Crónica Parlamentaria, Cámara de Diputados

Que reforma y adiciona un párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reconocer el derecho a un medio ambiente ecológicamente equilibrado, presentada por la diputada María Leticia Calzada Gómez, del grupo parlamentario del PRD

Los diputados de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática de la LVI Legislatura al Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno un proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo a la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

1o. El interés de la nación mexicana por la promoción y la protección de las garantías individuales es consecuencia directa de la comprensión, no sólo nacional sino internacional, como afirma la ONU, de que "la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana".

2o. La comunidad mundial, en los últimos 23 años, ha debatido con gran intensidad en torno a la necesidad de restablecer, proteger y conservar el medio ambiente.

3o. Que en este debate ha estado presente la preocupación por usar y manejar adecuadamente los recursos naturales disponibles capaces de satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras, a fin de que puedan disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de sus actividades.

4o. El medio ambiente es, en primer lugar, el sitio en el que viven los individuos. Es el habitat de los seres humanos. Por lo tanto tiene un valor intrínseco y exige de todos la obligación de respetarlo.

Un medio ambiente ecológicamente equilibrado es un prerequisito para el cumplimiento integral de los derechos humanos.

5o. Reconocer este derecho humano, significa que el Estado debe:
 

Salvaguardar la protección y conservación de la biodiversidad que contiene su territorio;

Utilizar y manejar sustentablemente sus recursos naturales;

Regenerar y proteger todos los cuerpos de agua y los recursos forestales bajo jurisdicción nacional;

Atender prioritariamente el problema de la degradación de la tierra;

Reducir y eliminar todas las formas de contaminación grave que afectan a la salud humana y a los ecosistemas;

Desarrollar y promover el manejo responsable de la biotecnología;

Fomentar la participación de la población en la toma de decisiones para la administración del medio ambiente, priorizando la participación de la mujer, los jóvenes, los niños y las comunidades indígenas;

Garantizar el derecho a la información ambiental;

Coordinar las funciones ambientales del Gobierno en sus tres niveles, procurando la federalización del cuidado del medio ambiente;

Reconocer el rol fundamental que juegan los trabajadores y los sindicatos para reducir los costos humanos y económicos asociados con la salud ocupacional, la seguridad y el desarrollo ambiental;

Reconocer el papel central que ocupan las empresas e industrias en el desarrollo sustentable;

Promover la investigación científica y tecnológica;


6o. El proceso de reconocimiento del derecho a un medio ambiente ecológicamente equilibrado ha venido consolidándose. Ahí está la declaración de las Naciones Unidas sobre derechos humanos y las múltiples convenciones globales y regionales en este campo, ubicándose ya como parte del derecho internacional, con efectos legales directos en el plano de la legislación nacional.

Por la otra, ahí está también la declaración de Estocolmo de 1972, la Carta de la Tierra, de junio de 1992. En ambas declaraciones la comunidad mundial se compromete a insertar en sus constituciones este derecho. Actualmente, cerca de 40 naciones ya lo han hecho, como un objetivo básico y obligación del Estado. De éstas, 10 son naciones latinoamericanas.

Por lo anteriormente expuesto, los legisladores abajo firmantes del Partido de la Revolución Democrática sometemos a la consideración del pleno el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Que se adiciona un párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con lo que se recorren los actuales cuarto, quinto y sexto párrafos, pasando a ser quinto, sexto y séptimo párrafos, para quedar como sigue:

Artículo único. Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o. . . .

Todo individuo tiene derecho a disfrutar de un ambiente ecológicamente equilibrado y adecuado para su desarrollo; el Estado garantizará el cumplimiento de este derecho, mediante la instrumentación de políticas que tiendan a mantener las posibilidades de la diversidad biológica para satisfacer las necesidades de las generaciones actuales y futuras.

Artículo transitorio. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo a los 7 días del mes de noviembre de 1995.— Rúbricas.

Turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.