Primera ronda de intervenciones
Miguel Oswaldo Zárate Martínez
Segunda ronda de intervenciones
Miguel Oswaldo Zárate Martínez
Tercera ronda de intervenciones
Cuarta ronda de intervenciones
Miguel Oswaldo Zárate Martínez
Quinta ronda de intervenciones
Ronda de preguntas y respuestas
El moderador Javier Solórzano Zinser: Y eso es lo que pedimos pretender hacer aquí a través del Canal del Congreso a lo largo de todos estos días, semanas. Bueno, hoy tenemos un tema que es muy importante, o sea, todos son importantes, pero hay algunos que van a entrar en un terreno legal, en terreno de las leyes, de qué puede suceder. Ya hablamos de la constitucionalidad o la no constitucionalidad, qué es lo que puede suceder.
Hoy el tema que tenemos son las decisiones del Poder Judicial en materia energética. ¿Qué va a decir el Poder Judicial en esta materia? ¿Cómo va a abordar el tema? Entonces, como lo venimos haciendo, tenemos las posiciones a favor, posiciones en contra sobre este asunto que ya está siendo, si usted me permite para cerrar y para irnos ya a la mesa, para ser el símil deportivo, está siendo el stream final, la parte final de todo aquello que hemos venido debatiendo y discutiendo en el parlamento abierto.
Las y los legisladores tienen una tarea en verdad muy importante y muy trascendente, transgeneracional como lo hemos venido diciendo. Buteno, en nombre de todas y de todos quienes hacen posible la emisión aquí a través del Canal del Congreso, le invitamos que nos acompañe en estas que ya son las últimas sesiones de parlamento abierto sobre la reforma eléctrica.
Gracias a que está con nosotros y si le parece, como todas ocasiones, vamos a empezar con nuestra cápsula, con el marco informativo para que usted tenga una idea de cuál es el centro de debate de este día a través del Canal del Congreso en el parlamento abierto. Vamos con ello.
(Video de la cápsula informativa)
La ciudadana : Estamos en el foro 25 en el que abordaremos las decisiones del Poder Judicial en materia energética. En cuanto el Ejecutivo federal presentó su iniciativa de reforma a nuestra Carta Magna en materia energética, el 30 de septiembre de 2021 surgieron múltiples voces a favor y en contra de la misma. El propio presidente de México ha comentado que no infringe ningún derecho constitucional y que todo mundo tiene derecho a acudir al amparo y a la protección de justicia en caso de inconformidad.
Po su parte, las empresas que han invertido en el sector energético de nuestro país o que se encuentran vinculadas a el consideran que la política de rescate y fortalecimiento a instituciones, como la Comisión Federal de Electricidad y Petróleos Mexicanos, contravienen los principios de competencia económica. Por lo anterior, la iniciativa privada, en general, además de algunas organizaciones ambientalistas han promovido más de 260 juicios de amparo, así como otras emanadas que deslumbran en materia de energías limpias y en sectores como el eléctrico, el de hidrocarburos y, por supuesto, el económico.
Algunos consultores jurídicos consideran que de llevarse a cabo la cancelación masiva de contratos de compraventa de electricidad y permisos de generación eléctrica otorgados, es muy probable que las empresas acudan a procesos de resolución de controversias internacionales para el reclamo de indemnizaciones al gobierno por la pérdida de valor de su inversión, esto solo por citar un ejemplo.
Si bien, el papel del Poder Legislativo es fundamental para aprobar o rechazar la reforma energética, la labor de los juzgados de distrito, tribunales colegiados de circuito y en general de la Suprema Corte de Justicia de la Nación serán esenciales para la toma de decisiones. El escenario jurídico en materia energética es materia de este nuevo foro, quédese con nosotros a presenciar el debate.
(Termina vídeo)
El moderador Javier Solórzano Zinser: Pues estamos aquí en una sesión más de parlamento abierto sobre la reforma eléctrica sobre el tema que usted ya vivió. ¿A quiénes hemos convocado este día para entrarle al asunto? Con clara definición, como siempre lo hacemos, de quienes están a favor y quienes están en contra de la reforma eléctrica en los términos del tema que tenemos el día de hoy.
Está con nosotros Nancy Jocelyn Jiménez Camacho, ella está a favor. Ella es licenciada en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México con prespecialidad en derecho político, es especialista en Derechos Humanos, servidora pública en el contencioso de la unidad de asuntos jurídicos de la Comisión Reguladora de Energía, asesora jurídica en la Comisión Reguladora de Energía. Jefe de Oficina del jurídico de la Comisión Federal de Electricidad Intermediación de Contratos Legados. Muchas gracias, Nancy, bienvenida.
También con nosotros está Miguel Zárate. Él es maestro en política y gestión pública del Instituto tecnológico de Estudios Superiores del occidente...
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Ese no es mi currículum.
El moderador Javier Solórzano Zinser: ¿Ese no es? Perdón. ¿Estamos con Eduardo Manuel? ¿Sí? Me voy adelantando y si les parece, perdón.
Estamos también con Eduardo Manuel Méndez Sánchez, él está a favor. Licenciado y maestro en derecho por la UNAM, profesor en la Facultad de Derecho de la UNAM y de la Universidad Iberoamericana, ha laborado en diferentes instituciones públicas y privadas del Sector Financiero Mexicano, en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Consar, y Comisión Nacional para la protección y Defensa de los Usuarios Financieros, la Condusef; ha participado en congresos nacionales e internacionales sobre temas económicos jurídico–económicos en materia constitucional. Eduardo, muchas gracias.
Y está también con nosotros Daniel Amézquita. Él tiene estudios de posgrado Derecho Tributario y un diplomado de Derecho de los Estados Unidos y una especialización en Derecho de la Unión Europea; su práctica profesional se centra en el litigio administrativo y constitucional, así como aduanas y comercio internacional. Ha sido asesor legal de diversas empresas nacionales e internacionales de importación y exportación de México; ha sido, además, profesor en diversas universidades, actualmente es miembro de la Academia Internacional de Derecho Aduanero y de la Comisión de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional. Estamos, ¿no?, Daniel, muchas gracias. Él está en contra.
Bueno, déjenme precisar, nada más si no te importa, aquí lo tenemos, muchas gracias, te lo agradezco mucho Miguel. Chente, te mandamos aliqueso, ¿verdad? Te has de decir de Monterrey a Guadalajara hay una diferencia, ¿no?
El ciudadano Miguel Zárate Martínez: Si, claro.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Te ofrecemos una disculpa, eh. Muchas gracias, Miguel. Miguel Osvaldo Zárate Martínez, doctor en derecho con diversas especialidades y maestrías, se desempeña como fondo, como socio fundador de... Abogados, siendo abogado litigante especializado en la materia de desarrollo urbano, contratación pública, derecho energético y medio ambiente.
Es maestro de catedra, en el Tec de Monterrey, en la Facultad Libre de Derecho de Monterrey y de la Universidad de Monterrey, en la UDEM. De sus publicaciones ha entrado fundamentalmente los temas de justicia administrativa del Estado de Nuevo León, y relacionada con tesis jurisprudenciales a participado en la expresión de diversas revistas sobre el tema.
Es presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, capítulo Nuevo León, autor y coordinador de libros sobre derecho urbano, contratación pública en México, el debate de la suspensión de amparo en las relaciones del INAI y de los órganos garantes locales, ahora que el INAI está en el centro.
Actualmente es director editorial de la revista Escala Legal y el Robot Jurídico... Muchas gracias, y te ofrezco una disculpa. Perdón.
El ciudadano Miguel Zarate Martínez: No, al contrario.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Perdón. Bueno, hemos platicado que a lo largo del desarrollo que han sido los debates hemos encontrado mecanismos de formulas que parecen que son las más indicadas. Cada uno de los participantes tiene cinco minutos para exponer, les recuerdo, decisiones del Poder Judicial en materia energética. Esto es importante, ya estamos, hemos discutido todos los términos técnicos, todo lo que ha habido, si conviene, energías fósiles, que, si conviene el 56 o 44, 54 o 46 respecto a la inversión privada y el papel de la Comisión Federal de Electricidad. Todo esto.
Ahora, estamos en los aspectos legales y, es por eso, que hoy, como pueden imaginar muy importante porque ahí puede detenerse o puede seguir la reforma eléctrica. Bueno, entonces, decisiones del Poder Judicial en materia energética. Y, vamos a empezar –como lo hemos hecho–, a mi derecha para cerrar a la izquierda con cada uno de los participantes.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Entonces, vamos a empezar con Nancy Joselyn Jiménez Camacho, cada uno de los convocados, de los invitados tienen cinco minutos para expresar, para manifestar sus ideas y de ahí nos vamos echando a andar si le parece. Nancy, de nuevo muchas gracias y adelante.
La ciudadana Nancy Joselyn Jiménez Camacho: Muchas gracias a ustedes. Buenos días, colegas y pueblo de México que están ahorita a través de sus televisiones. Antes de comenzar quiero agradecer la confianza que se ha depositado en mí, al permitirme estar hoy aquí, ante ustedes otra vez, participando en las mesas del parlamento abierto.
El panel de hoy está destinado a evaluar en la participación del Poder Judicial en el sector eléctrico, básicamente, un tema que ello y coincido, pero con el moderador de que es el más delicado. Cuando pensamos en actividad judicial evocamos a ese poder que funge como equilibrio entre otros poderes de la Unión y que, además, está destinado en proteger nuestras prerrogativas, en sí, todo el sistema de normas jurídicas que es el derecho protegiéndolo, interpretándolo, aplicándolo en pro de la sociedad en general, o al menos eso es lo que nosotros esperamos.
Pero ¿qué pasa cuando la actividad judicial resuelve a favor de unos cuantos y no del interés general? Resulta, ser contrario, incluso, a su fin principal que es proteger al pueblo, generar justicia –e insisto– ser un equilibrio entre los Poderes de la Unión.
Actualmente, se ventila en la mayoría de los juicios en materia eléctrica en los especializados de competencia económica y radiodifusión, de los cuales, se cuestionaría principalmente el conocimiento que tienen en el sector eléctrico, pues podemos encontrar sentencias favoreciendo empresas que no pagan completo, por ejemplo, el porteo de transporte eléctrico, o bien, otorgando suspensiones para efectos generales que pudieran resultar indebidas y claramente inclinadas a perjudicar a la nación.
Tal vez, asumen que ... el sector eléctrico implica un símil del sector de telecomunicaciones, en donde sí bien se presta un servicio para la comunicación, la competencia económica versa sobre un producto, precio y acceso a redes que no es el mismo que en el sector eléctrico.
La electricidad es un área estratégica que debe de ser planeada de forma organizada, que debe de transitar de forma planeada y que se considere a la electricidad con un bien jurídico tutelado por derechos humanos. En ese sentido, el Poder Judicial tiene que velar no solamente por intereses de consumidores o verlos como si estuvieran comprando un producto más.
La electricidad como un derecho humano debe ser ponderada sobre otros derechos como es el derecho al medio ambiente, incluso, a este del derecho al consumidor que yo lo pondría a la par del derecho humano, bueno, como parte más bien, perdón, de derecho humano a la electricidad.
¿Por qué? Porque la electricidad como derecho humano tiene tres vertientes, el acceso, el suministro y el establecimiento de un mínimo vital. Esto es, que a través de un estudio de pobreza energética se puede definir cuáles son las sabias que se necesitan abarcar para que se puedan atender como un mínimo vital y se les garantice que no solamente les va a faltar el acceso, es decir, como tal las instalaciones. Si no, también, que no les va a faltar el suministro eléctrico.
En ese sentido, las resoluciones del Poder Judicial que actualmente estamos viendo en el sector eléctrico pudieran ser, incluso, excesivas y pudieran estar faltando al artículo 1o constitucional que debe de ser considerar el derecho que más le beneficie a la persona. En este caso, no debe de estarse resolviendo de conformidad con... equiparándolo, pues, a un tema de telecomunicaciones.
El moderador Javier Solórzano Zinser: ¿Terminamos con eso?
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Sí.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Muy bien. Bueno, Nancy Jocelyn Jiménez Camacho. Es lo que tenemos el día de hoy y está a favor. Bueno, pasamos a nuestro segundo participante, Miguel Zárate. Miguel, tenemos cinco minutos. Adelante y gracias.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Muchas gracias. Primero que nada, agradecer al Congreso este espacio y a todas las instituciones que hicieron posible este evento. La reforma energética, como tal, de 2013 fue aplaudida mundialmente. Desgraciadamente, con la entrada del gobierno federal, este gobierno que está actualmente, desde antes de entrar en posesión tuvo un franco... oposición a varios de los temas que trata esta reforma.
Dentro de las ramas que puso como parte fueron siete importantes: la primera es el debilitamiento de la separación legal y funcional de las empresas productivas del Estado. La segunda que impactó mundialmente, pero por algún extraño motivo no ha tenido tanto impacto es la cancelación de las rondas o subastas de temporadas abiertas para energías limpias. El tercer punto fue el debilitamiento de los órganos reguladores. Posteriormente, aplicó una ralentización o alentó el otorgamiento de permisos. Hubo una presión sobre el Cenace para no actuar como operador independiente y una presión a Conamer. Y, por último, la cancelación de varios proyectos privados.
De eso, la Corte ha tenido papel como ahorita, hace días vimos, los ministros tienen presiones. Un ministro acaba de decir que el gobierno anterior lo presionaba por otros temas. Me imagino que pasan exactamente lo mismo. Finalmente, son titulares de Poderes que se tratan de equilibrar entre sí. Sin embargo, ha sido el acuerdo de Cenace del 29 de abril en el que se garantiza la eficiencia, calidad y confiablidad, continuidad y seguridad del sistema eléctrico nacional con motivo del reconocimiento de la epidemia o pandemia que vivimos, el SARS-CoV-2, el decreto Nahle, que se conoce al acuerdo sobre política y confiabilidad, seguridad y calidad del sistema eléctrico, de mayo del 2020, y el aumento en tarifas de porteo en junio del 2020. Ahora vienen también las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica publicadas en el Diario Oficial en el 2021 y esto viene ya como una cereza del pastel por el tema de la reforma constitucional.
El papel de la Corte ha sido importante dependiendo el acto. En el caso de la cancelación de subastas de energías limpias, pues el agravio básicamente fue a la sociedad: nos pone un tema de energía más cara y sucia con la quema de energía fósil. Posteriormente, no hubo una reactivación de ese tipo de rondas, lo cual pareciera que nos afecta desde el punto de vista ambiental y creo que deberíamos de impulsar ese tema y la Corte va a tener que decir sobre eso: sobre el acuerdo de Cenace del 29 de abril del 2020 donde se suspenden las pruebas preoperativas de centrales eólicas y fotovoltaicas.
El agravio básicamente era que no se garantizaba el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución. Había una invasión de competencias exclusivas de la CRE y el acuerdo es omiso en cuanto a la temporalidad de medida. También en este tema hubo un amparo que dejó sin efectos dicho acuerdo y se publicó en el Diario Oficial el 16 de junio del 2021.
Otro acuerdo importante que se encuentra en tribunales es el decreto Nahle sobre la confiabilidad que es de mayo del 2020: adopta la confiabilidad del sistema como el nuevo principio rector, da prioridad a la interconexión de proyectos estratégicos y centrales eléctricas flexibles. Para esto, el agravio básicamente es que violenta el principio de competencia económica para el cual se invitó con la reforma constitucional a participar en las áreas estratégicas y, pues, se ha dejado también sin efectos el cumplimiento a la sentencia de amparo también publicada en marzo del 2021. También hubo una controversia constitucional presentada por la Cofece que declaró inconstitucionales algunos de estos temas de este decreto.
En cuanto a las reformas de la Ley de la Industria Eléctrica, pues, como ustedes vieron, fue una reforma que impactó al sector. Hubo presiones y declaraciones del presidente en contra de un juez de distrito, el licenciado Fierro en aquel entonces, donde casi le ordena al ministro de la Corte que lo revisara, que es cómo estaba actuando, lo cual, desde el punto de vista jurídico, creemos que el debilitamiento del Poder Judicial jamás puede existir por una amenaza del Poder Ejecutivo. Sea cual sea el motivo, creo que tenemos que respetar el de la división de poderes para poder tener la independencia de criterios y con esto tratar de buscar el equilibrio, al menos ontológico, del tema.
Y también, en cuanto a la reforma, hubo suspensiones con efectos generales, que... ya tocó aquí la licenciada Nancy, por lo cual entiendo el punto de vista. Sin embargo, yo creo que no está considerado hoy como un derecho humano como tal la seguridad energética y ahí pudiese cambiar mucho de la esfera del tema. Sin embargo, tampoco la reforma propuesta está en ese sentido.
Y, básicamente, la Corte se ha mantenido al tema. El último acuerdo del cual no hubo suspensiones fue el acuerdo de Prosener y ahí Greenpeace tuvo una suspensión provisional, pero finalmente quedó sin efectos, en la suspensión definitiva se negó, y sigue pendiente la resolución de juicio de amparo.
Básicamente, son los antecedentes que tenemos y creo que esto nos va a servir como un parámetro para cuál va a ser la posición de la Corte en las decisiones en caso de que se autorizara esta reforma...
El moderador Javier Solórzano Zinser: Y en caso de que se lleve...
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: A cabo.
El moderador Javier Solórzano Zinser: ... y se lleve a la Corte.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Es correcto.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Que decida alguien presentarla a la Corte, ¿no?
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Es correcto.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale. Bueno. Muchas gracias, Miguel. Ahorita regresamos, ¿no?, si les parece. Eduardo Manuel Méndez Sánchez, él está a favor. Eduardo, adelante y gracias.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Gracias. Antes que nada, un agradecimiento a los organizadores, un agradecimiento por compartir la mesa con mis compañeros, con mis colegas y, bueno, en un foro con la temática que nos convoca, me hace plantearme una pregunta en torno al papel del Poder Judicial en el momento de dictar sus resoluciones en materia como derechos humanos, política económica, política de seguridad y política energética, siendo esta última precisamente aquella que tienen elementos de todos los temas anteriores, ya que la política energética mantiene un lazo sumamente estrecho con la justiciabilidad de derechos humanos, tiene una parte sustancial y estratégica de los temas de seguridad nacional y de soberanía y en materia económica, permite el acceso a una energía barata y de calidad, es fundamental para alcanzar cualquier tipo de desarrollo económico.
Razón por la cual, la pregunta que gira entorno a determinar si la Constitución de cualquier país es inamovible, en cuanto a su texto, sus principios o sus interpretaciones y luego entonces, ¿cuál es el papel del Poder Judicial ante cualquiera de sus respuestas?
Esto nos lleva a uno de los viejos debates constitucionales, pero no por ello superado. Es decir, si por un lado suponemos que la Constitución es inamovible, entonces ni su texto, ni sus principios y luego entonces, sus interpretaciones son modificables. Es decir, todo se debe realizar a la luz del texto original de una Constitución, luego entonces, estamos en presencia de una concepción rígida de la Constitución.
Sin embargo, si consideramos que la Constitución es modificable, el texto, principios e interpretaciones se tienen que ir ajustando a las necesidades de cada generación. En el caso mexicano puede ser a la idea política y económica de cada administración.
En cualquiera de las dos concepciones el Poder Judicial termina siendo clave para darle voz al conjunto de normas constitucionales en el primer caso, la rigidez de una metodología casi exegética rige a la sociedad bajo una concepción que debe ser vista en base a los valores y principios que se han establecido en los precedentes primigenios.
En el segundo caso, la idea de una Constitución viva en los términos de Ackerman que considera la misma como un máquina cambiante, como una edificación creada en base a contribuciones que con el pasar del tiempo han ido cobrando el sentido cambiante de la Constitución, exige del Poder Judicial resoluciones acordes a los tiempos que se viven, congruentes a los principios que se determinan en el texto constitucional, pero siempre teniendo contacto con las necesidades de las personas que realizan sus actividades en el presente.
Esto último, no es un permiso a los jueces para resolver de forma arbitraria y discrecional los asuntos que se le plantean, sino que se les enfrenta con el reto de interpretar la Constitución con las aspiraciones y necesidades de cada generación.
Más allá de tratar de establecer una respuesta determinante a la dicotomía aquí planteada, lo que quiero exponer es el contenido de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la controversia constitucional 892020, presentada en contra del acuerdo por el que se emitió la política de confiabilidad, seguridad, continuidad y calidad en el sistema eléctrico nacional, específicamente en el punto en donde la Suprema Corte analiza lo referente a que dicho acuerdo comprometa el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución, eliminando la capacidad de los agentes para ingresar y competir en el mercado de generación y suministro.
En este sentido, la resolución a la controversia constitucional en el punto específico, es una muestra de una interpretación rígida tanto en lo político como en lo económico, ya que encontramos argumentos como que la reforma constitucional en materia energética, tuvo por objeto crear las condiciones adecuadas para un mercado abierto y competitivo, que si bien el desarrollo del..., debe promover en condiciones de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad, ello no ha de anular otros objetivos constitucionales como crear condiciones adecuadas para el mercado libre de competencia y concurrencia.
Que la libre concurrencia permita a los agentes económicos como demandante y/o eferentes la posibilidad de fijar de manera libre los precios en base a las reglas del propio mercado de acuerdo con la Ley de la Oferta y la Demanda, mientras que la libre competencia implica que el Estado debe garantizar que ningún agente económico desarrolle prácticas que generen como consecuencia desplazar a sus competidores y, por tanto, que domine el mercado.
De dichos argumentos, se observa que la Suprema Corte en este criterio ha asumido concepciones que en las últimas décadas fueron tomadas como cuestiones que inevitablemente deben de ser y que simple y sencillamente no hay otra alternativa. Por ejemplo, que la reforma constitucional tuvo como objetivo formar un mercado abierto y competitivo y que estos conceptos no pueden estar limitados por rubros fundamentales como la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad. Es decir, bajo esta concepción, el derecho a las empresas a participar en el mercado eléctrico está por encima de las condiciones que garantizan que las personas reciban de forma continua y permanente el servicio de la energía eléctrica y que, con eso, las personas o consumidores de nuestro país, puedan acceder a diversos derechos como salud o educación.
Continuo si quiere...
El moderador Javier Solórzano Zinser: Por favor.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: En la próxima.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale. Es que me quedé pensando en esta reflexión final que hiciste, de los derechos que es un tema que vamos a tener que entrar.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Bueno, cerramos está primera ronda. Daniel Armézquita, si te parece sé que tú posición es en contra. Adelante y gracias.
El ciudadano Daniel Armézquita Díaz: Muchas gracias. Buenos días. Efectivamente, llevamos tres años revisando en tribunales la legalidad de constitucionalidad de ciertas disposiciones que se han modificado, eso ha dado oportunidad a que el Poder Judicial se involucre en un tema que ciertamente es novedoso en nuestro sistema. A través de diversas resoluciones, principalmente de los jueces especializados en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, tribunales colegiados y, la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Hemos encontrado precedentes muy interesantes que nos abren nuevos horizontes más allá del tema estrictamente técnico, eléctrico, regulatorio. Le hemos dado una nueva dimensión a derechos individuales como es el tema de libre competencia, de acceso a los mercados y también el tema de protección al medio ambiente y a la salud.
Para ser un poquito de memoria y dónde estamos parados hasta el día de hoy en materia de precedentes, el ataque y la revisión jurisdiccional de ciertas modificaciones se da a partir de 2019 cuando se emite un acuerdo por parte de la CRE en donde modifica toda la mecánica, cómo funciona, los Certificados de Energías Limpias, los CELs. Al día de hoy tenemos precedentes en donde se dieron ciertas suspensiones, hay alguna resolución favorable de primera instancia, no ha llegado todavía a una revisión, después de tanto tiempo, en materia de segunda instancia en donde se nos pueda decir si esto al final del camino va a ser constitucional o no.
Tenemos en 2020 -ya lo mencionaron por ahí- el acuerdo del Cenace, en donde usando como pretexto el tema de la pandemia se interrumpe indefinidamente de pronto las parte de las pruebas para entrar en operación comercial de ciertas fuentes intermitentes de energía eléctrica. Al día de hoy ese acuerdo está declarado inconstitucional, se dieron suspensiones muy interesantes también en sus alcances. Por primera vez se trata de dar, a través de los amparos, un alcance general a los efectos de la suspensión.
Posteriormente, tenemos el acuerdo de la Sener, de la política de confiabilidad. Que también, como dijeron ya hace un momento, al día de hoy ya se dejó sin efectos, fue declarado inconstitucional. Después tuvimos dos decretos de tarifas de porteo para los contratos legados, también por parte de la CRE. Luego tuvimos un acuerdo también de la CRE, el 1094, en donde se limita la posibilidad de que se modifiquen ciertos permisos en materia de adicionar nuevos clientes o centros de carga para las energías renovables y convencionales.
Y posteriormente también tenemos en 2021 todo lo que fue la modificación a la Ley de la Industria Eléctrica que ya vamos teniendo ciertos precedentes en donde se va apuntalando una posible inconstitucionalidad. En la siguiente intervención voy a tratar de entrar a puntos muy específicos que tienen que ver con temas de la reforma constitucional y que ya hay ciertos precedentes del poder judicial, en sentido de que ciertos temas son inconstitucionales.
Pero lo que sí quiero apuntar es que parece que hay una tendencia desde 2019 en todo este repaso, en donde empezamos con ciertos acuerdos de Sener, Cenace y CRE, por ser más contrarios al texto de la ley. Entonces, como eran ilegales, posteriormente modificamos la ley. Y como la ley parece que también se están cayendo sus modificaciones por ser inconstitucional, pues ahora la decisión es: -Cambiamos la Constitución-.
Entonces, el mensaje se me hace bastante negativo porque entonces lo que estamos haciendo es mandar un mensaje a todo el medio de que las inversiones dependen de que se deje de declarar inconstitucional la norma, modificando el texto constitucional; no a partir de que estemos convencidos de que tenga un problema el sistema, sino a partir de que no quiero que se me declare inconstitucional. Entonces cambio la Constitución y se acabó el problema. Muchas gracias.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale, Daniel. Yo creoq que están muy claras las posiciones de cada quien. Me parece, por loq ue les he escuchado, creo que existe la idea -y creo que todos lo sabemos- de que muy probablemente la aprobación de la reforma terminará en al Corte, ¿no? Y ahí veremos qué dicen los ministros, como dijiste hace rato... Esperemos no llegar a eso, esperemos ponernos de acuerdo antes y en todo. Pero bueno, este es un asunto que corresponde al Legislativo y que éste escuche las muchas opiniones que hay.
A ver, demos una segunda vuelta pensando en lo que ya se ha dicho aquí y en lo que están muy claras algunas circunstancias. Fíjense que a mi me tocó -si me permiten decirlo rápido- trasmitir las licitaciones, aquellas de las rondas, ¿no? A mi me parecieron, como ejercicio, muy claros, pero quién sabe qué había que uno honestamente no lo sabe. Pero me acuerdo que en el Canal 11 las transmitimos y fue muy interesante porque se veían claramente las posturas.
Bueno, lo que haremos, Nancy -si te parece, juntando todo lo que hasta ahora se ha dicho-, le entremos unos tres minutos para ir cerrando esta parte y meternos al debate.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Entonces, empezamos contigo, Nancy. Después de escuchar a los demás y para cuestiones que hayan quedado pendientes contigo.
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Quisiera empezar con unos comentarios respecto a que se tienen clientes en el autoabasto. ¿Clientes o socios? No se pueden tener clientes, está prohibida la comercialización. Y está incluso respaldado en un antecedente de la Suprema Corte de Justicia, es el 1159-2015. Y refiere que está prohibida la comercialización de electricidad.
Entonces, el que argumenten que esto le afecta a los clientes, la tarifa de porteo, perdón pero estaba a nivel contractual esta situación en donde se iba a actualizar año con año la tarifa de porteo. Por 10 años no se les actualizó, por eso es que se ve el pico cuando aumentan a través de la resolución RES/893 y 894. Y -si pueden poner la gráfica- quiero demostrar un poco con la entrada en vigor de estas tarifas de porteo se le devolvió a la nación...
El moderador Javier Solórzano Zinser: ¿Es esta la gráfica?
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Sí.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale, adelante.
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Se le devuelve a la nación... Vean cómo en 2019 se mantiene una tarifa sin muchas subidas ni bajadas, pero cuando entra en vigor en 2020 -ese es el aumento al que hacen referencia ahorita- llega a 849 pesos. Ahí es donde se empieza a aplicar no solamente para las renovables, aquí también están las convencionales.
¿Qué pasa en el primer mes que se otorga la suspensión del juez Gómez Fierro? A las renovables les dice: -Por tema de medio ambiente, como inhibe la inversión, la voy a suspender-. Y esto es algo increíble porque la inversión como tal en los autoabastos ya no se puede dar. Es un régimen legado que murió en 2013.
Entonces, esta suspensión que otorga Gómez Fierro pues es indebida. Ahora, si se dan cuenta, todo lo que se le ha devuelto a la nación de la tarifa de porteo es casi el 40 por ciento, o sea, todo lo que de ha vuelto a la nación, porque ya se le deja de trasladar. Y esto está en manuales del mercado, eh. O sea, el hecho de que se traslade no es un invento, está en manuales de mercado. Y, ustedes vean, o sea, cuánto se le ha podido devolver a la nación. Y esto está reportado incluso en el reporte de Monitor Independiente de 2020, ¿no?, en donde se ve el déficit del mercado, que provoca el mercado como tal y que tiene que absorber al final suministro básico, ¿no?
Quería agregar eso y hacer una aclaración en esa parte de la controversia constitucional, el acceso no discriminatorio no existe. La ley establece que debe ser acceso no indebidamente discriminatorio. Entonces, aquí no estamos hablando de que todos van a entrar, porque van a colapsar el sistema. Lo mismo que pasó con el acuerdo de Cenace.
El acuerdo de Cenace lo que intentó es: okey, todos estamos en casa, necesitamos electricidad, vamos a asegurar que la confiabilidad del sistema no se balancee, por eso suspende las pruebas, porque las pruebas son una de las principales circunstancias por las cuales se llega a cortar el suministro de electricidad, ¿okey? Entonces, son medidas cautelares.
No es un logro como tal, porque era un acuerdo que tenía un destino principal: atender de forma inmediata una problemática y murió. Entonces, el hecho de que quede como un precedente pues no, más que esta parte del acceso no discriminatorio, que es indebido, no está en la ley.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Bueno, supongo que al rato habrá qué decir, ¿no? Les parece nada más que cerremos la ronda, para que luego entre ustedes conversen, ¿no? Si te parece, Miguel...
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Correcto.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Lo que quede pendiente.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Bueno, lo que me quedó pendiente a mí en la exposición básicamente fue hablar un poquito de lo que están planteando en la reforma. Creo que lo que se está planteado en la reforma constitucional, como lo comentaba ahorita Amézquita, limita mucho la inversión, sobre todo en generación de electricidad. Y lo podemos volver a traducir en un oligopolio, que era lo que veníamos diciendo. No funcionó, lo tuvimos así y quisimos corregirlo. Entonces, si lo que queremos es que la gente tenga acceso a la electricidad, creo que lo que tenemos que mejorar son las prácticas y los costos correspondientes.
Por otro lado, como abogado, sabemos que hay una teoría de derechos adquiridos que no podemos de alguna manera violentar con cualquier so pretexto de beneficiar comúnmente. Yo creo que los derechos adquiridos se deben de respetar, la corte lo ha tenido muy claro y creo que a sido la manera en que ha venido actuando en estos amparos que hemos platicado, ¿no?
Desde la aparición de los Órganos Reguladores creo que también estamos cayendo en un error como tal, creo que los Órganos Reguladores venían trabajando bien, venían funcionando el mercado de electricidad y el mercado energético en general. Y, por otro lado, renueva aquel miedo que teníamos de centralización. Creo que la centralización a nivel mundial, llámalo en cualquier tipo de tecnología, en criptomoneda, en lo que sea, va a la tendencia de desaparecer. Y creemos que con esto lo que quiere volver es centralizar toda la actuación en los órganos del Estado.
Entonces, ahora la pregunta es: Si pasa esta reforma, ¿quién va a controlar a CFE? Si no hay Órganos Reguladores, si vamos a desaparecer a los demás. ¿O CFE va a ser lo que venía siendo? Como venía siendo antes de la reforma eléctrica, que tenía sus deficiencias y que vimos que nunca pudo superarlas. Entonces, cuando tenemos la oportunidad hoy de poder superar este tema, creo que estamos regresando a un tema, digamos, que de chiflazon, de que, si los jueces no me dejaron, lo voy a hacer constitucionalmente. Y creo que en eso es donde no debemos de caer, porque creo que mandamos una señal muy equivocada a todo el mundo y en particular a los propios ciudadanos que hemos confiado en los poderes del Estado.
Pero yo creo que dejamos ya los debates particulares de cada una de las cosas, Javier, al momento de la siguiente ronda. Y pues muchas gracias por la participación.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale. Bueno, muchas gracias. A ver si pueden ver ahí eso, por favor, del ruido que estamos teniendo. Gracias. Bueno, si te parece, Eduardo, continuemos. Había una parte que tú no habías explicado, pero creo que ya hay tela también para opinar. Adelante.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Sí. Perfecto. Yo creo que, de inicio, tratando de... (Problemas técnicos de audio) ... que en realidad toda generación viene de...
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, un segundito, espérame. Me dicen que hubo aquí un problema con el micrófono. A ver, si quieren ver. Ahí lo tenemos, no, no, a ver. A ver. A ver si lo podemos arreglar. Es que tuvimos un pequeño problema con el micrófono, pero espérame. Sí, a ver, podemos, ¿ahí? ¿No te importa que adelantemos tu participación para que arreglemos el micrófono? Y ahoritita regresamos, eh. Mil perdones. A ver, adelante.
El ciudadano Eduardo Méndez Sánchez: Sin problema.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale. Adelante.
El ciudadano Daniel Amézquita Díaz: A ver, nada más retomando el tema de los contratos legados y a propósito de los acuerdos 893 y 834, tarifa de porteo para fuentes renovables y convencionales. A ver, yo creo que fue un pretexto de inicio, porque –esta no fue una– no fueron figuras que fueran introducidas durante la reforma eléctrica del presidente Peña Nieto, 2013 o 2014, sino que esto viene desde antes. Son figuras que se introdujeron en los transitorios de la Ley de la Industria Eléctrica, básicamente el segundo, el décimo, el decimosegundo, porque teníamos que reconocer derechos adquiridos de las figuras y los permisos que estaban ya aprobados por la autoridad desde antes.
Entonces, obviamente no fue totalmente discrecional ni arbitrario, se estipuló que iban a tener un plazo de duración que tuvieran bajo su propio permiso. No se iban a poder renovar y, sí, de todos modos, no podían durar más de 20 años. O sea, estas figuras de autoabasto y cogeneración principalmente tienen un plazo perentorio. Y creo que ya nos estamos yendo, a partir de una cuestión que no fue de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, nos estamos yendo a revisar todo el andamiaje que creamos entre 2013-2014.
Es falso que la Suprema Corte haya declarado en algún momento la inconstitucionalidad de estas figuras. Lo que dicen las disposiciones es que se va a entregar la energía, no regula de qué forma se va a llevar a cabo.
Efectivamente, no pueden tener clientes, pero si pueden tener socios autoabastecidos, eso si esta regulado. Y hay figuras y hay formas de llevarlo a cabo. Yo creo que estamos poniendo un tema de que si hay algún abuso, como muchas cosas que se dicen como pretexto en esta administración, por algunos abusos tratamos de derrumbar todo en lugar de castigar los casos concretos en donde haya habido desviaciones o incluso incumplimientos a la legislación, lo que estamos tratando es de derrumbar todo y no creamos nada y no tenemos una propuesta firme. Estamos tratando de regresar a modelos de años setentas, ochentas, que ya estuvimos ahí, ya sabemos que no funcionan ¿Por qué tratamos de regresar a esas figuras en un mundo que se enfrenta totalmente a distintas crisis, crisis ambientales, crisis sanitarias, cuando ya vimos que esas figuras no funcionaron antes, muchos menos van a funcionar hoy en día?
Creo que tenemos que ser innovadores, creo que tenemos que ser visionarios, y si las cosas no están funcionando por algo hoy en día hay que revisarlo pero no destruirlo del todo.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale. A ver, ahora sí, perdón. Ya tenemos... ¿quieres probar el micrófono? No te importa. A ver, no te importa hablar un poquito.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: No.
El moderador Javier Solórzano Zinser: ¿Se escucha bien?
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: ¿Se escucha?
El moderador Javier Solórzano Zinser: Perfecto. Perfecto. Adelante.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Yo estaba comentando hace, antes de la participación de Daniel, que efectivamente, yo creo que hay que tener muy en claro que, como dice Zagrebelsky: Toda generación tiene derecho a cambiar su Constitución, toda generación tiene derecho a cambiar las reglas, los parámetros, los principios en los cuales se quiere organizar. Por eso no le veo ningún, me parece muy peculiar que de repente nos espantemos porque haya una propuesta de reforma constitucional y que, digamos, y que al parecer se quiere satanizar.
Pero, bueno, más allá de eso, independientemente de modificar la Constitución, lo que pasó cuando se intentó modificar la ley o cuando se intentó modificar a través de diferentes resoluciones o a través de diferentes criterios emitidos desde el gobierno federal, es que la misma Corte con base a criterios, que me parecen muy, como lo mencionaba antes, demasiado, sin demasiado cuestionamiento, como lo mencionaba en el caso de la idea de mercado ¿no? y habla de competencia económica, habla de mercado autorregulado y habla de oferta y demanda, cuando en realidad eso solo existe en los libros de texto de las facultades de economía, y lo que en realidad tenemos es una, cuando hablamos de mercado, hablamos de reglas que existen en el mercado ¿y quién pone esas reglas? Normalmente las pone el Estado para efectos de que se alcancen los fines y los objetivos que se estaban planteando en un determinado cuerpo normativo.
Y curiosamente, la Corte bajo estos parámetros de decir: oferta y demanda, libre competencia, libre concurrencia; también deja de lado criterios propios de la Corte cuando, como en aquellas figuras donde han establecido la libertar configurativa del Poder Legislativo o la libertad de configuración del regulador.
Quiero citar una tesis, parafraseando porque es un poco larga, en la cual determinan que... donde la tesis se denomina: Política Regulatoria, límites del escrutinio judicial de las decisiones relativas. Y dice: las decisiones de política regulatoria que incorporan cierta discrecionalidad técnica, y por lo tanto limita a los Tribunales del Poder Judicial de la Federación a realizar un escrutinio constitucional estricto en restricciones a los derechos humanos; sin embargo en materias como la económica y la financiera, si bien no está exenta de control, pues está limitada a los derechos humanos y otros preceptos constitucionales, si implica que los jueces ejerzan su función sin invadir atribuciones que no les correspondan.
En estos supuestos corresponde al regulado, no al juez, elegir los medios para alcanzar los fines constitucionales y el tipo de política regulatoria que debe buscar la satisfacción del interés público y el bien común. Por lo tanto, las decisiones del juez deben de ser racionables, razonables y proporcionales en relación con el fin de la ley; eficaces, de buena fe, ajenas al desvío del poder y no discriminatorias. En el entendido de que si insiste el control sobre el ejercicio de esa actividad no autoriza al juez constitucional a sustituirse en la facultad de decidir cuál es la mejor política regulatoria.
Simplemente, me parece que queda claro que de repente en la misma Corte funciona bajo criterios encontrados, la misma Corte ha reconocido la atribución del Poder Ejecutivo para poder establecer las reglas del juego, y que la Corte y los jueces deben seguir y dar un margen amplio para efectos de que se pueda cumplir un determinado objetivo. Claro que esto no implica que se trasgreda la Constitución.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Bueno. A ver, entremos en los puntos en donde es evidente que hay diferencias, y sobre todo, diría yo hay un asunto que es la Constitución, que es ahí como uno de los grandes ejes. Ya lo discutimos en un foro anterior y me di cuenta que no hay acuerdos, hay diferentes visiones del asunto, el papel que van a jugar los jueces, pero también el papel que la reforma eléctrica misma está o no está alterando, modificando, cambiando el actual régimen legal que tenemos. Que ese es uno de los asuntos, porque tendrá que ser susceptible de cambiarse ese régimen legal o tendríamos que entrar en un asunto de debate largo.
A ver, si te parece Nancy, entremos como en esos terrenos en donde sé que de repente son como muy técnicos en términos legales, pero que van a ponerse en la mesa, están en la mesa, no se van a poner, están en la mesa. Adelante Nancy.
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Claro que sí, pues lo que están diciendo aporta o lo que están resolviendo los jueves debe de ser considerado como Ley Suprema en términos del 133. De ahí la importancia y la relevancia de cómo estén resolviendo y por eso es que se cuestiona si de verdad conocen el sector eléctrico y si no lo están equiparando al sector de telecomunicaciones.
Ahora, por supuesto que existe la tesis, aquí está y di el número. Creo que a lo que hace referencia el abogado es a la controversia constitucional del licenciado ...de la 222001.
El moderador Javier Solórzano Zinser: El abordado Daniel.
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Ah, el abogado Daniel. En esta controversia lo que se aborda es la naturaleza del autoabasto, pero ya lo que resuelve la Suprema Corte, es decir, se por vive la vente de electricidad y cito: la energía eléctrica generada como presionada no es susceptible de enajenación, ya que se trata de un producto que nos e encuentra en el comercio. Entonces, el autoabasto como tal tenía el destino de encontrar a los socios.
Entonces, todas estas cuestiones que el abogado Daniel abordaba, una resolución de la Comisión Reguladora de Energía que impide que se sigan subiendo y bajando socios así nada más porque cumplen un check list. Tiene que ser razonado el otorgamiento de un alta o una baja de socio. ¿Por qué razonado? Porque tiene que ser parte del presionado, tiene que tener esa naturaleza de decir: lo que quiero yo es bajar mi consumo eléctrico, entonces las empresas a las que yo les entrego electricidad es porque se dedican a una actividad similar a la mía o porque yo soy un socio.
Entonces, el decir que se impidió esta parte o se modificó esta resolución y que fue indebido, no es así, simplemente trata de corregir anomalías. No es un capricho ninguna modificación ni la de confiabilidad, no la de Cenace, incluso esta modificación constitucional es un capricho, sino que responde a modificar ciertos agravios que se le han causado al usuario final principalmente.
Y digo, los agravios son a través de los manuales del mercado y todos los estamos absorbiendo. Ustedes vean el recibo eléctrico y ahí viene un apartado en donde se les cobra ese déficit, Suministro Básico es el mayor participante del mercado. Entonces, él es obviamente el que absorbe el mayor déficit y aquí esa es la cuestión que se trata de corregir y la importancia de que los jueces estén alineados y conociendo el sector eléctrico corresponde a eso, porque ellos crean presidentes.
Estamos ya en una transición hacia ... jurídico y el cegarnos y el decir que esto no está pasando, no es cierto.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, Daniel, abogado.
El ciudadano Daniel Amézquita Díaz: Se me hace increíble que ya estamos en una etapa de reforma constitucional, cuando empezamos con dos figuras, sobre todo, el tema de autoabasto a que hace referencia la licenciada, que es una figura creada antes de 2013, antes de toda la reforma energética y que es supuestamente lo que queremos revisar.
Esto viene de la Ley del Servicio Público en Energía Eléctrica y otra vez con ese pretexto estamos revisando todo el marco legal que se creó a partir de la reforma de Peña Nieto. Repito, se me hace que es un pretexto, si había desviaciones, que no coincido y los precedentes creo que son bastante claros en esa materia, pero asumiendo que hubiese ciertas ilegalidades.
Repito que conforma. A los transitorios de la Ley de la Industria Eléctrica, tiene un plazo meritorio, no podían durar más de 20 años estos servicios, no van a ser materia de alguna prórroga o alguna extensión en su vigencia. Entonces, creo que estamos excediéndonos en el campó de lo que queremos destruir porque no se está proponiendo realmente nada, es una vuelta a figuras de años pasados y estamos destruyendo en lugar de construir sobre lo que vemos que está funcionando, pero que puede tener ciertas áreas de oportunidad para su funcionamiento.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, tú opinión al respecto.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: A mí me parece que el tema de los autoabastos es un tema que se tiene que revisar y así está como establecido en la ley. Creo que es un viejo debate que conocido con Daniel, parece que es un debate que lo tenemos cargando desde los 90 y desde los 90 se discutía si eso no era un fraude y me parece que hoy en día conociendo las cifras y conociendo el comportamiento cada vez que se presentan más datos, estoy absolutamente seguro que se está violando la constitución, que se está violando la ley y qué hay unos particulares que lejos de utilizar las ventajas, en su momento fueron cuestionadas, de utilizarlas adecuadamente, han hecho todavía un doble negocio al respecto.
Entonces, a mí me parece que a efectos de establecer unas nuevas reglas, a efecto de establecer unos nuevos criterios, me parece que tenemos que reformar, de corregir el error de fondo y volver a establecer un nuevo acuerdo. Por eso es que a mí en lo personal sostengo que una reforma contribución al también responde al hecho de que se fueron cerrando las puertas permanentemente en los diferentes escenarios en donde se planteó, es decir, en los mismos tribunales se fue cerrando la posibilidad de irlos combatiendo.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, ¿tienes visión similar o no?
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Matínez: Yo creo que nos estamos distrayendo del embate. Yo creo que todo el tema de autoabasto sí hubo una ilegalidad que no la conozco, pero sí existió alguna ilegalidad en un particular sobre eso yo creo que es sancionable, yo creo que eso no tiene que llegar a una reformas porque un trié un al me fue llevando porque no lo supe como sancionar.
Porque si estamos hablando de la ineficiencia de los órganos sancionadores, para ellos una ineficiencia de la administración ya esos son los nervios de la administración que conocen todo. Y si en realidad, como bien dice Eduardo ahorita, que se que Jodorowsky dice que: cada generación tiene derecho a una nueva etapa fundamental o supremacial de...
El moderador Javier Solórzano Zinser: De cambiar la Constitución.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Matínez: ... de cambiar la Constitución, no podemos decir que del 2013 al 2022 ya cambiamos la generación sobre una materia que apenas estamos explorando que, es más, nuestro propio gobierno cuántos parques solares tiene y cuándo los ha puesto en marcha. Cuando veamos la Ley de Transición Energética que existió, inclusive, antes de la reforma.
Entonces, creo yo, que nos estamos distrayendo en eficiencias de la administración pública que al momento que no ha podido y que los jueces le dicen: Lo estás haciendo mal, lo estás haciendo mal. Ahora dice: La única manera de no hacerlo mal es modificando la Constitución regresando a lo que teníamos que ya tenemos probado por más de 70 años que no funcionó, desapareció Luz y Fuerza del Centro, por algo desapareció, no desapareció por chiflazón de ningún presidente, desapareció porque estaba quebrada y descentralizada.
También, vemos cómo CFE ha sido una empresa que ha crecido muy bien y creo que tiene la capacidad, bajo la reforma, como la están poniendo con EPE, con subsidiarias, con filiales, de hecho, el presidente acaba de usar filiales para adquirir refinerías. Entonces, de alguna manera creo que, tenemos todo el órgano hecho, que no tenemos por qué destruirlo y estamos entrando en una discusión vana de una ineficacia del ejercicio del poder público. Eso es lo que estamos centrando.
Y, queremos que una EPE, que estamos reconociendo como una empresa reproductiva del Estado esté en esos mangares, no. Eso déjaselo a los nuevos reguladores y los... que tengo una independencia para que no tengan presión ni del Poder Judicial ni del Poder Ejecutivo, por eso los creamos como órganos coordinadores reguladores. Si no le hubiéramos puesto otra figura.
Es lo que, creo yo, nos debemos de sentar en este tema, creo que es una medida, es como el niño que se robo un lápiz y que, por tanto, le cortaste la mano. Creo que no es por ahí, creo que tenemos que llegar a un punto donde efectivamente podamos ajustar que la capacidad –como dice la licenciada Nancy–, los jueves son a veces incapaces de conocer todas las materias como la administración. Ha sido comprobado que muchas de las veces violentas de derechos humanos buscando un bien.
O sea, lo que tenemos que decir es que no podemos llegar a un extremo ni a otro. Creo que, tenemos que reconocer que somos humanos, que tenemos errores, pero que tenemos que ir llevando esto a medida de escalar una seguridad jurídica. No, porque un criterio no me gusto voy a quitar la norma. Es como agarrar la pelota porque metieron gol y es mi pelota. No somos niños, ¿verdad?
Entonces, creo que, tenemos esa madurez jurídica, creo que estamos llegando a una Corte que sí tiene presiones, pero que, de alguna manera puede decidir y creo que, podemos tener una ventaja sí con lo que existe, podemos seguir trabajando.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, ¿cómo la vez, Nancy? ¿está de acuerdo o no?
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: En parte. La reforma constitucional no es un pretexto para corregir solo autoabasto, corrige muchas más anomalías, ahí ojo.
Ahora, la parte de los autoabastos es justo que nosotros estemos pagando cerca de 7 mil millones de pesos para subsidiarlos, por los 20 años que nos quedan de vida. O sea, no es que estemos arreglando algo que se murió en 2013, ¿por qué? porque las mismas reglas, las mismas disposiciones les dieron vida y los fortalecieron, les dieron más ventajas de las que ya tenían.
Tan es así, por ejemplo, la 390, esa resolución 390 lo que hizo fue otorgarles esta posibilidad de que ellos subieran y bajaran socios a diestra y siniestra y pudieran negociar los precios con ellos. Si ahora no me convino estar con él, pues simplemente lo bajo de mi socio y voy y metro otro. ¿No?
Entonces, la electricidad no es un producto, no tiene que verse de esa forma, es un derecho humano. Entonces, no puede estar sujeto al total a los privados, tienen que estar controlados. Ahora, que los órganos reguladores no hayan puesto en muchas. Pues claro que no.
Antes de esta propuesta amparaban ese modelo. O sea, obviamente, eran parte de la creación de esas disposiciones, por eso es que se están modificando también su participación en esta reforma. Aquí hay que tener muy presente eso. Tan es así que está administración ya, bueno, en foros anteriores yo lo escuche, ya se presentaron denuncias en contra de estos autoabastos e incluso dijeron que se tenían facturas. Esta misma sentencia de la Suprema Corte, dice que tú no puedes cobrar IVA, porque tú no estás enajenando un bien y la electricidad, ahí mismo lo dice, no puede ser un producto.
Entonces, tenemos que replantearnos si estamos diciendo que esto... o estamos... nuestro argumento es: esta Constitución es un pretexto, pues no lo es, corrige todas las anomalías que todo el modelo de forma integral se hizo para poder propiciar no solamente negocios de autoabastos o simulaciones. Que, por cierto, es una competencia desleal y eso lo debería de estar resolviendo los jueces.
O sea, ellos entran primero al mercado, a través del generador de intermediación y eso es una competencia desleal, por qué, porque saca a los participantes, que tengan posibilidad de entrar y vender su electricidad, los que se supone que deberíamos de tener piso parejo y no es así.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, ¿quieres opinar Daniel? ¿sobre esto?
El ciudadano Daniel Amézquita Díaz: ... un dato, si quiere...
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, sí, para que pasemos a preguntas, pero entiendo que hubo ahí referencia a lo que tú has planteado.
El ciudadano Daniel Amézquita Díaz: A ver, yo sí insisto en que es un pretexto y lo voy a adicionar. El proyecto de reforma constitucional es un pretexto para adecuar la reforma que se hizo a la ley. Es inconstitucional a la ley, porque eso es lo que me están diciendo mis tribunales. Pues, hable con la Constitución y ya.
Y, como la ley también fue declarada inconstitucional, voy a modificar todo el texto constitucional, repito, toda esta batalla empezó en el 2019 con el tema de los SELS y todo este tema de la figura del autoabasto, que repito, no fue una creación de la reforma con la Ley de la Industria Eléctrica en 2013, 2014, esto viene desde antes y tiene un plazo perentorio, se va a acabar o lo debemos acabar si tienen de alguna manera. Para eso, también, se dieron estas modificaciones, estábamos hablando de la 1094, para evitar que se siguieran subiendo, déjenme llamarlo así, discrecional o arbitrariamente más centros de carga, más usuarios autoabastecidos.
También, la modificación a las tarifas, que decían, bueno había subsidios. Ya está probadísimo que no había esos subsidios, pero, tampoco era correcto que si la autoridad no había hecho las adecuaciones para cobrar conforme al marco regulatorio, de pronto, de la noche a la mañana y sin ningún sustento, y eso lo dicen los precedentes judiciales, me hayas aumentado la tarifa 800 por ciento, 900 por ciento. Eso hace inviables los proyectos que ya existen hoy en día y me saca del mercado, obviamente posicionando a la CFE. Eso es lo que se estaba resolviendo en los tribunales, ese era el sentido de las decisiones judiciales.
Entonces, yo creo que es excesivo que lleguemos a este estado en donde estamos revisando ya el texto constitucional. Ahora, que revisemos el texto constitucional no quiere decir que necesariamente no pueda ser inconvencional la reforma. Recordemos que, a partir de 2011, de acuerdo con la reforma constitucional, nuestros sistemas de defensa del texto constitucional ya no solamente atienden al texto constitucional, sino a un bloque de constitucionalidad que abarca los tratados en materia de derechos humanos reconocidos por el Estado mexicano.
Entonces, no arregla la problemática que tratemos de ajustar, porque parece que México es el único país que yo conozco en donde ajustamos la Constitución para que la ley sea constitucional, eso no va a hacer que no incumplamos con convenciones internacionales, básicamente en materia de protección al medio ambiente.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Bueno, a ver, supongo que tendrás algo que decir para que pasemos a preguntas.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Sí. Yo, antes de... un poco para dar una respuesta a lo que se ha manejado y se ha dicho constantemente en los foros es que parece que hay una idea, una falsa concepción de que estamos regresando al pasado, que automáticamente la reforma constitucional implica regresar a los setentas, a los cuarentas... y quién sabe qué otras cosas han dicho. Pero a mí no me parece que sea regresar: a mí me parece que estamos dando un paso adelante porque al menos en la propuesta constitucional no encuentro que la idea del mercado o la apertura en el mercado de generación esté cancelada.
A mí me parece que lo que se está planteando es una nueva manera de hacer un mercado y con unas reglas diferentes. Esta idea de que solo bajo los costos o costos variables es la única forma de alcanzar la competencia y de alcanzar la eficiencia me parece que es una idea falsa y que tristemente en algunas resoluciones de la Corte lo ha encontrado, cuando podemos encontrar en diferentes mecanismos o en diferentes sistemas, tanto a nivel teórico como en la realidad, en diferentes países, que hay diferentes maneras de alcanzar la competencia.
Por eso a mí esta idea de que estamos regresando al pasado y que de plano estamos... nos vamos a convertir en un carbón andando me parece que es falso, es parte de un argumento falaz que en realidad... que si hoy en día nos preocupara el parámetro de regularidad constitucional en el sentido de que estamos violando o que vamos a violar tratados, hoy en día los estamos violando y los estamos violando por el mismo... por la misma composición de la ley y de la reforma del 2013, en el sentido de que para darles el respaldo a las energías intermitentes prácticamente todo el tiempo tenemos que estar prendiendo la maquinaria de CFE y eso termina contaminando más, que eso es algo de lo que no se está diciendo: que en realidad lo que se trata es de transitar y de generar un nuevo esquema que nos permita incorporar nuevas energías limpias de los diferentes participantes.
El moderador Javier Solórzano Zinser: ¿Piensas lo mismo?
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: No.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Yo creo que... no puedo creer que en el siglo que estamos viviendo, con las tecnologías que estamos viviendo, resulta que la energía solar o la eólica no son controlables. Ahora resulta que no podemos controlar los recursos naturales como es el sol y el viento, cuando tenemos lugares específicos donde cae sol, lugares específicos donde hace viento, con todo y cambio climático podemos hacer programas a 20, 30 o 40 años para inversiones en ese sentido.
Yo no creo que se justifique la reforma por una supuesta intermitencia que no existe. El medio ambiente lo conocemos, está censado el medio ambiente. Si algo tenemos en el mundo estudiado es ese tema. Entonces, yo no reconozco que la intermitencia sea la excusa o pretexto para regresar y tampoco veo una progresividad en regresar a energías fósiles cuando eso sí sería regresivo 100 por ciento y las reformas constitucionales... bajo el que queramos de los teóricos de derecho o filósofos es progresista, no regresista.
Y a mí sí me molesta un poco, y se los digo, que digamos que el medio ambiente es intermitente. No es cierto. El medio ambiente, efectivamente, tiene picos como cualquier otra cosa, tiene picos, pero son controlables, son evaluables y no creo que no podamos bajo un actuario saber cuál es la presión de viento en determinada zona, cuál es la radiación solar de determinada zona. Ya lo tenemos en una aplicación hoy en día. Entonces, yo creo que ese pretexto no deja de ser más que un pretexto por no decir una mentira en la que estamos engañando a la gente.
Sí considero que hay temas que debemos de mejorar de la reforma de 2013, claro que sí, pero son mejorables, progresistamente, no regresistamente a... afán de que se hace lo que yo digo. Yo sí creo que estamos frente a un tema que no me gustó cómo hice lo que tenía que aplicar. Dice la licenciada Nancy: si hay denuncias. ¿Qué ha pasado con las denuncias? Probablemente nada.
Yo creo que hay que enfocar esas baterías: si existe quien viola la ley, hacerlo cumplir, porque lo que sí estamos todos de acuerdo es que nadie está de acuerdo en que se viole la ley. ¿Verdad? Entonces, esto nos tiene aquí, que sacan una ley que es inconstitucional, que viola nuestro marco... y ahora resulta que tenemos que mover ese marco para poderlo considerar que es constitucional. Yo creo que no debe ser así.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, sí es evidente que las diferencias son claras, ¿no? A ver, tenemos dos preguntas, algunas preguntas... Querías decir algo, Daniel. A ver.
El ciudadano Daniel Amézquita Díaz: Sí, una cosa muy rápida: Yo creo que sí me huele a vuelta al pasado, eh, porque, incluso, toda la propuesta de reforma constitucional tiene expresamente la finalidad de posicionar otra vez a CFE como un monopolio en la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica y ese modelo ya lo padecimos, ya lo vimos. Cualquier otra cosa, cualquier otra mejora en el sistema, en cualquier otra mejora en la regulación, la podemos hacer sin tocar el texto constitucional.
Eso es lo que deberíamos estar revisando con seriedad, pero no volver a ver de qué forma justificó la vuelta a darle todo el poderío de la generación, de un insumo tan esencial, más allá que sea un derecho humano, coincido con la abogada, sino que es un insumo esencial para cualquier servicio, para cualquier fábrica, se dedique a lo que se dedique, es fundamental, es estratégico que tengamos un buen modelo para las siguientes décadas para garantizar la generación de energía eléctrica en este país, perdón.
El moderador Javier Solórzano Zinser: ¿Quieres decir algo Eduardo?
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Que simplemente si yo leo y reviso la reforma constitucional, veo que hay una participación de los privados al menos en las áreas que están abiertas. Entonces, efectivamente me parece que es parte del argumento de tratar de criticar la reforma constitucional, pero que en realidad no es lo mismo que en el pasado.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, supongo que estando en CFE quisieras decirnos algo.
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Quiero agregar lo de la parte de la intermitencia. Creo que ahí hay una confusión.
La intermitencia, como tal, no es que así funcionen la eólica y la solar, o sea, ellos generan electricidad, eso sí lo podemos controlar o podemos hacer estimaciones, lo que no podemos controlar es sí pasa una nube arriba del fotovoltaico y entonces, haya una caída considerable de generación, ahí es donde tiene que entrar esta parte que decía Eduardo ¿no? el hecho de mantener encendidas las máquinas, es como si tuviéramos prendido nuestro carro todo el tiempo, a ver si salgo y si no salgo de todas maneras lo tengo prendido. Es ilógico y contaminante y es muy contaminante.
Entonces, ya se ha dicho en varios meses que la energía más limpia es la que produce CFE, que es la que produce más energía limpia. Entonces, creo que esa discusión ya se ha visto en varios foros y creo que no es de esta mesa, aquí lo que hay que ver es este desconocimiento de las cuestiones técnicas, incluso en el Poder Judicial, es lo que hacen que se estén resolviendo así.
Ahora, la ley todavía no es declarada en constitucional, ahí ojo, o sea, a penas se está pasando a un tribunal colegiado. Entonces, todavía falta lo que la Suprema diga si es constitucional o no, entonces, no estamos haciendo una modificación a la Constitución para hacer constitucional una ley, ni siquiera sabemos si es constitucional o no, porque no ha pasado a la Corte.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Bueno, a ver, pregunta y el que quiera contestar ¿Podrían ahondar en resoluciones del Poder Judicial ante posibles afectaciones a los derechos fundamentales como los ambientales y de competencia económica? ¿Alguien quisiera opinar sobre eso? Si, adelante, Miguel.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Yo creo que desde la reforma al artículo 4o., yo creo que la supremacía hoy por hoy de la actividad ambiental ponderándola frente al tema de generación eléctrica, ambiental, trae una ponderación elevada y reconocida por nuestro texto constitucional como derecho humano.
En ese sentido, los tribunales han venido actuando a la par de lo que dice nuestro texto constitucional, que por fortuna no lo están tocando, ni le están poniendo una supremacía del tema energético sobre el tema ambiental. Yo creo que ver amparos que están proponiendo Greenpeace en nuestro país, yo creo que habla de un tema muy interesante que estamos tratando de romper lo que internacionalmente se ha visto como un logro.
Lo que pasó con las rondas, lo puedo comprender, probablemente, lo que no puedo comprender es que hayamos tumbado esos contratos y que no tengamos ninguna otra contratación al respecto. O sea, puedo comprender que hubo manejos, no hubo manejos, lo que ustedes quieran, eso es un tema político que, pues desgraciadamente la política va más allá de lo jurídico, lo que no podemos estar haciendo ahorita es quedarnos con los brazos cruzados y no tener al menos el impulso a ese tipo de contratación de energía, que es una energía limpia.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, va otra. Las empresas y otros actores han presentado al menos 175 amparos en contra de cuatro decisiones que involucran a la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía, Centro Nacional de Control de Energía y la Comisión Federal de Electricidad. Según un recuento realizado por el CCE, Consejo Coordinador Empresarial. De ellos, 150 siguen en proceso, de aprobarse esta reforma eléctrica ¿qué pasaría con estos amparos? ¿Sabemos que pasaría o no?
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Bueno, pues efectivamente la reforma constitucional no va a poder, si pasa la reforma constitucional, pues evidentemente no hay manera de que pueda declararse inconstitucional la Constitución. Entonces, prácticamente digamos, que terminaría...
El moderador Javier Solórzano Zinser: Con la reforma terminarías.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Con la reforma terminaría eso. Yo quisiera abundar un poco en la anterior pregunta, en el sentido de que, a mí me parece que la Corte o los tribunales tienen un amplio margen para poder decidir.
A mí no me gusta y no me parece adecuado un criterio, como el que leí al inicio, en el cual parece que pone las condiciones del mercado o proteger el mercado, cualquier cosa que esto estén entendiendo en el poder judicial, respecto de, lo que sería la política de confiabilidad, seguridad y continuidad.
A mí me parece que, al menos en el sector energético. En el sector eléctrico el poner el mercado y garantizar el mercado como tu principal principio a proteger respecto a la confiabilidad, seguridad y continuidad, creo que es un mal precedente.
Y la idea de que parece que para la Corte sólo hay una concepción de competencia; una sola concepción de competencia y de mercado, lo cual también es preocupante porque hay diferentes maneras de alcanzar estos principios.
Entonces, a mí me parece que la Corte si se le acercan los argumentos técnicos, si se allega de toda la información adecuada, creo que tendría un espacio más amplio para resolver en un sentido -como lo han dicho aquí- mucho más progresista.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver, algo para que cerremos esta pregunta.
El ciudadano Daniel Amézquita: Muy rápido. En el tema de inconstitucionalidad. Sí hay múltiples declaraciones de inconstitucionalidad de todos los temas que hemos repasado. Si a caso, no definitivos todavía, muchos revisables todavía.
Punto número dos. Hay temas que ya fueron declarados inconstitucionales por decisión judicial, como la orden del despacho. A propósito de la política de confiabilidad de Sener se revisó la propuesta de orden del despacho por mérito económico, en donde se relega a las energías limpias renovables hasta el final de la cadena para su despacho. Eso ya fue declarado inconstitucional y son temas que se siguen repitiendo en la Ley de la Industria Eléctrica y ahora con la propuesta de reforma constitucional.
En el tema de competencia económica, la licenciada ha sido muy insistente en la falta de experiencia de nuestros juzgadores en materia eléctrica. Pues es que antes de 2013, 2014, no había mucho qué discutir. Había un monopolio, que es al que queremos regresar. Lo que sí es que son especialistas estos jueces, dieron la batalla y han estado -desde mi punto de vista- a la altura, incluso en épocas de Covid, con la mitad del juzgado trabajando, con gente enferma, etcétera.
Dieron la batalla y el análisis que llevan a cabo, desde el punto de vista de competencia económica, podamos coincidir o no con el resultado de ese análisis, la verdad es muy profunda. Es imposible que para efectos de competencia económica estos jueces sean especialistas en todos los mercados. Tendrían que ser especialistas en mercado ferroviario, marítimo, farmacéutico. Por supuesto que no, lo que tienen que hacer es partir de un análisis del mercado y es lo que han estado llevando a cabo. Eso es lo que quería puntualizar.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sale, a ver. Si ahora quieres comentar algo, te pediría, pero creo que la pregunta esta podría ser dirigida a ti. Si me equivoco, me dices, por favor. La iniciativa privada ha argumentado que esta reforma eléctrica aduce actos discriminatorios y contrarios al principio de competencia y libre concurrencia. ¿Qué pasaría en los órganos judiciales? ¿Es viable esta vía?
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Ahora en la charla he escuchado que incluso mencionan a estos principios como derechos y eso es erróneo. El principio de libre concurrencia y competencia son ejes para que con base en eso puedan deliberar los jueces en pro de los derechos humanos. Aquí también la Corte ha resuelto -y es uno de los casos que más se ha mencionado aquí- en relación al derecho del consumidor. Pero justo al inicio yo mencionaba que el derecho humano a la electricidad tiene tres vertientes por las cuales debe ser cubierto cabalmente y una parte de eso es el suministro eléctrico y ahí cabe el derecho del consumidor.
Entonces, creo que no están ponderando adecuadamente. Y no coincido en que sea el mejor papel lo que están haciendo los jueces. Salvo... Hay una resolución que se ganó de la tarifa de porteo convencional en primera instancia, en donde el juez dice: Sí, es cierto, es una cuestión contractual. No se te está aumentando deliberadamente. Tú lo aceptaste expresamente en tus contratos que se te iba a aumentar anualmente la tarifa de porteo. Entonces ahora no vengas a decir que no la reconoces-.
Entonces, ese descaro o ese cinismo por parte de las empresas de utilizar derechos humanos para poder obtener ciertas concesiones, como por ejemplo esta parte del medio ambiente. Sí, es apto el que digan: -Bueno, se cancelan los CEL-. Pues se va a cancelar la iniciativa privada, pero es porque ya no van a ganar 20 pesos.
O sea, van a ganar tal vez lo justo, que son 10 pesos tal vez. Entonces, creo que no tienen el conocimiento suficiente y tan es así que los mismos jueces han hablado de competencia económica en los autoabastos. O sea, en los autoabastos no hay competencia; crean competencia desleal al mercado actual.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Yo creo que los jueces analizan lo que las partes exponen. Y entonces, cuando las partes no tienen la capacidad de un convencimiento, claro que puede haber una decisión equivocada. Pero creo que mucho tiene que ver que en todos los juicios la CFE es parte, eh. Nadie se lleva un juicio sin que sean parte. Entonces, creo que ahí lo que falta es tratar de convencer.
O sea, si el tema es: -Tengo la razón porque parte de un principio mal-. Creo que no tenemos una instancia; tenemos dos instancias. O sea, creo que aparte de exponer pueden irse al recurso el día de mañana contra la sentencia que emite el juez. O sea, no veo cuál es el tema si vamos a hablar en lo plano de derechos que ahorita tenemos.
Entonces, creo que efectivamente todos buscan, al menos la iniciativa privada, creo que sí busca un lucro, no viene a hacer beneficio social la iniciativa privada. Yo creo que esa en todo caso sería la función del Estado cuando esté dentro del mercado la parte que ellos se reservan a tal. Cuando abrieron la puerta, el área estratégica, prioritaria, creo que sí hay un mercado distinto. Que si no es un servicio como tal, sí es algo que podemos medir y cobrar un precio de costo y a una utilidad o un indirecto. Creo que eso no está en ninguna de las partes prohibido.
Creo que tampoco deben de satanizar a las empresas que buscan tener su mayor beneficio económico, ese es el fin de las empresas. Y que éstas generen empleos. O sea, yo quiero que vean cómo las empresas tienen más de mil empleados y tienen que pagar seguro social, Infonavit. O sea, es un tema de un ciclo al cual nos metemos como parte de un mercado que puso la Constitución propiamente.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Bueno, a ver. Vamos a cerrar... A ver, antes de que cerremos, ¿alguien quiere agregar algo, en términos de lo que estamos en este momento discutiendo? A ver, sí, muy breve.
El ciudadano Daniel Amézquita: Todo el análisis que ha habido no parte necesariamente de que las empresas busquen algún tipo de lucro y los daños que se causen a los industriales y a los que se dedican a la generación de energía eléctrica como privados. Todos los análisis, prioritariamente parten de violaciones a derecho al medio ambiente sano y a la salud de los mexicanos, todos. Y parten no solamente de un análisis del texto constitucional, sino también la interpretación de convenciones internacionales.
Por lo tanto, más allá del tema técnico regulatorio, yo creo que sí han hecho una gran labor los jueces y los colegiados especializados en el aterrizaje de este tipo de garantías.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Está bien. A ver, vamos a cerrar. Y pongo en la mesa temas para que en su conclusión nos den un punto de vista final, no nos pase por alto. Primero el ciudadano, ¿no?, que eso es yo creo que el eje, pienso, por lo menos en la narrativa de la reforma, el ciudadano, ¿no?, como su centro, que es lo que ha repetido el presidente y el propio director de la CFE, ¿no? La impresión es cómo se ve al ciudadano desde otras perspectivas, que eso es lo que no se le ve como la ve el presidente y como la ve el director de la CFE. Quiero decir con esto que los caminos son distintos para llegar al fin, llamado ciudadano. Primero.
Segundo asunto es: ¿En qué nos vamos a meter? O sea, vamos a acabar haciendo una reforma que va a acabar en la Corte y va a declararse qué, en cuánto tiempo, qué va a pasar, etcétera.
Tercero, pues que es un asunto también que pasa por la política y uno no lo puede soslayar. Decías hace rato que la política está por, ¿cómo decías?
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Por encima de todo...
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sí, no, pues son los acuerdos, así es la vida, nos ponemos de acuerdo o no, nos guste o no. Y, último, yo entiendo que lo que les estoy diciendo nos puede llevar mucho rato, pero ojalá sea muy breve, se los pido, pensemos en el legislativo, pensemos en las y los legisladores que nos pueden estar eventualmente viendo.
¿Qué instrumentos tienen que tener ellos para decidir en un asunto de tanta relevancia, como es el tema judicial? Porque el tema judicial puede acabar con todas las buenas intenciones, ¿no?, y puede parar ahí, vamos ahí y nos vamos. Y la reforma no pasa, porque la declaran inconstitucional o constitucional, en fin, lo digo con supuestos.
Bueno, si te parece, Nancy, empecemos y con esto empezamos a concluir el parlamento de hoy.
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Claro que sí. Bueno, es evidente que las resoluciones que actualmente hay están encaminadas al tema del medio ambiente, pero no se está haciendo una ponderación de derechos adecuada. Aquí lo que debe de hacer el Poder Judicial es ponderar derechos humanos de ambas partes, que no se vulneren, no que no solamente subsista uno solo, ¿no? Entonces, ahí creo que hace falta esa ponderación de derechos en estas determinaciones, porque solamente se ha abocado a derecho humano al medio ambiente y salud, como bien dice el licenciado Daniel.
Pero yo creo que parte de las herramientas que nos pudieran dotar los legisladores es: provean de poder judicial especializado, que pueda entender a qué se refiere una competencia en el mercado energético, eléctrico, porque no es lo mismo hablar de competencia en telecomunicaciones, ahí estamos hablando de productos de un servicio del que no depende la vida misma. Entonces, son cuestiones, son bienes muy diferentes y, por tanto, que nos aporten especialistas, ¿no? Creo que eso es lo principal.
Ahora, que se vea o se ventile en Poder Judicial si es un riesgo, por qué, porque todo ahorita se está deteniendo y no es tal vez la justificación para la reforma constitucional. La justificación para la reforma constitucional es mejorar todas las anomalías. Y no son pretextos, es mejorar todo aquello que por años se estuvo haciendo desde 1900, bueno, desde los 90 más o menos, y hasta ahorita sigue. O sea, ¿cómo es posible que, por ejemplo, un régimen legado, como son los autoabastos, sigue con tantas prerrogativas a su favor, ¿no? Entonces, es corregir.
Yo quisiera cerrar en esto, en la importancia que tiene en la ponderación de derechos hacer test de proporcionalidad, incluso en las decisiones administrativas, para saber cómo debatir eso al momento de los juzgados. Creo que las autoridades administrativas tampoco están haciéndolo, es una crítica al Poder Ejecutivo, el decir: tienes tú también que velar por derechos humanos, tienes tú también la obligación de saber cómo es que te van a venir a debatir en un juicio, ¿no?
El moderador Javier Solórzano Zinser: Muy bien.
La ciudadana Nancy Jocelyn Jiménez Camacho: Ahí.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Adelante, Miguel.
El ciudadano Miguel Oswaldo Zárate Martínez: Gracias, Javier. Mira, yo creo que de los cuatro temas que nos pusiste en la mesa es bien sencillo. Primero, ciudadano. Efectivamente, parte yo creo que del libre mercado que estamos hablando es hacer asequible el precio de la energía. Y creo que eso es lo que hemos tratado de buscar de alguna manera.
Dos. Las empresas no las satanicemos. O sea, de verdad, las empresas hacen todo su esfuerzo por tratar de invertir y tener utilidad. Pero, ojo, todos los empleados de las empresas pagan la luz, eh. Yo no estoy seguro que los empleados de CFE paguen la luz. Entonces, yo creo que también podemos empezar por ahorrar recursos con ese tipo de prerrogativas.
Ahora, los derechos humanos son de los ciudadanos efectivamente. Todas las empresas, tanto públicas o que pasen de algún acto de autoridad, deben respetar de alguna manera esos derechos humanos. Y, si no los van a respetar, se van a tener que sujetar al tema.
Entonces, ¿qué yo podría concluir? Yo aplaudiría al Poder Judicial, que no se ha rajado hasta el día de hoy. Espero no le llegue el agua al cuello. Sabemos que es un órgano político, pero efectivamente creo que mientras existan los jueces tenemos mucho por hacer. Con la capacidad que tengan es lo que tenemos. Y creo que es con lo que tenemos que trabajar. Yo sí difiero un poco, creo que las partes son las que exponemos los asuntos y que todos tienen derecho a defenderse debidamente y convencer al que decida del tema.
Entonces, yo no creo que sea una falta de capacidad, eh. Yo creo que todos ellos son peritos en derecho, todo mundo puede poner periciales para que los especialistas traten de aclarar temas. Y creo que eso es lo que de alguna manera es un justo debido proceso.
Entonces, yo sí creo que tenemos mucho por hacer. Creo que el medio ambiente sí lo debemos de ponderar de una manera mucho más alta que muchos otros de los derechos que podemos tener, porque efectivamente el tema ambiental repercute en el tema de salud. Y, si no tenemos salud, no tenemos nada. Es todo, Javier.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Adelante, Eduardo.
El ciudadano Eduardo Méndez Sánchez: De atrás para adelante. Se me va ahorita la referencia exacta, pero en el siglo XIX, lo comentaba ahorita con Miguel antes de iniciar, en el sentido de que una decisión del legislador tira a la basura bibliotecas enteras.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Sí.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Entonces...
El moderador Javier Solórzano Zinser: Que fuerte.
El ciudadano Eduardo Manuel Méndez Sánchez: Entonces, bueno, así es. Entonces, habrá, esto es un juego de mayorías ¿no? y espero que se lleguen a los mejores acuerdos.
Pero a mí me parece que al menos en el caso de la reforma constitucional y en el caso de lo que debería los tribunales, los tribunales federales al resolver estos casos, sí tiene que ver con el parámetro de regularidad constitucional y el cumplimiento a diferentes tratados. No olvidemos que a partir de la reforma al artículo primero constitucional, las sentencias de la Corte Interamericana se consideran criterios que pueden ser obligatorios en el marco local.
Y entonces en este sentido, a mí me parece que el hecho de colocar a las necesidades de las personas por encima del mercado es algo no solamente deseable, no solamente ético, sino que además es constitucional y legal. En el sentido de que, por ejemplo, cito esta resolución, este párrafo de una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 25 de mayo de 2017. En la cual señala que el acceso a la energía eléctrica es fundamental para la garantía de los otros derechos humanos. Así lo observación general número cuatro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, reconoce que la disponibilidad de energía eléctrica para la cocina y el alumbrado se encuentra entre los requerimientos para una vivienda digna. En lo que respecta a la asequibilidad de la energía eléctrica, la referida observación general número cuatro, reconoce que los Estados deben adoptar medidas para garantizar que el porcentaje de los gastos de vivienda, incluyendo la energía eléctrica sean soportables para las personas y conmensurados con los niveles de ingreso. Igualmente el suministro de energía eléctrica debe ser de carácter ininterrumpido.
Me parece que en este, bajo este criterio de la Corte Interamericana, creo que están muchas de las necesidades y de los criterios que los jueces podrían utilizar al momento de resolver estos casos. Para mí el hecho de poner las necesidades de las personas por encima de lo que la Corte, o ahora se está entendiendo como mercado o libre competencia, me parece que es deseable, ético y constitucional.
El moderador Javier Solórzano Zinser: A ver. Cerremos Daniel.
El ciudadano Daniel Amézquita Díaz: Sí. Yo, repito, no veo la necesidad de todos estos temas que han estado platicando en esta última intervención sean materia de una reforma constitucional. Creo que la Constitución no puede ser un cuerpo acabado a detalle de todo lo que tiene que preverse en un mercado. Con los lineamientos generales que tenemos hoy en día lo que tenemos que hacer es una revisión de que es lo deseable en nuestra legislación federal y en el resto de la regulación del sector eléctrico.
Hoy en día tenemos, estaban diciendo que hay que ponderar el tema personal por el tema de las empresas, hoy en día en lo tenemos. Tenemos a CFE, que además de que tiene la parte, los países más evolucionados, tienen la parte con más carnita del marcado, que es la transmisión y la distribución, es donde más se pueden generar ingresos; esos son estratégicos todavía para el Estado Mexicano. Además tiene toda la porción del suministro básico: a la ama de casa, a la pequeña empresa. Para los más calificados, para el suministro calificado de la gran empresa, bueno, hay otros formatos, hay otras medidas.
Entonces, si tenemos una diferenciación, puede ser perfectible, podemos tratar de que no haya desviaciones, pero por supuesto no veo la necesidad de tocar el texto constitucional y que lo estemos manoseando a cada rato bajo los principios que traiga cada nueva administración. Ese ha sido un problema, para que el día de mañana se pueda integrar también, hablando de la especialización de los jueces, también se pueda generar una jurisprudencia por parte del Poder Judicial que sea consistente en el tiempo y que pueda ir evolucionando.
Porque, efectivamente, la Constitución al final de cuentas en estos temas dice lo que los jueces dicen que dice. Eso es así aquí y en Estados Unidos y en Europa y en todos lados. No podemos estar manoseando la Constitución a cada rato para meter temas tan específicos.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Muy bien. Bueno, cerramos. Mire, no es sencillo concluir una mesa como esta ¿no? Porque si esta además muy marcadamente las diferentes concepciones, incluso, a lo mejor exagero, pero las percepciones mismas del derecho ¿no? porque yo creo que hay algo también ahí que es importante.
Bueno, digamos, el asunto está en que estamos todos de acuerdo en que se puede echar a andar y será maravillosa la honorable reforma eléctrica, pero sí aquí se para, se para, hablo del terreno judicial, el terreno constitucional que ese va a ser el gran asunto.
Bueno, y hay que presentar algo que se dijo, que me parece muy importante, en la medida en que los argumentos prevalezcan, sean fuertes, sean fundados, todo adquiere otra dimensión ante lo propios jueces ¿no? de ahí deciden los jueces más allá de sus capacidades y atribuciones.
El moderador Javier Solórzano Zinser: Bueno, hasta aquí cerramos, le quiero agradecer en nombre de todas y todos quienes hacen posible la emisión de este Parlamento Abierto aquí en el Canal del Congreso. Nancy, muchas gracias; Miguel, muchas gracias; Eduardo, gracias; Daniel, gracias. Ha sido un gusto y un placer y un aprendizaje estar con ustedes.
Bueno, pásela bien, nos vemos en el próximo parlamento, y por lo pronto ya sabe que tarde que temprano regresaremos a la mesa de diálogo y ojalá nos estén viendo cada semana a través del Canal del Congreso. Pásela bien. Adiós.
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