Los suscritos diputados federales a la LV Legislatura del Congreso de la Unión, Daniel de la Garza Gutiérrez, Hiram de León Rodríguez, Arturo Fuentes Benavides, Miguel Gómez Guerrero y Manuel Rivera del Campo, miembros del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, ante la LV Legislatura, con fundamento en los artículos 71 fracción II, 67 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión, presentamos, para que este asunto se exprese en la convocatoria respectiva para el próximo período extraordinario de sesiones que eventualmente convocase esa honorable Comisión, la siguiente iniciativa de Ley por la que se abroga el decreto que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y se abroga la Ley del Impuesto Sobre las Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal Prestado Bajo la Dirección y Dependencia de un Patrón, publicado en el Diario Oficial del 20 de julio de 1993.
Fundamos nuestra iniciativa en la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Primero. La seguridad social responde no tan solo a valiosos imperativos de justicia, sino que representa asimismo elemento esencial para el desarrollo equilibrado de la sociedad y de sus integrantes. De tal forma es reconocido lo anterior por nuestro sistema jurídico que la Carta Magna consagra como de utilidad pública la Ley del Seguro Social.
Segundo. Nuestro sistema de seguridad social comprende diversos organismos; seguramente el Instituto Mexicano del Seguro Social es a la fecha el más importante de ellos y, debido a la dinámica social, su Ley a sido, objeto de diversas reformas, siendo la última de ellas la publicada en el Diario Oficial el 20 de julio de 1993.
Tercero. El Decreto que reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y que abrogó la Ley del Impuesto Sobre las Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal Prestado Bajo la Dirección y Dependencia de un Patrón, ha sido fuertemente cuestionado por los diversos sectores afectados y en nuestro carácter de representantes de la nación, tenemos la obligación de dar cauce legal a estas justas demandas.
Cuarto. Es opinión generalizada que el sistema de seguridad social en nuestro país requiere una profunda renovación. Tal tarea para evitar improvisaciones requiere de tiempo con el objeto de dar oportunidad a la debida coordinación y aportación de ideas y estudios de todos los sectores. Es necesario diseñar un instrumento legislativo, que en esta delicada e importante materia de seguridad social, comprenda toda su problemática, especialmente atención médica, maternidad, pensiones, jubilaciones, cesantía, invalidez y muerte. Por ello resulta imprescindible contar con una amplia y veraz información financiera y actuarial que permita fundamentar una adecuada reglamentación y así prestar eficazmente el servicio de la seguridad social, el cual requiere de la aportación justa y equilibrada de los tres sectores que en ella interviene: Estado, trabajadores y empresarios.
Quinto. En tal virtud, en tanto es posible elaborar una nueva legislación de Seguridad Social, y para evitar la vigencia de una Ley que no resuelve de fondo los problemas que afectan al Instituto Mexicano del Seguro Social, proponemos el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se abroga el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y se abroga la Ley del Impuesto Sobre las Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal Prestado Bajo la Dirección y Dependencia de un Patrón, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 20 de julio de 1993.
México, Distrito Federal, a 10 de agosto de 1993. - Diputados, Daniel de la Garza Gutiérrez, Hiram De León Rodríguez, Arturo Fuentes Benavides, Miguel Gómez Guerrero, Manuel Rivera del Campo.
Turnada a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social.