Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LIX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del jueves 1 de diciembre de 2005

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de ciudadanos diputados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 258 diputadas y diputados, por lo tanto hay quórum.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se abre la sesión ( 11: 24 horas)

Consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor. Votación

Gracias. Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa. Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se dispensa la lectura.

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Se ruega a la Secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Gracias. Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se dispensa la lectura. Proceda la Secretaría a someter a discusión el acta

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el acta.

No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobada el acta.

El siguiente punto del orden del día sería someter a la consideración de la asamblea los puntos de acuerdo en relación a distintas licencias. En virtud de que no hemos recibido los documentos, vamos a pasar al capítulo de proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno y en especial de la Junta de Coordinación Política.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se integra la Comisión Especial para dar seguimiento de los fondos de los trabajadores mexicanos braceros de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

En votación económica se pregunta a la asamblea si son de aprobarse.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor. Votación

Gracias. Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa. Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese. Continué la Secretaría.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Junta de Coordinación Política. Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para exhortar a las Legislaturas de los estados con zonas costeras de la República Mexicana, para aprobar mayores recursos a los programas pesqueros.

En votación económica, se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Gracias. Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese. Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Acuerdo de la junta de Coordinación Política, para exhortar al Gobierno del Distrito Federal para retirar propaganda política del equipamiento urbano y en vías primarias de la Ciudad de México.

En votación económica, se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Gracias. Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el cual se reconoce al licenciado José Angel Gurría Treviño, por designación como Secretario General de la OCDE.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra, para apoyar este punto de acuerdo, el señor diputado Francisco Javier Alvarado Villazón, del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Francisco Javier Alvarado Villazón: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores:

La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, es una organización internacional intergubernamental que reúne a los países más industrializados de economía de mercado, que buscan armonizar políticas con el objetivo de maximizar su crecimiento económico y coadyuvar a su desarrollo y al de los países no miembros.

Sus inicios se remontan a 2948 con la Organización para la Cooperación Económica Europea, que tuvo el objetivo de administrar el Plan "Marshal" para su reconstrucción.

En 1960, cuando el Plan Marshal había cumplido su cometido, los países miembros acordaron invitar a Estados Unidos y Canadá, en la creación de una organización que coordinara las políticas entre los países occidentales. La nueva organización recibió el nombre de Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico.

En este contexto, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista felicita al licenciado José Angel Gurría Treviño, por haber obtenido el voto de los 30 países miembros de la OCDE, para ocupar el cargo de secretario general de este organismo.

Como todos sabemos, el licenciado José Angel Gurría, recibió pleno apoyo de una clara mayoría de los países miembros y tuvo con esto una sensible ventaja frente al ex premier ministro Marek Belka (?).

Esta designación debe ser recibida por todos nosotros con mucha satisfacción y orgullo. Con esa elección se demuestra el reconocimiento pleno a la capacidad y visión estratégica de un mexicano.

El consenso respecto a esta designación es absoluto. Por lo que el gobierno de México se congratula de que al concluir en París la tercera etapa de consultas para seleccionar al nuevo secretario general de la OCDE, el candidato mexicano José Angel Gurría Treviño, haya recibido el apoyo de la mayoría de los países miembros. Esto para nosotros como legisladores es verdaderamente importante y trascendente ya que tener mexicanos en posiciones estratégicas, permitirá desarrollar al país e impulsar importantes temas de interés para todos nosotros.

El licenciado Gurría Treviño, nació el 8 de mayo de 1950 en Tampico, México. Es economista de profesión egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México y cuenta con una larga y destacada carrera al servicio público.

El licenciado Gurría actualmente es asesor y consejero de numerosas empresas privadas, instituciones multilaterales y organizaciones no lucrativas orientadas a las finanzas internacionales y el desarrollo.

El licenciado Gurría fue el primer Secretario de Hacienda y Crédito Público que diseñó e implementó un mecanismo para proteger la economía de presiones especulativas e impactos negativos externos.

Al final de su gestión la economía mexicana era estable y creció a una tasa anual del 6.7%, condiciones que se mantuvieron durante la transición presidencial.

Al frente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se dedicó a analizar cuestiones de una perspectiva global e impulsó el diálogo franco entre los actores y promovió la búsqueda de consensos; fortaleció las relaciones con Norteamérica y con América Latina al tiempo que construyó vínculos con Europa y Asia. Negoció el acuerdo de asociación con la Unión Europea, lo que sentó las bases para alcanzar acuerdos más amplios posteriormente. Promovió relaciones más estrechas con Asia, tanto de forma bilateral como a través de la consolidación de la participación de México en la APEC.

Durante el tiempo que se desempeñó como Secretario de Relaciones Exteriores, su experiencia en temas como el desarrollo y la deuda externa, fue útil para abogar por la cooperación más efectiva entre países en desarrollo y por la condonación de la deuda a aquellos países más pobres.

Por la destacada trayectoria del licenciado Gurría Treviño y por su reciente nombramiento como nuevo secretario general de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, los legisladores que integramos la fracción del Partido Verde Ecologista de México, nos congratulamos y lo exhortamos para que en vísperas de su nueva función ponga muy en alto el nombre de México y de los mexicanos. Que nosotros por nuestra parte nos sentimos orgullosos de que un compatriota tan connotado, demuestre al mundo entero nuestra capacidad como nación.

Por su atención muchas gracias. Es cuanto diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias.

Vamos a someter el punto de acuerdo a la consideración de la asamblea.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Votación

Mayoría por la afirmativa diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese.

Continúe la secretaría el otro punto de acuerdo.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Acuerdo de la Junta de Coordinación Política que exhorta a las autoridades competentes para que investiguen los supuestos desvíos de ayuda de los habitantes de Tijuana a los damnificados por el huracán Stan en Chiapas.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra el señor diputado Renato Sandoval Franco, del Partido Acción Nacional, en pro.

El diputado Renato Sandoval Franco: Con su permiso señor presidente:

En semanas recientes los estados de Chiapas, Quintana Roo, Yucatán y Veracruz, fueron víctimas de lamentables pérdidas humanas y cuantiosos daños materiales por el impacto de los huracanes Stan y Wilma.

Estos desastres naturales pusieron de nuevo en evidencia el templo y fortaleza de la población afectada, la capacidad de respuesta de las instituciones y la generosa solidaridad de los mexicanos.

Desde el primer momento, millones de mexicanos nos sumamos con genuina convicción a una causa nacional en apoyo y solidaridad a favor de nuestros hermanos en desgracia.

De todos los rincones de México llegaron muestras de aliento y ayuda. Nadie permaneció distante o indiferente ante la tragedia. La generosidad no conoció distinciones de edad, género o condición social.

Como en otros Estados, Baja California hizo causa común con nuestros hermanos del sureste. Como siempre, las mujeres y hombres de Baja California se sumaron sin reservas a estas jornadas de solidaridad.

Durante varias semanas se instalaron en Tijuana varios centros de ayuda: en la sede de Gobierno, en instituciones de asistencia, en la Cruz Roja, en organismos sociales y en centros escolares.

Toda esa ayuda fue canalizada a los centros de acopio coordinados por el ayuntamiento de Tijuana; finalmente fueron enviados a Chiapas varias toneladas de alimento y materiales para los damnificados.

Sin embargo, el pasado 23 de noviembre, los medios de comunicación denunciaron que parte de la ayuda enviada por los tijuanenses se había desviado a un organismo vinculado al Partido Revolucionario Institucional.

De acuerdo con la información oficial, las autoridades ministeriales habían incautado alrededor de 60 toneladas de ayuda que estaban en manos de la asociación denominada "Mover a México", para los damnificados de Tapachula.

Este organismo es presidido por el señor Adolfo Zamora Cruz, expresidente municipal de Tapachula y promotor de la campaña del licenciado Roberto Madrazo, candidato del PRI a la presidencia de la República.

Hay que dejar establecido que en un principio, la ayuda de los tijuanenses había sido entregada al gobierno del Estado de Chiapas y posteriormente fue desviada al organismo del PRI.

Más tarde se informó que este desvío ocurrió debido a la intervención del señor Julio César Díaz Carrera, director de Desarrollo Social Municipal del Ayuntamiento de Tijuana, encabezado por el señor Jorge Hank Rong.

En lugar de admitir la gravedad de su falta y exigir sanciones a los responsables, los funcionarios municipales trataron de minimizar los hechos y recurrieron a argumentos frívolos que ofenden a todos.

El presidente municipal, Jorge Hank, expresó que el ahora ex funcionario actuó de buena fe y cometió un error de novatos, en un fallido intento por minimizar los hechos y deslindar la responsabilidad de su administración.

Esta actitud indolente se suma a una larga cadena de hechos y actitudes, además de encabezar un gobierno caracterizado por la frivolidad y la incompetencia. La Administración ha incurrido en actos ilegales a favor de su partido.

Acción Nacional condena de manera enérgica el desvío de ayuda a los damnificados de Chiapas para utilizarla con fines político electorales a favor de la candidatura presidencial del PRI.

La generosidad de los tijuanenses se ve burlada por las actividades que realizan las autoridades que tienen que velar por la ley. Las omisiones no pueden ser justificadas como un simple error administrativo y mucho menos deben quedar impunes.

Por tal motivo, además de una disculpa pública del presidente de Tijuana, exigimos que las autoridades competentes realicen las investigaciones conducentes a fin de que los actos y las personas involucradas sean castigadas.

El Gobierno de Tijuana y el PRI, han ofendido a los tijuanenses y a los chiapanecos.

Por todo lo anteriormente expuesto, me permito presentar a la consideración de la soberanía el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO:

Único.- Exhortar a las autoridades del Estado y a las autoridades federales competentes, como la Procuraduría General de la República y al Instituto Federal Electoral, para que revisen e investiguen los actos presuntamente ilícitos y en su caso sancionar a los responsables.

Es todo. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias diputado. Pregunte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba el punto de acuerdo.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor: Votación

Gracias. Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo por favor: Votación

Gracias. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado. Comuníquese.

Continúe la Secretaría.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Oficio del Congreso del estado de Guanajuato.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Oficio del Instituto Federal Electoral.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Remítase a la Junta de Coordinación Política y al promovente, para su conocimiento.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Oficio de la Cámara de Senadores relativo al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Antonio Morales de la Peña, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El diputado Antonio Morales de la Peña: Con el premiso de la presidencia. Compañeras y compañeros diputados:

La presente iniciativa de reforma a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y el Cofipe tiene como objetivo instaurar un procedimiento administrativo previo a la presentación del juicio para la protección de los derechos políticos electorales que tienen derecho a presentar los ciudadanos ante el Tribunal Electoral Federal ante decisiones de los partidos políticos.

Dicho recurso administrativo se deberá presentar ante el Instituto Federal Electoral sin menoscabo, claro está, del derecho que tendrán para impugnar dicha resolución ante el Tribunal ya en contra de un acto de autoridad como lo es el Instituto Federal Electoral.

Como sabemos, la Constitución Política de nuestro país cataloga a nuestros partidos políticos como entidades de interés público, cuyo fin es promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, conteniendo incluso el monopolio para la postulación de candidatos.

Para la realización de estos fines, el Estado tiene la obligación de otorgar prerrogativas a los partidos, al tiempo que la ley les exige la inclusión en sus estatutos de medios efectivos y eficaces para la defensa de los derechos político-electorales de sus militantes, frente a la actuación de los órganos directivos del partido que los vulnere.

De esta forma, los ciudadanos ingresan a un partido político con el cúmulo de derechos fundamentales consignados en la Constitución y las leyes para acceder a cargos de elección públicos; sin embargo, no siempre se encuentran exentos de la violación de sus derechos al interior de un partido político.

Ante esto se estableció el sistema de medios de impugnación, el cual se integra, entre otras cosas, por el juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano y la obligación legal de los partidos políticos de crear instancias internas que deben apegarse a los mandamientos constitucionales y legales establecidos, lo que incluso es verificado por la máxima autoridad administrativa, es decir, por el propio Instituto Federal Electoral.

Según tesis del Tribunal Electoral respecto de los medios de defensa internos de los partidos políticos, esta obligación de los partidos políticos de instrumentar medios de defensa para sus militantes se traduce en la correlativa carga para éstos de emplear tales instancias antes de ocurrir a la jurisdicción del Estado, a fin de garantizar al máximo posible la capacidad autoorganizativa de los partidos políticos en ejercicio de las más amplias libertades, pero asegurar al mismo tiempo el respecto irrestricto a los derechos individuales de sus miembros.

Por lo tanto, en congruencia con todo lo anterior, la presente iniciativa pretende fortalecer y garantizar asimismo la probada capacidad autoorganizativa profesional y autónoma del Instituto Federal Electoral para establecer que éste conocerá de los procedimientos administrativos para la protección de los derechos políticos electorales de los ciudadanos en lo que se ataquen indecisiones u omisiones de los partidos políticos.

Igualmente, tomando en consideración que las instancias internas de los partidos políticos para la defensa de los derechos político-electorales de sus militantes son verificados por el propio IFE como requisito previo a su vigencia, se considera que éste contaría con los elementos y capacidad suficiente para que, previo a la jurisdicción del Estado y posterior al agotamiento de las instancias internas de los partidos, intervenga en los actos de impugnación ya mencionados.

Es sabido que el Tribunal Electoral, sin facultades expresas, ha sostenido criterios que favorecen a la suplencia de la queja a favor del militante que interpone un juicio para la protección de los derechos políticos electorales, lo cual acarrea una vulnerabilidad a la impartición de justicia, máxime que sus decisiones son irrecurribles e irreconsiderables tanto por fundamento constitucional como por el artículo 3º., de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación Electoral.

Consciente de las complicaciones que representa la inapelabilidad de sentencias emanadas de juicios para la protección de los derechos, el legislador dejo abierta la posibilidad de tener un procedimiento administrativo previo a la actuación del tribunal, el cual se desarrollaría ante el Instituto Federal Electoral.

Este espíritu queda reflejado en el artículo 81 de la Ley General de Sistemas de Medios que dice: "En los casos previstos por el inciso a) al c) del párrafo primero del artículo anterior, -habla de cuando procede el juicio de protección de los derechos políticos electorales- los ciudadanos agraviados deberán agotar previamente la instancia administrativa que establezca la ley. En estos supuestos las autoridades responsables les proporcionarán orientación y pondrán a su disposición los formatos que sean necesarios para la presentación de la demanda respectiva".

El artículo citado excluye a los JDCS (?), promovidos por los actos de partidos, ya que no señala que tratándose del inciso f) deberán de agotarse instancias administrativas.

En consecuencia la presente iniciativa pretende modificar el artículo 81 de la Ley de los Sistemas de Medios de Impugnación Electoral, así como algunos artículos de esa misma Ley y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a efecto de hacer viable las consideraciones anteriores y determinar que previa la jurisdicción del Estado, el Instituto Federal Electoral conocerá de los procedimientos administrativos para la protección de los derechos políticos-electorales del ciudadano; en lo que se ataquen decisiones u omisiones de los partidos políticos, en cuyo caso proponemos en esta iniciativa, el plazo máximo para su resolución será de 80 días naturales contados a partir del día siguiente en que se presenta dicho procedimiento.

De esta forma se estaría generando una instancia previa al Tribunal Electoral en la resolución de los juicios para la protección de los derechos políticos electorales de los ciudadanos y se estaría fortaleciendo y respaldando la autoridad y capacidad del IFE para intervenir en dichos procesos administrativos.

El Tribunal Electoral, como lo establece el artículo 99 de nuestra Constitución, continuará siendo la máxima autoridad jurisdiccional en la materia electoral y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación. Esto es que seguirá siendo quien en última instancia determine las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político-electorales de los ciudadanos al interior de un partido político.

Le solicito, diputado Presidente, se incluya en el Diario de los Debates el texto íntegro de la presente iniciativa.

Es cuanto y gracias por su atención.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación, y Justicia y Derechos Humanos.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Leonardo Alvarez Romo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Leonardo Alvarez Romo: Con su venia, diputado Presidente.

Compañeras y compañeros legisladores:

Una de las principales herramientas para obtener resultados eficientes en cualquier organización, es la capacitación. Sin embargo en muchas ocasiones en nuestro país la capacitación es vista no como un instrumento de progreso, sino como una obligación en materia legal.

Lo cierto es que si se imparte correctamente, la capacitación genera resultados positivos para todas las partes involucradas en el funcionamiento de tal o cual institución. Así es, la capacitación es una inversión que se debe realizar si lo que se busca es adaptarse rápidamente a los constantes cambios nacionales y mundiales.

"Estas transformaciones exigen que las organizaciones cuenten con gente preparada que ayude a resolver problemas y no se conviertan en un problema más de la organización. En la gran mayoría de las organizaciones ya sean privadas o públicas existe personal que no desempeña correctamente su misión, lo anterior sucede no solo con empleados de niveles bajos sino con los de niveles altos que no han tenido ni la oportunidad ni el tiempo suficiente para dominar sus funciones como es el caso de muchos de nosotros en el Poder Legislativo.

"Esta necesidad de capacitación afecta directamente la productividad y la rentabilidad de cualquier organización y en consecuencia los bienes y servicios que suministra no tienen la aceptación debida.

"Dado lo anterior es pertinente preguntar: ¿La capacitación genera resultados positivos en cualquier persona? Ciertamente que sí, siempre y cuando la capacitación haya sido bien diseñada, se haya aplicado en un lapso de tiempo razonable e impartido por personal adecuado. La capacitación es una herramienta que se puede utilizar para generar resultados alentadores en todos los niveles, si es impartida correctamente y existen factores favorables en la organización como los mencionados anteriormente se puede tener la plena certeza que será una inversión que contribuya al mejoramiento de la organización y sus integrantes.

"La capacitación en el ámbito laboral puede ser considerada como una obligación. En realidad es una necesidad que beneficia a toda la sociedad en general. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala en su artículo 40 que es responsabilidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en el trabajo y realizar investigaciones, prestar asesoría, impartir cursos de capacitación para incrementar la productividad en el trabajo requerida por los sectores productivos del país.

"A su vez, desde el punto de vista legal, la capacitación es una obligación para los empresarios como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 123, no podemos hacer menos nosotros que bajo nuestra responsabilidad está el destino del país.

"La intención de las y los legisladores en materia de capacitación y adiestramiento es positiva, ya que ésta permitiría elevar los niveles de productividad y trabajo legislativo. La capacitación debe entenderse como un proceso continuo y planeado con base en las necesidades actuales del Congreso y orientarse hacia la acumulación de conocimientos y habilidades que ayuden al legislador durante su trayectoria, mejorando su desempeño actual, de tal manera que pueda asumir sus responsabilidades, lo que le facilitaría su desarrollo en la Cámara.

"En México como en muchos países se requiere de un Poder Legislativo cada vez más profesional. Para ello necesita condiciones, herramientas, capacitación, que responda más a las demandas sociales que a las ajenas partidistas.

"La capacitación debe ser un proceso que se inicia con las y los legisladores de nuevo ingreso que por primera vez hayan ingresado al Legislativo. Es indispensable aprovechar su motivación para que puedan adquirir conocimientos y habilidades nuevas y que conozcan ampliamente el trabajo parlamentario para que se familiaricen con él.

"Para que esta capacitación sea idealmente continua se debe realizar la tarea de detectar constantemente las necesidades de capacitación que presentan los legisladores salientes. Una vez detectadas las necesidades de capacitación se procede a iniciar un plan que defina los objetivos a alcanzar con el programa de capacitación para los legisladores entrantes, así como en su caso los criterios para la evaluación del desempeño.

"Finalmente, se debe llevar a cabo el seguimiento y la evaluación de estos programas de capacitación para verificar su eficacia. En la medida que los legisladores avancemos en materia de capacitación y de productividad se reducirán costos en el Congreso, se evitará el desperdiciar recursos humanos, esfuerzo y tiempo y daremos una buena señal a la ciudadanía.

"Sin lugar a dudas la capacitación juega un papel fundamental en nuestro proceso legislativo, un legislador capacitado tiene menos posibilidades de cometer errores, pues sabe de antemano que está haciendo bien su trabajo.

"La capacitación de nuestras legisladoras y nuestros legisladores, debe ser una actividad planeada y programada, que se realice de manera obligatoria al iniciar la nueva Legislatura, ya que las exigencias actuales así lo requieren.

"En la medida que los legisladores cuenten con más capacitación, realizarán su trabajo con calidad, lo cual traerá en consecuencia un mejor desempeño que redundará en beneficio para sus representados.

"Por su primera vez como legislador, obviamente no cuenta con las herramientas para desarrollarse dentro del proceso legislativo; en muchas ocasiones desconoce la Ley Orgánica y el Reglamento Interior, no conoce el movimiento de las Cámaras, desconoce la estructura administrativa de las mismas y cómo puede apoyarse en ellas, por lo tanto se hace necesaria la capacitación en estos términos.

"Para entender la Constitución y las leyes, para pesar las razones alegadas aquí en la tribuna nacional, sea para la creación o reforma de leyes, se requiere tener algunos conocimientos generales, por lo menos haber adquirido algunas reglas en el arte de legislar y debatir, para sujetar el juicio.

"Siempre será más duradero el edificio social sentado sobre buenos cimientos. De qué sirven las leyes si no se ha de conocer cómo se producen y el bien que han de producir.

"Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 65. Se agrega un segundo párrafo que dice: "Los legisladores que por primera vez formen parte del Poder Legislativo Federal, para ser integrantes de las Comisiones deberán tomar un curso de proceso legislativo y derecho parlamentario, que será aplicado a través de la Secretaría General y sus órganos administrativos, dentro de los primeros treinta días naturales contados a partir del inicio de la Legislatura".

Por su atención, muchísimas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias diputado.

Túrnese a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Esta Presidencia recibió del diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Planeación y de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Esta Presidencia asimismo recibió del propio diputado Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma el artículo 35 de la Ley General de Vida Silvestre, misma que se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Del propio diputado Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Túrnese a la Comisión de Gobernación.

Se ruega a la Secretaría cerrar el registro electrónico de asistencia.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: ¿Falta alguna diputada o algún diputado de registrar asistencia?

Ciérrese el sistema electrónico de asistencia.

Señor Presidente, hay una asistencia de 349 diputadas y diputados. Hay quórum.

Se informa a los que no hubieran registrado asistencia, que tienen hasta quince minutos para hacerlo por cédula.

Cumplida la instrucción, ciudadano Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, señor Secretario.

Tiene el uso de la palabra la diputada Rosario Sáenz López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 6 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

La diputada Rosario Saenz López: Con su permiso, diputado Presidente.

La suscrita, diputada federal por la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, Rosario Sáenz López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que me otorga la Fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 55 , 56, 62, 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a esta honorable Soberanía, Iniciativa con proyecto de Decreto con el que se modifica el primer párrafo de la Fracción I del Artículo 6º de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos.

La igualdad, es un derecho fundamental y constituye el motor para el desarrollo humano. En este último medio siglo se han introducido cambios considerables en la constitución femenina que con anterioridad algunos investigadores en la materia afirmaban que estos cambios afectarían a la sociedad, inclusive en mayor medida que lo hizo la Revolución Francesa y otras grandes transformaciones sociales.

La distribución de actividades en las sociedades hicieron entre hombres y mujeres asignarnos primero el papel de proveedores de los satisfactores de las necesidades materiales de la familia y a las mujeres, el de atender la procreación y a la educación de los hijos.

Ahora esta distribución de tareas se imprecisa y se mezclan entre ambos ya que la mujer incursiona en a economía, en la cultura, en la educación, en la política y el varón, por su parte, encuentra dificultades para cumplir con su papel tradicional, cuando por el desempleo y los bajos salarios que necesita, también del trabajo remunerado de la mujer para que la familia persista.

Esta realidad socioeconómica obliga a replantear la importancia de la mujer y al mismo tiempo, requiere de mecanismos y acciones que atenúen los efectos negativos que orientan los positivos, en estos cambios que producen. No sólo en las personas y en las familias y en toda la sociedad, como puede observarse, las consecuencias de estos cambios originan en la sociedad no sólo problemas exclusivos de la mujer , son problemas que afectan a la sociedad en su conjunto por lo que es necesario que todos, hombres y mujeres, nos ocupemos de su solución.

En nuestro país, uno de cada tres familias sólo tienen un padre presente en ellas. Con esta Iniciativa pretendemos tratar con objetividad las limitaciones, os problemas sociales y económicos que aquejan a las mujeres para participar activamente en la elaboración de políticas públicas, idóneas, a fin de dirimir esos fenómenos que tanto dañan a nuestra gente, a nuestro género.

Asimismo, con eso lograríamos la homologación de géneros y alcanzar la equidad. Requerimos encontrar respuestas y soluciones lógicas, a pesar de nuestra cultura que desde hace mucho tiempo está caracterizada en un enorme sentido discriminante para el 53% de los mexicanos; que somos mujeres, tenemos que lograr una distribución más equitativa entre hombres y mujeres de todas las tareas que la sociedad requiere, ya sea en el ámbito profesional, familiar, cultural, etc., ya que nuestra sociedad requiere de todo y cada uno de sus miembros para alcanzar el bien común.

Debemos terminar con el hecho de que exista un mayor índice de analfabetismo y el abandono escolar femenino, de nutrición y disminución salarial para las mujeres en comparación con el hombre, acoso sexual, explotación o tráfico de mujeres.

La eliminación de prácticas perjudiciales en la administración de justicia. así como también la erradicación de todo conflicto que pueda surgir entre os derechos de la mujer y en el nulo efecto de prácticas tradicionales, perjuicios culturales o extremismos religiosos, además, porque son tan pocas las mujeres que ocupan cargos públicos y un sin fin de cuestionamientos que requieren una respuesta inmediata.

No descarto el hecho de que hemos aportado un beneficio directo en las políticas públicas de género y esta, a su vez, ha empezado a solucionar diversos fenómenos pero requerimos más. Sin duda, debemos redoblar esfuerzos para remover todos los obstáculos legales y culturales existentes que impidan el desarrollo de la mujer en la vida socioeconómica, política y cultural del país.

Presento esta iniciativa porque estoy convencida de la necesidad de dar respuesta a los problemas de la sociedad sobre género, ya que es urgente alcanzar la imparcialidad de género en nuestro país. Este proyecto que hoy ventilo en esta máxima tribuna de la nación, es una aportación que amerita ser objeto de análisis y dictaminación a la brevedad, ya que a través de este instrumento jurídico contribuiremos a alcanzar una vida digna para todos. Como diputadas federales debemos ser garantes de los intereses de la nación, ya que no olvidemos que las mujeres hoy más que nunca jugamos un papel trascendental en la vida política del país, ya que día con día nos encargamos de fincar los cimientos del progreso y de la cultura nacional.

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 55, 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y 4 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto con que se modifica el primer párrafo de la fracción 1ª del artículo 6 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, para quedar como sigue:

Artículo 6: El Instituto tendrá como objetivos específicos los siguientes:

Primero. En particular los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres, detectar y dirimir los problemas que aquejan a las mujeres y niñas mexicanas, así como también aquellas que no cuenten con la nacionalidad y se ubiquen en esta suscripción territorial, con la finalidad de elaborar, promocionar y evaluar políticas públicas que subsanen las necesidades de este sector. Para esto se requiere involucrar la participación de la sociedad a fin de asegurar la igualdad de oportunidades y la no discriminación y el desarrollo personal y profesional de las mujeres.

Es cuanto diputado Presidente. Por su atención, mil gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputada.

Túrnese a la Comisión de Equidad y Género.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado Bernardo Loera Carrillo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de veto presidencial.

El diputado Bernardo Loera Carrillo: Con su permiso señor Presidente.

Como se sabe, actualmente la Ley de Ingresos de la Federación se aprueba conforme al procedimiento establecido en el artículo 72 constitucional. El Ejecutivo Federal está facultado para realizar observaciones al proyecto de Ley aprobado por el Congreso de la Unión, conforme a lo dispuesto en las fracciones B y C del referido artículo, sin embargo, la situación cambia en relación a la posibilidad de que el Ejecutivo Federal pueda realizar observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación, ya que en este rubro se han realizado y suscitado acalorados debates, en tanto a favor como en contra, en el sentido de que el Ejecutivo pueda realizar observaciones o ejercer el llamado veto sobre el proyecto de Presupuesto de Egresos aprobado por la Cámara de Diputados.

En general, el argumento por el que se sostiene que el Ejecutivo no puede vetar el Presupuesto de Egresos se deriva de una interpretación literal que se deriva de la lectura del primer párrafo de los incisos A, B y C del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que de la lectura de los mismos se alude a la posibilidad de vetar los proyectos de ley o de decreto del Congreso y no así la resolución exclusiva de alguna de las Cámaras y toda vez que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación corresponde como facultad exclusiva a la Cámara de Diputados, es que entonces no es posible el veto por parte del Ejecutivo Federal.

Sin embargo, en nuestra opinión existe una interpretación contraria y que no deja lugar a dudas, toda vez que se trata de una interpretación lógica, sistemática e histórica que permite concluir que el Presidente de la República sí puede hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación. En efecto, ciertamente el artículo 72 se refiere a las leyes o decretos del Congreso, pero que sin embargo, el inciso J se refiere a los casos en los cuales el Ejecutivo no puede hacer observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las Cámaras y éstos son:

Cuando ejerzan funciones de cuerpo electoral o de jurado;

Cuando la Cámara de Diputados declara que debe acusarse a uno de los funcionarios de la Federación por delitos oficiales;

Cuando se trate de decreto de convocatoria a sesiones extraordinarias que expida la Comisión Permanente.

Asimismo la propia Constitución prevé otro caso en el cual no procede el veto, el relativo a la expedición de la Ley Orgánica del Congreso previsto en el artículo 70.

En este orden de ideas, si el Decreto de Presupuesto aprobado únicamente por la Cámara de Diputados, no es de los supuestos que se encuentran previstos en el inciso j) del artículo 72 ni existe una disposición que señale que contiene una norma expresa que señale que el decreto que contiene el Presupuesto no puede ser vetado por el Ejecutivo, éste puede acogerse a la facultad que le otorga a contrario censu la fracción B del artículo 72; es decir, el poder de vetar o hacer observaciones que pesa en la fracción a que me he referido.

La facultad de hacer observaciones a las leyes o decretos, mejor conocida como el derecho a veto, además de ser un instrumento del Ejecutivo Federal para participar en el proceso legislativo, se ha concebido también como un mecanismo de equilibrio de poderes, un medio para lograr una mayor reflexión y ponderación por parte del Legislativo en asuntos transcendentales, un medio de defensa del Ejecutivo contra la imposición del Poder Legislativo, un acto de colaboración entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo; un mecanismo a través del cual la Constitución evita que un poder se sobreponga a otro, estableciendo así un sistema de pesos y contrapesos.

Luego entonces la facultad de veto del Ejecutivo, consiste en la posibilidad de hacer llegar al Órgano Legislativo información, objeciones, cuestionamientos adicionales que pudieran no haberse tomado en cuenta en el momento de discutirse la iniciativa durante el proceso legislativo.

El Poder Constituyente al conferir al Ejecutivo Federal la facultad exclusiva de presentar la iniciativa de Presupuesto de Egresos de la Federación a la Cámara de Diputados, le está reconociendo la capacidad técnica de conocimiento necesario para la elaboración del proyecto del dicho presupuesto.

En este contexto, si el Ejecutivo Federal tiene las actitudes suficientes para elaborar la iniciativa y es el único facultado para presentarla a este órgano legislativo para que la soberanía proceda a examinarlo, discutirlo, en su caso modificarlo y aprobarlo, resulta lógico y jurídicamente congruente, que también tenga la facultad de formular observaciones al decreto aprobado.

Sería ilógico pensar, en el supuesto de que una vez que la Cámara de Diputados modifique el presupuesto del Ejecutivo, no tenga ni pudiera hacer observaciones al presupuesto original.

No podemos caer en la hipótesis absurda de que la Cámara de Diputados pueda modificar sustancialmente el presupuesto, inclusive suprimir partidas presupuestarias de algunas dependencias o entidades del Poder Ejecutivo Federal o del Poder Judicial de la Federación o de los órganos autónomos y éstos no tengan la posibilidad de defenderse toda vez que en virtud del artículo 105 constitucional, el único facultado para entablar una controversia en contra de la Cámara de Diputados, es el Ejecutivo Federal.

El no reconocer al Ejecutivo Federal la facultad de hacer observaciones al decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado, la colaboración con esta soberanía quedaría seriamente afectada, toda vez que le estaría negando la posibilidad de defender su proyecto de iniciativa y consecuentemente una mayor reflexión en la ponderación económica del Estado, pudieron provocar un grave desequilibrio presupuestal.

Además, la facultad del Ejecutivo Federal, de promulgar y publicar las leyes o decretos a que se refiere el artículo 89 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se convertiría en actos de mero trámite, únicamente para darle publicidad a lo aprobado en la Cámara de Diputados, contraviniendo el principio de equilibrio entre los Poderes de la Unión que señala nuestra Carta Magna.

Como antecedente reciente es importante mencionar que la Cámara de Diputados, en uso de sus facultades constitucionales, aprobó durante el mes de noviembre del año pasado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, dando origen a una serie de cuestionamientos por parte del Ejecutivo Federal, motivándolo a emitir una serie de observaciones donde señala las contradicciones e incongruencias constitucionales y legales, mismas que fueron remitidas a la Cámara de Diputados. Sin embargo, sobre esta facultad del Ejecutivo Federal para hacer estas observaciones al presupuesto, hubo diversidad de opiniones divididas, unas favor, otras en contra, no solamente por integrantes de esta soberanía, sino por académicos reconocidos, especialistas en el tema.

Sobre esta disyuntiva la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la controversia constitucional 109/2004, interpuesta por el Poder Ejecutivo Federal en contra del decreto del presupuesto señalado, concluyendo la Corte que efectivamente el Ejecutivo tiene facultades para hacer observaciones al Presupuesto de Egresos, en virtud de que la referida facultad de veto deriva de la interpretación literal, sistemática e histórica del artículo 71, 72, 74 fracción IV y 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Poder Constituyente la iniciativa de decreto que adiciona un cuarto y quinto párrafo y se recorren los párrafos, cuarto, quinto, sexto y séptimo, octavo, noveno; pasando a ser: párrafos sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo y undécimo respectivamente de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 74 fracción IV. El Ejecutivo podrá hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación dentro del término de diez días hábiles siguientes al de su aprobación. La Cámara de Diputados podrá aceptar total o parcialmente las observaciones del Ejecutivo por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, si la Cámara de Diputados no resuelve antes del l5 de diciembre de ese mismo año, se entenderán por aprobadas las observaciones del Ejecutivo Federal. Cuando el Ejecutivo inicie en su encargo en los términos del artículo 83, las observaciones las hará llegar a más tardar en la segunda sesión de la Comisión Permanente para que a su vez, ésta convoque a la Cámara de Diputados a sesión extraordinaria y la resuelva en un término no mayor de diez días hábiles.

En este caso el Ejecutivo deberá publicar el Presupuesto de Egresos de la Federación en los términos aprobados por la Cámara de Diputados, así como las observaciones que hubiera realizado, por lo que el decreto tendrá vigencia respecto a las disposiciones que no hubiesen sido observadas, quedando suspendidas aquellas que se hubieran observado en tanto se resuelva lo conducente por la Cámara de Diputados.

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene el uso de la palabra el señor diputado Alejandro Murat Hinojosa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Alejandro Murat Hinojosa: Con su venia, señor Presidente.

En ejercicio de la facultad que me otorgan los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa de reforma al artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de lo siguiente:

En el proceso de consolidación democrática en México, el nuevo equilibrio de las fuerzas políticas en el Poder Ejecutivo y en el Poder Legislativo, requiere de mecanismos para favorecer los acuerdos que son indispensables para avanzar en los temas centrales de la agenda pública.

La falta de acuerdos sobre asuntos urgentes en los tiempos recientes, nos exige revisar los mecanismos para que en las elecciones intermedias los electores puedan redefinir el equilibrio de las fuerzas políticas y promover, en su caso, proyectos y programas específico del Ejecutivo que no hayan obtenido el apoyo necesario en la primera mitad del Período Presidencial por parte del Poder Legislativo.

Dada la composición Bicamaral del Congreso de la Unión en México, el proceso legislativo requiere de la aprobación de la cámara de origen y de la cámara revisora de las iniciativas de reforma o de la ley que sean presentadas. Es decir, el cambio de las fuerzas políticas en la Cámara de Diputados en las elecciones intermedias, permite recrear consensos y equilibrios en sólo una de las Cámaras del Congreso.

Es decir, si la ciudadanía decide refrendar, aumentar o disminuir su apoyo al partido en el gobierno, sólo puede hacerlo a través de la integración de una de las Cámaras, lo que no permite generar nuevas mayorías para la redefinición de las políticas o proyectos del Poder Legislativo.

El asunto central está en la construcción de mayorías legislativas para que el gobierno, en un sistema presidencialista como el nuestro, pueda generar acuerdos con el legislativo. Para ello es necesario que también pueda generar un nuevo equilibrio de fuerzas políticas en el Senado de la República en las elecciones intermedias, sin dejar de entender que el Senado tiene una integración distinta a sus colegisladores tanto en su número, tanto como en el perfil de sus integrantes y en sus propios fines. Debe generarse la oportunidad de que en ambas Cámaras se redefinan las mayorías legislativas.

Para mantener el espíritu del Senado de la República como representante de las entidades federativas, se propone mantener a los dos senadores de la República por estado que sean electos por el principio de mayoría relativa que sean electos en la jornada concurrente de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

En la presente iniciativa se suprime la existencia de los senadores de primera minoría creados por reforma de 1993.

Dada la nueva realidad de la alta competencia política entre los partidos nacionales al no existir un partido hegemónico, todas las fuerzas políticas están en las posibilidades de obtener un escaño en la Cámara Alta, por lo que no se es indispensable, como hace más de una década, la existencia de senadores de primera minoría.

La representación de las minorías políticas está garantizada en la existencia de senadores de representación proporcional, que en el caso del Senado alcanzarían la mitad de ellos, por lo que sería una Cámara con alta representación en las fuerzas políticas del país.

Por las anteriores consideraciones, se somete a la consideración del Honorable Congreso de la Unión por conducto de esta Honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa de reforma al artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 56. "...la Cámara de Senadores se integrará por 128 senadores, de los cuales, en cada estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación de mayoría relativa. Los 64 senadores restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de votaciones del listado de votos en una sola circunscripción Plurinominal nacional y la ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos.

La Cámara de Senadores se renovará en dos períodos: los 64 senadores por el principio de votación mayoritaria relativa serán electos en la elección concurrente con la del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Los 64 senadores por el principio de representación proporcional, serán electos en elección concurrente con la de diputados federales en la elección inmediata para la siguiente Legislatura.

"Artículos Transitorios del decreto

"Primero. El presente decreto entrará en vigor el día posterior de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Segundo. En la primera elección inmediata posterior a la aprobación del presente decreto, se eligirán senadores por el principio de representación proporcional por un periodo de tres años."

Es cuanto señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Javier Bravo Carbajal. Perdón, el diputado Gonzalo Guízar Valladares, del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Gonzalo Guízar Valladares: Con su permiso señor presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

Con fecha 2 de abril de 1998 la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, tomó el acuerdo parlamentario para la creación de la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, como un órgano de apoyo técnico de carácter institucional y sin ninguna tendencia partidista. Integrado por especialistas en el análisis, organización, manejo e interpretación de información relacionada con las finanzas públicas.

Esta unidad se constituyó como parte de la estructura de los servicios de apoyo legislativo, con el objetivo de proporcionar elementos para el desarrollo de las tareas de las comisiones legislativas, grupos parlamentarios y de los diputados en lo particular.

Dada la utilidad y demanda de los servidores públicos que venía proporcionando la Unidad de Estudios de las Finanzas Públicas, se determinó reglamentar su estructura, organización y funcionamiento. Así, el 14 de febrero del 2002 se publicó en la Gaceta Parlamentaria el Reglamento Interior del Centro de Estudios.

En dicho ordenamiento se estableció que estaría adscrito a la secretaría de servicios parlamentarios y encargado de prestar servicios de apoyo técnico e información analítica en materia de finanzas públicas, conforme a los cánones de la investigación científica.

A partir de entonces, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas ha venido operando como una dirección general y cuatro direcciones de área. La capacidad de respuesta del Centro es eficaz. Se elaboran en tiempo y forma los análisis de los informes e iniciativas que remite el Ejecutivo Federal, no obstante que existe una notoria disparidad en cuanto a infraestructura y recursos humanos, en relación con las áreas técnicas del Ejecutivo.

Tan solo los cuerpos de asesores ni siquiera considerarlas áreas de estructura, cuantitativamente superan en mucho los recursos con los que viene operando el Centro de Estudios, que ha tenido que redoblar esfuerzos y potencializar al máximo sus recursos en apoyo de los trabajos de los legisladores. Este esfuerzo es notorio y ha sido reconocido en tribuna en diversas ocasiones.

Adicionalmente el Centro de Estudios de la Finanzas Públicas se ha convertido en un ente impulsor del conocimiento de las finanzas públicas a través de foros y eventos, referentes a estos temas, así como con la elaboración de instrumentos técnicos que ha permitido modelar y simular diferentes aspectos temáticos como lo son el mercado petrolero, el seguimiento de la economía y las finanzas públicas y los sistemas de cálculos, principalmente de impacto recaudatorio y las iniciativas de ley, las estimaciones de ingresos, la constitución de base de datos del presupuesto y el análisis del gasto público.

Desde su creación hasta el día de hoy, el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados ha producido más de 400 estudios publicados y difundidos a cada uno de los integrantes de las correspondientes legislaturas. Se ha dado respuesta a más de dos mil solicitudes de información y análisis de los ciudadanos legisladores y de las comisiones legislativas.

También se han impartido cursos de capacitación especializada a legisladores y a los asesores parlamentarios.

Dictaminar el diagnóstico que realice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto del estado que guardan las Haciendas locales y municipales, es otra de sus funciones primordiales.

Para acceder de manera total y permanente al Sistema Integral de Información de Ingresos y Gasto Público a través del Comité Técnico de la comisión gasto-financiamiento, actualmente puede solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la información estadística en materia de finanzas públicas.

Por estas razones y otras más que omito leer por cuestión de tiempo, es conveniente hacer extensivos los servicios que brinda el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados al Senado de la República para que se realice un trabajo parlamentario conjunto, conforme a las necesidades de ambas Cámaras para que reciban apoyo técnico consistente y de manera expedita pues en la Cámara de Senadores no existe un órgano de consulta especializado y dedicado exclusivamente al estudio de las finanzas públicas.

Con la constitución del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión, el parlamento mexicano se posicionaría como vanguardia de otros en el mundo y se facilitaría la vinculación de ambas Cámaras como instituciones públicas y privadas que manejan sistemas de información especializada en las finanzas públicas.

Por lo anterior, someto a la consideración del Pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona el título sexto del órgano de apoyo técnico en materia de finanzas públicas del Congreso, capítulo único, artículos 136 y 137 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para la creación del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión y de la Comisión Bicameral del mismo centro, conforme a lo siguiente:

"Título sexto.- Del órgano de apoyo técnico en materia de finanzas públicas del Congreso Capítulo Único.- Artículo 136 numeral 1.- El Congreso de la Unión, para el cumplimiento de las funciones parlamentarias de las comisiones, comités, grupos parlamentarios, diputados y senadores, contará con un área técnica de apoyo e información analítica en materia de finanzas públicas denominado "Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión".

2.- El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión, tendrá carácter institucional y apartidista, además gozará de autonomía técnica para la realización de sus estudios e investigaciones.

El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión, contará en su estructura con una secretaría ejecutiva, de la que dependerán las direcciones generales de estudios macro económicos, estudios de política tributaria y federalismo fiscal, estudios fiscales, estudios del presupuesto y gasto público, estudios de política laboral y seguridad social, y de administración e informática.

4.- Para garantizar las características esenciales del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión, que son las de autonomía técnica e institucionalidad apartidista, se dará permanencia e inamovilidad al personal por un período de ocho años, para que en los cambios de legislatura tanto el Senado de la República como en la Cámara de Diputados, cuenten siempre con personal altamente capacitado.

Salvo en caso de excepción en que los servidores públicos incurran en faltas al régimen laboral, entonces se procederá conforme a derecho.

5.- El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión tendrá autonomía financiera y se regirá conforme a las normas presupuestarias del Poder Legislativo.

Artículo 137.- 1.- El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión, estará a cargo de las Cámaras de Diputados y de Senadores.

2. La conducción del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas se ejercerá a través de la comisión bicamaral del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas

del Congreso de la Unión.

3. La comisión bicamaral estará integrada con representantes de todos los grupos parlamentarios, en función de la representación que tengan en cada una de las cámaras, con un máximo de 30 integrantes. Por lo menos habrá un legislador de cada una de las cámaras por grupo parlamentario.

4. La comisión bicamaral informará, al inicio de cada período ordinario de sesiones en cada cámara, a través de sus mesas directivas, del desarrollo de las actividades del Centro.

5. La organización y funcionamiento del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas del Congreso de la Unión se sujetarán a las disposiciones legales reglamentarias y políticas internas, así como con programa de trabajo que apruebe la comisión bicamaral.

Diputado presidente. En virtud de que esta iniciativa consta de 7 artículos transitorios y que fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria, omitiré su lectura; sin embargo, le solicito atentamente sea insertado el texto íntegro de la misma en el Diario de los Debates.

Si me lo permiten, compañeros diputados, aprovecho en dar un saludo respetuoso a los habitantes del Municipio de Coatzacoalcos, Agua Dulce y Nanchital del distrito 22 de Coatzacoalcos. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias.

Tiene el uso de la palabra el diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

El diputado Francisco Javier Bravo Carvajal: Con su permiso, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 15 de la Ley del Impuesto Agregado, adicionándose un inciso, el f), al tenor de la siguiente exposición de motivos.

De gran trascendencia dentro del sistema jurídico y económico del país son las contribuciones establecidas en las leyes, ya que permiten la obtención de recursos que el Estado mexicano requiere para funcionar y prestar los servicios que tiene obligación de brindar.

Las contribuciones se constituyen en una fuente de riqueza para la nación, ya que son un detonador para su desarrollo. Así, los hechos de contenido tributario, de una importancia creciente en nuestra sociedad, necesitan de un sistema fiscal congruente que den certeza y seguridad jurídica a los destinatarios de los preceptos tributarios y que además preserven otros principios constitucionales de las contribuciones, especialmente el de proporcionalidad y equidad, comúnmente llamado de capacidad contributiva.

El impuesto al Valor Agregado, como cualquier otro tributo, es indispensable que se ajuste plenamente a los principios constitucionales que condicionan su validez. Para ello resulta indispensable que la propia ley, cuando así proceda, establezca las debidas extensiones o bien regule la hipótesis sujetas a tasa cero para respetar el principio de igualdad constitucional.

En torno a las exenciones es de recalcarse que son supuestos que normalmente actualizan el principio de igualdad, atemperando la rigidez de la generalidad de los supuestos gravados, por lo que hechos que en principio pudieran considerarse incluidos en la hipótesis de la imposición deben excluirse porque tales casos no son congruentes con el espíritu de la norma que señala los hechos sujetos e imposición y vincula o atribuye los mismos a quienes incurran en su realización, recayendo sobre ellos los efectos de la norma, esto es, el pago de impuesto, de tal suerte que los supuestos que no sean coincidentes con el espíritu de la norma, ni que tampoco evidencien o sean una muestra de capacidad de pago en el sentido tipificado en los preceptos del impuesto, deben de ser incluidos de tributación en apego al mandato constitucional.

El Impuesto al Valor Agregado, es una contribución que se establece para gravar la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes, el otorgamiento, el uso o goce temporal de bienes y la importación de bienes o servicios.

Asimismo en relación a la prestación e servicios, el artículo 15 de la propia Ley dispone cuáles son los casos de exención que operan para tal actividad y específicamente en su fracción XII. Bajo un supuesto general establece a distintos sujetos que gozarían de la exención.

Asimismo señala que los servicios proporcionados a sus miembros como contraprestación normal por el pago de cuotas cuando los servicios se refieran únicamente a los fines que les sean propios, tratándose de partidos, asociaciones, coaliciones, sindicatos, cámaras de comercio, asociaciones patronales y asociaciones científicas, luego entonces en estos supuestos no hay un espíritu de lucro ni puede entenderse que tales servicios sean congruentes con el espíritu del impuesto. Es entonces evitar el cobro del impuesto a actividades que por sí mismas no constituyen un acto de lucro o d comercio y que el pago de cuotas es una necesidad de mantenimiento y sobrevivencia de las organizaciones que las ponen en práctica.

Dentro de esta tesitura entra el régimen de condominio en el cual se crea una organización con o sin personalidad jurídica, encargada de la administración del inmueble sujeto a dicho régimen.

Los condóminos por tanto tienen la obligación establecida en ley de hacer el pago periódico de cotas con el fin de sufragar el gasto de la administración y mantenimiento del inmueble, que es una necesidad imperiosa para la buena convivencia de los inmuebles que habitan y de las partes comunes en su conjunto y de armonía entre los condóminos entre sí.

Se puede apreciar que esta prestación de servicio que se da exclusivamente para el mantenimiento del inmueble, no existe ni el fin de lucro ni el de la comercialización, que el servicio recibido es necesario par ala preservación del inmueble y la calidad de vida de los condóminos, que las cuotas son obligatorias, ya que así lo ordena la Ley y que finalmente los recursos no se destinan a un tercero, sino que significa un beneficio para los propios condóminos para la subsistencia misma del condominio.

Así esta actividad no debe contemplarse bajo el hecho generador para el Impuesto al Valor Agregado, ya que son simples cuotas de los miembros del condominio que son necesarias para el fin del grupo, esto es, que se destinan al mantenimiento y administración del propio inmueble que habitan para sufragar dichos gastos, ya que dichas cuotas se liquidan en cumplimiento y en base al porcentaje que sobre el condominio represente cada unidad privativa.

Así tales servicios no son compatibles con los sujetos a impuesto por el Impuesto al Valor Agregado; no son prestación de servicios de los que típicamente son consideradas por este tributo, además de que las cuotas que pagan los condóminos son más bien compatibles con el supuesto general al que se ha hecho referencia.

Lo anterior deja ver que es necesaria la inclusión de esta prestación de servicio en la exención del pago del IVA establecida en el artículo 15 fracción XII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Esto significaría un acto de justicia en función de equidad.

Además al propio tiempo se regularía en ley un supuesto que ya ha sido objeto de regulación en resoluciones de miscelánea fiscales, es decir, se daría certeza y seguridad jurídica a los contribuyentes a través de normas con rangos de ley de que dichos servicios estén comprendidos, sin duda alguna, en un supuesto de exención.

"Cabe advertir que la resolución de la miscelánea fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de marzo del 2000 vigente en ese ejercicio, establecía en la regla marcada con el número 5.3.7 lo siguiente:

"Se considera que las asociaciones civiles que presten exclusivamente el servicio de administración de un inmueble de propiedad en condominio a sus miembros como prestación normal por sus cuotas, se encuentran dentro de la exención prevista en el artículo 15 fracción XII de la Ley del IVA"

"De no garantizarse la exención de esta actividad de la ley se obstaculizaría el mantenimiento y buen desarrollo armónico de todos los inmuebles sujetos al régimen en condominio del país, ya que hay que recordar que es una institución jurídica que ha mantenido un gran crecimiento en últimas fechas y por lo tanto es de gran impacto al afectar a millones de personas en este país.

"Debe recordarse igualmente que este es un mecanismo seriamente impulsado por las entidades federativas y el Distrito Federal, ya que fortalece, refleja y garantiza una titularidad mancomunada de bienes y por ende que cada una de las partes alícuotas del inmueble corresponden a cada uno de los condóminos. Es decir, este es un claro mecanismo para potenciar la propiedad de las personas que habitan las viviendas.

"Por lo anteriormente expuesto presento iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado:

"Artículo único.- Se reforma la fracción XII del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para adicionarle el inciso f) para quedar como sigue:

"Artículo 15, fracción XII, inciso f): Entes con o sin personalidad jurídica en relación exclusivamente con los servicios de administración o mantenimiento que presten en los inmuebles sujetos a régimen de propiedad en condominio".

Solicito atentamente, diputado Presidente, la publicación íntegra de la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y así se hará. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Esta Presidencia saluda con toda cordialidad a los alumnos del Videobachillerato de Potreros del municipio de Pénjamo, invitados por el señor diputado José Erandi Bermúdez Méndez. ¡Sean ustedes Bienvenidos!

Asimismo a los alumnos y maestros del Centro Universitario Regional de Totonacapan de la ciudad de Papantla, Veracruz, y del Centro de Estudios Superiores de Veracruz, de la comunidad Entabladero municipio de Espinal, Veracruz, invitados por el diputado Rómulo Isael Salazar Macías. ¡Sean ustedes también muy bienvenidos!

(Aplausos)

Tiene la palabra el señor diputado don Arturo Robles Aguilar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar dos iniciativas: la primera, que reforma el artículo 23 de la ley para regular las sociedades de información crediticia; y la segunda, para adicionar un artículo 7o. Transitorio al decreto que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 de mayo de 2005.

El diputado Arturo Robles Aguilar: Con su permiso Presidente.

"Honorable Asamblea:

"La necesidad de derogar el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia a efecto de igualar el trato que se les otorga a las personas morales con las físicas es un requerimiento, considerando que el buró de crédito está afectando la generación de empleos. Las razones son las siguientes:

"La banca de crédito en nuestro país es un motor de desarrollo no solo para las personas físicas sino también para las personas morales. Con el ánimo de evitar descalabros financieros nuestro sistema jurídico cuenta con las sociedades de información crediticia, mismas que se encargan de recopilar el historial crediticio de las personas físicas y morales y son reguladas por la ley para regular las sociedades de información crediticia publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de enero del año 2002.

"Sin lugar a dudas la información es fundamental para mejorar y progresar en la calidad del crédito, beneficiando con ello a las personas que cumplen con sus compromisos financieros. Sin embargo, ante la inestabilidad financiera que se vivió en el país en 1995 y la situación económica actual, sabemos que existen empresas que llegaron o han llegado a incurrir en incumplimientos en el pago de créditos y que con el tiempo lograron saldarlos.

"He recibido varias quejas de empresas y la solicitud de quienes generan empleo, para que ante las dificultades financieras que presentaron en el pasado y hoy, mismas que han sido superadas, puedan quedar marginados prácticamente de la situación que hoy les lesiona.

"Si revisamos el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, encontramos que tiene una regulación desigual entre las personas morales y las personas físicas.

"Por un lado, el historial crediticio de las personas físicas debe de ser borrado del Buró de Crédito pasados los 84 meses del evento, mismo que para las personas morales siempre debe permanecer dicho registro, lo que les impide acceder al crédito. No se explica esta distinción discriminatoria entre uno y otro.

"Ante dicha legislación, todos hemos sido testigos de que empresas tienen la idea de cerrar ante la imposibilidad de obtener financiamiento público o privado que les permita continuar con su desarrollo. Por ello, la reforma propuesta sin duda ayudará a que las empresas, no obstante su pasado crediticio, puedan recuperar la confianza de las instituciones financieras y se les pueda otorgar un trato de igualdad frente a los demás.

"Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 61 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto por el que se reforma y deroga el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

"Artículo Unico.- Se reforma y se deroga el artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para quedar como sigue:

"Artículo 23.- Las sociedades están obligadas a conservar los registros que les sean proporcionados por los usuarios, correspondiente a las personas físicas y morales, durante un plazo de 84 meses. Este plazo se contará a partir de la fecha en que ocurra el evento o acto relativo a la situación crediticia del cliente al cual se refiere este registro.

"Al transcurrir el plazo citado, las sociedades deberán eliminar de su base de datos la información de las personas físicas y morales con el historial crediticio de que se trate, originado con anterioridad a dicho plazo.

"Las sociedades deberán eliminar la información relativa a créditos de personas físicas, menores al equivalente a mil UDI’s, en los términos que establezca el Banco de México mediante disposiciones de carácter general".

"Se deroga.

"Transitorio.

"Artículo Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

A continuación presento una iniciativa ...

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Diputado, nada más permítame turnar esta iniciativa a la Comisión de hacienda y Crédito Público.

Continúe.

El diputado Arturo Robles Aguilar: Gracias, señor Presidente.

La siguiente iniciativa busca adicionar un artículo 7º transitorio al decreto del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se crea el fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para los ex trabajadores migratorios mexicanos, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo del año 2005, en virtud de la siguiente

"Exposición de Motivos

"El 9 de mayo del presente año, diputados integrantes de la Comisión Especial presentamos un proyecto de ley que crea el fideicomiso que administrará el Fondo de Contingencia para el Apoyo de los Ex braseros del periodo ’42-’64. Asimismo, se acordó la elaboración de un padrón de beneficiarios a cargo de la Secretaría de Gobernación, el cual se pondría a disposición de la Cámara de Diputados, para que una vez aprobado el fideicomiso se tuviera la certeza de las personas que serían beneficiados del mismo.

"La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, consideró la conveniencia de integrar nuevamente una Comisión Especial para dar Seguimiento a los Acuerdos ya tomados sobre la problemática del Programa Brasero, así como dictaminar la iniciativa de ley relativa a la posible creación de un fideicomiso que administrará el Fondo de Contingencia para el Apoyo a los Ex braseros del periodo 42-64.

"Con fecha 25 de mayo del año 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se creó este fideicomiso, dentro del cual, al igual que las reglas de operación del fideicomiso 2106 de Apoyo Social para Ex trabajadores Migratorios Mexicanos de 1942 a 1964, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de octubre del presente año, establece que para obtener los apoyos determinados los beneficiarios deberán de cumplir, entre otros requisitos, con el de haber efectuado su Registro en el Padrón de la Secretaría de Gobernación.

Ambos Decretos han abierto la posibilidad, de que miles de ex trabajadores migratorios a lo largo y ancho del país, que cumplieron con los requisitos establecidos, puedan, a una instancia de casi seis décadas, recibir una parte de los ahorros que fueron escamoteados durante todos estos años.

Sin embargo, muchos miles de compañeros y compatriotas, que por desconocimiento simple por haber perdido la confianza ante las promesas incumplidas o por haberse convertido en carne de cañón de organizaciones fantasmas que sin escrúpulo alguno, medraron con las ingenuas expectativas de justicia de ex braceros en distintos estados y regiones del país, han quedado al margen de este acto tardío, pero al fin, justo por no haberse registrado en tiempo y forma ante las instancias correspondientes.

Ante la prevalencia de condiciones como la antes descrita, la ingente necesidad de otorgar al mayor número de beneficiarios el pago previsto en el Decreto que se pretende modificar para que el acto de justicia antes mencionado, acoja a todos aquellos compatriotas que lo merezcan, tomando en consideración que el Decreto relativo, partió de un Registro en el Padrón de la Secretaría de Gobernación levantado con anterioridad a la entrada en vigor de la creación del Fideicomiso, se considera procedente y necesario, abrir un nuevo período de Registro para favorecer a aquellos trabajadores migratorios mexicanos del año de 1942 a 1964 que no cumplieron antes con dicho requisito.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración a esta honorable Asamblea, el siguiente Decreto.

UNICO.- Se adiciona un Artículo 7º al Decreto del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 25 de Mayo del presente año, para quedar como sigue:

TRANSITORIOS.

Séptimo Se abre un nuevo período de Registro a nivel nacional, en el Padrón de la Secretaría de Gobernación de los Beneficiarios a que se refiere este Decreto, de acuerdo a lo siguiente.

Dentro del mes siguiente de la publicación de este Decreto, el Comité Técnico previsto en el Artículo 5º del mismo, expedirá las Reglas de Operación Complementarias a las publicadas por la propia Secretaría de Gobernación en el Diario Oficial de la Federación, de 27 de Octubre del año 2005, que se juzguen necesarias para la operación del nuevo período y dentro de los tres meses siguientes, contados a partir de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas anteriores.

Se abrirá un nuevo período de Registro de Beneficiarios en el Padrón de la Secretaría de Gobernación, a efecto de que en dicho plazo se puedan cumplir los requisitos de legibilidad y de recepción y trámite de documentos a que se refiere el Artículo 6º de este mismo Decreto. En las Reglas Complementarias de Operación se precisarán los plazos para la entrega de los apoyos sociales o pagos que correspondan al beneficiario, en la inteligencia de que dichos pagos deberán realizarse durante el año 2006 y con cargo al Presupuesto de Egresos de este Ejercicio, hasta donde alcance.

Artículo Transitorio.

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en l Diario Oficial de la Federación.

Sin más, un servidor, Es cuanto señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Tiene el uso de la palabra don Pedro Avila Nevárez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

El diputado Pedro Avila Nevárez: Con su permiso señora Presidenta.

Qué tristeza que un asunto de tanta trascendencia para el país , los Diputados que estamos usando la tribuna más alta de la patria les estemos hablando a las sillas y le estemos hablando a un Congreso vacío que no sabe de la responsabilidad que tiene ante la patria.

(Aplausos)

Cuando se privatizó el Servicio de Telefonía del país en beneficio de un cuestionado empresario, se argumentó que esto traería una mejor tarifa para los usuarios de este servicio.

La actual empresa Teléfonos de México tiene en su poder el título vergonzoso de la empresa más demandada en la PROFECO y sin embargo, su dueño, Carlos Slim, se cantonea como el promotor de un nuevo México, de un hacedor de acuerdos al conjuro de las fuerzas obscuras y retrógradas de México.

Todos aquí hemos sido testigos o víctimas de los malos cobros de los servicios de Telmex y nos hemos visto impotentes de poder remediarlo ante las oficinas del concesionario, que en todo el país se creen los señores superhombres o los hacendados de antes y no atienden al pueblo de México y más si ese pueblo es un usuario humilde que va en busca de que les rebajen las tarifas, que injustamente como vulgar ladrones les cobran a todos los usuarios de Teléfonos de México de nuestra patria.

Esta empresa es en la práctica un monopolio que mantiene sujeto al usuario a sus caprichos e inclusive se ha adueñado de la representación del usuario, al solicitar de manera unilateral retirar el servicio que éste ha contratado con otra empresa prestadora. Tenemos conocimiento de cientos de estos casos.

Este monopolio que fue beneficiado por el gobierno del traidor Carlos Salinas de Gortari y que tiene en su sindicado un incondicional cuyo líder se ha perpetuado y ahora viene a querer enseñarnos el nuevo sindicalismo, ¡vaya mofa de estos líderes "charros"!, ha generado ganancias incalculables a su dueño que ahora es dueño de la mitad de México, con el sacrificio de las clases populares y con el dinero del pueblo mexicano, que está obligado a contratar con una sola empresa el servicio de telefonía y, a pesar que se diga que existe la competencia con otras empresas y que en la venta de esta empresa se permitió un pago menor del que estaba valorada la empresa, a la hora de dicha transacción, no obstante que Teléfonos de México se manejaba con números negros y era una empresa de la patria que López Mateos la impulsó al máximo y los gobiernos revolucionarios del PRI le dieron vigor para que llegara las clases más desprotegidas de México.

Seamos patrióticos, defendamos al pueblo de México de los atropellos de esta empresa que sigue facturando cobros de servicios no prestados. Obliguémoslos a retroceder en el atraco vil a los bolsillos del pueblo trabajador y hagamos de la ley un instrumento que obligue al concesionario, al cuidado de sus acciones.

Por lo anterior, presento a esta H. Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Artículo único. Se adiciona un último párrafo al artículo 5; se modifica el artículo 7 en el primer párrafo y se le adiciona una fracción 12; se adiciona una fracción 7ª al artículo 24; una fracción 8ª al artículo 26; se modifica el artículo 27; se adiciona una fracción 9 al artículo 38 y se modifica su último párrafo y se modifica el artículo 53 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:

Artículo 5: No podrá por ningún motivo el prestador del servicio de telecomunicaciones, trasladar cobro alguno al usuario final por el uso de cableado subterráneo y aéreo y equipo destinado al servicio de las redes públicas de telecomunicaciones.

Artículo 7.- La presente ley tiene como objetivos:

Promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones;

Ejercer la rectoría del Estado en la materia para garantizar la soberanía nacional, que fue un impulso grandioso de Lázaro Cárdenas y de Adolfo López Mateos;

Salvaguardar las prestaciones de los servicios públicos;

Proteger los intereses del usuario;

Fomentar una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de telecomunicaciones a fin de que éstos se presten con mejores precios;

Diversidad y calidad en beneficio de los usuarios, y

Promover una adecuada cobertura social.

Artículo 12.- Planear, formular y conducir las políticas de precios de los servicios de telecomunicaciones que prestan los concesionarios a los usuarios de éstos.

13°.- Interpretar esta ley para efectos administrativos.

14°.- Las demás que esta ley y otros ordenamientos legales le confieran en la materia.

Artículo 24.- Los interesados en obtener una concesión para instalar, operar o explotar redes públicas de telecomunicaciones, deberán presentar a satisfacción de la Secretaría, solicitud que contenga como mínimo:

Primero.- Su política de precios de los servicios al usuario.

Artículo 26.- El título de concesión contendrá como mínimo lo siguiente:

Octavo.- El compromiso de cumplimiento de la política de precios establecida.

Artículo 27.- Las concesiones sobre redes públicas de telecomunicaciones, se otorgarán hasta por un plazo de 30 años.

Artículo 38.- Las concesiones y permisos se podrán revocar por cualquiera de las causas siguientes:

Noveno.- El cobro injustificado en perjuicio del usuario.

Que esto lo oiga Carlos Slim y sus corifeos. En los casos de las fracciones II, III, IV, VIII y IX, la Secretaría sólo podrá revocar la concesión o el permiso para que previamente hubiese sido sancionado al respectivo concesionario o permisionario por los menos en tres ocasiones por las causas previstas en dichas fracciones.

En el caso de lo previsto en la fracción IX, el concesionario deberá abonar en beneficio del usuario, del pueblo, de los pobres o de aquellos que hayan sido en una forma tremenda como siempre se hace, robados por esta compañía, la cantidad cobrada en el período de facturación inmediato posterior al cobro.

Artículo 53.- Las concesiones de redes públicas de telecomunicaciones no podrán participar directa o indirectamente en el capital de una empresa comercializadora de servicio de telecomunicaciones.

Transitorio

Artículo Primero.- Esta iniciativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Antes de concluir, quiero pedirle con todo respeto al compañero –aunque es otro tema compañera Presidente- al compañero Iván García que active el decreto con el cual se ponga con letras de oro en los recintos de esta Cámara, el nombre del inmortal mexicano, "Adolfo López Mateos", con quien toda la patria tiene una deuda de gratitud.

Gracias, aunque a muchos ya se les olvidó. (Aplausos)

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias don Pedro Ávila.

Y túrnese la iniciativa a la Comisión de Comunicaciones.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestra compañera la diputada Yadira Serrano Crespo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa que reforma y adiciona los artículos 73, 74 y 77 de la Ley General de Salud en materia de salud mental.

La diputada Yadira Serrano Crespo: Con su venia, ciudadana Presidenta.

La suscrita diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción I del artículo 73 fracción I del artículo 74 y el artículo 77 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Según la Organización Mundial de la Salud, la salud mental es el bienestar que una persona experimenta como resultado de su buen funcionamiento en los aspectos cognoscitivos, afectivos y conductuales y en última instancia el despliegue óptimo de sus potencialidades individuales para convivencia, el trabajo y la recreación.

De lo anterior se desprende que al referirnos a la salud mental, no es necesariamente una enfermedad siquiátrica con manifestaciones clínicas o indicadores patológicos, sino que son alteraciones emocionales y/o de comportamiento como son: baja autoestima, timidez, estados de ansiedad, estrés, estados depresivos, alteraciones de la conducta alimentaria, agresividad, entre otras.

De nueva cuenta con los datos de la OMS, tenemos que 40 millones de personas en el mundo sufren padecimientos mentales severos. En México el INGEGI registró en 2002, 3 mil 160 suicidios y 304 tentativas. En los últimos 20 años se quintuplicó el número de suicidios de entre los cuales, casi el 50% de ellos fueron de niñas, niños y adolescentes.

Es claro entonces como los casos de alteración en la salud mental infantil y juvenil han aumentado en los últimos años y éstos se han derivado principalmente de problemas familiares y sociales. En la actualidad los niños, niñas y jóvenes son más propensos a presentar problemas de adicción, depresión y alteración de conducta alimentaria; estos problemas generalmente se interrelacionan y frecuentemente estos problemas en sus fases agudas han llevado a niños, niñas y adolescentes al suicidio intentado o consumado.

Es necesario crear conciencia de la importancia de la salud mental como un bien social, ésta debe radicar principalmente en la prevención, atención y control de las alteraciones de conducta, principalmente de los menores y adolescentes. La atención de estos trastornos conductuales corresponde al Estado, según lo estipula el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho que tiene toda la persona a la protección de la salud, además de diversos pactos internacionales de derechos humanos de los que México forma parte y está obligado a la observancia de los derechos reconocidos en ellos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1976, en vigor desde el 3 de enero de 1976 y que establece en su artículo segundo:

"Cada uno de los Estados, partes en el presente pacto, se compromete a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos de que se disponga para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas, la plena afectividad de los derechos aquí reconocidos".

Proteger la vida e integridad síquica de los niños, niñas y adolescentes, es un tema prioritario de salud pública que debe de atenderse y en su caso, deben fortalecerse los servicios y programas de orientación educativa impartidos por las autoridades educativas y sanitarias.

Es por ello, que una de las tareas fundamentales del Estado a través de la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos estatales, es tomar acciones inmediatas para que cada estado cuente con programas de acción coordinados que ayuden a mejorar la calidad de vida y los actuales niveles de salud de la infancia y la juventud, que aseguren la detección temprana del trastorno y proporcionen atención primaria a los menores y a sus familias, con la finalidad de prevenir el suicidio de niños, niñas y adolescentes.

Por las razones expuestas con anterioridad, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de decreto que adiciona la fracción I del artículo 73, fracción I del artículo 74 y el artículo 77 de la Ley General de Salud para queda como sigue:

Artículo único. Se adiciona la fracción I del artículo 73, fracción I del artículo 74 y el artículo 77 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

"Salud mental. Para la promoción y atención de la salud mental, la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, dictarán lineamientos que ayuden a conseguir los siguientes objetivos:

Primero. El desarrollo de políticas públicas de salud, actividades educativas, socioculturales y recreativas que contribuyan a la salud mental preferentemente de la infancia y de la juventud".

Artículo 74. "...la atención de las enfermedades mentales comprenden: la atención primaria y especializada de personas con padecimientos mentales, la rehabilitación siquiátrica de enfermos mentales crónicos, deficientes mentales, alcohólicos y personas que usen habitualmente estupefacientes o sustancias sicotrópicas".

Artículo 77. Los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad de menores; los responsables de su guarda, las autoridades educativas y cualquier persona que esté en contacto con los mismos, procurarán la atención inmediata de los menores que presenten alteraciones de conducta que permitan suponer la existencia de enfermedades mentales.

Especial atención se habrá de prestar a las patologías que pudieran conducir a niños, niñas y jóvenes a cometer suicidio, garantizando una atención oportuna y muy cuidadosa para estos casos".

Transitorio único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, diputada Serrano Crespo.

Túrnese a la Comisión de Salud la iniciativa presentada.

A continuación tiene el uso de la palabra nuestro compañero diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

El diputado Omar Basan Flores: Con su permiso, compañera Presidenta.

Exposición de motivos:

El 19 de diciembre del año 2002, fue publicada la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, abrogándose la anterior Ley Federal para la Adquisición de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados. Esta ley alcanzó un importante objetivo: organizar y controlar el destino de todos aquellos bienes asegurados, decomisados o abandonados, mediante la creación del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, mejor conocido como SAE (¿)

Dicha entidad pública es la responsable de recibir todos aquellos bienes que, de acuerdo a la legislación vigente, puede recibir por diversos medios, sea proveniente de procesos penales federales, procesos relacionados con la aplicación de la legislación en materia aduanera, los recibidos en dación cuando se trata de cubrir créditos al Gobierno Federal, los encargados o abandonar a favor del Gobierno Federal, los que pasan a ser propiedad del fisco federal o aquellos provenientes de títulos, valores o activos susceptibles a la enajenación.

Lo anterior significa un cúmulo de diversos tipos de bienes que de acuerdo a la ley que los regula, son transferidos al SAE para regular sobre aquellas, algunas de las siguientes acciones:

Su administración, enajenación, destrucción o donación, según el tipo o característica de los mismos. Esta ley faculta al SAE en su artículo 31 a la aplicación de los procedimientos para la enajenación de los bienes, la donación a los gobiernos de los estados, los municipios y Distrito Federal, así como a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, misma que de acuerdo a datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, existen registrada en el directorio de donaciones autorizadas, un total de 5 mil 474 instituciones.

El segundo procedimiento autorizado al SAI, es la compraventa que incluye la permuta y cualquier otra entre formas jurídicas de transmisión de la propiedad a través de la licitación pública, subastas, remate, adjudicación directa.

Sin embargo siendo uno de los objetivos de esta ley coadyuvar al fortalecimiento de aquellas instituciones sin fines de lucro, especialmente las dedicadas a la asistencia social, con la donación de bienes que les permiten minimizar el impacto ante los escasos recursos económicos para mantener su permanencia y actividades en beneficio del sector social vulnerable (?)

Una gran mayoría de estas instituciones reclaman el poco o el mínimo apoyo que existen desde hace años por parte de la autoridad para poder canalizar las citadas donaciones de los bienes.

De acuerdo con los datos publicados por la página de Internet del SAI, hasta julio del 2004 se han donado a 491 entidades, la mayoría municipios, más de 1 millón de unidades únicamente y exclusivamente en tres tipos de mercancías: juguetes, adornos de mercancía y sólo 35 vehículos, el resto del reporte destino de bienes, se desglosa a más de 273 unidades que han sido devueltas y más de 62 millones de unidades que han sido destruidas, lo que representa un conjunto en una operación equivalente a más de 5 millones de dólares.

De esta información podemos identificar que las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles del Impuesto sobre la Renta, son las que menos son favorecidas por los procedimientos del SAI ya que de acuerdo a los datos propios del SAI hasta el 31 de julio del año 2004, se contará y se contaron más de 100 millones de unidades de los bienes asegurados y decomisados en procedimientos penales federales.

Asimismo debemos analizar por qué año con año sólo se destina un tipo de bien como los juguetes, cuando todos conocemos que a lo menos en los almacenes del Distrito Federal, existen mercancías por más de 2 mil millones de pesos y su diversidad abarca desde electrodomésticos, ropa nueva, alimentos enlatados, medicinas, materiales quirúrgicos y de hospital, computadoras, etc.

Considerando que debe existir un mayor apoyo a las instituciones que prestan servicios asistenciales en todo el país, que en su mayoría atraviesan por una serie de características para el cumplimiento de los objetivos sociales, por eso presentamos a esta soberanía la propuesta para modificar la ley y proveer al SAI de facultades que le permitan destinar al menos el 50% del total de sus bienes que los transferibles a los procedimientos de donación.

Por lo anteriormente expuesto presentamos varias reformas en artículo único en el 4, en el 16, 31, 34 y 35 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, para quedar como sigue:

Reforma. El SAI entregará una base de datos de carácter público con el registro de bienes que podrá ser consultada por la autoridad judicial federal, la procuraduría, las dependencias, entidades de la Administración Pública Federal, autoridades de fuero común encargadas de procuración e impartición de justicia, las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, así como las personas que acrediten un interés legítimo para ellos.

Las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, podrán recibir un ejemplar de dicha publicación previa solicitud que deberá ser resuelta por el SAI en un plazo no mayor de 3 días.

Artículo 16. Reforma. Los bienes a que se refiere el artículo 5 y 6 del artículo primero de la Ley y los que sean considerables (?), serán donados y serán destruidos o enajenados por el SAI a través de los procedimientos previstos en el título cuarto de esta ley.

Artículo 31. Reforma. Los procedimientos de enajenación previstos en la ley son del orden público y tienen por objetivo enajenar de forma económica, eficaz, imparcial, intransferible, los bienes que sean transferidos al SAI.

Asegurar las mejores condiciones en la enajenación de los bienes; obtener el mayor valor de la recuperación posible y las mejores condiciones de la oportunidad, como la reducción del costo de la administración y la custodia a cargo de las autoridades federales.

Los procedimientos de enajenación serán los siguientes: Donación y compraventa que incluye la permuta y cualquier otra forma jurídica de trasmisión de la propiedad a través de la licitación pública, subasta, remate o adjudicación directa.

Del total de los bienes que se refiere el artículo 5 y 6 del artículo 16 transferidos al SAI, se destinará de forma equitativa el 50 por ciento del procedimiento de donación.

También el artículo 34, la reforma habla del total de los bienes transferidos al SAI, el 50 por ciento de diversos bienes, de conformidad con lo que establece tal efecto, las disposiciones aplicables y previstos en el cumplimiento de los requisitos, que en su caso prevé las mismas, tales como los relativos al monto, plazo o tipo de bienes, estos serán donados equitativamente a favor de las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que lo requiera para el desarrollo de sus actividades.

En el artículo 35, reforma: Para la donación de los bienes del SAI, se apoyará del comité de donación el cual se integrará y se regirá acuerdo con lo respecto establecido en el reglamento (sic).

Las solicitudes de donación afectadas al SAI, deberán resolverse en un plazo no mayor de quince días hábiles.

TRANSITORIOS:

Primero.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Las autoridades de la Administración Pública Federal, en sus respectivos ámbitos de competencia, contarán con un plazo de 60 días a partir de la vigencia del presente decreto para modificar las disposiciones reglamentarias a fin de lograr su cabal cumplimiento.

Muchas gracias, compañera presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias diputado Bazán Flores.

Túrnese la presente iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión Especial de la Función Pública.

A petición del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, se retira del orden del día la iniciativa que adiciona el artículo 168 bis 1al Código Penal Federal, suscrita por los diputados Manuel Gómez Morín y Ricardo Alegre Bojórquez.

Se pospone, a solicitud del grupo parlamentario el Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa que habría de presentar el diputado Horacio Martínez Meza, para presentar iniciativa que reforma los artículos 26, 115, 116, 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, a solicitud del Partido Verde Ecologista de México se pospone la iniciativa que habría de presentar el diputado Luis Antonio González Roldán, para reformar el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A continuación, tiene la palabra nuestro compañero, el diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Jorge Legorreta Ordorica: Con su permiso señora presidenta.

Compañeras y compañeros legisladores.

El juicio de amparo es el instrumento por excelencia en nuestro sistema jurídico, para hacer valer frente a las autoridades del Estado, el respeto de las garantías individuales y sociales que consagra nuestra Constitución.

Este juicio constitucional requiere profundidad y amplio conocimiento. Es un legado de nuestros antepasados y por eso demanda que el legislador le imprima vigencia a la ley que lo constituye.

El juicio de garantías se ha consagrado como la institución jurídica mexicana por excelencia, ya que se le considera como el sistema más eficaz de control de la supremacía de la Constitución, así como la expresión de la soberanía nacional, de la división de poderes y del estado de derecho.

Es el instrumento jurídico establecido para el control y custodia de los preceptos constitucionales contra las posibles transgresiones de cualquiera de los actos emanados del Poder Público, ya sea en su esfera federal, local o municipal.

Varios han sido los proyectos presentados para reformar el juicio de garantías, y han sido promovidos por legisladores, académicos, instituciones y asociaciones jurídicas, inclusive por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

A pesar de ello, a la fecha han sido pocas las reformas substanciales en ese renglón. Considero que únicamente con la decisión y justo criterio de nosotros los legisladores, puede llevarse a cabo la concretización de dichas reformas, mismas que permitirán obtener beneficio para la totalidad de los gobernados, que se encuentran o pudieran llegar a encontrarse bajo el supuesto de un acto de autoridad arbitrario, tenga mecanismos de defensas como este juicio constitucional.

Desde este punto de mira, el amparo es la instancia judicial que tienen los gobernados para que se protejan y respeten sus derechos de toda actuación de autoridad que repercuta en perjuicio de sus garantías constitucionales.

Su objeto es restablecer las cosas al estado que guardaban antes de la violación u obligar a la autoridad responsable a que obre en el sentido de respetar la garantía de que se trate y cumpla con lo que la misma garantía exige.

Cabe mencionar que en el mes de noviembre de 2002 entró en vigor el Código Penal para el Distrito Federal, mismo que está en vigor como obra y producto de las tareas legislativas de la Asamblea Legislativa.

Es precisamente la novedad que por muchas décadas existió, para ser exactos, desde el año de 1931, el Código Penal en Materia de Fuero Común y para toda la República mexicana en materia federal. Esto es, dicho código punitivo tenía una ambivalencia porque regulaba las conductas punitivas tanto de la capital del país como del territorio nacional, correspondiendo al Congreso de la Unión legislar en esa materia, como en otras.

Por ello muchas leyes federales contenían en su articulado la señalización correspondiente, aludiendo al multicitado código en materia federal para toda la República mexicana y local para el caso de la Ciudad de México.

Hoy en día los tiempos han cambiado y existe una distribución de competencias en cuanto el legislativo federal tiene la facultad de modificar, adicionar y derogar las leyes federales e inclusive cierta normatividad para el Distrito Federal.

Algunas leyes federales, como la Ley de Amparo, prescriben y citan al antiguo código represivo haciendo la puntual diferencia para el Distrito Federal en materia del fuero común y para toda la República en materia federal.

Cuando dicho ordenamiento jurídico dejó de existir dada la nueva naturaleza jurídica del gobierno central, de ahí surge la justificación de la presente iniciativa en el sentido de actualizar el vocablo del Código Penal Federal para quitar el de Código Penal aplicable en materia federal.

Ello es así porque nosotros, como legisladores, debemos imprimirle mayor claridad a las leyes federales, como en este caso a la Ley de Amparo.

En mérito de lo antes expuesto, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México somete a la aprobación de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos siguientes: el párrafo tercero del artículo 23, párrafos primeros de los artículos 35 y 199 y se reforman los artículos 198, 200, 202, 204, 205, 206, 207, 208 y 209, todos de la Ley de Amparo.

En mérito del tiempo permitido, solicito a la presidencia se publique en su totalidad la iniciativa, tanto en el Diario de los Debates como en la Gaceta Parlamentaria. Gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Gracias, diputado Jorge Legorreta. De acuerdo a su solicitud, favor de insertar íntegro el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates y, en su caso, si no ha sido publicado, en la Gaceta Parlamentaria y turnarla a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

A continuación tiene el uso de la voz nuestro compañero Jesús Martínez Alvarez, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa de Ley Federal de Protección de Datos Personales.

El diputado Jesús Martínez Alvarez: Con su permiso, ciudadana presidenta. Compañeras y compañeros diputados:

Estamos presentando, a nombre del Partido Convergencia, una iniciativa con proyecto de decreto por el cual se crea la Ley Federal de Protección de Datos Personales.

No escapa a nuestra comprensión que en el Senado de la República ya fue presentada una iniciativa similar; sin embargo, la consideramos incompleta desde el punto de vista de que solamente se refiere y sanciona, en su caso, a las empresas que comercializan estos datos.

Por eso esta iniciativa está vinculada fundamentalmente a los derechos fundamentales de la persona.

La protección de datos es desde la perspectiva de la Ley Fundamental, una condición previa de la estructura democrática del país, por lo que los derechos de los gobernados plasmadas en la Constitución, requieren además ser detalladas en un ordenamiento jurídico de ciertas normas que cimienten la situación de estos frente a la autoridad, ante la eventualidad del uso impropio del poder.

En cuanto a la protección de la persona, no desconocemos que existen normas que protegen el derecho a la vida o a la privacidad de los gobernados, así como la salvaguarda de la seguridad y privacidad de las comunicaciones. En tanto que la protección de datos no está plenamente garantizada la capacidad de la persona para comunicar y participar y por lo tanto, es un elemento determinante tanto para la existencia como para la función de una sociedad democrática.

La decisión de crear un ordenamiento jurídico es una consecuencia tardía, pero necesaria sobre protección de datos. Es innegable la relación entre la protección de datos y los derechos fundamentales de las personas.

Los representantes de la nación estamos obligados a establecer normas vinculatorias que deben regir cualquier recopilación y procesamiento de datos personales.

Son totalmente inaceptables los afanes de entender la protección de datos tan sólo como la variación de los derechos de la propiedad y que impulsan, por lo tanto, la comercialización de los datos personales.

La protección de datos debe tener como un fin evidentemente definido como una condición vinculante que limite el uso de datos personales en cualquier fase de su procesamiento.

Hay empresas que en el contexto de sus propias actividades, han reunido datos personales y que saben de su valor económico y en consecuencia venden o alquilan datos y recordemos solamente el caso del padrón electoral.

La protección de datos sólo tiene una oportunidad en una sociedad que observa a privacidad como uno de los valores más fundamentales y que por lo tanto desea conservarla y que por lo tanto también desea defenderla.

La iniciativa que se pone a consideración del pleno, tiene por objeto garantizar la protección de datos personales que se encuentran contenidos en documentos, archivos, registros, bancos de datos o bien en otro medios tecnológicos de procesamientos de datos, san de carácter públicos o privados, a efecto de proteger el derecho de las personas a la vida privada y a la intimidad, así como al acceso a la información que sobre las mismas se registre en términos de los artículos 6, 14 y 16 de la Norma Suprema.

Esta propuesta se divide en ocho capítulos: Primero, las disposiciones generales se establecen en el primer capítulo señalando el objeto y las leyes aplicables, en lo conducente a los datos de las personas jurídicas enfatizando que en ningún caso se podrán afectar los registros y fuentes periodísticas, amén de que los archivos, registros, fases, o bancos de datos electorales o referentes al Registro Civil y a la prevención, persecución y sanción de los delitos, así como a la ejecución de las sanciones penales; personales concernientes a integrantes de las Fuerzas Armadas y los cuerpos de seguridad pública o datos relativos a esos cuerpos y con fines exclusivamente estadísticos, se regirán conforme a los ordenamientos aplicables y a las excepciones de la ley que estamos presentando.

En el capítulo segundo lo denominamos "De las Definiciones", en donde precisamos qué debe de entenderse por principio por base de datos del Instituto y datos íntimos, entre otros conceptos.

En los principios generales se estipulan los mismos, quedando prohibido el tratamiento de los datos personales que revelen ideologías, origen racial o ético, convicciones religiosas y no religiosas o de cualquier tipo, hábitos y comportamientos personales, orientación y vida sexual, rasgos físicos y síquicos, estados de salud, opiniones políticas, afiliación partidaria salvo que los ordenamientos jurídicos dispongan lo contrario o medie el consentimiento del titular, siempre que no sea factible su identificación. Los casos en que se podrá proceder a la reelección y tratamiento de los mismos.

Los derechos de los titulares de datos lo ubicamos en el cuarto título, detallando entre otros aspectos que toda persona puede solicitar información al organismo de control relativo a la existencia de archivos, registros, bases o bancos de datos personales, sus finalidades y la identidad de sus responsables, así como la consulta pública y gratuita.

No detallaría el contenido completo del articulado de la propuesta que hoy estamos presentando. Lo que sí queremos destacar es de que estamos viendo por un lado los derechos fundamentales que tiene toda la persona y también estamos integrando lo que tiene qué ver con la parte relativa a la comercialización indebida de estos datos.

Creo, pues, que hoy por hoy es una ley fundamental, es una ley urgente, es una ley vinculante a los derechos fundamentales de la persona.

Por su atención es cuanto, compañeras y compañeros, y compañera Presidenta.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias diputado Martínez Alvarez y turnar la iniciativa a la Comisión de Gobernación.

Se solicita a la Secretaría dé cuenta de un comunicado que acaba de llegar a la mesa por parte de la Junta de Coordinación Política.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Comunicación dirigida al diputado Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva.

"Por este conducto y con fundamento en el artículo 5o. del Acuerdo Parlamentario relativo al orden del día de las sesiones las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, solicitamos que la iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley General de Salud que presenta el diputado Jorge Kahwagi Macari sea integrada a la orden del día de la sesión del día 1o. de diciembre de 2005 como de: solo turno a Comisión".

Con la firma, por la Junta de Coordinación Política, del diputado Pablo Gómez Alvarez, Presidente.

Del diputado Emilio Chuayffet Chemor, de la fracción parlamentaria del PRI.

Del diputado Jorge Antonio Kawhagi Macari, del Partido Verde Ecologista.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Preguntar a la asamblea si se acepta.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la asamblea si es de aceptarse la inclusión en el orden del día de lo antes expuesto.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Por favor sonido a la curul del diputado José Antonio de la Vega.

El diputado José Antonio de la Vega Asmitia (desde la curul): Para solicitar que esta votación pueda ser nominal.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: ¿Quién lo apoya, señor

(Varios diputados panistas levantan la mano)

Adelante.

Instruya la Secretaría que se abra el sistema de votación por diez minutos, en virtud de que muchos de los compañeros están ahorita en Comisiones y que tengan el tiempo.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento.

Ábrase el sistema electrónico de votación hasta por diez minutos.

Votación

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia le da la más cordial bienvenida a jóvenes estudiantes y profesores de la secundaria oficial número 417, del municipio de Metepec, Estado de México, invitados por el diputado Víctor Ernesto González Huerta. Sean ustedes bienvenidos.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Ciérrese el sistema electrónico de votación.

Señor Presidente, se emitieron en pro 299 votos, en contra 12 y abstenciones 2.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: En consecuencia, túrnese la iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley General de Salud, presentada por el diputado Jorge Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, a la Comisión de Salud.

Y tiene el uso de la palabra el señor diputado Javier Galván Guerrero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 80 de la Ley Agraria.

El diputado Javier Galván Guerrero: Con su permiso, diputado Presidente.

Compañeras y compañeros diputados:

"El suscrito, diputado Javier Galván Guerrero, en ejercicio y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción 2 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración la presente iniciativa con Proyecto de Decreto, por el que se reforma el artículo 80 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente

"Exposición de Motivos

"El Banco Mundial reconoce que la pobreza, la marginación y la indigencia en el campo y los municipios mexicanos es alarmante y ha venido creciendo de manera importante en los últimos 10 años. De ’95 al 2004 aumentó en un 25 por ciento.

"El campo y las comunidades rurales de nuestro país atraviesan por una grave y compleja crisis multidisciplinaria, económica, educativa y cultural, los conflictos agrarios, que por su duración y gran complejidad, lesionan gravemente el estado de derecho de las comunidades rurales y ejidos que aún no cuentan con la seguridad jurídica que la ley les otorga.

"La política sectorial no dio la importancia que se requería para resolver la problemática agraria y los apoyos al sector rural no fueron suficientes para promover el aumento a la producción primaria que diera cobertura a la demanda nacional y mantenerlo dentro de un rango de competitividad con los mercados externos.

"En la década de los ‘80s el país entró en crisis económica, ocasionando con ello el que se destinaran menores recursos al campo, lo que provocó que disminuyera la producción y se perdiera productividad en el agro.

"Para dar el impulso que requería el sector primario, en 1992, durante la administración de Carlos Salinas, se reformó el artículo 27 constitucional, se promulgó la Ley Agraria, la cual determinó la creación de la Procuraduría Agraria y la transformación del Registro Agrario Nacional; es un órgano desconcentrado de la Secretaría de la Reforma Agraria.

"La emisión de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, mediante la cual se crearon los Tribunales Agrarios en todo el país y se dio por concluido el reparto agrario.

"A 12 años de haberse promulgado la Ley Agraria, según informes de la Secretaría de la Reforma Agraria, a fines de 2003, a través del PROCEDE, se ha avanzado significativamente en la certificación y titulación del 78.6 por ciento de los núcleos agrarios del país, con lo cual se da la certeza jurídica que se requiere para el desarrollo de las actividades económicas y sociales.

"Es pertinente señalar que independientemente de los errores que en política sectorial haya incurrido el gobierno federal, en los últimos 40 años la problemática que actualmente se tiene en el sector rural se debe también a las crisis económicas recurrentes a que se ha enfrentado el país: malas decisiones de política económica, vulnerabilidad de México ante variables externas.

"La situación en el campo refiere infinidad de modificaciones a la Ley Agraria vigente, con el propósito de crear las condiciones que propicien un incremento en la producción y productividad agropecuaria, para dar respuesta a la demanda nacional, lograr la autosuficiencia alimentaria, elevar la competitividad con los mercados externos e impulsar la creación de fuentes de ingreso y empleo en el sector rural.

"Vincular la Ley Agraria con la normatividad de desarrollo y fomento rural, y con los programas que las dependencias federales y estatales operan en el sector agropecuario con e fin de darles integración a las normas legales vigentes.

La propuesta anterior tiene como finalidad, ampliar el derecho del tanto a aquellos integrantes de la familia del Ejidatario incluyendo los que tienen un derecho legal reconocido, son concubinos o concubinas regulando esta forma de costumbre que actualmente en el campo es común, además de requerir formalidades para perfeccionar dichas enajenaciones y señalando plazos para que se realice el ejercicio de este derecho, con la finalidad de no poner freno al proceso que en algunos casos será en beneficio de la producción de la tierra, ya que al querer transmitir su propiedad , el Ejidatario obviamente no está pensando en la producción sino en el beneficio económico momentáneo que le repercutirá a partir de la veta de su unidad de dotación; en cambio, el adquiriente tratará que los frutos de la tierra sean prontos y de buena cepa para que recupere lo más rápidamente su inversión.

Se estima, que debe hacerse un análisis profundo de la realidad actual y dejar el paternalismo en el campo, ello con la finalidad de incluir a los campesinos de manera más rápida al proceso económico como productores y no con las desventajas que se tienen con sus competidores de otras naciones.

Con estas acciones lograremos reducir en algo la venta indiscriminada de las pocas superficies agrícolas productivas que nos quedan en el país y así, preservar lo que queda en capacidad agrícola productiva a México; esto, con el único fin de lograr la soberanía alimentaria de nuestro país y también con el propósito de que reflexionemos lo que conlleva y la gran importancia que tiene el tema de lograr la conquista de la independencia y soberanía alimentaria considerado este, como un asunto de seguridad nacional.

En razón de lo anterior, se proponen las siguientes reformas en la presente Iniciativa, que la figura del Concubinato sea contemplada por la Ley, al menos en lo que respecta a la enajenación de sus derechos parcelarios y con el fin de que las ventas y cambios de uso y destino de suelos agrícolas con vocación productiva, sean reducidos y regulados a través de la Ley Agraria y de acuerdo a la normatividad vigente y al destino que se pretenda darles.

En otro sentido, darle a la concubina y a los hijos de esta, cierta certidumbre y tranquilidad legal, puesto que esta figura la tenemos presente en gran medida en las distintas comunidades del campo y no es posible únicamente ignorar esta problemática, como se ha hecho con muchas otras situaciones del campo mexicano .

Es tiempo que la cultura de justicia y equidad se institucionalice en los distintos ámbitos del servicio público.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable Soberanía, la siguiente Proposición.

INICIATIVA.-

Artículo 1.- Se reforma y adiciona el Artículo 80 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 80.- Los Ejidatarios podrán enajenar sus derechos parcelarios a otros ejidatarios o avecindados del mismo núcleo de población, respetando, para ello, el derecho al tanto que le asiste al cónyuge, los hijos del enajenante y sus ascendientes, la concubina o concubinario o a quien le asista derecho legal reconocido quienes en este orden, deberán ejercerlo dentro de un términos de 30 días naturales, contados a partir de la notificación, a cuyo vencimiento caducará tal derecho.

Será aceptable para este efecto, la renuncia expresa por escrito ante dos Testigos, si no hiciera la notificación, la venta podrá ser anulada y se requerirá además, aviso por escrito a los integrantes del Comisariado Ejidal.

Para la validez de la enajenación a que se refiere este artículo bastará la conformidad por escrito de las partes ante dos testigos; el escrito de referencia, así como la renuncia de ejercer derecho al tanto señalada en el párrafo anterior. Deberán ser ratificados ante el Federatario Público o ante el Registrador del Registro Agrario Nacional, el que deberá expedir, de ser procedente, sin demora, los nuevos certificados parcelarios.

Por su parte, el Comisariado Ejidal deberá realizar la inscripción correspondiente en el libro respectivo.

Solicito, señor Presidente atentamente, se inserte íntegramente el texto en el Diario de los Debates. Muchas gracias Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y así será.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Reforma Agraria.

Esta Presidencia le da la más cordial bienvenida a invitados del diputado Ricardo Alegre Bojórquez, productores de maíz del municipio de Pedro Escobedo, Querétaro, así como a ciudadanos del municipio de Hueyotlipan, del estado de Tlaxcala, invitados por el diputado Florentino Domínguez Ordóñez.

Esta Presidencia recibió del señor diputado don Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, iniciativa que reforma los artículos 4, 166, 223 y 264 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Túrnese a la Comisión de Gobernación.

Del señor diputado don Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, iniciativa que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene el uso de la palabra la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

La diputada Diva Hadamira Gastelum Bajo: Con su permiso señor Presidente.

La explotación sexual comercial y la pornografía infantil es un fenómeno que se va extendiendo principalmente en aquellos países de bajo desarrollo económico, incluyendo a México, presentándose algunos relevantes casos en determinadas ciudades de nuestro país, como es Cancún, Quintana Roo, el Puerto de Acapulco, Guerrero y en el estado de Baja California, que además de sus atractivos turísticos naturales la delincuencia organizada, aprovechando las precarias condiciones económicas, sociales y familiares de un sector de la población infantil y adolescente, han agredido (¿) como adicional el turismo sexual con menores de edad.

Ante estos sucesos, la comunidad mundial con la participación de representantes gubernamentales, organizaciones internacionales, nacionales y de la sociedad civil, han convocado a diversas reuniones para atender la grave situación de la explotación sexual de menores, como es el caso de los Congresos Mundiales celebrados en las Ciudades de Estocolmo, Suecia, en el año de 1996 y en Japón en el año de 2001. En dichos congresos se han emitido recomendaciones en el sentido de coordinar acciones a nivel local e internacional, para establecer políticas públicas a efecto de enfrentar este grave problema, acciones que correspondan al ámbito de la competencia de los Poderes Ejecutivos de las naciones involucradas.

Otra de las recomendaciones que por su naturaleza corresponde a las instancias legislativas, es crear y reforzar marcos legales integrales que abarque, tanto la penalización a los explotadores sexuales como la protección de los niños y niñas víctimas de estos delitos, así como también la demanda de la pornografía y la prostitución infantil.

En nuestro Código Penal Federal, en el Capítulo Segundo, en el que se tipifican los delitos relacionados a la corrupción de menores e incapaces, pornografía y prostitución sexual de menores, no menciona la posesión y adquisición de materiales pornográficos infantiles, siendo éste el último eslabón del circuito de introducción y consumo de esta deleznable industria delictiva que obra en perjuicio de la infancia y de los adolescentes mexicanos.

Con este proyecto de iniciativa de reforma al Código Penal Federal se pretende fortalecer la protección contra la explotación sexual de los menores, al incluir en el cuerpo del presente Código la inclusión del artículo 201 Bis 4, con el objeto de inhibir la posesión y adquisición de cualquier tipo de pornografía infantil.

Para que exista la prostitución infantil y juvenil, se requiere que un sector de la población demande este tipo de servicios sexuales, por lo que para hacer efectivo el combate a esta actividad, se debe tipificar y sancionar a quienes a través de una remuneración económica o en especie, obtengan relaciones sexuales con menores de edad, por lo que se propone adicionar al artículo 205-Bis, con la intención de disuadir la demanda de menores para acto de esta índole.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa, con Proyecto de Decreto que adiciona los artículos 201 Bis 4 y 265 Bis del Código Penal Federal.

Artículo Primero.- Se adiciona el artículo 201-Bis 4 para quedar de la siguiente manera:

"Artículo 201-Bis 4.- Se sancionarán con una pena de dos a cuatro años de prisión y una multa de 3 mil a 20 mil pesos, quien tenga la posesión de cualquier tipo de pornografía infantil, sea para comercialización, distribución, adquisición o para consumo final".

Artículo Segundo.- Se adiciona el artículo 205-Bis para quedar de la siguiente manera:

"Artículo 205-Bis.- Se impondrá una pena de dos a cuatro años quien tenga relaciones sexuales con persona menor de 18 año, por medio de una retribución económica o en especie".

Transitorio

Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

Gracias.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias a usted, diputada.

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Me informan nuestros auxiliares de asistencia parlamentaria, que la anterior iniciativa del diputado Kahwagi, no tiene el respaldo del documento respectivo, por lo que el turno queda sin efecto.

Tiene el uso de la palabra el diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma los artículos 74 y 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Rene Meza Cabrera: Con su permiso, diputado Presidente.

Diputadas y diputados:

El suscrito diputado federal en ejercicio, presenta iniciativa de decreto con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, son las mitades de un todo que deben reunirse para integrar la Ley de Ingresos y Egresos de la Federación.

Esta opinión la comparten especialistas en la Hacienda Pública y Contaduría, porque convienen en que de conformidad con la técnica contable, el deber y el haber han de tratarse conjuntamente para equilibrar las salidas y entradas de numerarios o especies.

La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos son la contabilidad de la nación y deben unirse para estudiarse, examinarse y aprobarse al mismo tiempo, dando cohesión y estabilidad a la Hacienda Pública.

Tramitar aisladamente los ingresos y egresos como se ha venido haciendo, han creado diversos inconvenientes, entre ellos, la reciente controversia presidencial y cada año las Cámaras del Congreso de la Unión tienen dificultades para examinar, discutir y votar ambos documentos por separado y también con frecuencia se rebasa el plazo fijado para su aprobación.

Todo esto debido a que inadecuadamente se despachan por separado estos instrumentos en diferentes tiempos.

Existe además incongruencia desde los ángulos constitucional y legislativo, examinando esta problemática, desde el aspecto constitucional encontramos que el artículo 74 de la Constitución vigente, especifica las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados. Su fracción IV párrafo segundo, establece que la Cámara de Diputados recibe –8 de septiembre del Ejecutivo Federal- la iniciativa de Ley de Ingresos que ha de examinar, discutir y votar, para turnarla a la Cámara de Senadores; no obstante que ésta, incluida artículo 74 como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados.

Estamos ante una incongruencia constitucional que se contradice con el artículo 72 que textualmente expresa en su primer párrafo: "Todo proyecto de ley o decreto cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas".

Si la Ley de Ingresos está comprendida en la fracción IV del artículo 74 destinado a señalar las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, esta ley no debería de pasar a la Cámara de Senadores, sino discutirse y votarse únicamente en la Cámara de Diputados, lo cual en la práctica no ocurre porque se aplica el inciso a) del artículo 72 y la ley aprobada por la Cámara de Origen (Diputados), pasa a la revisora (Senadores) estamos ante una discrepancia entre los artículos 72 y 74 constitucionales.

Examinada esta problemática desde el aspecto legislativo, vemos que una vez turnada la Ley de Ingresos por la Cámara de Diputados a la de Senadores, tiene que esperar que ésta la devuelva aprobada u objetada para volverla a discutir y aprobar y es hasta entonces que puede examinar, discutir y en su caso modificar el Presupuesto de Egresos, aunque tenga como límite el plazo perentorio del 15 de noviembre para aprobarlo.

Nos hallamos así ante el problema de recibir el 8 de septiembre los proyectos de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos y disponer de sólo 68 días naturales para que las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y la de Hacienda y Crédito Público, dictaminen primero la Ley de Ingresos para que previa su aprobación por la asamblea de la Cámara de Diputados pase a la de Senadores para su revisión y aprobación y retornar a la de Diputados, para que ésta pueda dictaminar y aprobar el Presupuesto de Egresos. En estos trámites el plazo se consume y falta tiempo para un concienzudo estudio y cotejo con la Ley de Ingresos y se apruebe el Presupuesto de Egresos "al vapor", según expresión popular.

Estos inconvenientes que someramente he expuesto se eliminarían fácilmente si empleáramos la lógica y la opinión autorizada de conocedores en la materia, hacendistas y contables y se aceptara el proyecto que propongo, unir la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos en único documento denominado : "Ley de Ingresos y de Egresos de la Federación".

La iniciativa que someto a la consideración de la Honorable Asamblea, tiene las siguientes ventajas:

1.- Al estudiar simultáneamente las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público, los proyectos recibidos del Ejecutivo Federal, podrán calcular los ingresos, computar los egresos destinados a cada partida, según los impuestos fijados a los diferentes rubros de ingresos. El dictamen se elaboraría con mayor rapidez al no tener que esperar el retorno de la Ley de Ingresos aprobada por la Cámara de Senadores.

2.- Se eliminaría la incongruencia constitucional de estar incluida dentro de las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, artículo 74 fracción IV, la Ley de Ingresos que por tener que ser aprobada por la Cámara de Senadores, pierde la exclusividad que la Constitución reserva para aquella.

Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, se modifique la Constitución Política de los Estados Unidos, en la siguiente forma:

Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 74 y 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados revisar la Cuenta Pública del año anterior, para conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios de la Ley de Ingresos y Egresos de la Federación y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

Para la revisión de la Cuenta Pública, la Cámara de Diputados se apoyará a la entidad de Fiscalización Superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las entidades correspondientes a los ingresos y a los egresos con relación a los conceptos y a las partidas respectivas o no existiere exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinará la responsabilidad de acuerdo con la ley.

Si del examen que se realice, la Contaduría Mayor de Hacienda, apareciera discrepancia entre las cantidades gastadas y las partidas respectivas de egresos o no existiera exactitud o justificación en los gastos hechos, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley.

La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dentro de los diez primeros días del mes de junio. Solo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y Egresos de la Federación, así como de la Cuenta Pública cuando medio solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el secretario de despacho correspondiente, a informar de las razones que lo motiven.

Artículo 75. Anualmente el Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley de Ingresos y de Egresos de la Federación, a más tardar el día 8 del mes de septiembre, debiendo comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de la misma.

El Congreso de la Unión tramitará la Ley de Ingresos y Egresos de la Federación en los términos señalados por el artículo 72 de esta Constitución con las siguientes excepciones:

1.- Invariablemente la Cámara de Diputados será la de origen.

2.- El Ejecutivo Federal no podrá vetar con observaciones esta ley.

La Ley de Ingresos y de Egresos de la Federación, se remitirá al Ejecutivo Federal para su promulgación y publicación a más tardar el 15 de noviembre, salvo cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83.

El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de diciembre y el Congreso de la Unión lo remitirá al Ejecutivo Federal a más tardar el día 31 del mismo diciembre para su promulgación y publicación.

Esa ley entrará en vigencia por un año: del primero de enero al 31 de diciembre.

El Congreso de la Unión, al aprobar esta ley, no podrá dejar de señalar las retribuciones que correspondan a un empleo que esté establecido por la ley y en caso de que por cualquier circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en la ley anterior o en la ley que estableció el empleo.

Transitorios:

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Quedan sin efecto las disposiciones que contrapongan el presente decreto.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra el señor diputado don Javier Alvarado Villazón, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar iniciativa que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Turismo.

Diputado Alvarado Villazón.

El diputado Francisco Javier Alvarado Villazón: Con el permiso de la Presidencia.

Compañeras y compañeros legisladores:

Los ingresos generados por el turismo a nivel mundial se han incrementado sistemáticamente en los últimos 50 años. De 2 mil millones de dólares de 1950, han crecido a 40 mil millones de dólares en el año 2000. Esto representa un crecimiento muy importante y se debe a una mayor sofisticación del turismo y los servicios relacionados.

En México, el crecimiento de los ingresos de turismo receptivo han tenido variaciones importantes en los últimos 50 años por diversos factores. En la primera etapa se mantuvo prácticamente constante; en la etapa de consolidación tuvo un crecimiento moderado que se aceleró a principios de los 60´s y se mantuvo constante hasta 1974.

La etapa de transición que va de 1986 al 92, el crecimiento se dispara manteniéndose constante, salvo en el período de crisis que vive el país en el 94, para continuar su tendencia de crecimiento hasta 1998, en que nuevamente tiene una ligera caída.

En los últimos 3 años, la llegada de turistas internacionales a México, se ha suscitado (¿) abajo del nivel de los 20 millones de personas, mientras que en el año 96, se había llegado prácticamente a 21 millones de turistas. Esta situación pone en evidencia que a pesar de los resultados generalmente buenos del turismo mexicano, existen condiciones de fuerte competencia internacional que pueden afectar el comportamiento a los flujos turísticos.

Por otra parte, es claro que el contexto internacional del turismo, se ha modificado radicalmente a partir de los años 80´s en buena medida por la creciente globalización de las economías desarrolladas y el esfuerzo de los países emergentes para insertarse en la nueva economía mundial, pero también por una modificación progresiva de los patrones de comportamiento y las expectativas de demanda.

No cabe duda que el momento actual es de grandes mutaciones en la vida de las sociedades. Las tecnologías han evolucionado en forma considerable, los sistemas políticos del mundo entero pasan por profundas reestructuraciones y las economías tienden a buscar nuevos derroteros.

Por tanto, en la expansión de la participación en el sistema mundial como es la determinación de pautas de reorganización de la producción para el mercado interno.

El turismo es cada vez más visto como un sector de actividades con grandes virtudes tanto por la capacidad de impulsar una mayor relación con el resto del mundo, como por su potencia en la generación de divisas por la creación de empleos y por sus aportaciones potenciales para el desarrollo de las regiones rezagadas.

En este contexto se impone una revisión sustancial del modelo de desarrollo turístico que ha prevalecido en México a lo largo de casi 50 años. Si bien sus logros son sustanciales, se han presentado también "cuellos de botella", errores de orientación estratégica y posiblemente un insuficiente aprovechamiento de todas las bondades que ofrece el turismo para el desarrollo en México.

Es momento de recoger las experiencias que se han logrado en los años de crecimiento intensivo del turismo mexicano, de evaluar sus resultados y de poner nuevas orientaciones para reactivar el turismo y lograr un nuevo despegue sobre las bases consolidadas, explotando las posibilidades que el turismo social, cultural, ecoturismo, turismo de retirados, congresos y convenciones tiene.

Debemos fortalecer un impulso decidido a la vocación económica de las regiones mediante políticas que promuevan la micro, pequeña, mediana empresa, además de fortalecer ramos de servicios cuyos beneficios son fácilmente focalizados, como el turismo.

Para estimular realmente el desarrollo de las PYMES en el sector turístico, es indispensable reconocer que la mayoría de estas empresas requieren de financiamiento para lograr sus objetivos y crecer. Siendo necesaria la oferta de una amplia gama de productos y servicios para las PYMES y sus necesidades respectivas, a través de herramientas innovadoras que ayuden y asesoren en este proceso.

Si bien la Ley Federal de Turismo indica que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo otorgará todo tipo de créditos en moneda nacional o extranjera, para la construcción, ampliación o remodelación de instalaciones turísticas que contribuyan al fomento a la actividad turística, omite dar preferencia especialmente a las pequeñas y medianas.

En este sentido el diputado Francisco Javier Alvarado, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se modifica la fracción XI del artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, para quedar como sigue:

"Artículo 28. El Fondo Nacional del Fomento al Turismo, tendrá las siguientes funciones: Inciso XI) Otorgar todo tipo de créditos en moneda nacional o extranjera para la construcción, ampliación o remodelación de instalaciones turísticas que contribuyan al fomento de la actividad turística. Para el efecto, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, tendrá preferencia en la utilización de estos recursos a pequeñas y medianas empresas de este sector."

Por su atención muchas gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Túrnese a la Comisión de Turismo.

Tiene la palabra el diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 6 de la Ley General de Salud.

El diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa: Con su permiso señor presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

Comparezco ante ustedes con fundamento en las facultades que me confiere el artículo 71 fracción II de la Constitución General de la República, así como los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para someter a su consideración iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 6 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Los artículos 8 y 35 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen que los ciudadanos podrán ejercer ante las autoridades su derecho de petición mediante procedimientos expeditos con arreglo a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental.

Por tales motivos, los servidores públicos poseedores de la información, deben otorgar toda la información solicitada siempre que no se encuentre clasificada como reservada o confidencial.

Al respecto es importante destacar que los artículos 13 y 18 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental, en ningún tiempo definen los conceptos de datos gubernamentales, ni define los que a su juicio tienen el carácter de reservados o confidenciales ya que sólo precisan las hipótesis relativas a aquellas que pueden comprometer la seguridad nacional, la seguridad pública, menoscabar la conducción de las negociaciones o relaciones internacionales, dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria en el país, poner en riesgo la vida de cualquier persona, causar perjuicios a las actividades de verificación del cumplimiento de las leyes, prevención, persecución de delitos, impartición de justicia, recaudación de las contribuciones, operaciones de control migratorio, estrategias procesales en procesos judiciales o administrativos mientras las resoluciones no causen estado.

Como podemos ver, los informes de esta naturaleza deben mantenerse en secresía, porque trascienden en la esfera de asuntos que influyen en intereses que orientan el destino de la nación, las instituciones públicas o derechos de terceros, mismos que pueden verse lesionados en caso de darse un mal uso a la información.

Estos temas nos hacen reflexionar lo relativo al desarrollo de las relaciones que vinculan a las instituciones del sector salud, con millones de mexicanos beneficiarios, fincadas en aspectos que consideran al expediente clínico que se forma con los datos personales del paciente como un instrumento que pertenece a la institución por ser ésta la responsable del cuidado y restablecimiento de la salud, generando en la población la inquietud de que este instrumento es un dato susceptible de consulta fundado en el ejercicio del derecho de petición.

En los hechos esta situación no ha surtido efectos favorables a los solicitantes, toda vez que les es negada la información de manera infundada en virtud de que los expedientes constituyen protección jurídica de la intimidad y la privacidad de los ciudadanos.

Esta dinámica ha sido una práctica de los últimos dos años propiciando diversas controversias jurídicas ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, la Secretaría de Salud y el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública provocada por casos de solicitudes ciudadanas que han sido negadas bajo el argumento de que los informes de los expedientes clínicos son confidenciales, dando lugar a la interrogante sobre la legalidad de la pertenencia de los expedientes a favor de las instituciones de salud, o bien hasta dónde los pacientes tienen derecho a conocerlos.

Para dar una respuesta objetiva y jurídica, debemos analizar que las disposiciones vigentes advierten posturas que sin establecer lo contrario no resuelven el cuestionamiento, generan inquietudes en la Ley General de Salud y la Norma Oficial Mexicana 168 referente al expediente clínico, la cual señala que el expediente clínico es propiedad del prestador del servicio, es decir del médico tratante, debido a que en él se justifica la función del beneficio terapéutico, o por lo anterior se legitima al paciente para obtener un resumen clínico del mismo.

La pirámide de jerarquía de normas, ubica a la constitución y las leyes federales pro arriba de la Norma Oficial Mexicana pero ante la inexistencia del fundamento legal en el tema que nos ocupa, hago un llamado a esta Asamblea a garantizar los derechos ciudadanos.

A mayor abundamiento, el argumento de la Norma Oficial Mexicana 168 es contundente en el sentido de permitir el acceso al paciente a la información de su expediente clínico, lo cual se debe determinar dentro de la Ley General de Salud, además de limitar ese derecho bajo las directrices del principio legal de transparencia, con la excepción de que sólo se negará la información requerida cuando se puedan afectar intereses de terceros.

Por tales consideraciones, no existe justificación legal que funde la labor de los servidores públicos del sector salud para que se nieguen a dar el acceso a la información que los pacientes solicitan con la inquietud de conocer su parte histórico clínico.

Ante tal situación que atenta contra el derecho constitucional de petición, promuevo esta iniciativa con el propósito de poner fin a las controversias que se han venido suscitando por la sociedad civil ante las instancias arbitrales competentes debido a la existencia de una grave laguna normativa, por lo que la adición que propongo orientará el criterio de las autoridades de las instituciones de salud pública a actuar con transparencia, legalidad y honradez en beneficio de toda la población.

Por lo antes expuesto y fundado someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 6 de la Ley General de Salud.

Artículo único. Se adiciona una fracción IX al artículo 6 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 6. El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos: --fracciones de la I a la VIII quedan como están--; fracción IX. Promover políticas de transparencia en el otorgamiento de los servicios y programas de salud, permitiendo en todo momento a los pacientes el libre acceso a la consulta de sus expedientes médicos personales, siempre que no afecten derechos de terceros.

Transitorio.

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 1 de diciembre del año 2005.

Solicito de manera atenta y respetuosa, señor presidente, se publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Así se hará, señor diputado, y se ordena turnar la iniciativa a la Comisión de Salud.

Tiene la palabra la diputada María Cristina Díaz Salazar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley General de Salud.

La diputada María Cristina Díaz Salazar: Gracias, presidente. La vida promedio de la población está aumentando y lo seguirá haciendo en las décadas por venir.

Los cambios en la mortalidad de la población mundial se reflejan en una mayor sobrevivencia, la cual aumentará considerablemente en la primera mitad de este siglo.

México también ha experimentado un proceso acelerado de transición demográfica. La primera fase se ubica a partir de los años treinta, con el inicio del descenso de la mortalidad que, junto con la persistencia de elevados niveles de natalidad, trajo consigo un período caracterizado por un elevado crecimiento demográfico. En esa etapa se observó incluso un ligero incremento de la natalidad, como resultado de mejores condiciones de salud.

Posteriormente, la natalidad disminuyó notablemente, lo que aminoró el crecimiento demográfico. La esperanza de vida en México alcanzará 80 años en el año 2050.

La vida media de los mexicanos se duplicó durante la segunda mitad del siglo XX al pasar de 36 años en 1950 a 74 años en el 2000. Se espera que en las próximas décadas continúe su incremento hasta alcanzar 80 años en el 2050, un nivel similar al de Japón, el país que actualmente tiene la mayor esperanza de vida en el mundo.

La pirámide de población de México perderá su forma triangular característica de una población joven para adquirir un perfil rectangular abultado en la cúspide, propio de las poblaciones envejecidas.

La estructura por edades de 1970 con una base muy amplia y una cúspide angosta, da cuenta del predominio de la población infantil que caracterizó la época de alta fecundidad. En aquel año cerca de 50 % de la población tenía menos de 15 años de edad. En el año 2000 se presenta una pirámide abultada en el centro que refleja el aumento en el número de personas en edades jóvenes y laborales, así como una base más estrecha que es el resultado de la disminución de la población de niños de cero a cuatro años de edad.

Entre 2000 2050 la proporción de adultos mayores en México pasará de 7 a 28 %. El proceso de envejecimiento demográfico de México no es reversible, pues los adultos mayores de mañana ya nacieron. Las generaciones más numerosas, las nacidas entre 1960 y 1980 ingresarán al grupo de 60 años y más a partir del 2020. Esto se refleja en el aumento de las proporciones de adultos mayores en las próximas décadas.

Uno de los principales retos del envejecimiento demográfico es su impacto sobre los sistemas de salud.

El envejecimiento de la población implicará una mayor demanda de servicios de salud, pues en este grupo de edad se presentan mayores tasas de morbilidad y necesidades de atención médica que en el resto de la población. Al mismo tiempo los padecimientos de a población en edades avanzadas tienden a concentrarse en males crónicos degenerativos. Aunado a esto debemos de considerar que la proporción de adultos mayores en el año 2000, fue de 7 % y en el 2020 aumentará a más del 12 %.

Por lo anteriormente expuesto me permito presentar la siguiente iniciativa por la que se adiciona una fracción I al artículo 25 de la Ley General de Salud para incorporar de manera paulatina departamentos especializados en geriatría, en los servicios de salud tanto públicos como privados.

ÚNICO.- Se adiciona una fracción I al artículo 25 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 25: "Conforme a las prioridades del Sistema Nacional de Salud, se garantizará la extensión cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud preferentemente a los grupos vulnerables.

"Fracción I: Deberán incorporarse de manera paulatina la incorporación de departamentos especializados en geriatría en los servicios de salud tanto públicos como privados".

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a la fecha del día de hoy.

Diputada María Cristina Díaz Salazar. Rúbrica.

Gracias, señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Gracias, ciudadana diputada.

Se ordena turnar la iniciativa a la Comisión de Salud.

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los siguientes dictámenes:

De la Comisión de Seguridad Social.

Con proyecto de decreto que reforma las fracciones I, III y IV del artículo 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

De las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Radio, Televisión y Cinematografía.

Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal de Radio y Televisión.

De las Comisiones Unidas de Economía y de Justicia y Derechos Humanos

Con proyecto de decreto que reforma las fracciones V y VI del artículo 1068 del Código de Comercio.

De la Comisión de Gobernación.

Con proyecto de decreto que concede permiso a los CC. Alma Cecilia Villarreal Garza y César Acosta Gámez, para prestar servicios en el Centro de Comercio, Inversión, de Corea, COTRA, en Monterrey, Nuevo León.

Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Jaime Virgilio Noarlat Sánchez Ramiro, Eduardo Osorio Fonseca y General de Brigada Diplomado de Estado Mayor, Adolfo Domínguez Martínez, para aceptar y usar las condecoraciones que les otorga el gobierno del Reino de España y la Junta Interamericana de Defensa, respectivamente, publicados en la Gaceta Parlamentaria.

Son de Primera Lectura.

A esta Presidencia ha llegado un comunicado de la Junta de Coordinación Política que pido a la Secretaría dé lectura al mismo y, en su caso, solicite la aprobación de la asamblea.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina:

Junta de Coordinación Política

"Palacio Legislativo de San Lázaro a 1o. de diciembre del 2005.

"Diputado Heliodoro Díaz Escárraga,

Presidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de Diputados

P r e s e n t e .

"Con fundamento en el artículo 5o. del acuerdo de la Conferencia para la dirección y programación de los trabajos legislativos relativo al orden del día de la sesión, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación solicitamos a usted atentamente que el dictamen que a continuación se señala y que fue publicado en el orden del día del 1o. de diciembre se turne lo antes posible y se le dispense la segunda lectura.

"Dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Radio, Televisión y Cinematografía con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal de Radio y Televisión.

"Sin más por e momento agradezco de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

"Atentamente

"Diputado Pablo Gómez Alvarez, Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del grupo parlamentario del PRD; diputado Emilio Chuayffet Chamor, coordinador del PRI; diputado Jorge González Morfín, coordinador del PAN; diputado Jorge Kawhagi Macari, coordinador del Verde Ecologista, y diputado Jesús Martínez Alvarez, coordinador de Convergencia"

En votación económica se consulta a la asamblea si es de aprobarse.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se aprueba y se dispensa la segunda lectura.

Esta Presidencia no tiene oradores registrados para fundamentar el dictamen.

En consecuencia, se considera suficientemente discutido en lo general.

Para efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no hay oradores registrados, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto de esta iniciativa.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

Votación

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Diputado Presidente: Se emitieron 327 en pro, 0 en contra y 0 abstenciones.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular por 327 votos el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal de Radio y Televisión.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

A esta Presidencia acaba de llegar un comunicado de la Junta de Coordinación Política. Dele lectura la Secretaría.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Sí, señor Presidente.

"Palacio Legislativo de San Lázaro 1o. de diciembre de 2005.

"Diputado Heliodoro Díaz Escárraga

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

P r e s e n t e .

"Con fundamento en el artículo 5o. del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, solicitamos a usted atentamente que el dictamen que a continuación se señala y que fue publicado en el orden del día 1o. de diciembre de 2005 se turne lo antes posible y se le dispense la Segunda Lectura.

"De la Comisión de Seguridad Social con Proyecto de Decreto que reforma las fracciones I, III y IV del artículo 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

"Sin más por el momento, agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente.

"Atentamente. Firman: Dip. Emilio Chuayffet Chemor, Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; Dip. José González Morfín, Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN; Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México".

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria el dictamen de la Comisión de Seguridad Social con Proyecto de Decreto que reforma las fracciones I, III y IV del artículo 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la Segunda Lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la asamblea si se le dispensa la Segunda Lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la lectura.

Tiene la palabra el diputado Agustín Miguel Alonso Raya, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 de nuestro Reglamento.

El diputado Agustín Miguel Alonso Raya: Gracias, compañero Presidente.

Compañeras y compañeros:

En respuesta a la grave problemática que enfrentan cerca de 60 mil servidores públicos en todo el país, que adquirieron créditos cofinanciados por el FOVISSSTE e instituciones financieras privadas entre los años ’89 y ’97, el 25 de octubre de este año un grupo plural de diputados de la Comisión de Seguridad Social de esta H. Cámara, acordamos suscribir una proposición con Punto de Acuerdo, para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la ampliación del presupuesto 2006 del ISSSTE, financiada con disponibilidades financieras, afectando las reservas del FOVISSSTE previstas para el efecto, para comprar el total de la cartera de los créditos cofinanciados por el Fondo de la vivienda del ISSSTE.

En atención a esta legítima demanda que tiene por fin resolver en las mejores condiciones la problemática de cada uno de los empleados públicos que suscribieron convenios cofinanciados, para proteger su patrimonio y el del Fondo de la Vivienda, que es patrimonio de todos los trabajadores afiliados, suscribió y presentó ante esta Honorable Soberanía, esta proposición con Punto de Acuerdo, aprobándose en esta misma fecha.

"Consideraciones

"Entre los años ’89 y ’97, se celebraron convenios de cofinanciamiento entre el Fondo de Vivienda del ISSSTE, FOVISSSTE y la banca comercial. Bajo estos convenios el FOVISSSTE financiaba el 45 por ciento de los créditos, la banca comercial otro 45 por ciento y el trabajador el 10 por ciento restante, es decir, al trabajador se le prestaba el 90 por ciento del crédito.

"El número total de trabajadores acreditados bajo este tipo de convenios, asciende a 58 mil 365, cuyos préstamos o créditos tienen un valor de 4 mil 420 millones de pesos, de acuerdo con los datos al cierre del mes de junio del 2005. Al cierre del periodo, con 15 entidades financieras acreedoras del FOVISSSTE y de los trabajadores, de las cuales en 3 se concentra el 80 por ciento de los créditos.

"El problema es que el monto inicial que prestaron los bancos comerciales fue de 2 mil millones de pesos. Sin embargo, los pagos o amortizaciones hechos a la banca al cierre del 2005, asciende a 5 mil 553 millones de pesos, mas teniéndose el adeudo citado de 4 mil 420 millones de pesos.

De continuar el esquema de pagos por la vía que actualmente se conduce, el Fondo estaría pagando a la Banca Privada , 9 mil 973 millones de pesos, aunque la estimación total del costo del Programa hasta su liquidación, oscila de los dos mil millones prestados inicialmente por a Banca, asciende a 17 mil 869 millones de pesos.

Si a esta cantidad se le restan los pagos efectuados por 5 mil 553 millones de pesos, quedaría erogaciones por pagar del orden de los 12 mil 316 millones de pesos. Si se compra la Cartera, el Fondo tendría un ahorro neto para el FOVISSTE del orden de los 7 mil 896 millones de pesos.

En este tenor y de acuerdo con la normatividad vigente, que mediará la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la ampliación del techo presupuestal del ISSSTE para poder efectuar la compra de la Cartera a los Bancos de los créditos no financiados.

El problema del Fondo es que, a pesar de que la Legislación vigente establece con toda claridad que la adquisición de vivienda es una de las prestaciones fundamentales de Seguridad Social, que os depósitos efectuados por las entidades y dependencias al Fondo Nacional de Vivienda están hecho a favor de los trabajadores beneficiados de la prestación y que el ISSSTE es el encargado de la administración de este Fondo, la Ley del ISSSTE ha mantenido en su Artículo 174 una disposición que convierte aportaciones a favor de los trabajadores, en parte del patrimonio del Instituto sin que asistan bases o justificaciones legales para ello.

Por esta razón, el presente Dictamen, propone separar del patrimonio del ISSSTE los recursos del Fondo de Vivienda, determinando con claridad que estos son propiedad de los trabajadores a favor de quien se hace las aportaciones.

En las Disposiciones Transitorias se propone, que el Instituto cuente con un plazo de 180 días, a partir de la entrada en vigor, para efectuar las operaciones y modificaciones necesarias para la aplicación de la Reforma de acuerdo con la normatividad vigente y con las autorizaciones que corresponda emitir a la Secretaría de Hacienda Crédito Público.

En otro Transitorio, se determina que los Bienes Muebles e Inmuebles, así como cualquier derecho o activo acumulado a la fecha de entrada en vigor del Decreto, gracias a los recursos de las aportaciones al Fondo de Vivienda, forman parte de las Reservas del mismo y que a partir de la vigencia de este, los activos o servicios vinculados al Fondo de Vivienda, deben costearse con cargo al propio Fondo.

La Comisión que emite el presente Dictamen, coincide plenamente con los propósitos de la presente Iniciativa y considera adecuadas las modificaciones propuestas para alcanzar dicho fin.

Se considera que la principal virtud de la Iniciativa de mérito es precisar el Mandato Constitucional de que los depósitos hechos al Fondo de Vivienda, se constituyan a favor de los trabajadores y no sigan siendo parte del patrimonio del ISSSTE. Así quedan en sus ámbitos adecuados, los recursos del Fondo de Vivienda y se salvaguarda la función del Instituto como Administrador del Fondo.

De esta forma, la sanción de esta medida propuesta por un grupo plural de Legisladores Federales constituirá un aporte indudable a una de as prestaciones fundamentales de la Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Por su atención compañeras y compañeros Diputados y Diputadas, muchas gracias y les solicitamos respetuosamente, a nombre de todos los Miembros de la Comisión de Seguridad Social de esta Cámara de Diputados, su voto a favor de esta iniciativa que reforma el artículo 174 en sus fracciones I, III y IV de la Ley del ISSSTE. Muchas gracias compañeros y compañeras por su atención.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

Esta Presidencia no tiene registrados oradores, por lo cual considera que está suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 5 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se encuentra en este salón de sesiones, un grupo de integrantes de la Federación México Unido, de la Ciudad de Los Angeles, California, a quienes damos la más cordial bienvenida y les deseamos lo mejor durante su estancia en nuestro país. Sean bienvenidos.

Se encuentran en este recinto, jóvenes estudiantes y profesores de la Escuela Superior de Periodismo y Comunicación del estado de Zacatecas, invitados por el diputado Víctor Ernesto González Huerta. Sean bienvenidos.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: De viva voz el diputado Camacho.

Diputado Manuel Camacho Solís, a favor, por favor.

Diputado Carlos Jiménez Macías, a favor.

Diputado Angel Buendía, a favor.

Señor Presidente, se emitieron 329 votos en pro, cero en contra y una abstención.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular, por 329 votos el proyecto de decreto que reforma las fracciones I, II (¿) y IV del artículo 174 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona el Código de Comercio.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se le dispensa la lectura al dictamen.

Esta Presidencia no tiene oradores registrados, en consecuencia se considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación del dictamen en lo general y en lo particular, en un solo acto.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del Proyecto de Decreto en un solo acto.

VOTACION

Diputado Presidente, se emitieron 299 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado el artículo por 299 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el Proyecto de Decreto que reforma y adiciona el Código de Comercio.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día, es la discusión del dictamen con Proyecto de Decreto, que reforma el artículo 1056 del Código de Comercio.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se le dispensa la lectura.

Esta Presidencia no tiene oradores registrados, en consecuencia se considera suficientemente discutido el dictamen.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto, del Proyecto de Decreto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del Proyecto de Decreto en un solo acto.

VOTACION

Señor Presidente, se emitieron 307 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular por 307 votos, el Proyecto de Decreto que reforma el artículo 1056 del Código de Comercio.

Pasa al Senado para sus efectos Constitucionales.

Esta Presidencia acaba de recibir un comunicado de la Junta de Coordinación Política, instruyo a la Secretaría le dé lectura a la misma.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, solicita incluir en el orden del día el dictamen de la Comisión de Medio Ambiente, con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil.

En votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen y se somete a consideración de inmediato.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con Proyecto de Decreto que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el daño y el deterioro ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

En virtud de que se ha distribuido entre los diputados el dictamen, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Es de primera lectura.

En virtud de que se ha distribuido entre los ciudadanos diputados el dictamen, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia con fundamento...

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame señor Secretario, aún cuando íbamos a proceder a la votación. Si, diputado de la Vega.

El diputado José de la Vega Asmitia (desde la curul): Para solicitarle que esta votación se lleve a cabo por el sistema electrónico nominalmente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Quiénes lo respaldan? Así se hará, señor diputado.

Instruyo a la Secretaría que la votación para dispensar la segunda lectura lo haga por medio del sistema electrónico de votación por un lapso de tres minutos.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se someterá a votación, si es de dispensarse la segunda lectura y ponerse a discusión y votación de inmediato. Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico de votación por tres minutos.

Votación

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente se emitieron en pro 225 votos, en contra 98, 1 abstención. Hay mayoría calificada.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la segunda lectura.

Tiene la palabra el diputado Adrián Chávez Ruiz para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento Interior, hasta por diez minutos.

El diputado Adrián Chávez Ruiz: Con su permiso, diputado Presidente.

A nombre de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, vengo a solicitar su voto aprobatorio al dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por el daño de deterioro ambiental y se deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, bajo en tenor de las siguientes:

Consideraciones

El creciente deterioro del ambiente nos exige hoy aportar desde cada ámbito de influencia, alternativas que detengan esta situación apremiante. El dictamen que hoy se presenta es una novedosa propuesta pionera en el ámbito legislativo que busca adentrarse en la solución del acusiante problema ambiental en México.

Al enfrentarnos a la problemática ambiental, no podemos negar que existan responsables, cuántas veces observamos que se realiza una actividad o inversión que como consecuencia de sus actos daña o deteriora el medio ambiente. No debe existir más impunidad como con la que se ha procedido en muchas actividades y proyectos de inversión; se requiere que éstos puedan ser ahora sujetos a demandas de personas físicas y morales y ciudadanos en general por el resarcimiento de los daños causados al ambiente.

Desafortunadamente el daño provocado por unos cuantos, afecta muchas veces la salud, la vida y el entorno de los habitantes de nuestro país. Actualmente los principales responsables de ese deterioro no se responsabilizan y hacen algo por reparar los daños que han provocado. Sin duda, los principales factores de tal irresponsabilidad son, por un lado, la falta de conciencia, la imperante necesidad de poder y dinero de unos cuantos y la más importante, la falta de normatividad especifica.

Por ello se ha impulsado en distintas legislaciones la necesidad de que los responsables de las actividades contaminantes, asuman su responsabilidad e internalicen estos costos. Sin embargo, los preceptos civilistas han encontrado varios obstáculos para este fin, ya que no fueron pensados para la defensa de los recursos naturales y la salud de las personas, por lo que la creación de la ley analizada, resulta un importante precedente y ejemplo a seguir a lo largo de nuestra República.

Con esta ley, mediante acciones legales permitidas por la normatividad civil, se podrá hacer efectiva la obligación de reparación de daños ambientales por parte de quienes los causen.

El espíritu de la ley busca que se invierta en prevención y no sólo en reparaciones después del daño ambiental cometido. Busca, sobre todo, una ciudadanía comprometida con su país y un medio ambiente sano y sustentable.

Finalizo. Son casi cuatro años desde que se propuso una primera propuesta de esta ley el 9 de noviembre del 2000 y seguramente será esta ley una que adolezca de deficiencias y comparativamente, en el afán de consensos, con legislaciones más avanzadas en la materia de otras partes del mundo.

Se encuentra esta iniciativa obviamente rezagada en algunos aspectos, pero que se ha buscado iniciar con este punto de partida, buscando los consensos necesarios para su aprobación. Su propia existencia, sin embargo, sería un primer avance en materia de reparación del daño ambiental y un importante precedente a asentar en nuestro país.

Por ello, a nombre de la Comisión de Medio ambiente y Recursos Naturales, les pedimos su voto a favor del dictamen que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y Deterioro Ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Es cuanto, ciudadano Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En consecuencia, está a discusión en lo general.

Esta Presidencia tiene registrado para hablar en contra al diputado Guillermo Tamborrel Suárez, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional. Tiene el uso de la palabra el diputado Tamborrel Suárez, hasta por cinco minutos.

El diputado Guillermo Tamborrel Suárez: Gracias.

Con el permiso de la Presidencia.

Vengo a esta tribuna para manifestar que desde luego, compartimos el fondo o la intención del dictamen que nos ocupa. Estamos ciertos que debemos caer en el esquema de que el que contamina paga. Estamos ciertos que todavía nos falta mucho por avanzar en el camino hacia alcanzar ese desarrollo humano sustentable. Ciertamente hay mucho que hacer y hay muchas responsabilidades que fincar.

Sin embargo, me parece que la forma no es la correcta. La manera en la que está plasmado en este dictamen la forma de combatir esto, que repito, compartimos con ustedes, no es la correcta. Baste poner algunos ejemplos:

Esta ley, en caso de aprobarse, vendrá a frenar el desarrollo económico de nuestro país. Vendrá a impedir la creación de empleos. Vendrá, inclusive, a terminar con los empleos que hoy existen.

Me parece que dejaríamos a todos aquellos inversionistas, a todos aquellos productores industriales, pero también agropecuarios, los estaríamos poniendo en una gravísima indefensión.

No es posible, me parece, que cualquier actividad que prácticamente todas las actividades del ser humano, por supuesto que todas tienen una incidencia ambiental y desde esa perspectiva, todas las actividades en las que incurre o incurramos todos nosotros, van a reflejarse en el medio ambiente y lo van a dañar, lo van a deteriorar. Unos en gran media, otros en menor medida, sin embargo aquí, en este dictamen, no se hace diferencia alguna.

Y entre otras muchas cosas, por ejemplo, abre la posibilidad a que cualquier persona física que tenga su domicilio en el municipio o delegación del Distrito Federal, en donde se dio el deterioro ambiental que haya habitado en él por lo menos durante los cinco años anteriores al acto u omisión que le dio origen, tendrá el derecho a demandar.

Así como está plasmado este dictamen, que no me cansaré de repetirlo, en el fondo estamos de acuerdo. En Acción Nacional vamos por el desarrollo sustentable, vamos para que el que contamine pague. Sin embargo, no podemos dejar de lado la realidad de la Nación, la realidad de cómo viven todos nuestros productores agropecuarios y desde luego que también los industriales. Por ello compañeras y compañeros diputados, los diputados de Acción Nacional nos oponemos a votar a favor de este dictamen por su forma.

Por su atención muchas gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En virtud de que no hay más oradores, consulte la secretaría a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido.

El diputado Fernando Guzmán (desde la curul): Pido la palabra.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Sí, diputado.

El diputado Fernando Guzmán: Si, diputado presidente. Considero que esta iniciativa que pretende ponerse a votación violaría si se consuma esta votación, lo dispuesto en la Constitución en su artículo 72 inciso e) puesto que una iniciativa idéntica fue aprobada por esta Cámara, turnada a la Cámara de Senadores donde fue también discutida, votada y se encuentra en este momento en trámite las modificaciones que el Senado hizo en la Comisión de Justicia. Estaríamos sin terminar el proceso legislativo votando una iniciativa idéntica en violación de lo establecido en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución.

Por lo tanto creo que no es procedente continuar con el procedimiento de votación.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Señor diputado, registro su intervención en relación con este dictamen, que no iniciativa, como una intervención en contra.

Esta presidencia continúa con el procedimiento que motiva la discusión al respecto.

Diputado ¿quiere usted intervenir en contra para que le concedamos el uso de la tribuna?

El diputado Fernando Guzmán: Sí, presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Por favor diputado, tiene usted el uso de la tribuna hasta por 5 minutos para hablar en contra del dictamen.

El diputado Fernando Guzmán: Gracias diputado presidente.

Es lamentable que por no se qué urgencia legislativa, se pretenda dar impulso a este dictamen de una manera súbita. Y como ya ha sido expuesto por mi compañero el diputado Guillermo Tamborrel, nuestro grupo parlamentario en el fondo de este dictamen que pretende ponerse a votación, podemos estar de acuerdo. Sin embargo la forma en que se eleva en esta sesión para su discusión y su pretendida votación en unos momentos, no es una forma correcta.

Por otro lado, como ya lo expuse hace unos momentos, y debe quedar constancia, si se pone a votación este dictamen, se violenta por la propia Cámara, lo dispuesto y ordenado en el artículo 72 de la Constitución en su inciso e), puesto que se estaría votando un dictamen de una iniciativa idéntica que ya fue votada en esta Cámara y que fue turnada al Senado, donde se hicieron enmiendas y regresó a nuestra Cámara donde se encuentra pendiente en la Comisión de Justicia, por lo que más que una intervención en contra, pretende ser una moción suspensiva para que no pase a discusión y votación este dictamen señor presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: El diputado Penagos.

El diputado Sergio Penagos García (desde su curul): Señor presidente, sólo con el propósito de solicitar a la Comisión de Medio Ambiente, si pudiera ilustrarme y con ello también a la Asamblea, por virtud de que en una apreciación personal y me parece que vale la pena que los compañeros diputados del sector campesino tomen nota de ello, el artículo 20 en su parte principal y en correlación con su fracción III, se obligaría o no a un campesino, cualquiera que sea el género al que se dedique, a solicitar autorizaciones a la SEMARNAT y a contar con garantías financieras o con seguros de responsabilidad objetiva, por utilizar sistemas de riego dado que el artículo 20 hace una correlación con obras hidráulicas cual sería el caso.

Si la Comisión pudiera ilustrarnos al respecto.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Tiene el uso de la voz el diputado Pablo Gómez.

El diputado Pablo Gómez Alvarez (desde la curul): Sí, presidente.

En relación con la propuesta de una moción suspensiva hay que hacer notar que éstas se presentan antes de la votación. Como ese momento procesal ya pasó ahorita ya no procede eso, antes de la discusión perdón.

Y en relación con la aplicación del 62 en su inciso g), quiero hacer ver que en la Cámara de su origen esa iniciativa u otra semejante nunca ha sido desechada. Como no hay desechamiento, hay otra que está en trámite legislativo pero no ha sido desechada en la Cámara de su origen.

Por lo tanto ésta que se presentó como iniciativa fue aceptada por la mesa directiva como tal. En tal virtud y por lo tanto, pasó a dictamen y el dictamen ya está en este momento en el Pleno.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Sí diputado Guzmán.

El diputado Fernando Guzmán (desde la curul): No es exacto lo que menciona el diputado Pablo Gómez. La iniciativa convertida en dictamen que hoy pretende ponerse a votación, fue presentada en los mismos términos, idéntica, esa iniciativa de Ley de Responsabilidad Civil por Daño y Deterioro Ambiental a través de la diputada María Teresa Campoy Ruíz, el 9 de noviembre del año 2000; y aprobada –como ya lo dije- por esta Cámara el viernes 13 de diciembre del 2002; turnada al Senado, devuelta con observaciones que están pendientes de ser votadas en la Comisión de Justicia y se interrumpiría el proceso legislativo violentando la Constitución en su artículo 72 inciso e), si una iniciativa idéntica hoy en su dictamen se vota por esta Cámara.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Presidente. Presidente.

El diputado Sergio Penagos García (desde la curul): Diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Sí, diputado.

El diputado Sergio Penagos García: En términos del 108 hice la anterior petición de nuestro Reglamento para el Gobierno Interior que dice: "Siempre que al principio de la discusión lo pida algún individuo de la Cámara, la comisión dictaminadora deberá explicar los fundamentos de su dictamen y aún leer constancias del expediente si fuera necesario".

Estoy solicitando que se ilustre la discusión porque en términos de la propuesta, su artículo 20 desde la perspectiva de su servidor, genera un grave riesgo para las actividades del campo.

Cualquier persona que utilice o sea susceptible de utilizar un sistema de riego, tendría entonces que cumplir con el mandato de esta ley solicitando estudios de impacto ambiental, solicitando autorizaciones por parte de la SEMARNAT, además de tener que contar con seguros y fianzas respecto de la operación de obras hidráulicas.

Requiero pues que la comisión dictaminadora ilustre la discusión si este es el criterio que se refleja en esta propuesta contenida en el dictamen.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Presidente. Presidente...

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Señor diputado. Señor diputado tomo nota de su planteamiento, ahorita esta presidencia se pronunciará al respecto.

Tiene el uso de la voz el diputado Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Gracias diputado presidente.

Yo creo que ninguno de los compañeros del Pleno objetaría que el diputado Penagos subiese las veces que considere prudente a tribuna, para hablar en contra del dictamen pero que utilice los medios y métodos parlamentarios debidos.

Por otro lado, de la lectura del propio documento, del propio artículo 108 a que hizo mención el diputado Penagos, se percibe que esa solicitud para fundamentación es al momento del inicio de la discusión.

La discusión inició en el momento en que su compañero de bancada hizo uso de la tribuna para hablar en contra del dictamen, entonces su derecho en técnica parlamentaria ya precluyó.

Por otro lado, la afirmación gratuita que se realiza en el sentido de que en la iniciativa presentada por el diputado Kahwagi es idéntica a la iniciativa presentada en esta Cámara de Diputados en legislatura anterior, es totalmente falsa.

La iniciativa del diputado Kahwagi contiene efectivamente artículos de esa iniciativa, artículos de la minuta que regresó el Senado, más aportaciones del propio diputado Kahwagi. Entonces estamos hablando de dos documentos totalmente distintos, que en primera instancia pareciesen idénticos, pero no es así.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Muy bien. Creo que en relación con las intervenciones, queda claro varias cuestiones que la presidencia asume.

Primera, no es posible acceder a solicitar a los miembros de la Comisión fundamenten el dictamen porque el momento procesal parlamentario ya pasó. Estábamos ya en la discusión.

2. La moción suspensiva debió haberse presentado también en el momento procesal oportuno, y

3. Efectivamente, esta presidencia tiene información del área de servicios parlamentarios que son dos dictámenes diferentes; tienen agregados y sobre el que se refiere para excluir el que estamos discutiendo no se ha pronunciado la Cámara.

En consecuencia, solicito a la secretaría que pregunte a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Las ciudadanas diputados y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Diputado Gutiérrez de la Garza, cuál es su reserva.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): El artículo 1, el artículo 7 y el artículo 15.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Alguna otra reserva?

Se pide a la secretaría, en virtud de que ya no hay quien haga reservas al respecto, abra el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 5 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

VOTACION

Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor presidente, se emitieron en pro 204 votos, en contra 104 y abstenciones 20.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 204 votos.

Esta presidencia informa a la asamblea que se han reservado para la discusión en lo particular los siguientes artículos del proyecto de Ley de Responsabilidad Civil por el Daño y el Deterioro Ambiental los artículos 1, 7, 15 por parte del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.

Tiene usted el uso de la tribuna, diputado Gutiérrez de la Garza, hasta por 5 minutos.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza: Diputado presidente, toda vez que se trata de tres reservas, tendría derecho a 15 minutos; más sin embargo voy a hacer lo posible porque esto sea lo más rápido posible.

Con relación al artículo 1, se propone una redacción mucho más completa. La intención es que se señale que esta ley es de orden público e interés general y tiene por objeto regular el régimen de responsabilidad civil derivado de los actos u omisiones que causen daño o deterioro ambiental y el mecanismo de su reparación.

Es decir, estamos frente a una ley que no tiene el carácter de preventiva, sino es una ley que aclara perfectamente cuál es la responsabilidad civil en la que incurren aquéllos que violenten la normatividad en medio ambiente.

Por otro lado, se propone adicionar un último párrafo al artículo 7 a fin de que no exista duda de la personalidad jurídica de aquéllos que acudan y que tienen legitimación activa para utilizar este medio de defensa.

Se propone agregar: La persona moral de que se trate deberá acreditar su personalidad de representante de la persona física a que se ha hecho referencia en la fracción anterior, mediante poder notarial en términos de lo establecido en el Código Civil Federal vigente".

Una situación que es nueva en esta legislación y que es precisamente la oportunidad de cualesquiera que sienta que en su perjuicio o en su patrimonio existe un daño, se está provocando un daño de tipo ambiental, tenga legitimación para acudir a los tribunales.

Más sin embargo debemos de ser muy cuidadosos de quién puede acudir a esos tribunales.

Por lo tanto se propone el acotar que aquellas personas físicas que se sientan agraviadas por algún acto u omisión tendiente a un daño de carácter ecológico, sea necesario que acredite perfectamente su personalidad.

Y por último, muy ligado a la reciente reforma a la Ley de Amparo, en específico al artículo 124 de nuestra Ley de Amparo, fracción II, por lo que corresponde a la suspensión en el caso de daño, se propone que el artículo 15 en su primer párrafo señale lo siguiente:

"A los daños que por su menor significación puedan considerarse tolerables, según los usos locales, sólo se le podrán aplicar medidas preventivas para mantener la causación del daño o deterioro, las cuales únicamente podrán consistir en la adopción de medidas de coste no desproporcionado en relación con los daños que se pretenden evitar". Hasta aquí la propuesta es igual. "En ningún caso las medidas provisionales consistirán en la suspensión de la actividad o clausura de las instalaciones, salvo que existiera peligro inminente –y aquí viene el agregado- de causar un daño grave e irreversible al medio ambiente, al equilibrio ecológico o a la salud de las personas". Esto liga perfectamente con el texto que acabamos de aprobar en la reciente reforma a la Ley de Amparo en su artículo 124.

Esas son las tres propuestas que consiste en una nueva redacción del artículo 1º., la adición de un último párrafo al artículo 7º., y la modificación del primer párrafo, parte final, artículo 15 del dictamen a estudio.

Por su atención y apoyo, compañeros diputados, muchas gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se instruye a la Secretaría que en votación económica consulte a la Asamblea si se admiten a discusión las reservas hechas por el diputado Gutiérrez de la Garza.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si son de admitirse las reservas hechas por el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza en los artículos 1º., 7º., y 15 en el Proyecto de Ley de Responsabilidad Civil por el daño y el deterioro ambiental.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Las ciudadanas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En consecuencia están a discusión las propuestas que hizo el diputado Gutiérrez de la Garza.

Esta Presidencia no tiene oradores registrados y en consecuencia se consideran suficientemente discutidas las propuestas que hizo el diputado Gutiérrez de la Garza y se reserva para su votación en conjunto al final de esta discusión.

Se pide a la Secretaría abra el Sistema Electrónico por diez minutos, para proceder a la votación en lo general. Por cinco minutos, rectifica esta Presidencia, por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos que fueron impugnados.

El Presidente diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo...

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Permítame, señor Secretario.

Para ilustrar a la asamblea. Estamos votando los artículos en lo particular 1, 7o. y 15 conforme a la propuesta que hizo el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

Por favor, señor Secretario.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación de los artículos 1o., 7o. y 15 conforme a la aceptación que hizo esta asamblea, reservados por el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a su votación.

Votación

Ciérrese el sistema electrónico de votación.

Señor Presidente se emitieron en pro 214 votos, en contra 95 y abstenciones 14.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobados los artículos reservados con las modificaciones aceptadas por 214 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que expide la Ley de Responsabilidad Civil por el daño y el deterioro ambiental y deroga el artículo 203 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

(Aplausos)

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Federal de Procedimientos Penales.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la lectura.

Tiene la palabra la diputada María Cristina Díaz Salazar, hasta por diez minutos, para fundamentar el dictamen en los términos del artículo 108 de nuestro Reglamento.

La diputada María Cristina Díaz Salazar: Gracias Presidente.

La Ley General de Salud en su artículo 221 fracción I define como medicamentos a toda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico preventivo o rehabilitatorio que se presente en forma farmacéutica y se identifique como tal por su actividad farmacológica, características físicas, químicas y biológicas.

Se debe enfatizar que la calidad y eficacia del medicamento es la base fundamental para evitar que se desencadenen alteraciones en la patología existente, que ponga en riesgo la vida del paciente en el caso de las enfermedades crónico-degenerativas como la hipertensión arterial si ésta no es controlada con el fármaco apropiada a corto y mediano plazo se desarrollen alteraciones vasculares, dañando directamente la pared de los bazos, lesionando las arteriolas lo que la estrechan causando daños irreversibles en órganos blanco como corazón, riñon, retina y sistema nervioso central, principalmente, llevando la muerte por insuficiencia cardiaca, infarto al miocardio y hemorragia cerebral, entre otras.

Es por ello que la administración de un fármaco apropiado en cuanto a su efectividad es trascendental para mantener la salud de los individuos.

De lo anterior se puede concluir que el uso de un medicamento que no garantice su efectividad lejos de lidiar perjudica la salud, economía y bienestar de la población.

Por otro lado, es importante resaltar que el uso y la administración del medicamento apropiado, es decir, aquél que reúne los requisitos de calidad, eficacia y seguridad, podrá mejorar valiosamente la salud de los mexicanos, disminuir la morbo y mortalidad y mejorar su calidad e vida.

"La Ley General de Salud, en su Título Décimo Segundo, referente al control sanitario de productos y servicios de importación y exportación, contiene disposiciones que establecen que el proceso de los productos deberá realizarse en condiciones higiénicas, sin adulteración, contaminación o alteración, de conformidad con las disposiciones de dicho ordenamiento y demás disposiciones aplicables.

"En este orden de ideas, se considera que un producto está adulterado cuando su naturaleza y composición no correspondan a aquellas con que se etiquete, anuncie, expenda, suministre o cuando no corresponda a las especificaciones de su autorización o bien en el caso de que haya sufrido tratamiento que disimule su alteración, se cubran defectos en su proceso o en la calidad sanitaria de las materias primas utilizadas.

"La contaminación de un producto o materia prima, se presenta cuando contenga microorganismos, hormonas, bacteriostáticos, plaguicidas, partículas radioactivas, materia extraña, así como cualquier otra sustancia en cantidades que rebasen los límites permisibles establecidos por la Secretaría de Salud.

"Por otro lado, la alteración de un producto o materia prima se presenta por las modificaciones en su composición intrínseca, sufrida por la acción de cualquier causa y que reduzcan su poder nutritivo o terapéutico y lo conviertan en nocivo para la salud o modifiquen sus características, siempre que éstas tengan repercusión en su calidad sanitaria de dichos productos o materias.

"El artículo 257 de la Ley General de Salud, contiene un catálogo mediante el cual se clasifican los establecimientos que se destinen al proceso de los productos, incluyendo su importación y exportación.

"La legislación sanitaria en vigor contempla los casos en que debe considerarse que un determinado producto resulta alterado o adulterado, no así la hipótesis de la falsificación y su correspondiente tipificación como ilícito penal, que debe distinguirse entre un acto de alteración y uno de estricta falsificación, para los efectos de prever normativamente todos los supuestos cuya concreción pueda derivar en un atentado a la salvaguarda de la salud del público consumidor.

"Que el acto de falsificación es falsear ciertos elementos externos a la sustancia, producto o materia que altere el continente de éstos, constituye factores de imitación que llevan al engaño hacia el público consumidor. En este sentido, la falsificación en sentido amplio entraña una maquinación o para elaborar un producto imitando un original legal y legítimamente formulado, desde luego sin sus atributos y calidades o bien para elaborar los elementos externos o artículos que se hacen aparecer como recipientes originales de un producto también original.

"Si la adulteración y alteración son conductas sancionables, la falsificación también debe serlo. Ya no se trata de una manipulación del producto, sino de la elaboración de otro al que con maquinación y dolo se hace aparecer como un original o la elaboración de los artículos o recipientes que también se hacen aparecer como los originales.

"Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar el siguiente texto".

Texto del dictamen es el artículo 208 bis que aparece en la Gaceta Parlamentaria, pero se presenta también dentro de la Gaceta Parlamentaria el texto propuesto. Y el texto propuesto sería el siguiente señor Presidente, señores legisladores.

"Artículo 208 bis.- Se considera falsificado un producto cuando se fabrique, envase o se venda haciendo referencia a una autorización que no existe o utilizando una otorgada a otro, imitando el legalmente fabricado y registrado".

Por su atención, gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En virtud de la modificación a que ha hecho referencia la diputada Cristina Díaz y que está publicada en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se admite la modificación propuesta por la diputada Cristina Díaz, a nombre de la Comisión al artículo 208 bis.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la asamblea si es de admitirse la modificación propuesta por la diputada Cristina Díaz, al artículo 208 bis, realizado a nombre de la Comisión.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las Diputadas y los Diputados que estén por la negativa.

Votación.

Mayoría por la afirmativa Diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se acepta.

En consecuencia, está a discusión en lo general, con las modificaciones propuestas por las Comisiones y publicadas en la Gaceta Parlamentaria y que ha sido aceptada por la Asamblea.

Esta Presidencia tiene registrados para la discusión, al Diputado Jesús González Schmal, del Partido de Convergencia y al Diputado José Angel Córdova Villalobos del Partido Acción Nacional.

En consecuencia se le concede Diputado González Schmal, el uso de la tribuna hasta por cinco minutos, para fijar su posición, miembro de la Fracción Parlamentaria del Partido Convergencia.

El diputado Jesús González Schmal: Con su anuencia, Diputado Presidente.

En efecto, creo que el afán de lucro es el incentivo más pernicioso para quienes sin escrúpulo buscan satisfacer sus ambiciones de riqueza fácil.

Probablemente si hiciéremos una jerarquización del daño que se puede hacer cuando este afán de lucro se despliega irrefrenablemente, podríamos situar en su máxima escala al tráfico de drogas, a la corrupción de menores incluyendo la pornografía infantil, que merecerían la clasificación de los delitos más abominables que alcanzarían pues, esta infortunada primera jerarquía.

Pero en seguida diría yo, que esta ambición desplegara con afán de lucro tendríamos que incluir en este tipo de faltas, en este tipo de ilícitos, el traficar, el lucrar don medicamentos para la salud humana, alterándolos, deformándolos o falsificándolos, porque ello, sin duda, revela en el sujeto activo de delito, en el autor de estos ilícitos, una mentalidad monstruosa, antisocial y con grave peligro para la paz social.

Por ello, es encomiable que esta Iniciativa se haya presentado a la aprobación de esta Cámara y que con acierto modifique y reforme para ser más explícitos y drásticas las sanciones a quienes con esa actitud antisocial y malévola, lucren con la alteración y falsificación de productos y ello pues tendría como consecuencia, el, por contraste, tratar de inhibir las conductas de quienes han hecho de esta práctica de estos ilícitos un negocio común.

Cuando en la Ley General de Salud se sancionan estas conductas, estamos pues, contribuyendo a que quienes han hecho de estos negocios sus modus vivendi, puedan retraerse, retractarse y salirse de esta práctica ominosa.

Por lo consiguiente, Convergencia votará a favor de esta Iniciativa y deja constancia de su beneficio social indiscutible para los mexicanos.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Gracias señor diputado.

Se le concede el uso de la tribuna al diputado José Angel Córdova Villalobos, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, para fijar su posición hasta por 5 minutos.

El diputado José Angel Córdova Villalobos: Con su venia diputado Presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados:

La circulación de medicamentos falsificados es un problema real, global y una serie de preocupación para gobiernos y fabricantes. Los medicamentos falsos no sólo son una defraudación a los consumidores, sino que niegan a los pacientes el derecho a terapias que pueden salvar sus vidas o aliviar sus padecimientos.

Los nuevos acuerdos globales de comercio están cambiando de forma dramática el mercado farmacéutico mundial, dando como resultado una proliferación de medicamentos, esto ha establecido un ambiente favorable para el incremento de las actividades de falsificación en este rubro.

Los medicamentos falsificados son difíciles de detectar, pueden escapar a todos los controles especialmente como resultado de la globalización cada vez mayor y del gobierno transfronterizo. Estas prácticas las vemos particularmente en las ciudades fronterizas, ya que cada vez más países fabrican y exportan medicamentos, principios activos y excipientes, además, la tecnología moderna tan accesible hace que sea fácil producir copias de envases que son prácticamente idénticos al original y lo mismo se aplica en muchos casos a los propios productos medicinales.

La amplitud exacta de la incidencia y la distribución de medicamentos falsificados se desconoce, pero se ha calculado de acuerdo con los promedios de ventas de la industria farmacéutica formal, que llegaría a varios millones de pesos por año. Estudios realizados en algunos países desde 1982, la Organización Mundial de la Salud ha estado recopilando datos sobre medicamentos falsificados, la mayoría de los casos se daban en comprimidos y en cápsulas, sin embargo, hay una escasez de información contrastada y por lo tanto es prioritario el tener datos seguros que sólo con una legislación adecuada se podrá primeramente sancionar y por ello la modificación de convertirlo en un delito grave, ya que lleva consigo la premeditación, el dolo y un daño grave a la salud.

La falsificación es atractiva porque unas cantidades de medicamentos falsos relativamente pequeñas pueden proporcionar grandes beneficios económicos al falsificador y comerciar con ellos parece llevar menos riesgo que traficar con drogas adictivas. La falsificación se lleva a cabo tanto para medicamentos establecidos desde hace tiempo, como para los innovadores; no hay ningún tipo de medicamentos que se escape a la posibilidad de ser falsificado. La clave para la reducción de esta disponibilidad de estos medicamentos falsificados es el mantenimiento de la integridad de los controles de calidad en todas las etapas del proceso de fabricación y de distribución.

Los diputados y diputadas de Acción Nacional estamos conscientes que la falsificación deteriora por completo los controles de calidad establecidos por la industria farmacéutica nacional e internacional, perjudica ambas industrias y lo que es más delicado, es un riesgo amplio para la salud de la población que la consume.

Reconocer el riesgo para la salud pública que representan medicamentos falsificados para todos los mexicanos, es prioritario para el Congreso de la Unión y apoyando iniciativas como la que el día de hoy se presenta, se garantiza que el público usuario consumirá medicamentos legítimamente elaborados y consecuentemente útiles, sin perjuicio o daños para su salud.

Promulgar una legislación sobre medicamentos amplia, incluyendo disposiciones que prohíban la fabricación, importación, venta y el mismo consumo de medicamentos falsificados, es hacer cumplir rigurosamente el derecho a la protección a la salud consagrado en el artículo 4º constitucional.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: No habiendo más oradores inscritos, se considera suficientemente discutido.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Esta Presidencia tiene registrado al diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, quien se ha reservado el artículo 208 bis. En consecuencia, tiene usted el uso de la tribuna.

Disculpe, señor diputado.

Se pide, en consecuencia, a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular, con la modificación propuesta y aceptada por la asamblea, realizada por la diputada Cristina Díaz, respecto al artículo 208 Bis.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Sí, diputado Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): La Secretaría acaba de dar lectura a la modificación, lo que pasa es que es precisamente el artículo que nos estamos reservando.

Entonces sería, con la reserva del 208-Bis, porque al ponerlo a votación con la reserva, volvemos exactamente al mismo punto.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Tiene usted razón, señor diputado.

Rectifique por favor, señor Secretario.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Para proceder a la votación en lo general y en lo particular, de los artículos no impugnados.

VOTACION

Señor Presidente, se emitieron en pro 316 votos, en contra 0 y abstenciones 4.

El diputado Jesús González Schmal (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: ¿Sí, diputado?

El diputado Jesús González Schmal (desde la curul): En pro.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 317 votos.

Esta Presidencia informa que se han reservado para la discusión en lo particular los siguientes artículos: el artículo 208-Bis, por parte del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza: Con su venia, diputado Presidente.

Es claro que el pleno está a favor de esta propuesta. Creo yo que es conveniente dar una redacción un poco más clara al artículo 208-Bis.

Queda perfectamente delimitado que el tema es la falsificación. Y dice: "Se considera falsificado un producto cuando se fabrique en base o se venda haciendo referencia a una autorización que no existe". Hasta ahí comparto la redacción.

El problema es que posteriormente pareciera que estamos hablando de una sola causal del tipo del delito. La sugerencia es que señale: "... o se utilice una autorización otorgada legalmente a otro, o se limite a legalmente fabricado o se imite –perdón- a legalmente fabricado y registrado".

Con esto quedarían perfectamente claros los tres supuestos que estamos pretendiendo sancionar. No hay que olvidar que este tipo de legislación y más cuando estamos hablando de temas correspondientes a sanciones, es indispensable que quede perfectamente tipificado el tipo correspondiente. Por lo mismo, sugiero respetuosamente a esta asamblea una redacción que nos puede dar una mayor claridad de los tres supuestos en los cuales se incurriría en la infracción correspondiente

Por su atención, muchas gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Consulte la Secretaría si se admite la propuesta que como reserva está haciendo el diputado Gutiérrez de la Garza, al artículo 208 bis.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la asamblea en votación económica si es de aceptarse la propuesta del diputado Héctor Gutiérrez de la Garza, al artículo 208 bis.

Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputados y ciudadanos diputados que estén por la negativa.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se acepta.

En consecuencia está a discusión la propuesta que ha hecho el diputado Gutiérrez de la Garza, respecto al artículo 208 bis.

Esta Presidencia no tiene oradores registrados, en consecuencia se instruye a la Secretaría para que ordene abrir el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos, por tres minutos para votar la propuesta hecha por el diputado Gutiérrez de la Garza, en el entendido y para ilustrar a la asamblea que quienes voten en sentido afirmativo se entenderá que votan a favor de la propuesta hecha por el diputado Gutiérrez de la Garza en función de la reserva y quienes lo hagan en sentido negativo, se entenderá que votan a favor de la propuesta que hizo la diputada Cristina Díaz a nombre de las comisiones.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación nominal del artículo 208 bis.

Votación

Señor Presidente se emitieron en pro 293 votos, en contra 0 y abstenciones 1.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado el artículo 208 bis, por 293 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Federal de Procedimientos Penales. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Esta Presidencia acaba de recibir un comunicado de la Junta de Coordinación Política, le ruego a la Secretaría dé lectura a la misma.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina:

Comunicado de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita se dispensen todos los trámites al dictamen de las Comisiones Unidas de Salud y Economía, con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones IX y X del artículo 6° y se reforma los artículos 29, 31 y 74 de la Ley General de Salud y se reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Propiedades Industriales.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Señora Secretaría consulte en votación económica a la asamblea si se aprueba la comunicación en sus términos de la Junta de Coordinación Política, sólo la comunicación de la Junta de Coordinación Política.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa si se aprueba sólo la comunicación de la Junta de Coordinación Política que acabo de dar lectura, sírvanse manifestarlo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: En consecuencia el siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de Propiedad Industrial. En virtud de que se ha distribuido entre los diputados el dictamen, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Es de primera lectura.

En virtud de que se ha distribuido entre los ciudadanos diputados el dictamen, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta si se le dispensa la segunda lectura.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se dispensa la segunda lectura.

No tengo oradores registrados en los términos del artículo 108 ni para la discusión en lo general.

En consecuencia, se considera suficientemente discutido en lo general.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

El diputado José Angel Córdova Villalobos (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Sí, diputado José Angel Córdova.

El diputado José Angel Córdova Villalobos (desde la curul): En relación al artículo 77 de la Ley Federal de Propiedad Industrial.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Tome nota la Secretaría.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

Votación

Ciérrese el sistema de votación electrónico.

La diputada Lilia Aragón, por favor.

La diputada Lilia Isabel Aragón del Rivero (desde la curul): De viva voz, afirmativo.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Gracias, diputada.

La diputada Malú Micher.

La diputada Martha Lucia Micher Camarena (desde la curul): Micher Camarena Martha Lucía, a favor.

El diputado Francisco Diego Aguilar (desde la curul): Francisco Diego Aguilar, a favor.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Gracias, diputado.

Diputado Presidente, se emitieron 197 en pro, 85 en contra y 16 abstenciones.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 197 votos.

Esta Presidencia informa que se ha reservado para la discusión en lo particular, el artículo 77 del dictamen a discusión, el diputado José Angel Córdova Villalobos.

En consecuencia, se concede el uso de la tribuna hasta por cinco minutos al diputado José Angel Córdova Villalobos, en relación con la reserva al artículo 77 de la Ley Federal de Propiedad Industrial.

El diputado José Angel Córdova Villalobos: Con su venia, Presidente.

La propuesta es para suprimir las modificaciones que se hacen a la Ley de Propiedad Industrial en su artículo 77, en el sentido de que las causalidades para poder, en un momento dado, el poder liberar licencias de utilidad pública, nos parece que pueden caer en discrecionalidad.

La industria farmacéutica que produce los medicamentos, requiere de una gran inversión de tiempo y de recursos para crear los nuevos medicamentos que hacen posible la evolución de la terapéutica médica.

Esta protección que tienen ellos en cuanto a la posibilidad de explotar estas patentes o la utilidad que pueden tener por estos medicamentos es de 20 años al final de los cuales evidentemente puede ser ya puesto a disposición del resto de las industrias para que produzcan los genéricos.

Sin embargo, al adicionar algunas causas en las que no queda realmente claro porque la argumentación puede ser verdaderamente confusa, en el caso de argumentar por ejemplo desabasto, en el caso de emergencia, la atribución es del Consejo de Salubridad General y consideramos que se debe respetar como está ahí en la ley, esta posibilidad que sólo sea verdaderamente en esas situaciones particulares, porque sería muy grave el poder otorgar estas licencias de una manera sencilla, de una manera verdaderamente de utilidad pública, cuando pudiera haber argumentos no suficientemente sólidos, porque esto desincentiva la producción de nuevos medicamentos.

Por eso consideramos que como está establecido el artículo 77 debería de permanecer sin ninguna modificación. Muchas gracias.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Consulte la secretaría a la asamblea en votación económica si se admite a discusión la reserva que hizo el diputado Córdoba Villalobos, con relación al artículo 77 de la Ley Federal de Propiedad Industrial.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la presidencia y en votación económica se consulta a la asamblea si es de admitirse a discusión la propuesta hecha por el diputado al artículo 77.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la negativa diputado presidente.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Se desecha.

Solicito a la secretaría abra el sistema electrónico de votación por 3 minutos, para votar en sus términos el dictamen relacionado con el artículo 77 de la Ley Federal de Propiedad Industrial.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 3 minutos para proceder a la votación nominal del artículo 77 en sus términos.

VOTACION

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Ciérrese el sistema de votación electrónico.

Diputado presidente se emitieron 185 en pro, 93 en contra y 14 abstenciones.

El Presidente diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga: Aprobado el artículo 77 de la Ley de Propiedad Industrial, por 185 votos en sus términos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de la Propiedad Industrial.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

A esta presidencia ha llegado un comunicado de la Junta de Coordinación Política. Ruego a la secretaría dé lectura a la misma.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Palacio Legislativo de San Lázaro, primero de diciembre de 2005.

Diputado Heliodoro Díaz Escarraga, presidente de la Mesa Directiva. H. Cámara de Diputados. Presente.

Con fundamento en el artículo quinto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, solicitamos a usted atentamente incluir en el orden del día de la presente sesión del Pleno de la Cámara de Diputados, así como que se le dispensen todos los trámites, el siguiente dictamen.

De la Comisión de Salud con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Sin más por el momento, agradecemos de antemano las atenciones que se sirva dar al presente. Atentamente.

Firman: diputado Pablo Gómez Alvarez, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario del PRD; diputado Emilio Chuayfett Chemor, coordinador del grupo parlamentario del PRI; diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la Asamblea si es de aceptarse.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo:

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo:

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Sonido en la curul del diputado Martínez Ramos.

El diputado Jorge Martínez Ramos (desde la curul): Le suplico diputado presidente una rectificación de quórum. Por favor.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No, esta presidencia no la concede diputado, en virtud de que la existencia del quórum es evidente.

El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley. El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

En virtud de que se está distribuyendo entre los diputados el dictamen, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la lectura. La segunda lectura y se pone a discusión de inmediato.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Sí, presidente. Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo:

Votación

Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo:

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta presidencia no tiene registrados oradores, luego entonces considera el tema suficientemente discutido pero para los efectos del artículo 134, es que se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo y votarlo en lo particular.

No habiendo quien haga reserva alguna, se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por tres minutos, a efecto de recaba la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento. Abrase el sistema de votación electrónica por cinco minutos para recoger la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Perdón secretaria, a petición de la diputada Malú Micher, por cinco minutos.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Señor presidente, se emitieron 286 votos en pro, cero en contra y 13 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Sí, diputado Gutiérrez de la Garza. Nada más permítame dictar el trámite. Adelante.

El diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Disculpen, pero por estar viendo ciertos temas, mi voto está en abstención. Mi voto es a favor del dictamen; si hay oportunidad de corregirlo y, si no, me gustaría que quedase nada más la constancia, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 287 votos el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Se ruega a la secretaría dar cuenta con la comunicación de la Junta de Coordinación Política.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: De la Junta de Coordinación Política, dirigida al diputado Heliodoro Díaz Escárraga, presidente de la mesa directiva.

Honorable Cámara de Diputados:

Con fundamento en el artículo 5 del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones y la operación del Sistema Electrónico de Votación, solicitamos a usted atentamente incluir en el orden del día de la presente sesión del pleno de la Cámara de Diputados, así como que se le dispensen todos los trámites, el siguiente dictamen.

De las comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 160, 162 y 163 y adiciona un artículo 163 bis del Código Penal Federal, reforma los artículos 26, 81, 82, 83, 83 bis, 83 TER y 86 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y que reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Con las firmas del diputado Emilio Chuayffet Shemor, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, del diputado José González Morfín, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Consulte la secretaría a la asamblea.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la presidencia, se consulta a la asamblea si es de admitirse la propuesta de la Junta de Coordinación Política.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega preguntar a la asamblea, en virtud de que se está distribuyendo entre los diputados el dictamen, si se le dispensa su lectura.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la presidencia, se consulta a la asamblea si es de dispensarse la lectura al dictamen, en votación económica.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Es de primera lectura. Pregunte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si es de dispensarse la segunda lectura y…

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. Diputado Penagos.

El diputado Sergio Penagos García (desde la curul): Después de la segunda lectura.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se pregunta a la asamblea si es de dispensarse la lectura y someterse a discusión y votación de inmediato.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se dispensa la lectura. Esta presidencia no tiene registrados oradores; luego entonces considera el asunto suficientemente discutido en lo general. Para los efectos del artículo 134 se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo. Diputado Penagos.

El diputado Sergio Penagos García (desde la curul). Para reservar el artículo 194, en la parte correspondiente al numeral 35.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: 194 numeral 35...

El diputado Sergio Penagos García (desde la curul): Fracción I numeral 35.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: ¿Alguien más se va a reservar algún artículo?

Esta Presidencia ha recibido de parte de la diputada Eliana García Laguna, la reserva a la fracción II del artículo 26, apartado a), del mismo apartado y del mismo artículo, la fracción VII y la fracción X, así como el 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Luego entonces se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del Sistema Electrónico de Votación por tres minutos a efecto de recabar la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el Sistema Electrónico por tres minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

Votación

Ciérrese el Sistema Electrónico de Votación.

Señor Presidente, se emitieron en pro, 281 votos, en contra 3 y abstenciones 18.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 281 votos.

Tiene el uso de la palabra la diputada Eliana García Laguna, que va a presentar tres de sus reservas: de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el 26, apartado a) en sus fracciones II, VII y XII, y si gusta de una buena vez en lo que se refiere al Código de Procedimientos Penales, el 194 numeral 35.

La diputada Eliana García Laguna: Gracias, señor Presidente.

Debido a que estamos aquí teniendo que aprobar fast track una serie de propuestas que ha hecho el Partido Verde para poder darle calidad a la alianza que van a hacer el Partido Verde y el Partido Revolucionario Institucional, lo cual es un absoluto uso inadecuado de esta Cámara para sus propósitos electorales, cuando menos les pediríamos que puedan aceptar correcciones en términos de redacción o de precisiones.

En el artículo 26, apartado a), fracción II, estaríamos proponiendo que "Un extranjero al cual se le dé autorización pueda presentarse un documento certificado que acredite su residencia permanente en el país, de tal suerte que se precise el contenido de cómo se va a autorizar el uso de una licencia particular y no quede abierto a la discrecionalidad de que cualquier extranjero pueda tener autorización sino sólo aquel que acredite su residencia permanente".

En el artículo 26, también apartado a), fracción VII, se plantea que: "se entregue esta licencia a quien no consuma drogas, enervantes o psicotrópicos comprobándose mediante análisis clínicos".

Aquí es una propuesta sólo también de precisión, que diga: "Entregar examen clínico expedido por la Secretaría de Salud, que demuestre que no es consumidor de drogas, enervantes o psicotrópicos y que tenga una vigencia de un mes este certificado", porque en la propuesta no se especifica y se deja también de manera discrecional.

En el apartado a) del artículo 26 fracción X, se plantea en la iniciativa: "Presentar documento certificado de alguna institución especializada". La única institución especializada es la Secretaría de la Defensa Nacional. Por lo tanto proponemos que diga: "Presentar documento de la Secretaría que acredite los conocimientos indispensables en el manejo de las armas".

En el caso del artículo 26 lo que estamos proponiendo solamente es que sea más precisa la redacción y no haya motivo a la discrecionalidad.

En el caso del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, aquí sí tenemos una propuesta que es de carácter mucho más sustantivo. La propuesta que se está haciendo es incluir un nuevo delito grave que es contra la seguridad pública y la redacción del texto es una redacción que tipifica un nuevo delito que es el delito contra la seguridad pública y se plantea una tipificación de que a quien porte, fabrique, importe, exporte, -le están adicionando la palabra "exporte"- o acopie sin un fin lícito instrumento que pueda ser utilizado para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas se le impondrá prisión de 2 a 5 años.

Y como lo dejan de manera muy general, no se habla de armas de uso exclusivo del Ejército, nosotros tenemos la preocupación de que se agraven delitos y se incrementen penas sin considerar que en el campo mexicano millones de campesinos tienen armas que utilizan y que no son armas que usen para actividades laborales o recreativas, no son cazadores, tienen armas en sus propiedades o en sus ejidos y estaríamos incrementando un delito grave en el Código de Procedimientos Penales que significaría que un porcentaje importantísimo de la población pueda ser considerado un delincuente grave en el Código de Procedimientos Penales y proponemos que en este caso el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales quede exactamente como está actualmente en el texto vigente y que no se incluya un delito contra la seguridad pública porque sería muy grave que en esta dinámica "fast track" en la que el día de hoy y a partir de hace dos días nos tienen metidos estemos aprobando sin analizar con más detenimiento lo que puede significar crear un nuevo delito.

(Voces en el salón: ¡"Tiempo"!)

Yo estoy presentando dos reservas, señor Presidente, si me permite terminar.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Sí, es cierto.

Les ruego a los señores y señoras legisladores tengamos la paciencia necesaria, en virtud de que la diputada García Laguna está presentando varias reservas.

La diputada Eliana García Laguna: Entonces solamente pedir que en este caso podamos darnos el tiempo para hacer un análisis más detallado de lo que significa incluir un nuevo delito contra la seguridad pública que no hayamos tenido la posibilidad de analizarlo con más detalle, porque sería grave incluir un delito que no sea seriamente analizado.

Yo sí les pido prudencia en lo particular en este artículo, porque ya vamos a aprobar una serie de reformas y sería importante hacerlo, cuando menos en este caso con cierta prudencia, mesura y responsabilidad.

Muchas gracias. Gracias señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias.

Diputada: Entiendo que también presentó la reserva del 35, ¿verdad?

La diputada Eliana García Laguna: Del 194.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Del 194, perdón, numeral 35.

Se ruega a la Secretaría someter a la consideración de la asamblea las propuestas de la diputada García Laguna...

El diputado Pedro Avila Nevárez (desde la curul y sin micrófono): ¡Pido la palabra señor Presidente!

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Permítame un segundo. No está todavía a discusión.

En lo referente al 26 apartado A las fracciones II, V y XII.

El diputado Pedro Avila Nevárez (desde la curul y sin micrófono): ¡Para dar mi opinión sobre lo que dijo la Diputada!

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Estamos preguntando diputado Ávila Nevárez si se admite a discusión. Si se admite a discusión habrá oradores en pro y oradores en contra, pero es obligación de esta Presidencia primero preguntar si se admite o no a discusión.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: ¿Solamente el 26, señor Presidente?

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Solamente en lo que se refiere al 26 porque en el 194 numeral 35 habrá que dar oportunidad al diputado Penagos para que haga su alegato y someter ambas a la consideración de la asamblea.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente: Es el 26 la fracción II y la fracción VII y la X.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Décima segunda.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Décima.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Décima. Adelante.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si es de aceptarse a discusión las propuestas realizadas por la diputada Eliana García Laguna, en el artículo 26-A fracción II, fracción VII y fracción X.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Gracias.

Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Están desechadas.

Tiene el uso de la palabra el diputado Penagos.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Perdón, falta el 194, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: No se somete a la consideración de la asamblea en este momento, hasta escuchar la argumentación del diputado Penagos.

El diputado Sergio Penagos García: Gracias, diputado Presidente.

Es muy simple. La propuesta es suprimir del dictamen esta adición que se refiere al artículo 194 fracción I numeral 35, que señala como delitos graves, estableciéndolos como aquellos contra la seguridad pública, los previstos en los artículos 160 y 162.

Con relación a ello habría que decir que el artículo 160 continua siendo un resabio de aquellos tiempos en donde el Código Penal Federal también tenía aplicación para efectos del fuero común en el Distrito Federal y los armamentos a los que se pudiera referir no eran de aquellos regulados por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Y en esa misma consideración, el artículo 162, que también se propone tipificar como delito grave, en sus fracciones I y III se refiere a esos tipos de armas que no están regulados por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y en las fracciones II, IV y V, si bien se refiere a armas que están reguladas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, es ésta, la ley especial, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, la que contempla la pena establecida por el ilícito al que se refiere.

Y en consideración de lo que dispone el artículo 6º del propio Código Penal Federal, en donde se establece con toda claridad que cuando existen dos disposiciones de esta naturaleza, como la que se plantea, la ley que rige es la ley especial. Y en este caso si ya hay pena establecida por la comisión del ilícito al que se refieren esos tipos de armas en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, aún cuando se promovieran y se llevaran a buen término reformas al Código Penal Federal, no tendrían aplicación alguna.

Por lo tanto, se sugiere la supresión de la adición de ese numeral 35 de la fracción I del artículo 194 del Código Penal Federal.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias, diputado.

Se ruega a la Secretaría someter a la consideración de la asamblea, en primer término, la reserva de la diputada Eliana García Laguna, respecto a este numeral 35 del artículo 194.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si es de admitirse la reserva realizada por la diputada Eliana García Laguna, en el artículo 194.

La propuesta es que el texto queda como en el texto vigente.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa de aceptarse la propuesta, sírvanse manifestarlo levantando la mano, por favor.

Votación

Gracias.

Las diputadas y los diputados que estén por la negativa

Votación

Gracias.

Mayoría por la negativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se desecha.

Se ruega a la Secretaría someter a la consideración de la asamblea la propuesta del diputado Penagos.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, se somete a consideración de la asamblea si es de aceptarse la propuesta del diputado Penagos, respecto al artículo 194 fracción I numeral 35, proponiéndose la supresión.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor.

Votación

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo, por favor.

Votación.

Gracias.

Mayoría por la negativa, Diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría repetir la votación y a los señores Legisladores manifestar el sentido de su voluntad poniéndose de pie.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se pregunta nuevamente, las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie, por favor.

Votación.

Gracias.

Las ciudadanas Diputadas y ciudadanos Diputados que estén por la negativa, sírvanse ponerse de pie. Gracias.

Votación.

Mayoría por la negativa Diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se desecha.

Se ruega a la Secretaría (lo interrumpen)

Sonido en la curul de la Diputada García Laguna.

La diputada García Laguna Eliana (desde la curul): Si pudiera obsequiarnos la votación nominal.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Señoras y señores Legisladores. Esta Presidencia ha repetido la votación.

(siguen hablando desde sus curules.)

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Esta Presidencia le interesa sobremanera que la voluntad de la Asamblea sea la que subsista. Luego entonces se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del Sistema Electrónico de Votación por tres minutos. Si en verdad la voluntad de la Asamblea está en este sentido, vamos a verlo reflejado en el tablero electrónico.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia, háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento.

Abrase el Sistema Electrónico por tres minutos, para recoger la votación de manera nominal.

El Diputado Sergio Penagos García: por la afirmativa. La negativa se desecha, claro.

(Aplausos)

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Se emitieron señor Presidente, en pro 137, en contra 152 abstención.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se desecha.

Esta Presidencia va a someter a la consideración de la Asamblea, los Artículos 26 Apartado A) en sus Fracciones II, VII y X y el Numeral 35 del Artículo 194 en los términos del Dictamen,

Ordene la Secretaría la apertura del Sistema Electrónico de Votación por tres minutos.

El. Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el Sistema Electrónico de Votación por tres minutos, para recoger la votación de los artículos mencionados, en sus términos.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Señor Presidente, se emitieron en pro 153 votos, en contra 130 y abstenciones 15.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los artículos reservados, por 153 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Se ruega a la Secretaría dar cuenta con el oficio de la Junta de Coordinación Política en relación al dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 227 y 228 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales:

Oficio de la Junta de Coordinación Política, en relación al dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 227 y 228 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría, en virtud de que se está distribuyendo entre los diputados el dictamen, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura el dictamen.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se ruega a la Secretaría preguntar a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se somete a discusión y votación de inmediato.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Gracias.

Está a discusión en lo general. Esta Presidencia no tiene registrados oradores, luego entonces considera el asunto suficientemente discutido, pero para los efectos del artículo 134 de nuestro Reglamento Interior, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo y votarlo en lo particular.

No habiendo reserva alguna, se ruega a la Secretaría ordene la apertura del sistema electrónico de votación por 3 minutos, a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 3 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Esta Presidencia rectifica, por 5 minutos.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por 5 minutos.

Señor Presidente, se emitieron 291 votos en pro, cero en contra y 9 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 291 votos el Proyecto de Decreto que adiciona los artículos 227 y 228 a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es el dictamen con Proyecto de Decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea, en votación económica si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se le dispensa la lectura.

Tiene el uso de la palabra en términos del 108 el diputado Víctor Hugo Islas Hernández, por diez minutos, a nombre de la Comisión.

El diputado Víctor Hugo Islas Hernández: Honorable asamblea:

Concurro a esta tribuna para sustentar el dictamen por el que se reforma y adiciona el artículo 39 de nuestra Ley Orgánica, para dar carácter ordinario a la Comisión de la Función Pública. Conforme a la exposición de motivos de la propia iniciativa, los argumentos en que se sustenta son:

1.- En la actualidad se demandan resultados de todas las instituciones. La legitimidad de lo público se mide por su capacidad de atender las necesidades en el mejor tiempo posible, al menor costo y atendiendo a lo realmente prioritario para la sociedad.

2.- El desarrollo de la Función Pública está directamente relacionada con el nivel de democracia de las instituciones del Estado.

3.- La vigilancia sobre las instituciones y los actos del poder y la denuncia de las prácticas corruptas en las mismas, son los mejores elementos para detonar un desarrollo vigoroso de la Función Pública.

4.- En tiempos recientes, parte de esta labor de supervisión, fiscalización y control ha sido asumida por el Parlamento.

5.- En materia de la Función Pública, existe un área relevante del mayor interés público y legislativo que carece de un órgano camaral capaz de dar seguimiento, monitoreo y colaboración, tanto en la construcción de la política pública, como en la vigilancia de las acciones realizadas y los recursos en que se apliquen en la misma.

La actual norma para la creación de comisiones ordinarias expresada en la Ley Orgánica, señala la necesaria correlatividad entre un ente de la Administración Pública y el órgano camaral.

Esta rama de la Administración Pública genera una importante normatividad como la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; Ley Federal de Bienes Nacionales; Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, y Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, entre otras, cuyo proceso legislativo, análisis, reforma y valoración actualmente corren a cargo de otras comisiones que las abordan de manera transgrensial o accesoria al no ser ésta su materia principal de competencia.

La iniciativa presentada cumple con los requisitos formales que exige la práctica parlamentaria. La Cámara de Diputados está facultada y tiene competencia para conocer y devolver la iniciativa en momento, de conformidad con lo que establece el segundo párrafo del artículo 70 constitucional.

Compete a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias emitir dictamen de esta propuesta, conforme a lo que dispone el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El problema planteado en la iniciativa se podría resumir de la siguiente manera:

La regla general establecida en el párrafo tercero del artículo 39 de la Ley Orgánica vigente, es que para el ejercicio de las funciones del dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio, la Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias de dictamen, cuya competencia se corresponde con la otorgada a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Desde la expedición de la Ley Orgánica el 3 de diciembre de 1999, a la fecha, la Cámara de Diputados no ha tenido ninguna comisión cuya competencia se corresponda con las funciones que realizaba la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, en adelante SECODAM, para efectos de las competencias en materia que no son de Auditoría Superior.

Con la reforma al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril del 2003, el Gobierno Federal cambio el nombre de la SECODAM, por la Secretaría de la Función Pública, otorgándole a ésta facultades de aquélla, pero ampliando estas potestades en materia de dirección, organización, operación del Sistema del Servicio Profesional Carrera en la Administración Pública Federal, planeación y administración de personal, reivindicación de bienes propiedad de la nación, formulación y conducción de la política de la Administración Pública Federal para la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información y finalmente para la promoción de las estrategias para establecer políticas de gobierno electrónico.

En tal razón la Cámara de Diputados no había destinado a un órgano específico el cumplimiento de las tarea legislativa, de información y de control evaluatorio que se correspondieran con esta dependencia y sus acciones. Efectivamente la inactividad de la Cámara de Diputados podría generar una opinión pública adversa al momento en que se analice el cumplimiento de las funciones, informativa y de control evaluatorio en esta materia.

Recordemos que hace cinco o seis años los medios de comunicación trajeron a la discusión el tema del costo que representaba esta función de auto vigilancia del Poder Ejecutivo, frente a los magros beneficios obtenidos, concluyendo de manera generalizada la inutilidad de la dependencia, la exigencia de su desaparición para economizar recursos y la evidencia del incumplimiento del Congreso como el principal obligado a vigilar al vigilante.

La propuesta concuerda con las disposiciones constitucionales y no existen antimonÍas con las leyes vigentes. Respecto al contenido del artículo primero del decreto, la dictaminadora consideró necesario precisar que los cambios son en la fracción XVIII, en la fracción XXXVIII del segundo párrafo del artículo 39, toda vez que su contenido varía con la propuesta y en tal virtud decidió expresar íntegramente la nueva formulación de estas fracciones.

Por cuanto al contenido del artículo segundo los diputados que integran este órgano, estimaron necesario expresar aquí: primero el acto de creación de la nueva fracción XXXIX y segundo, su contenido que sería precisamente el contenido de la fracción XXXVIII del ordenamiento vigentes; toda vez que no puede darse contenido a un fracción que no se ha creado.

Dada la necesidad de actualizar el conjunto de nuestras comisiones ordinarias, en término de lo expuesto, solicitamos su voto aprobatorio del siguiente dictamen que habrá de permitirnos a todos y a cada uno de los legisladores, lo mismo que a la opinión pública tener la seguridad de que la transparencia, la rendición de cuentas habrá de permitir que los diputados de esta Legislatura y que los habitantes de este gran país, tengan confianza en sus instituciones y tengan confianza en los gobiernos emanados de ellas.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Muchas gracias diputado.

Esta Presidencia no tiene registrados oradores, luego entonces considera el asunto suficientemente discutido. Por tratarse de un artículo único se instruye a la Secretaría para que ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cinco minutos, a efecto de recabar la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

Votación

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Diputado Presidente se emitieron 293 en pro, 2 en contra y 5 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 293 votos, el proyecto de decreto que adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes relativos a las solicitudes de permisos de los ciudadanos: Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Quetzal en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno de la República de Guatemala.

Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar la Condecoración de la Estrella Yugoslava en Primer Grado, que le otorga el gobierno de Serbia y Montenegro.

Verónica Solís Pesquera y Enrique Gutiérrez Carmona, para aprestar servicios en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea en México, respectivamente.

Luis Antonio Morán Mora, Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, Teodora María López Noriega y Mercedes González Gutiérrez, para prestar servicios en la Embajada y en los consulados de los Estados Unidos de América en México, Hermosillo, Sonora y Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

Felipe Camelo Schwars, Miguel González Calette, Salvador Meléndez Mena, José Saúl Juárez Vega, Miguel Hakim Simón, Juan Benito Artigas Hernández y Raúl Sergio Arroyo García, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la República de Panamá, respectivamente.

Consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica, si se les dispensa la lectura.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se les dispensa la lectura a los dictámenes.

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Los ciudadanos diputados y las ciudadanas diputadas que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se les dispensa la lectura.

En consecuencia, se ruega a la Secretaría someter a discusión los proyectos de decreto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Quetzal en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Embajador Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar la Condecoración de la Estrella Yugoslava de Primer Grado, que le otorga el Gobierno de Serbia y Montenegro.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Verónica Solís Pesquera y Enrique Gutiérrez Carmona, para prestar servicios en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea, en México, respectivamente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está a discusión el dictamen en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún articulo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Luis Antonio Morán Mora, Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, Teodora María López Noriega y Mercedes González Gutiérrez, para prestar servicios en la Embajada y en los Consulados de los Estados Unidos de América en México, Hermosillo, Sonora y Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está a discusión el dictamen en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se reserva para su votación nominal en conjunto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Felipe Camelo Schwars, Miguel González Calette, Salvador Meléndez Mena, José Raúl Juárez Vega, Miguel Hakim Simón, Juan Benito Artigas Hernández y Raúl Sergio Arroyo García, para aceptar y usar las Condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la República de Panamá, respectivamente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Está a discusión el dictamen en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal de este decreto y los anteriormente reservados en un solo acto.

Se ruega a la Secretaría ordenar la apertura del sistema electrónico de votación por diez minutos, para proceder a la votación de los proyectos de decreto.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior.

Abrase el sistema electrónico de votación por 10 minutos para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.

VOTACION

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Estamos en espera de la reproducción de un dictamen.

Se ruega a la secretaría dar por concluida la votación.

Instruya el cierre del sistema. Vamos a esperar un minuto más.

La Secretaria diputada Patricia Garduño Morales: Ciérrese el sistema de votación electrónica.

Señor presidente se emitieron 285 votos en pro, 0 en contra y 5 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobados los proyectos de decreto por 285 votos.

Pasan al Senado y al Ejecutivo respectivamente para sus efectos constitucionales.

Se ruega a la secretaría dar lectura al orden del día de la siguiente sesión.

La Secretaria diputada María Sara Rocha Medina:

Lectura del orden del día

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra (A las 18:02): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes 6 de diciembre a las 11:00 horas y se les informa que el sistema electrónico estará abierto dos horas antes.