SESION  DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA LVIII LEGISLATURA,
DIA 5 DE SEPTIEMBRE DE 2000.

ORDEN DEL DIA  5 DE SEPTIEMBRE DE 2000.

Lectura del Acta de la Sesión Constitutiva
COMUNICACIONES
OFICIOS DE LA H. CÁMARA DE SENADORES
INICIATIVAS DE CIUDADANOS DIPUTADOS
INICIATIVA
MINUTAS
SOLICITUDES DE PARTICULARES
Posicionamiento de los Partidos con representación en la Cámara de Diputados, en relación al inicio de los trabajos de la Quincuagésima Octava Legislatura.
PROPOSICIÓN
AGENDA POLÍTICA
Posicionamiento de los Grupos Plamentarios sobre Cajas de Ahorro. (Debate pactado)



 

PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA LVIII LEGISLATURA, DEL DIA 5 DE SEPTIEMBRE DE 2000.

 

EL C. PRESIDENTE DIP. RICARDO FRANCISCO GARCIA CERVANTES (PAN): Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del computo de asistencia de los ciudadanos diputados.

LA C. SECRETARIA DIP. ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA (PRI): Se pide a los ciudadanos diputados y diputadas que no hayan registrado su firma, pasar a la mesa que se encuentra en el vestíbulo para tal efecto.

Se informa a la Presidencia que existen registrados 350 diputados. Por lo tanto, hay quórum.

EL C. PRESIDENTE: (A las 11:05 horas) SE ABRE LA SESION.

Gracias señorita Secretaria.

Solicito a todos, las señoras y los señores diputados, ocupar sus lugares. Y a los compañeros de los medios de comunicación pasar al palco de prensa, por favor.

LA MISMA C. SECRETARIA: Se va a dar lectura al orden del día.

LECTURA DEL ORDEN DEL DIA

PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA LVIII LEGISLATURA.

ORDEN DEL DIA 5 de septiembre de 2000

Lectura del acta de la Sesión Constitutiva.

COMUNICACIONES

Del Congreso del Estado de Baja California, en la que se transcribe Punto de Acuerdo, relativo a la Ley que Crea el Renave. (Turno a Comisión).

Del Congreso del Estado de Coahuila, en la que se transcribe Punto de Acuerdo, relativo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado y a la Ley de Ingresos de la Federación para el 2001. (Turno a Comisión).

Oficios de la Comisión Permanente.

OFICIOS DE LA H. CAMARA DE SENADORES

Por el que se comunica la elección de la Mesa Directiva que conducirá los trabajos durante el período del 10. de septiembre de 2000 al 31 de agosto de 2001, correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional.

Por el que comunica la protesta de Ley de los ciudadanos Senadores a la Quincuagésima Octava y Quincuagésima Novena Legislaturas.

Por el que comunica la Integración de las Comisiones de Cortesía.

INICIATIVAS DE CIUDADANOS DIPUTADOS

De reformas y adiciones a la Ley del Registro Nacional de Vehículos, a cargo de la C. Dip. María Miroslava García Suárez, del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

De reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del C. Dip. Alfredo Hernández Raigosa, del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

INICIATIVA

De Decreto que adiciona disposiciones Transitorias a la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el C. Sen. Arturo Nava Bolaños, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (Turno a Comisión).

MINUTAS

Con Proyecto de Ley de Fiscalización Superior de la Federación, de conformidad con el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión).

Con Proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el Código Penal Federa1, de conformidad con el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión).

SOLICITUDES DE PARTICULARES

De la C. Lina María del Rosario Ramella Osuna, para que se le conceda el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la Condecoración de la Orden al Mérito de la República Italiana, en Grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de Italia. (Turno a Comisión).

Del C. Lic. Adrián Franco Zevada, para que se le concede el permiso constitucional necesario para prestar servicios como Asesor Jurídico en las Embajadas de las Repúblicas de: Chile y Sudáfrica, en México. (Turno a Comisión).

Posicionamiento de los Partidos con representación en la Cámara de Diputados, en relación al inicio de los trabajos de la Quincuagésima Octava Legislatura.

PROPOSICION

Proposición con Punto de Acuerdo en relación a las Cajas de Ahorro, a cargo del C. Dip. José Delfino Garcés Martínez de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.

AGENDA POLITICA

Posicionamienbo de los Grupos Parlamentarios sobre Cajas de Ahorro. (Debate pactado).

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LA C. SECRETARIA DIP. ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA: Se va a dar lectura al acta de la Sesión Constitutiva.

ACTA DE LA SESION CONSTITUTIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, CORRESPONDIENTE A LA QUINCUAGESIMA OCTAVA LEGISLATURA.

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las once horas con cuarenta y dos minutos del martes veintinueve de agosto de dos mil, el Secretario General, licenciado Fernando Franco González Salas informa de que cuenta con la documentación relativa a los diputados electos, las credenciales de identificación y acceso de los mismos, la lista completa de los legisladores que integran la Cámara y la identificación de la antigüedad en cargos de legislador federal de cada uno de ellos; y menciona por su nombre a los siguientes diputados federales electos: presidente, Augusto Gómez Villanueva; vicepresidentes, Hilda Josefina Amalia Anderson Nevarez, María Elena Alvarez Bernal y Héctor Sánchez López; y como secretarios, Luis Priego Ortiz, Víctor Manuel Gandarilla Carrasco y Rafael Rodríguez Barrera; a quienes corresponde integrar la Mesa de Decanos, y solicita que ocupen sus lugares en el Presidium.

Presidencia de la Mesa de Decanos, Augusto Gómez Villanueva.

El Presidente ordena la comprobación del quórum y uno de los secretarios informa que están presentes cuatrocientos ochenta y seis diputados electos. Se abre la sesión a las doce horas con treinta y tres minutos.

La Secretaría da lectura al orden del día y de inmediato1 el Presidente de la Mesa de Decanos, puesto de pie, dice:

"Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado a la quincuagésima octava legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que el pueblo me ha conferido, así como la responsabilidad de Presidente de la Mesa de Decanos de la Cámara, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión.

Si así no lo hiciere, que la Nación me lo demande".

Inmediatamente, puestos todos de pie, pregunta:

"¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado a la quincuagésima octava legislatura del Congreso de la Unión que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?"

Los diputados electos presentes, contestan:

"Sí, protesto".

El Presidente de la Mesa de Decanos, contesta:

"Si no lo hacen así, que la Nación se los demande"

Se lleva a cabo la elección de la Mesa Directiva y después de realizados el escrutinio y cómputo correspondientes, resultando ganadora por cuatrocientos sesenta y siete votos la plantilla integrada por los siguientes diputados: presidente Ricardo Francisco García Cervantes; vicepresidentes, Eloy Cantú Segovia, Eric Eber Villanueva Mukul y María Elena Alvarez Bernal; secretarios, José Manuel Medellín Milán, Bernardo Borbón Vilches y Alma Carolina Viggiano Austria. El Presidente de la Mesa de Decanos' hace la declaración correspondiente e invita a los diputados electos a tomar sus lugares.

Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes.

El Presidente, declara:

"La Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiente a la quincuagésima octava legislatura, se declara formalmente constituida para el desempeño de sus funciones".

y cita a la sesión de Congreso General el viernes primero de septiembre a las diecisiete horas y a la primera sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el martes cinco de septiembre a las diez horas.

Puestos todos de pie, se entona el Himno Nacional Mexicano.

Se designan las comisiones protocolarias y de cortesía y agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cierra la sesión constitutiva a las catorce horas con siete minutos, citando para la sesión de Congreso General que se llevará a cabo el viernes primero de septiembre de dos mil, a las diecisiete horas.

LA MISMA C. SECRETARIA: Está a discusión el acta.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el acta leída.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACION)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACION)

Señor Presidente, ha sido aprobada el acta que ha sido leída.

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EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias.

Se encuentra a las puertas de este recinto el diputado electo Arturo Herviz Reyes, de la Tercera Circunscripción,

Se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones, a la diputada Genoveva Domínguez Rodríguez y al diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar.

EL C. SECRETARIO DIP. BERNARDO BORBON VILCHES (PAN): Se pide a la Comisi6n cumplir con este encargo.

(La Comisión cumple con su cometido)

EL C. SECRETARIO DIP. BERNARDO BORBON VILCHES: Se invita a todos los presentes a ponerse de pie.

EL C. PRESIDENTE: Ciudadano Arturo Herviz Reyes: ¿Protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patri6tica mente el cargo de diputado a la Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso de la Unión que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

EL C. DIPUTADO ELECTO ARTURO HERVIZ REYES: ¡Sí, protesto!

EL C. PRESIDENTE: Si así no lo hiciere, que la naci6n se lo demande.

Felicidades señor diputado.

(aplausos)

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Continúe la Secretaría.

EL C. SECRETARIO DIP. BERNARDO BORBON VILCHES: Gracias señor Presidente.

Comunicaciones.

Oficio del Congreso del Estado de Baja California.

H. CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION. Presente.-

Por este conducto nos permitimos hacer de su conocimiento que en Sesión Extraordinaria celebrada el día 10 de agosto del año en curso por la H. XVI Legislatura Constitucional del Estado de Baja California, se aprobó el siguiente Punto de Acuerdo: [5~

PRIMERO.- Solicitar a la H. LVIII Legislatura Federal que iniciará su gestión el primero de septiembre del año 2000, que abrogue la Ley que Crea el Renave.

SEGUNDO.- Túrnese a las Legislaturas de los Estados de la República, para que elaboren Puntos de Acuerdo, en términos similares. (Se anexa fotocopia del Punto de Acuerdo)

Agradeciendo la atención que se sirvan otorgarle al presente, aprovechamos la oportunidad para reiterarles nuestra consideración y respeto.

DIP. JAIME JIMENES MERCADO, PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL SEXTO PERIODO EXTRAORDINARIO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.

Honorable Asamblea

En ejercicio de lo dispuesto por el Articulo 28 en su fracción I y 36 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, en correlación con los artículos 114, 115 y 116 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, los suscritos Diputados de esta H. Soberanía, proponemos Iniciativa de Acuerdo Económico en relación a la Ley Federal de Registro de Vehículos. todo esto bajo la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

El sistema de gobierno se sustenta en el principio de Soberanía, en virtud del cual solo al pueblo le corresponde su residencia y ejercicio, mediante el sufragio en las elecciones ordinarias.

Los Diputados, como representantes del pueblo, asumimos el mandato popular bajo el imperio político de ser la voz de los electores para la toma de decisiones que permiten un equilibrio en las relaciones sociales y gubernamentales.

El deber de los Diputados, consiste en una de sus fases en la visión, estructuración, conformación o modificación del orden jurídico, así como en la gestión de las demandas ciudadanas generales y de interés colectivo cuya fundamentalidad genera y acarrea al bien común.

Por el elevado principio da orden, los legisladores estamos comprometidos no solo a procurarlo, sino a materializarlo, demandarlo y gestionarlo ante las autoridades competentes.

Por ello, hoy nos ocupa un tema y proposición, delicada jurídicamente pero necesaria e insoslayable en lo social y político.

Nos compete también una definición y reorientación de los postulados que rigen los fines mismos del gobierno, en cuando a su necesaria cooperación, armonía y coordinación, fundamentos torales de la columna vertebral de división de poderes.

Hemos establecido que el Gobierno en su conjunto, debe ser solidario y subsidiario con las necesidades sociales de los ciudadanos.

Bajo nuestra tradición pujante en lo parlamentario, hemos pugnado por la simplificación administrativa, que significa la prestación de servicios o trámites gubernamentales de forma tal que no perturben el ánimo de los ciudadanos.

La simplificación administrativa implica también la necesaria existencia de una autoridad para cada materia, condición que debe alejar la dispersión de facultades entre diversos ordenes de autoridad, ya que ello, genera la sobre regulación y la confusión y cansancio para el cumplimiento de los más elementales deberes ciudadanos

El Registro Federal de Vehículos, como modelo histórico, desapareció formalmente en 1989 a partir de las necesidades para no duplicar esfuerzos entre la [5~Federación y del Estado, condición que hoy es restablecida y reflejada en la Ley del Registro Nacional de Vehículos publicada en el Diario Oficial de la Federación del 2 de Junio de 1998, misma que fue Decretada por el Congreso de la Unión el 19 de Abril de 1998.

La Ley aludida, bajo una consideración sumaria de su contenido, previene las siguientes bases normativas:

El ordenamiento "tiene por objeto crear y regular el: registro nacional de vehículos y es de observancia general en todo el territorio nacional." Condición que se abstiene de prever que las entidades federativas ostentan especies de registros para vehículos, que implican la estructuración de procedimientos para el ejercicio del derecho al transito para la circulación de vehículos dentro de sus territorios. Por esto, el precepto general antes invocado no guarda congruencia con las disposiciones y regulaciones de las entidades federativas, situación que perturba el pacto federal, atenta contra la; libertad y soberanía de los Estados y produce perjuicios a los ciudadanos de estos.

En su Artículo 3 la Ley en referencia dispone que, corresponde su aplicación al ejecutivo federal, por conducto de la Secretaria de Comercio y Fomento Industrial. Así entonces, destaca este mismo precepto que, para la correcta operación del registro, la secretaria tiene facultades para:

I. Establecer las reglas a que se sujetara la recepción, almacenamiento y transmisión de la información del registro y, en general, la operación, funcionamiento y administración del servicio publico que preste;

II. Operar y, en su caso concesionar y regular la operación del registro;

III. Vigilar la debida aplicación de los precios, tarifas y contraprestaciones establecidas en ley de derechos relativas a la prestación del servicio publico del registro;

IV. Celebrar convenios de coordinación con los gobiernos estatales y del distrito federal, a fin de facilitar la cobertura del registro, procurar su buen funcionamiento y efectuar intercambio de información;

V. Realizar, en coordinación con la secretaria de relaciones exteriores, las actividades de cooperación con otros países para el intercambio de información relacionada con el registro;

VI. Coadyuvar con el sistema nacional de seguridad publica para el cumplimiento de sus objetivos;

VII. Verificar el cumplimiento de esta ley, y en su caso, sancionar las infracciones a la misma, y

De las anteriores facultades de la SECOFI, se destacan las siguientes premisas:

El precepto facultativa no respeta la autonomía de los Estados y no favorece con claridad los mecanismos de coordinación intergubernamental.

El precepto permite la concesión de un servicio gubernamental cuya orientación jurídica en cuanto al manejo de las concesiones, implica la asunción por particulares de información administrativa al servicio y manejo de los Gobiernos.

El numeral no enfatiza obligaciones ciudadanas, privadas o particulares que equilibren las facultades de la autoridad establecida o de los concesionarios.

En cuanto, a la facultad y necesidad de la Federación, para celebrar convenios de coordinación con los gobiernos estatales, a fin de facilitar la cobertura del registro, procurar su buen funcionamiento y efectuar intercambio de información; lo cual también implica la existencia de bases de cooperación entre federación y estado para efectos de no duplicar los trabajos de ambos ámbitos de autoridad. Es claro, evidente y ostensible que tanto de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, como los concesionarios escapa la intención, posibilidad y pretensión para dar vigencia y efectivo cumplimiento a esta disposición legal, condición que perturba la eficacia de la Ley y ha generado incertidumbres y el malestar de la población en general y de la sociedad organizada.

Precisando funciones, el Registro Nacional de Vehículos según el Artículo 5 de la referida Ley, establece que:

La operación del registro es un servicio publico a cargo de la secretaria, y tiene como fines la identificación de los vehículos que se fabrican, ensamblan, importan o circulan en el territorio nacional, así como la de brindar el servicio de información al publico.

El registro contará con una base de datos, propiedad exclusiva del gobierno federal, la cual estará integrada por la información que de cada vehículo proporcionen las autoridades, fabricantes y ensambladores, comercializadoras, aseguradoras, particulares o cualquier otra fuente.

Cualquier persona podrá consultar la información contenida en el registro, conforme al procedimiento y niveles de acceso que para la consulta de la información determine el reglamento.

De lo anterior se desprende la necesidad de un mecanismo y sistema de cooperación entre autoridades estatales y autoridades del Registro Nacional de Vehículos para efectos del intercambio de información respecto a los datos del registro de vehículos. Condición y situación que no ha sido de interés de la autoridad encargada de materializar esta disposición.

La Ley Federal en referencia establece en el Artículo 6, lo siguiente:

La inscripción de los vehículos en el registro será definitiva o provisional, conforme a las siguientes reglas:

I. Inscripción definitiva. Es la que se efectúa por una sola vez, y estarán obligados a solicitarla quienes:

A) Fabriquen o ensamblen vehículos en territorio nacional y destinados al mercado nacional, y

B) Importen vehículos destinados a permanecer definitivamente en territorio nacional, y

II. Inscripción provisional, que estarán obligados a solicitar quienes:

A) Importen temporalmente vehículos, y

B) Importen vehículos en franquicia*

De lo anterior es importante enfatizar que la Ley en comento, alude a los efectos y trámites del registro, sin embargo, omite preestablecer obligaciones particulares o específicas que establezcan los sujetos a la Ley, situación que llama mas a la existencia de un ordenamiento reglamentario u orgánico que a la posibilidad o delimitación de obligaciones legales y jurídicas.

En cuanto a las disposiciones relacionadas con los métodos y lineamientos para el financiamiento del sistema de registro de vehículos es necesario señalar las siguientes disposiciones.

El Artículo 14 de la Ley en comento, dispone que: "Las autoridades fiscales deben exigir la inscripción en el registro como requisito previo para cualquier tramite relativo al pago de los impuestos federales relacionados con vehículos. Para tal efecto, en los convenios que las entidades federativas adheridas al sistema nacional de coordinación fiscal celebren con la federación, se establecerán los mecanismos que garanticen que en la recaudación del impuesto federal sobre tenencia o uso de vehículos será requisito, entre otros, la inscripción de los vehículos en el registro." Asimismo el numeral 15, estipula que: "De los ingresos que la federación perciba con motivo de la prestación del servicio publico del registro, se podrá otorgar participación a las entidades federativas, en función de los convenios de coordinación que al efecto se celebren."

Bajo estas directrices es importante establecer la inexistencia de convenios específicos en cuanto a coordinación de participaciones económicas entre federación y concretamente el Estado de Baja California, así como la también omisión del convenio a que refiere la Ley en cuanto a convenios para facilitar la cobertura del Registro, para su buen funcionamiento y efectuar intercambio de información. Condiciones bajo las cuales es defectible e imposible denotar la vigencia del referido ordenamiento.

Todo lo anterior expuesto, constituye el marco jurídico mas trascendente encargado de regular al Registro Nacional de Vehículos, mismo del cual hacemos la respectiva anotación de sus deficiencias objetivas y sustantivas, toda vez que, haciendo eco de las demandas populares de los Bajacalifornianos así como de las condiciones jurídicas que delimitan y ensombrecen el tema del RENAVE, nos enfrentamos ante una Ley de evidentes discordancias jurídicas, derivadas de una regulación insuficiente que en principio de cuentas debió comprender las debidas atenciones al pacto federal que implica la existencia de respeto a las funciones que desempeñan las entidades federativas, mismas que no pueden subrogarse sin los debidos acuerdos, convenios y voluntades para su ejercicio.

Por otra parte, la percepción de la sociedad sobre este tema, impresa y digitalizada en diversos medios, eleva las confusiones sobre la materia regulada, toda vez que los mismos concesionarios, bajo un notorio desconocimiento de la Ley, han advertido sobre la imperatividad de que todo ciudadano con vehículo deben pagar y registrarse.

Según ha señalado el Coordinador del RENAVE en esta ciudad, se iniciaron operaciones en Mexicali el pasado 15 de junio. Afirmando que los propietarios de vehículos usados deberán dar de alta sus unidades, de acuerdo con información proporcionada por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI), dependencia que se encargará de regular los Centros de Registro. Condición que no se ha hecho ni se hizo sustentar en forma satisfactoria bajo elementos y disposiciones jurídicas.

Por lo que corresponde a los costos en todo el Estado, para los vehículos nuevos el precio es de 375 pesos más 15% IVA, más 100 pesos de gastos de trámites, más 10% de IVA; en tanto que para los usados es de 100 pesos general con IVA de 15% porque se factura en D. F.

En este sentido, es importante manifestar que el padrón vehicular de Baja California va a la vanguardia en el país, al tener bajo estricto control a un total de 662 mil automóviles, con un porcentaje de certeza superior al 98 %., condición que hace motivar la innecesariedad del referido ordenamiento federal.

En otro orden de ideas, no resulta satisfactorio jurídicamente que la Ley en comento, o las derivaciones de esta, hubiesen pasado por alto, no solo la existencia de autoridades estatales encargadas del registro de vehículos, sino la sobre regulación en cuanto a la importación de vehículos o partes de estos que resultan de la exclusiva competencia de las autoridades de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, habida cuenta de que no encontramos justificación respecto de los datos que se integran mediante las importaciones y la necesidad de un ulterior registro, ya que es la misma autoridad quien tiene en sus manos detalladamente todos y cada uno de los datos que se pretenden incorporar al Registro de Vehículos duplicando funciones dentro de la misma esfera de gobierno y servicio público.

Sin embargo, lo más insatisfactorio de todo esto, lo es la carencia de información veraz, fundada y motivada sobre este asunto, que sin duda por las afirmaciones de los encargados del RENAVE, se aleja del marco jurídico que establece el registro nacional de vehículos.

Por otra parte, es aberrante que el RENAVE en Baja California pretenda exigir el registro y el pago de impuestos correspondientes sobre los vehículos propiedad de las autoridades del Estado, sin que medie convenio para el intercambio de información o acuerdos sobre la solventación de contribuciones, toda vez que hasta el momento, los vehículos propiedad del Gobierno Federal para uso oficial, no son obligados a cumplir con las disposiciones de la Ley. de Transito y Transportes del Estado en vigor, e inclusive los vehículos cuya documentación para circular en el Estado las expide la Secretaria de Comunicaciones y Transporte especialmente los de carga, los cuales ni se registran en la entidad, ni se les solicitan permisos, ni pagan contribuciones para el mantenimiento y conservación de vías públicas que notoriamente utilizan con una elevada incidencia diaria.

El presente asunto, es un tema que implica una clara y notoria inobservancia del Estado de Derecho, así como actos de molestia y perjuicio público que deben ser atendidos de acuerdo al sistema jurídico en vigor, mediante la abrogación del referido ordenamiento.

Con la presente iniciativa y en un ejercicio subsidiario de las responsabilidades públicas, atendemos la incesante demanda social que afecta gravemente la paz y tranquilidad de los mexicanos ante condiciones que se imponen sin el respeto al espíritu constitucional de división de poderes, así como de cooperación y armonía entre estos, por ello, los Diputados de la XVI Legislatura Constitucional del Estado de Baja California, hacemos hoy un ejercicio responsable, solidario de las facultades que nos confiere la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y nuestra Ley Orgánica del Poder Legislativo, para los efectos subsecuentes a que haya lugar.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 114 fracción III y demás relativos y aplicables a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, los suscritos Diputados de esta Legislatura, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía la siguiente

INICIATIVA DE ACURDO ECONOMICO QUE PROPONE A LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS SOLICITEN AL CONGRESO DE LA UNION LA ABROGACION DE LA LEY DEL REGISTRO NACIONAL DE VEHICULOS.

AL TENOR DE LOS SIGUIENTES

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO: Que este Poder Legislativo envíe atento oficio a la LVIII Legislatura FEDERAL QUE INICIARA SU GESTION EL PRIMERO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000, para que abrogue la ley que crea el RENAVE.

SEGUNDO: Túrnese a las Legislaturas de los Estados, para que elaboren puntos de acuerdo en términos similares.

MEXICALI, BAJA CALIFORNIA A LOS 10 DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2000

ATENTAMENTE

Por los Diputados de la XVI Legislatura del Estado de Baja California

1 Aguilar Kaiten Guillermo

2. Arango Pérez José Félix,

3. Avitia Nalda Sergio

4. Bahena Flores Alejandro

5. Baltazar Chiprés Héctor

6. Bastida Hernández Sócrates

7. Cano Jiménez Antonio Ricardo;

8.- Delfín Castro Miguel

9.- Domínguez Rocha Martín

10.- Esparza Herrera Héctor

11.- Fernández Bustamante Edgar Arturo

12.- Flores Muñoz Gilberto

13.- Gómez Mora Sergio

14.- Gutiérrez Piceno David

15.- Jiménez Mercado Jaime

16.- Loperena Núñez Sergio Javier

17.- Macías Lezama Efrén

18.- Magaña Mosqueda Héctor

19.- Martínez Veloz Jaime Cleofás

20.- Molina Rodríguez Juan Manuel

21.- Padrín Márquez Alejandro

22.- Ramos Rubio Manuel Alberto

23.- Ruvalcaba Flores David

24.- Villalaz Becerra María del Refugio Olivia

25.- Zazueta Villegas Ricardo

 

EL C. PRESIDENTE: Recibo y túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

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EL MISMO C. SECRETARIO:

Oficio del Congreso del Estado de Coahuila

C. PRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGESO DE LA UNION. MEXICO D. F.

El Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la Sexta Sesión de su Diputación Permanente, correspondiente al Segundo Período del Primer año de Ejercicio Constitucional de la LV Legislatura, celebrada el día 8 de agosto del año 2000, aprobó por votación mayoritaria de sus integrantes el siguiente:

ACUERDO

1° Envíese un exhorto al Congreso de la Unión, a efecto de que no sea modificado el contenido del artículo 2° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

2° Envíese un exhorto a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a efecto de que en la Ley de Ingresos del Gobierno Federal para el Ejercicio Fiscal 2001, no se incluyan contribuciones aplicables a la enajenación de medicinas y alimentos.

Le comunico lo anterior para la consideración y trámite que estime oportuno, anexando copia fotostática simple del documento que originó el presente Acuerdo.

Atentamente.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION

Saltillo, Coahuila, a 9 de agosto del año 2000

Punto de Acuerdo que presenta la Comisión de Finanzas de la LV Legislatura del Estado de Coahuila, en relación a la aplicación de una tasa diferente a la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado en medicinas y alimentos.

En fechas recientes, por diversos medios de comunicación, se ha difundido información sobre la intención de aplicar, a la enajenación de medicinas y alimentos, el Impuesto al Valor Agregado con una tasa diferente a la tasa cero establecida en el Artículo 2° A de la Ley que regula la aplicación de dicho impuesto, como una medida integrada al proyecto económico del titular del Poder Ejecutivo Federal, que asumirá el cargo el día primero de diciembre del año en curso.

Con la modificación de este impuesto, las personas físicas y morales estarían obligadas a pagar el porcentaje aplicado, con lo que se encarecería el costo de la alimentación y la salud, áreas de carácter prioritario en el combate a la pobreza y en la justa distribución de la riqueza El deterioro que esta medida provocaría en los niveles de bienestar de la población, tendría su mayor repercusión en las clases más débiles de la sociedad, ya que son estas el último eslabón de la cadena impositiva y se encuentran imposibilitadas para encontrar medidas compensatorias trasladando o deduciendo el citado impuesto.

Con fundamento en lo antes expuesto, con estricto apego a lo establecido en la Fracción VIII del Artículo 73 de la Constitución Política del Estado de Coahuila, así como en la Fracción VIII del Articulo 182 del Reglamento Interior del Congreso y, considerando que el Poder Legislativo es depositario de la representación popular, conferida por un acto de elección en el que los ciudadanos entregaron su mandato a quien garantizara la defensa de sus intereses y la toma de decisiones en su beneficio, la Comisión de Finanzas de la LV Legislatura del Estado de Coahuila, somete a la consideración de la H. Diputación Permanente, el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

1° Envíese un exhorto al Congreso de la Unión, a efecto de que no sea modificado el contenido del Articulo 2° A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

2° Envíese un exhorto a la Cámara de Diputados del Congreso ~e la Unión, a efecto de que en la Ley de Ingresos del Gobierno Federal para el Ejercicio Fiscal 2001, no se incluyan contribuciones aplicables a la enajenación de medicinas y alimentos.

Saltillo, Coah., a 8 de agosto del 2000

La Comisión de Finanzas de la LV Legislatura

EL C. PRESIDENTE:- Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

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EL C. SECRETARIO DIPUTADO BERNARDO BORBON VILCHES:

Oficio remitiendo el Inventario de la Comisión Permanente.

CC. SECRETARIOS DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA LVII LEGISLATURA Presente.

En cumplimiento de lo que disponen los artículos 129 de la Ley Orgánica del Congreso General; 180 y 181 del Reglamento para su Gobierno Interior, anexo al presente nos permitimos remitir a ustedes el Inventario y los expedientes correspondientes a oficios, comunicaciones y demás asuntos que fueron recibidos por la Comisión Permanente, para la atención y conocimiento de las Comisiones de la Honorable Cámara de Diputados, durante el Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la LVII Legislatura.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

EL C. PRESIDENTE: De enterado.

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EL MISMO C. SECRETARIO:

Oficio comunicando clausura de la Comisión Permanente del Senado.

CC. SECRETARIOS DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION. PRESENTE.

Para conocimiento de esa Honorable Cámara de Diputados, nos permitimos comunicarle que en sesión de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, celebrada en esta fecha dio por concluidas sus sesiones ordinarias correspondientes al Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

EL C. PRESIDENTE: De enterado.

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LA C. SECRETARIA DIPUTADA ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA:

APENDICE No. 1

Oficio de la Cámara de Senadores comunicando la elección de la Mesa Directiva que funcionará desde el 1º. de septiembre de 2000 al 31 de agosto de 2001.

EL C. PRESIDENTE: De enterado.

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LA MISMA C. SECRETARIA:

APENDICE No. 2

Oficio de la Cámara de Senadores comunicando la protesta de Ley de los ciudadanos Senadores a las LVIII y LIX Legislaturas del Congreso de la Unión.

EL C. PRESIDENTE: De enterado.

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LA MISMA C. SECRETARIA:

APENDICE No. 3

Oficio de la Cámara de Senadores comunicando la integración de las Comisiones de Cortesía.

 

DE ENTERADO.

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EL C. PRESIDENTE: En el siguiente punto de la orden del día, se concede el uso de la palabra a la diputada Marra Miroslava García Suárez, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa.

LA C. DIP. MARIA MIROSLAVA GARCIA SUAREZ: Muy buenos días.

Señoras y señores diputados:

Las suscritas, Diputadas de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en el derecho conferido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos la siguiente iniciativa de Decreto por el que se abroga la Ley del Registro Nacional de Vehículos, al tenor de la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

A partir de la implementación del modelo económico actual, se aceleró un proceso tendiente a delegar en particulares la prestación de servicios públicos, por medio de la figura jurídica de la concesión.

Para ello se reformaron cuerpos normativos que permitieron la consecución de dicho fin. Leyes que buscan asimilar los objetivos del gobierno con los objetivos de la iniciativa privada con un mismo criterio. No obstante, sabemos que los fines de uno y de otro no son los mismos. Los particulares que participan en actividades económicas, lo hacen buscando plusvalía o ganancias.

El Estado tiene objetivos más elevados. No es el lucro, sino el mismo servicio, lo que constituye el objeto de la actuación del gobierno. Por eso, no creemos que todos los servicios públicos puedan ser delegados.

Asuntos que tienen que ver con los actos de autoridad, con la seguridad pública, con la seguridad social, etc., no pueden encomendarse a la iniciativa privada.

Bajo el dogma neoliberal se piensa que el Estado es ineficiente, entonces, lo mejor es que otros hagan la tarea que le corresponde al gobierno, aunque cueste dinero a la gente.

El balance histórico de las privatizaciones, tanto de bienes como de servicios, nos muestra no obstante, que no toda privatización ha significado mejoras al país y a la población. En México se han creado estructuras donde puede quebrar una empresa, pero no el empresario o incluso ninguno de los dos; ahí está el rescate carretero y los bancos.

En el esquema anterior y de conformidad con el dictamen que se aprobó por el pleno en junio de 1998, se creó la Ley del Registro Nacional del Vehículos (RENAVE); argumentando que esa Ley responde a la necesidad de consolidar un régimen de seguridad jurídica para el patrimonio de las personas, lo que permitirá ayudar al Estado a prevenir eficazmente la delincuencia.

Se afirma además, que aún y cuando cada entidad cuenta con registros locales de vehículos, estos sirven para propósitos fiscales y no se encuentran concentrados a nivel nacional para su consulta. Además, se dice que el objetivo más importante al respecto es brindar total seguridad jurídica al consumidor.

La concesión de la operación del Registro, se justifica con la afirmación de que permitirá el uso de tecnología de punta en su operación, y la elasticidad de su organización administrativa.

Como un mecanismo de control, se establecen figuras como la requisa, la ocupación temporal y la revocación de la concesión por causas de utilidad e interés públicos.

El dictamen fue aprobado por el pleno, con el voto en contra en lo que respecta a la concesión de la operación del mismo, del Partido de la Revolución Democrática.

No obstante la Ley del Registro Nacional de Vehículos, padece de graves deficiencias en la forma y contenido de la misma:

1° Es inconstitucional que el Estado delegue funciones y facultades a particulares, dándole jerarquía equiparable a si mismo. La ley del RENAVE contraviene lo dispuesto en el artículo 4, del Código Fiscal de la Federación, ya que la única entidad que puede cobrar impuestos es la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y no una empresa privada. Lo que supone la abdicación de la soberanía estatal en materia tributaria.

En tal sentido, otorga al concesionario facultades coercitivas en materia de multas o sanciones económicas, lo cual también contraviene al artículo 39 constitucional.

La fijación del monto de derechos por particulares rompe con el principio de exactitud y estricto derecho en materia fiscal por lo que, al violentarse leyes vigentes en esta materia, es claro que se vulnera la garantía de legalidad consagrada en el artículo 16 constitucional.

El RENAVE crea una limitación inconstitucional al derecho de propiedad de vehículos, ya que obliga a los consumidores a pagar derechos y a proporcionar a un privado, información confidencial en cuanto a sus propiedades, lo cual viola flagrantemente el mandato constitucional de que nadie puede ser molestado en sus propiedades.

Además, al incluir disposiciones como la que establece la presunción de propiedad por el sólo hecho de registrar el vehículo, puede propiciarse "el lavado" de autos robados.

2° La Ley del RENAVE establece como obligación a cargo de los propietarios registrar la adquisición y transmisión de la propiedad de vehículos.

Al adquirir un vehículo, antes de la iniciación de la vigencia de la ley RENAVE, el consumidor cumplió con todas las cargas fiscales, por lo que imponer el pago de un nuevo derecho, implica gravar dos veces el mismo acto generador del crédito fiscal, lo cual rompe con el principio universal en derecho tributario, de que un mismo acto no puede ser gravado más de una vez, aunque se cambie la denominación del gravamen, toda vez que ello resulta inequitativo y desproporcionado, y contrario a lo ordenado por el articulo 31 constitucional, y leyes secundarias en materia fiscal. Además de que violenta el articulo 14 constitucional, ya que dicha ley conlleva a una aplicación retroactiva, dado que el propietario adquirió un vehículo y cumplió con los requisitos legales en su oportunidad.

3° Se impone una doble tributación al ciudadano, por ser dueño de un vehículo automotor el pago de la tenencia, el derecho de uso del vehículo y el pago por concepto del RENAVE.

4° Queda al arbitrio del concesionario o de las personas que laboran en el registro, el manejo de la información personal del ciudadano, sin contarse con medidas y controles estrictos del Estado.

5° Se plantea la suscripción de convenios de coordinación con las entidades, cuando ninguna forma parte del Comité Consultivo del RENAVE.

6° La forma de coordinación entre el RENAVE y el Sistema Nacional de Seguridad Pública, genera incertidumbre jurídica, pues se plantea un intercambio de información para investigación de delitos, con la intervención de la concesionaria, lo cual significa una usurpación de funciones públicas, filtración de información e impunidad por falta de control en la misma.

7° De conformidad con el articulo 124 constitucional, la facultad de llevar tal registro es del Estado y las entidades del país, por lo que la Ley del Registro Nacional de Vehículos atenta contra la federación.

Aunado a estas consideraciones de carácter jurídico y económico, no podemos soslayar la negligencia que se tuvo para concesionar el servicio a una empresa dirigida por una persona sin activos morales, un genocida, secuestrador y ladrón. Aunque Herminio Blanco diga que "sólo es un genocida".

Confiar a concesionarios el registro de aproximadamente14 millones de autos, constituye una audacia suicida para la seguridad publica de la población.

Por ello, proponemos abrogar la absurda Ley del Registro Nacional de Vehículos, con lo que también quedaría abrogado el Reglamento.

Consideramos que con los mecanismos actuales cada entidad federativa cuenta con registro de los automóviles que circulan en su territorio, y por los cuales se pagan diversas cargas impositivas. Lo procedente es que la autoridad federal suscriba convenios con los 32 gobiernos locales, a fin de proporcionar y cruzar los datos, lo cual no requiere de una Ley ex profeso.

El RENAVE es un monopolio que se deriva de la concesión que le otorgó el gobierno por un periodo de 10 años con derecho a prorroga. Con esto se viola el articulo 28 constitucional en lo relativo a la existencia de monopolios, por lo que el RENAVE realiza una función que puede cubrirse con los registros vehículares de cada entidad federativa sin tener que concesionarse a particulares.

Con ello la obligación de contar con un registro nacional es de la autoridad, no del gobernado y por lo tanto, debe ser gratuito.

Por lo que respecta a la concesión otorgada, planteamos en un transitorio, que la autoridad federal debe dar por terminada la concesión, con fundamento en la Ley vigente en el momento de otorgarla, concretamente en su articulo 21 fracción III: Revocación.

Igualmente, con fundamento en el artículo 23, segundo párrafo de dicho

ordenamiento y dado el escándalo en que se vio inmersa la concesionaria en las semanas anteriores, no procederá indemnización alguna a su favor.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar la siguiente iniciativa de Decreto, para abrogar la Ley del Registro Nacional de Vehículos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo Unico: Se abroga la Ley del Registro Nacional de Vehículos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 1998, con todas sus reformas y adiciones hasta esta fecha.

Artículos Transitorios. Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, en el ámbito de las atribuciones conferidas en la Ley que se abroga, a la entrada en vigor de este Decreto llevará a cabo los procedimientos necesarios para la revocación de la concesión, otorgada para la prestación del servicio público del Registro Nacional de Vehículos, con fundamento en el artículo 21 fracción III de dicha normatividad, y segundo párrafo del artículo 23

Tercero. La información que se haya dado hasta ahora a la concesionaria de la prestación del servicio público, denominado Registro Nacional de Vehículos, quedará bajo la más estricta responsabilidad de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. Quienes hayan pagado por motivo de la inscripción de sus automóviles al Registro Nacional de Vehículos, tienen derecho a que se les devuelva tal cantidad, como pago de lo indebido, a través de la Secretaría de hacienda y Crédito público.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cinco días del mes de septiembre del año 2000.

Le hago entrega al Presidentes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, esta iniciativa de ley para que sea analizada en la Comisión correspondiente y se le pueda hacer justicia al pueblo de México.

Gracias.

EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada. Gracias. La iniciativa presentada por la diputada Marra Miroslava García Suárez, se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Se concede, hasta por cinco minutos, la palabra para hechos, al diputado Jaime Martínez Veloz. Tiene usted la palabra, diputado.

EL C. DIP. JAIME CLEOFAS MARTINEZ VELOZ: (PRI) Con su permiso, Presidente.

Diputadas y diputados:

La ley que dispone la creación y regulación del Registro Nacional de Vehículos, mejor conocido como RENAVE y que opera como una concesión a favor de una empresa privada, se aprobó en la Cámara de Diputados el 3 de junio de 1998. Dicho registro inició sus operaciones a nivel nacional a partir del 15 de junio del presente año y conforme al calendario de registro, la etapa de inscripción del parque vehicular actual terminaría el 15 de diciembre del presente año.

El registro pretende evitar el descontrol e importación ilícita de autos a territorio nacional y fue concebido como obligatorio; quien no registre su vehículo durante la etapa señalada, se hará acreedor a multas que serán aplicadas por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Entre las justificaciones que se dieron en su momento, para el establecimiento de este registro, fueron que brindaba mayor seguridad a todos los propietarios de vehículos al certificar el origen de los mismos; reducir el comercio de unidades ilegales; facilita la identificación de vehículos en caso de accidente o robo; y garantiza la legalidad para vender o comprar un vehículo usado y tramitar el cobro de un seguro. Al respecto existirá, se dijo, la necesaria comunicación entre el Sistema Nacional de Seguridad Pública y el RENAVE.

Sin embargo, en la práctica el RENAVE ha resultado una medida gubernamental impopular que ha recibido cada vez un mayor rechazo de amplios sectores de la población en toda al república. Diversas organizaciones sociales del sector privado, empresarios, loteros, transportistas, taxistas y ciudadanos se niegan a cumplir con la inscripción o están promoviendo amparos en contra de lo que se considera doble tributación; también los legisladores locales han manifestado su desacuerdo con este cobro, lo cual ha dividido incluso a los gobernadores y se ha manifestado la Jefa de Gobierno del Distrito Federal en contra.

Al respecto, el Partido Revolucionario Institucional considera que es necesario: Primero. Se suspenda en todo el territorio nacional el cobro a cargo de los particulares del RENAVE, cubriéndose en lo sucesivo por parte del gobierno federal. (aplausos)

Segundo. El gobierno federal resguarde toda la información aportada por los particulares en los módulos del RENAVE.

Tercero. Se reforme la ley, ya que en 105 términos de su vigencia que establece el Registro Nacional de Automóviles, resulta inconstitucional por su aplicación retroactiva y por el cobro sin fundamento legal que realiza la empresa privada con carácter de obligatorio y sin excluir los fines de mayor seguridad pública, evitar robo de autos, mejorar el control vehicular y defender el patrimonio familiar, garantice que los costos de registro también defender el patrimonio familiar, se garantice que los costos de registro también no correrán a cargo de los particulares.

Cuarto. Se convoque a los gobiernos de los Estados y a las legislaturas locales a coordinarse con la Federación para establecer los mecanismos que sean necesarios para contar, a nivel nacional, con un padrón preciso del parque vehícular nacional formulado con cargo al Erario Público.

Cuarto (sic). Frente a esta situación, el Partido Revolucionario Institucional hace un llamado a la ciudadanía a no entregar mayor información a los módulos del RENAVE, hasta en tanto no exista un nuevo acuerdo entre esta Legislatura, el gobierno federal y los gobiernos estatales que permitan diseñar un verdadero y real registro de automóviles, con reglas claras, procedimientos transparentes, sin mayores cobros hacia los ciudadanos que garantice el cumplimiento de los objetivos de este registro y realice las previsiones necesarias para garantizar la devolución de los recursos a los automovilistas que ya han pagado dicho impuesto.

Quinto. Junto a esto, el PRI plantea su objeción al procedimiento de concesionaria en forma indiscriminada a organismos privados, a aquellos asuntos que tienen que ver con la seguridad ciudadana y la seguridad nacional. No queremos ver que en unos cuantos meses se esté concesionando a organismos privados por ejemplo, el Registro Federal de Contribuyentes, el Registro Federal Electoral en la elaboración de la CURP. El problema radica en qué es lo que sí y lo que no se puede concesionar a la luz de interés social y del de sus instituciones gubernamentales, lo cual no fue razonablemente sopesado en el caso del RENAVE.

Seis. Es indispensable una explicación a la sociedad y a esta representación, por parte de la SECOFI y la SECODAM, mediante información documentada con razones coherentes y de fondo.

Séptimo. Se construya un acuerdo entre todos los grupos parlamentarios, para asumir una posición única por parte del Congreso de la Unión, del Gobierno Federal y de los gobiernos de los estados, frente a esta medida impopular.

Es cuanto, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

Se concede el uso de la palabra…..

EL C. DIP. UUC-KIB ESPADAS ANCONA: (desde la curul) Señor Presidente, para una moción de orden.

EL C. PRESIDENTE: Le escucho, señor diputado.

EL C. DIP. UUC-KIB ESPADAS ANCONA: (desde la curul) Señor Presidente: sin duda para el grupo parlamentario del PRD es muy grato constatar que el consenso en el que se avanza por parte de las diversas fuerzas en torno al asunto del RENAVE, sin embargo, no podemos dejar de hacer notar que la intervención que acabamos de escuchar no estaba prevista en el orden del día, ni hasta donde alcanza nuestro conocimiento, existe mecanismo para hacer una rectificación de hechos o una toma de posición en relación a una iniciativa de ley. No es el trámite que corresponde a una iniciativa de ley.

En esa medida, incitamos, exhortamos a esta presidencia a seguir el orden reglamentario y legal en el desahogo de los puntos de esta sesión.

Muchas gracias.

EL C. RPESIDENTE: Agradezco mucho su moción. La asumo. Sólo quiero hacer del conocimiento de la asamblea que en este momento, para la organización de los trabajos de la asamblea, no contamos todavía con la colaboración de los órganos de gobierno y preparación de las sesiones, como son la Junta de Coordinación y la Conferencia para la Programación de los Trabajos.

El diputado Martínez Veloz solicitó el uso de la palabra para hechos, efectivamente, en un punto del orden del día que es para presentación de iniciativas, sólo recayó un acuerdo de la presidencia a la iniciativa de la diputada Miroslava sobre la intervención del diputado Martínez Veloz. La asamblea ha apreciado su contenido y sí me permiten continuar estrictamente con el orden del día, concedo el uso de la palabra para presentar una iniciativa...

EL C. DIP. HECTOR GONZALEZ REZA: (desde la curul) Señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE: Sí, señor diputado.

EL C. Dl P. HECTOR GONZALEZ REZA: (desde la curul) Para hechos, señor presidente, pido la palabra.

EL C. PRESIDENTE: Se la voy a conceder, señor diputado.

Quiero insistir en la comprensión de la asamblea, de que para la elaboración y la conducción del orden del día de esta sesión no se cuenta con la conferencia que posibilita ordenar los debates pactados sobre los temas que se van presentando. En esta ocasión, con la comprensión de la asamblea, voy a concederle en los mismos términos, por cinco minutos, para rectificación de hechos, insistiendo en mi solicitud de que me permitan desahogar el orden del día que hoy plantea la presentación de iniciativas.

Yo le consulto al diputado que solicita la rectificación de hechos, si estaría de acuerdo en hacer uso de la palabra una vez terminado el punto del orden del día, de los puntos agendados en el orden del día, y usted podría retomar el tema hasta por cinco minutos una vez agotado estrictamente el orden establecido en la orden del día de esta sesión.

EL C. DIP. HECTOR GONZALEZ REZA (Desde su curul): Estoy de acuerdo, señor Presidente, declino hacer uso de la palabra, pero quiero mencionar que con la explicación y el tratamiento dado al compañero diputado del Partido Revolucionario Institucional, se nos ha dejado en indefensión; será más adelante cuando presentemos la posición del grupo parlamentario de Acción Nacional respecto a la situación del Registro Nacional de Vehículos. Muchas gracias.

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EL C. PRESIDENTE: Yo le agradezco muchisimo su comprensión y concedo el uso de la palabra para presentar una iniciativa al diputado Alfredo Hernández Raigosa, del Partido de la Revolución Democrática. (aplausos)

EL C. DIP. ALFREDO HERNANDEZ RAIGOSA: Con su permiso señor Presidente.

Iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

HONORABLE PLENO DE LA LVIII LEGISLATURA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, PRESENTE.

El que suscribe, Diputado a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, Alfredo Hernández Raigosa, presenta la siguiente iniciativa de decreto de reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Con motivo de las elecciones del pasado 2 de julio, en México se han iniciado cambios que no deben tener regreso.

Dentro de esta coyuntura y acorde a los nuevos tiempos políticos que vive el país, el Poder Legislativo Federal no puede quedar a la zaga de tan importantes acontecimientos.

A partir de la instauración de un sistema presidencialista en México, el poder metaconstitucional que tiene el Presidente ha sido fuente de innumerables abusos y sobre todo desprecios hacia el propio poder legislativo y al poder judicial.

La división de poderes en un sistema que se llame democrático, es la condición indispensable para el buen funcionamiento del gobierno, y sobre todo para una mayor legitimidad ante la ciudadanía.

En este contexto, una de las principales exigencias a lo largo de la historia del poder legislativo federal, ha sido que el jefe del Ejecutivo rinda cuentas ante el Congreso de una manera transparente y republicana, y que este acto deje de ser el día del Presidente, donde sólo él se escucha sin tomar en cuenta la opinión de los representantes populares, y mucho menos recibir cuestionamientos por parte de los mismos acerca de su desempeño como titular de la administración pública federal.

Asimismo, para poder hablar de un verdadero equilibrio entre poderes es necesario que el poder legislativo asuma una de sus principales tareas, la de ser un órgano fiscalizador de las acciones del ejecutivo, un órgano de control político, y no la de una simple oficina de trámite de documentos o propuestas del ejecutivo.

Además, resulta necesario que en estos tiempos de cambio se asuman compromisos hechos por el actual Presidente electo, en el sentido de comparecer ante un Congreso plural y poder escuchar estando presente las posiciones de los diferentes Partidos Políticos representados, además de permitir preguntas acerca de su gestión al frente del Ejecutivo Federal.

Esta propuesta no es nueva, fue retomada por la pasada Asamblea Legislativa del Distrito Federal y puesta en práctica con éxito ante el Jefe de Gobierno, Ing. Cuauhtémoc Cárdenas y últimamente con la Lic. Rosario Robles Berlanga.

Cuando se propuso, los Partidos Políticos representados en la Asamblea pugnaron por que el formato propuesto fuera más amplio, pero a nivel federal ni estatal nunca alzaron la voz para poder aplicarlo. Incluso, el formato utilizado ha sido el único en todo el país que permite que los Partidos Políticos hagan su posicionamiento frente el Jefe del Ejecutivo local y aún más, al permitir preguntas y el derecho de réplica de los Legisladores del Distrito Federal.

Es tiempo de acotar el sistema presidencialista que nos ha regido durante más de 70 años, es momento de cambiar las formas de rendir cuentas ante el Congreso.

En ese contexto es donde se inserta la iniciativa que el día de hoy presento ante esta tribuna, para acabar con antiguos rituales que sólo servían para lucimiento personal del Presidente en turno y para retomar el papel de un poder legislativo independiente, crítico y responsable.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, presento la siguiente:

Iniciativa de Decreto de Reformas a los Artículo 5° y 7° de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 5°

1.-….

2. Para la sesión a que se refieren los artículos 83 y 87 de la Constitución; el Presidente en funciones y el electo escucharán un posicionamiento de cada uno de los Grupos Parlamentarios. En este acto, hará uso de la palabra un Legislador Federal por cada Partido Político representado en el Congreso. Estas intervenciones se realizarán en orden creciente en razón del número de Diputados de cada Grupo y cada una de ellas no excederá de 15 minutos.

3. Cuando el Congreso sesione conjuntamente lo hará en el recinto que ocupe la Cámara de Diputados y el Presidente de ésta lo será de aquél.

Artículo 7°

1.-….

2. El Presidente de la República arribará al Congreso y ocupará el lugar que al efecto designe el Presidente del Congreso, para escuchar el posicionamiento de los distintos Grupos Parlamentarios.

 

3 Acto seguido, hará uso de la palabra un Legislador Federa/ por cada uno de los Partidos Políticos representados en el Congreso. Estas intervenciones se realizarán en orden creciente en razón del número de Diputados de cada Grupo Parlamentario y cada una de ellas no excederá de 15 minutos.

4. Al finalizar las intervenciones, el Presidente de la República entregará formalmente el informe sobre el estado que guarda la administración pública federal, y hará uso de la palabra para dirigir un mensaje sobre el tema.

5. A continuación se iniciará un periodo de preguntas y respuestas, para lo cual tendrá uso de la palabra un Legislador Federal de cada Grupo Parlamentario, los cuales formularán sus preguntas en un tiempo no mayor de 3 minutos cada una. Al final de todas ellas, el Presidente de la República hará uso de la palabra para dar respuesta y emitir un mensaje final. El orden de intervención será de forma creciente al número de Legisladores de cada uno de los Grupos Parlamentarios representados en el Congreso.

6. Finalizada la intervención del Jefe del Ejecutivo Federal, el Presidente del Congreso hará uso de la palabra para dirigir un mensaje con motivo del informe presentado.

7. Las Cámaras analizarán el informe presentado por el Presidente de la República. El análisis se desarrollará clasificándose por materias: en política interior, política económica, política social y política exterior.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cinco días del mes de septiembre del 2000.

Por su atención, señores diputados, muchas gracias, hago entrego al Presidente de esta Cámara. (aplausos)

EL C. PRESIDENTE: La iniciativa presentada por el diputado Alfredo Hernández Raigosa, se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

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Proceda la Secretaría.

EL C. SECRETARIO DIP. BERNARDO BORBON VILCHES: Con, su permiso señor Presidente.

Oficio del Senado con el que se remite la iniciativa de Decreto que adiciona disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el C. Sen. Arturo Nava Bolaños, del grupo parlamentario del PAN.

CC. SECRETARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS. PRESENTE.

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada el día de hoy, el Senador Arturo Nava Bolaños, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Iniciativa de Decreto que Adiciona Disposiciones Transitorias a la Ley de Impuesto sobre la Renta.

La Presidencia dispuso que se remitiera a la Honorable Cámara de Diputados, para los efectos del inciso h) del artículo 72 Constitucional.

Reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 29 de abril de 2000.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Senadores. Presentes.

Arturo Nava Bolaños y los suscritos Senadores de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional con fundamento en los artículos 71 fracción II, 72 literal H, 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acudimos por su conducto para presentar ante la H. Cámara de Diputados la siguiente:

Iniciativa de Decreto que Adiciona Disposiciones Transitorias a la Ley de Impuesto sobre la Renta

Exposición de Motivos

El objetivo de esta iniciativa es establecer las modificaciones necesarias en la Ley de Impuesto sobre la Renta, para hacerla consistente con las disposiciones contenidas en el Artículo 21 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, que permitan la inversión en empresas dedicadas a realizar el tratamiento de aguas industriales y municipales, la generación de energía eléctrica a partir de fuentes alternativas de energía, la producción de vehículos automotores que utilicen energía de fuentes no fósiles o mixtos, así como el reciclaje de residuos sólidos, peligrosos y biológico infecciosos, a la vez que se impulsa un uso más eficiente de los recursos naturales.

La necesidad de una reforma fiscal ambiental, como parte de una política sustentable de Estado es indispensable para prevenir y revertir el deterioro y agotamiento de los recursos naturales en México. Desgraciadamente, no se ha podido avanzar más allá del enfoque tradicional de permisos, inspecciones y sanciones, esquema regulatorio, y no se han instrumentado de manera relevante la aplicación de instrumentos económicos, sin los cuales no será posible ejecutar los objetivos de política ambiental nacional. La adopción de los instrumentos económicos de forma integral con el resto de los instrumentos de la política ambiental permitiría una mejor distribución de los costos y beneficios asociados al aprovechamiento de los recursos naturales.

Antecedentes

Esta iniciativa pretende formar parte de una nueva política ambiental que tiene además fundamento en el capítulo 8 de la Agenda 21 aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, durante la Cumbre de Río de 1992, en la que se establece la necesidad de llevar a cabo planes económicos eficientes, socialmente justos y responsables y en armonía con el medio ambiente, a través de políticas ambientales y de desarrollo, las que servirán como una estructura de planeación económica e igualdad en los mercados.

Un desarrollo sano y equilibrado, como parte integral del desarrollo sustentable, requiere el uso más eficiente de los recursos. La "ecoeficiencia" sólo es viable dentro de un sistema de mercados abiertos y competitivos en los cuales los precios reflejen tanto los costos del medio ambiente, como los de otros recursos. Existen tres mecanismos que pueden ser utilizados para motivar al sector empresarial a internalizar los costos ambientales o limitar el daño al medio ambiente a través de otros medios como: las normas y controles, la autorregulación y los instrumentos económicos.

Estos últimos tienen que ver con la intervención del gobierno en el mercado mediante mecanismos como impuestos y cargas a la contaminación, permisos de contaminación comercializables, sistemas de depósito para devolución, bonos de rendimiento, créditos para el ahorro de recursos, precios diferenciales y provisiones especiales para amortizaciones.

Para hacer efectivo el cumplimiento de los principios perseguidos en la legislación ambiental nacional relativos a que las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de la protección al medio ambiente, así como el que establece que quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como asumir los costos que dicha afectación implique, es condición necesaria incentivar a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales a través de estímulos o compensaciones.

La iniciativa que hoy se presenta sería complementaria de los instrumentos de regulación directa o también llamados de comando y control, a fin impulsar la aparición de industrias dedicadas a lograr una mayor eficiencia energética, realizar inversiones necesarias en equipo, cambios de tecnología y nuevos procesos que les permitan llevar a cabo un uso más eficiente del agua, reciclar desechos industriales y reducir o evitar emisiones a la atmósfera y de residuos sólidos y peligrosos, así como adoptar tecnologías más limpias para la generación de energía eléctrica por medio de fuentes alternativas.

Teniendo en cuenta los compromisos ambientales internacionales adoptados por nuestro país al haber firmado y ratificado entre otros: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Convención de Basilea sobre manejo de desechos peligrosos y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, esta iniciativa pretende dar los incentivos para una mayor participación del sector privado en la tarea ambiental.

La reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de 1996 incorpora los instrumentos económicos dentro del Capítulo de Instrumentos de Política Ambiental. La presente iniciativa no pretende abarcar todos los instrumentos económicos posibles previstos en la Ley, y se circunscribe exclusivamente a los incentivos fiscales. Sobre esta materia la Ley establece:

"Artículo 21.....

Se consideran instrumentos económicos de carácter fiscal, los estímulos fiscales que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental. En ningún caso estos instrumentos se establecerán con fines exclusivamente recaudatorios."

Con excepción de la depreciación acelerada de equipos anticontaminantes establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, debemos reconocer que no se han adoptado por parte de la Federación iniciativas específicas con este propósito, es decir, no se han diseñado y aplicado instrumentos económicos de carácter fiscal que incentiven la participación privada en materia de tratamiento de aguas residuales, reciclaje de residuos peligrosos y municipales, generación de energía eléctrica a partir de fuentes alternativas, entre otros.

Los datos más recientes sobre la situación ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca contienen información verdaderamente preocupante en áreas críticas para la salud humana y la conservación de los recursos naturales, entre ellos, la calidad del agua urbana en general ha descendido, la deforestación continúa ocurriendo a una tasa anual superior al 1% y la intensidad de consumo energético en la producción ha aumentado en lugar de haber descendido.

Esta iniciativa se encamina a promover las inversiones en la prevención, control y reversión de los efectos ambientales adversos, así como evitar el agotamiento de los recursos naturales. A continuación hacemos un breve diagnóstico del estado que guarda el deterioro ambiental en diferentes medios que justifican las medidas propuestas en esta Iniciativa.

Agua

La disponibilidad de este recurso representa actualmente un problema a considerar en cualquier proyecto de desarrollo económico, ya que éste no se da de manera sustentable si no se considera el impacto ambiental asociado al crecimiento de la planta productiva y de las zonas urbanas. En el 75% del país se padecen problemas de abastecimiento de agua. En algunas regiones el abatimiento de los acuíferos se da a tasas de 1 a 3 metros por año, lo cual amenaza a corto plazo el desarrollo de cualquier actividad humana.

Cabe señalar sin embargo, que la actividad agrícola es la responsable del consumo del 83% del agua utilizada, y se pierde por evaporación el 35% del caudal, es decir, 21.4 km3 al año que equivale casi al doble de lo utilizado por las zonas urbanas e industriales que este año consumirán aproximadamente 12 km3.

Con la utilización de sistemas de riego más eficientes, se pueden lograr ahorros cuando menos del 20 % del caudal de 61.2 km3 al año, medida que frenaría el abatimiento de los acuíferos y permitiría a mediano plazo su recuperación. La iniciativa en comento permitirá, previa aprobación de la SEMARNAP, proyectos de inversión destinados al mejor aprovechamiento del agua.

La substitución de aguas tratadas para uso agrícola aliviaría por su parte la extracción que actualmente se hace en zonas de riego, si se maneja adecuadamente.

El tratamiento de aguas residuales urbanas para el año 2000 alcanzarán en las plantas de tratamiento primario instaladas y en operación 1.28 km3 de un total de 12 km3 de efluentes, urbanos, que representan únicamente el 10.7 % del total de las descargas, que incluyen usos domésticos e industriales. Si consideramos que el costo de tratamiento primario es de $5 millones de dólares por metro cúbico al año tendríamos que realizar inversiones del orden de $1,500 millones de dólares para resolver las necesidades actuales. Según estimaciones de Centro de Estudios para el Desarrollo Sustentable en los próximos 20 años se requerirán inversiones de $2,780 millones de dólares a precios de hoy, sin tomar en cuenta los costos de operación.

Adicionalmente, es conveniente señalar que los derechos por emisión de contaminantes y los costos facturados por consumo doméstico e industrial, destinados al saneamiento no han sido suficientes para financiar el tratamiento de las descargas.

La SEMARNAP asignó este año recursos para infraestructura hidráulica por únicamente $2,110 millones de pesos que incluye la destinada a dotación de agua potable y saneamiento, cantidad que es notoriamente desproporcionada en relación con la inversión necesaria en este sector.

Es evidente que los recursos federales, estatales y municipales han sido insuficientes para atender las necesidades crecientes de abasto de agua potable y a la vez procurar el saneamiento de las mismas, por lo que es imperioso encontrar modelos que, adaptándose a las disposiciones legales vigentes permitan y estimulen la inversión privada en el proceso de aprovechamiento de este recurso tan escaso.

Suelos

Manejo y disposición de residuos sólidos municipales

De acuerdo a información proporcionada por el Instituto Nacional de Ecología la generación de residuos sólidos municipales para el año 2000 será de aproximadamente 34 millones de toneladas, de las cuales 11 millones se localizan en ciudades de másde100,000 habitantes.

En 1996 se manejaron 8,573 toneladas por día en 31 sitios controlados; es decir únicamente el 10% del total de residuos municipales ha tenido un tratamiento primario. Es lamentable la poca conciencia ambiental de la población y de las autoridades, no solamente respecto de los riesgos para la salud derivados del manejo deficiente de la "basura" sino además el desconocimiento de las posibilidades económicas para que cuando menos éste manejo sea autofinanciable.

Residuos industriales peligrosos

La generación de residuos peligrosos asciende aproximadamente a 8 millones de toneladas anuales provenientes de instalaciones industriales, de las cuales únicamente se encuentran manifestadas por los generadores alrededor de 3.18 millones de toneladas, según información proporcionada por el INE, lo cual representa menos del 40%, es decir, están fuera de control cerca de 5 millones de toneladas al año cuyo destino se desconoce y con los enormes riesgos asociados a lixiviación y posterior infiltración de substancias tóxicas en los acuíferos. La iniciativa permitirá atraer inversiones para procesar, reciclar y dar un destino de escaso impacto ambiental a las disposiciones finales.

Se encuentran registrados a la fecha 63 sitios para el manejo y acopio de estos residuos y no existen a la fecha solicitudes para la instalación de plantas con tecnología moderna como plasma o pirólisis. Asimismo, existe únicamente un solo confinamiento para la disposición final de estos residuos.

Atmósfera

La mayor actividad económica ha incrementado el consumo de combustibles fósiles consecuencia del incremento del parque vehícular, así como el mayor consumo industrial. Destacan en menor medida las emisiones generadas por los sectores residenciales y de servicios. Este incremento en el consumo ha provocado que la contaminación atmosférica, antes fenómeno exclusivo del valle de México se haya extendido a las zonas conurbadas de Nuevo León y Jalisco, y en menor grado a otras ciudades medianas. Sin duda el problema mas grave de la contaminación de las zonas antes mencionadas es el ozono. Los estudios de la Secretaría de salud muestran que con niveles de ozono de 250 IMECAS un 25% de la población presenta síntomas de enfermedades respiratorias y pérdidas de salud y laborales con un costo aproximado de 70 millones de pesos diarios. Por otra parte la concentración de plomo en la atmósfera se ha reducido después de la introducción de la gasolina sin plomo en 1990, sin embargo en ciertas áreas industrializadas del país la concentración rebasa la norma establecida. Aún cuando se han tomado acciones correctivas para atender los problemas atmosféricos más agudos, sus efectos han sido limitados. La iniciativa permitirá incentivar inversiones que desarrollen tecnologías para la sustitución de vehículos automotores que consumen actualmente exclusivamente combustibles fósiles, para iniciar la transición a vehículos híbridos que utilicen parcialmente gas natural licuado a presión, o bien eléctricos con pilas recargables.

Es evidente que, aún cuando no es materia de esta iniciativa, la reducción de las emisiones se logrará en gran porcentaje con un programa de modernización del parque vehícular que el Gobierno Federal deberá implementar para retirar de la circulación vehículos de más antigüedad.

Los efectos devastadores del cambio climático que hemos sufrido en carne propia, manifestados en sequías prolongadas e inundaciones, son consecuencia del calentamiento global. La generación de energía a partir de combustibles fósiles causa emisiones de bióxido de carbono por mas del 75% del total mundial. El rápido aumento de automóviles en el mundo hace temer un empeoramiento de la situación. El reciente informe del Secretario General de las Naciones Unidas Kofi Anann, establece la recomendación de promover la eficiencia energética y una mejor utilización de los recursos renovables, en este sentido es primordial desarrollar tecnologías como las turbinas eólicas, las celdas fotovoltáicas, la producción combinada de energía y las baterías eléctricas recargables. Esta iniciativa de ser aprobada incentivará las inversiones en este sector.

La aplicación nacional del Protocolo de Kyoto de 1997 significará un importante avance ya que permitirá la utilización de mecanismos de mercado que incentiven la reducción de las emisiones y estimulen la asignación de inversiones y tecnología en países como el nuestro.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente menciona en su artículo 22 Bis, aquellas actividades que merecen ser consideradas como prioritarias para ser beneficiarias por estímulos fiscales.

I. La investigación, incorporación o utilización de mecanismos equipos y tecnologías que tengan por objeto evitar, reducir o controlar la contaminación o deterioro ambiental, así como el uso eficiente de recursos naturales y de energía;

II. La investigación e incorporación de sistemas de ahorro de energía y de utilización de fuentes de energía menos contaminantes;

III. El ahorro y aprovechamiento sustentable y la prevención de la contaminación del agua;

IV. La ubicación y reubicación de instalaciones industriales, comerciales y de servicios en áreas ambientalmente adecuadas;

V. El establecimiento, manejo y vigilancia de áreas naturales protegidas, y

VI. En general, aquellas actividades relacionadas con la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente."

A pesar de que la legislación ambiental señala la conveniencia de establecer los estímulos fiscales a las actividades de mejoramiento ambiental, no ha habido respuesta de parte de las autoridades hacendarias, preocupadas fundamentalmente en las políticas recaudatorias. A partir de su promulgación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 1996 no ha habido ningún incentivo expresado en la Ley de Ingresos de la Federación de los años 1997, 1998, 1999 y 2000.

Hemos considerado que los incentivos deberán otorgarse en forma de exenciones a diez años, las cuales serían reducidas en forma gradual, ya que muchos proyectos ambientales prevén la recuperación de las inversiones a largo plazo

El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en el Senado estima que estas medidas de ser aprobadas no tendrán un impacto significativo en las finanzas públicas, ya que hemos demostrado en la exposición de motivos, que las mismas autoridades reconocen la precaria inversión privada en los sectores aludidos en la legislación ambiental y lejos de disminuir los ingresos fiscales, el impacto económico de las inversiones nuevas generará un efecto multiplicador en varias ramas industriales y de servicios, que a su vez hará posible una mayor recaudación fiscal.

Por las razones expresadas anteriormente, se solicita a la Mesa Directiva sea enviada a la consideración de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente Iniciativa de:

DECRETO QUE ADICIONA DISPOSICIONES TRANSITORIAS A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Artículo Unico: A partir de primero de Enero del año 2001 se exime del pago del impuesto sobre la renta, durante un período de diez años, a las empresas que realicen de manera exclusiva o preponderante las actividades siguientes:

a) Tratamiento de aguas industriales y municipales; b) Tratamiento de residuos sólidos municipales; c) Reciclaje de residuos industriales; d) Tratamiento de residuos peligrosos, biológico infecciosos y lo tóxicos; e) Generación de energía eléctrica a partir de fuentes alternativas de energía: geotérmica, hídrica, fotovoltáica, eólica y combinadas; f) Producción de vehículos automotores que utilicen energía de fuentes no fósiles, y g) Todas aquellas consideradas prioritarias contempladas en el Artículo 22 Bis. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

La exención a que se refiere el primer párrafo será del 100% durante el primer año y en forma decreciente escalonada del 10% anual, hasta llegar al 10% en el décimo.

No se considerará la exención para efectos del cálculo de las utilidades a los trabajadores.

ATENTAMENTE

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores a 29 de abril del 2000.

EL C. PRESIDENTE: Se recibe y se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

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EL C. SECRETARIO DIP. BERNARDO BORBON VILCHES: Minutas.

Oficio del senado con el que se remite la Minuta Proyecto de Ley de Fiscalización Superior de la Federación, de conformidad con el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

CC. SECRETARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS. PRESENTE

Me permito remitir a ustedes, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el expediente con la MINUTA PROYECTO DE LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR VE LA FEDERACION.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 30 de abril de 2000.

MINUTA CON PROYECTO DE LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION

TITULO PRIMERO

Disposiciones Generales

Capítulo Unico

Artículo 10. La presente ley es de orden público y tiene por objeto regular la revisión de la Cuenta Pública y su fiscalización superior.

Artículo 20. Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:

I. Poderes de la Unión: Los Poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo, comprendidas en éste último las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República;

II. Cámara: la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión;

III. Auditoría Superior de la Federación: La entidad de fiscalización superior de la Federación;

IV. Comisión: La Comisión de Vigilancia de la Cámara encargada de la coordinación y evaluación del desempeño de la Auditoría Superior de la Federación;

V. Entes públicos federales: Los organismos públicos constitucionalmente autónomos para el desempeño de sus funciones sustantivas, y las demás personas de derecho público de carácter federal autónomas por disposición legal, así como los órganos jurisdiccionales que determinen las leyes;

VI. Entidades fiscalizadas: Los Poderes de la Unión, los entes públicos federales, las Entidades federativas y municipios que ejerzan recursos públicos federales y, en general, cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales;

VII. Gestión financiera: La actividad de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, respecto de la administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general, de los recursos públicos que éstos utilicen para la ejecución de los objetivos contenidos en los programas federales aprobados, en el periodo que corresponde a una Cuenta Pública, sujeta a la revisión posterior de la Cámara, a través de la Auditoría Superior de la Federación, a fin de verificar que dicha Gestión se ajusta a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables, así como el cumplimiento de los programas señalados;

VIII. Cuenta Pública: El Informe que los Poderes de la Unión y los entes públicos federales rinden de manera consolidada a través del Ejecutivo Federal, a la Cámara sobre su Gestión financiera, a efecto de comprobar que la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos federales durante un ejercicio fiscal comprendido del 10. de enero al 31 de diciembre de cada año, se ejercieron en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables, conforme a los criterios y con base en los programas aprobados;

IX. Informe de avance de Gestión financiera: El Informe, que como parte integrante de la Cuenta Pública, rinden los Poderes de la Unión y los entes públicos federales de manera consolidada a través del Ejecutivo Federal, a la Cámara sobre los avances físicos y financieros de los programas federales aprobados, a fin de que la Auditoría Superior de la Federación fiscalice en forma posterior a la conclusión de los procesos correspondientes, los ingresos y egresos; el manejo; la custodia y la aplicación de sus fondos y recursos, así como el grado de cumplimiento de los objetivos contenidos en dichos programas;

X. Proceso concluido: Aquél que los Poderes de la Unión y entes públicos federales reporten como tal, en el Informe de Avances de gestión Financiera, con base en los Informes de gasto devengado conforme a la estructura programática autorizada;

XI. Fiscalización superior: Facultad ejercida por la Auditoría Superior de la Federación, para la revisión de la Cuenta Pública, incluyendo el Informe de Avances de Gestión Financiera, a cargo de la Cámara;

XII. Programas: Los contenidos en los presupuestos aprobados a los que se sujeta la Gestión o actividad de los poderes de la Unión y de los entes públicos federales, y

XIII. Servidores públicos: Los que se consideran como tales en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Artículo 3º.- La revisión de la Cuenta Pública, está a cargo de la Cámara, la cual se apoya para tales efectos, en la Auditoría Superior de la Federación, misma que tiene a su cargo la fiscalización superior de la propia Cuenta Pública y goza de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Artículo 4º.- Son sujetos de fiscalización superior, los Poderes de la Unión, los entes públicos federales y las demás entidades fiscalizadas.

Artículo 5.- La fiscalización superior que realice la Auditoría Superior de la Federación, se ejerce de manera posterior a la Gestión financiera, tiene carácter externo y por lo tanto se lleva a cabo de manera independiente y autónoma de cualquier otra forma de control o fiscalización interna de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales.

Artículo 6o. A falta de disposición expresa en la ley, se aplicarán en forma supletoria y en lo conducente, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; el Código Fiscal de la Federación; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como las disposiciones relativas del Derecho Común, substantivo y procesal.

T I T U L O S E G U N D O

De la Cuenta Pública, su Revisión y Fiscalización Superior

Capítulo I

De la Cuenta Pública

Artículo 7°. Para los efectos de esta ley, la Cuenta Pública estará constituida por:

A) Los Estados Contables, Financieros, Presupuestarios, Económicos y Programáticos;

B) La información que muestre el registro de las operaciones derivadas de la aplicación de la Ley de Ingresos y del ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación;

C) Los efectos o consecuencias de las mismas operaciones y de otras cuentas en el activo y pasivo totales de la Hacienda Pública Federal y en su patrimonio neto, incluyendo el origen y aplicación de los recursos, y

D) El resultado de las operaciones de los Poderes de la Unión y entes públicos federales, además de los estados detallados de la Deuda Pública Federal.

Artículo 8o. La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el Ejecutivo Federal a la Cámara, y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dentro de los diez primeros días del mes de junio. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven. En ningún caso la prórroga excederá de cuarenta y cinco días naturales.

Asimismo, los Poderes de la Unión y los entes públicos federales rendirán a la Auditoría Superior de la Federación, a más tardar el 31 de agosto del año en que se ejerza el presupuesto respectivo, el informe de Avance de Gestión Financiera sobre los resultados físicos y financieros de los programas a su cargo, por el periodo comprendido del 10. de enero al 30 de junio del ejercicio fiscal en curso. Dicho informe será consolidado y remitido por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 9o. A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, los Poderes de la Unión y los entes públicos federales harán llegar con la debida anticipación al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la información que dicha dependencia les solicite.

Artículo 10. La Cuenta Pública que se rinda a la Cámara deberá consolidar la información del Informe de Avance de Gestión Financiera, así como la correspondiente al segundo semestre del año que corresponda.

Artículo 11. El contenido del Informe de Avance de Gestión Financiera se referirá a los programas a cargo de los Poderes de la Unión y los entes públicos federales, para conocer el grado de cumplimiento de los objetivos, metas y satisfacción de necesidades en ellos proyectados y contendrá:

I. El flujo contable de ingresos y egresos al 30 de junio del año en que se ejerza el presupuesto;

II. El avance del cumplimiento de los programas con base en los indicadores estratégicos aprobados en el presupuesto, y

III. Los procesos concluidos.

Artículo 12. La Auditoría Superior de la Federación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus respectivas competencias, considerando las propuestas que formulen los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, expedirán las bases y normas para la baja de documentos justificatorios y comprobatorios para efecto de destrucción, guarda o custodia de los que deban conservarse, microfilmarse o procesarse electrónicamente, sujetándose a las disposiciones legales establecidas en la materia.

Los microfilms y los archivos guardados mediante procesamiento electrónico a que se refiere el párrafo anterior, tendrán el valor que, en su caso, establezcan las disposiciones legales aplicables a las operaciones en que aquellos se apliquen.

Artículo 13. La Auditoría Superior de la Federación conservará en su poder la Cuenta Pública de cada ejercicio fiscal y los informes de resultados de su revisión, mientras no prescriban sus facultades para fincar las responsabilidades derivadas de las supuestas irregularidades que se detecten en las operaciones objeto de revisión. También se conservarán las copias autógrafas de las resoluciones en las que se finquen responsabilidades y los documentos que contengan las denuncias o querellas penales, que se hubieren formulado como consecuencia de los hechos presuntamente delictivos que se hubieren evidenciado durante la referida revisión.

Capítulo II

De la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública

Artículo 14. La revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública tienen por objeto determinar:

I. Si los programas y su ejecución se ajustan a los términos y montos aprobados;

II. Si las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, se ajustan o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

III. El desempeño, eficiencia, eficacia y economía, en el cumplimiento de los programas con base en los indicadores aprobados en el presupuesto;

IV. Si los recursos provenientes de financiamiento se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y forma establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos;

V. En forma posterior a la conclusión de los procesos correspondientes, el resultado de la gestión financiera de los Poderes de la Unión y los entes públicos federales;

VI. Si en la gestión financiera se cumple con las leyes, decretos, reglamentos y demás disposiciones aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos y recursos materiales;

VII. Si la recaudación, administración, manejo y aplicación de recursos federales, y si los actos, contratos, convenios, concesiones u operaciones que las entidades fiscalizadas celebren o realicen, se ajustan a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios en contra del Estado en su Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales;

VIII. Las responsabilidades a que haya lugar, y

IX. La imposición de las sanciones resarcitorias correspondientes en los términos de esta Ley.

Artículo 15. La Cuenta Pública será turnada a la Auditoría Superior de la Federación para su revisión y fiscalización superior, a través de la Comisión de la Cámara.

Artículo 16. Para la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública, la Auditoría Superior de la Federación tendrá las atribuciones siguientes:

I. Establecer los criterios para las auditorías, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública y del Informe de Avance de Gestión Financiera, verificando que ambos sean presentados, en los términos de esta Ley y de conformidad con los principios de contabilidad aplicables al Sector Público;

II. Establecer las normas, procedimientos, métodos y sistemas de contabilidad y de archivo, de los libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y del gasto público, así como todos aquellos elementos que permitan la práctica idónea de las auditorías y revisiones, de conformidad con las propuestas que formulen los Poderes de la Unión y los entes públicos federales y las características propias de su operación;

III. Evaluar el Informe de avance de gestión financiera respecto de los avances físico y financiero de los programas autorizados y sobre procesos concluidos;

IV. Evaluar el cumplimiento final de los objetivos y metas fijadas en los programas federales, conforme a los indicadores estratégicos aprobados en el presupuesto, a efecto de verificar el desempeño de los mismos y la legalidad en el uso de los recursos públicos;

V. Verificar que las entidades fiscalizadas que hubieren recaudado, manejado, administrado o ejercido recursos públicos, lo hayan realizado conforme a los programas aprobados y montos autorizados, así como, en el caso de los egresos, con cargo a las partidas correspondientes, además con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables;

VI. Verificar que las operaciones que realicen los Poderes de la Unión y los entes públicos federales sean acordes con la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación y se efectúen con apego a las disposiciones respectivas del Código Fiscal de la Federación y leyes fiscales sustantivas; las leyes General de Deuda Pública; de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; orgánicas del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Administración Pública Federal, del Poder Judicial de la Federación y demás disposiciones legales y administrativas aplicables a estas materias;

VII. Verificar obras, bienes adquiridos y servicios contratados, para comprobar si las inversiones y gastos autorizados a los Poderes de la Unión y entes públicos federales se han aplicado legal y eficientemente al logro de los objetivos y metas de los programas aprobados;

VIII. Solicitar, en su caso, a los auditores externos copias de los informes o dictámenes de las auditorías y revisiones por ellos practicadas;

IX. Requerir, en su caso, a terceros que hubieran contratado bienes o servicios mediante cualquier título legal con los Poderes de la Unión y entes públicos federales y, en general, a cualquier entidad o persona pública o privada que haya ejercido recursos públicos, la información relacionada con la documentación justificativa y comprobatoria de la Cuenta Pública a efecto de realizar las compulsas correspondientes;

X. Solicitar y obtener toda la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Por lo que hace a la información relativa a las operaciones de cualquier tipo proporcionada por las instituciones de crédito, les será aplicable a todos los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, así como a los profesionales contratados para la práctica de auditorías, la obligación de guardar la reserva a que aluden los artículos 27 y 28 de la prohibición a que se refiere la fracción III del artículo 80 de esta Ley;

La auditoría Superior de la Federación sólo tendrá acceso a la información que las disposiciones legales consideren como de carácter reservado o que deba mantenerse en secreto, cuando esté relacionada con la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos federales, y tendrá la obligación de mantener la misma reserva o secrecía hasta en tanto no se derive de su revisión el fincamiento de responsabilidades o el señalamiento de las observaciones que correspondan en el Informe del Resultado

XI. Fiscalizar los subsidios que los Poderes de la Unión y los entes públicos federales, hayan otorgado con cargo a su presupuesto, a entidades federativas, particulares y, en general, a cualquier entidad pública o privada, cualesquiera que sean sus fines y destino, así como verificar su aplicación al objeto autorizado;

XII. Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos .y recursos federales;

XIII. Efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos;

XIV. Formular pliegos de observaciones, en los términos de esta Ley;

XV. Determinar los daños y perjuicios que afecten al Estado en su Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes;

XVI. Fincar las responsabilidades e imponer las sanciones correspondientes a los responsables, por el incumplimiento a sus requerimientos de información en el caso de las revisiones que haya ordenado tratándose de las situaciones excepcionales que determina esta Ley;

XVII. Conocer y resolver sobre el recurso de revocación que se interponga en contra de las resoluciones y sanciones que aplique, así como condonar total o parcialmente las multas impuestas;

XVIII. Concertar y celebrar convenios con las entidades federativas, con el propósito de dar cumplimiento al objeto de esta Ley;

XIX. Elaborar estudios relacionados con las materias de su competencia y publicarlos;

XX. Celebrar convenios con organismos y participar en foros nacionales e internacionales, cuyas funciones sean acordes con sus atribuciones, y

XXI. Las demás que le sean conferidas por esta Ley o cualquier otro ordenamiento.

Artículo 17. Respecto del Informe de avance de gestión financiera, la Auditoría Superior de la Federación únicamente podrá auditar los conceptos reportados en él como procesos concluidos por los Poderes de la Unión y los entes públicos federales.

Al efecto, la Auditoría Superior de la Federación podrá realizar observaciones, disponiendo los Poderes de la Unión y los entes públicos federales de cuarenta y cinco días para formular los comentarios que procedan.

Artículo 18. Las observaciones a que se refiere el artículo anterior, deberán notificarse a los Poderes de la Unión y a los entes públicos federales a más tardar el 31 de enero del año siguiente al de la presentación de dicho informe, con el propósito de que sus comentarios se integren al Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente.

Artículo 19. La Auditoría Superior de la Federación, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, podrá realizar visitas y auditorías durante el ejercicio fiscal en curso, respecto de los procesos reportados como concluidos en el Informe de Avance de Gestión Financiera, en caso contrario, sólo podrá realizar visitas y auditorías a partir de que la Comisión de la Cámara le haga entrega de la Cuenta Pública.

Artículo 20.- La fiscalización del Informe de Avance de Gestión Financiera y la revisión de la Cuenta Pública están limitadas al principio de anualidad a que se refiere la fracción IV del artículo 74 constitucional, por lo que un proceso que abarque en su ejecución dos o más ejercicios fiscales, sólo podrá ser revisado y fiscalizado anualmente en la parte ejecutada precisamente en ese ejercicio, al rendirse la Cuenta Pública; lo mismo ocurrirá cuando el proceso se declare como concluido. En virtud de lo anterior, la revisión de conceptos ya fiscalizados con motivo del Informe de Avance de Gestión Financiera, no deberán duplicarse a partir de la revisión de la Cuenta Pública.

Sin perjuicio del principio de anualidad a que se refiere el párrafo anterior, la Auditoría Superior de la Federación podrá revisar de manera casuística y concreta, información y documentos relacionados con conceptos específicos de gasto correspondientes a ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública en revisión, cuando el programa o proyecto contenido en el presupuesto aprobado, abarque para su ejecución y pago diversos ejercicios fiscales, sin que con este motivo se entienda, para todos los efectos legales, abierta nuevamente la Cuenta Pública del ejercicio correspondiente a la revisión específica señalada.

Artículo 21.- La Auditoría Superior de la Federación tendrá acceso a los datos, libros y documentación justificativa y comprobatoria relativa al ingreso y gasto público de los Poderes de la Unión y de los antes públicos federales, así como a la demás información que resulte necesaria, siempre que al solicitarla se expresen los fines a que se destine dicha información. Por lo que hace a la relativa a las operaciones de cualquier tipo, proporcionada por instituciones de crédito, les será aplicable a todos los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, así como a los profesionales contratados para la práctica de auditorías, la obligación de guardar la reserva a que aluden los artículos 27 y 28 y la prohibición a que se refiere la fracción III del artículo 80 de esta Ley.

Artículo 22. Cuando conforme a esta Ley los órganos de control interno de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, deban colaborar con la Auditoría Superior de la Federación en lo que concierne a la revisión de la Cuenta Pública, deberá establecerse una coordinación entre ambos a fin de garantizar el debido intercambio de información que al efecto se requiera, y otorgar las facilidades que permitan a los auditores llevar a cabo el ejercicio de sus funciones. Asimismo, deberán proporcionar la documentación que les solicite dicha Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de la fiscalización que realicen o cualquier otra que se les requiera.

Artículo 23. La información y datos que para el cumplimiento de lo previsto en los artículos anteriores se proporcionen, estarán afectos exclusivamente al objeto de esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 24. Las auditorías, visitas e inspecciones que se efectúen en los términos de este Título, se practicarán por el personal expresamente comisionado para el efecto por la Auditoría Superior de la Federación o mediante la contratación de profesionales de auditoría independientes, habilitados por la misma para efectuar visitas o inspecciones, siempre y cuando no exista conflicto de intereses.

Artículo 25. Las personas a que se refiere el artículo anterior tendrán el carácter de representantes de la Auditoría Superior de la Federación en lo concerniente a la comisión conferida. Para tal efecto, deberán presentar previamente el oficio de comisión respectivo e identificarse plenamente como personal actuante de dicha Auditoría Superior de la Federación.

Artículo 26. Durante sus actuaciones los comisionados o habilitados que hubieren intervenido en las revisiones, deberán levantar actas circunstanciadas en presencia de dos testigos, en las que harán constar hechos y omisiones que hubieren encontrado. Las actas, declaraciones, manifestaciones o hechos en ellas contenidos harán prueba en los términos de ley.

Artículo 27. Los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación y, en su caso, los profesionales contratados para la práctica de auditorías, deberán guardar estricta reserva sobre la información y documentos que con motivo del objeto de esta Ley conozcan, así como de sus actuaciones y observaciones.

Artículo 28. Los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, cualesquiera que sea su categoría y los profesionales contratados para la práctica de auditorías, serán responsables, en los términos de las disposiciones legales aplicables, por violación a dicha reserva.

Artículo 29. La Auditoría Superior de la Federación será responsable solidaria de los daños y perjuicios que en términos de este artículo causen los servidores públicos y profesionales contratados para la práctica de auditorías actuando ilícitamente.

Capítulo III

Del Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública

Artículo 30. La Auditoría Superior de la Federación, tendrá un plazo improrrogable que vence el 31 de marzo del año siguiente a aquél en que la Cámara, o en su caso, la Comisión Permanente, reciba la Cuenta Pública, para realizar su examen y rendir en dicha fecha a la Cámara, por conducto de la Comisión, el informe del resultado correspondiente, mismo que tendrá carácter público y mientras ello no suceda, la Auditoría Superior de la Federación deberá guardar reserva de sus actuaciones e informaciones.

Artículo 31. El Informe del Resultado a que se refiere el artículo anterior deberá contener como mínimo lo siguiente:

a) Los dictámenes de la revisión de la Cuenta Pública;

b) El apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del cumplimiento de los programas, con respecto a la evaluación de la consecución de sus objetivos y metas, así como de la satisfacción de las necesidades correspondientes, bajo criterios de eficiencia, eficacia y economía;

c) El cumplimiento de los principios de contabilidad gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos legales correspondientes;

d) Los resultados de la gestión financiera;

e) La comprobación de que los Poderes de la Unión, y los entes públicos federales, se ajustaron a lo dispuesto en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación y en las demás normas aplicables en la materia;

f) El análisis de las desviaciones presupuestarias, en su caso, y

g) Los comentarios y observaciones de los auditados.

En el supuesto de que conforme al apartado b) de este artículo, no se cumplan con los objetivos y metas establecidas en los programas aprobados, la Auditoría Superior de la Federación hará las observaciones y recomendaciones que a su juicio sean procedentes.

Artículo 32. La Auditoría Superior de la Federación en el Informe del Resultado, dará cuenta a la Cámara de los pliegos de observaciones que se hubieren fincado, de los procedimientos iniciados para el fincamiento de responsabilidades y de la imposición de las sanciones respectivas, así como de la promoción de otro tipo de responsabilidades y denuncias de hechos presuntamente ilícitos, que realice de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.

TITULO TERCERO

De la Fiscalización de Recursos Federales Ejercidos por Entidades Federativas, Municipios y Particulares

Capítulo Unico

Artículo 33. Para efectos de la fiscalización de recursos federales que se ejerzan por las entidades federativas y por los municipios, incluyendo a sus administraciones públicas paraestatales, la Auditoría Superior de la Federación propondrá los procedimientos de coordinación con las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en el ejercicio de las atribuciones de control que éstas tengan conferidas, colaboren con aquélla en la verificación de la aplicación correcta de los recursos federales, recibidos por dichos órdenes de gobierno.

Dichos procedimientos comprenderán además la comprobación de la aplicación adecuada de los recursos que reciban particulares, en concepto de subsidios otorgados por las entidades federativas y los municipios con cargo a recursos federales.

Artículo 34. El Auditor Superior de la Federación, con sujeción a los convenios celebrados, acordará la forma y términos en que, en su caso, el personal a su cargo realizará la fiscalización de los recursos de origen federal que ejerzan las entidades federativas y los municipios.

Artículo 35. Cuando se acrediten afectaciones al Estado en su Hacienda Pública Federal, atribuibles a las autoridades estatales, municipales o del Distrito Federal, la Auditoría Superior de la Federación procederá a fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, y promoverá ante los órganos o autoridades competentes las responsabilidades administrativas, civiles, políticas y penales a que hubiere lugar.

TITULO CUARTO

De la Revisión de Situaciones Excepcionales

Capítulo Unico

Artículo 36. Para los efectos de lo previsto en el párrafo tercero de la fracción I, del artículo 79 constitucional, cuando se presenten denuncias debidamente fundadas o por otras circunstancias pueda suponerse el presunto manejo, aplicación o custodia irregular de recursos públicos federales, o de su desvío, la Auditoría Superior de la Federación procederá a requerir a las entidades fiscalizadas, revisiones de conceptos específicos vinculados de manera directa a las denuncias presentadas. El requerimiento deberá aportar indicios probatorios razonables, mediante los cuales se presuma que la irregularidad cometida ocasionó un daño al Estado en su Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales.

Artículo 37. Las entidades fiscalizadas, deberán rendir a la Auditoría Superior de la Federación, en un plazo que no excederá setenta y cinco días contados partir de la recepción del requerimiento, un Informe del Resultado de sus actuaciones y, en su caso, de las sanciones que se hubieren impuesto o a que se hubieren hecho acreedores los servidores públicos involucrados. Este informe en ningún caso contendrá información de carácter reservado.

Artículo 38. Para los efectos de esta ley, se entenderá por situaciones excepcionales aquéllas en las cuales, de la denuncia que al efecto se presente, se deduzca alguna de las circunstancias siguientes:

a) Un daño patrimonial que afecte a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, por un monto que resulte superior a cien mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal;

b) Hechos de corrupción determinados por autoridad competente;

c) La afectación de áreas estratégicas o prioritarias de la economía;

d) El riesgo de que se paralice la prestación de servicios públicos esenciales para la comunidad, o

e) El desabasto de productos de primera necesidad.

Artículo 39. Los sujetos de fiscalización estarán obligados a realizar la revisión que la Auditoría Superior de la Federación les requiera, sin que dicha revisión interfiera u obstaculice el ejercicio de las funciones o atribuciones que conforme a la ley competa a las autoridades y a los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de los Entes públicos federales.

Artículo 40. Si transcurrido el plazo señalado en el artículo 37 de esta Ley, la entidad fiscalizada, sin causa justificada, no presenta el informe a que el mismo numeral se refiere, la Auditoría Superior de la Federación procederá a fincar las responsabilidades que corresponda e impondrá a los servidores públicos responsables una multa de cien a seiscientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Su reincidencia se podrá castigar con una multa hasta del doble de la ya impuesta, además de que podrá promover la destitución de los responsables ante las autoridades competentes.

Artículo 41. El fincamiento de responsabilidades y la imposición de sanciones no relevará al infractor de cumplir con las obligaciones o regularizar las situaciones que motivaron las multas.

Artículo 42. Cuando la Auditoría Superior de la Federación, además de imponer la sanción respectiva, requiera al infractor para que en un plazo determinado, que nunca será mayor a cuarenta y cinco días, cumpla con la obligación omitida motivo de la sanción y éste incumpla, será sancionado como reincidente.

Artículo 43. Para imponer la multa que corresponda, la Auditoría Superior de la Federación debe oír previamente al presunto infractor y tener en cuenta sus condiciones económicas, así como la gravedad de la infracción cometida, su nivel jerárquico y la necesidad de evitar prácticas tendientes a contravenir las disposiciones contenidas en esta Ley.

Artículo 44. Lo dispuesto en el presente Capítulo, no excluye la imposición de las sanciones que conforme a ésta u otras leyes fueren aplicables por la Auditoría Superior de la Federación ni del fincamiento de otras responsabilidades.

TITULO QUINTO

De la Determinación de Daños y Perjuicios y del Fincamiento de Responsabilidades

Capítulo I

De la Determinación de Daños y Perjuicios

Artículo 45. Si de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública, aparecieran irregularidades que permitan presumir la existencia de hechos o conductas que produzcan daños o perjuicios al Estado en su Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, la Auditoría Superior de la Federación procederá a:

I. Determinar los daños y perjuicios correspondientes y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias respectivas;

II. Promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades;

III. Promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

IV. Presentar las denuncias y querellas penales, a que haya lugar, y

V. Coadyuvar con el Ministerio Público en los procesos penales investigatorios y judiciales correspondientes. En estos casos, el Ministerio Público recabará previamente la opinión de la Auditoría Superior de la Federación, respecto de las resoluciones que dicte sobre el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal

Capítulo II

Del Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Artículo 46. Para los efectos de esta Ley incurren en responsabilidad:

I. Los servidores públicos y los particulares, personas físicas o morales, por actos u omisiones que causen daño o perjuicio estimable en dinero al Estado en su Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales;

II. Los servidores públicos de los Poderes de la Unión y entes públicos federales que no rindan o dejen de rendir sus Informes acerca de la solventación de los pliegos de observaciones formulados y remitidos por la Auditoría Superior de la Federación, y

III. Los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, cuando al revisar la Cuenta Pública no formulen las observaciones sobre las situaciones irregulares que detecten

Artículo 47. Las responsabilidades que conforme a esta Ley se finquen, tienen por objeto resarcir al Estado y a los entes públicos federales, el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero que se hayan causado, respectivamente, a su Hacienda Pública Federal y a su patrimonio.

Artículo 48. Las responsabilidades resarcitorias a que se refiere este Capítulo se constituirán en primer término a los servidores públicos o personas físicas o morales que directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las hayan originado y, subsidiariamente, y en ese orden al servidor público jerárquicamente inmediato que por la índole de sus funciones, hayan omitido la revisión o autorizado tales actos, por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia por parte de los mismos.

Serán responsables solidarios con los servidores públicos, los particulares, persona física o moral, en los casos en que hayan participado y originado una responsabilidad resarcitoria.

Artículo 49. Las responsabilidades resarcitorias señaladas, se fincarán independientemente de las que procedan con base en otras leyes y de las sanciones de carácter penal que imponga la autoridad judicial.

Artículo 50. Las responsabilidades que se finquen a los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales y de la Auditoría Superior de la Federación, no eximen a éstos ni a las empresas privadas o a los particulares, de sus obligaciones, cuyo cumplimiento se les exigirá aún cuando la responsabilidad se hubiere hecho efectiva total o parcialmente.

Artículo 51. La Auditoría Superior de la Federación, con base en las disposiciones de esta Ley, formulará a los Poderes de la Unión y entes públicos federales los pliegos de observaciones derivados de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública, en los que se determinará en cantidad líquida, la presunta responsabilidad de los infractores, la cual deberá contabilizarse de inmediato.

Artículo 52. Los Poderes de la Unión y entes públicos federales, dentro de un plazo improrrogable de 45 días hábiles contado a partir de la fecha de recibo de los pliegos de observaciones, deberán solventar los mismos ante la Auditoría Superior de la Federación. Cuando los pliegos de observaciones no sean solventados dentro del plazo señalado, o bien, la documentación y argumentos presentados no sean suficientes a juicio de la Auditoría Superior de la Federación para solventar las observaciones, iniciará el procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias a que se refiere el siguiente capítulo, y, en su caso, aplicará las sanciones pecuniarias a que haya lugar, en los términos de esta Ley.

Capítulo III

Del Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Artículo 53. El fincamiento de las responsabilidades resarcitorias se sujetará al procedimiento siguiente:

I. Se citará personalmente al presunto o presuntos responsables a una audiencia, haciéndoles saber los hechos que se les imputan y que sean causa de responsabilidad en los términos de esta Ley, señalando el lugar, día y hora, en que tendrá verificativo dicha audiencia y su derecho a ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga, por si o por medio de un defensor; apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se tendrá por precluido su derecho para ofrecer pruebas o formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo.

A la audiencia podrá asistir el representante de los Poderes de la Unión o de los entes públicos federales, que para tal efecto designen.

Entre la fecha de citación y la de la audiencia deberá mediar un plazo no menor de cinco ni mayor de quince días hábiles;

II. Desahogadas las pruebas, si las hubiere, la Auditoría Superior de la Federación' resolverá dentro de los sesenta días hábiles siguientes sobre la existencia o inexistencia de responsabilidad y fincará, en su caso, el pliego definitivo de responsabilidades en el que se determine la indemnización correspondiente, a él o los sujetos responsables, y notificará a éstos dicho pliego, remitiendo un tanto autógrafo del mismo a la Tesorería de la Federación, para el efecto de que si en un plazo de quince días naturales contados a partir de la notificación, éste no es cubierto, se haga efectivo en términos de ley, mediante el procedimiento administrativo de ejecución. Cuando los responsables sean servidores públicos, dicho pliego será notificado al representante de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, según corresponda y al órgano de control interno respectivo.

La indemnización invariablemente deberá ser suficiente para cubrir los daños y perjuicios causados, o ambos, y se actualizará para y efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código Fiscal de la Federación en tratándose de contribuciones y aprovechamientos.

La Auditoría Superior de la Federación podrá solicitar a la Tesorería de la Federación proceda al embargo precautorio de los bienes de los presuntos responsables a efecto de garantizar el cobro de la sanción impuesta, solo cuando haya sido determinada en cantidad líquida el monto de la responsabilidad resarcitoria respectiva.

El presunto o presuntos responsables podrán solicitar la sustitución del embargo precautorio, por cualquiera de las garantías que establece el Código Fiscal de la Federación, a satisfacción de la Auditoría Superior de la Federación, y

III. Si en la audiencia la Auditoría Superior de la Federación encontrara que no cuentan con elementos suficientes para resolver o advierta elementos que impliquen nueva responsabilidad a cargo del presunto o presuntos responsables o de otras personas, podrá disponer la práctica de investigaciones y citar para otras audiencias.

Artículo 54. En todas las cuestiones relativas al procedimiento no previstas en este Capítulo, así como en la apreciación de las pruebas, y desahogo del recurso de revocación, se observarán las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 55. Las multas y sanciones resarcitorias a que se refiere la presente Ley, tendrán el carácter de créditos fiscales y se fijarán en cantidad líquida por la Auditoría Superior de la Federación, haciéndose efectivas conforme al procedimiento administrativo de ejecución que establece la legislación aplicable.

Artículo 56. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá informar semestralmente a la Auditoría Superior de la Federación y a la Comisión, de los trámites que se vayan realizando para la ejecución de los cobros respectivos y el monto recuperado.

Artículo 57. El importe de las sanciones resarcitorias que se recuperen en los términos de esta Ley, deberá ser entregado, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las respectivas tesorerías de los Poderes de la Unión y entes públicos federales que sufrieron el daño o perjuicio respectivo. Dicho importe quedará en las tesorerías en calidad de disponibilidades y sólo podrá ser ejercido de conformidad con lo establecido en el presupuesto.

Artículo 58. La Auditoría Superior de la Federación podrá abstenerse de sancionar al infractor, por una sola vez, cuando lo estimen pertinente, justificando las causas de la abstención, siempre que se trate de hechos que no revistan gravedad ni constituyan delito, cuando lo ameriten los antecedentes y circunstancias del infractor y el daño causado por éste no exceda de cien veces el salario mínimo general mensual vigente en el Distrito Federal en la fecha en que cometa la infracción.

Capítulo IV

Del Recurso de Reconsideración

Artículo 59. Las sanciones y demás resoluciones que emita la Auditoría Superior de la Federación conforme a esta ley, podrán ser impugnadas por el servidor público o por los particulares, personas físicas o morales, ante la propia Auditoría Superior de la Federación, mediante el recurso de reconsideración o bien, mediante juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación. El recurso de reconsideración se interpondrá dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del pliego o resolución recurrida.

Artículo 60. La tramitación del recurso se sujetará a las disposiciones siguientes:

I. Se iniciará mediante escrito en el que se deberán expresar los agravios que a juicio del servidor público o del particular, persona física o moral, le cause la multa o resolución impugnada, acompañando copia de ésta y constancia de la notificación de la misma, así como el ofrecimiento de pruebas que considere necesario rendir;

II. La Auditoría Superior de la Federación acordará sobre la admisión del recurso y de las pruebas ofrecidas, desechando de plano las que no fuesen idóneas para desvirtuar los hechos en que se base la resolución, y

III. Desahogadas las pruebas, si las hubiere, la autoridad emitirá resolución dentro de los sesenta días hábiles siguientes, notificándola al interesado.

Artículo 61. La interposición del recurso suspenderá la ejecución del pliego o resolución recurrida, si el pago de la sanción correspondiente se garantiza en términos que prevenga el Código Fiscal de la Federación.

Artículo 62. Los servidores públicos en todo momento durante el procedimiento a que se refiere el artículo 53 de esta ley, o bien, para la interposición del recurso de reconsideración respectivo, podrán consultar los expedientes administrativos donde consten los hechos que se les imputen y obtener copias certificadas de los documentos correspondientes.

Capítulo V

De la Prescripción de Responsabilidades

Artículo 63. Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para fincar responsabilidades e imponer las sanciones a que se refiere este Título prescribirán en cinco años.

El plazo de prescripción se contará a partir del día siguiente a aquél en que se hubiere incurrido en la responsabilidad o a partir del momento en que hubiese cesado, si fue de carácter continuo.

En todos los casos, la prescripción a que alude este precepto se interrumpirá al notificarse el inicio del procedimiento establecido en el artículo 53 de esta ley.

Artículo 64. Las responsabilidades de carácter civil, administrativo y penal que resulten por actos u omisiones, prescribirán en la forma y tiempo que fijen las leyes aplicables.

Artículo 65. Cualquier gestión de cobro que haga la autoridad competente al responsable, interrumpe la prescripción de la sanción impuesta, prescripción que, en su caso, comenzará a computarse a partir de dicha gestión.

TITULO SEXTO

Relaciones con la Cámara de Diputados

Capítulo Unico

De la Comisión de Vigilancia

Artículo 66. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción 11 del artículo 74 constitucional, la Cámara contará con una Comisión que tendrá por objeto, coordinar las relaciones entre ésta y la Auditoría Superior de la Federación, evaluar el desempeño de ésta última y constituir el enlace que permita garantizar la debida coordinación entre ambos órganos.

Artículo 67. Son atribuciones de la Comisión:

I. Ser e! conducto de comunicación entre la Cámara y la Auditoría Superior de la Federación;

II. Recibir de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el Informe de Avance de Gestión Financiera y la Cuenta Pública y turnarlos a la Auditoría Superior de la Federación;

III. Presentar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública;

IV. Conocer el programa anual de actividades que para el debido cumplimiento de sus funciones, elabore la Auditoría Superior de la Federación, así como sus modificaciones, y evaluar su cumplimiento,

V. Citar, por conducto de su Mesa Directiva, al Auditor Superior de la Federación para conocer en lo específico el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública;

VI. Conocer el proyecto de presupuesto anual de la Auditoría Superior de la Federación, así como el informe anual de su ejercicio, y turnarlo a la Junta de Coordinación Política de la Cámara para los efectos legales conducentes;

VII. Evaluar si la Auditoría Superior de la Federación cumple con las funciones que conforme a la Constitución y esta Ley le corresponden y proveer, lo necesario para garantizar su autonomía técnica y de gestión.

VIII. Presentar a la Cámara la propuesta del candidato a ocupar el cargo de Auditor Superior de la Federación, así como la solicitud de su remoción, en términos de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 79 constitucional;

IX. Proponer al Pleno de la Cámara al Titular de la Unidad de Evaluación y Control y los recursos materiales, humanos y presupuestales con los que deben contar la propia unidad;

X. Proponer al Pleno de la Cámara el Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control;

XI. Aprobar el programa de actividades de la Unidad de Evaluación y Control y requerirle todo tipo de información relativa a sus funciones;

XII. Ordenar a la Unidad de Evaluación y Control, la práctica de auditorías a la entidad de fiscalización superior de la Federación;

XIII. De acuerdo alas posibilidades presupuestales, contratar Asesores

Externos para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones, y

XIV. Las demás que establezca esta Ley y demás disposiciones aplicables.

TITULO SEPTIMO

Organización de la Auditoría Superior de la Federación

Capítulo I

Integración y Organización

Artículo 68. Al frente de la Auditoría Superior de la Federación habrá un Auditor Superior de la Federación designado conforme a lo previsto por el párrafo tercero del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara.

Artículo 69. La designación del Auditor Superior de la Federación se sujetará al procedimiento siguiente:

I. La Comisión formulará la convocatoria pública correspondiente, a efecto de recibir durante un periodo de diez días contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, las solicitudes para ocupar el puesto de Auditor Superior de la Federación;

II. Concluido el plazo anterior y recibidas las solicitudes con los requisitos y documentos que señale la convocatoria, la Comisión, dentro de los cinco días siguientes, procederá a la revisión y análisis de las mismas;

III. Del análisis de las solicitudes los integrantes de la Comisión entrevistarán por separado para la evaluación respectiva y dentro de los cinco días siguientes, a los candidatos que, a su juicio, considere idóneos para la conformación de una terna;

IV. Conformada la terna, en un plazo que no deberá exceder de tres días, la Comisión formulará su dictamen, a fin de proponer al Pleno los tres candidatos, para que éste proceda, en los términos del artículo anterior, a la designación del Auditor Superior de la Federación, y

V. La persona designada para ocupar el cargo, protestará ante el Pleno de la Cámara.

Artículo 70. En caso de que ningún candidato de la terna propuesta en el dictamen para ocupar el cargo de Auditor Superior de la Federación, no haya obtenido la votación de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, se volverá a someter una nueva propuesta en los términos del artículo anterior. Ningún candidato propuesto en el dictamen rechazado por el Pleno podrá participar de nueva cuenta en el proceso de selección.

Artículo 71. El Auditor Superior de la Federación durará en el encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido por la Cámara por las causas graves a que se refiere el artículo 81 de esta ley, con la misma votación requerida para su nombramiento, así como por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si esta situación se presenta estando en receso la Cámara de Diputados, la Comisión Permanente podrá convocar a un periodo extraordinario para que resuelva en torno a dicha remoción.

Artículo 72. Durante el receso de la Cámara, el Auditor Especial que corresponda conforme al Reglamento Interior, ejercerá el cargo hasta en tanto dicha Cámara designe al Auditor Superior en el siguiente período de sesiones.

El Auditor Superior será suplido en sus ausencias temporales por los auditores especiales en el orden que señale el reglamento interior de la Auditoría Superior de la Federación. En caso de falta definitiva, la Comisión dará cuenta a la Cámara para que designe, en términos del artículo 71 de esta Ley, al Auditor que concluirá el encargo.

Artículo 73. Para ser Auditor Superior de la Federación se requiere satisfacer los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Tener por lo menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación;

III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;

IV. Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación;

V. No haber sido Secretario de estado, Jefe de departamento Administrativo, Procurador General de la República o de Justicia del Distrito Federal, Senador, Diputado Federal, Gobernador de algún Estado o Jefe del Gobierno del Distrito Federal, ni dirigente de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la propia designación;

VI. Contar al momento de su designación con una experiencia de cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos, y

VII. Contar el día de su designación, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de contador público, licenciado en derecho o abogado, licenciado en economía, licenciado en administración o cualquier otro título profesional relacionado con las actividades de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.

Artículo 74. El Auditor Superior tendrá las siguientes atribuciones:

I. Representar a la Auditoría Superior de la Federación ante las Entidades fiscalizadas, autoridades federales y locales, entidades federativas, municipios y demás personas físicas y morales;

II. Elaborar el proyecto de presupuesto anual de la Auditoría Superior de la Federación atendiendo a las previsiones del ingreso y del gasto público federal;

III. Administrar los bienes y recursos a cargo de la Auditoría Superior de la Federación y resolver sobre la adquisición y enajenación de bienes muebles y la prestación de servicios de la entidad, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional, sus leyes reglamentarias y a lo previsto en la Ley General de Bienes Nacionales, así como gestionar la incorporación; destino y desincorporación de bienes inmuebles del dominio público de la Federación, afectos a su servicio;

IV. Aprobar el programa anual de actividades de la entidad a su cargo, así como el programa anual de auditorías, visitas e inspecciones;

V. Expedir, de conformidad con lo establecido en esta ley y sujeto a la ratificación de la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados, el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, en el que se distribuirán las atribuciones a sus unidades administrativas y sus titulares, además de establecer la forma en que deberán ser suplidos estos últimos en sus ausencias, debiendo ser publicado dicho reglamento interior en el Diario Oficial de la Federación.

VI. Expedir los manuales de organización y procedimientos que se requieran para la debida organización y funcionamiento de la Auditoría Superior de la Federación, los que deberán ser ratificados por la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados y publicados posteriormente en el Diario oficial de la Federación.

VII. Nombrar al personal de mandos superiores de la Auditoría Superior de la Federación;

VIII. Establecer las normas, procedimientos, métodos y sistemas de contabilidad y de archivo de los libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y del gasto público, así como todos aquellos elementos que permitan la práctica idónea de las auditorías y revisiones, de conformidad con las propuestas que formulen los Poderes de la Unión y los entes públicos federales y las características propias de su operación;

IX. Ser el enlace entre la Auditoría Superior de la Federación y la Comisión de la Cámara;

X. Solicitar a las entidades fiscalizadas, servidores públicos y a las personas físicas y morales la información que con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública se requiera;

XI. Solicitar a los Poderes de la Unión y a los entes públicos federales el auxilio que necesite para el ejercicio expedito de las funciones de revisión y fiscalización superior;

XII. Ejercer las atribuciones que corresponden a la Auditoria Superior de la Federación en los términos de la Constitución, la presente Ley y del Reglamento Interior de la propia Auditoría;

XIII. Resolver el recurso de revocación interpuesto en contra de sus resoluciones;

XIV. Recibir de la Comisión el Informe de Avance de la Gestión Financiera y la Cuenta Pública para su revisión y fiscalización;

XV. Formular y entregar, por conducto de la Comisión, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara, a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al de su presentación;

XVI. Presentar denuncias y querellas en los términos del Código Federal de Procedimientos Penales, en los casos de presuntas conductas delictivas de servidores públicos y en contra de particulares cuando tenga conocimiento de hechos que pudieran implicar la comisión de un delito relacionado con daños al Estado en su Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, así como denuncias de juicio político de conformidad con lo señalado en la Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XVII. Celebrar convenios de coordinación o colaboración con los Poderes de la Unión y los Gobiernos estatales y municipales, así como con los organismos internacionales que agrupen a entidades de fiscalización superior homólogas, con éstas directamente y con el sector privado;

XVIII. Dar cuenta comprobada a la Cámara de la aplicación de su presupuesto aprobado, dentro de los treinta primeros días del mes siguiente al que corresponda su ejercicio por conducto de la Comisión;

XIX. Solicitar ante las autoridades competentes el cobro de las multas y sanciones resarcitorias que se impongan en los términos de esta Ley, y

XX. Las demás que señale esta Ley y demás disposiciones legales aplicables.

Las atribuciones previstas en las fracciones II, IV, V, VII, VIII, IX, XIII, XIV, XV, XVI y XVIII son de ejercicio directo del Auditor Superior y, por tanto, no podrán ser delegadas.

Artículo 75. El Auditor Superior será auxiliado en sus funciones por tres Auditores Especiales, así como por los titulares de unidades, directores generales, directores, subdirectores, auditores, y demás servidores públicos que al efecto señale el Reglamento Interior, de conformidad con el presupuesto autorizado.

Artículo 76. Para ejercer el cargo de Auditor Especial se deberán cumplir los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Cumplir los requisitos señalados en las fracciones III a VI del artículo 73 de esta Ley, y

III. Contar, el día de su designación, con antigüedad mínima de siete años, con título profesional de contador público, licenciado en derecho, licenciado en economía, licenciado en administración o cualquier otro título profesional relacionado con las actividades de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.

Artículo 77. Sin perjuicio de su ejercicio directo por el Auditor Superior y de conformidad con la distribución de competencias que establezca el Reglamento Interior, corresponden a los Auditores Especiales las facultades siguientes:

I. Planear, conforme a los programas aprobados por el Auditor Superior, las actividades relacionadas con la revisión de la Cuenta Pública y elaborar los análisis temáticos que sirvan de insumos para la preparación del Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública;

II. Revisar la Cuenta Pública del año anterior, incluido el Informe de avance de la Gestión financiera que se rinda en términos del artículo 80. de esta Ley;

III. Requerir a las entidades fiscalizadas y a los terceros que hubieren celebrado operaciones con aquéllas, la información y documentación que sea necesaria para realizar la función de fiscalización;

IV. Ordenar y realizar auditorías, visitas e inspecciones a los Poderes de la Unión y a los entes públicos federales conforme al programa aprobado por el Auditor Superior de la Federación;

V. Designar a los inspectores, visitadores o auditores encargados de practicar las visitas, inspecciones y auditorías a su cargo o, en su caso, celebrar los contratos de prestación de servicios a que se refiere el artículo 24 de esta Ley;

VI. Revisar, analizar y evaluar la información programática incluida en la Cuenta Pública del Gobierno Federal;

VII. Formular las recomendaciones y los pliegos de observaciones que deriven de los resultados de su revisión y de las auditorías, visitas o investigaciones, las que remitirá a los Poderes de la Unión y a los entes públicos federales;

VIII. Instruir los procedimientos para el fincamiento de las responsabilidades resarcitorias a que den lugar las irregularidades en que incurran los servidores públicos por actos u omisiones de los que resulte un daño o perjuicio estimable en dinero que afecten al Estado en su Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, conforme a los ordenamientos legales y reglamentarios aplicables;

IX. Resolver el recurso de revocación que se interponga en contra de sus resoluciones;

X. Recabar e integrar la documentación y comprobación necesaria para ejercitar las acciones legales en el ámbito penal que procedan como resultado de las irregularidades que se detecten en la revisión, auditorías o visitas que practiquen;

XI. Promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades en que incurran los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales;

XII. Formular el proyecto de Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública, así como de los demás documentos que se le indique, y

XIII. Las demás que señale la Ley, el Reglamento Interior y demás disposiciones aplicables.

Artículo 78. La Auditoría Superior de la Federación contará con una Unidad de Asuntos Jurídicos, cuyo titular tendrá las siguientes atribuciones: .

I. Asesorar en materia jurídica al Auditor Superior de la Federación y a los Auditores Especiales, así como actuar como su órgano de consulta;

II. Instruir el recurso de revocación previsto en esta Ley;

III. Ejercitar las acciones judiciales, civiles y contencioso administrativas en los juicios en los que la Auditoría Superior de la Federación sea parte, contestar demandas, presentar pruebas y alegatos, y actuar en defensa de los intereses jurídicos de la propia Auditoría, dando el debido seguimiento a los procesos y juicios en que actúe;

IV. Representar a la Auditoría Superior de la Federación ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en los conflictos que se susciten con motivo de la aplicación de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado;

V. Elaborar los documentos necesarios para que la Auditoría Superior de la Federación presente denuncias y querellas penales en el caso de conductas que pudieran constituir ilícitos en contra de la Hacienda Pública o el patrimonio de los entes públicos federales, así como para que promueva ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades;

Asesorar y expedir lineamientos sobre el levantamiento de las actas administrativas que procedan como resultado de las visitas, inspecciones y auditorías que practique la Auditoría Superior de la Federación, y

VII. Las demás que señale la Ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 79. La Auditoría Superior de la Federación contará con una Unidad General de Administración que tendrá las siguientes atribuciones:

I. Administrar los recursos financieros, humanos y materiales de la Auditoría Superior de la Federación de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias que la rijan y con las políticas y normas emitidas por el Auditor Superior de la Federación;

II. Prestar los servicios que en general se requieran para el debido funcionamiento de las instalaciones en que se encuentre operando la propia Auditoría Superior de la Federación;

III. Preparar el anteproyecto de Presupuesto anual de la Auditoría Superior de la Federación, ejercer y glosar el ejercicio del presupuesto autorizado y elaborar la cuenta comprobada de su aplicación, así como implantar y mantener un sistema de contabilidad de la institución que permita registrar el conjunto de operaciones que requiera su propia administración;

IV. Nombrar al demás personal de la Auditoría Superior de la Federación;

V. Adquirir los bienes y servicios y celebrar los contratos que permitan suministrar los recursos materiales que solicitan sus unidades administrativas para su debido funcionamiento, y

VI. Las demás que le señale el Auditor Superior y las disposiciones legales y administrativas aplicables.

Artículo 80. El Auditor Superior de la Federación y los Auditores Especiales durante el ejercicio de su cargo, tendrán prohibido:

I. Formar parte de partido político alguno, participar en actos políticos partidistas y hacer cualquier tipo de propaganda o promoción partidista;

II. Desempeñar otro empleo o encargo en los sectores público, privado o social, salvo los no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia, y

III. Hacer del conocimiento de terceros o difundir de cualquier forma, la información confidencial o reservada que tenga bajo su custodia la Auditoría Superior de la Federación para el ejercicio de sus atribuciones, la cual deberá utilizarse sólo para los fines a que se encuentra afecta.

Artículo 81. El Auditor Superior de la Federación podrá ser removido de su cargo por las siguientes causas graves de responsabilidad administrativa:

I. Ubicarse en los supuestos de prohibición establecidas en el artículo anterior;

II. Utilizar en beneficio propio o de terceros la documentación e información confidencial en los términos de la presente Ley y sus disposiciones reglamentarias;

III. Dejar sin causa justificada, de fincar indemnizaciones o aplicar sanciones pecuniarias, en el ámbito de su competencia y en los casos previstos en la ley y disposiciones reglamentarias, cuando esté debidamente comprobada la responsabilidad e identificado el responsable como consecuencia de las revisiones e investigaciones que en el ejercicio de sus atribuciones realicen;

IV. Ausentarse de sus labores por más de un mes sin mediar autorización de la Cámara;

V. Abstenerse de presentar en el año correspondiente y en los términos de la presente Ley, sin causa justificada, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública;

VI. Sustraer, destruir, ocultar o utilizar indebidamente la documentación e información que por razón de su cargo tenga a su cuidado o custodia o que exista en la Auditoría Superior de la Federación, con motivo del ejercicio de sus atribuciones y

VII. Aceptar la injerencia de los partidos políticos en el ejercicio de sus funciones y de esta circunstancia, conducirse con parcialidad en el proceso de revisión de la Cuenta Pública y en los procedimientos de fiscalización e imposición de sanciones a que se refiere esta Ley.

Artículo 82. La Cámara dictaminará sobre la existencia de los motivos de la remoción del Auditor Superior de la Federación por causas graves de responsabilidad administrativa, y deberá dar derecho de audiencia al afectado. La remoción requerirá del voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.

Los Auditores Especiales podrán ser removidos por las causas graves a que se refiere el artículo anterior, por el Auditor Superior de la Federación o la Comisión de Vigilancia.

Artículo 83. El Auditor Superior de la Federación y los Auditores Especiales sólo estarán obligados a absolver posiciones o rendir declaración en juicio, en representación de la Auditoría Superior de la I Federación o en virtud de sus funciones, cuando las posiciones y preguntas se formulen por medio de oficio expedido por autoridad competente, misma que contestarán por escrito dentro del término establecido por dicha autoridad.

Artículo 84. El Auditor Superior de la Federación podrá adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior. Los acuerdos en los cuales se deleguen facultades o se adscriban unidades administrativas se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 85. La Auditoría Superior de la Federación deberá establecer un servicio civil de carrera, que permita la objetiva y estricta selección de sus integrantes, mediante exámenes de ingreso y que en atención a su capacidad, eficiencia, calidad y sujeción a los ordenamientos legales aplicables, garantice, a través de evaluaciones periódicas, su permanencia y la excelencia en la prestación del servicio a su cargo.

Artículo 86. La Auditoría Superior de la Federación elaborará su proyecto de presupuesto anual que contenga, de conformidad con las previsiones de gasto, los recursos necesarios para cumplir con su encargo, el cual será remitido por el Auditor Superior de la Federación a la Junta de Coordinación Política de la Cámara para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. La Auditoría Superior de la Federación ejercerá autónomamente, con sujeción a las disposiciones aplicables, su presupuesto aprobado.

Artículo 87. Los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación se clasifican como trabajadores de confianza y trabajadores de base, y se regirán por el Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Artículo 88. Son trabajadores de confianza: El Auditor Superior de la Federación, los Auditores Especiales, los titulares de las unidades previstas en esta Ley, los directores generales, directores, los auditores, visitadores, inspectores, los subdirectores, los jefes de departamento, los asesores, los secretarios particulares y los demás trabajadores que tengan tal carácter conforme a lo previsto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación.

Artículo 89. Son trabajadores de base los que desempeñen labores en puestos no incluidos en el párrafo anterior y que estén previstos con tal carácter en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

La relación jurídica de trabajo se entiende establecida entre la Auditoría Superior de la Federación, a través de su Auditor Superior de la Federación, y los trabajadores a su servicio para todos los efectos

Capítulo II

De la Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Artículo 90. El Auditor Superior de la Federación, los auditores especiales y los demás servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación en el desempeño de sus funciones, se sujetarán a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y a las demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 91. Para los efectos de la fracción VII del artículo 67 de esta Ley, existirá una unidad especializada de vigilar el estricto cumplimiento de las funciones a cargo de los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, a fin de aplicar, en su caso, las medidas disciplinarias y sanciones administrativas previstas en el ordenamiento citado en el artículo anterior, denominada Unidad de Evaluación y Control, la cual formará parte de la estructura de la Comisión.

Artículo 92. La Unidad de Evaluación y Control de la Comisión tendrá las siguientes atribuciones:

I. Vigilar que los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación se conduzcan en términos de lo dispuesto por esta Ley y demás disposiciones legales aplicables;

II. A instancia de la Comisión, podrá practicar por sí o a través de Auditores Externos, auditorías para verificar el desempeño, el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas anuales de la Auditoría Superior, así como la debida aplicación de los recursos a cargo de ésta;

III. Recibir quejas y denuncias derivadas del incumplimiento de las obligaciones por parte del Auditor Superior de la Federación, auditores especiales y demás servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, iniciar investigaciones y, en su caso, con la aprobación de la Comisión, fincar las responsabilidades a que hubiere lugar e imponer las sanciones que correspondan, en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos;

IV. Conocer y resolver el recurso de revocación que interpongan los servidores públicos sancionados conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos;

V. Realizar la defensa jurídica de las resoluciones que se emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales;

VI. A instancia de la Comisión, presentar denuncias o querellas ante la autoridad competente, en caso de detectar conductas presumiblemente constitutivas de delito, imputables a los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación;

VII. Llevar el registro y análisis de la situación patrimonial de los servidores públicos adscritos a la Auditoría Superior de la Federación;

VIII. Conocer y resolver de las inconformidades que presenten los proveedores o contratistas, por el incumplimiento de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas;

IX. Recibir, tramitar y resolver las solicitudes de los particulares relacionadas con servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, en términos de lo dispuesto por el artículo 77 bis de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y

X. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Los Poderes de la Unión y los entes públicos federales tendrán la facultad de formular queja ante la Unidad de Evaluación y Control sobre los actos del Auditor Superior de la Federación que contravengan las disposiciones de esta Ley, en cuyo caso dicha Unidad sustanciará la investigación preliminar por vía especial, para dictaminar si ha lugar a iniciar el procedimiento de remoción a que se refiere este ordenamiento, o bien el previsto en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, notificando al quejoso el dictamen correspondiente.

Artículo 93. El titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia, será propuesto por la propia Comisión y designado por la Cámara, mediante el voto mayoritario de sus miembros presentes en la sesión respectiva, debiendo cumplir los requisitos que esta Ley establece para el Auditor Superior.

Artículo 94. El titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión será responsable administrativamente ante la propia Cámara, a la cual deberá rendir un informe anual de su gestión, con independencia de que pueda ser citado extraordinariamente por ésta, cuando así se requiera, para dar cuenta del ejercicio de sus funciones.

Artículo 95. Son atribuciones del titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión:

I. Planear, programar y efectuar auditorías, inspecciones o visitas a las diversas áreas administrativas que integran la Auditoría Superior de la Federación;

II. Recibir, tramitar y resolver las solicitudes de los particulares relacionadas con servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, en términos de lo dispuesto por el artículo 77 bis de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos;

III. Requerir a las unidades administrativas de la Auditoría Superior de la Federación, la información necesaria para cumplir con sus atribuciones;

IV. Expedir certificaciones de los documentos que obren en los archivos del órgano interno de control, y

V. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Artículo 96. Para el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas la Unidad de Evaluación y Control, contará con los servidores públicos, las unidades administrativas y los recursos económicos que a propuesta de la Comisión de Vigilancia apruebe la Cámara y se determinen en el presupuesto.

El Reglamento que sobre dicha Unidad expida la Cámara establecerá la competencia de las áreas a que alude el párrafo anterior y aquéllas otras unidades administrativas que sean indispensables para el debido funcionamiento de la misma.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y se aplicará lo dispuesto en los artículos transitorios siguientes.

SEGUNDO. Se abroga la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de b3 Hacienda, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978, conforme a lo dispuesto en los transitorios subsecuentes y se derogarán todas las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas que contravengan o se opongan a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

TERCERO. La Auditoría Superior de la Federación iniciará sus funciones a la entrada en vigor del presente Decreto, y su titular será el actual Contador Mayor de Hacienda, hasta el 31 de diciembre del año 2001.

Podrá ser ratificado para continuar en dicho encargo hasta completar el período de 8 años a que se refiere el artículo 79 constitucional o llevarse a cabo, por primera vez, el nombramiento del Auditor Superior de la Federación, en los términos señalados por el citado precepto, a más tardar el 15 de diciembre del año 2001, con efectos a partir del día 1° de enero del siguiente año.

CUARTO. La revisión de la Cuenta Pública, que incluye al Informe de avance de Gestión financiera, conforme a las disposiciones de esta Ley, se efectuará a partir de la Cuenta Pública del año 2001. Las revisiones de las cuentas públicas de los años 1998, 1999 y 2000 se efectuarán conforme a las disposiciones vigentes en dichos ejercicios.

QUINTO. En todas las disposiciones legales o administrativas, resoluciones, contratos, convenios o actos expedidos o celebrados con anterioridad a la vigencia de la Ley materia del presente Decreto, en que se haga referencia a la Contaduría Mayor de Hacienda, se entenderán referidos a la Auditoría Superior de la Federación.

SEXTO. Todos los inmuebles, equipos, archivos, expedientes, papeles y en general los bienes de la Contaduría Mayor de Hacienda, pasarán a la Auditoría Superior de la Federación quedando destinados y afectos a su servicio. La Auditoría Superior de la Federación igualmente se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquélla.

Los servidores públicos de la Contaduría Mayor de Hacienda pasarán a formar parte de la Auditoría Superior de la Federación y se respetarán sus derechos en los términos de ley.

SEPTIMO. Los asuntos que se encuentren en trámite o en proceso en la Contaduría Mayor de Hacienda al entrar en vigor la Ley materia del presente Decreto, continuarán tramitándose, por la Auditoría Superior de la Federación en los términos de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda.

Trámite: Recibo y túrnese a las Comisiones de Gobernación, Población, Seguridad Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública.

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EL C. SECRETARIO DIP. BERNARDO BORBON VILCHES:

De la Honorable Cámara de Senadores que remite la Minuta Proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el Código Penal Federal.

CC. SECRETARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS. PRESENTE.

Me permito remitir a ustedes, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el expediente con la MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS Y EL CODIGO PENAL FEDERAL.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 29 de abril de 2000.

MINUTA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIV~RSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSA BILIDADES DE LOS SERVIDQRES PIJBLICOS Y DEL CODIGO PENAL FEDERAL:

ARTICULO PRIMERO, Se adiciona un párrafo tercero a la fracción IX del artículo 80 y se adiciona un último párrafo, a la fracción III del artículo 81, ambos, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:

Artículo 80 ...

I. a VIII....

IX. ….

Las disposiciones contenidas en el párrafo anterior se entenderán sin perjuicio de la denuncia que proceda ante el Ministerio Público, en términos de la legislación penal aplicable.

Artículo 81....

I. a II....

La información contenida en las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos tendrá carácter confidencial, por lo que la Secretaría no podrá darla a conocer, salvo cuando lo solicite el Ministerio Público o la autoridad judicial en juicio que se instruya con motivo de responsabilidad determinada en los términos de esta ley y en el que el servidor público sea parte.

ARTICULO SEGUNDO.- Se reforma y adiciona una fracción VI al artículo 247 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 247. Se impondrán de dos a seis anos de prisión y multa de cien a trescientos días multa:

I. a V....

VI. Al que dolosamente proporcione información o datos falsos en su declaración de situación patrimonial, ya sea inicial, anual o de conclusión del encargo.

TRANSITORIOS:

UNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

SALON DE SESIONES DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES. México, D. F., a 30 de abril de 2000.

Trámite : Recibo y túrnese a las Comisiones de Gobernación, Población y Seguridad Pública, y de Justicia y Derechos Humanos.

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LA C. SECRETARIA DIP. ALMA CAROLINA VIGGIANO:

De la C. Lina María del Rosario Ramella Osuna, por el que solicita el permiso constitucional para aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito de la República Italiana.

CC. SECRETARIOS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION. MEXICO, D. F.

La Embajada de Italia en México hizo de mi conocimiento la intención de concederme la Condecoración del Orden al Mérito de la República Italiana en Grado de Caballero.

Con fundamento en lo Dispuesto por el Artículo 37, Apartado B, Fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito atentamente al Honorable Congreso de la Unión, a través de su Comisión Permanente, permiso para aceptar y usar dicha condecoración.

Acompaño fotocopia de mi certificado No. 1462 de Nacionalidad Mexicana, Acta de Nacimiento y Currículum Vitae.

Me es grato reiterarles las seguridades de mi atenta y distinguida Consideración.

Trámite: Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación, Población y Seguridad Pública.

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LA MISMA C. SECRETARIA:

Del C. Licenciado Adrian Franco Zevada, por el que solicita el permiso constitucional para prestar servicios como Asesor Jurídico en las Embajadas de las repúblicas de Chile y Sudáfrica, en México

H. CONGRESO DE LA UNION

ADRIAN FRANCO ZEVADA, mexicano, licenciado en Derecho, con domicilio para oír notificaciones y recibir toda clase de documentos en Paseo de las Palmas 1505, colonia Lomas de Chapultepec, delegación Miguel Hidalgo, código postal 11010, de esta ciudad,

con todo respeto digo

1. Soy mexicano por nacimiento como lo acredito con la copia certificada que acompaño como ANEXO NUMERO 1.

2. En oficio de 16 de agosto de 2000, el señor Luis Maira, Embajador de Chile en México, tuvo a bien designarme Asesor Jurídico (abogado de confianza) de dicha representación diplomática, con carácter honorario y, por tanto, sin retribución económica, como lo acredito con la copia del oficio que acompaño como ANEXO NUMERO 2.

3. De acuerdo con lo dispuesto en artículo 37 B) fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito permiso de ese Congreso de la Unión para prestar voluntariamente mis servicios a la Embajada de la República de Sudáfrica en México como Asesor Jurídico (abogado de confianza).

PROTESTO MI RESPETO.

Trámite: Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación, Población y Seguridad Pública.

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EL C. PRESIDENTE: El siguiente punto del Orden del Día, para presentar los posicionamientos de los partidos con representación en la Cámara de Diputados en relación del inicio de los trabajos de la LVIII Legislatura, se concede la palabra al ciudadano diputado José Antonio Calderón Cardoso.

EL C. JOSE ANTONIO CALDERON CARDOSO: Con el permiso de la presidencia. Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Para el Partido Alianza Social la expectativa que esta LVIII Legislatura tiene, está en relación directa con la copiosa, responsable y libre participación de los millones y mexicanas y mexicanos que acudieron a sufragar a las urnas el pasado dos de julio.

Sin embargo tal vez todavía no terminamos de asimilar la grave responsabilidad y el enorme compromiso que los, ciudadanos nos mandataron acudiendo a votar a las urnas.

Es por ello que para no defraudar la voluntad clara de los ciudadanos, tendríamos que hacer una lectura adecuada de lo que el pueblo mexicano quiso, al optar por la vía democrática a través del voto.

Sin duda nosotros creemos que la primera señal clara y contundente, es que el mexicano y la mexicana, que los ciudadanos piensan que es la vía política el camino y la ruta adecuada para dirimir nuestras diferencias y también para repartir la riqueza que permite el desarrollo.

Con esto quedó claro que la violencia no solamente que se da en lugares como Chiapas, tampoco el pueblo mexicano quiere que se de una especie de violencia en los órganos políticos, como es el Congreso de la Unión.

Tenemos la grave responsabilidad de que actuemos con civilidad al momento de plantear en esta máxima tribuna nuestras diferencias.

Otra lectura que vemos para estar a las expectativas del pueblo de México, es que debemos trabajar en tres áreas muy importantes: debemos trabajar en profundizar una democracia política que desconcentre el poder; debemos trabajar en una democracia económica, que desconcentre el tener; debemos trabajar en una democracia social y educativa que desconcentre el saber y que desconcentre la toma de decisiones. Por ello, nosotros, nos vamos a permitir hacer en su momento propuestas en estas tres ramas.

Por lo que toca a la democracia política, pugnaremos porque avancemos en el marco constitucional y legal, que nos permita tener nuevas instituciones que reflejen la nueva realidad, resultante del dos de julio.

La Constitución actual y las leyes secundarias, deben permitir que la pluralidad de este Congreso y que la pluralidad del país, no sea un obstáculo sino una ventaja para la toma de decisiones.

Asimismo vamos a propugnar que el sistema de partidos políticos en el país, se siga consolidando, queremos que la pluralidad social debe también reflejarse en una pluralidad política. Y para ello no estaremos de acuerdo que solamente haya un bi o un tribipartidismo.

Reconocemos la fuerza específica de estas opciones, pero pugnaremos porque todas las demás tengamos los instrumentos que nos permitan constituirse como una opción política.

Asimismo vamos a pugnar porque la legislación que norma y regula la coexistencia de las fracciones en esta Cámara, refleje la nueva pluralidad.

Es declarado derecho, qué el derecho parlamentario una rama del derecho parlamentario, una rama del derecho público, se caracteriza por su dinamismo y por su flexibilidad.

Por ello, seremos respetuosos pero incansables luchadores, porque las nuevas expresiones tengamos voto, ponderado desde luego, en términos de lo que representamos desde luego, pero que seamos contados.

Por lo que toca a la democracia política económica, es claro que el problema y el gran rezago de nuestro país, es que la riqueza está concentrada en unas cuantas manos. Las reformas que debemos proponer, deberán tender a que se modere la riqueza y la pobreza, no debe haber un enorme abismo entre los millones de mexicanos que no tienen para comer y entre un grupo de privilegiados que detentan una riqueza insultante. Y ahí partirán todos los mexicanos que creamos convenientes, como la reforma fiscal integral.

Por lo que toca a la democracia social y educativa, compañeros legisladores, es muy claro que nuestro sistema representativo, que nuestro sistema republicano, democrático y representativo, hoy acusa una apertura que debemos cubrir. Es importante que nosotros sigamos siendo un órgano representativo, pero debemos crear los instrumentos para que los ciudadanos participen de manera más destacada en la toma de decisiones.

Los órganos representativos cumplen una función fundamental en la división de poderes, pero la nueva realidad está exigiendo que el ciudadano no solamente sufrague, sino que sea escuchado directamente en aquellos que le va a beneficiar o le va a perjudicar. Tal vez suceda con los mexicanos aquellos de que no saben hacer zapatos, pero saben cuando les aprieta. Por ellos nosotros debemos prestarles los mecanismos para que ellos participen mediante el referéndum, la iniciativa popular y el plebiscito.

Por último quiero señalar que por lo que a Alianza Social toca, creemos que la división de poderes, ideal antiquísimo que planteara Monstequiau, hoy más que nunca es posible que se haga realidad. No más sometimiento, pero tampoco no más diferencias con los poderes. Debemos trabajar de manera coordinada y respetuosa; en la medida –con esto concluyo- que seamos capaces de darle al pueblo de México una señal de que los políticos nos podemos poner de acuerdo, en esa medida seremos dignos de confianza del pueblo. Muchas gracias.

Se concede ahora el uso de la palabra al diputado José Manuel del Río Virgen, del Partido de Convergencia por la Democracia.

EL Dl P. JOSE MANUEL DEL RIO VlRGEN: Con su permiso, señor Presidente.

Esta es una ocasión extraordinaria. Se inicia una nueva era política en nuestro país y tocará a esta LVIII Legislatura cumplir los compromisos y lograr acuerdos que permitan llevar a cabo las reformas necesarias para la consolidación de un sistema democrático, en el que la coexistencia de diferentes partidos políticos nacionales sean la expresión de un pluralismo político.

Lucharemos por la sentida demanda de la sociedad en cuanto a nuevas formas en el hacer y en el quehacer políticos; representamos una nueva corriente que admite constructivamente la pluralidad y desea que el mérito anteceda al privilegio.

El ejercicio del poder presupone elevados valores éticos S' una nueva actitud política que impida la formación de camarillas o grupos de intereses ajenos al pueblo, que propicie la sana competencia electoral, sin ventajas para ningún partido político. En suma, una nueva forma de hacer política que responda a las aspiraciones nacionales de cara a una nueva realidad.

La Legislatura debe ser la vanguardia de las luchas sociales y tener la firme voluntad de unir sus esfuerzos con todas las expresiones políticas del país que luchen por este cometido y tengan el ánimo de progreso.

Convergencia por la Democracia es un partido que aspira enlazar a la sociedad con el poder institucional, para dar cumplimiento cabal a las demandas del pueblo. Nuestros principios son: representar los intereses nacionales, proyectar las necesidades regionales y realizar aportes para la solución de los problemas locales, a fin de contribuir a la estabilidad política y social del país.

Debemos luchas por un modelo de desarrollo económico que privilegie al hombre sobre el capital, porque el principal capital es el hombre. Nuestro reto histórico en la instauración de la democracia integral radica en lograr la igualdad de oportunidades para los ciudadanos, sin destruir su libertad.

Queremos un auténtico equilibrio en el ejercicio del poder, por eso queremos participar en los acuerdos políticos nacionales que no privilegien sólo a tres partidos políticos. La acumulación de facultades legales y metaconstitucionales en torno al Presidente, acumula excesos inaceptables en la práctica, como resultado de un presidencialismo autoritario, por ello es una exigencia social la puesta en práctica de un auténtico equilibrio de poderes que establezca los contrapesos indispensables.

A una institución con la trascendencia republicana de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se deberá garantizar su total independencia mediante una legislación idónea. Debemos legislar para establecer nuevas instancias de gobierno que faciliten el desarrollo a las comunidades dispersas o de aquellas regiones con particularidades comunes por dificultades de la división política y territorial.

El federalismo incluyente, deberá conducir a una redistribución del poder y un reparto racional y equitativo de los recursos de la Nación; el municipio debe rescatar su condición de célula básica de la democracia y modelo de vida comunitaria; si queremos realmente fortalecer nuestra democracia, debemos fortalecer la vida municipal.

En materia de desarrollo económico y social, el gran desafío de nuestro país es incrementar el ingreso y la calidad de vida de todos los mexicanos. Se necesita un modelo económico participativo que promueva y estimule y oriente el desarrollo. Lejos de abandonar la economía a las fuerzas del mercado, el Estado debe establecer un equilibrio entre la libertad de los individuos y las necesidades básicas de la sociedad.

Debemos legislar la reforma social que busque erradicar la pobreza y llevar a cabo un proyecto nacional basado en el respeto a las libertades, el fortalecimiento de nuestros valores democráticos y la ampliación de las oportunidades de ascenso social de los mexicanos, que no permita que en las campañas políticas como la que se dio en Veracruz, sea ésta inequitativa y también sea una elección de Estado. Se debe devolver a los maestros mexicanos su poder adquisitivo, su condición de guías de opinión y su respeto como formadores del espíritu y patriotismo de los mexicanos. Legislemos para que sea realidad en México el Servicio Civil de Carrera.

Compañeras y compañeros diputados, la enorme mayoría de nuestros jubilados y pensionados en todo el país y principalmente en el campo, no reciben ninguna prestación o ayuda que les permita afrontar con una mínima dignidad económica esta última etapa, y aquellos que por ley deberían de recibir una pensión o jubilación, se encuentran ante la penosa realidad de que cuando la reciben siempre es insuficiente. Legislemos para corregirlo.

Desde luego, preservemos nuestra soberanía, porque es condición de libertad y de justicia. En cualquier decisión deberá prevalecer el interés de la Nación por encima de cualquier otro carácter particular, inclusive sobre las pretensiones derivadas del carácter global de la economía.

En la Cámara, ni camarillas ni acuerdos a espaldas al pueblo. Legislemos para darle a México un nuevo rumbo, un México independiente, seguro, progresista y democrático. Muchas gracias, compañeras y compañeros.

EL PRESIDENTE. Gracias, señor diputado.

Tiene ahora la palabra el diputado Gustavo Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista.

EL DIPUTADO GUSTAVO RIOJAS SANTANA. Gracias, señor Presidente.

Compañeras y compañeros legisladores.

El Partido de la Sociedad Nacionalista, quiere reiterarles a todos y cada uno de ustedes el compromiso que tiene nuestro instituto político para con ustedes como compañeros y para el pueblo de México como Nación entera.

Los nacionalistas pensamos que el impulso aún sano, aún moderno, a un defensor nacionalismo de las causas de las mayorías, de las causas populares, puede ser el elemento de unión entre todos nosotros si realmente cumplimos con nuestra obligación de legisladores.

Definitivamente estamos viviendo nuevos tiempos, épocas inéditas. Acabamos de escuchar las propuestas de iniciativa de legisladora, del legislador del Partido de la Revolución Democrática, acabamos de escuchar la intervención de un compañero legislador del Partido Revolucionario Institucional, en donde definitivamente vemos que los tiempos están cambiando. Yo diría bienvenidos, compañeros del Partido Revolucionario Institucional, a la defensa de las causas del pueblo.

Yo creo que lo más importante no es quien se lleve la medalla, a quien le otorguen la estrellita de que fue quien propuso qué o cual iniciativa de ley. Yo creo que somos un conjunto de legisladores con una gran obligación. Estamos aquí por compromiso, pero por compromiso no a nuestros partidos. Yo creo que somos legisladores de la Nación y así en consecuencia debemos de actuar.

¿Cuál es el posicionamiento del Partido de la Sociedad Nacionalista? Lógicamente para nosotros es imprescindible hacer una revisión justa, puntual y permanente a muchas de las concesiones que el gobierno o que los gobiernos anteriores han dado, han otorgado; pero sobre todo a aquellas concesiones que de alguna manera estén otorgadas a extra nacionales.

Para nosotros es importante una revisión del Tratado de Libre Comercio, en todos y cada uno de sus aspectos. Es necesario retomar nuestra postura, levantarnos de la posición tan incomoda que nos han dejado y poder levantar la frente y hacer valer nuestros derechos y exigir el respeto que le damos a las demás naciones del país.

Los nacionalistas decimos: es necesario que el discurso se quede atrás y que los hechos hablen por nosotros, por nosotros los legisladores. Es necesario crear los elementos necesarios para dar un real impulso a la micro, pequeña industria, a la industria nacional.

Alguna vez me comentaron: "Oye, pero no hables tan fuerte no sea que los países, principalmente Estados Unidos, no sé los países europeos, se vayan a enojar y nos vayan a quebrar la economía y de alguna manera las empresas vayan a quebrar" Y yo le contesté: pues será las que quieren, las de ellos porque las mexicanas ya están quebradas. A los mexicanos los hemos olvidado; a los mexicanos no les hemos dado las oportunidades ni los incentivos necesarios, ni las leyes adecuadas para que se pueda desarrollar realmente una industria nacional.

En eso reiteramos el compromiso los diputados del Partido de la Sociedad Nacionalista. Quisiéramos solicitarles principalmente a las fuerzas con gran mayoría como es las del PAN, las del PRD, las del PRI, que dejaran atrás la soberbia, que dejaran atrás la separación, la segregación; que dejaran atrás el mayoriteo. Una solicitud muy respetuosa: quisiéramos pedirles y exhortarlos a que podamos ser el gran equipo de los 500, el gran equipo de los 500 en beneficio de las mayorías y en beneficio del pueblo mexicano. Muchas gracias.

PRESIDENTE: Tiene la palabra el diputado José Narro Céspedes, del Partido del Trabajo.

EL C. DIPUTADO JOSE NARRO CESPEDES: Con su permiso, Presidente. Compañeras y compañeros legisladores: a partir de la pasada legislatura la composición de la Cámara de Diputados observó cambios sustanciales toda vez que ningún partido político, por sí solo, alcanzó la mayoría absoluta, situación que se repite actualmente como resultado del proceso electoral del pasado 2 de julio.

Esta situación debe de empujar a las distintas fracciones representadas en la Cámara de Diputados a alcanzar consensos para impulsar las diversas iniciativas y reformas a los ordenamientos que integren las diferentes propuestas que se traducirán en la agenda legislativa.

Es importante en esta nueva etapa que reinstalemos la mesa que quedó suspendida y que inicialmente se había conformado aquel 17 de enero de 1995. Que podamos avanzar en la reforma democrática del Estado, en la agenda que le interesa a los mexicanos.

Poder culmitar esa reforma electoral que en 1996 quedó inconclusa y que únicamente la votó a favor el Partido Revolucionario Institucional, la fracción parlamentaria de ese Partido.

Que podamos avanzar también en la Ley de Participación Ciudadana para hacer realidad la participación directa de los mexicanos en los asuntos públicos, tan importantes.

Que podamos, desde aquí, fortalecer la construcción del nuevo federalismo al que aspira nuestra patria. Que podamos culminar y hacer realidad y plasmarla en la Constitución y en las leyes aquella iniciativa acordada y aprobada entre el Ejecutivo Federal y el EZLN, con la coadyuvancia de la COCOPA, la Ley de Derechos y Cultura Indígena.

Necesaria es una reforma administrativa, una reforma de la administración pública federal. Poner en la mesa de debates ahora también la reforma económica, la Ley de Ingresos, la miscelánea y el Código Fiscal, el Presupuesto de Egresos.

Aquella reforma fiscal con equidad social. La Ley de Responsabilidades de Funcionarios Públicos, que permite y ocasiona que permanezcan impunes muchos delitos que se cometen en contra del pueblo de México, en contra del erario, en contra de los recursos públicos.

Y poner indudablemente, ante el gran problema que se presenta en México, que es la pobreza y la marginación, la reforma social como un asunto prioritario para esta legislatura.

Todo estado de derecho que aspire a la democracia debe observar necesariamente el equilibrio de poderes, es algo fundamental. México en ese sentido no es la excepción. El artículo 49 constitucional de nuestra Carta Magna señala claramente la división de los mismos.

Aquí, en esta legislatura, para fortalecimiento del Poder Legislativo se acordó crear el órgano superior de fiscalización como un mecanismo que le diera más fortaleza al Poder Legislativo.

Este punto se trató desde la agenda de los 20 puntos, cuando era candidato el que todavía aún hoy es Presidente de la República. Después apareció en el Plan Nacional de Desarrollo y hasta ahora no hemos visto que este asunto se haya podido cristalizar. Aunque ya están los cambios constitucionales, la Ley de Fiscalización Superior fue detenida, a pesar de que fue aprobada mayoritariamente por la Cámara de Diputados anterior, fue detenida en el Senado y fue regresada a la Cámara de Diputados.

Aunque no tenemos Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, resulta que sin ley hay reglamento de la Contaduría Mayor de Hacienda. Dice un principio importante de derecho: todo reglamento parte y surge de una ley. Y no hay ley y tenemos un reglamento. Por eso hay que empezar también poniendo la casa en orden y fortaleciendo, como una tarea fundamental de la división de poderes, las tareas de control, de vigilancia, de fiscalización que tiene constitucionalmente esta Cámara de Diputados y el Congreso de la Unión.

Creemos, porque estamos seguros, que es importante avanzar en este tema de la división de poderes y de evitar los poderes metaconstitucionales que ha ejercido en forma irregular el Ejecutivo Federal. Porque es muy clara la ley: la autoridad puede hacer todo lo que la ley le señale, no aquello que esté al margen o que no esté como parte de sus funciones y de sus responsabilidades señala do, clara y precisamente, por la ley, por la Constitución, por el derecho.

El voto popular nuevamente refrenda, en este pasado 2 de julio y por segunda ocasión, que ningún partido contará en la presente legislatura con la mayoría absoluta en este cuerpo legislativo. Este importantísimo avance en el proceso de democratización del país es resultado del esfuerzo que han realizado los partidos de oposición, las organizaciones sociales y la ciudadanía en general para que México aspire a un régimen de gobierno más justo y más equitativo.

Como nos consta, desde la anterior legislatura se apreciaron con toda su fuerza los cambios que la oposición fue configurando en este órgano de representación popular. La enorme cantidad de iniciativas presentadas por las diferentes fracciones de oposiciones superaron con mucho a las que presentó el PRI en aquél momento y el propio Ejecutivo.

El esfuerzo desplegado de las comisiones regulares y las especiales, que se conformaron para tratar los asuntos que demanda la agenda nacional, como fue el caso de la privatización de la energía eléctrica, entre otras, tuvo resultados favorables que no se vieron cristalizados en leyes.

Este intenso trabajo legislativo, muchas veces descalificado por los medios de comunicación y por el Poder Ejecutivo Federal rindió frutos, que en nuestra opinión no han sido suficientemente valora dos. Toca a la actual legislatura continuar esta tarea para modificar el marco normativo que requiere nuestro país en este momento histórico concreto, en donde la asunción del Poder Ejecutivo Federal representa un reto enorme de imaginación y de creatividad.

Esperamos que Vicente Fox sepa estar a la altura que estos cambios reclaman para poder concretar en toda su plenitud la reforma del Estado que hasta hoy está inconclusa.

Por otra parte, los grupos parlamentarios de la oposición hemos presentado ante el pleno de esta H. Cámara de Diputados, desde la LVI I Legislatura, un conjunto de iniciativas que tienden a restablecer el equilibrio de poderes, que ha sido conculcado por el partido de Estado, a través de los poderes metaconstitucionales que el Ejecutivo ha ejercido de manera indiscriminada.

Al derrotar al PRI en los pasados comicios federales, se abre la posibilidad de que los esfuerzos parciales que hemos desplegado en este trabajo legislativo, y los que seguiremos haciendo, puedan cristalizarse en el equilibrio de poderes que hasta hoy han sido letra muerta.

Uno de los primeros avances que se han dado en este sentido es que la LVII Legislatura se haya planteado la creación de esa de esa entidad superior de fiscalización.

Otra tarea importante, sin duda, es que es necesario que revisemos y adecuemos la Ley Orgánica del Congreso de la Unión para adecuarla, no al formato que tiene el Ejecutivo Federal en cuanto a las comisiones, sino a la situación, a la problemática, que presenta nuestra país, que es fundamentalmente, como dijo José María Morelos y Pavón, en Los Sentimientos de la Nación, esos sentimientos son esos anhelos que son los que nos mandaran a los que debemos de buscar cumplir y representar con dignidad.

Muchas gracias, compañeros.

(Aplausos)

EL C. PRESIDENTE DIPUTADO RICARDO FRANCISCO GARCIA CERVANTES (PAN): Muchas gracias, compañero Diputado.

Tiene ahora el uso de la palabra el Diputado Diego Cobo Terrazas, del Partido Verde Ecologista de México.

EL C. DIP. DIEGO COBO TERRAZAS (PVEM): Con su permiso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros Diputados: El pasado 2 de julio el pueblo de México confirió a todos los aquí presentes la representación popular, que nos compromete a la realización de los objetivos que ha planteado la sociedad mexicana y las respectivas plataformas de los partidos políticos que hoy concurrimos en esta Cámara de Diputados.

Así, el día de hoy inician las actividades del Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Primer Año de la Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso de la Unión y con ellas un gran esfuerzo de las diferentes corrientes políticas que seguramente darán como resultado una intensa actividad parlamentaria.

Las diputadas y los diputados del Partido Verde Ecologista de México llegamos a esta Legislatura con el ánimo de responder a quienes depositaron su confianza en nuestra oferta política y para ello buscaremos tender los puentes de diálogo y concertación con las diferentes fracciones parlamentarias. Y es que a partir de la constitución de la LVI I Legislatura, en que por primera vez en la historia de nuestro país ningún partido político contó con la mayoría absoluta en esta Cámara, inicio un proceso que se antoja irreversible y que refleja la complejidad y diversidad de la sociedad mexicana.

Los acuerdos y las negociaciones políticas resultan indispensables para llevar a buen término los trabajos legislativos, de esta forma el Legislativo Federal se fortalece y contribuye al equilibrio de los poderes de la Unión.

Como nunca antes el Congreso Federal y muy especialmente la Cámara de Diputados, se ha convertido en una tribuna activa de debate intenso, en donde se discuten y resuelven los grandes temas nacionales. Prueba de ello es el hecho de que durante la pasada Legislatura el número de iniciativas presentadas y aprobadas por el Ejecutivo de la Unión fue inferior a las elaboradas y aprobadas por los propios diputados,

La presente Legislatura tiene la obligaci6n de continuar el fortalecimiento del Poder Legislativo, profesionalizando su actividad y mejorando sus resultados. Para ello los legisladores debemos conducirnos a la altura que demanda la ciudadanía, cumpliendo cabalmente con nuestras funciones de fiscalización y gestión y manteniendo una conducta intachable, lejana al escándalo y al desprestigio de nuestra investidura.

Durante el Periodo de Sesiones que ha iniciado, los diputados del Partido Verde habremos de presentar diversas iniciativas orientadas a resolver en alguna medida los grandes problemas que padece nuestro país, para dar cauce y satisfacci6n a las legítimas aspiraciones de bienestar, seguridad, justicia y paz de los mexicanos.

Entre los grandes desafíos que deberemos enfrentar como nación se encuentra el progresivo deterioro del medio ambiente y la calidad de vida de los mexicanos, que ocupan un lugar preponderante en la agenda legislativa que ha planteado mi partido.

Entre las iniciativas más urgentes que se requieren para orientar una adecuada política ambiental están aquellas encaminadas a revertir el cambio climático, la pérdida de la biodiversidad, el aprovechamiento racional del agua y la regulación de tecnologías que han generado un impacto negativo en el medio ambiente, como son la biotecnología y la energía nuclear, por citar algunos.

La falta de una adecuada regulación ambiental ha propiciado la utilización irracional de los recursos naturales de la nación, mermando con ello la salud y el patrimonio de todos los mexicanos. Por ello es urgente que los legisladores nos aboquemos a la realización de un marco jurídico adecuado y congruente con el principio de sustentabilidad que establece nuestra Carta Magna.

Asimismo, otro aspecto fundamental para mi bancada, es la relativa a la participación social, porque consideramos que es necesaria la opinión e intervenci6n de la ciudadanía en varias acciones de gobierno, que eviten decisiones unilaterales por parte de las autoridades que afectan en un momento dado el interés público, como por ejemplo el lamentable caso del Registro Nacional de Vehículos.

El plebiscito y el referéndum son en este caso instrumentos que bien pueden servir para conducir la participación social y los legisladores tendremos que explorar su implementación.

En la defensa de los derechos humanos no debemos claudicar, es parte importante del compromiso que tenemos con la sociedad y sobre todo con los grupos más vulnerables. Tal es el caso de las comunidades indígenas que viven en la marginación y para quienes las garantías individuales consagradas por el Constituyente son letra muerta, prueba de ello son el conflicto en Chiapas o la pobreza extrema de las comunidades de la Sierra Tarahumara o el injusto caso de los campesinos ecologistas de Guerrero, presos y juzgados por el único delito de defender su medio ambiente,

Fortalecer las leyes que procuren la protección de nuestros niños y niñas, que mejoren las oportunidades de los jóvenes y aquellas que hagan realidad la igualdad de las mujeres, son aspectos que esta Legislatura deberá abordar sin mayor tardanza y para los cuales el Partido Verde contribuirá con sus propuestas pero, sobre todo, con su actitud congruente de apertura y atención hacia estos sectores.

Por todo lo dicho se ratifica el permanente compromiso que anima las acciones de las Diputadas y los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y que nos esforzaremos en profundizar y mejorar para contribuir con lo mejor de nosotros a la transición democrática que vive nuestro país.

Dicha transición se perfila para consolidarse en esta Legislatura, la cual por cierto está conformada por un abanico de opciones políticas que son el fiel reflejo de la diversidad que conforma a la nación mexicana. En este sentido, la participación activa de todas las fuerzas políticas aquí representadas sin exclusión alguna, será fundamental para concretar los acuerdos necesarios que requiere el país a fin de consolidar su sistema político.

Es por ello que debemos respetar la opinión manifestada por la ciudadanía el pasado 2 de Julio y no recurrir a prácticas excluyentes ya superadas por la sociedad.

No vislumbramos una Legislatura como las anteriores, por el contrario, el grupo parlamentario del Partido Verde ve y espera de esta Cámara, la realización de los objetivos planteados por el pueblo de México en donde prive el diálogo y el respeto entre todas las fuerzas políticas.

La verdadera democracia no es la dictadura de una mayoría, la verdadera democracia es aquella que propicia la participaci6n de todas las minorías.

Muchas gracias. (Aplausos)

EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias señor Diputado. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Eric Eber Villanueva Mukul, del Partido de la Revolución Democrática.

EL C. DIPUTADO ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL (P.R.D.):

Con su permiso señor Presidente. Señoras y señores Diputados, compañeros de las Fracciones Parlamentarias que integran esta LVIII Legislatura.

Al iniciar hoy los trabajos de este Primer Per7Odo Ordinario de Sesiones, a nombre de la Fracci6n Parlamentaria del Partido de la Revoluci6n Democrática quiero desearles la más cordial de las bienvenidas y al mismo tiempo expresar nuestra intención de impulsar iniciativas que recojan el ánimo, la voluntad y el consenso de este cuerpo legislativo; iniciativas que tengan como objetivo profundizar los anhelos de cambio que la sociedad mandato en la pasada elección federal.

Iniciamos esta Legislatura con un nuevo escenario político; el 2 de Julio la sociedad no sólo expresó su decisión de la alternancia en el Ejecutivo Federal sino también una nueva composición de las distintas fuerzas políticas que integran esta Cámara de Diputados y el Senado de la República.

Esta nueva composición del Congreso fue producto del esfuerzo y de las luchas generacionales de la sociedad civil y de las diferentes fuerzas opositoras a un régimen político caracterizado pro la hegemonía de un partido de Estado que en su última etapa aplicó una política económica de corte neoliberal polarizador y empobrecedor de amplias capas de la población.

Arribamos a este nuevo escenario político por la decisión y el empuje de una nueva sociedad civil, exigente, cuestionadora y participativa que reclama nuevas formas de gobierno y un rumbo diferente de nación.

La Fracci6n Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática expresa en esta tribuna la voluntad y la firme convicción de que buena parte del trabajo legislativo y su concreción en leyes, sólo será posible en la búsqueda y el logro de nuevos consensos políticos sin olvidar que otras fracciones tienen sustentos en principios y programas diferentes al nuestro pero que por encima de ello predominará el interés supremo y general de la nación,

Si bien el 2 de Julio marcó el fin de la hegemonía del partido de Estado y la concreción de la alternancia en al Presidencia de la República; también el voto mandato el fin de la mayoría absoluta de un solo partido en el Congreso de la Unión,

Por tales motivos, la Cámara de Diputados deberá ser el centro de las discusiones de las reformas al régimen político, al sistema de partidos, a las instituciones del Estado que el país requiere y que la sociedad demanda,

Por eso, proponemos que en este primer período iniciemos el proceso de reforma del Estado como una serie de iniciativas que tengan por objetivo profundizar la democracia en el país, lograr un real equilibrio de poderes y acotar al Poder Ejecutivo Federal,

En este sentido, proponemos las siguientes iniciativas, entre otras:

Culminar la aprobación de la ley de fiscalización superior de la Federación;

La ratificación por la Cámara de Diputados, del gabinete del Poder Ejecutivo Federal;

La ratificación por la Cámara de Senadores, de los secretarios de Relaciones Exteriores y de la Defensa Nacional;

El nombramiento del Procurador General de la República, por el Congreso de la Unión, es decir por ambas Cámaras;

La aprobación del Plan Nacional de Desarrollo por la Cámara de Diputados;

Y reformas a la Constituci6n y a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal que permita una mayor participación de la Cámara de Diputados en la elaboración y aprobación del Presupuesto Federal.

Por último, desde esta alta tribuna de la Nación, nuestra bancada quisiera convocar a todas las fracciones parlamentarias y a la sociedad en su conjunto, a iniciar una gran discusión sobre la pertinencia de realizar una profunda reforma del Estado de largo aliento, durante los tres años de esta Legislatura, que nos permita arribar a un nuevo régimen y a una nueva forma de gobierno que le dé al país una mayor estabilidad política, económica y social.

En este nuevo régimen, el Presidente de la República deberá asumir las funciones de Jefe de Estado y la Cámara de Diputados deberá nombrar a un primer ministro que asuma las funciones de Jefe de Gobierno. Dicha atribución deberá recaer en la fracción parlamentaria mayoritaria que por sí sola o en alianza logre la mayoría absoluta.

Este es el nuevo rumbo de nación que la sociedad demanda; seamos consecuentes con el cambio democrático. Estos son y serán los propósitos fundamentales del Partido de la Revolución Democrática y de su fracción parlamentaria al iniciarse los trabajos de esta LVIII Legislatura en el umbral del México democrático del siglo XXI.

¡Democracia ya. Patria para todos!

EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias, diputado. Tiene la palabra la diputada Marra Elena Alvarez Bernal, del Partido Acción Nacional.

LA C. DIP. MARIA ELENA ALVAREZ BERNAL: Con su venia, señor

Presidente. Señoras y señores legisladores:

Seguimos caminando hoy por el camino que inició Acción Nacional hace más de 60 años. Caminamos por el sendero que conduce a la democracia, pero los legisladores de Acción Nacional buscamos ahora transitarlo junto con los legisladores de otras fuerzas políticas que integran esta LVIII Legislatura; los avances que logremos beneficiarán a todos y lo que no podamos alcanzar, también nos afectará a todos.

Los diputados y diputadas de Acci6n Nacional, estamos aquí con el ánimo lleno de entusiasmo, con el deseo de ser actores eficaces, de ser actores capaces de conducir la transformación que México requiere, Hoy más que nunca, los legisladores federales tenemos el reto de hacer de este Congreso el espacio plural en el que se reflejen todas las expresiones sociales, culturales y políticas de la Nación y para esto tendremos solo tres años. El tiempo es limitado, las oportunidades no se multiplican, ni tampoco se rehacen estas oportunidades todos los días.

Como primera actividad, tendremos que analizar el Informe Presidencial. Al hacerlo habremos no sólo de ver al pasado, sino también veremos al futuro. Veremos todo lo que deseamos hacer para México y que no hemos podido alcanzar; hablaremos de lo que no se hizo y cómo lo podremos hacer; de lo que se hizo bien, de lo que se hizo mal, y cómo evitar que se repitan añejos errores y omisiones.

El informe ya lo conoce el pueblo, el informe está dado en los hechos que viven todos los días los mexicanos, pero nosotros lo analizaremos con objetividad y con rigor técnico, con la conciencia de dignificar al Poder Legislativo y con miras a construir la confianza de la sociedad en sus gobernantes.

La nueva conformación de esta Cámara, determinada por 1a ciudadanía el pasado 2 de julio, le concede al Poder Legislativo a partir de su pluralidad, una posibilidad de decisión que sea acorde con la voluntad ciudadana. Partimos de la convicción de que estas fuerzas políticas, a todas las fuerzas políticas aquí representadas, estamos seguros, la asume el propósito de ser corresponsables con los Poderes Ejecutivo y Judicial, y al mismo tiempo de cumplir la responsabilidad de hacer efectiva la disposición constitucional de la separación de poderes.

No es nuestro propósito, no es propósito de los legisladores de Acción Nacional, hacer de esta Cámara de Diputados trinchera para defender intereses particulares o de grupos, ni tampoco para ejercer el dominio de un grupo sobre el otro; buscaremos siempre el respeto a la pluralidad y al a inclusión. Nuestro trabajo tendrá como sentido profundo siempre, siempre, el servicio a la nación.

Buscaremos la gobernabilidad y la estabilidad a través del consenso. No pretenderemos la derrota de nadie, sino la mejoría de todos.

Trabajaremos con serenidad, con prudencia y con amplia comunicación entre todos los actores políticos. Los únicos enemigos a vencer para nosotros serán las carencias del pueblo, de todo el pueblo sin distingo alguno. Y en el marco de una efectiva división de poderes, buscaremos una vinculación democrática con el Poder Ejecutivo; evaluaremos objetivamente sus propuestas y resolveremos sobre ellas, anteponiendo siempre el interés nacional.

Ejerceremos, de acuerdo con la ley, una real vigilancia sobre el Poder Ejecutivo.

Nos proponemos también encontrar puntos de coincidencia e integración para construir acuerdos, reconociendo que en la pluralidad pueden plantearse objetivos comunes, no para mantener el poder, sino considerando para quién estamos ejerciendo este poder, a fin de lograr con esta tares legislativa que se traduzca siempre en beneficios concretos y al servicio de todos.

No tendremos actitudes de revancha, nos acercaremos a todos para coincidir en propuestas y programas, a fin de restaurar lo que divida al país.

No buscaremos la rentabilidad política del corto plazo. Los debates los daremos con un alto sentido de responsabilidad, y sobre todo fundamentados en la ética, en una ética cívica que sea común a todos, a todos sin distinción.

La LVIII Legislatura será para Acción Nacional la legislatura del diálogo, del dialogo entendido como el camino de la razón. Será el espacio por excelencia para el encuentro de la diversidad y para la construcción colectiva de los acuerdos políticos, a través de la convergencia entre las diferentes fuerzas políticas y sociales de la nación.

El diálogo lo entenderemos y lo entendemos, como lo señaló Adolfo Crislieb (?) de Ibarrola, el diálogo no excluirá la controversia ni la discrepancia, nula oposición, ni la pasión por las ideas; sólo se negará a usar la injuria, el prejuicio y el rencor contra los hombres.

Queremos dialogar así, queremos dialogar porque no pensamos que en política esté incorporada sólo a nosotros la verdad, ni que el error concreto y total se encarne en los demás.

Queremos construir una agenda legislativa de consenso nacional, que incluya entre otros temas, la seguridad pública, la reforma del estado, la adecuación de la estructura gubernamental, la paz en Chiapas y la reconciliación plena entre todos, entre todos los mexicanos.

Urgiremos la reforma fiscal integral, impulsaremos la creación de un marco legal en el área laboral y económica que propicie el desarrollo con igualdad a lo largo y ancho de todo el país, sin excluir zonas ni estados ni regiones.

Nuestra agenda dará prioridad a las áreas que afectan a los que menos tienen y a los que menos pueden; atenderá a la creaci6n de nuevos instrumentos que promuevan el desarrollo pleno de la persona humana; incluirá también aspectos tendientes a lograr la equidad de género y la eliminación de toda forma de discriminación de cualquier signo que se presentara; atenderemos a la reconstrucción y construcción de un marco legal que asegure a las futuras generaciones la conservación del ambiente y que propicie un desarrollo sustentable; seremos fieles vigilantes de un estado de derecho.

Nuestro propósito será también, lograr que las distintas representaciones políticas puedan cumplirle a la ciudadanía en el mayor grado posible todas aquellas propuestas de campañas que cada uno de los partidos hicieron a sus votantes.

Como representantes de la sociedad, los legisladores de Acción Nacional buscaremos que se reconozca el sentir de la ciudadanía, a fin de conocer lo que a todos va a beneficiar; nos proponemos abrir espacios políticos necesarios que ayuden a los ciudadanos y a los municipios a que sus opiniones y propuestas sean escuchadas, sean tomadas en cuenta y sobre todo que puedan ser atendidas.

Ofreceremos a los medios de comunicación: transparencia en la información, así como respeto a sus personas, a su trabajo y demandaremos de ellos: objetividad, veracidad y responsabilidad profesional, así como que esperamos también de ellos una evolución en su trato a la nueva conformación política para servir eficazmente a toda la sociedad.

Pedimos pues y esperamos de ellos, que sean un instrumento que les permita a los mexicanos conocer con verdad y con propósito de bien común, el trabajo legislativo que haremos siempre los legisladores de Acción Nacional, porque ese es nuestro propósito, que haremos siempre con gran responsabilidad. Y lo hacemos así, porque estamos convencidos que el diputado no solamente puede, sino que debe poner en el ejercicio de su función constitucional, toda la fuerza de su convicción, toda la posibilidad de su inspiración de servicio, todo su compromiso para actuar de acuerdo con sus convicciones y sobre todo con las necesidades de quienes representa.

Nuestra prioridad será participar con total entrega, trabajando con espíritu de equipo, como un grupo cohesionado y tolerante, en un ambiente de responsabilidad y profesionalismo. Contribuiremos a hacer del Congreso de la Unión el espacio para construir las normas e instituciones que aseguren el progreso de los mexicanos y la soberanía de la nación, a fin de poner en las manos del pueblo, cada vez mejores armas para que luchen por la democracia a la cual solamente arribaremos cuando haya igualdad de oportunidades para todos.

Porque para Acción Nacional, finalmente, la democracia no es simplemente un perpetuo conteo de votos, es algo más, ya lo dice nuestra Constitución, es un sistema de gobierno, pero es todavía más para nosotros, es un sistema de vida, es una vocación humana que está entrañablemente unida a ser del hombre. Consolidaremos la democracia siguiendo diversos caminos hasta llegar a su plenitud.

Compañeros legisladores, en México anida ahora la esperanza, no podemos defraudarla, los invitamos a hacer un pacto formal que nos comprometa a todos a hacer de esta Cámara el instrumento capaz de alcanzar los cambios que los mexicanos esperan de nosotros.

Estamos seguros de que podemos lograrlo, independientemente de la configuración tan diversa de esta Legislatura, y estamos seguros porque sabemos que México no es árbol de una sola raíz ni corriente de un solo cauce y porque estamos convencidos de que nuestro deber mínimo, como lo dijo Gómez Morín: "nuestro deber mínimo de cada diputado será el de encontrar, por graves que sean las diferencias que nos separen, un camino y un campo común de acción, de pensamiento y el de llegar a él con honestidad, que es siempre virtud esencial y ahora que es la más necesaria para México, y la recompensa menor que podemos esperar, será el hondo placer de darnos las manos sin reserva".

Acción Nacional extiende a todos ustedes sus manos y espera que al final de los debates, con la riqueza que deje nuestras divergencias y entendimientos, podamos darnos estas manos sin reservas. A eso los invitamos a todos. Esperamos que todos ustedes reciban nuestras manos y juntos hagamos este pacto.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE: Tiene el uso de la palabra el diputado Eduardo Andrade, del Partido Revolucionario Institucional.

EL C. DIP. EDUARDO ANDRADE SANCHEZ: Con el permiso de la Presidencia. Señoras diputadas y señores diputados:

El Congreso Mexicano tiene que asumir con altura el mandatao que le asignó el pueblo en esta nueva etapa de la vida de México.

No inaugura este Congreso la pluralidad parlamentaria; la fortalece y la introduce a una dimensión de equilibrio de fuerzas públicas, Fue el dictado de la voluntad popular.

Al predominio del Ejecutivo, signo de un largo período político, quiere que siga ahora la prueba de un Poder Legislativo ocupante de un espacio privilegiado.

La gente quiere que formulemos una agenda legislativa a la altura de sus necesidades, no de las nuestras, sin renunciar a la legitimidad de las ideologías, a las verdades en las que creemos, a la historia que define nuestras conductas y nos previene derroteros; tenemos que intentar que la alternancia en el Ejecutivo que es sucesiva, en el Legislativo sea acompañamiento e interacción; alternando en el sentido de trabajar juntos.

El pueblo no quiere choques, no quiere discordia, no quiere enfrentamientos. Tampoco quiere unanimidad ni uniformidades obsecuentes con nada ni con nadie.

El Congreso debe representar la lucidez y la inteligencia de la patria. Por eso la teoría política clásica, considera al conjunto de los diputados como la representación de la nación.

Aquella no se da aislada en cada diputada o cada diputado ni se fragmenta en representaciones de electores por territorio o por sectores de actividad.

Es cierto que en la realidad política existen intereses concretos y demandas específicas. No pueden ser desatendidos aquellos ni desoídas estas. Pero nuestro trabajo es compatibilizarlo, jerarquizarlos, transformándolos en soluciones convenientes para lo que con razón se llama "el interés general de la nación. "

Ese interés general no es sólo frase de discursos, es realidad concreta. Cuando se actualiza, la nación en su conjunto avanza, prospera, se engrandece. En su ausencia, declina, se tropieza y con ella decaen el bienestar y el ánimo de sus pobladores.

El debate y la discusión aun cuando alcancen niveles de vehemencia, son instrumentos, no fines en sí mismos.

Hay que dejar atrás la miope intención de sólo ganar los debates. El electorado que sin exagerar seguirá atento nuestras actividades día con día, no nos trajo hasta aquí para ver quién impone la ley de su mejor oratoria, mucho menos la de su capacidad de agresión o de violencia. Nos dio esta honrosísima encomienda a todos para servirle como Congreso.

El Congreso es un todo: órgano del Estado en el que se deposita la voluntad del pueblo. Para que ésta se traslade a las obras y a los hechos, es precisa nuestra labor legislativa, la cual debe de ir más allá de la simple negociación que reúna con frágil equilibrio las posiciones diferentes,

Ningún tema esencial de la nación puede discutirse institucionalmente al margen de este órgano, especialmente si sus efectos habrán de ser legislativos.

Convocamos a quienes ejercen responsabilidades que la ley les atribuye, a no pretender ignorar la fuerza, el marco legal y la vocación constructiva del Congreso Mexicano.

La ley, cuando surja de este cuerpo, debe de ser síntesis que es suma y que es compendio.

Requerimos que el pensamiento y los ideales de todos los que aquí nos encontramos, no sólo se yuxtapongan. sino que se combine, se sinteticen.

En nuestras deliberaciones hay que partir de una premisa. Los miembros de los demás grupos parlamentarios pueden pensar diferente y hasta de manera radicalmente opuesta a la nuestra, pero todos queremos el bien de México.

Tenemos que considerar al adversario en todo caso, como equivocado; nunca como malvado.

Y estar dispuestos en nuestro fuero interno en la soledad del análisis de un texto legal o de una propuesta política a considerar la posibilidad de que tenga razón. No por una propensión a ceder ni a renunciar a la posición que se defiende, sino con el propósito de que la pasión política no obnubile la razón ni la conciencia.

Finalmente los valores que nos orientan son los mismos, garantizar a todas, todas las libertades, y esa garantía implica que la libertad de unos no será suprimida ni avasallada por el ejercicio de las libertades de otros.

Nos une el afán de perfeccionar nuestra democracia, aquí el principio democrático, nos impone la formación de una mayoría, sin demérito, desprecio o ignorancia de las minorías.

Las diferencias cuantitativas de los votos depositados en las urnas, no tienen, no pueden tener impacto alguno sobre la calidad de la representación ni el número de los votos recibidos ni el tamaño de los partidos ni la naturaleza de la elección, alteran la absoluta igualdad entre todos los representantes de la Nación.

Si nos faltamos al respeto entre nosotros a ella es a la que ofendamos. Si nos empeñamos en las descalificaciones, es al pueblo al que decepcionamos.

Debemos evitar poner por delante en nuestra agenda lo que nos interesa como fuerzas políticas. La gente ya no quiere leyes que arreglen las diferencias entre los políticos, desea una derecho que arregle y conduzca en armonía la vida de la sociedad. Son las tareas de la justicia las que con impaciencia apremian nuestros empeños.

La justicia para el que se ve despojado, maltratado, ignorado, vejado, desatendido y en suma, desesperado, porque siente que no hay ley ni autoridad que lo proteja. ¡Vamos, a veces ni siquiera que lo escuche!

La justicia que corrija los aparentemente pequeños agravios, que al sumarse se multiplican y llevan de la impotencia y finalmente a la violencia. Cada acto de violencia, fruto de la injusticia, es también un baldón a nuestra democracia.

No menos importante y urgente es la otra justicia, la distributiva. La que exige corregir la ancestral desigualdad que se arraiga en nuestro origen nacional, la que demanda esa ley superior a todo hombre, que modere la opulencia y la indigencia.

Si México se ubica ya entre las potencias de la producción y el intercambio, los trabajos de los más de mil días por venir en este Congreso, deben servir para ubicarlo entre las potencias de la distribución y de la equidad social.

Al deslumbrante despegue de nuestros índices de desarrollo económico, debe suceder la indispensable elevación de nuestro índice de desarrollo humano. En este rubro somos el país número 50, reducir la inflación a un dígito, sólo tiene sentido si logramos que nuestro país, en el otro indicador, se coloque también en el rango de una sola cifra.

Nos convoca asimismo la tenaz preservación de nuestra soberanía, no para aislarnos o apartarnos de la impetuosa corriente globalizadora de nuestros tiempos, si para que no nos arrastre, nos desvíe o nos destruya como Nación.

La defensa de la soberanía no es bravata para satisfacer la retórica, es condición de un verdadero desarrollo, éste sólo puede sustentarse en decisiones propias que sin desdoro de otros traigan beneficios para los nuestros.

El Partido Revolucionario Institucional ha presentado a la nación, una propuesta legislativa completa y responsable. Para hacerla posible pretendemos edificar un Congreso con capacidad de equilibrar al Poder Ejecutivo.

Auspiciamos el aumento y precisión de las facultades del Legislativo en materia de vigilancia, fiscalización y control de dicho poder.

Buscaremos establecer reglas claras para la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, somtiendo su iniciativa a la revisión del Senado, para garantizar una más activa presencia de la representación del pacto federal.

Requerimos fortalecer las atribuciones políticas y técnicas del Congreso, respecto al control de la administración pública, así como revisar y ordenar las atribuciones que tiene en materia de juicio político.

Tenemos que buscar que este cuerpo colegiado, supervise el proceso de planeación nacional, apruebe y dé seguimiento al Plan Nacional de Desarrollo.

Necesitamos robustecer las facultades de esta Cámara de Diputados, para que tenga una participación más activa en las cuestiones de política exterior.

Las Comisiones Legislativas habrán de ser el foro privilegiado, para que la sociedad planteé sus preocupaciones sobre las materias de su cargo. Comisiones vivas, vinculadas a los intereses de la sociedad y vinculados también a su temática, con apoyo técnico y de gabinete suficiente, para respaldar las tareas de todos los diputados.

Pretendemos que se vigorice la capacidad de fiscalización de las finanzas públicas en el Congreso de la Unión, y consolidar a éste como foro de discusión de las propuestas ciudadanas, propiciando que los representantes populares presenten informes periódicos sobre sus tareas.

Proponemos establecer un marco definido para la relación del Parlamento con la denominada sociedad civil, así como los procesos de vinculación e interlocución con los organismos no gubernamentales.

Señor presidente, le solicito un minuto más si me lo permite.

EL C. PRESIDENTE: Si, se le concede un minuto.

EL C. DlPUTADO EDUARDO ANDRADE SANCHEZ: Gracias. Es imprescindible fortalecer la imagen pública de la actividad de los legisladores y la necesidad indispensable para el fortalecimiento de la cultura democrática, de prestigiar la tarea parlamentaria y que a través de la difusión colectiva la ciudadanía conozca de la complejidad del quehacer legislativo y se sienta cabalmente representada en sus legisladores.

Debemos fortalecer el papel del Canal Legislativo y diseñar formas innovadoras para la información de la ciudadanía. Nos empeñamos en servir con eficiencia y lealtad a los electores, a todos los electores, independientemente de por quién hayan sufragado. El método electoral es el origen, no el objeto de nuestra representación.

Si diciframos bien la señal del 2 de julio, sabremos que nuestra misión, la de todos, es dura, pero no difícil. Basta con recordar que nos eligieron para construir, no para contender, no para perdernos en un arrabal de disputas y querellas, sino para trabajar con tesón en la solución de problemas acuciantes.

Si cada comisión, cada grupo de trabajo, cada delegación que deba cumplir actividades específicas se dedica con esmero al asunto que debe resolver, y si cada diputado, en vez de querer batir públicamente a su enemigo procura convencerlo con paciencia, razones y argumentos, abundante será y muy útil el legado legislativo que de aquí surja. Ese espíritu ha campeado sobre las naturales diferencias parlamentarias desde los primeros discursos que se han dicho en esta Legislatura. Hagamos todos, de esta oportunidad, el punto de partida del tiempo del Congreso, del Poder que legisla, del que dicta la norma, del que marca la ruta, del que fija el destino.

De nosotros depende el tramo y la medida que nos toca, que el de México sea tan grandioso como se lo merece. (Aplausos)

EL PRESIDENTE: Gracias diputado Eduardo Andrade Sánchez.

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Pasamos a otro punto del Orden del Día y se concede la palabra al diputado José Delfino Garcés Martínez, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición.

EL DIP. JOSE DELFINO GARCES MARTINEZ: Con su permiso señor Presidente.

Los suscritos, diputados integrantes de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 89 del Reglamento del Gobierno Interior del propio Congreso, y considerando que algunas cajas de ahorro constituidas bajo la modalidad de sociedades cooperativas tuvieron un funcionamiento irregular que no fue corregido y sancionado a tiempo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que la Procuraduría General de la República aseguró bienes por la presunta comisión de delito de lavado de dinero por el administrador único de las mismas, José Cirilo Ocampo Verdugo, Que los bienes pertenecían a más de 400 mil socios de las cajas de ahorro que se vieron imposibilitados de realizar sus retiros y el cobro oportuno de los interese convenidos, Que los bienes asegurados se encuentran actualmente bajo la custodia del Servicio de Administración de los Bienes Asegurados, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Que para resolver el problema la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Director General de Banca y Ahorro anunció que el 27 de junio del año 2000 Cirilo Ocampo Verdugo, actualmente procesado había otorgado un poder amplio, especial, a un abogado del despacho Araujo y Asociados, Consultores Legales, S. C., para que procediera a aportar a un fideicomiso sus bienes indebidamente adquiridos, con recursos de miles de personas, Que el fideicomiso se constituyó en Nacional Financiera y a él se integraron tanto bienes muebles, inmuebles como acciones, valores y el efecto que en cuentas bancarias personales y de las empresas que constituyó y a cualquier otro bien o recurso que de las investigaciones que se llevaban a cabo pudiera aparecer.

Que el 21 de julio fue designado por Nacional Financiera, en su calidad de fiduciario como Director del Fideicomiso el licenciado Manuel Pérez Cárdenas; que el 24 de julio, el funcionario citado firmó un documento también signado por diputados del Grupo Especial de la Quincuagésima Séptima Legislatura, integrado por Acción Nacional, PRD, Convergencia y el independiente Marcelo Ebrard, que establecieron los siguientes compromisos:

1. Pagar los saldos que resulten del valor de la inversión más los intereses, menos adeudos a todos los ahorradores sin distinción alguna por monto o entidad federativa.

2. Permitir la participación del Consejo Nacional de Ahorradores o la Dirección del Fideicomiso en los trabajos necesarios para la solución integral y equitativa del problema.

3. Realizar el pago antes del 24 de septiembre del año en curso.

4. Facilitar la información necesaria al Grupo Especial de la Cámara de Diputados para garantizar la transparencia del proceso.

Que en el encuentro sostenido con los legisladores el 29 de julio, el licenciado Pérez Cárdenas, indicó que para comenzar a pagar a los ahorradores.. era menester realizar auditorías a todas las cajas involucradas y que no era requisito indispensable para el pago, haber promovido denuncias penales; que los bienes hoy manejados por el servicio de administración de bienes asegurados, pasarán al fideicomiso "prepago", sin que hasta ahora se conozca el avalúo de los mismos; el estado en que se encuentran y los frutos que han rendido de la fecha de aseguramiento .

Que la posibilidad de que la Cámara de Diputados solicite información sobre este fideicomiso privado, se encuentra respaldada en la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de fecha 24 de agosto, que establece la no oponibilidad al secreto fiduciario frente a las peticiones formuladas por el Legislativo.

Que el Director General de Banca y Ahorro, señaló que para agilizar el pago de los ahorradores afectados, se podría contratar un crédito puente que sirviera como soporte por Nacional Financiera; que con el propósito de que exista transparencia en todo este proceso, la debida rendición de cuentas y atención a las afectaciones sociales causadas, nos permitimos someter a la consideración del pleno de esta H. Cámara de Diputados el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

Primero. Se cree una Comisión Especial para vigilar el cumplimiento de los compromisos referidos en el considerando octavo, el esclarecimiento del manejo de bienes asegurados relacionados con las Cajas de Ahorro Populares, cuyo administrador único era el señor José Cirilo Ocampo Verdugo, a quien se sigue un proceso penal por lavado de dinero y para vigilar la transparencia del procedimiento de restitución de sus inversiones a los ahorradores afectados.

Segundo. El objeto de la Comisión, será revisar el proceso a partir del aseguramiento por parte de la Procuraduría General de la República, su administración por el servicio de administración de bienes asegurados; la transferencia de los mismos al fideicomiso constituido en Nacional Financiera por el propio Ocampo Verdugo y el resarcimiento a los ahorradores.

Tercero. La Comisión se integrará por un miembro de cada partido con representación en la Cámara con sus respectivos suplentes. En la sesión de instalación se designará al Presidente de la Comisión.

Cuarto. La Comisión nombrará a un Secretario Técnico, que será responsable de llevar las actas de las sesiones que se celebren y levantar las minutas correspondientes.

Quinto. La sede de la Comisión Especial, será la Cámara de Diputados, donde sesionará regularmente pudiendo acordar sus integrantes sesionar en cualquier otro lugar que consideren conveniente.

Sexto. Para que; la Comisión pueda sesionar válidamente se requerirá de la asistencia de por lo menos seis de sus integrantes.

La resolución de la comisión se adoptará por el voto de la mitad más uno, de los presentes.

7o. La comisión deberá concluir las tareas que se le encomienden en un lapso de seis meses. Si por alguna razón imputable a los miembros aún no hubiese logrado su objetivo en ese plazo, se someterá al Pleno su ampliación.

8o. La comisión solicitará a la Procuraduría General de la República: Uno, copia del acta levantada en los términos de la fracción I del artículo 6o. de la Ley de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, al momento de su aseguramiento de los bienes, que incluya el inventario con la descripción y el estado en que se encuentran dichos bienes. Segundo, el sistema usado para la identificación de los bienes asegurados. Tercero, una descripción de las medidas conducentes e inmediatas que se adoptaron para evitar que los bienes asegurados se destruyeran, alteraran o desaparecieran. Cuarto, los datos de los registros públicos donde se hizo contar el aseguramiento. Cinco, el monto de los bienes asegurados y copia de los avalúos realizados. Seis, acta de entrega al Servicio de Administración de Bienes Asegurados, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Siete, I a demás documentación que requiera a juicio de la comisión octavo, la comisión deberá solicitar a la Secretaría a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: no, el inventario de los bienes recibidos por el Servicio de Administración de Bienes Asegurados. Dos, descripción del estado en que se encuentran. Tres, las medidas que se han adoptado para su custodia y conservación. Cuatro, si está haciendo una administración directa o si existe despositario e interventor o administrador de los mismos. Cinco, copia de los informes periódicos que ha rendido el administrador. Seis, los frutos o rendimientos que han producido los bienes. Siete, los seguros contratados. Ocho, el monto destinado al mantenimiento y administración de los mismos. Nueve, si ha habido autorización de la Junta de Gobierno para utilización de los bienes. Diez, la demás documentación que se requiera a juicio de la comisión. Once, la comisión deberá solicitar a Nacional Financiera: 1: copia de la constitución del fideicomiso. 2: inventario de los bienes, acciones y otros valores recibidos por el fiduciario y los avalúos correspondientes. 3: copia de los informes que haya rendido el director del fideicomiso. 4: importe y aplicación de la línea de crédito otorgada en su caso. 5: un informe sobre: a) la operación del fideicomiso. b) la formación, cómo se han aplicado los bienes de fideicomitados. c) los fideicomisarios que vayan siendo beneficiados por la operación del fideicomiso. 6) la demás documentación que se requiera a juicio de la comisión.

11o. La comisión podrá citar a comparecer en los términos del segundo párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los funcionarios que considere que puedan aportar datos relevantes para la transparencia del proceso, el resarcimiento de los daños y perjuicios.

12o. Todo lo no previsto en el presente Punto de Acuerdo, será resuelto por la comisión.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de septiembre del año 200.

Muchas gracias.

PRESIDENTE: La propuesta del diputado José Delfino Garcés Martínez, se turna a la Junta de Coordinación Política.

Se ha reportado una lista de oradores sobre el tema de las Cajas de Ahorro, siendo éste un debate pactado, se dará el uso de la palabra en el siguiente orden: a la Dip. Rosalía Pedrero Aguilar, el Diputado Daniel Esteban Martínez Enríquez, al Diputado Hebert Taylor Arthur y a la Diputada Lorena Martínez Rodríguez.

Tiene, en consecuencia, el uso de la palabra la Diputada Rosalía Peredo Aguilar, del Partido del Trabajo.

LA C. DIPUTADA ROSALIA PEDRERO AGUILAR: Con su permiso, Señor Presidente, Compañeras y compañeros legisladores: el grupo parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna a manifestar su posición en torno al gigantesco fraude cometido en contra de miles de pequeños ahorradores, quienes vieron perdido su patrimonio de un plumazo ante la voracidad de rufianes amparados por las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Este quebranto financiero viene a sumarse a otros tantos que han ocurrido en México de forma reciente. Cuando todavía la Cámara de Diputados continúa discutiendo el tema del Fobaproa, que representa uno de los grandes fraudes bancarios en la historia de nuestro país, aparecen al lado de éste otros fraudes financieros que cometen particulares sin el menor recato en contra de ciudadanos que a duras penas acumulan un pequeño patrimonio que de la noche a la mañana pierden ante supuestos inversionistas sin escrúpulos.

Ante esta situación nos preguntamos cuál es el papel que desempeñan las autoridades financieras de este país para hacer cumplir la ley y proteger a los pequeños ahorradores.

La respuesta ha sido la misma: luego de salir a flote cualquier irregularidad o ilícito que se comete en nuestro sistema financiero, las autoridades siempre aparecen como responsables directos y cómplices de los defraudadores del pueblo y en muchos casos de los malversadores de los recursos de la nación.

En la pasada Legislatura diversos grupos parlamentarios tuvieron que intervenir para hacer ver a las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores su responsabilidad directa en este fraude porque llevaron a cabo medidas que los ubican como sospechosas de estar coludidas con los defraudadores.

Como ejemplo está la Secretaría de Hacienda que siempre actúa de forma irresponsable y tardía para vigilar y hacer cumplir la ley con relación a la forma de operar de las cajas populares de ahorro.

la Comisión Nacional Bancaria y de Valores actúa de la misma manera. Además, se carece de medidas cautelares para impedir fraudes de este tipo y salvaguardar el patrimonio de miles de pequeños y medianos ahorradores que son sorprendidos por delincuentes de cuello blanco.

Ante estos problemas recurrentes en nuestro sistema financiero, queda claro que los agentes que se mueven en este ámbito actúan al amparo de leyes y autoridades que protegen sus maniobras fraudulentes porque promueven el riesgo moral consistente en proteger a los grandes accionistas al rescatarlos de posibles quiebras que pudieran sufrir sus inversiones, como ocurre en el caso del sistema bancario.

Al mismo tiempo, estas leyes financieras que regulan la actividad de la banca establecen la obligatoriedad del Gobierno Federal de crear fondos de provisiones a través del erario público para rescatar o sanear a los bancos que se encuentren en problemas de insolvencia financiera, como está estipulado en el artículo 28 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

Sin embargo, cuando los pequeños ahorradores que arriesgan su patrimonio a través de las organizaciones auxiliares de crédito, lo pierden. El Gobierno Federal no hace nada por ellos, por e! contrario, lo hemos visto, es incluso la represión contra ellos por manifestarse en la defensa de sus intereses.

Para el Partido del Trabajo es evidente que las entidades financieras, sea cual sea su nivel o rango, no cumplen con su objetivo de canalizar recursos financieros a los medianos y pequeños productores que no cuentan con la suficiente solvencia económica.

En cambio, los grandes beneficiarios de estas instituciones han sido los negocios de los mismos accionistas de la banca y de otras instituciones financieras, tal como ocurrió en el caso de la Sociedad de Crédito y Ahorro del Noroesta, denominada El Arbolito. Y la más reciente, la Unión de Crédito Regional que defraudó a miles de pequeños ahorradores de los estados de Morelos, San Luis Potosí, Zacatecas y Aguascalientes.

Los fraudes que han cometido los delincuentes de cuello blanco, en contubernio con las autoridades financieras de este país, están amplia y profundamente documentados en la historia reciente del país. Se suman varios casos, pero los más difundidos en la prensa nacional han sido los que aquí hemos señalado.

Aunque existen otros 60 casos de cajas de ahorro cuya autorización se encuentra en proceso de revocación conforme lo reconocen las propias autoridades, lo que salta a la vista de todo este proceso de fraude es que los beneficiarios directos del actual modelo de desarrollo han sido los grandes empresarios, entre los que se encuentran los accionistas de las instituciones financieras, que pareciera ser que lo único que saben hacer es acumular grandes sumas de riquezas que no generan con su propio es fuerzo, sino que provienen en su gran mayoría del erario público y en contubernio con los funcionarios gubernamentales y en detrimento de pequeños ahorradores y del pueblo en general.

Para el grupo parlamentario del Partido del Trabajo queda evidenciado tanto el Secretario de Hacienda, José Angel Gurría Treviño, y Eduardo Fernández García, quienes continúan al frente de instituciones públicas y no cumplen con su función de hacer prevalecer la ley y de desarrollar un sistema de crédito sano en nuestro país, por lo que deberá aplicarse, en este caso, la Ley Federal de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos.

Compañeras y compañeros Legisladores:

Creemos que un acto de justicia social para proteger el patrimonio de los pequeños y medianos ahorradores que fueron defraudados por los principales accionistas de la Unión de Crédito Regional, consiste en que el fideicomiso creado para este fin debe acelerar su actuación para resarcir el patrimonio de los más de 400 mil ahorradores que depositaron su dinero en manos de rufianes amparados por el poder público.

Asimismo, consideramos que debe profundizarse la investigación en torno a todas las cajas de ahorro que han cometido fraude, para fincar responsabilidades a los culpables del quebranto financiero.

También se debe investigar la responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, cuyos titulares han sido impugnados por un amplio sector de la sociedad, y por tal motivo consideramos deben ser separados de su cargo a efecto de evitar que este tipo de ilícitos, comunes ya en el sistema financiero de nuestro país, se repitan nuevamente.

Desde luego que el grupo parlamentario del Partido del Trabajo se pronuncia a favor de la creación de una Comisión Especial para vigilar el cumplimiento de los compromisos referidos en el punto de acuerdo propuesto para este efecto, así como todas y cada una de las atribuciones en el mismo planteado.

Es cuanto.

(Aplausos)

EL C. PRESIDENTE DIPUTADO RICARDO FRANCISCO GARCIA CERVANTES (PAN): Tiene el uso de la palabra el Diputado Daniel Esteban Martínez Enríquez.

EL C. DIPUTADO DANIEL ESTEBAN MARTINEZ ENRIQUEZ (PRD)Con su permiso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros Diputados:

Este nuevo fraude bancario, este nuevo fraude, que se equipara con el Fobaproa, no ha sido debidamente resuelto por el gobierno actual. Mientras al Fobaproa se le inyectaron enormes cantidades de dinero tratándose de los banqueros, en el caso de los pequeños ahorra dores el tratamiento es diferente.

Las cajas de ahorro constituidas bajo la modalidad de sociedades cooperativas, tuvieron un funcionamiento irregular, que no fue corregido ni sancionado a tiempo por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ni por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

A falta de esta supervisión y orientación a los socios 2i señor José Cirilo Ocampo Verdugo se convirtió en administrador único de un gran número de cajas de ahorros, a saber: 498 sucursales en 25 estados de la República. Perjudicando así a 400 mil socios.

Al iniciarse una averiguación previa por la comisión de delito de lavado de dinero en contra de Cirilo Ocampo, los bienes fueron asegurados y se encuentran bajo la custodia del Servicio de Administración de los Bienes Asegurados, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En este caso la Secretaría de Hacienda mostró negligencia por que la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito la obliga a acciones preventivas en su artículo 95, que señala que ésta, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las organizaciones auxiliares del crédito actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un probable delito.

No se instrumentaron las medidas preventivas y con el asegura miento ordenado por la PGR se vieron perjudicados miles de pequeños ahorradores, que aproximadamente son un millón y medio de personas que de buena fe, en su mayoría jubilados y pensiona dos, que vieron de la noche a la mañana perdidas sus aportaciones.

La Secretaría de Hacienda pretende hacer creer que se trató so lo de un fraude que debe ser denunciado ante los tribunales pena les de cada entidad federativa, pero el problema es mucho mayor.

Por razones de interés público se deben proteger los intereses de los ahorradores defraudados.

Los bienes asegurados podrían servir para resarcir el daño a los ahorradores. Para ello es indispensable conocer el avalúo que el Servicio de Administración practicó a los diversos tipos de bienes, mismo que no se ha dado a conocer a los interesados.

La Procuraduría debe informar sobre todo hecho. Además la Secretaría de Hacienda debe informar sobre el estado que guardan los bienes asegurados, ya que el artículo 12 de la ley señala que la administración de estos comprende su recepción, registro, custodia, conservación y supervisión, y que los bienes serán conservados en el estado en que se hayan asegurado, para ser devueltos en las mismas condiciones, salvo el deterioro normal que se les cause por el transcurso del tiempo.

Asimismo la ley señala que estos bienes podrán utilizarse o ser enajenados única y exclusivamente en los casos y cumpliendo los requisitos establecidos en esta ley.

Los ahorradores afectados, esta soberanía y la opinión pública deben conocer el resultado de los avalúos que se hayan practicado a los bienes asegurados; el inventario con la descripción y el estado en que se encuentran en estos momentos ¡ las medidas que se han adoptado para su custodia y conservación; si se está haciendo una administración directa o si existe depositario, interventor o administrador de los mismos; los informes periódicos que ha rendido el administrador; los frutos o rendimientos que han producido los bienes; los seguros contratados; el monto destinado al mantenimiento y administración de los bienes; si ha habido autorización de la Junta de Gobierno para la utilización de estos mismos.

El Partido de la Revolución Democrática ve con buenos ojos la formación de esta Comisión Especial para investigar este caso de negligencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional de Valores, y también vigilar que los acuerdos firmados por el señor Pérez Cárdenas y por el Consejo de Ahorradores, se vean cumplidos, Por eso estamos convencidos de que esta comisión especial debe formarse y llegar a fondo en este asunto. También creemos que debemos de citar a los funcionarios públicos involucrados en este caso, que cayeron en negligencia en perjuicio de los miles de ahorradores de estas cajas de ahorro popular.

Muchas gracias. (aplausos)

EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado.

Tiene el uso de la palabra el diputado Herbert Taylor Arthur, del Partido Acción Nacional.

EL C. DIP. HERBERT TAYLOR ARTHUR (PAN): Con su permiso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros Diputados: Lo que hoy estamos discutiendo no es solamente el tema de cajas populares defraudadas o no, estamos discutiendo de lo que tiene que ver con el movimiento económico nacional y muy en particular de la gente de menos recursos.

La economía se da y nace desde abajo. Los ahorradores en la economía social son los únicos que tienen la capacidad de poder autoayudarse. Hoy no podemos ni debemos permitir que se debilite la estructura de las pequeñas cajas populares que está desarrollándose en México.

Hoy los ahorradores pequeños, los que cuentan con pequeño capital, no tienen alternativa ninguna en la banca institucional, no tienen posibilidades de conseguir dinero que les pueda redituar la perdida inflacionaria y por otro lado, cuando solicitan préstamos y están buscando dinero, su única alternativa es sin duda el agio y el prestamista. La economía solidaria, aquella que es la ayuda entre iguales, aquella que les permite avanzar y desarrollarse, se da solamente en la economía social, en la economía solidaria.

Es por eso que el tema de hoy no radica solamente si bien en el fraude que se está viviendo y los problemas financieros graves que se están viviendo en las cajas populares, es fundamentalmente el no enterrar hoy con errores de la Secretaría de Hacienda y del gobierno, este naciente desarrollo de la economía social, de la economía popular.

Esto podemos verlo en una primera instancia en el año de '94, cuando se crea la Ley General de Sociedades Cooperativas, que en su artículo 33 nos dice: "Las sociedades cooperativas que desarrollan actividades de ahorro y préstamo de manera preponderante o complementaria, se regirán por esta ley y por las leyes aplicables en la materia, y por las disposiciones que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público"; disposiciones administrativas que debió desde el año de '94 la Secretaría de Hacienda echar a andar, mismas que no se han cumplido.

Es por eso que el día de hoy nos encontramos con sociedades cooperativas que tienen actividades financieras sin ningún reglamento, sin ningún marco jurídico, sin nada que los dirija y están a la deriva. De ahí que exista la gran posibilidad de que personas como Cirilo Ocampo hoy puedan armar empresas donde hacen con quinientos pesos una caja cooperativa, por ejemplo en Veracruz, en donde manejan millones. A él le resulto mas caro pagar la escritura que decir cuál era su capital en esta caja de ahorro en Veracruz, y esto porque la Secretaría de Hacienda ha cometido una omisión criminal que hoy tiene a miles y a miles de familias en condiciones desesperadas.

El 29 de Febrero de este año la PGR acusa al señor Cirilo Ocampo Verduzco de lavado de dinero proveniente del narcotráfico, se le aseguran sus bienes de más de 458 cajas populares en toda la República que aparecían como pertenecientes a él, como de su propiedad y que en verdad es dinero, son bienes de los ahorradores. Podemos estar hablando de Estados como Jalisco, Nayarit, Colima, Veracruz, Zacatecas, Estado de México estamos hablando de que estos ahorradores al saber que sus bienes han sido decomisados, que sus bienes han sido asegurados, fueron a buscar retirar lo poco que pudieran encontrar, provocando con esto el que se vaciaran las arcas de las cajas populares, en algunos estados definitivamente cerradas, en otros muchos operando sin ningún control, sin ninguna guía y encontrándose cada día con mayores pérdidas.

Pero el problema no queda ahí, el problema del señor Cirilo Ocampo provoca que muchas cajas populares que no tienen nada, absolutamente que nada tienen que ver con él entren también en pánico y provoquen la búsqueda y la fuga de los capitales que aún había ahí haciendo que también un efecto dominó estas cajas se encuentran en desgracia.

Cirilo Ocampo estando ya en cárcel, ya detenido, acepta entregar sus bienes a un supuesto fideicomiso aclaro, supuesto nadie conoce en realidad el contenido de este fideicomiso, para que con él sean liquidados y pagados a los ahorradores.

El daño en tan solo se calcula en más de 350 mil afectados pro este caos en las cajas populares, entre ellos ahorradores que han trabajado toda su vida en particular gente de la tercera edad, ancianos, pensionados, viudas, gente que ha dedicado su esfuerzo al ahorro y que de esto es de lo que están viviendo. Tenemos elementos, tenemos datos de gente que ha prácticamente encontrado en la calle porque los réditos que conseguían aquí era lo único que tenían para vivir, enfermos, ancianos; hoy, hoy es quebranto en dinero aún no se puede calcular.

No han concluido los trabajos, no han concluidos los trabajos de las auditorías pero sin duda el daño es mayor quizás no por el monto que ha de ser social grande, pero sí se puede por el daño que está provocando a la cultura del cooperativismo, a la cultura de la economía solidaria y en particular a los mas de 350 mil afectados. Esto sin duda es hoy una omisión criminal por la Secretaría de Hacienda.

Este es un saldo sin duda que deberá de quedar y ojalá se resane antes de que salga, del gobierno del Presidente Zedillo.

Nadie, ni nosotros, ni al Secretaría de Hacienda ni el Gobierno puede esconder la cabeza ante tal dolor humano, el Ejecutivo sin duda se pudo evitar este daño, el Ejecutivo su pudo intervenir para auxiliar a las cajas populares, para ordenar a las cajas populares; el caso del señor José Cirilo Ocampo el Gobierno sí pudo actuar, sí pudo haberlo encarcelado sin causar hoy el gran daño que estamos viviendo, no podemos afirmar ninguno de los aquí presentes, que el Señor Cirilo Ocampo hoy sea culpable o no de lo que se le acusa, del lavado de dinero.

Pero de lo que podemos estar todos seguros es que los que no sean culpables de su desgracia son los ahorradores porque ellos estaban buscando una forma más digna de vida nada mas. Debemos entonces sin duda, esta Cámara de Diputados, buscar la solución no solamente para el caso de los ahorradores de las cajas populares que encabezaba el señor Cirilo Ocampo no solamente de las cajas populares que si bien no estaba administradas por ellos fueron afectados por este elemento o este efecto dominó.

Deberemos buscar hoy, sin duda, el que se dé una solución a los ahorradores, que se busque la mejor manera para resarcir el daño, pero no podemos quedarnos ahí, las lagunas jurídicas, las omisiones por Hacienda podrán ser remediadas si esta Cámara de Diputados pone acelerador, imprime ímpetu a buscar el ordenamiento y el nuevo marco jurídico que garantice seguridad jurídica y económica y financiera a todos aquellos mexicanos y mexicanas que con pequeñísimos capitales, con sus a horros empiecen a hacer un trabajo de economía social en donde pueden encontrar la solución no solamente a ganar intereses de su pequeño capital, sino en particular también de que tengan la posibilidad, tengan la posibilidad de conseguir financiamiento barato para su desarrollo personal. La economía social está hoy en problemas si esta Cámara de Diputados no actúa.

Pido que esta Cámara de Diputados acepte que este asunto pase con prontitud a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social y que esta Comisión acelere el paso a dar solución y buscar caminos a este problema. Muchas gracias. (aplausos)

EL C. PRESIDENTE: Tiene la palabra la diputada Lorena Martínez Rodríguez, del PRI.

LA C. DIP. LORENA MARTINEZ RODRIGUEZ: Con su permiso señor

Presidente.

Compañeras diputadas y diputados:

El tema que toca hoy día en la tribuna, creo que tiene tres aristas importantes que analizar: Primero y la más importante, porque es un tema social que a todos nos aqueja, porque todos aquí tenemos uno o dos conocidos, familiares, que se han visto afectados por el problema de las cajas de ahorro, que es sin duda el lograr que se pague a los ahorradores. Segundo, es reglamentar el funcionamiento de las actuales y futuras cajas de ahorro; y, tercero, evitar que en lo sucesivo puedan ocurrir más fraudes y por otro lado fortalecer el ahorro de los mexicanos como una práctica cotidiana y constante para el fortalecimiento de la economía de nuestro país.

Por ello, el Partido Revolucionario Institucional se permite fijar posición respecto a este grave problema que aqueja a más de un millón y medio de ahorradores que fueron afectados con el fraude de 458 sucursales en 25 Estados de la República con un monto que asciende a 7 mil millones de pesos y respecto de lo cual me permito manifestar lo siguiente:

Que el gobierno federal propuso la creaci6n del fideicomiso liquidador integrado con los bienes del señor José Cirilo Ocampo en fecha 13 de julio del presente año.

Que el compromiso del director del fideicomiso, Manuel Pérez Cárdenas, fue que previa auditoría para determinar quiénes son los acreedores y con qué monto de adeudo, se pagaría a estos antes del 24 del presente mes.

Que por información recibida del Consejo Nacional de Ahorradores, órgano que representa los intereses de los ahorradores, las auditorías se encuentran en proceso aunque retrasadas en tiempo, por lo que existe el temor fundado de que los plazos no se cumplan y lo que es mas grave, que los bienes del señor José Cirilo Ocampo no alcancen para cubrir los saldos a todos los ahorradores.

Por ello, nos permitimos proponer lo siguiente: Primero, nos sumamos a la propuesta que hicieron nuestros compañeros diputados, de integrar una comisión especial plural para dar seguimiento y vigilar estrictamente el cumplimiento del compromiso adquirido por el gobierno federal de liquidar, vía el fideicomiso, a los acreedores en el plazo fijado.

Segundo, que la LVIII Legislatura emita un pronunciamiento público de respaldo a los afectados por el magno fraude, que firmado por todas las fracciones parlamentarias fortalezca la pronta solución del problema.

Tercero, tomando en consideración que el sistema financiero del sector social en México cuenta con un marco jurídico deficiente, contradictorio y no adecuado a su naturaleza solidaria, es importante que la presente Legislatura retome la iniciativa que fue presentada en la pasada Legislatura, denominada Ley de Sociedades Cooperativas de Servicios Financieros, para que previo consenso sea aprobada lo antes posible y evitar en lo sucesivo problemas de esta naturaleza y a la vez fomentar el ahorro de los mexicanos.

Y, cuarto, finalmente proponemos que en congruencia con los compromisos asumidos por el Partido Revolucionario Institucional en la pasada campaña federal, que sea el gobierno federal quien asuma subsidiariamente la responsabilidad del pago a los ahorradores en caso de que los bienes asegurados por la Procuraduría General de la República para este fin, no sean suficientes para cubrir el total de lo defraudado, dando prioridad a aquellos ahorradores cuyo monto no exceda de los 100 mil pesos, y para tal efecto se tomen las medidas correspondientes en el Presupuesto de Egresos del año 2001.

Y último punto: que previa investigación exhaustiva de los hechos, se castigue a quien resulte responsable, independientemente de que se trate o no de funcionarios públicos.

Es cuanto, señor Presidente.

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EL C. PRESIDENTE: Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

LA C. SECRETARIA, DIP. ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA: Señor Presidente, le informo que se han agotado los asuntos en cartera.

Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DIA DE LA PROXIMA SESION No. 3

PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PRIMER AÑO DE LA LVIII LEGISLATURA

ORDEN DEL DIA 7 DE SEPTIEMBRE DE 2000.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Protesta de Ciudadanos Diputados.

COMUNICACIONES

El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, invita a la Ceremonia Cívica que con motivo del 153 Aniversario de la Defensa Heroica del Molino del Rey, tendrá lugar el 8 de septiembre, a las 10:00 Horas

De los Congresos de los Estados de Coahuila y Morelos.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé Cuenta.

EL C. PRESIDENTE: (14:05 horas) Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 7 de septiembre, a las 11 horas, iniciando el registro de asistencia de las señoras y señores diputados, a las 9 horas.