A. Exposición de motivos
Presentación
Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados
Presentes
Con objeto de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 20, 23 y 24 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y en el artículo 7o. de la Ley de Planeación, el Ejecutivo a mi cargo presenta ante esta honorable Cámara de Diputados la iniciativa del Decreto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal relativo a 1993, para su conocimiento, análisis, y en su caso aprobación.
Mediante este documento, el Gobierno de la ciudad da cumplimiento a la obligación constitucional así como al compromiso con la ciudadanía, de informar sobre el monto, origen y destino de los recursos y las acciones a llevar a cabo por el sector, tanto por sus dependencias como por sus empresas y organismos coordinados.
Al igual que en ejercicios anteriores, el actual Proyecto de Presupuesto se financia fundamentalmente con recursos propios, como resultado del esfuerzo que realizan los habitantes y el Gobierno de la ciudad para lograr que ésta sea autofinanciable.
Con los recursos asignados se continuarán intensificando las acciones que, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, permitan el logro de los siguientes objetivos:
Continuar dotando de más de mejores servicios a la ciudad, principalmente a las zonas con mayores carencias, con objeto de lograr un mejor equilibrio social.
Preservar las garantías individuales del ciudadano, a través de una mejor presentación del servicio de seguridad pública, procuración e impartición de justicia.
Avanzar en el reordenamiento urbano de la ciudad, para controlar su crecimiento de acuerdo con las políticas de uso del suelo.
Para la consecución de estos propósitos, el Departamento del Distrito Federal ha previsto para 1993 un presupuesto del orden de 14'535,915.1 miles de nuevos pesos, de los que 11'179,204.0 miles se destinarán a cubrir actividades del sector central y 3'356,711.1 miles a las empresas y organismos coordinados, que incluye aportaciones por 1'880,065.4 miles de nuevos pesos.
Dicho presupuesto será financiado en 8'110,097.6 miles de nuevos pesos con ingresos propios del Departamento del Distrito Federal y entidades coordinadas, 5'784,835.6 miles con la participación de ingresos federales, 200,000.0 miles con transferencias del Gobierno Federal, 195,000.0 miles de ADEFAS y 245,981.9 miles de financiamiento.
Profundizar en la aplicación de las medidas necesarias para prevenir y controlar la contaminación ambiental fomentando la participación corresponsable de la sociedad.
Asegurar el equilibrio de las finanzas públicas de la ciudad, mediante la eficiente recaudación y la aplicación transparente de los recursos que se dispongan.
Seguir ampliando la cobertura del sistema hidráulico, procurando una más adecuada utilización y su aprovechamiento racional.
Hacer más eficiente la presentación del servicio de transporte al usuario, mediante la continuación del proceso de ampliación de la infraestructura del Metro, modernizar los equipos de los distintos medios y coordinar su operación mantenimiento al Metro como eje principal.
El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1993, congruente con los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 1989 1994 y los criterios generales de política económica, plantea como propósito fundamental apoyar el desarrollo económico y sostenido de la ciudad, mediante una distribución más equitativa del ingreso, asegurando la continuación de obras y la presentación de servicios que permitan su eficaz funcionamiento.
1. Evolución de la gestión sectorial 1992.
Principales acciones
Durante el presente ejercicio, el Gobierno de la ciudad ha continuado fortaleciendo los servicios que se prestan a la población, mediante la realización de diversas acciones que han ampliado su capacidad de respuesta ante las demandas ciudadanas.
Entre las principales actividades que se desarrollan en 1992 destacan la seguridad pública y la procuración e impartición de justicia, que son renglones básicos para la convivencia de la sociedad y la salvaguarda de sus intereses.
En este sentido, se mejoró la coordinación de acciones entre la Secretaría General de Protección y Vialidad con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal para ampliar y mejorar los servicios de seguridad pública a la ciudadanía.
Para coadyuvar a estos fines se adquirieron y dotaron de nuevas patrullas y equipo de apoyo diverso a los elementos de la policía, a la vez que se incrementaron las acciones de profesionalización a través de la Academia de Policía.
Para llevar a cabo una mejor y pronta procuración de justicia se continuó reestructurando la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, mediante la creación de cuatro coordinaciones regionales; la reclasificación de las agencias del ministerio público de barandillas atendiendo al grado de violencia del delito; y el establecimiento de las agencias especializadas en la investigación de robo de infantes. Adicionalmente, sobresale la puesta en operación del Sistema Coordinador del Ministerio Público para la Prevención y Persecución de Delitos Contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual de las Personas, para vigilar y supervisar las averiguaciones previas por delitos en esta materia.
De igual forma, con el propósito de dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones hechas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se encomendó esta labor de manera especial a la subprocuraduría de Control de Procesos, y se creó la Supervisión General para la Defensa de los Derechos Humanos.
Para respaldar estas medidas se realizaron cursos de actualización del ministerio público y se reformó el marco de actuación de los agentes de la policía judicial, en cuanto a sus funciones en la etapa de averiguaciones previas.
Otro rubro de importancia relevante para el gobierno capitalino lo constituye la preservación de los ecosistemas, para lo cual se aplicaron diversas medidas acordes con lo establecido en el Programa Integral Contra la Contaminación Atmosférica de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México.
Con el fin de coordinar las actividades para el mejoramiento de la calidad del aire se creó la Comisión Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación en el Valle de México, cuya estrategia en materia de contaminación atmosférica se basa en: el mejoramiento de los combustibles que se utilizan en la ciudad y, en algunos casos, su sustitución por otros menos nocivos; el control de emisiones de origen vehicular, así como los provenientes de la industria, los servicios y las termoeléctricas; la expansión del transporte colectivo y la reforestación del Valle de México y la educación ambiental. Asimismo, se puso en práctica la aplicación de la segunda fase del Plan de Contingencia Ambiental, los días en que los niveles, de contaminación rebasaron los índices permisibles.
Cabe destacar la firma del Pacto Ecológico con las industrias con mayor generación de contaminantes, para incorporar tecnologías anticontaminantes. Para este propósito, el Departamento del Distrito Federal, en coordinación con Nacional Financiera, estableció un programa de financiamiento a las industrias.
De manera complementaria, se continuó el programa de verificación vehicular incorporando equipos computarizados de alta tecnología. También, se aplicó doble verificación obligatoria a los vehículos de servicio público; y se renovó el convenio con la Universidad Nacional Autónoma de México para la realización de estudios ambientales y capacitación de profesionales en materia ecológica.
Por lo que respecta a la prevención y control de la contaminación del agua se continuó con la aplicación del Programa de Rescate Ecológico de las Zonas Lacustres de Xochimilco, Tláhuac y Mixquic, que está próximo a concluírse y que reviste un logro significativo en el mejoramiento de las condiciones ecológicas en la zona suroriente de la ciudad. Por otra parte, se inició la instrumentación del Programa Lago de Texcoco para la preservación de las condiciones ecológicas de la zona.
Para combatir la contaminación del suelo, el Departamento del Distrito Federal en coordinación con las dependencias involucradas en el control ambiental del Valle de México, modificaron la normatividad vigente en cuanto a residuos sólidos peligrosos, a fin de corresponsabilizar a las empresas contaminantes en la vital meta de minimizar los efectos tóxicos de su actividad, mediante incineración o confinamiento controlado de sus desechos.
De igual modo, se continuó operando conjuntamente con el Gobierno del Estado de México el Programa Metropolitano de Residuos Sólidos para la creación de infraestructura para su manejo y disposición final.
El Departamento del Distrito Federal, en coordinación con los gobiernos de los estados de México y Morelos, suscribió un convenio de reforestación, para preservar la reserva ecológica de la zona metropolitana de la ciudad de México, mediante un intenso programa de reforestación. Es importante destacar que para ese fin se contará con financiamiento externo proveniente del Banco Interamericano de Desarrollo, así como del Fondo de Cooperación Económica del Japón, a través de los créditos recientemente formalizados.
Por lo que se refiere al transporte, y en congruencia con lo establecido en el Programa Integral de Transporte, se avanzó en los trabajos de construcción de la línea 8 del Metro. A su término, esta obra permitirá trasladar diariamente a más de 700 mil usuarios de la zona centro y oriente de la ciudad. De igual modo, se mejoró el servicio de la línea "A" Pantitlán- Los Reyes, La Paz, al reducirse los intervalos de frecuencia y, en consecuencia, los tiempos de traslado.
Con el fin de asegurar en forma adecuada la operación de transporte público de la ciudad, se continúa con la aplicación de un programa intensivo de mantenimiento mayor y menor al parque vehicular, equipos de red e infraestructura de obra civil del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para el que se destinaron recursos adicionales.
En el marco del Programa de Modernización de Ruta-100 se continuaron las acciones de reparación de motores y compactación de módulos; asimismo, se concluyeron las obras del macrotaller del módulo de Cuajimalpa.
Para mejorar el Servicio de Transportes Eléctricos de la ciudad se pusieron en marcha la segunda etapa de rehabilitación y adaptación del depósito de Tetepilco, que permitirá ampliar la capacidad de reconstrucción, mantenimiento y resguardo de trolebuses, y la de los talleres de Huipulco y Xochimilco, para desarrollar los trabajos de instalación de gastos hidráulicos que facilitarán las obras de mantenimiento del tren ligero.
Por otra parte, se continuó con el programa de subsidio a los organismos del transporte, siendo el gobierno de la ciudad la única fuente de apoyo a los usuarios.
En cuanto a los programas para el bienestar social es de destacar la reestructuración y remodelación del Centro Médico de Reclusorios y del Hospital Pediátrico de Legaria; el reforzamiento estructural de los hospitales Balbuena, Xoco e Iztapalapa; la continuación de las obras en los de Gregorio Salas y Villa, así como la conservación, mantenimiento y equipamiento a diversas unidades hospitalarias.
Aunado a lo anterior, destaca la ejecución del Programa Nacional de Vacunación Universal y la instrumentación y aplicación de los Programas de prevención y atención, al Cólera y el Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida.
En coordinación con la Secretaría de Educación Pública se continuó con la construcción de espacios educativos de niveles básicos y, especialmente, con acciones de conservación y mantenimiento de escuelas, en el marco del Programa "Escuela Digna".
Por lo que respecta a vivienda, es importante señalar que el Gobierno capitalino emitió un acuerdo con el propósito de otorgar subsidios fiscales y facilidades administrativas a los organismos descentralizados y fideicomisos públicos, así como a los promotores de vivienda popular. Este acuerdo se enmarca dentro de los lineamientos y políticas de fomento a la vivienda establecidos para todos los estados de la Federación.
Asimismo, se deben mencionar las acciones emprendidas en el marco del "Programa para Conservar el Centro Histórico" en el que se realizan obras de reconstrucción y restauración de inmuebles y espacios de la zona, con la participación de particulares, así como con organizaciones e instituciones públicas y privadas, a las que se les apoya con esquemas financieros preferenciales y exenciones en diversos impuestos y derechos.
En materia de promoción al empleo, destaca la instalación de la Comisión Mixta para la Modernización de la Industria Micro, Pequeña y Mediana del Distrito Federal (COMIN), la que tiene por funciones principales fomentar el desarrollo de este tipo de empresas así como asegurar la coordinación de acciones entre el sector público y privado. Asimismo, en este contexto se estableció la Comisión Mixta para Promoción de las Exportaciones del Distrito Federal (COMPEX-DF); la cual mediante una serie de medidas de simplificación fiscal, apoyos financieros, coordinación interinstitucional y capacitación entre otros, impulsará este tipo de actividades en la ciudad.
Por otra parte, con objeto de coadyuvar a descongestionar el tránsito vehicular y aminorar la contaminación ambiental en ciertos puntos de la ciudad se concluyó la construcción de 6 carriles del Anillo Periférico Arco Oriente y se avanza en las obras del tramo Arco Norte entre Av. Zaragoza y Av. Mario Colín.
En la zona sur de la capital continuaron los trabajos de ampliación de 2 a 4 carriles de la salida a la carretera federal a Cuernavaca.
Se concluyó la primera etapa de construcción del Eje vial 5 Sur Oriente y se prosiguió con las obras correspondientes a la segunda etapa. En el Eje vial 2 Oriente se realizaron obras de pavimentación en el tramo comprendido entre la calzada Ermita Iztapalapa y Santa Ana.
Asimismo, ha sido de gran importancia la puesta en operación del distribuidor vial Constituyentes - Reforma en el entronque con la autopista a Toluca, que ha permitido mayor fluidez vial en este crucero.
Como parte de las acciones de mejoramiento urbano de la zona de desarrollo controlado de Santa Fe, se concluyeron las obras de prolongación de la Av. Vasco de Quiroga y se avanzó en las vialidades prolongación Reforma y Tamaulipas, Prados de la Montaña, Glorieta Vasco de Quiroga y Alameda Poniente.
Paralelamente, se encuentran en proceso la construcción de puentes peatonales como el del Auditorio Nacional, y vehiculares como el de Circuito Interior- Miramontes, Periférico-Altavista y el de División del Norte-Calzada de Tlalpan. Se concluyeron los trabajos del paradero Periférico-FAVESEDENA y se continúa con los relativos a Miguel Angel de Quevedo e Indios Verdes.
En cuanto al sistema hidráulico, se continuaron las obras de construcción del Acueducto Perimetral en el tramo Cerro del Judío- La Providencia y se inició la extensión de este último lugar al Ajusco; se continuaron los trabajos de ampliación del drenaje profundo, mediante la excavación y revestimiento en los interceptores Oriente- Sur y Oriente, así como con las obras del colector semiprofundo Canal Nacional- Canal de Chalco.
De igual manera, se realizaron acciones de mantenimiento del sistema hidráulico de la ciudad como las correspondientes al desazolve del Sistema de Drenaje, especialmente en lo referente a la inspección de estas instalaciones en zonas cercanas a gasolinerías y centrales camioneras, así como en el Centro Histórico para la detección de fugas de hidrocarburos.
Cabe destacar la creación de la Comisión de Aguas del Distrito Federal, que tendrá por objeto prestar el servicio de agua potable para fines domésticos, comerciales e industriales; dar tratamiento y rehuso al agua, así como administrar, operar y conservar la infraestructura hidráulica necesaria.
Por otra parte, para resolver los problemas vinculados con la situación jurídica de la tenencia de la tierra, se continuó con la expedición de títulos de propiedad, apoyando asimismo las acciones de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), que se reforzaron mediante la actuación de los juzgados especiales para juicios de inmatriculación judicial.
En materia administrativa, el Departamento del Distrito Federal mantuvo sus esfuerzos por consolidar una estructura financiera sana, a través de la optimización de los mecanismos de recaudación, simplificación y modernización fiscal y la definición de criterios de racionalidad en el gasto con base en las prioridades establecidas.
Dentro de este contexto, se intensificaron esfuerzos para lograr una mayor capitación de ingresos debido tanto a la actualización del padrón único de contribuyentes de la propiedad raíz, y su consecuente impacto en el impuesto sobre adquisiciones de inmuebles, como el impulso de las acciones para reducir la evasión fiscal a través de la agilización de inspecciones y auditorías a contribuyentes.
Por otra parte, cabe destacar que con el propósito de asegurar la coordinación de las funciones de control, auditoría y supervisión de las distintas dependencias, organismos y empresas coordinadas del sector, sus contralorías internas pasaron a depender de la Contraloría General del Departamento del Distrito Federal.
Asimismo, destaca la puesta en operación, por parte de dicha Contraloría, de la oficina en que la ciudadanía puede presentar quejas y denuncias contra abusos de la policía, ubicada en la Glorieta de Insurgentes.
En el rubro de abasto y comercialización se puso en marcha el Programa de Mejoramiento del Comercio Popular, mediante la concertación entre el Departamento del Distrito Federal y diversas organizaciones del comercio ambulante, para reordenar y reubicar esta actividad, asignándole adecuados espacios físicos en mercados bazares y pasajes comerciales, así como asesoría para la obtención de financiamiento.
Se avanzó en el proceso de redimensionamiento de Industrial de Abastos, cancelándose las actividades de sacrificio de animales. Actualmente, este organismo opera únicamente como frigorífico.
En coordinación conjunta entre el Departamento del Distrito Federal y comerciantes de productos del mar, se construye la Central de Pescados y Mariscos en una zona próxima a la Central de Abasto, con recursos del sector financiero, que entrará en operación durante el último trimestre del año.
Por otra parte, es importante destacar la reestructuración en la administración de la Central de Abasto, para hacer más eficiente su operación.
2. Política de gasto sectorial
La política de gasto del sector se orienta a consolidar los avances obtenidos en la reorganización de las finanzas públicas emprendida desde 1989, con favorables resultados durante el período transcurrido de la actual administración.
Su definición se fundamenta en los Criterios Generales de Política Económica establecidos por el Gobierno federal, a través de su instrumentación se busca contribuir al logro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, particularmente el que se refiere al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad de México.
En la política de gasto sectorial se establece como principio básico, que si bien es importante el monto absoluto del presupuesto, lo fundamental es la estructura y orientación de las asignaciones, de acuerdo con las prioridades y responsabilidades de la administración capitalina.
En respuesta a las demandas de los habitantes de la ciudad, así como a los planteamientos de los representantes populares, en el Presupuesto de Egresos de 1993 las asignaciones destinadas a los programas de justicia, seguridad y ecología así como los prioritarios en conjunto, incrementan su participación respecto al total, en comparación con el ejercicio anterior.
La distribución porcentual de los recursos presupuestales por ámbitos de actividad en que se clasifican las funciones del Departamento del Distrito Federal, es la siguiente:
ÁMBITOS %
TOTAL SECTOR D.D.F. 100.0
JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA 15.7
- ECOLÓGICO 10.0
- BIENESTAR SOCIAL 16.1
- TRANSPORTE 25.1
- INFRAESTRUCTURA URBANA 17.2
- ABASTO Y COMERCIALIZACIÓN 1.3
- ADMINISTRATIVO 14.6
El esfuerzo realizado por las unidades ejecutoras del gasto se refleja en una adecuada administración de sus recursos humanos, materiales y financieros, apegada a la normatividad presupuestaria y a las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales.
La adopción de criterios de mayor racionalidad en el gasto corriente y de una estricta jerarquización de prioridades en el gasto de inversión, han favorecido el incremento en el volumen y la calidad de los servicios que las Dependencias brindan a la ciudadanía. Un efecto adicional atribuible al manejo de estos criterios se refiere al avance registrado en la ejecución de obras públicas, con particular énfasis en la infraestructura social.
Es por ello que para 1993 el sector destinará el 40% de su gasto programable para el Programa de Inversión Pública, buscando así atenuar los desequilibrios entre oferta y demanda de servicios públicos, avanzar en el reordenamiento del crecimiento urbano y en el control de la contaminación ambiental.
No obstante lo anterior, es preciso reconocer que aun existen rezagos en la oferta de servicios urbanos que es necesario resolver. Ante esta situación, para 1993 el sector se propone redoblar los esfuerzos para atender principalmente a los núcleos menos favorecidos.
En resumen, la política de gasto sectorial establece las bases para el manejo apropiado de los recursos, es compatible con las expectativas de ingresos del sector, y persigue los siguientes objetivos:
Contribuir al cumplimiento de las metas financieras propuestas por el Gobierno federal en los Criterios Generales de Política Económica, orientando las asignaciones presupuestales bajo estrictos criterios de prioridad social.
Garantizar la oferta de servicios públicos que proporciona el Departamento del Distrito Federal, mediante la asignación de recursos en montos acordes con la capacidad de financiamiento.
Elevar los niveles de ahorro y productividad del sector, mediante la utilización racional de los recursos, financiando las erogaciones con una mayor proporción de ingresos propios y recurriendo a los créditos internos o externos sólo de manera complementaria.
Impulsar el desarrollo de acciones que propicien el mejoramiento de la calidad del medio ambiente de la ciudad de México, a través de la ejecución de programas y proyectos para combatir las principales fuentes de contaminación del aire, suelo y agua.
Favorecer la creación de infraestructura social y económica que facilite la promoción de nuevas industrias fundadas en la innovación, el desarrollo de recursos humanos y la adopción de tecnologías que disminuyan de manera importante las fuentes de contaminación y fomenten la creación de empleos.
Continuar con la regularización de la tenencia de la tierra, proporcionando seguridad jurídica a la posesión y tenencia de predios y viviendas, asegurando el respeto de las zonas boscosas y el equilibrio entre los distintos tipos de uso del suelo.
Fomentar la construcción de viviendas en la ciudad capital.
Incrementar el nivel de seguridad pública de los habitantes de la ciudad y ofrecer un servicio digno y eficiente en la procuración e impartición de justicia.
Apoyar el mejoramiento del sistema de transporte urbano, para lo cual se continuará ampliando la infraestructura y apoyando el programa de modernización, mantenimiento y conservación del parque vehicular.
Racionalizar los subsidios hacia el sector transporte otorgándolos bajo criterios de selectividad y temporalidad, y procurando que produzcan el mayor beneficio social.
Elevar la capacidad de autofinanciamiento y gestión de las entidades coordinadas, mediante el aprovechamiento óptimo de la capacidad instalada y una operación más eficiente.
El cumplimiento de los objetivos de la política de gasto impone la obligación de las áreas ejecutoras de realizar un manejo presupuestal ordenado. Por lo anterior, se prevé reforzar los sistemas de control físico y financiero, para asegurar la correcta administración de los recursos autorizados.
En síntesis, la política de gasto para el ejercicio fiscal de 1993 precisa las líneas de acción aplicables, buscando contribuir en los propósitos de modernización económica y social del Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994.
La estructura del presupuesto asignado, su distribución y plazos de ejecución responden a un orden de prioridades establecido de acuerdo con la realidad económica de la capital del país, y con los planteamientos de la ciudadanía y de los órganos de representación popular.
3. Análisis programático - presupuestal por ámbito
Justicia y seguridad pública
Para 1993, la salvaguarda de las garantías individuales y la preservación del estado de derecho mediante la prestación de los servicios de seguridad pública y la procuración e impartición de justicia, sigue constituyendo una de las prioridades básicas del Gobierno capitalino.
Para ello, se continuará buscando mayor eficiencia en la actuación de los órganos competentes, a través de una mejor prestación de servicios de seguridad y vigilancia, que garanticen la integridad física de la población y de sus propiedades; y de la aplicación de mecanismos que faciliten una mejor, pronta y expedita procuración e impartición de justicia.
Para cumplir con estos objetivos se asignarán a este ámbito 2'278,449.3 miles de nuevos pesos, con los que se llevarán a cabo los siguientes programas:
IMPORTE
(MILES DE NUEVOS PESOS)
CO Seguridad Pública 1'588,920.1
CK Promoción de la Justicia 659,416.5
CI Impartición de la Justicia y vigilancia de la Legislación Laboral y Fiscal. 30,112.7
En cuanto a seguridad pública serán reforzados los mecanismos y dispositivos de seguridad y vialidad, principalmente en aquellas zonas y horas en que se presentan los mayores índices delictivos, a la vez que se continuará modernizando el parque vehicular y el equipamiento de los elementos de la policía.
La Policía Bancaria e Industrial proseguirá con su tarea de vigilancia en las instituciones bancarias, y recibirá apoyo de la policía preventiva en casos de emergencia.
Estas medidas serán complementadas con la actualización y especialización de los elementos de la policía, para seguir fomentando su vocación de servicio. En lo que se refiere a la procuración e impartición de justicia se continuará con el proceso de desconcentración de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y se atenderán de manera especial los asuntos relacionados con delitos de índole sexual y de robo de infantes.
Asimismos, se continuará agilizando la aplicación de los métodos y procedimientos jurídicos, con objeto de que las demandas presentadas se resuelvan de manera más eficiente y eficaz.
Adicionalmente, se vigilará que el marco de actuación de lo agentes de la policía judicial se cumpla cabalmente, a efecto de impedir los abusos de autoridad.
Por lo que respecta a la Justicia laboral, se seguirán armonizando las relaciones obrero-patronales para propiciar una mayor competitividad y la defensa del empleo.
Ecológico
De conformidad con las políticas trazadas al inicio de la presente administración del gobierno capitalino, la solución al deterioro de los ecosistemas no sólo prevé acciones en el corto plazo, sino también medidas de efecto en el mediano y largo plazo y de responsabilidad compartida entre Gobierno y sociedad.
En el año por venir es preciso continuar aplicando medidas de carácter integral para mejorar la calidad del aire, agua y suelo y enriquecer los recursos naturales.
De este modo, con base en lo lineamientos del Programa Integral Contra la Contaminación atmosférica de la Zona Metropolitana de la ciudad de México, se reforzarán las acciones para reducir los índices de ozono y contrarrestar la generación de partículas suspendidas y otros elementos tóxicos. Con ese fin, se coordinarán los programas que consideran el mejoramiento de la calidad de los combustibles, verificación vehicular y de control de emisiones provenientes de industrias, servicios y termoeléctricas, a través de la Comisión Metropolitana para Prevención y Control de la Contaminación del Valle de México.
Se dará especial atención al cumplimiento de los compromisos contraidos mediante el Pacto Ecológico, relativos al cambio tecnológico que adoptarán las industrias generadoras de contaminación y a la cabal observación de las verificaciones anuales sobre la emisión de contaminantes de dichas industrias.
Por lo que se refiere al manejo de residuos sólidos, se avanzará en la modernización de los equipo para limpieza urbana y en la consolidación de los sistemas de transferencia de basura y de la infraestructura de disposición final. También se proseguirá con las tareas de concertación para disminuir la problemática social generada en torno al manejo de los desechos sólidos.
En materia de prevención y control de la contaminación del agua, se continuará promoviendo la participación del sector privado en el tratamiento de aguas negras para su reúso posterior; en la ejecución de actividades para preservar los mantos freáticos; en el análisis y control de la calidad del agua; así como en el monitoreo de la red de drenaje.
En apoyo a las medidas para mejorar la calidad del aire se otorgará alta prioridad a la reforestación. Para ello, es indispensable continuar promoviendo la participación ciudadana.
Para estos fines se asignarán recursos por un monto total de
1'456,941.3 miles de nuevos pesos, desglosados en los siguientes programas:
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Entre las principales acciones que se llevarán a cabo están:
Ampliar el Programa de Verificación Vehicular a dos revisiones al año para todo tipo de vehículos, así como intensificar las tareas de supervisión para aminorar la contaminación por ozono.
Promover el cabal cumplimiento de los acuerdos derivados del Pacto Ecológico, observando que las industrias usen racionalmente la energía, instalen efectivamente los equipos y los dispositivos para hacer óptimos los procesos de combustión, y consecuentemente reducir las emisiones de bióxido de azufre, óxido de nitrógeno, partículas y compuestos orgánicos volátiles.
Proseguir con las acciones de saneamiento del Lago de Texcoco mediante obras de rectificación y desazolve, para mejorar las condiciones de higiene y calidad ambiental de la zona y, en general, del Valle de México.
En coordinación de Gobierno del Estado de México, a través del Programa Metropolitano de Residuos Sólidos, se procurará mejorar la operación de los rellenos sanitarios mediante la adaptación de instalaciones y la construcción de sitios adecuados para ello; la ampliación de la infraestructura y un mantenimiento cada vez más eficiente; además de la correcta operación de estaciones de transferencia y la atención a tiraderos clandestinos.
Especial atención se otorgará al mantenimiento de las áreas verdes de la ciudad, así como a las recientemente reforestadas, destacando las alamedas Poniente y Oriente, así como el parque Cuitláhuac. Estos últimos, resultado de la transformación realizada en años anteriores, de zonas de tiraderos de basura.
Avanzar en la restitución del medio natural del Valle de México con la realización de campañas de reforestación en áreas urbanas y rurales, que serán financiadas parcialmente con crédito externo proveniente del Banco Interamericano de Desarrollo y del Fondo de Cooperación Económica del Japón.
Bienestar social
Para 1993, las acciones incluidas en este ámbito continuarán dirigidas a elevar la calidad de vida de los habitantes del Distrito Federal, prioritariamente de los que presentan mayores carencias, a través de la prestación de servicios de salud, atención a la vivienda, infraestructura educativa, así como de actividades culturales, deportivas y de esparcimiento, para mejorar las condiciones de convivencia social.
Se tiene previsto ejercer 2'337,597.0 miles de nuevos pesos a través
de los siguientes programas:
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En cuanto a la asistencia social, se seguirán atendiendo de manera especial las prestaciones sociales y los servicios comunitarios, dando impulso a la rehabilitación de adulto indigentes y menores desvalidos; a ésos últimos a través de programas especiales como el de atención del niño "De y en la Calle".
Asimismo, en el sistema de reclusorios se continuarán modernizando las técnicas de readaptación de los internos y brindando a éstos y a sus familiares asesoría jurídica de oficio.
Asimismo, se dará continuidad a la atención de los reclamos y observaciones de la ciudadanía, respecto a los servicios que otorga el Departamento del Distrito Federal.
Se proseguirán apoyando y promoviendo en todos los ámbitos de la ciudad las actividades cívicas, culturales, recreativas y deportivas.
Respecto a las acciones dirigidas a la conservación de la salud de la ciudadanía, revisten primordial importancia el Programa de Vacunación Universal y el de apoyo a la prevención y control del Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida y el cólera. En este sentido, se reforzará el otorgamiento de los servicios preventivos y curativos, procurando especialmente mejorar la calidad de la atención, por medio de la capacitación permanente de los recursos humanos.
Por lo que se refiere al mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones hospitalarias, centros de salud, casas de protección y centros de readaptación social, así como a los centros culturales y deportivos del Departamento del Distrito Federal, estos servicios se continuarán otorgando al mismo tiempo que proseguirá la modernización de las instalaciones y su adaptación a los requerimientos actuales por parte de la población.
En relación con la planta física para la educación y la capacitación, se continuará realizando la conservación, mantenimiento y equipamiento de los planteles educativos de niveles básicos dentro del Programa "Escuela digna".
Asimismo, la construcción de nuevos planteles se llevará a cabo en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, de acuerdo con las necesidades que se detecten en las diferentes delegaciones del Distrito Federal.
Las acciones en materia de vivienda se reforzarán dando impulso a los programas a través de diversas estrategias de operación que incluyen, entre otros, los siguientes aspectos: edificación de vivienda en predios que aporten los grupos sociales; financiamiento de edificación y mejoramiento de vivienda mediante procesos de autoconstrucción; financiamiento mediante créditos puente de la banca; y la constitución de un fondo de garantía colateral que permita a los beneficiarios que no tienen forma de comprobar sus ingresos, ser sujetos de crédito de la banca.
A través de la "omisión de Aguas del Distrito Federal, se procurará hacer que su suministro y aprovechamiento, sean más eficientes mejorando los procedimientos de control y cobro del servicio. Paralelamente, se proseguirá impulsando y promoviendo la racionalización de su consumo con el Programa de Uso Eficiente del Aula y a través de campañas de concientización ciudadana.
Transporte
Con el fin de seguir dotando a la ciudad de un sistema de transportación masivo, oportuno y confiable para las múltiples necesidades de la población, el Sector Departamento del Distrito Federal proseguirá con el desarrollo de las tareas de modernización de los tres medios a su cargo, bajo un enfoque metropolitano.
Lo anterior queda inscrito en las políticas establecidas en el Programa Integral de Transporte, del que también se desprenden los compromisos específicos de mejorar la coordinación en las rutas de los servicios para elevar su calidad e incrementar su cobertura hacia zonas de mayor demanda, y ampliar el servicio del Sistema de Transporte Colectivo Metro, como eje principal del servicio público de traslado de los habitantes en la ciudad.
Al mismo tiempo, se buscará optimizar la operación y administración de los organismos encargados de dirigir los distintos servicios, así como apoyar los objetivos de ordenación urbana y los indicados en el Programa Integral Contra la Contaminación Atmosférica de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México.
Para coadyuvar al logro de estos propósitos, los recursos previstos
para 1993 alcanzan un monto de 3'656,391.7 miles de nuevos pesos, que se
destinarán a los siguientes programas:
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Entre las principales acciones destaca la continuación de la línea 8 de Metro que a su conclusión dará servicio de Garibaldi a Constitución de 1917; rehabilitación de autobuses de Ruta-100, y de trolebuses y tren ligero; así como el cumplimiento, como se ha dado hasta ahora, del amplio programa de mantenimiento y conservación de la infraestructura, instalaciones, inmuebles y equipos de los tres organismos del transporte.
El Departamento del Distrito Federal continuará el programa de subsidio a los 2'588.8 millones de usuarios del servicio público de transporte, constituyendo la única fuente de apoyo a los organismos públicos responsables de prestar dicho servicio.
Infraestructura urbana
La ampliación y el mantenimiento de la infraestructura urbana de la ciudad de México constituyen un reto permanente del Gobierno capitalino, debido a la complejidad que encierra el control ordenado de su crecimiento; la operación de los sistemas de vialidad, alumbrado público, dotación de agua y drenaje; y la preservación de sus áreas verdes y parques recreativos.
Dar cumplimiento a estos compromisos es fundamental para asegurar el funcionamiento de la ciudad. Por ello, el Departamento del Distrito Federal continuará sus esfuerzos para garantizar la eficiente ejecución de los programas incluidos en este rubro.
El total de recursos que el sector asignará para este ámbito, asciende a 2'498,281.1 miles de nuevos pesos, que serán distrubuidos en los siguientes programas:
IMPORTE
(Miles de Nuevos Pesos)
EC Construcción y adecuación para Agua Potable. 251,403.3
01 Construcción y Ampliación 122,480.2
02 Conservación y Mantenimiento 128,923.1
ED Drenaje y Tratamiento de aguas Negras.: 772,700.2
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De este modo, para contribuir a dar fluidez al tráfico vehicular, se da prioridad a la terminación de obras viales como el Anillo Periférico Arco Norte, los distribuidores División del Norte Calzada de Tlalpan y Periférico- Las Palmas, el puente vehicurar Circuito Interior-Miramontes y Eje vial 5 sur (tramo oriente).
En cuanto a las áreas verdes de la ciudad, se llevarán a cabo actividades de conservación y mantenimiento en parques y jardines recreativos.
Es importante mencionar los trabajos que se realizarán para mantener en condiciones adecuadas de iluminación a la capital, como la introducción de alumbrado en colonias populares y la rehabilitación de luminarias en vías rápidas, avenidas principales, ejes viales, calles secundarias, así como también en puentes peatonales y vehiculares.
Para avanzar en el reordenamiento urbano de la capital, se proseguirá con la instrumentación de políticas del uso del suelo, mediante la constitución y el aprovechamiento de reservas territoriales y la aplicación de mecanismos jurídicos para la regulación de la tenencia de la tierra.
Por lo que se refiere al sistema hidráulico, para abastecer de agua potable a la ciudadanía se considera relevante la continuación de la construcción del Acueducto Perimetral Ramal Sur, la ampliación de las redes primaria y secundaria, así como la continuación en la construcción de plantas de bombeo y tanques de almacenamiento.
A fin de desalojar las aguas residuales y pluviales generadas, se continuará con las obras de construcción del drenaje profundo y semiprofundo, red primaria y secundaria.
Es importante destacar el inicio de las obras de entubamiento del Gran Canal del Desagüe y el Río de Los Remedios, así como las acciones permanentes de mantenimiento y conservación de la infraestructura existente.
Abasto y comercialización
Dentro de este ámbito, el Departamento del Distrito Federal contempla la realización de diversas acciones para continuar modernizando y haciendo más eficiente la infraestructura comercial existente.
Para dar cumplimiento a estos objetivos, se asignan 189,617.6 miles
de nuevos pesos, que serán aplicados en la ejecución de los
siguientes programas:
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Con la ejecución de estos programas se pretende continuar con la modernización física, operativa y comercial de mercados públicos, seguir fomentando su autoadministración y promover la inversión privada en la creación y/o modernización de infraestructura comercial.
De igual forma, se proseguirá con el programa de Mejoramiento del Comercio Popular iniciando en 1992, a través de medidas y acciones reguladora de la actividad comercial en la vía pública, para avanzar concertadamente hacia la inserción gradual del comercio popular a un régimen formal.
Se continuará incrementando tanto la infraestructura de lecherías del programa Departamento del Distrito Federal - Compañía Nacional de Subsistencias Populares, así como la conservación y mantenimiento a mercados públicos.
Industrial de Abastos continuará proporcionando el servicio de frigorífico, a fin de coadyuvar en el proceso de distribución de productos cárnicos.
Por otra parte, en este ámbito se considera la atención de las demandas de impresión de las unidades administrativas y organismos que conforman el Sector Departamento del Distrito Federal, destacando la impresión de boletos de viaje unitario y temporal para el Sistema de Transporte Colectivo (Metro).
Administrativo
Las acciones consideradas en este ámbito consisten en planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades que realiza el Sector Departamento del Distrito Federal para brindar un mejor servicio a la población.
Para estos efectos, se asignan 2'118,637.1 miles de nuevos pesos, distribuidos
en los siguientes programas:
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Las acciones a desarrollar son las siguientes:
Actualizar los mecanismos que permitan un desempeño administrativo más eficiente en las distintas actividades y servicios que presta el Sector Departamento del Distrito Federal, a través de los 43 programas autorizados.
Establecer y aplicar los criterios y la normatividad vigentes en materia jurídica, de gobierno, planeación, obras públicas, desarrollo social y coordinación de los organismos paraestatales integrados en el Departamento del Distrito Federal.
Acentuar la aplicación del principio de correspondencia entre los servidores públicos, en la supervisión de las funciones sustantivas que les corresponde atender y de las disposiciones que regulan el servicio público en las áreas de atención al ciudadano.
Consolidar la dependencia jerárquica administrativa y funcional de las Contralorías Internas de las Unidades Administrativas y Órganos Desconcertados del Sector, bajo la coordinación de la Contraloría General.
Definir e instrumentar las políticas y estrategias generales que en cuanto a programación, presupuesto, control y evaluación normarán el quehacer de; Gobierno capitalino.
Continuar con las labores de inspección, con objeto de combatir la evasión fiscal, procurando el registro de nuevos contribuyentes, a fin de fortalecer la aplicación de la base tributaria.
Proseguir actualizando los mecanismos de recaudación de impuestos, mediante el fortalecimiento y modernización de las Administraciones Tributarias Locales.
Seguir promoviendo la realización de convenios y acuerdos de
coordinación con los gobiernos estatales y municipales del centro
del país, especialmente con los de la zona conurbada de la ciudad
de México.
Fomentar el desarrollo y la reorientación de la actividad económica de la ciudad, mediante la coordinación de acciones entre el sector público y privado, a través de la Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones del Distrito Federal (COMPEXDF) y la Comisión Mixta para la modernización de la Industria Micro, Pequeña y Mediana del Distrito Federal (COMIN), las cuales, mediante sus acciones impulsarán el empleo.
4. Anexo presupuestal
Para 1993 el Proyecto de Presupuestos de Egresos del Sector importa la cantidad de 14,535,915.1 miles de nuevos pesos. De este monto, 99.1%, corresponden al gasto primario, y el restante 0.9% lo constituyen los intereses de la deuda con 123,573.6 miles de nuevos pesos.
Las erogaciones presupuestales se cubrirán a través de las siguientes fuentes de financiamiento: Ingresos Propio del Sector Central, 6,637,846.9 miles de nuevos pesos; Ingresos Propios de la Entidades Coordinadas, 1,472,250.7; Participaciones en Impuestos Federales, 5,784,835.6; Transferencias del Gobierno Federal, 200,000.0; Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS) 195,000.0 y Financiamientos netos, 245,981.9; respecto al total, estos montos significan el 45.7, 10.1, 39.8, 1.4, 1.3 y 1.7%, respectivamente.
Del total de recursos asignados al gasto primario. 14,282,341.5 miles de nuevos pesos corresponden al gasto programable y 130,000.0 a los Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores, es decir, el 99.1% y 0.9% respectivamente.
Del gasto programable asignada a las Dependencias del Sector Central
y Organismos y Empresas, las erogaciones corrientes absorben el 60.5%,
con 8,640,737.5 miles de nuevos pesos, mientras que las de capital registran
un monto de 5,641,604.0 que significan el 39.55%.
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La estructura económica del Gasto Programable responde a los requerimientos de las Dependencias y Entidades del sector, para el desarrollo de las actividades esenciales y prioritarias, orientadas al mejoramiento del bienestar social de la población, particularmente de los grupos con menores ingresos y las zonas con mayores carencias. El nivel de gasto corriente se explica por lo servicios que el Departamento está comprometido a proporcionar a la población, para lo cual es indispensable sufragar los gastos de una infraestructura administrativa apropiada, y el personal necesario para cumplir con las responsabilidades en materia de salud, seguridad pública, procuración de justicia, ecología y administración tributaria entre otros, al que además es importante brindar seguridad en el empleo.
Por tal motivo, el presupuesto asignado por concepto de servicios personales absorbe el 57.9% del gasto corriente.
Respecto al gasto de inversión, más que el monto absoluto de la cual se garantiza un nivel de gasto que permita continuar atendiendo las necesidades de infraestructura urbana que requieren los habitantes de la ciudad de México. Los recursos asignados comprenden el desarrollo de acciones las de concertación con los sectores social y privado, orientadas a crear un ambiente propicio para fomentar las inversiones de los particulares en áreas de actividad potencialmente atractivas, preferenciando la creación de empresas menos contaminantes.
El monto propuesto otorga la más alta prioridad a la ejecución de obras que propicien un aumento en la oferta de empleos directos e indirectos; y que al mismo tiempo promueven la actividad económica del Distrito Federal.
La inversión pública de 1993 incluye las acciones relativas al Programa Nacional de Solidaridad, cuyas erogaciones serán financiadas con transferencias del Gobierno federal.
Administración central
Por lo que se refiere el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Sector Central, el monto previsto asciende a 13,059,269.4 miles de nuevos pesos. De estos, 10,926,096.4 corresponden al gasto directo de las dependencias, orgánicas desconcentrados y delegaciones; 1,880,065.4 de aportaciones a los organismos coordinados, y los restantes 253,107.6 para el pago de Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores e intereses de la deuda, importes que representan el 83.7, 14.4 y 1.9%, en ese orden.
Por su parte el gasto programable asciende a 12,806,161.8 miles de nuevos pesos, con la siguiente composición: gasto corriente 7,328,694.5 miles de nuevos pesos, que significan el 57.2%; y gastos de capital 5,477,467.3 miles de nuevos pesos, que equivalen al 42.8%, considerando en ambos casos las aportaciones previstas para los Organismos Coordinados.
El gasto se integra por los recursos asignados por las dependencias para cubrir el pago de servicios personales, los servicios básicos y materiales que permitan su adecuada operación, así como por las aportaciones previstas para apoyar el gasto de operación principalmente de los organismos del transporte.
En relación al gasto de capital, sobresalen las asignaciones destinadas al capítulo de obras públicas que absorbe el 80.3%, mientras que los recursos destinados para adquisición de bienes muebles e inmuebles representan el 9.6%, y las aportaciones para inversión el 10.1%.
De lo anterior se desprende la importancia que el Departamento del Distrito Federal otorga a la aplicación y mantenimiento de la infraestructura social y urbana para 1993.
El Proyecto de Presupuesto para 1993 considera 200,000.0 miles de nuevos
pesos de transferencias del Gobierno federal destinadas al Programa Nacional
de Solidaridad, para el desarrollo de obras y proyectos vinculados a la
prestación de servicios comunitarios, como pavimentación,
drenaje, escuela, vivienda, agua potable, electrificación y asistencia
social, en las delegaciones del Distrito Federal, preferenciando a aquellas
que manifiestan mayores rezagos. Todo esto, contando con la participación
de las comunidades beneficiadas.
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Administración paraestatal
En la estrategia de modernización económica y saneamiento financiero, el programa de cambio estructural y redimensionamiento de las entidades paraestatales contribuye uno de los instrumentos esenciales para elevar su eficiencia y productividad, y por esa vía incrementar la cobertura de servicios comprometidos con la sociedad.
En el Sector Departamento del Distrito Federal se agrupan once entidades paraestatales que por la naturaleza de sus funciones desempeñan un papel relevante para el cumplimiento de los objetivos propuestos en el Programa de Gobierno.
En estas entidades, destacan los organismos del transporte, a los cuales corresponde la responsabilidad de proporcionar los servicios de transportación necesarios para el desplazamiento de la población en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad apropiados, de tal suerte que contribuyan al desarrollo de la actividad económica.
No obstante el peso específico del presupuesto asignado al resto de las entidades, la actividad que les compete tiene una significativa importancia en materia de vivienda, comercialización de inmuebles, servicios de impresión y reproducción, así como el otorgamiento de créditos para el personal eventual y de seguridad pública.
Con base en las consideraciones anteriores, el Proyecto de Presupuesto de Egresos para los Organismos y Empresas coordinados asciende a 3,356,711.1 miles de nuevos pesos, de los cuales 3,356,245.1 corresponden al gasto programable y los restantes 466 mil nuevos pesos al pago de intereses de la deuda.
Del gasto programable las erogaciones corrientes absorben el 78.6% al situarse en 2,638,168.6 miles de nuevos pesos, mientras que las de capital representan el 21.4% con 718,076.5 miles de nuevos pesos.
Los recursos asignados a los Organismos del Transporte representan el
85.6% del presupuesto del Sector Paraestatal, registrando un gasto de 2,771,718.3
miles de nuevos pesos conforme a las siguientes distribuciones: 1,189,798.1
para Autotransportes Urbanos de Pasajeros R - 100; 1,385,738.6 para el
Sistema de Transporte Colectivo; y 196,181.6 para Servicio de Transportes
Eléctricos; los restantes 584,992.8 miles corresponden a otros organismos
y empresas.
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Las fuentes de financiamiento previstas para 1993, se muestran en el
presente cuadro, distinguiéndose los recursos que se estiman captará
el sector central y los organismos y empresas coordinadas, conforme al
proyecto de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal puesto
a consideración de esa honorable representación nacional.
tablas
De los niveles de ingreso y gasto propuestos el ahorro corriente del Sector del departamento del Distrito Federal, sector central y de los organismos y empresas, se estiman en 5'165,741.3, 5'005,999.6 y 159,741.7 miles de nuevos pesos, respectivamente.
Este ahorro permitirá financiar las erogaciones previstas para
ejecutar el programa de inversiones, tendiente a mantener y ampliar la
infraestructura urbana en general.
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La elaboración del Presupuesto de Egresos como instrumento de política económica, observa una constante a lo largo del Proceso de Planeación que deriva en la integración del presente Documento. Dicha constante consiste en asegurar que la programación de acciones y la asignación de recursos del sector coadyuven a la consecución de las metas macroeconómicas previstas para 1993.
De esa forma, se establece la congruencia entre los objetivos, programas y acciones sectoriales para el corto plazo y la estrategia nacional de desarrollo.
Expuesto los objetivos, la política de gasto, el monto, estructura y orientación de las erogaciones, así como los programas, acciones y metas específicas que el sector se propone realizar durante 1993, el Ejecutivo Federal a mi cargo somete a la consideración de esa soberanía el Proyecto de Presupuestos de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal.
En espera de que los elementos contenidos en el Documento sean suficientes para su comprensión cabal, manifiesto a ustedes mi confianza de que previo análisis y discusión, el proyecto de referencia merezca la aprobación de esa honorable Cámara de Diputados.
Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración más distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a 10 de noviembre de 1992
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Carlos Salinas de Gortari.
B. Iniciativa de decreto del presupuesto de egresos del departamento del distrito federal para el ejercicio fiscal 1993
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1o. El ejercicio presupuestal y el control de las erogaciones del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el año de 1993, se sujetarán a las disposiciones de este decreto y a las aplicables a la materia.
Artículo 2o. Las erogaciones previas en el presupuesto
para las Unidades Administrativas, Organismos Descentralizados y Empresas
de Participación Estatal Mayoritaria, que integran el Sector Departamento
del Distrito Federal, y demás asignaciones que a continuación
se indican, importan la cantidad de N$ 14,037,887,400 (catorce mil treinta
y siete millones ochocientos ochenta y siete mil cuatrocientos nuevos pesos,
moneda nacional), y se distribuyen de la forma siguiente:
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Artículo 3o. El Presupuesto asignado a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, importa la cantidad de N$64,413,800 (sesenta y cuatro millones cuatrocientos trece mil ochocientos nuevos pesos, moneda nacional).
Artículo 4o. El Presupuesto asignado al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal importa la cantidad de N$ 180,040,300 (ciento ochenta millones cuarenta mil trescientos nuevos pesos, moneda nacional).
Artículo 5o. Las asignaciones previstas en el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el pago del servicio de la deuda, importa la cantidad de N$ 123,107,600 (ciento veintitrés ciento mil seiscientos nuevos pesos, moneda nacional).
El servicio de la deuda de las entidades coordinadas, cuyos programas están incluidos en este presupuesto, importa la cantidad N$ 466,000 (cuatrocientos sesenta y seis mil nuevos pesos, moneda nacional).
Las asignaciones para el pago de Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores del Departamento del Distrito Federal, importa la cantidad de N$ 130,000,000 (ciento treinta millones de nuevos pesos, moneda nacional).
El Ejecutivo estará para realizar amortizaciones de deuda pública correspondiente al Departamento del Distrito Federal, hasta por un monto equivalente al financiamiento derivado de la colocación de deuda, en términos nominales, por no afectar estas operaciones compensadas el saldo neto de la deuda pública. El Ejecutivo Federal informará de estos movimientos compensados, al rendir la Cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable también a los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal coordinados por el Departamento del Distrito Federal.
Artículo 6o. Las asignaciones anteriores se ejercerán con base en los objetivos, metas y costos que en el mismo se consignan, integrando los programas y subprogramas que arrojan los totales del gasto de las unidades administrativas, órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, coordinados sectorialmente por el Departamento del Distrito Federal.
De acuerdo a la apertura programática, las asignaciones para
cada uno de los programas que se indican, son los siguientes:
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Artículo 7o. Los titulares de las unidades administrativas y entidades coordinadas del sector Departamento del Distrito Federal, así como los órganos de Gobierno correspondientes, en el ejercicio de sus presupuesto aprobados, serán responsables de que se ejecuten con oportunidad y eficiencia las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de las estrategias y objetivos fijados en el Plan Nacional de Desarrollo, planes sectoriales, Programa Operativo Anual, y demás programas que se formulen con base en la Ley de Planeación.
Las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Contraloría de la Federación, en el ámbito de sus competencias verificarán periódicamente los resultados de la ejecución y de los programas y presupuestos del Departamento del Distrito Federal y entidades del sector, en relación con las estrategias, prioridades y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, de los criterios de Política Económica, de los programas de desarrollo, del Programa Nacional de Solidaridad y de los proyectos de modernización del aparato productivo, en el contexto de la recuperación económica y la estabilidad, a fin de que se adopten las medidas necesarias para recoger las desviaciones detectadas.
Igual obligación y para los mismo fines, tendrá el Departamento del Distrito Federal respecto de las entidades paraestatales agrupadas en el sector que coordina.
Artículo 8o. En el ejercicio del presente presupuesto, las unidades administrativas y entidades coordinadas del sector, se sujetarán estrictamente a los calendarios de gasto que les apruebe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Departamento del Distrito Federal.
Salvo lo previsto en los artículos 12 y 32 de este Decreto, no autorizarán adecuaciones a los calendarios de gasto que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de recurso así ampliaciones líquidas a los presupuestos; en consecuencia, las unidades administrativas y entidades del sector deberán observar un cuidadoso registro y control de ejercicio presupuestal, sujetando sus compromisos de pago a sus calendario aprobados.
Artículo 9o. Para que el Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas puedan ejercer créditos externos destinados a financiar proyectos o programas específicos, será necesario que la totalidad de los recursos a ejercer se encuentren incluidos en sus respectivos presupuestos autorizados y se cuente con la autorización previa y expresa de la Secretaría de Hacienda y Crédito público. Los recursos que se prevean ejercer por este concepto, serán intransferibles y sólo podrán aplicarse a los proyectos por los cuales fueron contratados los créditos.
En los créditos externos que contraten las entidades paraestatales, se deberá establecer la responsabilidad de éstas para que cubran el servicio de la deuda de los créditos generen.
Cuando la contratación de estos créditos, tratándose de fideicomiso públicos, pueda reanudar en incrementos de los patrimonios fideicomitidos, se requerirá de la previa autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 10. La Secretaría de Hacienda y Crédito
Público podrá reservarse la autorización de ministraciones
de fondos federales al Departamento del Distrito Federal, organismos descentralizados
y empresas de participación estatal mayoritaria coordinados sectorialmente
por el propio Departamento, en los siguientes casos:
I. Cuando no envíen la información que les sea requerida en relación con el ejercicio de sus programas y presupuestos, con base en lo dispuesto por el artículo 35 de este Decreto;II. Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, y en el desarrollo de sus programas resulte que no cumplan con las metas de los programas aprobados, o se capten desviaciones que entorpezcan su ejecución y constituyan distracciones en los recursos asignados a los mismos;
III. En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto se dicten.
Artículo 11. El Departamento del Distrito Federal,
en el ejercicio del presupuesto, vigilará que no se adquieran compromisos
que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado y no reconocerá
adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas en
contravención a lo dispuesto en este artículo.
Será causa de responsabilidad del Jefe del Departamento del Distrito Federal, de los titulares de las unidades administrativas, así como de los directores, vocales, administradores o gerentes de los organismos descentralizados u órganos de los organismos descentralizados u órganos de Gobierno de las empresas de participación estatal mayoritaria del Departamento, contraer compromisos fuera de las limitaciones de sus presupuestos aprobados, acordar erogaciones que no permitan la atención de los servicios públicos y el cumplimiento de las metas durante el ejercicio presupuestal.
Artículo 12. En caso de que los ingresos obtenidos por
los conceptos que se refiere al artículo 1o. de la Ley de Ingresos
del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1993,
excedan del monto del presupuesto aprobado, el Ejecutivo Federal, por conducto
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a
solicitud del Departamento del Distrito Federal, podrá autorizar
erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la
forma siguiente:
I. Los ingresos ordinarios excedentes a que se refiere el artículo 1o. de la actitud de la Ley de Ingresos del Departamento, únicamente serán aplicados a los programas señalados como prioritarios en el artículo 16 del Capítulo II de este Decreto;II. Los excedentes sobre los ingresos ordinarios presupuestados de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria del sector Departamento del Distrito Federal a que se refiere este Decreto, serán canalizados para fortalecer, cuando así lo amerite, su propia situación financiera;
III. Los ingresos extraordinarios que se obtengan por el Departamento del Distrito Federal, sus organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria por conceptos de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a los programas específicos para los que hubiera sido contratados.
El Ejecutivo Federal, al presentar a la Cámara de Diputados
la Cuenca del Departamento del Distrito Federal correspondiente a 1993,
dará cuenta de las erogaciones que se efectúen con base de
este artículo.
Artículo 13. Todas las cantidades que se recauden por cualesquiera de las unidades administrativas y órganos desconcentrados del sector, no podrán destinarse a fines específicos, y deberán ser enterados a la Tesorería del Departamento del Distrito Federal, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en función de las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.
Artículo 14. El Ejecutivo Federal efectuará las
reducciones o ajustes de los importes de los presupuestos aprobados al
Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas, en los supuestos
y términos que establece el artículo 15 del Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para 1993, con excepción a lo
dispuesto por al artículo 16 de este Decreto.
CAPITULO II
Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales
Artículo 15. Sin Perjuicio de lo que establecen el presente Decreto y las demás disposiciones aplicables en la materia, el Titular del Departamento del Distrito Federal y los de las entidades coordinadas sectorialmente por este, así como los órganos de Gobierno respectivos serán responsables, en los términos de este capítulo, de la estricta observancia de las siguientes disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales. Su incumplimiento motivará el fincamiento de las responsabilidades a que haya lugar conforme a la Ley.
Artículo 16. De acuerdo a las necesidades planteadas por la población del Distrito Federal, el Gobierno de la ciudad establece para la atención de las mismas los siguientes programas prioritarios:
CK Promoción de la Justicia.
CO Seguridad Pública.
3Z Regulación y Preservación Ecológica.
DJ Atención Preventiva.
DK Atención Curativa.
EC Construcción y Adecuación para Agua Potable.
ED Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras.
EI Transporte Colectivo, Metro y Tren Ligero.
5E Vivienda.
5I Edificios para Servicios de Salud y Seguridad Social.
5M Infraestructura Ecológica.
FA 02 Silvícola.
FQ Servicio de Transporte Urbano e Interurbano.
Los programas prioritarios aquí señalados no podrán ser reducidos presupuestalmente excepto cuando se hubiesen cumplido las metas originalmente programadas, siempre y cuando transferencias se orienten a otros programas prioritarios.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público por sí o a propuesta del Departamento del Distrito Federal, podrá determinar la eliminación de conceptos de gasto y la liberación de recursos asignados a los programas no prioritarios, con objeto de fomentar el ahorro presupuestal o de canalizar recursos a los programas prioritarios o emergentes.
Artículo 17. Las unidades administrativas y entidades coordinadas del sector Departamento del Distrito Federal no podrán crear nuevas plazas, debiendo promover en su caso, el traspaso interno de las mismas. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a solicitud del Titular del Departamento del Distrito Federal podrá autorizar la creación de las plazas que sean indispensables para los programas de salud, Administración de Justicia, Seguridad Pública y Transporte Urbano, así como aquellas requeridas para la planta productiva que entre operación. Asimismo, no podrán llevar a cabo conversiones de sus plazas, puestos y categorías autorizadas, salvo se trate de casos debidamente justificados.
Los órganos de Gobierno de las entidades paraestatales podrán la creación de plazas cuando ello contribuya a elevar el superávit de operación; se establezcan metas específicas a este respecto y se cuente con los recursos propios que se requieran, y tales circunstancias hayan quedado previa y debidamente acreditadas para el propio Órgano de Gobierno debiendo informar de lo anterior a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Contraloría General de la Federación.
La designación o contratación de personal para ocupar a que se refieren los párrafos anteriores se hará con la fecha en que se reciba la autorización correspondiente, sin que en ningún caso pueda dárseles efectos, retroactivos.
Artículo 18. Las unidades administrativas y entidades
del sector Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio de sus
asignaciones por concepto de servicios personales, deberán:
I. En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores del sector Departamento del Distrito Federal, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabulares de sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas, conforme a las normas y lineamientos que expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en el caso de las entidades del sector, por el órgano de Gobierno respectivo conforme a los lineamientos que se emitan de acuerdo a la Ley Federal de las entidades paraestatales;Las remuneraciones adicionales por jornadas u horas extraordinarias, los estímulos por eficiencia en la actuación y otras prestaciones, se regularán por las disposiciones que establezcan la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el órgano de Gobierno respectivo, con base en los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior. Tratándose de las remuneraciones adicionales por jornadas ordinarias, por horas extraordinarias y otras prestaciones del personal que labora en las entidades paraestatales que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;
II. Abstenerse de cubrir remuneraciones por concepto de honorarios y salarios al personal eventual, que rebasen los montos autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o bien, que en cualquier forma supongan el incremento del número de los contratos relativos, celebrados en el ejercicio de 1992.
Estos contratos sólo podrán celebrarse para la prestación de servicios profesionales, por lo que no podrán incorporarse por esta vía, personal para el desempeño de labores iguales o similares a las que realiza el personal que forma la planta de la unidad administrativa o entidad de que se trate.
La celebración de contratos por honorarios sólo procederá en casos debidamente justificados y siempre que la Unidad Administrativa o Entidad no pueda satisfacer las necesidades de estos servicios con el personal y los recursos técnicos con que cuenta. Invariablemente estos contratos deberán ser autorizados por el ciudadano Jefe del Departamento del Distrito Federal, o por el órgano de Gobierno de la entidad de que se trate;
III. Observar la normatividad que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en materia de remuneraciones a título de consejeros en órganos de Gobierno, o sus equivalentes de entidades paraestatales;
IV. Sujetarse a los lineamientos que se expidan para la autorización de los gastos de representación y de las erogaciones necesarias para el desempeño de comisiones oficiales, y
V. Abstenerse de realizar traspasos de recursos que en cualquier forma afecten las asignaciones para el capítulo de servicios personales, excepto los casos que autorice el ciudadano Jefe de Departamento del Distrito Federal.
Artículo 19. Los titulares de las unidades administrativas
y los órganos de Gobierno de las entidades, serán responsables
de reducir selectiva y eficientemente los gastos de administración,
sin detrimento de la realización oportuna y eficiente de los programas
a su cargo y la adecuada prestación de los bienes y servicios de
su competencia así como de cubrir con la debida oportunidad sus
compromisos reales de pago, con estricto apego de las demás disposiciones
de este Decreto y las que resulten aplicables a la materia.
Artículo 20. En el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal y de sus entidades coordinadas sectorialmente para el año de 1993, no se podrán efectuar:
Adquisiciones o nuevos arrendamientos de:
I. Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo, vehículos terrestres y marítimos, con excepción de las erogaciones estrictamente indispensables para su operación. En consecuencia, se deberá optimizar el uso de los espacios físicos disponibles y el aprovechamiento de los bienes y servicios de que dispongan, yII. Vehículos aéreos, con excepción de aquéllos necesarios para salvaguardar la seguridad pública, la procuración de justicia, los servicios de salud, y para el desarrollo de programas productivos prioritarios y de servicios básicos.
Las unidades administrativas y entidades del Departamento del Distrito
Federal sólo podrán arrendar bienes muebles e inmuebles para
su servicio, cuando no sea posible o conveniente su adquisición.
En el caso de arrendamientos financieros de bienes muebles e inmuebles, las condiciones de pago deberán ofrecer ventajas con relación a otros medios de financiamiento, Asimismo, se deberá hacer efectiva la opción a compra, a menos que ya no sea necesario su uso, que deberá ser acreditado debidamente ante las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Desarrollo Social, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Cualquier erogación que realicen las unidades administrativas por los conceptos previstos en las fracciones anteriores, requerirá de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en forma específica y previa al ejercicio del gasto correspondiente.
Tratándose de entidades paraestatales, se requerirá de la autorización específica y previa de su órgano de Gobierno, la cual deberá sujetarse a la normatividad vigente.
Artículo 21. Las erogaciones por los conceptos que a continuación
se indican, deberán reducirse al mínimo indispensable; su
uso se sujetará a los criterios de racionalidad y selectividad y
se efectuarán siempre y cuando se cuente con la autorización
expresa del Titular del Departamento del Distrito Federal o del órgano
de Gobierno de la entidad correspondiente.
I. Gastos menores, de ceremonial y de orden social; comisiones de personal al extranjero; congresos convenciones, ferias, festivales y exposiciones; erogaciones por concepto de servicios bancarios, correos, telégrafos, teléfonos, energía eléctrica y agua potable; y donativos, en los términos de artículo 28 de este Decreto.Las erogaciones a que se refiere esta fracción, con cargo al Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1993 deberán ser autorizadas por las secretarías de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público, y las que efectúen las entidades, se autorizarán por el órgano de Gobierno con base a los lineamientos que establezcan dichas secretarías.II. Contratación de asesorías, estudios e investigaciones, y
III. Publicidad, propaganda publicaciones oficiales y, en general, los relacionados con actividades de comunicación social. En estos casos las unidades administrativas y entidades deberán utilizar preferentemente los medios de difusión del sector público y el tiempo que por ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal.
Artículo 22. En el ejercicio del gasto de inversiones
públicas para 1993:
I. Se otorgará prioridad a la terminación de los proyectos y obras vinculadas a la prestación de los servicios de educación, salud, vivienda, equipamiento urbano, seguridad e impartición de justicia, con especial atención de aquellos que se orienten a la modernización de la infraestructura básica de transportes, hidráulica, y energía eléctrica; a los que estén orientados a incrementar la oferta de bienes y servicios socialmente necesarios y los que presenten un mayor grado de avance físico.El Departamento del Distrito Federal y las entidades coordinadas sólo podrán iniciar proyectos cuando tengan garantizada la disponibilidad de recursos financieros para su terminación, puesta en operación y mantenimiento, y en ningún caso cuando existan otros proyectos similares que puedan ser concluidos con los recursos disponibles.
II. Se deberá aprovechar al máximo la mano de obra e insumos locales y la capacidad instalada para abatir costos. En igualdad de condiciones en cuanto a precio, calidad financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se deberá dar prioridad a los contratistas y proveedores locales en la adjudicación de contratos de obra pública y de adquisiciones, arrendamientos de servicios relaciones con bienes muebles.
III. Se deberán estimular los proyectos de coinversión con los sectores social y privado y con los gobiernos locales colindantes para la ejecución de obras y proyectos de infraestructura y de producción estratégicos, comprendidos en la estrategia de modernización económica y social del Plan Nacional de Desarrollo, y demás programas formulados con base en la Ley de Planeación,
IV. Los proyectos de inversión que sean financiados con créditos externos, deberán estar contemplados en los presupuestos de las unidades administrativas y entidades. El Departamento del Distrito Federal deberá sujetarse a los términos de las autorizaciones que para cada uno dicho proyectos la Secretaría de Hacienda y Crédito Público conforme a sus atribuciones.
Artículo 23. Las erogaciones por concepto de transferencias
del Gobierno Federal y las aportaciones con cargo al presupuesto de Egresos
del Departamento del Distrito Federal, se sujetarán a las estrategias
y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y se apegarán a los
siguientes criterios:
I. El otorgamiento se hará con base en criterios de selectividad, temporalidad y transparencia en su asignación, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes, servicios e insumos estrategias o propietarios;II. Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación, se deberán ajustar en función de la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;
III. Los subsidios a los precios de los bienes se mantendrán en niveles que estimulen a los productores y que al mismo tiempo eviten el deterioro del poder adquisitivo de los consumidores;
IV. Los subsidios para las actividades productivas de los sectores privado y social, serán congruentes con los fines de la estrategia económica del Plan Nacional de Desarrollo, dando prioridad a las actividades del sector social estarán condicionados a procurar el mayor uso de la mano de obra y a incrementar el nivel de vida de la población de escasos recursos;
V. Las transferencias de Gobierno Federal y las importaciones del Departamento del Distrito Federal, destinadas al apoyo de las entidades paraestatales del sector, se deberán orientar selectivamente hacia las actividades estratégicas y prioritarias, así como fortalecer el cambio estructural, a efecto de incrementar la oferta real de bienes y servicios, de insumos estratégicos para la producción y a generar empleo permanente y productivo;
VI. Las entidades paraestatales del sector Departamento del Distrito Federal beneficiarias de transferencias y/o aportaciones, deberán buscar fuentes alternativas de financiamiento a fin de lograr, en el mediano plazo, un mayor autosuficiencia financiera y una disminución correlativa de los apoyos con cargo a recursos presupuestales; y
VII. No se deberán otorgar transferencias o aportaciones cuando no se precisen claramente los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.
Artículo 24. Para la autorización de transferencias
o aportaciones a los organismos descentralizados y empresas de participación
estatal mayoritaria y fideicomisos con cargo al presente presupuesto de
egresos, corresponderá al Departamento del Distrito Federal en su
carácter de coordinador sectorial, verificar previamente:
I. Que se justifique la necesidad de los recursos solicitados en función del estado de liquidez de la entidad beneficiaria, así como la ampliación de dichos recursos;II. Que las entidades no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimiento de cualquier clase; y
III. El avance físico - financiero de sus programas y proyectos, con el propósito de regular el ritmo de la ejecución con base en lo programado.
El Departamento del Distrito Federal suspenderá la ministración
de fondos, cuando las entidades beneficiarias no remitan la información
físico - financiera en la forma y términos establecidos en
las disposiciones aplicables, dicha información deberá ser
proporcionada en los términos del artículo 35 de este Decreto.
Artículo 25. Cuando el Gobierno Federal deba deferir ministraciones de fondos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinará el orden que se ejecutará la ministración de transferencias autorizadas al Departamento del Distrito Federal, en su carácter de coordinador de sector, a fin de asegurar la disposición oportuna de recursos para el desarrollo de los programas prioritarios.
Artículo 26. Las secretarías de Hacienda y Crédito
Público, y de la Contraloría General de la Federación,
en el seno de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento,
celebrarán con el Departamento del Distrito Federal convenios para:
I. El establecimiento de metas de desempeño, de déficit o, en su caso, superávit financiero mensual y trimestral, a nivel devengado; yII. El saneamiento financiero, mediante la asunción de pasivos de entidades Paraestatales, estratégicas o prioritarias, cuyas funciones estén asociados a la prestación se servicios públicos, de acuerdo a los fines para los que fue creada y siempre que la Entidad de que se trate cuente con un programa de saneamiento financiero, que se presente a más tardar el 30 de junio de 1993 a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y sea aprobado por ésta, el cual será evaluado periódicamente por la propia Comisión.
La Comisión evaluará periódicamente el cumplimiento
de los convenios, respecto de las metas establecidas en dichos instrumentos.
Si de las evaluaciones mencionadas se observan hechos que contravengan
las estipulaciones concertadas, las dependencias que integran la Comisión,
en los términos de las disposiciones legales aplicables, propondrán
al Departamento del Distrito Federal y a la entidad de que se trate, las
medidas conducentes para corregir las desviaciones detectadas.
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con base en las evaluaciones de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, informará anualmente a la Cámara de Diputados sobre la ejecución de los convenios saneamiento financiero, así como las medidas adoptadas para su debido cumplimiento.
Las dependencias que integran esta Comisión, establecerán los lineamientos con base en los cuales se llevará a cabo la formulación de los convenios a que se refiere este artículo, y harán la determinación de las entidades paraestatales con las que habrán de celebrarse los mismos. Los órganos de Gobierno serán responsables de vigilar que se cumpla con las metas de déficit o superávit de las entidades con las que no se celebren los correspondientes convenios a que se refiere este artículo.
Artículo 27. Únicamente el Titular del Departamento del Distrito Federal podrá otorgar y autorizar subsidios con cargo al presupuesto de egresos. Estos subsidios sólo se aprobarán para la consecución de los objetivos de los programas contenidos en dicho presupuesto, o que se consideren de beneficio social.
Artículo 28. Las unidades administrativas, los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria del sector, sólo podrán ministrar donativos, otorgar gratificaciones, obsequios, o ayudas de cualquier clase, con autorización previa y por escrito del Titular del Departamento del Distrito Federal.
El titular del Departamento del Distrito Federal se obtendrá de autorizar subsidios, donativos o ayudas que no contribuyan a la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideren de beneficio social, así como aquéllos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del sector Departamento del Distrito Federal, o cuyos principales ingresos provengan de éste.
Artículo 29. Las unidades administrativas y entidades del sector Departamento del Distrito Federal, proporcionarán a la Secretaría de hacienda y Crédito Público la información sobre las transferencias que hubiesen recibido durante el ejercicio presupuestal, a efecto de que dicha Secretaría la analice e integre el Registro Único de Transferencias. Asimismo. los Titulares de las unidades administrativas y entidades del Sector, serán los responsables de llevar el registro contable anual de la aplicación de recursos que hagan por los conceptos de gasto mencionados.
Artículo 30. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinará los lineamientos a que deberá sujetarse al sector Departamento del Distrito Federal respecto de las disponibilidades financieras con que cuente durante el ejercicio presupuestal, las que no deberán invertirse a través de mecanismos bursátiles, salvo el salvo de valores gubernamentales de renta fija.
Para tal efecto el Departamento del Distrito Federal y sus entidades sectorialmente proporcionarán la información financiera que requiera el Sistema Integral de Información del Ingreso y Gasto Públicos a que se refiere el artículo 35 de este Decreto.
El Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente, sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que causen por no cubrir oportunamente sus respectivos adeudos, las que se calcularán a la tasa anual que resulte de sumar cinco puntos porcentuales al promedio de las tasas anuales de rendimiento de los certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, en colocación primaria, emitidos durante el mes inmediato anterior a la fecha del corte compensatorio.
Artículo 31. El Banco de México, en función del monto de divisas requerido para el Presupuesto de Egresos del sector y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición del Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente. las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.
Artículo 32. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público de acuerdo con los flujos reales de divisas y de moneda nacional, así como con las variaciones que se produzcan por las diferencias en tipo de cambio en el financiamiento de los programas, efectuará las adecuaciones, necesarias a los calendarios de gasto, en función de los requerimientos, las disponibilidades presupuestales y las alternativas de financiamiento que se presenten. En estos casos se cuidará no afectar los programas de inversiones prioritarios.
Artículo 33. Para los efectos del artículo 57 de
la Ley de Obras Públicas, los montos máximos de contratación
directa y de los de adjudicación mediante convocatoria a cuando
menos tres personas que se reúnan los requisitos a que dicha disposición
se refiere, de las obras que podrán realizar las unidades administrativas
y entidades durante el año de 1993, serán los siguientes:
tabla
El Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente se abstendrán de formalizar o modificar contratos de obras públicas y de servicios relacionados con ellas, cuando no hubiese saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.
Artículo 34. Para los efectos del artículo 39 de
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados
con Bienes Muebles, los montos máximos de adjudicación directa
y los de adjudicación habiendo convocado por lo menos a tres proveedores
según el caso, de las adquisiciones, arrendamientos o servicios
que pondrán realizar el Departamento del Distrito Federal y sus
entidades coordinadas sectorialmente, durante el año de 1993, serán
las siguientes:
tabla
El Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente se abstendrán a formalizar o modificar contratos y pedidos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, cuando no hubiese saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.
Artículo 35. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Contraloría General de la Federación y el Banco de México, operarán el Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gastos Públicos, las que establecerán las normas y lineamientos relativos a la organización, funcionamiento y requerimientos de dicho Sistema, de los cuales deberán ser del conocimiento de las unidades administrativas y entidades, a más tardar dentro de los primeros 30 días del ejercicio.
Las unidades administrativas y entidades deberán cumplir con las solicitudes de información que demande el Sistema. A tal efecto, las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, conjuntamente con el Departamento del Distrito Federal harán compatibles los requerimientos de información que demande el Sistema, realizando los flujos de información.
Artículo 36. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará periódicamente la evaluación del ejercicio del Presupuesto del Egresos del Departamento del Distrito Federal, en función de los objetivos y metas de los programas aprobados.
El Departamento del Distrito Federal presentará un informe trimestral a la Cámara de Diputados sobre la ejecución de su Ley de Ingresos y presupuesto de Egresos para 1993, el cual contendrá los avances de consecución de las metas de los principales programas contenidos en su presupuesto de egresos, correlacionados con los recurso aplicados, en forma desagrada por subprogramas y su correspondiente desglose por proyectos, así como la ejecución del gasto programático asignado a cada una de sus unidades administrativas y entidades.
Los informes trimestrales mencionados en este artículo, se presentará dentro de los 45 días siguientes al trimestre que corresponda y se harán las aclaraciones que requiera la Cámara de Diputados.
Artículo 37. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigilará la exacta observancia de las normas contenidas en este Decreto, así como la estricta ejecución del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal.
Para tales efectos dictará las medidas pertinentes de acuerdo con las leyes que resulten aplicables y el presente Decreto, señalando los plazos y términos a que deberán ajustarse las unidades administrativas y entidades coordinadas en el cumplimiento de las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales y podrá requerir de ellas la información que resulte necesaria, comunicando a la Secretaría de la Contraloría de la Federación las irregularidades y desviaciones de que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus funciones para los efectos del artículo 38 de este decreto.
Del cumplimiento a lo dispuesto en este artículo, se dará cuenta a la Cámara de Diputados en los informes trimestrales a que se refiere el artículo 36 de este Decreto y en la Cuenta Pública del Departamento del Distrito Federal.
Artículo 38. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en el ejercicio de las atribuciones que en materia de inspección, control y vigilancia le confiere la Ley, comprobará el cumplimiento, por parte de las unidades administrativas y entidades del sector Departamento del Distrito Federal, de las obligaciones derivadas de este Decreto. Con tal fin, dispondrá lo conducente para que se lleven a cabo las inspecciones y auditorías que se requieren, así como que se finquen las responsabilidades y se apliquen las sanciones que procedan con motivo del incumplimiento de las mencionadas obligaciones. La Secretaría de la Contraloría pondrá en conocimiento de tales hechos a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados, en los términos de la coordinación que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Artículo 39. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estará facultada para interpelar las disposiciones del presente Decreto para efectos administrativos y establecer las medidas conducentes a su correcta aplicación.
TRANSITORIOS
Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 1993.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, Distrito Federal, a 10 de noviembre de 1992
El Presidente Constitucional de los Estado Unidos Mexicanos, Carlos Salinas de Gortari.
Turnada a la Comisión del Distrito Federal.