.gob.mx/unidadtransparencia/wp-content/ uploads/PROTECCION-DE-DATOS-PERSONALES-EN-MENORES.pdf [consulta: 31 de marzo de 2026].
7 Ibídem.
8 Ibídem.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.— Diputados y diputadas: Luis Orlando Quiroga Treviño, Ana Erika Santana González, Haidyd Arreola López, José Luis Hernández Pérez (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Ramón Ángel Flores Robles, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de reconocer y garantizar los derechos de la naturaleza.
El diputado Ramón Ángel Flores Robles:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, el día de hoy vengo a presentar a este pleno una iniciativa de gran calado constitucional, una propuesta que reforma los artículos 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., 25, 26, 27, 31, 35, 36, 73, 89, 115, 116, 117 y 122 de nuestra Constitución Política para reconocer por primera vez a la naturaleza como sujetos de derecho. Y no se trata de un ajuste técnico, se trata de replantear la relación del Estado mexicano con la vida misma.
Hoy no venimos a presentar reformas más, hoy venimos a plantear un cambio de civilización, porque durante siglos hemos construido un modelo donde la naturaleza es vista como objeto, como recurso, como mercancía, y ese modelo hoy está colapsado frente a nuestros ojos.
La crisis climática ya no es una advertencia, es una realidad, sequías históricas, mares contaminados, selvas devastadas, especies desapareciendo a un ritmo alarmante. No es un fenómeno aislado, es el resultado de una lógica de explotación irracional que ha puesto al planeta al borde del colapso.
Y México no es ajeno, somos una de las naciones con mayor biodiversidad del planeta, pero también una de las que enfrenta una de las mayores tasas de degradación ambiental: más de 2 mil 600 especies en riesgo, ecosistemas perdiéndose año con año y comunidades enteras viendo comprometido su futuro.
Por eso, esta iniciativa no es menor: es profundamente transformadora. Lo que proponemos es reconocer algo que durante mucho tiempo se negó: que la naturaleza no es propiedad: es sujeto de derechos; que los ríos, que los bosques, los mares, los ecosistemas, tienen derecho a existir, a regenerarse y a mantenerse; que no podemos seguir hablando de derechos humanos sin reconocer que estos dependen esencialmente de los derechos de la naturaleza. Porque sin agua no hay vida, sin biodiversidad no hay equilibrio, sin planeta no hay futuro.
Esta reforma constitucional plantea un cambio de fondo: transitar del antropocentrismo donde el ser humano es el centro de todo al biocentrismo donde entendemos que somos parte de un sistema interdependiente.
No es una ocurrencia: es una tendencia global. En Ecuador ya se hizo. Bolivia está avanzando en ese camino. Tribunales internacionales y cortes constitucionales han comenzado a reconocer derechos a ríos, a bosques y ecosistemas.
Y México, que ha sido pionero de derechos sociales, no puede quedarse atrás, porque así como en 1917 fuimos vanguardia en derechos laborales, hoy debemos ser vanguardia en derechos ambientales.
Compañeras y compañeros, no se trata de romantizar la naturaleza: se trata de sobrevivir como especie. Se trata de entender que el modelo de producción y consumo que hemos normalizado ya no es sostenible. Se trata de asumir una responsabilidad histórica.
Porque lo que está en juego no es una agenda ambiental: es el futuro de nuestras hijas, hijos, de nuestras comunidades. Y también es justicia: justicia para los pueblos que han defendido sus territorios, justicia para las comunidades que han cuidado los ecosistemas mientras otros los saquean, justicia para las generaciones que aún no nacen.
Hoy tenemos la oportunidad de dar un paso firme hacia un nuevo paradigma jurídico: un paradigma donde el desarrollo no esté peleado con la vida, donde el crecimiento económico no signifique destrucción ambiental, donde el Estado asuma su responsabilidad de proteger no solo a las personas, sino a la vida de todas sus formas. Esta iniciativa no es el final del camino, es el inicio de una nueva relación en el ser humano y la naturaleza. Una relación basada en el respeto, en la interdependencia, en la justicia.
Compañeras y compañeros legisladores, la historia nos va a juzgar por lo que hagamos o dejemos de hacer frente a esta crisis. Hoy tenemos la oportunidad de estar del lado correcto de la historia, de dejar atrás la lógica de la destrucción y contribuir a un México que defienda la vida. Es cuanto.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de incremento de penas en delitos de violencia en contra de adultos mayores.
El diputado César Alejandro Domínguez Domínguez:Con su permiso, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado César Alejandro Domínguez Domínguez: Gracias. La iniciativa que vengo a presentar el día de hoy, compañeras y compañeros, tiene como propósito adicionar un artículo 300 Bis al Código Penal Federal y modificar el artículo 307, con la finalidad de atender una problemática que tiene que ver con la atención al daño en materia de lesiones a los adultos mayores y el daño que se produce cuando se priva de la vida en homicidio simple a los adultos mayores.
Si bien es cierto la ley prevé que un adulto mayor debe vivir una vida libre de violencia, pero no cierra la pinza esta legislación al establecer un tipo penal agravado, en el cual podamos sancionar no solo estas lesiones, sino cuando se trata de una persona adulta mayor poder incrementar la penalidad cuando es un homicidio simple intencional, o bien, cuando son delitos de lesiones, se puedan incrementar las penas en una cantidad más de la cual actualmente se tienen.
Decimos y se dice bien, que quien no respeta la vejez no honra su propio futuro. Debemos de plantear esta defensa de los adultos mayores a partir de su dignidad, pero también a partir del trabajo que ellos vinieron realizando durante mucho tiempo.
Buscamos que la justicia alcance de manera ejemplar a quien cause un daño al adulto mayor, buscamos que se sancione de manera ejemplar a aquella persona o a aquellas personas que de manera cobarde lesionan a un adulto mayor, o bien, que de manera cobarde lo privan de la vida.
Por eso la modificación a estos dos numerales, al artículo 300, creando un artículo 300 Bis –reitero– con la finalidad de incrementar la penalidad cuando la víctima es adulto mayor en un tanto más, y el artículo 307, para que el homicidio simple intencional pueda tener también esta característica.
Esto se trata de tener cero tolerancia frente a la violencia con los adultos mayores. No podemos cerrar los ojos ante la problemática del maltrato, de las lesiones y de la vulnerabilidad que tienen los adultos mayores en nuestro país. La Constitución y la ley –decía– reconoce el derecho de los adultos mayores a vivir libres de violencia, pero deja la ley muy claro, que esta sanción debe ser ejemplar con esta reforma.
Decíamos también, y decían bien nuestros adultos mayores: se es joven hoy, se será anciano en el mañana. Y debemos, nosotros, en este momento, de poder perfilar estas reformas que sean ejemplares a la sanción a quienes están lastimando a aquellas personas que han hecho un gran esfuerzo para sacar adelante los retos que tienen o los retos que tuvieron en la vida y en la actividad productiva de nuestro país.
Una sociedad que tolera el abuso, las lesiones, los homicidios contra los adultos mayores, se condena a sí misma. Hoy cuidamos al adulto mayor, sí, pero mañana seremos nosotros ese adulto mayor.
Hagamos, pues, ejemplar, la sanción por respeto, por reconocimiento, por solidaridad a quienes nos dicen, cuando hablamos con ellos: como te ves me vi, como me ves te verás. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de incremento de penas en delitos de violencia en contra de adultos mayores, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la presente iniciativa al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn México, los adultos mayores constituyen un sector cada vez más relevante de la sociedad. De acuerdo con el Consejo Nacional de Población (Conapo), en 2025 las y los adultos mayores de 60 años representan más de 13 por ciento de la población total, además, se proyecta que para 2030 este grupo alcance 15 por ciento del total nacional y para 2050 se estima que la población de 60 y más se incrementará 118 por ciento a comparación de 2020; es decir, pasará de 15.1 a 33 millones de adultos mayores.
Este crecimiento no sólo refleja un cambio demográfico, sino también el valor y la presencia de una generación que ha construido las bases familiares, productivas y culturales de nuestro país. Los adultos mayores son portadoras de experiencia, conocimiento y valores que sostienen la cohesión social, y su bienestar es un indicador del desarrollo humano y del respeto que una sociedad tiene por su propia historia.
Los adultos mayores desempeñan un papel esencial en la sociedad mexicana. Además de representar la memoria histórica y cultural del país, contribuyen activamente al sostenimiento económico y emocional de los hogares. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadistica y Geografía, cerca de 30 por ciento de los adultos mayores participan en actividades productivas o de cuidado no remunerado, apoyando tanto a sus familias como a sus comunidades. Asimismo, el Conapo destaca que su participación en redes de apoyo intergeneracional es clave para la transmisión de valores, tradiciones y conocimientos locales. Por su parte, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal, 2020) subraya que las personas mayores fortalecen el capital social al mantener la cohesión familiar y comunitaria, mientras que la Organización de los Estados Americanos (OEA, 2015) reconoce que garantizar sus derechos y bienestar repercute directamente en el desarrollo sostenible de las naciones. En México, reconocer y proteger la aportación de los adultos mayores no sólo es un imperativo ético, sino una condición necesaria para la justicia social y la construcción de una sociedad solidaria e incluyente.
Violencia en contra de adultos mayores
No obstante, lo más doloroso es que, a pesar de todo lo que aportan a sus familias y comunidades, miles de adultos mayores viven hoy en condiciones de violencia, maltrato o abandono. La misma generación que sostuvo al país con su trabajo y su ejemplo enfrenta agresiones físicas, psicológicas y económicas, muchas veces de parte de quienes deberían protegerla. Esta contradicción entre su valor social y la violencia que padecen refleja una deuda moral y jurídica que el Estado no puede seguir postergando.
En México, la violencia contra los adultos mayores es una trágica realidad que no puede seguir ignorándose. Se estima que entre 8.1 y 18.6 por ciento de las personas mayores de 60 años sufre algún tipo de maltrato, cifra que puede superar 30 por ciento en quienes dependen de cuidados permanentes. En estudios recientes, se ha documentado que la prevalencia del maltrato alcanza el 16.2 por ciento, desglosada en abuso psicológico (13.6 por ciento), económico (4.8 por ciento), físico (3.2 por ciento), negligencia (2.3 por ciento) y abuso sexual (0.5 por ciento). Particularmente para las mujeres mayores de 60 años, la Endireh 2021 reporta que 14.6 por ciento ha vivido alguna forma de violencia, principalmente psicológica (13 por ciento), económica (4.7 por ciento) o física (1.5 por ciento).
Lo más lamentable es que, en la mayoría de esos casos, los agresores son familiares, personas con quienes conviven o incluso dependientes económicos: se estima que hasta 97 por ciento de los casos de maltrato a adultos mayores proviene del entorno familiar. Así pues, no estamos frente a incidentes aislados, sino ante una violencia que se reproduce dentro del ámbito de confianza, profundizando la vulnerabilidad de quienes deberían gozar de protección.
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe 2023), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, documenta que estos delitos contra las personas adultas mayores cuentan con un subregistro importante derivado de la desconfianza en las instituciones y del temor a represalias. Este panorama se agrava porque, debido a las limitaciones físicas propias de la edad, las consecuencias de un delito violento suelen ser más graves y permanentes que en otros grupos de población (Inegi, 2023).
La ley para su defensa
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1o., establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, prohibiendo toda forma de discriminación y obligando a brindar especial protección a los grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos las personas adultas mayores. A su vez, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores dispone en el artículo 5o. que el Estado debe garantizar condiciones de seguridad, protección y una vida libre de violencia.
No obstante, el Código Penal Federal y los ordenamientos locales no siempre contemplan como agravante específico la condición de adulto mayor en delitos violentos, lo que genera un vacío normativo que limita la función preventiva y sancionadora del derecho penal.
Diversos sistemas jurídicos han avanzado en esta materia. En España, el Código Penal Español (artículo 148.3) establece como agravante la edad de la víctima en delitos de lesiones. En Colombia, el Código Penal (artículo 58, numeral 9) considera como circunstancia de mayor punibilidad que la víctima sea una persona mayor de 60 años. Estas experiencias internacionales refuerzan la necesidad de que México adopte un marco jurídico que sancione con mayor severidad la violencia ejercida contra quienes, por su edad, merecen una protección reforzada.
En este contexto, la iniciativa que se presenta tiene como objetivo incorporar como agravante en los delitos violentos el hecho de que la víctima sea persona adulta mayor, de manera que las penas se incrementen cuando se atente contra su integridad física, patrimonial o emocional. Esto abarcaría conductas como lesiones, robo con violencia, secuestro y violencia familiar, entre otras.
Con ello se busca:
1. Fortalecer la prevención general, enviando un mensaje claro de que los delitos contra adultos mayores tendrán consecuencias más severas.
2. Reforzar la protección jurídica, adecuando el marco normativo a la realidad demográfica y social del país.
3. Reconocer la dignidad de los adultos mayores, quienes han contribuido al desarrollo de México y hoy merecen condiciones de vida seguras y libres de violencia.
La violencia contra los adultos mayores no es un problema privado, sino un asunto público que exige la respuesta firme del Estado mexicano. La sociedad que no protege a sus mayores, desconoce el valor de su historia y debilita sus bases de convivencia.
Por lo expuesto, esta iniciativa busca cerrar un vacío en la legislación penal y consolidar una política de cero tolerancia a la violencia contra los adultos mayores, otorgándoles la protección reforzada que mandatan la Constitución, los tratados internacionales y la ética social que nos obliga a honrar y proteger a quienes nos antecedieron.
Justificación
Proteger a las adultos mayores es proteger la historia viva de nuestro país. Son quienes trabajaron, educaron, formaron familias y construyeron con esfuerzo el México que hoy conocemos. Representan los cimientos de nuestra sociedad y encarnan los valores de esfuerzo, solidaridad y dignidad que nos identifican como nación. Sin embargo, la realidad que enfrentan muchos de ellos es dolorosa y contradictoria: miles de adultos mayores sufren violencia, abandono y abuso, muchas veces por parte de quienes deberían brindarles cuidado y protección.
Esta injusticia vulnera no sólo sus derechos humanos, sino también el tejido moral y social de México. Como Estado, tenemos la obligación de garantizar que quienes nos dieron tanto puedan vivir con seguridad y dignidad en su etapa de mayor vulnerabilidad. No basta con reconocer su valor: es indispensable traducir ese reconocimiento en acciones concretas que se reflejen en la ley.
Por ello, esta iniciativa propone agravar las penas en los delitos violentos cuando la víctima sea adulto mayor, estableciendo una protección reforzada que reconozca su condición y reduzca los espacios de impunidad. Esta reforma tiene un profundo sentido jurídico, social y ético, y sus beneficios son claros y trascendentes.
1. Fortalece la prevención general y la disuasión del delito
La experiencia comparada demuestra que el endurecimiento de las sanciones frente a delitos que atentan contra grupos vulnerables actúa como un mecanismo de disuasión. Al establecer una agravante penal específica, el Estado envía un mensaje claro de cero tolerancia hacia quienes cometen actos de violencia contra adultos mayores. Este efecto preventivo es fundamental para reducir la incidencia delictiva y modificar patrones de conducta en la sociedad.
2. Garantiza justicia efectiva y proporcionalidad en la sanción
En el contexto actual, los delitos cometidos contra personas mayores suelen sancionarse sin considerar su particular vulnerabilidad. Esta omisión produce una desigualdad en el acceso a la justicia, pues no se reconoce la magnitud del daño ni la indefensión de la víctima. Con la agravante que se propone, el sistema penal adoptará un enfoque más justo, proporcional al daño causado, y acorde con el principio constitucional de igualdad sustantiva.
Además, esta medida permitirá a las autoridades judiciales valorar de forma más integral el contexto del delito, reforzando la función protectora del derecho penal y evitando interpretaciones laxas que propician impunidad.
3. Contribuye a la protección de derechos humanos y a la armonización normativa
La propuesta se alinea con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que obligan al Estado mexicano a garantizar una vida libre de violencia y a adoptar medidas especiales de protección. Con esta reforma, México reafirma su compromiso con los estándares internacionales de derechos humanos, fortaleciendo su marco normativo interno y asegurando su congruencia con los tratados suscritos por nuestro país.
4. Promueve la cultura del respeto y la dignificación de la vejez
Más allá de su efecto jurídico, la reforma tiene un impacto simbólico y cultural de enorme relevancia. Al establecer penas más severas por delitos contra adultos mayores, se envía un mensaje claro a la sociedad: la vejez no debe ser sinónimo de fragilidad o abandono, sino de sabiduría, respeto y reconocimiento. Esta medida contribuye a transformar la percepción social sobre las personas mayores, promoviendo la empatía, la solidaridad intergeneracional y la revaloración de su papel dentro de las familias y las comunidades.
5. Refuerza la cohesión social y la confianza en las instituciones
Proteger a los adultos mayores no sólo tiene un efecto individual, sino colectivo. Una sociedad que cuida a sus mayores se fortalece moralmente y consolida su tejido social. La reforma contribuye a restaurar la confianza ciudadana en el sistema de justicia, mostrando que el Estado actúa con sensibilidad, firmeza y compromiso hacia los sectores más vulnerables. Este es un paso hacia un país más justo, solidario y humano.
En suma, esta iniciativa no es únicamente una modificación técnica al Código Penal Federal; es una declaración de principios. Representa un acto de justicia y gratitud hacia quienes dieron su trabajo y su vida por México. Agravar las penas en los delitos violentos cometidos contra adultos mayores es un compromiso ético y jurídico con la dignidad humana, y una señal inequívoca de que en nuestro país la edad no debe ser motivo de vulnerabilidad, sino de respeto y reconocimiento.
Bajo este orden de ideas, la presente iniciativa propone adicionar un artículo 300 Bis, así como reformar el artículo 307 del Código Penal Federal para quedar en los términos siguientes:
En razón de lo expuesto, pongo a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona el artículo 300 Bis y se reforma el artículo 307 del Código Penal Federal
Único. Se adiciona el artículo 300 Bis y se reforma el artículo 307 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 300 Bis. Se aumentaran al doble las sanciones previstas en los artículos 289, 290, 291 y 292 cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de adultos mayores.
Artículo 307. ...
Si el homicidio se comente en contra de adultos mayores, se aumentará al doble la sanción prevista en el párrafo anterior.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente decreto.
Referencias
• Consejo Nacional de Población (Conapo). (2023). Proyecciones de la población de México y de las entidades federativas, 2020-2070.
https://www.gob.mx/conapo
• Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). (2023). Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe).
https://www.inegi.org.mx
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1º.
• Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, artículo 5o.
• Código Penal Español, artículo 148.3.
• Código Penal de Colombia, artículo 58, numeral 9.
• Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México. “Proviene de familiares 97 por ciento de maltrato a personas adultas mayores.” Consejo Ciudadano MX.
• Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 2021. Boletín 485/22, 30 de agosto de 2022.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/ endireh/Endireh2021_Nal.pdf
• “Título del artículo.” Revista / publicación (2023). En Scielo México.
https://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S2007-74592023000300561 &script=sci_arttext
• Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal). Título del documento (año). Repositorio Cepal.
https://repositorio.cepal.org/entities/publication/1b76de98-59aa -4823-a0a2-992e09451468
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2026.— Diputados y diputadas: César Alejandro Domínguez Domínguez, Humberto Ambriz Delgadillo, Juan Antonio Meléndez Ortega, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, Noel Chávez Velázquez, Ofelia Socorro Jasso Nieto, Paloma Domínguez Ugarte (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Gerardo Villarreal Solís, del grupo... perdón. Diputado Noel, ¿con qué objeto?
El diputado Noel Chávez Velázquez (desde la curul): Para solicitarle, por medio de usted, al diputado Alejandro, y felicitarlo por esta gran iniciativa por nuestros adultos mayores, si nos permite adherirnos como grupo parlamentario.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Diputado Alejandro Domínguez, ¿acepta usted la adhesión de su grupo parlamentario?
El diputado Alejandro Domínguez Domínguez: Claro.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, está a su disposición para todos los que quieran firmarla aquí en Mesa Directiva.
LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Gerardo Villarreal Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en materia de actualización de los umbrales y plazos para la eliminación de información crediticia.
El diputado Gerardo Villarreal Solís:Con permiso de la presidencia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado Gerardo Villarreal Solís: Compañeras y compañeros diputados, en México miles de familias enfrentan un problema del que se habla muy poco, pero que frena sus oportunidades de desarrollo, un problema que no se ve en las calles pero que pasa o que pesa, mejor dicho, todos los días en la vida de las familias, tener una deuda, incluso pequeña, puede marcar su historial crediticio durante años.
Y esto tiene consecuencias reales, porque el acceso al crédito no es un lujo, es una herramienta para salir adelante, para poner un negocio, para enfrentar una emergencia, para construir un patrimonio.
Pero ese acceso no depende solo de cuánto ganas o de cuánto necesitas, sino de cómo te evalúa un sistema que muchas veces no distingue y eso, obviamente, no es justo. Y no es justo que una persona que tuvo un tropiezo, que se atrasó con un crédito pequeño cargue durante años con una marca en su historial.
Porque hay que decirlo con claridad, muchas de esas deudas nacen de momentos de dificultad: de una enfermedad, de la pérdida de un empleo o de información poco clara sobre tasas y condiciones. Porque también hay que decirlo, muchas tiendas e instituciones financieras insisten en colocar tarjetas y créditos de manera agresiva sin explicar con claridad cuánto se va a pagar realmente y en qué condiciones.
La Ley para Regular Sociedades de Información Crediticia no se ha actualizado por años, quedó congelada en una realidad que ya no es la de hoy, y eso genera, obviamente, distorsiones.
Porque actualmente una deuda relativamente baja puede permanecer en el historial hasta por seis años, seis años, el mismo tiempo que pueden permanecer deudas muchísimo mayores. ¿Puede permanecer el mismo tiempo una persona que debe nueve mil pesos, a la que debe millones? ¿Dónde está la proporcionalidad? ¿Dónde está la justicia para quien menos tiene?
Cuando el sistema no distingue acaba castigando injustamente, y eso se traduce, indudablemente, en algo muy concreto, puertas cerradas para el desarrollo. Se cierra el acceso al crédito, se limita la posibilidad de emprender, se frena la recuperación de las familias.
Por eso esta propuesta es profundamente social, lo que plantea es sencillo, actualizar el sistema para hacerlo más justo. Primero, aumentar el umbral para eliminar la información de créditos pequeños, pasando de mil a 2 mil UDIS. Es decir, de poco más de 8 mil 500 pesos a 17 mil 500 pesos.
En términos claros, que más personas con deudas bajas puedan salir antes del historial negativo. Y, en segundo, introducir un criterio intermedio para que las deudas de hasta 20 mil UDIS, es decir, 175 mil pesos, no se traten igual que las grandes y tengan un plazo menor.
Esto obviamente no va a eliminar la responsabilidad del deudor, no borra las deudas, no afecta la certeza del sistema financiero. Lo que hace es únicamente equilibrarlo, porque el crédito debe ser un motor de desarrollo y no una condena, debe ser una oportunidad para avanzar, no una barrera que te persigue durante años por un tropiezo.
De eso se trata fundamentalmente esta iniciativa, de entender que las personas pueden equivocarse, pero también pueden recuperarse y que el sistema debe dar segundas oportunidades y no cerrarlas, porque cuando facilitamos el acceso al crédito no solo ayudamos a una persona, impulsamos a una familia, fortalecemos una pequeña empresa, movemos la economía desde abajo.
Hoy tenemos la oportunidad de corregir esa distorsión que ha afectado a la economía de miles de familias en el país, porque un país que castiga igual a quien debe poco y a quien debe mucho es un país que no está haciendo justicia, porque un país que cierra el crédito le cierra el futuro a su gente.
Y hoy lo que estaríamos haciendo, una vez que se vote esa propuesta, es volver abrir ese futuro para millones de mexicanas y mexicanos. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en materia de actualización de los umbrales y plazos para la eliminación de información crediticia, a cargo del diputado Gerardo Villarreal Solís, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado federal Gerardo Villarreal Solís, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo octavo y se adiciona un párrafo noveno al artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en materia de actualización de los umbrales y plazos para la eliminación de información crediticia, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl acceso al crédito constituye uno de los mecanismos más relevantes para el desarrollo económico de las familias y las empresas mexicanas. Sin embargo, el acceso al crédito no depende únicamente de la oferta de financiamiento, sino también de los mecanismos mediante los cuales las instituciones financieras evalúan el comportamiento y el riesgo de las personas.
En dicho proceso, las sociedades de información crediticia desempeñan un papel central, al concentrar, administrar y proporcionar información que sirve de base para la toma de decisiones en materia de otorgamiento de crédito.
En este sentido, el sistema de información crediticia no sólo cumple una función técnica dentro del sistema financiero, sino que incide directamente en las posibilidades reales de acceso al crédito de millones de mexicanos. Por ello, para que este instrumento cumpla efectivamente su función social, debe operar bajo criterios de proporcionalidad, actualización y pertinencia respecto de la realidad económica de la población.
Cuando los parámetros normativos que regulan la conservación de la información crediticia permanecen estáticos frente a un entorno económico dinámico o son desproporcionales, el sistema deja de ser un facilitador del crédito para convertirse en una barrera estructural de acceso, particularmente para los sectores con menor capacidad económica y menor historial financiero.
La evidencia empírica reciente permite dimensionar con mayor precisión la magnitud del problema. De acuerdo con información de la empresa Bravo, especializada en consolidación de deudas, con datos de 2025 difundidos por El Economista, la deuda promedio por persona en México asciende a 193,198 pesos, lo que representa un incremento anual del 6.3 por ciento.
Asimismo, aproximadamente un tercio de los adultos mantiene adeudos que oscilan entre los 50,000 y 100,000 pesos, lo que confirma una alta concentración del endeudamiento en rangos medios del crédito al consumo.
A partir de esta distribución, se observa que la mayor concentración del endeudamiento en México se ubica en rangos por debajo de los 200 mil pesos. En este contexto, el marco jurídico vigente resulta insuficiente para reflejar dicha realidad.
El artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia establece criterios de eliminación de información, y no ha sido modificado desde el año 2008, lo que genera efectos desproporcionados en la permanencia de registros negativos dentro del historial crediticio.
En particular, el umbral previsto en el párrafo octavo —equivalente a mil Unidades de Inversión (UDIS) (aproximadamente 8,750 pesos)— resulta hoy insuficiente frente a la realidad económica actual, considerando la evolución del crédito al consumo, el incremento sostenido en los niveles de endeudamiento y los cambios en el entorno económico en general. Como consecuencia, créditos que hoy se ubican dentro de los rangos más comunes del endeudamiento quedan sujetos al régimen general de conservación de hasta setenta y dos meses.
Esta situación genera una distorsión relevante en el sistema de información crediticia: no resulta proporcional que adeudos de baja o mediana cuantía permanezcan en el historial crediticio durante plazos similares a los aplicables a créditos de mucho mayor monto.
Para dimensionar lo anterior: una persona con un adeudo que apenas supera el umbral de mil UDIS puede enfrentar el mismo periodo de permanencia en su historial que otra con obligaciones significativamente mayores, incluso de cientos de miles o incluso millones de pesos, cuando el riesgo que representan para el sistema financiero es claramente distinto.
Esta falta de diferenciación contraviene el principio de equidad en la evaluación del riesgo crediticio, así como los criterios de proporcionalidad y genera efectos regresivos en el acceso al financiamiento, particularmente para quienes se ubican en los segmentos de menor ingreso y menor historial financiero.
Lo que esta iniciativa propone es claro: incrementar de mil a dos mil UDIS (de aproximadamente 8,750 a 17,500 pesos) el umbral para la eliminación de información crediticia, manteniendo el plazo máximo de referencia de hasta cuarenta y ocho meses, con el objeto de adecuarlo a la realidad económica actual y preservar el sentido original de la norma, que buscaba otorgar un tratamiento diferenciado a créditos de menor cuantía.
Asimismo, se propone establecer un nivel intermedio en el tratamiento de la información crediticia, a fin de introducir un criterio de proporcionalidad en función del monto del adeudo. Para ello, se fija como referencia el umbral de veinte mil UDIS (aproximadamente 175,000 pesos) —cifra alineada con la deuda promedio de la población—, estableciendo que los registros correspondientes a estos créditos deberán eliminarse a los sesenta meses contados a partir del primer incumplimiento, en lugar del plazo general de setenta y dos meses, actualmente aplicable incluso a adeudos que pueden alcanzar hasta cuatrocientas mil UDIS (aproximadamente 3.5 millones de pesos).
Por las consideraciones expuestas, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el párrafo octavo y se adiciona un párrafo noveno al artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia
Artículo Único. Se reforma el párrafo octavo y se adiciona un párrafo noveno al artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para quedar como sigue:
Artículo 23. ...
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Las Sociedades deberán eliminar la información relativa a créditos menores al equivalente a dos mil UDIS en los términos que establezca el Banco de México mediante disposiciones de carácter general; asimismo, en dichas disposiciones se podrá determinar un monto y plazo de referencia para eliminar el registro de saldos residuales de cuantías mínimas, el cual no podrá ser superior a cuarenta y ocho meses.
Asimismo, las Sociedades deberán eliminar del historial crediticio la información relativa a créditos cuyo saldo adeudado sea menor al equivalente a veinte mil UDIS, una vez transcurridos sesenta meses contados a partir de la incorporación del primer incumplimiento en dicho historial, conforme a las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México.
Se exceptúa a las Sociedades de la obligación de eliminar la información relativa al incumplimiento correspondiente del historial crediticio, en el plazo señalado en el segundo párrafo de este artículo, cuando en la fecha en que corresponda eliminarla, el incumplimiento en el pago exigible esté siendo objeto de juicio en tribunales. Lo anterior, con base en la información que al efecto y bajo protesta de decir verdad le proporcione el Usuario que corresponda, a la Sociedad de que se trate.
...
...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Banco de México deberá emitir o adecuar las disposiciones de carácter general correspondientes en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. Las Sociedades de Información Crediticia deberán implementar los ajustes necesarios en sus sistemas y bases de datos, así como aplicar lo dispuesto en el artículo 23 reformado a la información crediticia existente, en un plazo no mayor a noventa días naturales contados a partir de la emisión de dichas disposiciones.
Referencia
1 https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/radiografia-deudor-mexicano- tercio-adultos-debe-50-000-100-000-pesos-20260225-801339.html#:~: text=De%20acuerdo%20con%20Bravo%2C%20empresa,anual%20de%206.3%20por%20ciento
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.— Diputado y diputadas: Gerardo Villareal Solís, Ana Erika Santana González, Haidyd Arreola López, Petra Romero Gómez (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos el uso de la palabra a la diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 65 Ter 2 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de consumo de agua en eventos públicos.
La diputada Rocío López Gorosave:Con su venia, diputada presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada Rocío López Gorosave: Compañeras y compañeros diputados, la iniciativa que presento ante ustedes tiene el objetivo de consolidar nuestros derechos humanos, el derecho humano al agua, el derecho humano al acceso a la cultura y, especialmente para las niñas y los niños de México, el derecho al sano esparcimiento.
De acuerdo con el artículo 4o. de nuestra Constitución, todos tenemos derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
También en ese mismo artículo constitucional, que establece que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado, así como el ejercicio de sus derechos culturales.
Estos derechos, aunque no parezcan estar conectados, deben garantizarse por igual, sin importar el contexto ni el lugar, y no deben ser excluidos por terceros o por actores privados. Deben contar con la garantía de medidas necesarias para que ambos puedan disfrutarse en todo momento.
Es por estas razones que propongo reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor, para garantizar que eventos culturales masivos como conciertos, festivales o eventos deportivos se permita el ingreso y consumo personal de agua potable en envases cerrados, como alternativa a la obligación de únicamente adquirirlas dentro de los establecimientos a precios muy elevados.
Por la naturaleza de la mayoría de los eventos culturales o deportivos, las personas asistentes pueden enfrentar deshidratación, sed intensa, boca seca, fatiga, dolor de cabeza, mareo, debilidad. Y, si la deshidratación progresa, pueden presentarse síntomas de confusión, calambres musculares, taquicardia e incluso desmayo o pérdida del conocimiento. Hasta un golpe de calor, condición que ya constituye una emergencia médica.
Un claro ejemplo de las altas temperaturas y sus efectos negativos son las que presentan algunos municipios del estado que represento, Baja California, en donde alcanzamos más de 40 grados centígrados y debemos estar en constante hidratación, sobre todo en el exterior, cuando acudimos a eventos culturales o deportivos públicos o privados.
Además, existen ejemplos de reforma al respecto en países de Latinoamérica, donde se han presentado experiencias legislativas similares: en Perú, Brasil y Argentina. Esas naciones han hecho cambios para permitir a las personas consumidoras ingresar a conciertos, festivales y partidos de fútbol con sus propios alimentos y botellas de agua cerradas.
Estas acciones responden al principio de protección al consumidor y al deber de garantizar condiciones adecuadas de bienestar en espectáculos públicos para proteger la salud, la seguridad y la dignidad de las personas asistentes.
Cabe mencionar que no solo se trata de hidratarse en eventos masivos al aire libre o con altas temperaturas, en la reforma se busca que el ingreso de agua potable permita mantener la constante hidratación en todo el recinto.
Y, finalmente, garantizar el acceso a agua potable para consumo personal en todos los espacios donde se celebren espectáculos masivos, conciertos, festivales y cualquier evento cultural, deportivo o recreativo, público o privado en México, constituye una medida esencial para proteger la salud, la seguridad y la dignidad de las personas.
En conclusión, establecer disposiciones claras que obliguen a facilitar el acceso al agua potable en esos espacios, representa una acción responsable, preventiva y congruente con los principios de salud pública, protección civil y bienestar social que deben regir la organización de cualquier evento público o privado en el México de la cuarta transformación, que tiene como objetivo principal el bienestar del pueblo, donde garantizamos los derechos humanos. Muchas gracias. Es cuanto.
«Iniciativa que adiciona el artículo 65 Ter 2 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de consumo de agua en eventos públicos, a cargo de la diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Rocío López Gorosave, diputada de la LXVI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en relación con el 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados así como las demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 65 Ter 2 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, al tenor de la siguiente;
Exposición de MotivosDe acuerdo con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tenemos derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Además, en el mismo artículo, se establece que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales.
Ambos derechos, aunque no parezcan conectados, deben garantizarse por igual sin importar el contexto y no deben ser excluidos por terceros, así como establecer las medidas necesarias para que ambos puedan disfrutarse.
En ese sentido, en eventos culturales masivos como conciertos, festivales o eventos deportivos que constituyen el acceso a la cultura, deben permitir el ingreso y consumo personal de agua potable, como alternativa a la obligación de únicamente adquirirla dentro de los establecimientos a precios más elevados.
Situación que cobra relevancia cuando por la naturaleza de los eventos culturales, pueden enfrentar deshidratación y otros malestares que afectan su salud y los elevados precios no les permiten mantenerse en constante hidratación.
La cual puede manifestarse con una serie de signos y síntomas que van desde leves hasta graves, dependiendo de la pérdida de líquidos y del tiempo de exposición a factores como el calor, la aglomeración y la actividad física.
Entre los síntomas iniciales se encuentran sed intensa, boca seca, fatiga, dolor de cabeza, mareo, debilidad, disminución en la frecuencia urinaria y orina de color oscuro.
Si la deshidratación progresa, pueden presentarse confusión, irritabilidad, calambres musculares, taquicardia, hipotensión, piel seca y caliente, e incluso desmayo o pérdida del conocimiento.
Además, en contextos de altas temperaturas, la deshidratación puede agravarse y derivar en un golpe de calor, condición que constituye una emergencia médica.
En ese sentido, considerando la última encuesta del Módulo sobre Eventos Culturales Seleccionados (Modecult) 2025, la asistencia de la ciudadanía ha aumentado considerablemente.
La encuesta observó que la asistencia a eventos culturales seleccionados de la población de 18 años y más en 2025 se situó en 61.2 por ciento. Este porcentaje forma parte de una recuperación sostenida desde 2021, cuando se registró 17.3 por ciento, durante la pandemia por la covid-19. Además, se establece como el segundo valor más alto de la serie del Modecult y se acerca al dato que se observó en 2016.
En 2025, la asistencia a eventos culturales seleccionados de la población de 18 años y más alcanzó 60.4 por ciento para mujeres y 62.1 por ciento para hombres. Aunque a través de la serie del Modecult los hombres han reportado porcentajes superiores, la brecha de género se redujo en 1.1 puntos porcentuales en 2024 y 1.7 en 2025.
En cuanto a la asistencia por tipo de evento seleccionado, se presentaron incrementos en cada uno de ellos con respecto a las cifras de 2024. La proyección de películas o cine se mantuvo como el evento cultural más concurrido, con 47.2 por ciento de la población de 18 años y más. Siguió concierto o presentación de música en vivo, con 32.7 por ciento. Exposición, obra de teatro y espectáculo de danza registraron los menores porcentajes con 19.3, 16.9 y 16.2, respectivamente.
Como se refleja en los resultados, el concierto o presentación de música en vivo se mantiene como uno de los eventos con mayor asistencia, por lo que debe considerarse la importancia de permitir el ingreso de agua embotellada o accesorios para almacenarla y así, garantizar su consumo al interior de los eventos culturales y deportivos.
Lo anterior no es idea nueva, pues existen experiencias similares en países latinoamericanos como Perú, Brasil y Argentina donde recientemente se ha legislado al respecto. En el caso de Perú, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de Cusco, dio luz verde a un dictamen que tiene como objetivo principal permitir a los consumidores ingresar a conciertos, festivales, y partidos de fútbol con sus propios snacks y botellas de agua cerradas.
La medida, en ese país, según expone el dictamen, que ya ha avanzado a la discusión en el Pleno del Congreso peruano, argumenta que busca aliviar la carga económica que representan los precios, a menudo inflados, de los productos básicos dentro de los recintos, garantizando así los derechos que el consumidor adquiere al comprar su entrada.
Además, en Perú se diseñó para aplicarse a cualquier evento de gran aforo, definiéndose como aquellos que cuenten con la asistencia de más de 500 personas. Esto incluye:
• Conciertos.
• Partidos de fútbol.
• Ferias.
• Festivales.
• Otros espectáculos masivos.
El punto central del dictamen en esa nación es la posibilidad de ingresar botellas de agua cerradas y comida catalogada como snacks.
El caso de Brasil permite el ingreso de agua a conciertos y eventos masivos, particularmente cuando se trata de agua para consumo personal, como parte de las medidas orientadas a salvaguardar la salud y seguridad de los asistentes.
Esta disposición ha cobrado mayor relevancia ante episodios de altas temperaturas y riesgos asociados a la deshidratación, por lo que autoridades y organizadores han adoptado criterios más flexibles para permitir el acceso con botellas de agua –generalmente sin tapa adicional y en envases transparentes– así como la instalación de puntos gratuitos de hidratación.
Estas acciones responden al principio de protección al consumidor y al deber de garantizar condiciones adecuadas de bienestar en espectáculos públicos.
En Argentina, numerosas jurisdicciones y provincias cuentan con legislación específica para garantizar la correcta hidratación de la gente en espectáculos públicos y masivos. Por ejemplo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 5641 –que regula los eventos artísticos, musicales o festivos en donde se concentran más de mil personas– establece la obligación de quien requiere la organización de un evento de presentar un plan de acción que garantice determinadas condiciones a favor de los asistentes.
Entre estas garantías, además de un servicio médico en el lugar y un operativo de seguridad, está la obligación de proveer “el acceso gratuito a la hidratación adecuada durante el desarrollo del evento, a través de fuentes de agua aptas para el consumo humano”, (artículo 11, inciso b).
Cabe mencionar que, no solo se trata de hidratarse en eventos masivos al aire libre o con altas temperaturas, se busca que el ingreso de agua potable para consumo humano sea a todo el recinto de espectáculos, pues no sólo se trata adquirirla y consumirla de inmediato en donde se indique, también se busca que pueda mantener su consumo en todos los espacios posibles para las personas usuarias.
Se entiende que otras bebidas como café o bebidas azucaradas no sea posible por la dificultad de su limpieza o los mismos alimentos, pero el agua potable debe garantizarse por sus principios de hidratación.
Para tener mayor claridad de la reforma propuesta, se expone el siguiente cuadro comparativo:
Derivado de todo lo anterior, garantizar el acceso a agua potable para consumo personal en todos los espacios donde se celebren espectáculos públicos y privados en México constituye una medida esencial para proteger la salud, la seguridad y la dignidad de las personas asistentes.
En un contexto marcado por altas temperaturas en diversas regiones del país y por la concentración masiva de público en conciertos, festivales y eventos deportivos, así como la amplia disposición de todo tipo de actividades culturales, permitir y asegurar el ingreso con agua potable para el consumo individual, reafirma el carácter del agua como un derecho humano reconocido constitucionalmente.
En consecuencia, establecer disposiciones claras que obliguen a facilitar el acceso al agua potable en estos espacios representa una acción responsable, preventiva y congruente con los principios de salud pública, protección civil y bienestar social que deben regir la organización de cualquier evento.
Por las razones antes expuestas, se somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se adiciona el artículo el artículo 65 Ter 2 a la Ley Federal de Protección al Consumidor
Único. Se adiciona el artículo 65 Ter 2 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:
Artículo 65 Ter 2. Las personas o proveedores organizadores de espectáculos masivos, conciertos, festivales, y cualquier evento cultural, deportivo o recreativo público o privado deberán permitir el ingreso de agua potable de consumo personal y que incluya las facilidades necesarias para consumirla en todos los espacios permitidos
Artículos TransitoriosArtículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. La Secretaría de Economía expedirá una norma oficial mexicana con las características del ingreso y las facilidades necesarias para su consumo, así como la metodología de verificación de este artículo.
Artículo Tercero. La Secretaría de Economía en un plazo no mayor 180 días, a partir de la publicación del presente decreto, expedirá la norma oficial mexicana a que se refiere el transitorio anterior, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Infraestructura de la Calidad.
Notas
1 La cual genera información estadística sobre la asistencia a eventos culturales y la participación en actividades artísticas de la población de 12 años y más en México.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ modecult/modecult2025_RR.pdf
2 https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/analizan-iniciativa-que-permiti ria-ingreso-de-agua-y-alimentos-en-eventos-masivos/
3 https://www.ms.gba.gov.ar/sitios/saludmental/2023/05/12/agua-gratis-se-aprobo-u na-ley-que-garantiza-el-derecho-a-la-hidratacion/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2026.— Diputadas: Rocío López Gorosave, Gloria Sánchez López, Haidyd Arreola López (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra a la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa, con proyecto decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de eficiencia en el cobro de peaje, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Compañeras y compañeros diputados, hoy venimos a hablar del costo de moverse en este país al que millones de mexicanas y mexicanos vivimos todos los días y justo en el día de hoy que aumentaron el precio de las casetas, el poder transitar por carreteras importantes porque hay una verdad aquí en México que no podemos ignorar, moverse cada vez es más caro y más injusto.
Por un lado, tenemos una gasolina que no bajó. Que en 2018 costaba poco más de 18 pesos por litro y hoy ya supera los 24 pesos. Eso de que nos dijeron que la gasolina iba a costar 10 pesos, es falso y todavía tienen el descaro de venir a decirnos que consumamos la Magna porque es más barata en vez de la Premium y, ¿qué es lo que están entregando? Movilidad todavía más cara, encima suben los precios de la canasta básica, de los servicios en todo México. Esto no solo afecta a quien tiene automóvil, afecta al transportista, al comerciante, al productor y termina impactando en el costo de vida de todas las familias.
Pero, además hay otro problema que las autopistas de cuota que deberían de garantizar eficiencia, porque por eso uno se supone que las transita, hoy se convierte eso en un obstáculo porque pagas por circular, pero vemos las filas interminables, pagas por ahorrar tiempo, pero en realidad lo pierdes.
En México hay muchas casetas donde se cobra como autopista, pero en realidad se vive casi como estacionamiento porque no avanza y no hay eficiencia, y lo más grave es que aumentan los costos, los cobros de las casetas como ya lo vimos el día de hoy y no mejoran el servicio, no ofrecen una solución real a las familias. Es decir, se paga más por un servicio que no responde.
Y aquí hay que decirlo claro, esta iniciativa propone que haya reglas claras, porque hoy quien opera una caseta, que cobra siempre debe cobrar, pero debe también garantizar el servicio y cuando cobran, más bien, cuando fallan estas casetas ellos siguen cobrando, sin embargo, ellos no dejan de cobrar, aunque el servicio falle. Es decir, cobran sin fallar, aunque fallen todos los días.
Por eso, esta iniciativa es parte de algo básico, que sí se cobra, sí los concesionarios cobran deben cumplirle a la gente. ¿Y de qué va esta iniciativa?
Primero es que no se deben de esperar más de 20 minutos en una caseta, con reglas claras. Y me ha pasado gracias a los emprendedores de mi distrito, a los pequeños y medianos negocios que se tienen ahí el 50 por ciento de mi distrito es industrial y el otro 50 por ciento es agrícola. De San Francisco del Rincón, donde soy originaria, distribuyen los sombreros, por eso somos la capital mundial del sombrero.
Y a la hora de esta distribución a todo México e incluso al extranjero, en Estados Unidos, pues tienen que transitar por carreteras de cuotas para lograr que su producto sea entregado de manera más rápida. Y esto, pues les atrasan, no solo en el cumplimiento de sus entregas, sino para que también puedan llegar con sus familias.
Y segundo es que, si este tiempo se rebasa, el paso pueda ser totalmente libre, que, si no te cumple el de la caseta, pues que no te cobre, que así sea de claro. Y tercero, se obliga a modernizar el sistema con telepeaje, que haya medición verificable y supervisión real.
Porque no se trata solo de cobrar, se trata de cumplirle a la gente. Porque cada minuto detenido es dinero que no regresa y tiempo que no vuelve. Y el tiempo de la gente también cuenta.
Reducir estos tiempos también significa que haya menos gastos para las familias, que haya incluso menos contaminación, también es un tema medioambiental porque se emiten menos emisiones de carbono. Contaminamos menos y hay menos presión en los precios, hay más tiempo para que las familias puedan disfrutarse. Y eso también es política social.
Hoy perder tiempo no le cuesta a quien cobra, y con esta reforma se pretende que sea justo. Porque gobernar no es recaudar, es responder a soluciones reales. Y en México el moverse no debería ser caro e ineficiente, debería ser algo digno, ágil y justo para todas y todos.
Y por eso el día de hoy que aumentaron el cobro de las casetas a nivel federal y que no están dando una solución real ante infraestructura, aquí en el PAN les hemos puesto propuestas para que se dignifique el tema de transitar las carreteras libremente con seguridad.
Y les seguiremos poniendo propuestas para darle alternativa a las personas de nuestros distritos, de nuestros estados y de todo México. Aquí seguimos las y los diputados de Acción Nacional, teniendo propuestas para que mejore verdaderamente la calidad de vida de las familias. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra a la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo una cuota de contratación obligatoria de personas con discapacidad del 5 por ciento de sus trabajadores a todas las empresas con más de 50 trabajadores.
La diputada Mónica Herrera Villavicencio:Antes de hacer uso de la voz y presentar mi iniciativa, quiero felicitar a nuestra gobernadora, Rocío Nahle, por su cumpleaños el día de hoy. Como mujer veracruzana me siento muy orgullosa del trabajo que ha estado realizando, y sobre todo, en nuestro distrito. Estoy segura que los veracruzanos no nos equivocamos Muchas gracias.
Presidenta, con su venia. Agradezco, principalmente, a mi coordinador, Ricardo Monreal, por permitirme hacer uso de esta tribuna una vez más, para presentar esta iniciativa que representa la vida de miles de personas con discapacidad, que a pesar de tener una formación profesional nos hemos quedado sin una oportunidad laboral por prejuicios sociales y falta de empatía.
Pues hoy no subo a esta tribuna únicamente como legisladora, sino también como una mujer con discapacidad, como alguien que ha vivido en carne propia lo que significa que te cierren, no solamente una puerta, sino también una oportunidad por falta de capacidad y más bien por un prejuicio social.
En México, más de 9.5 millones de personas vivimos con alguna discapacidad. Más o menos, para que se den una idea, la cantidad de población que tiene el estado de Veracruz, incluso un poco más. Y Veracruz es el cuarto estado con mayor población a nivel nacional.
Y cuando hablamos de empleo la desigualdad se vuelve muy evidente, y esto es gracias a los gobiernos anteriores, neoliberales, que nunca pensaron en la inclusión de las personas con discapacidad.
Fíjense, solo alrededor del 38 por ciento de las personas con discapacidad en edad productiva participan en el mercado laboral, en contraste con el 65 por ciento de las personas con discapacidad. Esto quiere decir que seis de cada diez personas con discapacidad estamos excluidas de la actividad económica. De quienes sí trabajan, cerca del 70 por ciento lo hacen en la informalidad, sin seguridad social, sin prestaciones y sin estabilidad. Además, las personas con discapacidad podemos llegar a ganar menos del 30 por ciento que una persona sin discapacidad.
En empresas, existen empresas nacionales y extranjeras que han implementado acciones a favor de las personas con discapacidad para eliminar esto e integrarlas en el área laboral con programas de inclusión y socialmente responsables, como Femsa, Cinépolis, BBVA, entre otras, y que a través de iniciativas como la Éntrale se han facilitado más de 50 mil contrataciones con un enfoque de accesibilidad y capacitación.
Otro dato clave es que en países de la OCDE que han implementado cuotas laborales obligatorias como Alemania o España, la inclusión laboral de personas con discapacidad ha aumentado significativamente, alcanzando niveles superiores al 50 por ciento de la participación laboral.
Esto quiere decir que sí funcionan estas iniciativas cuando el Estado actúa. Por eso, es necesario que nosotros como legisladores tengamos voluntad política para priorizar una agenda nacional que garantice el derecho de las personas con discapacidad a la inclusión laboral y reconocer que es una obligación del Estado garantizar todos los derechos de las y los mexicanos, incluyéndonos a las personas con discapacidad.
Hoy hablamos de derechos a la identidad, a la salud, a la vivienda, a la educación, y debemos de dar un paso firme hacia el derecho a un trabajo digno e incluyente, siendo congruentes con el gobierno que encabeza nuestra presidenta Claudia Sheinbaum y priorizando a quienes más lo necesitan.
Por eso, esta iniciativa que presento propone adicionar una fracción XVI Bis al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo para establecer que las empresas con más de 50 trabajadores contraten como mínimo a un 5 por ciento de personas con discapacidad.
No pedimos privilegios: corregimos desigualdades históricas. Porque cuando la ley no interviene, la exclusión se normaliza. Compañeras y compañeros, la discapacidad no solamente está en nuestros cuerpos, en nuestras mentes: está en las barreras, en los prejuicios, en los espacios que no han sido pensados para nosotros.
Esta iniciativa a nadie le quita nada, nos abre las puertas a millones, no obliga a las personas a perder competitividad: las invita a ganar talentos, a la diversidad y humanidad. Porque cuando una empresa incluye, no solo transforma vidas: se transforma a sí misma.
Termino, presidenta. No es solo el 5 por ciento: son personas, personas que queremos trabajar, que queremos aportar, que queremos sostener a nuestras familias, que queremos vivir con dignidad.
Yo soy una de ellas y, por eso, hoy hablo desde la exigencia legítima de nuestros derechos, porque la justicia no se pide: se garantiza. Y hoy tenemos la oportunidad de decidir de qué lado de la historia queremos estar: del lado de la invisibilización y la exclusión o del lado de la inclusión que nos dignifica.
Así que, compañeras y compañeros, les invito a suscribirse, no por mí y por los millones de personas que ya vivimos con una discapacidad, sino también siendo conscientes de que esta condición que hoy vivimos nosotros, no es ajena a nadie. La discapacidad no excluye. Es cuanto, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo una cuota de contratación obligatoria de personas con discapacidad del 5 por ciento de sus trabajadores a todas las empresas con más de 50 trabajadores, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Mónica Herrera Villavicencio, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de lo siguiente
Exposición de MotivosLa inclusión laboral de las personas con discapacidad constituye uno de los pendientes estructurales más relevantes del Estado mexicano en materia de igualdad sustantiva y justicia social. A pesar de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe toda forma de discriminación motivada por discapacidad y reconoce el derecho al trabajo digno y socialmente útil, la realidad evidencia que millones de personas continúan enfrentando barreras que limitan su acceso efectivo al empleo formal.
México ratificó en 2007 la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, instrumento internacional que en su artículo 27 reconoce el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones, en un mercado laboral abierto, inclusivo y accesible. Esta obligación implica no sólo abstenerse de discriminar, sino adoptar medidas legislativas positivas que corrijan desigualdades históricas y estructurales.
Las estadísticas nacionales demuestran una brecha persistente: la tasa de participación económica de las personas con discapacidad es considerablemente menor en comparación con la población sin discapacidad; además, quienes logran insertarse en el mercado laboral frecuentemente lo hacen en condiciones de informalidad, subempleo o con menores ingresos. Esta exclusión no responde a una falta de capacidades, sino a barreras físicas, normativas y, especialmente, actitudinales que perpetúan esquemas de discriminación indirecta.
Si bien la Ley Federal del Trabajo establece principios de trabajo digno y no discriminación, actualmente no contempla un mecanismo obligatorio que garantice de manera efectiva la inclusión laboral de personas con discapacidad en el sector privado. La experiencia comparada demuestra que las acciones afirmativas, como las cuotas mínimas de contratación, constituyen herramientas legítimas y proporcionales para revertir desigualdades estructurales, sin afectar la productividad ni la competitividad empresarial.
En este sentido, la adición de una fracción XVI Bis al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer la obligación de que las empresas con más de cincuenta trabajadores contraten al menos un cinco por ciento de personas con discapacidad, responde al principio de igualdad sustantiva reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. No se trata de otorgar privilegios, sino de generar condiciones reales para el ejercicio de un derecho humano fundamental.
Esta reforma armoniza el marco jurídico nacional con los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano y fortalece el modelo social de discapacidad, al reconocer que la exclusión no radica en la condición individual, sino en las barreras del entorno. Con ello, se avanza hacia un mercado laboral más justo, incluyente y acorde con los principios constitucionales de dignidad humana y justicia social.
Fundamentación del problema
La inclusión laboral de las personas con discapacidad en México continúa siendo una deuda estructural del Estado mexicano y del mercado de trabajo, pese al amplio marco constitucional y convencional que reconoce su derecho a la igualdad y a la no discriminación.
El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe toda forma de discriminación motivada, entre otras causas, por discapacidad. Asimismo, el artículo 123 constitucional reconoce el derecho al trabajo digno y socialmente útil, mientras que el artículo 5º consagra la libertad de dedicarse a la profesión, industria o comercio que se prefiera, siempre que sea lícito.
El Estado mexicano es parte de la Organización de las Naciones Unidas y ha ratificado la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, instrumento que en su artículo 27 reconoce expresamente el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones con las demás, incluyendo la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido en un mercado laboral abierto, inclusivo y accesible.
La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece como principio rector la inclusión plena y efectiva en la sociedad, incluyendo el ámbito laboral. Sin embargo, pese a este marco normativo, la realidad demuestra que las personas con discapacidad enfrentan barreras estructurales que limitan gravemente su acceso al empleo formal.
Diversos diagnósticos nacionales evidencian que la tasa de participación económica de las personas con discapacidad es significativamente menor en comparación con la población sin discapacidad; asimismo, quienes logran insertarse en el mercado laboral lo hacen, en muchos casos, en condiciones de informalidad, subempleo o con percepciones salariales inferiores.
Esta exclusión no responde a la falta de capacidades, sino a barreras físicas, actitudinales, normativas y culturales que perpetúan esquemas de discriminación indirecta.
La ausencia de mecanismos obligatorios y verificables en la Ley Federal del Trabajo ha generado que la inclusión laboral dependa, en gran medida, de la voluntad empresarial y de políticas públicas de carácter programático, sin fuerza coercitiva suficiente para revertir la brecha histórica de acceso al empleo formal.
El establecimiento de una cuota mínima obligatoria del cinco por ciento (5 por ciento) para la contratación de personas con discapacidad en empresas con más de cincuenta trabajadores constituye una medida de acción afirmativa legítima, razonable y proporcional, orientada a corregir una desigualdad estructural.
Este tipo de medidas encuentra sustento en el principio de igualdad sustantiva, reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conforme al cual el trato diferenciado es constitucionalmente válido cuando busca compensar desventajas históricas o estructurales.
La implantación de cuotas laborales no implica un privilegio indebido, sino una herramienta jurídica para materializar el derecho al trabajo en condiciones de igualdad real. Además, diversos países han adoptado esquemas similares como instrumentos eficaces para incrementar la participación laboral de personas con discapacidad, demostrando que estas políticas no afectan negativamente la productividad, sino que fomentan entornos laborales más diversos, innovadores y socialmente responsables.
Por lo anterior resulta necesario fortalecer el marco jurídico laboral mexicano mediante la incorporación de una disposición expresa en la Ley Federal del Trabajo que establezca la obligación de las empresas con más de cincuenta trabajadores de garantizar que al menos cinco por ciento de su plantilla laboral se forme por personas con discapacidad, acompañada de mecanismos de supervisión y cumplimiento efectivos.
Esta reforma no sólo armoniza la legislación nacional con los compromisos internacionales del Estado mexicano, sino que representa un paso decisivo hacia la consolidación de un modelo de inclusión laboral basado en la igualdad sustantiva, la justicia social y el respeto irrestricto a la dignidad humana.
Marco jurídico internacional
Como marco jurídico internacional que avala la pertinencia de esta iniciativa tenemos las obligaciones y compromisos constreñidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que es un instrumento que México adoptó en el año 2007 siendo uno de los primeros países en firmarla y ratificarla, lo que implicó que dicha convención pasara a formar parte del bloque de constitucionalidad en materia de derechos humanos, conforme al artículo 1o. de la Constitución.
Dicha convención contiene diversas obligaciones para el estado Mexicano que benefician a las Personas con Discapacidad y con su aplicación se construye un escenario político y social adecuado para que estas personas puedan desarrollar sus capacidades y vivir de manera digna como el resto de la población. Estas obligaciones, entre otras son
Promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente (artículo 1).
Los Estados parte se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad (artículo 4).
Tomar todas las medidas pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad. (artículo 4, inciso b).
Los Estados parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y asequibles para las personas con discapacidad (artículo 27).
Promover el empleo de personas con discapacidad en el sector privado mediante políticas y medidas pertinentes, que pueden incluir programas de acción afirmativa, incentivos y otras medidas; (artículo 27, inciso H)
Marco jurídico nacional
En el país también contamos con un entramado legislativo que nos permite darle coherencia y armonía legal a nuestra propuesta legislativa, ya que esta se basa en la construcción de acciones afirmativas que se establecen para combatir la desigualdad que afecta a ciertos sectores de la población, como es el caso de las Personas con Discapacidad, y con su establecimiento hace efectivo el ejercicio de Derechos económicos, políticos y sociales reconocidos en nuestros ordenamientos.
El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos abre la puerta al ejercicio de estos derechos al establecer: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.
En el artículo 5o., la Constitución señala: “A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos”.
Mas adelante, en el artículo 123, la Constitución destaca la importancia de las acciones legislativas como la vía para asegurar una eficaz ocupación laboral al establecer lo siguiente: “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley”.
En la Ley Federal del Trabajo, que es el ordenamiento legal que regula lo inherente a la actividad laboral del pueblo mexicano, se declaran y regula el Derecho que tienen quienes habitan el territorio mexicano a disfrutar de un trabajo con un salario decoroso, y lo establece en su artículo 2o. al mencionar lo siguiente: “Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales, en un entorno libre de violencias y con respeto pleno a los derechos humanos”. Esto nos da el marco legal para afirmar que, a través de una modificación a la ley se puede construir justicia social en nuestro país en materia laboral, en este caso sería Justicia Social para las personas con discapacidad, propiciando para ellos un trabajo digno y con un salario decoroso.
También en el segundo párrafo de este artículo se menciona: “Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador;” y abre la puerta a la defensa de los mexicanos en material laboral en contra de actos de discriminación por cuestiones de origen étnico o nacional, género, edad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil y por supuesto por discapacidad.
El artículo 11, fracción III, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social debe promover el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades y equidad, a través de, entre otras cosas, la elaboración e instrumentación del Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad, donde se “comprenda la capacitación, creación de agencias de integración laboral, acceso a bolsas de trabajo públicas o privadas, centros de trabajo protegido, talleres, asistencia técnica, formación vocacional o profesional, becas en cualquiera de sus modalidades, inserción laboral de las personas con discapacidad en la administración pública de los tres órdenes de gobierno, a través de convenios con los sectores público, social y privado”.
Es entonces que a través de esta Secretaría y de sus esfuerzos se logra armonizar y aterrizar lo establecido en las convenciones internacionales y en el derecho nacional para beneficio de las personas con discapacidad.
Estadística
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, en 2024 en México había 130.3 millones de personas. De ellas, 9.5 millones (7.3 por ciento) tenían discapacidad. De ese 7.3 por ciento, 5.1 millones (53.4 por ciento) eran mujeres y 4.4 millones (46.6) hombres.
Según grupos de edad, poco más de la mitad de la población con discapacidad (50.9 por ciento) tenía 60 años o más, mientras que la población de infantes y jóvenes con discapacidad registró los porcentajes más bajos: 7.8 y 9.3, respectivamente.
Esta población enfrenta condiciones de desventaja comparativa en distintos ámbitos, como
- Menor participación en el mercado laboral.
- Mayor incidencia de pobreza multidimensional.
- Brecha en acceso a tecnologías digitales.
- Mayor exposición a discriminación.
- Rezago educativo persistente.
La tasa de participación económica de las personas con discapacidad es considerablemente menor respecto a la población sin discapacidad. En 2023, 102 mil 285 unidades económicas emplearon a personas con discapacidad. De éstas, más de la mitad (51.3 por ciento) pertenece al sector comercio. Los servicios representan alrededor de un tercio (34.7) y las manufacturas (11.0).
Esta situación genera
- Dependencia económica.
- Mayor riesgo de pobreza en hogares.
La problemática detectada en el ámbito laboral identifica dos elementos importantes. El primero es la opinión prevaleciente sobre este grupo; de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación (Enadis) de 2017, 1 de cada 4 personas considera que las personas con discapacidad son de poca ayuda en el trabajo (24.5 por ciento). El segundo elemento lo constituyó la falta de oportunidades para encontrar empleo (30 por ciento).
Para disponer de un panorama más claro, es oportuno revisar las dimensiones del fenómeno. De acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid) de 2018, en el país la población con 12 años y más es de 84,008,180 personas, de las que 7 millones 877 mil 805 presentan alguna discapacidad.
De estas últimas, 54.1 por ciento son mujeres y 45.9 hombres. El rango de edad comprendido entre 60 y 85 años tiene el mayor porcentaje (49.9).
En México, la causa principal de discapacidad, según los datos de la Enadid de 2018, es la enfermedad (44.4 por ciento) y los problemas originados antes o durante el nacimiento –nació así– (27.2 por ciento), son las causas más declaradas. Resaltan las diferencias en la proporción de hombres que, como causa, declaran edad avanzada (15 por ciento) o accidente (14.2o), en comparación con lo que se observa en las mujeres (10.9 y 7.7 por ciento, respectivamente).
Otro elemento para considerar es la educación, ya que el promedio de escolaridad que registra la población de 15 años y más con alguna discapacidad es de 4.7 años, mientras que a nivel nacional el promedio es de 8.6 años. Esto se ve reflejado en la tasa de participación económica de dicha población, misma que alcanza 30 por ciento en comparación con la población sin discapacidad, que es de casi el 54 por ciento.
El 18.3 por ciento de las mujeres con discapacidad participa en el mercado laboral, frente a 42.3 por ciento de hombres con discapacidad y 35.5 por ciento de sus homólogas sin discapacidad. Estas cifras revelan que la discriminación se concentra en los grupos de mayor edad y en los más jóvenes, y afecta más a las mujeres en comparación con los hombres.
Las personas con discapacidad constituyen uno de los grupos más vulnerables con respecto a su integración al mercado laboral. De hecho, en investigaciones a nivel internacional, una menor capacidad física o mental está considerada como uno de los principales factores que generan situaciones de desigualdad y que pueden ser causa de discriminación laboral.
A escala mundial, la tasa de ocupación de las personas sin discapacidad es aproximadamente de 75 por ciento. Este porcentaje se reduce drásticamente para las personas con alguna discapacidad ya que es de sólo 44 por ciento. Además, otras investigaciones señalan que las personas con discapacidad que trabajan ganan mucho menos que sus colegas sin discapacidad, que las mujeres con discapacidad ganan menos que los hombres con discapacidad y que a veces hasta 87 por ciento de las personas con discapacidad que trabajan lo hacen en el sector informal.
Los resultados de estos estudios toman aún más importancia si se considera que, según datos de la Organización Mundial de la Salud y del Banco Mundial, a nivel internacional más de mil millones de personas viven con alguna discapacidad. Considerando que a nivel mundial hay aproximadamente un poco más de 7500 millones de personas, las personas que viven con algún tipo de discapacidad representan cerca del 13 por ciento de la población a nivel mundial. En México, este porcentaje corresponde al 5 por ciento de la población total.
A escala federal, el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018 estableció: “El Estado debe garantizar que el 3 por ciento de las vacantes laborales existentes en la administración pública sean destinadas a la contratación de personas con discapacidad”. La Secretaría de la Función Pública quedó como responsable de vigilar el cumplimiento de este objetivo, mientras que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social debía instrumentar el programa. En el ciclo 2019-2024, la STPS emitió el Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad 2021-2024, que mantuvo la política de inclusión en la Administración Pública Federal, pero no reiteró como obligación normativa la cifra de 3 por ciento.
En septiembre de 2023, Jasmine María Bugarín Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, presentó la iniciativa, actualmente en trámite, que adiciona un párrafo XVI Ter al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo con el propósito de impulsar la contratación de personas con discapacidad.
Esa iniciativa fue un referente para la construcción de la presente propuesta legislativa; sin embargo, posee diferencias en su construcción, andamiaje ideológico, legal aunque sean similares en cuanto a la propuesta legislativa que se realiza.
Por lo expuesto y fundado, la que suscribe somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo una cuota de contratación obligatoria de personas con discapacidad del 5 por ciento de sus trabajadores a todas las empresas con más de 50 trabajadores.
Único. Se adiciona la fracción XVI Bis, y se recorren las subsecuentes, al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 132. Son obligaciones de los patrones
I. a XVI. (...)
XVI Bis. Contratar a personas con discapacidad para que cubran, como mínimo, el 5 por ciento de los espacios laborales disponibles en las empresas de más de 50 trabajadores;
XVI Ter. Contar, en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad;
XVII. a XXXIII. (...)
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Secretaría General. Secretaría de Servicios Parlamentarios.
2 Ídem.
3 Ídem.
4 Ley Federal del Trabajo. Cámara de Diputados de H. Congreso de la Unión. Secretaría General. Secretaría de Servicios Parlamentarios.
5 https://odismet.org/blog/legislacion-y-medidas-relativas-al-empleo-de-personas- con-discapacidad-en-mexico
6 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2025/ EAP_PersDiscap_25.pdf
7 Ídem.
8 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/828125/PNTEPD_ 2021-2024.pdf
9 La inclusión laboral de personas con discapacidad en México, doctora Isis Olimpia Gutiérrez Martínez, https://www.udlap.mx/empresasfamiliares/articulo-inclusion-laboral.aspx
Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a 3 de marzo de 2026.— Diputadas y diputados: Mónica Herrera Villavicencio, Abril Ferreyro Rosado, Adriana Belinda Quiroz Gallegos, Catalina Díaz Vilchis, Eunice Abigail Mendoza Ramírez, Gloria Sánchez López, Haidyd Arreola López, Isidro Enrique Villegas García, Jesús Roberto Corral Ordóñez, Jorge Alberto Mier Acotl, Laura Irais Ballesteros Mancilla, Margarita Corro Mendoza, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Petra Romero Gómez, Silvia Patricia Jiménez Delgado, Verónica Pérez Herrera (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias a usted, diputada. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Tiene la palabra la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos...
La diputada Margarita Zavala. Diputada Mónica, pregunta la diputada Margarita Zavala si autoriza se adhiera a su iniciativa.
La diputada Mónica Herrera Villavicencio: Sí, claro.
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (desde la curul): Muchas gracias.
La diputada Mónica Herrera Villavicencio: Muchas gracias, diputada.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. La diputada Patricia Jiménez, ¿en el mismo sentido? Así es. Muchas gracias.
La diputada Mónica Herrera Villavicencio: Sí, gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada Mónica. Sí, para quienes decidan suscribir las iniciativas estarán aquí. Diputado, ¿para el mismo sentido?
La diputada Mónica Herrera Villavicencio: Sí, gracias. Gracias a todos.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado Enrique Villegas, también la diputada Mónica autoriza, a todos y a todas. Muchas gracias a quienes están firmándola en este momento en la Mesa Directiva, aquí estará la iniciativa.
LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIALDE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 9o. de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de enfoque preventivo del ámbito situacional, por medio del uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento. Adelante, diputada.
La diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez:Gracias, presidenta, con su venia.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante, diputada.
La diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez: Saludo con agrado y con respeto a mis compañeras diputadas y diputados que se encuentran en este recinto tan importante, como al pueblo del estado de Hidalgo y de forma especial al pueblo indígena del valle de Mezquital.
Como es del conocimiento de todas y todos, la violencia, la delincuencia ha constituido fenómenos complejos y multifactoriales que afectan de manera directa la cohesión social, la convivencia comunitaria y el ejercicio pleno de los derechos humanos.
Durante décadas los gobiernos neoliberales privilegiaron una visión de seguridad centrada en el control y la reacción punitiva, al tiempo que abandonaron la inversión social, la planeación urbana con enfoque comunitario y el fortalecimiento de los espacios públicos en colonias populares y en zonas de alta marginación.
Este abandono tuvo muchas consecuencias directas en la desarticulación del tejido social, el deterioro del entorno urbano y la pérdida de espacios de convivencia colectiva, la falta de parques, canchas, centros culturales y espacios de esparcimientos adecuados, así como el deterioro de los existentes dejó amplios sectores de la población, en particular a niños, niñas, adolescentes, jóvenes sin ninguna alternativa.
El deporte, la cultura y la recreación han generado condiciones propicias para la reproducción de violencias y conductas delictivas, en ese entonces. Pero en este contexto, desde la llegada de la cuarta transformación, el Estado mexicano ha transitado hacia un enfoque de prevención social de la violencia y la delincuencia, reconociendo la necesidad de intervenir de manera anticipada sobre los factores de riesgo mediante políticas públicas integrales que fortalezcan el tejido social, promuevan la convivencia pacífica y recuperen el espacio público como un lugar seguro de inclusión, de encuentro y de desarrollo comunitario.
Descrito lo anterior, la presente iniciativa tiene como objetivo fortalecer el enfoque preventivo del ámbito situacional mediante la reforma de la fracción VI del artículo 9o. de la Ley General de la Prevención Social de Violencia y la Delincuencia, a fin de reconocer de manera expresa que los espacios públicos constituyen herramientas estratégicas de prevención social cuando son accesibles, seguros y utilizados de manera permanente para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento.
Esta precisión normativa permite consolidar una visión integral del espacio público como un componente activo de la construcción de entornos seguros y en la reducción de factores de riesgos asociados a la violencia y a la delincuencia.
De manera específica la reforma busca precisar que la prevención social situacional no se limita a la recuperación física o material de espacio público, sino que comprenda también su mejoramiento continuo, su mantenimiento y de manera fundamental su aprovechamiento social, y bajo esta lógica los espacios públicos dejan de concebirse únicamente como infraestructura urbana y se reconoce como lugares vivos de encuentro, interacción y convivencia comunitaria, cuyo uso cotidiano incide directamente en las generaciones de dinámicas sociales positivas.
De igual forma, reconoce la participación comunitaria como un elemento indispensable para la apropiación social de los espacios públicos, la involucración activa a la comunidad en los procesos de recuperación, uso, cuidado de estos espacios, fortaleciendo el sentido de pertenencia promoviendo la corresponsabilidad ciudadana y contribuyendo a la sostenibilidad de las acciones preventivas en el mediano y largo plazo.
Finalmente, esta iniciativa busca también fortalecer la convivencia y la cohesión social, así como la prevención de conductas violentas mediante la promoción de actividades deportivas, culturales, artísticas y recreativas, que favorezcan el desarrollo integral de las personas y la reconstrucción del tejido social.
Diputados y diputadas, esta iniciativa que presento contribuye de manera significativa a la construcción de comunidades más seguras, incluyentes y cohesionadas, al fortalecer el papel del espacio público como un eje fundamental de la prevención social de la violencia y la delincuencia. Por ello, los invito a apoyarla en todo este trámite legislativo. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma la fracción VI del artículo 9o. de Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de enfoque preventivo del ámbito situacional por medio del uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 9, de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de enfoque preventivo del ámbito situacional por medio del uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades deportivas, culturales artísticas y de esparcimiento, conforme a la siguiente
Exposición de MotivosIntroducción
La violencia y la delincuencia constituyen fenómenos complejos y multifactoriales que afectan de manera directa la cohesión social, la convivencia comunitaria y el ejercicio pleno de los derechos humanos. Durante las últimas décadas, la experiencia nacional e internacional ha demostrado que las estrategias centradas exclusivamente en enfoques reactivos y punitivos resultan insuficientes para atender las causas estructurales que generan estos fenómenos.
En este contexto, el Estado mexicano ha transitado hacia un enfoque de prevención social de la violencia y la delincuencia, reconociendo la necesidad de intervenir de manera anticipada sobre los factores de riesgo, mediante políticas públicas integrales que fortalezcan el tejido social, promuevan la convivencia pacífica y recuperen el espacio público como un lugar de encuentro, inclusión y desarrollo comunitario.
La Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia constituye el principal instrumento normativo en esta materia, al establecer los ámbitos y mecanismos a través de los cuales los distintos órdenes de gobierno deben actuar de manera coordinada. No obstante, a más de una década de su entrada en vigor, resulta necesario actualizar y precisar sus disposiciones para responder a los retos actuales en materia de seguridad ciudadana y prevención social.
La presente iniciativa propone reformar la fracción VI del artículo 9 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con el objeto de fortalecer el enfoque preventivo del ámbito situacional, mediante el reconocimiento expreso del espacio público como una herramienta estratégica de prevención social. La reforma establece que la recuperación, mejoramiento y mantenimiento de los espacios públicos deberá realizarse con la participación de la comunidad, garantizando su accesibilidad, uso seguro y aprovechamiento permanente para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento, como mecanismos para fortalecer la convivencia, la cohesión social y la seguridad ciudadana. Por tanto, se trata de una modificación de carácter normativo y orientador, que no implica impacto presupuestario adicional y que refuerza la coherencia del marco jurídico vigente en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia.
Planteamiento del problema y diagnóstico general
En México, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2025, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los niveles de violencia, delincuencia y percepción de inseguridad que enfrenta actualmente el país son el resultado de procesos estructurales de largo plazo. Durante 2024, casi tres de cada diez hogares en México tuvieron al menos una persona víctima de delito, y más de 23 millones de personas adultas fueron directamente afectadas por algún hecho delictivo. Estas cifras dan cuenta de una problemática profundamente arraigada en la vida cotidiana de amplios sectores de la población.
La magnitud de la incidencia delictiva, con 33.5 millones de delitos ocurridos en el año, y la persistencia de una elevada cifra oculta, que supera el 93 por ciento de los delitos no denunciados, reflejan no solo la insuficiencia de los mecanismos tradicionales de persecución penal, sino también una ruptura histórica entre el Estado y la ciudadanía, particularmente en los territorios más afectados por la desigualdad y la exclusión social. Durante décadas, los gobiernos neoliberales privilegiaron una visión de seguridad centrada en el control y la reacción punitiva, al tiempo que abandonaron la inversión social, la planeación urbana con enfoque comunitario y el fortalecimiento de los espacios públicos en colonias populares y zonas de alta marginación.
Este abandono tuvo consecuencias directas en la desarticulación del tejido social, el deterioro del entorno urbano y la pérdida de espacios de convivencia colectiva. La falta de parques, canchas, centros culturales y espacios de esparcimiento adecuados, así como el deterioro de los existentes, dejó a amplios sectores de la población, en particular niñas, niños, adolescentes y jóvenes, sin alternativas para el desarrollo comunitario, el deporte, la cultura y la recreación, generando condiciones propicias para la reproducción de violencias y conductas delictivas.
Asimismo, el impacto económico de la inseguridad, que en 2024 representó más del uno por ciento del Producto Interno Bruto, evidencia cómo la violencia afecta de manera desproporcionada a los sectores populares, que se ven obligados a destinar recursos propios a medidas individuales de protección ante la ausencia de entornos seguros. Este fenómeno refuerza la fragmentación social y profundiza las desigualdades territoriales.
En el mismo sentido, la alta percepción de inseguridad, que lleva a que una mayoría de la población evite el uso del espacio público, limite su movilidad y restrinja la autonomía de niñas y niños, es una consecuencia directa de este proceso de abandono histórico. Espacios públicos vacíos, deteriorados o inseguros no solo reflejan la violencia, sino que la reproducen, al debilitar la convivencia, la vigilancia comunitaria y la apropiación social del territorio.
En este contexto, las cifras de victimización y percepción de inseguridad no deben interpretarse únicamente como indicadores estadísticos, sino como el resultado de un modelo que relegó al pueblo, a los espacios públicos y a la comunidad. De ahí la necesidad de fortalecer un enfoque de prevención social, que recupere el papel del Estado en la reconstrucción del tejido social, la dignificación del espacio público y la garantía de condiciones que permitan a las personas vivir, convivir y desarrollarse en entornos seguros y cohesionados.
Ante esta problemática, esta iniciativa sostiene que una de las principales áreas de oportunidad en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia es la recuperación del espacio público que se encuentra en deterioro, abandono o uso limitado, particularmente en comunidades con altos niveles de marginación, desigualdad y exclusión social. Esta afirmación se sostiene a partir de argumentos como el del investigador de la FLACSO, Felipe Salazar, quien escribe:
La configuración del espacio público —no solo en términos simbólicos, sino también territoriales— es por antonomasia un espacio de interacción y encuentro para la ciudadanía. Como se mencionó anteriormente, el problema de la segregación espacial urbana, sumada a las crecientes tasas de criminalidad comienzan a generar estigmas territoriales, es decir, zonas de la ciudad en donde la probabilidad de ser víctima de delitos es mayor, debido al abandono del espacio público, a su vulnerabilidad, al diseño urbano no adecuado que favorece la acción delictual o al control que ejerce el delito sobre él, todo lo cual deriva en riesgo y mayor percepción de temor.
Por lo que resulta evidente que la falta de acceso efectivo a espacios deportivos, culturales, artísticos y de esparcimiento genera condiciones propicias para la desarticulación del tejido social, el aislamiento comunitario y la reproducción de conductas violentas, especialmente entre niñas, niños, adolescentes y jóvenes, y es que paralelamente a la incidencia delictiva, en México persiste una profunda desigualdad en la distribución de los espacios públicos destinados a la recreación y la actividad física, lo que incide directamente en la calidad de vida y en las condiciones de prevención social de la violencia. Al respecto, Mauricio Hernández, investigador del Instituto de Investigaciones para el Desarrollo Equitativo (Equide) de la Universidad Iberoamericana, señala que mientras en zonas urbanas de baja marginación existe una alta disponibilidad de espacios para la actividad física, con un promedio de 308 mil metros cuadrados de espacio público, en las zonas de alta marginación la disponibilidad se reduce de manera drástica a apenas 254 metros cuadrados en promedio. De acuerdo con Mauricio Hernández, en un país donde más del 82 por ciento de la población vive en zonas urbanas, y donde las principales áreas metropolitanas han experimentado un crecimiento acelerado en las últimas décadas, la insuficiencia y desigual distribución de espacios públicos seguros profundiza las condiciones de exclusión y vulnerabilidad social.
Tan solo en la Ciudad de México, a pesar de que las niñas y los niños representan más de una cuarta parte de la población, existe una insuficiencia y mala calidad de espacios públicos destinados al juego, los cuales con frecuencia se ubican en zonas remanentes e inadecuadas, como camellones o bajo puentes vehiculares. Así lo señala Tuline Gülgönen, investigadora asociada del Centro de Estudios Mexicanos y Centroamericanos (CEMCA), quien advierte que esta situación responde a una escasa reflexión institucional sobre la infancia en la planeación urbana y en las políticas públicas. Tuline Gülgönen también señala que la creación de espacios públicos verdaderamente adecuados para la infancia requiere superar modelos rígidos y estandarizados, y avanzar hacia entornos abiertos que permitan el juego libre, la imaginación y la apropiación comunitaria, lo cual resulta indispensable para el bienestar infantil y la cohesión social.
Ahora bien, la legislación vigente reconoce la importancia de la recuperación de espacios públicos dentro del ámbito situacional de la prevención, pero dicha referencia resulta insuficiente, al limitarse a una concepción principalmente física o urbana del espacio, sin establecer de manera expresa su uso social, accesibilidad, seguridad y aprovechamiento permanente como elementos fundamentales para la prevención de la violencia y la delincuencia. La ausencia de una formulación más clara y robusta ha provocado que, en la práctica, muchas acciones se concentren únicamente en la rehabilitación material de los espacios, sin garantizar su activación comunitaria ni su orientación hacia actividades que fomenten la convivencia, la inclusión y la construcción de entornos seguros.
Sustento, objetivos y alcances de la reforma
La presente reforma se sustenta en el reconocimiento del espacio público como un elemento central para la prevención social de la violencia, la construcción de cohesión comunitaria y el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, particularmente cuando dichos espacios son accesibles, seguros y utilizados de manera colectiva.
Desde una perspectiva sociourbana, Jane Jacobs señalaba desde 1961 que la seguridad en las ciudades no depende exclusivamente de la presencia coercitiva del Estado, sino de la vida social que se desarrolla en los espacios públicos, lo que ella denomina “los ojos en la calle”. De acuerdo con la autora, los espacios públicos activos, frecuentados y apropiados por la comunidad generan mecanismos informales de control social que inhiben conductas violentas y delictivas, mientras que los espacios abandonados o deteriorados tienden a convertirse en focos de inseguridad y exclusión.
En esta misma línea, Jan Gehl sostiene que el diseño y uso de los espacios públicos incide directamente en la calidad de la convivencia social. Para el autor, los entornos urbanos que favorecen la interacción social, el encuentro y las actividades recreativas fortalecen los lazos comunitarios y reducen el aislamiento social, uno de los principales factores asociados a la violencia urbana. Gehl enfatiza que la seguridad ciudadana se construye cuando las personas habitan y utilizan el espacio público, y no únicamente cuando este es intervenido desde una lógica técnica o infraestructural.
Desde el enfoque de la prevención social del delito, Ronald V. Clarke explica que la modificación del entorno, incluido el uso social del espacio público, permite reducir oportunidades para la comisión de delitos, al disminuir factores de riesgo y aumentar la vigilancia natural y comunitaria. De acuerdo con Clarke:
La prevención situacional comprende medidas que reducen las oportunidades y que (1) están dirigidas a formas muy específicas de delito, (2) implican la gestión, el diseño o la manipulación del entorno inmediato de la manera más sistemática y permanente posible, (3) hacen que el delito sea más difícil y arriesgado, o menos gratificante y excusable a juicio de una amplia gama de delincuentes.
En este sentido, la prevención situacional no debe entenderse únicamente como control o restricción, sino como la generación de condiciones sociales y espaciales que favorezcan conductas prosociales. En el mismo sentido Loïc Wacquant advierte que la exclusión territorial, el abandono del espacio público y la fragmentación urbana profundizan procesos de marginalidad y violencia. Frente a ello, plantea que las políticas públicas deben orientarse a reintegrar social y territorialmente a las comunidades, fortaleciendo los espacios comunes como lugares de encuentro, identidad y pertenencia.
Bajo estas aproximaciones teóricas, la reforma propuesta reconoce que la prevención social de la violencia y la delincuencia solo será efectiva si se adoptan decisiones conjuntas entre el gobierno, los actores sociales y la ciudadanía, fortaleciendo la corresponsabilidad comunitaria. La recuperación, mejoramiento y mantenimiento de espacios públicos, destinados al desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento, se convierte así en una estrategia fundamental para reducir la vulnerabilidad de las poblaciones de atención prioritaria y para generar entornos que favorezcan la convivencia y la seguridad ciudadana.
Descrito lo anterior, la presente iniciativa tiene como objetivo fortalecer el enfoque preventivo del ámbito situacional, mediante la reforma de la fracción VI del artículo 9 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, a fin de reconocer de manera expresa que los espacios públicos constituyen herramientas estratégicas de prevención social cuando son accesibles, seguros y utilizados de manera permanente para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento. Esta precisión normativa permite consolidar una visión integral del espacio público como un componente activo en la construcción de entornos seguros y en la reducción de factores de riesgo asociados a la violencia y la delincuencia.
De manera específica, la reforma busca precisar que la prevención situacional no se limita a la recuperación física o material del espacio público, sino que comprende también su mejoramiento continuo, mantenimiento adecuado y, de manera fundamental, su aprovechamiento social. Bajo esta lógica, los espacios públicos dejan de concebirse únicamente como infraestructura urbana y se reconocen como lugares vivos de encuentro, interacción y convivencia comunitaria, cuyo uso cotidiano incide directamente en la generación de dinámicas sociales positivas.
Asimismo, la iniciativa tiene como propósito garantizar que los espacios públicos sean accesibles y seguros, favoreciendo su uso por parte de toda la comunidad, sin discriminación alguna. La accesibilidad y la seguridad constituyen condiciones indispensables para que las personas puedan ejercer plenamente su derecho a la ciudad, al deporte, a la cultura y al esparcimiento, particularmente en el caso de niñas, niños, adolescentes, personas jóvenes y otros grupos en situación de vulnerabilidad.
De igual forma, la reforma reconoce la participación comunitaria como un elemento indispensable para la apropiación social de los espacios públicos. La involucración activa de la comunidad en los procesos de recuperación, uso y cuidado de estos espacios fortalece el sentido de pertenencia, promueve la corresponsabilidad ciudadana y contribuye a la sostenibilidad de las acciones preventivas en el mediano y largo plazos.
Finalmente, la iniciativa busca fortalecer la convivencia y la cohesión social, así como la prevención de conductas violentas, mediante la promoción de actividades deportivas, culturales, artísticas y recreativas que favorezcan el desarrollo integral de las personas y la reconstrucción del tejido social. El alcance de la reforma es normativo y orientador, sin imponer cargas administrativas adicionales ni generar nuevas obligaciones presupuestarias, sino dotando de mayor claridad, coherencia y efectividad al marco jurídico vigente en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia.
Marco jurídico (convencionalidad y derecho comparado)
La presente iniciativa se sustenta en un conjunto de instrumentos constitucionales, convencionales y legales que reconocen el acceso a los espacios públicos, a la cultura, al deporte y a entornos seguros como elementos indispensables para el desarrollo integral de las personas y para la construcción de una política de seguridad con enfoque preventivo. En el ámbito constitucional, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona al acceso a la cultura y a la práctica del deporte, lo cual implica la obligación del Estado de generar las condiciones necesarias para su ejercicio efectivo, incluyendo la disponibilidad y accesibilidad de espacios públicos adecuados. Por su parte, el artículo 21 constitucional establece que la seguridad pública debe regirse por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia y respeto a los derechos humanos, incorporando de manera expresa la prevención como un eje fundamental de la política pública en la materia.
En el plano internacional, diversos instrumentos respaldan y refuerzan el enfoque de la presente reforma, al reconocer la estrecha relación entre el entorno urbano, la cohesión social y la prevención de la violencia. Destaca la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, particularmente el Objetivo de Desarrollo Sostenible 11, que promueve la construcción de ciudades y comunidades inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles, subrayando la importancia de los espacios públicos accesibles y de calidad como elementos centrales para el bienestar social y la seguridad ciudadana.
Impacto presupuestario
La reforma propuesta no genera impacto presupuestario adicional, en virtud de que no crea nuevos programas, instancias, fondos ni obligaciones financieras distintas a las ya previstas en el marco jurídico vigente. Su alcance es normativo y orientador, al precisar y fortalecer el contenido de una disposición existente, sin modificar la estructura institucional ni las responsabilidades presupuestales de los tres órdenes de gobierno.
Cabe señalar que la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia ya contempla expresamente el tema del financiamiento en su Capítulo Sexto, relativo al financiamiento, en el que se establece que los programas y acciones en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia deberán cubrirse con cargo a los presupuestos de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, conforme a sus respectivas competencias y a la disponibilidad presupuestaria. En particular, la Ley prevé que los recursos destinados a la prevención social deberán orientarse al diagnóstico, diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones, sin que ello implique la creación automática de nuevas erogaciones.
En este sentido, la presente reforma se inserta plenamente en el marco financiero ya establecido por la propia Ley, al fortalecer una línea de acción que actualmente forma parte de las políticas públicas de prevención social, como es la recuperación y uso de los espacios públicos. La precisión normativa propuesta permite optimizar el uso de los recursos existentes, al dotar de mayor claridad y coherencia a las acciones que ya realizan las autoridades en materia de rehabilitación, mantenimiento y activación de espacios públicos con fines preventivos.
Por lo anterior, la iniciativa no implica una ampliación del gasto público, sino que contribuye a una mejor orientación y articulación de los recursos presupuestales ya asignados, favoreciendo intervenciones más eficaces y alineadas con los objetivos de prevención social de la violencia y la delincuencia previstos en la legislación vigente.
Conclusiones
La prevención social de la violencia y la delincuencia exige políticas públicas integrales que atiendan no solo las manifestaciones del fenómeno delictivo, sino también las condiciones sociales, territoriales y comunitarias que lo generan. En este sentido, el espacio público ocupa un lugar estratégico, al constituirse como un ámbito privilegiado para la convivencia, la cohesión social y el ejercicio de derechos fundamentales como el acceso al deporte, la cultura y el esparcimiento.
La reforma propuesta a la fracción VI del artículo 9 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia fortalece el enfoque preventivo del ámbito situacional, al reconocer de manera expresa que la recuperación, mejoramiento y mantenimiento de los espacios públicos debe garantizar su accesibilidad, seguridad y uso permanente para actividades deportivas, culturales, artísticas y recreativas. Con ello, se supera una visión limitada del espacio público como simple infraestructura urbana y se consolida su función como herramienta de prevención social.
Asimismo, la iniciativa refuerza la importancia de la participación comunitaria en los procesos de apropiación social del espacio público, lo que contribuye al fortalecimiento del tejido social, a la corresponsabilidad ciudadana y a la sostenibilidad de las acciones preventivas. Espacios públicos activos y utilizados de manera cotidiana generan entornos más seguros, reducen factores de riesgo asociados a la violencia y favorecen dinámicas de convivencia pacífica.
La reforma es congruente con el marco constitucional y convencional vigente, con los objetivos de la política nacional de prevención social y con experiencias exitosas a nivel nacional e internacional. Además, al no generar nuevas cargas administrativas ni impacto presupuestario adicional, se presenta como una modificación viable, pertinente y jurídicamente sólida, que aporta claridad y coherencia al marco normativo existente.
Por lo anterior, se considera que la iniciativa contribuye de manera significativa a la construcción de comunidades más seguras, incluyentes y cohesionadas, al fortalecer el papel del espacio público como un eje fundamental de la prevención social de la violencia y la delincuencia.
Por todo lo expuesto, para tener un mejor panorama de la reforma que se propone, se acompaña el siguiente cuadro comparativo:
Por todo lo expuesto y fundado, la suscrita legisladora propone a esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 9, de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de enfoque preventivo del ámbito situacional por medio del uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades deportivas, culturales artísticas y de esparcimiento
Artículo Único. Se reforma la fracción VI del artículo 9 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para quedar como sigue:
Artículo 9. ...
I. ...
II. ...
III. ...
IV. ....
V. ...
VI. La recuperación, mejoramiento y mantenimiento de espacios públicos, con la participación de la comunidad y de los diversos grupos que la integran, garantizando su accesibilidad, uso seguro, aprovechamiento social y permanente para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento.
TransitorioÚnico: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Inegi. Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2025. Comunicado de prensa número 127/25. 19 de septiembre de 2025. En
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ ENVIPE/ENVIPE_25.pdf
2 Salazar, Felipe. “La prevención situacional del delito en espacios públicos urbanos: rol del gobierno local”. Sociedad y violencia: desafíos para la ciudadanía. P. 193.
3 Gómez Mena, Carolina. “Inequidad de espacios recreativos en zonas de alta y baja marginación afecta a México”. La Jornada. Domingo 25 de enero de 2026, p. 6
4 Páramo, Omar. “Niños de la Ciudad de México carecen de espacios públicos”. UNAM Global Revista. UNAM. abril 29, 2021. En
https://unamglobal.unam.mx/global_revista/ninos-de-la-ciudad-de- mexico-carecen-de-espacios-publicos/
5 Jacobs, Jane. (2013) The Death and Life of Great American Cities (Á. Abad y A. Useros, Trad.). Capitán Swing. (Trabajo original publicado en 1961).
6 GEHL, J. (2011). Public Spaces & Public Life Study: City of Adelaide 2011. Ghel Architects ApS, Copenhagen/Denmark.
7 Clarke, R. V. (Ed.). (1997). Situational crime prevention: Successful case studies (2nd ed.). Harrow and Heston, p. 8. Traducción propia.
8 Wacquant, L. (2001). Parias urbanos: Marginalidad en la ciudad a comienzos del milenio. Manantial.
9 “Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural”
10 Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputadas: Eunice Abigail Mendoza Ramírez, Haidyd Arreola López (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
La diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
La diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz: Lo que le hacemos al mundo nos lo hacemos a nosotros mismos. Mahatma Gandhi.
Compañeras y compañeros diputados, pueblo de México, hoy estoy ante ustedes, no solo para presentar una iniciativa, sino para hacer un esfuerzo en favor de nuestro entorno, nuestro presente y nuestro futuro como país.
Esta iniciativa nace de un compromiso profundo con la salud pública, el bienestar animal y la protección del medio ambiente. Quiero ser clara, mi objetivo no es atacar tradiciones, ni ignorar la riqueza cultural que los fuegos artificiales representan para millones de mexicanas y mexicanos.
Lo que sí pretendo es traer al debate una pregunta que no podemos seguir postergando ¿Hasta cuánto seguiremos pagando con vidas y con daño ambiental el costo de una práctica que puede y debe regularse con mayor rigor?
La pirotecnia es una tradición arraigada en fiestas patronales, celebraciones cívicas y festejos comunitarios. Ese valor cultural es innegable, sin embargo, debemos observar sus consecuencias. Según el Centro Nacional de Prevención de Desastres, entre 2003 y 2021 se registraron 649 accidentes relacionados con la pirotecnia, dejando 469 personas fallecidas y más de 2 mil personas lesionadas. Más allá de las explosiones, la pirotecnia genera daños silenciosos: el humo incrementa el riesgo de enfermedades pulmonares, el ruido alcanza 190 decibeles, superando, incluso, a los disparos de armas de fuego.
Para los animales cada detonación es una experiencia de dolor extremo. Además, es preciso mencionar que los metales pesados emitidos contaminan suelo, agua y aire, perturbando incluso la formación de nubes y las precipitaciones.
En ese sentido, actuamos desde una obligación normativa, ya que el artículo 4o. constitucional, reformado en diciembre de 2024, eleva a rango constitucional la prohibición del maltrato animal y reconoce el derecho a la salud y a un medio ambiente sano. Asimismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos nos obliga a proteger la integridad física de las personas.
Por otro lado, la normativa vigente, contenida en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, es insuficiente ante la magnitud de estos riesgos. Por ello, propongo adicionar el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en 3 ejes:
1. Que los gobiernos garanticen la no utilización de pirotecnia en eventos públicos,
2. Que se establezca como condición en permisos para espectáculos y salones de eventos,
3. Que, en bienes de uso común, plazas, parques, paseos, quede prohibido su uso.
Tan solo observemos el ejemplo de China, donde la regulación de fuegos artificiales redujo hasta el ocho por ciento la concentración de partículas contaminantes, lo cual nos demuestra que implementar estas medidas es posible.
La fiesta no tiene por qué costar vidas, la celebración puede ser memorable sin ser peligrosa. Y el Estado es quien tiene la responsabilidad de marcar este camino, porque cuidar de nuestro entorno es cuidar de nosotros mismos. Muchísimas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que adiciona el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Elizabeth Cervantes de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Elizabeth Cervantes de la Cruz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con base en la siguiente
Exposición de MotivosPodemos rastrear el origen de la pirotecnia en la antigua China, alrededor del siglo II antes de nuestra era, lugar donde los primeros protofuegos artificiales eran tallos de bambú que, al lanzarse al fuego, explotaban con un gran estruendo, esto debido al sobrecalentamiento de bolsas de aire huecas que se encontraban en su interior; posteriormente, entre los años 600 y 900 de nuestra era, cuenta la leyenda que un alquimista chino mezcló nitrato de potasio, azufre y carbón vegetal para producir un polvo negro y escamado, lo que marcó el surgimiento de la “pólvora”; con el paso del tiempo, dicho polvo se vertió en palos de bambú huecos (y más tarde en tubos de papel rígidos), con lo cual se crearon los fuegos artificiales que conocemos hoy en día. Tiempo después, con el pasar de los siglos, la pólvora, junto con la pirotecnia, llegó a Europa y, luego, con la conquista de Tenochtitlán y la fundación del Virreinato de la Nueva España, los fuegos artificiales arribaron al actual territorio mexicano, integrándose a la sociedad novohispana y convirtiéndose en una de las principales tradiciones del México independiente.
La pirotecnia se encuentra presente en la vida pública de México: ceremonias religiosas, festividades nacionales y festejos locales, son solo unos cuantos ejemplos de un sinfín de actividades que hacen uso de los fuegos artificiales a lo largo y ancho de nuestro país; no obstante, es necesario señalar que es una práctica que genera un impacto negativo en las personas, los animales y el medio ambiente.
La afectación que tiene la pirotecnia en las personas es diversa, ya que dicho daño va desde quemaduras, hasta lesiones auditivas e incluso la muerte. Y es que, desagraciadamente, la pirotecnia ha cobrado miles de víctimas en los últimos años y en diversas regiones de México; en ese orden de ideas, dentro de los peores percances que ha sufrido nuestro país, con relación al almacenaje, distribución y uso de fuegos artificiales, se encuentran los siguientes:
• Explosiones pirotécnicas en Celaya (1999)
El 26 de septiembre de 1999, conocido como “el domingo negro”, depósitos clandestinos de fuegos artificiales, situados en la central de abasto de Celaya, Guanajuato, se incendiaron, lo cual provocó una serie de explosiones en cadena que resultaron en un saldo letal de 72 personas fallecidas y más de 352 heridas.
• Tragedia en el mercado Hidalgo (2002)
El 31 de diciembre de 2002, en el Mercado Hidalgo del Puerto de Veracruz, se registraron fuertes explosiones en diversos puestos de venta de pirotecnia, las cuales abarcaron varias cuadras a la redonda. El saldo final fue de 28 muertos y más de 50 heridos.
• Explosión en el mercado de San Pablito (2016)
El 20 de diciembre de 2016, en el Mercado de San Pablito, ubicado en el Estado de México, se registró la explosión de, aproximadamente, 300 toneladas de material pirotécnico, resultando en el fallecimiento de 42 personas y la hospitalización de decenas de heridos.
• Explosión en San Isidro (2017)
El 8 de mayo de 2017, en la comunidad de San Isidro, perteneciente al municipio de Chilchotla, Puebla, explotó una vivienda donde se almacenaba pirotecnia para la celebración de una fiesta patronal. En total estallaron 570 cohetes, causando la muerte de 14 personas y el traslado de 22 heridos.
Aunado a lo anterior, de acuerdo con información recabada por el Centro Nacional de Prevención de Desastres, en el período 2003-2021 se registraron 649 accidentes relacionados con la pirotecnia, como se expone el siguiente gráfico:
Conforme a dicho centro, el número de muertes y lesionados, registrados en el periodo citado, fue de 469 decesos, concentrándose en los estados de México, Puebla, Tlaxcala, Jalisco, Oaxaca, Michoacán y Guanajuato, así como de 2,065 personas lesionadas, principalmente, en los estados de México, Puebla, Guanajuato, Jalisco y Ciudad de México.
De igual forma, los fuegos artificiales pueden causar grandes afectaciones a nuestra salud, de acuerdo con la Sociedad Americana de Oncología (ASCO, por sus siglas en inglés) la exposición a los fuegos artificiales incrementa el riesgo de padecer diversas enfermedades, en especial para aquellas personas con condiciones pulmonares, tales como asma u obstrucción pulmonar crónica, ya que el encontrase cerca del humo resultante de las detonaciones de pirotecnia puede empeorar sus síntomas. Entre los problemas a la salud humana que pueden ocasionar los fuegos artificiales se encuentran:
• Irritación pulmonar, la cual puede causar tos o dificultad para respirar.
• Daño auditivo, especialmente si la persona se encuentra cerca del lugar de detonación de la pirotecnia.
• Problemas del corazón, tales como arritmia o ataques cardíacos.
El uso de pirotecnia en casa trae consigo más riesgos a la salud, esto debido a que las personas usualmente se encuentran más cerca del lugar de la detonación. Entre los riesgos relacionados se encuentran:
• Quemaduras.
• Lesiones corporales, como lo es en las manos o en la cara.
• Daños en el tejido pulmonar.
• Daño o pérdida auditiva.
• Daño o pérdida de la visión.
A su vez, los daños causados por la pirotecnia no se limitan a los seres humanos, sino que trascienden a un sinfín de especies animales e inclusive se exacerban, esto debido a las diferencias biológicas que tienen dichos seres sintientes con nosotros, por ejemplo, mientras que los humanos no pueden percibir vibraciones más allá de 20 mil hercios, el sentido de los perros llega hasta 60 mil hercios, por lo que para nosotros puede ser un simple ruido molesto, para ellos se convierte en una experiencia extremadamente dolorosa.
Con relación al ruido emitido, la pirotecnia llega a producir sonidos de hasta 190 decibeles, muy por encima del umbral de dolor de animales como los perros, el cual se sitúa entre los 85 a 95 decibeles. Para ponerlo en el debido contexto, los fuegos artificiales generan un nivel de ruido más alto que el de los disparos de armas de fuego, los cuales alcanzan 140 decibeles. La consecuencia para los animales, de tal nivel sonoro, se traduce en daños permanentes en su aparato auditivo, lo cual provoca pérdida de audición y tinnitus.
Con relación al impacto que tiene la pirotecnia en el medio ambiente pueden observarse efectos sumamente dañinos, pues el material del que están hechos los fuegos artificiales está formado a partir de metales pesados como aluminio, plomo, cobre o estroncio, los cuales, tras explotar, emiten partículas en el aire, que terminan cayendo en la vegetación, el suelo y el agua, traduciéndose en una grave contaminación de los espacios vitales para la fauna silvestre, los animales domésticos, de granja e incluso para los seres humanos.
A su vez, el perclorato de sodio, usado en los fuegos artificiales, al detonarse cerca de los cuerpos de agua, eleva hasta un millar de veces los niveles químicos normales del vital líquido, lo cual causa daños a microorganismos y fauna acuática, esto de conformidad con información publicada en la revista científica Enviromental Sciense & Tecnologhy, a partir de investigaciones realizadas en lagos de Estados Unidos cercanos a sitios donde se quemaron fuegos pirotécnicos. De igual forma, estudios realizados por la Facultad de Geografía de la Universidad Autónoma del Estado de México, alertan sobre los efectos negativos de lanzar cohetes al aire durante el ciclo de lluvias, siendo uno de estos la escasez de lluvia y su retraso, ya que los cohetes disipan las gotas de agua contenidas en las nubes.
En cuanto al marco jurídico vigente, la pirotecnia se encuentra dentro del listado contenido en el artículo 41 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, donde se señalan las armas, objetos y materiales que estarán sujetos a regulación por dicho ordenamiento, bajo supervisión de la Secretaría de Defensa; en ese orden de ideas, el artículo 45 de la ley antes citada establece que las fábricas, plantas industriales, talleres, comercios y demás establecimientos que se dediquen a las actividades relacionadas con la pirotecnia deben reunir las condiciones de seguridad y de ubicación, y contar con la conformidad de la autoridad correspondiente en materia de Protección Civil, además de reunir las condiciones de funcionamiento técnico y producción que determine el reglamento de dicha ley. Por desgracia, el ordenamiento en comento no le otorga el trato requerido a la pirotecnia, debido a que se limita únicamente a regularla sin observar los peligros derivados de su uso, los cuales se han señalado en las líneas anteriores de este proyecto.
Cabe señalar que, en lo referente a la normativa vigente en materia de protección animal, en fecha 2 de diciembre de 2024 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección y cuidado animal. En consecuencia, el texto del artículo 4o. constitucional elevó a rango constitucional la prohibición del maltrato animal, además de establecer el deber del Estado mexicano de garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales.
Aunado a lo anterior, en el párrafo sexto del citado artículo se reconoce el derecho a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar, mientras que el artículo 1o. constitucional impone a todas las autoridades la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como de prevenir sus violaciones.
En ese contexto, la regulación actual en materia de pirotecnia resulta insuficiente para asegurar la protección efectiva de tales derechos, toda vez que la evidencia empírica acredita la existencia de riesgos graves, previsibles y reiterados para la integridad física de las personas, la calidad del aire y del agua, y el bienestar animal.
En lo referente al daño que causa la pirotecnia en las personas, es pertinente señalar la obligación convencional que tiene el Estado mexicano al haber suscrito la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, en cuyo artículo 5.1 establece que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, a la par que de la lectura de su artículo 2 se desprende que, si tal derecho no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, el Estado parte se compromete a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de dicha Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacerlo efectivo. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado:
La Convención Americana reconoce expresamente el derecho a la integridad personal, física y psíquica, cuya infracción “es una clase de violación que tiene diversas connotaciones de grado y [...] cuyas secuelas físicas y psíquicas varían de intensidad según los factores endógenos y exógenos que deberán ser demostrados en cada situación concreta”. Además, la Corte ha sostenido en otras oportunidades que la mera amenaza de que ocurra una conducta prohibida por el artículo 5 de la convención, cuando sea suficientemente real e inminente, puede en sí misma estar en conflicto con el derecho a la integridad personal.
En consecuencia, este Poder Legislativo se encuentra no solo facultado, sino obligado, a adoptar medidas razonables y proporcionales que reduzcan tales riesgos.
Ahora bien, ante tal problemática, resulta útil observar ejemplos llevados a cabo en otros países alrededor del mundo, donde existen regulaciones para proteger el ambiente y la seguridad de las personas y los animales, tal es el caso de China, que comenzó a regular el uso de fuegos artificiales en varias ciudades desde 2015. De hecho, se ha comprobado que prohibirlos durante las celebraciones (como la del Año Nuevo Chino) logró disminuir hasta en 8% la concentración de las partículas contaminantes en los meses en que se llevan a cabo las principales festividades del país, lo que se traduce en una “mejora significativa en la salud pública”, según un estudio encabezado por la Universidad de Fudan, en Shanghái.
Por tal motivo, el presente proyecto propone una adición a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente , en específico, un artículo 113 Bis, el cual establece que a fin de reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera, las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México garantizarán la no utilización de artificios pirotécnicos en los eventos públicos que lleven o cabo, además de establecer dicho condicionante al otorgar las autorizaciones o permisos para la realización de espectáculos o, en su caso, uso de suelo para salones de eventos sociales o similares.
En adición, se establece que las personas físicas o morales que pretendan realizar cualquier tipo de evento en bienes de uso común, como plazas, paseos, parques, entre otros, no podrán utilizar este tipo de artificios, por lo que, para tal efecto, las dependencias o entidades de la Administración Pública encargadas de la administración y vigilancia de dichas áreas, deberán establecer como condicionante en los contratos o autorizaciones del evento su no utilización.
De igual forma, se añade la definición de “artificios pirotécnicos”, entendidos como los artefactos de uso festivo o ceremonial que, mediante reacción química o combustión, produzcan efectos luminosos, sonoros o ambos, incluyendo cohetes, toritos, castillos y cualquier dispositivo similar de uso pirotécnico regulado por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; esto con el propósito de otorgar certeza jurídica al artículo adicionado.
Finalmente, y no menos importante, es preciso mencionar que el artículo que se propone adicionar refiere que la inobservancia de dicha norma será sancionada de conformidad con el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Hoy en México vivimos un momento de transformación que nos invita a la reflexión, a hacer pequeños cambios capaces de revolucionar nuestro pensamiento, nuestra manera de vivir e impactar positivamente el mundo que vamos a heredar a las futuras generaciones, en ese sentido la medida propuesta resulta constitucionalmente válida, convencionalmente necesaria y proporcional al fin legítimo de proteger el derecho a un medio ambiente sano, así como evitar el daño a los animales domésticos y silvestres, todo lo anterior, en observancia del principio de prevención y del deber de debida diligencia del Estado.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Único. Se adiciona el artículo 113 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Artículo 113 Bis. Con el fin de reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de Ciudad de México garantizarán la no utilización de artificios pirotécnicos en los siguientes supuestos:
I. En los eventos, los actos cívicos y las celebraciones organizados por las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México;
II. En los espectáculos, festejos y reuniones realizados por personas físicas o morales en espacios de uso común, como plazas, paseos y parques públicos; y
III. En los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento, permiso de uso de suelo o autorización para la realización de espectáculos públicos.
En los casos previstos en las fracciones II y III, las dependencias y entidades de la administración pública competentes deberán incorporar expresamente la no utilización de artificios pirotécnicos como condicionante en los contratos, convenios o autorizaciones que otorguen para la realización de eventos.
Para los efectos del presente artículo, se entiende por artificios pirotécnicos los artefactos de uso festivo o ceremonial que, mediante reacción química o combustión, produzcan efectos luminosos, sonoros o ambos, incluidos cohetes, toritos, castillos y cualquier dispositivo similar de uso pirotécnico regulado en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
La inobservancia del presente artículo será sancionada de conformidad con el artículo 171 de esta ley.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Notas
1 Centro Nacional de Prevención de Desastres. Estrategia para la Prevención de Accidentes en las Actividades con Pirotecnia. Extraído de
https://www1.cenapred.unam.mx/Coordinacion_Administrativa/Sani/C i/2023/2do.%20Trimestre/32/Complemento%201ER%20Trim/Auditor%C3%8DA/4/4%20DAGR/0 2%20Riesgos%20Qu%C3%ADmicos-Tecnol%C3%B3gicos/Estrategia%20prevenci%C3% B3n%20pirotecnia%202022.pdf
2 American Cancer Society (2025). Are fireworks bad for your health? Extraído de
https://www.cancer.org/cancer/latest-news/are-fireworks-bad-for- your-health.html
3 Psychology Today (2022). How Much Loud Noise Can a Dog Tolerate? Extraído de
https://www-psychologytoday-com.translate.goog/us/blog/canine-co rner/202212/how-much-loud-noise-can-a-dog-tolerate?_x_tr_ sl=en&_x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&_x_tr_pto=tc
4 Green Peace (2019). Pirotecnia y contaminación en Navidad y Año Nuevo. Extraído de
https://www.greenpeace.org/mexico/blog/3754/pirotecnia-y-contami nacion-en-navidad-y-ano-nuevo/
5 Caso Masacre de Santo Domingo vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo y Reparaciones. Sentencia de 30 de noviembre de 2012.
6 Fireworks regulation, air pollution, and public health: evidence from China. Extraído de
https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S016604622 100082X
Palacio Legislativo de San Lazaro, a 7 de abril de 2026.— Diputadas: Elizabeth Cervantes de la Cruz, Haidyd Arreola López, Mónica Herrera Villavicencio (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL, LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, LEY EN MATERIA EN TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, Y LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley en Materia en Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, en materia de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia a través de contenidos culturales mediáticos y digitales. Adelante, diputada.
La diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo:Compañeros, muy buenas tardes. Con la venia, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
La diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo: Esta iniciativa a diversas disposiciones federales, una es al Código Penal Federal, a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley en Materia en Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, en materia de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia a través de contenidos culturales mediáticos y digitales.
Esta iniciativa que hoy se presenta atiende una de las formas que se perciben más sutiles, pero son altamente peligrosas. Se trata de la violencia mediática y digital contra, específicamente contra mujeres, niñas y adolescentes, particularmente, aquella violencia que se transforma en entretenimiento, y eso es a través de diversas expresiones.
En la era de la hiperconectividad la música no es solo un entretenimiento, es también un vehículo cultural que, cuando se utiliza para musicalizar la violencia hacia las mujeres, entonces normaliza feminicidios, abusos y degradación como personas.
Y es que está plenamente comprobado que la adicción masiva de contenidos que glorifican la violencia hacia la mujer, tanto en redes sociales como en medios tradicionales, tiende a amplificar las conductas misóginas.
Detrás de esta masificación no solo hay indiferencia, hay también un negocio millonario de plataformas de streaming y disqueras que lucran con la violencia feminicida, promoviendo en sus listas de reproducción y algoritmos canciones que banalizan el feminicidio y el abuso, el control coercitivo sobre las mujeres.
Mientras más polémico y explícito es el contenido, más reproducciones genera y más ganancias dejan a estas empresas, convirtiendo el dolor y la muerte de mujeres en un producto más de entretenimiento y lucro.
Esta es la razón por la que presento estas cinco reformas a diferentes ordenamientos, que pretender fortalecer el acceso a un entorno digital más libre, libre de violencia en razón de género. Esta iniciativa, debo decirles que nace de la participación social, a quienes les agradezco, por cierto, y porque hay una genuina preocupación ciudadana y es congruente.
Además, con los compromisos internacionales que México ha suscrito en materia de prevención de la violencia contra las mujeres, en el que se destaca la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la cual establece que los países parte firmantes deben adoptar medidas legislativas y la implementación de políticas públicas destinadas a eliminar toda forma de violencia hacia la mujer, incluyendo las del contenido musical y audiovisual.
Es un tema muy difícil porque hay quien lo malinterpreta porque puede llegar a rozar, según algunas interpretaciones, una contradicción constitucional. Y es que debemos de entender que la violencia en razón de género no solamente se manifiesta mediante agresiones físicas o de manera directa, sino también a través de expresiones simbólicas y de narrativas culturales y cuya tragedia es el normalizar, trivializar y glorificar conductas violentas contra cualquier persona, pero muy en particular contra las mujeres, las niñas y las adolescentes.
Es importante dejar claro algo, que nuestro objetivo no es restringir la libertad artística, sino garantizar que el derecho a la libre expresión no se utilice como escudo para promover el odio.
Y es concientizar que quienes utilizan una letra o imagen que de alguna forma justifique la violencia contra la mujer, incluyendo, ocasiones incluso llegan al feminicidio, a decirlo explícitamente, invitan al feminicidio, también ellos son cómplices indirectos de lo que están normalizando. Que la música no nos violente, porque eso no es ni arte ni cultura ni entretenimiento, porque el respeto no es una cuestión de ritmo, sino de valores.
Compañeras y compañeros, les invito a reflexionar y a leer con detenimiento la propuesta, porque si la letra promueve odio, agresión y violencia feminicida, no merece ser escuchada. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, en materia de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia a través de contenidos culturales, mediáticos y digitales, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal, así como de las Leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias; en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión; General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, sobre la prevención y sanción de la apología de la violencia de género en contenidos culturales, mediáticos y digitales, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosI. La violencia contra las mujeres como problema estructural en México
La violencia contra las mujeres constituye una de las violaciones más graves y persistentes a los derechos humanos en México y en el mundo. Este fenómeno se manifiesta en múltiples dimensiones que abarcan desde la violencia física, psicológica y sexual hasta formas estructurales, simbólicas y culturales que perpetúan patrones de discriminación y subordinación de las mujeres.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, levantada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, aproximadamente 7 de cada 10 mujeres mexicanas han experimentado al menos un incidente de violencia a lo largo de su vida ya sea en el ámbito comunitario, laboral, familiar o de pareja.
Este dato refleja la profundidad estructural del problema y evidencia que la violencia contra las mujeres no constituye un fenómeno aislado, sino una realidad que atraviesa diversos espacios de la vida social.
En el ámbito de la violencia letal, los datos oficiales muestran una situación particularmente preocupante. De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante el año 2025 se registraron 721 víctimas de feminicidio en México, lo que evidencia la persistencia de este delito que representa la forma más extrema de violencia de género.
Asimismo, estimaciones elaboradas a partir de estadísticas oficiales indican que entre nueve y once mujeres son asesinadas diariamente en el país, considerando tanto los feminicidios tipificados como los homicidios dolosos de mujeres que posteriormente pueden reclasificarse bajo dicha figura penal.
Estas cifras revelan la magnitud del problema y ponen de manifiesto la necesidad de fortalecer las estrategias legislativas, institucionales y culturales destinadas a prevenir la violencia contra las mujeres.
Durante las últimas décadas, el Estado mexicano ha realizado avances significativos para fortalecer el marco jurídico destinado a combatir esta problemática, entre los que destacan la expedición de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, la tipificación del delito de feminicidio y la implementación de políticas públicas orientadas a la prevención, atención y sanción de la violencia de género.
No obstante, la persistencia de altos índices de violencia evidencia que aún subsisten factores estructurales que contribuyen a su reproducción, entre ellos los patrones socioculturales que normalizan o trivializan la violencia contra las mujeres.
II. Violencia simbólica y cultural y la influencia de los contenidos mediáticos
La violencia de género no se limita a las agresiones físicas directas. Diversos estudios académicos han señalado que existen formas de violencia simbólica o cultural que contribuyen a reproducir estructuras de desigualdad.
Estas formas de violencia pueden manifestarse mediante discursos, representaciones culturales o productos mediáticos que refuerzan estereotipos degradantes o que legitiman la agresión contra las mujeres.
Las industrias culturales –incluidos la música, el cine, la televisión y los contenidos digitales– desempeñan un papel fundamental en la construcción de imaginarios sociales.
Si bien estas expresiones pueden contribuir a promover valores de igualdad y convivencia pacífica, también pueden reproducir narrativas que trivializan la violencia o que legitiman conductas agresivas, particularmente a través de la música que incita a la violencia contra la mujer.
En los últimos años se ha observado la proliferación de contenidos musicales y audiovisuales que incluyen referencias explícitas a la violencia contra las mujeres, a su cosificación o a la glorificación de conductas delictivas como agresiones físicas o feminicidio.
La difusión masiva de estos contenidos a través de plataformas digitales ha multiplicado su alcance e impacto social, particularmente entre niñas, niños y adolescentes.
Diversos estudios en el ámbito de la psicología social han señalado que la exposición reiterada a contenidos violentos puede contribuir a procesos de desensibilización frente al sufrimiento de las víctimas y a la normalización de conductas agresivas.
En el caso específico de la violencia contra las mujeres, algunas investigaciones han encontrado correlaciones entre la difusión de discursos misóginos en entornos digitales y el aumento de actitudes agresivas hacia las mujeres.
Estos hallazgos ponen de manifiesto la necesidad de fortalecer las estrategias de prevención de la violencia de género también en el ámbito cultural y mediático.
III. Marco constitucional e internacional del cual México forma parte
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece un sólido marco de protección de los derechos humanos que respalda la adopción de medidas legislativas orientadas a combatir la violencia de género.
El artículo 1o. constitucional establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. El artículo 4o. reconoce el derecho de toda persona a vivir una vida libre de violencia y establece deberes reforzados de protección por parte del Estado respecto de mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Los artículos 6o. y 7o. reconocen el derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, dichos artículos también establecen límites cuando el ejercicio de este derecho vulnera derechos de terceros o provoca la comisión de delitos.
La regulación de la apología de la violencia de género constituye una medida legítima orientada a proteger derechos fundamentales.
La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que la libertad de expresión puede ser objeto de responsabilidades ulteriores cuando se utiliza para incitar a la violencia o a la comisión de delitos.
México ha asumido compromisos internacionales relevantes en materia de prevención de la violencia contra las mujeres. Entre los instrumentos más importantes destaca la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la cual establece la obligación de los Estados de adoptar medidas legislativas y políticas públicas destinadas a eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres.
México es parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El órgano encargado de supervisar el cumplimiento de esta convención, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, ha señalado que los Estados deben adoptar medidas destinadas a modificar los patrones socioculturales que perpetúan la discriminación contra las mujeres.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha desarrollado una sólida jurisprudencia en materia de violencia contra las mujeres.
En el caso González y otras vs. México, el tribunal determinó que los Estados tienen la obligación de adoptar medidas dirigidas a transformar los patrones socioculturales que perpetúan la violencia contra las mujeres.
Asimismo, en el caso Veliz Franco y otros vs. Guatemala, la Corte sostuvo que los Estados deben adoptar medidas para combatir los factores culturales que favorecen la violencia de género.
Estos precedentes establecen con claridad que los Estados deben actuar no sólo frente a los actos directos de violencia, sino también frente a los factores culturales que contribuyen a su reproducción.
IV. Experiencia internacional en la regulación de contenidos que promueven violencia de género
La regulación de contenidos que promueven la violencia, el odio o la discriminación no constituye una práctica aislada ni extraordinaria en los sistemas democráticos contemporáneos.
Por el contrario, diversas jurisdicciones han desarrollado marcos normativos destinados a prevenir la difusión de contenidos mediáticos o culturales que inciten a la violencia o que perpetúen formas de discriminación estructural.
Estas medidas buscan equilibrar el derecho fundamental a la libertad de expresión con la protección de otros derechos igualmente relevantes, como la dignidad humana, la igualdad entre mujeres y hombres y el derecho de las personas a vivir una vida libre de violencia.
En el ámbito europeo se ha desarrollado uno de los marcos regulatorios más avanzados en materia de responsabilidad de los medios de comunicación y de los servicios audiovisuales respecto de contenidos que promueven violencia, discriminación o discurso de odio.
Uno de los instrumentos más relevantes en esta materia es la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Unión Europea, adoptada originalmente en el año 2010 y posteriormente reformada en 2018 con el propósito de actualizar su alcance frente a los nuevos desafíos derivados del desarrollo de las plataformas digitales.
Esta directiva establece un conjunto de obligaciones para los Estados miembros de la Unión Europea y para los proveedores de servicios audiovisuales, incluidos
• canales de televisión
• plataformas de video bajo demanda
• servicios de intercambio de videos en línea
• transmisión de música en diversas plataformas
El objetivo central de esta normativa es garantizar que los servicios audiovisuales operen bajo principios que protejan valores fundamentales de las sociedades democráticas, entre los que destacan la dignidad humana, la igualdad y la no discriminación.
Entre las disposiciones más relevantes de la directiva se encuentra la obligación de los Estados miembros de garantizar que los servicios audiovisuales no contengan incitación a la violencia o al odio contra personas o grupos por motivos como el sexo, el género, la orientación sexual, la raza, la religión o el origen étnico.
La normativa europea establece que los proveedores de servicios de intercambio de videos y de audio deben adoptar medidas apropiadas para proteger al público frente a contenidos que inciten a la violencia o al odio, así como frente a contenidos que puedan resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de niñas, niños y adolescentes.
Estas medidas pueden incluir mecanismos como
• Sistemas de clasificación de contenidos
• Herramientas de reporte por parte de usuarios
• Mecanismos de moderación
• Políticas de desmonetización de contenidos que promuevan violencia o discriminación
• Prohibición de música que incite a la violencia
Es importante destacar que la directiva no establece mecanismos de censura previa, sino que se basa en un modelo de responsabilidad compartida entre los Estados, los reguladores y las plataformas digitales, con el objetivo de prevenir la difusión de contenidos que vulneren derechos fundamentales.
Este enfoque ha sido adoptado por diversos países europeos en sus legislaciones nacionales.
Por ejemplo, en España, la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece disposiciones específicas orientadas a promover una representación responsable de las mujeres en los medios de comunicación y a evitar contenidos que reproduzcan estereotipos discriminatorios o que promuevan la violencia contra las mujeres.
Asimismo, el marco regulatorio español en materia audiovisual establece que los prestadores de servicios de comunicación deben respetar el principio de igualdad entre mujeres y hombres y abstenerse de difundir contenidos que fomenten la violencia de género.
El Código Penal francés considera sanciones para quienes realicen apología de delitos o inciten públicamente a la violencia o al odio contra determinados grupos de personas.
Este tipo de disposiciones han sido utilizadas para sancionar la difusión de contenidos mediáticos que glorifican conductas delictivas o que promueven discursos de odio.
En Alemania, la legislación conocida como Ley de Aplicación de la Red establece obligaciones para las plataformas digitales de eliminar contenidos ilegales que inciten al odio o a la violencia en un plazo determinado.
Aunque estas disposiciones se aplican a diversas formas de discurso ilícito, su objetivo común es garantizar que el entorno digital no se convierta en un espacio de impunidad para la difusión de mensajes que promuevan violencia o discriminación.
La experiencia europea demuestra que la regulación de contenidos que incitan a la violencia o que promueven la discriminación no constituye una limitación arbitraria de la libertad de expresión, sino una herramienta legítima para proteger derechos fundamentales y preservar los valores democráticos.
En América Latina también se han desarrollado iniciativas orientadas a regular la responsabilidad de los medios de comunicación respecto de contenidos que reproducen violencia o discriminación de género.
Argentina, por ejemplo, la legislación en materia audiovisual incorpora principios destinados a garantizar la igualdad de género y a evitar la difusión de contenidos que promuevan la violencia contra las mujeres. Y en Chile, diversas políticas públicas en materia de medios de comunicación han buscado promover representaciones mediáticas responsables respecto de la igualdad de género.
Estas experiencias reflejan una tendencia creciente a nivel internacional hacia la adopción de marcos normativos que promuevan entornos mediáticos libres de violencia y discriminación.
Contenido de la iniciativa
La presente iniciativa tiene como propósito fortalecer el marco jurídico mexicano para prevenir y sancionar la apología de la violencia de género en contenidos musicales, reconociendo que la violencia contra las mujeres no sólo se manifiesta mediante agresiones físicas o directas, sino también a través de expresiones simbólicas, narrativas culturales y representaciones mediáticas que pueden contribuir a normalizar, trivializar o glorificar conductas violentas contra las mujeres.
En las últimas décadas, el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación, así como la expansión de las plataformas digitales, los servicios de radiodifusión y los contenidos audiovisuales, ha transformado profundamente la forma en que se producen, distribuyen y consumen las expresiones culturales como es la música.
Este fenómeno ha ampliado significativamente el alcance social de la música, lo que a su vez ha incrementado su influencia en la construcción de imaginarios colectivos, particularmente entre niñas, niños y adolescentes.
Si bien la libertad de expresión y la libertad artística constituyen pilares fundamentales de las sociedades democráticas, también es necesario reconocer que determinadas narrativas culturales pueden contribuir a reproducir estereotipos de género o a normalizar la violencia contra las mujeres. Por ello resulta indispensable fortalecer el marco jurídico mexicano para prevenir la difusión de contenidos que hagan apología de la violencia de género a través de la música, al mismo tiempo que se promueven entornos culturales y mediáticos que respeten la dignidad de las mujeres y fomenten relaciones igualitarias.
La presente iniciativa propone una estrategia legislativa integral que articula instrumentos de prevención, regulación y sanción, con el objetivo de contribuir a la construcción de una cultura de igualdad sustantiva y de erradicación de la violencia de género.
Para lograr este propósito, se plantean reformas y adiciones a diversos ordenamientos jurídicos federales.
En primer lugar, se propone adicionar un artículo al Código Penal Federal con el propósito de tipificar la apología explícita de la violencia de género a través de la música.
Esta disposición busca sancionar aquellas conductas que, mediante obras de expresión artística a través de la música o contenidos difundidos a través de medios de comunicación o plataformas digitales, inciten, promuevan o glorifiquen agresiones físicas, violencia sexual o feminicidio contra las mujeres.
En segundo lugar, se propone fortalecer el marco conceptual de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias mediante la incorporación del concepto de violencia mediática o simbólica, entendida como aquellas acciones realizadas a través de medios de comunicación, plataformas digitales o expresiones culturales que a través de la música promuevan, glorifiquen o normalicen la violencia contra las mujeres.
En tercer lugar, la iniciativa propone reformar diversas disposiciones de la Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión con el propósito de fortalecer la responsabilidad social de los concesionarios y proveedores de servicios de audio en la difusión de contenidos respetuosos de la dignidad de las mujeres.
En particular, se plantea incorporar disposiciones orientadas a promover la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en la programación y producción musical y a prevenir la difusión de contenidos que promuevan, glorifiquen o hagan apología de la violencia de género, a través de la música, especialmente cuando dichos contenidos puedan ser accesibles para niñas, niños y adolescentes.
En cuarto lugar, se propone fortalecer las disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el fin de reconocer expresamente el derecho de este sector de la población a acceder a contenidos culturales, educativos y mediáticos libres de violencia de género. Asimismo, se plantea establecer obligaciones para las autoridades competentes orientadas a promover acciones de prevención y sensibilización frente a contenidos que puedan normalizar la violencia contra las mujeres o niñas a través de la música.
Finalmente, la iniciativa propone incorporar disposiciones en la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres con el propósito de fortalecer las políticas públicas destinadas a promover contenidos musicales que fomenten la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. En particular, se plantea establecer lineamientos orientados a prevenir la difusión de contenidos que reproduzcan estereotipos de género o que contribuyan a la normalización de la violencia contra las mujeres, así como impulsar campañas de sensibilización y mecanismos de coordinación con la industria musical y los medios de comunicación.
En conjunto, estas reformas buscan consolidar un enfoque legislativo integral que combine prevención, regulación y sanción para enfrentar la normalización de la violencia de género a través de la música.
La presente iniciativa no pretende restringir la libertad de expresión ni establecer mecanismos de censura previa. Por el contrario, busca fortalecer el ejercicio responsable de la libertad artística y cultural dentro de un marco de respeto a los derechos humanos, la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres y la dignidad de las mujeres que se realiza a través de la música.
La iniciativa se alinea con los compromisos constitucionales e internacionales asumidos por el Estado mexicano en materia de igualdad de género, prevención de la violencia contra las mujeres y protección de los derechos humanos.
Con el propósito de exponer de forma clara las modificaciones a las que se ha hecho referencia, se adjunta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto se somete a consideración de esta asamblea el siguiente
DecretoPrimero. Se adiciona el artículo 208 Bis al Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 208 Bis. Se impondrá de uno a cuatro años de prisión y de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a quien, por cualquier medio de difusión público o privado, incite, convoque, promueva o difunda contenido musical que haga apología explícita de la violencia de género, agresiones físicas, lesiones o feminicidio contra una o varias mujeres.
Se entenderá por apología de la violencia de género la exaltación, justificación o normalización pública de conductas que constituyan violencia física, sexual o feminicida contra las mujeres, aun cuando dichas conductas no lleguen a ejecutarse.
La pena podrá incrementarse hasta en una mitad cuando:
I. La difusión se realice mediante plataformas digitales, redes sociales o servicios de transmisión masiva; o
II. El contenido sea accesible o esté dirigido a niñas, niños o adolescentes.
Segundo. Se reforma la fracción VII y se recorre el subsecuente del artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, para quedar como sigue:
Artículo 6. Los tipos de violencias contra las mujeres son
I. a VI. ...
VII. Violencia mediática a través de la música: Toda acción realizada mediante medios de comunicación, plataformas digitales, expresiones culturales o contenidos audiovisuales que promueva, glorifique, trivialice o normalice la violencia contra las mujeres a través de la música o que reproduzca estereotipos que atenten contra su dignidad, integridad o seguridad.
VIII. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
Tercero. Se adicionan un párrafo tercero al artículo 215 y la fracción IX al artículo 216 de la Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:
Artículo 215. El derecho de información, de expresión y de recepción de contenidos a través del servicio público de radiodifusión y de televisión y audio restringidos, es libre y consecuentemente no será objeto de ninguna persecución o investigación judicial o administrativa ni de limitación alguna ni censura previa, y se ejercerá en los términos de la Constitución, los tratados internacionales y las leyes aplicables.
Las autoridades en el ámbito de su competencia promoverán el respeto a los derechos humanos, el principio del interés superior de la niñez, a fin de garantizar de manera plena sus derechos, así como la perspectiva de género.
Asimismo, promoverán acciones orientadas a prevenir la difusión de contenidos que promuevan o glorifiquen la violencia de género, en particular la música que incite o justifiquen agresiones físicas, sexuales o feminicidas contra las mujeres, garantizando en todo momento el respeto a la libertad de expresión conforme a lo dispuesto por la Constitución y los tratados internacionales.
Artículo 216. La programación que se difunda a través de radiodifusión o televisión y audio restringidos, en el marco de la libertad de expresión y recepción de ideas e información, deberá propiciar
I. a VIII. ...
IX. La prevención de contenidos musicales que promuevan, glorifiquen o hagan apología de la violencia de género, incluyendo aquellos que inciten o justifiquen agresiones físicas, sexuales o feminicidas contra las mujeres.
Los programadores nacionales independientes y aquellos programadores que agregan contenidos podrán comercializar éstos en uno o más canales para una o más plataformas de distribución de dichos contenidos. Las tarifas de estas ofertas comerciales serán acordadas libremente entre estos programadores y las redes o plataformas sobre las que se transmitirán, conforme a las prácticas internacionales.
Cuarto. Se adicionan la fracción XXI al artículo 13, un párrafo segundo al artículo 66 y el artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 13. Para efectos de la presente ley son derechos de niñas, niños y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
I. a XX. (...)
XXI. Derecho a acceder a contenidos musicales libres de violencia de género y de representaciones que promuevan o normalicen agresiones contra las mujeres o niñas.
Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias de conformidad con los deberes reforzados de protección del Estado con las niñas, niños y adolescentes, para garantizar sus derechos sin discriminación de ningún tipo o condición.
Artículo 66. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán mecanismos para la protección de los intereses de niñas, niños y adolescentes respecto de los riesgos derivados del acceso a medios de comunicación y uso de sistemas de información que afecten o impidan objetivamente su desarrollo integral.
Para tal efecto, deberán impulsar acciones de prevención, orientación y sensibilización dirigidas a evitar la difusión o exposición de contenidos musicales que promuevan, glorifiquen o normalicen la violencia de género, particularmente aquellos que inciten o justifiquen agresiones contra mujeres o niñas, privilegiando en todo momento el interés superior de la niñez y el respeto a sus derechos humanos.
Artículo 101 Bis 4. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán políticas públicas, programas de sensibilización y mecanismos de coordinación con los sectores público, social y privado para garantizar que el acceso de niñas, niños y adolescentes a contenidos musicales libres de violencia y respetuosos de la dignidad de las mujeres.
Asimismo, deberán fomentar el desarrollo de herramientas educativas, campañas de alfabetización digital y mecanismos de prevención orientados a identificar y desalentar contenidos musicales que promuevan o normalicen la violencia de género en entornos digitales.
Quinto. Se adicionan las fracciones XVIII al artículo 17, V al artículo 37, VIII al artículo 38, IV al artículo 39 y fracción XII al artículo 40 de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, para quedar como sigue:
Artículo 17. La Política Nacional deberá establecer las acciones conducentes para lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en los ámbitos familiar, de cuidados, económico, político, de salud, social, laboral y cultural, entre otros.
La política nacional que desarrolle el Ejecutivo federal deberá considerar los siguientes lineamientos:
I. a XVII. ...
XVIII. Promover la producción y difusión de contenidos musicales que fomenten la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres y contribuyan a erradicar la normalización de la violencia de género.
Artículo 37. Con el fin de promover la igualdad en el acceso a los derechos sociales y el pleno disfrute de éstos, serán objetivos de la Política Nacional:
I. a IV. (...)
V. Promover acciones orientadas a prevenir la difusión de contenidos musicales que reproduzcan estereotipos de género o que glorifiquen, trivialicen o normalicen la violencia contra las mujeres.
Artículo 38. Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, las autoridades correspondientes desarrollarán las siguientes acciones:
I. a VII. (...)
VIII. Impulsar campañas educativas, culturales y mediáticas orientadas a promover representaciones igualitarias entre mujeres y hombres, así como a desalentar contenidos musicales que promuevan o normalicen la violencia de género.
Artículo 39. Con el fin de promover y procurar la igualdad en la vida civil de mujeres y hombres, será objetivo de la política nacional.
I. a III. (...)
IV. Promover la construcción de entornos culturales, mediáticos y digitales que se realicen a través de la música libres de violencia de género, mediante políticas públicas que fomenten representaciones igualitarias y respetuosas de la dignidad de las mujeres.
Artículo 40.- Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, las autoridades correspondientes desarrollarán las siguientes acciones:
I. a XI. (...)
XII. Promover, en coordinación con instituciones públicas, medios de comunicación y plataformas digitales, acciones destinadas a prevenir la difusión de contenidos musicales que promuevan o glorifiquen la violencia de género, así como fomentar contenidos que contribuyan a la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las autoridades competentes deberán armonizar las disposiciones reglamentarias correspondientes en un plazo no mayor a ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. Las dependencias y entidades de la Administración pública federal promoverán acciones de coordinación con los sectores público, social y privado para la implantación de las disposiciones previstas en el presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.— Diputadas: Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, Haidyd Arreola López (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Igualdad de Género, para dictamen, y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para opinión.
LEY FEDERAL DE TRABAJO
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 501 y 502 de la Ley Federal de Trabajo, para fortalecer el reconocimiento de beneficiarias y beneficiarios con discapacidad. Adelante, diputada.
La diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, hoy subo a esta tribuna con un sentido grande de responsabilidad y empatía. Lo hago para hablar de una realidad que duele, que lastima y que lamentablemente sigue marcando vidas y millones de mujeres en nuestro país. La violencia cotidiana que enfrentan simplemente por el hecho de que somos mujeres.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2021, elaborada por el Inegi, el 70.1 por ciento de las mujeres en México ha sufrido algún tipo de violencia a lo largo de su vida, en la calle, en el transporte público, en su escuela, en su trabajo y sobre todo en su hogar.
Espacios que deberían ser seguros y que para muchas se han convertido en escenarios de riesgo constante, muchas mujeres salen de su casa todos los días con miedo, miedo a no regresar, miedo a no ser escuchadas, miedo a que si algo sucede nadie llegue a tiempo para rescatarlas y cuando una agresión es realmente inminente, cuando no hay patrullas cerca ni auxilio inmediato cada segundo cuenta. En esos momentos críticos defenderse puede significar la diferencia entre sobrevivir o no.
Por ello, en esta administración de nuestra querida presidenta, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, se ha colocado en el centro de la vida erradicar la violencia contra las mujeres como una prioridad de nuestro Estado, creando la Secretaría de las Mujeres que inició funciones en enero del 2025 con el objetivo de coordinar y fortalecer las políticas públicas de prevención, atención y acceso a la justica con perspectiva de género.
Por eso, esta iniciativa propone reformar el artículo 52 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias para reconocer de manera expresa que las mujeres pueden justificar y ejercer la legítima defensa mediante herramientas no letales, siempre bajo criterios de necesidad, proporcionalidad y con una clara perspectiva de género, colocando a la mujer siempre en su debida protección.
Quiero decirlo con toda claridad, esta propuesta no promueve en ningún momento la violencia, no autoriza el uso indiscriminado de la fuerza, pero sí fortalece el enfoque de derechos humanos y brinda certeza jurídica a quienes en una situación extrema utilice medios no letales para proteger su integridad, su libertad y su vida.
La experiencia internacional nos ha demostrado que estos dispositivos cuando están regulados pueden ser herramientas efectivas para disuadir agresiones sin causar daños permanentes.
En muchos casos, incluso, evitan consecuencias irreversibles. Esta reforma también envía un mensaje claro a las autoridades, deben actuar con debida diligencia analizar el contexto, comprender el riesgo real que enfrenta la víctima y aplicar la ley con sensibilidad.
Y, sobre todo, con la perspectiva de género, defender no puede seguir siendo un motivo de castigo ni sospecha automática. Compañeras y compañeros, una vida libre de violencia no es solo un enunciado legal, es una exigencia ética y una obligación del Estado garantizar que las mujeres puedan protegerse sin miedo a ser criminalizadas. En un acto de justicia es un acto de humanidad, de responsabilidad y es también un acto de esta casa del pueblo.
Por eso, los invito a acompañar esta iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 52 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de justificación del uso de herramientas no letales de defensa personal, que busca salvar vidas, proteger agresiones y que las mujeres permanezcan siempre en el centro de nuestras decisiones. Es cuanto, presidenta, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 501 y 502 de la Ley Federal del Trabajo, para fortalecer el reconocimiento de beneficiarias y beneficiarios con discapacidad, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Adriana Belinda Quiroz Gallegos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 501 y 502 de la Ley Federal del Trabajo, para fortalecer el reconocimiento de beneficiarias y beneficiarios con discapacidad.
Exposición de MotivosDiagnóstico y problema
En México, el artículo 501 de la LFT define a las personas con derecho a indemnización en caso de muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial; sin embargo, la práctica evidencia zonas grises cuando se trata de hijas e hijos con discapacidad, generando operación desigual, requisitos adicionales e incertidumbre administrativa, particularmente por la ausencia de una regla expresa y general de reconocimiento sin límite de edad con efectos plenos en los regímenes de IMSS e ISSSTE.
Contexto y evidencia relevante
La población con discapacidad en México alcanza alrededor de 17.2 por ciento, con discapacidad motriz como la condición más reportada (39.2) y 27.4 con dos o más discapacidades. La carga de cuidados es permanente y el costo de apoyos no concluye por el solo cumplimiento de cierta edad, con mayores riesgos de violencia, abandono y negligencia. Estas realidades desaconsejan límites etarios rígidos en el reconocimiento de beneficiarios.
Vacío de técnica legislativa y necesidad de armonización
El silencio normativo respecto del no límite de edad produce interpretaciones dispares (revalidaciones, investigaciones de dependencia económica innecesarias, exigencia de requisitos no previstos). Para cerrar esa brecha, la iniciativa adiciona un párrafo final al artículo 501 de la LFT con reconocimiento sin límite de edad que surte efectos plenos en IMSS e ISSSTE, y armoniza el artículo 502 únicamente en remisiones y concordancia, sin modificar la cuantía (5 mil días de salario) ni la prelación sustantiva.
Bloque de convencionalidad y estándares internacionales
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad exige igualdad sustantiva, no discriminación y ajustes razonables en el acceso a protección y seguridad social. En la LFT que hijas e hijos con discapacidad son beneficiarios sin límite de edad facilita la interpretación pro persona y alinea la norma interna con los estándares convencionales.
Evidencia y contexto: la discapacidad como situación de vulnerabilidad reforzada
Magnitud y distribución: Los datos disponibles señalan que alrededor del 17.2 por ciento de la población en México vive con alguna discapacidad o limitación, con estados por encima del 19 por ciento como Oaxaca, Guerrero, Tabasco, Veracruz, Hidalgo y Ciudad de México. En términos absolutos, el estado de México, Ciudad de México, Jalisco y Veracruz concentran los números más altos por tamaño poblacional; ello implica una presión sistémica sobre servicios, apoyos y redes de cuidado.
Tipologías y curso de vida: La discapacidad motriz es la más reportada (39.2 por ciento), seguida de la visual, intelectual, auditiva y psicosocial; además, 27.4 por ciento experimenta comorbilidad (dos o más discapacidades), aumentando complejidad y costo de cuidados. En edades tempranas predomina la intelectual, mientras que en adultez y vejez la motriz es prevalente, lo que desmiente la pertinencia de límites etarios rígidos para el reconocimiento de derechos.
Riesgos de exclusión y violencia: Las personas con discapacidad enfrentan mayores probabilidades de violencia familiar, abandono, negligencia y discriminación, con reportes y casos documentados por instancias públicas y de la sociedad civil. Se reportan incrementos de denuncias y solicitudes de apoyo, con violencia familiar y omisiones de cuidado entre los motivos más frecuentes, lo que evidencia una fragilidad de las redes de apoyo domésticas y la necesidad de respuestas institucionales estables y continuas.
Evidencia programática y presupuestaria federal
El Presupuesto de Egresos 2018-2026 revela un aumento sin precedentes del rubro discapacidad, con una trayectoria ascendente que multiplica la inversión inicial y consolida programas como la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente (de 2,100 millones en 2019 a 28,035 millones en 2026, estabilizada en el último trienio), indicador de prioridad sostenida y de la necesidad de cerrar brechas normativo-operativas para que los derechos contributivos no queden rezagados frente al brazo no contributivo.
Asimismo, los anexos 17 y 18 muestran esfuerzos para niñez y juventud con discapacidad en servicios educativos; y el anexo 14 evidencia evoluciones diferenciadas entre grupos vulnerables e infancia, lo que demanda precisión normativa en LFT para que la puerta de entrada (beneficiarios) esté claramente definida y armonizada con la seguridad social, evitando cuellos de botella administrativos.
Justificación constitucional: progresividad, no regresividad y seguridad social
Según el artículo 1o. constitucional, el Estado debe promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos con progresividad y sin regresión. El artículo 123 reconoce el derecho a la seguridad social, cuya efectividad se mide, entre otros factores, por la suficiencia y continuidad del ingreso cuando sobreviene la muerte o desaparición de quien proveía sustento. Al precisar en LFT que hijas e hijos con discapacidad son beneficiarios sin límite de edad, con efectos plenos en IMSS/ISSSTE, el legislador evita regresiones prácticas y remueve barreras que, por indiferenciación normativa, han generado tratos desiguales.
Proporcionalidad y razonabilidad de la medida
Idoneidad: el reconocimiento sin límite de edad es idóneo para evitar interrupciones y litigios y para garantizar continuidad en el acceso a prestaciones derivadas de la muerte o desaparición.
Necesidad: no existe una alternativa menos gravosa que proporcione el mismo nivel de protección; restringir por edad desconoce la naturaleza permanente o prolongada de muchas discapacidades.
Proporcionalidad en sentido estricto: el universo beneficiario es acotado; los beneficios sociales (evitar pobreza, abandono, institucionalización, violencia) superan ampliamente cualquier costo administrativo asociado a homologar criterios entre LFT-IMSS-ISSSTE.
Impactos esperados
Sociales: Se reduce la exposición de hijas e hijos con discapacidad a trayectorias de exclusión, al garantizar que su estatus de beneficiarios no cese por el mero transcurso del tiempo. Esto fortalece redes de cuidado formal, evita interrupciones en apoyos y disminuye riesgos de violencia o abandono documentados.
Jurídico-institucionales: Se elimina la discrecionalidad en ventanillas y se homologa el criterio de reconocimiento entre LFT e IMSS/ISSSTE. La reforma reduce litigios y aclara el parámetro de legalidad, reforzando seguridad jurídica y certeza operativa.
Presupuestarios y de gestión: La experiencia presupuestaria 2019-2026 en discapacidad demuestra que el Estado ya prioriza el tema; la armonización normativa no desestabiliza finanzas públicas y, por el contrario, optimiza procesos al evitar re-trabajos y aclarar quién es beneficiario desde el inicio.
Comprender el impacto presupuestal de esta reforma requiere situarnos en el proceso histórico que ha vivido el país en torno a la discapacidad. México pasó, en menos de una década, de considerar la atención a personas con discapacidad como un rubro marginal –apenas perceptible en el gasto federal– a convertirlo en una línea troncada del proyecto nacional de bienestar, una prioridad medible tanto en diseño institucional como en recursos asignados.
La evidencia presupuestaria disponible confirma este viraje. En 2018, el conjunto de recursos específicamente etiquetados para discapacidad rondaba mil 174 millones de pesos, cifra modesta frente al tamaño de la población que los requería. Pero a partir de 2019 la tendencia se transforma radicalmente: el presupuesto crece más de 159 por ciento, y en 2020 registra un salto de 300.24 por ciento, iniciando un ciclo expansivo que continúa en los años siguientes y culmina en 2026 con un incremento de 129.01 por ciento, alcanzando más de 82 mil millones de pesos.
Esta trayectoria demuestra que la política pública mexicana ya absorbió los costos estructurales de garantizar derechos básicos a las personas con discapacidad. Los mayores esfuerzos financieros ya fueron realizados: la creación de padrones, la implementación de transferencias universales, la articulación de programas y la infraestructura de operación. En otras palabras, la capacidad presupuestaria nacional para sostener a este grupo poblacional ya está instalada y consolidada en la arquitectura fiscal del Estado.
Es precisamente en este contexto donde se inserta la reforma a los artículos 501 y 502 de la Ley Federal del Trabajo. A diferencia de los programas sociales que requirieron presupuestos crecientes, esta reforma no implica crear nuevos beneficios, no introduce ampliaciones de cobertura, no obliga a incrementar montos, ni modifica la naturaleza contributiva o indemnizatoria de los derechos existentes. Su objetivo es estrictamente normativo: precisar que las hijas e hijos con discapacidad deben reconocerse como beneficiarios sin límite de edad, y que ese reconocimiento surte efectos plenos en el IMSS y el ISSSTE, sin que estas instituciones puedan exigir requisitos adicionales.
Este ajuste –aunque pequeño en apariencia– tiene efectos administrativos y presupuestarios valiosos. En primer lugar, evita que las instituciones de seguridad social realicen procesos repetitivos, investigaciones innecesarias o evaluaciones no previstas por la ley, lo cual genera ahorros en horas de trabajo operativo, dictaminación médica, revisión documental y carga jurídica. Cada trámite evitado es una reducción en la presión institucional que, si bien no se refleja de forma lineal en pesos presupuestales, sí incide en la eficiencia y sostenibilidad del sistema.
En segundo lugar, la reforma reduce uno de los costos más elevados –y menos visibles– del sistema de seguridad social: la litigiosidad. La falta de claridad normativa obliga a miles de familias a presentar recursos, a confrontar dictámenes contradictorios o a acudir a instancias jurisdiccionales para defender un derecho que, en realidad, siempre les correspondió. La reforma precisa el marco y elimina la ambigüedad que daba origen a estos conflictos. La claridad jurídica, en sí misma, es una herramienta de ahorro institucional.
Desde el punto de vista económico-administrativo, también es relevante observar que el mayor componente de gasto público en discapacidad corresponde a programas universales no contributivos, especialmente la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, que pasó de 2,100 millones en 2019 a 28,035 millones en 2026, estabilizándose en ese nivel durante los últimos años del periodo. Este dato es clave: significa que el Estado ya busca garantizar un ingreso estable para personas con discapacidad, incluso sin relación laboral previa.
Esto confirma que la reforma no tiene un impacto presupuestal adicional: no duplica beneficios, no genera superposición con programas existentes, no compromete recursos nuevos. Al contrario, la precisión normativa contribuye a que los apoyos ya existentes –contributivos o no contributivos– se otorguen de manera coherente, ordenada y sin contradicciones, lo cual evita redundancias y acelera la adecuada canalización de beneficios.
La evidencia cualitativa también es contundente. Diversos estudios y reportes muestran que las personas con discapacidad enfrentan mayores riesgos de violencia, abandono, institucionalización, negligencia y exclusión económica. Cuando el Estado no garantiza certidumbre jurídica en el acceso a indemnizaciones o pensiones derivadas de la muerte del sostén económico, la probabilidad de que una persona con discapacidad termine en una institución pública –y, por tanto, en un espacio que demanda costos más altos– aumenta dramáticamente. Prevenir ese desenlace, desde una perspectiva estrictamente económica, es más eficiente que financiar sus consecuencias.
Además, es importante señalar que la reforma se inscribe en un momento de madurez institucional: algunos programas específicos para personas con discapacidad han completado su ciclo de consolidación, al grado de que no requieren nuevas asignaciones presupuestarias en los años recientes. Por ejemplo, los recursos destinados al Mecanismo Independiente de Monitoreo alcanzaron su punto máximo en 2020 y no presentaron asignaciones específicas para 2026, lo cual indica que las estructuras operativas ya se integraron plenamente sin necesidad de nuevos costos.
Esto demuestra que el aparato administrativo mexicano cuenta ya con la capacidad y experiencia necesarias para implementar ajustes normativos sin necesidad de ampliar plantillas o crear nuevas áreas de operación. La reforma funciona precisamente dentro de ese margen de madurez: no exige crecimiento institucional, sino un mejor alineamiento del marco legal vigente.
En conclusión, desde la perspectiva técnico-económica y administrativo-institucional, esta reforma es un ejercicio de eficiencia normativa. No implica un aumento en el gasto; por el contrario, promueve la correcta asignación de recursos ya existentes, reduce cargas administrativas, previene litigios y disminuye costos sociales derivados de la desprotección. Se trata de una intervención pequeña en su forma, pero significativa en sus efectos: afina el engranaje legal para que el sistema de seguridad social funcione con mayor claridad, sensibilidad y coherencia.
Y, al hacerlo, reafirma algo fundamental: las personas con discapacidad no deberían enfrentar incertidumbre en el momento más vulnerable de su vida –la pérdida de quienes les protegían–, ni el Estado debería pagar más por no haberles protegido a tiempo.
Por lo anterior se expone la siguiente propuesta de reforma:
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 501 y 502 de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se reforma el artículo 502 y se adiciona un párrafo al artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 501.[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
[...]
El reconocimiento como beneficiarias o beneficiarios de hijas e hijos con discapacidad será sin límite de edad y surtirá efectos plenos en los regímenes de seguridad social del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, los cuales no podrán exigir requisitos adicionales de edad a los aquí establecidos.
Artículo 502. [...]
Para efectos de este artículo, el reconocimiento, orden de prelación y derechos de las personas beneficiarias se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 501, incluido su párrafo final, relativo al reconocimiento sin límite de edad de las hijas e hijos con discapacidad, cuyo carácter surtirá efectos plenos ante los regímenes del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sin que puedan exigirse requisitos adicionales a los establecidos en esta ley.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El IMSS y el ISSSTE ajustarán sus lineamientos internos para asegurar congruencia con lo dispuesto en el artículo 501, dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor.
Tercero. Se realizarán las adecuaciones de remisiones, referencias y concordancia normativa necesarias en la Ley Federal del Trabajo, a fin de armonizar el contenido del artículo 502 con lo dispuesto en el artículo 501 reformado, sin alterar la cuantía de la indemnización ni la prelación sustantiva de las personas beneficiarias.
Fuentes de consulta
Cámara de Diputados (2026). Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (texto vigente).
Cámara de Diputados (2026). Ley del Seguro Social (texto vigente).
Cámara de Diputados (2026). Ley Federal del Trabajo (texto vigente).
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2016). Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2020). La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo (cuarta reimpresión).
Human Rights Watch (2020). Better make yourself invisible: family violence against people with disabilities in Mexico,
https://www.hrw.org/report/2020/06/04/better-make-yourself-invis ible/family-violence-against-people-disabilities-mexico
Human Rights Watch (2020). Es mejor hacerte invisible: Violencia familiar contra personas con discapacidad en México,
https://www.hrw.org/es/report/2020/06/04/es-mejor-hacerte-invisi ble/violencia-familiar-contra-personas-con-discapacidad-en
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2020). Censo de Población y Vivienda de 2020.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2023). Encuesta Nacional sobre Discriminación de 2022: Resultados.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2023). Encuesta Nacional sobre Discriminación de 2022: Documentación y metodología.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2023). Comunicado de prensa: Enadis 2022.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2024). Censos Económicos de 2024.
Naciones Unidas (2006). Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (2025). OECD Employment Outlook 2025: Mexico, Country Note.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (2025). Perspectivas del Empleo 2025: México.
Organización Internacional del Trabajo (2025). Normas actualizadas sobre seguridad social.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (2018-2026). Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Evolución del gasto en discapacidad, anexos transversales y programas relacionados.
Statista (2024). Porcentaje de la población en pobreza en México entre 2014 y 2022, según condición de discapacidad,
https://www.statista.com/statistics/1048332/mexico-poverty-rate- disability-condition
Suprema Corte de Justicia de la Nación (2025). Tesis 1a./J. 249/2025 (11a.): Razón de la inembargabilidad de la subcuenta de retiro.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (2025). Tesis 1a./J. 250/2025 (11a.): Interpretación conforme en atención a los derechos alimentarios de la niñez.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (2025). Tesis 1a./J. 251/2025 (11a.): Excepciones a la inembargabilidad de la subcuenta de retiro frente al derecho de alimentos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.— Diputadas: Adriana Belinda Quiroz Gallegos, Gloria Sánchez López, Haidyd Arreola López, Herminia López Santiago, Petra Romero Gómez (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Paulina Rubio Fernández
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose en turno en la Gaceta Parlamentaria.
CLAUSURA Y CITA
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández (17:11 horas): Se levanta la sesión y cito para la próxima que tenga lugar mañana miércoles 15 de abril del año en curso a las 11 horas en modalidad presencial. El registro de asistencia estará disponible a partir de las 9 horas a través de las tabletas instaladas en las curules de las y los diputados.
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RESUMEN DE LOS TRABAJOS
• Tiempo de duración de la sesión: 5 horas 9 minutos
• Quórum a la apertura de la sesión: 333 diputadas y diputados
• Asistencia
• Orden del día
• Intervención desde la tribuna en lengua indígena
• Actas de las sesiones anteriores
• Comunicaciones oficiales: 6
• Solicitud de licencia: 1
• Iniciativas de los congresos estatales: 3
• Iniciativas de senadoras y senadores: 3
• Declaratoria de reforma constitucional: 1
• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 44
• Turno de iniciativas y proposiciones
• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 48
22-Morena, 6-PAN, 6-PVEM, 6-PT, 4-PRI, 4-MC
DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)