Crónica Parlamentaria, Cámara de Diputados

Que reforma los artículos 19, 174 y 212 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para cambiar la fecha de las elecciones ordinarias del primer al segundo domingo de julio del año que corresponda, presentada por el diputado Daniel Quintero Peña, del grupo parlamentario del PRI

Los suscritos diputados federales del Estado de Baja California, integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 55 y 62 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa que contiene reformas a los artículos 19 párrafo primero, artículo 174 párrafo cuarto, artículo 212 párrafo segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Como es de su conocimiento, el próximo día 6 de julio los mexicanos habremos de celebrar elecciones federales para renovar la Cámara de Diputados y, parcialmente, el Senado de la República.

La Ley Federal en Materia Electoral, el Cofipe, específica que el primer domingo del mes de julio del año correspondiente a la elección federal se deberá llevar a cabo la jornada lectoral.

Ante la proximidad de este acontecimiento fundamental para la vida democrática de nuestro país, es importante que analicemos algunos de los efectos que esta fecha señalada por el Cofipe repercute sensiblemente en la economía de nuestro país, particularmente del sector servicios.

Como cada año los ciudadanos del vecino país del norte conmemoran el 4 de julio, un aniversario más de su independencia. Por ello habrán de gozar de un importante asueto. Este año, dicha celebración incluirá los días jueves 3, viernes 4, sábado 5 y domingo 6 de julio.

Como cada 4 de julio, una enorme cantidad de turistas norteamericanos y connacionales acuden a nuestro país, especialmente a sitios turísticos de la franja fronteriza, generando por ello importantes beneficios económicos para la región.

En 1994, la recepción total de visitantes internacionales a México fue de 83.2 millones de personas, de los cuales 64.4 millones fueron visitantes excursionistas de la zona fronteriza con los Estados Unidos de América.

Es indudable la captación de divisas que esto conlleva en beneficio de amplios sectores laborales y de empresas de servicio para esta dinámica región y para el país, más aún, en este mismo año las ciudades fronterizas generaron el 29.2% de la totalidad de las divisas que por visitantes internacionales percibe México.

Como otro dato referencial, es pertinente informales a ustedes, compañeros legisladores, que tan sólo el año pasado, en los primeros días de julio y por el motivo referido con anterioridad, el Estado de Baja California tuvo una afluencia turística de 374 mil 500 visitantes, entre excursionistas y turistas, según datos proporcionados por la Secretaría de Turismo del Estado.

Con mayor particularidad, en un aforo vehicular realizado durante estas mismas fechas en la carretera federal de cuota que une a las ciudades de Tijuana y Ensenada, se registraron 130 mil 738 automóviles, en su mayoría de procedencia extranjera de acuerdo a cifras aportadas por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios conexos.

Según datos proporcionados por el Banco de México, la derrama económica per capita de estos visitantes, en 1996 fue de 22,80 dólares americanos por día en el caso de los llamados excursionistas y de 52.10 dólares por parte de los turistas, lo que sumado significa un monto aproximado de 14 millones de dólares por día tan sólo en el Estado de Baja California. En el caso del III distrito electoral federal con cabecera en Ensenada el cual me honro en representar, la ocupación hotelera en estas mismas fechas estuvo promediado en un 94.8% de su capacidad.

Considerando la obligatoriedad que por disposición constitucional se establece para aplicar la "Ley seca", es decir la prohibición del consumo y venta de bebidas alcohólicas 24 horas antes y después de la jornada electoral, debo advertir que los efectos para los prestadores de servicios turísticos y comerciantes de nuestro país, habrán de impactar negativamente en su actividad económica.

No omito manifestar que la frontera norte de nuestro país no será la única región que habrá de resentir los efectos económicos en la aplicación de la medida de prohibición. Este acontecimiento habrá de afectar a todos los destinos turísticos y de playa del resto del territorio nacional.

Quiero remarcar, compañeros diputados, que la franja fronteriza en donde compartimos más de 3 mil kilómetros, de frontera con nuestros vecinos del norte, habitan a lo ancho de 100 kilómetros, 10 millones de personas de ambos lados de la frontera; sólo del lado mexicano, se ubican seis entidades federativas: Baja California, Sonora, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, que incluyen 38 municipios con 11 ciudades de más de 100 mil habitantes, en las cuales radicaban en 1995, 5 millones 084 mil 302 mexicanos que se caracterizan por tener una intensa relación de negocios comercial, laboral, cultural y recreativa de tradición histórica con los Estados Unidos de América.

El hecho es que, el 4 de julio es cercano al primer domingo de julio de cada año de elección federal y las restricciones previas, durante y posteriormente al proceso electoral que entran en vigor desde las 00:00 horas del sábado hasta las 24:00 horas del domingo, hacen que la demanda y afluencia turística disminuya considerablemente en perjuicio de todas las ramas de este importante sector de la economía nacional, hecho que repercute finalmente en los servidores turísticos, trabajadores y sus familias.

Seguramente las empresas turísticas de aquel país buscarán la forma de retener a sus connacionales por las inconveniencias para el disfrute pleno de descanso y diversión, anotando la advertencia de que no será atractivo acudir a México por el eventual cierre de lugares de esparcimiento.

Es así como un fin de semana, que tradicionalmente representa ingresos de divisas importantes y gran actividad para un gran sector, se convertirá, por ley, en tres días muertos en términos de economía y no sólo se resentirá el impacto negativo en hoteles, restaurantes, discotecas, bares y demás, sino también en el transporte, peaje, combustible y un sinnúmero de servicios adicionales que se reactivan cada que existen acontecimientos de esa magnitud, que serán objeto de perjuicio.

En el Estado de Baja California hemos aprendido ya la lección. Desde la XIII Legislatura del Congreso local (1989-1992), se tomaron cartas en el asunto y a propuesta de los diversos sectores productivos del Estado, las elecciones para gobernador, diputados locales o municipios, por ley, se desarrollan durante la primera semana de agosto, mismo mes en el que se llevaron a cabo los comicios para renovar el Ejecutivo y Legislativo hoy vigentes. Sabemos que, en lo que concierne a este proceso electoral, las modificaciones que se proponen no son motivo de discusión. No obstante, compañeros diputados, debemos dejar bien claras las bases que deben regir en lo futuro, para efecto de que en próximos comicios se afecte lo menos posible a tan importantes industrias, mismas que en los últimos años han venido superando adversidades y aún así, generando empleos, inversiones, impuestos y toda la derrama en que las mismas inciden, debiendo entender que de ellas depende una gran masa de asalariados y sus familias.

Compañeros diputados, hago un llamado a nuestra obligación y compromiso de representar los reclamos de la sociedad y con base en ellos actuar en función de nuestra facultad legislativa, con esta premisa, propongo al seno de este cuerpo legislativo, que en elecciones futuras, para el caso de orden federal, se modifique la norma para que éstas se realicen "el segundo domingo de julio" del año correspondiente. Por lo antes expuesto y en uso de nuestras facultades como legisladores, comparecemos ante esta honorable Asamblea con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para presentar a su consideración la siguiente disposición:

Se reformen el artículo 19 párrafo primero, el artículo 174 párrafo cuarto, artículo 292 párrafo II, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 19 párrafo primero. Las elecciones ordinarias deberán celebrarse el segundo domingo de julio del año que corresponda para elegir:
 

a) Diputados federales cada tres años;

b) Senadores cada seis años;

c) Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, cada seis años.


Artículo 174 párrafo cuarto. La etapa de la jornada electoral se inicia a las 8:00 horas del segundo domingo de julio y concluye con la clausura de casillas.

Artículo 212 párrafo segundo. El segundo domingo de julio del año de la elección ordinaria, a las 8:00 horas, los ciudadanos presidente, secretarios y escrutadores de las mesas directivas de las casillas, nombrados como propietarios, procederán a la instalación de la casilla en presencia de los representantes de los partidos políticos que concurran.

Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.— México, D.F., a 28 de abril de 1997.— Diputados: Daniel Quintero Peña, Martina Montenegro Espinoza, Franciscana Krauss Velarde, Francisco Domínguez García, Julio Felipe García Castañeda, Alfonso Garzón Santibáñez, Humberto López Barraza, Jaime Martínez Veloz.

Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.