12345abcde
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir la actividad editorial dentro del apartado A de ese ordenamiento, presentada por el diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala, del grupo parlamentario del PARM, en la sesión del jueves 7 de junio de 1990

El día de hoy se celebra un día más de la libertad de Prensa, un día más en que los mexicanos sabemos que hay prensa escrita, prensa de la radio y prensa de la televisión; esa Prensa que nos ha permitido ver a lo largo y a lo ancho del país lo que acontece, no solamente en México sino en todo el mundo entero, esa Prensa que diariamente nos dice cómo seres humanos en Biafra, en Uganda, en Catanga y en otros países, se están muriendo de hambre por la falta de solidaridad, la falta de humanidad y de corresponsabilidad de todos los seres humanos.

El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, en sus documentos básicos, ha establecido que este principio de estar informado es un derecho constitucional que a todos los mexicanos asiste. Pero no obstante esta realidad en nuestro país, en México, la represión en contra de los medios de información y fundamentalmente en contra de los periodistas y reporteros ha sido gravemente dañada. En Chiapas, en Sinaloa, en Tamaulipas, en Chihuahua y en varias entidades del país, han caído periodistas, las familias han quedado huérfanas, y esto no se puede permitir en un país de derecho y en un país en el cual se respetan los derechos laborales de los mexicanos.

Las familias de los periodistas no pueden ni deben quedar desamparadas y las relaciones entre los periodistas, los editores, deben de estar debidamente garantizadas, a fin de que las familias de estos servidores del pueblo, puedan en un momento determinado cumplir con mayor gallardía y responsabilidad en el cumplimiento de su deber.

Sabemos que en la pasada administración la Secretaría de Gobernación implementó algunas acciones en contra de la libertad de Prensa, en contra de los periodistas, en contra de los derechos laborales de estos seres humanos, que han servido para orientar, capacitar y difundir la verdad en los distintos rincones del país.

También sabemos que varios funcionarios federales, estatales y municipales, han establecido, dentro de su secretaría, una "lista negra" de reporteros y periodistas. Estas "listas negras" que ellos tienen en todas las dependencias en donde se maneja la información, se hace con el propósito de que todos aquellos periodistas, todos aquellos reporteros, todos aquellos columnistas, todos aquellos editorialistas que no están de acuerdo con la forma en que actúan los funcionarios federales, sean marginados, criticados y, en ocasiones, no se les permita ni siquiera el acceso a las oficinas de prensa.

Por ello, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana repudia esta actitud de los miembros del Ejecutivo Federal, que a través de las secretarías de información, de las direcciones de información, han limitado la información a los verdaderos reporteros, a los verdaderos editores y a los verdaderos periodistas.

¡Demandamos respeto para la Prensa! ¡Demandamos respeto para los reporteros! ¡Y demandamos respeto para todos aquellos que de una o de otra forma informan al pueblo de México!

Sabemos que en la realidad hay intereses, intereses que en ocasiones lesionan la gran corrupción que impera en este país. La Prensa ha sido objetiva. La televisión en algunas ocasiones ha sido objetiva; en otras, desafortunadamente el programa de "24 Horas" y de "Eco", no ha sido objetiva en la realidad que plantea el México de hoy.

Por ello, ¡demandamos que todos los medios de información: la radio, la televisión, la Prensa, sean objetivos en el cumplimiento de su deber; sean objetivos en informar al pueblo de México lo que acontece, porque en última instancia el pueblo de México tendrá la madurez para que, junto con el gobierno, se puedan resolver los graves problemas que acontecen en este país! ¡Un pueblo desinformado, es un pueblo que no participa! ¡Un pueblo desinformado es un pueblo marginado! ¡Y por ello demandamos de los compañeros de la Prensa, de los amigos de la Prensa, que actúen con toda gallardía y con toda responsabilidad en el cumplimiento de ese deber!

Desafortunadamente el día de hoy, por omisiones, no se incluye este punto en el orden del día. Y solicitamos de los coordinadores de las fracciones parlamentarias que se incluya un debate en torno a los puntos de vista de cada partido político, respecto de su posición sobre lo que es la libertad de prensa, sobre lo que nosotros consideramos, como representantes de la nación, debe ser esta libertad, que en muchas ocasiones es conculcada hasta con la vida de quienes dicen la verdad.

Compañeros diputados; señor Presidente: "El Constituyente de Querétaro, en su afán de lograr un amplio marco de derechos individuales, plasmó en el Pacto Federal de 1917, el derecho de la educación para todos los mexicanos.

Dentro del espíritu de esta garantía constitucional, no se afecta la libertad de creencia del pueblo mexicano; por el contrario, se pretende que la educación de los mexicanos se desarrolle dentro de un marco democrático en el cual se logre el mejoramiento social, económico y cultural del pueblo de México.

Los mexicanos tenemos la libertad de dedicarnos a la profesión u oficio que esté acorde a nuestro leal saber y entender, pero en todo momento se exige del ciudadano, que las acciones que realiza en torno a su ocupación sean del todo lícitas y no se afecten intereses particulares o colectivos. También en este marco de garantías, la justa retribución por el trabajo o profesión que se desempeñe es una conquista que no puede ser erradicada, ni mucho menos conculcada a voluntad de grupos o personas. En nuestro marco legal fundamental, se reglamentan en el artículo 123, cual es la esfera de competencia de los tribunales para resolver los conflictos laborales entre trabajadores y empresas. En la fracción XXXI, del artículo 123, se fijan la competencia de las autoridades federales en determinados asuntos, que se consideran de vital importancia para el desarrollo del país; es por ello que en el ámbito federal se resuelven los problemas de la industria textil, eléctrica, cinematográfica, hulera, azucarera, minera, metalúrgica, de hidrocarburos, petroquímica, cementera, calera, automotriz, química, celulosa de papel, aceites y grasas, productoras de alimentos, elaboradoras de bebidas, ferrocarrilera, maderas básicas, vidriera y tabacalera, pero por razones que ignoramos, se ha marginado de la competencia federal una de las áreas de vital importancia para la cultura de los mexicanos: la editorial, no obstante que ésta es una de las actividades más antiguas de nuestro país y que de hecho ha forjado el presente y forjará el futuro de nuestra historia.

Si bien es cierto que la manifestación de las ideas se encuentra con una garantía social para todos los mexicanos, también es cierto que es inviolable el derecho y la libertad de escribir y publicar escritos en cualquier materia, pero esto no se puede hacer mientras quien escribe vive en condiciones de penuria, de desigualdad y en ocasiones de hambre y desempleo.

Las empresas editoriales que se dediquen a la publicación de diarios, revistas y libros, dada su importancia para la cultura de los mexicanos, debe estar garantizada y regulada dentro del ámbito de la justicia federal, en razón de que gobernadores, caciques lugareños o intereses mezquinos, degradan y distorsionan esta noble actividad que ha permitido al pueblo desde la época de Zarco, la de Flores Magón y hasta nuestros días, difundir con veracidad y oportunidad los sinsabores e injusticias que sufre el pueblo.

Las universidades e institutos superiores de este país, han permitido que de ella egresen jóvenes profesionistas, que se dedican a la información y a las letras, pero su actividad, al no estar reglamentada dentro del ámbito profesional y especializado, se deja en manos de las legislaciones locales, para que sean conculcados los derechos, no sólo de quienes escriben un artículo o libro, sino también de aquellos que con su esfuerzo imprimen estas ideas, que han servido para la evolución cultural de la sociedad.

Para los mexicanos y para su cultura, es tan importante un diario de circulación nacional, como un libro o una revista; por ello, los derechos de quienes trabajan en editoriales, periódicos y revistas, debe tener un tratamiento especial, a fin de no frenar el afán creador de estos profesionistas.

El incluir dentro del apartado A de la fracción XXXI, del artículo 123 de nuestra Constitución, la actividad editorial dentro de sus ramas de diarios, revistas y libros, permitirá mantener nuestra cultura y una información veraz y oportuna para todos los mexicanos, asimismo, incluir dentro de la Ley Federal del Trabajo, esta actividad profesional, con un salario remunerador que permita a los reporteros, editorialistas, columnistas, comentaristas y escritores, contar con una garantía de seguridad y sustento para sus familias, que sean dignas y decorosas y bajo ninguna circunstancia, sujetos al salario mínimo, que actualmente denigra y degrada a los obreros de este país, quienes se han visto precisados a enviar a sus mujeres y a sus hijos a trabajar, para cuando menos mal comer en el hogar.

El salario profesional que se reglamente para los reporteros, reporteros gráficos, columnistas, editorialistas y escritores, deberá regularse en la ley secundaria, acorde a las necesidades de subsistencia mínimas de una familia de clase media de nuestra sociedad. Asimismo, garantizarle a los impresores, operadores de máquina, formadores, linotipistas y empleados de las artes gráficas, que elaboran en editoriales y que se dediquen a la elaboración de periódicos, revistas y libros, un salario justo y un derecho reglamentado en el ámbito federal, permitirá que se haga efectivo el precepto séptimo de nuestra Carta Fundamental y logremos que en México, la cultura e información estén al alcance con veracidad, imparcialidad y objetividad para todos los mexicanos.

En consecuencia y de conformidad en lo dispuesto en la fracción II, del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 y relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos proponer reformas y adiciones al artículo 123 constitucional del apartado A, fracción XXXI, inciso 22, para quedar como sigue:

Fracción XXXI. La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los estados en sus respectivas jurisdicciones, pero es competencia exclusiva de las autoridades federales en los asuntos relativos a:
 

a) Ramas Industriales

1 a 21....

22. Editoriales, relacionadas con la impresión, publicación y comercialización internacional, nacional, estatal y municipal, de periódicos, revistas y libros, que tengan relación con la información, cultura y esparcimiento de los mexicanos.


TRANSITORIOS

Único. El presente decreto entrará en vigor 15 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Por la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, diputados: Oscar Mauro Ramírez Ayala, Vicente Luis Coca Alvarez, Manuel Patricio Estévez Nenninger, José Francisco Melo Torres, Marco Antonio Castellanos López, Lorenzo Treviño Santos, Pablo Ávalos Castro y Héctor Beltrán Manríquez.

Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Junio 7 de 1990.