Que reforma los artículos 73, 76 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Jesús Heriberto Noriega Cantú, del grupo parlamentario del PST
«Estoy anotando previamente para, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, proponer una iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que adiciona la fracción XXIII del artículo 73 que deroga la fracción I del artículo 76 y modifica el artículo 133.
La política exterior mexicana se basa en el ideal pacifista, condicionada por un carácter universal de solidaridad y cooperación fundamentada en un inrrestricto hacia los demás estados y en la construcción de un orden internacional más justo y equilibrado. Y estos son principios los que ha caracterizado a México en el entorno internacional desde su nacimiento como nación independiente, ya que le primer presidente de México dejaría constancia de este espíritu pacifista, al declarar "el gobierno de la República contempla fuera del círculo de las posibilidades de una potencia distinta de la España acometa a la empresa de turbar la pacífica posesión de una existencia que alcanzó el valor, y resguarda una moderación sin límites, pero si contra toda expectación fuese profanado el suelo clásico de la libertad, México, por sí solo, se bastará a defender y conservar sus títulos y derechos".
No obstante, de este siempre presente principio de convivencia pacífica internacional, el suelo mexicano a lo largo de su historia, como nación independiente se ha visto y se ve entorno internacional que, constantemente se hostiliza y trata de someterle a principios que son ajenos a nuestra idiosincrasia y modo de vida política, económica y social. Pero esta es constante violencia internacional, la que ha fortalecido al país, en el ámbito internacional, ya que nadie puede dudar de la calidad moral que México tiene al exterior.
Dirigido por estas circunstancias, la contribución de México al perfeccionamiento de las relaciones internacionales de todo tipo, son un avance para la humanidad, México ha sido un defensor del derechos de los pueblos a ejercer la independencia política y del derecho de los pueblos; mantener plena su soberanía sobre los recursos nacionales, mismos principios de México ha manifestado infinidad de veces en los foros internacionales, y llegando a acuerdos sobre: la prohibición y limitación de las pruebas nucleares, la seguridad ecológica, la explosión demográfica, los asentamientos humanos, el hambre y la desertificación, así como de emprender proyectos de integración económica en sus distintas fases, para afrontar los desafíos del desarrollo internacional. En ese sentido destaca la cooperación de nuestro país en el plano multilateral que ha tenido importantes logros, como reestructurar el sistema mundial de cooperación económica por medio de un nuevo orden económico internacional, proceso que culminó con la promoción del Gobierno de México de la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados en 1974 (Resolución 3281 adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 12 de diciembre de 1974.) lo que manifiesta que México ha sido fiel a los principios que rigen su política exterior y que son señalados en la Carta de Naciones Unidas.
Pero hoy la soberanía se ve seriamente amenazada debido a las presiones y chantajes a lo que intentan someternos las potencias imperialistas y que han llevado a un estado de tensión en las relaciones de nuestro país principalmente con Estados Unidos, relaciones que han sido seriamente afectadas en los últimos días con la aprobación de diversas leyes por parte del Gobierno norteamericano que afectan en el plano económico y político a nuestro país y que exigen de pueblo y Gobierno una posición de defensa firme de la soberanía nacional. Por lo que el Estado no puede seguir negando la participación de las fuerzas democráticas en la determinación de la política exterior.
Y actualmente tal y como se encuentra redactado en la Constitución subsiste la prominencia del ejecutivo en materia de política exterior, facultades que se combinan especialmente con la Cámara de Senadores y que marginan a la Cámara de Diputados en donde se encuentra una representación más fiel de las fuerzas que actúan en la vida política del país.
La intervención del Senado en política exterior se refiere al poder de nombrar ministros, agentes, diplomáticos y cónsules generales; la celebración de los tratados también exige su aprobación, sin embargo, la intervención de este en el conocimiento de los tratados es a posterioridad de su negociación. Corresponde también al Senado autorizar al Ejecutivo para permitir el la salida de tropas nacionales fuera de límites del país, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadrones de otras potencias, por más de un mes, en aguas mexicanas.
Asimismo la fracción I, del artículo 74 constitucional faculta al Senado a analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal, misma que implica un control político de ésta y en su caso una eventual censura, pero dada la composición unipartidista el carácter de total supeditación de este al Ejecutivo le impiden realizar estas tareas que les otorga el orden constitucional.
Por su parte la Cámara de Diputados tiene una injerencia en los asuntos de política exterior, ya sea mediante la Comisión Permanente, en la cual los diputados son mayoría; pero sólo se tratan en este caso de nombramientos de ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, o bien, dentro de las facultades constitucionales otorgadas en su conjunto al Congreso de la Unión.
Sin embargo, ocurre con los tratados, que una vez que se firman, se aprueban por el Senado y se ratifican internacionalmente, requieren para su aplicación interna, una legislación reglamentaria. La expedición de esta legislación demanda la participación de la Cámara de Diputados.
Ahora bien la nula o escasa crítica a la política exterior mexicana en lo que se refiere a la celebración de tratados, de parte del Senador, se evidenció últimamente con el caso suscitado en que ciudadanos mexicanos militantes del Partido Acción Nacional acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para denunciar un caso de violación de derechos humanos; como resultado de supuesto fraude electoral en algunos estados de la República Mexicana, sustentados en el Pacto de San José, mismo que fue aprobado por el Senado en funciones en el sexenio pasado; en este tratado se le da, en el estricto sentido jurídico y en base a las normas del derecho internacional, autorización a organismos internacionales para la calificación de actos, por principios constitucionales sólo pueden ser tratados por mexicanos. La ratificación de tratados como éste de parte del Senado, constituye una evidente carencia de visión política, y reflejan en sí su subordinación de esta parte del Poder Legislativo al Ejecutivo, sin embargo la gravedad del caso es que esta actitud acrítica del Senado subsiste y es resultado de su carácter monopartidista y que en cualquier momento con actitudes como estas ponen en peligro la soberanía nacional.
Ante estos acontecimientos y dado que la pluralidad del pensamiento político de la sociedad mexicana encuentra su máximo y más fiel representante en la Cámara de Diputados, donde se expresan todas las corrientes políticas existentes en el marco de la legalidad constitucional, siendo este orden democrático constitucional el que rige las tareas encomendadas a esa soberanía por la Carta Magna. Es por ello que ésta se erige como único y auténtico medio de presión para frenar la adopción de un régimen convencional inconveniente para la soberanía económica y política de la nación.
Asimismo se demanda la práctica de las facultades que en materia de política exterior le son conferidas al Congreso Federal (incluye la Cámara de Diputados), en la fracción X del artículo 89, constitucional.
Con fundamento en lo anterior y en base a las facultades conferidas en la fracción II, del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, propone a esta soberanía, la siguiente
Iniciativa de reformas a la Constitución General de la República
"Artículo único. Se adiciona el artículo 73 la fracción XXIII actualmente derogada, se deroga la fracción I, del artículo 76, y se modifica el artículo 133 para quedar como sigue:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad;
I.............................................................................
XXII..........................................................................
XXIII. Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el secretario del despacho correspondiente rindan al Congreso, además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión.
Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado.
I. Derogada.
II............................................................................
X.............................................................................
Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con la aprobación del Congreso, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Artículo 133, los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los estados.
Atentamente, fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores.»
Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.