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Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1991, presentada por el Ejecutivo federal en la sesión del jueves 15 de noviembre de 1990

El Presidente: - En los términos del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción IV, párrafo segundo, comparecen los secretarios de Hacienda y Crédito Público y de Programación y Presupuesto, a dar cuenta con las iniciativas de leyes de Ingresos de la Federación y del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1991, y los presupuestos de Egresos de la Federación y del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1991, respectivamente.

En virtud de que se encuentran en el salón de recepciones de ésta Cámara de Diputados, los ciudadanos secretarios doctor Pedro Aspe Armella y doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, se designa en Comisión para que los introduzca a este recinto y los acompañen cuando deseen retirarse, a los compañeros diputados: Cuauhtémoc Anda Gutiérrez, Rosario Elena Guerra Díaz, José Trinidad Lanz Cárdenas, Dionisio Pérez Jácome, César Coll Carabias, Astolfo Vicencio Tovar, Patricio Estévez Nenninger, Ciro Mayén Mayén, Elina Elfi Coral Castilla y Manuel López Zorrilla. Se ruega a la Comisión cumpla con su cometido.

(La Comisión cumple con su cometido.)

Esta Presidencia informa a la asamblea que los secretarios de Hacienda y Programación y Presupuesto se encuentran ya en estas oficinas, que solamente los señores coordinadores de los partidos políticos, de las fracciones parlamentarias, están teniendo en este momento una conversación con ellos; harán su entrada aquí en unos minutos. Ruego atentamente a todos los señores diputados y a los señores invitados tomar sus asientos.

De conformidad con la fracción IV, párrafo segundo, del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparecen el doctor Pedro Aspe Armella, secretario de Hacienda y Crédito Público, a dar cuenta con las leyes de Ingresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1991, y Ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales, y el doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Secretario de Programación y Presupuesto, a dar cuenta con los presupuestos de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1991.

Tiene la palabra el doctor Pedro Aspe Armella, Secretario de Hacienda y Crédito Público. Se le ruega pase a la tribuna. (Aplausos.)

El doctor Pedro Aspe Armella, Secretario de Hacienda y Crédito Público: - Ciudadano Presidente de la honorable Cámara de Diputados: ciudadanos legisladores: señoras y señores: En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tengo el honor de exponer, ante esta representación nacional , el contenido y alcance de las iniciativas de leyes de Ingresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, correspondientes al ejercicio fiscal 1991, que presenta a su digna consideración el Ejecutivo Federal.

Estas dos iniciativas precisan con detalle la forma en que el gobierno federal habrá de allegarse los recursos necesarios para financiar el programa de gobierno para 1991.

Siguiendo la práctica establecida por esta Quincuagésima Cuarta Legislatura, ésta es la tercera ocasión en que la exposición del Secretario del Despacho de Hacienda tiene como fin primordial ofrecer elementos adicionales, que permitan evaluar las iniciativas propuestas y explicar, con mayor detalle, el uso de los instrumentos fiscales y financieros, que conducirán la política hacendaria en el año próximo.

Desde el inicio de su gobierno, el Presidente de la República propuso modernizar al país para darle viabilidad a su economía, en un contexto internacional cada vez más competitivo y, así, generar empleos y elevar de modo sostenido el nivel de vida de todos los mexicanos. En el plano económico, la modernización significa en plena fundamentación de nuestra independencia y de nuestra soberanía sobre la base de una economía sólida y productiva; significa recuperar la capacidad de crecer sin inflación: implica disminuir la pobreza, a partir de una economía con prioridades definidas de manera ordenada en función de los objetivos nacionales; supone además incrementar la participación nacional en los asuntos económicos mediante el mejor funcionamiento de la economía mixta, con el consecuente fortalecimiento de la rectoría del Estado. Modernización es, concretamente, avanzar en la defensa de la soberanía y en la realización de la justicia social.

II. Balance de 1990

I. Evolución económica

a. Evolución de las principales variables macroeconómicas

Durante 1990, la política económica ha mantenido como propósito fundamental la consolidación de la estabilidad de precios y de las condiciones que permitan retomar un crecimiento sólido y permanente, única vía para elevar el nivel de vida de la población.

La perseverancia en la aplicación del programa económico se ha traducido en el fortalecimiento general de la economía y en el mejoramiento de las perspectivas de mediano plazo, tal y como se puede apreciar en los indicadores sobre la actividad económica. Entre éstos destaca el crecimiento del producto interno bruto a una tasa anual cercana a la observada el año anterior, que por segunda ocasión crece más que la población. Otros indicadores confirman esta tendencia, como el índice global de la producción industrial, que está creciendo a una tasa real de 6.5%, y el número de nuevos asegurados permanentes en el Instituto Mexicano del Seguro Social, que crece a una tasa anual de 6.1%.

La inflación es un fenómeno pernicioso de concentración de la riqueza, afecta más a quienes menos tienen, por eso México ha descartado la posibilidad de vivir con ella. Como lo señaló en su segundo informe de gobierno el Presidente Salinas, "el control de la inflación es no solo un objetivo económico, sino una obligación social". El Pacto para la Estabilidad y el Crecimiento Económico ha mostrado ser un instrumento eficaz en esta tarea.

El pacto, con la resuelta participación de empresarios, trabajadores y campesinos, y con la conducta responsable del gobierno, demuestra una vez más que los mexicanos cumplimos con nuestros compromisos, cuando actuamos concertadamente y subordinamos intereses particulares al interés nacional.

El pacto nos ha permitido reducir drásticamente la inercia inflacionaria y mantener el crecimiento económico. Se ha avanzado, pero no estamos satisfechos : mientras nuestra inflación supere la de nuestros principales socios comerciales no podemos decir que hemos logrado la meta.

En el frente externo, los resultados son congruentes con el resto de las variables. Ante la apertura comercial, la planta productiva mexicana ha alcanzado niveles de precio y calidad que permiten a varias ramas exportadoras tener ya una presencia permanente en los mercados internacionales. Se estima que las exportaciones no petroleras crecerán 14% durante el año.

En la presente coyuntura no podemos ignorar los acontecimientos en el Medio Oriente. El aumento en el precio del petróleo sin duda beneficia a los países exportadores. Sin embargo, la historia reciente nos ha enseñado que este tipo de beneficios son por lo general efímeros.

Las políticas fiscal y financiera han jugado un papel decisivo en el desempeño de la economía, al lograr conjugar las necesidades de financiamiento de los sectores público, social y privado con la generación de ahorro interno. La liberación de las tasas de interés y la mayor autonomía de los intermediarios financieros, así como una presencia fiscal más amplia contribuyeron al logro de este objetivo. Adicionalmente, la congruencia de la política económica y las más favorables perspectivas del país han generado un importante retorno de capitales.

b. Política de deuda pública

b.1 Deuda Interna

En el presente año, el gobierno federal continuó con la política de no financiar al sector público mediante la emisión primaria de circulante, para evitar los efectos inflacionarios que ello ocasiona. Consecuentemente, en 1990 se modificó la composición de las fuentes internas de financiamiento público. La participación de los recursos del Banco de México en el total se redujo en 1.2 puntos porcentuales para llegar a 6.8%, mientras que los valores gubernamentales incrementaron su importancia relativa del 82 al 91%, con respecto a 1989. De hecho, el crédito del Banco de México al gobierno federal, sin tomar en cuenta los recursos provenientes de dicha institución para constituir las garantías de la deuda externa, será negativo en el año.

El perfil del vencimiento de la deuda interna continúo ampliándose. Así, en 1988 el plazo promedio de vencimiento de los valores gubernamentales era de 130 días, mientras que en septiembre de 1990 alcanzó 194 días.

Por último, la deuda pública interna bruta del gobierno federal y de las entidades controladas presupuestalmente, ascendió al 30 de septiembre de 1990, a 157 billones de pesos, correspondiendo el 96% al gobierno federal, y el 4% a las entidades mencionadas.

Durante 1990, la política crediticia de la banca de desarrollo y los fondos de fomento continuó apoyando a los sectores prioritarios, en un contexto de racionalización de los subsidios financieros. Se estima que para este año, la derrama crediticia de estas instituciones alcance 47 billones de pesos.

b.2. Deuda externa

El 4 de febrero de 1990, con la firma del paquete financiero entre México y la banca comercial, culminó el proceso de la negociación de la deuda externa con los distintos acreedores del sector público.

Tal como se esperaba, entre las tres opciones que se ofrecieron a los bancos acreedores, la mayoría seleccionó las dos primeras, que implicaban una reducción del saldo de la deuda en un 35% y una disminución en la tasa de interés a un nivel fijo de 6.25%.

La distribución final de los 48 mil 86 millones de dólares, objeto de la negociación, fue la siguiente: 42.8% reducción de principal; 47.4% reducción de tasa y 9.8% aportación de dinero nuevo.

Para poder realizar el intercambio de deuda, tal y como se informó oportunamente a esta representación nacional, fue necesario constituir garantías para los bonos de reducción por un monto total de 7 mil 122 millones de dólares. Estas garantías aseguran el pago de principal a su vencimiento en el año 2019, así como pago de intereses durante 18 meses. De esa cantidad, México aportó recursos propios sólo por 1 mil 373 millones, es decir menos del 20% del monto de dichas garantías.

La negociación alcanzada implica que el saldo contractual de la deuda externa total, a diciembre de 1990, represente alrededor del 44% del producto interno bruto, indicador que se compara muy favorablemente con el 75% que, en promedio mostró, durante el bienio 1986- 1987. Resulta evidente que este acuerdo permite una reducción significativa de la transferencia neta de recursos al exterior.

En términos de flujo, el alivio que resulta para este año es de 5 mil 768 millones de dólares, y para el período de 1990- 1994, en promedio ascenderá a 4 mil 104 millones por año. La negociación permitirá reducir las transferencias externas netas de un nivel promedio de 6% del producto interno bruto entre 1982 y 1988, a un nivel de poco menos de 2% en promedio anual entre 1990 y 1994.

Para 1990 este honorable Congreso autorizó al Ejecutivo Federal contratar créditos con el exterior siempre y cuando éstos no rebasaran el 50% de la reducción de la deuda que se obtuviera con la banca internacional, ni aumentaran el endeudamiento neto externo. Al finalizar el presente ejercicio el país tendrá un desendeudamiento neto por 2 mil millones de dólares.

Esta cifra refleja la reducción de principal por 7 mil 204 millones de dólares , producto de la renegociación; el endeudamiento para la constitución de garantía por 3 mil 339 millones de dólares y otros flujos netos por 1 mil 865 millones de dólares provenientes de diversas fuentes de financiamiento.

Por otra parte cabe recordar que si bien el gobierno federal contrató empréstitos para la conformación de las garantías mencionadas, éstas constituyen un activo financiero de la nación que generan intereses a favor de México por un monto similar a los que se tienen que erogar por el servicio de dicha deuda. Estos activos compensan el pasivo contraído y sólo se incluyen dentro del endeudamiento neto en virtud de la metodología de registro de la deuda pública.

Adicionalmente, debe subrayarse que el nuevo saldo de la deuda, después de la renegociación incluye 22 mil 500 millones de dólares cuya tasa de interés por los próximos 30 años se fijó en 6.25% anual, considerablemente por debajo de las tasas comerciales. Ello equivale para fines económicos, a una reducción adicional de la deuda de más de 7 mil 300 millones de dólares.

Finalmente, hay que mencionar que un monto de capital por alrededor de 35 mil 500 millones de dólares de la deuda reestructurada, quedará saldado a su vencimiento, en virtud de la inversión realizada por el gobierno federal en bonos cupón cero.

Después de un largo período en el que México no tuvo acceso a los mercados voluntarios de capital, este año varias entidades del sector público colocaron bonos en diversos mercados y divisas, en condiciones cada vez más favorables, cuyo monto fue dirigido a proyectos específicos de alta rentabilidad económica y social.

El 30 de marzo se dieron a conocer las reglas que rigieron el Programa de Intercambio de Deuda Pública por Capital. Se realizaron dos subastas de derechos de intercambio, swaps, por un total de 3 mil 500 millones de dólares, con un descuento promedio de 52.01%, altamente favorable para el país, ya que es muy similar al descuento al que se cotiza la deuda en el mercado secundario, con la diferencia de que la operación se realiza en moneda nacional.

Por último, cabe mencionar que debido al importante saneamiento de las finanzas públicas y a la renegociación de la deuda externa en 1990, el saldo promedio de la deuda neta total del sector público, interna y externa; se estima alcanzará 53.7% del producto interno bruto al finalizar este año. Resultado que contrasta con el 80.8% del producto interno bruto registrado en 1986.

2. La modernización del sistema financiero.

Hace un año, por instrucciones del Presidente de la República, expuse ante esta representación nacional la necesidad de modernizar el sistema financiero para aumentar el ahorro interno y mejorar su canalización al sector productivo. En consecuencia, en los últimos 12 meses, el Ejecutivo Federal propuso a esta honorable Legislatura varias adecuaciones al marco jurídico de distintos intermediarios financieros, con el objeto de eliminar las restricciones que limitaban su crecimiento y permitir mayores márgenes de acción para hacer más eficiente y eficaz su operación.

El país enfrenta el enorme reto de retomar las tasas históricas de crecimiento. Por ello es necesario incrementar el ahorro interno para expander nuestras posibilidades de inversión. De ahí que México debe contar con un esquema institucional adecuado y con mercados que respondan a las perspectivas del público ahorrador, para que haya una mayor canalización del ahorro a través del sistema financiero. Adicionalmente, a nivel mundial los sistemas financieros nacionales compiten cada vez más. La globalización rebasa fronteras. La apertura de los servicios en general y de los financieros en particular, es hoy un tema central de la discusión de la Ronda Uruguay en el seno del Acuerdo General sobre Aranceles Aduanales y Comercio. También será un punto relevante en las discusiones sobre los tratados de libre comercio con los Estados Unidos y Canadá. En este contexto, la modernización del sector financiero busca; en primer lugar, propiciar una mayor capitalización para enfrentarlo adecuadamente a una mayor competencia tanto interna como externa. En segundo lugar, busca una mayor desregulación que permita menores márgenes de intermediación. En tercer lugar, se desea una mejor supervisión del sistema con objeto de proteger al ahorrador.

Durante el pasado período ordinario de sesiones, el Presidente Salinas de Gortari envió al Congreso de la Unión la iniciativa de decreto para la modificación de los artículos 28 y 123 constitucionales. Después de su debate y aprobación por el Constituyente Permanente, las reformas están ya en vigor. Son clave para la modernización del sistema financiero. Implican que el Estado, sin mengua de rectoría económica, deja de desempeñar el papel de propietario mayoritario de las instituciones de banca comercial. La iniciativa presidencial está basada en la tesis de la reforma del Estado: en las nuevas circunstancias del país, es necesario que los recursos públicos, la energía y el trabajo del gobierno, se dediquen a sus fines propios. Es necesario también que tanto el sector privado como el social dispongan en plenitud del campo de acción que las leyes reservan.

Una vez concluido el proceso de reforma constitucional, se inició un nuevo capítulo de cambio en el marco jurídico de nuestro sistema financiero con la aprobación, por el Congreso de la Unión, de las iniciativas de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, y de reformas a la Ley del Mercado de Valores.

La Ley de Instituciones de Crédito regula la prestación del servicio de banca y crédito y mantiene y moderniza las atribuciones en las cuales se sustenta la rectoría que sobre dicho servicio ejerce el Estado. Establece, además, las características de las instituciones que lo prestan y las normas para su operación.

La Ley que Regula las Agrupaciones Financieras retoma la experiencia de nuestro país en la materia y responde a la aparición mundial de la banca universal. Reconocer jurídicamente las agrupaciones de esta clase infunde mayor dinamismo al sistema y proporciona mejores servicios a los usuarios.

La modernización financiera debe encaminarse hacia un sistema más sólido y eficiente en beneficio del público en general. Es un hecho que los grandes usuarios tienen acceso a servicios de calidad. Pero el gran público está todavía lejos de contar con servicios adecuados. La modernización financiera debe significar para el ama de casa, el campesino, el estudiante, el obrero, el pequeño empresario, menos trabas administrativas, un servicio más ágil y eficaz, acceso a nuevos y mejores productos y menos colas en las ventanillas.

3. Política de Ingresos

La política de ingresos aprobada por esta Legislatura para 1990 ha tenido como objetivo central continuar avanzando en la reducción de las tasas impositivas y en la ampliación de las bases gravables con el fin de elevar la recaudación y mejorar la equidad y la eficiencia tributaria. También fueron aprobadas diversas medidas orientadas a la simplificación fiscal y a una mejor fiscalización del cumplimiento de las obligaciones.

El objetivo de estas modificaciones era incrementar los ingresos tributarios no petroleros del gobierno federal en 0.25% del producto interno bruto respecto al año anterior. Las estimaciones que tenemos nos hacen prever que la recaudación fiscal rebasará esta meta, ya que pasará de significar el 9.8% del producto interno bruto en 1989 a 10.4% en 1990.

Este logro es el resultado de la acción desplegada en varios aspectos. Primeramente, se amplió el número de contribuyentes que tributan en el régimen general del impuesto sobre la renta al eliminar tratamientos privilegiados que habían dado lugar a auténticos paraísos fiscales; esto permitió que se incorporaran al régimen de tributación general, sectores que representan el 16% del producto interno bruto.

Este segundo término, se creó el régimen simplificado dentro de este último impuesto y del impuesto al activo de las empresas para personas físicas con actividades empresariales. Este régimen ha permitido un mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias sin ocasionar una carga administrativa o fiscal excesiva para los contribuyentes.

En tercer lugar, y en congruencia con el principio de "ampliar las bases y bajar las tasas", la tasa del impuesto sobre la renta a sociedades mercantiles se ha venido reduciendo de 42 a 36% y se reestructuró íntegramente la tarifa para personas físicas, manteniéndose la progresividad y reduciendo las tasas marginales a los diversos extraños de ingresos con una tasa máxima de 35%.

En cuarto lugar, se dieron avances sustanciales en materia de simplificación fiscal. Así, se estableció un régimen que opera mediante un registro de entradas y salidas, cuya finalidad es que los contribuyentes paguen el impuesto sobre la renta sólo cuando retiran recursos de su actividad productiva; se unificó la fecha del pago provisional del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado, y se permitió que el pago se efectúe en forma conjunta en las sucursales bancarias; se simplificaron diversas disposiciones para reducir la complejidad en el cálculo del impuestos al valor agregado; y se avanzó enormemente en la reducción y simplificación de trámites aduaneros.

A lo largo del presente año, el Ejecutivo Federal, con base en lo establecido por nuestra Constitución, continuó luchando contra la evasión fiscal. La mayor y mejor fiscalización no ha inhibido la inversión ni ha incrementado el "sector informal". La inversión fija bruta crecerá en 1990 a una tasa real superior a 7%, el padrón de contribuyentes en 22%, y la recaudación tributaria en 8.7% real, Estos hechos son alentadores, pues nos muestran que la mayoría de los mexicanos están dispuestos a cumplir con la ley y a contribuir al gasto social en favor de quienes menos tienen.

El control y combate de la evasión fiscal tiene una importancia especial. Esta práctica atenta en contra de las finanzas públicas, afecta los principios de la equidad y entorpece el desarrollo económico y social del país.

4. Política de desincorporación

Durante 1990 continuó en ejercicio el programa de desincorporación de entidades paraestatales no estratégicas, incorporándose 26 entidades al programa. Destacan Teléfonos de México, Siderúrgica Lázaro Cárdenas-Las Truchas, Altos Hornos de México y 18 ingenios azucareros.

En los primeros 10 meses del presente año se han concluido 58 procesos de desincorporación, que suponen ingresos devengados por 2.7 billones de pesos. En los casi dos años de la actual administración, se han concluido 94 procesos, que han generado ingresos por casi 4 billones de pesos.

III Objetivos para 1991.

1. Evolución económica.

Tal y como lo señala el documento de Criterios de Política Económica para 1991 entregado por el titular del Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, el objetivo. de la política económica para el próximo año es la recuperación económica con estabilidad de precios. Los propósitos centrales son:

1. Reducir significativamente la tasa de inflación;

2. Preservar la recuperación gradual de la actividad económica;

3. Continuar con la modernización de la economía nacional, y

4. Fortalecer la política social para contribuir al mejoramiento productivo del nivel de vida de la población.

El producto nacional deberá seguir creciendo en forma equilibrada, de acuerdo con las condiciones reales que lo sustenten. Especial cuidado tendrá el balance entre el crecimiento sectorial, la infraestructura disponible y el desarrollo rural y regional, con el fin de evitar cuellos de botella. A los mexicanos nos interesa más el crecimiento equilibrado y sostenido de la economía en su conjunto, que crecimientos espectaculares pero efímeros de sectores aislados. Por tercer año consecutivo, el crecimiento económico superará a la dinámica poblacional. Se espera que el incremento del producto se sitúe entre 2.5 y 3% en 1991.

Consolidar el abatimiento de la inflación a niveles similares a los de nuestros principales socios comerciales, continúa siendo propósito central de la política económica. Así se reconoció en la concentración del pacto firmada en días pasados. Para 1991, se busca reducir la inflación a menos de la mitad del cierre esperado de 1990. Los instrumentos de las políticas monetaria, fiscal, financiera y cambiaría actuarán de manera congruente y coordinada para alcanzar este propósito.

El fortalecimiento de las finanzas públicas y la política cambiaría son elementos fundamentales de la estrategia. La reducción en el servicio de la deuda interna y externa y permitirán en 1991 alcanzar simultáneamente los objetivos de ampliar moderadamente el gasto en términos reales y disminuir drásticamente el déficit financiero del sector público. Así, un superávit primario estimado en 6.9% del producto interno bruto permite una alza del gasto programable del 2.7% en términos reales. Por su parte, el déficit financiero del sector público de 1.9% del producto interno bruto, representa la producción más baja de los últimos 19 años. Es interesante resaltar que, si los ingresos esperados para 1991 por concepto de la desincorporación de entidades no estratégicas llegaran a concretarse en su totalidad, el déficit financiero sería nulo.

También la reducción del desliz cambiario a 40 centavos diarios en promedio para el año 1991, contribuirán al propósito de consolidar el abatimiento de la inflación. En fortalecimiento de las reservas internacionales y los resultados favorables de la evolución económica general, permitirán esta reducción.

La experiencia del pasado reciente obliga a la prudencia al proyectar el comportamiento de las principales variables económicas. En tal virtud hemos incorporado en el presupuesto de 1991 un precio promedio de la mezcla mexicana de petróleo de exportación de 17 dólares por barril, considerablemente inferior a los precios vigentes. Preferimos ser prudentes y no poner en riesgo el programa económico ante factores externos impredecibles y fuera de nuestro control.

2. Política financiera

Las políticas monetaria, crediticia y cambiaría en 1991 se orientarán a propiciar niveles adecuados de liquidez en el mercado financiero tomando en consideración la evolución de la economía nacional, así como las condiciones que priven en el mercado internacional. El control de la liquidez interna será un aliciente para que las tasas de interés se conviertan en promotoras de la generación y retención de ahorro interno y al mismo tiempo, favorezcan el financiamiento de la inversión productiva.

La liberación financiera y la desincorporación de la banca comercial alentarán cambios que favorezcan una mayor eficiencia en el proceso de intermediación. Esto permitirá la tendencia hacia la profundización del ahorro de largo plazo, factor determinante para que através del sistema financiero se apoye la formación de capital. También se avanzará en los esquemas de vigilancia y en el reordenamiento del sistema, a la vez que continuará el proceso de desregulación de los intermediarios, Así, se fortalecerá la seguridad de los ahorradores sin detrimento a la eficiencia del sistema financiero.

La política cambiaría será congruente con el objetivo de reducir la inflación, fomentar el crecimiento y mantener la competitividad del aparato productivo nacional.

La política de deuda pública continuará apoyando el logro de las metas planteadas en el documento de criterios. En lo externo, la política de endeudamiento procurará dar permanencia a la reducción de la transferencia neta de recursos, apoyando a la vez proyectos rentables que sustente el crecimiento económico.

La política de financiamiento externo tendrá los siguientes objetivos:

1. Captar suficientes recursos que permitan financiar las operaciones del sector público con el exterior y fortalecer su posición financiera;

2. Ampliar el acceso a los mercados voluntarios de capital, reduciendo los costos y mejorando las condiciones de acceso al financiamiento externo, y

3. Continuar el proceso de reducción de la deuda externa histórica a través de operaciones financiadas con recursos del exterior, para realizar recompras directas cuando la situación financiera interna y externa sea propicia a las operaciones de este tipo.

El endeudamiento externo se manejará con prudencia, buscando continuar la reducción de la carga de la deuda. No es incongruente contratar nuevos préstamos y buscar, al mismo tiempo, reducciones netas en el servicio de la misma. De hecho, esto ocurrió en 1990. Las condiciones de los mercados internacionales han hecho posible que através de operaciones de recompra de deuda a descuento, en buena medida financiadas con recursos del exterior, se consigan reducciones adicionales de su saldo efectivo. Es previsible que en el futuro cercano dichas oportunidades continuarán presentándose. es por ello que el Ejecutivo Federal solicita autorización para ejercer un endeudamiento externo neto directo máximo de 2 mil 700 millones de dólares y un endeudamiento neto interno por 7.1 billones de pesos. Por otra parte, debe considerarse que ante la incertidumbre provocada por la volatilidad de los precios del petróleo es conveniente continuar fortaleciendo las reservas internacionales.

La política de endeudamiento interno, por su parte, contribuirá al control de la liquidez para evitar presiones inflacionarias. Se continuará con la política de financiamiento de déficit público a través del mercado.

La negociación de la deuda externa y la reducción de las tasas de intereses internas, permiten una disminución, significativa del servicio de la deuda pública, el que pasaría de 10.1% del producto en 1990 a 7.6% en 1991. Se estima que al término de la primera mitad de la administración la reducción del servicio de la deuda pública será de 5.8 puntos porcentuales del producto en los tres años.

3. Política de ingresos.

Se someten a la aprobación de esta honorable Legislatura diversas medidas que buscan los siguientes objetivos:

1. Continuar adecuando la política de ingresos al progreso de modernización;

2. Fortalecer los ingresos públicos a la vez que se promueven el crecimiento económico y la justicia social;

3. Continuar con el proceso de simplificación fiscal;

4. Seguir promoviendo el cumplimiento voluntario de las disposiciones fiscales, así como establecer medidas que permitan una recaudación y fiscalización más efectivas;

5. Dar estabilidad y permanencia al sistema tributario, consolidado de reformas fiscales efectuadas en años anteriores;

6. Adecuar algunos conceptos jurídicos de nuestra legislación a las disposiciones de tratados internacionales;

7. Apoyar, promover y estimular la repatriación de capitales, con la finalidad de impulsar inversiones, generar más empleos y fortalecer la infraestructura social y productiva, y

8. Fortalecer las haciendas de las entidades federativas dentro de un marco de mayor equidad.

Las reformas que se someten a la consideración de esta honorable asamblea, tienen como propósito primordial incorporar a un número cada vez más amplio de personas a contribuir a una recaudación que ya en 1990 ha sido lograda sobre bases más sólidas, al tiempo que se busca, por un lado, alentar el esfuerzo productivo de los contribuyentes y un aumento en la capacidad instalada de las empresas y por otro, lograr una mejor distribución de la carga impositiva.

Ante la caída en las tasas reales de interés es que ha experimentado la economía mexicana en los meses recientes, se considera aconsejable proponerles un aumento en la proporción de las inversiones que las empresas pueden deducir inmediatamente. En consecuencia, se solicita a esta representación popular la disminución de la tasa de descuento para calcular el valor presente de los flujos de depreciación de 7.5% a 5%. Con esta medida, se refuerza la política descentralizadora de la actividad económica, que busca alentar el crecimiento económico fuera de las tres mayores zonas metropolitanas, principalmente en las ciudades de tamaño medio que habrán de convertirse en los nuevos polos de atracción poblacional.

En la Ley del Impuesto Sobre la Renta se propone incorporar para las empresas, la tasa del 35% se que había programado estuviese en vigor a partir de 1991 en la iniciativa enviada a este honorable Congreso en diciembre de 1988 Esto implica una caída del 2.8% real en la carga fiscal de las empresas, similar a la del año que está por terminar. Esta propuesta constituye un aliento más a invertir y consolida la nivelación de tasas requerida para colocar a México en un plano tribunario competitivo a nivel internacional.

Para fomentar la inversión de capital de riesgo, tan necesaria para impulsar el crecimiento económico de nuestro país, se solicita a esta Legislatura ampliar de cinco a 10 años el plazo de amortización de pérdidas empresariales. Esta medida facilita que se emprendan inversiones de largo plazo que de otra manera tendrían un recuperación difícil. Asimismo, se propone ampliar a cinco años el acarreo de saldos a favor del impuesto a los activos.

Probablemente la medida de mayor trascendencia en el conjunto de propuestas, es la concerniente a la reducción en los impuestos pagados por personas fiscales de menores ingresos. Esta reducción busca mejorar la equidad del sistema impositivo.

En virtud de que los trabajadores han contribuido de manera distinta al impuesto sobre la renta, dependiendo de la composición en sus ingresos totales de las percepciones gravadas y no gravadas, se propone un mayor alivio para aquellos que soportan una mayor carga fiscal, considerando una definición integral del ingreso. El estímulo además daría un mayor alivio tributario a los contribuyentes de ingresos más bajos, que son aquellos cuya carga fiscal se ha visto más afectada por la inflación.

De manera concreta, se somete a su consideración el otorgamiento de su subsidio decreciente en el impuesto sobre la renta de las personas fiscales que consiste, para aquellos que se encuentran en los estratos más bajos de ingresos, es una reducción de hasta el 40% del impuesto a pagar. De ser aprobada esta propuesta, se verían favorecidos el 70% de los contribuyentes.

Se plantean modificaciones importantes para eliminar algunas distorsiones en la operación del sistema financiero tales como los cambios relacionados con el impuesto sobre intereses que pagan las personas físicas y otras que buscan generalizar el trato que en el impuesto al valor agregado tienen operaciones que no son propiamente de intermediación financiera.

En el impuesto al activo se proponen diversas modificaciones favorables a los contribuyentes que entre otros efectos, simplificarán su cumplimiento.

Los impuesto indirectos se revisaron con el propósito de disminuir algunas tasas y modificar su estructura. La iniciativa correspondiente contempla la desgravación total para refrescos y aguas envasadas, en consideración que estos productos son fundamentalmente consumidos por quienes obtienen menores ingresos y tiene una carga fiscal excesiva.

El sector inmobiliario se caracteriza por una combinación de valores fiscales declarados bajos, superposición de impuestos, tasas impositivas altas y consecuentemente grandes rigideces para su operación. Para empezar a corregir esta situación se somete a su consideración reducir en cuatro años la tasa máxima de impuesto a la adquisición de inmuebles, del 10% actual al 2%. También se solicita exentar del impuesto sobre la renta la ganancia en la enajenación de inmuebles destinados a casa habitación.

Por otra parte, en el Código Fiscal se consideran diversas medidas que, de ser aprobadas, fortalecerían el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y otras que simplificarían y reducirían trámites o eliminarían papeleo. Los cambios propuestos son el complemento necesario a las reducciones de impuestos que por otra parte se proponen, toda vez que su aplicación contribuirá a ampliar la base, a mejorar la oportunidad y cantidad de información fiscal y a estimular el cumplimiento espontáneo de los contribuyentes.

El año pasado, esta honorable asamblea aprobó reformas de gran trascendencia a la Ley de Coordinación Fiscal, con el objetivo de redistribuir más equitativamente las participaciones en los ingresos federales. Se aprobó también una en una mecánica de transición gradual que permitierá a las diversas entidades federativas ajustar paulatinamente sus presupuestos para adecuarse al cambio.

En esta ocasión se recogen múltiples observaciones de los representantes oficiales de dichas entidades que buscan modificar el sistema de transición dejando la fórmula tal y como fue aprobada por el honorable Congreso de la Unión el año pasado, con dos variantes: en primer lugar se mantiene el fondo de nivelación, el cual debería derogarse a partir de 1991, con el propósito de que las entidades federativas de menor tamaño tengan una participación mayor que les permita financiar los gastos fijos mínimos de su operación. En segundo lugar, la reserva de contingencia que se revertiría a la Federación al final del período de transición, quedará en beneficio de los estados. También se proponen apoyos importantes a las entidades en materia del impuesto sobre tenencia.

Se hará un gran esfuerzo administrativo para mantener la fuerte dinámica recaudatoria de los dos últimos años, en los que pase a las reducciones en tasas y supresiones de algunos impuestos, gravámenes como el impuesto al valor agregado y el impuesto sobre la renta han alcanzado niveles históricos como proporción del producto interno bruto. Esto se intentará pese a que nuevamente se proponen reducciones importantes en las tasas de diversos impuestos.

La actuación de la dependencia a mi cargo en materia de fiscalización será reforzada. Es necesario que aquella minoría que sigue basando parte importante de su beneficio económico en la evasión, cumpla con sus obligaciones fiscales, como lo hace la inmensa mayoría de los mexicanos.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados; ciudadanos legisladores: Las iniciativas de leyes de Ingresos que el Ejecutivo Federal somete hoy a la consideración de esta representación nacional son parte integral del proceso de modernización económica planteado por el Presidente de la República.

En síntesis, cinco puntos resumen la política económica que hoy se presenta a su consideración:

1o. No habrá nuevos impuestos;

2o. Se propone bajar los impuestos que pagan los trabajadores y se propone dar estímulos a la inversión productiva;

3o. Bajan los pagos de intereses sobre la deuda interna y externa a niveles no alcanzados;

4o. El déficit fiscal se reduce a su nivel más bajo en los últimos 19 años y posiblemente desaparezca, y

5. Todo lo anterior permite, con responsabilidad y solidaridad, aumentar el gasto social para los que menos tienen. (Aplausos.)

Está política sienta las bases para responder al doble reto que afronta nuestro país: integrarse eficientemente a la economía mundial al tiempo que avanza en la solución del problema de pobreza que afecta a una muy importante proporción de nuestros compatriotas. Existe la voluntad de pueblo y gobierno para enfrentar, con vigor y decisión, el atraso y la desigualdad.

La modernización trata de dotar nuestra sociedad de mecanismos acordes con las grandes transformaciones que se observan a nivel mundial, mecanismos con los cuales pueda lograr un crecimiento firme, duradero y más justo. Trata de fortalecer los valores que inspiraron nuestras gestas históricas. Trata de reafirmar nuestra idea de nación. Trata de revitalizar las decisiones políticas fundamentales del pueblo de México.

La modernización emprendida por el Presidente Salinas de Gortari ha sido profunda. Mediante un enorme esfuerzo, que constituye el eje rector de esta política, se renueva la eficacia del Estado. También se acota su ámbito de participación y se fortalecen sus áreas estratégicas. Queremos un Estado democráticamente más fuerte, menos disperso y por ellos más útil a los habitantes de este país. Su presencia en áreas no estratégicas puede beneficiar a ciertas personas o grupos, pero no al conjunto de la sociedad ya que lo distrae de lo fundamental y debilita su acción. Corresponde ahora reforzar su acción para afirmar nuestra soberanía y nuestra independencia. Así es como se fortalece el Estado.

La modernización no es compatible con la inflación. De ahí que el punto central de la estrategia reordenación económica haya sido aplicar las medidas necesarias para detenerla. Alcanzar este propósito ha sido una tarea difícil, pues la inflación es un fenómeno complejo, de causas múltiples, que desarrolla una inercia propia. Además acentúa las desigualdades sociales, desestimula la inversión, propicia la especulación y diluye el valor de nuestra moneda. La inflación transfiere recursos de la población de bajos ingresos a la de altas percepciones, distorsiona los precios relativos, y dificulta a la planeación de las actividades. En un ambiente inflacionario, se concentra la riqueza, la actividad productiva se torna ineficiente y la economía se vuelve sumamente vulnerable ante cualquier choque externo. Ante la magnitud de este reto, es indispensable hacer un mayor esfuerzo para acabar con ella, pues existe siempre la tentación de conformarnos con lo logrado. Este es el sentido de las iniciativas que hoy se presentan.

El Pacto para la Estabilidad y el Crecimiento Económico es la fórmula que nuestra sociedad ha ideado e instrumentado para perfeccionar el esfuerzo contra la inflación, ya que combina acciones de política económica tradicional con medidas para suavizar el costo del ajuste. Junto con los avances en la estabilización hemos adoptado medidas de gran contenido social para proteger a los grupos menos favorecidos.

La política de modernización nos obliga a resolver, por un lado añejas demandas populares y por el otro a marchar rápidamente en la actualización económica. Tenemos que avanzar juntos, pueblo y gobierno, por ambos senderos.

Los avances en materia de cambio estructural y corrección de las finanzas públicas son producto del proceso de modernización en el que está inmerso el país. Estos logros se han obtenido gracias al trabajo de todos los mexicanos Sin embargo, es indispensable convertirlo alcanzado en bienestar permanente y generalizado. El esfuerzo que realicemos debe hacerse con ánimo y optimismo. Disponemos de criterio y voluntad suficientes y de un elemento decisivo, que es nuestro sentimiento de solidaridad de nuestro pueblo. Muchas gracias.

El Presidente: -Se solicita al doctor Pedro Aspe Armella, secretario de Hacienda y Crédito Público, ocupar el lugar que se le ha designado.

Se va a proceder a turnar a comisión las iniciativas presentadas.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

Ciudadanos secretarios de la Cámara de diputados del honorable Congreso de la Unión
Presentes.

En ejercicio de la facultad que concede al Ejecutivo Federal el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 73, fracción VII, en cumplimiento del artículo 74 fracción IV del mismo ordenamiento, así como del artículo 70 de a Ley de Planeación, por su digno conducto someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio fiscal de 1991.

Las acciones de política hacendaria y financiera en 1991 darán contenido a los lineamientos y objetivos expuestos en el Plan Nacional de Desarrollo 1990-1994 y forman parte de las directrices establecidas en los Criterios de Política Económica, documento que acompaña a la presente iniciativa.

En 1990 la política económica se orientó hacia la consolidación de las nuevas bases que habrán de sustentar un desarrollo económico sólido y sostenido. Las reformas al sistema económico emprendidas por el gobierno en un marco de concertación entre los distintos sectores sociales, han abierto nuevos cauces al desarrollo económico del país a la vez que fortalece la capacidad del Estado de garantizar la soberanía de la nación y dar justicia a todos los mexicanos. La coyuntura por la cual atraviesa la economía en esta etapa de modernización del aparato productivo y distributivo obligó a mantener una estrecha coordinación en la aplicación de las políticas fiscal, monetaria y financiera.

La estrategia económica y social se propone continuar avanzando en 1991 en el mejoramiento permanente de las condiciones de vida de la población. Para el largo de este objetivo será necesario concentrar los esfuerzos en torno a la estabilización de precios, la promoción del ahorro que amplíe la inversión productiva y el sostenimiento por tercer año consecutivo de un ritmo de crecimiento económico superior a la dinámica poblacional.

Durante 1990, el comportamiento de la economía reflejó en mayor medida los efectos de la política de cambio estructural iniciada en los últimos años. En relación al comportamiento de las variables macroeconómicas destaca, por su importancia, la menor transferencia de recursos al exterior producto de la renegociación de la deuda externa. Las finanzas públicas también se fortalecieron, lo cual permitió aumentar significativamente el gasto en inversión y aquél destinado al mejoramiento social. Los menores requerimientos de financiamiento interno del sector público contribuyeron a reducir en forma sustancial las tasas de intereses en el mercado financiero. El sector privado, por su parte, reaccionó favorablemente ante el mejor entorno macroeconómico, lo que permitió mantener el impulso a la inversión productiva, tanto con recurso de ahorro interno como de ahorro proveniente del exterior.

La coyuntura por la que atraviesa la economía, caracterizada por la transición hacia una estructura más competitiva e integrada al comercio internacional, implica la reorientación de los flujos de producción hacia aquellos sectores donde el país encuentra su ventaja natural. Este esfuerzo así como el agotamiento de la capacidad instalada en algunos sectores determinó, en los primeros meses del año, una desaceleración en el ritmo de crecimiento del producto respecto al observado un año antes. Así, se espera que el producto interno bruto en términos reales alcance un crecimiento anual cercano a 2.6%. Es importante mencionar que la expansión del producto respondió favorablemente al dinamismo del gasto en inversión, tanto pública como privada, El rubro de exportaciones también contribuyó a que el producto continuara expandiéndose por segundo año consecutivo a una tasa mayor que la del crecimiento de la población.

Durante 1990 se realizó un importante esfuerzo para corregir desequilibrios de precios relativos que, de haberse conservado, habría inhibido a la producción y a la formación de capital con un consecuente desabasto del mercado nacional y un debilitamiento de la balanza de pagos. La corrección de precios relativos se llevó a cabo en el marco de la concertación sectorial con lo que se evitó incurrir en un proceso descontrolado de incrementos de precios. Así, a lo largo del año se avanzó en la constitución de bases sólidas sobre las cuales descansa la estrategia de estabilización de nivel de precios.

El fortalecimiento de los ingresos públicos se apoyó en una estrategia que, por una parte, elevó la recaudación fiscal a la vez que se redujo la carga de los contribuyentes y por otra coadyuvó a mejorar la posición financiera del sector paraestatal. Como resultado de lo anterior, en 1990 ha sido posible financiar un mayor gasto social y de inversión sin incurrir en el financiamiento inflacionario. Se anticipa que, al término, del año el superávit primario alcance 7.5% del producto interno bruto. La fuerte disminución de la tasa real de intereses en el mercado financiero interno, y la menor carga por intereses externos registradas en este período contribuirán a que el superávit operacional alcance un monto equivalente al 2.3% del producto interno bruto. Por su parte, los elementos anteriores así como la disminución de las tasas de intereses nominales permitirán que el déficit financiero ascienda a 4.3% del producto interno bruto. Esta cifra no considera el efecto de la renegociación de la deuda externa que extinguió pasivos por un monto igual a 2.0 puntos porcentuales del producto interno bruto.

La congruencia que guardó la conducción de la política económica en sus vertientes de cambio estructural, estabilización de precios e impulsó al crecimiento, dio lugar a un fuerte descenso en el nivel de las tasas de interés sin que ello redujera el estímulo a los ahorradores. Así, los rendimientos que ofrecieron los instrumentos de captación de las instituciones financieras atrajeron importantes volúmenes de recursos. La política económica en este ámbito promovió una mayor profundización de la intermediación financiera al punto de alcanzar el coeficiente de profundización más elevado registrado hasta la fecha. Se espera que al término del año, el saldo de ahorro alcance una tasa de crecimiento en términos reales cercana a 12.5%. Esta situación permitió expandir el crédito al sector privado a un ritmo que se espera superar 23% en términos reales al término de 1990.

Las acciones que se emprendieron para cubrir el déficit fiscal en 1990 fueron congruentes con los objetivos de política financiera. Por una parte, se evitó una expansión del crédito primario, que al incidir sobre la liquidez del mercado interno, hubiese redundado en presiones inflacionarias y en un debilitamiento de la balanza de pagos. El financiamiento interno recayó principalmente en la colocación de valores sin que ello hubiese ejercido presiones que desplazaran al sector privado del mercado interno de fondos. Conforme avanzó el año también fue posible mejorar el perfil de la deuda interna, tanto en lo referente a sus plazos de vencimiento, el promedio se incrementó de 161 días al término de 1989 a 188 días en el mes de septiembre, como a las tasas de rendimiento, las cuales alcanzaron su nivel más abajo desde el año de 1981 es importante destacar que al final del primer semestre en 1990, la deuda interna como proporción del producto interno bruto fue menor al saldo promedio del mismo concepto en 1982.

Entre las acciones más importantes relativas a la política de endeudamiento externo destaca, la firma del Acuerdo de Reestructuración de Deuda entre México y la Banca Comercial. El alivio directo sobre el saldo de la deuda externa del sector público ascendió a 7 mil 203 millones de dólares en términos contractuales, y aproximadamente 15 millones en términos económicos. La conclusión de las negociaciones significará, además de la propia contracción del saldo de deuda, una mejor transferencia de recursos al exterior y una reducción de la vulnerabilidad de nuestro país ante variaciones en las tasas de interés y los tipos de cambio en el mercado financiero internacional. Este alivio comenzó a beneficiar a la actividad económica desde el presente año.

Otro resultado importante en materia de deuda externa fue el Programa de Intercambio de Deuda Pública por Capital el cual, a través, de dos subastas de derechos de intercambio, permitirá una reducción adicional de dicha deuda por 2 mil 694 millones de dólares entre julio de 1990 y abril de 1992.

La disminución en términos absolutos de la deuda externa así como la vigencia de acuerdos multianuales, reducen la incertidumbre respecto a la disponibilidad de financiamiento externo durante los próximos años. Estos logros han abierto nuevamente el acceso del país a los mercados internacionales de capital.

En los últimos 12 meses el Ejecutivo Federal propuso a esta honorable Legislatura varias adecuaciones al marco jurídico y reglamentario de distintos intermediarios financieros con el objeto de eliminar las restricciones que limitaban su crecimiento y permitir mayores márgenes de acción para hacer más eficiente y eficaz su operación.

La modernización del sistema financiero es consecuencia de una decisión del gobierno mexicano, que considera dos procesos fundamentales. Por un lado, la propia evolución del sistema financiero mexicano, que se caracteriza por su liberación y cambio estructural. Por otro lado interdependencia y el fenómeno de globalización de los servicios financieros, hechos de la mayor importancia de la realidad económica mundial.

A fines de 1989, la legislación aplicable al sistema financiero fue objeto de una serie de reformas. El Congreso de la Unión las aprobó con el propósito de disminuir la regulación excesiva, mejorar la supervisión del sistema en conjunto, reconocer y regular a los nuevos intermediarios, procurará aprovechar economías de escala así como promover una mejor cobertura de mercados e impulsar la competencia entre los intermediarios.

La reforma constitucional que introdujo modificaciones sustanciales al régimen mixto en la propiedad de la banca comercial, permite que el Estado deje de desempeñar el papel de propietario en todas las instituciones bancarias, sin mengua de su rectoría económica. Como consecuencia se cuenta ahora con una Ley de Instituciones de Crédito que regula los términos en que el Estado ejerce su rectoría sobre el sistema bancario mexicano. Dispone lo concerniente a la prestación del servicio de banca y crédito; fija las características de las instituciones bancarias, su organización y funcionamiento.

Esta ley ciudadana que el sistema bancario mexicano tenga un desarrollo sano y equilibrado y que sus instituciones se ajusten a correctos usos y prácticas bancarias. Esta ley asegura que la banca mexicana sea controlada por mexicanos y que en su capital exista una participación diversificada y plural. Ello con el propósito de impedir concentraciones indeseables en la toma de decisiones, en perjuicio de las instituciones mismas y de los usuarios del servicio.

La modernización financiera debe encaminarse hacia un sistema más sólido y eficiente en beneficio del público en general. Se trata de propiciar una adecuada capitalización de los intermediarios financieros, de los bancos sobre todo, que les permitan invertir en nuevas tecnologías, la ampliación y mejora de la red de sucursales, y también estar en mejores condiciones para enfrentar los riesgos crediticios. Los usuarios de los servicios financieros, particularmente los pequeños y medianos ahorradores y acreditados, serán los más beneficiados.

La política hacendaria que se propone para 1991 tiene por propósito atender los problemas que afectan coyunturalmente a la economía así como superar en forma definitiva los problemas estructurales que se manifiestan como obstáculos a la eficiencia del sistema productivo. La política hacendaria por tanto, constituirá un factor esencial en la promoción del desarrollo nacional. Apoyándose en los instrumentos de orden tributario y financiero se propiciará un mayor volumen de ahorro, tanto interno como externo, para financiar la inversión y el gasto social que sustenten un crecimiento sano y una elevación del nivel de vida de la población.

En materia tributaria, las acciones para 1991 que se someten a la consideración de esta soberanía, al fortalecer las finanzas públicas y fomentar el ahorro, contribuirán al logro de los objetivos de estabilidad de precios y recuperación de niveles más elevados de crecimiento, a la vez que se promueve una mejor distribución del ingreso y mayor competitividad a nivel nacional.

El crecimiento de la recaudación se verificará al mismo tiempo que el actual sistema continúa transformándose en un sistema más eficiente y justo. La equidad se cumple al establecer un esquema de gravámenes que refleja con mayor fidelidad la capacidad de cada ciudadano para contribuir a los ingresos públicos. La eficiencia se promueve a través de diversas acciones entre las que destacan la tendencia hacia la equipararación de las tasas impositivas con las de los países con los cuales México comercia más intensivamente, esa acción elevará la competitividad de las exportaciones. La ampliación de la base gravable conjuntamente con la disminución de las tasas efectivas también favorece a la producción y al ahorro, La simplificación de los procesos administrativos y el reforzamiento de la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales harán de la política tributaria un instrumento más eficaz en la promoción del desarrollo.

Las políticas monetarias, crediticia y cambiaría, a lo largo de 1991, se orientarán hacia la consolidación de la estabilidad de precios a través de acciones coordinadas entre sí y con la política fiscal. Se propiciarán niveles adecuados de liquidez en el mercado financiero tomando en consideración la evolución de la economía nacional así como de las condiciones que priven el contexto internacional. El control de la liquidez en estos términos permitirá que las tasas de interés en dicho mercado constituyan un aliciente a la generación y retención de ahorro y al mismo tiempo, favorezcan el financiamiento a proyectos de inversión socialmente productivos.

La estrategia de desarrollo económico como lo plantea el Plan Nacional de Desarrollo se basa en un esquema más competitivo que, al mismo tiempo, reconoce la tendencia hacia la globalización. En este contexto, a lo largo al próximo año la política de modernización financiera habrá de traducirse en una profundización y reglamentación de las reformas iniciadas a lo largo de 1990 al marco jurídico y operativo del sistema financiero. En particular, la liberalización financiera y la desincorporación de la banca comercial alentarán cambios que favorezcan una mayor eficiencia en el proceso de intermediación de los recursos prestables de la economía. Con el propósito de apoyar la formación de capital se dará fuerte impulso al ahorro de largo plazo y al desarrollo de inversionistas institucionales.

Durante 1991 se otorgará atención especial al fortalecimiento de los esquemas de vigilancia de la operación del sistema financiero. Al mismo tiempo se avanzará en el proceso de desregulación de los intermediarios financieros. De este modo se brindará mayor seguridad a los ahorradores sin que ello obre en detrimento de la eficiencia en este sistema.

El fortalecimiento continuo de las finanzas públicas registrado en los últimos años amplía el margen de maniobra de la política de endeudamiento público. En este contexto, los recursos que obtenga el sector público por tal concepto deberán contribuir de manera más eficaz hacia la consolidación de las metas de estabilidad de precios y de más elevadas tasas de crecimiento económico. En particular, la política de endeudamiento interno deberá facilitar el control de la liquidez en el mercado financiero y así promover un uso más racional del ahorro interno. La disminución del déficit público liberará un monto mayor de recursos que podrán ser aprovechados por el sector privado para el financiamiento de proyectos de inversión productiva.

Por lo que se refiere al endeudamiento externo, la captación de recursos habrá de apoyar acciones que permitan continuar fortaleciendo la posición de las reservas internacionales; reduciendo nuestros pasivos en el exterior; y disminuyendo las transferencias netas de recursos. Así, el financiamiento externo se constituirá en una fuente complementaria del ahorro interno que coadyuve al logro de los objetivos de desarrollo nacional.

Política de ingresos

Desde su inicio, la actual administración se propuso utilizar a la política de ingresos como uno de los principales instrumentos para obtener los recursos que apoyen la estabilidad de economía y su sano y sostenido crecimiento, así como promover una mejor distribución del ingreso y fomentar la eficiencia y competitividad a nivel internacional.

Para lograr estos objetivos, es condición esencial una modernización del sistema tributario acorde con las nuevas condiciones del país y que no sea un obstáculo para alcanzar la competitividad con las economías de otras naciones.

La reforma fiscal aprobada por el honorable Congreso de la Unión en diciembre del año pasado, permitió avanzar en la modernización del sistema tributario y sentó las bases para distribuir más equitativamente la carga fiscal entre los distintos sectores de contribuyentes, al tiempo que permitió el establecimiento de tasas competitivas en el contexto internacional.

Con objeto de distribuir más equitativamente la carga fiscal, se efectuaron reformas en el impuesto sobre la renta tendientes a la eliminación de tratamientos privilegiados, como el de bases especiales de tributación y la exención sin límite a los ingresos por derechos de autor, en la medida en que éstos se habían convertido en auténticos paraísos fiscales.

Adicionalmente, la ampliación del universo de contribuyentes hizo posible la reducción de las tasas impositivas, situación que ha resultado benéfica para todos y favorecer la consecución del objetivo básico que ha orientado a las reformas fiscales de los últimos años: un sistema fiscal más justo y equitativo.

La introducción del impuesto al activo ha propiciado el mejor cumplimiento de las obligaciones fiscales al asegurar un pago mínimo por parte de las empresas.

En conjunto, las medidas tributarias, los amplios programas de fiscalización, la mejor asistencia a los contribuyentes y la simplificación de la administración fiscal han producido resultados satisfactorios. La recaudación proveniente de los impuestos registró un importante crecimiento en términos reales en 1989 y 1990, lo que ha permitido no sólo recuperar los niveles de captación de los años de alto crecimiento económico y baja inflación, sino incluso superarlos.

En relación a la política de ingresos para 1991, se someten a la aprobación del honorable Congreso de la Unión diversas medidas que buscan los siguientes objetivos:

1. Fortalecer los ingresos públicos y apoyar el crecimiento sano y sostenido de la actividad económica;

2. Continuar con el proceso de simplificación de las disposiciones fiscales;

3. Seguir promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, así como poner en práctica medidas que permitan una recaudación y fiscalización más efectivas;

4. Dar estabilidad y permanencia al sistema tributario consolidando las reformas fiscales efectuadas en años anteriores, y

5. Apoyar, promover y estimular la repatriación de capitales, con la finalidad de impulsar inversiones productivas, generar más empleos y fortalecer la infraestructura productiva del país.

Estimular el crecimiento económico

Para contribuir al logro de un desarrollo regional equilibrado se diseñó la deducción inmediata de la inversión. Sin embargo, la disminución de la tasa real de interés, ha minado el atractivo de este mecanismo, por lo cual se propone reducir la tasa de descuento utilizada en el cálculo de la deducción inmediata del 7.5% al 5%.

Algunas empresas que realizan proyectos de larga maduración están soportando un aumento de la tasa efectiva de imposición al no poder absorber las pérdidas en el período previsto por la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Esta distorsión puede eliminarse al aumentar el período de amortización de cinco a 10 años.

En cuanto al impuesto al activo, se propone ampliar el período de acreditamiento de tres a cinco años, de manera que pueda fomentarse la formación del capital que requiere la operación normal de las empresas y que además, estás puedan enfrentar de manera más adecuada las fluctuaciones cíclicas propias de los negocios.

Dado que el actual límite para la deducibilidad de las cuenta personales especiales para el ahorro se considera insuficiente, se sugiere aumentarlo hasta ocho salarios mínimos. Por otra parte, se sugiere la exención total para la ganancia en la enajenación de casa habitación.

Teléfonos de México se ha visto fortalecido por las modificaciones efectuadas al esquema fiscal. La creación del impuesto a los ingresos por los servicios telefónicos permitió un flujo continuo de inversiones en la entidad, pues estableció que este impuesto podía pagarse en un 65% con inversión. Sin embargo, para que el esquema pueda operar correctamente se requiere llevar a cabo algunas adecuaciones, entre las cuales sobresale el acarreo hacia adelante del exceso de inversión efectuado en un ejercicio.

Mejorar la equidad y eficiencia tributaria

Con objeto de cumplir con el compromiso adquirido, se incorpora en el paquete de propuestas la última fase de la reducción programada a la tasa de gravamenes a la renta de las personas morales al 35%. Con ello, la tasa de éstos se sitúa a niveles internacionales.

La tasa del 10% del impuesto sobre adquisición de inmuebles ha representado un obstáculo serio en el mercado de bienes raíces. El gravamen, además de ser uno de los más elevados a nivel internacional, ha propiciado la evasión y elusión del pago de las diversas contribuciones a que están sujetas este tipo de operaciones. Así se incorpora como propuesta el disminuir paulatinamente la tasa del impuesto para llegar al 2% en 1994.

La adquisición de inmuebles realizada mediante arrendamiento financiero genera un doble gravamen en el impuesto sobre adquisición de inmuebles para el arrendatario, por lo que se propone que sólo se cause este impuesto en una sola ocasión, cuando la arrendadora financiera adquiera el bien.

En los últimos años, la tarifa en el impuesto sobre la renta a las personas físicas ha sido objeto de cambios que sólo han logrado reconocer en forma parcial los efectos de la inflación. La reestructuración de la mismas, así como la reducción experimentada en la tasa marginal máxima, ha representado un beneficio superior para los contribuyentes con niveles de ingreso más elevados, mientras que los estratos de ingresos más bajos han experimentado beneficios poco significativos. El esfuerzo que ha realizado el gobierno federal para reducir las tasa del impuesto de las personas físicas no ha sido suficiente para distribuir de manera más justa la carga fiscal; más aún, esto se refuerza si se considera el abuso que existe actualmente al otorgarse ingresos libres de impuestos a los trabajadores.

Frente a esta problemática, en la reforma fiscal para 1991 se plantea el otorgar un subsidio en el impuesto sobre la renta, que beneficiará a todas las personas físicas que sean contribuyentes de este impuesto, pero de manera decreciente en la medida que se obtengan niveles de ingreso más altos. Por otro lado, para lograr una mejor distribución de la carga fiscal se establece que el monto del subsidio se reducirá en la proporción que representen las prestaciones exentas en el ingreso percibido. Con esto, se beneficiará a todos los trabajadores aunque en mayor medida a los que no reciben este tipo de remuneraciones.

Es conveniente resaltar la importancia de la anterior propuesta, ya que beneficia en forma especial a los trabajadores que perciben hasta cuatro salarios mínimos, nivel en que se encuentra la gran mayoría de estos contribuyentes.

Sistema financiero

El sistema financiero evoluciona rápidamente, situación que hace necesaria la inversión constante del régimen aplicable a las operaciones financieras. En virtud de lo anterior, el proyecto incluye diversas reformas en esta materia, tales como: dar el tratamiento fiscal de residentes en el extranjero a las sucursales de bancos mexicanos fuera del país; precisar el régimen fiscal a que deben estar sujetas las operaciones de factoraje financiero en los impuestos sobre la renta y al valor agregado y permitir, con carácter de opcional para las sociedades de inversión de capitales, el régimen de benéfico que gozan actualmente en los renglones de intereses y ganancias por enajenación de acciones que ofrecen.

Al tener que crear instrumentos específicos para cada contribuyente, el tratamiento fiscal a los intereses pagados a personas físicas y a los percibidos por personas morales ha segmentado el mercado incrementando con ello la complejidad y costo de la operación bancaria y fomentando la elusión fiscal en la búsqueda de rendimientos atractivos para los ahorradores. Esta problemática ha hecho necesario la modificación de este régimen fiscal reduciéndose la tasa del 2.52% al 2% y exceptuándose las operaciones a plazo de un año.

La exención de derechos de autor existente hasta 1989 en el impuesto sobre la renta, combinada con la definición tan amplia de este concepto en la Ley Federal de Derechos de Autor, se había constituido en una importante fuente de evasión. Para evitarlo, la reforma fiscal aprobada por el honorable Congreso de la Unión en diciembre del año pasado restringió dicha exención. Orientados por la misma finalidad se propone generalizar la exención a mayor número de autores y hasta por una cantidad limitada.

Alcanzar un esquema fiscal vinculado con el exterior

Con el fin de enfrentar de una manera más adecuada el reto que representa el mayor vínculo comercial, tecnológico y de inversión con el resto del mundo, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público ha venido realizando negociaciones con los principales socios comerciales de nuestro país, mismas que pretenden formalizar tratados que eviten la doble imposición internacional. A la fecha, se han efectuado negociaciones con seis países.

Las ventajas que conlleva la celebración de tratados para evitar la doble imposición, consisten principalmente en la posibilidad de armonizar los sistemas impositivos entre países y en resolver la doble causación del impuesto que no es posible eliminar con medidas unilaterales. Además, este instrumento permite establecer medidas recíprocas de exención y otorga mayor certeza jurídica al inversionista. Otro de los atributos más importantes de los tratados, es que posibiliten una más eficiente administración y fiscalización de los impuestos.

No obstante lo anterior, el manejo óptimo de este mecanismo fiscal hace necesarias algunas adecuaciones a los impuestos sobre la renta y al Código Fiscal de la Federación, las cuales se ponen a su digna consideración. Entre éstas destacan: las que establecen el procedimiento para que los residentes en el extranjero acrediten su residencia y puedan gozar de los beneficios del trato; el plazo para considerar establecimiento permanente a las empresas de la industria de la construcción y del montaje de maquinaria, entre otras.

En forma complementaria, se propone permitir la consolidación de empresas con control en el extranjero, siempre que exista en México una empresa controladora del grupo de empresas que deseen consolidar, que la empresa que la controla desde el exterior no resida en un refugio fiscal y que ésta última se encuentre ubicada en un país con el que se tenga algún convenio de intercambio de información.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla algunas exenciones a créditos otorgados o garantizados por instituciones extranjeras promotoras de exportaciones. Sin embargo, dichas exenciones están sujetas a condiciones que difícilmente puedan cumplirse en la práctica, por lo que se proponen las modificaciones necesarias para permitir que el mecanismo descrito opere y, con ello, reducir los costos de financiamiento de las exportaciones que realizan las empresas mexicanas.

Consolidar el esquema fiscal

En la labor continua de adecuar las obligaciones fiscales de los contribuyentes a su capacidad de pago, el Ejecutivo a mi cargo, diseñó diversas facilidades administrativas para los contribuyentes del sector agropecuario y del autotransporte, las cuales se propone incorporar en la ley correspondiente. Entre éstas, se pueden mencionar la reducción del 50% en el impuesto sobre la renta y el otorgar este beneficio en el pago de dividendos, el ampliar el ámbito de aplicación del régimen simplificado a las personas morales y el introducir una exención en este régimen que consiste en el porcentaje que representan 20 ó 200 veces el salario mínimo elevado al año en el total de los ingresos.

Por otra parte, se propone establecer como permanente el esquema simplificado del impuesto sobre la renta para el sector agropecuario y del autotransporte y permitir que gocen de este régimen por tres años más las sociedades cooperativas de producción y la industria editorial. También, se propone establecer en las leyes respectivas el régimen para contribuyentes con ingresos inferiores a 240 millones de pesos.

En el mismo sentido, y para facilitar el pago de las contribuciones de personas físicas en el sistema simplificado, se establece un plazo trimestral para los pagos provisionales de estos contribuyentes en los impuestos sobre la renta, al activo y al valor agregado.

Para dar mayor certeza de la permanencia de las disposiciones fiscales incorporan a la ley diversas precisiones cometidas en resoluciones de carácter general.

En cuanto a los gastos de comidas en viajes, se establece que sólo serán deducibles cuando no excedan de 150 y 300 mil pesos diarios, según se trate de viajes en el país o en el extranjero, debiendo justificarse con comprobantes de hospedaje o transporte efectuados fueras de una periferia de 100 kilómetros del domicilio del contribuyente.

Finalmente, con respecto al impuesto al activo, se hacen algunas adecuaciones resultantes de las modificaciones propuestas en el impuesto sobre la renta.

Apoyar los procesos recaudatorios y de fiscalización.

Para lograr mayor eficiencia en las funciones de auditoría y revisión fiscal, así como apoyar en la lucha decidida y permanente contra la evasión fiscal, se propone hacer obligatorio el dictamen fiscal para las empresas cuyos ingresos excedan de 5 mil millones de pesos al año, o que tengan activos por 10 mil millones de pesos o con más de 150 trabajadores a su servicio, además de hacer extensiva esta obligación para los contribuyentes con fines no lucrativos que están autorizados para recibir donativos deducibles. El dictamen para estos contribuyentes sería en forma simplificada.

Con objeto de eliminar los abusos que se han observado, se propone derogar gradualmente el artículo 64 del Código Fiscal de la Federación, tipificando como infracciones; el no proporcionar dentro del plazo establecido la información que solicitan las autoridades fiscales debidamente codificadas para permitir su procesamiento; no dictaminar los estados financieros; y, por último, estableciendo sanciones más severas para los contribuyentes que no expidan comprobantes por las actividades que realicen.

Con el fin de aclarar el contenido de algunos preceptos que han dado lugar a diversas interpretaciones por parte de los contribuyentes, se proponen aclarar los casos en que no debe operar la limitación para presentar declaraciones complementarias.

Con objeto de reforzar el encadenamiento en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y reducir los incentivos a la elusión y evasión fiscales, se establece la obligación para ciertas empresas y organismos presentadores de servicios de citar la clave que corresponda a los usuarios de sus servicios en la información, que dejan preparada para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las instancias del recurso de revocación y el juicio contencioso administrativo pueden ser costosas por la necesidad de garantizar el interés fiscal. Es por ello que se proponen medidas que permitan ampliar el plazo para garantizar el interés fiscal cuando se promueva el recurso de revocación.

La reducción de las labores administrativas de las autoridades fiscales y el ahorro en tiempo de los trámites de los contribuyentes, da lugar a la propuesta de que no se presenten declaraciones de los pagos provisionales cuando no haya impuesto a cargo ni saldo a favor.

Por otra parte, se establece el otorgamiento del pago a plazos en los casos de autocorrección fiscal y tratándose de contribuyentes con ingresos menores de 1 mil millones de pesos. Asimismo, se propone la reducción de los niveles de algunas multas, ya que las contribuciones omitidas hasta ahora se cobran actualizadas, lo que ha ocasionado que en algunos casos éstas sean desproporcionadas.

En cuanto al sistema de coordinación fiscal, se propone una nueva fórmula que permita el esfuerzo recaudatorio de las fuentes de ingresos propias de las entidades federativas y que mejora la distribución en las participaciones de los impuestos federales entre los estados.

Política financiera

En 1991, la política financiera continuará apoyando los esfuerzos tendientes a la estabilización de los precios, sentando bases más perdurables para alentar el ahorro y elevar la eficiencia en su asignación. Así, el sector financiero también propiciará el crecimiento sostenible de la actividad económica.

El proceso de modernización financiera deberá profundizares, mediante una mayor desregulación de los mercados y la adecuación del marco institucional. Este objetivo cobra mayor importancia ante la reanudación del régimen mixto de la prestación del servicio de banca y la posibilidad de la conformación de grupos financieros. En este ámbito, se buscará que el sistema financiero sea más eficiente de manera que contribuya al impulso del desarrollo económico de la nación.

Dentro del proceso de modernización, la política financiera tiene como objetivo contribuir a incrementar el ahorro a través del sistema financiero y, por consiguiente, a su orientación más efectiva hacia las actividades productivas. Para ello, es necesario contar con un esquema institucional adecuado y con mercados que respondan a los requerimientos del público ahorrador, nduciendo, de esta manera, a un aumento en la profundización financiera.

Otro aspecto de la modernización financiera es el referente a la creación de instrumentos cuyas características correspondan con las preferencias del público y las necesidades de los usuarios. Así, se generarán constantemente condiciones de más intensa competencia que conducirán al objetivo de alcanzar una mayor eficiencia del sistema y que los servicios financieros nacionales se acerquen, e incluso superen a los de instituciones internacionales en precio, eficacia y calidad.

La política financiera propiciará tasas de interés atractivas para contribuir de este modo a la promoción y retención del ahorro interno y la repatriación de capitales.

Por otra parte, los rendimientos deberán adecuarse de manera oportuna a la evolución del mercado de fondos prestables así como a las condiciones que priven en los mercados internacionales.

La política cambiaría, seguirá desempeñando un papel clave en el marco de concertación del Pacto para la Estabilidad y el Crecimiento Económico, al procurar simultáneamente la eliminación de la incertidumbre de los agentes económicos y la competitividad de las actividades productivas del país.

Con la reforma financiera se pretende fortalecer al sistema y prepararlo para una mayor competencia a nivel internacional. Se buscará propiciar una mayor capitalización e integración del sector que le permita aprovechar economías de sinergia y obtener una mayor agilidad en su operación.

El esquema de desincorporación bancaria buscará conformar un sistema financiero sólido, con participación diversificada en el capital y con propósitos de regionalización en cuanto a la esfera de acción de las instituciones. Asimismo, se busca que éstas queden en manos de personas con probada aptitud y calidad moral, y bajo el control de los mexicanos. Se procurará que no haya concentración en la intermediación, obtener un precio justo y propiciar un equilibrio dentro del sistema financiero en general.

El fortalecimiento de la banca de desarrollo resulta fundamental para incrementar el beneficio social de sus recursos. Ello deberá lograrse mediante el aumento de su eficiencia operativa y la reducción de los costos de canalización del crédito. Continuará siendo indispensable una mayor selectividad en el otorgamiento de subsidios financieros, a fin de concentrarlos en los sectores más necesitados. La banca de desarrollo deberá concentrarse, como lo ha hecho, en las operaciones de segundo piso, preservando su atención a los sectores estratégicos y prioritarios. Asimismo, es necesario que se avance en la complementariedad con la banca múltiple.

Para otorgar un tratamiento similar a todos los participantes del sistema financiero mexicano y coadyuvar a la existencia de agrupaciones financieras, será necesario contar con un marco jurídico flexible que propicie su modernización y su consolidación.

Bajo estas directrices, la política financiera insertada armónicamente con la política macroeconómica general, permitirá avanzar en el objetivo común de lograr el crecimiento sostenido con estabilidad de precios.

Política de deuda pública

Acorde con la disciplina fiscal y los objetivos de estabilización macroeconómica, la política de endeudamiento del sector público avanzará hacia las metas planeadas en el Plan Nacional de Desarrollo. En lo externo, la política de deuda procurará dar permanencia a la reducción de la transferencia neta de recursos y, a su vez, apoyará la consolidación de las nuevas bases que sustenten el crecimiento económico. Las acciones que se emprenderán en este contexto tendrán como propósito disminuir el saldo histórico con nuestros acreedores del exterior. La política de endeudamiento interno, por su parte, coadyuvará al control de la liquidez para evitar presiones que desequilibren el mercado de fondos prestables.

Para 1991 los objetivos de la política de financiamiento externo son:

Captar recursos suficientes que permitan financiar las operaciones del sector público con el exterior y fortalecer su posición financiera.

Ampliar el exeso a los mercados voluntarios de capital del gobierno federal y de las entidades públicas.

Reducir los costos y mejorar las condiciones de acceso al financiamiento externo en general.

Continuar el proceso de reducción de la deuda histórica a través de operaciones financiadas con recursos del exterior para realizar recompras directas, cuando la situación financiera interna y externa sea favorable para llevar a cabo este tipo de operaciones.

Reforzar las reservas internacionales del país, para apoyar un creciente volumen de comercio exterior y para poder afrontar desde una posición más sólida las contingencias que pudiesen surgir tanto con el ámbito interno como externo.

El endeudamiento externo se manejará con prudencia, buscando continuar la reducción de la carga de la deuda. No es incongruente contratar nuevos empréstitos y buscar, al mismo tiempo, reducciones netas en el saldo de la misma; de hecho, esto ocurrió en 1990. Las condiciones de los mercados internacionales han hecho posible que a través de operaciones de recompra de deuda a descuento, en buena medida financiadas con recursos del exterior, se consiguen reducciones adicionales de su saldo efectivo. Es previsible que en el futuro cercano dichas oportunidades continuarán presentándose.

Para lograr estos objetivos, el Ejecutivo Federal solicita al honorable Congreso de la Unión autorización para ejercer un endeudamiento externo neto directo al sector público hasta por 2 mil 700 millones de dólares.

Estos recursos provendrán de los acuerdos firmados con la banca comercial, de los programas de crédito negociados por el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, de la contratación de líneas bilaterales, al amparo del acuerdo del Club de París, y de la colocación de bonos en los mercados voluntarios de capital.

Por lo que respecta a la posición acreedora de México con los países de América Latina y del Caribe, que asciende a 1 mil 949 millones de dólares, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está promoviendo diversos mecanismos que faciliten el pago de los pasivos que regularicen las relaciones financieras y comerciales de esa región con nuestro país. Cabe citar la operación que está a punto de concretarse para reducir en 50 millones de dólares la deuda de Honduras con México.

Con las metas y acciones programadas para 1991, la política de deuda externa adquiere una nueva dimensión. Al haberse consolidado la solidez financiera, el endeudamiento externo se destinará a incrementar la eficiencia productiva del sector público, al canalizar los recursos captados a proyectos que generen recursos suficientes para cubrir sus costos y que, además, coadyuven a incrementar el potencial de crecimiento de la economía.

Dada la mejor aceptación que recientemente México ha adquirido en los mercados voluntarios de capital en el exterior, como resultado de la renegociación de la deuda externa y de la congruencia de la estrategia económica adoptada, el próximo año podrán realizarse, de aprobarlo esta soberanía, nuevas emisiones de bonos por montos importantes a tasas atractivas.

Por otra parte, podrá hacerse uso de la segunda disposición de recursos frescos acordada en el paquete de reestructuración; por este último concepto se estima recibir aproximadamente 250 millones de dólares.

La fuente de recursos más importante corresponderá a desembolsos de diversos créditos concertados, o en proceso de negociación con el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, para programas sectoriales en el campo de electricidad, ferrocarriles y fertilizantes y la continuación de los programas sectoriales de exportación y desarrollo financiero.

Se continuará haciendo uso de diversas líneas bilaterales de crédito entre las que destacan las líneas relacionadas con la importación de productos agropecuarios y alimenticios. Asimismo, se continuará fortaleciendo la utilización de líneas de crédito que permitan a los importadores y exportadores mexicanos financiar en condiciones preferenciales sus requerimientos de capital de trabajo. De esta forma, se obtendrán costos financieros más atractivos y se fortalecerá el equilibrio de divisas en la balanza de pagos, evitando, dentro de lo razonable los pagos de contado por las importaciones.

El Ejecutivo Federal requiere seguir aprovechando las coyunturas favorables del mercado y, de ser necesario, solventar situaciones adversas que puedan surgir. Procede recordar que el Congreso de la Unión autorizó endeudamiento externo para 1990 y, sin embargo, se registró un desendeudamiento neto externo, debido a que las circunstancias así lo hicieron posible; es decir, la autorización de endeudamiento sólo se ejercerá de ser estrictamente necesario.

En materia de deuda interna, se procurará que las acciones que se emprendan permitan conservar la tendencia descendente de las tasas de interés sin que ello afecte negativamente al ahorro interno y la repatriación de capitales.

Se continuará con la política de no recurrir a medios inflacionarios para financiar el déficit público, sustentando la captación de los fondos que requiera el sector público para financiar sus faltantes, exclusivamente con la emisión de valores gubernamentales, en donde el rendimiento sea determinado estrictamente por las condiciones de mercado.

Se propiciará que el plazo promedio de la deuda interna continúe ampliando su perfil de vencimientos de manera que permita extender el horizonte de planeación para las finanzas públicas. Por esta razón, se revisará y actualizará el menú de valores que existen hoy día para adecuarlo a las preferencias del público ahorrador.

En congruencia con los objetivos de política económica comprendidos en la presente iniciativa y de acuerdo con los lineamientos en materia de financiamiento externo, dados a conocer por el Ejecutivo Federal a mi cargo y en cumplimiento del artículo 10 de la Ley General de la Deuda Pública, se solicita al honorable Congreso de la Unión, que al aprobar la Ley de Ingresos de la Federación autorice la contratación de un endeudamiento interno neto de 7.1 billones de pesos.

En atención a las consideraciones que contiene la presente exposición de motivos y a efecto de que el honorable Congreso de la Unión tenga conocimiento de los recursos que financiarán el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1991, me permito someter a esa representación nacional la estimación que aparece parcialmente en las distintas fracciones del artículo 1o. de la Ley de Ingresos, y que integra el total de dichos recursos.

Por lo expuesto y con fundamento en la facultad que me confiere el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter al honorable Congreso de la Unión, por conducto de ustedes la siguiente

INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1991

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 1991, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

Cuando en una ley que establezca alguno de los ingresos previstos en este artículo, se contengan disposiciones que señalen un diverso ingreso, este último se considerará comprendido en la fracción de este precepto que corresponda al primero.

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informará al Congreso de la Unión, trimestralmente, dentro de los 45 días siguientes al trimestre vencido, sobre los ingresos percibidos por la Federación en el ejercicio fiscal de 1991, en relación a las estimaciones que se señalan en este precepto.

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para contratar, ejercer y autorizar créditos, empréstitos u otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, que no rebasen los montos de 7 billones 124 mil 300 millones de pesos de endeudamiento neto interno y de 8 billones 194 mil 800 millones de pesos de endeudamiento neto externo, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1991.

También queda autorizado el Ejecutivo Federal para que, a través de la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita valores en moneda nacional y contrate empréstitos para canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal o con propósitos de regulación monetaria, en los términos de la Ley General de Deuda Pública.

Del ejercicio de estas facultades, dará cuenta trimestralmente el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los 45 días siguientes al trimestre vencido, especificando las características de las operaciones realizadas.

Artículo 3o. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda facultado para fijar o modificar las compensaciones que deban cubrir los organismos descentralizados y empresas propiedad de la Federación, respecto a los bienes federales aportados o asignados para su explotación, o en relación con el monto de los productos o ingresos brutos que perciban.

Artículo 4o. Petróleos Mexicanos estará obligado al pago de contribuciones y sus accesorios, de productos y de aprovechamientos, de acuerdo con las disposiciones que los establecen, exceptuando el impuesto sobre la renta y de conformidad con las siguientes reglas:

I. Derecho sobre hidrocarburos:

A cuenta de este derecho enterará como mínimo, diariamente, incluyendo los días inhábiles, 18 mil 35 millones de pesos durante el año y además mensualmente 548 mil 571 millones de pesos, durante el año, los que deberá pagar el último día hábil de cada mes. Tratándose de exportaciones temporales de petróleo crudo y gas natural, Petróleos Mexicanos podrá hacer los ajustes que correspondan mediante la presentación de declaraciones complementarias, a más tardar el último día hábil del segundo mes posterior a aquél en que se presentó la declaración de pago provisional correspondiente a esas exportaciones sin que causen recargos las diferencias que en su caso resulten.

II. Derecho extraordinario sobre hidrocarburos:

Por la extracción de petróleo crudo y gas natural en territorio nacional que se destine a exportaciones, autoconsumo y consumo nacional, Petróleos Mexicanos pagará un derecho extraordinario sobre hidrocarburos del 14.2% del valor del petróleo crudo y del gas natural extraído en el ejercicio fiscal de 1991. Este derecho se determinará en los mismos términos que el derecho sobre hidrocarburos, quedando el organismo sujeto a las mismas obligaciones establecidas por la Ley Federal de Derechos. A cuenta de este derecho sobre hidrocarburos enterará, como mínimo, diariamente, incluyendo los días inhábiles 6 mil 352 millones de pesos durante el año, y además mensualmente 193 mil 211 millones de pesos durante el año, los que deberá pagar el último día hábil de cada mes. Tratándose de exportaciones temporales de petróleo crudo y gas natural, Petróleos Mexicanos podrá hacer los ajustes correspondientes en los términos de la fracción anterior.

Los ingresos que la Federación obtenga por este derecho extraordinario no serán participables a los estados, municipios y Distrito Federal y su monto no servirá de base para calcular el derecho adicional sobre hidrocarburos.

Tratándose de los pagos provisionales diarios y mensuales a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, Petróleos Mexicanos deberá hacer los ajustes de pagos que correspondan mediante la presentación de declaraciones, a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél en que realizó los pagos provisionales correspondientes, sin que causen recargos las diferencias que en su caso resulten.

III. Impuesto especial sobre producción y servicios:

Por la enajenación de petrolíferos, a cuenta de este impuesto, enterará como mínimo, diariamente, incluyendo los días inhábiles 16 mil 984 millones de pesos durante el año, los que acreditarán en los pagos provisionales que establece la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en el mes inmediato posterior a aquél en que fueron enterados, debiendo presentar la declaración de pago provisional a más tardar el último día hábil de cada mes, la que podrá modificarse mediante declaración complementaria que se presentará a más tardar el último día hábil del tercer mes siguiente a aquél en que se presentó la declaración que se complementa, sin que causen recargos las diferencias que en caso resulten, siempre que éstas no excedan del 5% del impuesto declarado.

Estas declaraciones se presentarán en la Tesorería de la Federación.

Los pagos mínimos diarios a cargo de Petróleos Mexicanos, por concepto del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de petrolíferos, se modificarán cuando los precios de dichos productos varíen, para lo cual se aplicará sobre los pagos mínimos diarios un factor que será equivalente al aumento porcentual que registren los productos antes señalados, el cual será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al tercer día posterior a la entrada en vigor de los nuevos precios.

Cuando los petrolíferos registren diferentes porcentajes de incremento, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará el factor a que se refiere el párrafo anterior, tomando en consideración el aumento promedio ponderado de dichos productos, de acuerdo con el consumo que de los mismos se haya presentado durante el trimestre inmediato anterior a la fecha de incremento de los precios.

El Banco de México deducirá los pagos diarios y mensuales que establecen las fracciones anteriores, de los depósitos que Petróleos Mexicanos debe hacer en dicha institución, conforme a la ley orgánica del propio Banco de México y los concentrará en la Tesorería de la Federación.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para variar el monto de los pagos provisionales a que se refieren las fracciones anteriores, cuando exista modificación en los ingresos de Petróleos Mexicanos que así lo amerite.

IV. Impuesto al valor agregado:

Petróleos Mexicanos efectuará los pagos provisionales de este impuesto en la Tesorería de la Federación, mediante declaraciones que presentará a más tardar el último día hábil de cada mes, las que podrán modificarse mediante declaración complementaria que presentará a más tardar el último día hábil del tercer mes siguiente a aquél en que presentó la declaración que se complementa, sin que causen recargos las diferencias que en su caso resulte, siempre que éstas no excedan del 5% del impuesto declarado.

V. Contribuciones causadas por la importación de mercancías:

Petróleos Mexicanos determinará los impuestos a la importación y las demás contribuciones que cause con motivo de las importaciones que realice, debiendo pagarlas ante la Tesorería de la Federación, a más tardar el último día hábil del segundo mes posterior a aquél en que se efectúe la importación.

VI. Impuestos a la exportación:

Cuando el Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Reglamentaria del artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de comercio exterior, establezca impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados, Petróleos Mexicanos los deberá determinar y pagar a más tardar el último día hábil del mes siguiente a aquél en que se efectúe la exportación.

VII. Derechos:

Los derechos que cause Petróleos Mexicanos se determinarán y pagarán en los términos de la Ley Federal de Derechos, con excepción de las reglas que establece este artículo en sus fracciones I y II.

VIII. Aprovechamiento sobre rendimientos excedentes:

Cuando en el mercado internacional el precio promedio ponderado mensual del barril del petróleo crudo mexicano exceda de 20 dólares de los Estados Unidos de América, Petróleos Mexicanos pagará un aprovechamiento del 43% sobre su rendimiento excedente que se determinará multiplicando la diferencia entre el valor promedio ponderado del barril y 20 dólares, por el volumen total de exportación de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, del mes. Dicho volumen no será superior al que resulte de multiplicar una plataforma diaria 1 millón 360 mil barriles por el número de días del mes de que se trate.

Para efectos de lo establecido en esta fracción, Petróleos Mexicanos realizará pagos provisionales trimestrales a más tardar el día 15 de los meses de abril, julio y octubre de 1991 y enero de 1992. Presentará su pago definitivo en la misma fecha en que efectúe el definitivo por el derecho a la extracción de hidrocarburos .

IX. Otras obligaciones:

Petróleos Mexicanos presentará las declaraciones, hará los pagos y seguirá cumpliendo con la obligación de retener y enterar las contribuciones a cargo de terceros, incluyendo los establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en los términos que señalan las leyes fiscales.

Petróleos Mexicanos presentará, asimismo, una declaración a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los meses de abril, julio y octubre de 1991 y enero de 1992, en la que informará sobre los pagos por contribuciones y los accesorios a su cargo, efectuados en el trimestre anterior.

Artículo 5o. El Banco de México determinará el impuesto sobre la renta a su cargo de conformidad con lo previsto por la ley de la materia y las reglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 6o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos al 1.5% mensual, sobre los saldos insolutos, durante el año de 1991.

Los créditos fiscales a que se refiere el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, causarán recargos a la tasa que corresponde, en base a lo siguiente:

I. Si la demora es menor a 12 meses, por cada uno de los meses que transcurran en 1991, 1.5%

II. Si la demora es de más de 12 por cada uno de los meses que transcurran en 1991, 3.5%.

Artículo 7o. Se ratifican los acuerdos expedidos en el ramo de Hacienda, por los que se haya dejado en suspenso total o parcialmente el cobro de gravámenes; y las resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la causación de tales gravámenes.

Artículo 8o. Durante el año de 1991, no se pagarán los impuestos a la exportación por las mercancías a que se refieren las siguientes fracciones de la Ley del Impuesto General de Exportación:

2709.00.01 2710.00.06 2712.10

2709.00.99 2710.00.99 2712.20.01

2710.00.01 2711.11 2712.90.01

2710.00.02 2711.12.01 2712.90.99

2710.00.03 2711.13.01 2713.11

2710.00.04 2711.19.01 2713.12

2710.00.05 2711.29.99 2713.20

2713.90.01

Artículo 9o. El impuesto a la exportación y sus adicionales se aplicarán, invariablemente, en los casos de algodón, café y camarón, con base en su precio oficial.

Artículo 10. Los ingresos que se obtengan por los productos señalados en la fracción VII del artículo 1o. de esta ley, se destinarán a las dependencias que enajenen los bienes o presten los servicios, para cubrir sus gastos de operación, conservación, mantenimiento e inversión, hasta el monto que señale el presupuesto de egresos que les hubiere sido autorizado. Los ingresos que excedan del límite señalado no tendrán fin específico y se enterarán a la Tesorería de la Federación.

En la autorización para la modificación de las cuotas de los productos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunicará el destino específico para la dependencia correspondiente.

Artículo 11. Los ingresos que se recauden por los diversos conceptos que establece esta ley se concentrarán en la Tesorería de la Federación y deberán reflejarse, cualquiera que sea su forma o naturaleza, tanto en los registros de la propia Tesorería como en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Las oficinas cuentadantes de la Tesorería de la Federación, deberán conservar durante dos años, la cuenta comprobada y los documentos justificativos de los ingresos que recauden por los diversos conceptos que establece esta ley.

No se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de las aportaciones de seguridad social destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, los que podrán ser recaudados por las oficinas de los propios institutos y por las instituciones de crédito que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendo cumplirse con los requisitos contables establecidos y reflejarse en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Tampoco se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de las aportaciones y de los abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los que podrán ser recaudados por las oficinas del propio instituto y por las instituciones de crédito que autorice la citada Secretaría, debiendo cumplirse con los requisitos a que se refiere la última parte del párrafo anterior.

Artículo 12. Se aplicará el régimen establecido en la presente ley, salvo lo dispuesto en el artículo anterior, a los ingresos que perciban los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria que estuvieran sujetos a control presupuestal, en los términos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1991, entre los que se comprende a :

Petróleos Mexicanos

Comisión Federal de Electricidad

Compañía Nacional de Subsistencias Populares

Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos

Aeropuertos y Servicios Auxiliares

Ferrocarriles Nacionales de México

Instituto Mexicano del Café

Productos Forestales Mexicanos

Instituto Mexicano del Seguro Social

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Lotería Nacional para la Asistencia Pública

Azúcar, S.A. de C.V.

Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A.

Fertilizantes Mexicanos, S.A.

Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril, S.A., y

Productora e Importadora de Papel, S.A.

Artículo 13. Se otorga un estímulo fiscal a los sectores agropecuario y forestal, consistente en permitir el acreditamiento de la inversión realizada contra una cantidad equivalente al impuesto al activo determinado en el ejercicio, mismo que podrá acreditarse en ejercicios posteriores hasta agotarse.

Artículo 14. Cuando los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal del gobierno federal, incrementen sus ingresos como efecto de aumentos en la productividad o modificación en sus precios y tarifas, los recursos así obtenidos serán aplicados prioritariamente a reducir el endeudamiento neto del organismo o empresa de que se trate, o a los programas a que se refiere el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1991.

Artículo 15. Los contribuyentes del Título Cuarto de la Ley del Impuesto Sobre la Renta gozarán de un subsidio contra el impuesto que resulte a su cargo en el ejercicio en los términos de dicho título, que se determinará conforme a lo siguiente:

I. Se calculará el subsidio bruto que corresponda al ingreso al cual se le aplicó la tarifa a que se refiere el artículo 141 de la ley mencionada, conforme a la siguiente:

El monto del subsidio fiscal no podrá exceder de $1.290,973.00.

II. El subsidio a que se refiere este artículo será el que resulte de multiplicar el subsidio bruto determinado en los términos de la fracción anterior por la proporción que represente el ingreso al cual se le aplicó la tarifa contenida en el artículo 141 de la ley mencionada, respecto de todos, los ingresos del contribuyente en el ejercicio incluyendo aquéllos por los que el contribuyente no esté obligado al pago del impuesto y excluyendo los que hubieran sido objeto de pago definitivo. En el caso en que la proporción descrita sea inferior al 30% no se tendrá derecho al subsidio que establece este precepto.

III. Los contribuyentes podrán aplicar el subsidio a que se refiere este artículo contra el impuesto que resulte a su cargo en los pagos provisionales que deban efectuar en los términos de la mencionada ley. En estos casos, el subsidio bruto se calculará considerando el ingreso al cual se le aplicó la tarifa para determinar el pago provisional que corresponda conforme a la siguiente:

El monto del subsidio fiscal no podrá exceder de $107,566.00 El subsidio para pagos provisionales se determinará con la proporción que represente el ingreso mencionado en el párrafo anterior respecto de todos los ingresos del contribuyente en el período por el que se efectúa el pago. En el caso en que la proporción descrita sea inferior al 30% no se tendrá derecho al subsidio que establece esta fracción.

Las personas que hagan pagos por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título Cuarto de la ley citada, calcularán la proporción a que se refiere este artículo para todos sus trabajadores dividiendo el monto total de los pagos efectuados en el período que sirva de base para determinar el impuesto en los términos del citado capítulo, entre el total de las erogaciones efectuadas en el mismo por cualquier concepto relacionado con la prestación de servicios personales subordinados, aun cuando no sean deducibles para el empleador, ni el trabajador esté sujeto al pago del impuesto por el ingreso derivado de las mismas, a excepción de los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo a que se refiere la Ley Federal del Trabajo.

El empleador deberá comunicar a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados a más tardar en el mes de febrero de cada año, la proporción que sirvió de base para determinar el subsidio a que se refiere este artículo en el ejercicio inmediato anterior.

Cuando los contribuyentes, además de los ingresos a que se refiere el Capítulo I del Título Cuarto de la ley citada obtengan ingresos de los señalados en los demás capítulos del título mencionado, podrán modificar la proporción a que se refiere la fracción II de este artículo para determinar el subsidio que corresponda, considerando para estos efectos la totalidad de sus ingresos.

No se considerarán ingresos para fines de este artículo, los viáticos, las herencias o legados, los donativos, las indemnizaciones por daños, los alimentos, los impuestos que se trasladen al contribuyente por los cuales no se está obligado al pago del impuesto sobre la renta en los términos del artículo 77 de la ley de la materia.

Artículo 16. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para otorgar los estímulos y subsidios siguientes:

I. Los relacionados con comercio exterior:

a) A la importación de artículos de consumo a las franjas fronterizas y zonas libres del país, por las empresas y centros comerciales establecidos en ellas, y

b) A la importación de equipo y maquinaria a las franjas fronterizas y a las zonas libres del país, por las empresas y centros comerciales establecidos en ellas para instalarlos en dichas empresas o centros comerciales.

II. A la promoción de la modernización de la industria de computación.

III. A la adquisición o construcción de vivienda nueva de interés social y de tipo medio para arrendamiento.

IV. Subsidios respecto de los impuestos federales, en relación a los contratos de compra - venta de petróleo que celebran el gobierno federal y Petróleos Mexicanos para integrar el patrimonio del fideicomiso para la emisión de certificados de participación ordinarios, denominados "Petrobonos"

Se aprueban los estímulos fiscales y subsidios con cargo a impuestos federales, así como las devoluciones de impuestos concedidos para fomentar las exportaciones de bienes y servicios o la venta de productos nacionales a las franjas fronterizas y a las zonas libres del país en los porcientos o cantidades otorgadas o pagados en su caso, durante el ejercicio fiscal anterior.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público escuchará, para conceder los estímulos a que se refiere este artículo, en su caso, la opinión de las dependencias competentes en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido por este artículo en materia de estímulos y subsidios fiscales.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta ley entrará en vigor en toda la República el 1o. de enero de 1991.

Artículo segundo. Se aprueban las modificaciones a las tarifas de los impuestos generales a la exportación y a la importación efectuadas por el Ejecutivo Federal durante el año de 1990, a las que se refiere el informe que en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 constitucional y su ley reglamentaria, ha rendido el propio Ejecutivo al honorable Congreso de la Unión.

Reitero a ustedes ciudadanos secretarios las seguridades de mi consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, al 15 de noviembre de 1990.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Carlos Salinas de Gortari.

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Noviembre 15 de 1990.)