Minuto de silencio por el asesinato de alcalde de Tanhuato, Michoacán, Gustavo Garibay
Comunicaciones oficiales
Dictámenes de las diversas comisiones
Posicionamiento de los grupos parlamentarios
Votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados
Votación de los artículos reservados
Declaratoria de publicidad de dictamen de las comisiones Unidas de Justicia y Deporte
Turno a comisiones de las iniciativas y las proposiciones
El Presidente diputado José González Morfín: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 286 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum.
El Presidente diputado José González Morfín (11:19 horas): Se abre la sesión.
El Presidente diputado José González Morfín: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Se dispensa la lectura.
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la lectura de las actas de la sesión solemne y de la sesión ordinaria anterior. Pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se les dispensa la lectura, tomando en consideración que han sido publicadas en la Gaceta Parlamentaria.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se les dispensa la lectura, dado que han sido publicadas en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Se dispensa la lectura. Proceda la Secretaría a ponerlas a discusión.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Están a discusión las actas. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Aprobadas. Comuníquense.
Sonido en la curul del diputado Ricardo Mejía Berdeja. Dígame, diputado, con qué objeto.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Gracias, presidente. Era para que se pudiera integrar al orden del día con un punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, un llamado al titular de Liconsa, Héctor Pablo Ramírez Puga, para que conduzca su actuación conforme a derecho y no haga propaganda electoral con su cargo.
Tenemos documentado que en lo que va solamente del año 2013 a la fecha, tiene más de 20 notas de primera plana en medios de Oaxaca, promoviendo actividades que realiza en otras partes del país y que no tienen absolutamente nada qué ver con la vida pública de aquella entidad.
Y por otro lado, vemos las grandes fallas de esta institución, que debe ser parte básica del programa estrella del gobierno federal, la Cruzada contra el hambre. Y mientras en las comunidades de Oaxaca no hay leche sí hay periódicos publicitando a este personaje, y por eso nosotros queremos que no se lucre con la pobreza, que no se haga propaganda electoral y que esta Cámara de Diputados haga un exhorto para que ajuste su conducta a la ley. Y a la propia secretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles, que vigile el cumplimiento de este programa y que no haya funcionarios de organismos que estén medrando electoralmente con este programa de la Cruzada contra el Hambre.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Su intervención queda registrada y estaremos al pendiente de que llegue la comunicación para la posible modificación del orden del día.
La diputada Adriana Hernández Iñiguez (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul de la diputada Adriana Hernández, por favor. Dígame, diputada.
La diputada Adriana Hernández Iñiguez (desde la curul): Presidente, muchas gracias. Solo para solicitarle un minuto de silencio en honor del alcalde de Tanhuato, Michoacán, Gustavo Garibay, quien fue asesinado el pasado sábado 22 del presente.
El Presidente diputado José González Morfín: Con mucho gusto, diputada. Es Presidencia hace suya su propuesta y le ruego a todos los presentes nos pongamos de pie para guardar un minuto de silencio en memoria de Gustavo Garibay.
(Minuta de silencio)
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Descanse en paz.
El diputado Abel Octavio Salgado Peña (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Abel Octavio Salgado.
El diputado Abel Octavio Salgado Peña (desde la curul): Gracias, señor presidente, con el propósito de solicitar a usted, en términos el artículo 84, numeral 2 del Reglamento de esta Cámara de Diputados se pueda incluir en el orden del día la difusión de la publicidad del dictamen aprobado por las Comisiones Unidas de Justicia y Deporte que modifican las diversas posiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte con la finalidad de erradicar y prevenir la violencia en los espectáculos deportivos; esto en razón de lo que todos nosotros conocemos, se han suscitado los violentos acontecimientos el pasado sábado en un partido de fútbol del circuito máximo del fútbol profesional en nuestro país.
Ojalá que pudiera darle entrada a esta petición y pudiéramos el día de hoy agendar este dictamen para que lo pudiéramos estar votando a más tardar el próximo jueves en la sesión ordinaria. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Le comento que no ha llegado ese dictamen a Mesa Directiva, pero que con mucho gusto vamos a requerir a la comisión correspondiente para que lo haga llegar y en cuanto lo tengamos poder hacer la declaratoria de publicidad; pero en este momento no lo tenemos en la Mesa Directiva, lo vamos a requerir.
El diputado Catalino Duarte Ortuño (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Catalino Duarte, por favor.
El diputado Catalino Duarte Ortuño (desde la curul): Le agradezco, señor presidente. Solo para dejar constancia ante el pleno de esta Cámara que a la fecha no se ha cumplido la liberación de manera oportuna del recurso del Fonden. Es más, ahora cambiaron las reglas de operación y se establece que solo las dependencias del gobierno federal serán las responsables de la reconstrucción y no solo eso, sino modernización y prevención.
Tengo en mi poder las reglas de operación para poderlo comprobar, pero además a todos los diputados de Guerrero nos preocupa esta situación. Están notificando al gobierno de Guerrero que han liberado 499 millones de pesos en una primera fase; en una segunda fase están expresando que han liberado 3 mil 222 millones de pesos. Lo cierto es que nuestra entidad federativa sigue en una situación compleja en la parte de la reconstrucción.
Lo señalé aquí, que hay empresas del estado de México –presumimos- cercanas al presidente de la República, que están lucrando con este problema en Guerrero. Sólo le doy un dato. Una empresa que está precisamente en el municipio de Iguala, de nombre Mexpresa Mexicana, fue subcontratada por una empresa del estado de México –termino, presidente–. Lleva más de seis meses construyendo un puente de 50 metros y no puede terminar.
Hay otra empresa de nombre Cicsa, que está mejorando la entrada principal de Chilpancingo. Esta empresa, su dueño es Juan Carlos Sotelo Montaño, quien es sobrino del subdirector de SCT en Guerrero.
Compañeros legisladores, legisladoras, es un tema que nos preocupa y pedimos de manera muy responsable, respetuosa al presidente de la República, a la Secretaría de Hacienda, al secretario de SCT, le pongan atención al tema y puedan liberar de manera oportuna los siete mil millones de pesos que aquí fueron aprobados, porque en el caso de mi distrito a los puentes más importantes no se les ha colocado una sola piedra.
Por eso nuestra inconformidad y vamos a seguir denunciando este tipo de situaciones que para nosotros –presumimos– se trata de corrupción.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado, ya quedó registrada su intervención. Sonido en la curul del diputado Raúl Gómez. ¿Con qué objeto, diputado?
El diputado Raúl Gómez Ramírez (desde la curul): Señor presidente, muchas gracias. Con el objeto de secundar lo del punto de acuerdo de los estadios de fútbol. No puede ser posible que la Federación Mexicana de Fútbol y los clubes hayan, todavía hasta el momento, puesto en orden a este tipo de vándalos que dañan el deporte mexicano. En lugar de copiar lo bueno del fútbol, copian lo peor del futbol.
No puede ser que viendo todo ahí, a la gente que está golpeando a los policías no se haga nada. Se tiene que endurecer la ley para estas personas y que se castigue no nada más a ellos sino a los presidentes y a los clubes que no han hecho nada para terminar con estos vándalos delincuentes. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Sonido en la curul del diputado Belaunzarán. Dígame, diputado.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez (desde la curul): Gracias, presidente. Hace alrededor de tres semanas 15 diputados de seis grupos parlamentarios presentamos una iniciativa que modifica la Ley General de Salud y el Código Penal Federal con motivo de despenalizar a los consumidores de mariguana y que se reconozcan las propiedades medicinales y terapéuticas de esa planta.
Está en el turno 55 del orden del día. Lo que le quería solicitar es que por favor ya le dieran turno; obviamente no hay condiciones para que se estén presentando las iniciativas. Mi solicitud es que pudieran ya darle turno. Gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Hoy mismo la turnamos, diputado, con mucho gusto. Sonido en la curul del diputado Felipe Muñoz. Dígame, diputado.
El diputado Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (desde la curul): Gracias, señor Presidente. Para informarle sobre el asunto de las modificaciones a la Ley de Cultura Física y Deporte, específicamente sobre el asunto de violencia en los espectáculos.
Nosotros hicimos una reunión en comisiones unidas, la Comisión de Justicia y la Comisión de Deporte, el 19 de febrero. Dictaminamos a favor de esta iniciativa y la enviamos a la mesa. Si no la tienen ustedes, la volvemos a enviar esta misma tarde para que se analice lo más pronto posible.
El Presidente diputado José González Morfín: Voy a revisarlo, pero me informan de Mesa Directiva que no la tenemos. Le pediría que me hiciera llegar el oficio con la firma y el sello de recibido porque la Secretaría de Servicios Parlamentarios me dice que no se ha recibido.
El diputado Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (desde la curul): La vamos a reenviar.
El Presidente diputado José González Morfín: La esperamos con mucho gusto, diputado. Sonido en la curul de la diputada Lilia Aguilar Gil.
La diputada Lilia Aguilar Gil (desde la curul): Muchas gracias. Precisamente para clarificar el tema. Ustedes no tienen el dictamen porque en esa reunión del 19 de febrero, de la Comisión de Justicia, de la que soy secretaria, de la Comisión del Deporte, se reservaron dos artículos centrales de este dictamen, que es el artículo 55 y 56 que tiene que ver con la penalización o la creación de la pena de la violencia en los estadios.
Esto se acordó que habría una mesa de trabajo para hacer específicamente una redacción sobre estos artículos 55 y 56, que son el centro, la médula de esta reforma de la violencia en los estadios y no se ha hecho esta reunión de las comisiones unidas ni ha habido un producto legislativo del mismo.
Es por eso que ustedes en la Mesa Directiva no tienen este documento porque no ha salido de las comisiones unidas. Entonces, lo que hay que agregar en este tema es: hay una deficiencia legislativa en el dictamen que se presentó en las comisiones unidas que nosotros señalamos claramente dónde se estaba creando un delito en una ley general, que inclusive estaba creando como un delito grave, y es por eso que hubo un acuerdo para que las comisiones unidas trabajaran en lo subsecuente.
Lo que nosotros tenemos que agregar es que, el tema de la violencia en los estadios es muy lamentable. En el PT lamentamos evidentemente lo que ha sucedido en el estadio Jalisco, pero creemos que también ahí hay que llamar a las autoridades municipales y del gobierno del estado para que apliquen las normas y los delitos que se están cometiendo como el de daño y como el de lesiones que muchas veces no se aplica ni se dejan ir ni que se dejan continuar, y que ahora resultara que este tema de la violencia en los estadios está detenido porque no hay un dictamen.
Hay un grave problema legislativo en ese dictamen, hay que decirlo y hay que arreglarlo. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Luis Alberto Villarreal, por favor. Dígame, diputado.
El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): Gracias. Solamente para expresar a nombre de mi grupo parlamentario nuestra más enérgica condena a los hechos que sucedieron en Guadalajara, Jalisco.
Nos parece que no es el ejemplo que queremos para las familias mexicanas, particularmente uno que es quizá el deporte más popular entre nuestros niños y entre nuestros jóvenes, respaldar la posición de nuestras y nuestros diputados en la Comisión del Deporte respecto al dictamen que ya se ha aprobado ahí.
Y, por supuesto, afirmar categóricamente que en la Junta de Coordinación Política haremos lo propio para que lo antes posible este dictamen esté agendado y lo podamos discutir en este pleno para que se sancionen estos hechos y nunca más vuelvan a suceder por el bien de todos. Muchas gracias, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado.
El diputado Abel Octavio Salgado Peña (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Abel Salgado. Dígame, diputado.
El diputado Abel Octavio Salgado Peña (desde la curul): Gracias, presidente. Nuevamente, como ya lo dije anteriormente, el Grupo Parlamentario del PRI reprueba y condena este tipo de conductas, pero en función de lo que nos ha compartido el presidente de la Comisión del Deporte quisiera reiterar la petición, presidente, para que este mismo día se le dé publicidad a este dictamen y lo podamos agendar para su discusión y votación en la próxima sesión ordinaria.
No es posible que un dictamen aprobado en comisiones sea detenido porque hay un par de reservas. Las reservas se deben discutir en este pleno, y es el pleno el que debe determinar si procede o no procede la aprobación del dictamen.
El Presidente diputado José González Morfín: Diputado, le recuerdo que no está el dictamen en la Mesa Directiva. Hay que ver dónde anda el duende que se lo llevó, porque aquí no lo tenemos. Le pedí que me entregara el oficio en donde está recibido en la Mesa Directiva, porque a mí me dicen que en Mesa Directiva no está recibido.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Gerardo Villanueva.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán (desde la curul): Muchas gracias, diputado presidente. En primer lugar no hay que confundirnos, la iniciativa que confunde la Ley de Cultura Física y Deporte con el Código Penal reservó algunos artículos precisamente por ese batidillo legislativo en el que se había convertido el dictamen.
Le quiero decir, diputado presidente, que desde 2001 existe una comisión en contra de la violencia en el deporte que nunca funcionó. En la ley que se aprobó el año pasado, por cierto, sin debate y sin leer como todas las leyes que aprueba esta mayoría irresponsable, viene una comisión en contra de la violencia en el deporte y lo que tenemos que plantearnos aquí es que si la ley ya considera esto, porque no es cierto que es una figura en este dictamen que anda perdido quién sabe dónde. La Comisión, uno, ya existe, está en la ley. Dos. Encabeza el titular de Conade, Jesús Mena.
En todo caso, diputado presidente, compañero de la Comisión del Deporte, citemos a comparecer a Jesús Mena y preguntémosle qué ha hecho, por qué no ha convocado a esta Comisión, cuáles son los resultados, cuáles son los lineamientos para la Federación Mexicana de Futbol y para sus ligas y cuáles son las medidas que se han tomado para evitar la violencia.
De nada nos sirve ahorita decir condenamos enérgicamente, reprobamos lo que está sucediendo, o insultar a los agresores. Existe un mecanismo en la ley que no se ha utilizado y el principal responsable es el gobierno federal, porque es el titular de Conade el que encabeza esa Comisión. Muchas gracias, diputado presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Yo ya he ofrecido y voy a requerir de inmediato a las Comisiones del Deporte y de Justicia para que envíen el dictamen. El dictamen está, la iniciativa fue turnada a Comisiones Unidas de Deporte y de Justicia y en Mesa Directiva no hay ningún dictamen en este momento, entonces en algún lado lo tienen atorado. Vamos a requerir a las dos Comisiones para ver qué es exactamente lo que está pasando.
Me siguen pidiendo la palabra sobre el mismo tema. Me pide la palabra la diputada Lilia Aguilar y otra vez el diputado Abel Salgado. Dígame, diputada.
La diputada Lilia Aguilar Gil (desde la curul): Sobre la solicitud que han hecho en este pleno. Simplemente para hablar sobre el procedimiento legislativo y que todos quedemos claros.
No podemos pedir publicidad de un dictamen que está acordado en las Comisiones Unidas que primero liberará sobre una reserva al artículo 55 y 56, es decir que no ha sido liberado por las Comisiones Unidas.
Yo entiendo la urgencia que pueda tener algún partido político por aprovechar el momento y decir que ahora estamos sacando esta Ley adelante, pero yo pediría a usted como siempre lo ha hecho, que conduzcamos el procedimiento legislativo adecuadamente, porque no podemos pedir publicidad de un dictamen que definitivamente no está acordado en las Comisiones que está liberado.
El Presidente diputado José González Morfín: Finalmente el diputado Abel Salgado.
El diputado Abel Octavio Salgado Peña (desde la curul): Para manifestarle el compromiso del Grupo Parlamentario del PRI a efecto de que en esta misma mañana los presidentes de ambas Comisiones vuelvan a turnar el dictamen a la Mesa Directiva. Y solicitarle el compromiso de la Presidencia, a efecto de que ese dictamen, en esta sesión, se le dé publicidad y pueda ser discutido y votado en la siguiente sesión ordinaria.
Este es un debate que no podemos posponer y es un asunto que urge resolver para garantizar la paz y la tranquilidad en los estadios deportivos.
El Presidente diputado José González Morfín: Estaré muy pendiente a que llegue el dictamen. Sonido en la curul del diputado Fernando Rodríguez Doval. Dígame, diputado.
El diputado Fernando Rodríguez Doval (desde la curul): Muchas gracias, presidente. En otro tema, llevamos ya dos semanas en el Distrito Federal con la Línea 12 del Metro suspendida en la mayoría de sus estaciones.
Desde la semana pasada, los que integramos la Comisión del Distrito Federal le solicitamos cordialmente al ingeniero Joel Ortega, que es el director del Sistema Colectivo Metro, que pudiéramos tener una reunión de trabajo con él para que nos explicara a qué se deben estas fallas y qué se está haciendo para solucionarlas. Y, por supuesto, también saber quién es el responsable de que una obra que costó cerca de 30 mil millones de pesos no esté funcionando.
Sin embargo, el ingeniero Ortega ni siquiera tuvo la decencia ni la cortesía de contestarnos el oficio que le mandamos y, por lo tanto, se está haciendo la solicitud de que pueda ya comparecer formalmente y esa solicitud ya se ha presentado en la Junta de Coordinación Política.
Los diputados de Acción Nacional, muy particularmente los del Distrito Federal, queremos reiterar nuestro profundo desagrado de que estén pasando estas cosas en el Metro, que es una línea que además esta Línea 12 diariamente utilizaban casi medio millón de ciudadanos.
Desgraciadamente podemos ver que en este tema hay indicios de un enorme fraude, una enorme corrupción y, lo peor del caso, es que nadie en el gobierno del Distrito Federal se quiere hacer responsable. Es cuanto.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado.
El diputado Francisco Pelayo Covarrubias: Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Francisco Pelayo.
El diputado Francisco Pelayo Covarrubias: Gracias, presidente. Con el objeto de solicitarle amablemente se conceda un minuto de silencio por el lamentable fallecimiento de don Ángel César Mendoza Arámburo, primer gobernador electo de Baja California Sur, además diputado federal en la XLVII Legislatura. Un hombre que sin duda tiene todas las bases para el progreso, para el desarrollo de nuestro estado, Baja California Sur. Y además padre de nuestro compañero senador Carlos Mendoza Dávila.
El Presidente diputado José González Morfín: Con mucho gusto, diputado. Ruego a todos los presentes nos pongamos de pie para guardar un minuto de silencio en memoria del gobernador fallecido.
(Minuto de silencio)
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Descanse en paz.
La diputada Alfa Eliana González Magallanes (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Está pidiendo la palabra la diputada Alfa Eliana González Magallanes. Sonido en su curul, por favor. Dígame, diputada, ¿con qué objeto?
La diputada Alfa Eliana González Magallanes (desde la curul): Gracias, presidente. Con el mismo tema de la violencia en los estadios, presidente. Solicitar tanto a la Junta Directiva de la Comisión de Justicia como de la Comisión de Deporte, que se cumpla lo acordado en la última sesión que tuvimos, en donde se aprobó el dictamen y se aprobó comentar las reservas.
Que se cumpla el acuerdo relativo a conformar las mesas de trabajo para discutir el tema precisamente de las sanciones penales y de la lista negra que, a todas luces, es un tema que violenta los derechos humanos.
Nosotros también condenamos, presidente, lo sucedido en el estadio y de ninguna manera estamos avalando que se den estos hechos; sin embargo, hemos manifestado que es un tema regulado en la ley y por eso conmino, presidente, a los grupos de trabajo para que se lleven a cabo y que nos podamos sentar a trabajarlos.
Y del tema relativo a la línea 12 del Metro, al igual que en el tema de Oceanografía, no vamos a permitir actos de corrupción. No los vamos a tolerar y estamos dispuestos a que se investigue.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada.
El Presidente diputado José González Morfín: Continúe la Secretaría.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Se recibieron de la Junta de Coordinación Política comunicaciones relativas a cambios de integrantes y de Juntas Directivas de comisiones ordinarias, especiales y de grupos de amistad que se encuentran disponibles en las pantallas de sus curules. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueban. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobadas. Comuníquense.
La diputada Alliet Mariana Bautista Bravo (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: A ver, ¿dígame, diputada? Sonido en la curul de la diputada Alliet Bautista. ¿Dígame, diputada?
La diputada Alliet Mariana Bautista Bravo (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Sólo decir, que sólo por orden judicial se podrían restringir derechos fundamentales de las personas que asisten a los estadios.
Y por otro lado, yo como integrante de la Comisión del Deporte quisiera proponerles, que pudiera, esta comisión, convocar a una cumbre legislativa de todos los Congresos locales, para poder homologar las sanciones para conductas antijurídicas y antisociales que se están dando en los estadios de fútbol en nuestro país.
Yo creo que la Comisión del Deporte podríamos tener esta tarea y podríamos estar encargados de poder realizar esta convocatoria a todos los Congresos locales, para revisar la situación jurídica de las conductas antisociales. Sería ésa mi propuesta. Gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. También quedará registrada su intervención. Continúe la Secretaría.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Acuerdo del Congreso del Estado de Puebla, con la declaración de la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales.
El Presidente diputado José González Morfín: De enterado. Comuníquese a la Comisión de Justicia, para su conocimiento.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Oficio de la Secretaría de Educación Pública, con el que remite información complementaria correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2013, de los organismos descentralizados coordinados por la Subsecretaría de Educación Media Superior.
El Presidente diputado José González Morfín: Remítase a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Educación Pública y Servicios Educativos, para su conocimiento.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Oficio del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con el que remite su Informe de Actividades y Resultados 2013.
El Presidente diputado José González Morfín: Remítase a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Se recibieron de diversas autoridades 10 contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio, que se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria con su trámite.
El Presidente diputado José González Morfín: Remítanse a las comisiones correspondientes, y a los promoventes, para su conocimiento.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Oficio de la Cámara de Senadores, con el que se remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 19, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y adiciona un artículo 256 Bis a la Ley Federal de Derechos, presentada por el senador Oscar Román Rosas González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
El Presidente diputado José González Morfín: Túrnese a Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica ,y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal. Tiene la palabra para fundamentar el dictamen por la comisión, el diputado Mario Sánchez Ruiz.
El diputado Mario Sánchez Ruiz: Con su venia, señor presidente. El día de hoy como presidente de la Comisión de Economía presento ante esta honorable asamblea el dictamen por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica y se reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal.
Quisiera, antes que nada, reconocer el trabajo de los diputados que integran la Comisión de Economía por su compromiso, disposición y sobre todo, por las importantes aportaciones que se hicieron para enriquecer este dictamen, así como a quienes sin pertenecer a esta comisión contribuyeron con sus opiniones y con su tiempo.
El objetivo que de manera conjunta trazamos al inicio de estos trabajos era muy claro. Perfilar una legislación de competencia económica moderna y efectiva en donde el órgano regulador autónomo resultare fortalecido, pero al mismo tiempo sus decisiones respeten el debido proceso para salvaguardar la seguridad jurídica de los agentes económicos.
En otras palabras, hacer de la libre competencia condición indispensable para favorecer a los consumidores, además de impulsar el crecimiento económico, la multiplicación de las empresas y la generación de más y mejores empleos formales.
Es importante subrayar que el dictamen que hoy presentamos contiene, no solo la visión de grupos parlamentarios, que con gran responsabilidad formularon diversas propuestas. Es resultado también de escuchar a los principales actores que de alguna u otra manera impactará esta ley.
Con ese ánimo, el pasado 4 de marzo esta comisión realizó un foro de consulta con autoridades, académicos, especialistas y representantes del sector empresarial. Asimismo, con fecha 20 de marzo recibimos por parte de la Comisión de Competitividad la opinión que elaboró en materia y que se constituyó en un elemento adicional para robustecer el análisis que se realizó en el seno de esta comisión.
Y es que el diagnóstico actual en materia de competencia en nuestro país precisaba, sin duda alguna, de cambios trascendentales, mismos que se reflejan en el espíritu de este dictamen. Partimos del hecho de que México es un país que ha crecido muy poco. En las últimas décadas México ha crecido a una tasa de apenas el 2 por ciento.
Esto quiere decir que México no está logrando su condición de país emergente. Una de las conclusiones principales de la teoría económica es que el bienestar de cada uno de sus miembros, así como el de la sociedad en su conjunto, tiende a maximizarse cuando los mercados de bienes y servicios operan en un contexto de competencia.
A poco más de 20 años de haberse aprobado la Ley Federal de Competencia Económica resulta evidente que no ha sido suficiente para garantizar una sana competencia en nuestra economía.
En este sentido, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, la OCDE, ha señalado que los consumidores mexicanos gastan alrededor del 40 por ciento más en mercados con problemas de competencia.
Asimismo, el reporte del Foro Económico Mundial sobre Competitividad Global 2013-2014, en el apartado titulado Efectividad de la Política de Competencia Económica ubica a México en el lugar 114 de 148; detrás de países como Panamá, India, Zambia, Brasil, China, El Salvador, Colombia y hasta de Honduras.
Atendiendo este diagnóstico, la comisión que me honro en presidir se dio a la tarea de analizar la iniciativa enviada por el Ejecutivo federal de esta Cámara de Diputados con la cual se expide la Ley Federal de Competencia Económica, misma que incluye 130 artículos y es Reglamentaria al Artículo 28 constitucional; así también reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal.
La comisión aprobó modificar más de 35 de los 130 artículos ahí contenidos con la finalidad de clarificar los alcances del órgano autónomo, garantizar a los agentes económicos un debido proceso y fortalecer finalmente a la productividad de las pequeñas y medianas empresas, por supuesto al consumidor y a las familias mexicanas.
Entre los cambios más significativos que se realizaron a esta iniciativa se encuentran los siguientes:
1. Se incluye una definición clara de barreras a la competencia y libre concurrencia que no venía en la iniciativa original.
2. En lo referente a la imposición por parte del Ejecutivo de precios máximos a los bienes y servicios que sean necesarios para la economía nacional o el consumo popular, la comisión tendrá que determinar mediante declaratoria si no hay condiciones de competencia efectiva.
3. Se incrementa el plazo de 20 a 45 días para que los agentes económicos con interés jurídico manifiesten lo que a su derecho convenga.
4. Se incorpora la figura de un comisionado ponente de manera rotatoria, quien tendrá la obligación de presentar el proyecto de resolución al pleno para su aprobación o su modificación.
5. Se le otorga al probable responsable o denunciante el derecho de solicitar al pleno una audiencia oral dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que quedó integrado el expediente, esto con el objeto de realizar las manifestaciones que se estimen pertinentes.
6. Para determinar la existencia de insumo esencial, además de los criterios que contemplaba la iniciativa, la comisión deberá considerar si el insumo es controlado por uno o por varios agentes económicos con poder sustancial y las circunstancias bajo las cuales el agente económico llegó a controlar dicho insumo.
7. Se especifica que en las visitas de verificación la autoridad procurará no afectar la capacidad de producción, distribución y comercialización de bienes y servicios, a efecto de evitar daños al agente económico y en consecuencia a los consumidores.
8. En relación al mecanismo previsto en el artículo 94, conocido como procedimiento ex ante se determina que éste solo podrá iniciarse cuando existan elementos para suponer que no hay condiciones de competencia efectiva. Además, un extracto del acuerdo de inicio de la investigación deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, modificación ésta, acorde a los tiempos de transparencia y de rendición de cuentas.
9. Se establece expresamente que los agentes económicos involucrados podrán proponer a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), en una sola ocasión, medidas idóneas y económicamente viables para eliminar los problemas de competencia identificados.
La desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones del agente económico involucrado solo serán en proporciones necesarias para eliminar los efectos anticompetitivos cuando, a juicio de la comisión, otras medidas competitivas no fueron suficientes para solucionar dicho problema.
Décimo. Se determina que la Cofece podrá emitir disposiciones regulatorias exclusivamente para el cumplimiento de sus atribuciones.
Onceavo. La sanción por su incorporación sólo será aplicable cuando el infractor haya sancionado previamente y siempre que las resoluciones que impongan las sanciones hayan causado estado; y, al inicio del segundo o ulterior procedimiento, exista resolución firme previa y entre ambos no hayan transcurrido más de 10 años.
Doceavo. Asimismo, el dictamen deja claro que cuando la Cofece ordene la desincorporación o la enajenación de activos sus resoluciones se ejecutarán hasta que resuelva el juicio de amparo, lo que es consistente con el artículo 28 constitucional que establece que todas las resoluciones definitivas de la comisión adoptadas bajo cualquiera de los procedimientos previstos en esta ley, deberán resolver las cuestiones efectivamente planteadas por la autoridad investigadora y por los agentes económicos.
Todo esto por mencionar sólo algunos de los cambios realizados a la iniciativa original del Ejecutivo con el concurso de los grupos parlamentarios que participan en esta comisión.
Diputadas y diputados, tengan la plena confianza y seguridad que el dictamen que hoy sometemos a su consideración, es por mucho superior al existente. Los ajustes que la Comisión de Economía ha realizado a la iniciativa del Ejecutivo federal reflejan el justo medio entre la necesidad de contar con una Cofece eficaz en su misión de combatir las prácticas monopólicas pero, a la vez, brinda a los agentes económicos mayor certeza y transparencia en sus procesos.
La competencia económica es fundamental para que los consumidores tengan acceso a una gran variedad de bienes y servicios de calidad, mejores precios, pero también lo es para los pequeños y medianos empresarios que accedan a insumos competitivos e innovadores. Todo ello con un propósito central. Consolidar el crecimiento económico y al mismo tiempo perfilar la generación de más y mejores empleos formales.
Este dictamen que a nombre de la Comisión de Economía propongo a consideración de esta honorable asamblea, responde a cabalidad con las exigencias de los nuevos tiempos democráticos y con el espíritu que ha caracterizado a las reformas estructurales que ha emprendido esta Legislatura, en un marco de respeto y de colaboración responsable entre los Poderes de la Unión.
Es por ello y por el bien de la economía del país y de los mexicanos que pido su voto a favor de este dictamen. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Voy a pedir a la Secretaría dé lectura a un adendum o a unas propuestas de modificación que ha hecho llegar la comisión, con el objeto de que inmediatamente después se consulte a la asamblea para que, si se aceptan, el dictamen pueda ser discutido ya con las modificaciones planteadas por la comisión y aceptadas por la asamblea.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Ley Federal de Competencia Económica.
Artículo 3o, que se modifica para quedar de la siguiente manera en la fracción IV. Barreas a la competencia y a la libre concurrencia. Cualquier característica estructural del mercado, hecho u acto de los agentes económicos que tenga por objeto u efecto impedir el acceso de competidores o limitar su capacidad para competir en los mercados que impidan o distorsionen el proceso de competencia y libre concurrencia, así como las disposiciones jurídicas emitidas por cualquier orden de gobierno que indebidamente impidan o distorsionen el proceso de competencia y libre concurrencia.
Artículo 32 en donde se adiciona un tercer párrafo para quedar de la siguiente manera: El incumplimiento a esta disposición se sancionará en términos del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Artículo 49 con la siguiente modificación: El comisionado presidente deberá comparecer anualmente ante la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De igual forma, deberá presentar a los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión el programa anual de trabajo y un informe trimestral de los avances de las actividades de la comisión, que deberán entregarse dentro de los 30 días naturales después de terminado el trimestre de que se trate. El programa anual de trabajo y el informe trimestral de actividades deberán hacer referencia cuando menos a los siguientes elementos.
Artículo 52 con la siguiente modificación para que diga: Están prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas y las barreras que en términos de esta ley disminuyan, dañen, impidan o condicionen de cualquier forma la libre concurrencia o la competencia económica en la producción, procesamiento, distribución o comercialización de bienes o servicios.
Artículo 60. Se modifica la fracción I para quedar de la siguiente manera: Si el insumo es controlado por uno o varios poderes económicos con poder sustancial o que hayan sido determinados como preponderantes por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Artículo 66. Se modifica el segundo párrafo de la siguiente manera: Las solicitudes de investigación presentadas por el Ejecutivo federal o la procuraduría tendrán carácter preferente.
Artículo 67 modificado para que diga: Cualquier persona en el caso de violaciones a esta ley en materia de prácticas monopólicas absolutas, prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas podrá denunciarlas ante la autoridad investigadora.
Artículo 75, fracción IV, modificando el inciso b) para que diga: Asegurar los libros, documentos y demás medios del agente económico visitado durante el tiempo, en la medida en que sea necesaria, para la práctica de la visita de verificación.
Adicionar el último párrafo en la fracción e): La información que la comisión obtenga de las visitas de verificación sólo podrá ser utilizada para los efectos de esta ley.
Artículo 90. Se adiciona un segundo párrafo en la fracción IV: Para emitir su resolución la comisión tendrá un plazo de 60 días contando a partir de la recepción de la notificación o en su caso de la documentación adicional solicitada. Concluido el plazo sin que se emita resolución, se entenderá que la comisión no tiene objeción para la concentración notificada. En las concentraciones en las que la comisión considere que existen posibles riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia, ésta lo comunicará a los notificantes al menos con 10 días de anticipación a la fecha en que se enliste el asunto a efecto de que éstos pudieran presentar condiciones que permitan corregir los riesgos señalados.
Se modifica la fracción VIII en el cuarto párrafo para quedar de la siguiente manera: “Los notificantes podrán presentar, desde su escrito de notificación hasta un día después de que se enliste el asunto para sesión del pleno, propuestas de condiciones para evitar que, como resultado, en la concentración se disminuya, dañe o se impida el proceso de competencia y libre concurrencia. En caso de que las propuestas de condiciones no sean presentadas con el escrito de notificación, el plazo para resolver quedará ininterrumpido y volverá a contar desde su inicio.
En el artículo 94 se modifica la fracción III, para quedar de la siguiente manera: En su caso, en el dictamen preliminar se deberán notificar a los agentes económicos que pudieran verse afectados por las medidas correctivas propuestas, entre ellas la posible eliminación de la barrera a la competencia o por la regulación para el acceso al insumo esencial, así como en su caso la dependencia coordinadora del sector o a la autoridad pública que corresponda.
Del mismo artículo 94, la fracción VIII, séptimo párrafo. Modifica el inciso para quedar: ...en donde la resolución de la comisión podrá incluir: d) La desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones del agente económico involucrado en las proporciones necesarias para eliminar los efectos anticompetitivos. Procederá cuando en otras medidas correctivas no son suficientes para solucionar el problema de competencia identificado.
En el artículo 103 modifica la fracción I: Sea el primero entre los agentes económicos o individuos involucrados en la conducta en aportar elementos de convicción suficientes que obren en su poder y de los que pueda disponer y que a juicio de la comisión permitan iniciar el procedimiento de investigación o, en su caso, presumir la existencia de la práctica monopólica absoluta.
Artículo 120 en el que se modifica la fracción XV, en su tercer párrafo para quedar de la siguiente manera: Se considerará reincidente al que:
a) Habiendo incurrido en una infracción que haya sido sancionada, realice otra conducta prohibida por esta ley, independientemente de su mismo tipo o naturaleza
b) Al inicio del segundo o ulterior procedimiento existe resolución previa que haya causado estado, y
c) Que entre el inicio del procedimiento y la resolución que haya causado estado, no hayan transcurrido más de 10 años.
Artículo 123, se modifica el último párrafo para quedar de la siguiente manera:
Para efectos del párrafo anterior se entenderá que el infractor ha sido sancionado previamente cuando....
Artículo 254 bis, fracción V, en su tercer párrafo: Se adecúa la ley en referencia quedando a la letra: No existirá responsabilidad penal para los agentes económicos que se acojan al beneficio a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal de Competencia Económica previa resolución de la comisión o del instituto que determine que cumple con los términos establecidos en dicha disposición y las demás aplicables.
Y la adición, por último, de un artículo cuarto transitorio que a la letra debe decir: Cuarto. Dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, la Cámara de Diputados deberá integrar un grupo de trabajo técnico con el objeto de analizar y formular propuestas de ajustes a legislación penal vigente en la materia objeto del presente decreto.
El grupo de trabajo deberá presentar las propuestas correspondientes dentro de los 60 días siguientes a su instalación.
En ese sentido solicitamos que de ser aprobadas y aceptadas por la asamblea las modificaciones propuestas, la presidencia instruya a la aplicación del artículo 93 del citado reglamento para que la comisión dictaminadora realice las correcciones y ajustes que se requieran para procurar la certeza y claridad jurídica del decreto.
Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aceptan las propuestas planteadas por la comisión.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica se consulta a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas por la comisión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la afirmativa, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia está el dictamen a discusión con las propuestas de modificación aceptadas por la asamblea. Y tiene la palabra, para fijar la posición del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, el diputado Rubén Benjamín Félix Hays.
Quiero, si me permiten, dar la más cordial bienvenida a un grupo de estudiantes de bachillerato del Instituto Salvador Allende, que están aquí invitados por la diputada Roxana Luna Porquillo.
También a jóvenes estudiantes de diversas carreras del Instituto de Formación Educativa Superior, Plantel Tequisquiapan, que están aquí invitados por la diputada Adriana González Carrillo.
También a un grupo de trabajadores de Ciudad Obregón, invitados por el diputado Fernando Salgado. Y a alumnos y profesores de derecho de la Universidad del Desarrollo del Estado de Puebla, Campus Atempan, que nos acompañan invitados por la diputada Josefina García Hernández. Bienvenidas y bienvenidos, todos, a la sesión.
El diputado Rubén Benjamín Félix Hays: Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, OCDE, ha promovido en forma activa la política de competencia económica entre países de Latinoamérica y el Caribe; y ha creado unas recomendaciones junto con el Banco Interamericano de Desarrollo para favorecer este mismo objetivo, que es el de dotar de competencia por igual a todos los agentes económicos, los preponderantes, y los que no lo son, bajo un esquema de reglas parejas para la competencia sana en los mercados económicos de sus países miembros.
En relación a esta postura es importante resaltar al filósofo y economista austriaco Ludwig Von Mises, quien expuso: La competencia tiene lugar entre los productores y vendedores no sólo dentro de cada rama de la producción, sino también entre todos los bienes relacionados y en el análisis final entre todos los bienes económicos.
Es evidente, señoras diputadas y señores diputados, que después de 20 años de haberse creado la Ley General de Competencia Económica ésta no ha sido suficiente. La iniciativa presentada por el Ejecutivo cumple con los objetivos centrales del Plan Nacional de Desarrollo impulsando la competencia económica.
En el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza consideramos indispensable establecer claramente el alcance en cuanto a las facultades de la Cofece para regular el funcionamiento de los mercados, con un marco legal que promueva la transparencia, el equilibrio procesal, la equidad y la participación responsable y eficiente del órgano regulador a los agentes económicos, incorporando medidas correctivas, estipular el marco jurídico específico sobre la desincorporación de activos y los ajustes sobre determinación de insumos esenciales.
Una vez especificada esta regulación la Ley de Competencia Económica debe detonar los procesos de innovación para fomentar el dinamismo económico, social y cultural. Los beneficiados con esta ley son el consumidor, las micro, pequeñas y medianas empresas, las cuales podrán acceder a mejores productos y servicios a menores precios, además de detonar sus procesos de innovación en la producción. Dichos procesos brindarán mayor certeza, transparencia y eficiencia al sistema de competencia económica, y por supuesto garantizará la innovación en los productos.
Todo proceso innovador se desarrolla en un espacio de competencia, dicho espacio hace que el sistema se ponga límite y al operar en competencia directa con otros sistemas genera innovación compitiendo. Esto nos sugiere que la competencia es constitutiva para que se produzca la innovación.
Cualquier proceso creativo e innovador nace de competir, de competir contra otros o contra nosotros mismos, y sobre todo de competir para cambiar el status quo. Esto se ve de manera especial en el mercado, en cualquier tipo de mercado.
La innovación necesita de la competencia, de la percepción de la necesidad de cambio para sorprender al contrario. Siempre hay un contrario al que sorprender aunque no lo tengamos en este momento delante, y siempre hay un contrario del cual queremos diferenciarnos. Esta percepción de necesidad para innovar es determinante.
Es necesario contar con una legislación de competencia económica efectiva, que permita la generación de productos y servicios de mejor calidad a menores precios, lo que incentiva el crecimiento de la economía; ayuda a reducir la desigualdad y la pobreza y detona procesos de innovación que fomentan el dinamismo económico, social y cultural.
Es por ello que el Grupo Parlamentario Nueva Alianza votará a favor con respecto a este dictamen, coadyuvando a garantizar el beneficio del consumidor final. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Adolfo Orive Bellinger, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. El diputado Orive presentó un voto particular al que también habrá de referirse en esta intervención, por lo cual le vamos a dar el tiempo que necesita para ello. Adelante, diputado.
El diputado Adolfo Orive Bellinger: Compañeras diputadas y diputados, México no se está moviendo y la aprobación del dictamen de la iniciativa de Ley Federal de Competencia Económica hará que nos movamos mucho menos, en cambio por lo que el Partido del Trabajo lucha es por el crecimiento de la economía para que haya mayor empleo y menor pobreza.
Que nadie se equivoque o nos malinterprete, por supuesto que estamos a favor de medidas que erradiquen las prácticas monopólicas, por ejemplo en los medios masivos de comunicación; en las telecomunicaciones o en el sistema ferroviario, pero de eso a extender a toda la economía una Ley que va a contrapelo de los sistemas internacionales de competencia, que no usan términos tan nebulosos como barreras a la competencia a insumos esenciales, y sobre todo que ignora cómo se ha desarrollado la economía capitalista de 1870 a la fecha, es reducir aún más la tasa de crecimiento de la economía y aumentar las del desempleo y de la pobreza.
Con esta ley se enfrentan nuevamente dos concepciones contrarias de cómo conducir la economía. Una liberal de la primera mitad del siglo XIX, de cuando no existían empresas grandes y sí existían barreras proteccionistas, por ejemplo, en Estados Unidos de América, sustentada esa concepción en el dogma ideológico de la libre competencia, que además jamás se ha dado en la realidad histórica. Y otra, que habremos de presentar como Ley Reglamentaria de los Artículos 25 y 26, sustentada en el desarrollo de la productividad, como lo atestiguan los avances del capitalismo de 1870 a la fecha, en el occidente, y los del capitalismo emergente en el este asiático, en la segunda mitad del siglo XX.
Los datos sobre la historia económica de Estados Unidos de América, Gran Bretaña, Alemania, Japón, Corea y China, demuestran la saciedad de lo que les permite tener el PIB y el PIB per cápita que tienen ahora, es el incremento sostenido de la productividad a lo largo de décadas y no un incremento de la competencia económica.
Para los diputados del grupo mayor, para mis colegas priistas, si esto que acabo de decir no fuera cierto, pregunto, ¿por qué el presidente Peña Nieto y el secretario Videgaray señalaron desde el 9 de mayo de 2013 que la economía mexicana requiere como objetivo crecer más, a partir de incrementar y democratizar la productividad?
Pregunto, le pregunto a mis compañeros del PRI, ¿por qué el primer eje transversal de todo el Plan Nacional de Desarrollo es democratizar la productividad y en ninguna parte aparece como eje rector la llamada libre competencia?
Por lo tanto, los conmino a reflexionar, que al votar a favor de una ley que va en contra de esos postulados fundamentales del presidente, también lo hacen en contra del crecimiento económico de México, en una coyuntura histórica que nunca olvidarán. Pero además, la concepción de la Ley de Competencia ignora lo que ya es general en las economías emergentes, el papel esencial de las políticas públicas para distinguir dos conceptos de norma: la reactiva, que tiende a desincorporar activos, y la norma proactiva o competencia, basada en méritos que promueve la productividad generada por la eficiencia innovadora y la que resulta del crecimiento de la eficiencia de ciertos sectores particulares de producción, como los de la alta tecnología, que concentra activos.
La concepción basada en el incremento de la productividad, no en la llamada libre competencia, se logra en los mercados globales actuales y, por lo tanto, también en los mercados domésticos mexicanos, con economías de escala. Es decir, mediante la integración de cadenas de valor de Mipymes con grandes empresas tractoras, mediante la innovación, el desarrollo tecnológico y organizacional y, por supuesto, la formación de empresas que tienden a ganar cada vez un mayor porcentaje del mercado.
Por ejemplo, como Japón, Corea del Sur y China, que han apoyado la concentración de recursos en la economía doméstica para permitir que sus keiretsu, cayvoles y grandes empresas campeones nacionales, respectivamente, puedan ser competitivas en los mercados globalizados, que incluyen a sus propios mercados domésticos.
La iniciativa de ley va en contra del desarrollo histórico de la economía capitalista, desarrollo que ha conducido al oligopolio, a las barreras de entrada y a la competencia imperfecta, llamada también competencia por méritos.
El desarrollo histórico de la economía capitalista no se ha basado en la libre competencia. No las barreras de competencia sino las de entrada a un mercado con un desarrollo tecnológico hasta la marca en otros sistemas internacionales, no constituyen un abuso de dominancia o de poder de mercado.
No es en sí mismo un hecho que exprese una conducta anticompetitiva, sin embargo, con la Ley de Competencia Económica en comento, empresas eficientes y productivas pueden ser penalizadas por emprender acciones totalmente acordes con la eficiencia económica y las leyes internacionales que le permitan tener un mayor porcentaje del mercado.
Las leyes de competencia basadas en méritos incentivan a realizar operaciones más eficientes, inversión en mejor tecnología e innovación, así como en otros comportamientos precompetitivos.
En el mundo las leyes de competencia económica incentivas a las empresas a que sus porcentajes de mercado crezcan en lugar de coartarles ese incentivo, como lo plantea la ley en comento.
Para invertir en investigación y desarrollo, nuevos proyectos y nuevos medios de producción, todos ellos ingredientes de una competencia basada en méritos, las empresas necesitan estar seguras de que un simple indicio, término totalmente subjetivo, sin embargo, insertado en la Ley de competencia Económica, no va a declarar anticompetitivas sus acciones y por ello vayan a desincorporar sus activos.
La tarea para desarrollar la economía mexicana no es la que plantea la Ley de Competencia Económica, sino incrementar las capacidades tecnológicas y organizacionales de las unidades económicas, sobre todo de las Mipymes e incluso de algunas unidades grandes, que en algunos sectores no lo son suficientes para competir en los mercados globales.
Aun en Estados Unidos y Alemania sus gobiernos han ayudado de varias formas a la constitución de grandes corporaciones desde finales del siglo XIX, y lo mismo ha sucedido en el siglo XX en Japón, Corea, Taiwán y ahora en China.
La promoción, creación y desarrollo de grandes empresas no significa a fuerzas la creación de monopolios, pero sí significa la concentración de recursos, incluso mediante la formación de clústeres y de cadenas de valor de Mipymes.
El alto nivel de fracaso de las Mipymes, de las 200 mil empresas que anualmente abren sus puertas en México, solamente 35 por ciento sobrevive más de dos años. No se debe ese fracaso de las Mipymes a la falta de competencia, se debe a la falta de políticas e instituciones para elevar su productividad.
Las Mipymes deben desarrollar sus capacidades tecnológicas y sus capacidades organizacionales para tener éxito, integrándose a las cadenas de valor de las grandes empresas en la mayoría de los sectores económicos; no de reducir a las grandes empresas al nivel de Mipymes para que acabemos siendo una economía liliputiense.
Para terminar, quiero recordar que así como Galileo respondió a los guardines de los dogmas ideológicos del siglo XVII sobre la centralidad de la Tierra en el universo “...y, sin embargo, se mueve”, un simple diputado de la LXII Legislatura les advierte, basado en la teoría y la historia económica capitalista que esta ley, sustentada también en dogmas ideológicos, a pesar de sus argumentos a favor; sin embargo, ni México ni su economía se moverán. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene la palabra para fijar la posición del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano el diputado Ricardo Monreal Ávila. Y aprovecho para recordar a la asamblea que el periodo para presentar reservas cierra justamente al final de los posicionamientos de los Grupos Parlamentarios.
El diputado Ricardo Monreal Ávila: Ciudadanos legisladores, ciudadano presidente, la vieja Ley de Competencia Económica se decretó en 1992. Tenía por objeto proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios.
Esta vieja ley ahora se corrige y ahora se minimizan los efectos que ésta contenía y las facultades que disponía. En la vieja ley se eliminaban monopolios. En la que se pretende aprobar sólo previenen, investigan y combaten los monopolios, las prácticas y las concentraciones, pero no eliminan los monopolios.
Nosotros creemos que no se resuelve el problema de fondo. Desde las teorías económicas clásicas hasta las numerosas corrientes que derivaron del keynesianismo, la economía ha colocado a la competencia como uno de los elementos necesarios e inherentes del correcto funcionamiento del mercado.
De este modo, la competencia económica se traduce como la rivalidad entre los agentes, que participan en un mercado, lo cual los obliga a mejorar sus estrategias para minimizar costos, pero para ellos sí maximizar ganancias, y para el público consumidor someterse a ellos como una auténtica ley de mercado.
Es así, que dicho concepto se traduce en la creación de incentivos de continúa mejora para los productores y que en teoría los consumidores puedan acceder a los mercados y beneficiarse de la variedad de opciones en los mismos. Éste debiera ser el propósito de la ley.
En nuestro país, el artículo 28 de la Constitución señala que es el instrumento que hace efectivo lo anterior, no obstante, que se limita a proteger una garantía individual, por el contrario, se fundamenta como el derecho que tiene la sociedad, de beneficiarse de los efectos de un mercado en competencia.
Nosotros no podemos admitir que esta ley se haya realmente aligerado. Por esto, hacemos un estudio de derecho comparado, que por cierto, presidente, solicito se plasme íntegro el documento, porque en él contengo lo que está ocurriendo en Estados Unidos.
La política económica tiene como propósito principal evitar la formación de cárteles, apoyándose en la Ley Antitrust, es un programa de amnistía para las personas que colaboran con información. Y en la Ley Sherman, la cual establece un máximo de diez años de prisión y un millón de dólares en sanciones para individuos y 100 millones de dólares para compañías, mientras que en España y en la Unión Europea, el objetivo principal es la disuasión, por lo que como principales instrumentos se utilizan el poder de la autoridad de competencia de iniciar de oficio inspecciones, inspecciones domiciliarias y programas de clemencia y la indemnización por daños y perjuicios, fijando únicamente sanciones, ya que su legislación no contempla la pena de cárcel para actividades competitivas.
Ante lo expuesto, vale la pena preguntarnos, ¿en qué contexto de competencia económica se encuentra México? ¿Qué es lo que se quiere regular? ¿Qué se debe combatir? ¿Qué nivel de concentración se observa en los mercados? ¿Qué tan fuertes deben ser las sanciones para inhibir este comportamiento?
Lamentablemente, el panorama no podría ser más desalentador, lo cual se puede comprobar observando todos los indicadores que miden el grado de competitividad. El Global Competitiveness Report ubica a México en el lugar 53 de 153 países. El World, también, Year Book, señala que México se encuentra en el número 32 de 58.
El Green Business en el 53 de 183. Y el Índice de Competitividad Internacional del Instituto Mexicano para la Competitividad, en el 32 de 46.
¿Por qué el país se encuentra en lugares tan mediocres en los principales rangos? Muy sencillo. Telmex controla el 95 por ciento de la telefonía y fija sus reglas. El 75 de todo el país, incluida la telefonía móvil, pertenece a ellos.
Cemex, el 90 por ciento del mercado cementero nacional. Grupo México el 95 por ciento de la explotación de cobre. Televisa el 70 por ciento de la televisión. Grupo Modelo el 65 por ciento de la industria cervecera y Femsa el 60 por ciento de la producción de los refrescos.
El fenómeno se reproduce en el sector bancario, en el cual 4 bancos extranjeros y uno nacional controlan el 80 por ciento de los créditos otorgados a tasas que permiten compensar las pérdidas foráneas con utilidades domésticas.
Aunque el consumidor tenga que pagar grandes tasas de interés con tarjetas de crédito, créditos hipotecarios, esos no se tocan en esta ley. Y el colmo, los diputados que dictaminaron no pudieron definir cuáles son las barreras de la competencia e insumos esenciales, y dejar en la confusión a la Cofece.
No podemos admitirlo, es inadmisible que los bancos se mantengan en la impunidad y esta Ley de Competencia Económica no los toque ni con el pétalo de un transitorio.
En ese entorno no podríamos aprobar esta ley, que en lugar de beneficios al consumidor, al más pobre, al que menos tiene, se rediseña con la asesoría de los grandes monopolios en la Comisión de Economía, un beneficio de las grandes empresas monopólicas, las grandes empresas controladoras del mercado en perjuicio de la sociedad.
¿Cómo repercute esto en los consumidores? De acuerdo con el buró comercial de la Procuraduría Federal del Consumidor, cada vez se incrementan las quejas en contra de Nextel, de Telcel, de Iusacel, de Dish, de Megacable, de Coppel y de todas las grandes concentradoras de mercancías que actúan como monopolios o como oligopolios.
En este panorama en el que se presenta este dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal, el cual ante lo descrito resulta un mero paliativo acotado, insuficiente y cortoplacista, sostengo que es un ejercicio light, éste que estamos intentando hacer. Nosotros votaremos en contra; que se deja claro que es un ejercicio tibio, que no se toca con profundidad la actividad económica concentrada, los grandes monopolios seguirán actuando a sus anchas.
Con esto concluyo, presidente. ¿Qué sucede en el fondo? En el fondo de la discusión y de este tipo de reformas estructurales, que por cierto aún no se aprueba la Ley de Competencia Económica y está ya el bombardeo en la radio y en la televisión de que ha sido aprobada. Es inadmisible y es verdaderamente reprobable que eso se haga.
Nos encontramos frente a un modelo económico agotado, el modelo económico neoliberal. El PRI, el PAN y sus aliados intentan profundizar este modelo económico que se ha demostrado no ha cumplido en México y ha empobrecido grandes sectores de la población; los jóvenes se encuentran sin empleo y sin alternativas, los jóvenes y los hombres y mujeres de México están sufriendo los embates de un modelo económico que el PRI persiste en profundizar el proyecto neoliberal.
Chiflen chiveros tenían rato que no chiflaban, porque no tienen capacidad de venir a debatir, más que simplemente chiflar. Levantar el dedo, levantar la mano, como siempre suelen hacerlo; pero no son capaces de escuchar razonamientos técnicos serios y lamento que el Bronx en esta Cámara haya revivido. Larga vida al Bronx priísta.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Rubén Acosta Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Verde. Le quiero dar la más cordial bienvenida a un grupo de ciudadanos de la zona sur del municipio de Tultitlan, estado de México, que se encuentran hoy invitados por el diputado Marco Antonio Calzada. Bienvenidos todos a la sesión.
El diputado Rubén Acosta Montoya: Con su permiso, presidente. La competitividad de un país es fundamental para alcanzar su desarrollo y crecimiento; sin embargo, para ello es necesario forjar un sistema económico sólido, con herramientas legales que permitan que el Estado sea capaz de eliminar barreras a la libre competencia y concurrencia económica mediante la detección, combate y prevención de esas mismas barreras. La falta de competencia es también una de las más grandes barreras en la lucha contra la pobreza y la desigualdad y es un freno a la inversión y al crecimiento.
El presente dictamen tendrá un gran impacto positivo para nuestro país; nos permitirá conformar una nación más equilibrada económicamente hablando, con un sistema de impartición de justicia especializado en el tema de competencia económica poniendo fin a los grandes abusos que la población enfrenta, incluyendo los micro y pequeños empresarios, por tener sólo uno o dos proveedores de algunos bienes y servicios que son fundamentales para el bienestar social y la actividad económica de nuestro país.
Es importante señalar que con la sensibilidad y gran capacidad de negociación de los integrantes de la Comisión de Economía y, en particular de su presidente el diputado Mario Sánchez Ruiz -a quien felicito-, se logró escuchar a distintos actores y agentes económicos a través de un foro y de quienes se retomaron algunos comentarios que se lograron convertir en más de 100 modificaciones a la iniciativa presentada por el Ejecutivo federal a finales de febrero de este año.
Entre las más relevantes se encuentran la definición de barreras a la libre competencia y concurrencia, y aclarando que en el articulado del dictamen que lo que determine la Cofece como medida, será en las proporciones necesarias para eliminar los efectos anticompetitivos incluyendo en ello la determinación de insumos esenciales y la desincorporación de activos.
Además, las resoluciones que nazcan de un procedimiento iniciado de oficio o a petición del Ejecutivo federal por parte de la Cofece que determinen barreras a la competencia y la libre concurrencia, el acceso a insumos esenciales e incluso la desincorporación de activos, deberán ser votados por lo menos por cinco de los siete comisionados que integran la Cofece. Lo mismo pasa con las guías, lineamientos, criterios y demás disposiciones jurídicas que pretenda emitir la Cofece para eliminar barreras a la libre competencia y concurrencia.
En lo correspondiente a las investigaciones iniciadas de oficio o por solicitud del Ejecutivo federal, se respeta la opción del agente económico que pudiera ser afectado con estas investigaciones en presentar un programa alterno que permita eliminar esas barreras a la libre competencia y concurrencia.
Asimismo, se establece en el artículo 94 de este dictamen de manera muy atinada y, siendo congruentes con la tendencia internacional en esta materia de competencia y libre concurrencia, que una de las medidas a aplicar que es la que más ha causado polémica, que es la de desincorporar activos y enajenar los mismos, será aplicable sólo como una medida única después de agotar todas las demás que se puedan hacer para eliminar las barreras a la libre competencia y concurrencia.
En lo correspondiente a la posibilidad de determinar la existencia de insumos esenciales, permitirá de manera práctica y real mejorar las condiciones del mercado de nuestra economía beneficiando con ello sobre todo a pequeños productores que enfrentan una barrera con proveedores únicos.
Este tema se fortalece en el dictamen siendo congruente con las prácticas internacionales al incorporar a través de éste como requisito previo de análisis para poder determinar un insumo esencial, que el agente económico que esté siendo investigado sea primero declarado como agente que ejerce prácticas monopólicas absolutas o relativas o, incluso, que haya sido determinado como preponderante por el Ifetel, además de tener que analizar las circunstancias bajo las cuales el agente económico investigado llegó a controlar el citado insumo esencial.
El dictamen establece procedimientos que en todo momento respetan las garantías de audiencia y legalidad de los agentes económicos investigados en los que se puede presentar pruebas y alegatos antes de que exista una resolución, pero estos procedimientos en todo momento cumplen con la independencia que nos pide la Constitución en el artículo 28 constitucional de que la autoridad que investiga no es la misma que puede resolver en contra del agente investigado.
En materia de resoluciones y sanciones, las mismas afectarán al agente económico investigado hasta que causen estado y se fortalece a la iniciativa al establecer una prescripción a la reincidencia.
Para nuestro grupo parlamentario es de gran relevancia manifestar el voto a favor del dictamen a discusión y solicitamos a las demás fuerzas políticas votar a favor de este dictamen, ya que es uno de los trabajos legislativos que tendrá un impacto directo positivo sobre los consumidores al tener acceso a mejores productos y servicios y a mejores precios, además de ser una herramienta que permitirá elevar la competitividad de nuestro país. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Carlos Augusto Morales López, del Grupo Parlamentario del PRD.
El diputado Carlos Augusto Morales López: Con su permiso, diputado Presidente. Luego de dos décadas, se hace indispensable en nuestro país una ley con la que el Estado mexicano deje su papel de testigo indolente e indulgente ante las graves injusticias que día con día cometen las empresas monopólicas al amparo de las libres fuerzas del mercado.
Es muy importante que estas prácticas abusivas que se cometen en contra de los que menos tienen, de manera ilegítima, puedan ser detenidas a través de la acción del Estado. Las prácticas que realizan algunas empresas aprovechando su poder de mercado o con la finalidad de incrementar hasta en cinco o seis pesos los productos que llegan a la mesa de los mexicanos aumentan la desigualdad, pues un obrero podría comprar al mes un par de zapatos para sus hijos si tuviera que pagar dos pesos menos diarios por un kilo de tortilla o tres por un litro de leche o cuatro por un kilo de huevo o cinco por un kilo de pollo.
La presencia de las empresas monopólicas en México, que acaparan y controlan los mercados, obligan a establecer nuevas y mejores regulaciones que prevengan, combatan, investiguen y sancionen las prácticas monopólicas, sobre todo cuando estas prácticas se traducen en abusos que realizan estas empresas utilizando su poder para imponer sobreprecios a los consumidores finales.
El abuso de las empresas monopólicas afecta también gravemente a las micro, pequeña y mediana empresa, las cuales, como todos sabemos, constituyen la columna vertebral de la economía mexicana y por supuesto tienen también un alto impacto en la generación de empleos y la generación de bienes y servicios.
De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se reporta que aproximadamente de las cuatro millones 15 mil empresas, el 99.8 por ciento son micro, pequeñas y medianas empresas y éstas son las que generan el 52 por ciento de nuestro producto interno bruto y el 72 por ciento de los empleos formales que se producen en nuestro país.
A través de la Ley Federal de Competencia Económica se establecen las reglas para aumentar la competitividad en el mercado nacional, impulsar el crecimiento económico y fortalecer el derecho a la libre concurrencia para que los consumidores tengan mejores condiciones para adquirir bienes y servicios de calidad a costos reales, a fin de que puedan cubrir sus principales necesidades.
Aunque las prácticas monopólicas suelen vincularse a las grandes empresas de presencia nacional, sobre todo en materia de telecomunicaciones, los abusos de ésta llegan a otros mercados aún más cercanos a las familias mexicanas; es decir, en aquellos aspectos que inciden directamente en la vida cotidiana y que se traducen en sobreprecios a productos básicos.
Indudablemente la normatividad en materia de competencia sigue siendo perfectible, y existen en el mundo modelos diferentes a la propuesta que hoy se está presentando en tribuna que han mostrado mayor eficacia a la hora de combatir estas imperfecciones en los mercados, y que sería deseable que pronto pudieran adoptarse en nuestro país.
Sin embargo, esta propuesta avanza en mucho con relación a la legislación vigente y se modificó sustancialmente la propuesta presentada por el Ejecutivo federal en más de 60 artículos con más de 100 modificaciones.
La fortaleza que tenga la Comisión Federal de Competencia Económica será determinante para enfrentar a los poderes monopólicos que no sólo están en las grandes empresas de presencia nacional.
La Ley Federal de Competencia Económica se convertirá en una herramienta indispensable para subsanar las enormes deficiencias que prevalecen en el mercado mexicano porque recogen lo mejor de la normatividad vigente y las jurisprudencias que han generado y que sin duda ayudarán a fortalecer la regulación en materia en este país.
Esta ley es un instrumento facilitador del desarrollo económico y de beneficio para la población, vista esta como el consumidor final para aumentar su poder de compra.
Por ello, el grupo parlamentario del PRD votará a favor, porque se trata de una prioridad de la izquierda que el Estado recupere su capacidad para enfrentar los grandes desequilibrios del mercado que imperan en nuestro país.
La productividad y el crecimiento económico del país tienen que verse fortalecidos. Es decir, que tengan un papel preponderante para regular los mercados y con ello puedan contribuir a revertir las graves desigualdades que vivimos y que todos los días inciden en número de pobres que incrementan dramáticamente en nuestro país. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra el diputado Arturo Salinas Garza, del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado José Arturo Salinas Garza: Con su permiso, diputado presidente. Compañeros y compañeras legisladores, quiero –antes de iniciar mi intervención– hacer un especial reconocimiento al presidente de la Comisión de Economía de esta Cámara de Diputados, al diputado Mario Sánchez Ruíz, porque sin duda alguna su esfuerzo durante los pasados días, semanas, meses para sacar el dictamen que el día de hoy estamos discutiendo ha sido extraordinario.
Agradezco también a los grupos parlamentarios, que dentro de la Comisión de Economía dieron su voto a favor de este dictamen como fue el grupo parlamentario del PRI, del PRD, del Verde Ecologista, de Movimiento Ciudadano y, por supuesto de Acción Nacional.
En este sentido –Nueva Alianza también, claro– el presente dictamen es de vital importancia, porque sin duda alguna pone el desarrollo económico de nuestro país en una balanza y sobre todo lo pasa por el escrutinio de todos los mexicanos y de las organizaciones internacionales.
El acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ha establecido que los consumidores en países que no tienen una verdadera competencia económica gastan en promedio un 40 por ciento más, y esto pues afecta a los bolsillos de todos los mexicanos.
Diversos reportes económicos, y ya se ha hablado mucho aquí, los compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra, hay muchos reportes e indicadores internacionales que señalan que México no es un país eficiente en cuanto a prácticas antimonopólicas o de competencia económica.
Con esta información y con estas estadísticas se muestra que nuestro país aún persiste un grave desequilibrio y obstáculos entre la actividad económica, entre los factores o los agentes económicos, entre los consumidores y, por supuesto, afectando de manera negativa el crecimiento económico del país y a los mercados.
En Acción Nacional estamos listos para discutir y aprobar este dictamen, esta nueva Ley Federal de Competencia Económica, con lo que estamos buscando disminuir conductas monopólicas, estamos dándoles certeza a los agentes económicos, estamos buscando impulsar la economía de México, estaos buscando ampliar la competencia, y evidentemente esto se va a traducir en un mercado más amplio y en una mayor generación de empleo para todos los mexicanos.
En el marco normativo que rige la competencia económica en nuestro país vemos que estamos lejos de las realidades de otras legislaciones en otras economías y en el contexto internacional. Es necesario recordar que la ley de competencia vigente fue aprobada hace más de 20 años, por lo que era necesario ajustarla a la realidad de nuestra sociedad mexicana.
La falta de competencia en los mercados es una de las barreras más grandes en la lucha contra la pobreza, la desigualdad y las familias que tienen menores ingresos. ¿Cuántas veces hemos platicado en familia, con los amigos, lo caro que son determinados bienes, productos o servicios porque no hay competencia? Ésa es una plática que escuchamos diario en nuestros hogares, con nuestros amigos o en los café.
Bajo este escenario es prioritario consolidar la expedición de esta nueva Ley Federal de Competencia Económica, donde vamos a establecer mecanismos que va a lograr abrir los mercados, regular la competencia de manera eficiente y, sobre todo, buscar mayores oportunidades de crecimiento.
Se busca que esta nueva Ley Federal de Competencia Económica nivele el terreno y favorezca a las micro, pequeñas y medianas empresas, porque se van a prohibir las prácticas antimonopólicas, se va asegurar la libre competencia en todos los sectores de nuestra economía.
Los que conocemos a las micro, pequeñas y medianas empresas vemos como se quejan los empresarios de que no pueden competir en determinados sectores o mercados, porque hay un monopolio. Hoy esto va a permitir que se generen más y más empleos.
Quiero señalar que con estas reformas que se plantean en la Ley estamos haciendo un verdadero cambio en la regulación relativa al combate a los monopolios. Tomamos en cuenta a todos los sectores de la sociedad, estamos buscando que esta Ley sea benéfica para los mexicanos, para los consumidores, para los agentes económicos; estamos garantizando el acceso a una gran variedad de precios, de productos, disminuciones de precios, ahorros en calidad, en servicios, etcétera.
Quiero señalar que esta es una de las Leyes más importantes para los mexicanos y para los consumidores. Compañeros y compañeras legisladores, sabemos que entre más competencia exista en un mercado, más baratos los bienes, los productos y los servicios van a ser. Con este dictamen que ha propuesto la Comisión de Economía vamos a fortalecer la política económica del país, vamos a facilitar el acceso a bienes y servicios y sobre todo vamos a aumentar y permitir que haya una mejor competitividad, productividad y generación de empleos.
Tengo la plena certeza que con la aprobación de esta nueva Ley General de Competencia Económica estamos dando un paso importante en combate a los monopolios.
Compañeros legisladores, no tengo duda que todos ustedes van a votar a favor del presente dictamen. Yo quiero decirles que a nombre de los diputados de Acción Nacional votaremos a favor, y votaremos a favor porque con esta acción una vez más refrendamos nuestro compromiso con millones de mexicanos que se van a ver beneficiados con esta nueva Ley Federal de Competencia Económica, y que los ahorros se verán pronto en los bolsillos de todos. Va por México. Es cuanto.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Adolfo Bonilla Gómez para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRI. Al final de esta intervención quedará cerrado el registro de reservas.
El diputado Adolfo Bonilla Gómez: Con el permiso de la Presidencia. Compañeros diputados, con la aprobación que daremos hoy a la Ley Federal de Competencia Económica buscamos garantizar productos y servicios más económicos para los consumidores y una competencia más sana y transparente entre las empresas.
Como ya se mencionó, la concentración de mercados en México ha generado precios que elevan los costos operación de las empresas y afectan la economía de nuestras familias, pues según estudios de la OCDE nos vemos obligados a pagar entre un 30 y un 40 por ciento más de sobreprecios.
Consciente de la necesidad de regular la competencia y fortalecer el mercado externo y reactivar el interno, el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto se ha marcado como objetivo alcanzar un crecimiento económico capaz de generar los empleos en la cantidad y calidad necesarios, creando condiciones que estimulen la productividad; aumenten la innovación; mejoren la competitividad y fortalezcan el poder de compra.
Como resultado de esto, en la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica se establecen facultades para la Comisión Federal de Competencia Económica a fin de que pueda cumplir eficazmente con su objeto de promover, proteger y garantizar la libre concurrencia. Esas facultades consisten en ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia, regular el acceso a insumos esenciales y ordenar la desincorporación de activos.
El dictamen que hoy se pone a nuestra consideración parte de tres ejes fundamentales: las directrices fijadas en la reforma constitucional ya mencionada, la experiencia ganada a lo largo de 20 años de la aplicación de una política de libre concurrencia y competencia económica, y las mejores prácticas internacionales.
Esta nueva ley presenta una estructura sistemática, definiendo las áreas de responsabilidad entre la Cofece y el Ifetel, las atribuciones de sus funcionarios y las garantías para su actuación autónoma; los mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas; el funcionamiento de la autoridad investigadores y el propio de la Contraloría Interna.
En lo referente a las conductas anticompetitivas prohíbe prácticas monopólicas, concentraciones ilícitas y aquellas barreras que disminuyen, dañan o impiden la libre competencia en la producción, procesamiento, distribución o comercialización de bienes o servicios, incluyendo nuevos tipos de prácticas monopólicas que sancionan la explotación abusiva de un insumo esencial por parte del agente económico dominante.
Los integrantes de la Comisión de Economía logramos un diálogo constructivo y respetuoso entre las distintas fuerzas representadas en esta Cámara, al tiempo que escuchamos diversos puntos de vista de especialistas en el tema, como ya lo mencionó el presidente de la Comisión. De ahí las cerca de 100 modificaciones hechas a la iniciativa propuesta por el Ejecutivo.
Con todo esto estamos logrando un equilibrio, al proteger los derechos del consumidor y generar incrementos en la eficiencia de los mercados e incentivar las innovaciones que realizan las empresas para desarrollarse en mercados locales y globales, que son sumamente competitivos.
Compañeros legisladores, estamos convencidos que esta ley será una herramienta eficaz para fomentar mejores condiciones de mercado que deriven en la producción de bienes y servicios de mejor calidad y menor costo, lo que contribuirá a mejorar la condición de vida de los sectores menos favorecidos.
No se busca regular precios, sino generar las mejores condiciones de mercado. El efecto no será mágico o inmediato, pero la evidencia internacional advierte que la instrumentación de una buena reforma de competencia podría elevar hasta en un 2.5 por ciento el producto interno bruto y el empleo en nuestro país.
Con las modificaciones introducidas por la Comisión de Economía a la iniciativa presentada por el Ejecutivo federal, se garantiza un proceso justo, proporcionado y equitativo de defensa para los agentes económicos y se aclaran algunos conceptos que habían generado inquietud en el sector productivo. Con lo que se elimina la discrecionalidad y se otorga certeza jurídica al proceso económico.
Estoy convencido que con diálogo y trabajo podemos lograr grandes cambios en beneficio de nuestro país. México requiere de un nuevo diseño institucional, que le permita ubicarse dentro de las mejores prácticas internacionales en materia de competencia. Es por ello que la bancada de mi partido votará a favor del presente dictamen.
Como lo mencionó mi coordinador parlamentario, el fin último de esta ley es promover la creación de riqueza y elevar la productividad y la competitividad del aparato productivo, que junto con el tema de la energía son claves para beneficiar a los consumidores y la economía de las familias.
Confiamos en que podemos seguir construyendo acuerdos con los grupos parlamentarios representados en esta Cámara, para continuar impulsando las reformas necesarias y la transformación de nuestro país. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado.
El Presidente diputado José González Morfín: Tiene ahora el uso de la voz para hablar en contra la diputada Lilia Aguilar Gil.
La diputada Lilia Aguilar Gil: Muchas gracias, señor presidente. Con la venia de la asamblea. La importancia de la competencia no es menor en un país, especialmente en un país que se está construyendo institucionalmente, como es México.
Puede, finalmente, una buena regulación en el tema de competencia hacer las cosas mejores o dar un mercado completamente injusto a una ciudadanía, como el que, por ejemplo, hemos vivido con la preponderancia, por no decir casi monopolio de Telmex en México.
Tiene que ver la competencia con el gasto y los precios que enfrentan los mexicanos día con día. La competencia, compañeras diputadas y compañeros diputados, y de lo que estamos hablando envuelve compañías, mercados, países frente a la globalización y a otros países y hasta organizaciones sociales que responden a necesidades societales.
Una buena ley de competencia debería, finalmente, entregar bienes y servicios de valor superior y de precio menos a los ciudadanos de un país. Cuando hablamos de valor, hablamos de la habilidad de cumplir o exceder las necesidades que tienen los consumidores o el mercado, pero además, hacerlo con eficiencia en un mercado que se equilibra, pero que no se equilibrará solo.
Entonces, en México lo que tenemos es que cada familia transfiere en promedio 75 mil pesos anuales a los monopolios. Según la OCDE, las reformas en México han causado que 30 por ciento del gasto familiar de nuestro país se destine para mercados con problemas de competencia y 40 más para mercados con menores problemas de competencia; es decir, al final es lo mismo.
El reporte del Foro Económico Mundial sobre la efectividad de la política económica ubica a México en el lugar 114 de 148 países y cuando se tienen mercados concentrados se generan precios excesivos que reducen el consumo y la capacidad de ahorro de las familias, principalmente entre las más pobres.
En efecto, México requiere una Ley de Competencia. En el PT no estamos ciegos y no lo negamos, pero una Ley de Competencia con reglas acordes a la realidad. Requerimos reglas para un juego justo, donde haya un equilibro de competencia en beneficio a la ciudadanía y, por supuesto, donde se erradiquen los monopolios.
Sin embargo, nos posicionamos claramente en contra del modo en que se pretende hacer, otorgándole atribuciones casi metagubernamentales a un órgano constitucional autónomo, que finalmente tendrá o podrá definir cosas tan básicas, como lo que son las barreras de entrada o los insumos estratégicos.
Mucho se ha dicho ya de esto en esta tribuna. Lo que nosotros creemos es, que finalmente una buena Ley de Competencia no debe dar una atribución específica al Ejecutivo, para que sin pruebas pueda iniciar un procedimiento preferente para la disolución de empresas o de activos, que finalmente es la disolución de la misma empresa, como ha sucedido en casos muy específicos como el que conocemos de Microsoft.
¿No nos estaremos, compañeras y compañeros diputados, extralimitando en las facultades que tiene la Cofece? Probablemente sí. Las grandes preocupaciones que tratamos y que planteamos en la Comisión de Economía -a cuyo presidente le reconocemos que, aunque no podemos coincidir en todas las cosas, hizo hasta el último momento lo posible por escuchar a los diferentes- están, específicamente, no solamente en las atribuciones dadas en el artículo 94 sobre la reincidencia y sobre las actividades que determinarán la reincidencia. Nos preocupa también, específicamente, el tema de control de precios y el garrote, y lo tengo que decir como es, que le estamos dando al gobierno, para que venga e intervenga, definitivamente, en un mercado al controlar los precios de bienes y servicios.
Otras tantas cosas nos preocupan en el PT. Lo hicimos y lo dijimos en la Comisión de Economía, nos preocupa que no construyamos un mercado interno fuerte que pueda competir hacia afuera. Nos preocupa que los procedimientos ex ante vengan a castigar a empresarios o a Pymes y Mipymes, que están tratando de avanzar y que están tratando de construir un futuro en sus empresas, y que finalmente una Cofece en un procedimiento ex ante pueda venir y acabar con este procedimiento.
Nosotros hemos dicho, para poder fortalecernos como México ante el mundo, debemos fortalecer nuestro mercado interno con reglas justas, no solamente para las empresas, sino, sobre todo, para el mercado y para los mexicanos.
Es por eso, que nosotros creemos que aunque esta reforma, y sobre todo, la adenda tienen cuestiones positivas. Lo que es cierto, es que no son lo suficientemente positivas y no acaban con la tentación de las atribuciones metagubernamentales y los procedimientos preferentes, que en esta Ley de Competencia que debe de regular un mercado abiertamente pero siempre con el control del Estado para que dé satisfacción a los ciudadanos, no lo hace y no lo hace de manera transparente.
Es por eso que nos hemos posicionado en contra, aunque reconocemos, como hemos dicho, el trabajo y la labor de la Comisión de Economía, el voto del PT y el posicionamiento es en contra de esta ley. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Tiene ahora la palabra el diputado Mario Rafael Méndez Martínez, para hablar a favor.
El diputado Mario Rafael Méndez Martínez: Con su venia, diputado presidente. Honorable asamblea, el Grupo Parlamentario del PRD comparte el espíritu de la iniciativa del Ejecutivo, debido a que el presente dictamen retoma gran parte de las propuestas de trabajo que ha venido realizando la izquierda democrática durante varios años.
Sin embargo, considera pertinente robustecer el contenido, con la finalidad de obtener una ley con carácter pro competitivo. Que genere beneficios para los consumidores y sus familias. Permita una competencia efectiva de todos los mercados en la economía nacional, que genere mayores ingresos en beneficio de los que menos tienen.
Todo esto por considerar que el proyecto de iniciativa contiene propuestas y disposiciones que podrían generar problemas de interpretación constitucional y afectación de las inversiones e innovaciones en México.
Con la reforma constitucional del artículo 28, la Comisión Federal de Competencia Económica se convierte en un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, procurando garantizar la independencia de sus decisiones, lo que acompañado a un mecanismo de ratificación de los comisionados que la integran por parte del Senado de la República, fomentará una mejor autonomía operativa, técnica y una actuación justa, transparente e imparcial de la misma.
El PRD se ha esforzado por evitar que el fortalecimiento de dicha institución no vaya a ser utilizado en detrimento de las empresas, ni principalmente de los consumidores.
Es importante mencionar que algunos puntos de la iniciativa deberán fortalecerse con la finalidad de contar con el marco legal que permita generar certeza jurídica en esta materia.
El primero de ellos tiene qué ver con la desincorporación de activos. En la iniciativa se establece que esta acción solo podría aplicarse a un agente económico que con antelación haya sido sancionado, por lo que considera necesario que bajo la autonomía que se le ha otorgado a la Comisión, ésta pueda ordenar la desincorporación de activos sin necesidad de la sanción previa, siempre y cuando lleve a cabo el análisis económico de la desincorporación competitiva, con la finalidad de considerar la estimación del daño económico, derivado de la permanencia del problema competitivo identificado, así como la cuantificación de los beneficios económicos que derivan de la instrumentación de la desincorporación, y tener así la certeza para que la Comisión ordene desincorporación del agente económico.
Otro de los temas que sin duda debe fortalecerse es el de las sanciones, porque aun cuando se establecieron periodos más prolongados y se incrementó el pago de multas para castigar a la persona que cometa, participe o coadyuve en la comisión de una práctica anticompetitiva, se ignora o se resta importancia al hecho de fortalecer el catálogo de delitos relativos a la comisión de conductas violatorias a la libre competencia.
Es decir, fueron insuficientes las medidas normativas establecidas en la ley, ya que no se estableció un catálogo de conductas que deben ser previstas por los delitos.
Considerando lo anterior, ratificamos nuestro compromiso para que nuestro país cuente con leyes, instituciones modernas que respondan no solo a nuestras necesidades económicas reales, sino también apegarnos a las mejores prácticas internacionales, con la finalidad de promover, proteger y garantizar la libre concurrencia a la competencia económica.
Por ello, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa en comento constituye un paso importante en la dirección correcta y moderniza el sistema de competencia económica. Derivado de lo anterior, nuestro grupo parlamentario votará a favor el presente dictamen. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Quiero dar la más cordial bienvenida a un grupo de estudiantes de contabilidad y de derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, que nos acompañan hoy, invitados por el diputado Marcos Aguilar. Bienvenidas y bienvenidos todos a la sesión. Tiene ahora la palabra, el diputado Ricardo Mejía Berdeja, para hablar en contra del dictamen.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Con su venia, compañero presidente; compañeras y compañeros legisladores. En la ley similar del 24 de diciembre de 1992, que se propone abrogar, y que fue hechura de Carlos Salinas de Gortari, se proponía lo mismo, la eliminación de monopolios. Y hoy a 22 años de esta ley no solamente han crecido los monopolios, sino que se ha acentuado el modelo neoliberal, rapaz, excluyente y que ha generado 53 millones de pobres en nuestro país.
La gran paradoja es que cuando más recursos invierten en combate a la pobreza, hay más pobreza, cuantos más órganos fiscalizadores y anticorrupción se crean, hay más corrupción. Hoy cuando nuevamente se propone un marco regulatorio similar al del salinismo, no vemos medidas eficaces para no solamente combatir prácticas monopólicas, sino acabar de tajo con los monopolios.
El neoliberalismo rapaz que vivimos desde hace 30 años no ha forjado condiciones de una economía competitiva en el país. Vivimos años de bajo crecimiento económico, de pérdida del poder adquisitivo del salario y la economía ha venido arrastrando una gran desigualdad; causa no solamente indignación, sino infamia el que 10 mexicanos estén en la lista de Forbes como los más ricos entre los ricos del mundo.
Ése es el modelo de capitalismo de cuates, de que hablara el premio Nobel de la Economía Gary Becker, que es precisamente el modelo que estamos viviendo en el país.
En Movimiento Ciudadano nos parece que esta ley es un tibio intento por acabar con los monopolios. Nosotros tenemos varias reservas que vamos a presentar, pero de fondo no coincidimos con la filosofía y la hechura de esta ley porque nos parece que no va al fondo de la raíz del problema.
Ya lo decía el diputado Ricardo Monreal, cómo en los diferentes sectores de la economía vivimos monopolios. En la telefonía móvil y fija, en la aviación, en el tema del cemento, en el tema de los bancos; y aquí me detendría. No solamente hay un monopolio o un oligopolio entre la banca extranjera que concentra más del 70 por ciento del mercado bancario en el país, sino que esta ley no hace nada contra el sector financiero y bancario del país y ahí se concentra uno de los más grandes ejes de la distorsión de la economía del país.
Tampoco apreciamos en esta legislación medidas resarcitorias para todos los consumidores, millones de consumidores en el país que sufren daños y perjuicios como resultado de las prácticas monopólicas. Solamente se limita a dirimir las reglas del juego entre los gigantes de la economía del país, pero nuevamente los consumidores salen maltrechos de esta reforma.
A nosotros nos gustaría ver medidas eficaces ante el pésimo servicio de telefonía y de Internet de Telcel, Iusacel y las distintas compañías –concluyo, presidente–. Nos gustaría ver prácticas para castigar y resarcir a todos los usuarios de aviación de Aeroméxico que pierden horas y horas por el deficiente servicio de este monopolio.
Ésas son las medidas que ayudarían a cambiar la vida de la población. Nosotros por ello en Movimiento Ciudadano queremos terminar con los monopolios y queremos medidas resarcitorias para los millones de consumidores afectados por ellos. No solamente queremos atenuar prácticas monopólicas, que es lo que plantea esta ley.
Por eso nuestro voto será en contra, esperando que en un futuro no muy lejano sí acabemos de tajo con estos monopolios que tanto dañan a la economía nacional. Es cuanto.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene la palabra para hablar a favor la diputada Beatriz Yamamoto Cázares, del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares: Co su venia, señor presidente. Compañeros legisladores. Sin duda el dictamen en discusión es de la más alta prioridad para lograr mayores tasas de crecimiento de la economía nacional.
En este sentido, el dictamen busca que los consumidores tengan acceso a una gran variedad de bienes y servicios sobre todo de calidad y a mejores precios y las empresas, por su parte, a insumos competitivos e innovadores.
Quisiera mencionar y puntualizar que en 2011 se dieron reformas importantes en materia de competencia económica que en su momento –y como hoy también– el Partido Acción Nacional las impulsó y que en su momento no fueron aceptadas. Qué bueno que el día de hoy nos otorguen la razón aunque el país haya tenido que esperar alrededor de cuatro años.
El presente dictamen no sólo es un esfuerzo de esta legislatura, sino de varias legislaturas en las cuales se ha impulsado el combate a los monopolios. Por lo tanto, podemos afirmar que el presente dictamen reúne el esfuerzo continuo por darle a México una regulación más eficiente en materia económica, una regulación que ante todo ponga en primer término el interés y el bienestar de los consumidores.
Dentro de las modificaciones que consideramos más relevantes, sobre todo las que se incorporan en el combate a los monopolios, se encuentran las siguientes: se definen las conductas anticompetitivas y se prohíben los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas y las barreras que disminuyan, dañen o impidan la libre competencia en la producción, procesamiento, distribución o comercialización de bienes y servicios.
Se establecen los mecanismos para determinar los insumos esenciales o la existencia de barreras a la competencia por medio de la institución de plazos. Facultades de la comisión para solicitar información y documentación en la materia y la emisión de resoluciones y notificaciones al respecto.
Se precisa también el procedimiento a seguir para la resolución u opinión sobre cuestiones de competencia, exigencia de poder sustancial de mercado relevante u otros términos análogos y se fortalecen las capacidades sancionatorias de la comisión al establecer multas en porcentaje de ingresos de los agentes económicos que incurran en prácticas monopólicas, multas hasta de 175 mil salarios mínimos por haber declarado falsamente o entregado información falsa a la comisión y de 180 mil salarios mínimos a los fedatarios públicos que intervengan en los actos relativos a una concentración, cuando no hubiera sido autorizado por la comisión, entre otras importantes sanciones.
Es por ello que Acción Nacional votará a favor del presente dictamen, ya que lo consideramos integral para combatir frontalmente a los monopolios e impulsar la eficiencia de los mercados, la productividad y por ende la competitividad del país. Por su atención muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra el diputado Adolfo Orive para hablar en contra del dictamen.
El diputado Adolfo Orive Bellinger: Compañeras diputadas y diputados: este voto en contra tiene que ver con los órganos autónomos y les quisiera recordar un poco nuestra Constitución.
El artículo 39 constitucional establece que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El artículo 40 de la Constitución señala que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa y democrática. El artículo 41 señala que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la unión y por los de los estados.
Los artículos 49, 50, 73, 74 y 76 constitucionales establecen las facultades legislativas del Congreso de la Unión. El artículo 89, fracción I establece la facultad reglamentaria del Ejecutivo federal.
Los artículos 115, 116 y 122 de la Constitución establecen las facultades legislativas y reglamentarias de los órganos legislativos y ejecutivos de las entidades federativas y el Distrito Federal, así como de los ayuntamientos y las delegaciones, pero les pido por favor su atención, en contra de lo mandatado por los artículos constitucionales mencionados. El dictamen de la Ley Federal de Competencia Económica le otorga a siete individuos no electos, por tanto con déficit democrático, facultades legislativas, ejecutivas y judiciales.
Además faculta a la Cofece para interponer controversias constitucionales en contra de los Poderes de la Unión, poderes que fuimos electos y representamos a la nación, y por si fuera poco, invade las facultades legislativas de esta soberanía que ya no será soberanía y de las legislaturas locales, así como las facultades reglamentarias del Ejecutivo federal, de los ejecutivos locales y de los ayuntamientos al establecerse en el artículo 94 del dictamen que estos siete individuos pueden emitir recomendaciones a las autoridades públicas cuando se determine la existencia de disposiciones jurídicas que indebidamente impidan o distorsionen la libre concurrencia y la competencia en el mercado, según el juicio subjetivo de estos 7 fulanos.
Se crea así un ente con poderes por encima de los poderes electos, un súper poder. Vamos, les pregunto a todos ustedes, ¿vamos a cambiar una república representativa y democrática por una república tecnocrática? Platón favoreció a los filósofos, ahora nuestros gobernantes prefieren a los tecnócratas.
Y nada más recordarles a muchos de los que me han antecedido en la tribuna, es falso que la economía ha decrecido en estos 30 años por falta de libre competencia. Aquí tengo todas las cifras por sectores, de que todos los sectores en estos 30 años han tenido productividades negativas. Es el modelo económico prevaleciente desde hace 30 años, el modelo económico neoliberal que se pretende, que tiene como base la supuesta libre competencia y la que se pretende continuar con esta ley, las que nos ha impedido crecer económicamente. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra la diputada Elvia María Pérez Escalante, para hablar a favor del dictamen.
La diputada Elvia María Pérez Escalante: Buenas tardes a todos, señor presidente, con la venia.
Con la aprobación del presente dictamen, el Estado mexicano contará con un instrumento que garantice la certeza jurídica de los llamados agentes económicos que no inhiba la inversión ni la innovación y que mejore la calidad y el precio de los bienes y servicios.
Los legisladores del PRI entendemos que la política de competencia y su marco normativo deben promover la eficiencia económica de los mercados, no como un instrumento discrecional de control gubernamental que restrinja la actividad económica y castigue el éxito de las empresas.
Es por eso que atentos a lo expresado por las diversas fuerzas políticas y los sectores productivos hemos aprobado en comisiones cerca de 90 modificaciones respecto de la iniciativa de ley presentada ante el Congreso.
El resultado de este trabajo redunde en un ordenamiento claro que ubica al Estado en el papel que le concede el artículo 25 constitucional, es decir, como la entidad encargada de planear, conducir, coordinar y orientar las actividades económicas nacionales, de llevar a cabo la regulación y el fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de la libertad que otorga la propia Carta Magna.
De esta forma, y tal como lo prescribe nuestra ley fundamental, se reasume la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, y que mediante la competitividad se permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de las personas.
La Comisión de Economía, al dictaminar la referente iniciativa, ha favorecido la creación de un concepto de insumo esencial, hecho que se estima novedoso, pero buscando en todo momento que tal definición no desincentive la inversión o la innovación, por lo que fue modificada la redacción del artículo 60 a fin de establecer que tal insumo para ser considerado como esencial tiene que ser controlado por uno o varios agentes económicos con poder sustancial, así como también que la Cofece deberá realizar variaciones diferenciadas según las circunstancias de cada caso, entre ellas tomar en cuenta si el agente económico asumió el riesgo de la creación de insumo que se trata o si lo obtuvo gracias a circunstancias especiales.
En el dictamen a modificar el artículo 57 se establece que la comisión proveerá lo conducente para prevenir y eliminar las barreras a la libre concurrencia y la competencia económica en las proporciones necesarias para eliminar los efectos anti-consecutivos, lo que eliminará cualquier margen de discrecionalidad al respecto.
La naturaleza propia de las investigaciones sobre prácticas monopólicas alejan la posibilidad de que éstas se realicen de forma arbitraria, pues quien solicita la realización de una deberá sujetarse a los criterios establecidos por las autoridades investigadoras, la cual no estará obligada a iniciar el procedimiento correspondiente toda vez que la propia ley contempla causales claras para el desechamiento de las denuncias.
El dictamen que nos ocupa ha logrado precisar conceptos y métodos regulatorios que podían dar lugar a actos de discrecionalidad de la autoridad, impidiendo así que se efectúe la capacidad productiva de las empresas en los procedimientos de la Cofece.
El objetivo de las medidas que nos prestamos a aprobar es generar incrementos en la eficiencia de los mercados y no inhibir innovaciones que realizan las empresas para desarrollarse en marcados que ya son competitivos.
Al fin, es promover la creación de riqueza, elevar la productividad y la competitividad del apartado productivo para beneficiar a los consumidores y la economía de las familias. Con todo esto será factible crecer a tasas sostenidas y generar empleos de calidad.
Por esto, el Grupo Parlamentario del PRI votará a favor el siguiente dictamen. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Saludo y le doy la bienvenida a un grupo de estudiantes y maestros de la carrera de negocios, turismo y derecho, de la Universidad Anáhuac Mayab, del estado de Michoacán, que están hoy aquí invitados por el diputado Mauricio Sahui Rivera. Bienvenidas y bienvenidos. Tiene la palabra la diputada Verónica García Reyes, del Grupo Parlamentario del PRD.
La diputada Verónica García Reyes: Con su venia, señor presidente. Muy buenas tardes, compañeras diputadas, compañeros diputados. Vengo a nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a fijar la posición sobre el dictamen con proyecto de decreto que emitió la Comisión de Economía y que se presenta al pleno de esta soberanía para su votación.
La reforma constitucional en materia de competencia, telecomunicaciones y radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013 ha sido un paso acertado para mejorar las condiciones de competencia en sectores claves de la economía mexicana.
Dicha reforma considera gran parte de las propuestas presentadas por la izquierda democrática frente a los problemas derivados de la insuficiencia e insuficiente competencia, la elevada concentración y los abusos de la dominancia que nuestro país padece en diversos mercados de bienes y servicios, particularmente en las industrias de telecomunicación, radiodifusión y en algunos mercados de bienes de consumo básicos, como alimentos, bebidas y medicamentos, distorsiones que afectan a la mayoría de la población.
El dictamen aprobado en lo general en la Comisión de Economía el 20 de marzo de 2014 y que se nos presenta el día de hoy, crea un nuevo marco jurídico que permitirá combatir a las prácticas anticompetitivas, los acuerdos entre agentes económicos para subir precios, reducir el abasto y eliminar los abusos de empresas dominantes que siguen generando daños en la economía nacional y al bienestar de las y los mexicanos, en especial a las familias de menor ingreso.
Para nuestro Grupo Parlamentario es muy importante que se incluyan varias propuestas que consideramos centrales, entre ellas la incorporación de la definición de barreras a la competencia y libre concurrencia, con el objeto de impedir que los actos de los agentes económicos inhiban el acceso de otros competidores o eliminen la capacidad de competir en los mercados. Asimismo, la facultad de que el Ejecutivo federal determine el precio de los productos y de los servicios que se consideran necesarios para la economía nacional o el consumo popular.
Con esta propuesta los consumidores tendrán acceso a una gran variedad de bienes y servicios de calidad y a mejores precios, y los pequeños y medianos empresarios a insumos competitivos e innovadores.
En el PRD creemos que esta facultad es fundamental para evitar distorsiones económicas que afecten a las grandes mayorías, esto es, a los ciudadanos y sus familias que emitieron su voto para los 500 diputados que hoy estamos en esta Cámara.
Otros elementos del dictamen que consideramos importantes son que se faculte al pleno de la comisión deliberar por mayoría de votos los casos de las barreras a la competencia. En abono a la transparencia, se establece que la comisión deberá publicar la versión estenográfica de sus sesiones. Igualmente en materia de rendición de cuentas el comisionado presidente deberá comparecer anualmente ante la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De igual forma, deberá presentar a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión el programa anual de trabajo y un informe trimestral de los avances de las actividades de la comisión.
La comisión proveerá en las proporciones necesarias para eliminar los efectos anticompetitivos y así prevendrá o eliminará las barreras a la libre concurrencia y la competencia económica.
La comisión podrá incorporar en la existencia de los insumos esenciales las circunstancias bajo las cuales el agente económico llegue a controlar el insumo, como es la delegación, restricción de accesos en condiciones discriminatorios de un insumo esencial por parte de uno o varios agentes económicos.
Significativa es también la construcción de la autoridad investigadora como un ente administrativo interno, facultada para recibir, dar trámite o desechar las denuncias que se presenten ante la comisión por probables violaciones a la ley.
Se autoriza a la autoridad investigadora a que en las visitas de verificación no se afecte la capacidad de producción, distribución y comercialización de bienes y servicios de los agentes económicos.
Sin embargo, va una acotación en el artículo 66 del dictamen que otorga a las denuncias de la Secretaría y el Ejecutivo el carácter de preferencia y las exime de la obligación de cumplir con los requisitos de las denuncias. Esto va en contra de la autonomía de la Cofece, ya que puede ser usada como un medio de control a la comisión y puede politizar el inicio de investigaciones que libera estas denuncias del acreditamiento de la existencia de indicios suficientes, como tendría que hacerlo cualquier agente.
Se incrementa de 35 a 45 días el término para que los agentes económicos presenten el desahogo de las pruebas correspondientes. Se obliga a la autoridad investigadora a publicar en el Diario Oficial de la Federación un extracto del inicio de la investigación, con el objeto de que cualquier persona pueda aportar elementos durante el proceso de investigación y que se faculte a la comisión interponer controversia constitucional –termino, señor presidente– como órganos autónomos, en el caso de que el Congreso de la Unión o el Poder Ejecutivo federal, en el ejercicio de sus facultares.
En lo que respecta a la modificación del Código Penal federal, se reforma el artículo 254 Bis, con el objeto de incrementar la sanción mínima de tres a cinco años e incrementar el máximo de multa de tres mil a 10 mil días. Así también se adiciona como autoridad competente para seguir este delito al Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Para nadie es nuevo que la actual situación de nuestro país está marcada por una desmedida concentración de riqueza y con eso una sociedad abismalmente desigual.
México necesita del crecimiento económico, de desarrollo empresarial, de inversiones productivas que se traduzcan en mejores precios y calidades de mercancías y servicios. Avanzar hacia una consistente regulación antimonopólica es el objetivo. Y es por estas razones, entre otras, que los diputados y las diputadas del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática votaremos en lo general a favor de este dictamen. Por su atención, muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Quiero saludar y dar la más cordial bienvenida al diputado local de Querétaro, Enrique Correa Sada, que hoy aquí nos acompaña. Bienvenido, diputado.
También a un grupo de alumnos de la escuela telesecundaria Nezahualcóyotl, del municipio de Teotihuacán, estado de México, que nos acompañan hoy invitados por la diputada Lucila Garfias. Bienvenidas y bienvenidos todos a la sesión. Tiene la palabra el diputado Guillermo Sánchez Torres, del Grupo Parlamentario del PRD.
El diputado Guillermo Sánchez Torres: Buenas tardes, compañeras diputadas y compañeros diputados. La competencia económica y la libre concurrencia de los mercados son factores determinantes del desarrollo económico y social en el mundo moderno en que vivimos. En la medida en que prevalezca una competencia con reglas claras para todos los participantes, se dará una producción de bienes y servicios de calidad, a precios justos para los consumidores.
También significará que las empresas buscarán lograr cada vez mayores estándares de productividad en el contexto del binomio precio-calidad mencionado, a fin de cumplir con sus objetivos de rentabilidad.
En este sentido la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 28, establece que no deberán existir monopolios; en tanto que las acciones anticompetitivas deberán ser sancionadas.
La Ley de Competencia Económica que el Ejecutivo presenta a esta Cámara busca, entre otros temas, erradicar los monopolios; así como las acciones anticompetitivas, estableciendo claramente sus definiciones y la forma en que serán sancionadas, con lo que se abre paso a nuevos y mejores participantes en los distintos mercados, lo cual redundará en beneficio de los consumidores, con una oferta de mejor calidad en precios y en diversidad.
El PRD ha buscado desde su fundación erradicar la pobreza de nuestro país y en ese camino ha protegido a los más pobres, en tanto que ha impulsado programas de fomento para el desarrollo económico y social de nuestra nación.
Una forma de erradicar la pobreza es, sin duda, eliminando prácticas monopólicas y anticompetitivas, ya que ello dará por consecuencia una oferta de productos más diversos, a mejores precios y de mejor calidad.
Un ejemplo de lo anterior lo proporciona la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, la cual encontró que 30 por ciento del gasto familiar se lleva a cabo en mercados con problemas de competencia, lo que genera un gasto superior a 40 por ciento del que se daría en un mercado de libre competencia. Dicho de otra forma, la eliminación de monopolios equivaldría a aumentar el ingreso de los más pobres en 6 por ciento.
Si bien es fundamental eliminar los monopolios y evitar las acciones anticompetitivas, el PRD busca igualmente impulsar la competencia, con el fin de que los consumidores tengan más aparadores para elegir la mercancía que se van a llevar.
En ese sentido debe quedar muy claro que lo que se busca es beneficiar al consumidor y, en particular, a los consumidores más pobres.
Es estratégico para el país generar más empleos de calidad, lograr una más equitativa distribución del ingreso, que genere mejores niveles de vida y un mayor poder adquisitivo para los trabajadores; que incremente la demanda interna y mejore las ventas para las empresas mexicanas en general, no sólo que acaparen grandes franjas de mercado, es decir, las monopólicas.
Para el PRD es muy importante que se cuente con las herramientas necesarias para cuantificar el impacto económico de las prácticas anticompetitivas, así como de las concentraciones prohibidas, sobre todo, para el tema de desincorporación de activos, en donde la autoridad deberá contar con los fundamentos necesarios para evaluar los efectos negativos, así como la disminución de los mismos, conforme se efectúe una desincorporación, incluyendo la consideración de los efectos positivos de la misma en cuanto a la libre competencia.
En este sentido, nos parece de suma importancia en que la autoridad esté en condiciones de elaborar un estudio comparativo de alternativas de desincorporación, definiendo sus efectos positivos, así como la forma en que eliminará o disminuirá los efectos negativos de la situación actual.
Así como es relevante combatir los monopolios y las acciones anticompetitivas, nos resulta relevante impulsar a las pequeñas y medianas empresas, sustento primordial de una economía moderna. Por ello, es que la política de competencia económica debe ser vinculante con la política de fomento empresarial, incluyendo los grandes programas nacionales de fomento.
Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario del PRD votó a favor del presente dictamen, mismo que incluye diversas modificaciones propuestas por este partido, algunas de las cuales fueron presentadas por un servidor. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Voy a pedir a la Secretaría que dé cuenta de los artículos reservados.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Artículos reservados del proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica.
Artículos 2o., 66, 94 y 123, por la diputada Lilia Aguilar Gil.
Artículos 2o., 3o., 10o., 12o. fracción III, 24, 25, 31, 32, 37, 51, 56, 57, 60 fracción II, 71, 78, 80, 83 fracciones I, II, III, IV, V y VI, 85 Bis, adición, 94, 123, 126, por el diputado Adolfo Orive Bellinger.
Artículos 3o. 120, 129, 5o., por los diputados Carlos Augusto Morales, Zuleyma Huidobro y diputada Graciela Saldaña.
Artículos 3o., 12o., 57, por el diputado Carlos Fernando Angulo.
Artículo 7o., por el diputado Alberto Coronado Quintanilla.
Artículos 9o., 12o., por la diputada Aleida Alavez Ruiz.
Artículos 9o., 100., por el diputado Juan Luis Martínez Martínez.
Artículo 12o., por el diputado Fernando Belaunzarán.
Artículo 12o., por el diputado José Luis Muñoz Soria.
Artículo 12o., por la diputada María del Socorro Ceseñas.
Artículos 12o., 30, 102, por la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez.
Artículo 14, por la diputada Merilyn Gómez Pozos.
Artículos 30, por el diputado Carlos Fernando Angulo Parra, así como el 35.
Artículo 48, diputado Juan Carlos Uribe Padilla.
Artículos 49, 54, 65, 79, 123, por la diputada Purificación Carpinteyro.
Artículos 49 y 127 por el diputado Gerardo Villanueva Albarrán.
Artículo 55, diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez.
Artículos 55, 59, 61, 62, 123 por el diputado Guillermo Sánchez Torres.
Artículo 55 por la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo.
Artículo 60, diputado Carlos Fernando Angulo Parra.
Artículo 64, Carlos Fernando Angulo Parra.
Artículo 65, Juan Ignacio Samperio Montaño.
Artículo 65, de igual manera, por el diputado Fernando Zárate Salgado.
Artículo 75 por el diputado Carlos Fernando Angulo Parra.
Artículos 83, 91, diputada Beatriz Córdova Bernal.
Artículo 93, diputado Francisco Coronato Rodríguez, así como el 120.
Artículo 94, diputado Mario Sánchez Ruiz.
Artículo 97, diputado Ricardo Monreal Ávila.
Artículos 101, 102, Ricardo Mejía Berdeja.
Artículo 120, diputado Rodrigo Chávez Contreras.
Articulo 120, de igual manera, diputado Alfonso Durazo Montaño.
Artículo 120, José Antonio Hurtado Vallejo.
Artículo 123, diputada Luisa María Alcalde Luján.
Artículo 126, diputado José Luis Valle Magaña.
Artículo 131, diputado Jorge Salgado Parra.
El segundo del proyecto de decreto del Código Penal Federal, el 254 por la diputada Zuleyma Huidobro González.
Artículo 254 Bis por la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo.
Artículo 254 Bis por la diputada María Fernanda Romero Lozano.
Artículos transitorios del proyecto de decreto:
Tercero transitorio por el diputado José Luis Muñoz Soria.
La adición de un artículo transitorio por la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa.
Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Solamente para precisar, en el caso del diputado Fernando Zárate, es la adición del 65 Bis 1 y el 65 Bis 2.
El Presidente diputado José González Morfín: Voy a pedir a la Secretaría se abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados.
(Votación)
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: ¿Faltó algún diputado o alguna diputada por emitir su voto?
El diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (desde la curul): A favor.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se emitieron 397 votos a favor, 2 abstenciones, 45 en contra.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados.
El Presidente diputado José González Morfín: Tiene ahora la palabra, la diputada Lilia Aguilar Gil, para presentar su reserva al artículo 2o., también tiene reservados el 66, el 94 y el 123 párrafo primero.
Va a presentar sus cuatro reservas, pediría que tuviéramos también tolerancia con el tiempo de la diputada. Adelante, diputada.
La diputada Lilia Aguilar Gil: Muchas gracias, presidente. Presentaré estas reservas e iniciaré primero con la del artículo 2o., que tiene que ver con el objeto de la Ley de Competencia.
El objeto de la Ley de Competencia, como ya habíamos dicho en estricto sentido académico, tiene que ver con la entrega de valor a los usuarios del mercado, en este caso a los ciudadanos. Sin embargo, la competencia tiene finalmente, a nivel país y para nosotros como legisladores, un objetivo más grande y este objetivo tiene que ver con que ni tanto Estado, ni tanta iniciativa privada para poder manejar y controlar un mercado.
¿Y a qué nos referimos? Ni la mano invisible de Smith, ni la excesiva intervención del Estado a través, aparentemente de órganos que ahora son metagubernamentales como es la Cofece, no permitan el crecimiento del mercado interno de este país.
Cuando nosotros damos atribuciones sobre regulatorias para que una empresa pueda ser disuelta a petición del Ejecutivo, sin prueba dada, como lo contempla el artículo 66, entonces estamos enfrentándonos a dos problemas: primero la intervención de un órgano, que como he dicho, no es parte estructural de los tres Poderes de la Nación, sino que puede ser considerado metagubernamental, pero además de la capacidad de procedimiento digamos preferente que se le dará al Ejecutivo.
Nosotros que el artículo 2o. debe de incluir que el objeto de la ley no solamente es el de promover y garantizar la libre concurrencia, sino también el crecimiento productivo, industrial y económico de este país. ¿Por qué? Porque al contrario que con la nueva Ley de Competencia nosotros creemos que el problema de la falta de crecimiento en México viene desde hace más de 30 años como ya lo ha dicho el diputado Orive en esta tribuna; pues solamente de 2011 ahora en 1980 México es menos productivo.
Necesitamos acabar con la poca productividad de las empresas, específicamente de las Pymes y de las Mipymes. Si no hacemos objetivo de esta ley –específicamente– no solamente que regule mercados o que regule bienes y servicios, sino que tenga una visión más allá y que esa visión más allá sea la del crecimiento interno de este mercado, no la de disolver empresas, entonces nosotros estaríamos hablando de una ley completa.
Ésa, compañeras y compañeros diputados, es la primera reserva que nosotros estamos presentando. Es muy sencilla. Modificar el objetivo de esta ley para incluir no solamente el crecimiento económico sino también el crecimiento industrial y sectorial de este país como objetivo de la Ley de competencia, porque si no lo hacemos así entonces esta ley quedaría incompleta.
La segunda reserva que estoy presentando tiene que ver con el artículo 66 que da una atribución preferente al titular del Ejecutivo para iniciar procedimientos. Permítanme leerles para que ustedes sepan qué es lo que estamos discutiendo.
Dice el artículo 66: La investigación de la comisión iniciará de oficio a solicitud del Ejecutivo federal por sí o por conducto de la secretaría, de la procuraduría o a petición de parte y ésta estará a cargo de la autoridad investigadora. Ésta es la parte interesante, compañeros diputados, para aquéllos que evidentemente nos están escuchando, y sobre todo para los mexicanos que están interesados en esta ley.
Dice el artículo 66 actualmente: No será necesario que la solicitud de investigación presentada por el Ejecutivo federal o la procuraduría cumplan con los requisitos señalados por esta ley.
¿Qué es lo que estamos haciendo? Dándole no solamente un procedimiento preferente al titular del Ejecutivo y al titular de la Procuraduría de la Nación, sino que además estamos diciendo que pueden iniciar procedimientos sin aportar pruebas.
Hablemos de un Estado que no es que exista en este país, pero de un Estado autoritario; un Estado que quiera vengarse de una empresa o de un sector que no le apoyó en su campaña; o vayamos un poco más allá. Digamos que el titular de un gobierno quiere de alguna manera acabar con una empresa de una u otra manera. ¿Qué es lo que sucede? Se iniciará un procedimiento como dice este artículo 66 de oficio, y no tendrá que aportar definitivamente ninguna prueba el titular del Ejecutivo o el titular de la procuraduría.
Nosotros creemos que en un estado de derecho, el estado de derecho debe de guardar las formas y debe de garantizar los derechos para absolutamente todos. No pueden ser tratados diferente aquéllos que sean perseguidos o investigados por la Cofece –voy a utilizar investigados más que perseguidos–, solamente porque la solicitud haya venido por el titular del Ejecutivo o no haya venido por el titular del Ejecutivo.
Estamos hablando de los mercados de este país. Estamos hablando de los bienes y servicios que todos consumimos. No solamente estamos hablando de telecomunicaciones, que hoy está tan presente y tan de moda en esta Cámara de Diputados, estamos hablando de bienes y servicios estratégicos que son alimentos, que pueden ser inclusive insumos agrícolas y que estarán a la libre disposición de esta iniciativa presidencial. Esa, compañeras y compañeros, es la siguiente reserva que he presentado.
La final tiene que ver con el artículo 94, que considero uno de los artículos más debatibles y debatidos de esta iniciativa. Primero, hablar de la iniciativa ex ante. No se trata aquí de venir a defender específicamente a empresarios o a decir que las prácticas monopólicas u oligopólicas necesariamente no son atacadas por esta ley.
Esta ley debería de atacar evidentemente los monopolios y los oligopolios; la iniciativa ex ante ha preocupado mucho y creo que con justa razón al sector productivo de este país y proponemos, en el artículo 94, que tenga un fundamento, que no sea solamente porque haya, con una investigación de mercado, solamente una investigación de mercado, una presuposición de que una empresa o un sector pueda estar cayendo en prácticas anticompetitivas o sea un actor preponderante, cuando la Cofese pueda actuar.
Esto finalmente, en términos prácticos, es venir a decir que vamos a poner penas para poder prevenir los actos o los delitos que se puedan cometer. Esta es la reforma que estamos presentando en el artículo 94.
Creemos que la forma en que está estructurada esta iniciativa –y lo hemos dicho no solamente en esta tribuna, sino se lo dijimos frente a los comisionados, a la presidenta de la Cofese– creemos que hay atribuciones excesivas a un órgano regulador porque este órgano regulador puede definir no solamente si el gobierno puede o no ir a fijar precios o a controlar precios, porque la Cofese puede determinar el tipo de barreras e inclusive insumos estratégicos, porque la Cofese puede definitivamente desincorporar empresas —qué quiere decir esto—, entrar y dividir accionariamente a estas empresas, que es lo que causa el debilitamiento de un mercado interno que si bien necesita regularse, también necesita dejar que pueda crecer y llegar a ser productivo. Si no lo permitimos, nos estaríamos convirtiendo en un Estado que tiene un organismo meta-gubernamental que definitivamente estará al servicio del titular del Ejecutivo y que tomará decisiones sobre la economía del mercado de todos los mexicanos y donde las empresas, en muchos casos, no tendrán seguridad jurídica.
He escuchado del líder de la mayoría que el nombre del juego, cuando se afectan las instituciones, es precisamente éste: seguridad jurídica. Me parece que sobre todo las reformas al artículo 94 deben darnos esta seguridad jurídica para que el mercado interno pueda no solamente solidificarse con reglas claras y con la debida intervención de Estado para que podamos competir como debe de ser en el mercado global. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las propuestas de la diputada Lilia Aguilar.
El secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia se desechan. Tiene la palabra el diputado Adolfo Orive, para presentar también sus reservas a distintos artículos.
Aprovecho para darle la bienvenida a un grupo de alumnos de la escuela Preparatoria Alfonso Calderón Moreno, de la ciudad de Puebla, que están aquí invitados por el diputado Javier López Zavala. Bienvenidas y bienvenidos todos.
El diputado Adolfo Orive Bellinger: Con su venia, diputado presidente. Con fundamento el artículo 111 del Reglamento de esta Cámara y con el fin de desahogar en este mismo acto los 21 artículos que me he reservado para su discusión en lo particular, le solicito me conceda la ampliación del tiempo necesario para tal efecto.
El Presidente diputado José González Morfín: Así será, diputado. Adelante.
El diputado Adolfo Orive Bellinger: Como complemento a lo propuesto por la diputada Lilia Aguilar que me antecedió en el uso de la palabra, debe adicionarse un segundo párrafo a los artículos 2 y 10 del dictamen para establecer que la interpretación de las disposiciones se hará de manera armónica con lo dispuesto en el artículo 25 constitucional que prevé la rectoría estatal del desarrollo nacional, la concurrencia de los sectores público, privado y social, las áreas estratégicas, las áreas prioritarias, la competitividad, la productividad, la sustentabilidad y la política nacional para el desarrollo industrial sobre insumos esenciales y barreras a la competencia y libre concurrencia.
Para este caso, las definiciones actuales castigan a los productos que los agentes económicos detentan por cuestiones de mejoras en la eficiencia derivados de inversiones, innovación y tecnología, mejoramiento de los procesos productivos en las capacidades organizacionales y productivas, entre otros. Todas estas características que son fundamentales para el incremento de la productividad y el desarrollo económico.
La definición de barreras a la competencia y a la libre concurrencia, incluida en la fracción IV del artículo 3o del dictamen, invade las facultades legislativas y reglamentarias de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de los distintos órdenes de gobierno como mencioné en mi intervención anterior, por lo que coloca a un órgano no electo y con déficit democrático por encima de los poderes electos, lo que además atenta contra la rectoría estatal prevista en el artículo 25 de la Constitución.
En el artículo 60 del dictamen, que es el referente a los aspectos que debe considerar la Cofece para determinar la existencia de un insumo esencial, si bien en la fracción I se acotó a que los agentes económicos cuenten con poder sustancial, al mismo tiempo, en la fracción IV se señala a las circunstancias por las que el agente económico controla el insumo sin mencionarlas en específico, y peor aún, en la fracción V, se abre la puerta a una enorme incertidumbre jurídica y a un grado de discrecionalidad sin parangón para la Cofece, al señalarse que también se considerarán los demás criterios que se establezcan en las disposiciones regulatorias que emita la misma Cofece, es decir, gracias a criterios totalmente subjetivos.
Por lo que respecta al artículo 94 del dictamen, que reglamenta el procedimiento de investigación para insumos esenciales y barreras a la competencia, si bien circunscribe el inicio del procedimiento de investigación a cuando hayan elementos que hagan suponer que no existen condiciones de competencia al mismo tiempo resultan excesivos por invadir las facultades constitucionales de las autoridades públicas y por colocar a la Cofece por encima de éstas.
Desincorporación
Si bien se tiene plena consciencia de que esta figura ya estaba regulada en el artículo 37 de la ley vigente, y de que en la reforma constitucional se le contempló expresamente en el artículo 123 del dictamen, preocupa que se le otorgue un poder de este alcance y de manera tan laxa a la Cofece, pues se trata de una medida extrema que, por ejemplo, en más de 120 años desde que se expidió la Ley Sherman en Estados Unidos de Norteamérica ha sido invocado en contadas ocasiones, Standard Oil, AT&T, Paramount, General Motors, Microsoft, y solamente aplicado en dos casos: Standard Oil en 1911 y AT&T EN 1984.
Visitas de verificación
La disposición contenida en la fracción III del artículo 12 del dictamen que faculta a la Cofece para efectuar visitas de verificación sin estar vinculadas necesariamente a un procedimiento de investigación atenta contra el principio de seguridad jurídica establecido en el párrafo segundo del artículo 14 constitucional que prevé que nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho, cuestión que no aplica la Ley de Competencia Económica que ha sido aprobada en lo general.
Disposiciones Regulatorias
En el dictamen a discusión el legislador federal renuncia a su papel como tal y transfiere a un órgano no electo la facultad de regular materias fundamentales para el correcto desempeño de la Cofece, como son: emisión de directrices, guías, lineamientos y criterios técnicos en materia de imposición de sanciones, prácticas monopólicas, concentraciones, investigaciones, poder sustancial, mercados relevantes y las que sean necesarias; atribuciones de la autoridad investigadora; prácticas monopólicas relativas; marcado relevante; poder sustancial; insumos esenciales; concentraciones; desahogo de denuncias por parte de la autoridad investigadora; y de más.
Causas objetivas
El artículo 71 del dictamen establece que el inicio de las investigaciones por prácticas monopólicas y concentraciones requiere de una causa objetiva, a la que se define como sinónimo de indicio, lo cual no lo es.
Lo anterior no cumple con el criterio de objetividad, pues está sujeta a la interpretación que los integrantes de la Cofece le den a los indicios y, en ese sentido, puede prestarse a discrecionalidad y a arbitrariedades generando incertidumbre y violando los principios constitucionales de seguridad jurídica.
Autoridad Investigadora
La autoridad investigadora detenta gran poder en la Cofece, pues conforme al artículo 26 del dictamen es la encargada de desahogar la etapa de investigación y es parte en el procedimiento seguido en forma de juicio.
Es una agrave omisión del legislador federal que pee a la reserva de ley para regularla en el dictamen se dejen sin atender aspectos tan importantes de la misma, como los requisitos para ser titular, sus impedimentos y escusas, y de más.
Autoridad resolutoria. En el caso de la autoridad resolutoria, es mucho más acentuada la omisión del legislador para regularla, pues sólo se hace referencia al órgano encargado de la instrucción en dos preceptos y al comisionado ponente únicamente en la fracción VI del artículo 82.
Contraloría interna. Deben encauzarse las facultades de dicho órgano, pues se centran en el aspecto presupuestal y en la revisión a posteriori, pese a que constitucionalmente la Contraloría de la Cofece no está restringida a dichos aspectos. La propuesta es que la Contraloría pueda revisar y evaluar, a partir del plan de trabajo anual y los informes trimestrales de la Cofece, el actuar de ésta.
Ejercicio de las acciones por daños y perjuicios. El artículo 126 del dictamen plantea que quienes sufran de daños y perjuicios podrán ejercer las acciones judiciales conducentes hasta que exista una resolución firme de la Cofece, lo que atenta contra el principio de justicia expedida previsto en el párrafo segundo del artículo 17 constitucional. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Le ruego a la Secretaría consulte a la asamblea en votación económica si se admiten a discusión las propuestas del diputado Orive.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia se desechan. Tiene la palabra el diputado Carlos Augusto Morales López, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar su propuesta de modificación al artículo 3o, fracción IV. Me informan que el diputado Carlos Augusto Morales retira su reserva.
Tiene la palabra la diputada Graciela Saldaña Fraire, para presentar una propuesta de modificación... tendría que darle antes el uso de la voz al diputado Carlos Angulo Parra, que va a presentar tres reservas y la primera es al artículo 3o, fracción IV. También el artículo 12 y el artículo 57. Adelante, diputado. Le pediría que le pusieran 9 minutos para que presentara las tres reservas conjuntamente.
El diputado Carlos Fernando Augusto Parra: Gracias, presidente. Compañeras y compañeros legisladores, debemos de tomar en cuenta que esta Ley Federal de Competencia Económica que estamos discutiendo es un instrumento legal que nos va a dar una certidumbre, pero muy clara, para combatir las barreras a la libre concurrencia, los monopolios, etcétera, y no como lo que hemos tenido por desgracia hasta este momento, una autoridad reguladora muy débil. Sin embargo, debo hacer mención que esta iniciativa respecto a las facultades de la autoridad reguladora se fue al otro extremo de que tiene una serie de facultades muy indefinidas, que puede poner en riesgo la certeza y seguridad jurídica de hacer negocios en el país, que es una situación que es de preocupación.
Y me voy a explicar en relación con algunas circunstancias de la cultura a las barreras de la competencia económica que hemos desarrollado en el país, las derivadas de políticas públicas que fueron muy exitosas, pero fueron políticas públicas que impidieron el desarrollo de la libre concurrencia en los mercados en el país.
Esa cultura se desarrolló como consecuencia de lo que se denominó el desarrollo estabilizador. Años cuarentas, cincuentas y sesentas, y una cierta parte de los años setentas, al principio.
La cultura de establecer barreras a la competencia la generó el propio gobierno como una política pública de generar monopolios, protegidos para los efectos de desarrollar la industria en el país. Y de ahí en adelante, cuando México entra al mundo de los tratados de libre comercio con gran parte de las naciones desarrolladas del mundo, pasamos entonces a otra etapa cultural que choca con esa cultura de proteccionismo, que se desarrolló dentro y fuera del país para proteger a los mercados de las empresas mexicanas.
Esto nos trae como consecuencia que gran parte de las barreras a los mercados han sido generados y generadas estas barreras en todo tipo de mercados por políticas públicas que el gobierno tiene que eliminar, pero no las ha eliminado en su totalidad ni gran parte de esas barreras derivan de esas políticas públicas.
Esta ley de competencia económica, en sus artículos 13, 12 y 57 en diversas partes de los artículos trae un enfoque de darle autoridad plena a la Cofece, para los efectos de regular barreras a la competencia y libre concurrencia, señalando que cualquier característica estructural del mercado, hecho o acto en donde intervengan los agentes económicos que tengan por objeto impedir el acceso de competidores o limitar su capacidad para competir en los mercados, tiene mandato de ley la Cofece para encargarse de ellos.
Debo de mencionar lo siguiente, muchas barreras de este tipo –como ya lo he dicho– son generadas por políticas públicas del gobierno. Pero, por el otro lado, hay situaciones naturales del mercado, que sin ninguna intervención ilegal de ningún agente económico, inclusive ninguna intervención del gobierno son generadas espontáneamente.
Si le damos facultades a la Cofece de intervenir para que esos mercados fluyan de una manera adecuada, estamos poniendo en riesgo la seguridad y la certeza jurídica que toda nación desarrollada debe de tener. Y vamos a estar mandando un mensaje claro al extranjero de que no hay reglas del juego definidas en México.
Eso no nada más afecta a particulares que se puedan ver impedidos en el desarrollo de sus negocios, a pesar de que no han hecho ningún acto ilegal y tengan que hacer cambios sustanciales en sus esquemas de negocios; a pesar de esa no violación de la ley. Esto manda una señal de incertidumbre hacia los inversionistas, tanto nacionales como extranjeros.
Entonces, lo que estoy proponiendo, compañeras y compañeros, es hacer cambios a los artículos 13, 12 y 57 con el siguiente enfoque, es un enfoque muy claro. Que la Cofece tenga estas facultades que acabo de mencionar, pero que estas facultades estén constreñidas a la generación de políticas públicas que garanticen la libre concurrencia en los mercados, para los efectos de eliminar todas estas barreras creadas por el gobierno de una manera vinculatoria.
Tenemos, por un lado, actualmente una facultad totalmente amplia que puede afectar al gobierno y puede afectar a los particulares. Pero, por el otro lado, en el artículo 12 las facultades de la Cofece están constreñidas a emitir opiniones, y con simples opiniones no se pueden cambiar políticas públicas.
La propuesta es que haya facultad de resolver por parte de la Cofece para cambiar políticas públicas que estén haciendo estos impedimentos en la libre concurrencia en los mercados. Sin embargo, en relación con particulares, que a los particulares la Cofece los pueda sancionar y perseguir por la realización de prácticas monopólicas absolutas, prácticas monopólicas relativas, la realización de carteles y colusiones, concentraciones no autorizadas, abusos en el dominio de los mercados, violaciones a la Ley de Competencia Económica en general, que tengan como consecuencia que no haya una libre concurrencia y competencia pareja en los mercados. Solamente en esos casos la Cofece tendría facultades.
Los órganos reguladores en los países del mundo tienen facultades constreñidas a regular los mercados en relación con violaciones establecidas previamente a la ley. La propuesta de su servidor es que esa regulación de mercados sea procedente, siempre cuando sea ocasionada por políticas públicas causadas por el propio gobierno, y obviamente, que tenga la suficiente autoridad y que tenga los efectos jurídicos de mandato, de autoridad. Que la Cofece lleve a cabo esta regulación de los mercados mediante el cambio exclusivamente de políticas públicas.
Entonces, compañeras y compañeros, tenemos la siguiente disyuntiva: o le damos estas facultades plenipotenciarias que actualmente la Cofece tiene conforme a la ley, mandando una señal de que en México llevar a cabo un negocio no garantiza que haya seguridad y certeza jurídica en las leyes previamente establecidas; o hacer un mandato muy claro para la Cofece de que cambie lo que se tenga que cambiar en las políticas públicas para hacer que los mercados fluyan de una manera adecuada, obviamente respetando el orden constitucional, en el sentido de que si hay situaciones de seguridad nacional, de seguridad pública, etcétera, se tendrán que atender esas situaciones y luego atender las situaciones de concurrencia de los mercados, que no entra en conflicto esa situación.
Ésta es la propuesta que presento ante ustedes, para los efectos de dar esa seguridad y certeza jurídica que requerimos, para darle la suficiente autoridad a la Cofece para castigar las acciones que atentan contra el mercado, cometidas por los particulares, y para cambiar las políticas públicas del país, que por generaciones y por cultura jurídica se han venido estableciendo a través de los años. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las propuestas del diputado Angulo.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia se desechan. Tiene la palabra la diputada Graciela Saldaña Fraire...
La diputada Purificación Carpinteyro Calderón (desde la curul): Presidente, no está clara la votación. Tablero, por favor, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Diputada, es muy claro. Repita, por favor, la votación. Creo que está muy claro, lamento decirle.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión las propuestas del diputado Angulo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Se desechan. Tiene la palabra la diputada Graciela Saldaña Fraire, para presentar su propuesta de modificación al artículo 5o., párrafo segundo.
La diputada Graciela Saldaña Fraire: Gracias. Con su permiso, presidente. Diputadas y diputados, con fundamento en lo establecido en el artículo 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados, del Congreso de la Unión, el Grupo Parlamentario del PRD, el Partido de la Revolución Democrática, me permito presentar las reservas a los artículos 1o. y 2o. del decreto por el que expide la Ley Federal de Competencia Económica, y se reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal. Se presenta a la Comisión de Economía, para quedar de la siguiente forma.
Si procede el otorgamiento de facultades concurrentes a ambos órganos, en un plazo de 10 días, en el momento en el que alguno de los órganos mencionados en el párrafo anterior tenga información de que el otro conoce de un asunto que a aquél le corresponda, le solicitará le remita el expediente respectivo.
Si el órgano solicitado estima no ser competente, deberá remitir el expediente dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la solicitud.
Si considera que lo es, en igual plazo hará saber su resolución al órgano solicitante, en cuyo caso suspenderá el procedimiento y remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito Especializado en Materia de Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, quien fijará si procede el otorgamiento de facultades concurrentes a ambos órganos en un plazo de diez días.
Esta modificación que nosotros hacemos al artículo 5º, definitivamente tiene qué ver con un punto que es importante, como ya lo mencioné en la primera parte, que es la concurrencia. Quedar como está en este momento, finalmente, no es una situación flexible y lo que se requiere es precisamente tener, no debe tener esa rigidez y que puedan resolver de forma más pronta y expedita. Es cuánto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Consulte a la asamblea, en votación económica, si se somete a discusión la propuesta.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. En consecuencia, se desecha. Tiene la palabra el diputado Alberto Coronado Quintanilla, para presentar su propuesta de modificación al artículo 7o.
El diputado Alberto Coronado Quintanilla: Compañeras y compañeros, muy buenas tardes. Dice el dicho y dice bien, que es de bien nacidos ser agradecidos. La mejor forma de agradecer a nuestros padres, a nuestros maestros, a nuestros amigos que nos han apoyado para estar aquí, la mejor forma de agradecer a nuestra gente, a nuestro México, es creando leyes que den resultados positivos a México, resultados que disminuyan la diferencia que hay entre el que más y menos tiene.
Al día de hoy el resultado no es halagador. Caída en el crecimiento del empleo. En enero de 2012 se crearon 70 mil empleos en el Seguro Social. Se registraron 70 mil nuevos empleos en el Seguro Social. En enero de 2013 se registraron 40 mil nuevos empleos. Ahora, en enero de 2014 se registraron 20 mil nuevos empleos.
Tenemos una caída casi del 80 por ciento en la caída en la generación de empleos, y lo único que nos piden cuando andamos en campaña, lo único que nos pide nuestra gente son empleos. Es un empleo, un mejor empleo.
Caemos en generación de empleos y aumentamos en secuestros. Caemos en generación de empleos y aumentamos en extorsión. Extorsión a los más pequeños. Extorsión a los que están fuera de los círculos de poder. Extorsión a los generadores de empleos, a esas pequeñas empresas, a esas Pyme que no tienen la protección de los poderosos. Ahí es donde se está extorsionando y ahí es donde se está pegando a la generación de empleos.
Este artículo 7 de la Ley de Competencia, el cual autoriza a los sindicatos a ser monopolios, es a todas luces en contra del desarrollo de México. Es en contra del verdadero espíritu y razón de ser del sindicalismo mexicano.
No podemos seguir manchando la vida sindical con este tipo de acciones. No podemos seguir ofendiendo a miles de líderes sindicales comprometidos con su gente, con este tipo de leyes que representa la parte oscura del sindicalismo mexicano que representa una ridícula minoría corrupta que a la sombra de instituciones con intención sana, con intenciones de apoyar a los que menos tienen. No podemos permitir que se siga desprestigiando el sindicalismo en México.
Compañeras y compañeros del PRI; diputado Beltrones; Presidente Peña Nieto: hoy ustedes tienen la oportunidad de transformar a México, tienen la oportunidad y el deber de dar resultados por el bien de millones de familias mexicanas que malviven con un ingreso de menos de 15 mil pesos mensuales.
Por ello, porque es nuestra responsabilidad, porque es nuestro deber, los invito a que trabajemos para acabar con las prácticas monopólicas y corruptas de una minoría de líderes sindicales y fortalecer a miles de líderes sindicales honestos, líderes sindicales que honran la razón de ser del sindicato.
Los invito a que votemos a favor de esta reserva y no a favor de que sean monopolios los sindicatos. Por su atención y apoyo, muchas gracias.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado Coronado Quintanilla.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Tiene el uso de la voz, hasta por tres minutos, la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario.... Perdón. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la propuesta del diputado Coronado. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias. Ahora sí tiene el uso de la voz, hasta por tres minutos, la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada Aleida Alavez Ruiz: Con su venia, diputado presidente. Me refiero al artículo 9o. del dictamen de la Ley Federal de Competencia que estamos discutiendo y que creo necesario rescatar que hay diferentes contenidos que obviamente nos quedan con toda la duda de cómo respaldar si venimos mermando facultades a la Cámara de Diputados.
El Congreso de la Unión, y en particular esta Cámara de Diputados, tiene un enorme compromiso con la sociedad mexicana, fundamentalmente en aquellos asuntos que pueden detonar una cascada de problemas como lo es el tema de los precios de bienes y productos socialmente necesarios.
El modelo neoliberal se ha esmerado en ir eliminando línea tras línea lo que históricamente fuimos construyendo como nación desde el aspecto social. Los paladines del modelo encuentran los resquicios que les permiten invadir esferas que están dadas a los poderes públicos. De ahí que el tema de la definición de precios máximos a los bienes y servicios no puede quedar en una lógica de otorgarle la facultad de definirlos a un solo poder, el Ejecutivo, que sólo defiende los intereses de la libre concurrencia, las prácticas antimonopólicas de fachada, los intereses oligopólicos, el acaparamiento en el proceso de distribución de los productos básicos.
El Poder Legislativo –por lógica– debe participar en la determinación de estos precios, más aún cuando está en juego la viabilidad alimentaria de la población, como actualmente sucede con el limón y el aguacate, y años atrás con el maíz y la tortilla.
La inacción por parte de los gobiernos para enfrentar estas situaciones ha afectado a la economía familiar sin que a ésta se le reintegre el pago extra de estos productos, porque la lógica neoliberal sólo ve la ganancia por la ganancia misma y en ningún momento propiciará una baja de precios que beneficie a la sociedad en estos casos.
En este asunto también tiene que ver la prestación de bienes y servicios como lo es el pago de la luz, el gas y la gasolina, porque la política gubernamental instaurada en este contexto ha sido sólo para incrementar mes a mes los precios y, a pesar de que lo difunden en los medios con una enorme campaña a la reforma energética, lo cierto es que bajo este modelo los precios no disminuirán.
Por lo tanto, llamo la atención para que este Congreso no evada estas responsabilidades y que es importante que el Congreso de la Unión tenga facultades para definir precios máximos y se tenga un control efectivo. Además, debe establecerse con claridad las autoridades competentes que evitarán y sancionarán la práctica indebida que dé lugar al acaparamiento o especulación de bienes y servicios del consumo popular.
De tal suerte se solicita a este pleno aprobar la propuesta de modificación al artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica. No sigamos restándonos facultades y hagámonos cargo de que esta vigilancia de los precios máximos tiene que ser también de la Cámara de Diputados. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputada. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea en votación económica si se admite a discusión la reserva presentada.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desecha. Proceda el diputado Juan Luis Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano a presentar su reserva respecto del artículo 9 y artículo 100 debidamente registrados.
El diputado Juan Luis Martínez Martínez: Compañeras y compañeros, vengo a presentar una reserva al artículo 9 de la Ley de Competencia Económica, no sin antes dejar pasar por alto el aniversario del nacimiento del Benemérito de las Américas, Benito Pablo Juárez García.
Es una vergüenza, una aberración, una ofensa al pueblo de México que este Congreso no se haya dado ningún tiempo para leer alguna efeméride que le sirva a los niños, a los jóvenes, pero sobre todo a los políticos para que les refresque la memoria de que tenemos que ser patriotas, garantes de la soberanía nacional y no ser auténticos levanta dedos, vendepatrias y traidores al pueblo de México.
Gracias a los regímenes emanados del PRI, México posee una vasta experiencia en lo que se refiere a efectos negativos derivados de su intervención discrecional en el ámbito de la economía por parte de políticos en cargos decisorios.
El artículo 9 de la ley en discusión parece seguir apuntando en el mismo sentido. El mencionado artículo es una expresión de la concentración de poder en la figura del Ejecutivo, incluso en ámbitos cuyas complejidades técnicas debieran obligar a algún tipo de contrapeso, pues la aplicación de precios máximos en la economía debe ser manejada con sumo cuidado pues fácilmente puede generar efectos perjudiciales.
Vale la pena repasar la teoría económica y recordar que el precio de un producto en el libre mercado es resultado de la interacción de la oferta y la demanda. El punto de equilibrio es donde las dos partes, el oferente y el demandante, acuerdan comerciar una cantidad a su respectivo precio. Sin embargo, el Estado puede intervenir restableciendo mínimos y máximos de precios, lo cual si no se hace de forma adecuada, puede ser contraproducente.
Los mercados negros son la reacción del mercado frente a la oposición estatal; son usualmente tolerados por las propias autoridades encargadas de controlarlos, muchas veces conscientes de que es la única forma de restablecer la racionalidad económica, pero fomentando la ilegalidad y la informalidad.
Asimismo, se dificulta la elaboración de proyectos y la contabilidad de las empresas que se basan en números que en este momento le agradaron a la autoridad y no en precios en el sentido técnico de la expresión. Aunado a esto, se puede mermar el espíritu empresarial del sector, pues ante la imposibilidad de obtener beneficios legalmente, por culpa de los precios máximos, los empresarios desvían su actividad hacia sectores no intervenidos, agravándose aún más el problema de escasez.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de la comisión la siguiente reserva al artículo 9 del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica y se reforma el artículo 254 Bis del código de referencia. Único. Se reserva el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica para quedar como sigue: Para la imposición en los términos del artículo 28 constitucional de precios máximos a los bienes y servicios necesarios para la economía nacional, el consumo popular, ésta quedará como sigue.
Fracción I. Corresponde a la Comisión determinar los productos que podrán sujetarse a precios máximos siempre y cuando no existan condiciones de competencia efectiva en el mercado relevante de que se trate, ni se propicie la aparición de mercados ilegales e informales.
Fracción II. La Secretaría, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias o entidades y previa opinión de la Comisión, fijarán los precios máximos que correspondan los bienes y servicios determinados conforme a la fracción anterior con base en criterios que eviten insuficiencia en el abasto y distorsiones negativas del mercado.
La Secretaría podrá concertar y coordinar con los productores, distribuidores, las acciones o modalidades que sean necesarias en esta materia, procurando minimizar los efectos sobre la competencia y la libre concurrencia. Es cuanto, compañeras y compañeros.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado Juan Luis Martínez Martínez.
Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada.
El secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. Tiene el uso de la voz el diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para exponer las razones que sustenta su reserva.
El diputado Fernando Belaunzarán Méndez: Con su venia, diputado presidente. Ya pasaron las grandes reformas constitucionales, ahora vienen las leyes secundarias de esas reformas constitucionales, y nos vamos a encontrar con el mismo problema.
Las reformas secundarias están de acuerdo conforme, acorde con las reformas constitucionales que aprobamos o, en su caso, se disminuyen incluso, o son contradictorias en algunos casos con lo que dijimos y aprobamos en la Constitución.
Aquí, incluso, habrá quien nos pueda decir, si es que no somos sensibles a esto, que somos esquizofrénicos, porque aprobamos algo en la Constitución y cuando llegan las leyes secundarias no ponemos lo que pusimos en esa Constitución.
Estamos viendo que ése va a ser el debate que viene en la Ley de Telecomunicaciones. Vamos a ver, y yo aprovecho para hacer un llamado a la serenidad, a que serenamente constatemos si lo de la Constitución corresponde a las leyes secundarias.
Pero eso que seguramente se hará en su momento, y espero que los senadores hagan su trabajo al respecto referente a la Ley de Comunicación, en competencia económica lo que estamos viendo es que o hay una correspondencia exacta en todos los puntos.
Aquí voy a leer la Constitución, primero. La Constitución dice que la Comisión Federal de Competencia Económica, cito: contará con las facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, entre ellas la de ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia, regular el acceso a insumos esenciales y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.
Bueno, eso que pusimos en la Constitución sería bueno establecerlo en la ley secundaria. Me parece que esta ley sí incorpora esencialmente lo que pusimos en la Constitución, por eso es que voté a favor en lo general, pero este punto que es clave no aparece en la ley secundaria.
Por eso estoy proponiendo que en el artículo 12, en donde vienen las competencias de la Comisión Federal de Competencia Económica se agreguen tres incisos: el g) Identificación de insumos esenciales; h) Eliminación de barreras a la entrada y salida; e i) Desincorporación de activos.
No estoy pidiendo nada que no hayamos puesto ya en la Constitución, pero no viene esto que pusimos en la Constitución en ningún lado en la ley secundaria que estamos aprobando.
Por eso, a pesar de que –insisto– creo que es buena ley que estamos votando, y por eso voté a favor y apoyaré todo aquello que sirva para fomentar la competencia y establecer medidas antimonopólicas, por eso es que estoy presentando simplemente un agregado para establecer lo que ya pusimos en la Constitución, en la ley secundaria, y de esa manera ser consecuentes con lo que hicimos, ¿quiénes?, nosotros, no sólo institucionalmente como cada diputado, sino que nos tocó a esta Legislatura hacer la reforma constitucional correspondiente.
Y por un hecho de consecuencia, de congruencia y de homologación de la Constitución con la ley secundaria es que hago esta propuesta y esta reserva. Si estoy diciendo que es una buena Ley de Competencia Económica, pues la haría mejor si en este punto también es consecuente con la Constitución. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado Belauzarán. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva propuesta.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por el diputado Belauzarán. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desecha. Proceda el diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, a sustentar su reserva hasta por tres minutos.
El diputado José Luis Muñoz Soria: Con el permiso de la asamblea. Creo que uno de los aspectos más importantes que deberíamos atender en todas estas reformas, en todas estas entidades que se están formando, con base en las reformas estructurales que se han aprobado, el aspecto más importante tiene que ver con las cuestiones de transparencia, con las cuestiones de fiscalización y de rendición de cuentas.
Aunque lo hemos planteado de esta manera hemos tenido un obstáculo permanente a que pudieran aprobarse estas reservas, que van orientadas a lo que desde mi punto de vista es satisfacer en dar una respuesta a la sociedad, que es lo que está reclamando, pero además ubicar con mucha claridad cuáles deberían de ser las funciones de estas entidades que estamos resolviendo.
Tengo una reserva al artículo 12 que tiene que ver con las atribuciones de la Comisión, y sería la fracción IV de este artículo 12. La Comisión tendrá las siguientes atribuciones.
Fracción IV. Establecer acuerdos y convenios de coordinación con las autoridades públicas para el combate y prevención de monopolios, prácticas monopólicas, concentraciones ilícitas, barreras a la libre concurrencia y la competencia económica y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados. Establecer un sistema de monitoreo y búsqueda de información permanente para garantizar la implementación de una política de competencia proactiva. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado Muñoz Soria. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desecha.
Tiene el uso de la voz hasta por tres minutos, la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Partido de la Revolución Democrática, para exponer las razones que sustentan su reserva. Se aclara que es artículo 12 y la adición de dos al de los transitorios.
La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa: Gracias, presidente y con su permiso. Buenas tardes, compañeras y compañeros. El día de hoy será aprobada la nueva Ley Federal de Competencia Económica. Estamos convencidas y convencidos que enfrentar cualquier práctica anticompetitiva o de concentración que afecte la competencia en el mercado representa un avance, sin embargo este Congreso debería presentarse siempre como a la vanguardia en el mundo y no conformarse sólo con legislaciones incompletas en cada materia.
La Comisión de Economía nos presentó 35 modificaciones, algunas incluso de ortografía, pero todas son señaladas como preocupaciones incorporadas por expresiones de diversos sectores y grupos parlamentarios. Recordarles que solamente tenemos conocimiento de la realización de un solo foro, un foro solamente.
Debo trasmitirles algunas preocupaciones con las que muchos y muchas legisladoras nos quedamos después de esas modificaciones incorporadas.
1. Esta nueva Ley es el resultado de una demanda constante y permanente de sectores sociales, y millones de consumidores que han sido afectados sus ingresos por una alta concentración de agentes económicos en diversos sectores de la economía, trayendo como consecuencia el encarecimiento desmedido de bienes y servicios, dañando la economía de las y los ciudadanos del país;
2. Existe una omisión específica del mecanismo o criterios específicos para determinar la preponderancia en materia de telecomunicaciones y se estableció un porcentaje, ¿por qué en esta no?
3. Para la elaboración de su programa anual a la Cofece no se le ordena que incluya un monitoreo de sectores de la economía para determinar riesgos de la competencia;
4. Nos parece que la determinación del insumo esencial, la comisión debiera de ser más específica y no dejar ningún margen a la interpretación del mismo concepto;
5. Sobre las solicitudes para el inicio de una investigación, nos parece que tanto el Ejecutivo y la Procuraduría debieran estar sujetos a cumplir con todos los requisitos establecidos por la ley;
6. Nos parece un error dejar fuera la aplicación de las visitas de verificación con carácter sorpresivo, pues esta nueva figura tenía la virtud de evitar la manipulación de documentos y de información económica y, por lo tanto, contar con mayores elementos para realizar una investigación integral;
7. No se incluye la figura de un consejo consultivo, tal y como sí se realizó en la reforma de telecomunicaciones para coadyuvar en sus tareas con la inclusión de honorables ciudadanos especialistas en la materia, que fortalezcan las opiniones, legitimidad y transparencia del órgano.
Estas son algunas objeciones que vemos en las modificaciones hechas por la comisión dictaminadora. Creemos firmemente que cuando se toma la determinación de afrontar el poder fáctico que generan las altas concentraciones y los intereses económicos, muchos en el sector público se vuelven mucho muy conservadores.
Las modificaciones realizadas en el 2011 y en la misma materia contempló la incursión de una nueva figura, las acciones colectivas, como un instrumento ciudadano contra el abuso y poder de las grandes empresas.
Si bien está vigente este ordenamiento, el alcance y su propio diseño pareciera que intenta dificultad la vigencia de derechos. Ni el Ejecutivo ni la Comisión de Economía fortalecieron este instrumento para resarcir los daños causados a los consumidores.
Por último, quiero señalarles que en España recientemente se aprobó una legislación muy parecida en esta materia, pero es un órgano mucho más sólido. En aquel país no se regularizó a los órganos reguladores, por el contrario, la Comisión Nacional de la Competencia y los Mercados es el organismos que garantiza la libre competencia y regula todos los mercados y sectores productivos de la economía española, para proteger a los consumidores.
Recientemente se han aprobado una serie de reformas en materia financiera y energética, con grandes retos para los organismos encargados de regular las actividades de los agentes económicos.
No estamos convencidas ni convencidos de que su diseño pueda afrontar las enormes tareas que se le vienen encima. La Ley Federal de Competencia Económica por este motivo debiera ser un instrumento fuerte, con mandatos puntuales, sin posibilidad de confusión. Por eso nuestra insistencia y la pertinencia de nuestras propuestas.
En el artículo 12, en su fracción XII, agregar después de donde dice: emitir opinión, con carácter vinculante; y al finalizar el párrafo de dicha fracción, incorporar o agregar: dichas opiniones deberán publicarse. Mismas frases son la solicitud que se hace de la reforma en la fracción XIII del artículo 2.
Dos nuevos transitorios. Uno que tiene que ver, que sería el cuatro, por así decirlo, que en un plazo no mayor a 120 días se creará el Consejo Consultivo de la Comisión Federal de Competencia Económica, integrado por miembros honorables y encargado de fungir como órgano asesor de la observancia de los principios establecidos en el artículo 28 constitucional.
Otro transitorio que se derivaría del anterior, que en un plazo no mayor de los 120 días la comisión determinará y publicará los porcentajes máximos para decretar la preponderancia y nivel de competencia en cada uno de los mercados, lo cual dará certeza a los agentes económicos y consumidores.
Lamentamos mucho que se envió formalmente de manera institucional a la Secretaría de Economía las observaciones y preocupaciones con respecto al proyecto de la ley que se está discutiendo y próximamente a votación que contempla éstas y otras más reservas que ya han presentado otros compañeros.
Sin embargo, no hubo la respuesta a tiempo, ni siquiera la negativa cuando menos de manera formal de cómo se le hizo llegar al secretario de Economía, que paisano mío es. Lo lamentamos mucho porque consideramos que toda ley puede ser perfectible y las opiniones de muchas y de muchos que en su momento han emitido pudiera fortalecer, enriquecer y realmente darle ese peso que requiere una Ley de Competencia Económica en nuestro país.
No se ha visto para nada cómo el Ejecutivo podrá fortalecer ese mercado y deja por un lado, solamente en el discurso señala el apoyo a las Pymes y realmente en los hechos no hay nada al respecto.
Es tiempo de poder rectificar, ojalá que puedan ser consideradas las reservas. Yo llamo a esta poca asistencia del pleno que tengamos a bien aceptarlo a discusión y que nos convenzan de lo contrario o en su defecto, que podamos comentarlo, convencerlos de lo que estamos proponiendo. Gracias. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputada Ceseñas Chapa. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. A continuación tiene el uso de la voz la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario del Movimiento Ciudadano, para sustentar tres reservas debidamente registradas.
La diputada Purificación Carpinteyro Calderón (desde la curul): Presidente, no hay quórum. Solicito se verifique el quórum.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Diputada, permítame un segundo. Solamente en votaciones nominales se verifica el quórum. Continúe la oradora.
La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez: Señor presidente, tres peticiones para usted. La primera, que haga un llamado atento a todos los compañeros diputados federales que están fuera, porque si la prensa nacional nos hace el favor de tomar fotografías el día de hoy, las curules están vacías, más del 90 por ciento de las curules están vacías, cuando estamos discutiendo un tema tan importante para la nación. Es importante, señor presidente, tomar nota de esto.
La segunda, es que mis tres reservas sean textualmente incluidas en el Diario de Debates y se ajuste el reloj al tiempo de mis tres reservas, si fuera tan amable.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Así será, diputada. Se han hecho los avisos correspondientes.
La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez: La reserva que hoy presento a consideración del pleno, consiste en reformar el artículo 12 del dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica.
La propuesta contemplada en el dictamen, específicamente en la fracción XVIII del artículo 12, menciona que será atribución de la Comisión Federal de Competencia Económica opinar sobre la incorporación de medidas protectoras y promotoras en materia de libre concurrencia y competencia económica en los procesos de desincorporación de entidades y activos públicos, así como en los procedimientos de licitación, asignación, concesiones, permisos, licencias o figuras análogas que realicen las autoridades públicas cuando así lo determinen otras leyes o el Ejecutivo federal, mediante acuerdos o decretos.
Sin embargo, esta facultad no parece garantizar en el marco de la competencia económica, que las licitaciones, asignaciones, concesiones, permisos, licencias y cualquier figura análoga, se realicen bajos los principios constitucionales de eficacia, economía, transparencia y honradez.
Hoy se pretende impulsar una agenda política centralista, con reformas estructurales que ponen en manos de empresas privadas, nacionales y extranjeras, el patrimonio de la nación.
Hoy observamos cómo la estructura gubernamental ha trabajado en impulsar reformas encaminadas al fortalecimiento del Poder Ejecutivo, lo cual ha generado un desequilibrio en la división de Poderes, ejemplo de ello son las reformas en materia educativa, político-electoral, financiera, fiscal y energética, las cuales, además de haber sido aprobadas con múltiples deficiencias en el proceso legislativo, no resuelven de fondo los problemas existentes, sino más bien, reestructuran su función y organización, poniendo en manos del Ejecutivo su operación.
No obstante, lo anterior, el dejar sólo en manos de un solo hombre la incorporación de medidas protectoras y promotoras en materia de libre concurrencia y competencia económica, pone en grave riesgo los activos públicos de la nación, sobre todo, con una reforma recién aprobada en materia energética, la cual contempla contratos de utilidad compartida, en los cuales el proceso de licitación, asignación, permisos y licencias deberán ser sometidos a una extrema vigilancia y profundo análisis, así como a una amplia participación por parte de la sociedad, ya que el petróleo forma parte de los bienes públicos de la nación y su destino no puede limitarse a una decisión unilateral.
Por lo anterior, es de suma importancia incluir al Congreso de la Unión, por ser éste quien represente los intereses del pueblo, como órgano facultado para solicitar, a través de la Comisión Federal de la Competencia Económica, la revisión de todos los procedimientos de licitación, asignación, concesiones, permisos, licencias o figuras análogas, que realicen las autoridades públicas, a fin de transparentar de manera real, efectiva y ágil dichos procesos.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de la asamblea la siguiente reserva. Artículo 12, apartado XVIII. Opinar sobre la incorporación de medidas protectoras y promotoras en materia de libre concurrencia y competencia económica en los procesos de desincorporación de entidades y activos públicos, así como los procedimientos de licitación, asignación, concesiones, permisos, licencias o figuras análogas que realicen las autoridades públicas cuando así lo determinen otras leyes, el Congreso de la Unión o el Ejecutivo federal mediante acuerdos o decretos.
Con relación a la reserva que tengo del artículo 30 del dictamen, el artículo 30 del presente dictamen establece que el titular de la autoridad investigadora será designado y removido por el mismo pleno de la comisión, lo cual pone en riesgo los principios de objetividad, imparcialidad y transparencia de dicho órgano.
Para nadie es un secreto que todo funcionario impuesto por algún otro órgano de gobierno o partido político queda supeditado a los intereses del mismo, lo cual repercute sustancialmente en la integración de sus investigaciones en el sentido de sus dictámenes.
De esta manera, nuestra propuesta va encaminada a que sea la Cámara de Diputados, a través de una convocatoria pública, la que elija al titular de la autoridad investigadora, donde en una primera etapa la experiencia, trayectoria y el nivel académico será uno de los principales filtros para su designación.
Los candidatos elegidos deberán ser evaluados a través de exámenes de oposición y rigurosos exámenes de confianza para después y a través del método de insaculación y rigurosos exámenes de confianza, para después y a través del método de insaculación, poder elegir al titular de la autoridad investigadora.
La eficacia del sistema coincide con el descrédito de la elección influida y no libre. Motivo de la ambición de los partidos políticos y luchas internas, por lo que poner en marcha mecanismos alternos que ayuden a despolitizar las instituciones públicas lograrán retomar la confianza ciudadana y harán que éstas puedan cumplir con mayor eficacia con su función de manera imparcial, transparente y objetiva.
Derivado de lo anterior someto a consideración de esta asamblea la siguiente reserva.
Artículo 30. El titular de la autoridad investigadora será designado por la Cámara de Diputados a través de una convocatoria pública, exámenes de oposición y confianza y por el método de insaculación.
Su remoción quedará supeditada por el pleno de la Cámara de Diputados por mayoría calificada.
La reserva del artículo 102, que presento en este momento, consiste en lo siguiente:
Podemos percatarnos de un sesgo en el artículo decretado. Si el agente económico ya fue investigado y auditado por las comisiones, por el agente investigador, y en el fallo se declara que existen dudas razonables sobre su desarrollo en el mercado, cuál es el punto de todo este proceso si basta confirmar la aceptación de conformidad para que se suspenda el procedimiento y se le condone o disminuya el monto de la multa.
Y peor aún, si hubieran terceros afectados por ejercer práctica ilícita o monopólica, el agente económico no está obligado a responder por esos daños cuando debería absorber la responsabilidad civil de los perjudicados.
Este artículo da oportunidad a que agentes económicos tengan diferentes razones sociales y así continúen con sus actos ilícitos y monopólicos. Al fin que con el hecho de aceptar los cargos se le otorga la dispensa, o bien, la reducción de la multa junto con todos los privilegios que anteriormente mencionamos; claro está, una vez cada cinco años.
Este artículo tiene mermas en su planteamiento, lo que provocará un descontrol y muchas irregularidades sin su implementación, no es la manera correcta de solucionar los problemas monopólicos que actualmente controlan al país. Derivado de lo anterior, someto a consideración de la asamblea la siguiente reserva.
Artículo 102. La resolución a que se refiere el artículo podrá decretar:
1. El otorgamiento del beneficio de la dispensa o reducción del pago de las multas que pudiera corresponderle; y
2. Las medidas para restaurar el proceso de la libre concurrencia y de competencia económica.
Los agentes económicos deberán aceptar de conformidad, expresamente y por escrito la resolución definitiva dentro de un plazo no mayor a siete días a partir de la fecha en que sean notificados. Los procedimientos seguirán su curso por un periodo de seis meses con auditorías y supervisión pertinentes, aun en el evento de que el agente económico acepte o no expresamente la resolución.
Los agentes económicos solo podrán acogerse a los beneficios previstos en este artículo, una sola vez. Este periodo se computará a partir de la aceptación de la comisión. La resolución a que se refiere este artículo será siempre y cuando no exista perjuicio de las acciones que pudieran ejercer terceros afectados que reclamen daños y perjuicios derivados de la responsabilidad civil, por la realización de la práctica monopólica relativa o concentración ilícita revelada a la comisión en términos del artículo anterior. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputada Vargas Pérez. Proceda la Secretaría consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión las reservas presentadas por la diputada Vargas Pérez.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. Proceda el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, a presentar reserva a la fracción III, del artículo 14.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Gracias, compañero presidente. Me parece que dada la relevancia del tema, y aunque no estamos en votación nominal, sí sería importante que en esta votación, lo solicito formalmente fuera mediante tablero, porque nos parece una falta de respeto que prácticamente en una asamblea vacía se estén desechando propuestas parlamentarias que son razonables y simplemente por una consigna.
Yo preguntaría, ¿cuándo vamos a acabar con los monopolios legislativos? Porque nos llenamos la boca hablando de que con estas grandes reformas se van a acabar los monopolios, pero tendríamos que empezar por nuestra casa acabando con los monopolios legislativos; si no acabamos con los monopolios legislativos difícilmente vamos a acabar con los monopolios económicos en el país.
Yo me pregunto cómo nos vamos a enfrentar con este desinterés, con este ausentismo frente a intereses tan grandes como los de los hombres más ricos del mundo. Nos parece que para realmente darle consistencia a una decisión de abrir la economía del país tendríamos en primer término que predicar con el ejemplo.
Por otro lado, quiero señalar que la reserva en concreto que planteamos es al artículo 14 en la fracción III, que tiene que ver con el Comité de Evaluación para Seleccionar a los Comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica.
Nos parece que el ejemplo de su otros similar, el del IFE –ahora INE- nos debe de servir de experiencia para crear auténticos cuerpos que verifiquen que los integrantes sea gente que cuente a cabalidad con las prendas académicas, profesionales, de honestidad para desempeñar tan alta encomienda.
En el caso del INE nosotros lo advertimos. Dijimos primero que la Comisión de Derechos Humanos no era competente en materia electoral, según el 102, y sin embargo ya abrió sus cartas y éstos 55 nombres más que constituir parte de un INE, van a ser parte de un PRINE, porque de entrada en cuatro de los cinco que aspiran a la presidencia está tatuado el nombre del PRI. Ya nació mal; nación mal porque el comité técnico de evaluación de origen estaba mal.
Por eso queremos –voy al tema; les duele por lo que veo– que en este comité técnico de evaluación en la parte que tiene que ver con la participación de instituciones de educación superior se establezcan ciertos parámetros.
Aquí hablan de dos instituciones de educación superior, nosotros estamos proponiendo que sean tres instituciones de educación superior y estamos planteando a su vez que tengan un alto prestigio a nivel nacional y un lugar privilegiado en el ranking nacional en materia económica. Es decir, que sean instituciones de educación superior, que sean instituciones de prestigio, pero además que sean instituciones reconocidas en la materia correspondiente, que es el tema de la economía nacional.
Por esa razón es lo que estamos planteando para que no nos vayan a salir el día de mañana que cualquier institución de educación superior, incluso de las llamadas patito, sean las que van a estar decidiendo quiénes son los comisionados.
Ése es el sentido de nuestra reserva. Ése es el sentido de lo que proponemos. Un cambio a la fracción III del artículo 14, y quisiéramos ver que pudieran aprobarla y que empezáramos por acabar con los monopolios, pero aquí, en la Cámara de Diputados. Es cuanto.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Mejía. Consulte la Secretaría a la asamblea si se autoriza que la consulta sobre la propuesta del diputado Mejía Berdeja sea en votación nominal conforme al artículo 108 del Reglamento, utilizando para ello el sistema electrónico.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se consulta a la asamblea si se autoriza la votación de la reserva presentada por el diputado Mejía Berdeja se vote nominalmente o en el tablero, acorde al artículo 108. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la negativa, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: No se autoriza, por tanto se desecha la petición. Proceda igualmente la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada por el diputado Mejía.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se consulta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación); las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la negativa, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Se desecha. A continuación tiene el uso de la voz, hasta por tres minutos, el diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional para presentar las razones con las que sustenta la reserva al artículo 30.
El diputado Carlos Fernando Angulo Parra: Gracias, Presidente. Compañeras y compañeros: una de las primeras discusiones que tuvimos en el seno de la Comisión de Economía, empezando esta Legislatura, fue la situación de si la autoridad investigadora iba a estar vinculada necesariamente con los comisionados, porque había una iniciativa en curso que proponía esa situación.
En el Partido Acción Nacional nos pronunciamos por mantener esta separación de la autoridad investigadora de la autoridad que juzga lo investigado en relación con posibles prácticas monopólicas absolutas relativas violaciones a la Ley de Competencia Económica.
Me da mucho gusto que en el artículo 30 se refleje esta situación de una manera cabal: mantener esa división entre la investigación y la resolución por parte del órgano de la Cofece.
Ahora bien, es bueno tener un sistema cabal de rendición de cuentas por parte de la autoridad investigadora, ya que la autoridad investigadora es la que lleva la primera parte del accionar de la Cofece para los efectos de determinar si hay violaciones a la ley, si hay prácticas como colusiones, como concentraciones no autorizadas, etcétera.
Cómo se puede evaluar a una autoridad si no hay un punto de partida para su evaluación. Para esos efectos estoy sugiriendo que se añada un segundo párrafo al artículo 30 de la iniciativa que estamos discutiendo ya en forma de dictamen, que dice lo siguiente:
El titular de la autoridad investigadora deberá presentar anualmente ante el pleno –es el pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica– un plan anual de actividades que deberá ser aprobado por el pleno.
De esta manera la autoridad completa de la Cofece una vez al año lleva a cabo esta determinación de cumplir con las investigaciones necesarias, que se tienen que llevar de una manera global, para poder luego tener la medición adecuada al final del año y poder así determinar, en un momento dado, si es menester remover al titular de la autoridad investigadora o no removerlo en base a un requisito de desempeño debidamente evaluado.
Entonces, compañeras y compañeros, los insto a que votemos en favor de esta reserva para poder tener esta determinación de una manera anual que el pleno evalúa a la autoridad investigadora, por un lado, y de una manera anual que la autoridad investigadora presente un plan de trabajo para ser aprobado por el pleno. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Angulo. Proceda la Secretaría consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada al artículo 30.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y diputados que estén por la negativa (votación). Mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desecha. Proceda el diputado Carlos Fernando Angulo Parra, nuevamente, a presentar reserva al artículo 35, fracción V, hasta por tres minutos, a sustentar su reserva.
El diputado Angulo Parra Carlos Fernando: Perdón, señor presidente. Debe de haber una confusión. No tengo yo reserva en el artículo 35.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Diputado, se tiene por retirada su reserva. A continuación tiene el uso de la voz, hasta por tres mi minutos, el diputado Juan Carlos Uribe Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional para sustentar su reserva al artículo 48.
El diputado Juan Carlos Uribe Padilla: Buenas tardes a todos. Compañeras y compañeros legisladores: la reserva que presentamos es de suma importancia para garantizar y dar certeza al accionar y operar de la Comisión Federal de Competencia Económica.
Es decir, esta reserva se refiere a la eliminación de la fracción III del artículo 48 referente al patrimonio de la comisión, en donde se establece que el patrimonio de dicha comisión podrá ser integrado por donaciones que reciba la comisión para el cumplimiento de sus objetivos.
Lo anterior haría que tuviera severas dudas sobre el debido proceder de la comisión. ¿Qué se pensaría si algún agente económico otorga una donación a la comisión durante un procedimiento o una investigación al que esté sometido dicho agente económico?
¿Qué suspicacias causaría enterarnos de que la comisión recibió un donativo de alguna empresa que es considerada por la opinión pública como monopólica y la comisión no ha iniciado ningún procedimiento o investigación al respecto?
¿Para qué poner en tela de juicio el actuar de la comisión por la posibilidad de recibir donativos? Más aún, no se especifican qué tipo de donaciones puede recibir. Es claro que esto no podemos permitir. No podemos abrir la puerta a la corrupción.
Es por ello que esta reserva plantea únicamente quitar esta ocasión al artículo 48 y así garantizar la óptima operación de la Comisión Federal de Competencia Económica. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, los exhorto a votar a favor de la presente reserva. Muchas gracias.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Uribe. Proceda la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada al artículo 48.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica se consulta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desecha. Tiene el uso de la voz la diputada Purificación Carpinteyro Calderón, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar reservas al artículo 49; 54; 65 Bis, en adición; 79, fracción II; y 123.
La diputada Purificación Carpinteyro Calderón: Con su permiso, señor presidente. Estimados colegas, aquí presentes y hasta para los ausentes, que son los más, es para mí un placer el ver que finalmente estamos concretando una reforma que está en estricto apego a las disposiciones que fueron aprobadas conforme a la reforma de los artículos 6o., 7o., 27, 28, y de más, en materia de competencia económica, telecomunicaciones y radiodifusión en vigor a partir del 12 de junio.
Creo que es precisamente ésta la función que tenemos nosotros los legisladores, aprobar estas leyes reglamentarias de esas grandes modificaciones constitucionales, que han sido producto del acuerdo de las principales fuerzas políticas del país y en las que depositamos la esperanza de efectivamente transformar, eliminar las barreras que México tiene hoy para evitar el desarrollo, quitar precisamente esos estorbos, y eso es lo que hace esta iniciativa de ley que hoy se ha aprobado ya en lo general.
Y a pesar de que estoy aquí para exponer precisamente reservas lo que quiero exponer en general es que esta iniciativa, presentada por el Ejecutivo, es a todas luces loable y representa sin duda una gran oportunidad para romper los monopolios preexistentes. Y déjenme hacer simplemente un recuento:
A finales de la década de los 80 y comienzos de los 90 México asumió el modelo del neoliberalismo. Cumplimos efectivamente los preceptos y las doctrinas establecidas por el Fondo Monetario Internacional, el Tesoro Americano, el Banco Mundial, el llamado Consenso de Washington, y sin embargo pese a ello y pese a que efectivamente los gobiernos de entonces determinaron la venta de las principales paraestatales mexicanas, y que esta venta terminó evidentemente en que grupos privados absorbieran estas paraestatales en condiciones que les permitieron crecer y desarrollarse sin que tuvieran efectivamente un competidor, hoy por hoy esas paraestatales se hayan convertido en verdaderos monopolios pero no del Estado, sino de grupos privados y que estos grupos privados han aprovechado esta situación de privilegio sin que hayan tenido ningún tipo de cortapisas.
También, como parte del Consenso de Washington, en el gobierno de Carlos Salinas de Gortari se estableció la necesidad de expedir una Ley de Competencia Económica, sólo por cumplir el mero trámite y se expidió una Ley de Competencia Económica que si bien es cierto penalizaba o sancionaba las prácticas monopólicas absolutas o relativas y las concentraciones ilícitas, el hecho es que no daba cuenta de que ya existían los monopolios, y que esos monopolios tienen el incentivo de hacer cualquier cosa con tal de preservar el mercado o la concentración de mercado con la que cuentan.
Que monopolio no es esta visión simplista de que un solo jugador en un mercado, sino monopolio es una gran concentración de poder económico en un mercado, y por lo tanto todos o prácticamente todos los sectores económicos del país están monopolizados hoy, y que efectivamente no basta con tener una Ley que penalice las prácticas monopólicas que significa que alguien tenga que probar que un monopolio actúa mal, lo que significa para una empresa pequeña el tener que contratar abogados, el tratar de establecer pruebas, entrar en un proceso para que eventualmente la Comisión Federal de Competencia Económica resuelva, sino que el Estado mismo determine y haga cumplir, porque así lo establece el artículo 28 constitucional, que establezca el proceso para que la propia Comisión Federal de Competencia Económica sea la que determine que existe concentración y que por tanto es necesaria la adopción de medidas, sea para regular el acceso a un insumo especial, para eliminar barreras a la competencia o inclusive, si éstas no fuesen suficientes, el establecer la orden de desincorporar bienes activos o partes sociales.
Señores, no, están equivocados aquellos que piensan que esta Ley simplemente lo contempla como una sanción. Si ustedes se remiten al artículo 94 de esta iniciativa verán que estas medidas no son sanciones, son medidas que esta Comisión Federal de Competencia Económica deberá adoptar para crear las condiciones de efectiva competencia en todos los sectores del mercado, porque a mí no me interesa una empresa mexicana con presencia en toda América Latina, siendo el principal competidor de un sector.
Bien por la América Latina y por todos los empleos que está generando este empresario mexicano en América Latina. Mal, porque ese dinero que se está invirtiendo es dinero que debió haberse invertido en México.
Porque creo que a ningún mexicano interesa que se hagan muchas tortillas en China. Bien por los chinos, que ahora tienen fuentes de empleo. Mal por los mexicanos, porque esas fábricas y esos empleos debieran estar en México y debieran mantenerse las inversiones en nuestro país.
Esto es lo que esta iniciativa está impulsando, la verdadera competencia, la competencia para que esas inversiones dejen de salir del país y se mantengan en México, ¿por qué? Porque todas estas grandes empresas tengan que defender su mercado a capa y espada, ¿por quién? Por las pequeñas, medianas y grandes empresas, que se les van a enfrentar en situaciones de igualdad, sin estas barreras que hasta hoy los han protegido, porque si son tan buenos, ¿qué tienen que temer? Gracias.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputada Carpinteyro Calderón. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión las reservas presentadas.
El diputado Javier Orihuela García (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: ¿Para qué objeto, diputado?
El diputado Javier Orihuela García (desde la curul): Con el objeto de hacerle un señalamiento. Hace rato usted votó si usamos el tablero o no, y revisando la Constitución y la Ley Orgánica de este Congreso hay cosas que no deben consultarse y menos con una minoría, son obligaciones de los diputados estar aquí presentes y usted incurrió en una votación incorrecta al votar con una minoría si se seguía votando económicamente. Así es que le pido que corrija esa conducta, porque es nuestra obligación estar aquí presentes y no está sujeta a ninguna votación. Por favor, verifique el quórum y corrija. Si no hay quórum suspenda usted la reunión.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Diputado, le quiero hacer mención que esta Presidencia se ha dirigido de acuerdo a lo que establece el propio Reglamento. Sólo si hay duda en la votación económica –como lo dispone el artículo 139 del Reglamento– se procede a la votación nominal, utilizando para ello el sistema electrónico. Pido a la Secretaría levantar la votación económica.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. Tiene el uso de la voz para presentar su reserva a los artículos 49, párrafo primero y 127, fracción IV, el diputado Gerardo Villanueva Albarrán, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán: Con su venia, diputado presidente. La rendición de cuentas es indispensable para que una ley se cumpla con responsabilidad. Sus características básicas son la obligación de los servidores públicos de informar y justificar sus decisiones y la posibilidad de la sanción por la violación a sus deberes públicos. Además, siempre debe existir un diálogo entre las autoridades para un mejor funcionamiento.
La presente ley, en el Capítulo III, nos habla de transparencia y rendición de cuentas, donde en el 49, materia de esta reserva, asigna al comisionado presidente a realizar una comparecencia ante la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y presentar al Poder Ejecutivo y Legislativo un programa anual de trabajo y un informe trimestral de actividades.
En dicho informe se menciona que se debe entregar un reporte del gasto correspondiente al ejercicio inmediato anterior, incluyendo observaciones que haya formulado la Contraloría.
Lo anterior nos parece insuficiente, que si bien es un avance, deja del lado mecanismos eficaces de transparencia, ya que solo se solicita al titular de contraloría un simple reporte de observaciones.
En la medida en que exista una contraloría eficiente, se dará una mejor calificación de transparencia a la gestión de la comisión. Es por ello que consideramos pertinente la comparecencia del titular de la Contraloría ante la Cámara de Senadores, pues la información de la que dispone puede ser de gran utilidad para la rendición de cuentas, aunado a que servirá como un buen mecanismo real de contrapesos entre instituciones.
La experiencia histórica nos muestra que los ciudadanos de este país no podemos fiarnos de los dichos de los funcionarios, estamos expuestos a las faltas en que incurren. Proponemos que el titular de la Contraloría, además de entregar un reporte trimestral al Ejecutivo y a la Cámara de Diputados, participe en la comparecencia con el comisionado presidente ante la Cámara de Senadores, con la finalidad de que se presente el trabajo realizado y se pueda tener intervención de las autoridades en cualquier observación.
Aquí lo que estamos planteando es, desde mi punto de vista, muy obvio: que se acepte la comparecencia del titu7lar de la Contraloría, no nada más del comisionado presidente.
¿De qué sirve tener a un comisionado presidente leyendo un documento que, además, de origen es totalmente limitado y se impide al Poder Legislativo, en el caso de la Cámara de Senadores, buscar, indagar, interrogar, y conseguir información directamente del actor que tiene la información?
Porque, regularmente, y lo sabemos en los órganos autónomos, son las estructuras que dependen de ellos los que tienen el manejo de la información y de nada servirá que el comisionado presidente solamente sea lector. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Gerardo Villanueva Albarrán. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las reservas presentadas al artículo 40, párrafo primero y 127, fracción IV.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica, se consulta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha la reserva al artículo 49, párrafo primero. Insértese el texto de las reservas en el Diario de los Debates.
A continuación tiene el uso de la voz el diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por tres minutos, para sustentar la reserva al artículo 55.
El diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez: Gracias, diputado presidente. Estaba reflexionando si pasaba o ya no pasaba, ya nada más estamos unos cuantos, pero bueno, a ver si los que están afuera nos escuchan en sus televisiones.
Este decreto, esta nueva Ley de Competencia Económica Federal y la reforma al artículo 154 Bis del Código Penal Federal, no podía menos que, por supuesto, tener el respaldo del Grupo Parlamentario del PRD, en lo general, porque, desde luego, va a regular esta competencia desleal que existe, no sólo entre, incluso, algunos grandes empresarios, sino fundamentalmente entre los grandes monopolios y los pequeños y medianos empresarios. Qué bueno que así sea, por eso la votamos a favor.
Pero hay cosas que no solamente es de esta ley, hay asuntos que las leyes en general esconden y dejan prácticamente entre líneas y que no son precisas, y entonces a la hora de ser aplicadas, como está siendo hoy, por cierto, el asunto del campo, el artículo 32 D, que es otro tema, pero ahí se quedan las cosas a la libre interpretación de quienes son los responsables de ejecutarlas.
La reserva al artículo 55 que estoy presentando, precisamente, lo que está buscando es precisar las condiciones para que un agente económico pueda demostrar que sus prácticas no son de las monopólicas relativas, previstas, precisamente, en el capítulo tercero de la ley mencionada, y que se están regulando entre el artículo 54, este propio 55 y el 56. Ése es el interés de esta reforma y por eso quiero leer textualmente cómo se propone que quede este artículo 55.
Diría así, artículo 55. Las prácticas serán ilícitas y se sancionarán si son demostrados los supuestos de las fracciones anteriores, salvo que el agente económico demuestre fehacientemente que estas prácticas satisfacen simultáneamente las siguientes tres condiciones.
Uno. Que existan ganancias en eficiencia.
Dos. Que las ganancias en eficiencia identificadas incidan favorablemente en el proceso de competencia económica y libre concurrencia, superando sus posibles efectos anticompetitivos.
Tres. Que estas ganancias en eficiencia resultan en una mejora cuantificable en el bienestar del consumidor. En las ganancias en eficiencias se podrán incluir algunas de las siguientes, tal cual viene la propuesta en el decreto que hoy estamos discutiendo. Muchas gracias, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva propuesta.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. A continuación cedo el uso de la voz al diputado Guillermo Sánchez Torres, del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática para presentar cinco reservas, de la eliminación del artículo 55, el artículo 59, fracciones I y IV, 61, 62 y 123, párrafo sexto.
El diputado Guillermo Sánchez Torres: Gracias, compañeros. El dictamen que se nos presenta incluye una modificación propuesta por un servidor al artículo 52 de la iniciativa del Ejecutivo federal, el cual establece la prohibición de conductas anticompetitivas. Sin embargo, se refiere a sus efectos de manera limitativa, al definirlas como actos que solo pueden disminuir, dañar o impedir la Ley de Competencia Económica.
Por ello, consideramos necesario incluir el concepto de condicionar de cualquier forma, como un objeto, el efecto de las conductas de referencia, a fin de que las mismas sean sancionadas debidamente.
Reserva del artículo 59. El artículo 59 define los diferentes elementos utilizados para determinar si un agente económico tiene poder sustancial en el mercado relevante. Sin embargo, la fracción I solo menciona fijar precios y restringir el abasto como elementos determinantes, quedando abierta la posibilidad de otras conductas que pueden reflejar, asimismo, un poder sustancial dentro del mercado correspondiente.
Motivo por el cual, a fin de proteger tanto a otros agentes económicos, participantes en dicho mercado, así como de facilitar la entrada al mismo, a nuevos participantes, nos parece necesario incluir los términos, condicionar y/o dirigir el mercado relevante. Lo cual, es más, será congruente con lo aprobado en el artículo 52 antes mencionado.
Evidentemente, el definir con precisión el poder sustancial, abonará a favor del bienestar de los consumidores, a protegerlos de muy probables conductas monopólicas o anticompetitivas que seguramente se darán en el caso de dejar alguna laguna en la normatividad.
En este mismo orden de ideas, la fracción IV del artículo 59 se refiere a las posibilidades de acceso a los agentes económicos, a fuentes de insumo. Sin embargo, consideramos más apropiado encargarnos de la capacidad de aplicar a la Ley de Competencia que pueda tener al agente económico analizado.
Por lo que proponemos que se evalúe la participación y/o capacidad de la influencia en el mercado del insumo de referencia por parte de los agentes económicos para determinar si a caso alguno o algunos de ellos tienen el poder de incidir sobre la fuente de los insumos.
Reservas de artículo 61 y 62. Al igual que sucede en el artículo 52, para los artículos 61 y 62 proponemos en el mismo sentido la precisión en la definición de Concentración ilícita y por lo tanto sujeta a sanción agregando el concepto de: Condicionar de cualquier forma.
Adicionalmente es importante que se establezca en estos artículos, los cuales hacen referencia a la sanción por concentraciones ilícitas que un poder sustancial es resultado de una concentración ilícita y por lo tanto es también sancionable, ya que se le menciona en el artículo 64 de manera muy tímida, refiriendo que la comisión considerara como indicios de una concentración ilícita que la concentración o tentativa de la misma confiara poder sustancial al agente económico de que se trate.
Reserva al artículo 55. El generar ganancias en eficiencia no debe ser razón válida para evitar que una práctica no sea considerara monopólica y por lo tanto sancionable, sino por su origen dicha práctica es anticompetitiva y genera prejuicios a algún agente económico. Con ello debe bastar para que se sancione y se prohíba. El artículo 55 es laxo, dejando la puerta abierta para que cualquier cantidad de simulaciones, argumentaciones falsas o sin sustento real.
Para que una empresa lleve a cabo prácticas monopólicas en perjuicio de los consumidores, generalmente los de más bajos recursos, así como en perjuicio de la participación de otras empresas que podrían coadyuvar a una sana competencia que resulta en una oferta adecuada en cantidad, calidad y precio, lo que sin duda fomentará el desarrollo de ese mercado y, en consecuencia, el crecimiento de la economía en general.
Imagínense a todos aquellos empresarios que solo ven por sus utilidades, que son la mayoría, los vamos, o más bien la comisión los va a tener formados, cada uno con su cuento increíble de que tienen ganancias sin eficiencia, demostrar que así es y será la primera tarea donde seguramente habrá trampas de todo tipo, de que estas prácticas que ya fueron definidas como lícitas como prácticas monopólicas relativas generan competencia económica. Segunda tarea, demostrar que así es, donde van a dar mil vueltas difícilmente demostrables, salvo en algunas excepciones, para convencer a los comisionados de que la práctica ya fue definida como monopólica; en realidad es una práctica que va a ayudar a la competencia.
Pero no solo eso, el tercer obstáculo que esa sana y santa conducta monopólica va a salvar es que además los puntos buenos son más que los malos, es decir, los efectos a favor de la competencia van a superar, –dice el texto literalmente– a los efectos monopólicos.
Tercera tarea, demostrar que así es y con un montón de argumentos abstractos, no vendibles, otros falsos, sin sustento. Habrá que ir a preguntarle a aquellas empresas que tuvieron que cerrar o que quebraron como consecuencia de la conducta monopólica que se pretende justificar.
Pero nuestra historia no acaba ahí, todavía se puede tener más felicidad; claro que sí, y es que precisamente esas prácticas monopólicas van a traer mejoras en el bienestar del consumidor –así dice el texto oficial–. Cómo no las vamos a permitir.
Cuarta tarea, demostrar que una práctica monopólica genera bienestar en el consumidor. Por todo lo descrito es que proponemos la derogación del artículo 55.
Reserva al artículo 123. El artículo 123 de la iniciativa del Ejecutivo federal establece que cuando un agente económico que haya sido sancionado previamente por la realización de prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas, cometa una infracción, la Comisión Federal de Competencia Económica podrá resolver la desincorporación o enajenación de activos en lugar de la sanción correspondiente, con el fin de eliminar los efectos anticompetitivos.
Sin embargo, la desincorporación de activos per se no significa una mayor competencia en el mercado, en tanto que la iniciativa del Ejecutivo no contempla ningún procedimiento para asegurar que así sea, por lo que promovemos que la ley incluya la obligación de que la comisión presente de manera adicional a su resolución de desincorporación un documento que describa y compare las diversas alternativas de desincorporación que en su opinión sean viables, debiendo incluir en el mismo la definición y cuantificación de los beneficios económicos y, en su caso, describir cómo dichas desincorporaciones eliminarán los efectos anticompetitivos.
Lo anterior permitirá combatir la simulación en el proceso de desincorporación, pero más importante aún, permitirá asegurar que la desincorporación que se efectúe tenga como consecuencia la generación de beneficios para los consumidores, así como la eliminación de efectos anticompetitivos prevalecientes en el sector de referencia. Lo anterior redundará en un mayor bienestar para la población, tanto en términos económicos como en las alternativas en la toma de decisiones para satisfacer sus necesidades.
Debemos insistir en que legislamos en favor de los ciudadanos y en particular –en este caso- de los consumidores. Debemos proveer la estructura jurídica que permita dar cumplimiento al objetivo de proporcionar a los consumidores los beneficios de la competencia efectiva que debe darse entre los distintos sectores de la economía nacional.
Bienvenidas las grandes empresas siempre y cuando se forjen en la competencia con reglas justas y transparentes y no el abuso al consumidor y la opacidad. No todas las grandes empresas conforman los monopolios, los duopolios y los oligopolios.
Se trata de proteger a las micro, pequeñas y medianas y también grandes empresas de las prácticas monopólicas. Se trata de proteger la competencia, así como la libre concurrencia a los mercados. Ello incidirá de manera favorable en el bienestar de los consumidores, así como en el desarrollo económico y social de nuestra nación.
Por lo anteriormente expuesto, pido a los compañeros legisladores puedan apoyar la propuesta de modificación de los artículos antes citados. Muchas gracias.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado Sánchez Torres. Consulte la Secretaría en votación económica si se admiten a discusión las cinco reservas presentadas.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desechan. Tiene el uso de la voz hasta por tres minutos la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar reserva a la eliminación de los artículos A al G del artículo 55. Proceda a presentar las dos reservas presentadas.
La diputada Alliet Mariana Bautista Bravo: Gracias, señor presidente. Uno de los objetivos de la Ley Federal de Competencia Económica que hoy se discute es el de promover, proteger y garantizar la libre concurrencia y la competencia económica, así como prevenir, investigar, combatir, perseguir con eficacia, castigar severamente y eliminar los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, las barreras a la libre concurrencia y la competencia económica, así lo señala el artículo 1o.
Sin embargo, en la lectura del articulado encontramos algunas disposiciones que resultan muy preocupantes y es el caso del artículo 55 que al referirse a las prácticas monopólicas relativas, les quita el carácter de ilícito a esas prácticas francamente delictivas si el agente económico que está cometiendo la falla demuestra que con eso se gana eficiencia y mejora el bienestar de los consumidores.
Ese artículo que por sí mismo anula las disposiciones contra las prácticas monopólicas relativas, es un elogio a las políticas que sólo pueden desarrollar los grandes monopolios y deja en una gran vulnerabilidad a las micro y pequeñas empresas e incluso pone en grave riesgo a las empresas productivas del Estado, en las que se transformarán Pemex y la CFE, como consecuencia de la reforma energética recién aprobada el año pasado.
Tal como está la redacción, los legisladores estaríamos demostrando nuestra ignorancia respecto a las prácticas puestas en marcha a lo largo de la historia de castigar los precios para desplazar al competidor y ganar mercado.
Pero la misma historia ha demostrado que una vez que se destruye al competidor la empresa monopólica sube los precios y se convierte en un factor que encarece los bienes y servicios e impone sus estrategias.
Por eso propongo modificar totalmente el artículo 55 de la Ley Federal de Competencia Económica para que diga: “Artículo 55. Si son demostrados los supuestos del artículo 54 o del artículo 56, las prácticas serán ilícitas y se sancionará conforme lo determine la ley.” Esto para que no deje ningún espacio a los atenuantes incluidos en la redacción actual.
Con respecto a la reserva que presento al artículo 254 Bis, me parece también que es de llamar nuestra atención porque es la base a partir de la cual se desarrolla la normatividad en contra de las prácticas monopólicas absolutas.
Propongo una modificación al artículo 254 Bis incluido en el dictamen donde la redacción de la fracción I, de que es delito no sólo el control que ejercen algunos agentes económicos para elevar los precios y obtener ganancias extraordinarias. Me parece que podemos puntualizar el delito y aprovechar una posición dominante para bajar los precios con el propósito de desplazar a la competencia de los mercados que los dominan.
Con estas modificaciones a los artículos 55 y 254, en verdad podríamos tener con esta Ley de Competencia Económica las medidas pertinentes para que no puedan existir más monopolios, que es una práctica común en nuestro país. Sería eso, diputado presidente. Gracias.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputada Bautista Bravo. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admiten ambas reservas presentadas.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desechan. A continuación cedo el uso de la voz al diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para que presente reservas presentadas a los artículos 60, fracciones II, IV y V; artículo 64, fracciones II y IV, y artículo 75, fracción IV, inciso e).
El diputado Angulo Parra Carlos Fernando: Gracias, presidente. Un tema relevante a discusión en este dictamen tiene que ver con un delicado asunto. Ése asunto se refiere a los insumos esenciales.
La materia de insumos esenciales es necesaria en una Ley de Competencia Económica, pero hay que tener muchísimo cuidado de no abusar del concepto de insumo esencial. Y a ese aspecto me quiero referir a que México, como país, debe de estar a la vanguardia, sobre todo como plataforma exportadora a nivel mundial de las más avanzadas innovaciones tecnológicas y del conocimiento.
El tema de insumo esencial, como viene planteando actualmente, es un tema que puede impedir que en México se lleven a cabo los actos de los investigadores, los actos de las empresas que invierten grandes cantidades de dinero para los efectos de hacer innovación.
Por dar un ejemplo. Nadie pudiera alegar actualmente que los teléfonos celulares son un insumo esencial. En los años ochentas, los teléfonos celulares eran un absoluto y total lujo, inclusive, los artistas de cine los presumían, los políticos los presumían en los restaurantes, etcétera, respecto de una situación de lujo de élite, y por ningún motivo eran considerados como insumos esenciales. Actualmente se pudieran considerar como insumos esenciales. Es decir, el desarrollo tecnológico va trayendo oportunidades de penetrar mercados que antes no eran conocidos.
Para esos efectos, el artículo 60 tiene como fin determinar la existencia de insumo esencial para los efectos de la regulación correspondiente. Estoy proponiendo que el artículo 60 se modifique en varios aspectos.
En primer lugar, cuando hay un insumo esencial se tiene que tomar en cuenta que haya un solo agente económico que tenga ese insumo esencial y no una situación generalizada como viene ahora.
En segundo lugar, si no es posible la reproducción de ese insumo esencial, desde un punto de vista técnico, legal o económico, hay que hacer la siguiente aclaración. Si es imposible la reproducción del insumo desde un punto de vista técnico, legal o económico por otro u otros agentes económicos, tomando en cuenta también la posibilidad de la realización de mejoras a insumos existentes, que con dichas mejoras puedan convertirse en sustitutos, si el insumo resulta indispensable para la producción de bienes o servicios en uno o más mercados, y no tiene o pudiere llegar a tener sustitutos cercanos.
Finalmente, en la fracción IV hay que tomar en cuenta las circunstancias bajo las cuales el agente económico llegó a controlar el insumo, agregándose: tomando en cuenta el riesgo y el costo de inversión, particularmente en el desarrollo de una innovación que hubiere realizado un agente económico para desarrollarlo.
Y, en la fracción V, el efecto que la determinación de la existencia del insumo esencial podría tener en la innovación y en futuras inversiones en los diferentes mercados. Con esto quedaría protegida esta situación de la innovación para los efectos de que no se vean impedidos los agentes económicos en desarrollar bienes o servicios que a la postre pudieran ser considerados como insumos necesarios.
Ahora bien, quiero mencionar lo siguiente: El artículo 64 trata de que la comisión considerará como indicios de una concentración ilícita que la concentración o tentativa de la misma tenga relacionada con diferentes aspectos, en los cuales estoy eliminando el concepto de insumo esencial, una situación que es más que justificada para que el desarrollo de un insumo esencial por sí mismo no vaya a ser un indicio de una práctica monopólica, porque sería totalmente impedir la innovación.
Finalmente, compañeras y compañeros, en otro tema, en el artículo 75 la autoridad investigadora tiene la facultad, a través de su titular, de conducir u ordenar la práctica de visitas de verificación, las cuales se sujetarán a determinadas reglas.
Hay una situación que debemos ser muy puntuales en resguardar para beneficio de los particulares en las visitas de verificación, hay que tomar en cuenta que el sólo hecho de llevar a cabo una visita de verificación no tenemos per se una violación a la ley, sino tenemos algunas situación que nos lleve a investigar si hay o no hay una violación a la ley, por lo que las visitas de verificación se deberán realizar de tal modo que no se afecte la capacidad de producción, distribución y comercialización de bienes y servicios a efecto de evitar daños al agente económico o al consumidor.
De esta manera, con esta forma, con este agregado estaríamos garantizando que estas investigaciones no causen por sí mismas un daño a las empresas. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Carlos Fernando Angulo Parra. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión las reservas presentadas por el diputado Angulo Parra.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto se desecha. Tiene el uso de la voz hasta por tres minutos, el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para que presente reserva donde elimina el artículo 65.
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño: Con su venia, señor presidente. Tal y como lo afirma Moisés Naím, México es rehén de sus cárteles, ¿de los cárteles de la droga? No, de los cárteles que están frenando a México, que son las empresas privadas; los medios de comunicación; organizaciones industriales; grandes corporaciones nacionales y extranjeras que limitan la competencia dentro de sus respectivos sectores. México está lleno de cárteles con privilegios y poderes de veto que inhiben la capacidad de la nación para hacer los cambios que el país necesita y así poder avanzar.
Este elemento debe ser tomado en cuenta en la presente discusión sobre la Ley de Competencia Económica, por simple realismo, pues tal y como está planteado el artículo que reservamos puede ser utilizado por agentes económicos para sus fines, en detrimento del interés social. Es por ello que no deben existir excepciones en las atribuciones de la Comisión para realizar investigaciones a concentraciones, e incluso en aquellos casos donde la propia Comisión haya emitido una resolución favorable, pues como el propio artículo señala, la información para elaborarla pudiera resultar falsa o no se cumplan condiciones posteriores, o bien, derivado de la naturaleza cambiante de la realidad económica, se puede quedar sin efecto.
La tarea de la autoridad consiste en evitar que los actores dominantes impongan condiciones de precio y acceso que vayan en contra de la competencia y por tanto del consumidor. Es por ello que se requieren fuertes agencias regulatorias para establecer contribuciones que no pueden ser investigadas, es atar de manos a la autoridad regulatoria.
Existe abundante evidencia empírica que señala que aquellos países que fortalecieron su autoridad regulatoria, convirtiéndolas en instituciones eficientes y eficaces, lograron incrementar de manera significativa sus niveles de crecimiento y su desarrollo económico. Desafortunadamente algunos empresarios mexicanos procuran proteger sus privilegios en el mercado, de ahí que resulta menester dotar de herramientas sólidas a quien regula la competencia económica.
Por lo menos desde hace tres sexenios el Estado mexicano no ha conseguido controlar inercias negativas en los sectores económicos cruciales que podrían haber crecido si no hubiera monopolios, constriñéndolos, y son al menos dos décadas en que la autoridad regulatoria ha sido débil o ha sido capturada, donde se ha obstaculizado la competencia en lugar de fomentarla, con elevados costos no sólo económicos, sino también sociales.
La explicación al mediocre desempeño económico de nuestro país se encuentra no sólo en la propia estructura de la economía, sino en las reglas del juego que la sostienen. Nos encontramos ante una gran oportunidad para que el gobierno regule de forma eficaz la economía, no podemos dilapidarla dejando cabos sueltos que generarían graves problemas posteriores.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de la comisión la siguiente reserva al artículo 65 del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica y se reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal, quedando de la siguiente manera:
Único. Que se elimine el artículo 65 de la Ley Federal de Competencia.
Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. A continuación, cedo el uso de la voz al diputado Fernando Zárate Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para que presente reserva al artículo 65 Bis 1, en adición, igualmente al artículo 65 Bis 2.
El diputado Fernando Zárate Salgado: Con su venia, presidente. Intentaré ser lo más dinámico, lo más simple posible esta exposición y espero no tardarme los seis minutos.
Muchas gracias, presidente, diputados y diputadas, a pesar de que el artículo 65 de la ley que estamos discutiendo trata sobre concentraciones que no pueden ser investigadas, debido a como está organizada la ley, nosotros hemos presentado reservas en el Bis 1 y Bis 2, sobre otra materia, pero nos parece que es importante que se tome en cuenta aquí, que se vote aquí, que se discuta.
Sobre todo, lo que nosotros traemos hoy a esta Cámara de Diputados es sobre los precios no competitivos en servicios públicos concesionados. Es fundamental en todo tipo de concesión y en las concesiones que se dan en lo general en este país que los precios sean competitivos, ya sea en el transporte, en las aerolíneas, como ejemplo, en el Metro, o en cualquier concesión que uno pueda imaginar.
Es importantísimo que exista una reglamentación específica para que los precios sean resultado de una sana competencia. Y en caso de que no sea así, la ley establezca los supuestos normativos para que los precios se hagan competitivos.
Al final, ¿qué es lo que está buscando la ley? Se ha expuesto ya a lo largo de la sesión que defendamos por supuesto el bolsillo y al final que se refleje en el precio que van a pagar los usuarios o los consumidores, económicamente hablando.
Por lo tanto, la propuesta será en términos de ley, para proponer que todo servicio concesionado se ajuste a una sana competencia y en caso de que no sea así, la ley sea la que determine las formas, los instrumentos y, sobre todo, los mecanismos para poderlos hacer competitivos.
Asimismo otro elemento que trataremos en una de estas reservas es que en caso de que los precios no sean competitivos en cualquier segmento de las cadenas productivas, la Comisión que estamos tratando también tome medidas para hacerlo.
Evidentemente la comisión, hablamos de la comisión reguladora y la comisión que tendrá facultades para poder intervenir en las reglas del mercado y esto nos genere al final del día no solamente un ahorro en términos del gasto de los bolsillos de los mexicanos de manera directa, sino una verdadera y sana competencia y que se refleje en la economía nacional.
Por tanto, procedo a leer específicamente cómo quedaría la propuesta de la modificación en los términos siguientes:
Artículo 65 Bis. En caso de los servicios públicos concesionados, la comisión no permitirá el establecimiento de precios no competitivos en cualquiera de los segmentos de las cadenas productivas asociadas a estos servicios.
A fin de cumplir con este mandado, la comisión realizará periódicamente investigaciones de oficio en diversos mercados, a fin de identificar y, en su caso, sancionar la prevalencia de precios no competitivos en industrias que correspondan a servicios públicos concesionados.
El artículo 61 Bis 1 quedaría de la siguiente manera:
La comisión podrá determinar que en un mercado relevante de un servicio público concesionado existen precios no competitivos cuando:
Fracción I. El agente económico o los agentes económicos investigados posean poder sustancial en el mercado relevante.
Fracción II. El mercado relevante identificado se encuentre protegido por altas barreras a la entrada, los usuarios o consumidores finales no tengan capacidad real para sustituir el consumo del bien o servicio del mercado relevante y el mercado relevante no se caracterice por observar procesos de innovación tecnológica acelerada.
Y la última fracción. Las diferencias entre precios observados en el mercado relevante respecto a los precios y márgenes de ganancia, tomados como punto de referencia, sean significativos y consistentes a lo largo del tiempo.
El artículo 65 Bis 2 quedaría como sigue:
Cuando un agente económico o un conjunto de agentes económicos hayan sido identificados como responsables del establecimiento de precios no competitivos en cualquiera de los segmentos de las cadenas productivas asociadas a la producción de los servicios públicos concesionados, la comisión impondrá la sanción económica establecida en el artículo 120, fracción XVI.
En un plazo no mayor a los tres meses posteriores a la imposición de la sanción el agente o agentes económicos sancionados deberán acreditar ante la comisión empíricamente la modificación de sus niveles de precios y tarifas que fueron catalogados como no competitivos.
Si transcurrido este plazo el agente económico no demuestra de manea fehaciente ante la comisión la modificación de sus niveles de precios iniciales, la comisión iniciará los procedimientos administrativos que correspondan para proceder a la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.
Como estoy seguro de que esta votación va a ser muy cerrada, presidente, le pediría de la manera más respetuosa que la votación fuera hecha por tablero y de manera nominal. Muchas gracias, presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias diputado Fernando Zárate. Como ha quedado advertido anteriormente, son muy claras las disposiciones del artículo 46 del propio Reglamento.
Por tanto, solicito a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las reservas presentadas por el diputado Fernando Zárate Salgado.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la propuesta del diputado Zárate. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. Tiene el uso de la voz hasta por tres minutos, el diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar reserva al artículo 75, fracción IV, incisos a) y b).
El diputado Carlos Alberto García González: Con la venia de la Presidencia. Quisiera presentarles, compañeras y compañeros diputados, reserva al artículo 75 del dictamen que expide la Ley Federal de Competencia Económica.
Como ustedes saben, una visita domiciliaria o de verificación por parte de una autoridad es el acto de molestia más oneroso que puede sufrir una persona en este país. El artículo 16 constitucional es claro y preciso al señalar que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papales o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
La Comisión Federal de Competencia Economía, como autoridad encargada de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia en los mercados de bienes y servicios, con el fin de permitir el libre acceso de consumidores y productores en condiciones de igualdad en beneficio de la colectividad, cuenta con las atribuciones suficientes para llevar a cabo un procedimiento de investigación entre los agentes económicos involucrados, entre ellas ostenta la posibilidad de realizar una visita de verificación que pueda generar severos actos de molestia.
La visita de modificación está regulada en las disposiciones contenidas en el artículo 75 del proyecto de ley. Sin embargo, con el ánimo de poder apoyar a los agentes económicos sujetos a una investigación, proponemos precisar los incisos a) y b) de la fracción cuarta de este artículo 75, para que la orden de la visita de verificación señale claramente cuáles serán las locaciones y cosas que podrán ser revisadas durante la visita, y para que la verificación de los libros, documentos, papales, archivos o información se relacione exclusivamente con el objeto de la investigación.
Esto se sustenta en diversos criterios de nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha definido toda la esfera jurídica que debe de prevalecer antes, durante y al final de cualquier visita de verificación.
Así, la comisión en sus órdenes de verificación deberá señalar con precisión el objeto de la misma, para delimitar sus actuaciones como autoridad, a fin de determinar dónde empezarán y dónde terminarán las actividades que han de realizarse durante la verificación.
De este modo, la comisión no puede ejecutar actos diversos al objeto determinado en la orden, ya que esto vulneraría la garantía de seguridad jurídica de todos los contribuyentes.
En consecuencia, la comisión deberá expresar clara y exhaustivamente, en la orden respectiva, los aspectos a revisar. Lo cual se satisface cuando ésta es puntual en la numeración y descripción de los rubros que constituirán la materia de la verificación, evitando afirmaciones genéricas o abstractas que impidan conocer al agente económico las obligaciones exactas que les serán verificadas.
En concreto, los servidores públicos de la Comisión Federal de Competencia que lleven a cabo la visita de verificación se deberán circunscribir a revisar los aspectos y actividades expresamente señalados en el objeto de la orden de verificación.
Para terminar, quisiera decirles que los diputados de Acción Nacional consideramos que con estas modificaciones al dictamen fortalecemos las atribuciones de la Comisión Federal de Competencia Económica y brindamos mayor seguridad jurídica a todas y a todos los ciudadanos de este gran país. Por su atención, muchas gracias. Es cuánto, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado García González. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada al artículo 75, fracción IV, incisos a) y b).
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. Tiene el uso de la voz la diputada Martha Beatriz Córdova Bernal, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar reservas a los artículos 83, fracción I y 91.
La diputada Martha Beatriz Córdova Bernal: Muy buenas tardes. Con su permiso, diputado presidente. Y qué bueno que aclaramos que son las dos reservas, porque luego tienen más prisa en gritarnos tiempo. El neoliberalismo a su máxima capacidad. Y qué bueno que los lacayos del gobierno ya se están dando de topes en los acuerdos del atraco por México.
La existencia del principio de competencia económica como eje rector de toda economía representa un elemento central, no solamente para el sano desarrollo de la economía, sino también para la preservación de la armonía entre los integrantes de la sociedad al permitirles el pleno ejercicio de sus derechos individuales básicos, como lo es el de libre competencia.
De conformidad con la teoría económica, el correcto funcionamiento de los mercados es el mecanismo por excelencia para la adecuada asignación de los bienes y servicios entre los miembros de una comunidad.
Los mercados competitivos incentivan la innovación de las empresas tanto en sus técnicas y procesos de producción como en la creación de nuevos productos, aumentando así las opciones de los consumidores. Es decir, para maximizar el bienestar económico y social eso debería ser el espíritu de esta ley. Sin embargo, como suele suceder, generalmente existe una abismal diferencia entre la teoría y la práctica, pues en nuestro país, durante décadas se ha fortalecido un sistema de mercado en el que no hay igualdad de condiciones para todos los participantes del mismo.
Lo anterior ha derivado en que un pequeño grupo de agentes económicos detenten el poder necesario para condicionar la oferta y la demanda de determinados bienes y servicios, así como también fijar los precios convenientes a los grandes monopolios.
Ante esta práctica de incompetencia lo único que se va a lograr es la creación de monopolios cada día más fuertes. Ejemplo de ellos es la disminución o casi desaparición del pequeño comercio como tiendas o farmacias de barrio, en donde estos grandes consorcios, algunos productos que se venden en este tipo de comercios pequeños los venden como artículos gancho, aun a costa de una pérdida estratégica en donde ellos posteriormente se recuperan en otros productos, pero ante esta estrategia en esta desigualdad se pierden empleos y el consumidor termina por pagar el producto o el servicio al precio conveniente del gran monopolio.
La iniciativa presentada por Ejecutivo federal, consistente en expedir una nueva Ley Federal de Competencia Económica busca a través de la implementación de un procedimiento seguida en forma de juicio facultar a la comisión como órgano encargado de la investigación de presuntas prácticas desleales en el comercio y, en su caso, sancionarlas.
En este sentido consideramos que el plazo de 45 días concedidos al supuesto responsable para manifestar lo que a su derecho convenga, una vez que ha sido notificado del informe de probable responsabilidad, establecido en la fracción I del artículo 83 del dictamen, es sumamente excesivo; ocasionando con ello que el denunciante pierda tiempo y opte por no denunciar favoreciendo el abuso en su contra.
Derivado de lo anterior, someto a consideración del pleno la siguiente reserva y la dejo aquí ante ustedes.
De aquí pasaré a este mismo artículo 83, de esta misma reserva. El procedimiento para que diga de la siguiente manera: Una vez emplazado el probable responsable tendrá acceso al expediente y un plazo de 15 días hábiles improrrogables, contados a partir del día siguiente del emplazamiento, para manifestarlo lo que a su derecho convenga; adjuntar los medios de prueba documentales que obren en su poder y ofrecer las prueba que ameriten algún desahogo.
Ahora pasaré a la siguiente reserva, que es el artículo 91 del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Competencia Económica.
Nos encontramos ante un gobierno experto en publicidad, ante la ignominia copetuda; la quieren hacer ver como algo extraordinario y benéfico para el país como lo han venido planteando en las demás reformas. Es innegable que en nuestro país los monopolios y oligopolios extraen rentas a los consumidores a más no poder; es decir, venden los bienes, servicios y productos a unos precios sin control y la calidad es de acuerdo a su conveniencia.
Lo anterior va en contra del bienestar del consumidor y encarece la producción en México. Este sistema neoliberal está permitiendo la entrada de productos externos y haciendo a un lado al producto mexicano, tal hemos visto en los últimos días a los manzaneros, a los cafetaleros y a los agricultores.
No es cierto que se busque la economía del pueblo, porque cuando los grandes monopolios ya tienen el control del mercado hacen lo que les da la gana en cuanto a calidad y precio del servicio o producto.
El Poder Legislativo debe ser cuidadoso de lo que se está aprobando. Es denigrante el quehacer legislativo en su actualidad. Ya somos varios los diputados que cuando subimos a tribuna y observamos que ya no solamente no debaten sino que no escuchan, y hay que hablarles a las curules vacías.
Yo le voy a solicitar al diputado Beltrones que les llame la atención a sus diputados para que vengan a trabajar y desquitemos el sueldo que el pueblo nos está pagando. Por lo mismo no voy a continuar con lo que me falta de la reserva y ¿saben qué? Aquí se las dejo al cabo no hay ni mayoría no quien nos escuche ni quien nos esté atendiendo. Pero para gritar son muy buenos. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputada Córdova Bernal. Proceda la Secretaría a consultar a la asamblea en votación económica si se admiten a discusión las reservas presentadas por la diputada Córdova Bernal.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Se desechan. Tiene el uso de la voz el diputado Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar reservas a los artículos 93 y 120, fracción VI.
El diputado José Francisco Coronato Rodríguez: Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados. El concepto de competencia económica lo podemos entender como la situación de hecho en la que concurren diferentes oferentes y demandantes de bienes y servicios dentro de un mercado determinado y, como elemento esencial de todo lo anterior, es la prevalencia de rivalidad entre los distintos competidores.
Para que haya un real y auténtico escenario de competitividad es necesario que las condiciones del mercado sean iguales para todos sin excepción alguna. Así también que ninguno de los agentes económicos detente demasiado poder para evitar que pueda determinar precios y cantidades ofrecidas de distintos bienes y servicios.
La competencia económica es uno, si no es que el principal aliciente para que un mercado cada vez sea más eficiente. Esto es consecuencia directa de que los consumidores gocen de total libertad para elegir a su proveedor, eligiendo a aquél que cumpla de manera más puntual sus demandas. Con motivo de lo anterior es que las empresas que compiten entre sí poseen mayores incentivos para innovar, ampliar su oferta y mejorar la calidad de sus servicios.
Nuestra legislación en materia de competencia económica reconoce la existencia de prácticas anticompetitivas como son los monopolios y las concentraciones y las prohíbe. Sin embargo, bajo el argumento de protección que el mismo Estado debe brindar en los distintos ámbitos del mercado es que en algunos casos, supuestamente excepcionales, se permite la realización de actos mercantiles desleales.
La propuesta de la nueva ley abre la posibilidad de que en algunos casos puedan llevarse a cabo concentraciones sin la obligación de autorizaciones a cargo de la Comisión Federal de Competencia como funciones, adquisiciones de control y concentración de sociedades, asociaciones, partes sociales, fideicomisos o activos en general que realicen competidores, siempre que dichos actos no tengan por objeto disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia respecto de bienes o servicios iguales, similares o sustancialmente relacionados.
En relación con lo mencionado, es que creemos que, de permanecer la redacción del primer párrafo del artículo 93 tal y como se plantea en el proyecto que hoy estamos discutiendo, se seguirán fomentando los mismos fenómenos anticompetitivos que desde hace décadas han permeado el mercado mexicano.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de este pleno la siguiente reserva que modifica el primer párrafo del artículo 93 del dictamen para quedar en los siguientes términos:
Artículo 93. La autorización de concentraciones a que se refiere el artículo 86 de esta ley, sin excepción alguna será obligatoria aun en los siguientes casos.
Por lo que corresponde a la reserva relativa al artículo 120 de este dictamen, señalo lo siguiente: la Ley Federal de Competencia Económica debería tener cambios en su estructura que eviten la monopolización y permitan la libre competencia, penalizando de manera severa para evitar abusos a los agentes económicos que eviten la libre concurrencia.
México es un país plural con mucha desigualdad. Por esta razón se tienen que establecer en las leyes secundarias medidas más concretas y no tan generales para las regularizaciones de los agentes económicos.
Una de las grandes problemáticas en el país consta del control absoluto que poseen empresas sobre los insumos esenciales, los cuales son aquellos que tienen carácter de indispensables en un proceso de producción y que no pueden ser replicados fácilmente. Esto provoca que no exista una competencia justa ni equitativa en el mercado, ya que llevar a cabo la producción o desarrollo de ciertos servicios depende de que los agentes económicos que poseen control sobre los insumos esenciales subcontraten sus servicios en donde no se tiene regulado el precio ni la regulación del mismo.
Lo anterior genera un gran impacto en la competencia. Esta es la razón principal de la monopolización. La redacción de este artículo 120 de esta ley decreta la aplicación de las siguientes sanciones ante las distintas infracciones de la ley: la supresión o corrección de la práctica monopólica y la desconcentración parcial, las cuales tendrán como consecuencia sanciones económicas o penales.
Sin embargo, este último no especifica de manera concreta las medidas para la regulación de insumos esenciales que se implementarán a los agentes económicos cuyo objeto directo o indirecto sea incrementar costos u obstaculizar procesos de producción o reducir la demanda que enfrenten otros agentes económicos.
Derivado de lo anterior es que someto a la consideración de esta asamblea la modificación a este precepto en los siguientes términos. Se reforma la fracción VI del artículo 120 de este dictamen para quedar como sigue:
La comisión podrá aplicar las siguientes sanciones:
Fracción VI. Multa hasta por el equivalente al 30 por ciento de los ingresos del agente económico que hayan incurrido en prácticas monopólicas relativas en cuanto a los insumos esenciales, así como ordenar medidas para regular dicho acceso previstas en el artículo 56, fracción XII de esta ley. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado Coronato Rodríguez. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión las reservas presentadas por el diputado Coronato Rodríguez.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Por tanto, se desecha. Proceda el diputado Mario Sánchez Ruiz... Proceda la Secretaría a leer la modificación.
El secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Propuesta por la Comisión de Economía que modifica el último párrafo al inciso d) de la fracción VII del artículo 94 para quedar como sigue:
En todos los casos la comisión deberá verificar que las medidas propuestas generarán incrementos en eficiencia en los mercados, por lo que no se impondrán éstas cuando el agente económico con interés jurídico en el procedimiento demuestre en su oportunidad que las barreras a la competencia y a los insumos esenciales generan ganancias en eficiencia e inciden favorablemente en el proceso de competencia económica y libre concurrencia superando sus posibles efectos anticompetitivos, y resultan en una mejora del bienestar del consumidor. Entre las ganancias en eficiencia se podrán contemplar las que sean resultado de la innovación en la producción, distribución y comercialización de bienes de servicios. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias. Consulte a la asamblea si se acepta la propuesta de reserva.
El secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta si se acepta la propuesta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Sí se acepta la propuesta de la comisión. El artículo modificado se reserva para votarlo al final en conjunto. Tiene el uso de la voz, hasta por tres minutos, el diputado Ricardo Monreal Ávila, para exponer las razones que sustentan su reserva al artículo 97.
El diputado Ricardo Monreal Ávila: Ciudadano presidente, ciudadanos legisladores. El artículo 28 de la Constitución proscribe la existencia de monopolios en México; sin embargo, la existencia de los mismos es un lastre que arrastran los consumidores nacionales.
La rectoría económica del estado no ha forjado condiciones de competencia efectiva en diversos sectores clave de la economía nacional y, en muchos casos, aquellos determinantes para el desarrollo democrático nacional, por el contrario, las privatizaciones iniciadas a finales de la década de los 80 lejos de potencializar el desarrollo de los mercados han generado de los anteriores monopolios estatales una cantidad impresionante de monopolios particulares, creando este fenómeno perverso en el que se socializan las pérdidas y se privatizan las ganancias.
Hablar de las condiciones actuales de los mercados de televisión, telefonía, bancario, cementero, acerero resultaría reiterativo insistir en enumerar una realidad que a diario padecemos. La existencia de un Estado regulador fuerte es determinante para potenciar los alcances de los mercados nacionales y con ello evitar las distorsiones derivadas en un mercado concentrado.
Hoy discutimos un dictamen que al Estado le pretende dotar de instrumentos jurídicos que intentan combatir las concentraciones existentes en mercados de la economía nacional. No negamos –no negamos– que tibiamente el dictamen intenta introducir figuras jurídicas novedosas en nuestro país, como lo son: la posibilidad de fijar precios máximos, la regulación de insumos esenciales, la regulación de las desapariciones de las barreras de entrada a un mercado, la propia redefinición de las prácticas monopólicas relativas y absolutas, un supuesto endurecimiento de las penas y sanciones e incluso la desincorporación de activos como sanción.
Con la inclusión de estas nuevas piezas al ámbito jurídico se intenta fortalecer la capacidad reguladora del Estado frente a la capacidad evasiva de las grandes empresas. Si bien, repito, reconocemos este tibio intento, esta manifestación aparente a fortalecer el quehacer estatal en materia de fomento a la competencia económica, se están introduciendo figuras cuya mala aplicación pudieran tener efectos adversos a los deseados.
Ejemplo de lo anterior es la regulación de los insumos esenciales para su determinación, que constituye un ejercicio fundamental para el buen funcionamiento de la medida y que en el proyecto que se discute únicamente se incluyen tres condiciones de los mismos: la existencia de concentración del manejo del insumo, la imposibilidad de sustitución del mismo y que al mismo tiempo sea determinante para la producción de un bien distinto.
Otra regulación polémica que se ha incluido es la desincorporación de activos, que implica la posibilidad de ordenar la modificación corporativa de una empresa que concentra algún mercado y que para con ello se reviertan las condiciones anticompetitivas que privan en un sector. Sin embargo, existen en el mundo ejemplos que hacen claro que esta medida ha sido ineficaz.
Igualmente se dota a la autoridad regulatoria de nuevas facultades en materia de investigación, como es la posibilidad del uso de la fuerza pública para sus labores y el poder solicitar información sin ningún tipo de restricción a los sujetos investigados.
Queda entonces en muchas partes de la ley al arbitrio absoluto de los integrantes de la Cofece la ejecución de la norma. Estamos bajo la visión del imperio de la voluntad del Ejecutivo frente a la regulación legislativa, la ley del hombre fuerte a ley del parlamento, por eso nos preocupa.
Nosotros, presidente, quisiéramos plantearle esta modificación. Le pediré, a pesar de que hay vacías muchas de las curules, persiste el grito y el chiflido del Bronx, ojalá y ellos se hubieran ido y se hubieran quedado los que escuchan con respeto y atención.
Presidente, le voy a pedir plasme íntegro el documento. Miren, diputados y diputadas, les aseguro que hay gente responsable. Intento siempre debatir con seriedad y con responsabilidad, le dedico muchas horas a estudiar y me parece una falta de respeto y de cortesía legislativa que se dediquen a chiflar y a descalificar. Es una pena, pero bueno, que viva el Bronx.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado Monreal. Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada.
El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Se desecha. Tiene el uso de la voz hasta por tres minutos el diputado Juan Luis Martínez Martínez, para exponer las razones que sustenta su reserva al artículo 100.
El diputado Juan Luis Martínez Martínez: Compañeras y compañeros, los efectos de un monopolio son la mayoría de las veces los mismos; escasez de productos, elevación de sus precios y la depreciación de los artículos, ya que las empresas tienen la capacidad para fijar el precio de venta y el hecho de ser el único oferente les otorga un poder adicional en el mercado. Por ello, los monopolios son un obstáculo para el crecimiento económico de una región, además son un auténtico robo al consumidor.
En México se dice empezar una lucha contra los monopolios, pero de hecho muchos productos y servicios en nuestro país son considerados entre los más caros del mundo, además la riqueza del país se concentra en manos de unos cuantos. Por mencionar, tenemos al segundo hombre más rico del mundo.
El objetivo principal de esta nueva Ley debe ser frenar las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, las barreras de competencia económica y las restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, por lo que las empresas deben cumplir las sanciones correspondientes.
El artículo 100 propone que el agente económico sujeto a investigación que haya cometido una falta monopólica o concentración ilícita, tiene derecho en una sola ocasión a que se le dispense o se reduzca el importe de la multa. No estamos de acuerdo con lo anterior, si queremos tener un avance en el tema de competencia económica no podemos estar perdonando multas y faltas y de esa manera seguir privilegiando a las mismas empresas que se han enriquecido con el dinero de todos los mexicanos.
Debe ser una Ley estricta que permita un bienestar social y donde exista crecimiento y productividad. Igualmente, aprovechar para implementar regulaciones que nos permitan ser competitivos.
Como ejemplo tenemos a España, quienes tienen un modelo bueno en cuanto a competitividad, que se caracteriza por la importancia de las sanciones y la aplicación de multas. Su objetivo central es hacer que en la Ley se establezcan las sanciones y que los competidores, en lugar de pensar que pueden evadir alguna multa, tengan el temor y eviten cualquier práctica monopólica. Además se cumple sin excepción cada multa y eso ha logrado que sean de los mejores en la materia a nivel mundial.
Por lo anterior, consideramos que si vamos a establecer una Ley de Competencia Económica, al menos seamos claros y precisos, no es posible que se quieran perdonar multas a las grandes empresas, debemos adoptar las mejores prácticas internacionales para consolidar una política de competencia activa, que promueva un crecimiento óptimo y una mejor distribución de ingreso para toda la sociedad mexicana.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de la asamblea la reserva a que se elimine el artículo 100 del dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal. Es cuanto, compañeras y compañeros.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Muchas gracias, diputado Martínez. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Se desecha. Proceda el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Partido Movimiento Ciudadano, a sustentar su reserva hasta por tres minutos al artículo 101.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Gracias, compañero presidente. Pueden considerarse prácticas monopólicas relativas las realizadas entre agentes económicos, que siendo o no competidores entre sí, incurran en segmentación de mercados a través de exclusividades, restricción vertical de precios, compras o ventas atadas, negativa de trato, boicot, acaparamiento, depredación de precios, descuentos por lealtad o transacciones condicionadas, subsidios cruzados, discriminación de precios y elevación de los costos de un rival.
Ya lo planteaba el diputado Juan Luis Martínez, tratándose del artículo 100, que por una sola ocasión el agente inculpado, el agente económico al cual se le está investigando, se puede por su propia voluntad acoger al beneficio de dispensa o revisión del importe de las multas establecidas.
En el artículo 101 se va más allá. Se suspende la investigación dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la solicitud de la empresa posiblemente culpable, para que ya la autoridad no la investigue y tome en cuenta sus argumentos para ver si le acepta la reducción de la multa o la dispensa.
Esta situación nos parece relevante, porque es una ventana para que estén saliendo del cumplimiento de su responsabilidad y nos parece un trato muy fácil, muy blando para este tipo de empresas que recurren a excesos. Si lo hacemos en otro tipo de prácticas indebidas, equivaldría a que el particular o el señalado como culpable simplemente le diga a la autoridad que quiere que le reduzcan la pena y ya la autoridad deja de investigar.
Por eso nosotros hemos señalado que esta ley es un tibio intento por acabar con los monopolios en el país. Nosotros –insisto– no vemos una genuina decisión de Estado. Nos parece que al igual que la ley de 1992 de Carlos Salinas de Gortari, esta nueva versión de la Ley Federal de Competencia Económica está dejando una serie de salidas y vericuetos legales para que los agentes económicos que realizan prácticas indebidas de competencia monopólica puedan escudarse en esos supuestos para frenar investigación.
Por eso, estamos planteando que en el artículo 101 se elimine la suspensión de la investigación, y no obstante que el agente económico investigado solicite acogerse a la dispensa o a la reducción de la multa, que siga siendo investigado.
Nosotros no creemos en estos tratos benevolentes, simuladores y ficticios, simplemente para dar la imagen de que se está persiguiendo a los monopolios. Por eso pedimos que se elimine esta parte del 101 y que continúe la investigación; que no haya estos tratos preferentes. Ése es el sentido de nuestra reserva y por eso la sometemos a consideración de este pleno.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño: Se desecha. A continuación cedo el uso de la voz al diputado Rodrigo Chávez Contreras, del Grupo Parlamentario del Movimiento Ciudadano, para presentar reservas a los artículos 120, fracción IV, V y VII.
El diputado Rodrigo Chávez Contreras: Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, México es uno de los países que crece más lento en el mundo, incluso cuando se le compara con naciones con un nivel de desarrollo similar, como Brasil, India, Indonesia, Chile, Turquía y Hungría, se observa un ritmo de crecimiento del PIB per cápita menor a precios constantes.
El factor común en la economía de nuestra nación no es la libre competencia, la calidad de los servicios y los precios competitivos. Por lo contrario, México se caracteriza por la prevalencia de monopolios que se valen de cotos artificiales para imponer tarifas excesivas a los ciudadanos.
La debilidad fiscal de nuestro país hace que no tan solo no se genere riqueza, sino que la poca que existe no se distribuya. Se requieren Estados fuertes y bien financiados para garantizar una eficiente distribución de las rentas que sean capaces de disminuir las desigualdades y, por tanto, crear cohesión social.
A esto, la competencia económica representa un factor de suma importancia, ya que dicho componente se encuentra obligadamente relacionado con el crecimiento, la productividad y la competitividad de un país.
De este modo, la crisis contemporánea que nuestra nación ha experimentado y de la cual no ha podido sobreponerse, evidencia dos diferencias del sistema económico mexicano: el lento crecimiento que ha experimentado desde hace varias décadas y el estancamiento en los niveles de competitividad.
El Inegi reveló que la economía mexicana creció 1.06 por ciento en términos reales durante 2013. Dichos resultados muestran que existe una alta probabilidad de que en el país se experimente una recesión económica debido a tres factores: una continua caída en el sector manufacturero, una tendencia a la baja de los salarios reales y de los indicadores de desempleo, limitando el mercado interno, y un descenso en el gasto real programable del 0.9 por ciento de 2012 a 2013.
Así, el dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal, surge bajo un panorama que sumerge al país en una crisis, recesiones, crecimientos marginales, poca competencia y mercados altamente concentrados.
Telmex concentra el 95 por ciento de la telefonía fija del país y el 75 por ciento de todo el sector, incluida la telefonía móvil. Cemex el 90 por ciento del mercado cementero nacional. Grupo México el 95 por ciento de la explotación del cobre. Televisa el 70 por ciento de la televisión. Grupo Modelo el 65 por ciento de la industria cervecera. Femsa el 60 por ciento de la producción de los refrescos. Grupo Bimbo, el pan de caja 95 por ciento, el pan de dulce 98 por ciento y los pastelitos el 99 por ciento.
El fenómeno se reproduce en el sector bancario, en el cual cuatro bancos extranjeros y uno nacional controlan el 80 por ciento de los créditos otorgados, la tasa que permite comprender las pérdidas foráneas con utilidades domésticas.
Con base en esto, resulta claro que las sanciones aplicadas a los agentes económicos por incurrir en una práctica monopólica absoluta, relativa o concentración ilícita, han resultado insuficientes para inhibir una conducta que se configura como el conjunto de acciones materializadas a través de la celebración de contratos, convenios o arreglos entre los competidores, con el objetivo de crear condiciones favorables para los participantes coludidos y perjudicar a los que no estén involucrados, restringiendo la oferta y fijando precios artificiales.
Las fracciones IV, V y VII del artículo 120 de la Ley Federal de Competencia Económica vigente, establecen una multa equivalente al 10 por ciento de los ingresos del agente económico por haber incurrido en una práctica monopólica absoluta; multa hasta por el equivalente al 8 por ciento de los ingresos al agente económico por haber incurrido a una práctica monopólica relativa; y multa hasta por el equivalente al 8 por ciento de los ingresos del agente económico por haber incurrido en una concentración ilícita en términos de esta ley, lo cual no tan sólo no ha funcionado para inhibir la acción. Por lo contrario, la ha tolerado y perpetuado.
Por lo preliminar resulta asombroso que en el dictamen se pretenda conservar el mismo monto cuando se ha traducido en un fracaso. Es por ello, que proponemos aumentar la sanción no hasta, sino el 30 por ciento para quienes incurran en una práctica monopólica absoluta, del 25 por ciento para quienes incurran en una práctica monopólica relativa, y del 25 por ciento para quienes incurran en concentraciones ilícitas.
Derivado de lo anterior, someto a la consideración de la asamblea la reserva ya expuesta a las fracciones IV, V y VII del artículo 120 del presente dictamen. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las propuestas del diputado Rodrigo Chávez.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia se desechan. Tiene la palabra la diputada Zuleyma Huidobro González, para presentar sus propuestas de modificación al artículo 120, fracciones X y XI, y al artículo 129.
La diputada Zuleyma Huidobro González: Con su permiso, presidente. En Movimiento Ciudadano hemos escuchado con atención todos los posicionamientos y las reservas, y en todos y en cada uno de ellos se expuso la necesidad de combatir los monopolios.
Los ciudadanos allá afuera, y quienes están siguiendo este debate se preguntan por qué la discusión, por así decirlo, si los monopolios están prohibidos en la Constitución. Y les respondo. Es sencillo porque ésa es la realidad de nuestro país. Los monopolios existen, están presentes, aun cuando estén prohibidos en la Carta Magna. Una figura más que es letra muerta en nuestra Constitución y que por supuesto rebasa la situación actual de los mexicanos.
Y también debo decirlo, esta ley no acabará tampoco con los monopolios. Aunque presenten un atraso económico para todo el mundo, la desigualdad en la distribución de los ingresos ha sido identificada como el mayor de los riesgos globales.
Según información de una organización no gubernamental británica, Oxfam que es una organización que moviliza el poder de las personas contra la pobreza, la mitad de la riqueza del mundo es administrada por el 1 por ciento de la población mundial.
En México la falta de competencia y las fallas regulatorias han sido determinantes para tener en el país al hombre más rico del planeta.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico también mostró un estudio titulado Gobernar para unos pocos. Que los ingresos del 1 por ciento de las personas más ricas del planeta representan 65 veces la riqueza acumulada del 50 por ciento de la población más pobre.
Pero no conformes con la existencia de las prácticas monopólicas también encontramos concentraciones ilícitas y barreras que disminuyen, dañan o impiden la libre competencia en la producción, procesamiento, distribución o comercialización de bienes y servicios.
Existen empresas que cuando se ven presas de la competencia recurren a prácticas ilícitas que, por mencionar un ejemplo, llevan a forzar a los consumidores a no utilizar productos de las marcas que ponen en riesgo sus intereses, creando un ambiente de incertidumbre hacia los usuarios que comercializan los distintos productos o servicios.
Estas prácticas no pueden seguir ocurriendo, ya que dañan y laceran la economía de los ciudadanos.
La solución que plantea el Ejecutivo es sancionar a las personas que realicen estas actividades con su inhabilitación, por un plazo de cinco años y multas equivalentes a 200 mil veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal.
Es decir, las personas que incidan en prácticas monopólicas como consejeros, administradores, directores, gerentes, directivos, ejecutivos, agentes, representantes o apoderados de alguna persona moral deben ser inhabilitados de sus labores por cinco años, además de pagar una multa aproximadamente de 13 millones de pesos, según el salario mínimo general vigente.
Sin embargo, consideramos que estas medidas no serán suficientes para evitar que se incurra nuevamente en estas graves fallas que dañan tanto a la economía mexicana.
Es por tal razón que presentamos estas reservas con la finalidad de aumentar la cantidad a pagar por concepto de multas, y lo más importante, proponemos la inhabilitación definitiva a las personas que incurran en prácticas monopólicas y concentraciones ilícitas, ya que será la única forma de evitar que los grandes consorcios corrompan la legalidad de nuestra Carta Magna.
La propuesta para la fracción X del artículo 120 es para quedar como sigue. Inhabilitación definitiva para ejercer como consejero, administrador, gerente, directivo, ejecutivo, agente, representante o apoderado en una persona moral y multas hasta por el equivalente a 300 mil veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal; a quienes participen directa o indirectamente en prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas en representación o por cuenta y orden de personas morales.
La propuesta para la fracción XI del artículo 120 para quedar como sigue: Multas hasta por el equivalente a 370 mil veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal; a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido en la comisión de prácticas monopólicas, concentraciones ilícitas o demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados en términos de la ley.
La reserva para el artículo 129. Debo decir que en el dictamen a discusión se contemplan algunas sanciones, como lo son el orden de suprimir o corregir una conducta por ser una práctica monopólica, multas de carácter administrativo y hasta el 10 por ciento de los ingresos anuales del infractor y sanciones penales de tres a 10 años. En caso de reincidencia la Comisión Federal de Competencia Económica puede imponer una multa hasta por el doble de lo que corresponda.
Entrando al tema de sanciones, observamos que además de no tener el peso suficiente para evitar reincidencias o eliminar estos hechos, la gran mayoría de las veces no se realizan conforme a derecho dejando pasar los términos marcados por la ley; pudiéndose dar el caso, por ejemplo, de iniciar una investigación nueve años después de cometido un ilícito, por lo tanto la prescripción otorgada por la ley contaría solo con un año, tanto para investigar e imponer la sanción, tiempo que no daría oportunidad alguna de desahogar los resultados ni de implementar el castigo adecuado dando finalidad al caso y quedando impune ese ilícito.
Algo que nos parece absurdo de esta ley es que el plazo tanto para investigar como para sancionar sean los mismos 10 años, sin tener en cuenta que son dos cuestiones totalmente diversas y por lo mismo deberían darse dos periodos distintos, uno para recabar toda la información pertinente, cuya prescripción sea lo que estipula la ley y que además agregue otro periodo de dos años para poder iniciar el proceso de imposición de sanciones después de concluir la recopilación de información.
Esto nos hace entender, que si bien las investigaciones realizadas por las autoridades competentes no se realizan de una manera adecuada, el tiempo para generar una sanción se traslapará y no podrá ser suficiente para ejecutar la misma con base a lo que señala en esta ley. Añadiendo este periodo extra para imponer las sanciones, se podrá hacer más eficiente la revisión del producto de las investigaciones y así no se tendrán excusas por parte de las autoridades de no poder imponer los castigos por falta de tiempo o pruebas.
Por lo que se propone que en el artículo 129 del dictamen se agregue una última parte para quedar como sigue: Para la imposición de sanciones transcurrirá el plazo de dos años después de terminadas las investigaciones. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las propuestas de la diputada Huidobro.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión las reservas de la diputada. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. En consecuencia se desechan. Tiene ahora el uso de la voz, el diputado Alfonso Durazo Montaño, para presentar sus propuestas de modificación a la fracción XII y XIV del mismo artículo 120.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño: Gracias, compañero presidente. Compañeras y compañeros diputados. Voy a presentar dos reservas. La primera de ellas a la fracción XII del artículo 120 del decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica.
Hoy en día, tal y como propone el dictamen a debate, la cuantía de las sanciones resulta insignificante en relación con los ingresos que perciben los agentes económicos involucrados en prácticas anticompetitivas.
En consecuencia, quienes atentan contra el proceso de competencia y de libre concurrencia, carecen de incentivos para abstenerse de llevar a cabo prácticas monopólicas; o, al contrario, tienen incentivos económicos importantes para llevar a cabo prácticas monopólicas al tiempo que la autoridad, es decir la Comisión Federal de Competencia no dispone de atribuciones que hagan efectivo el castigo a los infractores, como tampoco dispone de recursos eficaces para disuadir a los agentes económicos de llevar a cabo conductas prohibidas por la ley.
Por ello proponemos elevar la sanción económica a los agentes económicos que incurran en prácticas monopólicas o en concentraciones prohibidas. Planteamos un aumento en la sanción del ocho al 30 por ciento para quien incumpla con las resoluciones impuestas por la Ley Federal de Competencia Económica. Hay muchos casos –no los citará- que nos informan sobre el beneficio económico que ha representado para muchos monopolios su propia actividad de concentración.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta asamblea la siguiente reserva. Se reforma la fracción XII del artículo 120 del decreto del dictamen en cuestión para quedar como sigue. La comisión podrá aplicar las siguientes sanciones.
Fracción XII. Multa por el equivalente al 30 por ciento de los ingresos del agente económico por haber incumplido la resolución emitida en términos del artículo 101 de esta ley, o en las fracciones I y II de este artículo. Lo anterior con independencia de la responsabilidad penal en que se incurra, para lo cual la comisión deberá denunciar tal circunstancia ante el Ministerio Público.
Paso ahora, presidente, a presentar la reserva al artículo 120, fracción XIV del mismo dictamen. Los insumos esenciales constituyen un área de regulación necesaria en el caso de la concentración de mercados. La regulación de las conductas monopólicas relacionadas con los insumos esenciales, es de sumo cuidado pues deben ir enfocados en el punto medio entre el estrechamiento de márgenes y el cobro excesivo por el insumo por parte de los agentes que controlan éste. El estrechamiento de márgenes refiere a la conducta efectuada por el agente dominante cuando reduce los márgenes de ganancias al comercializar el mismo, con el objetivo de que el competidor no pueda sustentar la baja de precios y con ello sacarlo del mercado para quedar como único operador.
El margen de ganancia de este tipo de prácticas monopólicas le reditúa al agente económico un beneficio exorbitante que únicamente encuentra límite en la necesidad del consumidor de estos bienes.
Dicho lo anterior, proponemos esta reserva para incrementar la sanción correspondiente a quien incumpla la regulación en materia de insumos esenciales, pues únicamente se sanciona con multa hasta por el equivalente al 10 por ciento de las ganancias del agente económico cuando los beneficios exceden frecuentemente con toda claridad este porcentaje, correspondiendo elevar el monto de la sanción para que sea equivalente a la ganancia extraordinaria.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta asamblea propuesta de modificación al artículo 120, fracción XIV, para quedar como sigue:
La comisión podrá aplicar las siguientes sanciones.
XIV. Multa hasta por el equivalente al 50 por ciento de los ingresos del agente económico que controle el insumo esencial por incumplir la regulación establecida con respecto al mismo y a quien no obedezca la orden de eliminar una barrera a la competencia.
Gracias por su atención y espero merecer su respaldo en esta reserva. Gracias, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias a usted, diputado. Le pido a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si se admiten a discusión las propuestas del diputado Durazo.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admiten a discusión. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación); las diputadas y diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la negativa, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia se desechan. Tiene la palabra el diputado José Antonio Hurtado Gallegos para presentar una propuesta de modificación al párrafo tercero del artículo 120.
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos: Con su permiso, diputado Presidente. Compañeras y compañeros legisladores, muy buenas tardes. La reserva que presento ante esta honorable asamblea tiene gran trascendencia pues una de nuestras obligaciones como legisladores es vigilar, cuidar, proteger y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
Todos sabemos que en un México ideal la competencia económica y las condiciones de mercado deberían estar reguladas en función de los derechos de los empresarios productores y de los consumidores, generando un estado de igualdad de condiciones entre ambos que debería tener como resultado la estabilidad económica.
Sin embargo, a pesar de la lucha en contra de los monopolios en México, la riqueza del país sigue en manos de sólo unos cuantos.
Los efectos de todo monopolio, cualquiera que sea su origen, son siempre los mismos. La escasez de los productos, la elevación de sus precios, la limitación de los mismos y la depreciación de los artículos.
Está por demás decir que nuestra economía no se encuentra en un estado libre de competencia. Por esto, los mexicanos no contamos con calidad en los servicios ni en los productos que consumimos. Los precios se elevan día a día y la ciudadanía cada vez está más pobre. Lo anterior hace que muchos de nuestros productos y servicios en nuestro país, son considerados entre los más caros del mundo.
Es de resaltar que al imperio de estos monopolios no les preocupa en nada las quejas de los ciudadanos agraviados, ni les importa dejar a los consumidores en un total estado de indefensión. No necesitamos de amplios conocimientos en economía para saber que los monopolios son un obstáculo para el crecimiento económico en nuestro país, además, de ser una manera fácil de robar al consumidor.
Es por esta razón que la regulación de la competencia económica debe ser totalmente en beneficio de la sociedad. Debemos de legislar sobre bases sólidas, con la fuerza que se requiere, con sanciones que verdaderamente impliquen un freno a estas prácticas ilícitas.
El objetivo de proponer esta reserva es lograr que las multas y sanciones señaladas en el artículo 120 del dictamen que plantea la creación de la Ley de Competencia Económica sean más firmes; es decir, sanciones que representen un castigo severo para los agentes económicos involucrados.
Si logramos que este tipo de prácticas monopólicas disminuyan, obtendremos una competencia correcta y leal a los intereses de los ciudadanos, con servicios y productos de mayor calidad y mejor precio.
Compañeras y compañeros legisladores: hagamos reformas que cambien a bien el rumbo de este país. Hagamos reformas que regulen, que normen, que transformen, que generen un bienestar a la ciudadanía, y principalmente ese bienestar se vea reflejado en el bolsillo de los ciudadanos.
Derivado de lo anterior, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano somete a consideración de la asamblea la siguiente reserva al tercer párrafo del artículo 120 del dictamen con proyecto de decreto para que se expida la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 del Código Penal Federal. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Le ruego a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la propuesta del diputado Hurtado Gallegos.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y diputados que estén por la negativa (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia se desecha. Tiene ahora la palabra la diputada Luisa María Alcalde Luján, para presentar una propuesta de modificación al artículo 123.
La diputada Luisa María Alcalde Luján: Que en México existen monopolios es algo evidente. Telmex controla el 80 por ciento del mercado de telefonía fija y Telcel domina el 70 por ciento, sus tarifas son las más caras del mundo y sus servicios de los más mediocres.
Televisa controla el 70 por ciento de las pantallas de televisión y el servicio de cable del país, y la calidad de su programación deja mucho que desear. Por su parte, Cemex controla el 90 por ciento de la producción del mercado de cemento; varios países del mundo han sancionado a esta empresa por sus prácticas monopólicas, excepto México.
Grupo Modelo hace lo propio con el 65 por ciento del mercado de cerveza y Famsa, que embotella los productos de Coca Cola en México, tiene el control del 60 por ciento del mercado refresquero. Bimbo domina el mercado de pan y Gruma el del maíz.
La Constitución establece desde 1983 que los monopolios y las prácticas monopólicas están prohibidas, incluso la antigua Ley de Competencia, que ahora se derogará, estableció esta prohibición en su artículo 2o., así que la primer conclusión a lo que nos lleva lo antes expuesto es a que los monopolios en México existen gracias al poder público que los protege.
Y hoy vemos una prueba de ello al pretender mantener inoperable la mejor arma que tenemos contra los monopolios, la desincorporación de activos. La desincorporación de activos implica la enajenación o venta de bienes, partes sociales o acciones a terceros, de modo que se termine con el monopolio. Es el principal mecanismo para favorecer la competencia en el mercado y por ende la disminución de los precios.
La desincorporación de activos implica un impacto real y ha sido aprobada con éxito para eliminar prácticas anticompetitivas en mercados de todo el mundo. En 1911, por ejemplo, el gobierno estadounidense desmembró la Standard Oil en 32 firmas y en 1984 hizo lo mismo con AT&T, dividiéndola en siete operadores. Así se combatieron dos emporios que habían acumulado más poder que el propio Estado. Esto demuestra que la desincorporación de activos es posible, siempre y cuando exista legislación y voluntad política.
La antigua Ley de Competencia, que ahora se derogará, contemplaba esta figura, pero era impensable su ejecución, el ente regulador carecía del poder legal y el gobierno en turno de interés y perseverancia, la desincorporación existía en el papel pero no en la realidad.
Esta nueva ley que estamos votando corregía originalmente a su antecesora, eliminaba los candados legales necesarios para poder aplicarla. Sin embargo, la comisión dictaminadora decidió replicar palabra por palabra el artículo 37 de la ley anterior, mismo fraseo, mismos candados y, por tanto, exactamente el miso resultado, ni un solo caso de desincorporación de activos aún de la evidente presencia de monopolios.
Si vemos los artículos 94 y 95, donde se establecen los procedimientos especiales de investigación, encontraremos facultades injustificadas para que el periodo de investigación pueda ampliarse indefinidamente hasta en dos ocasiones con la posibilidad de que los monopolios investigados sean los que propongan soluciones o medidas para eliminar los problemas de competencia y de este modo interrumpir el procedimiento en su contra.
Asimismo, el artículo 123 que establece la sanción de desincorporación, limita esta medida a los casos en donde existan sanciones previas. Esto significa que los monopolios, para poder ser divididos deben ser reincidentes, o sea haber sido cachados, investigados y sancionados por violar la ley.
Por si fuera poco, se establece que las sanciones impuestas por una pluralidad de prácticas anticompetitivas se considerará como una sola sanción. Es decir, si se cometieron 40 infracciones y se impusieron 40 sanciones en el mismo procedimiento, se entenderá que el monopolio sólo ha sido sancionado una vez. Y para rematar, la ley no considera como sanción aquellos casos en que los monopolios investigados reconozcan sus prácticas anticompetitivas y se acojan al beneficio de dispensa, como si a través de esta mea culpa, sus faltas fueran olvidadas.
Lo que propongo es lo siguiente. Eliminar los candados contenidos en el dictamen para que la Cofece tenga la posibilidad de decidir sobre la desincorporación de activos sin necesidad de que existan sanciones previas o condiciones burocráticas que limiten su actuación. Sólo así podríamos terminar de una vez con los monopolios, proteger los derechos de los consumidores y garantizar una verdadera competencia. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica, si se admite a discusión la propuesta de la diputada Alcalde Luján.
La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y diputados que estén por la negativa (votación). Mayoría por la negativa, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia se desecha. Tiene la palabra el diputado José Luis Valle Magaña para presentar una propuesta de modificación al artículo 126.
El diputado José Luis Valle Magaña: Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, es fundamental que aquellas personas que hayan sufrido daños a causa de una práctica monopólica o una concentración ilícita puedan interponer las acciones judiciales en defensa de sus derechos. Las personas o empresas que hayan sufrido daños o perjuicios a causa de una práctica monopólica relativa puedan interponer acciones en defensa de sus derechos o intereses, y estas acciones puedan ejercerse de forma individual o colectiva.
En materia de protección al consumo y los consumidores, las acciones colectivas son una herramienta jurídica usada para proteger el derecho que tiene un grupo de personas contra uno o varios proveedores que vulneren sus derechos. La sentencia será para todo el grupo en su conjunto.
En México, con el objeto de eliminar las prácticas abusivas de las empresas y con el fin de protege a un gran número de ciudadanos en un solo juicio, disminuyendo con ello los costos individuales, se han regulado en diversas disposiciones las acciones colectivas. Anteriormente la acción colectiva era conocida como acción de grupo y otorgaba sólo a Profeco la legitimación de iniciarlas en materia de consumo, por lo que las acciones colectivas resultan ser una herramienta jurídica que facilita mecanismos para que un grupo de personas organizadas pueda asistir ante tribunales para defender sus derechos comunes.
No obstante que existen sanciones fuertes para quien comete estas conductas, el objetivo no es sancionar a los agentes económicos, sino proteger el proceso de competencia y libre concurrencia en los mercados.
En la iniciativa que presentó el Ejecutivo para implementar la Ley Federal de Competencia Económica en el artículo 126, se menciona la facultad a aquellas personas que hayan sufrido daños o perjuicios a causa de prácticas monopólicas, a interponer acciones judiciales en defensa de sus derechos ante los tribunales correspondientes. Sin embargo, no se especifica que se podrá hacer por sí misma o de forma colectiva.
Por esa razón, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano consideramos necesario hacer la especificación para que no haya ambigüedades en los artículos propuestos, con el único objetivo de proteger al consumidor.
Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente reserva al artículo 126 del decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica.
Único. Se adiciona al artículo 126 del decreto por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica para quedar como sigue:
Artículo 126. Aquellas personas que hayan sufrido daños o perjuicios a causa de una práctica monopólica o una concentración ilícita podrán interponer las acciones judiciales por sí misma o de forma colectiva en defensa de sus derechos ante los tribunales especializados en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, hasta que la resolución de la comisión haya quedado firme. El plazo de prescripción para reclamar el pago de daños y perjuicios se interrumpirá con el acuerdo de inicio de investigación. Con la resolución definitiva que se dicta en el procedimiento seguido en forma de juicio se tendrá por acreditada la ilicitud en el obrar del agente económico de que se trate para efectos de la acción indemnizatoria. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la propuesta del diputado Valle Magaña.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia, se desecha. Tiene la palabra el diputado Jorge Salgado Parra, para presentar una propuesta de modificación al artículo 131.
El diputado Jorge Salgado Parra: Con su permiso, diputado presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Adelante, diputado.
El diputado Jorge Salgado Parra: El proyecto de dictamen por el que se expide la Ley Federal de Competencia Económica no puede convertirse solamente en un trámite legislativo a cumplir.
En nuestro grupo parlamentario de manera responsable hemos atendido todas las aristas que consignan el diseño de esta legislación, que en todo caso colmarán las actuales lagunas legales, que sólo fomentan la corrupción y el menoscabo de nuestro mercado.
No obstante la necesidad de nuestro sistema jurídico por contar con un ordenamiento de vanguardia, que ordene a un entorno económico de dimensiones globales, pero sobre todo garante de un Estado de derecho, una legislación de esta naturaleza y dimensiones nos conmina sobremanera a diseñar normas que respondan resueltamente el mandato constitucional que se nos ha encomendado.
Por ello, debo advertir que siendo este momento para discutir y perfeccionar el diseño institucional previsto en el proyecto de decreto que aquí nos ocupa y no dejaré pasar la oportunidad de destacar lo siguiente.
El artículo 20 constitucional, en su fracción VII consagra el hecho de la utilización de medios de impugnación que, como ya ha sido mención por parte de varios de mis compañeros legisladores en esta tribuna, han mencionado la necesidad de utilizar y de consagrar en leyes secundarias lo manifestado en los artículos constitucionales.
Es por eso que se la da modificación de un título onceavo de un mecanismo de impugnación en capítulo único de los tiempos de la resolución, que quedaría en un artículo 131 y que me voy a permitir leer.
Las normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión.
Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo.
Los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados en términos del artículo 94 de la Constitución y no se admitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales.
En ningún caso el proceso judicial que resuelve de forma definitiva el juicio de amparo indirecto podrá durar más de 90 días naturales. Los jueces y los tribunales cuidarán de que sus procedimientos no se suspendan ni se interrumpan, para lo cual proveerán lo necesario para que concluya con la sentencia respectiva en un plazo que no excederá de 35 días, en primera instancia, y 35 días en su revisión.
Son cuestiones que están consagradas en la Constitución, como ya lo mencioné, en el artículo 28, fracción séptima, y que deberían estar consagradas también en las leyes secundarias, como la que estamos debatiendo hoy, que en nada perjudica y sí en mucho beneficia. Muchas gracias, diputado presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la propuesta del diputado Salgado Parra.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia, se desecha. Tiene ahora el uso de la voz la diputada Zuleyma Huidobro González, para presentar una propuesta de modificación al artículo 254 Bis, del Código Penal Federal.
La diputada Zuleyma Huidobro González: Con su permiso, presidente. En materia de derechos económicos los afectados corresponden a distintas categorías. Por ejemplo, en el caso de los delitos fiscales la aplicación directa es a la hacienda pública; mientras que el fraude y el abuso de confianza tienen una víctima determinada.
En el caso de competencia económica, el daño es directo a los consumidores y el mercado de bienes y servicios específicos, es decir, el perjuicio se da con la comisión de ilícitos propios de competencia económica es el bienestar social.
También es cierto que la competencia de la autoridad para sancionar las conductas ilícitas debe tener un límite temporal que corresponda castigar la ineficacia del Estado en la persecución de las conductas, entendiendo que el bien jurídico afectado debe determinar el periodo de oportunidad para la aplicación de la sanción, correspondiendo que cuando el bien jurídico afectado sea mayor, el tiempo para la prescripción y el delito sea también extendida.
Igualmente, el contar con un periodo determinado que corresponda de forma sistemática a las facultades de las autoridades en la vigilancia de la investigación, brinda certeza jurídica tanto para los acusados como para las víctimas.
Ahora bien, en el dictamen en comento, en su artículo 254, en el cuarto o quinto párrafo, determina que los delitos prescribirán dentro del término medio aritmético de la pena privativa de la libertad, lo cual es contradictorio para la prescripción del plazo de las investigaciones que corresponden a 10 años.
¿Qué es esto? Si me estuvieron escuchando y poniendo atención en la reserva presentada al artículo 129, era precisamente sobre esto. Que la prescripción, ahí decía o dice, que se extingue en un plazo de 10 años, que la prescripción será por 10 años. Y ahorita, en este artículo, en el 254 del Código Penal, dirá que la acción penal prescribe en un plazo igual al término medio aritmético, de la pena privativa de la libertad, lo cual estos dos artículos se contradicen, uno al otro.
Por lo que se propone que esta reserva para adecuar de mejor forma el plazo de prescripción de los delitos en materia de competencia económica, de continuar el caso señalado en este artículo, podría ocurrir que las investigaciones en la materia develen la comisión de un ilícito, que por el plazo de prescripción del mismo haya caducado la facultad de la autoridad para sancionarla. Es decir, se tiene el mismo tiempo para investigar, para sancionar y para que prescriban.
Por lo que se propone que el artículo 254 Bis, en su quinto párrafo, se agregue que la acción penal prescribirá en un plazo de 15 años a partir de que haya cesado la conducta ilícita. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la propuesta de la diputada Huidobro.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia, se desecha. Tiene finalmente la palabra la diputada Lorenia Valles Sampedro, para presentar una propuesta de modificación al artículo tercero transitorio del proyecto de decreto.
La diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro: Con su permiso, presidente. Presento reserva al artículo tercero transitorio en relación al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal.
De acuerdo a un estudio realizado por Marcos Ávalos, consultor de la Unidad de Comercio Internacional e Industria, de la sede subregional de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, CEPAL en México, la situación de la política de competencia tiene el siguiente obstáculo: el sistema judicial es el principal obstáculo para la aplicación efectiva de la política de competencia. El proceso judicial en México ha afectado la aplicación de esta política a través de los amparos. Este problema legal ha ocasionado que 90 por ciento del total de las multas no se hayan podido cobrar.
Desde el punto de vista operativo, el sistema judicial es el principal obstáculo para la puesta en práctica, efectiva, de la política de competencia, como lo ha evidenciado, sobre todo, el caso de Telmex. Existe el riesgo de que cualquier caso se estanque en el sistema judicial, debido al recurso de amparo y la Cofece, Comisión Federal de Competencia no pueda hacer efectiva su política.
En las cortes mexicanas hace falta experiencia en la aplicación de las políticas de competencia. Por lo general, los jueces no tienen un entrenamiento en economía y mucho menos en esta área particular de competencia y regulación económica.
Además, el sistema judicial en México se ha ganado una mala reputación en términos de eficiencia. Si bien se ha pensado en la creación de tribunales especializados en aspectos económicos, incluyendo competencia y anti dumping, se han presentado obstáculos políticos, quizá por la relativa autonomía que podría adquirir esta entidad judicial frente a la autoridad de competencia, y por supuesto, también obstáculos financieros para llevar a cabo esta estrategia.
De acuerdo a los especialistas, el problema principal para la aplicación efectiva de la política de competencia en México es el sistema judicial. No solo por la posibilidad de ampararse, como lo hemos comentado ya anteriormente, que imposibilite el cobro de las multas, sino también porque la implementación de las prácticas monopólicas relativas, descritas en el actual artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, en base a los criterios del artículo 7 del Reglamento no ha sido fácil para la actual Comisión Federal de Competencia Económica.
Hasta el momento la Cofece ha perdido, ante el Poder Judicial, todos los casos en los que se han involucrado tales conductas. De hecho, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha considerado que esta disposición es inconstitucional, con el argumento de que solo señala criterios generales sobre el daño al proceso de competencia y libre concurrencia, pero no establece los parámetros necesarios que debe seguir la Comisión para sancionar las prácticas monopólicas relativas, asociadas a esta regulación.
Por todo lo anterior, se puede considerar necesario que el Consejo de la Judicatura Federal informe sobre la reforma constitucional en materia de competencia económica, así como la Comisión Federal de Competencia Económica también informe al Congreso de la Unión sobre los resultados de los asuntos judicializados en materia de competencia para su evaluación y seguimiento de los riesgos en los procesos judiciales que se deben considerar y corregir.
Por tanto, proponemos que se adicione un segundo y tercer párrafo al transitorio tercero para quedar como sigue: el pleno de la Comisión deberá adecuar su estatuto orgánico a lo dispuesto en el presente decreto, en un plazo que no excederá de 30 días contados a partir de su entrada en vigor, en tanto se efectúe la adecuación. Se continuará aplicando el estatuto orgánico vigente al momento de la entrada en vigor del presente decreto en lo que no se oponga a éste.
El pleno de la comisión deberá informar al Congreso de la Unión a través de sus Comisiones de Economía cada año, en el mes de noviembre sobre los resultados de los asuntos judicializados en materia de competencia económica para su evaluación y seguimiento de los riesgos en los procesos judiciales que se deben considerar y corregir para el mejor funcionamiento de la Comisión de Competencia Económica y del Poder Judicial.
El Consejo de la Judicatura Federal deberá informar al Congreso de la Unión a través de sus Comisiones de Economía, de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito especializados en materia económica, sobre su número, división en circuitos, competencia territorial y resultados de los casos que haya resuelto cada año. Esa información se presentará durante el mes de noviembre. Es cuanto, presidente. Muchas gracias por su tolerancia.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias a usted, diputada. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la propuesta de la diputada Valles Sampedro.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. En consecuencia, se desecha.
El Presidente diputado José González Morfín: Voy a pedir a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal de los artículos 2o. 3o., 5o., 7o., 9o., 10, 12, 14, 24, 25, 30, 31, 32, 35, 37, 48, 49, 51, 54, 55, 56, 57, 59, 60, 61, 62, 64, 65, 66, 71, 75, 78, 79, 80, 83, 91, 93, 94, 97, 100, 101, 102, 120, 123, 126, 127, 129 y 131 del artículo primero del decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica en términos del dictamen modificado.
También del artículo 254 Bis del artículo segundo del decreto que modifica el Código Penal Federal, también en términos del dictamen modificado.
Así como el artículo tercero transitorio del proyecto de decreto... Bueno el 97 no lo leí. Bueno el 97 también en los términos del dictamen modificado y con las modificaciones aceptadas por la asamblea, el artículo primero del decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica. Ábrase el sistema electrónico de votación por cinco minutos.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación de los artículos mencionados por esta Presidencia, que expide la Ley Federal de Competencia Económica, el artículo 254 Bis del Código Penal Federal y el artículo tercero transitorio del decreto en términos del dictamen modificado, así como el artículo 94 que expide la Ley Federal de Competencia Económica con las modificaciones aceptadas.
(Votación)
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: ¿Faltó alguna diputada o algún diputado por emitir su voto?
El diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (desde la curul). A favor.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señor presidente, se emitieron 301 votos a favor, dos abstenciones y 99 en contra.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobados por 301 votos los artículos reservados en términos del dictamen modificado y con la modificación aceptada por la asamblea. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Esta Presidencia, con fundamento en lo que dispone el artículo 93, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, ordena que antes de que se remita la minuta a la Cámara de Senadores, se realicen las correcciones que demandan el buen uso del lenguaje y la claridad en las leyes, sin modificar lo aprobado por el pleno.
El Presidente diputado José González Morfín: Se informa a la asamblea que se acaba de recibir de las Comisiones Unidas de Justicia y de Deporte el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponible en los monitores de sus curules, por lo que para los efectos del artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.
La diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul de la diputada Claudia Bojórquez. Dígame, diputada
La diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (desde la curul): Gracias, presidente. Sólo para no dejar ni pasar por alto que el pasado sábado 22 de marzo de este año, Petróleos Mexicanos reportó un accidente en la plataforma marina de Pemex Akal TV, ubicada en el yacimiento de Cantarell en la Bahía de Campeche.
Pemex informó que el incendio se suscitó en un área de temblorinas de la caseta del equipo de perforación, Menadrill 1, ubicado en dicha plataforma. De estos hechos lamentablemente resultaron heridos dos trabajadores de Pemex y uno más de la Universidad Autónoma del Carmen, los señores Salvador Ramón Fernández, Ricardo Pérez Dévora y Ricardo Hernández Guzmán.
Pese a que el incendio fue controlado ayer, 24 de marzo, falleció uno de los trabajadores, Ricardo Pérez Dévora –petrolero- derivado de las quemaduras en su cuerpo. Es lamentable este deceso que registra un fuerte impacto en el activo más importante de la paraestatal que es el de sus recursos humanos, pero también es en la producción petrolera.
Cabe señalar que Akal es el campo más productivo de Cantarell, pese a la notoria caída de la producción de los últimos años. Sin embargo, de acuerdo con los reportes de los propios trabajadores petroleros, han manifestado que esa plataforma había estado trabajando con diversas irregularidades hace aproximadamente 20 días, por lo que de manera particular y como secretaria de la Comisión de Energía, estamos solicitando a Petróleos Mexicanos nos pueda dar la información sobre la investigación que se lleve a cabo sobre este suceso, en estos días. Gracias, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Ya quedó registrada su intervención en el Diario de los Debates.
El Presidente diputado José González Morfín: Compañeras y compañeros, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
El Presidente diputado José González Morfín (18:15 horas): Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el jueves 27 de marzo de 2014, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.
---o0o---