SESION DEL
PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DE LA LVIII LEGISLATURA,
24 de septiembre de 2002
-LA C. PRESIDENTE, DIPUTADA BEATRIZ PAREDES RANGEL. Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los ciudadanos Diputados.
-LA C. SECRETARIA DIPUTADA ADELA CEREZO BAUTISTA. Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 447 Diputados.
Por lo tanto, hay quórum.
-LA C. PRESIDENTE (A las 12:47 horas):- Se abre la sesión.
Proceda la Secretaría a dar lectura al Orden del Día.
-LA MISMA C. SECRETARIA.
(Da lectura al Orden del Día)
-LA C. PRESIDENTE. Está a discusión el Orden del Día.
No habiendo quien haga uso de la palabra, pasamos al tema del Acta de la Sesión Anterior.
Se informa al Pleno que fueron recibidas observaciones al Acta anterior, se procederá a dar lectura.
Señale la Secretaría hasta dónde queda exactamente como estuvo en la publicación y a partir de qué punto se plasman las observaciones.
-LA MISMA C. SECRETARIA. Las observaciones se reciben a partir del receso.
Receso: a las 19:57 horas, se reanuda la sesión. Por indicaciones de la Presidencia la Secretaría da lectura a los Artículos 52, 60 y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Presidenta solicita a la Secretaría precisar para el registro que el resultado de la verificación del quórum fue cotejado con la lista derivada del Sistema Electrónico de Asistencia y Votación.
La Secretaría informa que, para la verificación del quórum, hubo 247 Diputados que registraron su asistencia por medio del Sistema Electrónico y 3 lo hicieron de viva voz, dando un total de 250 Diputados presentes, lo cual está cotejado con la lista que entrega a la Oficina correspondiente y que obra en el poder de la propia Secretaría.
La Presidenta señala que existe un problema de interpretación jurídica sobre la verificación del quórum, e informa que el acuerdo de la Mesa Directiva en consulta con coordinadores con grupos parlamentarios y con el Presidente de la Junta de Coordinación Política es el de levantar la votación de la propuesta de la Junta de Coordinación Política para la integración de la Sección Instructora, sólo para el registro y remitir el asunto a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para que verifique su legalidad y en caso de que tenga que reponer el procedimiento, así se le informe al pleno.
La Secretaría recoge la votación del pleno sobre la propuesta de integración de la Sección Instructora e informa del siguiente resultado: 246 votos en pro, ninguno en contra y una abstención.
Se concede la palabra a los diputados Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, del Partido Acción Nacional, para hablar sobre la invalidez de la votación recién emitida. Señala que el presente debate ha sido de los más serios que se han tenido en la presente legislatura. Lamenta la salida de los diputados del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Verde Ecologista de México, del Partido del Trabajo y de otros partidos, y convoca a integrar la Sección Instructora con plena legalidad, y Martí Batres Guadarrama, del Partido de la Revolución Democrática, quien durante su intervención sugiere a la Presidencia no hacer la consulta acordara a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en virtud de que en el momento de la votación no se logró integrar el quórum necesario y solicita que el acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a la integración de la Sección Instructora se incluya en el orden del día de la próxima sesión.
La Presidenta levanta la sesión a las 20:30 horas, citando para que la tendrá lugar el martes 24 de septiembre de 2002, a las 10 horas.
La Mesa Directiva acordó que como parte del acta de esta sesión se anexe la versión estenográfica relativa al tema de la Sección Instructora.
LA PRESIDENTA: Con las modificaciones leídas por la Secretaría, está a consideración el acta.
LA MISMA SECRETARIA: Está a discusión el acta.
No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(votación)
Mayoría por al afirmativa.
LA PRESIDENTA: Aprobada el acta.
EL SECRETARIO, DIP. RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN:
(oficio de la Secretaría de Gobernación, oficio del
Subsecretario de Transportes y el informe semestral del Proceso de
Liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México)
LA PRESIDENTA: Túrnese a las Comisiones de Comunicaciones y Transportes.
EL MISMO SECRETARIO:
(de la Secretaría de Gobernación, oficio del Director de
Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Radio, Televisión y
Cinematografía)
LA PRESIDENTA: De enterado y remítase a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.
EL MISMO SECRETARIO:
( de la Secretaría de Gobernación, oficio de la Directora Técnica del
Fideicomiso para el desarrollo del Deporte del IMSS)
LA PRESIDENTA: Remítase copia al promovente.
Se encuentra a las puertas de este recinto, el ciudadano José Guadalupe Villarreal Gutiérrez, diputado suplente electo en el Tercer Distrito del Estado de Nuevo León.
Se designa en comisión, para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones, a los siguientes ciudadanos diputados y diputadas:
Diputado Carlos Aceves del Olmo,
Diputado José Ramón Mantilla y González,
Diputada Olga Patricia Chozas y Chozas, y
Diputado Víctor Antonio García Dávila.
EL SECRETARIO DIP. RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN: Se pide a la Comisión cumplir con este encargo.
(La comisión cumple con su encargo)
MISMO SECRETARIO: Se invita a los presentes a ponerse de pie.
LA PRESIDENTA: Ciudadano José Guadalupe Villarreal Gutiérrez: ¿Protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la unión?
EL C. JOSE GUADALUPE VILLAREAL GUTIERREZ: ¡Sí, protesto!
LA PRESIDENTA: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.
(aplausos)
Continúe la Secretaría.
EL SECRETARIO DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ GAVILAN: Comunicaciones
(De la Mesa Directiva, relativo al quórum legal en el Pleno de la H. Cámara de Diputados)
LA PRESIDENTA: Túrnese a la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias.
El siguiente punto del orden del día son comunicaciones de la Junta de Coordinación Política.
EL SECRETARIO DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ:
(De la Junta de Coordinación Política, del Acuerdo de integración de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados para su votación)
LA PRESIDENTA: Diputado Secretario, para ilustrar a la asamblea, le ruego dé lectura a las propuestas que en su oportunidad hizo llegar la Junta de Coordinación Política, vinculadas con la integración de la Sección Instructora.
EL SECRETARIO DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ:
Acuerdo de Integración de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados.
De conformidad con los artículos 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 34.1 inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política cuenta con la facultad y obligación de proponer al Pleno de esta Cámara de Diputados, la integración de la Sección Instructora que tendrá competencia conforme a los ordenamientos legales citados, para intervenir en los procedimientos de juicio político y declaración de procedencia, previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En tal virtud, la Junta de Coordinación Política, procede a formular el siguiente acuerdo de integración de la Sección Instructora de la Honorable Cámara de Diputados bajo los siguientes:
CONSIDERANDOS
Primero.- Con fundamento en el Artículo 34.1 inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, esta Junta de Coordinación Política, propuso al pleno de esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la integración de la Comisión Jurisdiccional, conformada por 16 miembros de la siguiente manera:
Mesa Directiva
Presidente: Arturo Hervis Reyes.
Secretario: Eduardo Andrade Sánchez.
Secretario: Jorge Carlos Ramírez Marín.
Secretario: José Francisco Blake Mora.
Secretario: José Tomás Lozano Pardinas.
Integrantes:
Dip. Francisco Abundis Arias.
Dip. Cuauhtémoc Cardona Benavides.
Dip. Fernando Díaz de la Vega
Dip. Jesús López Sandoval.
Dip. Ricardo Moreno Bastida.
Dip. Raúl gracia Guzmán.
Dip. Salvador Rocha Díaz.
Dip. José Elías Romero Apis.
Dip. Felipe Solís Acero.
Dip. José Sergio Vaca Betancourt Bretón.
Dip. Roiberto Zavala Echavarría.
Segundo.- Con fundamento en los Artículos 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 34.1 inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Junta de Coordinación Política le corresponde proponer al pleno de esta Cámara de Diputados de entre los integrantes de la Comisión Jurisdiccional, a quienes habrán de conformar la Sección Instructora de este órgano legislativo, para intervenir en los procedimientos a que se refiere la Ley Reglamentaria del Título Cuarto Constitucional.
Tercero.- Esta Junta de Coordinación Política acuerda proponer la conformación de la Sección Instructora de esta Cámara de Diputados, a efecto de que desarrolle la parte respectiva del procedimiento de juicio político y que intervenga en el procedimiento de declaración de procedencia, ambos previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conformada por cuatro diputados propietarios integrantes de la Comisión Jurisdiccional, de la siguiente manera:
Presidente: Dip. Ricardo Moreno Bastida.
Secretario: Dip. Francisco Blake Mora.
Integrante: Dip. Cuauhtémoc Cardona Benavides.
Integrante: (un espacio en blanco)
Cuarto.- En términos del Artículo 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, por cada integrante de la Sección Instructora, se designará un suplente, que sólo podrá asumir sus funciones, en caso de ausencia temporal o definitiva de quien se trate, sin necesidad de acuerdo o aprobación por parte de algún órgano o Comisión de la Cámara, los que son respectivamente:
1.- Dip. Arturo Hervis Reyes.
2.- Dip. José Tomás Lozano Pardinas.
3.- Dip. José López Sandoval4.- (espacio en blanco)
Quinto.- Una vez que en el pleno de esta Cámara haya aprobado el presente Acuerdo, la Sección Instructora para los Procedimientos de Juicio Político y Declaración de Procedencia, se instalarán en el lugar que les sea asignado, y se les proveerá de los recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de sus funciones.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta Junta de Coordinación resuelve el siguiente
A C U E R D O
UNICO.- Sométase a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, los puntos primero al quinto de las Consideraciones descritas, como se inserta a la letra del presente texto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los doce días del mes de septiembre del dos mil dos.
Dip. Martín Batres Guadarrama, presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del grupo parlamentario del PRD: Rúbrica.
.Dip. Rafael Rodríguez Barrera, Coordinador del grupo parlamentario del PRI.
Sin rúbrica.
Dip. Felipe Calderón Hinojosa, Coordinador del grupo parlamentario del PAN. Rúbrica.
Dip. Bernardo de la Garza Herrera, Coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Sin rúbrica.
Dip. Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del grupo parlamentario del PT. Sin rúbrica.
Una más de la Junta de Coordinación, que tiene el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, en relación a la Sección instructora de la Cámara de Diputados:
De conformidad con el artículo 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, 34.1, inciso C) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política somete a consideración del pleno el siguiente:
A C U E R D O
Unico. El cuarto integrante de la Sección Instructora será el diputado Eduardo Andrade Sánchez y su suplente el diputado Roberto Zavala Echavarría.
Atentamente, diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente de la Junta y Coordinador del grupo parlamentario del PRD, rúbrica; diputado Rafael Rodríguez Barrera, coordinador del grupo parlamentario del PRI, sin rúbrica; diputado Felipe Calderón Hinojosa, Coordinador del grupo parlamentario del PAN, rúbrica; diputado Bernardo De la Garza Herrera, Coordinador del grupo parlamentario del Verde Ecologista, sin rúbrica y diputado Alberto Anaya Gutiérrez, Coordinador del grupo parlamentario del PT, sin rúbrica.
LA C. PRESIDENTA.- Diputado, hágame el favor entonces de integrar los nombres que están contenidos en ambas propuestas, para que la Asamblea tenga claro qué es lo que se pone en votación.
EL C. SECRETARIO, DIPUTADO ADRIAN RIVERA PEREZ.- Punto tercero del acuerdo de la Junta de Coordinación Política:
Esta Junta de Coordinación Política acuerda proponer la conformación de la Sección Instructora de esta Cámara de Diputados, a efecto de que desarrolle la parte respectiva del procedimiento de juicio político y que intervenga en el procedimiento de declaración de procedencia, ambos previstos en el título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conformada por cuatro diputados propietarios integrantes de la Comisión Jurisdiccional de la siguiente manera:
Presidente: Diputado Ricardo Moreno Bastida,
Secretario: Diputado Francisco Blake Mora,
Integrante: Diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides,
Integrante: Diputado Eduardo Andrade Sánchez.
Cuarto. En términos del artículo 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, por cada integrante de la Sección Instructora se designará un suplente que sólo podrá asumir sus funciones en caso de ausencia temporal o definitiva de quien se trate, sin necesidad de acuerdo o aprobación por parte de algún órgano o comisión de la Cámara, los que son respectivamente:
Uno: Diputado Arturo Herviz Reyes,
Dos: Diputado José Tomás Lozano y Pardinas,
Tres: Diputado Jesús López Sandoval,
Cuatro: Diputado Roberto Zavala Echavarría.
EL C. DIP. MANUEL AÑORVE BAÑOS, (desde su curul).- Señora Presidenta.
LA C. PRESIDENTA.- Sí, diputado Manuel Añorve.
EL C. DIP. MANUEL AÑORVE BAÑOS, (desde su curul).- Señora Presidenta, quisiéramos precisar que el nombramiento del diputado Eduardo Andrade y el diputado Zavala, nosotros lo consignamos en la sesión pasada bajo protesta y ad cautelam.
LA C. PRESIDENTA.- Así se registra, tal y como lo señalaron también en la sesión pasada, Eduardo Andrade y Roberto Zavala, se consigna por parte de su grupo parlamentario bajo protesta y ad cautelam.
Gracias.
Para recordar a la Asamblea el momento procesal en el que se encontraba el trámite de esta propuesta de la Junta de Coordinación Política, les informo que se había desahogado la participación de seis diputados en contra y seis diputados en pro y que la mesa directiva tiene el registro todavía de un conjunto de diputados en contra y un conjunto de diputado en pro y nos encontrábamos en el momento de consultar con la asamblea si el tema se daba por suficiente discutido.
Le ruego a la secretaría ...
Sí, diputado Rodríguez.
-DIP. AMADOR RODRIGUEZ LOZANO (desde la curul) Con todo respeto el procedimiento no es adecuado porque la sesión pasada terminó. Esta es una nueva sesión y usted puso a consideración de la asamblea un nuevo Orden del Día, ese nuevo Orden del Día se aprobó y uno de los puntos es precisamente el que se está desahogando. Por lo tanto el trámite se debe iniciar.
-PRESIDENTA: El diputado Amador Rodríguez Lozano tiene razón, fue una discusión en la mesa directiva; es una nueva sesión. Sin embargo, si hay diputados que quisiera discutir el procedimiento estaríamos en disposición de escucharlos.
Sin embargo, los elementos que nos han planteado fueron discutidos en la mesa directiva hoy en la mañana y nos parece que la observación es pertinente.
En ese sentido haciendo una exhortación a los grupos parlamentarios dado que ha habido un debate amplio en este tema, procedemos a abrir el registro de oradores.
Diputado Barbosa.
-DIP. MIGUEL BARBOSA HUERTA (desde la curul) Presidenta, con todo respeto hemos seguido con cuidado la forma como ha ido conduciendo esta sesión de manera muy escrupulosa y ya ordenó usted la lectura al secretario, del acuerdo que se iba votar. Yo no se si pueda otra vez regresarse, a petición de uno de los integrantes de esta Cámara el procedimiento. Más aún que cuando la sesión pasada solamente quedó pendiente ratificar la votación de lo ya discutido ampliamente en términos del 114 y por tanto que procede solamente es que se someta a votación de la Cámara si el asunto está totalmente discutido, para proceder a su votación.
-PRESIDENTA: Sí diputado Barbosa.
-DIP. JORGE CARLOS RAMIREZ MARIN (desde la curul) Diputada para coincidir con el criterio del diputado Rodríguez Lozano y la decisión que tomó la mesa.
Por otra parte, no existe en ninguna parte del Reglamento el trámite de ratificación de votación. Así es que como procede está inscrito en el Orden del Día y es un punto del Orden del Día, puesto a discusión.
-PRESIDENTA: Diputado Barbosa.
-DIP. MIGUEL BARBOSA HUERTA (desde la curul) Presidenta, solamente establecer que el Pleno es la máxima autoridad de esta asamblea. Que en todo caso las resoluciones o decisiones de la mesa directiva, están sujetas a la votación del Pleno. Entonces para no incurrir en ese círculo, yo le sugeriría que sometiéramos la decisión que se vaya a tomar, a la decisión del Pleno. Si no utilizaríamos el procedimiento del 18 y 19 del Reglamento.
-PRESIDENTA: Diputado Raúl Gracia, del grupo parlamentario de Acción Nacional.
-DIP. RAUL GRACIA (desde la curul) en términos del artículo 109 del Reglamento para el Gobierno Interior, la suspensión, la discusión está únicamente suspendida. Es decir, no se reanuda.
Y basándome igualmente en el artículo 95 en el tema de un oficio, de una comunicación, estamos hablando exacctamente de la misma litis, por lo cual no debe de crearse una nueva discusión sino continuar con la que se suspendió en términos del artículo 109, el jueves pasado.
-PRESIDENTA: Le ruego a la secretaría ...
Perdón, diputado Batres.
-DIP. MARTI BATRES (desde la curul) Sí, diputada presidenta. En este mismo sentido quiero señalar que yo envié a propósito del punto que se abordó en la sesión del jueves pasado, como presidente de la Junta de Coordinación Política, el tema de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados para integrarse al orden del día para su discusión.
En esta ocasión el día de ayer he enviado nuevo oficio con el objeto de integrar al orden del día el tema de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados para su votación, como consta en este oficio que hemos enviado a la Mesa Directiva.
Por lo tanto, consideramos que lo que procede es la votación del tema correspondiente en virtud de que ha sido ya discutido. Muchas gracias.
LA C. PRESIDENTA: Gracias, diputado. Diputado Raúl Gracia, había solicitado nuevamente el uso de la palabra.
EL C. DIPUTADO RAUL GRACIA: Unicamente para concluir mi intervención y en el sentido a reanudarse la discusión lo que procedería, en el trámite procesal es que la presidencia de la Mesa Directiva le refiriera al pleno de esta asamblea si el tema está suficientemente discutido, trámite que le pediría se sirviera procesar.
LA C. PRESIDENTA: Diputado José Carlos Ramírez Marín.
EL C. DIPUTADO JOSE CARLOS RAMIREZ MARIN: En primer término, señora presidenta, consideramos que el Reglamento o la Ley no pueden ser puestos a discusión del pleno; son el Reglamento y la Ley. El punto está inscrito en el orden del día. Y en lo que respecta al comunicado mencionado por el presidente de la Junta, solamente acotar que dicho comunicado nunca fue presentado ante la Junta; por lo tanto es un comunicado del diputado Batres, no de la Junta de Coordinación Política.
LA C. PRESIDENTA: Diputado Barbosa.
EL C. DIPUTADO MIGUEL BARBOSA: Sí, presidenta. Quiero hacer notar que voy a entregar en este momento a usted un escrito que contiene el reclamo del trámite que pudiera usted haber otorgado en relación a repetir el procedimiento del punto de acuerdo de la integración de la Sección Instructora para que se siga en términos del 18 y 19 y, por tanto, se consulte al pleno cualquier decisión al respecto. Se lo voy a entregar, presidenta.
LA C. PRESIDENTA: Gracias, diputado. Diputado Batres.
EL C. DIPUTADO MARTI BATRES: Señora presidenta, solamente para señalar y conformar e informar en el sentido de que esta comunicación la comentamos ayer en la Junta de Coordinación Política y yo señalé que enviaría a la Mesa Directiva, en el apartado de comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, esta comunicación para el orden del día de esta sesión plenaria.
LA C. PRESIDENTA : Gracias, diputado Batres. Diputado Amador Rodríguez Lozano, como usted recordará, iniciamos ilustrando a la asamblea sobre el trámite en el que estaba el punto a discusión y usted nos hizo favor de hacer una observación.
El diputado Raúl Gracia ha invocado el artículo 109. Le ruego permita y valore la lectura del artículo 109 del Reglamento para el Gobierno Interior para el caso de que sea pertinente su aplicación.
Yo le ruego a la secretaría dar lectura al artículo 109 del Reglamento para el Gobierno Interior.
EL C. SECRETARIO, DIPUTADO ADRIAN RIVERA PEREZ: Artículo 109 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ninguna discusión se podrá suspender sino por estas causas:
Por ser la hora en que el Reglamento fija para hacerlo, al no que ser que se prorrogue por acuerdo de la Cámara.
Porque la cámara acuerde dar preferencia a otro negocio de mayor urgencia o gravedad.
Por graves desórdenes en la misma Cámara.
Por falta de quórum, la cual, si es dudosa, se comprobará pasando lista y si es verdaderamente notoria bastará la simple declaración del presidente.
Por proposición suspensiva que presente alguno o algunos de los miembros de la Cámara y que ésta apruebe.
LA C. PRESIDENTA: Sí, diputado Barbosa. Perdón, diputado Barbosa, Diputado Amador Rodríguez e inmediatamente el diputado Barsosa.
-EL DIP. AMADOR RODRÍGUEZ LOZANO: (Desde su curul) Efectivamente estamos en todo caso de acuerdo con su interpretación Presidenta, porque si bien es cierto en este artículo 109 habla de los casos en los que se puede suspender una votación y entre ellos incluso menciona la moción suspensiva, no es el mismo caso de un receso, donde interrumpe la discusión y la continúa inmediatamente que se reanuda el receso. En ese caso, cuando habla de que se suspende la votación, no está infiriendo que en la sesión siguiente se va a reanudar en los términos que estaba planteada, incluso la moción suspensiva que se contempla en este mismo artículo l09, se trata de regresar a comisiones, por lo tanto la interpretación que se le está dando no es la correcta.
Sin embargo entiendo que la Presidenta se encuentra aquí en una situación en la que se busca conducir los trabajos de la manera más correcta, de tal manera que yo doy voto de confianza a la Presidenta para que lo plantée en los términos que considere pertinentes, aclarando que la interpretación que se está dando del 109 no es la correcta.
-LA PRESIDENTA: Le aprecio mucho diputado Amador Rodríguez. Diputado Barbosa.
-EL DIP. MIGUEL BARBOSA HUERTA: (Desde su curul) Sí Presidenta, en esta lectura de artículos que nos ilustran sobre el debate o el momento de este proceso legislativo, le pido que por conducto de la Secretaría disponga la lectura del artículo 22 párrafo 3 y 4, y el artículo 18 y 19 del Reglamento. Los primeros son de la Ley Orgánica.
-LA PRESIDENTA: Por favor le ruego a la Secretaría dar lectura esos artículos: 22 párrafo tercero y cuarto de la Ley Orgánica.
-EL SECRETARIO, DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: Artículo 22 de la Ley Orgánica:
Párrafo Tercero: El Presidente, al dirigir las sesiones velará por el equilibrio entre las libertades de los legisladores y de los grupos parlamentarios y la eficacia en el cumplimiento de las funciones constitucionales de la Cámara. Asimismo hará prevalecer el interés general de la Cámara por encima de los intereses particulares o de grupo.
Cuarto: El Presidente responderá sólo ante el pleno cuando en el ejercicio de sus atribuciones se aparte de las disposiciones que las rigen.
-LA PRESIDENTA: Los artículos 18 y 19 del Reglamento.
-EL SECRETARIO, DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: Artículo 18 del Reglamento para el Gobierno Interior: El Presidente en sus resoluciones estará subordinado al voto de su respectiva Cámara.
Artículo 19: Este voto será consultado cuando algún miembro de la Cámara reclame la resolución o trámite del Presidente, previo a una discusión en que podrán hablar dos individuos en pro y dos en contra, lo cual se podrá hacer siempre que no haya mediado votación en el mismo negocio y se adhieran a la reclamación por lo menos dos de los individuos presentes.
-LA PRESIDENTA: Gracias diputado. Diputado Efrén Leyva.
-EL DIP. EFRÉN LEYVA: Señora Presidente: lo que está argumentando es que fue suspendida la sesión por falta de quórum, en base al artículo que invoca el diputado Raúl Gracia, que fue el argumento que queremos que quede claro, que sostuvo nuestra fracción por mi conducto el pasado jueves.
Sin embargo, qué bueno que reflexionan hoy que no había quórum el jueves; sin embargo Presidenta queremos decirle que para nosotros, para nuestra fracción este tema está suficientemente discutido.
-LA PRESIDENTA: Gracias diptuados.
Como había anunciado esta Presidencia en función del momento procesal en que estaba la sesión anterior y dado que había intervenido 6 diputados en contra y 6 diputados en pro y agradeciendo la comprensión del diputado Amador Rodríguez Lozano, le ruego a la Secretaría consulte si el asunto se considera suficientemente discutido, para pasar, inmediatamente, a su votación.
-EL SECRETARIO, DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: En votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Suficientemente discutido, Presidenta.
-LA PRESIDENTA: Se pide a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico de asistencia e instruir su cierre.
- EL C. SECRETARIO DIPUTADO ADRIÁN RIVERA PÉREZ (PAN): Se informa a la Presidencia que hasta el momento el sistema registra la asistencia de 458 ciudadanos diputados. Ciérrese el sistema electrónico.
- LA C. PRESIDENTA DIPUTADA BEATRIZ ELENA PAREDES RANGEL (PRI): Hemos recibido solicitud para que la votación de este tema se haga por el sistema electrónico. Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación del punto de acuerdo y se subraya que los 10 minutos se llevarán por cronómetro que está en manos de la Secretaría y se señala que esta instrucción se está dando a las 13:35 horas.
- EL C. SECRETARIO DIPUTADO ADRIÁN RIVERA PEREZ (PAN): Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
Abrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación del punto de acuerdo.
- LA C. PRESIDENTA: Se empezará a computar cuando se abra el sistema electrónico. Ya está abierto.
( V O T A C I O N )
- EL C. SECRETARIO DIPUTADO ADRIÁN RIVERA PEREZ (PAN): Se informa a la Presidencia que se emitieron 263 votos a favor, 190 en contra y 1 abstención.
- LA C. PRESIDENTA DIPUTADA BEATRIZ ELENA PAREDES RANGEL: (13:47 horas) Aprobada la propuesta de la Junta de Coordinación Política para integrar la Sección Instructora. Comuníquese.
(Puestas de pie, aplauden las fracciones parlamentarias panistas y perredistas)
Continuamos con la orden del día.
- EL C. SECRETARIO DIPUTADO ADRIAN RIVERA PEREZ (PAN):
(Da lectura a un oficio de la Junta de Coordinación Política en el que comunica que el ciudadano diputado Rafael Servín Maldonado, del PRD, se incorpora a
la Comisión de Seguridad Social)
- LA C. PRESIDENTA: De enterado.
- EL C. SECRETARIO DIPUTADO ADRIÁN RIVERA PÉREZ (PAN):
(Da lectura al oficio de la Junta de Coordinación Política en el que comunica que el diputado Ricardo Pellegrini Pérez sustituye al diputado Gustavo César
Buenrostro Diaz, como Secretario de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos)
En votación económica se pregunta si se aprueba.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
- LA C. PRESIDENTA: Aprobado.
- EL C. SECRETARIO DIPUTADO ADRIÁN RIVERA PEREZ (PAN):
(Da lectura a un oficio de la Junta de Coordinación Política en el que comunica que la diputada Nelly Campos Quirós sustituye al diputado Gustavo César Buenrostro Diaz, como integrante de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos)
-LA C. PRESIDENTE. De enterado.
-ELC. SECRETARIO DIPUTADO ADRIAN RIVERA PEREZ.
(Oficio de la Junta de Coordinación Política relativo al funcionamiento de la Comisión Especial para la Reforma del Estado, a fin de que la Diputada María Teresa Gómez Mont y Urueta sustituya al Diputado Ricardo Francisco García Cervantes en la Presidencia de la Comisión Especial para la Reforma del Estado hasta el 13 de Noviembre de 2002).
-EL MISMO C. SECRETARIO. En votación económica se pregunta si se aprueba.
Los ciudadanos Diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(votación)
Los ciudadanos Diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(votación)
-LA C. PRESIDENTE. APROBADO.
-LA MISMA C. SECRETARIA.
(Oficio de la Junta de Coordinación Política, solicitando que el C. Diputado Silvestre Faya Viesca sustituya al Diputado Raúl Martínez González como integrante de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría de la Federación).
-LA MISMA C. SECRETARIA.
(Oficio de la Junta de Coordinación Política relativa a la modificación en la integración de la siguiente Comisión, que el diputado Francisco García Cabeza de Vaca sustituya a la Diputada Yadira Ivette Tamayo Rivera).
-LA MISMA C. SECRETARIA.
(Oficio de la Junta de Coordinación Política solicitando que la Diputada Dora Helia Chapa Pérez sustituya al diputado Raúl Martínez González)
-LA MISMA C. SECRETARIA.
(Oficio de la Junta de Coordinación Política, solicitando que la diputada Martha Ruth del Toro Gaytán se integre a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos)
-LA C. PRESIDENTA. DE ENTERADO.
-E L C. SECRETARIO ADRIAN RIVERA PEREZ.
(Oficios de la Junta de Coordinación Política, que la diputada Martha Ruth del Toro Gaitán sustituya al diputado Moisés Alcalde Virgen en la Comisión de Equidad y Género. Que el diputado Francisco Luis Treviño Cabello sustituya al diputado Eduardo Rivera Pérez en la Comisión de Juventud y Deporte. Que la diputada Magdalena Yunuem Pasarán Navarijo sustituya a la diputada Gabriela Cuevas Barrón en la Comisión de Juventud y Deporte. Que la diputada Gabriela Cuevas Barrón sustituya al diputado Ricardo Francisco García Cervantes en la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. Que la diputada Alba Leonila Méndez Herrera salga de la Comisión de Equidad y Género. Que la diputada Alba Leonila Méndez Herrera se integre a la Comisión de Participación Ciudadana)
LA PRESIDENTA: De enterado.
EL MISMO SECRETARIO:
(oficio de la Cámara de Senadores)
LA PRESIDENTA: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Pasamos al capítulo de iniciativas de ciudadanos diputados. Le vamos a solicitar a la Secretaría que con el cronómetro de mano esté pendiente del tiempo de la lectura de los colegas legisladores y les recordamos a los compañeros y compañeras legisladoras y legisladores que el tiempo previsto en el acuerdo para la presentación de iniciativas es de 10 minutos, de 10 minutos.
Para presentar una iniciativa de reformas al artículo 49 de la Ley Agraria en materia de Restitución de Tierras, se ofrece el uso de la palabra al diputado Juan Paredes Gloria, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
EL DIP. JUAN PAREDES GLORIA: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados:
En mi calidad de diputado federal a la
LVIII Legislatura del Congreso General y con fundamento en el artículo 71 fracción 2ª
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 55
fracción 2ª, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados la
presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 49 de la Ley Agraria
en materia de Restitución de Tierras, de acuerdo con la siguiente exposición de motivos:
La restitución por definición, consiste en la reintegración de un bien o un derecho a
su legítimo propietario o titular; la restitución de tierras como institución
jurídica, se funda en la necesidad de realizar un acto de justicia con el objeto de
reintegrarle a sus legítimos y originales dueños, los pueblos, las tierras de las que
injusta y arbitrariamente fueron despojados eventualmente, con la participación desde
luego de autoridades de distintos niveles de gobierno, de modo que a través de la
restitución se concilien los intereses y los derechos de los pueblos con el Estado.
La base jurídica de la restitución de tierras se encuentra en el artículo 27 fracción 8ª, incisos A, B y C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: "Artículo 27. La capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas de la nación se regirá por las siguientes prescripciones: Fracción 8ª: Se declaran nulas A) todas las enajenaciones de tierras, aguas y montes pertenecientes a los pueblos, rancherías y congregaciones o comunidades hechas por los jefes políticos, gobernadores de los estados o cualquier otra autoridad local, en contravención a lo dispuesto en la ley del 25 de junio de 1856 y demás leyes y disposiciones relativas".
En su inciso B: "Todas las concesiones, composiciones o ventas de tierras, aguas y montes hechas por la Secretaría de Fomento, Hacienda o cualquier otra autoridad federal desde el primero de diciembre de 1876 hasta la fecha, con las cuales se hayan invadido y ocupado ilegalmente los ejidos, terrenos de común repartimiento o cualquier otra clase perteneciente a los pueblos, rancherías, congregaciones o comunidades y núcleos de población".
Asimismo, en el inciso C: "Todas las diligencias de apeo y deslinde, transacciones, enajenaciones o remates practicados durante el periodo de tiempo a que se refiere la fracción anterior, por compañías, jueces u otras autoridades de los estados o de la Federación, con los cuales se han invadido u ocupado ilegalmente, tierras, aguas y montes de los ejidos, terrenos de común repartimiento o de cualquier otra clase pertenecientes a los núcleos de población".
Quedan exceptuadas de la nulidad anterior únicamente las tierras que hubieran sido tituladas en los repartimientos hechos con apego a la ley del 25 de junio de 1856 y poseídas en nombre propio a título de dominio por más de 10 años, cuando la superficie no exceda de 50 hectáreas.
El hecho de que la disposición constitucional transcrita exprese que se declaran nulos los actos que con toda puntualidad señala en sus tres incisos, de ninguna manera implica que el imperio de esa determinación es absoluto y automático, sin necesidad de desahogar procedimiento alguno.
Es por ello que se requiere el desarrollo de un proceso que conduzca a la decisión que corresponda, vertida por parte de un órgano jurisdiccional competente y conforme a normas de derecho sustantivo y adjetivamente, previamente establecidos.
La Ley Agraria vigente como la ley secundaria y reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia agraria, omite hacer mención de la figura jurídica de la restitución de tierras en el concepto dispuesto por la Ley Fundamental y en cambio regula en su artículo 49, la restitución de tierras para los núcleos de población ejidales o comunales que hayan sido o sean privados ilegalmente de sus tierras o aguas en el actual concepto de la expresión.
Núcleos de población ejidal o comunales.
El vigente artículo 49 de la Ley Agraria dice:
Artículo 49.- "Los núcleos de población ejidales o comunales que hayan sido o sean privados ilegalmente de sus tierras o aguas, podrán acudir directamente o a través de la Procuraduría Agraria ante el Tribunal Agrario para solicitar la restitución de sus bienes".
Lo anterior se refiere a los núcleos de población favorecidos por las resoluciones presidenciales o de los tribunales agrarios que les hayan otorgado la categoría de ejido o comunidad.
Esta última idea se ratifica por el texto de la fracción I del artículo 98 de la Ley Agraria en tanto determina:
Artículo 98.- "El reconocimiento como comunidad a los núcleos agrarios deriva de los siguientes procedimientos:
I. "Una acción agraria de restitución para las comunidades despojadas de su propiedad".
Es claramente inadecuado que una disposición constitucional no se encuentre regulada por la legislación secundaria y, más que ello, jurídicamente delicado hacer nugatorio el derecho de los pueblos para intentar que a su favor se restituyan las tierras que legalmente les pertenecen, como autonomía o de que no disfruten de su posesión o usufructo.
Si bien es verdad que ese derecho se encuentra tutelado por el artículo 27 de la Constitución Política, también es cierto que la Ley Agraria carece de normas de derecho sustantivo al respecto y más que eso, de disposiciones adjetivas para el ejercicio de la acción; su inclusión en la Ley Agraria es indispensable.
En efecto, esa condición de carencia requiere de modificar la legislación secundaria para incluir en su cuerpo normas de derecho sustantivo y procesal que respondan al sólido e incuestionable derecho que a los pueblos, ilegalmente despojados de sus tierras, les asiste y que con precisión tutela la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La oportunidad para subsanar el hierro que en esta materia existe, está presente, y para ello, compañeras y compañeros diputados, es indispensable nuestra participación en calidad de representantes populares.
Por ello, de conformidad con los motivos expuestos y en estricta concordancia con la fracción VIII del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo texto titula el derecho de los pueblos a solicitar la restitución de las tierras de las que fueron ilegalmente despojados, se elabora el siguiente proyecto de reformas al artículo 49 de la Ley Agraria. Decreto que reforma el artículo 49 de la Ley Agraria.
Artículo Unico.- Se reforma el artículo 49 de la Ley Agraria para quedar como sigue:
Artículo 49.- "En los términos dispuestos por la fracción VIII del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los núcleos de población que hayan sido o sean privado ilegalmente de sus tierras, bosques o aguas, tendrán derecho a que se les restituyan cuando se compruebe que son propietarios de las tierras, bosque o aguas, cuya restitución demanden y que fueron ilegalmente despojados de sus bienes.
La demanda de restitución de tierras se presentará en el Tribunal Unitario Agrario competente por razón del territorio y se acompañará de los títulos de propiedad de los documentos necesarios para comprobar la fecha y la forma del despojo de las tierras, bosques o aguas reclamados y de un plano que represente a estos.
En la demanda de restitución, se proporcionará la identidad de los predios objeto de la demanda y la de quienes aparecen como sus propietarios en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa de que se trate.
E. Tribunal Agrario, una vez presentado ese acervo radicará el juicio y enviará los títulos de propiedad y los documentos probatorios del despojo al Archivo General de la Nación, para que éste realice un análisis acerca de su autenticidad, y emita el dictamen paliográfico respectivo.
Si los títulos de propiedad son auténticos y además documentalmente se acredita la fecha y forma del despojo, se continuará el juicio agrario, de conformidad con lo previsto establecido en el Título Décimo de esta ley.
De probarse la falta de autenticidad de los títulos exhibidos o de la documentación a partir de la que se pretendieron comprobar la fecha y forma del despojo, se interoperal al juicio y de ello se notificara el núcleo de población demandante.
Lo mismo sucederá si esa documentación, a pesar de ser auténtica no comprueba la forma y la fecha del despojo.
T R A N S I T O R I O S
Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Solicito a la presidencia, túrnese a la Comisión de Reforma Agraria. Asimismo hago mención que la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Artículo 49 de la Ley Agraria, lo acompañan las firmas de diputados integrantes de los grupos parlamentarios del PT, del PRD y del PRI, en el cual anexamos la relación de dichas firmas. Muchas gracias.
-LA C. PRESIDENTA: Gracias señor diputado.
Túrnese, como se ha pedido la iniciativa, a la Comisión de Reforma Agraria.
Tiene la palabra el diputado Francisco Ramírez Cabrera, del grupo parlamentario de Acción Nacional, para presentar una iniciativa que adiciona el Artículo 24 Transitorio de la Ley del Seguro Social, en materia de trabajadores ferroviarios, jubilados antes del 1º. De enero de 1982.
Pido a la Secretaría estar pendiente del tiempo y hacer notar al orador cuando va a terminar
-EL C. DIPUTADO FRANCISCO RAMIREZ CABRERA: Con su permiso señora presidenta. Compañeros y compañeros diputados. H. Cámara e Diputados del Congreso de la Unión. Su servidor, el diputado Francisco Ramírez Cabrera, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someto a consideración de la H. Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto que reforma el Artículo 24 Transitorio de la Ley del Seguro Social al tenor de la siguiente
EXPOSICION DE MOTIVOS
En diciembre de 1981 el Instituto Mexicano del Seguro Social, el organismo público denominado Ferrocarriles Nacionales de México y el sindicato de esta paraestatal, firmaron el convenio de incorporación de trabajadores ferrocarrileros al régimen obligatorio del Seguro Social.
El compromiso inicial de las partes, era que el Instituto se subrogara en las obligaciones patronales del organismo para con todos los trabajadores activos y jubilados, con la finalidad de hacer operativo el acuerdo se estableció un plazo de 60 días posteriores a la fecha del convenio, para que se analizaran propuestas que consideraran factores técnicos, jurídicos, actuariales y administrativos, para lograr una incorporación al régimen obligatorio del Seguro Social en los mejores términos para las partes.
De ello se desprendió que para el Instituto afiliara a los trabajadores ferrocarrileros al seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, la empresa debería aportar las cuotas de 150 semanas de cotización como máximo por trabajador en activo y 500 semanas por cada pensionado; esto no fue cumplido a cabalidad.
En lo relativo a la incorporación de los trabajadores jubilados con anterioridad al primero de enero de 1982 al seguro de invalidez, vejez cesantía en edad avanzada y muerte, el resultado de esta comisión es que el derecho de esos trabajadores a disfrutar de una pensión, haya quedado a la deriva y en la incertidumbre jurídica. Prueba de ello es el fallo de la Corte al respecto, donde se pronuncia en el sentido de que los trabajadores jubilados ferrocarrileros de antes de 1982, no tienen derecho a recibir una pensión distinta a la que recibían de las empresas ferroviarias.
Por lo tanto, los jubilados con anterioridad a la incorporación de los trabajadores de esta empresa al Instituto Mexicano del Seguro Social, no pueden pretender que el Instituto les otorgue un pago por concepto de jubilación; tal situación no ha pasado desapercibida para este Congreso Federal que consciente del legítimo derecho de estas personas a recibir una retribución por el esfuerzo puesto al servicio de la Nación, ha intercedido para que no queden en el desamparo.
Es por ello que a partir del año 2000, ha aprobado una partida presupuestal extra que les ha provisto de un pago anual que compense la carencia de una pensión. Aun así, este mecanismo ha quedado o ha servido de gran ayuda, pero no les permitía tener certidumbre respecto a una fuente confiable de recursos para atender las necesidades de su vejez y la oportunidad se abrió a raíz de las reformas aprobadas en diciembre del 2001, donde sin duda se establecieron beneficios importantes para los pensionados y jubilados del Seguro Social, como el hecho de que no existía pensión inferior a un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal para los pensionados por cesantía en edad avanzada, vejez y además sus viudas.
En la minuta enviada al Senado por la Cámara de Diputados, de la que se retoma prácticamente en su totalidad la estructura en que se definieron los incrementos de las pensiones, se exponen las consideraciones que hacía necesario un incremento de éstas, entre las que se destacan el deterioro sufrido por las pensiones que percibían el 90% del millón 800 mil pensionados de ese entonces.
Las reformas a las que hacemos alusión para el caso de los ferrocarrileros jubilados antes de 1982, se plasmaron en lo dispuesto por el artículo 24 transitorio de la Ley del Seguro Social donde se establece que el gobierno los reconoce como pensionados a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con un sueldo anual de 9 mil 500 pesos, recursos proporcionados por la Secretaría de Hacienda.
Este reconocimiento significó para estas personas un logro a medias, ya que la cantidad estipulada representa a penas dos terceras partes de un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Este hecho condiciona que los jubilados ferrocarrileros de antes del 82, sigan recibiendo un trato desigual respecto a lo que la Ley del Seguro Social establece para los pensionados al amparo de la misma.
Este hecho cobra relevancia si tomamos en cuenta que este grupo de personas se encuentran en una etapa de suma vulnerabilidad; su edad y condición física les impide desarrollar una actividad que les provea de ingresos adicionales para cubrir los gastos que genera un estado caracterizado por la enfermedad y el abandono.
Dadas estas condiciones, la asignación que se les garantiza en la ley actual resulta insuficiente,
Con base en la situación descrita nos permitimos plantear el justo reclamo de considerar bajo el mismo parámetro, a un grupo de pensionados que pusieron su trabajo al servicio de la patria y que por circunstancias ajenas a ellos, no les ha sido reconocido su legítimo derecho a recibir una pensión en iguales circunstancias a los demás trabajadores afiliados al Seguro Social.
En ese sentido se propone reformar el artículo 24 transitorio de la Ley del Seguro Social, con la finalidad de que el Gobierno Federal destine los recursos necesarios para que los jubilados ferrocarrileros antes de 1982 puedan recibir la pensión mínima garantizada de un salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Asimismo, conscientes de que los recursos públicos deben llegar a sus destinatarios de forma honrada y transparente, es que se obliga mediante este decreto a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes encargada de mantener el padrón de los jubilados ferrocarrileros antes de 1982, a validar sus registros mediante verificación física de los beneficios y demás acciones que aseguren la aplicación correcta de los apoyos.
Por lo anterior expuesto me permito someter a la consideración de la Honorable Cámara de Diputados, para que turne de inmediato para su discusión y dictamen a las Comisiones de Seguridad Social, Presupuesto, Contabilidad y Cuenta Pública, la siguiente Iniciativa de Decreto que reforma el artículo 24 transitorio de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
<ARTICULO PRIMERO: Se reforma el artículo vigésimo cuarto transitorio de la Ley del Seguro Social, para quedar en los siguientes términos:
<ARTICULO VIGESIMO CUARTO TRANSITORIO: A los jubilados antes de 1982 de Ferrocarriles Nacionales de México, deberá reconocerles su carácter de pensionados. Para este propósito el Gobierno Federal otorgará un pago anual equivalente a un salario mínimo general vigente anual en el Distrito Federal, para cada jubilado.
<La cuantía de estos montos será actualizada anualmente en el mes de febrero del año que corresponda, conforme al Indice Nacional de Precios al Consumidor, correspondiente al año-calendario inmediato anterior.
<Para los efectos de este artículo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público canalizará los recursos correspondientes a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que ésta pague mensualmente a los jubilados la cantidad resultante de dividir el monto anual entre los doce meses del año correspondiente.
<PRIMERO: El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
<SEGUNDO: El Ejecutivo Federal actualizará y validará el padrón de jubilados antes de 1982 de Ferrocarriles Nacionales de México, a fin de que se considere en el presupuesto de cada año y esta información deberá enviarse a las Comisiones de Seguridad Social de ambas Cámaras del Congreso Federal y a la de Presupuesto, Contabilidad y Cuenta Pública, de la Cámara de Diputados>.
Compañeras y compañeros, eso es todo. Muchas gracias.
-PRESIDENTA: Señor diputado vamos a turnar su iniciativa a la Comisión de Seguridad Social y a la de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Cámara, naturalemnte. ¿Está bien verdad?
Gracias señor diputado.
Túrnese a esas comisiones: Seguridad Social y Presupuesto y Cuenta Pública.
Tiene la palabra el diputado Alejandro Gómez Olvera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que adiciona una fracción octava al artículo 25 y un artículo 45 Bis, a la Ley de Coordinación Fiscal, para crear un fondo de Aportaciones para los Adultos Mayores.
EL C. DIPUTADO ALEJANDRO GOMEZ OLVERA: Con su venia señora diputada presidenta. El suscrito diputado federal de la 58 legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que me concede el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa de decreto que adiciona una fracción VIII al artículo 25 y crea una artículo 45 bis a la Ley de Coordinación Fiscal.
Exposición de motivos.
Resulta necesario volver nuestros ojos a la sociedad que nos rodea, donde las verdades definitivas se enfrentan a los cambios de época y obligan a reflexionar sobre los impactos de la transformación económica en la sociedad. En las relaciones humanas, en las relaciones intergeneracionales.
El futuro nos presenta una sociedad tanto de riesgos como de oportunidades. La flexibilidad laboral en curso impondrá empleos temporales por horas eventuales. La reconversión profesional será una necesidad para actualizarse y adquirir formación especializada.
El hogar y la propia institución matrimonial se verán afectados por las nuevas condiciones económicas, laborales, demográficas y sociales. Los nuevos adultos, obligados a ese cambio, deberán comportarse de manera diferente. Sus destinos adultos serán cada vez más frágiles, inciertos y precarios.
Se dice que cuando estallen los sistemas de pensiones se iniciará la revolución de la vejez, es decir, se negarán a jubilarse, desarrollar nuevos movimientos sociales, levantarán la bandera de sus derechos adquiridos y así deberá surgir una nueva cultura para mayores, lo que conducirá a revalorar y fortalecer su autoestima, alcanzar plena legitimación política, hacerse respetar por los demás y adquirir legítimo prestigio social.
De ahí parte el deseo de abordar el tema de las personas consideradas de la tercera edad o adultos mayores, ya que este grupo de población día a día se va incrementando en todas las sociedades del mundo, sin duda relacionado con los adelantos que se han dado en torno a la salud, permitiendo con ello que la vida de las personas se prolongue y hasta se dé una mejor calidad de vida.
Según el Consejo Nacional de Población, desde 1930 se viene registrando un descenso continuo de la mortalidad, lo que ha dado lugar a un incremento significativo en la esperanza de vida al nacimiento.
En 1930 los hombres vivían en promedio 35 años y las mujeres 37. Seis décadas más tarde, en 1995, la duración media de vida se duplicó de 71 a 76 años, respectivamente. Además, este rápido descenso de la fecundidad y la mortalidad en México ha traído como consecuencia una transformación de la pirámide poblacional que se expresa en un gradual proceso de envejecimiento de la población.
Algunas proyecciones realizadas por la Secretaría de Salud indican que para el año 2020 México ocupará el noveno lugar a nivel mundial de la población de mayores de 60 años. Por otra parte, las estimaciones de la ONU consideran que para el 2025 este número se incrementará a 17 millones.
El concepto de ancianos nos remite a las funciones y roles que son el desempeño social económicamente y por los distintos grupos de edad. Si partimos de una visión socioeconómica, lo que importa para el sector productivo es la posibilidad de laborar de los seres humanos. Por lo tanto se podría decir, según esta concepción, que se es viejo cuando se comienza a perder dicha capacidad.
Se dice que como fenómeno sociodemográfico la relevancia al envejecimiento está determinada en la manera de las desventajas de la vejez que afectan el funcionamiento social y económico, tanto en lo individual como en lo colectivo.
Estos efectos no serán resultado sólo de la vejez individual, sino que vendrán enmarcados en interrelación con las condiciones socioeconómicas generales en que se desarrollará en cada sociedad.
El acelerado proceso de envejecimiento trae como resultado una serie de demandas sociales y económicas como son: el aumento de gasto en salud, en los equipamientos, en la infraestructura médica, así como en la producción de vivienda.
Por lo anterior, reflexionar en torno a la ancianidad tiene que ir más allá de las estadísticas y más allá de saber que es mayor la esperanza de vida para cada persona. Lo importante es legislar para que realmente la vida de esas personas sea mejor y no se vean llenos de carencias al llegar a formar parte del sector de la tercera edad.
Es necesario crear los instrumentos que permitan asegurar la vida de nuestra población que está envejeciendo y les permita tener una vida plena. Esta preocupación se encuentra plasmada en distintas iniciativas relacionadas con los derechos de los adultos mayores, tal es el caso del proyecto de Ley del Instituto Nacional de la Senectud, presentada por el diputado Alberto Curie Henaine (¿), integrante del grupo parlamentario Revolucionario Institucional en LVII Legislatura.
En ese mismo sentido se suma la iniciativa de la Ley Nacional de las Personas Adultas Mayores, presentada por el diputado Jaime Martínez Veloz y por el diputado Sergio Acosta Salazar, titulada l Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Estas dos últimas iniciativas fueron presentadas el 17 de octubre del 2001
Además, también el Partido de la Revolución Democrática, el diputado Pedro Miguel Lozano Salazar presentar una adición al cuarto constitucional, para instruir los derechos de la senectud.
Por último, el senador Armando Chavarría presentó la Ley de las Personas Adultas Mayores. Lo anterior derivó de la aprobación de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores publicada en el Diario Oficial el 25 de junio de este año.
Sumándome al esfuerzo de construir elementos que permitan una mejor calidad de vida para los adultos mayores, considero que a nivel municipal se requiere crear casas de atención para adultos mayores. Según el Instituto Nacional de Adultos en Plenitud, solamente funcionan 15 albergues y residencias diurnas para la tercera edad, contando con dos en el Distrito Federal y solamente tres en el interior de la República.
Para ejemplificar la ausencia de programas para los adultos mayores y la necesidad de que los gobiernos municipales cuenten con recursos económicos que les permitan implementar programas de apoyo para este grupo de edad.
Específicamente en el Estado de México cuenta con alrededor de 7l3,704 habitantes que se encuentran clasificados en los dos rangos marcados por CONAPO, entre los 60 y los 64 años y los 65 y más años de edad, existiendo municipios con un elevado número de ancianos, siendo éste Netzahualcóyotl con 53,868, Ecatepec de Morelos con 47,241, Tranepantla de Baz con 34,739.
En la medida en que los municipios debe elaborar y presentar ante un Congreso local el plan de desarrollo municipal, previo un diagnóstico, es necesario que se le dé particular importancia a los programas de desarrollo y vida digna para las personas de la tercera edad, que de un simple seguimiento que hace que su servidor respecto al Estado de México. En internet no encontramos que aparezca como parte de los proyectos prioritarios y de la metas a cumplir por parte de los gobiernos municipales en dichos planes de desarrollo municipal.
Por ello es necesario que se efectúen modificaciones en la Ley de Coordinación Fiscal, que permitan dotar de elementos económicos a los gobiernos locales, para poder dotar de atención a las personas de la tercera edad o adultos mayores.
En este tenor, propongo la creación de un fondo de aportaciones destinado a la creación y mantenimiento y provisiones salariales y económicas del personal que labore en las casas de atención del adulto mayor. La construcción de un auténtico federalismo no es ajeno a las transformaciones en puerta. La población adulta mayor se encuentra distribuída en cada uno de los municipios que componen las entidades federativas, de ahí donde se afirma el compromiso del Congreso de la Unión, la distribución de competencias y concurrencias es tema de vínculo directo de la soberanía, autonomía y relación democrática que debe existir entre los niveles de gobierno para la atención de programas con un alto contenido social.
La iniciativa de decreto adiciona una fracción octava al artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal en su capítulo V, referente a los fondos de aportaciones federales y se crea un artículo 45 Bis para la constitución del Fondo de Aportaciones para Adultos Mayores.
Artículo único.- Se adiciona una fracción octava al artículo 25 y se crea el artículo 45 Bis de los Adultos Mayores, de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:
Artículo 25: Con independencia de lo establecidos en los capítulos 1 a 4 de esta ley, respecto a la participación de los estados, municipios y el Distrito Federal en la recaudación federal participable se establece que se transfieran a las haciendas públicas de los estados y Distrito Federal y, en su caso, los municipios, condicionando a su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos para cada tipo de aportaciones que establece la ley para los fondos siguientes:
"En el octavo inciso Fondo de Aportaciones para la Atención de los Adultos Mayores. Artículo 45-bis. El Fondo de Aportaciones para la Atención de Adultos Mayores se constituirá con cargo a recursos federales, mismos que serán determinados anualmente en el monto de egresos de la federación por un monto equivalente solo para efectos de referencia al 0.5 por ciento de la recaudación federal participable a que se refiere dicho artículo".
Dado el término del tiempo solito, diputada Presidenta, se publique íntegra en el Diario de los Debates y la Gaceta Parlamentaria.
Muchas gracias.
- LA C. PRESIDENTA DIPUTADA MARÍA ELENA ALVAREZ BERNAL (PAN): Con mucho gusto, señor diputado.
Publíquese íntegra la iniciativa entregada por el diputado y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Tiene la palabra el diputado Víctor Antonio García Dávila, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- EL C. DIPUTADO VICTOR ANTONIO GARCÍA DÁVILA (PT): Con la venia de la Presidencia.
"Los suscritos diputados federales de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto de reformas al artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos bajo la siguiente
" E x p o s i c i ó n d e M o t I v o s
"El Distrito Federal es sede y asiento de los poderes federales y además capital de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de lo expuesto por el artículo 44 de la Constitución General de la República. Como sede de los poderes federales lo es desde el 18 de noviembre de 1824, cuando el Congreso expidió la ley que daba contenido a lo previsto en la fracción VIII del artículo 49 de la Constitución de octubre de 1824.
"A lo largo del devenir histórico de nuestra patria el Distrito Federal se mantiene si el régimen es federalista o desaparece si es centralista. En el texto de la Constitución del ´17 en el artículo 43 entre las partes integrantes de la federación se incluye al Distrito Federal y en el artículo 73 fracción IV se otorga la facultad al Congreso de la Unión para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal.
"En 1929 entra en vigor la reforma constitucional por medio de la cual el gobierno del Distrito Federal quedaba a cargo del Presidente de la República, quien lo ejercería por los organismos que determinara la ley, quedando desde este momento los habitantes del Distrito Federal políticamente en calidad de ciudadanos de segunda ante la imposibilidad de elegir a sus gobernantes.
"La ciudadanía del Distrito Federal siempre reclamó el ejercicio de derechos políticos plenos y la capacidad de elegir a sus gobernantes. No obstante la creación de un órgano de representación ciudadana el gobierno del Distrito Federal seguía a cargo del Presidente de la República, manteniendo la imposibilidad de los habitantes del Distrito Federal de elegir a quien lo gobernara.
"En virtud de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de octubre del ´93 se modifican, entre otros, los artículos 73 y 122, destacando de este último todo lo referente al gobierno del Distrito Federal, estableciendo como órganos locales el gobierno del Distrito Federal a la Asamblea de Representantes, al Jefe del Distrito Federal y al Tribunal Superior de Justicia. Este artículo 122 se reforma en 1994 y por último el 22 de agosto del ´96 se publica la última reforma que permite para ´97 la elección directa de Jefe de Gobierno del Distrito Federal que para el año 2000 permitió la elección de los jefes delegacionales.
"Las tres reformas constitucionales antes citadas constituyeron un avance importante que no definitivo en la democratización del Distrito Federal. Sin embargo, es necesario reconocer y enmendar errores que se contienen en la regulación del Distrito Federal, específicamente nos referimos a los mecanismos de elección de la asamblea legislativa.
"El Partido del Trabajo ha sido un fiel impulsor de la máxima a cada ciudadano un voto y todo voto cuenta igual. Por ello, hemos estado en contra de establecer ficciones legales que otorguen a algún partido político un número de diputados que no recibe directamente de la voluntad de los ciudadanos al depositar su voto y que éste tenga su reflejo en los diputados de representación proporcional.
"Compañeras y compañeros:
"El contenido de la presente iniciativa es la eliminación en el texto del artículo 122 constitucional de esta ficción legal denominada Cláusula de Gobernabilidad para sustituirla en la asignación de los Diputados de Representación Proporcional por un sistema de proporcionalidad pura. En virtud de la cual los 26 Diputados de Representación Proporcional serán asignados conforme al porcentaje de votación obtenido por cada partido y que haya una relación directa, entre los Diputados de la Representación Proporcional asignados y los votos obtenidos por los partidos.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los Artículos 71 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como por los Artículos 55 Fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto de Reformas al Artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:- Se reforma la Fracción III de la Base Primera al Artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 122 Parte Primera, primero a segunda, Tercera: Las constancias de asignación de Diputados de Representación Proporcional se otorgarán mediante un sistema de proporcionalidad pura donde exista una relación directa entre los 26 Diputados a otorgar con el número de votos obtenidos por los partidos políticos.
Cuarta a quinta. Transitorios. Primero- el Presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 24 días del mes de Septiembre del año 2002. Atentamente. Por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo quien solicita su publicación íntegra en La Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.
Muchas gracias.
-LA C. PRESIDENTE. Gracias señor Diputado.
Publíquese íntegro el texto que entrega el Ciudadano Diputado y túrnese a las Comisiones de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal.
-LA C. PRESIDENTE. Tiene la palabra el Diputado José Soto Martínez,
del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar una iniciativa que reforme el Artículo 404 de la Ley de Vías Generales de Comunicación y los Artículos 5, 11, 25, 75, 84, 86, 101 y 104 de la Ley Federal de Radio y Televisión.
-EL C. DIPUTADO JOSE SOTO MARTINEZ.- Gracias, con su permiso.
El suscrito, Diputado José Soto Martínez, integrante de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confiere la Fracción II del Artículo 71 de nuestra Carta Magna y con apoyo además en el Artículo 55 Fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados, una Iniciativa de Decreto para Reformar los Artículos 404 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, 5, 11, 25, 75, 84, 86, 89, 101 y 104 de la Ley Federal de Radio y Televisión basándome para ello en la siguiente Exposición de Motivos.
Considerando que el Artículo 6º de nuestra Constitución Federal establece que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa sino en el caso de que ataque a la moral, a los derechos de terceros , provoque algún delito o perturbe el orden público, el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Considerando que el Artículo 2º Apartado B) Fracción VI del mismo ordenamiento, determina que para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, la Federación, los Estados y los Municipios tienen la obligación de extender la red de comunicaciones que permita la integración de las comunidades mediante la construcción y ampliación de vías de comunicaciones y telecomunicaciones, establecer condiciones para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación en los términos que la Ley en la materia determine.
Considerando que comunicar es un derecho humano y que por omisiones al respecto se omitió en contra de nuestro país una Recomendación de la Comisión Internacional de los Derechos Humanos.
Considerando que actualmente los radios comunitarios operan de manera clandestina, lo cual ocasiona que las autoridades les decomisen sus equipos transmisores, como sucedió con Radio Comunitaria Gempoc, en la comunidad Mije de Tlahuitoltepec, Oaxaca.
Considerando que con motivo del decomiso de su equipo, la radio comunitaria mencionada dejó de transmitir información de la comunidad, narración de cuentos en lengua mije, divulgación de derechos indígenas y humanos y música tradicional.
Considerando que de 260 países que tienen Constitución, México ocupa el octavo lugar de atrás hacia adelante en el ejercicio de los derechos de libertad de expresión e información.
Considerando que establecer las condiciones para que las comunidades indígenas puedan operar estaciones de radio, no implica una concesión sino el reconocimiento de un derecho humano fundamental, sin el cual será difícil hablar de una transición a la democracia.
Considerando que los diputados federales nos debemos a los intereses de la sociedad, en tanto representantes de la misma y que al tomar posesión de nuestro cargo protestamos guardar y hacer guardar la Constitución Federal y las leyes que de ella emanen.
En mérito de lo anteriormente expuesto y con fundamento además en lo dispuesto por el artículo 70 de nuestra Carta Magna, se presenta la siguiente iniciativa de decreto que reforma los artículos 404 de la Ley de Vías Generales de Comunicación y 11, 25, 75, 86, 89, 101 y 104 de la Ley Federal de Radio y Televisión.
Decreto por el que se reforman los artículos antes mencionados:
Artículo primero. Se reforma el artículo 404 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para quedar como sigue:
"Las estaciones radiodifusoras culturales sólo podrán ser establecidas o explotadas por la Federación, los gobiernos de los estados, los municipios, las universidades y las comunidades indígenas, y se destinarán para transmitir asuntos de índole cultural, de informaciones de interés general que no tengan carácter comercial".
Artículo segundo. Se reforman los artículos antes mencionados de la Ley de Radio y Televisión, para quedar como siguen:
Artículo 5º. "La radio y la televisión tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al efecto, a través de sus transmisiones procurarán...
"Tercero. Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo y a conservar las características nacionales, las costumbres del país o sus tradiciones, la propiedad del idioma nacional, las lenguas de las comunidades indígenas y exaltar los valores de la nacionalidad mexicana".
Artículo 11. "La Secretaría de Educación Pública tendrá las siguientes atribuciones:
"Tercero. Promover el fortalecimiento de los valores culturales y de la identidad nacional, tomando en consideración su composición pluricultural y su pluralidad lingüística".
Artículo 25: "Los permisos para las estaciones oficiales, culturales y de experimentación y para las escuelas radiofónicas, sólo podrán otorgarse a mexicanos y entidades u organismos públicos o sociedades cuyos socios sean mexicanos. Si se trata de sociedades por acciones, éstas tendrán precisamente el carácter de nominativas y aquellas quedarán obligadas a proporcionar anualmente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la lista general de sus socios".
Artículo 75: "En sus transmisiones, las estaciones difusoras deberán hacer uso del idioma nacional.
"La Secretaría de Gobernación podrá autorizar, en casos especiales, el uso de otros idiomas siempre que a continuación se haga una versión al español íntegra o resumida a juicio de la propia Secretaría.
"Se exceptúan de lo anterior, las estaciones radiodifusoras, culturales, de las comunidades indígenas, quienes podrán difundir en sus propias lenguas, idioma o dialectos.
"Artículo 84.- En las transmisiones de las difusoras solamente podrán laborar los locutores que cuenten con certificado de actitud.
"Lo anterior no es aplicable a los locutores de las radiodifusoras culturales que operen en las comunidades indígenas.
"Artículo 86.- Los locutores serán de dos categorías: A y B
"Los locutores de la categoría A, deberán comprobar que han terminado sus estudios de bachillerato o sus equivalentes.
"Los de la categoría B, los estudios de secundaria o sus equivalentes. Unos y otros cumplirán además con los requisitos que establece el reglamento.
"Lo anterior no es aplicable a los locutores de las radiodifusoras culturales que operen en las comunidades indígenas.
"Artículo 89.- Los cronistas y los comentaristas deberán ser de nacionalidad mexicana y presentar un certificado que acredite su capacidad para la actividad especial a que se dediquen, expedido por la Secretaría de Educación Pública.
"Se exceptúa de lo anterior, los cronistas y los comentaristas que participen en las radiodifusoras culturales de las comunidades indígenas, quienes únicamente deberán cubrir el requisito de ser de nacionalidad mexicana.
"Constituyen infracciones:
"Artículo 101.- Constituyen infracciones a la presente ley:
"Se deroga la fracción XVIII"
Eso es todo. Muchas gracias y espero que lo manden a las comisiones correspondientes.
LA PRESIDENTA: Gracias, señor diputado.
Túrnese a la Comisiones de Comunicaciones y de Radio, Televisión y Cinematografía.
Tiene la palabra el diputado Manuel Wistano Orozco Garza, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 51 de la Ley General de Salud, en materia de derechos de los usuarios y prestadores de los servicios de salud.
EL DIP. MANUEL WISTANO OROZCO GARZA: Gracias diputada Presidenta.
Si me permite hacer un resumen de la exposición de motivos y le pido que quede asentado todo el texto de la iniciativa en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Compañeras y compañeros diputados:
Los miembros diputados suscritos que suscribimos esta iniciativa, sometemos a su consideración esta Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se reforma y adiciona el artículo 51 de la Ley General de Salud con la finalidad de incluir el concepto de objeción de conciencia en materia de salud.
En la exposición de motivos asentamos que a medida que esta nación ha crecido, ha fortalecido sus instituciones democráticas, ha consolidado una apertura tanto interna como externa y afrontado el reto de la modernidad, se han abierto los canales para que en plena libertad y con mayor fuerza, los individuos, agentes sociales y sociedad organizada, manifiesten sus creencias y sentires.
No es en vano que nuestra Constitución, en su artículo segundo, reconozca el carácter pluricultural que compone al país.
Estas tendencias han propiciado una mayor tolerancia entre las personas y distintos grupos sociales que conviven en este territorio mexicano, como un símbolo, no únicamente de civilidad, sino de un profundo respeto a los derechos humanos.
La tolerancia consiste en el respeto, en la aceptación y en el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y medios de ser humanos.
La fomentan el conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento de conciencia y de religión. La tolerancia consiste en la armonía en la diferencia, no sólo es un deber moral sino además una exigencia política y jurídica, la tolerancia pues es la virtud que hace posible la paz, contribuye a sustituir la cultura de la guerra por la cultura e la paz.
En la actualidad y en los estados democráticos, aparece este concepto de objeción de conciencia, como un derecho a la libertad de pensamiento de conciencia, o bien, a la libertad de religión de la persona en cuanto a expresión de la dignidad humana ante la ley, y no sólo como el deber moral ante un estado totalitario, que no permite y es siempre sordo a las expresiones personales o minoritarias.
Así pues con la objeción de conciencia, se logra respetar, a quien en conciencia dice: no puedo acatar un determinado ordenamiento legal sin lastimar la ley, sin lastimar el derecho al ajeno a la familia o a la paz.
En el mundo se habla y se acepta ya la figura de objeción de conciencia en muy diversas situaciones, todas ellas fáciles de entender, tales como la que primero se aceptó, y es la objeción al servicio militar, de la cual posteriormente se desprendió al trabajo, a las industrias de la guerra y armamentismo, y en tópicos de educación y de salud.
En España, en su Constitución, ya se puede objetar por razones de conciencia, el tener que ir al servicio militar.
Las sociedades modernas aceptan el gesto de la discrepancia pacífica, sin tomar represalias o ejercer discriminaciones, contra quien de forma justificada, ejerce su derecho de libertad o pensamiento. La tolerancia, la genuina objeción por razones de conciencia, es algo connatural a la sociedad de hoy, en la que el pluralismo ético es aceptado como una realidad privilegiada.
El choque entre la norma jurídica y el respeto a la libertad de creencia, se produce cuando surge el dilema de cumplir una ley o no cumplirla, por un deber de obrar, según lo dicte la conciencia.
Creo que bien vale la pena resaltar los comentarios de reconocidos pensadores que sobre ese tema han opinado y que ayudan a comprender mejor el límite y el valor de la objeción de conciencia.
Citaré a Paul Diterlend (?), quien habla de la objeción de conciencia y dice: "No persigue la modificación de una ley o de una determinada política sino tan sólo el no cumplimiento de una obligación por el objetor, ¿es un acto individual, no un llamado para cambiar la opinión pública? La objeción de conciencia puede ser reconocida jurídicamente, es decir, es posible reconocer a los individuos el derecho de no cumplir una determinada obligación jurídica".
Cito ahora a Octavio Casamadrid; "La objeción de conciencia por ende y en tanto institución asimilable al derecho mexicano, sólo puede tener por objeto revisar, secum dum legen, la virtual iniquidad de algún acto jurídico concreto, trátese de evitar la virtual injusticia de una disposición general, en el caso contrato, más no derogar por actos de los particulares la ley, o bien, encontrar un subterfugio para sustraerse a la legalidad".
Por último, cito a José Luis Soberanes: "El nuestro es un país en donde el derecho avanza fundamentalmente por legislación, consideramos que es urgente legislar en materia de objeción de conciencia en México, ya que existe un problema social real, que no podemos ignorar y no podemos vivir a espaldas del desarrollo jurídico mundial".
En este orden de ideas, la propuesta que el día de hoy ponemos a consideración de este órgano colegiado, va encaminada a lograr dicho propósito, la objeción de conciencia en el terreno de la salud. No porque no debe involucrar otros terrenos, como el militar, el laboral, el educativo, sino porque creo que hay que ir tomando las diversas áreas de la vida política en nuestro país, y asentar ahí la objeción de conciencia.
En este terreno de la salud, en el cual se requiere de un amplio consentimiento, conocimiento del ser humano, no tan sólo de los aspectos biológicos-orgánicos sino también del sicológico, social y ético, aparecen situaciones que por su concepto, resultan objetables a la luz de la conducta de un profesional, de un médico o de una enfermera.
El prestador de servicios: médico o enfermera que objetara realizar un procedimiento con las características arriba mencionadas, tendrá la obligación de manifestarlo inmediatamente y en primera instancia al usuario y en su caso a la institución en la que laborase, para que el procedimiento requerido pueda ser practicado por otro profesionista y de esta forma no lastimar el derecho que el usuario tiene al recibir el servicio.
La objeción de conciencia interpuesta por el personal de la salud, no punga ni pretende evitar un determinado tratamiento, simplemente busca que se le permita no participar en tal procedimiento. Evidentemente nunca podrá un médico o una enfermera, objetar por razones de conciencia un procedimiento que ponga en vilo la salud de cualquier paciente. Si lo que objeta el médico o la enfermera pone en peligro la salud o disminuye tan solo la salud del paciente o de quien busca mantener su salud, evidentemente no procede.
El rechazo de ciertas acciones nada tiene que ver con el rechazo de las personas. El personal sanitario, aún absteniéndose de practicar el acto objetado, está obligado a prestar cualquier otra atención médica a la persona que requiere el procedimiento impugnado.
De igual modo, el desacuerdo, aludiendo por motivos de conciencia, jamás podrá suponer para el que objeta, la obtención de ventajas laborales; degradaría su dignidad ética el trabajador de la salud que interpusiera objeción de conciencia para reducir su carga de trabajo o para excluirse de servicios molestos, peor aún resultaría que practicara la tarea objetada en su accionar privado buscando beneficios pecuniarios.
El trabajador de la salud demostrará la rectitud de su intención cumpliendo la tarea que se le asigne para sustituir el trabajo del que se ha abstenido por razones de conciencia. En otros países y a ejemplo del Servicio Militar, quien no accede al Servicio Militar, entonces presta una labor social y a veces por el doble de tiempo, de manera que la objeción de conciencia no se convierte en un acto que haga que yo trabaje menos, sino más bien si por conciencia no puedo, presto un servicio y a veces hasta con el doble de esfuerzo.
De esta manera y por las consideraciones anteriormente expuestas y en el ejercicio de nuestras facultades constitucionales, los suscritos diputados sometemos a la Asamblea lo siguiente:
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 51 de la Ley General de Salud.
Artículo Unico. Se reforma y adiciona el artículo 51 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:
"Los usuarios tendrán derecho, previo consentimiento libre e informado, a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales técnicos y auxiliares y viene aquí- Si el usuario exigiera de los prestadores de servicios de salud un procedimiento que por razones de conciencia o convicción clínica éstos juzguen inaceptable, quedarán dispensados de actuar siempre y cuando no sea caso de urgencia o se deteriore la salud del mismo, debiendo informarlo sin demora al usuario y en su caso a la institución otorgante del servicio".
Transitorio. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Gracias por su atención.
LA C. PRESIDENTA.- Gracias, señor diputado.
Publíquese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese la iniciativa a la Comisión de Salud.
Tiene la palabra la ciudadana diputada Adela del Carmen Graniel Campos del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona la Ley General de Salud.
LA C. DIPUTADA ADELA DEL CARMEN GRANIEL CAMPOS.- Con la venia de la Presidencia.
Honorable Asamblea:
Los suscritos diputadas y diputados a la Quincuagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamenta en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Salud.
Solicito a la presidencia instruya la inserción íntegra del texto de la iniciativa bajo la siguiente:
"EXPOSICION DE MOTIVOS:
"El síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, SIDA resultado de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana VIH, continúa representando un problema importante de salud pública reflejado por un gran número de infectados.
"En México al igual que en el resto de países del mundo, el SIDA se ha convertido en un problema muy complejo, con múltiples repercusiones sicológicas, sociales, éticas, económicas y políticas que rebasan el ámbito de la salud.
"De acuerdo con el informe sobre la epidemia mundial de VIH SIDA 2002, liberada por ONUSIDA en la reciente conferencia de Barcelona, en nuestro país existen alrededor de 150 mil personas de 15 a 49 años infectadas por VIH, lo cual indica una prevalencia del 0.3% y significa que por cada mil personas adultas en nuestro país, tres de ellas podrían ser portadoras del VIH.
"En ese mismo reporte de ONUSIDA, nuestro país ocupa, de acuerdo a la prevalencia de VIH en población adulta, el lugar 77 a nivel mundial y el lugar 23, considerando sólo al continente americano y el Caribe.
"En México se ha registrado desde el inicio de la epidemia y hasta el 31 de diciembre de 2001, un total acumulado de 51 y un mil 914 casos, de los cuales únicamente 20 mil 671, 40% se encuentran vivos. El resto de las personas ya fallecieron o no se conoce su evolución.
"Sin embargo, debido al subregistro y retraso en la notificación de los casos, se estima que podrían estar vivas unas 6 mil personas más, el 50%, de las cuales correspondería a las instituciones de seguridad social, que garantizan el tratamiento antiretroviral.
"Considerando los casos de SIDA registrados, personas portadoras del VIH y el subregistro, se estima que para que nuestro país alcance la cobertura universal, se reguiere proporcional entre 28 mil 275 y 34 mil 171 tratamientos antiretrovilares.
"En años recientes en algunas partes del mundo ha habido una propagación explosiva del SIDA. En otros países hay indicios de que la epidemia se ha estabilizado. Pero con frecuencia sólo después de que la infección ha afectado a un porcentaje elevado de la población.
"Algunas iniciativas de la sociedad civil, han llamado la atención sobre el acceso o más bien la falta de acceso de los pobres a medicamentos esenciales. Una cuestión que pone de relieve el creciente conflicto entre las necesidades de salud y las normas de propiedad intelectual o entre el bien público y la codicia empresarial.
"Brasil ha desechado algunos argumentos que sostenían que los sistemas de salud de los países no desarrollados son muy frágiles y que el nivel educativo de sus habitantes les impide manejar el complicado régimen de los tratamientos sobre la base de su cuestionado servicio de salud pública Brasil ha creado una competente red de hospitales para el SIDA y ha demostrado que es posible educar a los pacientes de manera eficiente.
"La Organización Mundial de la Salud ha declarado que las normas actuales sobre propiedad intelectual se derivan de las normas de los países industrializados y no son necesariamente adecuadas para las naciones con problemas de salud y desarrollo.
"La cuestión de la disponibilidad de medicamentos esenciales para los pobres, pasó a ocupar un lugar de prioridad en la agenda internacional como consecuencia de la multiplicación de conflictos entre el interés público y la ambición de los multinacionales.
"Uno de los desafíos más importantes en este contexto consiste en aprovechar cabalmente el poder y la autoridad del estado para hacer frente a la epidemia y a esos efectos movilizar a todos los sectores y niveles de gobierno. Llevar a cabo las intervenciones en forma descentralizada, establecer sólidas asociaciones con entidades no gubernamentales , asegurar financiación suficiente en el presupuesto nacional y asignar adecuadamente recursos en todos los sectores y todos los niveles, hasta el municipal.
Un segundo factor para lograr resultados en la lucha contra el Sida, tanto en el plano nacional como en el mundial, consiste en una mayor coordinación entre todos los sectores de la planificación económica y social, entre los gobiernos, entre entidades de gobierno y no gubernamentales y entre la sociedad civil internacional y nacional.
Mientras que los jóvenes son los más afectados por la pandemia del Sida, también sabemos que son la clave para eliminarla. Los comportamientos que aprendan y sus prácticas servirán para señalar el rumbo futuro de la enfermedad.
Es necesario continuar impulsando campañas de prevención entre la población joven de México, así como promover el autocuidado, la responsabilidad y la autonomía individual.
Casi la mitad de las nuevas infecciones se producen entre personas menores de 18 años y hay unos 11 millones de jóvenes que viven con el Sida. Hay razones evidentes que justifican la necesidad de que los varones participen más plenamente en la lucha contra el Sida.
México tiene una prevalencia elevada en hombres que tienen sexo por hombres 15%-- u usuarios de drogas inyectables 6%--, pero mantiene una prevalencia baja en población adulta de 15 a 49 años 0.03%-- y mujeres embarazadas 0.09%.
Como padres, como hijos, como hermanos y amigos, los varones tienen mucho que aportar. Hay que estimular a los varones para que adopten comportamientos positivos y se ocupen mucho más del cuidado de sus parejas y familias.
Las medidas que individualmente y como sociedad podemos adoptar son esenciales. Asumir menos riesgos y encarar de frente el problema.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, presento la siguiente iniciativa de decreto que adiciona el artículo 135 bis de la Ley General de Salud, con el propósito de favorecer la prevención de atención y reducción de la tasa de incidencia del Sida.
Artículo 1. El artículo 135 bis de la Ley General de Salud para quedar como sigue: Artículo 135 bis. Con el propósito de favorecer la prevención, retención y reducción de la tasa de incidencia del síndrome de inmunodeficiencia adquirida, así como el control de los enfermos, y reducir las complicaciones asociadas a este padecimiento, la Secretaría de Salud proporcionará el preservativo condón masculino y femenino, de manera gratuita, en establecimientos públicos de salud a los habitantes del país que así lo requieran, regidos por criterios de universalidad y de gratuidad, garantizando su existencia permanente y disponibilidad, en coordinación con las autoridades competentes.
Transitorio. Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Signan esta iniciativa la diputada Magdalena Núñez Monreal, diputado Arturo Herviz Reyes, diputada Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, del PAS, diputado José Antonio Calderón Cardoso, del PAS, diputada María de las Nieves García, del PRI, diputado Humberto Mayas Canabal, y la de la voz, diputada Adriana del Carmen Graniel Campos.
Gracias por su atención.
LA C. PRESIDENTA: Gracias, señora diputada.
Publíquese en el Diario de los Debates el texto íntegro de la iniciativa y túrnese a la Comisión de Salud.
Tiene la palabra el diputado Juan Manuel Cabrera López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma la Ley Federal del Trabajo y el Código Civil Federal para garantizar la igualdad laboral de la mujer y la protección de su integración física y psíquica en la vida familiar.
EL C. DIPUTADO JUAN MANUEL CABRERA LOPEZ: Muchas gracias, compañera diputada presidenta.
La comparación del final del siglo XIX y el XX confirman que el cambio en el rol de la mujer no tiene paralelo en la historia. Hoy su papel es preponderante e igual en todos los órdenes de la vida y esto hace que la relaciones padre-madre-hijos y las de la pareja se desarrollen cada vez más en esquemas de menor dependencia y, por ende, sobre acuerdos de convivencia necesariamente distintos.
Como consecuencia de ello, la posición contemporánea de las mujeres debe de tener un algo sentido de equidad respecto a la de los hombres y compartir con éstos espacios sociales y jerarquías similares, sin que la diferencia de género sea determinante en las relaciones y el quehacer humano. Esto no es un tránsito accidental; obedece a una transformación profunda de la idiosincrasia de las sociedades, que actualmente reconoce a todas las mujeres un lugar de igualdad respecto del hombre, es decir, este cambio se debe reflejar en numerosas formas de la actividad cotidiana y especialmente en la legislación de todo el mundo, incluido nuestro país.
Es así como se explica la evolución jurídica respecto de las conferencias de la mujer en el siglo XX en todo en mundo y particularmente aquí en nuestro país, en México. Ejemplo de ello son, en materia política, por ejemplo el caso de San Luis Potosí, en donde en 1923 se promovió el derecho del voto activo y pasivo de la mujer, el cual posteriormente, en 1954, fue otorgado en todo el país en términos de universalidad. Asimismo las recientes reformas al Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales, que regula la obligación para los partidos políticos de presentar un mínimo de 30% de las candidaturas de elección popular y la expedición de la Ley que crea el Instituto Nacional de la Mujer. Estos dos últimos, fruto del trabajo de esta Legislatura.
Sin embargo, a pesar de todos estos avances, es indispensable reconocer que aún quedan temas en los que debemos de perseverar y modificar el marco legal para que el derecho formal de igualdad del hombre y la mujer sea una realidad. Muestra de este esfuerzo es la iniciativa que ahora presento ante ustedes para fortalecer en la legislación el papel de la mujer en dos aspectos específicos: en el laboral, especialmente en lo relativo a la mujer trabajadora embarazada y en el de la violencia que se presenta en las relaciones familiares, en la que en la mayoría de los casos la víctima es una mujer.
En el aspecto laboral conviene remarcar que la incorporación de la mujer a la vida económicamente activa, es una realidad creciente. Actualmente más de cuatro millones de madres son cabezas de familia, lo que representa la cuarta parte de los hogares mexicanos. Además hoy en día, más del 30% de la población económicamente activa es femenina, lo que ha derivado que en la última década su participación en la economía aumentó casi el 50%.
En términos constitucionales se establece que el hombre y la mujer son iguales ante la ley laboral y gozan de los mismos derechos y libertades, así como de similares obligaciones. Sin embargo, esto no ocurre muchas veces en la realidad cotidiana, en donde la mujer sufre discriminación laboral y social en determinados aspectos, ya sea por patrones tradicionales de conducta que todavía persisten y porque muchas veces por criterios que son vistos como puestos a ciertos conceptos sobre productividad de las empresas, como sucede en el caso del embarazo, ya que es una práctica común que a la mujer que solicita un empleo, se le exija una prueba de no gravidez, con el fin de establecer un criterio para su contratación, lo cual constituye una medida de absoluta discriminación.
Y sin embargo, esas prácticas no están todavía prohibidas expresamente en nuestros orden jurídico, por tal motivo resulta necesario reformar el artículo 164 de la Ley Federal del Trabajo con una adición que prohiba expresamente esa práctica. Esta prohibición tendría trascendencia al derecho penal, por lo menos en el Distrito Federal, ya que por su violación implicaría ubicarse en el tipo que describe el artículo 206 del Código Penal de dicha entidad federativa y quien exigiere el mencionado certificado de no gravidez pudiera hacerse acreedor a las sanciones que establece este ordenamiento.
De ahí la importancia de esta reforma, ya que no encontramos ninguna referencia específica en la Ley Federal del Trabajo que regule el derecho laboral de la mujer embarazada a la no discriminación en el momento de solicitar un empleo una vez que ésta se encuentre contratada.
Por otra parte, la nueva condición de la mujer en la vida social y sobre todo de la familia, no ha modificado muchos patrones de conducta en el seno del núcleo básico, puesto que más del 32% de mujeres que integran un hogar jefaturado por un hombre, son víctimas de violencia familiar, según una encuesta del área metropolitana del Distrito Federal.
Independientemente de las acciones que deben llevarse a cabo en este tema, en el ámbito educativo cultural es necesario proteger a la mujer y a sus hijos de estos hechos de violencia que atentan contra su dignidad como persona humana y limitan su acceso a una vida plena. Por ello es necesario modificar el Código Civil Federal.
La propuesta que hoy presento ante ustedes para reformar el ordenamiento citado, consiste en que se establezca la figura del desalojo judicial precautorio, del domicilio en el que habita el familiar agredido y es coincidente con algunas ya existentes en materia local, como lo es el caso del Código Civil del Distrito Federal, con lo cual se sentaría un precedente importante para que estas medidas precautorias, que buscan salvaguardar la vida y la integridad física de las mujeres se aplique supletoriamente a la norma local en todo el país.
"Además, se añade la prevención de ordenar al agresor de que se mantenga alejado de los lugares que frecuentan las víctimas de la violencia. Las medidas precautorias que se proponen facultarían al juez para que en el momento de conocer la situación de violencia decretara lo conducente y se ordenara el desalojo del agresor del hogar familiar, auxiliándose para tal efecto incluso de la fuerza pública. Estas medidas no podrían exceder de más de 15 días y para continuar con ellas sería indispensable el otorgar el derecho de audiencia a quien la sufre, de este modo el plazo establecido en la iniciativa es suficiente para que la víctima ejerza otros medios de defensa en los que, en su caso, se ratifique el desalojo del domicilio conyugal al agresor durante el tiempo que sea necesario para determinar la situación jurídica permanente.
"Con ello estaríamos avanzando en un tema, el desalojo judicial precautorio del domicilio conyugal y la protección de la víctima en su área laboral, que forma parte de lo que podríamos considerar todo un conjunto de retos jurídicos para avanzar en el combate a la violencia doméstica o intrafamiliar, como lo son los temas de las ayudas a las mujeres que dependen económicamente de su agresor, los derechos de visita a los hijos, el tratar de unificar los procedimientos penales y civiles para darles tratamiento conjunto y por ende más eficacia, la facilitación para dar aviso a las instancias encargadas de dar ayuda en estos casos y el establecer medidas que promuevan una mejor recuperación de las víctimas, como sería el obtener trabajo en condiciones preferenciales para aquellas que han sido sujeto de esta violencia.
"Temas todos ellos sobre los cuales espero este Congreso los vaya analizando y establezca medidas concretas para solucionarlos como es el caso de la presente iniciativa.
"Con base en lo expuesto es que se presenta este proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan entonces los artículos 164 de la Ley Federal del Trabajo y 323 cuater del Código Civil Federal para garantizar la igualdad laboral de la mujer y la protección de su integridad física y síquica en la vida familiar.
"Artículo 1º Se adiciona con dos párrafos el artículo 164 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
"Queda prohibido requerir pruebas de embarazo a las mujeres que soliciten un empleo o a las que ya se encuentren contratadas. Las prácticas que contravengan lo estipulado en este artículo, independientemente de la responsabilidad penal que corresponda serán sancionadas conforme el artículo 995 de esta ley.
"Artículo 2º Se adiciona el artículo 323 cuater del Código Civil Federal para quedar como sigue:
"En los casos de violencia familiar el juez podrá dictar las siguientes medidas precautorias tendientes a salvaguardar la integridad física o síquica del agredido:
"Primero. Ordenar en forma inmediata el desalojo del agresor del domicilio en el que habita el familiar agredido.
"Segundo. Prohibir al agresor que concurra él o los ofendidos, así como a los lugares en los que habitualmente estos concurren. Las medidas precautorias establecidas en el presente artículo no podrán exceder de 15 días y en los casos en el que el agresor no cumpla con ellas se podrá hacer uso de la fuerza pública para garantizar su cumplimiento. En dicho plazo el juez escuchará al agresor y dictará, en su caso, las medidas que estime pertinentes conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimientos Civiles".
Muchísimas gracias, señor Presidente. Ojalá y sea turnada a la Comisión de Equidad y Género.
- EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ERIC EBER VILLANUEVA MUKUL (PRD): Gracias, señor Diputado.
A solicitud del diputado ponente lo turnamos a la Comisión de Equidad y Género, y también a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Inmediatamente tiene el uso de la palabra el diputado Juan Alcocer Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de Ley General de Depósito Legal.
- EL C. DIPUTADO JUAN ALCOCER FLORES (PAN): Con su venia señor Presidente.
Señores Diputados, señoras Diputadas,
presentes aún en este solitario recinto;
Honorable Asamblea:
"El que suscribe, diputado Juan Alcocer Flores, con fundamento en el artículo 71 fracción II, 73 fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ante esta soberanía vengo a presentar la siguiente iniciativa de decreto por la cual se expide la Ley de Depósito Legal con base en la siguiente
" E x p o s i c i ó n d e M o t I v o s
"El acervo intelectual nacional es parte importante no solo del patrimonio de un país sino de su cultura. Es por esta razón que el Estado está obligado a poner al alcance de todo habitante y a garantizar su preservación. Esto solo puede lograrse mediante la participación de toda persona o institución que publique una obra en el país con la consolidación de instituciones nacionales que funja como centros de recopilación, clasificación y preservación de estas y mecanismos como el Depósito Legal al que la Doctora Jean Lux (¿) especialista de la UNESCO define como la obligación jurídica de depositar en uno o varios organismos algunos ejemplares de publicaciones de toda índole reproducidas por cualquier medio y mecanismo para su distribución, préstamo o venta al público.
El Depósito Legal actualmente existe en la mayoría de los países del mundo incluyendo el nuestro. En México su antecedente más remoto lo ubicamos en la Época Colonial y desde entonces ha sido regulado por ocho ordenamientos distintos, mismos que fueron resultado de las necesidades políticas y técnicas de cada época.
En el ordenamiento actual se contempla que dos bibliotecas enriquezcan sus acervos mediante el depósito legal, la Biblioteca Nacional cuya operación fue encomendada a la Universidad Nacional Autónoma de México y la Biblioteca del Congreso de la Unión, hoy Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.
La primera cumple con la importante función de prestar os servicios fundamentales de biblioteca a todo el país y no s´olo a los alumnos y profesorados de la Universidad.
De igual forma el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión otorga servicios al público en general en la Biblioteca del Centro Histórico y presta servicios especializados en la Biblioteca e San Lázaro en la que los Legisladores Federales son sus usuarios preferenciales.
Resulta evidente la importancia que el Depósito Legal tiene para el enriquecimiento cultural del país ya que es determinante en la formación de los acervos de las bibliotecas depositarias. Ejemplo de esto es la Hemerografía de la Biblioteca Nacional la cual se incrementa en un 90% mediante el depósito legal.
Es por esto que las instituciones a las que se ha encomendado la importante misión de recabar, formar y preservar el acervo nacional, deben contar con un procedimiento eficiente para poder cumplir y hacer cumplir esta obligación y así garantizar que sin salvedad alguna toda publicación sea depositada y puesta al servicio de la nación.
El Depósito Legal no sólo aportará beneficios a las bibliotecas depositarias por el constante incremento a sus acervos sino que contribuirá al prestigio de los diversos depositantes al incluir sus obras en la Bibliografía Nacional obteniendo para ello y su labor un mayor reconocimiento a lo largo y ancho de la República Mexicana y también en el extranjero, lo que a su vez puede redundar en las actividades empresariales y/o de difusión
Para la Biblioteca Nacional la figura del Depósito Legal implica que sus colecciones se ven aumentadas de una forma considerable y se le siga reconociendo su enorme capacidad como la institución educativa mexicana hasta ahora más trascendente.
Esto conlleva como natural resultado el reforzamiento de la máxima Caa de Estudios a nivel nacional y mundial, pero sobre todo lo más relevante de esta Ley es el beneficio social que va a aportar a nuestra nación. Las razones son muy sencillas, los ciudadanos pueden tener acceso a las mejores y más recientes publicaciones, sea en la Biblioteca Nacional ó en el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión y, por otra parte, esto contribuirá a que el trabajo legislativo sea más adecuado y eficiente.
Los Legisladores y sus equipos de trabajo tendrás más elementos intelectuales para desarrollar las iniciativas, la calidad e debate en el Congreso de la Unión se verá favorecido y así México tendrá un Poder Legislativo más preparado para afrontar la apremiante realidad nacional.
La Iniciativa que dio origen al Decreto que actualmente regula el Depósito Legal se presentó el 26 de Junio del 91 por el entonces Comité de Bibliotecas de la LIV Legislatura.
Posteriormente fue aprobada y se publicó el 23 de Julio de ese mismo año, es decir, hace más de una década. El procedimiento que contempla el mencionado Decreto ha presentado en los últimos años inconvenientes para recabar los materiales, además de que muestra unas deficiencias de técnica legislativa lo que a continuación describo.
Primero. Con el vertiginoso avance tecnológico en materia de sistemas de almacenamiento y transmisión de información, se ha presentado en los últimos años en los documentos de importancia cultural introducen nuevas formas de publicación, y si bien el ordenamiento vigente contempla los materiales audiovisuales y electrónicos que contengan información, no se mencionan específicamente materiales que se producen en México, como el software o como los libros electrónicos, que sólo están a disposición mediante sistemas como la Internet, razón por la cual puede considerarse que el ordenamiento vigente ya no responde a las necesidades actuales del depósito legal.
Segundo. La nula coordinación entre las bibliotecas que actualmente fungen como depositarias de las publicaciones producidas en el país, se da al no existir un intercambio eficiente de información entre éstas, lo que trae como resultado que algunos editores estén registrados sólo en una biblioteca, por lo que únicamente depositan sus materiales en ésta.
Tercero. El hecho de que los materiales se entreguen directamente a las bibliotecas depositarias general, además de los problemas de coordinación que ya hemos mencionado, problemas de autoridad facultada en lo que respecta a la Biblioteca de la Cámara de Diputados, pues ésta como órgano de una de las Cámaras del Congreso de la Unión, no puede ser la autoridad que ejecute directamente una ley que expidió el Poder Legislativo Federal. Además, el procedimiento para ejecución del decreto no se describe de forma precisa, motivo por el cual la recaudación de materiales y la imposición de multas se complica.
Cuarto. La Dirección General de Derechos de Autor, ahora Instituto Nacional de Derechos de Autor, de la Secretaría de Educación Pública, tiene la obligación de enviar mensualmente una relación de obras registradas en esa dependencia a las bibliotecas depositarias, con el fin de verificar el cumplimiento del actual ordenamiento. Esto no garantiza que toda obra registrada se entregue puesto que no todas las obras se publican, por lo que no puede exigirse a quién registre una obra, que le entregue.
Quinto. El Instituto Nacional de Derechos de Autor no otorga la suficiente información para identificar la editorial que publica la obra, lo cual puede solucionarse con la entrega del padrón de editores que general, lo cual sería de mayor utilidad para recaudar el material y que sin embargo actualmente no tiene la obligación de presentar.
Sexto. Actualmente se señala a la Biblioteca Nacional y a la Biblioteca del Congreso de la Unión como receptoras de los materiales, lo cual debe ser precisado toda vez que la Biblioteca del Congreso de la Unión no existe como tal actualmente, ya que ese órgano del Congreso Federal fue sustituido por el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.
Séptimo. Por otra parte, los gobiernos Federal, estatal y municipal así como las universidades y centros de investigación, son considerados productores de material bibliográfico y documental, sin que estén mencionados expresamente en el ordenamiento vigente, lo cual genera problemas para recabar el material que producen.
Es por lo anterior, tomando como base el sistema previsto en el decreto del 91 con el que los editores ya están familiarizados, que se hace la propuesta de ley de Depósito Legal.
Voy a, en vista del escaso tiempo voy a simplemente leer las cinco principales propuestas, y suplicaré a la Mesa Directiva se publique el contenido de la iniciativa en la Gaceta.
Las principales propuestas en esta iniciativa consisten en:
Número uno. Algunos materiales que son entregados, ya sea por su temática o contenido, no deben pasar a ser parte de las colecciones de las bibliotecas depositarias, por lo que se propone un procedimiento para la difusión o retransmisión de materiales.
Segundo. El sistema de bibliotecas del Congreso de la Unión y la Biblioteca Nacional deben supervisar el cabal cumplimiento de esta ley, por lo que se propone una cadena de verificación de dicho cumplimiento a cargo de las mismas, así como facultarlas para requerir toda información que sea necesaria para comprobar tal cumplimiento.
Tercero. Incrementar los materiales contemplados por el decreto y así incluir libros electrónicos y bases de datos que se consultan mediante sistemas de transmisión de información a distancia, así como también software.
Cuarto. Sustituir como depositarios de los materiales de la Biblioteca del Congreso por el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión, y
Quinto. Facultar al Ejecutivo para expedir el Reglamento de Depósito Legal.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por la fracción 2ª del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito poner a consideración del H. Congreso de la Unión, por conducto de la Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto por la que se expide la Ley de Depósito Legal, misma que solicito sea publicada íntegra en el Diario de los Debates.
Muchísimas gracias.
EL PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.
EL PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.
Quisiera consultarle al diputado Juan Manuel Carrera López, dado que su iniciativa se refiere a reformas a la Ley Federal del Trabajo y al Código Civil Federal, si tuviera inconveniente en que corrigiéramos el turno mandando la misma a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Justicia y Derechos Humanos con opinión de Equidad y Género.
EL DIP. JUAN MANUEL CARRERA LOPEZ (Desde su curul): Señor Presidente, estaré totalmente de acuerdo con lo sugerido.
EL PRESIDENTE: Suplico a la Secretaría tomar nota de la corrección de turno.
Tiene el uso de la palabra el diputado Antonio Calderón Cardoso, del Partido de Alianza Social, para presentar una iniciativa que crea el Código Laboral Federal y de Procedimientos y se abroga la Ley Federal del Trabajo.
EL DIP. ANTONIO CALDERON CARDOSO: Con la anuencia del diputado Presidente.
Señoras y señores legisladores:
Los suscritos diputados federales Beatriz Lorenzo Juárez y su servidor, de la representación parlamentaria de Alianza Social y con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta Honorable Cámara Baja, la siguiente iniciativa con Proyecto de Decreto que crea el Código Laboral Federal y de Procedimientos de conformidad con la siguiente:
Exposición de Motivos
Alianza Social consciente de la transformación profunda que debemos tener los mexicanos ante la nueva realidad, presenta en esta soberanía la siguiente iniciativa que promueve la justicia en el ámbito del trabajo, que distribuye obligaciones entre quienes crean las fuentes de empleo y quienes producen, pero también comparte los derechos, particularmente el de los beneficios económicos para unos y para otros.
Ante el descomunal crecimiento del capitalismo salvaje, es urgente crear en México un auténtico estado social de derecho democrático y equitativo regido bajo los principios de solidaridad y subsidiaridad, en donde nadie esté por encima de la ley.
No alcanzamos a entender una convivencia de países en el mundo globalizado que compartimos sin alcanzar antes en el nuestro metas que nos permitan conllevar la responsabilidad de hacer de las fuentes de empleo, empresas sólidas y competitivas; que podamos todos unir esfuerzos en el combate a la pobreza, que acabemos con improductividades lesivas y rompamos ataduras del pasado que obstaculizan el tránsito a los niveles de vida que aspiramos en una anhelo de bienestar común; eliminar cualquier vestigio de autoritarismo y ánimo corporativo antidemocrático de las agrupaciones sindicales que borren el viejo e injusto orden laboral.
Es objetivo de nuestra propuesta, hacer de las discapacidades en mujeres y hombres, razón de imposibilidad para el trabajo y la productividad, es contrario a las propias aspiraciones de quienes las padecen y cuando sucede, se está atentando a uno de los derechos universales más puros y reales, el derecho al trabajo.
Proponemos como punto de partido que esta ley sea reglamentaria del 123 constitucional, al ser una ley para todos los trabajadores, determinamos la propuesta de modificación al artículo constitucional para eliminar los apartados A y B y por consecuencia abrogar la Ley Federal para los Trabajadores al Servicio del Estado. Asimismo, proponemos desaparecer el término padrón del entorno laboral, en su lugar acuñamos en la propuesta para ocupar su lugar el termino empleador.
Rompemos en esta iniciativa con la sujeción de las diferencias laborales al Poder Ejecutivo de la Federación de las entidades federativas del gobierno del Distrito Federal, remitiendo la aplicación y administración del derecho laboral al Poder Judicial de la Federación.
Proponemos la eliminación de la Juntas de Conciliación y Arbitraje y en su lugar citamos a los jueces laborales.
Conservamos la inspección del trabajo como dependencia de la Secretaría del Trabajo y de Previsión Social.
Se conserva también la Procuraduría de la Defensa del Trabajo como parte intermedia y de representación de los actores en los conflictos labores, pero particularmente en la procuración de soluciones amistosas para la solución de las pugnas legales entre el capital y el trabajo.
Damos un nuevo sentido al Servicio Nacional de Empleo, Capacitación y Adiestramiento, agregando a sus facultades y obligaciones dos puntos fundamentales en la nueva conducta nacional de los asuntos laborales: el Seguro para el Desempleo y la Bolsa de Trabajo Nacional y Local en los Estados de la República y el Distrito Federal.
Creamos tres nuevas instancias de apoyo en la investigación, los tratamientos y el control de los asuntos laborales: el Instituto Nacional de los Salarios Mínimos y Prestaciones, la Comisión Nacional del Servicio Civil de Carrera y el Registro
Nacional de Relaciones Laborales Colectivas.
El Instituto Nacional de los Salarios Mínimos será un órgano público autónomo y de carácter permanente, sus decisiones y funcionamiento gozarán de total independencia y dos serán sus principales objetivos: el primero, proponer anualmente a la Cámara de Diputados los salarios mínimos generales y profesionales que regirán en todo el territorio; y el segundo, proponer a la Cámara cada dos años los porcentajes que regirán el reparto de utilidades de las empresas en todo el territorio.
Creamos también dentro de la iniciativa el Servicio Civil de Carrera para la Atención de los Trabajadores al Servicio de los Ayuntamientos, de los Poderes de la Unión y del Distrito Federal, con ánimo de aportar una nueva generación de burócratas al pueblo.
Se propone también un Registro Nacional de Relaciones Laborales Colectivas que sea de carácter público y estadístico, que esté a cargo del trámite de inscripción de los sindicatos y sus directivas, pero sobre todo, de los acuerdos, contratos y convenios colectivos de trabajos con la parte empresarial.
Prohibimos la discriminación por cualquiera de sus causas, y particularmente por discapacidad o incapacidad física alguna.
Creamos derechos pero también abrimos el abanico de obligaciones, en uno y otro sentido, elevamos a término de ley, la obligación de conservar un porcentaje de plantas laborales para hombres y mujeres con discapacidad parcial física.
Penalizamos la discriminación realizada en cualquiera de sus formas, no es admisible seguir permitiendo que a la vista y sin rubor, las mujeres y los hombres mexicanos, que cumplen 40 o 50 años, sean rechazados públicamente de oportunidades para desarrollar algún trabajo.
Promovemos dentro del articulado correspondiente la equidad de género, como principio rector de las relacionales laborales.
En cuanto a las condiciones de trabajo, proponemos con respecto a las vacaciones anuales por lo menos 12 días por año.
Como parte de las obligaciones del empleador dentro de la propuesta, se prohibe la intervención de éste en asuntos sindicales de sus trabajadores y se conceden libertades completas de derecho de asociación gremial.
Se rompe también con la siempre discutida cláusula de exclusión.
Se puntualiza en cuanto al acoso y hostigamiento sexual, y se penaliza su acción.
Para la creación de nuevas áreas dentro de un mismo centro de trabajo, se obliga al empleados a tomar en cuenta la antigüedad de sus trabajadores, para ser promovidos a los nuevos puestos o a la reasignación de los mismos, tomando en cuenta también aspectos como conocimiento y disciplina.
Para las mujeres trabajadoras, que siendo madres se encuentran en etapa de gestación y lactancia, proponemos la obligación del empleador para reasignarles tareas temporalmente, también el acondicionamiento de lugares adecuados para su higiene y seguridad en períodos de lactancia.
Dentro del título correspondiente a los trabajos especiales, privilegiamos las tareas del campo y procuramos para los campesinos tratos más justos y mejores pagados. Buscamos hacer realidad el viejo anhelo de vida digna para ellos y sus familias, es así que planteamos entre otros beneficios: vivienda, educación y reparto de utilidades.
Atendemos en capítulo especial a los trabajadores al servicio de los municipios, los Poderes de la Unión y del Distrito Federal, así como el banco de México y otras entidades.
Trasladamos, en fin, a la ley los logros sindicales obtenidos en el transcurso de los últimos 30 años del Siglo XX.
En resumen, y por ser muy abundante todavía la Exposición de Motivos, resumiré señalando lo siguiente: el Código que proponemos se conforma por 1,028 artículos, divididos en tres libros; el primero de ellos a su vez se divide en siete títulos y se denominará de las relaciones laborales individuales, el segundo libro, tratará de las relaciones colectivas de trabajo y se dividirá en cinco títulos, y el tercer y último libro, atenderá al derecho procesal del trabajo, mismo que consta de tres títulos.
En resumen, y para concluir, las reformas de Estado que nosotros pensamos, van más allá del litigio que concede mayores derechos cívicos y de participación ciudadana en la política y áreas de gobierno.
Es más que lograr transparencia en los gobiernos que conducen a la sociedad, para tener una verdadera reforma de Estado, hace falta zanjar, para reforzar cimientos que den firmeza y solidez a los muros, que soporten luego el destino de México, como patria de mujeres y hombres libres, de trabajadores motivados de empresas sólidas y competitivas.
Por lo anterior y de conformidad con los planteamientos señalados proponemos la iniciativa de decreto que crea el Código Laboral Federal y de Procedimientos y solicitamos que, toda vez que sería muy difícil leer el articulado, que se publique íntegramente el proyecto en la Gaceta y en el Diario de los Debates.
Firman la iniciativa que presenta el Partido Alianza Social los diputados Victoria García, José Manuel Del Río Virgen, Enrique Herrera, Ricardo Moreno Bastida, Miguel Barbosa, Amador Rodríguez Lozano, Rosa Delia Cota, Jaime Martínez Veloz, Mario Cruz y Mario Huerta Díaz.
Por su atención, muchas gracias.
LA C. PRESIDENTA.- Gracias, diputado.
Publíquese de manera íntegra la iniciativa presentada por el diputado Calderón Cardoso en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
El grupo parlamentario del Partido del Trabajo nos solicitó utilizar su espacio en la presentación de una iniciativa de ley relativa a reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Regis Adame.
Quiero informarle a la Asamblea que en unos momentos, al término de iniciativas y de las minutas del Senado, vamos a tener dos votaciones. Por ello les estamos pidiendo a nuestros colegas que ya están aquí, agradeciendo su presencia y estamos convocando a los compañeros que están en otras áreas de la Cámara.
Adelante, diputado.
EL C. DIPUTADO JUAN CARLOS REGIS ADAME.- Ciudadanos Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados de la Quincuagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Los suscritos diputados federales de la Quincuagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso de la Unión integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal bajo la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La naturaleza sui géneris del Distrito Federal como asiento de los Poderes Federales y en donde sus habitantes estuvieron privados de elegir a sus autoridades locales ha sido eliminada, en virtud de las distintas modificaciones a la Constitución General de la República.
Sí, en el año de 1929 inicia la vigencia de la disposición constitucional que establecía que el Gobierno del Distrito Federal quedaría a cargo del Presidente de la República, eliminando la posibilidad de elegir al Gobernador del Distrito Federal, mismo que era nombrado y removido libremente por el Presidente de la república.
A raíz de la reforma constitucional de 1996, se permitió que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal fuera elegido de manera libre, directa y secreta por quienes viven en esta gran ciudad.
En razón de la reforma constitucional al artículo 73, fracción VI publicada el 25 de octubre de 1993, se faculta al Congreso de la Unión para expedir el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Dicho ordenamiento se publica en el órgano oficial el 26 de julio de 1994 y en él se regula la integración y funcionamiento de los órganos del Distrito Federal, a saber, Asamblea Legislativa, Tribunal Superior de Justicia y el titular del órgano del Ejecutivo, designado por el Presidente de la República.
En cuanto a la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se señalaba que la misma se daría en términos de lo dispuesto por el artículo 122, fracción III de la Constitución General de la República y en el inciso B) de dicha fracción se estableció la ficción legal de otorgar al partido político que obtuviera por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría por lo menos el 30% de la votación, le será otorgada la constancia de asignación por el número suficiente de representantes para alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea.
En el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, recogió, en virtud de la reforma del 4 de diciembre de 1997 en su artículo 37 fracción IV la misma disposición constitucional.
En opinión del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, tanto la disposicíón constitucional como la del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, constituyen un diseño que correspondía a una época política que debe ser ya superada y que por tanto no debe existir ninguna mayoría ficticia que derive de una disposición legal y no de la voluntad democrática del elector plasmada en el momento de la emisión de su sufragio.
Además para la elección del 2003 se prevé:
Primero, que ningún partido político podrá obtener por si mismo la mayoría absoluta de la Asamblea Legislativa.
Segundo, que difícilmente algún partido podrá obtener más del 30% de la votación.
En consecuencia, el ánimo democrático de los integrantes de esta soberanía, nos debe llevar a eliminar estos substerfugios de otorgar mayorías ficticias.
Compañeros, compañeros legisladores: La propuesta del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, es en el sentido de eliminar del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, como ya lo propusimos para el caso del artículo 122 de la Constitución General de la República, esta ficción legal denominada Cláusula de Gobernabilidad, para sustituirla en la asignación de los diputados de representación proporcional, por un sistema de proporcionalidad pura en virtud de la cual los 26 diputados de representación proporcional serán asignados conforme al porcentaje de votación obtenido por cada partido y que haya una relación directa entre los diputados de representación proporcional asignados y los votos obtenidos por los partidos.
En complemento a lo anterior, en este mismo artículo 37 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal proponemos que se incluya de manera adicional a los partidos políticos, la figura de Coalición de Partidos, ya que ésta es una figura asociativa permitida en la Ley Electoral, previo cumplimiento de los requisitos que en ella se establecen.
Asimismo proponemos que en el artículo 124 del Estatuto se aclare que tanto el consejero presidente como los consejeros electorales del Instituto Electoral del Distrito Federal, son electos por Asamblea Legislativa.
Y en el artículo 127 proponemos la definición clara de las actividades sustantivas que al Instituto Electoral del Distrito Federal corresponden.
Compañeras y compañeros diputados: por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para quedar como sigue:
"ARTICULO 1o.- Se reforman los incisos a) y b) del quinto párrafo y se reforman los incisos a), b) y c) y se adicionan los incisos d) y e) del párrafo sexto del artículo 37 y se reforman los artículos 124 y 127 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal par quedar como sigue:
ARTICULO 37 de la Asamblea Legislativa, numeral 9o. inciso a) Un partido político o coalición de partidos para obtener el registro de su lista de candidatos a diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, deberá acreditar que participa con candidatos por mayoría relativa en todos los distritos uninominales del Distrito Federal.
Inciso b) El partido político o coalición de partidos, que obtenga por lo menos el 2% del total de la votación total emitida, tendrá derecho a que le sean asignados diputados de representación proporcional.
Inciso a) El partido político o coalición de partidos que cumplan con las dos bases anteriores independientemente y adicional a las constancias de mayoría relativa que hubiesen obtenido sus candidatos, le serán asignados por el principio de representación proporcional de acuerdo con la votación obtenida por su lista de candidatos plurinominales.
Inciso b) Ningún partido o coalición de partidos podrá contar con más de 40 diputados electos por ambos principios.
Inciso c) En ningún caso un partido o coalición de partidos, podrá contar con un número de diputados electos por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Asamblea Legislativa que exceden cinco puntos a su porcentaje de la votación total emitida.
Esta base no se aplicará al partido o coalición de partidos que por sus triunfos distritales obtenga un porcentaje de curules del total de la Asamblea Legislativa superior a la suma de su porcentaje de la votación total emitida más cinco puntos porcentuales.
Incido D) En el supuesto de que una vez asignadas las diputaciones de representación proporcional un partido o coalición de partidos se encuentre en la situación prevista por la base quinta, se le asignarán las curules que sean necesarias para que su porcentaje de curules no exceda en cinco puntos a su porcentaje de la votación total emitida. El resto de las diputaciones se asignarán a los demás partidos con derecho a ello.
Inciso E) La Ley desarrollará las reglas y fórmulas para la debida aplicación de estas bases.
Artículo 124. El Instituto Electoral del Distrito Federal. El Consejo General será su órgano superior de dirección y se integrará por un consejero presidente, seis consejeros electorales electos por la Asamblea Legislativa y los representantes de los partidos políticos y así continúa.
Artículo 127. El Instituto Electoral del Distrito Federal tendrá a su cargo, en forma integral y directa, a demás de las que determine la ley las actividades relativas a la capacitación electoral, la educación cívica, la geografía electoral, los derechos y prerrogativas de los partidos políticos, la preparación de la jornada electoral, los cómputos de las votaciones, la declaración de validez de las elecciones y otorgamiento de las constancias en las elecciones de diputados a la Asamblea Legislativa, Jefe de Gobierno y jefes delegacionales.
Transitorios.
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 24 días del mes de septiembre del año 2002.
Atentamente, por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, diputado Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador, José Narro Céspedes, vicecoordinador y demás integrantes de nuestra fracción parlamentaria y el de la voz Juan Carlos Regis Adame. Gracias por su atención.
LA C. PRESIDENTA: Gracias diputado.
Túrnese a la Comisión del Distrito Federal.
Pasamos al capítulo de minutas
LA C. SECRETARIA, DIPUTADA ADELA CEREZO BAUTISTA:
(LECTURA A OFICIO DE LA CAMARA DE SENADORES RELATIVO A LA LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES PARA EL DISTRITO FEDERAL INSERTESE)
LA C. PRESIDENTA: Túrnese a las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas.
LA MISMA C. SECRETARIA:
(LECTURA OFICIO DE LA CAMARA DE SENADORES RELATIVO AL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, INSERTESE)
LA C. PRESIDENTA: Túrnese a las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas.
LA MISMA C. SECRETARIA:
(LECTURA A OFICIO DE LA CAMARA DE SENADORES RELATIVA AL CODIGO PENAL FEDERAL Y AL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES,
INSERTESE)
-LA PRESIDENTA: Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas.
-LA SECRETARIA, DIP. ADELA CEREZA BAUTISTA.
Oficio de la Cámara de Senadores remitiendo Minuta Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas Disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico Y Protección al Ambiente
-LA PRESIDENTA. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
-LA SECRETARIA, DIP. ADELA CEREZA BAUTISTA:
Oficio del Senado remitiendo la Minuta Proyecto de Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México.
-LA PRESIDENTA: Túrnese a la Comisión de Marina.
El siguiente punto del orden del orden del día son los dictámenes relativos a las solicitudes de permisos de los ciudadanos:
María Isabel Olalde Quintanar
Adrián Franco Zevada
Carlos Roberto Villasana Suverza
Aldona Carolina Parra may
Elsa Carrasco Stankiewics,
Para prestar servicios a gobiernos extranjeros.
Son de primera lectura.
En virtud de que los dictámenes se encuentran publicados en la gaceta parlamentaria del día 23 de septiembre, consulte la Secretaría a la Asamblea si se les dispensa la segunda lectura y se ponen a votación de inmediato.
-LA SECRETARIA, DIP. ADELA CEREZO BAUTISTA: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la asamblea si se les dispensa la segunda lectura a los dictámenes y se ponen a discusión y votación de inmediato.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
-LA PRESIDENTA: Se les dispensa la segunda lectura. En consecuencia se pide a la Secretaría poner a discusión los proyectos de decreto.
-LA SECRETARIA, DIP. ADELA CEREZO BAUTISTA: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana María Isabel Olalde Quintanar, para prestar servicios como secretaria en la Consejería Comercial de la Embajada de la República de Austria en México.
Está a discusión el dictamen.
No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.
-LA MISMA SECRETARIA: Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Adrián Franco Zevada, para prestar servicios como asesor jurídico, abogado de confianza, en la Embajada de los Países Bajos en México.
Está a discusión el dictamen.
No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.
Está a discusión el proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Carlos Roberto Villasana Suverza, Aldona Carolina Parra may y Elsa Carrasco Stankiewicz, para prestar servicios administrativos en la Embajada de la República de Filipinas del Reino Unido y de Suiza en México, respectivamente.
- LA C. PRESIDENTA BEATRIZ ELENA PAREDES RANGEL: Está a discusión el dictamen en lo general.
No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.
En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se va a proceder a recoger la votación nominal de este proyecto de decreto y los anteriormente reservados en un solo acto.
Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por diez minutos para proceder a la votación de los proyectos de decreto.
Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el gobierno interior.
Abrase el sistema electrónico por diez minutos para tomar la votación nominal de los proyectos de decreto.
( V O T A C I O N )
Se emitieron 357 votos en pro, 1 en contra y 3 abstenciones.
- LA C. PRESIDENTA BEATRIZ ELENA PAREDES RANGEL: Pasan al Senado y al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se convoca a una sesión solemne de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para conmemorar el 178 aniversario de la incorporación del estado de Chiapas a los Estados Unidos Mexicanos.
Consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
- EL C. SECRETARIO RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Se le dispensa la lectura.
Tiene la palabra el diputado Miguel Angel Martínez Cruz, por la Comisión, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
..-EL C. DIPUTADO MIGUEL ANGEL MARTINEZ CRUZ:- Señora Presidenta. Compañeros Diputados: Hace algunos años cuando iniciaba los conocimientos sobre la Historia de México, tenía una duda profunda respecto al por qué el 14 de Septiembre izaba nuestro lábaro patrio en todo lo alto.
Sabía lo del 13 de Septiembre, sabía lo del 16 de Septiembre pero el 14 me preocupaba decía: ¿cuál es la razón que el 14 de Septiembre honremos nuestra bandera a todo lo alto del asta?,
Investigando encontré, claro que se celebra el acontecimiento más grato para México, el haber recuperado el territorio de Chiapas y el Soconusco para México, para nuestra patria.
Es la ocasión histórica en que México ha crecido superficialmente en una mayor proporción: la otra si mal no recuerdo, es El Chamizal al Norte. Y el Plebiscito que se realizó en Chiapas para unirse al Pacto Federal y la incorporación a nuestra patria es un acto que debemos los mexicanos de acordarnos con beneplácito.
Por esa razón, cuando en el seno de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias llegó la solicitud del Congreso de Chiapas para que se celebrara una Sesión Solemne por esta Cámara de Diputados, ay, desde luego me dio mucho gusto y mi voto fue a favor.
Y en esta forma solicito de todos ustedes el voto a favor porque México creció con esa unión del 14 de Septiembre.
Muchas gracias.
(aplausos)
-LA C. PRESIDENTE. Gracias Diputado. En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular el Proyecto de Decreto.
Se consulta a los grupos parlamentarios si va a haber inscripciones para fijar posiciones.
No habiendo el registro de ningún orador, quisiera consultar con la Comisión el tema de la fecha del Dictamen. Diputado Gómez Villanueva.
-EL C. DIPUTADO AUGUSTO GOMEZ VILLANUEVA (desde su curul):- Es para el jueves que viene, perdone es 18 ¿no?
-LA C. PRESIDENTE. Perdone Diputado el martes 1º de octubre la fecha de la Sesión Solemne, es una corrección de la Comisión al Dictamen.
-EL C. DIPUTADO AUGUSTO GOMEZ VILLANUEVA (desde su curul):- Sí Presidenta, es una corrección al Dictamen. Dadas las características de las sesiones que nos han obligado a que se decidiese la propuesta, estamos cambiando la fecha propuesta a consideración de la Asamblea.
-LA C. PRESIDENTE. Gracias Diputado.
Consulte la Secretaría a la Asamblea si el Proyecto de Decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
-EL C. SECRETARIO DIPUTADO RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el Proyecto de Decreto en lo general y en lo particular.
Los ciudadanos Diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(votación)
Los Ciudadanos Diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(votación)
-LA C. PRESIDENTE. Suficientemente discutido.
Con la modificación presentada por la Comisión en cuanto a la fecha de la Sesión Solemne, le solicito a la Secretaría abra el Sistema Electrónico hasta por diez minutos para proceder a la votación del Proyecto de Decreto.
-EL MISMO C. SECRETARIO. Se pide se hagan los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
ABRASE EL SISTEMA ELECTRONICO POR DIEZ MINUTOS PARA PROCEDER A LA VOTACION DEL PROYECTO DE DECRETO.
EL SECRETARIO, DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: Se emitieron 355 votos en pro, 2 en contra y 2 abstenciones.
LA PRESIDENTA: Aprobado el proyecto de decreto por 355 votos.
Aprobado en lo general y en lo particular el decreto por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión., para conmemorar el 178 Aniversario de la Incorporación del Estado de Chiapas a los Estados Unidos Mexicanos.
Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y cúmplase.
Felicidades a nuestros compañeros legisladores chiapanecos y chiapanecas.
Esta Mesa Directiva ha recibido solicitud firmada por representantes de diversos grupos parlamentarios, en torno a la existencia en el orden del día de varios puntos de acuerdo vinculados con la problemática que está padeciendo la Península de Yucatán.
Al ser facultad de esta Presidencia determinar si existe algún asunto cuya trascendencia señale la pertinencia de modificar el orden del día, esta Presidencia acuerda que de manera inmediata se presente a este pleno la propuesta de punto de acuerdo suscrita por varios grupos parlamentarios en torno a la situación que está afectando a la Península de Yucatán.
Les informo que el procesamiento de la misma será por la vía de la urgente y obvia resolución y después de que este pleno analice si es pertinente la urgente y obvia resolución, fijarán posiciones los grupos parlamentarios al respecto del tema.
Tiene la palabra el señor Secretario, y le ruego dar lectura a la propuesta de punto de acuerdo.
EL SECRETARIO, DIP. ADRIAN RIVERA PEREZ: Propuesta de punto de acuerdo. México, D.F., 24 de septiembre de 2002.
Ciudadanos diputados: El pasado domingo 22 de septiembre azotó al estado de Yucatán el meteoro más devastador que lo haya golpeado en su historia, Isidore permaneció más de 30 horas descargando su furia de lluvia y viento a una sociedad que no lo esperaba, que nunca lo imaginó así, que había vivido la experiencia de Gilberto y que pensó que sería irrepetible.
Isidore causó gravísimos daños materiales, provocó la evacuación de miles de personas, más de 70 mil y la pérdida de hogares completos o de los instrumentos de trabajo.
Se cuentan ya cuatro decesos confirmados. Debe esperarse aún, esperamos haciendo votos por su seguridad, la situación de quienes se encontraban en altamar y no pudieron regresar a tiempo. Debe expresarse aquí nuestra condolencia a quienes perdieron seres queridos. Debemos ofrecer nuestra solidaridad y esfuerzo por aquellos que sufrieron pérdidas materiales.
Para que podamos tener una idea aproximada, el Huracán Gilberto provocó daños por más de 106 millones de dólares, si todavía no podemos cuantificar los daños de Isidore, tenemos la certeza de que son mucho mayores. En este momento más del 80 por ciento del estado no cuenta con el fluido eléctrico, por lo consiguiente, los servicios de agua potable están interrumpidos. La entrega de agua y alimentos es urgente sobre todo ante un panorama que para colmo presenta la inminencia de un nuevo huracán, Lilí.
Sólo en Mérida, la Comisión Federal de Electricidad reporta el derribo de 800 postes aproximadamente, además de torres de alta tensión. En total, son más de mil 500 postes derribados en el estado. Sólo en el municipio de Río Lagartos, de 700 embarcaciones se reporta la destrucción de más de 500.
El municipio y puerto de Progreso reporta graves daños en su infraestructura urbana, y la salinera de Las Coloradas, una de las mayores salineras del país y que emplea a más de 3 mil personas, ha resultado sensiblemente afectada.
La zona henequenera reporta los mayores daños y pérdidas para la agricultura, apicultura y avicultura. En casos como éste, más allá de posiciones políticas, los mexicanos debemos dejar atrás diferencias y unirnos en las soluciones.
Los diputados llamamos al Gobierno Federal y a las autoridades locales a restablecer sin demora alguna, los servicios de energía eléctrica, agua potable y hacer acopio de los medicamentos necesarios para prevenir el riesgo de epidemias, así como el restablecimiento de las comunicaciones.
Como las propias autoridades han reconocido la magnitud y la fuerza del Huracán Isidore, rebasan cualquier expectativa y desbordaron cualquier esfuerzo.
Es preciso que el FONDEN se aplique con rapidez y con reglas de aplicación que lo hagan útil y accesible. Se requiere que las Secretarías de Gobernación, Hacienda, Desarrollo Social, Economía, Educación Pública y Trabajo, apoyen la restauración de la infraestructura material y se restituyan las fuentes de trabajo.
De igual manera, es necesario efectuar una seria y responsable revisión de los mecanismos de alerta de que se dispone para prepararse para enfrentar estos fenómenos.
Pescadores en el mar, comercios que no tomaron precauciones y hoy están destruidos, bancos, agencias de autos, farmacias, clientes encerrado en tiendas departamentales, obligan a cuestionarnos sobre la eficiencia de los avisos y alertas. Muchas veces hemos dicho aquí la importancia de esquemas preventivos actualizados y que siempre será mejor gastar en prevención que lamentar desgracias.
Es ejemplar ver como la solidaridad y el compromiso que los ciudadanos muestran con su comunidad, reconocemos y agradecemos a los ciudadanos rescatistas, asociaciones civiles, grupos voluntarios que luchan hoy para restablecer las condiciones de vida en la península. Su solidaridad y disposición sean siempre un activo para nuestro estado.
El mayor daño se encontrará, en estos casos, en el sector pesquero y no sólo en la industria y con esforzados empresarios se sentirá, sobre todo, en los pescadores del sector social y los independientes que la mayoría habrá perdido su patrimonio.
Recogemos en este punto no sólo la preocupación de los yucatecos. Consignamos que la necesidad de apoyar a los pescadores de Chiapas, Tabasco, Veracruz. Por todo lo anterior, proponemos los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
Primero.- Que la Secretaría de Gobernación informe a esta soberanía sobre la situación que prevalece en el estado de Yucatán afectados por el Huracán Isidore y sobre las medidas de protección civil que se aplicaron antes, durante y después y la declare como se ha solicitado por las autoridades locales, zona de desastre.
Segundo.- Que la Secretaría de Gobernación intervenga para el eficaz funcionamiento del fondo revolvente, del fondo de desastres naturales con la finalidad de apoyar la compra de alimentos, cobijas, medicinas, ropa y agua para la población damnificada.
Tercero.- Que la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Salud, apoyen a los distintos albergues que se han habilitado por la autoridad con la dotación de alimentos, ropa, agua y medicinas, así como con brigadas de asistencia social.
Cuarto.- Que la Comisión Intersecretarial, gasto-financiamiento, presente a la brevedad un informe de los daños causados a la infraestructura, comunicaciones, actividades productivas y viviendas en el Estado de Yucatán como consecuencia del citado huracán y autorice los recursos necesarios para la reconstrucción.
A los veinticuatro días del mes de septiembre del 2002.
Atentamente, firman: diputado Rafael Rodríguez Barrera, diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, diputado Erick Villanueva Mukul, diputado José Manuel del Río Virgen, diputado José Calderón, diputado Gustavo Riojas, diputada Erika Spezia, diputada Silvia López Escoffié, diputado Alberto Anaya Gutiérrez, diputado Martí Batres Guadarrama, diputado Felipe Calderón Hinojosa.
LA PRESIDENTA: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución el Punto de Acuerdo.
-EL C. SECRETARIO ADRIAN RIVERA PEREZ: Por instrucciones de la presidencia se consulta a la asamblea si se considera de urgente y obvia resolución el Punto de Acuerdo citado.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
De urgente y obvia presidenta.
-LA C. PRESIDENTA: Se considera de urgente resolución.
En consecuencia está a discusión el Punto de Acuerdo. Nos han notificado que no habrá oradores en el mismo.
Consulte la Secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutido el Punto de Acuerdo.
¿Diputada Petra Santos?
-LA C. DIPUTADA PETRA SANTOS ORTIZ: Si, señora presidenta, esto lo hemos hecho varias ocasiones, pero todavía recuerdo lo de hace un año del Juliette y no se les ha dado lo que nosotros mandatamos a los estados, pongo de ejemplo Sonora, que no se les quieren dar, porque la normatividad que tiene el Fonden es muy burocrática, no pueden los municipios. Y para qué votamos esto, si no se da un cambio real, a que realmente les llegue el dinero pronto, sin meterse en estas cuestiones de la normatividad. Esto le estoy diciendo porque la semana pasada, en los municipios de Empalme y Guaymas, tuvieron la carretera, porque no se les ha resuelto nada de lo que mandatamos hace un año para que se viera lo del Juliette. Si esto va a ser igual, pues no le veo caso.
-LA C. PRESIDENTA: Diputada, usted me pidió la palabra para hacer un agregado, estaba consultando la Secretaría si se considera suficientemente discutido el Punto de Acuerdo y abrimos el registro de oradores. Si quiere usted proponer un agregado, plantéeselo a los diputados que nos propusieron el texto.
Continúe la Secretaría con el trámite.
-EL MISMO C. SECRETARIO: En votación económica.
-LA C. PRESIDENTA: Un momento, diputado Regis Adame.
-EL C. DIPUTADO JUAN CARLOS REGIS ADAME (desde su curul): Nosotros querríamos que se considerara también, dado que tenemos un Punto de Acuerdo
-LA C. PRESIDENTA: Este es otro tema, diputado Regis Adame.
-EL C. DIPUTADO JUAN CARLOS REGIS ADAME (desde su curul): pero son sobre los mismos recursos del Fonden, y bueno pues Zacatecas también merece ese mismo trato.
-LA C. PRESIDENTA: Si, diputado Regis Adame, pero es otro Punto de Acuerdo. Estamos ahorita discutiendo el texto del Punto de Acuerdo sobre Yucatán.
-EL MISMO C. SECRETARIO: En votación económica se consulta a la asamblea, si se considera suficientemente discutido el Punto de Acuerdo.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Suficientemente discutido presidenta.
-LA C. PRESIDENTA: Consulta la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se aprueba el Punto de Acuerdo.
-EL MISMO C. SECRETARIO: En votación económica se pregunta la asamblea si se aprueba el Punto de Acuerdo.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Mayoría por la afirmativa.
-LA C. PRESIDENTA: Aprobado el Punto de Acuerdo.
Comuníquese.
Esta Secretaría ha recibido solicitud del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, solicitando pudiéramos adelantar el procesamiento de un Punto de Acuerdo vinculado con la situación de desastre natural en el estado de Zacatecas.
En virtud de que es solicitud de un solo grupo parlamentario con respaldo de legisladores del PRD, quisiera rogarle a la Secretaría, consulte en votación económica, si es de atenderse esta solicitud, para que se trate de manera inmediata, el asunto del Punto de Acuerdo vinculado con la situación climática en Zacatecas o se deja en el Orden del Día que está establecido.
Consúltelo en votación económica.
EL C. SECRETARIO, DIPUTADO RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN.- Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta si es de aprobarse la solicitud del Partido del Trabajo para adelantar su punto de acuerdo en el orden del día.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.
(Votación)
Mayoría por la afirmativa, ciudadana Presidenta.
LA C. PRESIDENTA.- El diputado Regis Adame, dé lectura al punto de acuerdo.
EL C. DIPUTADO JUAN CARLOS REGIS ADAME.- Con la venia de la Presidencia y agradeciendo la oportunidad que nos dan de darle lectura a este punto de acuerdo.
El grupo parlamentario del Partido del Trabajo, acude a esta tribuna con fundamento en lo que dispone el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para plantear al pleno de esta soberanía un punto de acuerdo con relación a los desastres naturales en el estado de Zacatecas bajo las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S
Queremos referirnos en esta ocasión a los problemas que enfrentan distintos municipios del estado de Zacatecas, resultado de las contingencias naturales de semanas pasadas.
Como ustedes saben, la entidad zacatecana, durante años sufrió de una severa sequía, producto de la falta de lluvias a lo largo y ancho de su territorio. Sin embargo, hace algunas semanas se presentó el fenómeno contrario: varios municipios de la entidad se vieron azotados por intensas lluvias que provocaron inundaciones, rompimiento de presas y diques, pérdida de cosechas, fallecimiento de personas, por sólo mencionar algunos de los múltiples daños.
No es la primera vez que discutimos en esta tribuna de esta soberanía la problemática a la que se enfrentan los habitantes de las entidades de nuestro país cuando son víctimas de algún desastre natural.
Debemos tener fresco y presente los sucesos por el huracán "Paulina" en Guerrero, el huracán "Juliette" en Baja California Sur y ¿quién no recuerda los estragos del huracán "Gilberto" y recientemente el "Isidore" en la Península de Yucatán?
Asimismo no es la primera vez que en esta soberanía hacemos un señalamiento de la tardanza con que el Gobierno Federal responde a la tragedia. Los programas de protección civil no son implementados a tiempo y de una manera preventiva y no correctiva; los recursos que dependen del área de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación no son liberados con oportunidad, no obstante que el 23 de agosto pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de desastre natural para el caso de varios municipios de Zacatecas.
Esta misma historia se ha repetido en otras entidades, recordemos simplemente que nuestro grupo parlamentario solicitó el año pasado que esta soberanía apoyara a los damnificados del huracán "Juliette", eso demuestra y muestra de que otros Poderes de la Unión tienen que intervenir ante la falta de presencia y prestancia del Poder Ejecutivo Federal para cumplir con sus responsabilidades.
Además es preciso señalar que una vez más, la sociedad civil zacatecana, respondió de manera perentoria al desastre y se organizó para recabar víveres, atender los albergues y proporcionar toda ayuda que estuvo a su alcance para apoyar a las víctimas de estas contingencias.
Por ejemplo, uno de los municipios más afectados fue el de "Villa García", donde se presentó el rompimiento de una cortina de la presa ubicada en dicha demarcación; ello provocó severas inundaciones que arrasaron con un número importante de viviendas de la comunidad, además de cobrar varias vidas de personas inocentes.
Lo que más sorprende de esta situación, es la respuesta que las autoridades de CONAGUA, las cuales declararon que no tenían responsabilidad alguna ya que las lluvias que se presentaron eran atípicas y aunque reconocían que la cortina de la presa estaba dañada, nunca imaginaron que un meteoro de las dimensiones descritas pudiera darse en la entidad.
Nos preguntamos, acaso al ver el nivel del agua y de las precipitaciones, ¿no podían haber liberado agua a través de las compuertas? Esto es curarse en salud, por no decir cinismo.
El número de damnificados asciende a más de 5 mil habitantes de los municipios afectados de las hectáreas de cultivos que se perdieron ascienden a más de 30 mil. Además numerosas pérdidas de cabezas de ganado, vehículos, vías de comunicación, herramientas y materiales de trabajo.
Lamentablemente según se nos ha comunicado de última hora, la naturaleza ha vuelto a castigar a la entidad zacatecana, un nuevo meteoro ha dejado alrededor de 2 mil damnificados en el municipio de Rio Grande y a afectado Veta Grande, Sainalto y Villa González y otros municipios que en menor medida también han resentido daños importantes. Por eso reiteramos que es necesario que el FONDEM libere recursos suficientes para atender a las víctimas de la entidad.
Asimismo creemos necesario que se deben implementar programas emergentes con recursos de otras dependencias como SEDESOL, que coadyuven a la atención de damnificados sin que prevalezcan las preferencias de orden político, tal como ha ocurrido lamentablemente, pues los recursos que se destinan al Programa de Empleo Temporal, se están otorgando con criterios clientelares por parte del estado.
Los recursos que se requieren para atender esta problemática ascienden a 119.5 millones de pesos, de los cuales el Gobierno Federal va a aportar 83.6 millones y el gobierno local 35.9 millones.
Por las consideraciones anteriores con fundamento en lo que disponen el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a su consideración el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO:
ARTICULO UNICO.- Que esta Honorable Cámara haga un enérgico llamado al Poder Ejecutivo Federal y al Ejecutivo Estatal, para que a la brevedad fluyan los recursos del FONDEN y de otras dependencias para atender los damnificados zacatecanos.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 24 días del mes de septiembre del 2002.
Atentamente por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, Alberto Anaya Gutiérrez, rosa Delia Cota Montaño, Jaime Cervantes Rivera, José Narro Céspedes, Juan Carlos Regis, José Carlos Luna Salas, del Partido Acción Nacional, diputado Tomás Torres, del PRD; diputado Victor Roberto Infante, José Antonio García Leyva, Silverio López Magallanes, Jorge Luis García Vera, del Partido Revolucionario Institucional y el diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia".
Gracias por su atención.
-PRESIDENTA: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.
en virtud de que se tiene programada comparecencia de un funcionario del Gobierno Federal ante comisiones y dado que hemos llegado a las 17:00, le ruego a la secretaría dar lectura a los asuntos del Orden del Día de la próxima sesión.
-DIP. SRIO. RODOLFO DORADOR:
(LECTURA DEL ORDEN DEL DIA)
-PRESIDENTA: (A las 17:04) Se levanta
la sesión cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 26 de septiembre a las 10:00
horas.