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Proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1991, presentado por el Ejecutivo federal en la sesión del miércoles 15 de noviembre de 1990

CC. SECRETARIOS DE LA
H. CÁMARA DE DIPUTADOS
P R E S E N T E S.

A. - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

P R E S E N T A C I O N

El Ejecutivo a mi cargo, con fundamento en el Artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 20, 23 y 24 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y en el artículo 7o. de la Ley de Planeación, por su conducto somete a esa Soberanía Nacional, para su conocimiento, análisis y en su caso aprobación, la Iniciativa de Decreto del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1991.

Con este documento se da observancia a la obligación constitucional y compromiso del gobierno de informar a la ciudadanía sobre el monto, origen, destino, estructura y política de asignación de los recursos públicos que el Ejecutivo Federal proyecta ejercer en la Ciudad de México durante 1991, a través de las unidades administrativas y entidades coordinadas que integran el Departamento del Distrito Federal.

La acelerada expansión que ha tenido la Ciudad de México, conlleva problemas que no pueden ser resueltos todos en el corto plazo; sin embargo, se han tomado decisiones y establecido programas de acción para dar respuesta efectiva a las demandas de la población.

La presente administración, en primera instancia, se dio a la tarea de definir un programa de trabajo que permitiera atender las necesidades más urgentes de la ciudadanía, apoyando especialmente a los grupos de menores recursos económicos, dentro de un marco de restricción y priorización del gasto, el cual ha tenido una clara orientación social.

Lo anterior, con apego a la realidad económica del país y del propio Distrito Federal, impulsando la captación de recursos propios, a fin de que la ciudad sea autofinanciable.

Uno de los objetivos principales del quehacer del gobierno de la ciudad es ofrecer servicios públicos de calidad adecuada y en cantidad suficiente, fundamentalmente a las zonas menos favorecidas, para apoyar el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.

Para el logro de este propósito, se definió un programa de trabajo que, atendiendo esos objetivos, al mismo tiempo coadyuvara al desarrollo de las estrategias nacionales definidas por el Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994, que tiene como base los siguientes puntos:

- Propiciar el equilibrio en el bienestar de los diversos sectores que conforman la sociedad capitalina, procurando beneficiar a los que menos tienen y, de este modo contribuir a una mejor convivencia social.

- Reorganizar las finanzas públicas, a través de una adecuada administración de la recaudación que se sustente en la ampliación de la base tributaria y en la ampliación del gasto público. Esto, con un amplio sentido de equidad social.

- Redoblar esfuerzos en conjunto con los diferentes sectores de la sociedad, para prevenir y reducir los niveles de contaminación ambiental.

- Establecer una nueva política de uso eficiente y ahorro del agua potable, destinando su consumo en forma prioritaria a los habitantes y propiciando el uso del agua tratada entre los sectores comercial e industrial.

- Reorganizar y modernizar los medios de transporte público bajo un enfoque integral.

- Hacer más eficientes las instituciones de seguridad pública y de impartición de justicia, para garantizar los derechos y patrimonio de los ciudadanos.

- Llevar a cabo un estricto programa de acciones de control del uso del suelo y de ordenamiento de la expansión de la ciudad.

Con el presente presupuesto se dará continuidad a este programa de trabajo. Es cierto que la magnitud de las necesidades sociales rebasan las disponibilidades de recursos; por esto se establecen claramente prioridades, se jerarquiza el gasto y se instrumentan medidas de concertación y coordinación.

En el marco de las anteriores consideraciones, el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1991, asciende a 10'862,677.8 millones de pesos, de los cuales 8'367,712.2 corresponden al sector central y 2,494,965.6 a entidades coordinadas, incluyendo aportaciones. En la estructura de financiamiento del presupuesto, 4'974,280.9 millones de pesos corresponden a recursos propios del Departamento del Distrito Federal y entidades coordinadas, 4'688,226.9 a participaciones por ingresos federales, 729,900.0 a transferencias del Gobierno Federal y 470,270.0 a financiamiento neto.

De acuerdo a la estrategia definida, la presente administración continuará adecuándose a las necesidades que demanda el desarrollo y considerando, en todos los casos, la capacidad y las posibilidades reales de financiamiento sano

Los retos son muchos y su atención requiere de una adecuada planeación. Se ha respondido y se seguirá haciendo, orientando los recursos hacia actividades de profundo efecto social, con la transferencia que exige la ciudadanía.

1. - EVOLUCIÓN DE LA GESTIÓN SECTORIAL 1990.

1. - EVOLUCIÓN DE LA GESTIÓN SECTORIAL 1990.

Los programas y actividades realizados por la presente administración han estado enmarcados dentro de las directrices del Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994, coadyuvando así al desarrollo nacional y regional.

El gobierno capitalino a fortalecido los servicios que presta a la población, mediante la conservación y mantenimiento de la infraestructura existente y la realización de nuevas obras que han ampliado su capacidad de respuestas ante las demandas ciudadanas, sobre todo en las zonas más rezagadas. Asimismo, se ha optimizado el rendimiento y productividad de los recursos con que se cuenta, y elevado la calidad de muchos de los servicios ofrecidos.

Entre los principales avances alcanzados durante 1990, destacan los siguientes:

En materia de seguridad pública, se han reducido los índices de delincuencia, como resultado de la modernización de los procedimientos, técnicas y organización de las instituciones encargadas de esa actividad, así como el adecuado equipamiento y profesionalización de sus elementos.

La procuración e impartición de justicia ha sido una de las prioridades del presente gobierno capitalino, por lo que el compromiso contraído desde el inicio de su gestión, en el sentido de alcanzar un cambio integral de los instrumentos y órganos encargados de este derecho ciudadano, continúa vigente y ha ofrecido ya beneficios concretos para la población. Destacan la simplificación de los procedimientos legales y la agilización de la administración de justicia, para lo cual se han realizado reformas o adiciones a diversos ordenamientos jurídicos.

De igual manera, se ha ampliado su cobertura al reforzar la desconcentración administrativa, creando agencias del ministerio público en las áreas con mayor índice delictivo, y de atención especializada en delitos sexuales y menores maltratados.

En el aspecto ecológico, se combate la contaminación ambiental con acciones inmediatas, como respuesta a la demanda ciudadana. Estas acciones constituyen la base de un proceso con resultados ya mensurables, en el mediano plazo producirán cambios importantes en el entorno ecológico de la Ciudad de México.

Un factor importante ha sido la voluntad de los habitantes, los cuales, con su decidida participación, han permitido concretar el Programa Integral contra la Contaminación Atmosférica de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México.

Como parte de este programa se ha definido la coordinación con otras instancias de la administración pública federal, a fin de conjugar los esfuerzos institucionales para contar con nuevos enfoques en la materia, sobre todo en el campo de los combustibles, donde PEMEX participa con la producción de gasolina sin plomo y diesel con menor contenido de azufre, y en general, en el aprovechamiento y desarrollo de tecnología para mejorar los procesos de combustible en vehículos, industrias y termoeléctricas.

Entre las acciones emprendidas destacan los programas "Hoy no Circula" y la verificación obligatoria de los vehículos automotores, en los que se demuestra la amplia respuesta y decidida voluntad de la sociedad para coadyuvar a mejorar la calidad del aire. Asimismo, se han llevado a cabo la adaptación de motores y equipo anticontaminante en las unidades de Ruta - 100 y la ampliación del Metro con la línea Pantitlán - Los Reyes - La Paz, con el beneficio adicional de mejorar la vialidad en la calzada Ignacio Zaragoza.

También ha recibido especial énfasis el programa de rescate de las zonas Lacustres de Xochimilco, Tláhuac y Mixquic, iniciado desde 1989, para mantener el equilibrio ecológico el desarrollo de nuevas áreas dedicadas a la agricultura chinampera y la restricción del uso habitacional y pecuario en estas zonas. Asimismo, se ha emprendido la reforestación intensiva en diversas áreas, destacando el programa "Cada familia un árbol", que permitió la siembra de aproximadamente 1.5 millones de árboles y que contó con la amplia respuesta de los habitantes capitalinos.

Durante la presente administración se ha dado especial énfasis a las acciones de carácter social. Es importante destacar el esfuerzo que se ha realizado por seguir ampliando la cobertura y mejorando la calidad de los servicios de atención médica que se brindan a la población abierta del Distrito Federal. Se continuó ampliando y mejorando la infraestructura hospitalaria existente, que atiende a la población de menores recursos, así como el equipamiento y nivel de atención en los consultorios delegacionales. Especial atención se ha otorgado a la protección social de menores y ancianos.

En materia de recreación y cultura se ha apoyado la diversificación de las manifestaciones artísticas, pero fundamentalmente se les ha acercado a un mayor número de personas, al ampliarse la cantidad de espacios dedicados a este fin.

En el aspecto educativo, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, se continuó con la construcción de nuevos planteles, fundamentalmente de nivel preescolar y primario así como el mejoramiento y reforzamiento de la infraestructura escolar existente.

Además de estos los programas sustantivos, el Departamento del Distrito Federal realiza otras acciones que coadyuvan a elevar la calidad de vida de sus habitantes como el mejoramiento y la introducción de servicios básicos de agua, drenaje, pavimentación, alumbrado, etc., principalmente en zonas tradicionalmente marginadas de la ciudad.

Al inicio de la presente administración se marcó un cambio radical en la política de distribución y consumo de agua en la Ciudad de México, tomándose medidas para racionalizar su uso y aplicar el abastecimiento en las zonas carentes y marginadas.

Como parte de ello, se instrumentó un Programa de Uso Eficiente del Agua, que consiste en la sustitución de los muebles sanitarios existentes, cuyo uso implica un gasto innecesario de agua, por otros que, cumpliendo con la misma función, utilizan menor cantidad de líquido.

Adicionalmente, se concertó con las industrias que por su actividad utilizan un alto volumen de agua, que su funcionamiento se lleva a cabo crecientemente con el empleo de agua tratada, bajo el principio de que la potable debe destinarse para el consumo de los habitantes. También se evita el establecimiento de nuevas industrias consumidoras de grandes cantidades de este recurso. En forma complementaria y sistemática se emprendieron campañas de concientización para la racionalización en el uso del agua.

Con el mismo propósito, entró en vigor el Reglamento de Servicio de Agua y Drenaje para el Distrito Federal, en el cual sanciona el uso indebido de este recurso.

Como se mencionó en el aspecto ecológico, se puso en marcha el Programa de Rescate de las Zonas Lacustres de Xochimilco, Tláhuac y Mixquic el cual, además de los beneficios mencionados, protegerá la cuenca hidrológica del sur del Valle de México y evitará su contaminación y deterioro. Este es uno de los esfuerzos más importantes de restitución ecológica en la historia de la ciudad.

Por otra parte, la situación operativa y financiera del servicio de transporte requirió de una reestructuración. En consecuencia, se formuló y empezó a instrumentarse el Programa Integral de Transporte, con el fin de redefinir las bases para la modernización del servicio. El Programa contempla la identificación y previsión de necesidades; el análisis de las opciones más viables desde el punto de vista financiero, social y técnico; la coordinación de los medios de transporte; el apoyo al Programa Integral contra la Contaminación Atmosférica y la ampliación de obras viales. Todo esto con un enfoque metropolitano.

El Transporte Colectivo, Metro, continúa siendo el servicio de traslado de pasajeros más importante de la ciudad. Para extender la cobertura a las zonas de mayor demanda, en 1990 se inició, con recursos propios, la obra de ampliación de la línea del Metro Pantitlán Los Reyes - la Paz, la cual tiene una extensión de 4 kms. en el Estado de México y de 13 kms. en el Distrito Federal. Esta importante obra estará concluida en 1991.

Dentro del Programa de Modernización de Ruta 100, se mejoró su equipo mediante la adquisición de 1,000 autobuses nuevos y la reconstrucción integral de 2,500 más, asimismo se amplio su cobertura de atención. Dentro de este programa destaca la adaptación de equipo anticontaminante en su flota vehicular, el mejoramiento de talleres y módulos y la reorientación del servicio hacia los lugares donde se genera la mayor demanda.

La expansión de los asentamientos humanos en el Valle de México, ha sido una de las principales preocupaciones del gobierno capitalino. Para controlar su crecimiento y estar en posibilidades de planificar las zonas aptas para uso urbano y propiciar su integración al desarrollo de la ciudad, se siguieron estrategias de ordenamiento territorial. Estas tuvieron como finalidad el establecimiento de un padrón inmobiliario y de definición geográfica más preciso, que facilitara el uso adecuado de cada área de la zona metropolitana, mediante la densificación de las zonas ya ocupadas y el aprovechamiento de la infraestructura urbana existente.

En congruencia con lo anterior, se instrumentó el programa de regularización del suelo y de introducción de servicios en aquellos lugares con mayor incidencia de asentamientos irregulares, específicamente la Delegación Iztapalapa.

Asimismo, se promovió la creación de áreas de protección ecológica, destacando por su importancia lo efectuado en la Sierra de Guadalupe, Cuautepec y Zona del Ajusco.

Para mejorar el tránsito vehicular se iniciaron las obras de prolongación del anillo periférico en el lado sur - oriente de la ciudad y se avanzó en la construcción de los ejes viales 5 y 6 sur hacia el oriente. Además, está en proceso la ampliación de la avenida Insurgentes Norte, en su unión con la carretera a Pachuca.

Con referencia al abasto y comercialización, el Departamento del Distrito Federal puso en práctica diversos programas, destacando la inauguración de lecherías del Programa DDF - CONASUPO.

En lo que respecta al abasto de productos cárnicos, se inició un proceso de reestructuración de Industrial de Abastos, de conformidad con el Programa Nacional de Modernización del Abasto y del Programa de Reestructuración Global de la Industria de la Carne, instrumentados por el Gobierno Federal.

Adicionalmente, para lograr soluciones de fondo la problemática del comercio ambulante, se puso en marcha el programa de construcción de mercados específicos, iniciando con el San Ciprián, en la zona de la Merced.

En lo relativo al ejercicio presupuestal, se han aplicado estrictamente las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina, con objeto de fortalecer el control y oportunidad en la asignación de los recurso con que cuenta el Sector, dando atención preferente a los servicios prioritarios requeridos por la ciudadanía y que beneficien a mayor número de habitantes.

El saneamiento de las finanzas del Departamento del Distrito Federal está permitiendo ejecutar programas de alto beneficio social, sin necesidad de recurrir a otras fuentes de financiamiento. Sólo se recurre a otras fuentes de financiamiento cuando están relacionadas con la importación de partes y equipo extranjero.

Por último, cabe mencionar también que se promovió la realización de convenios y acuerdos con los gobiernos de los municipios y estados del área metropolitana y región centro del país, con otras dependencias del Gobierno Federal que tienen injerencia en la zona y con los sectores social y privado de la sociedad, con objeto de hacer congruentes y complementarios los esfuerzos que se realizan.

2. - POLÍTICA DE GASTO SECTORIAL 1991.

POLÍTICA DE GASTO SECTORIAL 1991

Con apego a los Criterios Generales de Política Económica, el Presupuesto de Egresos para 1991 expresa la continuación del programa de gobierno definido al inicio del sexenio, y se sustenta en: los avances logrados durante los dos años transcurridos de la presente administración; las necesidades pendientes de atender impuestas por la propia dinámica de la ciudad capital; y en la capacidad de financiamiento prevista para 1991.

En este contexto, la política de gasto sectorial que fundamenta la elaboración del Presupuesto de Egresos, persigue los siguientes objetivos generales:

- Garantizar la atención de las necesidades de servicio e infraestructura del Distrito Federal, mediante la asignación de recursos en montos acordes a la capacidad de financiamiento y compatibles con las metas macroeconómicas fijadas para 1991.

- Elevar los niveles de ahorro y productividad, a través de un esfuerzo renovado por cubrir las necesidades presupuestales con una mayor proporción de recursos propios y de la revisión permanente de las prioridades que conduzcan a la utilización racional de las disponibilidades financieras.

- Asegurar la asignación de recursos en montos suficientes para la ejecución de programas prioritarios y proyectos con creciente impacto social.

- Dotar de mayor eficiencia al ejercicio presupuestal, mediante la observancia rigurosa de las normas y disposiciones aplicables, procurando con ello consolidar las finanzas del sector y recurrir sólo de manera complementaria al financiamiento.

- Propiciar, en el caso de la entidades coordinadas, mayor eficiencia en su operación, a través de la óptima utilización de su capacidad instalada, induciendo la jerarquización de sus proyectos de expansión, en congruencia con su capacidad financiera.

En apoyo al cumplimiento de los objetivos antes citados, la política de gasto se orienta a la consecución de las metas fijadas en los diversos programas del Sector.

Ello supone la obligación, por parte de las áreas ejecutoras, de sujetarse estrictamente a los montos asignados y a las prioridades definidas, a fin de garantizar la continuidad en las acciones comprometidas.

La estructura y distribución del programa asignado responden a un orden de prioridades acorde a los reclamos de la ciudadanía capitalina, canalizados a través de sus órganos de representación. Considera, conforme a la disposición constitucional, la propuesta de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

Ante la exigencia de un manejo presupuestal eficiente y honesto, se prevén acciones para consolidar los sistemas de control y seguimiento, que permitan detectar oportunamente la correcta ejecución del gasto y en su caso las posibles desviaciones en su ejercicio e incidencia en la consecución de las metas, para aplicar las acciones correctivas necesarias.

La instrumentación de estas políticas en la administración de los recursos públicos, se inscribe en el proceso de modernización integral que promueve al Gobierno Federal para la consecución de los objetivos nacionales.

La estrategia prevista para 1991 en materia de gasto, consiste en la consolidación de los avances obtenidos en 1989 y 1990, con esfuerzos adicionales que hagan posible ampliar la infraestructura de servicios.

En el marco de las anteriores consideraciones, el gasto neto total previsto para 1991 asciende a 10'862,677.8 millones de pesos, de los cuales 10'694,667.2 corresponden al gasto programable y 168,010.6 al pago del Servicio de la Deuda y Adefas, cifras que con respecto al total, representan el 98.5 y 1.5% respectivamente.

En la distribución del gasto programable, 6'116,086.3 millones de pesos se clasifican en corriente, y 4,578,580.9 en capital es decir 57.2 y 42.8%. Este porcentaje compara favorablemente la distribución presupuestal respecto del aprobado para 1990, que fue de 64.3 y 35.7% respectivamente. El monto presupuestal asignado en gastos corrientes se deriva de las responsabilidades del Gobierno del Distrito Federal, en el sentido de procurar de manera permanente un incremento en el nivel de bienestar social de los habitantes; ordenar los espacios urbanos; promover y conducir la convivencia comunitaria; propiciar el desarrollo económico, social y cultural de la población; así como brindar la seguridad pública que demanda la Ciudad de México.

El cumplimiento de estas responsabilidades implica un volumen de erogaciones presupuestales muy importante que, no obstante estar destinadas a atender directamente a la población, conforme a la reglamentación presupuestaria, deben ubicarse en gasto corriente.

Como ejemplo, destaca que al gasto por servicios médicos o de procuración e impartición de justicia, que son funciones sustantivas del Departamento del Distrito Federal, se clasifican en su mayoría como gasto corriente.

En materia de servicios personales, la política de gasto se orienta a brindar seguridad de empleo a los trabajadores del Sector, con la perspectiva de una recuperación gradual de su poder adquisitivo. Por ello, el monto presupuestal asignado está determinado con base en los complementos a la anualidad que se originan de los incrementos autorizados por el Gobierno Federal y de las revisiones a las condiciones generales de trabajo celebradas durante 1990.

En razón de lo anterior, el 55.45% del gasto corriente se destina al pago de sueldos, salarios y prestaciones de los trabajadores, incluyendo las asignaciones para los programas de capacitación, orientados al desarrollo técnico o intelectual del personal, y de basificación del personal eventual.

Por lo que al gasto de capital, el monto y distribución de las asignaciones responden a las prioridades establecidas, lo cual supone un selección previa de programas y proyectos con mayor avance relativo, cuya ejecución incrementará cualitativa y cuantitativamente la oferta de servicios que demanda la ciudadanía y que por lo mismo, adquieren la categoría de prioritarios.

En consecuencia, el presupuesto de esta rubro registra un incremento nominal que garantiza la continuación de las obras en proceso en materia de transporte, drenaje, infraestructura hidráulica y ecología, así como el inicio de aquellas que en las condiciones actuales resultan importantes para el buen funcionamiento de la ciudad, como la nueva línea del Metro a Iztapalapa.

Además de los beneficios que las obras representan para la comunidad, su ejecución tendrá una incidencia favorable en la creación de empleos directos e indirectos, contribuyendo así, en su medida, a la recuperación económica en la que ha puesto su empeño el Gobierno Federal.

El Proyecto de Presupuesto del Sector para 1991, contempla aportaciones totales a los organismos descentralizados por un monto de 680,712.4 millones de pesos, de los cuales 394,620.3 se clasifican en gasto corriente, y 331,092.1 en gasto de inversión.

Estos recursos constituyen un elemento de apoyo indispensable para la operación de los Organismos del Transporte, para el Fideicomiso de Vivienda, Desarrollo Social y Urbano, Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Rayas, e Industrial de Abastos.

Los criterios de asignación en general se orientan al apoyo de las entidades deficitarias en su operación, resultante de mantener tarifas por debajo de sus costos reales, pero cuya actividad es fundamental en la prestación de servicios comunitarios.

Respecto a los recursos fiscales que por un monto de 729,900 millones de pesos canaliza el Gobierno Federal para 1991, destinados a apoyar la operación de los Organismos de Transporte, es importante señalar que, en contraste con la ampliación de la cobertura de servicios que el Departamento ha logrado alcanzar durante los dos años de la presente administración, el monto de las trasferencias recibidas muestra una tendencia descendente. Así, estos recursos representaron en 1988 17.2% del gasto neto y en este Anteproyecto sólo 6.7%.

Ello se explica en razón del esfuerzo que el Departamento del Distrito Federal ha realizado en el saneamiento de sus finanzas, mediante la instrumentación de una política fiscal y de precios y tarifas mas equitativa y congruente con la realidad económica, así como una estrategia presupuestal basada en la asignación y aplicación de recursos conforme a las prioridades del sector, con apego a las disposiciones de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestales.

En este sentido, para 1991 el gasto neto total del Sector Departamento del Distrito Federal se financiará conforme a la siguiente estructura: 45.8% de ingresos propios, 43.2% de Participaciones en Ingresos Federales, 6.7% de transferencias del Gobierno Federal, y 4.3% de financiamiento neto.

3. - ANÁLISIS PROGRAMÁTICO - PRESUPUESTAL POR ÁMBITO.

ANÁLISIS PRO GRAMÁTICO - PRESUPUESTAL POR ÁMBITO.

JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

Es propósito del actual gobierno capitalino perfeccionar y fortalecer los sistemas de impartición de justicia y de seguridad pública, a fin de garantizar plenamente a la población el respeto a sus garantías individuales y la salvaguarda de su integridad física. Esto, por medio del otorgamiento oportuno de los servicios de vigilancia y protección ciudadana.

Para alcanzar este propósito serán asignados al ámbito de Justicia y Seguridad Pública $ 1'504,817.1, que se ejercerán a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de pesos)

CO Seguridad Pública 1'083,935.4

CK Promoción de la Justicia 401,528.6

CI Impartición de Justicia y

Vigilancia de la Legislación

Laboral y Fiscal 19,353.1

La asignación presupuestal para este ámbito se aumenta en un 34.2% con relación a la original de 1990, que fue de 1'121,242.0 millones de pesos. Este crecimiento se debe fundamentalmente a los incrementos del 40.8 y 31.6% que presentan los programas de Promoción de la Justicia y Seguridad Pública, respectivamente.

Con la finalidad de dar mayor protección y seguridad a los habitantes capitalinos y facilitar el tránsito vehicular, se continuará con la modernización de la infraestructura de protección y vialidad.

Asimismo, se proseguirá con la capacitación de los elementos policíacos, mejorando los planes de estudio de actualización y especialización, y fomentando la vocación de servicio.

En cuanto a impartición de justicia, se dará mayor agilidad a los sistemas y procedimientos judiciales y administrativos, para dar solución expedita y justa a las demandas legales presentadas por los ciudadanos.

Con objeto de ampliar la cobertura de los servicios de impartición y procuración de justicia y otorgar una mayor operatividad y funcionalidad a los órganos jurisdiccionales, se continuará apoyando la desconcentración y reestructuración administrativa.

En lo que toca a la impartición y procuración de justicia laboral, se mejorarán los procedimientos conciliatorios a fin de fortalecer las relaciones obrero - patronales de acuerdo a los principios que las reglamentan. Además, se impulsarán las diligencias de inspección de condiciones laborales en los centros de trabajo, para vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad industrial.

ECOLÓGICO.

El programa del medio ambiente en el Distrito Federal propone soluciones eficaces de mediano y largo plazo encauzadas a mejorar el hábitat, mediante las siguientes acciones:

- Mejorar la calidad del aire.

- Detener y revertir la contaminación del agua, preservando su cálida y propiciando su aprovechamiento.

- Prevenir y controlar la contaminación del suelo, mediante el tratamiento adecuado de los desechos sólidos.

- Asegurar la recuperación, protección y conservación de los recursos naturales y el equilibrio de los ecosistemas.

- Contribuir a elevar la conciencia ecológica de la población.

- Utilizar los avances científicos y tecnológicos para mejorar el medio ambiente.

- Asegurar la participación y la corresponsabilidad de la sociedad en la protección del medio ambiente.

Para la consecución de estas metas se destinarán $ 811,998.4 millones de pesos, los cuales se ejercerán a través de los siguientes programas que concentran el esfuerzo del gobierno capitalino, en coordinación con los gobiernos de los estados vecinos, y diversas dependencias del Gobierno Federal, para la restauración y preservación del medio ambiente en el Valle de México:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

3Z Regulación y Preservación Ecológica 791,990.8

FA Producción Primaria (Agropecuaria y Silvícola) 12,670.4

3F Fomento, Producción y Aprovechamiento para la

Producción y Productividad Primaria y Agroindustrial 7,337.2

Los recursos para esta ámbito se incrementan en 74.6% con relación a 1990, principalmente por el fortalecimiento presupuestal que se asigna al Programa de Regulación y Preservación Ecológica, que tiene un crecimiento del 77%.

Dentro de éste ámbito, con el propósito de disminuir los niveles de contaminación del aire se hace necesario continuar aplicando las disposiciones legales adoptadas para prevenir y controlar la contaminación generada por fuentes fijas y móviles; incrementar la calidad y cobertura del transporte colectivo; y fomentar la restauración ecológica de diversas áreas urbanas.

Es importante señalar que, como parte de las acciones previstas en el Programa Integral contra la Contaminación Atmosférica de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, el Gobierno Capitalino, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de endeudamiento externo, está realizando negociaciones con diversos organismos internacionales para la obtención de financiamientos para programas de carácter ecológico.

Con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se negocia una apoyo crediticio para un amplio programa de reforestación que comprenderá, en 1991, a la Sierra de Guadalupe y Santa Catarina; con el Fondo de Cooperación Económica del Japón, otro crédito para reforestación rural en el Valle de México; y con el Banco Mundial (BIRF), para diversas acciones del Programa de verificación de vehículos, monitoreo de tráfico, así como apoyo al Programa de Modernización de Ruta - 100.

Con referencia al control de la contaminación por fuentes móviles, se efectuará en forma anual la verificación y diagnóstico de las emisiones de los vehículos automotores; se continuará con el programa "Hoy no Circula", así como la instrumentación de campañas de concientización para la prevención y control de la contaminación atmosférica.

Con objeto de incrementar las áreas verdes y resguardar los ecosistemas, se proseguirán realizando acciones para restaurar subcuencas, controlar y combatir incendios forestales, así como programas de reforestación. Asimismo, se continuará apoyando al programa "Cada familia un árbol".

Ante la prioridad de evitar la contaminación del agua, durante 1991 se pretende captar, conducir y evacuar en forma segura y eficaz los volúmenes de aguas negras y pluviales que se generan en el Distrito Federal, así como ampliar y mejorar la infraestructura primaria que permita optimizar la operación del sistema de drenaje, tratamiento y reuso de aguas residuales.

Para el manejo y disposición sanitaria de los desechos sólidos, se continuará con las actividades de recolección por contenedores, barrido manual y mecánico, así como la operación de rellenos sanitarios.

Por otra parte, se pretende estimular la actividad apícola y piscícola, con objeto de incrementar y de diversificar las fuentes de ingreso de la población rural. De igual modo, para evitar la erosión y contribuir al mejoramiento ambiental del área rural del Distrito Federal, se instrumentarán programa de fomento y conservación de las áreas boscosas, que permiten lograr un equilibrio ecológico indispensable para la Ciudad de México.

BIENESTAR SOCIAL.

Uno de los grandes objetivos de la presente administración es mejorar las condiciones de vida de los habitantes del Distrito Federal, prioritariamente a los grupos menos favorecidos o marginados, buscando fortalecer su desarrollo integral, a través de su incorporación activa en la ejecución de programas de bienestar social y familiar, además de fomentar el cuidado de la salud y las actividades cívicas, sociales, educativas, culturales, recreativas y deportivas.

Para el logro de estos objetivos se destinan $1'895,739.8 millones de pesos, con los cuales se apoyarán los siguientes se apoyarán los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de pesos)

DG Educación para Adultos 15.0

DJ Atención Preventiva 6,965.6

DK Atención Curativa 305,535.0

DM Recreación, Deporte y Esparcimiento 175,000.1

DN Asistencia Social, Servicios Comunitarios, y

Prestaciones Sociales 169,729.7

Do Prestaciones Económicas 87,222.4

3D Operación del Sistema Nacional Hidráulico 483,563.1

3M Regulación y Promoción de la Actividad Turística 2,379.5

5E Vivienda 187,346.2

5F Ampliación y Mejoramiento de la Planta Física

para la Educación. y Capacitación 318,481.9

5H. Construcción, Rehabilitación y Mejoramiento de

la Planta Física para la Cultura y el Deporte 70,478.7

5I. Edificios para Servicios de Salud y Seguridad Social 35,610.4

5J. Infraestructura Social 53,412.2

Entre las acciones a realizar destacan las siguientes: en el sector salud, se buscará la ampliación del servicio con el propósito de disminuir la morbilidad y mortalidad por enfermedades y accidentes, procurando mejorar la calidad y oportunidad en la atención médica que se brinda a la población del Distrito Federal.

En el renglón de servicios comunitarios se otorgará protección a adultos indigentes y se hará un esfuerzo especial de protección a la atención de los niños; se dará atención a los internos en los diferentes centros de reclusión; y se otorgará atención a los reclamos de la población, con la orientación jurídica en los casos que sea necesario.

Con el fin de contar con los espacios y las instalaciones necesarios, se dará mantenimiento a las instalaciones hospitalarias, las casas de protección social y los centros culturales del Departamento del Distrito Federal; se realizarán también acciones de reforzamiento y cimentación en diferentes planteles escolares.

Mediante los programas sociales, se fomentará el desarrollo integral de los habitantes del Distrito Federal realizando eventos de recreación y esparcimiento, cívicos, culturales, y deportivos. Destaca, el 3er. Gran Festival de la Ciudad de México, los conciertos de la Orquesta Filarmónica, y los eventos culturales gratuitos en plazas públicas.

Con objeto de ampliar las oportunidades de trabajo, se impartirán cursos de capacitación y adiestramiento de la mano de obra desempleada y no calificada.

Para coadyuvar a atenuar el problema de déficit de vivienda en el Distrito Federal, se construirán y adquirirán viviendas terminadas que se pondrán al alcance de los grupos de población de recursos reducidos, y se apoyarán, a través de parques de materiales, las acciones de autoconstrucción y mejoramiento de vivienda, en coordinación con las entidades responsables.

Asimismo, se construirán, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, planteles para educación básica. Además, se llevará a cabo la remodelación y ampliación de los Centros de Readaptación Social Norte, Sur y Oriente del Distrito Federal. De igual manera, se continuará con la reordenación de la infraestructura hospitalaria, prosiguiendo la construcción del hospital general en Tláhuac, el reforzamiento de 10 hospitales y la remodelación de 115 consultorios delegacionales.

Por otra parte, se continuarán intensificando las acciones que permiten seguir otorgando un servicio oportuno, suficiente y de calidad en materia de agua potable a la población del Distrito Federal. Para tal fin de llevarán a cabo obras para la ampliación y mejoramiento del sistema hidráulico y proseguirán las campañas para racionalizar el consumo del vital líquido.

El ámbito de bienestar social presenta un crecimiento de 4.1% entre lo asignado en 1991 y 1990. Esto se debe fundamentalmente a la disminución que se registra en los programas 3D Operación del Sistema Nacional Hidráulico y 5J Infraestructura Social. Con respecto al 3D, su menor asignación es ocasionada por el hecho de que los recursos previstos para el Programa de Uso Eficiente del Agua se ajustan al ritmo de instalación de muebles sanitarios previstos para 1991.

Respecto al programa 5J la variación se debe principalmente a que se consideró para 1991 un menor volumen de obra para la edificación de un nuevo Centro de Readaptación social, en virtud de la problemática que se afrontó durante 1990 para la localización de los predios con la ubicación adecuada.

Cabe señalar que el programa 5F Ampliación y Mejoramiento de la Planta Física para la Educación y Capacitación, presenta un crecimiento del 5.8% respecto a 1990, debido a que las acciones de reforzamiento de planteles, en su mayoría, se realizaron durante 1989 y 1990.

TRANSPORTE.

De conformidad con el Programa Integral de Transporte se buscará lograr, con una visión de conjunto, una adecuada coordinación entre las diferentes modalidades de este servicio y consolidar un sistema Metropolitano de Transporte que permita avanzar en su modernización. Esto, mediante acciones de reestructuración que mejoren la calidad del servicio y permitan atender la demanda creciente de la población; favorezcan el ordenamiento de la ciudad; y, apoyen el Programa de Lucha Contra la Contaminación Ambiental.

Por tal motivo, se propicia el reordenamiento gradual del transporte, dando especial énfasis a la coordinación de acciones con el Gobierno del Estado de México. La expansión del servicio recibirá más peso en el transporte colectivo, por representar éste un mayor beneficio para la sociedad y contribuir en lo posible a mejorar la calidad del aire. En general, se pretende hacer del transporte un servicio rápido, seguro y económico.

A fin de lograr los propósitos fijados en este ámbito, se prevén recursos durante 1991 que ascienden a un monto de 2'851,025.5 millones de pesos, que se canalizarán a través de los siguiente programas.

IMPORTE

(Millones de Pesos)

El Transporte Colectivo, Metro y Tren Ligero 1'847,248.7

FQ Servicio de Transporte Urbano e Interurbano 947,669.8

3K Regulación y Organización de las

Comunicaciones y los Transportes 65,107.0

El transporte público en la Ciudad de México continuará siendo prioridad para 1991. Entre las principales acciones para impulsarlo destacan: la ampliación de la red del Metro, mediante la terminación de la línea Pantitlán los Reyes - La Paz y el inicio de las obras de la línea 8 de Salto del Agua a Constitución de 1917 en Iztapalapa.

De la misma manera, dentro del Programa de Modernización de Ruta - 100, se concluirá la adquisición de nuevos autobuses, se reconstruirán, en su caso, se dará mantenimiento preventivo a los ya existentes para completar un parque vehicular de 3,500 unidades anticontaminantes en circulación, y se ampliará la infraestructura de apoyo al servicio.

En forma complementaria, y para promover el transporte no contaminante, se considera realizar la reconstrucción de unidades de tren ligero, así como la adecuación de líneas elevadas y la adquisición de equipo auxiliar para trolebús.

Como puede observarse, la asignación presupuestal para este ámbito en 1991, presenta un incremento con relación al monto de 1990 del 90.9%, debido fundamentalmente a las obras del Metro y el Programa de Modernización de Ruta - 100, que no estaban considerados en el presupuesto original de 1990. Por otra parte, se presenta una disminución del 21.2% entre lo asignado en 1991 y 1990 al Programa FQ - Servicio de Transporte Urbano e Interurbano, debido a una reclasificación de metas que se realiza para 1991, asignando las correspondientes a inversión en el EI - Transporte Colectivo, Metro y Tren Ligero y las de operación y mantenimiento en el FQ.

ADMINISTRATIVO.

Las acciones que se consideran dentro de este ámbito tiene como fin coordinar y dirigir la función del gobierno, enmarcándola en los lineamientos de los planes generales y nacionales. Lo anterior, buscando incrementar la eficiencia en la ejecución del Programa Operativo Anual del Departamento del Distrito Federal, dentro de un marco de justicia y bienestar social. Para llevar a cabo este propósito se asignarán $ 1'447,993.7 millones de pesos, que se ejercerán a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(MILLONES DE PESOS)

AA Administración 919,296.9

BB Planeación de la Política Financiera 222,201.4

BM Política y Planeación del

Desarrollo de la Educación,

Cultura Recreación y Deporte 28.836.6

6O Captación de Recursos Financieros 4,969.4

6R Canalización de Recursos Financieros

a los Trabajadores 54,389.0

DH Apoyo a la Educación 3,042.0

BI Política de Desarrollo y Planeación

de la Ciudad de México y Zona

Metropolitana 18,442.5

3V Fomento y Regulación del Programa

Nacional de Capacitación para los

Trabajadores 28,745.3

CZ Ejecución, Reglamentación y Control

de la Política de Crédito Público 168,010.6

Las principales actividades que se levarán a cabo en este ámbito son las siguientes:

Dirigir y coordinar las operaciones que realizan las dependencias y organismos que integran el Departamento del Distrito Federal, a través de los 41 programas que conforman la estructura programática del Sector.

Establecer las directrices y normatividad necesarias para conducir las políticas del Sector en materia jurídica, de gobierno, planeación, obras públicas, desarrollo social y coordinación de los organismos paraestatales integrados en el Departamento del Distrito Federal.

Acordar, definir y aplicar las políticas y estrategias generales que en lo referente a la programación, presupuestación, control y evaluación normarán el quehacer del gobierno capitalino.

Reforzar la modernización y simplificación de los canales de recaudación impositiva.

Analizar y, en su caso, readecuar, los mecanismos para combatir la evasión fiscal, procurando el registro de nuevos contribuyentes, a fin de fortalecer la ampliación de la base tributaria.

Promover la realización de convenios y acuerdos de coordinación con los gobiernos estatales y municipales de la región centro del país, especialmente con los que integran la zona conurbada de la Ciudad de México. Fortalecer la coordinación con los programas de las dependencias del sector público federal, para evitar duplicidad de acciones o la ausencia de ellas cuando fueran necesarias.

Asimismo, se impulsará la concertación e inducción de acuerdos o contratos con los sectores privados y social, precisando compromisos y responsabilidades y buscando fomentar así su colaboración en la definición y solución de los problemas que afectan al Distrito Federal y sus áreas conurbadas.

ABASTO Y COMERCIALIZACIÓN.

En materia de abasto y comercialización, de conformidad con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, el Sistema Nacional para el Abasto y el Programa Nacional de Alimentación, el Departamento del Distrito Federal ha establecido para 1991 una serie de acciones para proseguir apoyando la creación y modernización de la infraestructura comercial.

Para alcanzar estos propósitos, se tiene prevista una erogación presupuestal de $ 94,398.1 millones de pesos, que se ejercerán a través de la ejecución de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

FD Producción y Transformación Agroindustrial 16,770.1

3L Fomento y Regulación del Comercio Interior y Exterior 17,839.9

5A Construcción de Establecimientos de Acopio y Comercialización 34,593.5

FG Producción de Papel, Impresos y Publicaciones 25,194.6

Las líneas de acción a seguir durante 1991, se basan en el Programa Nacional de Modernización del Abasto para el período 1990 - 1994, en el cual el ejecutivo federal establece las bases para resolver la problemática actual y modernizar los sistemas de abasto y de comercio, con objeto de garantizar el abasto suficiente para satisfacer las necesidades de la población, particularmente de productos básicos.

Con la ejecución de estos programas se pretende fortalecer la participación de los locatarios de los mercados públicos para mejorar su operación; y lograr un adecuado mantenimiento de edificios e instalaciones.

Asimismo, se prevé modernizar los sistemas de comercialización, operación y ubicación de los tianguis y mercados sobre ruedas; continuar incrementando la infraestructura de lecherías del Programa DDF - CONASUPO, a fin de proteger el ingreso familiar y realizar jornadas de abasto de productos básicos.

En lo referente al mercado de productos cárnicos, Industrial de Abastos reorientará sus actividades, optando por operar como frigorífico, en apego a las políticas emitidas por el Gobierno Federal en la materia, por lo que en lo sucesivo este organismo funcionará como mercado al mayoreo de carne en canal.

Por otra parte, en este ámbito también se participa con la finalidad de satisfacer las necesidades que en materia de impresos tienen el propio Sector, para lo cual se imprimirán boletos de viaje unitario y temporal para el Sistema de Transporte Colectivo (Metro), así como el abono de transporte, principalmente.

El Departamento del Distrito Federal coadyuvará al fortalecimiento de todos los elementos de las cadenas de producción consumo, actualizando la regulación, promoviendo el desarrollo de la infraestructura y los servicios de apoyo.

La variación que se registra en este ámbito con referencia a los montos presupuestados en 1990, del (32.1%) se deriva de que al instrumentarse la transformación operativa de Industrial de Abastos, en 1991 se requerirán un menor volumen de recursos, lo que trae como consecuencia la cancelación del Programa FI - Producción de Sustancias Químicas y Productos de Caucho y Plástico, así como una menor asignación al Programa FD - Producción y Transformación Agroindustrial.

Otro aspecto importante a señalar es que para 1991 se pretende cambiar la estrategia en materia de construcción de mercados, la cual se basará en la utilización de recursos del sistema financiero para el desarrollo de nuevos proyectos.

URBANIZACIÓN

Durante 1991, el Departamento del Distrito Federal realizará actividades necesarias para mejorar la dotación de los servicios urbanos, redoblando esfuerzos para hacerlos llegar al mayor número de habitantes.

Para ello, se impulsará el ordenamiento de los asentamientos humanos en forma planificada y concertada, propiciando la ampliación y el mejor aprovechamiento del equipamiento e infraestructura de servicios con que cuenta la ciudad.

Con estos fines, el sector ha destinado un monto total de $ 2'256,765.2 millones de pesos, que se ejercerán a través de los siguientes programas:

IMPORTE

(Millones de Pesos)

EC Construcción y Adecuación para

Agua Potable 221,824.2

ED Drenaje y Tratamiento de Aguas

Negras 662,169.8

FH Industrialización del Petróleo

y sus Derivados 44,879.5

3Y Regulación de los Asentamientos

Humanos 118,507.8

5D Urbanización 1'060,398.1

5K Edificios Administrativos 148,985.8

La asignación muestra un crecimiento del 51.3% en relación a 1990, principalmente por el incremento del 78.5% al Programa de Urbanización, con lo cual se continuará mejorando la infraestructura urbana de los servicios que proporciona el Departamento del Distrito Federal.

Entre las principales acciones que se llevarán a cabo destacan la realización de obras para el reordenamiento urbano, y la ampliación, mantenimiento y conservación de la infraestructura vial.

Por lo que se refiere al mejoramiento de la imagen y seguridad urbana, se ampliará y mejorará la infraestructura de alumbrado público en colonias, avenidas principales y en los puentes de la ciudad.

En apoyo a las tareas de construcción, rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura vial, se llevará a cabo la producción de mezcla asfáltica para dar conservación a vialidades.

Para propiciar un adecuado establecimiento de los asentamientos humanos, se realizarán tareas de regulación jurídica de la tenencia de la tierra.

En materia de agua potable, se continuarán las obras en el Acueducto Perimetral; se realizarán trabajos para la red de distribución del servicio; se proseguirá con las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo a componentes de los sistemas existentes, así como de captación de agua e instalación e infraestructura hidráulica.

Por lo que se refiere al desalojo de aguas negras y su saneamiento, se continuará con la construcción del sistema de drenaje profundo y semiprofundo la adecuación de instalaciones; y las actividades de desazolve y reconstrucción de unidades de accesorios de la red.

Dentro del Programa de Rescate de las Zonas Lacustres se avanzará en la ampliación y mantenimiento del sistema de agua potable; en la construcción de red de drenaje; así como en la realización de obras diversas para el tratamiento de agua.

4. - ANEXO PRESUPUESTAL

Para 1991, el Proyecto de Presupuesto Neto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal asciende a $ 10,862,677,800,000 (DIEZ BILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS, MONEDA NACIONAL), distribuidos conforme a la siguiente estructura:

El Presupuesto Neto del Departamento del Distrito Federal, incluyendo las aportaciones a sus organismos es de $9,048,424,600,000 (NUEVE BILLONES CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS, MONEDA NACIONAL), y se distribuye como a continuación se detalla:

El de los organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, considerando las aportaciones que el Departamento del Distrito Federal les otorgará, se desglosa de la siguiente manera:

El siguiente cuadro muestra el presupuesto asignado a cada uno de los organismos descentralizados y empresas de participación mayoritaria, considerando las transferencias que les otorga el Gobierno Federal y las aportaciones que les suministra el Departamento del Distrito Federal.

El gasto de cada uno de los Organismos Coordinados se financiará en la forma siguiente:

a) Sistema de Transporte Colectivo (MILLONES DE PESOS)

1. - Recursos Propios 456,688.9

2. - Subsidios del Gobierno Federal 229,960.0

3. - Aportaciones del Departamento

del Distrito Federal 123,227.4

T O T A L 809.876.3

b) Servicio de Transportes Eléctricos

del Distrito Federal

1. - Recursos Propios 27,651.9

2. - Subsidios del Gobierno Federal 56,100.0

3. - Aportaciones del Departamento

del Distrito Federal 106,801.2

T O T A L 190,553.1

c) Autotransportes Urbanos de

Pasajeros Ruta - 100

1. - Recursos Propios 333,195.0

2. - Subsidios del Gobierno Federal 443,840.0

3. - Aportaciones del Departamento

del Distrito Federal 321,133.8

T O T A L 1,098,168.8

d) Industrial de Abastos

1. - Recursos Propios 9,165.8

2. - Aportaciones del Departamento

del Distrito Federal 10,000.0

T O T A L 19,165.8

e) Caja de Previsión para los

Trabajadores a Lista de Raya

1. - Recursos Propios 71,386.0

2. - Aportaciones del Departamento

del Distrito Federal 8,000.0

T O T A L 79,386.0

f) Caja de Previsión de la Policía

Preventiva del Distrito Federal

1. - Recursos Propios 76,459.9

T O T A L 76,459.9

g) Servicios Metropolitanos, S. A. de C.V.

1. - Recursos Propios 41,939.2

T O T A L 41,939.2

h) Fideicomiso de Vivienda, Desarrollo

Social y Urbano

1. - Recursos Propios 33,059.8

2. - Aportaciones del Departamento

del Distrito Federal 111,550.0

T O T A L 144,609.8

i) Corporación Mexicana de Impresión,

S.A. de C.V.

1. - Recursos Propios 29,285.2

T O T A L 29,285.2

j) Fideicomiso de Recuperación

Crediticia de la Vivienda Popular

1. - Recursos Propios 5,521.5

T O T A L 5,521.5

Las cifras presupuestales que en los siguientes cuadros se consignan, tanto del Departamento del Distrito Federal como de los Organismos y Empresas coordinadas, reflejan el esfuerzo que el Sector D.D.F. continuará realizando durante 1991, para consolidar el saneamiento de sus finanzas.

Así, en el Sector Central se prevé alcanzar un ahorro corriente antes de transferencias de 4,492,254.0 millones de pesos; después de los intereses y transferencias a Organismos y Empresas, el ahorro asciende a 3,991,136.1 millones de pesos.

En cuanto a los Organismos y Empresas coordinados, se estima un desahorro corriente antes de transferencias del orden de 946,539.7 millones de pesos. El ahorro de operación después de considerar el pago de intereses, así como los ingresos provenientes por transferencias del Gobierno Federal y aportaciones del Departamento del Distrito Federal, asciende a 122,467.6 millones de pesos.

Estos recursos permitirán financiar la inversión programada para la ejecución de diversos proyectos prioritarios, así como otros gastos de capital.

En la Capital de la República, el diálogo y concertación como método de gobierno han resultado determinantes para avanzar en la atención de la problemática general de la ciudad, encauzando las demandas y propuestas de la ciudadanía, y haciéndola partícipe en la definición y ejecución de acciones.

Probada la eficacia de este mecanismo, para 1991 es decisión del Gobierno intensificar los esfuerzos orientados a incorporar el mayor número de ciudadanos en el desarrollo de los programas, proyectos y actividades.

En este sentido, el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal que se somete a la consideración de esa Soberanía, se sustenta en la determinación gubernamental de atenuar los desequilibrios que existen entre los diversos grupos del Distrito Federal, afianzando las bases que garanticen un cambio cualitativo en el nivel de vida de sus habitantes.

El instrumento esencial de que dispone la administración capitalina para traducir el Programa Presupuesto en resultados concretos, es la voluntad institucional de ajustar sus acciones a la realidad política, económica y social prevalecientes, como norma de conducta en el quehacer público, que conduce al cumplimiento de los compromisos adquiridos ante la sociedad.

El Ejecutivo a mi cargo, considera que la presente Exposición proporciona los elementos de juicio necesarios para el análisis y en su caso aprobación de esa H. Representación Nacional, del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para el ejercicio de 1991.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración más distinguida.

Ciudad de México, 15 de Noviembre de 1990.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados

Unidos Mexicanos.

Carlos Salinas de Gortari.

B. INICIATIVA DE DECRETO APROBATORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL 1991

DECRETO APROBATORIO DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 1991

CAPITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1o. El Ejercicio presupuestal y control de las erogaciones del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el año de 1991, se sujetará a las disposiciones de este Decreto y a las que resulten aplicables en la materia.

ARTICULO 2o. Las erogaciones provistas en el presente presupuesto para las Unidades Administrativas del Departamento del Distrito Federal, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria coordinadas sectorialmente, y demás asignaciones que a continuación se indican, importan la cantidad de $ 10,657,352,700,000 (DIEZ BILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS, MONEDA NACIONAL), y se distribuyen de la forma siguiente:

Jefatura del Departamento 18,684,500,000

Secretaría General de Gobierno 10,220,300,000

Secretaría General de Planeación y Evaluación 3,691,500,000

Secretaria General de Obras 14,616,200,000

Oficialía Mayor 5,401,600,000

Secretaría General de Desarrollo Social 44,510,700,000

Dirección General de Gobierno 8,889,000,000

Contraloría General 10,901,800,000

Tesorería 224,076,400,000

Secretaría General de Protección y Vialidad 671,748,600,000

Dirección General de Difusión y Relaciones Públicas 15,396,900,000

Dirección General de Programación

y Presupuesto 9,253,300,000

Policía Bancaria e Industrial 191,426,100,000

Policía Auxiliar 345,071,300,000

Dirección General de Administración y

Desarrollo de Personal 39,630,900,000

Coordinación General Jurídica 6,634,700,000

Dirección General de Trabajo y

Previsión Social 5,233,300,000

Dirección General de Acción Social,

Cívica y Cultural 89,211,300,000

Dirección General de Servicios

Médicos 309,474,000,000

Dirección General de Reclusorios

y Centros de Readaptación Social 134,332,600,000

Dirección General del Registro

Público de la Propiedad y del

Comercio 9,495,300,000

Dirección General de Promoción

Deportiva 49,523,000,000

Dirección General de Servicios

Urbanos 486,355,700,000

Dirección General de Obras

Públicas 345,908,500,000

Dirección General de Construcción

y Operación Hidráulica 1,179,870,000,000

Dirección General de Reordenación

Urbana y Protección Ecológica 88,267,300,000

Planta de Asfalto 44,879,500,000

Dirección General de Regularización

Territorial 32,139,400,000

Dirección General Jurídica y de

Estudios Legislativos 5,735,700,000

Dirección General de Servicios

Legales 24,814,900,000

Secretaría General Adjunta de

Coordinación Metropolitana 2,973,000,000

Dirección General de Concertación

con las Entidades Federativas 1,117,700,000

Dirección General de Relaciones

Institucionales 1,407,000,000

Dirección General de Turismo 2,379,500,000

Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales 93,900,500,000

Delegación Alvaro Obregón 112,217,800,000

Delegación Azcapotzalco 80,896,900,000

Delegación Coyoacán 140,362,000,000

Delegación Cuajimalpa de Morelos 78,281,400,000

Delegación Gustavo A. Madero 197,930,700,000

Delegación Iztacalco 58,196,700,000

Delegación Iztapalapa 177,827,700,000

Delegación Magdalena Contreras 48,037,000,000

Delegación Milpa Alta 48,302,700,000

Delegación Tláhuac 46,417,300,000

Delegación Tlalpan 89,799,100,000

Delegación Xochimilco 112,743,700,000

Delegación Benito Juárez 88,687,500,000

Delegación Cuauhtémoc 168,907,300,000

Delegación Miguel Hidalgo 112,979,000,000

Delegación Venustiano Carranza 118,159,300,000

Comisión Coordinadora Para el

Desarrollo Rural 45,512,200,000

Coordinación General de Abasto y

Distribución 39,517,800,000

Comisión de Vialidad y Transporte

Urbano 933,093,200,000

Almacenes para los Trabajadores

del Departamento del Distrito

Federal 3,253,900,000

Servicio Público de Localización

Telefónica 5,494,900,000

Coordinación General de Transporte 31,662,500,000

Junta Local de Conciliación y

Arbitraje del Distrito Federal 14,134,800,000

Tribunal de lo Contencioso

Administrativo del Distrito Federal 8,892,800,000

Tribunal Superior de Justicia

del Distrito Federal 136,789,600,000

Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal 281,349,400,000

Cooperaciones y Seguridad Social 16,045,500,000

Servicio de las Dependencias 408,235,400,000

Servicio de las Delegaciones 33,000,000,000

Aportaciones a Organismos

Descentralizados 680,712,400,000

SUMA 8,844,612,500,000

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y

EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN MAYORITARIA

Sistema de Transporte Colectivo 808,363,300,000

Servicio de Transportes

Eléctricos del Distrito Federal 190,553,100,000

Autotransportes Urbanos de

Pasajeros Ruta - 100 1,098,168,800,000

Industrial de Abastos 19,165,800,000

Caja de Previsión para los

Trabajadores a Lista de Raya 79,386,000,000

Caja de Previsión de la Policía

Preventiva del Distrito Federal 76,459,900,000

Servicios Metropolitanos, S.A de C.V. 41,939,200,000

Fideicomiso de Recuperación Crediticia

de la Vivienda Popular 5,521,500,000

Corporación Mexicana de

Impresión, S.A. de C.V. 29,285,200,000

Fideicomiso de Vivienda Desarrollo

Social y Urbano 144,609,800,000

SUMA 2,493,452,600,000

Menos: Aportaciones Incluidas en el

Gasto del Departamento del Distrito

Federal. 680,712,400,000

Gastos Financiado con Recursos Propios y

Transferencias del Gobierno Federal 1,812,740,200,000

ARTICULO 3o. - El Presupuesto de Egresos para el año de 1991 de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, importa la cantidad de $ 37,314,500,000 (TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS. MONEDA NACIONAL).

ARTICULO 4o. - Las asignaciones previstas en el Presupuesto de Egresos para el pago del Servicio de la Deuda del Departamento del Distrito Federal para el año de 1991, ascienden a $ 151,497,600,000 (CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL).

El Servicio de la Deuda correspondiente a las entidades coordinadas cuyos programas están incluidos en este presupuesto, asciende a $ 1,513,000,000 (MIL QUINIENTOS TRECE MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL).

Las asignaciones para el pago de Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores del Departamento del Distrito Federal, importan la cantidad de $ 15,000,000,000 (QUINCE MIL MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL.)

El Ejecutivo Federal estará facultado para realizar amortizaciones de Deuda Pública correspondiente al Departamento del Distrito Federal, hasta por un monto equivalente al financiamiento derivado de la colocación de deuda, por ser estas operaciones compensadas que no afectan el saldo neto de la Deuda Pública anual. El Ejecutivo Federal informará de estos movimientos compensados a la Cámara de Diputados, al rendir la cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable también a los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal coordinados por el Departamento del Distrito Federal.

ARTICULO 5o. Las asignaciones anteriores se ejercerán con base en los objetivos, metas, costos, que en el mismo se consignan, integrando los programas y subprogramas que arrojan los totales del gasto de las Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, coordinados sectorialmente por el Departamento del Distrito Federal.

De acuerdo a la apertura programática, las asignaciones para cada uno de los programas que se indican, son las siguientes:

Administración 919,296,900,000

Planeación de la Política Financiera 222,201,400,000

Política de Desarrollo y Planeación de la

Ciudad de México y Zona Metropolitana 18,442,500,000

Política y Planeación del Desarrollo de la Educación,

Cultura, Recreación y Deporte 28,836,600,000

Importación de Justicia y Vigilancia de

la Legislación Laboral y Fiscal 19,353,100,000

Promoción de la Justicia 401,528,600,000

Seguridad Pública 1,083,935,400,000

Ejecución, Reglamentación y Control de

la Policía de Crédito Público 168,010,600,000

Operación del Sistema Nacional

Hidráulico 483,563,100,000

Fomento, Promoción y Aprovechamiento

para Producción y Productividad

Primaria y Agroindustrial 7,337,200,000

Regulación y Organización de las Comunicaciones

y los Transportes 56,107,000,000

Fomento y Regulación del Comercio

Interior y Exterior 17,839,900,000

Regulación y Promoción de la Actividad

Turística 2,379,500,000

Fomento y Regulación del Programa Nacional

de Capacitación para los Trabajadores 28,745,300,000

Regulación de los Asentamientos

Humanos 118,507,800,000

Regulación y Preservación Ecológica 791,990,800,000

Educación para Adultos 15,000,000

Apoyo a la Educación 3,042,000,000

Atención Preventiva 6,965,600,000

Atención Curativa 305,535,000,000

Recreación, Deporte y Esparcimiento 175,000,100,000

Asistencia Social, Servicios Comunitarios

y Prestaciones Sociales 169,729,700,000

Prestaciones Económicas 87,222,400,000

Construcción y Adecuación para Agua

Potable 221,824,200,000

Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras 662,169,800,000

Transporte Colectivo Metro y

Tren Ligero 1,847,248,700,000

Construcción de Establecimientos de Acopio

y Comercialización 34,593,500,000

Urbanización 1,060,398,100,000

Vivienda 187,346,200,000

Ampliación y Mejoramiento de la Planta

Física para la Educación y Capacitación 318,481,900,000

Construcción, Rehabilitación y Mejoramiento

de la Planta Física para la Cultura y el Deporte 70,478,700,000

Edificios para Servicios de Salud y

Seguridad Social 35,610,400,000

Infraestructura Social 53,412,200,000

Edificios Administrativos 148,985,800,000

Producción Primaria 12,670,400,000

Producción y Transformación

Agroindustrial 16,770,100,000

Producción de Papel, Impresos y

Publicaciones 25,194,600,000

Industrialización del Petróleo y

sus Derivados 44,879,500,000

Servicio de Transporte Urbano e

Interurbano 947,669,800,000

Captación de Recursos Financieros 4,969,400,000

Canalización de Recursos Financieros

a los Trabajadores 54,389,000,000

T O T A L 10,862,677,800,000

ARTICULO 6o. - Los Titulares de las Unidades Administrativas y Entidades Coordinadas del Sector Departamento del Distrito Federal, así como los órganos de Gobierno correspondientes en el ejercicio de sus presupuestos aprobados, serán responsables de que se ejecuten con oportunidad y eficiencia las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de las estrategias y objetivos fijados en el Plan Nacional de Desarrollo y en los demás programas que se formulen con base en la Ley de Planeación.

La Secretaría de Programación y Presupuesto y la Secretaría de la Contraloría General de la Federación en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán periódicamente los resultados de la ejecución de los programas y presupuestos del Departamento del Distrito Federal y Entidades del Sector, en relación con las estrategias y objetivos del Plan, los programas de desarrollo y de los proyectos de modernización del aparato productivo, en el contexto de la recuperación económica y la estabilidad, a fin de que se adopten las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas.

Igual obligación y para los mismos fines, tendrá el Departamento del Distrito Federal respecto de las entidades paraestatales agrupadas en el Sector que coordina.

ARTICULO 7o. - En el ejercicio del presente presupuesto, las Unidades Administrativas y Entidades Coordinadas del Sector se sujetarán estrictamente a los calendarios de gasto que les aprueba la Secretaría de Programación y Presupuesto a través del Departamento del Distrito Federal.

Salvo lo previsto en los Artículos 11 y 28 de este Decreto, no se autorizarán adecuaciones a los calendarios de gasto que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de recursos, en consecuencia, las Unidades Administrativas y Entidades del Sector deberán observar un cuidadoso registro y control de su ejercicio presupuestal, sujetándose a los compromisos reales de pago.

ARTICULO 8o. - Para que el Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente puedan ejercer créditos externos destinados a financiar proyectos o programas específicos, será necesario que la totalidad de los recursos a ejercer, se encuentren incluidos en sus respectivos presupuestos aprobados o se cuente con la autorización previa y expresa de la Secretaría de Programación y Presupuesto. Los recursos que se prevean ejercer por este concepto, serán intransferibles y sólo podrán aplicarse en los proyectos para los cuales fueron contratados.

En los créditos externos que contraten las entidades paraestatales, se deberá establecer la responsabilidad de éstas para que cubran el servicio de la deuda que los créditos generen.

Cuando la contratación de estos créditos, tratándose de fideicomisos públicos pueda redundar en incrementos de los patrimonios fideicomitidos, se requerirá de la autorización previa de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

ARTICULO 9o. - La Secretaría de Programación y Presupuesto podrá reservarse la autorización de ministraciones de fondos federales al Departamento del Distrito Federal, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria coordinados sectorialmente por el propio Departamento en los siguientes casos:

I. - Cuando no envíen la información que les sea requerida en relación con el ejercicio de sus programas y presupuestos, con base al Sistema Integral de Información del Ingreso y Gasto Público;

II. - Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, resulte que no cumplan con las metas de los programas aprobados;

III. - Cuando en el desarrollo en los programas se capten desviaciones que entorpezcan su ejecución y constituyan distracciones en los recursos asignados a los mismos; y

IV. - En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto se dicten.

ARTICULO 10o. - El Departamento del Distrito Federal, en el ejercicio del presupuesto, vigilará que no se adquieran compromisos que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado y no reconocerá adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas en contravención a lo dispuesto en este Artículo.

Será causa de responsabilidad del Jefe del Departamento del Distrito Federal, así como de los Directores, Vocales Ejecutivos, Administradores o Gerentes de los Organismos Descentralizados u Órganos de Gobierno de las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria del mencionado Departamento, contraer compromisos que rebasen los montos presupuestales autorizados para las Unidades Administrativas y Entidades a su cargo; aprobar erogaciones que no permitan la atención de los servicios públicos y el cumplimiento de las metas durante el ejercicio presupuestal.

ARTICULO 11o. - En caso de que los ingresos obtenidos por los conceptos a que se refiere el Artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1991 excedan del monto del presupuesto aprobado, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto y a solicitud del Jefe del Departamento del Distrito Federal, podrá autorizar erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

I. - Los ingresos ordinarios excedentes a que se refiere el Artículo 1o. de la citada Ley de Ingresos del Departamento, únicamente serán aplicados a los programas señalados como prioritarios en el Artículo 15 del Capítulo Segundo de este Decreto;

II. - Los excedentes sobre los ingresos ordinarios presupuestarios de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria del Sector Departamento del Distrito Federal serán canalizados para fortalecer, cuando así lo amerite, su propia situación financiera;

III. - Los ingresos extraordinarios que obtengan el Departamento del Distrito Federal, sus Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a los programas específicos para los que hubieran sido contratados;

El Ejecutivo Federal, al dar cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición, hará trimestralmente el análisis de la procedencia y aplicación de los excedentes a los conceptos a que se refieren las tres fracciones de este Artículo, independientemente de la obligación de informar al respecto en la presentación de la Cuenta Pública correspondiente.

ARTICULO 12. - Todas las cantidades que se recauden por cualesquiera de las Unidades Administrativas y Órganos Desconcentrados del Departamento del Distrito Federal no podrán destinarse a fines específicos, y deberán ser enterados a la Tesorería del Departamento del Distrito Federal, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto, en función de las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.

ARTICULO 13. - El Ejecutivo Federal efectuará las reducciones o ajustes de los importes de los presupuestos aprobados al Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas, en los supuestos y términos que establece el

Artículo 14 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1991, con excepción a lo dispuesto por el Artículo 15 de este Decreto.

CAPITULO SEGUNDO

DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTALES

ARTICULO 14. - Sin perjuicio de lo que establecen el presente Decreto y las demás disposiciones aplicables en la materia, el Titular del Departamento del Distrito Federal y los de las Entidades Coordinadas Sectorialmente por éste, así como los Órganos de Gobierno respectivos serán responsables, en los términos de este Capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales. Su inobservancia o incumplimiento motivará el fincamiento de las responsabilidades a que haya lugar conforme a la Ley.

ARTICULO 15. - De acuerdo a las necesidades planteadas por la población del Distrito Federal, el gobierno de la ciudad establece para la atención de las mismas, los siguientes programas prioritarios:

- CO Seguridad Pública.

- CK Promoción de la Justicia.

- 3Z Regulación y Preservación Ecológica.

- FA 02 Silvicultura.

- 5I Edificios para Servicios de Salud y Seguridad Social.

- DJ Atención preventiva.

- DK Atención Curativa.

- 5F Ampliación y Mejoramiento de la Planta Física para la Educación y la Capacitación.

- 5E Vivienda.

- FQ Servicio de Transporte Urbano e Interurbano.

- EI Transporte Colectivo, Metro y Tren Ligero.

- EC Construcción y Adecuación para Agua Potable.

- ED Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras.

Los programas prioritarios aquí señalados no podrán ser afectados presupuestalmente a la baja, excepto cuando se hubiesen cumplido las metas originalmente presupuestadas y siempre y cuando las transferencias se asignen a otros programas también denominados como prioritarios.

La Secretaría de Programación y Presupuesto por sí o a propuesta del Departamento del Distrito Federal, con objeto de fomentar el ahorro presupuestal o de canalizar recursos a los programas prioritarios o emergentes, podrá determinar la eliminación de renglones de gastos y la liberación de recursos asignados a los programas no prioritarios. Todo excedente presupuestal, independientemente de sus causas. deberá transferirse a programas prioritarios.

ARTICULO 16. - Los Titulares de las Unidades Administrativas y Entidades Coordinadas del Sector Departamento del Distrito Federal no podrán crear nuevas plazas, debiendo promover, en su caso, el traspaso interno de las mismas. La Secretaría de Programación y Presupuesto a solicitud del Titular del Departamento del Distrito Federal podrá autorizar la creación de las que sean indispensables para los programas de Salud, Administración de Justicia, Seguridad Pública y Transporte Urbano, así como aquellas requeridas para la planta productiva que entre en operación. Asimismo, no podrán llevar a cabo conversiones de sus plazas, puestos y categorías autorizadas, salvo cuando se trate de casos debidamente justificados para lo cual se deberá recabar la autorización de los Órganos de Gobierno correspondientes y de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Los Órganos de Gobierno de las Entidades Paraestatales podrán autorizar la creación de plazas, cuando ello garantice el incremento de su productividad; se establezcan metas especificas a este respecto; se cuente con los recursos propios que se requieran y tales circunstancias hayan quedado previa y debidamente acreditada por el propio Órgano de Gobierno, debiendo informar de lo anterior a la Secretaría de Programación y Presupuesto y a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación.

A la designación o contratación de personal para ocupar las plazas a que se refieren los párrafos anteriores, en ningún caso podrá dárseles efectos retroactivos a la fecha de la autorización correspondiente.

ARTICULO 17. - Las Unidades Administrativas y Entidades del Sector Departamento del Distrito Federal, en el ejercicio de sus erogacionesse por concepto de servicios personales, deberán:

I. - En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores del Sector Departamento del Distrito Federal, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores de sueldos, cuotas, tarifas, y demás asignaciones autorizadas, conforme a las normas y lineamientos que expida la Secretaría de Programación y en el caso de las Entidades del Sector, por el Órgano de Gobierno respectivo conforme a los lineamientos que se emitan de acuerdo a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;

Las remuneraciones adicionales por horas extraordinarias y los estímulos por eficiencia en la actuación se regularán por las disposiciones que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto y el Órgano de Gobierno respectivo, con base en los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior. Tratándose de las remuneraciones por jornadas ordinarias o por horas extraordinarias, y otras prestaciones a el personal que labora en los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;

II. - Abstenerse de cubrir gastos por concepto de honorarios y salarios al personal eventual que rebasen los montos autorizados por la Secretaría de Programación y Presupuesto, o bien que en cualquier forma supongan el incremento del número de los contratos relativos celebrados en el ejercicio de 1990.

Estos contratos sólo podrán celebrarse para la prestación de servicios profesionales, por lo que no podrá incorporarse por esta vía personal para el desempeño de labores iguales o similares a las que realiza el personal que forma la planta de la dependencia o de la entidad de que se trate.

La celebración de contratos por honorarios sólo procederá en casos debidamente justificados y siempre que la dependencia o entidad no pueda satisfacer las necesidades de estos servicios con el personal y los recursos técnicos con que cuenta. Invariablemente estos contratos deberán ser autorizados por el Titular de la Dependencia o por el Órgano de Gobierno de la Entidad de que se trate;

III. - Observar la normatividad que emita la Secretaría de Programación y Presupuesto en materia de remuneraciones a título de consejeros en órganos de gobierno o sus equivalentes de entidades paraestatales. Sujetarse a los lineamientos que se expidan para la autorización de los gastos de representación y de las erogaciones necesarias para el desempeño de comisiones especiales:

IV. - Abstenerse de realizar traspasos de recursos que en cualquier forma afecten las asignaciones para el Capítulo 1000 - "Servicios Personales", excepto los casos que autorice el Coordinador del Sector.

ARTICULO 18. - En el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal y de sus Entidades Coordinadas Sectorialmente para el año de 1991, no se podrán efectuar:

I. - Adquisiciones o nuevos arrendamientos de:

a) Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos, con excepción de las erogaciones estrictamente indispensables, que para su operación en forma específica y previamente autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto; en consecuencia, se deberá mejorar la utilización de los espacios físicos disponibles y el aprovechamiento de los bienes y servicios de que disponga;

b) Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad pública, así como para la procuración de justicia, los servicios de salud, y para el desarrollo de programas productivos prioritarios y de servicios básicos, que específica y previamente al ejercicio del gasto correspondiente autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto.

ARTICULO 19. - Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican, deberán reducirse al mínimo indispensable; su uso se sujetará a los criterios de racionalidad y selectividad, y se efectuarán siempre y cuando se cuente con la autorización expresa del Titular del Departamento del Distrito Federal o del Órgano de Gobierno de la Entidad Coordinada correspondiente.

I. - Gastos de ceremonial y de orden social;

II. - Comisiones de personal al extranjero;

III. - Contrataciones de asesorías, estudios e investigaciones;

IV. - Publicidad, propaganda, publicaciones oficiales y en general los relacionados con actividades de comunicación social. En estos casos las Unidades Administrativas y Entidades del Sector, deberán utilizar preferentemente los medios de difusión del Sector Público y el tiempo que por Ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal. Las erogaciones por estos conceptos con cargo al Presupuesto de Egresos 1991 del Departamento del Distrito Federal, deberán ser autorizadas previamente por las Secretarías de Gobernación y de Programación y Presupuesto o las que efectúen las Entidades Coordinadas, por el Órgano de Gobierno con base en los lineamientos que establezcan dichas Secretarías;

V. - Gastos por concepto de Erogaciones imprevistas;

VI. - Gastos relativos a congresos, convenciones, ferias y exposiciones;

VII. - Servicios Bancarios;

VIII. - Otorgamiento de becas; y

IX. - Donativos.

Asimismo, las Unidades Administrativas y Entidades del Sector serán responsables de que las erogaciones por concepto de correos telégrafos, teléfonos, energía eléctrica y agua potable, obedezcan a una utilización racional de dichos servicios, directamente vinculadas al desempeño de las actividades y funciones que tengan encomendadas.

ARTICULO 20. - En el ejercicio del gasto de inversiones públicas, comprendido en el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1991, se observarán las siguientes medidas:

I. - Se otorgará prioridad a los proyectos y obras de modernización de la infraestructura básica, así como aquellos que presenten un mayor avance relativo, y estén orientados a incrementar la oferta de bienes y servicios socialmente necesarios y que reporten los mayores beneficios para la población; el Departamento del Distrito Federal y Entidades sólo podrán iniciar proyectos cuando tengan garantizada la disponibilidad de recursos financieros para su terminación, puesta en operación y mantenimiento, y en ningún caso cuando existan otros proyectos similares que puedan ser concluidos con los recursos disponibles:

II. - Se deberá estimular el cambio estructural así como los proyectos de coinversión con los sectores social y privado en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México;

III. - Se aprovechará la mano del obra local y se empleará al máximo la capacidad instalada productiva y de servicios para abatir costos;

IV. - Los proyectos de inversión que sean financiados con créditos externos, deberán estar contemplados en los presupuestos de las dependencias y entidades. El Sector Departamento del Distrito Federal deberá sujetarse a los términos de las autorizaciones que para cada uno de dichos proyectos otorguen las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público conforme a sus respectivas atribuciones:

ARTICULO 21. - Las erogaciones por concepto de transferencias con cargo al Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, se sujetarán a las estrategias y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y se apegarán a los siguientes criterios:

I. - El otorgamiento se hará con base en criterios de selectividad, temporalidad y transparencia en su asignación, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes, servicios e insumos estratégicos o prioritarios;

II. - Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación, se deberán ajustar en función de la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;

III. - Los subsidios a los precios de los bienes se mantendrán en niveles que estimulen a los productores y que al mismo tiempo eviten el deterioro del poder adquisitivo de los consumidores;

IV. - Los subsidios para las actividades productivas de los sectores privado y social, serán congruentes con los fines de la estrategia de crecimiento económico y estarán condicionados a procurar el mayor uso de la mano de obra y a incrementar el nivel de vida de la población de escasos recursos;

V. - Las transferencias destinadas al apoyo de las Entidades Paraestatales del Sector Departamento del Distrito Federal, se deberán orientar selectivamente hacia las actividades estratégicas y prioritarias, así como a fortalecer el cambio estructural, a efecto de incrementar la oferta real de bienes y servicios, de insumos estratégicos para la producción y generar empleo permanente y productivo;

VI. - Se requerirá la autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto para destinar recursos de la Federación, vía transferencias, a inversiones financieras;

VII. - Las Entidades Paraestatales del Sector Departamento del Distrito Federal beneficiarias de transferencias, deberán buscar fuentes alternativas de financiamiento a fin de lograr, en el mediano plazo, una mayor autosuficiencia financiera y una disminución correlativa de los apoyos con cargo a recursos presupuestales; y

VIII. - No se deberán otorgar transferencias cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.

ARTICULO 22. - Para la autorización de transferencias a los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria y Fideicomisos con cargo al presente Presupuesto de Egresos, corresponderá al Departamento del Distrito Federal en su carácter de Coordinador Sectorial, verificar previamente:

I. - Que se justifique la necesidad de los recursos solicitados en función del estado de liquidez de la entidad beneficiaria, así como la aplicación de dichos recursos;

II. - Que las entidades no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimientos de cualquier clase; y

III. - El avance físico - financiero de sus programas y proyectos, con el propósito de regular el ritmo de la ejecución con base en lo programado.

El Departamento del Distrito Federal suspenderá la ministración de fondos, cuando las entidades beneficiarias no remitan la información físico - financiera en la forma y términos establecidos en las disposiciones aplicables.

ARTICULO 23. - Cuando se deban diferir ministraciones de fondos, la Secretaría de Programación y Presupuesto conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinarán el orden a que se sujetará la ministración de transferencias autorizadas por el Departamento del Distrito Federal, en su carácter de Coordinador de Sector, a fin de asegurar la disposición oportuna de recursos para el desarrollo de los programas prioritarios.

ARTICULO 24. - Las Unidades Administrativas del Departamento del Distrito Federal, los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, sólo podrán conceder subsidios, ministrar donativos, otorgar gratificaciones y obsequios, o dar ayuda de cualquier clase, con autorización previa por escrito del Titular del Departamento del Distrito Federal.

ARTICULO 25. - El Titular del Departamento del Distrito Federal se abstendrá de autorizar subsidios, donativos o ayudas que no contribuyan a la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideren de beneficio social, así como aquellos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, o cuyos principales ingresos provengan de éste.

ARTICULO 26. - Las Unidades Administrativas y Entidades del Sector Departamento del Distrito Federal, proporcionarán a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información sobre las transferencias que hubiesen recibido durante el ejercicio presupuestal, a efecto de que dicha Secretaría la analice e integre al Registro Único de Transferencias. Asimismo los Titulares de las Unidades Administrativas y Entidades del Sector, serán los responsables de llevar el registro contable anual de la aplicación de recursos que hagan por los conceptos de gasto mencionados.

ARTICULO 27. - Las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, determinarán conjuntamente los lineamientos a que deberá sujetarse el Sector Departamento del Distrito Federal respecto de las disponibilidades financieras con que cuente durante el ejercicio presupuestal, las que no deberán invertirse a través de mecanismos bursátiles, salvo el caso de valores emitidos por el Sector Público.

Para tal efecto el Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente proporcionarán la información financiera que requiera el Sistema Integral de Información del Ingreso y Gasto Públicos.

Asimismo, deberán informar a las citadas Secretarías, de sus depósitos en dinero, valores u otro tipo de operaciones financieras y bancarias, a fin de identificar los niveles de liquidez y para operar la compensación de créditos o adeudos.

El Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente, sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que causen por no cubrir oportunamente sus respectivos adeudos, las que se calcularán a la tasa equivalente al rendimiento promedio de las emisiones de los Certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, del mes inmediato anterior a la fecha del corte compensatorio. La aplicación de ésta, se efectuará sobre adeudos reportados por el Sistema de Compensación de Adeudos del Sector Público, desde la fecha en que debieron liquidarse tales adeudos.

ARTICULO 28. - Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, en el seno de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, así como el Departamento del Distrito Federal, celebrarán en su caso con las Entidades Paraestatales convenios para:

I. - El establecimiento de metas de déficit o, en su caso, superávit financiero mensual y trimestral, a nivel devengado; y

II. - El saneamiento financiero, mediante la asunción de pasivos de Entidades Paraestatales, estratégicas o prioritarias, cuyas funciones estén asociadas a la prestación de servicios públicos de acuerdo a los fines para los que fueron creados y siempre que la entidad de que se trate cuente con un programa de cambio estructural, que se presente a más tardar el 31 de agosto de 1991 a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y sea aprobado por ésta, el cuál será evaluado periódicamente por la propia Comisión.

Las dependencias que integran esta Comisión, establecerán los lineamientos con base en los cuales se llevará a cabo la formulación de los convenios a que se refiere este artículo, y harán la determinación de las entidades paraestatales con las que habrán de celebrarse los mismos. Los Órganos de Gobierno serán responsables de vigilar que se cumpla con las metas de déficit o superávit de las entidades con las que no se celebren los correspondientes convenios a que se refiere este Artículo.

ARTICULO 29.- El Banco de México, en función del monto de divisas comprendido en el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición del propio Departamento y Entidades Coordinadas Sectorialmente, las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.

ARTICULO 30.- La Secretaría de Programación y Presupuesto conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de acuerdo con los flujos reales de divisas y de moneda nacional, así como las variaciones que se produzcan por las diferencias en tipo de cambio en el financiamiento de los programas, efectuarán las adecuaciones necesarias a los calendarios de gasto en función de los requerimientos y disponibilidades, así como de las alternativas de financiamiento que se presenten.

ARTICULO 31.- El Departamento del Distrito Federal y Entidades incluidas en este Presupuesto de Egresos, quedan obligadas a informar a las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, en la forma y periodicidad que éstas determinen, los movimientos presupuestales que efectúen en divisas de acuerdo con los flujos reales establecidos, los que darán a conocer trimestralmente a la Cámara de Diputados.

ARTICULO 32.- Para los efectos del Artículo 57 de la Ley de Obras Públicas, los montos máximos de contratación directa y los de adjudicación mediante convocatoria a cuando menos tres personas, que reúnan los requisitos a que dicha disposición se refiere, de las obras que podrán realizar las dependencias y entidades durante el año de 1991, serán los siguientes:

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.

El Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente se abstendrán de formalizar o modificar contratos de obras públicas y de servicios relacionados con ellas, cuando no hubiese saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.

ARTICULO 33.- Para los efectos del Artículo 39 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados con Bienes Muebles, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación habiendo convocado, en su caso, por lo menos a 3 u 8 proveedores según el caso, de las adquisiciones, arrendamientos o Servicios que podrán realizar el Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente durante el año de 1991, serán las siguientes:

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.

El Departamento del Distrito Federal y sus Entidades Coordinadas Sectorialmente se abstendrán de formalizar o modificar contratos y pedidos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, cuando no hubiese saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.

ARTICULO 34.- La Secretaría de Programación y Presupuesto, realizará periódicamente la evaluación del ejercicio del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, en función de los objetivos y metas de los programas aprobados.

El Departamento del Distrito Federal presentará un informe trimestral a la Cámara de Diputados sobre la ejecución de su Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para 1991. En igual forma presentará un informe trimestral sobre los avances de la consecución de las metas de los principales programas contenidos en su Presupuesto de Egresos, correlacionándolos con los recursos aplicados en forma desagregada por subprogramas y su correspondiente desglose por proyectos de ejecución del presente presupuesto, así como la ejecución del gasto programático asignado a cada una de sus entidades administrativas.

Los cuatro informes trimestrales mencionados en este artículo, se presentarán dentro de los 45 días siguientes al trimestre que correspondan y se harán las aclaraciones que requiera la Cámara de Diputados.

ARTICULO 35.- La Secretaría de Programación y Presupuesto vigilará la exacta observancia de las normas contenidas en este Decreto, así como la estricta ejecución del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal. Para estos efectos, podrá requerir de las Unidades Administrativas y Entidades del citado Sector, la información que resulte necesaria y comunicará a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación las irregularidades y desviaciones de que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus funciones.

ARTICULO 36.- La Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en ejercicio de las atribuciones que en materia de inspección, control y vigilancia le confiere la Ley, comprobará el cumplimiento, por parte de las Unidades Administrativas y Entidades del Sector Departamento del Distrito Federal, de las obligaciones derivadas de este Decreto. Con tal fin, dispondrá lo conducente para que se lleven a cabo las inspecciones y auditorías que se requieran, así como para que se finquen las responsabilidades y se apliquen las sanciones que procedan con motivo del incumplimiento de las mencionadas obligaciones.

ARTICULO 37.- La Secretaría de Programación y Presupuesto, estará facultada para interpretar las disposiciones del presente Decreto para efectos administrativos, así como para establecer las medidas conducentes a su correcta aplicación.

TRANSITORIO:

ARTICULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 1991.

Ciudad de México.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Carlos Salinas de Gortari.

(Turnada a la Comisión del Distrito Federal. Noviembre 15 de 1990.)