Minuta de la Cámara de Senadores, con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Cinematografía
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Cinematografía.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D. F., 9 de abril de 1996.— Senadores: Melquiades Morales Flores y Javier Alvarado Ibares, secretarios.»
MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA
Artículo único. Se deroga la fracción II del artículo 5o.; se recorre el texto de la fracción VIII para pasar a ser IX y se adiciona una fracción VIII al artículo 6o., de la Ley Federal de Cinematografía, para quedar como sigue:
Artículo 5o. . . .
I. . . .II. Se deroga.
III a la VII. . . .
Artículo 6o. . . .
I a la VII . . .TRANSITORIOSVIII. Dirigir y administrar la Cineteca Nacional, cuyos objetivos son el rescate, conservación, protección, restauración, difusión y promoción de películas.
Para el otorgamiento de las autorizaciones previstas en la fracción I del artículo anterior, los productores, distribuidores o comercializadores deberán aportar para el acervo de la Cineteca Nacional, copia de las películas, en los términos que señale el Reglamento y
IX. . . .
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los recursos financieros y materiales con los que cuenta la Secretaría de Gobernación para la dirección y administración de la Cineteca Nacional se transferirán a la Secretaría de Educación Pública.
Tercero. Los derechos laborales de los trabajadores que, en su caso, pasen de una dependencia a otra con motivo de este decreto, se respetarán íntegramente.
Cuarto. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.— México, D.F., a 9 de abril de 1996.— Senadores: Alvaro Vallarta Ceceña, presidente; Melquiades Morales Flores y Javier Alvarado Ibares secretarios.»
Se remite a la Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales.— México, D.F., a 9 de abril de 1996.— El oficial mayor, licenciado Mario Alberto Navarro Manrique.
Turnada a las comisiones de Radio, Televisión, Cinematografía y Cultura.