Crónica Parlamentaria, Cámara de Diputados

Con proyecto de decreto que prohibe la importación, distribución y uso del producto sintetico "cumarina", presentada por el diputado Nabor Camacho Nava, del grupo parlamentario del PARM

«C. diputado Presidente; compañeras y compañeros diputados:

La iniciativa con proyecto de decreto que el día de hoy pongo a la amable consideración de ustedes, reviste importancia porque al aprobarse, influirá, en lo sucesivo, en la prevención de la salud de todos los mexicanos. Fundo mi iniciativa en los siguientes

Considerandos

Por falta de atención de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, carencia de promoción, vigilancia, cuidado e inspección del cultivo de la vainilla, esta maravillosa orquídea a venido a menos y su producción se ha desplomado.

Antaño, Papantla "la ciudad que perfuma al mundo", podía presumir de ser la máxima productora de vainilla en el mundo, incluso se llegó a exportar en cantidad considerable. Descuido posterior de los cultivadores, desinterés, robo de la vaina y corte prematuro, trajeron como consecuencia la baja en la producción y calidad. Se perdió el mercado exterior y no se abastece ya el mercado interno. Nuestro país paso a segundo término: Ceylán y Brasil, mayores y mejores productores que México, acapararon el mercado externo y México, ante la insuficiente producción se vio en la necesidad de importar de los Estados Unidos, un sucedáneo: la cumarina, la cual, se usa en nuestro país para fines alimenticios, en panaderías, reposterías, dulcerías, confiterías, para la industria refresquera y para la fabricación de desodorantes y aromatizantes en general. También para elaborar raticidas.

La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, ha autorizado hasta el día de hoy, la importación por parte de los industriales de los distintos ramos de nueve toneladas y media del producto sintético que se presenta en forma de cristales solubles y que se denomina cumarina, cuyo aroma es en todo semejante a la vainilla, pero que afecta la salud de todos los que la consumimos.

Para conocimiento de ustedes, la oficina de drogas y alimentos de los Estados Unidos, hace años que prohibió el uso de dicho producto, la cumarina, porque este producto sintético tiene propiedades cancerígenas.

Es cierto que habitualmente nos resignamos a usar medicamentos, aparatos eléctricos, computadoras y tecnología que en otros países es ya obsoleta, pero que para nosotros resulta ser siempre la gran novedad.

Considero que esta práctica tercermundista va a continuar; sin embargo, en tratándose de productos que afecten la salud del pueblo, debemos impedir que se consuman.

No es menos cierto que puede cundir la alarma al darse a conocer estos datos, pero, somos un pueblo muy sui generis; a guisa de ejemplo, sólo recuérdese que alertamos a esta soberanía sobre el grave problema del SIDA y curiosamente, como que ya no existe temor y el problema avanza incontenible, como que ya nos acostumbramos a él, en pocas palabras: no importa ya lo que suceda al grado tal que hasta algunos medios masivos de difusión social tratan de minimizar los peligros reales o de plano guardan silencio.

Cuando rendimos nuestra protesta como diputados y aceptamos guardar nuestra Constitución, nos comprometimos tácitamente a defender al pueblo de México del cual somos representantes populares. La historia, compañeros diputados, no perdona, es juez implacable y habrá de censurarnos acremente para vergüenza de nuestro hijos, si no nos aprestamos a denunciar desviaciones, abusos, errores, atropellos o medidas comerciales gubernamentales como la aludida, que dañan gravemente la salud del pueblo.

En otro orden de ideas, la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, poco o nada hace por fomentar el cultivo de la vainilla. Insisto en que Ceylán y Brasil están obteniendo magníficas cosechas y van en aumento. Nuevas técnicas de polinización, industria genética aplicada a la agricultura, vigilancia eficaz y buena comercialización, distinguen a esos países en el cultivo de la orquídea. Valdría la pena, inclusive, viajar hasta ellos para observar de cerca sus avances tecnológicos agrícolas, ya no para convertirnos a mediano o largo plazo en exportadores, sino por lo menos para cubrir nuestra demanda interna.

Hecha la exposición de motivos, como fundamento objetivo y real de la iniciativa, con la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República y con en consenso del resto de los integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, ponemos a consideración de esta soberanía, la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto

Artículo primero. Se prohíbe la importación, distribución y uso del producto sintético denominado cumarina, que se presenta en forma de cristales solubles con aroma a vainilla, sucedáneo de ésta, para fines alimentarios o combinando con elementos diversos para fabricar alimentos o bebidas.

Artículo segundo. Al infractor de la disposición contenida en el artículo primero inmediato anterior de este decreto, se le consignará de inmediato a las autoridades correspondientes y se le procesará como autor de delitos contra la salud, equiparable al narcotráfico, procediéndose de inmediato a la clausura inmediata de su comercio o industria y comprobado que sea el ilícito, al cierre definitivo de los mismos, sin perjuicios de las penas administrativas o corporales a que se haga acreedor.

Artículo tercero. Se localizarán las existencias del tóxico mencionado que se encuentren almacenadas en el país, las mismas serán decomisadas e incineradas ante la presencia de enviados de las autoridades correspondientes, indemnizándose al propietario por la perdida de las mismas, siempre y cuando demuestre a satisfacción, que las adquirió antes de entrar en vigor el decreto, caso contrario, procederá lo conducente de acuerdo al artículo segundo inmediato anterior.

Artículo cuarto. Se harán del conocimiento de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, las disposiciones de los artículos primero al tercero inclusive, para que de inmediato proceda a fomentar y promover el cultivo intensivo de la orquídea productora de vainilla, con miras a satisfacer lo más pronto posible los requerimientos de la misma, alentando a los cultivadores con estímulos fiscales adecuados.

Transitorio

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en le Diario Oficial de la Federación y será de observancia en todo el territorio nacional.

Sala de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 1o. de octubre de 1987.

Diputados: doctor Nabor Camacho Nava, licenciado Carlos Enrique Cantú Rosas, Jorge Cárdenas González, licenciado Reyes Fuentes García, licenciada y profesora María de la Luz Gama Santillán, Ingeniero Juan M. Lucia Escalera Ingeniero Héctor M. Calderón Hermosa, licenciado Gregorio Macías Rodríguez, profesor Jaime Castellanos Franco, Enrique Bermúdez Olvera.»

Turnada a la Comisión de Salubridad y Asistencia.