Que reforma los artículos 65, 66 y 69, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Javier Paz Zarza, del grupo parlamentario del PAN
«C. Presidente.
H. Cámara de Diputados.
Los suscritos, diputados miembros de Acción Nacional, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política y en la fracción II del artículo 55 del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, presentamos la siguiente iniciativa que Reforma el Artículo 65, 66 y 69 constitucionales.
Exposición de Motivos
1. La Constitución indica expresamente las funciones y objetivos del Poder Legislativo entre los que es menester señalar las siguientes obligaciones:
a) Analizar, discutir y aprobar, en su caso, los proyectos de ley en iniciativa propuestas por el Ejecutivo y las que surjan del propio Poder Legislativo.
b) Analizar el informe anual de Gobierno que, en los términos constitucionales, rinde el C. Presidente de la República al H. Congreso de la Unión.
c) Examinar, discutir y, en su caso, aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal.
d) Examinar la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y del Departamento del Distrito Federal para comprobar el cumplimiento, justificación y transparencia del Gasto Público.
e) Practicar auditorías a las entidades de la Administración Pública Federal, a través de la Contaduría Mayor de Hacienda, en lo que se refiere al ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal.
f) De las demás funciones propias de cada Cámara, que la propia ley fundamental y su reglamento interior establecen.
2. Cada día es más urgente la exigencia de la ciudadanía para exigir que el Congreso asuma plena y responsablemente su categoría de poder, con el ejercicio eficaz de sus facultades, no sólo para legislar, sino para contribuir a la correcta política de la administración y ejercer el control de ésta por las vías establecidas y así, hacer realidad el de exigir responsabilidades por el manejo de los recursos económicos.
Es urgente reivindicar el decoro y la dignidad del Poder Legislativo y evitar la situación servil en que se encuentra respecto al Ejecutivo.
El Congreso debe efectuar un análisis serio y concienzudo del presupuesto, ya que hoy día, como consta a la opinión pública y a esta H. Cámara de Diputados el tiempo para el análisis es mínimo, y da como consecuencia que, el presupuesto no se presenta como un conjunto de decisiones concretas sometido a la aprobación del Legislativo, sino una simple comunicación a aprobar de decisiones que en forma unilateral forma el Ejecutivo. Debemos evitar que las cámaras conozcan los planes del Ejecutivo como decisiones ya tomadas. Hoy día el Legislativo ha desechado su obligación y derecho constitucional de gobernar por la vía de la modificación o del rechazo de proyectos del Gobierno. No se pretende al hacer esta aseveración, la lucha sin cuartel entre poderes; sino, exigir que cada quien cumpla con lo que le compete, para que de las justas relaciones entre los mismos resulte el necesario equilibrio en el ejercicio de la autoridad, dentro de un régimen de derecho. Exigimos una patria ordenada, donde el Congreso al asumir sus derechos plenamente se dé vigencia al estado de derecho y las normas sean pocas y claras con un sentido socialmente valioso.
3. La llamada "reforma política" iniciada en 1977 y que se ha traducido única y exclusivamente en una minina reforma electoral, trajo como consecuencia el crecimiento de grupos parlamentarios dentro de la Cámara de Diputados, que hoy en número de nueve, participan en ella.
La dinámica de las funciones camerales, tanto en el pleno como en comisiones, han rebasado con creces lo estipulado en el obsoleto Reglamento Interior del Congreso de 1898, que Acción Nacional desde el 19 de diciembre de 1962 y en once proposiciones ha pretendido actualizarlo.
Se ha vuelto obligado, que en virtud de "x" tema, necesariamente deben intervenir los nueve grupos parlamentarios lo que ha ocasionado sesiones, que sin sentido común alguno, se han prolongado por horas y horas.
4. Aunado a ello, es de todos conocida la actitud del Ejecutivo principalmente de modificar constantemente tanto la Constitución como sus leyes y reglamentos, y que esto, normalmente se acumula en los meses de noviembre y diciembre, lo que ocasiona que se dictamine al vapor y sobre las rodillas.
Las comisiones en lugar de examinar e instruir los asuntos que se les turnan, hasta ponerlos en estado de resolución, mediante la formulación del dictamen correspondiente tratan de ser obsequiosas y sin reflexión suficiente los aprueban.
Ocasiones han sucedido, escasas lamentablemente, que la Cámara de Diputados, aprueba una iniciativa del Ejecutivo, y la opinión pública, como en caso de Ley Mordaza, con la cual se inició este sexenio, la rechazó en forma unánime, que se vio obligado el Senado de enmendarle la plana a la primera.
5. También ha sido evidente el rezago legislativo, prueba de ello están 301 proposiciones y 273 iniciativas de ley, que están en los archivos obscuros de las comisiones de esta Cámara, sin que a la fecha se hayan dictaminado y puesto a consideración del pleno.
Estas iniciativas, al no dictaminarse, dejan sin voz, como acertadamente planteó un editorial del diario El Universal a importantes núcleos de la población, quienes eligieron a sus representantes para que a su vez ellos, presentaran iniciativas y proposiciones acordes a sus pretensiones.
Porque, no solo los ciudadanos, de ideas afines al partido que haya presentado una de las iniciativas en cuestión, tienen derecho a que estas sean conocidas por todos. También los demás ciudadanos, para que estén en posibilidad de darse cuenta de como responden sus representantes a las iniciativas de los grupos de otras tendencias.
Se debe estar consciente además, que a veces el planteamiento hecho por alguien de ideas contrarias hace ver soluciones aceptables para todos. O también puede despertar ideas diferentes en torno al mismo asunto, que sean útiles para el país.
Indudablemente que los constituyentes que decidieron dar al país una organización democrática con un Poder Legislativo que le dictara las leyes para su gobierno, jamás pensaron en la posibilidad de que el uso llegara a consagrar una institución como la famosa "congeladora" que tanto se emplea actualmente.
Pero al usarse este sistema, existe otra perspectiva: se impide que se entre a la discusión de problema del país que muchas veces pueden ser graves.
Nadie podría entender por qué no ha de buscarse a un problema, sólo porque quien propone hacerlo no pertenece al grupo del Poder Ejecutivo. De hecho se han presentado situaciones en que se envía una iniciativa de la oposición a la "congeladora" y después de largo tiempo, cuando se calcula que ya esa iniciativa fue olvidada por todos, se presenta una semejante, aunque ya no tan oportuna.
Desde luego que sacar de los archivos de comisiones una iniciativa no quiere decir que cuente con algunos puntos en su favor para ser aprobada. Puede y debe ser debatida a fondo y desechada si se quiere. Pero los ciudadanos todos tienen derecho a saber que es lo que se piensa sobre los problemas que trate.
No de debe tolerar el congelar proposiciones o iniciativas ya que frustra debates, orientaciones e informaciones necesarias para la vida del país, y viola la Constitución al hacer nugatorio el derecho de iniciativa de que todos los diputados gozan, olvidando que la Constitución se los reconoce en el mismo nivel en que lo otorgue al Presidente de la República y a las legislaturas de los estados.
Aunado a ello, la política de "congelación" es también violatoría del fuero constitucional de que gozan los diputados. ¿Podrá, acaso, un diputado hacer uso de ese fuero en la tribuna para tratar problemas nacionales, cuando las iniciativas que desea defender quedan archivadas, sin dictamen, para siempre y desde el momento en que fueron turnadas a las mismas?
El dictamen y discusión, por lo tanto, es inexcusable para que los diputados no sólo presenten escritos que habrán de ingresar los archivos del Congreso, sino que en función a su actividad parlamentaria, pueda exponer en la tribuna sus puntos de vista, estemos de acuerdo con ellos o no.
6. Las legislaturas estatales en su mayoría, tienen establecido para un análisis concienzudo y detenido dos periodos de sesiones conforme podemos ver en su articulado.
Como es de observarse, la mayoría de las constituciones locales, salvo cuatro, tienen establecidos dos periodos de sesiones, lo que les permite un trabajo legislativo más adecuado.
Por lo tanto, consideramos que se debe ampliar a dos periodos de sesiones las labores del Congreso; siendo el primero, del 1o. de marzo al 30 de junio cuando se analice a fondo la Cuenta Pública del año inmediato anterior y las iniciativas de reformas a leyes y reglamentos en primera lectura se hubieran conocido en el 2o. período del año inmediato anterior.
En el 2o. período se conocerá la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal; así como se dará primera lectura a las iniciativas de ley que reformen leyes y reglamentos.
En ambos periodos se tratarán los asuntos de mero trámite y las proposiciones o temas que se consideren de interés nacional.
7. Por lo que toca a las reformas constitucionales Acción Nacional reitera que se dictamine la iniciativa de ley presentada en diciembre de 1982, por el licenciado Bernardo Bátiz Vázquez, donde se propone fundamentalmente, la implantación plena del orden constitucional, es decir, no estamos de acuerdo con el manoseo sexenal de nuestra Constitución, por lo cual pretendemos una revisión seria de los discutible y un respeto escrupuloso de los preceptos que se mantengan vigentes, por lo cual exigimos que la Constitución no sea modificada con reformas poco estudiadas y no discutidas ampliamente. Por ello, se insiste que no se llevará a cabo ninguna reforma constitucional, sin que medie un proceso electoral durante el cual los partidos políticos y los ciudadanos expongan su opinión sobre la proposición.
Por lo tanto, con fundamento en los antecedentes expuestos ponemos a su consideración el siguiente
Proyecto de decreto que reforma los artículos 65, 66, de la Constitución General de la República
Artículo primero. Se reforma el artículo 65 de la Carta Magna para quedar como sigue:
Artículo 65. El Congreso de la Unión tendrá dos periodos de sesiones ordinarias cada año:
El primer período deberá ocuparse de los siguientes asuntos:
1o. De examinar, discutir y aprobar, en su caso, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y del Departamento del Distrito Federal para comprobar el cumplimiento, justificación y transparencia del gasto público.
2o. Practicar auditorías a la entidades de la Administración Pública Federal, a través de la Contaduría Mayor de Hacienda, en lo que se refiere el ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal.
3o. Conocer en primera lectura, las reformas a leyes, códigos y reglamentos, propuestos por el Ejecutivo, por legisladores de los estados, y los que surjan del propio Poder Legislativo.
4o. Resolver los demás asuntos que le corresponden conforme a la Constitución.
El segundo período deberá ocuparse de los siguientes asuntos:
1o. Analizar el informe anual de gobierno que, en los términos constitucionales, rinde el C. Presidente de la República al H. Congreso de la Unión.
2o. Examinar, discutir y en su caso, aprobar la Ley de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal.
3o. Examinar, discutir y, en su caso, aprobar la Ley de Ingresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal.
4o. Analizar, discutir y aprobar, en su caso, los proyectos de ley e iniciativas conocidas en primera lectura en el primer período.
5o. Resolver los demás asuntos que le corresponden conforme a la Constitución.
Artículo segundo. Se modifica la constitución en su artículo 66, para quedar como sigue:
Artículo 66. El primer período de sesiones ordinarias iniciará el 1o. de marzo, finalizando el 30 de junio; y el segundo iniciará el 1o. de septiembre y concluirá el 31 de diciembre.
Artículo tercero. Se modifica la Constitución en su artículo 69 para quedar como sigue:
Artículo 69. A la apertura del segundo período de sesiones asistirá el Presidente de la República y presentará un informe por escrito, en que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.
En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una de las cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados a 2 de diciembre de 1985. Por el Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
Diputados: Javier Paz Zarza, Xavier Abreu, Carlos A. Acosta González, Juan Alcocer Bernal, Gonzalo Altamirano Dimas, Víctor G. Alvarez Herrera, Pablo Alvarez Padilla, Consuelo Botello de Flores, Manuel M. Bribiesca Castrejón, Alejandro Cañedo Benítez, Juan de Dios Castro Lozano, José Angel Conchello Dávila, Jaime Delgado Herrera, Franz Ignacio Espejel Muñoz, Cristóbal Figueroa Nicola, Edeberto Galindo Martínez, Jesús Galván Muñoz, Ricardo García Cervantes, Jesús González Schmal, María del Carmen Jiménez de Avila, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Salvador Landa Hernández, Federico Ling Altamirano, Héctor Mejía Gutiérrez, Ubaldo Mendoza Ortiz, Sergio Teodoro Meza López, María Esperanza Morelos Borja, Amado Olvera Castillo, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Javier Paz Zarza, Héctor Pérez Plazola, Humberto Ramírez Rebolledo, Humberto Rice García, Oscar Luis Rivas Muñoz, Cecilia Romero Castillo, Alfonso Joel Rosas Torres, Rubén Rubiano Reyna, María Esther Silva Alvarez, Germán Tena Orozco, Héctor Terán Terán, Eduardo Turati Alvarez, Pablo Ventura López.»
Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.