Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LX Legislatura
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del martes 17 de abril de 2007

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de las ciudadanas diputadas y diputados.

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 339 diputadas y diputados; por lo tanto hay quórum.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante (11:36 horas): Se abre la sesión. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, tomando en consideración que ha sido publicado en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al orden del día; las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Gracias. Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Se dispensa la lectura.

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias; las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Se dispensa la lectura. Proceda la Secretaría poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias; las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Aprobada el acta.

Les pido su atención por favor. Esta Presidencia quiere hacer un reconocimiento al licenciado Alfredo del Valle Espinosa, quien fuera secretario de Servicios Parlamentario y el cual falleció el 16 de abril de 2006, por lo que se les solicita a las diputadas y a los diputados ponerse de pie, para guardar un minuto de silencio en su memoria.

(Se guarda minuto de silencio)

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: Comunicación de la Mesa Directiva en relación con dictámenes negativos de proposiciones con puntos de acuerdo que fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria del día 16 de abril, de las comisiones de Desarrollo Social y de la de Transportes.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Zermeño Infante, Presidente de la Mesa Directiva. Honorable Cámara de Diputados.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 8, tercer párrafo, del Acuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, le solicito atentamente se someta a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente movimiento solicitado por el diputado Alejandro Chanona Burguete, coordinador del grupo parlamentario de Convergencia.

Que la diputada Martha Angélica Tagle Martínez cause alta como integrante en el Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género.

Que la diputada Martha Angélica Tagle Martínez cause baja como integrante en la Comisión Especial para conocer las políticas y la procuración de justicia vinculada a los feminicidios en el país.

Que la diputada María del Carmen Salvatori Bronca cause alta como integrante en la Comisión Especial para conocer las políticas y la procuración de justicia vinculadas a los feminicidios en el país.

Lo anterior para los efectos a que haya lugar.

Firma el diputado Emilio Gamboa Patrón, Presidente de la Junta de Coordinación Política.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: De enterado.

El Secretario diputado José Gildardo Guerrero Torres: Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondientes al mes de marzo de 2007, desagregada por tipo de fondo.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Remítase a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El Secretario diputado José Gildardo Guerrero Torres: Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite las fechas en que se celebrarán los foros de consulta popular organizados con motivo de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Antonio Xavier López Adame: Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite solicitud del senador Luis Alberto Villarreal García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para que se dictamine la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia, de Hacienda y Crédito Público y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Tiene la palabra la diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera, del grupo parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera: Con su permiso, diputado Presidente. Compañeras y compañeros diputados.

La suscrita, diputada federal de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, 135 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos segundo, tercero y quinto del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

Como ustedes saben, el Consejo de la Judicatura es el órgano de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, mismo que fue creado en 1994 a raíz de una serie de reformas constitucionales en materia relativa al Poder Judicial.

Esta idea de crear el Consejo de la Judicatura obedeció a la necesidad de separar, al interior del Poder Judicial, las actividades administrativas de aquellas de carácter jurisdiccional; es decir, que se deja en este órgano de autogobierno la facultad de realizar todas aquellas actividades de administración, supervisión y sanción de jueces y magistrados que integran el Poder Judicial, para que éstos se puedan dedicar de manera exclusiva a su labor de juzgar.

No obstante, desde el momento de su creación hubieron algunas críticas hacia la forma en cómo el Consejo estaba conformado. Por ejemplo, cuatro de sus miembros, incluyendo al presidente de la Suprema Corte de Justicia que es a la vez el presidente del Consejo, provienen del Poder Judicial.

En virtud de que además de ser un órgano cuyo objetivo era separar actividades administrativas de las jurisdiccionales, también el Consejo debía tener como finalidad hacer efectiva la participación ciudadana en la administración y vigilancia del Poder Judicial, hecho que se debilitaba al establecer una mayoría de miembros provenientes del Poder Judicial incluyendo a su presidente que, como ya se dijo, lo es tanto del Consejo como de la Corte.

La composición del Consejo de la Judicatura tiene que establecerse de manera diferente a la actual para que sus facultades de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, entre las que destacan el nombramiento de jueces y magistrados, puedan efectuarse también con plena autonomía.

En ese sentido si bien una parte de sus miembros debería seguir proviniendo del propio Poder Judicial para que se garantice la presencia y participación de éste en el Consejo, los otros miembros tendrían que ser designados exclusivamente por el Poder Legislativo para que se asegure una situación balanceada entre quienes están ubicados en la perspectiva de funcionarios judiciales y quienes tengan un punto de vista de la ciudadanía sin posibilidades del Poder Ejecutivo.

Asimismo, debe descartarse el inconveniente de que el presidente de la Suprema Corte de Justicia lo sea también del Consejo de la Judicatura, condición que actualmente se permite— como ya se apuntó— que se reúnan en una misma persona capacidades de gran influencia en ambos órganos. En esta perspectiva, el Presidente del Consejo de la Judicatura debería ser nombrado por y de entre los miembros que lo integran.

Es por ello que la iniciativa que se plantea tiene como objetivo delimitar la participación de la Suprema Corte en el ámbito de competencias del Consejo de la Judicatura, excluyendo al presidente de la Suprema Corte de la presidencia del Consejo de la Judicatura.

Es por lo anteriormente expuesto que, con el objetivo de dotar de autonomía al Consejo de la Judicatura y hacer efectivo su trabajo de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, se propone la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los párrafos segundo, tercero y quinto del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo único. Se reforman los párrafos segundo, tercero y quinto del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 100. El Consejo se integrará por siete miembros, de los cuales tres serán designados por el Senado de la República y cuatro serán designados por el Poder Judicial. De éstos, dos serán magistrados de circuito, y dos, jueces de distrito, electos por insaculación. Los consejeros nombrados por el Senado en ningún caso podrán ser miembros del Poder Judicial federal, estatal o del Distrito Federal, ni haberlo sido cuando menos tres años antes al día de su nombramiento. El presidente del Consejo será designado por el pleno del mismo.

Todos los consejeros deberán reunir los requisitos señalados en las fracciones I a VI del artículo 95 de esta Constitución y ser personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades; en el caso de los designados por la Suprema Corte, deberán gozar además de reconocimiento en el ámbito judicial.

El Consejo funcionará en pleno y en comisiones. El pleno resolverá sobre la designación, adscripción, ratificación de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determine.

Los consejeros durarán cinco años en su cargo, serán sustituidos de manera escalonada y no podrán ser nombrados para un nuevo periodo.

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Posterior a la entrada en vigor de esta reforma, el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones correspondientes a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2007.

Es cuanto, diputado Presidente. Dejo el texto para que se inserte, por favor.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputada Yadhira Yvette Tamayo. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Tiene la palabra el diputado Alberto Amaro Corona, del grupo parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

El diputado Alberto Amaro Corona: Con su venia, señor Presidente. El suscrito, diputado federal Alberto Amaro Corona, de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea la presente iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación referente a la venta y comercialización de productos en las instituciones educativas, bajo la siguiente

Exposición de motivos

En México la obesidad es un problema grave de salud pública ya que es causa de enfermedades cardiovasculares, diabetes, hipertensión arterial, trastornos psicológicos y sociales, por mencionar algunos de sus efectos negativos.

No se trata de un problema simplemente estético, sino conlleva serios riesgos para la salud de la población en general y en particular para la niñez de nuestro país. Muchos de los problemas de obesidad o sobrepeso tienen como causa principal la falta de hábitos alimenticios adecuados y balanceados, es decir, el consumo de productos altos en calorías, grasas y carbohidratos, los cuales no necesariamente son sinónimo de una alimentación saludable.

A lo anterior se agrega que miles de mexicanos que ganan el salario mínimo están imposibilitados para consumir productos como carne, pollo, leche y frutas, lo cual provoca que sustituyan estos alimentos por papas fritas, refrescos, golosinas con exceso de sal o azúcar.

Uno de los mayores problemas de la persistencia de la obesidad infantil hasta la edad adulta es que aumenta significativamente el riesgo de padecer síndrome metabólico, enfermedad de la vesícula biliar e hígado graso.

En el ámbito del desarrollo afectivo de la población infantil la obesidad se traduce en una serie de problemas psicológicos como son la marginación escolar, pérdida de autoestima, depresión, insomnio y alteración de la percepción del esquema corporal.

La obesidad infantil se dispara si además agregamos factores como la falta de información nutritiva adecuada para los padres, el error de estimular a los niños a base de algún alimento alto en calorías, la falta de implementación de un programa de ejercicio para los niños, la promoción de alimentos chatarra en los medios de comunicación y lamentablemente su venta y comercialización indiscriminada en las cooperativas escolares de los planteles educativos.

Por ello es importante que desde las escuelas públicas y particulares del país, se genere una cultura de hábitos alimenticios saludables y se proporcione a los niños y las niñas estímulos adecuados que faciliten la modificación de su alimentación, así como ofrecer a los padres de familia medidas preventivas de la obesidad infantil.

Es así que la presente iniciativa de reforma a la Ley General de Educación propone restringir al interior de las escuelas educativas públicas y particulares, la venta y comercialización de productos altos en calorías, a fin de contribuir a disminuir la obesidad por malos hábitos alimenticios.

En consecuencia, el propósito de la presente es buscar que las autoridades educativas y los docentes adquieran conciencia de la importancia de que las cooperativas escolares ofrezcan alimentos y/o productos con altos índices nutricionales y a su vez, prohibir la venta de los llamados productos chatarra que están considerados detonantes de la obesidad.

La obesidad es una amenaza para la vida, es una enfermedad progresiva y crónica de proporciones epidémicas que afecta a nuestro país, por lo que consideramos oportuno hacer referencia a Hipócrates, que sentenciaba que los muy gruesos vienen a morir antes que los delgados.

Y Cornelo Celso, que nos diagnostica que las personas obesas fallecen más bien por enfermedades agudas y sofocaciones, y a menudo mueren repentinamente; lo que no sucede casi nunca con las personas delgadas.

Podemos abundar más sobre este tema; sin embargo, la esencia de la presente iniciativa tiene un sustento que lleva a la búsqueda de la prevención y al mismo tiempo, crear conciencia en el seno de nuestra sociedad sobre los males que causa la obesidad; es decir, lo que queremos es construir hombres y mujeres que en el futuro gocen de salud y que tengan una mejor calidad de vida.

Por lo anteriormente expuesto someto a consideración del pleno la presente Iniciativa

Único. Se adiciona la fracción XIV al artículo 7; se reforma el artículo 74; se adiciona un párrafo segundo a la fracción VIII, se reforma la fracción XII y se deroga el último párrafo del artículo 75 de la Ley General de Educación y queda en los siguientes términos:

Artículo 7. ...

La fracción que se adiciona es la XIV y queda como sigue:

XIV. Promover una cultura de hábitos alimenticios saludables.

Se reforma el artículo 74. Los medios de comunicación masiva como parte de su responsabilidad social, contribuirán al logro de las finalidades previstas en el artículo 7, conforme a los criterios establecidos en el artículo 8.

Se adiciona el segundo párrafo de la fracción VIII y queda como sigue:

VIII. Vender y comercializar en el interior de las escuelas públicas y particulares de nivel básico productos alimenticios con exceso de grasas y alto contenido en calorías que tiendan a causar problemas de obesidad.

Se reforma la fracción XII y queda como sigue:

XII. Incumplir cualquiera de los demás preceptos de esta ley, así como las disposiciones expedidas con fundamento en ella, para lo cual se estará a lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

El segundo párrafo de la fracción XII, se deroga.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Amaro. Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Tiene la palabra el diputado Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui, del grupo parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional par la Asistencia Pública. Pido a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico de asistencia y dé cuenta del registro de las diputadas y los diputados. Permítame tantito, diputado.

La Secretaría diputado María Eugenia Jiménez Valenzuela: Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 433 diputadas y diputados. Quienes hasta el momento no han registrado su asistencia disponen de 15 minutos para realizarlo por cédula.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Adelante, diputado.

El diputado Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui: Con su venia, señor Presidente. Compañeras y compañeros legisladores, la alta marginalidad, pobreza y rezagos institucionales que enfrentan para tener una vida digna y de calidad, es constante evidencia de que la protección de los derechos de los grupos que viven en mayores circunstancias de vulnerabilidad social son una prioridad para el desarrollo nacional y le ha dado al Estado un conjunto de responsabilidades que difícilmente podrá cumplir en el corto plazo si no se generan los instrumentos, las capacidades y sobre todo, los recursos para poder prestar más y mejores servicios a quienes más los necesitan.

El marco jurídico descrito ha tenido como premisa fundamental fortalecer al Sistema Nacional de Asistencia Social para darle al Estado en su conjunto mayores capacidades para atender a los grupos más vulnerables de población; asimismo ha buscado rescatar y fortalecer el espíritu y la visión de las instituciones y dependencias directamente relacionadas con la asistencia pública, para lo que fueron creadas.

Es por ello que hoy abordamos con la mayor responsabilidad la tarea de proponer a este honorable Congreso la iniciativa para que impulsemos nuevas estrategias institucionales como la de posibilitar a la población con discapacidad, con los organismos sociales de y para personas con discapacidad, e incluso, la iniciativa de terceros o privados participará en la construcción de un nuevo mecanismo que genere recursos y empleos como la Lotería, para las personas con discapacidad.

De forma conjunta con la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, siendo esta última una de las instituciones por su origen, historia y mandato, de mayor nobleza en el marco institucional mexicano.

Es importante destacar que en la LIX Legislatura del Senado de la República nuestro grupo parlamentario del PRI, por conducto de nuestra correligionaria, la senadora Yolanda Eugenia González, presentó dos iniciativas que fueron aprobadas y enviadas a esta Cámara para su estudio y dictamen.

La primera de ellas, aprobando la expedición de la Ley de Administración de los Recursos de la Asistencia Pública, y la segunda, proponiendo reformas a la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

Ambas iniciativas coinciden plenamente con el espíritu con que presentamos esta nueva a favor de la población con discapacidad, ya que estamos seguros fortalecería profundamente las capacidades del Estado para prestar los servicios de asistencia social a que la ley lo mandata y sobre todo, para garantizar este derecho que tienen las y los mexicanos en mayores condiciones de vulnerabilidad social.

Tal y como se encuentra el día de hoy el esquema reglamentario en materia de juegos y sorteos en nuestro país, la Lotería Nacional ha tenido que enfrentar la competencia de diferentes instituciones privadas, sin contar con la posibilidad de avanzar en su modernización ni mucho menos para lograr mantener el flujo de ingresos económicos que le permiten al Estado financiar en parte las actividades de asistencia social que se realizan en nuestro país.

En todo el mundo las loterías estatales han avanzado hacia nuevos esquemas de sorteos, de comercialización y de captación de recursos, cosa que hoy nuestra Lotería Nacional no puede hacer por las limitaciones que le impone su Ley Orgánica, de este modo, de no tomarse las medidas adecuadas para hacerla más competitiva, el Estado corre el riesgo de perder una parte importante de estos recursos dirigidos a apoyar a las clases más desprotegidas y vulnerables.

De ello se incluye la imperiosa necesidad de fortalecer a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública como una entidad libre en el desarrollo de sorteos a nivel nacional e internacional, garantizando con ello las acciones que le corresponde realizar al Estado en el campo de la asistencia.

El liderazgo de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública en materia de sorteos a nivel nacional, requiere de un marco legal moderno y adecuado a las condiciones prevalecientes en el actual mercado nacional e internacional en materia de sorteos, de manera que su liderazgo asegure un desarrollo ordenado de esta actividad, para que sus ingresos sean canalizados a diferentes programas y acciones asistenciales encaminados a reducir los índices de vulnerabilidad de algunos grupos de la sociedad mexicana dentro del sistema nacional previsto de la Ley de Asistencia Social.

Asimismo, la Lotería Nacional para la Asistencia Pública debe modernizar sus esquemas de operación comercial, de acuerdo con el desarrollo de los mercados nacional e internacional, con el propósito de aumentar sus ingresos y con ello los recursos que el gobierno federal destina a los mencionados programas, con estas previsiones: el organismo continuará desarrollando con mayor eficacia y eficiencia su actividad histórica en beneficio de las personas más desprotegidas, regulando simultáneamente un mercado cada vez más complejo a nivel nacional, que requiere de la participación activa del Estado para prevenir desviaciones en su desarrollo.

Proponer un mecanismo de lotería para las personas con discapacidad es un concepto que en diversos países está avanzando ante la difícil situación a que los gobiernos se enfrentan para canalizar recursos del Estado para subsidiar un amplio abanico de necesidades sociales, relacionadas con el desarrollo e integración de este sector social.

Un ejemplo de éxito que desde 1938 ha sido sobre el pilar para el progreso de las personas ciegas en España y hoy en día del progreso en otras discapacidades como la física, la intelectual, la sensorial e incluso, quienes viven discapacidades severas múltiples, lo encontramos en la Organización Nacional de Ciegos Españoles, mejor conocida como la ONCE, que desde 1931 comparte la responsabilidad del cupón de lotería con las instituciones de su Estado como el Ministerio del Interior de Hacienda y el propio desarrollo social.

Por ello, propongo ante este honorable Congreso las siguientes modificaciones de ley:

Artículo Único. Se reforma el artículo 2o., agregando un párrafo tercero de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, para quedar como sigue

Artículo 20.- El objeto del organismo es apoyar económicamente las actividades a cargo del Ejecutivo Federal en el campo de la asistencia pública, destinando para este fin los recursos que obtengan mediante la celebración de sorteos con premios efectivos. Dichos recursos, una vez deducido el monto de los premios reintegros y gastos de administración, así como el importe que se asigne para formar e incrementar las reservas y garantías a que se refiere esta ley, serán enterados a la Tesorería de la Federación para el cumplimiento de su destino específico.

La Lotería Nacional podrá organizar, celebrar y comercializar la lotería para las personas con discapacidad estructurada conjuntamente con las organizaciones civiles.

Su objeto será la generación de empleos en términos de ley y el subsidio de fines sociales de los organismos participantes. Los recursos una vez deducidos, el monto de los premios, reintegros y gastos de administración serán destinados íntegramente a los fines sociales de los organismos señalados en este párrafo. Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Eduardo Elías Espinosa. Túrnese a la Comisión de Gobernación.

La siguiente propuesta, del diputado Javier Estrada González, se pospone. Se concede el uso de la palabra a la diputada Mónica Arriola, del grupo parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa que reforma los artículos 72, 73 y 74 de la Ley General de Salud.

La diputada Mónica Tzansa Arriola Gordillo: Gracias, señora Presidenta. Compañeras y compañeros legisladores, hace algunos días estuve internada en un hospital del Estado de México, ahí vi casos que me conmovieron por la situación de quienes los sufrieron, uno de ellos el de un muchacho de 16 años que había ingerido 15 pastillas de Tylenol. En lo personal pensé: ¿qué estará pasando para tomar algo tan inocuo y querer llamar la atención?

Más tarde me enteré que estas pastillas tienen una sustancia llamada paracetamol. Cualquiera de nosotros la hemos utilizado para diferentes malestares: tensión, dolor de cabeza, cólicos, lo curioso aquí es que el paracetamol es una sustancia altamente peligrosa si se consumen más de 7.5 gramos, el equivalente a 15 pastillas.

En Estados Unidos es una de las principales causas de muerte por sobredosis, pues al no ser tratada a tiempo, en cosa de algunas horas puede causar un daño irreversible al hígado y causar la muerte de quien lo haya ingerido.

La verdad no sé bien si el joven tenía plena conciencia del daño que se estaba causando al tomar esas pastillas o si a lo mejor no tenía idea de lo dañino que esto podía ser. Un Tylenol lo venden en botellas enormes.

El asunto aquí es qué lo pudo haber llevado a una situación así, qué lo obligó a pensar en el suicidio como tal y con cualquier cosa que tuviera a su alcance. ¿Fue un impulso, trataba de llamar la atención o quería realmente terminar con su vida? ¿Qué hubiera pasado si tiene otra sustancia o algún arma que le pusiera fin a su agonía y no tuviera tiempo para reflexionar, pedir o recibir ayuda?

Una de las obligaciones primordiales del Estado es la salud, ello es así y no sólo porque nuestra Constitución Política lo reconozca como tal, sino también porque diversos instrumentos internacionales lo hacen. La justificación al hecho de que la salud y la educación sean dos tópicos de suma importancia es que son los cimientos para el desarrollo creciente y sustentable de toda nación. La salud, entendida en un sentido moderno, no sólo incluye los aspectos físicos y fisiológicos, sino también al mental.

En el mundo uno de los indicadores de mortalidad en aumento es el relacionado con las afecciones mentales y en particular las llamadas enfermedades emocionales. En 1950 el 40 por ciento de los suicidios correspondió a personas menores de 45 años y para el año 1988 esta cifra aumentó 55 por ciento. Casi 20 años después, la tendencia no ha variado.

El suicidio no es una enfermedad en sí misma, sino es un síntoma perverso, el efecto que descubre la relevancia que ha cobrado la salud en el aspecto mental. El dato es grave, pero relacionado con los jóvenes es todavía mayor; ellos son los principales protagonistas de esta estadística de mortandad y son, por ende, un grupo vulnerable que debemos atender.

En México la tasa de suicidio en jóvenes de 14 a 29 años crece rápidamente, al grado de ser la segunda causa de muerte. El INEGI recopila, analiza y reporta la cantidad de suicidios y sus posibles causas.

En su última publicación menciona que en el 2003 ocurrieron 3 mil 327 suicidios consumados, cifra que aumentó 5.3 en comparación con el 2002, lo cual confirma que éste es un grave problema y no disminuyen ni aumentan las cifras.

Es evidente la urgencia de una reforma en materia de salud. El suicidio en las y los adolescentes ha dejado de ser un problema marginal para convertirse en un problema de salud pública.

Según datos oficiales, el 75 por ciento de los casos de suicidio es producto de diversas afecciones emocionales encabezadas por la depresión que sufren los jóvenes. La depresión no es una afección mental similar a la esquizofrenia o a la demencia; es un padecimiento que tiene su raíz en las emociones del joven con claros trastornos en el balance químico.

La alta tasa de muertes por suicidio es un problema de salud pública porque es la consecuencia, principalmente, de una enfermedad. En congruencia, es obligación del Estado dar respuesta a este mal que aqueja al futuro joven de este país.

La mejor forma de combatir un problema de salud es prevenirlo. La prevención oportuna requiere, en el caso que nos ocupa, una red integral de apoyo a los adolescentes. El mundo complejo, cada vez más difícil en el que viven ellos, ocasiona un sinnúmero de problemáticas emocionales. Éstas no siempre se relacionan con problemas de adicción o trastornos psiquiátricos.

El primer paso para enfrentar el problema es reconocer y darle un marco jurídico a este tipo de afecciones como un problema de salud pública.

De acuerdo con el Grupo de Apoyo Psicológico para Personas en Riesgo Suicida, la gran mayoría de las personas que reciben un tratamiento adecuado salen de un estado depresivo y prosiguen con una vida normal hacia el futuro, lo que nos permite entender que la depresión no es un problema irresoluble sino uno que puede atenuarse y aliviar.

Los jóvenes adolescentes deben ser apoyados a través del Sistema Nacional de Salud para que reciban atención psicológica y emocional, especializada y eficiente. Por ello someto, en mi calidad de integrante del grupo parlamentario de Nueva Alianza, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican diversas disposiciones a la Ley General de Salud

Se modifica el artículo 72; se adiciona la fracción III Bis al artículo 73, y se modifica el artículo 74; todo del Capítulo III, Título Octavo de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Prevención y control de enfermedades y accidentes

La prevención de las enfermedades emocionales y mentales tiene carácter prioritario. Se basará en el conocimiento de los factores que afecten la salud mental, las causas de las alteraciones de la conducta, los métodos de prevención y control de las enfermedades mentales y emocionales, así como otros aspectos relacionados con la salud mental y emocional.

En el artículo 73. ...

III Bis. La realización de programas para la prevención y atención de alteraciones y enfermedades emocionales, con especial énfasis en la población adolescente.

En el artículo 74. ...

I. ...aquellos que padezcan depresión crónica o algún otro trastorno emocional similar.

Por su atención, compañeros, muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada Mónica Arriola. Túrnese a la Comisión de Salud.

Se concede el uso de la tribuna a la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del grupo parlamentario Alternativa, para presentar iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal.

Esta Presidencia envía un saludo al Colegio Francés del Pedregal, que se encuentra presente con nosotros.

La diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez: Con su venia, señora Presidenta. Honorable asamblea, la iniciativa que pongo el día de hoy a su consideración es producto de la reflexión colectiva, del trabajo serio, informado y responsable de diversos grupos de mujeres que durante los últimos 30 años han colocado en el espacio de lo público el tema del aborto como un problema de salud pública y de justicia social.

Pero no sólo el derecho a decidir de las personas sobre el número y espaciamiento de sus hijos es una garantía plasmada en el artículo 4o. constitucional y el ejercicio efectivo de ese derecho nos coloca ante un desafío sobre la calidad de la democracia que queremos.

Martha Lamas menciona que el debate sobre la penalización, despenalización del aborto plantea el reto de decidir sobre un conflicto en el que están implicados principios democráticos fundamentales. La libertad de conciencia, el laicismo o el derecho a la no intervención del Estado en cuestiones de la intimidad y la privacía.

Una verdadera convivencia pacífica dentro de la pluralidad y gobernabilidad democráticas requiere de un Estado laico que garantice un régimen de tolerancia bajo el imperio de la ley. La frontera entre lo público y lo privado se objetiva en el derecho a decidir, porque el Estado está obligado a garantizar la convivencia pacífica, pero no puede pretender regular la vida privada de sus gobernados.

Las decisiones de la vida privada dependen de la conciencia y los valores de cada persona y no de los dictados de funcionarios de gobierno o de instituciones religiosas. La democracia, el conocimiento científico y la modernidad descansan sobre esta premisa. Los principios de libertad e igualdad dotan de sentido a una sociedad democrática, que bajo ninguna circunstancia puede permitirse que en nombre de la fe se expropie su libre albedrío.

De esta manera, los derechos de las personas no pueden otorgarse ni suspenderse en ninguna circunstancia, por medio de plebiscitum o de referendum u otro tipo de consultas. Las mujeres nos pronunciamos por un debate serio, un diálogo, pero lo decimos y lo decimos claro: nuestros derechos no se votan.

Lamentablemente, las obligaciones del Estado no se ven reflejadas siempre en nuestras legislaciones y éste es justamente el caso del Código Penal federal, ordenamiento que data de 1931 y que en materia de aborto no ha sufrido ningún cambio en 86 años; lo que da como resultado una legislación deficiente y arcaica para asegurar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres.

Lo hemos dicho hasta el cansancio, la interrupción voluntaria del embarazo debe ser considerada como un problema de salud pública y de justicia social, por los graves efectos que tiene la salud de las mujeres.

Según el Conapo, en el país se practican 102 mil abortos al año, mientras que según el Instituto Alan Guttmacher, la cifra en 994 era de 553 mil. En todo caso, 99 por ciento de las mujeres que mueren por interrumpir su embarazo en condiciones inseguras y clandestinas viven condiciones de pobreza y pertenece a estratos sociales marginales. Tales abortos representan así, la cuarta causa de muerte materna en el país.

Estos datos nos llevan a dos conclusiones elementales: la primera, que la interrupción voluntaria del embarazo es una realidad de nuestra sociedad a pesar, y subrayo esto último, de las posiciones morales, de las deficiencias e insuficiencias legislativas y del sistema nacional de salud; la segunda, carecemos de una política realista para enfrentar el problema.

Por lo anterior, los términos del debate a los que tenemos la obligación de ceñirnos, son aquellos que tienen que ver con las obligaciones del Estado frente a los derechos ganados por las mujeres, mismos que son reconocidos por nuestra Constitución y por distintos tratados internacionales firmados por México, como son: la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo en El Cairo y el programa de Acción de la Cuarta Conferencia Internacional de la Mujer de Pekín en 1995.

En suma, la presente iniciativa tiene como objeto principal, hacer efectivas para todas las mexicanas las disposiciones del artículo 4o. constitucional.

Las modificaciones que proponemos al Código Penal federal eliminan las penas para las mujeres que decidan abortar y brindan certeza jurídica al personal médico adscrito a los hospitales federales que deban ayudarles de modo tal que sólo permanece la pena para aquellos que obliguen a abortar a una mujer sin su consentimiento o por medio de las violencia; y delega la ejecución de dichas penas, a la ley local en la materia.

Quiero aprovechar este espacio para expresar la preocupación de Alternativa y la mía propia frente a la agresiva campaña de aquellos que no están de acuerdo en legislar sobre los derechos de las mujeres, como se está haciendo en este momento en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Una campaña de intolerancia e incitación al odio en la cual han sido amenazados tanto legisladores como organizaciones de la sociedad civil, particularmente la Organización de Católicas por el Derecho a Decidir. A todas ellas y ellos les enviamos nuestra solidaridad.

Queremos dejar bien claro que es trabajo de todos construir espacios de discusión, tolerancia y de respeto a la pluralidad de creencias y es deber del Estado garantizar el respeto y la seguridad para instituciones y personas que expresan sus puntos de vista distintos y sus posiciones.

El propio Presidente de la República expresó en días pasados su posición personal al respecto y, al mismo tiempo, tuvo el acierto de delimitar sus propias convicciones al señalar que el Poder Ejecutivo ha sido y seguirá siendo respetuoso de las instancias legislativas y mucho más de las instancias locales, como la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Alternativa, por supuesto, estará atenta y dará seguimiento a la palabra del Presidente.

Para terminar, en Alternativa consideramos que ha llegado el momento de alentar un diálogo nacional serio, amplio, abierto, constructivo e incluyente encaminado a lograr resultados tangibles y mesurables para fortalecer el ejercicio de los derechos de las mujeres en todos los ámbitos de su vida, tanto en la esfera pública como en la esfera privada.

Por ello, solicitamos respetuosamente a la Junta de Coordinación Política de esta Honorable Cámara de Diputados que analice la posibilidad de favorecer el diálogo entre las diversas posiciones que respecto al tema del aborto se expresan en nuestra sociedad. Estamos por el debate de ideas y el diálogo serio, respetuoso e informado donde la ciencia, el conocimiento y la razón confluyan para encontrar una solución inteligente al problema del aborto.

Como representantes populares no podemos permitir que la mentira, el odio y la sin razón sean la moneda de cambio para mantener una legislación arcaica, que sólo propicia la injusticia y más muertes de mujeres. Agradezco a la diputada Martha Tagle su adhesión a esta propuesta e invito a mis compañeras y compañeros a que se sumen a esta propuesta.

Señora Presidenta, le solicito se inserte de manera íntegra en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada Elsa Guadalupe Conde Rodríguez. Se inserta íntegro el texto en el Diario de los Debates. Se turna a la Comisión de Justicia.

Se concede el uso de la tribuna a la diputada María Gloria Guadalupe Valenzuela García, del grupo parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

Esta Presidencia le envía un saludo al director de Formación Docente de la Coordinación General de Educación Intercultural Bilingüe, licenciado Javier López Sánchez, que se encuentra presente con nosotros.

La diputada Maricela Contreras Julián (desde la curul): Señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Permítame, diputada María Gloria Guadalupe. Sonido a la curul donde se encuentra la diputada Maricela Contreras.

La diputada Maricela Contreras Julián (desde la curul): Decir que es interesante la propuesta que presenta la diputada y que en virtud de que una servidora en sesiones anteriores presentó una iniciativa relativa al tema, nos adherimos a la iniciativa para que se pueda hacer un estudio en su conjunto y además, también solicitar que se turne a la Comisión de Equidad para opinión, igual que la anterior.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se rectifica el turno y se pide que además de la Comisión de Justicia, se solicite la opinión de la Comisión de Equidad y Género.

El diputado Delio Hernández Valadés (desde la curul): Señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Sí, el diputado Delio Hernández.

El diputado Delio Hernández Valadés (desde la curul): Compañera Presidenta, para pedir que también se turne para opinión a la Comisión Especial sobre no Discriminación, Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos. Gracias.

La Presidenta Ruth Zavaleta Salgado: Se retoma la solicitud del diputado para turnarse a la Comisión Especial sobre no Discriminación, Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos. ¿Alguna otra petición respecto a ésta para poder continuar con la sesión?

Tiene el uso de la palabra la diputada María Gloria Guadalupe Valenzuela, por favor.

La diputada María Gloria Guadalupe Valenzuela García: Con su permiso, señora Presidenta. Compañeras y compañeros diputados, la Constitución reconoce en su artículo 2o. que la nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país.

México conserva una importante riqueza lingüística. En la actualidad, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, se hablan de manera mayoritaria alrededor de 39 lenguas indígenas.

El 13 de marzo del año 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Derechos Lingüísticos. La creación de esta ley constituye un instrumento jurídico de gran relevancia para la preservación y enriquecimiento de las lenguas indígenas de nuestro país.

Sin embargo, aún cuando los indígenas cuentan con algunas prerrogativas frecuentemente son ignorados en el ámbito de gobierno, de procuración y administración de justicia. Estas omisiones representan en muchas ocasiones un trato discriminatorio para la población indígena al impedir el cumplimiento de sus derechos.

Es por eso que los integrantes de Acción Nacional consideramos necesario apoyar realmente la formación y certificación de intérpretes y traductores de lenguas indígenas nacionales mayoritariamente habladas.

Por lo anterior, la intención de la presente iniciativa es, en primera instancia, formar, capacitar y certificar a traductores e intérpretes de lenguas indígenas mayoritariamente habladas en nuestro país, con el fin de dar mayor agilidad a la aplicación de la ley, garantizando la participación de traductores e intérpretes en las dependencias y órganos de gobierno, con el objeto de salvaguardar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Asimismo, se establece que el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas envíe un informe a la Cámara de Diputados sobre el cumplimiento de formar y certificar a los intérpretes y traductores de lenguas indígenas con el objetivo de adecuar la asignación presupuestal ya destinada para dicho fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y con ello, lograr el cabal cumplimiento de la ley toda vez que, como ya se expresó anteriormente, no existe plena justicia ni acción gubernamental eficaz para los pueblos y comunidades indígenas, por la falta de traductores e intérpretes de sus lenguas.

Finalmente, se busca establecer en un transitorio que en tanto no se logre la formación y capacitación de traductores e intérpretes en todas las lenguas indígenas nacionales, al menos en lo relativo a los artículos 7, 10, 13 fracción II y XII, y 14, se dará cumplimiento en las 39 lenguas indígenas nacionales mayoritariamente habladas y no en las 62 lenguas reconocidas con sus diferentes variantes dialectales.

Esta propuesta permite que las políticas y acciones públicas lleguen y se conozcan precisamente por los pueblos y comunidades indígenas, al tiempo de lograr una efectiva procuración e impartición de justicia.

En atención a lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa que reforma la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en los siguientes

Términos

Artículo único. Se reforma el inciso d) del artículo 14. Se adiciona un segundo párrafo al artículo segundo transitorio y se adiciona un artículo nueve transitorio, para quedar como sigue:

Artículo 14, inciso d). Establecer la normatividad y formular programas para certificar y acreditar a técnicos, intérpretes, traductores y profesionales bilingües. Impulsar la formación de especialistas en la materia que asimismo sean conocedores de la cultura de que se trate, vinculando sus actividades y programas de licenciatura y postgrado, así como a diplomados y cursos de especialización, actualización y capacitación.

Transitorios

Cinco. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión establecerá, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación, la partida correspondiente al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para que cumpla con los objetivos establecidos en la presente ley.

Segundo párrafo. El Instituto deberá enviar un informe anual referente a lo establecido en el artículo 14, inciso d) de esta ley para la definición de la asignación presupuestal correspondiente.

Nueve. En relación a los artículos 7, 10, 13, fracción II y XII y XIV, se dará cumplimiento en las lenguas indígenas nacionales mayoritariamente habladas, en tanto se logra la formación y capacitación de traductores e intérpretes en todas las lenguas indígenas nacionales.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 17 de abril de 2007. Solicito de publique íntegra la presente iniciativa en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria. Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada María Gloria Guadalupe Valenzuela. Se publica íntegro, como lo solicitó la diputada. Se turna a la Comisión de Asuntos Indígenas.

Esta Presidencia da la más cordial bienvenida a los siguientes grupos: a la Escuela Secundaria Técnica número 23, al Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios, a sus alumnos, y a los ciudadanos que vienen de Reynosa, Tamaulipas.

Tiene el uso de la tribuna el diputado Pedro Montalvo Gómez, del grupo parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma los artículos 31 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El diputado Pedro Montalvo Gómez: Con su permiso, Presidenta. La descentralización administrativa es de importancia trascendental; asimismo, posibilita que la relación entre gobernantes y gobernados sea amplia, directa y fluida.

La base fundamental de la descentralización la constituye la distribución del poder, es decir, por medio de ella los gobiernos locales tienen la posibilidad real de fungir como centros de decisión, sobre todo por el traslado de atribuciones, recursos y decisiones. Ello descongestiona el proceso de gobierno y permite la igualdad jurídica y política que exige nuestro federalismo.

Se dice que el concepto de República federal democrática y representativa es una utopía, algo que todavía no es un hecho, pero que es necesario hacer realidad. En este tema nos tenemos que esmerar.

El federalismo frente al centralismo debe crear contrapesos institucionales sanos, que eviten la desigualdad en el ejercicio del poder, a efecto de que el desarrollo regional sea la base del desarrollo integral del país en el presente y en el futuro.

El impulso a sinergias regionales, circuitos económicos y financieros locales y la construcción de estructuras reales de gobierno, a tono con el federalismo, nos permitiría generar un mayor crecimiento económico y una mejor distribución de la riqueza, sin contar la posibilidad de que el desarrollo local fomente el arraigo de las empresas y de las personas para evitar el creciente flujo de la emigración a otros países y de la centralización asfixiante en pocos centros urbanos, principalmente la Ciudad de México, si fortalecemos las regiones posiblemente disminuyan los 500 mil mexicanos que se van anualmente a Estados Unidos.

Efectivamente, en los tiempos actuales los desequilibrios regionales no han variado a pesar que desde 1982 se realizó una reforma municipalista que pretendió transformar nuestra estructura vertical de gobierno. Como entonces, el 40 por ciento del producto interno bruto se sigue produciendo en el centro del país y la relación de recursos entre los tres niveles de gobierno continúa dejando inertes a los gobiernos estatales y municipales para atender nuestras carencias.

Mientras en las naciones desarrolladas la descentralización de recursos ha logrado que poco más del 40 por ciento del producto interno bruto se ejerza en las regiones, en nuestro país el 80 por ciento del gasto público lo ejerce la Federación, el 15 por ciento los estados y sólo el 5 por ciento los ayuntamientos.

Resultando que para el gobierno local, el total del producto interno bruto es apenas del 5 por ciento; es decir, una proporción de 8 a 1 frente a sistemas federalistas como Alemania y Canadá, o unitarios, como España y Francia, países que —entre otros— han encontrado en la descentralización de los mercados y las comunidades locales, la fuente de la prosperidad y el desarrollo.

Sumado a esta desproporción de recursos que desdice que seamos realmente una nación federal se erige un pesado aparato burocrático en estructuras de gobierno central que prácticamente sustituyen a las legítimas representaciones locales al tener en sus manos el control de más del 80 por ciento de los recursos y de las decisiones. Se conforman por un amplio grupo de delegaciones y representaciones llamadas de muchas maneras, con recursos materiales, humanos y financieros que duplican el trabajo de los órganos locales que inflan artificialmente el presupuesto federal al que todos contribuimos.

Por otro lado, cabe señalar que en los últimos años las delegaciones y representaciones federales en los estados han constituido un medio de intervencionismo ilegítimo en los procesos electorales, desviando recursos públicos a favor de partidos políticos, al margen de la ley. Así lo reconoció el Tribunal Federal Electoral en el dictamen que calificó la elección presidencial del pasado 2006.

Por ello es imperativo crear estructuras administrativas que garanticen la imparcialidad necesaria y que respeten la soberanía popular de los estados. Se requiere avanzar en la descentralización administrativa y la descentralización política. Eliminar tales estructuras que muchas veces más que representaciones públicas llegan a parecer centros operativos del partido en el gobierno.

Existen antecedentes importantes en materia de descentralización que han sido positivos y que deben ser la base para avanzar con mayor celeridad en esa dirección; el principal ejemplo se encuentra en el sector salud. El segundo caso importante de descentralización es el de la educación. Un tercer caso lo ofrece el área de desarrollo social que transfiere importantes recursos a las entidades y a los municipios, aunque los programas especiales contra la pobreza como han sido Pronasol, Progresa y Oportunidades, de carácter federal, han sido la parte medular, pero también los gobiernos locales en cuanto a la cantidad y destino de los recursos.

En las demás áreas de administración pública prácticamente no ha habido avances, de manera que la centralización es su característica predominante, en detrimento de las capacidades locales. Hay razones administrativas, históricas, económicas y políticas para realizar un corte y darle un nuevo impulso a la descentralización: el fortalecimiento al federalismo y la eliminación de las estructuras que representan a la Federación en los estados, mismas que generan duplicidad, sobrecarga, complejidad administrativa, limitación a las soberanías de los estados y distanciamiento entre las necesidades locales de los programas públicos.

Esta iniciativa hace eco del reclamo de mayor participación política, fiscal y financiera, a favor de las entidades federativas y de los municipios; de la demanda de respeto a la autonomía local y de una mejor distribución de los beneficios.

En ese sentido esta iniciativa propone otorgar facultades expresas de descentralización a las secretarías de la Función Pública y de Hacienda y Crédito Público; generar un órgano de coordinación intersecretarial; obligar a la elaboración de un programa específico de descentralización y establecer criterios legales para que la descentralización sea integral y que uno de sus objetivos precisos lo constituya el traspaso de las estructuras y recursos de las delegaciones y representaciones federales de los estados hacia el nivel local, dando carácter prioritario a las áreas de desarrollo social, agricultura, ganadería, pesca, economía, salud y educación, que son fundamentales para combatir la pobreza e impulsar el desarrollo productivo y que no tienen justificación para que se ejerzan a nivel central.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración el siguiente proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXV, recorriendo las subsecuentes al artículo 31 y se adiciona una fracción VII, recorriendo los subsecuentes al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Artículo primero. Se adiciona una fracción XXV, recorriendo las subsecuentes al artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 31. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

Décimo quinto: Realizar estudios, programas, convenios y acciones en materia de descentralización hacia las entidades federativas, bajo criterios de racionalidad administrativa, eliminación de estructuras y puestos que dupliquen el servicio público y el fortalecimiento de los recursos humanos, materiales y financieros de la misma.

Artículo segundo. Se adiciona una fracción VII, recorriendo las subsecuentes al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 37. A la Secretaría de la Función Pública, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

Séptimo. Impulsar la descentralización de atribuciones, facultades y recursos a las entidades federativas y municipios, bajo los criterios de racionalidad administrativa, orientación al ciudadano y fortalecimiento institucional de los servicios públicos locales.

Para ello, en el marco de sus atribuciones estudiará y estimará la eliminación de estructuras, puestos, empleos, cargos, encargos y comisiones federales que dupliquen u obstaculicen, o reduzcan la capacidad de actuación de las administraciones públicas, estatales y municipales.

Transitorios

Artículo primero. En los términos de esta ley, el Ejecutivo federal deberá integrar una comisión intersecretarial de descentralización. A la misma se podrá invitar a dependencias y entidades que aporten información y recursos necesarios para articularlos en el proceso de descentralización.

Artículo segundo. El Poder Ejecutivo Federal deberá formular y publicar un programa nacional de descentralización y fortalecimiento del federalismo que incluya objetivos y metas cuantificables con un calendario de ejecución que contemple acciones anuales para trasladar estructuras, recursos y decisiones a los gobiernos estatales y municipales.

Dicho programa deberá incluir un apartado específico de eliminación de las delegaciones, representaciones u homólogos de las dependencias y entidades federales de los estados, en las áreas en donde los gobiernos locales y municipales puedan ejercer sus funciones, trasladándoles sus estructuras y recursos. Este programa deberá establecer como prioridad y con un calendario preciso, el traslado de la responsabilidad federal a cargo de las delegaciones.

Artículo tercero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Palacio Legislativo de San Lázaro, 17 de abril de 2007.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputado Pedro Montalvo Gómez. Túrnese a la Comisión de Gobernación.

La siguiente propuesta se pospone; era de la diputada Guadalupe García Noriega. Tiene la palabra la diputada Mónica Arriola, del grupo parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa que reforma los artículos 68 y 69 de la Ley General de Salud.

¿Con qué objeto, diputado? Si me dice su nombre, por favor. Miguel Ángel Jiménez. Si le dan sonido al diputado Miguel Ángel Jiménez, por favor. Permítame, diputada Mónica Arriola. Si le dan sonido a la curul del diputado, por favor. Ya tiene sonido, diputado.

El diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (desde la curul): Respetuosamente, Presidenta, le solicito rectificación de quórum, por favor.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Diputado, ¿me permite solicitar la rectificación de quórum cuando termine la oradora, por favor?

El diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez (desde la curul): Sí, Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias. Tiene la palabra, diputada Mónica Arriola.

La diputada Mónica Tzasna Arriola Gordillo: Gracias, Presidenta. Basta ya de dobles morales, basta ya del miedo a la información, basta ya de no hacer valer la ley actual, maquillando otras para no ser criticado, abriendo falsos debates, cuando las leyes que tenemos no se pueden hacer válidas.

La ausencia de una adecuada información sobre la sexualidad humana y sobre los métodos anticonceptivos, sigue siendo una constante en la mayoría de nuestros jóvenes.

Ello demuestra al menos dos cosas: por un lado, una falta de atención a las políticas públicas al respecto; por otro, la necesidad imperiosa de una reforma que permita subsanar el error.

Nosotros como representantes de la soberanía popular tenemos en nuestras manos la oportunidad y el deber de proponer las reformas que sean provechosas para la nación.

Por supuesto, alguien podría preguntarse, ¿por qué es importante para la agenda política reformar la ley en aras de informar adecuadamente a la juventud mexicana? La pregunta no es por ciento ociosa, parte de una premisa, que las demandas sociales son inagotables mientras que nuestros recursos, tiempo y dinero son escasos. Por tanto, las elecciones que hagamos respecto de las leyes a discutir deben ser minuciosas y responsables; pero sobre todo, basadas en la realidad del México que hoy tenemos.

La desinformación sexual entre los adolescentes no sería un problema si ésta no afectara al seno social; sin embargo, la realidad es otra, muy distinta.

La falta de información entre la población adolescente conlleva serios problemas: el alarmante crecimiento de embarazos no deseados y de infecciones transmitidas sexualmente. Ambos son, evidentemente, un problema social y de salud pública.

Los niños no vienen de París y las mujeres por sí solas no producimos el virus del papiloma humano o del Sida.

De acuerdo a datos oficiales, durante el año 2000 se registraron 180 muertes maternas en mujeres adolescentes, lo que representa la cuarta causa de muertes de mujeres en este grupo de edad.

En nuestro país 70 de cada mil mujeres adolescentes están embarazadas. También en el 2000 ocurrieron 366 mil nacimientos en mujeres de 15 a 19 años. Esto significa que más de 6 mil jóvenes mexicanas menores de 19 años ya son madres.

Así las cosas, resulta evidente que el embarazo no deseado entre las jóvenes adolescentes es ya una realidad apremiante que amerita ser transformada.

Es cierto que existen algunos esfuerzos para la prevención del embarazo adolescente por parte del Consejo Nacional de Población, de los Libros de Texto, de diversos programas de la Secretaría de Educación Pública, de la de Salud, de varios organismos descentralizados y de organizaciones civiles; sin embargo, la crueldad de los números permite arribar a la conclusión de que estos esfuerzos no han sido suficientes.

Es urgente que los programas de salud existentes sean eficaces y propicien el acercamiento de los jóvenes a los servicios de salud que prevengan y disminuyan los embarazos adolescentes.

No necesitamos nuevas leyes, necesitamos elaborar nuevas estrategias para llegar a los jóvenes, especialmente a la población expuesta al mayor riesgo de embarazo a temprana edad, estrategias que no lleguen demasiado tarde y de manera insuficiente.

Necesitamos métodos y medios, requerimos de políticas eficaces que le proporcionen a nuestra población joven las armas para prevenir un mal que oscurezca su futuro.

Requerimos poner a su disposición los métodos técnicos para la prevención de embarazos no deseados.

En lo que respecta a las enfermedades por transmisión sexual, un apéndice de la práctica irresponsable de la sexualidad, principalmente entre los jóvenes; las condiciones son desafortunadamente similares.

La proliferación de enfermedades como el Sida, herpes, sífilis, papiloma humano y demás, es un tópico que merece igualmente atención.

Según reportes del programa Mundial de las Naciones Unidas contra el Sida, ONU-Sida, la educación sexual enfocada a la prevención y a la práctica de una sexualidad responsable logra que cerca de la mitad de las y los jóvenes retrasen el comienzo de su actividad sexual y por lo tanto, que el número de infecciones de transmisión sexual se vean disminuidos significativamente.

Por lo anterior, el Partido Nueva Alianza propone la implementación de programas de prevención del embarazo en adolescentes, específicamente enfocados en eliminar las barreras y los obstáculos que restringen la obtención y el uso de anticonceptivos por parte de los jóvenes.

La mejora del uso de éstos por adolescentes sexualmente activos nos exige la expansión y mejora de los servicios existentes para que este grupo de la población tenga la posibilidad de usarlos.

Por lo anterior someto a la consideración de esta asamblea el siguiente decreto por el que se modifica la fracción V del artículo 68 y el artículo 69 de la Ley General de Salud.

Se modifica la fracción V del artículo 68 y el artículo 69 para quedar como sigue:

La participación en establecimiento de mecanismos idóneos para la determinación, elaboración, adquisición, almacenamiento y distribución de medicamentos y otros insumos destinados a los servicios de planificación familiar, así como la distribución de los medicamentos y métodos anticonceptivos a la población, pero con preferencia a la población adolescente que se establezca en dichos mecanismos.

La Secretaría de Salud en el artículo 69, con base en las políticas establecidas por el Consejo Nacional de Población para la prestación de servicios de planificación familiar y de educación sexual, definirá las bases para evaluar las prácticas de métodos anticonceptivos.

Por lo que toca a su prevalecencia y efectos sobre la salud, proveerá de los medios técnicos para hacer llegar a la población los métodos anticonceptivos necesarios para alcanzar los objetivos establecidos en las políticas nacionales de población. Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada Mónica Arriola. Túrnese a la Comisión de Salud. En términos del artículo 27 del Acuerdo parlamentario se pide a la Secretaría abrir el registro electrónico por 10 minutos para verificar el quórum, mientras tanto continuará el desarrollo de la sesión.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Verificación del quórum. En términos del artículo 27 del Acuerdo parlamentario se pide a la Secretaría abrir el registro electrónico por 10 minutos para verificar el quórum, mientras tanto continuará el desarrollo de la sesión.

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior y ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para la verificación del quórum.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Esta Presidencia brinda un cordial saludo a la escuela secundaria "Tomás Alva Edison" y a la telesecundaria "Lázaro Cárdenas" que se encuentran presentes con nosotros.

Tiene el uso de la palabra el diputado Jorge Quintero Bello para presentar iniciativa que reforma el artículo 9 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, suscrita por el mismo y por Omar Antonio Borboa Becerra.

El diputado Jorge Quintero Bello: Con su venia, Presidenta diputada. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Discriminación realizada en el año 2005, el 41 por ciento de los mexicanos opina que las personas con discapacidad no trabajan tan bien como las demás. Y el 42 por ciento está de acuerdo en que, dadas las dificultades de empleo que hay actualmente en México sería preferible dar trabajo a personas sin discapacidad.

Estas percepciones son un claro reflejo del entorno tan adverso que tienen que enfrentar las personas con algún tipo de discapacidad, son muchos los intentos que se han hecho en los últimos años para combatir la discriminación contra los discapacitados.

El ejemplo es la creación del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Conapred y la Ley General de las Personas con Discapacidad.

Dentro del contexto internacional conviene señalar que son varios los convenios internacionales ratificados por nuestro país, entre ellos, el Convenio número 111 relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación de la Organización Internacional del Trabajo y el Convenio número 159 sobre la readaptación provisional y empleo para personas inválidas desde 1983. Ambas revisten una gran importancia para la iniciativa que aquí expongo, cabe resaltar las altas tasas de desempleo que sufren los sectores discapacitados en algunos países en desarrollo, mismas que se estiman en un 80 por ciento.

La misma Encuesta Nacional sobre Discriminación arrojó resultados en verdad preocupantes, a 40 por ciento de los encuestados discapacitados les han pagado un salario menor por desempeñar un trabajo similar al de una persona no discapacitada y al 42 por ciento de los discapacitados les han negado el trabajo por su condición.

Esta iniciativa propone reformar el artículo 9 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, con el objeto de introducir las conductas que no habrán de ser consideradas como discriminatorias en el ámbito laboral. Esto a fin de establecer un criterio de precisión en el sentido de no reducir el universo de posibilidades bajo las cuales pueden producirse situaciones de discriminación en el trabajo.

Establecer que la adopción de algunas medidas positivas o compensatorias que se realicen a favor del trabajador discapacitado tampoco serán consideradas como discriminatorias. Esto con el objeto de lograr una verdadera igualdad de oportunidades.

Establecer como prioritaria la creación de un programa especial para la colocación y contratación de las personas con discapacidad dentro del Sistema Nacional del Empleo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

En Acción Nacional hemos asumido la responsabilidad de ofrecer a las personas con discapacidad iguales oportunidades laborales, muestra de ello es que los gobiernos de todos los niveles, emanados de nuestro partido, han adoptado las medidas necesarias para eliminar cualquier práctica discriminatoria respecto de la incapacidad.

Por lo antes fundado y expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa de decreto que adiciona y reforma diversas fracciones del artículo 9 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

Artículo único. Se adicionan el segundo y tercer párrafo de la fracción I y la fracción II, recorriéndose las demás fracciones y se reforman las fracciones IV y V, ahora V y VI, todas del artículo 9 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 1, fracción I, párrafo primero, queda igual.

El párrafo segundo queda así: No se considerarán discriminatorias las distinciones basadas en capacidades o conocimientos especializados para desempeñar una actividad determinada. Tampoco se considerarán como discriminatorias las acciones legislativas o de políticas públicas positivas o compensatorias que, sin afectar derechos de terceros, establezcan tratos diferenciados con el objeto de promover la igualdad real de oportunidades en el entorno laboral para las personas con discapacidad.

Fracción II. Promover que las oportunidades de empleo para las personas con discapacidad se ajusten a la normatividad laboral aplicable a los trabajadores en general.

Fracción V. Formular y ejecutar un programa específico dentro del Servicio Nacional de Empleo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para incorporar a las personas con discapacidad al sistema de colocación y facilitar su contratación en entidades públicas y privadas.

Fracción VI. Para lo anterior se podrán llevar a cabo convenios con los sectores empresariales, instituciones de gobierno, organismos sociales, sindicatos y empleadores, incluyendo la creación de agencias de integración laboral, centros de trabajo protegido, talleres, asistencia técnica, becas económicas temporales y,

Fracción VII. Queda igual.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 17 de abril de 2007. Firman los diputados Jorge Quintero Bello y Omar Antonio Borboa Becerra.

Pido se inserte el texto íntegro en el Diario de los Debates. Es cuanto, diputado Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Quintero. Insértese íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Tiene la palabra el diputado David Mendoza Arellano, del grupo parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado David Mendoza Arellano: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros, celebro esta verificación de quórum para que se pueda escuchar esta iniciativa que presentamos el día de hoy.

El pasado viernes 14 de abril entró en vigor la Ley para la Reforma del Estado que fue aprobada con un amplio consenso por las dos cámaras del Congreso de la Unión. Uno de los temas al respecto, sobre los que deberá pronunciarse el Poder Legislativo y los partidos políticos, precisamente es el que vengo a presentar ante esta tribuna y que versa sobre el régimen de Estado y gobierno que necesitamos para lograr que nuestro sistema pueda funcionar.

El agotamiento del sistema político mexicano se debe a que desde hace algunos años los presidentes electos han asumido el gobierno con las reglas del pasado, por eso su ejercicio inoperante. Esta experiencia nos deja una enseñanza y nos obliga a diseñar nuevas reglas que sean congruentes con la pluralidad que hoy define a nuestro país.

Desde el 97, el partido que gobierna en el Ejecutivo no cuenta con la mayoría en el Congreso; por lo tanto, su ejercicio permanece limitado al grado que el Presidente y su partido no pueden por sí solos aprobar el presupuesto y llevar a cabo las reformas que necesitan para implementar los programas de su gobierno.

Esto no sucedía en el pasado, cuando el partido hegemónico se desempeñó libremente con un sistema presidencial, cuyos liderazgos unipersonales hacían del Poder Ejecutivo el sitio de la concentración de la toma de decisiones, supeditando su voluntad a los otros Poderes de la Unión, tanto al Legislativo como al Judicial.

Ese fue el signo que prevaleció durante muchos años y que permitía que la voluntad del Presidente fuera acatada sin cuestionamientos. En la medida en que el partido del gobierno no posee la mayoría, el poder que representa tendría que ser proporcional al número de votos que le otorgó la ciudadanía.

El partido del Ejecutivo hoy en día no cuenta con la mayoría suficiente para gobernar apoyado de la mano de su bancada. Su representación actual en las cámaras del Congreso de la Unión no es superior al 40 por ciento, mientras que la oposición representa la mayoría aproximadamente con un 60 por ciento.

Ante este escenario resulta injusto que la necesidad de sus programas de la mayoría no sean tomadas en cuenta en las políticas públicas. El partido en el poder gobierna con la oposición en su contra y excluye de sus prioridades la voluntad del sector más nutrido de nuestra sociedad.

¿Dónde se ven reflejadas las necesidades y programas que la mayoría de la sociedad demanda? Preguntamos. México debe aspirar a un gobierno de coalición y no de grupos o de intereses unipersonales. El México del partido único, donde las diferencias de pensamiento no eran tomadas en cuenta, no existe desde que la pluralidad llegó a esta Cámara.

Hoy tenemos la oportunidad de diseñar y de discutir una serie de cambios que requiere el país con urgencia para funcionar mejor. Está a prueba nuestra capacidad para llegar a acuerdos y reformar a nuestras instituciones.

El tema en cuestión es la gobernabilidad. Llevamos 10 años padeciendo la inoperancia e ineficacia de este sistema. La disyuntiva que se nos presenta es mayoriteo y albazo o acuerdo entre las fuerzas políticas; presidencialismo unipersonal o cooperación entre los Poderes; parálisis legislativa y de gobierno o coaliciones de gobierno basadas en estructuras programáticas que consideren la correlación de fuerzas expresadas en el Congreso; continuar un sistema político agotado e inoperante por las reglas del pasado o construir una nueva arquitectura y visión en el ejercicio del poder.

La iniciativa que presento, incluye justamente algunos mecanismos que permitirán construir coaliciones legislativas estables y un gobierno capaz de funcionar en un país con las características del nuestro.

Se propone una nueva fórmula para dotar al Ejecutivo de un instrumento que le asegure contar con una mayoría política para llevar a cabo su proyecto de gobierno. Ya que lo corresponsabiliza con funciones de gobierno al contar con la facultad de ratificar y remover a los secretarios del despacho, de llamarlos a rendir cuentas contando con herramientas más contundentes de evaluación.

El Presidente de la República es el Jefe del Estado y mantiene las funciones sustantivas en el ejercicio del gobierno y en la definición del gabinete. El jefe del gobierno interior y de la administración pública, figura que hoy vengo a proponer, es quien coordinaría los trabajos del gabinete y fungiría como un operador político del Presidente, cuando el partido del mismo represente la mayoría política o tenga la capacidad de articular una coalición de mayoría. Y fungiría como un contrapeso y jefe de una mayoría alterna, cuando el partido del Presidente pierda soporte y no logre articular una coalición legislativa de mayoría.

Esto, sin embargo, permite el funcionamiento en ambos casos del gobierno y que pueda mantenerse y darle estabilidad al país. La incorporación de la figura de jefe de gobierno interior y de la administración pública federal, garantiza la ecuación entre el Presidente de la República y la mayoría legislativa, ya sea de un partido o de una coalición de partidos.

Establece una estrecha cooperación entre el Ejecutivo y el Legislativo, así como un control del Legislativo sobre el Ejecutivo. Y, en caso extremo, es decir, ante la pérdida del soporte social y político del Presidente y su partido facultaría al Congreso a buscar una mayoría estable, ajena al Presidente, que pueda desarrollar una alternativa de gobierno dentro del mismo periodo presidencial y que implica desde luego un relevo del jefe del gobierno interior y de la administración pública federal.

Siendo estas las ideas principales de la iniciativa que presento, en obvio de tiempo y en virtud de que está publicada, le solicito, señor Presidente, sea insertada íntegra en el Diario de los Debates y se turne a la Comisión de Puntos Constitucionales y a la de reforma del Estado para su opinión. Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias diputado David Mendoza Arellano. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales. Se acaba de recibir una comunicación de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Proceda la Secretaría a dar cuenta de la misma.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2007. Diputado Jorge Zermeño Infante, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados, presente.

Por medio de la presente, los suscritos diputados coordinadores de los grupos parlamentarios e integrantes de la Junta de Coordinación Política, con fundamento en los artículos 4o. y 14o. del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, solicitamos se modifique el orden del día de fecha 17 de abril de 2007 para la incorporación y tramite en la primera oportunidad el punto de acuerdo con el rubro.

Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a integrar una comisión política plural en la que participen la Junta de Coordinación Política, la mesa directiva de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados y los representantes que para tal efecto determine el Ejecutivo, con el objeto de elaborar un calendario sobre los tiempos de consulta, discusión y, en su caso aprobación, de la iniciativa de Reforma Hacendaria del Ejecutivo federal.

Firman: el diputado Emilio Gamboa Patrón, grupo parlamentario del PRI; el diputado Héctor Larios Córdova, del grupo parlamentario del PAN; el diputado Javier González Garza, del grupo parlamentario del PRD; la diputada Gloria Lavara Mejía, del grupo parlamentario del PV, el diputado Alejandro Chanona Burguete, del grupo parlamentario Convergencia; el diputado Ricardo Cantú Garza, del grupo parlamentario del PT; el diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez, del grupo parlamentario Nueva Alianza y la diputada Aída Marina Arvizu Rivas, del grupo parlamentario de Alternativa.

En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día en los términos solicitados por la Junta de Coordinación Política. Las ciudadanas diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo…

El diputado José Manuel Minjares Jiménez (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: A ver, permítame, diputada, permítame. Sonido a la curul del diputado Manuel Minjares.

El diputado José Manuel Minjares Jiménez (desde la curul): Gracias, Presidente. Nada más para efectos ilustrativos, si pudiese instruir a la Secretaría pueda leer nuevamente el acuerdo que se nos va a someter a consideración.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: No. Ahorita estamos nada más para ver si se modifica el orden del día. Si la asamblea lo autoriza, va a hablar el diputado Miguel Ángel Jiménez para dar a conocer ese punto de acuerdo. Está a consideración ahorita si se modifica el orden del día. Consulte la Secretaría a la asamblea.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: … En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día en los términos solicitados por la Junta de Coordinación Política. Las ciudadanas y los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias; las ciudadanas diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, Secretaria. Se modifica el orden del día y tiene el uso de la palabra el diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez, del grupo parlamentario de Nueva Alianza.

El diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez: Con el permiso de la Presidencia. La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b) numeral 1 del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativos al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo a la materia objeto del presente, que presento en mi calidad de diputado integrante del grupo parlamentario de Nueva Alianza.

Considerando que el proyecto anual de nuestro país no admite apresurados acuerdos ni improvisaciones, contar con el tiempo que el Legislativo necesita es fundamental para aprobar de una manera responsable el proyecto económico del país, sin perder de vista el impacto y trascendencia que significa éste sobre la economía, el desarrollo y el nivel de vida de la sociedad mexicana.

En este sentido, es importante retomar la experiencia que en años pasados esta situación ha traído consigo. Año con año se presentan proposiciones de los legisladores tendientes a modificar el paquete económico propuesto por el Ejecutivo federal. Dichas proposiciones oscilan entre adecuaciones de las partidas previstas en el proyecto de Presupuesto de Egresos del año en curso, cambios a la normatividad aplicable en materia de recaudación fiscal, pasando por aclaraciones sobre el destino y la aplicación de los recursos solicitados, el diseño de nuevos y mejores instrumentos para incorporar la economía informal, simplificación del régimen fiscal de los pequeños contribuyentes, condonaciones fiscales y adeudos administrativos, recortes presupuestales y asignación de excedentes petroleros, entre otros.

Adicionalmente, es de referir el ejemplo inmediato anterior que la discusión de la reforma hacendaria presentó el proyecto de paquete económico que envió el Ejecutivo federal, difirió radicalmente de aquel que finalmente fue aprobado. Aunado a lo anterior, hay que mantener presente la importancia y urgencia de sacar adelante la reforma hacendaria integral.

Nuestro país no puede seguir viviendo y mucho menos avanzando con una debilidad estructural de las finanzas públicas federales que se manifiesta en una recaudación de impuestos directos sobre el ingreso que apenas alcanza el 4.7 por ciento del PIB, y de impuestos indirectos el 10.5, según cifras de la OCDE, cuando estas cifras deberían oscilar entre el 12 y el 11.5, respectivamente.

Las cifras actuales señalan que en México el fisco tiene una de las recaudaciones más bajas del mundo; mientras que los países de la OCDE en promedio recaudan por impuestos el 36 por ciento de su PIB, nuestro país alcanza apenas el 12 por ciento de esta cifra. En estas condiciones, el Estado mexicano claramente no está en posibilidad de hacer frente a sus responsabilidades fundamentales ni lograr una verdadera equidad en la incidencia fiscal y es por ello que al permitir que la política económica del país se rija por criterios netamente estadísticos y macroeconómicos, se soslaya la satisfacción de las principales necesidades colectivas.

Con el fin de lograr una reforma hacendaria integral no sólo económicamente viable, sino socialmente responsable, que propicie el fortalecimiento de las finanzas públicas, es preciso generar un diálogo ágil y eficaz entre los actores políticos que concurren en la elaboración de ésta, máxime que en este año se le requiere al titular del Ejecutivo federal, por mandato constitucional, que a más tardar el 8 de septiembre remita a esta soberanía la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para su debida discusión y aprobación como parte del paquete económico.

Por lo anteriormente expuesto presentamos a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, a que a través del titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público asista a una reunión de trabajo con los integrantes de la Junta de Coordinación Política, con el fin de exponer la necesidad de urgencia de llegar a definiciones concretas en materia de una reforma hacendaria.

Por su atención, muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Consulte la Secretaría a la asamblea, si este asunto se considera de urgente resolución.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: En votación económica se pregunta a la asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos si se considera de urgente resolución la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias; las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor Presidente, hay dos terceras partes por la afirmativa, es mayoría calificada.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias; las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Aprobada; comuníquese. Pido a la Secretaría instruya el cierre del sistema electrónico y dé cuenta del registro de asistencia.

El Secretario diputado José Gildardo Guerrero Torres: Ciérrese el sistema electrónico. Se informa a la Presidencia que hasta el momento hay una asistencia de 404 diputadas y diputados, incluyendo la asistencia del Presidente Zermeño que está bloqueado su sistema.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, Secretario. Esta Presidencia saluda a los niños y a las niñas de la escuela primaria "Luis Castillo Ledón", del Distrito Federal, aquí presentes.

Tiene el uso de la tribuna el diputado Alfonso Izquierdo Bustamente, del grupo parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma el artículo 7o. de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

El diputado Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante: Con el permiso de esta Presidencia y de esta soberanía, el suscrito, diputado integrante de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en uso de las facultades que me confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 37, inciso a), del Reglamento Interior del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, correspondiente a la LX Legislatura, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo primero al artículo 7º, recorriendo el actual en su orden, de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, con la finalidad de que, para la realización de juegos con apuestas y sorteos que se lleven a cabo en las entidades federativas o en el Distrito Federal, la Secretaría de Gobernación cuente, previamente a la celebración de los mismos, con la opinión del titular del poder u órgano ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, así como de la autoridad municipal o delegacional que corresponda, bajo la siguiente

Exposición de motivos

En el mundo moderno y en la globalización en que vivimos es cada vez más evidente que la descentralización responsable y cuidadosa, basada en criterios de eficacia, respeto a la autonomía y equidad, rinde mayores frutos que la concentración de funciones, facultades y recursos; al mismo tiempo que facilita el ahorro de recursos, la eficacia y el desarrollo sustentable.

Para que un país tenga éxito en el nuevo esquema mundial es necesario contar con gobiernos ágiles, responsables, con capacidad de respuesta y herramientas para enfrentar los retos que impone el desarrollo.

Las estrategias para resolver necesidades y crear condiciones de desarrollo en cada localidad deben quedar en manos de las entidades federativas y los municipios para llegar a un nuevo pacto federal que habilite a cada orden de gobierno para ejecutar acciones que respondan de manera inmediata y efectiva a las necesidades de la población y que se traduzcan en una mejora a su calidad de vida.

Es necesario fortalecer el federalismo en México. Es la forma como el desarrollo de las diferentes regiones que componen nuestro basto territorio puedan lograr que las menos desarrolladas mejoren sus condiciones; y que la Federación se vea fortalecida mediante un sano desarrollo regional.

En la medida en que se fortalezcan los mecanismos para acercar las decisiones del gobierno al ámbito en el que éstas son requeridas, en esa medida será el grado de pertinencia que tengan para resolver los problemas o aprovechar las oportunidades de las localidades en cuestión, elevando de esta forma el impacto y la eficacia en el uso de los recursos y logrando mejores resultados para la población que cada vez demanda más y mejores satisfactores a sus necesidades.

El Ejecutivo federal debe estar comprometido a acelerar el proceso del federalismo, la justa redistribución del gasto, la capacidad para generar mayores ingresos, así como el poder de decisión y de ejecución de obras y prestaciones de servicios hacia los gobiernos locales.

Por ello resulta indispensable fortalecer y respetar las autonomías estatales y municipales, reconociendo la capacidad de autodeterminación y ejecución de los órdenes de gobierno, habilitándolos para que sean los principales artífices de su desarrollo.

El principio normativo que establece el artículo 7o. de la Ley General de Juegos y Sorteos señala que la Secretaría de Gobernación ejercerá la vigilancia y control de los juegos con apuestas y sorteos, así como el cumplimiento de esta ley, por medio de los inspectores que designe.

Sin embargo, el artículo 60 del reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos señala que la Secretaría de Gobernación otorgará permisos para la operación del cruce de apuestas en ferias, considerando la opinión del titular del poder u órgano ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, así como de la autoridad municipal o delegacional que corresponda para que el solicitante pueda operar el cruce de apuestas.

De lo anterior se desprende que el artículo 7o. de la Ley Federal de Juegos y Sorteos debe fortalecer, en sus contenidos, los principios del federalismo que nuestra Constitución señala.

Por tal motivo, es necesario que se precise en este artículo que en la realización de juegos y sorteos con apuestas y sorteos que se lleven a cabo en las entidades federativas o en el Distrito Federal, la Secretaría de Gobernación deberá contar, previa realización de los mismos, con la opinión calificada del titular del poder u órgano ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, así como de la autoridad municipal o delegacional que corresponda para que el solicitante pueda operar el cruce de apuestas.

Esta iniciativa que someto a la consideración de esta soberanía pretende, por lo tanto, fortalecer los principios constitucionales del federalismo, pero también busca que los estados y municipios sean tomados en cuenta con precisión en la normatividad federal y en este caso en particular, en la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

Por lo anterior expuesto, me permito someter a la consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo primero al artículo 7o., recorriendo al actual en el orden de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, con la finalidad de que en la realización de juegos con apuestas y sorteos que se lleven a cabo en las entidades federativas o en el Distrito Federal, la Secretaría de Gobernación cuente, previamente a la celebración de los mismos, con la opinión calificada del titular del poder u órgano ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, así como de la autoridad municipal o delegación que corresponda.

Artículo único. Se adiciona un párrafo primero al artículo 7o., recorriendo el actual en el orden de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, para quedar como sigue:

Artículo 7o. En la realización de juegos con apuestas y sorteos que se lleven a cabo en las entidades federativas o en el Distrito Federal, la Secretaría de Gobernación deberá contar con la opinión calificada del titular del poder u órgano ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, así como de la autoridad municipal o delegacional que corresponda.

La Secretaría de Gobernación ejercerá la vigilancia y control de los juegos con apuestas y sorteos, así como del cumplimiento de esta ley por medio de los inspectores que designe. Con el mismo fin podrá integrar los organismos o comisiones que estime convenientes y los que funcionarán de acuerdo con las atribuciones que le señalen las disposiciones reglamentarias de esta ley, así como las que dicte la citada Secretaría.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en el salón de plenos del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de abril de 2007. Diputado Alfonso Izquierdo Bustamante.

Por su atención, muchas gracias. Solicitando a esta Presidencia su inscripción en el Diario de los Debates.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Alfonso Izquierdo. Túrnese a la Comisión de Gobernación.

Tiene la palabra el diputado Jesús de León Tello, del grupo parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma los artículos 7 y 8 de la Ley de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

El diputado Jesús de León Tello: Con su permiso, señor Presidente. Toda vez que esta iniciativa ya fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, le solicito que la misma sea insertada íntegramente en el Diario de los Debates.

Compañeros y compañeras diputadas, pocas son las veces en que volteamos a ver a un sector de la población que requiere de toda la atención de la sociedad. La ciudadanía mexicana no ha reaccionado eficazmente ante los muchos problemas que enfrenta la niñez tanto en las ciudades como en el campo.

Es común pensar en las frases de los niños son la alegría del hogar o los niños son el futuro del mundo cuando la realidad es otra. Conocemos el deber ser, mas no la situación verdadera en que viven miles de infantes en México.

Vemos con preocupación que situaciones como la vida en la calle, la violencia intrafamiliar, la humillación y la marginación social impactan de manera contundente en aquellos que se encuentran más desprotegidos. Entonces, ¿en dónde queda la alegría del hogar? En ocasiones ni siquiera existe un lecho para expresar las emociones, para jugar, divertirse, gozar la infancia, estudiar y aprender los valores familiares.

Y el futuro del país. ¿Cómo imaginar un futuro con un presente incierto, con infelicidad, tristeza, sin respaldo de la familia, de la sociedad en su conjunto, sin oportunidades, sin un proyecto de vida?

Ante esta realidad, frente a la cual no podemos dejar de sensibilizarnos, es que vemos la impostergable necesidad de dotar al gobierno federal de herramientas legislativas para poner en marcha políticas públicas a favor de la niñez y su desarrollo.

Las instituciones de nuestro país deben ser sin duda garantes de la protección de aquellos que por su edad no pueden alzar la voz y exigir ser escuchados; de los menores que sufren algún tipo de marginación y no se sienten incluidos en ningún tipo de comunidad social.

Un Estado que no cuida a su población, y en particular a sus niños, es simplemente un reflejo de la deshumanización característica de los tiempos actuales. Gozar de una vida digna, de la esperanza de crecer en un ambiente sano y libre de actitudes nocivas, con una buena educación, con buenos espacios para desarrollar deporte y otras actividades; los mínimos derechos que debemos de procurar para la infancia, y los legisladores debemos ser corresponsables de ello.

En el año 2000 el Congreso de la Unión aprobó la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el fin de corresponder a los compromisos internacionales antes adquiridos en esta materia. A pesar de este esfuerzo legislativo aún hay muchas cosas por hacer.

Debe ser imperativo que cada uno de los sectores que tiene que ver de alguna u otra manera con grupos de niños en situaciones de vulnerabilidad hagan su mejor esfuerzo para contrarrestar aquellos males que aquejan, no sólo a los pequeños sino a todos.

Motivado en lo anterior es que el día de hoy acudo ante esta tribuna para presentar una iniciativa con proyecto de decreto, por el que adiciona el segundo párrafo del artículo 7 y el tercer párrafo del artículo 8 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a nombre propio y de mis compañeros legisladores, Edgar Armando Olvera, Mario Eduardo Moreno Álvarez y Edmundo Javier Bolaños Aguilar.

Mediante esta reforma proponemos la instauración de un programa nacional para la atención de los derechos de la infancia y de la adolescencia, que acoja dentro de sí, el esfuerzo de diversos sectores sociales y esferas de gobierno, con el fin de que el Estado garantice el pleno desarrollo de niñas, niños y adolescentes, en particular de aquellos que sufren de alguna situación de vulnerabilidad social.

Asimismo, se pretende que se encuentren los mejores mecanismos para la instrumentación de políticas públicas que ayuden a este fin. Es importante que gobierno y sociedad trabajen juntos en esta gran tarea que implicará un gran esfuerzo, pero que dará la satisfacción de haber hecho lo mejor.

El trabajo debe ser permanente y no cosa de tres o de seis años, o de un gobierno u otro. Por eso la importancia de incluir esta propuesta en nuestra legislación, para que perduré más allá de cualquier coyuntura.

Diputados y diputadas, que no existan pretextos de ningún tipo para dejar de emprender acciones en pro de la infancia mexicana. Demos importancia a quienes a diario nos enseñan que la vida vale la pena.

Con esta iniciativa, los diputados de Acción Nacional refrendamos nuestro compromiso con la sociedad, misma que no debe alejarse y menos descuidar a los niños y a las niñas de México. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Jesús De León Tello. Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. Tiene la palabra la diputada Mónica Fernández Balboa, del grupo parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Mónica Fernández Balboa: Gracias, señor Presidente, con su venia. Una de las instituciones extremadamente débil en México es el Congreso de la Unión. Esto debido a la brevedad del período ordinario de sesiones con que cuenta nuestro sistema parlamentario.

Cuánto no se ha dicho sobre el poco tiempo que trabajan los legisladores, la percepción ciudadana de que la remuneración de los legisladores es muy alta para el poco tiempo que trabajan, de la falta de reformas para que este Congreso sea más útil al pueblo de México.

La iniciativa que presento hoy tiene por objeto extender el periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión. Lo anterior en virtud de que el trabajo parlamentario no sólo comprende la función legislativa sino además otras funciones, como la financiera, la presupuestaria, la de control, la jurisdiccional, etcétera.

También se puede conocer de asuntos graves e importantes de relevancia nacional, por lo que aproximadamente los seis meses que corresponden a los dos periodos ordinarios de sesiones, no son suficientes para el desarrollo del trabajo legislativo en el pleno camaral.

Como breve referencia histórica, apunto que en la publicación de nuestra Carta Magna de 1917, los artículos 65 y 66 establecían que el Congreso se reuniría el día 1o. de septiembre de cada año para celebrar sesiones ordinarias, pero no podrá prolongarse más que hasta el 31 de diciembre del mismo año; es decir, antes de las reformas de 1986, el Congreso de la Unión celebraba un solo periodo de sesiones ordinarias al año.

Pero la complejidad creciente de la vida moderna hizo necesario que el Congreso celebrara sesiones ordinarias durante un mayor tiempo y sin que entre un periodo y otro hubiera un receso tan prolongado.

Existía también la necesidad por las funciones política, de vigilancia y fiscalizadora, a cargo de Poder Legislativo, que su presencia en la vida nacional fuera cada vez más permanente y vigorosa. Así, nuevos periodos de sesiones facilitarían el cumplimiento de esta finalidad y permitirían el mejor desempeño de las tareas de contrapeso y equilibrio que le corresponden al Congreso de la Unión.

En ese sentido se propuso el establecimiento de dos periodos de sesiones ordinarias, lo que permitiría también una programación más adecuada del trabajo de las Cámaras, pues las leyes que por su importancia lo ameritaran podrían fácilmente ser recibidas en un periodo, dictaminadas durante el receso, mucho más breve que el que la ley original establecía, y discutidas y en su caso aprobadas en el siguiente periodo de sesiones ordinarias, aunque no escapaba que habría otras que por su urgencia o su vigencia anual tendrían que ser dictaminadas y discutidas en el mismo periodo en que se recibieran.

Como resultado, en 1986 se reformaron nuevamente los artículos 65 y 66 planteando dos periodos ordinarios de sesiones, esta vez, del primero de noviembre al 31 de diciembre y del 15 de abril al 15 de julio.

En 1993 se estimó pertinente adecuar las fechas de inicio y términos de los referidos periodos con objeto de ajustarlos mejor a la intensidad de los ritmos de trabajo legislativo.

El periodo de sesiones ordinarias que iniciaba el primero de noviembre, y que debería de ocuparse preferentemente de los asuntos de orden fiscal, financiero y presupuestal, tenía una duración apenas suficiente para atender las iniciativas y decretos de carácter estrictamente fiscal y presupuestal, cuya extensión y complejidad requerían cada vez de mayores tiempos para su conocimiento y análisis.

Además se hizo ver que la iniciativa de la Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación en los que se plasman los criterios de política económica para el siguiente año del ejercicio fiscal, con frecuencia implicaban modificaciones de muy diversa índole, cuya consideración también ocupaba un mayor número de horas de trabajo. Por ello se planteó una reforma que modificara las fechas de los periodos de sesiones.

En el 2004 se modificó el inicio del segundo periodo ordinario de sesiones el cual empieza el primero de febrero de cada año.

Actualmente, de acuerdo con los artículos 65 y 66 constitucionales, los dos periodos ordinarios de sesiones que lleva a cabo el Congreso de la Unión, comienzan el primero de septiembre y primero de febrero y terminan como máximo el 15 de diciembre, con excepción del año en que toma posesión el titular del Poder Ejecutivo Federal, en el que podrá concluir el 31 de ese mismo mes y el 30 de abril respectivamente. Fuera de ese plazo la Constitución prevé el funcionamiento de la Comisión Permanente o, si fuera necesario, la convocatoria a periodos extraordinarios de sesiones.

El tiempo normal de funcionamiento de una legislatura es de seis meses al año, es decir, durante seis meses al año las Cámaras no sesionan de forma ordinaria.

Esos periodos tan reducidos quizás pudieran haber tenido alguna justificación en el pasado, cuando los temas y problemas que atendían los legisladores no tenían la complejidad que han adquirido en los últimos años y cuando el estado precario de las vías de comunicación dificultaba que los diputados y senadores de provincia pudieran llegar fácilmente a la sede del Congreso.

Pero en la actualidad, teniendo presentes las enormes necesidades de regulación y de intervención legislativa que demanda la dinámica del sistema político y el mismo entorno social, parece un lujo excesivo para el país tener a las Cámaras fuera de funcionamiento normal durante tanto tiempo.

Ese mismo hecho rompe la continuidad de los trabajos legislativos, no permite el estudio detenido y juicioso de las iniciativas y tampoco facilita las tareas de control político sobre el Poder Ejecutivo, que son parte esencial del trabajo de los legisladores.

Mientras los órganos ejecutivos trabajan de forma continua todo el año, las Cámaras apenas cuentan con la mitad de ese tiempo para realizar sus tareas, la cual representa un déficit importante para el equilibrio que debe haber entre los poderes.

En el derecho comparado, ninguna legislatura tiene periodos ordinarios tan reducidos. De hecho, si se saca un promedio de los meses en que trabajan las legislaturas de Uruguay, Argentina, Francia, Italia, se llega a la cifra de nueve a 10 meses de trabajo al año, contra los seis meses en que sesionan las Cámaras de forma ordinaria.

La presente iniciativa propone la extensión del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión. Ello haría que los tiempos de calendario se recorrieran por tiempos más largos, teniendo un periodo de sesiones de 10 meses, lo que permitiría un mejor análisis de las iniciativas que su colegisladora planteara, así como las del Poder Ejecutivo.

El proyecto hace referencia a la necesidad de fortalecer integralmente al Poder Legislativo; se plantea que en la actualidad el Congreso asume un papel mucho más activo en la vida nacional que representa a una sociedad incomparablemente más compleja.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Cámara el proyecto por el que se reforman los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar dos periodos de sesiones: del 1 de septiembre al 31 de diciembre y el segundo, del 15 de enero al 31 de julio.

Señora Presidenta, como ya se observó, no leí la iniciativa completa. Ésta está publicada en la Gaceta Parlamentaria, pero le ruego que sea tan amable de ordenar su inserción íntegra en el Diario de los Debates del día de hoy. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputada Mónica Fernández Balboa. Insértese íntegro el texto en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Se conceded el uso de la palabra a la diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña, del grupo parlamentario del PRI, para solicitar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

La diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña: Con su permiso, diputada Presidenta. Compañeras, compañeros diputados, la suscrita, diputada federal Mayra Gisela Peñuelas Acuña, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, pone a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 5o., fracción VII, 279 y 280 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos de las jornaleras y los jornaleros agrícolas, con base en la siguiente

Exposición de motivos

Uno de los grandes problemas a los que se enfrenta actualmente la sociedad mexicana es la falta de atención al campo, el cual se encuentra sumido en la peor de las miserias, por falta de apoyo institucional y social a los productores agrícolas.

Muchas mujeres y hombres, ante la falta de apoyos para trabajar sus propias tierras, se ven en la necesidad de venderlas y convertirse en trabajadores asalariados de grandes terratenientes, o bien, se suman a la incesante ola de inmigrantes a la nación vecina del norte.

Estadísticas que tienen un carácter de aproximadas refieren que existen en el país alrededor de cinco millones de jornaleras y jornaleros agrícolas, aunque es muy difícil conocer con exactitud el número de jornaleras toda vez que no existen registros o mecanismos adecuados para arrojar datos exactos.

Pero permítanme referirme en lo particular a las mujeres jornaleras agrícolas. La incorporación de las mujeres como jornaleras en México es una respuesta de las familias a su creciente pobreza y ha significado un aumento a la carga femenina de trabajo ya que además de su labor como jornaleras, las mujeres tienen que cuidar a sus hijos e hijas, realizan el trabajo doméstico y en sus comunidades muchas son, además,artesanas o comerciantes.

Lamentablemente la situación en la que se encuentran las jornaleras agrícolas es de alta marginación y no tienen acceso a servicios de salud de calidad, tampoco cuentan con derechos laborales, ya que son obligadas a trabajar jornadas de más de diez horas o muchas de ellas, estando embarazadas tienen que realizar trabajos que ponen en riesgo su embarazo y su propia vida.

El Congreso de la Unión ha realizado importantes avances en materia de equidad entre los géneros, gracias a la sensibilidad de las y los legisladores. Sin embargo, es necesario insistir en que aún existen miles de mexicanas que aguardan su turno en la solución de sus problemas laborales, tal es el caso de las jornaleras agrícolas, que carecen de ingreso digno, no tienen acceso a las oportunidades, trabajan en condiciones indignas, carecen de seguridad social y por supuesto se encuentran en un alto grado de marginación.

Por las razones antes mencionadas, resulta imperante trabajar en acciones afirmativas que permitan mejorar las condiciones en que se encuentran actualmente las jornaleras agrícolas. Sabemos que la realidad social no se cambia por decreto; sin embargo, las leyes son un mecanismo efectivo para la transformación de los patrones de conducta.

Por ello, al realizar reformas a la Ley Federal del Trabajo dotando de derechos a las mujeres que trabajen en el campo como jornaleras, apoyaremos a un sector históricamente marginado en el país, ése es el objetivo de esta iniciativa.

No debemos olvidar que los fines que persigue la Ley Federal del Trabajo son el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social. Dicha justicia no ha sido lograda desde la óptica de estas y estos trabajadores agrícolas. El Estado tiene la obligación de velar por la salvaguarda de los campesinos, creando nuevos esquemas que les ayuden a mejorar sus condiciones de vida. Este sector productivo debe obtener beneficios de orden social, mejorando principalmente sus condiciones de empleo.

Por tanto, atendiendo los fines que persigue la Ley Federal del Trabajo es de justicia social transformar las condiciones en las que trabajan las y los jornaleros del campo y terminar con la desigualdad y la incertidumbre en que viven.

Uno de los efectos más desastrosos del fenómeno del jornalerismo es que la legislación que debiera protegerlos, desde un principio, resultó insuficiente y en la actualidad es obsoleta y carente de eficiencia. La larga inamovilidad de la legislación laboral ha resultado altamente perjudicial para quienes trabajan en el campo, por ello debemos revisarla y realizar las adecuaciones que nos lleven al equilibrio y la justicia social.

Las y los jornaleros agrícolas padecen una penuria mayor a la de los campesinos, debido a que la mayor parte de ellos carecen de tierras propias para explotar. No podemos pasar inadvertido el hecho de que la problemática de la ley y los trabajadores agrícolas es manifestación y refleja a la vez causas y efectos estructurales que proceden a las políticas públicas sistemáticamente aplicadas desde el gobierno y de un modelo de desarrollo que ha acrecentado la desigualdad y el rezago social y económico de la gran mayoría de la población.

Actualmente existe una sobreoferta de jornaleras y jornaleros agrícolas frente a una demanda inestable y precaria, proveniente en su mayoría de agricultores que se dedican a cultivos de uso intensivo de mano de obra.

Dadas las condiciones en las que se encuentran las y los jornaleros agrícolas de México es necesario dotarlos de una legislación eficaz que observe y defina sus derechos para que puedan acceder a condiciones más favorables de trabajo y con esto elevar su calidad de vida, ya que tal y como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 2, apartado B, fracción VIII, se tiene la obligación por los tres niveles de gobierno, de generar acciones para garantizar los derechos laborales de las y los jornaleros agrícolas, así como el artículo 27, que en su fracción XX establece que el Estado promoverá el desarrollo rural integral, teniendo como fin primigenio el bienestar de las y los habitantes del campo.

Por último, el artículo 123, que señala explícitamente que la protección de la legislación laboral rige, entre otras categorías de trabajadores a las y los jornaleros agrícolas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 5o., fracción VII, 279, 280 de la Ley Federal del Trabajo.

Único. Se reforman y adicionan los artículos 5o., fracción VII y 279 y 280 de la Ley Federal del Trabajo en materia de los derechos de las jornaleras agrícolas, para quedar como sigue:

Artículo 5o. Las disposiciones de esta ley son de orden público, por lo que no producirá efecto legal ni impedirá el goce y ejercicio de los derechos, sea escrita y verbal la estipulación que establezca.

7o. Un plazo mayor de una semana para el pago de los salarios a las y los obreros y jornaleros y jornaleras agrícolas.

Artículo 279. Los trabajadores del campo son los que ejecutan los trabajos propios y habituales de la agricultura, de la ganadería, la agroindustria que se desarrolla en el campo y/o forestales al servicio de un patrón. Los trabajadores de las exportaciones industriales, forestales, se regirán por las disposiciones generales de esta ley.

La o el jornalero agrícola en el trabajo rural que realice un trabajo de carácter estacional e intermitente asociado en los ciclos productivos del campo.

Las y los jornaleros agrícolas tendrán derecho a todas las prestaciones derivadas de su relación laboral durante un lapso que no podrá ser inferior al de la duración de la estación.

Las y los jornaleros no dejarán de percibir su jornal los días de descanso semanal u obligatorio. Se entiende por estación, el periodo de tiempo comprendido en un ciclo de producción o exportación agrícola, pecuaria, silvícola o agroindustrial.

Artículo 280. Los trabajadores que tengan una permanencia continua de tres meses o más al servicio de un patrón tienen a su favor la presunción de ser trabajadores de planta.

El patrón está obligado a llevar un registro de los trabajadores estacionales por cada ciclo agrícola, a fin de computar la antigüedad de cada jornalera o jornalero a quienes el patrón deberá entregar una constancia de conclusión de la estación a su antigüedad acumulada. La comisión de la entrega de dicho registro será una presunción a favor del trabajador estacional.

Las y los funcionarios que operen programas federales de apoyo a jornaleras y jornaleros, tendrán la obligación de dar aviso a las autoridades laborales de cualquier violación de los derechos laborales de las jornaleras agrícolas.

Artículo transitorio

Único. Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, 11 de abril de 2007.

Es cuanto, diputada Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Gracias, diputada Mayra Gisela Peñuelas Acuña. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Se concede el uso de la palabra a la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del grupo parlamentario Convergencia, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Sí, con qué objeto diputado Diego Aguilar. Por favor, le dan sonido a su curul.

El diputado Diego Aguilar Acuña (desde la curul): Señora Presidenta, nada más para que me haga el gran honor de preguntarle a la diputada Mayra Peñuelas si me deja sumarme a la propuesta que acaba de hacer en estos momentos, dado el caso que yo tengo interés en ello pero además solicitarle a usted, señora Presidenta, que tengo una excitativa presentada, que está en el orden, que me gustaría que me diera turno porque está relacionado precisamente con ese tema. Si me hiciera ese gran favor, señora Presidenta. Es cuanto.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: ¿Usted quiere que le dé turno para pasarla ya directa a la Comisión?

El diputado Diego Aguilar Acuña (desde la curul): Para pasar a leerla, si me hace ese gran honor, pasando la señora diputada en su exposición, por estar relacionada con ello. Por favor.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Sí, diputado. En primera, ya se turnó la propuesta y seguramente la diputada no tiene ningún problema en que usted se pueda sumar, ya lo ha dicho ella; y en segunda, tenemos que seguir con el orden que se ha presentado. Ya estamos otorgando la palabra a otra diputada, si gusta esperar su turno por favor.

Esta Presidencia le da el mas cordial saludo a la Universidad del Estado de México, campus Zumpango; a la Universidad del Valle de México, campus Querétaro; y a la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, que se encuentran con nosotros presentes.

Disculpe, diputada. Adelante.

La diputada Martha Angélica Tagle Martínez: Gracias, Presidenta. Los mexicanos y las mexicanas del siglo XXI claman justicia, protección y seguridad. Por tanto, los legisladores debemos atender urgentemente ese llamado garantizando plenamente la vigencia del estado democrático de derecho y la sana convivencia en comunidad de la sociedad.

El órgano para la seguridad pública requiere de un compromiso ético, honrado y eficiente por parte del Estado. El sistema nacional de seguridad pública debe crear políticas de prevención y medidas de vigilancia que garanticen el respeto a los derechos humanos de mujeres y hombres, la elaboración de estudios multidisciplinarios sobre los fenómenos delictivos, la eficiente persecución de los actos ilícitos no denunciados, la atención de víctimas de delitos en colaboración con las instituciones públicas y privadas para brindar protección a la integridad física de las mujeres en situaciones de peligro con motivo de violencia de género.

En ese sentido, es importante precisar que la presente iniciativa persigue el siguiente objetivo: vincular al sistema nacional de seguridad pública con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cuyo objeto es actuar contra la violencia que como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligado a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

Esta iniciativa busca fomentar las medidas de protección integral en lo correspondiente a la seguridad pública, a fin de prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y presentar asistencia a sus víctimas reorientando lo ya existente y proporcionando los recursos y medios necesarios para lograrlo.

El sistema nacional de Seguridad Pública deberá considerar que la violencia de género es todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones, la trata o la privación arbitraria e ilegal de la libertad, conforme al sistema establecido en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Por otra parte, se deben considerar como ejes rectores de la presente iniciativa un conjunto integral de medidas encaminadas a alcanzar los siguientes fines:

Fortalecer las medidas de sensibilización, educación, formación y capacitación de los funcionarios y policías, para brindar una atención integral a las mujeres víctimas de violencia de género.

Establecer en el marco del sistema de seguridad pública y del sistema para prevenir la violencia de género, el fomento de una cultura ciudadana de prevención, dotando a los poderes públicos de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, los servicios sociales, de salud, publicitario y mediático para detectar y prevenir la violencia de género.

Consagrar los derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género exigibles ante el Poder Ejecutivo y así asegurar un acceso rápido, transparente y eficaz a los servicios de seguridad pública establecidos al efecto.

Pretende también reforzar el sistema nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, con los principios y objetivos establecidos en las leyes mencionadas.

Asimismo, garantizar derechos económicos en lo concerniente a la seguridad pública para las mujeres víctimas de violencia de género con el fin de facilitar su protección e integración social.

También pretende coordinar los recursos e instrumentos de todo tipo de los distintos poderes públicos para asegurar la prevención de los hechos de violencia de género y, en su caso la sanción adecuada a los culpables de los mismos.

Con base en lo expuesto, los principios que guían la política de Estado orientada a erradicar la violencia contra las mujeres y el acceso a una vida libre de violencia, son los de igualdad jurídica, respeto a la dignidad humana, la no discriminación, la libertad de las mujeres y el conjunto de los derechos inalienables e indivisibles contenidos en la ley fundamental y reconocidos en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Para alcanzar una solución integral a la violencia de género se debe considerar que la prevención no sólo le corresponde al sistema nacional de Seguridad Pública y a la Secretaría de Seguridad Pública; ésta requiere una participación coordinada entre el sector de la educación, la salud, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el sistema nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y no sólo de la intervención policial.

Finalmente con esta iniciativa obedecemos a la exigencia social de superar el vacío normativo que subsiste en la actual política de Estado. Es fundamental que los legisladores demos el marco legal necesario para que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, pueda ser aplicable, y para ello armonizar todos los instrumentos legales que existen al respecto.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que establece las bases de coordinación del sistema nacional de Seguridad Pública y le solicito atentamente a la Presidencia de esta Mesa Directiva, que sea turnada a la Comisión de Seguridad Pública y a la Comisión de Equidad y Género, para su dictamen en conjunto, asimismo, le solicito sea publicada íntegramente en el Diario de los Debates. Es cuanto, señora Presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada Martha Angélica Tagle Martínez. Tal y como lo solicitó la diputada se turnará de manera conjunta a la Comisión de Seguridad Pública y a la de Equidad y Género.

Tiene la palabra la diputada Lizbeth Evelia Medina Rodríguez, del grupo parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que adiciona un artículo 20 Bis a la Ley Federal de Defensoría Pública.

Esta Presidencia envía un saludo especial a la delegación conformada por 47 personas de la ciudad de San Diego, California, particularmente de Mexico Bussines Center, que realiza una visita a las instalaciones de la honorable Cámara de Diputados y se encuentra con nosotros. Adelante, diputada, por favor.

La diputada Lizbeth Evelia Medina Rodríguez: Con su permiso, ciudadana Presidenta. Compañeros legisladores, la suscrita, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de este honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 20 Bis a la Ley Federal de Defensoría Pública que se fundamenta y motiva bajo la siguiente

Exposición de motivos

De acuerdo a las estadísticas del Instituto Nacional del Geografía, Estadística e Informática de 2005, estimó que en nuestro país la población hablante de lengua indígena de 5 y más años sumaban 6 millones 11 mil 202, de los cuales 2 millones 959 mil 64 eran hombres y 3 millones 52 mil 138 mujeres, por lo que es una realidad que nuestro país tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos y comunidades indígenas, reconocimiento que ha sido plasmado a nivel constitucional a través de la denominada reforma constitucional en materia indígena, que tuvo lugar el 14 de agosto de 2001 y que tuvo por objeto modificaciones a los artículos 1o., 2o., 4o., 18 y 115.

Sin embargo, aun cuando la constitucionalización de los derechos indígenas constituye un reconocimiento de la dignidad de los pueblos indígenas y una forma de satisfacer a sus demandas, es innegable también que existe una divergencia entre los derechos contenidos en la norma constitucional y su instrumentación práctica que se traduce en abismo entre la garantía formal de un derecho y su efectiva implementación, concretamente en una extensión a la garantía de seguridad jurídica y al mismo tiempo, como una garantía a los grupos minoritarios indígenas.

La fracción VIII del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a acceder plenamente a la jurisdicción del Estado y éste, para garantizar ese derecho, señala que los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Empero, de acuerdo al diagnóstico sobre el acceso a la justicia para los indígenas de México — estudio caso Oaxaca — presentado por el alto comisionado para los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en México, dentro del rubro del derecho a la defensa y su relación al derecho defensor o intérprete, se determinó que éste encuentra serios obstáculos estructurales para su implementación y que aunque más del 60 por ciento de indígenas tuvo la necesidad de contar con un traductor en la declaración preparatoria, sólo se solicitó u ordenó ese servicio en 11 por ciento de los casos del fuero común.

Esto a pesar de que 91 por ciento de los encuestados indígenas hablaban un idioma indígena. Por lo que concluye que la ausencia de servicios adecuados de traducción e interpretación intercultural, el grado de comprensión y capacidad de expresión en español de los indígenas influye directamente en la calida y oportunidad de defensa.

Por lo anterior, recomienda la incorporación sistemática de traductores e intérpretes calificados en el sistema de justicia; y aunque recientemente se publicó la convocatoria para la presentación de candidaturas a becas de actualización en defensoría pública bilingüe indígena, que tiene su origen en el Convenio de Financiación Específico para el Programa de Cooperación Unión Europea-México: Fortalecimiento y Modernización de la Administración de Justicia en México, Programa Piloto: Defensores Públicos Bilingües, constituye una exigencia en la regulación pragmática en la legislación secundaria el hacer efectiva la disposición constitucional materia de análisis, a fin de garantizar un efectivo derecho a la defensa adecuada.

El Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en México señala que el derecho al traductor o intérprete en la legislación nacional tiene dos enfoques: el primero está en relación con el derecho al debido proceso y significa que las partes en un proceso que no dominen el idioma en que se desarrollan los procedimientos deben contar con los medios suficientes para establecer una adecuada comunicación que les permita ejercer plenamente el derecho de la persona a ser informada, sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada de la naturaleza y causas de la acusación formulada contra ella, el derecho a la defensa adecuada y todo lo demás que ello implica.

La segunda vertiente va más en el sentido de la perspectiva integral de los derechos indígenas y se relaciona con el derecho individual y colectivo de los pueblos indígenas a expresarse en su lengua como una forma de garantizar el derecho a la autoadscripción como miembro de un pueblo o comunidad indígena y no como una declaratoria de incompetencia para hacer el uso del español.

En ese sentido, se propone reformar la Ley Federal de Defensoría Pública, a fin de garantizar que los indígenas no queden en estado de indefensión en los procesos penales instruidos en su contra, en estricto respeto a la garantía de acceso a la justicia mencionada.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la elevada consideración del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de decreto por el que se adiciona el artículo 20 Bis a la Ley Federal de Defensoría Pública.

Artículo único. Se adiciona el artículo 20 Bis a la Ley Federal de Defensoría Pública para quedar como sigue:

Artículo 20 Bis. A fin de garantizar el derecho a la defensa en materia penal a favor de las personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, a través del acceso a la jurisdicción en la lengua indígena nacional de la que sean hablantes, el Instituto Federal de Defensoría Pública actuará en coordinación con traductores o intérpretes que tengan conocimiento de la lengua y cultura a la que aquéllos pertenezcan.

Para los efectos a que se refiere el párrafo anterior, el Instituto celebrará convenios de colaboración con las instituciones que puedan coadyuvar a la obtención de esos fines y promoverá la formación de defensores públicos bilingües indígenas.

Artículo transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de abril de 2007. Diputada Lizbeth Evelia Medina Rodríguez.

Es cuanto, ciudadana Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada Lizbeth Evelia Medina Rodríguez. Túrnese a la Comisión de Justicia.

Se concede el uso de la tribuna al diputado David Sánchez Camacho, del grupo parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado David Sánchez Camacho: Gracias, señora Presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el avance democrático en nuestro país se ha traducido en una mayor apertura hacia las personas con preferencias sexuales distintas a la heterosexual.

La organización de estos grupos ha tenido como resultado un mayor respeto a sus derechos e incluso su representación en foros como la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la Cámara de Diputados.

El tema de los derechos de estos grupos se está discutiendo en todo el país a raíz de la aprobación de la Ley de Sociedades en Convivencia en el Distrito Federal y del Pacto Civil de Solidaridad en el estado de Coahuila, y propuestas similares se han presentado en los estados de Guerrero, Chihuahua y Michoacán.

No obstantes los avances alcanzados, organizaciones civiles han documentado cientos de homicidios en contra de miembros de la comunidad lésbico-gay, bisexual y transgénero. Las actitudes de intolerancia se multiplican y muestran que en las autoridades y en la sociedad mexicana aún persisten inercias autoritarias del pasado, que son un campo propicio para ejercer la violencia en contra de los diferentes.

La homosexualidad no constituye un delito en México, sin embargo, la desigualdad entre las instituciones y la aplicación de la ley es una consecuencia de la homofobia institucional, social y cultural.

En este sentido les recuerdo que el 21 de noviembre del año pasado esta Cámara de Diputados instituyó el 17 de mayo de cada año como el Día Nacional de Lucha contra la Homofobia y exhortó al Poder Ejecutivo en los diferentes niveles de gobierno, a instituir y celebrar el 17 de mayo de cada año como el Día Nacional de Lucha contra la Homofobia.

Nuestra Carta Magna en su artículo lo. contiene el mandato de no discriminación. Esta prohibición es una de las manifestaciones concretas que adopta el principio de igualdad en los modernos textos constitucionales. Se trata de normas que limitan la posibilidad de tratos diferenciados no razonables entre las personas, y que además, suelen detallar algunos rasgos o características con base en los cuales está especialmente prohibido realizar tales diferenciaciones.

De este artículo constitucional conviene subrayar que los términos empleados pueden —como sucede con el lenguaje en general— conducir a cierta ambigüedad, como es el caso del vocablo preferencias, el cual no define con claridad la cuestión de las preferencias sexuales y no está en concordancia con los organismos internacionales y regionales que promueven la defensa de los derechos de la diversidad. Por lo mismo, conviene homologar la legislación nacional relativa a la protección de los derechos de estos grupos sociales.

Desde la década de los años 90, los gobiernos del orbe y los organismos internacionales asumieron la aplicación del término preferencias sexuales siendo congruentes con la importancia de buscar en dicha definición eliminar el uso de términos lingüísticos ambiguos para identificar a la población mundial de la llamada diversidad sexual.

El término preferencias aprobado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos carece de fundamentos jurídicos, históricos o sociales, y no se apega al espíritu de la iniciativa original. Ese asunto ocasiona una gran confusión a la población en general y particularmente a la población de la diversidad sexual, al gobierno en su conjunto y a los organismos sociales.

Cabe señalar que la Organización Panamericana de la Salud advierte que la diversidad de cultura, etnias, lenguas, edades, capacidades y preferencias sexuales, debe ser un eje transversal en la construcción de políticas para evitar la marginación.

En este sentido, parece oportuno contar con una terminología universal que permita no sólo el reconocimiento de la población en sus derechos, sino que allane el camino para la construcción de políticas públicas y la adecuación que la legislación requiera.

Es imprescindible contribuir en el proceso democrático que vive el país con acciones afirmativas que inspiren el respeto de la legalidad en todos sentidos y en lo que se refiere al avance de nuevas políticas sociales dirigidas a los grupos en situación de vulnerabilidad. Acciones como la propuesta en esta iniciativa tienen por objeto combatir y erradicar la homofobia y la ambigüedad.

Por lo anteriormente expuesto se propone a esta soberanía la aprobación del siguiente

Proyecto de decreto

Artículo único. Se reforma el párrafo tercero del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 1o. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por último, solicito que la presente iniciativa se inserte íntegra en el Diario de los Debates. Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado David Sánchez Camacho. Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Se concede el uso de la tribuna al diputado Edmundo Ramírez Martínez, del grupo parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma los artículos 26 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

¿Perdón diputado, con qué objeto? Si le dan sonido a la curul del diputado Delio Hernández.

El diputado Delio Hernández Valadés (desde la curul): Compañera Presidenta, para solicitarle que también se turne la iniciativa del diputado David Sánchez Camacho a la Comisión Especial sobre No Discriminación, Nuevos Derechos, para su opinión.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Se turna para su opinión a la Comisión, No Discriminación, Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos, Comisión Especial. Se corrige el turno de la propuesta del diputado David Sánchez Camacho, para efecto de la versión estenográfica. Perdón diputado Edmundo Ramírez Martínez, tiene el uso de la palabra.

El diputado José Edmundo Ramírez Martínez: Muchas gracias, Presidenta, con su permiso. El Estado mexicano se ha distinguido en su historia por su capacidad de crear consensos entre los grupos sociales que integran y representan la sociedad de nuestro país y con ello, implementar acuerdos y políticas de desarrollo.

Las reformas institucionales son el instrumento que permite por la vía pacífica y con la participación de todos, construir un futuro viable y con una visión estratégica de Estado; lo cual permitirá modernizar las estructuras económicas, políticas y sociales para avanzar en el desarrollo de una sociedad más democrática y participativa.

La reforma y fortalecimiento al Poder Legislativo debe ser uno de los principales objetivos de esta LX Legislatura como propósito democrático impulsado por las transformaciones económicas, políticas y sociales, nacionales e internacionales.

Son tiempos de nuevos equilibrios entre gobernados y gobernantes, nuevos equilibrios, nuevas corresponsabilidades surgidas de un dialogo franco, abierto, respetuoso, entre el Legislativo y el Ejecutivo. Modernizar la organización del Congreso, darles nuevas facultades y desarrollar sus actuales competencias es una exigencia nacional. Es impostergable fortalecer mediante reformas legislativas a los Poderes de la Unión, para que cumplan con su función constitucional de dividir el ejercicio del poder, para consolidar el poder de la nación.

El equilibrio entre Poderes es la principal condición para garantizar la consolidación democrática, el estado de derecho y garantizar un gobierno responsable, con un solo propósito, que la gente viva mejor. La diversidad y pluralidad política y social de México se refleja en este Congreso de la Unión.

El Plan Nacional de Desarrollo es constitucionalmente el instrumento para crear acciones públicas de largo plazo y hasta el momento su elaboración ha estado casi de forma exclusiva en manos del Poder Ejecutivo federal.

La necesidad de que el Congreso de la Unión participe de manera directa en la elaboración de este instrumento es fundamental, porque ello permite que los diversos grupos políticos puedan intervenir en su diseño y genera una mayor colaboración entre Ejecutivo y Legislativo.

Las facultades del Congreso son mínimas sobre las materias previstas en los artículos 25, 26 y 28 de la Constitución en materia de planeación, orientación y coordinación de la actividad económica del Estado. La Constitución necesita determinar con claridad las atribuciones del Legislativo en esas materias, ya que tampoco lo hace ni la ley secundaria. El párrafo cuarto del artículo 26 constitucional señala que en el sistema de planeación democrática el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señala la ley.

Por su parte, el artículo 5 de la Ley General de Planeación dice que en cuanto a la elaboración del plan, su ejecución y revisión, el Presidente de la República deberá de enviar el plan al Congreso para su examen y opinión. Asimismo prevé este artículo que el Legislativo podrá formular observaciones que estime durante la ejecución-revisión del propio plan.

Lo anterior es sólo superficial y discrecional, ya que dichas observaciones no obligan al Ejecutivo a acatar las mismas.

La planeación del desarrollo nacional requiere de una mayor injerencia de participación del Congreso de la Unión, para que de esta forma el Plan Nacional de Desarrollo se convierta en un instrumento del Estado mexicano y no exclusivo del gobierno, avalado por la representación política nacional mediante la reforma de los artículos 26 y 73 de nuestra Constitución.

Por lo cual se propone reformar el actual texto de los artículos 26 y 73 constitucionales. En consideración a lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de este Pleno el siguiente

Proyecto de decreto

Único. Se reforma el artículo 26 y la fracción XXIX-N del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar de la siguiente manera.

Artículo 26. Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática mediante la participación de diversos sectores sociales, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al Plan y los programas de desarrollo.

Habrá un Plan Nacional de Desarrollo que será propuesto por el Poder Ejecutivo y ratificado por el Congreso de la Unión mediante la aprobación de dos terceras partes. A este Plan Nacional de Desarrollo se sujetarán obligatoriamente los programas de la administración pública federal.

Artículo 73. El Congreso tiene facultad, numeral XXIX-N, para ratificar o en su caso modificar el Plan Nacional de Desarrollo que presente el titular del Poder Ejecutivo Federal.

Es cuanto, Presidenta. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Edmundo Ramírez Martínez. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales. Sonido en la curul del diputado Barba.

El diputado Alfredo Barba Hernández (desde la curul): Nada más para solicitarle, señora Presidenta, a ver si es posible que el señor orador, el diputado Edmundo permita solidarizarme en su punto de acuerdo, en su iniciativa que está presentando para reformar el 26 y el 73 de nuestra Constitución, del Plan Nacional de Desarrollo del gobierno federal.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Diputado ¿acepta usted la propuesta del diputado Barba?

El diputado Edmundo Ramírez Martínez: Claro que sí, Presidenta y para mí es un honor que participe el diputado Barba en este sentido. Muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Edmundo Ramírez. Tiene el uso de la palabra el diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias, del grupo parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias: Con su venia, señora Presidenta. Señoras diputadas, señores diputados, el suscrito diputado federal Héctor Manuel Ramos Covarrubias, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa al tenor de las siguientes

Consideraciones

Muchas de las instituciones de nuestro país han sido rebasadas por la nueva dinámica mundial, Nuestra actividad parlamentaria no es ajena a este nuevo escenario, por el contrario estamos obligados a contribuir primera y fundamentalmente con la actualización de nuestro marco jurídico federal, el cual deberá obedecer a las nuevas necesidades del siglo XXI.

Hoy día, compañeras y compañeros, formamos parte de un Congreso de la Unión plural y comprometido con el bienestar de nuestro México como nunca antes.

Prueba de ello son los trabajos que estamos desarrollando para llevar a cabo las reformas estructurales que permitan el sano desarrollo de nuestro país.

Exigimos modernidad y productividad de los demás órganos de gobierno sin nunca reparar, juzgar y cuantificar nuestra labor legislativa; labor por demás cuestionada por la opinión pública, víctima durante innumerables legislaturas de un Congreso de la Unión que sólo asentía a las decisiones del presidente en turno.

Hoy, que los mexicanos y mexicanas nos encontramos inmersos en la nueva dinámica de la competitividad mundial, basada en la eficacia de los resultados que nos exige —por parte de la ciudadanía— la modernización de las instituciones públicas, para que estén acorde con sus similares en el resto del mundo.

Así las cosas en la actualidad resulta insuficiente el tiempo que sesiona el Congreso de la Unión, seis meses y medio o excepcionalmente siete meses, para dar trámite a la innumerable cantidad de asuntos en cartera, que requieren ser discutidos ante el pleno de cada una de las Cámaras que integran el honorable Congreso de la Unión.

En el año 2004 se reformó el artículo 65 constitucional, aumentándose en mes y medio el segundo periodo de sesiones, dando inicio el 1 de febrero y no el 15 de marzo, como solía hacerse hasta antes de la reforma.

No han pasado todavía tres años de esta reforma y ya resulta insuficiente el tiempo de sesiones para atender el rezago legislativo y la innumerable cantidad de iniciativas y puntos de acuerdo que presentan todos los días los legisladores, para atender las principales demandas ciudadanas.

Nuestro país sigue siendo una de las naciones donde el Poder Legislativo cuenta con los periodos de sesiones más cortos. En la mayoría de los países con fuerte tradición legislativa, los parlamentos sesionan entre nueve y diez meses al año. Así, por ejemplo, el parlamento francés sesiona del 1 de octubre al día último del mes de junio, nueve meses. Las cámaras de Diputados y la de Senadores, en Argentina, sesionan del 1 de marzo al 30 de noviembre, nueve meses. Y las Cortes Generales de España sesionan dos periodos, del 1 de septiembre a diciembre; y el segundo, de febrero a julio de cada año, nueve meses también.

Ha llegado el momento de adecuar nuestro marco normativo para modificar el calendario en nuestro segundo periodo de sesiones para que inicie el 1 de marzo de cada año y concluya el día 30 de junio del mismo año.

Compañeros diputados y diputadas, con esta reforma primeramente estaríamos resolviendo el problema de rezago legislativo que ahora mismo padecemos; y en segundo lugar, programaríamos de mejor manera nuestro año legislativo, contando con dos periodos ordinarios de sesiones de cuatro meses cada uno y dos periodos de receso de dos meses cada uno, espaciando de manera uniforme los periodos ordinarios y de recesos.

Hoy, que contamos con un Congreso independiente, crítico, comprometido con las demandas ciudadanas y con una composición plural, pretender aprobar las reformas estructurales que el país necesita en seis meses y medio de sesiones ordinarias resulta indeseable, cuando no, imposible.

Si en verdad queremos atender de mejor manera las necesidades ciudadanas debemos empezar por crear medios más adecuados y eficaces que nos permitan desarrollar nuestra labor legislativa de mejor manera.

Compañeras y compañeros diputados, nuestro honorable Congreso de la Unión debe adecuarse a la nueva realidad mundial, donde todo ocurre de manera vertiginosa y donde un periodo, tan excesivamente largo de receso —cuatro meses— es nocivo para el desarrollo económico, político y social de nuestro país.

De aprobarse esta iniciativa contaríamos con un mes más para sesionar y atender de mejor manera nuestro encargo como legisladores.

Por lo antes expuesto es que me permito presentar la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 4o. y 6o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo primero. Se reforman los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que dar como sigue:

Artículo 65. El Congreso se reunirá a partir del 1 de septiembre de cada año, para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias y a partir del 1 de marzo de cada año, para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.

Artículo 66. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 30 de junio del mismo año.

Artículo 2o. Se reforman los artículos 4o. y 6o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 4o. Primero. De conformidad con los artículos 65 y 66 de la Constitución, el Congreso se reunirá a partir del 1 de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias y a partir del 1 de marzo de cada año para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.

Segundo. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 30 de junio del mismo año.

Artículo 6o. El 1 de septiembre a las 17:00 horas y el 1 de marzo a las 11:00 horas de cada año, el Congreso se reunirá en sesión conjunta en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, para inaugurar sus periodos de sesiones ordinarias.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Señora Presidenta, solicito a la Presidencia de esta Mesa Directiva se incluya el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates. Es cuanto, muchas gracias.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias. Insértese íntegro el texto en el Diario de los Debates y túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Se concede el uso de la palabra a la diputada Guadalupe Flores Salazar, del grupo parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo.

La diputada Guadalupe Socorro Flores Salazar: Con su permiso, diputada Presidenta. La suscrita diputada federal, Guadalupe Socorro Flores Salazar, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

El artículo 1o. de la Constitución Política garantiza a todo individuo el goce de sus derechos, las garantías individuales protegen el disfrute de los derechos humanos. Uno de estos derechos es el relativo al trabajo.

La restricción de las garantías en territorio mexicano sólo puede realizarse conforme a lo dispuesto por la Constitución Política y siempre debe intervenir una autoridad que sujetará su procedimiento conforme a las leyes.

Los derechos se protegen mediante normas diferentes. Los derechos de las mujeres trabajadoras son las normas jurídicas que se orientan a la protección de su salud, educación, dignidad y desarrollo, así como la protección de la maternidad en relación con la mujer misma. Los derechos de las mujeres trabajadoras derivan del derecho de igualdad garantizado en la Constitución Política.

Los derechos son los mismos tanto para varones como para mujeres, los preceptos que soportan estos derechos están fundamentados en los artículos 3o. y 4o. de la Ley Suprema como garantías individuales y en el artículo 123, apartado A podemos considerarlo como una declaración de derechos sociales.

Estas garantías protegen y tutelan los derechos de las mujeres trabajadoras, quienes deben disfrutar algunos derechos propios de su sexo en función de la maternidad, del rol destacado que tienen como madres y ejes articuladores de la familia conforme a las costumbres sociales.

La Ley Federal del Trabajo regula las relaciones de trabajo a que se refiere el apartado A del artículo 123 constitucional, la disposición de esta ley debe aplicarse indistintamente a mujeres trabajadoras como a varones trabajadores; es decir, en un trato de igualdad. Por hacer conciencia de su significado por igualdad se entiende la capacidad de toda persona por disfrutar sus derechos, así como para contraer obligaciones.

El artículo 4o. constitucional indica que la mujer y el varón son iguales ante la ley. Con esta norma se establece la igualdad jurídica de las personas de sexo femenino y de sexo masculino. De lo anterior se desprende que las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos y obligaciones que establecen las leyes en México.

Las condiciones de desigualdad y de discriminación, principalmente hacia las mujeres, ocurren en la vida diaria. Para ello es relevante y urgente reforzar el cumplimiento de las leyes, hacer valer los derechos de las mujeres y darlos a conocer mediante estrategias y acciones por parte del Estado y de la sociedad en su conjunto.

En México la situación de la mujer no es cómoda. Las realidades y retos que enfrenta diariamente propician que en muchas ocasiones se perciba un panorama francamente hostil para lograr su desarrollo integral.

Las disposiciones constitucionales en las cuales se fundamenta la igualdad de oportunidades en el trabajo se repiten en el artículo 4o. de la Ley Federal del Trabajo que establece: No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo lícito.

Las mujeres pueden desempeñar cualquier trabajo y ocupar todos los cargos y niveles, en igualdad de oportunidades.

Según datos del Consejo Nacional de Población, la transición demográfica ha contribuido a modificar el escenario en el cual se forman y desenvuelven las familias y los individuos. El número de hogares se incrementó notablemente durante las últimas décadas al pasar de 6.8 millones de hogares en 1960, a 22.7 millones de hogares en el año 2000. De acuerdo a datos del INEGI, en México existen casi seis millones de hogares encabezados por jefas de familia. Los hogares encabezados por mujeres se han incrementado rápidamente en el último cuarto de siglo. Las mujeres como jefas de familia son un fenómeno fundamentalmente urbano. El incremento de la participación de las mujeres económicamente activas ha aumentado. Ésta es una etapa en la cual han asumido responsabilidades familiares y por lo general, tiene hijas e hijos.

Del aumento de la participación de las mujeres en el ingreso familiar se advierte ya que poco más de 6 de cada 10 pesos de los ingresos monetarios de los hogares, provienen de la actividad laboral femenina, de acuerdo con datos de Conapo.

Actualmente, poco más de 15 millones de hogares mexicanos reciben recursos económicos de las mujeres, aportando el 35 por ciento del producto interno bruto. En comparación con 1992, la cifra se duplicó pues en ese año era de 7.9 millones de hogares.

En ese tenor, el Congreso de la Unión debe garantizar la protección de las mujeres y de su trabajo, reconociendo el largo camino de lucha de la sociedad y de muchas organizaciones sociales no gubernamentales que han hecho conciencia de la realidad laboral de las trabajadoras.

Erradicar el trato desigual a las mujeres en el trabajo es una responsabilidad, un acto de justicia social que atañe a todos por igual, tanto al Estado como a la sociedad.

La presente iniciativa busca garantizar a la mujer trabajadora el ejercicio de sus derechos reproductivos en el momento de su elección; es decir, la mujer trabajadora conservará su empleo y puesto de trabajo, aún cuando decida ejercer ese derecho. De igual forma, el examen de ingravidez no será un requisito solicitado por los empleadores para otorgar un empleo a la mujer que así lo requiera, dado que el trabajo es un instrumento que permite el acceso a los servicios de salud, educación, vivienda, recreación, seguridad, alimentación, generando con ello condiciones de bienestar en la familia y en lo social.

Por esa razón, el Congreso de la Unión debe fortalecer la legislación en la materia ya que en comparación con otras naciones, México está notablemente retrasado en la legislación de normas para proteger a las mujeres en diversos ámbitos laborales.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con

Proyecto de decreto

Artículo único. Se reforma y adiciona el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo para, quedar como sigue:

Artículo 133. Queda prohibido a los patrones:

I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o de su sexo, estado civil, embarazo o responsabilidades familiares y, en general, aduciendo cualquier distinción discriminatoria.

(…)

XII. Exigir o solicitar directa o indirectamente a las mujeres que soliciten un empleo, la presentación del certificado médico de ingravidez o cualquier prueba de no embarazo;

XIII. Despedir o coaccionar a una trabajadora para que renuncie a su empleo por su estado de gravidez.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril. Atentamente, diputada Guadalupe Flores.

Solicito nada más se integre el texto completo en el Diario de los Debates. Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputada Flores Salazar. Insértese íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Esta Presidencia recibió solicitud del presidente de la Comisión de Salud, relacionado con la iniciativa presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez. Se turna a la Comisión de Justicia y de Salud, con opinión de las comisiones de Equidad y Género y de No Discriminación de Nuevos Sujetos y Nuevos Derechos.

Tiene el uso de la palabra el diputado Salvador Barajas Del Toro, del grupo parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma el artículo 80 de la Ley Agraria.

El diputado Salvador Barajas del Toro: Con su venia, señor Presidente. Y a nombre de la diputada Irma Piñeyro Arias, del Partido Nueva Alianza, así como de un servidor, presentamos una iniciativa de decreto con la cual pretendemos reformar el artículo 80 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente

Exposición de motivos

La política sectorial no dio la importancia que se requería para resolver la problemática agraria y los apoyos al sector rural no fueron suficientes para promover el aumento en la producción primaria, que diera cobertura a la demanda del consumo nacional y mantenerlo dentro de un rango de competitividad con los mercados externos.

Es pertinente señalar que independientemente de los errores en que en política sectorial haya incurrido el gobierno federal, en los últimos años, la problemática que actualmente se tiene en el sector rural se debe también a las crisis económicas recurrentes por malas políticas económicas; con lo que se agrava y se aumenta la vulnerabilidad de México ante las variables externas.

La situación tan precaria que se vive actualmente en el campo requiere infinidad de modificaciones a la Ley Agraria vigente, con el propósito de crear las condiciones que propicien un incremento en la producción y productividad agropecuaria para dar respuesta a la demanda nacional, lograr autosuficiencia alimentaria de manera sustentable, elevar la competitividad en los mercados externos e impulsar la creación de fuentes de ingreso y empleo en el sector rural.

La presente propuesta tiene como finalidad primordial el ampliar el derecho del tanto al que se refiere el artículo 80 de esta ley a aquellos integrantes de la familia del ejidatario como son: su cónyuge, hijos de éstos, incluyendo a los que tienen un derecho legal reconocido; sus concubinos o concubinas e hijos de éstos, regulando de esta forma la costumbre que actualmente en el campo es muy común.

Además de requerir formalidades para perfeccionar dichas enajenaciones y señalando plazos para que se realice el ejercicio de este derecho, con la finalidad de poner freno al proceso que en algunos casos será en beneficio de la producción de la tierra, ya que al querer transmitir su propiedad el ejidatario, obviamente no está pensando en mejorar la producción agrícola sino en el beneficio económico momentáneo que le repercutirá la venta de esa unidad de dotación. En cambio el familiar que adquiere la parcela tratará de que los frutos de la tierra sean prontos y de buena cepa, para que se recupere lo más rápido posible su inversión.

Se estima que debe hacerse un análisis profundo de la realidad actual y dejar a un lado el paternalismo que se le ha dado al campo, con la finalidad de incluir a los campesinos de manera más rápida al proceso económico como productores y no con las desventajas que se tienen con sus competidores de otras naciones.

Con estas acciones lograremos reducir en algo la venta indiscriminada de las pocas superficies agrícolas productivas que nos quedan en el país y así preservar lo que queda en capacidad agrícola en México. Esto, con el único fin de lograr en buena medida el desarrollo rural sustentable y la soberanía alimentaria que nuestro país requiere.

Reflexionemos más en este sentido, lo que conlleva a la realización de estas modificaciones y la gran importancia que tiene el tema de lograr la conquista de la independencia y soberanía alimentaria. En la actualidad debemos considerar este tema como un asunto de seguridad nacional.

En razón de lo anterior se proponen las siguientes reformas en la presente iniciativa: que la figura del concubinato sea contemplada por la Ley, al menos en lo que respecta a la enajenación de sus derechos parcelarios y con el fin de que las ventas y cambios de uso y destino de suelos agrícolas con vocación productiva sean reducidos y regulados a través de la Ley Agraria y de acuerdo a la normatividad vigente y al destino que se pretenda darles. Es tiempo de que la cultura de justicia y equidad se institucionalice en los distintos ámbitos del servicio público.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente

Iniciativa

Artículo único. Se reforma y se adiciona el artículo 80 de la Ley Agraria para quedar como sigue

Artículo 80. Los ejidatarios podrán enajenar sus derechos parcelarios a otros ejidatarios o avecindados del mismo núcleo de población, respetando para ello el derecho tanto que le asiste al cónyuge, a los hijos del enajenante y sus ascendentes, la concubina, concubinario o hijos de éstos o a quien le asista el derecho legal reconocido, quienes en este orden deberán ejercerlo dentro de un término de 30 días naturales contados a partir de la notificación a cuyo vencimiento caducará tal derecho.

Será aceptable para este efecto la renuncia expresa por escrito ante dos testigos. Si no hiciere la notificación, la venta podrá ser anulada y se requerirá, además, aviso por escrito a los integrantes del comisariado ejidal. Es cuanto, Presidente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Barajas Del Toro. Túrnese a la Comisión de la Reforma Agraria.

La diputada Susana Monreal Ávila (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul de la diputada Monreal.

La diputada Susana Monreal Ávila (desde la curul): Señor Presidente, solamente para solicitarle una verificación de quórum, en vista de que la sala de plenos de esta Legislatura está prácticamente vacía y me parece que no hay condiciones para continuar con esta sesión.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Ábrase el sistema electrónico para verificar quórum, hasta por 10 minutos. En tanto, tiene la palabra el diputado Demetrio Román Isidoro, del grupo parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos, para la verificación del quórum.

El diputado Demetrio Román Isidoro: Con su permiso, señor Presidente. El suscrito, diputado Demetrio Román Isidoro, miembro del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presento y someto a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso a) del numeral 5, visible en la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sustentado en lo siguiente

El municipio es la institución indispensable para la vida de los mexicanos; no sólo es célula social, política o gubernamental, sino unidad conjunta de producción, centro de convivencia humana, de cultura, de calidad de vida y de superación. Es donde día a día se dan las acciones y transformaciones originadas por la actividad de la población y el gobierno.

En las reformas del 83 y el 99, entre otros aspectos importantes se estableció la competencia de los municipios para la prestación de los servicios públicos, entre los que se encuentra el de alumbrado público; consecuencia de éstas, en la mayoría de los municipios del país se incluyó en sus leyes de ingresos, el derecho de alumbrado publico.

Derecho de alumbrado público que generó reacciones ciudadanas en calidad de contribuyentes, iniciando diversos juicios; destacándose en las resoluciones judiciales, la inconstitucionalidad de ese derecho de alumbrado público, con base en lo previsto en el articulo 73, fracción XXIX, numeral 5, inciso a), relacionado con el artículo 124, ambos de la Constitución federal de la República.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone, entre otras cosas:

Artículo 115. "… Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa del municipio libre, (…)".

Fracción III. "Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

a) …

b) Alumbrado público.

En el artículo 31 de la Constitución Federal se impone también en éste a los mexicanos, entre otras obligaciones, la de contribuir al gasto público.

Sin embargo, al establecer la propia Constitución federal:

Artículo 73. "… El Congreso tiene facultad….

Fracción XXIX: "... Para establecer contribuciones ...

5o. "Especiales sobre: …

a). Energía eléctrica; ..."

Artículo 124. "… Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados…".

El máximo tribunal del Estado mexicano, en diversas resoluciones de juicios de amparo, controversias constitucionales y acciones de anticonstitucionalidad ha sustentado el criterio de que el cobro del derecho de alumbrado público establecido en diversas leyes de ingresos de los municipios que conforman la Federación es inconstitucional, al ser facultad exclusiva del Congreso de la Unión establecer contribuciones sobre energía eléctrica; criterio que se aprecia en las tesis de jurisprudencia que se ha manifestado de manera constante.

Advirtiendo precisamente sobre todo esto, hay un grave perjuicio a los municipios, en razón de que al tener a su cargo la prestación, entre otros servicios, el de alumbrado público, debe tener también el derecho de percibir ingresos derivados específicamente de su prestación; no sólo para solventar los gastos que implica la prestación del servicio, sino también para incrementar sus finanzas.

Sin embargo, actualmente, de acuerdo al criterio establecido en la Corte, están imposibilitados para establecer en sus leyes de ingresos el "Derecho de Alumbrado Público" derivado de la contradicción de disposiciones constitucionales, toda vez que la fracción III, inciso a), del artículo 115 de la Constitución federal impone a los municipios la obligación de hacerse cargo de la prestación de los servicios públicos, entre los que está el alumbrado público, otorgándoseles en la fracción IV, inciso c), del mismo articulo 115, la facultad de cobrar por la prestación de ese servicio; cuando en el actual artículo 73, fracción XXIX, numeral 5, inciso a), se establece que es facultad exclusiva del Congreso de la Unión el establecimiento de toda contribución relativa a la energía eléctrica; por lo que al depender el alumbrado público en su totalidad de la energía eléctrica, se ha entendido que lo relativo a las contribuciones por ese servicio son exclusivas del Congreso federal, contradiciendo totalmente lo estipulado en las fracciones del articulo 115 antes detalladas; resultando indispensable exceptuar la facultad del Congreso de la Unión tratándose de las contribuciones que se deriven de la prestación del servicio de alumbrado público, otorgada a los municipios.

Por lo que resulta necesario y urgente la adición que se propone para ampliar su potestad impositiva de contribución y fortalecer sus haciendas, pues de nada sirve la asignación de competencias, sin los medios económicos suficientes para cumplirlas.

En mérito de lo expuesto, el suscrito, diputado federal del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en uso de las facultades que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Legislatura la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona al inciso a) del numeral 5 visible en la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes términos.

Artículo único. Se adiciona al inciso a) del numeral 5 visible en la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue

Artículo 73. El Congreso tiene facultad…

XXIX. Para establecer contribuciones.

Del 1 al 4, y en el numeral 5 especifica: inciso a) Energía eléctrica. A excepción de las relativas al servicio del alumbrado público que se confieren a los municipios en términos del artículo 115, fracción III, inciso a) y fracción IV, inciso c).

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Demetrio Román Isidoro. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales. Tiene la palabra el diputado Tomás Gloria Requena, del grupo parlamentario del PRI, para presentar iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Población.

El diputado Tomás Gloria Requena: Con su permiso, señor Presidente. El suscrito, diputado federal Tomás Gloria Requena, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción II, 56, 62 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 123 y 128 de la Ley General de Población, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

Es México un país de tránsito de migrantes, a lo largo de aproximadamente mil 100 kilómetros de nuestra frontera sur con Guatemala y Belice, que son los puntos de internación.

De acuerdo con las estadísticas del Instituto Nacional de Migración, el número de migrantes detenidos en esta frontera se ha incrementado casi en 80 por ciento, al aumentar de 138 mil 61 en 2002 a 240 mil 269 personas en 2005.

Es en el estado de Chiapas, en donde se concentra 43.2 por ciento del total de detenciones de migrantes. Le sigue Veracruz, con 10.6 por ciento y Tabasco con 8.7 por ciento. En promedio, 700 migrantes, la inmensa mayoría de origen campesino, abordan cada tercer día el tren de carga línea Chiapas-Mayab, por lo que se considera un fenómeno masivo del proceso migratorio en la frontera sur.

Los ilegales centroamericanos que cruzan por la franja fronteriza del sur del país se internan con el propósito de transitar por México para llegar a los Estados Unidos de América. Hay que reconocer que la situación migratoria en la frontera sur ha empeorado y se ha complicado de tal forma que los migrantes tienen que enfrentar los abusos, extorsiones, vejaciones y humillaciones de los agentes del Instituto Nacional de Migración, de la policía federal, estatal y municipal y de guardias de seguridad privada que trabajan en los trenes de carga que estos migrantes abordan con un enorme riesgo; incluso se enfrentan a las redes organizadas del tráfico de personas, a quienes se les conoce como polleros o coyotes.

Ante esta problemática y la constante violación de los derechos humanos de estos migrantes, violando sus garantías, que van desde el derecho a la vida, a no ser objeto de discriminación, al derecho a un proceso legal y a la protección de sus consulados, este problema se agrava debido a la corrupción.

La relatora especial de las Naciones Unidas para los derechos humanos de los migrantes Gabriela Rodríguez Pizarro, en su presentación durante la 82 sesión del Consejo de la Organización Internacional para Migrantes, ofreció un escalofriante relato de las violaciones de los derechos humanos que sufren los migrantes irregulares describe la situación de vulnerabilidad, los abusos y los riesgos a los que están expuestos.

Mencionaba las quejas respecto a la presunta implicación de algunos empleados federales de migración y elementos de seguridad pública. Consideraba que era importante para un diagnóstico de esta problemática la puesta en práctica de una política nacional de protección al migrante.

Hizo énfasis en la importancia de legislar al respecto y las políticas paralelas de la Convención Internacional de Protección a los Derechos Humanos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias. Si bien es cierto que existe un marco jurídico internacional de protección de los derechos humanos que dicta las obligaciones de los estados para la protección de los mismos, este marco comprende todos los convenios internacionales y regionales de derechos humanos, los cuales son inherentes a toda persona; no obstante su nacionalidad, su condición económica y por ende, incluye a los migrantes.

Aunque existen protocolos como el Protocolo Internacional en contra del Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; aunque éstos son instrumentos de derechos humanos, no observan en específico el principio del trato que se debe dar a los migrantes.

Con frecuencia se violentan los derechos humanos de los migrantes, incluyendo torturas, maltrato, lesiones, incluso les han costado la propia vida, muertes que por lo general quedan en la impunidad.

El ser migrante y ser de condición humilde incrementa la posibilidad de sufrir violencia y los hace más vulnerables. No se les da un trato de migrantes, se les trata como ya se ha mencionado, como delincuentes por las autoridades que están coludidas con las mafias organizadas de tráfico ilegal de migrantes.

Según un estudio reciente, en México un 46 por ciento de las mujeres migrantes han sufrido algún tipo de violencia; manifestaron que los principales perpetradores habían sido los oficiales de aduanas. Seguían los agentes de la policía federal, judicial y municipal, inclusive elementos del ejército.

La situación migratoria irregular de una persona no es requisito para que las autoridades en México respeten sus derechos humanos. El tiempo que permanezcan en territorio nacional se tiene la obligación por efecto de orden jurídico y estado de derecho, de garantizar el cumplimiento de los artículos 1, 4, 14 y 16 de la Constitución Política de nuestro país.

Se cita que todo individuo gozará de las garantías que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de prohibir cualquier tipo de discriminación y la aplicación de las sanciones correspondientes a derecho.

Resulta contradictorio que México en el ejercicio de su soberanía ha suscrito y promovido diversos instrumentos internacionales sobre derechos humanos; éstos son parte integrante de nuestro orden jurídico interno, por lo cual México se ha comprometido, ha comprometido medidas necesarias para asegurar el cumplimiento puntual de los derechos humanos en el territorio nacional.

En una actuación congruente habría que proporcionar entonces a los migrantes ilegales en el país lo que exigimos para los mexicanos ilegales en el exterior, a razón de los compromisos adquiridos por México en esa materia y los delitos que se cometen de manera impune hacia los migrantes que se internan ilegalmente por la frontera sur, delitos en contra de su libertad en violación permanente de sus derechos humanos.

Y con fundamento en las disposiciones que me confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman los artículos 123 y 128 de la Ley General de Población, para quedar como sigue:

Artículo 123. El extranjero que se interne ilegalmente será expulsado del país conforme a las medidas que dicte la Secretaría de Gobernación y se impondrá una pena hasta de dos años de prisión y multa de 300 a cinco mil pesos en caso de aseguramiento temporal. Mientras se resuelve su expulsión no tendrá restricciones ni suspensión de las garantías individuales que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a los extranjeros.

Artículo 128. Son de orden público, para todos los efectos legales, la expulsión de los extranjeros y las medidas que dicte la Secretaría de Gobernación para el aseguramiento de los extranjeros en estaciones migratorias o en lugares habilitados para ello, con el pleno goce de sus garantías individuales y derechos humanos, conforme a los convenios internacionales cuando tengan por objeto su expulsión del país.

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2007.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito solicitarle, señor Presidente, se inscriba el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates de esta Honorable Cámara de Diputados. Es cuanto.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado Tomás Gloria Requena. Suscríbase íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Tiene la palabra el diputado Mario Salazar Madera, del grupo parlamentario del PAN, para presentar iniciativa que reforma el artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por él mismo y Miguel Ángel Monraz Ibarra y Omar Antonio Borboa Becerra.

El diputado Mario Alberto Salazar Madera: Con su permiso, Presidenta. Los suscritos diputados, Miguel Ángel Monraz Ibarra, Omar Antonio Borboa Becerra y el de la voz, integrantes del grupo parlamentario del PAN de esta LX Legislatura, con base a lo dispuesto en los ordenamientos que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de igual forma el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que reforma el artículo 994, fracción VI, de la Ley Federal del Trabajo, bajo la siguiente

Exposición de motivos

Nuestra Constitución señala que toda persona tiene derecho al trabajo digno socialmente útil y así lo consagra nuestra Carta Maga en el artículo 123, y que al efecto, se promoverá la creación de empleos y la organización social para el trabajo conforme a la ley; y que el trabajo es un derecho humano fundamental con alcances específicos que van más allá del individualismo.

Acorde con la dignidad del ser humano, el trabajo al que deba acceder una persona debe tener una repercusión benéfica para la sociedad misma. El derecho a tener un trabajo socialmente útil representa la inserción del ser humano a la colectividad con actividades que permitan dignificar la condición humana.

La dignidad se considera un valor subjetivo inherente a la persona humana, es un valor intrínseco. Es difícil que los términos jurídicos puedan descifrar de manera muy precisa el sentido de la propia dignidad.

En fundamentación de la metafísica o de las costumbres, escribe Immanuel Kant: "En el reino de los fines todo tiene un precio o una dignidad. Aquello que tiene precio puede ser sustituido por algo equivalente; en cambio lo que se haya por encima de todo precio, y por tanto, no admite nada equivalente tiene una dignidad". Para Kant —y para cualquier ser humano que valore al otro como si fuera uno mismo— la dignidad es un valor de lo que carece de precio.

En cuanto al derecho laboral, la dignidad del hombre, en concordia con Kant que precisa que es un valor intrínseco de la especie humana, puede comprender mejor como equivalente al respeto y al cumplimiento de los derechos humanos. En consecuencia, este principio axiológico equivale al respeto de los derechos, incluyendo los de los trabajadores. La igualdad es premisa de los derechos humanos, debe, por tanto, protegerse por la ley y evitar discriminación alguna en el ámbito del trabajo.

Bajo la anterior premisa es que ahora presentamos esta iniciativa que pretende acabar con la mal llamada práctica de poner en el índice o boletinar a los trabajadores para impedir que una vez que se les despida de un empleo sean contratados en otro; práctica que muchas veces es utilizada para presionar al trabajador para firmar su renuncia y no pagarle concepto alguno por indemnización.

De esta manera el trabajador queda en el dilema de salirse sin nada o tener la posibilidad de conseguir un nuevo trabajo en la rama o industria donde acostumbra desempeñar sus labores, dañando con esto totalmente la dignidad que debe ser custodia del derecho laboral por el Estado.

A este respecto señalamos a esta Asamblea que a pesar de que la Ley Federal del Trabajo señala de manera clara, en el artículo 133, en la fracción IX, que se prohíbe a los patrones emplear el sistema de poner en el índice a los trabajadores; la ley no señala una sanción específica y sustancial a los patrones que incumplan con este precepto.

Siendo de conformidad con los principios de nuestra Carta Magna antes señalados, y con el propio artículo 17 de la Ley Laboral, que tiene como finalidad proteger, tutelar y mejorar las condiciones económicas de los trabajadores, debe entenderse que la prohibición de emplear el sistema de poner en el índice, constituye una verdadera obligación a cargo del patrón que por la inercia derivada de los principios señalados, engendra un derecho correlativo a favor del trabajador para acudir ante la potestad jurisdiccional a exigir el cumplimiento de dicha obligación.

Sin embargo, en virtud de que no existe alguna acción relativa, las juntas de conciliación y arbitraje desestiman apriorísticamente la acción por no estar prevista en la Ley Federal del Trabajo.

Por lo anterior es que ahora presentamos la presente iniciativa que tiene como finalidad sancionar a aquellos patrones que limiten la garantía de los trabajadores y con esto eliminar ésta tan mal usada práctica.

En base a lo anterior presentamos la siguiente iniciativa de decreto.

Primero. Se reforma el artículo 994, fracción IX, de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue.

Artículo 994. Se impondrá multa cuantificada en los términos del artículo 992 por el equivalente de 500 a mil veces el salario mínimo general al patrón que viole las prohibiciones contenidas en el artículo 133.

Segundo. La presente iniciativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Atentamente, Palacio Legislativo, 17 de abril de 2007. Firman los diputados: Miguel Ángel Monraz Ibarra, Omar Antonio Borboa Becerra y el de la voz.

Solicito, diputado Presidente, que el texto de la presente iniciativa se inserte de manera íntegra en el Diario de los Debates. Es cuanto.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Salazar Madera. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Tiene la palabra el diputado José Rosas Aispuro Torres, para presentar iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, suscrita por diputados de los grupos parlamentarios del PRI, del PAN, del Verde Ecologista y de Nueva Alianza.

El diputado José Rosas Aispuro Torres: Con su permiso, señor Presidente. Representantes de diversos grupos parlamentarios, entre ellos el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Acción Nacional, el Partido Verde Ecologista y el Partido Nueva Alianza presentamos iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de las Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y Apoyo a sus Ahorradores.

Estas iniciativas lo que buscan es convertir a este sector en un sector que apoye, que fortalezca al sistema financiero mexicano.

Derivado de lo anterior, hoy en día se cuenta con los organismos de integración del sector conformado por la Confederación de Cooperativas Financieras de la República Mexicana y 12 federaciones autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Estas federaciones realizan la supervisión auxiliar de las 24 entidades de ahorro y crédito popular que han sido autorizadas, de las cuales 12 son sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y 12 sociedades financieras populares.

Adicionalmente existen 10 solicitudes de autorización en trámite ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Asimismo, este sector formal se compone por alrededor de 340 sociedades condicionadas en los términos de la ley vigente y 75 sociedades y asociaciones y grupos de personas físicas que se ubican en el supuesto del artículo 4o. Bis de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, que por considerarse pequeñas no son reguladas, pero que se tienen que registrar ante una federación y entregar reportes financieros periódicamente, lo anterior con objeto de se tenga un registro de éstas ante el sector desregulado que recibe los ahorros de la población.

Este esfuerzo realizado por el sector representa un avance fundamental en la regulación, el cual permitirá mayor amplitud de servicios y productos financieros, distribución de programas gubernamentales y al mismo tiempo ofrecer a los usuarios entidades más sólidas y seguras para resguardar sus ahorros.

No obstante los beneficios que se han traído en este sector con las reformas que se han realizado, ahora consideramos que se hace necesario reformar estas disposiciones de carácter legal para darle mayor confianza, mayor certidumbre a los trabajadores de que no se van a ver afectados, como ya ha sucedido con una serie de fraudes.

Esta ley, esta reforma, este conjunto de reformas que se están planteando, lo que buscan es fortalecer esa capacidad de ahorro de muchas personas que no tienen acceso a los esquemas tradicionales de la banda, y además, lo que busca es ampliar las actividades de carácter financiero que se puedan desarrollar en los lugares, sobre todo no existe formalmente la banca.

Por ello, consideramos que las reformas a la Ley de Ahorro y Crédito Popular lo que buscan en primer lugar es ajustar el régimen de las asociaciones, sociedades civiles, sociedades cooperativas y grupos de personas físicas que actualmente se encuentran exentas de la regulación contenida en la Ley de Ahorro y Crédito Popular respecto de entidades.

A efecto de ampliar el espectro antes señalado, para que sea aplicable dicha extensión, con ciertas limitantes en sus características y operación, con la finalidad de excluir de la regulación a las cajas que capten recursos de sus asociados, que por el monto de sus activos y tipo de operaciones que desean realizar les podría resultar innecesario y excesivo asumir costos regulatorios.

Asimismo, busca que tales asociaciones y sociedades capten recursos exclusivamente de sus socios y asociados y que tengan una serie de limitaciones en su operación que les permita en todo momento, hacerlas menos riesgosas en protección de los intereses de los trabajadores.

Asimismo, buscamos que las reformas a la ley que crean el fideicomiso que administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Trabajadores, se pretende ampliar de manera responsable el ámbito de acción de dicha ley, mediante la eliminación de barreras de entrada a las sociedades, cuyos trabajadores requieren apoyo por parte del fideicomiso, tales como la fecha de la constitución de las sociedades, las tasas de interés pactadas, las fechas de las auditorías contables y las fechas de presentación de la demanda de concurso mercantil.

Asimismo buscamos un régimen transitorio en estas reformas que se están planteando, el régimen transitorio de la ley en cuestión, a fin de establecer un mecanismo que permitió en su momento a diversas sociedades y asociaciones tener un acceso a programas de capacitación, asesoría y seguimiento con alguna federación autorizada, la cual las posibilitaría a estar en aptitud de solicitar y, en su caso, obtener la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para operar como entidades de ahorro y crédito popular a más tardar el día 31 de diciembre del año 2008.

Por otra parte, y a fin de regular la igualdad de oportunidades para todos los participantes del sector, esta iniciativa contempla que no solamente puedan beneficiarse de ella las sociedades o asociaciones que no cumplieron en tiempo con los requisitos del artículo cuarto transitorio del presente decreto que se publicó en mayo de 2005, sino que también aquellas que hoy se encuentran en el régimen previsto por dicho artículo, ambos casos podrían solicitar la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para organizarse y funcionar como entidades a más tardar el 31 de diciembre del año 2010, observando ciertas restricciones en su operación y excepcionalmente ese plazo podría verse extendido hasta el 31 de diciembre de 2012, sujetándolas consecuentemente a un régimen mucho más estricto.

Compañeras, compañeros diputados, estas iniciativas —reitero— lo que buscan es dar esa certidumbre a los ahorradores y ampliar desde luego, los servicios de carácter financiero, sobre todo en las zonas rurales donde no llega la banca tradicional. Por ello consideramos que estas reformas, además de que permitan actualizarse a una serie de sociedades de cooperativas, de cajas de ahorro que hoy en día no cumplen con los requisitos y que lo más grave es que están poniendo en riesgo el ahorro de muchas familias, por eso la urgencia, por eso la necesidad de actualizar, de reformar el marco jurídico en materia financiera que ahora hemos comentado. Por su atención, muchísimas gracias.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado Rosas Aispuro. Sonido a la Curul del diputado Alberto Esteva.

El diputado Alberto Esteva Salinas (desde la curul): Ciudadano diputado Presidente, para solicitar con el debido respeto al Presidente de la Mesa, también sea turnada esta iniciativa a la Comisión de Participación Ciudadana, toda vez que ya se está girando la solicitud por escrito como está previsto.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de las Comisiones de Fomento Cooperativo y Economía Social y a la de Participación Ciudadana. Sonido a la curul de la diputada Susana Monreal.

La diputada Susana Monreal Ávila (desde la curul): Señor Presidente, para solicitarle también el turno a la Comisión de Presupuesto, para su opinión en este trámite legislativo de l iniciativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: También túrnese para opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Sonido a la curul del diputado Fernando Moctezuma.

El diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (desde la curul): Señor Presidente, para solicitar que no sea con opinión, que sea a la Comisión de Fomento Cooperativo conjuntamente con la de Hacienda. Es mi propuesta.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Comisiones Unidas con la de Fomento Cooperativo y Economía Social y con opinión de las demás.

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de los dictámenes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que adiciona y reforma diversos artículos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Publicados en la Gaceta Parlamentaria, son de primera lectura.

Se recibió también… Sonido a la curul de la diputada Sansores.

La diputada Layda Elena Sansores San Román (desde de curul): Presidente, faltan iniciativas para presentar. El turno tocaba al diputado Humberto López Lena.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sí, diputada. Me han solicitado los coordinadores de los diversos grupos parlamentarios que dejemos la presentación de las iniciativas que faltan para el jueves. Sonido a la curul del diputado Miguel Ángel Navarro.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde la curul): Señor Presidente, con todo respeto y por enésima vez, ya que en tres ocasiones, el día 11, 12 y 13 lo he hecho por escrito y según lo que marca el acuerdo parlamentario de junio de 2005 respecto de los trámites parlamentarios, pido a usted por favor se me respete como miembro de la Comisión de Seguridad Social y se dé trámite a la iniciativa de reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro y se pase a la Comisión de Seguridad Social, por ser un tema que involucra directamente a la misma.

Debo de decirle que en ningún momento se atropelló el trámite legislativo en cuanto al dictamen ya que la iniciativa llegó aquí el día 10 del presente mes; y el día 12 por la mañana fue dictaminada y su servidor solicitó, el día 11 a las 11 de la mañana, en tiempo y forma, se le diera trámite a dicha reforma, por tal motivo, una vez más solicito a usted se turne a la Comisión de Seguridad Social dicha iniciativa de reforma.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias diputado. Sonido a la curul del diputado Manuel Minjares.

El diputado José Manuel Minjares Jiménez (desde la curul): Gracias, señor Presidente. Con relación a este mismo punto que comenta el diputado Navarro. En primera, señalar que ya existe un dictamen distribuido al Pleno de esta Cámara; y segundo, la petición que se hizo por parte de la Comisión de Seguridad Social fue hecha únicamente por el presidente y no fue avalada por la directiva de esa Comisión.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul del diputado Navarro.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde la curul): Señor Presidente, el que decide es usted. En segundo lugar, el diputado Minjares falta a la verdad, ya que cuatro de seis miembros de la mesa directiva solicitamos turno a la Comisión de Seguridad Social. Cuatro de seis, de tal suerte que no fue únicamente su servidor y mucho menos a capricho de mí mismo.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul del diputado López Lena.

El diputado Cruz Humberto López Lena (desde la curul): Yo no estoy de acuerdo en que se me brinque, porque habíamos aprobado un orden del día y yo quisiera que se respetara y se me permitiera subir a tribuna.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Permítame terminar el desahogo de este asunto y ahorita le doy la palabra. Sonido a la curul de la diputada Layda Sansores.

La diputada Layda Elena Sansores San Román (desde la curul): Para preguntarle, Presidente, que se aprueba un orden del día y usted nos dice que porque los coordinadores le dijeron… ¿En qué papel, en qué momento? Son actos de arbitrariedad. ¿Qué les preocupa? Que el diputado López Lena vaya a hablar sobre los asuntos de transparencia de esta Cámara, que es un tema vital.

No entendemos las razones por las cuales nos margina, como tampoco ha aparecido un punto de acuerdo que presentamos donde solicitábamos que se devolvieran los recursos que se dieron indebidamente de estos 146 millones que se repartieron discrecionalmente quién sabe cómo.

Le pedimos que respete usted el orden del día y que no tenga salidas de la manga, cartas que saca y saca de la manga en el último momento.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul del diputado Cristian Castaño.

El diputado Cristian Castaño Contreras (desde la curul): Presidente, muchas gracias. Coincidiendo plenamente en que se prosiga con el orden del día. Está agendada la discusión de un dictamen, debe de ponerse a consideración del Pleno y en caso de que haya alguna objeción pues hay procedimientos como la moción suspensiva, en caso de que así lo considere algún integrante de la Legislatura.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: En el momento procesal, continuaremos con eso. Estamos dándole el trámite de primera lectura, no están a discusión todavía. Yo lamento que no se haya podido turnar a la Comisión de Seguridad Social, como lo solicitó efectivamente el diputado Navarro, sin embargo ya había un proyecto de dictamen de la Comisión de Hacienda; había una cita a los miembros de la misma y ya fue dictaminada por esta Comisión. Ya ha sido inscrita en el orden del día. Yo creo que en el momento de la discusión de la misma podrán hacer valer los argumentos para que sea la Asamblea la que decida lo que deba hacerse con este proyecto de dictamen.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde la curul): Señor Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sí, diputado Navarro.

El diputado Miguel Ángel Navarro Quintero (desde la curul): Señor Presidente, insisto, la Comisión de Hacienda citó a reunión el día 11 por la tarde. Yo, aquí —recibido por la Presidencia a cargo de usted— está recibido a las 11:32 de la mañana. Todavía no existía ningún predictamen, ni siquiera se había reunido la Comisión de Hacienda.

Es por eso, con perdón de usted, que se generan sospechas y suspicacias, el porqué se trata de atropellar los derechos de la Comisión de Seguridad Social por segunda ocasión, en la Ley del ISSSTE y hoy en las modificaciones a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro.

No estamos en contra de los intereses de la nación, señor Presidente; y como legislador que soy y un par con todos ustedes, tengo el derecho a exigir respeto a la Comisión de Seguridad Social y respeto a mi condición de legislador.

Por lo tanto, yo le pido por favor que se le dé el trámite correspondiente a dicha iniciativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul del diputado Camerino Márquez.

El diputado Camerino Eleazar Márquez Madrid (desde la curul): Sí, en los mismos términos, sumarnos a la solicitud del doctor Navarro, en razón de que no se canalizó a las Comisiones Unidas; y de igual manera, comunicarle que presentaré una solicitud para una moción suspensiva.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul del diputado Neftalí Garzón Contreras.

El diputado Neftalí Garzón Contreras (desde la curul): En el mismo sentido, señor Presidente, le hago una petición muy respetuosa a fin de que se respeten obviamente los términos del Reglamento, que establecen con mucha claridad el requerimiento que hacemos como parte de la Comisión de Seguridad Social, para conocer de este dictamen a fondo. Creo que a todos nos interesa dar una opinión al respecto. Y me sumo, desde luego, a la petición del doctor Navarro.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul del diputado Minjares.

El diputado José Manuel Minjares Jiménez (desde la curul): Señor Presidente, nada más para ilustración de la asamblea, la Comisión de Hacienda conoció del proyecto del dictamen el día miércoles 11 a las 9 de la mañana.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Por las razones que se quieran, el trámite se dio el martes. Se dio el turno a la Comisión de Hacienda Fuimos informados a las 11 de la mañana, cuando nos hizo la solicitud el doctor Navarro, de que ya había un proyecto de dictamen de la Comisión de Hacienda que había sido circulado a los miembros de la misma y ya había el citatorio para la reunión de la Comisión para dictaminar.

Ya hay un trámite elaborado, hay un proyecto inscrito en la Mesa Directiva y yo les pediría que los argumentos los hagan valer en el momento procesal, cuando tenga que discutirse la segunda lectura, si así lo tiene a bien la asamblea.

Se recibió también de la Junta de Coordinación Política, una solicitud para posponer la primera lectura del siguiente dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de Ley de Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

También esta Presidencia recibió del diputado Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, del grupo parlamentario del PAN, solicitud de excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Del diputado Alejandro Sánchez Camacho, del grupo parlamentario del PRD, solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público y de Gobernación.

Del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya, del grupo parlamentario del PRI, solicitud de excitativa a la Comisión de Gobernación.

Del diputado Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, del grupo parlamentario del PAN, solicitud de excitativa a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia.

Del diputado Alejandro Sánchez Camacho, del grupo parlamentario del PRD, solicitud de excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Y del diputado Diego Aguilar Acuña, del grupo parlamentario del PRI, solicitud de excitativa a la Comisión de Seguridad Social.

De conformidad con lo que establece el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a las Comisiones mencionadas para emitan el dictamen correspondiente.

El diputado José Antonio Almazán González (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Sonido a la curul del diputado Almazán.

El diputado José Antonio Almazán González (desde la curul): Diputado Presidente, pido se me aclare si esto que se está presentando bajo el título de dictamen de primera lectura es tal, en relación al dictamen de la Ley de Economía.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Efectivamente, diputado, lo tiene usted en su Gaceta Parlamentaria; está inscrito por la Comisión de Hacienda. El último no. Se ha retirado a solicitud de la Junta de Coordinación, el de la Comisión de Economía con proyecto de Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación. No ha quedado ése ni de primera lectura.

Tiene la palabra el diputado Humberto López Lena Cruz, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar iniciativa que adiciona el artículo 94 Bis del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Y, esta Presidencia aclara que no tenemos ninguna cuestión personal ni interés en que no se presente algún punto de acuerdo. Hay un Reglamento y hay normas que hemos aprobado los diputados para que las sesiones tengan una duración determinada; pero adelante, diputado.

El diputado Humberto López Lena Cruz: Gracias, Presidente.

Exposición de motivos

Como todos sabemos, las instituciones públicas están obligadas a rendir cuentas de su actuar y para ello la normatividad se constituye en un elemento fundamental para evitar la discrecionalidad y otorgar certeza jurídica.

Las reformas que se proponen atienden, entre otros aspectos, a la necesidad de transparentar la actividad de esta asamblea, teniendo como fundamento legal los artículos 1, 2, y 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental, y los artículos 2, 3, y 4 del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública.

Las reformas que se proponen tienen fundamentalmente un sentido social, esto es, contribuyen al cuidado de los intereses comunes de la sociedad ya que las instituciones se deben a la sociedad y no la sociedad a éstas. Lo que debe prevalecer en todo momento es el bien común sobre los intereses particulares.

Así, es un imperativo legal y ético que el Congreso de la Unión ejerza de manera racional los recursos públicos con los que cuenta, imperativo que debe traducirse en políticas y medidas específicas de austeridad tendientes a destinar dichos recursos a usos valiosos, eficientes y eficaces.

Lo anteriormente indicado atiende al principio plasmado en el artículo 134 constitucional, en el cual señala que los recursos económicos de que disponga el gobierno federal se administrarán con eficiencia, con eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Es justificable que los legisladores realicen comisiones fuera de México a efecto de hacer más eficiente el trabajo legislativo; lo que no creemos conveniente ni se justifica de forma alguna es que la designación de los integrantes de las comisiones internacionales sea desproporcional y que la atribución única sea por parte de la Junta de Coordinación Política, la que en conjunción con los coordinadores de las fracciones parlamentarias, juntos, realizan la designación en cumplimiento a compromisos previos o cuestiones de favoritismo, en donde se ven beneficiados legisladores de los grupos parlamentarios mayoritarios para asistir a las comisiones de mayor atracción como son las celebradas en Europa o Asia; son los representantes que no pertenecen a las comisiones, en lugar de los que tienen verdadera relación con el tema a tratar.

Lo anterior es un problema que se debe solucionar y la forma lógica para lograrlo es que sean los presidentes de las comisiones los que realicen la designación a los integrantes, atendiendo la proporcionalidad y representación parlamentaria existente en las comisiones, dando vista a la Junta de Coordinación Política de la designación correspondiente.

Por lo antes expuesto, en esta ocasión quiero hacer énfasis en la necesidad de regular correctamente la forma en que se realiza la designación de los legisladores para asistir a eventos internacionales, evitando la discrecionalidad y propiciando la participación equitativa y proporcional de todos los grupos parlamentarios que integren las comisiones que tengan relación con los temas a desarrollar.

Más allá de la justificación de los viajes, la presente iniciativa tiene a la necesidad de regresar la credibilidad de la actuación al Poder Legislativo.

Recordemos que el pasado 28 de marzo del presente año se pudo leer en la mayoría de los diarios el posible desvío de dinero de la Cámara de Diputados, a cuestiones totalmente ajenas a la misma, dinero proveniente del remanente del presupuesto de 2006, que se dice son más de 300 millones de pesos.

En relación al párrafo anterior, no me queda más que señalar mi desaprobación a la forma en que se distribuyó el remanente del presupuesto y exhortar a los coordinadores de las fracciones parlamentarias a que rindan un informe claro y detallado al Pleno de esta Cámara y a la opinión pública de cuánto fue el excedente de 2006 y de la forma en que se utilizaron los recursos y, en su caso, los devuelvan para aplicarlos a las clases más necesitadas.

Siguiendo con esta crítica, el pasado 12 de abril, en el periódico Reforma se publicó que se gastaron más de siete millones de pesos en viajes legislativos; de los cuales cerca de cinco millones fueron destinados a 200 viajes internacionales, reiterando el encabezado que persiste el turismo político en la Cámara de Diputados.

La información anterior desprestigia a este órgano legislativo y pone en duda su honorabilidad ante la sociedad; debiendo realizar nuestras actividades en un marco de honradez, de ética y de moral pública, a la que tantas veces hemos recurrido, pero sin que hagamos algo para demostrarla.

Para lograr lo anterior es preciso actualizar la normatividad aplicable a la asignación de boletos de avión y viáticos para comisiones internacionales, con el objeto de evitar la discrecionalidad en el uso del los recursos públicos reservados a estos propósitos, así como para generar certidumbre a los órganos internos de la Cámara sobre la modalidad y procedimientos para su mejor asignación.

Por lo antes expuesto, me permito presentar la siguiente iniciativa.

Artículo primero. Se adiciona el artículo 94 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 94 Bis. En los casos en que se tenga que designar delegaciones para asistir a algún compromiso internacional en representación de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, la designación de los integrantes corresponderá al presidente de la comisión que tenga relación con el tema a tratar en la comisión internacional, previa opinión de la Junta de Coordinación Política.

La designación que se realice deberá reflejar la proporcionalidad y la pluralidad de los grupos parlamentarios que integren las comisiones respectivas. Dicha designación se informará a la Junta de Coordinación Política, para los trámites administrativos conducentes, a más tardar 15 días previos a la realización del evento.

Al finalizar la comisión respectiva, los legisladores deberán rendir un informe, dentro de los 30 días siguientes a su regreso, a la presidencia de la comisión que los designó, anexando copia a la Junta de Coordinación Política, a la Comisión de Relaciones Exteriores y a la biblioteca de la institución, adjuntando en su caso los materiales que se puedan incorporar al acervo documental de la misma y también a la página de Internet.

En caso de omisión a lo anterior, se sancionará con la amonestación privada por parte de la Mesa Directiva y, en caso de reincidencia, el legislador quedará impedido para formar parte de alguna otra comisión internacional durante el presente año.

Transitorio. Único. Las reformas del presente acuerdo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Es cuanto, señor Presidente, y solicito que se integre al Diario de los Debates, por haberla modificado. Muchas gracias.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Gracias, diputado López Lena. Insértese íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Sonido a la curul de la diputada Mónica Fernández.

La diputada Mónica Fernández Balboa (desde la curul): Gracias, Presidente. Para solicitarle y preguntarle al diputado López Lena si permite me adhiera yo a su iniciativa.

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Inscríbala en la Secretaría, diputada. En razón de que se ha cumplido el tiempo reglamentario y no ha habido solicitud de ampliación del mismo de duración de la presente sesión, proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: Orden del día, 19 de abril de 2007.

(Lectura del orden del día)

El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: (15:46 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 19 de abril a las 11:00 horas.