DIARIO de los DEBATES

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados                 Año III, Segundo Periodo,  30 de abril  de 2003

 


Presidencia del diputado Armando Salinas Torre

 

ASISTENCIA

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los diputados.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Señor Presidente, le informo que se encuentran previamente registrados 460 diputados.

Por lo tanto, hay quórum.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre (a las 15:08 horas):

Se abre la sesión.

Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.

 

ORDEN DEL DIA

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.— Tercer Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Miércoles 30 de abril de 2003.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

De la Junta de Coordinación Política.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre del general Salvador Alvarado.

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre de Nezahualcóyotl.

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre de don Mariano de la Bárcena y Ramos.

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción X del artículo 39, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto para que sea inscrito en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México.

De las comisiones unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.

De la Comisión de Defensa Nacional, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

De las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Comunicaciones, con proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos.

De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

Proposiciones

Con punto de acuerdo para exhortar a todas al estaciones de radio y televisión a celebrar el Día Internacional de la Radio y la Televisión en favor de los niños, promovido por la UNICEF, a cargo del diputado Gumercindo Alvarez Sotelo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para ratificar las reformas a la Ley del SAT que vetó el Ejecutivo Federal, a cargo de la diputada Miroslava García Suárez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se solicita que la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría a la Semarnat, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre el voto de México en Ginebra, Suiza, con relación a los derechos humanos en Cuba, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para reasignar y entregar viviendas abandonadas, mediante un Censo Nacional de Viviendas, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar que se asignen recursos en el Presupuesto de Egresos de 2004 al tramo carretero Choix-San Rafael, que uniría los estados de Chihuahua y Sinaloa, a cargo del diputado Rubén Félix Hays, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la actuación de la Procuraduría General de Justicia en el estado de Yucatán, a cargo del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al servicio de energía eléctrica en el estado de Veracruz, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, realice las acciones pertinentes a fin de reforzar la comercialización del frijol mexicano, a cargo del diputado José Carlos Luna Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al esclarecimiento del asesinato del licenciado Manuel Ortega González, ocurrido en Zacatecas, a cargo de la diputada Magdalena Núñez Monreal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al conflicto de Bernalejo, Zacatecas, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al proselitismo político del Ejecutivo Federal, a cargo del diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar información a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sobre el trámite realizado por diversas líneas aéreas en las que han solicitado autorización oficial para operar rutas nacionales e internacionales, desde y hacia Puerto Vallarta, Jalisco, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se haga un plan maestro de reingeniería de procesos dentro del Congreso de la Unión, a fin de que se eficientice y profesionalice la labor legislativa, a cargo del diputado Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre el papel del Consejo de Seguridad de la ONU, a cargo del diputado Sergio Acosta Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar a los congresos locales para que legislen sobre la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Elba Arrieta Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se declare a la Mariposa Monarca, Patrimonio de la Humanidad, a cargo de la diputada María Cruz Martínez Colín, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se homologue la legislación local con respecto a la federal para garantizar el ejercicio del derecho a decidir sobre un aborto en caso de violación y la creación de un mecanismo que prevea el auxilio subsidiario del Estado en estos casos, a cargo de la diputada Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la deficiencia y falta de apoyo con las que opera actualmente la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que en los programas de estudio de medicina se incorpore la materia de Geriatría, a cargo del diputado Gumercindo Alvarez Sotelo, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados solicite a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Salud, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Comisión Nacional del Agua, se incrementen las acciones que permitan la sustentabilidad y frenen la detención del abatimiento de los mantos acuíferos en la región lagunera, a cargo del diputado Silvestre Enrique Faya Viesca, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para constituir una comisión especial plural de diputadas y diputados para la revisión y transparencia en el manejo del presupuesto de la Cámara de Diputados para el presente Ejercicio Fiscal de 2003, suscrito por integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo sobre el conflicto de Corea del Norte con Estados Unidos de América, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos estatales y municipales de las entidades federativas a que destinen partidas presupuestales específicas para la creación de albergues para víctimas de violencia intrafamiliar, a cargo de la diputada Griselda Ramírez Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados, a través de las comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, revisen el trabajo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, dependiente de la Secretaría de Economía, a cargo del diputado Rubén Aguirre Ponce, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la Comisión Reguladora de Energía, a cargo de la diputada Rosario Tapia Medina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la auditoría sobre los activos de la Fundación “Vamos México, AC”, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar al licenciado Rafael Macedo de la Concha, titular de la Procuraduría General de la República, la atracción de la investigación y resolución de los asesinatos a mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada Silvia América López Escoffie, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la implementación de una estructura tarifaria eléctrica preferencial en el estado de Veracruz, a cargo de la diputada Genoveva Domínguez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a las legislaturas estatales, a crear una comisión encargada de atender los asuntos de la familia, a cargo del diputado Francisco Luis Treviño Cabello, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para citar a comparecer al Secretario de Comunicaciones y Transportes, a cargo de la diputada Alejandra Barrales Magdaleno, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre los medios públicos de información, a cargo de la diputada Lorena Beaurregard de los Santos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para formular una petición a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que estudie las posibilidades de realizar a través de medidas administrativas y NOM, a efecto de impedir el transporte de estupefacientes y sustancias psicotrópicas como una medida preventiva, a cargo del diputado Germán Pellegrini Pérez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo sobre la problemática agraria en México, a cargo del diputado César Duarte Jáquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para renegociar el capítulo agropecuario del TLC, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados solicite al Ejecutivo Federal que la Procuraduría General de la República investigue el caso de las mujeres muertas en Sonora, a cargo de la diputada Petra Santos Ortiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a incrementar el presupuesto destinado a las instituciones que se dedican a la protección de la infancia, a cargo de la diputada Elba Arrieta Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para invitar al Banco Mundial y al Banco Interamericano de Desarrollo a dar prioridad dentro de sus políticas a los programas que otorgan microcréditos encaminados a combatir la pobreza, a cargo del diputado Luis Fernando Sánchez Nava, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que el Poder Ejecutivo Federal designe a un nuevo titular del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), a cargo de la diputada Julieta Prieto Furhken, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que los diputados de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión donen 10 libros a las bibliotecas públicas del país, a cargo del diputado Gregorio Arturo Meza de la Rosa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para destinar mayores recursos al campo para mejorar la situación de los productos agropecuarios, a cargo del diputado Jaime Alcántara Silva, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor, que se implementen las acciones necesarias que coadyuven al cumplimiento del acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que presentan los particulares, a cargo de la diputada Celita Trinidad Alamilla Padrón, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se cite a comparecer al titular de la Consar, ante la Comisión de Seguridad Social, a cargo del diputado Samuel Aguilar Solís, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para crear una comisión plural para impulsar la equidad en el proceso electoral federal de 2003, a cargo del diputado Miguel Vega Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a las autoridades de los ámbitos de Gobierno Federal, estatal y municipal y a las organizaciones de la sociedad civil para que fortalezcan las acciones para permitir a los niños huérfanos, abandonados y víctimas de violencia intrafamiliar integrarse lo más rápido posible a un hogar seguro a través de la adopción plena, a cargo del diputado Miguel Angel Mantilla Martínez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación, una partida destinada al subsidio asistencial de los adultos mayores de 70 años a cargo de la diputada Raquel Cortés López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados integre una comisión especial para que vigile el proceso electoral de 2003, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para denunciar la conformación de un monopolio de gas natural, de la empresa Sempra, en Baja California, a cargo del diputado Amador Rodríguez Lozano. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para establecer tarifa eléctrica especial para los servicios educativos de las zonas con clima extremoso, a cargo de la diputada Olga Haydee Flores Velásquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al estado de Aguascalientes, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para facultar al Ejecutivo Federal para tomar medidas en relación a la aplicación del TLC, así como exhortar al Ejecutivo Federal para que inicie los trámites correspondientes a efecto de modificar el TLC, en su Capítulo VII sector agropecuario, a cargo del diputado José Soto Martínez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar en el marco del nuevo federalismo, que de los recursos adicionales que por venta de petróleo recibe el Gobierno Federal, se asigne un porcentaje al sector salud en el estado de Oaxaca, a cargo del diputado Jaime Mendoza Ferra, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para realizar la transferencia de los recursos derivados del excendente pretrolero al desarrollo del campo mexicano, a cargo del diputado Julián Luzanilla Contreras, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo con relación a la transnacionalización de los ferrocarriles en México, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Economía y a las legislaturas de los estados para emitir el marco jurídico que regule la actividad de las llamadas “casas de empeño”, a cargo de la diputada María Teresa Tapia Bahena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados intervenga en el conflicto entre permisionarios del transporte público de pasajeros y la autoridad municipal de Tijuana, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que se destinen recursos del presupuesto de este ejercicio para llevar a cabo los estudios, evaluaciones y cotizaciones necesarias para determinar la forma de adquisición o construcción de embarcaciones menores para Pemex, a fin de renovar y completar su flota petrolera, suscrito por el diputado Gustavo González Balderas, a nombre de diversos integrantes de la Comisión de Marina. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación con la concesión del Sistema Aeroportuario Mexicano a particulares, a cargo del diputado Julián Castañeda Pomposo, a nombre de diputados federales por el estado de Baja California (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a los afectados de la expropiación del ejido Tampico, en Tijuana, Baja California, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

De diputados.

Elección de miembros de la Comisión Permanente.

Comisiones protocolarias.

Posicionamiento de los grupos parlamentarios y partidos políticos en relación al término del segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio de la LVIII Legislatura.

Clausura.»

TRABAJO LEGISLATIVO

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Se informa a los miembros de la Cámara que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos acordó que todas las iniciativas y proposiciones con puntos de acuerdo que se hayan recibido por escrito y debidamente firmadas por sus autores o que se reciban en el transcurso de la sesión, serán turnadas a las comisiones correspondientes para su estudio y dictamen, se insertará su texto en el Diario de los Debates y se publicarán en la Gaceta Parlamentaria, con el señalamiento del turno dictado por la Presidencia de la Mesa Directiva.

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior.

Debido a que se encuentra publicada en la Gaceta, pido a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa su lectura.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al acta de la sesión anterior, tomando en consideración que está publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veintinueve de abril de dos mil tres, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura.

Presidencia del diputado Armando Salinas Torre

En el Palacio Legislativo en San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de cuatrocientos dieciocho diputados, a las once horas con cincuenta y cinco minutos del martes veintinueve de abril de dos mil tres, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

Desde su curul, en dos ocasiones, el diputado Víctor Roberto Infante González, del Partido Revolucionario Institucional, solicita el uso de la palabra para rectificar hechos en relación con el orden del día. La Presidencia informa que no procede la solicitud.

También desde su respectiva curul hablan los diputados: Efrén Nicolás Leyva Acevedo y Jorge Carlos Ramírez Marín, ambos del Partido Revolucionario Institucional, para apoyar la solicitud del diputado Infante González. Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura al artículo segundo del Acuerdo Parlamentario Relativo a la Integración del Orden del Día, las Discusiones y las Votaciones de la Cámara de Diputados, y la Presidenta hace observaciones de procedimiento.

Hablan desde su curul los diputados: Amador Rodríguez Lozano para solicitar una moción de procedimiento que la Presidencia no hace suya; y José Narro Céspedes, del Partido del Trabajo, para apoyar la solicitud del diputado Infante González. La Presidenta instruye a la Secretaría a dar lectura al artículo veintiuno de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y posteriormente hace aclaraciones de procedimiento.

La Secretaría da lectura al artículo dieciocho del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a solicitud hecha desde su curul por el diputado Amador Rodríguez Lozano, y atendida por la Presidencia, la que hace nuevamente aclaraciones.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín solicita se le conceda el uso de la palabra desde su curul al diputado Infante González.

Habla desde su curul el diputado Víctor Roberto Infante González para solicitar se incorporen tres puntos en el orden del día.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma manera la aprueba.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Aguascalientes; Colima; Morelos; y Tabasco, dos, con las que informan de actividades propias de su respectiva legislatura. De enterado.

Comunicación de la Comisión Especial para que conozca y dé seguimiento a las investigaciones de los homicidios de mujeres perpetrados en Ciudad Juárez, Chihuahua, con la que remite su informe de actividades del periodo comprendido del diez de enero al nueve de abril de dos mil tres. De enterado.

Comunicación de la coordinación del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con la que informa que el diputado Alfonso Vicente Díaz, fue asaltado y agredido en las inmediaciones del Palacio Legislativo y solicita tomar las medidas legales necesarias para garantizar la seguridad de los diputados y del personal de la Cámara de Diputados. De enterado. Hágase del conocimiento del Ministerio Público competente y se instruye a la Secretaría General para que por medio de la Dirección General de Asuntos Jurídicos se sustancien los trámites de ley.

Desde su curul el diputado Jorge Alberto Lara Rivera, del Partido Acción Nacional, hace comentarios sobre la comunicación de referencia, informa sobre asaltos de que han sido víctimas diversos diputados y solicita hacer extensiva la comunicación al Gobierno del Distrito Federal. La Presidencia instruye enterar al Gobierno del Distrito Federal para que tome las medidas de seguridad en las inmediaciones de la sede de la Cámara de Diputados.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

• Con acuerdo por el que se crea una comisión encargada de vigilar que no se desvíen recursos públicos federales en el proceso electoral de dos mil tres. Se aprueba en votación económica.

• Con acuerdo por el que se prorroga la existencia de la comisión especial encargada de dar seguimiento a los fondos aportados por los trabajadores mexicanos braceros. Se aprueba en votación económica.

Oficio de Ruiz Urquiza y Compañía, Sociedad Anónima, con el que remite copia del dictamen de los estados financieros del Banco de México, al treinta y uno de diciembre de dos mil dos y de dos mil uno, y el informe sobre el ejercicio del presupuesto de gasto corriente y de inversión en activo circulante por concepto de producción de billete y adquisición de moneda metálica, correspondiente al periodo del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil dos. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Oficio del Banco de México, con el que remite el resumen Ejecutivo de la Evaluación de los Programas de los Fideicomisos Instituidos en Relación a la Agricultura que canalizan subsidios, correspondientes al periodo enero-diciembre de dos mil dos. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Oficio del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social con el que remite el informe trimestral sobre la composición y situación financiera de las inversiones de ese instituto, enero-marzo de dos mil tres. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Seguridad Social.

Presentan iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

• Maricruz Cruz Morales, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Financiera Rural. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

A las doce horas con treinta y un minutos la Secretaría informa del registro de cuatrocientos cuarenta y ocho diputados y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación.

• Edgar Alvarado García, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo veintitrés de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria.

• Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona un artículo tres-bis y reforma el artículo noveno de la Ley de Asociaciones Agrícolas. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

• José Narro Céspedes, del Partido del Trabajo, que expide la Ley General que Regula la Contratación de Deuda Pública y de la que Contratan las Instituciones Privadas. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Presidencia saluda la presencia en el recinto de jueces y magistrados del estado de Guanajuato.

• José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social, que adiciona el artículo setenta y seis del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

• Samuel Aguilar Solís, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona el artículo treinta y siete de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Se turna a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda y Crédito Público.

• José Narro Céspedes, del Partido del Trabajo, que reforma los artículos siete y veintisiete de la Ley Orgánica de la Financiera Rural. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, del Partido Alianza Social, que reforma los artículos ochenta y tres y ochenta y cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Lorena Beaurregard de los Santos, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma diversos artículos de la Ley Federal de Radio y Televisión. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

La Presidencia saluda la presencia de la señora Noemí Solís de Peyrot, esposa del secretario de Marina.

• Armando Salinas Torre, del Partido Acción Nacional, para que se inscriba en letras de oro en los muros de honor de la Cámara de Diputados, Universidad Nacional Autónoma de México. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Rubén Aguirre Ponce, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo ciento diecisiete de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

La Presidencia saluda la presencia de los deportistas Ricardo López y Marco Antonio Barrera.

• Jaime Cervantes Rivera, del Partido del Trabajo, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de política exterior. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• Rosa Delia Cota Montaño, del Partido del Trabajo, que adiciona el artículo dieciocho de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

• Francisco Luis Treviño Cabello, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos setenta y dos, setenta y tres, setenta y cuatro y setenta y cinco de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

• Juan Carlos Regis Adame, del Partido del Trabajo, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Genoveva Domínguez Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona un artículo cuarenta y nueve-C al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

• Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo setenta y tres y reforma y adiciona el artículo setenta y cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El proponente entrega la iniciativa a la Secretaría y el Presidente la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

• María Teresa Gómez Mont y Urueta, del Partido Acción Nacional, a nombre de integrantes de la Comisión Especial para la Reforma del Estado, que crea la Ley de Garantías a la Libertad de Expresión e Información y del Derecho a la Información, reglamentaria de los artículos sexto y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a las comisiones unidas de Gobernación y Seguridad Pública y de Radio, Televisión y Cinematografía. Desde su curul la diputada Lorena Beaurregard de los Santos, del Partido Revolucionario Institucional, en tres ocasiones, solicita información sobre los que suscriben la iniciativa y la proponente hace las aclaraciones que corresponden.

• María Teresa Gómez Mont y Urueta, del Partido Acción Nacional, a nombre de integrantes de la Comisión Especial para la Reforma del Estado, que expide la Ley Federal de Radio y Televisión. Se turna a la comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

• Eduardo Rivera Pérez, del Partido Acción Nacional, que expide la Ley de Educación Superior.

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

• Salvador Cosío Gaona, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Petra Santos Ortiz, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo diez de la Ley General de Sociedades Mercantiles; se reforma la fracción séptima y se recorre la actual fracción séptima, para quedar como octava, del artículo sexto de la Ley Federal de Correduría Pública. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos tercero, fracciones vigésimasegunda, trigésima tercera y trigésima cuarta; veintiocho, fracciones segunda y tercera; treinta y ocho-bis, quinto párrafo; ciento cuarenta y seis; ciento cincuenta; ciento cincuenta y tres; ciento cincuenta y cuatro; y se adiciona el artículo ciento cincuenta y cuatro-bis, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos trescientos sesenta y dos del Código de Comercio; ciento setenta y cuatro, párrafo segundo, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; y dos mil trescientos noventa y cinco del Código Civil Federal. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Es de primera lectura.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo tercero con una fracción segunda-bis; el artículo trece, apartado A) con una fracción séptima-bis; y el Título Tercero-Bis a la Ley General de Salud; y se reforma la fracción primera del apartado B) del artículo trece; la fracción novena del artículo diecisiete; y los artículos veintiocho y treinta y cinco de la citada ley. Es de segunda lectura. La diputada María Eugenia Galván Antillón, del Partido Acción Nacional, a nombre de la comisión, fundamenta el dictamen, presenta una fe de erratas y propone la supresión del párrafo tercero del artículo octavo transitorio del proyecto de decreto.

Desde su curul el diputado Ricardo Moreno Bastida, del Partido de la Revolución Democrática, solicita información sobre la supresión propuesta y la diputada Galván Antillón, también desde su curul, hace las aclaraciones que corresponden.

Se concede la palabra al diputado Oscar Guillermo Levín Coppel, del Partido Revolucionario Institucional, para fundamentar la supresión propuesta a nombre de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Hablan desde su respectiva curul los diputados: Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar una moción suspensiva y el Presidente informa de la recepción de la solicitud de referencia; Ricardo Moreno Bastida y Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, ambos del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar mociones de procedimiento; Amador Rodríguez Lozano, para solicitar moción de orden y que la comisión retire su propuesta de supresión para presentarla en el momento de la discusión en lo particular; María Eugenia Galván Antillón, del Partido Acción Nacional, a nombre de la comisión, para hacer comentarios sobre la fe de erratas y la propuesta de supresión presentadas; Federico Granja Ricalde, del Partido Revolucionario Institucional y Jaime Cleofas Martínez Veloz, del Partido de la Revolución Democrática, para hacer comentarios en relación con el dictamen de referencia; Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, para hacer aclaraciones en relación con la posición de su grupo parlamentario al interior de la Comisión Dictaminadora y David Penchyna Grub, del Partido Revolucionario Institucional, y Fernando Pérez Noriega, del Partido Acción Nacional, para solicitar a la comisión retirar su propuesta de supresión y presentarla en la discusión en lo particular. En su oportunidad el Presidente hace las aclaraciones de procedimiento que corresponden.

Desde su curul la diputada María Eugenia Galván Antillón, a nombre de la comisión retira la fe de erratas y la propuesta de supresión del párrafo tercero del artículo octavo transitorio del proyecto de decreto.

Fijan la posición de su respectivo partido político o grupo parlamentario, los diputados: José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional; Carlos Alberto Valenzuela Cabrales, del Partido Acción Nacional; Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, y durante su intervención solicita la lectura de un oficio por parte de la Secretaría y el Presidente obsequia su solicitud, y Samuel Aguilar Solís, del Partido Revolucionario Institucional.

La Presidencia informa nuevamente de la recepción de una solicitud de moción suspensiva e instruye a la Secretaría a dar lectura al artículo ciento diez del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Para presentar la moción suspensiva se concede la palabra a la diputada Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática.

Para hablar en contra de la moción suspensiva se concede la palabra al diputado Alonso Ulloa Vélez, del Partido Acción Nacional.

La Asamblea, en votación económica, desecha la moción suspensiva.

A discusión el dictamen en lo general, hacen uso de la palabra los diputados: Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, en contra; Federico Granja Ricalde, del Partido Revolucionario Institucional, en pro; Víctor Roberto Infante González, del Partido Revolucionario Institucional, a título personal, en contra y acepta interpelación del diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, del Partido Acción Nacional; Eduardo Abraham Leines Barrera, del Partido Revolucionario Institucional, en pro y acepta interpelación del diputado Amador Rodríguez Lozano; Jaime Cleofas Martínez Veloz, del Partido de la Revolución Democrática, en contra; Manuel Wistano Orozco Garza, del Partido Acción Nacional, en pro; Jorge Alejandro Chávez Presa y Francisco Javier López González, ambos del Partido Revolucionario Institucional, en contra.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

Se reservan para la discusión en lo particular los artículos: treinta y cinco; setenta y siete-bis-uno; setenta y siete-bis-dos; setenta y siete-bis-tres; setenta y siete-bis-cuatro; setenta y siete-bis-cinco; setenta y siete-bis-siete, fracción cuarta; setenta y siete-bis-veinte; setenta y siete-bis-veintiuno; setenta y siete-bis-veintitrés; setenta y siete-bis- veinticuatro; setenta y siete-bis-veinticinco; setenta y siete-bis-veintisiete; setenta y siete-bis-veintiocho; setenta y siete-bis-treinta y cuatro; setenta y siete-bis-treinta y cinco; y setenta y siete-bis-treinta y nueve; así como los artículos octavo transitorio, tercer párrafo; y decimotercero y vigesimoprimero transitorios.

La Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por trescientos cinco votos en pro, ciento quince en contra y cuatro abstenciones.

Se concede la palabra a la diputada Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, para referirse a los artículos: treinta y cinco; y setenta y siete-bis: uno, dos, tres, cuatro, cinco, veintiuno, veintitrés, veinticuatro, veinticinco, veintisiete y veintiocho; reservados y propone modificaciones y supresiones a las que la Secretaría da lectura y la Asamblea desecha en sendas votaciones económicas.

El diputado Carlos Alberto Valenzuela Cabrales, del Partido Acción Nacional, se refiere al artículo octavo transitorio, reservado, y a nombre de la Comisión propone la supresión del párrafo tercero. La Asamblea la admite en votación económica.

El diputado Francisco Cárdenas Elizondo, del Partido Revolucionario Institucional, se refiere a los artículos setenta y siete-bis-veinte y decimotercero transitorio, reservados, y propone modificaciones y supresiones que la Asamblea desecha en votación económica.

El diputado David Penchyna Grub, del Partido Revolucionario Institucional, se refiere al artículo vigesimoprimero transitorio, reservado, y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica.

El diputado Amador Rodríguez Lozano se refiere a los artículos treinta y cinco; y setenta y siete-bis: uno, dos, cuatro y cinco, reservados; acepta interpelación del diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, del Partido Acción Nacional y propone modificaciones.

La Secretaría da lectura a las modificaciones propuestas para el artículo treinta y cinco y por ciento sesenta y cuatro votos en pro, ciento setenta en contra y nueve abstenciones se desechan.

Intervienen desde su respectiva curul los diputados: José Narro Céspedes, para solicitar se pueda registrar su voto y el Presidente hace aclaraciones; Lorena Beaurregard de los Santos, para solicitar se complemente el tiempo de votación; Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, para solicitar moción de trámite, y el Presidente le solicita presentarla por escrito; Rosalío González Nájera, para hacer comentarios respecto de la votación; Humberto Domingo Mayans Canabal, para solicitar se repita la votación; Samuel Aguilar Solís, para solicitar se continúe con la sesión; Rosalía Peredo Aguilar, para solicitar información sobre el sistema electrónico de votación; Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, para informar que hizo llegar su solicitud de moción de trámite por escrito y el Presidente le solicita aclaraciones al respecto e instruye a la Secretaría a dar lectura al artículo veintiuno, fracción séptima, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; Ricardo Moreno Bastida, para solicitar se repita la votación y el Presidente hace aclaraciones; Jorge Carlos Ramírez Marín, para solicitar se continúe con la sesión y el Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura a los artículos dieciocho y diecinueve del ordenamiento ya referido; José Manuel Medellín Milán, para solicitar se continúe con la sesión; Víctor Roberto Infante González, para solicitar se certifique que varios diputados se encontraban en reunión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación en el momento de la votación; Raúl Cervantes Andrade, para solicitar información en relación con el reporte de fallas en el sistema electrónico de votación; Lorena Beaurregard de los Santos, para solicitar se aplique el artículo diecinueve del ordena- miento referido; Víctor Antonio García Dávila, para hacer comentarios sobre el sistema electrónico de votación; Justino Eduardo Andrade Sánchez, para solicitar se aplique lo dispuesto en la fracción séptima del artículo veintiuno del ordenamiento citado; Amador Rodríguez Lozano, para solicitar la aplicación de lo establecido en el artículo diecinueve reglamentario; Eduardo Rivera Pérez y Mauricio Enrique Candiani Galaz, para solicitar se continúe con la sesión, y Víctor Roberto Infante González, para hacer comentarios sobre el procedimiento de votación.

El Presidente hace comentarios de procedimiento y solicita a la Secretaría dar lectura a la solicitud de moción de trámite del diputado Barbosa Huerta. Desde su curul el diputado Candiani Galaz solicita moción de procedimiento. También desde su respectiva curul hablan los diputados: Barbosa Huerta, para hacer aclaraciones sobre su solicitud; Ricardo Moreno Bastida, para apoyar la solicitud del diputado Barbosa Huerta; Beatriz Elena Paredes Rangel, para solicitar se consulte a la Asamblea si admite o no a discusión la solicitud del diputado Barbosa Huerta, y José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, para adherirse a la solicitud del diputado Barbosa Huerta. La Asamblea, en votación económica, desecha la solicitud del diputado Barbosa Huerta.

La Secretaría da lectura a las modificaciones propuestas por el diputado Amador Rodríguez Lozano, para los artículos setenta y siete-bis-uno, setenta y siete-bis-dos, setenta y siete-bis-cuatro y setenta y siete-bis-cinco y la Asamblea las desecha en sendas votaciones económicas.

El diputado Gilberto del Real Ruedas, del Partido de la Revolución Democrática, se refiere a los artículos setenta y siete-bis-dos; siete fracción cuarta, treinta y cuatro, treinta y cinco y treinta y nueve, reservados, acepta interpelación del diputado Vaca Betancourt Bretón y propone modificaciones que la Asamblea desecha en sendas votaciones económicas.

Desde su curul, el diputado del Real Ruedas hace comentarios sobre la votación de sus propuestas y a solicitud de la diputada Mercedes Hernández Rojas, atendida por la Presidencia, la Secretaría da lectura al artículo doscientos doce del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Asamblea considera suficientemente discutidos los artículos reservados en votación económica, y la Secretaría recoge la votación de los artículos treinta y cinco; setenta y siete-bis-uno; setenta y siete-bis-dos; setenta y siete-bis-tres; setenta y siete-bis-cuatro; setenta y siete-bis-cinco; setenta y siete-bis-siete, fracción cuarta; setenta y siete-bis-veinte; setenta y siete-bis-veintiuno; setenta y siete-bis-veintitrés; setenta y siete-bis-veinticuatro; setenta y siete-bis-veinticinco; setenta y siete-bis-veintisiete; setenta y siete-bis-veintiocho; setenta y siete-bis-treinta y cuatro; setenta y siete-bis-treinta y cinco; setenta y siete-bis-treinta y nueve; y del artículo decimotercero transitorio, en los términos del dictamen; del artículo octavo transitorio con la supresión del párrafo tercero admitida; y del artículo vigesimoprimero transitorio, con las modificaciones admitidas, misma que resulta aprobatoria por trescientos tres votos en pro, ciento uno en contra y diez abstenciones.

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo tercero con una fracción segunda-bis; el artículo trece, apartado A) con una fracción séptima-bis; y el Título Tercero-Bis a la Ley General de Salud; y se reforma la fracción primera del apartado B) del artículo trece; la fracción novena del artículo diecisiete; y los artículos veintiocho y treinta y cinco de la citada ley. Pasa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones contenidas en la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Es de primera lectura.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Seguridad Social en relación con las observaciones del titular del Poder Ejecutivo Federal, realizadas a los artículos treinta y uno y sexto transitorio del proyecto de Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Es de segunda lectura. El diputado Rafael Servín Maldonado, del Partido de la Revolución Democrática, fundamenta el dictamen a nombre de la comisión.

El diputado Víctor Roberto Infante González, del Partido Revolucionario Institucional, habla en pro del dictamen.

Para referirse a los artículos treinta y uno y sexto transitorio de la Ley de referencia, se concede la palabra a los diputados: José Tomás Lozano y Pardinas, del Partido Acción Nacional, a nombre de las mesas directivas de las comisiones de Marina y de Defensa Nacional, y Rafael Servín Maldonado, del Partido de la Revolución Democrática, y ambos proponen modificaciones. Desde su curul el diputado José Alvaro Vallarta Ceceña, del Partido Revolucionario Institucional, solicita a la Presidencia declare un receso para lograr un acuerdo al respecto.

A las veinte horas con veintisiete minutos el Presidente declara un receso.

A las veinte horas con cuarenta y tres minutos se reanuda la sesión.

El diputado José Alvaro Vallarta Ceceña, del Partido Revolucionario Institucional, sube a la tribuna para presentar las modificaciones a los artículos treinta y uno y sexto transitorio de la ley de referencia, acordadas por los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, y acepta interpelación del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional.

Desde su respectiva curul los diputados José Tomás Lozano y Pardinas y Rafael Servín Maldonado retiran sus propuestas.

La Asamblea, en votación económica, admite las modificaciones propuestas por el diputado Vallarta Ceceña y sin nadie que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto por el que se reforman los artículos treinta y uno y sexto transitorio del proyecto de Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, con las modificaciones admitidas, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por unanimidad de cuatrocientos nueve votos en pro. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Recursos Hidráulicos con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. Es de segunda lectura. A nombre de la comisión fundamenta el dictamen el diputado Jesús Burgos Pinto, del Partido Revolucionario Institucional. Habla en pro el diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional.

Presidencia del diputado Armando Salinas Torre

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por cuatrocientos trece votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos tercero, sexto y treinta y seis de la Ley de Coordinación Fiscal. Es de segunda lectura. A nombre de la Comisión fundamenta el dictamen el diputado Francisco Javier García Cabeza de Vaca, del Partido Acción Nacional. El diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia, Partido Político Nacional, deja por escrito en la Secretaría su posición en pro del dictamen y el Presidente instruye se inserte en el Diario de los Debates. Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por trescientos noventa y siete votos en pro, ninguno en contra y ninguna abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma el artículo nueve-A de la Ley de Coordinación Fiscal. Es de segunda lectura. El diputado Simón Iván Villar Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, fundamenta el dictamen a nombre de la comisión. Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación respectiva, misma que resulta aprobatoria por cuatrocientos cuatro votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública con proyecto de decreto por el que se expide el Acuerdo Parlamentario Relativo al Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados. Es de segunda lectura. La diputada Gabriela Cuevas Barrón, del Partido Acción Nacional, a nombre de la comisión, fundamenta el dictamen y propone modificaciones a la denominación del acuerdo, y a los artículos primero, tercero y dieciocho que la Asamblea admite en votación económica. Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación respectiva, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular, con las modificaciones admitidas, por cuatrocientos dos votos en pro, ninguno en contra y una abstención. El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Desde su curul el diputado Miguel Angel Martínez Cruz, del Partido Acción Nacional, hace comentarios sobre el trámite dictado por la Presidencia. El Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura a la fracción tercera del artículo setenta y siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y posteriormente hace las aclaraciones que corresponden.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Es de segunda lectura. A nombre de la Comisión fundamenta el dictamen el diputado Roberto Zavala Echavarría, del Partido Revolucionario Institucional.

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: David Augusto Sotelo Rosas, del Partido de la Revolución Democrática; Néstor Villarreal Castro, del Partido Acción Nacional; y Josefina Hinojosa Herrera, del Partido Revolucionario Institucional.

La Asamblea, en votación económica, considera suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular y la Secretaría recoge la votación respectiva, misma que resulta aprobatoria por trescientos cincuenta y nueve votos en pro, treinta y nueve en contra y catorce abstenciones.

Presidencia del diputado Armando Salinas Torre

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del dictamen de las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Asuntos Indígenas con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Es de segunda lectura. A nombre de la comisión fundamenta el dictamen el diputado Germán Arturo Pellegrini Pérez, del Partido Acción Nacional. La diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista, entrega a la Secretaría su posición en pro del dictamen y el Presidente instruye se inserte en el Diario de los Debates. Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por cuatrocientos cinco votos en pro, dos en contra y una abstención. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Salud con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en relación con la publicidad del tabaco. Es de segunda lectura. El diputado Rafael Orozco Martínez, del Partido Acción Nacional, fundamenta el dictamen a nombre de la comisión. Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que arroja los siguientes resultados: trescientos noventa y ocho votos en pro, tres en contra y dos abstenciones.

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en relación con la publicidad del tabaco. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Cultura con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley Federal de Derechos de Autor. Es de segunda lectura. A nombre de la comisión fundamenta el dictamen el diputado José Manuel Correa Ceseña, del Partido Revolucionario Institucional.

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: Elías Martínez Rufino, del Partido de la Revolución Democrática; Celita Trinidad Alamilla Padrón, del Partido Acción Nacional; y Florentino Castro López, del Partido Revolucionario Institucional.

Desde su curul la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, del Partido Revolucionario Institucional, solicita a la Presidencia, a nombre de diversos grupos parlamentarios, se declare un receso.

A las cero horas con diez minutos del miércoles treinta de abril de dos mil tres, la Presidencia declara un receso.

Presidencia del diputado Armando Salinas Torre

A las cero horas con veintiocho minutos se reanuda la sesión.

Desde su curul el diputado Abelardo Escobar Prieto, del Partido Acción Nacional, solicita moción de orden que la Presidencia atiende, previa lectura por parte de la Secretaría del artículo doscientos doce del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

A discusión en lo general, hablan los diputados: Luis Alberto Pazos de la Torre, del Partido Acción Nacional, en contra; Nahum Ildefonso Zorrilla Cuevas, del Partido Revolucionario Institucional, en pro; y Fernando Pérez No-riega, del Partido Acción Nacional, en contra, y acepta interpelación del diputado Raúl Gracia Guzmán, del mismo partido.

Desde su curul el diputado Jorge Alberto Lara Rivera, del Partido Acción Nacional, solicita moción de orden y la Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, da lectura al artículo doscientos siete del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Continúan la discusión los diputados: José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, del Partido Acción Nacional, en contra; Hortensia Aragón Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, en pro; Luis Alberto Villarreal García, del Partido Acción Nacional, en contra; y Uuc-kib Espadas Ancona, del Partido de la Revolución Democrática, en pro.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general en votación económica.

Se reservan para la discusión en lo particular los artículos veintiséis-bis, noventa y dos-bis, ciento diecisiete-bis y ciento cincuenta y dos de la Ley Federal de Derechos de Autor, y el artículo cuarto transitorio del proyecto de decreto.

La Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por doscientos noventa votos en pro, noventa y cinco en contra y trece abstenciones.

Para referirse a los artículos veintiséis-bis, ciento diecisiete-bis y ciento cincuenta y dos de la Ley referida, y al artículo cuarto transitorio del proyecto de decreto, reservados, se concede la palabra al diputado Justino Eduardo Andrade Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, quien acepta interpelación del diputado Abelardo Escobar Prieto, del Partido Acción Nacional, y propone modificaciones y la supresión del artículo cuarto transitorio, que la Asamblea admite en votación económica.

El diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social, declina su reserva del artículo veintiséis de la Ley en cuestión.

El diputado José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, del Partido Acción Nacional, retira sus reservas de los artículos veintiséis-bis, noventa y dos-bis, ciento diecisiete-bis y ciento cincuenta y dos de la Ley referida.

La Asamblea considera suficientemente discutidos los artículos reservados y la Secretaría recoge la votación de los artículos veintiséis-bis, ciento diecisiete-bis y ciento cincuenta y dos de la Ley Federal de Derechos de Autor, con las modificaciones admitidas; de la supresión del artículo cuarto transitorio del proyecto de decreto; y del artículo noventa y dos-bis, en los términos del dictamen, misma que resulta aprobatoria por trescientos cincuenta y cinco votos en pro, quince en contra y quince abstenciones.

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma la Ley Federal de Derechos de Autor. Pasa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen de las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Comunicaciones con proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con punto resolutivo por el que no se aprueba la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Sin discusión se aprueba en votación económica. Se devuelve al Senado el expediente para los efectos del inciso d) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Oficio suscrito por los coordinadores de los grupos parlamentarios, con el que solicitan la incorporación en el orden del día de la presente sesión, con dispensa de trámites, de dos dictámenes de la Comisión de Hacienda y Crédito con sendos proyectos de decreto por los que se reforma la Ley del Servicio de Administración Tributaria. La Asamblea, en votación económica, aprueba la incorporación de los dictámenes referidos en el orden del día y de la misma manera les dispensa los trámites.

A nombre de la comisión dictaminadora fundamenta ambos dictámenes el diputado Jorge Alejandro Chávez Presa, del Partido Revolucionario Institucional.

La Asamblea considera suficientemente discutido en lo general y en lo particular el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos séptimo y veinte-B de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

Desde su curul el diputado José Manuel Medellín Milán, del Partido Revolucionario Institucional, solicita información sobre los dictámenes que se votarán, y el Presidente hace las aclaraciones que corresponden.

La Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos séptimo y veinte-B de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por trescientos sesenta y siete votos en pro, cuatro en contra y trece abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones contenidas en la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Es de segunda lectura. Sin nadie que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por trescientos ochenta y dos votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo diecisiete-bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; se reforma el artículo veintisiete de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y se reforma el artículo veintiocho de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Es de segunda lectura. Fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión el diputado José Luis Esquivel Zalpa, del Partido de la Revolución Democrática. Sin nadie que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por trescientos setenta votos en pro y ninguno en contra. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

El Presidente informa de la recepción de una iniciativa suscrita por el diputado Sergio Acosta Salazar, del Partido de la Revolución Democrática, con proyecto de decreto que expide la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Asistencia para los Ex Braceros del periodo mil novecientos cuarenta y dos-mil novecientos sesenta y seis. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Comunicación de la Comisión Especial encargada de dar seguimiento a los fondos aportados por los trabajadores mexicanos braceros, con la que remite informe preliminar de actividades de esa Comisión. De enterado.

Desde su curul el diputado Eddie James Varón Levy, del Partido Revolucionario Institucional, hace aclaraciones sobre la iniciativa del diputado Acosta Salazar.

Minutas de la Cámara de Senadores con proyecto de decreto por los que:

• Se reforman los artículos cuarenta y ochenta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Se reforman y adicionan los artículos ciento diecisiete y ciento dieciocho de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Se adiciona el artículo doscientos tres, se reforma el artículo doscientos cuatro y se deroga el artículo doscientos trece de la Ley del Seguro Social. Se turna a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

Oficios de la Secretaría de Gobernación:

• Uno, con el que remite copia del oficio de la Secretaría de Economía, por medio del cual solicita se informe a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, las instituciones académicas que realizarán la evaluación de los resultados de los programas a cargo de esa Secretaría. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Uno, con el que remite copia del oficio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que solicita se informe a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, que la institución académica seleccionada para llevar a cabo la evaluación del impacto de los subsidios otorgados al Programa de Desarrollo Institucional Ambiental, será la Universidad Autónoma Metropolitana, unidad Iztapalapa. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Comunicación del gobernador del estado de Chihuahua, con la que informa que presentó ante el Congreso local una iniciativa que reforma los artículos veintiuno y ciento dos, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De enterado.

El Presidente clausura la sesión a las dos horas con treinta y nueve minutos del miércoles treinta de abril de dos mil tres, citando para la sesión solemne que tendrá lugar el mismo día de hoy, a las diez horas, y a sesión ordinaria a las trece horas.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Aprobada el acta.

Continúe la Secretaría con las comunicaciones.

 

PRESUPUESTO DE EGRESOS

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por instrucciones del diputado Luis Alberto Pazos de la Torre, presidente de la comisión suscrita, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 45 numeral 6, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables, me permito remitir a usted para los efectos conducentes, la resolución de la mesa directiva de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, respecto a los asuntos turnados para considerarse en la elaboración del dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.

Sin otro particular, quedo de usted.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 28 de abril de 2003.— Licenciado, Fernando Charleston Hernández, secretario técnico.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Resolución de la mesa directiva de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, respecto a los asuntos turnados para considerarse en la elaboración del dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.

Por conducto de la mesa de la directiva de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en representación de legisladores que conforman la Comisión suscrita, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables, emitimos la presente resolución, basada en las siguientes

CONSIDERACIONES

Primero. Que en atención a comunicaciones provenientes de congresos de distintas entidades federativas y de la Cámara de Senadores, así como proposiciones con punto de acuerdo presentadas en la Comisión Permanente o en el pleno de la Cámara de Diputados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, mismas que fueron turnadas a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados o de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 21 fracción III y 179, respectivamente, del citado Reglamento.

Segundo. Que se extiende una relación de los asuntos atendidos que se indican:

Tercero. Que para la elaboración del dictamen con proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, se evaluaron y ponderaron las proposiciones turnadas a esta comisión.

Cuarto. Que del contexto descrito para la concreción del dictamen respectivo, en el proceso de estudio, análisis y discusión efectuados, los criterios, las expresiones deliberativas, los posicionamientos y los consensos alcanzados, fueron en todo tiempo ceñidos a los principios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria en apego a las disposiciones aplicables.

Quinto. Que de la documentación recibida se identificaron cada una de los planteamientos y conclusiones, adoptándose aquellos puntos de acuerdo o propuestas viables y de posible aplicación en función del monto aprobado por el honorable Congreso de la Unión en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.

Sexto. Que en reunión plenaria de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública celebrada el 12 de diciembre de 2002, con representantes de los grupos parlamentarios presentes se acordó instalar una subcomisión con la instrucción de que se estableciera a partir de aquel momento en reunión permanente para levantar un registro e incorporar todo asunto relacionado con el dictamen de mérito hasta que fuera entregado el documento aprobado a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Séptimo. Que del total de la documentación turnada, en términos de lo previsto en artículo 45 numeral 6, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se instruyó reunir en un banco de datos, antecedentes sobre los planteamientos y la problemática descritos particularmente en cada uno de los asuntos de interés público, a efecto de ampliar y actualizar información respecto a sectores, ramos o regiones.

Con base en las consideraciones expuestas, legisladores integrantes de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, por conducto de la Mesa Directiva respectiva, emite la siguiente:

PUNTO RESOLUTIVO

Unico. Para la elaboración del dictamen precedente a la aprobación del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2003, fueron puestas en la mesa de análisis las comunicaciones y las proposiciones con punto de acuerdo que se indican en el considerando segundo del presente documento, que reúnen demandas sociales planteadas y determinadas por legislaturas de entidades federativas de la nación, así como del Senado de la República y diputados de los distintos grupos parlamentarios que constituyen la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión.

Dado en el Palacio Legislativo.— San Lázaro.— Ciudad de México, Distrito Federal, a   3  de abril del año 2003.— Diputados: Luis Alberto Pazos de la Torre, Presidente; Guillermo Hopkins Gámez, Julio Castellanos Ramírez, Gilberto del Real Ruedas, Bernardo de la Garza Herrera, Félix Castellanos Hernández, secretarios.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado.

Publíquese en la Gaceta Parlamentaria e insértese en el Diario de los Debates.

COMISIONES LEGISLATIVAS

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, las modificaciones en la integración de las siguientes comisiones:

Que el diputado Clemente Padilla Silva, salga de las comisiones de Juventud y Deporte y de Recursos Hidráulicos.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 30 de abril de 2003.— Diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de Relaciones Internas del grupo parlamentario Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la siguiente comisión:

Que la diputada Rosario de Fátima Gamboa Castillo, se integre a la Comisión de Juventud y Deporte, en sustitución de la diputada María Isabel Velasco.

Que la diputada Rosario de Fátima Gamboa Castillo, se integre a la Comisión Recursos Hidráulicos, para ocupar un lugar vacante del grupo parlamentario Acción Nacional.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 30 de abril de 2003.— Diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado.

Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador de Relaciones Internas del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la siguiente comisión:

Que el diputado Mario Sandoval Silvera, se integre a la Comisión de Juventud y Deporte, para ocupar un lugar vacante del grupo parlamentario Acción Nacional.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF, a 30 de abril de 2003.— Diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De enterado.

Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

 

LEY FEDERAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día, es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para las personas con Discapacidad.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión fueron turnadas para su discusión y resolución constitucional, la Iniciativa Ley de Nacional de las Personas con Discapacidad, presentada por la Diputada Laura Pavón Jaramillo, de la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional y la Iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad del Dip. Jaime Aceves Pérez, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con las facultades que le otorgan los artículos 39, fracción I y II, inciso XII y XVIII, artículo 45 párrafo 6 inciso f) y g) y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y las que se deriven al caso, como son las contenidas en los artículos 55, 56, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, bajo la siguiente:

METODOLOGIA

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la Iniciativa en comento, desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

I. En el capítulo de “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo y turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

II. En el capítulo de “Consideraciones”, esta Comisión expresa argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar en lo general las Iniciativas en análisis.

III. En el “Contenido de la Propuesta de Ley”, se exponen los motivos y se hace una breve referencia de los temas que la componen.

I. ANTECEDENTES

1.- La Diputada Laura Pavón Jaramillo, del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa de Ley Nacional de las Personas con Discapacidad, el 4 de diciembre del 2001.

2.- El Diputado Jaime Aceves Pérez, del Partido Acción Nacional, presentó por su parte la Iniciativa de Ley Federal Para las Personas con Discapacidad, con fecha 10 de Abril de 2003.

3.- La Diputada Lorena Martínez Rodríguez del Partido Revolucionario Institucional presentó la Iniciativa de Ley Federal Para la Cultura del Sordo, con fecha 13 de Noviembre de 2001. El 14 de noviembre del mismo año fue turnada a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Educación y Servicios Educativos y de Cultura de esta Cámara. Cabe señalar que aunque ésta no se está dictaminando, ha sido objeto de consulta y análisis para enriquecer el contenido del presente dictamen.

4.- La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, conoció las propuestas de Ley, procediendo a realizar reuniones para estudiarlas, analizarlas, discutirlas, e intercambiar puntos de vista tendientes a su posterior dictaminación.

5.- Con fecha 28 de abril de 2003, el Pleno de la Comisión celebró una sesión para discutir, analizar, modificar y aprobar el presente dictamen, mismo que en este acto se somete a consideración de esta Soberanía, en los términos que aquí se expresan.

6.- Por lo tanto, los diputados proponentes consideramos que existen amplias coincidencias conceptuales y propósitos de atender la problemática social, cultural y económica que viven las personas con discapacidad en las dos Iniciativas de Ley revisadas, por lo que esta Comisión decidió examinarlas en conjunto y determina resolverlas en un solo dictamen; y de conformidad con los antecedentes indicados formula las siguientes:

II. CONSIDERACIONES

En todas partes del mundo y en toda sociedad hay personas con discapacidad que requieren y demandan condiciones jurídicas, sociales y económicas que les permitan acceder a una igualdad de oportunidades y evitar que sean objeto de cualquier forma de exclusión. Las organizaciones internacionales informan sobre el número de personas con discapacidad en el mundo. Tan sólo en México y de acuerdo con el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, existen cerca de 1.8 millones de personas con algún tipo de discapacidad permanente o de largo plazo, de las cuales 813 mil son discapacitados motrices, 467 son discapacitados visuales, 289 mil padecen discapacidad mental, 281 mil son discapacitados auditivos y el resto padece otro tipo de discapacidades.

Tomando en consideración que el promedio de integrantes de la familia mexicana es de 4.3 miembros, de acuerdo a datos del censo referido, estimamos que la presente propuesta de Ley tendría un impacto en aproximadamente 7.7 millones de mexicanas y mexicanos que tienen contacto directo o indirecto con la problemática de la discapacidad, 3.5 millones con la discapacidad motriz, 2 millones con la discapacidad visual, 1.2 millones con la discapacidad mental,1.2 millones con la discapacidad auditiva y 122 mil personas con la discapacidad del lenguaje.

Por ello, resulta de particular importancia, que las personas con algún tipo de discapacidad demandan atención especial de las instituciones públicas. Por su importancia numérica, la discapacidad motriz resulta prioritaria para cualquier acción de política pública. Se considera que la principal forma de discapacidad en México es la motriz, seguida de la visual y auditiva, sin dejar de lado la discapacidad intelectual. En este sentido, el número de personas con discapacidad motriz asciende 814 mil personas, con discapacidad visual

Las propuestas de Ley en comento, innova las visiones y enfoques tradicionales con los que, desde tiempo atrás ha sido analizado el tema de la discapacidad. Por primera vez, se incorporan otros enfoques que van más allá de las aproximaciones meramente rehabilitatorias. Así por ejemplo, cuando en la ley es tratado el problema de las personas con discapacidad auditiva, se hace una reconocimiento no sólo de la dimensión de su discapacidad, sino también en atención a sus demandas de reconocimiento de sus derechos lingüísticos a través de la expresión de señas, toda vez que argumentan haber sido objeto de marginación en la búsqueda por integrarse plenamente a la sociedad. Por ello, la presente ley como una acción afirmativa a favor de este grupo social, hará un reconocimiento de la Lengua de Señas Mexicana.

En el mismo sentido, las personas con discapacidad visual han defendido y avalado el derecho al Sistema de escritura Braille como el medio a través del cual pueden intercomunicarse con la sociedad así como tener acceso a la lectura y a la información en general, sin olvidar que el resto de los tipos de discapacitados han expresado sus demandas para una atención integral en exigencia a sus derechos.

Las dos iniciativas de Ley en estudio, turnadas a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables establecen una serie de disposiciones para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el ámbito de su competencia establezcan los procedimientos necesarios a fin de que las personas con discapacidad logren su incorporación plena a la sociedad.

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables reconoce que son sus grupos de atención los que se encuentran en mayores situaciones de marginación e indefensión. Los efectos de estos fenómenos sociales asociados a la vulnerabilidad, si bien afectan de forma negativa a la sociedad en su conjunto, se agudizan en los adultos mayores, los niños y las personas con discapacidad, a lo cual se suman sus particulares problemas de salud, vivienda, accesibilidad e inserción laboral, por mencionar solo algunos.

Es por ello que atacar las causas de la diferenciación social y sus consecuencias en estos segmentos poblacionales, debe ser uno de los principales temas de la agenda gubernamental. En el caso de nuestro país, en el pasado reciente, la atención de la acción pública ha empezado a centrarse en estos grupos, por lo cual se han instrumentado algunos programas; sin embargo, aún falta construir el camino por medio del cual se estructuren estos esfuerzos para darles permanencia.

En este sentido, los integrantes de esta Comisión, no podemos soslayar o dejar de lado los enormes retos que en todos los ámbitos de la vida, enfrentan las personas con discapacidad, por lo que compartimos el espíritu que anima las iniciativas de discapacidad presentadas, sobre la urgencia de establecer y garantizar las condiciones que permitan a las personas con discapacidad la igualdad de oportunidades, y prohibir y sancionar cualquier tipo de discriminación en su contra, pero consideramos igualmente importante que las propuestas estén bien diseñadas para garantizar su aprobación, aplicación y observancia.

Uno de los aspectos de esta Ley es el establecimiento de un Subsistema de Educación Bilingüe para sordos en todo el territorio nacional. Asimismo, la Administración Pública Federal promoverá la implementación de programas tendientes a que los medios masivos de comunicación promuevan el uso de tecnologías disponibles, que habrán de facilitar la adecuada comunicación del contenido de su programación a las personas con discapacidad.

Las disposiciones previstas en esta Ley se llevarán a cabo considerando las limitaciones presupuestales y de reforma a procesos y programas, por lo que esta Ley tendrá un enfoque de gradualidad, estimando como lapso de tiempo adecuado 15 años a partir de la fecha de entrada en vigor de ésta para la cabal observancia de lo que enuncia.

El esfuerzo realizado durante décadas por miles de mexicanos con y sin discapacidad, ha generado un movimiento social intenso, irreversible e histórico, y en colaboración con el Gobierno de la República y las organizaciones sociales, han sumado día con día más voluntades en pro y defensa de los derechos humanos y sociales de quienes viven una discapacidad.

El movimiento social de las personas con discapacidad en el ámbito nacional, logró en la pasada administración del Ejecutivo Federal, el reconocimiento de este complejo y diverso problema social, además de la incorporación del tema en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, sentando así las bases de la política social que hoy comprometen a México para recuperar los años perdidos y atender responsablemente a este sector de la población en sus necesidades, rezados y actitudes en contra de la población con discapacidad, tales como la discriminación, la exclusión o el rechazo.

También han sido muy importantes los avances que en materia de discapacidad, ha llevado a cabo la administración del Presidente Vicente Fox, pues para el periodo 2001 - 2006, se han adoptado ya las decisiones y acciones de planeación desde el mismo Plan Nacional de Desarrollo para efecto de atender de manera más enfática y decidida a las personas con discapacidad. Así, fue creada la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad que actualmente está operando bajo la supervisión directa del propio Presidente de la República.

Hay que reconocer que uno de los aspectos novedosos de los últimos dos presupuestos de egresos enviados por el Poder Ejecutivo a la Cámara de Diputados es que se comienza a estimar la cantidad de los recursos federales que se asignan para la atención de estos grupos de población que por sus características, requieren de acciones específicas y diferenciadas.

Por primera vez en la Exposición de Motivos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, se contemplaron apartados en los que se enunciaba la problemática, las estrategias y los recursos para la eliminación de la discriminación y la violencia hacia las mujeres, la promoción de oportunidades e incorporación de la juventud en el desarrollo del país, la participación de los pueblos indígenas en el desarrollo nacional, y la atención a población en desamparo y grupos vulnerables.

Esta propuesta considera los esfuerzos que se llevan a cabo por parte de las dependencias y entidades de la administración pública federal, tales como la Secretaría de Salud, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la Secretaría de Educación Pública (SEP), y los de la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad de la Presidencia de la República, consciente de que el problema de la discapacidad también es un asunto de coordinación de instituciones y de potenciación de acciones para garantizar la efectividad de las políticas y no se consigan solo esfuerzos aislados y dispersos.

Otro avance importante de quienes en México trabajan por mejorar las condiciones de la población con discapacidad, ha sido la promulgación de leyes locales de integración en las 32 entidades federativas y 38 reformas o adiciones que se han realizado a diversas Leyes de carácter federal. En este tema es muy importante señalar que no se busca la invasión de competencias, sino que la administración pública federal asuma su responsabilidad de atender a las personas con discapacidad, sumada a los esfuerzos que ya se realizan en el ámbito local.

En materia legislativa, podemos afirmar que la situación de nuestro país ante la comunidad internacional y la sociedad mexicana, es hoy mucho más positiva que hace once años.

III. CONTENIDO DE LA PROPUESTA DE LEY

El proyecto de Ley se conforma de 47 artículos distribuidos en 2 capítulos y tienen como objeto establecer las bases que permitan obtener la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en los diversos ámbitos de la vida social, correspondiendo la aplicación de la presente ley al Ejecutivo Federal, a través de las dependencias y entidades que conforman la Administración Pública Federal.

En sus diferentes apartados, se abordan de manera específica a las personas con discapacidad en las materias de salud, habilitación y rehabilitación, empleo y capacitación, educación, equipamiento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones y vivienda, asistencia social y jurídica y el arte y cultura.

En salud, habilitación y rehabilitación, se establece que aquellas personas que su discapacidad les resulte un obstáculo en la continuidad o integración educativa, laboral o social, deberán recibir servicios de prevención, salud, habilitación y rehabilitación.

En el empleo y capacitación, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá e impulsará la definición de políticas y programas nacionales, encaminados a la integración laboral de las personas con discapacidad. Asimismo, se especifican sus derechos y se enfatiza el apoyo al trabajo protegido.

En la esfera educativa, se busca brindar servicios bibliotecarios especializados, en inmuebles, infraestructura y personal apropiados y con material de consulta disponible para cualquier tipo de discapacidad.

En lo que se refiere al equipamiento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones y vivienda, se establecen las disposiciones para que las personas con discapacidad cuenten con un entorno y medio físico adecuado a su condición que les permita la accesibilidad, la adecuación de la infraestructura y la vivienda.

En lo referente a la asistencia social y jurídica, se dicta que todas las personas con discapacidad serán sujetos de la asistencia social, en los términos de la legislación aplicable y que para que las personas discapacitadas, puedan comprender y ejercer plenamente sus derechos y obligaciones, ante la Administración Pública Federal, se les deberá dotar de los recursos tecnológicos y humanos calificados.

En cuanto al arte y cultura, todas las personas con discapacidad podrán acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de cultura y colaborar en la gestión cultural, asimismo, se acercarán los servicios culturales de acuerdo a sus particularidades.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Grupos Vulnerables nos permitimos someter a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ARTICULO UNICO.- Se expide la Ley Federal para las Personas con Discapacidad, para queda como sigue:

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Las disposiciones de esta ley son de orden público y de interés social. El objeto de la misma es establecer las bases que permitan obtener la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en los diversos ámbitos de la vida social.

Artículo 2.- La aplicación de la presente ley corresponde al Ejecutivo Federal, a través de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Artículo 3.- El Ejecutivo Federal:

I. Propondrá la coordinación de los sectores público, social y privado, para establecer los planes y programas a favor de las personas con discapacidad del país.

II. Propondrá en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, las partidas correspondientes para la aplicación y ejecución de los programas federales dirigidos a las personas con discapacidad.

III. Promoverá el otorgamiento de estímulos fiscales a favor de los prestadores de servicios de asistencia social apersonas con discapacidad, conforme a lo que se establezca en la legislación aplicable.

IV. Promoverá la celebración de acuerdos y convenios de colaboración con organizaciones privadas y sociales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a las personas con discapacidad.

Artículo 4.- Para fines de la presente ley, se entenderá por:

I. Persona con discapacidad.- Todo ser humano que presenta temporal o permanentemente una limitación, pérdida o disminución en sus facultades físicas, intelectuales ó sensoriales para realizar actividades que le son connaturales.

II. Prevención.- La adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias físicas, intelectuales, mentales y sensoriales.

III. Rehabilitación.- Proceso de duración limitada y con un objetivo definido, de orden médico, social y educativo entre otros, encaminado a facilitar que una persona con discapacidad alcance un nivel físico, mental, sensorial optimo, que permita compensar la pérdida de una función, así como proporcionarle una mejor integración social.

IV. Estimulación Temprana.- Atención brindada al niño entre 0 y 7 años para potenciar y desarrollar al máximo sus posibilidades físicas, intelectuales, sensoriales y afectivas mediante programas sistemáticos y secuenciados que abarquen todas las áreas del desarrollo humano, sin forzar el curso lógico de su maduración.

V. Equiparación de Oportunidades.- Proceso de adecuaciones, ajustes y mejoras necesarias en el entorno jurídico, social, cultural y de bienes y servicios, que faciliten a las personas con discapacidad una integración, convivencia y participación en igualdad de oportunidades y posibilidades con el resto de la población.

VI. Asistencia Social.- Conjunto de acciones para atender y mejorar las circunstancias de carácter social que impiden al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física, mental o sensorial, y que buscan lograr su incorporación a una vida plena y productiva.

VII. Ayudas Técnicas.- Dispositivos tecnológicos que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales motrices, sensoriales, intelectuales o emocionales de las personas con discapacidad, con el propósito de impedir la progresión o derivación en otra u otras discapacidades.

VIII.- Estenografía proyectada.- Es el oficio y la técnica de transcribir un monólogo o un diálogo oral de manera simultánea a su desenvolvimiento, y, a la vez, proyectar el texto resultante por medios electrónicos visuales o en Sistema de escritura Braille.

IX.- Sistema de escritura Braille.- Sistema para la comunicación representado mediante signos en relieve, leídos en forma táctil, por los ciegos.

X. Barreras Físicas.- Todos aquellos obstáculos que dificultan, entorpecen o impiden a las personas con discapacidad su libre desplazamiento en lugares públicos o privados, exteriores, interiores o el uso de los servicios comunitarios.

XI. Educación Especial.- Conjunto de servicios, programas, orientación y recursos educativos puestos a disposición de las personas, para favorecer su desarrollo integral, y facilitar la adquisición de habilidades y destrezas que les capaciten para lograr los fines de la educación.

XII. Lengua de Señas.- Es la lengua nativa de una comunidad de sordos, forma parte del patrimonio lingüístico de dicha comunidad y es tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral.

XIII. Servicios de Apoyo.- Son aquellas ayudas técnicas, equipo, recursos auxiliares, asistencia personal y servicios de educación especial requeridos, para aumentar el grado de autonomía y garantizar oportunidades equiparables de acceso al desarrollo a las personas con discapacidad.

XIV. Organizaciones Vinculadas con la Discapacidad.- Todas aquellas figuras asociativas constituidas legalmente para el cuidado, atención y salvaguarda de los derechos de las personas con discapacidad, que buscan apoyar y facilitar su participación en las decisiones relacionadas con el diseño, aplicación y evaluación de programas para su desarrollo e integración social.

XV.- Comunidad de Sordos.- Todo aquel grupo social, cuyos miembros tienen como característica fundamental no poseer el sentido auditivo para sostener una comunicación y socialización natural y fluida en lengua oral alguna.

XVI. Norma Oficial.- Norma Oficial Mexicana para la Atención Integral a Personas con Discapacidad.

XVII. Normas Uniformes.- Normas Uniformes Sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

XVIII. Convenio 159.- Tratado sobre la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas de la Organización Internacional del Trabajo.

CAPITULO IIDE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Sección Primera De la Prevención, Salud, Habilitación y Rehabilitación

Artículo 5.- Aquellas personas que su discapacidad les resulte un obstáculo en la continuidad o integración educativa, laboral o social, deberán recibir servicios de prevención, salud, habilitación y rehabilitación, de conformidad con la legislación en la materia.

La Secretaría de Salud, y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, implementarán programas que tiendan a asegurar la prevención, detección temprana de discapacidades en población infantil, la rehabilitación. Así como prever la cobertura de estos en todo el país, considerando las limitaciones presupuestales y normativas.

Artículo 6.- El Ejecutivo Federal considerará la prevención de las discapacidades como una prioridad en el campo de la salud pública y la asistencia social. Para tal fin, se adoptarán las medidas necesarias, considerando las limitaciones de recursos públicos y los criterios de gradualidad que se diseñen para su implementación.

Artículo 7. La Secretaría de Salud y las demás dependencias competentes de la Administración Pública Federal, considerando la opinión de los sectores privado y social, definirán y ejecutarán acciones de políticas de prevención de discapacidades.

Artículo 8. Las políticas públicas de prevención de las discapacidades, tendrán los siguientes objetivos:

I. Generar sistemas de atención primaria de salud, particularmente en zonas de extrema pobreza y rurales.

II. Brindar atención prenatal y perinatal.

III. Proporcionar asistencia pediátrica.

IV. Ofrecer cuidados médicos y psicológicos.

V. Prestar cobertura universal de inmunizaciones contra enfermedades infecto contagiosas.

VI. Detectar y diagnosticar dentro de los primeros meses de vida del menor, su estado de salud.

Artículo 9.- La habilitación y rehabilitación integral de las personas con discapacidad tiene como objeto, el desarrollo de su destreza y funcionalidad, así como dotarlos de elementos que puedan compensar su discapacidad.

Artículo 10. Los procesos de habilitación y rehabilitación integral, comprenderán:

I. Habilitación o rehabilitación medico funcional.

II. Tratamiento y orientación psicológica, dirigido a potenciar el máximo de sus capacidades residuales.

III. Educación especial y regular y,

IV. Habilitación o rehabilitación laboral.

Artículo 11. La Secretaría de Salud, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, en coordinación con las demás dependencias de la Administración Publica Federal, con la opinión de las instituciones privadas y sociales, diseñarán y ejecutarán políticas públicas encaminadas para emprender acciones de habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad.

Artículo 12. La Secretaría de Salud promoverá, que los centros de salud y de rehabilitación del país capaciten al personal médico y administrativo, para la atención a personas con discapacidad. Para tal efecto deberá:

I. Elaborar y expedir normas técnicas para la atención de las personas con discapacidad con el fin de que dichos centros dispongan con instalaciones y equipos adecuados para la prestación de los servicios y,

II. Establecer programas de actualización continua para el personal especializado en rehabilitación.

Sección SegundaDel Empleo y Capacitación

Artículo 13. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá la definición de políticas y programas nacionales, encaminados a la integración laboral de las personas con discapacidad.

Artículo 14. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y la de Educación Pública, promoverán programas coordinados para la capacitación para el empleo y el desarrollo de actividades productivas para personas con discapacidad.

Artículo 15. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, promoverán la firma de convenios y acuerdos de cooperación e información sobre: generación de empleo, capacitación, adiestramiento y financiamiento para las personas con discapacidad, ante otras instancias de Gobierno y organizaciones de la sociedad civil.

Artículo 16. Las empresas que fomenten el trabajo protegido, entendiéndose éste como la actividad que realizan las personas con discapacidad intelectual, recibirán los estímulos que establece la legislación de la materia.

Artículo 17. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social impulsará para el empleo, capacitación y adiestramiento de las personas con discapacidad, las siguientes acciones:

I. La elaboración de programas nacionales de empleo y capacitación para la población con discapacidad.

II. La implementación de aquéllas para la incorporación de personas con discapacidad al sistema de trabajo o talleres protegidos.

Artículo 18. A las personas con discapacidad no se les podrá:

I.- Prohibir la libre elección de empleo, o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo.

II.- Establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales.

III.- Limitar el acceso a los programas de capacitación y de promoción profesional

Artículo 19. Los patrones que tengan en su planilla trabajadores con discapacidad, deberán:

I. Proporcionar oportunamente a sus trabajadores con discapacidad, el equipo y herramientas necesarios, considerando aquellos que son especiales por su situación en particular.

II. Procurar con la colaboración de los trabajadores, contar con los medicamentos, material de curación acorde a las necesidades de éstos.

III. Entregar y fijar visiblemente de manera accesible para sus trabajadores con discapacidad, las disposiciones que contengan los reglamentos e instructivos de seguridad e higiene, y

IV. Tener personal capacitado en el Lenguaje de Señas que permita la comunicación entre el jefe inmediato y el trabajador con discapacidad auditiva.

Artículo 20. Son obligaciones de los trabajadores con discapacidad:

I. Cumplir con la normatividad laboral vigente que le sea aplicable.

II. Observar las medidas preventivas y de higiene del establecimiento laboral, así como las que se instituyan en beneficio de su seguridad en particular, y

III. Someterse a los reconocimientos médicos, previstos en la normatividad correspondiente, en particular aquellos, que por su tipo de discapacidad se requieran.

Sección TerceraDe la Educación

Artículo 21. La educación que se imparta para las personas con discapacidad contribuirá a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes.

Artículo 22. Las autoridades educativas procurarán:

I. La formación, actualización, capacitación y profesionalización de los docentes que intervengan directamente en la incorporación educativa de personas con discapacidad.

II. Promover servicios bibliotecarios especializados, en inmuebles, infraestructura y personal apropiados y con material de consulta disponible para cualquier tipo de discapacidad y,

III. Ofrecer servicios de educación, en centros especializados, para personas con discapacidad, cuando por su tipo de discapacidad no pueda acceder al sistema de educación regular requieran atención de rehabilitación medico funcional.

IV. Formar grupos de capacitación en el uso del lenguaje de señas.

V. Diseñar e instrumentar el Subsistema Nacional de Educación Pública Bilingüe para Sordos que comprenda la enseñanza del idioma español y el lenguaje de señas.

VI. Realizar los ajustes a los programas de formación de profesores y a los planes de estudio en materia de educación para personas con discapacidad.

VII. Actualizar los instrumentos para la impartición de la educación para personas con discapacidad, así como los mecanismos de operación de los programas.

VIII. Diseñar e implementar programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del español, trabajadores sociales y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del español y el Lenguaje de Señas.

IX. Promover programas que impulsen la participación pública, privada y social con el fin de que en las entidades federativas se establezcan internados y escuelas regulares bilingües para infantes sordos, de acuerdo a las necesidades de atención detectadas, favoreciendo a los que provengan de zonas rurales y de escasos recursos económicos.

X. Impulsar toda forma de comunicación escrita que facilite al sordo hablante, al sordo señante o semilingüe, el desarrollo y uso de la lengua en forma escrita.

XI. Impulsar programas de investigación, preservación y desarrollo de la lengua de señas, de las personas con discapacidad auditiva, y de las formas de comunicación de las personas con discapacidad visual.

Artículo 23.- Se declara a la Lengua de Señas Mexicana como lengua nacional, parte del patrimonio lingüístico con que cuenta la nación mexicana, y es el medio de comunicación natural que utilizan para comunicarse entre si, y con la comunidad oyente, las personas con sordera en todo el territorio de la República Mexicana.

Artículo 24.- Las lenguas que se utilizarán en el Subsistema Nacional de Educación Pública Bilingüe para Sordos, así como en los servicios de interpretación y traducción certificados por el Estado, serán la Lengua de Señas Mexicana y el español. Sin embargo, el uso suplementario de otra lengua de señas, lecto-escrita u oral se promoverá cuando las circunstancias regionales así lo requieran.

Artículo 25. Los sordos semilingües y hablantes tendrán el derecho de acceder a la Lengua de Señas Mexicana.

Artículo 26.- Para facilitar el acceso de los ciegos y sordos a la información y la cultura lecto-escrita, el Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas del país, preveerá que un porcentaje mínimo del acervo de cada institución, tomando en consideración criterios de biblioteconomía, deberá estar disponible en Sistema de escritura Braille y en audio. Asimismo se preverá que los acervos digitales estén al alcance de las personas con discapacidad.

Sección Cuarta Del Equipamiento, Facilitación Arquitectónica, Transporte, Telecomunicaciones y Vivienda

Artículo 27. Las personas con discapacidad podrán contar con un entorno y medio físico adecuado a su condición que les permita la accesibilidad a estos.

Artículo 28. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, para el cumplimiento de esta sección, llevarán cabo:

I. La expedición o actualización de reglamentos, normas oficiales mexicanas, manuales, lineamientos técnicos y demás instrumentos relacionados con la materia de la accesibilidad en general para las personas con discapacidad.

II. El impulso a la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de discapacidad.

Artículo 29. Para facilitar la accesibilidad, en las construcciones se contemplarán entre otros, los siguientes principios:

I. Que sean de carácter universal y adecuados para todas las personas;

II. Que cuenten con señalización informativa, preventiva o reglamentaria necesaria y suficiente, así como con sistemas de alarmas especiales, que faciliten su uso a todas las personas; y

III. Que en la planeación y ejecución de obras se consideren las especificaciones técnicas y requisitos que permitan la accesibilidad en el medio construido.

Artículo 30. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, promoverán que en los programas de vivienda se establezcan facilidades para el otorgamiento de créditos a las personas con discapacidad, de conformidad a la legislación aplicable.

Además, promoverán que en los programas de vivienda se prevea un porcentaje de viviendas accesibles o adaptables para personas con discapacidad.

Artículo 31. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal impulsarán programas de financiamiento para la adaptación o habilitación de la vivienda para personas con discapacidad, debiendo considerar aspectos tales como:

I. Que la asignación de los recursos se priorice a aquellas personas con discapacidad en mayor desventaja económica, y

II. Que se promueva que las compañías constructoras de proyectos integrales, estén orientados a la edificación de viviendas y entornos accesibles.

Artículo 32. Corresponde a las autoridades competentes de la Administración Pública Federal impulsar programas que permitan la accesibilidad, seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte público y de comunicación para las personas con discapacidad.

Artículo 33. Las autoridades correspondientes deberán vigilar que, en el caso de la prestación del servicio de transporte público, se consideren las condiciones establecidas en el artículo anterior.

Artículo 34. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal promoverán programas de estímulos para que las empresas concesionarias del servicio de transporte público, realicen la adecuación gradual de unidades o renovación de éstas, considerando la normatividad aplicable, para el acceso y uso por parte de personas con discapacidad.

Artículo 35. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, con la participación de los sectores privado y social, promoverán programas que fomenten el desarrollo de la tecnología para que las personas con discapacidad auditiva y visual usen los medios de comunicación electrónicos, con la participación de los sectores privado y social.

Artículo 36.- Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, promoverán la implementación de programas tendientes a que los medios masivos de comunicación, principalmente la televisión, los servicios de telefonía, los medios de entretenimiento así como la cinematografía y el teatro, promuevan el uso de tecnologías disponibles, que se establecerán en el Reglamento de la presente Ley, y que habrán de facilitar la adecuada comunicación del contenido de su programación a las personas con discapacidad.

Sección QuintaDe la Asistencia Social y Jurídica

Artículo 37. Todas las personas con discapacidad serán sujetos de la asistencia social, en los términos de la legislación aplicable.

Artículo 38. Las políticas de asistencia social que se promuevan para las personas con discapacidad procurarán los siguientes objetivos:

I. La plena integración social, respetando los principios de equidad;

II. La extensión cuantitativa y cualitativa de los servicios;

III. Los criterios de distribución, y

IV. Programas interinstitucionales de atención integral de la población con discapacidad.

Artículo 39. Las autoridades de la Administración Pública Federal, de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad vigente en la materia, propiciarán el diseño y la formación de un Sistema Nacional de Información Sobre los Servicios de Asistencia Social para Personas con Discapacidad, con el objeto de identificar y difundir la existencia de los diferentes servicios de asistencia social y las instancias que los otorguen.

Artículo 40. El Gobierno Federal podrá celebrar convenios con los sectores privado y social, a fin de:

I. Promover los servicios de asistencia social para las personas con discapacidad en todo el país;

II. Promover la aportación de recursos materiales, humanos y financieros;

III. Procurar la integración y el fortalecimiento de la asistencia pública y privada;

IV. Establecer mecanismos para la demanda de servicios de asistencia social; y

V. Los demás que tengan por objeto garantizar la prestación de servicios de asistencia social para las personas con discapacidad.

Artículo 41. Las autoridades de la Administración Pública Federal competentes impulsarán el desarrollo de la investigación de la asistencia social para las personas con discapacidad, a fin de que la prestación de estos servicios se realice adecuadamente.

Artículo 42. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal considerarán prioritariamente, en materia de asistencia social para personas con discapacidad:

I. La prevención de discapacidades;

II. La rehabilitación de las personas con discapacidad;

III. La orientación nutricional y alimentación complementaria;

IV. El desarrollo comunitario en localidades y zonas marginadas; y

V. Todas las demás que tengan como objeto mejorar las condiciones sociales y permita potenciar las capacidades de las personas con discapacidad.

Artículo 43. Para que las personas con discapacidad ejerzan plenamente sus derechos ante la Administración Pública Federal, se procurará dotarles de los recursos tecnológicos y humanos calificados, tales como estenografía proyectada, intérpretes y traductores de Lengua de Señas Mexicana, de Sistema de escritura Braille, trabajadores sociales debidamente certificados, entre otros, cuando las condiciones económicas de las personas con discapacidad lo ameriten.

Sección Sexta Del Arte y Cultura

Artículo 44. Todas las personas con discapacidad podrán acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de cultura y colaborar en la gestión cultural.

Artículo 45. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal promoverán que el arte y la cultura procure el desarrollo de las capacidades artísticas de las personas con discapacidad.

Artículo 46. Las autoridades de la Administración Pública Federal competentes procurarán la definición de políticas y acciones tendientes a:

I. Fortalecer y apoyar las actividades artísticas y culturales vinculadas con las personas con discapacidad, particularmente las desarrolladas por éstas; y

II. Prever que las personas con discapacidad cuenten con las facilidades necesarias para acceder y participar en la generación de cultura.

Artículo 47. Las autoridades de la Administración Pública Federal competentes impulsarán en sus políticas y programas los siguientes principios:

I. Concientización. Generar y difundir entre la sociedad el respeto a la diversidad y participación de las personas con discapacidad en el arte y la cultura.

II. Integración. Establecer condiciones de inclusión de personas con discapacidad para lograr equidad en la promoción, el disfrute y la producción de servicios artísticos y culturales.

III. Accesibilidad. Promover la realización de las adecuaciones materiales necesarias para que las personas con discapacidad tengan acceso a todo recinto donde se desarrolle cualquier actividad cultural. Difusión de las actividades culturales. Impulsar la capacitación de recursos humanos y el uso de materiales y tecnología a fin de lograr la integración de las personas con discapacidad en las actividades culturales; y fomentar la elaboración de materiales de lectura, así como los implementos adecuados para las personas con discapacidad.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor a los 180 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Ejecutivo Federal expedirá el Reglamento de esta Ley en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de ésta.

Tercero.- Los programas que establece la presente ley, comenzarán a partir del siguiente ejercicio fiscal inmediato, a la entrada en vigor de ésta.

Cuarto.- El Ejecutivo Federal tendrá un plazo de hasta 15 años para dar total cumplimiento a los programas así como a la formación de recursos humanos y la provisión de recursos tecnológicos previstos en esta ley. Para tal efecto, se establecerán criterios de gradualidad de tiempo y forma.

IV. Resolutivo.

Unico.- Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de Comisión de Atención Grupos Vulnerables de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, consideramos procedente las iniciativas en comento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Villa Preciado (rúbrica), Raquel Cortés López (rúbrica), Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Alba Leonila Mendez Herrera (rúbrica), Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica), Elba Arrieta Pérez (rúbrica), Gumercindo Álvarez Sotelo (rúbrica), Esveida Bravo Martínez, Pedro Pablo Cepeda Sierra (rúbrica), José Abraham Cisneros Gómez (rúbrica), Ma. Elena Lourdes Chávez Palacios, Nemesio Domínguez Domínguez, Jorge Luis García Vera (rúbrica), Beatriz Guadalupe Grande López (rúbrica), Julio César Lizárraga López, Jaime Aceves Pérez (rúbrica), Sergio Maldonado Aguilar (rúbrica), Raúl Martínez González, Esperanza Santillán Castillo (rúbrica), Gregorio Arturo Meza (rúbrica), Ricardo Augusto Ocampo Fernández, Patricia Aguilar García, Benjamín Ayala Velásquez (rúbrica), Jesús Alejandro Cruz Gutiérrez (rúbrica), Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, Esteban Daniel Martínez Enríquez, Nohelia Linares González, Lourdes Gallardo Pérez (rúbrica), Juan Manuel Santamaría Ramírez (rúbrica), Luis Herrera Jiménez (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

 

SALVADOR ALVARADO

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se inscriba con letras de oro en el Mu ro de Honor de la Cámara de Diputados, el nombre del General Salvador Alvarado.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Dictamen con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre del general Salvador Alvarado.

CC. SECRETARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.—  Presentes.

HONORABLE ASAMBLEA:

Fue turnada a ésta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su estudio y dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto para inscribir con Letras de Oro el nombre del General Salvador Alvarado en el Muro de Honor del Recinto Parlamentario de la Cámara de Diputados del Congreso General, presentada el día 9 de abril de 2002.

La iniciativa se presentó con fundamento en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General. Esta iniciativa fue suscrita por 192 diputados federales, miembros de los grupos parlamentarios del PRI, PAN, PRD, PT, y de los partidos políticos PAS, CDPPN, así como un par de diputados independientes.

Los autores de la iniciativa, destacan que el General Salvador Alvarado, fue un mexicano valioso y comprometido con la causa de la Revolución Mexicana. Originario de la Ciudad de Culiacán, Sinaloa, vivió en Sonora en donde se educó y desarrolló políticamente.

Después del triunfo de la Revolución, dirigida por Francisco I. Madero, en contra de la dictadura que por más de tres décadas, había gobernado al país fue necesario construir un nuevo concepto de estado que recogiera las demandas sociales de todas las regiones del país.

La contribución que hizo el Gral. Salvador Alvarado, a la causa de la Revolución Mexicana, en la que entregó sus mejores ideas, su voluntad y hasta su vida misma lo han significado como uno de los militares y gobernantes más honestos y comprometidos con las luchas del pueblo mexicano.

En 1913, después del artero golpe de estado, promovido por el Gral. Victoriano Huerta y los Jefes Militares, adheridos a la dictadura, Salvador Alvarado, se incorporó al movimiento constitucionalista conducido por Venustiano Carranza.

El Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, nombró al Gral. Alvarado, como Comandante Regional en el Sureste del país, tomando en consideración su valor y su gran capacidad de organización.

El Gral. Salvador Alvarado, llegó a la Ciudad de Mérida, en el mes de marzo de 1915 y desde su ingreso a la Península de Yucatán, se dedicó a fomentar las organizaciones sindicales y a introducir las reformas necesarias para impartir la educación pública en su gobierno.

Los autores de la iniciativa, destacan “su formación académica y cultural que lo capacitaron para ensayar, en el sureste mexicano, una nueva concepción de las relaciones económicas, sociales y políticas en beneficio de la población”.

Durante su mandato, como Gobernador del Estado de Yucatán:

Fundó la Escuela Normal de Profesores, para atender la población indígena analfabeta.

Organizó la Escuela Normal Mixta, para una formación integral del profesorado.

Fundó la Escuela de Artes y Oficios, para llevar el arte y la cultura a todos los rincones de la península.

Fundó la Escuela de Agricultura, para introducir los adelantos técnicos necesarios a la explotación de las materias primas de carácter agrario.

Fundó la Escuela Libre de Derecho para fomentar la cultura jurídica en la entidad.

Elaboró las primeras leyes para proteger el patrimonio y las relaciones familiares.

Abrió un conservatorio de música para fomentar la vocación musical de los yucatecos.

Estableció una red de museos y bibliotecas.

Promulgó una ley de trabajo que inspiró más tarde al Congreso Constituyente de Querétaro.

Expidió la ley agraria, para legalizar el reparto de tierras y destruir el latifundio.

Entregó el poder público, después de haber celebrado las primeras elecciones democráticas en la península.

Organizó el primer congreso feminista, celebrado en la República Mexicana en enero de 1916, cuyas conclusiones son el antecedente de la actual legislación, sobre la igualdad frente a la ley del hombre y la mujer.

Lo más importante de su obra social y política, fue haber llevado a Yucatán, los principios y fines de la Revolución Mexicana que sentaron las bases de un nuevo orden social.

Como intelectual, ejerció el periodismo y fundó el Diario el “Heraldo de México”, en donde escribieron los más destacados intelectuales y políticos de su tiempo.

“Su lucha revolucionaria contribuyó a la instauración del orden constitucional vigente y su obra de gobierno debe ser considerada, como patrimonio del pueblo, sin distinción de credo político, religión, origen étnico o condición social.”

Esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 71 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con las siguientes:

CONSIDERACIONES

Considerando los valiosos antecedentes históricos de la vida y obra del General Salvador Alvarado;

Considerando que la iniciativa presentada el 9 de abril del año 2002, está fundada en las facultades constitucionales y reglamentarias;

Considerando la importancia de destacar una vida ejemplar que llegó hasta el sacrificio por defender los derechos y los intereses del pueblo mexicano sin distinción de ideología, credo, sexo o condición social; y

Considerando además que el 16 de septiembre, se cumplió el 122 aniversario de su natalicio.

La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con fundamento en los razonamientos expuestos en el presente dictamen se permite someter a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, el siguiente Proyecto de Decreto.

Decreto para que se Inscriba en Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre del General Salvador Alvarado.

ARTICULO PRIMERO.- Inscríbase con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de Salvador Alvarado.

ARTICULO SEGUNDO.- Se instruye a la Mesa Directiva de esta Cámara para que, en coordinación con la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, organice la ceremonia en la que se dé cumplimiento a este decreto.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2003.— Por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.— Diputados: Augusto Gómez Villanueva, Presidente; Manuel Medellín Milán, secretario (rúbrica); Sergio R. Vaca Betancourt Bretón, secretario (rúbrica); Miguel Angel Martínez Cruz, secretario; Cristina Moctezuma Lule, secretaria; Eduardo Andrade Sánchez (rúbrica); Manuel Garza González (rúbrica); Gustavo Nabor Ojeda Delgado (rúbrica); Juan Manuel Martínez Nava (rúbrica); Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica); Jesús Alí de la Torre (rúbrica); Francisco J. Chico Goerne Cobián (rúbrica); Jose de Jesús Hurtado Torres; José de Jesús López Sandoval; Luis Villegas Montes; Rafael Hernández Estrada; Luis Miguel Barbosa Huerta; Ricardo Moreno Bastida (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

 

NEZAHUALCOYOTL

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

De igual forma, el dictamen con proyecto de decreto por el que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de Nezahualcóyotl.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Dictamen con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre de Nezahualcóyotl.

CC. SECRETARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.— Presentes.

HONORABLE ASAMBLEA:

Fue turnada a ésta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su estudio y dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto para inscribir con Letras de Oro el nombre Nezahualcóyotl en el Muro de Honor del Recinto Parlamentario de la Cámara de Diputados del Congreso General, presentada el día 29 de abril de 2002.

La iniciativa se presentó con fundamento en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

ANTECEDENTES

Netzahualcóyotl, fue un guerrero victorioso, estadista, legislador, urbanista, educador e impulsor de la alta cultura, mexicano ilustre de la época prehispánica, quien naciera un 28 de abril de 1402, en la ciudad de Texcoco, como príncipe heredero del señorío de Acolhuacán, teniendo como nombre de origen Acolmiztli, habitualmente traducido como “Fuerza o Brazo de León”, hijo del sexto señor de los chichimecas, Ixtlilxóchitl, y de la princesa Matlacíhuatl.

Debido a su alto rango desde su niñez, recibió esmerada educación, primero en el palacio de su padre y después en el Calmécac de su ciudad natal, en donde aprendió ritos ceremoniales; culto a los dioses de sus antepasados; la lectura e interpretación de los códices; la cosmovisión del mundo Náhuatl; antecedentes sobre la tradición del arte y sabiduría de la cultura Tolteca; practicó el ayuno, la penitencia y la meditación; asimiló un gran refinamiento y una profunda espiritualidad, que más tarde habrían de plasmarse en su poesía. Desde muy joven se convirtió en un hombre sabio.

En septiembre de 1418, Tezozómoc, señor de Atzcapotzalco, conquistó el reino de Acolhuacán, sus guerreros asesinaron al padre de Netzahualcóyotl, quien de manera oculta vio cómo lo mataron, juró tomar venganza y recobrar el trono que por derecho le pertenecía, motivo por el cual comenzó a realizar alianzas. A principios de 1427, falleció Tezozómoc después de reinar durante 60 años y a sus funerales se presentó Netzahualcóyotl, a quien pretendieron darle muerte, sin que pudieran lograrlo. Posteriormente Maxtla, hijo de Tezozómoc, se apoderó del trono.

Cuentan los historiadores, diferentes hazañas en las que Netzahualcóyotl, evadió la muerte; la gran habilidad diplomática, le permitió atraerse los favores de otras ciudades descontentas con la tiranía de Maxtla y la forma en que organizó un frente común cuyo peso principal recayó en los tlaxcaltecas y los huejotzincas; conformó un formidable ejército aliado de más de 100 mil hombres, con el que logró la conquista de Otumba, Acolman y Texcoco, no obstante el sitio de México y Tlatelolco por los tepanecas, liberó ambas ciudades. En cruenta batalla, destruyó Atzcapotzalco después de un sitio de 114 días. Maxtla murió en manos de Netzahualcóyotl, quien, dispuesto a inaugurar una época de esplendor en el Valle de México, consiguió sellar un pacto con Itzcóatl de Tenochtitlán y Totoquiyauhtzin, señor de Tacuba. Así se consolidó la celebre Triple Alianza, que habría de perdurar durante 90 años hasta la caída del triple imperio en manos de los conquistadores españoles.

Netzahualcóyotl eligió Chapultepec para vivir y lo convirtió en un bosque hermoso, diseñó un acueducto que resolvió el problema de escasez de agua, que privaba en Tenochtitlán como recompensa a la hospitalidad y al afecto que la Ciudad de México le había brindado, y posteriormente a la edad de 29 años, convertido para siempre en héroe regresó a Texcoco, en donde inició su glorioso reinado.

Lo primero que hizo, fue restablecer los señoríos que anteriormente existían y que habían desaparecido bajo la tiranía de los tepanecas y restituir en la mayoría de ellos a sus antiguos gobernantes, demostrando que no intentaba ejercer una monarquía absolutista, sino una federación de territorios unidos y hermanados bajo un mando mayor común. Para evitar la posibilidad de nuevas rebeliones, entre las 80 leyes que dictó, estableció la pena de muerte a todo gobernante, hombre noble o plebeyo que intentara traicionar al rey, lo cual habría de ocasionarle una de sus mayores amarguras cuando a su hijo predilecto y su primer presunto heredero se la aplicó inexoradamente esta ley.

Diseñó un sistema jurídico, que prevaleció durante el siglo XV y las primeras décadas del siglo XVI, hasta la llegada de los conquistadores españoles, con lo que se demostró la autoridad moral tan grande que ejerció en vida. Para la administración de justicia conformó una organización muy avanzada, con juzgados de primera instancia y tribunales de apelación, aplicando un criterio muy riguroso para seleccionar entre los ciudadanos más preparados y honorables, a los jueces, quienes debían reunirse cada 80 días con el rey para solucionar en forma conjunta los casos que ofrecían mayor dificultad. Es importante señalar que ningún juicio podría demorar más de 80 días en trámite.

Creó un esquema de propiedad y tenencia de la tierra en el que se contemplaban: las de propiedad común de cada calpulli o barrio; tierras comunales; de propiedad privada llamadas pillalli; y las tierras de propiedad pública. Realizó grandes obras materiales tanto de ornato, como de servicios públicos que beneficiaban a toda la comunidad, que convirtieron a Texcoco en la ciudad más hermosa y funcional de todo el Valle de Anáhuac, por lo que sus pobladores consideraron a su rey, como el ingeniero y arquitecto más notable de su tiempo.

Entre las obras de servicio público, dio prioridad a la introducción de agua dulce para la ciudad de Texcoco, construyendo acequias o acueductos de amplias dimensiones, diseñó hermosos jardines, entre ellos, el primer jardín botánico del nuevo mundo, igualmente se ocupó en alto grado de la ecología particularmente en la conservación de los bosques; de igual manera creó el primer parque zoológico que se conoció en esta parte del mundo; y un enorme dique de varios kilómetros de largo que separaba las aguas dulces de las saladas y que evitó las inundaciones que con frecuencia se daban en Tenochtitlan. Vida asombrosa en verdad la suya, el más elevado ejemplo de valor y sabiduría que el México prehispánico ofrece a las generaciones actuales y futuras.

En el Muro de Honor, se encuentran inscritos con letras de oro los nombres y las frases de aquellos que nos dieron patria y que fueron próceres de nuestra vida independiente, pero también están los nombres de Cuauhtémoc y Sor Juana Inés de la Cruz, quienes vivieron antes de que nuestra nación adoptara su perfil republicano, uno de la época de la conquista y otra de la colonia, pero no aparece el nombre de ninguno de aquellos grandes hombres que en la época prehispánica dieron identidad a nuestra mexicanidad.

Sin duda Netzahualcóyotl, conocido como el “Rey Poeta”, es uno de los pocos personajes prehispánicos de quien quedan algunos testimonios, seguramente por la multiplicidad de sus facetas, los episodios peculiares de su vida y la importancia de sus obras. La trascendencia de su figura resalta sobre todo en sus cantos y poemas conservados, a pesar del tiempo, en los cuales expresa la profunda espiritualidad del mundo Náhuatl.

A Netzahualcóyotl, Manuel Orozco y Barrera, lo llamó en su obra Historia antigua y de la conquista de México “la figura más grande y amorosa de nuestra historia antigua” y su biografía es la primera que aparece en la serie de hombres ilustres mexicanos, que publicó José María Vigil, Basándose en Torquemada y Alva Ixtlixóchitl, obra en donde Vigil decidió acertadamente que el gran rey de Texcoco, que durante su vida “llenó el mundo de Anáhuac con su fama”, encabezará esta galería de los hombres más relevantes que han nacido en suelo mexicano.

“Los sucesos extraordinarios de que estuvo rodeada la existencia de Netzahualcóyotl, su gran perspicacia como político, su valor indomable como guerrero, sus altas miras como legislador, sus opiniones trascendentales como filósofo y su inspiración verdaderamente sublime como poeta, presentan al emperador chichimeca en un lugar prominente ... y si no tuviéramos el testimonio unánime de los historiadores, fundados en documentos irreprochables, lugar habría a dudar de las narraciones casi maravillosas que nos han llegado”. Miguel León Portilla dice: “Pensar en Netzahualcóyotl significa reafirmar el valor de la Cultura Espiritual Prehispánica”.

CONSIDERACIONES

Considerando que Netzahualcóyotl fue un guerrero victorioso, estadista, legislador, urbanista, educador e impulsor de la alta cultura, mexicano ilustre de la época prehispánica;

Considerando que fue uno de los promotores y firmantes de la Triple Alianza del Valle de México que sentó la bases del esplendor de la región antes de la llegada de los conquistadores españoles;

Considerando que la destacada labor de Netzahualcóyotl como gobernante, es un elemento de orgullo y de identidad para nuestra Patria; y

Considerando que el día 28 de abril de 2002 se cumplieron seis siglos del natalicio de Netzahualcóyotl, el “Rey Poeta”, es necesario celebrar y reconocer la vida y obra de quien nos legó el más elevado ejemplo de valor y sabiduría que el México prehispánico ofrece a las generaciones actuales y futuras.

La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con fundamento en los razonamientos expuestos en el presente dictamen se permite someter a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, el siguiente Proyecto de Decreto.

Decreto para que se Inscriba en Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de Nezahualcóyotl.

ARTICULO PRIMERO.- Inscríbase con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de Nezahualcóyotl.

ARTICULO SEGUNDO.- La Inscripción en Letras de Oro de Nezahualcóyotl se llevará a cabo en Sesión Solemne de la Cámara de Diputados celebrada para tal efecto, el día que los órganos directivos de la Cámara lo dispongan.

ARTICULO TERCERO.- Invítese a la Cámara de Senadores.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2003.— Diputados: Augusto Gómez Villanueva (rúbrica), Presidente; Manuel Medellín Milán (rúbrica), secretario; José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón, secretario; Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica), secretario; María Cristina Moctezuma Lule, (rúbrica), secretaria; Eduardo Andrade Sánchez (rúbrica), Manuel Garza González (rúbrica), Gustavo Nabor Ojeda Delgado (rúbrica), Juan Manuel Martínez Nava (rúbrica), Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica), Jesús Alí de la Torre (rúbrica), Francisco Javier Chico Goerne Cobián, Luis Villegas Montes, José de Jesús Hurtado Torres, José de Jesús López Sandoval (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada, Luis Miguel Barbosa Huerta, Ricardo Moreno Bastida (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

MARIANO DE LA BARCENA Y RAMOS

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día, es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de don Mariano de la Bárcena y Ramos.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Dictamen con proyecto de decreto para que se inscriba en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre de don Mariano de la Barcena y Ramos.

CC. SECRETARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.— Presentes.

HONORABLE ASAMBLEA:

Fue turnada a esta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su estudio y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto para inscribir con Letras de Oro el nombre de Mariano de la Barcena y Ramos en el Muro de Honor del Recinto Parlamentario de la Cámara de Diputados del Congreso General, presentada por el diputado Salvador Cosío Gaona, el día 28 de noviembre de 2002.

MOTIVOS DE LA INICIATIVA

La tradición de exaltar el valor de los personajes que han dejado huella en la historia de dignidad de la patria, o se han significado por su valor civil o convicción social, tiene larga data en nuestro Congreso Nacional. Los orígenes se remontan al 19 de julio de 1825, cuando el Soberano Congreso Mexicano decretó la Declaración en Honor de los Primeros Héroes Libertadores de la Nación, y los que los siguieron.

El texto inicial del Decreto de Referencia inicia señalando: “El Soberano Congreso mexicano, que jamás ha visto con indiferencia los sacrificios que los buenos patriotas han prestado a la nación en todas épocas para sostener su independencia y libertad, ha tenido a bien decretar...”

El Congreso General reconoce a los mexicanos que han contribuido con su obra a consolidar nuestra nación y lo expresa en el Muro de Honor del Recinto Parlamentario, en ella se encuentran aquellos ciudadanos que han dado su aportación y esfuerzo en las distintas actividades de la sociedad, y que con ello han dado lustre a México mundialmente como es el caso del ameritado jalisciense Don Mariano de la Barcena y Ramos, quien como intelectual desplegó una impresionante versatilidad, incursionando con talento y excelsitud en la ciencia, la plástica, la literatura , el humanismo y el ejercicio de la función pública.

ANTECEDENTES

Mariano de la Barcena y Ramos, oriundo de Ameca, Jalisco, nació el 25 de julio de 1842, y demostró desde sus primeras letras ser un excelente educando, tanto en la escuela de instrucción primaria de su pueblo natal, como en la de artes de la capital de Jalisco, donde cursó estudios de las bellas artes, mismos que continuó en la Academia de San Carlos de la capital de la República.

Siguiendo su vocación científica, estudió en la Ciudad de México las materias de Geología y Botánica en la Escuela Nacional Preparatoria, teniendo como maestro a Don Gabino Barreda y en Química recibió cátedra de Don Leopoldo Río de la Loza. El 3 de octubre de 1869, Mariano de la Barcena recibió de la Sociedad Filomática Mexicana su diploma como miembro de número, en reconocimiento a su talento.

Como alumno de la Escuela de Ingenieros manifestó una disposición extraordinaria en el estudio de la Mineralogía, lo que le permitió acceder, en calidad de componente, a la Sociedad Mexicana de Historia Natural, suceso ocurrido en septiembre de 1871, año en que recibió su título como Ingeniero Topógrafo, Hidromensor, Geógrafo, Ensayador y Apartador de Metales, áreas del saber en las cuales más tarde obtendría amplios reconocimientos nacionales e internacionales.

En los primeros meses de 1872, inició su brillante carrera magisterial sustituyendo temporalmente a su propio maestro, Don Antonio del Castillo, en las clases de mineralogía y geología, de las que como fruto de sus observaciones en las prácticas realizadas en el estado de Querétaro, presentó a la dirección de la Escuela de Ingenieros, una memoria que rebasaba con mucho a las asignaturas antes dichas, abarcando la estadística, la geología, la botánica, la zoología, la historia y la geografía, siendo tan acuciosas que aportó a la ciencia universal con el descubrimiento de dos nuevas especies localizadas en los fósiles de rocas mesozoicas, a las que bautizó, en honra de sus mentores, con los nombres de “Cranea Río Lozí” y “Nerinea Castilli”; ante este significativo hecho, la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística le expidió en abril de 1872 su diploma como Socio Honorario.

Aunado a sus logros en investigaciones paleontológicas, en la ciencia botánica descubrió otras especies vegetales, las que dedicó al celebre maestro Jalisciense Don Leonardo Oliva. De igual forma, su tenacidad como investigador le llevó también al descubrimiento de nuevas especies minerales, entre ellas un antimoniato de mercurio y calcio, que localizó en Huitzuco, Guerrero, al que en su honor la comunidad científica internacional le denominó “Barcenita”, perpetuando así el descubrimiento que le mereció la Medalla de Oro que en la Gran Exposición de la Ciudad de México le fuera otorgada por el Presidente Don Sebastián Lerdo de Tejada, el 29 de noviembre de 1874.

Ocupó el puesto de ensayador de la Casa de Moneda de México que dejó en 1876, para ir a representar a nuestro país en la Exposición Mundial de Filadelfia realizada con motivo de las fiestas del Centenario de esa ciudad. A su vuelta, el ministro general Vicente Riva Palacio, le encomendó la fundación del actual Observatorio Meteorológico Nacional, que se inauguró el 6 de marzo de 1877 y del que fuera director hasta su muerte.

En 1884, el hallazgo en el Valle de México de los restos de un individuo al que Antonio de Castillo y Mariano de la Barcena atribuyeron más de 8 mil años y procedente de una división superior al cuaternario, nombrado como el “Hombre del Peñón”, conmovió a los antropólogos y geólogos de la época.

La activa participación de este homenajeado en la segunda Exposición de las Clases Productoras de Jalisco, desarrollada en Guadalajara del 1° de mayo al 6 de junio de 1880, cuyo jurado calificador le decretó un Gran Premio por su “Mapa Geológico”, primero en su especie publicado en esa época, acumulando dicho premio a los similares recibidos en otras exposiciones en los Estados de México, Veracruz, Aguascalientes y Querétaro, la Nacional y Municipal de México. En el ámbito Internacional, representó a nuestro País en Congresos Científicos desarrollados con motivo de las exposiciones internacionales de Filadelfia (1876), Nueva Orleans (1885), París (1889) y Chicago (1893), dando en forma prolija mundialmente renombre a Jalisco y a nuestra patria, por sus destacadas intervenciones como erudito geólogo y naturalista.

Mariano de la Barcena y Ramos, fue a su vez un fecundo escritor y poseedor de bibliografía basta; solamente sus obras sobre geología y minería contaban con 61 fichas en el número 10 del Boletín del Instituto Geológico de México, entre los que destaca una obra que por título lleva el de “Informe y Colección de Artículos Relativos a los Fenómenos Geológicos verificados en Jalisco en el presente año y sus épocas anteriores”, el que consta de dos volúmenes, en los que se contienen artículos como los siguientes: Geología Dinámica, Los Terremotos, Noticias del Ceboruco y Sismología, así como Los Terremotos de Jalisco.

Asimismo, este intelectual Jaliscience legó obras que acreditan los sus conocimientos de su sabiduría comentada tanto en nuestro Continente como en Europa, siendo entre otras, “Descripción del Crustáceo Fósil del Género Sphyromo” y “Reseña Geológica del Valle de Ameca, Jalisco (México)”, “Ensayo Estadístico del Estado de Jalisco”, constituyendo ésta, una obra que forma un grueso volumen profusamente ilustrado y que supera a todas las de su género, que consta de 9 partes en las que trata temas como Geografía, Geología, Hidrografía, Climatología, Flora, Agricultura y aclimatación de nuevas plantas en el Estado, concluyendo con un apéndice por índice alfabético de las poblaciones del estado, altitudes y posiciones geográficas de varios puntos de Jalisco y Territorio de Tepic y catálogo de frutas, raíces y tubérculos que se producen en el estado. A estas obras hay que agregar la titulada “Algunos Datos Físicos de la ciudad de Guadalajara”; también sobresalen sus tratados de “Paleontología Mexicana”, “Geología Dinámica”, “Tratado de Litología”, “Noticia Geológica del Estado de Aguascalientes”, “Las Obsidianas”, “Datos para el Estudio de las Rocas Mesozoicas de México y sus Fósiles”.

De igual relevancia, son sus obras “El Hombre Prehistórico de México”, y “Noticia Acerca de Hallazgo de Restos Humanos Prehistóricos en el Valle de México”, así como su obra denominada “Elementos Aplicables a la Agricultura, a la Ingeniería y a la Industria”, y de todo esto se advierte cuan larga es la lista y qué completos son los trabajos editados de este fecundo sabio en todos los órdenes de la ciencia, tanto que, como tributo a este ameritado científico, filósofo y humanista, se eleva la presente iniciativa para enaltecer a un personaje que supo honrar en el tiempo y en el espacio de su época, a su ciudad natal, a su estado, a la República y a la humanidad y que aún proyecta sus luces hacia el porvenir.

En su actuación como funcionario público, el Ingeniero Mariano de la Barcena fue apreciado por sus gobernados en razón a su atinada función y la moderación que se dio en el uso del poder que le fue conferido en calidad de gobernador sustituto del Estado Libre y Soberano de Jalisco, al separarse de su cargo de gobernador constitucional, General Ramón Corona, el 9 de enero de 1889, actuando así, del 10 al 24 de enero de dicho año y por segunda ocasión e idéntico motivo como gobernador sustituto de Jalisco del 22 de marzo al 30 del mismo mes. A la muerte del General Don Ramón Corona, sobrevenida el 11 de noviembre de 1889, el H. Congreso del estado por decreto de fecha 13 de noviembre de dicho año, designó al señor ingeniero Don Mariano de la Barcena como gobernador sustituto de Jalisco. A su separación del gobierno de la entidad, fue electo senador de la República y representó entonces a Jalisco en esa alta Cámara del Congreso Federal.

Como refiere su biógrafo Palomino Cañedo “pocos mexicanos han dado tanta gloria a su patria y han sido honrados con tantas preeminencias en el extranjero como el Ilustre Don Mariano Barcena”, expresión atinada que se ratificó al haber sido considerado esto por real decreto el 31 de julio de 1895 como Comendador de la Real Orden de Isabel la Católica, por su reconocida capacidad científica como geólogo y naturalista.

Don Mariano de la Barcena y Ramos falleció el lunes 10 de abril de 1899, y fue sepultado en el Panteón Español de la metrópoli bajo el epitafio dictado por él mismo que dice así: “aquí reposan los restos del naturalista Mariano de la Barcena. Dedicó su vida al estudio de la naturaleza, porque ahí podía admirar la sabiduría de Dios”.

CONSIDERACIONES

Primera.- Que la vida y obra de este ilustre jalisciense dejó profunda huella en la República y trascendió las fronteras de México, obteniendo el reconocimiento de. la comunidad científica internacional por sus aportaciones en áreas como la geología, la zoología, la ciencia, la botánica, la astronomía, la mineralogía y la antropología.

Segunda.- Que la destacada carrera de Don Mariano de la Barcena y Ramos es motivo de ejemplo para las nuevas generaciones, por lo que es merecido recordar, con espíritu cívico, su labor tenaz y eficiente en el campo de la investigación científica, en el ejercicio de cargos docentes, producción de obras de literatura científica, y por la probidad y acierto con que se desempeñó en el servicio público.

Por los motivos y consideraciones expuestas, y con fundamento en la fracción I del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 40 numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso General, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias somete a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente proyecto de:

Decreto para que se Inscriba en Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre Mariano de la Barcena y Ramos

Artículo Primero.- Inscríbase con letras de oro en el muro de honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de Mariano de la Barcena y Ramos.

Artículo Segundo.- Se instruye a la Mesa Directiva de esta Cámara para que, en coordinación con la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, organice la ceremonia en la que se dé cumplimiento a este decreto.

TRANSITORIO

Unico.- Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2003.— Por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.— Diputados: Augusto Gómez Villanueva, Presidente; Manuel Medellín Milán, secretario (rúbrica); Sergio R. Vaca Betancourt Bretón, secretario (rúbrica); Miguel Angel Martínez Cruz, secretario; Cristina Moctezuma Lule, secretaria (rúbrica); Eduardo Andrade Sánchez (rúbrica); Manuel Garza González (rúbrica); Gustavo Nabor Ojeda Delgado (rúbrica); Juan Manuel Martínez Nava (rúbrica); Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica); Jesús Alí de la Torre (rúbrica); Francisco J. Chico Goerne Cobián (rúbrica); Jose de Jesús Hurtado Torres (rúbrica); José de Jesús López Sandoval; Luis Villegas Montes; Rafael Hernández Estrada; Luis Miguel Barbosa Huerta; Ricardo Moreno Bastida.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

 

LEY ORGANICA DEL CONGRESO

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día es la lectura del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción X del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción X del artículo 39, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados del Congreso General, fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

• Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la fracción X del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Edilberto Buenfil Montalvo, a nombre de los integrantes de la Comisión Especial encargada de Coadyuvar y dar Seguimiento a los Proyectos de Desarrollo Relacionados con el Sur-Sureste de México, el 5 de noviembre de 2002.

La iniciativa propone modificar el numeral 2 del artículo 39 de nuestra Ley Orgánica, referente a las Comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura, con el propósito de que la Comisión Especial Encargada de Coadyuvar y dar Seguimiento a los Proyectos de Desarrollo Relacionados con el Sur-Sureste de México, adquiera el carácter de Comisión ordinaria, y se le denomine Comisión para el Desarrollo de la región Sur-Sureste de México.

Esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 70 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES

En el marco del primer periodo de sesiones ordinarias, en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2000, el C. Diputado Jesús Alí de la Torre, a nombre de un grupo de diputados de las fracciones parlamentarias del Partido Revolucionario Institucional y del Partido de la Revolución Democrática, presenta una Proposición con Punto de Acuerdo, referente a la creación de una Comisión Especial encargada de coadyuvar y dar seguimiento a los proyectos de desarrollo regional para el sur de México. Con esa misma fecha, y en atención a la práctica parlamentaria, la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, turna la referida proposición a la Junta de Coordinación Política.

El 3 de abril de 2001, la Junta de Coordinación Política, de conformidad con los artículos 34 y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58, del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acuerda someter ante el Pleno Camaral, el Acuerdo por el que se crea la Comisión Especial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LVIII Legislatura, encargada de coadyuvar y dar seguimiento, en el ámbito de competencias de éste órgano legislativo, a los proyectos de desarrollo regional relacionados con la región sur-sureste de México.

En sesión del segundo periodo ordinario de sesiones, el 5 de abril de 2001, la Junta de Coordinación Política, somete a la aprobación de la Asamblea el Punto de Acuerdo. Las distintas fracciones parlamentarias representadas en ésta H. Cámara de Diputados, votan el dictamen a favor por unanimidad.

El viernes 6 de abril de 2001, se publica en Gaceta Parlamentaria el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, sobre la creación de una Comisión Encargada de Coadyuvar y dar Seguimiento a los Proyectos de Desarrollo Regional para el Sur-Sureste de México. Igualmente se publica, el martes 18 de septiembre de ese mismo año, el Acuerdo por el que se determina la integración y Mesa Directiva de la Comisión Especial encargada de Coadyuvar y dar seguimiento a los Proyectos de Desarrollo regional relacionados con la región Sur-Sureste de México.

Con fecha 27 de septiembre del mismo año, se instala e inician los trabajos de la Comisión Especial conocida como del Sur-Sureste.

Con base en los antecedentes citados, esta Comisión dictaminadora expone las siguientes:

CONSIDERACIONES

1.- Que a diputados federales, corresponde ser los garantes del interés colectivo, y compete sistematizar, evaluar, e interpretar las sugerencias y necesidades de las entidades federativas del sur del país. Como consecuencia de ello, surge la necesidad de que en el Poder Legislativo Federal exista un órgano parlamentario adecuado para abocarse a su solución, a través de la creación de normas e instrumentos legales que contribuyan al desarrollo de las nueve entidades que comprenden el sur-sureste del país, y que a su vez, también contribuyan al desarrollo nacional.

2.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía nacional y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

3.- Que en el artículo 26 constitucional, se dispone que también el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

4.- Que la Ley de Planeación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 1983 establece las normas y principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo el Plan Nacional de Desarrollo y encauzar, en función de ésta, las actividades de la Administración Pública Federal. Dispone asimismo que la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5.- Que el Plan Nacional de Desarrollo precisará los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral del país, contendrá previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución, establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional; sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica y social, y regirá el contenido de los programas que se generen en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

6.- Que dado que en la dinámica del desarrollo nacional, a lo largo de la historia se han generado por diversas circunstancias de orden social, económico, geográfico y político, condiciones de atraso y marginación en algunas entidades federativas, especialmente en las comprendidas en las regiones del sur-sureste del país, y atendiendo a la necesidad de legislar al respecto, cuidando que las leyes, programas y políticas públicas adquieran una perspectiva que promueva la cohesión social, la equidad y la igualdad de oportunidades en ésta región.

7.- Que en atención, seguimiento y compromiso emanado de la Declaración de Parlamentarios, realizado en Mérida, Yucatán, el 27 de junio de 2002, en la que las legisladoras y legisladores participantes en la primera Reunión Interparlamentaria entre el Congreso de México y los Congresos y Asambleas Legislativas de los Estados de Centroamérica, con la presencia desatacada del Parlamento Centroamericano (PARLACEN) e invitados del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), acuerdan en el inciso G), de la referida Declaración: Promover en cada Congreso Nacional, en los Parlamentos Regionales y, en su caso, en los Congresos Estatales, Comisiones que den seguimiento a las iniciativas de desarrollo regional e integración, entre ellas el Plan Puebla Panamá. Dicho acuerdo fue signado por las fuerzas políticas representadas en el H. Congreso de la Unión.

8.- Que de acuerdo al Censo de Población y Vivienda del 2000, la región Sur-Sureste, comprendida por los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán presentan las siguientes características: en la región habitan 28 millones de habitantes, 43% de la población total, 74.4% de la población indígena habita en esta región, el índice de escolaridad promedio es de 6.7 años, lo cual es comparativamente menor al índice de escolaridad promedio del resto del país que es de 7.6 años. Asimismo, otros datos muestran que el grado de dispersión de la población en localidades pequeñas es mucho mayor en el Sur-Sureste que en el resto del país, ello dificulta sin lugar a duda la provisión de servicios públicos e infraestructura. Dentro de estas localidades pequeñas, en la región Sur-Sureste existen más de 23 mil en condiciones de aislamiento (sin caminos y fuera del circulo de influencia de alguna ciudad), cuya población vive en condiciones sumamente precarias.

De igual modo, el censo muestra que las diez entidades con mayor grado de marginación en la república mexicana, ocho pertenecen a la región Sur-Sureste. El rezago es evidente principalmente en Guerrero, Oaxaca y Chiapas donde existen altos niveles de desnutrición infantil, baja escolaridad promedio y una pobre dotación de infraestructura básica (carretera, de energía y de servicios). De los 851 municipios del país considerados por CONAPO como de alta y muy alta marginación, donde radican 10.6 millones de habitantes, 714 (83.9%) se concentran en la región Sur-Sureste, habitando en ellos 8 millones de habitantes. De hecho, en esta región más de la mitad de los municipios tienen alta y muy alta marginación, y casi uno de cada tres de sus habitantes vive en estos municipios.

9.- Que la Comisión Especial Encargada de Coadyuvar y dar Seguimiento a los Proyectos de Desarrollo relacionados con el Sur de México, en el marco del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, incorporó en el cuerpo del texto del decreto, en el anexo dos, un artículo tercero, para la zona Sur-Sureste de México, destinando recursos adicionales por un monto de $962 millones de pesos para la región Sur- Sureste del país.

10.- Que en el marco del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003, en su anexo 4, “Proyectos en el Programa para el Desarrollo de la Región Sur-Sureste”, se ejercerán recursos para esa región por un monto total de $ 4,329.4 millones de pesos, impulsados por la Comisión Especial del Sur-Sureste.

11.- Que de manera unánime los titulares de los Poderes Ejecutivos de los nueve estados que comprenden la región sur-sureste del país, han manifestado enfáticamente su respaldo, para que la Comisión Especial encargada de Coadyuvar y dar seguimiento a los Proyectos de Desarrollo Regional relacionados con la región Sur-Sureste de México, adquiera el carácter de comisión ordinaria, como una necesidad futura de dar continuidad a las acciones de desarrollo regional de interés común que se han desprendido entre los gobiernos de los 9 estados del sur del país y la Comisión Especial del Sur-Sureste, y que a su vez estén en mejores posibilidades de contribuir al proceso de planeación-programación-presupuestación e incorporen sus propuestas, a objeto de elaborar los planes regionales de desarrollo en la que los estados sean actores centrales y no espectadores en este proceso.

12.- Que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en la sección relativa a las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, se refiere a las Comisiones ordinarias conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

13.- Que la actividad de las comisiones ordinarias está relacionada con las diferentes ramas de la administración pública, con tareas específicas del Congreso, así como la atención de diversos asuntos del acontecer nacional; de ahí que la denominación de las mismas tenga concordancia con la nomenclatura de las actividades del Estado, sin que ello signifique menoscabo de la independencia de los Poderes.

14.- Que esta Comisión considera procedente la iniciativa que reforma y adiciona la fracción X del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a objeto de que la Comisión Especial encargada de Coadyuvar y dar Seguimiento a los Proyectos de Desarrollo relacionados con el Sur-Sureste de México, adquiera el carácter de Comisión ordinaria y se le denomine “Comisión para el Desarrollo de la región Sur-Sureste de México”.

Como resultado de los razonamientos expuestos en el presente dictamen, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se permite someter a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados, el siguiente Proyecto de:

DECRETO QUE REFORMA LA FRACCION X DEL ARTICULO 39, DE LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTICULO UNICO. Se reforma la fracción X del artículo 39, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Capítulo VI De las Comisiones y Comités

Artículo 39

1.- Las Comisiones son órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

2.- La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

I a IX...

X. Comisión para el Desarrollo de la Región Sur-Sureste de México.

...

3.- Las Comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Al momento de la aprobación del presente dictamen, la Comisión Especial encargada de Coadyuvar y dar Seguimiento a los Proyectos de Desarrollo relacionados con el Sur-Sureste de México, dará origen a la “Comisión para el Desarrollo de la región Sur-Sureste de México”, con carácter de ordinaria.

SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2003.— Por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.— Diputados: Augusto Gómez Villanueva, Presidente (rúbrica); Manuel Medellín Milán, secretario (rúbrica); Sergio R. Vaca Betancourt Bretón, secretario (rúbrica); Miguel Angel Martínez Cruz, secretario (rúbrica); Cristina Moctezuma Lule, secretaria (rúbrica); Eduardo Andrade Sánchez; Manuel Garza González (rúbrica); Gustavo Nabor Ojeda Delgado; Juan Manuel Martínez Nava; Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica); Jesús Alí de la Torre; José de Jesús López Sandoval (rúbrica); Jose de Jesús Hurtado Torres (rúbrica); Francisco J. Chico Goerne Cobián (rúbrica); Luis Villegas Montes; Rafael Hernández Estrada; Luis Miguel Barbosa Huerta; Ricardo Moreno Bastida.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

 

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

El siguiente punto del orden del día es la lectura del dictamen con proyecto de decreto para que sea inscrito en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Dictamen   con proyecto de decreto para que sea inscrito en letras de oro en el muro de honor de la Cámara de Diputados el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México.

CC. SECRETARIOS DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.— Presentes.

HONORABLE ASAMBLEA:

Fue turnada a esta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su estudio y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro “Universidad Nacional Autónoma de México”, presentada el día 29 de abril de 2003, por el diputado Armando Salinas Torre.

En atención a ello y de conformidad con la fracción I del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 40 numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión presenta dictamen al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

A lo largo de 452 años, la Universidad ha sido el factor determinante del quehacer cultural de la nación.

Ha sido la Universidad fermento del saber pero también del hacer que ha definido el perfil de la nación entera. En su seno han surgido los movimientos sociales e institucionales que han transformado la faz de nuestro país en ese largo lapso.

Durante el virreinato, lo mismo que al nacer la República y después como contribuyente al pensamiento revolucionario de 1910, la Universidad fue el eje intelectual de la gesta democrática de la nación.

La Universidad, en México, estuvo indisolublemente ligada a los inicios de nuestro primer gran combate por la libertad: en ella certificaron sus estudios iniciales los dos mayores capitanes del alba de nuestra guerra de Independencia: Miguel Hidalgo y José María Morelos.

Fue al consumarse la victoria insurgente, cuando por primera vez la Universidad de México se llamó Universidad Nacional.

Gran parte de nuestro siglo XIX transcurrió entre luchas intestinas y asaltos extranjeros. En tales circunstancias, la Universidad hubo de desaparecer, así fuera nominalmente. Consolidada la República, cerrada la Universidad, la educación y la cultura quedaron encomendadas a las Escuelas Nacionales; en ellas siguió prosperando la vida universitaria.

A la vuelta del siglo XIX al XX, Justo Sierra aglutina y relanza la tarea universitaria que en pocos años logra enriquecer el contenido ideológico del proceso revolucionario y conquista su autonomía, asociada a una clara vocación latinoamericana, expresada en el lema vasconceliano: “Por mi raza hablará el espíritu” y en el escudo que ostenta la Universidad Nacional Autónoma de México.

Hoy la UNAM constituye el proyecto cultural más ambicioso y consolidado del pueblo de México. Por ello, es una preeminente institución del Estado Mexicano.

Uno de cada diez estudiantes de licenciatura y uno de cada seis estudiantes de posgrado del país están inscritos en sus aulas, y uno de cada dos doctores graduados en el país egresa de la UNAM.

Así, la Universidad Nacional Autónoma de México contribuye a la formación de profesionales más que ninguna otra institución educativa del país, aporta la mitad de la investigación científica que se realiza en México y es, por excelencia, el espacio para la discusión libre, plural y respetuosa de los grandes temas nacionales que comprenden la construcción de nuestra democracia.

CONSIDERACIONES

Primera.- Que la Universidad Nacional Autónoma de México representa el proyecto más ambicioso y logrado en la historia de nuestro país para formar a sus profesionistas, académicos e intelectuales; para promover y realizar la investigación científica, y para extender la cultura hacia los sectores más amplios de la sociedad.

Segunda.- Que el legado de la UNAM como espacio público de donde han surgido instituciones educativas y sociales como respuesta a las necesidades de desarrollo de la nación no tiene parangón en el sistema educativo del país.

Tercera.- Que es invaluable la presencia de la UNAM para conservar, generar y aplicar el conocimiento con objeto de resolver las necesidades de los sectores mayoritarios de la población.

Cuarta.- Que la aportación de la UNAM como lugar de encuentro para el debate libre y respetuoso de las ideas y de toda expresión de pensamiento ha contribuido y contribuye a fortalecer los procesos de participación democrática consciente y comprometida de los mexicanos.

Quinta.- Que el apoyo generoso que ha brindado la UNAM para la creación de centros públicos de educación e investigación a lo largo del territorio nacional permite compartir y aplicar los hallazgos de la ciencia, de las artes, lo mismo que de la tecnología y la comprensión plena de nuestra condición y necesidades como país, en el ámbito de la nación entera.

Por los motivos y consideraciones expuestas, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias somete a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente proyecto de:

Decreto para que sea inscrito en Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Artículo Primero.- Inscríbase con letras de oro en el muro de honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de Universidad Nacional Autónoma de México, ejemplar institución pública y máximo proyecto cultural del estado mexicano.

Artículo Segundo.- Se instruye a la Mesa Directiva de esta Cámara para que, en coordinación con la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, organice la ceremonia en la que se dé cumplimiento al presente dictamen.

TRANSITORIO

Unico.- Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de abril de 2003.— Diputados: Augusto Gómez Villanueva (rúbrica), Presidente; Manuel Medellín Milán, secretario; José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón (rúbrica), secretario; Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica), secretario; María Cristina Moctezuma Lule, (rúbrica), secretaria; Eduardo Andrade Sánchez (rúbrica), Manuel Garza González (rúbrica), Gustavo Nabor Ojeda Delgado, Juan Manuel Martínez Nava (rúbrica), Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica), Jesús Alí de la Torre, Francisco Javier Chico Goerne Cobián (rúbrica), Luis Villegas Montes, José de Jesús Hurtado Torres, José de Jesús López Sandoval, Lorenso Rafael Hernández Estrada, Luis Miguel Barbosa Huerta (rúbrica), Ricardo Moreno Bastida (rúbrica).»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Es de primera lectura.

Solicito a la Secretaría dé lectura al oficio recibido por la Presidencia y firmado por los coordinadores parlamentarios en sus términos.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por medio de este conducto manifestamos nuestro interés para que el dictamen que propone se inscriba con letras de oro en el muro de honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “Universidad Nacional Autónoma de México”, fuera presentado, a la brevedad, en caso de que dicho dictamen no haya sido elaborado, solicitamos que la propuesta sea presentada, el día de mañana 30 de abril de urgente y obvia resolución debido a que él tema es de gran importancia para nuestro país.

Atentamente.

Palacio Legislativo, México, DF., a 28 de abril de 2003.—  Diputado: Martí Batres Guadarrama, Presidente; Rafael Rodríguez Barrera, coordinador del grupo parlamentario del   Partido Revolucionario Institucional; Alejandro Zapata Perogordo, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; Bernardo de la Garza Herrera, coordinador del Partido Verde Ecologista de México; Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador del Partido del Trabajo.»

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En tal virtud consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la Asamblea si se considera de urgente y obvia resolución.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Se dispensa la segunda lectura.

Tiene la palabra el diputado Augusto Gómez Villanueva, por la comisión, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Augusto Gómez Villanueva:

Con permiso, señor Presidente:

Los mexicanos que hemos vivido toda la epopeya que han representado las grandes convulsiones sociales de este Siglo XX, tenemos que vincular la historia de las instituciones educativas de nuestro país a la formación de una conciencia nacional.

La Universidad, cuatro veces centenaria, si bien fue producto de la intención y el propósito de las autoridades virreinales en su momento de abrir las luces al conocimiento universal, sin embargo por su propia dinámica de ir configurando y fortaleciendo esa institución, se vinculó el pensamiento de los mexicanos ilustres que han no solamente contribuido a las luces de la filosofía y la ciencia y el humanismo sino además a las grandes o a los grandes acontecimientos que vinculan la Insurgencia con sus acontecimientos de finales del Siglo XIX en que la propia Revolución Francesa nace del Enciclopedismo y de las corrientes liberales que plantean fundamentalmente como su razón de existir el abrir el faro del conocimiento de las generaciones que hicieron posibles los grandes cambios en la historia moderna de la humanidad.

A lo largo de los 452 años, la Universidad ha sido el factor determinante del quehacer cultural de la nación. Así la Universidad fermento del saber pero también del hacer que ha definido el perfil de la nación entera. En su seno han surgido los movimientos sociales e institucionales que han transformado la luz de nuestro país en este largo lapso, durante el virreinato lo mismo que al nacer la República y después como contribuyente al pensamiento revolucionario de 1910, la Universidad fue el eje intelectual de la gesta democrática de la nación.

La Universidad, dice nuestra exposición de motivos para fundar este dictamen, en México estuvo indisolublemente ligada a los inicios de nuestro primer gran combate por la libertad, en ella certificaron sus estudios iniciales los dos mayores capitanes del alba de nuestra guerra de independencia: Miguel Hidalgo y José María Morelos.

Miguel Hidalgo rector, justamente de la Universidad Nicolaita de Michoacán; fue al consumarse la victoria insurgente cuando por primera vez la Universidad de México se llamó Universidad Nacional; gran parte de nuestro Siglo XIX transcurrió entre luchas intestinas y asaltos extranjeros, en tales circunstancias la Universidad hubo de desaparecer, así fuera nominalmente.

Consolidada la República, cerrada la Universidad, la educación y la cultura quedaron encomendadas a las escuelas nacionales, en ellas siguió prosperando la vida universitaria pero a la vuelta del Siglo XIX y en sus albores del Siglo XX, Justo Sierra aglutina y relanza la tarea universitaria que en pocos años logra enriquecer el contenido ideológico del proceso revolucionario y conquista su autonomía asociada a una clara vocación latinoamericana expresada en el lema vasconceliano “Por mi Raza hablará el Espíritu” y en el escudo que ostenta la Universidad Nacional Autónoma de México.

Hoy la Universidad constituye el proyecto cultural más ambicioso y consolidado del pueblo de México, por ello es preeminente institución del Estado mexicano. Uno de cada 10 estudiantes de licenciatura y uno de cada seis estudiantes de posgrado del país están inscritos en sus aulas y uno de cada dos doctores graduados en el país egresa de la Universidad.

Así, la Universidad Nacional Autónoma de México contribuye a la formación de profesionales más que ninguna otra institución educativa del país; aporta la mitad de la investigación científica que se realiza en el México y es por excelencia el espacio para discusión libre, plural y respetuosa de los grandes temas nacionales que comprenden la construcción de nuestra democracia.

La comisión consideró además para emitir este dictamen, cuestiones fundamentales como la necesidad de que hagamos un llamado a todos los mexicanos para dejar claro que de esta institución han surgido personalidades que aquí mismo en este recinto hemos inscrito sus nombres con letras de oro y que han sido los porta estandartes de la defensa de los valores fundamentales de la nación, como hoy lo acabamos de hacer al poner las letras de oro con el nombre de un ilustre pacifista que honra a la diplomacia mexicana.

Por ese motivo, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias deja la constancia de que frente a los embates de la globalización, frente a los intentos de destruir nuestra identidad como nación, debe de prevalecer siempre para ahora y en el futuro, la vocación de nuestros compatriotas para construir con nuestra propia identidad los caros valores que le dan sentido y razón de existir a nuestra lucha por la independencia, a nuestra lucha por la defensa de nuestra soberanía y a la lucha por un progreso nacional que se sustente en la justicia social.

Por todas esas razones, la comisión propone a ustedes, señores diputados, que sea aprobado el decreto para que sea inscrito en letras de oro, en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.

Se han registrado los siguientes diputados para fijar posiciones de sus partidos o grupos parlamentarios: José Manuel del Río Virgen, José Antonio Calderón Cardoso, María Cristina Moctezuma Lule, Luis Miguel Barbosa Huerta, Martha Limón Aguirre y José Elías Romero Apis.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado José Manuel del Río Virgen, del Partido Convergencia, hasta por cinco minutos.

El diputado José Manuel del Río Virgen:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:

Para todos la Universidad Nacional Autónoma de México es centro de la conciencia, porque es el reflejo de lo diverso y de lo que se transforma, es espíritu en movimiento, es también el templo de la unidad y es también la voluntad de cambio.

Entiendo a la Universidad como una de las expresiones más acabadas, más conscientes y libres del proceso dialéctico. Su mismo nombre “Universidad” significa unidad de lo diverso, la posibilidad de penetración de los opuestos, de la lucha de los contrarios que se realiza en una unidad y síntesis que sólo puede darse por definición dialéctica en y para la libertad.

Es cierto, a lo largo de 450 años de vida, han sido conocidas las dificultades internas en que se ha visto envuelta, sin embargo, ha sido la gran moderadora del espíritu nacional y constituye un fragmento inmaculado de nuestra propia nacionalidad. La UNAM, desde su inicio ha estado ligada a la historia del país, no sólo ha sido institución formadora de los cuadros profesionales, científicos y culturales para el progreso de la nación, sino también ha sido una de las más importantes casas de estudio para la movilidad social conjuntamente con el Instituto Politécnico Nacional.

La libertad de pensamiento que en ella se ejerce la hace una institución crítica, lo cual le ha acarreado periodos de alejamiento del poder público; no obstante su capacidad crítica ha sido otro de los servicios que ha prestado también a la nación, ya que ello ha favorecido el debate civilizado para nuestro avance democrático.

Por ello nosotros reconocemos que en la UNAM se realiza el 50% de la investigación que se lleva a cabo, además de ser pionera en campos científicos como la neurobiología, la tecnología y otros campos importantes de la investigación. En estos campos, particularmente en la investigación, han sido notables sus aportaciones al conocimiento de la realidad nacional por sus investigaciones en materia de energía, alimentos, biodiversidad y demográficos.

También ha realizado estudios de la Ciudad de México, de salud, de estudios integrales de los mares mexicanos, de ecología, geológicos y también sísmicos. Pocas instituciones en el mundo publican más de 15 mil artículos científicos y tecnológicos. Es la UNAM el principal centro de cultura del país.

Como aliada poderosa de la prosperidad del pueblo, debemos tener la estricta obligación de vigilar a la UNAM para que no se transforme mañana en una institución de hombres privilegiados en donde puedan nutrirse cerebros que más tarde vengan a combatir los frutos que hasta ahora hemos alcanzado.

La educación pública, compañeras y compañeros legisladores, está representada por la UNAM e insisto, también por el Instituto Politécnico Nacional. Por eso, compañeras y compañeros legisladores, les pido su voto para que inscribamos en estos muros de honor de la Cámara de Diputados el nombre de Universidad Nacional Autónoma de México. Estoy de acuerdo que se inscriba en letras de oro en estos muros el nombre de Universidad Nacional Autónoma de México, pero también queremos para el Instituto Politécnico Nacional que ya se apruebe su nueva ley orgánica para fortalecerlo en lo administrativo, porque el Instituto Politécnico Nacional rivaliza con lo mejor de la educación en este país.

Gracias, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Ha solicitado y fue una omisión de mi parte, el uso de la palabra en los mismos términos y hasta por cinco minutos, el diputado Amador Rodríguez Lozano. Tiene el uso de la tribuna.

El diputado Amador Rodríguez Lozano:

Amigas y amigos legisladores:

Como universitario egresado de las aulas de la Facultad de Derecho de la UNAM no puedo menos que sentirme emocionado el día de hoy, cuando a propuesta del diputado Armando Salinas, vamos a iniciar una votación que va a saldar una deuda histórica con la Universidad Nacional Autónoma de México. Seguramente vamos a inscribir su nombre en los muros de honor de este recinto, lo que vendrá a ser únicamente una confirmación de lo que ya existe en la realidad: que el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México se encuentra ya inscrito en el corazón y en la mente de todos los mexicanos, porque la Universidad, amigas y amigos, no es solamente una institución, no solamente son edificios, no solamente son maestros, investigadores y alumnos, sino la Universidad Nacional Autónoma de México es una idea, una idea de libertad, es un espacio, es un ámbito de libertad donde millones de mexicanos se han formado y se formarán en una educación universal, en una educación nacionalista, en una educación de compromiso con México.

Al inscribir su nombre en estos muros vamos a reconocer los esfuerzos de muchos estudiantes, de muchos maestros, de muchos rectores quienes a lo largo de la historia con su esfuerzo en la cátedra, con su trabajo de investigación, con su compromiso social en las causas de México, le han dado perfil histórico a nuestra nación.

Inscribir a la Universidad en estos muros es comprometernos a mantenerla como un valladar contra cualquier injerencia que extranjerice la educación nacional, es un compromiso con la patria y es un compromiso con las futuras generaciones.

Por eso, amigas y amigos, qué importante que haya surgido de Acción Nacional esta propuesta que ha cobrado eco inmediato en los votos y en las actitudes de todos las diputadas y diputados.

Hoy la patria se verá recompensada. Los maestros, los investigadores, los estudiantes, verán en este hecho un reconocimiento al esfuerzo de muchas generaciones.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, el diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social.

El diputado José Antonio Calderón Cardoso:

Con el permiso de la Presidencia; señoras y señores legisladores:

Sin duda el día de hoy votaremos un dictamen de la Comisión de Prácticas Parlamentarias, en el cual se propone que se inscriba en letras de oro en los muros de este pleno, el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México. Y con ello tendremos la oportunidad que no solamente esté inscrita en letras de oro sino que se transformará en letras de fuego, porque nos estará recordando frecuentemente que además del justo reconocimiento de tener el nombre de la institución en este pleno, tengamos la constante y permanente disposición de ánimo para estar buscando cómo mejorar a la Universidad.

Y es que quienes hemos estado no solamente como estudiantes sino que alguna vez fuimos funcionarios de la Universidad, recordamos que en esa casa aprendimos las letras primeras que nos permitieran ejercer nuestra libertad de pensamiento. Es la Universidad de Justo Sierra y la Universidad de José Vasconcelos, es la Universidad donde se luchó contra los sistemas autoritarios y es la Universidad donde se generó la clase política que hoy está tomando espacios importantes.

Quiero recordar que en una de las etapas más críticas de la Universidad, tuve el privilegio de desempeñarme como secretario particular del entonces director de la escuela preparatoria 7, “Salvador Azuela”.

Tuve la oportunidad además de ser compañero de destacados diputados como Martí Batres Guadarrama, por allá de los años de 1987. Y recuerdo que uno de los debates que se daba de la Universidad partía de un folleto que se distribuyó de un intelectual peruano, Vargas Llosa, y hacía la afirmación de que la universidad pública en el mundo era una moribunda, hablaba de eso precisamente ese folleto, de que las universidades públicas habían estado pasando por una etapa de pocos recursos, por una etapa de confrontaciones políticas, por una etapa de discusiones ajenas al hacer y al quehacer del pensamiento y de la investigación.

Y en esa etapa pudimos nosotros asumir y aprender que la Universidad no puede estar ajena a lo que pasaba en el país, que la Universidad sigue siendo ese punto de encuentro donde las ideas se discuten para posteriormente hacerse realidad en los puestos de gobierno.

La Universidad hoy requiere, junto con el mérito que le hagamos, con el reconocimiento, de decisiones constantes para mejorarla, no solamente con mayor presupuesto, no solamente con una revisión a su Ley Orgánica para facilitarle aun mejor la actividad de investigación y de difusión del conocimiento.

Requiere también la Universidad un estudio importante del papel de la educación en México, es importante que la educación pública y la educación privada se complementen, porque una y otra no se contraponen, pero especial énfasis debemos poner a la universidad pública, porque es la que permite que haya capilaridad social, porque es la que permite que quien nace de cuna humilde, pueda en su vida ser orgullo para su familia.

Quiero terminar con dos cosas, primero, que el reconocimiento a la Universidad haga posible que la democracia educativa y cultural desconcentre el saber y desconcentre las oportunidades, pero también recordar con José Vasconcelos, aquella frase que dijera de la juventud mexicana y que bien puede atribuirse a los estudiantes jóvenes de nuestra alma mater.

Decía José Vasconcelos: “Dichosa la juventud que de sus propias angustias saca fuerzas para engendrar auroras”. Dichosa la Universidad que de sus propias angustias y dificultades genera la base social preparada para el desarrollo nacional. Enhorabuena, felicidades a la comisión por este justo reconocimiento.

Gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra la diputada María Cristina Moctezuma Lule, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México hasta por cinco minutos.

La diputada María Cristina Moctezuma Lule:

Con su permiso, señor Presidente; compañeros:

La Universidad Nacional Autónoma de México como la primera Universidad de América, ha proporcionado desde su creación en 1551 un sistema educativo integral que concientiza al alumnado de la responsabilidad que tiene para con la sociedad.

Asimismo, por sólo nombrar algunos de sus más destacados personajes, podemos nombrar al oidor Antonio Rodríguez de Quesada, quien fuera su primer rector; a Justo Sierra, José Vasconcelos, Alfonso Caso, Javier Barros Sierra, Nabor Carrillo, José Sulaimán y por último Juan Ramón de la Fuente. Hablar de estos personajes es hablar de la Universidad.

A lo largo de su historia la Universidad ha establecido el camino de nuestro país, gracias a que está construida con el esfuerzo de muchas generaciones, lo que le ha permitido que la educación superior sea un mecanismo de movilidad social, de justicia y un eslabón para alcanzar el desarrollo con mayor equidad.

El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México celebra que la Universidad Autónoma de México, sea una de las que fomenten el mejoramiento del medio ambiente a través de sus innumerables investigaciones y programas de estudio. Sin duda, es esta Universidad una de las que más interés e impulso le ha dado a la conservación del medio ambiente. Tan es así que ha creado el Programa Universitario de Medio Ambiente “Puma”, el cual tiene por objeto promover, coordinar e impulsar actividades orientadas a investigar, difundir una cultura en torno del medio ambiente.

Cómo no inscribir en letras de oro a una institución que ha forjado y seguirá forjando mexicanos que se encuentran con el reconocimiento perpetuo en este recinto, como es el caso de Justo Sierra, fundador de la Escuela Nacional Preparatoria, que formó a la generación de los Contemporáneos, quienes a su vez siguiendo el ejemplo de su alma mater, fundaron y establecieron nuevas instituciones como es el caso de Jaime Torres Bodet, que fundó el Instituto Nacional de Antropología e Historia o Javier Villaurrutia, Carlos Pellicer, Octavio Paz, quienes le han dado no sólo a México, sino también a las letras universales un gran prestigio.

Poner en letras de oro a la Universidad en los muros de este recinto es un honor, es inscribir a la tercera institución, que junto con la Heroica Escuela Naval y el Heroico Colegio Militar, de ahora en adelante mostrarán la tríada que refleja a aquellas instituciones que desde diferentes ámbitos han forjado la cultura, la investigación y el desenvolvimiento de nuestra patria.

Esperemos que pronto, también como politécnica, encontremos en letras de oro en este recinto al Instituto Politécnico Nacional.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos para fijar la posición de su grupo parlamentario, el diputado Luis Miguel Barbosa Huerta del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta:

Gracias, señor Presidente:

Quiero primero referirme a lo trascendente de este decreto que ordena la inscripción en los muros de honor y en letras de oro de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Se refiere a incorporar a estos muros por primera ocasión el nombre de una institución. Es el nombre de una colectividad, es la referencia a un esfuerzo de siglos de la sociedad mexicana y es trascendente porque estos muros de honor que representan la generosidad y la visión que esta Cámara de Diputados ha tenido de los hechos que constituyen la historia de México, sólo había referido a individualidades.

La visión de la historia oficial siempre había sido de individualidades, de ahí la trascendencia de que se incorpore una institución y con ello se oriente la visión de la historia a las colectividades que han estado fuera de la reseña y del reconocimiento histórico de todos los entes públicos.

Lo otro es la gran oportunidad que cualquier legislador, pero más aún los legisladores universitarios, tienen para reconocer y para comparecer a esta tribuna y hablar de la Universidad Nacional Autónoma de México.

La Universidad no sólo es inigualable legado histórico, no sólo es alcurnia, tradición y prestigio; es institución actuante llena de vigor, es presente, es futuro de México.

Nuestra Universidad es nacional porque es fruto de la historia y de las tradiciones de la nación mexicana. ¿Quién podría entender la evolución de México sin asombrarse en el ser y en el trascender de la Universidad Nacional Autónoma de México?

¿Quién podría imaginar un México sin Universidad Nacional? Habría sido una sociedad sin espacios para reflexionar sobre sí misma, sin referente cultural, sin dimensión educativa, sin arraigo histórico, sin creatividad científica ni artística ni humanística.

Fundados en el drama doloroso de La Conquista, el gremio y el claustro de la real y póntifica Universidad de México, habrán de dar entonces, dar las alas y el alma americana para volar hasta alcanzar la altura de los sueños de independencia.

Las aulas de la Universidad, después, habrán también de inspirar a los universitarios del ateneo de la juventud para desterrar la concepción filosófica spenceriana del evolucionismo que justificó el atropello y el abuso en el porfiriato.

En la autonomía y la libertad de cátedra e investigación con su generación de 1929, llegó a la posteridad una de las altas conquistas del intelecto: la absoluta libertad de pensamiento en la búsqueda del conocimiento, el reconocimiento de que la cultura no puede desarrollarse sino en un ámbito de libertad.

Con los mártires universitarios de 1968 a los que también debemos su reconocimiento en estos muros de honor y por lo que no encuentro la explicación para que haya resistencias para tal, a los caídos el 2 de octubre de 1968, ellos también fueron universitarios.

Pero también fue la insurgencia estudiantil de los años 1980 y 1990 en la Universidad Nacional, la que dio un vuelco y puso límite al proyecto formalista, autoritario y privatizador, de la enseñanza superior que instrumentaran los últimos gobiernos neoliberales.

En suma señores, podríamos hacer tantas reflexiones de siglos, de siglos de universidad, de nuestra Universidad Nacional Autónoma de México.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra la diputada Martha Limón Rojas, para posicionar al grupo parlamentario del PAN, hasta por cinco minutos.

La diputada Martha Limón Rojas:

Con su permiso señor Presidente; compañeras y compañeros:

En el seno de esta Cámara siempre se han reconocido los aportes de la Universidad Nacional Autónoma de México para el progreso científico y cultural del país. Lo hicimos en la sesión solemne en la conmemoración de los 450 años de la más antigua institución universitaria de América. Tenemos que entender que en los tiempos modernos ésta es más que un centro de enseñanza, es un punto de encuentro de los talentos nacionales e internacionales; es la casa del desarrollo de la filosofía nacional en conjunto con otras instituciones de educación superior, constituye el edificio más seguro, más noble y más generoso para que nuestro país encuentre las respuestas a muchas de las incógnitas, varias de ellas angustiantes, de nuestra compleja realidad nacional.

Como se ha dicho aquí en tribuna, desde hace varias décadas por panistas universitarios, durante la década de los treinta, se dio una batalla por la autonomía y la libertad de cátedra que al final de cuentas habría de proyectarse no solamente en sus aulas sino en la realidad social y política de México.

El PAN tiene en lo más recóndito de su ser el gen universitario, cómo no habría de ser así si fue fundado por uno de los rectores más reconocidos de la historia universitaria: don Manuel Gómez Morín.

Y cómo no también recordar para todos los panistas que en caso de que el PAN algún día se disolviera, todo su acervo cultural iría a la Universidad. Eso señoras y señores, creo que nos debe merecer que en estos muros esté con letras de oro la UNAM.

Nuestra bancada respalda con orgullo la moción que habrá de ser votada y lo hace advirtiendo que este homenaje respaldado abrumadoramente, no sólo es para la academia del Pedregal, sino para todas aquellas instituciones universitarias públicas que a lo largo y ancho del ser nacional cotidianamente trabajan en pos del mismo afán que el de la UNAM, mismo que es el del engrandecimiento de México.

Muchas generaciones de legisladores tendrán en estos muros, que verán las lides de la inteligencia y la discusión democrática, el mejor recordatorio para encauzar su pasión y amor por México en el camino que busca la idea, la palabra, el sentimiento, en fin, todas aquellas características de aquel espíritu que seguirá hablando, como profetizó Vasconcelos: por nuestra raza.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra, para fijar la posición del Partido Revolucionario Institucional, el diputado José Elías Romero Apis, hasta por cinco minutos.

El diputado José Elías Romero Apis:

Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea:

El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional saluda con el mayor entusiasmo esta iniciativa.

Es esta iniciativa, presentada por el Presidente Armando Salinas, el homenaje a la Universidad Nacional Autónoma de México, con motivo de sus 450 años de fundación, realizado a iniciativa de la presidenta Beatriz Paredes, los dos mejores homenajes para hoy y para el porvenir que pueden hacerse a nuestra máxima casa de estudios.

El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional votará a favor de este dictamen porque existe una relación indisoluble de tipo histórico y de tipo ideológico entre la Revolución Mexicana y la Universidad Nacional.

De hecho existe también una relación indisoluble entre revolución y universidad pública. Los arquitectos del sistema político mexicano diseñaron y construyeron un sólido sistema que pudiera resistir los embates del tiempo, la pugnas de intereses y las tentaciones del acopio del poder, a partir de una edificación apoyada en cuatro basamentos, que serían la seguridad pública, la seguridad económica, la jurídica y la nacional.

Sin embargo, el proyecto mexicano de nación no solamente le apostó a la seguridad sino también al cambio sustantivo. La Revolución Mexicana no sólo cambió a los dueños del poder, porque para eso no se requiere de una revolución, basta una elección, una rebelión, un golpe de Estado, una división o en el más bajo y repugnante de los escenarios un magnicidio.

Pero nuestra revolución cambió, además de a los hombres, sus estilos, sus perfiles, la economía, la política, la visión del Estado, la visión de la vida, la cultura y, por encima de todo, muy por encima de todo, para que todo esto fuera posible cambió la educación y fue la Universidad Nacional el elemento fundamental del proyecto mexicano de nación.

Al inicio del Siglo XX y previo al estallido revolucionario, México era prácticamente un país feudal, cuya composición social era biclasista: por una parte, una pequeña clase gobernante y detentadora de la riqueza nacional y, por la otra, una gran masa campesina muy empobrecida y reducida a la certidumbre. Había necesidad de formar una clase media y la formación de esa clase media, a base de la educación para el trabajo y con cultura universal, fue concebida como una responsabilidad atribuida al sistema educativo nacional y a la Universidad Nacional de México, más tarde Autónoma.

En la UNAM se formaron las generaciones de profesionales mexicanos que se harían cargo del destino nacional durante todo el Siglo XX a efecto de que los mandos superiores de la nación no estuvieran en las manos exclusivas del capital ni del proletariado ni de la milicia ni del clero, sino de las clases medias civiles formadas dentro del país y a cargo del país. La garantía de que llegaríamos a nuestro destino.

Porque para el Partido Revolucionario Institucional la mejor posibilidad de igualar a los débiles con los poderosos es la educación. Sin ella las clases sociales volverán a ser castas. Cuidado con ello.

Son respuestas para el futuro, si los próximos gobiernos mexicanos quieren seguir aportando los necesarios e incondicionales apoyos públicos para el sostenimiento de la Universidad o quieren que ésta se sostenga como cualquier institución privada o quieren que salga de algún bolsillo mexicano o extranjero dadivoso pero no desinteresado para convertirse en su patrono o en su dueño.

Hace algunos meses en esta misma tribuna dije yo y repito, que por los hombres y por los pueblos nunca ha hablado en su historia ni su poderío ni su riqueza ni su conquista ni su imperio y ni siquiera su sabiduría.

Por los pueblos y por los hombres, lo mismo en Helade, que en Lazio, que en Anáhuac, lo único que ha hablado, lo único que habla y lo único que seguirá hablando, es su espíritu.

Muchas gracias.

REGISTRO DE ASISTENCIA

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En cumplimiento con lo dispuesto por el artículo primero del acuerdo relativo al sistema electrónico de registro de asistencia, pido a la Secretaría dar cuenta del mismo e instruya su cierre.

El Secretario diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán:  

Se encuentran registrados 464 diputados. Ciérrese el sistema electrónico.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En virtud de haberse agotado el registro de diputados que solicitaron fijar la posición de sus grupos parlamentarios, está a discusión el dictamen.

Activen el sonido en la curul del diputado Fernando Pérez Noriega.

El diputado Fernando Pérez Noriega (desde su curul):

Le solicito, señor Presidente, me registre para razonar mi voto, por favor.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

En pro o en contra.

El diputado Fernando Pérez Noriega (desde su curul):

En contra.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Han solicitado el uso de la palabra para hablar en contra, el diputado Fernando Pérez Noriega, y en pro el diputado Jaime Vázquez Castillo.

Activen el sonido en la curul del diputado Bernardo Borbón.

El diputado Bernardo Borbón Vilches (desde su curul):

Regístreme en contra, por favor, señor Presidente.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Se han registrado para hablar en contra del dictamen, el diputado Fernando Pérez Noriega y el diputado Bernardo Borbón Vilches; y en pro el diputado Jaime Vázquez Castillo y el diputado Jorge Lara.

Esta Presidencia concede a cada uno de los oradores registrados, hasta cinco minutos para formular su intervención.

Tiene el uso de la palabra el diputado Fernando Pérez No- riega.

El diputado Fernando Pérez Noriega:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El día de hoy en la mañana tuvimos una sesión solemne en donde reconocimos a un gran hombre: a don Alfonso García Robles. Establecimos y plasmamos para la inmortalidad, en letras de oro, en estos muros, su nombre.

Dentro de estos muros podemos ver mártires, podemos ver gente, personas, mujeres y hombres que se destacaron por algo que en lo personal hicieron a favor de todos los mexicanos y por qué no decirlo, de todo el mundo.

Debemos de reconocer, compañeras y compañeros diputados, que hay grandes instituciones; pero esas instituciones son grandes y se les reconoce por las mujeres y hombres que de ellas emanan. Son ellos, dichas personas, las que deben de ser sujetas de un reconocimiento. Son de ellas, esas personas que trabajan a favor de todos los que estamos reconociendo.

La Universidad Nacional Autónoma de México es sin lugar a dudas una gran institución; pero también debemos de ser claros de que no es la única, hay grandes universidades públicas muy buenas universidades públicas que podríamos nosotros, en su momento, analizar sus bondades.

La UNAM ha tenido como todas las instituciones buenos momentos, buenas etapas y algunas de sus facultades y centros de investigación son de excelencia pero no necesariamente todas, no necesariamente todas las facultades son de excelencia.

Compañeras y compañeros diputados: las letras de oro que se ponen en estos muros deben ser plasmadas en casos excepcionales. Los que he escuchado algunos de los diputados que hablaban a nombre de sus grupos parlamentarios y la educación, compañeras y compañeros diputados, no es sinónimo de ser una fábrica de profesionistas.

Debemos, compañeras y compañeros diputados en último caso, si vamos a hacer un reconocimiento a las instituciones de educación superior, poner en letras de oro un término genérico que se denominaría “a las universidades públicas”.

¿Por qué no poner otras universidades estatales, por qué no poner las universidades de donde salen, han sido egresados muchísimos, pero muchísimos grandes mexicanos?

¿Por qué no, como gritan de aquél lado, poner a la gente del Poli? ¿Por qué no otras universidades que podrían ser en un momento determinado privadas? Hay universidades también más antiguas y posiblemente con mayor excelencia académica en algunas materias y tendríamos en último caso, y es lo que propondría yo, proponer una nueva columna con el nombre de todas las universidades públicas en el país. ¿Pero por qué una nada más?

Compañeras y compañeros diputados: ¡También celebro la celeridad de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. También celebro la celeridad de nuestros coordinadores al establecer en menos de 24 horas un dictamen que está puesto a consideración en este momento!

¡Nadie está en contra de la universidad pública! ¡Nadie está en contra de la UNAM! La pregunta que les hago, compañeras y compañeros diputados, es ¿si queremos demeritar día con día qué vamos a poner en estos muros de la Cámara de Diputados?

En lo personal la propuesta que le presento a este pleno es que se ponga en letras de oro: a la universidad pública. De esa forma todos los mexicanos que han estudiado en diferentes entidades federativas estarán siendo reconocidos y no exclusivamente a los que tuvieron la suerte de ser egresados de la UNAM.

Por su atención, muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra en pro, hasta por cinco minutos, el diputado Jaime Vázquez Castillo.

El diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Esta es la casa de la representación nacional. Aquí confluyen, aquí concurren, aquí se encuentran la diversidad, la heterogeneidad, la armonía, de México. Esta es la representación de la unidad de lo diverso, de la unidad en la diversidad. Como lo es también la Universidad.

Hace unos minutos que escuchaba el razonamiento del dictamen, expuesto por el Presidente de la comisión, recordaba un debate difundido profusamente en los años posteriores a que aconteció entre dos ilustres universitarios mexicanos: Vicente Lombardo Toledano y Antonio Caso. A finales de los años veinte y principios de los años treinta la discusión era si la Universidad debiera tener un enfoque socialista o si en cambio, como sostenía Caso, debiera seguir siendo una institución en donde de manera universal se conociera, se estudiara y se difundiera la ciencia.

Pienso, compañeras y compañeros, que la Universidad, sea la nacional, sean las estatales, tiene una misma esencia.

Yo provengo de una Universidad estatal, de una universidad que desciende de los institutos de ciencias y artes, de los institutos científicos y literarios, que la Universidad Nacional tuvieron un largo peregrinar para conseguir la autonomía, que no es autarquía, que es independencia en el ejercicio del estudio de la ciencia de la investigación.

Pienso, compañeras y compañeros, que el reconocimiento a la Universidad Nacional Autónoma de México es por extensión un reconocimiento a las universidades públicas. Y aquí está precisamente el mensaje que los representantes de la nación mexicana, que estos diputados que representamos a todas las corrientes ideológicas que confluyen en el país, queremos dar a esa nación mexicana y desde luego a sus instituciones.

Tiene, para el Poder Legislativo, tiene para la Cámara de Diputados, una alta primacía la universidad pública. No sería posible entender el Siglo XX mexicano si no entendemos en las centurias anteriores la aportación intelectual, artística, cultural de la Universidad Nacional y sus antece- dentes, en el decantamiento del perfil del Estado mexicano.

No sería posible entender a las instituciones nacionales de nuestro país sin la aportación lúcida, brillante y en algunos momentos elocuente de ilustres universitarios egresados de esta institución a la que hoy habremos de rendir reconocimiento.

No coincido con el diputado que me antecedió en la palabra, en el sentido de que se demerita a la Cámara por tomar la decisión de inscribir en letras de oro el nombre de una institución. Me parece que algunos diputados ni siquiera han leído lo que está inscrito en los muros de esta Cámara de Diputados. Ya hay instituciones. Está el Heroico Colegio Militar, está la Escuela Naval Militar. En su momento y por las razones que fundamentaron los dictámenes, se acordó en la legislatura correspondiente la inscripción de estas instituciones.

Hoy queremos y afortunadamente con la coincidencia de los grupos parlamentarios y entiendo que de la inmensa mayoría de los diputados, dejar testimonio del valor, del peso y de la importancia de los mexicanos aquí representados hacia el futuro en la universidad pública, en la inscripción del nombre Universidad Nacional Autónoma de México.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene la palabra para hablar en contra, hasta por cinco minutos, el diputado Bernardo Borbón Vilches.

El diputado Bernardo Borbón Vilches:

Gracias, señor Presidente; compañeros legisladores:

No vengo a expresar la posición del grupo parlamentario al cual estoy inscrito, porque eso ya lo hizo una compañera diputada. Vengo precisamente, cuando se habla de universidades, de universalidad, a expresar mi discrepancia con una posición.

No vengo a hablar en contra de la Universidad, vengo a hablar en contra de la irresponsabilidad y la ligereza en el trabajo legislativo. Vengo a hablar en contra de la improvisación, en contra de la falta de estudio de los dictámenes, en contra de la falta de estudio de los asuntos, vengo a hablar a favor de la responsabilidad y de la libertad de pensamiento.

Y comenzaré por hacer una corrección a la presentación que aquí hizo un diputado del dictamen. Dijo que la Universidad nació de la corriente liberal. Yo le sugiero estudiar la historia de la Universidad, porque esta Universidad nació de una corriente muy diversa, por eso su nombre original fue Real y Pontificia Universidad de México.

No nos confundan, señores diputados, algunos sí hemos estudiado la historia de la Universidad...

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

¿Me permite diputado Borbón?

El diputado Bernardo Borbón Vilches:

Y yo, aclaro, no tuve la fortuna de ser universitario.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

¿Me permite, diputado Borbón?

El diputado Bernardo Borbón Vilches:

Claro.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Activen el sonido en la curul del diputado Augusto Gómez Villanueva.

El diputado Augusto Gómez Villanueva (desde su curul):

Le ruego que el señor diputado le proporcione la versión estenográfica, para que pueda verificar que nunca dije la expresión que se refiere de manera separada a la referencia expresa de la Universidad, cuatro veces centenaria.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Así será diputado. Continúe señor diputado.

El diputado Bernardo Borbón Vilches:

Gracias, señor Presidente.

El Partido Acción Nacional nació ligado a la Universidad, fue fundado por distinguidos universitarios y si algún nombre merece estar inscrito ahí en letras de oro es el del maestro Manuel Gómez Morín quien fue uno de los más fervientes defensores de la libertad de cátedra y de la libertad de la Universidad. Pero tenía que inscribirme en un sentido, de acuerdo con el Reglamento, para hablar aquí y me inscribí en contra porque voy a votar en contra, antes de que se ponga ahí en letras de oro el nombre de la Universidad, quiero que este Congreso, que esta Cámara de Diputados cumpla con su deber de revisar las cuentas públicas de la Universidad, ¿por qué si la Universidad es tan excelsa, por qué si la Universidad es tan inmaculada, por qué no presenta las cuentas públicas aquí donde debe revisarse y debe certificarse, fiscalizarse el buen uso de los recursos públicos.

Entonces sí debemos de hacerlo, así como debe revisarse también, sí diputado…

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Ha solicitado sonido en la curul del diputado Manuel Galán Jiménez y después de Amador Rodríguez Lozano.

El diputado Manuel Galán Jiménez (desde su curul):

Solamente le quiero aclarar al diputado que a partir de la Ley de Fiscalización la UNAM fue la primera Universidad que puso el ejemplo entregando las cuentas de su propia casa de estudios: del año pasado se practicó también una auditoría a la Universidad y ha sido ejemplo que han seguido ya posteriormente todas las universidades y que ya hasta el año pasado 32 universidades públicas presentaron sus estados de cuenta también.

Gracias a esto, al ejemplo de la UNAM.

El diputado Bernardo Borbón Vilches:

Gracias, diputado Manuel Galán.

Ojalá el ejemplo lo hubiera puesto la Cámara de Diputados a la cual no se le auditan sus cuentas públicas desde 1999.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

¿Me permite, diputado Borbón?, desea formular una pregunta el diputado Amador Rodríguez Lozano.

Activen el sonido en la curul del diputado Rodríguez Lozano.

El diputado Amador Rodríguez Lozano (desde su curul):

Cuando haya concluido por favor señor Presidente, con mucho gusto.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra el diputado Borbón Vilches.

El diputado Bernardo Borbón Vilches:

Si estamos hablando de Universidad estamos hablando de universalidad, estamos hablando de respeto al pensamiento ajeno y no parece coincidir lo que aquí se expresa en la tribuna con lo que se expresa desde las curules en cuanto al respeto al pensamiento ajeno.

Es todo señor Presidente, muchas gracias.

¿Cuál es la pregunta?

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Diputado Amador Rodríguez Lozano.

Activen el sonido en su curul por favor.

El diputado Amador Rodríguez Lozano (desde su curul):

Señor Presidente, le pido que me inscriba para rectificar hechos, por favor.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

¿Tiene usted inconveniente que sea una vez agotado el orden de oradores?..

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos para hablar en pro el diputado Jorge Lara Rivera.

A ver, activen el sonido en la curul del diputado Augusto Gómez Villanueva.

El diputado Augusto Gómez Villanueva (desde su curul):

Sí, solicito la palabra para aclarar hechos... Para rectificar hechos.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra, diputado Lara.

El diputado Jorge Alberto Lara Rivera:

Con el permiso de la Presidencia, gracias. ¡Buenas tardes compañeras y compañeros!

Vengo a hablar a favor de este dictamen que propone la inscripción en letras de oro en los muros de este recinto legislativo el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México. Parte de los argumentos que se han esgrimido en esta tribuna para oponerse a esta moción tienen que ver con un debate muy interesante por cierto, a propósito de ensalzar quizá personalidades o instituciones.

Yo creo que el maestro Manuel Gómez Morín, del cual todos los panistas nos sentimos muy orgullosos, hoy sin duda sería el primer suscriptor de este dictamen; sería el primer legislador que su amada Universidad Nacional Autónoma de México pudiese atestiguar los debates de este colegio deliberante.

Se ha dicho aquí que no todos los mexicanos han tenido el privilegio de estudiar en la UNAM y que por lo tanto no todos han tenido el privilegio de haber sido universitarios; yo quiero invitar cordialmente y con mucho respeto a todos los compañeros y a quienes sientan que por el simple accidente de no haber transcurrido por alguna aula universitaria en el Pedregal no se sientan universitarios, que no importa, que no hay problema, pueden ser tan universitarios como ellos quieran.

Ahí está el acervo de obras bibliográficas que los universitarios, científicos, literatos, humanistas, matemáticos, astrónomos, ingenieros, arquitectos, abogados, universitarios le han legado a la nación y que están precisamente al servicio de todos.

La Universidad, es más se dijo aquí, que una simple escuela, que una simple academia; la UNAM ha sido la matriz de diversas universidades estatales. En ella se han inspirado y los maestros de diversos estados de la República han venido a la UNAM y han regresado a sus entidades a repetir el ejemplo fundacional, que es el ejemplo que nos dejó Manuel Gómez Morín.

Ustedes saben precisamente y lo digo por mis compañeros panistas que no están convencidos por este dictamen, que fue en las lides universitarias en donde Gómez Morín se forjó una línea de pensamiento sin la cual muy probablemente no hubiese acabado el diseño de partido que fundó seis años después de haber transcurrido como rector universitario.

No tiene nada de malo compañeras y compañeros, que se reconozca a las instituciones que son insignia en este país. Aquí está la heroica Escuela Naval Militar, aquí está reconocido el Heroico Colegio Militar. Y en muchos países se reconoce que en tratándose de instituciones de educación, hay precisamente organizaciones insignias y no voy a hablar de cada uno de los países ni de cada una de estas universidades pero todos los conocemos.

Insisto, no tiene nada de vergonzante el reconocer en esta Cámara en donde se recoge la representación nacional, a una institución que desde luego le ha entregado lo mejor de sí al país y coincido con el orador que habló a favor antes de mi intervención, sería muy difícil imaginar no al México del Siglo XX, al ser nacional sin lo que la UNAM le ha dado a este país y creo en honor a la verdad, que también es muy necesario el hacer un reconocimiento a la circunstancia crítica por la cual atraviesa la máxima casa de estudios y que no está exenta de problemas y que nosotros también hemos señalado las lacras, los excesos y los abusos que muchos universitarios al amparo de ese régimen absoluto de libertades que tiene la UNAM han generado para ella y lo seguiremos haciendo.

Pero eso no es óbice compañeras y compañeros para apoyar esta moción que no hace otra cosa sino precisamente rendirse al desideratum gomezmoriniano. El desideratum gomezmoriniano especialmente del PAN, que es privilegiar a las instituciones por encima de las personas, eso fue lo que con su vida hizo Manuel Gómez Morín, por eso fundó al PAN. No hay que olvidarlo.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Para rectificar hechos solicitó la palabra el diputado Amador Rodríguez Lozano. Esta Presidencia le reconoce su derecho y le concede los cinco minutos reglamentarios.

El diputado Amador Rodríguez Lozano:

Gracias, señor Presidente.

Al legislador a quien le rectifico hechos, reconoció que no conoce la Universidad y lo demostró claramente en esta tribuna.

La Universidad ha sido siempre líder en los avances de este país. Muchas, muchas, de las propuestas que hoy son reformas constitucionales, que hoy son instituciones, que hoy son leyes, surgieron de su academia, de sus investigadores, de sus profesores, tiene el 50% o más de la investigación científica en este país; más del 70% de la difusión cultural, contiene las institucionales nacionales como la Biblioteca Nacional, como la Hemeroteca, sus institutos nacionales se encuentran diseminados por todas partes del país.

Siendo presidente de la Comisión de Contaduría Mayor de esta Cámara, citamos a los rectores de todas las universidades, para decirles que tenían que cumplir con la ley, con la Constitución que establecía un nuevo régimen respecto al control de cuentas. Y fue el rector De la Fuente el primero que puso el ejemplo y mandó un documento, para que con ése, con ese ejemplo se abriera el ostión de todos los rectores de las universidades públicas del país.

No venimos aquí, insisto, a rendirle homenaje a una institución que es solamente cemento, concreto, arena. Venimos a rendirle homenaje a una idea, aquí se habló de Gómez Morín. ¡Cómo no recordar a los siete sabios de la Universidad Nacional, donde estaba Gómez Morín, donde estaba Narciso Bassols, donde estaba Castro, donde estaban una gran cantidad de pensadores que con su movimiento crearon instituciones! ¡Cómo vamos a olvidar a Alejandro Gómez Arias, hombre brillante que con su oratoria, que con su pluma generó un movimiento que ganó la autonomía para la Universidad de México y para todas las universidades públicas!

Es a esos hombres, a esa libertad, a esa libertad de cátedra, donde se discuten ideas contrarias. Yo recuerdo al maestro don Rafael Preciado Hernández, ser uno de los maestros de la Universidad más prestigiados y como combatía sus ideas divergentes con otros maestros de la propia Facultad de Derecho y eso amigas y amigos, es el ámbito de libertad que venimos aquí a reconocer, no a edificios, sino a las ideas y a la lucha de éstas por la libertad.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Activen el sonido en la curul del diputado Fernando Pérez Noriega.

El diputado Fernando Pérez Noriega (desde su curul):

Señor Presidente, mi intención era preguntarle al orador, desde hace como tres minutos, pero usted está conversando con el vicepresidente y por lo tanto me fue imposible formular la pregunta. Entonces, en su momento después de que haya algún otro orador, me gustaría nada más, una precisión para efectos del debate, nada más, en virtud de que los oradores que han hablado a favor, se han expresado todos ellos a favor de la universidad pública.

La pregunta que le iba yo ha hacer al orador, si no era la palabra mejor escribir en letras de oro, a la universidad pública, una frase más genérica y más incluyente a nivel nacional y ésa era la pregunta que iba yo a formular.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Muchas gracias, señor diputado, no hay orador a quien le pueda formular la pregunta.

Activen el sonido en la curul del diputado Jorge Carlos Ramírez Marín.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín (desde su curul):

Señor Presidente, en primer lugar reconocemos que la responsabilidad de presidir la Mesa Directiva, obliga a hacer innumerables consultas con el staff de ésta y por supuesto con los vicepresidentes. De hecho esperamos que usted las haga, porque en la medida que las haga, la Asamblea podrá desenvolverse. Suplicamos invite usted a guardar el debido respeto hacia y con todas las instancias de esta Cámara. Vamos a tener seguramente debates muy importantes en este nuestro último día y es imprescindible que guardemos el debido respeto.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra el diputado Augusto Gómez Villanueva para rectificación de hechos, hasta por cinco minutos.

El diputado Augusto Gómez Villanueva:

Muchas gracias, señor Presidente.

Desde luego manifiesto mi respeto por el orador que hizo uso de la palabra y al cual referí que seguramente no había escuchado la parte de mi intervención en la cual mencioné los antecedentes históricos de la Universidad Nacional Autónoma de México, pero quisiera simplemente señalarle que además de que lo hice en la tribuna, en la propia Gaceta Parlamentaria se publica el día de hoy el dictamen correspondiente que yo mismo invoqué y que en los antecedentes señala que a lo largo de 452 años la Universidad ha sido el factor determinante del quehacer cultural de la nación. Está pues ahí referida la inquietud de nuestro compañero diputado respecto a los antecedentes históricos de la Universidad.

Otra cuestión que me parece fundamental aclarar y se refiere al procedimiento parlamentario. Efectivamente, el Presidente Salinas presentó una iniciativa en la cual se propone, se propuso que se inscribiese en letras de oro el nombre de Universidad Nacional Autónoma de México.

Es importante que nuestro compañero legislador sepa que esta iniciativa fue respaldada por todas las fracciones parlamentarias, es decir que de hecho la propuesta había sido consensada con los coordinadores que forman parte de la Junta de Coordinación Política, de tal manera que esto prácticamente nos daba ya un consenso de la gran mayoría o la casi total de los diputados que integramos las fracciones parlamentarias.

El celo por el cumplimiento de nuestro deber como Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, se puede establece claramente en la siguiente información.

Ustedes podrán revisar el anexo que se publicó el día de hoy, en donde dice contenido y aparecen no solamente el dictamen que corresponde a la iniciativa presentada para que el nombre de la Universidad fuera inscrito en letras de oro en el muro de la Cámara de Diputados; aparecen en este anexo, además del dictamen que reforma y adiciona la fracción X del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General, además los decretos, los proyectos de decreto para que se inscriban en letras de oro los nombres de don Mariano Bárcenas y Ramos, también del general Salvador Alvarado y a su vez hemos también dictaminado que se inscriba en letras de oro el nombre de Nezahualcóyotl y la propuesta que se hizo para que se realice una ceremonia solemne en el municipio de Pénjamo, Guanajuato, con motivo del CCL aniversario del natalicio de Miguel Hidalgo y Costilla. Agrego además el Reglamento que corresponde al canal bicamaral del Congreso.

Esto obedece a un hecho que quizá es importante aclarar para que tengamos precisión respecto a por qué no estamos legislando en forma irresponsable, como lo afirmó nuestro compañero diputado y que yo no puedo admitir de ninguna manera porque nos ha mencionado no solamente al presidente de la comisión, sino a todos los miembros integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Hemos declarado sesión permanente desde hace un mes la misma Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para desahogar todos los temas que tenemos pendientes de desahogo. De tal manera que bajo el cumplimiento más estricto del Reglamento y de la Ley Orgánica de nuestra propia Cámara, hemos emitido estos dictámenes que han cumplido con los requisitos que exige la propia ley y el propio reglamento, de tal manera que su publicación ha sido debidamente cumplida.

Ahora, habrá que preguntarnos por qué en este caso se ha propiciado o permitido o aprobado que sean las fracciones parlamentarias las que propongan que se omita la segunda lectura. Bueno, es una facultad que se tiene por las propias fracciones parlamentarias y hoy, en este momento, lo hemos aprobado.

Quiero pues finalmente decirle a mi compañero que hemos cumplido rigurosamente con los preceptos que establece el Reglamento y la Ley Orgánica.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra para rectificación de hechos el diputado José Manuel del Río Virgen.

El diputado José Manuel del Río Virgen (desde su curul):

Señor Presidente, mi posición va en el sentido de que no estamos para regatearle a la Universidad Nacional Autónoma de México ponerla en letras de oro, la posición en principio de su servidor, también fue en el sentido de que se reconociera al Instituto Politécnico Nacional, y también desde luego que por lo menos se le diera la Ley Orgánica que requiere el disfruto para hacer más fuerte administrativamente…

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

¿Pide hacer uso de la palabra?

El diputado José Manuel del Río Virgen (desde su curul):

Me permite, señor Presidente, termino diciendo que se debe de votar ya a favor este dictamen y le agradezco mucho el uso de la palabra.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Se ha registrado nada mas el diputado Uuc-kib Espadas para rectificación de hechos, tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos.

El diputado Uuc-kib Espadas Ancona:

Diputado Presidente; señores diputados:

Hago uso de esta tribuna sabiendo que las opiniones que aquí diré, discrepan de muchos queridos compañeros de mi partido y de otros partidos. Me parece que esta es, como se ha dicho ya en esta tribuna, un debate precipitado, un debate que merecía un análisis más profundo, y un debate que finalmente permitiera que intercambiáramos más ideas que prejuicios, más conceptos que preconcepciones, más razones que mitos.

Creo, y lo digo con toda franqueza, que hay una dimensión mítica en este debate que yo no puedo compartir, para muchos mexicanos, la Universidad Nacional Autónoma de México, con todo el respeto que merece esta institución, ha sido una institución absolutamente inalcanzable, no es una Universidad abierta a los estudiantes de todo el país en igualdad de condiciones.

Si la Universidad Nacional Autónoma de México puede tener la mayor parte de la investigación científica del país, puede centralizar a la mayor parte de los académicos de alto nivel, deriva no de virtudes de este país o de la Universidad sino de alguno de nuestros peores vicios, particularmente del grotesco centralismo que ha caracterizado a la educación.

La Universidad Nacional Autónoma de México efectivamente tiene un presupuesto incomparable con el de ninguna otra universidad de provincia, y me parece que la Universidad Nacional Autónoma de México tiene débitos con la nación, para que antes de merecer ser inscrita en letras de oro en los muros de esta Cámara.

No podemos negar las aportaciones de ilustrísimos académicos que han pasado por sus filas, no podemos negar las aportaciones de movimientos que han surgido o que se han de-sarrollado allí dentro, ahí está el impoluto movimiento de 1968 que por cierto no ha merecido la inscripción de la referencia a los caídos en los muros de oro de esta Cámara.

Me parece pues que sería mucho más sano postergar este debate, me parece que hay conceptos mucho más incluyentes, mucho menos centralistas y mucho menos discriminativos, que recuperarían todo lo que es la UNAM, pero que también podrían recuperar todo lo que son las unidades de provincia, y aquí también quiero ser muy enfático, pretender que las universidades de provincia no son otra cosa que “hijas de la UNAM”, es tener una gran ignorancia sobre la historia de las universidades en este país, precisamente porque reproduciendo algunos de los peores vicios de la sociedad, la UNAM ha sido una universidad profundamente centralista y también profundamente autoritaria, hay que decirlo compañeros; precisamente éstas son las razones por las que el concepto, no puede abarcar a la totalidad de la enseñanza pública en este país.

Nos parece que si nosotros estuviéramos haciendo una referencia las universidades públicas, estaríamos haciendo una referencia mucho más incluyente. No creo, pues, que deba hacerse particularmente en un debate de esta precipitación, el que la inscripción de la UNAM en letras de oro de este Congreso.

No creo realmente que sea de obvia resolución una decisión de esta naturaleza; me parece que en la discusión del carácter de la UNAM, hay una profunda discusión sobre la estructuración de la educación superior en México y que de considerarlo obvio es precisamente obviar un debate mucho más profundo.

Probablemente después de un debate profundo pudiéramos convencernos de que es correcto inscribir con letras de oro Universidad Nacional Autónoma de México, pero no puedo considerarlo obvio dada una gran cantidad de características.

La UNAM, repito, tiene débitos con la sociedad, la UNAM es un ejemplo de un gran centralismo en la educación superior y me parecería profundamente discriminativo, pretender que en este Congreso, que representa a la nación, sea sólo una de las universidades la que debe inscribirse acá.

Estadísticamente veamos a la UNAM el día de hoy: es una universidad que atiende mayoritariamente a estudiantes de dos entidades federativas, no atiende al estudiantado nacional.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra, para rectificación de hechos, la diputada Silvia Alvarez Bruneliere.

Después de la intervención de la diputada Silvia Alvarez Bruneliere y de la del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, quien se ha inscrito, consultaré a la Asamblea si está suficientemente discutido el asunto en cuestión.

La diputada Silvia Alvarez Bruneliere:

Compañeros diputadas y diputados:

Soy universitaria y provengo de una universidad pública y recuerdo una frase que me provocó a pasar a esta tribuna: “el reconocimiento, es la memoria del corazón” y si nuestras universidades públicas hoy son fuertes y han enfrentado los retos de la modernidad, no debemos olvidar, los que participamos en la administración universitaria, que la UNAM en su tiempo y en nuestras condiciones, apoyó a la superación de la universidad pública estatal. El mejor logro que podemos ver del esfuerzo, del compromiso de la UNAM es el fortalecimiento de las universidades estatales.

Hoy la Universidad Nacional Autónoma de México ha sido criticada, enfrenta una realidad, pero no podemos desconocer el esfuerzo, el apoyo, la voluntad de no solamente en la formación de los profesores investigadores que hoy actualmente fortalecen a las universidades estatales. La Universidad por su nombre es universal, estamos reconociendo a la universidad pública de México con sus cualidades, con sus defectos, porque la universidad es el reflejo de la sociedad que representa.

El conocimiento es universal, no podemos restringirlo a nuestro ámbito, la formación de nuestros recursos humanos que dan prestigio al país no únicamente están limitados al México actual.

Permítanme expresar en este momento, que como yo percibo este reconocimiento a la UNAM, es un reconocimiento al fortalecimiento de nuestras universidades públicas, es un reconocimiento a la universidad pública nacional y no podemos ni ser omisos en un reconocimiento a toda la tarea, a todo el compromiso que ha tenido la Universidad.

Termino, la Universidad no son sus edificios, no son sus autoridades, no son sus administrativos; las instituciones permanecen, los hombres pasan y las mujeres pasan.

En este sentido yo quisiera de manera respetuosa apoyar que la UNAM como representante y en ese nicho maternal que es la Universidad, acojamos y reconozcamos a la universidad pública mexicana.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene el uso de la palabra el diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, hasta por cinco minutos.

El diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta:

Con cuánta libertad se han expresado las legisladoras y los legisladores en este tema. Esto es reflejo y es muestra de la pluralidad de esta Cámara de Diputados, desafortunadamente no fue así en los años que integraron esta Legislatura. Desafortunadamente en muchos temas importantes se limitó el debate y no se abordó con esta libertad. Hoy esta libertad ha sido productiva pero también ha sido agraviada. Debiéramos hacer un esfuerzo para inclusive poder recapacitar sobre lo aquí dicho.

El proponer que se integra a los muros de honor y en letras de oro de esta Cámara de Diputados el nombre de Universidad Nacional Autónoma de México, no es cuestionar a la universidad pública; no es cuestionar el papel formador de las universidades públicas de los estados; no es cuestionar el papel formador de las universidades privadas en la capital de la República y en los estados; es reconocer el papel de la real y pontificia Universidad de México y lo que es hoy la Universidad Nacional Autónoma de México.

Es reconocer el papel de rectores de calidad universal como Ignacio Chávez, Justo Sierra, es reconocer el papel de los mártires del 2 de octubre en 1968, es mucho, son cuatro siglos, más de cuatro siglos de Universidad y no podemos negar su incorporación a los muros de honor de esta Cámara de Diputados.

Por tanto, esta libertad con la que nos hemos expresado, es prueba de la pluralidad, pero también debe ser motivo de reflexión lo dicho aquí en tribuna.

Muchas gracias.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el asunto se encuentra.

Activen el sonido en la curul del diputado Martí Batres.

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Sí, señor Presidente, quisiera solicitarle la palabra para rectificar hechos.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Diputado, con todo gusto nada más que había anunciado previa la intervención del diputado Luis Miguel Barbosa, un trámite.

Se ha agotado la lista de oradores en pro y en contra y adicionalmente han hecho uso de la palabra seis legisladores para rectificación de hechos y el anuncio había sido en el sentido que concluida la intervención del diputado Luis Miguel Barbosa, se consultaría a la Asamblea si el asunto se encuentra suficientemente discutido.

Si estaría usted de acuerdo en que se hiciera esta consulta y si insiste en utilizar su derecho de la voz, lo tendría.

Activen el sonido en la curul del diputado Martí Batres.

El diputado Martí Batres Guadarrama (desde su curul):

Gracias, señor Presidente, sí utilizaría la tribuna.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Tiene usted el uso de la palabra para rectificación de hechos hasta por cinco minutos.

Independientemente de que no hay hechos que rectificar, pero toda diputada y diputado tiene derecho a expresar su opinión, en virtud de que los oradores en pro y en contra han agotado, desde hace seis intervenciones, sus participaciones, consulto si alguna diputada o diputado desde ahora considera prudente, necesario inscribirse en la lista para que agotada ésta podamos concluir el trámite en el que nos encontramos.

¿Alguien solicita el uso de la palabra?, diputados Enrique Herrera, Eduardo Andrade, Fernando Pérez Noriega, Mónica Serrano, Raúl Gracia.

Se han inscrito, a propósito del precepto para rectificación de hechos, ocho diputados. Insiste esta Presidencia en el trámite de consultar al pleno si se encuentra suficientemente discutido el asunto.

Solicito a la Secretaría consulte si está suficientemente discutido el dictamen.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Suficientemente discutido.

El Presidente diputado Armando Salinas Torre:

Se instruye a la Secretaría abra el tablero, hasta por 10 minutos, para recabar la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en cuestión.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación del artículo único del proyecto de decreto, en lo general y en lo particular.

(Votación.)

Se emitieron 254 votos a favor, 124 en contra y 22 abstenciones.

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Aprobado el proyecto de decreto por 254 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto para que sea inscrito en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados el nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

 

LEY FEDERAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

Le ruego a la diputada Secretaria dar cuenta con el oficio dirigido a esta directiva por los coordinadores parlamentarios.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Palacio Legislativo en San Lázaro, México, DF, a 29 de abril del 2003.

Diputado federal Armando Salinas Torre, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por medio de la presente manifestamos nuestro interés para que el dictamen que propone la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables referente a la Ley Federal para las Personas con Discapacidad pueda ser presentado a la brevedad.

Solicitamos que la propuesta sea presentada el día de hoy de urgente y obvia resolución, debido a que el tema es de gran importancia para nuestro país.

Atentamente.

Diputados: Martí Batres Guadarrama, Presidente; Rafael Rodríguez Barrera, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Alejandro Zapata Perogordo, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; Bernardo de la Garza Herrera, coordinador del Partido Verde Ecologista de México, rúbrica; diputado Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador del Partido del Trabajo, rúbrica.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

En atención a la solicitud suscrita por los coordinadores de los grupos parlamentarios, le ruego, diputada Secretaria, consultar a la Asamblea en votación económica si se dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura el dictamen en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la segunda lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para las personas con Discapacidad.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión fueron turnadas para su discusión y resolución constitucional, la Iniciativa Ley de Nacional de las Personas con Discapacidad, presentada por la Diputada Laura Pavón Jaramillo, de la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional y la Iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad del Dip. Jaime Aceves Pérez, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Esta Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con las facultades que le otorgan los artículos 39, fracción I y II, inciso XII y XVIII, artículo 45 párrafo 6 inciso f) y g) y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y las que se deriven al caso, como son las contenidas en los artículos 55, 56, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, bajo la siguiente:

METODOLOGIA

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la Iniciativa en comento, desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

I. En el capítulo de “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo y turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

II. En el capítulo de “Consideraciones”, esta Comisión expresa argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar en lo general las Iniciativas en análisis.

III. En el “Contenido de la Propuesta de Ley”, se exponen los motivos y se hace una breve referencia de los temas que la componen.

I. ANTECEDENTES

1.- La Diputada Laura Pavón Jaramillo, del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa de Ley Nacional de las Personas con Discapacidad, el 4 de diciembre del 2001.

2.- El Diputado Jaime Aceves Pérez, del Partido Acción Nacional, presentó por su parte la Iniciativa de Ley Federal Para las Personas con Discapacidad, con fecha 10 de Abril de 2003.

3.- La Diputada Lorena Martínez Rodríguez del Partido Revolucionario Institucional presentó la Iniciativa de Ley Federal Para la Cultura del Sordo, con fecha 13 de Noviembre de 2001. El 14 de noviembre del mismo año fue turnada a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Educación y Servicios Educativos y de Cultura de esta Cámara. Cabe señalar que aunque ésta no se está dictaminando, ha sido objeto de consulta y análisis para enriquecer el contenido del presente dictamen.

4.- La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, conoció las propuestas de Ley, procediendo a realizar reuniones para estudiarlas, analizarlas, discutirlas, e intercambiar puntos de vista tendientes a su posterior dictaminación.

5.- Con fecha 28 de abril de 2003, el Pleno de la Comisión celebró una sesión para discutir, analizar, modificar y aprobar el presente dictamen, mismo que en este acto se somete a consideración de esta Soberanía, en los términos que aquí se expresan.

6.- Por lo tanto, los diputados proponentes consideramos que existen amplias coincidencias conceptuales y propósitos de atender la problemática social, cultural y económica que viven las personas con discapacidad en las dos Iniciativas de Ley revisadas, por lo que esta Comisión decidió examinarlas en conjunto y determina resolverlas en un solo dictamen; y de conformidad con los antecedentes indicados formula las siguientes:

II. CONSIDERACIONES

En todas partes del mundo y en toda sociedad hay personas con discapacidad que requieren y demandan condiciones jurídicas, sociales y económicas que les permitan acceder a una igualdad de oportunidades y evitar que sean objeto de cualquier forma de exclusión. Las organizaciones internacionales informan sobre el número de personas con discapacidad en el mundo. Tan sólo en México y de acuerdo con el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, existen cerca de 1.8 millones de personas con algún tipo de discapacidad permanente o de largo plazo, de las cuales 813 mil son discapacitados motrices, 467 son discapacitados visuales, 289 mil padecen discapacidad mental, 281 mil son discapacitados auditivos y el resto padece otro tipo de discapacidades.

Tomando en consideración que el promedio de integrantes de la familia mexicana es de 4.3 miembros, de acuerdo a datos del censo referido, estimamos que la presente propuesta de Ley tendría un impacto en aproximadamente 7.7 millones de mexicanas y mexicanos que tienen contacto directo o indirecto con la problemática de la discapacidad, 3.5 millones con la discapacidad motriz, 2 millones con la discapacidad visual, 1.2 millones con la discapacidad mental,1.2 millones con la discapacidad auditiva y 122 mil personas con la discapacidad del lenguaje.

Por ello, resulta de particular importancia, que las personas con algún tipo de discapacidad demandan atención especial de las instituciones públicas. Por su importancia numérica, la discapacidad motriz resulta prioritaria para cualquier acción de política pública. Se considera que la principal forma de discapacidad en México es la motriz, seguida de la visual y auditiva, sin dejar de lado la discapacidad intelectual. En este sentido, el número de personas con discapacidad motriz asciende 814 mil personas, con discapacidad visual

Las propuestas de Ley en comento, innova las visiones y enfoques tradicionales con los que, desde tiempo atrás ha sido analizado el tema de la discapacidad. Por primera vez, se incorporan otros enfoques que van más allá de las aproximaciones meramente rehabilitatorias. Así por ejemplo, cuando en la ley es tratado el problema de las personas con discapacidad auditiva, se hace una reconocimiento no sólo de la dimensión de su discapacidad, sino también en atención a sus demandas de reconocimiento de sus derechos lingüísticos a través de la expresión de señas, toda vez que argumentan haber sido objeto de marginación en la búsqueda por integrarse plenamente a la sociedad. Por ello, la presente ley como una acción afirmativa a favor de este grupo social, hará un reconocimiento de la Lengua de Señas Mexicana.

En el mismo sentido, las personas con discapacidad visual han defendido y avalado el derecho al Sistema de escritura Braille como el medio a través del cual pueden intercomunicarse con la sociedad así como tener acceso a la lectura y a la información en general, sin olvidar que el resto de los tipos de discapacitados han expresado sus demandas para una atención integral en exigencia a sus derechos.

Las dos iniciativas de Ley en estudio, turnadas a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables establecen una serie de disposiciones para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el ámbito de su competencia establezcan los procedimientos necesarios a fin de que las personas con discapacidad logren su incorporación plena a la sociedad.

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables reconoce que son sus grupos de atención los que se encuentran en mayores situaciones de marginación e indefensión. Los efectos de estos fenómenos sociales asociados a la vulnerabilidad, si bien afectan de forma negativa a la sociedad en su conjunto, se agudizan en los adultos mayores, los niños y las personas con discapacidad, a lo cual se suman sus particulares problemas de salud, vivienda, accesibilidad e inserción laboral, por mencionar solo algunos.

Es por ello que atacar las causas de la diferenciación social y sus consecuencias en estos segmentos poblacionales, debe ser uno de los principales temas de la agenda gubernamental. En el caso de nuestro país, en el pasado reciente, la atención de la acción pública ha empezado a centrarse en estos grupos, por lo cual se han instrumentado algunos programas; sin embargo, aún falta construir el camino por medio del cual se estructuren estos esfuerzos para darles permanencia.

En este sentido, los integrantes de esta Comisión, no podemos soslayar o dejar de lado los enormes retos que en todos los ámbitos de la vida, enfrentan las personas con discapacidad, por lo que compartimos el espíritu que anima las iniciativas de discapacidad presentadas, sobre la urgencia de establecer y garantizar las condiciones que permitan a las personas con discapacidad la igualdad de oportunidades, y prohibir y sancionar cualquier tipo de discriminación en su contra, pero consideramos igualmente importante que las propuestas estén bien diseñadas para garantizar su aprobación, aplicación y observancia.

Uno de los aspectos de esta Ley es el establecimiento de un Subsistema de Educación Bilingüe para sordos en todo el territorio nacional. Asimismo, la Administración Pública Federal promoverá la implementación de programas tendientes a que los medios masivos de comunicación promuevan el uso de tecnologías disponibles, que habrán de facilitar la adecuada comunicación del contenido de su programación a las personas con discapacidad.

Las disposiciones previstas en esta Ley se llevarán a cabo considerando las limitaciones presupuestales y de reforma a procesos y programas, por lo que esta Ley tendrá un enfoque de gradualidad, estimando como lapso de tiempo adecuado 15 años a partir de la fecha de entrada en vigor de ésta para la cabal observancia de lo que enuncia.

El esfuerzo realizado durante décadas por miles de mexicanos con y sin discapacidad, ha generado un movimiento social intenso, irreversible e histórico, y en colaboración con el Gobierno de la República y las organizaciones sociales, han sumado día con día más voluntades en pro y defensa de los derechos humanos y sociales de quienes viven una discapacidad.

El movimiento social de las personas con discapacidad en el ámbito nacional, logró en la pasada administración del Ejecutivo Federal, el reconocimiento de este complejo y diverso problema social, además de la incorporación del tema en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, sentando así las bases de la política social que hoy comprometen a México para recuperar los años perdidos y atender responsablemente a este sector de la población en sus necesidades, rezados y actitudes en contra de la población con discapacidad, tales como la discriminación, la exclusión o el rechazo.

También han sido muy importantes los avances que en materia de discapacidad, ha llevado a cabo la administración del Presidente Vicente Fox, pues para el periodo 2001 - 2006, se han adoptado ya las decisiones y acciones de planeación desde el mismo Plan Nacional de Desarrollo para efecto de atender de manera más enfática y decidida a las personas con discapacidad. Así, fue creada la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad que actualmente está operando bajo la supervisión directa del propio Presidente de la República.

Hay que reconocer que uno de los aspectos novedosos de los últimos dos presupuestos de egresos enviados por el Poder Ejecutivo a la Cámara de Diputados es que se comienza a estimar la cantidad de los recursos federales que se asignan para la atención de estos grupos de población que por sus características, requieren de acciones específicas y diferenciadas.

Por primera vez en la Exposición de Motivos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, se contemplaron apartados en los que se enunciaba la problemática, las estrategias y los recursos para la eliminación de la discriminación y la violencia hacia las mujeres, la promoción de oportunidades e incorporación de la juventud en el desarrollo del país, la participación de los pueblos indígenas en el desarrollo nacional, y la atención a población en desamparo y grupos vulnerables.

Esta propuesta considera los esfuerzos que se llevan a cabo por parte de las dependencias y entidades de la administración pública federal, tales como la Secretaría de Salud, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la Secretaría de Educación Pública (SEP), y los de la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad de la Presidencia de la República, consciente de que el problema de la discapacidad también es un asunto de coordinación de instituciones y de potenciación de acciones para garantizar la efectividad de las políticas y no se consigan solo esfuerzos aislados y dispersos.

Otro avance importante de quienes en México trabajan por mejorar las condiciones de la población con discapacidad, ha sido la promulgación de leyes locales de integración en las 32 entidades federativas y 38 reformas o adiciones que se han realizado a diversas Leyes de carácter federal. En este tema es muy importante señalar que no se busca la invasión de competencias, sino que la administración pública federal asuma su responsabilidad de atender a las personas con discapacidad, sumada a los esfuerzos que ya se realizan en el ámbito local.

En materia legislativa, podemos afirmar que la situación de nuestro país ante la comunidad internacional y la sociedad mexicana, es hoy mucho más positiva que hace once años.

III. CONTENIDO DE LA PROPUESTA DE LEY

El proyecto de Ley se conforma de 47 artículos distribuidos en 2 capítulos y tienen como objeto establecer las bases que permitan obtener la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en los diversos ámbitos de la vida social, correspondiendo la aplicación de la presente ley al Ejecutivo Federal, a través de las dependencias y entidades que conforman la Administración Pública Federal.

En sus diferentes apartados, se abordan de manera específica a las personas con discapacidad en las materias de salud, habilitación y rehabilitación, empleo y capacitación, educación, equipamiento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones y vivienda, asistencia social y jurídica y el arte y cultura.

En salud, habilitación y rehabilitación, se establece que aquellas personas que su discapacidad les resulte un obstáculo en la continuidad o integración educativa, laboral o social, deberán recibir servicios de prevención, salud, habilitación y rehabilitación.

En el empleo y capacitación, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá e impulsará la definición de políticas y programas nacionales, encaminados a la integración laboral de las personas con discapacidad. Asimismo, se especifican sus derechos y se enfatiza el apoyo al trabajo protegido.

En la esfera educativa, se busca brindar servicios bibliotecarios especializados, en inmuebles, infraestructura y personal apropiados y con material de consulta disponible para cualquier tipo de discapacidad.

En lo que se refiere al equipamiento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones y vivienda, se establecen las disposiciones para que las personas con discapacidad cuenten con un entorno y medio físico adecuado a su condición que les permita la accesibilidad, la adecuación de la infraestructura y la vivienda.

En lo referente a la asistencia social y jurídica, se dicta que todas las personas con discapacidad serán sujetos de la asistencia social, en los términos de la legislación aplicable y que para que las personas discapacitadas, puedan comprender y ejercer plenamente sus derechos y obligaciones, ante la Administración Pública Federal, se les deberá dotar de los recursos tecnológicos y humanos calificados.

En cuanto al arte y cultura, todas las personas con discapacidad podrán acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de cultura y colaborar en la gestión cultural, asimismo, se acercarán los servicios culturales de acuerdo a sus particularidades.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Grupos Vulnerables nos permitimos someter a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ARTICULO UNICO.- Se expide la Ley Federal para las Personas con Discapacidad, para queda como sigue:

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Las disposiciones de esta ley son de orden público y de interés social. El objeto de la misma es establecer las bases que permitan obtener la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en los diversos ámbitos de la vida social.

Artículo 2.- La aplicación de la presente ley corresponde al Ejecutivo Federal, a través de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Artículo 3.- El Ejecutivo Federal:

I. Propondrá la coordinación de los sectores público, social y privado, para establecer los planes y programas a favor de las personas con discapacidad del país.

II. Propondrá en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, las partidas correspondientes para la aplicación y ejecución de los programas federales dirigidos a las personas con discapacidad.

III. Promoverá el otorgamiento de estímulos fiscales a favor de los prestadores de servicios de asistencia social apersonas con discapacidad, conforme a lo que se establezca en la legislación aplicable.

IV. Promoverá la celebración de acuerdos y convenios de colaboración con organizaciones privadas y sociales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a las personas con discapacidad.

Artículo 4.- Para fines de la presente ley, se entenderá por:

I. Persona con discapacidad.- Todo ser humano que presenta temporal o permanentemente una limitación, pérdida o disminución en sus facultades físicas, intelectuales ó sensoriales para realizar actividades que le son connaturales.

II. Prevención.- La adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias físicas, intelectuales, mentales y sensoriales.

III. Rehabilitación.- Proceso de duración limitada y con un objetivo definido, de orden médico, social y educativo entre otros, encaminado a facilitar que una persona con discapacidad alcance un nivel físico, mental, sensorial optimo, que permita compensar la pérdida de una función, así como proporcionarle una mejor integración social.

IV. Estimulación Temprana.- Atención brindada al niño entre 0 y 7 años para potenciar y desarrollar al máximo sus posibilidades físicas, intelectuales, sensoriales y afectivas mediante programas sistemáticos y secuenciados que abarquen todas las áreas del desarrollo humano, sin forzar el curso lógico de su maduración.

V. Equiparación de Oportunidades.- Proceso de adecuaciones, ajustes y mejoras necesarias en el entorno jurídico, social, cultural y de bienes y servicios, que faciliten a las personas con discapacidad una integración, convivencia y participación en igualdad de oportunidades y posibilidades con el resto de la población.

VI. Asistencia Social.- Conjunto de acciones para atender y mejorar las circunstancias de carácter social que impiden al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física, mental o sensorial, y que buscan lograr su incorporación a una vida plena y productiva.

VII. Ayudas Técnicas.- Dispositivos tecnológicos que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales motrices, sensoriales, intelectuales o emocionales de las personas con discapacidad, con el propósito de impedir la progresión o derivación en otra u otras discapacidades.

VIII.- Estenografía proyectada.- Es el oficio y la técnica de transcribir un monólogo o un diálogo oral de manera simultánea a su desenvolvimiento, y, a la vez, proyectar el texto resultante por medios electrónicos visuales o en Sistema de escritura Braille.

IX.- Sistema de escritura Braille.- Sistema para la comunicación representado mediante signos en relieve, leídos en forma táctil, por los ciegos.

X. Barreras Físicas.- Todos aquellos obstáculos que dificultan, entorpecen o impiden a las personas con discapacidad su libre desplazamiento en lugares públicos o privados, exteriores, interiores o el uso de los servicios comunitarios.

XI. Educación Especial.- Conjunto de servicios, programas, orientación y recursos educativos puestos a disposición de las personas, para favorecer su desarrollo integral, y facilitar la adquisición de habilidades y destrezas que les capaciten para lograr los fines de la educación.

XII. Lengua de Señas.- Es la lengua nativa de una comunidad de sordos, forma parte del patrimonio lingüístico de dicha comunidad y es tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral.

XIII. Servicios de Apoyo.- Son aquellas ayudas técnicas, equipo, recursos auxiliares, asistencia personal y servicios de educación especial requeridos, para aumentar el grado de autonomía y garantizar oportunidades equiparables de acceso al desarrollo a las personas con discapacidad.

XIV. Organizaciones Vinculadas con la Discapacidad.- Todas aquellas figuras asociativas constituidas legalmente para el cuidado, atención y salvaguarda de los derechos de las personas con discapacidad, que buscan apoyar y facilitar su participación en las decisiones relacionadas con el diseño, aplicación y evaluación de programas para su desarrollo e integración social.

XV.- Comunidad de Sordos.- Todo aquel grupo social, cuyos miembros tienen como característica fundamental no poseer el sentido auditivo para sostener una comunicación y socialización natural y fluida en lengua oral alguna.

XVI. Norma Oficial.- Norma Oficial Mexicana para la Atención Integral a Personas con Discapacidad.

XVII. Normas Uniformes.- Normas Uniformes Sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

XVIII. Convenio 159.- Tratado sobre la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas de la Organización Internacional del Trabajo.

CAPITULO IIDE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Sección Primera De la Prevención, Salud, Habilitación y Rehabilitación

Artículo 5.- Aquellas personas que su discapacidad les resulte un obstáculo en la continuidad o integración educativa, laboral o social, deberán recibir servicios de prevención, salud, habilitación y rehabilitación, de conformidad con la legislación en la materia.

La Secretaría de Salud, y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, implementarán programas que tiendan a asegurar la prevención, detección temprana de discapacidades en población infantil, la rehabilitación. Así como prever la cobertura de estos en todo el país, considerando las limitaciones presupuestales y normativas.

Artículo 6.- El Ejecutivo Federal considerará la prevención de las discapacidades como una prioridad en el campo de la salud pública y la asistencia social. Para tal fin, se adoptarán las medidas necesarias, considerando las limitaciones de recursos públicos y los criterios de gradualidad que se diseñen para su implementación.

Artículo 7. La Secretaría de Salud y las demás dependencias competentes de la Administración Pública Federal, considerando la opinión de los sectores privado y social, definirán y ejecutarán acciones de políticas de prevención de discapacidades.

Artículo 8. Las políticas públicas de prevención de las discapacidades, tendrán los siguientes objetivos:

I. Generar sistemas de atención primaria de salud, particularmente en zonas de extrema pobreza y rurales.

II. Brindar atención prenatal y perinatal.

III. Proporcionar asistencia pediátrica.

IV. Ofrecer cuidados médicos y psicológicos.

V. Prestar cobertura universal de inmunizaciones contra enfermedades infecto contagiosas.

VI. Detectar y diagnosticar dentro de los primeros meses de vida del menor, su estado de salud.

Artículo 9.- La habilitación y rehabilitación integral de las personas con discapacidad tiene como objeto, el desarrollo de su destreza y funcionalidad, así como dotarlos de elementos que puedan compensar su discapacidad.

Artículo 10. Los procesos de habilitación y rehabilitación integral, comprenderán:

I. Habilitación o rehabilitación medico funcional.

II. Tratamiento y orientación psicológica, dirigido a potenciar el máximo de sus capacidades residuales.

III. Educación especial y regular y,

IV. Habilitación o rehabilitación laboral.

Artículo 11. La Secretaría de Salud, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, en coordinación con las demás dependencias de la Administración Publica Federal, con la opinión de las instituciones privadas y sociales, diseñarán y ejecutarán políticas públicas encaminadas para emprender acciones de habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad.

Artículo 12. La Secretaría de Salud promoverá, que los centros de salud y de rehabilitación del país capaciten al personal médico y administrativo, para la atención a personas con discapacidad. Para tal efecto deberá:

I. Elaborar y expedir normas técnicas para la atención de las personas con discapacidad con el fin de que dichos centros dispongan con instalaciones y equipos adecuados para la prestación de los servicios y,

II. Establecer programas de actualización continua para el personal especializado en rehabilitación.

Sección SegundaDel Empleo y Capacitación

Artículo 13. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá la definición de políticas y programas nacionales, encaminados a la integración laboral de las personas con discapacidad.

Artículo 14. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y la de Educación Pública, promoverán programas coordinados para la capacitación para el empleo y el desarrollo de actividades productivas para personas con discapacidad.

Artículo 15. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, promoverán la firma de convenios y acuerdos de cooperación e información sobre: generación de empleo, capacitación, adiestramiento y financiamiento para las personas con discapacidad, ante otras instancias de Gobierno y organizaciones de la sociedad civil.

Artículo 16. Las empresas que fomenten el trabajo protegido, entendiéndose éste como la actividad que realizan las personas con discapacidad intelectual, recibirán los estímulos que establece la legislación de la materia.

Artículo 17. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social impulsará para el empleo, capacitación y adiestramiento de las personas con discapacidad, las siguientes acciones:

I. La elaboración de programas nacionales de empleo y capacitación para la población con discapacidad.

II. La implementación de aquéllas para la incorporación de personas con discapacidad al sistema de trabajo o talleres protegidos.

Artículo 18. A las personas con discapacidad no se les podrá:

I.- Prohibir la libre elección de empleo, o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo.

II.- Establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales.

III.- Limitar el acceso a los programas de capacitación y de promoción profesional

Artículo 19. Los patrones que tengan en su planilla trabajadores con discapacidad, deberán:

I. Proporcionar oportunamente a sus trabajadores con discapacidad, el equipo y herramientas necesarios, considerando aquellos que son especiales por su situación en particular.

II. Procurar con la colaboración de los trabajadores, contar con los medicamentos, material de curación acorde a las necesidades de éstos.

III. Entregar y fijar visiblemente de manera accesible para sus trabajadores con discapacidad, las disposiciones que contengan los reglamentos e instructivos de seguridad e higiene, y

IV. Tener personal capacitado en el Lenguaje de Señas que permita la comunicación entre el jefe inmediato y el trabajador con discapacidad auditiva.

Artículo 20. Son obligaciones de los trabajadores con discapacidad:

I. Cumplir con la normatividad laboral vigente que le sea aplicable.

II. Observar las medidas preventivas y de higiene del establecimiento laboral, así como las que se instituyan en beneficio de su seguridad en particular, y

III. Someterse a los reconocimientos médicos, previstos en la normatividad correspondiente, en particular aquellos, que por su tipo de discapacidad se requieran.

Sección TerceraDe la Educación

Artículo 21. La educación que se imparta para las personas con discapacidad contribuirá a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes.

Artículo 22. Las autoridades educativas procurarán:

I. La formación, actualización, capacitación y profesionalización de los docentes que intervengan directamente en la incorporación educativa de personas con discapacidad.

II. Promover servicios bibliotecarios especializados, en inmuebles, infraestructura y personal apropiados y con material de consulta disponible para cualquier tipo de discapacidad y,

III. Ofrecer servicios de educación, en centros especializados, para personas con discapacidad, cuando por su tipo de discapacidad no pueda acceder al sistema de educación regular requieran atención de rehabilitación medico funcional.

IV. Formar grupos de capacitación en el uso del lenguaje de señas.

V. Diseñar e instrumentar el Subsistema Nacional de Educación Pública Bilingüe para Sordos que comprenda la enseñanza del idioma español y el lenguaje de señas.

VI. Realizar los ajustes a los programas de formación de profesores y a los planes de estudio en materia de educación para personas con discapacidad.

VII. Actualizar los instrumentos para la impartición de la educación para personas con discapacidad, así como los mecanismos de operación de los programas.

VIII. Diseñar e implementar programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del español, trabajadores sociales y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del español y el Lenguaje de Señas.

IX. Promover programas que impulsen la participación pública, privada y social con el fin de que en las entidades federativas se establezcan internados y escuelas regulares bilingües para infantes sordos, de acuerdo a las necesidades de atención detectadas, favoreciendo a los que provengan de zonas rurales y de escasos recursos económicos.

X. Impulsar toda forma de comunicación escrita que facilite al sordo hablante, al sordo señante o semilingüe, el desarrollo y uso de la lengua en forma escrita.

XI. Impulsar programas de investigación, preservación y desarrollo de la lengua de señas, de las personas con discapacidad auditiva, y de las formas de comunicación de las personas con discapacidad visual.

Artículo 23.- Se declara a la Lengua de Señas Mexicana como lengua nacional, parte del patrimonio lingüístico con que cuenta la nación mexicana, y es el medio de comunicación natural que utilizan para comunicarse entre si, y con la comunidad oyente, las personas con sordera en todo el territorio de la República Mexicana.

Artículo 24.- Las lenguas que se utilizarán en el Subsistema Nacional de Educación Pública Bilingüe para Sordos, así como en los servicios de interpretación y traducción certificados por el Estado, serán la Lengua de Señas Mexicana y el español. Sin embargo, el uso suplementario de otra lengua de señas, lecto-escrita u oral se promoverá cuando las circunstancias regionales así lo requieran.

Artículo 25. Los sordos semilingües y hablantes tendrán el derecho de acceder a la Lengua de Señas Mexicana.

Artículo 26.- Para facilitar el acceso de los ciegos y sordos a la información y la cultura lecto-escrita, el Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas del país, preveerá que un porcentaje mínimo del acervo de cada institución, tomando en consideración criterios de biblioteconomía, deberá estar disponible en Sistema de escritura Braille y en audio. Asimismo se preverá que los acervos digitales estén al alcance de las personas con discapacidad.

Sección Cuarta Del Equipamiento, Facilitación Arquitectónica, Transporte, Telecomunicaciones y Vivienda

Artículo 27. Las personas con discapacidad podrán contar con un entorno y medio físico adecuado a su condición que les permita la accesibilidad a estos.

Artículo 28. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, para el cumplimiento de esta sección, llevarán cabo:

I. La expedición o actualización de reglamentos, normas oficiales mexicanas, manuales, lineamientos técnicos y demás instrumentos relacionados con la materia de la accesibilidad en general para las personas con discapacidad.

II. El impulso a la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de discapacidad.

Artículo 29. Para facilitar la accesibilidad, en las construcciones se contemplarán entre otros, los siguientes principios:

I. Que sean de carácter universal y adecuados para todas las personas;

II. Que cuenten con señalización informativa, preventiva o reglamentaria necesaria y suficiente, así como con sistemas de alarmas especiales, que faciliten su uso a todas las personas; y

III. Que en la planeación y ejecución de obras se consideren las especificaciones técnicas y requisitos que permitan la accesibilidad en el medio construido.

Artículo 30. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, promoverán que en los programas de vivienda se establezcan facilidades para el otorgamiento de créditos a las personas con discapacidad, de conformidad a la legislación aplicable.

Además, promoverán que en los programas de vivienda se prevea un porcentaje de viviendas accesibles o adaptables para personas con discapacidad.

Artículo 31. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal impulsarán programas de financiamiento para la adaptación o habilitación de la vivienda para personas con discapacidad, debiendo considerar aspectos tales como:

I. Que la asignación de los recursos se priorice a aquellas personas con discapacidad en mayor desventaja económica, y

II. Que se promueva que las compañías constructoras de proyectos integrales, estén orientados a la edificación de viviendas y entornos accesibles.

Artículo 32. Corresponde a las autoridades competentes de la Administración Pública Federal impulsar programas que permitan la accesibilidad, seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte público y de comunicación para las personas con discapacidad.

Artículo 33. Las autoridades correspondientes deberán vigilar que, en el caso de la prestación del servicio de transporte público, se consideren las condiciones establecidas en el artículo anterior.

Artículo 34. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal promoverán programas de estímulos para que las empresas concesionarias del servicio de transporte público, realicen la adecuación gradual de unidades o renovación de éstas, considerando la normatividad aplicable, para el acceso y uso por parte de personas con discapacidad.

Artículo 35. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, con la participación de los sectores privado y social, promoverán programas que fomenten el desarrollo de la tecnología para que las personas con discapacidad auditiva y visual usen los medios de comunicación electrónicos, con la participación de los sectores privado y social.

Artículo 36.- Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal, promoverán la implementación de programas tendientes a que los medios masivos de comunicación, principalmente la televisión, los servicios de telefonía, los medios de entretenimiento así como la cinematografía y el teatro, promuevan el uso de tecnologías disponibles, que se establecerán en el Reglamento de la presente Ley, y que habrán de facilitar la adecuada comunicación del contenido de su programación a las personas con discapacidad.

Sección QuintaDe la Asistencia Social y Jurídica

Artículo 37. Todas las personas con discapacidad serán sujetos de la asistencia social, en los términos de la legislación aplicable.

Artículo 38. Las políticas de asistencia social que se promuevan para las personas con discapacidad procurarán los siguientes objetivos:

I. La plena integración social, respetando los principios de equidad;

II. La extensión cuantitativa y cualitativa de los servicios;

III. Los criterios de distribución, y

IV. Programas interinstitucionales de atención integral de la población con discapacidad.

Artículo 39. Las autoridades de la Administración Pública Federal, de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad vigente en la materia, propiciarán el diseño y la formación de un Sistema Nacional de Información Sobre los Servicios de Asistencia Social para Personas con Discapacidad, con el objeto de identificar y difundir la existencia de los diferentes servicios de asistencia social y las instancias que los otorguen.

Artículo 40. El Gobierno Federal podrá celebrar convenios con los sectores privado y social, a fin de:

I. Promover los servicios de asistencia social para las personas con discapacidad en todo el país;

II. Promover la aportación de recursos materiales, humanos y financieros;

III. Procurar la integración y el fortalecimiento de la asistencia pública y privada;

IV. Establecer mecanismos para la demanda de servicios de asistencia social; y

V. Los demás que tengan por objeto garantizar la prestación de servicios de asistencia social para las personas con discapacidad.

Artículo 41. Las autoridades de la Administración Pública Federal competentes impulsarán el desarrollo de la investigación de la asistencia social para las personas con discapacidad, a fin de que la prestación de estos servicios se realice adecuadamente.

Artículo 42. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal considerarán prioritariamente, en materia de asistencia social para personas con discapacidad:

I. La prevención de discapacidades;

II. La rehabilitación de las personas con discapacidad;

III. La orientación nutricional y alimentación complementaria;

IV. El desarrollo comunitario en localidades y zonas marginadas; y

V. Todas las demás que tengan como objeto mejorar las condiciones sociales y permita potenciar las capacidades de las personas con discapacidad.

Artículo 43. Para que las personas con discapacidad ejerzan plenamente sus derechos ante la Administración Pública Federal, se procurará dotarles de los recursos tecnológicos y humanos calificados, tales como estenografía proyectada, intérpretes y traductores de Lengua de Señas Mexicana, de Sistema de escritura Braille, trabajadores sociales debidamente certificados, entre otros, cuando las condiciones económicas de las personas con discapacidad lo ameriten.

Sección Sexta Del Arte y Cultura

Artículo 44. Todas las personas con discapacidad podrán acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de cultura y colaborar en la gestión cultural.

Artículo 45. Las autoridades competentes de la Administración Pública Federal promoverán que el arte y la cultura procure el desarrollo de las capacidades artísticas de las personas con discapacidad.

Artículo 46. Las autoridades de la Administración Pública Federal competentes procurarán la definición de políticas y acciones tendientes a:

I. Fortalecer y apoyar las actividades artísticas y culturales vinculadas con las personas con discapacidad, particularmente las desarrolladas por éstas; y

II. Prever que las personas con discapacidad cuenten con las facilidades necesarias para acceder y participar en la generación de cultura.

Artículo 47. Las autoridades de la Administración Pública Federal competentes impulsarán en sus políticas y programas los siguientes principios:

I. Concientización. Generar y difundir entre la sociedad el respeto a la diversidad y participación de las personas con discapacidad en el arte y la cultura.

II. Integración. Establecer condiciones de inclusión de personas con discapacidad para lograr equidad en la promoción, el disfrute y la producción de servicios artísticos y culturales.

III. Accesibilidad. Promover la realización de las adecuaciones materiales necesarias para que las personas con discapacidad tengan acceso a todo recinto donde se desarrolle cualquier actividad cultural. Difusión de las actividades culturales. Impulsar la capacitación de recursos humanos y el uso de materiales y tecnología a fin de lograr la integración de las personas con discapacidad en las actividades culturales; y fomentar la elaboración de materiales de lectura, así como los implementos adecuados para las personas con discapacidad.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor a los 180 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Ejecutivo Federal expedirá el Reglamento de esta Ley en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de ésta.

Tercero.- Los programas que establece la presente ley, comenzarán a partir del siguiente ejercicio fiscal inmediato, a la entrada en vigor de ésta.

Cuarto.- El Ejecutivo Federal tendrá un plazo de hasta 15 años para dar total cumplimiento a los programas así como a la formación de recursos humanos y la provisión de recursos tecnológicos previstos en esta ley. Para tal efecto, se establecerán criterios de gradualidad de tiempo y forma.

IV. Resolutivo.

Unico.- Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de Comisión de Atención Grupos Vulnerables de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, consideramos procedente las iniciativas en comento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de abril de 2003.— Diputados: Enrique Villa Preciado (rúbrica), Raquel Cortés López (rúbrica), Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Alba Leonila Mendez Herrera (rúbrica), Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica), Elba Arrieta Pérez (rúbrica), Gumercindo Álvarez Sotelo (rúbrica), Esveida Bravo Martínez, Pedro Pablo Cepeda Sierra (rúbrica), José Abraham Cisneros Gómez (rúbrica), Ma. Elena Lourdes Chávez Palacios, Nemesio Domínguez Domínguez, Jorge Luis García Vera (rúbrica), Beatriz Guadalupe Grande López (rúbrica), Julio César Lizárraga López, Jaime Aceves Pérez (rúbrica), Sergio Maldonado Aguilar (rúbrica), Raúl Martínez González, Esperanza Santillán Castillo (rúbrica), Gregorio Arturo Meza (rúbrica), Ricardo Augusto Ocampo Fernández, Patricia Aguilar García, Benjamín Ayala Velásquez (rúbrica), Jesús Alejandro Cruz Gutiérrez (rúbrica), Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, Esteban Daniel Martínez Enríquez, Nohelia Linares González, Lourdes Gallardo Pérez (rúbrica), Juan Manuel Santamaría Ramírez (rúbrica), Luis Herrera Jiménez (rúbrica).»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Ruego a la Secretaría disponer lo conducente para que el intérprete que se ha solicitado para el desahogo de este asunto, pase a ocupar un lugar donde pueda desempeñar su trabajo.

Para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento Interior, tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos el señor diputado Gregorio Arturo Meza de la Rosa.

El diputado Gregorio Arturo Meza de la Rosa:

Con la venia de la Presidencia; buenas tardes a todos:

Hacemos uso de esta tribuna para fundamentar el dictamen de la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

Me dirijo a los legisladores, medios de comunicación y a las personas con discapacidad para decirles que hoy es un día singular, porque después de tantos esfuerzos legislativos de ésta y de pasadas legislaturas, hoy se culmina con una de las etapas más importantes, ya que este dictamen dará vida a la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

La comisión me ha encomendado manifestarles que las personas con discapacidad tienen todo nuestro apoyo, admiración, consideración y respeto, y que en cada una de las esferas del poder público que desempeñemos, pugnaremos por el respeto a sus derechos y a la igualdad de oportunidades.

Nuestra posición no es avivar la retórica o las propuestas inalcanzables, sino ofrecerles respuestas concretas y medidas efectivas y novedosas que los beneficien.

No queremos que sean objeto de manipulaciones o de actitudes paternalistas, por el contrario, creemos que deben contar con el apoyo gubernamental, pero en un marco de las libertades individuales.

Por eso esta nueva ley pretende llevar a cabo las acciones de forma gradual sin limitar los derechos de las personas con discapacidad, pero al mismo tiempo toma en cuenta las restricciones de recursos y las acciones que en materia de política pública ya se llevan a cabo.

Debemos considerar la ley que hoy ponemos a su consideración y aceptación y es una acción a favor de unos de los grupos de mayor vulnerabilidad de nuestra sociedad, así como una respuesta a las múltiples exigencias para que se les facilite el ejercicio de sus derechos con objeto de obtener una igualdad de oportunidades en todos los ámbitos.

En la ley se invita a participar a las dependencias gubernamentales federales para lograr la inclusión total de las personas con alguna discapacidad a la sociedad, para contribuir y enriquecer la cultura de integración, así como la conscientización entre la población. Es decir, es una forma que pretende cambiar la concepción de la discapacidad con el que se inspiran muchas acciones y políticas de Gobierno.

Debemos cambiar nuestra visión y empezar a trabajar juntos para continuar luchando por la integración de las personas con discapacidad, toda vez que no podemos soslayar el hecho de que se enfrentan a retos enormes en todos los ámbitos de la vida.

Es tiempo de aceptar que no sólo la justicia social es lo que las procura porque son parte de nuestra sociedad y de nuestras familias.

Debemos de sumarnos a la lucha por defender sus derechos y garantías inalienables, por su no discriminación, pero sobre todo, en nuestro papel como legisladores, es una obligación elaborar propuestas que cumplan con todas las condiciones y exigencias de la sociedad y de los grupos que la conforman. Debe considerarse que este tipo de acciones deben encaminarse a la permanencia para atacar de raíz las causas de la diferenciación social, de la cuales son muchas veces objeto este grupo social.

Asimismo, es importante reconocer que desde hace unos cuantos años se han emprendido acciones públicas dirigidas a las personas con discapacidad, así como instrumentado algunos programas pero las adversidades son enormes y por ende nuestros esfuerzos deben encauzarse con mayor efervescencia para hacer un frente común.

En ese sentido los exhorto a favor de esta ley, compañeros legisladores, pues sólo así asumimos cabalmente nuestra responsabilidad de atender las necesidades de las personas con discapacidad.

La propuesta que presentamos está compuesta de 47 artículos distribuidos en dos capítulos, cuya aplicación corresponde al Ejecutivo Federal a través de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Se contemplan diversas secciones en las que se establecen observaciones específicas para las personas con discapacidad en las materias de salud, habilitación y rehabilitación, empleo y capacitación, educación, equipamiento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones, vivienda, asistencia social, jurídica, arte y cultura.

Señor Presidente, en obvio de tiempo solicito se publique íntegro este documento de la comisión para que puedan tener conocimiento todas las personas con discapacidad, medios de comunicación y legisladores.

Gracias.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señor diputado Arturo Meza de la Rosa.

Han solicitado que se inserte, y así se acuerda, en el Diario de los Debates igual que la posición que deja el señor diputado Gregorio Arturo Meza de la Rosa las posiciones de los grupos parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática a cargo de la diputada Raquel Cortés López y el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la diputada Lorena Martínez Rodríguez.

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria para los efectos conducentes.

«Posicionamiento para el dictamen de la Ley Federal de las Personas con Discapacidad.

Hacemos uso de esta tribuna para fundamentar el dictamen de la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

Me dirijo a los legisladores, medios de comunicación y a las personas con discapacidad para decirles que hoy es un día singular porque después de tantos esfuerzos legislativos de ésta y de pasadas legislaturas, hoy se culmina con una de las etapas más importantes, ya que este dictamen dará vida a la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

La comisión me ha encomendado manifestarles que las personas con discapacidad tienen todo nuestro apoyo, admiración, consideración y respeto, y que en cada una de las esferas del poder público que desempeñemos, pugnaremos por el respeto a sus derechos y a la igualdad de oportunidades.

Nuestra posición no es avivar la retórica o las propuestas inalcanzables, sino ofrecerles respuestas concretas y medidas efectivas y novedosas que les beneficien. No queremos que sean objeto de manipulaciones o de actitudes paternalistas, por el contrario, creemos que deben contar con el apoyo gubernamental, pero en un marco de las libertades individuales. Por eso, esta nueva ley pretende llevar a cabo las acciones de forma gradual, sin limitar los derechos de las personas con discapacidad, pero al mismo tiempo, toma en cuenta las restricciones de recursos, y las acciones que en materia de política pública ya se llevan a cabo.

Debemos considerar la ley que hoy ponemos a su consideración y aceptación, es una acción a favor de unos de los grupos de mayor vulnerabilidad de nuestra sociedad, así como una respuesta a las múltiples exigencias, para que se les facilite el ejercicio de sus derechos con objeto de obtener una igualdad de oportunidades en todos los ámbitos.

En la ley, se invita a participar a las dependencias gubernamentales federales para lograr la inclusión total de las personas con alguna discapacidad a la sociedad, para contribuir y enriquecer la cultura de integración, así como de concientización entre la población. Es decir, es una norma que pretende cambiar la concepción de la discapacidad con el que se inspiran muchas acciones y políticas de gobierno, debemos cambiar nuestra visión y empezar a trabajar todos juntos para continuar luchando por la integración de las personas con discapacidad, toda vez que no podemos soslayar el hecho de que se enfrentan a retos enormes en todos los ámbitos de la vida.

Es tiempo de aceptar que no sólo la justicia social es lo que las procurará, porque son parte de nuestra sociedad y de nuestras familias. Debemos sumarnos a la lucha por defender sus derechos y garantías inalienables; por su no discriminación, pero sobre todo, en nuestro papel como legisladores es nuestra obligación elaborar propuestas que cumplan con todas las condiciones y exigencias de la sociedad y de los grupos que la conforman.

Debe considerarse que este tipo de acciones deben encaminarse a la permanencia para atacar de raíz las causas de la diferenciación social, de la cual es muchas veces objeto este grupo social. Asimismo, es importante reconocer que desde hace unos cuantos años se han emprendido acciones públicas dirigidas a las personas con discapacidad, así como instrumentado algunos programas, pero las adversidades son enormes y por ende nuestros esfuerzos deben encauzarse con mayor efervescencia para hacer un frente común.

En este sentido, los exhorto a votar a favor de esta ley compañeros legisladores, pues sólo así asumimos cabalmente nuestra responsabilidad de atender las necesidades de las personas con discapacidad. La propuesta que presentamos está compuesta de 47 artículos distribuidos en dos capítulos, cuya aplicación corresponde al Ejecutivo Federal a través de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Se contemplan diversas secciones en las que se establecen observaciones específicas para las personas con discapacidad en las materias de salud, habilitación y rehabilitación, empleo y capacitación, educación, equipa- miento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones, vivienda, asistencia social, jurídica, arte y cultura.

En materia de salud, habilitación y rehabilitación se establece que para las personas que por la naturaleza de su discapacidad no puedan integrarse o continuar en los ámbitos educativos, sociales o laborales regulares, deberán recibir servicios de prevención, salud, habilitación y rehabilitación.

En el empleo y capacitación se prevé que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social promueva e impulse la definición de políticas y programas nacionales encaminados a la integración de las personas con discapacidad, además se enfatizan los derechos y apoyos del llamado “trabajo protegido”, entendiéndose éste como la actividad que realizan las personas con discapacidad intelectual.

En el ámbito educativo, se busca impulsar y contribuir a que las personas con discapacidad puedan desarrollar su potencial para que ejerzan plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Asimismo, se busca brindar servicios, infraestructura, así como personal especializado para los diferentes tipos de discapacidad.

Respecto al equipamiento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones y vivienda se consideran diversas disposiciones para que las personas con discapacidad cuenten con un medio físico acorde con su condición que les permita la accesibilidad y una adecuada infraestructura.

En asistencia social y jurídica, se contempla que todas las personas con discapacidad serán sujetas de la asistencia social a efecto de que puedan comprender y ejercer plenamente sus derechos ante la Administración Pública Federal.

Finalmente en lo referente a la cultura y las artes, se establece que todas las personas con discapacidad tienen derecho a acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de la cultura, así como colaborar en la gestión cultural.

Por todo esto consideramos que el proyecto de ley que nos ocupa es una gran ayuda a este grupo social, que tanto ha exigido nuestro apoyo para lograr su inclusión total en la sociedad. Sin embargo, el reto es grande y estamos conscientes que la equiparación de oportunidades sólo podrá ser una realidad con las aportaciones de ustedes y de sus organizaciones, de las familias y de la sociedad en su conjunto.

Hoy, en el ocaso de esta LVIII Legislatura nos despedimos de este recinto que nos cobijó, dejándoles una muestra del compromiso que desde un inicio compartimos con ustedes.

Por su atención; muchas gracias.

Palacio Legislativo, a 30 de abril de 2003.— Dip. Gregorio Arturo Meza de la Rosa.»

«Posicionamiento del Parlamentario de la Revolución Democrática.

El Partido de la Revolución Democrática se ha caracterizado por pugnar abiertamente, por el impulso a políticas públicas, que incorporen al desarrollo a amplios sectores de la población, que por su vulnerabilidad, se han visto excluidos social, política y económicamente.

Tal es el caso de las personas con discapacidad.

El más reciente Censo General de Población y Vivienda realizado en el 2000, establece que 48.6 por ciento de la población discapacitada presenta limitaciones motrices, 28.6 por ciento tiene problemas de visión o es ciega, 16.5 por ciento es sorda o escucha con la ayuda de un aparato, 4.5 por ciento tiene deficiencias relacionadas con el lenguaje y un 0.7 por ciento tiene otro tipo de problemas.

La realidad nos revela, que la discapacidad por lo general, va unida a la ausencia de oportunidades y casi siempre a la pobreza.

Sensibilizar a las autoridades y a la sociedad en su conjunto, sobre el reconocimiento de la situación de marginación en que viven 2.2 millones de mexicanos, que por problemas físicos, mentales o sensoriales están excluidos de las posibilidades de desarrollo, ha sido una demanda constante del Partido de la Revolución Democrática.

La población con discapacidad en el país, representa el 2.3 por ciento de la población total y de ésta, más del 43.6 por ciento, se encuentra en edad económicamente activa.

Lo anterior nos permite evidenciar y demandar, que sin discriminación alguna, más de un millón de mexicanos deben ser incorporados al ámbito laboral y por ende, al aparato productivo del país.

Hacer valer el derecho a justas e iguales oportunidades, para las personas con discapacidad, es un acto de corresponsabilidad de todos.

Asumir el compromiso, de garantizar la plena inclusión de las personas con discapacidad, termina con la indiferencia en la atención adecuada y oportuna hacia este gran sector de la población.

Cabe mencionar el reconocimiento que hace nuestro grupo parlamentario a las organizaciones y grupos de discapacitados por su participación con propuestas para la elaboración de esta iniciativa de ley, en especial a la que integran los sordos.

La iniciativa de ley llevará a la implementación de programas heterogéneos y focalizados, que permitan el desa-rrollo integral de las aptitudes y  habilidades, de las personas con discapacidad, de manera prioritaria, no sólo por la asistencia social, sino por la administración pública federal.

La iniciativa de Ley Federal para Personas con Discapacidad que votaremos, representa el marco jurídico que ha de hacer efectivo, el respeto a la diversidad y a la equidad, que permita el ejercicio pleno de derechos de este sector.

Votaremos a favor de esta iniciativa por lo que aquí he expuesto, pero sobre todo porque se trata de un acto de procuración de justicia para las personas con discapacidad.

Muchas gracias.

México, DF, a 29 de abril de 2003.— Dip. Raquel Cortés López.»

«Palabras de la diputada Lorena Martínez Rodríguez durante la sesión de la Cámara de Diputados de fecha 30 de abril de 2003. Para presentar posicionamiento de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, con motivo de la aprobación del dictamen de Ley Federal de Discapacidad.

Honorable Asamblea, compañeras y compañeros diputados de las distintas fracciones parlamentarias representadas en esta Cámara:

Hoy, 30 de abril, es un día memorable. En lo sucesivo, se recordará esta fecha como aquélla en que los mexicanos nos decidimos a hacer un esfuerzo serio porque México adquiera un nuevo rostro. Y, a partir de hoy, México será diferente. Con la aprobación de la nueva Ley Federal para las Personas con Discapacidad, los mexicanos hemos avanzado en la construcción de una sociedad más justa.

Felicito a las compañeras y los compañeros diputados, de todas las fracciones parlamentarias, y también me congratulo profundamente, por haber dado paso al nacimiento de esta noble iniciativa de ley. Qué bueno que ha sido el Congreso de la Unión, una institución renovada y vigorosa de la transición democrática mexicana, el que ha tenido la iniciativa de legislar en esta sensible materia.

Y que bueno que nos hemos atrevido a dar este paso, en un tiempo particularmente difícil, como el que ahora vivimos. Por haberlo hecho en este año, que ha sido por demás violento, cuando los mexicanos y todos los ciudadanos del mundo hemos creído por momentos haber perdido la fe en la capacidad del hombre para construir y convivir en la paz.

Con este gesto en favor de los más débiles y vulnerables, de aquéllos con quienes convivimos a diario en la sociedad, los mexicanos queremos no sólo decir a México, queremos decir al mundo que refrendamos nuestro compromiso por construir una sociedad más incluyente y generosa, de pleno respeto de la diversidad que como pueblo nos caracteriza.

La sociedad mexicana quiere incluir a las personas con discapacidad, y quiere hacerlo respetando su diversidad. Con este gesto, decimos a nuestros grupos sociales más vulnerables: “Te incluyo porque excluirte es indigno. Pero te incluyo con respeto. Con respeto a tu diversidad, a tu originalidad, a lo que te hace específico y quizá único, en el contexto de la complejidad que caracteriza nuestras vidas”.

Reconocer la discapacidad y a quienes la padecen demanda de nosotros, los que no somos discapacitados, el esfuerzo adicional de saberlos diferentes, más que inferiores. Sin ese reconocimiento de sus diferencias, difícilmente podremos evolucionar nuestra actitud hacia planos superiores de respeto pleno de su diversidad, de sus diferencias.

Lo que sucede en estos casos es que la ocurrencia de la discapacidad, como algo distinto de lo nuestro, de lo que somos, nos coloca siempre en un dilema: reconocer o no la existencia de la otredad.

Enfrentarse a la otredad será siempre algo misterioso. Gracias a ella, el hombre y la mujer son iguales y, a la vez, distintos. La otredad nos permite tener conciencia de lo que no somos y de lo que, sin embargo, seguimos siendo.

Así hemos desarrollado los seres humanos nuestra capacidad casi natural para agrupar y desagrupar la multiplicidad que nos rodea, y lo hacemos mientras convivimos inconscientemente con esa multiplicidad.

Pero algo sucede en nuestra sociedad que hace que muchas de estas diferencias, derivadas de reconocer la otredad, se conviertan en causa, por lo menos aparente, de relaciones opresivas. Así surge el fenómeno social de la discriminación, como acto consciente y, a la vez, inconsciente. Consciente por nuestra actitud de rechazo, de exclusión, inconsciente porque no dimensionamos que establecemos nuestras diferencias a partir de visiones unilaterales del mundo, de la percepción que tenemos de “lo otro”.

El esfuerzo que los legisladores hemos hecho al aprobar esta nueva ley de discapacidad es de alguna manera un esfuerzo tendente a clarificar en el ámbito legal las formas bajo las cuales los mexicanos podemos entender de una mejor manera la otredad que significa ser discapacitado.

Por ello, los diputados que integramos la fracción del Partido Revolucionario Institucional en esta Cámara otorgamos nuestro más amplio respaldo a los casi 8 millones de mexicanas y de mexicanos que conviven directa e indirectamente con la discapacidad.

Casi 2 millones de connacionales padecen alguna forma de discapacidad. A ellos y a sus familias manifestamos nuestra solidaridad y compromiso por seguir impulsando acciones como ésta, para que sean socialmente incluidos, y justa y legalmente reconocidos por las leyes e instituciones del país.

Por décadas, las organizaciones nacionales de personas con discapacidad han venido demandando mejores condiciones jurídicas, sociales y económicas que les permitan acceder a una mayor igualdad de oportunidades, y han demandado asimismo que sean erradicadas todas las conductas de exclusión y discriminación que han padecido en el pasado.

Su lucha comenzó a arrojar frutos, apenas hace 10 años, cuando fueron adoptadas por la XLVI Legislatura las primeras acciones para atender sus legítimas demandas. A la LVIII Legislatura ha correspondido hoy emitir la primera ley de observancia general, de aplicabilidad en todo el territorio nacional, que por primera vez establecerá un marco normativo integral de apoyo a todas y cada una de las formas de discapacidad.

Por eso éste es un acto trascendente, pues aunque resulte paradójico decirlo, hoy, en pleno siglo XXI, nuestro país, la decimotercera economía del mundo, no contaba con una ley federal, de aplicación en toda República, que obligara al Estado mexicano a establecer compromisos y obligaciones con las personas con discapacidad.

Quiero destacar por ello las aportaciones que los diputados de mi fracción parlamentaria hemos hecho para crear la nueva ley. Para elaborarla fueron analizadas diversas iniciativas, como la de la diputada Laura Pavón Jaramillo, quien presentó el 4 de diciembre de 2001 la iniciativa de Ley Nacional para las Personas con Discapacidad, y que fue analizada para efectos de elaboración de dictamen que hoy aprobamos.

Por otra parte, la suscrita diputada presentó con fecha 13 de noviembre de 2001 la iniciativa de Ley Federal para la Cultura del Sordo, que aunque no se dictaminó para efectos de la elaboración de la nueva ley, sirvió como material de consulta para enriquecerla.

La nueva Ley Federal para las Personas con Discapacidad es innovadora en muchos sentidos. Particularmente, porque establece nuevas visiones y paradigmas a los enfoques tradicionales con que se había venido tratando la problemática asociada a las formas de discapacidad.

Esta ley va más allá de los enfoques tradicionales asociados a la rehabilitación que, con criterios de excesivo enfoque médico, dieron pie a un sinnúmero de acciones y programas en la materia, que hoy han sido rebasados. Las organizaciones sociales interesadas han venido demandando en diversos foros un cambio de enfoque, una nueva perspectiva con la cual entender y atender los problemas derivados de la discapacidad.

Por lo anterior fueron incorporados, además de las aproximaciones estrictamente médicas, asociadas a la rehabilitación, nuevos enfoques para entender de mejor manera el fenómeno de la discapacidad.

Enfoques más asociados a la cuestión social y a la integración comunitaria y, en el caso de algunas discapacidades específicas, como la auditiva, se han incorporado también criterios lingüísticos, antropológicos y culturales.

Así, ha surgido una nueva reglamentación, tendiente a asegurar a las personas con discapacidad los medios de accesibilidad a los entornos y espacios urbanos, facilitándoles las ayudas arquitectónicas y de transporte que garanticen su derecho a tal accesibilidad en el entorno comunitario.

En materia laboral, se han consagrado en favor de los discapacitados derechos de igualdad y equiparación de oportunidades, al mismo tiempo que se tutela el régimen especial de trabajo protegido.

En materia de asistencia social y jurídica, se propone por primera vez la posibilidad de que las personas con discapacidad puedan acceder a servicios especializados de traducción e interpretación que les aseguren la justa salvaguarda de sus derechos de representación ante los tribunales e instancias administrativas.

En materia de telecomunicaciones, se incorpora también por primera vez la posibilidad para las personas con discapacidad de acceder a servicios tecnológicos especializados, de traducción simultánea, de estenografía proyectada, del uso de sistemas de traducción al Braille, entre otros, que facilitarán la comunicación, la información y el entretenimiento de las personas discapacitadas.

En lo personal, me siento muy satisfecha porque esta nueva ley atiende una de las demandas que traje hasta esta tribuna cuando presenté la iniciativa de Ley Federal de la Cultura del Sordo, relativa al reconocimiento de la lengua de señas mexicana como la lengua oficial de las comunidades de sordos de nuestro país.

En aquella ocasión reflexioné con ustedes acerca de las complejidades derivadas de la discapacidad auditiva. Esta forma de discapacidad resulta particularmente grave por los problemas de aislamiento que produce en la persona que la padece.

La sordera es una barrera que la naturaleza impone al ser humano en la construcción de sus propias redes sociales, situación que, por lo menos con la misma gravedad, no se observa en las otras discapacidades.

Lo anterior ha obligado a los sordos a relacionarse entre sí, generando sus propias formas de convivencia y comunicación. En tal sentido, su aislamiento los ha unido, construyendo sus propias redes sociales y configurado formas peculiares de cultura, mayormente centradas en la vista; y con ello han adquirido un fuerte sentimiento de comunidad y pertenencia que los ha llevado a reivindicar sus derechos culturales.

Recordemos que la cultura es una de las fuentes primarias de la identidad; es la fuente por antonomasia de la autodefinición, de la expresión y del sentido de pertenencia a un grupo.

El dilema básico entre inclusión social y respeto de lo diverso se da nítidamente en el caso de la sordera. Durante décadas, los sordos mexicanos han sido objeto de discriminación y marginación, pues no se les había reconocido ni siquiera su forma básica de comunicación. Dichas comunidades siempre han buscado integrarse a la comunidad oyente, al mismo tiempo que han demandado respeto para su cultura.

Precisamente ese relativismo cultural en que coexistimos diferentes grupos sociales en la sociedad nos ha impedido entender las diferencias subyacentes entre la cultura de los sordos y “nuestra” cultura. No debemos olvidar que todos los seres humanos, sin excepción, tenemos derecho a de-sarrollar una forma específica de cultura, la que nos sea posible: la mía, la tuya, la de los discapacitados, la de los sordos...

Por ese derecho, somos capaces de acceder al desarrollo de una identidad, que debe ser respetada, y a los derechos humanos básicos asociados a esa identidad. De ahí, el derecho humano básico de las personas sordas a poseer una forma de comunicación que les permita seguir perpetuando su peculiar forma de cultura.

Por ello, las comunidades de sordos poseen derechos lingüísticos porque, si no tuvieran o perdieran esa capacidad de diálogo, de diálogo de sordos, equivaldría a que perdieran su propia identidad.

A la comunidad oyente nos cuesta trabajo entender esto, pues lo natural es que los otros se ajusten a nuestros estereotipos y formas específicas de cultura e identidad: nuestra lengua, nuestra identidad nacional, nuestra cultura, etcétera. Luego entonces, grupos como los indígenas, los sordos y otros minoritarios, la mayoría de ellos vulnerables, han sufrido por décadas las consecuencias de atreverse a ser diferentes.

Durante décadas pretendimos volver oyentes a los sordos y los hicimos hablar. Hablar una lengua que no pueden escuchar. Paradójicamente, esta forma particular de alienación no les dejó más opción que asumirse como lo que son, de-sarrollando una cultura que han construido a partir de una imagen positiva y afirmativa de sí mismos.

Ya es tiempo de apoyarlos y ayudarlos a salir de su aislamiento. Negar cualquier derecho humano sobre la base de supuestas diferencias culturales constituye un acto de discriminación. Los derechos humanos son para todos, en cualquier cultura. Los derechos humanos universales no imponen estándares culturales. Esto no es cuestión de imperialismo cultural, de una tradición ni de una cultura en particular. Entendámoslo de una vez.

Con el reconocimiento de la lengua de señas, la nueva legislación lo que hace es efectivamente incorporar dichas comunidades a la cultura oyente mayoritaria, pero lo hará respetando la diversidad y especificidad que representa su propia lengua. Aquí no cabrán más esas visiones torcidas del pasado, que llegaron a concebir la lengua de señas como una forma inferior de lenguaje, como un conjunto de signos, de gestos o de mímica, muy distante de ser equiparada con las lenguas orales.

La lengua de señas mexicana nace hoy, al ser reconocida por el Estado mexicano, como la forma de comunicación natural que utilizan para comunicarse entre sí las personas sordas y con la comunidad oyente. Pasa a formar parte del patrimonio lingüístico con que cuenta la nación mexicana, y es una lengua tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral.

Por ello será la lengua del nuevo subsistema de educación bilingüe del sordo, junto con el español, que también ha creado la nueva ley y que será administrado por la Secretaría de Educación Pública.

Pero la Ley Federal para las Personas con Discapacidad tiene otras bondades, a las que también quiero referirme brevemente: ésta será una ley con amplias bases de transversalidad en la esfera pública, que prácticamente nos evitó en su diseño tener que crear más burocracia. Las acciones encomendadas por la nueva normatividad han quedado distribuidas en una amplia gama de instancias públicas en la esfera administrativa, y apenas si se requerirá un aparato mínimo, que creemos ya tiene el Poder Ejecutivo, para asegurar su cumplimiento. Esta ley no costará mucho en cuanto a recursos públicos.

La otra bondad consiste en que ha incorporado también criterios de gradualidad de tiempo y de forma, que deberán ser observados por los diferentes programas públicos y que serán atendidos en un plazo de 15 años, contados a partir de su entrada en vigor, y que permitirá al Poder Ejecutivo Federal gozar de la libertad y discrecionalidad necesarias para introducir paulatina y gradualmente en todo el país los cambios e innovaciones que prevé esta ambiciosa reforma.

En resumen, la ley que ahora aprobamos constituye un firme llamado de atención a que superemos las visiones y los enfoques tradicionales que conceptualizaron en el pasado formas particulares de entender la discapacidad. Los derechos humanos en favor de las personas con discapacidad emergen en la nueva realidad con flexibilidad suficiente para coexistir en medio de la diversidad cultural que nos caracteriza.

Con ello damos cumplimiento cabal a normas internacionales de observancia de un mínimo estándar de derechos en favor de la dignidad de las personas, independientemente de su condición personal, como bien lo señalan la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y la Declaración de Viena, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas, entre otros ordenamientos importantes.

Antes de finalizar mi intervención, quiero hacer tres respetuosas exhortaciones. La primera es a los poderes públicos, a los que desde ésta, nuestra más alta tribuna nacional, pido que asuman una nueva visión y manera de entender el problema de la discapacidad.

Mucho del éxito que esperamos de la presente ley dependerá del profundo sentido de compromiso que esperamos de las distintas autoridades e instancias públicas de los tres Poderes de la Unión, para convertir en realidad lo que la nueva ley ha mandado. Exhortamos a sus titulares a iniciar, en la esfera de sus atribuciones y competencias, esta gran cruzada, que habrá de transformar la cultura misma de la gestión pública.

Mi segunda exhortación es a las organizaciones nacionales de la discapacidad. A ellas decimos que los diputados hemos asumido con gran seriedad y sentido de responsabilidad nuestro compromiso por seguir legislando en la materia y por continuar luchando para hacer realidad una nueva filosofía de la inclusión social y de respeto de la diversidad.

Pero también decimos que esta lucha no es de corto plazo. La promulgación de la nueva ley apenas si será la primera de muchas acciones más que esperamos poner en práctica y para las que será necesario contar desde luego con su respaldo y colaboración, como justamente lo demostraron a lo largo de todo el proceso de creación de la ley. Pero sobre todo, queremos contar con su paciencia y comprensión. Seguiremos estando aquí para lograr lo posible, más que lo deseable. Tenemos voluntad de seguirlos apoyando, pero necesitamos el espacio mínimo de margen para construir esta agenda.

Por último, quiero hacer una respetuosa exhortación a la sociedad mexicana, a cuyos miembros pedimos asumir una nueva actitud frente a las personas con discapacidad. La nueva ley es una invitación a las mexicanas y a los mexicanos a renovar nuestra fe en México, pues nuestro compromiso con los más débiles y vulnerables nos permitirá entender la pluriculturalidad y diversidad que nos caracterizan.

Debe llevarnos a ver de manera distinta a esa persona a quien entregamos la moneda que nos sobra en el Metro, a esa persona que nos pide ayuda para cruzar la calle o a aquella con la que debemos hacer un esfuerzo adicional para comunicarnos. Todo esto nos recuerda que su condición no la hace inferior sino diferente de nosotros, y que merece no sólo ser incluida sino respetada.

Si todos asumimos la parte de responsabilidad y compromiso que nos corresponde, indudablemente estaremos contribuyendo a dar un nuevo rostro a la nación.

Hoy, cuando los mexicanos hemos optado por el gesto apacible de la inclusión social y por el respeto pleno de los grupos más vulnerables, estamos transformando y construyendo con ello el México que queremos legar a nuestros hijos. Estamos dando un nuevo sentido a nuestra democracia para que tenga verdadero sentido y contenido social. Haciéndolo así, estamos renovando nuestra fe en México y en la grandeza de su gente.

Diputada Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica). »

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Está a discusión en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, le ruego a la diputada Secretaria consultar a la Asamblea para que en votación económica manifieste si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General se consulta a los señores diputados si se van a reservar algún artículo para discutirlo en lo general.

Activen el sonido en la curul de la diputada.

La diputada Alba Leonila Méndez Herrera (desde su curul):

Solicitarle únicamente que se anexe el posicionamiento del grupo parlamentario de Acción Nacional, que se lo haremos llegar en un momento.

«Posicionamiento del Partido Acción Nacional del dictamen de la Ley Federal de las Personas con Discapacidad.

Buenas tardes a todos los presentes.

Hacemos uso de esta tribuna para manifestar la posición del Partido Acción Nacional respecto al dictamen de la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

Me dirijo a los legisladores, medios de comunicación y a las personas con discapacidad para decirles que hoy es un día singular porque después de tantos esfuerzos legislativos de ésta y de pasadas legislaturas, hoy se culmina con una de las etapas más importantes, ya que este dictamen dará vida a la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

La fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional me ha encomendado manifestarles que las personas con discapacidad tienen todo nuestro apoyo, admiración, consideración y respeto, y que en cada una de las esferas del poder público que desempeñemos, los panistas pugnaremos por el respeto a sus derechos y a la igualdad de oportunidades.

Nuestra posición no es avivar la retórica o las propuestas inalcanzables, sino ofrecerles respuestas concretas y medidas efectivas y novedosas que les beneficien. No queremos que sean objeto de manipulaciones o de actitudes paternalistas, por el contrario, creemos que deben contar con el apoyo gubernamental, pero en un marco de las libertades individuales. Por eso, esta nueva ley pretende llevar a cabo las acciones de forma gradual, sin limitar los derechos de las personas con discapacidad, pero al mismo tiempo, toma en cuenta las restricciones de recursos, y las acciones que en materia de política pública ya se llevan a cabo.

Nuestro compromiso se demuestra, no se menciona, prueba de ello es que en esta administración sexenal, se creó la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad, que depende directamente de la Presidencia de la República y que tiene como objetivo “promover e integrar a este núcleo importante de la población para que sus oportunidades y su talento se expresen en toda su dimensión”.

El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 ha reconocido que las personas con algún tipo de discapacidad, constituyen un grupo social con necesidades especiales, toda vez que carecen de los medios físicos adecuados a sus necesidades para ingresar a escuelas o laborar en oficinas, fabricas o dependencias gubernamentales, así como de apoyos para adquirir equipos o aparatos para atender sus necesidades específicas, y que enfrentan situaciones de discriminación y falta de oportunidades para su desarrollo educativo, laboral, cultural y deportivo, entre otros.

En este sentido, uno de los objetivos que el Plan Nacional se propuso, fue el de “Promover y fortalecer el desarrollo de las personas con discapacidad para equiparar y facilitar su integración plena en todos los ámbitos de la vida nacional. Impulsar y promover la ampliación de la cobertura y una mejoría en las políticas públicas encaminadas a fomentar la integración social de las personas con discapacidad”. Con este fin, se fortalecerán los programas institucionales mediante una coordinación intersecretarial que cuente con un sistema de evaluación y seguimiento. Se propondrán modificaciones al marco jurídico y se estimulará la participación de las organizaciones de la sociedad civil mediante la aplicación de proyectos ciudadanos autosustentables para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos con discapacidad. Asimismo, se elaborará el Registro Nacional de la Población con Discapacidad, el cual permitirá que los programas y políticas incidan adecuada y pertinentemente a las necesidades de esta población.

En materia legislativa, el compromiso de Acción Nacional se ve reflejado en el hecho de que, la única iniciativa dictaminada favorablemente en materia de discapacidad en esta LVIII Legislatura fue la del diputado Juan Alcocer Flores, de nuestro grupo parlamentario, y que busca la integración plena de personas con discapacidad al sistema educativo.

Ahora bien, esta Ley Federal para las Personas con Discapacidad nace de la propuesta que a nombre del grupo parlamentario del PAN, realizó el diputado Jaime Aceves Pérez, como Iniciativa de Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

Debemos considerar la ley que hoy ponemos a su consideración y aceptación, es una acción a favor de unos de los grupos de mayor vulnerabilidad de nuestra sociedad, así como una respuesta a las múltiples exigencias, para que se les facilite el ejercicio de sus derechos con objeto de obtener una igualdad de oportunidades en todos los ámbitos.

En la ley, se invita a participar a las dependencias gubernamentales federales para lograr la inclusión total de las personas con alguna discapacidad a la sociedad, para contribuir y enriquecer la cultura de integración, así como de concientización entre la población. Es decir, es una norma que pretende cambiar la concepción de la discapacidad como una conducta conducida por un espíritu meramente paternalista, con el que se inspiran muchas acciones y políticas de Gobierno, debemos cambiar nuestra visión y em- pezar a trabajar todos juntos para continuar luchando por la integración de las personas con discapacidad, toda vez que no podemos soslayar el hecho de que se enfrentan a retos enormes en todos los ámbitos de la vida.

Es tiempo de aceptar que no sólo la justicia social es lo que las procurará, porque son parte de nuestra sociedad y de nuestras familias. Debemos sumarnos a la lucha por defender sus derechos y garantías inalienables; por su no discriminación, pero sobre todo, en nuestro papel como legisladores es nuestra obligación elaborar propuestas que cumplan con todas las condiciones y exigencias de la sociedad y de los grupos que la conforman.

Debe considerarse que este tipo de acciones deben encaminarse a la permanencia para atacar de raíz las causas de la diferenciación social, de la cual son muchas veces objeto este grupo social. Asimismo, es importante reconocer que desde hace unos cuantos años se han emprendido acciones públicas dirigidas a las personas con discapacidad, así como instrumentado algunos programas, pero las adversidades son enormes y por ende nuestros esfuerzos deben encausarse con mayor efervescencia para hacer un frente común y acabar con las ideas retrógradas que afectan y detienen a nuestra sociedad.

En este sentido, los exhorto a votar a favor de esta ley compañeros legisladores, pues sólo así asumimos cabalmente nuestra responsabilidad de atender las necesidades de las personas con discapacidad. La propuesta que presentamos está compuesta de 47 artículos distribuidos en 2 capítulos, cuya aplicación corresponde al Ejecutivo Federal a través de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Se contemplan diversas secciones en las que se establecen observaciones específicas para las personas con discapacidad en las materias de salud, habilitación y rehabilitación, empleo y capacitación, educación, equipamiento, facilitación arquitectónica, transporte, telecomunicaciones, vivienda, asistencia social, jurídica, arte y cultura.

En materia de salud, habilitación y rehabilitación se establece que para las personas que por la naturaleza de su discapacidad no puedan integrarse o continuar a los ámbitos educativos, sociales o laborales regulares, deberán recibir servicios de prevención, salud, habilitación y rehabilitación.

En el empleo y capacitación se prevé que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social promueva e impulse la definición de políticas y programas nacionales encaminados a la integración de las personas con discapacidad, además se enfatizan los derechos y apoyos de llamado “trabajo protegido”, entendiéndose éste como la actividad que realizan las personas con discapacidad intelectual.

En el ámbito educativo, se busca impulsar y contribuir a que las personas con discapacidad puedan desarrollar su potencial para que ejerzan plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Asimismo, se busca brindar servicios, infraestructura, así como personal especializado para los diferentes tipos de discapacidad.

Respecto al equipamiento, facilitación arquitectónica, trans- porte, telecomunicaciones y vivienda se consideran diversas disposiciones para que las personas con discapacidad cuenten con un medio físico acorde con su condición que les permita la accesibilidad y una adecuada infraestructura.

En asistencia social y jurídica, se contempla que todas las personas con discapacidad serán sujetas de la asistencia social a efecto de que puedan comprender y ejercer plenamente sus derechos ante la Administración Pública Federal.

Finalmente en lo referente a la cultura y las artes, se establece que todas las personas con discapacidad tienen derecho a acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de la cultura, así como colaborar en la gestión cultural.

Por todo esto consideramos que el proyecto de ley que nos ocupa es una gran ayuda a este grupo social, que tanto han exigido nuestro apoyo para lograr su inclusión total en la sociedad. Sin embargo, el reto es grande y estamos conscientes que la equiparación de oportunidades sólo podrá ser una realidad con las aportaciones de ustedes y de sus organizaciones, de las familias y de la sociedad en su conjunto.

Hoy, en el ocaso de esta LVIII Legislatura nos despedimos de este recinto que nos cobijó, dejándoles una muestra del compromiso que desde un inicio compartimos con ustedes.

Por su atención, muchas gracias.

México, DF, a 30 de abril de 2003.— Dip. Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica).»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Con mucho gusto, compañera diputada.

Esta Presidencia acuerda que se inserte el texto íntegro también del posicionamiento del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a petición de nuestra compañera diputada Alba Leonila Méndez.

En virtud de que no se ha hecho reserva alguna para su discusión en lo particular, le ruego a la diputada Secretaria ordenar la apertura del sistema electrónico de votación hasta por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

(Votación.)

Se emitieron 369 votos a favor, cero votos en contra y cuatro abstenciones.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Con 369 votos, aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para las Personas con Discapacidad.

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

 

LEY FEDERAL DE TURISMO

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisiones unidas de Turismo y Medio Ambiente y Recursos Naturales.

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, fue turnada para su análisis y dictamen correspondiente la Minuta Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, que remite la Honorable Cámara de Senadores para efectos del artículo 72, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, párrafo 1; y 45, párrafo 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los diversos numerales 87, 88, 136, 137 y demás relativos y aplicables de su Reglamento para el Gobierno Interior, estas Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Honorable Cámara de Diputados emiten el siguiente dictamen, al tenor siguiente:

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 15 de abril de 2000, el Diputado Jorge Alejandro Jiménez Taboada a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, presentó una Iniciativa de reformas a los artículos 2º y 13; y adición del articulo 7 Bis, un párrafo segundo del artículo 13, un capitulo titulado Ecoturismo dentro del Titulo Segundo, así como los artículos 16 Bis, 16 Bis 2, 16 Bis 3 y 16 Bis 4, de la Ley Federal de Turismo, la cual fue turnada a las Comisiones de Turismo y de Ecología y Medio Ambiente.

2.- Con fecha 14 de diciembre de 2000, las entonces Comisiones Unidas de Turismo y de Ecología y Medio Ambiente, emitieron el dictamen correspondiente por el que sometieron a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el proyecto de Decreto por el que en su artículo único se reforma el proemio del artículo 2º y su fracción IX y el artículo 13; y se adicionan un inciso al artículo 3º, el artículo 7º Bis, tres párrafos al artículo 13, un capítulo cuarto del Título Segundo denominado Ecoturismo, así como los artículos 16 Bis, Bis 1, Bis 2, Bis 3, Bis 4, Bis 5, Bis 6, Bis 7, Bis 8, Bis 9 y Bis 10, todas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, para quedar como se asentó en el texto del propio dictamen.

3.- En Sesión de la Honorable Cámara de Diputados de fecha 16 de marzo de 2000, fue aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos el proyecto de Decreto por el que se reforma el proemio del artículo 2º y su fracción IX y el artículo 13; y se adicionan un inciso al artículo 3º, el artículo 7º Bis, tres párrafos al artículo 13, un capítulo cuarto del Título Segundo denominado Ecoturismo, así como los artículos 16 Bis, Bis 1, Bis 2, Bis 3, Bis 4, Bis 5, Bis 6, Bis 7, Bis 8, Bis 9 y Bis 10, todas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, y a su vez se acordó pasarlo al Senado para los efectos constitucionales.

4.- En la fecha precisada en el antecedente inmediato anterior, la Minuta Proyecto de Decreto que hoy nos ocupa se remitió a la Honorable Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales, y recibida que fue, la Mesa Directiva de la colegisladora dispuso turnar dicha Minuta a las Comisiones Unidas de Turismo; Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, y de Estudios Legislativos, Primera.

5.- Con fecha 16 de noviembre de 2000, la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Senadores ratificó el turno de la Minuta Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, remitiéndola a las Comisiones Unidas de Turismo; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos.

6.- Con fecha 6 de diciembre de 2001, las Comisiones Unidas de Turismo; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos, emitieron el dictamen correspondiente por el que resuelven negativamente la Minuta Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, y sometieron a consideración del Pleno de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión su devolución a la Honorable Cámara de Diputados, en los términos del inciso d), del artículo 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7.- En Sesión de la Honorable Cámara de Senadores de fecha 13 de diciembre de 2001, fue aprobado por 92 votos el Dictamen por el que se devuelve a esta Cámara de Diputados, en los términos del inciso d), del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Minuta Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, que hoy nos ocupa, desechándose en consecuencia.

8.- Recibida que fue la Minuta en referencia y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, dispuso turnarla a las Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

9.- En términos de lo que disponen los artículos 72, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, párrafo 1; y 45, párrafo 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los diversos numerales 87, 88, 136, 137 y demás relativos y aplicables de su Reglamento para el Gobierno Interior, a estas Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Honorable Cámara de Diputados corresponde emitir el presente dictamen; por lo que en base en lo expuesto en el presente capítulo de antecedentes, los integrantes de estas Comisiones Unidas formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

I.- Que la colegisladora en su dictamen considera que debido a la rápida evolución que han tenido los conceptos y criterios de regulación de esta modalidad del turismo -el ecoturismo- en los últimos tres años, y toda vez que nos es dable alterar la esencia de la iniciativa original, resulta conveniente proponer el regreso de la Minuta que nos ocupa a esta Honorable Cámara de Diputados, a fin de que el proceso legislativo pueda reiniciarse con una o varias iniciativas que respondan al actual contexto.

Sobre el particular, la colegisladora estima que ante la presencia del año 2002, declarado como "Año Internacional del Ecoturismo" por la Organización de las Naciones Unidas, no deja de ser importante legislar en todo aquello que tenga que ver con la conservación de la riqueza ecológica, que es patrimonio de la humanidad y de las generaciones futuras, y que por ello consideran que de aprobarse la Minuta en los términos originalmente planteados, se podría correr el riesgo de imponer limitantes al ecoturismo, en lugar de fomentarlo, o bien, de hacerle adaptaciones que no respondan a las circunstancias presentes.

Argumentan que en lo sustantivo encontraron que el Proyecto de Decreto introduce disposiciones que provocarían invasión de competencias entre la Secretaría de Turismo y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y que se estarían confiriendo atribuciones a la primera, que conforme a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente o a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponden a la segunda.

Como ejemplo de lo anterior, señalan que de las facultades que se estaría trasladando a la Secretaría de Turismo, serían las relativas a intervenir en la expedición de normas oficiales con implicaciones ecológicas, otorgar permisos con base en estudios de orden ambiental, recibir estudios de ordenamiento ecológico, analizar programas de manejo ambiental, exigir garantías para el cumplimiento de autorizaciones, y muchas otras más de orden estrictamente ecológico.

Asimismo, considera la colegisladora que la Minuta contiene algunas disposiciones que no precisan claramente el rango de intervención que les correspondería a los Estados en esta materia, las cuales disponen de competencia y legislación propia en múltiples temas ambientales y turísticos, máxime que en tratándose de funciones de vigilancia, se le otorgan facultades a la Secretaría de Turismo que, en esencia, señalan, corresponden a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Continúa considerando la colegisladora que cualquier aspecto que merezca estudios de tipo ambiental; examen de la capacidad de carga de las zonas en donde se prestaría el servicio; el análisis de informes preventivos, de riesgo o de manifestaciones de impacto ambiental; la evaluación de la situación que guarde la tenencia de la tierra, o todo aquello que se refiera a la introducción de tecnologías sociales y ambientales, como se propone en la Minuta, deberá permanecer o reservarse en el ámbito de la o las dependencias especializadas.

En consecuencia, refieren, a la Secretaría de Turismo deberán asignársele solamente aquellas tareas que tengan que ver estrictamente con su misión institucional, sin perjuicio de la coordinación que con otras dependencias del Ejecutivo pueda llevar a cabo mediante convenios interinstitucionales.

Por lo anterior, la colegisladora concluye en su dictamen que es innegable la necesidad de encontrar mecanismos jurídicos que favorezcan la vinculación del turismo con la condición de sustentabilidad que la propia evolución del ser humano exige para garantizar su convivencia; por ello, consideran, comparten la idea de que se requiere modificar la legislación para establecer un andamiaje que estimule el ecoturismo, considerando la importancia que en ámbito mundial se le está confiriendo para mantener la integridad de los procesos ecológicos y de la biodiversidad.

Asimismo, terminan afirmando que resulta necesario replantear las reformas y adiciones propuestas desde 1999 a la Ley Federal de Turismo, a fin de recoger la rica gama de conceptos y criterios que se han venido generando a partir de la declaratoria que hizo la Organización de las Naciones Unidas, para declarar al año 2002 como el "Año Internacional del Ecoturismo".

En tal virtud, consideran que la Minuta proyecto de Decreto, materia del presente dictamen, debe regresarse a la Cámara de origen, porque, a juicio de la colegisladora, duplica funciones, provocando dispersión normativa, con lo cual se corre el riesgo de estructurar un ordenamiento que, en vez de fomentar esta importante actividad, la desaliente, y por otro lado invada ámbitos de competencia ajenos a los de la Secretaria.

II.- Que estas Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Honorable Cámara de Diputados, coinciden en general con la colegisladora en que ante la presencia del año 2002, declarado como "Año Internacional del Ecoturismo" por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), no deja de ser importante legislar en todo aquello que tenga que ver con la conservación de la riqueza ecológica, que es patrimonio de la humanidad y de las generaciones futuras.

En efecto, aún cuando la colegisladora no señala cuáles son aquellos conceptos y criterios ecoturísticos que deben recogerse en la Ley Federal de Turismo, los que suscribimos el presente dictamen coincidimos que a raíz de que la ONU proclamó el año 2002 como "Año Internacional del Turismo Ecológico", se ha venido consolidando la importancia que reviste el tema del ecoturismo y más aún el concepto del turismo sostenible o también llamado sustentable; por ello, se hace necesario que México se inserte a la vanguardia sobre este tan importante tema mundial, pues al estar hoy presentes ante una reforma a la Ley Federal de Turismo sobre esta modalidad turística, no debemos pasar por alto aquellos criterios que resultan importantes para hacer posible los beneficios económicos, sociales y ambientales que se esperan del ecoturismo, y que por supuesto pudieran aplicarse en nuestra legislación sobre la materia.

Criterios como los de: a) Garantizar que el turismo contribuya a preservar, conservar, proteger y restaurar el ecosistema terrestre, sensibilizando a los Gobiernos Federal y locales, a las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas, al sector privado, a la sociedad civil y a los consumidores en relación con la capacidad del ecoturismo para contribuir a la conservación del patrimonio natural, cultural e histórico de una nación; b) Buscar que la protección ambiental forme parte integrante del desarrollo turístico; c) Fomentar actividades y lugares nuevos para el turismo bajo el criterio de la sustentabilidad; d) frenar o corregir la expansión masiva y desmedida de algunos centros turísticos receptivos; e) Destacar la importancia que reviste la participación de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas en el desarrollo del ecoturismo, que permita mejorar los niveles de vida de sus integrantes, pues los servicios e infraestructuras que genera el ecoturismo son generalmente actividades a pequeña escala que ellos mismos gestionan, y que crean formas de sustento alternativo con un menor impacto; f) Incorporar y reconocer la cultura de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas en el desarrollo de este producto, en su forma de organización y manejo, en la formulación de políticas, en la planeación y ordenamiento del espacio donde se desarrollan las actividades ecoturísticas, y de su promoción, ya que se continúa planeando el desarrollo del turismo desde los grandes centros turísticos sin considerar la opinión de los residentes locales, y; g) Difundir métodos y técnicas de planificación, gestión, reglamentación y seguimiento del ecoturismo que garanticen su sustentabilidad a largo plazo.

Por otra parte, estas Comisiones que hoy dictaminan coinciden con la colegisladora en lo que se refiere a que el Proyecto de Decreto introduce disposiciones que provocarían invasión de competencias entre la Secretaría de Turismo (SECTUR) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), pues como bien lo señala el dictamen en cuestión, la expedición de normas oficiales mexicanas en materia ambiental y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, son competencia exclusiva de SEMARNAT, en términos de lo que disponen los artículos 32 bis, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 36 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, lo cual se encuentra sustentado también por lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, que determina las competencias de las dependencias en materia de normalización, en aquellas materias relacionadas con sus atribuciones.

Efectivamente, el artículo 32 bis, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, dispone que a SEMARNAT corresponde establecer, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades estatales y municipales, normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente; sobre los ecosistemas naturales; sobre el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y de la flora y fauna silvestre, terrestre y acuática; sobre descargas de aguas residuales y, en materia minera, y; sobre materiales peligrosos y residuos sólidos y peligrosos.

Por su parte, el artículo 36 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente señala que para garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas, SEMARNAT emitirá normas oficiales mexicanas en materia ambiental y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

En el caso concreto que hoy nos ocupa, el artículo 34 de la Ley Federal de Turismo señala que corresponde a SECTUR expedir las normas oficiales mexicanas relacionadas con la prestación de los servicios turísticos, siempre que el contenido de las mismas no sea competencia de otra dependencia de la administración pública federal, y sólo este numeral prevé la posibilidad de que SECTUR participe en los comités consultivos nacionales de normalización en los que se elaboren normas que puedan afectar la materia turística.

Luego entonces, se denota que el texto del artículo 16 Bis 7 del Proyecto de Decreto devuelto por la colegisladora es inaplicable, porque, como ya se dijo, se estarían confiriendo atribuciones a SECTUR que conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente corresponden a SEMARNAT, en cuanto a que se estaría trasladando a SECTUR facultades para expedir normas oficiales con implicaciones ecológicas, pues respecto de la expedición de normas oficiales mexicanas en materia ambiental y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que afecten la actividad turística, sólo compete a SECTUR participar en su procedimiento de elaboración, más no es de su competencia expedirlas, lo que entonces también nos lleva a considerar que lo previsto en la fracción II del artículo 16 Bis 1 del Proyecto de Decreto es también improcedente.

Aún más, este órgano colegiado estima que se hace inadecuada la exigencia de expedir las normas oficiales mexicanas en el tiempo a que se refiere el artículo Segundo Transitorio del Proyecto de Decreto en examen, ya que independientemente que no es competencia de SECTUR la expedición de este tipo de normas, como ya ha quedado considerado en líneas anteriores, la elaboración de las normas oficiales mexicanas se deben sujetar a las reglas, tiempos y procedimiento que se establecen en los artículos 46 y 47 de la ley Federal Sobre Metrología y Normalización, por lo que en todo caso la exigencia de la expedición de normas con implicaciones ecoturísticas tendría que adecuarse a lo previsto por este ordenamiento legal y su reglamento.

Con lo que respecta a que SECTUR carece de competencia para otorgar permisos para la prestación de servicios y actividades ecoturísticas, los que suscribimos el presente dictamen coincidimos con la colegisladora, pues en términos de lo que disponen los artículos 32 Bis, fracción XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5º, fracción X, y 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; así como lo dispuesto en los diversos artículos 4º, fracción I, y 5º de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, compete a SEMARNAT evaluar el impacto ambiental y autorizar la realización de proyectos de obras o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, como en todo caso sería la prestación de una actividad ecoturística que implique la realización de aquellas obras a que se refiere el propio artículo 5º del mencionado Reglamento en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental.

También coincidimos con la Cámara revisora en que según lo disponen los artículos 32 Bis, fracciones X y XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5º, fracción IX, 20, 31, 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 18, 29 y 30 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, y; 72 y 80 del Reglamento de dicho ordenamiento legal en Materia de Áreas Naturales Protegidas, es competencia de SEMARNAT la formulación, aplicación y evaluación de los programas de Ordenamiento Ecológico General del Territorio; determinar la capacidad de carga; analizar y resolver sobre informes preventivos, estudios de riesgo y programas de manejo, y; la formulación, ejecución y evaluación de programas de manejo.

En el caso concreto de la Minuta Proyecto de Decreto en estudio, el artículo 16 Bis 3 dispone que para la prestación de servicios y actividades ecoturísticas, los interesados deberán contar con un "permiso expedido por SECTUR", a partir de la presentación de un proyecto que incluya características ambientales, contraviniéndose así facultades que en esencia competen a SEMARNAT, como ya se dijo con anterioridad, pues aún cuando el texto del artículo 16 Bis 3 en referencia, en sus fracciones I, II, III, IV y V, en ningún momento precisa expresamente que es facultad de SECTUR evaluar el impacto ambiental; formular, aplicar y evaluar programas de ordenamiento ecológico general del territorio; determinar la capacidad de carga de una zona; resolver sobre los informes preventivos y estudios de riesgo, y; formular y ejecutar programas de manejo, dicho numeral sí precisa que es facultad de SECTUR expedir permisos a aquellos prestadores de servicios que realicen actividades ecoturísticas en base a estudios de orden eminentemente ambiental, lo que nos lleva a considerar que hay invasión de competencias como atinadamente se asienta en el cuerpo del dictamen emitido por la Honorable Cámara de Senadores.

Por otra parte, también el citado articulo 16 Bis 3 invade competencias de las autoridades ambientales estatales y municipales, ya que pretende otorgar competencia a SECTUR para expedir autorizaciones en los casos en que la actividad ecoturística se realice fuera de las áreas naturales protegidas, y en el caso concreto la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente dispone que en materia ambiental se le otorgan a las Entidades Federativas y a los Municipios, facultades para evaluar el impacto ambiental y otorgar autorizaciones para realizar actividades turísticas en zonas que no sean competencia de la Federación y que estén expresamente señalados en la legislación ambiental estatal.

Luego entonces, lo dispuesto en el artículo analizado deviene a todas luces improcedente, consideración que también resulta aplicable a lo dispuesto en los artículos que corren del 16 Bis 3 al 16 Bis 9 del Proyecto de Decreto devuelto por la colegisladora, en virtud que al haberse ya considerado que el articulo 16 Bis 3 en análisis previene disposiciones que invaden la competencia de SEMARNAT, en cuanto a la expedición de permisos para realizar actividades ecoturísticas, no resultan consecuentemente aplicables las disposiciones contenidas en estos numerales, porque los mismos pretenden establecer el procedimiento a partir del cual SECTUR autorizaría o negaría las solicitudes para prestar servicios o actividades ecoturísticas, a raíz de la evaluación de los posibles efectos de la actividad en el o los ecosistemas; solicitar aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al contenido del proyecto que le sea presentado; exigir el otorgamiento de garantías para prevenir el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización que en caso se expida, y en el caso concreto que nos ocupa, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, disponen ya el procedimiento que se debe seguir en tratándose de autorizaciones que impliquen la realización de obras y/o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, amén de las disposiciones y procedimiento que se establecen en la Ley General de Vida Silvestre y el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas, respecto del otorgamiento de autorizaciones para el aprovechamiento no extractivo de vida silvestre y para los usos o aprovechamiento de recursos naturales que se lleven a cabo en Áreas Naturales Protegidas; motivo por el cual, reiteramos la consideración de la colegisladora de que se invade la competencia de SEMARNAT al pretender regular también el procedimiento a través del cual se substancie y se resuelvan aquellas autorizaciones que tengan por objeto la realización de actividades ecoturísticas, como se propone.

Sobre este último punto en particular, cabe resaltar que el artículo 99 de la Ley General de Vida Silvestre dispone que el aprovechamiento no extractivo de la vida silvestre requiere de autorización previa de SEMARNAT, y por su parte, los artículos 82 y 88 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas, previene que el uso turístico y recreativo en las áreas naturales protegidas se podrá llevar a cabo bajo los términos que se establezcan en el programa de manejo, y que se requerirá autorización de SEMARNAT para realizar dentro de las áreas naturales protegidas obras y actividades para la prestación de servicios turísticos, como los de visitas guiadas incluyendo el aprovechamiento no extractivo de la vida silvestre; recreación en vehículos terrestres, acuáticos, subacuáticos y aéreos; pesca deportivo-recreativa; campamentos; servicios de pernocta en instalaciones federales, y otras actividades turístico recreativas de campo que no requieren de vehículos, viniendo ello a confirmar que la competencia para otorgar permisos para la realización de este tipo actividades recae exclusivamente en SEMARNAT.

Aunado a lo anterior, coincidimos plenamente con la colegisladora que el artículo 16 Bis 3 y sus correlativos del Proyecto de Decreto que nos ocupa, previenen disposiciones que conllevan a sobre regular la actividad ecoturística, que efectivamente consideramos desalentaría el desarrollo y la promoción de esta modalidad del turismo, porque, como ya ha quedado precisado con anterioridad, es a SEMARNAT a la que le compete otorgar permisos o autorizaciones a todos aquellos prestadores de servicios que pretendan realizar obras o actividades ecoturísticas a las que se refiere la legislación ambiental aplicable.

En todo momento, habría que concluir del análisis realizado al caso, como más adelante se hará, si resulta necesario que en la Ley Federal de Turismo se establezcan disposiciones expresas para que SECTUR regule a aquellos prestadores de servicios ecoturísticos que previamente hayan obtenido de la autoridad ambiental competente, ya sea Federal, Estatal o Municipal, autorización para realizar este tipo de actividades, tomando en consideración que en el artículo 34 de la Ley Federal de Turismo, se faculta a SECTUR a expedir normas oficiales mexicanas que tengan por objeto regular a los prestadores de servicios turísticos, dentro de los cuales evidentemente se encontrarían aquellos prestadores que proporcionen servicios ecoturísticos, pero sólo en lo que se refiere a la calidad del servicio, su operación y la seguridad del turista que contrate este tipo de servicios.

Respecto a que SECTUR podrá investigar las infracciones a la normatividad e imponer sanciones administrativas a aquellos prestadores de servicios ecoturísticos que violen disposiciones ambientales vinculadas a esta modalidad del turismo, cabe señalar que esta función invade atribuciones que competen a SEMARNAT, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, pues así lo dispone el artículo 71, en sus fracciones X y XI, del Reglamento Interior de dicha dependencia del Ejecutivo Federal, además que invaden las facultades que a las autoridades estatales y municipales se le otorgan sobre el tema; por lo que en todo caso, lo previsto en el artículo 16 Bis 10 del proyecto de Decreto en estudio deviene improcedente

Atento a lo anterior, este órgano colegiado coincide con la colegisladora en que cualquier aspecto que merezca estudios de tipo ambiental; examen de la capacidad de carga de las zonas en donde se prestaría el servicio; el análisis de informes preventivos, de riesgo o de manifestaciones de impacto ambiental; la evaluación de la situación que guarde la tenencia de la tierra, o todo aquello que se refiera a la introducción de tecnologías sociales y ambientales, como se propone en la Minuta, deberá permanecer o reservarse en el ámbito de la o las dependencias especializadas; por lo que, en consecuencia, a SECTUR deberán asignársele solamente aquellas tareas que tengan que ver estrictamente con su misión institucional, sin perjuicio de la coordinación que con otras dependencias del Ejecutivo pueda llevar a cabo mediante convenios interinstitucionales, haciéndose indispensable realizar las adecuaciones pertinentes con el ánimo de fomentar esta importante actividad y no desalentarla, como atinadamente asienta la colegisladora.

III.- Que derivado del análisis efectuado al dictamen emitido por la colegisladora y por el cual devuelve la Minuta Proyecto de Decreto que hoy se analiza, estas Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados reiteramos la coincidencia que se tiene con la colegisladora, en el sentido de que se hace necesario modificar la legislación para establecer un andamiaje que estimule el ecoturismo, considerando la importancia que en ámbito mundial se le está confiriendo para mantener la integridad de los procesos ecológicos y de la biodiversidad.

Sin embargo, los que suscribimos el presente dictamen consideramos también que, independientemente que se hace necesario ligar al desarrollo del turismo con el desarrollo sustentable de los recursos naturales, culturales e históricos de nuestro país en la Ley Federal de Turismo, también resulta sustancial incorporar en la legislación en la materia, la regulación de no sólo la modalidad del turismo denominada "ecoturismo", como se propone en la Iniciativa de origen, sino que también resulta trascendente incorporar a aquellas modalidades del turismo relativamente nuevas que se relacionan con la experiencia del turista de entrar en contacto con el entorno natural, histórico y cultural de una determinada comunidad agraria, ejido o pueblo indígena, ya sea que estas comunidades estén enclavadas en un Área Natural Protegida o no, como lo es también el turismo de aventura y el turismo rural, los cuales se consideran deban, conjuntamente con el ecoturismo, conceptuarse en un sentido amplio en la Ley Federal de Turismo, dentro de lo que se conoce como "turismo alternativo".

Sobre el particular, resulta pertinente resaltar que el turismo alternativo es por hoy uno de los segmentos que presentan la mayor tasa de crecimiento anual en el mercado mundial de viajes, debido al creciente interés del turista por interactuar, conocer y apreciar la naturaleza y la cultura de sus anfitriones, pues el contacto con la naturaleza es uno de los valores más importantes que en la actualidad desean encontrar los turistas, teniendo firme la convicción de contar siempre con la actitud y compromiso de respetar y participar en la conservación de esos valiosos recursos.

En efecto, ante el elevado deterioro de nuestro entorno ecológico, derivado del consumo irracional y excesivo de los recursos naturales, que ha ocasionado en el planeta contaminación del aire, agua y tierra, deforestación, desertificación, pérdida de mantos freáticos, de especies animales y vegetales, y de la biodiversidad en general, el hombre a lo largo de los últimos años ha venido tomando conciencia de la necesidad de contar con una educación ambiental que también le permita generar un cambio de actitud con respecto a nuevas formas de contacto con la naturaleza, un trato diferente con su cuerpo y un mayor conocimiento de responsabilidad individual frente a los problemas colectivos.

Este cambio, por demás significativo, ha logrado que el hombre busque nuevas formas de hacer turismo que se alejen del turismo convencional o tradicional, encontrándonos en consecuencia ante un visitante más participativo que disfruta de otros recursos y atractivos menos estandarizados, como lo es la de interrelacionarse activamente en las tradiciones y cultura de las comunidades receptoras, con su gastronomía, sus fiestas, y que le permita aprender del patrimonio histórico-cultural, a través de la realización de actividades relacionadas con la naturaleza al aire libre o simplemente paseando por ella, dando origen a una nueve modalidad de hacer turismo, al denominado "turismo alternativo".

El concepto de turismo alternativo suele confundirse muy a menudo con el ecoturismo, con el turismo de aventura y con el turismo rural, se los llama indistintamente como si fueran la misma cosa; empero, la experiencia vivida en nuestro país nos permite considerar que ello no es así, ya que, como se ha dicho con anterioridad, el turismo alternativo es una nueva forma de hacer turismo, es un modelo de turismo alejado del turismo convencional o tradicional, que actúa incluyendo modalidades específicas como lo es el ecoturismo, el turismo de aventura y el turismo rural, y si bien es cierto que estas actividades turísticas específicas se basan en el interés de realizar un viaje particularmente en contacto con la naturaleza, al aire libre y en zonas rurales, desarrollados bajo criterios de sustentabilidad con el interés común de conocer, respetar, disfrutar y conservar los recursos naturales y culturales, este órgano colegiado que suscribe estima que cada modalidad específica de turismo a la que nos hemos referido y que es materia del presente dictamen tiene sus características muy particulares, pues así lo hemos percibido en los distintos foros y reuniones de trabajo que hemos celebrado con prestadores de servicios turísticos, funcionarios federales, estatales y municipales, organizaciones no gubernamentales, ambientalistas y, en general, la población en su conjunto.

En el caso del ecoturismo, consideramos que esta modalidad específica está enfocada principalmente a la realización de viajes que permitan al turista la interacción, conocimiento, observación y apreciación de la naturaleza, que le implique tomar conciencia con respecto al aprovechamiento, preservación, conservación y restauración de los recursos naturales y su biodiversidad.

En relación al turismo de aventura, consideramos que esta modalidad específica se orienta principalmente a aquellos viajes que tengan como objetivo la realización de actividades deportivo-recreativas, vinculadas a desafíos impuestos por la naturaleza, que le produzcan al turista emociones y sensaciones de descubrimiento, exploración y. riesgo, y que implique participación en armonía con el medio ambiente, respetando el patrimonio natural, cultural e histórico de la nación.

Respecto al denominado turismo rural, consideramos que esta modalidad específica se realiza a través de viajes en el cual el turista participa en actividades de la vida cotidiana de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas, con fines culturales, educativos y recreativos, que le permita conocer siempre con respeto sus tradiciones, sus usos y costumbres, sus manifestaciones artísticas, su gastronomía, sus fiestas, y, en general, su forma de vida.

El ecoturismo, el turismo de aventura y el turismo rural, son modalidades turísticas alternas o alternativas del turismo convencional o tradicional, los cuales tienen sus características propias muy bien definidas, como ha quedado expresado, de ahí que el término "turismo alternativo" no debe ser motivo de confusión, por lo que entonces consideramos se deba conceptuar al turismo alternativo en un sentido amplio, que recoja las características de estas tres modalidades específicas del turismo, con el objeto de diferenciarlas unas de otras y a su vez del turismo convencional o tradicional, pues el turismo alternativo implica también una forma diferente de producir y prestar los productos y servicios turísticos.

Es importante destacar que estas modalidades específicas de turismo tienen como común denominador la pretensión de preponderar el desarrollo del turismo sustentable, entendiéndose como turismo sustentable al desarrollo de la actividad turística que se funda en la planeación y manejo de las prácticas turísticas que propicien la preservación, protección, conservación y restauración del patrimonio natural, cultural e histórico de la nación, con el fin de salvaguardar la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.

Empero también, con el desarrollo del ecoturismo, del turismo de aventura y del turismo rural, se pretende garantizar en nuestro país que el turismo contribuya a preservar, conservar, proteger y restaurar los ecosistemas terrestres, sensibilizando a los Gobiernos Federal y locales, a las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas, al sector privado, a la sociedad civil y a los consumidores en relación con la capacidad del turismo alternativo para contribuir a la conservación del patrimonio natural, cultural e histórico. Asimismo, con este desarrollo se busca que la protección ambiental forme parte integrante del desarrollo turístico; fomente actividades y lugares nuevos para el turismo; frene o corrija la expansión masiva y desmedida de algunos centros turísticos receptivos; destaque la importancia que reviste la participación de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas en el desarrollo de estas modalidades específicas del turismo, permitiendo su inclusión como operadores de turismo alternativo que no sólo mejore los niveles de vida de sus integrantes, sino también ayude a conservar el recurso con un menor impacto; difunda métodos y técnicas de planificación, gestión, reglamentación y seguimiento del turismo alternativo que garanticen su sustentabilidad a largo plazo.

En suma, los que suscribimos el presente dictamen consideramos que en el desarrollo del turismo alternativo se debe incorporar y reconocer la cultura de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas en el desarrollo de este producto, en su forma de organización y manejo, en la formulación de políticas, en la planeación y ordenamiento del espacio donde se desarrollan las actividades ecoturísticas, de turismo de aventura y de turismo rural, y de su promoción, ya que se continúa planeando el desarrollo del turismo desde los grandes centros turísticos sin considerar la opinión de los residentes locales. La idea es impulsar también el desarrollo de la Pequeñas y Medianas Empresas Turísticas, que permitan que las divisas generadas queden efectivamente en manos de las comunidades locales.

Así entonces, es necesario resaltar que el desarrollo del turismo alternativo no puede dejarse a un lado, ya que si México quiere insertarse como destino turístico internacional, deberá estructurar un marco regulatorio que promueva los productos de turismo alternativo que en la actualidad captan el interés de la demanda internacional, pues hoy las tendencias nos indican que los productos que se impondrán en el futuro son los que reúnen las características de un turismo sustentable, especialmente las relacionadas al turismo alternativo en sus distintas modalidades específicas.

Por tanto, el importante crecimiento que se ha venido dando del turismo alternativo en nuestro país, en sus distintas modalidades específicas, vinculada con la conveniencia de impulsar el desarrollo sustentable del turismo, conlleva a la necesidad por demás indispensable de adecuar la legislación vigente sobre la materia con el objeto de desarrollar esta actividad turística alterna que encare seriamente un desarrollo turístico sustentable para el país, adoptando como modelo a impulsar al turismo alternativo, contando con una legislación que referencie conceptualmente este nuevo modelo de turismo y las modalidades específicas que el mismo involucra y su desarrollo; propicie la expedición de normas o reglamentos relacionadas con la prestación de este tipo de servicios, principalmente las de aventura, ya que implican la participación por parte de los turistas con cierto riesgo para su integridad física; busque un encuadre legal para los prestadores de servicios de turismo alternativo; defina las competencias entre SECTUR y otras dependencias de la Administración Pública Federal, así como también con los gobiernos de los Estados, Distrito Federal y los Municipios; describa temas a desarrollar conjuntamente entre SECTUR y SEMARNAT; diseñe mecanismos que vigilen el cumplimiento del marco jurídico; promueva incentivos a aquellos prestadores que proporcionen servicios de turismo alternativo, en sus modalidades específicas; apoye la educación y la investigación en el segmento de turismo alternativo, en especial del ecoturismo; incorpore y reconozca la cultura de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas en el desarrollo de productos de turismo alternativo, en su forma de organización y manejo, en la formulación de políticas, en la planificación y en la promoción, y, entre otros; formule sobre la base de una participación intersectorial y multidisciplinaria el Plan Nacional de Turismo Sustentable y de Turismo Alternativo.

Es por ello que para el logro de estos propósitos, los que suscribimos el presente dictamen proponemos reformar el artículo 2º de la ley Federal de Turismo, para preponderar el desarrollo del turismo sustentable, que comprometa a los distintos actores involucrados en el turismo a establecer bases para la planeación y manejo de las prácticas turísticas que propicien la preservación, protección, conservación y restauración del patrimonio natural, cultural e histórico de la nación, con el fin de salvaguardar la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras, y en este contexto reformar el artículo 3º de la Ley, definiendo el concepto de turismo sustentable, mediante la adición de una fracción IV a dicho numeral.

En el mismo sentido de la sustentabilidad del turismo, consideramos que como parte fundamental de la planeación turística y como base de una participación intersectorial y multidisciplinaria, es indispensable adicionar un artículo 8º Bis, con el objeto de garantizar la elaboración de un Plan Nacional de Turismo Sustentable, que sea elaborado por SECTUR en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, con la participación por supuesto que corresponda a SEMARNAT, a otras entidades y dependencias de la Administración Pública Federal, y en la que se garantice la apertura de espacios a la participación de la sociedad en la construcción de este tipo de políticas, dando cabida a las propuestas de los prestadores de servicios turísticos, comunidades agrarias, ejidos, pueblos indígenas, organizaciones sociales, académicos, y, en general, a todos aquellas personas, ya sean físicas o morales, que se interesen en el tema, a fin de lograr un plan debidamente apoyado por amplios sectores de la sociedad.

Con relación al tema del turismo alternativo, proponemos una reforma a la fracción IX del artículo 2º de la Ley Federal de Turismo, a fin de plasmar como marco del objeto de la Ley la promoción de esta modalidad del turismo, debiendo quedar claro el término "turismo alternativo", ya que, como ha quedado expresado con anterioridad, este término no debe ser motivo de confusión respecto a las modalidades específicas de este segmento como lo son el ecoturismo, el turismo de aventura y el turismo rural, por lo que entonces consideramos se deba también conceptuar al turismo alternativo en un sentido amplio, que recoja las características de estas tres modalidades específicas, definiendo el concepto además de estas últimas modalidades en el artículo 3º de la Ley que se reforma, con el objeto de diferenciarlas unas de otras y a su vez del turismo convencional o tradicional.

Por lo que toca a la adición de un Capítulo Cuarto dentro del Titulo Segundo, de la Ley Federal de Turismo, denominado "Turismo Alternativo", este órgano colegiado consideró dar claridad al fomento y desarrollo del turismo alternativo, de manera que sea congruente tanto en la aplicación de políticas y atribuciones que correspondan a SECTUR, como respecto a las disposiciones de otros ordenamientos legales que guarden relación con la protección, preservación, conservación y restauración del patrimonio natural, cultural e histórico de la nación.

Por tanto, estimamos necesario adicionar siete artículos al capítulo denominado "Turismo Alternativo", iniciando con establecer las modalidades específicas del turismo alternativo, como lo son el ecoturismo, el turismo de aventura y el turismo rural.

En consecuencia de lo anterior, se acordó establecer una coordinación entre SECTUR y los gobiernos de las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, con la corresponsabilidad de SEMARNAT y de otras entidades y dependencias de la Administración Pública Federal que por sus facultades deban intervenir en el fomento del desarrollo y promoción de este segmento del turismo, mediante la elaboración de programas y la suscripción de convenios, y sobre este tópico se estableció que corresponde a SECTUR la coordinación de estas acciones con base a principios y atribuciones que a lo largo del texto del presente dictamen se han establecido.

También, se propone que sea SECTUR la que incorpore y reconozca en la Ley la cultura de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas en el desarrollo de productos de turismo alternativo, en su forma de organización y manejo, en la formulación de políticas, en la planificación y en la promoción, impulsando la constitución y operación de empresas con miembros de estas comunidades para la prestación de servicios de turismo alternativo, pues ello indudablemente contribuirá a una mejor conservación de los recursos naturales y, por supuesto, a elevar la calidad de vida de las comunidades rurales.

Tomando en consideración que entre las acciones más importantes relacionadas con la planeación y el desarrollo de las actividades de turismo alternativo, en especial las de ecoturismo y turismo de aventura, destaca la elaboración de Programas de Manejo en Áreas Naturales Protegidas, que originalmente son áreas potenciales para el desarrollo de este tipo de actividades, se propone que SECTUR, a invitación de SEMARNAT, participe en la formulación de estos programas, pues de las 127 Áreas Naturales Protegidas con las que cuenta el país, sólo se tiene conocimiento de la existencia de programas de manejo en 25 de ellas, lo que dificulta el desarrollo del turismo alternativo en este tipo de áreas propias para la práctica de esta actividades.

Sobre la vigilancia y control de las actividades de turismo alternativo, cabe destacar que estas facultades competen a SEMARNAT, por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, según lo dispuesto por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como por lo que previene el Reglamento de este ordenamiento legal en Materia de Áreas Naturales Protegidas, por lo que consideramos que sólo SECTUR puede participar en estas acciones mediante mecanismos que para el efecto estructure en coordinación con la propia SEMARNAT, sujetándose siempre esta vigilancia y control exclusivamente a la operación y calidad de la prestación del servicio, a la protección del turista y a los demás factores que sobre el tema se refiere la Ley Federal de Turismo.

Respecto al encuadre legal de los prestadores de servicios de turismo alternativo, los que suscribimos el presente dictamen estimamos importante y necesario incorporar la texto del artículo 4º de la Ley Federal de Turismo, a las empresas que presten u operen servicios de turismo alternativo, además de aquellos prestadores de servicios que diversas organizaciones representativas de estos sectores han demandado e insistido su inclusión en la Ley como prestadores de servicios, tales como las arrendadoras de vehículos turísticos, las marinas turísticas, la operadoras turísticas de buceo, así como también los establecimientos que presten o comercialicen el servicio de tiempo compartido, y aquellas empresas que operen balnearios y parques temáticos.

Ante esta reforma que se propone al artículo 4º de la Ley Federal de Turismo, los que suscribimos consideramos necesario vincular el presente dictamen con la diversa Iniciativa que presentara la Dip. Blanca Rosa García Galván, a nombre de Diputados de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Acción Nacional, integrantes a la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la cual fuera turnada a la Comisión de Turismo el día 10 de noviembre de 1998 para su análisis y dictamen correspondiente, y que precisamente plantea incorporar al texto de dicho numeral, una fracción VI que refiera como prestador de servicios turísticos a las arrendadoras de automóviles; una fracción VII referente a los transportes ya sean terrestres, marítimos y aéreos para fines turísticos; y, por último, una fracción VIII, relativa a los que presten el servicio de tiempo compartido.

Nos resulta importante resaltar que con esta reforma no se pretende regresar a una sobre regulación de este tipo de prestación de servicios, pues muy por el contrario y coincidiendo con la exposición de motivos de la Iniciativa original, lo que se pretende es impulsar el fomento y consolidar el desarrollo de estas actividades que son eminentemente turísticas.

En efecto, baste señalar que independientemente de la definición legal que el artículo 64 de la Ley Federal de Protección al Consumidor le da al "tiempo compartido", esta actividad es un servicio turístico por excelencia que constituye una modalidad o evolución del servicio de hospedaje, muy similar a la propiedad en condominio, pero que no es arrendamiento aún cuando participen algunos de sus elementos, situación que estimamos ha provocado que el desarrollo de esta actividad se haya visto afectado por una gran cantidad de trabas burocráticas aplicadas discrecionalmente, que han hecho de los órganos gubernamentales unos auténticos interventores de la operación comercial de tiempo compartido, evitando que evolucione de modo natural.

El tiempo compartido en nuestro país ha evolucionado rápidamente, después de su aparición en la década de los setenta en el Puerto de Acapulco, al grado tal que en la actualidad México ocupa el segundo lugar mundial en cuanto a desarrollos y ventas, ya que, según reportes del año 2001, en nuestro país existen 311 desarrollos de tiempo compartido, lo que representa el 40.1 por ciento de la oferta en Latinoamérica, contando con un millón 340 mil propietarios de tiempo compartido, representando el 30 por ciento a nivel mundial, y alcanzando ventas de 128 mil 854 semanas de esta modalidad del hospedaje, por un monto de 1,610 millones de dólares al año; lo que ha permitido alcanzar niveles de desarrollo poco vistos en otros segmentos productivos, pues su valor, imagen y popularidad han provocado que los observadores de la industria predigan que está a punto de convertirse en la opción número uno de los vacacionistas en el mundo en el transcurso de los próximos diez años; de allí la importancia de impulsar el fomento y consolidar el desarrollo de esta actividad como una actividad eminentemente turística, por lo que consideramos se hace necesario incluir a los prestadores y comercializadores de tiempo compartido como prestadores de servicios turísticos en el artículo 4º de la Ley Federal de Turismo, precisamente porque la actividad está sustentada por vacacionistas, buscando con esta reforma el desarrollo de esta actividad para seguir ocupando un nivel preponderante a nivel mundial, que propicie altos estándares de calidad y de servicio ofrecido en estos polos de desarrollo. Sin embargo, no estimamos pertinente derogar los artículos 64 y 65 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, como se plantea en la Iniciativa de origen, pues estimamos que en este último ordenamiento legal debe seguir estableciéndose los requisitos para la comercialización de tiempo compartido, así como los derechos de los consumidores, y con la inclusión de esta actividad en la Ley Federal de Turismo se busca fomentar la inversión en esta materia, enfocada hacia la promoción y establecimientos de bases claras para la operación del aludido sistema de tiempo compartido, no pretendiendo de ninguna manera sobre regular esta importante actividad turística.

Así también, y como consecuencia de la inclusión de los prestadores de servicios turísticos que han quedado señalado en el párrafo inmediato anterior, resulta necesario reformar el proemio del artículo 33 de la Ley Federal de Turismo, con el objeto de establecer que los requisitos para ser prestador de servicios de turismo alternativo y operadoras turísticas de buceo, se fijarán en el reglamento respectivo, atendiendo los principios que el mismo numeral ya prevé. De igual manera, resulta pertinente reformar también la fracción IV, del artículo 34 de la Ley, a fin de ampliar la referencia que se hace de que las normas oficiales mexicanas relacionadas con la prestación de servicios turísticos establezcan las garantías que, en su caso, deban otorgar los prestadores de servicios, ampliando esta referencia a las fracciones VI, VII y VIII que se adicionan al artículo 4º de la misma Ley. Sobre esta última reforma que se propone, suerte también debe correr el artículo 49 de la Ley, debiéndose reformar a fin de establecer que las infracciones a lo dispuesto en los reglamentos que regulen los servicios turísticos a que se refieren las fracciones II y III, adicionando una fracción VII referente a las empresas de turismo alternativo y operadoras turísticas de buceo.

Siendo congruente con lo dispuesto en el artículo 42, fracción II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, proponemos reformar el artículo 13 de la Ley, a fin de considerar la formulación de las declaratorias de zonas de desarrollo turístico prioritario, conjuntamente entre SECTUR y SEMARNAT, con la participación que corresponda a la Secretaría de Desarrollo Social y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, Distrito Federal y los municipios, que tenga también por objeto la creación de centros dedicados al desarrollo del turismo alternativo, además que consideramos que resulta necesario ampliar la apertura de espacios a la participación social en este procedimiento, permitiendo la discusión pública de los proyectos de declaratoria de zonas de desarrollo turístico prioritario sometidos a las autoridades, garantizando el derecho de las comunidades agrarias, ejidos, pueblos indígenas, organizaciones sociales, académicos, y, en general, a cualquier persona interesada en presentar opiniones y observaciones sobre los posibles efectos económicos, sociales y ambientales que la declaratoria pudiera ocasionar.

Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente

DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman el proemio del artículo 2º y su fracción IX; los artículos 3º; 4º, fracciones I y IV; 13; el proemio del artículo 33; 34, fracción IV; y 49, y; se adicionan las fracciones VI, VII y VIII al artículo 4º, un artículo 8º Bis; un Capítulo IV dentro del Título Segundo, denominado Turismo Alternativo; así como también se adicionan los artículos 16 Bis; 16 Bis 1; 16 Bis 2; 16 Bis 3; 16 Bis 4; 16 Bis 5, y; 16 Bis 6 de la Ley Federal de Turismo, agregando cuatro artículos transitorios para quedar como sigue:

"Artículo 2º.- Esta Ley tiene por objeto propiciar el turismo sustentable y establecer las bases para:

I al VIII...

IX. Promover el turismo social y el turismo alternativo mediante el conocimiento, la protección y el fortalecimiento del patrimonio natural, histórico y cultural de cada región del país.

X. ...........

Artículo 3º.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Secretaría: La Secretaría de Turismo.

II. Prestador de servicios turísticos: La persona física o moral que habitualmente proporcione, intermedie o contrate con el turista, la prestación de los servicios a que se refiere esta Ley.

III. Turista: La persona que viaja desplazándose temporalmente fuera de su lugar de residencia habitual y que utilice alguno de los servicios turísticos a que se refiere esta Ley.

IV. Turismo Sustentable: El desarrollo de la actividad turística que se funda en la planeación y manejo de las prácticas turísticas que propicien la preservación, protección, conservación y restauración del patrimonio natural, cultural e histórico de la nación, con el fin de salvaguardar la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.

V. Turismo Alternativo: La modalidad del turismo que tiene como fin la realización de viajes que permitan al turista participar en actividades recreativas en contacto con la naturaleza y las expresiones culturales de comunidades rurales, indígenas, y urbanas con una actitud y compromiso de conocer, conservar y preservar el patrimonio natural, cultural e histórico de la nación.

VI. Ecoturismo: Modalidad específica del turismo alternativo que tiene como finalidad educar, concienciar y valorar, los elementos naturales con los que cuenta nuestro país, respetando las capacidades de carga de los ecosistemas y minimizando los impactos ambientales que la actividad turística genera.

VII. Turismo de aventura: Modalidad específica del turismo alternativo que tiene como finalidad ofrecerle al turista una gama diversificada de eventos que implican cierto nivel de riesgo físico y que en su mayoría se desarrollan dentro de espacios naturales. Dichos eventos requieren de un entrenamiento o conocimiento previo para su realización.

VIII. Turismo rural: La modalidad específica del turismo alternativo que se realiza a través de viajes en los cuales el turista participa en actividades de la vida cotidiana de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas, con fines culturales, educativos y recreativos, que le permiten conocer y participar en las tradiciones de las comunidades autóctonas mexicanas. Siempre con respeto a sus usos y costumbres, sus manifestaciones artísticas, su gastronomía, sus fiestas, y en general, su forma de vida.

Artículo 4º.- Se consideran servicios turísticos sujetos a esta Ley, los prestados a través de:

I. Hoteles, moteles, albergues y demás establecimientos de hospedaje, incluyendo los establecimientos que presten o comercialicen el servicio de tiempo compartido, así como balnearios, parques temáticos, spas, campamentos y paradores de casas rodantes;

II. .........

III. ..........

IV. Restaurantes, cafeterías, bares, centros nocturnos y similares que se encuentren ubicados en hoteles, albergues, establecimientos de tiempo compartido, balnearios, spas, parques temáticos, puertos para cruceros, marinas turísticas, centros de convenciones y exposiciones, campamentos y paradores de casas rodantes, así como en aeropuertos, terminales de autobuses, estaciones de ferrocarril, museos y zonas arqueológicas;

V. .........

VI. Marinas turísticas, sin perjuicio de las disposiciones que la legislación portuaria establezca;

VII. Empresas de turismo alternativo y operadoras turísticas de buceo;

VIII. Arrendadoras de automóviles.

Artículo 8º Bis.- Como parte sustancial del programa sectorial turístico, la Secretaría elaborará el Programa Nacional de Turismo Sustentable con la participación que corresponda a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a las demás entidades y dependencias de la Administración Pública Federal, y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, Distrito Federal y los municipios.

Para tal efecto, la Secretaría llevará a cabo, conforme al procedimiento que establezca el reglamento de la Ley, una consulta pública dirigida a los prestadores de servicios turísticos, a las comunidades agrarias, ejidos, pueblos indígenas, organizaciones sociales, académicos, y, en general, a cualquier persona interesada en proponer opiniones y observaciones sobre el tema, las cuales serán tomadas en consideración.

Artículo 13.- La Secretaría, conjuntamente con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la participación que corresponda a la Secretaría de Desarrollo Social, y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, Distrito Federal y los municipios, formulará las declaratorias de zonas de desarrollo turístico prioritario, a efecto de que las autoridades competentes expidan, conforme a los planes locales de desarrollo urbano, las declaratorias de uso del suelo turístico, para crear o ampliar centros de desarrollo turístico prioritario, así como para la creación de centros dedicados al turismo social y de desarrollo del turismo alternativo, en los términos de las leyes y otros ordenamientos jurídicos aplicables.

Para tal efecto, la Secretaría llevará a cabo, mediante el método que determine el reglamento de la Ley, una consulta pública dirigida a las comunidades agrarias, ejidos, pueblos indígenas, organizaciones sociales, académicos, y, en general, a cualquier persona interesada en el establecimiento de la zona de desarrollo turístico prioritario, a fin de recibir opiniones y observaciones sobre los posibles efectos económicos, sociales y ambientales que la declaratoria pudiera ocasionar, cuyos resultados serán tomados en consideración, previa evaluación de procedencia.

Artículo 16 Bis.- Son modalidades específicas de turismo alternativo:

I. El ecoturismo;

II. El turismo de aventura; y,

III. El turismo rural.

Artículo 16 Bis 1.- La Secretaría, conjuntamente con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la participación que corresponda a las entidades y dependencias de la Administración Pública Federal, y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, Distrito Federal y los municipios, fomentarán el desarrollo y promoción del turismo alternativo, a través de programas, acciones y convenios que sobre la materia formulen.

De igual manera, la Secretaría y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales expedirán conjuntamente, de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las Normas Oficiales Mexicanas, las cuales deberán establecer las características y especificaciones que deban reunir dichas modalidades específicas de turismo alternativo relativas a la seguridad de los turistas, capacidad máxima de carga de ecosistemas, y sistemas para minimizar o reducir los impactos ambientales de estas actividades.

Artículo 16 Bis 2.- La Secretaría coordinará el desarrollo y promoción del turismo alternativo, con base a los siguientes principios y atribuciones:

I. Formular y conducir la política nacional de turismo alternativo, estableciendo mecanismos de concertación intersectorial, que logren coordinar las actividades de los actores involucrados en el turismo alternativo;

II. Formular, aplicar y evaluar el Programa Nacional de Fomento al Turismo Alternativo;

III. Difundir métodos y técnicas de planificación, gestión, reglamentación y seguimiento del turismo alternativo que garanticen la sustentabilidad a largo plazo;

IV. Promover la capacidad del turismo alternativo para contribuir al desarrollo sustentable y a la conservación del patrimonio natural, cultural e histórico de la nación;

V. Incorporar y reconocer la cultura de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas en el desarrollo de productos de turismo alternativo, en su forma de organización y manejo, en la formulación de políticas, en la planificación y en la promoción;

VI. Fortalecer a las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas, en el establecimiento de mecanismos de manejo de los recursos naturales, su conservación y de actividades de turismo alternativo dentro de áreas naturales protegidas;

VII. Promover la participación de la sociedad en materia de turismo;

VIII. Desarrollar instrumentos económicos que permitan la derrama directa de recursos para los habitantes de las comunidades en donde se realiza el turismo alternativo;

IX. Fortalecer el desarrollo de la educación ambiental para las comunidades agrarias, ejidos, pueblos indígenas, organizaciones sociales y privadas, empresas y profesionales que presten el servicio de turismo alternativo;

X. Establecer códigos de ética para los participantes en actividades de turismo alternativo;

XI. Elaborar y difundir estudios que se realicen sobre turismo alternativo;

XII. Promover el otorgamiento de estímulos fiscales necesarios para el fomento del turismo alternativo, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados;

XIII. Fomentar la reinversión de los beneficios económicos generados por el turismo alternativo, en el manejo y control de las áreas naturales protegidas y en el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades locales;

XIV. Vigilar y controlar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de este capítulo y los demás ordenamientos que de él se deriven;

XV. Los demás que establezca la Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 16 Bis 3.- La Secretaría promoverá la constitución y operación de empresas con miembros de las comunidades agrarias, ejidos y pueblos indígenas, que tengan por objeto la prestación de servicios de turismo alternativo.

Artículo 16 Bis 4.- La Secretaría, a invitación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, podrá participar en la formulación de Programas de Manejo en Áreas Naturales Protegidas que sean aptas para realizar actividades de turismo alternativo, de conformidad con lo establecido por el ordenamiento ecológico territorial, previa manifestación de impacto ambiental en términos de la legislación aplicable.

Artículo 16 Bis 5.- La Secretaría, a invitación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, vigilará y controlará conjuntamente las actividades de turismo alternativo que se realicen en Áreas Naturales Protegidas, mediante mecanismos que para tal efecto estructuren.

Fuera de las Áreas Naturales Protegidas, la Secretaría, realizará acciones de vigilancia y control de las actividades de turismo alternativo, en coordinación con las autoridades competentes que ejerzan jurisdicción en las áreas en que se practiquen.

Artículo 16 Bis 6.- La vigilancia y control que realice la Secretaría sobre las actividades de turismo alternativo en Áreas Naturales Protegidas, se sujetarán exclusivamente a la operación y calidad de la prestación del servicio, a la protección del turista y a los demás factores a los que se refiere la presente Ley.

Artículo 33.- Los requisitos para ser prestador de servicios a que se refieren las fracciones II, III y VII del artículo 4º de la presente Ley, se fijarán en el reglamento respectivo atendiendo a los siguientes principios:

I. a II. ...

Artículo 34.- ...

I a III. .........

IV. Las garantía que en su caso, deberán otorgar los prestadores de servicios a que se refieren las fracciones I, II, V, VI, VII y VIII del artículo 4º de la presente Ley.

.........

Artículo 49.- Las infracciones a lo dispuesto en los reglamentos que regulen los servicios turísticos a que se refieren las fracciones II, III y VII del artículo 4º y a lo dispuesto en los artículos 35, fracción I y 38, se sancionarán con multa hasta por el equivalente a tres mil veces el salario mínimo diario.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.

TERCERO.- Las reformas y adiciones al Reglamento de esta Ley deberán publicarse en un término que no exceda de ciento veinte días naturales contados a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Decreto.

CUARTO.- Las dependencias competentes deberán expedir conjuntamente las Normas Oficiales Mexicanas que establezcan las especificaciones para el desarrollo y funcionamiento del turismo de aventura, el turismo rural y el ecoturismo en un plazo no mayor a ciento noventa días a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de abril de dos mil tres.— Por la Comisión de Turismo: Diputados: Jaime Larrazábal Bretón (rúbrica), Presidente; Flor Añorve Ocampo (rúbrica), secretaria; Mercedes Hernández Rojas (rúbrica), secretaria; María Cruz Martínez Colín (rúbrica), secretaria; Rafael Servín Maldonado (rúbrica), secretario; Edilberto Jesús Buenfil Montalvo (rúbrica), Salvador Cosío Gaona (rúbrica), Juan José Nogueda Ruiz (rúbrica), Héctor Nemesio Esquiliano Solís, Ismael Estrada (rúbrica), Jaime Hernández González, Federico Granja Ricalde (rúbrica), Jaime Mantecón Rojo (rúbrica), Enrique Martínez Orta Flores, José Manuel Quintanilla Rentería (rúbrica), Miguel Vega Pérez (rúbrica), Pablo de Jesús Arnaud Carreño (rúbrica), Roberto Eugenio Bueno Campos, Victoria Ruth Sonia López Macías, José R. Mantilla y González de la Llave (rúbrica), Luis Alberto Villarreal García, Daniel Ramírez del Valle, Clemente Padilla Silva, Cuauhtémoc Cardona Benavides, Esteban Sotelo Salgado, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vázquez, Elías Martínez Rufino, María Cristina Moctezuma Lule (rúbrica), Norma Patricia Riojas Santana.

Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales: Diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Presidente; Jesús de la Rosa Godoy (rúbrica), secretario; Gustavo Lugo Espinoza (rúbrica), secretario; Miguel Angel Gutiérrez Machado (rúbrica), secretario; José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretario; Francisco Arano Montero (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), Vitálico Cándido Coheto Martínez, Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica), José Manuel Díaz Medina, Sergio García Sepúlveda (rúbrica), Rómulo Garza Martínez (rúbrica), Raúl Gracia Guzmán, Pedro Manterola Sainz, Manuel Garza González (rúbrica), José Jacobo Nazar Morales, Juan José Nogueda Ruiz (rúbrica), Donaldo Ortiz Colín (rúbrica), Juan Carlos Pallares Bueno (rúbrica), Elizabeth Rosas López, Ramón Ponce Contreras (rúbrica), Rafael Ramírez Agama, Rafael Ramírez Sánchez, Jaime Rodríguez López, Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica), Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica), José María Tejeda Vázquez (rúbrica), Miguel Angel Torrijos Mendoza, Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica), Julio César Vidal Pérez.»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, queda de primera lectura.

LEY ADUANERA

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

La Comisión de Hacienda y Crédito Público entregó a esta Presidencia el dictamen con proyecto de decreto que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—Cámara de Diputados.— LVIIILegislatura.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

HONORABLE ASAMBLEA

A la Comisión que suscribe, el pasado 25 de marzo de 2003, le fue turnada para su estudio y dictamen la “Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 121 de la Ley Aduanera, sobre ventas libres de contribuciones a pasajeros de vuelos internacionales a su llegada al territorio nacional”, presentada por el Diputado Omar Fayad Meneses el mismo día, a nombre de diversos legisladores de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Revolucionario Institucional, y el 15 de abril de 2003, le fue turnada la “Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, de la Ley de Comercio Exterior, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria”, presentada por el Diputado César Alejandro Monraz Sustaita el mismo día, a nombre de diversos legisladores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 55, fracción II, 56, 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Los CC. Diputados integrantes de esta Comisión se abocaron al análisis de las Iniciativas antes señaladas, de conformidad con los resultados que le presentó el grupo de trabajo creado ex-profeso para su estudio, el cual se reunió en diversas ocasiones con representantes de los sectores involucrados en las operaciones de comercio exterior, a efecto de revisar y analizar detalladamente el contenido de los Proyectos en cuestión, con el objeto de deliberar sobre la procedencia de los mismos e integrar el presente Dictamen.

Con base en las referidas actividades y de conformidad en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Hacienda y Crédito Público presenta a esta Honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

DESCRIPCIÓN DE LAS INICIATIVAS

La Iniciativa que presenta el Dip. Omar Fayad Meneses refiere que las tiendas libres de impuestos ubicadas en los puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, mejor conocidas como duty free, son depósitos fiscales autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de la Ley Aduanera, para la exposición y venta de mercancías nacionales y extranjeras.

En la actualidad y en términos de las disposiciones aplicables, las mercancías vendidas en estos comercios no están sujetas al pago de impuestos al comercio exterior y, en su caso, de las cuotas compensatorias, siempre y cuando la compra la realicen pasajeros que salgan del país y la entrega de dichas mercancías se lleve a cabo en los puntos de salida del territorio nacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero.

Por ello, las tiendas libres de impuesto ubicadas en aeropuertos se encuentran en las zonas posteriores al control de acceso de pasajeros internacionales, es decir, en donde sólo pueden permanecer los pasajeros que están próximos a salir del país. En los puertos marítimos, las tiendas están ubicadas en el recinto fiscal, o contiguas al mismo. En ambos casos, el control de estos inmuebles, sus instalaciones, vías de acceso y oficinas, están a cargo de las autoridades aduaneras.

En la Iniciativa se señala que, no obstante el éxito comercial obtenido con este régimen de venta, en los últimos meses, y tras los fatales eventos acontecidos en septiembre del 2001, el número de pasajeros internacionales que arriban y posteriormente abandonan del territorio nacional descendió considerablemente, hecho que igualmente ha ocasionado la disminución de los ingresos fiscales obtenidos por concepto de contribuciones, y en específico, los impuestos directos que se reciben de dichas tiendas.

Ante tal situación, la iniciativa plantea una alternativa para contribuir a equilibrar esta pérdida en los ingresos, a través de la captación de las divisas y recuperación de las mismas en la compra de productos nacionales, tal y como ya ocurre en otros países.

Esta consiste en complementar el esquema de las tiendas duty free, permitiendo que quienes llegan al territorio nacional procedentes de vuelos internacionales, puedan también tener acceso a la compra y entrega de mercancías no sujetas al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que se trate de las que comprenden el equipaje de pasajeros en viajes internacionales, de conformidad con lo previsto en el artículo 61, fracción IV, de la Ley Aduanera y demás disposiciones aplicables.

En caso de que las mercancías excedan la franquicia mencionada, éstas estarían sujetas al pago de los impuestos y cuotas compensatorias correspondientes.

La Iniciativa presentada por los Diputados César A. Monraz Sustaita, Francisco García Cabeza de Vaca, Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, Arturo San Miguel Cantú y Hugo Adriel Zepeda Berreleza tiene como objetivo primordial continuar, a través de reformas a diversas leyes del ámbito aduanal y de comercio exterior, el fortalecimiento de la certidumbre jurídica de los sujetos obligados del despacho aduanero y adecuar la tramitología aduanal en torno a la simplificación administrativa en la elaboración de los documentos aduanales.

Para este fin, se determinan las materias que imprescindiblemente deben permanecer en la ley y las que deben deferirse al reglamento, definiendo a su vez las cuestiones operativas que requieren de un manejo flexible al trasladarse a las Reglas de Carácter General emitidas por el Poder Ejecutivo.

La iniciativa refiere que el constante incremento de la actividad comercial internacional de nuestro país demanda que el procedimiento aduanero sea lo más sencillo y ágil posible, respetando desde luego los principios constitucionales; normado por una legislación prevista de claridad y precisión en su redacción, a fin de lograr la correcta interpretación y aplicación de las disposiciones de que se trate.

La posición de la industria manufacturera establecida en México, principalmente aquella cuyas operaciones se orientan hacia los mercados internacionales, en comparación de otros países, en los últimos años ha mermado su competitividad como resultado del rezago en algunos de los factores de mayor peso para la toma de decisiones de las empresas, entre estos, se definen como relevantes los costos de la logística aduanera y eficiencia en las operaciones de comercio exterior. Para elevar y mantener una alta competitividad en materia de comercio exterior, se debe considerar la disponibilidad oportuna del producto, los rápidos cambios de la oferta y demanda que obligan a las empresas a contar con sistemas de entrega eficientes, toda vez que los retrasos pueden originar la pérdida del mercado.

Preocupados por esta situación y ante las demandas del sector maquilador, diputados federales de las diferentes fracciones parlamentarias conformaron en abril de 2002 un grupo permanente de trabajo de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, al que se denominó Subcomisión de Análisis de la Problemática de la Industria Maquiladora de Exportación, con el fin de atender responsablemente el tema. Fruto de este esfuerzo conjunto los Diputados César Alejandro Monráz Sustaita, Francisco García Cabeza de Vaca, Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; y Rosalinda López Hernández del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron en noviembre de ese año una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Aduanera que en combinación con la iniciativa promovida por el Ejecutivo Federal, logró la aprobación de una serie de modificaciones para otorgar mayores elementos de competitividad, acordes a la nuevas circunstancias por las que atraviesa la economía mexicana y, en general, las distintas regiones y bloques comerciales del orbe.

Como resultado de los compromisos de ese grupo de trabajo se presentó al Congreso de la Unión en el segundo periodo ordinario del tercer año legislativo la iniciativa de Ley Aduanera, que recoge las inquietudes e incluye los ajustes pertinentes para otorgar el marco jurídico adecuado, en virtud de que el sector que inmersa su operación en el comercio exterior, requiere que se promuevan medidas equitativas para que exista un trato igual para los contribuyentes, sobre todo para los pequeños causantes. Por otro lado la iniciativa prevé la permanencia del tratamiento de exportación definitiva a las transferencias entre maquiladoras así como a las enajenaciones de proveedores nacionales a residentes en el extranjero cuando la entrega de la mercancía se realice en territorio nacional a empresas maquiladoras, eliminando la confusión existente en la legislación actual. Se introduce además el concepto de consolidación de operaciones de comercio exterior mediante una empresa maquiladora consolidadora.

Por tal razón, se propusieron reformas legales de fondo tendientes a crear mecanismos de competitividad y simplificación administrativa en atención a los sectores económicos y productivos establecidos en nuestro país.

La iniciativa contempla las disposiciones del Convenio de Kyoto para la unificación de la legislación aduanera, tanto en su estructura general como en sus conceptos básicos. Se trata, por consiguiente, de una propuesta que reflejaría en el ordenamiento mexicano los avances más recientes de la experiencia internacional y las armoniza con la de otros países que han seguido de cerca el modelo propuesto por el convenio.

CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

La que Dictamina coincide con el propósito fundamental de las propuestas en estudio. En cuanto a la iniciativa presentada por diversos legisladores de modificar la fracción III del artículo 100-A con relación a las empresas certificadas, modelo aprobado por la H. Cámara de Diputados en diciembre pasado para incentivar a las empresas, conforme al texto vigente una empresa de reciente creación y que por consecuencia no hubiera dictaminado sus estados financieros, no podrá optar por ser empresa certificada dentro de los próximos cinco años. La modificación deja abierta la posibilidad de que si alguna empresa no dictamina sus estados financieros en 2003, podrá optar en el futuro por incorporarse en el esquema de empresa certificada si cumple los requisitos que se establezcan mediante reglas, situación que no está prevista en la fracción III del Artículo Segundo Transitorio de la reforma a la Ley publicada el 30 de diciembre de 2002. Asimismo la propuesta de adición de una fracción VIII al artículo 100-B, permite a las empresas certificadas importar mercancías mediante el procedimiento de revisión en origen, previsto en el artículo 98 de esta Ley, sin que para ello se requiera cumplir con lo dispuesto en los artículos 99 y 100 de esta misma Ley. Ambas modificaciones se consideran adecuadas y necesarias.

Mediante la modificación al artículo 105 se logra que las transferencias o enajenaciones se puedan realizar también a empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, así como a la industria automotriz terminal o manufactura de vehículos de autotransportes o de auto partes para su introducción a depósito fiscal, considerándolas como exportaciones definitivas cuando se realicen mediante pedimento de acuerdo al procedimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca mediante reglas de carácter general.

Cabe señalar que la transferencia entre maquiladoras incluye aquella que es consecuencia de una enajenación entre residentes en el extranjero o de una enajenación de un residente en el extranjero a otra maquiladora, PITEX, Ecex o de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal cuando la mercancía objeto de la enajenación fue importada temporalmente por una maquiladora o PITEX, y la entrega material se efectúa en territorio nacional al adquirente.

Con la modificación al artículo 108 la que Dictamina considera que se elimina la confusión existente respecto a la enajenación de residentes en territorio nacional a proveedores nacionales de mercancías nacionales o importadas en forma definitiva así como la eliminación de la constancia de exportación para considerarlas exportadas en definitiva, sujetándolas al procedimiento de pedimento que establezca la SHCP mediante reglas. Además se agrega un ultimo párrafo para especificar que el retorno de mercancías temporalmente importadas se considera exportación definitiva para todos los efectos que correspondan.

Esta reforma es acorde con de la aprobación en diciembre de 2002 del Decreto por el que se adiciona una fracción IV al artículo 1 A, se adiciona una fracción IX al artículo 9 y se reforma el artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), del cual se desprenden los siguientes comentarios:

1. La enajenación efectuada entre residentes en el extranjero así como la enajenación efectuada por un residente en el extranjero a una maquiladora, PITEX, ECEX, ó Industria Automotriz terminal o de manufactura de vehículos de autotransporte o de auto partes para su introducción a depósito fiscal esta actualmente contemplada en la regla 5.2.5. de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2002, y se encuentra contenida en la fracción IX del artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

La enajenación que efectúen las maquiladoras o PITEX a empresas de Comercio Exterior con registro en la Secretaría de Economía (SE) esta contemplada en la regla 5.2.3. de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2002 vigentes

2. La enajenación que efectúen las empresas maquiladoras o PITEX a residentes en el extranjero cuya entrega de material se efectúe en territorio nacional a otras maquiladoras o PITEX, esta contemplada en la regla 5.2.5 de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2002.

La enajenación de proveedores nacionales a maquiladoras, PITEX, o empresas de comercio exterior o con registro de la SE, se asimila a la enajenación contemplada en el penúltimo párrafo del artículo 108 de la LA, por lo que al no estar exceptuados en la fracción I del artículo 29 de la LIVA, se concluye que están sujetas a la tasa 0% del IVA.

4. La enajenación que efectúen proveedores nacionales a residentes en el extranjero cuya entrega de material se efectúe en territorio nacional a empresas maquiladoras, PITEX, etc., se encuentra contemplada en la regla 5.2.6 de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2002.

En consideración a que la industria maquiladora de exportación localizada en México tiene como objetivo primordial la transformación de materias primas importadas temporalmente que lleven consigo la elaboración de bienes terminados, siendo estos exportados a diferentes mercados internacionales, es importante señalar que con los compromisos de venta y calidad surge la necesidad de algunas empresas de mantener un inventario de insumos para sustituir las partes que el producto manufacturado integra, a fin de reparar la falla aludida en los centros de reparación que atiende al consumidor final conforme a las garantías de servicio.

Como consecuencia de lo anterior resulta conveniente que las partes y refacciones de servicio para el cliente se encuentren almacenadas en la empresa que en su momento manufacturaron el bien final, siendo estas empresas quienes cuentan con el conocimiento, a través de sus departamentos de diseño e ingeniería total, del funcionamiento del bien producido y reparación de las partes dañadas.

Por tal razón, la que Dictamina considera que es importante regular esta actividad de almacenamiento de insumos considerados como partes para reparación y servicio, ampliando el tiempo de permanencia de dichas mercancías importadas temporalmente por empresas que cuentan con programas de maquila y de exportación, toda vez que dichas empresas, conforme a los contratos de venta, pueden requerir hasta 5 años de garantía para la reparación y suministro de partes que por mala calidad son requeridas por los clientes para la reparación y servicio de los productos finales, según las políticas de venta.

De igual forma, se considera apropiada la modificación del último párrafo del artículo 112, con el propósito de evitar diversas interpretaciones al procedimiento a seguir para realizar las operaciones de submaquila efectuadas entre empresas maquiladoras o entre empresas con programas de maquila y PITEX autorizados.

La que Dictamina considera adecuada la incorporación en un artículo 112-A de la figura de “maquiladora consolidadora” o “consolidación de operaciones de comercio exterior”, la cual permitirá que las empresas pertenecientes a dicho grupo sean internacionalmente más competitivas sin sacrificar recaudación ni control por parte de la autoridad fiscal.

Con relación a la reforma que se propone realizar a la fracción I, segundo y cuarto párrafos, del artículo 121 de la Ley Aduanera, relativa a la venta de mercancías libres de contribuciones a pasajeros de vuelos internacionales a su llegada al territorio nacional, la que dictamina apoya en sus términos, en el sentido de que con ello se logrará que más divisas permanezcan en el territorio nacional y se cree un mayor número de empleos, además de que motivaría un incremento en la recaudación de impuestos.

De hecho, la reforma abarca dos puntos concretos. Por un lado, que la venta se haga a los pasajeros que arriben al país directamente del extranjero y que la operación de venta y la mercancía sin impuestos al comercio exterior sea entregada en los establecimientos autorizados por la Secretaría, cumpliendo los requisitos de control que se establezcan mediante reglas y siempre que se trate de las que comprenden el equipaje de pasajeros en viajes internacionales, de conformidad con lo previsto en el artículo 61, fracción IV, de la Ley Aduanera y demás disposiciones aplicables.

Por el otro lado, será requisito indispensable que los locales donde se realicen este tipo de operaciones se encuentren en la zona reservada para pasajeros internacionales dentro del aeropuerto internacional o, en su caso, puerto marítimo de que se trate, antes de la zona de declaración y revisión aduanal correspondiente.

De esta manera, en primer lugar debe señalarse el hecho de que, con la reforma, se aprovecharía la posibilidad de que cada pasajero nacional o extranjero, tiene derecho a introducir al territorio mexicano un monto hasta de 300 dólares como franquicia, siempre y cuando cumpla con las características de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior correspondientes.

Un segundo aspecto, es el de que las nuevas tiendas tipo duty free estarían ubicadas, precisamente, antes de pasar la revisión fiscal y las ventas se realizarían en presencia de las autoridades hacendarias, dando preferencia a productos nacionales, estimándose que la venta total de productos nacionales derivados de estas reformas podría llegar a 11.5 millones de dólares anuales.

El tercer elemento que se ha considerado se refiere a aumento en la recaudación fiscal. De hecho, se estima que de ser aprobada la reforma, el Gobierno Federal podría obtener por ingresos anuales derivados de contribuciones alrededor de 3.8 millones de dólares; y por rentas en los aeropuertos, alrededor de 10 millones de dólares, sin olvidar que las empresas generarían un Impuesto Sobre la Renta de alrededor de 1.7 millones dólares, todas estas cantidades en términos anuales.

Más aún, considera importante recordar que este mismo esquema ya estuvo operando en México durante los años de 1984 y 1985; sin embargo, bajo el argumento de problemas de espacio, la entonces Dirección General de Aeropuertos y Servicios Auxiliares dio por terminada la presencia del mismo, no obstante que en su momento, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no tuvo inconveniente alguno en su funcionamiento, sino por el contrario, apoyó su continuidad, ya que le permitían obtener ingresos fiscales.

Finalmente, vale la pena señalar que este mismo sistema ya se encuentra funcionado desde hace varios años en los aeropuertos de Brasil, Argentina, Chile, Perú, Venezuela y Paraguay, entre otros países de América Latina.

Sin duda, esta propuesta de reforma tiene la cualidad de crear más empleos, aumentar la recaudación tributaria y elevar la productividad y la calidad de vida de muchos mexicanos.

La reforma propuesta en la iniciativa de los diversos legisladores a los artículos 14-D y 135-C con el fin de cumplir con el objetivo de proponer un esquema de Zonas Francas acorde a la demanda internacional, siendo dicho esquema regulado por la autoridad aduanera promoviéndose mediante autonomía propia desconcentrada en cuanto a infraestructura operativa y normativa, y considerando que los recintos fiscalizados estratégicos surgen de la idea inicial del establecimiento de zonas francas y estas son creadas con el objeto de promover el desarrollo nacional a través de actividades que en ellas se realicen, particularmente en acciones tendientes al fortalecimiento del comercio exterior, generación de empleo y transferencia de tecnología, la que Dictamina coincide en la importancia de señalar que, en el caso de la franja fronteriza del norte de nuestro país, para que esto suceda, no debe limitarse la posibilidad única de ser establecidos dentro o colindantes con un recinto fiscal, fiscalizado o recinto portuario.

En consideración a lo anteriormente expuesto y dado que estas reformas constituyen un elemento adicional de fomento al turismo, así como para crear fuentes de empleo permanentes y elimina la confusión existente respecto a la enajenación de residentes en territorio nacional a proveedores nacionales de mercancías nacionales o importadas en forma definitiva así como la eliminación de la constancia de exportación para considerarlas exportadas en definitiva, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, el siguiente

DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ADUANERA

Artículo único.- Se REFORMAN los artículos 100-A, fracción III; 105, primer párrafo; 108, cuarto párrafo; 112, último párrafo actual: artículo 121, fracción I; 135-C, primer párrafo; se ADICIONAN los artículos 14-D, con un séptimo párrafo; 100-B, con una fracción VIII, 105, con un segundo párrafo, 108, con un sexto y séptimo párrafos; 112, con un cuarto párrafo, pasando el actual último párrafo a ser tercer párrafo; 112-A; 135-C, con un segundo párrafo; de la Ley Aduanera, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 14-D. . . .

. . .

El Servicio de Administración Tributaria podrá habilitar en forma exclusiva el inmueble ubicado en parques industriales y en terminales multimodales de carga industrial establecidos en la franja fronteriza, para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración a la personas que tengan el uso o goce de dicho inmueble.

Artículo 100-A. . . .

III. Que hayan dictaminado sus estados financieros para efectos fiscales durante los últimos cinco años, o cuando la fecha de su constitución no sea anterior a cinco años, hubieran dictaminado sus estados financieros para efectos fiscales por los ejercicios transcurridos desde su constitución, salvo los casos y con los requisitos que se establezcan en reglas.

. . .

Artículo 100-B. . . .

VIII. Importar mercancías mediante el procedimiento de revisión en origen, previsto en el artículo 98 de esta Ley, sin que para ello se requiera cumplir con lo dispuesto en los artículos 99 y 100 de esta misma Ley.

Artículo 105- La propiedad o el uso de las mercancías destinadas al régimen de importación temporal no podrá ser objeto de transferencia o enajenación, excepto entre maquiladoras, empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía y empresas de comercio exterior que cuenten con registro de esa misma dependencia o de estas a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a deposito fiscal.

La transferencia, incluso por enajenación, de las mercancías que hubieran importado temporalmente las maquiladoras o empresas con programa de exportación autorizado por la Secretaría de Economía, a otras maquiladoras o empresas con programa de exportacion, a empresas de comercio exterior con registro de la Secretaría de Economía o a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de aototransporte o de autopartes para su introducción a deposito fiscal, se considerarán exportadas siempre que se efectúen mediante pedimento conforme al procedimiento que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, mediante reglas de carácter general.

Artículo 108. . . .

. . .

En los casos en que proveedores nacionales enajenen mercancías nacionales o importadas en forma definitiva a:

a) Maquiladoras o empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía;

b) Empresas de comercio exterior con registro de la Secretaría de Economía;

c) Empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a deposito fiscal, y

d) Residentes en el extranjero cuya entrega material se efectúe en territorio nacional a Maquiladoras o empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, empresas de comercio exterior con registro de la Secretaría de Economía o empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a deposito fiscal

Se consideraran efectuadas en importación temporal y perfeccionada la exportación definitiva de las mercancías del enajenante siempre que se efectúen mediante pedimento conforme al procedimiento que señale la Secretaría mediante reglas de carácter general.

. . .

No obstante lo previsto en el párrafo anterior, las materias primas, partes y componentes a que se refiere la fracción I, inciso b) del presente artículo, podrán permanecer en el territorio nacional por el plazo de cinco años, siempre y cuando estas se vayan a destinar totalmente a la exportación y se integren por sustitución de calidad a las mercancías previamente elaboradas.

El retorno al extranjero de bienes importados temporalmente, que realicen las maquiladoras y empresas con programa de exportación autorizados por la Secretaría de Economía en términos de la Ley, se consideraran exportaciones definitivas.

Artículo 112 . . . .

. . .

Los procesos complementarios industriales o de servicio, destinados a la transformación, elaboración o reparación de las mercancías podrán llevarse a cabo entre maquiladoras o empresas con programas de exportación autorizado por la Secretaría de Economía distintas al titular de un programa, o también entre una maquiladora o empresa con programa de exportación autorizados por la Secretaría de Economía y una empresa sin programa, siempre que se presente aviso a la autoridad aduanera en el que se señale:

I. Fecha y número de pedimento de importación temporal, mercancías amparadas por el mismo y especificaciones del proceso industrial al que serán destinadas;

II. Nombre, domicilio y clave en el Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral que realizará el proceso industrial y el lugar en que éste se efectuará;

III. Compromiso del tercero de realizar o continuar el proceso industrial y su aceptación de asumir la responsabilidad solidaria respecto de todas las obligaciones a cargo del beneficiario del régimen; y,

IV. Copia del oficio de autorización de procesos complementarios industriales o de servicio, destinados transformación, elaboración o reparación de las mercancías expedido por la Secretaría de Economía.

Las maquiladoras o las empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, presentarán el aviso a que se refiere el párrafo anterior dentro de los primeros 5 días de cada mes, ante la autoridad aduanera.

Artículo 112-A- Las mercancías importadas temporalmente por una Maquiladora consolidadora de empresas que consolide operaciones de comercio exterior de un grupo de personas morales, autorizada en los términos del Decreto correspondiente, podrán ser utilizadas por cualquiera de las personas morales registradas en el programa respectivo, sin necesidad de realizar trámites aduaneros siempre que la empresa consolidadora realice y controle la totalidad de las operaciones de comercio exterior que el grupo requiera para llevar a cabo los procesos de elaboración, transformación, reparación y/o los procesos de servicio realizados a las mercancías destinadas a la exportación previstas en su programa respectivo.

Las personas morales registradas en el programa, serán responsables solidarios con la titular del mismo, respecto a las obligaciones derivadas por la importación temporal de dichas mercancías.

El titular del programa deberá contar con un programa informático para control de inventarios que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley para tal efecto, el cual permita a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinar el estado que guardan las mercancías importadas al amparo del programa.

Artículo 121. . . .

I. Para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura. En este caso las mercancías no se sujetarán al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros que salgan del país directamente al extranjero y la entrega de dichas mercancías se realice en los puntos de salida del territorio nacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero.

Cuando la venta se haga a los pasajeros que arriben al país directamente del extranjero y dicha venta así como la entrega de las mercancías se realice en los establecimientos autorizados por la Secretaría, cumpliendo los requisitos de control que se establezcan mediante reglas, las mercancías no se sujetarán al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que se trate de las que comprenden el equipaje de pasajeros en viajes internacionales, de conformidad con lo previsto en el artículo 61, fracción IV, de la ley y demás disposiciones aplicables. Las mercancías que excedan la franquicia mencionada, estarán sujetas al pago de los impuestos y cuotas compensatorias correspondientes.

Las autoridades aduaneras controlarán los establecimientos mencionados en los dos párrafos anteriores, sus instalaciones, vías de acceso y oficinas.

La autorización a que se refiere esta fracción sólo se otorgará a personas morales constituidas de conformidad con las leyes mexicanas, siempre que otorguen las garantías y cumplan con los demás requisitos que establezca la Secretaría mediante reglas. En el caso de los aeropuertos, se requerirá que los locales se encuentren ubicados en zonas posteriores al control de acceso de pasajeros internacionales y en el caso de los puertos marítimos, deberán encontrarse en el recinto fiscal o contiguo al mismo. Tratándose de los establecimientos a que se refiere el segundo párrafo de esta fracción, se requerirá que los locales se encuentren en la zona reservada para pasajeros internacionales dentro del aeropuerto internacional o puerto marítimo de que se trate antes de la zona de declaración y revisión aduanal correspondiente.

La autorización podrá otorgarse hasta por un plazo de diez años, el cual podrá prorrogarse por un plazo igual si lo solicita el interesado durante la vigencia de la autorización, siempre que se cumpla con los requisitos que establezca la Secretaría mediante reglas.

Los particulares que obtengan la autorización a que se refiere esta fracción deberán pagar en las oficinas autorizadas, a más tardar el día diecisiete del mes de que se trate, un aprovechamiento del 5% sobre los ingresos brutos obtenidos por la venta de las mercancías en el mes inmediato anterior.

Procederá la cancelación de la autorización conforme al procedimiento previsto en el artículo 144-A de esta ley, cuando los locales objeto de la autorización dejen de encontrarse en las zonas establecidas o se incurra en alguna otra causa de revocación establecida en esta ley o en la autorización.

II. a IV. . . .

. . .

. . .

Artículo 135-C. Para los efectos del artículo 29 de la Ley, las mercancías extranjeras que se introduzcan a este régimen podrán permanecer en los recintos fiscalizados por un tiempo limitado de hasta dos años, salvo en los siguientes casos, en los que el plazo será ilimitado.

No obstante lo previsto en el presente artículo, las materias primas, partes, componentes y maquinaria que se introduzcan bajo este régimen, podrán permanecer en el territorio nacional por el tiempo que se de la autorización, siempre y cuando estas se vayan a destinar totalmente a la exportación y se integren por sustitución de calidad a las mercancías previamente elaboradas, transformadas o reparadas.

Artículos Transitorios

Primero. La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan las disposiciones que se opongan a la presente reforma.

Sala de comisiones. H. Cámara de Diputados, México, DF., a 24 de abril de 2003.— Comisión de Hacienda y Crédito Público.— Diputados: Enrique Alonso Aguilar Borrego, Francisco Agundis Arias (rúbrica), Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Manuel Añorve Baños (rúbrica), Miguel Arizpe Jiménez (rúbrica), Julio Castellanos Ramírez (rúbrica), Florentino Castro López, Jorge Alejandro Chávez Presa (rúbrica), Enrique Octavio de la Madrid Cordero, Francisco de Jesús de Silva Ruiz (rúbrica), Abelardo Escobar Prieto (rúbrica), Roberto Javier Fuentes Domínguez, Francisco Javier García Cabeza de Vaca (rúbrica), Miroslava García Suárez, Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, Guillermo Hopkins Gámez (rúbrica), Oscar Guillermo Levín Coppel (rúbrica), Rosalinda López Hernández (rúbrica), José Antonio Magallanes Rodríguez, José Manuel Minjares Jiménez, César Alejandro Monraz Sustaita (rúbrica), Humberto Muñoz Vargas (rúbrica), José Narro Céspedes (rúbrica), Luis Alberto Pazos de la Torre (rúbrica), Gustavo Riojas Santana, Salvador Rocha Díaz (rúbrica), Arturo San Miguel Cantú (rúbrica), Reyes Antonio Silva Beltrán, José Luis Ugalde Montes, José Francisco Yunes Zorrilla, Hugo Adriel Zepeda Berrelleza (rúbrica)

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

En virtud de que se está distribuyendo entre los señores diputados, queda de primera lectura.

 

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

El siguiente punto del orden del día sería la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Esta Presidencia informa a la Asamblea que recibió comunicación del señor presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la que solicita por acuerdo de la mesa directiva, sea retirado del orden del día de la discusión de esta sesión, para mejor proveer a la resolución del presente asunto, por lo que se retira del orden del día.

«Diputado Armando Salinas Torre, Presidente de la Cámara de Diputados.— Presente.

Por este conducto y por acuerdo de la Mesa Directiva de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales,  solicito a usted retirar del orden del día el dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Atentamente.

México, DF, a 30 de abril de 2003— Diputado Diego Cobo Terrazas, Presidente.»

 

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

El siguiente punto del orden del día es la discusión con proyecto de decreto por el que ser reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, le ruego a la diputada Secretaria consultar a la Asamblea si se dispensa la lectura del dictamen.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre presentada por el C. Diputado Diego Cobo Terrazas, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el día 21 de noviembre del año 2001.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 45 en su numeral 6 incisos e), f), y g), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56, 58, 60, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la iniciativa en comento, por lo que somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con proyecto de decreto, a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

1. Con fecha 21 de noviembre del año 2001 fue turnada para su estudio y dictamen la Iniciativa con proyecto de decreto presentada por el C. Diputado Diego Cobo Terrazas, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.

2. Con fecha 26 y 27 de julio del año 2002, la Subcomisión de Biodiversidad de esta Comisión de Medio Ambiente realizó un foro de consulta pública, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, con el objeto de recibir opiniones y propuesta de diversos sectores de la sociedad. Se recibieron comentarios y propuestas de Organizaciones no gubernamentales tales como: International Fund for Animal Welfare(IFAW); Defenders of Wild Life; Teyeliz AC; Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA); Conservación Internacional (C.I.); Centro de Derecho Ambiental e Integración Económica del Sur A.C. (DASSUR). Asimismo se consultó al sector Gubernamental, en particular a la Dirección de Vida Silvestre, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA); la Dirección Jurídica de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas; el Departamento jurídico de la SEMARNAT de Nuevo León. Por otro lado, recibimos comentarios de representantes de Amigos de Sian Kan; sector académico, la facultad de biología de Xalapa, Veracruz y la Asociación Nacional de Ganaderos Diversificados (ANGADI).

3. Con fecha 16 de noviembre del año 2002, la Subcomisión de Biodiversidad realizó una gira de trabajo a dos ranchos ganaderos con actividad cinegética, así como un foro de consulta pública en el que participaron, de manera amplia, el sector ganadero y cinegético.

4. Se analizaron algunas de las ponencias que fueron presentadas en el foro de consulta pública que realizó el Senado de la República, durante el año 2000, y que fueron proporcionadas por la Dirección General de Enlace Legislativo de la SEMARNAT.

5. Se recibieron diversas opiniones por escrito de los sectores sociales interesados que no tuvieron participación en los foros.

A partir de estos antecedentes, los miembros de la Comisión que suscriben el presente dictamen, exponen las siguientes:

CONSIDERACIONES

La Ley General de Vida Silvestre fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio del 2000. Dicha Ley tiene por objeto la conservación y la protección de la biodiversidad, a través de la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable.

México se encuentra considerado como uno de los 12 países mega diversos, que en total cuenta con aproximadamente el 70% de la biodiversidad mundial. Sin embargo, a través de los años se ha visto sometida a fuertes presiones que han provocado la alteración o destrucción de los hábitats y de los ecosistemas. Esto se ha favorecido por la falta de ordenamiento en el desarrollo de actividades productivas como son la agricultura, la ganadería, y el aprovechamiento forestal, así como la sobreexplotación pesquera. Una de las amenazas más importantes ha sido el desarrollo y crecimiento de los asentamientos humanos y la utilización de la biodiversidad en actividades comerciales o cinegéticas furtivas al lado del tráfico ilícito en un mercado clandestino tanto hacia el interior del país como hacia mercados internacionales que han fomentado la sobre explotación de nuestros recursos silvestres.

Asimismo, la introducción de especies no nativas de los ecosistemas, ha provocado el desplazamiento de las especies locales, alterando así, en diversos grados a los ecosistemas.

Es así que surge la necesidad de tomar medidas tendientes a la conservación de nuestra biodiversidad y hacia la preservación de la riqueza natural del país. Resulta entonces necesario buscar un equilibrio entre el aprovechamiento de los recursos naturales, en especial de la biodiversidad, sin dañar ni comprometer las necesidades humanas. Con ello, se deberá tender a lograr un desarrollo sustentable y por ende preservar nuestros recursos para las generaciones futuras.

El fundamento legal para la conservación de la vida silvestre, se encuentran en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece como una de las facultades de la Nación, el regular el aprovechamiento de los recursos naturales a través de su conservación.

Asimismo, la fracción XXIX-G del artículo 73 de la Carta Magna, faculta al H. Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en su Título Segundo, se refiere a la Biodiversidad, abarcando tres aspectos principales, que son Áreas Naturales Protegidas, Zonas de Restauración y Flora y Fauna Silvestre. Este último rubro tiene por objeto la preservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna , así como la continuidad de los procesos evolutivos de las especies de flora y fauna. Enfatiza la preservación de especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial, así como el combate al tráfico o apropiación ilegal de especies. Promueve el fomento y creación de estaciones biológicas de rehabilitación y repoblamiento de especies , así como de la investigación de flora y fauna, y de los materiales genéticos, con el objeto de conocer sus diversos valores, incluyendo el estratégico para la Nación. Finalmente , tiende al fomento del trato digno y respetuoso de las especies animales, con el propósito de evitar crueldad sobre ellas.

Ahora bien, la Ley de Vida Silvestre vigente abarca aspectos fundamentales para la conservación de nuestros recursos, como son: la imposición del deber de conservación de la vida silvestre, la definición de derechos para el aprovechamiento sustentable de sus elementos, el establecimiento de la concurrencia de los distintos órdenes del gobierno, los lineamientos para la elaboración de lineamientos de la política nacional, la valoración de los servicios ambientales, la capacitación, formación investigación y divulgación, la sanidad de ejemplares de especies; el manejo de ejemplares y especies exóticos, el acreditamiento de la legal procedencia de ejemplares, partes y derivados; la identificación de especies y poblaciones en riesgo, el establecimiento de proyectos de recuperación de hábitats y especies, la declaración de hábitats críticos para la conservación, y de las áreas de refugio para proteger especies acuáticas; el manejo y control de poblaciones y ejemplares perjudiciales; la definición de un estatus específico para especies migratorias en concordancia con los convenios internacionales; la regulación de la liberación de ejemplares al hábitat natural; la repoblación, reintroducción y traslocación de poblaciones de especies; el aprovechamiento de subsistencia; el aprovechamiento no extractivo, y la colecta con propósitos científicos y de enseñanza, así como la responsabilidad por los daños a la vida silvestre.

En esta Ley se establece la coordinación entre los distintos ordenes del gobierno y entre dependencias de un mismo rango. Este aspecto es fundamental ya que de la correcta atribución de facultades depende la seguridad jurídica de los gobernados. Es fundamental al considerar el principio de que los poderes públicos solo pueden actuar en virtud de atribuciones expresas.

Asimismo, se introduce el trato digno y respetuoso que deberá darse a la fauna silvestre; se regula la importación y exportación así como el tránsito por el territorio nacional de los elementos constitutivos de la vida silvestre. Se regulan los programas de restauración, las vedas, el aprovechamiento extractivo y la comercialización de ejemplares, partes y derivados. La cacería, llamada deportiva se incluye en el aprovechamiento extractivo, así como la colecta científica.

Sin embargo, las disposiciones contenidas en la Ley vigente presentan vacíos, lagunas y contradicciones que hacen necesario reformar la Ley de Vida Silvestre vigente, a través de la cuales se establezcan reglas claras para la conservación de la vida silvestre, tendientes a un desarrollo sustentable en un marco de unidad y consistencia, así como de equilibrio entre todos los factores involucrados. En este sentido, la ausencia de obligaciones por parte del Ejecutivo de realizar tareas indispensables como la determinación de las poblaciones para establecer tasas de aprovechamiento sustentables, así como la falta de criterios claros y estrictos para el aprovechamiento sustentable de las especies en riesgo; el ambiguo establecimiento de criterios para realizar el aprovechamiento de subsistencia, o tradicional, entre otras, evidencia la urgente necesidad de reformar nuestro marco legal vigente.

Las especies en riesgo, en especial las amenazadas y en peligro de extinción, participan de un mercado que autoriza lo que antes se encontraba prohibido, para formar parte de un tráfico nacional e internacional.

Por otra parte, el Sistema de Unidades para el Manejo y Conservación de la Vida Silvestre se ha convertido en un sistema imposible de controlar efectiva y operativamente, además de que ha surgido una nueva figura, llamada PAMS ( Programa de Aprovechamiento y Manejo Sustentable), que opera sin estar contemplado en esta Ley y que hace necesario fortalecer el sistema de UMAS, para lograr un adecuado control del manejo de la vida silvestre.

Se ha encontrado que el hecho de delegar la obligación de realizar los estudios necesarios para el otorgamiento de tasas de aprovechamiento a los particulares que harán el aprovechamiento, ha generado estudios poblacionales incompletos, defectuosos y muchas veces imprecisos. La consecuencia de todo esto ha sido un saqueo de las especies que el presente Decreto pretende proteger.

Es necesario entonces, hacer ajustes en las áreas que resultan esenciales para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, en especial de las especies consideradas como en riesgo, y endémicas; y en evitar el sobre aprovechamiento de las especies de flora y fauna, así como el tráfico ilegal de especies.

Este decreto enfatiza la importancia de conservar la vida silvestre en tanto totalidad de ecosistemas, donde las especies dependen unas de otras, y la biodiversidad en su conjunto es vista como la mayor riqueza natural de México, con áreas de servicios ambientales aún por explorar en el mediano y largo plazo. Por lo que resulta indispensable conservar todos sus elementos, principalmente aquellas especies que se encuentran catalogadas en riesgo y/o de las que no se tienen registros suficientemente confiables.

Dentro de este contexto, tanto el aprovechamiento extractivo como el no extractivo pueden ser igualmente perjudiciales si no se encuentran debidamente legislados, por lo que se tratan bajo la misma perspectiva. Se emiten definiciones que no existían con el objeto de facilitar la cabal aplicación de la ley, como son las de: aprovechamiento de subsistencia, aprovechamiento cultural o tradicional, confinamiento, ejemplares o poblaciones exóticos, ejemplares de reproducción controlada; especies o poblaciones en riesgo; estudios de poblaciones; hábitat natural, hábitat crítico, liberación al hábitat natural, medio controlado y reproducción controlada. Estas nuevas definiciones tienen por objeto llenar lagunas legales, evitar la discrecionalidad de las autoridades, pero además, armonizar éstas con las definiciones que se han vertido en convenciones y tratados internacionales, como son las del Convenio sobre Biodiversidad y la Convención. Internacional de Comercio de Especies de Flora y Fauna Silvestres en peligro (CITES) de los cuales México es signatario

Se introduce la figura de Unidades de Aprovechamiento Comercial de Vida Silvestre, (UACs), conceptualizadas como las instalaciones en ciudades o ambulantes cuyo uso es comercial, con el objeto de poder hacer una distinción con las UMA?S, cuyo objetivo primordial es la conservación del hábitat natural.

Se modifica el planteamiento de la valoración económica de la biodiversidad que conduce al aprovechamiento extractivo, ya que, actualmente no existen parámetros económicos para realizar esta valoración, por los beneficios que pueden proporcionar los servicios ambientales, de los cuales, por supuesto la biodiversidad forma parte.

Se modifican algunos términos como el que corresponda a la Federación promover el desarrollo de mercados por el de regular los mismos, ya que una ley no debe promover, sino regular.

Se redefinen las competencias quedando a cargo de la federación la realización de los estudios poblacionales de las especies sujetas a aprovechamiento, así como la promoción del registro y supervisión técnica establecimiento de las llamadas UMA?S.

Se prohíbe el establecimiento de confinamientos para ejemplares o poblaciones exóticos en áreas en donde existan especies nativas susceptibles de ser contaminadas genéticamente a través de la reproducción con ejemplares o gametos exóticos que pudieran escapar del confinamiento, debido a que esta es una de las posibles consecuencias que pudieran ser desastrosas para las especies y poblaciones nativas, que a la postre puede resultar en una alteración y pérdida de la biodiversidad. Con esta medida se intenta impedir la liberación de especies exóticas en áreas susceptibles de riesgo.

Por otra parte, en concordancia con la regulación y tratados internacionales de los cuales México es firmante se prohíbe la exportación de especies en riesgo, excepto cuando provengan de crianza de segunda generación, reproducción controlada y en cautiverio. Al mismo tiempo se toman medidas para evitar el sobre aprovechamiento en áreas de refugio, lo mismo que se prohíbe la utilización de especies de fauna silvestre para fines de espectáculos itinerantes como circos y delfinarios, debido al maltrato inherente de estos, y la alta mortalidad que conlleva a una sobre explotación con el consecuente detrimento para las especies silvestres.

Aunado a lo anterior, se prohíbe el uso de ejemplares de la vida silvestre en locales comerciales, tales como restaurantes, hoteles, o en la vía pública.

En cuanto a la venta de ejemplares en locales comerciales se prohíbe la venta de especies en riesgo que no provengan de instalaciones registradas en las que se demuestre que se realiza reproducción controlada, con lo cual se cierra una de las lagunas existentes al tráfico de especies en riesgo tanto para tiendas de animales como para tiendas de plantas.

Se prohíbe la liberación de ejemplares fuera de su hábitat natural por el riesgo de destruir la biodiversidad original, y en consecuencia el proceso evolutivo natural. También se prohíbe la liberación de ejemplares exóticos y de especies domésticas que puedan convertirse en ferales debido a los severos problemas y alteraciones que puedan provocar a la flora y fauna nativas.

Para los términos de esta ley se prohíbe la venta de ejemplares, productos o derivados provenientes de la caza recreativa y de trofeo, con el objeto de limitar esta actividad fuera de la comercialización y tráfico que arriesgue la integridad de las especies. Al mismo tiempo por razones obvias se prohíbe la caza de especies en peligro de extinción y amenazadas, de acuerdo a la NOM-ECOL-059-2001, con el objeto de favorecer su recuperación.

Se modifica el Título del Capítulo II, para agregar el aprovechamiento tradicional y cultural.

Asimismo, se prohíbe la creación de UMA?s cuyo carácter y actividad sea el aprovechamiento extractivo dentro de las Áreas Naturales Protegidas, con excepción de aquellas que su decreto y programa de manejo así lo permitan expresamente. Se establece además, la obligatoriedad de contar con la opinión técnica de la Comisión de Áreas Naturales Protegidas, para el establecimiento de las UMA´s dentro de estas. También se prohíbe la creación de UMA´s de carácter extractivo en las áreas de influencia de las Áreas Naturales Protegidas.

Con estas medidas se pretende respetar las acciones de conservación de la biodiversidad, que es precisamente para lo que fueron creadas, y se evita la contradicción de realizar aprovechamientos extractivos incluso en las zonas núcleo de dichas áreas protegidas, como se ha venido realizando en algunos casos. También se prohíbe la utilización y comercialización de ejemplares que se tornen perjudiciales, con lo que se evitan los malos manejos en estos casos.

Con todas las medidas anteriores se pretende reforzar el aprovechamiento racional, sustentable y sobre todo legal, ya que México es uno de los principales proveedores de tráfico de especies silvestres, tanto de flora como fauna.

En el rubro de infracciones y sanciones se agregan nuevos tipos de infracciones como son: liberar ejemplares exóticos al medio natural, modificar el aspecto exterior de un ejemplar para hacerlo pasar como otra especie, o hacer pasar una especie por otra; se agrupan también, dentro de la fracción II del artículo 127 que se refiere a la gravedad de las infracciones y por lo tanto de las multas a la mayoría de las que se consideraban en el 122, por considerarlas de gravedad.

Por último, se reforman las sanciones administrativas con el propósito de aumentar significativamente las sanciones relativas al tráfico y posesión ilegal de fauna silvestre, así como la liberación no autorizada de fauna silvestre, especialmente en el caso de infractores reincidentes y traficantes de especies.

México se encuentra dentro de un proceso histórico mundial en el cual emergen nuevos puntos de vista y de comportamiento hacia la naturaleza: desde una perspectiva utilitarista que no contempló la finitud de los recursos naturales y que, por tanto, ha llevado a la crisis ambiental de los recursos naturales, hasta el entendimiento de los ecosistemas como un todo, y el surgimiento de una nueva ética ambiental, que reconoce la existencia del ser humano inmerso en una naturaleza a la cual no puede superar si no tiende a respetar los mismos procesos naturales de los cuales forma parte. Así, estas modificaciones se inscriben en un punto intermedio de este proceso histórico y que tiende a sentar las bases legales para un desarrollo posterior de las nuevas generaciones.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta Comisión nos permitimos poner a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

“DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE.”

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 3, 9, 20, 38, 47, 49, 51, 53, 54, 58, 59, 78, 83, 84, 85, 86, 87, 89, 92, 93, 94, 95, 96, 100, 104, 107, 118, 122 y 127; se adicionan los artículos 18 Bis, 20 Bis, 38 Bis, 39 Bis, 47 Bis, 53 Bis, 59 Bis, 65 Bis, 65 Bis1, 72 Bis, 72 Bis1, 72 Bis2, 77 Bis, 78 Bis1, 78 Bis2, 78 Bis3, 78 Bis4, 79 Bis, 81 Bis, 83 Bis, 92 Bis, 92 Bis1, 95 Bis, 95 Bis1, y se derogan los artículos sexto y séptimo transitorios de la Ley General de Vida Silvestre, para quedar como sigue:

Artículo 3.- Para efectos de esta ley se entenderá por:

I. Aprovechamiento extractivo: La utilización de ejemplares, partes o derivados de especies silvestres, mediante colecta, captura o caza y que, de no ser adecuadamente reguladas, pudieran causar impactos significativos sobre eventos biológicos, poblaciones o hábitats de las especies silvestres.

II. ..........

II bis. Aprovechamiento de Subsistencia: La utilización de ejemplares, partes o derivados de especies silvestres, mediante colecta, captura o caza para utilización inmediata de consumo personal y que, excluye cualquier forma de comercialización.

III. .........

III bis. Aprovechamiento Cultural o Tradicional.- La utilización de ejemplares, partes o derivados de especies silvestres mediante colecta, captura o caza para utilización en practicas rituales, ceremoniales, y culturales, por parte de las comunidades indígenas y que, excluye cualquier forma de comercialización.

IV. a VII. ...

VII bis. Confinamiento: La actividad de mantener ejemplares en un medio controlado y altamente manipulado en el que se proporciona: albergue artificial, remoción de desperdicio, servicio de sanidad, protección contra depredadores, suministro artificial de alimento, entre otras actividades o servicios de manutención.

VIII. a XII. .........

XIII. Ejemplares o poblaciones exóticos: Aquellos que se encuentran fuera de su ámbito de distribución natural, lo que incluye a los híbridos y organismos modificados genéticamente.

XIV. ...

XV. Ejemplares o poblaciones nativos: aquellos pertenecientes a especies silvestres que se encuentran dentro de su ámbito de distribución natural, lo que incluye a los híbridos y modificados, y no están genéticamente modificados.

XVI. Ejemplares o poblaciones que se tornen perjudiciales: Aquellos pertenecientes a especies silvestres o domésticas que por modificaciones a su hábitat o a su biología o que por encontrarse fuera de su área de distribución natural, tengan efectos negativos para el ambiente natural, como otras especies o el hombre, y por lo tanto requieran de la aplicación de medidas especiales de manejo o control o composición genética.

XVI bis. Ejemplares de reproducción controlada: Aquellos provenientes de una reproducción en donde los parentales se aparearon o los gametos se trasmitieron en un medio controlado, en caso de reproducción sexual; o de parentales que se encontraban en un medio controlado en el momento que se inició la progenie, en caso de reproducción asexual.

XVII. ...

XVIII. Especies y poblaciones en riesgo: Aquellas identificadas por la secretaría como probablemente extintas en el medio silvestre, en peligro de extinción, amenazadas, raras o sujetas a protección especial así como sus endemismos, con arreglo a esta ley.

XIX. ...

XX. Estudio de poblaciones: Aquel que se realiza con el objeto de conocer sus parámetros demográficos, tales como el tamaño y densidad; la proporción de sexos y edades; migración; las tasas de natalidad, mortalidad y crecimiento durante el periodo que comprenda al menos un ciclo reproductivo completo, así como la adición de cualquier información relevante.

XXI. Hábitat natural: El sitio específico en un medio ambiente físico, natural, ocupado por un organismo, por una población, por una especie o por comunidades de especies en un tiempo determinado.

XXI bis. Hábitat crítico: Es el hábitat natural en el cual se desarrollan procesos biológicos esenciales para la supervivencia de las poblaciones o especies en riesgo, y que cuya pérdida, degradación, o disminución pone en riesgo la viabilidad biológica de las poblaciones o especies en riesgo que ahí habitan.

XXI bis 1. Liberación al hábitat natural: Es la actividad de liberar ejemplares silvestres a su hábitat natural que provengan de proyectos de reintroducción, traslocación y de repoblación, o que, en su defecto, provengan de decomisos.

XXII. a XXIX. ........

XXIX bis. Medio controlado: El medio no natural intensamente manipulado por el hombre con la finalidad de producir especies seleccionadas o híbridos de plantas o animales.

XXX. a XXXII. ........

XXXIII. Población: El conjunto de individuos de una especie silvestre que ocupan un mismo hábitat natural y que potencialmente pueden reproducirse entre sí. Se considera la unidad básica de manejo de las especies silvestres en vida libre.

XXXIV. a XXXVIII. ........

XXXIX. Reproducción controlada: El manejo de plantas o animales en un medio controlado con el propósito de reproducir ejemplares de una determinada especie, con límites diseñados para eviar que animales, plantas, huevos, semillas, esporas, gametos o cualquier parte o derivado de esa especie entren o salgan del medio controlado, y cuyo manejo queda asentado en una bitácora debidamente registrada en la Secretaría.

XL. Secretaría: La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

XLI. ..........

XLII. Tasa de aprovechamiento: La cantidad de ejemplares, partes o derivados que se pueden extraer dentro de un área y un período determinados, de manera que no se afecte la permanencia del recurso y su potencial productivo en el largo plazo, y que, se determina con base a un estudio de poblaciones previo al otorgamiento de la misma.

XLIII. ...

XLIII bis. Unidades de Aprovechamiento Comercial de Vida Silvestre: Instalaciones registradas que se ubican fuera de los hábitats de las poblaciones, y que, su actividad preponderante es el aprovechamiento comercial de ejemplares de vida silvestre.

XLIV. a XLV. .........

Artículo 9.- Corresponde a la Federación:

I. a III. .......

III bis. La realización de los estudios poblacionales de las especies sujetas a aprovechamiento sustentable.

III bis 1. La promoción del registro y supervisión técnica y el establecimiento de unidades de aprovechamiento comercial de la vida silvestre.

IV. a VII. .........

VIII. La regulación del establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo de mercados nacionales e internacionales para la vida silvestre basados en criterios de sustentabilidad, así como la aplicación de los instrumentos de política ambiental para estimular el logro de los objetivos de conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre.

IX. a XIX. ...........

XX. La regulación del establecimiento de las condiciones para el manejo y destino de ejemplares fuera de su hábitat natural, de conformidad con los procedimientos establecidos en al presente Ley.

XXI. .........

..........

.........

........

Artículo 16.- La Secretaría contará con un Consejo Técnico Consultivo Nacional para la Conservación y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre, cuyas funciones consistirán en: emitir opiniones y recomendaciones en relación con la identificación de las especies en riesgo y la determinación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación; el desarrollo de proyectos de recuperación, la declaración de existencia de hábitats críticos, la revisión y aprobación de los estudios poblacionales a que se refiere el artículo 38 bis; aprobar las sanciones emitidas por la Secretaría, a que se hace referencia en el párrafo tres del artículo 38 bis; la aprobación y/o cancelación de Unidades de Manejo Ambiental, de los Programas de Recuperación de Especies en Peligro, y de los Centros de Investigación de Vida Silvestre, en los términos de la presente Ley, así como con el otorgamiento de los reconocimientos y premios a los que se refiere el Artículo 45 de esta Ley.

..........

..........

..........

..........

Artículo 17 Bis.- La Secretaría creará el Fondo para la Vida Silvestre, que será el instrumento para dotar de recursos y promover, las acciones de conservación y restauración de la biodiversidad y su hábitat, así como para financiar e incentivar la investigación y desarrollo de programas para la rehabilitación y reintroducción de los ejemplares de vida silvestre en su hábitat natural.

La existencia del Fondo no limita la creación de diversos fondos estatales, municipales, privados, o sociales, que tengan una relación directa con el desarrollo de la vida silvestre y su hábitat.

Artículo 17 Bis 1.- El Fondo para la Vida Silvestre se podrá integrar con:

I. Las aportaciones que efectúen los gobiernos federal, estatal, del Distrito Federal y municipales;

II. Créditos y apoyos de organismos nacionales e internacionales;

III. Las aportaciones provenientes de los aranceles que se impongan a las importaciones de los ejemplares de la vida silvestre, sus partes o derivados;

IV. Las aportaciones y donaciones de personas físicas o morales de carácter privado, mixto, nacionales e internacionales;

V. El producto de operaciones o de la inversión de fondos libres en valores comerciales del sector público;

VI. El cobro por bienes y servicios ambientales y por asistencia técnica;

VII. La transferencia de recursos de los usuarios y de consumidores de la vida silvestre, de sus partes o derivados; y

VIII. Los demás recursos que obtenga por cualquier otro concepto.

Los recursos que el Fondo para la Vida Silvestre obtenga por el cobro de bienes y servicios ambientales se entregarán directamente a los proveedores de dichos bienes y servicio, y una parte se destinará a cubrir los costos de esta operación.

Las aportaciones que las personas físicas o morales de carácter privado hagan al Fondo para la Vida Silvestre serán deducibles del impuesto sobre la renta.

Artículo 18 bis.- Los terceros que tengan intención de realizar el aprovechamiento sustentable tendrán la obligación de obtener el consentimiento escrito de los propietarios o legítimos poseedores de los predios registrados como Unidades de Manejo Ambiental. Cuando se trate de Unidades de Manejo Ambiental bajo un régimen comunitario se requerirá la aprobación de la comunidad a través de sus respectivos órganos de representación de conformidad con la legislación aplicable. Para la realización del aprovechamiento sustentable por terceros se aplicarán las disposiciones previstas en la presente Ley.

Artículo 20.- La Secretaría diseñará criterios, metodologías y procedimientos que permitan identificar los valores de los bienes y servicios ambientales que provee la biodiversidad y su hábitat a efecto de armonizar la conservación de la vida silvestre y su hábitat natural , con la utilización sustentable de bienes y servicios, así como de incorporar éstos al análisis y planeación económicos, de conformidad con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y otras disposiciones aplicables, mediante:

a) a e) ...

Artículo 28 bis.- Queda prohibido el establecimiento de confinamientos para ejemplares o poblaciones exóticos en áreas en donde existen especies nativas susceptibles de ser contaminadas genéticamente a través de la reproducción con ejemplares o gametos exóticos que pudieran escapar del confinamiento.

Artículo 38.- La Secretaría fomentará, de conformidad con lo establecido en el reglamento, la creación de centros para la conservación e investigación de la vida silvestre, en los que se llevarán a cabo actividades de investigación, difusión, capacitación, rescate, rehabilitación, evaluación, muestreo, seguimiento permanente, manejo, investigación y cualesquiera otras que contribuyan a la conservación y al desarrollo del conocimiento sobre la vida silvestre y su hábitat, así como a la integración de éstos a los procesos de desarrollo sustentable. Asimismo, la Secretaría podrá celebrar convenios y acuerdos de coordinación y concertación para estos efectos.

La Secretaría llevará un registro de las personas físicas y morales con capacidad de mantener ejemplares de fauna silvestre en condiciones adecuadas.

En el caso de que existan ejemplares que no puedan rehabilitarse para su liberación, éstos podrán destinarse a las personas físicas y morales que cuenten con el registro correspondiente, de conformidad con lo establecido en el capítulo sexto de este título.

Artículo 38 bis.- La Secretaría, a través del Instituto Nacional de Ecología, de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, los centros para la Conservación e Investigación, así como de cualquier otra institución autorizada por escrito por la Secretaría, llevará a cabo los estudios poblacionales necesarios para determinar las tasas de aprovechamiento de los ejemplares de vida silvestre.

Para la realización de los estudios poblacionales la Secretaría podrá concertar acuerdos con instituciones científicas y de estudios superiores mexicanas y extranjeras.

Los resultados de dichos estudios poblacionales, así como las tasas de aprovechamiento serán sometidos a la aprobación del Consejo Técnico Consultivo Nacional para la Conservación y Aprovechamiento Sustentable para la Vida Silvestre, en los términos del reglamento respectivo

Artículo 39 bis.- Solamente se permitirá la autorización de aprovechamiento de la vida Silvestre a través del sistema de Unidades de Manejo Ambiental y Unidades de Aprovechamiento Comerciales, debidamente registradas.

Artículo 47.- Queda prohibido el registro de Unidades de Manejo Ambiental de índole extractivo dentro de las Áreas Naturales Protegidas, excepto en aquellas áreas que su decreto y programa de manejo lo permitan expresamente. Para el establecimiento de Unidades de Manejo Ambiental y tasas de aprovechamiento dentro de las Áreas Naturales Protegidas se deberá contar con la opinión técnica de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Artículo 47 bis.- Queda prohibida la creación de Unidades de Manejo Ambiental cuyo carácter y actividad sea el aprovechamiento extractivo de especies en riesgo en las áreas de influencia de las Áreas Naturales Protegidas.

Artículo 49.- El Subsistema Nacional de Información sobre la Vida Silvestre tendrá por objeto registra, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la conservación y el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre nacional y su hábitat, incluida la información relativa a:

I. a XI. ...

XII. El registro de las Unidades de Aprovechamiento Comercial de la Vida Silvestre, su ubicación, sus objetivos específicos, y la lista de especies que manejan.

XIII. El padrón de infractores de acuerdo con la aplicación del artículo 104 de la presente Ley.

La Secretaría no pondrá a disposición del público información susceptible de generar derechos de propiedad intelectual.

Artículo 51.- La legal procedencia de ejemplares de la vida silvestre que se encuentran fuera de su hábitat natural, así como de sus partes y derivados, se demostrará, de conformidad con lo establecido en el reglamento, con la marca que muestre que han sido objeto de un aprovechamiento sustentable; la tasa de aprovechamiento autorizada, o que provienen de un sistema de reproducción controlada en el caso de especies amenazadas o en peligro de extinción, o la nota de remisión o factura correspondiente.

En este último caso, la nota de remisión o factura foliadas señalarán: el número de oficio de la autorización de aprovechamiento; la fecha de autorización; los datos del predio en donde se realizó; los datos de la instalación en la que fueron reproducidas; la fecha de nacimiento; el número de crías o nuevas plántulas producidas; la especie o género a la que pertenecen los ejemplares, sus partes o derivados; la tasa autorizada y el nombre de su titular, así como la proporción que de dicha tasa comprenda la marca o contenga el empaque o embalaje.

Artículo 53.- La exportación de ejemplares, partes y derivados de especies silvestres, requerirán de autorización expedida por la Secretaría de conformidad con lo establecido en el reglamento.

No será necesario contar con la autorización a la que se refiere el párrafo anterior cuando se trate de los artículos de uso personal, siempre y cuando no excedan de dos piezas del mismo producto.

Artículo 53 bis.- Queda prohibida la exportación e importación de especies en riesgo, excepto cuando provengan de la segunda generación criada o cultivada en cautiverio bajo un sistema de reproducción controlada.

Artículo 54.- La importación de ejemplares, partes o derivados de especies silvestres y/o exóticas, requerirá de autorización expedida por la Secretaría de conformidad con lo establecido en el reglamento.

Artículo 58.- Entre las especies y poblaciones en riesgo estarán comprendidas las que se identifique como:

a) a b) ...

c) Sujetas a protección especial, aquellas que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, tales como los de uso, deterioro o modificación de su hábitat, enfermedad, depredación, o por consideraciones culturales, científicas, históricas, religiosas, educativas, o cualquier otra causa que determine que dichas especies requieren de medidas que propicien su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas.

d) Raras, aquellas cuya población es biológicamente viable, pero muy escasa de manera natural, pudiendo estar restringidas a un área de distribución reducida, o hábitats muy específicos, y que, por su escasez, cualquier factor negativo que incida sobre las mismas tendría efectos graves que la podría llevar a estar amenazadas.

Artículo 59.- Los ejemplares confinados de las especies probablemente extintas en el medio silvestre serán destinados exclusivamente al desarrollo de proyectos de reproducción, conservación, restauración, actividades de repoblación y reintroducción, así como de investigación y educación ambiental autorizados por la Secretaría.

Artículo 59 bis.- Será obligación de la Secretaría elaborar programas, así como emprender proyectos de restauración de hábitats, reproducción y reintroducción de las especies.

Artículo 65 bis.- En las áreas de refugio se prohibirán las actividades de aprovechamiento extractivo y de subsistencia que pudieran afectar directa o indirectamente a las especies acuáticas que se pretende proteger.

Artículo 65 bis 1.- En las áreas de refugio se permitirán actividades propias del aprovechamiento no extractivo, como ecoturismo, educación ambiental e investigación científica, y aquellas actividades habituales de la población, como pesca artesanal, comercial, recreativa, entre otras, y que, no afecten directa o indirectamente a las especies que se busca proteger.

Artículo 72 bis.- En caso de tratarse de especies en riesgo, se deberá realizar un estudio de poblaciones y se dará prioridad a la captura o colecta para proyectos de reproducción, recuperación, traslocación, reintroducción, investigación y educación ambiental.

Artículo 72 bis 1.- Queda prohibida la comercialización de los ejemplares, partes o derivados obtenidos de las acciones de control de ejemplares que se tornen perjudiciales.

Artículo 72 bis 2.- Queda prohibida la utilización de los ejemplares exóticos o que se tornen perjudiciales para aprovechamiento mediante cacería deportiva.

Artículo 77 bis.- Los predios o instalaciones que utilicen ejemplares de la vida silvestre con fines comerciales y que se encuentren ubicados fuera del hábitat natural de estos deberán dar aviso a la Secretaría, la cual procederá a su incorporación al sistema de unidades de aprovechamiento comercial de la vida silvestre. Así mismo deberán solicitar el registro de dichos predios o instalaciones como unidades de aprovechamiento comercial de la vida silvestre.

Las unidades de aprovechamiento comercial de la vida silvestre, serán el elemento básico para integrar el sistema nacional de unidades de aprovechamiento comercial de la vida silvestre, que tendrá como objetivo general el registro y monitoreo de ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural.

Artículo 78.- Las colecciones científicas, públicas o privadas, de especimenes de especies silvestres; los centros de rescate y rehabilitación; así como cualquier otra instalación que mantenga ejemplares de vida silvestre fuera del hábitat natural y que no contemple su aprovechamiento comercial, deberán registrarse y actualizar sus datos ante la autoridad correspondiente, en el padrón que para tal efecto se lleve de conformidad con lo establecido en el reglamento.

Artículo 78 bis.- Las siguientes instalaciones deberán registrarse como Unidades de Aprovechamiento Comercial de la Vida Silvestre:

a) Las colecciones museográficas, públicas o privadas de especímenes de especies silvestres vivas.

b) Los parques zoológicos y acuarios.

c) Todos aquellos espectáculos públicos fijos que manejen vida silvestre.

d) Las tiendas de venta de animales y plantas que manejen especimenes vivos de vida silvestre.

e) Los centros de reproducción en cautiverio y viveros que manejen especimenes de vida silvestre fuera de su hábitat natural y que su objetivo preponderante sea la comercialización de los mismos.

f) Los jardines botánicos.

g) Cualquier otra instalación que utilice especímenes vivos de vida silvestre natural y que su objetivo preponderante sea el aprovechamiento comercial.

Artículo 78 bis 1.- Las Unidades de Aprovechamiento Comercial de la Vida Silvestre se regirán bajo los mismos principios que las Unidades de Manejo y Conservación de la Vida Silvestre, excepto en lo relativo a la conservación del hábitat natural.

Artículo 78 bis 2.- Queda prohibido el uso de ejemplares de especies silvestres mexicanas en espectáculos itinerantes. Aquellos que tengan ejemplares de especies silvestres nativas no podrán exhibirlos comercialmente ni ponerlos a trabajar.

Artículo 78 bis 3.- En las instalaciones de venta de vida silvestre queda prohibida la venta de especies catalogadas en algún estatus de riesgo, que no provengan de instalaciones debidamente registradas, en las que se realice reproducción controlada, en los términos de la presente Ley.

Artículo 78 bis 4.- Queda prohibido el uso de animales silvestres para actividades comerciales y/o de exhibición en hoteles, restaurantes, así como en las actividades comerciales, en la vía pública.

Artículo 79 bis.- Queda prohibida la liberación de ejemplares fuera de sus hábitats naturales originales, excepto en los casos que el hábitat natural original haya desaparecido y siempre dentro de proyectos de reintroducción, repoblación o traslocación.

Artículo 81 bis.- Queda prohibida la liberación de ejemplares exóticos y de especies domésticas que puedan convertirse en ferales.

Así mismo, el control y erradicación de las especies exóticas introducidas, o ferales, que representen un riesgo para el hábitat, así como para otras especies, se realizará de acuerdo a las disposiciones previstas en el reglamento.

Artículo 83.- El aprovechamiento extractivo de ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre requiere de una autorización previa de la Secretaría, en la que se establecerá la tasa de aprovechamiento y su temporalidad.

Los aprovechamientos a que se refiere el párrafo anterior, podrán autorizarse para actividades de colecta, captura, o caza respectivamente, con fines de reproducción, restauración, recuperación, repoblación, reintroducción, traslocación, económicos o educación ambiental.

Artículo 83 bis.- La Secretaría realizará los estudios de población pertinentes para establecer las tasas de aprovechamiento de conformidad con lo establecido en el reglamento.

Artículo 84.- La secretaría expedirá la autorización para llevar a cabo el aprovechamiento extractivo sobre especies silvestres que se distribuyen de manera natural en el territorio nacional, cuando se demuestre:

a) Que la tasa de aprovechamiento es menor a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre.

b) a d) ...

Artículo 85.- Solo se podrá autorizar el aprovechamiento de ejemplares de especies en riesgo cuando los objetivos del proyecto sean las siguientes actividades: restauración, repoblamiento y reintroducción. En el caso de especies amenazadas y en peligro de extinción, estará sujeto a que se garantice su reproducción controlada y cumplido satisfactoriamente con cualesquiera de las tres actividades mencionadas anteriormente, y que:

a) ...

b) Sólo se permitirá la comercialización de los ejemplares de segunda generación criados o cultivados en cautiverio.

Artículo 86.- El aprovechamiento de ejemplares, partes y derivados de especies silvestres que no se distribuyen de manera natural en el territorio nacional y que se encuentran en confinamiento y vida libre se sujetará a las mismas disposiciones que para especies nativas de México, con excepción de la realización de estudios de población.

Artículo 87.- La autorización para llevar a cabo el aprovechamiento se podrá autorizar a los propietarios o legítimos poseedores de los predios donde se distribuya la vida silvestre con base en el plan de manejo aprobado, en función de los resultados de los estudios de poblaciones, en el caso de ejemplares en vida libre o de los inventarios presentados cuando se trate de ejemplares en confinamiento, tomando en consideración además otras informaciones de que disponga la Secretaría, incluida la relativa a los ciclos biológicos.

Para el aprovechamiento de ejemplares de especies silvestres en riesgo se deberá contar con:

a) a b) ........

c) Un estudio de la población que contenga estimaciones rigurosas de parámetros demográficos, tales como el tamaño y densidad; la proporción de sexos y edades; y las tasas de natalidad, mortalidad y crecimiento durante un período determinado, migración, así como la adición de cualquier otra información relevante.

En el caso de poblaciones en peligro de extinción o amenazadas, tanto el estudio como el plan de manejo, deberán estar avalados por una persona física o moral especializada y reconocida, de conformidad con lo establecido en el reglamento. Tratándose de poblaciones en peligro de extinción, el plan de manejo y el estudio deberán realizarse además, de conformidad con los términos de referencia desarrollados por el Consejo.

Artículo 89.- Cuando los predios sean propiedad de los gobiernos estatales o municipales, éstos podrán solicitar la autorización para llevar a cabo el aprovechamiento, o dar el consentimiento a terceros para que éstos la soliciten, cumpliendo con los requisitos establecidos por esta Ley.

Cuando los predios sean propiedad federal, la Secretaría podrá otorgar la autorización para llevar a cabo el aprovechamiento sustentable en dichos predios y normar su ejercicio, cumpliendo con las obligaciones establecidas para autorizar y desarrollar el aprovechamiento sustentable.

Al otorgar las autorizaciones para llevar a cabo el aprovechamiento en predios de propiedad municipal, estatal o federal, se tendrán en consideración los beneficios que se pueden derivar de ellas para las comunidades rurales.

Los ingresos que obtengan los municipios, las entidades federativas y la Federación del aprovechamiento extractivo de vida silvestre en predios de su propiedad, o en aquellos en los que cuenten con el consentimiento del propietario o poseedor legítimo, los destinarán, de acuerdo a las disposiciones aplicables, al desarrollo de programas, proyectos y actividades vinculados con la restauración, conservación y recuperación de especies y poblaciones, así como a la difusión, capacitación y vigilancia.

TÍTULO VII APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA VIDAS SILVESTRE

CAPÍTULO II APROVECHAMIENTO PARA FINES DE SUBSISTENCIA Y APROVECHAMIENTOCULTURAL O TRADICIONAL

Artículo 92.- Las personas de la localidad que realizan aprovechamiento de ejemplares, partes y derivados de vida silvestre para su consumo directo en cantidades que sean proporcionales a la satisfacción de sus necesidades básicas, recibirán el apoyo, asesoría técnica y capacitación por parte de las autoridades competentes para el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley y de su reglamento, así como para la consecución de sus fines.

Las autoridades competentes promoverán la constitución de asociaciones para estos efectos.

La Secretaría podrá establecer limitaciones o negar el aprovechamiento, en los casos en que la información muestre que dichas prácticas o volúmenes están poniendo en riesgo la conservación de las poblaciones o especies silvestres.

Artículo 92 bis.- Queda prohibido el aprovechamiento de subsistencia de especies silvestres en riesgo.

Artículo 92 bis 1.- Queda prohibida la comercialización de los ejemplares, productos y derivados obtenidos mediante el aprovechamiento de subsistencia

Artículo 93.- La Secretaría, en coordinación con el Instituto Nacional Indigenista y las Entidades Federativas, integrará y hará públicas, mediante una lista, las prácticas y los volúmenes de aprovechamiento de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre para ceremonias y ritos tradicionales por parte de integrantes de comunidades indígenas rurales, el cual se podrá realizar dentro de sus predios o con el consentimiento de sus propietarios o legítimos poseedores, siempre que no se afecte la viabilidad de las poblaciones y las técnicas y medios de captura o caza sean las utilizadas tradicionalmente, a menos que éstos se modifiquen para mejorar las condiciones de sustentabilidad en el aprovechamiento.

En todo caso promoverá que se incorporen acciones de manejo y conservación de hábitat a través de programas de capacitación a dichas comunidades indígenas rurales.

La Secretaría podrá establecer limitaciones o negar el aprovechamiento en los casos en que la información muestre que dichas prácticas o volúmenes están poniendo en riesgo la conservación o viabilidad de las poblaciones o especies silvestres.

Artículo 95 bis.- Queda prohibida la comercialización de los ejemplares, productos o derivados resultantes de la caza deportiva.

Artículo 95 bis 1.- Queda prohibido el aprovechamiento mediante la caza deportiva de especies amenazadas o en peligro de extinción.

Artículo 100.- La autorización será concedida, de conformidad con lo establecido en el reglamento, a los propietarios o legítimos poseedores de los predios donde se distribuyen dichos ejemplares.

Cuando los predios sean propiedad de los gobiernos estatales o municipales, éstos podrán solicitar la autorización para llevar a cabo el aprovechamiento, o dar el consentimiento a terceros para que éstos la soliciten, cumpliendo con los requisitos establecidos por esta Ley.

Cuando los predios sean propiedad federal, la Secretaría podrá otorgar la autorización para llevar a cabo el aprovechamiento sustentable en dichos predios y normar su ejercicio, cumpliendo con las obligaciones establecidas por esta ley para autorizar y desarrollar el aprovechamiento sustentable.

Los ingresos que obtengan los municipios, las entidades federativas y la federación del aprovechamiento no extractivo o en aquellos en los que cuenten con el consentimiento del propietario o poseedor legítimo, los destinarán al de- sarrollo de programas, proyectos y actividades vinculados con la restauración, conservación y recuperación de especies y poblaciones, así como a la difusión, capacitación y vigilancia.

Artículo 104.- La Secretaría realizará los actos de inspección y vigilancia necesarios para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, con arreglo a lo previsto en esta Ley, en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en las disposiciones que de ellas se deriven, asimismo deberá llevar un padrón de los infractores a las mismas. Las personas que se encuentren incluidas en dicho padrón, respecto a las faltas a las que se refiere el artículo 122 de la presente ley, en los términos que establezca el reglamento, no se les otorgarán autorizaciones de aprovechamiento, ni serán sujetos de transmisión de derechos de aprovechamiento.

El padrón será incluido en el Subsistema Nacional de Información sobre la Vida Silvestre.

Artículo 107.- Cualquier persona física o moral podrá denunciar ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente daños a la vida silvestre y su hábitat, sin necesidad de demostrar que sufre una afectación personal y directa en razón de dichos daños.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente evaluará cuidadosamente la información presentada en la denuncia y, en caso de ser procedente, ejercerá de manera exclusiva la acción de responsabilidad por daño a la vida silvestre y su hábitat, la cual será objetiva y solidaria.

En el caso de que el demandado sea algún órgano de la administración pública federal o una empresa de participación estatal mayoritaria, la acción de responsabilidad por daño a la vida silvestre y su hábitat, podrá ser ejercida por cualquier persona directamente ante el tribunal competente, sin necesidad de demostrar que sufre una afectación personal y directa en razón de dichos daños.

Esta acción podrá ser ejercitada sin perjuicio de la acción indemnizatoria promovida por los directamente afectados y prescribirá a los cinco años contados a partir del momento en que se conozca el daño.

Artículo 118.- Al asegurar ejemplares, partes o derivados de especies silvestres, conforme a esta Ley o a las Normas Oficiales mexicanas, la Secretaría sólo podrá designar al infractor como depositario de los bienes asegurados cuando:

a) a d).

e) Exista un riesgo inminente de daño o deterioro grave a los ejemplares asegurados dentro de las instalaciones dispuestas para ello por la Secretaría, o se carezca de instalaciones adecuadas para la especie asegurada.

Lo dispuesto en el presente artículo no excluye la posibilidad de aplicar la sanción respectiva.

Artículo 122.- Son infracciones a lo establecido en esta Ley:

I. a XXIII. ...

XXIV. Liberar ejemplares exóticos al medio natural.

XXV. Modificar el aspecto exterior de un ejemplar, presentándolo como de otra especie diferente con fines ilícitos.

XXVI.- Hacer pasar una especie por otra, o un ejemplar de una especie silvestre por una reproducida en condiciones controladas, con fines ilícitos.

XXVII.- Otorgar cualquier tipo de autorización que incumpla o contravenga con lo previsto en esta Ley

......................

Artículo 127.- ...

I. Con el equivalente de 20 a 5,000 veces el salario mínimo a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones IX, XVII, XXIII del artículo 122 de la presente Ley, y

II. Con el equivalente de 50 a 50,000 veces el salario mínimo a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, del artículo 122 de la presente Ley.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abrogan los artículos sexto y séptimo transitorios de la Ley General de Vida Silvestre publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio del 2000.

TERCERO.- La Secretaria tendrá un plazo no mayor de seis meses a partir de la publicación de la presente Ley para poner en funcionamiento el subsistema nacional de información sobre la vida silvestre.

CUARTO.- La Secretaría tendrá un plazo no mayor de seis meses a partir de la fecha de la publicación de la presente Ley para publicar una lista de las instituciones académicas acreditadas para realizar estudios poblacionales.

QUINTO.- El Artículo 83 bis, entrará en vigor un año después de la fecha de publicación de la presente Ley.

SEXTO.- La Secretaría propondrá a la Secretaría de Hacienda una propuesta a efecto de que el cobro de derechos derivados de esta Ley se regrese a la misma Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el fin de sustentar los gastos operativos del Consejo Técnico Consultivo Nacional a que se refiere esta Ley, para utilizar los excedentes en apoyo a los programas y actividades descritas en los artículos 17 bis 1 y 17 bis 2 de esta Ley

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil tres.

Diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Presidente; Miguel Angel Gutiérrez Machado, secretario; Gustavo Lugo Espinoza (rúbrica), secretario; José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretario; Jesús de la Rosa Godoy (rúbrica), secretario; Raúl Gracia Guzmán, Ramón Ponce Contreras (rúbrica), Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica), José María Tejeda Vázquez (rúbrica), Francisco Arano Montero (rúbrica), Sergio García Sepúlveda (rúbrica), Rómulo Garza Martínez (rúbrica), Carlos Pallares Bueno (rúbrica), Rafael Ramírez Agama (rúbrica), Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica), Miguel Angel Torrijos Mendoza (rúbrica), Librado Treviño Gutiérrez, Elizabeth Rosas López, Pedro Manterola Sainz, José Jacobo Nazar Morales (rúbrica), José Manuel Díaz Medina, Juan José Nogueda Ruiz, Donaldo Ortiz Colín (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo, Rosa Delia Cota Montaño, Jaime Rodríguez López, Manuel Garza González (rúbrica), Julio César Vidal Pérez, Vitálico Cándido Coheto Martínez, Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Tiene el uso de la palabra hasta por cinco minutos, el señor diputado Diego Cobo Terrazas, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento Interior.

Adelante, señor diputado.

El diputado Diego Cobo Terrazas:

Muchas gracias, diputado Presidente; compañeras y compañeros legisladores:

Para no abusar del tiempo de esta Asamblea, me voy a permitir solicitar respetuosamente a la Presidencia, pueda ser publicado en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria la fundamentación a este dictamen que presenta la comisión, documento que entrego a la Secretaría. Y únicamente me permitiría informar a la Asamblea y poner a su consideración propuestas de modificación al dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Vida Silvestre.

La comisión acordó reformas a los artículos 72-bis-1, 72-bis-2 y artículo 95-bis del proyecto de dictamen, para quedar como sigue:

“Artículo 72-bis-1. Queda prohibida la comercialización de los ejemplares, partes o derivados obtenidos de las acciones de control de ejemplares que se tornen perjudiciales, sin el trámite y autorización correspondientes en los términos del Reglamento.

Artículo 72-bis-2. Queda prohibida la utilización de los ejemplares exóticos o que se tornen perjudiciales para el aprovechamiento mediante cacería deportiva, sin el trámite y autorización correspondiente en los términos del Reglamento.

Artículo 95-bis. Queda prohibida la comercialización de los ejemplares, productos o derivados resultantes de la caza deportiva, sin el trámite y autorización correspondientes en los términos del Reglamento.”

Hago entrega a la Secretaría, señor Presidente, del documento signado por los miembros de la mesa directiva de la comisión que sustentan estas propuestas de modificación al dictamen.

Es todo. Gracias.

«Honorable Asamblea:

Con fundamento en el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en representación de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales vengo a solicitar a esta máxima tribuna su voto a favor de las reformas que hoy sometemos a su consideración, al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre presentada por el de la voz, el día 21 de noviembre del año 2001.

Con fecha 26 y 27 de julio y 16 de noviembre del año 2002, la subcomisión de Biodiversidad de esta Comisión de Medio Ambiente realizó foros de consulta pública, con la participación de los diversos sectores de la sociedad interesados, tras lo cual se realizó un detallado examen de las múltiples propuestas recibidas, aprobando finalmente el dictamen que sometemos a su consideración.

La Ley General de Vida Silvestre fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2000. Dicha ley tiene por objeto la  conservación y la protección de la biodiversidad, a través de la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable.

México se encuentra considerado como uno de los 12 países mega diversos, que en total cuenta con aproximadamente el 10% de la biodiversidad mundial. Sin embargo, a través de los años esta biodiversidad se ha visto sometida a fuertes presiones que han provocado la alteración o destrucción de los hábitats y de los ecosistemas.

Una de las amenazas más importantes ha sido el desarrollo y crecimiento de los asentamientos humanos y la utilización de la biodiversidad en actividades comerciales o cinegéticas furtivas. Pero sobre todo al tráfico ilícito de especies en un mercado clandestino altamente cotizado, tanto al interior del país como hacia mercados internacionales. Esto ha fomentado la sobreexplotación y devastación de nuestros recursos silvestres.

Asimismo, la introducción de especies exóticas en los ecosistemas, ha provocado el desplazamiento de las especies nativas, alterando así, en diversos grados a los ecosistemas naturales.

Surge entonces la necesidad de tomar medidas tendientes a la conservación de nuestra biodiversidad y hacía la preservación de la riqueza natural del país. Resulta necesario buscar un equilibrio  entre el aprovechamiento de los recursos naturales, en especial de la biodiversidad, sin dañar ni comprometer las necesidades humanas. Con ello, se deberá tender a lograr un desarrollo sustentable y por ende preservar nuestros recursos para las generaciones futuras.

La Ley General de Vida Silvestre tiene como objetivo principal establecer los criterios, planes y programas para llevar a cabo una política basada en la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre.

Sin embargo, a tres años de su publicación hemos encontrado que las disposiciones contenidas en la ley vigente presentan vacíos, lagunas y contradicciones que hacen necesario reformarla, a través de disposiciones que establezcan reglas claras para la conservación de la vida silvestre, y medidas adecuadas de aprovechamiento sustentable.

Entre otros vacíos se encontraba la ausencia de obligaciones por parte del Ejecutivo de realizar tareas indispensables como la determinación de las poblaciones para establecer tasas de aprovechamiento sustentable; la falta de criterios claros y estrictos para el aprovechamiento sustentable de las especies en riesgo; y el ambiguo establecimiento de criterios para realizar el aprovechamiento de subsistencia, o tradicional, entre otras.

Las especies en riesgo, en especial las amenazadas y en peligro de extinción, participan de un mercado que autoriza lo que debería estar prohibido, para formar parte de un tráfico tanto nacional e internacional.

La consecuencia de todos estos vacíos ha sido un saqueo de las especies que el presente decreto pretende revertir.

A través de las presentes reformas se hacen ajustes en las áreas que resultan esenciales para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, en especial de las especies consideradas como en riesgo, y endémicas; y en evitar la sobreexplotación de las especies así como el tráfico ilegal.

Los cambios enfatizan la importancia de conservar la vida silvestre de forma integral basándonos en el manejo de ecosistemas, donde las especies dependen unas de otras y de su hábitat. Por ello resulta indispensable conservar todos sus elementos, principalmente aquellas especies que se encuentran catalogadas en riesgo o de las que no se tienen registros suficientemente confiables.

Se emiten definiciones que no existían con objeto de facilitar la cabal aplicación de la ley, como son las de: aprovechamiento de subsistencia; aprovechamiento cultural o tradicional; confinamiento;  ejemplares o poblaciones exóticos; ejemplares de reproducción controlada; especies o poblaciones en riesgo; estudios de poblaciones; hábitat natural; hábitat crítico; liberación al hábitat natural; medio controlado y reproducción controlada. Estas nuevas definiciones tienen por objeto llenar lagunas legales, evitar la discrecionalidad de las autoridades, pero además, armonizar éstas con las definiciones que se han vertido en convenciones y tratados internacionales, como son las del Convenio sobre Biodiversidad y la Convención Internacional de Comercio de Especies de Flora y Fauna Silvestres Amenazadas de los cuales México es parte.

Se modifica el planteamiento de la valoración económica de la biodiversidad que conduce al aprovechamiento extractivo, ya que, actualmente  no existen indicadores para realizar esta valoración, en función de los servicios ambientales que presta la vida silvestre.

Se redefinen las competencias quedando a cargo de la federación la realización de los estudios poblacionales de las especies sujetas a aprovechamiento, así como la promoción del registro y supervisión técnica del establecimiento de las llamadas Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre.

Otra medida importante es la de hacer efectiva la protección de especies y las áreas naturales protegidas, por lo que se armoniza la protección de ambas.

Por último, se reforma el capítulo de sanciones administrativas con el propósito de actualizar las relativas al tráfico y posesión ilegal de fauna silvestre, así como de su liberación no autorizada, especialmente en el caso de infractores reincidentes y traficantes de especies.

Como una medida de apoyo a todo lo anterior se crea el Fondo para la Vida Silvestre, como el instrumento para dotar de recursos que faciliten las acciones de conservación, restauración de la biodiversidad y su hábitat, así como para financiar e incentivar la investigación y el desarrollo de programas de rehabilitación y reintroducción de los ejemplares de la vida silvestre a su hábitat natural.

Con las presentes reformas, se evita la discrecionalidad de las autoridades, que tanto daño ha hecho a la biodiversidad; se establecen reglas claras para el aprovechamiento y se protegen de manera efectiva las especies catalogadas en riesgo.

Por todo lo anterior, los diputados miembros de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales solicitamos de ustedes, compañeros legisladores, su voto a favor de este decreto.

Muchas gracias compañeros legisladores.

México, DF., a 30 de abril de 2003.— Diputado Diego Cobo Terrazas.»

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Gracias, señor diputado Diego Cobo.

Ruego a la diputada Secretaria consultar a la Asamblea, en votación económica, si son de admitirse las modificaciones al proyecto de dictamen propuestas por la comisión.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si son de aceptarse las modificaciones propuestas por el diputado Cobo Terrazas, al proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona a la Ley General de Vida Silvestre.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Se admiten.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Insértese el texto íntegro de la exposición que el diputado Diego Cobo Terrazas, dejó en la Secretaría como fundamento del dictamen.

En consecuencia, está a discusión en lo general, con las modificaciones presentadas por la comisión y aceptadas por la Asamblea... En virtud de que no se ha solicitado el uso de la palabra le ruego a la diputada Secretaria consultar en votación económica si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente. Suficientemente discutido.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento Interior, consulto a las señoras diputadas y a los señores diputados si van a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular...

En virtud de que no se ha hecho reserva alguna de artículos para su discusión en lo particular, le ruego a la diputada Secretaria ordenar la apertura del sistema electrónico de votación hasta por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular con las modificaciones propuestas por la comisión y admitidas por la Asamblea del proyecto de decreto.

La Secretaria diputada María de las Nieves García Fernández:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular, con las modificaciones propuestas por la comisión y admitidas por la Asamblea, del proyecto de decreto.

Ciérrese el sistema electrónico.

(Votación.)

Se emitieron 371 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo:

Aprobado por unanimidad por 371 votos, aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.