Crónica Parlamentaria, Cámara de Diputados

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para poder establecer la acusación a miembros del Gobierno por delitos de traición o contra la seguridad del Estado, presentada por el diputado Francisco Antonio Tenorio Adame, del grupo parlamentario del PRD

Vengo a esta tribuna a presentar conforme las facultades de la Constitución en el artículo 71 fracción II y lo establecido en el Reglamento Interno del Congreso de la Unión en los artículos 55 y 56, la siguiente iniciativa para adicionar y reformar el artículo 113 de la Constitución, a efecto de que voy a establecer la acusación a miembros del Gobierno por delito de traición o contra la seguridad del Estado.

Esa iniciativa es pues, una propuesta de alternativa a la minuta que en unos momentos más habrá de discutirse en esta misma tribuna.

Sabemos bien, pues, de la impotencia que significa la imposibilidad, casi la fatalidad de modificar una minuta que ya ha sido aprobada por el Senado, nuestra colegisladora. Sabemos bien que el destino que se le espera a las iniciativas de la oposición o de la minoría, es la congeladora y la frialdad de la mayoría para un razonamiento y para un reclamo ético que hace la sociedad.

Pero también abrigamos la esperanza de la razón, del ideal y de la utopía, insistimos que más pronto que tarde habremos de cambiar la realidad de México y esta intensa lluvia de despropósitos con que el autoritarismo quiere ahogar a nuestra sociedad.

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

Consideraciones generales

La lectura del anteproyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Constitución mexicana y del proyecto de iniciativa de Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, nos ha provocado profunda inquietud, toda vez que, en lo general, nos da la impresión que el Ejecutivo Federal pretende combatir el fuego con el fuego, es decir, pretende enfrentar el incremento de la delincuencia incrementando las penas y dando al mismo Poder Ejecutivo, por vía de sus estructuras policiales y de procuración de justicia, facultades sólo equiparables en nuestro medio a las que tuvieron atrás los monarcas españoles en la etapa colonial o los tlatoanis en la etapa previa. No debemos olvidar que las procuradurías de justicia y las policías judiciales son órganos dependientes del Ejecutivo, según la Constitución General y la Ley Orgánica de la Coadministración Pública Federal.

El incremento de los crímenes en las últimas épocas ha generado una reacción social defensiva, reacción auspiciada y dirigida desde ciertos sectores de los medios masivos de comunicación, tendientes a buscar combatir el crimen incrementado las penas, lo que no entienden ni la sociedad ni los medios es que el incremento de las penas sólo amedrenta a los ciudadanos honorados y pacíficos, en tanto que para los delincuentes organizados el incremento de las penas sólo significa un nuevo riesgo que deben correr.

Ese es precisamente, en nuestra opinión, el principal defecto de las iniciativas, son extremadamente pobres y poco imaginativas, tal pareciera que los constituyentes de 1823-1824 hubiesen tenido mayor formación y conocimiento de los motivos de la criminalidad, a manera de ejemplo citaremos las palabras del diputado Mariano Barbabosa, en la sesión del 14 de noviembre de 1823, cuando después de ilustrar al Congreso sobre los efectos que estaba produciendo el sistema liberal de libre comercio en la economía mexicana sostuvo:

Primero, que los capitalistas pierden sus giros, los que emplean en su construcción se hacen vagos y holgazanes. mal de que no está escasa nuestra amada patria y con lo que cundirá un poco más, en términos que toda la sociedad se infestará de este mal....

¿Y en este caso. Qué harán los sastres? ¿que harán los zapateros, cuando un par de zapatos en Veracruz valen 3 pesos en México 2 pesos y los anglo americanos los dan a un peso? ¿Es de necesidad que cuando no pueden subsistir estos menestrales con el fruto de su trabajo, infestan los caminos, sean unos bandidos para sostenerse?; se me dirá que las leyes los harán trabajar, no lo dudo; pero al mismo tiempo veo que querer contrastar las leyes de la naturaleza es la obra más grande que el hombre puede emprender y que jamás llevará a cabo aquel principio, consuetudo est altera natura.

Las palabras de Barbabosa nos ofrecen una magnifica lección, las implicaciones de política económica en el ámbito de la política criminal son constantes que se desarrollan en razón inversamente proporcional, esto es, a mayor grado de crísis económica, mayor mano de obra para las organizaciones criminales.

Desde esta perspectiva, el Ejecutivo Federal debería combatir el crimen organizado en forma más eficaz, rompiendo su modelo económico, semejante al criticado por Barbabosa en 1823, con una estrategia económica más justa y distributiva de la riqueza nacional entre los mexicanos.

El problema del crimen organizado es mucho más complejo de lo apuntado en la iniciativa y debe de ser estudiado desde diversos ángulos sociales, penales, criminológicos, económicos etcétera. No obstante lo antes dicho, el aspecto que más preocupación nos causa es el relativo al impacto que tendrán las nuevas facultades que el Ejecutivo adquirirá so pretexto de combatir el crimen organizado.

El Ejecutivo Federal ha llevado los problemas nacionales al campo de la semiótica, pues constantemente se ha manejado un doble lenguaje en la práctica diaria, de esta forma se critica constantemente al populismo y la iniciativa pretende aprovechar el clamor popular de seguridad social para aprovechar dicha fuerza en beneficio propio, dado que los efectos de la propuesta contra el crimen organizado difícilmente logrará los fines que se propone; es más, la iniciativa del Ejecutivo implica una nueva paradoja, nos habla de modernidad y nos lleva a la época de los aztecas, nos habla de desarrollo tecnológico y recurre a métodos muy primitivos.

Los aztecas tenían un complejo sistema social que servía como un eficaz, medio de control, sin embargo, no se conocen sus prisiones por la sencilla razón, que, todo parece indicar, sólo conocían las penas de mutilación y las diversas variables de la pena de muerte.

Los españoles mantuvieron en nuestras tierras por 300 años, un sistema de acumulación de poderes en el rey, en su persona se conjuntaba el Poder Ejecutivo y el Judicial, dado que el Legislativo recaía en las cortes, aun cuando en la última centuria de la Colonia no se reunieron prácticamente y el monarca legisló por diversos medios.

La minuta en discusión y las últimas reformas constitucionales bien analizadas parecen llevarnos de nueva cuenta a una concepción monárquica, si atendemos la raíz de la palabra que no significa otra cosa que el gobierno de uno, tal es la inercia a que parecen llevarnos las reformas constitucionales de los últimos dos gobiernos federales.

Tal pareciera que para algunos sectores gubernamentales la única opción viable de gobierno es la monarquía y que dichos grupos adolecen de una grave falta de memoria. Monarquía no es, sino la acumulación de poderes en una persona y en México en 1996, los poderes del Ejecutivo son muy superiores a los que en algún tiempo llegó a concentrar Santa Anna.

Parece paradójico que el actual Gobierno, que en el ámbito económico ha seguido algunos principios neoliberales, (no son neoliberales porque ellos interfieren en el juego de la oferta y la demanda limitando los factores de trabajo en beneficio del capital) hayan olvidado que el pilar básico del actual sistema político del mundo occidental es la libertad individual.

El liberalismo jurídico en México es impuesto por vía de la Constitución de Cádiz de 1812, así como por las subsecuentes constituciones y tiene como puntos de partida que debe prevalecer la igualdad ante la ley y que la justicia no debe estar sujeta a la voluntad de un hombre, premisa sostenida por Miguel Ramos Arispe en Cádiz o la premisa del diputado Mendiola en el sentido a poner freno a la arbitrariedad de los tribunales establecidos.

Dentro de las principales preocupaciones que existían a principios del Siglo XIX, se encontraba el papel protagónico que el Ejecutivo (rey) había tenido en la procuración de justicia, de esta forma se establecieron varios principios, la prohibición de la tortura y los apremios fue una primera medida.

La detención arbitraria era un problema que agobiaba a los hombres del Siglo XIX igual que a los de finales del Siglo XX en México, sin que, ante tales abusos se haya superado el usted disculpe.

Desde 1812 nadie puede ser detenido más de 24 horas sin conocer la causa de su detención ni el nombre de su acusador. Para dictar la detención se requería se justificara la causa con una instrucción sumaria, salvo el caso de aquellos que fuesen atrapados en flagrancia, en cuyo caso después de la detención se efectuaría el sumario.

El decomiso era una de las penas que más agradaban a los monarcas, por eso en Cádiz se dijo:

"Ninguna cosa mortifica más al ciudadano que hacerle padecer el rigor de la sentencia desde el principio de la causa.... es injusto privarlo de sus bienes antes de la sentencia definitiva, excepto en los juicios mercantiles."

Si atendemos al principio que nadie es culpable hasta que sea sentenciado, principio básico de derecho, nos parece sumamente correcta la posición de principios del Siglo XIX el mismo calificativo nos merece el principio de inviolabilidad del domicilio gaditano, pues sólo en casos que se requiera pena corporis aflictiva podía el juez dar orden de que se violara el domicilio y aún en esos casos, debía de dirigir el juez personalmente el allanamiento.

Las cárceles deberían de servir para rehabilitar a los delincuentes y no como universidades del crimen, donde los hombres inocentes que por algún error llegan a caer entre sus rejas, adquieren los peores vicios y malas artes, como en la actualidad.

Las Cortes de Cádiz sentaron las bases fundamentales del Estado moderno mexicano y si se les compara con la iniciativa que el Ejecutivo envía a fines del Siglo XX para intentar controlar el crimen organizado, no dejaran de parecer infinitamente superiores a los conceptos modernizadores que pretenden remontarnos al absolutismo. Los pretextos son muchos, pero día con día el Ejecutivo concentra mayores facultades en su persona y esto vale para cuestiones educativas, ecológicas, fiscales, de seguridad pública, hacendarios etcétera.

Un punto de coincidencia de toda la sociedad mexicana es la necesidad de combatir a los criminales que le azotan. Sin embargo, no coincidimos con el Ejecutivo que sean los crímenes de organizaciones privadas quienes mayormente hayan agraviado a la sociedad mexicana, en lo particular, creemos que son más graves las mafias que desde el Gobierno han matado a gente de su partido, por no citar sino al licenciado Colosio y al licenciado Ruiz Massieu o los crímenes que contra el patrimonio nacional que hoy en día nos tienen con una deuda de 140 mil millones de dólares aproximadamente, después de haber vendido el patrimonio nacional que nos heredaron nuestros padres y cuyo futuro empeñamos para nuestros hijos. Junto a estos criminales de Estado, los narcotraficantes, plagiarios y demás delincuentes comunes que tanto aquejan a Washington son unas inocentes y cándidas almas.

No obstante lo anterior, para el Ejecutivo el problema del narcotráfico pareciera superior a los demás y para combatirle habrá que socavar nuestro estado de derecho. Es notorio que los asesores del Presidente son simples positivistas jurídicos que elevando a nivel constitucional las normas, creen que cumplen con un estado de derecho acorde a las épocas en que vivirnos.

No pueden estar más equivocados, al menos tanto como el rey que sostuvo que él era el Estado. El positivismo como doctrina jurídica funciona muy bien en el primer mundo, lo mismo que el liberalismo económico, sin embargo, en los países como México, la acumulación de leyes injustas, leyes para someter al pueblo, leyes modernizadoras que nos llevan a la Edad media, no hacen sino servir de justificación a quienes, como el Ejecutivo hablan constantemente de un estado de derecho o de "un país de leyes", cuando esas leyes se han conformado en contra de la voluntad del pueblo, como la del Seguro Social.

No abordaré en lo particular las iniciativas de reformas a la Constitución y de Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, simplemente diré que estudiadas en su conjunto con las reformas de 31 de diciembre de 1994, dan al Ejecutivo Federal facultades nunca imaginadas.

Tampoco entraré al problema de las facultades del Ejecutivo para deshacerse de la Suprema Corte de Justicia anterior para imponer la suya.

El Ejecutivo, por vía de su subalterno el Procurador General de la República puede objetar al Poder Legislativo Federal o a los estatales por vía de las acciones de inconstitucionalidad, el Ejecutivo controla el Consejo de la Judicatura por vía de sus representantes, controla al Legislativo y a los estados por vía del sistema de partido dominante, ahora pretende invadir la esfera personal, los más sagrados derechos de los hombres libres.

Por razones ecológicas se limita la libertad de tránsito, por razones de crimen organizado se permitirá la intromisión de la Policía Judicial, (a la que pretenden llamar ministerial y nosotros sugerimos el nombre de ejecutiva, en el ámbito del espionaje telefónico y sus variables, pues el concepto "intervenciones a los medios de comunicación privada" implica que si parecemos sospechosos al Ejecutivo de cualquier delito, simplemente se justificará la petición al juez correspondiente para que nos escuchen aun en nuestra misma recámara.

La presunción como producto o beneficio del delito no nos habla sino de la ineficiencia de la Policía Judicial, que no puede, siquiera, probar que un individuo acumuló determinada fortuna por dedicarse al narcotráfico o a cualquier actividad del crimen organizado, lo cual nos parece criminal, pero en sentido inverso, pues puede darse pie a terribles arbitrariedades y crímenes políticos.

El caso Ruiz Massieu es un ejemplo de como la Procuraduría General de Justicia de la República adultera pruebas y pretende con arbitrariedades inculpar a determinados individuos; no juzgamos a Ruiz Massieu, simplemente la justicia norteamericana dejó en entredicho a nuestra Procuraduría.

No debe darse el plazo que se fija a los jueces para acatar las instrucciones del Ejecutivo, pues esto no demuestra sino dos cosas, la subordinación del Poder Judicial y el desconocimiento de los cargos de trabajo de un juez.

El poder Ejecutivo Federal ha invadido la esfera de los otros dos poderes federales, la abrumadora mayoría de reformas a la Constitución se ha hecho a iniciativa suya y ahora se pretende que los jueces actúen a sus instancias en un tiempo perentorio.

Los estados de la Federación han perdido en forma paulatina sus facultades, mismas que con diversos pretextos se han acumulado en el Ejecutivo Federal. Se confunde federalismo con descentralización.

Finalmente el Ejecutivo pretende invadir la esfera de los particulares mediante un sistema autoritario. En México el problema no es la ley, sino el abuso que de ella hacen algunas autoridades.

El problema de que salgan libres muchos narcotraficantes esta en el Ejecutivo, que no realiza averiguaciones previas sólidas y consignaciones sustentadas y no en los jueces que aplican la ley.

La propuesta de Zedillo implica que primero se detenga y después se investigue, que las sentencias ya no sean definitivas a capricho del Ejecutivo, en fin deja mucho qué decir y qué pensar.

Coincidimos con la necesidad de atacar el crimen organizado, no con la definición ni con los medios propuestos.

Si hablamos de crimen organizado, ¿qué peor crimen podemos conocer que el haber vendido nuestro patrimonio y en lugar de obtener ganancias perder las industrias y el dinero?

Hoy olvidamos dos cuestiones básicas apuntadas por el generalísimo José María Morelos y Pavón en torno a la naturaleza de la ley.

1o. La ley es la expresión de la voluntad general en orden a la felicidad común.

2o. La buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto.

Sabias y profundas palabras que nos demuestran la naturaleza de nuestra función de diputados y por otro lado lo equivocado del diagnóstico del Gobierno para controlar el problema del crimen que azota nuestras ciudades. No veo a nadie en la actual administración que en estos momentos se encuentre a la altura de Morelos para corregirle.

Si en estos momentos valorásemos el impacto que han causado a México los delincuentes particulares organizados en bandas, en comparación con el daño provocado por los criminales que se amparan en puestos gubernamentales y disponen de los elementos del Estado para perpetrar sus crímenes, resulta claro que han causado más daños los segundos. García Abrego comparado con Salinas no es sino una sombra.

Muchos de los crímenes cometidos desde puestos gubernamentales han puesto en peligro, incluso, nuestra soberanía y han quedado impunes; los crímenes de grupos organizados desde el poder público no sólo son tan recriminables como los que realizan los narcotraficantes, sino que tienen la agravante de implicar una traición a la confianza que el pueblo depositó en su Gobierno.

En estas condiciones me parece incorrecto que se dirija el paso de la ley a grupos en que muchos de sus integrantes no son sino víctimas del neoliberalismo, en tanto que el Gobierno no mira el tronco en su ojo.

Para evitar se continúe dando tal estado de casos, es necesario, cuando menos, equiparar las penas para el crimen organizado a las que se deben imponer a los funcionarios que aprovechan el poder público para delinquir. Si el Congreso no equipara los castigos a tales criminales, simplemente se constituirá en cómplice de dichos criminales a los ojos de las venideras generaciones.

Recordemos el artículo 10 de la Constitución de Apatzingán.

"Si el atentado contra la soberanía del pueblo se cometiese por algún individuo, corporación o ciudad se castigará... como delito de lesa nación."

Nos parece que los funcionarios que organizados desde puestos públicos cometen crímenes incurren en delitos de lesa nación y debe aplicárseles el principio de multiplicación de la pena propuesto para los criminales particulares organizados.

Los candados propuestos para la acción de policías y ministerios públicos estipulados en la ley son tan absurdos, como la posibilidad de que un ratón le ponga el cascabel al gato. Si la actual administración no ha podido dar con los asesinos de un candidato de su partido a la presidencia de la República, menos podrá controlar los movimientos de sus policías. El problema de México no son las trabas en la ley, sino la manifiesta forma como dichas trabas se eluden. Señores, la ley que el partido en el poder y sus coligados pretenden aprobar hoy significa un grave atentado desde el poder público a las libertades básicas conquistadas por nuestros padres.

DECRETO

Artículo primero. Se adiciona con una fracción y reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para poder establecer la acusación a miembros del Gobierno por delitos de traición o contra la seguridad del Estado

Artículo 113. . . .
 

I. Formulada por escrito y firmada por un número de diputados no inferior a la cuarta parte de sus miembros la iniciativa a que se refiere el artículo 113 de la Constitución, el Presidente convocará una sesión secreta del pleno de la Cámara para su debate y votación. El debate se ajustará a las normas previstas. El afectado por la iniciativa de acusación podrá hacer uso de la palabra en cualquier momento del debate. Si la iniciativa de acusación fuera aprobada por la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, el Presidente del Congreso lo comunicará al Senado de la República a efectos de lo dispuesto en el artículo 76 fracciones V y VII de la Constitución.


TRANSITORIO

Primero: Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo a 16 de abril de 1996.— Diputados: Hildiberto Ochoa Samayoa, Roldán Alvarez Ayala, Andrés Bolaños Bolaños y Antonio Tenorio Adame.

Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.