
SUMARIO
Con el propósito de preservar e impulsar el desarrollo de las lenguas indígenas nacionales, se otorga el uso de la tribuna a:
-El ciudadano Luis López Díaz, quien se expresa en lengua tsotsil
De diversas diputadas y diputado, por las que solicitan el retiro de iniciativas con proyecto de decreto, a saber:
-De la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del PRI, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, y del Código Penal Federal, con el propósito de prevenir y castigar la violencia en estadios donde acontecen espectáculos deportivos
-De la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena, que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud
-Del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Migración, y de la Ley Federal de Derechos, en materia de turismo médico
Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el segundo Informe semestral de actividades 2025 del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para su conocimiento
De la Secretaría de Gobernación, por la que remite el primer Informe bimestral 2026, concerniente al uso de los tiempos oficiales de radio y televisión, elaborado por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación. Se turna a la Comisión de Radio y Televisión, para su conocimiento
De la Cámara de Senadores, con las que remite expedientes con proyecto de decreto, que devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional:
-Por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, presentada por la senadora Sandra Simey Olvera Bautista, de Morena. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
-Por el que se reforman y adicionan los artículos 4 y 25 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, presentada por la senadora María Martina Kantún Can, de Morena. Se turna a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para dictamen
De la Fiscalía General de la República, mediante la cual remite el Informe de actividades correspondiente a 2025, que incluye el Informe de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, señalado en la Ley Nacional de Extinción de Dominio, por el periodo comprendido del 10 de agosto de 2019 al 9 de agosto de 2025. Se turna a la Comisión de Justicia, para su conocimiento
De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por medio de la cual remite la dirección electrónica para acceder al pronunciamiento sobre el deber del Estado, de garantizar los derechos humanos de las personas mayores privadas de la libertad y la adopción de medidas preventivas frente al envejecimiento de la población penitenciaria. Se turna a las comisiones de Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento
Del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente del primer receso del segundo año de la LXVI Legislatura, por el que se exhorta a las secretarías de movilidad y homólogas de las 32 entidades federativas a implementar las licencias de conducir digitales. Se remite al promovente, para su conocimiento
Del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente del primer receso del segundo año de la LXVI Legislatura, relativo a la ampliación del otorgamiento de placas vehiculares con el emblema universal de discapacidad. Se turna a la Comisión de Movilidad, para su conocimiento
De la Secretaría de Salud del estado de Baja California Sur, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, y a sus homólogas de los 32 estados, así como a la Comisión Nacional contra las Adicciones, a intensificar campañas de salud en contra de las adicciones. Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento
MINUTAS
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 3 y se adiciona una fracción IX al artículo 21 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, del Código Penal Federal, de la ley Federal de Protección al Consumidor, de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, de la Ley de Vivienda, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley General de Salud, de la Ley de Migración, de la Ley General de Educación, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, en materia de orientación sexual e identidad y expresión de género. Se turna a la Comisión de Diversidad, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 2, 4, 5, 19, 34 y 77 de la Ley de Vivienda. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 6 de octubre de cada año como el Día de los Propóleos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de julio de cada año como el Día Nacional del Cerebro. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
Desde la curul, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del PAN, hace comentarios relativos al Hospital Oncológico para la Mujer "La Pastora"
MINUTO DE SILENCIO
Desde la curul, la diputada María Magdalena Rosales Cruz, de Morena, solicita un minuto de silencio en memoria de 177 niñas que perdieron la vida en los conflictos bélicos que están ocurriendo en medio oriente, mismo que se obsequia
Desde la curul, la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del PAN, solicita un minuto de silencio en memoria del sacerdote Juan Manuel Zavala Madrigal, de Chiapas, quien fue torturado y asesinado recientemente. La Presidencia obsequia la solicitud
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
El diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, que reconoce el derecho al acompañamiento en trámites para las personas adultas mayores. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen
La diputada Teresa Ginez Serrano, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Red Nacional de Refugios. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
La diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 216 Ter y 216 Quater a la Ley General de Salud, en materia de alimentos y bebidas con colorantes artificiales que ponen en riesgo la salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de alentar la competitividad pesquera y acuícola. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen
La diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en materia de atención integral de las personas con lesiones por quemaduras. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de prescripción de faltas administrativas graves. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
La diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, para ampliar el derecho de las personas a cuentas de depósito y crédito sin comisiones. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada María de los Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, en materia de soberanía nacional. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 87 y el artículo 94, se adiciona un párrafo tercero al artículo 85, un párrafo segundo y tercero al artículo 87, un párrafo segundo al artículo 88 y un párrafo tercero al artículo 95 de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de los derechos humanos en la formación médica. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado David Azuara Zúñiga, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de desarrollo y modernización de infraestructura vial. Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen
El diputado David Azuara Zúñiga, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen
El diputado David Azuara Zúñiga, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Sector Eléctrico y a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de programas de electrificación. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
El diputado Alejandro Avilés Álvarez, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 84 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de comercialización y reventa de boletos para espectáculos. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
La diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de beneficios fiscales a las y los mexicanos con dos o más empleos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar la Violencia Digital de Género. Se turna a las Comisiones Unidas de Igualdad de Género, y Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencia de maternidad y paternidad. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, en nombre propio y del diputado Rubén Ignacio Moreira Váldez, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 96 y 98 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de tarifa diferenciada del ISR para madres solteras y madres cuidadoras. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
La diputada María de Jesús Rosete Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primero y segundo párrafos del artículo 47 y se adiciona un artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección digital y prevención del acoso y violencia digital. Se turna a la Comisión de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, en nombre propio, y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de accesibilidad a seguros de gastos médicos mayores y transparencia en tarifas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Arturo Olivares Cerda, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de licencia de maternidad. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Ricardo Crespo Arroyo, en nombre propio y de la diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 333 Bis, y se reforman los artículos 338 y 339 de la Ley General de Salud, en materia de trasplante pareado o cruzado. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de prohibición de polarizado en vehículos oficiales de seguridad pública y fortalecimiento de su identificación visual. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
El diputado Zenyazen Roberto Escobar García, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro: Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
La diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena, en nombre propio y de diputadas y diputados integrantes de esta legislatura, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los numerales 3 y 6, y se recorre el subsecuente del artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para otorgar la medalla Carlos Bremer. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
DISCUSIÓN DE DICTAMEN
El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en los artículos 79, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 84 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, por el que se propone al pleno de la Cámara de Diputados la terna de las candidatas y los candidatos para la designación de la persona titular de la Auditoría Superior de la Federación para el periodo 2026-2034
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a los resolutivos del acuerdo
Para fundamentar el dictamen, en nombre de la comisión, hace uso de la tribuna:
-El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del PVEM
En sendas votaciones económicas, se considera suficientemente discutido y se aprueba
Se procede a la elección de quien ha de ocupar el cargo de auditor superior de la Federación, en ese sentido la Presidencia comunica a la asamblea que, de conformidad con el artículo 141 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la elección se llevará a cabo por medio de votación por cédula e instruye a la Secretaría llamar a las diputadas y los diputados a votación y proceder con el pase de lista
En votación por cédula, por mayoría calificada, con fundamento en el artículo 79, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se declara electo al ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel, como auditor Superior de la Federación, por un periodo de 8 años, a partir del 15 de marzo de 2026 y hasta el 14 de marzo de 2034. Désele formato de decreto y publíquese en el Diario Oficial de la Federación. Comuníquese
La Presidencia informa que el ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel, quien fue electo como auditor Superior de la Federación, se encuentra a las puertas del salón de sesiones y nombra una comisión de cortesía para que lo acompañe en su ingreso al recinto. Acto seguido, rinde protesta de ley y entra en funciones
MINUTAS
De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
La Presidencia de la Mesa Directiva informa a la asamblea que el jueves 12 de marzo se llevará acabo el Encuentro Nacional de Mujeres para la Igualdad Sustantiva y la Democracia Paritaria, en el marco del Día Internacional de la Mujer, y extiende invitación a todas las legisladoras y legisladores
En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria. (Las iniciativas y proposiciones podrán ser consultadas en el Diario de los Debates de esta fecha, en el Apéndice)
ASISTENCIA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Solicito a la Secretaría dar cuenta del resultado del registro de asistencia de las diputadas y diputados.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Señora presidenta, se tienen registrados 288 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán (11:27 horas): Se abre la sesión ordinaria de hoy martes 10 de marzo de 2026.
ORDEN DEL DÍA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Para conocimiento de la asamblea, el orden del día se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas de las curules. Contiene los asuntos a tratar de esta sesión.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: «Segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura.
Orden del día
Martes 10 de marzo de 2026
Intervención desde la tribuna en lengua indígena
Del ciudadano Luis López Díaz, hablante de lengua tzotzil.
Actas de las sesiones anteriores
Comunicaciones oficiales
De las diputadas Lorena Piñón Rivera, Xóchitl T. Arzola Vargas y el diputado Fernando Castro Trenti
Solicitan el retiro de iniciativas.
De la Secretaría de Gobernación
Remite el segundo Informe semestral de actividades 2025 del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Remite el Informe bimestral enero-febrero de 2026, concerniente al uso de los tiempos oficiales de radio y televisión, elaborado por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación.
De la Cámara de Senadores
Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Devuelve para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 25 de la Ley de la Economía Social y Solidaria.
De la Fiscalía General de la República
Remite el Informe de actividades correspondiente a la anualidad 2025, que incluye el informe de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia señalado en la Ley Nacional de Extinción de Dominio, por el periodo comprendido del 10 de agosto de 2019 al 9 de agosto de 2025.
De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Remite la dirección electrónica para acceder al pronunciamiento sobre el deber del Estado de garantizar los Derechos Humanos de las personas mayores privadas de la libertad y la adopción de medidas preventivas frente al envejecimiento de la población penitenciaria.
Del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León
Remite dos contestaciones aprobadas por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente del primer receso del segundo año de la LXVI Legislatura.
De la Secretaría de Salud del estado de Baja California Sur
Remite contestación aprobada por la Cámara de Diputados, para intensificar campañas de salud en contra de las adicciones.
Minutas
Con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 3 y se adiciona una fracción IX al artículo 21 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas; del Código Penal Federal; de la Ley Federal de Protección al Consumidor; de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; de la Ley de Vivienda; de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación; de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; de la Ley General de Salud; de la Ley de Migración; de la Ley General de Educación; de la Ley General para la inclusión de las Personas con Discapacidad; de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias; de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes; de la Ley Nacional de Ejecución Penal; del Código Nacional de Procedimientos Penales, y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 2, 4, 5, 19, 34 y 77 de la Ley de Vivienda.
Con proyecto de decreto por el que se declara el 6 de octubre de cada año como el Día de los Propóleos Mexicanos.
Con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de julio de cada año como el Día Nacional del Cerebro.
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.
Con proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias.
Acuerdo de los órganos de gobierno
Iniciativas
Que adiciona un artículo 36 Bis a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales y declara el Día Nacional del Organillero, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Pelaéz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los numerales 1 y 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de calidad sanitaria del agua para uso y consumo humano y su saneamiento, suscrita por los diputados Luis Humberto Aldana Navarro y Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de la incorporación de la licencia menstrual, a cargo de la diputada Rufina Benítez Estrada, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de explotación sexual infantil en el contexto de viajes y turismo, suscrita por la diputada Tania Palacios Kuri y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de explotación sexual infantil en el contexto de viajes y turismo, suscrita por la diputada Tania Palacios Kuri y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de alentar la competitividad pesquera y acuícola, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforman los artículos 17 y 18 de la Ley de Planeación, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 312 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de reuniones de comisiones en modalidad semipresencial, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 159 de la Ley del Sector Eléctrico, en materia de tarifas especiales para servicios de uso doméstico, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones del artículo 3o. de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 26 de la Ley del Registro Público Vehicular, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 24 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 1o. de la Ley Agraria, a cargo de la diputada Diana Castillo Gabino, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de reconocer y garantizar los derechos de la naturaleza, a cargo del diputado Ramón Ángel Flores Robles, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de protección a los jornaleros agrícolas indígenas, a cargo del diputado Gerardo Olivares Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de género y de prevención y erradicación de la violencia hacia las mujeres, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de prevención de la convivencia o cohabitación forzada, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de anuncios y publicidad e información engañosa patrocinada, a cargo del diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 260 Bis al Código Penal Federal, en materia de prevención y atención al abuso sexual, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona los artículos 54, 55 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de plurinominales, a cargo del diputado Mario Calzada Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, en materia de igualdad sustantiva y derechos de las mujeres ejidatarias, a cargo de la diputada Nadia Navarro Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley General de Cambio Climático, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de corredores biológicos y conectividad ecológica, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 42 Ter a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a fin de establecer días de descanso obligatorio del 24 de diciembre al 2 de enero para las personas trabajadoras que desempeñan funciones no esenciales, a cargo del diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 14 de septiembre de cada año Día del Legislador en México, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, que reconoce el derecho al acompañamiento en trámites para las personas adultas mayores, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 27 Bis a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a fin de establecer la obligación de que las instituciones públicas ubicadas en zonas rurales adquieran prioritariamente bienes y productos producidos en la misma comunidad o región, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, para ampliar el derecho de las personas a cuentas de depósito y crédito sin comisiones, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la denominación del Capítulo IV y los artículos 16 y 18 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma las fracciones I y II del artículo 17 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Francisco Javier Velázquez Vallejo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el primer párrafo del artículo 87, y el artículo 94; adicionan un párrafo tercero al artículo 85; un párrafo segundo y tercero al artículo 87, un párrafo segundo al artículo 88 y un párrafo tercero al artículo 95, todos de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de los derechos humanos en la formación médica, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que declara el 5 de junio como el Día Nacional de la Lucha contra la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de fortalecimiento de la soberanía alimentaria y el derecho a la alimentación, mediante el reconocimiento de la miel como producto estratégico, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5o., 6o. y 9o. de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en materia de preservación, reconocimiento y memoria de las lenguas indígenas en peligro de desaparición y de las lenguas indígenas extintas, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el primero y segundo párrafo del artículo 47 y adiciona un artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección digital y prevención del acoso y violencia digital, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 78 y adiciona el artículo 78 Bis de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de sanciones, a cargo de la diputada Alma Laura Ruiz López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de licencias de maternidad, a cargo del diputado Arturo Olivares Cerda, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de prohibición del polarizado en vehículos oficiales de seguridad pública y fortalecimiento de su identificación visual, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el numeral 2o. de la fracción VIII y el numeral 4 de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato, a cargo del diputado Gilberto Herrera Solórzano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de Violencia Obstétrica, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 85 y 95 de la Ley General de Salud, en materia de organización de jornadas laborales, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma artículo 41 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 37 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 2o. y 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de situaciones de riesgo, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que declara el 14 de noviembre de cada año como Día Nacional de las y los Vendedores Ambulantes, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y del Código Penal Federal, en materia de violencia sexual cometida en el servicio de transporte público y transporte privado por aplicación, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 298 y 301 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para garantizar el derecho a la educación integral en sexualidad y a la salud sexual y reproductiva de adolescentes, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Migración y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de inclusión financiera y autonomía económica de las mujeres del medio rural, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley General de Salud Mental, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de promoción de la minería urbana y el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos, a cargo del diputado Noel Chávez Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aeropuertos, de la Ley de Aviación Civil y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Arturo Yáñez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en materia de atención integral de las personas con lesiones por quemaduras y de atención especializada para niñas, niños y adolescentes con lesiones por quemaduras, así como para incorporar dos institutos nacionales especializados en quemaduras, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 72 de la Ley General de Salud, en materia de atención a la depresión infantil, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 15 Ter de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de derechos y no discriminación para garantizar la igualdad y el pleno respeto a todas las personas, sin distinción alguna por motivo de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 29 y 49 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de incorporación de criterios de vulnerabilidad territorial y riesgo en la determinación de las zonas de atención prioritaria, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 01 de julio de cada año Día Nacional de la Partera Rural, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 60 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Francisco Javier Velázquez Vallejo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 272 Bis 1 de la Ley General de Salud, en materia de valoración psicológica previa para la protección integral de menores de 18 años en procedimientos médico quirúrgicos de carácter estético, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXI del artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de avances tecnológicos, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 31, recorriéndose los subsecuentes, de la Ley General de Cambio Climático, en materia de mitigación climática basada en ecosistemas, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 15 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prosperidad compartida, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VII del artículo 1o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de participación de las comunidades indígenas, afromexicanas y de la comunidad académica y científica en la mitigación del cambio climático, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 18 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de educación ambiental comunitaria con participación de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XVII, recorriéndose la subsecuente, del artículo 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de protección y reposición de árboles en zonas urbanas, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XI del artículo 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de planeación y protección urbana frente a temperaturas extremas, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción X Bis del artículo 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de movilidad urbana sustentable, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción IX del artículo 4o. de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de movilidad activa con enfoque ambiental, a cargo del diputado Leoncio Alfonso Morán Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 27 y 77 Bis 37 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 50 y 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por la diputada María del Rosario Guzmán Avilés y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de regulación de la venta de boletos para espectáculos públicos, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 28 de la Ley del Sector Eléctrico, a cargo del diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de permisos de paternidad, a cargo del diputado Arturo Olivares Cerda, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 501 y 502 de la Ley Federal del Trabajo, para fortalecer el reconocimiento de beneficiarias y beneficiarios con discapacidad, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, en materia de prevención, sanción y atención integral del reclutamiento forzado, a cargo del diputado Óscar Iván Brito Zapata, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo segundo a la fracción V del artículo 116 de la Ley General de Víctimas, en materia del fomento de la cultura de la denuncia desde la edad temprana, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 12 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 3o., 25 y 35, y se adiciona un artículo 28 Bis de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de plagio de diseños, creaciones artesanales o expresiones culturales tradicionales, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 199 Octies del Código Penal Federal y el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de violencia digital, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, en materia de soberanía nacional, a cargo de la diputada María de los Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción IV del artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de nuevas tecnologías, a cargo de la diputada Rocío López Gorosave, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el segundo párrafo del artículo 36 y el artículo 46 de la Ley de Aeropuertos, en materia de acceso de agua potable gratuita en los aeropuertos nacionales, a cargo de la diputada Flor de María Esponda Torres, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de conectividad ecosistémica y servicios ecosistémicos de polinización, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año Día Nacional de los Bosques, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de revictimización, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 182 Bis de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 1253, fracción I, del Código de Comercio, en materia de derecho a la probanza, debido proceso y tutela judicial efectiva, a fin de eliminar un requisito formal declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a cargo de la diputada Astrit Viridiana Cornejo Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 50 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 79 Bis de la Ley General de Protección Civil, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General de Sociedades Cooperativas y se abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 1994, suscrita por la diputada María Magdalena Rosales Cruz y diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un párrafo a la fracción IV del artículo 185 y adiciona un párrafo a la fracción VIII del artículo 186 de la Ley Federal de Derechos, se adiciona un párrafo al artículo 23 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, en materia de gratuidad del primer registro y otorgamiento del título profesional en las instituciones de educación superior pública, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara al 3 de enero como el Día Nacional de los Ejidos y las Comunidades Agrarias, a cargo de la diputada Zoraya Villacis Palacios, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 150 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prevención de accidentes por transporte de materiales peligrosos en áreas urbanas, a cargo de la diputada Rosario del Carmen Moreno Villatoro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción VI al artículo 13 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 97 del Código Penal Federal, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 7o. de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Aciel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXVI al artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de educación financiera y productiva con enfoque comunitario, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 233 y 238 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de gestión integral de riesgos y protección civil, a cargo del diputado Jesús Irugami Perea Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción del financiamiento público a los partidos políticos, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821, a cargo del diputado Zenyazen Roberto Escobar García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal de Sanidad Animal, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y del Código Penal Federal, en materia de protección, bienestar y tenencia responsable de animales de compañía, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del régimen de propiedad en condominio, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho a reparar y sostenibilidad del consumo, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, en materia de derecho a reparar y libre concurrencia en los servicios de reparación, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para garantizar el derecho a reparar y fortalecer los derechos de las personas consumidoras, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de responsabilidad extendida del productor, prevención de residuos y prolongación de la vida útil de los bienes, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de economía circular, prevención de residuos y derecho a reparar, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 41 base I, primer párrafo; 52; 53 segundo párrafo y 54 fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Rosa María Castro Salinas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Infraestructura de la Calidad, en materia de durabilidad, reparabilidad y disponibilidad de refacciones, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona los artículos 49 Bis, 49 Ter, 49 Quáter y 49 Quintus de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en materia de víctimas indirectas de feminicidio, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 325 del Código Penal Federal, en materia de víctimas indirectas de feminicidio, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de reconocimiento, protección y derechos procesales de las víctimas indirectas de feminicidio, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 4o. y 31 la Ley General de Víctimas, en materia de víctimas indirectas de feminicidio, a cargo del diputado Arturo Ávila Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción VI del artículo 9o. de Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de enfoque preventivo del ámbito situacional por medio del uso de espacios públicos para el desarrollo de actividades deportivas, culturales, artísticas y de esparcimiento, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones a la Ley de Energía para el Campo, en materia de actualización institucional y lenguaje incluyente, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 48 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de reasignación operativa progresiva del personal policial en etapa previa al retiro, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 42 y 52 de la Ley de Migración, en materia de regularización y vías legales de estancia para la población migrante en situación de permanencia forzada en México, suscrita por el diputado Víctor Adrián Martínez Terrazas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Educación, para crear el Sistema Nacional de Atención Integral en Salud Mental Infantil, suscrita por el diputado José Guillermo Anaya Llamas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 60 y 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en materia de fortalecimiento económico de las mujeres emprendedoras, suscrita por la diputada Mónica Becerra Moreno y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 84 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de comercialización y reventa de boletos para espectáculos, a cargo del diputado Alejandro Avilés Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona los artículos 216 Ter y 216 Quáter a la Ley General de Salud, en materia de alimentos y bebidas con colorantes artificiales que ponen en riesgo la salud, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 414 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Mario Alberto López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de regulación de patines y motocicletas de motor de baja potencia, a cargo del diputado Antonio de Jesús Ramírez Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma los artículos 444 y 444 Bis del Código Civil Federal, a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de implementación de medios digitales en el proceso legislativo, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reconocimiento de los ecosistemas digitales e inteligencia artificial, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de prohibir la retención de recursos federales etiquetados a los municipios por parte de las entidades federativas, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 272 Bis 1 de la Ley General de Salud, en materia de cirugías estéticas para menores de 18 años, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de profesionalización policial y coordinación interinstitucional, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona los artículos 44 Bis, 150 Ter y 150 Quater a la Ley Sobre el Contrato de Seguro, a cargo del diputado Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de fortalecimiento de las comisiones de ordenamiento de las zonas metropolitanas interestatales e intermunicipales, a cargo del diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de protección integral a la salud de personas practicantes de manifestaciones culturales tradicionales de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas que impliquen riesgo físico, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 327 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de prescripción de faltas administrativas graves, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 83 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de educación penitenciaria, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona los artículos 75 Bis y 75 Ter a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de protección de las personas consumidoras en las preventas inmobiliarias, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de tarifas de estacionamiento y accesibilidad económica en los servicios de movilidad, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, en materia de reparación integral por maltrato animal, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear el Centro de Análisis y Consulta Indígena, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, para crear el Centro de Análisis y Consulta Indígena, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 37 y 38 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de igualdad sustantiva, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 3 Bis, 11, 132 fracción XXXI y 291-R de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Karina Isabel Martínez Montaño, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, a cargo de la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de reconocimiento y acreditación del concubinato para el acceso a derechos de seguridad social, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de sobrerrepresentación, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, en materia de protección del derecho de niñas, niños y adolescentes a un entorno digital seguro, accesible y apropiado a su edad, a cargo del diputado Ricardo Madrid Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera y de la Ley de Comercio Exterior, en materia de medidas para impedir la importación de mercancías vinculadas con las peores formas de trabajo infantil, a cargo del diputado Ricardo Madrid Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
De decreto por el por el que se inscribe con letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión A los Pueblos Originarios y Comunidades Indígenas, a cargo de la diputada Leticia Barrera Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de medición y disminución de la huella de carbono, a cargo del diputado Israel Betanzos Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para prohibir en aplicaciones digitales las alertas sobre dispositivos de control de velocidad y seguridad vial, a cargo del diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de centros de educación y cuidado infantil, a cargo del diputado Arturo Olivares Cerda, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 75 y adiciona un artículo 75 Bis a la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de valoración integral de ingreso y de egreso para personas recluidas en centros penitenciarios, suscrita por las diputadas Mildred Concepción Ávila Vera y Anais Miriam Burgos Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 39 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Montserrat Ruiz Páez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 1o., 7o. y 63 de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Elda Esther del Carmen Castillo Quintana, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción II del artículo 53 y la fracción III del artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de garantía de asistencia humana en mecanismos de atención al consumidor en el comercio electrónico, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 333 Bis; y reforma los artículos 338 y 339 de la Ley General de Salud, en materia de trasplante pareado o cruzado, suscrita por los diputados Mirna María de la Luz Rubio Sánchez y Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud tradicional e intercultural, suscrita por los diputados Tey Mollinedo Cano, Pedro Mario Zenteno Santaella y Jaime Humberto Lastra Bastar, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el Capítulo VIII y los artículos 156, 157, 158, 159, 160 y 161 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de violencia deportiva, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 12 y 13, adiciona una fracción VI al artículo 21 de la Ley Federal de Austeridad Republicana y adiciona un artículo 64 Quintus a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de cargos honoríficos, a cargo del diputado Raymundo Vázquez Conchas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 303 del Código Civil Federal, en materia del pago retroactivo de alimentos desde el nacimiento del menor, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 19 Bis a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de manejo de residuos generados por actividades de construcción y protección de los mantos acuíferos, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley General de Acceso Integral a los Derechos de las Personas Trans, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el Código Penal Federal, en materia de acoso y hostigamiento sexual, a cargo de la diputada Mónica Angélica Álvarez Nemer, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de acoso y hostigamiento sexual, a cargo de la diputada Mónica Angélica Álvarez Nemer, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el párrafo primero del artículo 79 de la Ley General de Salud, en materia de quiropráctica, suscrita por el diputado Arturo Roberto Hernández Tapia y la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona dos párrafos al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para que el autotransporte público federal, especialmente los tractos camiones de doble remolque cumplan estrictamente con las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-STC-2-2027, a cargo del diputado Alberto Maldonado Chavarín, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 65 del Código Civil Federal, en materia de protección integral de la niñez, a cargo del diputado José Alejandro Peña Villa, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar facultades al Congreso de la Unión, con el objeto de legislar en materia de derechos de las poblaciones de la diversidad sexual y de género, a cargo del diputado Jaime Genaro López Vela, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 7 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para garantizar la incorporación de advertencias sanitarias visibles en productos que representen riesgos para la salud infantil, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 144 de la Ley General de Víctimas, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de ordenamiento turístico territorial, a cargo del diputado Ricardo Crespo Arroyo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de inclusión a las personas adultas mayores y personas en condiciones de discapacidad, a cargo de la diputada Clara Cárdenas Galván, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de fomento a la micocultura y al aprovechamiento sustentable de los recursos micológicos, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un tercer párrafo al artículo 61 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de mobiliario de descanso en establecimientos de acceso público, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 102 Apartado A y 116 fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia procuración y acceso a la justicia, a cargo de la diputada Gabriela Valdepeñas González, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 8o., fracción VII y 19, fracción IX, inciso b) de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, en materia de actualización de facultades de la Secretaría de Marina como autoridad marítima nacional, a cargo del diputado Humberto Coss y León Zúñiga, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el Decreto que dispone se inscriban con letras de oro en los muros del Congreso de la Union los nombres de las heroínas ilustres Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario, Mariana Rodríguez del Toro de Lazarín y Antonia Nava publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de octubre de 1948, suscrita por las diputadas Anais Miriam Burgos Hernández y Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción VI al artículo 91 de la Ley General de Población, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción III bis y la fracción V al artículo 43 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 7o. y el artículo 92 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, en materia de amenazas a la integridad, estabilidad y viabilidad del estado mexicano en materia de prevención de tráfico de armas, piezas, componentes y municiones, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 7o. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María Damaris Silva Santiago, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción XVI al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Leide Avilés Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 107 Bis del Código Penal Federal, en materia de imprescriptibilidad de los delitos cometidos contra niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Alejandra Hernández Sáenz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para modificar el mecanismo de asignación de las y los legisladores por el principio de representación proporcional, a cargo del diputado Óscar Iván Brito Zapata, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 89 Bis a la Ley General de Salud, en materia de apoyos a las personas pasantes de las profesiones para la salud, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, a cargo del diputado José Armando Fernández Samaniego, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de legisladores plurinominales, a cargo de la diputada Katia Alejandra Castillo Lozano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de prevención de adicciones digitales, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, suscrita por los diputados Homero Ricardo Niño de Rivera Vela, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Samantha Margarita Garza de la Garza y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de derechos de las mujeres referentes a la maternidad, suscrita por la diputada María Isabel Rodríguez Heredia y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, en materia de protección de los derechos de los pasajeros, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de información climática clara y accesible, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de vulnerabilidad y riesgos climáticos, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 37 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 7o., 10 y 13 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 74 Sexies a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 95 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo del diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una Ley General en Materia de pirotecnia y artefactos explosivos, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputadp Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 27 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de transparencia, datos abiertos y seguimiento de indicadores de seguridad vial, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 52 Bis de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en materia de transparencia y publicidad de la bitácora electrónica de obra fundamentación, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en materia de transparencia y justificación en las adjudicaciones directas fundamentación, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de transparencia, georeferenciación y seguimiento de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Víctimas, en materia de ventanilla única digital y plazos máximos de atención, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de beneficios fiscales a las y los mexicanos con dos o más empleos, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Mario Calzada Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 53 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para fortalecer el reconocimiento, protección, inclusión plena y el ejercicio efectivo de los derechos de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducibilidad total de la nómina para micro, pequeñas y medianas empresas, suscrita por el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de violencia vicaria, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley General para Prevenir y Sancionar la Violencia Digital de Género, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para la atención de la salud mental de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de incumplimiento reiterado de las obligaciones de declaración patrimonial y de intereses, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación al derecho de toda persona a ser buscada, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 34 de la Ley General de Archivos, en materia de expediente electrónico mínimo obligatorio, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de regulación de boleteras, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial en los procesos educativos, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de enseñanza digital y financiera, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la autonomía, los principios rectores de la administración y disciplina del Poder Judicial de la Federación, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona diversas disposiciones, al Código Penal Federal, en materia de ecocidio, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el primer párrafo del artículo 199 Septies, 199 Octies y el último párrafo del artículo 202, todos del Código Penal Federal, en materia de uso indebido de la Inteligencia Artificial, a cargo de la diputada Magda Erika Salgado Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, en materia de transparencia y acceso a la información para la seguridad de niñas y niños en los centros de atención infantil, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de evaluación, transparencia y rendición de cuentas de los instrumentos de planeación urbana, a cargo de la diputada Alma Laura Ruiz López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 9o. fracción VII de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 3o. y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la cultura cívica democrática, a cargo de la diputada Rosa María Castro Salinas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el numeral 5 del artículo 280 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de inclusión y accesibilidad electoral para las personas con discapacidad, a cargo del diputado Jorge Luis Sánchez Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados, el nombre de Jesús González Ortega, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo una cuota de contratación obligatoria de personas con discapacidad del 5% de sus trabajadores a todas las empresas con más de 50 trabajadores, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Salud Mental y Adicciones, publicado el 16 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 156 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Francisco Adrián Castillo Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 39 Bis al Código Fiscal de la Federación, en materia de Zona Estratégica Fronteriza Insular, suscrita por las diputadas Freyda Marybel Villegas Canché y Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 66, párrafo segundo; y adiciona una fracción al artículo 3o. y una fracción al artículo 52 de la Ley de Migración, a cargo de la diputada Sandra Beatriz González Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5o., fracción XI, 56, y 133, fracción I; y adiciona una fracción al artículo 284 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Sandra Beatriz González Peréz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 26, 73 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 13 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona diversas disposiciones al artículo 1o. de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, para hacer efectiva esa figura en las entidades federativas, a cargo del diputado Agustín Alonso Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 1934 del Código Civil Federal, en materia de imprescriptibilidad de la acción de responsabilidad civil derivada de actos de violencia sexual cometidos contra personas menores de dieciocho años, a cargo de la diputada Blanca Araceli Narro Panameño, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el inciso m) del artículo 44 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el artículo 16 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 9 de diciembre como Día Nacional en Contra de las Violencias, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los numerales 3 y 6 y se recorre el subsecuente, del artículo 261, del Reglamento de la Cámara de Diputados, para otorgar la medalla Carlos Bremer, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena y diversos diputados integrantes de la LXVI Legislatura.
Que reforma la fracción X del artículo 6o. de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a fin de sustituir la denominación Distrito Federal por Ciudad de México, a cargo de la diputada Astrit Viridiana Cornejo Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 419 Ter al Código Penal Federal, en materia de protección animal, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XII al artículo 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de aprendizaje de lenguas extranjeras, a cargo de la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 6o. así como un artículo 20 Septies a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a cargo de la diputada Margarita Corro Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la denominación del Título Noveno; se adiciona un Capítulo III y un artículo 211 Bis 8 al Código Penal Federal, en materia de uso indebido de la inteligencia artificial y otras tecnologías análogas, a cargo del diputado Daniel Murguía Lardizábal, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 5o., 9o. y 63 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos, en materia de régimen especial de contrataciones aplicable a sus empresas filiales, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 6 Bis, un tercer párrafo al artículo 7o. y un segundo párrafo al artículo 16 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXXIV al artículo 132 a la Ley Federal del Trabajo, a fin de establecer la obligación patronal de implementar el teletrabajo como medida preventiva de protección a la salud y seguridad de las personas trabajadoras durante declaratorias oficiales de contingencia, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de desarrollo y modernización de infraestructura vial, suscrita por el diputado David Azuara Zúñiga y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por el diputado David Azuara Zúñiga y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Sector Eléctrico y a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de programas de electrificación, suscrita por el diputado David Azuara Zúñiga y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 81, 84, 99, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral para la segunda vuelta para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 113 y un artículo 113 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Paulo Gonzalo Martínez López y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 25 y 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción del impuesto sobre la renta tratándose de alimentos consumidos en restaurantes, suscrita por la diputada Eva María Vásquez Hernández y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 387 Bis al Código Penal Federal, en materia de suplantación de identidad digital, suscrita por la diputada Nancy Aracely Olguín Díaz y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo del diputado Jonathan Puertos Chimalhua, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y del Código de Comercio, a cargo de la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de eutanasia, a cargo de la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de peligro de contagio, a cargo de la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, en materia de evasión fiscal, a cargo de la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de impuesto a las grandes riquezas, a cargo del diputado José Luis Sánchez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de derecho a la educación de calidad en escuelas rurales, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de matrimonios forzados de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Martha Aracely Cruz Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 79 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de facultad de fiscalización exclusiva de la ASF, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de cuidado y atención durante el periodo perinatal, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 50 y adiciona un artículo 50 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de cáncer infantil, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencia de maternidad y paternidad, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 46 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de la implementación de mecanismos obligatorios ante denuncias por violencia contra la niñez. a cargo del diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sobre la coordinación y difusión del calendario oficial, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 189 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de producción y distribución cinematográfica nacional de contenido que exponga al narcotrafico o crimen organizado como una forma de vida digna de orgullo o historia de superación, a cargo del diputado Emilio Lara Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 103 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de responsabilidad administrativa de servidores públicos por omisión en la protección de niñas, niños y adolescentes, a cargo del diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y de la Ley General de Educación, en materia de prevención y atención efectiva de la discriminación y acoso escolar, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Educación, para establecer la obligatoriedad de la inclusión de la cultura democrática y la importancia del ejercicio del voto en los planes y programas de estudio de la educación básica y media superior, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, en materia de acceso gratuito, oportuno y sin interrupciones a la atención del cáncer en niñas, niños y adolescentes, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación Superior, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, en materia de transparencia en los procesos de admisión a la educación superior, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Sector Eléctrico y de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de ordenamiento, eficiencia y transparencia de los costos de producción del sector eléctrico mexicano, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derecho a la desconexión digital, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de responsabilidad institucional y rendición de cuentas de los servidores públicos, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que expide la Ley General de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, a cargo de la diputada Azucena Arreola Trinidad, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona la fracción XXXV al artículo 2o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de discriminación por subrepresentación en la accesibilidad y diseño universal, a cargo de la diputada Jazmín Yaneli Villanueva Moo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona una fracción y se recorre la subsecuente al artículo 72 de la Ley General de Educación, en materia de uniforme escolar neutro para estudiantes, suscrita por los diputados Luis Humberto Fernández Fuentes, Jaime Genaro López Vela y Anais Miriam Burgos Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de protocolos de prevención, detección y atención de la violencia escolar, suscrita por el diputado José Guillermo Anaya Llamas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona los artículos 366 Quinquies al Código Penal Federal y 14 Bis a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado José Manuel Hinojosa Pérez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de centros de rehabilitación, suscrita por la diputada Mónica Becerra Moreno y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 2149 del Código Civil Federal, en materia de incremento del periodo para solicitar el resarcimiento por vicios ocultos derivado de la compra de una vivienda nueva, a cargo del diputado José Braña Mojica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reconocer el derecho humano al cuidado y los derechos de las personas cuidadoras, a cargo del diputado José Braña Mojica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de infraestructura social preventiva, accesibilidad universal y reconstrucción del tejido social, a cargo del diputado José Braña Mojica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Carlos Arturo Madrazo Silva, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Economía Circular, a cargo del diputado José Antonio Gali López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 220 del Código Penal Federal, en materia de prevención de actos de extorsión y abuso de autoridad, a cargo del diputado Héctor Alfonso de la Garza Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 38 de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de registro y sistematización de información de ejemplares rescatados en los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre, a cargo del diputado Luis Orlando Quiroga Treviño, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona un artículo 63 Ter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. a cargo de la diputada Leticia Barrera Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 3o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de vivienda adecuada, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 96 y 98 de Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de tarifa diferenciada del ISR para madres solteras y madres cuidadoras, suscrita por los diputados Ariana del Rocío Rejón Lara, Rubén Ignacio Moreira Valdez y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de jornada laboral de 40 horas con 2 días de descanso, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 95, 96 y 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de proceso de selección de candidatas y candidatos para ocupar cargos del poder judicial, suscrita por los diputados Pablo Vázquez Ahued y Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona los artículos 35 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de legitimación ciudadana para promover acciones de inconstitucionalidad, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Secretaría de Justicia, a cargo del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de regulación de plásticos, a cargo de la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 201, 202, 203, 205 y 206 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de procedimiento abreviado, suscrita por los diputados Gerardo Ulloa Pérez, Julio César Moreno Rivera, Emilio Ramón Ramírez Guzmán y Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 15 y 16 del Código Penal Federal, en materia de legítima defensa con perspectiva de género, a cargo de la diputada Alma Laura Ruiz López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 343 Quinquies del Código Penal Federal, a cargo del diputado Gabino Morales Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 7 de julio de cada año Conmemoración de la Transformación de la Reforma, a cargo del diputado Fernando Mendoza Arce, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 56 de la Ley General de Víctimas, en materia de vivienda adecuada, a cargo de la diputada María del Rosario Orozco Caballero, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 7 de marzo de cada año, Día Nacional de la Mujer Transportista, a cargo de la diputada Claudia Leticia Garfias Alcántara, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción XXII del artículo 304-A de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona la Ley General de Educación, en materia de uso seguro y responsable de tecnologías de la información, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción III del artículo 1o. y la fracción XXXV y se adiciona la fracción XXXVI del artículo 9o., ambos de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en materia de menstruación digna, a cargo de la diputada Marisela Zúñiga Cerón, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de publicidad engañosa y regulación de los denominados productos milagro, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que deroga el inciso a) del artículo 5o. y reforma el artículo 8o. de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, con el objeto de fortalecer un servicio público competitivo y eficiente, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho al cuidado materno-infantil correspondiente a la licencia de maternidad, a cargo de la diputada María Magdalena Rosales Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un cuarto párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección de neuroderechos, suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila, Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila, Alfonso Ramírez Cuéllar, Leonel Godoy Rangel y diversas diputadas y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena, del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional, del Partido del Trabajo, del Partido Verde Ecologista de México y de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona un artículo 56 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el inciso A), base II, del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de financiamiento para partidos políticos, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 52, 53 y deroga el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de diputados electos por el principio de representación proporcional mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales y reforma el artículo 56 del mismo ordenamiento relativo a las senadurías electas por el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas de una sola circunscripción plurinominal nacional, a cargo de la diputada Beatriz Andrea Navarro Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en materia de financiamiento, a cargo de la diputada Haidyd Arreola López, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 30 y 115 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María de los Ángeles Ballesteros García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción XXX y se adiciona una fracción XXXI al artículo 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Sandra Anaya Villegas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 28 Bis a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de fomento al uso de biodigestores para el aprovechamiento de residuos orgánicos, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 10 Ter a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para erradicar prácticas comerciales abusivas basadas en presión emocional y urgencia artificial, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de denominación de la Cámara de Diputados a Cámara de Diputadas y Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la Ley Nacional de Ejecución Penal y de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias y del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 26 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, en materia de recaudación municipal para el fomento, difusión, conservación, preservación y/o investigación de las manifestaciones culturales, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 145 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de conformación de consejos consultivos de niñas, niños y adolescentes, bajo el principio de igualdad sustantiva, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversos artículos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de economía circular educativa, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 3 de octubre de cada año como el Día Nacional del Café Mexicano, a cargo del diputado Emilio Ramón Ramírez Guzmán, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma la fracción V del artículo 90 del Título Cuarto, Capítulo Primero de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Bertha Osorio Ferral, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia inclusión laboral de personas con discapacidad, a cargo de la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 58-Bis de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para sancionar el cobro de citas en consulados, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en materia de acceso a la justicia, servicios públicos y preservación digital de las lenguas indígenas, a cargo del diputado Luis Morales Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 41, 52, 54, 55, 56 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de registro de partidos políticos y asignación de senadurías y diputaciones federales y locales por el principio de representación proporcional, a cargo de la diputada Carina Piceno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de ampliación del permiso de paternidad, para el cuidado y atención de la madre y del neonato, en casos de complicaciones médicas en el postparto, suscrita por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 7o. y 22 de la Ley General de Cambio Climático, suscrita por el diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de accesibilidad a seguros de gastos médicos mayores y transparencia en tarifas, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de acceso a práctica del ajedrez y otros juegos de estrategia, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por el diputado Fernando Torres Graciano y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley de Promoción al Consumo y Fomento a la Competitividad del Calzado Mexicano, suscrita por el diputado Fernando Torres Graciano y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de formación dual y empleo juvenil, suscrita por el diputado José Guillermo Anaya Llamas y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de información y evaluación de los programas turísticos federales, suscrita por la diputada Julia Licet Jiménez Angulo y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de derechos a la protección de la salud y servicios básicos de salud, suscrita por la diputada Martha Amalia Moya Bastón y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 202 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales para programas de capacitación, tutoría y mentoría en competencias digitales y tecnológicas dirigidos a mujeres jóvenes residentes en zonas rurales, suscrita por el diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 14 Bis a la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscrita por la diputada Mónica Becerra Moreno y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 353-B, 353-C y 353-E de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, suscrita por el diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género en las candidaturas a gubernaturas y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, suscrita por el diputado Armando Tejeda Cid y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de límites a la sobrerrepresentación y cómputo agregado de coaliciones electorales, suscrita por el diputado Armando Tejeda Cid y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona un artículo 311 Bis al Código Penal Federal, en materia de protección reforzada de niñas, niños y adolescentes frente a la violencia armada en espacios públicos, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 52 de la Ley de Migración, en materia de garantizar procesos simplificados de regularización migratoria para trabajadores temporales y promover mecanismos de integración social y acceso a programas de bienestar para residentes permanentes, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 111 de la Ley de Migración, a fin de priorizar el uso de medidas alternativas a la detención para personas migrantes que ingresen por la frontera sur, suscrita por el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Fernando Torres Graciano y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, suscrita por diversas diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de diversos grupos parlamentarios.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona los artículos 109 y 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Casandra Prisilla de los Santos Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona el artículo 92 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Claudia Sánchez Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de regulación de dispositivos móviles y educación digital, a cargo del diputado Juan Carlos Valladares Eichelman, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de protección de las artesanías tradicionales y obras de las culturas populares, a cargo del diputado Juan Carlos Valladares Eichelman, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 3 Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Adolfo Alatriste Cantú, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
De decreto por el que se inscribe con letras doradas en el Muro de Honor del salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados el nombre de Francisco González Bocanegra, suscrita por diversas diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y de diversos Grupos Parlamentarios.
Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de armonización legal de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Deliamaría González Flandez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo de la diputada Diana Karina Barreras Samaniego, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 83 Bis y adiciona los artículos 83 Ter y 83 Quáter a la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de explotación comercial de obras audiovisuales, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 4o. y 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 46 Bis a la Ley General de Educación Superior, en materia de servicios psicológicos en instituciones de educación superior, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, en materia de incremento de penas en delitos de violencia en contra de adultos mayores, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud y a la Ley del Seguro Social, en materia de homologar la prestación de servicios de salud y establecer responsabilidades concurrentes sobre cáncer infantil, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de retorno social para la niñez, juventud y el deporte, suscrita por diversas diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de uso y beneficios de la aplicación de la inteligencia artificial en la vida cotidiana, suscrita por diversas diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reconocer el derecho humano al acceso a la energía eléctrica, a cargo de la diputada Leticia Barrera Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada, a cargo de la diputada Paloma Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Aguas Nacionales, en materia de infraestructura hídrica para zonas metropolitanas de alta densidad poblacional, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 54, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de sobrerrepresentación de partidos políticos y coaliciones electorales, a cargo del diputado Victor Samuel Palma César, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de apoyo a las y los jóvenes en la reconstrucción del tejido social desde los municipios, a cargo del diputado Juan Moreno de Haro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para eliminar el veto de bolsillo en el poder legislativo, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de lenguaje claro y accesibilidad cognitiva, a cargo del diputado Israel Betanzos Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma político-electoral, suscrita por las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de reforma político-electoral, suscrita por las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en materia de reforma político-electoral, suscrita por las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de reforma político-electoral, suscrita por las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de reforma político-electoral, suscrita por las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de permiso de salud mental, suscrita por diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de verificación de profesionales de la salud en plataformas digitales, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor y de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en materia de imágenes alteradas con inteligencia artificial o deepfakes, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal, en materia de orden de los apellidos registrados en las actas de nacimiento, a cargo de la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en materia de fortalecimiento de la Auditoría Superior de la Federación, suscrita por la diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y el diputado Javier Octavio Herrera Borunda del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Educación, para incorporar acciones para la capacitación en resucitación cardiopulmonar (RCP), suscrita por las diputadas Claudia Gabriela Salas Rodríguez y Amancay González Franco del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona los artículos 52 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acciones afirmativas a favor de los grupos en situación de vulnerabilidad, a cargo del diputado Juan Armando Ruiz Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y suscrita por diversos diputados de diversos grupos parlamentarios.
De decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión la leyenda Tlaxcala, 500 años, a cargo del diputado Gibrán Ramírez Reyes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Civil Federal y del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, para fortalecer la protección integral de niñas, niños y adolescentes frente al abandono y al incumplimiento de obligaciones alimentarias, y garantizar la corresponsabilidad familiar en su cumplimiento, a cargo del diputado Gildardo Pérez Gabino, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 15 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de eliminación de cobro de suministro a escuelas públicas de nivel básico, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inteligencia artificial, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
De decreto por el que se declara el 19 de febrero como Día Nacional de la Prevención y Control del Gusano Barrenador del Ganado, a cargo del diputado Francisco Javier Farías Bailón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, suscrita por las diputadas Irais Virginia Reyes de la Torre y Patricia Flores Elizondo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de red nacional de refugios, suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Dictamen a discusión
De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación relativo a la designación de la persona titular de la Auditoría Superior de la Federación para el periodo 2026-2034.
Efeméride
Con motivo del aniversario luctuoso de Josefa Ortiz Téllez-Girón.
Proposiciones
Con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el que se solicita a diversas autoridades federales, estatales y municipales, a fortalecer las acciones de protección, conservación y restauración del medio ambiente; así como, a implementar medidas preventivas para mitigar los efectos del cambio climático y el deterioro ecológico, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita de manera respetuosa al Director General de Pemex, a realizar supervisiones y esclarecer los señalamientos que hacen los trabajadores de los Complejos Petroquímicos: Morelos, Pajaritos, Cangrejera y Cosoleacaque, ubicadas en el Sur de Veracruz, sobre la existencia de explotación laboral, a cargo del diputado Isidro Enrique Villegas García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente al Titular de la SEP, por medio del Conocer, a realizar la revisión y actualización del estándar de Competencia No. EC1084, concerniente a la Preparación de Gastronomía Mexicana Popular y Tradicional, a cargo de la diputada Gissel Santander Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la SEP y al Gobierno del estado de Sinaloa que fortalezcan mecanismos de reconocimiento y acreditación de saberes y aprendizajes, a cargo de la diputada Olegaria Carrazco Macías, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo para solicitar respetuosamente a la SICT, así como Caminos y Puentes Federales, a implementar mecanismos de pago digital en casetas de cobro federales, a cargo del diputado Carlos Ignacio Mier Bañuelos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo para solicitar respetuosamente a la Secretaría de Salud del Gobierno de México, y a su homóloga en el estado de Puebla para que, en coordinación con IMSS-Bienestar, lleven a cabo una campaña permanente de prevención, detección temprana, control y seguimiento adecuado de diabetes mellitus en dicha entidad federativa, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo para solicitar respetuosamente a las secretarías de Bienestar o, en su caso, a las secretarías de Desarrollo Social de las entidades federativas y a los municipios de la República mexicana a que, en el presente año, implementen programas sociales y acciones institucionales a favor de las y los cuidadores de personas con enfermedades crónicas degenerativas avanzadas, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente fortalecer la infraestructura estratégica de la Central de Abasto de la Ciudad de México para consolidar la seguridad alimentaria y el mercado interno, a cargo del diputado Luis Morales Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a destinar los recursos suficientes para el reencarpetado hidráulico y la rehabilitación integral de la carretera estatal Los Cerezos - El Ixtle, a cargo del diputado Asael Hernández Cerón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a la Dirección General del Tecnológico Nacional de México y del Tecnológico de Nuevo León, a realizar una revisión integral administrativa, financiera y académica del Tecnológico de Nuevo León, a cargo de la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a informar a la ciudadanía sobre las afectaciones a la salud pública y número de casos de cáncer registrados en la zona cercana a la empresa Química Central de México, S.A. de C.V., ubicada en el municipio de San Francisco del Rincón, Guanajuato, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Baja California, a otorgar apoyos económicos, materiales y logísticos a colectivos de familiares de personas desaparecidas, particularmente en el municipio de San Quintín, a cargo de la diputada Eva María Vásquez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo Federal, a informar a la opinión pública sobre el ingreso de aeronaves y personal militar extranjero a territorio nacional, el cumplimiento de las facultades constitucionales del Senado, el traslado de reos a Estados Unidos y la seguridad del espacio aéreo mexicano, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SABG, a implementar de manera urgente una estrategia integral a fin de combatir la corrupción y los flujos financieros ilícitos en México, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a la SHCP, a la SABG, y a la ASF, a informar a la opinión pública sobre el costo final del proyecto, las irregularidades financieras y el estatus de las sanciones relacionadas con la construcción del tren interurbano México-Toluca, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semar, a la FGR y al titular del corredor interoceánico del Istmo de Tehuantepec, a contratar una institución privada certificada que emita un peritaje internacional independiente, se investigue la cadena de responsabilidades y se garantice la seguridad operativa en la línea Z del ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a realizar los procedimientos necesarios para establecer una Embajada Mexicana en la República de Armenia, suscrita por diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSC de la Ciudad de México, en coordinación con la Subsecretaría de Control de Tránsito, a fortalecer la vigilancia, capacitación, supervisión y evaluación permanente del actuar de las personas integrantes de la policía de tránsito, para asegurar que su desempeño se ajuste a los valores de responsabilidad de servicio, ética, profesionalismo y honradez en beneficio de la población que transita en la Ciudad de México, a cargo del diputado Adolfo Alatriste Cantú del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE y a las autoridades competentes, a fortalecer el seguimiento y correcta aplicación de las medidas comerciales vigentes en el sector cerámico, con el fin de garantizar condiciones de competencia justa para los productores y artesanos mexicanos, a cargo del diputado Luis Gerardo Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud del Gobierno federal y al gobierno del Estado de México, a suministrar los insumos médicos necesarios al centro médico Lic. Adolfo López Mateos de Toluca, Estado de México a fin de garantizar el derecho a la salud de los pacientes, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del Estado de México, a través de la Comisión del Agua de dicha entidad, a implementar de manera urgente un programa de abastecimiento de agua potable en los municipios del estado con mayor afectación, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades federales y locales, en ámbito de sus facultades, a implementar diversas acciones con el fin de erradicar la violencia en contra de las mujeres en todo el territorio nacional, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedatu, al RAN y a la Procuraduría Agraria, a reanudar de manera inmediata las operaciones en aquellas representaciones que a la fecha aún no se encuentren en funcionamiento, así mismo mejorar y fortalecer la situación operativa de sus representaciones en el país, así como en la atención y desahogo de los trámites agrarios y del funcionamiento de sus plataformas digitales, a cargo de la diputada Leticia Barrera Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semujeres y al SNDIF, a hacer públicos los avances en la implementación de un Sistema Nacional de Cuidados, suscrita por diputadas y diputados integrantes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PPNNAl, al titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del pueblo de Oaxaca y al Fiscal General del estado de Oaxaca, a garantizar los derechos y la reparación del daño de la niñez y adolescencia acogida residencialmente en las instituciones del estado, a cargo de la diputada María de Fátima García León, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Veracruz y a la Profepa, para que, instrumente de manera inmediata un programa emergente destinado a apoyar a los pescadores, prestadores de servicios turísticos, restauranteros y demás habitantes que dependen de la actividad pesquera y turística en los municipios afectados por el derrame de hidrocarburos registrado en las inmediaciones de diversos municipios, a cargo del diputado Sergio Gil Rullán, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Efemérides
Con motivo del 4 de marzo, Día Mundial de la Obesidad, a cargo del diputado Arturo Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del 12 de marzo, Día Internacional de la Conciencia sobre el Virus del Papiloma Humano, a cargo del diputado Arturo Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del 14 de marzo, Día Mundial de la Endometriosis, a cargo del diputado Arturo Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del 24 de marzo, Día Mundial de la Tuberculosis, a cargo del diputado Arturo Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del 31 de marzo, Día Mundial contra el Cáncer de Colon, a cargo del diputado Arturo Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del 9 de marzo, conmemorando la creación de la Confederación Nacional Agraria, primera organización nacional campesina (1923), a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 10 de marzo, conmemorando el Aniversario Luctuoso de Daniel Cosio Villegas, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 10 de marzo, conmemorando el Día Internacional de las Juezas, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 14 de marzo, conmemorando del aniversario luctuoso de Karl Marx (1883), a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Con motivo del 14 de marzo, Día Mundial de la Endometriosis, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Con motivo del 12 al 18 de marzo, Semana Mundial del Glaucoma, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.»
INTERVENCIÓN DESDE LA TRIBUNA EN LENGUA INDÍGENA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Honorable asamblea, en el marco de Las lenguas toman la tribuna, la Cámara de Diputados da la bienvenida al ciudadano Luis López Díaz, hablante de tsotsil, originario de San Juan Chamula, Chiapas. Luis López Díaz es un destacado gestor cultural, académico y músico tradicional chiapaneco. Es licenciado en Historia y maestro en Estudios Culturales por la Universidad Autónoma de Chiapas. Ha dedicado su trayectoria al fortalecimiento de las identidades locales.
Como músico integra la agrupación Dueño del cielo y es coautor del libro Memoria de viento. Su labor docente destaca por la enseñanza de lenguas originarias en instituciones de prestigio. Actualmente se desempeña como tercer regidor constitucional, encabezando la Comisión de Educación, Cultura y Recreación. Tiene el uso de la palabra. Muchas gracias.
El ciudadano Luis López Díaz: (Habla en tsotsil) Una lengua que se usa es una lengua que no muere. En el México plural y diverso que hoy reconocemos constitucionalmente, celebrar la palabra es un acto político. Celebrar la lengua materna es afirmar la identidad, la memoria histórica y los derechos colectivos de los pueblos originarios. El Día Internacional de la Lengua Materna, celebrado cada 21 de febrero, no es una efeméride simbólica, es un recordatorio del compromiso pendiente del Estado mexicano con las diversidades lingüística y cultural.
Las lenguas originarias no son únicamente sistemas de comunicación, son estructuras de pensamiento, formas de comprender el mundo, de organizar la vida comunitaria y de relacionarnos con la naturaleza. En la lengua maya tsotsil, por ejemplo, el concepto de ch'ulel ha sido reducido erróneamente al término alma; sin embargo, se trata de un principio integral que articula espiritualidad, conciencia, naturaleza y universo. Este tipo de conceptos evidencian que cada lengua encierra un conocimiento profundo que no puede ni debe ser simplificado desde una visión occidental.
Asimismo, en la cosmovisión tsotsil, los elementos del territorio la montaña, la casa o el árbol se nombran desde el cuerpo humano: cabeza, pies, espalda, vientre. Esta relación simbólica expresa una ética de respeto y equilibrio con el entorno. Las lenguas originarias poseen estructuras gramaticales propias, distintas al español, y su preservación exige políticas lingüísticas conscientes, no prácticas de sustitución o subordinación.
Una lengua que se usa, se vive y se transmite es una lengua que resiste. Fortalecerla implica garantizar su presencia en el hogar, en la comunidad y, de manera prioritaria, en el sistema educativo. Desde la educación básica debe asegurarse una enseñanza adecuada de la lectoescritura en lengua materna, para evitar procesos de deformación lingüística como los que hoy enfrentan las lenguas tsotsil y tseltal en Chiapas, donde la mezcla forzada con el español ha dado origen a fenómenos como el tsotsilñol y el tseltalñol. Estos procesos no son naturales, son consecuencia directa de políticas históricas de homogenización cultural.
Hoy, en el marco de la cuarta transformación, celebramos que la Constitución reconozca a los pueblos originarios como sujetos de derecho. Este avance jurídico debe traducirse en acciones concretas. Desde esta tribuna, hago un llamado a las instituciones del Estado para que impulsen políticas públicas que fomenten el arte, la ciencia y la tecnología con un enfoque de diversidad lingüística e interculturalidad, y que se generen espacios reales de participación y expresión para las juventudes indígenas en los ámbitos local, estatal, nacional e internacional.
Comparezco ante este honorable Congreso con la convicción de que, cuando existe voluntad política, es posible construir el lekil kuxlejal —el buen vivir—, un principio nacido de los pueblos mayas que hoy cobra vigencia como alternativa frente a los modelos de desarrollo excluyentes. Este paradigma, retomado por el gobernador del estado de Chiapas, Eduardo Ramírez Aguilar, representa un ejercicio de descolonización del pensamiento desde lo simbólico y lo estructural.
Practicar el ich'el ta muk', llevar en grande o el respeto profundo a la diversidad lingüística y cultural no es una concesión, es una obligación ética y constitucional. La construcción del lekil kuxlejal —el buen vivir— es una responsabilidad compartida entre el Estado y la sociedad.
Finalmente, agradezco al universo y a la madre tierra, así como al diputado hermano maya chol, el licenciado Emilio Ramón Ramírez Guzmán, por la invitación a ocupar esta tribuna. Agradezco también a las diputadas y diputados por su atención.
Concluyo recordando que defender una lengua es defender la dignidad de un pueblo, porque el idioma es la casa de la memoria, la raíz del presente y el futuro que estamos obligados a garantizar. Muchas gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Agradecemos la presencia del ciudadano Luis López Díaz, en esta Cámara de Diputados. Muchísimas gracias.
Agradecemos y saludamos la presencia en este salón de sesiones del excelentísimo señor André Driessen, embajador del Reino de los Países Bajos en México y su comitiva. Quienes asistieron a la instalación del Grupo de Amistad México- Reino de los Países Bajos, que preside la diputada Verónica Pérez Herrera. Muchísimas gracias, sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados.
Esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, hace votos por el fortalecimiento de las relaciones de amistad, diálogo y cooperación entre nuestras naciones. Muchísimas gracias por estar aquí, señor embajador. Muchas gracias. Gracias, presidenta.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura de las actas de las sesiones matutina y vespertina del miércoles 4 marzo del año en curso.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura de las actas de las sesiones del miércoles 4 de marzo del año en curso. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión matutina de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles cuatro de marzo de dos mil veintiséis, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Apertura de la sesión.
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de cuatrocientos sesenta y cinco diputadas y diputados, a las trece horas con cincuenta y cuatro minutos del miércoles cuatro de marzo de dos mil veintiséis, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas de las curules, mismo que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Lectura y aprobación de las actas de las sesiones anteriores.
La Presidencia, de conformidad a lo establecido en el artículo noventa y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría consultar a la Asamblea si se dispensa la lectura de las actas correspondientes a las sesiones matutina y vespertina del martes tres de marzo del año en curso, toda vez que se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria. En votación económica, se dispensa su lectura, y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se aprueban.
Comunicaciones.
Se da cuenta con comunicaciones oficiales:
a) De las diputadas, por las que solicitan el retiro de iniciativas con proyecto de decreto, las cuales se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria, a saber:
• Claudia Quiñones Garrido, del Partido Acción Nacional, por el que se reforman y adicionan los artículos ciento treinta y cinco Ter de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y trescientos diez del Código Civil Federal, para incluir diversas obligaciones al deudor alimentario; y
• Mariana Guadalupe Jiménez Zamora, de Movimiento Ciudadano, por el que se adiciona un artículo ochenta y ocho Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
Comunicaciones de los órganos de gobierno.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da cuenta a la Asamblea con comunicación de la Junta de Coordinación Política, por la que solicita la modificación del orden del día a efecto de incluir en la presente sesión ordinaria, en el apartado de declaratoria de publicidad de dictámenes, el siguiente asunto:
• Dictamen de la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de carbono azul.
En votación económica y de conformidad con el artículo sesenta y cinco, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se autoriza la modificación al orden del día.
En consecuencia, por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, el dictamen antes referido. De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con el requisito de declaratoria de publicidad.
Desde su curul, intervienen la diputada y los diputados: Petra Romero Gómez, para realizar comentarios relativos a la construcción de la línea cuatro del estado de Nuevo Léon; Juan Ángel Flores Bustamante, ambos de Morena, para referirse al Día Internacional de la Mujer, y quien solicita un minuto de silencio en memoria de las víctimas de feminicidio;
(Se concede un minuto de silencio).
Pedro Mario Zenteno Santaella, y Arturo Roberto Hernández Tapia, ambos de Morena; para hacer comentarios relativos al Día Mundial de la Obesidad; Erubiel Lorenzo Alonso Que, del Partido Revolucionario Institucional, para hacer comentarios respecto al desarrollo histórico de su partido; Emilio Ramón Ramírez Guzmán, para hacer un reconocimiento a la comunidad indígena; Magaly Armenta Oliveros, para denunciar posibles hechos constitutivos de violencia política en razón de género contra su persona; y Rocío Adriana Abreu Artiñano, todos de Morena, para informar respecto a la reunión que sostuvo con la directora de la Comisión Federal de Electricidad.
Presidencia de la diputada Paulina Rubio Fernández
Desde su curul, intervienen la diputada y el diputado: Cintia Cuevas Sánchez, para reconocer y felicitar a todos los optometristas de México; y Jaime Genaro López Vela, ambos de Morena, para hacer comentarios relativos al Día Internacional de la Mujer.
Discusión de dictámenes.
El siguiente punto del orden del día es la discusión de los siguientes dictámenes con proyecto de decreto:
a) De la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, por el que se reforma el tercer párrafo del artículo trece, y el primer párrafo del artículo dieciséis, de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción cuarta, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra al diputado Francisco Pelayo Covarrubias, del Partido Acción Nacional, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y cinco votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el tercer párrafo del artículo trece, y el primer párrafo del artículo dieciséis, de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Pasa al Senado de República, para sus efectos constitucionales.
b) De la Comisión de Gobernación y Población, por el que se declara la tercera semana de noviembre de cada año como la Semana Nacional de las Mujeres Emprendedoras.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción cuarta, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra, a la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, del Partido Verde Ecologista de México, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y siete votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto por el que se declara la tercera semana de noviembre de cada año como la Semana Nacional de las Mujeres Emprendedoras. Pasa al Senado de República, para sus efectos constitucionales.
Iniciativa del Poder Ejecutivo federal.
La Presidencia informa a la Asamblea que, se recibió iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral, que remite la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, e instruye a la Secretaría dar cuenta a la Asamblea de esta. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Reforma Política-Electoral, para dictamen.
Se continúa con la discusión de dictámenes.
c) De la Comisión de Justicia, por el que se reforma y adiciona el artículo doscientos uno del Código Penal Federal, en materia de delito de corrupción de menores.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción cuarta, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios, a las diputadas y diputados: Pablo Vázquez Ahued, de Movimiento Ciudadano; Miguel Alejandro Alonso Reyes, del Partido Revolucionario Institucional; Mary Carmen Bernal Martínez, y Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, ambos del Partido del Trabajo; Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Partido Verde Ecologista de México; Tania Palacios Kuri, del Partido Acción Nacional; y Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, de Morena, quien hace entrega a la Presidencia de un documento a efecto de que se inserte íntegro en el Diario de los Debates.
La Presidencia informa a la Asamblea, que se recibió propuesta de modificación, suscrita por los coordinadores y la coordinadora de los grupos parlamentarios.
Desde su curul, interviene la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Partido Acción Nacional, para solicitar se precise la propuesta de modificación, y se informe qué coordinadores la suscriben. La Presidencia instruye a la Secretaría dar lectura al comparativo, distinguiendo la columna dice, de la columna debe decir. La Secretaría da lectura.
Desde su curul, interviene el diputado Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional, para hacer comentarios relativos a la presentación de la propuesta de modificación.
En votación económica, se admite a discusión, y no habiendo oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutida la propuesta de modificación, y de la misma manera, se acepta e incorpora al texto del dictamen.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados; instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto, con la modificación aceptada por la Asamblea.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos quince votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo doscientos uno del Código Penal Federal, en materia de delito de corrupción de menores. Pasa al Senado de República, para sus efectos constitucionales.
Turno a comisiones de las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo.
La Presidencia informa a la Asamblea que, en términos de los artículos cien, y ciento dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las dieciséis horas con siete minutos, del miércoles cuatro de marzo del año en curso, y solicita a la Asamblea permanecer en sus lugares para continuar con la sesión ordinaria vespertina programada para el día de hoy. Precisando que el registro de asistencia se encuentra disponible desde este momento, por medio de la aplicación instalada en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»
–––––––– o ––––––––
«Acta de la sesión vespertina de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles cuatro de marzo de dos mil veintiséis, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Sexta Legislatura.
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
Apertura de la sesión.
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de cuatrocientos quince diputadas y diputados, a las dieciséis horas con ocho minutos del miércoles cuatro de marzo de dos mil veintiséis, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en las tabletas instaladas en las curules, documento que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Discusión de dictámenes.
El siguiente punto del orden del día es la discusión del siguiente dictamen con proyecto de decreto:
a) De la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de carbono azul.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción cuarta, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra, a la diputada Alejandra Chedraui Peralta, de Morena, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento cuarenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados procedan a la votación, en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de trescientos noventa y un votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de carbono azul. Pasa al Senado de República, para sus efectos constitucionales.
Efeméride.
El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del cuatro de marzo, Día Internacional de Concienciación sobre el Virus del Papiloma Humano.
La Presidencia dirige un mensaje a la Asamblea, en nombre de la Mesa Directiva.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las dieciséis horas con veintisiete minutos y cita para la que tendrá lugar el día martes diez de marzo de dos mil veintiséis, a las once horas, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas, por medio de la aplicación instalada en las tabletas de las curules de las y los legisladores.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: En votación económica consulte si se aprueba.
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: En votación económica, se pregunta a la asamblea si son de aprobarse las actas de las sesiones anteriores. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Aprobadas.
COMUNICACIONES OFICIALES
La secretaria diputada Julieta Villalpando Riquelme: Se recibieron solicitudes de las diputadas Lorena Piñón Rivera, Xóchitl Arzola Vargas y del diputado Fernando Castro Trenti para retirar iniciativas.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXVI Legislatura.– Soberanía y Justicia Social.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Distinguida presidenta:
Por este conducto me dirijo a usted con el más alto respeto y consideración, para solicitarle, con fundamento en el numeral 2 del articulo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el apoyo correspondiente con la finalidad de retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte y del Código Penal Federal, con el propósito prevenir y castigar la violencia en estadios donde acontecen espectáculos deportivos, misma que fue publicada el día 17 de septiembre del 2025 en la Gaceta Parlamentaria.
Por lo anteriormente expuesto, solicito amablemente tenga a bien considerar el trámite legal conducente.
Agradeciendo de antemano su atenta consideración a la presente solicitud, y en espera de una respuesta favorable, aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2026.– Diputada Lorena Piñón Rivera (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXVI Legislatura.– Soberanía y Justicia Social.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva.– Presente.
Sirva el presente para enviarle un cordial saludo y solicitar gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda con la finalidad de que se realice el trámite correspondiente para retirar la “iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud”, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 1 de febrero del presente año, en la posición 18.
Lo anterior, en razón de un error técnico.
Agradezco la atención y el apoyo brindados a esta solicitud.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 4 de marzo de 2026.– Diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbrica).»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXVI Legislatura.– Soberanía y Justicia Social.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.– Presente.
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, atentamente me permito solicitarle sean retirada la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Migración y de la Ley Federal de Derechos, en materia de turismo médico, suscrita por su servidor el martes 24 de febrero de 2026, en la Gaceta Parlamentaria 6982-II-1-3.
Lo anterior, para los efectos reglamentarios conducentes.
Sin otro particular, agradezco de antemano la atención brindada a la presente y le reitero mi consideración distinguida.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.– Diputado Fernando Castro Trenti (rúbrica).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.
La secretaria diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: Se recibió de la Secretaría de Gobernación el segundo informe semestral de actividades 2025 del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Gobernación.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la Camara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como 28, fracciones I y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, se remite en disco compacto el informe semestral de actividades del periodo comprendido de julio a diciembre de 2025, correspondiente al Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil (COPSADII), referido en el oficio número 210.000.00/043/2026, suscrito por la maestra Mariana Perla Rojas Martínez, jefa de la Unidad de Atención a Población Vulnerable del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y secretaria técnica del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, recibido en esta Unidad de Enlace el día de la fecha al rubro, mismo que se adjunta al presente.
Lo anterior, en cumplimiento al artículo 33, fracción IV, de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Atentamente
Ciudad de México, a 2 de marzo de 2026.– Juan Ramiro Robledo Ruiz (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Salud.
Licenciado Juan Ramiro Robledo Ruiz, jefe de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.– Presente.
Con fundamento en los artículos 33, fracción IV, de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil; 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como del 8 y 10 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, me permito remitir, en formato PDF adjunto en disco compacto, el segundo informe semestral de actividades 2025 del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Asimismo, solicito atentamente su valiosa intervención para realizar las gestiones necesarias que permitan remitir dicho informe al honorable Congreso de la Unión, en cumplimiento de las disposiciones legales antes citadas.
Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 27 de febrero de 2026.– Maestra Mariana Perla Rojas Martínez (rúbrica), jefa de la Unidad de Atención a Población Vulnerable y secretaria técnica del COPSADII.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para su conocimiento.
La secretaria diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: Se recibió de la Secretaría de Gobernación el primer informe bimestral 2026, concerniente al uso de los tiempos oficiales de radio y televisión, elaborado por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Unidad de Normatividad de Médicos de Comunicación.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Gobernación.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, de la Ley Orgánica de 1a Administración Pública Federal y 28, fracciones I y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, remito en formato impreso el “Reporte bimestral enero-febrero de 2026”, concerniente al uso de los tiempos oficiales de radio y televisión, el cual fue entregado en esta unidad administrativa mediante oficio número SG/DGRTC/0303/2026, signado por el ciudadano Óscar Jaime Camacho Guzmán, director general de Radio, Televisión y Cinematografía de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación de esta secretaría.
Lo anterior, para efectos de que dicho informe sea turnado a la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados, conforme a lo establecido en el artículo 42, fracción IV, de la Ley General de Comunicación Social.
Le expreso mi mayor consideración y respeto.
Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.– Juan Ramiro Robledo Ruiz (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Gobernación.
Licenciado Juan Ramiro Robledo Ruiz, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.– Presente.
Por medio del presente, me permito enviarle el reporte bimestral enero - febrero de 2026 concerniente al uso de los tiempos oficiales de radio y televisión, con el objeto de dar cumplimiento al artículo 42, fracción IV, de la Ley General de Comunicación Social, donde se indica que “La Secretaría Administradora informará bimestralmente a la Cámara de Diputados o los congresos locales, respectivamente, a través de la Comisión competente, sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales... IV) Para el caso de la administración pública federal, el reporte del uso de los tiempos fiscales y de estado.”
En ese sentido, adjunto una impresión del reporte antes mencionado.
Sin otro particular, me despido cordialmente.
Atentamente
Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.– Óscar Jaime Camacho Guzmán (rúbrica), director general.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Radio y Televisión, para su conocimiento.
La secretaria diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: La Cámara de Senadores devuelve, para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 18 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Me permito comunicar a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, remitida por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 8 de febrero de 2024.
En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.
Atentamente
Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.– Senadora Simey Olvera Bautista (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
La secretaria diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: La Cámara de Senadores devuelve, para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional, minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4 y 25 de la Ley de la Economía Social y Solidaria.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Me permito comunicar a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Economía; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 25 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, remitida por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 16 de noviembre de 2022.
En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.
Atentamente
Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.– Senadora María Martina Kantún Can (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para dictamen.
La secretaria diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla: Se recibió de la Fiscalía General de la República el informe de actividades correspondiente a la anualidad 2025, que incluye el informe de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, señalado en la Ley Nacional de Extinción de Dominio, por el periodo comprendido del 10 de agosto de 2019 al 9 de agosto de 2025.
«Fiscalía General de la República.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.– Presente.
Distinguida presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 102, Apartado A, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, fracción III, de la Ley de la Fiscalía General de la República y 6o. de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, me permito enviarle lo siguiente:
El informe de actividades de la Fiscalía General de la República correspondiente a la anualidad 2025, que se completa con el informe sobre el ejercicio de las facultades que otorga la Ley Nacional de Extinción de Dominio a la suscrita, en mi carácter de presidenta de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, respecto del periodo comprendido del 10 de agosto de 2019 al 9 de agosto de 2025.
Reciba cordiales saludos.
Atentamente
Ciudad de México, a 2 7 de febrero de 2026.– Ernestina Godoy Ramos (rúbrica), fiscal general de la República.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Justicia, para su conocimiento.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: La Comisión Nacional de los Derechos Humanos remite la dirección electrónica para acceder al pronunciamiento sobre el deber del Estado, de garantizar los derechos humanos de las personas mayores privadas de la libertad y la adopción de medidas preventivas frente al envejecimiento de la población penitenciaria.
«Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva del honorable Congreso de la Unión de la LXVI Legislatura.– Presente.
En el marco de las atribuciones que confieren los artículos 1o., 6o., fracciones VII, VIII, XIII, XV Bis, y 15, fracción VIII, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 174 de su Reglamento Interno, se anexa al presente el “pronunciamiento sobre el deber del Estado de garantizar los derechos humanos de las personas mayores privadas de la libertad y la adopción de medidas preventivas frente al envejecimiento de la población penitenciaria”, emitido en febrero de 2026.
El pronunciamiento se inserta en los ejes del Programa Estratégico Institucional de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, procurando que la privación de la libertad no se traduzca en la negación de condiciones para una vida digna, o un castigo adicional por razón de edad, procurando un sistema penitenciario que respete la dignidad humana en todas las etapas del curso de vida, garantice los derechos de las personas mayores sin discriminación, atienda sus necesidades en materia de salud, accesibilidad, protección frente al maltrato y acceso a medidas alternativas a la prisión, cuando así corresponda.
Por la relevancia de este pronunciamiento para la protección de los derechos humanos de las mujeres privadas de libertad, se envía para su conocimiento. Adjunto se envía la liga y ruta para acceder en la página web de la CNDH.
Reitero a usted la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Ciudad de México, 26 de febrero de 2026.– Maestra María del Rosario Piedra Ibarra (rúbrica), presidenta.»
«Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Licenciado Gustavo Adolfo Flores Gutiérrez, secretario técnico de Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura.– Presente.
Por instrucciones del licenciado Francisco Estrada Correa, secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y en alcance al oficio 010204, de fecha 26 de febrero del año en curso, signado por la maestra María del Rosario Piedra Ibarra, presidenta de este Organismo Autónomo, en el cual se menciona que se anexa el “Pronunciamiento sobre el deber del Estado de garantizar los derechos humanos de las personas mayores privadas de la libertad y la adopción de medidas preventivas frente al envejecimiento de la población penitenciaria”; al respecto, me permito adjuntar el documento en comento para su conocimiento, así como la liga y ruta para acceder al mismo desde la página institucional de este organismo autónomo.
Ligas:
https://www.cndh.org.mx/documento/pronunciamiento-sobre-el-deber -del-estado-de-garantizar-los-derechos-humanos-de-las
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2026-02/P ronunciamiento_Personas_Mayores_ PL.pdf
Ruta de acceso:
Página principal: www.cndh.org.mx
Pestaña: Difusión
Seleccionar: Pronunciamientos
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Ciudad de México, a 26 de febrero de 2026.– Licenciado Pablo Cervantes Méndez, director general de Quejas y Orientación.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a las comisiones de Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente del primer receso del segundo año de la LXVI Legislatura, por el que se exhorta a las secretarias de movilidad y homólogas de las 32 entidades federativas a implementar las licencias de conducir digitales.
«Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León.
Diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.– Presente.
Por medio del presente, y en representación del licenciado Ramiro Adrián Bravo García, encargado del despacho de la Dirección General del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León, en atención al oficio número D.G.P.L. 66-II-7-0937, de fecha 21 de enero de 2026, mediante el cual se remitió a este instituto el acuerdo con carácter de exhorto a las secretarias de movilidad y homologas de las 32 entidades federativas a implementar las licencias de conducir digitales, me permito informar lo siguiente:
Al respecto, se hace de su conocimiento que una vez recibido el exhorto de mérito, se analizó el contenido del mismo, y tomando en consideración su contenido, es que tengo a bien informarle que este Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León, en el ámbito de sus atribuciones legales, emite desde el año 2020 la licencia para conducir digital, documento el cual cuenta con validez legal en todo el territorio nacional, y algunos países del extranjero.
Dicho documento electrónico puede ser descargado mediante la aplicación móvil “ICVNL” de este organismo y cuya validez y características fueron dadas a conocer a la ciudadanía en general mediante un aviso publicado en el Periódico Oficial del Estado el 21 de octubre de 2020, para lo cual me permito adjuntar en copia simple la publicación del referido aviso; con lo cual se considera se está dando cabal cumplimiento a su exhorto.
Con lo anterior, se solicita amablemente a esa honorable soberanía que se tenga como debidamente atendido el exhorto de mérito, quedando a disposición para cualquier información adicional que se estime necesaria.
Sin otro particular, reitero a ustedes la seguridad de mi consideración distinguida.
Estado de Nuevo León, a 3 de marzo de 2026.– Licenciado Sergio Hugo Cruz Villareal (rúbrica), coordinador jurídico del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Se remite al promovente, para su conocimiento.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente del primer receso del segundo año de la LXVI Legislatura, relativo a la ampliación del otorgamiento de placas vehiculares con el emblema universal de discapacidad.
«Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León.
Mesa Directiva de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Por medio del presente, en representación del licenciado Ramiro Adrián Bravo García, encargado del despacho de la Dirección General del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León; en atención al oficio número DRPLIP/006/2026, de fecha 16 de enero de 2026, mediante el cual se remitió a este Instituto el acuerdo con carácter de exhorto D.G.P.L 66-II-5-1068, emitido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, relativo a la ampliación del otorgamiento de placas vehiculares con el emblema universal de discapacidad, me permito informar lo siguiente:
Al respecto, se hace de su conocimiento que una vez recibido el exhorto de mérito, se analizó el contenido del mismo, y tomando en consideración su contenido, es que este Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León, en el ámbito de sus atribuciones legales, emitió el “Acuerdo mediante el cual se establecen las especificaciones del trámite denominado Placas de Circulación para Personas con Capacidades Diferentes”, el cual fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el 23 de enero de 2026, acuerdo el cual no hace distinción alguna entre las discapacidades motrices, psicosociales o cualquier condición que implique la necesidad de acceder a los beneficios asociados al uso de dichas placas; tal como se establece en su exhorto. Aunado a lo anterior, le informo que en fecha 28 de enero de 2026, este organismo mediante oficio ICV-CJ-020/2026; hizo extensivo su exhorto al Sistema Desarrollo Integral para la Familia (DIF), en virtud de que dicho organismo es el encargado de expedir la autorización respectiva para la expedición de este tipo de placas.
El acuerdo administrativo al que me refiero, tiene por objeto otorgar seguridad y certeza jurídica a la ciudadanía, así como garantizar el correcto otorgamiento de este tipo de placas, estableciendo de manera clara los requisitos, el procedimiento, los plazos de atención y la entrega de los medios de identificación vehicular, asegurando con ello los derechos de preferencia y exclusividad para los vehículos destinados al traslado de personas con discapacidad.
Se anexa copia simple del referido acuerdo estatal para su conocimiento.
Con lo anterior, se solicita amablemente a esa honorable soberanía que se tenga como debidamente atendido el exhorto de mérito, quedando a disposición para cualquier información adicional que se estime necesaria.
Sin otro particular, reitero a ustedes la seguridad de mi consideración distinguida.
Estado de Nuevo León, a 3 de marzo de 2026.– Licenciado Sergio Hugo Cruz Villareal (rúbrica), coordinador Jurídico del Instituto de Control Vehicular del estado de Nuevo León.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Se turna a la Comisión de Movilidad, para su conocimiento.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: De la Secretaría de Salud del estado de Baja California Sur, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, y a sus homólogas de los 32 estados, así como a la Comisión Nacional contra las Adicciones, a intensificar campañas de salud en contra de las adicciones.
«Secretaría de Salud del estado de Baja California Sur.
Diputada Paulina Rubio Fernández, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la LXVI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados.– Presente.
En atención a su oficio No. D.G.P.L.-66-II-7-0830, relativo al punto de acuerdo mediante el cual:
Primero. “La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y a sus homólogos de los 32 estados de la República, a la Comisión Nacional contra las Adicciones (derogada) a las autoridades que participen en la Estrategia Nacional para la Prevención de Adicciones y demás autoridades sanitarias en la materia, para que, en coordinación, intensifiquen las campañas de salud en contra de las adicciones y seguir impulsando políticas que permitan disminuir el índice de personas que consumen sustancias ilícitas, toda vez que el consumo frecuente de estas sustancias vulneran la vida de la persona”.
Segundo. “La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud y a sus homólogos de los 32 estados de la República, a la Comisión Nacional contra las Adicciones (derogada) a las autoridades que participen en la Estrategia Nacional para la Prevención de Adicciones y demás autoridades sanitarias que realicen las acciones necesarias para cumplir con lo estipulado en el artículo 192 Quáter, fracción II, en materia de reinserción social para aquellas personas farmacodependientes.”
Comparto con usted las acciones que se han llevado a cabo a través de la Secretaría de Salud en el marco de la campaña nacional permanente “Por la Paz y Contra las Adicciones” y las campañas elaboradas por el estado de Baja California Sur, destinadas a desalentar el uso, abuso y consumo de sustancias psicoactivas y prevenir las adicciones.
Actividades de las Campañas para la Prevención de las Adicciones 2021 al 2025
Año: 2021
Personas impactadas: 13138
Año: 2022
Personas impactadas: 21204
Año: 2023
Personas impactadas: 31723
Año: 2024
Personas impactadas: 27969
Año: 2025
Personas impactadas: 46574
Total: 140608
Fuente: Coordinación Estatal de Salud Mental y Adicciones 2025 y Sistema de Información de las comisiones estatales de Salud Mental y Adicciones 2021-2025. Corte al 31 de diciembre 2025.
«Secretaría de Salud del estado de Baja California Sur.
Referente a las acciones necesarias para cumplir con lo estipulado en el artículo 192 Quáter, fracción II, le informo que, a través de los centros comunitarios de salud mental y adicciones, se llevan a cabo programas de atención y tratamiento como son el programa de “Prevención de Recaídas y el Programa de Satisfactores Cotidianos” que, dentro de sus componentes de intervención, se consideran las acciones de reinserción social y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación y para el manejo de emociones que le permitan al usuario, las cuales le permiten a los usuarios incrementar sus herramientas para el manejo de contingencias emocionales y previene la regresión en el consumo de sustancias psicoactivas.
Actividades de atención en programas de prevención de recaídas y satisfactores cotidianos 2021 a 2025
Año: 2021
Personas en tratamiento para la reinserción social: 209
Año: 2022
Personas en tratamiento para la reinserción social: 182
Año: 2023
Personas en tratamiento para la reinserción social: 167
Año: 2024
Personas en tratamiento para la reinserción social: 103
Año: 2025
Personas en tratamiento para la reinserción social: 130
Total: 791
Fuente: Coordinación Estatal de Salud Mental y Adicciones 2025 y Sistema de Información de las Comisiones Estatales de Salud Mental y Adicciones 2021-2025. Corte al 31 de diciembre 2025.
Lo anterior con fundamento en lo que establecen los artículos 5, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud de Baja California Sur publicado en el Boletín Oficial del Gobierno el estado de Baja California Sur (BOGE) número 34, en fecha 31 de agosto del 2017, así como lo establecido en los artículos 7, 28 y 29 del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud de Baja California Sur publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del estado de Baja California Sur (BOGE) número 3 del 31 de enero del 2018.
Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.
Atentamente
La Paz, Baja California Sur, a 4 de febrero del 2026.–Doctora Ana Luisa Guluarte Castro (rúbrica), secretaria de Salud y Directora General del Instituto de Servicios de Salud de Baja California Sur.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento.
MINUTAS
LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 3 y se adiciona una fracción IX al artículo 21 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 3 y se adiciona una fracción IX al artículo 21 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 3 de marzo de 2026.– Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-37
POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 3 Y SE ADICIONA UNA FRACCIÓN IX AL ARTÍCULO 21 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE.
Artículo Único. Se reforma la fracción XII del artículo 3 y se adiciona la fracción IX al artículo 21 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 3. ...
I. a XI. ...
XII. Regular y promover las actividades productivas que sean compatibles con el manejo forestal sustentable;
XIII. a XLII. ...
Artículo 21. ...
I. a VI. ...
VII. Autorizar el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y no maderables;
VIII. Dictaminar, autorizar y evaluar los programas de manejo forestal, así como evaluar y asistir a los prestadores de servicios forestales, y
IX. Fortalecer las capacidades técnicas y del manejo de fuego de personas propietarias o poseedoras de terrenos forestales, temporalmente forestales, preferentemente forestales, agropecuarios y colindantes, incluidos aquellos en Áreas Naturales Protegidas.
...
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que, en su caso se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado para los ejecutores de gasto para el presente ejercicio fiscal y subsecuentes, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.– Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), presidenta;senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE 27 ORDENAMIENTOS LEGALES EN MATERIA DE ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto, proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de 27 ordenamientos legales en materia de orientación sexual e identidad y expresión de género.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, de la Ley de Vivienda, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley General de Salud, de la Ley de Migración, de la Ley General de Educación, de la Ley General para la inclusión de las Personas con Discapacidad, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 3 de marzo de 2026.– Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Diversidad, para dictamen.
LEY DE VIVIENDA
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 2, 4, 5, 19, 34 y 77 de la Ley de Vivienda.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 2, 4, 5, 19, 34 y 77 de la Ley de Vivienda, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 3 de marzo de 2026.– Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-39
POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 1, 2, 4, 5, 19, 34 Y 77 DE LA LEY DE VIVIENDA.
Artículo Único. Se reforman el párrafo primero del artículo 1; párrafo primero del artículo 2; las fracciones IX y XII del artículo 4; el párrafo primero del artículo 5; la fracción I del artículo 19; la fracción IV del artículo 34 y el párrafo primero del artículo 77 de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue:
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vivienda. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda adecuada.
...
...
...
Artículo 2. Se considerará vivienda adecuada la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos.
Artículo 4. ...
I. a VIII. ...
IX. Mejoramiento de vivienda: la acción tendiente a consolidar o renovar las viviendas deterioradas física o funcionalmente, mediante actividades de ampliación, reparación, reforzamiento estructural o rehabilitación que propicien una vivienda adecuada;
X. y XI. ...
XII. Política Nacional de Vivienda: el conjunto de disposiciones, criterios, lineamientos y medidas de carácter general que se establecen para coordinar las acciones de vivienda que realicen las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como su concertación con los sectores privado y social, con la finalidad de cumplir con el mandato constitucional del derecho a la vivienda adecuada;
XIII a XV. ...
Artículo 5. Las políticas y los programas públicos de vivienda, así como los instrumentos y apoyos a la vivienda deberán considerar los distintos tipos y modalidades de producción habitacional, entre otras: la promovida empresarialmente y la auto producida o autoconstruida, en propiedad, arrendamiento o en otras formas legítimas de tenencia; así como para las diversas necesidades habitacionales: adquisición o habilitación de suelo; lotes con servicios mínimos; parques de materiales; mejoramiento de vivienda; sustitución de vivienda; vivienda nueva; y, capacitación, asistencia integral e investigación de vivienda y suelo, propiciando que la oferta de vivienda adecuada refleje los costos de suelo, de infraestructura, servicios, edificación, financiamiento y titulación más bajos de los mercados respectivos, para lo cual incorporarán medidas de información, competencia, transparencia y las demás que sean convenientes para lograr este propósito.
Artículo 19. ...
I. Formular y ejecutar su programa institucional, así como las disposiciones y reglas de operación necesarias para llevar a cabo las acciones de vivienda del gobierno federal orientadas a proteger y garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda adecuada, principalmente de la población de menores ingresos o en situación de pobreza;
II. a XXV. ...
Artículo 34. ...
I. a III. ...
IV. Conocer las evaluaciones de los programas de vivienda y de la aplicación de las acciones e inversiones intersectoriales para el logro de una vivienda adecuada, en su caso, formular las propuestas correspondientes;
V. a VIII. ...
Artículo 77. La Secretaría y la Comisión fomentarán la participación de los sectores público, social y privado en esquemas de financiamiento dirigidos al desarrollo y aplicación de ecotécnicas y de nuevas tecnologías en vivienda y saneamiento, principalmente de bajo costo y alta productividad, que cumplan con parámetros de certificación y cumplan con los principios de una vivienda adecuada.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.– Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), presidenta; senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica),secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Vivienda, para dictamen.
SE DECLARA EL 6 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA DE LOS PROPÓLEOS MEXICANOS
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 6 de octubre de cada año como el Día de los Propóleos Mexicanos.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se declara el 6 de octubre de cada año como el“ Día de los Propóleos Mexicanos”, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 3 de marzo de 2026.– Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-40
POR EL QUE SE DECLARA EL 6 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL “DÍA DE LOS PROPÓLEOS MEXICANOS.”
Artículo Único. El honorable Congreso de la Unión declara el 6 de octubre de cada año como el “Día de los Propóleos Mexicanos.”
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.– Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), presidenta; senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
SE DECLARA EL 22 DE JULIO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL CEREBRO
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de julio de cada año como el Día Nacional del Cerebro.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se declara el 22 de julio de cada año como el“ Día Nacional del Cerebro”, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 3 de marzo de 2026.– Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-41
POR EL QUE SE DECLARA EL 22 DE JULIO DE CADA AÑO COMO EL “DÍA NACIONAL DEL CEREBRO.”
Artículo Único. El honorable Congreso de la Unión declara el 22 de julio de cada año como el “Día Nacional del Cerebro.”
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 3 de marzo de 2026.– Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), presidenta; senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 4 de marzo de 2026.– Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-42
POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 17, y se adiciona el Capítulo Quinto Bis al Título IV, con los artículos 40 Bis, 40 Ter y 40 Quárter de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, para quedar como sigue:
Artículo 17. La Política Nacional deberá establecer las acciones conducentes para lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en los ámbitos familiar, de cuidados, económico, político, de salud, social, rural, laboral y cultural, entre otros.
...
I. a XVII. ...
CAPÍTULO QUINTO BIS
DE LA IGUALDAD DE DERECHOS ENTRE MUJERES Y
HOMBRES EN EL ÁMBITO RURAL
Artículo 40 Bis. En el ámbito rural, las mujeres ejercerán sus derechos en igualdad de condiciones que los hombres, por lo que no se les podrá negar, restringir o menoscabar sus derechos por razones de género, ni establecer mayores requisitos que los previstos en la legislación aplicable en la materia.
Artículo 40 Ter. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales competentes, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, así como los órganos de representación de los núcleos agrarios, deberán garantizar, proteger y respetar los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas reconocidos en la legislación de la materia, con perspectiva de género, interseccionalidad e interculturalidad.
Artículo 40 Quárter. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con las autoridades correspondientes, promoverán el cumplimiento de lo dispuesto en este capítulo, a fin de fortalecer la participación de las mujeres en el ámbito rural y fomentar su empoderamiento en condiciones de igualdad, en los términos de la legislación aplicable en la materia.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.– Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), presidenta;senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se deroga el artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 4 de marzo de 2026.– Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-43
POR EL QUE SE DEROGA EL ARTÍCULO 136 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Artículo Único. Se deroga el artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 136. Se deroga.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.– Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), presidenta; senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Se recibió de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 4 de marzo de 2026.– Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-44
POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS.
Artículo Único. Se reforman los artículos 38, fracciones VI, VIII, IX, X párrafo primero, XI, XII, XIII y XIV; 41, fracciones IX, XIV y XV; 45, fracciones II, V, VIII, X, XI y XII párrafo primero, y 49, fracciones I, I Bis, XV, XVIII y XX, e inciso b) de la fracción XXII, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, para quedar como sigue:
Artículo 38. ...
I. a V. ...
VI. Fomentar y apoyar programas de educación pública y privada, destinados a concientizar a la sociedad sobre las causas y las consecuencias de las violencias contra las mujeres;
VII. ...
VIII. Vigilar que los medios de comunicación no fomenten las violencias contra las mujeres en toda su diversidad y etapas de vida, para impulsar un cambio cultural en favor de la igualdad sustantiva, el derecho a una vida libre de violencias, el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las mujeres;
IX. Garantizar la investigación y la elaboración de diagnósticos estadísticos, con enfoque diferenciado, sobre las causas, la frecuencia y las consecuencias de las violencias contra las mujeres, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas desarrolladas para prevenir, atender, sancionar y erradicar todo tipo de violencia;
X. Integrar y difundir información estadística desagregada y con enfoque diferenciado, sobre los casos de violencias contra las mujeres para integrar el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.
...
XI. Promover la inclusión prioritaria en el Plan Nacional de Desarrollo de las medidas y las políticas de gobierno para erradicar las violencias contra las mujeres;
XII. Promover la cultura de denuncia de las violencias contra las mujeres en formatos accesibles en el marco de la eficacia de las instituciones para garantizar su seguridad y su integridad;
XIII. Diseñar un modelo integral, diferencial y especializado de atención a las mujeres víctimas de violencias, que deberán instrumentar las instituciones, los Centros de Justicia para las Mujeres y los refugios que atiendan a víctimas;
XIV. Realizar estudios sobre los efectos de las violencias y la discriminación interseccional en las mujeres y proponer políticas públicas dirigidas a eliminarlos;
XV. y XVI. ...
Artículo 41. ...
I. a VIII. ...
IX. Garantizar una adecuada coordinación entre la Federación, las entidades federativas, la Ciudad de México y los municipios, con la finalidad de erradicar las violencias contra las mujeres;
X. a XIII. ...
XIV. Ejecutar medidas específicas, que sirvan de herramientas de acción para la prevención, atención y erradicación de las violencias contra las mujeres en todos los ámbitos, en un marco de integralidad y promoción de los derechos humanos;
XV. Promover y realizar investigaciones con perspectiva de género sobre las causas y las consecuencias de las violencias contra las mujeres;
XVI. a XXI. ...
Artículo 45. ...
I. ...
II. Desarrollar programas educativos, en todos los niveles de escolaridad, que fomenten la cultura de una vida libre de violencias contra las mujeres y el respeto a su dignidad; así como la comprensión adecuada al ejercicio del derecho a una paternidad y maternidad libre, responsable e informada, como función social y el reconocimiento de la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en cuanto a la educación y el desarrollo de sus hijas e hijos. Los programas educativos señalados deberán de ser diseñados e implementados por personas servidoras públicas capacitadas en derechos humanos y perspectiva de género;
III. y IV. ...
V. Desarrollar investigación multidisciplinaria encaminada a crear modelos de detección de las violencias contra las mujeres en los centros educativos;
VI. y VII. ...
VIII. Formular y aplicar programas que permitan la detección temprana de los problemas de violencias contra las mujeres en los centros educativos, para que se dé una primera respuesta urgente a las alumnas que sufren algún tipo de violencia;
IX. ...
X. Diseñar y difundir materiales educativos que promuevan la prevención y atención de las violencias contra las mujeres;
XI. Proporcionar acciones formativas a todo el personal de los centros educativos, en materia de derechos humanos de las niñas y las mujeres y políticas de prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres;
XII. Eliminar de los programas educativos los materiales que hagan apología de las violencias contra las mujeres o contribuyan a la promoción de estereotipos que discriminen y fomenten la desigualdad entre mujeres y hombres.
...
XIII. a XVI. ...
Artículo 49. ...
I. Instrumentar y articular sus políticas públicas y acciones en concordancia con la política nacional integral desde la perspectiva de género para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres;
I Bis. Promover y garantizar espacios y transportes públicos seguros, libres de todo tipo de violencias contra las mujeres, las adolescentes y las niñas;
II. a XIV. ...
XV. Promover investigaciones sobre las causas y las consecuencias de las violencias contra las mujeres;
XVI. y XVII ...
XVIII. Recibir de las organizaciones sociales, las propuestas y recomendaciones sobre la prevención, atención y sanción de las violencias contra mujeres, a fin de mejorar los mecanismos para su erradicación;
XIX. ...
XX. Impulsar reformas, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley, así como para establecer como agravantes los delitos contra la vida y la integridad cuando éstos sean cometidos contra mujeres por su condición de género, y promover la armonización del marco jurídico aplicable, a fin de asegurar la prevención, atención, investigación, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres con perspectiva de género;
XXI. ...
XXII. ...
a)
b) Perspectiva de género para la debida diligencia en la conducción de averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencias y feminicidio;
c)
XXIII. a XXVII. ...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 4 de marzo de 2026.– Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), presidenta;senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
El secretario diputado Alan Sahir Márquez Becerra: Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tengo dos solicitudes —gracias, secretario—, tengo dos solicitudes del Partido Acción Nacional. Tengo una solicitud del Grupo Parlamentario de Morena. Si son tan amables, iniciamos. Doctor Éctor Jaime Ramírez Barba, adelante.
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Compañeras y compañeros diaputados, hoy venimos a denunciar un engaño que tiene consecuencias letales para las mujeres de México.
Nos acaban de presumir el Hospital Oncológico para la Mujer La Pastora. Un modelo nacional contra el cáncer, se dice, pero sin salas de radioterapia, justo el tratamiento que requieren más de la mitad de las pacientes oncológicas. Es como inaugurar un aeropuerto sin pistas. Hay edificio, hay discursos, hay foto oficial, pero los aviones, las terapias que salvan vidas no pueden despegar.
En mi columna de hoy de La ley del papel y el acelerador apagado mostraré que en México es políticamente más fácil reformar la ley que comprar un acelerador lineal o tener un equipo de radioterapia.
Mientras, aquí cambiamos artículos de la Ley General Salud el 15 de enero para garantizar la atención integral del cáncer, en el Hospital General de México llevamos más de tres años sin radioterapia. Y ahora abrimos otro hospital oncológico sin el componente vital del tratamiento.
A la presidenta Sheinbaum le venden la idea de que, con mastografías, llamadas telefónicas e inteligencia artificial, basta para decir que se protege a las mujeres. No le dicen que muchas de estas pacientes terminarán peregrinando por otros hospitales públicos para conseguir la radioterapia a tiempo o simplemente no la recibirán. No es un error administrativo, es una decisión política que convierte el derecho a la salud en una propaganda.
Desde esta tribuna exigimos que antes de inaugurar otro aeropuerto sin pistas el gobierno encienda de una vez el acelerador, que instale y ponga en funcionamiento equipos de radioterapia donde se necesiten con presupuesto verificable y tiempos de atención reales para las mujeres con cáncer en México. Gracias, presidenta. Es cuanto.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputado.
MINUTO DE SILENCIO
EN MEMORIA DE 177 NIÑAS QUE PERDIERON LA VIDA EN LOS CONFLICTOS BÉLICOS QUE ESTÁN OCURRIENDO EN MEDIO ORIENTE
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: La diputada María Magdalena Rosales Cruz, de Morena. Adelante, diputada.
La diputada María Magdalena Rosales Cruz(desde la curul): Muchísimas gracias, presidenta, por otorgarme la palabra y solicitarle un minuto de silencio único, especial, por las 177 niñas asesinadas por una bomba que dejó caer el ejército norteamericano sobre sus escuelas. Nadie en el mundo espera que cuando sus hijas estén estudiando en un plantel educativo sean bombardeadas.
Las familias iraníes hoy lloran la muerte de sus niñas que nada habían hecho contra la vida, al contrario, esperaban una larga vida como mujeres con esperanzas, con logros importantes para las mujeres del mundo.
Estamos en contra de la guerra. Estamos por el respeto a la Carta de las Naciones Unidas que cada vez es más olvidada por las potencias que imponen guerras y asesinan a niñas y niños en los países del mundo.
Rechazamos estos bombardeos y solicitamos este minuto de silencio por estas niñas asesinadas tan vilmente por personas que no tienen nada de humanos, parecieran monstruos que solo quieren la destrucción de los más vulnerables, de los más frágiles, de las niñas como las que mueren también en Palestina. Muchísimas gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Si son tan amables ponerse de pie para guardar un minuto de silencio como lo ha solicitado la diputada Rosales Cruz.
(Minuto de silencio)
EN MEMORIA DEL SACERDOTE JUAN MANUEL ZAVALA MADRIGAL, DE CHIAPAS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: La diputada Margarita Zavala Gómez del Campo. Adelante, diputada.
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo(desde la curul): Muchas gracias, presidenta. Para solicitar un minuto de silencio por el sacerdote Juan Manuel Zavala Madrigal, de Chiapas. Él fue el desaparecido el domingo en la noche y, posteriormente, fue encontrado, incluso por propios feligreses, el cuerpo visiblemente torturado. Ser sacerdote es también una profesión, un oficio que se persigue mucho en México y que es realmente peligroso.
Llevamos más de 10 en los últimos seis años. Llevamos más de 10 en los últimos seis años y Juan Madrigal Zavala, el sacerdote de Chiapas que fue asesinado, encontrado el día de ayer por sus propios feligreses.
Por él, pido un minuto de silencio, por los que han sido también asesinados y también denunciar a los ataques a una fe religiosa, la fe católica, particularmente en ciudades como San Luis Potosí y en otros lugares. Muchísimas gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputada. Si son tan amables, ponerse de pie para guardar el minuto de silencio que ha sido solicitado por la diputada Zavala Gómez del Campo.
(Minuto de silencio)
Gracias.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Vamos ahora al capítulo de las iniciativas de los grupos parlamentarios. Vamos a iniciar con el diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, que reconoce el derecho al acompañamiento en trámites para las personas adultas mayores. Adelante, diputado.
El diputado Juan Carlos Varela Domínguez: Con su permiso, presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, México está viviendo un cambio demográfico profundo. Cada año aumenta el número de personas adultas mayores en nuestro país y, con ello, también, crece la responsabilidad del Estado para garantizar que puedan ejercer plenamente sus derechos.
Hoy más de 15 millones de mexicanas y mexicanos tienen 60 años o más y las proyecciones indican que, en las próximas décadas, esta cifra seguirá creciendo de manera importante.
Este fenómeno no es un problema; al contrario: es un reflejo de los avances sociales y de salud que hemos alcanzado como país, pero sí representa un desafío para nuestras instituciones.
Las personas adultas mayores interactúan constantemente con el Estado: realizan trámites para acceder a su pensión, servicios de salud, programas sociales, servicios bancarios o gestiones administrativas indispensables para su vida cotidiana.
Sin embargo, la realidad nos demuestra que muchos de estos trámites no están diseñados pensando en sus necesidades. En múltiples dependencias públicas ocurre algo que parece simple, pero en la práctica se vuelve una barrera.
A muchas personas adultas mayores se les impide realizar sus trámites acompañadas por alguien de su confianza. En algunos casos se les exige presentar poderes notariales, cartas poder o documentos adicionales. Incluso, la persona que les acompaña no pretende representarles legalmente, sino simplemente brindarles apoyo.
Pensemos por un momento en lo que esto significa: para una persona adulta mayor, acudir sola a realizar sola a realizar un trámite puede implicar dificultades para trasladarse, para comprender procedimientos complejos, para utilizar plataformas digitales o, incluso, para mantenerse de pie durante largas horas en una fila.
Y si es el caso, sumamos que más del 40 por ciento de las personas adultas mayores que viven en México están en condiciones de pobreza o vulnerabilidad. Exigirles gastos notariales o trámites adicionales resulta claramente injusto.
Lo que muchas personas mayores necesitan no es un representante legal; lo que necesitan es algo mucho más sencillo y humano: el apoyo de alguien de su confianza, puede ser una hija, un hijo, un nieto, una vecina o un amigo, alguien que les ayude a escuchar indicaciones, a comprender documentos o simplemente acompañadas frente a la burocracia.
Por eso, la iniciativa que hoy presentamos propone adicionar el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para reconocer de manera expresa su derecho a ser acompañadas en cualquier trámite administrativo ante dependencias federales, instituciones de seguridad social, organismos fiscales o entidades financieras reguladas. Y algo muy importante, sin que este acompañamiento pueda condicionarse a poderes notariales, pagos o requisitos adicionales.
Se trata de una medida sencilla, pero profundamente significativa, no implica crear nuevas instituciones ni generar grandes costos para el Estado, lo que hace es eliminar una barrera administrativa que hoy afecta a millones de personas mayores.
Además, esta iniciativa está plenamente alineada con los compromisos internacionales de México en materia de derechos humanos, particularmente con la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que establece la obligación de los Estados de garantizar condiciones que permitan a las personas mayores ejercer su derecho con autonomía y dignidad.
Compañeras y compañeros legisladores, las familias mexicanas ya practican el acompañamiento todos los días. Hijas, hijos y nietos acompañan a sus padres y abuelos a hospitales, a bancos o a instituciones públicas, pero hoy muchas veces esa solidaridad familiar se encuentra con obstáculos administrativos que no tienen razón de ser. Esta iniciativa busca algo muy sencillo, que la ley reconozca una realidad humana y la respalde jurídicamente.
Garantizar el derecho al acompañamiento significa ser más accesible el Estado, fortalecer la dignidad de las personas adultas mayores y construir instituciones más sensibles y humanas.
Porque una sociedad se mide también por la forma en que trata a quienes han construido su historia. Las personas adultas mayores no necesitan burocracia adicional, necesitan respeto, comprensión y condiciones reales para ejercer sus derechos. Por ello, les invito, respetuosamente, a respaldar esta iniciativa, hagamos de nuestras instituciones espacios más accesibles, más humanos y más justos para quienes han dado tanto por nuestro país.
La iniciativa la propongo porque he tenido la oportunidad, desde muy joven, de crecer al lado de mis abuelos y también he tenido la necesidad de acompañarlos a realizar trámites de una o de otra índole.
Hoy en día mi madre es un adulto mayor y creo que también necesita del apoyo y el acompañamiento de alguien de su confianza para realizar sus trámites. Es cuanto, señora presidenta, muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, que reconoce el derecho al acompañamiento en trámites para las personas adultas mayores, a cargo del diputado Juan Carlos Varela Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Juan Carlos Varela Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena e integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente; iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, que reconoce el derecho al acompañamiento en trámites para las personas adultas mayores, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl proceso de envejecimiento poblacional constituye uno de los fenómenos demográficos más relevantes y acelerados que enfrenta el Estado mexicano en el siglo XXI. México ha dejado de ser un país predominantemente joven y se encamina hacia una estructura poblacional en la que las personas adultas mayores representan un porcentaje cada vez más significativo de la población total. Este cambio demográfico no es una proyección lejana, sino una realidad presente que exige una adecuación inmediata del marco jurídico y de las prácticas administrativas del Estado.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México residen más de quince millones de personas de sesenta años y más, lo que representa aproximadamente el doce por ciento de la población nacional, y se estima que para el año 2050 este grupo etario representará más del veintidós por ciento de la población total (Inegi, Censo de Población y Vivienda 2020). Este crecimiento sostenido implica una mayor demanda de servicios públicos, trámites administrativos, atención en instituciones de seguridad social, interacción con autoridades fiscales y acceso a servicios financieros.
La vida cotidiana de las personas adultas mayores se encuentra estrechamente vinculada al funcionamiento de las instituciones públicas. Trámites relacionados con pensiones, servicios de salud, programas sociales, regularización patrimonial, obligaciones fiscales o servicios bancarios forman parte de su día a día. Sin embargo, el diseño actual de muchos procedimientos administrativos no considera las condiciones específicas de este sector de la población, lo que genera barreras que dificultan o incluso impiden el ejercicio efectivo de sus derechos.
Diversos estudios han documentado que una proporción significativa de las personas adultas mayores enfrenta limitaciones funcionales. En México, más del cuarenta por ciento de las personas de sesenta años y más reporta al menos una dificultad para ver, oír, caminar, recordar o comunicarse (Inegi, Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2018). Estas limitaciones no pueden ni deben interpretarse como incapacidades, sino como condiciones que obligan al Estado a adoptar medidas de accesibilidad y ajustes razonables para garantizar la igualdad sustantiva.
A pesar de ello, una práctica recurrente en múltiples dependencias y entidades es la negativa a permitir que una persona adulta mayor sea acompañada por alguien de su confianza durante la realización de trámites administrativos. En muchos casos, las autoridades condicionan dicho acompañamiento a la presentación de poderes notariales o cartas poder, incluso cuando el acompañante no pretende representar legalmente a la persona adulta mayor, sino únicamente asistirla. Este requisito genera costos económicos que resultan desproporcionados para un sector de la población que, en su mayoría, vive con ingresos limitados.
De acuerdo con datos oficiales, más del cuarenta por ciento de las personas adultas mayores en México se encuentra en situación de pobreza o vulnerabilidad por ingresos (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, Medición de la Pobreza 2022). Exigir gastos notariales o trámites adicionales para permitir un acompañamiento humano constituye una carga injustificada que profundiza la desigualdad y limita el acceso a derechos fundamentales.
Es indispensable subrayar que el acompañamiento no implica, en modo alguno, la sustitución de la voluntad ni la representación legal de la persona adulta mayor. El acompañamiento responde a una necesidad humana básica: contar con apoyo físico, informativo, operativo o emocional en contextos administrativos complejos. La Organización Mundial de la Salud ha señalado que el envejecimiento saludable requiere entornos accesibles y sistemas que apoyen la autonomía de las personas mayores, no que la restrinjan (Organización Mundial de la Salud, Informe Mundial sobre el Envejecimiento y la Salud, 2015).
Desde el punto de vista constitucional, el Estado mexicano está obligado a garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación. La edad es una categoría protegida y, por tanto, cualquier práctica administrativa que coloque a las personas adultas mayores en una situación de desventaja injustificada contraviene los principios constitucionales de igualdad sustantiva y trato digno. La igualdad formal, entendida como el trato idéntico a todas las personas, resulta insuficiente cuando las condiciones reales impiden a ciertos grupos ejercer plenamente sus derechos.
En el ámbito internacional, México ha asumido compromisos específicos en materia de derechos de las personas adultas mayores. La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores establece que los Estados deben adoptar medidas para garantizar la autonomía, la independencia y el acceso efectivo a los servicios públicos, incluyendo apoyos necesarios para la toma de decisiones y el ejercicio de derechos (Organización de los Estados Americanos, Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, 2015).
No obstante, la legislación federal vigente carece de una disposición expresa que reconozca el derecho de las personas adultas mayores a ser acompañadas durante trámites administrativos sin requisitos adicionales. Esta omisión normativa ha permitido la proliferación de criterios discrecionales por parte de las autoridades, generando incertidumbre jurídica y trato desigual. Mientras algunas instituciones permiten el acompañamiento sin mayores obstáculos, otras lo restringen o lo condicionan a requisitos excesivos, afectando directamente a las personas adultas mayores.
La digitalización de los trámites, si bien representa un avance en términos de eficiencia administrativa, ha profundizado esta problemática. Datos oficiales indican que una proporción significativa de las personas adultas mayores no cuenta con acceso regular a internet ni con habilidades digitales suficientes para realizar trámites en línea (INEGI, Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2022). En este contexto, el acompañamiento presencial se vuelve indispensable para evitar la exclusión digital y garantizar el acceso a derechos.
La iniciativa que se propone reconoce esta realidad y plantea una solución clara, sencilla y jurídicamente viable: garantizar de manera expresa el derecho de las personas adultas mayores a ser acompañadas por una persona de su confianza en cualquier trámite, gestión o procedimiento administrativo ante dependencias federales, instituciones de seguridad social, organismos fiscales y entidades financieras reguladas por autoridades federales, sin que dicho acompañamiento pueda condicionarse a poderes notariales, pagos o requisitos adicionales.
Esta medida no genera una carga presupuestaria significativa para el Estado, ya que no implica la creación de nuevas estructuras administrativas ni de programas costosos. Por el contrario, contribuye a la simplificación de trámites, a la reducción de errores administrativos y a la prevención de conflictos derivados de la falta de comprensión o de información incompleta. Estudios en materia de administración pública han demostrado que los trámites accesibles y acompañados reducen tiempos de atención y costos indirectos tanto para las instituciones como para los usuarios (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, Government at a Glance, 2021).
Desde una perspectiva social, el reconocimiento del derecho al acompañamiento responde a una práctica ya existente en la realidad cotidiana de millones de familias mexicanas. Hijas, hijos, nietas y nietos acompañan diariamente a personas adultas mayores a realizar trámites indispensables para su subsistencia. Sin embargo, esta práctica carece de un respaldo jurídico claro, lo que deja a las personas adultas mayores expuestas a decisiones arbitrarias por parte de las autoridades.
Reconocer legalmente el derecho al acompañamiento no solo dignifica la experiencia de las personas adultas mayores frente a la burocracia del Estado, sino que también fortalece la confianza ciudadana en las instituciones públicas. La evidencia demuestra que un trato digno y accesible mejora la percepción de legitimidad institucional y reduce la conflictividad administrativa (Banco Mundial, World Development Report: Governance and the Law, 2017).
En suma, la presente iniciativa atiende una necesidad concreta, cotidiana y ampliamente documentada, al tiempo que fortalece el marco de derechos de las personas adultas mayores. Garantizar el derecho al acompañamiento en trámites administrativos es una medida de justicia social, de igualdad sustantiva y de respeto a la dignidad humana, que coloca al Estado mexicano a la altura de los retos demográficos actuales y reafirma su compromiso con un modelo de envejecimiento digno, activo y plenamente integrado a la vida institucional del país.
Para mayor claridad se presenta el siguiente cuadro comparativo de la propuesta de decreto por el que se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores:
DecretoÚnico. Se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 28. ...
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Artículo 28 Bis. Las personas adultas mayores tienen derecho a ser acompañadas por una persona de su confianza en cualquier trámite, gestión o procedimiento administrativo que realicen ante dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, instituciones de seguridad social, organismos fiscales, entidades financieras reguladas por autoridades federales, así como ante cualquier otro ente que ejerza funciones públicas o preste servicios de interés público.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2026.– Diputados y diputadas: Juan Carlos Varela Domínguez, Anay Beltrán Reyes, Azucena Arreola Trinidad, Diana Isela López Orozco, Fernando Mendoza Arce, Gloria Sánchez López, José Luis Montalvo Luna, Josefina Anaya Martínez, Karina Isabel Martínez Montaño, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Leide Avilés Domínguez, María del Carmen Cabrera Lagunas, María Graciela Gaitán Díaz, Maribel Solache González, Petra Romero Gómez, Rosa María Castro Salinas, Sandra Patricia Palacios Medina, Xóchitl Teresa Arzola Vargas, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
Esta presidencia da la bienvenida a los alumnos de la Universidad Regional de Tequila y a su rector, el maestro Moisés Rodríguez Huerta, son invitados por el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, gracias por estar aquí —diputado del Partido Acción Nacional—, muchas gracias por estar aquí.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora la palabra la diputada Teresa Ginez Serrano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Red Nacional de Refugios, suscrita por diputadas y diputados integrantes del PAN. Adelante, diputada.
La diputada Teresa Ginez Serrano:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
La diputada Teresa Ginez Serrano: Compañeras y compañeros legisladores, la violencia contra las mujeres y las niñas es una de las violaciones más generalizadas de los derechos humanos en el mundo. Se produce en muchos casos cada día en todos los rincones del planeta. Este tipo de violencia tiene graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas sobre las mujeres y las niñas al impedirles participar plenamente en la sociedad.
La violencia contra las mujeres y las niñas se define como todo acto de violencia basada en el género que tenga o pueda tener como resultado el daño o sufrimiento físico, sexual o mental para la mujer; así como las amenazas tales como actos, la coacción o la libertad arbitraria de la libertad, también si se produce en la vida pública como en la vida privada.
Lamentablemente, ser mujer en México es un riesgo. De acuerdo con Cepal, México ocupa el segundo lugar en feminicidios en América Latina. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares del Inegi evidencia que, en México, cada siete de diez mujeres no se encuentran seguras en sus hogares, viven algún tipo de violencia.
Con la necesidad de tener lugares seguros, con datos de la Red Nacional de Refugios, Asociación Civil, con más de 25 años de labor en la atención, prevención y eliminación de la violencia contra mujeres, niñas y niños, de enero a septiembre de 2025, la Red Nacional de Refugios acompañó aproximadamente a 9 mil mujeres, niñas y niños en situación de violencia, reflejando un aumento en la atención a los refugios del 5 por ciento. Mientras que los servicios de los Centros de Atención Externa aumentaron 405 por ciento, proporcionando, además, algunos datos muy preocupantes.
Por ejemplo, 99 de cada 100 mujeres reportan ser víctimas de violencia. 36 de cada 100 mujeres que tienen hijos e hijas refieren que ellos también sufren de violencia. El 16 por ciento de las mujeres reportan haber sido víctimas de violencia sexual y el 4 por ciento de violencia vicaria.
El 39 por ciento solicita apoyo ante su problemática a instituciones antes de llegar a un refugio sin ser atendidas. Y de los agresores reportan que solo el 50 por ciento de las víctimas son atendidas; 50 por ciento de las parejas son actuales de las mujeres y el 16 por ciento son sus esposos. 30 por ciento de los agresores tienen algún lazo con el crimen organizado, son militares o políticos. Además, usan armas de fuego.
La Red Nacional de Refugios ha sido un mecanismo para interrumpir los círculos de violencia, proteger a las mujeres, a sus hijas e hijos, cuando no cuentan con redes de apoyo sólidas o solicitan salvaguardarse en lugares seguros y confidenciales. En los refugios se les apoya con los indispensable para que sanen y recuperen su vida.
Pese al gran trabajo que se realiza en ellos para salvaguardarlas, estos mecanismos han tenido que disminuir progresivamente su atención, ya que el recurso llega cada vez más tarde.
De 2022 a 2025 el presupuesto asignado a los refugios ha decrecido, es decir, no se garantiza que sea progresivo y mucho menos toma en cuenta las necesidades reales de estos espacios, que cuentan con su principal función, es prevenir feminicidios y restaurar los derechos de las mujeres al ser violentadas.
El presupuesto para los refugios de mujeres víctimas de violencia en México ha mostrado un estancamiento en términos reales, un incremento mínimo, inclusive reducciones en años anteriores.
A pesar de los aumentos nominales de infracción y el aumento de demanda de refugios, el 60 por ciento de las mujeres atendidas en la Red Nacional de Refugios, el financiamiento que perciben no es suficiente.
Lo peor, para el Ejercicio Fiscal 2026, el Presupuesto de Egresos de la Federación eliminó, sí, eliminó el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, fusionándolo con el programa genérico denominado Prevención y Detección de las Violaciones Feminicidas y Atención de sus Causas. Esto implica que los refugios queden reducidos a simple actividad, sin desglose presupuestal específico.
La eliminación del programa de apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, incumple con las obligaciones internacionales contenidas en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y de la Convención de Belém do Pará, así como de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que mandata la garantía de recursos suficientes, progresivos y transparentes.
Por ello, es urgente garantizar financieramente estable etiquetando presupuesto plurianual, progresivo, sostenible para refugios y servicios integrales a víctimas. Desde Acción Nacional consideramos que el papel del Estado es prioritario, promover, proteger y hacer valer los derechos humanos para que las mujeres tengan una vida libre de violencia, por lo que creemos convencidos que cada ejercicio fiscal garantice los recursos presupuestarios, humanos, materiales suficientes para reforzar la Red Nacional de Refugios para fortalecer la infraestructura y prestación de los servicios en los que invariablemente deberían encontrarse el hospedaje, la atención médica, la atención psicológica y la asesoría legal.
Estamos seguros de que ser una política pública coincide en el combate de la desigualdad y la pobreza que existe en nuestro país. Las mujeres podrán ejercer sus derechos y desarrollar sus capacidades, talentos, en beneficio de sus familias y de la sociedad mexicana. Muchas gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 216 Ter y 2016 Quater a la Ley General de Salud, en materia de alimentos y bebidas con colorantes artificiales que ponen en riesgo la salud.
La diputada Azucena Huerta Romero:Con la venia de la presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
La diputada Azucena Huerta Romero: Compañeras y compañeros diputados, como miembro del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presento ante esta soberanía una iniciativa que tiene una misión urgente, prohibir el uso de colorantes artificiales cancerígenos y neurotóxicos en los alimentos de las niñas y niños de México.
Mi intención no es satanizar la industria, sino ponerles nombre y apellido a los riesgos. Hablamos de sustancias químicas, cuyo único fin es estético, no nutren, no conservan, no dan sabor, solo maquillan. Me refiero específicamente al rojo tres, al amarillo cinco, al amarillo seis y al caramelo cuatro.
Hablemos del rojo tres. Este colorante, compañeras y compañeros, es un derivado del petróleo, desde hace décadas sabemos que causa tumores en la tiroides, en los animales de laboratorio. La propia FDA, en Estados Unidos, lo reconoció.
En cuanto a los amarrillos cinco y seis, cuántos de ustedes no han escuchado a maestros o a padres decir: es que el niño es muy inquieto, no se concentra, no para, pues, bien, no es solo una manía, la ciencia nos dice que estamos intoxicando sus cerebros. El estudio Southhampton, publicado en la prestigiosa revista El Lancet, demostró que estos colorantes actúan como disparadores de hiperactividad y déficit de atención, no solo en niños con TDA, en cualquier niño.
Estamos dándoles sustancias que alteran su química cerebral, que les impiden aprender, que los ponen ansiosos. Solo para que el pastelito se vea más amarillo. ¿Vale la pena?
Vivimos en un mundo de dobles estándares. Si ustedes viajan hoy a Europa y compran el mismo cereal o el mismo dulce que se vende aquí, notarán algo curioso. Allá no tiene estos químicos, allá usan betabel, cúrcuma y pimentón.
Esto es así porque la Unión Europea, desde 2010 obligó a poner una etiqueta que dice: Este producto puede tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños. Y ninguna marca quiere esa etiqueta, así que los quitaron.
Pero miremos más cerca, a nuestro principal socio comercial. En enero de 2025, hace un año, la FDA de Estados Unidos emitió la orden para prohibir el rojo 3 en alimentos. El estado de California ya aprobó una ley para sacarlos del mercado en 2027.
Si permitimos que esto siga, México se va a convertir en el basurero tóxico en Norteamérica. Todo ese inventario que ya no pueden vender en Estados Unidos porque es ilegal, nos lo van a mandar a nosotros si no cerramos la puerta legislativa hoy mismo.
Esta medida es también un acto de justicia para las mujeres mexicanas. Las enfermedades de la tiroides afectan desproporcionadamente a las mujeres derivado del rojo 3. Permitir este químico es exponer a nuestras niñas y mujeres a un disruptor endócrino, en un órgano donde biológicamente somos más vulnerables. Prohibir esos colorantes es también cuidar la salud integral de la mujer.
Por todo esto, compañeras y compañeros, propongo adicionar los artículos 216 Ter y 216 Quáter a la Ley General de Salud. Esta propuesta es clara y escalonada.
Prohibición total para los más peligrosos como el rojo 3, amarillo 5 y 6, y el caramelo 4. No deben estar en nuestra comida. Advertencia obligatoria: para otros colorantes sospechosos exigimos una leyenda clara en el frente que diga: contiene colorantes que pueden alterar la actividad y la atención.
Y quiero mandar un mensaje a la industria. No somos enemigos del desarrollo económico, por eso en los artículos transitorios estamos dando plazos razonables, 180 días para reformular productos infantiles y un año para el resto.
Sabemos que pueden hacerlo, porque ya lo han hecho y ya lo hacen para exportar a Europa. Solo les pedimos que traten al consumidor mexicano con el mismo respeto.
Compañeras y compañeros, el principio precautorio nos dice que, ante la duda, debemos proteger. Pero aquí ya no hay duda, hay evidencia. Tenemos la oportunidad de hacer historia en la salud pública. Tenemos la oportunidad de decirles a las madres y padres de México: pueden estar tranquilos, hemos limpiado la lonchera de sus hijos.
Saquemos a los derivados del petróleo del plato de nuestros niños. Impulsemos nuevas generaciones de mexicanos sanos con menos riesgos. Atenderlo hoy es prevenir enfermedades, así como disminuir la carga del servicio de salud pública en el futuro. Es cuanto. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona los artículos 216 Ter y 216 Quáter a la Ley General de Salud, en materia de alimentos y bebidas con colorantes artificiales que ponen en riesgo la salud, a cargo de la diputada Azucena Huerta Romero, del Grupo Parlamentario del PVEM
La que suscribe, Azucena Huerta Romero, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 216 Ter y 216 Quáter a la Ley General de Salud, en materia de alimentos y bebidas con colorantes artificiales que ponen en riesgo la salud, al tenor del siguiente:
I. Planteamiento del Problema
México enfrenta una crisis de salud pública caracterizada por el alto consumo de alimentos ultraprocesados. Según la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut), una proporción alarmante de la ingesta calórica de niñas, niños y adolescentes proviene de productos industrializados que carecen de valor nutricional y están saturados de aditivos cosméticos.
El problema no es solo el exceso de calorías, sino la exposición crónica a sustancias químicas, específicamente colorantes artificiales, cuyo único fin es estético y que hoy cuentan con evidencia robusta de toxicidad.
Mientras que otros países han avanzado hacia la eliminación de estos riesgos, en México persiste un marco normativo permisivo que prioriza la estabilidad industrial sobre el principio precautorio y el interés superior de la niñez.
La comunidad científica internacional ha documentado dos grandes categorías de riesgos asociados a los colorantes objeto de esta iniciativa: neurotoxicidad conductual y carcinogenicidad.
A. Alteraciones Neuroconductuales (Hiperactividad y Déficit de Atención) El estudio seminal conocido como el “Estudio Southampton”, publicado en la revista The Lancet por McCann et al. (2007), marcó un hito en la toxicología alimentaria. Esta investigación clínica, doble ciego y controlada con placebo, demostró que la ingesta de mezclas de colorantes artificiales –incluyendo Tartrazina (Amarillo 5), Amarillo Ocaso (Amarillo 6) y Rojo Allura– resultaba en un aumento significativo de la hiperactividad y déficits de atención en niños de la población general, no solo en aquellos previamente diagnosticados con TDAH.
La evidencia sugiere que estos colorantes azoicos actúan como excitotoxinas o desencadenantes de reacciones de hipersensibilidad que afectan la función cerebral en etapas críticas del desarrollo. A pesar de que la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) ha solicitado más estudios para determinar mecanismos exactos, reconoció que los hallazgos son consistentes con efectos adversos en el comportamiento, lo que detonó cambios regulatorios en Europa.
B. Riesgo Cancerígeno y Genotoxicidad
Rojo 3 (Eritrosina): Es un derivado del petróleo cuya seguridad ha sido cuestionada desde hace décadas. Estudios en modelos animales (ratas) demostraron una incidencia aumentada de adenomas y carcinomas foliculares de tiroides tras la exposición crónica a esta sustancia. La FDA reconoció explícitamente que la Eritrosina es un carcinógeno animal y que, bajo la Cláusula Delaney (que prohíbe aditivos que inducen cáncer en humanos o animales), su uso es insostenible.
Caramelo IV: Este colorante, omnipresente en bebidas de cola, se produce mediante procesos con amoniaco y sulfitos, generando un subproducto llamado 4-metilimidazol (4-MEI). La Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) de la OMS ha clasificado al 4-MEI en el Grupo 2B (Posiblemente carcinógeno para los humanos), basándose en evidencia suficiente de carcinogenicidad en animales de experimentación (tumores pulmonares).
La inacción de México contrasta con la tendencia regulatoria global, donde se han implementado prohibiciones y advertencias estrictas.
A. Estados Unidos: Prohibición federal y estatal. El cambio más drástico ha ocurrido recientemente en nuestro principal socio comercial.
Nivel Federal (FDA): El 15 de enero de 2025, la FDA emitió una orden final para revocar la autorización del uso de Rojo 3 (Eritrosina) en alimentos y suplementos ingeridos, otorgando un plazo de cumplimiento hasta enero de 2027. La agencia determinó que el riesgo de cáncer, aunque cuantitativamente pequeño, viola el estándar de seguridad de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos.
Nivel Estatal (California): En octubre de 2023, el gobernador Gavin Newsom firmó la ley AB 418 ( California Food Safety Act), convirtiendo a California en el primer estado en prohibir la fabricación y venta de alimentos con Rojo 3 a partir de 2027. Esta legislación crea un precedente de “cero tolerancia” que México no puede ignorar, so pena de convertirse en el destino de inventarios ilegales en EU.
B. Unión Europea: El Principio de Precaución Desde 2010, tras la evaluación del Estudio Southampton, la Unión Europea aplicó el Reglamento (CE) No 1333/2008. Este mandato legal obliga a que cualquier alimento que contenga colorantes como el Amarillo 5 (Tartrazina) o el Amarillo 6 incluya la advertencia: “Puede tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños”.
Esta medida transfirió la carga de la prueba a la industria y desincentivó masivamente su uso, logrando que muchas empresas reformularan sus productos voluntariamente para evitar la etiqueta.
Existe una disonancia inaceptable: un niño en California o en la Unión Europea está protegido legalmente contra estos aditivos, mientras que un niño mexicano sigue expuesto a ellos sin restricción ni advertencia alguna.
La evidencia clínica sobre neurotoxicidad y cáncer es suficiente para invocar el principio precautorio. Permitir la presencia de Rojo 3, Amarillo 5 y Amarillo 6 en el suministro alimentario nacional viola el derecho a la salud (artículo 4o. constitucional) y contraviene el interés superior de la niñez.
La presente iniciativa busca armonizar nuestra legislación con los estándares científicos y jurídicos más avanzados para cerrar esta brecha de desigualdad sanitaria.
II. Problemática desde la perspectiva de género, en su caso
La presente iniciativa no es neutra al género. Si bien el consumo de alimentos procesados afecta a la población general, el impacto de los colorantes artificiales objeto de este Decreto genera consecuencias diferenciadas y desproporcionadas para las mujeres y niñas, tanto en la dimensión de la carga social de cuidados como en la vulnerabilidad biológica específica.
1. Impacto en la Economía del Cuidado (Feminización de los Cuidados)
Existe una correlación directa entre la salud infantil y la carga de trabajo no remunerado que recae sobre las mujeres. Diversos estudios y agencias reguladoras han confirmado que colorantes como la Tartrazina (Amarillo 5) y el Amarillo 6 están asociados con “hiperactividad infantil” y efectos negativos sobre “la actividad y la atención de los niños”.
En el contexto mexicano, la atención de estas condiciones neuroconductuales no se distribuye equitativamente. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), las mujeres dedican casi el triple de tiempo que los hombres a las labores de cuidado y domésticas.
Cuando un menor presenta alteraciones de conducta, déficit de atención o reacciones alérgicas derivadas de la ingesta de estos aditivos, la carga de gestión –que incluye visitas médicas, terapias, supervisión escolar adicional y preparación de dietas restrictivas– es absorbida mayoritariamente por madres, abuelas y cuidadoras.
Por tanto, la regulación laxa de estos aditivos actúa como un factor ambiental que incrementa la demanda de cuidados intensivos. Prohibir estas sustancias y advertir sobre sus efectos es una medida que coadyuva a reducir la sobrecarga de labores de cuidado no remuneradas que obstaculizan el desarrollo profesional y personal de las mujeres.
2. Vulnerabilidad Biológica Diferenciada (Salud Tiroidea)
Desde una perspectiva de salud fisiológica, las mujeres presentan una vulnerabilidad biológica mayor ante ciertos agentes tóxicos regulados en esta iniciativa. Específicamente, el Rojo 3 (Eritrosina) ha sido prohibido en otras jurisdicciones por su “potencial carcinogénico” y su vinculación con tumores de tiroides en modelos animales.
La evidencia médica indica que las patologías tiroideas (incluyendo hipotiroidismo, nódulos y cáncer de tiroides) tienen una prevalencia significativamente mayor en la población femenina en comparación con la masculina. Permitir la presencia en el mercado de un aditivo alimentario que actúa como disruptor o carcinógeno tiroideo implica exponer a las mujeres y niñas a un riesgo acumulativo en un órgano donde ya poseen una susceptibilidad biológica natural.
En conclusión, la prohibición de estos colorantes atiende el principio de igualdad sustantiva, al eliminar factores de riesgo que afectan desproporcionadamente la salud endocrina de las mujeres y al mitigar factores ambientales que exacerban la crisis de cuidados que recae sobre ellas.
III. Argumentos que sustentan la iniciativa
1. El Interés Superior de la Niñez
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos obliga al Estado a priorizar los derechos de la niñez sobre cualquier interés privado o industrial. Permitir la comercialización de productos con colorantes neurotóxicos (como la Tartrazina y el Amarillo 6) viola este mandato constitucional, ya que el Estado tiene conocimiento del daño y omite actuar, vulnerando el derecho a la salud y al desarrollo integral de niñas y niños.
2. El Principio Precautorio Internacional
En materia de salud pública, ante la evidencia científica de riesgo (aunque no sea definitiva en todos los foros), el Estado debe adoptar medidas protectoras. La prohibición del Rojo 3 y los Amarillos en Europa y las recientes acciones en EU activan este principio: no debemos esperar a tener una crisis de salud irreversible para regular sustancias que son puramente estéticas y no aportan valor nutricional.
3. Armonización con Estándares Internacionales (Evitar el “Dumping” Tóxico)
México corre el riesgo de convertirse en el “basurero” de inventarios rechazados por otras potencias. Dado que la FDA prohibió el Rojo 3 en cosméticos y avanza hacia su prohibición en alimentos , y que la Unión Europea exige advertencias estrictas para los colorantes azoicos, nuestra laxitud normativa permite que productos ilegales en esas jurisdicciones se vendan libremente aquí. Esta iniciativa cierra la frontera a estándares de doble calidad.
4. Derecho a la Información Veraz (Etiquetado)
Los consumidores tienen derecho a saber si un producto altera el comportamiento de sus hijos. La iniciativa no solo prohíbe los más peligrosos, sino que garantiza el derecho a la información mediante la advertencia obligatoria para colorantes sospechosos , homologando el estándar con el Reglamento Europeo 1333/2008. Sin esta etiqueta, el consumo no es libre ni informado.
5. Evidencia de Neurotoxicidad y TDAH
Existe evidencia clínica robusta, como el Estudio Southampton, que vincula la ingesta de mezclas de colorantes artificiales con el aumento de la hiperactividad y el déficit de atención en la infancia. Al prohibir estos detonantes ambientales, la iniciativa actúa como una medida de salud preventiva para proteger el desarrollo neurológico y el rendimiento escolar de millones de estudiantes mexicanos.
6. Riesgo Carcinogénico Inaceptable (Cero Tolerancia)
El Rojo 3 (Eritrosina) y el Caramelo IV presentan riesgos inaceptables. El primero induce tumores de tiroides en animales y el segundo contiene 4-MEI, clasificado como posible carcinógeno por la IARC. En salud pública no existe un “nivel seguro” aceptable para un aditivo cosmético cancerígeno; la única política ética es la eliminación total, tal como lo establece la Cláusula Delaney en la toxicología moderna.
7. Vulnerabilidad Biológica de la Mujer (Tiroides)
Las mujeres tienen una prevalencia significativamente mayor de enfermedades tiroideas. Permitir el uso de Eritrosina (Rojo 3), un disruptor endocrino conocido que afecta la tiroides, constituye una negligencia con perspectiva de género, ya que expone a la población femenina a un factor de riesgo acumulativo innecesario en productos de consumo diario.
8. Reducción de la Carga de Cuidados (Perspectiva de Género Social)
Las alteraciones de conducta y las alergias derivadas del consumo de estos colorantes incrementan la carga de cuidados no remunerados, que en México recae desproporcionadamente en las mujeres. Legislar para retirar estos tóxicos es una política pública que apoya indirectamente a las madres y cuidadoras, reduciendo la incidencia de problemas de salud infantil prevenibles que demandan tiempo y recursos familiares.
9. Viabilidad Técnica y Existencia de Alternativas
La industria alimentaria ya reformuló sus productos para el mercado europeo utilizando colorantes naturales (betabel, cúrcuma, pimentón). No existe impedimento técnico para hacerlo en México; es una decisión puramente de costos. Si pueden vender productos limpios en Europa, pueden hacerlo en México sin quebrar ni encarecer desproporcionadamente la canasta básica.
10. Prevención vs. Gasto en Salud (Impacto Presupuestal Positivo)
Esta iniciativa no genera costos al erario; al contrario, genera ahorros a largo plazo. El costo de tratar enfermedades crónicas (cáncer) y de gestionar condiciones del neurodesarrollo en el sistema de salud pública (IMSS, Issste, Insabi) es infinitamente superior a la pérdida de ganancias de unos pocos fabricantes de colorantes. La prevención es la estrategia fiscalmente más responsable.
IV. Fundamento Legal
La iniciativa se fundamenta en:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 1o.: Establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, particularmente el derecho a la vida y la integridad física ante riesgos sanitarios.
Artículo 4o.: Consagra el derecho a la protección de la salud y establece el principio del Interés Superior de la Niñez, mandando al Estado a velar por el sano desarrollo físico y mental de niñas y niños, garantizando una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.
Ley General de Salud
Como ordenamiento reglamentario del derecho a la protección de la salud, que faculta a la autoridad sanitaria para el control y vigilancia de los productos y servicios, así como para determinar las sustancias prohibidas cuando constituyan un riesgo para la salud humana.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Específicamente en sus artículos 13 y 50, que reconocen el derecho prioritario de la infancia a disfrutar del más alto nivel posible de salud y obligan a combatir la malnutrición y los riesgos ambientales que afecten su desarrollo.
Tratados Internacionales
Convención sobre los Derechos del Niño: Ratificada por el Estado Mexicano, establece en su Artículo 24 la obligación de combatir las enfermedades mediante el suministro de alimentos adecuados y la regulación de prácticas comerciales perjudiciales para la salud infantil.
V. Ordenamientos a Modificar
- Ley General de Salud
A continuación se presenta un cuadro comparativo entre la propuesta de modificación y el texto vigente de la Ley General de Salud:
Por lo aquí expuesto y fundado, someto a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adicionan los artículos 216 Ter y 216 Quáter a la Ley General de Salud, en materia de alimentos y bebidas con colorantes artificiales que ponen en riesgo la salud
Artículo Único. Se adicionan los artículos 216 Ter y 216 Quáter a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 216 Ter. Se prohíbe la fabricación, importación y comercialización en territorio nacional de alimentos y bebidas no alcohólicas que hayan sido adicionados con los siguientes colorantes artificiales, por constituir un riesgo para la salud humana:
I. Eritrosina (Rojo 3);
II. Tartrazina (Amarillo 5);
III. Amarillo Ocaso FCF (Amarillo 6);
IV. Caramelo clase IV (proceso al sulfito amónico);
V. Azul Brillante FCF (Azul 1); y
VI. Indigotina (Azul 2).
El incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme a lo establecido en el Título Décimo Octavo de esta Ley.
Artículo 216 Quáter. Los envases de alimentos y bebidas no alcohólicas que contengan en su formulación los colorantes citados a continuación, deberán ostentar en su superficie principal de exhibición la leyenda precautoria que determine este artículo:
I. Amarillo de quinoleína (E104);
II. Carmoisina (Azorrubina / E122);
III. Rojo Allura AC (E129); y
IV. Rojo cochinilla A (Ponceau 4R / E124).
La leyenda precautoria deberá ser clara, visible y de fácil lectura, indicando textualmente:
“ Contiene colorantes que pueden alterar la actividad y la atención en niñas y niños”.
La Secretaría de Salud emitirá los lineamientos necesarios para garantizar que dicha leyenda no sea obstruida ni minimizada por otros elementos del etiquetado.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Salud, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la publicación del presente decreto, realizará las adecuaciones y actualizaciones necesarias a las Normas Oficiales Mexicanas en materia de especificaciones sanitarias, aditivos alimentarios y etiquetado, a fin de armonizarlas con lo dispuesto en este ordenamiento.
Tercero. Para el debido cumplimiento de las prohibiciones establecidas en el artículo 216 Ter, se establecen los siguientes plazos perentorios para la reformulación de productos y el agotamiento de inventarios en puntos de venta:
I. 180 días naturales para aquellos productos que, por su diseño, publicidad, empaque o personajes, estén dirigidos preponderantemente a la población infantil.
II. 365 días naturales para el resto de los alimentos y bebidas no alcohólicas.
Concluidos estos plazos, queda prohibida la comercialización de cualquier producto que contenga los aditivos proscritos, debiendo ser retirados del mercado por los responsables del producto.
Cuarto. Para el cumplimiento de la obligación de etiquetado prevista en el artículo 216 Quáter, los sujetos obligados contarán con un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto para incorporar la leyenda precautoria en sus envases. Durante este periodo, se permitirá el uso de adhesivos o sobreetiquetas indelebles que cumplan con los requisitos de visibilidad, siempre que no oculten información nutrimental o de caducidad.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero del 2026.– Diputadas: Azucena Huerta Romero, María del Carmen Cabrera Lagunas, María Graciela Gaitán Díaz (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Paulina Rubio Fernández
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de alentar la competitividad pesquera y acuícola.
El diputado Jesús Fernando García Hernández:Ánimo, ánimo. Desde Navolato vengo. Con el permiso de la Mesa Directiva, con el permiso del pueblo de México.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado Jesús Fernando García Hernández: No somos lo que hacemos ni lo que pensamos, tan solo somos la huella que dejamos. Anónimo.
La soberanía alimentaria no es una aspiración moral, es una herramienta de control político, de gobernabilidad y estabilidad productiva. Quien domina la producción de alimentos domina la economía y la estabilidad social.
México ha renunciado deliberadamente a ese poder al permitir que corporaciones privadas y actores transnacionales concentren tecnología, capital y cadenas productivas, mientras miles de pequeños productores permanecen subordinados y funcionales como masas dependientes. Eso ha debilitado estructuralmente la capacidad del Estado.
El Plan Nacional de Desarrollo reconoce la necesidad de recuperar la planeación económica y fortalecer a las micro y pequeñas empresas mediante innovación tecnológica. De eso trata hoy nuestra iniciativa que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito único de alentar la competitividad pesquera y acuícola, a cargo de un servidor y de los miles de pescadores que hay en Sinaloa y en todo el país.
¿Qué quiere decir esto? Que nuestros amigos, los pescadores siguen necesitando de nosotros, siguen pidiendo en los campos pesqueros que les llegue más recursos, incluso no son dueños ni de la tecnología ni son dueños de la comercialización de sus productos.
Yo les he dicho una y mil veces, ahí está el problema del campo con los maiceros que ahorita vienen a la capital del país a querer negociar el famoso precio de garantía de 7 mil 200 pesos, pero en el bajío acaban de acordar que nada más son 6 mil 50 pesos, 6 mil 50 pesos no les alcanza con el precio de todos los insumos para pagar con ese dinero, ese avío, lo que la cosecha con ese precio le da. Y, a cómo dice mi padre, lo que se gana al hule se pierde a la pelota.
Y los pescadores, aquí ya lo dije en una ocasión anterior, los pescadores, por ejemplo, de Las Aguamitas, que mandamos un saludo a los Angulo, a los Félix, a los Medina que tienen las granjas de ostiones. En esas granjas de ostiones el precio de cada uno de ellos, unitario es de 3 a 5 pesos, y saliendo de Las Aguamitas yendo hacia Culiacán, enfrente del aeropuerto, 3 ostiones por 100 pesos, quiere decir que, imagínense todo lo que ganan los comerciantes.
Entonces, pues, si no hay control en la cuestión de los precios ni las tecnologías, allá en los campos pesqueros ni en los campos agrícolas, quiere decir que seguimos todavía dependiendo.
Y, todavía más si no hay esa tecnología que los privados están aplicando, los pescadores siguen dependiendo de ellos. Y, a qué se refiere cuando hablamos de este grave problema, que los pescadores a través del grave problema de la burocracia que tienen unos trámites y unos procesos de aprobación que implementan estas tecnologías muy lentos, muy lentos y aparte costosos por todas las vueltas que echan para poder hacer esos trámites.
Hay restricciones ambientales, hay falta de claridad y un costo de cumplimiento de esas regulaciones que en estas inversiones no cumplen con los estándares a veces que se requieren en los campos pesqueros.
Esas innovaciones que queremos que el propio gobierno implemente y que nosotros les pongamos ese presupuesto, son los sistemas de alimentación automatizados, monitoreo y control de parámetros fisicoquímicos. Estos sensores que monitorean la temperatura del agua, el PH, el oxígeno disuelto y otros parámetros, permitiendo respuestas automatizadas para mantener condiciones ideales para la pesca.
Lo drones, submarinos, equipos con cámaras y sensores que monitorean la salud de los peces y las condiciones ambientales, proporcionando datos en tiempo real.
Aplicar también, por qué no, la inteligencia artificial. También llevar a cabo sistemas de recirculación acuícola que permitan criar peces en un sistema de circuito cerrado, reciclando el agua y reduciendo el impacto ambiental.
El blue check, que permite utilizar la trazabilidad de productos pesqueros, garantizando la transparencia y seguridad en la cadena de suministro.
Las aplicaciones móviles, como Pescadata, que permiten registrar datos pesqueros, intercambiar servicios y productos y conectar a las comunidades pesqueras.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Concluya, diputado.
El diputado Jesús Fernando García Hernández: Un sistema de monitoreo con un costeo ambiental. Es pues, compañeros, que necesitamos que el gobierno y nosotros nos apliquemos, para que, tanto en el ámbito agrícola como en el pesquero, principalmente a lo que se refiere esta iniciativa, vayamos hacia allá. Lo requiere la presencia nuestra presupuestal y la implementación del gobierno de aplicar todo esto. Unidad nacional, todo el poder al pueblo y a sacarnos un diez. Es cuanto. Gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de alentar la competitividad pesquera y acuícola, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, diputado a la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el propósito de alentar la competitividad pesquera y acuícola, bajo la siguiente
Exposición de MotivosLa innovación y la tecnología han sido catalogadas como impulsores clave para la transformación de los sistemas agroalimentarios. Un proceso fundamental para hacerlos eficientes, inclusivos, resilientes y sostenibles, tanto en calidad nutritiva como en cantidad y cuidado del medio ambiente. Ello permitirá atender de mejor manera y forma la creciente demanda mundial de alimentos inocuos.
Un sistema agroalimentario está integrado por la producción, el procesamiento, la distribución, el consumo y la gestión de residuos; con el propósito en su conjunto de asegurar la seguridad alimentaria para todas y todos, la productividad alimentaria y promoción de hábitos alimenticios saludables, buscando no comprometer los recursos naturales como tampoco la salud de las generaciones actuales y venideras.
Innovar tecnológicamente implica favorecer a la sostenibilidad, es decir, minimizar los impactos en el medio ambiente. Es procurar el cuidado de la salud con alimentos producidos bajo mecanismos de inocuidad, con criterios de eficiencia y beneficios justos para los productores, tanto como de precios competitivos y accesibles para los consumidores, con prácticas sostenibles.
Actividades primarias como la agricultura, la ganadería, la pesca y la acuacultura, constituyen la base de un sistema agroalimentario; el cual además de integrar elementos como el almacenamiento, el transporte, la transformación, la comercialización y venta de alimentos; considera en su composición y relación con la producción y consumo de estos, aspectos como la investigación, la innovación, la política y la gestión de recursos.
En la búsqueda de los Objetivos para el Desarrollo Sostenible (ODS), establecidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la satisfacción de las necesidades presentes y futuras de la población mundial, con equilibrio en el crecimiento económico, el desarrollo social y el cuidado del medio ambiente; se ha definido en lo particular aquel que está orientado a la construcción de infraestructuras resilientes, promoviendo la industrialización y el fomento a la innovación.
La ONU sostiene que “el crecimiento económico, el desarrollo social y la acción por el clima dependen en gran medida de las inversiones en infraestructuras, el desarrollo industrial sostenible y el progreso tecnológico”. Respecto a ello, precisa que “ante la rápida evolución del panorama económico mundial y el aumento de las desigualdades, el crecimiento sostenido debe implicar una industrialización que, en primer lugar, haga accesibles las oportunidades a todas las personas y, en segundo término, se apoye en la innovación y en infraestructuras resistentes”.
Para este organismo, “la industrialización inclusiva y sostenible, junto con la innovación y la infraestructura, pueden dar rienda suelta a las fuerzas económicas dinámicas y competitivas que generan empleo e ingresos”. Toda vez que “estas desempeñan un papel clave a la hora de introducir y promover nuevas tecnologías, facilitar el comercio internacional y permitir el uso eficiente de los recursos”.
Se hace necesario por tanto “establecer normas e impulsar regulaciones que garanticen que los proyectos e iniciativas de las empresas se gestionen de forma sostenible”, donde tenga cabida “colaborar con las organizaciones no gubernamentales y el sector público para impulsar el crecimiento sostenible en los países en desarrollo”; así como “analizar el impacto de la industria en la vida y el bienestar de las personas y utilizar las redes sociales para presionar a los responsables políticos para que den prioridad a los ODS”.
Precisamente en búsqueda de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) impulsa lo que se conoce como estrategia para la ciencia y la innovación, apoyada ésta en el uso de tecnologías y mecanización, como acciones para acelerar y maximizar los propósitos de transformación de los sistemas agroalimentarios.
Explica que “la tecnología para la sostenibilidad de los sistemas agroalimentarios puede definirse como la aplicación de la ciencia y los conocimientos para desarrollar técnicas destinadas a ofrecer un producto o servicio” que venga a aumentar este propósito. Instrumento necesario, dice, “para transformar los sistemas agroalimentarios”, el cual, “junto con los conocimientos conexos, impulsa el desarrollo sostenible”.
Argumenta que “para lograr buenos resultados, el despliegue de tecnologías debe ir acompañado de factores sociales, políticos e institucionales propicios”. Son necesarias asimismo “inversiones en capital humano a través de actividades de creación de capacidad”.
Anota que “las tecnologías digitales pueden tener importantes repercusiones positivas”, al ejemplificar factores como “el incremento de la producción y la productividad agrícolas, la contribución a la adaptación al cambio climático y la mitigación de sus efectos, el apoyo a los sistemas de alerta temprana sobre plagas y enfermedades de plantas y animales, la mejora del bienestar animal, el aumento de la eficiencia en el uso de los recursos naturales, la reducción del riesgo para las comunidades rurales y la mejora de su resiliencia, la integración de los pequeños productores en los mercados, la práctica del comercio electrónico para llegar a los consumidores y el incremento de la eficiencia en la formulación y puesta en marcha de políticas agrícolas y medioambientales”.
La organización ha ponderado así a la acuicultura como “una de las actividades de mayor crecimiento a nivel mundial”, dado que “juega un papel vital como medio de vida para millones de personas y en la alimentación y nutrición del mundo”. Refiere que, en 2022 por vez primera en la historia, la actividad “superó a la pesca de captura como principal productora de animales acuáticos”, conforme al reporte de 2024 contenido en El estado mundial de la pesca y acuicultura.
En el artículo “tecnología, innovación y planificación estratégica: claves para un desarrollo pesquero y acuícola sostenible”, su autor, José Aguilar-Manjarrez, Oficial de Acuicultura de la FAO, precisa sin embargo que el éxito y sostenibilidad de la actividad acuícola “dependen de una planificación adecuada”. Toda vez que, advierte, “sin esa organización, los conflictos por el uso de recursos, impactos ambientales negativos y tensiones sociales complican la producción sostenible y eficiente”.
De acuerdo con el especialista, “la gestión espacial integrada emerge como una herramienta esencial para ordenar y garantizar que la pesca y la acuicultura crezcan de manera equilibrada, maximizando beneficios y minimizando riesgos”.
Es así que la FAO “lidera iniciativas globales para guiar a los países en la planificación sostenible de la pesca y la acuicultura”. Es el caso de la instrumentación de herramientas “como los sistemas de información geográfica, teledetección satelital y drones”, los cuales “permiten analizar la capacidad de carga de las áreas destinadas a la acuicultura, los riesgos del cambio climático, enfermedades de animales acuáticos, la gestión del riesgo de desastres, los conflictos sociales, y la comercialización post cosecha, entre otros”. Se trata de tecnologías que “ayudan a identificar ubicaciones ideales, promoviendo una producción eficiente y respetuosa con el medio ambiente”.
El autor sustenta que si bien la actividad acuícola en alta mar “representa una frontera innovadora para la expansión sostenible de esta actividad”, la misma requiere de “una planeación estratégica espacial y temporal”. Un mecanismo que “alivia la presión sobre los ecosistemas costeros y abre nuevas oportunidades en áreas menos explotadas, ofreciendo un enfoque renovador para satisfacer la creciente demanda de alimentos”.
El artículo informa acerca de otras iniciativas impulsadas por la FAO, como son: el Código de Conducta para la Pesca Responsable y el Enfoque Ecosistémico a la Pesca y la Acuicultura, ambos, dice, “fundamentales para garantizar un crecimiento sostenible”, al constituirse como guías que aseguran la compatibilidad de la pesca y la acuicultura “con la conservación de los ecosistemas, el bienestar social y el desarrollo económico”.
Están consideradas también “las nuevas Directrices para la Acuicultura Sostenible”, cuyo impulso está a cargo de la FAO. Estas “refuerzan el concepto de Transformación Azul”, definida como “una visión que busca ampliar los sistemas alimentarios acuáticos y aumentar su contribución a dietas saludables, nutritivas y asequibles, respaldando la gestión ambiental y el crecimiento inclusivo, especialmente para aquellas comunidades que dependen de la pesca y la acuicultura”.
La FAO manifiesta el convencimiento “de que la combinación de tecnología, innovación, planificación estratégica y normativas internacionales pueden transformar la pesca y la acuicultura en un motor clave para satisfacer las demandas alimentarias globales, y contribuir significativamente a un planeta más justo y resiliente”.
El llamado es a trabajar “juntos por una pesca y acuicultura sostenible, promoviendo una mejor producción, que garantice una mejor nutrición, un mejor medio ambiente y una vida mejor para las generaciones actuales y futuras, sin dejar a nadie atrás”, según lo expuesto en el artículo.
El crecimiento expansivo de la pesca y la acuacultura, como actividades clave para el proceso de la autosuficiencia y soberanía alimentaria, demanda de instrumentos orientados en principio a alentar los volúmenes de productividad, donde ocurra desde luego una efectiva administración de los recursos, con criterios de sustentabilidad y sostenibilidad; cuidando la inocuidad de los mismos y la protección del medio ambiente, bajo mecanismo de innovación constante, apoyada ésta en los recursos tecnológicos.
El Plan Nacional de Desarrollo de la presente administración enuncia como un hecho fundamental “fortalecer la soberanía alimentaria a través de políticas que fomenten la producción agrícola y pesquera de pequeña escala, especialmente en municipios con altos índices de pobreza”.
El documento precisa asimismo como necesidad urgente “fortalecer nuestra capacidad innovadora”, para cuyo desafío “México debe adoptar políticas de fomento industrial, comercial y de competencia, que devuelvan al Estado su papel activo en la planeación económica, priorizando el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas”; lo cual “debe ir de la mano con un impulso a la banca de desarrollo y la innovación tecnológica, para crear un sector productivo nacional robusto y competitivo”.
En razón de lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo Único. Se adiciona una fracción IV, recorriéndose en su orden las subsecuentes al artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
Artículo 8o. ...
I. a III. ...
IV. Impulsar mecanismos e instrumentos de innovación tecnológica en la administración y aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas.
V. a XLIII. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Fuentes de consulta
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/infrastructure/
https://www.fao.org/science-technology-and-innovation/technology /es
https://www.fao.org/americas/opinion/detail/claves-desarrollo-pe squero-acuicola/es
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981072/PND_2025-2 030_v250226_14.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2026.– Diputados y diputadas: Jesús Fernando García Hernández, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Roberto Armando Albores Gleason, Rosalía León Rosas, Santiago González Soto (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a la Organización Civil Política Juvenil Internacional de Progreso Industrial del municipio de Nicolás Romero, Estado de México, invitados por la diputada Zayra Linette Fernández Sarabia, del Partido Morena. Sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados.
Esta Mesa Directiva también le da la más cordial bienvenida a los estudiantes del Centro de Estudios Avanzados para la Investigación y el Conocimiento Aplicado... todos ellos invitados por el diputado Reginaldo Sandoval Flores, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. También sean muy bienvenidos a esta Cámara de diputados y que tengan una muy productiva visita.
LEY GENERAL DE SALUD Y LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en materia de atención integral de las personas con lesiones por quemadura y de atención especializada para niñas, niños y adolescentes con lesiones por quemaduras, así como incorporar dos institutos nacionales especializados en quemaduras. Adelante, diputada.
La diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto:Con el permiso de la Mesa.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante.
La diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto: Muy buenas tardes a todas y a todos ustedes. Agradezco infinitamente a los medios de comunicación que nos acompañan, así como al Canal del Congreso y a quienes nos siguen por los medios de las diversas plataformas digitales.
En nuestro país, las lesiones causadas por quemaduras figuran entre las principales razones de fallecimiento en la infancia, constituyendo un desafío crítico para la salud pública. Este problema impacta de manera desproporcionada a los menores de edad, particularmente a quienes tienen entre 1 y 4 años de edad.
De acuerdo con la Secretaría de Salud, se estima que en México alrededor de 128 mil personas padecen algún grado de quemaduras cada año, de las cuales aproximadamente 42 mil corresponden a niñas, niños y adolescentes.
Diversos estudios señalan que cerca del 70 por ciento de estos incidentes ocurre dentro del hogar, generalmente por descuidos con líquidos calientes, objetos térmicos o fuentes de fuego abierto.
Las quemaduras no solo presentan un problema de salud inmediato: generan consecuencias profundas en la vida de quienes las padecen, ya que las secuelas pueden incluir dolor crónico, deformidades, limitaciones funcionales y afectaciones psicológicas como estrés postraumático o depresión. En el caso de las niñas y niños, estas lesiones pueden interferir en su crecimiento y desarrollo físico y emocional, así como su integración escolar y social.
A nivel nacional, las quemaduras ocupan el decimotercer lugar entre las causas de defunción con aproximadamente 2 mil 775 muertes al año. Muchas de ellas, provocadas por exposición directa al fuego.
Además, el tratamiento de estas lesiones implica costos muy elevados para el sistema de salud, que, en casos graves, pueden superar hasta 1 millón y medio de pesos por paciente, considerando hospitalización prolongada, cirugías reconstructivas y procesos de rehabilitación.
Cabe señalar que en 2025 se registró un incremento por emergencias médicas durante diciembre, 20 por ciento más accidentes domésticos y que 73 por ciento de las quemaduras en temporada decembrina se atribuye a pirotecnia, concentrándose principalmente en niñas, niños y jóvenes. Estas lesiones generan discapacidades temporales o permanentes con el 17 por ciento de los casos, afectando su desarrollo integral y emocional.
En México hay el Centro Nacional de Investigación y Atención al Paciente Quemado, adscrito al Instituto Nacional de Rehabilitación, creado en 2011, atiende a pacientes de toda la República y cuenta con el único banco de piel nacional. Sin embargo, su capacidad es limitada y en forma integral no responde adecuadamente a la diversidad de las necesidades de la población, donde factores como quemaduras químicas o eléctricas requieren protocolos avanzados de infectología, cirugía reconstructiva y terapia intensiva.
Ante esta realidad, resulta indispensable fortalecer las políticas públicas, para reforzar la infraestructura médica especializada para la atención de este tipo de lesiones. En este sentido, estoy presentando una propuesta de reforma a la Ley General de Salud, mediante la cual se adiciona el Capítulo IV Bis al Título Tercero, así como los artículos 60 Bis, 60 Ter, 60 Quater y 60 Quinquies, con el objetivo de crear dos institutos especializados.
Un Instituto Nacional de Quemaduras para la Población en General Abierta, que permita centralizar recursos para la investigación epidemiológica, el desarrollo en tecnologías, como injertos sintéticos y la implementación de programas de prevención multisectorial.
Por el otro lado, un Instituto Nacional de Quemaduras Pediátricas, enfocado en niñas, niños y adolescentes, con el propósito de atender las necesidades específicas de esta población, fortalecer la investigación en patógenos pediátricos, desarrollar bancos de piel compatibles y promover estrategias de prevención primaria en escuelas y comunidades.
La creación de estos dos institutos nacionales es fundamental para cerrar las brechas que actualmente existen en el sistema de salud y permitir una atención multidisciplinaria, especializada y oportuna para las personas que sufren este tipo de lesiones.
Agradeceré a todos ustedes, el que desee sumarse a esta iniciativa, que es en favor de la población y, en especial, de nuestros niños y niñas. Muchas gracias por su atención. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, y de los Institutos Nacionales de Salud, en materia de atención integral de las personas con lesiones por quemaduras y de atención especializada para niñas, niños y adolescentes con lesiones por quemaduras, así como para incorporar dos institutos nacionales especializados en quemaduras, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn México las lesiones causadas por quemaduras figuran entre las principales razones de fallecimiento en la infancia constituyendo un desafío crítico para la salud pública que impacta desproporcionadamente a los menores de edad con un énfasis en aquellos de entre uno y cuatro años quienes enfrentan el mayor riesgo debido a accidentes cotidianos, según estimaciones alrededor de 128 mil individuos padecen algún grado de quemadura cada año de los cuales aproximadamente 42 mil corresponden a niñas, niños y adolescentes.
La Fundación Mexicana para la Dermatología destaca que cerca de 70 por ciento de estos incidentes ocurren en el entorno doméstico a menudo vinculados a descuidos con líquidos calientes, objetos térmicos o fuentes de fuego abierto, se calcula que 40 por ciento de los afectados anualmente se ubica en el rango etario de 17 a 40 años, un grupo productivo que ve comprometida su capacidad laboral y calidad de vida por estas lesiones.
Estas lesiones son en gran medida evitables, en naciones con economías avanzadas han logrado disminuciones notables en las cifras de mortalidad asociada mediante la integración de medidas preventivas junto con mejoras en los protocolos de atención a los damnificados, en contraste los territorios con ingresos bajos o medios como México, la adopción plena de tales progresos ha sido limitada, lo que resulta en tasas elevadas de decesos y discapacidades vinculadas a quemaduras que podrían mitigarse con acciones más robustas.
Intensificar iniciativas en este ámbito no sólo salvaría vidas, sino que también aliviaría el sufrimiento prolongado y las limitaciones funcionales que afectan a las víctimas y sus entornos familiares por ello las estrategias orientadas a la prevención deben enfocarse en identificar y mitigar los riesgos inherentes a las quemaduras e impartir conocimientos educativos a grupos en situación de riesgo y capacitar a las comunidades en técnicas básicas de respuesta inicial, en este sentido un esquema efectivo para evitar estos eventos debería involucrar a múltiples sectores y abarcar acciones amplias dirigidas a elevar el nivel de conciencia pública al formular y hacer cumplir normativas eficientes, cuantificar el peso del problema junto con sus factores desencadenantes, definir líneas prioritarias de estudio y fomentar prácticas interventoras con potencial demostrado e implementar esquemas dedicados a la prevención de quemaduras al potenciar los servicios de cuidado para afectados y desarrollar competencias institucionales para ejecutar todas estas medidas de manera coordinada.
Las estadísticas recientes revelan una incidencia alarmante, se estima que 128 mil personas sufren algún tipo de quemadura cada año en el país, con un incremento notable en entidades como el Estado de México, donde se reportaron 5 mil 681 atenciones en 2024, equivalente a 13 casos diarios, y una tendencia al alza en 2025 que supera los indicadores previos, a nivel nacional las quemaduras ocupan el decimotercer lugar entre las causas de defunción, con aproximadamente 2 mil 775 muertes anuales, mayoritariamente por exposición a fuego directo en 67 por ciento de los casos graves donde la superficie corporal afectada promedia 21.3 por ciento destacando la necesidad de políticas preventivas y de atención especializada para mitigar estos indicadores y reducir la carga sobre los servicios de emergencia.
La población infantil y adolescente es particularmente vulnerable, con más de 11 mil niños sufriendo quemaduras anualmente, la mayoría menores de cinco años, y un total de 42 mil casos en menores de edad, donde 60 por ciento afecta a varones y ocurre principalmente en el hogar por accidentes con líquidos calientes o fuego abierto, en 2025 se registró un incremento en emergencias médicas durante diciembre, con 20 por ciento más de accidentes domésticos, y 73 por ciento de las quemaduras en temporada decembrina atribuidas a pirotecnia, concentrándose en niñas, niños y jóvenes, lo que genera discapacidades temporales o permanentes en 17 por ciento de los casos y afecta su desarrollo integral, incluyendo limitaciones en el crecimiento óseo y emocional.
Históricamente, las quemaduras han sido una causa persistente de mortalidad infantil, posicionándose como la segunda causa general de muerte en niños de entre 0 y 14 años, representando 12 por ciento de todas las muertes en este grupo etario con tasas que han mostrado variaciones regionales, siendo más elevadas en estados con alta incidencia de accidentes domésticos y laborales, estudios epidemiológicos indican que entre 2000 y 2018 la tasa de mortalidad por quemaduras por cada 100 mil habitantes ha fluctuado, pero mantiene un impacto significativo en la población pediátrica donde las lesiones por escaldaduras (quemaduras por líquidos calientes) predominan en 70 por ciento de los casos en menores de cuatro años, subrayando la urgencia de intervenciones preventivas focalizadas en entornos familiares, no obstante el impacto económico de las quemaduras es significativo con costos directos que pueden alcanzar hasta 1.5 millones de pesos por paciente para tratar lesiones que afectan 20 por ciento de la superficie corporal, considerando hospitalización prolongada, cirugías reconstructivas y rehabilitación, lo que representa una carga mayor para el sistema de salud público, en regiones como Puebla y Guanajuato se atendieron cientos de casos en 2025 con alertas por amputaciones relacionadas con pirotecnia, y estudios destacan que los costos mensuales en la atención de heridas y quemaduras en México superan a los de otras patologías crónicas, agravado por el hecho de que 69.5 por ciento de las trabajadoras del hogar, grupo de alto riesgo para quemaduras e intoxicaciones, carece de prestaciones laborales y seguridad social, lo que transfiere la carga financiera a las familias y al Estado, desde una perspectiva social y psicológica las quemaduras dejan secuelas que van más allá de las cicatrices físicas, incluyendo dolor crónico, deformidades, limitaciones funcionales y trastornos mentales como estrés postraumático y depresión, especialmente en niños donde interfieren con el crecimiento óseo y emocional, perpetuando estigmatización y dificultades para la reinserción educativa o laboral, en este sentido hay que enfatizar el impacto emocional y económico sobre todo al incrementando riesgo de quemaduras en contextos de emergencia y afectando desproporcionadamente a comunidades vulnerables.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) reporta que las quemaduras causan 180 mil muertes globales al año con mayor incidencia en países de ingresos bajos y medianos como México, recomendando prevención primaria mediante educación sobre riesgos, enfriamiento inmediato con agua fría durante 20 minutos, y atención multidisciplinaria que incluye antibióticos tópicos, manejo de infecciones y rehabilitación, el plan de la OMS para prevención y atención detalla siete componentes clave desde evaluación inicial hasta rehabilitación, promoviendo equidad en salud y alineándose con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 3) lo que sirve de referencia para México en la adopción de estándares globales adaptados a contextos locales, en América Latina países como Brasil y Chile han implementado centros especializados con financiamiento público y énfasis en prevención, reduciendo tasas de mortalidad mediante registros unificados como el Registro Latinoamericano de Quemaduras (Relaq) que revela deficiencias en México en epidemiología y tratamiento pediátrico, en adolescentes las quemaduras por bromas o conflictos criminales han aumentado en 2025, con alertas de expertos sobre riesgos emergentes, lo que resalta la necesidad de enfoques preventivos inclusivos y participativos para promover la equidad y reducir incidencias regionales.
A fin de ejemplificar la modificación se presenta el siguiente cuadro comparativo a la Ley de Salud:
Por otro lado, la creciente necesidad de atención especializada de personas quemadas en nuestro país podemos resaltar que el actual Centro Nacional de Investigación y Atención al Paciente Quemado (Ceniaq), adscrito al Instituto Nacional de Rehabilitación ha sido un avance clave desde 2011, atendiendo pacientes de toda la República y contando con el único banco de piel nacional, sin embargo su capacidad limitada y enfoque integral no responden adecuadamente a la diversidad de necesidades de la población, donde factores como quemaduras químicas o eléctricas requieren protocolos avanzados de infectología, cirugía reconstructiva y terapia intensiva, la creación de un Instituto Nacional de Quemaduras para la población general permitiría centralizar recursos para investigación epidemiológica, desarrollo de tecnologías como injertos sintéticos y programas de prevención multisectorial.
En el caso de niñas, niños y adolescentes, un Instituto Nacional de Quemaduras Pediátricas respondería a esta brecha, fomentando investigación en patógenos pediátricos, bancos de piel compatibles y prevención primaria en escuelas y comunidades, la creación de estos dos institutos nacionales es imperativa ante las brechas del sistema actual al permitir una atención multidisciplinaria:
a) Para la población general, con énfasis en rehabilitación laboral y prevención en entornos industriales; y,
b) Para la Niñez y Adolescencia, con enfoques en derechos de la infancia y terapia ocupacional. Económicamente, reducirían costos al centralizar investigación y bancos de tejidos.
Al efecto, en el cuadro siguiente se presenta la propuesta comparando el texto vigente con el texto propuesto de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud:
Por lo anteriormente expuesto, propongo a esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de atención integral de las personas con lesiones por quemaduras y de atención especializada para niñas, niños y adolescentes con lesiones por quemaduras; y se reforma el artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para incorporar dos institutos nacionales especializados en quemaduras
Artículo Primero. Se adiciona el Capítulo IV Bis al Título Tercero de la Ley General de Salud, así como los artículos 60 Bis, 60 Ter, 60 Quáter y 60 Quinquies, para quedar como sigue:
Capítulo IV BisArtículo 60 Bis. Las autoridades sanitarias de la federación, las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias están obligadas a garantizar la prestación de atención médica especializada e integral a todas las personas que sufran quemaduras.
Esta obligación incluye la provisión de servicios oportunos, de calidad y sin discriminación, así como la implementación de las medidas necesarias para la pronta rehabilitación física y psicológica de los pacientes, la federación por conducto de la Secretaría de Salud, promoverá la coordinación interinstitucional e intergubernamental para establecer una Red Nacional de Atención a Personas con Quemaduras de conformidad con lo previsto en este Capítulo y demás disposiciones aplicables.
Artículo 60 Ter. La atención especializada a personas con quemaduras deberá brindarse de manera integral y multidisciplinaria, comprendiendo como mínimo los siguientes servicios:
X. Cuidados de enfermería especializados en pacientes quemados;
XI. Nutrición clínica para soporte metabólico;
XII. Terapia de rehabilitación física y ocupacional;
XIII. Cirugía plástica reconstructiva;
XIV. Cuidados intensivos, incluyendo unidades de terapia intensiva y terapia intermedia para pacientes con quemaduras graves;
XV. Área de choque o unidad de atención en urgencias equipada para la estabilización inicial de pacientes con quemaduras extensas;
XVI. Laboratorio de infectología para el monitoreo y control de infecciones asociadas a quemaduras;
XVII. Banco de piel y tejidos para la obtención, procesamiento y resguardo de injertos cutáneos destinados a pacientes quemados; y,
XVIII. Espacio para la investigación clínica y la capacitación, orientado al desarrollo de nuevos tratamientos y a la formación de personal especializado.
Las autoridades sanitarias promoverán además la inclusión de servicios de apoyo psicológico y trabajo social, a fin de atender las secuelas emocionales y sociales en los pacientes y sus familias.
Artículo 60 Quáter. La atención médica especializada a niñas, niños y adolescentes que hayan sufrido quemaduras se regirá por un enfoque de protección reforzada, acorde a su condición de personas en desarrollo y en situación de vulnerabilidad.
En la planeación y prestación de los servicios se deberá priorizar el interés superior de la niñez, garantizando un trato digno, amable y apropiado a su edad, así como la participación de sus padres, madres o tutores en el proceso de atención, en términos de la normatividad aplicable.
La Secretaría de Salud y las autoridades competentes establecerán protocolos específicos para el manejo de menores de edad con quemaduras, que considerarán:
V. La adecuación de las instalaciones pediátricas dentro de las unidades de quemados;
VI. La capacitación especializada del personal médico y de enfermería en quemaduras pediátricas;
VII. Medidas efectivas de control del dolor y sedación según la edad, apoyo psicológico infantil durante y después del tratamiento; y,
VIII. Estrategias de rehabilitación y seguimiento a largo plazo que faciliten la reintegración del menor a sus actividades cotidianas y su desarrollo pleno.
Ninguna niña, niño o adolescente deberá ser rechazado o recibir trato inferior en razón de su edad, por el contrario, gozarán de prioridad para el acceso a camas, tratamientos e injertos de piel y cualquier otra medida necesaria para salvaguardar su vida, su salud y su adecuado desarrollo.
Artículo 60 Quinquies. Las unidades médicas que brinden atención especializada a personas con quemaduras deberán cumplir con criterios mínimos de infraestructura, equipamiento y personal calificado, conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Salud.
Dichos criterios asegurarán, entre otros aspectos, la existencia de áreas físicas adecuadas como quirófanos para cirugía reconstructiva, salas de aislamiento para pacientes con riesgo infeccioso, áreas de terapia intensiva y recuperación, y espacios para rehabilitación, el equipamiento médico y tecnológico indispensable, así como el instrumental especializado para tratamiento de quemaduras, equipos de ventilación mecánica, monitores, camas fluidizadas, y la disponibilidad permanente de personal médico multidisciplinario con entrenamiento específico en el manejo de quemaduras como cirujanos plásticos, médicos intensivistas, anestesiólogos, enfermeras especializadas, terapeutas físicos, nutricionistas, psicólogos.
La Secretaría de Salud en coordinación con el Consejo de Salubridad General y las autoridades de salud de las entidades federativas establecerá los requisitos para la acreditación y certificación periódica de estas unidades médicas.
Solo las instituciones que cuenten con la debida acreditación vigente serán reconocidas como Centros Especializados de Atención a Quemaduras dentro del Sistema Nacional de Salud, la evaluación para la acreditación considerará el cumplimiento de los criterios antes mencionados, los resultados en la atención, indicadores de calidad y seguridad del paciente y la capacitación continua del personal.
Se implementarán acciones de mejora continua y en su caso medidas de apoyo técnico a las unidades que lo requieran, a fin de garantizar en todo momento estándares óptimos de atención para los pacientes con quemaduras.
Artículo Segundo. Se reforma el artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud para adicionar las fracciones XI y XII, recorriéndose la actual fracción XI para quedar como XIII para quedar como sigue:
Título SegundoArtículo 5. Los organismos descentralizados que serán considerados como Institutos Nacionales de Salud, son cada uno de los siguientes, para las áreas que se indican:
I. al X. ...
XI. Instituto Nacional de Reconstrucción y Atención de Quemaduras;
XII. Instituto Nacional de Atención Integral de Quemaduras en Niñez y Adolescencia; y,
XIII. Los demás que en el futuro sean creados por ley o decreto del Congreso de la Unión, con las características que se establecen en la fracción III del artículo 2 de la presente ley.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto la Secretaría de Salud del Gobierno federal deberá emitir las disposiciones reglamentarias y normativas que resulten necesarias para la correcta implementación del Capítulo IV Bis adicionado a la Ley General de Salud. En particular, expedirá o actualizará las normas oficiales mexicanas y lineamientos técnicos en materia de infraestructura, equipamiento, organización, procedimientos clínicos, prevención y control de infecciones, y demás aspectos aplicables a las unidades médicas de atención a quemaduras, así como los criterios de acreditación y certificación señalados en el artículo 60 Quinquies.
Tercero. La Secretaría de Salud del Gobierno federal, en coordinación con las autoridades sanitarias de las entidades federativas, deberá diseñar e iniciar la ejecución de un Programa Nacional para la Atención Integral de Personas con Quemaduras, dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigor de este decreto.
Este programa establecerá las etapas y metas específicas para la creación, reconversión o fortalecimiento de unidades de atención a quemados a nivel regional y estatal, el Programa Nacional deberá contemplar: a) un diagnóstico de la capacidad instalada actual (infraestructura, recurso humano y equipamiento disponible) en cada entidad federativa para la atención de quemaduras; b) la determinación de prioridades de inversión y asignación de recursos federales y estatales para establecer nuevas unidades o mejorar las existentes, dando preferencia a las regiones del país con mayores brechas en cobertura de servicios de quemados; c) estrategias de capacitación intensiva de personal médico, de enfermería y paramédico en el manejo avanzado de trauma por quemaduras, incluidas posibles alianzas con instituciones nacionales e internacionales especializadas para la transferencia de conocimiento; d) esquemas de referencia y contrarreferencia eficaces entre unidades de primer contacto (hospitales generales) y los centros especializados, de modo que los pacientes con quemaduras graves sean trasladados de forma inmediata al nivel de atención adecuado; y e) campañas de difusión sobre la prevención de quemaduras y sobre la disponibilidad de los nuevos servicios especializados, dirigidas a la población y al personal de salud de primer nivel.
Cuarto. Dentro de los primeros dos años contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, al menos la mitad de las entidades federativas del país deberán contar, ya sea en su territorio o mediante acuerdos de coordinación interestatal con al menos una unidad médica acreditada para la atención especializada de personas con quemaduras en los términos del Capítulo IV Bis de la Ley General de Salud.
Para el cumplimiento de esta meta, las autoridades sanitarias de las entidades federativas podrán: a) reconvertir áreas de hospitales generales o regionales existentes en unidades de quemados, establecer unidades especializadas de nueva creación en hospitales estratégicos, o b) celebrar convenios con centros federales o con entidades federativas vecinas para el acceso de sus habitantes a dichos servicios, en tanto desarrollan infraestructura propia.
La Secretaría de Salud brindará asistencia técnica y, en su caso, apoyos presupuestarios etiquetados a las entidades federativas que presenten proyectos ejecutivos viables para la creación o mejora de sus unidades de quemados, privilegiando criterios de necesidad epidemiológica y equilibrio regional.
Quinto. Dentro de los cinco años siguientes a la entrada en vigor de este decreto todas las entidades federativas deberán haber establecido y tener en pleno funcionamiento al menos una unidad médica especializada en la atención de personas con quemaduras, conforme a los lineamientos de la Ley General de Salud y su normativa derivada, el Sistema Nacional de Salud deberá contar con una red integral y permanente de servicios para pacientes quemados, con cobertura nacional.
Si alguna entidad federativa por sus características demográficas o geográficas optare por mantener un esquema de asociación interestatal para garantizar la atención de su población en una unidad especializada ubicada en otra entidad, dicho arreglo deberá estar formalizado y garantizado a largo plazo, asegurando que ningún habitante quede descubierto.
El Gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, incluirá en los proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación de los próximos ejercicios fiscales previsiones de gasto específicas para apoyar la instalación, equipamiento y operación de las unidades de atención a quemados en las entidades federativas que lo requieran, conforme a la disponibilidad presupuestaria y bajo el principio de progresividad en el derecho a la salud.
Sexto. La Secretaría de Salud, en un plazo no mayor a 180 días naturales, realizará las acciones de organización, planeación y adecuación normativa interna necesarias para la instalación y puesta en operación de los Institutos a que se refieren las fracciones XI y XII del artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud del presente decreto en relación con el establecimiento del Instituto Nacional de Reconstrucción y Atención de Quemaduras, así como la creación del Instituto Nacional de Atención Integral de Quemaduras en Niñez y Adolescencia.
Séptimo. La instalación y puesta en marcha se realizará de manera progresiva conforme a la disponibilidad presupuestaria aprobada para el ramo correspondiente en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal que resulte aplicable.
Notas
1 Véase Secretaría de Salud. (2024, 27 abril). 160. Infantes de uno a cuatro años, con más riesgo de sufrir quemaduras: Instituto Nacional de Rehabilitación [Comunicado de prensa]. Gobierno de México.
https://www.gob.mx/salud/prensa/160-infantes-de-uno-a-cuatro-ano s-con-mas-riesgo-de-sufrir-quemaduras-instituto-nacional-de-rehabilitacion
2 Véase N, R. (2025, 24 septiembre). Reportan 128 Mil Quemaduras al Año en México: Más de 40 Mil en Menores ¿Qué Hacer en Esos Casos? N+.
https://www.nmas.com.mx/foro/salud/128000-quemaduras-al-ano-en-m exico-y-42000-en-ninas-y-ninos-que-hacer-y-senales-de-alerta/
3 Véase Fmd. (2017, 2 noviembre). Quemaduras de la piel - Fundación Mexicana para la Dermatología A.C. Fundación Mexicana Para la Dermatología A.C.
https://fmd.org.mx/quemaduras-de-la-piel/
4 Véase World Health Organization: WHO. (2023, 13 octubre). Quemaduras.
https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/burns
5 Véase Secretaría de Salud. (2023, 31 diciembre). 459. Fundamental, prevenir quemaduras en temporada invernal: Secretaría de Salud. Gobierno de México.
https://www.gob.mx/salud/prensa/459-fundamental-prevenir-quemadu ras-en-temporada-invernal-secretaria-de-salud
6 Véase Secretaría de Salud. (2016). Modelo para la Prevención de Quemaduras en Grupos Vulnerables en México. En Gobierno de México.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/732536/ModeloQuem aduras.pdf
7 Véase Servando. (2025, 12 septiembre). Estado de México atiende 13 casos de quemaduras cada día. Línea Mx.
https://lineamx.com/estado-de-mexico-atiende-13-casos-de-quemadu ras-cada-dia/
8 Véase N, R. (2025, septiembre 24). Reportan 128 Mil Quemaduras al Año en México: Más de 40 Mil en Menores ¿Qué Hacer en Esos Casos? N+.
https://www.nmas.com.mx/foro/salud/128000-quemaduras-al-ano-en-m exico-y-42000-en-ninas-y-ninos-que-hacer-y-senales-de-alerta/
9 Véase Cristancho, J. T. (2025b, octubre 20). Más de 11 mil niños sufren quemaduras cada año en México: estudio advierte que la mayoría son menores de. Binduz 1.
https://consultorsalud.com.mx/quemaduras-pediatricas-mexico-salu d-publica/
10 Véase Pirotecnia eleva hasta 300% consulta por quemaduras: FMD - La Prensa | Noticias policiacas, locales, nacionales. (s. f.).
https://oem.com.mx/la-prensa/ciencia-y-salud/pirotecnia-eleva-ha sta-300-consulta-por-quemaduras-fmd-15307156
11 Véase Secretaría de Salud. (2017, 14 febrero). Conoce el CENIAQ. Gobierno de México.
https://www.gob.mx/salud/articulos/conoce-el-ceniaq
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2026.– Diputadas y diputados: Ofelia Socorro Jasso Nieto, Abigail Arredondo Ramos, Ana Isabel González González, Ariana del Rocío Rejón Lara, Arturo Yáñez Cuéllar, Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, Christian Mishel Castro Bello, Éctor Jaime Ramírez Barba, Emilio Lara Calderón, Juan Antonio Meléndez Ortega, Juan Francisco Espinoza Eguía, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Luvianka Guadalupe Partida Chávez, Mario Calzada Mercado, Mario Zamora Gastélum, Martha Amalia Moya Bastón, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Nancy Aracely Olguín Díaz, Noel Chávez Velázquez, Paloma Domínguez Ugarte, Víctor Samuel Palma César (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
La diputada Rejón, ¿con qué objeto, diputada Rejón?
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara (desde la curul): Pedirle aquí, a nuestra compañera diputada, si nos permite suscribirse —al grupo parlamentario— a su iniciativa.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. A la diputada se le pregunta si está usted de acuerdo en que su grupo parlamentario se una a la iniciativa.
La diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto: Claro que sí, con mucho. Gracias a todos ustedes.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Muchísimas gracias. Quien desee adherirse a la iniciativa, les recordamos que estará a su disposición aquí en Mesa Directiva.
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de prescripción de faltas administrativas graves.
El diputado Eduardo Gaona Domínguez:La corrupción no se derrota con discursos, se derrota con leyes que impidan que el tiempo proteja a los corruptos. Con su venia, presidenta, saludo a mis compañeros y compañeras diputadas. Y hoy les vengo a presentar algo muy sencillo de entender para todo ciudadano y ciudadana. Cuando un ciudadano roba, se le persigue y se le sanciona. Pero cuando un funcionario roba, muchas veces solo hay que esperar a que pase el tiempo para que haya impunidad. Y entonces, ocurre lo que todos conocemos: el expediente se duerme, el reloj pasa y la corrupción prescribe.
Ese es el problema que esta iniciativa, que vengo a proponerles, compañeros, busca resolver. Hoy la ley establece que las faltas administrativas graves cometidas por funcionarios públicos prescriben en tan solo siete años. Fíjense ustedes. Pero la corrupción, como todos sabemos, no es un tema y un delito simple, la corrupción se esconde, la corrupción se triangula, la corrupción se disfraza.
Por eso investigar toma tiempo, probar toma tiempo, y desmontar las redes de corrupción toma todavía más tiempo. Y mientras tanto la ley le pone un reloj a la justicia. Esto, definitivamente, no puede seguir así, porque cuanto la corrupción prescribe no gana la ley, sí gana la impunidad. Por eso propongo una reforma muy clara y muy firme, que las faltas administrativas graves cometidas por funcionarios públicos no prescriban.
No estamos hablando aquí de cualquier falta, estamos hablando de las conductas más dañinas contra el patrimonio y contra la confianza pública ciudadana. Porque quien saquea al Estado no le roba al gobierno, le roba a la gente, les roba a las escuelas, le roba a los hospitales y le roba al futuro de México. Y frente a eso el mensaje del Estado debe de ser contundente: la corrupción no se olvida, la corrupción no se borra, la corrupción no prescribe.
Esta reforma, por eso compañeros y compañeras, busca fortalecer a nuestros órganos internos de control, a las Fiscalías Anticorrupción y también al Sistema Nacional Anticorrupción, para que se pueda investigar y sancionar con el tiempo que corresponde y con lo que debe de llevar una investigación acuciosa.
Porque la justicia que llega tarde pues al menos llega, pero la justicia que no nunca llega a eso se le llama impunidad, y México ya está cansado de la impunidad. Por eso esta iniciativa de ninguna manera busca venganza, busca algo más importante, que nadie vuelva a confiar en que el tiempo puede salvarlo de la ley.
Ya lo dijo la Suprema Corte de Justicia, que este Congreso tiene facultades para legislar en materia de administrativa sancionadora, nuestra Constitución también permite que podamos legislar al respecto.
Y si hay un ámbito donde el interés público exige firmeza, es precisamente en la lucha anticorrupción. Países como Peru ya lo han hecho, le han apostado a la no prescriptibilidad. También países como Argentina y muchos países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, del cual, organismo del cual México es parte.
Hagamos, compañeros y compañeras, a través de esta iniciativa que llegará a la comisión respectiva, que México sea punta de lanza en el combate a la corrupción. En la bancada de Movimiento Ciudadano siempre, siempre vamos a estar comprometidos con esa lucha anticorrupción, a favor del pueblo, a favor de los intereses y a favor de lo que México sí quiere, que haya justicia, que haya sanciones y que los corruptos estén en la cárcel. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en materia de prescripción de faltas administrativas graves, a cargo del diputado Eduardo Gaona Domínguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, diputado Eduardo Gaona Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa corrupción tiene un efecto destructivo en las instituciones estatales y en la capacidad de los estados para respetar, proteger y cumplir los derechos humanos, especialmente de aquellas personas y grupos en situación de vulnerabilidad y marginación, asimismo, suponen un gran reto para muchas sociedades, ya que desvían ingresos públicos y paralizan los presupuestos públicos que deberían proporcionar asistencia sanitaria, vivienda, educación y otros servicios esenciales, socavan la capacidad de los estados para cumplir sus obligaciones básicas mínimas y sus obligaciones legales preexistentes de maximizar todos los recursos disponibles para respetar, proteger y cumplir los derechos económicos, sociales y culturales.
En México, con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) se señala que los costos de incurrir en estos actos de corrupción superan los 11 mil 910 millones de pesos en México, cifra que equivale en promedio a 3 mil 368 pesos por persona víctima.
La corrupción, particularmente aquella vinculada con faltas administrativas graves y con la participación de particulares, constituye uno de los principales obstáculos para el fortalecimiento institucional, la confianza ciudadana en las autoridades y el ejercicio efectivo del estado de derecho. A pesar de los avances normativos derivados de la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, subsisten vacíos legales que permiten que conductas graves queden impunes debido al transcurso del tiempo, aun cuando existan elementos suficientes para acreditar la responsabilidad administrativa, tales como:
1. Recomendación no vinculante a las legislaturas de los estados, relacionada con la selección de jueces y magistrados (Informe Anual 2017).
2. Recomendación no vinculante dirigida a los congresos de las entidades federativas a que realicen las reformas legales para la integración y funcionamiento de los Sistemas Locales Anticorrupción (Informe Anual 2020).
3. Recomendación no vinculante para la interconexión con la Plataforma Digital Nacional.
4. Recomendación para la óptima integración de los SLA (Informe Anual 2023).
El régimen vigente de prescripción establecido en el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas fija un plazo de siete años para las faltas administrativas graves y las faltas de particulares. En la práctica, este plazo resulta insuficiente frente a la complejidad de las investigaciones, la sofisticación de los esquemas de corrupción y, en no pocos casos, la obstrucción institucional que retrasa intencionalmente los procedimientos.
La presente iniciativa propone establecer la imprescriptibilidad de las faltas administrativas graves y de las faltas de particulares cuando éstas hayan sido debidamente comprobadas por los órganos internos de control. Esta medida no vulnera el principio de seguridad jurídica, ya que se circunscribe exclusivamente a conductas de la mayor gravedad dentro del régimen administrativo sancionador y exige la acreditación plena de los hechos mediante los procedimientos legalmente establecidos.
La imprescriptibilidad responde al interés superior de proteger el patrimonio público, garantizar la rendición de cuentas y evitar que el paso del tiempo se convierta en un mecanismo de impunidad.
Asimismo, se alinea con estándares internacionales en materia de combate a la corrupción, particularmente aquellos que reconocen la gravedad estructural de estas conductas y la necesidad de respuestas normativas reforzadas.
En el ámbito local, entidades federativas como Nuevo León han avanzado en el fortalecimiento de sus sistemas de control y fiscalización, dotando a sus órganos de control interno y a su Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de mayores capacidades técnicas y normativas.
La experiencia de Nuevo León demuestra que los procedimientos de investigación y substanciación de responsabilidades graves suelen extenderse en el tiempo debido a la complejidad financiera, administrativa y probatoria de los casos.
La presente reforma armoniza el marco general con estas realidades subnacionales, evitando que los esfuerzos institucionales locales se vean frustrados por plazos de prescripción que no reflejan la naturaleza ni el impacto de las faltas administrativas graves.
En el derecho comparado, diversos ordenamientos han optado por regímenes de imprescriptibilidad o prescripción ampliada tratándose de conductas graves vinculadas a la corrupción.
Por ejemplo, países como Perú existe la imprescriptibilidad de determinadas infracciones administrativas o delitos contra la administración pública cuando afectan gravemente el erario o los principios fundamentales del servicio público en su artículo 41 el cual expresa.
“Artículo 41.
El plazo de prescripción de la acción penal se duplica en caso de los delitos cometidos contra la Administración Pública o el patrimonio del Estado, tanto para los funcionarios o servidores públicos como para los particulares. La acción penal es imprescriptible en los supuestos más graves, conforme al principio de legalidad”.
Jurisprudencia y criterios constitucionales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido que el derecho administrativo sancionador comparte principios con el derecho penal, pero admite modulaciones razonables cuando se trata de proteger bienes jurídicos de alto valor constitucional, como la legalidad, la honradez y la eficiencia en el servicio público. Asimismo, ha reconocido que el legislador cuenta con un amplio margen de configuración para definir los plazos de prescripción, siempre que estos sean proporcionales y razonables.
En este sentido, la imprescriptibilidad de faltas administrativas graves encuentra sustento en el principio de proporcionalidad, al reservarse exclusivamente para las conductas más lesivas y al establecerse como una medida necesaria para garantizar la eficacia del sistema anticorrupción.
La iniciativa reforma el párrafo segundo del artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas para establecer que las faltas administrativas graves y las faltas de particulares comprobadas por los órganos internos de control no serán prescriptibles. Asimismo, se incorporan disposiciones transitorias que garantizan certeza jurídica en su aplicación.
Derivado de lo anteriormente expuesto, es que someto a consideración de esta soberanía la siguiente
Propuesta
Derivado de lo anterior, se somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Único. Se reforma el párrafo segundo del artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para quedar como sigue:
Artículo 74. ...
Cuando se trate de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares la acción para su investigación y sanción será imprescriptible.
...
...
...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La imprescriptibilidad prevista en el presente decreto será aplicable a las faltas administrativas graves y a las faltas de particulares que, a la fecha de entrada en vigor de éste, no hayan prescrito conforme al régimen anterior.
Tercero. Los procedimientos de investigación y substanciación en trámite deberán continuar conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio, sin perjuicio de la aplicación de la imprescriptibilidad cuando resulte procedente.
Cuarto. Las autoridades competentes deberán adecuar, en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, sus lineamientos internos, manuales y criterios de actuación para armonizarlos con lo dispuesto en el presente decreto.
Notas
1 Organización de las Naciones Unidas, disponible en:
https://www.ohchr.org/es/good-governance/corruption-and-human-ri ghts
2 Expansión, disponible en:
https://politica.expansion.mx/mexico/2025/12/09/mexico-pierde-ma s-de-11-910-mdp-por-corrupcion
3 Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA_200521.pdf
4 Ley General de Responsabilidades Administrativas, disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf
5 Mexicanos contra la corrupción y la impunidad, disponible en:
https://contralacorrupcion.mx/el-impacto-limitado-de-las-recomen daciones-del-sistema-nacional-anticorrupcion/
6 Ley General de Responsabilidades Administrativas, disponible en:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf
7 Suprema Corte de Justicia de la Nación, criterios sobre derecho administrativo sancionador, disponible en:
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/174488
8 Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del estado de Nuevo León, disponible en:
https://www.nl.gob.mx/es/boletines/nuevo-leon-consolida-un-ano-d e-integridad-digital-y-controles-anticorrupcion
9 Constitución Política del Perú, disponible en:
https://www.congreso.gob.pe/Docs/files/constitucion/constitucion -12-2024.pdf
10 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Semanario Judicial de la Federación, disponible en:
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2029580
11 Suprema Corte de Justicia de la Nación, tesis sobre principio de proporcionalidad en materia sancionadora, disponible en:
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2020894
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.– Diputado Eduardo Gaona Domínguez (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO PARA AMPLIAR EL DERECHO DE LAS PERSONAS A CUENTAS DE DEPÓSITO Y CRÉDITO SIN COMISIONES
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Tiene la palabra la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito para ampliar el derecho de las personas a cuentas de depósito y crédito sin comisiones.
La diputada Merary Villegas Sánchez:Con su venia, diputada presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada Merary Villegas Sánchez: Hoy presento ante esta soberanía una iniciativa que parte de una convicción clara. El acceso a los servicios financieros básicos no pude seguir siendo un privilegio, debe consolidarse como una herramienta real de inclusión y justicia económica.
En México la mayoría de las personas sigue dependiendo del dinero en efectivo para sus actividades diarias, 7 de cada 10 operaciones aún se realizan con billetes y monedas. Esta realidad refleja un rezago histórico en materia de inclusión financiera, especialmente entre quienes trabajan en la economía informal y en muchos casos no cuentan con productos bancarios, aplicaciones o dispositivos electrónicos de pago.
La Encuesta Nacional de Inclusión Financiera de 2024 revela que el 53 por ciento de la población adulta en México no cuenta con una cuenta bancaria, es decir, más de la mitad del país permanece fuera del sistema financiero formal.
Además, solo el 31 por ciento ha tenido acceso a créditos formales, lo que evidencia las barreras estructurales que enfrentan millones de personas para obtener productos financieros básicos. Este uso masivo del efectivo no es una cuestión menor, tiene efectos reales en la vida económica del país. Dificulta la fiscalización, alimenta la informalidad y genera condiciones propicias para la corrupción y el lavado de dinero.
Diversos estudios coinciden en que reducir la dependencia del efectivo tendría efectos estructurales positivos, ampliaría la base de la recaudación, disminuiría la informalidad y elevaría el costo operativo de las actividades ilícitas.
Expansión, expansión de medios electrónicos de pagos fortalece la trazabilidad de las operaciones y reduce los espacios de opacidad financiera, ganando un entorno económico más transparente y seguro.
El problema es evidente, pero también lo es su causa. Para millones de personas tener una cuenta bancaria sigue implicando comisiones por abrirla, por mantenerla o incluso por mover su propio dinero.
Cuando eso ocurre, la decisión es sencilla: regresar al efectivo, y el efectivo, aunque necesario, implica riesgos, limita el acceso al crédito y mantiene a muchas personas al margen de oportunidades financieras formales.
La ley ya reconoce el derecho a un producto básico de depósitos sin comisiones, sin embargo, el umbral vigente de 165 UMAs quedó rebasado por la realidad económica actual.
Muchas personas que trabajan formalmente, que reciben depósitos regulares y que superan ese límite quedan fuera del beneficio. No porque no lo necesiten, sino porque la norma se quedó corta.
En ese sentido, como diputadas, como diputados, tenemos la responsabilidad de mejorar el marco legal para que responda a las necesidades actuales de la población. La iniciativa que presento reforma el artículo 48 Bis-2 de la Ley de Instituciones de Crédito, para ampliar ese derecho.
Elevamos el umbral a 500 UMA, lo que significa que cuentas con ingresos mensuales cercanos a los 56 mil pesos podrán operar sin comisiones por apertura, mantenimiento o transferencias electrónicas básicas. No estamos creando un privilegio, estamos actualizando un parámetro que dejó de responder a las realidades salariales del país. No es una ocurrencia, es una corrección normativa necesaria.
Además, actualizamos el límite del producto básico de tarjeta de crédito a 500 umas. Este ajuste devuelve proporcionalidad al esquema y lo hace congruente con la realidad económica del país. Así, el crédito básico deja de ser un producto con un límite insuficiente y se convierte en una opción real para quienes necesitan financiamiento formal sin cargas excesivas.
El impacto es concreto, más personas dentro del sistema financiero, mayores posibilidades de construir historial crediticio, menor exposición a riesgos patrimoniales y más oportunidades de crecimiento.
La inclusión financiera no es un concepto abstracto, es una condición para la movilidad social. La cuarta transformación ha sostenido que el desarrollo debe incluir a quienes históricamente quedaron fuera. No basta con que el sistema financiero sea sólido, debe ser accesible. No basta con que la ley exista, debe ser funcional.
Esta iniciativa no confronta el sistema financiero, lo fortalece al ampliar su base social, no impone cargas desproporcionadas ni invade competencias regulatorias. Compañeras y compañeros, la justicia económica también se construye desde ajustes que tienen efectos reales en la vida cotidiana. Cuando una persona puede abrir una cuenta sin temor a cargos excesivos, cuando puede ahorrar con seguridad y acceder a crédito formal, estamos ampliando oportunidades.
Legislar es revisar si nuestras normas siguen sirviendo a la realidad que regula y cuando ya no lo hacen, nuestra obligación es actualizarlas con responsabilidad. Hoy ponemos sobre la mesa una reforma que amplía derechos existentes, fortalece la inclusión financiera y es congruente con un proyecto de país que busca menos exclusión y más oportunidades. Porque transformar también es corregir lo que quedó atrás. Y en esa tarea, esta Cámara tiene una responsabilidad histórica. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, para ampliar el derecho de las personas a cuentas de depósito y crédito sin comisiones, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, Merary Villegas Sánchez, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 48 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEn México, la mayoría de las personas sigue dependiendo del dinero en efectivo para sus actividades diarias. Siete de cada diez operaciones aún se realizan con billetes y monedas. Esta realidad refleja el rezago histórico en materia de inclusión financiera, especialmente entre quienes trabajan en la economía informal y que, en muchos casos, no cuentan con productos bancarios, aplicaciones o dispositivos electrónicos de pago.
De acuerdo con algunos estudios, en compras menores a 500 pesos el 85.2 por ciento de las personas aún paga en efectivo, y en compras mayores a 501 pesos, el porcentaje sigue siendo elevado: 73.5 por ciento. Aunque el uso del efectivo ha disminuido ligeramente en los recientes años, la transición hacia medios electrónicos avanza a un ritmo mucho más lento que en países comparables.
Por ejemplo, Colombia tenía en 2014 un nivel de uso de efectivo del 55 por ciento y se proyecta que caerá a 24 por ciento para 2030. En Brasil, los pagos cuenta a cuenta y las tarjetas ya ocupan los primeros lugares como métodos de pago, relegando al efectivo a un tercer plano con solo 17 por ciento.
Este uso masivo del efectivo en México no es una cuestión menor. Tiene efectos reales en la vida económica del país: dificulta la fiscalización, alimenta la economía informal y crea condiciones propicias para la corrupción y el lavado de dinero.
El Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) ha señalado que reducir el uso del efectivo aumentaría la recaudación fiscal, disminuiría la informalidad y elevaría el costo de las operaciones ilícitas.
Asimismo, investigadoras como Parma Aurora y Seijas María explican que la generalización de medios electrónicos de pago –aunque no está exenta de desafíos de privacidad– fortalece la trazabilidad y combate la opacidad financiera.
A nivel internacional, la preocupación por el lavado de dinero llevó a que, en 1989, los países del G7 impulsaran la creación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo encargado de establecer estándares y promover medidas para proteger al sistema financiero mundial.
México ingresó al GAFI en el año 2000 y, desde entonces, se ha comprometido a incorporar sus recomendaciones a la legislación interna.
En su evaluación de 2018, el GAFI concluyó que México enfrenta un riesgo elevado derivado del uso masivo de efectivo, situación que limita la detección de operaciones ilícitas y vulnera la integridad del sistema financiero.
Posteriormente, en 2025, la presidenta mexicana del propio organismo, Elisa de Anda Madrazo, fue contundente al señalar: “El uso generalizado del efectivo y de canales no regulados incrementa el riesgo de lavado de dinero. Avanzar en inclusión financiera es parte del mandato del GAFI”.
Esta afirmación coincide con los diagnósticos de organismos internacionales como el Banco Mundial, que advierten que México sigue rezagado: solo 49 por ciento de las personas adultas tiene una cuenta bancaria formal, cifra muy por debajo del promedio global.
El problema es evidente. Pero también lo es su causa inmediata: para miles de personas, tener una cuenta bancaria sigue siendo costoso o inaccesible.
Comisiones por apertura, cuotas de manejo, cargos por transferencias o incluso por consultar el saldo generan desconfianza y expulsan a los usuarios del sistema financiero. Para una familia trabajadora, una comisión de 100 o 150 pesos al mes significa un impacto directo en su bolsillo, suficiente para evitar usar la banca formal.
Estas prácticas no solo son injustas; perpetúan el círculo del efectivo, la informalidad y la vulnerabilidad financiera. La banca debe estar al servicio de la gente, no convertirse en un obstáculo para su inclusión.
Como diputadas y diputados debemos mejorar el marco legal para que sea acorde a las necesidades actuales de la población y coherente con otras reformas que ya han sido aprobadas.
Es este sentido resulta importante destacar que el artículo 48 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito conserva referencias al salario mínimo. No obstante, desde la reforma constitucional publicada el 27 de enero de 2016, que creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA), todas las disposiciones legales que mencionan salarios mínimos –para fines distintos al pago de salario– deben entenderse expresadas en UMAs.
El artículo tercero transitorio del decreto constitucional es claro: toda mención al salario mínimo en leyes vigentes se interpreta como UMA.
En consecuencia, el umbral previsto originalmente en este artículo 48 Bis 2 –equivalente a 165 salarios mínimos– opera actualmente como 165 UMAs, aun cuando el texto no haya sido actualizado. De ahí que la presente reforma no modifica la naturaleza del parámetro; simplemente lo actualiza y fortalece, acorde con la realidad económica y los objetivos de inclusión financiera.
Como legisladora federal, sostengo que el acceso a una cuenta bancaria básica no debe ser un privilegio, sino un derecho instrumental para el ahorro seguro, la movilidad económica y la disminución de riesgos asociados al manejo exclusivo de efectivo.
Por ello, esta iniciativa propone reformar el artículo 48 Bis 2 para establecer que las cuentas de depósito o ahorro cuyo monto total de abonos mensuales no exceda quinientas UMAs estén libres de comisiones por apertura, mantenimiento, retiros, consultas o transferencias electrónicas básicas.
Este nuevo umbral amplía la cobertura real del derecho vigente y asegura que la gran mayoría de las personas usuarias –trabajadoras, jóvenes, estudiantes, personas adultas mayores y pequeños comercios– puedan acceder y utilizar el sistema financiero sin cargas injustificadas.
Además, se actualiza la fracción I relativa al producto básico de tarjeta de crédito, sustituyendo la referencia al salario mínimo por UMA y ajustando el límite a 500 UMAs, lo que armoniza la norma con el parámetro constitucional vigente y otorga mayor proporcionalidad en el diseño del crédito básico, haciéndolo más realista para el perfil de ingreso de quienes requieren productos simples y accesibles.
Con esta reforma, el umbral del producto básico de depósito o ahorro pasa de 165 UMAs a 500 UMAs; es decir, se amplía a poco más del triple la cantidad máxima de abonos mensuales permitidos para mantener una cuenta libre de comisiones.
Del mismo modo, el límite del producto básico de tarjeta de crédito –que en la ley vigente equivale a 200 salarios mínimos, hoy interpretados como 200 UMAs– se actualiza a 500 UMAs, armonizando el texto legal con el parámetro constitucional vigente y otorgando mayor margen al producto de crédito básico.
En ambos casos, el incremento de los umbrales amplía sustantivamente el universo de personas beneficiarias y fortalece su derecho a servicios financieros accesibles, simples y libres de prácticas abusivas.
Con esta reforma, fortalecemos la inclusión financiera, incentivamos el ahorro formal y reducimos la dependencia del efectivo, cerrando espacios a la evasión fiscal, la informalidad y el lavado de dinero. Pero, sobre todo, colocamos al sistema financiero al servicio de la gente.
Porque en la Cuarta Transformación, la justicia económica también se legisla. Garantizar una cuenta bancaria gratuita y accesible es garantizar dignidad, seguridad y oportunidades para quienes más lo necesitan.
En virtud de lo anterior someto a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito
Artículo Único. Se reforman el primer párrafo y la fracción I del artículo 48 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:
Artículo 48 Bis 2. Las instituciones de crédito que reciban depósitos bancarios de dinero a la vista de personas físicas estarán obligadas a ofrecer un producto básico de depósito o ahorro, en los términos y condiciones que determine el Banco de México mediante disposiciones de carácter general. Dichas disposiciones deberán prever que las cuentas cuyo monto total de abonos mensuales no exceda el equivalente a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, estarán exentas de cualquier comisión por apertura, retiros, consultas, mantenimiento o transferencias electrónicas básicas, o por cualquier otro concepto aplicable en la institución que otorgue la cuenta.
...
...
I. Su límite de crédito será de hasta quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente;
...
Artículos TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor a los ciento ochenta días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Dentro de los noventa días naturales siguientes a la publicación del presente decreto, el Banco de México deberá emitir o adecuar las disposiciones de carácter general relativas al artículo 48 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, derogando las que se opongan al contenido de esta reforma.
Tercero. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán realizar los ajustes normativos, administrativos, tecnológicos y operativos necesarios para asegurar el cumplimiento de lo previsto en el artículo 48 Bis 2 reformado.
Cuarto. Las instituciones de crédito deberán implementar los ajustes contractuales, operativos y de sistemas necesarios para dar cumplimiento al artículo 48 Bis 2 reformado, en los plazos y términos que establezcan las disposiciones de carácter general emitidas por el Banco de México.
Notas
1 https://elpais.com/mexico/economia/2025-11-08/mexico-busca-acotar-el-dinero-en- efectivo-entre-las-presiones-a-los-bancos-y-las-quejas-de-estados-unidos.html
2 Banco de México, Informe Anual sobre las Infraestructuras de los Mercados Financieros, 2024.
3 PCMI, “Métodos de pago en América Latina: desglose regional y de sus 6 principales mercados, 7 de febrero de 2025.
4 Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, Incentivar menor uso de efectivo beneficiaría la economía del país,
http://www.elfinanciero.com.mx/economia/incentivar-menor-uso-de- efectivo-beneficiaria-la-economia-del-pais-ceesp
5 Parma Aurora y Seijas María, Las restricciones al uso de efectivo y los cambios en los hábitos de pago de la población, Uruguay, 2017.
http://fcea.edu.uy/Jornadas_Academicas/2016/Ponencias/Economia/T rabajos/Parma_Seijas.pdf, fecha de consulta 20/04/18.
6 Grupo Acción Financiera Internacional, Medidas anti lavado y contra la financiación del terrorismo México, Paris Francia, GAFI, 2018, p. 5.
7 https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Mayor-uso-del-efectivo-increme nta-el-riesgo-de-lavado-de-dinero-Presidenta-del-GAFI-20240714-0045.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 febrero de 2026.– Diputadas y diputados: Merary Villegas Sánchez, Adasa Saray Vázquez Vázquez, Alma Delia Navarrete Rivera, Fernando Mendoza Arce, Jaime Genaro López Vela, Julieta Villalpando Riquelme, Karina Isabel Martínez Montaño, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, María de Jesús Rosete Sánchez, Maribel Solache González, Olegaria Carrazco Macías, Petra Romero Gómez, Rosa María Castro Salinas, Sandra Patricia Palacios Medina, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra a la diputada María de los Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, en materia de soberanía nacional.
La diputada María de los Dolores Padierna Luna:Muchas gracias, presidenta. Con su venia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada María de los Dolores Padierna Luna: Quiero recordar a este pleno que el primero de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma aprobada por esta soberanía que modifica el artículo 40 de nuestra Constitución para fortalecer la soberanía nacional.
Dice el texto constitucional: el pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, tampoco consentirá intervención, investigación o persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado mexicano en el marco de las leyes aplicables.
La reforma constitucional aprobada, como ustedes ven, ejemplifica con claridad tres situaciones: golpes de Estado, injerencias en elecciones y violación en el territorio nacional.
El texto constitucional no es declarativo, constituye una reafirmación histórica de los principios que han guiado a nuestra política exterior, así lo dice también la resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas relativa al derecho internacional que establece con toda claridad que ningún Estado tiene derecho a intervenir directa o indirectamente en los asuntos internos o externos de otro y que cualquier forma de injerencia constituye una violación al derecho internacional.
Además del decreto constitucional mandata a este órgano a elaborar la Ley Reglamentaria, esa es la que presento yo aquí en esta iniciativa, armonizar el Código Penal Federal para que esté acorde con el 40 Constitucional para sancionar estas tres conductas en la fracción I, del artículo 123 de nuestro Código Penal Federal, para sancionar al mexicano, mexicana, que realice actos contra la independencia, la soberanía o la integridad de nuestra nación.
La propuesta no altera el tipo penal vigente, permanece de 5 a 40 años de prisión y una multa de 150 mil pesos. Lo que hace es precisar las nuevas conductas que pueden constituir actos contra la soberanía de nuestro país incorporando expresamente la tipificación de golpes de Estado, las injerencias en elecciones y la violación del territorio mexicano en el Código Penal para su respectiva sanción.
Con ello se logra una coherencia, una armonía, pero cabe señalar que la soberanía, que esta reforma es un paso necesario para garantizar la congruencia entre la Constitución y esta ley secundaria. La defensa de nuestra soberanía hoy más que nunca es una responsabilidad histórica del Estado mexicano del que esta soberanía legislativa forma parte.
La soberanía no es una consigna retórica, ni una palabra que se invoque solo en momentos solemnes, es el principio que sostiene la existencia misma del Estado mexicano, y esa soberanía implica algo muy concreto, que ninguna potencia extranjera tiene derecho a intervenir en nuestras decisiones, en nuestro territorio ni en nuestras instituciones.
Y, en la actual coyuntura conviene subrayar que la seguridad no se construye con amenazas, se construye con cooperación respetuosa, con control del tráfico de armas, con políticas que reduzcan el consumo de drogas.
La soberanía nacional no se negocia. México dialoga, coordina esfuerzos y asume responsabilidades compartidas, pero siempre con una premisa muy clara: nuestro territorio, nuestras decisiones y nuestro futuro pertenece únicamente al pueblo de México. Esa es la línea que ninguna nación, ninguna persona tiene derecho a cruzar.
Es cuanto, presidente e invito a todas y todos, de todos los partidos, a revisar esta iniciativa para hacerla acorde con algo que ya votamos apenas el año pasado. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, en materia de soberanía nacional, a cargo de la diputada María de los Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, Dolores Padierna Luna, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 71, fracción II, y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, en materia de soberanía nacional, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl 1 de abril 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 19 y se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la soberanía nacional.
En el artículo 40 se adicionó el texto:
El pueblo de México, por ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo.
Tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado mexicano, en el marco de las leyes aplicables.
El texto señala con claridad el rechazo a las acciones que vulneren la integridad, independencia y soberanía del país, ejemplificando con claridad tres situaciones particulares: golpes de Estado, injerencias en elecciones y violación del territorio por tierra, agua, mar o espacio aéreo.
Esta enunciación fortalece la soberanía nacional y promueve el derecho internacional expresado en las Cartas, Tratados y Resoluciones de los cuales México forma parte.
La soberanía en esta acepción se entiende como el poder del Estado y “facultad absoluta de determinar por sí mismo su propia competencia”. Esta idea se acompaña a nivel internacional en la Carta de las Naciones Unidas que señala en su artículo 2 que la propia organización se basa en el principio de igualdad soberana de todos sus miembros.
Además, las Resolución 2625 presenta la Declaración sobre los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas; en ella se señala:
el estricto cumplimiento por los estados de la obligación de no intervenir en los asuntos internos de cualquier otro Estado es condición esencial para asegurar la convivencia pacífica entre las naciones, ya que la práctica de cualquier forma de intervención, además de violar el espíritu y la letra de la Carta, entraña la creación de situaciones atentatorias contra la paz y la seguridad internacionales (AGNU, 1970)
Adicionalmente, el principio relativo a “la obligación a no intervenir en los asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados” señala con claridad:
ningún Estado o grupo de estados tiene derecho a intervenir directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externo de cualquier otro. Por tanto, no solamente la intervención armada, sino también cualesquiera otras formas de injerencia o de amenaza atentatoria de la personalidad del Estado, o de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen, son violaciones del derecho internacional (AGNU, 1970).
Son claros los principios del derecho internacional que declaran tanto la soberanía de los estados y la autodeterminación de los pueblos, como la no intervención de un Estado sobre otro. Esta misma idea fue asentada en la Constitución Política de nuestro país en la reforma señalada con anterioridad.
Por lo anterior se comparte el espíritu que inspira la modificación del artículo 40 constitucional, donde se señala:
Los tiempos que corren están caracterizados por el signo de la complejidad. Ello hace necesario enaltecer, ratificar y fortalecer nuestros principios históricos, los cuales constituyen un poderoso capital existencial y político y una inagotable fuente de reserva estratégica para enfrentar los desafíos del presente.
El segundo de los transitorios del decreto mencionado prevé:
El Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas deberán hacer las adecuaciones normativas que deriven de la presente reforma en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, contados a partir del día siguiente de la entrada en vigor del presente decreto.
En consecuencia, se propone modificar la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, con el objeto de adicionar de manera enunciativa, más no limitativa: los golpes de Estado, las injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, dentro del tipo penal de traición a la patria, armonizándolo con el texto constitucional del Decreto publicado en abril de 2025, cumpliendo con el mandato establecido en el artículo transitorio previamente citado.
En adición a lo expuesto anteriormente, se presenta el siguiente cuadro comparativo para clarificar sus alcances:
Con base en las razones expuestas, someto a consideración de esta Asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, en materia de soberanía nacional
Único. Se reforma la fracción I del artículo 123 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 123. Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria en alguna de las formas siguientes:
I. Realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero;
II. a XV....
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Presidencia de la República (2025). Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 19 y se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la soberanía nacional. México. Diario Oficial de la Federación, 1 de abril de 2025,
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5753797&fecha =01/04/2025#gsc.tab=0
2 Asamblea General de las Naciones Unidas (1970). Declaración 2625 (XXV). Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. ONU,
https://docs.un.org/es/a/res/2625(xxv)
3 Ídem.
4 Secretaría de Gobernación (2025). Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 y se adicionan dos párrafos al artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la soberanía nacional. México. Senado de la República,
https://www.senado.gob.mx/66/gaceta_del_senado/documento/147584
5 Presidencia de la República (2025). Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 19 y se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la soberanía nacional. México. Diario Oficial de la Federación, 1 de abril de 2025,
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5753797&fecha =01/04/2025#gsc.tab=0
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 17 de febrero de 2026.– Diputadas y diputados: María de los Dolores Padierna Luna, Adasa Saray Vázquez Vázquez, Alma Delia Navarrete Rivera, Amalia López de la Cruz, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Azucena Arreola Trinidad, Claudia García Hernández, Dionicia Vázquez García, Elena Edith Segura Trejo, Francisco Javier Velázquez Vallejo, Gloria Sánchez López, Graciela Domínguez Nava, J. Jesús Jiménez, Jaime Genaro López Vela, Karina Isabel Martínez Montaño, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Margarita Corro Mendoza, María Magdalena Rosales Cruz, Maribel Solache González, Merary Villegas Sánchez, Olegaria Carrazco Macías, Petra Romero Gómez, Rosa María Castro Salinas, Roberto Armando Albores Gleason, Rufina Benítez Estrada, Sandra Patricia Palacios Medina, Santiago González Soto, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Tiene la palabra la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 87 y el artículo 94, se adiciona un párrafo tercero al artículo 85, un párrafo segundo y tercero al artículo 87, un párrafo segundo al artículo 88 y un párrafo tercero al artículo 95 de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de los derechos humanos en la formación médica.
La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez:Con su permiso, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputada.
La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez: Compañeras y compañeros legisladores, hablar de la formación médica en México es hablar del corazón mismo de nuestro sistema de salud. Es hablar de las mujeres y los hombres que con vocación profunda de servicio han decidido dedicar su vida a cuidar la vida de los demás.
Pero también debemos decirlo con honestidad: durante mucho tiempo, el sistema de salud de nuestro país se ha sostenido gracias al esfuerzo extraordinario y muchas veces invisible de médicos internos, pasantes y residentes que trabajan jornadas extenuantes, enfrentan presión constante y en no pocos casos viven situaciones de maltrato, acoso o abandono institucional.
La medicina es una de las profesiones más largas y exigentes en México. Quienes eligen esta vocación pueden dedicar entre 9 y 13 años de su vida a formarse como especialistas. Son años de estudio, de guardias interminables, de sacrificio personal y también familiar. Y, aun así, muchas veces lo hacen sin condiciones dignas.
Hay residentes que trabajan más de 100 horas a la semana. Hay pasantes que realizan su servicio social en zonas de riesgo donde su seguridad no está garantizada. Hay hospitales donde el descanso digno sigue siendo un privilegio y no un derecho.
Y debemos decirlo con claridad: venimos de un sistema de salud que se ha construido sobre el desgaste y la precarización de quienes lo sostienen. Sin embargo, eso debe cambiar. Estamos llamados a humanizarlo, a reconocer ampliamente los derechos del personal que se forma en salud.
Desde una visión de justicia social, debemos reconocer que los médicos en formación no son únicamente estudiantes: también son parte fundamental de la fuerza laboral del sistema de salud de nuestro país. Ellos atienden pacientes, cubren guardias, sostienen servicios hospitalarios y mantienen en funcionamiento muchas unidades médicas del país.
Por ello, la iniciativa que hoy presento propone algo sencillo, pero profundamente transformador: colocar los derechos humanos en el centro de la formación médica. Presento un proyecto de decreto que reforma los artículos 87 y 94 y se adicionan diversos párrafos a los artículos 85, 87 y 95; todos, de la Ley General de Salud.
Proponemos que la ley establezca con claridad que las instituciones de salud deben garantizar condiciones dignas para quienes se encuentran en formación: que tengan derechos al descanso; que cuenten con entornos libres de violencia, acoso y discriminación; que existan áreas dignas de descanso, servicios adecuados de alimentación, de resguardo seguro para transporte y programas permanentes de atención a la salud mental. Pero también proponemos algo fundamental, que el servicio social nunca vuelva a poner en riesgo la vida de quienes lo realizan.
Sabemos que miles de pasantes son enviados cada año a comunidades rurales o marginadas, donde su trabajo es invaluable para la población, pero esa labor no puede hacerse sin garantizar su seguridad.
Por ello, se plantea que las autoridades sanitarias y educativas elaboren un atlas de riesgo, para identificar las zonas donde la integridad de los pasantes puede estar en peligro y que en caso de situaciones de violencia tengan derecho a una reubicación inmediata.
Compañeras y compañeros, abonemos a la construcción de un sistema de salud fuerte, comencemos por cuidar a quienes lo hacen posible. Necesitamos más médicos, más especialistas, más profesionales de la salud comprometidos con el pueblo de México, prueba de ello es el reclutamiento de médicas y médicos especialistas, lanzado por el IMSS el pasado 3 de marzo, en el que se prevé contratar 9 mil 800 especialistas, acción que nos llama a establecer que las instituciones formen a este personal con dignidad, con respeto y con humanidad.
La salud pública se sostiene con hospitales, con tecnología y también con personas, personas que merecen condiciones justas, descanso y seguridad. Defendamos los derechos del personal médico en formación, porque defenderlos es procurar el derecho a la salud de todo nuestro país. Porque cuidar a quienes nos cuidan es una obligación ética, social y profundamente humana. Es cuanto, diputada presidenta. Muchas gracias, compañeras y compañeros.
«Iniciativa que reforma el primer párrafo del artículo 87, y el artículo 94; adicionan un párrafo tercero al 85; un párrafo segundo y tercero al 87, un párrafo segundo al 88 y un párrafo tercero al 95, todos de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de los derechos humanos en la formación médica, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad consagrada en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 87, y el artículo 94 y se adicionan un párrafo tercero al artículo 85; un párrafo segundo y tercero al artículo 87, un párrafo segundo al artículo 88 y un párrafo tercero al artículo 95, todos de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de los derechos humanos en la formación médica, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosCon la finalidad de fomentar una nueva cultura dentro de los hospitales, que aliente al personal médico en formación y erradique el maltrato en todas sus manifestaciones; la presente iniciativa tiene como propósito promover la mejora de las condiciones y los entornos para el personal médico en formación, en tanto es una etapa de aprendizaje.
De acuerdo con los programas de estudios de las principales universidades de México, la formación médica es una de las más largas en México y una de las más desgastantes, ya que pasan de 6 a 7 años aproximadamente para titularse.
Como parte de la formación, se toma un año para el internado rotatorio (clínica supervisada) y un año más para el servicio social obligatorio, que se realiza en unidades de salud públicas o en clínicas de zonas con necesidades médicas.
Por su parte, las residencias médicas, son un programa de formación especializada que se cursa al final de la carrera de medicina que puede durar de 3 a 6 años dependiendo la especialidad.
En total, puede tomar entre 9 y 13 años o más terminar una especialidad médica. Esta ardua formación, pasa por dificultades que han sido documentadas de diferente forma.
De manera reciente, el lamentable fallecimiento del residente Abraham Reyes, el pasado 1 de junio de 2025, en el hospital número 25 del Instituto de Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Nuevo León, visibilizó con mayor fuerza las demandas de las personas residentes médicos en el país.
De acuerdo con testimonios, el médico se quitó la vida por presunto acoso laboral, situación que aumento la demanda del sector salud respecto de las condiciones que viven prestadores de servicio social y residentes médicos en lo que debería ser su formación práctica.
Diversas fuentes han documentado el acoso, la sobrecarga de trabajo y el abandono institucional, que vive el personal médico en formación dentro de los hospitales, mostrándolo como un verdadero problema de salud y formación educativa pública.
Es sabido en México, que el pilar del Sistema Nacional de Salud es el personal que lo integra, conformado por médicos generales, especialistas, pasantes, residentes, médicos internos de pregrado, personal de enfermería y auxiliares.
Al inicio de la administración del presidente López Obrador, se informó que en México se estimaba un déficit de al menos 200 mil médicos.
En 2018 se contaba con 270 mil 600 médicos generales; sin embargo, de acuerdo con la norma internacional y el número de habitantes deberíamos contar con 393 mil 600 médicos en el país.
En lo que respecta a médicos especialistas, en 2019 se contaba con 146 mil 300, cuando deberíamos contar con 219 mil especialistas.
Ante esta realidad, el sector salud puso en marcha la primera Jornada Nacional de Reclutamiento que se llevó a cabo entre el 24 de mayo y el 3 de junio, logrando la contratación de 2 mil 621 médicos especialistas.
En una segunda convocatoria, se ofertó 10 mil 454 vacantes y conscientes del déficit de médicos especialistas, se han incrementado gradualmente las plazas de residencias médicas, a fin de formar un mayor número de especialistas en el país, como se muestra en la siguiente tabla.
Es indiscutible que el gobierno federal ha invertido en materia de salud, específicamente en la formación de médicos especialistas, a fin de brindar más y mejores oportunidades para el personal de salud y revertir el déficit que se arrastró durante tantos años.
Como mencionamos, al inicio de esta exposición de motivos, se busca garantizar sus derechos y respaldar la formación de tan imortante formación.
De acuerdo con el artículo de investigación Peligros y dilemas del servicio social médico en México elaborado por la Universidad Nacional Autónoma de México, desde 2014 se registraba el fallecimiento de dos médicos pasantes de servicio social cada año.
El acoso laboral se manifiesta cuando el personal médico en formación es víctima de maltrato verbal y psicológico por parte de médicos titulares y de base que suelen ser sus jefes inmediatos, quienes en ocasiones realizan amenazas constantes de represalias académicas, contraponiendo el derecho a la educación con el de la salud.
Recordando que, una educación que deja de lado el cuidado de la salud se ve reflejada en la sobre carga de trabajo, la cual es patente con jornadas laborales desproporcionadas, sin descanso adecuado.
Si bien es cierto que la Norma Oficial Mexicana de 2024 establece que los residentes médicos deben trabajar un límite de 80 horas semanales en promedio anual, el problema es que es un promedio anual, un mes se puede trabajar 60 horas y al otro 120. Con la Ley General de Salud, la emisión de la norma que siga los principios de cuidado a la salud de las personas residentes médicas.
En tanto esta situación recurrente en hospitales, el 30 de enero del presente año, comenzó a circular en redes sociales un oficio interno del IMSS que instruye a todas las Unidades Médicas a establecer de manera inmediata una medida que marca un cambio histórico en la formación médica: los médicos residentes no podrán permanecer más de 24 horas continuas en el hospital. Con ello, se ponen fin a las llamadas “posguardias”, prácticas que durante décadas han sido motivo de desgaste físico y emocional. Situación que debe tomarse en cuenta para modificar la propia ley General de Salud.
Respecto a esta noticia, se considera que las disposiciones que protejan al personal médico en formación deben estar plasmadas como corresponde en las leyes generales correspondientes, para garantizar su derecho y aplicación.
El abandono institucional hacia el personal médico en formación aparece al momento de no contar con apoyo psicológico ni trato humano por parte de las autoridades de las Instituciones de Salud, quienes son responsables inmediatos de su formación, por ello es importante brindar directrices claras y con posibilidad de ser aplicadas.
Otra situación, que la presente iniciativa pretende abarcar es la relativa a la seguridad de las personas residentes médicas. La violencia producida por agentes criminales en México, específicamente en algunos estados de la República mexicana, genera situaciones de peligro, que tiene —como una de tantas consecuencias— la ausencia de personal médico que se desempeñe como trabajador profesional y proporcione servicios de salud en estas zonas, muchas de ellas rurales. En este sentido, es de considerar que la asignación de recursos humanos en salud debe observar las causas por las que el personal en formación médica, desde el servicio social hasta el desempeño de su especialidad, no deberían trabajar en lugares en donde puedan ser vulnerables.
Un estudio de percepción de las condiciones de trabajo en el servicio social, por ejemplo, encontró que un porcentaje abrumador de los médicos pasantes encuestados percibieron inseguridad en los siguientes tres grandes rubros.
El primero es el que afecta directamente a las personas ocupadas como médicos: 37.4 por ciento no se sintió seguro en la localidad y 26.7 por ciento afirmó sentirse en riesgo de perder la vida en algún momento; el segundo es el relativo a víctimas de intentos y ejecución de actos delictivos: 35.9 por ciento señalaron intentos de ingreso sin consentimiento al centro de salud, 16.8 por ciento registraron que sí ingresaron al centro de salud; 1.5 por ciento fueron víctimas de secuestro o intento del mismo y 23.3 por ciento consideró no seguir con el servicio social por estas razones.
El tercero es el relativo a la incapacidad de protección: el resultado fue que 71.8 por ciento de las autoridades locales no mostraron interés por la seguridad del médico.
El problema de seguridad, acoso y discriminación en la rama médica está presente a nivel internacional, así lo demuestra la revista de Ética de la Asociación Médica Americana que publicó un artículo en 2014, el cual señaló que, aproximadamente 59 por ciento de los estudiantes de medicina y 63 por ciento de los residentes de especialidad habían experimentado algún tipo de maltrato o discriminación durante su formación profesional.
Entre las diferentes manifestaciones de abuso mencionadas en el artículo se incluían el maltrato verbal, la violencia física, la discriminación racial, el acoso sexual y la discriminación de género, señalando que estas últimas son de las más frecuentes en los institutos de salud.
En mayo de 2023 se publicó el estudio titulado “Mobbing en médicos residentes e internos en un hospital de segundo nivel de atención en la Ciudad de México” donde se encontró que, el acoso laboral es una problemática que se identifica mayormente en los médicos residentes de urgencias médicas de penúltimo y último año en comparación a las otras especialidades
Por otra parte, respecto a las áreas de descanso, una residente médica e integrante de la Asociación Mexicana de Médicos en Formación (Ammef), resaltó que:
“En los hospitales muchas veces tenemos que rotar los colchones que no se están utilizando y eso si te va bien. A veces sólo te apoyas en la pared o en el suelo y por la sobrecarga de trabajo ni siquiera te permiten descansar cinco minutos”.
Por su parte, la Encuesta Nacional de Médicos en Formación 2024, elaborada por el Colectivo Médicxs en Formación, señala que 44.5 por ciento de los residentes indicó que no cuenta con áreas de descanso dignas.
Ante esta problemática, la presente iniciativa presenta diversas modificaciones, que tienen como objetivo impulsar el enfoque de derechos humanos en la formación de personal médico, destacando la corresponsabilidad que tienen tantos las instancias educativas como las de salud.
La adición de un tercer párrafo al artículo 85 de la Ley General de Salud, con el objetivo de establecer la corresponsabilidad entre autoridades educativas y de salud, para establecer los principios pro persona, que guían el enfoque de los derechos humanos, salvaguardando la integridad física de las personas residentes médicos.
De manera particular, destacamos el derecho al descanso como un derecho fundamental que garantiza pautas necesarias para la salud física y mental, permitiendo desconexión, recreación y recuperación de energía.
El artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece que:
Artículo 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
En este sentido y en especial, frente a una labor dedicada a la salud, es indispensable la incorporación de este derecho.
La reforma al artículo 87, tiene como propósito establecer que la prestación del servicio social, como un pilar de la salud pública, no puede realizarse a costa de la vida de los pasantes, siendo responsabilidad del Estado garantizar que la prestación de este servicio se desarrolle en entornos seguros. Para ello, se reforma el párrafo primero y se adiciona un párrafo segundo y tercero para responder a la necesidad de establecer que de manera inmediata se debe proteger al pasante de la profesión de la salud al encontrase en un ambiente inseguro, para ello, las autoridades deberán elaborar un atlas para ubicar las zonas con mayor peligro para los prestadores de servicio social de realizar el servicio.
Ante tales situaciones, se debe evaluar que estas plazas sean cubiertas por personal de base o contratado con medidas de seguridad especiales, no por estudiantes.
La adición de un segundo párrafo al artículo 88, responde a la garantía de la naturaleza académica y de derecho a la educación en el servicio social de la salud. Es decir, el servicio social, no debe ser un obstáculo para la formación académica, por el contrario, armoniza los derechos del paciente y del pasante, garantizando atención al tiempo de la continuidad al proceso de aprendizaje.
La reforma al artículo 94, responde a la intención de garantizar en la Ley General de Salud, y desde una perspectiva de derechos humanos, los servicios de alimentación, la infraestructura de movilidad y resguardo, así como áreas de bienestar integral y dignificación en la formación de recursos humanos para la salud.
La adición de un tercer párrafo al artículo 95, tiene como objetivo enmarcar las disposiciones que han de seguir las instituciones de salud respecto de las y los alumnos en formación del internado de pregrado y de las residencias, cuidando la salud integral de estos.
Para mayor claridad se presenta el siguiente cuadro comparativo de las propuestas de modificación:
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 87, y el artículo 94; se adicionan un párrafo tercero al artículo 85; un párrafo segundo y tercero al artículo 87, un párrafo segundo al artículo 88 y un párrafo tercero al artículo 95, todos de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de los derechos humanos en la formación médica
Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 87, y el artículo 94; se adicionan un párrafo tercero al artículo 85; un párrafo segundo y tercero al artículo 87, un párrafo segundo al artículo 88 y un párrafo tercero al artículo 95, todos de la Ley General de Salud, en materia de reconocimiento de los derechos humanos en la formación médica, para quedar como sigue:
Artículo 85. Los aspectos docentes de la prestación del servicio social se regirán por lo que establezcan las instituciones de educación superior, de conformidad con las atribuciones que les otorgan las disposiciones que rigen su organización y funcionamiento y lo que determinen las autoridades educativas competentes.
La operación de los programas en los establecimientos de salud se llevará a cabo de acuerdo a los lineamientos establecidos por cada una de las instituciones de salud y lo que determinen las autoridades sanitarias competentes.
Las instituciones deberán salvaguardar la integridad física, psicológica y emocional de los prestadores de prácticas profesionales y servicio social, asegurando el derecho al descanso y a los entornos libres de violencia, discriminación y acoso.
Artículo 87. La prestación del servicio social de los pasantes de las profesiones para la salud, se llevará a cabo mediante la participación de los mismos en las unidades aplicativas del primer nivel de atención, prioritariamente en áreas de menor desarrollo económico y social , evitando aquellas que son consideradas inseguras o de alto riesgo para su integridad.
Las autoridades sanitarias y educativas deberán realizar un atlas de riesgo semestral para determinar la viabilidad de las sedes.
En caso de presentarse hechos violentos en la comunidad de adsquipción, los pasantes de las profesiones para la salud tendrán el derecho de una rehubicación que debe ser resuelta en un plazo no mayor a 24 horas.
Artículo 88. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, con la participación de las instituciones de educación superior, elaborarán programas de carácter social para los profesionales de la salud, en beneficio de la colectividad con las disposiciones legales aplicables al ejercicio profesional.
Los programas de carácter social deberán diseñarse y ejecutarse bajo un enfoque que armonice el derecho a la educación del personal médico en formación, así como el derecho a la salud.
Artículo 94. Cada institución de salud, con base en las normas oficiales mexicanas que emita la Secretaría de Salud establecerá las bases para la utilización de sus instalaciones y servicios en la formación de recursos humanos para la salud, asegurando que las unidades receptoras cuenten con infraestructura de bienestar integral, la cual comprenderá áreas de descanso dignas, servicios de alimentación nutricional, espacios de resguardo seguro para transporte y programas permanentes de atención a la salud mental.
Artículo 95. Los aspectos docentes del internado de pregrado y de las residencias de especialización, se regirán por lo que establezcan las instituciones de educación superior, de conformidad con las atribuciones que les otorguen las disposiciones que rigen su organización y funcionamiento y lo que determinen las autoridades educativas competentes.
La operación de los programas correspondientes en los establecimientos de salud, se llevará a cabo de acuerdo a los lineamientos establecidos por cada una de las instituciones de salud y lo que determinen las autoridades sanitarias competentes.
Las instituciones deberán salvaguardar la integridad física, psicológica y emocional del personal en formación del internado de pregrado y de las residencias de especialización, asegurando el derecho al descanso y a los entornos libres de violencia, discriminación y acoso.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Disponibles en:
https://oferta.unam.mx/planestudios/medicina-fmedicina-planestud io13.pdf
2 Disponible en:
https://enfoquesjuridicos.uv.mx/index.php/letrasjuridicas/articl e/view/2573/4459
3 Disponible en:
https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2025/06/04/quien-era-lui s-abraham-reyes-el-medico-que-se-quito-la-vida-por-presunto-acoso-laboral-en-im ss-de-nl/
4 Disponible en:
https://presidente.gob.mx/faltan-200-mil-medicos-en-mexico-garan tizar-suficiencia-de-personal-de-la-salud-desafio-del-gobierno-presidente-amlo/
5 Disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/744725/CPM_IMSS_S alud_para_el_Bienestar__19jul22.pdf
6 Disponible en:
https://www.ses.unam.mx/publicaciones/articulos.php?proceso=visu aliza&idart=2075
7 Disponible en:
https://www.elimparcial.com/mexico/2026/01/31/ya-es-oficial-filt ran-documento-del-imss-que-elimina-las-posguardias-y-limita-a-24-horas-continua s-el-trabajo-de-medicos-residentes/
8 Disponible en:
https://revistas.anahuac.mx/index.php/bioetica/article/view/2041 / 2175
9 Disponible en: Villanueva Marcia, Discriminación, maltrato y acoso sexual en una institución total: la vida secreta de los hospitales escuela, 2019, México. Disponible en:
https://www.scielo.org.mx/pdf/riegcm/v5/2395-9185-riegcm-5-e366. pdf
10 Disponible en:
https://www.google.com/search?client=safari&rls=en&q=Vil chis+y+Cruz%2C+Mobbing+en+m%C3%A9dicos+residentes+e+internos+en+un+hospital+de+ segundo+nivel+de+atenci%C3%B3n+en+la+CDMX%2C+2023%2C+M%C3%A9xico&ie=UTF-8&oe=UTF-8
11 Disponible en:
https://espanol.medscape.com/verarticulo/5914574#v
12 Ibídem.
13 Disponible en:
https://hchr.org.mx/wp/wp-content/themes/hchr/images/30acerca30/ Art%C3%ADculo_24.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2026.– Diputadas y diputados: Alma Marina Vitela Rodríguez, Adasa Saray Vázquez Vázquez, Alma Delia Navarrete Rivera, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Azucena Arreola Trinidad, Gloria Sánchez López, J. Jesús Jiménez, Jaime Genaro López Vela, Karina Isabel Martínez Montaño, Maribel Solache González, Martha Olivia García Vidaña, Olegaria Carrazco Macías, Petra Romero Gómez, Rosa María Castro Salinas, Rufina Benítez Estrada, Sandra Patricia Palacios Medina (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
Y aprovechamos, por supuesto, para saludar a los estudiantes de la Escuela Nacional Preparatoria número 6, Antonio Caso, de la UNAM, invitados justamente por la diputada proponente, la diputada Alma Marina Vitela, del Grupo Parlamentario de Morena. Sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados y a este recinto parlamentario.
LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado David Azuara Zúñiga, hasta por cinco minutos, para presentar las siguientes iniciativas. La primera de ellas, con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de desarrollo y modernización de infraestructura vial. Y la segunda, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
El diputado David Azuara Zúñiga:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado David Azuara Zúñiga: Hay algo muy sencillo que todas las familias de México entienden sin importar su profesión, el dinero ya no alcanza. No alcanza cuando el agua no llega a las familias que tienen que pagar pipas y garrafones por algo que debería de ser un derecho básico. Esto no es una sola falla administrativa, es un golpe directo al bolsillo de los ciudadanos.
No alcanza porque cuando las rutas están colapsadas, el tiempo perdido y el mantenimiento del coche se vuelve un impuesto extra que nadie debería pagar. Y cuando la luz se pierde en la burocracia, se detienen los negocios y se apaga el desarrollo de nuestras comunidades.
Mi compromiso en esta Cámara de Diputados es claro, que tu dinero rinda más. No vengo a presentarles una lista de deseos, vengo a presentar tres reformas con sustento legal para que la política empiece por lo esencial: la dignidad de la vida cotidiana.
Por ello, primero presento la iniciativa para reformar la Ley de Coordinación Fiscal y la Ley Federal de Presupuesto. El problema en San Luis Potosí no es solo la falta de lluvia, es una infraestructura abandonada que deja que el 45 por ciento del agua se pierda en fugas, fuentes como la de El Realito fallan y la gente se queda esperando una solución de fondo.
Por eso propongo crear el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Hidráulica, con recursos permanentes equivalentes al 1.59 por ciento de la recaudación federal y el 5 por ciento de los remanentes del Banco de México.
Que tu dinero rinda más significa que el agua llegue a tu llave y no se quede en el subsuelo. Mientras no invirtamos en tuberías, el desabasto seguirá pareciendo un negocio de pipas y una tragedia para tu economía.
Además, propongo adicionar el artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad. San Luis Potosí es un motor logístico para el país y su zona industrial merece una visión de Estado.
El bacheo ya no es suficiente y ya no resiste a las calles de la zona industrial de San Luis Potosí. Como, por ejemplo, el Eje 128 o la avenida Comisión Federal.
Necesitamos infraestructura que soporte nuestra productividad. Esta ley permitirá la coparticipación financiera para concretar obras estratégicas como la vía alterna, que ya debería de estar sirviendo a los potosinos. Si nuestras empresas son competitivas y nuestras rutas son modernas ganamos todos en mejores empleos y hay más tiempo para la familia.
Y, tercero. Hoy presento una reforma a la Ley del Sector Eléctrico y a la Ley de la Comisión Federal de Electricidad. Muchas veces el problema no es la falta de postes, es la burocracia que existe, trámites interminables que detienen el progreso.
Por eso propongo crear comités técnicos estatales para que la CFE se coordine obligatoriamente con los municipios y acelere la electrificación en todo nuestro país. No se trata solamente de un contrato con la Comisión Federal de Electricidad, se trata de la tienda de abarrotes que pierde su mercancía y de las familias en colonias como los Limones o la Fovissste, en San Luis Potosí, que han sido ignoradas. Para un pequeño negocio un día sin luz es un día sin ingresos.
Compañeras y compañeros legisladores, invertir en agua, modernizar nuestras rutas y eliminar la burocracia eléctrica, no son lujos, son las bases para que México crezca desde lo fundamental. Pasemos de administrar carencias a invertir en soluciones reales.
Trabajemos para que el presupuesto se vea en la calle, se sienta en el hogar y, sobre todo, para que el dinero de las familias mexicanas, el dinero de las familias potosinas rinda más. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que adiciona un artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de desarrollo y modernización de infraestructura vial, suscrita por el diputado David Azuara Zúñiga y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, David Azuara Zúñiga, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78, así como los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración al pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de desarrollo y modernización de infraestructura vial, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosDe acuerdo con el artículo 9 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la movilidad es el derecho de toda persona a trasladarse y a disponer de un sistema integral de calidad, suficiente y accesible que permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías, contribuyendo al ejercicio y garantía de los demás derechos humanos.
En ese sentido, el derecho a la movilidad no se limita únicamente a la existencia de vialidades, sino a que éstas sean seguras, accesibles, sostenibles y de calidad, de tal manera que respondan a las necesidades de todas y todos, ya sea en su carácter de peatones, ciclistas, prestadores y usuarios de transporte público, así como usuarios de vehículos particulares.
El Instituto Mexicano para la Competitividad, AC, (Imco) señala que la movilidad es un elemento fundamental para la competitividad de las ciudades e influye directamente en la calidad de vida de sus habitantes, su productividad y crecimiento económico.
En este contexto, la infraestructura vial es el elemento esencial que permite materializar el derecho a la movilidad, pues de su estado de conservación, diseño y modernización depende que los traslados se realicen en condiciones de seguridad y eficacia. Por ello, el diseño de las vías de movilidad adquiere un papel central y relevante para prevenir siniestros relacionados con esta materia.
A pesar de los avances en movilidad, en el país aún existen zonas urbanas y metropolitanas cuyos corredores viales muestran rezagos significativos, ya sea por deterioro o falta de mantenimiento, lo que se traduce en mayores tiempos de traslado, riesgo de accidentes y limitaciones para el desarrollo económico y social.
En diversos espacios de diálogo se ha establecido la necesidad de habilitar recursos específicos para la modernización vial en diversas zonas de San Luis Potosí, bajo esquemas de coparticipación federal, estatal y municipal. Algunos sectores del estado, como el industrial, han hecho hincapié en el deterioro y desgaste crítico que sufren diversas vialidades, como la avenida Comisión Federal, el Eje 128 y algunos otros ejes transversales, lo que ha puesto en complicaciones a la movilidad de la zona industrial, afectando la operación logística de las empresas y la seguridad de quienes diariamente transitan por ahí.
Aunado a lo anterior, en México uno de los principales retos de movilidad es la congestión vehicular. El incremento del parque vehicular, la insuficiencia de alternativas de transporte y la falta de mejoramiento de la infraestructura vial han generado que los tiempos de traslado sean cada vez más prolongados, sumado a altos niveles de contaminación y a la disminución de la competitividad de las ciudades.
La congestión vehicular no debe observarse sólo como un problema de tránsito, sino como una situación que afecta directamente la vida de las personas al limitar su derecho a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad y eficiencia. Además, este fenómeno genera costos económicos y sociales derivados del incremento en el consumo de combustible, el mayor tiempo de distribución de mercancías y la disminución de la competitividad regional, por ejemplo, en zonas industriales.
El 12 de septiembre de 2019, el Imco y SinTráfico publicaron El costo de la congestión: vida y recursos perdidos, estudio que analiza el impacto social y económico de la congestión vehicular en las 32 ciudades de mayor actividad económica del país. Dicho documento señala que las ciudades mexicanas no miden los efectos de la congestión vehicular, siendo la población quien paga los altos costos generados por este problema.
Asimismo, el estudio indica que la congestión vehicular afecta el tiempo, la calidad de vida, la competitividad y el desarrollo económico. En promedio, los mexicanos que viven en ciudades gastan unas 264 horas al año (11 días) en traslados en vehículos particulares, o bien unas 432 horas al año (18 días) si utilizan transporte público.
En el caso de las 32 ciudades analizadas, las personas gastan en promedio 71 horas al año en traslados en vehículos privados y hasta 118 horas en transporte público, mientras que el costo promedio en términos monetarios asciende a 2 mil 915 millones de pesos.
La zona metropolitana de San Luis Potosí-Soledad de Graciano Sánchez ocupa el lugar número 11 entre las 32 ciudades con mayores afectaciones por congestión vehicular, con un costo cercano a mil 100 millones de pesos; este problema se ha convertido en una preocupación creciente, agravada por la ineficiencia de las vías de circulación, donde en horas pico apenas se logra avanzar a unos 15 o 16 kilómetros por hora.
Un caso que refleja esta problemática es el que vive la zona norponiente de la capital de San Luis Potosí, en donde el tráfico ha alcanzado niveles críticos que afectan la conectividad y aumentan los tiempos de traslado. Ante ello, el municipio ha prometido la construcción de un puente vehicular que busca facilitar el paso sobre el bulevar del río Santiago y conectará con la avenida Sierra Leona, o bien la ampliación de la avenida Hernán Cortés; sin embargo, hasta la fecha esto no se ha materializado.
Si bien en diversas entidades federativas y municipios se han realizado esfuerzos para mejorar la movilidad, la realidad es que aún se enfrentan problemas graves en materia de rezago de la infraestructura vial y la congestión vehicular, lo que exige que se establezca desde la legislación la planeación y ejecución de proyectos, en coordinación con los tres órdenes de gobierno, para el desarrollo y modernización de obras de infraestructura vial en corredores estratégicos.
Lo anterior permitirá garantizar la ejecución de proyectos que respondan a las necesidades de movilidad de las diferentes zonas del país, a la par de coadyuvar a la reducción en los tiempos de traslado, al mejoramiento de la seguridad vial y al impulso de la competitividad regional.
Por ello, mediante la presente iniciativa se busca adicionar un artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, con la finalidad de establecer que las entidades federativas y los municipios podrán desarrollar obras de construcción y modernización de infraestructura vial en corredores estratégicos de movilidad, que podrán incluir puentes, pasos elevados, ampliaciones de avenidas y pavimentación o reencarpetamiento de vialidades, con la finalidad de garantizar la seguridad vial, la conectividad regional y la eficiencia en el transporte de personas, bienes y mercancías.
Asimismo, se establece que las entidades federativas y los municipios podrán solicitar opinión y asesoría técnica a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para la ejecución de este tipo de obras.
Finalmente, se propone que para la ejecución de este tipo de obras se puedan establecer esquemas de coparticipación financiera en los tres órdenes de gobierno.
Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un artículo 37 Bis a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de desarrollo y modernización de infraestructura vial
Artículo único. Se adiciona un artículo 37 Bis a Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para quedar como sigue:
Artículo 37 Bis. Desarrollo y modernización de infraestructura vial
La Federación, las entidades federativas y los municipios podrán ejecutar obras de construcción y modernización de infraestructura vial en corredores estratégicos de movilidad, incluyendo puentes, pasos elevados, ampliaciones de avenidas, pavimentación o reencarpetamiento de vialidades, con el objeto de garantizar la seguridad vial, la conectividad regional y la eficiencia en el transporte de personas, bienes y mercancías.
Las entidades federativas y los municipios podrán solicitar opinión y asesoría técnica para la implementación de obras de infraestructura, de conformidad con la fracción III del artículo 70 de esta ley.
Para la ejecución de dichas obras, se podrán establecer esquemas de coparticipación financiera entre los tres órdenes de gobierno, con mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y evaluación periódica de resultados, observando lo dispuesto por la Sección Quinta, del Capítulo V, del Título Segundo de esta ley.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2027 se deberán considerar recursos específicos destinados al desarrollo y modernización de obras de infraestructura vial en corredores estratégicos de movilidad, observando en todo momento las bases y principios establecidos en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
Los recursos a los que hace referencia el párrafo anterior serán distribuidos entre las entidades federativas y los municipios mediante mecanismos de coordinación que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las disposiciones aplicables en materia presupuestaria.
Dado en el Recinto Legislativo de San Lázaro, el 3 de marzo de 2026.– Diputado David Azuara Zúñiga (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado Azuara. Túrnese a la Comisión de Movilidad, para dictamen.
Esta Presidencia omitió comentar que está presentando, además una tercera iniciativa, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Sector Eléctrico y a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de programas de electrificación. Todas suscritas por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL Y LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
El diputado David Azuara Zúñiga:
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por el diputado David Azuara Zúñiga y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, David Azuara Zúñiga, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78, así como los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración al pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX, al artículo 25 y un artículo 47 Bis a la Ley de Coordinación Fiscal y se reforma el artículo 19 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl agua es un recurso natural indispensable, estratégico y limitado. Se trata de un elemento fundamental para sostener a los ecosistemas y el desarrollo de la vida humana, se trata pues, de un recurso que requiere de atención y gestión responsable para asegurar su preservación.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, ONU, el agua es el epicentro del desarrollo sostenible y es fundamental para el dinamismo socioeconómico, la energía, la producción de alimentos, el equilibrio de los ecosistemas y la supervivencia de la humanidad.
Con ello, el agua debe ser observada como una fuente de derechos: es la base de la salud pública y la disminución de desigualdades. Tal es su importancia, que la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció en 2010 el acceso al agua potable y al saneamiento como un derecho fundamental para una vida digna y el pleno disfrute de otros derechos.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha señalado que el derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es la condición previa para estar en la posibilidad de ejercer otros derechos humanos. Esto obliga a considerar al agua como un bien social y cultural, no sólo como un bien económico.
Aunado a lo anterior, la Constitución reconoce el derecho humano al agua, pues establece en su artículo 4o. que:
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.”
No debemos olvidar que en 2011 se reformó el artículo 1o. de la Constitución para establecer que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Con todo lo anterior, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, se considera agua potable a “aquella que se utiliza para los fines domésticos y la higiene personal, así como para beber y cocinar”, mientras que el agua potable salubre es “aquella cuyas características microbianas, químicas y físicas cumplen con las pautas de la OMS o los patrones nacionales sobre la calidad del agua”.
Actualmente en México existe el Programa de Agua Potable, Drenaje y Tratamiento (Proagua), el cual se encuentra a cargo de la Comisión Nacional del Agua y su objetivo es el de “contribuir a incrementar y sostener las coberturas de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, mediante la asignación de subsidios para apoyar la ejecución de acciones que permitan avanzar en el cumplimiento del derecho al acceso, disposición y saneamiento del agua en las localidades rurales y urbanas”.
De acuerdo con las reglas de operación de este programa para 2025, la población potencial son los habitantes de localidades rurales y urbanas de municipios y estados que carecen de servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento o que presentan deficiencias en ellos, de conformidad con el Censo de Población y Vivienda del Inegi.
Por su parte, la cobertura de Proagua es nacional y es aplicable a todas las localidades rurales y urbanas de los 32 Estados del país que soliciten el apoyo. Los recursos de este programa pueden destinarse a acciones de apoyo para la infraestructura de servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, por ejemplo: obras de captación subterránea y superficial; líneas de conducción; plantas potabilizadoras; equipos y dispositivos para la desinfección y purificación de agua; redes de distribución; estudios y diagnósticos; plantas de tratamiento de aguas residuales, entre otros; así como, a acciones de apoyo para incrementar y sostener la cobertura de desinfección de agua para uso y consumo humano en los servicios de agua potable, con énfasis en localidades rurales con mayor grado de prioridad de atención, entre otras.
No obstante, el presupuesto asignado a Proagua es fluctuante: en 2023 este programa recibió 3 mil 377 millones de pesos; en 2024, 2 mil 606 millones de pesos; en 2025, 2 mil 164 millones de pesos; y finalmente, en 2026 recibirá 2 mil 257 millones de pesos, es decir, apenas 93 millones de pesos más que en 2025 (-0.49 por ciento menos en términos reales).
Por su parte, la Comisión Nacional del Agua también ha sufrido recortes en su presupuesto: mientras que en 2023 recibió 68 mil 485 millones de pesos, para 2026 apenas recibirá 37 mil 689 millones de pesos.
A pesar de los avances en la materia, México aún enfrenta grandes retos en materia de acceso a agua potable. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Inegi, la cobertura nacional de acceso al agua entubada es de 96.1 por ciento, 98.0 por ciento en zonas urbanas y 89.1 por ciento en zonas rurales.
Para tales efectos, en el caso concreto de la zona metropolitana de San Luis Potosí, que contempla a los municipios de San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez y Cerro de San Pedro, la cobertura de agua potable alcanza 97 por ciento de los usuarios con más de 2 mil 906 kilómetros de tuberías, 129 pozos y 69 tanques de almacenamiento, sin embargo, el acuífero del Valle de San Luis Potosí está sobreexplotado, en una proporción aproximada de 2 a 1 de recarga versus extracción. Asimismo, la red de distribución hidráulica presenta partes que ya han sobrepasado los 60 años de antigüedad, lo que genera una vulnerabilidad operativa que incide en el suministro.
El propio Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos (Interapas) reportó, al tercer trimestre de 2025, que solo se han atendido 45.6 por ciento de las fugas registradas, se han modernizado sólo 2.1 por ciento de los pozos y sólo 0.05 por ciento de la red fue rehabilitada, lo que evidencia ineficiencias en la operación hidráulica.
Este ejemplo vislumbra la necesidad de fortalecer y modernizar las redes de abastecimiento de agua potable mediante inversión en tecnologías de detección temprana de fugas, renovación de tuberías obsoletas, digitalización de la red, automatización de estaciones de bombeo, e infraestructura para optimizar el aprovechamiento de fuentes superficiales y subterráneas.
Por lo anterior, mediante la presente iniciativa se busca adicionar una fracción IX al artículo 25 y un artículo 47 Bis a la Ley de Coordinación Fiscal, para establecer la creación de un Fondo de Aportaciones para el Desarrollo y Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica.
Asimismo, se propone reformar el artículo 19 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para señalar que 5 por ciento de los remanentes de operación del Banco de México deberán destinarse, como recurso complementario, al Fondo de Aportaciones para el Desarrollo y Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica.
Finalmente, mediante artículos transitorios se señalará el mecanismo de distribución del fondo entre las entidades federativas y los municipios, y que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, deberá emitir los lineamientos específicos en un plazo no mayor a 60 días a la entrada en vigor del decreto. Asimismo, se especificará qué en los Presupuestos de Egresos de la Federación subsecuentes, el Ejecutivo federal deberá garantizar los recursos presupuestarios necesarios para el funcionamiento del fondo, cuyos incrementos anuales no podrán ser menores, en términos reales, a la inflación.
Dicho fondo, con independencia del Programa de Agua Potable, Drenaje y Tratamiento (Proagua), permitirá a las entidades federativas y los municipios contar con los recursos suficientes, oportunos y permanentes para garantizar el acceso equitativo a agua potable. Además, permitirá fortalecer la capacidad institucional de los gobiernos locales y de sus organismos operadores de agua para planear, ejecutar y dar mantenimiento a obras hídricas, para así, garantizar la sostenibilidad del servicio de agua potable.
Para visualizar de mejor manera los cambios propuestos, se presentan los siguientes cuadros comparativos:
Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 25 y un artículo 47 Bis a la Ley de Coordinación Fiscal, y se reforma el artículo 19 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo primero. Se adiciona una fracción IX, al artículo 25 y un artículo 47 Bis a la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:
Artículo 25. ...
I. a VIII. ...
IX. Fondo de Aportaciones para el Desarrollo y Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica.
...
...
...
...
Artículo 47 Bis. El Fondo de Aportaciones para el Desarrollo y Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, a 1.5919 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio Presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.
Los recursos del fondo señalado en el párrafo anterior deberán destinarse:
I. A la construcción y ampliación de infraestructura de agua potable para garantizar cobertura suficiente en entidades federativas y municipios;
II. A la rehabilitación y mantenimiento de sistema de agua potable que asegure su operación continua y eficiente;
III. A la atención prioritaria de comunidades vulnerables y marginadas para reducir las brechas y garantizar el acceso a agua potable, y
IV. Al fortalecimiento institucional y de capacidad de respuesta de los organismos operadores de agua potable, mediante capacitación, asistencia técnica y modernización de equipos.
Las acciones de construcción, ampliación, rehabilitación y mantenimiento a las que hacen referencia las fracciones I y II del presente artículo deberán orientarse, como mínimo, a obras de captación subterránea y superficial, a líneas de alimentación, conducción y bombeo; tanques; plantas potabilizadoras; redes de distribución; equipamiento como bombas, válvulas, filtros y equipos de maniobras; sistemas integrados. Asimismo, los recursos podrán destinarse a la inversión en tecnologías de detección oportuna de fugas, renovación de tuberías obsoletas, digitalización de la red y automatización de estaciones de bombeo.
Artículo segundo. Se reforma el artículo 19 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:
Artículo 19 Bis. ...
I. Cuando menos el sesenta y cinco por ciento a la amortización de la deuda pública del gobierno federal contratada en ejercicios fiscales anteriores o a la reducción del monto de financiamiento necesario para cubrir el déficit presupuestario que, en su caso, haya sido aprobado para el ejercicio fiscal en que se entere el remanente, o bien, una combinación de ambos conceptos, y
II. El treinta por ciento a fortalecer el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios o al incremento de activos que fortalezcan la posición financiera del gobierno federal.
III. El cinco por ciento se destinará, como recurso complementario, a lo previsto en la fracción IX del artículo 25 de la Ley de Coordinación fiscal.
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El fondo al que hace referencia la fracción IX del artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal será administrado y distribuido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la siguiente manera:
I. El cuarenta por ciento será distribuido entre las entidades federativas y la Ciudad de México, y
II. El sesenta por ciento será distribuido entre los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Para efectos del párrafo anterior, en un plazo no mayor a sesenta días a la entrada en vigor del presente decreto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, deberá emitir los lineamientos para la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Desarrollo y Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica, los cuales deberán considerar, como mínimo:
I. El número de habitantes en las entidades federativas y municipios, con acceso y sin acceso a agua potable;
II. El número de comunidades y colonias, tanto de zonas rurales como urbanas, que tienen carencias en infraestructura hidráulica destinada al acceso a agua potable;
III. La disponibilidad y presión en las fuentes de agua;
IV. La implementación de programas de captación, tratamiento y uso eficiente del recurso hídrico; y
V. Los recursos destinados a apoyar las acciones que en materia de infraestructura hidráulica que desarrollen los municipios.
La información relacionada con las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución y el resultado de su aplicación que corresponda a la asignación por cada estado y municipio deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar a los 30 días naturales siguientes a la publicación en dicho Diario del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal de que se trate.
Tercero. En el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal inmediato posterior a la entrada en vigor del presente decreto, deberán garantizarse los recursos suficientes para la constitución del Fondo previsto en la fracción IX del artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal.
En cada ejercicio fiscal subsecuente, la asignación presupuestaria destinada al Fondo para el Desarrollo y Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica no podrá ser inferior, en términos reales, a la aprobada en el ejercicio inmediato anterior.
Dado en el Recinto Legislativo de San Lázaro, el 3 de marzo de 2026.– Diputado David Azuara Zúñiga (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Túrnese a la a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO Y LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
El diputado David Azuara Zúñiga:
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Sector Eléctrico y a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de programas de electrificación, suscrita por el diputado David Azuara Zúñiga y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, David Azuara Zúñiga, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78, así como los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración al pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Sector Eléctrico y a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de programas de electrificación, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosHoy en día, la energía eléctrica puede considerarse un bien de primera necesidad. De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, el acceso a la electricidad es uno de los principales motores del desarrollo; su carencia o limitación puede agudizar problemas como la pobreza, las malas condiciones de salud, los bajos resultados académicos, la desigualdad y la reducción de los ingresos públicos.
En este sentido, la energía eléctrica no solo constituye uno de los pilares fundamentales para los hogares, sino que también permite el funcionamiento de escuelas, centros de salud, comercios y espacios públicos. El Objetivo de Desarrollo Sostenible 7, “Garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna”, señala que un sistema energético consolidado sirve de apoyo para todos los sectores, desde el empresarial hasta la agricultura.
Si bien la cobertura nacional de energía eléctrica alcanza más de 98 por ciento del territorio, en México aún existen colonias y comunidades que enfrentan rezagos significativos en el acceso a servicios de electrificación, lo que limita sus posibilidades de desarrollo y profundiza la brecha de desigualdad.
Como lo mencioné en la comparecencia de la ingeniera Emilia Esther Calleja Alor, directora general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), hoy se observa una profunda desconexión con la realidad que vive la sociedad: mientras se anuncian cifras, proyecciones e inversiones por mil millones de pesos para el reforzamiento de la red eléctrica nacional, todavía hay familias que esperan que la luz llegue a sus hogares.
En todo el país existen colonias y comunidades que comparten esta situación. Aun cuando se han presentado solicitudes de electrificación, estas continúan acumulándose en los escritorios y las obras prometidas siguen sin ejecutarse.
Un caso que refleja esta problemática se encuentra en la capital del estado de San Luis Potosí, donde colonias urbanas como Los Limones 2 y Fovissste llevan meses gestionando proyectos de ampliación de red y conexión eléctrica, sin obtener una respuesta clara.
Por ello, el 23 de octubre pasado presenté una solicitud de electrificación en la colonia Los Limones, específicamente en las calles Naranjos y 12 de Octubre, en el municipio de San Luis Potosí, toda vez que esta situación afecta la seguridad, la movilidad y la calidad de vida de las personas que habitan en la zona.
El 5 de noviembre recibí respuesta, en la que se informó que, para atender la solicitud, se realizó el levantamiento de campo y se generó el oficio de presupuesto, el cual incluye las obras específicas y de ampliación necesarias para llevar a cabo la electrificación de la zona.
De acuerdo con la respuesta de la CFE, el proyecto de electrificación en la colonia Los Limones tendría las siguientes características:
Con base en dichas características, la CFE señaló que es necesario realizar obras específicas que se encuentran fuera del programa autorizado. Estas obras tendrían los siguientes costos:
Con ello, la aportación para realizar esta obra es de 439 mil 457 pesos. La CFE señala que esta aportación puede realizarse por anticipado y en una sola exhibición, o bien de forma calendarizada, de acuerdo con las necesidades de efectivo y el programa de construcción.
No omito señalar que esta cotización solo tiene vigencia de un año a partir de la fecha en que se haya entregado para su revisión y aceptación.
Con ello surge la duda: ¿qué sucede con aquellas colonias y comunidades donde no cuentan con los recursos para poder solicitar a la CFE obras de electrificación?
Lo anterior vislumbra la necesidad de establecer, desde la legislación, mecanismos de cooperación entre los tres órdenes de gobierno y la Comisión Federal de Electricidad para la ejecución de programas de electrificación, principalmente en aquellas zonas donde se presentan rezagos en el acceso al servicio eléctrico.
No se trata únicamente de una cuestión de cableado; se trata de una situación que incide directamente en la calidad de vida de las personas y que constituye, en esencia, una cuestión de dignidad.
Actualmente, el artículo 129 de la Ley del Sector Eléctrico establece que el gobierno federal debe promover el acceso energético, priorizando la electrificación de comunidades rurales y zonas urbanas marginadas. Además, dicho artículo señala que la Secretaría de Energía deberá establecer y supervisar la administración del Fondo de Servicio Universal Energético, el cual tiene el propósito de financiar acciones encaminadas a reducir la pobreza energética, garantizar el acceso a la energía eléctrica e impulsar el desarrollo regional, entre otros, priorizando la electrificación de comunidades rurales y zonas urbanas marginadas.
Por su parte, la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, establece en el artículo 3o. que la CFE tiene como objeto procurar la justicia energética en México, garantizando el suministro de electricidad. Asimismo, en el artículo 16 de la citada Ley se establece que el Programa de Desarrollo de la Comisión Federal de Electricidad debe contener, al menos, los objetivos, líneas y oportunidades de desarrollo, para garantizar el suministro de energía en los Estados Unidos Mexicanos y procurar la justicia energética.
Por ello, se propone adicionar los artículos 129 Bis y 129 Ter a la Ley del Sector Eléctrico, para establecer que la federación, las entidades federativas y los municipios puedan celebrar convenios de colaboración con la CFE para la planeación y ejecución de programas de electrificación en comunidades rurales y zonas urbanas marginadas que presentan rezago en el acceso al servicio eléctrico. Estos programas podrán ser financiados con los recursos del Fondo de Servicio Universal Eléctrico.
Asimismo, se establecen los criterios mínimos que deberán contener los convenios de colaboración, los cuales deberán publicarse en medios electrónicos oficiales, en formatos abiertos y accesibles que permitan su consulta y descarga.
También se propone que, para la correcta ejecución de dichos programas, las entidades federativas puedan constituir Comités Técnicos de Electrificación, los cuales estarán integrados por representantes de la Secretaría de Energía, la CFE, el gobierno del estado y de los municipios que se vean beneficiados por estos programas.
Los comités podrán elaborar programas estatales de electrificación, establecer criterios para priorizar obras en colonias y comunidades con mayor rezago en el acceso a la electricidad, supervisar la ejecución de obras, garantizar la participación ciudadana y coadyuvar en la generación de informes.
En ese tenor, la CFE deberá remitir al Congreso de la Unión informes trimestrales sobre los avances en la cobertura eléctrica, el número de colonias o comunidades atendidas, las acciones ejecutadas, los recursos ejercidos y el grado de cumplimiento de los convenios celebrados.
En cuanto a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, se adiciona un artículo 10 Bis para señalar que, a fin de que la CFE garantice el suministro básico de electricidad, se podrán celebrar los convenios de colaboración mencionados.
Asimismo, se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 16 de la Ley de la CFE para señalar que, dentro del Programa de Desarrollo, también deberán incluirse los programas de electrificación.
Finalmente, se realizan ajustes de técnica legislativa para armonizar el cuerpo normativo de estas legislaciones.
Para visualizar de mejor manera los cambios propuestos, se presentan los siguientes cuadros comparativos:
Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Sector Eléctrico y a la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en materia de programas de electrificación
Artículo Primero. Se reforman los artículos 129 y 130, y adicionan los artículos 129 Bis y 129 Ter a la Ley del Sector Eléctrico, para quedar como sigue:
Artículo 129. El gobierno federal debe promover el acceso energético, priorizando la electrificación de comunidades rurales y zonas urbanas marginadas.
...
Artículo 129 Bis. Para efectos de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 129 de esta ley, la Federación, las entidades federativas y los municipios deberán celebrar convenios de colaboración con la Comisión Federal de Electricidad para la planeación y ejecución de programas de electrificación en comunidades rurales y zonas urbanas marginadas que presentan un rezago en el acceso al servicio eléctrico.
Dichos convenios deberán contener, como mínimo:
I. La identificación de las colonias y comunidades de atención prioritaria;
II. Los estudios técnicos y financieros resultantes para la ejecución de los programas de electrificación;
III. Los plazos específicos para la planeación, ejecución y conclusión de las obras de electrificación, y
IV. Los mecanismos de seguimiento y evaluación con enfoque de participación ciudadana.
Los convenios de colaboración deberán ser publicados en medios electrónicos oficiales, en formatos abiertos y accesibles que permitan su consulta, descarga y verificación por cualquier persona interesada.
Los programas de electrificación a los que hace referencia el primer párrafo del presente artículo podrán ser financiados con los recursos del Fondo de Servicio Universal Energético.
Artículo 129 Ter. Para la correcta ejecución de los programas de electrificación, en cada entidad federativa se deberá constituir un Comité Técnico de Electrificación, el cual estará integrado por un representante de la Secretaría, un representante de la Comisión Federal de Electricidad, un representante del Gobierno Estatal y un representante de los municipios cuyas colonias y comunidades se verán beneficiados por estas obras.
Los comités técnicos a los que hace referencia el párrafo anterior, podrán:
I. Elaborar programas estatales de electrificación con base en los convenios de colaboración a los que hace referencia el artículo 129 Bis de la presente ley;
II. Establecer criterios, con opinión de las dependencias que se consideren pertinentes, para priorizar obras en colonias y comunidades con mayor rezago en el acceso a servicios de electricidad;
III. Supervisar la ejecución de las obras;
IV. Garantizar la participación ciudadana en el seguimiento de los proyectos, y
V. Coadyuvar con la Comisión Federal de Electricidad a la generación de informes.
La Comisión Federal de Electricidad deberá remitir al Congreso de la Unión informes trimestrales sobre los avances en cobertura eléctrica, incluyendo el número de colonias o comunidades atendidas, las acciones ejecutadas en los programas de electrificación, los montos de los recursos ejercidos y el grado de cumplimiento de los convenios celebrados.
Artículo 130. El Fondo de Servicio Universal Energético al que hace referencia el artículo 129 de esta Ley, se integra por el excedente de ingresos que resulte de la gestión de pérdidas técnicas en el Mercado Eléctrico Mayorista en los términos de las Reglas del Mercado, hasta en tanto se cumplan los objetivos nacionales de Justicia Energética y combate a la Pobreza Energética. Asimismo, el Fondo de Servicio Universal Energético puede recibir donativos de terceras personas para cumplir sus objetivos.
Artículo Segundo. Se adicionan un artículo 10 Bis y un segundo párrafo a la fracción I del artículo 16 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, para quedar como sigue:
Artículo 10 Bis. Para garantizar el suministro básico de electricidad, la Comisión Federal de Electricidad deberá celebrar convenios de colaboración con la federación, las entidades federativas y los municipios para la planeación, ejecución y financiamiento de programas de electrificación, dando prioridad a comunidades rurales y zonas urbanas marginadas que presentan un rezago en el acceso al servicio eléctrico.
Artículo 16. ...
I. Los objetivos, líneas y oportunidades de desarrollo, para garantizar el suministro de energía eléctrica al pueblo de los Estados Unidos Mexicanos y procurar la justicia energética, el fortalecimiento, seguridad y confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional;
Para efectos del párrafo anterior, también se deberán incluir los programas de electrificación a los que hace referencia el artículo 10 Bis de esta ley.
II. a V. ...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Para el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal inmediato posterior a la entrada en vigor del presente decreto, la federación deberá garantizar la disponibilidad de los recursos necesarios para la planeación y ejecución de programas de electrificación en comunidades rurales y zonas urbanas marginadas con rezago en el acceso al servicio eléctrico.
En los ejercicios fiscales subsecuentes, la asignación presupuestaria destinada a dichos programas no podrá ser inferior, en términos reales, a la aprobada en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
Dado en el Recinto Legislativo de San Lázaro, el 3 de marzo de 2026.– Diputado David Azuara Zúñiga (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Túrnese a la Comisión de Energía, para dictamen. Muchísimas gracias.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Cedemos ahora el uso de la palabra al diputado Alejandro Avilés Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 84 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de comercialización y reventa de boletos para espectáculos.
El diputado Alejandro Avilés Álvarez:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado Alejandro Avilés Álvarez: Compañeras y compañeros legisladores, en México los conciertos, espectáculos y eventos culturales representan mucho más que entretenimiento, son espacios de convivencia social, expresión cultural y también una importante fuente de actividad económica que genera empleos y oportunidades para miles de personas en nuestro país.
Sin embargo, en los últimos años hemos sido testigos de una problemática que afecta directamente a las y a los consumidores, la venta y reventa descontrolada de boletos para espectáculos.
Hoy es común que miles de personas intenten adquirir un boleto para ver a su artista favorito o asistir a un evento cultural y en cuestión de minutos los boletos vuelen no porque se hayan vendido de manera equitativa, sino porque los sistemas automatizados o botsrealizan compras masivas que acaparan las entradas para que posteriormente se revendan a precios muy pero muy excesivos.
¿Y quién termina pagando las consecuencias? Las y los ciudadanos que ahorran para ver a su artista favorito, las familias que quieren asistir a un espectáculo o las y los jóvenes que buscan vivir una experiencia cultural, personas que muchas veces terminan pagando el doble o hasta el triple del precio original o, peor aún, que potencialmente pueden ser víctimas de algún fraude. Esta práctica genera una competencia desleal, limita el acceso del público a los espectáculos y en muchos casos propicia fraudes y abusos contra los consumidores.
La realidad es que nuestro marco jurídico aún no cuenta con una regulación federal específica que atienda de manera integral este fenómeno, especialmente en el entorno digital.
Por eso, esta iniciativa propone adicionar el artículo bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor al Consumidor, para establecer reglas claras y proteger a quienes realmente deban estar en el centro de esta discusión: las y los consumidores.
La propuesta plantea cuatro medidas fundamentales: Primero. Prohibir el uso de botso programas automatizados que compran boletos de forma masiva, dejando fuera a miles de personas que intentan adquirirlos de manera legítima.
Segundo. Establecer que los boletos electrónicos sean nominativos, vinculados a las personas que los adquieren, para evitar duplicaciones, fraudes y reventas ilegales.
Tercero. Crear un registro nacional de revendedores autorizado, administrado por la Procuraduría Federal del Consumidor, que permita transparentar esta actividad.
Y cuarto. Establecer límites razonables del precio de la reventa, sin exceder un incremento del 15 al 20 por ciento sobre el precio original, evitando que afecte así directamente a las personas consumidoras.
Es de capital importancia destacar que no se trata de perjudicar al sector empresarial, sino de que opere con mayor claridad para que pueda generar una mayor confianza en el público usuario y, con ello, disminuyan las quejas generadas ante la Procuraduría Federal del Consumidor.
Tampoco se trata de prohibir la reventa, se trata de poner orden en un mercado que hoy opera con muy poca transparencia y de defender, sobre todo, el derecho de las y los consumidores para que puedan acceder a condiciones justas a todo este tipo de espectáculos.
Porque la cultura, el entretenimiento y los eventos públicos no deben convertirse en un privilegio para quienes puedan pagar precios inflados por la especulación. Países como Estados Unidos y diversas naciones europeas ya han adoptado medidas similares para combatir el uso de botsy proteger así a los consumidores en el mercado digital de boletos. Y México no puede quedarse atrás. Compañeras y compañeros legisladores...
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Concluya, diputado.
El diputado Alejandro Avilés Álvarez:...regular estas prácticas no solamente es cuestión económica, es una cuestión de justicia para millones de personas. Por ello les invito a acompañar esta iniciativa que busca modernizar nuestra legislación y garantizar un mercado más justo, transparente y equitativo, porque cuando protegemos a las y los consumidores, también protegemos la confianza de la ciudadanía en nuestras instituciones. Es cuanto. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona un artículo 84 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de comercialización y reventa de boletos para espectáculos, a cargo del diputado Alejandro Avilés Álvarez, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Alejando Avilés Álvarez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos: 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 84 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de comercialización y reventa de boletos para espectáculos, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLa realización de conciertos y espectáculos públicos constituye una de las principales expresiones culturales y de entretenimiento en nuestro país, además de representar una actividad económica relevante que genera empleos, derrama económica y espacios de convivencia social.
El avance de las tecnologías digitales ha transformado la manera en que las personas acceden a estos eventos, particularmente mediante plataformas electrónicas de venta de boletos.
Si bien estas herramientas han facilitado el acceso del público y optimizado los procesos de comercialización, también han dado lugar a nuevas prácticas comerciales que no se encuentran debidamente reguladas en el marco jurídico vigente.
Entre ellas destacan el uso de software automatizado o bots para la compra masiva de boletos, la reventa no regulada con incrementos excesivos de precio, la duplicación de boletos electrónicos y la ausencia de mecanismos claros de identificación del comprador y de trazabilidad de las operaciones.
Estas prácticas generan una afectación directa a las personas consumidoras, al limitar el acceso equitativo a los eventos, encarecer artificialmente los precios y, en numerosos casos, derivar en fraudes que dejan al público sin la posibilidad de ingresar al espectáculo y sin opciones efectivas de reclamación o reembolso. A pesar de ello, la Ley Federal de Protección al Consumidor únicamente contempla disposiciones generales, sin regular de manera específica la venta y reventa de boletos para espectáculos públicos, especialmente en entornos digitales, lo que genera vacíos normativos que dificultan la actuación de la autoridad.
Actualmente, en México no existe una regulación federal específica que ordene de manera integral la venta y reventa de boletos para conciertos y espectáculos públicos, ni reglas claras sobre el uso de software automatizado, la nominatividad de los boletos electrónicos, los límites al precio de reventa o un registro nacional de revendedores. Si bien en algunas entidades federativas y municipios existen disposiciones administrativas que sancionan la reventa con sobreprecio, dichas normas son fragmentarias, de alcance local y no conforman un sistema nacional que atienda las prácticas contemporáneas del mercado digital.
La problemática descrita no es exclusiva de nuestro país. En el ámbito internacional, diversas naciones han identificado fenómenos similares derivados de la digitalización del mercado de boletos y han optado por actualizar sus marcos normativos.
Un referente relevante es el de los Estados Unidos de América, donde desde 2016 se encuentra vigente el Better Online Ticket Sales Act (BOTS Act), ordenamiento que prohíbe el uso de software automatizado para la compra masiva de boletos y faculta a la autoridad federal para sancionar dichas conductas, con el objetivo de garantizar un acceso más equitativo a los espectáculos públicos.
De igual forma, en distintas jurisdicciones europeas se han implementado esquemas de boletos electrónicos nominativos y mecanismos de control de la reventa, con el fin de prevenir fraudes, fortalecer la transparencia del mercado y proteger los derechos de las personas consumidoras, sin impedir la realización de operaciones de reventa bajo condiciones claras y verificables.
La presente iniciativa no tiene por objeto prohibir la reventa de boletos ni restringir la actividad de promotores, artistas o plataformas de comercialización, sino establecer un marco normativo equilibrado que otorgue certeza jurídica, fomente prácticas transparentes y garantice la protección efectiva de las personas consumidoras.
Para mayor entendimiento de lo aquí planteado, se presenta el cuadro comparativo entre el texto vigente de la ley y la propuesta de adición:
Por lo aquí expuesto y fundado, someto a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona un artículo 84 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de comercialización y reventa de boletos para espectáculos
Articulo Único. Se adiciona un artículo 84 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:
Artículo 84 Bis. En la comercialización y reventa de boletos para espectáculos públicos, presenciales o digitales, deberán observarse las siguientes disposiciones:
I. Se prohíbe el uso de software automatizado, bots o mecanismos tecnológicos similares destinados a adquirir boletos de manera masiva, eludir controles de acceso o limitar la compra equitativa por parte de las personas consumidoras.
II. Los boletos electrónicos deberán emitirse de manera nominativa, vinculados al nombre de la persona adquirente. El cambio de titularidad solo podrá realizarse a través de plataformas oficiales o autorizadas.
III. Se crea el Registro Nacional de Revendedores Autorizados de Boletos, a cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor, en el que deberán inscribirse las personas físicas o morales que realicen actividades de reventa de manera habitual.
IV. La reventa de boletos no podrá exceder un incremento del quince al veinte por ciento sobre el precio original del boleto, incluyendo cargos por servicio.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Fuentes Consultadas
- Better Online Ticket Sales Act (BOTS Act), United States Congress, 2016.
- Federal Trade Commission (FTC), Consumer Protection and Ticket Sales.
- Ley Federal de Protección al Consumidor, Diario Oficial de la Federación.
- Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Consumer Policy and Digital Markets.
- Parlamento Europeo, Consumer Protection in Online Ticket Sales.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.– Diputados y diputadas: Alejandro Avilés Álvarez, Ariadna Barrera Vázquez, Celia Esther Fonseca Galicia, Cindy Winkler Trujillo, Ciria Yamile Salomón Durán, Mario Zamora Gastélum, Rosalía León Rosas, Sandra Patricia Palacios Medina (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
El diputado Delgado ha solicitado el uso de la palabra, ¿con qué objeto, diputado?
El diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo (desde la curul): Brevemente, diputada presidenta. Para solicitarle al orador anterior, Alejandro Avilés, me permita adherirme a su iniciativa.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado Delgado. Diputado Avilés se le pregunta, ¿si acepta la adhesión de su compañero, diputado Delgado, a su iniciativa? Adelante, acepta con gusto. La iniciativa estará a disposición de todos ustedes aquí en Mesa Directiva.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Tiene la palabra la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal.
La diputada Lilia Aguilar Gil:Con la venia de la asamblea. Fíjense que tengo esta iniciativa presentada hace ya tiempo y que si la hubiese planeado no me hubiera quedado exactamente en esta situación. Esta iniciativa es un proyecto para adicionar disposiciones al Código Penal en materia de ciberacoso. Y, digo, que si lo hubiese planeado no hubiese quedado, porque creo que al menos para mí, claramente, viene al caso.
Chueca, Quasimodo, Popeye, la chueca del bienestar, traidora, todos estos han sido insultos que se me han proferido en los últimos siete días de manera constante y viral en las redes sociales. No es que yo no estuviese acostumbrada al acoso y a la violencia digital, ya Lilly Téllez me había atacado solamente con una frase, chueca, y cómo se lo dije a ella lo digo hoy en esta tribuna, es porque no hay nada más con lo que me puedan atacar.
Yo vengo acá a plantar cara no solamente con mucha entereza, sino con mucha seguridad. No tengo nada que esconder, como no lo tiene el PT. Representamos parte de este movimiento y lo hacemos con dignidad y entereza. El ciberacoso solo es la representación del miedo.
Decía Rosa de Luxemburgo que una revolución que sofoca la pluralidad termina reproduciendo la dominación que busca destruir. ¿Cómo planteamos que podemos representar a todo el pueblo de México? Cuando no hemos podido siquiera generar un diálogo interno sobre los que pensamos diferente. Y, entonces, yo vengo, como dije, a hacer un llamado para que no se utilicen las formas de dominación que se han repetido por un grupúsculo de nuestro movimiento.
Porque afecta a todos. Porque en el momento en el que nos dicen traidores y van a perseguirnos por mis bienes, que, por cierto, están debidamente declarados y que son públicos, porque yo así lo he decidido, porque no tengo nada que esconder y porque todos mis bienes son lícitos. La casa de 18, de 16 o de 24, todos mis bienes son lícitos. No me avergüenzo de nada, como no se avergüenza el PT de su posición.
Asumimos el ataque. Nunca pensamos que vendría de nuestros hermanos de clase, nunca. Pero, somos firmes en nuestro planteamiento de fortaleza y de pluralidad. Es por eso que hago un llamado a la unidad, porque han querido atacarme personalmente, porque han querido personalizar su incompetencia para escuchar, atacando, fíjense nada más, solo mi físico.
Andrés Manuel dijo una vez que a este movimiento solo lo podía acabar este movimiento. La intolerancia, el sectarismo, los pleitos por los puestos y la desviación de los ideales del movimiento como la corrupción que hoy claramente se da dentro de nuestro movimiento.
Pero nosotros no vamos a dar un paso atrás. Y esto lo digo porque es el PT, sí es necesario, y su servidora, porque solamente puedo hablar por mí misma, que seguiremos firmes más allá de los ataques, porque entendemos un proceso dialéctico.
Y les queremos decir a todos y a todas: los enemigos están afuera, están en los países que quieren venir y controlar esta nación. Los enemigos están afuera, están en el crimen y los que quieren atacar al Estado mexicano. Los enemigos no son los adversarios ni los que piensan diferente, no son la oposición ni los que de dentro podemos tener opiniones diversas. Solamente este movimiento puede acabar con este movimiento y nosotros seguiremos siendo dique y bastión para que eso no suceda. Es cuanto.
«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Lilia Aguilar Gil, en su carácter de diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo II Bis, denominado Ciberacoso, que comprende los artículos 259 Ter y 259 Quáter, al Título Decimoquinto, Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEn México en 2021 se aprobó la Ley Olimpia, por la que se reformó el Código Penal Federal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer la ciber violencia y sancionar la violación de la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.
Con la Ley Olimpia se define a la violencia digital como:
Artículo 20 Quáter. Violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.
Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.
Al revisar la legislación a nivel estatal, Ciudad de México, Morelos, Nuevo León, Tlaxcala y Zacatecas han incluido la modalidad digital en sus leyes de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. Por su parte, la Ciudad de México incluyó la posibilidad de solicitar medidas de protección específicas en casos de violencia digital.
Asimismo, se ha reconocido e incorporado sanciones para actos de sextorsión en la Ciudad de México, Aguascalientes y Yucatán; amenazas por vías digitales en la Ciudad de México; hostigamiento sexual en Guanajuato; ciber acoso en Puebla y Yucatán y acceso no autorizado a imágenes de desnudez y doxeo en Aguascalientes.
Este gran avance se debe a Olimpia Coral Melo, que fue víctima de violencia digital al difundirse un video no autorizado suyo. Sin embargo, a pesar de esta reforma el ciberacoso es una problemática que sigue aumentando.
Acorde al Inegi, el ciberacoso es un acto intencionado, ya sea por parte de un individuo o un grupo, teniendo como fin el dañar o molestar a una persona mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, en específico el internet.
De ahí, tenemos que en el país 79.5 por ciento de la población de 12 años y más utilizó internet en 2022, esto es, 84.1 millones de personas. De esta cifra el 20.8 por ciento, es decir, 17.4 millones de personas, fueron víctimas de ciberacoso; siendo en su mayoría mujeres con 9.8 millones de afectadas. Al revisar los rangos de edad, el 29.3 por ciento de mujeres entre 12 y 19 años fueron víctimas de ciberacoso en 2022, de 20 a 29 años en un 29.3 por ciento, de 30 a 39 años en un 23.7 por ciento.
El 34.8 por ciento fue víctima de insinuaciones o propuestas sexuales, 33.6 por ciento de las mujeres recibieron contenido sexual y 4.3 por ciento fueron amenazadas con publicar o vender imágenes o videos de contenido sexual.
A efecto de lograr una mejor comprensión de la propuesta se inserta el siguiente cuadro comparativo.
Por lo expuesto, acudo a esta soberanía a presentar, iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se adiciona un Capítulo II Bis, denominado “ciberacoso”, que comprende los artículos 259 Ter y 259 Quáter, al Título Decimoquinto, Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, del Código Penal Federal
Único. Se adiciona un Capítulo II Bis, denominado Ciberacoso, que comprende los artículos 259 Ter y 259 Quáter, al Título Decimoquinto, Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Título DecimoquintoArtículo 259 Ter. Comete el delito de ciberacoso quien persiga, hostigue, amenace o asedie a otra persona por medio de tecnologías de la información y la comunicación tales como redes sociales, mensajería instantánea, correos electrónicos u otro medio o espacio digital; a través del envío de texto, videos, imágenes, voces, sonidos o cualquier otro contenido que puede o no tener una connotación sexual y que causa daño a la dignidad, integridad psicológica o seguridad de la víctima.
Este delito se perseguirá a petición de parte ofendida y se impondrá pena de 11 meses a 6 años de prisión y hasta seiscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Cuando la víctima sea menor de 18 años o incapaz de entender el significado del hecho o de resistirlo, se trate de personas defensoras de derechos humanos o de periodistas o se cometa en razón de género la pena se incrementará en una mitad.
Artículo 259 Quáter. Para garantizar la integridad de la víctima, el Ministerio Público o Juez de Control, según corresponda, dictarán de inmediato las medidas de protección y cautelares pertinentes a fin de prevenir la repetición de la conducta. Dichas medidas podrán incluir la suspensión temporal de cuentas y accesos a plataformas. Los permisionarios, concesionarios y prestadores de servicios de telecomunicaciones, redes sociales, almacenamiento y hospedaje de datos y páginas de internet colaborarán con la autoridad competente a fin de adjudicar la participación y ejecutar las medidas cautelares y de protección que procedan.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día después al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota
1 Inegi, Módulo sobre Ciberacoso, 2022.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/mociba/2022/doc/mo ciba202 2_resultados.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2026.– Diputadas y diputados: Lilia Aguilar Gil, Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, Ciria Yamile Salomón Durán, Fernando Mendoza Arce, José Luis Montalvo Luna, Karina Isabel Martínez Montaño, Laura Irais Ballesteros Mancilla, Marco Antonio de la Mora Torreblanca, Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, Olga Leticia Chávez Rojas, Roberto Armando Albores Gleason, Rosalía León Rosas, Sandra Patricia Palacios Medina, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
El diputado Gibrán ha solicitado la palabra. ¿Con qué objeto, diputado? Sonido en la curul del diputado, por favor. Adelante.
El diputado Gibrán Ramírez Reyes (desde la curul): Quiero preguntarle a la proponente si me permite suscribir su iniciativa y, a la vez, solidarizarme con ella por la dignidad y fortaleza que ha mostrado ante los ataques de quienes quieren convertir la política en escupitajos y vilezas.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado Gibrán. Diputada Lilia Aguilar, se le pregunta si acepta la adhesión a su iniciativa. Adelante. La acepta. Quien guste firmarla, estará aquí a disposición de ustedes en la Mesa Directiva. Y, por supuesto, obviamente, coincidir con la exigencia de un absoluto respeto para cualquier legislador, legisladora, de cualquier grupo parlamentario. Este es un poder plural.
El diputado Leonel Godoy. ¿Con qué objeto, diputado Godoy?
El diputado Leonel Godoy Rangel(desde la curul): Presidenta, si me permite, en mi calidad de presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, decirle a la diputada Lilia Aguilar que merece todo el respeto de nuestro grupo parlamentario, que tenemos derecho a disentir y que eso no hace que sigamos siendo aliados en esta gran transformación de México.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado Godoy.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar las siguientes iniciativas. Número uno. Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de beneficios fiscales a las y los mexicanos con dos o más empleos. Número dos. Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar la Violencia Digital de Género. Número tres. Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencia de maternidad y paternidad. Y número cuatro. Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 96, 98 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de tarifa diferenciada del ISR para madres solteras y madres cuidadoras, esta última suscrita por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez y por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI. Adelante, diputada.
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara:Con la venia de la Presidencia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante.
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara: ¿Qué pensarán de nosotras, las más de 68 millones de mujeres mexicanas si no tenemos una agenda legislativa paritaria? ¿Qué están legislando las 252 mujeres diputadas que hay en este Congreso? ¿Qué diría una madre que pierde una hija por feminicidio en este pleno? ¿Qué harían aquí las mujeres que todos los días sufren y viven violencia?
Marzo, marzo no es solo un mes para vestirse de morado, de tomar las calles y de salir a alzar la voz. Marzo nos da la fuerza para legislar por todas y todos. Aquí, aquí todos dicen preocuparse por la igualdad, pero mientras nuestras iniciativas duermen en la congeladora legislativa. ¿Hasta cuándo permitiremos que nuestras exigencias no sean tomadas en cuenta?
Les recuerdo, diputadas, que ustedes, ustedes, sí, vienen a legislar, no solo a recibir órdenes. Pero para no caer en reclamos, pasemos a las acciones, al trabajo legislativo, porque lo que no es ley, lo que no es ley no se respeta.
Por eso, en el Grupo Parlamentario del PRI presentamos cinco iniciativas para las 68 millones de mujeres en México. Cinco iniciativas que también pueden ser suyas, para las diputadas que están aquí presentes, para las mujeres que están ahí afuera. Cinco iniciativas para todas y para no dejar a ninguna atrás.
Compañeras diputadas, les pido que suscriban y pidan también en sus comisiones que las dictaminen, así como dictaminaron tan rápido la reforma electoral.
La primera iniciativa quiere que todas las mujeres tengan inclusión financiera con perspectiva de género, para que los bancos y toda entidad financiera garantice un acceso igualitario al crédito de hombres y mujeres.
Esta iniciativa obliga a la creación de préstamos, cuentas bancarias y apoyos financieros pensados para mujeres trabajadoras, con tasas y condiciones adaptadas a su realidad.
La segunda iniciativa quiere una Ley General de Cuidados, para que el Estado tenga la obligación de crear instancias infantiles, centros de atención domiciliaria y servicios comunitarios.
La tercera iniciativa propone reducir el impuesto sobre la renta para las madres solteras, para las madres cuidadoras y para las madres con alguna discapacidad. Lo que aquí estamos proponiendo es justicia para las que trabajamos, para las que cuidamos y para las que criamos al mismo tiempo.
La cuarta iniciativa propone homologar a diez semanas las licencias de maternidad y paternidad, y con salario completo para ambos. Porque con ello ningún hombre estará exento de involucrarse desde el principio.
La quinta iniciativa propone una Ley General para Prevenir y Sancionar la Violencia Digital de Género. Todas, absolutamente todas las que estamos aquí y las que están allá afuera, hemos sido señaladas, hemos sido humilladas y hemos sido violentadas con imágenes desde las redes sociales.
Esta ley que proponemos para todas las que están aquí, para las que están allá afuera, tipifica estos actos como delito. Ya nadie podrá publicar fotos íntimas sin permiso, enviar mensajes misóginos o acosar en redes. Todo esto y más será castigado con todo el peso de la ley, porque basta de agresores impunes, basta de proteger a violentadores.
Estas cinco propuestas del PRI son respuestas claras a problemas reales de mujeres. Con ello, con ello ponemos primero a las madres, ponemos primero a las estudiantes y ponemos primero a las trabajadoras. Porque esto, señoras y señores diputados, estos son los asuntos que deberíamos estar legislando, porque esto es lo que importa, esto lo que le duele a México y a las mujeres mexicanas.
Diputados y diputadas, las invito a firmar y apoyar estas iniciativas, háganlo por sus propias madres, háganlo por las hijas que crían, por las amigas, por las vecinas que ven que este pleno parece que no tiene voz propia. La firma de cada una de ustedes va a ser un compromiso público con la mitad de México, un compromiso con las mujeres mexicanas.
Porque marzo, marzo es el mes que deberíamos de decir basta de simulaciones. Ya nuestra paciencia se agotó, se agotó y queremos hechos. Somos millones gritando en las calles, somos millones gritando por la injusticia que viven todas las mujeres de México.
Y ahora lo hacemos desde esta tribuna, porque seguimos alzando la voz por la lucha de nuestros derechos, porque, marzo, marzo no se conmemora, marzo se legisla por las mujeres de México. Es cuanto.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
SE EXPIDE LA LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA VIOLENCIA DIGITAL DE GÉNERO
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara: Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar la Violencia Digital de Género.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Túrnese a las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara:
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencia de maternidad y paternidad, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del PRI
Ariana del Rocío Rejón Lara, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto: “que reforma diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo en materia de licencia de maternidad y paternidad”, considerando la siguiente
Exposición de MotivosLa presente iniciativa tiene como objetivo reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para ampliar y homologar las licencias de maternidad y paternidad en México, estableciendo un marco legal más equitativo y acorde con los estándares internacionales. Se propone también fortalecer la protección laboral de las mujeres durante el embarazo y el periodo postnatal, garantizando condiciones que favorezcan su bienestar y el de sus hijos.
En México, la LFT establece una licencia de maternidad de 12 semanas (6 antes y 6 después del parto) y una licencia de paternidad de 5 días laborables.
Estas disposiciones son limitadas en comparación con las políticas de otros países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que han adoptado licencias más extensas y equitativas para fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos.
Por tal motivo, se propone:
1. Ampliar y homologar las licencias de maternidad y paternidad a 10 semanas cada una, de uso indistinto por cualquiera de los progenitores.
2. Prohibir el trabajo y teletrabajo de la mujer fuera del horario laboral durante el embarazo, para proteger su salud y la del feto.
3. Ampliar el descanso postnatal hasta 12 semanas en caso de que el hijo requiera atenciones médicas especiales, previa certificación médica.
4. Incrementar al 80 por ciento el salario en caso de prórroga por necesidad médica del hijo, asegurando el sustento económico de la familia durante este periodo.
5. Garantizar que la mujer tenga derecho a reincorporarse al mismo puesto de trabajo hasta un año y medio después de su ausencia, protegiendo su estabilidad laboral.
Lo que busca esta iniciativa de reforma es:
1. Promover la equidad de género en el ámbito laboral y familiar.
2. Fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos.
3. Proteger la salud y el bienestar de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
4. Alinear la legislación mexicana con los estándares internacionales en materia de derechos laborales y de familia.
En el estado de Campeche, según datos del INEGI, la población total en 2020 fue de 928,363 habitantes, con una mayoría de mujeres (51.9 por ciento).
Sin embargo, la participación femenina en el mercado laboral es menor en comparación con los hombres, y muchas mujeres enfrentan condiciones laborales precarias, especialmente en el sector informal.
Estas reformas beneficiarían directamente a las mujeres campechanas, mejorando sus condiciones laborales y promoviendo una mayor equidad de género en el estado
A continuación, se presenta una tabla comparativa de las licencias de maternidad y paternidad en México y en países miembros de la OCDE:
Por lo anteriormente expuesto, y con el objeto de mostrar de manera más clara las modificaciones que se pretende llevar a cabo, se presenta el siguiente cuadro:
Ley Federal del Trabajo
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía el siguiente
Decreto que reforma diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencia de maternidad y paternidad
Único. Se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 y las fracciones I, II, II Bis, V y VI del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 132.- Son obligaciones de las personas empleadoras:
I. al XXVII.
XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de diez semanas laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, antes del nacimiento de sus hijos y diez semanas posteriores a éste y de igual manera en el caso de la adopción de un infante;
XXVIII al XXIII.
Artículo 170.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:
I. Durante el período del embarazo, no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo o que actúen o puedan alterar su estado psíquico y nervioso y así como trabajar o estar conectadas en teletrabajo fuera del horario laboral;
II. Disfrutarán de un descanso de diez semanas anteriores y diez posteriores al parto. Las 20 semanas en total podrán disfrutarlas las madres en la forma que así lo decidan, antes o después del parto, o como lo indique el médico encargado del parto. En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta doce semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.
II Bis. En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de doce semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban;
III. Los períodos de descanso a que se refiere la fracción anterior se prorrogarán por el tiempo necesario en el caso de que se encuentren imposibilitadas para trabajar a causa del embarazo o del parto;
IV. En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el periodo señalado;
V. Durante los períodos de descanso a que se refiere la fracción II y II Bis, percibirán su salario íntegro. En los casos de prórroga mencionados en la fracción III, tendrán derecho al ochenta por ciento de su salario por un período no mayor de noventa días;
VI. A regresar al puesto que desempeñaban, siempre que no haya transcurrido más de un año y medio a partir de la fecha del parto; y
VII. A que se computen en su antigüedad los períodos pre y postnatales.
TransitoriosPrimero. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. - La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en un plazo de 90 días, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, establecerá los mecanismos para verificar la aplicación este derecho para las madres y padres trabajadores.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2026.– Diputadas y diputados: Ariana del Rocío Rejón Lara, Abigail Arredondo Ramos, Ana Isabel González González, Andrés Mauricio Cantú Ramírez, Arturo Yáñez Cuéllar, Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, Humberto Ambriz Delgadillo, Juan Antonio Meléndez Ortega, Juan Francisco Espinoza Eguía, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Mario Zamora Gastélum, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Noel Chávez Velázquez (rúbricas).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La diputada Ariana del Rocío Rejón Lara: Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 96 y 98 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de tarifa diferenciada del ISR para madres solteras y madres cuidadoras.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a alumnas y a alumnos de la Universidad Xochicalco del municipio de Tijuana, Baja California, invitados por la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Partido Morena. Sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados.
LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Ahora cedemos el uso de la palabra al diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, hasta por cinco minutos para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos.
El diputado José Luis Hernández Pérez:Con la venia de la Presidencia.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Adelante, diputado.
El diputado José Luis Hernández Pérez: Diputadas y diputados, legisladores, la trata de personas es la esclavitud moderna, un delito que roba vidas, destruye sueños y atenta gravemente contra la dignidad humana, convirtiendo a estos seres humanos en simples mercancías.
Por ello, vengo a presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos.
Con esta iniciativa vengo a poner en el centro del debate a quienes han sido invisibilizados por años, las víctimas de trata y sus familias. Pues, la trata de personas no distingue fronteras y no podemos seguir permitiendo que esta esclavitud moderna robe la libertad y los sueños de miles de personas en nuestro país.
Lamentablemente México es un país de origen, tránsito y destino de este delito, donde mujeres, niños, niñas y personas en situación de vulnerabilidad son las principales víctimas de explotación sexual y trabajo forzado, aunque también incluye la mendicidad forzada y la extracción de órganos.
Si bien se cuenta con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, que establece penas de hasta 40 años, pero persisten los retos en su implementación y en la desarticulación de las redes delictivas.
Lo cierto es que este crimen se ha asentado en las raíces sociales, económicas y culturales. Y debe visualizarse, además de atenderse, pues aún faltan acciones que protejan a las víctimas.
El delito de la trata de personas se ha impregnado en la sociedad y la falta de información y atención oportuna ha sesgado las líneas de acción y programas de apoyo. La iniciativa que vengo a presentar busca hacer justicia, proteger a las personas vulnerables y asegurar que el Estado mexicano actúe con firmeza y perspectiva de género.
Se propone que sea considerada la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Secretaría del Bienestar, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, la Secretaría de las Mujeres y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Los invito, pues, a apoyar esta iniciativa por la libertad y la seguridad de todas y de todos, porque la democracia no es un estado de reposo, sino una construcción diaria que se nutre a partir de una participación muy consciente.
Compañeras y compañeros, la trata de personas requiere de todas y todos nosotros. Esta iniciativa es una respuesta a la realidad y una deuda de justicia. No más silencio, ya no más impunidad.
Hagamos que nuestra legislación esté a la altura de la protección de los derechos humanos. Es tiempo de proteger, de asistir y también de erradicar. Muchas gracias. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma el artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo del diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, José Luis Hernández Pérez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa trata de personas es una de las violaciones más graves a los derechos humanos y constituye una forma moderna de esclavitud que afecta a miles de personas. Lamentablemente, México ocupa una posición crítica en este delito, funcionando simultáneamente como un lugar de origen, tránsito y destino de víctimas, con fines de explotación sexual, trabajos forzados, mendicidad y otras prácticas similares.
Lamentablemente, México es un país que ha sido punto central donde las víctimas son captadas (origen), trasladadas a través del territorio (tránsito) y explotadas tanto localmente como en el extranjero (destino), particularmente hacia Estados Unidos.
Si bien cualquier persona puede ser víctima, los grupos más vulnerables son mujeres, niñas, niños, adolescentes, migrantes e indígenas y, lamentablemente, las modalidades más comunes en el país son la explotación sexual y el trabajo forzado, aunque también incluye la mendicidad forzada y la extracción de órganos.
Si bien esta problemática se presenta en muchas regiones del país, se concentra principalmente en grandes urbes, zonas fronterizas (norte y sur) y destinos turísticos.
Origen:
• Ciudadanos mexicanos son captados en sus comunidades, frecuentemente mediante engaños como falsas ofertas de empleo o el “enamoramiento” para ser explotados en otras partes del país o en EE. UU.
Tránsito:
• México es una ruta principal para víctimas de trata procedentes de Centro y Sudamérica, e incluso de otros continentes, que son trasladadas a través del territorio hacia la frontera norte.
Destino:
• Localmente, la explotación sexual y laboral ocurre en grandes urbes, destinos turísticos y zonas fronterizas.
Explotación hacia Estados Unidos:
• Bandas delictivas operan rutas que llevan a mujeres y hombres desde estados como Tlaxcala, Puebla, Oaxaca y el centro del país hacia Nueva York y otras ciudades estadounidenses.
Víctimas y perfiles:
• Las mujeres, niñas y niños son las más afectadas, representando cerca del 80% de las víctimas, principalmente con fines de explotación sexual. También se documenta el uso de menores en actividades delictivas
Si bien México cuenta con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, que establece penas de hasta 40 años de prisión para los tratantes, lo cierto es que persisten retos en su implementación y en la desarticulación de las redes delictivas. Además, la trata se ha asentado en las raíces sociales, económicas y culturales de diversas comunidades, por lo que no solo debe visualizarse sino atenderse de manera efectiva pues aún falta implementar más acciones para proteger a las víctimas.
El delito de trata de personas se ha impregnado en la sociedad y la falta de información y atención oportuna ha sesgado las líneas de acción y programas de apoyo.
De acuerdo con el artículo “Trata de personas en México: Algunas cifras”, de Irma Kánter Coronel, una Mirada Legislativa, publicado en agosto 2022, mil 490 hombres mayores de edad y cuatro hombres menores edad fueron indiciados e imputados por el delito de trata, siendo las mujeres las más afectadas pues las mujeres y niñas representan la mayoría de las víctimas (aproximadamente el 72 por ciento), aunque hombres y niños también son víctimas frecuentes.
Según reportes de la UNODC y la OIM, se reportó un aumento preocupante en la trata de personas, especialmente de menores. Cerca del 80 por ciento de las víctimas son mujeres y el 95 por ciento de los casos de menores reportados implican explotación sexual, además en 2024, la trata creció un 37 por ciento respecto a 2023.
De acuerdo con los informes de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la trata es una de las actividades más lucrativas para la delincuencia organizada, a menudo vinculada al narcotráfico y tráfico de armas.
Economía ilegal lucrativa:
• Se posiciona como la tercera economía ilegal más importante a nivel global, solo por detrás del tráfico de drogas y el tráfico ilícito de armas.
Conexión con otros delitos:
• Existe una clara vinculación con otras actividades del crimen organizado, incluyendo la minería ilegal, el narcotráfico, el sicariato y la extorsión.
Vulnerabilidad de las víctimas:
• Los traficantes se dirigen a personas en situaciones vulnerables, como aquellas afectadas por conflictos, pobreza, desastres naturales o desigualdades sistémicas, y utilizan el engaño para captarlas.
Alcance global y local:
• Aunque el tráfico ilícito de migrantes es siempre transnacional, la trata de personas puede ocurrir tanto a nivel internacional como dentro de las fronteras de un mismo país.
El Informe Mundial sobre Trata de Personas de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) de 2024 reveló un aumento del 25 por ciento en el número de víctimas detectadas en 2022, con un incremento notable en la explotación infantil y el trabajo forzoso.
Por ello, la presente iniciativa propone es considerar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Secretaría de Bienestar; a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, a la Secretaría de las Mujeres y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, la cual se encarga de: i) Definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de Trata de Personas y demás objeto previstos en esta Ley; ii) Impulsar y coordinar en toda la República la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de trata; iii) Inspeccionar y vigilar los programas, acciones y tareas; y iv) Evaluar la rendición de cuentas y transparencia sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias.
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Artículo Único. Se reforman las fracciones IV, VII, XII, XIII y XV del artículo 85 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para quedar como sigue:
Artículo 85. La Comisión estará integrada por los titulares de las siguientes instituciones:
I. Secretaría de Gobernación;
II. Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
III. Secretaría de Relaciones Exteriores;
IV. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana;
V. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
VI. Secretaría de Salud;
VII. Secretaría de Bienestar;
VIII. Secretaría de Educación Pública;
IX. Secretaría de Turismo;
X. Se deroga.
XI. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;
XII. Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas;
XIII. Secretaría de las Mujeres;
XIV. Instituto Nacional de Migración, y
XV. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
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TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las Secretarías del ramo tendrán un plazo de 120 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones necesarias a su normatividad interna a fin de armonizarlo con el mismo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.– Diputado José Luis Hernández Pérez (rúbrica).»
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
El diputado Mancilla. ¿Con qué objeto, diputado Mancilla? Adelante, diputado. Sonido en la curul del diputado Mancilla, si fuera tan amable.
El diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla (desde la curul): Gracias, presidenta. Solo para hacer de su conocimiento y como presidente de la Comisión de Juventud, me adhiero a la iniciativa de la diputada Ariana Rejón y también a la iniciativa de la diputada Lilia Aguilar. Muchas gracias.
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Gracias, diputado. Queda asentado en el acta.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
La presidenta diputada Paulina Rubio Fernández: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primero y segundo párrafo del artículo 47 y se adiciona un artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección digital y prevención del acoso y violencia digital.
La diputada María de Jesús Rosete Sánchez:Con la venia de la Presidencia. La iniciativa que tengo a bien presentar el día de hoy responde a una realidad urgente, profunda y muchas veces invisibilizada por la violencia que viven niñas, niños y adolescentes en el entorno digital.
Vivimos en una era donde la tecnología y las plataformas digitales forman parte de la vida cotidiana de nuestras infancias. El internet se ha convertido en un espacio de aprendizaje, de socialización y de desarrollo. Sin embargo, también se ha transformado en un entorno donde el acoso, la violencia digital, la explotación y la exposición a contenidos nocivos ocurren con alarmante frecuencia.
En nuestro país las cifras son contundentes. La gran mayoría de niñas, niños y adolescentes utiliza internet de manera diaria, muchas veces sin supervisión ni orientación adecuada. Uno de cuatro ha sufrido algún tipo de acoso digital, lo que impacta directamente en su autoestima, su salud emocional, su desarrollo psicológico y en casos extremos, en su integridad física.
Esta violencia no distingue origen social, pero sí se agrava en contextos de vulnerabilidad, donde el acceso a información preventiva, acompañamiento institucional y canales de denuncia es limitado o inexistente.
Hoy la violencia ya no solo ocurre en la calle o en la escuela, también ocurre en una pantalla y como Estado no podemos seguir actuando cómo si ese espacio no fuera también parte de la vida real.
Nuestra legislación reconoce el derecho de niñas, niños y adolescentes a una vida libre de violencia, no obstante, el marco normativo actual no desarrolla de manera suficiente las obligaciones específicas del Estado frente a la violencia digital ni establecen mecanismos claros de prevención, atención y coordinación interinstitucional.
Por ello, esta iniciativa propone reformar el artículo 47 y adicionar un artículo 101 Bis Quáter a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con un objetivo muy claro, fortalecer la protección de las infancias y adolescencias en el entorno digital.
La propuesta establece que las autoridades en el ámbito de sus competencias no solo deberán atender y sancionar los casos de violencia, sino también implementar políticas públicas, programas y acciones específicas para prevenir, detectar y atender la violencia digital y el ciberacoso, promoviendo el uso seguro, responsable y respetuoso de las tecnologías de la información y la comunicación.
Asimismo, se refuerza la coordinación del Estado con madres, padres, tutores, autoridades educativas y procuradurías de protección reconociendo que la protección de la niñez es una responsabilidad compartida.
Esta iniciativa no busca prohibir ni limitar el acceso a la tecnología, sino todo lo contrario, busca educar, prevenir y proteger a nuestras niñas y niños, busca generar conciencia, establecer obligaciones claras y construir una cultura de paz en los entornos digitales.
La iniciativa que hoy presento tiene un alto impacto social, fortalece lo que ya existe, cierra vacíos normativos y da herramientas legales para actuar de manera oportuna y eficaz contra aquellos actos que atentan contra el desarrollo de nuestra niñez mexicana.
No podemos permitir que la violencia digital siga avanzando más rápido que nuestras leyes. Legislar a favor de esta iniciativa es legislar a favor del futuro, de la dignidad y del desarrollo integral de quienes hoy más nos necesitan. Por lo anterior, las y los invito a acompañar esta propuesta con responsabilidad, sensibilidad y compromiso con la niñez de México. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma los párrafos primero y segundo del artículo 47 y adiciona un artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección digital y prevención del acoso y violencia digital, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, María Rosete, Diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primero y segundo párrafo del artículo 47 y se adiciona un artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección digital y prevención del acoso y violencia digital bajo la siguiente:
Exposición de MotivosEn la actualidad, las plataformas digitales se han convertido en espacios esenciales para la socialización, el entretenimiento y el aprendizaje de niñas, niños y adolescentes. No obstante, su uso también ha generado diversas problemáticas sociales, entre ellas el acoso y la violencia digital, uno de los nuevos conceptos que se han incorporado a nuestro vocabulario.
Dichas herramientas tecnológicas se han vuelto necesarias para nuestra vida cotidiana pues en ellas se desarrollan actividades laborales y académicas. Cabe recordar que, a raíz de la pandemia, el uso de medios digitales se intensificó significativamente, por ello no se trata de prohibir el uso de las plataformas digitales, sino de promover una regulación adecuada que permita a las niñas, niños y adolescentes a convivir en un entorno digital seguro en donde se fomenten acciones preventivas frente al acoso digital. dadas las estadísticas que se presentan a continuación se ve plasmada la necesidad de atender esta problemática de manera integral.
De acuerdo con el informe Infancia Conectada 2024 del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), más del 85 por ciento de los adolescentes entre 12 y 17 años usan Internet diariamente, y uno de cada cuatro ha experimentado alguna forma de acoso digital o exposición a contenido nocivo. Este fenómeno se traduce en daños a su autoestima, aislamiento social, depresión y, en casos extremos, en situaciones de violencia o explotación sexual.
Asimismo, datos de UNICEF México, arrogaron que, en nuestro país, 50 por ciento de las niñas y niños entre 6 y 11 años son usuarios de internet o de una computadora y en el caso de los adolescentes de 12 a 17 años, entre el 80 y 94 por ciento usan internet y tienen acceso a un celular propio.
En ese contexto hablamos que, más del 85 por ciento de los adolescentes entre 12 y 17 años se conectan diariamente a internet y uno de cada cuatro ha sido víctima de alguna forma de acoso digital o exposición a contenido nocivo, una situación que plantea serios retos para su bienestar emocional, psicológico y social.
Sin embargo, en el contexto actual, las niñas, niños y adolescentes se exponen a un mundo en el que no saben con quién o quiénes interactúan, toda vez que, al exponerse al uso cotidiano de plataformas digitales, redes sociales o videojuegos en línea. Si bien estos entornos constituyen una oportunidad para el aprendizaje, la comunicación y el desarrollo personal, también implican riesgos sustanciales para su bienestar físico, emocional y psicológico.
Además, muchos niños, niñas y adolescentes navegan por internet o juegan videojuegos sin la supervisión de un adulto, lo que incrementa su vulnerabilidad. Esta falta de acompañamiento puede ponerlos en riesgo, especialmente al interactuar con personas desconocidas que podrían estar involucradas en actividades ilícitas o tener intenciones maliciosas. La ausencia de orientación adecuada favorece que accedan a contenidos inapropiados o que se expongan a situaciones peligrosas en entornos digitales. Algo que incluso se menciona en el blog realizado por el gobierno federal.
Estos riesgos no son teóricos: en México se estima que el 22.9 por ciento de los adolescentes de 12 a 19 años han sufrido acoso dentro del mundo digital y redes sociales. Traduciéndose en daños a la autoestima, aislamiento, ansiedad, depresión o incluso autoagresiones en casos extremos. Además, la exposición prolongada a pantallas está asociada con alteraciones del sueño, disminución de la actividad física, problemas de atención y dificultades en el aprendizaje.
Frente a este panorama, es necesario analizar cuál es el marco legal vigente en México y dónde se identifican vacíos normativos respecto a la prevención, atención y seguimiento del acoso digital y la violencia en línea hacia niñas, niños y adolescentes, ejemplo de ello es la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual contempla el derecho a la protección contra cualquier forma de violencia, además que en el artículo 101 Bis 3 menciona que el Estado garantizará un uso seguro de Internet y protegerá contra la violencia digital, respetando los derechos de todos, esta problemática no disminuye por el contrario aumenta.
El 26 de julio de 2025, el Instituto Nacional Electoral de la ciudad de México, presentó los principales resultados obtenidos de la Consulta Infantil y Juvenil 2024, como parte de la Fase 7 de este proceso, con el objetivo de visibilizar las voces, preocupaciones y propuestas expresadas por niñas, niños y adolescentes capitalinos. Dicha consulta señala que, el 55.5% pidió difundir medidas de protección en el ciberespacio, mientras que 53.7 por ciento propuso establecer reglas claras de convivencia y 52.3 por ciento manifestó la necesidad de prevenir la discriminación.
La Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 19 obliga a los Estados parte a proteger a los menores contra toda forma de perjuicio o abuso, incluso en los entornos tecnológicos. Asimismo, la Observación General número 25 del Comité de los Derechos del Niño (2021) señala que los derechos de la niñez deben garantizarse también en el entorno digital, asegurando la privacidad, seguridad y desarrollo integral.
Es por ello, que para disminuir estas estadísticas hay que crear canales fáciles para denunciar, educar sobre el uso seguro de internet, así como crear campañas donde las madres, padres, tutores o quienes ejerzan la guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes participen para saber las medidas que deben considerar si algún menor de edad es víctima de violencia digital y de la esta forma saber qué hacer si el menor de edad es quien ejerce esa violencia en contra de otras personas.
Por lo expuesto, se propone adicionar un artículo dentro del capítulo vigésimo derecho de acceso a las tecnologías de la información de comunicación, con el propósito de que, el Estado se coordine con las madres, padres o tutores, así como con las autoridades educativas y las procuradurías de protección con el propósito de prevenir y atender de manera oportuna las denuncias de acoso, violencia o explotación digital en contra de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, se establece promover campañas de sensibilización sobre el uso de responsable del internet, donde se incluya la participación de las personas que ejercen la guardia o custodia de niñas, niños y adolescentes.
Para mayor claridad de la iniciativa de reforma a continuación se presenta un cuadro comparativo con el cambio propuesto:
Legislar a favor de la protección de niñas, niños y adolescentes dentro del entorno digital resulta esencial, para poder garantizar que la tecnología sirva para el desarrollo pleno de la niñez y adolescencia, y no se convierta en un factor de riesgo. Por ello, tengo a bien presentar ante esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el primero y segundo párrafo del artículo 47 y se adiciona un artículo 101 Bis 4, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo Único. Se reforma el primero y segundo párrafo del artículo 47 y se adiciona un artículo 101 Bis 4, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para quedar de la siguiente manera:
Artículo 47. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a establecer las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por:
I. a VIII. ...
Las autoridades competentes deberán considerar la perspectiva de género en las situaciones de violencia. Asimismo, deberán implementar políticas públicas, programas y acciones específicas para la prevención, detección y atención de la violencia digital y el ciberacoso, promoviendo el uso seguro, responsable y respetuoso de las tecnologías de la información y la comunicación, así como la cultura de la paz en los entornos digitales.
..
...
Artículo 101 Bis 4. El Estado en coordinación con las madres, padres o tutores, así como con las autoridades educativas y las Procuradurías de Protección deberán:
a) Prevenir y atender de manera oportuna las denuncias de acoso, violencia o explotación digital en contra de niñas, niños y adolescentes.
b) Promover campañas de sensibilización sobre el uso de responsable del internet, así como de los medios de comunicación.
Las campañas que el Estado realice, deberán incluir la participación de las personas que ejercen la guardia o custodia de niñas, niños y adolescentes.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las modificaciones legislativas conforme a lo dispuesto en el presente decreto, dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a su entrada en vigor.
Notas
1 https://www.unicef.org/es/informes/estado-mundial-de-la-infancia-2024
2 https://www.unicef.org/mexico/mantener-seguros-ni%C3%B1as-ni%C3%B1os-y-adolesce ntes-en-internet
3 https://www.jornada.com.mx/2025/10/10/politica/018n2pol?utm_ source
4 https://www.gob.mx/sipinna/articulos/informate-de-algunos-riesgos-que-afrontan- ninas-ninos-y-adolescentes-en-el-uso-de-videojuegos?idiom=es
5 https://www.jornada.com.mx/2025/10/10/politica/018n2pol?utm_ source
6 https://centralelectoral.ine.mx/2025/07/26/presenta-ine-cdmx-resultados-de-cons ulta-infantil-y-juvenil-2024-ante-medios-de-comunicacion/
7 https://www.ohchr.org/es/documents/general-comments-and-recommendations/general -comment-no-25-2021-childrens-rights-relation
Dado en el Palacio Legislativo, a 10 de febrero de 2026.– Diputadas y diputados: María de Jesús Rosete Sánchez, Gabriela Georgina Jiménez Godoy, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, Julieta Villalpando Riquelme, Karina Isabel Martínez Montaño, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Maribel Soloache González, Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, Olga Leticia Chávez Rojas, Petra Romero Gómez, Rosa María Castro Salinas, Rufina Benítez Estrada (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de accesibilidad a seguros de gastos médicos mayores y transparencia en tarifas, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN. Adelante, doctor.
El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba:Muchas gracias, presidenta. Con su venia. En los primeros meses del 2026 algo muy técnico se volvió brutalmente cotidiano, 14 millones de mexicanos y mexicanas comenzaron a recibir sus aumentos en la renovación de sus seguros de gastos médicos, ya sea individuales o colectivos.
Aumentos que iban desde el 20 a 40 por ciento en pólizas individuales o familiares, y hasta de 60 o 75 por ciento para los adultos mayores o para aquellas personas con enfermedades crónicas. Para muchos esto significa dejar esta póliza y ser atendido por un sistema que no atiende.
Ustedes saben, compañeras y compañeros legisladores, que más de la mitad del gasto de los mexicanos sale del bolsillo, y estos gastos catastróficos, según la última encuesta entre el 18 y el 24, crecieron en el 64 por ciento, para afectar a más de un millón de familias.
No hablamos aquí de teoría económica, estamos hablando de gente que vende su carro, su coche o queda hipotecado para una cirugía o para recibir una quimioterapia. El golpe no es parejo, afecta en especial dureza a las mujeres, personas adultas mayores, personas con discapacidad o quienes viven con enfermedades crónicas, como el cáncer, justamente quienes tienen mayor probabilidad de requerir hospitalización o tratamiento de alta especialidad.
Cuando la prima se vuelve impagable, estas personas pasan de tener un acceso oportuno a la medicina privada para depender exclusivamente de servicios públicos ya saturados, con listas de espera y desabasto recurrente.
Por eso, estamos presentando esta iniciativa que tiene tres brazos: el primero es modificar la Ley de Ingresos de la Federación del 2026 para flexibilizar el régimen de no acreditamiento del IVA, exclusivamente para el seguro del ramo de salud y de gastos médicos mayores, de modo que el impuesto recupere su neutralidad y deje de ser un factor de presión para el alza en las primas donde las aseguradoras ahora pasan el IVA completo a quien tiene la póliza porque es un gasto para ellos.
No abrimos ningún boquete en la recaudación al hacerlo. Les recuerdo que la función salud tiene un presupuesto de 967 mil millones de pesos y el impacto que esta medida tendría en la recaudación que tiene Hacienda sería apenas del 1 por ciento del costo de la función salud total.
El segundo brazo es fortalecer la deducibilidad en las primas de los seguros de gastos médicos mayores al impuesto sobre la renta sobre personas físicas que está en el artículo 151 de esta ley de forma tal que pueda ser deducible hasta 5 UMAs anuales, estamos hablando una deducibilidad entre el pago de la póliza o lo que tenga que ver en los servicios de ese año hasta de 40 mil... 240 mil pesos, 5 UMAs anuales.
Reconocemos con esto el carácter social de estos seguros y aliviamos el esfuerzo de quienes pagan una póliza, insisto, 14 millones de mexicanos sin poner en ningún riesgo las finanzas públicas.
Tercero, mejorar la transparencia y la supervisión tarifaria en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Facultaríamos expresamente a esta comisión para que se emitan metodologías claras sobre cómo deben formarse y ajustarse las primas. Obligamos a que se reflejen objetivamente la siniestralidad, los costos médicos, los efectos fiscales y no solo la búsqueda de márgenes más amplios por parte de las aseguradoras.
Además, exigimos en esta iniciativa que les invitamos a suscribir que las aseguradoras informen anualmente a sus clientes de forma clara y desagregada por edad y por tipo de cobertura qué factores explican los incrementos. Y facultamos a la autoridad para corregir tarifas cuando se detecten aumentos injustificados o prácticas discriminatorias contra adultos mayores y otros grupos vulnerables.
Y, por último, queremos hacer efectivo que cada hospital publique y haga públicas las tarifas de sus costos y servicios para que no haya luego sorpresas entre lo que tú contratas y lo que te cobren al final.
La respuesta que los legisladores debemos de hacer no debe ser la de que el mercado se ajuste ni que el Estado lo absorba todo. Se trata de un pacto razonable: que el Estado mantenga su responsabilidad recaudatoria, que las aseguradoras sigan siendo solventes y que 14 millones de mexicanas y mexicanos no queden atrapados como hoy, como ahorita, entre la inflación médica y el diseño fiscal que encarece enfermarse.
La salud no puede ser un lujo reservado para unos cuantos. Es un derecho que exige reglas claras, decisiones fiscales cuidadosas y un compromiso real con la protección de las personas.
Por las familias que hoy están recibiendo avisos de alzas impagables en sus pólizas, les pido, compañeras y compañeros, que acompañemos esta iniciativa y mandemos un mensaje claro: en México enfermarse no debe costar la ruina y es un pacto social para todas y todos los mexicanos. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de accesibilidad a seguros de gastos médicos mayores y transparencia en tarifas, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y las y los legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Éctor Jaime Ramírez Barba, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, del Impuesto Sobre la Renta, y de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia de accesibilidad a seguros de gastos médicos mayores y transparencia en tarifas, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl acceso efectivo a un seguro de gastos médicos mayores (SGMM) se ha convertido en un componente central de la protección financiera en salud para los hogares mexicanos, particularmente para la clase media que enfrenta crecientes costos de la atención médica privada (Comisión Federal de Competencia Económica, Cofece, sin fecha). Aunque estos seguros complementan al sistema público, solo una fracción minoritaria de la población cuenta con una póliza de SGMM, lo que deja a la mayoría de las personas expuestas a gastos catastróficos cuando se presenta una enfermedad grave o un accidente.
En México, el gasto de bolsillo de los hogares representa alrededor de 45.4 por ciento del gasto total en salud, y entre 2018 y 2024 el número de hogares con gastos catastróficos en salud aumentó 64.5 por ciento, alcanzando aproximadamente 1.11 millones de hogares (México Evalúa, 2025). En el mismo periodo, el gasto trimestral promedio por hogar en salud pasó de mil 135 a mil 605 pesos, mientras que los hogares de menores ingresos destinan una proporción mayor de su ingreso a la atención de la salud (México Evalúa, 2025; Inegi, 2025).
Estos datos muestran que el gasto de bolsillo en salud en México no solo es elevado, sino también regresivo, afectando en mayor medida a quienes menos tienen, y que los SGMM, cuando son asequibles, actúan como una herramienta de protección financiera para prevenir el empobrecimiento por motivos de salud (México Evalúa, 2025; Cofece, sin fecha).
La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 (LIF 2026) introdujo en su artículo 25, fracción XIV, una regla que prohíbe a las instituciones de seguros acreditar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) trasladado en los bienes y servicios que adquieren para cumplir sus obligaciones de indemnización cuando éstas se realizan mediante la reposición del bien siniestrado o el resarcimiento del daño a través de terceros; con lo cual el IVA deja de ser neutro en siniestros de salud. (Cámara de Diputados, 2025a).
En el caso de los seguros de gastos médicos mayores, esta regla alcanza las erogaciones que las aseguradoras realizan para pagar cuentas hospitalarias, cirugías, estudios de laboratorio y diagnóstico, y otros servicios médicos asociados a siniestros amparados en pólizas de SGMM, de modo que el IVA pagado en esos conceptos ya no puede acreditarse contra el IVA trasladado en sus operaciones gravadas (Cámara de Diputados, 2025a; Cámara de Diputados, 2025b); antes de 2026, ese IVA se consideraba estrictamente acreditable y, por tanto, neutro para la determinación de los costos de las instituciones de seguros.
Al convertirse el IVA en un costo definitivo en la liquidación de siniestros de SGMM, las aseguradoras se ven obligadas a trasladar ese mayor costo a las primas con el fin de preservar su solvencia y cumplir con los requerimientos prudenciales de capital establecidos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF) y en las disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) (Cámara de Diputados, 2025b; CNSF, 2014).
Desde la entrada en vigor de la LIF 2026, millones de personas aseguradas en SGMM han enfrentado aumentos inusualmente elevados en sus primas anuales, con incrementos que van de 20 a 40 por ciento en pólizas individuales y familiares, y que, en el caso de personas adultas mayores o con enfermedades crónicas, llegan de 60 a 75 por ciento (El Economista,2025; Cofece, sin fecha). Para muchos hogares de clase media, estos aumentos equivalen a varios meses de ingreso disponible, por lo que se ven obligados a cancelar su póliza, reducir coberturas o elevar deducibles y coaseguros, debilitando así su principal red de protección financiera frente a una enfermedad grave.
El efecto es particularmente grave para mujeres cuidadoras y jefas de hogar, personas adultas mayores, personas con discapacidad y quienes viven con enfermedades crónicas, grupos que presentan una probabilidad más alta de requerir hospitalización o tratamientos de alta especialidad y que, al perder su cobertura, pasan a depender únicamente de servicios públicos ya saturados (Cofece, sin fecha; Discriminación estructural y uso excesivo de la fuerza en los Estados Unidos Mexicanos, 2017).
Cuando una reforma fiscal induce aumentos abruptos e inesperados en las primas de SGMM sin medidas compensatorias, se profundizan las desigualdades en el acceso a la salud y se incrementa la presión sobre el Sistema Nacional de Salud, obligando al sector público a absorber a personas que previamente se atendían en el sector privado (México Evalúa, 2025; Inegi, 2025).
El problema descrito es de naturaleza eminentemente normativa, por al menos tres razones:
1. La regla que prohíbe el acreditamiento del IVA en siniestros se encuentra de manera formal en la Ley de Ingresos, no en una disposición reglamentaria o criterio administrativo
2. El principio de legalidad tributaria, recogido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, exige que las bases y elementos esenciales de los impuestos se establezcan en ley, de manera que la neutralidad o no del IVA en un determinado sector no puede ser redefinida a través de simple regulación secundaria (UNAM, 2013; SCJN, 2016).
3. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que las deducciones personales vinculadas a salud y educación tienen una conexión estrecha con el mínimo vital y la protección de derechos sociales, admitiendo límites razonables, pero subrayando su función de coadyuvar a la efectividad de los derechos a la salud y a la seguridad social (Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, 2025).
En consecuencia, la problemática expuesta no puede corregirse mediante criterios internos del Servicio de Administración Tributaria o ajustes de la Circular Única de Seguros y Fianzas, sino que requiere una reforma legal que modifique la LIF 2026 y articule medidas complementarias en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y la LISF.
El artículo 4o. constitucional reconoce el derecho a la protección de la salud y obliga al Estado a organizar un sistema de salud que garantice el acceso progresivo, sin discriminación y con protección financiera frente al riesgo de enfermedad (Fix-Fierro, s. f.; SCJN, 2016). La reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, así como la Observación General No. 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, destacan que la asequibilidad económica es un elemento indispensable del derecho a la salud (Comité DESC, 2000; Discriminación estructural..., 2017).
Es claro que, los seguros de gastos médicos mayores forman parte del entramado institucional que contribuye a esa protección financiera, al reducir el riesgo de que las familias enfrenten gastos catastróficos en salud y caigan en pobreza (COFECE, s. f.; México Evalúa, 2025). Cuando el marco fiscal encarece de manera desproporcionada este tipo de seguros sin mecanismos correctivos, se genera una tensión con los compromisos del Estado en materia de progresividad y no regresividad de los derechos sociales, en particular, del derecho a la protección de la salud. (UNAM, 2013; SCJN, 2016).
Por ello, la presente iniciativa tiene tres objetivos específicos y complementarios:
1. Restablecer la neutralidad del IVA en los seguros del ramo de accidentes y enfermedades, subramo de gastos médicos mayores, mediante la flexibilización del régimen de no acreditamiento previsto en el artículo 25, fracción XIV, de la LIF 2026, exclusivamente para siniestros de este subramo.
2. Fortalecer la deducibilidad de las primas de SGMM en el impuesto sobre la renta de personas físicas, mediante la creación de un bloque de deducción específico y adicional al límite global de deducciones personales, con un techo propio vinculado a la unidad de medida y actualización.
3. Reforzar la transparencia y supervisión de la formación de tarifas de los seguros de gastos médicos mayores, mediante ajustes a la LISF que
• Establezcan una facultad expresa de la CNSF para emitir criterios y metodologías de cálculo y ajuste de primas en el subramo de gastos médicos mayores.
• Impongan obligaciones de información y reporte técnico-actuarial a las instituciones de seguros.
• Permitan a la CNSF ordenar la corrección de tarifas cuando los incrementos no se justifiquen objetivamente por siniestralidad, costos médicos o cambios fiscales, o cuando impliquen prácticas discriminatorias injustificadas en perjuicio de personas adultas mayores, personas con discapacidad u otros grupos en situación de vulnerabilidad (Cámara de Diputados, 2025b; CNSF, 2014; COFECE, sin fecha).
Para alcanzar estos objetivos, la iniciativa propone
• En la LIF de 2026, adicionar un segundo párrafo a la fracción XIV del artículo 25, a fin de restituir el derecho de acreditamiento del IVA trasladado en servicios médicos, hospitalarios, quirúrgicos, de laboratorio y diagnóstico, cuando dichos servicios sean necesarios para el cumplimiento de las obligaciones de indemnización derivadas de contratos del subramo de gastos médicos mayores.
• En la LISR, adicionar la fracción IX y un último párrafo al artículo 151, para crear un espacio específico de deducción de primas de SGMM, fuera del tope global de deducciones personales, con un límite propio de cinco UMA anuales.
• En la LISF, reformar el artículo 366 para agregar una nueva facultad de la CNSF relativa a criterios y metodologías para la determinación y ajuste de primas del subramo de gastos médicos mayores, y adicionar el artículo 366 Bis para establecer obligaciones de transparencia, información y reporte técnico-actuarial para las instituciones de seguros que operan ese subramo, así como la facultad de la CNSF para ordenar correcciones tarifarias bajo criterios objetivos y con respeto a los procedimientos y sanciones ya previstos en la ley.
Con ello se propone una respuesta normativa integral y armónica que corrige el efecto regresivo generado por la LIF 2026 sobre las primas de SGMM, refuerza la protección financiera de los hogares ante gastos médicos elevados y asegura que los beneficios fiscales se traduzcan efectivamente en menores incrementos de primas, sin menoscabar la estabilidad de las finanzas públicas ni la solvencia del sistema asegurador.
La iniciativa busca una solución equilibrada: proteger la estabilidad de las finanzas públicas, pero también cuidar a las familias que hoy se encuentran atrapadas entre la inflación médica y un diseño fiscal que encarece su acceso a la salud.
Con base en todo los anterior presento la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, del Impuesto Sobre la Renta, y de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en materia seguros de gasto médicos mayores
Primero. Se adiciona un segundo párrafo a la fracción XIV del artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, para quedar como sigue:
Artículo 25. ...
I. a XIII. ...
XIV. ...
Lo dispuesto en el párrafo anterior relativo a la prohibición de acreditamiento, no será aplicable tratándose de operaciones correspondientes al ramo de gastos médicos y al ramo de salud a que se refieren los artículos 25, fracción II, inciso c), y 27, fracciones IV y V, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. En estos casos, el Impuesto al Valor Agregado trasladado en los servicios médicos, hospitalarios, quirúrgicos, de laboratorio, de diagnóstico y demás servicios directamente vinculados con la atención de la salud del asegurado que sean necesarios para el cumplimiento de las obligaciones de indemnización a cargo de las instituciones de seguros, será acreditable en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
...
Segundo. Se adicionan la fracción IX y un último párrafo al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 151. ...
I. a VIII. ...
IX. Las primas por seguros de gastos médicos mayores, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, cuyo beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, así como sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas primas correspondan a pólizas que cumplan con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
...
...
...
...
El límite previsto en el párrafo anterior no será aplicable a las deducciones a que se refiere la fracción IX de este artículo, siempre que el monto anual de las primas deducidas por dicho concepto no exceda el equivalente a cinco veces la Unidad de Medida y Actualización elevada al año.
Tercero. Se adicionan la fracción IV al artículo 366 y el artículo 366 Bis a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para quedar como sigue:
Artículo 366. ...
...
I. a IV. ...
IV Bis. Establecer, mediante disposiciones de carácter general, los criterios y metodologías que deberán observar las instituciones de seguros en la determinación y ajuste de las primas de los seguros del ramo de gastos médicos y del ramo de salud, a efecto de que en dichos ajustes se refleje de manera objetiva el impacto de la siniestralidad, de los costos médicos y de las modificaciones al tratamiento fiscal aplicable, así como verificar que los beneficios derivados de cambios en dicho tratamiento fiscal se traduzcan en una moderación de las primas cobradas a los asegurados;
V. a XXXIX. ...
Artículo 366 Bis. La Comisión supervisará que, tratándose de las pólizas del ramo de gastos médicos y del ramo de salud, las instituciones de seguros deberán.
I. Informar anualmente a la comisión y a sus asegurados, de manera clara y comprensible, el desglose de los factores que expliquen los incrementos en las primas, incluyendo, al menos, los componentes de siniestralidad, costos médicos, margen de operación y efecto del tratamiento fiscal aplicable;
II. Presentar a la comisión, en los términos que esta determine, la información técnica y actuarial que justifique los ajustes de primas, desagregada por grupo de edad, tipo de cobertura y producto, con el fin de permitir su supervisión y análisis comparativo; y
III. Incorporar en los contratos de adhesión y en la documentación contractual que se entregue a los asegurados, una explicación simplificada de los factores que pueden dar lugar a incrementos en la prima, incluyendo el impacto de cambios legales o fiscales.
La comisión podrá ordenar a las instituciones de seguros la modificación de sus tarifas cuando advierta que los incrementos en las primas de los seguros a que se refiere este artículo no se encuentran debidamente justificados en términos de la siniestralidad, de los costos médicos o del tratamiento fiscal aplicable, o bien, cuando impliquen prácticas discriminatorias injustificadas en perjuicio de personas adultas mayores, personas con discapacidad u otros grupos en situación de vulnerabilidad.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Servicio de Administración Tributaria deberá emitir, en un plazo no mayor de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las reglas de carácter general necesarias para la adecuada identificación y registro del Impuesto al Valor Agregado acreditable en términos del artículo 25, fracción XIV, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, así como para la aplicación de la fracción IX del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Tercero. La Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas deberá expedir, en un plazo no mayor de 120 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 366, fracción adicionada, y el artículo 366 Bis de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como adecuar la normativa secundaria aplicable.
Cuarto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar las adecuaciones correspondientes, a fin de preservar la congruencia del marco presupuestario.
Quinto. Las instituciones de seguros contarán con un plazo de hasta 180 días naturales, contado a partir de la entrada en vigor de las disposiciones a que se refiere el artículo transitorio anterior, para ajustar sus productos, contratos de adhesión, sistemas de información y procesos internos, a fin de dar debido cumplimiento a lo establecido en el presente decreto.
Notas
1 https://historia.nationalgeographic.com.es/a/historia-ajedrez-desafio-intelectu al_15981
2 https://www.colegioceumonteprincipe.es/blog/beneficios-de-jugar-al-ajedrez-desd e-los-primeros-anos/
Referencias
Cámara de Diputados (2025a). Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 (DOF, 14 de noviembre de 2025).
Cámara de Diputados (2025b). Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (texto vigente, última reforma DOF 14 de noviembre de 2025).
Comisión Federal de Competencia Económica (sin fecha). Estudio de competencia y libre concurrencia en seguros de gastos médicos.
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (2014). Circular única de seguros y fianzas.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2000). Observación general número 14: El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (artículo 12 del PIDESC).
El Economista. (2025, 12 de febrero). “Buscan topar incrementos de primas en seguros de gastos médicos mayores”.
Inegi (2025, 9 de diciembre). Aportan los hogares 45.4 por ciento del gasto total en salud en México.
México Evalúa (2025, 30 de julio). Gastos catastróficos en salud se disparan 64.5 por ciento en 2024 frente a 2018.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (2025). Amparo directo en revisión 839/2023 (ADR 839/2023).
UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas (2013). Marco jurídico de las finanzas públicas en México.
Varios autores (sin fecha). El derecho a la salud en la jurisprudencia mexicana. Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2026.– Diputados y diputadas: Éctor Jaime Ramírez Barba, Martha Amalia Moya Bastón, Miguel Alejandro Alonso Reyes, Nancy Aracely Olguín Díaz, Ofelia Socorro Jasso Nieto (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Arturo Olivares Cerda, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de licencia de maternidad. Adelante, diputado.
El diputado Arturo Olivares Cerda:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
El diputado Arturo Olivares Cerda: Compañeras y compañeros legisladores, les saludo con aprecio. Hoy me presento ante ustedes, para exponer una temática de suma importancia para millones de familias mexicanas.
La maternidad contempla etapas y cambios fisiológicos que parten desde el embarazo, el parto, el puerperio y finalmente la lactancia materna exclusiva y extendida para poder brindar los primeros cuidados y alimentación a los infantes, así como los cuidados de la madre.
Es del conocimiento general que la primera infancia es la etapa fundamental de arquitectura neuronal de los infantes hasta los primeros seis años de edad, de conformidad con la Estrategia Nacional para la Primera Infancia, donde acorde a las interacciones con su entorno y calidad de vida se determina la robustez o debilidad de la capacidad de aprendizaje, salud y comportamiento que este podrá adoptar a lo largo de su vida, motivo por el cual resulta imperante satisfacer plenamente las necesidades básicas de nuestras niñas y niños, para asegurar que durante esta etapa reciban la mejor influencia posible de sus entornos y contextos que permitan un desarrollo físico, mental y social óptimo.
Es por lo anterior, que se han sumado múltiples esfuerzos intersectoriales, con la finalidad de dar cabal cumplimiento a los Objetivos de Desarrollo Sostenibles de la Agenda 2030, así como del Pacto por la Primera Infancia y, con ello, incrementar paulatinamente el periodo de duración de las licencias parentales para que los progenitores puedan brindar cuidado, alimentación y acompañamiento mutuo a sus hijos durante la etapa más importante de su crecimiento y desarrollo.
De esta forma, también se apoya al crecimiento económico colectivo e individual de las mujeres trabajadoras para fortalecer su autonomía financiera y plena conquista de sus derechos reproductivos, de planeación y esparcimiento familiar, así como los derechos laborales.
Lo anterior en concordancia con apoyo de múltiples guías y recomendaciones de organismos de carácter nacional e internacional que han colaborado en la construcción de una transición normativa acorde a los principios rectores del Estado, destacando entre ellos el interés superior de la niñez y la protección a la familia.
Es por ello, que como profesional de la salud especializado en la atención médica de infantes y en mi carácter de presidente de la Comisión de Seguridad Social, tengo la firme convicción y el compromiso de seguir construyendo los acuerdos esenciales, a través de la Cámara, que beneficien a las familias y a las infancias, principalmente en su etapa básica de desarrollo, apoyando y promoviendo iniciativas como la que hoy les propongo, modificando el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para ampliar la licencia de maternidad hasta por 18 semanas, divididas en seis semanas previas al parto y 12 posteriores, para garantizar los cuidados necesarios de las madres y los infantes, de conformidad con recomendaciones de organismos internacionales como la Organización de los Estados Americanos y la Organización Mundial de la Salud.
Cabe destacar que esta iniciativa forma parte de una reforma integral compuesta de una serie de proyectos de decreto constitucionales y legales, cuya intención es la de extender las licencias de maternidad y paternidad para que la tarea básica de cuidado familiar de la niñez sea tarea de ambos progenitores en conjunto, garantizando una igualdad sustancial, sobre todo en momentos en el que requieren la atención primordial, logrando afianzar sus relaciones y vínculos afectivos que permitan un pleno desarrollo multifacético.
Amigas y amigos legisladores, solicito a ustedes su respaldo a esta iniciativa que beneficiará a la niñez y a sus familias. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene la palabra el diputado Ricardo Crespo Arroyo, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 333 Bis, y se reforman los artículos 338 y 339 de la Ley General de Salud, en materia de trasplante pareado o cruzado, suscrita por la diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena. Adelante, diputado.
El diputado Ricardo Crespo Arroyo:Con su permiso, presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
El diputado Ricardo Crespo Arroyo: Cuando tomé protesta, al igual que yo creo que todos mis compañeros diputados y diputadas, protestamos cumplir y hacer cumplir la ley, pero mi convicción en lo personal, como legislador de Hidalgo, federal, es apoyar, fortalecer, resolver los problemas, pero buscar esas oportunidades desde la legislación federal para fortalecer la convivencia social, el desarrollo productivo, económico, la salud y la educación. Entre otros.
El caso que hoy me mueve es el tema de salud. Esta iniciativa la hago en conjunto con mi compañera Mirna Rubio, que es de Hidalgo, que mucho agradezco, y, por supuesto, con compañeros asesores.
Pero nació la iniciativa, yo puedo decir que tal vez tarde para mí, porque viví un caso hace unos diez años muy similar. Pero hace casi un año conocí a una joven mujer, profesionista, con una luz propia, con un futuro que ella vislumbra todavía para vivir su vida.
Y con tristeza al conocerla me encuentro que tiene una insuficiencia renal. Derivado de eso conozco a sus padres, que están en la permanente lucha de un trasplante de riñón, y me doy a la tarea de escucharla a ella y a ellos.
Mexicanos y mexicanas, hoy tenemos un Centro Nacional de Trasplantes, un Registro Nacional de Trasplantes. La cifra que nos arroja hoy ese registro es de 20 mil casos —si me lo preguntan a mí, yo creo que son más, más que no están registrados—, entre un órgano o tejidos que buscan ese trasplante para seguir adelante, como esta joven que hoy en lo personal le agarre aprecio. Bueno, pues, están batallando y como esa familia están estos otros 20 mil casos.
Aquí la reforma que yo planteo es una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 333 y se reforman los artículos 338 y 339 de la Ley General de Salud, en materia de trasplante pareado o cruzado. Esta reforma fortalece la Ley General de Salud, así de sencillo.
¿Qué es lo que estamos generando? En primer lugar, no le va a costar nada al Estado, al erario público, simplemente le damos las herramientas al sistema de salud y a la Ley General de Salud para que pueda realizarse este trasplante cruzado o pareado. Y no es nuevo, en muchos países se realiza ya constantemente y se salvan vidas y vidas de muchos niños, niñas, jóvenes, mujeres, hombres, adultos mayores.
Y, lo dije al inicio, a eso vine en lo personal. Y agradezco a mi bancada, al Grupo Morena, que me acompañe, porque por eso aquí estamos Morena, pasa a ser de una u otra manera que los mexicanos estemos mejor.
Y en este caso que fortalecemos le damos facultades a este Centro Nacional de Trasplantes, lo único que reforma el artículo 338 es que en su registro genere un módulo para trasplantes cruzados. Eso es todo en la primera reforma.
En las siguientes dos reformas lo que estamos planteando es que se genere un sistema nacional de trasplantes, que todos estemos informados. Imagínense que un compañero o un amigo quiere trasplantar, pero no le queda su familiar, pero sí el de la otra familia, pueden cruzarse, parearse y salvar la vida. Ese es el objetivo, pero lo debemos hacer con una legislación, claramente y bien regulada. Con trazabilidad, con gratuidad, con transparencia.
Y el otro, que existe ese sistema nacional que permita que sepamos que hay instituciones, tanto públicas como privadas, que pueden parear o hacer ese trasplante cruzado.
No le cuesta al Estado, creo que es una iniciativa que vale mucho la pena y que va a salvar las vidas. Por eso, desde aquí le digo a mi compañera Nicole, a esa joven mexicana, como muchos casos, que podemos salvar vidas con esta reforma que fortalece la Ley General de Salud.
Con mucho agrado les pido a todos mis compañeros que la revisen. Quiero también agradecer al doctor Zenteno, presidente de la Comisión de Salud, que me ha apoyado mucho en esta iniciativa. No soy médico, pero lo hago desde el corazón, porque con esta iniciativa podemos salvar muchas vidas. Muchas gracias y, por favor, voten a favor de esta iniciativa. Es cuanto, señora presidenta.
Presidencia del diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Muchas gracias. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
El presidente diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué: Tiene ahora la palabra el diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de prohibición de polarizado en vehículos oficiales de seguridad pública y fortalecimiento de su identificación visual.
El diputado Armando Corona Arvizu:Con el permiso de la Presidencia. Amigas y amigos legisladores, el día de hoy estamos en este Congreso para hablar acerca de la seguridad pública de nuestro país. Y hablar de seguridad pública es hablar de las principales preocupaciones de millones de mexicanas y de mexicanos.
Es hablar de quienes salen a trabajar con tranquilidad, de jóvenes que regresen seguros a su domicilio y también de todos aquellos que confían plenamente en las instituciones que están encargadas de protegernos.
Pero la seguridad pública no solamente se construye con más patrullas en las calles o con más elementos desplegados. La seguridad también se construye con instituciones que generen confianza, se construye con transparencia y con cercanía a la ciudadanía.
La confianza la tenemos todas y todos, pero también es importante saber que esta se gana día con día, con acciones claras, visibles y responsables por parte de las autoridades.
Es precisamente bajo este principio que estoy el día de hoy aquí presentando ante esta soberanía una iniciativa que busca fortalecer la transparencia institucional y la confianza ciudadana en las corporaciones de seguridad pública.
La propuesta consiste en adicionar el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con el objetivo de establecer que los vehículos oficiales destinados a las labores de seguridad pública, proximidad, patrullaje, vigilancia o reacción operativa, cumplan con criterios de visibilidad que permitan observar hacia su interior, evitando el uso de vidrios polarizados o adiestramientos que impidan la identificación de quienes están a bordo de estas unidades.
Cuando esto ocurre, inevitablemente surgen preguntas legítimas en la mente de cualquier ciudadano: ¿quién viene dentro del vehículo? Puede parecer una pregunta simple, pero en realidad refleja algo mucho más profundo, la necesidad de que la autoridad actúe con transparencia, con confianza y, sobre todo, frente a la sociedad.
Un ejemplo claro que podemos poner aquí es una familia circulando en una carretera y de repente una camioneta con torretas o luces similares a las de una patrulla le marca el alto, pero los vidrios del vehículo están completamente oscurecidos y no es posible saber quién está dentro.
En ese momento aparece el temor, la duda y la incertidumbre. ¿Es realmente una autoridad legítima quien intenta detenerlo o está suplantando? ¿Quién viene dentro? Desafortunadamente en nuestro país han existido casos donde la delincuencia ha utilizado vehículos que simulan ser unidades oficiales para cometer delitos. Por ello es fundamental que las patrullas y vehículos oficiales sean plenamente visibles, plenamente identificables y transparentes ante la ciudadanía.
Al mismo tiempo, esta propuesta reconoce que existen situaciones operativas donde pueden requerirse medidas especiales de seguridad, por ello se contemplan excepciones para operaciones tácticas, labores de inteligencia o el traslado de personas detenidas cuando así lo establezcan los protocolos correspondientes. Es decir, esta iniciativa está equilibrada, la transparencia que exige es clara, que la ciudadanía tenga en cuenta quiénes vienen dentro de estos vehículos institucionales.
Compañeras y compañeros legisladores, es un país que aspira a tener una gran seguridad pública y que también ha ofrecido mucho y que conforme a derecho necesitamos que nuestra autoridad sea visible, que se identifique y que esté confiable.
Las instituciones encargadas de protegernos deben de actuar siempre de frente a la ciudadanía, porque cuando la ciudadanía puede ver a sus autoridades, también puede reconocerlas, puede confiar en ellas y puede respaldar su trabajo.
La seguridad pública no solamente se construye con más presencia policial, se construyen con instituciones que generen legitimidad, que actúen con transparencia y que fortalezcan la confianza social. Esta iniciativa representa un gran paso y una gran dirección. Un paso que ayuda a que sea más transparente, a que esté más confiable y más cercana a la gente.
Hoy tenemos la oportunidad de enviar un mensaje claro a la sociedad mexicana, que desde este Poder Legislativo estamos comprometidos con fortalecer la confianza en nuestras instituciones y con construir un país dónde la seguridad también se base en la transparencia.
Por ello hago un respetuoso llamado a esta soberanía para analizar y respaldar esta propuesta en beneficio de nuestra ciudadanía y el fortalecimiento de nuestras instituciones de seguridad pública. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de prohibición del polarizado en vehículos oficiales de seguridad pública y fortalecimiento de su identificación visual, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Armando Corona Arvizu, integrante del Grupo Parlamentario de Morena e integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de prohibición del polarizado en vehículos oficiales de seguridad pública y fortalecimiento de su identificación visual, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa seguridad pública en México enfrenta actualmente uno de los retos más complejos de las últimas décadas, caracterizado no sólo por la incidencia delictiva sino también por la percepción social de inseguridad y la creciente desconfianza ciudadana hacia las instituciones encargadas de la protección y vigilancia. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, alrededor del 58.6 por ciento de la población adulta en áreas urbanas considera que vivir en su ciudad es inseguro (INEGI, ENSU 2024), lo que refleja una crisis de percepción que impacta directamente en la legitimidad de las autoridades y en la eficacia de las políticas públicas en materia de seguridad. Esta percepción se agrava cuando la ciudadanía identifica prácticas que dificultan la transparencia y la identificación de las fuerzas de seguridad, entre ellas el uso excesivo de polarizado en unidades oficiales, lo cual impide observar con claridad a los ocupantes y genera incertidumbre sobre la autenticidad de los vehículos.
En diversos casos documentados por medios de comunicación y reportes ciudadanos, se ha señalado la utilización de vehículos con apariencia oficial o similar a unidades policiales para la comisión de delitos como secuestro, extorsión o robo, lo que incrementa el riesgo para la población al no poder distinguir fácilmente entre unidades legítimas y vehículos apócrifos. Este fenómeno no sólo representa una amenaza directa para la seguridad ciudadana, sino que erosiona la confianza en las instituciones públicas, pues la opacidad visual derivada del polarizado excesivo impide la verificación social del actuar policial, reduciendo uno de los elementos fundamentales del modelo democrático contemporáneo: la supervisión pública indirecta basada en la transparencia operativa.
El principio de transparencia en la función policial ha sido reconocido como una herramienta clave para fortalecer la legitimidad institucional y prevenir abusos de autoridad. Organismos internacionales han destacado que la visibilidad de las actuaciones policiales contribuye a generar confianza social, facilita la rendición de cuentas y disminuye la posibilidad de conductas indebidas dentro de las corporaciones. En este sentido, la Organización de las Naciones Unidas ha señalado que la actuación policial debe regirse por principios de legalidad, transparencia y responsabilidad pública, elementos que se ven limitados cuando las unidades oficiales utilizan mecanismos que reducen la visibilidad hacia el interior del vehículo.
La utilización de polarizados extremos en vehículos oficiales presenta además riesgos operativos y estratégicos. Desde el punto de vista preventivo, la imposibilidad de observar a los agentes o identificar el número de ocupantes limita la capacidad de la ciudadanía para evaluar situaciones de riesgo y tomar decisiones informadas, especialmente en contextos donde existen antecedentes de suplantación de autoridad. Asimismo, la opacidad visual dificulta la identificación de conductas indebidas, lo cual puede favorecer escenarios de abuso de poder o uso excesivo de la fuerza sin supervisión social inmediata.
En el ámbito comparado, diversos países han adoptado regulaciones estrictas respecto al nivel de polarizado permitido en vehículos oficiales o de seguridad pública con el objetivo de garantizar visibilidad y confianza ciudadana. En Estados Unidos, múltiples estados establecen límites específicos de transmisión de luz visible para las ventanas de vehículos oficiales y civiles, buscando asegurar que la identidad de los ocupantes pueda ser verificada por razones de seguridad pública y control policial (National Highway Traffic Safety Administration, normativa estatal sobre window tint). En el Reino Unido, las regulaciones sobre tintado de cristales establecen porcentajes mínimos de transparencia para garantizar que los conductores y ocupantes puedan ser identificados visualmente desde el exterior (UK Department for Transport, Vehicle Window Tint Regulations). Estas medidas parten del reconocimiento de que la transparencia visual contribuye a prevenir delitos y a mejorar la interacción entre autoridades y ciudadanía.
Adicionalmente, la visibilidad interior de vehículos oficiales se ha convertido en un elemento relevante dentro de los enfoques modernos de policing orientado a la comunidad (“community policing”), donde la confianza ciudadana se considera un pilar estratégico para la prevención del delito. Estudios en criminología han demostrado que la percepción de legitimidad policial aumenta cuando las acciones de los agentes son visibles y verificables, lo que reduce la distancia simbólica entre autoridad y sociedad.
En México, el modelo de mando coordinado busca centralizar las labores operativas de seguridad pública para mejorar la eficacia institucional, tal como lo establece el artículo 43 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Sin embargo, dicho modelo requiere complementarse con medidas que fortalezcan la transparencia operativa y la confianza ciudadana. La regulación del uso de polarizado en vehículos oficiales se inserta coherentemente dentro de este marco, ya que no modifica la estructura organizativa del mando coordinado, sino que establece criterios mínimos de operación que promueven la visibilidad institucional y la identificación clara de los agentes.
El impacto potencial de una legislación de este tipo es significativo en términos preventivos. Primero, reduce la posibilidad de que vehículos falsos se utilicen para cometer delitos, ya que la transparencia visual se convierte en un mecanismo adicional de autenticación social. Segundo, fortalece la percepción de seguridad al permitir que la ciudadanía observe quién ocupa las unidades oficiales, generando mayor confianza en las interacciones policiales. Tercero, contribuye a la rendición de cuentas, pues la visibilidad pública actúa como un elemento disuasivo frente a conductas indebidas.
Asimismo, desde una perspectiva de derechos humanos, la transparencia en las actuaciones policiales está vinculada con el principio de máxima publicidad y con el derecho de la ciudadanía a conocer y supervisar indirectamente el ejercicio del poder público. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la transparencia institucional constituye un elemento esencial para prevenir abusos y garantizar el respeto a los derechos fundamentales, especialmente en contextos donde existe un historial de desconfianza hacia las fuerzas de seguridad.
Otro elemento relevante es el impacto psicológico que genera en la población la presencia de unidades policiales visibles y claramente identificables. Diversos estudios en materia de criminología ambiental han señalado que la visibilidad policial tiene efectos disuasivos sobre la delincuencia, ya que incrementa la percepción de vigilancia y reduce la oportunidad delictiva. Sin embargo, cuando las unidades se perciben como opacas o difíciles de identificar, este efecto preventivo puede disminuir, afectando la eficacia de la presencia policial como herramienta de prevención.
Además, la regulación del polarizado en vehículos oficiales no implica una limitación indebida de las estrategias operativas, ya que puede contemplar excepciones específicas para operaciones encubiertas o tácticas especializadas, siempre bajo criterios claros y supervisión institucional. De esta manera, la medida equilibra la necesidad de transparencia con los requerimientos operativos legítimos de las corporaciones de seguridad.
Desde la perspectiva de política pública, la iniciativa representa una intervención normativa de bajo costo y alto impacto, pues no requiere grandes inversiones presupuestales, sino ajustes regulatorios que pueden implementarse mediante lineamientos técnicos claros sobre niveles de transparencia permitidos en los cristales de las unidades oficiales. Este tipo de medidas resulta especialmente relevante en un contexto donde las estrategias de seguridad deben maximizar resultados con recursos limitados.
Finalmente, la propuesta busca fortalecer el vínculo entre ciudadanía e instituciones mediante un enfoque preventivo basado en la transparencia, la visibilidad y la confianza pública. En un escenario donde la percepción de inseguridad sigue siendo elevada y la legitimidad institucional enfrenta desafíos constantes, la regulación del polarizado en vehículos oficiales se presenta como una medida innovadora, mediática y coherente con los principios democráticos contemporáneos. Al garantizar que las unidades de seguridad pública sean plenamente identificables y visualmente accesibles, se contribuye a prevenir delitos, evitar suplantaciones, mejorar la rendición de cuentas y fortalecer la confianza ciudadana, elementos indispensables para avanzar hacia un modelo de seguridad pública más transparente, eficaz y cercano a la sociedad.
Para mayor claridad se presenta el siguiente cuadro comparativo de la propuesta de decreto por el que se adiciona el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública:
DecretoÚnico. Se adiciona el artículo 43 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Artículo 43. El mando coordinado es el modelo de organización policial en el que se centralizan las labores operativas de seguridad pública en una institución, mientras que las labores administrativas relacionadas con estas continúan bajo la responsabilidad de las autoridades municipales.
El mando coordinado se podrá establecer a través de convenios entre la entidad federativa y el municipio.
Artículo 43 Bis. Las instituciones de seguridad pública de la Federación, las entidades federativas y los municipios deberán garantizar que los vehículos oficiales destinados a labores de seguridad pública, vigilancia, patrullaje, reacción operativa o proximidad social cumplan con criterios de visibilidad exterior que permitan su plena identificación y la observación hacia su interior por parte de la ciudadanía, con el objetivo de fortalecer la transparencia institucional, la confianza pública y la prevención del uso indebido de unidades oficiales.
Queda prohibido el uso de películas polarizadas, vidrios oscurecidos o cualquier aditamento que limite significativamente la visibilidad hacia el interior de las unidades oficiales de seguridad pública.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior:
I. Vehículos destinados a operaciones tácticas especiales, inteligencia o investigación cuando exista justificación fundada en razones de seguridad pública;
II. Unidades destinadas al traslado de personas detenidas cuando así lo requieran los protocolos de seguridad;
III. Los demás supuestos que determine el Consejo Nacional de Seguridad Pública mediante lineamientos técnicos.
Las autoridades competentes deberán emitir lineamientos para la identificación visual uniforme de las unidades oficiales, a fin de evitar suplantaciones o el uso indebido de vehículos que simulen pertenecer a corporaciones de seguridad pública.
El incumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo será sancionado conforme a la normativa administrativa y disciplinaria aplicable.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2026.– Diputados y diputadas: Armando Corona Arvizu, Alma Delia Navarrete Rivera, Fernando Mendoza Arce, Jesús Irugami Perea Cruz, José Luis Montalvo Luna, Josefina Anaya Martínez, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Maribel Soloache González, Petra Romero Gómez, Xóchitl Teresa Arzola Vargas, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Kenia López Rabadán
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
Esta Mesa Directiva da la más cordial bienvenida al presidente nacional de Coparmex, Juan José Sierra Álvarez. Muchísimas gracias por estar aquí, presidente. Está acompañado por el director general de Coparmex Nacional, Francisco López Díaz. Gracias por asistir a esta Cámara de Diputados.
SE INSCRIBE CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES: TRATADOS DE CÓRDOBA, 24 DE AGOSTO DE 1821
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Zenyazen Roberto Escobar García, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro: Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821. Adelante, diputado.
El diputado Zenyazen Roberto Escobar García:Con su venia, diputada presidenta. Con el permiso del pueblo de México, compañeras diputadas y diputados, recuerdo hace más de, hace 15 años, la primera vez que estuve aquí y veía en el muro de nuestro hermoso Congreso de la Unión que hacía falta parte de un hecho histórico. Por ello, me permito presentar ante esta tribuna una iniciativa de profunda trascendencia histórica y civil, la colocación en letras de oro de los Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821, en el Congreso de la Unión.
Los Tratados de Córdoba fueron firmados el 24 de agosto de 1821, en la Villa de Córdoba, hoy municipio del estado de Veracruz, por Agustín de Iturbide y Juan O´Donojú, documento que representa el reconocimiento de la independencia de México, convirtiéndose en el antecedente de libertad de nuestro país, el cual incluye 17 artículos que pactan la conformación de un imperio mexicano de carácter monárquico constitucional, incluyendo la retirada de las tropas españolas, constituyendo el antecedente directo del Acta de Independencia, redactada el 28 de septiembre de 1821, como parte medular de la creación del Estado mexicano libre y soberano.
La firma de dichos tratados marcó un momento clave en la historia de México, pues con ello se reconoció su independencia de España, ya que, durante más de una década, desde 1810, el país vivió una intensa lucha por obtener su libertad, la cual inició con personajes históricos como Miguel Hidalgo, José María Morelos y Pavón y muchos otros insurgentes que buscaban liberar al país del dominio colonial.
Aunque estos intentos fueron reprimidos dejaron sembrada la idea de libertad e igualdad, siendo un parteaguas que en 1820 en España se instauró la monarquía constitucional, lo que debilitó el poder real y generó incertidumbre en las colonias, como lo fue en la Nueva España.
En ese nuevo contexto, Agustín de Iturbide, quien originalmente combatía a los insurgentes, decidió pactar con Vicente Guerrero, líder insurgente, para unir fuerzas a través del Plan de Iguala que establecía tres garantías a recordar: la religión, la independencia y la unión.
Este plan sirvió de base para los Tratados de Córdoba, en los cuales O´Donojú reconoció que la independencia de México era inevitable, aunque todavía bajo el marco de una monarquía moderada, cabe destacar que España no reconoció formalmente estos tratados en ese momento, sin embargo, el documento fue fundamental para que México diera sus primeros pasos como nación soberana, en otras palabras, independiente.
Por otro lado, los Tratados de Córdoba no solo consolidaron la independencia de México, sino que también sentaron las bases para un sentido de identidad nacional, al ser hecho histórico considerado como el pilar del nacionalismo mexicano, ya que estableció la idea de una patria libre, unida por valores comunes como la religión, la justicia y la autodeterminación, representado la confirmación de la dignidad del pueblo mexicano, su derecho a gobernarse y, asimismo, a construir una sociedad basada en la justicia y el respeto a sus raíces culturales.
En tal sentido, los Tratados de Córdoba representan un momento fundacional de la nación mexicana, siendo el reflejo de un pueblo que, después de siglos de dominación, decidió tomar su destino en sus manos, siendo indispensable recordar y valorar ese evento histórico que fortalece el sentimiento nacional. Y nos recuerdan que la libertad y la justicia son los principios que deben guiar la vida del país dentro de un marco de respeto, dignidad y solidaridad humana.
No debemos olvidar que la firma del documento histórico que hoy ocupa nuestra atención tiene la virtud de ser resultado, como ya se mencionaba antes, del Plan de Iguala, el cual representa el esfuerzo y la conciliación de intereses entre los líderes insurgentes y realistas, quienes dejaron de lado las aspiraciones personales para dar paso, quizá sin saberlo, a la creación del símbolo de la voluntad mexicana a la autodeterminación, es decir, el reconocimiento implícito de la soberanía de una nueva nación.
Es por ello que la presente iniciativa tiene como finalidad beneficiar a la sociedad mexicana en general, mantener viva la memoria colectiva, la historia y la vida institucional de nuestro país, ya que al ser inscritas en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en México, la leyenda Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821, se pone de manifiesto el profundo sentido simbólico, histórico y político, erigiéndose como un orgulloso guardián de la historia.
Vivan los Tratados de Córdoba. Viva Veracruz. Viva México. Viva México. Viva México. Es cuanto, diputada presidenta.
«Iniciativa de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821”, a cargo del diputado Zenyazen Roberto Escobar García, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Zenyazen Roberto Escobar García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en esta LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y 262, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se instruye para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821”, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLos Tratados de Córdoba, fueron firmados el 24 de agosto de 1821 en la Ciudad de Córdoba, hoy municipio de Veracruz, por Agustín de Iturbide y Juan ODonojú, documento que representa el reconocimiento de la independencia de México, convirtiéndose en el antecedente de libertad de nuestro país, el cual incluye 17 artículos que pactan la formación de un imperio mexicano de carácter monárquico-constitucional, incluyendo la retirada de las tropas españolas constituyendo el antecedente directo del Acta de Independencia redactada el 28 de septiembre de 1821, como parte medular de la creación del Estado mexicano libre y soberano.
La firma de dichos tratados, marcó un momento clave en la historia de México, pues con ello, se reconoció su independencia de España, ya que, durante más de una década, desde 1810, el país vivió una intensa lucha por obtener su libertad, la cual inició con personajes significativos como Miguel Hidalgo, José María Morelos y Pavón, y muchos otros insurgentes que buscaban liberar al país del dominio colonial, aunque estos intentos fueron reprimidos, dejaron sembrada la idea de libertad e igualdad.
Siendo un parteaguas que, en 1820, en España, se instauró una monarquía constitucional, lo que debilitó el poder real y generó incertidumbre en las colonias, como lo fue en la Nueva España, en ese nuevo contexto, Agustín de Iturbide, quien originalmente combatía a los insurgentes, decidió pactar con Vicente Guerrero, líder insurgente, para unir fuerzas a través del Plan de Iguala, que establecía tres garantías a recordar: Religión, Independencia y Unión.
Este plan, sirvió de base para los Tratados de Córdoba, en los cuales ODonojú reconoció que la Independencia de México era inevitable, aunque todavía bajo el marco de una monarquía moderada; cabe destacar que España, no reconoció formalmente estos tratados en ese momento, sin embargo, el documento fue fundamental para que México diera sus primeros pasos como nación soberana, es otras palabras, independiente.
Por otro lado, los Tratados de Córdoba, no solo consolidaron la independencia de México, sino que también sentaron las bases para un sentido de identidad nacional, al ser hecho histórico considerado como el pilar del “nacionalismo mexicano”, ya que estableció la idea de una patria libre, unida por valores comunes como: la religión, la justicia y la autodeterminación; representando la confirmación de la dignidad del pueblo mexicano, su derecho a gobernarse a sí mismo y a construir una sociedad basada en la justicia y el respeto a sus raíces culturales.
En tal sentido, los Tratados de Córdoba, son más que un acuerdo político, pues representan un momento fundacional de la nación mexicana, siendo el reflejo de un pueblo que, después de siglos de dominación, decidió tomar su destino en sus manos, siendo indispensable recordar y valorar ese evento histórico que fortalece el sentimiento nacional y nos recuerda que la libertad y la justicia son principios que deben guiar la vida del país dentro de un marco de respeto, dignidad y solidaridad humana.
No debemos olvidar que, la firma del documento histórico que hoy ocupa nuestra atención, tiene la virtud de ser el resultado, como ya se mencionó antes, del Plan de Iguala, el cual, representa el esfuerzo de la conciliación de intereses entre los lideres insurgentes y realistas, quienes dejaron de lado sus aspiraciones personales, para dar paso, quizá sin saberlo, a la creación del símbolo de la voluntad mexicana a la autodeterminación, es decir, el reconocimiento implícito de la soberanía de una nueva nación.
Es por ello que la presente iniciativa, tiene como finalidad beneficiar a la sociedad mexicana en general, al mantener viva la memoria colectiva, la historia y la vida institucional de nuestro país, ya que al ser inscritas en letra de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en México, la leyenda “Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821”, se pone de manifiesto el profundo sentido simbólico, histórico y político, erigiéndose como un celoso guardián de la historia.
Sirviendo, como herramienta visible para la ciudadanía y estudiantes, sensibilizándolos acerca del proceso de independencia y los pactos fundacionales, dando con ello una adecuada identidad nacional, permitiendo que el sentimiento de cohesión social sea recordado a través del esfuerzo conjunto de realistas e independentistas que forjaron los antecedentes de la nación que hoy somos, sirviendo de inspiración a futuras generaciones, materializando una legitimación institucional del estado mexicano sirviendo de símbolo visual y arquitectónico de la construcción de la patria que hoy tenemos.
Esta iniciativa no genera nuevos gastos legislativos permanentes, sino una inversión única que rinde tributo a un documento clave de nuestra historia. Además de promover valores democráticos, educativos y de identidad nacional, procurando un reconocimiento simbólico y permanente a uno de los pilares jurídicos de la independencia nacional, fortaleciendo la presencia de nuestra historia en el recinto donde legisla el pueblo de México.
Contenido de la iniciativa:
Decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda “Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821”
Artículo Único. Se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la leyenda “Tratados de Córdoba, 24 de agosto de 1821”.
Disposiciones TransitoriasPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en coordinación con la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, definirá la fecha, el orden del día y el protocolo para la rendición del homenaje en sesión solemne.
Notas
1 Canela Morales, L. A., & Strobel del Moral, H. (coordinadores). (2021). Los Tratados de Córdoba y la Consumación de la Independencia. Bicentenario de su conmemoración, 1821-2021. Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, gobierno del estado de Veracruz, El Colegio de Veracruz. páginas 13-23 y 35-59.
2 Brading, D. (1988). Los orígenes del nacionalismo mexicano. Fondo de Cultura Económica, páginas 15-45.
3 Academia Nacional de Historia y Geografía, filial Veracruz, & Ayuntamiento de Córdoba. (2021). Los Tratados de Córdoba y el Bicentenario de la Independencia de México. Córdoba: Museo de Córdoba.
4 Muñoz Saldaña, R., y otros. (2009). méxico independiente: el despertar de una nación (Tomo I, páginas 140-141). Televisa.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 17 de febrero de 2026.– Diputados y diputadas: Zenyazen Roberto Escobar García, Blanca Estela Hernández Rodríguez, Eleazar Guerrero Pérez, Francisco Javier Velázquez Vallejo, Humberto Coss y León Zúñiga, Isidro Enrique Villegas García, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Jéssica Ramírez Cisneros, Jorge Alberto Mier Acolt, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Luis Arturo Oliver Cen, Margarita Corro Mendoza, Maribel Soloache González, Zaria Aguilera Claro (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Me están informando que el diputado Gil estaba solicitando con antelación el uso de la palabra. Diputada, si es tan amable. Entiendo que es para suscribir la iniciativa del diputado Zenyazen. Adelante, diputado.
El diputado Sergio Gil Rullán (desde la curul): Presidenta, nada más si le puede solicitar al diputado Zenyazen, si me permite suscribirme a su iniciativa de las letras de oro de los Tratados de Córdoba. Definitivamente coincidimos que la historia de Veracruz es el punto de arranque de la historia de México.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputado. Me ha informado el diputado proponente que así es. Y para quienes estén con la misma intencionalidad que el diputado Gil, estará la iniciativa aquí en la Secretaría.
REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los numerales 3 y 6 y se recorre el subsecuente del artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para otorgar la medalla Carlos Bremer, suscrita por diputadas y diputados integrantes de esta legislatura. Adelante, diputada.
La diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila:Gracias, presidenta. Con su venia.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
La diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila: Compañeras y compañeros legisladores, el deporte es mucho más que una actividad física. El deporte es disciplina, perseverancia, es respeto, es solidaridad, pero, sobre todo, es una poderosa herramienta de transformación social. En México miles de niñas, niños y jóvenes encuentran en el deporte una oportunidad para superarse, para construir un proyecto de vida y para representar con orgullo a nuestro país.
Sin embargo, también debemos reconocer una realidad, el talento por sí solo muchas veces no basta, detrás de cada atleta que logra llegar a una competencia nacional o internacional existe una red de apoyo fundamental, entrenadores, familias, instituciones públicas, en muchas ocasiones personas del sector privado que creen en el potencial de nuestras y nuestros deportistas. Porque la realidad es clara, el deporte de alto rendimiento requiere de recursos, de preparación constante y de oportunidades.
Cuando el apoyo institucional no es suficiente, muchas veces es la sociedad y particularmente la iniciativa privada la que abre las puertas para que el talento mexicano no se quede en el camino.
Actualmente el Reglamento de Cámara de Diputados establece en su artículo 261 la entrega de una medalla al mérito deportivo para reconocer a atletas mexicanos por su actuación y trayectoria. Este reconocimiento es justo y necesario, pero también es importante reconocer a quienes, desde la sociedad, contribuyen de manera decisiva para que nuestros atletas puedan desarrollarse, competir y triunfar, a quienes creen en el talento, a quienes apoyan los sueños, a quienes invierten en el futuro del deporte mexicano.
Por ello, la iniciativa que hoy presentamos propone reformar los numerales 3 y 6 del artículo 261 del Reglamento de Cámara de Diputados para crear el galardón Medalla Carlos Bremer, una distinción destinada a reconocer a personas mexicanas que, mediante acciones filantrópicas, empresariales o de alto impacto social, hayan contribuido de manera significativa al fortalecimiento, promoción y desarrollo del deporte nacional.
Porque apoyar a un deportista no significa únicamente financiar una competencia o un entrenamiento; significa apostar por historias de esfuerzo, significa abrir caminos de oportunidad, significa contribuir a que el talento mexicano pueda brillar en el mundo.
Cabe destacar que en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible reconoce al deporte como un facilitador del desarrollo, destacando su contribución a la salud, al bienestar, a la inclusión social, a la construcción de sociedades más pacíficas.
Nombrar esta medalla en honor a Carlos Bremer es también reconocer el legado de un empresario mexicano que entendió que el éxito no se mide únicamente en resultados financieros, sino también en el impacto social que podamos generar.
Durante años impulsó a cientos de deportistas mexicanos, apoyó su preparación, financió competencias, creyó firmemente en el talento de quienes muchas veces no contaban con recursos necesarios para competir.
Su filosofía es clara: la mejor inversión no está en las acciones, sino en las personas. Gracias a este compromiso, muchos atletas pudieron continuar sus carreras deportivas y representar dignamente a México en escenarios internacionales.
Por ello, al proponer la creación de esta medalla no sólo rendimos homenaje a su memoria, también enviamos un mensaje claro desde este recinto legislativo: el deporte es una causa nacional y su fortalecimiento requiere la participación de todos los sectores de la sociedad.
Esta distinción busca reconocer a quienes desde el ámbito empresarial o social han decidido apostar por el desarrollo humano, por la formación de talentos y por la construcción de oportunidades, pero también busca inspirar, inspirar a más personas, empresas y organizaciones. Es cuanto. Gracias.
«Iniciativa que reforma los numerales 3 y 6 y se recorre el subsecuente, del artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para otorgar la medalla “Carlos Bremer”, a cargo de la diputada Giselle Yunueen Arellano Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena y diversos diputados integrantes de la LXVI Legislatura
La proponente, Giselle Yunueen Arellano Avila, diputada federal por el estado de Jalisco de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los numerales 3 y 6 y se recorre el subsecuente, del artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para crear el galardón medalla “Carlos Bremer”, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa presente iniciativa tiene como finalidad instituir el galardón medalla “Carlos Bremer”, distinción que la Cámara de Diputados otorgaría a personas mexicanas que, mediante acciones altruistas, empresariales o de alto impacto social, hayan contribuido de forma significativa al fortalecimiento del deporte nacional y al impulso de las y los deportistas mexicanos.
No se trata únicamente de reconocer trayectorias individuales, sino de visibilizar ejemplos de compromiso sostenido que demuestren cómo la articulación entre iniciativa privada, vocación solidaria y responsabilidad social puede traducirse en oportunidades reales de desarrollo, movilidad social y dignificación para quienes representan a México en el ámbito deportivo.
Esta propuesta retoma y robustece el proyecto de iniciativa que adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentado el 8 de febrero de 2024 por el entonces diputado Miguel Torruco Garza, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, y publicado en la Gaceta Parlamentaria. Al recuperar ese antecedente legislativo, la presente iniciativa no solo da continuidad a un esfuerzo previo, sino que reafirma la pertinencia de institucionalizar un reconocimiento que proyecte, desde el Poder Legislativo, un mensaje claro, el deporte es un instrumento estratégico de cohesión social, identidad nacional y transformación estructural.
En este sentido, la creación de la medalla “Carlos Bremer” constituye también un acto de memoria pública y de construcción simbólica. Al asociar el nombre del galardón con una figura que impulsó activamente el desarrollo deportivo desde el ámbito empresarial; se busca consolidar un referente ético que inspire nuevas formas de liderazgo socialmente comprometido. La medalla aspira a convertirse en un estímulo moral y cívico que convoque a más actores económicos y sociales a asumir un papel corresponsable en la formación de talentos, la generación de oportunidades y la consolidación de políticas de bienestar.
Asimismo, esta distinción pretende fortalecer el vínculo entre el Estado y la sociedad civil organizada, reconociendo que la transformación profunda del país exige la participación convergente de múltiples sectores. Al institucionalizar este galardón, la Cámara de Diputados enviaría un mensaje inequívoco sobre la importancia de promover una cultura de apoyo sistemático al deporte, entendida no como un gasto accesorio, sino como una inversión estratégica en capital humano, disciplina colectiva y progreso social sostenible.
a) El deporte
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la actividad física es un elemento fundamental para el bienestar humano, pues otorga enormes beneficios tanto a la salud física como a la mental. Promueve la salud de los huesos, estimula el crecimiento, el desarrollo de los músculos y mejora el desarrollo cognitivo.
Es importante señalar que, dentro del universo llamado actividad física, la cual es importante para el desarrollo humano, se encuentra el deporte, el cual, representa un espacio de concentración, habilidad, competitividad y desarrollo. Entre los anterior, unas de las habilidades y beneficios más importantes que otorga el deporte, son:
- Salud física
Ayuda a controlar el peso, a reducir el riesgo de enfermedades del corazón, promueve una mejor circulación sanguínea, controla los niveles de glucosa en la sangre. Contribuye a mejorar la flexibilidad de las articulaciones y a reducir la sensación de fatiga.
- Salud mental
Al realizar deporte se promueve la segregación de hormonas como dopamina, la serotonina que brinda grandes beneficios físicos y mentales. Ayuda a mejorar el estado de ánimo, disminuye el estrés, la ansiedad, depresión, y aumenta la autoestima.
- Habilidades sociales
Fomenta el trabajo en equipo, la comunicación efectiva, la colaboración, así como la competitividad constructiva y el respeto al oponente.
- Valores
Fomenta la enseñanza de valores como disciplina, perseverancia, generosidad, igualdad y respeto mutuo, entre otros.
- Aprendizaje
Ayuda a mantener las habilidades de pensamiento, aprendizaje y juicio a medida que se envejece.
Pese a que la práctica del deporte ofrece múltiples beneficios en la vida de las personas, según expertos del Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades (CEIICH) de la UNAM, mencionan que en México no ha crecido la verdadera cultura deportiva ni se han cimentado los buenos hábitos alimenticios. El deporte descansa sobre los mismos valores que sustentan los derechos humanos, pues es una actividad que promueve la dignidad, la justicia, la no discriminación, el respeto y la igualdad. El deporte, a lo largo de los años, ha llegado a millones de personas, especialmente a jóvenes, de los cuales, algunos han logrado destacar y convertirse en una figura de admiración deportiva.
En suma, el deporte es un vector de cambio social, con el cual se generan principios sociales, como el empoderamiento, el respeto, el compañerismo y la inclusión.
En la Declaración de la Agenda 2030 para un Desarrollo Sostenible se ostenta como papel fundamental del deporte dentro del progreso social. Se considera el deporte como un facilitador importante del desarrollo sostenible. Se reconoce la creciente contribución del deporte al desarrollo y a la paz en cuanto a su promoción de tolerancia, respeto y aporta al empoderamiento de las mujeres y los jóvenes, tanto a nivel individual como colectivo, así como en campos de la salud, la educación y la inclusión social.
El deporte es un derecho humano que se encuadra dentro de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA), lo que implica que todas las personas deben tener la oportunidad de practicar deporte, lejos de cualquier discriminación, promoviendo con ello, el respeto a la integridad, la inclusión y la igualdad y la dignidad de cada ser humano.
En México, hemos adoptado dentro de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y Ambientales, la práctica del deporte, estableciéndolo en Ley Suprema, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde el artículo 4, cita:
“ Artículo 4o.-...
[...]
Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
[...]
No existe país que tenga los mejores deportistas, ya que el éxito deportivo de un Estado puede verse influenciado por varios factores, como su situación económica, su nivel de educación, su condición geográfica, su alimentación, apoyo gubernamental, entre otros.
La Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de la UNESCO establece en su artículo 3 que “ Todas las partes interesadas, deben participar en la creación de una visión estratégica para determinar las prioridades y opciones políticas”, al respecto en México, la Comisión Nacional del Deporte (Conade) costea el deporte de alto rendimiento, sin embargo, el presupuesto es limitado, puesto que no es posible cubrir las necesidades de todas y todos los atletas mexicanos, por lo que la iniciativa privada juega un papel fundamental en este ámbito, apoyando, promoviendo e impulsando la carrera de muchos de nuestros deportistas en México.
b) Iniciativa privada
La iniciativa privada ha desempeñado un papel determinante en el desarrollo del deporte de alto rendimiento en México, particularmente en ámbitos donde los recursos públicos resultan insuficientes o intermitentes. A través de patrocinios, financiamiento de viajes internacionales, concentraciones especializadas, alimentación de alto desempeño, hospedaje, equipo técnico y acceso a competencias clasificatorias, el sector empresarial ha contribuido de manera concreta a sostener trayectorias deportivas que, de otro modo, enfrentarían serias limitaciones. Esta participación no solo complementa la acción del Estado, sino que en muchos casos la fortalece, generando condiciones más estables para la preparación integral de las y los atletas.
Conviene subrayar que la preparación de un atleta de élite implica una inversión significativa. Según estimaciones de listas de costos por deporte, los gastos solo en competencias internacionales pueden rondar de los USD 25,000 — 80,000 por temporada, es decir entre 300,000 a 1,500,000 de pesos, dependiendo el deporte, sin contar otros costos de entrenamiento o de vida básica.
Estos montos evidencian que el alto rendimiento no es únicamente el resultado del talento individual, sino de una estructura compleja que requiere respaldo financiero constante y estratégico.
En este contexto, la iniciativa privada se ha consolidado como un pilar fundamental para el sostenimiento del deporte mexicano, al grado de que, en diversas ocasiones, la participación misma de atletas en certámenes internacionales –y los resultados obtenidos– han dependido directamente de dicho apoyo. Más allá del patrocinio como estrategia de posicionamiento comercial, numerosas acciones empresariales han asumido un carácter genuinamente solidario, orientado a garantizar que el talento no quede truncado por carencias económicas.
En este tenor, resulta imperativo reconocer públicamente a aquellas personas, mexicanas, que han decidido canalizar recursos, capacidades y redes de influencia hacia el fortalecimiento del deporte y el respaldo de las y los atletas mexicanos. Este reconocimiento no solo honra su contribución, sino que envía un mensaje institucional sobre la importancia de la corresponsabilidad social en la construcción de un país con mayores oportunidades.
Es igualmente relevante destacar a quienes, contando con una posición económica sólida, optan por inclinar la balanza hacia el desarrollo social y la dignificación de la persona humana. Al apoyar el sueño de jóvenes deportistas, estas personas no solo financian competencias o entrenamientos; contribuyen a forjar historias de disciplina, superación y representación nacional. En esa decisión de invertir en el potencial humano radica un compromiso que trasciende lo económico y se inscribe en una visión de progreso compartido y transformación social.
c) Carlos Bremer
Carlos Manuel de la Luz Bremer Gutiérrez, mejor conocido simplemente como Carlos Bremer, nació el 1 de junio de 1960, en Monterrey, Nuevo León, fue un ícono en el ámbito empresarial mexicano, una figura sumamente querida en México, no solo por su éxito en los negocios, sino también por su gran carisma y su incansable apoyo al talento nacional, respaldando siempre al atleta mexicano.
Carlos Bremer mostró interés por los negocios desde muy joven, se dice que a los 12 años ya vendía calculadoras a empresarios amigos de su padre y organizaba viajes para niños de su edad. Desde una edad muy temprana, Carlos Bremer estuvo expuesto al mundo deportivo, ya que su padre, Guillermo Bremer Barrera, inició el negocio de Casa Bremer especializado en vender artículos para beisbolistas.
Estudió Contaduría Pública en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM). A los 19 años entró a trabajar en la casa de bolsa del grupo Banpaís. El hito más importante de su carrera fue la fundación de su propio grupo financiero: Value Grupo Financiero. En 1993, junto con Javier Benítez Gómez, fundó esta sociedad que se convirtió en una de las más rentables de México.
Como presidente de Grupo Financiero Value, Bremer operó en el sistema financiero, un espacio paradigmático del capitalismo moderno. Sin embargo, su proyección social no se limitó a la maximización de utilidades. Destacó por un respaldo sostenido al deporte mexicano, particularmente a atletas de alto rendimiento.
Bremer estuvo ligado al deporte mediante fundaciones, fideicomisos o apoyos económicos directos; en 2008 comenzó a impulsar el deporte mexicano a través de su Fundación Butaca Enlace, una asociación que apoyo a 50 mil atletas para los Juegos Panamericanos de Guadalajara en 2011, demostrando siempre su cariño por el deporte e impulsándolo como una de las mejores herramientas para la mejora continua de jóvenes.
Se definía a sí mismo como un “soldado de la educación y el deporte”, enfocando sus esfuerzos en potenciar el talento mexicano y los valores subyacentes. En 2019, financió a los Deportistas mexicanos en los Juegos Panamericanos de Lima, Perú; dicha acción fue reconocido por el presidente Andrés Manuel López Obrador, como un gestó crucial para deporte mexicano.
En 2021, derivado del financiamiento que otorgó a los deportistas mexicanos para su participación en los Juegos Olímpicos de Tokio 2020, el Comité Olímpico Mexicano lo galardonó con el Premio al Valor Olímpico, por su labor filantrópica y su trayectoria de apoyo al deporte mexicano.
Aunado a ello, brindo apoyo a más de 500 deportistas, en diferentes etapas, incluyendo a figuras como, Lorena Ochoa, Adrián González, Saul “Canelo” Álvarez, Juan Manuel Márquez, Paola Longoria, María del Rosario Espinoza y Adrián González, además de apoyar a atletas olímpicos y panamericanos.
En un contexto donde el talento suele depender de apoyos intermitentes y burocracias ineficientes, su intervención funcionó como un mecanismo alternativo de movilidad social. Desde una lectura social, ese impulso puede interpretarse como un gesto que, aunque inscrito en la filantropía privada, contribuía a una suerte de redistribución de oportunidades.
El deporte, en esta perspectiva, no aparece como mero espectáculo o estrategia de posicionamiento mediático, sino como un espacio de dignificación colectiva y construcción simbólica de nación. Al financiar trayectorias deportivas y promover proyectos sociales, Bremer parecía reconocer que el capital no es neutro, que posee una dimensión ética y social, pudiendo –al menos parcialmente– orientarse hacia la transformación de condiciones materiales concretas.
El “Tío de México” no fue un político ni un crítico estructural del orden económico; nunca propuso una ruptura sistémica ni cuestionó frontalmente la concentración de la riqueza. Sin embargo, su práctica empresarial incorporó elementos que dialogan con principios democráticos o incluso con ciertas sensibilidades sociales: la idea de que la empresa tiene una responsabilidad histórica con la comunidad y que el éxito individual adquiere legitimidad cuando se traduce en beneficio colectivo.
Por ello, podría afirmarse que era un empresario con una visión social, pues con su filosofía de “ganar para ayudar”, siempre ponderaba “el valor humano” detrás cada proyecto. Su visión no se ubica en el ámbito formal dentro del espectro político, sino por su disposición a asumir que el capital debía cumplir una función social más amplia que la rentabilidad. En un entorno donde buena parte del empresariado privilegia la distancia frente a las problemáticas populares, Bremer proyectó una imagen de proximidad y compromiso que, sin romper con el sistema, insinuaba la posibilidad de humanizarlo e impulsarlo hacia una transformación gradual.
En suma, Carlos Bremer fue una figura singular dentro del empresariado mexicano contemporáneo, un financiero formado en la lógica del mercado bursátil que, sin renunciar a ella, cultivó una narrativa pública de responsabilidad social y compromiso con sectores históricamente relegados. Desde una óptica de transformación social, su trayectoria puede leerse como la encarnación de una tensión productiva entre capital y comunidad, entre acumulación privada y vocación redistributiva, leyéndose de mejor manera con su icónica frase: “La mejor inversión no eran las acciones, sino las personas.”.
Desde su muerte, ha sido sujeto de múltiples reconocimientos que realzan su obra, siempre en beneficio del deporte mexicano. El vacío que dejó tras su fallecimiento contribuyó a la forma de ver el patrocinio deportivo en México, siempre desde una visión de transformación social, con aras al desarrollo personal.
Este tipo de filosofía es necesario emularla y honrarla con un legado, que se consolide con las nuevas generaciones. Con base en el valor que merece el gran promotor e impulsor del deporte mexicano, Carlos Bremer, surge esta iniciativa, que entre otros objetivos busca ser un incentivo para continuar impulsando la filosofía social de este gran mexicano y fomentar el surgimiento de empresarios con visión de transformación social.
La iniciativa plantea la creación de la medalla “Carlos Bremer” como un reconocimiento destinado a distinguir a personas mexicanas que, desde el ámbito empresarial, impulsen de manera concreta el desarrollo del deporte nacional. No se trata únicamente de premiar aportaciones económicas, sino de reconocer acciones sostenidas que fortalezcan a las y los deportistas mexicanos y que, a través del deporte, contribuyan a la transformación social bajo un enfoque integral de bienestar y progreso colectivo.
El galardón busca consolidarse como un símbolo ético, una invitación a comprender la actividad empresarial no solo como generadora de riqueza, sino como motor de oportunidades y transformación social. Al llevar el nombre de “Carlos Bremer”, la medalla aspira a preservar y proyectar su ejemplo, incentivando a empresarios de todo el país a replicar un modelo de liderazgo comprometido con la comunidad, el deporte y el bienestar social.
En este sentido, más que un premio honorífico, la medalla se concibe como un instrumento de inspiración y corresponsabilidad social, orientado a articular al sector privado con las causas deportivas y con una visión de desarrollo que priorice el impacto humano y colectivo.
d) Marco Jurídico
Actualmente, en el Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de distinciones, el artículo 261, numeral 3, cita:
“ 3. La Cámara otorgará la Medalla de Reconocimiento al Mérito Deportivo a ciudadanos nacionales, destacados por su actuación y trayectoria en el deporte mexicano, o a aquellos destacados por el fomento, la protección o el impulso del deporte social.”
Al respecto, se considera debe estar separado el esfuerzo que realizan los ciudadanos nacionales destacados por su actuación y trayectoria en el deporte mexicano, al esfuerzo que realiza la iniciativa privada a través del apoyo económico, fomento, promoción e impulso al deportista nacional.
Asimismo, mediante la reforma al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, no solo se introduciría una modificación normativa, sino que se consolidaría un reconocimiento institucional explícito a la labor estratégica que desempeña la iniciativa privada en el fomento, financiamiento y promoción del deporte en México. Esta adecuación reglamentaria representaría un acto de validación pública desde el Poder Legislativo hacia un sector que ha contribuido de manera sustantiva a sostener procesos de alto rendimiento y a ampliar las oportunidades de desarrollo para las y los atletas mexicanos.
Más aún, dicha reforma tendría un efecto simbólico y práctico, pues, enviaría una señal clara de corresponsabilidad entre el Estado y el sector empresarial en la construcción de una política deportiva más sólida y sostenible. Al reconocer formalmente esta participación, se generaría un incentivo moral e institucional para que más actores económicos continúen y profundicen su compromiso con el deporte nacional, entendiendo que su intervención no es accesoria, sino parte integral de una estrategia de desarrollo humano, cohesión social y proyección internacional del país.
A continuación, se muestra, el siguiente cuadro comparativo de la propuesta de modificación, al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados:
Con lo anteriormente expuesto, presento y someto a consideración de la honorable Asamblea de la LXVI Legislatura Federal la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los numerales 3 y 6 y se recorre el subsecuente, del artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para crear el galardón medalla “Carlos Bremer”:
DecretoÚnico: Se reforma el numeral 3 y 6 del artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados y se recorre el subsecuente, para quedar como sigue:
Artículo 261.
1...
2...
3. La Cámara otorgará la Medalla de Reconocimiento al Mérito Deportivo a ciudadanos nacionales, destacados por su actuación y trayectoria en el deporte mexicano.
4...
5...
6. La Cámara de Diputados otorgará la Medalla “Carlos Bremer” a la persona física o moral mexicana, que se haya distinguido por la realización de acciones filantrópicas, empresariales o de alto impacto social orientadas al fortalecimiento, promoción y desarrollo del deporte nacional, así como al respaldo integral de las y los deportistas mexicanos.
7. Dichas distinciones se entregarán de conformidad con el Decreto de creación respectivo y el Reglamento que regula la entrega de medallas.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Cámara de Diputados homologará la entrega de la presente medalla con el Reglamento para la entrega de las medallas que otorga la Cámara de Diputados.
Notas
1 https://www.fundacionunam.org.mx/unam-al-dia/mexico-sin-verdadera-cultura-depor tiva-ni-buenos-habitos-alimenticios/
2 https://www.ohchr.org/es/statements-and-speeches/2023/07/sport-and-human-rights
3 https://www.ohchr.org/es/statements-and-speeches/2023/07/sport-and-human-rights
4 https://www.un.org/es/observances/sport-day#:~: text=El%20deporte%20y%20el%20desarrollo,facilitador%20importante%20del%20desarr ollo%20sostenible.
5 https://coparmex.org.mx/el-derecho-humano-a-la-cultura-fisica-y-el-deporte/#:~: text=El%20derecho%20a%20la%20cultura,dignidad%20de%20todo%20ser%20humano.
6 https://ened.conade.gob.mx/Documentos/tricongreso/D%C2%B0a% 204/2.%20Arnaldo%20Rivero.pdf
7 https://assets.contentstack.io/v3/assets/blteb7d012fc7ebef7f/blt40ab d7fc865f4cdd/68d57515f51707cc932ae25d/2025-2026_USABS_Athlete_Handbook_8.7.25.p df?utm_source=chatgpt.com
8 https://www.youtube.com/watch?v=pBRRed5ReTw&t=26s
9 https://www.elfinanciero.com.mx/deportes/2024/01/05/muere-carlos-bremer-a-que-d eportistas-y-equipos-impulso-el-empresario/#:~: text=Carlos%20Bremer%20no%20les%20dijo,con%20diferentes%20asociaciones%20y%20fu ndaciones.&text=Paola%20Longoria%2C%20Sa%C3%BAl%20Canelo,muri%C3%B3%20a%2 0los%2063%20a%C3%B1os.
Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.– Diputadas y diputados: Giselle Yunueen Arellano Ávila, Alma Marina Vitela Rodríguez, Amalia López de la Cruz, Ana Karina Rojo Pimentel, Bertha Osorio Ferral, Claudia García Hernández, Claudia Selene Ávila Flores, Cuauhtémoc Blanco Bravo, Eduardo Castillo López, Evangelina Moreno Guerra, Humberto Coss y León Zúñiga, Israel Enrique Villegas García, Juan Armando Ruiz Hernández, Juan Guillermo Rendón Gómez, Juan Ignacio Samperio Montaño, Julia Arcelia Olguín Serna, Julieta Kristal Vences Valencia, Kenia Gisell Muñiz Cabrera, Leonel Godoy Rangel, Luis Arturo Oliver Cen, Marcela Guerra Castillo, María de Jesús Rosete Sánchez, Mario Calzada Mercado, Paola Michell Longoria López, Raymundo Vázquez Conchas, Teresita de Jesús Vargas Meraz (rúbricas).»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
Esta Presidencia da la bienvenida a la escuela de derecho de la Universidad Anáhuac de Xalapa, Veracruz, invitados por la diputada Claudia Quiñones Garrido, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Muchísimas gracias por asistir a esta Cámara de Diputados.
Esta Presidencia saluda a estudiantes de la Universidad Los Ángeles de Tulancingo, Hidalgo, invitados por la diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, de Morena. Sean bienvenidos a esta Cámara de Diputados.
DISCUSIÓN DE DICTAMEN
POR EL QUE SE PROPONE AL PLENO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS LA TERNA DE LAS CANDIDATAS Y LOS CANDIDATOS PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PERSONA TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN PARA EL PERIODO 2026-2034
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Continuamos ahora con la discusión del dictamen de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en los artículos 79, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 84 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Procederemos a la discusión del dictamen por el que se propone al pleno de la Cámara de Diputados la terna de las y los candidatos para la designación de la persona titular de la Auditoría Superior de la Federación para el periodo 2026-2034.
Para que esta asamblea pueda conocer del tema, solicito a la Secretaría dar cuenta de los resolutivos del acuerdo.
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Acuerdo.
Primero. Para la integración de la terna que se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, tomó en consideración los resultados de la evaluación realizada a las personas aspirantes durante las distintas etapas del procedimiento de designación, procurando que la misma se integre con los perfiles mejores evaluados.
Segundo. Considerando la participación de mujeres en el proceso de registro, y con el propósito de promover la igualdad sustantiva en la integración de espacios de decisión pública, la comisión acordó que, en caso de que en la terna resultante de las evaluaciones se integrara únicamente por personas del género masculino, se procurará incorporar al menos una mujer mediante la aplicación de un criterio de acción afirmativa, siempre en observancia del principio de idoneidad y de los resultados de la evaluación realizada.
Tercero. Las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, párrafo 6o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 84, fracción IV de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y de conformidad con la Base Novena de la Convocatoria Pública correspondiente, proponen al pleno de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente terna de personas aspirantes para ocupar la titularidad de la Auditoría Superior de la Federación para el periodo 2026-2034:
1. Aureliano Hernández Palacios Cardel,
2. Elizabeth Barba Villafan,
3. Luis Miguel Martínez Anzures.
Cuarto. Remítase a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para los efectos procedentes.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2026. La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Firma el diputado Javier Octavio Herrera Borunda, presidente de la comisión, la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, secretaria de la comisión, la diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, secretaria de la comisión, el diputado Erubiel Ávila Villegas., secretario de la comisión, el diputado Ricardo Gallardo Juárez, secretario de la comisión, la diputada Karen Yaiti Calcaneo Constantino, secretaria de la comisión, el diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, secretario de la comisión, la diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, secretaria de la comisión, la diputada María Soledad Luévano Cantú, secretaria de la comisión, el diputado José Alfonso Rubalcava Jiménez, secretario de la comisión, diputado Gabriel García Hernández, secretario de la comisión, diputada Gissel Santander Soto, secretaria de la comisión.
Diputado Daniel Andrade Zurutuza, integrante de la comisión, la diputada Briceyda García Antonio, integrante de la comisión, la diputada Martha Olivia García Vidaña, integrante de la comisión, el diputado Ricardo Madrid Pérez, integrante de la comisión, la diputada Amparo Lilia Olivares Castañeda, integrante de la comisión, el diputado Gerardo Olivares Mejía, integrante de la comisión, la diputada Nadia Yadira Sepúlveda García, integrante de la comisión, el diputado Emilio Suárez Licona, integrante de la comisión, la diputada Rosa Irene Urbina Castañeda, integrante de la comisión, el diputado Javier Vázquez Calixto, integrante de la comisión, diputada Aremy Velazco Bautista, integrante de la comisión.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se concede el uso de la palabra al diputado Javier Octavio Herrera Borunda, hasta por diez minutos. Adelante, presidente.
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:Con la venia de la presidenta.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Adelante.
El diputado Javier Octavio Herrera Borunda: Con la venia de mis compañeras, de mis compañeros legisladores. En toda democracia moderna existe una pregunta fundamental: ¿quién vigila al poder? Y, sobre todo, ¿quién vigila los recursos públicos? La respuesta en nuestro sistema constitucional se encuentra en la función de la fiscalización superior. En concreto en la que ejercemos nosotros aquí, en la Cámara de Diputados.
Fiscalizar no es solo revisar cifras, es garantizar que cada peso que se utilice sea utilizado con legalidad, eficiencia y, sobre todo, en beneficio de la ciudadanía. Es, en esencia, uno de los mecanismos más importantes para garantizar la confianza que existe entre el ciudadano y el Estado. Por ello, la facultad de fiscalizar el uso de los recursos públicos ha sido históricamente una de las atribuciones más relevantes que tenemos aquí, en esta Cámara.
Ya desde la Constitución de 1824 la Cámara ha tenido esta importante misión de vigilar el ejercicio del gasto público. En ese momento la Constitución nos daba a la Contaduría Mayor de Hacienda, pero recordemos que en el año 2000 creamos esta institución, que hoy vamos a elegir a su máximo director. Hablo de la Auditoría Superior de la Federación, que es nuestro órgano técnico.
Hoy fiscalizar no es solo revisar los números, como les decía, fiscalizar ha evolucionado. Hoy se evalúan políticas públicas, se miden resultados y se contribuye a que el Estado mexicano actúe con una mayor transparencia, eficiencia, pero, sobre todo, responsabilidad frente a una ciudadanía que hoy cada día existe y pide mayor rendición de cuentas.
Asegurar que la Auditoría Superior de la Federación cumpla con los más altos estándares de profesionalización, independencia, autonomía, es la razón por la cual estamos aquí reunidos.
Por ello les digo que la designación de quien habrá de encabezar esta institución por los siguientes ocho años constituye una de las decisiones fundamentales que habremos de tomar en esta legislatura, si no es que es la más importante.
Compañeras, compañeros, el dictamen que hoy les presentamos es el resultado de un proceso amplio, exigente, pero profundamente responsable. Durante varias semanas, las y los integrantes de la Comisión de Vigilancia dedicamos largas horas de trabajo para construir un proceso serio, riguroso, transparente, que permitiera identificar a los perfiles más idóneos para encabezar a la Auditoría Superior.
Desde el inicio asumimos un principio fundamental: que este proceso debía de conducirse con criterios técnicos, con objetividad y sin sesgos políticos y por ello, ayudados y fundamentados en la ley, en concreto en el artículo 84 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, invitamos a este diálogo y esta construcción a la Anuies. Es una organización que agrupa más de 250 universidades e instituciones de educación superior, entre ellas las más importantes del país.
Diseñamos en conjunto con los diputados, un esquema de evaluación integral que le otorgó un peso específico a diversos elementos fundamentales. Le dimos valor a la formación académica de las personas, revisamos su trayectoria profesional, su experiencia en la administración pública, pero en concreto su experiencia en el control gubernamental y en la fiscalización. Evaluamos el desempeño que han tenido a lo largo de su vida profesional. Analizamos con detenimiento la visión institucional que nos presentaron y las propuestas que nos hicieron para fortalecer a la Auditoría Superior.
A estos elementos tengo que decir que se sumaron entrevistas que realizamos en comisión, en la que las y los diputados tuvimos la oportunidad de dialogar, pero también confrontar con ideas y formular cuestionamientos para poder valorar el desempeño y las capacidades que tenían las y los candidatos para asumir tan alta responsabilidad.
En cifras se los digo, han pasado 21 días desde que lanzamos la convocatoria, hace 8 años en esta misma convocatoria tan solo se inscribieron 43 aspirantes, en esta se inscribieron más de 92, por sí esa cifra ya es un dato histórico y habla de la confianza ciudadana que pudimos transmitir desde la Comisión de Vigilancia.
Hemos sesionado un tiempo acumulado en comisión de más de 8 horas, hemos emitido 7 acuerdos y tengo que resaltar que todos han sido de unanimidad. 65 horas de trabajo técnico y revisión de expedientes. Entrevistamos a 77 aspirantes, lo cual nos llevó más de 38 horas de trabajo acumulado y recibimos de cada uno de los diputados 2 mil 926 cédulas de evaluación que elaboraron durante todo el trayecto para calificar a los aspirantes.
Lo que les quiero transmitir al expresar estas cifras es el trabajo comprometido de todas las fuerzas políticas que representan la Cámara de Diputados y que están representadas en la Comisión de Vigilancia y desde esta tribuna quiero reconocer la altura institucional que en todo momento demostró el Partido Movimiento Ciudadano, el Revolucionario Institucional, el Partido del Trabajo, el Partido Acción Nacional, Morena y sobre todo también mi partido, el Verde Ecologista de México. A todos los quiero felicitar por el compromiso que asumieron con México y no fue un proceso al vapor, lejos de eso fue un trabajo profundo y a conciencia.
Hoy, hoy les quiero decir que estoy en condiciones de afirmar frente esta soberanía con la satisfacción de la labor cumplida que frente a ustedes están los mejores perfiles evaluados por cada una de las fuerzas políticas.
Las tres propuestas que tienen frente a ustedes tienen la capacidad, la experiencia, pero lo más importante tienen honorabilidad para asumir un puesto de la mayor relevancia que implica la Auditoría Superior y lo puedo afirmar porque en todo momento la comisión tuvo siempre presente que la persona que debía de encabezar la institución debe reunir unas cualidades muy, muy claras.
Debe ser especialista en fiscalización y administración pública, tiene que tener amplia experiencia en la rendición del ejercicio del gasto público, debe de contar con una trayectoria aprobada, una reputación de integridad y plena imparcialidad en el ejercicio de sus funciones, debe comprender que la Auditoría Superior es un órgano técnico del Poder Legislativo, y cuya autoridad se sustenta en el rigor metodológico de sus procesos y en la credibilidad de sus resultados, debe tener la capacidad para fortalecer la institución y, sobre todo, que continúe perfeccionando los métodos de fiscalización y contribuyendo a le mejora de la gestión pública del Estado mexicano.
Compañeras, compañeros, la Comisión de Vigilancia ha cumplido con su responsabilidad. La decisión que habremos de tomar en unos minutos, sin duda es una decisión de Estado y les quiero decir que es una decisión que habremos de tomar soberanamente.
Si la fiscalización es fuerte, si la fiscalización es objetiva, el Estado es más transparente. Cuando la rendición de cuentas es efectiva la democracia funciona y se fortalece. Cuando las instituciones actúan con rigor, pero sin sesgos, es cuando le cumplimos a la ciudadanía por quien nos debemos.
Ese es el verdadero sentido de la fiscalización, asegurar que el Estado cumpla con la misión fundamental que es servir a todos y a todas las mexicanas. Es cuanto y muchas gracias.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Muchas gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido.
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el acuerdo se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Suficientemente discutido.
Consulte la Secretaría, en votación económica, si se aprueba.
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: En votación económica, se consulta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Aprobado.
Procederemos a la elección de quien ha de ocupar el cargo de auditor superior de la Federación. De conformidad con lo que dispone el artículo 141 del Reglamento, la elección se llevará a cabo por cédula de votación. Para realizar el procedimiento de votación por cédula, la Secretaría de la Mesa Directiva llamará por su nombre a las y a los diputados que conforman esta asamblea.
Al ser llamados por su nombre, favor de acercarse a esta mesa de secretarios ubicada del lado izquierdo de la Presidencia para recibir su cédula de votación. Una vez emitido el voto, sírvanse depositar la cédula en la urna colocada al lado derecho de esta Presidencia. Una vez informados del procedimiento de votación, se instruye a la Secretaría haga los avisos correspondientes para llamar a las y los diputados a votación y proceda con el pase de lista.
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Iniciamos el pase de lista.
(Votación por cédula)
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz:¿Falta alguna diputada o diputado de emitir su voto?
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Si es tan amable la Secretaría dar cuenta al pleno del resultado.
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Señora presidenta, se informa el resultado del cómputo y escrutinio. Se emitieron 472 votos para el ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel, 1 voto para la ciudadana Elizabeth Barba Villafán, 6 votos para el ciudadano Luis Miguel Martínez Anzures, 2 votos nulos, 19 cédulas inutilizadas.
En consecuencia, el ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel obtuvo la votación de las dos terceras partes de los miembros presentes. Es mayoría calificada.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: En virtud de haber alcanzado la votación por mayoría calificada de los miembros presentes de esta soberanía, la Cámara de Diputados, en términos del artículo 79, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara que ha designado al ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel como auditor Superior de la Federación, por un periodo de ocho años a partir del 15 de marzo de 2026 y hasta el 14 de marzo de 2034. Désele formato de decreto y publíquese en el Diario Oficial de la Federación. Comuníquese.
Se encuentra a las puertas de este recinto el ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel, para rendir la protesta de ley como auditor Superior de la Federación. Está aquí en este edificio, por tanto, se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir protesta de ley a los siguientes diputados.
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Carol Antonio Altamirano, diputado. Diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, diputado Juan Ángel Flores Bustamante, diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez, diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, diputado Javier Octavio Herrera Borunda, diputado Ricardo Madrid Pérez, diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, diputada Nora Yéssica Merino Escamilla, diputado Carlos Eduardo Gutiérrez Mancilla, diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, diputado Eduardo Gaona Domínguez.
(La comisión cumple con su encargo)
La secretaria diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: Se invita a los presentes a ponerse de pie.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de auditor superior de la Federación que se le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?
El ciudadano Aureliano Hernández Palacios Cardel: Sí, protesto.
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Si así no lo hiciera que la nación se lo demande.
MINUTAS
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Honorable asamblea, se ha recibido de la Cámara de Senadores minuta con proyecto de decreto, por lo que solicito a la Secretaría dar cuenta de la misma.
La secretaria diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.– Mesa Directiva.
Secretarios de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Ciudad de México, 4 de marzo de 2026. Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica), secretaria.»
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
MENSAJE DE LA PRESIDENCIA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: Esta Mesa Directiva da la más cordial bienvenida al director de Movilidad del Estado de México, Elías Sánchez Álvarez, y también a Aline Monserrat Villegas González, invitados por la diputada Claudia Garfias. Asimismo, esta Mesa Directiva les recuerda a las y los compañeros de esta LXVI Legislatura que tendremos nuestro Encuentro Nacional de Mujeres para la Igualdad Sustantiva y la Democracia Paritaria en el marco del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.
Este Encuentro Nacional se llevará a cabo en este pleno de sesiones el próximo jueves 12 de marzo, a las 11: 00 horas iniciaremos la entrada y empezará el evento a las 11: 30 en punto. Todas las diputadas, todos los diputados invitados a este Encuentro Nacional de Mujeres de esta LXVI Legislatura.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
La presidenta diputada Kenia López Rabadán: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
CLAUSURA Y CITA
La presidenta diputada Kenia López Rabadán (16:50 horas): Se levanta la sesión y cito para la próxima, que tendrá lugar mañana miércoles 11 de marzo de 2026, a las 11 horas. Recordamos que el registro de asistencia estará disponible a partir de las 9 horas a través de las tabletas instaladas en las curules de las y los diputados. Muchísimas gracias por su asistencia.
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RESUMEN DE LOS TRABAJOS
• Tiempo de duración de la sesión: 5 horas 23 minutos
• Quórum a la apertura de la sesión: 288 diputadas y diputados
• Asistencia
• Orden del día
• Intervención desde la tribuna en lengua indígena
• Actas de las sesiones anteriores
• Comunicaciones oficiales: 12
• Minutas: 9
• Minutos de silencio: 2
• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 26
• Dictamen a discusión: 1
• Mensaje de la Presidencia
• Turno de iniciativas y proposiciones
• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 24
11-Morena, 4-PAN, 4-PVEM, 2-PT, 2-PRI, 1-MC
DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)