Bienvenida del moderador Héctor René Cruz Aparicio
Intervenciones
Del representante de la ONU Jan Jarab
De la ciudadana Marycarmen Color Vargas
Del ciudadano Pablo Héctor González Villalobos
Del ciudadano José Antonio Caballero Juárez
Del ciudadano Recaredo Arias Jiménez
De la ciudadana Sofía Magdalena Cobo Téllez
Del ciudadano Arturo Enrique Mendicuti Narro
Del ciudadano José Refugio Muñoz López
Del ciudadano José Antonio Mendoza Prieto
Del ciudadano Armando López Gutiérrez
De la ciudadana Cristina Reyes Ortiz
Del ciudadano Salvador González Reyes
Del ciudadano Francisco Gaitán Cruz
Del ciudadano Luis Eliud Tapia Olivares
Del ciudadano Rubén Quintino Zepeda
De la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán
Del ciudadano José Refugio Muñoz López
De la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán
Del diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz
De la ciudadana Cristina Reyes Ortiz
De la ciudadana Sofía Magdalena Cobo Téllez
Del ciudadano Luis Eliud Tapia Olivares
De la ciudadana Sofía Magdalena Cobo Téllez
Del ciudadano Luis Eliud Tapia Olivares
Del ciudadano José Refugio Muñoz López
Del ciudadano Recaredo Arias Jiménez
Del diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses
Del diputado Héctor René Cruz Aparicio
El maestro de ceremonias Alfonso Ruelas Hernández: Sí son tan gentiles, por favor, de acompañarnos y ocupar sus lugares, por favor. Muy buenas tardes. La Cámara de Diputados de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión, les da a todas y a todos ustedes la más cordial bienvenida a la segunda mesa de trabajo de las audiencias públicas para la prisión preventiva oficiosa.
Esta mesa lleva por título: Seguridad, justicia y prisión preventiva oficiosa. En el presídium de este acto destacamos y agradecemos la presencia de las y los ponentes de esta audiencia pública.
El señor Jan Jarab, representante en México de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU. Muchas gracias, señor Jarab.
Agradecemos también la presencia de Marycarmen Color Vargas, investigadora de la Comisión Mexicana y Promoción de los Derechos Humanos. Muchas gracias Marycarmen.
Agradecemos también la presencia del magistrado Pablo Héctor González Villalobos, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua y presidente de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos. Muchas gracias, señor magistrado.
Agradecemos también la presencia de Recaredo Arias, quien es director general de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, AMIS. Muchas gracias señor Arias.
De Sofía Cobo Téllez, investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales INACIPE. Muchas gracias Sofía.
Agradecemos también la presencia de José Antonio Caballero Juárez, profesor e investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas, CIDE. Muchas gracias don José Antonio.
También agrademos la participación de José Refugio Muñoz López, vicepresidente ejecutivo de la Cámara Nacional del Autotransporte de Cargar CANACAR. Muchas gracias, don José Refugio.
También agradecemos la presencia de Armando López Gutiérrez, coordinador de la Comisión de Leyes y Reglamentos de la Cámara Nacional de Autotransporte de Pasaje y Turismo, CANAPAT. Muchas gracias, don Armando.
Nos acompañan también Francisco Javier Gaitán Cruz, coordinador del Comité de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados, ANADE por sus siglas. Muchas gracias, don Francisco Javier.
Agradecemos también la participación de Luis Tapia Olivares, del Centro Miguel Agustín PRO Juárez. Muchas gracias, don Luis.
Del abogado penalista José Antonio Mendoza Prieto. Muchas gracias licenciado.
Vino y también nos acompaña Rubén Quintíno Zepeda, miembro de la Comisión Redactora del Código Nacional de Procedimientos Penales y docente del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia de la Cuidad de México. Muchas gracias licenciado.
En un momento más estarán con nosotros, participarán en esta mesa de trabajo Cristina Reyes, de México Unido contra la Delincuencia, Salvador González Reyes de la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos, y Arturo Mendicuti Narro, vicepresidente de Seguridad de Concanaco Servytur.
Asimismo, agracemos la presencia y participación de diputadas y diputados federales de esta Sexagésima Cuarta Legislatura, servidores públicos del gobierno federal, de los gobiernos estatales, representantes de la sociedad civil y en general del público invitado a estas audiencias.
Para moderar esta segunda mesa de trabajo, dejamos en el uso de la palabra al diputado Héctor Cruz Aparicio. Por favor, señor diputado.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Muchísimas gracias. Muy buenas tardes a todos quienes hoy nos acompañan. Sean bienvenidos los ponentes expertos en materia de constitucionalidad, de seguridad y de temas relacionados con esta mesa de trabajo, que es la segunda que se está celebrando en el marco del análisis y discusión de la minuta relacionada con el artículo 19. Sean todos bienvenidos.
Agradezco también el acompañamiento de la diputada Claudia Pérez Rodríguez, de la diputada Miroslava Carrillo Martínez, del diputado Elías Lixa, y de la compañera diputada Lorena Villavicencio y el diputado Ricardo Villarreal. Una disculpa, porque no tenía actualizado qué diputado nos acompañaban aquí con su presencia.
De igual manera, agradecemos la presencia de los medios de comunicación, que darán cuenta de esta Mesa de Análisis, de estas Audiencias Públicas, en el marco del Parlamento Abierto de la Cámara de Diputados de esa LXIV Legislatura, en un tema tan relevante, por el contexto social que conllevan estas iniciativas que fueron enmarcadas en una minuta que viene del Senado, y que hoy estamos en esta apertura, a efecto de conocer las posturas de expertos en la materia, de escucharlos.
De eso se trata el Parlamento Abierto, y que nos lleven a los diputados que estamos en esta legislatura, a tomar una decisión que sea en beneficio de las y los mexicanos. También nos acompaña el diputado Héctor Jiménez, muchas gracias, diputado, gracias por su presencia.
Y sin mayor preámbulo, daremos continuación a la misma dinámica que se celebró en la primera mesa, que fue el día de ayer.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Ya nos acompañan la mayoría de nuestros ponentes, y si me lo permiten, y si nos ayuda la diputada Claudia, para que nos presente al primer ponente, a Jan Jarab, representante en México del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU.
La diputada Claudia Pérez Rodríguez: Muchas gracias, diputado. Buenas tardes a todos, a los invitados.
Jan Jarab es desde junio de 2016, representante de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, para los Derechos Humanos. Anteriormente, fue representante de la Oficina Regional de la ONU de Derechos Humanos para Europa, de enero de 2010 a junio de 2016.
Desde noviembre de 2004 a enero de 2010 se desempeñó como miembro del gabinete del Comisionado Europeo para el Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, en la Comisión Europea en Bruselas. Asimismo, sirvió en la Oficina de Derechos Humanos del gobierno checo, de enero de 1999 a octubre de 2004, por lo que le cedemos el uso de la voz, para que nos exponga el tema. Gracias.
El representante Jan Jarab: Estimadas diputadas, estimados diputados, muy buenas tardes. Quiero agradecer la gentil invitación a nuestra oficina, para participar en esta importante audiencia, estamos en un momento clave, un momento que puede definir la esencia de los cambios que se han empezado a anunciar; por un lado, un nuevo rumbo que consideramos muy positivo, por su enfoque social, humanista y garantista, y por otro lado, las propuestas de cambios constitucionales que reflejan desde nuestra perspectiva, una filosofía opuesta de mano dura sorprendente en este sentido.
Debo reconocer que me entristece la discusión sobre cuáles delitos se deben agregar al catálogo susceptible de merecer Prisión Preventiva Oficiosa, uno, tres, nueve. Nuestra oficina, por supuesto, no entrará en la discusión de quién merece ser privado de sus garantías procesales, porque desde la perspectiva de los estándares internacionales de derechos humanos, la Prisión Preventiva Oficiosa como tal, es una violación a los derechos humanos, y por ello, este honorable Congreso, desde nuestra perspectiva debería estar dando pasos decididos en dirección opuesta.
Y más que discutir su eventual extensión, debería estar planteando la eliminación de la Prisión Preventiva Oficiosa. No reproduciré los argumentos técnicos que hemos hecho llegar desde principios de noviembre del año pasado al Congreso de la Unión, acreditando el carácter incompatible de la prisión preventiva oficiosa con las obligaciones internacionales del Estado mexicano.
Pero sí quiero hacer una aclaración, dada la confusión existente que siempre se reproduce. Nuestra oficina no propone derogar la prisión preventiva como tal, la prisión preventiva justificada. No propone dejar a todas las personas imputadas libres. Lo que se está discutiendo es la prisión preventiva oficiosa, entonces, automática, obligatoria, aquella que supone una privación de algunas de las garantías procesales básicas.
En efecto, en un Estado democrático de derecho la autoridad que investiga debe proponer de forma justificada la prisión preventiva y el Poder Judicial decide si en ese caso individual el imputado debe ser privado de su libertad bajo criterios de legalidad, proporcionalidad y necesidad, reconociendo siempre el carácter procesal de la medida cautelar y los fines legítimos que la validan, asegurar que el imputado no impedirá el procedimiento judicial ni eludiera la acción de la justicia.
Esto es lo que ha sostenido nuestra oficina desde que se introdujo la figura de prisión preventiva oficiosa. Y esto es que han sostenido los mecanismos internacionales de derechos humanos. Desde nuestra perspectiva, la prisión preventiva oficiosa ya en su forma existente constituye una privación de algunas de las salvaguardas procesales básicas, por qué, porque depende solo de la autoridad investigadora y de cómo ella califica el supuesto delito, si el imputado va a pasar largo tiempo recluido esperando su sentencia.
Sabemos que la prisión preventiva oficiosa ya existe, pero su plasmación a nivel constitucional en 2008 se puede ver como un socavón. Y para nosotros es difícil entender por qué se pretende socavar aún más, porque es un socavón que menoscaba el Estado democrático de derecho en México.
Sabemos también que la impunidad en México coincide con la alta presencia de personas inocentes que esperan su liberación en las cárceles mexicanas; y no pueden esperar su sentencia en libertad, por qué, porque el delito que se les imputa –en muchas ocasiones de manera indebida– está en la lista de prisión preventiva oficiosa.
Estoy pensando en Librado Baños, activista social injustamente encarcelado, quien tuvo que pasar más de cinco años en la cárcel esperando la sentencia absolutoria, que llegó a finales de 2018, aunque como resultado de los maltratos de los cuales fue objeto su salud se deterioró hasta que se volvió ciego.
Estoy pensando en Korina y Denise, dos mujeres inocentes torturadas sexualmente, que pasaron más de cinco años en prisión preventiva oficiosa, sin posibilidad de ser liberadas hasta la sentencia absolutoria.
La prisión preventiva oficiosa aumenta el riesgo de la tortura y no abona a superar la impunidad. El denominador común de la impunidad de los verdaderos perpetradores y del encarcelamiento injusto de los inocentes es la mala investigación. Y la prisión preventiva oficiosa no abona a que la investigación mejore, todo lo contrario. Cuando es la mera acusación la que resulta en la privación de la libertad sí o sí, cuando las autoridades investigadoras de hechos deciden solas, entonces no hay ningún incentivo para que las investigaciones en México mejoren.
Ahora bien, se espera de nuestra parte la formulación de propuestas constructivas. Permítanme entonces, por favor, terminar con la siguiente, muy sencilla. Que se estipule en la Constitución un catálogo de delitos, en los que el Ministerio Público tenga la obligación de solicitar la prisión preventiva, entonces, delitos, que sea oficioso el perito, no la resolución, el perito, que se persevere el control judicial para decretar la pertinencia de la medida, respetando así su naturaleza cautelar.
Reitero, que se instituirá el pedido oficioso de prisión preventiva por parte del fiscal, en ciertos casos, al mismo tiempo que se garantiza al Poder Judicial, la autoridad que le pertenece en un estado democrático de derecho. La autoridad de decidir sobre la validez de la privación de la libertad de una persona.
Estimados diputados, diputadas, apelo también a su conciencia si fueron sus familiares quienes están siendo imputadas de un delito ¿estarían ustedes a favor de que vaya obligatoriamente a prisión preventiva por meses o años?, ¿estarían dispuestos a renunciar a las garantías mínimas del debido proceso y el control judicial?
La mencionada propuesta alternativa además de ser compatible con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos también debería incentivar una discusión profunda sobre el fortalecimiento de las capacidades de las fiscalías, el desarrollo de políticas efectivas de combate a la corrupción al interior del sistema penal, el robustecimiento de la defensa pública y la reparación integrada a toda persona que haya sido injustamente encarcelada y otras reformas urgentes del sistema penal. Les agradezco por su atención.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Damos las gracias al expositor Jan Jarad por sus comentarios vertidos ante esta mesa.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Para proseguir le pediré a la diputada Miroslava Arroyo Martínez, quien es además presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, nos haga el favor de presentar a nuestra siguiente ponente.
La presidenta diputada Miroslava Arroyo Martínez: Con gusto, diputado. La maestra Marycarmen Color Vargas, es licenciada en Derecho por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo y maestra en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana.
Está diplomada en estudios migratorios y en derechos de los pueblos indígenas. Ha trabajado como oficial de derechos humanos en la oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, directora Ejecutiva de Educación y secretaria ejecutiva de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Subdirectora de igualdad de género en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y asesora en igualdad de género de la abogada general de la UNAM. Actualmente es investigadora de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, le cedo el uso de la palabra, maestra.
La ciudadana Marycarmen Color Vargas: Muchas gracias, diputada. Primero que nada, agradecer a nombre de la Comisión Mexicana de Prensa y Promoción de los Derechos Humanos, este espacio para conversas hoy con ustedes diputadas y diputados.
Como lo mencionaba Jan Jarabe, quisiera también a colación un caso, un ejemplo, citar un caso hipotético que pudiera a lo mejor ser cercano para ustedes, sé que a lo mejor aquí ustedes tienen algún negocio o alguna empresa. Pensar en el caso hipotético de que usted es como empresarios tuvieran una desavenencia con alguno de sus socios y en ese caso su socio o su socia decidiera iniciar una denuncia penal en su contra por el delito de extorsión, en un estado de la República en el que ese delito estuviese tipificado en el Código Penal como un delito grave.
En ese caso la situación ameritaría, automáticamente, prisión preventiva oficiosa, lo cual implicaría que repito en este caso hipotético, ustedes tendrían que ir automáticamente a la cárcel, sin que mediaran ninguna posibilidad de recurrir a alguna situación que les permitiera salir de ahí, ¿no?
En ese caso, básicamente, los estándares internacionales marcan que la prisión preventiva oficiosa es ilegal y arbitraria, ¿no?, La Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los estándares del grupo de trabajo de tensión arbitraria así lo han señalado ya.
El representante de la oficina del Alto Comisionado ha mencionado de una manera muy clara cuáles serían los posibles derechos que serían violados en un escenario como éste, ¿no?, veríamos en un primer momento del juicio justo, el debido proceso, la presunción de inocencia, la independencia judicial y aparejado con otros derechos como la libertad, la seguridad y la integridad personal.
Por supuesto, la igualdad y la no discriminación. La igualdad ante la ley porque, por qué este delito no podría ser sujeto a análisis por parte de un tribunal para ver si efectivamente es adecuada la prisión preventiva oficiosa. Hay dos derechos que resultan fundamentales y que son violados en esta situación: el derecho a recurrir para obtener la puesta en libertad si la reclusión es ilícita o arbitraria y el derecho al control judicial de la reclusión en relación con la imputación de una acusación.
Ahora, por parte de la comisión nosotros sí quisiéramos ser muy claros, hablar de seis puntos por los cuales los estándares de derechos humanos son muy claros y sencillos. La prisión preventiva es ilegal y arbitraria.
El primer punto. La prisión preventiva no debe ser una regla general, es una excepción. Es decir, no debe ser oficiosa. Debe ser una determinación individualizada, hecha por un tribunal independiente.
Siempre debe mediar la valoración de la razonabilidad y necesidad en un caso para impedir ya sea la fuga, la destrucción de pruebas o la reincidencia.
La ley debe especificar claramente si es razonable y necesaria. No debe incluir expresiones vagas ni expresiones indeterminadas, como puede ser hablar solamente de delitos graves que determine la ley, como lo hace ahora nuestra Constitución, o hablar de la seguridad de la nación o del libre desarrollo de la personalidad y la salud.
Y los otros tres puntos. No debe ser generalizada para todas las personas acusadas de un delito. Siempre deben analizarse alternativas a la reclusión previas al juicio: la fianza, los brazaletes o cualquier otra medida. Y si la prisión preventiva fuese necesaria debe revisarse periódicamente si sigue siendo efectivamente razonable y necesaria.
Estos seis puntos así presentados en dos diapositivas son muy claros resumiendo los estándares internacionales en materia de prisión preventiva oficiosa.
Ahora bien, el caso hipotético del que hablábamos al inicio de mi participación, en realidad no es un caso hipotético, es un caso que ha sido resuelto por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU, en su opinión número 1/2018. Es la resolución de un caso individual sobre México relacionado con prisión preventiva oficiosa en el que un empresario de Chihuahua fue sometido a prisión preventiva oficiosa por haber sido acusado por extorsión por uno de sus socios. Y en ese caso hubo un incidente en el que se demostró que hubo desavenencia de datos de prueba. Por lo que el empresario fue liberado.
Pero en ese caso en particular el Grupo de Trabajo determinó que la prisión preventiva oficiosa era violatoria de tres categorías, de las cuales hace análisis el Grupo de Trabajo. Primero, de la categoría primera, estableciendo que es manifiestamente imposible invocar un fundamento jurídico alguno que justifique la prisión preventiva oficiosa. Es decir, aunque esté establecida en la Constitución esta figura, por ser contraria a los estándares en materia de derechos humanos, el Grupo de Trabajo la declaró ilegal. Hubo una violación a su categoría segunda: la privación de la libertad resulta del ejercicio de los derechos garantizados en el artículo séptimo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Es decir, la prisión preventiva oficiosa viola el derecho a la igual protección de la ley y a que no haya discriminación. Como refería hace un momento, hace una discriminación entre las personas que pueden llevar los procesos penales en libertad y las personas que simplemente por esta declaratoria no lo pueden hacer.
Y también refirió el Grupo de Trabajo en este análisis que viola la categoría número tres: inobservancia total o parcial de normas internacionales sobre juicio justo. Es decir, la presunción de inocencia, la independencia judicial. La prisión preventiva oficiosa es arbitraria.
Creemos desde la Comisión Mexicana que los estándares internacionales son muy claros en materia de prisión preventiva. La prisión preventiva puede decretarse bajo ciertas características enunciadas en los primeros seis puntos de los estándares, pero no de manera oficiosa.
Igual creemos que el tema está siendo parte de una referencia al populismo penal, particularmente un ejemplo es en el caso de los temas, del tema de los Feminicidios. La prisión preventiva puede ser aplicable en los delitos de Feminicidio siempre y cuando sea razonable y necesaria como ya lo marcan los estándares internacionales en la materia. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos a la expositora su participación. Se incorpora a esta mesa de trabajo el diputado Iván Pérez Negrón, que es miembro también de la Comisión de Puntos Constitucionales. Y así mismo damos –bienvenido diputado– y así mismo damos la bienvenida a la diputada Victoria Bentley Duarte, quien es presidenta de la Comisión de Justician del Congreso el estado de Baja California. Bienvenida diputada.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Para proseguir, le pediremos al diputado Elías Lixa, nos auxilie leyendo la curricula de nuestro siguiente ponente.
El diputado José Elías Lixa Abimerhi: Muy buenas tardes a todos. El magistrado Pablo Héctor González Villalobos, presidente del Tribunal Superior de Justicia del estado de Chihuahua, es licenciado en derecho y maestro en derecho corporativo en el Tecnológico de Monterrey, campus Chihuahua. Doctorante en derecho de la Universidad de Navarra. Realizó estudios sobre seguridad ciudadana, sistema penal acusatorio y medios de impugnación en el sistema penal acusatorio en Colombia y Chile.
Ha sido profesor de teoría del derecho, de filosofía del derecho, de derecho penal, de derecho procesal penal y de técnicas de litigio oral en el Tecnológico de Monterrey, campus Chihuahua, en la facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chihuahua, y en el Centro de Formación y Actualización Judicial del Poder Judicial de Chihuahua.
En 2007 fue designado magistrado de la séptima sala penal del ahora llamado Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua, cargo que ocupó hasta mayo de 2017, en que fue nombrado consejero de la Judicatura del Poder Judicial del estado. Y en abril de 2018 fue nombrado presidente del Tribunal Superior de Justicia. Es todo.
El ciudadano Pablo Héctor González Villalobos: Muchísimas gracias por la oportunidad de estar aquí esta tarde, y también por la posibilidad de rencontrarnos con varios compañeros en el camino de la vida profesional jurídica y judicial.
Quisiera primero hacer una aclaración. Traigo, efectivamente, la representación de la presidencia de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia, que en este momento está a cargo del magistrado doctor Sergio Javier Medina Peñalosa, él no pudo asistir a esta reunión y como coincidió que yo también había sido convocado, me pidió que asumiera la representación, pero no soy el presidente titular de la CONATRIB. Sin embargo, si participamos activamente en esos trabajos y ahora traemos esa representación.
Es muy difícil transmitir en poco tiempo la importancia de lo que está en juego en un tema tan trascendente como este, por lo tanto, tiene uno que escoger el tema, las batallas, los tiros de precisión.
Quisiera partir de una idea central, me parece y así ha quedado de manifiesto en las dos exposiciones que me precedieron, que desde el punto de vista normativo no hay absolutamente ninguna duda de que la prisión preventiva oficiosa es inaceptable.
Legislar para incorporar a la Constitución más supuestos de prisión preventiva oficiosa es divorciar a la ley del derecho y violentar, por supuesto, los principios más básicos que nutren los ideales de todos aquellos que en algún momento decidimos dedicarnos a esto.
Quisiera, por lo tanto, no insistir en ello, y enfocarme desde el punto de vista de los hechos, porque entiendo que hay legitimas preocupaciones sobre cuestiones de seguridad que se creé que se pueden resolver con este instrumento de legislación constitucional.
La necesidad tiene cara de hereje, decían las abuelas, y puede ser que muchos de nuestros representantes estén pensando en que, aunque no nos guste es necesario. Yo quisiera invitarlos a reflexionar que ni siquiera desde el punto de vista de la necesidad hay justificación para transitar en este sentido, y pongo una reflexión sobre la mesa, y luego la complemento con un par de datos.
Por un lado, la Reforma Constitucional de 2008 implicó una reducción del estándar de prueba para vincular a proceso a una persona, si se le compara con el estándar de prueba que exigía el antiguo artículo 19 constitucional, para decretar formal prisión a una persona.
En el antiguo artículo se exigía una certeza del cuerpo de un delito, es decir, tendría que haber prueba fehaciente de que efectivamente se había cometido un delito. Esta categoría de cuerpo del delito viene heredada desde el Inquisitivo Medieval, y era el límite del derecho del inquisidor para poder torturar a un detenido; era una garantía, para que solo se torturara, una vez que hubiere certeza de que había habido un delito.
La tortura, en todo caso podía servir para encontrar al responsable, pero no para indagar si se había perpetrado un ilícito. Y bajo esta misma lógica, en el artículo 19 anterior se decía, Prisión Preventiva Oficiosa, dos supuestos, certeza de que hay delito, y que ese delito sea considerado como grave.
Se reduce el estándar, ¿por qué? Porque la lógica del Sistema Acusatorio es que solo permanece detenido en prisión preventiva, quien representa niveles de riesgo suficientemente sustentados en datos concretos, para el proceso, y para la víctima. Es decir, que no se va a fugar, que no va a destruir prueba, y que no va a revictimizar. Que, en todo caso, esto segundo cabe casi siempre en lo primero, porque la víctima suele ser prueba.
Es discutible, si también un tema de reincidencia, pero vamos a suponer que también, vamos a ser flexibles. El problema no es ése, el problema es que cuando sustraemos ese debate de la sede judicial, y ya no es un juez el que determina si la persona que concretamente está frente a un juez, representa un riesgo razonable, como para que no haya una medida distinta que garantice los fines del proceso, entonces, no nos queda nada, porque ahora bastaría con que alguien sea probablemente partícipe –ni siquiera responsable, eh– interviniente, nada más interviniente en un hecho probablemente delictuoso, probablemente, eh ni siquiera con certeza, para que en este catálogo una persona tenga que permanecer en prisión preventiva, mientras espera ser juzgada.
Y esto es gravísimo. Es gravísimo porque entonces, quiere decir que cualquiera de nosotros, en cualquier momento, podemos caer en ese supuesto, sin haber cometido un delito, y entonces, ¿qué va a ocurrir? Que la gente que va a caer detenida en las prisiones del Estado mexicano no va a tener estándares mínimos ni de que cometió un delito cierto, porque ni siquiera hay certeza del delito ni de que representa esos niveles de riesgo que justifican esa medida cautelar extrema.
Y la consecuencia de esto es que las instituciones del Estado van a perder la superioridad moral que debe garantizar el ejercicio legítimo de la fuerza del Estado en contra de los ciudadanos, y al final, esa diferenciación se va a borrar, y ya no vamos a ser capaces de distinguir entre una cárcel y la casa de seguridad de una banda de secuestradores.
Eso es lo que está en juego aquí. Si avanza esta propuesta, vamos a ser corresponsables de esta situación y de este estado de cosas, y a la larga, cuando las fuerzas de seguridad quieran hacer valer la ley, esta pérdida de legitimidad va a afectar no solo desde el punto de vista deóntico del deber, sino en los hechos, la eficacia de la delicada tarea de combatir la delincuencia.
Hay alternativas. El representante de la Alta Comisionada ha puesto sobre la mesa una, tenemos, desde la Red Nacional por los Juicios Orales otra alternativa, que está emparentada con la que plantean: reformar el artículo 140 del Código Nacional de Procedimientos Penales para que el Ministerio Público no tenga discrecionalidad a la hora de decidir si pone en libertad o no a un detenido, y que necesariamente tenga que llevarlo ante un juez, y que tenga que haber un control judicial sobre estas cuestiones.
Y también otra iniciativa que desde allá se ha estado trabajando, que tiene que ver con el desarrollo de un marco legislativo razonable para regular el fenómeno del combate a la delincuencia organizada.
Estos fenómenos que generan esta necesidad, huachicoleo, delitos electorales de alto perfil, corrupción de alto perfil, y cualquier otro que sea debatido, son delitos que en realidad cuando los pensamos como una urgencia los pensamos en el contexto de fenómenos de delincuencia organizada.
Si pudiéramos tener herramientas razonables que permitan facilitar la lucha contra estos fenómenos, estaríamos resolviendo buena parte de este problema. Porque, ojo, no se trata nada más de las cabezas de las organizaciones. El doctor Quintino va a abordar el tema de participación y de fenómenos de comunicabilidad de las circunstancias. Esto es un lenguaje muy técnico, peor eso significa que todos en la cadena de la organización eventualmente van a sufrir esto, desde el velador hasta el que entrega indebidamente un ayuda a cambio de un voto y a cambio de una torta. Con eso termino, porque ya me excedí. Muchísimas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos al magistrado su exposición. Asimismo, damos la bienvenida a esta mesa a la diputada Marina Rodríguez Mier y Terán, que se incorpora, y a la diputada María del Pilar Ortega, quien es la presidenta de la Comisión de Justicia de esta Cámara de Diputados.
Asimismo, les quiero exponer de manera muy rápida que estamos en votación en el pleno. Entonces, eso nos obliga y les pedimos su comprensión a decretar un receso de 10 minutos para incorporarnos nuevamente a esta mesa de trabajo, por favor.
(Receso)
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio:. Les pedimos a los presentes, expositores y diputados, ocupar su espacio para dar continuidad a esta mesa de trabajo.
Con la independencia que en los minutos subsecuentes se sigan integrando los compañeros diputados y algunas personas más que se van a incorporar a esta mesa, daremos continuidad a los trabajos que venimos desarrollando.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: El siguiente término daremos paso a la ponencia del licenciado José Antonio Caballero Juárez, quien es profesor e investigador del Centro de Investigación y Docencia Económica.
Él nos pidió que así lo presentáramos, no tenemos el currículum y, obviamente, con mucho respeto así lo hacemos. Entonces, adelante profesor.
El ciudadano José Antonio Caballero Juárez: Pues muchísimas gracias por la invitación y como son 8 minutos pues empiezo.
Primero quisiera decir que estoy completamente de acuerdo con lo que se ha dicho antes en la mesa tanto con la intervención de Marycarmen, con la intervención de Pablo, como con la intervención de Jan Jarab. Ahora, quiero entrarle por otro ángulo.
Lo que tenemos frente a la mesa es un falso dilema, es un falso dilema porque los derechos de las víctimas no se oponen al tema de la prisión preventiva. Eso es una mentira y hay que decirlo con esa claridad.
El falso dilema, además, es que lo que está ocultando es un sistema que puede ser por un lado indolente, piensen en las horas que pasan, las víctimas, en las agencias del Ministerio Público a que les tomen una denuncia, ¿sí? Puede ser negligente, piensen en las investigaciones que no llegan a ninguna parte, sí, investigaciones que están vistas por todo el mundo a la luz pública y que no llegan a ninguna parte, negligencia o puede ser corrupción.
Entonces no nos engañemos, el problema no es la prisión preventiva, el problema es la indolencia, la negligencia y la corrupción del sistema, y ese es el problema. Ahora, damos prisión preventiva a un sistema indolente, negligente y corrupto. ¿Eso es lo que queremos, de ha deberás?
Porque las víctimas lo primero que les pasa cuando inicia la investigación es la revictimización y veo que hay gente que viene dele lado de las víctimas, que nos cuenten un poquito que tienen que hacer cuando entran en una agencia del Ministerio Público. ¿Cómo les piden dinero sistemáticamente para que algo opere?, y como aquello termina haciendo un bazar. ¿Sí? Y una perilla de tiempo terrible para todo el mundo.
Entonces no pensemos en fórmulas mágicas que una reforma constitucional nos puede resolver a una indolencia que tiene un tiempo o una larga duración a citar.
La prisión preventiva dentro de la Constitución en el marco actual, ya sin hacernos muchas bolas, tienen varios delitos ya establecidos como de prisión preventiva oficiosa natural.
Pero, además, tiene la fórmula de medios violentos, por si eso fuera poco, viene la argumentación, protección a las víctimas, protección a los testigos y protección del proceso.
Si un agente del Ministerio Público, con esas herramientas no puede obtener una prisión preventiva me rindo y después le vamos a pedir que defienda con éxito un proceso penal estamos de locos.
Esto es un subsidio absurdo, ridículo, a la ineficacia de un sistema. Un sistema que por cierto está empezando a mejorar. Datos del Poder Judicial Federal, tres de cada cuatro prisiones preventivas que se solicitan se están otorgando. Entonces tampoco nos hagamos bolas, ahí tampoco hay un problema.
Lo que estamos haciendo es modificar con toda claridad los incentivos del funcionamiento del sistema y empezar a orientarlo hacia una rendición de cuentas. Qué es lo que queremos al final del día. No queremos gente guardada, queremos reducción de la impunidad a través de la complejidad de los delitos. Por qué no funciona andar descabezando bandas o por qué no funciona andar metiendo a la cárcel a la gente. Llevamos así años. Esto no es ninguna noticia, llevamos años así.
Ahora, enséñenme un macroproceso, un proceso donde esté involucrado, y lo decía Pablo, desde el más pequeño de la banda hasta el último, todos en el mismo proceso. No hay, no hay. Y qué les dicen entonces quienes apoyan este tema de la prisión preventiva oficiosa. Se nos cae el sistema sin la prisión preventiva oficiosa. Algún día pregúntenles, y qué me dicen de las investigaciones sofisticadas. No existen. Son una vacilada las investigaciones sofisticadas. Empecemos por verlo así.
Entonces que no les tomen el pelo, porque les están tomando el pelo quien les dice que esto se acaba si no hay prisión preventiva, les está tomando el pelo. Quién les dice que si no hay prisión preventiva se violan los derechos de las víctimas les está tomando el pelo. Entonces no nos hagamos muchas bolas con ese tema. Empecemos a analizar y a generar incentivo. Cuántos agentes del Ministerio Público negligentes conocen que están metidos en un proceso.
No me voy muy lejos, en la investigación sobre los hechos de Iguala cuántas irregularidades se han documentado en aquella sentencia del colegiado. Y cuántos procesos por esas irregularidades hay abiertos y cuántos están terminados. Cuánto se ha gritado por la calidad en sí misma de esa investigación. Y qué, ¿sin investigación, o con investigaciones deficientes vamos a arreglar el problema? Probablemente alguien dormirá más tranquilo porque hay mucha más gente en la cárcel, y podría informar que se metió a la gente a la cárcel. Pero el problema no está resuelto.
Las estadísticas lo que nos están diciendo ahora es que estamos por fin logrando descongestionar un sistema de cárceles –más adelante seguramente lo va a decir Sofía–, un sistema penitenciario que estaba sobrepoblado. Y que nadie se haga bolas, estaba sobrepoblado por pobres. Sí. El sistema de justicia penal en México también es clasista y está repleto de gente pobre. Ésos son los pagadores, ya si quieren el lenguaje del medio. Entonces no nos podemos hacer bolas con ese tema.
La reforma procesal penal está funcionando en muchos otros aspectos. Tenemos aquí una nueva generación, y esta mesa creo que lo puede decir. Está Tania, Sofía, Maricarmen, Cristina. Cuándo veían la presencia de mujeres en este tipo de temas. Y todas ellas son nuevas exponentes, mujeres conocedoras, perfectamente claras y especialistas en la nueva reforma penal. Ahí tienen un ejemplo muy clarito de cómo sí hay cambio. Hay cambio también en las cárceles. El cambio hay que buscarlo por otro lado, en el funcionamiento estricto del sistema. Pensar que vamos a cambiar la ley y mañana, por el solo cambio de la ley, las cosas van a cambiar, es como si contratáramos a Harry Potter para que hiciera el cambio. Entonces no caigamos en esas ingenuidades.
Y quiero insistir en el punto de las víctimas. Las víctimas no van a ser mejor servidas con el tema de la prisión preventiva. Si hay riesgo para la víctima es perfectamente argumentable. Y si el MP no lo puede argumentar, doble riesgo para la víctima. ¿Sí? Este subsidio lo que genera es precisamente permitir que la negligencia ordinaria con la que operan muchos funcionarios públicos se mantenga oculta. Y sí, efectivamente, hay funcionarios públicos muy rifados, que hacen su chamba todos los días. Lamentablemente no son la mayoría, y eso hay que decirlo. No dejemos que esto nos engañe. Insisto, la prisión preventiva es un falso dilema. Gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos al licenciado José Antonio Caballero su participación. Muchas gracias. Se incorpora a esta mesa el diputado Viedma Velázquez Alejandro. Bienvenido, diputado. Y el diputado Juan Carlos Villarreal. Bienvenido.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Procederemos con el orden del día, para la presentación del licenciado Recaredo Arias, director general de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, AMIS. Le pedimos a la diputada Claudia nos ayude con su presentación de curricula.
La diputada Claudia Pérez Rodríguez: Claro que sí, diputado, con mucho gusto. Efectivamente el licenciado Recaredo Arias Jiménez, director general de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, tiene 42 años de experiencia en el sector financiero, ha ocupado posiciones clave en instituciones nacionales e internacionales de seguros y bancos.
Fue director general de Aseguradora Cuauhtémoc de 1992 a 1993. Director general adjunto de Banca Cremi hasta 1994, y luego director general de Seguros La Territorial hasta 2001. De 2008 a 2012 fue secretario general de la Federación Interamericana de Compañías de Seguros, FIDES. Adicionalmente fue vicepresidente de la Federación Global de Asociaciones de Seguros de 2012 a 2018. Y al mismo tiempo presidió el grupo de trabajo de la Institución Financiera de GFIA.
Desde 2013 es directos general de la AMIS, y desde 2018 presidente de la Federación Global de Asociaciones de Seguros. Tiene usted el uso de la voz.
El ciudadano Recaredo Arias Jiménez: Estoy acá, y muchas gracias, gracias por la amable invitación. Y agradecemos y apreciamos mucho este dialogo, y sobre todo, también que tengamos la oportunidad de que todas las voces se puedan expresar aquí para que ustedes puedan valorar el sentido de voto para está muy importante reforma que se está analizando para ratificar o modificar la minuta que viene del Senado.
La AMIS es la institución que representa a todas las aseguradas en México, representamos el 99 por ciento de las primas de seguros, y por mandato de las asociadas lo que nosotros buscamos es la seguridad jurídica para todos nuestros asegurados, y también el que se pueda dar cada día una mayor inclusión de los beneficios del seguro a la población.
También apoyamos todas las propuestas que puedan proporcionar seguridad jurídica y persigan la preservación del estado de derecho, en particular, desde luego, cuando se trata de crímenes que vulneran sensiblemente a los integrantes de nuestra sociedad.
La iniciativa de senador Monreal con la que se busca acotar los delitos que ameritan prisión preventiva, los más dañinos, es un esfuerzo al cual el sector asegurador se suma.
Es de particular relevancia que en este proceso se tome en consideración el robo de vehículos y de transporte en cualquiera de sus modalidades, debido a que por su efecto multiplicador para otros delitos se torna en uno de los de mayor agravio para el país.
Como se explica a continuación, el robo de vehículos y de transporte son graves en si por la afectación que causan a sus víctimas, pero además son precursores de otros delitos graves, como el de homicidio, en donde se ha identificado un comportamiento paralelo.
La situación actual con respecto al robo de vehículos sufre una oleada delictiva histórica. En el periodo de octubre a septiembre de cada año, desde 2015 a 2018, se ha incrementado en un 47.4 por ciento, casi un 50. En 2015 durante el periodo antes indicado fueron robados 66 mil 500 vehículos y para el 18 la cifra ascendió a 99 mil 300, de hecho, prácticamente esta es la cifra con la que cerramos en diciembre como dimos cuenta a los medios el día de ayer.
Y lo más grave, y precisamente aquí se fundamenta nuestra propuesta y nuestra petición, es que de cada 10 robos de vehículos, 6 son perpetrados con violencia, lo cual, desde luego, vulnera de manera importante a la población.
La razón fundamental en la gravedad de este delito estriba en que un vehículo robado suele ser el primer eslabón de una cadena subsecuente de otros hechos delictivos. Ahora bien, una parte importante de los delitos se comete usando vehículos robados, lo que hace exponencial el daño causado a las personas y sus bienes, así como al estado, como en el robo de combustibles. Nadie asalta, viola o comete otros delitos premeditados usando su propio vehículo, por ello, se precisan acciones que impulsen el robustecimiento de la normatividad para que el robo de vehículos y transporte, así como los delitos consecuenciales que se desencadenan, se eliminen de raíz.
Advertir al criminal que su conducta ameritará prisión preventiva es enviar un claro mensaje de la sociedad, en el sentido de que no se tolerará que se generen más delitos, porque para todos es evidente, que el robo de un vehículo le permite crear una herramienta ideal para continuar delinquiendo.
Entendemos las preocupaciones de otros participantes en este diálogo, y son muy interesantes sus puntos de vista, no obstante, consideramos que se debe aplicar la Prisión Preventiva Oficiosa al robo de vehículos y de transporte en todas sus modalidades, para el bien de la nación en su conjunto.
El uso de automóviles robados es un fenómeno que puede ser utilizado para explicar la tendencia y comportamiento de otros ilícitos, en particular existe una tendencia extremadamente semejante entre el robo de vehículos asegurados, y la tendencia que reporta el secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, sobre los homicidios, como podemos ver en esta lámina, en donde vemos una correlación que está muy cerca del punto nueve, entre uno y otro delito, y son particularmente relevantes, los casos de los estados, en donde hay mayores índices de delincuencia, donde podríamos citar de manera muy particular, Guanajuato, Estado de México y Guerrero, en lo que corresponde precisamente, a los más altos niveles de homicidio.
Ese fenómeno también se puede apreciar en la tendencia similar que guarda el robo de vehículos de carga pesada y el robo de mercancías en tránsito, que prácticamente se ha duplicado –aquí no es un incremento del 50, sino del doble– en los últimos cinco años. Y vemos también, una alta correlación por razones obvias, entre lo que son el robo de unidades de transporte, y desde luego, la mercancía que llevan a cuestas, pero que tienen seguros diferentes.
En lo que corresponde a robo de vehículos asegurados de carga pesada, en 2014, se registraban cerca de seis mil unidades robadas, y en la actualidad llegamos en 2018, a 12 mil 500 unidades, 32 unidades cada día. Y si se estima que solo el 25 por ciento de estas unidades están aseguradas podríamos multiplicar fácilmente por cuatro esta cifra.
Un impacto que conlleva el robo de vehículos es el uso de la violencia –como lo hemos dicho–, que se ha reflejado en las tasas más altas de las últimas décadas. En el caso del robo de transporte, en el caso de vehículos, seis de cada robo son cometidos con violencia, lo cual implica, además, lesiones y otros daños a las víctimas, y en el caso del robo de transporte, como lo vemos en la gráfica, son ocho de cada 10.
Además del impacto a las víctimas, el robo de vehículos es un fenómeno que merma las economías de las ciudades, ya que fomentan mercados ilícitos que son lesivos para la economía formal, y por ende, impacta a los gobiernos.
El fenómeno de robo de vehículos está acompañado de otros impactos negativos, como puede ser la cada vez mayor recuperación de autos, cada vez menor recuperación de autos, esta cifra oscilaba en alrededor de 50 por ciento en el año 2014, y en los meses recientes, la recuperación de vehículos es apenas del 35 por ciento, lo que significa que siete de cada 10 vehículos robados se insertan en las cadenas delictivas, para comercializar sus partes, para llevarlos a otros lugares, pero como ya lo decíamos antes, sobre todo, para cometer otros delitos, que es la razón de nuestros argumentos.
El robo de vehículos explica algunos fenómenos especiales de ciertas zonas del país, por ejemplo, Tlaxcala, Puebla y Veracruz, en donde se han registrado incrementos en el robo de camiones y equipo pesado, de tal suerte que, en algunos municipios este segmento predomina frente al robo de vehículos, lo cual puede ser explicado por el robo de hidrocarburos. Muchísimas gracias por su atención.
El moderador diputado Héctor Cruz Aparicio: Muchísimas gracias, licenciado Recaredo por su participación. Se integra a esta mesa de trabajo, la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, bienvenida, diputada; asimismo, el diputado Mario Mata Carrasco, bienvenido, diputado. De igual manera, el diputado Marcos Aguilar, bienvenido.
El moderador diputado Héctor Cruz Aparicio: Procederemos a hacer la presentación del currículo de nuestra siguiente invitada, que es la doctora Sofía Cobo, quien es investigadora del Inacipe, y para tal efecto, le pido el auxilio a la diputada Lorena Villavicencio.
La diputada Lorena Villavicencio Ayala: Antes que nada, le damos la bienvenida a la doctora Sofía Cobo Téllez, nos da mucho gusto que estés aquí, y además que seas mujer, y que seas tan capaz.
La doctora Sofía Cobo es doctora en derecho por la Universidad Autónoma de Tlaxcala, tiene curso de máster internacional en Sistemas Penales Comparados y Problemas Sociales en la Universidad de Barcelona, y es especialista en Derechos Humanos por la Universidad de Castilla La Mancha-CENADEH. Curso taller de capacitación en juicios orales y formador de formadores, impartido por la Universidad de San Diego, de la Facultad de Derecho de la UNAM, y el taller de capacitación de alto nivel del Programa de Justicia Terapéutica para Personas con Consumo de Sustancias Psicoactivas, impartido por la Secretaría Ejecutiva de CICAD-OEA.
Ha sido profesora por más de 17 años en niveles de licenciatura, especialidad y posgrado. Ha impartido cursos a nivel federal y local, en estados como Chihuahua, estado de México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala, Tabasco, Quintana Roo, Yucatán y Zacatecas, sobre: juicios orales y proceso penal acusatorio, derechos humanos, victimología, derecho penitenciario y ejecución penal.
Y es integrante del Sistema Nacional de Investigadores. Adicionalmente es profesora investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales, y catedrática de la Universidad Nacional Autónoma de México. Muy bien.
La ciudadana Sofía Magdalena Cobo Téllez: Muchas gracias la invitación. El Inacipe muy contento de estar justamente en esta mesa. Muchas gracias, principalmente a Lorena, la invitación. La invitación para participar el día de hoy.
El tema de la justicia penal, concretamente respecto a la afectación de la libertad de los imputados, ha sido ampliamente discutido en este recinto legislativo. Por ejemplo, el Constituyente de 1857 planteó problemas serios como detenciones arbitrarias y prolongados procesos penales, problemas que no se dejaron de manifestar incluso hasta el Constituyente de 1917. En ese mismo año se contempla en la Constitución ya por primera vez la posibilidad de gozar la libertad bajo caución durante el proceso en los casos de que la pena no rebasara el término medio aritmético, que era de cinco años.
Desde 1917 hasta 1993 se reformó la Constitución para establecer diversas fórmulas para obtener la libertad bajo caución, desde la fórmula de penalidad, que es la de término medio aritmético, hasta la de gravedad del delito, si me permiten la palabra, que es la lista o el catálogo de delitos que está actualmente contenido en el artículo 19 constitucional. Ambos han generado como resultado invariablemente un exceso en su aplicación.
En la exposición de motivos de la reforma de 1993, la que primero establece esta lista o este catálogo delictivo, se delimitó de manera muy clara que este catálogo debería ser limitativo. Es importante manifestar que tanto la sociedad como la academia en este momento se mantuvieron totalmente alejados de esta discusión. En el anterior sistema se consideraba la prisión y a la prisión preventiva como un elemento natural del proceso penal.
Son dos las reformas legislativas históricas que hacen cambiar esta situación de normalidad: la de 2008, que ya Pablo habló mucho de ella en materia de juicios orales, proceso penal acusatorio y reinserción social, diría yo; y la reforma constitucional de 2011, que también platicamos hace un momento, en materia de derechos humanos.
Dichas reformas, de estas reformas, sobresalen tres argumentos sobre los que va a versar justamente esta intervención:
1. La prisión preventiva es contraria a los principios del sistema acusatorio adversarial,
2. No es armónica a los principios en materia de derechos humanos y a los contenidos de los tratados internacionales, ratificados por el Estado mexicano, y
3. El aumento del catálogo delictivo dentro del artículo 19 constitucional colapsaría el sistema penitenciario. Además de no ser coherente con el fin constitucional del sistema penitenciario, que es la reinserción social de las personas.
La primera. Contraria los principios del sistema acusatorio adversarial. Es de todos conocido que en 2008 se adopta este nuevo sistema de justicia penal acusatorio y adversarial, el cual a partir de una nueva metodología de aplicación de la norma el derecho conocido a través de principios, que es la teoría de Zagrebelsky, abona a la democratización del proceso penal en nuestro país, reconociendo derechos tanto a la víctima como al procesado.
Entre los principios reconocidos contempla el debido proceso y la presunción de inocencia. La reforma nos obligó a repensar el diseño y estructura penal, procesal penal, a partir del concepto debido proceso, el cual implica una oferta programática en donde se incluyen los principios de mínima intervención y oportunidad procesales.
Cambia el paradigma de la justicia penal, de una justicia penal de corte represiva, corte de sistemas inquisitivos hacía una justicia restauradora, propia de sistemas democráticos.
La prisión preventiva como pena anticipada es contraria al principio de presunción de inocencia, pero también contraria al principio acusatorio que establece que el que acusa está obligado a probar.
Con la reforma de 2011, en el segundo argumento, quesque no es armónica a los principios en materia de derechos humanos y tratados internacionales, incluimos también una serie de principios que deben de regir la creación de leyes, pero el actuar de las autoridades, como ejemplo, el de propersona y el de progresividad en materia de derechos humanos.
Estos principios determinan que todos los derechos humanos reconocidos en la Constitución no pueden ser revertidos en prejuicio de los ciudadanos, el aumento, el catálogo delictivo del artículo 19 constitucional revierte derechos adquiridos.
En este sentido es importante considerar también decisiones de tribunales internacionales como, por ejemplo, el Tribunal Constitucional Alemán en el asunto 19/342, el asunto de un almirante retirado que analiza la evidente tensión entre el derecho de la libertad personal y la necesidad irrenunciable de una persecución penal efectiva, estableciendo que se debe de suspender la prisión preventiva cuando los fines perseguidos, que sabemos que son la necesidad de cautela que ya todos han platicado, pueden alcanzarse mediante otras medidas menos restrictivas, dice el Tribunal Constitucional Alemán.
En este tipo de medidas, en contra de la liberta de una persona acusada de haber cometido un delito son admisibles solo en casos excepcionalmente limitados. Hay otro ejemplo, como el 20/45, que justamente establece o que ha sido resuelto de manera muy parecida que establece está tensión, este equilibrio entre el alcanzar un Estado de derecho y el tema de la proporcionalidad y racionalidad de la pena que también se extiende en prisión preventiva, no solamente es en el momento de delimitar penas.
Es decir, investigadores, por ejemplo, como mi compañero Javier Donde, cuando analiza el estatuto en la Corte Penal Internacional en su artículo sobre debido proceso delimita que el mismo estatuto no contempla la prisión preventiva oficiosa, incluso delitos como de lesa humanidad o de genocidio.
Además, es contrario a textos como ya lo dijo Marycarmen, hace un momento, que es la convención americana de derechos humanos, etcétera. El Artículo 133, de la Constitución establece que los tratados internacionales forman parte del derecho positivo mexicano por lo que deben de ser congruentes con el mismo entre los mismos.
Por último, el último argumento, el aumento al catálogo delictivo colapsaría al Sistema Penitenciario, además de no ser coherente con el fin de reinserción social.
Actualmente sin la reforma propuesta, las estadísticas nacionales y estatales del sistema penitenciario reflejan un abuso en la prisión preventiva.
Según datos ven el cuadernillo mensual de información estadística penitenciaria de diciembre del año pasado. La población privada de la libertad, a nivel nacional es de 197 mil 988 internos. Del fuero común, 165 mil 213, o sea, el 83.45 del total y del Foro Federal 32 mil 775, o sea, 16.55.
De los 165 ml 203 internos del fuero común, 60 mil 653, o sea, el 36.71 por ciento y 14 mil 377, o sea el 43.86 por ciento se encuentran procesados. O sea, la media es aproximadamente de más del 40 por ciento de las personas privadas de la libertad, se encuentran sin sentencia.
Al aumentar el catalogo delictivo, aumentaría este número de personas internas. Si además consideramos que de 308 centros penitenciarios a nivel nacional 103 se encuentran sobrepoblados, o sea el 33.44 por ciento. Y sin una correcta clasificación procesal se colapsaría el sistema penitenciario.
La reforma de 2008 establece en su quinto transitorio la creación de un nuevo derecho de reinserción y régimen de duración y modificación de las penas. Esta reforma, junto con la creación de la Ley Nacional de Ejecución Penal, de 2016, enarbola como premisas fundamentales la protección de los derechos humanos y la reinserción social de los procesados sujetos, tanto a prisión preventiva como los privados de la libertad por sentencia.
Por tanto, cualquier violación o vulneración a sus derechos humanos puede ser reclamada tanto administrativa como jurisdiccionalmente a través de procedimientos establecidos dentro de la misma ley. La sobrepoblación penitenciaria ocasionaría una disminución en la calidad de vida dentro de los centros penitenciarios, una disminución de los derechos, lo cual traería como consecuencia un número considerable de quejas y recursos contra la autoridad penitenciaria, colapsando el sistema.
Como conclusión. La evidencia empírica ha demostrado que la implementación de políticas y reformas legales que proponen mayores niveles de encarcelamiento como solución a problemas de inseguridad ciudadana no tienen incidencia directa en la disminución de la criminalidad y la violencia. Los problemas de inseguridad ciudadana se pueden solventar haciendo más fuertes las instituciones y capacitando a los operadores del sistema de justicia penal y de seguridad pública.
Algunas prácticas o experiencias internacionales para reducir la prisión preventiva resguardando la seguridad pública se encuentran contenidas en la Guía Práctica para disminuir la Prisión Preventiva, publicada por la Organización de Estados Americanos. Como, por ejemplo, la implementación de mecanismos electrónicos de monitoreo, las audiencias previas para delimitar procedimientos de prisión preventiva, que Pablo ya mencionó, y las medidas relacionadas con la celeridad procesal. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos la intervención de la doctora Sofía Cobo Téllez, investigadora del Inacipe. Muchas gracias, doctora. Se incorpora a esta mesa de trabajo la diputada Flor Ivone Morales Miranda, quien es miembro de la Comisión de Puntos Constitucionales. Asimismo... Y el diputado Miguel Alonso Riggs Baeza. Bienvenidos.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Procederemos con la participación del maestro Arturo Mendicuti Narro, vicepresidente de Seguridad de Concanaco Servytur. Para tal efecto, pediremos al diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez que nos auxilie con el currículo.
El diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses: Muchas gracias. El maestro Arturo Enrique Mendicuti Narro es licenciado en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, maestro en justicia penal y seguridad pública por la Universidad Humanitas, y doctorante en política criminal por el Centro Jurídico Universitario. Diplomados en sistema procesal penal acusatorio y de políticas de seguridad pública en las Facultades de Derecho, y de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Catedrático de investigación para la seguridad en la licenciatura de inteligencia estratégica y criminología contemporánea de la Universidad Anáhuac, y en el seminario de seguridad nacional en la maestría de seguridad y justicia penal de la Universidad Humanitas. Actualmente se desempeña como vicepresidente de seguridad en la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio (Concanaco Servytur). Bienvenido, maestro Arturo Enrique Mendicuti Narro.
El ciudadano Arturo Enrique Mendicuti Narro: Muy amable. Muchas gracias, señor diputado. Señoras y señores legisladores integrantes del Congreso de la Unión; señoras y señores: La verdad es que hemos tenido una jornada en que hemos tenido la oportunidad de escuchar argumentos muy poderosos, estudios muy serios y personalidades muy talentosas.
En esta ocasión me corresponde acudir con ustedes en representación de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo de los Estados Unidos Mexicanos, Concanaco, Servytur.
Para aprovechar la oportunidad de expresar algunas consideraciones respecto a la reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa que se está deliberando en el Poder Legislativo Federal. Apreciamos, saludamos, por supuesto, la apertura para la realización de este ejercicio democrático a través del parlamento abierto, y esperamos que esta se convierta en una práctica y en una actividad frecuente que permita a la ciudadanía expresar sus opiniones y puntos de vista en materias tan importantes como la que hoy tratamos.
Concanaco, Servytur está cumpliendo 100 años de haber sido constituida, está integrada por 255 cámaras de comercio, servicios y turismo, que están agrupadas en federaciones estatales, mediante las cuales representamos a más de 725 mil empresas afiliadas situadas en todo el territorio nacional. Agrupamos a grandes, a medianas y a pequeñas empresas, representando estas últimas la gran mayoría.
La grave crisis de la seguridad pública y los alarmantes índices de violencia que han asolado a nuestro país afecta a todos los mexicanos, sin duda alguna, y a todas las actividades. Las incontables víctimas del delito han sufrido a manos de la delincuencia organizada y de la común, indescriptibles sufrimientos y pérdidas, el sector terciario de la economía, es decir, el comercio, los servicios y el turismo también.
Sabemos del compromiso del Estado mexicano para lograr la operación eficiente del sistema penal acusatorio, han transcurrido ya varios años desde su incorporación en la Constitución, y reconocemos el trabajo de todos los operadores del sistema, quienes se han esforzado en su implementación para que un marco pleno de respeto a los derechos humanos se aplique la justicia penal a quienes delinquen.
Sin embargo, debemos reconocerlo, su eficacia está muy lejos de acabar con la impunidad y con la crisis de inseguridad y violencia que nos agobia, a manos del crimen organizado y de la delincuencia común, dando como resultado que el esfuerzo institucional ha demostrado no ser suficiente, y las fortalezas de las instituciones de impartición y de procuración de justicia y de los cuerpos de seguridad pública de los distintos niveles de gobierno, se han visto rebasadas por los altos índices delictivos y actos de corrupción que afectan la confianza que la población debiera tener en el aparato de seguridad de justicia.
Todos los ciudadanos, y los comerciantes no son la excepción, necesitan confiar en que los delincuentes que los asaltan, los lesionan, los agraden, los privan del sustento, les arrebatan su tranquilidad, no se pasearán frente a sus casas y negocios para intimidarlos y amenazarlos con privarlos de su libertad, la de sus seres queridos, o peor aún, la de sus vidas, cuando no para despojarlos de lo poco que no se llevaron la primera vez de la agresión.
Los comerciantes requieren además transportar sus mercancías para ponerlas a disposición del público. Los ciudadanos demandan seguridad cuando se transportan. Los prestadores de servicios turísticos necesitan brindar confianza a los turistas que se desplazan en su recorridos sin verse atacados por bandidos que les agreden constantemente en carreteras y caminos, y que los privan de todo, incluso, de su serenidad.
El sistema penal requiere de la denuncia, sí, y el ciudadano requiere de la confianza. Ambos aspectos son indispensables para que la justicia prevalezca, sin embargo, la falta de eficacia en muchos de los casos del nuevo proceso penal ha generado una mayor pérdida de credibilidad ciudadana, es por ello que saludamos el interés y la propuesta del Poder Legislativo para incrementar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa considerados en el artículo 19 constitucional.
Y les pedimos reconsiderar que no solo se contemplen las conductas graves que vulneran la seguridad del Estado mexicano, sino también aquellas que vulneran al ciudadano común, a todos nosotros y a sus actividades productivas. Y que en un nuevo dictamen se incluya sin obviar las contenidas en la minuta del Senado, el robo a casa habitación, el robo a negocio, la extorsión, comúnmente cobro de piso, que está ganando territorios a lo largo y ancho del suelo patrio, de tal manera que, en muy breve tiempo, probablemente ya no tengamos oportunidad de seguir hablando de esto.
El robo de vehículos, y al transporte en todas sus variadas modalidades, por tratarse de delitos que afectan no solo a la esfera particular de las personas, sino su legítimo derecho a ganarse el sustento mediante su trabajo, sin ser victimizadas por los delincuentes una y otra vez, y después revictimizadas por un sistema penal aún deficiente.
Amplias regiones se han visto asoladas por la delincuencia que se empodera, mediante el temor y la intimidación. No permitan que continúe el cierre de negocios, el abandono de casas y poblaciones por la falta de garantía, demos al sistema mayores herramientas para detener la ola de crímenes, cuando aún es posible. Contribuyamos al éxito de las estrategias contra la inseguridad del gobierno de México.
Señoras y señores legisladores, no podemos dejar nuestro porvenir en manos de la delincuencia, y al albedrío de los violentos. Un país con buenas leyes y autoridades eficientes que las hagan cumplir, y un pueblo respetuoso de la ley, es el México que deseamos para todos, el porvenir debemos construirlo juntos día a día.
Los empresarios del comercio, los servicios y el turismo nos comprometemos a acompañar todos los esfuerzos para alcanzar estas metas. Por ello requerimos de instituciones sólidas, comprometidas y eficientes que brinden resultados contundentes, con pleno respeto a la ley, y que protejan al pueblo, al ciudadano común y corriente, para dejar de ser víctima de los delincuentes.
Este pueblo que está ávido de confiar en las instituciones, nosotros confiamos en que los legisladores de México tomen las mejores decisiones, y nos permitan acceder al futuro que todos anhelamos. Les agradezco a todos ustedes, la bondad de su atención.
El moderador diputado Héctor Cruz Aparicio: Agradecemos al maestro Arturo Mendicuti Narro, su intervención.
El moderador diputado Héctor Cruz Aparicio: Procederemos con la participación del maestro José Refugio Muñoz López, quien es vicepresidente ejecutivo de Canacar. Y para tal efecto, voy a pedirle a la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, nos auxilie con la currícula.
La diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán: Cómo no, con mucho gusto. Muy buenas tardes. El maestro José Refugio Muñoz López es presiente de la Comisión de Seguridad y Prevención del Delito de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, Concamin, e integrante de la Comisión de Seguridad del Consejo Coordinador Empresarial.
Es vicepresidente ejecutivo de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga, Canacar, y secretario general del Consejo Mexicano del Transporte, vicepresidente de la Comisión de Aduanas y Facilitación Comercial de la ICC International Chamber of Commerce, capítulo México, y vicepresidente de Servicios Logísticos Terrestres del Consejo Mexicano de la Energía, Comener. Sea usted muy bienvenido, y gracias por estar aquí.
El ciudadano José Refugio Muñoz López: Muchas gracias. Muy buenas tardes señoras legisladoras y señores legisladores, distinguidas invitadas, distinguidos invitados.
La Cámara Nacional del Autotransporte de Carga, por sus siglas, Canacar, agradece la oportunidad para externar en este foro nuestro punto de vista respecto a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Prisión Preventiva Oficiosa, turnada a esta soberanía por la Honorable Cámara de Senadores el 6 de diciembre pasado.
Felicitamos desde luego, a la Junta de Coordinación Política de esta Honorable Cámara de Diputados, por la decisión de implementar el proceso de Parlamento Abierto, y de audiencias públicas, con objeto de intercambiar puntos de vista, en el marco del análisis de dicha reforma, lo que sin duda permitirá enriquecer el proceso legislativo, para que la decisión que ustedes habrán de adoptar sea la más conveniente para el interés general de la nación.
Aquí deseo hacer un paréntesis, para manifestar a todas las organizaciones de derechos humanos sin excepción, y a los especialistas de la academia en la materia nuestro más amplio reconocimiento y respeto.
Sin embargo, debo aclarar, como ustedes bien escucharon en mi trayectoria, no soy especialista en temas de seguridad, por lo que me permitiré el día de hoy hablar como víctima y no como especialista en materia de seguridad, y mucho menos especialista jurídico.
Esta ocasión asisto en representación de un sector que, no obstante su importancia estratégica o tal vez por eso, ha sido fuertemente afectado por la inseguridad que ha venido en crecimiento a lo largo y ancho de nuestro territorio.
El autotransporte de carga tiene un peso económico importante en la economía por su dinámica interna como sector y por su función articuladora con otras actividades económicas, tanto de la manufactura como del comercio. Genera el 3.25 por ciento del producto interno bruto y de él dependen directa e indirectamente alrededor de 6 millones de empleos directos e indirectos, como ya lo mencioné.
A nombre de ellos, nos permitimos manifestar nuestra gran preocupación por la inseguridad que estamos enfrentando. Por carretera se moviliza más del 55 por ciento del valor promedio de nuestro comercio exterior, casi el 84 por ciento del comercio entre México y Estados Unidos es posible gracias a nuestros camiones.
Tal vez por ello el autotransporte de carga se ha convertido también en un sector muy vulnerable por la actuación de las bandas delictivas que se han posicionado en regiones importantes de nuestra geografía.
El delito de robo al autotransporte de carga en los últimos 8 años se incrementó en un 146 por ciento, con un agravante. En el mismo periodo el robo con violencia creció en 171 por ciento. Tan solo en el 2018 el 85 por ciento de los robos que cometieron en contra de nuestros camiones fue con violencia.
Esta grave situación, que en primera instancia afecta a los más de 145 mil permisionarios registrados en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, termina afectando a la economía en su conjunto y sus efectos se trasladan a toda la cadena de producción, distribución y consumo. Ello, además de afectar la competitividad del país, genera costos que lejos de agregar valor a nuestra economía jalan el producto interno bruto hacia la baja.
Un estudio del despacho de Consultores Internacionales SC determinó que tan solo en el 2017 el costo que generó el robo al autotransporte de carga ascendió a 92 mil 500 millones de pesos, el equivalente al 0.5 por ciento del producto interno bruto nacional.
Para atender esta grave situación se requiere de un plan integral que atienda no solo las causas, sino también ataque paralelamente los efectos. Es evidente que en ello el establecimiento de un marco jurídico adecuado tiene una gran relevancia.
En el 2018 avanzamos en esta dirección al tipificar el robo al autotransporte de carga como un delito de carácter federal, pero esta medida ha sido insuficiente en lo que se refiere a la impartición y procuración de justicia y, menos aún, en contrarrestar o desalentar dicha conducta delictiva.
Aquí, a los especialistas, les hago una pregunta. Han hablado de los estándares internacionales para aplicar la prisión preventiva. ¿No habrá también a nivel internacional un estándar que determine el estándar, valga la redundancia, de seguridad que debe existir en los países y, en consecuencia, en función de ese estándar internacional de seguridad, poder justificar o no las acciones o las medidas que habrán de implementarse?
Otra pregunta, ¿cómo un artículo de una ley, aunque está ley sea la ley suprema de un país, puede a priori ser violatoria de los derechos humanos?
Por ello, nos pronunciamos también a favor de que este delito sea considerado grave y se imponga quien lo cometa la prisión preventiva oficiosa. De los datos aquí presentados se desprende que dicho delito se encuadre en esa categoría por ser de las conductas delictivas más dañinas para la sociedad, no solo por la afectación patrimonial que viene ocasionando, sino por los niveles de violencia que ha alcanzado constituyendo un grave riesgo para la seguridad pública.
Les doy un dato adicional. La ocupación de conductor del autotransporte de carga es de las ocupaciones mejor remuneradas en nuestro país y hoy en día estamos viviendo un déficit de más de 50 mil conductores en buena medida, porque la buena remuneración no impensa el alto riesgo que significa el ser el día de hoy conductor de un vehículo de autotransporte de carga.
A mayor abundamiento. El crecimiento que han tenido los datos de robo, los delitos de robo al autotrasporte de carga impacta de manera directa a la economía de país, así como la generación de empleos y la disolución de materias primas.
No estamos en contra de que nuestro país avance hacía un nuevo Sistema de Justicia Penal, pero consideramos que una buena ley debe atender a los tiempos las circunstancias y los intereses, sobre todo, de las víctimas y no de los delincuentes.
Nos pronunciamos totalmente por el respeto de los derechos humanos, pero anteponiendo el derecho de las victimas al derecho de los delincuentes. En este sentido, es necesario destacar lo establecido en el artículo 4o transitorio de la mencionada minuta, establece la evaluación de la prisión preventiva oficiosa a partir de los 5 años de su entrada en vigor para determinar la continuidad de su aplicación.
Aspiramos, al igual que todos mexicanos, a vivir en un país en el que la inseguridad sea cosa del pasado. Por ello, proponemos que a la par de la aprobación en sus términos del documento enviado por el Senado, se diseña una estrategia que permita crear las condiciones para que el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio funcione en favor de las víctimas y no como hasta hoy ha venido sucediendo a favor de los delincuentes.
Amigas y amigos. Dejemos de ser un país de víctimas y todos juntos transformemos a México en una nación en donde predomina la sana convivencia entre todos los mexicanos. Por su atención, muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos maestro José Refugio Muñoz su intervención. Muchísimas gracias. Se incorpora a esta mesa de trabajo la diputada María Alemán Muñoz Castillo, quien es miembro de esta Comisión de Puntos Constitucionales. Bienvenida diputada.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Procederíamos con la intervención y exposición del licenciado José Antonio Mendoza Prieto, quien es abogado penalista y, para tal efecto, le solicito el auxilio de la diputada Flor Ivone Morales Miranda a efecto de la curricula.
La diputada Flor Ivone Morales Miranda: Perdón, muchísimas gracias, bienvenidos a todos. El licenciado José Antonio Mendoza Prieto, es licenciado en derecho por la Universidad Anáhuac México Norte. Es profesor titular de la asignatura Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas en la especialidad de derecho penal de la escuela libre de derecho. Forma parte del Claustro Docente de la maestría en Anticorrupción de la Universidad Panamericana, es coordinador del área penal del Instituto de la Integración de profesionistas y empresarios en México SC. Sea usted, bienvenido.
El ciudadano José Antonio Mendoza Prieto: Muchas gracias. Nos encontramos en una situación delicadísima, toda vez que, entiendo que todos nosotros conocemos, que el ordenamiento jurídico mexicano a raíz de la reforma penal en 2008, en materia de seguridad y justicia 2011, en materia de derechos fundamentales y 2015, en materia de anticorrupción han transformado nuestro ordenamiento jurídico para bien y lo puedo denominar para evolución de las personas de los gobernados que estamos sujetos a estas leyes.
Es por ello que no sólo está en juego la libertad de los imputados, en primer lugar; tampoco la seguridad de las víctimas, sino la seguridad jurídica de todos los gobernados. Hay que partir del origen de por qué el derecho penal y por qué estas instituciones en nuestro país. Si bien sabemos, el derecho penal está regulado por el principio de mínima intervención y el principio de seguridad jurídica. Como lo decían ya anteriores expositores, si hoy en día incrementamos este catálogo de delitos, que desde ya tener un catálogo de delitos estamos mal en nuestro ordenamiento jurídico, eso significaría que todos estamos expuestos a que nuestros derechos fundamentales sean vulnerados.
Qué significa esto. Y voy a traer como mero recuerdo nuestro sistema inquisitivo que tanto violó derechos fundamentales en nuestro país. Se seguía una averiguación previa. Cuando se percibía de que había elementos de que existía un delito y la participación de una persona en este hecho delictivo, se consignaba, se pasaba a un juez, y el juez libraba una orden de aprehensión. Acto seguido, se comenzaba el juicio formal. Y era ahí cuando la persona era detenida. Y la persona estaba en prisión preventiva, pero ya habíamos pasado por toda una investigación y un procedimiento de verificar si había elementos suficientes y la participación de esta persona en un hecho delictivo.
Hoy en día cómo es nuestro proceso penal. Hay una investigación, se eleva a una audiencia de control en donde el juez interviene, y ahí es donde se puede imponer la prisión preventiva. Qué hemos investigado hasta ese momento. Nada. Y es por eso que estamos en contra de la prisión preventiva oficiosa para más delitos. Al contrario, se debe reducir, de quitar ese catálogo de delitos. Y como lo han dicho, que la prisión preventiva sea justificada.
La prisión preventiva es una medida cautelar, a naturaleza jurídica de la prisión preventiva es una medida cautelar. Y como lo dice nuestra Constitución y el Código Nacional, la medida cautelar sirve para garantizar la presencia del imputado en el proceso. No sirve de nada esa medida cautelar si no es únicamente para garantizar la presencia del imputado en el proceso. Es por eso que si detenemos para investigar, desde ahí estamos mal.
También vamos a partir de que el derecho penal sirve para proteger bienes jurídicos, los más valiosos. Y hoy en día, tristemente, nuestros gobernantes utilizan al derecho penal ampliando conductas, llenando nuestros Códigos Penales de conductas que no ameritan ser sujetas del derecho penal. Y si a esto le imponemos la prisión preventiva, qué quiere decir esto. Nuestros gobernantes se están legitimando ante la sociedad a través del derecho penal.
Y el derecho penal no sirve para legitimar decisiones y actos de gobierno. Al contrario, es la rama del derecho que sirve únicamente para sancionar al que delinquió, pero cuando, como ya lo hemos dicho, cuando hay indicios, cuando hay elementos suficientes para verdaderamente imponer una sanción. No estamos en contra de que se castigue a los delincuentes, por supuesto que no. Pero sí estamos en contra de que se castigue previamente.
El fin de semana yo tuve, y como experiencia personal, un asunto en donde se llevó la audiencia inicial contra un imputado. Y el imputado es una persona que comete hechos delictivos. Pero estos hechos delictivos son los que están muy comúnmente en los medios. Y el juez de control impuso la prisión preventiva a mi cliente únicamente porque la política que se había decidido ese momento era: encierra al que comete ese delito. Cuando no estaba justificada inclusive. Y está en videograbación. Él dice: “Los argumentos de la Fiscalía son inoperantes”. Pero me vale y le impongo la prisión preventiva. Y no hay una investigación todavía.
Es por eso que hay que reconsiderar los argumentos, pero con base en el origen de las instituciones, el origen del derecho penal, el origen de la reforma penal. Creo que hemos evolucionado a un sistema normativo humanista en donde se protegen los derechos fundamentales de las personas, y si utilizamos estas instituciones para violentar los derechos fundamentales de las personas, estamos quebrados, no solamente como sistema jurídico, sino como país.
Y como les dije anteriormente, los más vulnerados en este momento somos los gobernados, como lo dieron anteriormente, el pobre es el que está allá adentro, el que no se puede defender. A lo mejor nosotros tenemos las posibilidades de defendernos, pero si estamos en esa circunstancia, y porque tiene uno la experiencia de verlo, de gente frustrada que dice a lo mejor: “yo no lo cometí” o “si lo cometí”, etcétera, etcétera. Pero primero llevar a cabo una investigación, lo que la gente reclama hoy en día en nuestro país no es más prisión preventiva a los delincuentes, es combatir la impunidad, y la prisión preventiva no va a combatir la impunidad, la prisión preventiva va a continuar la impunidad hoy en día, inclusive me atrevo a decir, que va fomentar la corrupción en nuestro país.
Sabemos que el derecho penal y las normas penales han servido un vínculo para la corrupción, y si incrementamos este catálogo de delitos de prisión preventiva es incrementar la corrupción en nuestro país. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos al licenciado José Antonio Mendoza, su exposición. Se integra a esta mesa de análisis la diputada Patricia Terrazas Baca, quien es presidenta de la Comisión de Hacienda de esta legislatura. Bienvenida diputada.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Asimismo, proseguiremos con la exposición del licenciado Armando López Gutiérrez, quien es coordinador de la Comisión de Leyes y Reglamentos de la CANAPAT. Para tal efecto, le pedimos al diputado Alejandro Viedma, nos auxilie con la lectura de la currícula.
El diputado Alejandro Viedma Velázquez: Gracias. Licenciado Armando López Gutiérrez. Estudió derecho en la UNAM. Ha sido asesor jurídico de la Dirección General de Transporte del Grupo Estrella Blanca. Su labor como coordinador de la Comisión de Leyes y Reglamentos de la Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo, le ha permitido participar recientemente en la elaboración y revisión de diversos proyectos de reformas e iniciativas para adecuar y modernizar el marco legal del autotransporte de pasaje y turismo. Sea usted bienvenido.
El ciudadano Armando López Gutiérrez: Muchas gracias, señor diputado. Buenas tardes señores diputados, diputadas, compañeros ponentes, invitados, invitadas, amigos y amigas.
En esta ocasión en representación de la Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo, como ya se mencionó, vengo a manifestar la opinión y nuestra propuesta para que el robo al autotransporte sea considerado como un delito grave por los motivos que voy a señalar más adelante.
Antes que nada, quiero enunciar que es la Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo es una institución de interés público, sin fines de lucro, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que agrupa a personas físicas y personas morales, autotransportistas, todas ellas de pasaje y turismo, sus terminales de autobuses, centros de capacitación, talleres y servicios de paquetería y mensajería. Tiene la función de representar y defender los intereses generales de la industria ante autoridades federales, estatales y municipales, y también la de colaborar y ser órgano de consulta del Estado para el diseño y ejecución de políticas, programas e instrumentos que faciliten la expansión del autotransporte de pasaje, turismo y sus servicios de auxiliares.
Es también una industria estratégica que moviliza más de 3 mil 750 millones de pasajeros al año, equivalente a mover a los mexicanos 33 veces. El 95.8 por ciento de los mexicanos utilizan este medio para moverse, para trasladarse en el interior del país. Representó también un PIB en 2017 de 2.54 en el segmento de autotransporte de pasaje y turismo.
Como podrán ver en la lámina que se está exhibiendo, es exponencial el crecimiento que hemos tenido en el sector autotransporte federal de pasajeros, entre 2017 y 2018, el crecimiento que nosotros tenemos reportado es de un 300 por ciento. Es esta cifra la que nos obliga a estar aquí presentes, y solicitar sea considerado el robo al autotransporte de pasajeros, como un delito grave, porque lo que buscamos básicamente con esto, es reducir la impunidad de la que se acaba de hablar hace un momento.
No estamos en contra de la presunción de inocencia, no estamos en contra del debido proceso, pero sí queremos elevar la voz, para que se considere el robo al autotransporte de pasajeros, como un delito que está creciendo día con día, que pone en riesgo a todos los pasajeros que transportamos por el país, y que además, en este traslado de personas que llevamos a bordo de nuestros autobuses está en juego, por cuestiones de los incidentes, robos, que son perpetrados en nuestras carreteras, toda la vida de las personas que estamos trasladando.
Además, algo que queremos resaltar es que, al momento de que se suscita un robo a bordo de una de nuestras unidades, no es en sí solamente el robo el que estamos padeciendo, hay una serie, un concurso de delitos que se están cometiendo a la vez, como son la portación de armas de fuego, como son el propio disparo de las armas de fuego, la privación de la libertad, lesiones, homicidios, daños.
También el robo de vehículos también es un ilícito que ha crecido exponencialmente en los últimos años; antes, para que nosotros sufriéramos el robo de una unidad era realmente algo inusitado, hoy desafortunadamente, el robo de autobuses, y todo lo que conlleva ese delito, ha crecido de la misma manera en que está creciendo el robo al autotransporte federal de pasajeros. También tenemos otras comisiones de delitos, como son la violación, y la delincuencia organizada que vemos en estos hechos.
Entrando al tema específico de la Prisión Preventiva Oficiosa, como ustedes saben, se reformó para ser un Sistema Acusatorio basado en la finalidad cautelar; su naturaleza se presenta de manera excepcional para la aplicación de la Prisión Preventiva Oficiosa, en los delitos previstos en el artículo 19 constitucional, protege el derecho fundamental de libertad del imputado, prevalece el principio de Presunción de Inocencia.
Se aplican medidas cautelares de carácter personal y no penas anticipadas. La prisión preventiva, como medida provisional o de aseguramiento pretende resolver con celeridad una situación de hecho o de derecho, al posible tipo penal en un juicio, y la Prisión Preventiva Oficiosa, según la jurisprudencia no debe ser considerada exclusivamente como un aspecto estrictamente limitativo, sino potencialmente ejemplificativo o enunciativo para que no se extinga la posibilidad de reconocer otros delitos para Prisión Preventiva Oficiosa.
Es menester destacar, que actualmente los delincuentes que perpetran asaltos a usuarios del autotransporte de pasajeros, reinciden lamentablemente, y cada vez con más violencia, esto ante la falta de un Estado de derecho.
La Industria del Autotransporte de Pasaje y Turismo –como ya se mencionó– mueve a más de 3 mil 750 millones de pasajeros al año, y esto representa potencialmente, un caldo de cultivo para los delincuentes, que a bordo de nuestras unidades realizan una serie de delitos, que no podemos poner todos a la vista de ustedes, pero que a continuación van a ver un video, donde se refleja la violencia y la forma en que están actuando estas personas a bordo de nuestras unidades.
Les repito, son en trayectos cortos, normalmente cercanos a las zonas urbanas, y suburbanas, y así actúan lesionando los intereses, los bienes de quienes transportamos, y que nos exigen como un medio de transporte que van a utilizar seguridad, nos exigen seguridad y tenemos que brindársela. Pero, si no hacemos algo –video–, está por demás decir lo que acaban de ver.
Necesitamos que se establezcan mecanismos para asegurar que nuestros pasajeros lleguen sanos y salvos a sus destinos, sin riesgos de asaltos, daño físico, que las vidas de las personas que viajan con nosotros, 30 en promedio, en un autobús cuenten con las garantías para llegar sanos y salvos a su destino.
No debemos esperar a que las cifras sigan aumentando en cantidad y violencia. Y, por lo mismo, es por ello que –ante el incremento desmedido del robo al autotransporte federal de pasajeros– resulta indispensable ser considerado como delito grave, a fin de que el artículo 19 constitucional contemple la prisión preventiva oficiosa en el robo al autotransporte federal de pasajeros. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos la participación del licenciado Armando López Gutiérrez. Informo que se integra a esta mesa de trabajo la diputada Martha Tagle Martínez, quien es también miembro de la Comisión de Puntos Constitucionales. Bienvenida, diputada. Asimismo, el diputado Eduardo Zarzosa Sánchez. Sea bienvenido, diputado.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Seguiremos con la participación de la licenciada Cristina Reyes, quien es colaboradora de México Unido Contra la Delincuencia. Para tal efecto le solicito al diputado Juan Carlos Villarreal nos auxilie con la lectura del currículo.
El diputado Juan Carlos Villarreal Salazar: La licenciada Cristina Reyes Ortiz es licenciada en derecho por el Centro de Investigación y Docencia Económicas, el CIDE. Cursó la especialidad en sistema acusatorio en México, en la Escuela Libre de Derecho. Ha trabajado en el litigio estratégico de casos de niños víctimas del delito en la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia.
Formó parte del equipo de proyectos normativos y armonización legislativa del programa Projusticia de Usaid México, en el que participó junto con Reintegra, Renace y el Instituto de Justicia Procesal Penal para la elaboración de la iniciativa del Código Nacional de Justicia Penal para Adolescentes, así como para impulsar la aprobación de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Se desempeñó como especialista en género del programa Projusticia de Usaid México para la incorporación de la perspectiva de género en el sistema de justicia penal acusatorio. Actualmente colabora como abogada senior en el programa de Política de Drogas, de México Unido Contra la Delincuencia, en donde hace litigio estratégico en materia penal relacionado con la política de drogas.
La ciudadana Cristina Reyes Ortiz: Buenas tardes, estimados miembros de la Junta de Coordinación Política y Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados. Les agradezco la invitación que me hicieron para participar en este proceso de parlamento abierto y audiencias públicas.
Vengo el día de hoy, como muchos académicos, expertos y representantes de organizaciones de la sociedad civil, que participaran en este proceso de audiencias públicas, a hacer un exhorto a esta Cámara de Diputados para que no aprueben el dictado enviado por el Senado que tiene como finalidad ampliar el catálogo de delitos que ameritan la medida cautelar de prisión preventiva de manera automática y sin ningún tipo de ponderación sobre su necesidad.
México Unido contra la Delincuencia, la organización de la que tengo el honor de ser parte, llevó poco más de 20 años dando asistencia legal y psicológica a personas que han sido víctimas de delitos de alto impacto como secuestro, extorsión, homicidio y violación.
Durante estos 20 años, México Unido se ha unido al clamor de la sociedad que exige justicia y seguridad para el país. Conocemos el dolor de las víctimas que han sido afectadas por la impunidad y hemos podido documentar las falencias en los ministerios públicos que impiden su acceso a la justicia.
Es por esa razón que nos parece un gran absurdo que se pretenda continuar subsanando la incapacidad de argumentar en audiencia las razones por las que un caso amerita la medida cautelar de prisión preventiva de quienes tendrían que ser los expertos en la persecución penal en nuestro país.
La prisión preventiva oficiosa, se ve como una solución al problema de impunidad, entendiendo esta como la falta de sanción a los fenómenos criminales que indudablemente afectan gravemente a la sociedad. Sin embargo, es necesario que dejemos de confundir el problema con las posibles soluciones.
La prisión preventiva no ha disminuido el problema ni la impunidad a pesar de que llevamos con esta figura en la Constitución desde 1917, con diferentes nombres, pero con el mismo desdén por los derechos de la defensa de los imputados.
Quiero que pongamos atención ahora a uno de los delitos que actualmente están en el catálogo del Artículo 19 constitucional: El homicidio doloso.
En el marco de la guerra contra la delincuencia organizada el homicidio ha aumentado dramáticamente desde 2006. Durante el sexenio de Calderón, el INEGI registró 120 mil 163 homicidios dolosos. De este modo, la tasa de homicidios entre 2007 y 2011 pasó de 8.1 a 23.7 homicidios por cada 100 mil habitantes.
Es claro que el aumento en los homicidios violentos es un fenómeno complejo y están involucrados múltiples factores. Por lo tanto, también resulta obvio que la existencia de la prisión preventiva oficiosa para esos casos tenga un impacto nulo en la disminución de su incidencia.
La Organización Impunidad Cero, reportó que, en los últimos 3 años, los homicidios dolosos en México se dispararon más de 50 por ciento, sin embargo, las sentencias condenatorias por este delito en el mismo periodo disminuyeron.
En estados como Morelos y Oaxaca, el índice de impunidad ya alcanza niveles del 99 por ciento, con estos datos resulta claro que la prisión preventiva oficiosa en casos de homicidio tampoco ha tenido impacto en el acceso a la justicia para las víctimas.
Se ira hasta el cansancio que las medidas cautelares son para garantizar que la persona imputada no se sustraiga de la justicia, no interfiera en la investigación y no dañe a las víctimas y testigos.
Las medidas cautelares no son para impartir justicia, lo que nos sirve para garantizar el acceso a la justicia es la investigación y la persecución de los delitos, exijamos que las fiscalías hagan su trabajo, generemos una política criminal que atiende a las raíces del problema de la violencia.
Por supuesto que esto es más difícil, muchos de los resultados no se verían en el corto plazo, pero estaríamos implementando soluciones legítimas y sustentables. Si está Cámara de Diputados, amplia el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa en el Artículo 19, estarán consignando el abuso del poder y la violación a los derechos humanos en la Constitución.
Los invito a dejar de hacer política criminal desde la mano dura y empecemos a hacer política criminal desde la inteligencia. Ahora quiero abonar un poco al ejemplo que se nos dio hace un momento sobre la gravedad del fenómeno criminal del robo de vehículos.
En México Unido contra la Delincuencia hemos monitoreado la Unidad Especializada en Robo de Vehículos de la fiscalía de Puebla. Encontramos que curiosamente el gran problema de la recuperación de los vehículos robados está precisamente en la fiscalía.
Las víctimas pueden tardar hasta seis meses en recuperar sus vehículos robados, a pesar de ser localizados y asegurados dentro de las 24 horas después de la presentación de la denuncia.
Así, las víctimas se enfrentan a la excesiva burocracia y corrupción de esta fiscalía. Al final, las víctimas tienen que pagar las cuotas de arrastre y resguardo por esos seis meses, que pueden incluso superar el valor del vehículo.
El problema no es que no haya prisión preventiva oficiosa, sino que, como bien lo dijo el doctor José Antonio Caballero, el problema lo es la indolencia, la negligencia y la corrupción. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Se agradece la participación de la licenciada Cristina Reyes. Informo que se incorpora a esta mesa de trabajo la diputada Beatriz López Chávez, quien es miembro también de la Comisión de Puntos Constitucionales, así como la diputada Verónica Juárez Piña. Bienvenidas, diputadas.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Procederemos con la intervención del licenciado Salvador González Reyes, socio fundador de Conatram. Para tal efecto, solicito al diputado Iván Arturo Pérez Negrón que nos auxilie con la lectura del currículo.
El diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz: Muchas gracias. Muy buena tarde, diputadas, diputados. Bienvenidos a nuestros ponentes. El licenciado Salvador González Reyes es licenciado en administración de empresas; socio fundador de Conatram, Confederación Nacional de Transportistas de México, organización de transportistas que agrupa a miles de hombres en todas las modalidades, mujeres, que están vinculadas a este tema; ex oficial mayor de la Conatram; delegado estatal en Zacatecas; socio fundador de la Integradora de Transportistas Zacatecanos; y actualmente es el presidente de la Comisión de Enlace con el Legislativo y Otros Órganos Gubernamentales. Bienvenido.
El ciudadano Salvador González Reyes: Gracias, diputado. Saludo respetuosamente a los diputados de los diferentes grupos parlamentarios, así como a las diputadas, a los investigadores, académicos y juristas que nos acompañan.
Quiero no abundar más en las estadísticas. Creo que lo que dijo AMIS, en voz del señor Arias... validarlo al ciento por ciento. Los transportistas nos vemos grandemente afectados. No quisiera darles cifras porque creo que ya sería redundar, pero nosotros consideramos que el transporte se está viendo gravemente afectado por la falta de esta figura que están ustedes por aprobar.
Nosotros les solicitamos que se lleve a cabo dicha aprobación, porque para nosotros es de vida o muerte en este momento, porque en todas las carreteras del país nuestros operadores están siendo asaltados, vejados y violados, y en algunos casos hasta asesinados. Es una verdadera urgencia la que tenemos, de que en este momento se haga algo. Se está buscando que con esta figura podamos tener una certeza de nuestras inversiones. Y que las personas y los bienes que transportamos no sean dañados como lo están siendo hasta ahora.
Para darles un pequeño ejemplo, del 1 al 27 de enero se dieron un promedio de 1 millón 600 mil litros robados en las carreteras. Hoy todos los delincuentes en las agencias del Ministerio Público se burlan de las personas que llegan a poner las denuncias, porque no tienen certeza de que los vayan a encerrar. Y recientemente tuvimos un caso en Guanajuato en que se salía el Ministerio Público a amenazar al que estaba presentando la denuncia a su mismo teléfono, porque lo acababa de dar al secretario que estaba redactando la denuncia. Para nosotros es urgente que se lleve a cabo esta figura.
Con los índices y estadísticas que dio el señor Arias queda demostrado que el robo a transporte y la violación que se están dando, como ustedes lo deben recordar, en días pasados, en meses pasados que se vio aquí en México, se está convirtiendo en algo muy frecuente. En algo se está fallando. Y creemos nosotros que esta figura reforzará en gran medida lo que se pretende, llegar a que deje de existir está libertad para las personas que nos dañan y nos roban. Reinciden en un gran porcentaje, es la reincidencia la que se da porque no tienen una figura que los someta, y si le sumamos dos o tres situaciones más como es la mala actuar de los Ministerios Públicos, nos llevan a que casi haya estadísticas que de 120 imputados, 62 únicamente se encuentren en prisión, agarrándolos con los camiones, con los camiones robados, con la mercancía, y ahora ustedes lo han visto en los medios de comunicación, hay reportajes donde ya no encuentran un camión robado, sino encuentran 40 o 50 vehículos con cientos y cientos de toneladas, desde cerveza, jugos, cemento, bolsas, polietileno, cualquier cosas es lo que se está llevando.
Por lo mismo, quiero solicitarles respetuosamente a las y los diputados que aprueben esta figura, que nosotros los transportistas estamos exageradamente urgidos de que esta figura sea aprobada. Gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos la participación del licenciado Salvador González Reyes.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Asimismo, daremos paso a la intervención del doctor Francisco Gaitán, coordinador del Comité de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados, ANADE. Para tal efecto, le solicito a la diputada Claudia Pérez Rodríguez nos auxilie.
La diputada Claudia Pérez Rodríguez: Claro que si, diputado. El doctor Francisco Gaitán es abogado penalista y maestro en derecho procesal penal por el Instituto Nacional de Estudios Superiores en Derecho Penal A.C. Tiene doctorado en derecho, derecho constitucional y derechos humanos por el Instituto Nacional de Estudios Superiores en Derecho Penal A.C.
Cuenta con diversos diplomados, cursos y seminarios relativos al sistema penal acusatorio, derechos humanos, juicio de amparo, técnicas de litigación oral, medios alternos de solución de conflictos, criminalística y criminología, responsabilidad penal de persona jurídica, comunicación, programación, uso de las tecnologías en el derecho, psicología, psicopatología, entre otros.
Tiene 14 años de experiencia en la práctica profesional realizada con el litigio penal, el juicio de amparo y la defensa de derechos humanos. Y es profesor titular de la Universidad Franco Mexicana, y profesor invitado en la catedra de criminología de la Escuela Libre de Derecho. Por lo que le concedemos el uso de la voz.
El ciudadano Francisco Gaitán Cruz: Muchas gracias. Quisiera empezar diciendo que no hay, no debe de haber ninguna legitimidad para vulnerar la seguridad y la paz de las personas. Para eso, precisamente, existe el derecho penal, para sancionar todas aquellas conductas de personas que son inadaptadas a la propia sociedad. De ahí que todos los delitos sancionen conductas de personas inadaptadas a la sociedad, y por ende, convierte esto a todos los delitos, es decir, a todo el catálogo de delitos que están en los códigos penales y en las leyes especiales en conductas graves.
En principio ya que todos los delitos son conductas graves, podríamos eliminar el 19 constitucional ¿Por qué? porque eso es un catálogo reducido de delitos graves más graves.
Ahora bien, justifico la legitimidad de mi presencia. La legitimidad de mi presencia en este foro son tres órdenes específicos. El primero, porque soy ciudadano mexicano y vivo en México. El segundo, soy abogado penalista, y el tercero, soy miembro de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa. Las tres órdenes a las cuales represento el día de hoy comparten la idea de rechazar totalmente la propuesta de reformar el artículo 19 constitucional y aumentar el catálogo de delitos.
Es cierto que el catálogo de delitos del 19 constitucional había que ser revisado cinco años después, pero para la baja, no para la alta, porque de una o de otra manera el Estado mexicano tenía una carga de implementar el sistema de justicia penal acusatorio para que específicamente todos aquellos delitos de alto impacto previstos en el 19 desaparecieran, con la expectativa de que el Estado invirtiera totalmente, generará un programa de consolidación del sistema a efecto de que el sistema funcionara. El sistema es nuevo, no es malo, es nuevo, entonces hay que darle cierto tiempo.
Ahora bien, otra cosa, el gobierno de México dice que es voluntad del pueblo mexicano, que la impunidad y la corrupción se acaben, pero también ya fue voluntad del pueblo mexicano, que México transitara de la violación de derechos, a la protección de los mismos.
Por tanto, les pido a todos ustedes legisladores, se pongan del lado del pueblo mexicano, que ya una vez logró una transición en beneficio de los propios derechos. No quiere decir que el pueblo mexicano no quiera que se sancione a las conductas delictivas, pero ojo, a las conductas delictivas.
El tema es que la Prisión Preventiva Oficiosa es una pena anticipada, es decir, queremos sancionar a un inocente, previo a que se le diga que cometió el delito. Hace ratito decían –es indignante que no se encierre a los delincuentes; es indignante llamarle delincuente a alguien que goza de la presunción de inocencia.
Por tanto, hagan el ejercicio, imagínense que ustedes son investigados por la comisión de un delito; mientras son investigados, no tiene razón de ser que se les llame imputados, que se les llame delincuentes, que se les llame o que se les tache como que cometieron un hecho delictivo, por el contrario, la presunción de inocencia, sin duda, es la que debe prevalecer.
¿Por qué? Porque también el Texto Constitucional, pareciera ser que nuestro Texto Constitucional es dispráxico, entre la protección de derechos y criterios de excepción para delitos de alto impacto. Queremos que acabe el fenómeno delictivo, vayámonos a su origen, vayámonos a su origen, de entrada, invirtamos en instituciones, para que se pueda investigar, y posteriormente, sancionar de buena manera.
Ahora bien, Prisión Preventiva Oficiosa, ¿para qué aumentarla, si ya tenemos la solución? La solución es la Prisión Preventiva Justificada, que es exactamente lo mismo que la oficiosa, nada más que para los otros delitos, ahora bien, ¿esto qué requiere? Es como todo, si queremos conocer de algo hay que leer.
Ahora bien, si queremos que se aplique la Prisión Preventiva Justificada, hay que investigar, entonces, si nosotros queremos que la Prisión Preventiva Oficiosa aumente, hagan de cuenta que es –quiero aprender sin leer, quiero que una persona se quede tras las rejas, y después frustro, frustro a todos aquellos que dicen –después de que se vinculó a proceso, con estos datos de prueba, que no practiqué bien, y después ya llego a un procedimiento acusatorio en etapa de juicio, donde le toca al abogado o a su servidor defender al delincuente, de verdad, por errores en el procedimiento, las personas van a salir inocentes, con una sentencia absolutoria.
Mientras tanto, disfrutemos que estuvieron un ratito tras las rejas, pero mejor hubiera sido que el Estado hubiera destinado el presupuesto específico para fortalecer las instituciones, que el día de mañana tengan una sentencia condenatoria, no una Prisión Preventiva Oficiosa.
Ahora bien, pensemos también, porque a final de cuentas, no obstante haya una representación, somos ciudadanos y somos personas, hay un impacto brutal de las personas que participan en los procedimientos ministeriales o judiciales. Oye, ¿por qué queremos vulnerar a nuestros gobernados, para que estén trastornados mentalmente, porque son sujetos a un procedimiento que es corrupto, injusto, con poca efectividad, con poca inteligencia?
Si nos toca a alguno de nosotros, probablemente –como decía el abogado–, tendremos la oportunidad de pagar o no pagar un procedimiento, pero los que no, ahí están, y entonces, eso podría calmar la ansiedad social, en el sentido de decir –hay alguien tras las rejas, reitero, pero se va a frustrar el día de mañana que haya una sentencia absolutoria.
Ahora bien, solución. Fortalecimiento de instituciones, lejos de reducir impulso económico a las instituciones que tendrían que consolidar el sistema, lo que queremos es quitárselo; mejor habría que pagarle mejor un policía que se va a enfrentar a la delincuencia organizada, sí, sin duda; habría que pagarle más, cuando el policía sea además de policía, experto en ser policía.
Eso es totalmente de teoría básica. Alguien decía un ponente ¿habrá algún protocolo en materia de derechos humanos que diga cómo investigar? No hay uno, hay 100, y de hecho, hay países de primer mundo que utilizan este tipo de protocolos, y ¿saben cuál es su máxima sanción? 15 años, 15 años en su máxima sanción al peor delito que exista, ya sanción, ya considerándolo a una persona responsable.
Esto porque tiene una explicación muy fácil. Desde el principio, el procedimiento penal tiene una expectativa, y cuando ya se acaba, tiene otra expectativa, desde el principio, sancionar a aquel que de una u otra manera quiere y conoce las consecuencias del hecho ilícito, y a quien es imprudente, y aun así la comete. Pero escúchenme, el procedimiento tiene una expectativa, ya una vez que se acabe y haya una sentencia condenatoria, y lo dice la Norma constitucional, artículo 18 constitucional, que la persona que ya cometió el delito, se reinserte a la sociedad.
Fíjense nada más, o sea, queremos que se investigue, luego que se sancione, pero también entonces, habría que eliminar el 18, porque no queremos que nunca más se reinserte por la comisión de ningún delito. ¿Qué es esto? Es dispraxia normativa. Seamos congruentes con lo que dice nuestra norma constitucional, con lo que quiere la voluntad del pueblo mexicano y con lo que nuestras instituciones tendrían que dar.
Ahora bien, la medida cautelar es una media excepcional. Lo dice la propia norma. La respuesta ya la tenemos de una u otra manera con la prisión preventiva justificada. Les pongo un ejemplo muy claro. ¿Qué es lo único que hay que hacer? Echarle un poquito más de ganas a la investigación. Riesgo victimológico y riesgo criminológico.
Da lo mismo, da lo mismo que un narcotraficante conocido cometa un delito de robo simple a que cometa operaciones con recursos de procedencia ilícita, para efecto de la prisión preventiva. Da lo mismo, por qué, porque si un narcotraficante muy conocido comete un robo simple, y es llevado a una audiencia de control, y en un debate de medidas cautelares se le dice al juez este señor es un súper narcotraficante, se va a ir, va a poner en peligro a la víctima y además va a obstaculizar la acción de la justicia.
Señores, va a ser procedente la prisión preventiva justificada, aun por un robo simple, no por la brutalidad que vimos ahí. Esa brutalidad tiene que ser sancionada, pero primero investigada. Y una persona que realizó ese tipo de delitos, y se le acredita que el señor pone en peligro a la sociedad, que el señor pone en peligro a la víctima, que el señor va a obstaculizar la acción de la justicia o se va a fugar, se le va a imponer la prisión preventiva justificada.
Señores, los invito, en esta oportunidad histórica que tienen en el momento a legislar, a que actúen bien. Solo es justo aquel que actúa bien. Para actuar bien se tiene que tener conocimiento de causa. Para tener conocimiento de causa se necesita leer.
Gracias por la oportunidad de poderles expresar lo que un abogado penalista, un ciudadano mexicano y un represente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa piensa. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos la intervención del doctor Francisco Gaytán.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Y procederemos con la intervención del licenciado Luis Tapia Olivares, quien es abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez Asociación Civil. Para tal efecto le solicito el auxilio a la diputada Martha Tagle para efecto de la curricular.
La diputada Martha Angélica Tagle Martínez: Sí. El licenciado Luis Eliud Tapia Olivares es licenciado en derecho por la Universidad Veracruzana. Tiene estudios de incidencia política en la Pontificia Universidad Javeriana de Cali y derecho internacional de los derechos humanos y derecho internacional humanitario en América University.
Es maestro en derechos humanos y democracia por Flacso México. Desde 2012 es abogado del área de Defensa del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, AC, y actualmente coordina dicha área. Participa en espacios nacionales e internacionales hablando sobre temas de derechos humanos, especialmente vinculados con reparación del daño y graves violaciones a derechos humanos.
Ha sido ponente en talles y es autor de artículos de opinión y académicos, relacionados con las reformas constitucionales en derechos humanos y justicia penal, y con reparación integral del daño. Bienvenido, licenciado Eliud.
El ciudadano Luis Eliud Tapia Olivares: Muchas gracias. Muy buenas tardes. Agradezco, a nombre del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, el Centro Prodh, la invitación para hablar en el Congreso, en estas audiencias, en una práctica que saludamos de parlamento abierto.
Quiero exponer cinco razones por las cuales nos oponemos a ampliar el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa en la Constitución. Me gustaría hacer algunos comentarios iniciales e incluso, durante estos cinco puntos y los cuales, creo, han sido abordados en su totalidad, también quisiera recoger algunos comentarios que han sido vertidos a favor incluso de ampliar el catálogo de delitos.
No nos oponemos al uso de la prisión preventiva. Creo que eso ya quedó muy claro, ¿no? Nos oponemos al uso de la prisión preventiva oficiosa no justificada. Sabemos que la situación que vivimos necesita de medidas cautelares. Hay un catálogo, incluida la prisión preventiva.
La primera razón por la cual nos oponemos a este aumento de delitos es que desvía el tema central de la seguridad y de la impunidad. Me parece que estamos erróneamente poniéndonos en un diferente barco. Parece que hay un concurso de gravedad de delitos y creo que no es el tema. Hay un delito que está en la Constitución desde el 2008, como causante, como candidato a prisión preventiva oficiosa: el secuestro.
La semana pasada, no, el lunes de esta semana supimos, según lo acepto el gobierno de México que hay menos 40 mil personas desaparecidas, 20 mil cuerpos sin identificar, las familias de las personas desparecidas abren la tierra para buscar sus hijos, ahí está la muestra de que no hay una correlación de disminución de la Comisión de Delitos porque tengan prisión preventiva oficiosa. Ése no es el debate.
Ya lo dijimos varias veces, varias personas aquí, no se trata de si el delito es grave o no, no se trata de si es reprochable socialmente el asalto que vimos hoy, se trata de que ese delito no se combate con prisión preventiva oficiosa, se combate con investigaciones serias, se combate con procuración de justicia preparada con políticas civiles capacitadas, no con cambios legislativos, que como ya se dijo, son incentivos para no investigar.
Las personas que estamos acá queremos exactamente lo mismo, que se combatan los delitos. El camino, pensamos que es totalmente diferente para llegar a ese fin.
El punto número dos, por el cual nos oponemos a que se aumente el catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa, es que afecta a las personas más vulnerables, a las personas pobres y a las personas inocentes, desde la experiencia del Centro Prodh, de más de 30 años en el trabajo de defensa y promoción de derechos humanos, puedo decir que en todos los casos de encarcelamiento injusto, además de que hubo tortura, de que hubo tortura sexual, se ocupó la prisión preventiva oficiosa.
Don Rodolfo, Don Teodoro, Doña Jacinta, Doña Alberta, Doña Teresa, Hugo Sánchez, Don José ramón y Pascual, Doña Basilia, Don Idelfonso, Doña Conchi, Claudia Medina, Ángela Milkar, las mujeres de Atenco, Sergio Sánchez, María del Sol Vázquez, Hoy Tai lin Clotec Woan, tienen cinco años en prisión preventiva sin una sentencia luego de que fue detenida arbitrariamente, sacada por federales de su casa, sometida a violación y hoy no tiene una sentencia, se encuentra en el penal de Tepepan, esperando una sentencia.
Podemos dar fe, entonces, que la prisión preventiva lejos de ayudar a combatir el delito, criminaliza a las personas más pobres y a las personas inocentes.
El número tres, la prisión preventiva oficiosa desalienta la investigación de delitos, ya que se encarcela a la persona, el ministerio público sabe que no tiene que hacer nada, puede esperar todo el desarrollo del juicio. Ustedes saben cuánto dura un juicio, ¿verdad? y en el peor de los casos para el Ministerio Público tendrá sentencia absolutoria pero la pena ya la abra conseguido. Lo tuvo en la cárcel el tiempo necesario. ¿Eso ayuda a combatir el delito? No.
Ustedes conocen el caso Ayotzinapa, el Centro Prodh, es una de las organizaciones que acompaña a las familias de los estudiantes, se detuvieron y consignaron a más de 130 personas, en ese caso.
¿Saben cuántas tienen una condena? Ninguna. Y esos delitos tenían prisión preventiva oficiosa, tanto el secuestro como el homicidio de esas seis personas el día de los hechos, cómo las graves lesiones han sido judicializadas y ninguna sentencia se ha conseguido.
Es decir, se desalienta la investigación de delitos y se afecta también a las víctimas, así lo escribió el magistrado del tribunal colegiado de Tamaulipas cuando ordeno crear la Comisión de Investigación en el caso. No hay acceso a la justicia, pero tampoco se accede a la verdad.
El número cuatro, es que va en contra del sentido de las reformas penal y de derechos humanos, no voy a abundar sobre eso, varios académicos, académicas aquí lo han desarrollado, se redujo el estándar de prueba, porque se dijo en el 2008, la prisión preventiva será la excepción y no la regla, es perverso lo que se está haciendo porque estamos revirtiendo una reforma penal y una reforma de derechos humanos que lo único que va a hacer es llenar las cárceles de personas pobres e inocente. No se va a reducir la criminalidad.
Y por favor, no me malentiendan, el Centro Pro acompañar a víctimas imputados y a víctimas de delito y a víctimas de graves violaciones a derechos humanos. No estamos en un barco distinto con nadie de aquí. Se quiere exactamente lo mismo. Sin embargo, la prisión preventiva oficiosa no va a ayudar a reducir la criminalidad. Y no es el futuro de lo que estoy hablando, es la evidencia, y ya fue presentada aquí. No estoy haciendo ejercicios hipotéticos que no existen.
Y por último, la prisión preventiva oficiosa vulnera tratados y sentencias internacionales. Ustedes sabrán que el 28 de noviembre pasado el Estado mexicano fue condenado en el caso Atenco, en un caso de torturas sexuales cometidas contra 11 mujeres. En ese caso, justo la Corte Interamericana estableció en su jurisprudencia vinculante para el Estado mexicano, obligatoria. No es una recomendación, es una sentencia de un tribunal internacional. Es derecho mexicano, es derecho positivo, así lo decidimos.
Así lo ha interpretado el pleno de la Suprema Corte de Justicia; en jurisprudencia estableció esto: La privación de libertad del imputado sólo debe tener como fin legítimo asegurar que el acusado no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia. El peligro procesal no se presume, sino que debe realizarse la verificación del mismo en cada caso, fundado en circunstancias objetivas y ciertas del caso concreto. Lo que hace el artículo 19 constitucional es evitar la revisión del caso concreto.
Hoy el Estado mexicano estaría y está en desacato de esta sentencia de la Corte Interamericana. Aprobar una reforma que amplíe el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa es una afrenta a una sentencia vinculante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Para finalizar, diputadas y diputados, con todo respeto les comunico que si aprueban una ampliación del catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa no mejorará nuestra seguridad, no combatirán la impunidad y, lo que es peor, provocarán que personas pobres e inocentes vayan a la cárcel. Gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos la participación del licenciado Luis Tapia Olivares.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Procederemos con la última intervención, que es la del licenciado Rubén Quintino Zepeda. Para tal efecto solicito a la diputada Claudia Pérez que nos auxilie con la lectura del currículo.
La diputada Claudia Pérez Rodríguez: Claro que sí. El licenciado Rubén Quintino Zepeda es licenciado en derecho por la UNAM, es profesor instructor del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal de enero de 2013 a la fecha. Laboró en el Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe) y en la Subprocuraduría de Derechos Humanos de la otrora Procuraduría General de la República (PGR), así como en el Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe). Le concedemos el uso de la voz para que dé su intervención.
El ciudadano Rubén Quintino Zepeda: Muy buenas tardes. Y muchísimas felicidades por la invitación. Creo que la clave del problema que analizamos ya lo dijeron, y se puede sintetizar en una sola palabra, en la palabra “capacitación”. Necesitamos fortalecer las instituciones que capacitan a los distintos intervinientes en el sistema acusatorio mexicano. Voy a poner un caso sencillo si ustedes me lo permiten.
Imaginemos que una persona es detenida. No obstante, de que tenemos el video de que saltó la barda para ingresar a una casa habitación. Saltó la barda, ingresó a la casa habitación y salió de esa casa habitación sin ningún objeto. Esta persona es detenida y tiene derecho a guardar silencio. El agente del Ministerio Público debe trabajar con eso, con lo que tiene y si tiene este video, adelante, y si tiene un catálogo donde se dice prisión preventiva oficiosa, robo a casa habitación, el agente del Ministerio Público debe asociar, no solamente el tipo de robo a casa habitación, sino el grado de ejecución de ese tipo. Porque todo tipo o se consuma o se comete en grado de tentativa. Pero, además, el agente del Ministerio Público debe identificar la forma como intervino el sujeto activo, ya sea como autor o como partícipe, inclusive debe identificar la naturaleza dolosa o culposa de la conducta.
Entonces, el agente del Ministerio Público, cuando esta persona es detenida y esa persona tiene derecho a guardar silencio, el agente del Ministerio Público debe suponer varias cosas. Debe suponer, por ejemplo, que ingresó a la casa habitación, que vio los cuadros que estaban en la sala y los consideró quizá de poco valor y por ese motivo desistió ineficazmente de su tentativa. Pero son suposiciones del agente del Ministerio Público.
El agente del Ministerio Público buscará una clasificación, como la siguiente: robo a casa habitación cometido en grado de tentativa acabada, donde intervino el autor directo en forma de acción dolosa. Pero una tentativa inacabada ineficazmente desistida, suponiendo que fue el motivo por el cual no se apoderó de los cuadros que estaban en la sala de la casa.
Pero en cuanto el agente del Ministerio Público tenga esta herramienta, puede cometer varios errores garrafales. Voy a poner otro caso quizá de lo más simple, porque el derecho se ejerce en lo más simple y cotidiano.
Imaginemos que detenemos a una persona que con una ganzúa, a las tres de la mañana trata de abrir una camioneta o un camión estacionado. Esa persona es detenida en flagrancia. Solamente trataba de abrir la puerta y tiene derecho a guardar silencio. Adelante, tiene el derecho a guardar silencio, y si ustedes me dicen: bueno, ¿por qué no abrió la puerta? Pues porque en ese momento fue detenido. Pero, ¿por qué motivo quería abrir esa puerta? El sujeto no me lo va a decir, porque tiene derecho a guardar silencio. El agente del Ministerio Público puede cometer varios errores, puede suponer, por ejemplo –una suposición– puede decir bueno, pues se trata de un robo de vehículo cometido en grado de tentativa inacabada, ineficazmente desistida, donde intervino el autor directo en forma de acción dolosa.
Sí, o sea, de un tipo, no crean ustedes que un tipo penal nada más va así como decir homicidio. No, no, mis queridos amigos, todo tipo o se consuma o queda en grado de tentativa. Todo tipo supone una forma de intervención y supone una naturaleza dolosa o culposa de la conducta, y esto lo exige el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Voy a poner otro caso. Imaginen ustedes, de lo más sencillo, imaginen que un vecino se hace de palabra y en ese sentido contiende con otra persona. Sale la señora, digamos, la señora de la casa, la esposa de este vecino y ágilmente le desapodera el arma que el vecino trae consigo, le quita el arma. La señora le dice no te metas en problemas, ningún problema, ¿sale? Dame esta arma, dámela. La señora la guarda en su bolso. Camina unas calles con dirección a su casa, quizá media calle y en ese momento es detenida, igual que su esposo.
¿Quién porta el arma? Obviamente la señora. El agente del Ministerio Público puede decir prisión preventiva oficiosa para la señora, que además guarda silencio desde el momento de su detención. ¿Cuál sería la clasificación para esta señora? Posesión de arma de fuego consumada instantáneamente, donde intervino la autora directa en forma de acción dolosa.
Así, esa frase sintética, simétrica y sencilla se llama clasificación jurídica, porque los tipos no van solos, todo tipo se consuma o queda en grado de tentativa y la tentativa puede ser eficaz o ineficazmente desistida, y la consumación puede ser instantánea, permanente o continuada, y la forma de intervención puede ser autor directo o autor mediato o coautor, partícipe inductor, partícipe cómplice o encubridor, y la naturaleza de la conducta puede ser acción dolosa o culposa, comisión por omisión dolosa o culposa, omisión simple, dolosa o culposa.
Entonces, los tipos, amigos, no vayan a pensar que los tipos penales van así. Yo escucho las expresiones: el delito de feminicidio, el delito de robo a casa habitación. No, son tipos, pero todo tipo tiene un común denominador, grado de ejecución, forma de intervención, naturaleza de la conducta y, en su caso, la clase de concurso.
Voy a poner ya para finalizar un ejemplo más, si ustedes me lo permiten. Un ejemplo que recuerdo perfectamente, porque todo sucedió de manera simple y sin complicaciones. Tenemos el caso de una persona, una dama que al llegar a su domicilio encuentra en el interior de la recámara a su esposo, del techo al cuello sostenido por una cuerda, la señora se aproxima a su marido y en ese momento él está, todavía inconsciente, pero con vida. ¿Qué creen que hace la señora? Espera dos horas antes de llamar a la Policía, luego el remordimiento la invade y comenta todo lo anterior. El agente del Ministerio Público piensa: a ver, este es un hecho de homicidio en razón de parentesco, porque pudo haber evitado la muerte, este es un hecho de inducción al suicidio, quizá de ayuda al suicidio o de omisión de auxilio.
El agente del Ministerio Público, si en este caso, digamos, la señora decide guardar silencio, ella no nos dice por qué motivo no salvó de la muerte a su marido, no nos lo va a decir porque tiene derecho a guardar silencio y no le podemos forzar ese derecho, pero quizá el agente del Ministerio Público diga: bueno, pues se trata de un homicidio en razón de parentesco consumado instantáneamente, donde intervino la autora directa en forma de comisión por omisión dolosa. Prisión preventiva oficiosa, vámonos.
Entonces, están poniendo en manos del agente del Ministerio Público una herramienta que, sin la debida capacitación, mis queridos amigos, puede ser peligrosa. Yo creo, como todos en esta mesa, que un tema como es la prisión preventiva oficiosa hay que pensarla, y ya se dijo, como ciudadanos. Hay que pensar estas cosas como ciudadanos.
Finalmente, otro caso de lo más sencillos, es que solamente a través de casos simples y cotidianos es que se puede dimensionar las posibilidades de una herramienta como la que queremos poner en marcha.
Tenemos el caso, mis queridos amigos, de una persona que al llegar a su domicilio encontró sobre la alfombra a su esposa y la señora alcanzó a decirle: háblale, háblale de urgencia a un médico, porque tragué pastillas como para matar a un caballo, háblale. La señora estaba autoprovocándose el vómito. ¿Qué creen que hizo el señor? El señor que iba acompañado de uno de sus amistades, no regresó, no regresó sino hasta dentro de cuatro horas. Y afortunadamente para la señora, un familiar cercano la llevó inconsciente y logró salvarla, le logró salvar la vida.
Entonces, la señora denuncia, no solamente al señor, al esposo, sino también denuncia a su acompañante. Y el agente del Ministerio Público obviamente debe respetar el derecho a guardar silencio de ambos. Y, ¿qué tipo penal les va a atribuir? A uno quizá homicidio en razón de parentesco, algunos dirán: bueno, tal vez, si hay alguna razón de género, feminicidio. Muy bien. ¿Y al acompañante? Al acompañante, que quizá le dijo: vámonos, vámonos y no regresemos jamás. Esa persona es un partícipe inductor, la otra persona, el cónyuge, puede ser un autor de un homicidio en razón de parentesco.
Como se puede apreciar, mis queridos amigos, en estos casos no hay que ver los tipos como aislados del grado de ejecución de la forma de intervención y de la naturaleza dolosa o culposa la conducta, porque así no ocurre en la práctica. El Código Nacional de Procedimientos Penales nos obliga a que cada tipo tiene su común denominador integrado por un grado de ejecución, una forma de intervención y una naturaleza dolosa o culposa de la conducta.
Y cuando se analizan realmente estos últimos elementos podemos identificar el grave riesgo que corremos todos los ciudadanos si de echarse a andar esta reforma no tuviéramos una capacitación adecuada. Muchísimas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Agradecemos al licenciado Rubén Quintino Zepeda su valiosa intervención. Vamos a entrar a la etapa final de esta mesa de trabajo, que consiste en el intercambio de opiniones con diputados. Para tal efecto se han registrado cuatro diputados. La diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, el diputado Iván Arturo Peréz Negrón Ruiz, la diputada Verónica Juárez Piña, el diputado Héctor Jiménez Meneses. Si hay algún otro diputado que desee hacer uso de la voz, que me lo haga saber, por favor.
No siendo el caso, cada diputado tendrá un tiempo de tres minutos para su intervención y/o pregunta hacia alguno de los participantes ponentes. A su vez, si fuese el caso de la pregunta, yo le pediría a los ponentes que respondiéramos y nos ajustáramos también al tiempo de los tres minutos.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Siendo así, le concedo el uso de la voz a la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán.
La diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán: Muchas gracias. Primero que nada, agradecer a todos los que se han tomado el tiempo de venir a participar en este foro y reconocer también a los organizadores del mismo y a la Junta de Coordinación Política por la apertura de tener estos ejercicios de parlamento abierto.
Yo tenía dos preguntas que han sido respondidas a lo largo de las intervenciones: la primera, si desde el 2008, como ya se ha venido diciendo aquí, están en la Constitución los delitos, por ejemplo, de homicidio doloso y los delitos de violación, podríamos ver ahora, a diez años de su inclusión, que no han disminuido, que solo han aumentado.
Y yo esto se los quiero decir porque yo reconozco ampliamente la petición de los presidentes de cámaras que han venido a hacer.
Y quiero también reconocer a los expertos en derechos humanos que vienen a exponernos sus puntos.
Y lo que nosotros en el grupo del Revolucionario Institucional estaríamos tratando, o más bien estaríamos fomentando, es buscar una solución que nos diera a todos, los que estamos aquí hablando, la posibilidad de mejorar el sistema de justicia penal, pero a la vez, de llegar a realmente la profundidad, el fondo del asunto, que es que la prisión preventiva oficiosa no está siendo la respuesta.
¿Cuál nosotros pensamos que pudiera ser la respuesta? Si cambiáramos de sede para atacar la puerta giratoria y mover de sede judicial a sede ministerial. O sea, que fuera ante el fiscal o ante el Ministerio Público antes y ahora Fiscal, la obligación de llevar ante el juez a que se califique si esa prisión debe ser una medida cautelar que se aplique.
¿Por qué se los digo? Yo quiero explicar de manera muy sencilla, yo soy abogada pero lo quiero tratar de explicar.
Aquí estamos diciendo muchos que se puede aprehender a las personas pero posteriormente salen en libertad. ¿Por qué? Porque para que las personas puedan tener su prisión preventiva, en este caso oficiosa o justificada tienen que ir ante el juez. Y donde no están yendo es un paso antes, que es ante el Ministerio Público, que tiene ese espacio de discrecionalidad de decidir de manera unilateral si lo lleva a presentar o no lo lleva a presentar.
Y ahí hay un campo importantísimo de corrupción, porque si no la hubiera, compañeras y compañeros y distinguidos asistentes, entonces ya no tendríamos homicidio doloso porque está con prisión preventiva oficiosa desde 2008.
Entonces, si pudiéramos ir a una reforma en la que todos estuviéramos de acuerdo, porque yo creo que el tema de seguridad nos incumbe a todos. Y por favor, quiero volver a hacer un énfasis en el reconocimiento que hacemos al reclamo real de los presidentes de cámaras aquí presentes.
Pero todos queremos un mejor México y un México más seguro. Ir a reformar el 19 no es. Consideramos nosotros que podría ser ir a coincidir en que cambie la manera en que el Ministerio Público tiene unilateralmente la manera de llevar o no a los imputados, procesados, detenidos en flagrancia ante el juez, para que este sea quien diga si esa medida se debe tomar y cuál es la medida.
¿Y por qué ante el juez? Porque ya ante el juez son audiencias públicas, ya podemos ver todo lo que se está ahí acusando y así cumpliríamos con los compromisos internacionales que tenemos de no incrementar la prisión preventiva oficiosa, que hemos visto que no sirve, porque si no podemos llevar a los delincuentes ante el juez, a los imputados o a los procesados, no van a alcanzar esa prisión preventiva, sea oficiosa o sea justificada.
Yo les agradezco muchísimo su atención. Vamos a estar, por supuesto, trabajando en esto. Tenemos la convicción de que podemos llegar a construir una solución que sea verídicamente una respuesta a estos reclamos de la sociedad y que nos permita honrar los compromisos internacionales y los derechos humanos de los que el Estado mexicano ya es parte. Muchísimas gracias.
El moderador diputado Héctor Rene Cruz Aparicio: Como no se dirigió la pregunta a alguien el particular, no sé si alguno de los ponentes quiera hacer una alusión al respecto.
El ciudadano José Refugio Muñoz López: Muchas gracias. desde luego creo que todos los que expusimos el tema de parte de quienes representamos a las víctimas o que nos decimos por lo menos representar a las víctimas, fuimos muy claros en el sentido de que la prisión preventiva oficiosa no va a resolver por sí mismo el problema.
Tenemos que pensar en una serie de medidas de carácter integral, dentro desde luego de lo que es importante también es el marco jurídico para avanzar en esa dirección. Por eso digo aquí y agradezco a los especialistas por la cátedra que nos han dado en el tema.
Desde luego acepto la invitación que incluso por ahí nos hicieron para leer. Pero es el mismo debate, lo hemos sostenido o lo hemos tenido con la misma asociación en el seno del Consejo Coordinador Empresarial. Y es el debate entre el deber ser y lo que realmente es.
Si esto no es lo que nos va a resolver el problema, entonces ¿qué sí? Que nos lo digan los especialistas, porque hace unos días estuvimos en este mismo espacio hablando del tema de la Guardia Nacional y escuchamos exactamente los mismos argumentos de por qué no: porque es violatorio de los derechos humanos, porque es una mala señal en cuanto el endurecimiento del Estado, etcétera, etcétera, etcétera.
Pero mientras los académicos se debaten o nos argumentan desde el seno de las instituciones de investigación el por qué no avanzar o por qué no tomar una decisión, por otro lado, lo que sí sigue avanzando es la inseguridad y sigue creciendo el número de víctimas.
Entonces, yo por eso de veras insisto, y si esto no es, ¿entonces qué sí? Que nos den una respuesta. Porque, ¿cómo le voy a explicar a una familia que perdió a un operador en un asalto que el delincuente que fue detenido salió porque el delito que cometió no es grave?
Y hace rato decían que en el estado de Puebla se enteran hasta cinco meses en regresarnos los camiones cuando son recuperados, pero en todo el país los delincuentes que son detenidos salen el mismo día.
Entonces, ¿por qué no combinamos las reformas con los procedimientos? Yo creo, sin ser especialista que el delito es grave por el efecto que tiene. Simple y sencillamente eso debería ser suficiente para tipificar cuando un delito es grave o cuando un delito es más grave o menos grave, por el impacto que tiene.
Luego ya en los procedimientos entonces sí determinar a qué se deben sujetar los Ministerios Públicos o los jueces, en su momento, para no incurrir en lo que muchos han argumentado en riesgos de que incrementen la corrupción, de que se va a sancionar a los pobres, o sea pues son discursos que hemos escuchado ya muy desgastados de mucho tiempo cuando se trata de estar en contra de una reforma.
Entonces yo sí invitaría a los señores legisladores, a que valoraran el catálogo de delitos en función del impacto real que tienen, que por sí mismo no va a determinar que tal o cual pues sea sujeto a eso, sino que tendrá que someterse a un procedimiento. Pero ya el hecho de que esté ahí catalogado como un delito grave por el impacto, pues ya va a obligar a los encargados de impartir justicia a someterse a un procedimiento para comprobar que efectivamente es un delito grave.
Y la otra, no olvidemos que la misma minuta contempla una temporalidad, aprovechemos esa temporalidad para generar las condiciones adecuadas para que efectivamente no tengamos necesidad de la prisión preventiva oficiosa. Ese fue el sentido del por qué en la iniciativa que vino del Senado, las diferentes fracciones que llegaron al consenso pudieron llegar gracias a que se incorporó en un transitorio esa temporalidad. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Muchas gracias.
La diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán: Muchas gracias. Sí, es que de hecho eso es de lo que se trata, y es a lo que estábamos diciendo, a la mejor no me expliqué bien.
Los delitos que ya están dentro del 19 constitucional y que ya tienen prisión preventiva oficiosa como la violación o el homicidio doloso, no han disminuido. Por ende, es más siguen incrementando, por ende, esto nos podría llevar a pensar que esta no es la solución que estamos buscando.
Efectivamente tenemos un problema y efectivamente estamos buscando cómo lograr que las personas que están cometiendo los delitos lleguen ante el juez para que el juez les pueda decretar su media de prisión o su medida de quitarles el pasaporte o su medida de ponerles una pulsera para que no se vayan de la justicia.
Pero si no logramos que lleguen ante el juez, por más penas que pongamos no se les van a poder aplicar a las personas. Si vamos y reformamos en lugar del 19, que es el catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa que, repito, no tenemos ninguna cifra que diga que por haber estado ahí esos delitos han disminuido.
Yo no soy académica eh, yo antes de ser diputada era presidenta de la sala colegiada del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas, donde también sabemos un poquito del tema de inseguridad y hemos sido víctimas de muchas cosas allá. Si no logramos que lleguen ante sede judicial, no vamos a poder aplicar esas sanciones.
¿Cómo pudiéramos llegar ante sede judicial obligando al fiscal y al Ministerio Público a que presente a esas personas ante el juez y les solicite la prisión preventiva y lo justifique con obligación del fiscal? Porque si no le ponemos esa obligación un paso antes que es al fiscal, si nada más dejamos como prisión preventiva oficiosa, el juez no va a tener prisión preventiva oficiosa, no van a llegar ante el juez y el juez no la puede dictar.
Entonces lo que le quiero decir es que estamos en el mismo sentido y por supuesto de ahí vendrán muchas necesidades de reformar las leyes secundarias para poder apuntalar el sistema de justicia como un todo, porque hay muchísimas deficiencias y, por supuesto, si el hecho de incluir en el 19 a un delito, nos dijera que eso haría que se redujera la comisión de esos delitos, pues ya estaríamos haciéndolo todos, no estaríamos ni debatiendo nada. ¿Por qué? Porque todos queremos que se reduzcan, el problema es que, repito, los delitos que ya están desde 2008, por ponerles otra vez el ejemplo de la violación y del homicidio doloso, no sólo no han disminuido, han aumentado.
Creemos que pudiéramos –es más– ir y decir ante el ministerio. El Ministerio Público tiene que ir en estos delitos y ahí sí, agregar a la mejor el robo a autotransporte, el robo a casa habitación. Lo que se ha venido diciendo aquí. Eso sí se puede hacer.
Pero lo que incidiría sería si ponemos la obligación del Ministerio Público de llevar y pedir la prisión preventiva para las personas que están haciendo todo ese catálogo de delitos y así dejamos al juez la potestad de poder decidir y le quitamos al Ministerio Público la oportunidad de corromperse porque tiene la decisión unilateral de poder dejar en libertad a las personas antes de llevarlas ante el Ministerio Público. Perdón, antes de llevarlas ante el juez.
Espero haber sido más clara en mi explicación, pero estoy por supuesto a las órdenes para que podamos profundizar en este tema que repito, nos preocupa, nos ocupa y estamos dispuestos a llegar a la mejor solución. Muchísimas gracias. Perdón, pero quería yo dar una explicación para que no se malinterpretara lo que yo estaba diciendo. Muchísimas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Gracias, diputada, por su intervención.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Proseguiremos con la intervención del diputado Iván Arturo Pérez Negrón. Adelante, diputado.
El diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz: Muchas gracias. Solamente para agradecer la presencia de las señoras y señores legisladores, por supuesto de los expertos en el tema. Hay experiencia acumulada y sin duda eso hace que el parlamento abierto, primero, se convierta en una realidad.
Que frente a la ciudadanía se aclaren muchas de las dudas que se suscitaron a partir de la discusión que se dio en el seno de la Comisión de Puntos Constitucionales y qué bueno que sean ustedes quienes pongan en su justa dimensión de qué se trata esta reforma constitucional, porque en muchos de los sectores de la sociedad había la preocupación e inquietud de que lo que se estaba discutiendo era la gravedad de los delitos.
Cuando se habla de cómo ir por el sí, necesariamente tenemos que voltear a ver opciones diferentes para la obtención de resultados diferentes. Hoy se han puesto de manifiesto muchas posiciones que no necesariamente deben ser coincidentes, porque es lo que enriquece el debate y lo que le ayudará a este Poder Legislativo a perfeccionar dictamen.
Y lo quiero reiterar porque es un cambio sustantivo en la forma en que se está legislando en esta LXIV Legislatura. Anteriormente era prácticamente imposible abrir ya un dictamen aprobado en comisiones. Hoy está sucediendo gracias al consenso, al acuerdo de las fuerzas políticas y por supuesto a esa gran apertura que se está demostrando en este nuevo gobierno de escuchar a todas las voces y a la ciudadanía en general.
Más allá del tecnicismo, establecer que al igual que otras reformas que se estarán dando en esta Legislatura, seguramente tendremos que buscar integralmente soluciones. Hoy se ha puesto de manifiesto de manera distinta que la falta de capacitación, de profesionalización, y hay que decirlo también, de incentivos para el Ministerio Público, para aquellos que tienen que tomar una decisión en un momento dado de cómo interpretar un hecho más allá de lo que obviamente la realidad va a terminar imponiendo, pues es necesario volearlo a ver.
Seguramente a partir ya de la entrada en vigor de la Fiscalía General de la República, el reto que tendremos los legisladores –o uno de los retos– para seguir fortaleciendo estas medidas será ver el tema presupuestal, y tendremos, además, eso sí, que garantizar que la integridad, que la tranquilidad y la vida de las familias mexicanas sea tutelada y resguardada como dé lugar.
En breve se estará presentando un paquete de iniciativa de reformas a la legislación penal. ¿Por qué? Porque hay que revisar. Y si hoy hay delitos graves como el caso de aquellos que atentan contra nuestras mujeres, contra nuestros niños, pues habrá que endurecer las penas, y habrá que mandar una señal contundente de que no estamos dispuestos a permitir que ese tipo de conductas se sigan presentando.
Y si es necesario ver el tema de las penas, porque hoy 60 años para muchos puede significar poco, para otros puede significar un mundo. Lo que necesitamos es perfeccionar a partir de la recuperación de los valores, y a partir fundamentalmente de que la gente de manera sencilla conozca cuáles son las responsabilidades que tenemos cada uno en la garantía, finalmente, que es el bienestar de la nación. Por su atención, muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Muchas gracias, diputado, por su intervención.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Como no hubo pregunta procederemos con la intervención de la diputada Verónica Juárez Piña.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña: Sí, muchas gracias. Sumarme, por supuesto, a nuestro agradecimiento a quienes el día de hoy han presentado sus distintos puntos de vista, en este tema que si bien es cierto inicio de una propuesta legítima, en campaña, cuando se comentaba que tenía que elevarse a hacer delitos graves a los delitos electorales, a la corrupción y a lo de los hidrocarburos.
Luego en el Senado de la República se inicia la discusión y ahí cada quién, como decía alguien acá, parecía un concurso de cuáles eran los delitos graves, y a los nueve que ahora tenemos en la Constitución, sumaron otros 11.
Y lo recapitulo como lo hice el día de ayer, porque luego llega acá la minuta y dicen “siempre no van todos, nada más se quedan los que está impulsando el presidente de la República”.
Y el día de ayer escuchábamos en este mismo lugar, que siempre no porque los coordinadores enviaron ya un oficio y que otra vez vendría la minuta con todos los delitos.
Lo digo porque coincido cuando se decía acá el asunto pareciera un concurso de cuál es delito muy grave. Y nosotros, creo que todas las legisladoras y los legisladores coincidimos y compartimos la preocupación con los transportistas ahora que nos mostraban imágenes, de las terribles circunstancias en las que se encuentran.
Compartimos con ustedes esa angustia, esa preocupación, el terror que se está viviendo, pero déjenme decirles que es un asunto que también ocurre, digo, por hablar de lo que se viene a comentar en esta propuesta que se sufre con las familias que tienen que ver con el feminicidio con el abuso a niñas, niños y adolescentes.
Ahora con lo que ustedes nos mencionaban decía entonces yo digo que aquí se ha mencionado que el debate no está ahí, cuál delito es más grave o no. El debate es cómo terminamos, como bien se decía, con la puerta giratoria, y cómo hacemos que en verdad haya justicia, cómo se garantiza que los delincuentes estén en la cárcel, y cómo también se garantiza que se les sentencie y que después de esto también hay una reinserción.
Me parece que eso es por lo que tenemos que estar luchando. Y por supuesto que yo coincido cuando se habla en representación de las víctimas del transporte de que es de suma importancia que podamos dar respuesta.
Y lo que se ha dicho aquí, que para dar respuesta a toda esta inseguridad que existe en el país, digo, yo de manera generalizada con distintos delitos, pero lo que se ha dicho que esta, la prisión preventiva oficiosa no da resultados, es violatoria de derechos humanos, contraviene tratados internacionales, entre otras cosas.
Los legisladores y las legisladoras lo queremos hacer bien, al menos los del PRD. Y compartimos lo que aquí decía la compañera diputada Mariana, es decir, en dónde podemos encontrar una reforma que nos permita, sin violar tratados internacionales, sin violar derechos humanos, dar respuesta a la ciudadanía que ahora vive inseguridad diariamente. Digo, en eso estamos todas las fracciones parlamentarias. El asunto es ¿cómo?
Quisiera decirles que sí estamos analizando alternativas. Es decir, no estamos diciendo no y ya. No queremos reforma, no. Sí estamos viendo si podemos hacer una reforma al artículo 16, por ejemplo, en términos de lo que ha mencionado la diputada Mariana. Sí estamos analizando si puede ser viable una reforma al artículo, otra, o sea, es otras alternativas, al artículo 140, por ejemplo, del Código Nacional de Procedimientos en donde ahí se mencione todos los delitos en donde el Ministerio Público no podrá dictar la libertad en las 48 horas. Es decir, sí lo estamos haciendo. Lo que queremos es hacerlo –es como les decía– hacerlo bien.
Y, aunque yo sé que aquí ya ha habido algunas exposiciones, al menos de los que han coincidido, aunque la prisión preventiva oficiosa no es la respuesta para terminar con toda la inseguridad que existe en el país, ahora nos encontramos con nueve categorías, no delitos, en la Constitución. Y de estas, ya se menciona, pues tenemos datos de que no hay resultado, desde la reforma del 2008.
Yo quisiera preguntarle a Cristina Reyes, por favor, que si nos pudieran comentar datos duros, puesto nos sirve, claro, hay quien lo ha estudiado, quien da seguimiento, si de estos nueve delitos, por ejemplo, del homicidio doloso o del secuestro, tenemos datos de cuál ha sido la ruta que se ha seguido a partir de que se dijo y se plasmó en la Constitución que la prisión preventiva oficiosa pudiera resolver y combatir estos dos delitos entre los otros nueve. Si tuviera de algunos más, por favor.
Y preguntarle, al representante aquí de Agustín PRO, a Luis Tapia Olivares, nos hablaba de que hay muchos sentenciados en las prisiones, que se puede criminalizar a la pobreza y demás.
No sé si tuviera algunos datos de cuántas personas se encuentran detenidas sin sentencia bajo prisión preventiva. Y de estos casos, si tendremos un dato de en cuánto se ha dictado de manera oficiosa, porque las cárceles están saturadas, y en las cárceles no precisamente se está haciendo lo que se debe de hacer, de lograr tener una reinserción, como también es derecho de todas las personas que llegan ahí. Gracias.
El moderador diputado Héctor Rene Cruz Aparicio: Gracias, diputada, por su intervención.
El moderador diputado Héctor Rene Cruz Aparicio: Le solicitaría la licenciada Cristina Reyes nos haga favor de responder la pregunta.
La ciudadana Cristina Reyes Ortiz: Sí, gracias. Tengo aquí un par de datos que podemos compartirles. La verdad es que ya actualmente contamos con muchos estudios y muchas herramientas de estadísticas de la cuales podamos obtener datos sobre cómo está la situación de seguridad y de justicia en el país, y por ejemplo el ranking de procuradurías y fiscalías estatales de 2018, nos dice que la probabilidad promedio de que un delito se denuncie y se resuelva en México, es de 1.14 por ciento.
Esto nos dice muchísimo, porque quiere decir que en realidad puede que las denuncias estén llegando, pero hay algo ahí que está ocasionando que no se resuelvan los delitos. Entonces es un problema muy, muy grande.
En el caso del homicidio doloso, hay una investigación que se llama “Homicidio Doloso en México, 2018”, y esa investigación nos dice que existe una impunidad de 87.5 por ciento en todo el país, es decir, que solamente se obtiene una sentencia condenatoria por cada ocho homicidios dolosos que se denuncian.
O sea, en realidad es un número muy grande, nos está hablando ahí de una incapacidad enorme del ministerio público de probar la responsabilidad de las personas que llegan a un juicio, y por lo tanto, son condenadas.
Creo que el reclamo que tienen los representantes de las Cámaras aquí es totalmente legítimo, no solamente están representando estos reclamos, no solamente están representando a los empresarios que se dedican al ramo del autotransporte, sino también a las personas que utilizamos todos los días el transporte. Me incluyo. Entonces, yo también me sumo a su reclamo, sin embargo, creo que el problema está en otro lado y hay que mirar a otro lado y hay que mirar a las procuradurías y a las fiscalías estatales.
En 2016, cuando se terminó la implementación del Sistema Penal Acusatorio, también se eliminó un órgano que estaba en la Secretaría de Gobernación, que era la CETEC, que era el órgano implementador y que de cierta forma hacía una evaluación sobre cómo se iba implementando el Sistema Penal Acusatorio.
Ya no contamos con un órgano similar y creo que sí sería muy valioso tener una institución de este tipo, que nos pueda dar el monitoreo y los resultados de cómo están operando las instituciones de justicia. Y por nuestra parte la sociedad civil, el Poder Legislativo exigirle la rendición de cuentas y de resultados a las fiscalías, porque es ahí donde está el cuello de botella en realidad.
O sea, no se está investigando. Claramente, si hay tantos casos de robo de vehículos y de asaltos al transporte público, tendría que existir en algún lado una investigación que nos dé luz sobre el modus operandi de estas bandas delictivas y que se pueda generar realmente una política pública criminal que genere prevención, y no solamente sea reactiva, porque obviamente está generando muchísimas pérdidas económicas, pero también está generando muchísimas víctimas que van más allá de solamente los empresarios.
Ahora, estos delitos que están ya actualmente en el Catálogo de Prisión Preventiva Oficiosa en el 19, la encuesta Envipe del Inegi, que es la Encuesta Nacional de Victimización, nos dice que el número de víctimas en México creció 2.6 millones con respecto al último año del sexenio de Felipe Calderón.
Es decir, tan solo en el último año pasó de 23.3 a 24.2 millones, equivalente al 3.8 por ciento, cuando la población solamente creció 1.4 por ciento.
También la cifra negra de delitos cometidos creció 92.1 a 93.6 con respecto al último año del sexenio anterior. Es decir, incluso la percepción de confianza de las personas hacia las instituciones y el temor que existe para denunciar es demasiado, tan es así que la cifra negra, es decir todos estos delitos que ni siquiera llegan a esta parte de la denuncia, ha ido incrementando. Entonces si no se denuncia, por supuesto que tampoco hay resolución de esos casos.
También hay una cuestión muy curiosa con el secuestro. Ahí el secuestro bajó sensiblemente, pero esto no quiere decir realmente que sea causa de la efectiva, el efectivo funcionamiento del sistema de justicia, sino que no se ha denunciado y también la diversificación de la delincuencia organizada, que tal vez prefirió dedicarse a otro tipo de delitos, como la extorsión.
Igual, la violación al alza es marginal. El promedio nacional de carpetas de investigación iniciadas se mantiene en 10.8 por cada 100 mil habitantes, pero igual se explica muchísimo con este dato de cifra negra que nos dice el Envipe. En realidad, tenemos que mirar muchísimo este índice de impunidad de las denuncias que sí tenemos, de los casos que sí llegan a las fiscalías, por qué no se están resolviendo. Y si no se están resolviendo, por supuesto que mandan un mensaje a la sociedad de que el sistema no funciona, y entonces las personas y las víctimas no van a denunciar nunca.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Nada más, si hicieran favor de llevar un orden.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Le correspondería dar respuesta al licenciado Luis Tapia. Le pediría, licenciada, en la medida de sus posibilidades que nos sujetáramos un poco al tiempo para permitir mayores intervenciones.
El ciudadano Luis Eliud Tapia Olivares: Muy rápido. En realidad, creo que los datos los dio la doctora Sofía Cobo, del Inacipe. Yo de ahí los anoté: 197 mil personas en prisión, y de esas, 74 mil están en prisión preventiva. Son los datos que nos otorgaba hace ratito.
La ciudadana Sofía Magdalena Cobo Téllez: Son mil 988 internos en total. 165 mil 213 son del fuero común y 32 mil 775 del fuero federal. De los del fuero común, o sea, de esos 165 mil 213 internos del fuero común, 60 mil 653 están por prisión preventiva, que son el 36.71 por ciento. Y de los del fuero federal, de los 32 mil 775, 14 mil 377 se encuentran procesados, o sea, el 43.86 por ciento.
Sacando la media, un poco más del 40 por ciento de los internos, tanto del fuero común como federal, se encuentran internos por prisión preventiva.
El ciudadano Luis Eliud Tapia Olivares: Gracias. Quería hacer un comentario muy rápido, más por una alusión personal. Ingenuamente pensé que la posibilidad de llevar a personas inocentes y pobres a la cárcel era suficientemente poderosa para oponerse a la prisión preventiva oficiosa. Es horrible, de verdad, conocer esas historias.
Pero me parece que sí hay propuestas, ya se dijeron varias, el profesor Quintino hablaba de capacitación, la compañera de México Unido contra la Delincuencia habla de fortalecer las capacidades de investigación.
Ahí está el tema, en realidad, si hay prisión preventiva oficiosa, el mensaje que se envía a los ministerios públicos es que no necesitan investigar, no es que sí necesiten investigar. Y lo decía hace rato, eso no es como un ejercicio futuro, donde deberíamos hacer un experimento, y ya se dijo varias veces, a partir de las cifras, ya pasó, ya se experimentó y no sirvió. El ejemplo es el homicidio y el ejemplo es el secuestro. Ya tenemos los datos aquí.
Ahora, si lo que queremos es ampliar el delito, sin importar que eso no sirva, pues digamos, seamos explícitos en esa intención. Pero me parece que los derechos humanos no son un discurso aburrido, sin sentido, sino que la falta de aplicación de derechos humanos y de debido proceso arruina la vida de personas concretas, no fueron hechos para, digamos, que hagamos ejercicios hipotéticos, académicos, donde se llenen las personas de títulos, sino fueron surgidos de casos concretos.
Como el caso Atenco, lo que dijo la Corte Interamericana en el caso Atenco, es porque las mujeres fueron víctimas de violación por policías y después se les dictó prisión preventiva oficiosa. A eso me refería nada más.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Le agradezco, licenciado, su intervención.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Por acá, el licenciado José Refugio. Le pediría nos acotáramos un poco en el tiempo. Primero estaba el licenciado Refugio y ahorita, inmediatamente.
El ciudadano José Refugio Muñoz López: Desde luego, vuelvo a insistir, nadie ha dicho que la prisión preventiva oficiosa es la varita mágica para resolver el problema. A lo mejor quienes tienen el conocimiento de la estadística, habría que identificar si junto con la medida de catalogar esos delitos como graves, que implican la medida de la prisión preventiva oficiosa, al a par se desarrollen otro tipo de acciones complementarias para lograr que por lo menos la medida de prisión preventiva oficiosa desalentara la comisión de ese tipo de delitos.
Desde luego, creo también que junto con la estadística de los inocentes –muy lamentablemente, o sea, sí conocemos las historias, muy lamentables, por cierto– junto con la estadística de los que están purgando procesos de manera injusta en las prisiones, habría que complementarla con aquellos que sí siendo delincuentes hoy siguen libres.
Le voy a dar un dato, diputada, con todo respeto, muy fresquecito. Hace unos días tuvimos una reunión en la ciudad de Puebla, en el corazón de la inseguridad de este país, en donde la Policía Federal nos presentó un balance de la actuación que había tenido en el tema, en el último mes entre mediados de diciembre y mediados de enero, y realmente fue una efectividad muy buena de parte de la Policía Federal.
Lamentablemente del 100 por ciento de las puestas a disposición que ellos hicieron, el 96 por ciento habían salido libres el mismo día, no obstante que habían sido detenidos con vehículos robados. Y el delito, desde febrero del año pasado es un delito federal, no podíamos imputarle eso a una inefectividad de las fiscalías estatales, porque el delito ya es federal desde febrero del año pasado.
El problema que argumentan es justamente esa famosa puerta giratoria, ese es el problema. Si ustedes nos ayudan a buscar mecanismos efectivos para lograr que eso siga sucediendo, porque déjenme decirles, ahora el programa este, de Jóvenes Construyendo el Futuro se van a enfrentar en el mercado con una competencia tal, que aquellos entre otros a los que va dirigido, hoy reciben un sueldo de la delincuencia de entre mil y 2 mil pesos por día y cómo vamos a competir con una beca que no sé cuánto va a dar en una situación de ese tipo.
O sea, nosotros decimos que la gravedad del problema, la gravedad de la enfermedad justifica lo amargo de la medicina, esa es nuestra conclusión, con los riesgos incluso que eso implica, o sigamos corriendo los riesgos de que las calles sigan estando llenas de delincuentes y las cárceles de inocentes.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Muchas gracias, licenciado.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Le concedemos el uso de la voz al licenciado Recaredo Arias, haciéndole la amable súplica también de en la medida de lo posible sujetarnos al tiempo, gracias.
El ciudadano Recaredo Arias Jiménez: Por supuesto que sí, muchas gracias. Y en complemento a lo que comenta mi compañero José Refugio, la gran pregunta que tenemos es esa, si la prisión preventiva no es la solución, ¿cuál es la solución? ¿Cómo vamos a disminuir los niveles de impunidad que hay hoy? Y, ¿cómo vamos a hacer que los delincuentes puedan ser sometidos a proceso una vez que se haya dado la capacitación a quienes tengan que impartir justicia una vez que se hayan tomado todas las medidas de investigación? ¿Cómo vamos a tenerlos perfectamente resguardados, identificados o controlados para que puedan ser sometidos a su proceso? Esa es la gran pregunta, hoy los niveles de impunidad son terribles.
Y la otra parte es, pues nosotros tenemos que ver cómo hacemos que el negocio que representa delinquir deje de ser tan rentable como es. O sea, pocos negocios tienen un nivel de riesgo tan bajo como este y una mejor rentabilidad que este, pocos.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Le agradezco su intervención, licenciado.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Vamos a proceder a darle el uso de la voz al diputado Héctor Jiménez y Meneses.
El diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses: Muchas gracias. Pues seré breve, pues ya todo este Parlamento abierto que se ha dado y en los cuales agradecemos a los señores ponentes, en realidad nos han ilustrado bastante en estas dos audiencias públicas, la de ayer en donde se habló del fundamento constitucional, y hoy de la seguridad y justicia en la prisión preventiva oficiosa.
Tres horas ayer, bueno, casi cuatro, y hoy también casi ya cuatro horas, escuchar, pero qué bueno, pudimos estar aquí presentes todo el tiempo, para el efecto de poder conocer más sobre los puntos de vista de los defensores de los derechos humanos, que en otras ocasiones en audiencias públicas de la misma Comisión de Puntos Constitucionales con la Guardia Nacional, pues vinieron más de puros de derechos humanos, no había ahora como empresarios de autotransporte, de la Canaco, de Servitur, en donde pues ya se emparejó más o menos el punto de vista en cuanto a la cuestión de la prisión que debe desaparecer o que debe de existir, que creo que eso es muy importante para nosotros.
Pero además, después de escuchar también a tantos ponentes, en verdad ya son como 30 los ponentes, ayer fueron 13, hoy fueron más de 15, pero todos desde su punto de vista creo que es muy importante. Así que en este sentir, pues la verdad nosotros como diputados pues estamos conociendo más el efecto de qué es lo que ustedes se pronuncien por la prisión preventiva oficiosa.
Esto de la presunción de inocencia, bueno, pues también hemos escuchado, también hemos encontrado algunos puntos de vista que aquí se han señalado y, desde luego, las críticas a este corazón de la delincuencia que acaba de decir nuestro amigo de la Concamín, en donde Puebla es el corazón, su servidor es poblano, represento a un distrito en el estado de Puebla, Atlixco, en el mejor clima del mundo, de una vez señalo para que conozcan Atlixco.
Y en realidad, ahí nosotros como diputados, pues venimos con el conocimiento, la petición que nos hacen nuestros electores, que fuimos a pedir el voto de casa por casa, calle por calle, colonia por colonia, unidad habitacional y en realidad, pues ellos nos exigieron, primeramente, sobre la inseguridad.
Entonces, aquí hay que llevar estudios sobre la prevención del delito. Creo que esto es muy importante para ya no tanto estar discutiendo sobre la cuestión de la prisión preventiva oficiosa, sino la prevención, ¿cómo vamos a prevenir el delito?, ¿qué tenemos que hacer en ese sentido para poder complementar estos trabajos de reformas constitucionales que tenemos?
Pero, además, la cuestión de las fiscalías que aquí se ha señalado. En el punto de vista de los ministerios públicos, de los fiscales, bueno, pues ellos son los jefes, pero la realidad, para las investigaciones de los delitos que aquí se han señalado, pues la verdad no han hecho su trabajo. No tienen la capacidad o la capacitación necesaria para poder integrar una averiguación.
Y desde luego, pues la posición es también la corrupción que existe y que nos señalaron nuestros electores. Por eso, aquí no es que el presidente diga de la corrupción, porque la corrupción existe en todos lados.
Está la compañera ahí del corralón de Puebla, que señaló que tarda bastante tiempo el hecho de poder entregar un vehículo en la ciudad de Puebla. Y sí es cierto, conocemos de ese vicio que existe y de esa corrupción que está.
Por eso, nosotros insistimos en la corrupción, insistimos en que debe haber una gravedad o algo que se aplique para esta corrupción que existe y que, además, pues en las fiscalías también lo tenemos.
Inclusive, la gente, las personas ya no van al Ministerio Público, ya no van a la Fiscalía, ya no denuncian. Del 100 por ciento de delitos, son menos del 10 por ciento los que se denuncian.
Va uno al Ministerio Público, a una Fiscalía y la verdad, hasta da tristeza de la forma cómo te atienden las personas.
Así que en esto hay que mejor enmendar también, hay que profesionalizar, hay que buscar las soluciones en las fiscalías, por esa también corrupción que existe.
Entonces, de ahí, nosotros, su servidor sí busca, en ese caso, que en la prisión preventiva oficiosa se marque la cuestión de la corrupción.
Y luego del delito tan grave que pasó ahorita en Hidalgo, con más de 100 muertos, pues del robo de combustible, de los ductos, de las pipas, de la pobre gente que va, le abren ahí la fuente de la gasolina y pues van felices, pues a ver, a recuperar algo de lo que está existiendo ahí.
Pues sí, hay pobres que en realidad, a lo mejor están en la cárcel por la falta de defensa, pero pues los defensores aquí, los señores litigantes no van a defender a un pobre. No le van a promover un juicio de amparo porque pues no tienen dinero.
Ellos van con las personas que tienen forma de cubrir sus honorarios y muy justo. Pero pues en realidad por eso, muchas veces no existe la justicia total en cuanto a las personas que cometen un delito, como decía aquí el maestro.
Así que también, en ese sentido, la cuestión del huachicol, que en Puebla también pues tenemos el problema, como en otros estados. Quizá Guanajuato nos gane, quizá Hidalgo, pero Puebla también ahora está sobresaliendo ese problema.
Y finalmente, la cuestión de los fraudes electorales. Nosotros lo vivimos en Puebla. Una situación donde hubo diversos delitos que se denunciaron pero que finalmente, bueno, pues lo que se busca es que ya no haya esa situación en cuanto a delitos electorales y que pues en este sentido, tanto corrupción, huachicol y delito electoral la cuestión es que lo piensen los delincuentes en delinquir, porque entonces va a haber una prisión preventiva oficiosa donde no van a alcanzar ni la fianza para poder salir.
Así que, amigos, esa es la posición de su servidor, como diputado, en donde yo interpreto la inseguridad que me piden los electores y que se busquen más sanciones a los delincuentes y de esa manera pueda haber tranquilidad y paz en mi estado y en México. Muchas gracias.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Muchas gracias, diputado.
El secretario diputado Héctor René Cruz Aparicio Previo a llegar a la parte de clausura me gustaría, si ustedes me lo permiten también, emitir una cuestión personal respecto a este tema.
Yo fui inicialista de una iniciativa que tiene que ver con los delitos enmarcados en esta minuta que viene del Senado. Entendemos bien nuestra responsabilidad de ser representantes no solo de los ciudadanos de los distritos de los cuales venimos sino de nuestras entidades y en general de todo el país.
Cierto es que, derivado de la reforma de seguridad y justicia de 2008, donde de alguna manera se buscaba arrebatarle el monopolio al Ministerio Público de la investigación y de la puesta a disposición ante un juez a los presuntos delincuentes y que sobresalen los principios de contradicción, de presunción de inocencia, obviamente basta ver las estadísticas para ver que, como aquí se puntualizaba, los delitos se han ido al alza.
Se han ido al alza y si quienes como su servidor nos atrevimos –yo soy abogado, además, conozco bien el nuevo sistema– a proponer estas iniciativas, es porque venimos de una realidad y de un contexto que vive nuestra gente y que les duele.
Como pequeño ejemplo, ayer estuvo un diputado también de Baja California. Yo provengo de Tijuana, nosotros cerramos con 4 mil 500 homicidios el año pasado, los 2 años pasados. Nada más en el mes de enero hubo 218 homicidios. Se llegan a cometer cerca de 25 homicidios al día.
Obviamente, yo entiendo el contexto, tenemos gobernantes que han encontrado en el nuevo sistema o en el sistema de justicia adversarial al villano favorito. Están culpando al nuevo sistema, culpan a los legisladores, señalan que no se puede combatir la criminalidad si no se cambian las leyes.
Yo estoy consciente que en el fondo no vamos a resolver el problema con la prisión preventiva oficiosa. Es difícil también que el ciudadano de a pie entienda la diferencia entre delitos graves y una medida cautelar como lo es la prisión preventiva oficiosa.
A veces se malinterpreta y se confunde, pero la realidad de nosotros es que, independientemente de que hagamos posicionamientos a título personal, porque yo pudiera hacerlos en otro contexto siendo abogado, nosotros en la Cámara de Diputados somos portavoces de las inquietudes, de las demandas, de los anhelos de muchos ciudadanos, de los ciudadanos de este país.
Derivado de la reforma de 2018 ya tenemos casi 11 años en la implementación. Se ha hablado mucho aquí respecto a dónde está la deficiencia entre los operadores del nuevo sistema, en el caso de si las policías o los intervinientes son el talón de Aquiles. Si nuestros fiscales están debidamente capacitados para poder justificar esta prisión preventiva.
Allá afuera el ciudadano nos pregunta, porque nosotros podemos ir de fondo a una reforma penal, pero el ciudadano nos pregunta cuánto tiempo más va a tardar para que la persona que abusó de una menor, la persona que trae un cuerno de chivo, que detuvieron en la mañana y que está allá afuera nuevamente.
¿Cuánto tiempo va a pasar para que los fiscales, para que las policías, las corporaciones policiacas sepan llenar un informe policial homologado, que no haya lagunas legales? Esas son las preguntas que nos hacen.
Los ciudadanos quizá no deban entender o no quieran entender el principio de convencionalidad, el principio por persona, los derechos humanos. El ciudadano de a pie exige respuestas y nosotros estamos obligados a dárselas.
Entonces, estas mesas de trabajo, que fueron una decisión de la Junta de Coordinación Política es lo adecuado. Les pedimos a ustedes, a los especialistas que nos ayuden.
Aquí hay diputados de diferentes perfiles, de diferentes profesiones. Necesitamos del apoyo de ustedes. Podemos tener una visión en lo personal y podemos tener experiencias quizá, pero necesitamos de la aportación que ustedes nos hagan para poder sacar adelante una reforma que nos ayude a combatir la criminalidad.
En todo el país la gente lo está padeciendo, hoy tenemos a sectores que representan al sector de transporte que han sido duramente golpeados, hoy ha sido noticia nacional el tema del huachicoleo, los feminicidios. Entonces la tarea de todos nosotros es parar eso, es parar eso.
Yo les, repito, yo fui inicialista de uno de los delitos para que fuera considerado en prisión preventiva, porque yo lo he visto en el ejercicio de la profesión, yo he visto a los fiscales con grandes deficiencias para poder justificar, lejos de mi postura como abogado, lo he visto. Hoy represento a los ciudadanos y lejos de una posición personal es la posición de los ciudadanos de Tijuana, de los ciudadanos de muchas regiones del país que nos demandan que resolvamos, esa es la situación.
Bueno, yo concluyo con eso mi intervención, si no hay alguna otra intervención pues yo pasaría a agradecerles a todos su participación, señores legisladores. De última hora se incorporó la diputada Isabel Guerra Villarreal –gracias, diputada–, al igual que la diputada Juanita Guerra Mena, que es presidenta precisamente de la Comisión de Seguridad Pública de esta Cámara de Diputados.
Y bueno agradecerles a todos, a los medios de comunicación que hoy vinieron a dar cuenta de lo que aquí se está debatiendo de este parlamento abierto que estamos buscando en esta legislatura y que tengan la seguridad que tomaremos la decisión más responsable, ese es el objetivo.
El moderador diputado Héctor René Cruz Aparicio: Muchísimas gracias, y si no hay otra intervención, siendo las 7 horas con 58 minutos damos por concluida esta segunda mesa de trabajo. Muchísimas gracias.
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