Declaratoria por la que la Cámara de Diputados se erige en Jurado de Procedencia
Lectura de los resolutivos del dictamen de la Sección Instructora
Fase de alegatos y réplicas
Intervención de la subprocuradora Sissi Anette Rodríguez Fernández
Intervención del defensor Efraín Magueyal Baxcajay
Intervención del diputado Cipriano Charrez Pedraza
Dictamen a discusión
Posicionamientos
Juan Carlos Villarreal Salazar, PMC
Francisco Javier Saldivar Camacho, PES
Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, Morena
Votación sobre si está suficientemente discutido el dictamen
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 234 diputadas y diputados, por lo tanto, no hay quórum, señor presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: No hay quórum. Aguardaremos 15 minutos como máximo.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Secretaría, haga el recuento correspondiente.
La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 365 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo (10:30 horas): Se abre la sesión.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Pido a la Secretaría dar lectura al orden del día.
La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés: LXIV Legislatura, primer año de ejercicio, segundo periodo de sesiones ordinarias.
Orden del día de la sesión de Jurado de Procedencia, 24 de abril de 2019.
- Lectura de los documentos de notificación personal relativos a la cita para la sesión de Jurado de Procedencia.
- Declaratoria por la que la honorable Cámara de Diputados se erige en Jurado de Procedencia.
- Presentación de los incidentes de recusación o de excusas, en su caso.
- Lectura de los resolutivos del dictamen de la Sección Instructora.
- Fase de alegatos y réplicas.
- Dictamen a discusión de la Comisión Instructora relativo al procedimiento de Declaración de Procedencia, solicitado en contra del ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión.
- Declaratoria
- Lectura y aprobación del acta.
Es cuanto, señor presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Proceda la Secretaría a dar lectura a los documentos de notificación personal relativos a la cita para esta sesión tanto al solicitante, procurador general de Justicia del estado de Hidalgo, licenciado Raúl Arroyo González, así como al imputado, ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal a la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión y a sus abogados defensores. Proceda la Secretaría.
La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Sí, señor presidente. Ciudad de México, a 23 de abril de 2019.
Diputado Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, presente.
Por este conducto y en relación al acuerdo de la Presidencia de la Mesa Directiva de fecha 11 de abril de 2019 por el que se tiene por recibido el dictamen emitido por la Sección Instructora de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, relativo al expediente SI-LXIV-01-2018, correspondiente al procedimiento de declaración de procedencia instruido en contra del ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal con licencia de la LXIV Legislatura.
A solicitud del procurador General de Justicia del estado de Hidalgo, licenciado Raúl Arroyo González, publicado en la Gaceta Parlamentaria el día 11 de abril de 2019, y en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril del año en curso, cuyos resolutivos tercero y quinto, ordenan notificar personalmente a las partes procesales del juicio de procedencia contra el imputado diputado federal con licencia Cipriano Charrez Pedraza.
Informo a usted que las instrucciones de esa Mesa Directiva que usted dignamente preside, han sido ejecutadas y cumplidas en sus términos conforme a derecho, de conformidad con las siguientes constancias que se adjuntan.
Primero. Acta circunstanciada de las comunicaciones telefónicas realizadas a las partes procesales. Licenciado Gabriel Alejandro Regino García, en su carácter de defensor particular del imputado, diputado federal con licencia Cipriano Charrez Pedraza, licenciado Raúl Arroyo González, procurador General de Justicia del estado de Hidalgo, y para no dejar en estado de indefensión al diputado federal Cipriano Charrez Pedraza, tomando en cuenta que el licenciado Gabriel Alejandro Regino García renunció a su defensa, se entabló comunicación con la maestra Gabriela Martínez Lagarde, directora general del Instituto de la Defensoría Publica en el estado de Hidalgo, así como de la comunicación telefónica realizada nuevamente al diputado federal Cipriano Charrez Pedraza para designar defensor particular.
Segundo. Notificación personal al licenciado Gabriel Alejandro Regino García en su carácter de defensor particular del diputado federal con licencia Cipriano Charrez Pedraza, siendo las dieciocho horas con veinticinco minutos el día 11 de abril de 2019, diligencia que se entendió con el licenciado José Irvin Arellano Regino, el cual se negó a recibir la notificación y sus anexos., argumentando que renunciaron al cargo de defensores particulares del diputado federal, diligencia que se acredita con la escritura pública número 220 mil 148 pasada ante de fe del maestro Eutiquio López Hernández, notario público número 35 de la Ciudad de México.
Tercero. Notificación personal al diputado federal con licencia, Cipriano Charrez Pedraza, realizada a las 11 horas con 24 minutos del día 12 de abril de 2019 en su oficina de gestión y atención ciudadana, ubicada en avenida Hidalgo número 12, colonia Centro, municipio de Ixmiquilpan, estado de Hidalgo, recibida con los anexos y copias de traslado por la ciudadana Claudia Berenice Gutiérrez Romero, quien dijo ser asistente personal del diputado federal Cipriano Charrez Pedraza, diligencia que se acredita con la escritura pública número 22 mil 443 pasada ante la fe del licenciado Juan José del Valle Alvarado, notario público número 5 de la ciudad de Tepeji del Río de Ocampo, distrito judicial de Tula de Allende, estado de Hidalgo.
Cuarto. Notificación personal a la maestra Gabriela Martínez Lagarde titular del Instituto de la Defensoría Pública en el estado de Hidalgo, realizada a las 16 horas del día 12 de abril de 2019, en el domicilio ubicado en avenida Francisco I. Madero número 102, colonia Real de Minas en la Ciudad de Pachuca de Soto, estado de Hidalgo, con la finalidad de hacer de su conocimiento la renuncia del defensor particular del imputado y para que asista y asuma, en su caso, la defensa pública del diputado federal Cipriano Charrez Pedraza, a fin de no dejarlo en el estado de indefensión.
Notificación y copias de traslado que fueron recibidas por la misma titular, diligencia que se acredita con la escritura pública 22 mil 444 pasada ante la fe del licenciado Juan José del Valle Alvarado, notario público número 5, de la Ciudad del Tepeji del Río de Ocampo, distrito judicial de Tula de Allende, estado de Hidalgo.
Quinta. Notificación personal al procurador General de Justicia del estado de hidalgo, licenciado Raúl Arroyo González, realizada a las 13 horas con 25 minutos el día 13 de abril de 2019.
Notificación y copias de traslado que fueron recibidas por el mismo titular en el domicilio de la Procuraduría, ubicado en la carretera México-Pachuca, kilómetro 84.5, Centro Cívico, en Pachuca de Soto, Hidalgo, diligencia que se acredita con escritura pública número 22 mil 445 pasada ante la fe del licenciado Juan José del Valle Alvarado, notario público número 5 de la Ciudad de Tepeji del Río de Ocampo, distrito judicial de Tula de Allende, estado de Hidalgo.
Sexto, y último. Notificación personal al licenciado Efraín Magueyal Baxcajay, defensor particular del diputado federal Cipriano Charrez Pedraza, realizada a las 13 horas del día 23 de abril de 2019, entregándole cédula de notificación y copias de traslado en las oficinas de la Dirección de lo Contencioso y Procedimientos Constitucionales adscrita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la honorable Cámara de Diputados, diligencia que se acredita con la escritura pública número 2200166, pasada ante la fe del maestro Eutiquio López Hernández, notario público número 35 de la Ciudad de México.
Sin más por el momento, le reitero la seguridad de mi consideración distinguida. Atentamente el licenciado Luis Genaro Vázquez Rodríguez, director general de Asuntos Jurídicos. Es cuanto, señor presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias. Compañeras y compañeros, esta Mesa...
La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Le comento, señor presidente, que se acompañan también las actas de notificación a cada una de las partes.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Compañeras y compañeros, debido a un estricto mandato constitucional, esta Cámara y todos sus miembros se convertirá en Jurado de Procedencia.
Me toca, también por mandato constitucional, presidir esta sesión, que no es fácil y es bastante inédita. Nosotros vamos a considerar si procede el juicio de procedencia para que haya la actuación penal.
Aclaro que se mantiene la presunción de inocencia y que si el inculpado no fuera responsable volvería a sus labores, pero este es un dispositivo contra cualquier forma de impunidad. Por eso lo estamos aplicando. Pónganse de pie, por favor.
La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Se invita a los presentes a ponerse de pie.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por los artículos 74, fracción V, y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 27 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se erige hoy, miércoles 24 de abril de 2019, en Jurado de Procedencia, para conocer y resolver sobre el dictamen emitido por la Sección Instructora, relativo al procedimiento de declaración de procedencia, que solicita el licenciado Raúl Arroyo González, procurador general de justicia del estado de Hidalgo, respecto del ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal. Sírvanse tomar asiento.
La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Sírvanse tomar asiento.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se encuentran en este salón de sesiones, la subprocuradora de Procedimientos Penales Región Poniente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, habilitada por el procurador general del propio estado, maestra Sissi Anette Rodríguez; el ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal a la LXIV Legislatura; la maestra Gabriela Martínez Lagarde, directora general del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Hidalgo. Y, finalmente, el licenciado Efraín Magueyal Baxcajay.
Diputado Cipriano Charrez Pedraza, en el momento en el que fue practicada la notificación personal, no teníamos designación de su defensor particular, por lo que, para garantizar su derecho a una defensa adecuada, fue citada para estar presente en esta sesión la maestra Gabriela Martínez Lagarde, directora general del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Hidalgo, quien se encuentra aquí presente.
Diputado Cipriano Charrez Pedraza, le pregunto si desea usted ser asistido y representado por la titular de la Defensoría Pública del Estado de Hidalgo, o designa ante este Jurado a su propio defensor.
El diputado Cipriano Charrez Pedraza: Agradezco mucho la presencia de la maestra Gabriela, pero ya tengo nombrado a defensor particular, por lo que no requerimos de su presencia, muchísimas gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Esta Presidencia da cuenta que se recibió escrito con la firma autógrafa del diputado Charrez, por el que se designa al licenciado Efraín Magueyal Baxcajay, como defensor particular.
Diputado Charrez, ¿ratifica usted ante este Jurado el nombramiento de su defensor particular?
El diputado Cipriano Charrez Pedraza: Sí, ratifico.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias.
Licenciado Efraín Magueyal, favor de ponerse de pie. ¿Protesta usted desempeñar leal y profesionalmente el cargo de defensor particular para el que fue nombrado, con todos los derechos y obligaciones que le confieren la Constitución y las leyes que de ella emanen?
El licenciado Efraín Magueyal Baxcajay: Sí, presidente, en términos del artículo 20 constitucional, apartado B, el artículo 115 y 117 del Código Nacional de Procedimientos Penales, acepto y protesto el cargo de defensor particular del diputado Cipriano Charrez Pedraza.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tome asiento, por favor.
En virtud de la protesta del defensor particular, se invita a la maestra defensora pública a retirarse de este salón de sesiones, agradeciendo su asistencia.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Esta Presidencia informa que en términos del artículo 34 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y del artículo segundo del acuerdo parlamentario que rige la actuación de la Cámara de Diputados como Jurado de Procedencia, no se presentó incidente alguno de recusación por parte del diputado ni de su defensa, tampoco excusa por parte de las diputadas y los diputados que integran todos el Jurado de Procedencia.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se informa que el dictamen de la Sección Instructora se encuentra disponible en el monitor de sus curules y con anterioridad se corrió traslado a las partes procesales presentes. En consecuencia, pido a la Secretaría dar lectura únicamente a los resolutivos del dictamen.
La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Resuelve. Primero. Ha lugar a proceder en contra del diputado federal Cipriano Charrez Pedraza.
Segundo. Separarlo de su encargo como diputado federal quedando sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes.
Tercero. Como lo señala el artículo 18 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, túrnese a las secretarias de la Cámara de Diputados, para que den cuenta al presidente de la misma, turnando copia a la Mesa Directiva, a fin de que se cumpla a lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Cuarto. Notifíquese personalmente a las partes en los domicilios señalados para tal efecto, sin perjuicio de hacerlo a través de los correos proporcionados con ese objeto. Así lo acordaron los integrantes de la Sección Instructora de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión. Es cuanto, diputado, presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias, secretaria.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: En términos de los artículos 20 y 27 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se abre la fase de alegatos, réplicas y contrarréplicas de las partes, en su caso. Conforme a lo establecido en el artículo 31, numeral 1 del Reglamento de la Cámara, las intervenciones de quienes deban participar en el desahogo de la declaración de procedencia se harán desde la tribuna de este salón de sesiones.
Tiene la palabra la maestra Sissi Anette Rodríguez Fernández, subprocuradora de Procedimientos Penales, Región Poniente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, solicitante de la declaración de procedencia, hasta por diez minutos.
La subprocuradora Sissi Anette Rodríguez Fernández: Buenos días. Con su venia, señor presidente. Buenos días a todas y todos los presentes. Comparezco en delegación de las facultades que me concedió el procurador Raúl Arroyo González, según consta en el oficio que se ingresó el mismo día de hoy por la mañana ante esta sede.
En tal virtud, con ese carácter formulo a continuación los siguientes alegatos finales, de acuerdo con lo dispuesto en el escrito que se había ingresado también ya, el día 16 de abril de 2019 ante esta honorable Cámara.
La litis del procedimiento en que se actuó fue determinar si había o no lugar a proceder penalmente en contra del diputado Cipriano Charrez Pedraza, dentro de la carpeta de investigación con número 07-2018-1466.
De ahí que después de todo el periodo probatorio de la Sección Instructora, determinó esta que había elementos suficientes para declarar procedente la solicitud de esta autoridad ministerial.
Tocaría ahora votarlo al pleno, para lo cual es necesario realizar un resumen de lo acontecido en ese procedimiento parlamentario.
La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en su Capítulo III, de los artículos 25 a 29, con remisión a los numerales 9 a 24, establece particularmente en su numeral 29 que su finalidad es que un servidor público pueda acceder a un proceso penal.
De ahí que ante la ponderación política que se realizó en esta Cámara respecto de los hechos denunciados dentro de la ya indicada carpeta de investigación, erigida como un acto de soberanía del órgano legislativo, se determinó que existían méritos de la investigación preliminar, cuyos datos son el sustento de la solicitud de desafuero realizada a través del escrito del 15 de octubre de 2018, directamente por el procurador general de Justicia del estado de Hidalgo, Raúl Arroyo.
Es decir, esta soberanía apunta a hacer posible juzgar a una persona cuyos datos de prueba anuncian la posibilidad de la comisión de un delito, con lo que se evitaría el riesgo de impunidad, atendiendo a las exigencias sociales.
Como se ha reiterado, mientras Cipriano Charrez Pedraza tenga fuero parlamentario haría imposible a la Procuraduría de Hidalgo continuar la investigación del delito que se dice cometió el ahora diputado con licencia ingresada, en respeto a dicha figura jurídica, como un privilegio del que goza en razón del cargo de elección popular que actualmente tiene vigente.
Vale apuntar que en Hidalgo la voluntad política mayoritaria fue traducida en el decreto legislativo 212 del 18 de septiembre de 2017, que materializó la eliminación del fuero en la entidad a todos los servidores públicos, lo cual resulta un argumento político sociológico que deberá ponderarse al resolver el presente asunto, pues evidencia la decisión y voluntad de la sociedad hidalguense en no protegerse conductas criminales a través de esa figura de protección, máxime si se advierte que los hechos ocurrieron en Hidalgo.
Bajo esta línea, el objeto de este procedimiento parlamentario es solamente, y solamente eso, reiterar la inmunidad y permitir que la parte victimal pueda acceder a la justicia con la consecución del procedimiento penal.
Como se pormenorizó en un escrito de conclusiones ante la Sección Instructora, recibido el 8 de marzo de 2019, donde se hizo un análisis de los medios de prueba desahogados por las partes, en que la Procuraduría demostró los méritos procesales suficientes para el dictamen que fue elaborado por la Comisión Instructora a favor del desafuero.
Consecuentemente, y de manera muy respetuosa, se solicita a esta Cámara tomar en la Procuraduría del estado... tomar en cuenta que se dio cabal cumplimiento al segundo párrafo del artículo 9o. de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, al aportar pruebas documentales, de carácter público, que sustentan la petición de declaración de procedencia de la acción penal en contra del referido ciudadano, demostrando méritos suficientes en la investigación, por lo que se pide el voto mayoritario a favor de la Declaración de Procedencia del pasado 9 de abril de 2019, lo que permitiría resolver la teoría del caso de las partes ante sede judicial.
Esto, en virtud que dentro de la carpeta de investigación se advierten actos indicativos de que la madrugada del 6 de octubre de 2018, un vehículo en que viajaba Cipriano Charrez Pedraza, en el que se afirma lo hacía como conductor, produjo culposamente resultados típicos de homicidio y daño en la propiedad, por lo cual se ratifica en este momento, ante todas y todos ustedes, el escrito del contenido antes expuesto. Muchísimas gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias a usted.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Corresponde el uso de la palabra, al ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, que ha pedido hable previamente su defensor, lo que se le concede. Tiene entonces la palabra el ciudadano Efraín Magueyal. Pase, por favor a tribuna.
El defensor Efraín Magueyal Baxcajay: Con su venia, señor presidente. Honorable Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, constituida como Jurado de Procedencia dentro del procedimiento en curso.
Señores diputados y señoras diputadas, el de la voz, el licenciado Efraín Magueyal Baxcajay, en mi carácter de defensor particular del diputado Cipriano Charrez Pedraza, con fundamento en los numerales 14, 16 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 20 de la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos y una vez que nos ha sido notificado el dictamen emitido con fecha 11 de abril de 2019, por la Sección Instructora, formulo los alegatos de cierre en los siguientes términos:
Esta defensa no comparte lo enunciado en el dictamen emitido por la Sección Instructora, relativo al procedimiento de declaración de procedencia solicitada por el licenciado Raúl Arroyo González, procurador general de Justicia del estado de Hidalgo, en contra del diputado Cipriano Charrez Pedraza, dictamen que nos fuera notificado con fecha 23 de abril del presente año.
Todo acto de autoridad debe garantizar el debido cumplimiento y respeto a los derechos humanos, en el caso particular aquellos relativos a la seguridad jurídica de las personas. Ello, contenido en los diversos numerales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos instrumentos internacionales.
Si bien es cierto el señor procurador solicitó en fecha 15 de octubre de 2018 el Juicio de Procedencia en contra de mi hoy defendido, también es cierto que esta solicitud no se encuentra debidamente fundada atendiendo a las siguientes
Consideraciones
La Procuraduría General de Justicia del estado de Hidalgo ha sido omisa en diversos actos procesales, violentando con ello no solamente el principio de presunción de inocencia contemplado en nuestra Carta Magna, sino además ha faltado al principio de legalidad y lealtad procesal, pues como consta en la documental pública exhibida por la misma Procuraduría del estado de Hidalgo, consistente en la carpeta de investigación número 07-2018-1466, el diputado Charrez jamás ha sido notificado del inicio de un procedimiento penal en su contra, pues en la carpeta no se hace referencia a que el órgano acusador haya realizado dicha notificación, lo que impide al mismo realizar actos formales de defensa.
Es decir, es evidente que la procuraduría violenta de manera tajante los derechos que tiene toda persona imputada, derechos contenidos en el artículo 20, apartado B de nuestra Carta Magna; y 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
La pregunta es ¿cómo ha de defenderse el particular ante una acusación de la cual desconoce? ¿No violenta ello el derecho a una defensa adecuada o, bien, el solo derecho a una defensa?
Ello violenta de manera tajante los derechos humanos contenidos en los instrumentos internacionales, pues como se desprende del criterio jurisprudencial que la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo en el caso Barreto Leyva contra Venezuela, y cuyo rubro cito. Debido proceso. Derecho a que la defensa del inculpado se ejerza desde que se inicia una investigación.
Es decir, este jurado resolverá la solicitud de procedencia con una sola versión, la de la Procuraduría del estado de Hidalgo, algo que violenta tajantemente los derechos humanos de mi defendió y que convierte un procedimiento en carácter inquisitivo, algo que con la reforma constitucional de 2008 en materia penal y de seguridad pública, los operadores jurídicos buscamos erradicar.
Digo de corte inquisitivo porque la procuraduría no sólo ha omitido notificar al imputado respecto del procedimiento penal iniciado, sino que además le ha negado su intervención a efecto de realizar actos de defensa dentro del procedimiento, pues este ha solicitado que se recabe su declaración respecto de los hechos ocurridos y que es motivo del presente procedimiento.
Si bien es cierto el fuero constitucional con que se encuentran investidos los servidores públicos, y en el caso en particular mi defendido, impide materialmente el ejercicio de la acción penal, ello no impide que pueda realizarse o que puedan realizarse actos de investigación en pro de una defensa adecuada, y en el caso que nos ocupa esto no ha sido cumplimentado.
Por lo anterior es que esta defensa solicita a esta LXIV Legislatura elegida hoy como Jurado de Procedencia, que en estricto apego a derecho y al principio de legalidad y presunción de inocencia, su voto sea en contra del dictamen emitido por la Sección Instructora por no reunir esta, los elementos necesarios para la procedencia del presente juicio. Es cuanto.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias, señor abogado.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene también por cinco minutos la palabra el ciudadano Cipriano Charrez Pedraza.
El diputado Cipriano Charrez Pedraza: Ixuke winiké sán ja petsanalex tsäkatalex ja petsanalex. Ciudadanas y ciudadanos, quiero dirigir este mensaje fundamentalmente a mi pueblo de mi distrito, al pueblo de Hidalgo y al pueblo de México, pero, sobre todo, a los pueblos originarios.
Diputadas y diputados: comentarles que provengo de un pueblo originario del estado de Hidalgo, la cultura hñahñu, donde la palabra es de verdad y de respeto. Y lo que expondré de manera verbal, recopila un ser y un hacer de esta gran cultura de la que estoy orgulloso de pertenecer.
Comparezco con humildad ante este tribunal por el juicio de desafuero en mi contra, a raíz de un accidente que tendrá que ser analizado en los tribunales y este no es el espacio para tal efecto, ya que estoy seguro que nadie de los que me escuchan se levanta por la mañana con la intención de afectar a alguien, ya que los accidentes están a la orden del día.
De lo que sí estoy seguro es que, a partir de aquel lamentable suceso, se ha implementado todo un esquema de linchamiento mediático y jurídico hacia mi persona, implementado por intereses políticos y económicos muy fuertes que se amparan en el gobierno del estado de Hidalgo, y hasta hace poco formaban parte de las grandes decisiones del país del sexenio pasado, y cuya maquinaria mediática vigente está para descarrilar cualquier proceso de transformación en el país.
Intereses políticos y económicos que por más de 80 años han gobernado nuestro estado de Hidalgo, donde hoy más de la mitad de su población está en pobreza y pobreza extrema, y para donde se voltee a ver pululan el abandono gubernamental, la marginación la violencia y la discriminación hacia nuestros pueblos originarios.
Para muestra lo acontecido hace unos meses en Tlahuelilpan por el tema del huachicol y donde ningún orden de gobierno se aprestó para prevenir la tragedia y solo convinieron en tapar el pozo de una manera apresurada.
Desde hace 18 años varias comunidades originarias, principalmente del Valle del Mezquital, a través de usos y costumbres en esquemas de solidaridad y movilización se han dado a la tarea de buscar mejores condiciones de infraestructura educativa, productiva, de salud y de infraestructura para sus pueblos, situación que ha molestado a más de un gobierno o político en turno, y en ese contexto no hemos sido ajenos a procesos similares que ocurren en la geografía de este país tan pluricultural y heterogéneo como el nuestro, del que no nos hemos ido nunca, donde la justicia y la ley se parece cada vez más a la clásica discusión entre la teoría y la realidad, entre lo que se dice y se pretenda que suceda, pero enmarcado la mayor de las veces en simulaciones que ignoran pero hablan por los otros.
Comentarles que en ese transitar de búsqueda de mejores condiciones de vida, nos ha tocado incorporarnos en campañas de representación, recorrer los rincones más remotos del estado donde los gobiernos se han olvidado de que existen y hemos llevado recursos para impulsar proyectos alternativos de desarrollo local, aprovechando y respetando nuestra madre naturaleza en un diálogo permanente con personas, que al igual que muchos de ustedes, apuestan y confían en nuestra palabra esperando justicia para los suyos.
De antemano sabemos que en este recinto legislativo hay intereses políticos, posiciones encontradas, temas de agenda parlamentaria, urgencias por sacar, encomiendas, reformas necesarias, pero lo que no puede ser es convertirse en un espacio donde el ser y pensar diferente sea motivo para ir a la cárcel o para ser perseguido, y este es el verdadero fin último por el que fue creado el fuero y no otro, pero que hoy se aprestan para curarse en salud para hacer creer a la opinión pública que nuevos aires soplan en estas instalaciones.
Y como la decisión está en esta cancha, de lo que aquí se vote es válido y lo voy a respetar, y es válido mencionar que se dejará en situación de vulnerabilidad y sin representación de uno de los dos distritos federales indígenas que hay en el estado de Hidalgo, que para su mala suerte también fueron marginados de la mayoría de los 25 proyectos más importantes de la nación, a pesar de los reiterados baños de pueblo que realizan los gobernantes que anuncian más de lo mismo, en donde además se atreven a decir que hablan a su nombre, pero sin ellos, que piensan por ellos, pero no quieren saber de ellos ni qué piensan.
Mi situación legal se resolverá conforme a derecho, pero eso no ocultará lo que por décadas sucede en nuestro entorno indígena por falta de los servicios básicos de agua potable...
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Compañero diputado, se ha excedido usted en un minuto. ¿Quisiera concluir?
El diputado Cipriano Charrez Pedraza: –Voy a concluir, presidente, diputado presidente–. La falta de servicios básicos, a lo que hay que agregar que por costumbre los gobernadores están embelleciendo la capital, pero nosotros, los pueblos originarios, no somos tomados en cuenta.
Diputadas y diputados, sin leernos las manos sé que muchos de ustedes votarán por línea o por consigna, otros se rasgarán las vestiduras por apresurar y hacer creer que solo se busca combatir la impunidad, aunque todos los días tengamos noticias de lamentables hechos que nadie prefiere representar.
Concluiré mi participación con dos premisas. La primera es que voy a demostrar mi inocencia por el delito que falsamente se me acusa, para volver y terminar mi encomienda de mi distrito que confía en mi persona, y con orgullo seguir dando voz al pueblo ñañú y náhuatl que la compone, y seguir con su bagaje de lucha social para reclamar lo que históricamente se nos ha negado para erradicar la pobreza, la discriminación y la corrupción en mi estado, que está en manos de un grupo político que se resiste a creer que la cuarta transformación va en serio.
Segunda. Diputadas y diputados, señores de los medios de comunicación, por congruencia una vez más, a pesar de la gran desconfianza a la Procuraduría, que todas las veces han demostrado corrupción y al gobierno del estado de Hidalgo, me pronuncio a favor de que se retire el fuero constitucional para que no haya impunidad en este país y, por ende, poder demostrar mi inocencia.
Reitero, votaré a favor de mi desafuero para ejercer mi defensa jurídica, que hasta el momento se me ha negado. Porque la Patria es primero. Muchísimas gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias, señor diputado. ¿Desea la maestra Sissi Anette Rodríguez hacer uso del derecho de réplica?
La fiscal Sissi Anette Rodríguez Fernández: Muchas gracias, señor presidente. No resulta necesario, en virtud de que el derecho de defensa se le ha otorgado dentro del procedimiento parlamentario.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: No habrá contrarréplica en consecuencia.
Se pide a los ciudadanos Anette Rodríguez Fernández, Cipriano Charrez Pedraza y Efraín Magueyal, retirarse del salón y esperar en el lugar designado, hasta que se les requiera. Se solicita a la Secretaría de Servicios Parlamentarios les acompañe.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Honorable asamblea, está a discusión el dictamen presentado por la Sección Instructora. De conformidad con el inciso a) del artículo cuarto del acuerdo, tiene la palabra la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, presidenta de la Sección Instructora, hasta por diez minutos.
Perdón, pedimos al diputado Charrez que por favor espere afuera, ya lo habíamos pedido. Diputado, ¿gustaría usted esperarnos afuera? –Pase a hacer su discurso.
La diputada Martha Patricia Ramírez Lucero: Con su venia, señor presidente. Compañeros legisladores, en mi calidad de presidente de la Sección Instructora acudo a esta máxima tribuna y me permito fundamentar el dictamen emitido por dicha Sección, relativo al procedimiento de Declaración de Procedencia en contra del diputado federal Cipriano Charrez Pedraza por la presunta comisión de los delitos de homicidio culposo, omisión de auxilio y daño en propiedad ajena.
Quiero señalar que esta Sección Instructora ha sido sumamente respetuosa de todos los términos legales, que siempre gozó de plena autonomía para hacer el estudio del asunto y para emitir sus resoluciones.
Se actuó con total apego a los marcos jurídicos y basando nuestros resolutivos única y exclusivamente en las pruebas aportadas por las partes dentro del expediente.
Mantuvimos en todo momento una independencia total para trabajar, sin estar sujetos a presiones políticas ni mediáticas, manteniendo siempre y en cada momento una actitud de total imparcialidad, cuidando, desde luego, términos y formalidades en cada etapa del procedimiento y también los derechos de la persona presuntamente responsable de la comisión de los delitos de referencia.
Igualmente, se le dio el trato pertinente a su equipo de abogados, otorgándole las garantías que la ley estipula para su defensa.
Después de un laborioso estudio se desprendieron datos suficientes para estimar que el servidor público, diputado Cipriano Charrez Pedraza, estuvo en el lugar del accidente, a bordo de un vehículo que se impactó con otro, mismo que se incendió, perdió la vida un ciudadano de 21 años de edad. El diputado se retiró del lugar de los hechos, enseguida de que estos ocurrieron, abandonó pues el lugar y existen testimoniales que lo señalan como conductor del vehículo que causó el siniestro.
Se observa también su presencia en los videos que forman parte del expediente. Se estipula pues, se advierte su probable responsabilidad. Sin embargo, corresponderá a la autoridad judicial determinar, en este caso, si existe o no esa responsabilidad.
Ciertamente, se acredita, sin lugar a dudas, la existencia de los delitos de homicidio culposo, omisión de auxilio y daño en propiedad ajena. Y solo se hace probable, de acuerdo al expediente, la responsabilidad del diputado.
El elemento más álgido para determinar, en este caso, consistió en la existencia del fuero constitucional, dado que el diputado Charrez se encontraba gozando de una licencia temporal, por lo que el punto era dilucidar en qué consistía dicho fuero.
A efecto de ahondar en este punto, es necesario entender que la naturaleza del fuero, la inmunidad que se confiere a los servidores públicos rige para salvaguardarlo de posibles obstrucciones o represalias políticas, o bien, acusaciones temerarias que le impidan seguir desempeñando el cargo respectivo, pero nunca se otorga a ese sujeto como persona común.
La Constitución considera responsables de toda clase de delitos y faltas a los funcionarios públicos, incluyéndolos así en el principio de igualdad ante la ley. Sin embargo, se otorga esta inmunidad para proteger la función pública, no al sujeto.
En ese sentido, existen dos corrientes en nuestra doctrina y nuestra jurisprudencia, que estuvimos estudiando a partir de los elementos que hay desde el año de 1945.
La primera de estas corrientes sostiene que si el funcionario público, por cualquier motivo, incluida la licencia deja de ejercer el cargo, no goza de fuero constitucional y por ende sería improcedente este procedimiento.
La otra corriente, que es aquella por la cual nos inclinamos, sostiene que la licencia es un acto voluntario del servidor público que le permite separarse de su cargo por algún tiempo. Sin embargo, esta licencia no lo priva de su calidad de servidor público. El fuero no es algo que dependa de nosotros, va implícito en el cargo.
Entonces, por virtud de la licencia, el fuero no puede ser anulado o modificado. Por lo tanto, subsisten sus prerrogativas. En cambio, la separación del cargo, que es algo diferente, es un concepto más restrictivo, ya que implica el acto por el cual un órgano por un motivo que encuentra justificado arroja de su seno a uno de sus integrantes, para que este responda ante la ley de sus actos.
Dicho lo anterior, se está en condiciones de fundar que, de acuerdo con el material probatorio, esta Sección Instructora advierte o advirtió la probable responsabilidad del diputado federal Cipriano Charrez Pedraza, dictaminado ya en los puntos resolutivos leídos por la secretaria de esta Mesa Directiva.
Cabe reiterar que la diligencia jurisdiccional confiada a este órgano se ajusta en la revisión del cumplimiento de los requisitos para la declaratoria de procedencia correspondientes, cuyo fin está encauzado a evitar que el fuero sea usado para otros fines, donde tengamos ciudadanos que afronten su responsabilidad, sin recurrir a vulnerar las instituciones, que deben estar solo al servicio del ciudadano y no para servirse de ellas.
Reitero, esta Sección solo determina si ha lugar o no a esta declaración. No juzgamos, simplemente se demuestra que existen elementos suficientes para hacer probable la responsabilidad del diputado, y ponemos a consideración de ustedes si ha lugar o no a esa responsabilidad.
Seamos claros, no estamos prejuzgando absolutamente nada. Se le está dando la oportunidad al diputado de que vaya y se defienda. Inclusive en la condición en la que está en este momento ni siquiera puede ir a firmar un convenio con la parte ofendida.
Agradezco el voto de confianza que esta legislatura nos confió a los integrantes de la Sección Instructora. Puesto que va con nuestra responsabilidad de esta coyuntura, se nos permitió dar cumplimiento a todas las promesas de este nuevo gobierno, gobierno encaminado a cambiar todas las injusticias históricas que han venido existiendo en nuestro país.
Agradezco a los diputados integrantes de la Sección Instructora: diputado Raúl Gracia Guzmán, al diputado Juan Carlos Villarreal Salazar y al diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, por su trabajo y esfuerzo encaminados en pro de este dictamen.
Hoy, compañeros, los ciudadanos se darán cuenta que esta legislatura ha comprendido y hecho suyas las diversas peticiones de justicia. Y ese reclamo de igualdad se ve hecho acción con la aprobación de este dictamen.
Hoy estamos llamados a colocarnos del lado de la verdad y no del poder; de la ley y no de la impunidad; de la justicia y no del compadrazgo, de la esperanza y no de la indolencia. Recordemos, compañeros, este es un momento histórico para nuestro país, al margen de la ley, nada. Por encima de la ley, nadie. Es cuanto. Gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias, compañera.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, el diputado Antonio Ortega Martínez, del PRD.
El diputado Antonio Ortega Martínez: Gracias, presidente. Diputadas, diputados. Esta Legislatura tiene acumuladas alrededor de 30 solicitudes de juicios políticos. El recuento de las últimas tres legislaturas arroja 264 solicitudes de juicio político, muchas suspendidas por interés, por intereses de todo tipo, el propio Charrez, el diputado Charrez acaba de denunciar que detrás de la solicitud del procurador de justicia hay el interés político contra un diputado de Morena.
No deberíamos dramatizar y convertir esta sesión en algo histórico, en algo excepcional, que genere bonos políticos para la mayoría, porque me parece que hay cierta intención y voy a decir por qué.
La ventaja de la sesión es que sienta un hecho, todos somos iguales ante la ley. Los órganos jurisdiccionales de la Legislatura de la Cámara y de la procuraduría han armado sus carpetas de investigación y plantean que hay evidencias, señales importantes de que se cometió un delito y por lo tanto habría que quitarle al diputado Charrez la protección del fuero.
Ya en pocas semanas se terminarán los juicios de procedencia porque nadie, ni el presidente, ni los diputados, ni los senadores, y vamos a incorporar a los gobernadores, pueden tener fuero para evitar responder ante la ley.
No prejuzguemos, como dice la diputada, miembro de la comisión Instructora, será la jurisdicción de la Procuraduría de Justicia del estado –en su carpeta de investigación cuando se lo entregue al juez respectivo– la que determinará si finalmente procede o no el inicio del juicio, pero hay evidencias de que sí hay responsabilidad.
No me voy a referir más a ese tema sino a otro de carácter político. Señores, señoras, todos sabemos que los diputados, los senadores, la clase política gobernante, es una de las peores calificadas por la sociedad. Sólo le ganamos a las policías. Los diputados prácticamente en el ranking están al final en el deterioro de su imagen, de su prestigio y de su confianza.
El diputado Charrez cometió un rosario de decisiones equivocadas que han abonado al deterioro y al desprestigio de la clase política de los diputados, y particularmente de los que formamos parte de esta Legislatura.
El diputado Charrez, en un accidente en el que todos podemos vernos involucrados, quiso evitar su responsabilidad y el cumplimiento de la ley. Se tapó la cara, huyó del lugar del accidente, dijo que era su ayudante el que manejaba pretendiendo evitar con esa acción la obligación de que la ley actuara.
Pero colmó ese acto de irresponsabilidad buscando, con la intervención de las autoridades municipales, convencer a la familia de que el perdón le podía resolver el enigma y cuantificaron –la pérdida del vehículo– una cantidad de dinero que después no cumplieron, y finalmente la procuraduría ha insistido y está pactado el Juicio de Procedencia y todos vamos a votar a favor.
Lo grave del diputado Charrez es que el delito es menor, no es doloso, es culposo. Le darán libertad caucional y regresará a la Cámara, ¿pero quién sentenciará el comportamiento poco ético, poco moral de haber huido y haber dejado al chofer del taxi inconsciente o imposibilitado de salir, que se incendiaria el vehículo, y muriera.
Quién sentenciará a la acción de acercar a la familia, convencerla, presionarla, en fin, y después no cumplirle.
Es ese comportamiento ético el condenable del diputado Charrez. Un accidente de tráfico, compañeros, todos lo podemos tener, todos. Lo que es imperdonable es el comportamiento de Charrez. Y va a regresar...
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Diputado ya excedió su tiempo.
El diputado Antonio Ortega Martínez: –Termino, diputado–. Y va a regresar a la Cámara en siete meses o en ocho meses, pero el comportamiento poco ético e inmoral, lo cargará él y lo cargará la mayoría. Gracias, presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Villarreal Salazar, de Movimiento Ciudadano.
El diputado Juan Carlos Villarreal Salazar: Con su venia, señor presidente. Legisladoras y legisladores, el proceso de desafuero tiene como su origen en el juicio de residencia de Carlos III, las sesiones de las cortes en la Constitución de Cádiz, el decreto de la asamblea extraordinaria de 1822, llevado a la Constitución de 1824, su inclusión en el constituyente de 1857 y reproducido en la Carta Magna de 1917, o en la última gran reforma en 1982.
En todos los casos para que existiera un control constitucional, por medio del cual se le otorga al gobernante la inmunidad procesal para que este no pudiera ser reconvenido por el poder superior en turno por su libre manifestación de ideas ni por su actuar político o legislativo, así como evitar los abusos del presidencialismo plenipotenciario de la política mexicana.
Pero nunca fue el espíritu del fuero permitir que bajo esta figura se protegiera la libre comisión de ilícitos contra la sociedad sin poder sancionado y vivir en la impunidad.
Por este motivo, el precepto constitucional mismo incluyó un procedimiento mediante el cual esta soberanía puede, a través de una ponderación política a cargo de un órgano político como lo somos nosotros, que es accionada por un antecedente penal, determinar –sin prejuzgar la responsabilidad del servidor público– si este puede ser sujeto en ese tiempo por las razones indiciarias que se hubiesen analizado, a ser separado de su cargo y retirada la inmunidad procesal para que enfrente cargos ante una autoridad judicial y sea esta quien finalmente decida sobre su responsabilidad penal.
Este procedimiento que se lleva a cabo mediante la instauración de una Sección Instructora de análisis y dictamen, que determina si ha lugar o no a proceder para sea retirada la inmunidad procesal, es el caso que nos ocupa el día de hoy.
Hoy no prejuzgamos la responsabilidad final del compañero legislador, solo analizamos de manera indiciaria que existen elementos de modo, tiempo y lugar para que se proceda a permitir que sea la autoridad competente la que juzgue y determine la responsabilidad en los hechos imputados, y asimismo se tenga la garantía del debido proceso y del derecho pleno de la audiencia y la defensa.
Por otro lado, en este momento coyuntural es pertinente decir que las prerrogativas inherentes al cargo de legislador, como lo es la inmunidad procesal, son prerrogativas irrenunciables, y no pueden estar libre, al libre arbitrio del titular ni de cualquier otra autoridad, sino que, por el contrario, estas son tuteladas por el control constitucional y son potestad de esta soberanía en pleno.
Nuestra fracción parlamentaria considera que es muy importante que en este coyuntura de manera muy responsable debemos mencionar una vez más que es necesario revisar el marco constitucional del fuero en México, actualizarlo a las circunstancias actuales de nuestro país, y atender el reclamo de las y los ciudadanos, que no haya fuero para ningún funcionario de ningún nivel, que se garantice que aquél que cometa un hecho ilícito sea sujeto a una proceso sin un control político que lo decida o lo pueda proteger y asimismo, generar los contrapesos constitucionales para evitar cualquier abuso en el libre ejercicio de la actividad política de la manifestación de las ideas.
Como parte de la Sección Instructora reconozco la objetividad y seriedad de los trabajos realizados, ya que el procedimiento llevado a cabo requirió acuciar de la responsabilidad histórica que tenemos en esta legislatura y el compromiso que devengamos de los ciudadanos ante la nueva composición política del país.
Por lo tanto, nuestra fracción parlamentaria avalará el presente dictamen sin prejuzgar la responsabilidad final del legislador, porque reiteramos que lo que requiere este país es un país sin desigualdades, es un país sin impunidad, sin ventajas para nadie, con oportunidades para todos, pero sobre todo que este precepto que voy a decir sea efectivo en los hechos y no solamente en el discurso político-electoral: Al margen de la ley nada, y por encima de la ley nadie. Es cuanto, señor presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias, señor diputado.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra la diputada María Roselia Jiménez, del Partido del Trabajo.
La diputada María Roselia Jiménez Pérez: Con su permiso, señor presidente. Ixuke winike´sa´n da petsanalex. Diputados y diputadas, muy buenos días.
A nombre de las diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, PT, acudo a esta tribuna para hablar en este Jurado de Procedencia en el que abordaremos el dictamen emitido por la Sección Instructora, en el expediente 012018, en relación al procedimiento de declaración de procedencia en contra del diputado Cipriano Charrez Pedraza, diputado con licencia a esta legislatura.
Como es del conocimiento público, el diputado con licencia, se dice que se vio involucrado en un accidente automovilístico en el que perdió la vida un ciudadano. Dicho accidente ocurrió la madrugada del 6 de octubre del año pasado.
Desde que se conoció este suceso, los diputados integrantes del Partido del Trabajo propusimos que el legislador se separara de su cargo para enfrentar el inicio de la indagatoria, y en su caso el proceso penal.
Quienes integramos el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo estamos convencidos de que la ciudadanía está harta de que al amparo del fuero se mantenga la impunidad. A partir del principio jurídico que establece la igualdad ante la ley, estamos convencidos que no debe existir ningún mecanismo de protección que se traduzca en retardar o impedir la acción de la justicia.
En esta cuarta transformación debemos ser congruentes siempre, siempre, siempre con los compromisos asumidos en campaña, y hoy que somos gobierno predicar con el ejemplo.
En el Partido del Trabajo no prejuzgamos sobre la inocencia y responsabilidad del diputado Charrez. Hemos promovido las reformas constitucionales para la eliminación del fuero, mismas que aún están en proceso de perfeccionarse por el Constituyente Permanente. Sin embargo, en el supuesto de que ya estuvieran aprobadas, no podrían ser aplicadas al diputado Charrez, por la prohibición prevista en el artículo 14 constitucional, que prohíbe la aplicación retroactiva de la ley en perjuicio de las personas.
La causa de la imputación es la probable comisión del delito de homicidio culposo. En términos del procedimiento fijado en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el órgano de procuración de justicia en el estado de Hidalgo solicitó a esta soberanía el inicio del procedimiento de declaración de procedencia al ahora imputado, con el propósito de ponerlo a la disposición del órgano penal correspondiente de dicha entidad federativa.
Las compañeras y compañeros diputados que integran la Sección Instructora procedieron a realizar las actuaciones previstas en la ley de la materia y determinaron que existen los elementos de convicción suficientes que ameritan el retiro de la protección constitucional, a efecto de que no haya impedimento para el inicio del proceso penal.
Congruentes con estos principios de ética política y sin prejuzgar sobre la inocencia o culpabilidad, en el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo votaremos a favor del dictamen que se nos presenta, porque estamos convencidos de reivindicar la honestidad en la función pública.
A diferencia de como ocurrió en otros gobiernos, en donde el procedimiento de declaración de procedencia se realizaba por una clara carga mediática y de venganza entre grupos políticos, en esta ocasión solo se valoró estrictamente el contenido de la carpeta de investigación iniciada en la Fiscalía de Justicia del Estado de Hidalgo, y lo que las partes aportaron ante la Sección Instructora.
Lamentamos que en el accidente, materia del inicio de este procedimiento, se haya perdido una vida, desafortunadamente eso no lo podemos reparar, pero lo que sí podemos hacer es enviar una señal clara y contundente a la sociedad mexicana, de que en esta soberanía no se protege ni se protegerá a nadie como en los anteriores gobiernos y que la impunidad no tiene cabida en esta cuarta transformación, que quien infringe la ley por acción u omisión estará obligado a enfrentar las consecuencias de su conducta.
Grupo Parlamentario del PT, ts’akatalex ja petsanalex. Muchas gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Saldivar, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
El diputado Francisco Javier Saldivar Camacho: Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros y legisladores, el día de hoy nos toca erigirnos como Jurado de Procedencia, con el fin de establecer si ha lugar o no proceder en contra del inculpado. Es decir, contra el diputado con licencia, el ciudadano Cipriano Charrez.
La declaración de procedencia, mejor conocida como desafuero, tiene el objeto de eliminar la inmunidad procesal con la que cuentan ciertos servidores públicos, con la finalidad de que el probable responsable pueda ser sometido al proceso penal correspondiente en la jurisdicción respectiva.
Como ya es de su conocimiento, la Sección Instructora nos presenta el dictamen correspondiente, en el que establece que sí ha lugar a proceder en contra del imputado.
De igual forma, ya hemos escuchado de manera muy atenta lo que a derecho convino de ambas partes, tanto a la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo, como denunciante, así como a la parte denunciada y a las réplicas de cada uno de ellos.
Ahora, como Jurado de Procedencia nos corresponde discutir el presente dictamen, debiendo actuar de manera objetiva e imparcial, dejando a un lado nuestras ideas particulares o partidistas, debiendo de hacer un juicio interno cada uno de nosotros, apegado a dichos principios para tomar una decisión.
No quiero dejar de mencionar que la declaración de procedencia no prejuzga la culpabilidad del servidor público, sino que solo se limita a establecer la probable existencia de un delito y con ello, la probable responsabilidad del inculpado. Eliminando la barrera procesal con la que se cuenta para que un juez del Poder Judicial sea quien decida la culpabilidad de la persona.
El artículo 111 de nuestra Carta Magna es muy claro al establecer que el desafuero no prejuzga los fundamentos de la imputación. En caso de que votemos a favor, por la mayoría absoluta, como se establece en la Constitución, el dictamen que nos presenta la Sección Instructora tendrá el efecto de la separación del cargo como diputado federal, en tanto esté sujeto a proceso penal.
Ahora bien, quisiera utilizar esta máxima tribuna para establecer ciertas ideas y nuestra postura frente a la figura del fuero o inmunidad procesal.
El fuero con el que contamos ciertos servidores públicos se ha utilizado de manera tal que ha perdido su esencia, siendo un mecanismo para evitar la justicia y poder actuar de manera impune.
En Encuentro Social hemos sido fervientes abanderados de la eliminación del fuero o inmunidad procesal, pues todos debemos ser iguales ante la justicia. Nadie debe estar por encima de la ley.
A principios de la LXIV Legislatura aprobamos una reforma constitucional por la que se elimina el fuero, correspondiéndole al Senado como Cámara revisora, aprobarla para que este privilegio sea por fin erradicado, cumpliendo con una exigencia ciudadana de hace ya varios años.
El Grupo Parlamentario de Encuentro Social estamos comprometidos a que esta figura sea eliminada. No puede existir ningún privilegio para desempeñar cargos públicos, todos y todas debemos ser iguales ante la ley.
Por un México en donde no existan privilegios para los servidores públicos para huir y obstaculizar a la justicia, esto lo podemos hacer posible nosotros.
Por favor, hay muchos, muchos aquí que también deberían estar ahí. Y hay muchos en cada uno de los partidos que también los tenemos que presentar. Hagamos justicia. Gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias, compañeros.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra el diputado Raúl García Guzmán, del Partido Acción Nacional. Gracia, perdón.
El diputado Raúl Gracia Guzmán: Con el permiso de la Presidencia. Hoy nos instalamos como Jurado de Procedencia. Algunos dirían que, para evitar la impunidad, pero realmente lo que estamos haciendo y no lo reconocemos en la demagogia que el populismo ha establecido es que estamos realizando un ejercicio democrático del sistema de pesos y contrapesos.
El fuero tiene una razón de ser: proteger al Poder Legislativo. No a sus integrantes sino al Poder, en su conjunto, de la acción unilateral y arbitraria con el control de la impartición de justicia por parte del Poder Ejecutivo. Y es por eso que existe y debe existir en un país democrático esta figura.
Hoy, en el caso que nos atiende tenemos que... se demuestra que este Congreso tiene la capacidad y la responsabilidad para poder hacer ejercicio responsable del mismo. Hoy podemos decir que estamos fortaleciendo a la democracia mexicana.
¿Cómo? Haciendo buen uso del fuero, no eliminando una figura que históricamente siempre ha sido necesaria e indispensable. Hoy, en el caso en estudio, tenemos que se reúnen los requisitos para declarar que ha lugar a proceder penalmente contra un legislador.
Lamentablemente, se ha comprobado fehacientemente que se cometió un delito. Hay un homicidio culposo y hay un abandono de la escena por parte de los probables responsables, probable responsabilidad que está fehacientemente acreditada por la Procuraduría del estado de Hidalgo.
Hoy no se ve que sea una decisión unilateral de la impartición de justicia de ese estado en una lucha política. No, no prejuzgamos sobre si existe o no existe esta rivalidad política entre el legislador y el gobernador, que es lo que se menciona. Pero vemos que no es esta la razón por la que se procede penalmente.
Por eso, pedimos el voto a favor y por eso pedimos que, más que destruir una figura histórica podamos tener la capacidad, la altura de miras, no la demagogia, para permitir transitar esta figura a un futuro democrático donde podamos actuar responsablemente en un sistema de pesos y contrapesos de forma sistemática.
Ojalá y en esta Legislatura nunca tenga que volver a pasar un desafuero contra un compañero, pero si lo hay, que tengamos esa capacidad para hacer uso de este sistema y de ser plenamente democráticos. Muchas gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra el diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, de Morena.
El diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano: Señor presidente, diputado Porfirio Muñoz Ledo; compañeras y compañeros de la Mesa Directiva, compañeras diputadas y diputados; auditorio del Canal del Congreso. Buen día para todos.
Hasta hoy hemos concurrido en una práctica común de evitar juicios políticos o de procedencia en contra de legisladores, altos funcionarios y gobernadores. Por mucho tiempo, aunque los servidores públicos incurriesen en alguna responsabilidad o acto de ilegalidad, no se les presentaba ante tribunal alguno.
La inmunidad que otorga la Constitución garantiza la libertad de expresión y actuación de los legisladores, además de que permite la concurrencia para formar el quórum del parlamento por lo que también es una garantía de funcionamiento del Congreso.
Hoy nos ocupa abordar la inmunidad procesal de un legislador y corresponde a la mayoría absoluta de los miembros presentes de esta Cámara hacer la Declaración de Procedencia que, en su caso, corresponda.
Si la decisión que se adopte en esta soberanía ha lugar a proceder contra el inculpado, este será separado de su encargo en tanto esté sujeto a proceso penal. Si el imputado es absuelto, procederá que reasuma su función legislativa.
Ahora, estamos constituidos en Jurado de Procedencia para resolver sobre la solicitud de declaración de procedencia que solicita la Procuraduría General de Justicia del estado de Hidalgo en contra del ciudadano diputado Cipriano Charrez Pedraza.
Bajo los anteriores antecedentes se expresa lo siguiente. En este procedimiento se busca garantizar el funcionamiento y la libertad parlamentaria del legislador que nos ocupa y ante todo que no haya venganza política alguna. Se ha cumplido con el debido proceso, ya que la Sección Instructora se instaló en tiempo y forma, agotó el procedimiento desahogando pruebas y alegatos de ambas partes, para finalmente entregar el dictamen a la Mesa Directiva.
Asimismo, se cumplió con oportunidad con la publicación del acuerdo de la Conferencia para la Dirección de los Trabajos Legislativos, y la Mesa Directiva comunicó oportunamente tanto a las diputadas y diputados, así como a las partes que intervinieron en el proceso, respecto de que en la sesión de hoy la Cámara de Diputados se erige como Jurado de Procedencia.
No sea advierte evidencia de que exista una motivación política en el presente caso, sino el seguimiento de una indagatoria penal derivada de un delito culposo. En su caso, el indiciado podrá concurrir a las instancias de procuración y administración de justicia para hacer valer lo que a su derecho y defensa convenga.
Reiteramos que la institución del fuero se orienta a proteger el ejercicio del cargo y el funcionamiento institucional del Congreso, lo que no se pone en juego en el presente caso.
Además, en este procedimiento se respetan los derechos humanos de nuestro compañero diputado. Somos conscientes de la delicadeza del caso, pues ahora es sujeto a este procedimiento nuestro compañero integrante del Grupo Parlamentario de Morena.
Se observa que las diversas instancias que han desahogado cada etapa procesal realizaron su trabajo en forma profesional, libre de coacción o inducción sobre el sentido de sus resoluciones. Al mismo tiempo, somos vigilantes para que este procedimiento no se desahogue bajo motivos de persecución política ni se prejuzgue de modo alguno sobre la responsabilidad del compañero implicado.
Vamos a ser vigilantes de la actuación que realice la Procuraduría de Justicia del estado de Hidalgo, observaremos que se respete el Estado de derecho. Ratificamos nuestra confianza en las instituciones de procuración y administración de justicia, por lo que recalcamos que este procedimiento no prejuzga ni determina culpabilidad ni responsabilidad alguna.
Estamos a favor de la justicia. En esta nueva etapa nos apegamos a la Constitución y al régimen de responsabilidades de los servidores públicos. Repito, no estamos prejuzgando sobre hechos que no corresponden a esta Cámara.
Valoramos la decisión del compañero diputado Cipriano Charrez Pedraza al votar a favor de que le sea retirado el fuero constitucional.
Únicamente cumplimos con nuestra responsabilidad como legisladores de posibilitar, si así lo acuerda esta soberanía, que un miembro de esta legislatura acuda ante las autoridades que lo requieren. Con ello damos muestra de institucionalidad y de respeto a la ley. Muchas gracias.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias, compañero.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Agotada la lista de oradores, pido a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para consultar si el dictamen se considera suficientemente discutido, no se hace a mano alzada, sino nominal por la naturaleza jurisdiccional de este proceso.
La secretaria diputada Ma. Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para consultar si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.
(Votación)
La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: ¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? Sin son tan amables quedan tres segundos. ¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto?
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Ciérrese el sistema.
La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor presidente, se emitieron 392 en pro, 7 en contra y 33 abstenciones.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se considera suficientemente discutido por una votación de 392 legisladores.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Abra la Secretaría de nuevo, el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación del dictamen.
La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación del dictamen.
(Votación)
La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: ¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? Si son tan amables, por favor quienes falten. ¿Algún diputado o diputada que falte de emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico de votación. Diputado presidente, se emitieron 347 en pro, 36 en contra y 53 abstenciones.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Aprobado por 347 votos.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 74, fracción V y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara:
Primero. Ha lugar a proceder en contra del ciudadano Cipriano Charrez Pedraza.
Segundo. En consecuencia, queda separado de su encargo como diputado federal de la LXIV Legislatura y queda a disposición de las autoridades competentes.
Tercero. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, comuníquese la presente declaración al Poder Ejecutivo federal para su conocimiento y efectos legales, así como para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cuarto. Notifíquese esta resolución a la Procuraduría General de Justicia del estado de Hidalgo, así como al ciudadano Cipriano Charrez Pedraza.
Comuníquese a los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Intégrese el expediente y remítase al archivo de la Cámara de Diputados.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Pido a la Secretaría dar lectura al acta de esta sesión.
La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Acta de la sesión de Jurado de Procedencia. 24 de abril de 2019. Presidencia del diputado Porfirio Muñoz Ledo.
En el Palacio Legislativo de San Lázaro, en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, con un registro de 375 diputadas y diputados, a las 10 horas con 30 minutos del miércoles 24 de abril de 2019, la Presidencia declara abierta la sesión de Jurado de Procedencia.
La Presidencia instruye a la secretaria dar lectura al orden del día. Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a los documentos de notificación personal relativos a la cita para esta sesión, tanto al solicitante procurador general de Justicia del estado de Hidalgo, licenciado Raúl Arroyo González, así como al imputado ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión y sus abogados defensores.
Puestos todos de pie, la Presidencia declara: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por los artículos 74, fracción V; 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 27 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se rige hoy miércoles 244 de abril de 2019, en Jurado de Procedencia para conocer y resolver sobre el dictamen emitido por la Sección Instructora, relativo al procedimiento de declaración de procedencia que solicita el licenciado Raúl Arroyo González, procurador general de Justicia del estado de Hidalgo en contra del ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión.
La Presidencia informa a la asamblea que se encuentra en el salón de sesiones la subprocuradora de Procedimientos Penales Región Poniente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, habilitada por el procurador de dicha entidad, maestra Sissi Anette Rodríguez Fernández; el ciudadano Cipriano Charrez Pedraza, diputado federal a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados; la maestra Gabriela Martínez Lagarde, directora general del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Hidalgo, y el licenciado Efraín Magueyal Baxcajay.
Asimismo, informa al diputado Cipriano Charrez Pedraza que al momento que fue practicada la notificación personal se observó que no contaba con un defensor particular y para garantizar su derecho de defensa adecuada fue citada para estar presente en esta sesión la maestra Gabriela Martínez Lagarde, directora general del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Hidalgo, la cual se encuentra presente, y le pregunta si deseaba ser asistido y representado por la misma, a lo cual el diputado Charrez respondió que ya ha designado a un defensor particular.
Acto seguido se dio cuenta que se recibió escrito con firma autógrafa del diputado Charrez, por el que designa al licenciado Efraín Magueyal Baxcajay como defensor particular, y el diputado Charrez ratificó dicho nombramiento.
En consecuencia de lo anterior, la Presidencia invita al ciudadano licenciado Efraín Magueyal Baxcajay a ponerse de pie para tomar la protesta de abogado defensor e invita a la maestra defensora pública a retirarse del salón de sesiones y agradece su asistencia.
En términos del artículo 34 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y del artículo segundo del acuerdo parlamentario que rige la actuación de la Cámara de Diputados como Jurado de Procedencia, la Presidencia informa que no se presentó incidente alguno de recusación por parte del imputado ni de su defensa, tampoco excusa por parte de las diputadas y de los diputados que integran el Jurado de Procedencia.
De igual manera, informa a la asamblea que el dictamen de la Sección Instructora se encuentra publicado y disponible en los monitores de las curules y con anterioridad se corrió traslado a las partes procesales presentes e instruye a la Secretaría dar lectura a los resolutivos del mismo, lo cual se atiende.
En términos de los artículos 20 y 27 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos se abre la fase de alegatos, réplicas y contrarréplicas de las partes y conforme a lo establecido por el artículo 31, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las intervenciones de quienes deben participar en el desahogo de la declaración de procedencia, se harán desde la tribuna de este salón de sesiones.
Se le concede el uso de la tribuna a la maestra Sissi Anette Rodríguez Fernández, subprocuradora de Procedimientos Penales, Región Poniente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, solicitante de la declaración de procedencia, al licenciado Efraín Magueyal Baxcajay y al ciudadano Cipriano Charrez Pedraza.
La Presidencia solicita a los ciudadanos Sissi Anette Rodríguez Fernández, Cipriano Charrez Pedraza y Efraín Magueyal Baxcajay retirarse del salón y esperar en el lugar designado hasta que se les requiera e instruye al personal de la Secretaría de Servicios Parlamentarios les acompañe en su salida del salón de sesiones.
Se somete a discusión el dictamen presentado por la Sección Instructora y de conformidad con el inciso a) del artículo 4o. del acuerdo, se concede el uso de la palabra a la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, presidenta de la Sección Instructora.
En cumplimiento del inciso b) del acuerdo, para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios, intervienen las diputadas y los diputados Antonio Ortega Martínez, del Partido de la Revolución Democrática; Juan Carlos Villarreal Salazar, de Movimiento Ciudadano; María Roselia Jiménez Pérez, del Partido del Trabajo; Francisco Javier Saldivar Camacho, de Encuentro Social; Raúl Gracia Guzmán, del Partido Acción Nacional, y Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, de Morena.
Agotada la lista de oradores, se instruye abrir el sistema electrónico para consultar si se considera suficientemente discutido el dictamen y con un registro de 392 votos a favor, 7 en contra y 33 abstenciones se considera suficientemente discutido.
En votación nominal, por 347 votos a favor, 36 en contra y 53 abstenciones, se aprueba el dictamen.
La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 74, fracción V y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos declara:
Primero. Ha lugar de proceder en contra del ciudadano Cipriano Charrez Pedraza.
Segundo. En consecuencia, queda separado de su cargo como diputado federal de la LXIV Legislatura y queda a disposición de las autoridades competentes.
Tercero. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, comuníquese la presente declaración al Poder Ejecutivo federal, para su conocimiento y efectos legales, así como para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cuarto. Notifíquese esta resolución a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, así como al ciudadano Cipriano Charrez Pedraza.
Comuníquese a los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar e integrarse el expediente, y remítase al archivo de la Cámara de Diputados.
Es cuanto, diputado presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias. Consulte la Secretaría, en votación económica, si es de aprobarse el acta.
La diputada secretaria María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta si es de aprobarse el acta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor (votación). Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo, por favor (votación). Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Aprobada el acta. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo (12:26 horas): Se levanta la sesión y se pide a las y los diputados permanecer en sus lugares para dar inicio a la sesión ordinaria.
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