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Que adiciona el artículo 18, inciso B, de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para izar el lábaro patrio a media asta cada 3 de enero en honor de Felipe Carrillo Puerto, presentada por el diputado Liborio Pérez Elorriaga, del grupo parlamentario del PRI, en la sesión del miércoles 28 de diciembre de 1988

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de nuestra Carta Magna los suscritos, diputados federales, se permiten proponer ante esta honorable Cámara, iniciativa de decreto, a efecto de alcanzar el consenso decisorio que debe proceder a un acto de elemental justicia, que plasma tanto reconocimiento como gratitud, en pro de una figura oriunda de Yucatán, cuyos atributos engendran méritos que trascienden de lo ordinario y consagra la posteridad, como ejemplo vivo que sirve al hombre en lo individual y en lo colectivo.

Una sociedad fincada en la democracia es aquélla que sabe valorar su presente, respetando y enorgulleciéndose de su pasado.

El pueblo mexicano ha tenido que enfrentarse a vicisitudes sin par y cuando ha superado las adversidades de su propia resolución, al consolidarse, regresa su vista a tiempos anteriores en aras de indagar quienes fueron los protagonistas de su historia. Esto significa no tan sólo la certidumbre de haber vivido en el esquema pretérito de una sociedad humana, sino el legado positivo que transmiten a las sucesivas generaciones.

De Carrillo Puerto hay mucho que decir y por ende se multiplica la visión prolija de su ser y quehacer. No es fácil es estrecha síntesis, graficar el contexto de su personalidad, por cuanto a lo que fue e hizo, y mucho menos dar por evaluado la caudal de consecuencias benéficas al pueblo. Felipe Carrillo Puerto nace en 1872, en la pequeña población de Motul, en Yucatán. Desde muy joven demuestra su extraordinaria fuerza espiritual que se acredita en una irrenunciable vocación permanente de servicio. Desempeña diversas ocupaciones al servicio de la colectividad. Se inicia como leñero, más tarde ferrrocarrilero, periodista, político, y luchador social incansable hasta llegar a ocupar el más alto cargo político de su estado natal.

En 1910, figura ya en las filas del maderismo en Yucatán. Por problemas inherentes al movimiento que se gestaba en nuestra nación, es detenido y encarcelado. También fue desterrado refugiándose en Estados Unidos de Norteamérica; a su regreso al país en breve tiempo coincide en ideas y colabora con el general Salvador Alvarado, proponiendo y desarrollando importantes reformas sociales.

Su visión y empeño fueron siempre combatir con valor, energía y profunda convicción a los esclavistas de Yucatán, quienes en las heredades henequeneras, después de un siglo de consumada la independencia aún mantenían la encomienda inicua para la explotación de los indígenas mayas.

Al enarbolar la bandera de la igualdad y justicia ejerció gran influencia sobre la población indígena y sabido es el conocimiento que de la lengua maya tenía. Tal influencia le valió el sobrenombre de "Apóstol de la Raza".

En 1922, es electo gobernador de Yucatán. Durante su gestión se promulgaron Leyes de Previsión Social, del Trabajo, del Inquilinato, de Expropiación por causa de utilidad pública, de renovación del mandato público.

Adelantándose a su tiempo crea las ligas feministas, combatió el alcoholismo, promovió la educación y el deporte y estableció los servicios médicos y jurídicos gratuitos.

Fundó la Universidad del Sureste, así como la Escuela Vocacional de Arte y Oficios, y la Academia de la Lengua Maya.

Cuando la rebelión huertista triunfa en Yucatán, después de haber sido derrotada en el resto del país, Carrillo Puerto y sus principales colaboradores son ilegalmente capturados y cobardemente fusilados en la ciudad de Mérida, en la madrugada del 3 de enero de 1924.

En síntesis, Felipe Carrillo Puerto es un preclaro hombre yucateco, cuya existencia supo vivir intensamente al servicio de sus ideales que no fueron otros que los de aportar medidas protectoras hacia la persona humana con sus invulnerables prerrogativas de libertad, seguridad e igualdad. Defensor incansable de los derechos humanos y de las garantías sociales del hombre y el ciudadano.

La historia de su vida y su haber originan un saldo de incalculable valor para las revoluciones de nuestro país.

Los gobiernos de la revolución aún están en deuda de justicia para tan preclaro político y fecundo a nuestra actividad pública y ciudadana.

Saldemos, de alguna manera, parte de esa deuda impagable que se debe a este proceder revolucionario.

En virtud de lo antes expuesto, nos permitimos proponer a los integrantes de esta honorable Cámara de Diputados, la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Unico. Se adiciona la Ley del Escudo, la Bandera y el Himno nacionales en su artículo 18, inciso B, que señala los días del año en los cuales debe izarse la bandera a media Asta en señal de duelo, agregando la fecha..."3 de enero"... por el aniversario del infame asesinato del "Apóstol de la Raza" Felipe Carrillo Puerto, realizándose en esa fecha, ceremonias luctuosas en todas las entidades federativas de la nación para recordar su vida y entrega fecundada en favor del pueblo de México.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 28 de diciembre de 1988. -Liborio Pérez Elorriaga, María del Rosario Elena Guerra Díaz, Joaquín Alvarez Ordóñez, Esther Kolteniuk de Césarman, Ramón Alejo Valdez López, Pablo Moreno Cota, Benito Juárez Camacho, Noé Antonio Peniche Patrón, Eric Luis Rubio Barthell y Carlos Rubén Calderón Cecilio.

Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.