Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, con respecto a las medicinas de patente; enviada por el Congreso de Chihuahua
La LVII Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, reunida en su segundo periodo de sesiones ordinarias, dentro del tercer año de ejercicio legal.
ACUERDA
Artículo primero. Se solicite al honorable Congreso de la Unión, la reforma de las disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, relativas a las medicinas de patente, a efecto de que se modifique el decreto publicado el 27 de marzo de 1995, en el Diario Oficial de la Federación, para que el gravamen sobre los bienes especificados, permanezca en los mismos términos que se encontraba hasta antes de la reforma en cuestión.
Artículo segundo. Remítase al honorable Congreso de la Unión, la presente resolución, para los efectos del artículo anterior, con los anexos consistentes en exposición de motivos y versión mecanográfica de los debates que se dieron en el seno de la legislatura, en relación con este punto de acuerdo.
Dado en el palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los 4 días del mes de mayo de 1995. Diputados: Bernardo Avitia Talamantes, presidente; Teresa Ortuño de Pérez y Oscar M. Valenzuela Arroyo, secretarios.
Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.